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Albacete 11 de Mayo de 2.012
PEDRO CANTO SALTO Ingeniero de Edif icación
Arquitecto Técnico Agente de la Propiedad Inmobiliaria
Código de Hammurabi1.760 a. C
Ley 232: Si le ha hecho perder los bienes, le pagará todo lo que se ha perdido, y, porque no ha hecho sólida la casa que construyó y el dueño no la adecenta y se ha derrumbado, reconstruirá a su propia costa la casa.
IMPERIO ROMANOCódigo Teodosiano
Libro XV. Título I: …… obligar a sus dueños para que los reparasen, empleando para ello los medios que considerase más oportuno.
CÓDIGO CIVIL25 de Julio de 1.889
Artículo 1.907: El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.
“Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble…..”
“Son obligaciones de los propietarios conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento….”
Decreto Legislativo Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
Decreto 34/2011, de 26/04/2011, por el que se aprueba el reglamento de disciplina urbanística del texto refundido de la ley de ordenación del territorio y de la actividad urbanística.
1. La estructura y cimentación
2. Las fachadas interiores, exteriores y medianeras del edificio
3. Cubiertas y azoteas
4. Fontanería y la red de saneamiento del edificio
Ordenanza sobre conservación, rehabilitación y ruina de las edificaciones. Boletín oficial de la Provincia de Cuenca. Publicado el 18 de Octubre de 2010.
c) Los edificios construidos entre 1955 y 1960 en la anualidad de 2012
d) Los edificios construidos posteriores a1960 en la anualidad de 2013 y siguientes
e) Los edificios con algún régimen de protección en la anualidad 2011
Edificios sujetos a inspección
1ª Inspección los edificios que cumplan 50 años.
Posteriores cada 5 años.
Aspectos a considerar en la futura Ordenanza
Estructura
Cimentaciones
Cubiertas
Fachadas
Envolvente del edificio
Condiciones
Seguridad
Estabilidad
Estanqueidad
Consolidación
Habitabilidad
Accesibil idad
Eficiencia energética
A principio de la década de los 70, se aprobaron normas importantes sector construcción.
1ª revisión a los 40 años
1ª Inspección
A los 25 años de antigüedad en el 8% de los municipios
A los 20 años de antigüedad en el 11% de los municipios
A los 15 años de antigüedad en el municipio de Móstoles
A los 50 años de antigüedad en el 28% de los municipios
A los 40 años de antigüedad en el 22% de los municipios
A los 30 años de antigüedad en el 25% de los municipios
A los 14 años de antigüedad en el municipio de Huelva
Renovación periódica
5 años en el 14% de los municipios
Variable en el 9% de los municipios
10 años en el 77% de los municipios
Puntos de inspección
El 19% la instalación de gas
El 11% de los municipios revisarán los portales y escaleras.
El 100% de los municipios con ITE han de inspeccionarse las cimentaciones, las estructuras, las fachadas y las cubiertas y azoteas
El 97% de los municipios revisará también el estado de las instalaciones de fontanería y saneamiento.
El 47% la instalación eléctrica
Decreto 81/2007 del Libro del Edificio de Castilla-La Mancha
• Documentar• Completar• Actualizar• Realizar
Técnico competente
ITE positiva hace posible que se pueda vender a un precio más alto, pero con ITE negativa existirá una derrama pendiente por obras en elementos comunes y por tanto se reducirá su valor de venta.
CONCIENCIACIÓN DE LOS CIUDADANOS DE LA NECESIDAD DE CONSERVAR Y MANTENER EL PARQUE EDIFICADO
CONOCIMIENTO DE LAS PATOLOGIAS Y EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS
ACTUACIÓN INMEDIATA EN CASO DE NECESITAR REPARACIONES
REDUCCIÓN DE LOS COSTES DE REPARACIÓN POR ACTUAR SIN DEMORA MEJORA DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
EVALUACIÓN DE LA ACCESIBILIDAD
INCORPORACIÓN DE PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SUPUESTOS DE MEJORA DE LA MISMA