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El Operador Logístico y de Transporte Obligaciones Legales en el ámbito Administrativo Relación con proveedor de Transporte 17 de marzo de 2015

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El Operador Logístico y de Transporte

Obligaciones Legales en el ámbito Administrativo

Relación con proveedor de Transporte

17 de marzo de 2015

Síntoma común entre empresas y empresarios del sector logístico.

Más de 100.000

normas en España

Diagnóstico: Cefalea aguda motivada por la hemorragia legislativa de los Gobiernos (UE/Estatal/CCAA).

DOLOR DE CABEZA

Tratamiento

1. Análisis de la actividad, línea de negocio o petición del cliente que vamos a emprender y desarrollar.• El Sector Logístico y de Transporte es el aparato circulatorio de la

economía, todas las mercancías son susceptibles de ser gestionadas y transportadas por un Operador Logístico y de Transporte.

2. Atención especial a: mercancía peligrosa (ADR), mercancía en frio, perecederos alimenticios, residuos, armas, etc.

3. Seguimiento a normativa específica del sector logístico (?) y de transporte.

4. Obtener cuantos certificados o autorizaciones sean necesarias, ¿son todos necesarios?• Registro Alimenticio – Transporte.• Registro de Residuos. Identificación de Vehículos. • Autorizaciones de Operador de Transporte (OT)• Autorización de Transporte Público de Mercancías (MDP/MDL).• Autorización Postal. • y un largo etcétera.

Santiago Mallo
Y finalmente estar asociado a la Asociación Empresarial del sector para que no se te escape nada y beneficiarse de otras tantas cosas que te ofrece

El Operador Logístico y de Transporte

También podemos encontrar las definiciones de Agencia de Transporte (ya no distingue fraccionada/completa), Transitario o Almacenista-Distribuidor. Art. 120 y ss. LOTT.

“A los efectos de esta ley, se considera operadores logísticos a las empresas especializadas en organizar, gestionar y controlar, por cuenta ajena, las operaciones de aprovisionamiento, transporte, almacenaje o distribución de mercancías que precisan sus clientes en el desarrollo de su actividad empresarial.En el ejercicio de su función, el operador logístico podrá utilizar infraestructuras, tecnología y medios propios o ajenos..” Art. 122. Ley 9/2013. Mod. LOTT.

DefiniciónDefinición

¿Qué consecuencias tiene?

Santiago Mallo
Pero quizás hemos empezado la casa por el tejado..
Santiago Mallo
La definición legal del Operador Logístico. En la estrategia logística empezamos a ver referencias al operador logístico. Empieza a conformarse legalmente un sector que hasta ahora solo encontraba hueco en el propio mercado.
Santiago Mallo
Los Reglamentos Europeos 1071/1072 de 2009. Sólo para transporte y transporte internacional no para OPERADORES

El Operador Logístico y de Transporte

“Art. 119. 1. Quienes pretendan intermediar en la contratación de transportes de mercancías por carretera, ya sea en concepto de agencia de transporte, transitario, almacenista-distribuidor, operador logístico o cualquier otro, deberán obtener una autorización de operador de transporte.” Ley 9/2013. Mod. LOTT.

MercantilMercantil“Art. 119. 3. “[…] Los titulares de la autorización de operador de transporte deberán contratar en nombre propio tanto con el demandante del servicio como con el transportista que vaya a realizarlo[…].” Ley 9/2013. Mod. LOTT.

Conclusión: Sólo sí contratamos transporte directamente necesitamos una Autorización OT

Santiago Mallo
La definición en sí... ninguna. Lo que si que importa este articulo:

El Operador Logístico y de Transporte

• La autorización de transporte público de mercancías si se cumplen los mismos requisitos que la OT no será necesaria ambas autorizaciones (modificación 2013).

• ¿Y si tengo vehículos? • No necesaria para menos de 2tn de MMA No OT.• Ligeros 2-3,5tnMMA. Registro (autorización 1.3.g. ET)• Pesado más de 3,5tn MMA. Autorización.

Requisitos para su acceso:

Entonces... ¿De qué soy responsable?

• BAREMO SANCIONADOR DE LA LOTT/ROTT• http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/0A1EF53A-EA6B-4038-902F

-B60833A56890/121984/Baremo_Sancionador.pdf

CARTA DE PORTE / POD / DOCUMENTO DE CONTROL

Documento de Control. [Orden Ministerial 2861/2013]

•De carácter obligatorio. •Excepciones:

• Aquellos transportes que no requieren autorización.• Paquetería (ojo sólo en reparto/recogida). Contenido mínimo:

Identificación transportista efectivo, matricula, Origen/destino mercancía, fecha de transporte, naturaleza y peso de la mercancía, cargador contractual.

• Problemas con la naturaleza de la mercancía.

• ¿Quién es el cargador contractual si hay subcontratación de transporte? Resolución de coordinación 1/2013. El responsable será el transportista que subcontrata y no el cargador o operador que hizo el encargo del transporte.

Una breve referencia a distintos tipos de transporte:

Perecederos y alimentos:

•El transportista debe estar inscrito en el Registro General Sanitario de Empresas de Transporte de Alimentos. •Cualquier actividad (almacenamiento, distribución o transporte)•Competencia Comunidades Autónoma, si bien se traslada los datos a un Registro General de la AESAN. •¿Y el transportista? Si tiene un vehículo unido a la caja deberá registrarse, si por el contrario es una cabeza tractora no será necesario.

Además debemos estar atentos a la normativa aplicable a cada tipo de producto, con especial precaución si almacenamos a granel o en frío/congelado.

Más información en: http://aesan.msssi.gob.es/AESAN/web/legislacion/subseccion/general.shtml

Santiago Mallo
Reglamento CE 852/ 2004 Higiene de productos alimenticios/// RD19/2011, 18 de febrero, Registro General Sanitario. Además respetar el Convenio ATP (RD1205/2005)
Santiago Mallo
RD 1010/2011.de 14 de septiembre, por el que se determinan las autoridades competentes en materia de transporte de mercancías perecederas y se constituye y regula la Comisión para la Coordinación de dicho transporte

Fármacos y material sanitario:

•Normativa genérica para distribuidores y almacenes pero incluye al almacén por contrato ¿Operador logístico?.•Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano.•Almacén contratado: Se toma la autorización del distribuidor pero debe cumplir con todas las obligaciones del titular.

Residuos:

•Competencia Comunidades Autónomas pero legislación Estatal. •En puridad, necesidad de registrarse como operador autorizado. •No en carga fraccionada. •Definición de residuo Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. “sustancia u objeto desechable o que se desee desechar”. •Sólo gestores autorizados. ¿Paquetería?

Mercancía Peligrosa:

•Norma ADR. En vigor 2013. En borrador 2015.•Capacitación especial:

• Consejero de Seguridad – Responsabilidad y Comunicación.•Sanciones conforme a LOTT/ROTT.

•También especial referencia a Ley de Responsabilidad Medioambiental. Próximamente Garantías financieras.

OPERADOR DE TRANSPORTE – POSTAL

Si se presta servicio dentro del SPU o fuera del SPU (hasta 20Kg paquete postal según ley).

Autorización administrativa singular.

Deber de información a la Comisión Nacional del Sector Postal, ahora Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio universal postal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

OPERADOR LOGÍSTICO

¿Alguna diferencia sobre logística en centro (in-house) o externalizada?

Si el transporte es contratado por el cliente, ¿me afecta del mismo modo todo lo que hemos visto?

Pregunta

¿Es obligatorio la rotulación identificando a la empresas de los vehículos de transporte?

CONCLUSIONESCONCLUSIONES• Inseguridad Jurídica para el desarrollo de

la actividad. Profusa normativa y cambiante.

• Según el tipo de cliente / mercancía deberemos estar al corriente de las obligaciones legales para ese tipo de mercancía concreta.

• Estar en posesión de todas las autorizaciones que necesitemos, pero sólo si las necesitamos.

Muchas graciasMuchas gracias