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Jornadas Jornadas Jornadas Jornadas “Experiencias en Mediación Penal Juvenil” “Experiencias en Mediación Penal Juvenil” “Experiencias en Mediación Penal Juvenil” “Experiencias en Mediación Penal Juvenil” Chile Abril de 2011 Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

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Page 1: Jornadas “Experiencias en Mediación Penal Juvenil”³… · MODELO RETRIBUTIVO: • El joven es considerado como un “adulto en miniatura” • Sus actos son sancionados, recibe

JornadasJornadasJornadasJornadas

“Experiencias en Mediación Penal Juvenil”“Experiencias en Mediación Penal Juvenil”“Experiencias en Mediación Penal Juvenil”“Experiencias en Mediación Penal Juvenil”

Chile

Abril de 2011

Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

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CONTEXTO CONTEXTO CONTEXTO CONTEXTO

GEOGRÁFICO GEOGRÁFICO GEOGRÁFICO GEOGRÁFICO

YYYY

SOCIALSOCIALSOCIALSOCIAL

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Río Grande

Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

Rio Grande

Tierra del Fuego

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MARCO MARCO MARCO MARCO

INSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONALINSTITUCIONAL

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Proceso de formación del proyectoPrograma de Facilitación de Acceso a Justicia del STJ

(Proyecto Piloto)

o Etapa previa de evaluación diagnóstica

o Inicio de actividades de capacitación en 2005

o Modalidad de voluntariado en 2006o Modalidad de voluntariado en 2006

o Acordada 37/07 STJ :

Centro de Mediación (Río Grande)

o Creación Casa de Justicia (Tolhuin)

(abril 2007) Centro de Mediación (Ushuaia)

Centro de Mediación Río GrandePoder Judicial de Tierra del Fuego

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La evaluación, monitoreo y

reformulación de esta experiencia

significó un aporte en la elaboración de significó un aporte en la elaboración de

una ley provincial de mediación.

Centro de Mediación Río GrandePoder Judicial de Tierra del Fuego

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Centro de Mediación de Río Grandedependiente del Poder Judicial de Tierra del Fuego

(inaugurado a fines de abril de 2007)

El equipo está conformado por dos mediadoras ( 1 Abogada y 1 Trabajadora Social) y dos notificadores formados en mediación

Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

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Centro de Mediación de Ushuaia

El equipo está conformado por tres mediadores ( 2 Abogados y 1 Politóloga) y dos notificadores formados en mediación

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Casa de Justicia de Tolhuin

El servicio es brindado por el equipo de mediación del Poder Judicial de Tierra del Fuego, quienes se trasladan en forma rotativa de lunes a viernes.

Está conformado por el director del programa (mediador- abogado), 8 mediadores ( 3 abogados, 1 trabajadora social, 1 politóloga y 4 empleados

administrativos que también cumplen función de notificadores formados en mediación) y 1 empleado abogado formado en mediación (con domicilio en

Tolhuin)Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

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Ley de mediación(Prov. N° 804, oct./09)

Interés en generar intercambio con los distintos actores del sistema

Construcción normativa a partir de la experiencia concreta y necesidades emergentes

Construcción colectiva

Define como política pública del estado provincial

Incorpora principios de justicia restaurativa

Trabajo en red e interdisciplina

Lo previstoLo que además

aconteció

Resistencia frente a la nueva propuesta

Reformular la práctica y generar nuevas instancias de capacitación

Presentaciones espontáneas prejudiciales (particulares y profesionales) y derivaciones de otras instituciones

Penal mayores y juvenil

Derivaciones desde los juzgados

Familia y patrimonial

Centro de Mediación Río GrandePoder Judicial de Tierra del Fuego

Incorpora principios de justicia restaurativa

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MARCOMARCOMARCOMARCO

NORMATIVONORMATIVONORMATIVONORMATIVO

(inscripto en el paradigma (inscripto en el paradigma (inscripto en el paradigma (inscripto en el paradigma restaurativo)restaurativo)restaurativo)restaurativo)

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LEY PROVINCIAL de MEDIACIÓN 804octubre de 2009

� Resolución alternativa de conflictos, mediación, como políticapública del Estado Provincial.

� Interdisciplina

�Trabajo en red

� Incorpora principios de Justicia Restaurativa

En hechos atribuidos a adolescentes, considera todas las

cuestiones mediables, sin limitar por edad o tipo de infracción

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MODELO ASISTENCIALISTA - TUTELAR:

• El joven por su personalidad aún en desarrollo no es consideradocapaz de responsabilizarse por sus actos.

• La responsabilidad se coloca en el entorno y corresponde a lasociedad su reeducación a través de instituciones, ya que es objeto de

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sociedad su reeducación a través de instituciones, ya que es objeto de

la tutela estatal.

• La víctima no es considerada parte de la situación en este modelo.

• Los intereses de la comunidad se consideran representados por elEstado.

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MODELO RETRIBUTIVO:

• El joven es considerado como un “adulto en miniatura”

• Sus actos son sancionados, recibe castigo por romper las reglas según el daño producido. Modelo punitivo/sancionatorio.

• La decisiones recaen en el juez sin mayor intervención del joven infractor ni

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• La decisiones recaen en el juez sin mayor intervención del joven infractor ni de la víctima.

• La víctima interviene exclusivamente como objeto de prueba o testigo en el proceso judicial.

• Los intereses de la comunidad se consideran representados por los órganos del Estado.

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PARADIGMA RESTAURATIVO

• El joven infractor es considerado capaz de responsabilizarse por sus actos y de participar en la decisión del conflicto.

• Se focaliza en las relaciones sociales rotas y en la violación del respeto entre las personas, más que en la infracción de leyes.

• Se promueve un proceso en el que tengan protagonismo el joven y la víctima en la búsqueda de un encuentro reparador que considere las necesidades mutuas, con participación de la comunidad.

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MEDIACIÓN PENAL JUVENIL COMO HERRAMIENTA O PRÁCTICA DE

JUSTICIA RESTAURATIVA

como etapa o instrumento del proceso jurisdiccional

(se trabaja desde los intereses, necesidades y potencialidades de todos los participantes, no sobre el objeto procesal o “carátula”)

NO

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Mediacióncomo encuentro reparador entre

Joven infractor (capaz de responsabilizarse)

Víctima (posibilidad de reelaborar la agresión sufrida)

Comunidad (“otros significativos” – personas, instituciones)

Implica una nueva concepción cultural y social, no sólo una

modificación en el sistema jurídico.

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Proceso de administración de

justicia

• De participación voluntaria

• Confidencial

• Comunicación directa entre las partes (oralidad y • Comunicación directa entre las partes (oralidad y protagonismo)

• Requiere el expreso consentimiento de la víctima

• Diálogo acompañado por un tercero imparcial

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ENCUADRE ENCUADRE ENCUADRE ENCUADRE METODOLÓGICOMETODOLÓGICOMETODOLÓGICOMETODOLÓGICO

Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

Etapas del procesoEtapas del procesoEtapas del procesoEtapas del proceso

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RECEPCIÓN DE LOS CASOS

• Desde los dos Juzgados de Familia y la Fiscalía.

• Por hechos cuya comisión se atribuye a jóvenes• Por hechos cuya comisión se atribuye a jóvenesmenores de edad.

• Víctimas de los hechos: adultos, otros jóvenes oinstituciones de la comunidad.

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31

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30

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TIPOS DE DELITOS

31

20

25

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TIPOS DE DELITOS

17

73

17

1

0

5

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ROBO DAÑO AMENAZAS HURTO LESIONES OTROS

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73

17

1

0

5

10

15

20

ROBO DAÑO AMENAZAS HURTO LESIONES OTROS

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PREPARANDO EL

ENCUENTRO

ConvocatoriaConvocatoriaY

Entrevistas previas

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CONVOCATORIA

• Personalizada

• Por diferentes medios

• Lenguaje accesible

• Informativa, explicativa• Informativa, explicativa

• Posibilidad de nuevo contacto

• Primera evaluación de disposiciones subjetivas y

posibilidades objetivas

Lo recabado por los notificadores se transmite a las mediadoras

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ENTREVISTAS PREVIAS

• Se realiza primero, con quien figuracomo ofensor/es (tantas como requeridoshayan)

• Después ingresan el/los adultos a cargo.• Después ingresan el/los adultos a cargo.

• Si aceptan participar, se organiza laentrevista con quien figura comodamnificado (para evitar una posiblerevictimización.

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ENTREVISTAS PREVIAS

OBJETIVOS:

Para generar confianza

Para explicar el procedimiento

Para personalizar

Para evaluar: viabilidad del encuentro dentro del paradigma de

JR

Para obtener información

Para explicar el procedimiento

Para identificar intervinientes

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Entrevistas previas con los jóvenes

- Proximidad o posibilidad real de proximidad entre los jóvenes imputados ylos damnificados (por vecindad, compartir ámbito escolar o barrial, amistadesen común, …)

- Mayoritariamente asumen su intervención en los hechos y manifiestaninterés por explicar o reparar.

- Se reiteran relatos en los que los hechos se producen en el marco deconsumo excesivo de alcohol o sustancias psicoactivas y en compañía deotros.consumo excesivo de alcohol o sustancias psicoactivas y en compañía deotros.

- En varias ocasiones las dificultades se originan en la pertenencia a distintosgrupos barriales. El hecho denunciado es un punto en una secuencia deconflictos previos en una escalada de violencia; las figuras de víctima yvictimario se alternan sucesivamente.

- Plantean muchas inquietudes respecto de la modalidad de trabajo, y lasconsecuencias legales y sociales – vinculares (continuidad de un juicio,generación de antecedentes, temores por “represalia” del afectado, …)

- En un porcentaje muy alto aceptan participar del proceso de mediación.

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Entrevistas previas con los damnificados• Se plantean muchos interrogantes respecto de la modalidad de

trabajo.

Actitudes percibidas:

• Búsqueda de explicación a lo ocurrido (“¿por qué a mí?”).

• Inquietud por las consecuencias sociales – vinculares (temor a“represalias”).

• Bronca y sensación de desvalimiento entre los damnificados adultos.

• Bronca, con mayor posibilidad de contextualizar y explicar lo sucedido• Bronca, con mayor posibilidad de contextualizar y explicar lo sucedido

cuando los damnificados son de edades similares a los ofensores.

• Búsqueda de tranquilidad y seguridad en la convivencia. Necesidad de

trato pacífico.

• Interés en el reconocimiento de la autoría del hecho y la reparación del

daño material como sanción.

• Si bien habitualmente aceptan participar del proceso de mediación, es

mas frecuente el desistimiento que entre los jóvenes.

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EL ENCUENTROEL ENCUENTRO

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Se trabaja sobre lo ocurrido con mirada hacia el futuro, nocomo “reconstrucción de los hechos”. Se abordan todos lostemas que las partes acuerden trabajar.

Reconocimiento del otro como “un otro legítimo”.Superación de la lógica binaria “inocentes y culpables”.

Espacio neutral, tiempo acordado y destinado al diálogo.

Reelaboración por la víctima de la agresión sufrida (relato victimológico).

Análisis de alternativas superadoras del conflicto, reparación del daño.

Responsabilización por parte del joven sobre sus actos, sicorrespondiere.

Mejoramiento de la relación.Centro de Mediación Río Grande Poder Judicial de Tierra del Fuego

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CONSTRUYENDO

el el

ACUERDO

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ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

No debe culpar

Satisfactorio para ambas partes

Incluye compromisos recíprocos

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDOViable y ejecutable

Claro y específico

Corroborado y firmado por las partes

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� Se expiden tantos ejemplares como partes haya, concopia al órgano derivador.

Efectos (arts. 28 y 29, Ley 804)� Se dispondrá la desestimación de la denuncia, el rechazo

del requerimiento fiscal o se dictará el sobreseimiento (de

acuerdo al estado de la causa)acuerdo al estado de la causa)

�Condicionado al cumplimiento de las obligaciones

contraídas, con control y seguimiento de lo pactado si

correspondiere.

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7%

RESULTADO MEDIACIONES

93%CON ACUERDO SIN ACUERDO

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OBSERVACIONESy

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yDESAFÍOS

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• Nuestra propuesta de trabajo se desarrolla en un contexto social e institucional que

pondera más la sanción que abordajes comprendidos en principios de justicia

restaurativa.

• Jóvenes socialmente “rotulados” o estigmatizados, con vínculos escasos o frágiles en

los ámbitos familiar, institucional y comunitario, con códigos específicos desde lo

comunicacional, lo axiológico, etc. que otorgan una legalidad propia a su accionar.

• Necesidad de espacios preventivos y previos al judicial para el tratamiento de las

diferencias. También de la coordinación y articulación con distintas organizaciones e

OBSERVACIONES

diferencias. También de la coordinación y articulación con distintas organizaciones e

instituciones de la comunidad.

• En ocasiones la intervención de algunas instituciones otorgan a una situación

cotidiana de la dinámica vecinal el status de delito, impactando desfavorablemente en

las subjetividades y en los vínculos.

• La inclusión posterior de los padres a los encuentros les permite percibir y reconocer

la capacidad de los hijos de resolver situaciones a través del diálogo en situación de

paridad con otro adulto.

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LIMITACIONES Y RIESGOSExpectativa exagerada en la posibilidad reparadora y preventiva.

Error de pensar como primer objetivo la reducción del delito.

Hacer foco exclusivamente en “delitos menores” y transformar la Justicia Restaurativa en una “justicia de favores” y no como un derecho de las personas.

Individualizar el delito (no es igual que personalizar), reduciéndolo sólo a una relación Individualizar el delito (no es igual que personalizar), reduciéndolo sólo a una relación entre dos personas. Es un delito individual en un contexto social.

Que se utilice a la víctima como “herramienta pedagógica” para promover la reflexión del infractor o se habilite el espacio para que la víctima pueda “tomar represalias” hacia el joven.

Que se identifique un posible servicio comunitario restaurativo con un servicio comunitario punitivo. Reproducir con otro formato y lenguaje la misma lógica punitiva y sancionatoria del proceso penal clásico.

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OPORTUNIDADES

Permite personalizar, no estandarizar respuestas a las situaciones.

Promueve el empoderamiento y apertura de posibilidades a todos los involucrados, apropiarse de herramientas y recursos de resolución pacífica de conflictos.

Potencia y optimiza los servicios ya existentes en la comunidad.

Enfatiza la calidad de un proceso más que la obtención de un resultado (no es magia, implica un trabajo de co-responsabilidad y contar con recursos institucionales y comunitarios complementarios).

Aumenta la vivencia de justicia entre la comunidad, disminuye la sensación de impotencia.

Reduce el impacto que produce la estigmatización: permite correrse de la visión del “menor en conflicto con la ley penal” a la de un conflicto de convivencia e integración entre los jóvenes y la comunidad de la cual son parte.

Considera las necesidades de las víctimas de los hechos, quienes pueden expresarse siendo considerada su voz, recuperando su protagonismo.

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OPORTUNIDADES

Para el sistema judicial:

-Aumenta la experiencia del público con el sistema judicial y lasatisfacción con el accionar de la institución.

-Disminuye de manera importante el tiempo generalmenterequerido para procesar las ofensas en el sistema tradicionaladversarial.

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Centro de Mediación

Superior Tribunal de JusticiaSuperior Tribunal de JusticiaSuperior Tribunal de JusticiaSuperior Tribunal de JusticiaProvincia de Tierra del Fuego,Provincia de Tierra del Fuego,Provincia de Tierra del Fuego,Provincia de Tierra del Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico SurAntártida e Islas del Atlántico SurAntártida e Islas del Atlántico SurAntártida e Islas del Atlántico Sur

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