jesús palomino cervantes · pdf file• evaluar anualmente el programa de vigilancia...

68

Upload: vannga

Post on 02-Feb-2018

217 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

  • Jess Palomino CervantesDerecho Laboral y Seguridad Social

  • SUBPROGRAMA

    MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO

    COMPONENTES DEL

    PROGRAMA DE

    SALUD OCUPACIONAL

    FUNCIONAMIENTO

    COMIT PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

    SUBPROGRAMA

    HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

    Disear y ejecutar programas para la prevencin y

    control de enfermedades generadas por los

    riesgos psicosociales.(art. 10 num 12)

    RESOLUCION 1016 DE 1989

  • Adelantar Programas Vigilancia Epidemiolgica Factores de Riesgo Psicosocial (art. 16)

    RESOLUCION 2646 DE 2008

    Obligaciones empleador:

    Actualizar anualmente informacin factores riesgos sicosociales en el trabajo. (art. 12).

    Disear Programa de Capacitacin en prevencin riesgos sicolaborales (art. 13, num 4).

    Incluir en induccin, reinduccin y entrenamiento, el conocimiento y motivacin de los trabajadores sobre los factores que afectan su salud y su bienestar (art. 13, num 5).

    Formular una poltica clara dirigida a prevenir el acoso laboral. (art. 14, num 1.1).

    Elaborar cdigos o manuales de convivencia (art. 14, num 1.2).

    Conformar el Comit de Convivencia Laboral y establecer el Procedimiento para prevenir las conductas de acoso laboral (art. 14, num 1.7).

    Evaluar anualmente el Programa de Vigilancia Epidemiolgica de Factores de Riesgo Psicosocial (art. 17, num 5).

    Asignar recursos tcnicos, financieros y humanos para ejecucin SVE (art. 17, num 6).

  • MOBBING :

    Del verbo ingls TO MOB (Atacar con violencia)

    Comportamiento agresivo de algunas especies de pjaros contra sus contendientes

    (del lat. cosso, carrera)

    Perseguir a un animal o a una persona sin darle tregua ni reposo.

    Perseguir, fatigar, importunar a alguien con molestias o trabajos.

    ACOSAR

  • Toda accin, incidente o comportamiento

    que se aparta de lo razonable

    mediante el cual una persona es

    agredida, amenazada, humillada o lesionada

    por otra

    en el ejercicio de su actividad profesional o

    como consecuencia directa de la misma.

    DEFINICION DE ACOSO LABORAL-

    OIT

  • DEFINICION DE ACOSO LABORAL

    Ley 1010 de 2006

    Toda conducta PERSISTENTE y DEMOSTRABLE,

    ejercida sobre un empleado, trabajador

    por parte de

    un empleador, un jefe o superior jerrquico inmediato o mediato,

    un compaero de trabajo o

    un subalterno,

    encaminada a

    infundir miedo, intimidacin, terror y angustia,

    a causar perjuicio laboral,

    generar desmotivacin en el trabajo, o

    inducir la renuncia del mismo.

  • BIENES JURIDICOS PROTEGIDOS

    TRABAJO EN CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS

    LIBERTAD

    INTIMIDAD

    HONRA

    SALUD MENTAL

    ARMONIA

    BUEN AMBIENTE LABORAL

  • MODALIDADES DE ACOSO LABORAL

    MALTRATO LABORAL (violencia fsica, verbal, etc)

    PERSECUCION LABORAL (inducir renuncia)

    DISCRIMINACION LABORAL (trato diferenciado)

    ENTORPECIMIENTO LABORAL (obstaculizar cumplimiento labor)

    INEQUIDAD LABORAL (funciones a menosprecio del trabajador)

    DESPROTECCION LABORAL (funciones sin proteccin y seguridad)

  • CONDUCTAS ATENUANTES

    Buena conducta anterior

    Emocin o pasin excusable, temor intenso, ira e intenso dolor

    Voluntariamente disminuir o anular consecuencias

    Reparar total o parcialmente el dao

    Condiciones inferioridad squica

    Vnculos familiares o afectivos

    Manifiesta o velada provocacin del acosado

    Nota: El estado de emocin o pasin excusable no se tendr en cuenta en el caso de violencia contra la libertad sexual

    (Inexequible, Corte Constitucional, Sentencia C-898 de 2006)

  • CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

    Reiteracin de la conducta

    Concurrencia de causales

    Motivo abyecto, ftil, precio, recompensa, etc.

    Ocultamiento, aprovechando condiciones que dificulten defensa ofendido o identificacin autor

    Aumento deliberado e inhumano dao squico y biolgico.

    Posicin predominante autor ocupe en la sociedad

    Valerse de un tercero o de un inimputable

    Futil: Poca o ninguna importancia de algo

    Abyecto: Despreciable, vil en extremo.

  • Dependencia

    Estatal:

    Superior

    Jerrquico

    Jefe

    Empresa Privada:

    Gerente

    Jefe

    Director

    Supervisor,

    Etc.

    SUJETOS ACTIVOS

    Trabajadores

  • Servidores

    pblicos

    Jefes inmediatos

    por subalternos

    SUJETOS PASIVOS

    Trabajadores sector

    privado

  • CONDUCTAS

    ACTOS DE AGRESION FISICA

    EXPRESIONES INJURIOSAS O ULTRAJANTES

    COMENTARIOS HOSTILES Y HUMILLANTES(de descalificacin profesional)

    INJUSTIFICADASAMENAZAS DE DESPIDO

    MULTIPLESDENUNCIAS DISCIPLINARIAS

    (Temerarias)

    DESCALIFICACIONES HUMILLANTES(propuestas de trabajo)

    BURLAS(sobre apariencia fsica o forma de vestir)

    ALUSION PUBLICA HECHOS INTIMOS

    IMPOSICION DEBERES EXTRAOSOBLIGACIONES LABORALES (sin justificacin)

    HORARIOS EXCESIVOS

    TRATO DISCRIMINATORIO

    NO SUMINISTRO MATERIALES-INFORMACION

    NO PERMISOS, VACACIONES, ETC(sin justificacin)

    ANONIMOS, LLAMADAS TELEFONICAS, MENSAJES VIRTUALES INJURIOSOS

  • Actos de agresin fsica independientemente de sus consecuencias(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit a)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • Expresiones injuriosas o ultrajantes sobre las personas y utilizacin de palabras soeces o con alusin a la raza, gnero, origen familiar o nacional y preferencias polticas o estatus social.(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit b)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • Los comentarios hostiles y humillantes de descalificacinprofesional expresados en presencia de los compaeros detrabajo;

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit c)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • Las injustificadas amenazas de despido expresadas en presencia de loscompaeros de trabajo;

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit d)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • Las mltiples denuncias disciplinarias de cualquiera de los sujetosactivos del acoso, cuya temeridad quede demostrada por el resultadode los respectivos procesos disciplinarios;(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit e)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La descalificacin humillante y en presencia de los compaeros detrabajo de las propuestas u opiniones de trabajo;(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit f)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • Las burlas sobre la apariencia fsica o la forma de vestir, formuladas enpblico.(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit g)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La alusin pblica a hechos pertenecientes a la intimidad de la persona.

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit h)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La imposicin de deberes ostensiblemente extraos a las obligaciones laborales, las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor encomendada y el brusco cambio del lugar de trabajo o de la labor contratada sin ningn fundamento objetivo referente a la necesidad tcnica de la empresa;(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit i)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La exigencia de laborar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral contratada o legalmente establecida, los cambios sorpresivos del turno laboral y la exigencia permanente de laborar en dominicales y das festivos sin ningn fundamento objetivo en las necesidades de la empresa, o en forma discriminatoria respecto a los dems trabajadores o empleados.(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit j)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • El trato notoriamente discriminatorio respecto a los dems empleados en cuanto al otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales y la imposicin de deberes laborales.

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit k)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La negativa a suministrar materiales e informacin absolutamente indispensables para el cumplimiento de la labor.

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit l)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • La negativa claramente injustificada a otorgar permisos, licencias por enfermedad, licencias ordinarias y vacaciones, cuando se dan las condiciones legales, reglamentarias o convencionales para pedirlos.(Ley 1010 de 2006, art. 7, lit m)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • El envo de annimos, llamadas telefnicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sometimiento a una situacin de aislamiento social

    (Ley 1010 de 2006, art. 7, lit n)

    ( . . . conductas acoso laboral)

  • NO CONSTITUYE ACOSO LABORAL:

    ORDENES DISCIPLINARIAS

    FUERZAS PUBLICA

    POTESTAD DISCIPLINARIA SUPERIORES

    JERARQUICOS

    EXIGENCIAS FIDELIDAD LABORAL O

    LEALTAD EMPRESARIAL

    EXIGENCIAS EFICIENCIA TECNICA O

    LABORAL

    SOLICITUD DEBERES EXTRAS-

    CONTINUIDAD SERVICIO- SOLUCIONAR

    DIFICULTADES OPERACIONES

    GESTIONES ENCAMINADAS A DAR POR

    TERMINADO CONTRATO DE TRABAJO

    (por justa causa)

    EVALUACION LABORAL

    SOLICITUD CUMPLIMIENTO DEBERES DE LA

    PERSONA Y ELCIUDADANO

    (Art. 95 CN)

    EXIGENCIA CUMPLIMIENTO REGLAMENTOS Y

    CONTRATOS DE TRABAJO

  • Las exigencias y rdenes, necesarias para mantener la disciplina enlos cuerpos que componen las Fuerzas Pblica conforme al principioconstitucional de obediencia debida.(Ley 1010 de 2006, art. 8, lit a)

    ( . . . no constituye acoso laboral)

  • Los actos destinados a ejercer la potestad d