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Reglamento III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017TÍTULO I: DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES pág. 5TÍTULO II: DE LA ESTRUCTURA DE LOS JUEGOS pág. 7TÍTULO III: DE LOS JUEGOS pág. 11TÍTULO IV: DE LOS DEPORTES pág. 13TÍTULO V: DE LAS COMPETENCIAS DEPORTIVAS pág. 15TÍTULO VI: DE LA PARTICIPACIÓN pág. 15TÍTULO VII: DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE CADA DEPORTE pág. 17TÍTULO VIII: DE LAS COORDINACIONES DE LOS CAMPEONATOS pág. 18TÍTULO IX: DE LAS INSCRIPCIONES pág. 19TÍTULO X: DE LA PREMIACIÓN pág. 20TÍTULO XI: DE LA PUBLICIDAD pág. 22TÍTULO XII: DEL FINANCIAMIENTO pág. 23TÍTULO XIII: DE LAS CEREMONIAS DE INAUGURACIÓN Y CLAUSURA pág. 24TÍTULO XIV: DE LAS OBLIGACIONES pág. 24TÍTULO XV: DE LAS ACREDITACIONES pág. 26TÍTULO XVI: DE LA CONFORMACIÓN DE LAS DELEGACIONES REGIONALES pág. 26TÍTULO XVII: DE LOS ENCARGADOS DEL CONTROL DE LA COMPETENCIA pág. 27TÍTULO XVIII: DEL CONTROL DE DOPAJE pág. 28TÍTULO XIX: DE LOS ESCENARIOS pág. 29TÍTULO XX: DE LAS COMUNICACIONES pág. 29TÍTULO XXI: ASPECTOS VARIOS pág. 29

Cuadros Bases EspecíficasAtletismo pág. 33Atletismo PP pág. 35Balonmano pág. 43Básquetbol silla de ruedas pág. 45Gimnasia Artística Femenina pág. 49Gimnasia Artística Masculina pág. 51Gimnasia Rítmica pág. 53Goalball pág. 55Judo pág. 59Karate pág. 61Levantamiento de Pesas pág. 63Taekwondo pág. 65Tenis de Mesa pág. 67

Código de Disciplina pág. 73

Reglamento de Estrada pág. 81

Anexo 1: FORMULARIO DE RECLAMO pág. 83

ÍNDICE

III JuegosDeportivosNacionales

yII Paranacionales

2017

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ReglamentoIII Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

2017

CONSIDERANDO:- Que la Ley del Deporte N° 19.712 entrega al Estado la responsabilidad de crear las condiciones necesarias para el ejercicio, fomento, protección y desarrollo de las actividades físicas y deportivas, estableciendo una Política Nacional del Deporte que contemple acciones coordinadas de la administración del Estado y los grupos intermedios de la sociedad, destinadas a impulsar, facilitar, apoyar y fomentar actividades físicas y deportivas en los habitantes del territorio nacional, a través de la prestación de servicios de fomento deportivo y de la asignación de recursos del presupuesto público.

- Que, la Ley citada, en su Artículo 8°, inciso 3°, indica que el Instituto Nacional de Deportes de Chile desarrollará, con las Federaciones Deportivas Nacionales, el Programa Nacional de Deporte de Alto Rendimiento, destinado a elevar el nivel y la proyección internacional del deporte chileno.

- Que, en el fomento de las actividades físicas y deportivas en personas en situación de discapacidad, considera como uno de los puntos prioritarios, crear instancias de participación en eventos multideportivos nacionales.

- Que dentro de este Programa Nacional de Deporte de Alto Rendimiento se enmarcan, a partir del año 2013, los Juegos Deportivos Nacionales y de 2015 los Juegos Deportivos Paranacionales, cuyo Reglamento se detalla a continuación.

TÍTULO IDE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Capítulo IFundamentación

Artículo 1°: Los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017” son un mega evento multideportivo interregional, cuyo objetivo principal es integrar a todas las regiones del país en una competencia deportiva de alto rendimiento, como parte del proceso de preparación de los deportistas nacionales que representarán a Chile, en eventos deportivos internacionales, promoviendo el fortalecimiento de la identidad regional mediante la descentralización del desarrollo y la práctica del deporte.

Artículo 2°: Los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017” requieren de un reglamento que estipule sus bases y criterios con el propósito de garantizar a todos sus participantes sus derechos y deberes en lo deportivo, técnico y organizativo.

Artículo 3°: El Reglamento de los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017” es el precepto de mayor jerarquía normativa, por lo que en caso de incompatibilidad con cualquier otra disposición normativa priman sus mandatos, siempre y cuando no resulten contrarios a la Constitución de Chile y a la Ley del Deporte. Artículo 4°: Es deber de los diferentes estamentos involucrados en el desarrollo de los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017” guiarse y obedecer los contenidos del presente Reglamento, como también las decisiones adoptadas por las autoridades reconocidas en este.

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Artículo 5°: En los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017” se deberá contar con la mayor y mejor representación de las quince (15) regiones de Chile a través de su Selección Regional en cada uno de los deportes que incluya el programa del evento, de tal manera de garantizar la presencia de los (as) mejores deportistas nacionales.

Capítulo IIDefinición y objetivos

Artículo 6°: Los “III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017”, en adelante los Juegos, constituyen el evento deportivo de mayor relevancia en el país, el que se realizará en la categoría todo competidor, con excepción de aquellos deportes en los cuales el Comité Organizador, en conjunto con la Federación Nacional respectiva, convencionales y/o paralímpicas, establezca un rango de edad especial para estos Juegos.

Por tanto, las directrices establecidas en el presente Reglamento, tienen, entre otros, los siguientes objetivos:

Objetivo general:- Desarrollar una plataforma de proyección de deportistas para el alto rendimiento y la representación internacional, consistente en la realización de un megaevento multideportivo que convoque a los mejores deportistas de las quince regiones del país, articulando el Sistema Nacional de Competencias Deportivas de Chile.

Objetivos específicos:- Otorgar continuidad a la preparación de los deportistas para el alto rendimiento y la representación internacional.- Convocar a los mejores deportistas del país en torno a un megaevento multideportivo y ofrecerles las condiciones idóneas para que se desarrollen competitivamente en su deporte.- Fortalecer la identidad y la representación regional.- Descentralizar el deporte de alto rendimiento. - Ampliar y mejorar el recurso humano que trabaja en el megaevento multideportivo.

Artículo 7°: Los Juegos se desarrollarán desde el domingo 07 al sábado 20 de mayo del año 2017 en la Región del Biobío.

Capítulo IIIDel Instituto Nacional de Deportes (IND)

Artículo 8°: El Instituto Nacional de Deportes, en adelante IND, creará la estructura nacional para la dirección y la organización de esta tercera versión junto con la Dirección Regional del Biobío. Artículo 9°: Corresponde al IND definir y hacer cumplir la estructura operativa de los Juegos. Artículo 10°: El Departamento de Deporte de Competición de la División de Actividad Física y Deportes del IND, en conjunto con la Dirección Regional del Biobío, elaborarán un manual de funciones por cada uno de los niveles establecidos en la estructura organizativa y un cuaderno de cargos para la organización del mega evento deportivo.

Artículo 11°: Es responsabilidad del IND, por medio de su Dirección Nacional y sus Direcciones Regionales, con la colaboración de la Confederación Deportiva Comité Paralímpico, en adelante COPACH, y Comité Olímpico de Chile, en adelante COCH, por medio de sus Federaciones Deportivas Nacionales y Asociaciones Deportivas Regionales, velar por la participación de todas las regiones en los Juegos, con el propósito de cumplir con los principios de universalidad, descentralización e integración de todo el país, descritos en el Artículo 1° del presente Reglamento.

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TÍTULO IIDE LA ESTRUCTURA DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES Y

PARANACIONALES

Artículo 12°: La estructura de los Juegos está conformada, en orden jerárquico, por:

Capítulo IComité de Honor

De Carácter Honorífico, por lo que tendrá como función participar de actos y ceremonias que se desarrollen en el contexto de los Juegos.

1. Ministro (a) del Deporte, quien ocupa el cargo de Presidente (a).2. Subsecretario (a) del Deporte, quien ocupa el cargo de Primer Vice Presidente (a).3. Presidente del COCH y Presidente del COPACH.4. Director (a) Nacional del IND. 5. Intendente Región del Biobío6. Seremi de Deportes del Biobío7. Director(a) Regional IND Biobío

Capítulo IIDel Ministro (a) del Deporte

Artículo 13°: Corresponde al Ministro (a) del Deporte ejercer el cargo de Presidente (a) de los Juegos en su conjunto.

Capítulo IIIDel Subsecretario (a)

Artículo 14°: Corresponde al cargo de Subsecretario (a) del Deporte ejercer como Vicepresidente de los Juegos en su conjunto, y reemplazar al Presidente en su ausencia.

Capítulo IVComité Operativo Nacional

Artículo 15°: El Comité Operativo Nacional de los Juegos estará integrado por los responsables de la organización del evento:

1. Jefe(a) del Departamento Competitivo Nivel Central IND (Director Ejecutivo).2. Encargados (as) del programa Departamento Competitivo Nivel Central IND.3. Gerentes técnicos y/o delegados de las Federaciones Deportivas Nacionales Olímpicas y Paralímpicas.

Artículo 16°: Corresponde al Comité Operativo Nacional de los Juegos las siguientes funciones:

1. Analizar, definir y aprobar los programas necesarios para la realización de los Juegos.2. Analizar y aprobar el presupuesto general y los presupuestos específicos para la organización, realización e implementación de los Juegos.3. Analizar y aprobar el cronograma de seguimiento de la organización e implementación de los Juegos, realizando un chequeo periódico del mismo.4. Reunirse al menos una vez cada dos meses, con el Comité Operativo Local, para analizar el avance en la organización y realización de los Juegos.

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5. Definir, analizar y aprobar el programa de las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos.6. Realizar seguimiento de la organización e implementación de los Juegos, con visitas a la Región a los 150, 90, 60 y 30 días previos al inicio de los Juegos. 7. Revisar informes de avance del comité Operativo Local, respecto de la organización e implementación de los Juegos en la región sede (180, 120 días previos al evento).8. Analizar y revisar informes de avance de los Comités Operativos Regionales, respecto de la etapa regional de los Juegos.9. Generar la documentación que permita hacer operativa la realización de los Juegos (reglamentos y formatos tipos para informes).10. Apoyar la participación de las diferentes delegaciones, mediante la entrega oportuna de informativos sobre todo lo concerniente a los Juegos.11. Aprobar una lista de autoridades deportivas y gubernamentales, nacionales y locales que serán invitadas. 12. Dar el apoyo necesario y supervisar la instalación de las coordinaciones de campeonato a cargo del COPACH y cada Federación Deportiva Nacional de las disciplinas incluidas en el programa de los Juegos. 13. Aprobar el grado de accesibilidad óptimo de los recintos deportivos por utilizar.14. Responsabilizarse del análisis y resolución de cualquier otro particular no relacionado con lo mencionado anteriormente.15. Las demás inherentes a su naturaleza y que sean necesarias para el buen éxito de los Juegos.

Capítulo VComité Operativo local

Artículo 17°: El Comité Operativo Local de los Juegos estará integrado por los responsables de la organización del evento:

1. Jefe de Actividad Física Regional del IND.2. Coordinadores operativos de los Juegos Nacionales y Paranacionales. (Encargado Regional Competitivo y Encargados de Programa nacional).3. Encargado (a) Comisiones de trabajo (Dirección Regional del Biobío).4. Representante técnico de las Federaciones Nacionales Olímpicas y Paralímpicas

Artículo 18°: Corresponde al Comité Operativo Local de los Juegos las siguientes funciones:

1. Analizar los programas necesarios para la realización de los Juegos.2. Definir el presupuesto general y los presupuestos específicos para la organización, realización e implementación de los Juegos.3. Generar propuesta de cronograma de seguimiento de la organización e implementación de los Juegos.4. Reunirse al menos una vez cada dos meses con el Comité Operativo Nacional, para exponer avances en la organización y realización de los Juegos. 5. Coordinar el programa de las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos, aprobado por el Comité Operativo Nacional.6. Proponer, analizar, aprobar y supervisar los cronogramas de trabajo de las distintas Comisiones. 7. Presentar informes de avance respecto a la organización e implementación de los Juegos, al Comité Operativo Nacional. (180, 120 días previos al evento)8. Definir en coordinación con las autoridades de seguridad y tránsito de Carabineros de Chile, el servicio de transporte interno con sus rutas para las delegaciones, jueces, directivos y personal VIP, así como el cierre de vías cuando se requiera. 9. Proponer con la Comisión de Protocolo, una lista de autoridades deportivas y

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gubernamentales, nacionales y locales, que serán invitadas.10. Coordinar con la Comisión de Seguridad y Carabineros de Chile el diseño y puesta en marcha de los dispositivos de seguridad que correspondan para cada uno de los escenarios y sus respectivas vías de acceso, así como para las personalidades asistentes. 11. Elaborar, en conjunto con la Comisión de Logística, los planes de contingencia correspondientes. 12. Desarrollar, en conjunto con la Comisión de Voluntariado, el programa de convocatoria y reclutamiento del personal voluntario, que colaborará con las diferentes áreas y comisiones de los Juegos.13. Coordinar la vinculación y apoyo de las entidades y empresas de la sede con los Juegos. 14. Responsabilizarse del análisis y resolución de cualquier otro particular no relacionado con lo mencionado anteriormente.15. Las demás inherentes a su naturaleza y que sean necesarias para el buen éxito de los Juegos.

Capítulo VIComité Operativo Regional

Para los procesos técnicos y organizativos que conformen las selecciones regionales que participen en los Juegos, deben constituirse quince (15) Comités Operativos Regionales, uno en cada región del país.

Artículo 19°: Los Comités Operativos Regionales estarán constituidos por:

1. Director (a) Regional del IND o su representante, quien lo presidirá.2. Jefe (a) de Actividad Física de la Región del IND.3. Encargado (a) regional del Competitivo. 4. El o la representante del deporte en la región designado por la dirección regional, y que pertenezca a algún club o asociación federada. 5. El o la representante designada por la Federación Deportiva Nacional y/o COPACH en la región.

Pueden asistir a las reuniones del Comité Operativo Regional el Gestor Territorial de la Dirección Regional del IND, encargado del programa Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, y un representante del Deporte de Alto Rendimiento de la Dirección Regional del IND. Estas tres personas tienen solo derecho a voz.

El o la representante regional de la Federación Deportiva Nacional y/o la COPACH en la región, quien ha sido designado por la Federación de la disciplina sobre el tema que trate la reunión del Comité Operativo Regional. Estas personas tienen solo derecho a voz.

Quien preside el Comité Operativo Regional de los Juegos o su delegado, debe nombrar al Secretario (a) del Comité Operativo Regional.

El quórum del Comité Operativo Regional requiere la presencia de tres (3) de sus miembros.

Artículo 20°: Entre las funciones del Comité Operativo Regional se encuentran las siguientes:

1. Coordinar a todas las instituciones públicas y privadas, como a las organizaciones deportivas involucradas en los Juegos de cada región, con el propósito de organizar y realizar los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) para conformar las selecciones regionales que participarán en los Juegos.2. Realizar las gestiones que sean necesarias, tanto a nivel público como privado, para lograr

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los recursos que permitan a cada región contar con el financiamiento para la organización de los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) destinados a conformar cada selección regional, el traslado de estas hacia la región sede (ida y regreso) y la compra tanto de la vestimenta deportiva de presentación como de competencia para participar en los Juegos.3. Elaborar un plan de acción que permita la organización e implementación de los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) de los Juegos a nivel de cada región e informarlos al Comité Operativo Nacional. 4. Definir los cronogramas de trabajo del Comité Operativo Regional.5. Rendir informes mensuales al Comité Operativo Nacional del avance en la organización e implementación de los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) de los Juegos.6. Mantener una constante comunicación y coordinación con el Comité Operativo Nacional.7. Realizar el seguimiento y supervisión de todos los temas que tengan relación con la organización de los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) de los Juegos.

Capítulo VIIDirector(a) Ejecutivo(a) de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales

Artículo 21°: En el Comité Operativo Nacional de los Juegos existirá el cargo de Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos, que recaerá en el Jefe del Departamento Competitivo IND Central, quien tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar y presentar, para su aprobación, el presupuesto general y específico de los Juegos.2. Elaborar y presentar, para su aprobación, el plan de acción para la organización, ejecución y evaluación de los Juegos.3. Hacer las coordinaciones necesarias y los seguimientos que correspondan, tanto al Comité Operativo Nacional como a los Comités Operativos Regionales, para analizar el avance respectivo.4. Presentar al Comité Operativo Nacional informes sobre los avances en la organización e implementación de los Juegos.5. Asistir y liderar las reuniones del Comité Operativo Local de la región sede.6. Proponer al Comité Operativo Nacional el programa deportivo de los Juegos en coordinación con la Comisión Técnica Deportiva, para su aprobación.7. Coordinar las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.8. Coordinar la elaboración de la memoria de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales Chile.9. Constituir las comisiones de trabajo para la organización, ejecución y evaluación de los uegos en la sede.10. Las demás inherentes a su naturaleza y necesarias para el éxito de los Juegos.

Capítulo VIIICoordinador (a) Operativo(a) de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales

Artículo 22°: El Comité Operativo Nacional de los Juegos debe nombrar a él o los Coordinadores Operativos de los Juegos, quienes tendrán las siguientes funciones:

1. Elaborar el Programa Deportivo de los Juegos con la asesoría de la Comisión Técnica Deportiva, el que debe ser aprobado por el (la) Director(a) Ejecutivo(a) y el Comité Organizador de los Juegos. Este programa tiene que ser divulgado a los participantes y a

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la opinión pública.2. Asegurar que los requisitos de la Comisión Técnica Deportiva de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales sean oportunamente cumplidos.3. Elaborar informes de avance de la organización de los Juegos para la evaluación de su Director(a) Ejecutivo(a).4. Activar y hacer seguimiento a las Comisiones de Trabajo de los Juegos, para que realicen e implementen el cronograma establecido.5. Hacer cumplir los planes operativos y de contingencia de la Comisión de Logística para la puesta a punto de los escenarios e implementación de los Juegos.6. Proponer al Comité Operativo Nacional el recurso humano responsable de cada una de las Comisiones de Trabajo de los Juegos.7. Confeccionar las actas con el COCH y COPACH en conjunto con cada Federación Deportiva Nacional, en las que se consignen los compromisos de todo nivel, por parte de éstas y de la Organización de los Juegos. 8. Solicitar y supervisar a la Comisión de Logística en la elaboración de un diagrama en donde se detallen los recintos a utilizar en los Juegos, con las distancias entre ellos, vías de acceso vehiculares y peatonales, accesibilidad para personas en situación de discapacidad y movilidad reducida, ubicación de personal de seguridad y primeros auxilios, estacionamientos, centros de alimentación, entre otros. 9. Identificar los recintos que son de dependencia pública y están a disposición de los Juegos y los de propiedad privada que requieran ser arrendados. 10. Requerir de la Federación Deportiva Nacional en conjunto con el Comité Operativo Nacional la elaboración de un diagrama que grafique la estructura del escenario de competencia: ubicación de jueces y árbitros, paramédico, locución, mesa de control, encargado de registro y publicación de resultados, área de competencia, zona de prensa, zona VIP, zona público general, zona para delegaciones participantes, paneles informativos, zona de hidratación, vestidores, baños públicos y de deportistas, cafetería, etc. 11. Las demás inherentes a su naturaleza y necesarias para el éxito de los Juegos.

Capítulo IXComisiones de Trabajo de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales

Artículo 23°: Para la planificación, organización, ejecución y evaluación de los Juegos, el (la) Director(a) Ejecutivo(a) debe formar Comisiones de Trabajo con responsabilidades y funciones específicas. Se encuentran los siguientes: Técnica Deportiva, Alojamiento, Alimentación, Logística de Recintos, Transporte, Voluntariado, Comunicaciones, Protocolo y Premiación, Informática, Antidopaje, Seguridad, Salud, Jurídica, Acreditación, Administración y Finanzas, Disciplina, Comercialización y Marketing, Resultados y Cómputos. Artículo 24°: Si bien algunas de las funciones de las Comisiones de Trabajo pueden ser citadas en el presente Reglamento, su detalle se encuentra en el Manual de Funciones de los Juegos.

TÍTULO IIIDE LOS JUEGOS

Capítulo IDuración

Artículo 25°: Los Juegos tendrán una duración máxima de catorce (14) días, incluidas las Ceremonias de Inauguración y Clausura.

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Capítulo IIDe las Etapas

Artículo 26°: Los Juegos constituyen una competencia deportiva nacional que cuenta con dos etapas: una previa o Regional y una Nacional. En la etapa previa o Regional, se desarrollan los procesos técnicos regionales que consisten en clasificatorios o selectivos para conformar la delegación que participará en cada una de las disciplinas incluidas en el programa de los Juegos. En la etapa nacional, considerada como los Juegos propiamente tales, los representantes de cada región compiten para definir al campeón nacional del deporte y/o prueba respectiva. Todos los participantes compiten de manera abierta para definir al mejor exponente de la disciplina a nivel regional y nacional en pos de contribuir al desarrollo del deporte de alto rendimiento y de la representación internacional.

Capítulo IIIDe los Reglamentos

Artículo 27°: La Comisión Técnica Deportiva de los Juegos, en conjunto con el COCH, COPACH y las Federaciones Deportivas Nacionales convocadas, deben elaborar las Bases Específicas de cada uno de los deportes, las que respetarán las directrices del presente Reglamento y justificarán cualquier tipo de excepción de carácter técnico deportivo.

Capítulo IVDe la Categoría de Participación

Artículo 28°: En el caso de los deportes convencionales, la Categoría de Participación es la de “Todo Competidor”, que incluye a deportistas damas y varones nacidos hasta el año 2002.

Una excepción a este artículo lo constituye la Gimnasia Rítmica, en la que, para el propósito anteriormente expuesto, se requiere que la categoría de participación de las deportistas sea las nacidas hasta el año 2003 (14 años o más).

En el caso de los deportes adaptados, la categoría es deportistas damas y varones nacidos hasta el año 2002, quienes presenten una discapacidad elegible para practicar un deporte paralímpico (Discapacidad física, sensorial-visual, intelectual, esta última solo en las disciplinas aprobadas por el reglamento de IPC) presentando un certificado que corrobore el grado de discapacidad y/o clasificación internacional.

Capítulo VDe los Recintos Deportivos

Artículo 29°: Es de responsabilidad del Comité Operativo Nacional y del Comité Operativo Local garantizar, con sesenta (60) días de anticipación al evento nacional, la disponibilidad de los recintos deportivos para el desarrollo de las competencias incluidas en el programa de los Juegos, y los lugares de entrenamiento, debidamente implementados para las disciplinas en cuestión y con las condiciones exigidas por la Comisión Nacional de control de Dopaje.

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Artículo 31°: Sobre los deportes incluidos en los Juegos, se faculta al Comité Operativo Nacional para efectuar los cambios que sean necesarios por razones técnico-deportivas y/o administrativas fundadas o por razones de fuerza mayor. Esta decisión del Comité Operativo Nacional se hace parte del presente Reglamento.

Capítulo IIDel programa deportivo

Artículo 32°: La elaboración del programa deportivo general de los Juegos es de responsabilidad de los Coordinadores (ras) Operativos (as), con la asesoría de la Comisión Técnica Deportiva, el cual debe ser aprobado por el (la) Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos y el Comité Operativo Nacional.

Artículo 33°: Se faculta al Comité Operativo Nacional para efectuar los cambios que sean necesarios por razones técnico-deportivas y/o administrativas fundadas o por razones de fuerza mayor.

TÍTULO IVDE LOS DEPORTES

Capítulo IDe los deportes participantes en los Juegos

Artículo 30°: Los deportes convocados a los Juegos son:

Programa Deportivo III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017

DeporteAtletismo

Atletismo paralímpico

Balonmano

Básquetbol en silla de ruedas

Gimnasia artísticaGimnasia rítmica

Goalball

Femenino MasculinoX

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

5

1

2

3

4

6

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Judo X X8

Karate X X9

Levantamiento de pesas X X10

Taekwondo X X11

Tenis de mesa paralímpico X X12

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TÍTULO VDE LAS COMPETENCIAS DEPORTIVAS

Capítulo IDe los mínimos exigidos para realizar las competencias deportivas

Artículo 34º: El mínimo de participantes en una prueba o especialidad en los deportes convencionales y paralímpicos será de 4 deportistas representantes de 4 regiones diferentes. Con este mínimo asegurado la prueba o especialidad podrá ser considerada en el medallero final. De no cumplir con este mínimo, la competencia en esa especialidad o prueba podría o no realizarse, según criterio del Comité Operativo Nacional. Si ese Comité decide realizarla con un número menor al mínimo (4 representantes), las medallas obtenidas serán válidas para la premiación por equipo y equipo mixto, pero no serán consideradas para el medallero general. En los deportes paralímpicos además se tendrá presente la norma IPC Atletic, para efectos de premiación con bajo número de participantes.

Artículo 35º: En los deportes de conjunto solo puede participar un equipo por región.

Artículo 36º: En las pruebas en los deportes individuales con modalidad de equipo, solo puede participar un equipo por región.

TÍTULO VIDE LA PARTICIPACIÓN

Capítulo IDe los (las) deportistas participantes

Artículo 37°: Los deportistas que tomen parte en los Juegos deben tener la nacionalidad chilena.

Artículo 38°: Para que un deportista participe en los Juegos está obligado a ceñirse a la normativa de este evento (Reglamento y Bases específicas) y, como parte de ello, acatar la reglamentación de la Federación Deportiva Internacional, Federación Deportiva Nacional correspondiente y del COPACH.

Artículo 39°: Pueden participar en los procesos selectivos deportistas que pertenezcan a organizaciones deportivas que reúnan los requisitos legales para su existencia y funcionamiento, como también deportistas que no estén inscritos en una organización deportiva. El único criterio de inclusión en los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) es el nivel deportivo. No obstante, para participar en los Juegos (evento nacional), todos los deportistas deben estar afiliados a la Federación respectiva. En los deportes paralímpicos esto no será exigible.

Artículo 40º: Todo deportista que tenga dos o más nacionalidades, entre ellas la chilena, puede tomar parte en los Juegos. No obstante, ese deportista no puede haber representado a otro país que no sea Chile en algún evento deportivo internacional reconocido por un organismo deportivo internacional competente en los últimos cuatro años, lo que debe ser certificado por la Federación Deportiva Nacional correspondiente y/o COPACH. Dicho documento debe ser presentado al momento en la acreditación del o la deportista.

Artículo 41º: El (la) deportista debe representar a su región de nacimiento. Para acreditarlo debe enviar en formato digital su Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados) o certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación como parte del proceso de “Inscripción Nominal”.

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Si el (la) deportista no tiene posibilidades de participar por el criterio anterior debido a que su región de origen no se inscribió en la disciplina correspondiente o que esta no tiene cupo para él (ella) dentro de la delegación porque un (a) deportista de excepción (seleccionado nacional o “rankeado” en un lugar objetivamente superior) va a utilizarlo, el (la) deportista en cuestión podrá representar a una región distinta a la de su nacimiento. Para acreditar esto, el Comité Operativo Regional de esta región debe solicitar al Comité Operativo Regional de la región de nacimiento del (la) deportista en cuestión un certificado que lo (la) autorice a representar a otra región por alguno de los motivos antes señalados. Una vez que el Comité Operativo Regional de la región de nacimiento emite este certificado, el (la) deportista queda facultado(a) para participar por una región distinta a la de su nacimiento. Dicho procedimiento debe ser efectuado vía correo electrónico, agregando en el “CC” a: Jefe(a) Comisión Técnica Deportiva y Coordinador(a) Operativo(a) de los Juegos.

El certificado de autorización debe ser solicitado al Comité Operativo Regional correspondiente con plazo máximo 30 días antes del inicio los Juegos. En ambos casos, el (la) deportista debe inscribirse en dicha región durante el período establecido por el Comité Operativo Regional correspondiente para participar en los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos) de los Juegos. El (la) deportista que represente a una región distinta a la de su nacimiento tendrá que hacerlo por la misma región en la próxima versión de los Juegos año 2019.

En la ficha de inscripción elaborada para estos Juegos se debe detallar el criterio utilizado para definir la región que representará y adjuntar el medio de verificación respectivo para validar su participación en los Juegos ante la Comisión de Acreditación. Todos los deportistas que deseen participar en los Juegos deben haber tomado parte de los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos). En casos excepcionales, el Comité Operativo Regional puede incorporar a un deportista chileno residente en el extranjero o que, por otro motivo de fuerza mayor, no haya participado en los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos), atendiendo a su rendimiento sobresaliente, al menos de nivel sudamericano. Esto debe ser avalado por la Federación Deportiva Nacional correspondiente y/o COPACH, aprobado por el Comité Operativo Nacional de los Juegos. Dicho procedimiento debe ser efectuado vía correo electrónico, copiando en el mismo a representantes de todas las partes involucradas.

Artículo 42º: Para que el Comité Operativo Nacional de los Juegos se pronuncie sobre la excepcionalidad descrita en el último párrafo del Artículo 41°, el Comité Operativo Regional de la región aludida debe entregar, vía correo electrónico, los siguientes documentos 15 días antes del inicio del proceso de “Inscripción Nominal”: copia de cédula de identidad del deportista; oficio del Comité Operativo Regional respectivo en donde se explique con detalle la o las razones por las cuales el deportista no puede participar en la etapa regional (clasificatorios o selectivos) y documento (s) que respalde(n) la solicitud. Estos pueden ser de orden médico, estudios, competencias internacionales clasificatorias a un megaevento internacional u otros que constituyan una razón de fuerza mayor.

Artículo 43°: Pueden participar en los Juegos solo los deportistas que no estén sancionados por las normas antidopaje al momento de la inscripción para los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos).

Artículo 44°: Un(a) deportista no puede participar en más de un proceso técnico regional (clasificatorios o selectivos) para acceder a participar en los Juegos. Serán admisibles reclamaciones de Jefes de Misión con antecedentes fidedignos probando que un deportista participó en dos procesos regionales o participó en uno, pero finalmente es inscrito por otra región, lo que será causal de eliminación de la participación del deportista.

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De la misma manera un deportista podrá representar a su región sólo en un deporte o especialidad deportiva.

Artículo 45º: Los deportistas profesionales pueden participar siempre que cumplan lo dispuesto en el Reglamento y Bases Específicas de los Juegos y la respectiva Federación Deportiva Nacional y/o COPACH.

TÍTULO VIIDE LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE CADA DEPORTE

Capítulo IFederaciones Deportivas Nacionales y/o Confederación Deportiva Comité Paralímpico de Chile

Artículo 46º: En cada deporte participante en los Juegos, la autoridad técnica es la Federación Deportiva Nacional correspondiente, reconocida por el COCH y/o el COPACH.

Artículo 47º: Los campeonatos deberán regirse por los lineamientos de las correspondientes Federaciones Deportivas Internacionales, respetando las excepciones que se incluyan en las Bases Especificas de los Juegos.

Artículo 48º: En todos los casos, las Federaciones Deportivas Nacionales y la COPACH, deben respetar toda la normativa de este evento.

Artículo 49º: Las Federaciones Deportivas Nacionales y la COPACH se comprometen a asesorar al Comité Operativo Nacional del evento en todo lo relacionado con los temas técnicos de las competencias.

Artículo 50º: La Comisión Técnica Deportiva de los Juegos debe coordinar con cada una de las Federaciones Deportivas Nacionales y/o la COPACH todo lo relacionado con la programación y realización de la competencia así como los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos), además de velar por el cumplimiento de las marcas y/o requerimientos mínimos dispuestos para los deportes.

Artículo 51º: Los recursos financieros aportados por cada Federación Deportiva Nacional y la COPACH (5% del presupuesto entregado a través de la línea de financiamiento Plan de Desarrollo Estratégico - PDE) deben ser invertidos en la producción de la competencia deportiva de los Juegos, consensuando la definición de los ítems de gastos a cubrir con los Coordinadores (ras) Operativos(vas) de los Juegos.

Capítulo IIDe las modificaciones

Artículo 52º: Las Federaciones Deportivas Nacionales y la COPACH deben informar oportunamente a la Comisión Técnica Deportiva respectiva cualquier modificación a las reglas internacionales del deporte correspondiente, con el propósito que de manera conjunta se hagan los ajustes necesarios a las Bases Específicas para ser adoptados y comunicados a los interesados.

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TÍTULO VIIIDE LAS COORDINACIONES DE LOS CAMPEONATOS

Artículo 53º: Para cada deporte incluido en los Juegos, se contempla un Coordinador de campeonato designado por el Comité Operativo Nacional en conjunto con el comité Operativo Local y con la Federación Deportiva Nacional y/o la COPACH, quien deberá poseer un perfil de especialista en cada deporte y será responsable del desarrollo del campeonato correspondiente. El Coordinador del campeonato tiene, entre otras, las siguientes funciones:

1. Organizar los aspectos logísticos de la competencia: montaje técnico, contratación de recursos humanos, servicios de primeros auxilios, coordinación de voluntariado, programación, protocolos de premiación, publicación de resultados, entre otros. 2. Avalar el escenario de la competencia.3. Velar por el cumplimiento de las especificaciones técnicas de la disciplina durante el desarrollo de las competencias. 4. Seguir las indicaciones de la Comisión Técnica Deportiva de los Juegos.5. No permitir la participación de deportistas que no cumplan con los requisitos establecidos en las diferentes normas y/o que no aparezcan en las listas oficiales entregadas por el Comité Operativo Regional respectivo.6. Dirigir y orientar la reunión informativa de delegados.7. Verificar y hacer cumplir las inscripciones definitivas.8. Hacer respetar la programación diaria y por evento, la que debe quedar establecida como mínimo con ocho (8) días de anticipación al inicio del campeonato respectivo.9. Como Coordinador del campeonato debe conformar la Comisión Técnica Deportiva Específica y representar a la Federación Deportiva Nacional y/o a la COPACH según corresponda.10. Facilitar la información del evento para la página web de los Juegos.

Este mismo cargo se puede replicar en cada región, para que se encargue de liderar los procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos). En este caso, el Coordinador será nominado por el representante regional designado por la Federación Deportiva Nacional y/o por la COPACH.

Artículo 54º: La Comisión Técnica Deportiva Específica de cada campeonato, estará conformada de la siguiente manera:

1. El Coordinador del Campeonato, quien la presidirá.2. Jefe de los encargados del control de la competencia.3. Técnico Nacional de la disciplina o su representante, designado por la Federación Deportiva Nacional y/o la COPACH.

En el caso de la Comisión Técnica Deportiva Específica conformada para los Procesos Técnicos Regionales, será integrada por:

1. El Coordinador del campeonato, quien la preside.2. Jefe de los encargados del control de la competencia.3. Analista Unidad de Deporte de Competición Regional o su representante. 4. Coordinador regional sugerido por la COPACH y/o Federación Deportiva Nacional.

Artículo 55º: El Coordinador de campeonato debe iniciar y ejercer sus funciones por lo menos cuatro (4) meses antes de la inauguración de los Juegos.

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TÍTULO IXDE LAS INSCRIPCIONES

Capítulo IDe las inscripciones de las delegaciones

Artículo 56º: Para la participación en los Juegos se establece el siguiente Plan de Inscripciones:

1. Inscripción inicial, realizada por los Comités Operativos Regionales de cada una de las quince (15) regiones, que indique los deportes potenciales en que participará. Esta inscripción se debe hacer con fecha tope 27 de enero de 2017 y debe ser enviada a la Operativo Nacional con copia a los coordinadores (as) operativos (as) de los Juegos.

2. Inscripción numeral, realizada por los Comités Operativos Regionales de cada una de las quince (15) regiones, indicando la rama (masculina, femenina y/o mixta) y las modalidades (si las hay), número de deportistas, técnicos, delegados, jefes de misión y equipo médico, todos ellos separados por género. Esta inscripción se debe hacer con fecha tope el 26 de febrero de 2017 y debe ser enviada al Comité Operativo Nacional con copia a los coordinadores (as) operativos (as) de los Juegos.

3. Inscripción nominal definitiva de las delegaciones participantes en cada uno de los deportes por las quince (15) regiones, realizada por el Comité Operativo Regional de cada región a través de la plataforma, como máximo 30 días antes de la inauguración de los Juegos (7 de abril de 2017)

Esta inscripción debe limitarse a los cupos establecidos para deportistas, personal técnico, directivos y demás personal señalado en el presente Reglamento y en las Bases Específicas de cada deporte. El procedimiento de “Inscripción Nominal” será el siguiente:

a) Envío de la Ficha de Inscripción de los Juegos (formato PDF), validada (firma y timbre) por las autoridades y/o instituciones que allí se indican, en la cual se solicita, entre otros, los siguientes datos:

- Criterio seleccionado para definir la región que representa (región de nacimiento o regióndistinta a la de nacimiento).- Autorización médica que certifique que su estado de salud es compatible con laparticipación en una competencia deportiva. - Certificado médico, para el caso de deportistas paralímpicos certificado de clasificación funcional y/o que acredite el tipo y el grado de discapacidad del o la deportista Si el deportista posee clasificación funcional internacional, presentar el certificado de esta. - En deportes de combate certificado que acredite su Dan, grado o cinturón nacional.- Autorización sobre el uso de imagen y/o publicidad concedidas al IND. - Declaración en la que asume la responsabilidad individual por la práctica deportiva frente a eventuales accidentes. - En el caso de deportistas menores de edad, autorización de sus padres y/o tutor legal que permita su participación en los Juegos.

b) Ingreso de datos requeridos en el Sistema Informático de Inscripción de los Juegos.

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c) Envío del medio de verificación del criterio que respalda su participación y representación regional, además de excepcionalidades, si corresponden:

Capítulo IISujetos responsables de la inscripción

Artículo 57º: El Comité Operativo Regional de cada una de las quince (15) regiones es el encargado de supervisar y controlar el cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en los Juegos, tales como edad, categorías, procesos de clasificación o selección, inscripción individual y marcas.

Artículo 58º: Quien presida el Comité Operativo Regional de cada una de las 15 regiones, o la persona que él designe, es responsable ante el Comité Operativo Nacional de los Juegos de la legalidad de la inscripción individual y/o de conjunto de los deportistas que los representen en el evento.

TÍTULO XDE LA PREMIACIÓN

Artículo 59º: La premiación por medallas de los Juegos se efectúa de la siguiente manera:

1. Al campeón individual o a quien integre un equipo campeón: medalla de oro.2. Al subcampeón individual o a quien integre un equipo que obtenga tal ubicación: medalla de plata.3. Al tercer puesto individual o a quien integre un equipo que obtenga tal ubicación: medalla de bronce.

Además, se premia a un segundo tercer lugar en los deportes que se considere por reglamento de la disciplina.

Artículo 60º: La premiación para definir la región ganadora de los Juegos, se efectúa de la siguiente manera:

De acuerdo a la suma de medallas de oro obtenidas por cada deportista y/o equipos de las categorías femenina y masculina. En caso de igualdad se recurrirá en primera instancia a la sumatoria de las medallas de plata y en segunda, a las medallas de bronce. De persistir la igualdad se recurrirá a la determinación de puntajes mediante el sistema de puntaje olímpico que se describe a continuación.

CriterioRegión de nacimiento

Autorización del Comité Operativo Regional de la Región de nacimiento

Copia del correo electrónico donde la Federación Deportiva Nacional, COPACH y Comité Operativo Nacional de los Juegos avalan su condición.

Medio de Verificación

Deportista que no participó en proceso técnico regional por motivos de fuerza mayor

Copia de cédula nacional de identidad, por ambos lados, o certificado de nacimientoRegión distinta a la de nacimiento

Lugar07 puntos

Puntos1º Lugar2º Lugar

3º Lugar

4º Lugar

5º Lugar6º Lugar

05 puntos04 puntos

03 puntos

02 puntos01 puntos

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De acuerdo con este sistema de puntaje olímpico se llevan a cabo tres tipos de premiaciones (entrega de trofeos): 1. Premiación por equipos, categorías femenina y masculinaA partir de la sumatoria de las medallas obtenidas por los deportistas y/o equipos en las distintas modalidades y/o pruebas de las categorías femenina y masculina por separado, se premia a los tres primeros lugares damas y varones mediante la entrega de trofeos. 2. Premiación por Región (Mixto):Mediante el mismo sistema, se premia con trofeo a las tres mejores sumatorias de medallas, sumando las categorías femenina y masculina (mixto), siendo esta clasificación la que define a la Región Campeona del deporte en cuestión.

Las especialidades de la gimnasia (artística masculina, artística femenina y rítmica deportiva), se contabilizan como un solo deporte -para efectos de esta premiación- coronando a la Región Campeona.

3. Premiación generalLa sumatoria de medallas utilizada para obtener la premiación por región (mixto) de cada deporte es la que pasa a la tabla general de los Juegos, que define a la región Campeona de la justa.

La premiación general final de los Juegos consta de trofeos para los seis mejores sumatorias de medallas y se realizará en la Ceremonia de Clausura.

Aquellas pruebas o categorías en las que no exista la representación de al menos cuatro regiones, recibirán premiación individual y las medallas serán válidas para la premiación por equipos y equipos mixtos, pero no serán considerados para el puntaje general. Esto deberá ser ratificado por el Comité Operativo Nacional.

Artículo 61°: En caso de empate en deportes individuales en la tabla de posiciones del medallero, se dirimirá a base de la contabilización de medallas de plata. . Si el empate persiste, se hace lo propio con las de bronce y, si sigue la igualdad, con la tabla de puntajes.

En caso de empate en deportes colectivos entre dos regiones en la tabla del medallero, ocupará la mejor posición la región que haya resultado ganadora del partido jugado entre ambas o que tenga mejor diferencia de goles, mayor cantidad de goles marcados o menor cantidad de goles recibidos en la totalidad del torneo en ese orden.

En caso de empate en deportes colectivos entre más de dos regiones en la tabla del medallero, ocupará la mejor posición la región que tenga mejor diferencia de goles, mayor cantidad de goles marcados o menor cantidad de goles recibidos en la totalidad del torneo en ese orden. Cuando el empate se reduzca a dos regiones, se pasa de inmediato a los criterios establecidos en el párrafo anterior.

Si los criterios antes expuestos no logran dirimir el empate, se procederá a un sorteo. Artículo 62°: La no presentación de un deportista o equipo de deportistas medallistas a la ceremonia de premiación, será notificada al Comité de Honor de los Juegos, quienes resolverán sobre la falta a los principios olímpicos fundamentados en una filosofía de vida que propone crear un estilo de vida basado en la alegría y el esfuerzo, además del valor educativo del buen ejemplo, donde toman una alta preponderancia las palabras citius, altius, fortius.

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TÍTULO XIPUBLICIDAD

Capítulo IDe las imágenes corporativas en los uniformes de competencia

Artículo 63º: En el uniforme de competencia, los deportistas deberán tener un logotipo con el nombre de los organismos que organizan el evento (MINDEP/IND, COCH y COPACH) y de la región representada, tanto en la camiseta como en el pantalón o malla, todos ellos con un área máxima de 40 centímetros cuadrados (40 cm2). Para el caso de las prendas de tamaño menor como sillas de ruedas deportivas, gorros, medias, manillas, rodilleras, guantes y otros, el tamaño del o de los logotipos no podrá exceder de veinte centímetros cuadrados (20 cm2) en cada prenda.

En el caso de la publicidad de empresas que aporten con sus auspicios a cada selección regional, en la vestimenta de los deportistas no podrá exceder del 30% del total de la superficie de las prendas.

Artículo 64º: El nombre de la región deberá estar impreso en el pecho de los uniformes de competencia.

Los colores del uniforme serán de libre elección de cada región.

Capítulo IIDe las imágenes corporativas (publicidad) en los uniformes de presentación

Artículo 65º: En el uniforme de presentación, los deportistas deberán tener un logotipo con el nombre de los organismos que organizan el evento (MINDEP/IND, COCH y COPACH) y de la región representada, tanto en la camiseta como en el pantalón o malla, todos con un área máxima de 40 centímetros cuadrados (40 cm2).

En el caso de la publicidad de empresas que aporten con sus auspicios a cada selección regional (deportistas, delegados, cuerpo técnico y directivos en general), pueden tener un logotipo con el nombre del patrocinador en el buzo con un área máxima de ochenta centímetros cuadrados (80 cm2), tanto en la chaqueta como en el pantalón. Para el caso de las prendas como camiseta, short, bermuda o bolso, el tamaño del logotipo con el nombre del patrocinador no puede exceder de cuarenta centímetros cuadrados (40 cm2) en cada prenda.

El nombre de la región a la cual se representa deberá estar impreso en la espalda en los uniformes de presentación.

Los colores de los uniformes de presentación son de libre elección de cada región.

La ubicación de los logos en los uniformes de competencia y presentación será determinada mediante el instructivo correspondiente elaborado por el Departamento de Comunicaciones de MINDEP/IND.

Capítulo IIIDe las imágenes de los (las) participantes

Artículo 66º: Por el hecho de participar en los Juegos todos los (las) participantes (deportistas, técnicos, delegados, árbitros, jueces, clasificadores, voluntarios, entre otros), ceden los derechos de imagen al Comité Operativo Nacional (MINDEP/IND, COCH y COPACH) en caso de que puedan ser fotografiados o captados en videos en cualquiera de las etapas de los Juegos. El material solo será utilizado para la difusión y publicidad del evento y otros programas realizados por el MINDEP/IND, COCH y COPACH, sin fines de lucro de por medio.

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Capítulo IVDe los derechos de comercialización

Artículo 67º: Los derechos de comercialización de los Juegos, en los escenarios y áreas de influencia, así como los de transmisión y difusión por los medios de comunicación, pertenecen al IND. Los recursos que se generen por estos derechos deben invertirse en aspectos de organización, realización y participación de los Juegos.

TÍTULO XIIDEL FINANCIAMIENTO

Artículo 68º: El financiamiento de los Juegos, evento nacional, es responsabilidad del IND, el COCH, la COPACHI y las Federaciones Deportivas Nacionales que toman parte en los Juegos.

El presupuesto que es responsabilidad del IND para la organización y realización de los Juegos debe ser aprobado por el Director Nacional del IND. Para su ejecución deben acatarse las disposiciones legales sobre las contrataciones públicas.

Cada una de las Federaciones Deportivas Nacionales que participen en los Juegos y la COPACHI, tienen que disponer, al menos, el 5 % del presupuesto de su Plan de Desarrollo Estratégico (PDE), para financiar la producción de la competencia deportiva de su respectiva disciplina. Las materias a financiar con estos recursos tienen que acordarse entre la Federación, COPACHI y el (la) Coordinador(a) operativo(a) de los Juegos. Los aspectos que no puedan ser cubiertos por este aporte de la Federación tienen que costearse con los recursos aportados por el IND. Artículo 69º: Los recursos disponibles para los Juegos deben utilizarse en los siguientes ítems: alojamiento, alimentación, hidratación, transporte interno de las delegaciones, jueces y personal de apoyo; adquisición de la implementación necesaria para el desarrollo de las competencias y ceremonias, premios (copas, medallas, galvanos y diplomas) y vestuario para las comisiones, credenciales (tarjeta y cinta); arriendo de recintos deportivos y vehículos; contratación del recurso humano involucrado en la organización, ejecución y evaluación de los Juegos; contratación de servicios de ambulancia, locución, flete, producción de eventos, soporte web, seguro de vida y de accidentes, entre otros que defina el Comité Organizador.

Artículo 70º: El financiamiento de los Juegos, evento nacional, es responsabilidad del IND, COCH, COPACH y las Federaciones Deportivas Nacionales que toman parte en los Juegos.

El presupuesto, que es responsabilidad del IND para la organización y realización de los Juegos, debe ser aprobado por el Director Nacional del IND. Para su ejecución deben acatarse las disposiciones legales sobre las contrataciones públicas.

Cada una de las Federaciones Deportivas Nacionales que participen en los Juegos y COPACH, tienen que disponer, al menos, el 5 % del presupuesto de su Plan de Desarrollo Estratégico (PDE), para financiar la producción de la competencia deportiva de su respectiva disciplina. Las materias por financiar con estos recursos tienen que acordarse entre la Federación, COPACH y el (la) Coordinador(a) operativo(a) de los Juegos. Los aspectos que no puedan ser cubiertos por este aporte de la Federación tienen que costearse con los recursos aportados por el IND.

Artículo 71º: Los recursos disponibles para los Juegos deben utilizarse en los siguientes ítems: alojamiento, alimentación, hidratación, transporte interno de las delegaciones, jueces y personal de apoyo; adquisición de la implementación necesaria para el desarrollo de las competencias y ceremonias, premios (copas, medallas, galvanos y diplomas) y vestuario para las comisiones,

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credenciales (tarjeta y cinta); arriendo de recintos deportivos y vehículos; contratación del recurso humano involucrado en la organización, ejecución y evaluación de los Juegos; contratación de servicios de ambulancia, locución, flete, producción de eventos, soporte web, seguro de vida y de accidentes, entre otros que defina el Comité Operativo Nacional en conjunto con el Comité Operativo Local.

Artículo 72º: El presupuesto para que cada región organice sus procesos técnicos regionales (clasificatorios o selectivos), el traslado de cada delegación regional a la sede de los Juegos, la vestimenta deportiva de cada delegación (de presentación y competencia) y los honorarios de sus técnicos y equipo médico, en caso que la región así lo considere, es responsabilidad de cada Comité Operativo Regional, pudiendo lograr los recursos tanto del sector público como privado.

TÍTULO XIIIDE LAS CEREMONIAS DE INAUGURACIÓN Y CLAUSURA

Capítulo IDe los servicios

Artículo 73º: Las ceremonias de inauguración y clausura de los Juegos son de responsabilidad del Comité Operativo Nacional y del Departamento de Comunicaciones de MINDEP/IND.

TÍTULO XIVDE LAS OBLIGACIONES

Capítulo IDe los servicios

Artículo 74º: La organización de los Juegos debe ofrecer a los integrantes de las delegaciones debidamente inscritas y reconocidas como tales, los servicios de alojamiento, alimentación y transporte interno desde medio día calendario antes de comenzar cada campeonato, hasta máximo medio día calendario después de finalizada su participación.

No obstante, la región que tenga necesidades extras de alojamiento, alimentación y transporte interno podrá permanecer más tiempo en la sede bajo su costo y responsabilidad.

Capítulo IIDe las obligaciones a cargo de la organización general

Artículo 75º: El IND, los Gobiernos Regionales, COPACH y las Federaciones Deportivas Nacionales, deben tomar las medidas conducentes para que en sus respectivos presupuestos se hagan las apropiaciones que requieran la organización y desarrollo de los Juegos, con base en los cálculos de la inversión total que los mismos demanden.

Artículo 76º: Están a cargo de la Organización de los Juegos, entre otros, los siguientes aspectos.

1. Alojamiento, alimentación y transporte de los directores y coordinadores de campeonato de cada deporte, así como de los encargados del control de la competencia de carácter nacional.2. Alojamiento, alimentación y transporte interno de las delegaciones participantes acreditadas.3. Instalaciones oficiales de competencia y entrenamiento con las especificaciones

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técnicas que indique y apruebe la COPACH y/o la Federación Deportiva Nacional respectiva con la implementación deportiva y servicios complementarios que sean necesarios en cada caso.4. Servicio de hidratación y colaciones para las delegaciones y personal de apoyo acreditados en los Juegos.5. Vestimenta, alimentación, transporte interno e hidratación del personal voluntario que trabaje en los Juegos durante todo el período de su desarrollo. 6. Sala (s) de prensa y servicio de telecomunicaciones.7. Sistema de información para las delegaciones participantes y para los medios de comunicación.8. Servicio de primeros auxilios para los integrantes de las delegaciones participantes acreditadas acorde con las necesidades de cada uno de los deportes y modalidades convocadas, así como el traslado a los centros asistenciales de salud u hospitales cuando el caso lo requiera.9. Garantizar el cumplimiento de los planes de contingencia, salud, seguridad y emergencia, según la legislación vigente.10. Seguro colectivo que ampare la seguridad, salud y vida, accidentes y traslados de restos mortales a su lugar de origen, de los miembros de las delegaciones y personal con acreditación oficial, mientras permanezcan en la sede de los Juegos.11. Sistema de control de dopaje, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

Capítulo IIIDe las obligaciones a cargo de las delegaciones

Artículo 77º: Los Comités Operativos Regionales deben tomar las medidas conducentes para que en sus respectivos presupuestos se hagan las apropiaciones que requieran la preparación, organización, clasificación y participación de su delegación en los Juegos, con base en los cálculos de la inversión total que los mismos demanden.

Artículo 78º: Cada una de las delegaciones participantes tiene a su cargo, entre otros, los siguientes aspectos:

1. Desplazamiento de ida y regreso a la ciudad sede de los Juegos.2. Uniformes de presentación y competencia e implementos deportivos para sus deportistas, cuando estos sean de uso personal.3. Velar por la adecuada conformación de las delegaciones y por el comportamiento de sus integrantes, respondiendo por las consecuencias de esto último.4. Cada delegación tiene que contar con un Jefe (a) de Misión, quien será la máxima autoridad administrativa de la región que representa. Este cargo debe ser ocupado por un funcionario (a) del IND. 5. Todos los competidores deben presentar un certificado que acredite salud compatible al momento de la inscripción nominal, de conformidad al artículo 56° del presente Reglamento y a los procedimientos establecidos por la Comisión de Salud de los Juegos. Además, por el bien de la organización e imagen del evento, se establece las siguientes obligaciones:

1. Uso del uniforme de cada delegación en competencias y premiaciones.2. Obligatoriedad de los ganadores de medalla de concurrir a la Ceremonia de Premiación, que será debidamente informada. De no hacerlo, será el deportista que lo sucede a quien se le otorgue la medalla.3. Asistencia de los delegados de las regiones a las ceremonias de premiación de un deportista de su región.

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4. Respeto por los jueces, clasificadores y delegados.5. Cada delegación debe enviar al Comité Operativo Nacional con copia a los coordinadores (as) operativos (as), a más tardar el 27 de enero de 2017 las especificaciones técnicas de la bandera de la región que representa junto con una imagen de la misma en formato FreeHand y PSD. 6. Cada delegación debe enviar al Comité Operativo Nacional con copia a los coordinadores (as) operativos (as), el himno de la región que representa en formato MP3 a más tardar el 27 de enero de 2017.

TÍTULO XVDE LAS ACREDITACIONES

Artículo 79º: El Comité Operativo Nacional en conjunto con el Comité Operativo Local de los Juegos es el que aprueba el sistema y tipo de las acreditaciones que le propone el (la) Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos.

Artículo 80°: Al momento de la acreditación, se deben presentar los documentos en conformidad con el artículo 56° del presente reglamento y el instructivo de acreditación. Con ella se verificarán los datos y documentos ingresados en el proceso de “Inscripción Nominal”, para, luego proceder a la entrega de la credencial respectiva. Si existe algún dato no coincidente que a juicio de la Comisión de Acreditación y Técnica implique que el (la) deportista obtenga algún tipo de ventaja por sobre el resto, este (a) no podrá ser acreditado, quedando invalidado de participar en los Juegos. Artículo 81º: La organización de los Juegos debe acreditar a todas las personas vinculadas a los mismos, ya sea en calidad de deportista, directivo, personal técnico, personal médico, autoridad de juzgamiento, clasificadores, medio de comunicación, invitado especial, voluntario y personal de apoyo entre otros, quienes deben guiarse por el presente Reglamento y por las normas específicas del proceso de acreditación.

En todos los casos, la Comisión respectiva de los Juegos debe verificar con las autoridades competentes, la cantidad, origen y calidad del personal que será acreditado. Las demás acreditaciones que no se encuentran en las categorías antes descritas deben ser autorizadas por el (la) Director (a) Ejecutivo (a) de los Juegos.

TÍTULO XVIDE LA CONFORMACION DE LAS DELEGACIONES REGIONALES

Artículo 82°: Cada delegación regional está compuesta por los (las) deportistas que hayan sido seleccionados mediante los procesos técnicos regionales liderados por los Comités Operativos Regionales. La estructura de estos procesos debe ser definida en función de las disposiciones del presente reglamento y las bases específicas de cada una de las disciplinas de los Juegos, con el propósito de que sus representantes cumplan con todos los requisitos expuestos en estos documentos y así puedan participar efectivamente en el evento nacional.

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Artículo 83°: La conformación de la delegación regional, considerando todos los deportes del programa de los Juegos y un número de participantes ideal, es la siguiente:

TÍTULO XVIIDE LOS ENCARGADOS DEL CONTROL DE LA COMPETENCIA

Artículo 84º: Se entiende por encargados del control de la competencia a los jueces, árbitros, clasificadores, planilleros y auxiliares que velan por el normal desarrollo de las competencias y cumplimiento de las reglas de cada deporte.

Artículo 85º: Cada Federación Deportiva Nacional participante en los Juegos y/o COPACH debe designar a un Coordinador de competencia de su disciplina por lo menos cuatro (4) meses antes de la inauguración de los Juegos. Además, cada Federación y COPACH deben acreditar la certificación de los encargados del control de la competencia (nacional o internacional) y velar por la presencia de la cantidad definida conjuntamente con la Comisión Técnica Deportiva. Los encargados de esta labor en ningún caso pueden ser deportistas activos. Los árbitros, jueces y clasificadores podrán ser de la región sede y/o de las distintas regiones participantes, según lo defina cada Federación Deportiva Nacional y/o la COPACH.

Los honorarios por cancelar a cada encargado del control de la competencia serán definidos por cada Federación Deportiva Nacional y aprobados por el Comité Operativo Nacional y Local.

DEPORTES

ATLETISMO

Nº Deportistas

Nº Entrenadores Nº

Jueces/árbitrosNº

Apoyo MédicoNº

DelegadosNº

Jefe Misión INDDV

2525

4 0 1 1

BALONMANO DV

1414

20 1 12

GIMNASIA ARTÍSTICA DV

44

11 1 11

GIMNASIA RÍTMICA D 4 1 1 1 1

JUDO DV

77

111 1 1

KARATE DV

66

111 0 1

LEVANTAMIENTO DE PESAS DV

78

111 2 1

TAEKWONDO DV

44

111 0 2

ATLETISMO DV

1010

110 1

BÁSQUETBOL DV

512

10 1

PARANACIONALES

GOLBOL DV

66

10 1

TENIS DE MESA DV

48

10 1

1

1

1

1

1

1

1

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TÍTULO XVIIIDEL CONTROL DE DOPAJE

Artículo 86º: La Comisión de Control de Dopaje de los Juegos estará integrada por miembros de la Comisión Nacional Antidopaje.

La Comisión Antidopaje es responsable de desarrollar en el marco de los Juegos las siguientes funciones:

1. Asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Convención Internacional Contra el Dopaje en el Deporte, el Código Mundial Antidopaje y los estándares internacionales. 2. Planificar la distribución de los controles. 3. Verificar que las áreas de control de dopaje y la implementación de toma de muestras se ajusten a los requerimientos del estándar internacional. 4. Recibir las autorizaciones de uso terapéutico y dar trámite a la Comisión de Autorizaciones de Uso Terapéutico. 5. Recibir los resultados analíticos. 6. Informar al Tribunal de Honor de los Juegos sobre la ocurrencia de hechos que pueden ser enmarcados dentro de las infracciones a las normas antidopaje en el deporte, definidas en la Convención Internacional contra el Dopaje. 7. Los controles de dopaje que se regirán según el Código Mundial Antidopaje y el Reglamento Nacional de Control de Dopaje.

Artículo 87º: La lista de sustancias y métodos prohibidos aplicable a los Juegos es la emitida por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA o WADA) para el respectivo año, y cada Federación Deportiva Nacional y COPACH deben asegurarse que esté disponible para todos los participantes. Por su parte, el Comité Operativo Regional debe poner esta información a disposición de los participantes de sus procesos técnicos regionales. Artículo 88º: El Ministerio del Deporte por medio del Programa Nacional Antidopaje y en coordinación con la Comisión Técnica Deportiva de los Juegos, debe definir el número de exámenes a tomar a los participantes, así como el sistema de selección de los deportistas sujetos a controles en el desarrollo de las competencias, fuera de competencia y en procesos técnicos regionales.

Artículo 89º: La inscripción de los deportistas en los Juegos significa la aceptación de las disposiciones y principios contenidos en la Convención Internacional Contra el Dopaje en el Deporte, Código Mundial Antidopaje y los estándares internacionales.

Artículo 90º: En deportes individuales los resultados definitivos de carácter adverso en los exámenes de control antidopaje significarán la pérdida de la o las medallas y/o posiciones logradas en los Juegos. En este caso, la medalla debe ser entregada al deportista que siga en la clasificación. En los procesos técnicos regionales, debe significar la pérdida de clasificación o selección, sin perjuicio de las demás sanciones a que se hagan acreedores los responsables de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.

En deportes de conjunto si resulta que más de dos (2) miembros del equipo han arrojado resultados definitivos de carácter adverso en los exámenes de control antidopaje, significará la pérdida de las medallas y/o posiciones logradas en los Juegos, que serán otorgadas al siguiente equipo en la clasificación. En los procesos técnicos regionales, significa la pérdida de la clasificación del equipo. Lo anterior, sin perjuicio de las demás sanciones a que se hagan acreedores los responsables, de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.

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TÍTULO XIXDE LOS ESCENARIOS

Artículo 91º: Los escenarios para cada uno de los deportes del programa de los Juegos deben tener como mínimo las especificaciones técnicas que indique la Comisión Técnica Deportiva correspondiente en conjunto con las Federaciones Deportivas Nacionales y/o COPACH, deben considerar las normas de accesibilidad óptimas para deportistas y espectadores en situación de discapacidad. Los recintos deben estar disponibles treinta (30) días antes de la inauguración de los Juegos para garantizar la normal adecuación de los mismos y puesta a punto para la realización del evento.

TÍTULO XXDE LAS COMUNICACIONES

Artículo 92º: El Comité Operativo Local de los Juegos debe garantizar la existencia de un Centro de Prensa general de los Juegos para el servicio de los periodistas acreditados.

Artículo 93º: En cada uno de los lugares de competencia debe existir un centro de información de resultados para los medios de comunicación y se dispondrá de un espacio especial en las tribunas para los periodistas, camarógrafos y fotógrafos.

TÍTULO XXIASPECTOS VARIOS

Artículo 94º: El Comité Operativo Nacional está en la obligación de suministrar al Comité homólogo que se conforme para las versiones siguientes de los Juegos, todos los datos y documentos que le puedan ser útiles para su organización.

Artículo 95º: Los campeonatos que se realicen en el marco de los Juegos podrán corresponder a los Campeonatos Nacionales oficiales de cada Federación Deportiva Nacional y COPACH en la categoría y modalidad respectiva del mismo año.

Artículo 96º: Los implementos deportivos necesarios para el desarrollo de los campeonatos en los Juegos deben entregarse para su uso durante ellos al Coordinador de competencia de cada deporte designado por la Federación Deportiva Nacional y/o COPACH según corresponda.

Esta entrega deberá efectuarse por escrito entre las partes involucradas (prestador-usador), mediante documento que firmarán el (la) Jefe(a) de la Comisión Técnica Deportiva, el Coordinador de cada deporte y quien represente a la entidad que facilita los implementos. Son de responsabilidad de la Federación Deportiva Nacional y/o COPACH según corresponda los desperfectos y faltantes que se presenten.

Artículo 97º: Una vez finalizados los Juegos, la Comisión de cómputos y/o resultados deberá elaborar y entregar una memoria general con todos los resultados e información de interés general.

Artículo 98º: En caso que algún deportista paralímpico requiera asistencia canina, esta deberá ser informada al Comité Operativo Nacional previa inscripción nominal.

Artículo 99°: Toda situación relacionada con los Juegos Nacionales y Paranacionales no prevista expresamente en el presente Reglamento deberá ser revisada por el Comité Operativo Nacional y comunicada, mediante informe fundado, al Director de los Juegos, quién resolverá en definitiva.

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CUADRO BASES ESPECÍFICAS POR DISCIPLINA

AtletismoAtletismo paralímpico

BalonmanoBásquetbol en silla de ruedasGimnasia artística femeninaGimnasia artística masculinaGimnasia rítmica deportiva

GoalballJudo

KarateLevantamiento de pesas

TaekwondoTenis de mesa paralímpico

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Pruebas Oficiales

ATLETISMOCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación Atlética de Chile

Fecha 11 al 14 de mayo de 2017

Lugar Estadio Atlético Quilamapu, Chillán.

Reunión técnica 10 de mayo, 21:00 horas. Hotel.

Clasificación a evento Haber participado del Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 25 deportistas damas, 25 deportistas varones, 4 técnicos, 1 delegado, 1 apoyo médico.

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 2001 (16 años y más)

InscripciónSeleccionados regionales inscritos por el

Comité Operativo Regional

Programa de campeonato11 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica12 de mayo, Competencia13 de mayo, Competencia14 de mayo, Salida delegaciones

Modalidad de competencia

Lanzamiento discoLanzamiento jabalina

Varones100 m

Damas100 m

200 m200 m400 m400 m800 m800 m

1500 m1500 m5000 m5000 m

10000 m10000 m

110 m vallas100 m vallas400 m vallas400 m vallas

3000 m obstáculos3000 m obstáculos10000 m marcha10000 m marcha

Salto altoSalto altoSalto c/ garrochaSalto c/ garrocha

Salto largoSalto largoSalto tripleSalto triple

Lanzamiento balaLanzamiento balaLanzamiento disco

Lanzamiento jabalina

4x100 relevo4x100 relevo4x400 relevo4x400 relevo

Lanzamiento martilloLanzamiento martillo

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Puntajes de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y

Paranacionales.

Individual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Premiación

1. Cada Región inscribirá como máximo 2 atletas por prueba, tanto en pista como campo.2. Cada Región podrá inscribir un solo equipo de relevos, por género.3. Cada atleta podrá realizar como máximo 3 pruebas individuales más los relevos.4. La tabla de rechazo en el salto triple damas estará ubicada a 9 m y 11 m. Para varones a 11 m y 13 m. 5. La altura mínima de inicio para el salto alto damas será de 1,35 m cada 5 cm hasta 1,55 m, y en adelante cada 3 cm. En varones en 1,45 m cada 5 cm hasta 1,70 m, y en adelante cada 3 cm.6. La altura mínima de inicio para el salto con garrocha en damas será de 2.00 m hasta 2,80 m cada 20 cm, luego cada 10 cm hasta 3,20 m y en adelante cada 5 cm. En varones de 3.00 m hasta 3,80 m cada 20 cm, y luego hasta 4.00 m cada 10 cm y en adelante cada 5 cm.7. Deberá considerarse 5 jueces oficiales para control en la prueba de marcha.8. Se considerará una cámara de llamado para los atletas que ingresan a la pista, con los siguientes minutos de antelación:- Carreras planas y marcha, 10 minutos - Carreras con vallas y relevos, 15 minutos - Saltos horizontales y lanzamientos, 20 minutos - Salto alto, 30 minutos - Salto con garrocha, 45 minutos FINALES: - En pruebas con series y finales, pasarán a la final los 8 mejores tiempos de todas las series programadas. - En la prueba de relevos 4x100 y 4x400, la clasificación final será por tiempo. - Para las restantes pruebas de pista, se aplicará el sistema de series contra el tiempo. - En las pruebas de pista se evitará en lo posible que 2 atletas de la misma región corran en la misma serie. - El sistema de cronometraje será electrónico.

Indicaciones técnicas

Reglas de competencia Reglamento IAAF

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ATLETISMO PPCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Comité Paralímpico de Chile

Fecha 07 al 11 de mayo de 2017

Lugar Estadio Atlético Quilamapu, Chillán.

Reunión técnica 07 de mayo, Hotel , 21:00 horas.

Clasificación a evento Haber participado en el Proceso Técnico Regional.

Composición de la delegación10 deportistas damas, 10 deportistas varones, 2

entrenadores, 2 delegados, 1 apoyo técnico y 3 guías (sólo en casos justificados se considerarán hasta 5 guías)

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 2002 (15 años y más) con discapacidad física, visual e intelectual.

Elegibilidad del deportista Poseer el mínimo de discapacidad según lo estable-cido por el reglamento internacional de IPC Athletics.

Clasificación

El CON (Comité Organizador Nacional) junto al Comité Paralímpico Chileno pondrá a disposición de los Juegos un equipo de clasificadores, que realizará las evaluaciones en los días de precompetencia. Se eximirán de esta evaluación los deportistas que posean clasificación oficial, acreditada por carné y avalado por el Comité Paralímpico Chileno (COPACH).Los representantes de cada región, según las reglas internacionales, podrán ser desde la Categoría T11 a T54 y F11 a F58, siendo de la Letra T de las pruebas de pista y la F de pruebas de campo. La T20 corresponde a discapacidad intelectual.

Inscripción

Podrán participar todos los deportistas que cumplan con los requisitos de elegibilidad y que representen a su región, seleccionados e inscritos por el Comité Operativo Regional.

Programa de campeonato

07 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica08 de mayo, Clasificación funcional y entrenamiento09 de mayo, Competencia10 de mayo, Competencia11 de mayo, Salida delegaciones.

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Modalidad de competencia

Pruebas oficialesVarones

100 mDamas100 m

200 m200 m400 m400 m800 m800 m

1500 m1500 m5000 m5000 m

Lanzamiento balaLanzamiento balaLanzamiento discoLanzamiento disco

Lanzamiento jabalinaLanzamiento jabalinaSalto largoSalto largoSalto altoSalto alto

4x100 relevo4x100 relevo4x400 relevo4x400 relevo

Reglas de competencia Reglamento internacional del IPC Athletics y por la organización de la competencia.

Puntaje de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Premiación

Individual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más me-dallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Indicaciones técnicas

1. Para que se desarrolle la competencia en cada prueba, es necesario que se cuente con un mínimo de 3 atletas de 2 regiones diferentes, tanto para modalidad masculina como femenina. Si el número de atletas es menor al señalado la organización de los Juegos se reserva el derecho a unir clases. 2. Cada región deberá inscribir un máximo de 10 atletas varones y 10 atletas damas, correspondiendo a las 14 clases reglamentarias. Si hubiere mayor número de atletas en la región, el COR deberá considerar la modalidad de selección previa, cautelando las condiciones de oportunidades para todos los potenciales deportistas.3. Cada Región Inscribirá como máximo 2 atletas por prueba, tanto en pista como campo.4. Cada atleta podrá realizar como máximo 4 pruebas individuales más los relevos.5. La prueba de modalidad de relevos será desarrollada, solo si el equipo está conformado exclusivamente por atletas de la misma región y si existen mínimo 4 equipos. 6. Ningún atleta podrá cambiarse de clasificación

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sin la autorización del clasificador jefe y del coordinador técnico de la competencia.7. El CON pondrá en marcha un procedimiento de clasificación previa (no oficial), que permitirá a las regiones consultar por deportistas no clasificados y tener mayor exactitud en la nómina final de selección regional.8. La competencia de atletismo tendrá su formato de semifinales y finales, considerando la cantidad de atletas por categoría inscritos. El programa y las series serán informados en el congresillo. El CON se reserva el derecho de eliminar una prueba por falta de atletas.9. Se realizará control de dopaje a los atletas. El CON en conjunto con el equipo de Control de Dopaje determinará el número de muestras para esta disciplina.

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CLASIFICACIONES ATLETISMO PPFederación

Internacional

T11 y F11

Clases Tipo deDiscapacidad

Ninguna percepción de la luz en ninguno de sus dos ojos, o algo de percepción de la luz pero incapacidad para reconocer la forma de la mano a cualquier distancia y dirección.

Visual (B)

IBSA T12 y F12El atleta pude reconocer la forma de una mano y tiene capacidad para percibir claramente hasta un máximo de *2/60 (una persona puede ver a dos metros lo que normalmente se puede ver a sesenta metros). El campo visual del atleta es menos de cinco grados

T13 y F13El atleta puede reconocer la forma de una mano y la habilidad para percibir claramente estará por encima de 2/60 y hasta 6/60. El campo visual varía entre más de cinco grados y menos de 20.

T20 y F20

De acuerdo con la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS), está determinado por: • Un coeficiente intelectual por debajo de 70. • Limitaciones en área de destrezas regulares.• Aparición antes de los 18 años.

INAS-FID Mental

T32 y F32 Silla de ruedas, pudiendo moverla, aunque con dificultades. ( lanzamientos y saltos)

CP-ISRA

Parálisis Cerebral (C)

T33 y F33 El atleta muestra un movimiento bastante importante en el tronco cuando empuja una silla de ruedas, pero el movimiento hacia adelante del tronco está a menudo limitado durante un empuje energético. Aunque muestra algún movimiento de tronco durante el tiro, los movimientos son en su mayoría desde el brazo. Compiten en silla de ruedas.

T34 y F34 Silla de ruedas. El atleta muestra buena fuerza funcional con mínimas limitaciones o problemas de control en brazos y tronco. Atleta muestra poco equilibrio.

T35 y F35 Ambulantes. El atleta tiene un equilibrio estático normal, pero muestra problemas en el equilibrio dinámico. Un pequeño desvío del centro de gravedad puede llevar a una pérdida de equilibrio (generalmente usa bastones).

T36 y F36 Ambulantes. El atleta no tiene la capacidad de permanecer quieto; muestran movimientos cíclicos involuntarios y habitualmente los cuatro miembros están afectados.

T37 y F37 Ambulantes. Mientras corren, la cojera puede desaparecer casi totalmente. La dominante tiene un mejor desarrollo y buen movimiento de continuación al caminar y al correr.

T38 y F38 Ambulantes. El atleta muestra un mínimo de espasticidad incontrolable en un brazo, una pierna o la mitad de su cuerpo.

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FederaciónInternacional

T42 y F42

Clases Tipo deDiscapacidad

Amputación única por encima de la rodilla, y A9; amputaciones combinadas de brazos y piernas. Amputados y

otros (A)

ISOD

T43 y F43 Doble amputación por debajo de la rodilla, A9; amputaciones combinadas de brazos y piernas.

T44 y F44 Amputación única por debajo de la rodilla, A9; amputaciones combinadas de brazos y piernas.

T45 y F45 Doble amputación por encima del codo, A9; doble amputación por debajo del codo.

T46 y F46 Amputación única por encima del codo.

T51 y F51 Leve debilidad en los hombros. No hay función de tronco o piernas. Silla de ruedas

(lesionados medulares)

ISMWSF

T52 y F52 Tienen buena función de hombro, codo y muñeca. Tiene movimientos limitados de dedos.

T53 y F53 Tiene función normal de brazos y manos. No tiene función de tronco a la tiene limitada. No tiene función de piernas.

T54 y F54 Tiene función normal de brazos y manos. La función de tronco oscila entre alguna y función normal. Puede tener alguna función de pierna.

F55 Tiene función normal de brazos y manos.

F56 Tiene alguna función de pierna.

F57 Tiene un incremento de función de pierna en comparación con F56.

F58 Función de tronco normal. Tiene más función de pierna que F57.

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BALONMANOCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación Deportiva Chilena de Balonmano

Fecha 12 al 20 de mayo

Lugar Polideportivos de Los Ángeles Gimnasio Municipal, Concepción

Reunión técnica 12 de mayo, 20:00 horas - Hotel

Clasificación a evento Haber participado del Proceso Técnico Regional.

Composición de la delegación 14 deportistas damas, 14 deportistas varones, 4 técnicos, 1 delegado, 1 apoyo médico.

CategoríaDamas y varones nacidos en los años 1999, 2000 y 4 jugadores (as) nacidos los años 1997 y 1998.

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional

Programa de campeonato

12 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica 13 de mayo, Competencia14 de mayo, Competencia15 de mayo, Competencia16 de mayo, Competencia17 de mayo, Competencia18 de mayo, Competencia19 de mayo, Finales damas y varones20 de mayo, Salida de delegaciones.

Modalidad de competencia

Reglamento IHFReglas de competencia

Sistema de grupos

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Puntajes de premiación

Por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor anotador del torneo.

Premiación

Indicaciones Técnicas

- 30 minutos antes de la hora programada el oficial de cada equipo deberá entregar en la mesa de control la papeleta de inscripción para iniciar el partido detallando: nombre y apellido de jugadores (as), número de camiseta, credencial del evento por deportista.

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BÁSQUETBOL EN SILLA DE RUEDASCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Comité Paralímpico de Chile

Fecha 13 al 20 de mayo de 2015

Lugar Polideportivo, Talcahuano.

Reunión técnica 13 de mayo, hotel, a las 20:30 horas.

Clasificación a evento Haber participado en el Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 5 deportistas damas, 12 deportistas varones, 1 entrenador, 1 delegado y 1 apoyo técnico

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 2002 (15 años y más) con discapacidad física

Elegibilidad del deportista Poseer el mínimo de discapacidad según lo establecido por el reglamento internacional de la IWBF

Clasificación

El CON (Comité Operativo Nacional) junto al Comité Paralímpico Chileno pondrá a disposición de los Juegos un equipo de clasificadores, que realizará las evaluaciones en los días de pre competencia. Se eximirán de esta evaluación los jugadores que posean clasificación oficial, acreditada por carné y avalada por el Comité Paralímpico Chileno (COPACH).Los equipos, según las reglas internacionales, podrán conformarse con jugadores con clasificación 1; 1,5; 2,0; 2,5; 3,0; 3,5; 4,0; 4,5. Los 5 jugadores del equipo varones sumarán en el campo de juego 14 puntos, mientras que en el equipo de damas sumarán 9,0.

Deportistas que cumplan con los requisitos de elegibilidad y que representen a su región respectiva, seleccionados e inscritos por el Comité Operativo Regional.

Inscripción

Programa de competencia

13 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica, Pesaje14 de mayo, Clasificación funcional y entrenamiento15 de mayo, Competencia16 de mayo, Competencia17 de mayo, Competencia18 de mayo, Competencia19 de mayo, Competencia20 de mayo, Salida delegaciones.

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Modalidad de competenciaLa competencia del básquetbol en silla de ruedas definirá su formato final, en el momento del cierre de la inscripción nominal, considerando la cantidad de equipos en participación.

Reglas de competenciaSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Puntaje de premiación

PremiaciónPor equipos (damas y varones) y el mejor anotador (damas y varones)

Indicaciones técnicas

1. Para que se realice la competencia es necesario que se cuente con un mínimo de 4 equipos de 4 regiones diferentes. Si la competencia no cumple con este requisito la organización de los Juegos se reserva el derecho de eliminar el evento del programa.2. Cada región deberá inscribir solo un equipo representante. Si hubiere más de un equipo en la región, el COR deberá considerar la modalidad de selección previa, cautelando las condiciones de oportunidades para todos los potenciales deportistas.3. La competencia del básquetbol en silla de ruedas definirá su formato final, en el momento del cierre de la inscripción nominal, considerando la cantidad de equipos en participación jugando la primera fase todos contra todos. Los cabezas de grupos y el sorteo serán informados en el congresillo. El CON se reserva el derecho de elegir a los cabeza de grupos.4. Ningún deportista podrá cambiarse de clasifica-ción sin la autorización del clasificador jefe y del Coordinador técnico de la competencia.5. El CON pondrá en marcha un procedimiento de clasificación previa (no oficial), que permitirá a las regiones consultar por deportistas no clasificados y tener mayor exactitud en la nómina final de selección regional.6. Se realizara control de dopaje a los deportistas. El CON en conjunto con el equipo de control de dopaje determinará el número de muestras para esta disciplina.

Por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor anotador del torneo.

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CLASIFICACIONES BÁSQUETBOL EN SILLA DE RUEDASClases

•Poco o ningún movimiento controlado del tronco en el plano frontal.•Ninguna rotación activa del tronco. •El equilibrio en las direcciones frontal y lateral está significativamente afectado.•Los jugadores necesitan sus brazos para volver a la posición vertical cuando estén en desequilibrio.

CLASE 1.0

Especificaciones

•Movimiento del tronco parcialmente controlado en el plano frontal. •Rotación activa de la porción superior del tronco, pero sin función en la porción inferior.•Ningún movimiento controlado del tronco en el plano lateral.

CLASE 2.0

•Buen movimiento del tronco en el plano frontal•Buena rotación del tronco •Sin movimiento controlado del tronco en el plano lateral.

CLASE 3.0

•Movimientos del tronco normal, pero por lo general tiene dificultad con el movimiento controlado hacia un lado debido a limitaciones en un miembro inferior.

CLASE 4.0

•Movimientos normales del tronco en todas las direcciones •Capaz de inclinar el tronco hacia un lado u otro sin limitaciones. CLASE 4.5

Básquetbol en silla de ruedas está dado por la observación y la evaluación del “volumen de acción” de cada jugador, lo que implica el límite de movilidad del tronco en tres planos fundamentales (frontal, lateral y vertical).Cuando a un jugador no es posible situarlo en una clase, y presenta características de dos o más clases, en este caso el clasificador puede asignarle al jugador medio punto (hacia arriba o hacia abajo), 1,5, 2,5 o 3,5.La clasificación de cada uno de los 5 jugadores en cancha, dará la sumatoria exigida por el reglamento oficial o de la organización del torneo. Lo mismo regirá para el equipo femenino, si este es modalidad 3x3.

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GIMNASIA - Artística Femenina (GAF)Competencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Federación Deportiva de Gimnasia de Chile

Fecha 07 al 11 de mayo

Lugar Club Alemán, San Pedro de la Paz

Reunión técnica 07 de mayo 21:00 horas, Hotel

Clasificación a evento Haber participado del Proceso técnico Regional

Composición de la delegación4 deportistas, 1 técnico (1 juez, 1 delegado, 1 apoyo médico, en conjunto a la Gimnasia artística masculina).

CategoríaDamas nacidas hasta el año 2002

(15 años y más).

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional.

Programa de campeonato

07 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica08 de mayo, Entrenamientos09 de mayo, Concurso I (clasificación), Concurso II (final individual general - all around), Concurso IV ( final por equipos)10 de mayo, Concurso III (finales por aparato)11 de mayo, Salida delegaciones.

Aparatos de competenciaCódigo FIG 2017-2020Reglas de competencia

Barras asimétricas, saltos, suelo, viga.

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Puntajes de premiación

Individual general, por aparatos, por equipos, por equipos mixto (equipo GAF más equipo GAM más equipo GRD)

Premiación

Indicaciones Técnicas Solo 3 deportistas puntúan para el equipo.

Responsable técnico

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GIMNASIA - Artística Masculina (GAM)Competencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable Técnico Federación Deportiva de Gimnasia de Chile

Fecha 07 al 11 de mayo

Lugar Club Alemán, San Pedro de la Paz

Reunión Técnica 07 de mayo 21:00 horas, Hotel

Clasificación a evento Haber participado del Proceso técnico Regional

Composición de la delegación 4 deportistas, 1 técnico (1 juez, 1 delegado, 1 apoyo médico, en conjunto a la Gimnasia artística femenina).

CategoríaVarones nacidos hasta el año 2002

(15 años y más)

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional.

Programa de campeonato

07 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica08 de mayo, Entrenamientos09 de mayo, Concurso I (clasificación), Concurso II (final individual general - All around), Concurso IV (final por equipos)10 de mayo, Concurso III (finales por aparato)11 de mayo, Salida delegaciones.

Aparatos de competencia

Código FIG 2017-2020Reglas de competencia

Anillas, barra, caballete con arzones, saltos, suelo, paralelas.

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Puntajes de premiación

Individual general, por aparatos, por equipos, por equipos mixto (equipo GAF más equipo GAM más equipo GRD)

Premiación

Indicaciones técnicas Solo 3 deportistas puntúan para el equipo.

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GIMNASIA - Rítmica (GRD)Competencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación Deportiva de Gimnasia de Chile

Fecha 07 al 10 de mayo

Lugar Gimnasio La Tortuga, Talcahuano

Reunión Técnica 07 de mayo 21:00 horas, Hotel.

Clasificación a evento Haber participado del Proceso técnico Regional

Composición de la delegación 4 deportistas, 1 técnico, 1 juez, 1 delegado, 1 apoyo médico

CategoríaDamas nacidas hasta el año 2003

(14 años y más)

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional.

Programa de campeonato

07 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica08 de mayo, Concurso I (clasificación), Concurso II (final individual general - All around), Concurso IV (final por equipos)09 de mayo, Concurso III (finales por implementos)10 de mayo, Salida delegaciones.

Aparatos de competencia

Código FIG 2017-2020Reglas de competencia

Aro, balón.

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Puntajes de premiación

Individual general, por aparatos, por equipos, por equipos mixto (equipo GAF más equipo GAM más equipo GRD)

Premiación

Indicaciones técnicas Solo 3 deportistas puntúan para el equipo.

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GOALBALLCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Comité Paralímpico de Chile.

Fecha 14 al 20 de mayo de 2017

Lugar Club Petrox

Reunión técnica 14 de mayo 20:30 horas, Hotel.

Clasificación del evento Haber participado en el Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 6 deportistas damas, 6 deportistas varones, 1 entrenador, 2 delegados y 1 apoyo técnico

CategoríaDamas y varones nacidos hasta el año 2002

(15 años y más) con discapacidad visual

Elegibilidad del deportista Poseer el mínimo de discapacidad según lo estable-cido por el reglamento internacional de la IBSA.

Clasificación

El CON (Comité Operativo Nacional) junto al Comité Paralímpico Chileno pondrá a disposición de los Juegos un equipo de clasificadores, que realizará las evaluaciones en los días de pre competencia. Se eximirán de esta evaluación los jugadores que posean clasificación oficial, acreditada por carné y avalada por el Comité Paralímpico Chileno (COPACHI).Los equipos, según las reglas internacionales, podrán conformarse con jugadores con clasificación B1, B2, B3. El equipo (3 jugadores en cancha) podrá estar conformado por la combinación de jugadores que se disponga. Esto último para facilitar la participación de regiones con menor desarrollo en esta disciplina.

InscripciónDeportistas que cumplan con los requisitos de elegibili-dad y que representen a su región respectiva, seleccio-nados e inscritos por el Comité Operativo Regional.

Programa de competencia

14 de mayo, Arribo delegaciones, reunión técnica15 de mayo, Clasificación Funcional y entrenamiento16 de mayo, Competencia 17 de mayo, Competencia 18 de mayo, Competencia 19 de mayo, Competencia 20 de mayo, Salida delegaciones.

Modalidad de competenciaLa competencia definirá su formato final, en el momento del cierre de la inscripción nominal, considerando la cantidad de equipos en participación.

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Reglas de competencia Reglamento internacional de la IBSA y por la organización de la competencia.

Puntaje de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

PremiaciónPor equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor anotador del torneo.

Indicaciones técnicas

1. Para que se realice la competencia es necesario que se cuente con un mínimo de 4 equipos de 4 re-giones diferentes, tanto modalidad masculina como femenina. Si la competencia no cumple con este requisito la organización de los Juegos se reserva el derecho de eliminar el evento del programa.2. Cada región deberá inscribir solo un equipo representante. Si hubiere más de un equipo en la región, el COR deberá considerar la modalidad de selección previa, cautelando las condiciones de oportunidades para todos los potenciales deportistas.3. Ningún deportista podrá cambiarse de clasifica-ción sin la autorización del clasificador jefe y del Coordinador técnico de la competencia.4. El CON pondrá en marcha un procedimiento de clasificación previa (no oficial), que permitirá a las regiones consultar por deportistas no clasificados y tener mayor exactitud en la nómina final de selección regional.5. La competencia definirá su formato final, en el momento del cierre de la inscripción nominal, considerando la cantidad de equipos en partici-pación jugando la primera fase todos contra todos. Los cabezas de grupos y el sorteo serán informados en el congresillo. El CON se reserva el derecho de elegir a los cabeza de grupos.6. Se realizará control de dopaje a los deportistas. El CON en conjunto con el equipo de control de dopaje determinará el número de muestras para esta disciplina.

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CLASIFICACIONES GOALBALLClases

Un atleta de esta clase tendrá, o ninguna percepción de la luz en ninguno de los dos ojos o algo de percepción de la luz, pero incapacidad para reconocer la forma de una mano a cualquier distancia o en cualquier dirección.

B1

Especificaciones

El atleta puede reconocer la forma de una mano, y tiene capacidad para percibir claramente hasta un máximo de *2/60 (Una persona puede ver a dos metros lo que normalmente se puede ver a 60 m). El campo visual del atleta es menor de cinco grados.

B2

El atleta puede reconocer la forma de una mano y la habilidad para percibir claramente estará por encima de 2/60 y hasta 6/60. El campo visual del atleta varía entre más de cinco grados y menos de 20.

B3

Se debe considerar que todos los jugadores, independiente de su clasificación, deben usar obligatoriamente antiparras o antifaz en el desarrollo del juego.

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JUDOCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación de Judo de Chile

Fecha 15 al 18 de mayo

Lugar Club Huachipato

Pesaje 15 de mayo 21:30 horas, Hotel.

Reunión técnica 15 de mayo 21:30 horas, Hotel.

Clasificación a evento Haber participado del Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 7 deportistas damas, 7 deportistas varones, 2 técnicos, 1 delegado, 1 juez, 1 apoyo médico.

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 2002 (15 años y más).

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional

Varones

Modalidad de competencia

Damas

Programa de campeonato

15 de mayo, Arribo delegaciones, reunión técnica, pesaje.16 de mayo, Competencia 17 de mayo, Competencia 18 de mayo, Salida delegaciones

Menos de 48 kgMenos de 52 kg

Menos de 60 kgMenos de 66 kg

Menos de 57 kgMenos de 63 kg

Menos de 73 kgMenos de 81 kg

Menos de 70 kgMenos de 78 kg

Menos de 90 kgMenos de 100 kg

Más de 78 kg Más de 100 kgReglas de competencia Reglamento FIJ

Puntajes de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

PremiaciónIndividual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Indicaciones técnicas

1.- El grado mínimo que deberán tener los judocas para su participación en la final nacional será de 2do. Kyu (Cinturón Azul).2.- Cada equipo podrá inscribir solo un deportista por categoría.

Categorías de peso corporal

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KARATECompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación Chilena de Karate

Fecha 07 al 10 de mayo

Lugar Club Huachipato

Pesaje 07 de mayo 21:30 horas, Hotel.

Reunión técnica 07 de mayo 21:30 horas, Hotel.

Clasificación a evento Haber participado del Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 6 deportistas damas, 6 deportistas varones, 2 técnicos, 1 delegado, 1 apoyo médico.

CategoríaDamas y varones nacidos hasta el año 1999

(18 años y más)

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional

Varones

Modalidad de competencia

Damas

Programa de campeonato

07 de mayo, Arribo delegaciones, Reunión técnica, pesaje 08 de mayo, Competencia 09 de mayo, Competencia 10 de mayo, Salida delegaciones.

Menos de 50 kgMenos de 55 kg

Menos de 60 kgMenos de 67 kg

Menos de 61 kgMenos de 68 kg

Menos de 75 kgMenos de 84 kg

Más de 68 kgKata Individual

Más de 84 kgKata Individual

Reglas de competencia Reglamento WKF

Puntajes de premiación

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

PremiaciónIndividual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Indicaciones técnicas

Categorías por Peso Corporal

N/A

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LEVANTAMIENTO DE PESASCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable técnico Federación Chilena de Levantamiento de Pesas

Fecha 16 al 20 de mayo

Lugar Gimnasio Universidad Católica de Concepción

Pesaje Gimnasio Universidad Católica de Concepción

Reunión técnica 13 octubre 21:00 horas, Hotel.

Clasificación a evento Haber participado del Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 7 deportistas damas, 8 deportistas varones, 2 técnicos, 1 juez, 1 delegado, 1 apoyo médico.

CategoríaDamas y varones nacidos hasta el año 2002

(15 años y más)

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional

Varones

Modalidad de competencia

Damas

Programa de campeonato

Hasta 48 kgHasta 53 kg

Hasta 56 kgHasta 62 kg

Hasta 58 kgHasta 63 kg

Hasta 69 kgHasta 77 kg

Hasta 69 kgHasta 75 kg

Hasta 85 kgHasta 94 kg

Reglas de competencia Reglamento IWF

Puntajes de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

PremiaciónIndividual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo. (Tabla Sinclair)

Indicaciones técnicas

Categorías por peso corporal

N/A

16 de mayo, Arribo delegaciones, Congresillo técnico17 de mayo, Competencia18 de mayo, Competencia19 de mayo, Competencia20 de mayo, Salida delegaciones

Más de 75 kg Hasta 105 kgMás de 105 kg

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TAEKWONDOCompetencia III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales

Responsable Técnico Federación Chilena de Taekwondo

Fecha 11 al 14 de mayo

Lugar Club Huachipato

Pesaje 11 octubre 21:30 horas, Hotel.

Reunión Técnica 11 octubre 19:00 horas, Hotel.

Clasificación a Evento Haber participado del Proceso Técnico Regional

Composición de la Delegación 4 deportistas damas, 4 deportistas varones, 2 técnicos, 2 delegados, 1 apoyo médico

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 1999 (18 años y más)

Inscripción Seleccionados regionales inscritos por el Comité Operativo Regional

Varones

Modalidad de Competencia

Damas

Programa de Campeonato

Bajo 49 kgBajo 57 kg y sobre 49 kg

Bajo 58 kgBajo 68 kg y sobre 58 kg

Bajo 67 kg y sobre 57 kgSobre 67 kg

Bajo 80 kg y sobre 68 kgSobre 80 kg

Reglas de Competencia Reglamento WTF

Puntajes de Premiación

Sólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

PremiaciónIndividual, por equipos (damas - varones), equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Indicaciones Técnicas

Categorías olímpicas damas y varones

11 de mayo, Arribo Delegaciones, Reunión técnica, Pesaje12 de mayo, Competencia13 de mayo, Competencia14 de mayo, Salida delegaciones

1) Presentar certificado nacional de dan emitido por la Federación de taekwondo WTF 3) Cada deportista participante deberá contar con sus empeineras electrónicas DAEDO, para su uso personal; la organización solo proveerá del sistema electrónico de marcación DAEDO (petos).4) Técnicos con actualización reglamentaria otorgada el 2017 por Federación Nacional de Taekwondowtf.

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TENIS DE MESACompetencia Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales

Clasificación

El CON (Comité Organizador Nacional) junto al Comité Paralímpico Chileno pondrá a disposición de los Juegos un equipo de clasificadores, que realizará las evaluaciones en los días de pre competencia. Se eximirán de esta evaluación los jugadores que posean clasificación oficial, acreditada por carné y avalada por el Comité Paralímpico Chileno (COPACH).Los representantes de cada región, según las reglas internacionales, podrán ser desde la Clase 1 a la Clase 11, siendo de la Clase 1 a la Clase 5 jugadores en silla de ruedas y de la Clase 6 a la Clase 10 jugadores de modalidad de pie. La Clase 11 corresponde a discapacidad intelectual.

Responsable técnico Comité Paralímpico de Chile

Fecha de realización 16 al 20 de octubre del 2015

Lugar Polideportivo Quillón

Reunión técnica 16 de octubre 20:30 horas, Hotel.

Clasificación del evento Haber participado en el Proceso Técnico Regional

Composición de la delegación 4 deportistas damas, 8 deportistas varones, 1 entrenador, 1 delegado y 1 apoyo técnico

Categoría Damas y varones nacidos hasta el año 2002 (15 años y más) con discapacidad física e intelectual

Elegibilidad del deportista Poseer el mínimo de discapacidad según lo establecido por el reglamento internacional de la ITTF

InscripciónPodrán participar todos los deportistas que cumplan con los requisitos de elegibilidad y que representen a su región, seleccionados e inscritos por el Comité Operativo Regional

Programa de competencia

16 de mayo, Arribo delegaciones, reunión técnica17 de mayo, Clasificación funcional y entrenamiento18 de mayo, Competencia19 de mayo, Competencia20 de mayo, Salida de delegaciones

Modalidad de competenciaLa competencia de tenis de mesa tendrá su formato por grupo, jugando la primera fase todos contra todos

Reglas de competencia Reglamento internacional de la ITTF y por la organización de la competencia

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Puntaje de premiaciónSólo para dirimir empate en el medallero por equipo y equipo mixto se utilizará la Tabla de puntajes del reglamento de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales.

Premiación

Individual, por equipos damas y varones que corresponde a la suma de medallas obtenidas por género, equipo mixto (medallero de equipo damas más medallero de equipo varones), mejor competidor del torneo.

Indicaciones técnicas

1. Para que se desarrolle la competencia en cada clase, es necesario que se cuente con un mínimo de 4 jugadores de 2 regiones diferentes, tanto masculinos como femeninos. Si el número de jugadores es menor al señalado, la organización de los Juegos se reserva el derecho a unir clases. 2. Cada región deberá inscribir un máximo de 8 jugadores varones y 4 jugadoras damas, correspondiendo a las 11 clases reglamentarias. Si hubiere mayor número jugadores en la región, el COR deberá considerar la modalidad de selección previa, cautelando las condiciones de oportunidades para todos los potenciales deportistas.3. La modalidad de equipo será conformada exclusivamente por jugadores de la misma región.4. Ningún deportista podrá cambiarse de clasificación sin la autorización del clasificador jefe y del Coordinador técnico de la competencia.5. El CON pondrá en marcha un procedimiento de clasificación previa (no oficial), que permitirá a las regiones consultar por deportistas no clasificados y tener mayor exactitud en la nómina final de selección regional.6. La competencia de tenis de mesa tendrá su formato por grupo, jugando la primera fase todos contra todos que en el momento del cierre de la inscripción nominal se definirán, considerando la cantidad de jugadores por clase inscritos. Los cabezas de los grupos y el sorteo serán informados en el congresillo. El CON se reserva el derecho de elegir a los cabeza de los pool.7. Los aspectos técnicos y administrativos no contemplados en estas bases serán resueltos según control de dopaje.8. Se realizará control de dopaje a los deportistas. El CON en conjunto con el equipo de control de dopaje determinará el número de muestras para esta disciplina.

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CLASIFICACIONES TENIS DE MESAClases

Tetraplejia simétrica o asimétrica:Desequilibrio severo en el tronco. Todos los movimientos del tronco se aseguran cogiendo la silla o el muslo con la mano, o sujetando el respaldo de la silla con el codo doblado Espasticidad en las extremidades superiores (grado de espasticidad del tono muscular: 3-4)

CLASE 1

Especificaciones

La extensión del codo es suficiente y los movimientos de la mano están bien coordinados, pero sin llegar a la normalidad. Triplejia :Desequilibrio severo en el tronco. El posicionamiento del tronco se consigue como en la clase 1. Espasticidad en las extremidades superiores (grado de espasticidad del tono muscular: 2-3)

CLASE 2

CLASE 3

Diplejía severa Limitación mínima en el control de las extremidades superiores Desequilibrio moderado en el tronco. Los movimientos del brazo hacia atrás son reducidos por falta de rotación del tronco. Espasticidad severa en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 4)

CLASE 4

Forma decompartir

Diplejía moderada: Desequilibrio moderado en el tronco. Se observan movimientos normales del tronco y brazos estando sentado erguido. La amplitud de alcance es posible únicamente utilizando brazo libre en apoyo a la silla o muslo. Espasticidad moderada en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 3) Dobles amputados por encima de la rodilla con muñones cortos Paraplejia

CLASE 5Diplejía leve /Paraplejia baja Desequilibrio mínimo en el tronco. El tronco puede doblarse hacia delante y levantarse deliberadamente en sentido lateral sin utilizar el brazo libre. Se pueden observar algunos movimientos laterales. Ligera espasticidad en las extremidades inferiores

CLASE 6

Se observan combinaciones de cuadros discapacitantes; ejemplo: brazo que sujeta la paleta y en las extremidades inferiores. Problemas graves de equilibrio dinámico. Un deportista con doble amputación por encima de la rodilla jugaría en esta clase.Diplejía simétrica o asimétrica moderada.Limitaciones moderadas en la coordinación neuromuscular en las extremidades superiores (grado de espasticidad del tono muscular: 2). Espasticidad en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 3).Con problemas moderados de equilibrio dinámico. Atetosis moderada o ataxia, ligera espasticidad en las extremidades superiores (grado de espasticidad del tono muscular: 1-2), movimientos involuntarios muy frecuentes de las extremidades superiores y moderadamente frecuentes en las extremidades inferiores con presencia de espasticidad (grado de espasticidad: 1-2), equilibrio dinámico suficiente.

En silla de ruedas

Parados

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Clases

Amputación simple (del brazo que sujeta la paleta, requiere adaptación para sujetar) o doble por encima o por debajo del codo, o combinación de ambas. Jugadores con ambas extremidades superiores afectadas.

CLASE 7

Especificaciones

Amputación por encima de la rodilla o doble amputación por debajo de la rodilla. Fuerza muscular disminuida en las extremidades inferiores Diplejía simétrica o asimétrica de leve a moderada, espasticidad en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 2-3) con mínimos problemas de equilibrio dinámico. Hemiplejia moderada, espasticidad moderada en una mitad del cuerpo (grado de espasticidad del tono muscular: 3) leve espasticidad en la parte menos afectada del cuerpo (grado de espasticidad del tono muscular 1-2).

CLASE 8

Forma decompartir

Una amputación por debajo de la rodilla Buen equilibrio dinámico Discapacidad mínima en una pierna Discapacidad mínima en las dos piernas Una diferencia de la longitud de las extremidades inferiores de 7 cm Hemiplejia leve, espasticidad moderada en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 2-3), buen equilibrio Diplejía mínima, leve espasticidad en las extremidades inferiores (grado de espasticidad del tono muscular: 1-2), buen equilibrio.

CLASE 9

Amputación en el brazo libre superior a 1/3 del antebrazo. El brazo que sujeta la paleta con funciones normales. No se podrán usar prótesis. Un jugador con malformación congénita que tenga el brazo libre más corto de la normal pero con función normal, sólo competirá si el brazo libre tiene una longitud equivalente a la de la parte superior del brazo que sujeta la paleta (ej.: del hombro hasta el codo). Monoplejia en el brazo libre y/o atetosis mínima Equilibrio normal.

CLASE 10

Atletas discapacitados intelectuales de acuerdo a la definición de la INAS-FID.Atletas con discapacidad intelectual. Para ser elegible para competir en los Juegos Paranacionales, todos los atletas con discapacidad intelectual tienen que alcanzar el criterio de discapacidad mínima, que, de acuerdo con la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS), está determinado por:• Un coeficiente intelectual por debajo de 75 (100 es el coeficiente de una persona media)•Limitaciones en áreas de destreza regulares (por ejemplo, comunicación, cuidado personal, destrezas sociales, etc.)• Aparición antes de los 18 años

CLASE 11

Parados

Parados(disca-pacidad

intelectual)

Tenis de mesa se compone de 10 clases funcionales para atletas con parálisis cerebral, con amputaciones y otras discapacidades y una clase para atletas con discapacidad intelectual.

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CÓDIGO DE DISCIPLINA

Capítulo Nº1DISPOSICIONES GENERALES

1.1. DEL ÁMBITO DE APLICACIÓNAl presente Código de Disciplina quedarán sujetas las siguientes personas naturales o jurídicas:

• Delegaciones participantes de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales.• Técnicos, ayudantes técnicos, equipo médico y/o autoridades del equipo y/o delegación (delegados (as) técnicos, jefe(a) de misión).• Equipos participantes.• Deportistas participantes.• Jueces y/o árbitros.• Público.

1.2. GLOSARIOPara todos los efectos de este Código las palabras o frases que se indican a continuación, tendrán el siguiente significado:

Tribunal de Honor de Disciplina: órgano colegiado conformado por tres miembros, encargado de velar por la aplicación de las Bases de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales, y de ejercer la jurisdicción del presente Código de Disciplina de manera directa en los casos de faltas y reclamos de carácter administrativo y de manera delegada en los casos de faltas y reclamos de carácter técnico, cuando la respectiva Comisión de Disciplina así lo disponga.

Comisión de Disciplina: órgano colegiado conformado por tres miembros, encargado de velar por la aplicación de las Bases de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales y de ejercer la jurisdicción del presente Código de Disciplina en los casos de faltas y reclamos de carácter técnico de sus respectivos deportes.

Comisión Antidopaje: órgano colegiado conformado por miembros de la Comisión Nacional Antidopaje, encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Convención Internacional Contra el Dopaje en el Deporte, el Código Mundial Antidopaje y los estándares internacionales.

Jefe(a) de Misión de las delegaciones: Persona responsable de la disciplina de los miembros de su delegación, entre los que se incluyen los delegados, técnicos, ayudantes técnicos, deportistas y equipo médico, durante todo el desarrollo de los Juegos.

Comité Operativo Nacional: órgano colegiado, conformado por tres miembros, encargado de la organización, ejecución y evaluación de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales.

Comisión de Acreditación: Encargados de certificar que los integrantes de las delegaciones que participan cumplan fielmente con los requisitos señalados en el Reglamento y las Bases Específicas de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales 2015.

Formulario de reclamo: Instrumento validado para denunciar faltas y reclamos de carácter técnico y administrativo ante el (la) Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos.

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Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos: persona encargada de elaborar y presentar, para su aprobación, el presupuesto general y específico de los Juegos, como también el plan de acción para la organización, ejecución y evaluación de los Juegos.

Federación Deportiva Nacional: Organización deportiva superior de cada una de las disciplinas participantes en los Juegos.

COCH: Comité Olímpico de Chile.

COPACH: Confederación Comité Paralímpico de Chile

Capítulo N°2DE LA CONFORMACIÓN DEL TRIBUNAL DE HONOR Y COMISIÓN DE DISCIPLINA

2.1. DEL TRIBUNAL DE HONOR DE DISCIPLINA Y SU CONFORMACIÓN

Tribunal colegiado encargado de velar por el cumplimiento de las Bases de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales, y de ejercer la jurisdicción del presente Código de Disciplina sobre las personas indicadas en el Capítulo 1.1.

En el ejercicio de su competencia conocerá de manera directa en los casos de faltas y reclamos de carácter administrativo conforme lo señalado en el Capítulo 4.3 de este Código, y de manera delegada en los casos de faltas y reclamos de carácter técnico cuando la respectiva Comisión de Disciplina así lo disponga según su naturaleza o gravedad, conforme lo dispuesto en el Capítulo 4.2 de este Código.

También el Tribunal de Honor de Disciplina conocerá de los hechos que pueden ser enmarcados dentro de las infracciones de las normas antidopaje en el deporte, definidas en la Convención Internacional contra el Dopaje, en los casos que la Comisión Antidopaje de los Juegos lo disponga conforme lo señalado en el artículo 82° del Reglamento de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Paranacionales 2017.

Este Tribunal estará integrado por tres (3) miembros, de la siguiente manera:

a) Presidente del COCH y/o de COPACH (cuando materias de su área lo requieran) o su representante, quien preside el Tribunal de Honor.b) Director Nacional del IND o su representante.c) Director(a) Ejecutivo(a) de los Juegos o su representante.

En el ejercicio de sus facultades, el Tribunal de Honor de Disciplina puede tomar las medidas que considere convenientes para garantizar el respeto y observación de los principios que rigen el juego limpio y, en general, la actividad deportiva que se cumple dentro de los Juegos.

Las actuaciones y decisiones del Tribunal de Honor de Disciplina deben respetar el debido proceso, garantizando el derecho de defensa y contradicción, y la expedición de una decisión motivada y oportuna.

Contra las resoluciones del Tribunal de Honor solo procede el recurso de apelación en los casos de que la sanción implique descalificación del evento o la inhabilidad para participar en la competencia de la siguiente edición, según lo estipula el Capítulo 5 del presente código. Para todas las demás resoluciones no existe recurso alguno y deben ser comunicadas al Comité Operativo Nacional de los Juegos para su cumplimiento.

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2.2. DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA Y SU CONFORMACIÓN

Tribunal colegiado encargado de velar por la aplicación de las Bases de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales, y de ejercer la jurisdicción del presente Código de Disciplina sobre las personas indicadas en el Capítulo 1.1.

En el ejercicio de esta competencia conocerá de manera directa en los casos de faltas y reclamos de carácter técnico de sus respectivos deportes, de los Reglamentos Específicos y Códigos Disciplinarios de cada una de las disciplinas participantes y del Código Mundial Antidopaje.

Esta Comisión de Disciplina de cada campeonato, estará conformada por tres (3) miembros, de la siguiente manera:

a) El (la) Coordinador(a) Operativo (a) de los Juegos, quien la presidirá.b) Jefe de los encargados del control de la competencia, designado por la respectiva Federación Deportiva Nacional y/o COPACHI.c) Técnico nacional de la disciplina o su representante.

En el ejercicio de sus facultades, la Comisión de Disciplina puede tomar las medidas que considere convenientes para garantizar el respeto y observación de los principios que rigen el juego limpio y, en general, la actividad deportiva que se cumple dentro de los Juegos.

Las actuaciones y decisiones de la Comisión de Disciplina deben respetar el debido proceso, garantizando el derecho de defensa y contradicción y la expedición de una decisión motivada.

Capítulo N°3DEBERES Y OBLIGACIONES DEL TRIBUNAL DE HONOR Y COMISIÓN DE DISCIPLINA

• Establecer horas y lugares de reuniones y recepción de reclamos.• Establecer una forma idónea de notificación de sus resoluciones a las partes.• Llevar un sistema de actas de las reuniones, registros y archivos, manteniendo un respaldo digital de sus actuaciones y resoluciones.• Para el desempeño de sus cometidos, ambos tendrán las facultades para citar y tomar declaración a cualquier persona involucrada en los hechos, recabar toda clase de información y adoptar dentro del ámbito de su competencia cualquier medida que juzguen conveniente para la mejor resolución de los casos sometidos a su jurisdicción.• Fundar sus resoluciones, otorgando copia de las mismas cuando lo requieran las partes.

Capítulo N°4DE LA NATURALEZA DE LAS FALTAS Y RECLAMOS

4.1 FALTAS Y RECLAMOS

Como principio general, es falta toda violación al principio del Fair Play; esto es, la transgresión a la buena fe deportiva que es la conciencia de actuar rectamente, conforme a la legitimidad. Cualquier incumplimiento a las normas de la Constitución Política de la República y/o las leyes vigentes, que conlleven a la aplicación de las sanciones respectivas, estará a cargo de la autoridad judicial y/o administrativa competente.

Para los efectos del presente Código se considerará falta toda transgresión al Reglamento, Bases

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Administrativas, Código de Disciplina y de Control de Dopaje de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales.

Las faltas y reclamos que se presenten durante el desarrollo de los Juegos deben ser atendidos según su naturaleza, ya sea de carácter técnico o de carácter administrativo.

4.2. FALTAS Y RECLAMOS DE CARÁCTER TÉCNICO

Son consideradas faltas de carácter técnico y los reclamos que estas conlleven, toda transgresión a los Estatutos, Reglamento y Código Disciplinario formales y oficiales de la disciplina deportiva en cuestión y/o al del Código Mundial Antidopaje.

Los eventos, acciones o circunstancias consideradas faltas de carácter técnico, serán aquellas que se lleven a cabo al interior de los recintos deportivos durante el desarrollo del programa formal de competencias de los Juegos. Las infracciones por parte de los deportistas al Reglamento al Código Mundial Antidopaje que se verifiquen en pruebas de control de dopaje positivo, implicarán su descalificación a partir de la ratificación del Tribunal de Honor

4.2.1 DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS POR FALTAS DE CARÁCTER TÉCNICO

El procedimiento se iniciará por el reclamo, denuncia o requerimiento de algunas de las siguientes personas o entidades:

1) Delegado Técnico de la región y del deporte específico en cuestión.2) El árbitro/juez que haya dirigido el juego/jornada en el que incida la denuncia o requerimiento respectivo ante la Comisión de Disciplina del campeonato en cuestión, de manera escrita. 3) Comisión de Control de Dopaje de los Juegos.

El reclamo, denuncia o requerimiento debe ser formulado de manera formal y escrita ante la Comisión de Disciplina Técnica Deportiva Específica, a través del Formulario de Reclamo adjunto al presente Código.

El árbitro/juez proporcionará, cuando amerite y a modo de antecedente, un informe del Partido/Jornada, cuyo contenido gozará de presunción de veracidad.

La Comisión de Control de Dopaje proporcionará, cuando amerite y a modo de antecedente, un informe del caso en el cual se transgreda lo expresado en el Reglamento de los II Juegos Deportivos Nacionales y I Juegos Deportivos Paranacionales, Título XVIII Del Control de Dopaje.

4.2.2. DE LA RESOLUCIÓN DE RECLAMOS POR FALTAS DE CARÁCTER TÉCNICO

Las infracciones de carácter técnico serán resueltas por la Comisión de Disciplina del deporte en cuestión de los Juegos, de acuerdo con las normas que para tal efecto determina la Federación Deportiva Nacional respectiva en conjunto con la Comisión Técnica Deportiva, sin que se pueda interponer recurso alguno.

Según la naturaleza del caso y la gravedad de los hechos investigados la Comisión de Disciplina de

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los Juegos puede traspasar el caso al Tribunal de Honor para que éste resuelva, vía conducto formal.

Las resoluciones emanadas de la Comisión de Disciplina solo producirán efecto una vez que han sido válidamente notificadas, en la forma que el Tribunal ha establecido el mecanismo de notificación, al Delegado Técnico de la región involucrada y del deporte específico en cuestión.

4.3. FALTAS Y RECLAMOS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO:

Son consideradas faltas de carácter administrativo toda transgresión a las Bases Administrativas de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales, en cuanto a la elegibilidad e inscripción de un competidor.

4.3.1. DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS POR FALTAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO.

El procedimiento se iniciará por el reclamo, denuncia o requerimiento de:1) Jefe (a) de Misión de la delegación respectiva. 2) Comité Operativo Nacional, a través de sus comisiones y/o especialmente por medio de la Comisión de Acreditación.

El reclamo, denuncia o requerimiento debe ser formulado de manera escrita ante el (la) Director (a) Ejecutivo (a) de los Juegos, mediante Formulario de Reclamo adjunto al presente Código.

El Tribunal verificará la punibilidad de los hechos señalados. Ya verificados, notificará al o a los acusados del inicio de la investigación, en la forma de notificación establecida por el Tribunal de Honor de Disciplina al Jefe (a) de Misión de la delegación involucrada. También, para agilizar el procedimiento, si el Tribunal lo considera pertinente podrá notificar vía telefónica con el posterior respaldo en los formatos antes mencionados.

Los involucrados en el caso podrán presentar a manera de descargo un informe escrito (en formato papel o correo electrónico) al Director (a) Ejecutivo (a) de los Juegos, dentro de las cuatro horas a partir de la notificación del inicio de la investigación.

Si el (los) involucrado (s) no presenta sus descargos dentro del plazo establecido, se entiende que renuncia a tal derecho, y el tribunal queda habilitado para resolver. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal tendrá la facultad de decidir si toma en consideración o no, los descargos presentados de manera extemporánea.

Con todos los antecedentes e informes correspondientes, el Tribunal de Honor podrá citar a quienes considere pertinentes.

4.3.2. DE LA RESOLUCIÓN DE LAS FALTAS Y RECLAMOS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO

Las infracciones de carácter administrativo serán resueltas por el Tribunal de Honor, a través de los Reclamos recibidos por el (la) Director (a) Ejecutivo (a) de los Juegos.

Si el reclamo acusase una falta grave de algún(a) deportista, cuya sanción sea la descalificación, se debe proceder de distinta manera de acuerdo a las particularidades que se describen a continuación. Si el reclamo se presenta antes o durante el Congresillo Técnico de cada deporte o previo al inicio de la competición en que participará y el fallo es adverso, el competidor implicado no puede tomar parte en ésta. Si el fallo adverso es emitido cuando las competencias en su deporte se hayan iniciado, el atleta sancionado deberá ser retirado de inmediato.

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Si se trata de competencias por equipo, la separación del deportista o deportistas afectados(as) por el fallo adverso debe aplicarse en los partidos que se disputen posteriormente a su emisión y notificación. La falta implicará la perdida de la competencia, juegos o puntos en que este o estos hayan tomado parte. Según lo anterior, los puntos y/o partidos disputados serán entregados al equipo adversario de los partidos en que este o estos hayan tomado parte.

Si se trata de competencias individuales, la descalificación del deportista implica la pérdida del lugar o lugares que el mismo hubiera alcanzado y, como consecuencia, los premios correspondientes a esas ubicaciones.

Las resoluciones emanadas de la Comisión de Disciplina y/o el Tribunal de Honor solo producirán efecto una vez que han sido válidamente notificadas, personalmente a través de un oficio o por correo electrónico al Jefe de Misión y/o Delegado de la región involucrada, según corresponda.

Capítulo N°5MECANISMO DE APELACIÓN

Las personas sancionadas tendrán oportunidad de realizar una apelación por única vez hasta 12 horas después de recibida la notificación de resolución del Tribunal de Honor, y sólo cuando sea una sanción de carácter administrativo que implique descalificación del evento o la inhabilidad para participar en la competencia de la siguiente edición.

El involucrado podrá apelar mediante una carta enviada en formato papel o mediante correo electrónico al (la) Director (a) Ejecutivo (a) de los III Juegos Deportivos Nacionales y II Juegos Deportivos Paranacionales.

Capítulo N°6TIPOS DE PENAS Y SANCIONES

Las sanciones que correspondan surgirán del análisis que el Tribunal de Honor y/o la Comisión de Disciplina según corresponda realice a partir de los atenuantes y agravantes que plantee cada caso.

6.1. DE LOS TIPOS DE FALTAS

6.1.1 FALTAS LEVES:Son aquellas que afectan y alteran levemente la convivencia y el régimen normal del proceso deportivo.

6.1.2. FALTAS GRAVES:Son aquellas que afectan negativamente la sana convivencia, el régimen normal del proceso deportivo y el prestigio de las competiciones, comprometiendo la integridad física y moral de las personas, las buenas costumbres y/o materiales o las dependencias en que se realiza la competición.

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6.2. CONDUCTAS TIPIFICADAS

Clasificación

1. Desobedece las instrucciones de la Organización.2. Comercializa productos sin autorización.3. Presenta mal comportamiento durante las horas de competencia.4. Afecta negativamente la convivencia al interior de su delegación, entre delegaciones y/o con la organización. 5. Consumir cigarrillos y/o alcohol en dependencias del recinto deportivo donde se desarrollan los Juegos Deportivos Nacionales y/o en el perímetro del mismo.6. Todas aquellas que la Comisión de Disciplina estime pertinentes.

Leve

Faltas

7. Hacer uso o ingresar a baños o camarines no asignados oficialmente para su género.8. Manifestar actitudes y/o conductas violentas.9. Destruir, sustraer, esconder y/o mal utilizar material o bienes de sus compañeros. Será agravante cuando lo anterior ocurra en el período próximo a una competencia.10. Manifestar actitudes deshonestas o poco veraces.11. Falsificar, intervenir o manipular indebidamente la planilla de inscripción de jugadores.12. Contestar en forma insolente o manifestar actitudes irrespetuosas o groseras hacia un oficial, árbitro, miembro de alguna delegación o de la Organización.13. Intimidar a sus compañeros a través de amedrentamiento y amenazas. 14. Calumniar, ofender o injuriar a otros, tanto en forma oral como a través de medios escritos o electrónicos (Facebook, correo electrónico, Chat y otros), publicados dentro o fuera del período de competencia, sean estos compañeros o funcionarios de las distintas actividades, con perjuicio a su honorabilidad.15. Dañar, destruir, rayar o mal utilizar materiales, muebles o instalaciones del recinto deportivo o las instalaciones que se ocupan para el alojamiento de las distintas delegaciones.16. Consumir, portar, vender y/o distribuir drogas o alcohol durante todo el evento en dependencias del recinto deportivo o en las instalaciones de convivencia que dispongan las distintas delegaciones y/o en las proximidades de los mismos.17. Organizar, ayudar o facilitar el ingreso de personas ajenas a los Juegos Deportivos Nacionales a zonas de; competencias, alojamiento, alimentación, transporte y todos aquellos lugares no autorizados para público general.18. Dañar, alterar o sustraer contenidos digitales e informáticos, perjudicando a la institución o a personas.19. Guardar, portar o utilizar dentro del recinto de competencia o en instalaciones de alojamiento de la delegación, elementos ígneos o inflamables, químicos corrosivos o cáusticos; cualquier tipo de armas de fuego o corto punzante; elementos contundentes; y todos aquellos elementos que constituyan un potencial riesgo a las personas.20. Incluir indebidamente uno o más jugadores de un equipo en la planilla de inscripción o que los datos consignados no sean verdaderos.21. Presentarse tardíamente a jugar su partido, excediendo el período de espera a disputar un compromiso de partido o jornada.22. No presentarse a disputar un compromiso de partido y/o jornada.23. Obtener podio en la competencia y no presentarse a la ceremonia de premiación24. Incluir jugador/es sancionados previamente.25. Todas aquellas que la Comisión de Disciplina estime falta grave.

Grave

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6.3. DE LAS SANCIONES: La Comisión de Disciplina determinará las sanciones de carácter técnico según lo establezcan los reglamentos internacionales de cada deporte. Para el caso de las faltas administrativas y de estada en la Villa Deportiva, y dependiendo de su gravedad, se establecerán las siguientes sanciones:

Tipo de falta

•Amonestación verbal y/o escrita.Falta leve

Sanción

•Suspensión o inhabilidad para participar en la siguiente fecha o jornada de la competencia. La cantidad de fechas o jornadas puede aumentar hasta 3, dependiendo de la gravedad de la conducta.

Falta leve (cometida de forma intencional, con premeditación y

alevosía)

•Suspensión o inhabilidad para participar de 3 a 10 fechas o jornadas.•Descalificación de la competencia.•Inhabilidad para participar en la versión siguiente de los Juegos.

Falta grave

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REGLAMENTO DE ESTADA EN HOTELES Y/O VILLA DEPORTIVA

Consideraciones generales

Artículo 1°: La Villa Deportiva son los recintos destinados por la Comisión Organizadora de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales como lugares de residencia de las delegaciones participantes y lugares obligados de concentración, razón por la cual ningún integrante, sean: Jefe (a) de Misión, delegados (as) técnicos, deportistas, técnicos y/o integrantes del equipo médico, podrán pernoctar fuera de ella.

Artículo 2°: Se entiende por Villa Deportiva para los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales, todos los lugares de alojamiento y/o recintos de actividades deportivas que sean presentados por la entidad organizadora del evento.

Artículo 3°: La denominada Villa tendrá una “Unidad de Control”, integrada por representantes de la organización, quienes se relacionarán con los Jefes (as) de misión para solucionar cualquier problema que se presente.

Artículo 4°: Esta unidad de control tendrá su jurisdicción en cada lugar de alojamiento, comedores y recintos de actividades deportivas. Un responsable directo del área en los recintos deportivos actuará como coordinador de deportes.

Artículo 5°: En la Villa Deportiva se hospedará la totalidad de los integrantes de las delegaciones participantes.

Artículo 6°: Los nombres de los funcionarios a cargo de las diversas comisiones de trabajo para los Juegos se comunicarán a los Jefes (as) de Misión.

Artículo 7°: Las pertenencias personales de los integrantes de cada delegación estarán bajo su propio cuidado. Las autoridades de la Villa Deportiva no asumirán responsabilidad alguna ante cualquier extravío de ellas. Ante una denuncia de estos hechos, el jefe de la Unidad de Control tendrá la autorización y facultad de revisar y chequear a las delegaciones involucradas.

Funciones de la Unidad de Control:

Artículo 8°: Controlar administrativamente la Villa Deportiva, especialmente en los siguientes aspectos:

• Recepción y despedida de las delegaciones.• Recibir observaciones sobre el comportamiento de las delegaciones participantes dando cuenta de eventuales transgresiones a las normas al Tribunal de Honor de Disciplina.• Manejar y entregar información de la Villa Deportiva (interna y externa). De las delegaciones:

Artículo 9°: Cada miembro de una delegación debe estar en posesión de su credencial como participante en el torneo y portarla en un lugar visible.

Artículo 10°: En los lugares de alojamiento no podrán circular personas extrañas al certamen, a menos que se coordine su participación con la Unidad de Control y con la administración del hotel respectivo.

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Artículo 11°: Las delegaciones, Técnicos y/o Deportistas participantes, que se ausenten momentáneamente de la Villa Deportiva, fuera del programa oficialmente establecido, lo harán previa información a la Unidad de Control y a la Administración del hotel, debiendo dejar comunicado y/o registrado el destino, hora de regreso y nombre de la persona responsable del grupo.

Artículo 12°: Las delegaciones deberán respetar en todo momento las disposiciones del presente Reglamento.

Artículo 13°: La labor que desarrollan los Jefes (as) de Misión, delegados, técnicos, ayudantes técnicos y equipo médico de las delegaciones que participan en el certamen, debe entenderse como una prolongación y una proyección de su razón de funcionario.

Artículo 14°: Las delegaciones participantes deben tener un buen comportamiento interno, como a la vez mantener una relación acorde con las demás delegaciones y toda la comunidad.

Artículo 15°: Cualquier eventual transgresión a las normas, rotura de elementos o mobiliario y extravíos que se ocasionen dentro de la Villa Deportiva serán responsabilidad de la delegación causante. Su responsable deberá comunicar a la Unidad de Control o directamente a la administración del hotel según el caso y cancelar de inmediato los daños ocasionados. Sin perjuicio de lo anterior, esta falta también está sujeta a una sanción disciplinaria.

Artículo 16°: Es de responsabilidad de cada Jefe (a) de Misión la disciplina de los delegados, técnicos, ayudantes técnicos, deportistas y equipo médico, durante todo el desarrollo de los Juegos.

Artículo 17°: No se permitirá introducir a la Villa Deportiva bebidas alcohólicas, ni estimulantes sancionándose de inmediato su porte y uso.

Del funcionamiento de la Villa:

Artículo 18°: La Unidad de Control establecerá el cronograma: horario de desayuno, almuerzo, merienda y cena, acorde al programa general de los Juegos.

Artículo 19°: La comunicación y entrevista de las delegaciones residentes en la Villa con personas del exterior, se realizarán en lugares específicos, no permitiéndose el ingreso de la/s visita/s a otro/s lugares que no fueran los señalados.

De los Jefes de Misión y delegados

Artículo 20°: Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento.

Artículo 21°: Denunciar aquellos actos de indisciplina que sobrepasen su autoridad, trasladando sus inquietudes a la Unidad de Control.

Artículo 22°: Responsabilizarse directamente ante la autoridad de la Villa Deportiva, de los siguientes ítems:

• Control de disciplina de sus deportistas.• Control higiénico y sanitario de los deportistas y del recinto ocupado por ellos. • Comunicar las salidas de su delegación ante la Unidad de Control.• Cumplimiento de los horarios establecidos o de los que se establezcan durante el desarrollo de los Juegos (deportivo y recreativo).

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ANEXO 1: FORMULARIO DE RECLAMO

Región ReclamanteDisciplina delReclamo

Antecedentes de Reclamo

Técnico

Tipo de Reclamo

Administrativo

Descripción del Reclamo

Nombre delegado Deporte Región o Jefe de Misión

Rut

Firma

Teléfono de contacto

Correo electrónico

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