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• • •Tomo ce

GobiL :no del Estado de S011ora

o \J(](i .___..

$!PINNA SONORA

LIC. CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO, Gobernadora Constitucional del Estado de Sonora, en mi carácter de Presidenta del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora, con fundamento en el articulo 136 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; articulas 109 fracción IV y 11 O, inciso E, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora; asi como lo establecido en el articulo 36 de su Reglamento, en base a las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA.· Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su articulo 136 señala que en cada entidad federativa se creará e instalará un Sistema Local de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, conformado por las dependencias y entidades de las administraciones estatales vinculadas con la protección de estos derechos, que será presidido por la persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal , que contará con una Secretaria Ejecutiva , y que garantizará la participación de los sectores social y privado, asi como de Niñas, Niños y Adolescentes.

SEGUNDA.· Que el articulo 109, fracción V, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora establece que el Sistema Estatal de Protección Integral tendrá entre sus atribuciones el integrar a los sectores público, social y privado, en la definición e instrumentación de políticas públicas para la garantía y protección integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes , en la medida que favorezca su interés superior.

TERCERA.· Que el articulo 11 O, Apartado E, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Sonora y el articulo 36 fracción IV de su Reglamento, señalan que entre quienes integran el Sistema Estatal de Protección Integral estarán dos representantes de la sociedad civi l organizada, quienes desempeñarán su cargo de manera honorifica, es decir, sin recibir retribución ni emolumento alguno por el ejercicio de su función, durarán dos años en el cargo y serán elegidos por mayoría de votos de los miembros del Sistema Estatal de Protección Integral.

CUARTA.· Que para elegir a los dos representantes de la sociedad civil organizada que habrán de integrar este Sistema, el artículo 11 O de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora y el articulo 36, fracción IV de su reglamento, establecen que el Presidente del Sistema Estatal de Protección Integral emitirá una convocatoria pública que contendrá los requisitos que deberán acreditar los aspirantes, las fechas límite y plazos, así como las etapas completas para el procedimiento de selección.

En virtud de lo anterior, tengo a bien emitir la siguiente:

CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE DOS PERSONAS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA SER INTEGRANTES DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS,

NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE SONORA

BASES

PRIMERA. DEL OBJETO

El objeto de la presente Convocatoria es establecer las bases para el proceso de selección de dos personas representantes de la sociedad civil organizada para que formen parte del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora.

SEGUNDA. DE LOS PARTICIPANTES

La presente Convocatoria está dirigida a las instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil, para que postulen especialistas que cuenten con experiencia en la promoción y defensa de los derechos humanos, preferentemente en derechos de la niñez y adolescencia .

Hermosillo, Sonora Número 32 Secc. 111 Jueves 19 de Octubre de 2017

Boletin Oficial 2

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3

o ~

Gut: orno del Estado de Sonora

-SIPINNA SONORA

TERCERA. DE LAS CANDIDATURAS

3.1 Requisitos

Conforme al artículo 36, fracción 111 del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora, las personas candidatas a ser integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral deben cumplir con los siguientes requisitos:

1) Tener residencia permanente de por lo menos cinco años en el Estado de Sonora; 2) No contar con antecedentes penales; 3) Experiencia mínima de 5 años comprobada en la promoción o defensa de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes o derechos humanos; 4) No haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de representación de algún partido

político, por lo menos cinco años antes de su postulación.

3.2 Del perfil de las candidaturas

Las personas que sean postuladas y tengan la intención de ser consideradas como candidatas para ser representantes de la sociedad civil en el Sistema Estatal de Protección Integral, deben acreditar los siguientes puntos:

1) Preferentemente con titulo profesional a nivel licenciatura en áreas relacionadas con Pedagogía, Educación, Psicología, Derecho, Sociología, Etnología, Comunicación u otras afines; 2) Conocimientos debidamente acreditados en temas relacionados con derechos de las niñas, niños y adolescentes, el Sistema Jurídico Mexicano, Administración Pública Estatal o Políticas Públicas. 3) Experiencia profesional demostrable, de por lo menos cinco años, en uno o varios de los siguientes campos:

a. Participación en redes u organizaciones de la sociedad civil vinculadas al trabajo con niñez y adolescencia desde la perspectiva de los derechos humanos;

b. Elaboración de investigaciones, artículos o publicaciones vinculadas al trabajo con niñez y adolescencia desde la perspectiva de los derechos humanos; o

c. Como expositor o expositora en foros, congresos estatales, nacionales o internacionales o consultorías en el tema.

3.3 De la documentación:

A. La propuesta

Las propuestas de candidaturas que realicen las organizaciones de la sociedad civil o instituciones académicas, se real izarán por escrito en un documento en no más de tres cuartillas, dirigido a la Persona Titular de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en los siguientes términos:

a) Deberán presentarse de manera individual , indicando el nombre completo de la persona postulada como candidata . b) Señalar, en su caso, denominación o razón social, misión, visión, objetivos, asi como una exposición breve donde resalte el trabajo desarrollado por la institución académica u organización de la sociedad civil que envía la candidatura. c) Incluir una exposición de motivos que justifique la postulación de la persona candidata, que explique lo que aportaría dicha persona en los trabajos del Sistema Estatal de Protección Integral y en la relación del mismo con la sociedad civil. d) Contar con la firma autógrafa de la persona que suscribe en representación de la institución u organización de la sociedad civil, manifestando bajo protesta de decir verdad que cuenta con la representación legal vigente, indicando número y fecha del instrumento notarial.

B. Los anexos

A la propuesta señalada anteriormente, debe anexarse la siguiente documentación:

i CONS~ \ JUR{O!C>,

DEL ~~ECUTIVO DES(/N'DRA

Tomo ce Hermosillo, Sonora Número 32 Secc. 111 Jueves 19 de Octubre de 2017

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Gabiermdel Estado de Sonora

~ ,r,.rr.l -SIPINNA SONORA

a) Currículum vitae, con firma autógrafa de la persona candidata en cada una de sus hojas, de acuerdo al perfil señalado en el numeral 3.2; b) Carta con firma autógrafa de la persona candidata , en la que manifieste bajo protesta de decir verdad, que tiene residencia permanente en el estado, señalando su domicilio, teléfono y correo electrónico, en donde podrá recibir notificaciones; y c) Copia simple de identificación oficial vigente (pasaporte, credencial para votar o cédula profesional) con la leyenda de que dicho documento es copia fiel de su original y firma autógrafa.

CUARTA. DE LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

4.1. Lugar y plazo para la presentación de documentación:

La presente Convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, en las páginas de Internet www.sonora.gob.mx y www.sipinna.sonora.gob.mx y surtirá efectos inmediatos a partir de su publicación hasta el día establecido como límite para la recepción de candidaturas.

Los documentos señalados en el numeral 3.3 deberán ser entregados con todas las hojas firmadas al margen derecho, adicionalmente se deberá incluir toda la documentación en formato .pdf en CD o USB de uso exclusivo para este fin , todo en sobre cerrado dirigido a la persona titular de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, con remitente de la institución u organización postulante, en el domicilio y horarios siguientes:

Domicilio: Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas. Niños y Adolescentes, Avenida de Anza No. 407 Entre calles Juan José Ríos y Román Yocupicio Colonia Pitic, C.P. 83150 Hermosillo, Sonora.

Plazo y Horario de Recepción: Las propuestas y la documentación deberán ser presentadas dentro de los siguientes 15 días hábiles a partir de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora. De lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas

En ningún caso se otorgarán prórrogas.

QUINTA.- DE LOS CRITERIOS Y EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN

La elección de las dos personas representantes de la sociedad civil que serán integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora, se realizará conforme a las siguientes etapas:

5.1 Etapa de verificación. La verificación de la documentación será llevada a cabo por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral que verificará que se presente la documentación completa. Concluido el dia establecido como límite para la recepción de candidaturas, dentro de los diez días hábiles siguientes, la Secretaria Ejecutiva, elaborará una lista con el nombre de las personas cuyas candidaturas contengan la documentación completa señalada en la Base Tercera de la presente convocatoria y con dicha documentación integrará un expediente individual por cada persona postulada como candidata.

Las candidaturas que hayan sido recibidas en los términos señalados serán turnadas a la siguiente etapa. En caso de que sea necesario conocer información especifica o que haya duda, se podrá solicitar a la persona candidata o a la organización que hizo la candidatura.

Las candidaturas que no hayan sido recibidas en los términos señalados en la presente Convocatoria serán descartadas en esta primera etapa.

Dentro del periodo señalado en el párrafo primero de este punto 5.1, la Secretaría Ejecutiva, realizará una lista de preselección con base en los requisitos y los mejores perfiles, y someterá la lista y expedientes a consideración de los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral.

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G ibiernodel Estado de Sonora

5.2. ETAPA DE ELECCIÓN:

o \}(JO -SIPINNA SONORA

La elección de los dos representantes de la sociedad civil organizada señalados en el apartado E del articulo 11 O de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora se realizará en sesión extraordinaria, por la mayoría de votos de los integrantes del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora.

Una vez elegidas las dos personas representantes de la sociedad civil organizada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la elección, la Secretaría Ejecutiva notificará por escrito dicha determinación a las personas elegidas como representantes de la sociedad civil organizada, quienes deberán expresar por escrito la aceptación del cargo, dentro de los cinco días hábiles siguientes a dicha notificación.

SEXTA. DE LOS SUPUESTOS PARA LA EMISIÓN DE NUEVA CONVOCATORIA

En caso de que no se presentaran suficientes propuestas, o que las presentadas no cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Sonora y en la presente Convocatoria, la persona Titular de la Presidencia del Sistema Estatal de Protección Integral, emitirá una nueva convocatoria hasta obtener las candidaturas necesarias.

SÉPTIMA. DE LOS RESULTADOS

Los resultados de la elección se darán a conocer en la página de Internet www.sipinna.sonora.gob.mx de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral.

OCTAVA. TRANSPARENCIA

Los datos personales recabados con motivo de la presente convocatoria serán resguardados en términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública, así como de protección de datos personales.

NOVENA. INTERPRETACIÓN

La interpretación de la presente Convocatoria, así como la resolución de cualquier situac.ión no prevista en ella, corresponderá a la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sonora.

Hermosillo, Sonora, a 05 de Octubre de 2017.

LIC. CLAUDIA RT I PAVLOVICH ARELLANO GOBERNADORA C NS I UCIONAL DEL ESTADO DE SONORA

PRESIDENTA DEL SIS M E TATAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS, NIÑOS Y A OLESCENTES DEL ESTADO DE SONORA

RÚBRICA

u~-~~u ,- ~CRETARIO DE GOBIERNO

DEL ESTADO DE SONORA

RÚBRICA

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Boletin Oficial

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LA C. Flora Oralia Vasquez Acosta , Secretaria del ayuntamiento de SuaQul Grande, Sonora, Certífic.a que en sesion Ordinaria de Ayuntamiento celebrada el 15 de Mayo de 2017, se tomo el siguiente:=;:;;: ;;:z•z::::::::;i;:aa•••••=z

ACUERDO No.4 Que aprueba las transferencias presupuestales para el periodo de 01 Enero al :u Mano dP 2017.

Articulo 1° .• Para el ejercicio y control de los movimiefltos presupuestales, las modificaciones se presentan de la siguiente manera:

AMPLIACION (+)

Justificación

Los recursos asignados a estas dependencias fueron insuficientes para cumplir con los objetivos y metas programadas para el presente ejercicio fisca l.

Claves Deo Proa. Cao. Descrlpeión Asi nado Or~ inal Asi nado Modiftcado Nuevo Modificado AY AYUNTAMIENTO

AR ACCION REGLAMENTARIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 377,950.80 0.00 377,950.80 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 0.00 0.00 o.oo

SIN SINDICATURA 81( PROMOCJON DE LA DEFENSA DE LOS INT. MUNICIPALES

1000 SERVICIOS PERSONALES 242,273.64 0.00 242,273.64 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 66,000.00 485.78 66,485.78 3000 SERVICIOS GENERALES 12,000.00 0.00 12,000.00

PM PRESIDENCIA CA ACCJON PRESIDENCIAL

1000 SERVICIOS PERSONALES 480,003.32 0.00 480,003.32 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 204,000.00 0.00 204,000.00 3000 SERVICIOS GENERALES 343,200.00 0.00 343,200.00 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIDIOS 30,000.00 0.00 30,000.00

SA SECRETARIA DA POLITICA Y GOBIERNO MUNICIPAL

1000 SERVICIOS PERSONALES 1,252,759.16 51,733.44 1,304,492.60 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 135,600.00 7.600.63 143,200.63 3000 SERVICIOS GENERALES 163,908.00 6,749.33 170,657.33 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SU8SIOIOS 430,800.00 15,713.00 446,513.00

TM TESORERIA EY AOMINSTRACION DE LA POLITICA DE INGRESOS

1000 SERVICIOS PERSONALES 620,859.84 0.00 620,859.84 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 116,400.00 3,408.05 119,808.05 3000 SERVICIOS GENERALES 174,000.00 5,328.95 179,328.95 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIDIOS 199,200.00 0.00 199,200.00 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES 90,000.00 0.00 90,000.00 9000 DEUDA PUBLICA 50,000.00 14,778.22 64,778.22

DDP DIR. DE OBRAS PUBLICAS HW PROMOCION Y EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS

1000 SERVICIOS PERSONALES 465,678.64 2,116.68 467.795.32 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 60,000.00 370.95 60,370.95 3000 SERVICIOS GENERALES 60,000.00 0.00 60,000.00 6000 INVERSION PUBLICA 2,396,777.18 23,000.00 2,419,777.18

OSP DIR. DE SERVICIOS PUBLICOS 1B ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS PUBLICO$

1000 SERVICIOS PERSONALES 879.584.92 0.00 879.584.92 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 195.600.00 275.46 195,875.46 3000 SERVICIOS GENERALES 328,800.00 585.06 329,385.06 5000 BIENES MUEBLES , INMUEBLES 10,800.00 0.00 10,800.00

OSPM DJR SE SEGURIDAD PUBLICA J9 CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG PUBLICA

1000 SERVICIOS PERSONALES 423,389.16 0.00 423,389.16 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 195,000.00 5,845.00 200,845.00 3000 SERVICIOS GENERALES 56,923.84 0.00 56,923.84 5000 BIENES MUEBLES, JNMUEBLES 15,600.00 0.00 15,600.00 oc, DIR. DE ORGANO DE CONTROL Y EVALUACION

GU CONTROL Y EVALUACION DE LA GESTION GUBERNAMENTAL

1000 SERV[CIOS PERSONALES 151,492.14 0.00 151,492.14 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 48,000.00 381.92 48,381.92 3000 SERVICIOS GENERALES 9,600.00 1.523.23 11,123.23

OA DIF MUNIOPAL QS ASISTENCIA SOCIAL Y SERV COMUNITARIOS

1000 SERVICIOS PERSONALES 590,878.36 0.00 590,878.36 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 97,440.00 181.92 97,621.92 3000 SERVICIOS GENERALES 72,600.00 0.00 72,600.00 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIDIOS 216,000.00 0.00 216,000.00 oc INSTITUTO DEL DEPORTE

RM RECREACION, DEPORTE Y ESPARCIMIENTO 1000 SERVICIOS PERSONALES 293,544.00 0.00 293.544.00 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 88,800.00 8,025.41 96,825.41 3000 SERVICIOS GENERALES 147,600.00 t.023.00 148,623.00

TOTAL 11793063.00 149 126.03 11 942 189.03

Tomo ce Hermosillo, Sonora Número 32 Secc. 111 Jueves 19 de Octubre de 2017 6 Boletín Oficial

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REDUCCION (-)

Justificación

El ejercicio del gasto de estas dependencias tuvo un comportamiento menor a lo presupuestado, dando cumplimiento a los objetivos y metas programadas

Claves Deo Proll. Can. Descri ción Asi"nadoOri inal Asi nado Modificado Nuevo Modificado AY AYUNTAMIENTO

AR ACC!ON REGLAMENTARIA 1000 SERVICIOS PERSONALES 377,950.80 0.00 377,950.BO 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 0.00 0.00 0.00

SIN SINDICATURA PROMOCION DE LA DEFENSA DE LOS INT. MUNICIPALES

1000 SERVICIOS PERSONALES 242,273.64 0.00 242,273.64 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 66,000.00 0.00 66,000.00 3000 SERVICIOS GENERALES 12,000.00 2,0B0.00 9,920.00

PM PRESIDENCIA CA ACCION PRESIDENCIAL

1000 SERVJCIOS PERSONALES 4B0,003.32 480,003.32 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 204,000.00 7,249.95 195,750.05 3000 SERVICIOS GENERALES 343,200.00 29,393.08 313,805.92 4000 TRANSFERENCIAS, ASJGNACIONES Y SUBSIDIOS 30,000.00 0.00 30,000.00

SA SECRETARIA DA POLITICA Y GOBIERNO MUNICIPAL

1000 SERVICIOS PERSONALES 1,252,759.16 0.00 1,252,759.16 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 135,600.00 0.00 135,600.00 3000 SERVJCIOSGENERALES 163,908.00 0.00 163,908.00 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIOIOS 430,800.00 0.00 430,800.00

TM TESORERIA EY ADMINSTRACION DE lA POLITICA DE INGRESOS

1000 SERVICJOS PERSONALES 620,859.84 13,813.21 607,046.63 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 116,400.00 2,637.80 113,762.20 3000 SERVICIOS GENERALES 174,000.00 25,695.25 148,304.75 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIDIOS 199,200.0D O.DO 199,200.00 5000 BIENES MUEBLES , INMUEBLES 90,DOO.DO O.DO 90,000.00 9000 DEUDA PUBLICA 50,000.DO 0.00 50,000.00

DOP DIR. DE OBRAS PUBLICAS HW PROMOCION Y EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS

1000 SERVICIOS PERSONALES 46S,67B.64 0.00 465,678.64 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 60,000.00 0.00 60,000.00 3000 SERVICIOS GENERALES 60,000.00 10,507.00 49,493.00 6000 INVERSION PUBLICA 2,396,777.18 0.00 2,396,777.18

OSP DIR. DE SERVICIOS PUBLICOS ADMINISTRACION DE LOS SERVlC!OS PUBLJCOS

1000 SERVICIOS PERSONALES 879,584.92 33,187.54 846,397.38 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 195,600.00 12,900.00 182,700.00 3000 SERVICIOS GENERALES 328,800.00 11,662.20 317,137.BO 5000 BIENES MUEBLES , INMUEBLES 10,800.00 0.00 10,800.00

DIR SE SEGURIDAD PUBLICA CONTROL Y EVALUACION DE LA SEG PUBLICA

1000 SERVICIOS PERSONALES 423,389.16 o.oo 423,389.16 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 195,000.00 0.00 195,000.00 3000 SERVICIOS GENERALES 56,923.84 0.00 56,923.84 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES 15,600.00 0.00 15,600.00

OCE DIR. DE ORGANO DE CONTROL V EVALUACION

GU CONTROL Y EVALUACION DE lA GESTION GUBERNAMENTAL

1000 SERVICIOS PERSONALES 151,492.14 0.00 151,492.14 2000 MATERIALES Y SUMINSTROS 48,000.00 O.DO 48,000.00 3000 SERVICIOS GENERALES 9,600.00 0.00 9,600.00

OA DIF MUNICIPAL QS ASISTENCIA SOCIAL Y SERV COMUNITARIOS

1000 SERVICIOS PERSONALES 590,878.36 590,87B.36 2000 MATERIALES Y SUMJNSTROS 97,440.00 0.00 97,440.00 3000 SERVlCIOS GENERALES 72,600.00 0.00 72,600.00 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES Y SUBSIDIOS 216,000.00 o.oo 216,000.00 oc INSTITUTO DEL DEPORTE

RM RECREACJON, DEPORTE Y ESPARCIMIENTO 1000 SERVICIOS PERSONALES 293,544.00 0.00 293,544.00 2000 MATERlALES Y SUMINSTROS 88,800.00 0.00 88,800.00 3000 SERVICIOS GENERALES 147600.00 0.00 147600.00

11793063.00 149 126.03 11 643 936,97

Arti'culo 2°. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Art . 136 Fraccion XXll de la constitucion política del estado Ubre y Soberano de SonOfa y los artículos 61, fraccion IV, Inciso l} y 144 de la ley de gobierno y administracion Municipal, se solicita al C. Presidente municipal realizar las gestiones necesarias para su publicacion en el boletín oficial del gobierno del estado.

Art. 3°.-EI presente acuerdo entrará en vigor, previa su publicación en e! Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Art. 4°.- l a presente modificacion sustituye la anteriormente publicada en el boletín tomo CXCIX Numero 44 sección l Del jueves 01 de junio de 2017, página 23 dejandola sin - .~~ Con la facultad que me otorga el Articulo 89 fraccion V! de ley de gobierno y administracion Municipal¡ certifico y hago con~t_á; "'· transcripcion fiel y exacta de lo asentado en el libro deactasdelayuntamiento.

Tomo ce

C:éC RETARIA :.~UNTAMIENTO

~· ; •· GR ANDE, SONORA

Hermosillo, Sonora Número 32 Secc. 111 Jueves 19 de Octubre de 2017

Boletin Oficial

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