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JUEGOS PRO-DIBIDOS SANTOS ALo1Al O FOLLETO pab1icada enla REVISTA DE LOS :['RIBUNALES MADRID CENTRO EDITORIALDEGóNGORA calle deSan Bernardo, 50 . 1893 .rs I s :

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JUEGOS PRO- DIBIDOS

SANTOS ALo1Al O

FOLLETO

pab1icada en la

REVISTA DE LOS :['RIBUNALES

MADRID

CENTRO EDITORIAL DE GóNGORAcalle de San Bernardo, 50 .

1893

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JUEGOS PROHIBIDOS

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FOLLETO

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REVISTA, DE LOS TRIBUNALES

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CENTILC) EDITORIAL DE tx óNGOEAcalle de Sau Bernardo, 50 .

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11

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óFiz este libro apartadamente delos otros fueros porque se juzguen lostafures por siempre, porque se viedeel destrez • se escusen las muertes ‚las peleas ‚ las tafurerƒas, ‚ tobo porbien el Rey como sabidor, ‚ enten-diendo todos los bienes que oviesencada una pena ‚ escarmiento del des-crecer ‚ en los otros enga„os que sefaces en las tafurerƒas .…

(Pr †e "unbulo al 0r †den(in‡erˆto de estenombre) .

i

Ardua empresa serƒa siempre, pero mayor si se atiende ‰nuestras escasas fuerzas, sujetar ‰ un examen crƒtico la cuesti•nde si un hecho que el C•digo penal castiga debiera • no borrarsede este libro, pues por ligero que este examen sea, tendremos queremontarnos ‰ la esfera de la moral y del delito, para despu‚sde fijar con exactitud los lƒmites de una y otro, marchar con pasofirme por el sendero de la ciencia jurƒdica, y poder exponer conclaridad y acierto, los desastrosos efectos que la confusi•n de ta-les deslindes haya podido producir en la pr‰ctica, verdadera pie-dra de toque de todas las instituciones humanas .

Pero ‰ pesar de todo ello nos lanzamos ‰ la palestra, no con laaltanera presunci•n de convencer ‰ cuantos lean estas desali„a-das lƒneas, ni menos esperar que desde luego sea aceptada nues-tra opini•n como un principio de derecho, sino con la noble sa-tisfacci•n y el sano orgullo de arrojar al campo de la discusi•ncuestiones que, planteadas y discutidas por hombres de valer y de

a

2

vasta erudici…n, pueda en su d†a darse un paso adelante en la di-

f†cil ciencia del Derecho penal .Nos referimos, como desde luego ha podido comprenderse, •

los juegos de envite y azar penados por los art†culos35i-guientes del C…digo de 1870, y desde lue go pode plantear

nuestra tesis … afirmaci…n en los t‡rminos siguientesEl juego de buena fe, … mejor dicho sin fraudes … engaˆos,

aunque sea de envite y azar, por reprobado que est‡ por la moral,por grandes que sean las apuestas que se crucen y desastrososlos efectos que produzcan en el mundo social, nunca pueden per-tenecer • la esfera de la ley, ni constituir delito, ni por lo tantoformar parte de un buen C…digo penal, si bien la sociedad por suparte debe buscar los medios de evitar … aminorar al menos losfunestos efectos que este vicio produce.

No se nos oculta que casi todas las naciones de Europa y aunalgunas de Am‡rica y el Asia, han. considerado como delitos los_juegos de que tratamos y les han seˆalado una sanci…n proporcio-nada en sus respectivos C…digos, si bien predominando en ellasdiferentes criterios, como tendremos ocasi…n de exponer en elcurso de este trabajo ; pero el detenernos ante la autoridad de lospreceptos del derecho constituido, equivaldr†a • renunciar • losm•s respetables principios … axiomas de la ciencia jur†dica y • re-nunciar • las reformas que como corolario se desprenden de lasmismas; y el pararnos ante el derecho de otras naciones sin otrocriterio que el verlo consignado en sus C…digos, nos conducir†atal vez • faltar • las reglas tan sabiamente establecidas por el au-tor de la Cielzcia de la Le ,~;-islaci,1~n, de que las leyes deben aco-modarse • la posici…n topogr•fica del pa†s, esterilidad … abundan-cia del terreno, extensi…n del suelo, y al genio, †ndole, religi…n yestado de cultura de sus habitantes .

Hemos dicho que s…lo nos referimos • los juegos de buena fey de ninguna manera • los engaˆosos, como llaman las leyes dePartida (7 .', t†t . 16, ley 11), ni • los en que se maneja naipes …dados falsos, acto que castiga el C…digo penal austriaco ; ni • losen que se cometen dolos … fraudes, como dice la ley 15, t†t . 23 dela Nov†sima Recopilaci…n, se valen los juga‰tores de medios frau-tiulentos para asegurar la suerte, como se d‡dubŠ'e nuestro C…-

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digo vigente, se amarran • hacen saltar las cartas, como afirma-el c‚lebre comentarista Pacheco, que ha oódo decir que se hace{ se emplea, ni † ningƒn otro en los que: se usa de cualquier en-ga‡o de los que la astucia sabe amoldar † la naturaleza especialde los juegos, porque estos tales que asó juegan, si bien deber†nper castigados, no deben serlo como jugadores; pues como dice~--l referido autor de la C.e'~1cla chi la Leg islaci,ˆa, ‰cuando la pa-si•n ciel juego haga del jugador un ladr•n, deber† ser castigadocoreo ladr•n, pero no como jugador . ˆ

Ahora bien : ajustando las palabras de tan eminente publicistaa tecnicismo de nuestro C•digo, podemos afirmar resueltamenteque tales delitos podr†n encajar perfectamente en el tótulo que'trata de las estafas y otros enga‡os, • acaso mejor equiparar † losque de tales medios se valen en el juego, con los tomadores, en-terradores • con los que se conocen con otros nombres tan dife-rentes como ingeniosos con que los mismos malhechores han de-.,,s?-,G-nado † los que con m†s • menos destreza se apoderan fraudu-lerntamente de lo ajeno ; pero nunca se podr† para castigar estosactos punibles inventar un delito que carece de las verdaderascondiciones de tal .

Acaso se dir†, y quiz† con sobrado fundamento, que en losj u.egos de envite y azar en que se cruzan crecidas cantidades haypar, peligro de que se empleen alguno de los medios fraudulen-

tos indicados, y que p r lo regular los c†ndidos subyugados pora pasi•n del juego suelen ser \'óctirnas de los versados en tafure-

r-s_as, como los ambiciosos vulgares lo son de la sutileza de los to-madores • enterradores ; pero adem†s de que no puede sentarseesta afirmaci•n como principio absoluto, vamos † tratar ahora lacuesti•n s•lo en abstracto, sin perjuicio de que m†s adelante po-darnos probar tambi‚n que aun para mejor perseguir estos delitos.ser† conveniente • necesario que los juegos de envite y azar notornen parte de nuestro C•digo penal .

Para poder apreciar debidamente si un acto cualquiera cons-tituye • no delito, es necesario fijar previamente la naturaleza de‚ste y su verdadero concepto, y al hacerlo no aceptaremos la de-tlnici•n de Pe, n~ thaz ,Š ue llama delito † todo acto prohibido por laley, pues adem†s de que ha`- muchos actos prohibidos por el de-

- 4 -

recllo ciVil clue no son delito toda discusi„n que no se levantc--

al derecho constitu ente ser†a in‚til, toda vez que nuestro C„digo

penal clara y terminantemente prohibe los juegos de envite y

azar .Tampoco aceptaremos la definici„n que del mismo da el C„---

digo penal franc‡s en contraposici„n ƒ los cr†menes y ƒ las contravenciones, ni estamos conformes con el, austriaco, que despu‡sde sentar en su art . i .<' que toda acci„n contraria ˆ la ley estƒ su-jeta ƒ responsabilidad, coloca al delito enfrente de las infraccio-nes graves y aun las infracciones de polic†a, porque tales defini-ciones consideran al delito conlo una parte tan s„lo del conceptoelevado que nos merece .

Casi todos los C„digos flan definido el cielito como lo hace enuestro, „ sea en un sentido prƒctico, pues s„lo considera actospunibles los que estƒn penados por la ley . Y si bien no criticare-mos esta manera de definir el delito, cuando se legisla acerca demateria tan importante, porque como dice uno de los primeros pu-blicistas espa‰oles, D . Joaqu†n Francisco Pacheco (p Š',,)- . 70, libroprimero del C„digo penal concordado y anotado), (dos C„digosmodernos, al proponerse el definir el delito, han considerado ge-neralmente, y han tenido raz„n en considerarlo as†, que las levesno son libros de ense‰anza, sino reglas de prƒctica, que toda,definici„n, peligrosa por lo com‚n en ellas, deb†a limitarse al as-pecto prƒctico y externo, „ sea las rese‰as de las circunstanciasevidentes y tangibles que en la esfera legal distinguen y ;_,arasterizan lo que trata de explicarse ; ‹ tampoco podemos aceptarla ; .porque no es 10 mismo legislar que tratar una cuesti„n cient†fica ;y porque la naturaleza de la cuesti„n que discutimos nos conduceƒ la esfera (le los principios, en la cuall liemos (le permanecer, sir .(lue bajo ning‚n pretexto ni motivo podamos abandonarla .

'4 Muchos publicistas lo han definido : la infracci„n „ quebranta-miento de un deber; pero nosotros tampoco consideramos 00111--

l)leta esta definicion, hues de aceptarla nos quedar†a la duda c esi el deber era un deber moral tan solo, en cuyo caso podr†a muyfƒcilmente confundirse el delito con el pecado .

Penemos, pues, necesidad al definir el delito, de prescindircie lc>s c ,chc-l -c s ue el hombre tiene con Dios v consigo mismo .

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acept•ndolos „nicamente como base moral y fundamento denuestros actos, pero qued•ndonos tan solo como objetivo de lacuestiƒn de que tratamos con las relaciones ƒ condicione-t'~ idad queexiste entre los hombres entre s…, fundamento verdadero de losdos conceptos derecho y deber, complementarios esencialmenteentre s…, hasta el extremo de no poder existir el uno sin el otro .

Por eso, pues, prescindiendo de la cuestiƒn suscitada porRossi !‰ )trecho ~~~;tzl, torno 1, p•g . 21 S), de si ser…a m•s acepta-ble, como definiciƒn del delito, Šlesiƒn de un derecho ƒ quebran-tamiento ele un deber,‹ pues como el mismo indica son idŒnticasen el fondo, diferenci•ndose tan solo en que en un caso se con-sidera el delito subjetiva y en el otro objetivamente, aceptamospor completo la definiciƒn que de delito da el referido autor, ƒsea Šla violaciƒn de un deber requ rit~le‹, con sƒlo a•adir • la pa-labra violaciƒn la de consciente .

Es decir, que para que pueda calificarse de delito un hecho,es necesario que existan dos entidades : una • quien asista un de-recho requerible que en el otro ser• deber, y que la primera librey conscientemente lo infrin a . As…, pues, lo han comprendido,desde el autor de las Partidas, que en el pre•mbulo de la 7 .a de-fine el delito: ŠMalos fechos que se tacen • placer de la una parteet • da•o et • deshonra de la otra,‹ hasta Rossi en la definiciƒnen que acabamos de ocuparnos .

Tan arraigados se encuentran tales principios en nuestra con-,ciencia, que aun admitiendo como r,o podemos henos de admitircomo delitos, ƒ como infracciones de polic…a al menos, los actoscontrarios • la moral p„blica, sƒlo rociemos admitir esta doctrina,porque tales actos lastiman ƒ pueden lastimar los derechos de untercero, ƒ los de la sociedad, representa ate de los de la colecti-vidad .

Expuesto ya el concepto del delito, como se desprende de ladefiniciƒn que del mismo acabamos de (lar, rŒstanos examinar loque es el juego, para poder apreciar si reune ƒ no las condicionesque, seg„n la misma definiciƒn, deben concurrir en todo delito .

EliueŽo de que tratamos no es otra cosa, • nuestro juicio,que ((la obligaciƒn que un individuo voluntariamente se impunede entregar • otro una cantidad determinada, si le es contraria

una jugada de azar † de suerte, † de recibirla † reclamarla sƒ IE‡

fuese favorable .ˆDifƒcil, … la par que in‰til, serƒa enumerar todas las capricho---

sas variedades a que la pasi†n del juego sujeta la suerte ; pero ,mas difƒcil y mJs in‰til aun serƒa intentar hacer un deslinde eTI_

tre los juegos de habilidad y aquellos otros cuyo resultado pen-de de la suerte † de la casualidad, pues ni en aquellos deja de Šn--fluir la suerte las m…s veces, ni en estos, por lo menos en algunoscasos, deja de tener participaci†n la habilidad del jugador, y tanto es asƒ que bien pudi‚ramos citar consultas de algunas Autori-dades de provincias sus superiores jer…rquicos acerca de si de-terminados juegos estaban † no prohibidos por predominar enellos la suerte † la fiabilidad del jugadoor .

7

Ahora bien : el jugador que juega su dinero y juega de buenfe, ning‰n derecho infringe toda vez que el derecho de propiedad .le autoriza para disponer de ‚l … su antojo, sin que ning‰n par‡ticular ni la sociedad misma se lo im,~ida .

Cierto, muy cierto, que el derecho civil limita aquella libre f ,-cultacl en algunos casos, bien en consideraci†n de su mujer ‹ hi;--dos, bien atendiendo al :uƒSIlo interesado, pero no es menos cier-to que nunca el derecho penal ha castigado estas extralimi .tacio-nes, limit…ndose la ley civil … declararlo pr†digo y privarle de fa_administraci†n de sus bienes .

Luego si el hombre tiene la facultad † el derecho de disponerlibremente de sus bienes con escasƒsinn…s limitaciones en el terre--- -no civil, el ejercicio de este derecho nunca puede constituir-delito.

Adem…s, si para que este exista es necesario que se quebrare-_te consciente y libremente un derecho requerible, necesario s 1r-tam'bis)n que alguno obstente este derecho, lo cual no es pos-11 , -,,trat…ndose del que verdaderamente es dueŒo .

•Es por ventura que la sociedad ejerce una tutela tal sobre, elparticular que puede hasta castigarle por el mal uso que haga ‚pueda hacer de sus bienes?

Esta doctrina, exageradamente socialista, no la encontramo~-conforme ni con los textos legales ni con los principios cientƒficos ,que los han encarnado, antes bien vemos todo lo contrario, pues ,,

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el Estado contempla imp•vido y como cruzado de brazos otros

actos tanto ‚ m•s inmorales y tanto ‚ m•s perjudiciales al bien-

estar y porvenir de las familias como los juegos de envite y azar .

Si la ley, ‚ mejor dicho la sociedad, entiende que debe cons-

tituirse en tutor del jugador reprimiƒndole y aun castig•ndole,„por quƒ no lo hace tambiƒn cuando un marido c…nico, olvidando

los lazos de la familia y vilipendiando por lo tanto los m•s sagra-

dos deberes de la moral póblica y privada, gasta el capital que

acaso llevara al matrimonio la que sufre el m•s amargo abando-

no, satisfaciendo el lujo, los caprichos, y hasta el derroche de unamanceba?

Tendr…a, si hab…a de ser l‚gica, que contener y castigar •

otros hombres que, m•s degradados ‚ por lo menos m•s grosera-

mente degradados, gastan en crapulosas org…as no solo el dinero,

sino tambiƒn y m•s aun la dignidad de hombre, que la rebajan yla embrutecen con la embriaguez .

Tendr…a tambiƒn que corregir y castigar al fr…volo ciudadano

que comprometiese sus capitales en gastos inótiles y supƒrfluos,

producidos y casi justificados por una rid…cula monoman…a .

Y tendr…a, en fin, que corregir, acaso con mayor energ…a, latendencia de algunas personas y aun familias, dominadas por la

ambici‚n ‚ deslumbradas por el fausto, que despreciando el lento

pero seguro producto del trabajo honrado, se arrojan • empresasarriesgadas ‚ comprometen su fortuna en jugadas de bolsa, alu-

cinados con la ilusoria esperanza de fabulosas ganancias, jugadas

que, no por estar permitidas por todas las legislaciones que casti-gan el juego, son menos inmorales y menos perjudiciales • los

intereses sociales y • la tranquilidad de la familia que la ruleta,la banca ‚ el bacarrat .

Y no se diga que la sociedad ya pone, freno al que de algunade las maneras expuestas compromete su fortuna ‚ la de su fa†milia, declar•ndole pr‚digo y encargando la administraci‚n desus bienes • la persona designada para tales casos por el C‚digocivil, porque adem•s de que nuestra opini‚n no se opone • quetambiƒn se declare pr‚digo al Jugador y se le apliquen las leyesque en general tratan de los que derrochan sus bienes, semejan-te argumento nada dice ni menos puede alegarse congo defensa

de los C…digos que castigan el juego de suerte … azar, toda vezque no se oculta ni aun al m†s novel j urista la diferencia esen-cial que existe entre las prohibiciones ciel derecho civil y los ac etos que por su naturaleza son penables y han venido por lo tanto† ser objeto de alguno de los art•culos del C…digo criminal; y tan-to es as• que en ninguna naci…n se castigan los actos que sirvende base … fundamento † la declaraci…n de prodigalidad, si por lascircunstancias que les acompaƒan no est†n comprendidos en al-gón otro de los art•culos de la ley penal' Si, pues, el jugador al comprometer su dinero en el juego, ysi se quiere m†s al perderlo, no quebranta ni infringe ningón de-recho requerible y no comete por lo tanto delito, tampoco lo co-mete cuando la suerte le es favorable y gana el dinero del con-trario, pues tal lucro procede de un acto ejecutado por dos indi-viduos en el pleno ejercicio de sus derechos ; que ni aun inmoralser† mientras no se examine con relaci…n † la fortuna y † lasobligaciones sociales del jugador ; por eso se tolera el juego desuerte v azar cuando se cruzan cantidades insignificantes .

,Y † la verdad que se colocar•an en situacion cr•tica y dif•cillos partidarios de castigar el juego de azar, si al propio tiempo seempeƒasen en sostener los contratos aleatorios cualquiera quefuese su clase y naturaleza .

Adem†s, es principio jur•dico, al menos † nuestro parecer,que un acto punible por su naturaleza, tiene que serlo siempre,cualquiera que sea la extensi…n … magnitud del daƒo causado . Enlos robos, hurtos, estafas y en cualesquiera otro de los delitos con-tra la propiedad lo ser†n siempre por exigua que sea la materiahurtada, robada … estafada, sin perjuicio de que sea mayor … me-nor la pena aplicable en atenci…n † la cuant•a de la cosa lucraday † las circunstancias que acompaƒan † la perpetraci…n del actopunible . En los delitos contra las personas podr† d†rsele, y as•debe hacer en efecto, un nombre distinto, segón sea mayor … me-nor el daƒo causado, corriendo la escala desde el homicidio has-ta las lesiones que se consideran una falta, pero siempre y en to-(lo caso constituyen un delito tal y corno lo hemos definido, prin-cipio que han aceptado todos los C…digos y todos los publicistasMedicados † la ciencia del derecho penal, pues la esencia suj etiva

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del delito es inflexible y de ninguna manera variable en atenciƒn‚ la cuant„a ƒ gravedad del da†o producido .%4 Y si esto es as„, si admitimos, como no podemos menos de ad-mitir este principio ƒ axioma jur„dico, el juego de envite y azartampoco puede constituir delito bajo este •ltimo aspecto, todavez que est‚ aun en la conciencia de los m‚s ac‡rrimos partida-rios de que no se castigue el juego, que no puede haber delin-cuencia cuando son exiguas las cantidades que se apuestan

Y no solo la conciencia p•blica viene en apoyo de esta afir,oraciƒn, sino que tambi‡n la vemos consignada en alg•n Cƒdigo .E 1 chino, por ejemplo, despu‡s de castigar con la b‚rbara penade ochenta golpes ‚ toda persona convicta de haber tomado par-te en juegos de azar, bien consista la apuesta en met‚lico ƒ efec-tos, dice : ˆNo obstante, cuando varios amigos jueguen una comi-da en la que cada uno de ellos tenga su parte, no incurrir‚n enlas penas se†aladas por esta ley .‰

Adem‚s no ser„a correcto y menos justo, aun en el caso deadmitir el principio sentado en el Cƒdigo penal chino, aceptaruna cuant„a fija como l„mite de la penalidad de estas acciones,pues mientras ser„a l„cito permitir ‚ un rico propietario ƒ ‚ unopulento banquero jugar cinco, ciento ƒ mil pesetas, ‚ la ruleta ƒal bacarrat, como se le aprueba y admira cuando gasta cantida-des, por lo menos iguales y acaso excesivamente mayores, en laadquisiciƒn de objetos caprichosos ƒ de arte, porque las cantida-des que pudiera gastar ƒ perder en nada alterar„an su manera devivir ni el porvenir de su familia, no podr„a consentirse lo mismocuando se comprometa en el juego, aun cuando sea por mediode cantidades ex„guas, los medios de satisfacer las necesidadesm‚s perentorias del jugador ƒ su familia, y como lƒgica conse-cuencia no podr„a menos de calificarse de actos punibles los j ue-gos de azar que con demasiada frecuencia tienen lugar en las ta-bernas y dem‚s puntos de recreo de la clase proletaria, en losque se cruzan cantidades insignificantes en s„, pero grandes, muygrandes si se consideran relacionadas ƒ se comparan con las ne-cesidades del jugador .

Ahora bien : Šhabr‚ t‡rminos h‚biles para establecer una reglatija qne apreciando la fortuna y necesidades del jugador, pueda

determinar con justicia cuƒndo y en qu• casos el juego constituirƒun delito? A nuestro juicio esto ser„a imposible, y de tal imposibili-dad se desprende que los j uegos de envite y azar 1 ., P n los ca-racteres constitutivos ni las condiciones esenciales de todo delito .

Entrando ahora en otra serie de consideraciones, repetiremosque no somos partidarios de los argumentos de autoridad ; perocomo se alegan con tanta frecuencia, y acaso el que en nuestroC‚digo penal figuren como delito los juegos de que tratamos, re-conozca como causa primordial el que se castiguen por las demƒslegislaciones de Europa, debemos examinar tambi•n la cuesti‚nbajo este nuevo aspecto .

No puede negarse que casi todos los C‚digos de las nacionescivilizadas castigan los juegos de envite y azar, y detenernos ƒexponer los art„culos de cada uno de ellos y las diferentes leyesy pragmƒticas espa…olas que tratan de esta materia, ademƒs deser in†til y dif„cil ser„a inoportuno, pues ƒ nosotros tan solo nosata…e admitir el principio y citar en su caso las que se separen dela regla general .

No son muchos ƒ la verdad, y si bien pudi•ramos citar el deBaviera y los de algunos cantones suizos, tenemos que confesarque si la raz‚n estuviese de parte del mayor n†mero, desde luegonos considerar„amos vencidos ; no as„ si entrƒsemos en considera-ciones de otro orden, como examinar el objeto que se han pro-puesto ‚ el esp„ritu que los ha informado ; y aunque tambi•n ten-dremos que renunciar ƒ esta tarea que nos separar„a del objetoprincipal de nuestro trabajo, bien podemos asegurar que si aigu-nos C‚digos han castigado los juegos en cuesti‚n, mƒs que porconsiderarlos cielito, ha sido para evitar las estafas y otros enƒ 1*…os que por medio de ellos pudieran cometerse .

As„ vemos que el C‚digo penal de I 822, en su cap . 5 .", ar---t„culo 767, establece que, ‡ el jugador que usando de trampas enel juego hubiese ganado malamente alguna cantidad, sufrirƒ unarresto de i 5 d„as ƒ 4 meses y pagarƒ una multa, sin perjuiciode las demƒs penas en que incurra si jugara juego ‚ cantidadprohibida . ˆ

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Parec„a l‚gico que en otros art„culos se hubieran fijado penaspara estos juegos ‚ cantidades prohibidas, y sin embargo, no fu•

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as‚; y esta omisiƒn no fu„ debida • olvido ƒ negligencia de loslegisladores, toda vez que al discutirse esta materia en las Cortes,la Comisiƒn manifestƒ que en su opiniƒn el castigo de los juegosprohibidos deb‚a corresponder al Reglamento general de polic‚a,v eso que la Audiencia de Valladolid hab‚a manifestado en su in-forme sobre el referido Cƒdigo penal, que supon‚a se dar‚a otraley sobre prohibiciƒn de juegos, y la Universidad de Zaragoza yel Tribunal Supremo propon‚an que se estableciesen penas sobrelos juegos prohibidos .

Pero al fin, y • pesar de tan respetables opiniones y de lo es-tablecido en el …ltimo p•rrafo del art. 767, es lo cierto que en elCƒdigo penal de 1822 no se establecieron penas contra los jue-gos de envite ƒ azar, si en ellos no se hac‚an trampas .

Otro Cƒdigo que pudi„ramos citar en nuestro apoyo es elaustriaco, pues si bien en su art‚culo 266 castiga con la multa de90o florines al que jugare ƒ permitiere en su casa alguno de losjuegos prohibidos, semejante disposiciƒn parece que consideraestos juegos m•s bien como una infracciƒn de polic‚a que comoun verdadero delito, pues • continuaciƒn de lo expuesto previeneque de los 900 f orines que se impondr•n al jugador, se entregar•la tercera parte al denunciador, remiti„ndose adem•s la pena si.por su parte tambi„n hubiese delinquido, m•xima de muy dudo-sa aceptaciƒn en buenos principios, mayormente cuando se tratade hechos que reunen todas las condiciones de un verdadero de-lito, por lo cual no creemos que se hubiese aceptado por una na-ciƒn de la importancia de Austria, si se hubiesen considerado co-mo un verdadero delito los juegos de envite y azar .

Z~nardelli, en su nov‚simo Cƒdigo italiano, solo califica losjuegos de envite y azar de faltas concernientes • la moral p…bli-ca, como puede verse en sus art‚culos 184 y siguientes .

Esta naciƒn tan adelantadaa en derecho penal, no se atreviƒsin duda, • pesar de lo que dicta la ciencia, • romper con la tra-diciƒn seguida por casi todas las naciones, y optƒ por el t„rmino,medio (le considerarlos y penarlos como falta contra la moral p…-blica .,/

M•s digna de estudio y acaso de mayor autoridad si cabe quelos Cƒdigos citados es la opiniƒn de Alfonso el Sabio en esta ma-

tenia ; reconoci‚ sin duda que no constituyendo delito los juegosde azar, no debƒan castigarse en ning•n Cdigo ; y corno al pro-pio tiempo no podƒan ocult„rsele los grandes males que „ la so-ciedad traerƒan tama…os abusos, trat‚ de corregirlos ; y al efectosu genio legislador no encontr‚ otro medio que reglamentarlos,conservando las antiguas casas de juego oficiales llamadas tafu-rerƒas y publicando un C‚digo con este nombre, en el que no so-lo se permiten los juegos de azar, sino hasta se concedi‚ „ los u-gadores la acci‚n correspondiente para reclamar de su contrariono solo el dinero, sino tambi†n los objetos que hubiese ganado .

Es cierto que Justiniano, por el contrario, concedi‚ en su C‚-digo el derecho de no pagar al que perdiese y reclamar y repe-tir la suma perdida del vencedor cuando la hubiese pagado, perono lo es menos que esta disposici‚n ha merecido la m„s acre cen-sura del publicista italiano vicenzo Constantino, quien al comen-tar el antiguo C‚digo penal de su naci‚n de 2o de Noviembre de1859 dice : ‡El inb†cil de Justiniano crey‚ conseguir su objetodispensando de pagar al que perdiera y darle el derecho de re-clamar la cosa perdida de su vencedor cuando la hubiese paga-do, al que le daba una acci‚n que duraba cincuenta a…os, y deesta manera para poner un obst„culo „ la pasi‚n del juego, podƒaponer ‚ daba una peligrosa excusa „ la buena fe y „ la hones-tidad . ˆ

,iJ( Y por fin, terminaremos los argumentos de autoridad citando,en nuestro apoyo al inmortal Filangieri, el cual dice en su libro(:ieiacia cƒe la Le ,~~islaciJn :

‡Un motivo igualmente razonable deberƒa imponer silencio` t„las leyes acerca de un vicio que los C‚digos de nuestras naciones vedan corno cielito y le castigan in•tilmente . Hablo de losjuegos prohibidos . La inclinaci‚n al juego, lo mismo que todaslas inclinaciones, no conduce al hombre al delito sino cuando de-j a de estar dirigida por la raz‚n .

Mientras est„ bajo su imperio y no causa delito, no es suscep-tible del freno de la ley. Como acci‚n es indiferente y como pa-si‚n no merece castigo. La sanci‚n penal debe recaer solamentesobre el delito . El vicio debe ser precavido por las leyes pero nocastigado .

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hl Cuando la pasi…n del juego haga del jugador un ladr…n, en-tonces ser• castigado como ladr…n, pero no corno jugador . †Porventura la ley que castiga el rapto y el adulterio castiga tambi‡nel amor? Todos los delitos dimanan del desorden de las pasiones ;.pero las leyes han debido contentarse con castigar los efectos ydirigir las causas. La pasi…n de la gloria, que ha producido tantasvirtudes, ha causado tambi‡n muchos delitos . La ignorancia delgran sistema legislativo ha hecho creer • los legisladores que po-dr„an obtener con las leyes penales, lo que deben conseguir pormedios enteramente distintos .

Siempre han querido caminar directamente • un objeto, cuan-do deb„an ir • ‡l por el camino m•s tortuoso, con lo cual hanofendido la libertad del hombre y no han hallado lo que busca-ban, creyendo que nada les quedaba por hacer cuando hab„ancastigado el vicio y no pensaron en precaverlo . La inoportunidaddel medio ha hecho que triunfe el vicio v ha producido el des-precio de la, ley . Esto es lo que se observa en muchas disposicio-nes de nuestro C…digo, y con evidencia en las relativas • la prohi-bici…n del juego . La ineficacia de la sanci…n penal contra este vi-cio se ha visto bien • las claras en todas las naciones que la hanadoptado. Luis XIII lleg… hasta declarar infame ‡ incapacitado detestar y de obtener empleos de Real provisi…n • los que hubiesenjugado • juegos de suerte … azar. Irrit… al pˆblico la ferocidadde la pena y el abuso de la autoridad, se cerraron las puertas quehasta entonces estuvieron abiertas y se continu… jugando como

J

antes. (Libro 3 .", 2 .`; parte, cap . 55) .'y En vista, pues, de lo expuesto, podemos afirmar que los jue

gos de envite y azar no pueden constituir delito ; pero †son inmo-

rales?Si se hiciese esta pregunta, es seguro que todos, absoluta-

mente todos, aun aquellos que como nosotros opinan que por noconstituir delito no debiera ser penado por las leyes, contestar„anun•nimes en sentido afirrrmativo ; y sin emnbargo, las dos opinionestan encontradas que acabamos de exponer, representada la unapor Justiniano y la otra por Alfonso el Sabio, hacen suponer queesta cuesti…n se, ha puesto alguna vez en tela de juicio .

En efecto, mientras el primero en su C…digo, conced„a, como

Demos dicho, el derecho de no pagar las cantidades perdidas enel juego, y aun el de reclamarlas si las hubiese perdido, el autorde las Partidas dice en la ley XII de su Código de las Tafurer•as :†Si algunos ovieren que jugaren dineros fechos con otros pe‡os,ˆ el que tiene los dineros ganara los pe‡os, puede luego servirsede ellos sin calunia ninguna, que as• como far•a ‚ su guisa de losdineros si gelos ganase aquel que juega los pe‡os, as• de esamisma manera se debe servir de los pe‡os aquel que gana lospe‡os .~i Y no puede negarse que estas opiniones solo pueden sos-tenerse seg‰n que sea moral ó inmoral el juego ; porque si es es-to ‰ltimo, toda obligación que nazca de ˆl es nula y ninguna ac-ción podr‚ nacer de ella ; y si por el contrario es moral, ningunarazón podr‚ alegarse para privar al vencedor en el juego de la.acción ó facultad de reclamar las cantidades que leg•timamentehubiese ganado .

Pero ‚ la verdad que esta cuestión, as• como las que pudieransuscitarse sobre si la inmoralidad es esencial en el juego ó solodepende de sus consecuencias relacionadas con el estado, fortu-na, posición social y obligaciones del jugador, y si podr•a com-pararse con la inmoralidad de la prostitución, constituir•a temaadecuado para las discusiones de algunas Corporaciones cient•fi-cas, pero ninguna utilidad pr‚ctica reportar•a ‚ la cuestión obje-to de este trabajo; porque, sean ó no inmorales los juegos deazar, no podemos menos de reconocer y declarar que son tan ru-das las perturbaciones sociales que produce, tantas y tan amar-gas las l‚grimas que hace derramar ‚ las familias, y tan terriblessus consecuencias no solo para el jugador, sino para seres ino-centes ‚ quienes en la mayor•a de los casos alcanza, que bien po-demos sentar e axioma de que la sociedad debe acudir ‚ cuan-tos resortes le sean propios, adecuados y eficaces, tanto los quese encierran en los l•mites del hogar domˆstico, copio los que semueven y desarrollan con la vida social, para evitar ese trastornomental, ese violento arrebato con que la pasión del juego arras-11tra sus secuaces hasta precipitarlos en el abismo de su infor-tunio.

No liemos frecuentado esos garitos ó hediondos antros dondese esconde y desarrolla tan repugnante vicio. Tampoco hemos

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asistido ‡ los casinos de las grandes ciudades ni ‡ los lujosos sa-lones de las poblaciones frecuentadas en verano, donde tambiˆnse juega y acaso cantidades m‡s crecidas y con mayor cinismo .No hemos visitado ‡ Baden-Baden, emporio de esa pasi‰n mal-dita, y s‰lo de lejos hemos podido vislumbrar‡ M‰naco y Monte-Carlo, cuyo clima templado, su fˆrtil vegetaci‰n, la belleza de susedificios y el delicioso panorama que presenta son impotentespara purificar el aire corrompido por el vicio del juego, y no he-mos podido por lo tanto contemplar los semblantes de los juga-dores, imp‡vidos ‰ alucinados, fija la vista en el incierto movi-miento de la bola de una ruleta ‰ en la caprichosa manera de irpresent‡ndose las cartas de una baraja ; no los hemos visto redo-blar las apuestas con reconcentrado frenesƒ cuando la suerte leses contraria, comprimir ‰ pronunciar las imprecaciones m‡s im-pƒas, ‰ retirarse trˆmulo de la mesa en donde el monstruo ƒdolode su pasi‰n acaba de tragarse consecutivamente su dinero, sufelicidad y acaso su honra, para sentir ir‡s su desgracia en eltranquilo seno del hogar domˆstico, ‰ para intentar borrar tandesagradables impresiones en medio de la cr‡pula m‡s degra-dante .

Pero si leemos todos los dƒas en los peri‰dicos los frecuentesatentados contra su vida por quien ha perdido su fortuna en eljuego, vemos no pocas veces descender ‡ la miseria por la mismacausa familias opulentas, y hasta hemos oƒdo con horror que des-puˆs de haber perdido hasta el Šltimo cˆntimo de su capital,hubo quien jug‰ y perdi‰ su derecho al t‡lamo conyugal .

Menos que lo expuesto serƒa suficiente para que los publicis-tas y legisladores se ocupasen con preferencia de esta pasi‰n quecorroe la sociedad, y pensaran seriamente en sofocar este vicio .

‹Pero conseguiremos tan beneficiosos resultados consider‡n-dolo como delito y castig‡ndolo como lo hacen los C‰digos d :bodas ‰ casi todas las naciones civilizadas?

Hemos probado que los juegos de envite y azar no encajanen los moldes admitidos por la ciencia del Derecho para poderconsiderar como delitos los actos humanos ; pero ‡ pesar de elloy ‡ pesar de que somos tan esclavos de los principios, que el se-pararnos de e los ofende nuestra conciencia jurƒdica, como la des-

afinaciƒn ofende el delicado o„do de un m…sico consumado, tales el horror que nos inspira la pasiƒn del juego, tan perjudicialesconsideramos sus efectos, que aun aceptar„amos que el Cƒdigopenal lo castigase, si de esta manera pudiera pon†rsele freno ƒcorrectivo ; pero desgraciadamente no ha sucedido ni sucede as„,y tememos con sobrado fundamento que por mucho tiempo quetranscurra, las prescripciones de‡los Cƒdigos penales nunca se -ran medio adecuado para contener los impulsos de los jugadoresSerón letra vana que sƒlo servirón como han servido hasta ahora :de irrisiƒn ó los mismos .

De antiguo ven„an penóndose, pues hemos dicho y repetimosahora que Justiniano autorizƒ al jugador para no pagar lo queperdiese en el juego, y aun le concediƒ una acciƒn para reclamarlo que en tól concepto hubiese perdido ; y si bien el Rey Sabioreglamentƒ este vicio por medio de un Cƒdigo especial, es locierto que antes de los cincuenta aˆos de haberse publicado yaestaba derogado; siendo despu†s tantas y tan repetidas las Realesƒrdenes, pragmóticas y leyes que se publicaron prohibiendo losjuegos de azar que ser„a dif„cil poder enumerarlas, y por fin en elsiglo presente, en que tanto se ha estudiado el Derecho penal ótrav†s de las diversas teor„as filosƒficas, en que con tanto empe-ˆo se ha tratado de analizar los fundamentos en que las diferen-tes escuelas fundaban su opiniƒn sobre el derecho y origen decastigar, sobre elf n y objeto de la pena, en que con tanto acier-to se ha expuesto la generaciƒn del cielito, procurando aquilatar .poniendo para ello ó su servicio todas las ciencias auxiliares, el .grado de libertad con que obran ƒ pueden obrar los delincuen-tes, extremando algunos esta cuestiƒn hasta el unto de conside-rar el delito mais bien como una enfermedad ƒ' desequilibrio enlas funciones fisiolƒgicas, que como un acto moral, han concluidolos legisladores de casi todas las naciones por castigar en los Cƒ-digos del presente siglo corno delito los juegos de envite ƒ azar,y sin embargo nada se ha conseguido, pudiendo repetir con eleminente hilangieri : ((Se cerraron las puertas que hasta entoncesestuvieron abiertas, y se continuƒ jugando como antes .‰

Pero no solo son contrarias ó los principios de la ciencia † in-eficaces las disposiciones que penan los juegos de azar como son

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todas las que se intrusan, se mueven y giran en una atmósferaque no les es propia, sino que est†n en la m†s flagrante contra~dicción, en la m†s completa antinomia con algunas disposicionesvigentes sobre otras materias.

La ley de Bolsa, por ejemplo, solo admite como l…citas las ju-gadas † plazo, cuando se entreguen al comprador los t…tulos y selleven † efecto aquellas por medio de Corredor ó Agente, etc.,y el Tribunal Supremo en repetidas sentencias, pero especialmen-te en la de 16 de Octubre de 1889, ha declarado con elevado cri-terio, que constituyen un juego y son por lo tanto inmorales ynulas las ventas de efectos p‡blicos sin los mencionados requisi-tos; lo cual es evidente, porque cuando no se entregan los t…tulos,semejante acto no es m†s ni menos que un juego cuyo resultadose sujeta † la contingencia de que suba ó baje la Bolsa, como enla banca se sujeta † que salga antes ó despuˆs una de las cartasque constituyen la jugada .

Ahora bien : si las operaciones de Bolsa † plazo sin entregaral comprador los t…tulos reunen todas las condiciones de los actosque castigan los art…culos 358 y siguientes del Código penal, noes bastante lo que dispone la ley interpretada por los Tribunales,ó sea que se consideren nulas ˆ inmorales ; era necesario, si hade imperar la lógica en nuestra legislación, que los mencionadosart…culos los comprendieran en sus disposiciones . De lo contrario,podr…a afirmarse sin temor alguno de que se nos contradiga, queel Código penal espa‰ol y todos los Códigos europeos, ó son de-fi clentes por no castigar las juradas † plazos sin las condicionescondicioneslegales, ó han invadido al castigar los juegos de envite ó azar unterreno que no es el suyo, penando actos que no son de su in-cumbencia .

Y si tan lógica y contundente argumentación podemos em-plear al tratar de las jugadas de Bolsa, que en algunos casos nopasan de ser de la naturaleza de los contratos aleatorios, Šquˆ di-remos del juego de la loter…a, en que el Gobierno es el banquero,y estimula aviva la pasión del juego por cuantos medios est†n† su alcance?

La contradicción es tan monstruosa, que solo nos ocurre de-cir que si predominara un †tomo de lógica en las disposiciones

2

del C‡digo penal en la parte referente † juegos prohibidos, todoslos espaŠoles con escas‹simas excepciones, deber‹ainos estar scn --tados en el banquillo de los acusados, y dudo mucho que se en-contraran Magistrados que por estar libres de culpa pudieran ti -rar la primera piedra y formar Tribunal para juzgarnos .9 Pero hay m†s : la prohibici‡n de los juegos de envite y azar,

y el castigo † sus infractores, no evita que se juegue, pero s‹ ha-ce m†s inmoral el juego ; y al hablar as‹ no nos referimos † lasmuertes, † las peleas y † las tafurer‹as que el Rey Sabio quisoevitar al regularizar el juego por medio de un C‡digo especial;nos referirnos † la inmoralidad que puede cometerse por los em-pleados encargados de cumplimentar tales leyes, † los cuales mu-chas veces la maledicencia los designa como part‹cipes de las ganancias que deja el juego † los banqueros ‡ casa donde estosejercen su industria .1

Repetidas veces ha clamado la prensa contra semejante inmo-ralidad, y si no de una manera clara y directa, por medio de reti-cencias, que las conversaciones particulares se encargaban deaclarar, han tachado de autores del delito de cohecho † respeta-bles y elevadas Autoridades, especialmente de provincia. ŒEs quese les calumniaba? Tengo la seguridad de ello . Pero solo el peli-gro de que pueda cometerse esta inmoralidad, y m†s aun el es-c†ndalo que produce el que se achaque, aunque sin fundamento,este delito † ciertas autoridades, produce tan honda perturbaci‡nen la sociedad, que da lugar al desaliento en las conciencias hon-radas que quisieran ver † las autoridades rodeadas de una aureo-la tan acrisolada de moralidad, que rechazase hasta las m†s livia-nas indicaciones de los villanos calumniadores .

Y en verdad, que aunque sin fundamento, se han arraigadocon tal fuerza estos calumniosos rumores en la opini‡n p•blica,que dif‹cilmente podr†n desvanecerse sin tomar en la materiamedidas radicales .

Y si tan importante es para toda buena administraci‡n p•bli-ca la moralidad y buen nombre de sus funcionarios el evitar quese empaŠe una y otro, ser† siempre una raz‡n complementaria† las dos que liemos expuesto contra la prohibici‡n de los juegosde envite y azar. ŒPero quŽ medios quedan † la sociedad para

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evitar las horribles consecuencias del juego si se borra del C†di-go penal su castigo? Se dir‚ .

Por triste clue sea confesarlo, radical y completo ninguno ; pe-ro por ef•meros ‡ indirectos que sean los que puedan adoptarse,siempre ser‚n m‚s cient•ficos y de resultados m‚s pr‚cticos quela prohibici†n penal establecida en los C†digos .

Mucho podr•a conseguirse moralizando las costumbres y ro-busteciendo la vida de familia, pero nos abstendremos de entraren reflexiones sobre esta materia, ya porque no la consideramosadecuada al car‚cter jur•dico de nuestro trabajo, ya principal-mente porque acaso nos vi‡ramos precisados con este motivo ‚criticar instituciones modernas .*'‚ Pero ya que no podamos cortar tamaˆa inmoralidad, encau-c‡mosla, y dejando ‚ la moral que la persiga hasta en sus m‚srec†nditos albergues, tratemos por lo menos de que sus efectossean menos desastrosos, y para ello no encontramos otro remedioque ‰mirando ‚ D . Alfonso el SabŠo : reglamentar el juego .

Tal vez este pensamiento produzca la mayor extraˆeza ; talvez se reciba con el mayor asombro la idea de sujetar ‚ reglas unvicio tan perjudicial y que siempre ha sido castigado por nuestrosC†digos .

Pero ‚ los que tal extraˆeza Y asombro muestren, ‚ los quetales reflexiones hagan, no los enseˆaremos los reglamentos dehigiene p„blica, porque participamos de la idea que no porquesea viciosa nuestra legislaci†n en un punto, lo ha de ser en lodem‚s; sino que les indicaremos, † mejor dicho, repetiremos ra-zones m‚s s†lidas y aplicables en absoluto ‚ la cuesti†n de que seti-ata .--~ Si lbs juegos de envite y azar no pueden caer bajo la acci†n

penal ; si aun castig‚ndolos no puede extirparse este vicio social ;

si de continuar siendo objeto del C†digo penal se reconcentra enpuntos ‚ donde no llega ni puede llegar la autoridad y por lotanto, no pueden evitarse las trampas, las riˆas y acaso los ase-sinatos, admitamos un medio, que si bien reconocemos que noproducir‚ todos los saludables efectos que fuera ele desear, algose conseguir•a, y si partimos de un mal inevitable el aminorar

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sus desastrosos efectos, siempre ser‚ un adelanto de la moralidadpƒblica .

Saquemos el juego de esos antros „ garitos vergonzosos ;abramos esas puertas que separan con verg…enza las habitacio-nes reservadas de los Casinos ; d†se paso franco ‚ las autoridadespara que presencien las jugadas y eviten las de mala ley, y nos„lo habremos secundado el pensamiento del Rey Sabio que contanta elegancia expon•a en el pre‚mbulo de su C„digo de las Ta-furer•as al decir que lo hab•a escrito para que se juzgue ‚ los ta-fures por siempre porque ‡se viede la diestrez † se corten lasmuertes † las peleas † las tafureriasˆ, sino que habremos evitadoadem‚s otros males, que aunque no sean de tanta importancia,son m‚s frecuentes y m‚s perjudiciales por lo tanto ‚ la sociedad .J Se evitar•a en primer t†rmino que acudiesen ‚ las casas de

juego personas que por su posici„n social nunca debieran acudir‚ semejantes lugares, como pueden hacerlo hoy prevalidos „escudados por las sombras del misterio . ,

Vigiladas y custodiadas como podr•an ydeber•an estar las casasde juego, se pod•a evitar tambi†n que asistiesen ‚ ellas los meno-res de edad, como sucede en la actualidad, especialmente entreaqu†llos que tienen que vivir separados de sus familias en las gran-des poblaciones, y los desastrosos efectos que esto produce, notanto en la p†rdida de los intereses materiales, sino por los h‚bi-tos de despego al trabajo, afici„n ‚ los negocios arriesgados queinsensiblemente adquieren y que lejos de borrarlos en la mayoredad, insisten con m‚s frenes•, sin que nada pueda ya contener-los en su vertiginosa carrera .

Como para establecerlas se necesitar•a el permiso de la auto-ridad, bien podr•a negarse cuando se tratara de establecer las ta ‰furer•as en puntos cercanos ‚ los Establecimientos docentes paraevitar que †stos se viesen abandonados muchas veces por los j„-venes alumnos para encerrarse tardes y aun d•as enteros en pun-tos, tan poco edificantes estimulados ya por sus propios compaŠe-ros, ya por emisarios asalariados por los interesados en las pin-g…es ganancias que deja una especulaci„n tan repugnante .

Resplandecer‚n pura y sin una ligera sombra de duda la re-putaci„n y moralidad de las autoridades pƒblicas .

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Y finalmente, adem•s de que con los productos de la tafureróapodróa aumentarse la policóa y evitar siempre las ri„as y peleas yen muchos casos las trampas y los suicidios, siendo p…blico eljuego seróan conocidos los jugadores y muchas veces podróapracticarse por este medio una prueba robusta y fuerte en losexpedientes de prodigalidad, de la que se carecer• mientras sejuegue en la oscuridad y • espaldas de la ley .

En fin, si tan odiado es ‚ debe ser de todos el juego, levante-mos una cruzada contra ƒl, y aunque tengamos que valernos demedios efómeros ƒ indirectos, no acudamos al medio, de castigarloen nuestros C‚digos ; porque en los males sociales, lo mismo queen los fósicos, la medicina que no cura agrava y la que empeora,m•s tarde ‚ m•s temprano acaba con la vida del enfermo .

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