jl!l.ko loterÍa nacional p,d.ra la asistencia...

9
"fiUl,\\ll,\ l';r flAUHH).� \ crn-o<>\) >'•Jl!l.KO TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA COMITÉ DE TRANSPARENCIA LOTERÍA NACIONAL PRA LA ASISTENCIA PÚBLICA ACTA DE LA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA. 25 DE ENERO DE 2019. Número: CT/19. En la Ciudad de México. siendo las 11 :00 horas del día 23 de enero del 2019. se reunieron en la sala de juntas del piso 1, ubicada en Avenida de la República número 117. Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, en la citada Ciudad, para celebrar la Tercera Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, los integrantes de este órgano colegiado. A continuación, la Mtra. Areli Ruth Gómez Mundo, Presidenta del Comité de Transparencia, sometió a consideración de los presentes, el siguiente: Orden del día l. Lista de Asistencia y declaración quorum legal. il. Presentación, y en su caso, aprobación del orden del día de los puntos a tratar en la presente sesión. 111. Confirmación, modificación o revocación de la clasificación como confidencial en cumplimiento al Recurso de Revisión RRA 7690/18. 1. Lista de Presentes. En cumplimiento al primer punto del orden del día, la Mtra. Areli Ruth Gómez Mundo. Presidenta del Comité de Transparencia, dio la bienvet1ida a los miembros del Comité de Transparencia de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública (Lotería Nacional) presentes: la C.P. Mónica Rivas Peralta, Subgerente de Trámites, Gestión y Archivo Histórico y Secretaria Técnica y el Lic. Porfirio Rosas Cruz, Titular del Área de Quas y miembro suplente del Comité. Acto seguido, la Secretaria da cuenta de los comparecientes a la presente sesión, verificando que existe el quórum legal para ello. Acuerdo Primero: Con fundamento en los Artículos 43 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Inrmación Pública 65, Fracción 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Inrmación Pública, el Comité determina que existe el quórum para celebrar la Tercera Sesión Extraordinaria. Página 1 de 9

Upload: others

Post on 18-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

"f<"iUl,\\ll,\ l';r

flAUHH).� \

crn-o<>\) >'•Jl!l.KO

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICA

ACTA DE LA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA.

25 DE ENERO DE 2019.

Número: CT/3/19.

En la Ciudad de México. siendo las 11 :00 horas del día 23 de enero del 2019. se reunieron en la

sala de juntas del piso 1, ubicada en Avenida de la República número 117. Colonia Tabacalera,

Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06030, en la citada Ciudad, para celebrar la Tercera Sesión

Extraordinaria del Comité de Transparencia de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública,

los integrantes de este órgano colegiado.

A continuación, la Mtra. Areli Ruth Gómez Mundo, Presidenta del Comité de Transparencia,

sometió a consideración de los presentes, el siguiente:

Orden del día

l. Lista de Asistencia y declaración quorum legal.

il. Presentación, y en su caso, aprobación del orden del día de los puntos a tratar en la

presente sesión.

111. Confirmación, modificación o revocación de la clasificación como confidencial en

cumplimiento al Recurso de Revisión RRA 7690/18.

1. Lista de Presentes.

En cumplimiento al primer punto del orden del día, la Mtra. Areli Ruth Gómez Mundo.

Presidenta del Comité de Transparencia, dio la bienvet1ida a los miembros del Comité de

Transparencia de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública (Lotería Nacional) presentes: la

C.P. Mónica Rivas Peralta, Subgerente de Trámites, Gestión y Archivo Histórico y Secretaria

Técnica y el Lic. Porfirio Rosas Cruz, Titular del Área de Quejas y miembro suplente del Comité.

Acto seguido, la Secretaria da cuenta de los comparecientes a la presente sesión, verificando

que existe el quórum legal para ello.

Acuerdo Primero: Con fundamento en los Artículos 43 de la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública 65, Fracción 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a

la Información Pública, el Comité determina que existe el quórum para celebrar la Tercera

Sesión Extraordinaria.

Página 1 de 9

Page 2: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

SI-ICP r,f'ClffTM,u, t>r HAC,lf,>H)J\, <;fH,f.> IT\) P\Í(!l.tl'O

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

Asimismo, por acuerdo SEi. 31/05/16.3, adoptado en la Primera Sesión Extraordinaria del año

dos mil dieciséis, este Comité de Transparencia de la Lotería Nacional se declaró en sesión de

trabajo permanente, a partir del primero de junio de dos mil dieciséis, para atender los asuntos

de su competencia.

11. Presentación, y en su caso, aprobación del orden del día de los puntos a tratar en la

presente sesión

La Secretaria puso a consideración de los miembros presentes la aprobación del orden del día,

por lo que sus miembros tomaron el siguiente acuerdo:

Acuerdo Segundo: El Comité de manera unánime acuerda aprobar el orden del día de la

presente sesión.

111. Confirmación, modificación o revocación de la clasificación como confidencial en

cumplimiento al Recurso de Revisión RRA 7690/18

La Secretaria abordó el punto 111 del orden del día, relacionado con el Recurso de Revisión RRA

7690/18 interpuesto en contra de la solicitud de información, 0675000036418, la cual señala a

la letra:

Descripción clara de la solicitud de información:

"Solicito versión digital pública de los contratos con fechas de inicio 1 de abril de 2018, 1 de

abril de 2017, 19 de septiembre de 2016 otorgados a PRONÓSTICOS PARA LA ASISTENCIA

PÚBLICA con los siguientes referencias: CE 006HHQ001 E86 2018, CE 006HHQ001 E83 2017,

CE 006HHQ001 E213 2016, no requiero secreto comercial así que pueden testar/os."

l. Dicha solicitud fue turnada por la Unidad de Transparencia a la Dirección de

Administración de la Lotería Nacional a través del oficio UT/490/2019 fechado el 8 de

octubre de 2018.

2. Al respecto la Dirección de Comercialización de la Subdirección de Comercialización y

de Servicios mediante oficio DC/605/2018 de fecha 9 de octubre de 2019 señala lo

siguiente:

"[ ... ]

Sobre el particular, se hace del conocimiento que la información solicitada, tiene el

carácter de confidencial por tratarse de secreto comercial, de conformidad a lo

Página 2 de 9

Page 3: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

.• ,.:e,i:,;,e¡, SHCP �,.-cnn:MIU\ t)f ,,,u;,r,ND,\ V o,tr)IT() l'\JUUC<)

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

determinado en el Acuerdo Tercero del Acta número CT/44/18 de la Cuadragésima

Cuarta Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia de Lotería Nacional para la

Asistencia Pública, celebrada el 28 de septiembre de 2018; en el que se consideró

aplicable el artículo 113, Fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, el artículo 82 de la Ley de Propiedad Industrial, así como el

criterio 13/13 Secreto Industrial o comercial. Supuestos de reserva y de

confidencialidad.

rT(sicJ

3. El 11 de octubre de 201 8. se otorgó respuesta a la solicitud mencionada a través de la

Plataforma Nacional de Transparencia.

4. El 24 de octubre del 201 8, el ahora recurrente. interpuso ante el INAI recurso de revisión

en contra de la respuesta a la solicitud de acceso 0675000036418 en los términos

siguientes:

"El organismo me niega mi derecho al acceso a la información al clasificar estos

contratos pese a que dejé en claro que no requiero secreto comercial, en cambio en

la solicitud 0675000006918 sí otorgó la versión pública del contrato referido."

S. El 31 de octubre de 2018, la Secretaria de Acuerdos y Ponencia, adscrita a la Ponencia

del Comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, acordó la admisión del recurso

de revisión RRA 7690/1 B.

6. El 1 de noviembre de 2018, el INAI. notificó a través del Sistema de Comunicación con

los Sujetos Obligados (SICOM), la admisión y acumulación de los recursos de revisión

referidos.

7. El 5 de noviembre, a través del oficio UT/S34/2018, la Unidad de Transparencia, turnó el

recurso de revisión a la Subdirección General de Comercialización y de Servicios.

8. El 7 de noviembre del 2018, la Dirección de Comercialización de la Subdirección

General de Comercialización y de Servicios remitió a esta Unidad de Transparencia el

diverso DC/655/2018 a través del cual da cumplimiento al informe requerido por la

ponencia a su digno cargo.

9. El 12 de noviembre de 2018 a través del oficio UT/539/2018 la Unidad de Transparencia

remitió los alegatos relativos al recurso de revisión RRA 7690/18.

Página 3 de 9

Page 4: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

SHCP \;fr.ltffAIUt, \:l!

>l/>LIUUl/\ <

\'.!1óf>l't0 PUf)I.IC0

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

1 O. El 17 de diciembre de 201 8, tuvo verificativo la diligencia de acceso a la información

clasificada de conformidad con el acuerdo de fecha 13 de diciembre de 2018 notificado

a la Entidad el mismo día, en la que los servidores públicos del sujeto obligado

realizaron las siguientes manifestaciones:

"[ ... ]

• Que en el objeto se describe el modelo de negocio, así como aspectos técnicos

relativos a la impresión, logística, descripción del servicio y distribución del

producto, mismo que podría afectar la competencia ante terceros y podría poner

a la Lotería Nacional para la Asistencia Pública en desventaja competitiva, ya que

proporcionaría a los competidores privados elementos con los que únicamente

cuenta este sujeto obligado para la ejecución de los servicios y la distribución de

la numeración.

• Que existe un sistema electrónico que contiene los números de billetes de lotería,

mediante el cual se comercializan dichos billetes que podría afectar el modelo

de negocio.

• Que el revelar la forma en que se pagan los contratos podría afectar la venta de

billetes de lotería y desplazar la venta del producto, dado el modelo de negocio.

• Que otros proveedores de juegos y sorteos pueden copiar el esquema digital la

forma en que se comercializa el producto, así como la descripción y

características del servicio.

• Que en el apartado de lugar y fecha únicamente se encuentra testado lo

relacionado con el número de venta de billetes electrónicos (cantidades

específicas) y la forma en que se ponen a disposición los billetes de lotería, por

lo que revelar dicha información podría vulnerar el modelo de negocio y afectar

la competitividad comercial desplazando los productos.

• Que al dar a conocer los anexos técnicos se podría vulnerar la compatibilidad

tecnológica entre la infraestructura de la Lotería Nacional para la Asistencia

Pública y Pronósticos para la Asistencia Pública. [ ... ]"

11. El 19 de diciembre de 2018 el INAI determinó el cierre de instrucción del recurso de

revisión.

12. El 15 de enero de 2019 se notificó mediante el Sistema de Comunicación con los Sujetos

Página 4 de 9

Page 5: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

SHCP i·,rc1u-rMiu, sn Hf\UUHlh V �'11ÜHH) PtJ/ll.1(;0

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

Obligados del INAI la resolución del Recurso de Revisión RRA 7690/18 emitida por el

pleno en sesión del 9 de enero de 2019 en la que se instruyó lo siguiente:

"[ ... ] se MODIFICA la respuesta del sujeto obligado, en términos del artículo 157 fracción 111

de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, e instruirle a efecto

de que emita una nueva acta por su Comité de Transparencia, dentro de la que confirme

la clasificación como confidencial de los datos relativos a:

• Contrato 041-17

Objeto y Descripción del Servicio.

Descripción y Características del Servicios (Nivel del Servicio y Especificaciones

Generales del Servicio

Entrega bles.

Forma y Lugar de Pago.

Responsabilidad de los Servicios.

• Anexo A

Códigos de Validación

Propuesta Técnica y Económica

Objeto del servicio

Descripción de los servicios

Descripción y alcance de los servicios

Entrega bles

Lugar y Fecha de Entrega

Forma de Pago

Responsabilidades (VIII y IX)

• Contrato 283-16

Objeto y Descripción del Servicio.

Descripción y Características del Servicio (Nivel del Servicio y Especificaciones Generales

del Servicio

Entrega bles.

Forma y Lugar de Pago.

Responsabilidad de los Servicios.

• Convenio modificatorio del contrato 283-16

3ustificación para la Contratación

Motivación."

Página 5 de 9

Page 6: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

l\f:Cl'1 TM!IA (H >!Al'.IHH)f\ v t'!'l:tl>IT\) P\J/H !l's1

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

El Comité procedió al análisis y revisión de la información antes referida, de conformidad con

los siguientes preceptos:

Artículo 6, Apartado A, fracción 11, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos

"Artículo 60. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o

administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de

terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido

en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el

Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar,

recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

[ ... ]

La ley establecerá aquella información que se considere reservada o confidencial.

[ ... ]

Artículo 113 de la LFT AIP:

Artículo 113. Se considera información confidencial:

11. Los secretos bancario, fiduciario, industria/, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya

titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos

obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos, y ...

Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así

como para la elaboración de versiones públicas

"Lineamiento Cuarto, Para clasificar la información como reservada o confidencial, de manera

total o parcial, el titular del área del sujeto obligado deberá atender Jo dispuesto por el Título

Sexto de la Ley General, en relación con las disposiciones contenidas en los presentes

lineamientos, así como en aquellas disposiciones legales aplicables a la materia en el ámbito

de sus respectivas competencias, en tanto estas últimas no contravengan lo dispuesto en la

Ley General.

Página 6 de 9

Page 7: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

SHCP ,;n:1HfMU,\ r,r

>IAt!HH>,� Y

OHit>IH) f'UrJl,H:O

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

Los sujetos obligados deberán aplicar, de manera estricta, las excepciones al derecho de acceso

a la información y sólo podrán invocarlas cuando acrediten su procedencia."

"Cuadragésimo cuarto. De conformidad con el artículo 7 7 6. párrafo tercero de la Ley General.

para clasificar la información por secreto comercial o industrial deberán acreditarse los

supuestos siguientes:

l. Que se trate de información generada con motivo de actividades industria/es o

comercia/es de su titular, en términos de Jo dispuesto en la Ley de Propiedad Industrial:

JI. Que la información sea guardada con carácter de confidencial y se hayan adoptado los

medios o sistemas para preservarla:

111. Que la información signifique a su titular obtener o mantener una ventaja competitiva

o económica frente a terceros, y

IV. Que la información no sea del dominio público ni resulte evidente para un técnico o

perito en fa materia, con base en fa información previamente disponible o la que deba ser

divulgada por disposición legal o por orden judicial."

"Criterio 7 3/13. Secreto industrial o comercial. Supuestos de reserva y de confidencialidad.

El supuesto de información reservada previsto en el artículo 7 4, fracción II de fa Ley Federal

de Transparencia y Acceso a fa Información Pública Gubernamental, relativo al secreto

industrial o comercial previsto en el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial, solamente

resulta aplicable a la información que pertenece a los sujetos obligados con motivo del

desarrollo de actividades comerciales o industriales; es decir, cuando su titular sea un ente

público. Lo anterior, en virtud de que es información de naturaleza gubernamental que refiere

al quehacer del Estado, pero su acceso debe negarse temporalmente por una razón de interés

público legalmente justificada. Por otro lado, la información propiedad de particulares

(personas físicas o morales}. entregada a los sujetos obligados. que corresponda a aquella que

protege el secreto industrial o comercial, previsto en el citado artículo 82, deberá clasificarse

como confidencial con fundamento en el articulo 7 8, fracción l. en relación con el diverso 7 9

de la Ley de la materia, a efecto de proteger un interés particular.jurídicamente tutelado y sin

sujeción a una temporalidad determinada.

Ley de Propiedad Industrial Artículo 82.· Se considera secreto industrial a toda información

de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter

confidencial, que Je signifique obtener o maátener una ventaja competitiva o económica

frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya

adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso

restringido a la misma. La información de un secreto industrial necesariamente deberá estar

Página 7 de 9

Page 8: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

SHCP '\f:(";fH rr.µ1 ... lH'

>!A!.:.IHlU,\ V

<;'nH>ITO l'\HJl.!CO

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

referida a la naturaleza, características o finalidades de los productos; a los métodos o

procesos de producción; o a los medios o formas de distribución o comercialización de

productos o prestación de servicios. No se considerará secreto industrial aquella información

que sea del dominio público, la que resulte evidente para un técnico en la materia, con base

en información previamente disponible o la que deba ser divulgada por disposición legal o

por orden judicial. No se considerará que entra al dominio público o que es divulgada por

disposición legal aquella información que sea proporcionada a cualquier autoridad por una

persona que la posea como secreto industrial, cuando la proporcione para el efecto de obtener

licencias, permisos, autorizaciones, registros, o cualesquiera otros actos de autoridad.

El Comité de Transparencia, confirma la clasificación de la información relativa a los contratos

de la solicitud de información 0675000036418 por tratarse de un secreto comercial, la

información clasificada se encuentra enlistada a continuación:

• Contrato 041-17

Objeto y Descripción del Servicio.

Descripción y Características del Servicios (Nivel del Servicio y Especificaciones

Generales del Servicio

Entregables.

Forma y Lugar de Pago.

Responsabilidad de los Servicios.

• AnexoA

Códigos de Validación

Propuesta Técnica y Económica

Objeto del servicio

Descripción de los servicios

Descripción y alcance de los servicios

Entrega bles

Lugar y Fecha de Entrega

Forma de Pago

Responsabilidades (VIII y IX}

• Contrato 283-16

Objeto y Descripción del Servicio.

Descripción y Características del Servicio (Nivel del Servicio y Especificaciones Generales

del Servicio

Entregables.

Página 8 de 9

Page 9: Jl!l.KO LOTERÍA NACIONAL P,D.RA LA ASISTENCIA PÚBLICAsipot.lotenal.gob.mx/SIPOT/DERAP/UT/ACTAS/2019/Acta3raSesExtCT2019.pdf · administrativa, sino en el caso de que ataque a la

Forma y Lugar de Pago.

Responsabilidad de los Servicios.

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

COMITÉ DE TRANSPARENCIA

LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

• Convenio modificatorio del contrato 283-16

3ustificación para la Contratación

Motivación."

Acuerdo Tercero: Conforme a los argumentos antes expuestos. los miembros del Comité de Transparencia de la Lotería Nacional. de manera unánime, con fundamento en el artículo 65 fracción 11, y 113, fracción 11 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, confirman

la clasificación confidencial de la información contenida en los contratos enlistados y aprueban las versiones públicas de los mismos, requeridos a través de la solicitud de acceso a la información con número de folio 0675000036418 e instruye a la Unidad de Transparencia que notifique la determinación al solicitante.

No habiendo ningún otro asunto que tratar. se dio por terminada la Tercera Sesión Extraordinaria siendo las 12:00 horas del d' asistentes a la sesión.

UNDO %

NIDAD DE TRANSPARENCIA Y L COMITÉ DE TRANSPARENCIA

TITULAR DEL ÍjÓRGANO 1 · 9

EN LA LOTERÍA/.J ASISTENCIA rús ICA MIEMBRO

SUPLENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

!

.P. PERALTA

RESP NSABLE DEL ÁREA COORDINADORA DE ARCHIVOS, SUBGERENTE DE TRÁMITES,

GESTIÓN Y ARCHIVO HISTÓRICO, Y SECRETARIA TÉCNICA DEL COMITÉ DE

TRANSPARENCIA

Página 9 de 9