jefe oficina de planeación - agronet
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José Abisambra Abisambra
Gerente General
Antonio Francisco Sánchez Cabrales
Secretario General
Carlos A. Kleefeld Paternostro
Subgerente de Políticas de Investigación
y Transferencia de Tecnología
Luz Alba Cruz de Urbina
Subgerente de Prevención y Control
Heynner H. Suárez Suárez
Subgerente Administrativo y Financiero
Clemente Donato Molina
Jefe Oficina de Planeación
T a b l a d e c o n t e n i d o
1. Introducción --
11. Marco de referencia
2.1 Conceptual
2.2 Del entorno -
2.3 Jurídico --
2.4 Institucional-
111. Políticas de Cooperación Técnica
IV: Criterios institucionales para la formulación
de solicitudes de Cooperación Técnica
V. Normas y procedimientos para el establecimiento
de convenios de Cooperación Técnica
5.1 Normas
5.2 Procedimientos
VI. Normatividad que rige la Cooperacion Técnica
en el ICA _
h a C e r ó n T e r n i r a e n e l I C A 1 --
Anexo 1
Instituto Colombiano Agropecuario, Oficina de Planeación
Formato para formulación de proyectos 32
1 . I n t r o d u c c i ó n
a formulación de políticas que orienten las acciones
L institucionales, tendientes a la obtención y utilización efi-
ciente de recursos de los sectores público y privado y
del sector externo a través de la CooperaciónTécnica tan-
to Nacional como Internacional, es uno de los pasos pri-
mordiales dentro del proceso de planeación institucional.
La Cooperación Técnica representa un recurso comple-
mentario para el cumplimiento de la Misión Institucional y
desempeña un papel fundamental en la actualización del
conocimiento científico y tecnológico y se constituye ade-
más, en fuente complementaria de recursos físicos, técni-
cos y financieros indispensables para la ejecución de las
acciones de protección a la producción agropecuaria.
El uso eficiente d e alianzas estratégicas, a través de la
Cooperación Técnica, le permitirá al Instituto optirnizar
los recursos disponibles, propendiendo por un mejor
cumplimiento de sus funciones. Con tal propósito, el
presente documento señala los instrumentos y define
las políticas de cooperación técnica, la normatividad,
los criterios y procedimientos de cooperación del Ins-
tituto Colombiano Agropecuario.
a L a C o o p e r a c i o n T é c n i c a e n e l I C A
11 . M a r c o d e r e f e r e n c i a
2.1 Conceptual
Las relaciones de Cooperación Técnica que se establecen entre dos o más instituciones o gobiernos, son el resultado del reconocimiento de las posibilidades de realización de acciones conjuntas para el beneficio y fortalecimiento mu- tuos. Este mecanismo tiene aplicación mientras la proble- mática o necesidad a solucionar seaviable desde el punto de vista técnico, económico, social, ambiental, administra- tivo y dentro del respeto, autonomía e igualdad que garan- ticen el cumplimiento de las responsabilidades.
Las modalidades de cooperación, de acuerdo con la natu- raleza de las actividades y de las partes involucradas, se pueden dar en el nivel nacional e internacional (Intersectoriales, bilaterales y multilaterales) y deberán buscar el fortalecimiento de la capacidad de autodetermi- nación para enfrentar problemas específicos de desarrollo.
En relación con las modalidades de cooperación, exis- ten, entre otras:
Cooperación Técnica Nacional
La que se da entre entidades naciona recurso complementario pa
nológico institucional y un mecanismo para implementar tanto los
proyectos como los programas y planes regionales y nacionales.
Cooperación Técnica Internacional
Es un mecanismo que busca promover el proceso de transferen-
cia de ciencia y tecnología hacia países de menor desarrollo. Se
lleva a cabo mediante proyectos específicos, ejecutados por en-
tidades nacionales con el aporte de la cooperación externa.
Los proyectos de CooperaciónTécnica Internacional deben ser
iniciativa y responsabilidad de las entidades nacionales, sien-
do la asistencia técnica externa un complemento y apoyo a las
acciones que son función de la parte nacional, pero en ningún
caso sustitución de éstas.
La Cooperación Técnica que suscriba el Instituto se concreta a
través de Convenios o Acuerdos. Los Convenios son instrumen-
tos legales del Instituto, que formalizan y oficializan las relacio-
nes del ICA con su entorno y con los cuales se establecen mo-
dalidades, condiciones y responsabilidades de colaboración
entre las partes signatarias y están orientadas a desarrollar ac-
ciones conjuntas con un fin determinado.
Con este carácter, los Convenios son de índole institucional, ya
que son instrumentos que obligan de ley al ICA para el cumpli-
miento de lo que en ellos se estipule. En tal virtud, actualmente,
la única instancia en el ICA que puede firmar convenios es el
Gerente General en su condición de representante legal.
Lo anterior, significa que en el Instituto no se puede presentar
la figura de Convenios firmados por persona distinta de la que
tiene representación legal, al igual que tampoco podrá asumir
compromisos institucionales en ningún campo, que implique
ante terceros responsabilidades financieras, presupuestales y
técnicas sin contar con el aval del representante legal.
-
L a C o o p e r a c i o n T e c n i c a e n e l I C A
Los instrumentos de concertación interinstitucional pueden ser:
el Convenio Marco, la Carta de Entendimiento, el Convenio Es-
pecífico (Especial) y el Contrato.
Convenio o Acuerdo Marco
Es de carácter general, en el cual se establece una voluntad de
cooperación mutua para buscar objetivos comunes, mediante el establecimiento de una colaboración en áreas determinadas. El Convenio Marco se celebra cuando se plantea la necesidad
o conveniencia de contar con un respaldo que permita a me-
diano y largo plazo realizar varias acciones colaborativas.
Carta de Entendimiento
Se desprende de un Acuerdo o Convenio Marco previamente
suscrito por el Instituto, tiene el mismo contenido de los Conve-
nios o Acuerdos Específicos y no puede sobrepasar los térmi-
nos de cooperación fijados en el Convenio Marco del cual se derivan. Es el instrumento que operacionaliza los objetivos es-
tablecidos en un Convenio Marco.
Convenio o Acuerdo Específico
Es un Convenio regular que se utiliza para desarrollar un pro-
yecto colaborativo específico, sin que requiera un Convenio
Marco ni posteriores Cartas de Entendimiento.
Contrato
Consigna un acuerdo de voluntades, el cual genera obligacio-
nes entre quienes lo suscriben, con el fin de realizar un objetivo
específico y cuyos costos están a cargo de una de las partes.
2.2 Del entorno
La CooperaciónTécnica es de gran importancia en términos de
dos áreas críticas de política para nuestro país y nuestra instit
ción. Por un lado, la 110, es decir, el tipo de
sociedad que queremos construir, cómo asegurar que la pros-
peridad se vea acompañada de unas estructuras sociales que
no solamente permitirán una distribución equitativa sino que
garanticen elementos básicos de participación y convivencia
ciudadana; y por otra parte, la política exterior, en términos de
cuáles serán las relaciones de Colombia con el resto del mun-
do y cuál será el contenido de esas relaciones.
Aquí vale la pena plantear algunas reflexiones a propósito de la
cooperación técnica internacional. Una d e ellas e s la
globalización, la cual se ha identificado con un conjunto de re-
formas de la política económica, conocidas como la apertura,
pero sin duda la globalización va mucho más allá. Desde el fin
de la segunda guerra mundial, los avances científicos y tecno-
lógicos han transformado y profundizado los vínculos entre los
países. La globalización no es un hecho nuevo pero adquiere
ahora dimensiones distintas y más complejas que en el pasado.
El crecimiento del mercado mundial se concentra actualmente
en los bienes de mayor valor agregado y contenido tecnológi-
co. El comercio y las inversiones privadas directas han adquiri-
do un mayor peso en la actividad económica de los países.
La globalización dista de ser total en la producción y en el co-
mercio mundiales. Los países desarrollados protegen sus mer-
cados en productos que consideran vulnerables, como los agrí-
colas, los textiles y el acero. La globalización está enmarcada
por un sistema de reglas establecido por los centros de poder
mundial. Las normas de carácter multilateral son preferibles a
las que surgen del trato bilateral entre los países.
La globalización de la producción y el comercio es parcial y
selectiva. En la esfera financiera, en cambio, es prácticamente
total. Existe, en efecto, un mercado financiero de escala
planetaria en donde el dinero circula libremente y sin restric-
ciones. Las posibilidades de generar ganancias arbitrando di-
ferencias entre tasas de interés, tipos de cambio y variaciones
de precios en los mercados inmobiliarios y bursátiles, atraen la
mayor parte de las aplicaciones financieras. La especulación
es un escenario para ganar (y perder) dinero, a menudo mucho
más importante que el de la inversión y la aplicación de tecno-
logía para la producción de bienes y servicios.
La situación actual debería inducir a nuestros países a perder
las ilusiones sobre los frutos prometidos por la estrategia
neoliberal. La inserción incondicional en la globalización es, en
efecto, un camino sin salida. América Latina en general y Co-
lombia en particular, no pueden nivelar el campo de juego de
la globalización ni influir en una eventual reforma del sistema
financiero internacional. Pero sí pueden poner su casa en or-
den y encarar un proceso profundo de reformas para liberar
las fuerzas de crecimiento, repartir con equidad la riqueza y el
ingreso y transformar los vínculos con el resto del mundo.
De otra parte, la crisis financiera internacional afecta no solo a
los países en su conjunto sino a sus instituciones, pero ésta no
es la única variable que explica el bajo desempeño de algunas
instituciones. Los cambios globales que determinan la crisis en
cadena de los modelos nacionales de desarrollo en el mundo
están directamente asociados a la situación combinada de in-
certidumbre, turbulencias y falta de continuidad que influyen
en el desempeño general de nuestras instituciones. La eficien-
cia, eficacia y efectividad de las instituciones depende de la
capacidad institucional de responder a su ambiente externo re-
levante. Como el entorno está cambiando de manera múltiple y
rápida, la mayor o menor dificultad que tienen nuestras institu-
ciones para ajustarse a dichos cambios explica la variación en
su desempeño en general.
En este periodo de globalización y apertu
tituciones necesitan de mucha cre
sostenibilidad futura. Entre otros aspectos importantes, la
sostenibilidad institucional requiere por lo menos de:
i ~ r Un proyecto institucional que defina la misión, objetivos,
políticas y estrategias institucionales.
u Competencia institucional (capacidad) en las dimensiones
conceptual, metodológica, organizacional, administrativa y
estructural.
u Credibilidad institucional, lo cual implica más trasparencia
administrativa, más sintonía con el entorno, mecanismo para
la participación del talento humano de la propia institución,
mecanismos de participación de los usuarios, beneficiarios
y clientes de la institución y permeabilidad social y políti-
ca para incorporar los temas importantes de la sociedad
en sus acciones y proyectos.
En tal sentido, las políticas de modernización del estado actúan
como una oportunidad importante para los procesos del ICA al
validar, en términos de eficacia y eficiencia, la actualización tec-
nológica del Instituto para atender responsabilidades de acuer-
do con su misión.
Es necesario, entonces, concentrar los esfuerzos en programas
y proyectos donde sea posible un mayor efecto multiplicador
de sus resultados, de forma que se maximicen los beneficios
obtenidos de la cooperación técnica. Dar mayor prioridad a la
implementación de proyectos que presenten una perspectiva
real de transferencia y absorción de conocimientos y promue-
van la innovación y la creatividad, evitando indeseables depen-
dencias de apoyo externo.
De otra parte, los mecanismos de cooperación técnica permi-
ten potenciar los recursos internos disponibles. En efecto, me-
diante la cooperación en el ámbito nacional con asociaciones,
federaciones, corporaciones y entes territoriales, el Instituto
puede mejorar su cobertura en relación con la atención de la
problemática sanitaria agropecuaria. Igualmente, puede ejer-
cer dentro d e su competencia territorial el criterio d e
complementariedad de esfuerzos para la atención de sus usua-
rios, beneficiarios y clientes de acuerdo con la capacidad
operativa de los municipios, departamentos y agremiaciones
regionales, en desarrollo de actividades propias de su misión.
2.3 Jurídico
El marco jurídico para el Instituto, dentro de la Cooperación
Técnica, lo constituyen los Convenios o Acuerdos que suscribe
el país con otros gobiernos u organismos internacionales, or-
ganismos gubernamentales, centros de investigación, organis-
mos no gubernamentales, entidad u organización nacional o ex-
tranjera pública o privada. De acuerdo con el carácter de la
entidad cooperante, la Cooperación Técnica se considera na-
cional o internacional; ésta última puede dividirse en bilateral o
multilateral, según provenga de un país o de un organismo o
centro multilateral o internacional.
La Cooperación Técnica Internacional reembolsable de carác-
ter bilateral o multilateral tiene su origen en Convenios firma-
dos por el gobierno nacional y por ley, su coordinación es com-
petencia del Departamento Nacional de Planeación "DNP"; para
el caso de la Cooperación Internacional no reembolsable, su
coordinación está a cargo de la Agencia Colombiana de Co-
operación Internacional «ACCI». Por lo tanto, todo proyecto de
cooperación técnica internacional, en que esté interesado el ICA,
debe negociarse a través de la ACCI, como organismo encar-
gado, junto con el DNP, de la coordinación y seguimiento de los
planes, programas y proyectos de Cooperación Técnica y Fi-
nanciera no reembolsables.
En el caso de la Cooperación Técnica p
tidades extranjeras de carácter privad
cas o privadas nacionales, los Convenios o Acuerdos que la for-
malizan son negociados directamente por el Instituto y suscri-
tos por su Gerente General. De acuerdo con el monto de los
recursos que el ICA vaya a comprometer en un Convenio de
CooperaciónTécnica, el Gerente deberá contar con la aproba-
ción de la Junta Directiva antes de su suscripción.
2.4 Institucional
La cooperación técnica estará orientada, en términos de eficacia,
a la concreción de acuerdos de actualización del Instituto con
organismos (países) que dispongan de técnicas y procedimien-
tos sanitarios de punta que lo hagan más competitivo en cuanto a
resultados físicos; en términos de eficiencia, dichos acuerdos,
además de lo anterior, deben aportar tecnologías más baratas,
de manera que cada unidad de los servicios prestados por el
ICA sea más económica y por consiguiente más competitiva.
Dado lo anterior, la Cooperación Técnica entra a desempeñar
un papel importante e n e l cumplimiento d e la misión
institucional. El conocimiento y su difusión son dos aspectos
destacados e n el desarrollo institucional y del sector
agropecuario, en particular en lo relacionado con la protección
sanitaria agropecuaria, los recursos genéticos, la bioseguridad,
la inocuidad de alimentos y la conservación de los recursos
naturales utilizados en los procesos de producción agraria.
En igual sentido, la CooperaciónTécnica Internacional debe ser
considerada en el nivel institucional como un instrumento de
promoción del desarrollo del sector agropecuario y de estre-
chamiento de sus lazos políticos, económicos, comerciales y
culturales con naciones amigas.
Los programas y proyectos de Cooperación Técnica en el ám-
bito institucional deben estar, entonces, enfocados a lograr una
mayor cobertura y recursos para el cumplimiento de su misión
m L a C o o p e r a c i ó n T é c n i c a e n e l I C A
y deben contribuir en forma significativa al desarrollo socio - eco-
nómico del sector y de la economía en general, en consonancia
con las prioridades indicadas en los planes globales y sectoriales.
En concordancia con los planteamientos anteriores, el Instituto eje-
cuta las acciones asociadas a su Misión a través de Grupos de Tra-
bajo, en los campos de sanidad animal, sanidad vegetal, insumos
agrícolas, insumos pecuarios y semillas y cada uno de ellos está
encargado de la ejecución de los proyectos respectivos. De otra
parte, en el nivel nacional, se dispone de un grupo técnico, encar-
gado de la coordinación y el manejo de los proyectos relaciona-
dos con recursos genéticos y la bioseguridad.
La estructura regional está conformada por Coordinaciones
Seccionales, las cuales orientan y supervisan la ejecución de los
proyectos en cada una de las jurisdicciones correspondientes a la
división político administrativa nacional
Dentro de esta estructura, un proyecto de cooperación técnica no
es algo autónomo sino que forma a menudo parte integ-ral de la
institución nacional en la que está ubicado. La función y las respon-
sabilidades de la institución nacional son de extrema importancia,
en primer lugar porque proporcionan apoyo directo al proyecto
durante su período de ejecución y en segundo lugar porque la
utilización de los resultados del proyecto, depende de la fuerza,
capacidad y dinamismo de la institución hospedante.
d e C o o p e r a c i ó n T é c n i c a I
a Cooperación Técnica es uno de los principales instru-
mentos con que cuenta el Instituto para actualizar sus co-
nocimientos científicos y tecnológicos y para complemen-
tar sus recursos físicos, técnicos y financieros.
La Cooperación Técnica que recibe o da el Instituto, de-
berá responder a las prioridades del Sector
Agropecuario y en particular a las fijadas por el ICA de
acuerdo con sus funciones.
En concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, las
políticas definidas para el sector agropecuario tienen
como objetivo fundamental integrar al sector rural con el
fin de proveer condiciones para un desarrollo competiti-
vo, equitativo y sostenible del campo, en su diversidad y
complejidad. Para el logro de este objetivo, una de las
premisas propuestas prevé que las políticas del sector
estarán de acuerdo con los lineamientos de la Organiza-
ción Mundial del Comercio, los convenios internaciona-
les suscritos por el país y las tendencias generales del
mercado mundial agropecuario.
Para la suscripción de Convenios o Contratos, el ICA tiene como
políticas de Cooperación Técnica aquellas que se ajustan a los
siguientes puntos de referencia:
1. Que los servicios solicitados por el ICA no existan en el
Instituto en las condiciones de lugar, tiempo y modalidad
adecuadas para el normal desenvolvimiento de proyectos
específicos. De existir tales servicios pero que no garanti-
cen la cobertura necesaria, el Instituto puede acudir a la
cooperación técnica con otras entidades.
2. Que los servicios solicitados al ICA contribuyan a ampliar
o mejorar la prestación de sus servicios en las áreas técni-
cas donde opera normalmente; es decir, ninguna depen-
dencia del Instituto puede comprometer a la entidad en
actividades que no son propias de su Misión.
3. Que las entidades con las cuales el ICA suscriba Conve-
nios de Cooperación Técnica tengan funciones similares o
compatibles con las del Instituto y que cumplan con las for-
malidades que exige la ley para su funcionamiento.
4. Que las entidades participantes en Convenios aporten re-
cursos proporcionales al valor estimado del mismo, para lo
cual la dependencia correspondiente en el ICA será res-
ponsable de la estimación correcta del valor total de los
recursos humanos y físicos aportados por el Instituto.
5. Que la contrapartida del ICA sea en especie o servicios
disponibles por el Instituto. En caso de contrapartidas en
dinero, el Convenio no podrá firmarse sin el correspondien-
te certificado de disponibilidad presupuestal. Es importante
tener en cuenta que los Convenios no se construyen, en
primera instancia, para ampliar posibilidades financieras,
sino para resolver problemas específ
recursos.
6. Ninguna dependencia del ICA podrá subdelegar, mediante
Convenios con otras entidades, funciones o servicios que
le han sido delegadas expresamente por el Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural o el Gobierno Nacional. En
casos especiales donde exista tal posibilidad, la Gerencia
General deberá tomar la decisión correspondiente.
IV. C r i t e r i o s i n s t i t u c i o n a l e s p a r a l a f o r m u l a c i ó n
d e s o l i c i t u d e s d e C o o p e r a c i ó n T é c n i c a
S necesario que los niveles: nacional, departamental, mu- 1 t nicipal y local tengan claridad en relación con los aspec-
tos sobre los cuales se formulen las solicitudes de Co- operación Técnica; por lo tanto, se han definido los si- guientes criterios para la suscripción de Convenios, Con- tratos o Acuerdos de Cooperación Técnica institucional:
1. Que se ajusten a las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, a la política nacional, sectorial e institucional y al Plan Cuatrienal de Pro- tección Sanitaria Agropecuaria.
2. Que no exista duplicidad entre los proyectos que van a ser financiados a través de Convenios y otros pro- yectos que se desarrollen en el mismo campo.
3. Que la Cooperación Técnica recibida beneficie al sector agropecuario y al Instituto.
4. Que las actividades a desarro res o asesores, solicitadas de la Coopera-
ción Técnica, no puedan ser adelantadas por técnicos Co-
lombianos, o sean un complemento para la ejecución de
las mismas.
5. Que todo proyecto que formule el ICA y que requiera de
un convenio de cooperación nacional o internacional como
soporte para viabilizar su ejecución, atendiendo deficien-
cias de cobertura o de recursos específicos o de venta de
servicios, entre otros, sea técnica y financieramente facti-
ble de ejecución. Dicho proyecto debe seguir todos los pa-
sos establecidos en el sistema de proyectos para su apro-
bación, ejecución, seguimiento y evaluación. Lo anterior
debe permitir que nuevos proyectos, cuando sea del caso,
se puedan adicionar al Convenio inicial.
Cuando se cuenta con un proyecto ya concertado y éste se
ubica dentro del ámbito del Banco de Proyectos de la Ofi-
cina de Planeación, el convenio deberá estar soportado por
un Plan Operativo Anual sobre las actividades a ejecutar.
6. Que el objetivo sea compatible con la Misión institucional
y que corresponda a las prioridades establecidas en los
planes institucionales.
7. Que los resultados obtenidos en la ejecución de los pro-
yectos, con recursos de cooperación (nacional o interna-
cional), aporten a la solución de problemas y a la satisfac-
ción de necesidades específicas en el sector agropecuario
y que fortalezcan la imagen institucional.
8. Que exista en el Instituto disponibilidad de recursos hu-
manos, logísticos, presupuestales o de capacidad operativa,
para asumir los compromisos que de allí se derivan.
Un proyecto de cooperación debe contener los pasos mínimos
establecidos en el formato del anexo 1 para ser sometido a con-
sideración de cooperación técnica. Cuando el proyecto se en-
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l ~ a C o o p e r a c i ó n T é c n i c a e n e l 1
cuentra en ejecución y el cual debe estar incluido en el banco
de proyectos de la Oficina de Planeación, debe remitirse el Plan
de Acción para el año respectivo de vigencia del Convenio.
De igual manera, un convenio de cooperación técnica debe cum-
plir con las cláusulas mínimas establecidas para la adecuada
ejecución de un proyecto, sujeto de cooperación. Tales cláusu-
las estarán relacionadas con el objeto, la conformación de un
comité técnico y sus funciones, obligaciones de las partes, apor-
tes, duración e interventoría, entre otros.
V. Normas y procedimientos para el establecimiento
de convenios de Cooperación Técnica
5.1 Normas
Para la concertación de Convenios de Cooperación Téc-
nica, se deben tener en cuenta las siguientes normas:
Todo Convenio de Cooperación Técnica que se
concerte en el nivel nacional, regional, departamen-
tal o municipal, debe contar con la revisión y visto
bueno, desde el punto de vista técnico, del Coordi-
nador Seccional, del Jefe del Proceso y del
Subgerente respectivos, y desde el punto de vista de
viabilidad institucional y legal de las Oficinas de
Planeación y Jurídica, respectivamente.
La Oficina de Planeación es la dependencia encar-
gada de coordinar inter e intrainstitucionalmente la
formulación y suscripción de los Convenios de Co-
operación Técnica, desde e l punto d e vista
metodológico, a través del Grupo de Cooperación
Técnica y Asuntos Internacionales.
e c n i c a e n e l I C A i
-- -
C o o p e r a r i o n T s r n i r a ~n e l 7 --
r El Grupo de CooperaciónTécnica y Asuntos Internacionales,
en asocio con las dependencias involucradas, estudia y con- ceptúa la conveniencia institucional para prorrogar, modifi- car, terminar o liquidar los convenios que suscriba el Instituto.
La decisión final sobre la conveniencia institucional para eje- cutar o no un Convenio, es de competencia de la Gerencia General, quien respalda la recomendación de la Oficina de Planeación de acuerdo con los conceptos técnlcos y legales.
Para dar inicio a la ejecución de un proyecto que vaya a estar respaldado con recursos de cooperación técnica es indispensable que el convenio respectivo esté plenamente
perfeccionado.
k El Seguimiento y la Evaluación de los convenios es de res- ponsabilidad de la Oficina de Planeación desde el punto de vista de cumplimiento de objetivos, metas y ejecución presupuestal, y el seguimiento y la evaluación técnica de los proyectos es responsabilidad d e las Coordinaciones
Seccionales y de las Divisiones en el área de su competencia.
5.2 Procedimientos
Con el cumplimiento de estas normas, se efectúa el siguiente procedimiento institucional para la formulación y ejecución de un convenio de cooperación:
r Las necesidades de cooperación (alianzas) se generan en el nivel nacional, departamental, municipal o local, las cua- les son recibidas y canalizadas por el Coordinador Seccional, el Jefe del Proceso o el Subgerente respectivos,
dependiendo de la ubicación geográfica, hacia la Oficina de Planeación, previo análisis y concepto de viabilidad téc-
nica y económica. Cuando las posibles alianzas involucran recursos en dinero, las solicitudes deben estar acompaña- das d e los respectivos certificados de
presupuestal.
Los proyectos que se originen en el nivel municipal y departa-
mental deben ser elaborados por los técnicos del departamento,
consultando las necesidades de los productores, agremiaciones,
asociaciones, universidades, entidades públicas y privadas del
sector, así como las potencialidades departamentales y regiona-
les. Los Coordinadores Seccionales concertarán los Convenios
generados en el nivel municipal y departamental.
Los proyectos y posibles Convenios propuestos por parte del
Gobierno Nacional o como producto d e concertaciones
institucionales con entidades del orden regional o nacional se-
rán concretados, en primera instancia, por los Jefes de Proceso
y los Subgerentes, quienes deben coordinar su formulación.
Los proyectos y posibles Convenios propuestos por Gobiernos
de otros países o como producto de reuniones institucionales
con entidades internacionales, serán concertados por los
Subgerentes y/o el Gerente General y la Oficina de Planeación
coordinará directamente su formulación.
u La Oficina de Planeación, a través del Grupo de Coopera-
ción Técnica y Asuntos Internacionales, revisa y analiza los
proyectos, determina la viabilidad presupuesta1 y evalúa la conveniencia institucional del proyecto; si no es viable lo
devuelve a la Coordinación Seccional, Proceso o área técni-
ca relacionada para su justificación e inicio del procedimiento
o se descarta definitivamente. Si es viable, realiza los ajustes,
conjuntamente con los técnicos del área respectiva, elabora
el convenio definitivo, le da su visto bueno y envía dos (2)
originales, junto con todos los soportes técnicos y legales, a
la Oficina Jurídica para concepto de legalidad.
p* La Oficina Jurídica analiza el protocolo y emite su concep-
to de legalidad. Si el concepto es positivo, coloca su visto
bueno dando aprobación al convenio y lo remite a la Se-
cretaría General; si el convenio no es viable legalmente,
~ ~ o o ~ e r a c i o n T e c n i c a e n e l I C A l
- / \ -
1 I L a C o o p e r a c i o n T é c n i c a e n e l I C A
debe generar una respuesta al Coordinador Seccional, a la Subgerencia o al Proceso respectivo y remitir copia a la Ofi- cina de Planeación.
ES! La Secretaría General tramita la firma de los dos (2) origi-
nales del Convenio definitivo ante la Gerencia General.
U Una vez firmado el Convenio, la Secretaría General lo ca- naliza hacia la Oficina de Planeación.
ilia La Oficina de Planeación, a través del Grupo de Coopera- ciónTécnica y Asuntos Internacionales, envía originales fir- mados para la suscripción a cargo de la Contraparte (en algunos casos, antes de ser firmado por el Gerente Gene-
ral, se envía para la firma de la Contraparte).
La Contraparte, devuelve los originales firmados a la Ofi- cina de Planeación del ICA. Cuando el Convenio requiere
como soporte póliza de garantía, ésta debe ser enviada a
ia Oficina Jurídica para su revisión y aprobación y poste-
rior envío a la Oficina de Planeación.
m Cuando el convenio involucra recursos en dinero prove- nientes de la Contraparte, éstos deben ser incorporados al presupuesto del ICA. En este caso, el Grupo de Coopera- ción Técnica y Asuntos Internacionales envía el proyecto, junto con el Convenio, al Grupo d e Programación Presupuestal, quien elabora la ficha EBI, lo inscribe en el
Banco de Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) y lo re- gresa nuevamente al Grupo de Cooperación Técnica y
Asuntos Internacionales.
Adicionalmente, si la Contraparte exige póliza de garantía para el manejo de los recursos, se procederá de acuerdo con la
normatividad que rige la materia. En tal caso, la Oficina de Planeación solicitará la consecución de la póliza a través del
Grupo de Adquisiciones, de la División Fi
enviará copia del Convenio.
u Cuando el Convenio incluye aportes ICA en dinero, la Ofici-
na de Planeación envía los dos (2) originales del Convenio
a la División Financiera para su respectiva imputación
presupuesta1 y posterior regreso de los documentos a la
Oficina de Planeación. Cuando los recursos en dinero pro-
vienen de la Contraparte, es necesario adjuntar la respec-
tiva certificación de disponibilidad presupuestal.
De igual manera, cuando existen recursos en dinero las entida-
des cooperantes deben remitir a la Oficina de Planeación las
constancias de pago de impuesto de timbre y publicación en el
Diario Oficial. Cuando estos gastos corren a cargo del ICA, la
Oficina de Planeación envía copia del Convenio al Grupo de
Adquisiciones de la División Financiera, para que efectúe los
pagos correspondientes y remita posteriormente a la Oficina
de Planeación las certificaciones relacionadas.
La Oficina de Planeación envía copias del documento
protocolizado a la Contraparte, a la Oficina Jurídica, al Gru-
po de Contabilidad, al Área ~écn ica correspondiente y a la
Coordinación Seccional si es procedente.
u El Grupo de Cooperación Técnica y Asuntos Internaciona-
les abre carpeta con el Convenio protocolizado y sus res-
pectivos soportes, incluido el proyecto, lo introduce en su
base de datos y da inicio al proceso d e seguimiento para
verificar el cumplimiento del objetivo, metas y actividades
del proyecto y la evaluación de resultados.
En la Figura 1, se presenta el flujo relacionado con el Procedi-
miento para la Formulación y Ejecución de Convenios de Co-
operación.
L a C o o p e r a c i o n T é c n i c a e n e l I C A
va uar convenienciii iii\liluciondl del p ioyc~i i i eIe11nln,ir viiihiliddd prerupuerral
Figura 1. Procedimiento para la fo
venios de cooperacion.
71
v Ke~lirai ;,quite\ conjuiit.iiricnli ci,ii trcciico\ del irea reipecttva Con\ciii<i <Ic
t l ~ h , > i ~ r convenio ~ooprr:icioi i
Aprobar (,r<iycai y convenio PII\,I:~~ a OItclrld Jurí<ll~c
Emitir concepto de legalidad.
Cicncrir ccipuc\l.i ;i Coorilina<lo! Secci<in;il 11
S i i h g e ~ c ~ ~ t ~ o Jcte dc D~vi i ió i i KO 7
Fnvi'ii c«pi;i .i Oticir id de Pl;iric.iciuri 4 , Vi<iblc'
SI
v Aprohai ciiriicriio.
Enviar a Secretaría General.
r r i n i i t i r firma coobcriio ante la Grrcnaa Gcnc~dl Enviar d l i l O l l ~ t ~ ~ i l dc Pldncil~lon
Reclhit coirbi-nio lirin.ido poi la Ci,iiiran.irtc 4
Figura 1. Procedimiento para la formulación y ejecución de con-
venios de cooperacion. (Continuación)
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L a C o o p e r a c i o n T e c n i c a e n e l I C A 1
nviar pol17a de garantia a Oficina nviar proyecto y convenio fumado a nviar convenios a Division inancierd para imputaclon
lmeación. nviar a Grupo Cooperación Técnica.
Coordinación Seccional, árca temica correspondiente Abru carpeta Incluir en archivo (Excel) Hacer segulrniento
Figura 1 . Procedimiento para la formulación y ejecución de con-
venios de cooperacion. (Continuación)
VI . Normat iv idad q u e r i g e la Cooperación Técnica en el ICA
La Cooperación Técnica en el ICA se rige por la siguien-
te normatividad:
$! La Ley 29 de 1990, en su Artículo lo, dice: «Corres-
ponde al Estado promover y orientar el adelanto cien-
tífico y tecnológico y por lo mismo, está obligado a
incorporar la ciencia y la tecnología tanto para el me-
diano como para el largo plazo.. .».
u La Ley 29 de 1990, en su Artículo 2O, dice: «La acción
del Estado en esta materia se dirigirá a crear condi-
ciones favorables para la generación de conocimien-
to científico y tecnologías nacionales; . . . a fortalecer
los servicios de apoyo a la investigación científica y
al desarrollo tecnológico; ... D.
u El Decreto Extraordinario 393 de 199 1, en su Artícu-
lo lo, faculta a la Nación para adelantar actividades
científicas y tecnológicas, proyectos de investigación
y creación de tecnologías, mediante la asociación con
los particulares, a través de la celebración de Con-
venios Especiales de Cooperación.
El Decreto 59 1 de 199 1, en su Artículo 2O, define como acti-
vidades científicas y tecnológicas la (L. . investigación cien-
tífica y el desarrollo tecnológico, desarrollo de nuevos pro-
ductos y procesos, creación y apoyo a centros científicos y
tecnológicos, ... D.
El Decreto 59 1 de 199 1, en su Artículo 17, autoriza a la Na-
ción para celebrar con los particulares y con otras entida-
des públicas de cualquier orden convenios especiales de
cooperación, en virtud de los cuales las personas que los
celebran aportan recursos en dinero, en especie o de in-
dustria, para facilitar, fomentar o desarrollar actividades
científicas o tecnológicas.
E! El Decreto 2141 del 30 de diciembre de 1992, por medio
del cual se reestructuró el ICA, determinó que las activida-
des de investigación y transferencia de tecnología serán
ejecutadas principalmente mediante asociación con per-
sonas naturales o jurídicas.
rui El Decreto 2 150 del 5 de diciembre de 1995,en su Artículo
112 sobre Simplificación de la Contratación del ICA, dice:
El Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, quedará así: «Artículo
65. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, por in-
termedio del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, de-
berá desarrollar las políticas y planes tendientes a la pro-
tección de la sanidad, la producción y la productividad
agropecuarias del país. Por lo tanto, será el responsable de
ejercer acciones de sanidad agropecuaria y el control téc-
nico de las importaciones, exportaciones, manufactura,
comercialización y uso de los insumos agropecuarios des-
tinados a proteger la producción agropecuaria nacional y
a minimizar los riesgos alimenticios y ambientales que pro-
vengan del emp
los productos nacionales al merc
ejecución de las acciones relacionadas con la sanidad
agropecuaria y el control técnico d e los insumos
agropecuarios, el ICA podrá realizar sus actividades direc-
tamente o por intermedio de personas naturales o jurídi-
cas particulares, mediante la celebración de Contratos,
Convenios o por Delegación para el caso de las personas
jurídicas oficiales.. .».
u Ley del Plan Nacional de Desarrollo.
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5. RELACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE& PROYECTO CON LA POLITICA GUBERNAMENTAL Y LA MISIÓN
Y POLÍTICA INSTITUCIONAL
6. METO
1. BENEFICIOS E SMPA- ESPERADOS DEL PROYECTO
a C o o p e r a c i o n T e c n i c a e n e l I C A -- - - - - - 3
9. PERSONAL m ! m & & & ~ d ~ ~ ~ (Cantidad en Meses/Hombre)
10. VALORMX~N DE I.OS COSTOS POR
11. COSTOS
(En Miles de $ Constantes)
* Parala maquinaria, los equipos y las construcciones, indique el sitio de ubicación y lustifique su compra
o adquisición.
12. FUENTES DE l?IWN~ch~&61 m P 1 C O m ( En miles de $ Constantes)
L a C o o p e r a c i o n T é c n i c a e n e l I C A
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L a C o o p e r a c i ó n T e c n i c a e n e l I C A
13. GERE
La I M P R ~ A NACIONAL DE COLOMBIA
realizó el diseño gráfico de la obra
((h COOPERACI~N TÉCNICA ETJ EL I C h
y terminó su impresión en junio de 2001