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Politica

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  • DIAGNSTICO ESTATAL JALISCO

    SERGIO LPEZ AYLLN ANA ELENA FIERRO FERREZ ADRIANA GARCA GARCA DIRK ZAVALA RUBACH

  • i

    El presente Diagnstico fue elaborado por el siguiente equipo:

    Coordinacin general:

    Sergio Lpez Aylln

    Investigadores:

    Ana Elena Fierro Ferrez Adriana Garca Garca Juanita Gmez Montes Gerardo Medina Mario Snchez de Aparicio I Martha Trejo Gonzlez Lorenia Trueba Almada Dirk Zavala Rubach

    Asistentes de investigacin:

    Jess Rogelio Alcntara Mndez Zayra Carbajal Rosa Ivonne Enrquez Romero Felipe Garca Cuevas Raquel Lpez Hernndez Paulina Madrigal vila Liliana Montiel Matamoros Xiao Recio Blanco Luis Jos Rivero Prez Adriana Rosas Cerecer Ximena Santaolalla Abd Jonathan Velzquez Flores

    Coordinacin administrativa:

    Wendolyn Veana Segura

  • ii

    NDICE GENERAL

    1. Introduccin ............................................................................................................................. 1

    2. Metodologa ............................................................................................................................. 3

    2.1 Marco terico ................................................................................................................... 3 2.2 Dimensin normativa ....................................................................................................... 3 2.3 Dimensin del procedimiento .......................................................................................... 4

    2.3.1 Ingeniera de procesos .............................................................................................. 4 2.3.2 Anlisis emprico ....................................................................................................... 5

    2.4 Dimensin organizacional ................................................................................................ 5 2.5 Recopilacin de informacin ............................................................................................ 6

    3. Dimensin normativa ............................................................................................................... 8

    3.1 Marco normativo .............................................................................................................. 8 3.2 mbito Poder del Estado .................................................................................................. 9 3.3 mbito institucional. ........................................................................................................ 9

    3.3.1 Gobierno judicial ....................................................................................................... 9 3.4 Funcin jurisdiccional administrativa ............................................................................. 13

    3.4.1 Objeto del juicio ...................................................................................................... 13 3.4.2 Partes ...................................................................................................................... 14 3.4.3 Proceso ................................................................................................................... 14

    4. Dimensin del procedimiento ................................................................................................ 19

    4.1 Ingeniera de procesos ................................................................................................... 19 4.2 Anlisis de expedientes y estadstica descriptiva ........................................................... 20

    4.2.1 Demanda de servicios judiciales en materia administrativa .................................. 20 4.2.2 Oferta de servicios judiciales en materia administrativa ....................................... 22

    5. Dimensin organizacional ...................................................................................................... 27

    5.1 Anlisis de las estructuras orgnicas .............................................................................. 27 5.2 Anlisis curricular del personal clave de los OJA ............................................................ 33 5.3 Anlisis de prcticas en materia de organizacin .......................................................... 36

    6. Anexos .................................................................................................................................... 40

    6.1 Anexo 1 Mapa de suprasistema ..................................................................................... 40 6.2 Anexo 2 Cadena de valor ................................................................................................ 41

    7. Bibliografa ............................................................................................................................. 42

  • iii

    ABREVIATURAS

    1. AMIJ: Asociacin Mexicana de Impartidores de Justicia A.C.

    2. AMTCAEUM: Asociacin de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos A.C.

    3. CIDE: Centro de Investigacin y Docencia Econmicas, A.C.

    4. CPEUM: Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    5. Diagnstico: Diagnstico del Funcionamiento del Sistema de Imparticin de Justicia en Materia Administrativa a Nivel Nacional.

    6. DOF: Diario Oficial de la Federacin.

    7. MASC: Medios alternativos de solucin de controversias.

    8. ND: No se puede determinar por falta de informacin.

    9. OJA(s): rgano(s) de justicia administrativa. Este trmino es utilizado para referirse tanto a los tribunales autnomos, como a los tribunales o salas que forman parte de los poderes judiciales estatales.

    10. PN: Promedio Nacional.

    11. SC: Sin clculo.

    12. SCJN: Suprema Corte de Justicia de la Nacin.

    13. TCA: Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

  • 1

    1. INTRODUCCIN

    La jurisdiccin contencioso administrativa es, por su propia naturaleza, el campo jurdico que los mexicanos poseen para fiscalizar la accin de sus gobernantes. Esta posicin de los tribunales administrativos, entre el Estado y sus gobernados, supone una responsabilidad de un calado especial ante la ciudadana y acarrea la necesidad de un escrupuloso cumplimiento en materia de transparencia.

    Hoy en da, la informacin disponible sobre la accin judicial no es suficiente ni uniforme, lo que obstaculiza el trabajo colaborativo entre las distintas instituciones, as como la adopcin de polticas judiciales de largo alcance. Ante esta situacin, la Asociacin de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos A.C. (AMTCAEUM), con el apoyo de la Asociacin Mexicana de Impartidores de Justicia A.C. (AMIJ) y del Fondo Jurica, emprendieron la trascendental tarea de conocerse a s mismos; para ello, encargaron al Centro de Investigacin y Docencia Econmicas (CIDE) la realizacin del diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional.

    Este diagnstico constituye una herramienta fundamental en la identificacin de los problemas que aquejan a la imparticin de justicia administrativa en Mxico, as como en un medio que indique las posibles vas de mejora para nuestra jurisdiccin contenciosa. Es una labor que se enmarca dentro de los grandes objetivos establecidos para las instituciones a cargo de esta trascendental tarea, que busca superar tradicionales errores de coordinacin y concepcin y que pretende impulsar una imparticin de justicia ms eficiente, con decisiones de autogestin basadas en una informacin completa y actualizada.

    Para ello se realiz un anlisis de las normas mexicanas desde la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) hasta la jurisprudencia, con apoyo tanto en la doctrina, como en experiencias de derecho comparado. En particular, se tom en cuenta como punto de partida de este diagnstico los presupuestos y acciones establecidos en el Libro Blanco de la Reforma Judicial, pues, como en l se apunta, todos los rganos jurisdiccionales del pas estn llamados a lograr el ideal constitucional de impartir justicia en forma imparcial, pronta, completa y gratuita; asimismo contiene ya los primeros pasos para lograrlo, siendo este diagnstico especializado en jurisdiccin administrativa un paso ms hacia esa meta.

    Es importante recalcar que este es un diagnstico de los rganos jurisdiccionales como instituciones, por lo que se centra precisamente en los rganos y no en las personas. Lo que se busca es sentar las bases para lograr que los rganos de justicia administrativa (OJAs) presten un servicio de calidad. En efecto, entender que los OJAs constituyen instituciones implica que no basta considerar la actividad de cada juez o magistrado en lo particular, ni de cada uno de los OJAs en forma aislada, sino que debe pensarse en el conjunto de los rganos

  • 2

    jurisdiccionales como instituciones encargadas de resolver controversias, es decir, como una organizacin que debe tambin responder a parmetros de calidad y eficiencia en la prestacin de un servicio pblico. Se reconoce que esto implica un cambio de paradigma importante; sin embargo responde a las acciones encomendadas por los resultados de la consulta del Libro Blanco de la Reforma Judicial que reconoce a la imparticin de justicia como un servicio pblico fundamental.

    Ahora bien, una vez realizado el diagnstico nacional y conjuntado toda la informacin, qued claro que las sinergias generadas entre todos los OJAs que colaboraron en la conformacin del diagnstico debera potenciarse mediante un conocimiento ms profundo del funcionamiento y desempeo de cada una de estas instituciones, identificando con ello buenas prcticas que pudieran ser aprovechadas en todo el pas, as como reas de oportunidad para cada entidad. Para ello, el equipo consultor del CIDE estim conveniente elaborar un diagnstico sintetizado para cada uno de los 29 OJAs que permite conocer, a vuelo de pjaro, la estructura del rgano, sus competencias, su organizacin y la estadstica bsica.

    Adems de las recomendaciones elaboradas en el diagnstico nacional, se identific que en muchos casos el potencial de los OJAs como rganos fiscalizadores del quehacer del estado no es aprovechado en su totalidad, por ello consideramos que estos diagnsticos locales podrn fungir como herramientas de divulgacin de los OJAs, ya sea a travs de Internet o mediante publicaciones convencionales. Hoy los tribunales contenciosos cuentan con informacin clara, completa y veraz sobre su funcionamiento y desempeo, lo que los dota de una poderosa herramienta para cumplir su misin de impartir justicia como un servicio pblico de calidad.

  • 3

    2. METODOLOGA

    El diseo del estudio considera diferentes niveles de anlisis, a los que correspondi el uso de metodologas diferenciadas. A continuacin se describe la metodologa general que fue aplicada en cada dimensin del diagnstico.

    2.1 MARCO TERICO

    El propsito del marco terico es sentar las bases conceptuales que guan el diagnstico de la justicia administrativa. Al efecto, se determina cul es la misin y objetivos de los rganos de justicia administrativa (en adelante OJAs), el modelo o modelos de organizacin de estas instituciones y su relacin con los poderes del Estado, as como las caractersticas y efectos principales de los procesos contenciosos1.

    2.2 DIMENSIN NORMATIVA

    Tras el anlisis exhaustivo de toda la legislacin local que regula la justicia administrativa, tanto por lo que se refiere al juicio de nulidad como a la organizacin del OJA, se elabor un sistema de matrices organizacionales y procedimentales que permiten realizar un anlisis comparativo del diseo normativo de los OJAs en Mxico. Este sistema gener un cmulo importante de informacin comparada que permite identificar los principales modelos en el diseo organizacional de los OJAs, as como sus virtudes y defectos. Los rubros que abordan cada una de las matrices son los siguientes:

    Normatividad referida a la estructura y organizacin de los OJAs: o mbito poder del Estado. o mbito institucional. o Gobierno judicial. o Administracin de recursos. o Funcin jurisdiccional administrativa.

    Proceso administrativo o juicio de nulidad: o Objeto del juicio. o Partes. o Proceso. o Demanda. o Contestacin.

    1 El desarrollo completo de esta seccin puede ser consultado en el numeral 4 del diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional.

  • 4

    o Suspensin. o Audiencia. o Sentencia. o Recursos.

    El modelo utilizado para analizar la complejidad del sistema normativo que regula los tribunales contenciosos en Mxico parte de la idea de un conjunto de normas jerarquizadas con diversos mbitos de validez. En la cspide de esta pirmide se encuentra la CPEUM. Del vrtice descienden, de acuerdo con su orden y jerarqua, las constituciones locales, adems de las diversas leyes y reglamentos que se ocupan de regular a los OJAs. A partir de las matrices se gener el modelo para analizar la congruencia del sistema y la eficacia de la regulacin, as como la posibilidad de llegar a la definicin de los sujetos, competencias, facultades y derechos contenidos en dichas normas.

    Una vez generado el modelo, y con base en la misin y objetivos de la justicia contenciosa, as como en los principios constitucionales que deben regir la labor de los OJAs, se desarrollaron los indicadores a partir de los cuales se realiz el anlisis individualizado de la regulacin correspondiente a cada uno de los 29 OJAs. Para ello se cre una matriz, a partir de la determinacin de indicadores, como una medida objetiva que permita el anlisis de los distintos cuerpos normativos, para compararlos entre s y contrastarlos con un modelo ideal. Las variables que forman parte de la matriz se agrupan de la siguiente forma:

    Anlisis de constituciones locales. Anlisis de las normas orgnicas y competenciales de los tribunales. Anlisis de reglamentacin adicional. Anlisis de regulacin en materia de transparencia. Anlisis de servicio civil de carrera o carrera judicial. Anlisis de gobierno del tribunal. Anlisis de jurisprudencia.

    Del anlisis normativo se desprenden un conjunto de principios deseables en el diseo de los diferentes OJAs. As mismo, se identificaron las reas de oportunidad que requieren ser abordadas, ya sea desde la necesidad de reformas legislativas o reglamentarias, o bien de meras prcticas al interior de los rganos en lo individual, que sera recomendable modificar.

    2.3 DIMENSIN DEL PROCEDIMIENTO

    2.3.1 INGENIERA DE PROCESOS

    Como parte del enfoque multidisciplinario del presente estudio se abord el quehacer de los OJAs desde la perspectiva de la ingeniera de procesos. De esta forma, distintas instituciones procesales fueron modeladas como procesos. Un proceso puede ser definido como:

  • 5

    Una serie continua y repetible de actividades relacionadas que a travs del uso de recursos convierte una o ms entradas en una o ms salidas, creando valor para el cliente.2

    SalidaEntrada

    PROVEEDOR CLIENTE

    Actividad1

    Actividad2

    ActividadN

    De esta forma, y a partir exclusivamente del marco normativo vigente al momento de realizar el mapeo, se logr identificar el suprasistema, la cadena de valor y los macroprocesos mediante los cuales los OJAs desarrollan sus funciones.

    2.3.2 ANLISIS EMPRICO

    No se presentan datos estadsticos, toda vez que el equipo consultor no cont con la informacin necesaria.

    2.4 DIMENSIN ORGANIZACIONAL

    Para la realizacin de este diagnstico se integr informacin de diversas fuentes, en especial de tipo referencial y documental, a travs de cuestionarios, entrevistas telefnicas y elementos de informacin resultados del levantamiento en campo. La informacin fue obtenida de junio a noviembre de 2009.

    La cobertura del anlisis organizacional incluy visitas a 22 OJAs de las Entidades Federativas participantes. De otros 5 OJAs adicionales pudo obtenerse informacin en documentos publicados va Internet para acceso pblico. La informacin recabada abarc el perodo de 2006 a 2008. Para efectos de este estudio se consideraron nicamente los resultados del 2008, para tener un punto de comparacin temporal nico en los mismos.

    Los instrumentos de recoleccin de datos utilizados para el anlisis consistieron en:

    Formulario en formato de cuestionario mixto (opcin mltiple y de respuestas abiertas), incluyendo las siguientes secciones como base para el anlisis:

    o Ficha curricular de cada magistrado: Nombre, fecha de nacimiento, cuenta de correo, telfono, estado civil, formacin y grado acadmico, universidad de

    2 G.A Rummler y P.A Brache, Improving Performance: Managing the White Space on the Organization Chart (San Francisco, CA: Jossey-Bass, 1990), 25

  • 6

    procedencia, cargo actual, ltimos 3 cargos, actualizacin, otros estudios y publicaciones recientes.

    o Datos generales: Nmero de magistrados, secretarios, actuarios, salas regionales o auxiliares y nmero total del personal por tribunal.

    o Datos presupuestales: Presupuesto total asignado en 2008, percepcin mensual bruta de los magistrados (promedio en su caso), percepcin mensual bruta de jueces y secretarios.

    o Capacitacin: Actividades de capacitacin durante 2008. o Evaluacin: Mecanismos utilizados para la evaluacin del desempeo, criterios

    utilizados y mecanismos para incentivos.

    Cuestionario de prcticas de recursos humanos, incluyendo aspectos como: o Existencia del rea de recursos humanos en el tribunal. o Actividades y procesos de recursos humanos realizados en cuanto a:

    Reclutamiento y seleccin, capacitacin, evaluacin, estructuras salariales, desarrollo del personal, planes de carrera, polticas y procedimientos, entre otros.

    o Evidencia o documentacin de procesos existentes.

    Los documentos de cada OJA que se obtuvieron en el levantamiento de campo realizado, o bien a travs de informacin publicada en Internet, abarcaron:

    Organigramas, plantillas de personal y tabuladores vigentes en 2008 o 2009. Informes de labores de 2008 y 2009. Listados de juicios y reportes de estadstica bsica por tribunal. Marco normativo como referencia, en especial manuales de organizacin vigentes. Reportes de presupuesto aprobado y ejercido en los aos 2008 y 2009.

    A partir de los documentos y cuestionarios obtenidos se realiz el anlisis y organizacin de la informacin, para lo cual se integraron matrices de correlacin entre indicadores que permiten identificar interrelaciones generales. Es importante mencionar que los clculos se realizaron con base en la informacin que fue posible recabar, por lo que existen datos incompletos o parciales, as como varias fuentes de referencia.

    2.5 RECOPILACIN DE INFORMACIN

    La siguiente tabla resume la informacin solicitada y la obtenida.

  • 7

    Mar

    co N

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    RRH

    H

    Jalisco 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

    1 = S 0 = No .5 = Parcial NA = No Aplica

  • 8

    3. DIMENSIN NORMATIVA3

    El Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, se encuentra en Guadalajara y fue fundado en 1984 como parte del Poder Judicial. Est integrado por seis salas unitarias y su presidencia.

    Tam

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    icho

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    1951

    1971

    1977

    1982

    1984

    1985

    1986

    1987

    1989

    1991

    1993

    1996

    1997

    2000

    2002

    2003

    2004

    2005

    2006

    2007

    3.1 MARCO NORMATIVO

    El marco normativo de este OJA se encuentra integrado por los siguientes ordenamientos:

    Constitucin Poltica del Estado de Jalisco. Ley Orgnica del Poder Judicial. Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco. Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco. Cdigo de Procedimientos Civiles del Estado. de aplicacin supletoria.

    De igual forma en la que se analizaron los indicadores en la parte nacional del diagnstico se realiza a continuacin el anlisis del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco.

    3 Para efectos de transversalidad en el estudio nacional se ha utilizado una terminologa comn para referirse, en la forma ms incluyente posible, a los distintos aspectos tanto de la estructura de los OJA como de sus procesos.

  • 9

    3.2 MBITO PODER DEL ESTADO

    Por mbito de poder del estado nos referimos a la posicin de los OJAs respecto de los otros Poderes y de las formas de organizacin administrativa, en cuanto a si se trata de tribunales autnomos o de rganos integrados al Poder Judicial. El indicador ms representativo es la naturaleza jurdica del OJA, pues permite entender su interaccin con otras organizaciones del Estado.

    El artculo 3 de la Ley Orgnica del Poder Judicial seala al Tribunal de lo Administrativo como parte de este poder, el cual contar adems con dos rganos, uno denominado Consejo de la Judicatura del Estado y un Instituto de Justicia Alternativa del Estado.

    El Tribunal de lo Administrativo es el rgano especializado del Poder Judicial del Estado, con plena jurisdiccin para resolver las controversias de carcter administrativo y fiscal que se susciten entre las autoridades del Estado, de los municipios y de los organismos descentralizados de ambos, con los particulares, adems de las que surjan entre el Estado y los municipios, o de stos entre s. El Tribunal de lo Administrativo conocer tambin de los conflictos laborales que se susciten con sus propios trabajadores.

    El Tribunal de lo Administrativo, residir en la capital del Estado, asimismo tendr Salas Regionales que funcionarn en las cabeceras municipales que autorice el Pleno del Tribunal, as como Sala Auxiliar en la capital del estado, con base en la disponibilidad presupuestal, con la competencia y jurisdiccin que el Pleno del Tribunal les asigne y dictar sus resoluciones con base en los principios de autonoma, independencia e imparcialidad.

    3.3 MBITO INSTITUCIONAL.

    3.3.1 GOBIERNO JUDICIAL

    El gobierno judicial se refiere a las actividades que realizan los OJA para lograr la administracin de los recursos humanos que lo integran. En este apartado se busc la identificacin de normas que regularan la administracin de los OJA respecto al personal tanto jurisdiccional como no jurisdiccional. As, la categora de gobierno judicial comprendi los indicadores correspondientes a la organizacin general del tribunal en cuanto al personal jurisdiccional y en cuanto a su seleccin.

    Normativamente se identific la siguiente estructura orgnica del OJA:

  • 10

    TR IB UNA L D E L O A DMINIS TR A T IVO DE L E S TA DO D E

    J A L IS C O

    TR IB UNA L D E L O A DMINIS TR A T IVO DE L E S TA DO D E

    J A L IS C O

    P L E NOP L E NO

    S E C R E T AR A G E NE R A L D E

    AC UE R DO

    S E C R E T AR A G E NE R A L D E

    AC UE R DO

    P R IME R A S A L A UNIT AR IA

    P R IME R A S A L A UNIT AR IA

    S E G UNDA S A L A UNIT AR IA

    S E G UNDA S A L A UNIT AR IA

    T E R C E R A S AL A UNIT AR IA

    T E R C E R A S AL A UNIT AR IA

    C UAR T A S A L A UNIT AR IA

    C UAR T A S A L A UNIT AR IA

    Q UINT A S A L A UNIT AR IA

    Q UINT A S A L A UNIT AR IA

    S E X T A S A L A UNIT AR IA S E X T A S A L A UNIT AR IA

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    ADMINIS T R AC I N, R E C UR S O S HUMANO S ,

    MAT E R IA L E S Y S E R V IC IO S

    G E NE R A L E S

    ADMINIS T R AC I N, R E C UR S O S HUMANO S ,

    MAT E R IA L E S Y S E R V IC IO S

    G E NE R A L E S

    INF O R MT IC AINF O R MT IC A

    C O NT R AL O R A , AUDIT O R A INT E R NA

    Y C O NT R O L P AT R IMO NIA L

    C O NT R AL O R A , AUDIT O R A INT E R NA

    Y C O NT R O L P AT R IMO NIA L

    C O MUNIC AC I N S O C IA L Y D IF US I N

    C O MUNIC AC I N S O C IA L Y D IF US I N

    E S T AD S T IC A , O F IC IA L A D E

    P AR T E S Y AR C H IVO

    E S T AD S T IC A , O F IC IA L A D E

    P AR T E S Y AR C H IVO

    AU X IL IAR E S DE L A ADMINIS T R AC I N

    DE J US T IC IA

    AU X IL IAR E S DE L A ADMINIS T R AC I N

    DE J US T IC IA

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

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    S E C R E TAR IO S

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    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

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    AC T UARIO S

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    AC T UARIO S

    AR T . 5, 11*; 65AR T . 5, 11*; 65

    P R E S IDE NT E DE L T R IB UNAL

    P R E S IDE NT E DE L T R IB UNAL

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    64

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    AR T . 86*

    AR T . 91*

    AR T . 91*

    AR T . 93, 94, 95, 96, 97*

    AR T . 93, 94, 95, 96, 97*

    AR T . 104*AR T . 104*

    P O DE R J UDIC IAL DE LE S TADO DE J AL IS C OP O DE R J UDIC IAL DE LE S TADO DE J AL IS C O

    AR T . 57

    AR T . 57

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    *R eglamento Interior del Tribunal de lo Adminis trativo del E stado de J alisco L ey Orgnica del P oder J udicial del E stado de J alisco

    TR IB UNA L D E L O A DMINIS TR A T IVO DE L E S TA DO D E

    J A L IS C O

    TR IB UNA L D E L O A DMINIS TR A T IVO DE L E S TA DO D E

    J A L IS C O

    P L E NOP L E NO

    S E C R E T AR A G E NE R A L D E

    AC UE R DO

    S E C R E T AR A G E NE R A L D E

    AC UE R DO

    P R IME R A S A L A UNIT AR IA

    P R IME R A S A L A UNIT AR IA

    S E G UNDA S A L A UNIT AR IA

    S E G UNDA S A L A UNIT AR IA

    T E R C E R A S AL A UNIT AR IA

    T E R C E R A S AL A UNIT AR IA

    C UAR T A S A L A UNIT AR IA

    C UAR T A S A L A UNIT AR IA

    Q UINT A S A L A UNIT AR IA

    Q UINT A S A L A UNIT AR IA

    S E X T A S A L A UNIT AR IA S E X T A S A L A UNIT AR IA

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    ADMINIS T R AC I N, R E C UR S O S HUMANO S ,

    MAT E R IA L E S Y S E R V IC IO S

    G E NE R A L E S

    ADMINIS T R AC I N, R E C UR S O S HUMANO S ,

    MAT E R IA L E S Y S E R V IC IO S

    G E NE R A L E S

    INF O R MT IC AINF O R MT IC A

    C O NT R AL O R A , AUDIT O R A INT E R NA

    Y C O NT R O L P AT R IMO NIA L

    C O NT R AL O R A , AUDIT O R A INT E R NA

    Y C O NT R O L P AT R IMO NIA L

    C O MUNIC AC I N S O C IA L Y D IF US I N

    C O MUNIC AC I N S O C IA L Y D IF US I N

    E S T AD S T IC A , O F IC IA L A D E

    P AR T E S Y AR C H IVO

    E S T AD S T IC A , O F IC IA L A D E

    P AR T E S Y AR C H IVO

    AU X IL IAR E S DE L A ADMINIS T R AC I N

    DE J US T IC IA

    AU X IL IAR E S DE L A ADMINIS T R AC I N

    DE J US T IC IA

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    S E C R E TAR IO S

    DE S AL A

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AC T UARIO S

    AR T . 5, 11*; 65AR T . 5, 11*; 65

    P R E S IDE NT E DE L T R IB UNAL

    P R E S IDE NT E DE L T R IB UNAL

    AR T . 41, 44* ;

    64

    AR T . 41, 44* ;

    64

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 56*;71

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 57*;72

    AR T . 59*;70

    AR T . 59*;70

    AR T . 81, 82,

    83*

    AR T . 81, 82,

    83*

    AR T . 88*

    AR T . 88*

    AR T . 86*

    AR T . 86*

    AR T . 91*

    AR T . 91*

    AR T . 93, 94, 95, 96, 97*

    AR T . 93, 94, 95, 96, 97*

    AR T . 104*AR T . 104*

    P O DE R J UDIC IAL DE LE S TADO DE J AL IS C OP O DE R J UDIC IAL DE LE S TADO DE J AL IS C O

    AR T . 57

    AR T . 57

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    AR T . 67

    *R eglamento Interior del Tribunal de lo Adminis trativo del E stado de J alisco L ey Orgnica del P oder J udicial del E stado de J alisco

  • 11

    El Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial lo constituyen:

    El Pleno del Tribunal; Las salas necesarias para la resolucin de los asuntos de su competencia; La secretara general de acuerdos; Los secretarios de cada Sala; Los actuarios; y El personal administrativo que requiera para su buen funcionamiento.

    El Tribunal cuenta con seis unidades encargadas de coordinar y llevar a cabo las labores de operacin y administracin del rgano, responsables respectivamente de: recursos humanos, materiales y servicios generales; auditora, contralora interna y control patrimonial; comunicacin social y difusin; estadstica, oficiala de partes y archivo; auxiliares de la administracin de justicia; informtica.

    El Tribunal de lo Administrativo funcionar en pleno o en salas, el Pleno Del Tribunal ser integrado por los magistrados que presiden sala con residencia en la capital del Estado, excepcin hecha de los magistrados que integran Sala Auxiliar.

    El Tribunal de lo Administrativo estar integrado por la cantidad de magistrados, que sean necesarios para el buen despacho de los asuntos de su competencia, los cuales, en ningn caso sern menos de seis los magistrados que presidan sala con residencia en la capital del estado.

    La seleccin de los magistrados, se realizar de la siguiente manera: I. El Consejo de la Judicatura, previa convocatoria realizada por el Congreso del Estado a la sociedad en general, exceptuando a los partidos polticos, someter a consideracin del Poder Legislativo del Estado, una lista de candidatos que contenga por lo menos el doble del nmero de magistrados a elegir, anexando los documentos que sean necesarios para acreditar que tienen la aptitud para ocupar el cargo y que cumplen con los requisitos de ley;

    II. La eleccin del magistrado que deba cubrir una vacante, se realizar por el Congreso del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de los diputados presentes, dentro de un trmino improrrogable de treinta das; de lo contrario, se entender rechazada la totalidad de los candidatos propuestos, en cuyo caso, el Consejo General del Poder Judicial, someter una nueva propuesta ante el Congreso del Estado, la cual estar integrada por personas distintas a la inicial, para lo cual se debern cumplir los requisitos sealados en el presente artculo;

    En caso de que la nueva propuesta fuera rechazada, ocupar el cargo la persona que dentro de dichas listas hubiere obtenido mayor nmero de votos.

  • 12

    El periodo de los magistrados es por 7 aos y si son ratificados podrn continuar en el encargo por 10 aos ms

    Para ser electo magistrado del Tribunal de lo Administrativo se requiere:

    Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos polticos y civiles; ser nativo del Estado o, en su defecto, haber residido en la entidad durante los ltimos cinco aos, salvo en caso de ausencia motivada por el desempeo de algn cargo en el servicio pblico, siempre y cuando no haya sido fuera del pas;

    Tener cuando menos treinta y cinco aos cumplidos el da de la eleccin; Poseer el da de la eleccin, con (sic) antigedad mnima de diez aos, ttulo

    profesional de licenciado en derecho, abogado o su equivalente, expedido por autoridad o institucin legalmente facultada para ello y registrado en la Direccin de Profesiones del Estado;

    Gozar de buena reputacin y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal;

    No haber sido Gobernador, titular de alguna de las secretaras de despacho del Ejecutivo, jefe de departamento administrativo, Procurador General de Justicia, integrante del Consejo de la Judicatura, Diputado local, Presidente, Vicepresidente Municipal o Regidor del Ayuntamiento, durante el ao previo al da de la eleccin; y

    No haber sido Secretario de Estado o jefe de departamento administrativo de la Federacin, Procurador General de la Repblica, Senador o Diputado federal, a menos que se separe de su cargo un ao antes del da que tenga verificativo la eleccin.

    Asimismo se establecen requisitos para ser secretario de acuerdos y actuario del Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de Jalisco.

    Es facultad del Pleno del Tribunal discutir, y en su caso, aprobar el proyecto de presupuesto de egresos del tribunal, que deber formular el Presidente, el cual, una vez aprobado, deber ser enviado al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, para su inclusin en el proyecto de presupuesto de egresos del Poder Judicial.

    De conformidad con el artculo 57 de la Constitucin Poltica del Estado de Jalisco, los magistrados, consejeros y jueces percibirn una remuneracin adecuada e irrenunciable que no podr ser disminuida durante su encargo.

    Resalta de este tribunal el que el pleno tenga la facultad de elevar iniciativas de leyes en el mbito de su competencia, por conducto del Supremo Tribunal de Justicia, al Congreso del Estado.

    Alejandro Hernandez vargas

  • 13

    3.4 FUNCIN JURISDICCIONAL ADMINISTRATIVA

    A continuacin expondremos los hallazgos referidos al proceso administrativo o juicio de nulidad. El proceso administrativo o juicio de nulidad es un juicio que permite a los particulares combatir en sede jurisdiccional actos de autoridad que consideran les causan alguna afectacin. A travs del juicio de nulidad los particulares acuden a una instancia jurisdiccional (no necesariamente judicial) a que se determine la legalidad o ilegalidad de un acto de autoridad que les hubiere causado alguna afectacin.

    3.4.1 OBJETO DEL JUICIO

    La ley Orgnica del Poder Judicial del Estado en su artculo 67 detalla el objeto del juicio al determinar que el Pleno del Tribunal de lo Administrativo conocer de los asuntos en que se d trmite a recursos de apelacin y reclamacin, reclamacin y los que se deriven de la aplicacin de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y de los Municipios.

    Las salas del primer partido judicial del estado, las regionales y las auxiliares del Tribunal de lo Administrativo, conocern de los juicios que se instauren en contra de:

    I. Las resoluciones definitivas emanadas de las autoridades dependientes del Poder

    Ejecutivo Estatal, de los municipios y de los organismos descentralizados, cuando stos acten como autoridades, que causen agravio a los particulares;

    II. Las resoluciones definitivas dictadas por cualquiera de las autoridades fiscales del Estado o municipales, y de sus organismos fiscales autnomos, en las que se determine la existencia de una obligacin fiscal, se fije sta en cantidad lquida o se den las bases para su liquidacin; nieguen la devolucin de un ingreso indebidamente percibido, o cualquiera otra clase de agravio en materia fiscal;

    III. De los juicios que promuevan las autoridades estatales y municipales, para que sean nulificadas las resoluciones administrativas favorables a un particular;

    IV. El procedimiento administrativo de ejecucin, cuando el afectado en dicho procedimiento opte por no interponer el recurso ordinario ante las autoridades competentes y cuando afirme:

    a) Que el crdito que se le exige, se ha extinguido legalmente; b) Que el monto del crdito es inferior al exigible; c) Que es poseedor, a ttulo de propietario de los bienes embargados en el

    procedimiento econmico coactivo seguido a otras personas, o acreedor preferente al fisco; y

    d) Que el procedimiento coactivo no se ajust a la ley. En este ltimo caso, la oposicin no podr hacerse valer, sino contra la resolucin que apruebe el remate; salvo que se trate de resoluciones cuya ejecucin material sea de imposible reparacin;

    V. La negativa de una autoridad para ordenar la devolucin de un ingreso ilegalmente

    percibido;

  • 14

    VI. Las resoluciones definitivas que constituyan crditos fiscales, por responsabilidades de los servidores pblicos del Estado, de los ayuntamientos y sus organismos descentralizados;

    VII. Los actos de las autoridades del Estado, cuando por virtud de los convenios de

    coordinacin, los ayuntamientos sufran algn agravio en materia fiscal;

    VIII. Las resoluciones dictadas conforme a una ley especial, que le otorgue competencia al

    Tribunal de lo Administrativo del Estado; y

    IX. Los actos de las autoridades estatales y municipales, relativos a la relacin administrativa

    con sus cuerpos de seguridad pblica.

    3.4.2 PARTES

    Como partes del proceso se identifican las siguientes:

    1. El actor; 2. El demandado. Tendr ese carcter:

    a. La autoridad estatal o municipal que dicte, ordene, ejecute o trate de ejecutar el acto impugnado.

    b. El particular a quien favorezca la resolucin cuya invalidez pida alguna autoridad fiscal de carcter estatal o municipal

    3. El tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensin del actor..

    3.4.3 PROCESO

    El proceso administrativo se encuentra compuesto de las siguientes etapas:

    1. Demanda 2. Contestacin 3. Suspensin 4. Audiencia 5. Sentencia y sus efectos 6. Recurso 7. Cumplimiento de la sentencia 8. Jurisprudencia 9. Medios Alternos de Solucin de controversias

    1. Demanda

    Para estar en posibilidad de interponer una demanda de un proceso administrativo los particulares que pretendan hacerlo debern acreditar su inters jurdico.

  • 15

    El plazo previsto para presentar la demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de Jalisco es de 30 das siguientes a la notificacin o conocimiento del acto impugnado. Cuando se trata de negativa ficta en cualquier tiempo y de lesividad el plazo ser de dos aos.

    Una vez interpuesta la demanda, cumpliendo con los requisitos establecidos, el Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de Jalisco puede admitir la demanda, prevenir al actor para que la subsane, o desechar si es notoriamente improcedente o el actor no cumple con la prevencin.

    2. Contestacin

    Una vez admitida la demanda se notifica a los demandados para que contesten lo que a su derecho convenga. El plazo para contestar la demanda es de 10 das. En el caso de contestar debern acompaar las pruebas que ofrezcan al escrito de contestacin de demanda. Si la parte demandada no contesta dentro del trmino legal respectivo o la contestacin no se refiere a todos los hechos, el tribunal tendr por confesados los hechos que el actor le atribuye de manera precisa, salvo que por las pruebas rendidas legalmente o por hechos notorios, resulten desvirtuados.

    En la contestacin de la demanda y hasta antes del cierre de la instruccin, el demandado podr allanarse a las pretensiones del demandante si se tratare de la autoridad, el magistrado podr ordenar de inmediato la revocacin del acto origen de la demanda o la expedicin del acto que subsane la omisin, segn sea el caso.

    3. Suspensin

    La suspensin de la resolucin o del acto administrativo, podr concederse de oficio, en el mismo auto en que admita la demanda, cuando el acto o resolucin impugnado, de llegar a consumarse, dificultara restituir al particular en el goce de su derecho. El auto que decrete la suspensin debe notificarse sin demora a la autoridad demandada, para su cumplimiento.

    La suspensin tambin podr concederse cuando concurran los siguientes requisitos:

    I. Que lo solicite el particular actor;

    II. Que el solicitante demuestre su inters jurdico; y

    III. Que, de concederse la suspensin, no se siga perjuicio a un evidente inters social o se contravengan disposiciones de orden pblico.

    IV. Que sean de difcil reparacin los daos y perjuicios que se causen al particular con la ejecucin del acto.

  • 16

    Se exigir garanta de otorgamiento de suspensin que pueda ocasionar daos o perjuicios a terceros.

    4. Audiencia

    Cuando hubieren sido ofrecidas pruebas para cuyo desahogo se requiera audiencia o diligencia, se acordar lo conducente a su recepcin. Cuando la naturaleza de la prueba lo determine, se sealar el lugar, as como el da y la hora en los cuales, dentro de los treinta das que sigan a la providencia que los seale, deber tener verificativo la audiencia de recepcin de cada una de las pruebas ofrecidas. La audiencia se celebrar ante la presencia del Magistrado.

    Cuando en un mismo asunto fueren varias las pruebas ofrecidas, el hecho de que alguna de ellas no pueda desahogarse en la fecha sealada no ser motivo para que dejen de recibirse las restantes.

    Una vez desahogadas las pruebas, se dictar auto para que dentro del trmino de cinco das las partes formulen por escrito sus alegatos. El auto dictado en estos trminos, an cuando no lo mencione expresamente, tendr efectos de citacin para sentencia.

    5. Sentencia

    La sentencia deber dictarse dentro de los veinte das que sigan a la notificacin del auto en que se cite para sentencia. Cuando se hagan valer diversas causales de ilegalidad, la sentencia de la Sala deber examinar primero aquellas que puedan llevar a declarar la nulidad lisa y llana del acto o de la resolucin impugnada.

    Se prev el siguiente contenido que deben tener las sentencias del tribunal:

    La fijacin clara y precisa de los puntos controvertidos El examen y valoracin de las pruebas Los puntos resolutivos decretando la validez o nulidad del acto reclamado o el

    sobreseimiento en su caso. Los trminos en que deber ser cumplimentada la sentencia por parte de la autoridad

    demandada.

    Las sentencias que se emiten en el caso de elementos de los cuerpos de seguridad pblica del estado o sus municipios, que hayan sido cesados o removidos de su cargo, por ningn motivo proceder su instalacin o restitucin y, en su caso, slo proceder la indemnizacin constitucional, si result inocente su reinstalacin ser a juicio del patrn.

  • 17

    Las sentencias pronunciadas por el Pleno adquirirn firmeza cuando fueren notificadas a las partes en el procedimiento.

    Especficamente se prev como sentencias que quedarn en firme: las que no admitan ningn recurso; las que admitiendo algn recurso, no fueren recurridas o habindolas sido el recurrente se haya desistido del recurso.

    La aclaracin de sentencia tendr por objeto esclarecer algn concepto o suplir cualquiera omisin que contenga la sentencia sobre puntos discutidos en el litigio, sin alterar la substancia ni el sentido de la misma.

    Las partes podrn formular excitativa de justicia ante el Pleno del Tribunal, cuando la sala o en su caso, el Magistrado Ponente, no dicten la sentencia o no formulen el proyecto respectivo dentro del plazo sealado en la ley.

    6. Recursos El recurso de reclamacin tendr por objeto modificar o revocar la resolucin impugnada. Podr interponerse en contra de las resoluciones que:

    Admitan, desechen o tengan por no interpuesta la demanda, la contestacin, la ampliacin de demanda, su contestacin o las pruebas;

    Decreten o nieguen el sobreseimiento del juicio, con excepcin de cuando se trate de sentencias definitivas;

    Admitan o rechacen la intervencin del coadyuvante o del tercero; Concedan o nieguen la suspensin del acto o resolucin impugnada, o contra las

    que fijen las garantas en el trmite de la suspensin;

    Resuelvan sobre la posibilidad o imposibilidad de la autoridad para cumplir con la sentencia; o

    Resuelvan sobre la procedencia o improcedencia del cumplimiento sustituto, o fijen en cantidad lquida la indemnizacin por tal concepto.

    Las sentencias definitivas podrn ser impugnadas por las partes a travs del recurso de apelacin, el cual tendr por objeto modificar o revocar la sentencia impugnada. La sentencia que se dicte al resolver el recurso de apelacin tendr por efecto confirmar, modificar o revocar la resolucin impugnada

    7. Cumplimiento de la sentencia

    Una vez que la sentencia definitiva que hubiese declarado procedente la pretensin del particular actor haya quedado firme, el magistrado, de oficio o a peticin de parte, dictar

  • 18

    auto concediendo a la autoridad el trmino de quince das para cumplir voluntariamente con la sentencia e informar sobre dicho cumplimiento.

    Transcurrido el trmino a que alude el prrafo anterior sin que la autoridad hubiere dado cumplimiento a la sentencia, se decretar la ejecucin forzosa de la misma. Si existe algn acto material que ejecutar, lo podr hacer la sala por sus propios medios. Si se trata de dictar una nueva resolucin y en la sentencia se hubiese definido el sentido de la misma, el magistrado proceder a dictarla en rebelda de la autoridad, dentro de un trmino que no exceder de cinco das. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir la autoridad demandada.

    Si en la sentencia no se hubiere sealado el sentido de la resolucin que debe dictarse, o para la ejecucin del acto o el dictado de la resolucin requieren mayores elementos tcnicos de aquellos con los que ordinariamente cuenta el tribunal, o cuando por alguna otra causa no sea posible que el tribunal ejecute directamente el acto material a que se refiere el prrafo anterior, se har uso de las medidas de apremio previstas en la ley; si la autoridad tuviese superior jerrquico se le requerir su cumplimiento por tal conducto; si no obstante los anteriores requerimientos y el uso de medios de apremio, por dos ocasiones, no se cumplimenta la resolucin y se trata de una autoridad que no haya sido electa en forma popular, ser separada del cargo. Cuando se trate de autoridades electas popularmente, a peticin de parte, se expedirn copias certificadas de las actuaciones, para que la parte perjudicada por el incumplimiento promueva las responsabilidades que resulten.

    En el caso del Tribunal de lo Administrativo de Jalisco se encuentra previsto el cumplimiento sustituto de las sentencias.

    8. Jurisprudencia

    Conforme a la Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, es facultad del pleno del Tribunal de lo Administrativo fijar la jurisprudencia del mismo, resolviendo las contradicciones existentes en las salas.

    9. Medios alternos de solucin de controversias

    En relacin con este apartado cabe sealar que en el caso del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco no se encuentran previstos mecanismos alternos de solucin de controversias.

  • 19

    4. DIMENSIN DEL PROCEDIMIENTO

    4.1 INGENIERA DE PROCESOS

    Una vez que se describi al tribunal desde la perspectiva jurdica (anlisis formal) en este apartado se analiza a esta institucin desde otra perspectiva, la ingeniera de procesos.

    El primer paso en el anlisis, consisti en analizar el suprasistema que todo OJA debe tener.4 El tribunal, como toda organizacin pblica o privada, se entiende como un sistema de partes interdependientes, sujetas a un sistema lgico, que integra entradas, salidas y procesos internos para la creacin de productos con valor. En el caso que nos ocupa y como se advierte del mapa de suprasistema5, para la realizacin de sus funciones un OJA requiere una serie mnima de insumos, que incluyen por una parte un sistema normativo que lo dote del andamiaje jurdico necesario; y por la otra, recursos humanos, materiales, distintos servicios e infraestructura y presupuesto para su financiamiento. Con lo anterior se estar en condiciones de ofrecer un foro para la resolucin de controversias. Una vez que el foro exista depender de los particulares (juicio de nulidad) o de otras autoridades (juicio de lesividad) accionar los mecanismos jurisdiccionales establecidos y una vez que se accionen dichos procedimientos se podrn generar salidas, idealmente sentencias que resuelvan controversias.

    El siguiente nivel de anlisis consiste en la definicin de la cadena de valor del OJA6. En ella se observan siete macroprocesos primarios que abarcan el trmite de primera instancia, trmite de segunda instancia, ejecucin de la sentencia, trmite de recurso de reclamacin, trmite de suspensin, trmite de amparo y notificacin; as como los macroprocesos de soporte denominados: planeacin, asesora y defensa jurdica, archivo, ejercicio del presupuesto, administracin de materiales y servicios generales, administracin de recursos humanos, administracin de tecnologa de informacin y administracin de acceso a la informacin (transparencia).

    El tercer, y ltimo, nivel de anlisis cosiste en el mapeo especfico de los macroprocesos primarios identificados en la cadena de valor.7

    4 Un suprasistema puede entenderse como una representacin en donde se muestra a la Organizacin, en nuestro caso un OJA, como un sistema nico que interacta con su entorno. Es la representacin de la organizacin con los insumos, productos, la competencia, el entorno poltico, social y cultura. 5 Vase Anexo 1, infra. 6 La Cadena de Valor es el medio por la cual la Organizacin genera, intercambia y entrega productos y/o servicios al mercado. As, se trata de una representacin de las actividades primarias y de soporte que requiere la organizacin. Vase Anexo 2, infra. 7 Los resultados del mapeo realizado se encuentran en archivo adjunto.

  • 20

    4.2 ANLISIS DE EXPEDIENTES Y ESTADSTICA DESCRIPTIVA

    En el presente apartado se incorporan una serie de datos estadsticos con el propsito de explicar el comportamiento de la oferta y la demanda de servicios judiciales en materia administrativa en el estado. La informacin aqu reportada fue obtenida de la estadstica en materia de justicia administrativa que fue proporcionada por el OJA mediante archivo electrnico.

    4.2.1 DEMANDA DE SERVICIOS JUDICIALES EN MATERIA ADMINISTRATIVA

    La presente seccin, que reporta y sistematiza la informacin recabada en materia de anlisis de expedientes y estadstica descriptiva, se encuentra dividida en dos secciones: demanda de tutela judicial y oferta de servicios judiciales. En la primera se describe los datos relacionados con el nmero de demandas que se presentan ante el OJA, la naturaleza del actor, la materia del acto impugnado, la autoridad responsable y la cuanta de los asuntos que se presentan.

    Por su parte, la seccin sobre oferta incorpora las principales variables relacionadas con la actuacin del OJA. As, se incorporan datos sobre duracin promedio de los asuntos, el nmero y sentido de los fallos emitidos, la tasa de amparo que se interpone, el nmero y tipo de notificaciones que se realizan, as como los recursos presupuestarios y de personal con los cuales el OJA enfrenta sus cargas de trabajo.

    4.2.1.1 DEMANDA DE TUTELA JUDICIAL

    El primer indicador identificado se refiere al nmero de asuntos que ingresan al OJA, es decir, las demandas que son presentas por la parte actora. Como se desprende de la siguiente tabla el nmero de stas, en trminos absolutos, presenta un incremento en los ltimos tres aos, siguiendo la tendencia nacional. La siguiente tabla resume lo anterior, al mismo tiempo que incorpora los datos sobre admisiones, desechamientos y desistimientos.

    Estado AoDemandas recibidas

    Demandas admitidas

    Demandas desechadas

    Prevenciones Incompetencia Desistimientos

    2006 1,495 1,204 315 430 0 02007 1,622 1,211 342 477 0 02008 1,982 1,605 394 481 0 0

    Jal isco

    As, para el ao pasado (2008) se recibieron 1,982 demandas, de las cuales 1,605 fueron admitidas. Estos asuntos, sumados a los expedientes en trmite ingresados en aos anteriores menos los desistimientos conforma la carga de trabajo que enfrenta el OJA.

  • 21

    Por otro lado, el nivel de litigiosidad8, tal como se ilustra en la siguiente tabla, nos indica que por cada cien mil habitantes se presentan 29.35 demandas, mientras que los datos agregados nos indican que en el mbito nacional se presentan 53.49 demandas por cada cien mil habitantes.

    Entidad AoDemandas recibidas

    Poblacin (Censo 2005)

    PEA (INEGI,2009)

    Demandas/Pob

    Demandas/PEA

    Por cada 100,000

    habitantes (Censo)

    Por cada 100,000

    habitantes (PEA)

    Jalisco 2008 1,982 6,752,113 3,088,598 0.0002935 0.0006417 29.35 64.17Agregado* 2008 33,263 62,187,296 27,669,529 0.0005349 0.0012022 53.49 120.22

    *Los datos de la categora "Agregado" contemplan la informacin de Aguascalientes, Campeche, Chiapas, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de Mxico, Guanajuato, Jalisco, Michoacn, Nayarit, Nuevo Lon, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.

    4.2.1.2 MATERIA

    De acuerdo a los datos reportados por el tribunal la mayora de los asuntos atendidos se clasifican como materia administrativa.

    Materia

    OJA Ao Administrativa Fiscal

    Jalisco

    2006 1,350 165

    2007 1,503 166

    2008 1,837 186

    4.2.1.3 RGANOS A QUIEN CONCIERNE LA LITIGIOSIDAD

    No se reportan datos ya que el equipo consultor no cont con la informacin necesaria.

    4.2.1.4 CUANTA

    No se reportan datos ya que el equipo consultor no cont con la informacin necesaria.

    4.2.1.5 NIVEL DE APELACIN

    A continuacin se reporta el nmero de nmero de recursos de revisin o su equivalente interpuestos:

    8 Para fines del presente el nivel de litigiosidad es igual al cociente del nmero de demandas ingresadas entre la poblacin total del Estado. El mismo clculo se hizo considerando la poblacin econmicamente activa (PEA) y para ambos casos se presenta la proporcin por cada cien mil.

  • 22

    Estado AoRecursos de

    revisin interpuestos

    2006 158

    2007 1392008 232

    Jalisco

    4.2.2 OFERTA DE SERVICIOS JUDICIALES EN MATERIA ADMINISTRATIVA

    4.2.2.1 DEFENSORA

    El rea del tribunal encargada de brindar servicios de asesora jurdica de forma gratuita reporta los siguientes datos estadsticos:

    Estado Ao

    Demandas presentadas en la oficiala de partes

    del tribunal

    Material fiscal

    Materia administrativa

    Trnsito Prevenciones Sentencias notificadas

    2006 78 21 31 26 8 45

    2007 83 22 33 28 7 512008 89 24 35 30 5 56

    Jalisco

    DEFENSORA JURDICA

    4.2.2.2 SUSPENSIN

    De acuerdo a los datos reportados por el tribunal en periodo analizado se concedieron el siguiente nmero de suspensiones.

    OJA Ao Suspensiones concedidas

    Jalisco 2006 383 2007 380 2008 472

    4.2.2.3 TIEMPOS PROCESALES

    No se reportan datos ya que el equipo consultor no cont con la informacin necesaria.

  • 23

    4.2.2.4 FALLOS

    En relacin al nmero fallos que se emiten, los datos estadsticos proporcionados sealan una produccin promedio de 1,665 sentencias en el 2008. La siguiente grfica ilustra la comparacin entre los datos individuales del OJA y los promedios nacionales9.

    1605

    394

    1957

    195

    1665

    Demandas admitidas

    Demandas desechadas

    Total Sentencias pronunciadas

    Jalisco Promedio nacional

    Demandas Admitidas

    Demandas Desechadas

    Total de Sentencias Pronunciadas

    Total Nacional 2008 29797 2977 25480Jalisco 2008 1605 394

    En relacin al sentido de las sentencias pronunciadas se observa una muy alta tasa de nulidad 754 casos y una muy baja tasa de validez del acto impugnado, con slo 228 casos.

    Estado Ao Nulidad Validez Sobreseimientos

    2006 613 291 269

    2007 647 255 297

    2008 754 228 335

    Jalisco

    Sentido de sentencias pronunciadas

    La siguiente grfica ilustra la comparacin entre los datos individuales del OJA y los promedios y totales nacionales10.

    9 Promedio nacional est integrado por los datos proporcionados por los estados de: Aguascalientes, Campeche, Chiapas, Colima, Distrito Federa, Estado de Mxico, Guanajuato, Jalisco, Michoacn, Nayarit, Nuevo Len, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.

  • 24

    754

    228335

    1397

    169220

    Nulidad

    ValidezSobreseimientos

    Jalisco Promedio Nacional

    Nulidad Validez SobreseimientosTotal Sentencias

    pronunciadas

    Totales OJA Estatal 2008 754 228 335 1,317Totales Nacionales 2008 20,959 2,528 3,301 26,788

    4.2.2.5 APELACIN DE FALLOS

    La legislacin local no contempla recurso de revisin o su equivalente.

    4.2.2.6 AMPARO

    A continuacin se presenta en la siguiente grfica el nmero de demandas admitidas, sentencias pronunciadas y amparos tramitados, as como el promedio y total nacional.

    10 Promedio nacional est integrado por los datos proporcionados por los estados de: Aguascalientes, Chiapas, Colima, Distrito Federa, Estado de Mxico, Guanajuato, Jalisco, Michoacn, Nayarit, Nuevo Len, Oaxaca, Quertaro, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.

  • 25

    ND: datos no disponibles

    1862

    1593

    79

    1982

    232

    Demandas Admitidas

    SentenciasAmparos

    Promedio Nacional Jalisco

    ND

    Demandas Admitidas

    Sentencias Amparos

    Total Nacional 2008 35245 25480 1071Jalisco 2008 1982 232

    4.2.2.7 NOTIFICACIONES

    No se reportan datos ya que el equipo consultor no cont con la informacin necesaria.

  • 26

    4.2.2.8 MAPA DE FLUJO CON ESTADSTICA

    AdmitirDemanda con ofrecimiento de

    pruebas y anexos

    Celebracin de audiencia y

    emisin de fallo

    Demandante

    Contestacin

    Admisin de la demanda

    Asesora jurdica

    Demanda asesorada con ofrecimiento de

    pruebas y anexos

    Notificacin

    Notificacin

    Notificacin

    Archivo

    Demandado Presentacin de contestacin

    Tercero perjudicado

    Cumplimiento de sentencia

    Archivo

    Prevenir

    Desechar

    O O

    Y

    O

    Y

    Presentacin de escrito

    Validez

    Nulidad

    Sobreseimiento

    Y/O O Amparo

    Notificacin

    Archivo

    Cumplimiento de sentencia

    Y/OSuspensin

    554 personas atendidas

    1,982 demandas recibidas

    1,605 demandas admitidas

    394 demandas

    desechadas

    89 demandas

    presentadas

    89 demandas admitidas

    Desistimiento

    0 desestimientos

    0 casos de incompetencia

    481 prevenciones

    472 suspensiones

    653 Audiencias celebradas

    754 casos

    1,317 sentencias

    228 casos

    335 casos

    1,071 amparos

    interpuestos

    Cargas de trabajo 2008

    Rec. de revisin

    232 recursos interpuestos

  • 27

    5. DIMENSIN ORGANIZACIONAL

    El presente documento contiene los resultados del anlisis organizacional realizado a partir de la informacin documental recabada a travs de los cuestionarios diseados, informacin pblica, as como hallazgos de las visitas de campo realizados.

    5.1 ANLISIS DE LAS ESTRUCTURAS ORGNICAS

    El anlisis de la estructura orgnica describe al OJA en funcin a su naturaleza y al nmero de instancias con las que cuenta; de igual forma, siguiendo los resultados del diagnstico nacional, se plantea una clasificacin o tipologa de tres estructuras organizacionales genricas que dimensionan a las estructuras de los OJA conforme a los organigramas vigentes durante el 2008 proporcionados para este anlisis; y por otro lado, la relacin entre dichos modelos de organizacin y diferentes indicadores de desempeo como son su tamao en trminos de personal y en trminos de juicios que reciben.

    En la actualidad existen 29 rganos de Justicia Administrativa en el pas que se encuentran distribuidos en dos tendencias conforme a su naturaleza11: pudiendo ser rganos autnomos, incorporados en el Poder Ejecutivo; o bien, como rganos en el Poder Judicial. La distribucin nacional es la siguiente:

    1 Baja California 1 Aguascalientes2 Colima 2 Baja California Sur3 Distrito Federal 3 Campeche4 Durango 4 Chiapas5 Guanajuato 5 Hidalgo6 Guerrero 6 Jalisco7 Estado de Mxico 7 Morelos8 Michoacn 8 Quintana Roo9 Nayarit 9 Tlaxcala

    10 Nuevo Len 10 Veracruz11 Oaxaca 11 Zacatecas12 Quertaro13 San Luis Potos14 Sinaloa15 Sonora16 Tabasco17 Tamaulipas18 Yucatn

    Distribucin nacional de OJA en funcin de su

    naturaleza

    Autnomo Poder Judicial

    11 Naturaleza: Determinada a partir del documento sobre la naturaleza de los OJA presentado por la Asociacin de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos A.C. y conforme a la Plantilla base.

  • 28

    En lo que respecta a las instancias con las que cuenta cada OJA12 se identifica que la distribucin es casi equitativa, los rganos que son de ndole binstancial representan el 55%, mientras que el 45% restante es de tipo uninstancial. A continuacin se presenta la distribucin nacional de los OJA en funcin a las instancias con las que cuentan.

    1 Aguascalientes 1 Baja California2 Baja California 2 Campeche3 Colima 3 Chiapas4 Michoacn 4 Distrito Federal5 Morelos 5 Durango6 Quintana Roo 6 Estado de Mxico7 San Luis Potos 7 Guanajuato8 Sonora 8 Guerrero9 Tabasco 9 Hidalgo

    10 Tamaulipas 10 Jalisco11 Tlaxcala 11 Nayarit12 Yucatn 12 Nuevo Len13 Zacatecas 13 Oaxaca

    14 Quertaro15 Sinaloa16 Veracruz

    Distribucin nacional de OJA en funcin de sus instancias

    Unistancial Binstancial

    A partir de los organigramas obtenidos en el levantamiento documental realizado en el diagnstico nacional, se pudieron identificar caractersticas genricas respecto a la estructura organizacional de los diferentes OJA. Dichas caractersticas genricas, que permiten agrupar los diferentes tipos de estructuras orgnicas en 3 tipos genricos, parten de los elementos que integran la estructura, entre dichos elementos se encuentran: la centralizacin de su operacin, la especializacin de funciones y la organizacin en unidades segmentadas.

    Para fines comparativos en funcin a su estructura orgnica, los OJA se pueden clasificar bajo tres esquemas genricos de estructura. A partir del alcance en la variedad de sus puestos para cubrir las funciones organizacionales y operativas que requieren, se nombraron como estructura simple, mediana y compleja, con algunas variaciones y a partir de las siguientes caractersticas:

    12 Instancias con las que cuenta cada OJA: Determinada a partir de la Plantilla base.

  • 29

    SIMPLE MEDIANA COMPLEJA

    La coordinacin del OJA ocurre a partir de su representante mximo, ya sea el Magistrado Presidente o el Pleno.

    Generalmente son estructuras con lnea de reporte directo hacia el Magistrado.

    Cuentan con pocos empleados administrativos y de nivel medio.

    Su personal se concentra en funciones directamente ligadas con la operacin de la materia del OJA, aunque pueden combinar realizando tambin funciones de soporte o apoyo (RH, Contralora, Informtica, entre otros).

    Tanto la supervisin de actividades, como las autorizaciones y rdenes de operacin son directamente realizadas por el Magistrado Presidente o Pleno.

    La coordinacin del OJA ocurre a partir de su representante mximo, ya sea el Magistrado Presidente o el Pleno.

    El OJA se organiza de forma segmentada, es decir, cuenta con unidades paralelas de operacin: las Salas auxiliares o Regionales.

    Cuentan con pocos empleados administrativos, pero aumenta el nmero de empleados en nivel medio, e.g. al ser ms salas aumenta el nmero de Magistrados y/o Secretarios.

    Su personal sigue concentrndose en funciones directamente ligadas con la operacin de la materia del OJA, aunque puede combinar realizando tambin funciones de soporte o apoyo (RH, Contralora, Informtica, entre otros).

    En este caso el reporte puede ser directo a un Magistrado, el responsable de cada sala, pero indirecto hacia el Magistrado Presidente o el Pleno.

    Cada Magistrado de Sala tiene cierta autonoma, aunque se espera estandarice sus resultados y su operacin conforme a la lnea del Magistrado Presidente o Pleno.

    La coordinacin del OJA ocurre a partir de su representante mximo, ya sea el Magistrado Presidente o el Pleno.

    El OJA puede o no organizarse de forma segmentada, aunque en su mayora cuenta con unidades paralelas de operacin: las Salas auxiliares o Regionales.

    Este tipo de estructuras cuentan con empleados administrativos al igual que con mayor nmero de empleados en nivel medio.

    Cuenta con personal especializado, sobre todo distinguiendo a su personal conforme a las funciones de procesos sustantivos, de su personal de soporte o apoyo (RH, Contralora, Informtica, entre otros).

    El reporte puede ser directo a un Magistrado, el responsable de cada sala, pero indirecto hacia el Magistrado Presidente o el Pleno, puesto que existen mayor nmero de niveles jerrquicos de reporte y reas funcionales.

    Cabe mencionar que estas estructuras tipo son slo una forma genrica propuesta de clasificacin, no son idnticas a las estructuras actuales de cada OJA ni buscan ser limitativas, simplemente sirven de parmetro comn para establecer comparaciones dentro del presente anlisis. La siguiente tabla presenta la clasificacin genrica de cada Entidad conforme a las caractersticas de la estructura de cada OJA presentados en presentados en su organigrama.

    OJA NATURALEZA ESTRUCTURA TIPO

    Jalisco TCA Compleja Cuenta con diferentes salas, al igual que con reas que realizan funciones de soporte o apoyo como la Direccin de administracin, RH y Contabilidad.

  • 30

    La estructura de tipo compleja, adems de incrementar el alcance geogrfico o de cobertura, comprende tambin puestos especficos para cubrir las funciones de soporte o apoyo. La imagen siguiente brinda una imagen genrica de este tipo de estructura.

    Estructura Compleja

    La estructura tipo o diseo organizacional que elige cada OJA al organizarse lo va determinando la evolucin y complejidad que va teniendo, as como a las necesidades de descentralizar su operacin y especializar sus funciones ya sea en procesos sustantivos o de soporte; por ende existen rganos productivos en los tres tipos de estructuras.

    Por otro lado, el anlisis de la relacin existente entre la plantilla de cada OJA o su personal operando13 y el nmero de juicios14 que se atienden nos permiten una aproximacin a su productividad15 en trminos de promedio de juicios atendidos por personas16 que laboran en el mismo. Los datos obtenidos son los siguientes:

    13 Personal operando: Se refiere al nmero total de personal que labora en cada rgano de Justicia Administrativa (OJA), incluyendo personal jurisdiccional y administrativo, reportado en la seccin de datos generales del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. 14 Nmero de juicios: Se refiere al nmero de demandas recibidas en el 2008, cifra reportada en el resumen anual de actividades de cada OJA conforme a la estadstica bsica solicitada. 15 La forma ms simple de calcular la productividad de un tribunal es la que resulta de dividir las entradas (demandas ingresadas) o las salidas (sentencias) por el nmero de personas que trabajan en la institucin. 16 Promedio de juicios atendidos por personas: Se refiere al indicador calculado entre el nmero de juicios y el personal operando en cada OJA. Cabe mencionar que para este anlisis no se diferenci el personal jurisdiccional del administrativo, de manera que el promedio de juicios atendidos por personas contempla la totalidad del personal del OJA.

  • 31

    Distribucin nacional de juicios atendidos por persona

    Plantilla Total Juicios recibidos Juicios por persona

    Jalisco 74 2357 32

    29Promedio Nacional Fuentes: Cuestionarios y Fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados, informes de labores de los aos 2008 y 2009.

    As, la productividad del tribunal es inferior al promedio nacional, tal como se muestra en la siguiente grfica.

    Otro anlisis realizado en funcin a las estructuras orgnicas de los tribunales fue el de la relacin entre el nmero de salas17 con las que cuenta cada OJA y el promedio de juicios atendidos por sala18. Obteniendo un promedio nacional de 566 juicios atendidos por sala al ao19.

    17 Nmero de Salas: Se refiere al nmero de salas regionales o auxiliares de cada rgano de Justicia Administrativa (OJA), reportado en la seccin de datos generales del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. En caso de no haber presentado este dato, la informacin se complement a partir del documento sobre la naturaleza de los OJA presentado por la Asociacin de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos A.C. 18 Promedio de juicios atendidos por sala: Cifra calculada a partir del nmero de juicios entre el nmero de salas reportados por cada OJA. 19 Promedio nacional de juicios atendidos por sala: Se refiere a la cifra representada por el promedio de los promedios de juicios atendidos por Sala de cada OJA. Para este anlisis se consider como salas unitarias a los OJA que son parte de algn Tribunal de Justicia Superior e.g. Baja California Sur, Campeche y Tlaxcala.

  • 32

    Distribucin nacional de juicios atendidos por sala.

    Salas (Regionales,

    Superiores, Supernumerarias).

    Juicios recibidosJuicios atendidos

    por Sala

    Jalisco 6 2357 393566Promedio Nacional

    Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados, reporte Asociacin de Magistrados de Tribunales de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos A.C. respecto a la naturaleza de los OJA.

    La siguiente tabla muestra la relacin entre el nmero de asuntos que cada magistrado atiende.

    Distribucin nacional de juicios promedio atendidos por los magistrados de los OJA

    Magistrados por Tribunal

    Juicios recibidosJuicios atendidos por Magistrado

    Jalisco 6 2357 393342Promedio Nacional

    Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados, organigramas de los tribunales vigentes en los aos de 2008 y 2009.

    As, la productividad por magistrado es superior al promedio nacional, tal como se muestra en la siguiente grfica.

    Finalmente, se estableci la relacin existente entre el nmero de magistrados y algunas variables. En particular se calcularon los siguientes cocientes:

    Poblacin entre nmero de magistrados; Poblacin econmicamente activa (PEA) entre nmero de magistrados, y Cobertura geogrfica de la jurisdiccin (territorio estatal en km2) entre nmero de

    magistrados.

  • 33

    EstadoTotal de

    MagistradosPoblacin

    (Censo 2005)

    PEA (Segundo trimestre

    del 2009)

    Territorio

    (km2)

    Poblacin/Nmero de magistrados

    PEA/Nmero de

    magistrados

    Km2/Nmero de magistrados

    Jalisco 6 6,752,113 3,088,598 80,137 1,125,352 514,766 13,356Agregado Nacional 106 73,987,642 33,123,117 1,075,184 697,997 312,482 10,143

    El agregado nacional est compuesto por los datos levantados en los estados de: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Chiapas, Distrito Federal, Durango, Guanajauto, Hidalgo, Mxico, Michoacn, Morelos, Nayarit, Nuevo Len,

    Oaxaca, Quertaro, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatn y Zacatecas.

    Por otra parte, se replica el anlisis realizado para el caso de los magistrados y se calcula la relacin existente entre secretarios por OJA20 y juicios recibidos.

    Distribucin nacional de juicios promedio atendidos por los secretarios de los OJA

    Secretarios por OJA Juicios recibidosJuicios

    atendidos por Secretario

    Jalisco 16 2357 147170Promedio Nacional

    Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados, organigramas de los tribunales vigentes en los aos de 2008 y 2009.

    5.2 ANLISIS CURRICULAR DEL PERSONAL CLAVE DE LOS OJA

    El anlisis realizado al perfil del personal de los rganos de Justicia Administrativa (OJA) se enfoca al puesto de los magistrados. Este anlisis aborda los requisitos legales para ocupar el cargo de magistrado21. Partiendo del anlisis legal se realiz tambin un anlisis de los perfiles actuales conforme a la currcula de los magistrados en funciones22, especialmente abarcando nivel de escolaridad, actualizacin y caractersticas generales de experiencia y su relacin con el nmero de juicios atendidos por OJA y por magistrado, as como con el tamao del OJA en cuanto cobertura geogrfica (en trminos de salas si se trata de un tribunal) y presupuesto asignado por cada rgano de Justicia Administrativa23.

    20 Secretarios por OJA: Se refiere al nmero total de secretarios de las salas regionales o auxiliares de cada rgano de Justicia Administrativa (OJA), reportado en la seccin de datos generales del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. 21 Requisitos legales para ocupar el cargo de magistrado: Determinados conforme a los requisitos para ser magistrado del tribunal, tomando como fuente la matriz de perfiles y funciones. 22 Currcula de los magistrados en funciones: Informacin obtenida a partir de la ficha curricular de funcionarios judiciales, en el caso del gnero de cada magistrado se obtuvo de la seccin de datos generales, entregada por cada OJA como parte del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional. 23 Presupuesto asignado: Se refiere a la cifra del presupuesto total asignado al tribunal en el 2008 reportado en la seccin de datos presupuestales del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA.

  • 34

    En cuanto a la descripcin demogrfica de la muestra de magistrados se consideraron las distribuciones en cuanto a gnero y edad a partir de una muestra de 23 rganos de Justicia Administrativa que entregaron los cuestionarios y fichas curriculares de sus magistrados. Partiendo de dicha informacin, se identific que la edad promedio de los magistrados a nivel nacional es de 53 aos, con un rango que oscila entre 38 y 67 aos. La siguiente grfica muestra la distribucin de edad por OJA.

    Por su parte, la distribucin de gnero de los magistrados a nivel nacional es representada por 74% masculino y 26% restante femenino. La siguiente grfica muestra la distribucin especfica de este OJA.

    Tabla de gnero de magistrados por OJA

    F M Total

    Jalisco 1 5 6Total Nacional 31 86 117

    Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados.

    Adicionalmente, y se encontraron los siguientes indicadores en materia de gnero.

    En caso de no haber presentado este dato, la informacin se complement a partir los informes de labores de 2008 reportados por los OJA, o publicados en el portal de internet.

  • 35

    Estado H M Total H M Total H M Total H M Total H M Total H M Total M H TotalJalisco 5 1 6 17 8 25 9 5 14 9 6 15 51 51 102

    Porcentaje 83 17 100 68 32 100 64 36 100 60 40 100 50 50 100Agregado Nacional 64 23 89 120 141 261 57 43 100 37 25 62 24 44 68 33 16 49 680 649 1328

    Porcentaje 72 26 98 46 54 100 57 43 100 60 40 100 35 65 100 67 33 100 51 49 100

    El agregado nacional fue compuesto por los estados de: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacn, Morelos, Nayarit, Nuevo Len, Oaxaca, Quertaro, Sinaloa,

    Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatn y Zacatecas.

    Nmero total de personal

    que labora en el Tribunal

    (incluir personal

    jurisdiccional y administrativo)

    Nmero total de

    magistrados y/o jueces que

    integran el tribunal

    Nmero total de secretarios en el tribunal

    (incluye proyectistas y de

    acuerdos)

    Nmero total de actuarios o notificadores en el tribunal

    Total de magistrados

    y/o jueces de las salas

    regionales o auxiliares

    Total de secretarios de las salas

    regionales o auxiliares (incluye

    proyectistas y de

    acuerdos)

    Total de actuarios o

    notificadores de las salas

    regionales o auxiliares

    Nomeclatura: Hombre (H); Mujer (M)

    A partir de la currcula recibida por parte de los magistrados, se realiz un anlisis para identificar la relacin existente entre el perfil educativo, nivel de escolaridad y actualizaciones, de estos actores clave de los OJA y su relacin con el desempeo de cada rgano.

    Para identificar las posibles relaciones entre el nivel de escolaridad de los actores clave, en este caso los magistrados, y el desempeo de los OJA; se analiz en primera instancia la distribucin nacional de magistrados de acuerdo a su nivel de escolaridad (distribucin de escolaridad por OJA24). Para el caso que nos ocupa los datos obtenidos son los siguientes:

    Distribucin de escolaridad de los magistrados por OJA.

    Magistrados por OJA Licenciatura Maestra Doctorado

    Jalisco 6 1 2 3

    Escolaridad

    Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados.

    24 Distribucin de Escolaridad por OJA: Representa el nmero de magistrados a nivel nacional por grado acadmico (licenciatura, maestra o doctorado). Distribucin considerada a partir de la escolaridad reportada por cada magistrado que entreg su ficha curricular como parte del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA.

  • 36

    Escolaridad de los magistrados y relacin con los juicios atendidos en promedio.

    Licenciatura Maestra DoctoradoClasificacin de

    EscolaridadJuicios atendidos por

    Magistrado

    Ja l i sco 1 2 3 3 393

    Total Nacional 48 41 11 342

    Escolaridad

    En lo que respecta al rubro de clasificacin de escolaridad, 1 se refiere a nivel licenciatura, 2 a nivel maestra y 3 a nivel doctorado, asignados conforme a la mayora de magistrados registrados con el nivel de escolaridad. Fuentes: Cuestionarios y fichas curriculares solicitados a los tribunales y/o salas de los Estados.

    Por otra parte, se analiz los niveles de actualizacin que los magistrados mantienen. Los datos especficos son los siguientes:

    Distribucin de actualizaciones de magistrados por cada OJA.

    Magistrados por OJA Cursos / Diplomados /

    Conferencias / Etc. Porcentaje de Magistrados

    que se actualizan

    Jalisco 6 3 50%

    Nomenclatura: ND No se puede determinar. Los campos vacios se deben a informacin no proporcionada. El indicador de Actualizaciones se refiere al nmero de Magistrados por Tribunal que manifest mantenerse actualizado a travs de cursos, diplomados, talleres, conferencias, etc. Fuentes: Cuestionarios y Fichas Curriculares solicitados a los Tribunales y/o Salas de los Estados.

    5.3 ANLISIS DE PRCTICAS EN MATERIA DE ORGANIZACIN

    Este anlisis abarca el anlisis de las prcticas de cada rgano de Justicia Administrativa (OJA) en cuanto a los procesos de recursos humanos y al uso de tecnologa como prctica organizacional. Por una parte se identifican las caractersticas generales en cuanto al uso de tecnologa25 (PCs, redes, programas y sistemas) por OJA; as como las relaciones existentes entre procesos de desempeo individual (remuneracin, evaluacin e incentivos) de los magistrados26 con respecto al desempeo del OJA a su cargo.

    25 Caractersticas generales en cuanto al uso de tecnologa: se refiere a la informacin respecto al nmero de PCs, uso de redes, sistemas o programas, digitalizacin de expedientes, entre otros datos, obtenidos de la seccin de infraestructura y tecnologas de la informacin del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. 26 Procesos de desempeo individual de los magistrados: Se refiere a los mecanismos y criterios utilizados para evaluar el desempeo de los magistrados y/o jueces del tribunal, as como los

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    En relacin al uso de tecnologa como prctica organizacional, se calcul la proporcin de PCs utilizadas por persona27, y se identific la existencia de redes internas y externas28. Al respecto, se encontr lo siguiente:

    Distribucin de uso de tecnologa por OJA

    OJA Plantilla

    Total PC's por Tribunal

    Promedio PC's por persona

    Red interna

    Red interna relacionada con otras redes estatales o nacionales

    Jalisco 74 91 1.23 1 2

    Nomenclatura: Espacios en blanco se deben a falta de informacin; 1 = Si; 2 = No. Fuentes: Seccin de infraestructura y tecnologas de la informacin del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA.

    En relacin al tipo de programas utilizados, as como las funciones que desempean, se encontr lo siguiente:

    Sistemas o programas diseados para los OJA y actividades para las que son utilizados

    OJA

    Sistemas o programas diseados

    para el TCA

    Gestin de

    asuntos Estadstica

    Comunicacin interna

    Comunicacin con los

    usuarios

    Consulta de

    legislacin

    Consulta de decisiones judiciales

    Ayuda a la elaboracin

    de sentencias Otros

    Jalisco 1 X X X X X X

    Nomenclatura: Espacios en blanco se deben a falta de informacin; 1 = Si; 2 = No; OP = Oficiala de Partes; A = Administrativos. Fuentes: Seccin de infraestructura y tecnologas de la informacin del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA.

    En cuanto a los procesos de desempeo individual y por OJA, se identific que en lo general no existe regulacin en cuanto a qu parmetros considerar para designar la proporcin de la retribucin, o incrementos de la misma, en relacin a variables como el presupuesto total del OJA, tamao o alcance geogrficos de los mismos o algn otro factor ligado a la productividad del rgano.

    En relacin a los recursos presupuestarios con los que cuenta el tribunal, los datos reportados para los ltimos aos son los siguientes:

    mecanismos institucionales de incentivos, reportados en la seccin de evaluacin del desempeo del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. 27 Proporcin de PCs utilizadas por persona: Se refiere a la divisin del nmero de PCs entre la plantilla total reportadas por cada OJA en la seccin de infraestructura y tecnologas de la informacin y en la seccin de datos generales del Cuestionario de diagnstico del funcionamiento del sistema de imparticin de justicia en materia administrativa a nivel nacional presentado por cada OJA. 28 Por red externa se entiende la infraestructura que permita realizar interconexiones a otras redes de informacin, ya sean estatales o nacionales.

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    ESTADO AO PRESUPUESTO

    2006 $26,644,280.00

    2007 $41,100,900.00

    2008 $46,355,800.00

    Jalisco

    Por su parte, la siguiente tabla resume el monto de presupuesto para el ao 2008, as como su relacin con el Producto Interno bruto Estatal (PIBE).

    ESTADOPoblacin

    (censo 2005)PEA

    (INEGI,2009)PIBE 2007

    Presupuesto 2008

    Prep. como % del PIBE

    Jalisco 6,752,113 3,088,598 $677,227,000 $46,355,800 6.84%Para hacer este calculo se contemplaron el presupuesto ejercido por los