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50ma CONFERENCIA DE LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS San Juan Puerto Rico del 24 al 28 de Junio de 2.014 COMITÉ DE CORRUPCIÓN Y LAVADO DE DINERO LA AUDITORIA FORENSE COMO MECANISMO CONTABLE PARA LA PREVENSIÓN Y DETECCIÓN DEL LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS Por Jairo Revilla Duarte CAPITULO I HISTORIA El primer ejército que contaba con una estructura definida, en el tiempo de los “caballeros templarios”, de la primera cruzada en el año de 1118. Su vestimenta se caracterizaba por 1

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Page 1: Jairo Re Villa Auditor For

50ma CONFERENCIA DE LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS

San Juan Puerto Rico del 24 al 28 de Junio de 2.014

COMITÉ DE CORRUPCIÓN Y LAVADO DE DINERO

LA AUDITORIA FORENSE COMO MECANISMO CONTABLE PARA LA PREVENSIÓN Y DETECCIÓN DEL

LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS

Por Jairo Revilla Duarte

CAPITULO I

HISTORIA

El primer ejército que contaba con una estructura definida, en el tiempo de los

“caballeros templarios”, de la primera cruzada en el año de 1118. Su vestimenta

se caracterizaba por un traje blanco acompañado de una cruz en el centro. Con

ello, la orden llegaría a tener el respaldo de la santa sede y de las monarquías

europeas en su conjunto, quienes tuvieron su origen en un pequeño grupo de

nueve caballeros seculares que formaron una orden. Ellos fueron el primer ejército

que contaba con una estructura definida, práctica administración de recursos y

estrategias. Su vestimenta se caracterizaba por un traje blanco acompañado de

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una cruz en el centro. Con ello, la orden llegaría a tener el respaldo de la santa

sede y de las monarquías europeas en su conjunto.

El Papa Inocente II eximió a la orden de responder a las leyes del hombre y junto

con la creación de distintos capítulos o sedes de la orden a través de Europa, en

180 años, los Templarios obtuvieron un poder capaz de desafiar a todos los tronos europeos. Durante esa época, la Iglesia prohibía los préstamos con

intereses, lo cual era condenado como usura.

La astucia y visión de los Templarios les habilitó el cambiar la manera en que

los préstamos eran pagados y fueran capaces de evitar esta prohibición,

financiando incluso a reyes. Debido a su vasta riqueza, exceso de materiales y

administración, los historiadores consideran que los Templarios inventaron los

servicios y sistema bancario como lo conocemos ahora.

Con el paso de los años, el concepto de lavado de dinero surge en el tiempo de

las grandes mafias en Chicago y Nueva York en 1899, proveniente de una familia

de inmigrantes “Al Capone”, solo asistió a la escuela hasta el sexto grado y ahí

se une a una pandilla callejera, liderada por Johnny Torrio e integrada por otros

connotados futuros mafiosos como Lucky Luciano y Meyer Lansky, quien luego

pasó a ser el cerebro financiero del grupo de Capone, y después la mente

financiera escondida de las Vegas.

Por los años de 1920, Al Capone se unió a Torrio en Chicago, quien se tornó

en el hombre fuerte de la familia Colosito. Los disturbios que se originaron debido

a la “prohibición de alcohol o Ley Volstead”, crearon un campo fértil para que

surgieran las “industrias criminales de mayor crecimiento”: la preparación,

destilación y distribución de la cerveza y licor. Torrio, apoyado por Capone, decidió

hacer suyo el tema y con el objetivo de brindar la “apariencia” de hombres de

negocio, desarrollaron intereses en negocios como el lavado y entintado de

textiles, para de esta forma crear empresas de pantalla. Debido a la sugerencia de

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Meyer Lansky, administrador del Grupo Torrio-Capone, las ganancias

provenientes de las actividades ilícitas eran presentadas como parte de los

ingresos del negocio de lavado de textiles y así eran declarados al Fisco de los

Estados Unidos de América. Las ganancias provenientes de extorsión, tráfico de

armas, alcohol y prostitución se combinaban con las de lavado de textiles y con

ello logró sorprender por bastante tiempo a las autoridades norteamericanas. Es

en este momento que surge el concepto de “LAVADO DE DINERO”.

Hay autores como Uribe, “Cambio de paradigmas sobre el lavado de dinero o

activos”, artículo publicado en que señalan que los delitos con el dinero, tanto

falsificación como lavado, han existido incluso antes de que existiera el dinero tal y

como lo conocemos hoy. Sin embargo, la costumbre de utilizar prácticas para

disfrazar los ingresos procedentes de actividades ilícitas se remonta a la Edad

Media cuando la usura fue declarada delito. Mercaderes y prestamistas burlaban

las leyes y la encubrían mediante ingeniosos mecanismos. Fue en ese momento,

cuando los piratas se transformaron en pioneros en la práctica del lavado de oro

obtenido en los ataques a las naves comerciales europeas que surcaban el

Atlántico entre los siglos XVI y XVIII. A la piratería clásica se añadieron las

prácticas de los bucaneros y filibusteros ayudados encubiertamente por

determinados gobiernos europeos.

El caso más famoso es el del pirata Inglés Francis Drake, que fue armado

caballero en su nave por la reina Isabel I de Inglaterra, en recompensa por sus

exitosos asaltos a puertos y barcos españoles. En 1612, Inglaterra ofreció a los

piratas que abandonaran su profesión un perdón incondicional y el derecho a

conservar el fruto de sus felonías. Una gran parte de las riquezas acumuladas por

los corsarios y piratas fueron resguardadas por los herederos de la tradición

templar y por los banqueros de la época.

Así surgieron los refugios financieros, versión moderna de aquellas antiguas

guaridas. Con el poderío económico y militar de los piratas y corsarios, las

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poblaciones europeas y americanas llegaron a creer que tanto el comercio como

las finanzas dependían enteramente de ellos. Los gobernantes de la época

reconocieron que los tratados y leyes en vigor eran insuficientes en la lucha contra

los piratas y convocaron a reconocidos juristas como “Hugo Grotius y Francisco de Vittoria” para buscar una solución de carácter jurídico. El resultado fue la creación de los primeros conceptos del Derecho Internacional, “de Mare Nostrum, de Mare Liberum” y la persecución en caliente.

En los años setenta con la vista puesta en el narcotráfico se advirtió de nuevo

el fenómeno del blanqueo de dinero. La recaudación de la venta de droga era

depositada en los bancos sin ningún tipo de control. Una vez introducido el dinero

en los sistemas financieros oficiales se movía fácilmente por el circuito formal. La

expresión fue utilizada por primera vez judicialmente en 1982 en los Estados

Unidos al ser confiscado dinero supuestamente blanqueado procedente de la

cocaína colombiana.

CAPITULO II

DEFINICIÓN DE LAVADO DE DINERO O LAVADO DE ACTIVOS

EL LAVADO DE DINERO también conocido como LAVADO DE CAPITALES, LAVADO DE ACTIVOS, BLANQUEO DE CAPITALES u operaciones con recursos de procedencia ilícita o LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, es una

operación que consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de

actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades lícitas y circulen sin

problema en el sistema financiero. Para que exista blanqueo de capitales, es

precisa la previa comisión de un acto delictivo de tipo grave, y la obtención de

unos beneficios ilegales que quieren ser introducidos en los mercados financieros

u otros sectores económicos. El blanqueo de capitales es un delito autónomo que

no requiere de una condena judicial previa por la comisión de la actividad delictiva

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por la que se originaron los fondos que se blanquean. Consiste en ajustar a la

legalidad fiscal el dinero procedente de negocios delictivos o injustificables. Es

decir, la actividad en la cual una persona o una organización criminal, procesa las

ganancias financieras, resultando de actividades ilegales, para tratar de darles la

apariencia de recursos obtenidos de actividades lícitas.

CLASES DE DINERO NEGRO O ILEGAL

1.1 Dinero negro en sentido estricto: Es aquél que procede de actividades

ilegales (robo, malversación de fondos, tráfico de drogas, tráfico de armas,

prostitución, contrabando, etcétera). No puede ser declarado a la hacienda pública porque supondría una confesión del delito en cuestión.

1.2 Dinero negro en sentido amplio también llamado en ocasiones dinero sucio: Es todo dinero que no haya sido declarado, sea cual sea el motivo. El caso

más frecuente es la evasión de impuestos.

Como producto de la evasión de impuestos, el dinero negro puede suponer un

problema para su propietario, puesto que es un indicio claro de un posible delito

fiscal, y debe tratar de ocultar a la hacienda pública su existencia (evitando, por

ejemplo, las entidades bancarias y gastándolo en bienes que no dejen rastro

fiscal).

Como producto de actividades ilegales, el dinero negro puede ser un indicio de

dichas actividades (la persona tiene una riqueza que no puede explicar). En estos

casos, al procedimiento mediante el cual el dinero negro se hace pasar por dinero

obtenido legalmente se le denomina blanqueo de capitales o lavado de dinero, y su objetivo es hacer que ese dinero tribute y figure oficialmente como procedente

de una actividad lícita.

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Page 6: Jairo Re Villa Auditor For

EXISTEN DIFERENTES SEÑALES DE ALERTA Y OPERACIÓNES SOSPECHOSAS.

En el sector financiero se tiene conocimiento de que existen Señales de Alerta que

nos podrían conducir a detectar una Operación Sospechosa de lavado de dinero.

Estas señales son comportamientos de clientes o ciertas características de las

operaciones financieras, ya sea por la forma inusual en la que se realiza, en

relación a un comportamiento habitual y/o esperable del cliente, o bien de la

naturaleza misma o de las características propias de la operación.

Una operación sospechosa es: todo acto, operación o transacción que de acuerdo

con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual o

carente de justificación económica o jurídica aparente, sea que se realice en forma

aislada o reiterada. Contar una adecuada política de “Conocimiento del Cliente”

permite determinar un marco de comportamiento normal que servirá de referencia

en la detección de aquello que se considere sospechoso.

Toda empresa financiera debe proceder acorde con la obligación de informar

sobre las operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiamiento al

terrorismo, lo que evita caer en errores por ceguera voluntaria o deliberadamente

ciegos, por lo cual la empresa o el Ejecutivo responsable pudiese ser acusado y

procesado por complicidad en lavado de dinero.

1.- Algunas señales de alerta de lavado de dinero directamente relacionadas con

el negocio de las entidades financieras:

Se sabe que existen algunas señales que alteran sobre situaciones relacionadas

con el comportamiento del cliente:

1.1 Cuando un cliente, al momento de realizar una operación o transacción, se

rehúsa o evita entregar información relacionada con su actividad, acreencias o

capacidad financiera o sobre el propósito o del origen y/o destino de los fondos. O

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bien cuando un cliente insiste en que una operación se haga rápido, evitando

trámites “burocráticos”.

1.2 Cuando las operaciones no hacen sentido con la capacidad económica y el

perfil del cliente; cuando este comienza a recibir transferencias desde el exterior

de elevado monto o con alta periodicidad; envía o recibe frecuentes transferencias

de dinero sin una justificación económica aparente.

1.3 Hay cambio repentino del comportamiento financiero de un cliente; compra y

venta frecuente de montos importantes de divisas, sin el respaldo de una

consecuente actividad económica; clientes que intentan realizar operaciones con

dinero falso.

1.4 Empleados que se muestran reacios o impiden que sus compañeros de

trabajo atiendan a determinados clientes y que tengan un estilo de vida no acorde

con su remuneración.

1.5 El cliente se preocupa demasiado por los controles y supervisiones sobre sus

inversiones y transacciones; rehúsa o suspende una transacción cuando se le

solicita información respecto al origen de los fondos o se le informa que los

antecedentes serán presentados a alguna entidad supervisora o reguladora.

1.6 Existen señales que alteran sobre transacciones relacionadas con efectivo en

cuentas a la vista (incluyendo cuentas corrientes), de ahorro u otras y en

transferencias electrónicas y giros de dinero.

2.- Existen variadas operaciones, generalmente estructuradas, para incorporar

dinero en efectivo proveniente de actividades ilícitas al mercado formal e incluyen

combinaciones de las siguientes señales de alerta:

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2.1 Cambio de grandes cantidades de dinero en billetes de baja denominación por

billetes de alta denominación; uso de grandes volúmenes de efectivo en billetes de

baja denominación para operaciones comerciales “normales”.

2.2 Transferencias de dinero desde y hacia el exterior con instrucciones de pago

en efectivo; transferencias a la cuenta de un cliente desde países considerados

riesgosos y donde el cliente no tiene actividades comerciales que respalden

dichos flujos; transferencia electrónica pagada con múltiples cheques bancarios u

otros instrumentos de pago (posiblemente girados por montos bajo el umbral de

registro); envío o transferencia de fondos, utilizando divisas en montos bajo los

umbrales de registro o numerosos cheques bancarios o viajeros.

3.- Existen señales de alerta relacionadas con empresas que realizan cambios de

divisas.

Dentro de aquellas señales de alerta aplicables a las empresas que realizan

cambios de divisas descritas en el punto anterior existen ciertas señales

específicas:

3.1 Reiteradas solicitudes de cambio de divisas, por montos levemente inferiores

al umbral de registro, en poco tiempo o en diferentes sucursales; compra de

elevados montos de dinero en moneda extranjera o compra de un tipo de divisas

con alguna otra moneda extranjera; cambio inusual de grandes cantidades de

divisas en efectivo de baja denominación por billetes de la misma moneda pero de

alta denominación.

3.2 Cliente con transacciones en divisas por montos exactamente bajo el umbral

de registro o con incremento repentino de las operaciones de compra y venta de

divisas.

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Page 9: Jairo Re Villa Auditor For

3.3 Transacciones en efectivo de alto valor pagadas con divisas de muy alta

denominación que no guardan relación (en cantidad y denominación) con las

divisas en efectivo que ingresan al país por el turismo.

4.- Señales de alerta relacionadas con empresas que realizan transferencias de

fondos o giros de dinero.

Existen algunas señales orientadas específicamente a empresas que realizan

transferencias de fondos o giros de dinero:

4.1 Transferencias de un cliente a sí mismo o a otra única persona en diferentes

países y en un corto período de tiempo; transferencias realizadas a varias

personas con datos en común o recepción de fondos provenientes de distintos

destinatarios con datos en común (dirección, teléfono); transferencias por montos

exactamente bajo el umbral de registro.

4.2 Recepción o remisión reiterada de fondos desde áreas de producción y/o

tráfico ilícito de estupefacientes.

4.3 Cuando es evidente que quien aparece finalmente como remisor o

beneficiario está siendo dirigido por un tercero no identificado.

El mercado financiero ha implementado procedimientos operacionales, los que

apoyados por sistemas informáticos, ayudan a prevenir y detectar operaciones

inusuales o sospechosas.

Toda operación que se realice en diferentes oficinas de las empresas será

debidamente analizada ya que cada área cuenta con una capacitación adecuada

respecto a la prevención del lavado de dinero, que incluye leyes y normas que

regulan la materia.

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Page 10: Jairo Re Villa Auditor For

Todo funcionario tiene obligación de participar en un curso anual de capacitación y

someterse a exámenes periódicos, de conocimiento de normas y políticas internas

relacionadas con la prevención de lavado de dinero y prevención al terrorismo.

Los oficiales de Cumplimiento verifican constantemente la implementación de la

normativa y procedimientos; la Auditoría interna deberá corroborar el cumplimiento

de lo estipulado en el manual interno de prevención contra el lavado de dinero

financiamiento al terrorismo.

DIFERENTES TÉCNICAS DE LAVADO DE DINERO

Son muchos los procedimientos para lavar dinero, de hecho, la mayoría están

interrelacionados y suelen suceder de forma simultánea o sucesiva. Una

característica común es que el lavado del dinero, en especial si es de grandes

cantidades, suele costar una parte del dinero que se lava, por ejemplo, en forma

de sobornos.

A continuación se enumeran los procedimientos más comunes de lavado de dinero:

1.1 Estructurar, trabajo de hormiga o pitufeo: División o reordenación de las

grandes sumas de dinero adquiridas por ilícitos, reduciéndolas a un monto que

haga que las transacciones no sean registradas o no resulten sospechosas. Estas

transacciones se realizan por un período limitado en distintas entidades

financieras.

1.2 Complicidad de un funcionario u organización: Uno o varios empleados de

las instituciones financieras pueden colaborar con el lavado de dinero omitiendo

informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos,

generalmente su complicidad es causada por una extorsión y, a veces, obtendrá

una comisión por ella.

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1.3 Complicidad de la banca: Hay casos en que las organizaciones de lavado

de dinero gozan de la colaboración de las instituciones financieras (a sabiendas o

por ignorancia), dentro o que están fuera del mismo país, las cuales dan una

justificación a los fondos objeto del lavado de dinero.

1.4 Mezclar: Las organizaciones suman el dinero recaudado de las transacciones

ilícitas al capital de una empresa legal, para luego presentar todos los fondos

como rentas de la empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas

sumas de dinero.

1.5 Empresa fantasma (Shell company): También conocidas como compañías

de fachada o de portafolio. Son empresas legales, las cuales se utilizan como

cortina de humo para enmascarar el lavado de dinero. Esto puede suceder de

múltiples formas, en general, la "compañía de fachada" desarrollará pocas o

ninguna de las actividades que oficialmente debería realizar, siendo su principal

función aparentar que las desarrolla y que obtiene de las mismas el dinero que se

está lavando. Lo habitual es que de dicha empresa sólo existan los documentos

que acrediten su existencia y actividades, no teniendo presencia física ni

funcionamiento alguno más que sobre el papel.

1.6 Compraventa de bienes o instrumentos monetarios: Inversión en bienes

como vehículos, inmuebles, etc. (los que a menudo son usados para cometer más

ilícitos) para obtener beneficios monetarios de forma legal. En muchos casos el

vendedor tiene conocimiento de la procedencia del dinero negro que recibe, e

incluso puede ser parte de la organización de lavado de dinero. En esos casos, la

compra de bienes se produce a un precio muy por debajo de su coste real,

quedando la diferencia como comisión para el vendedor. Posteriormente el

blanqueador vende todo o parte de lo que ha adquirido a su precio de mercado

para obtener dinero lícito. Este proceso puede repetirse, de tal modo que los

productos originalmente ilícitos son pasados de una forma a otra sucesivamente

para así enmascarar el verdadero origen del dinero que permitió adquirir los

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Page 12: Jairo Re Villa Auditor For

bienes. Además, con cada transformación se suele disminuir el valor de los bienes

para que las transacciones no resulten tan evidentes.

1.7 Contrabando de efectivo: Es el transporte del dinero objeto del lavado hacia

el exterior. Existen algunas ocasiones en las cuales los blanqueadores de activos

mezclan el efectivo con fondos transportados de otras empresas, para así no dejar

rastro del ilícito.

1.8 Transferencias bancarias o electrónicas: Uso de Internet para mover

fondos ilícitos de una entidad bancaria a otra u otras, sobre todo entre distintos

países, para así no dar cuenta de las altas sumas de dinero ingresado. Para hacer

más difícil detectar el origen de los fondos, es habitual dividirlos en entidades de

distintos países, y realizar transferencias sucesivas.

1.9 Transferencias inalámbricas o entre corresponsales: Las organizaciones

de lavado de dinero pueden tener ramificaciones en distintos países, por lo tanto la

transferencia de dinero de una a otra organización no tiene por qué resultar

sospechosa. En muchos casos, dos o más empresas aparentemente sin relación

resultan tener detrás a la misma organización, que transfiere a voluntad fondos de

una a otra para así enmascarar el dinero negro.

1.10 Falsas facturas de importación / exportación o “doble facturación”: Aumentar los montos declarados de exportaciones e importaciones

aparentemente legales, de modo que el dinero negro pueda ser colocado como la

diferencia entre la factura "engordada" y el valor real.

1.11 Garantías de préstamos: Adquisición de préstamos legalmente, con los

cuales el blanqueador puede obtener bienes que aparentarán haber sido

obtenidos de forma lícita. El pago de dichos préstamos hace efectivo el blanqueo.

1.12 Acogerse a ciertos tipos de amnistías fiscales: Por ejemplo, aquellas que

permiten que el defraudador regularice dinero en efectivo.

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Page 13: Jairo Re Villa Auditor For

Son muchas las formas por medio de las cuales los países han buscado

firmemente el medio de combatir el lavado de dinero. La creación de variadas

organizaciones para luchar contra estas malas prácticas financieras, como por

ejemplo el Gafisud, se ha transformado en grandes avances para que las

naciones se reúnan y pongan mano firme frente al lavado de dinero y muchos

otros delitos fiscales que afectan a la sociedad.

Además de las organizaciones nacidas en el mundo para batallar el lavado de

dinero, también se han firmado tratados internacionales en los cuales el blanqueo

de activos o lavado de dinero tiene protagonismo. Su objetivo no es otro que

intentar supervisar todos aquellos fondos de procedencia sospechosa y aplicar

muy fuertes sanciones económicas y penales a los implicados.

El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles,

consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades

ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en

el sistema financiero.

Denominaciones más comunes utilizadas en otros países:

Argentina: Lavado de activos

Bolivia: Legitimación de ganancias ilícitas

Brasil: Lavado de bienes, derechos y valores

Chile: Lavado de dinero

Colombia: Lavado de activos

Ecuador: Conversión o transformación de bienes (lavado de dinero).

México: Operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Panamá: Blanqueo de capitales

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Paraguay: Lavado de dinero o bienes

Perú: Lavado de activos

Uruguay: Blanqueo de dinero

Venezuela: Legitimación de capitales.

La ONU en la lucha: En 1998 la ONU realizó el primer gran acuerdo internacional

para luchar contra el lavado de dinero en el cual se crearon los principios de una

cooperación jurídica internacional en materia penal para el lavado de dinero. La

gran mayoría de las organizaciones internacionales apoyan todo acuerdo para

combatir el lavado de dinero a nivel mundial, estás son:

ONU (Organización De Las Naciones Unidas)

OEA (Organización De Estados Americanos)

UE (Unión Europea)

OTAN (Organización Tratado Atlántico Norte)

CE (Consejo de Europa)

BM (Banco Mundial)

FMI (Fondo Monetario Internacional)

Países con casos históricos en la lucha contra el lavado de dinero

Si tomamos algunos países de América, existen acuerdos multilaterales para la

prevención y combate del lavado de dinero por ejemplo:

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Page 15: Jairo Re Villa Auditor For

EN ESTADOS UNIDOS se expidió en el año de 1986, la Ley de Control de Lavado de Dinero, la cual tipifico el delito, sancionándolo hasta con 20 años de

prisión.

La Ley Sarbanes-Oxley: es una Ley federal de Estados Unidos que ha generado

mucha controversia, ya que esta Ley va en respuesta a los escándalos financieros

de algunas grandes corporaciones, entre los que se incluyen los casos que

afectan a Enron, Tyco International, WorldCom y Peregrine Systems. Estos

escándalos hicieron caer la confianza de la opinión pública en los sistemas de

contabilidad y auditoría. La Ley toma el nombre del senador Paul Sarbanes

(Demócrata) y el congresista Michael G. Oxley (Republicano). La Ley fue

aprobada por amplia mayoría, tanto en el congreso como el senado. La legislación

abarca y establece nuevos estándares para los consejos de administración y

dirección y los mecanismos contables de todas las empresas que cotizan en bolsa

en los Estados Unidos. Introduce responsabilidades penales para el consejo de

administración y establece unos requerimientos por parte de la SEC (Securities

and Exchanges Commission), es decir, la comisión reguladora del mercado de

valores de Estados Unidos. Los partidarios de esta Ley afirman que la legislación

era necesaria y útil, mientras los críticos creen que causará más daño económico

del que previene.

EN COLOMBIA se dio lugar a un compromiso de cooperación para la prevención

y represión del lavado de dinero, el cual fuera consecuencia de cualquier actividad

contra la ley entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la

República de Colombia. Las Entidades vigiladas por la Superintendencia

Financiera de Colombia, deben implementar un Sistema de Administración del

Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, denominado

SARLAFT, de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo Undécimo de la Circular

Básica Jurídica 007 de 1996.

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Page 16: Jairo Re Villa Auditor For

EN PERÚ, el 26 de junio del 2002, se promulgó la Ley Nº 27765, Ley Penal

contra el Lavado de Activos, la misma que extiende el lavado de activos a otros

delitos como fuentes generadoras de ganancias ilegales. Esta norma nació como

consecuencia de las disposiciones internacionales y sobretodo en aplicación de

las recomendaciones del GAFI. Pese a la nueva normativa y a los avances de la

tecnología para la obtención de información, en el Perú aún no tenemos un

sistema avanzado para prevenir y detectar el lavado de dinero.

EN PARAGUAY también se firmó un acuerdo en conjunto con Estados Unidos

para auxiliarse en la prevención del lavado de dinero derivado del narcotráfico y en

la ayuda mutua.

EN PANAMÁ se establece el Convenio centroamericano para la prevención y la

represión de los delitos de lavado de dinero relacionados con el narcotráfico y los

delitos derivados.

EN GUATEMALA las medidas de prevención y los principios del Comité de

Basilea que tienen que implementar las instituciones bancarias en su control

interno, se encuentran contenidas en el Decreto 67-2001 Ley contra el Lavado de

Dinero u Otros Activos y en el Decreto 58-2005 Ley para Prevenir y Reprimir el

Financiamiento del Terrorismo y sus respectivos Reglamentos.

EN REPÚBLICA DOMINICANA tuvo lugar el convenio entre Centroamérica y

República Dominicana para el combate contra el lavado de dinero y los delitos que

derivan de éste.

Países como Italia y España están en constante lucha contra este problema

EN LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EN EL 2.003: ratificó el primer tratado mundial contra la corrupción en el cual indica que todo

dinero obtenido por medio del delito de lavado de dinero y sus derivados sea

devuelto a los países de donde fueron sustraídos. A este tratado lo llamaron

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Page 17: Jairo Re Villa Auditor For

Convención contra la Corrupción, el cual propone penas a delitos como el

soborno, lavado de dinero y malversación de fondos públicos. Este acuerdo es un

arma favorable internacionalmente para combatir el lavado de dinero y los delitos

que proceden de ello.

EN MÉXICO EN EL 2.005: se firmó un tratado de asistencia jurídica con el

Gobierno de Suiza para acelerar la obtención de información financiera en las

investigaciones puestas en marcha por el ilícito de lavado de dinero. El 11 de

octubre del 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de

Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita,

el cual entró en vigor el 12 de julio del 2013.

EN LA COMUNIDAD INTERNACIONAL: ha resaltado su preocupación frente al

tema del lavado de dinero a través de:

EN LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS CONTROLADAS: la cual es más

conocida en el mundo entero como la Convención de Viena, donde se elaboraron

recomendaciones para la fuerte lucha contra el lavado de dinero en el mundo

entero.

EN EL CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA: relativo al lavado de dinero,

identificación, embargo y confiscación de los productos del delito, más

popularmente conocido como el Convenio de Estrasburgo, en el cual se establece

la cooperación entre los países suscritos al tratado de apoyarse en las

investigaciones y procedimientos judiciales en cuanto al lavado de dinero.

EN LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL: la cual se inició en el 2000 y

en la cual los Estados miembros deberán considerar ciertas acciones como delitos

graves, dentro de ellas encontramos como ilícito la participación en ilegalidades

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como el lavado de dinero y uno de los puntos más importantes acordados en este

pacto fue que por primera vez las empresas pasan a formar parte de un proceso

judicial y pueden ser afectadas con fuertes castigos económicos en el caso que se

vean envueltas en alguna situación de lavado de dinero.

EN EL CONGRESO NACIONAL DE ECUADOR: que el lavado de activos es uno

de los mayores flagelos contra la sociedad, por sus nefastos efectos en la

economía, en la administración de justicia y la gobernabilidad de los Estados, lo

que afecta gravemente a la democracia; que la conversión o transferencia de

capitales de origen ilícito de un país a otro y su reinserción en el sistema

económico, producen graves problemas y favorecen la perpetración de una

cadena indeterminada de actos ilícitos; que la conversión o transferencia ilícita de

activos influye en el incremento de la delincuencia organizada transnacional, que

es necesario combatir en resguardo de los intereses del país y su población; que

organismos internacionales, como la ONU, la OEA y el GAFISUD, de los que el

Ecuador forma parte, recomiendan la adopción de medidas efectivas para luchar

contra el lavado de activos; que es necesario legislar con la finalidad de tipificar,

en forma adecuada, las infracciones que tienen relación con la conversión o

transferencia de activos provenientes de actividades ilícitas y de recuperarlos; se

expide la LEY PARA REPRIMIR EL LAVADO DE ACTIVOS en la Sala de

Sesiones del Congreso Nacional, a los veinte y siete días del mes de septiembre

del 2.005.

PRINCIPIOS EMITIDOS POR EL COMITÉ DE BASILEA IIEn septiembre 1997, el Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria emitió una

Declaración de Principios con el fin de alertar a los bancos sobre el riesgo de ser

utilizados, sin su consentimiento, como intermediarios para la transferencia o

depósito de dinero derivado de actividades delictivas.

La indebida utilización del sistema financiero interesa a los organismos de

supervisión bancaria y a las direcciones generales de los bancos, tomando en

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Page 19: Jairo Re Villa Auditor For

cuenta que la confianza del público en estas instituciones puede verse afectada,

además de quedar en riesgo de sufrir pérdidas directas como consecuencia de

fraudes, por el ocultamiento negligente de clientes indeseados o cuando la

integridad de sus funcionarios puede ser socavada por la asociación con

delincuentes.

La mayor parte de los Estados miembros de la OEA, acogiendo el Reglamento

Modelo de la CICAD – OEA, han adoptado medidas para evitar que su sistema

financiero sea usado con estos fines, de manera que en algunos, las autoridades

de supervisión tienen responsabilidades específicas en este ámbito, en tanto que

en otros países, su intervención puede ser menor o ninguna en forma directa.

Sin embargo, los miembros del Comité de Basilea creen firmemente que las

autoridades de supervisión no pueden permanecer indiferentes ante el uso que los

delincuentes hacen de las entidades financieras.

En este sentido, se considera que las autoridades del organismo de supervisión

bancaria deben desempeñar el papel de alentar normas éticas de conducta

profesional ante los bancos y otras instituciones financieras.

Una manera de promover este objetivo, en forma consecuente con las diferencias

en las prácticas de supervisión en los diversos países, es obtener su adhesión a la

Declaración de Principios del citado Comité, la cual debe ser acatada por las

instituciones financieras. Igualmente, se considera que la más importante

protección contra el lavado de activos es la integridad de la dirección de las

entidades financieras y su determinación de mantener una actitud vigilante

tendiente a evitar que las instituciones confiadas a su orientación resulten

asociadas con delincuentes o sean utilizadas como canales para el lavado de

dinero.

En tal sentido, la Declaración de Principios señala algunas políticas y

procedimientos que las entidades financieras deben establecer, con miras a

contribuir a la represión del lavado de dinero por conducto del sistema financiero

nacional e internacional. De esta manera se refuerzan las mejores prácticas

aplicadas por éstas y, en forma específica, alertan la vigilancia sobre el uso

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delictivo del sistema de pagos, así como la instrumentación de protecciones

preventivas eficaces de su parte y la cooperación con las autoridades.

La instrumentación de los principios dependerá de las prácticas y leyes existentes

en los distintos países, por lo que la declaración no tiene el propósito de sustituir o

reducir el rigor de dichas disposiciones; y, en buena parte, es recogida por el

Reglamento Modelo de la CICAD –OEA.

CAPITULO III

INTRODUCCION A LA AUDITORIA FORENSE

En los últimos tiempos, en el mundo han surgido grandes escándalos relacionados

con el lavado de activos. Este delito es de alto impacto, pues no sólo tiene

afectación en países desarrollados sino también en países en proceso de

desarrollo. Por este motivo, los gobiernos de las diferentes naciones se preocupan

cada vez más por la creación de nuevas leyes que prevengan, detecten y

sancionen esta actividad ilícita y buscan generar en los ciudadanos conciencia

para que informen a las autoridades cualquier circunstancia sospechosa.

En la actualidad, el lavado de activos no sólo hace referencia a las actividades

relacionadas con el narcotráfico, sino que también proviene de actividades ilícitas

como extorsión, secuestro, tráfico de migrantes, trata de personas,

enriquecimiento ilícito y tráfico de armas, entre otras.

A su vez, las organizaciones criminales utilizan casas de cambio, bancos y

entidades de depósito tanto públicas como privadas, compañías de seguro,

corredores de valores, casinos, agentes inmobiliarios… para cometer el lavado de

activos. Muchos organismos internacionales se encargan de la prevención, control

y detección del lavado de activos.

20

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En 1989, el Grupo de los siete países industrializados (G-7) creó la

organización de vigilancia global de lavado de dinero llamada Grupo de Acción

Financiera Internacional [Financial Action Task Force], FATF-GAFI, con la

secretaría de la Organización de Cooperación Económica y de Desarrollo, OECD, con sede en París.

En 1990, el GAFI expidió su primer informe anual, Las 40 recomendaciones del GAFI sobre acciones que los gobiernos deben tomar para combatir el lavado de

dinero.

Además, hay otros organismos como la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, CICAD; el Grupo Egmont; el Grupo Asia/Pacífico, APG; el Grupo de Acción Financiera del Caribe, CFATF-GAFIC; Grupo Euroasiático contra el Blanqueo de Dinero y la Financiación Terrorista, EAG; Grupo del Este y del Sur de África, ESAAMLG; el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica, GAFISUD; y el Grupo de Expertos sobre Lavado de Activos, GELA, entre otros.

La legislación colombiana en materia de lavado de activos busca no sólo prevenir,

sino también detectar y controlar el lavado de activos; esta normatividad

comprende el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el decreto 3420 de 2004, por el cual se modifica la composición y funciones de la Comisión de

Coordinación Interinstitucional para el Control de Lavado de Activos, entre otras

reglas.

Colombia dispone de múltiples mecanismos para que la contabilidad pueda intervenir en la prevención y detección del lavado de activos ; sin embargo,

este fenómeno ha venido creciendo a grandes pasos, a pesar de existir los

mecanismos antes nombrados. Colombia ha sido uno de los países más afectados

por esta actividad, ya que la normatividad y las medidas de control que se tienen

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algunas veces son demasiado lentas y atrasadas comparadas con la velocidad y

los mecanismos sofisticados que utilizan los lavadores.

El Fondo Monetario Internacional (FMI), confirma las estadísticas recién

anotadas al señalar que el tamaño agregado de lavado de dinero en el mundo, puede oscilar entre el 5% y el 8% del producto interno bruto mundial.

Por su parte, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ha estimado que las

transacciones de lavado de dinero de América Latina y el Caribe suman entre el

5,5% y el 9,3% del producto interno bruto regional (Osorio, 2004). En todo este

tema, el contador público colombiano juega un papel muy importante como

profesional objetivo, íntegro y garante de información financiera transparente, al

dar fe pública de que todos los datos son verídicos y ante todo son lo

suficientemente sólidos para tomar decisiones sobre ellos, teniendo ante todo la

ética profesional que debe ir a favor del interés público.

En tal sentido, el contador público debe tener escepticismo profesional, cuando se

establecen las relaciones comerciales y en el momento de revisar las

transacciones entre partes relacionadas, sobre todo si parecen tener un sentido

comercial cuestionable desde el punto de vista del negocio. Las entidades e

individuos corruptos deben darse cuenta de que la contabilidad constituye una

barrera contra la corrupción. Sobre todo, cada contador como individuo debe

asegurarse de que su propia conducta refleje un compromiso firme con la verdad y

la honestidad en los informes financieros (UIAF, 2007).

Junto con el papel del contador aparece la auditoría forense como una ayuda a la

contaduría para la investigación, detección y prevención de crímenes económicos

y financieros como el lavado de activos y dinero. La auditoría forense puede ser

entendida como una auditoría especializada en descubrir, divulgar y “atestar”

sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas (Cano

& Lugo, 2005). A partir de estos datos, el interrogante que orientará el presente

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documento es cómo se pueden mejorar los mecanismos de contabilidad

existentes para prevenir y detectar el lavado de activos en Colombia y demostrará

que la Auditoría Forense es el mecanismo de contabilidad que mejor sirve para la

prevención y detección del lavado de activos.

CAPITULO IV

LA AUDITORÍA FORENSE COMO ELEMENTO CONTABLE PARA LA PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y

DINERO.

Actualmente, el tema de lavado de dinero ocupa un primer lugar en el contexto

mundial y las legislaciones se ajustan en todos los países para combatirlo; sin

embargo, al analizar las estadísticas y las diferentes modalidades encontramos

que en el total de casos, la prueba contundente para demostrarlo siempre fue la

contabilidad. Cuando se presentan delitos económicos o financieros, la

contabilidad se convierte en la principal herramienta de obtención de pruebas, ya

que ella cuenta la historia financiera y económica de cualquier empresa. La

auditoría forense tiene el carácter de auditoría especializada, cuyo objetivo es

descubrir e informar sobre fraudes y delitos en operaciones públicas y privadas. La

contabilidad debe jugar un papel importante como medio de prueba y de

recolección de evidencias.

En la actualidad, el concepto de auditoría forense se fortalece y obliga a los

profesionales de la Contaduría a desarrollar propuestas innovadoras, que ayuden

al auditor forense a expresar su informe con alto grado de seguridad, de tal

manera que sea un elemento de aporte valioso para prevenir y detectar el lavado

de activos y dinero. La problemática del lavado de dinero obliga a los entes

económicos –ante todo, los más vulnerables a esta práctica– a desarrollar

procedimientos y controles basados en los estándares internacionales de los

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organismos que estudian y generan pautas para prevenirlo y detectarlo. Así como

las auditorías tradicionales evalúan el cumplimiento de los procedimientos

contables, administrativos, de gestión y la razonabilidad de las cifras de los

estados financieros, en el lavado de dinero, la auditoría forense debe ser una

forma de prevenir y detectar este delito, al evaluar la gestión interna de la empresa

en el cumplimiento de normas y procedimientos establecidos, y examinar el control

interno en lo relacionado con la prevención y detección del lavado de activos o

dinero.

Antecedentes de la auditoría forense. La contabilidad existe desde hace mucho

tiempo, pero la auditoría forense nació cuando se vinculó lo legal con las pruebas y registros contables. El primer documento legal escrito a este respecto fue el Código de Hammurabi (1760 a.C.).

HISTÓRICAMENTE. La auditoría forense tuvo su repunte a mediados de la

década de 1930 cuando en Estados Unidos distintas organizaciones criminales, en

la época de la prohibición del licor y el juego, ganaban millones de dólares con

prácticas criminales. Frente a estos hechos, la Justicia no podía usar ninguna

prueba para incriminarlos; sin embargo, un contador en el Departamento de

Impuestos, por medio de la Ley de Impuestos, se dedicó a buscar pruebas y

encontró una gran cantidad de evidencias en las cuentas de los negocios del

criminal Alphonse Gabriel Al Capone. De esta manera, los contadores y

auditores forenses pudieron demostrar fraude en el pago de impuestos y así se

desmanteló la organización.

En las décadas de 1970 y 1980, la auditoría forense fue utilizada como

herramienta para suministrar pruebas a los fiscales. En la actualidad, el fraude, la

corrupción, el narcotráfico y el terrorismo asociados al lavado de activos, justifican

el papel de la auditoría forense como herramienta en el quehacer del contador.

Por lo anterior, organismos internacionales y gobiernos han empleado la

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investigación de auditores forenses para conocer el origen de capitales y su

destino con el fin de protegerse de los grupos criminales.

DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA AUDITORÍA FORENSE

Una definición muy generalizada expone:

 “La Auditoria forense es el uso de técnicas de investigación criminalística,

integradas con la contabilidad, conocimientos jurídico-procesales, y con

habilidades en finanzas y de negocio, para manifestar información y opiniones,

como pruebas en los tribunales. El análisis resultante además de poder usarse en

los tribunales, puede servir para resolver las disputas de diversas índoles, sin

llegar a sede jurisdiccional.”

Una Auditoria Forense es la actividad de un equipo multidisciplinario, es un

proceso estructurado, donde intervienen contadores, auditores, abogados,

investigadores, grafo técnicos, informáticos, entre otros, pues, en atención al tipo

de empresa, sus dimensiones y diversidad de operaciones, se puede requerir la

participación de otros especialistas como ingenieros de sistemas, agrónomos,

forestales, metalúrgicos, químicos, etc. que de la mano y bajo la conducción del

Auditor Forense realizan la investigación.

En términos de investigación contable y de procedimientos de auditoría, la auditoría forense se podría definir como:

1.- MIGUEL ANTONIO CANO: Es la ciencia que permite reunir y presentar información financiera, contable, legal, administrativa e impositiva, para que sea aceptada por una Corte o un juez en contra de los perpetradores de un crimen económico, como en este caso, el lavado de activos, también que

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“una auditoría especializada en descubrir, divulgar y atestar sobre fraudes y delitos en el desarrollo de las funciones públicas y privadas”.

2.- BRAULIO RODRÍGUEZ - Castro en su artículo Una aproximación a la auditoría forense, la define de la siguiente manera: La auditoría forense es un

término general usado para describir cualquier investigación financiera que pueda

resultar en una consecuencia legal. (…) es la ciencia de reunir y presentar

información financiera en una forma que será aceptada por una Corte de

jurisprudencia contra los perpetradores de un crimen económico”, en su libro

Auditoría forense: prevención e investigación de la corrupción financiera.

3.- MILTON MALDONADO señala lo siguiente: La auditoría forense es el otro lado

de la medalla de la labor del auditor, en procura de prevenir y estudiar hechos de

corrupción. Como la mayoría de los resultados del auditor van a conocimiento de

los jueces (especialmente penales), es usual el término forense. (...) Como es muy

extensa la lista de hechos de corrupción, conviene señalar que la auditoría

forense, para profesionales con formación de contador público, debe orientarse a

la investigación de actos dolosos en el nivel financiero de una empresa, el

gobierno o cualquier organización que maneje recursos.

4.- PABLO FUDIM: define la auditoría forense de la siguiente manera: La

auditoría forense es la rama de la auditoría que se orienta a participar en la

investigación de ilícitos. La auditoría forense procede dentro del contexto de un

conflicto real o de una acción legal con una pérdida financiera significativa, donde

el auditor forense ofrece sus servicios basados en la aplicación del conocimiento

relacionado con los dominios de lo contable (como información financiera,

contabilidad, finanzas, auditoría mecanismos de contabilidad para prevenir y

detectar el lavado de activos y del conocimiento relacionado con investigación

financiera, cuantificación de pérdidas y ciertos aspectos de ley.

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Teniendo en cuenta estas definiciones, el lavado de dinero, se considera un tipo

de fraude difícil de probar. Por tal razón, la auditoría forense es de gran utilidad

para buscar evidencias que sirvan de pruebas en contra de los grupos de

delincuencia. Las pruebas son zoom el elemento más importante en el proceso de

acusación de lavadores de dinero, porque éstas serán presentadas ante el juez

para comprobar el delito. Las diferentes investigaciones sobre lavado de activos

se realizan con el apoyo de fuentes de información como informantes, registros

bancarios, información gubernamental, registros comerciales, bases de datos,

artículos publicados, órdenes judiciales y análisis de información contable, entre

otros.

MIGUEL ANTONIO CANO señala lo siguiente: el auditor forense busca demostrar

el origen ilícito de los recursos, con los cuales se generan diversas transacciones

cuya intención está encaminada a:

• Promover una actividad ilícita.

• Ocultar la fuente del producto ilícito.

• Evitar reportes y controles de efectivo.

Cuando la auditoría forense recurre a la investigación financiera: busca

información que abarca uno o más años del sospechoso para proceder a rastrear

el origen de los fondos con los cuales se realizaron transacciones financieras, y

determinar también la realidad de los ingresos. Cano señala que “en la

investigación financiera se deben seguir todas las pistas que llevan hacia los

activos, pasivos, fuentes de fondos del sospechoso, ingresos excesivos

injustificados y hasta registros ocultos fuera de la contabilidad”. Por otra parte,

Cano plantea que en una investigación de lavado de activos se busca comprobar la voluntad del acusado, además de tener que probarse el origen ilícito de los activos y el conocimiento sobre su origen ilegal, la cual incluye tres elementos que deben probarse sin que haya duda razonable:

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1.- Conocimiento: el sospechoso sabe que la comisión u omisión de un acto tiene

una implicación legal.

2.- Intención específica: el acto u omisión en particular fueron deliberados,

voluntarios e intencionales.

3.- Mala voluntad: hubo una violación intencional de una obligación legal conocida.

CARACTERÍSTICAS DEL AUDITOR FORENSE

1.1Este debe ser un profesional con conocimientos en contabilidad, auditoría,

control interno, tributación, finanzas, informática, técnicas de investigación,

legislación penal y otras disciplinas, además tiene que ser intuitivo, suspicaz y con

la habilidad de identificar cualquier tipo de fraude financiero como el lavado de

activos.

1.2 El autor señala que la existencia de voluntad puede probarse por medio de

pruebas directas o de pruebas circunstanciales. La prueba directa es la que hace

constar el hecho principal sin inferencias o presunciones. La prueba circunstancial

es la que demuestra el hecho principal por medio de una inferencia.

1.3 PABLO FUDIM: señala las características más resaltantes con respecto al

conocimiento y habilidades del auditor forense:

a).- Debe tener una mentalidad investigadora.

b).- Debe tener una comprensión de motivación.

c).- Debe tener muchas habilidades de comunicación, persuasión y una habilidad

de comunicar en las condiciones de ley.

d).- Debe tener habilidades de mediación y negociación.

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e).- Debe tener habilidades analíticas.

f).- Debe tener una creatividad para poder adaptarse a las nuevas situaciones.

La auditoría forense puede ser desempeñada por cualquier auditor que sea requerido para prevenir y detectar el lavado de activos y dinero, entre los que se encuentran:

1.- Auditores externos.

2.- Auditores internos.

3.- Auditores gubernamentales.

4.- Auditores tributarios.

5.- Auditores informáticos.

1.4. Ámbitos de aplicación de la auditoría forense Con respecto al campo de

acción de la auditoría forense, Fudim plantea que el auditor forense va más allá de

la evidencia de auditoría y de la seguridad razonable, para centrarse en el hecho

ilícito y en la mala fe de las personas, de ahí la diferencia con la auditoría

tradicional. Por tal motivo, sus ámbitos de acción son especializados, al igual que

sus objetivos, por ejemplo:

• La cuantificación de pérdida financiera: aporta las pruebas necesarias para ser

utilizadas en los tribunales en cada caso.

• Disputas entre accionistas o compañeros.

• Incumplimientos de contratos.

• Demandas de lesiones personales.

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Page 30: Jairo Re Villa Auditor For

• Irregularidades e infracciones.

• Demandas de seguros.

• Disputas matrimoniales, separaciones, divorcios.

• Herencias.

• Investigación financiera: determina los móviles, los culpables y aporta las

pruebas para el juzgamiento de los involucrados en:

CAPITULO V

AUDITORÍA FORENSE OBJETIVO.

Formarse una opinión de los estados financieros para tomarlos como un todo

Determina la probabilidad o la magnitud del fraude ocurrido Propósito Usualmente,

se requiere para los usuarios de los estados financieros Entrega la información

suficiente sobre un fraude que ocurrió o puede ocurrir Valor Adiciona credibilidad a

la información financiera reportada Resuelve las sospechas y las acusaciones,

determina los hechos Fuentes de evidencia Cuestiona, observa y examina las

transacciones contables que soportan los estados financieros Revisa

detalladamente los datos financieros y no financieros, investigaciones públicas y

conductas Suficiencia de la evidencia Convicción razonable Establece hechos que

soportan o refutan sospechas o acusaciones.

Qué profesional podría calificar para ser auditor Forense?

Todo profesional o técnico, puede optar por lograr una acreditación de auditor-

investigador forense.

En este campo no existen limitaciones, por ejemplo;

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Page 31: Jairo Re Villa Auditor For

Un Administrador de Empresas, BA. Puede investigar perfectamente cómo se

administró una entidad que está siendo investigada, como se compone su junta de

directores, hacer todo el diagrama del gobierno corporativo.

Un Ingeniero de Sistemas; puede investigar todo el proceso informático de una

organización.

Un Medico, puede analizar e investigar, si otro médico una clínica privada o un

hospital son responsables por mala práctica o negligencia, que ocasionó una

muerte o la invalidez de una persona.

Un Abogado, puede investigar si se aplicaron correctamente las normas reglas y

procedimientos de acuerdo a las leyes en el país.

Un Especialista en Seguridad Industrial, puede perfectamente detectar los

procedimientos preventivos que tiene una empresa para evitar accidentes y las

fallas que generaron una fatalidad, y si por esta falla o serie de fallas existe

responsabilidad civil o penal.

Un Ingeniero Civil, puede ser la clave para una investigación en caso del colapso

de un puente, una carretera, una estructura etc.

Un Experto en Comercio Internacional, tiene una cantidad de aplicaciones en la

investigación de empresas que tienen negocios internacionales, de hecho en un

mundo globalizado, la mayor cantidad de delitos económicos y financieros se

hacen a través de transacciones internacionales, por esto este grupo de

profesionales que manejan, comercio, exportaciones, importaciones, deben

incluso prepararse en un segundo idioma, por lo menos el Ingles, a nivel

comercial, pues de lo contrario quedarían en un estancamiento ante los

delincuentes internacionales que si manejan a la perfección todos los secretos de

cómo evadir la ley.

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Page 32: Jairo Re Villa Auditor For

Un corredor de Bolsa, o Asesor/Planificador Financiero. Puede convertirse en

un investigador clave en detectar inversiones ilícitas, transferencias “off Shore”.

Movimientos en bancos extranjeros, modalidad delictiva en aumento dramático por

la facilidad de las comunicaciones electrónicas. Un economista. Por supuesto que

también tiene acceso a convertirse en un auditor-investigador, puede fácilmente

detectar las proyecciones que se hicieron en una empresa, u organización a futuro

y si esas proyecciones se ajustan a la realidad actual, de su planta física y la

capacidad de producción, o si por el contrario esa empresa o entidad de servicios,

tuvo la necesidad de inyectar capital externo, que no pueden explicar de dónde se

obtuvo.

LA AUDITORIA FORENSE, LOS CONTADORES Y AUDITORES FINANCIEROS

En el caso de los Auditores Contables es aun más crítica la situación, pues sobre

este grupo recae toda la total y absoluta responsabilidad de descubrir los fraudes

contables, la doble contabilidad, la evasión de impuestos, los capitales ilegales, el

lavado de dinero y activos. Ya vimos el claro ejemplo de “Enron” y “World Com” en

donde las empresas auditoras fueron responsabilizadas y penalizadas.

La profesión del contador y auditor a raíz de los últimos hechos conocidos

alrededor del mundo globalizado es de más de alto riesgo que nunca, el crimen de

cuello blanco, el crimen organizado, el crimen corporativo son solo algunos de los

riesgos que confronta día a día. Está en una terrible disyuntiva, o cumple con su

deber como funcionario honesto y de acuerdo con su juramento y código de ética

profesional, arriesgando su empleo e incluso su integridad física, o simplemente

se hace el de la “vista gorda” y firma balances e informes financieros a sabiendas

que está cometiendo un delito criminal, por ocultar transacciones ilegales, doble

contabilidad, fraude y hasta lavado de dinero.

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Page 33: Jairo Re Villa Auditor For

Cuando se descubre un delito corporativo, los ejecutivos de alto rango siempre se

escudan ¡y con plena razón...! en los contadores y los auditores “que no

descubrieron e informaron sobre estos hechos”. Están cubiertos legalmente con

los balances e informes financieros, debidamente firmados y registrados por sus

contadores, auditores, contralores, revisores fiscales y oficiales de cumplimiento.

Solamente una exhaustiva investigación podrá entonces descubrir la verdad y los

verdaderos responsables (cerebros, criminales de cuello blanco), que se lucraron

con este tipo de delito, pero esto de ninguna manera exime a los mandos medios

de su responsabilidad legal

QUE INVESTIGA LA AUDITORIA FORENSE

 1- Crímenes Fiscales: Se definen como los Delitos cometidos contra la Dirección

General de Ingresos (DGI), que consisten en defraudar Al estado, eludiendo el

pago de cualquier impuesto, disfrutando de beneficios inmerecidos, y otras

conductas recogidas en el Código Penal.

 2-  Crímenes corporativos y Fraudes: Estas investigaciones se relacionan con

fraude contable y corporativo ante la presentación de información financiera

inexacta por manipulación intencional Fraudes empresariales, Falsificación,

Lavado de Activos  Pérdidas económicas en los negocios.

3-  Discrepancia entre Socios y Accionistas: Esta investigación trata cuando

hay desigualdad o descontento por parte de los socios y accionista cuando se

sospecha que alguno está actuando de forma incorrecta.

4-  Financiamiento del Terrorismo: La auditoria forense investiga cuando hay

indicios de que alguna entidad este  proporcionando  apoyo financiero a terroristas

u organizaciones terroristas a fin de permitirles realizar actos de terrorismo.

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5-  Corrupción Administrativa: El uso del término corrupción es relativamente

nuevo. La palabra corrupción en su actual sentido social y legal, es

la acción humana que viola las normas legales y los principios de la ética. Hay

quienes al hablar de la corrupción se refieren a los actos deshonestos en que

incurren los empleados del estado. No es apropiado usar solo esa palabra en ese

sentido, pues las leyes incriminan y castigaran a la corrupción de menores, y en

los códigos morales los predicadores condenan a la corrupción de las buenas

costumbres. La corrupción administrativa seria entonces el genérico de

los delitos que se cometen en el ejercicio de un cargo público y que se clasifican

jurídicamente en los términos siguientes.

ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA EN LA AUDITORÍA FORENSE

Para la elaboración de una auditoría forense se deben tener en cuenta aspectos como:

a).- Registros:

• Contabilidad manual

• Soportes contables

• Información encriptada

• Archivos sistematizados

• Otros.

b).- Se debe evaluar la probabilidad de ocurrencia de:

• Llevar doble contabilidad.

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Page 35: Jairo Re Villa Auditor For

• Utilizar prestanombres (testaferros).

• Duplicar los estados financieros.

• Hacer partidas falsas, alteraciones o falsificaciones.

• Abrir cuentas bancarias con nombres ficticios.

• Omitir la presentación de declaraciones tributarias y realizar evasión fiscal.

• Declarar cantidades diferentes en las ventas o en las compras.

• Hacer partidas por préstamos falsos en los registros.

• Manejar grandes sumas de dinero.

• Preparar facturas falsas.

• Aumento inexplicable y considerable de la riqueza de un momento a otro.

• Omitir registros.

• Encubrimiento de ingresos.

El auditor debe tener en cuenta aspectos tan importantes como

• Identificar si la empresa es pública, privada o mixta.

• Conocer a qué sector económico pertenece: agropecuario, comercial, industrial o

de servicios.

• Utilizar herramientas como el análisis GESI (Gubernamental, Económico, Social e Informático), el DOFA (Debilidades Oportunidades, Fortalezas y

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Page 36: Jairo Re Villa Auditor For

Amenazas) o el de las 5 fuerzas (competidores potenciales, proveedores,

productos sustitutos, compradores y competidores existentes).

• Saber quiénes son sus dueños y buscarlos en la lista OFAC [Office of Foreign Assets Control, Oficina de Control de Bienes de Extranjeros, del Departamento del Tesoro estadounidense] para verificar si tienen

antecedentes.

• Establecer qué tipo de estructura de capital posee.

• Obtener toda la información relacionada con estructura organizacional, misión,

visión, objetivos, estrategias y conformación de junta directiva, entre otros.

• Identificar todo tipo de fusiones o adquisiciones que la empresa posea.

• Saber cuáles son sus fuentes de financiamiento y qué tipo de métodos utiliza.

• Identificar plenamente quiénes son los usuarios más interesados en obtener

información de la empresa.

• Indagar sobre la reputación que tiene la empresa en el sector en que se

desenvuelve.

• Saber cuáles son los productos que vende la empresa, conociendo desde su

materia prima hasta su producto final.

• Preguntar sobre activos, pasivos o transacciones en moneda extranjera.

• Identificar cuáles son las organizaciones que la vigilan, controlan y supervisan, y

qué leyes o regulaciones afectan de forma importante a la entidad.

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Page 37: Jairo Re Villa Auditor For

• Saber qué controles implementa la administración para minimizar los riesgos

inherentes, operacional, reputacional, de crédito, legal, de mercado y de lavado de

activos.

• Número de empleados que tiene la organización y corroborar contratos de cada

uno de ellos.

• Comprender suficientemente el sistema de contabilidad que posea la empresa

para identificar y entender:

Las principales transacciones en las operaciones de la entidad.

Cómo se inician las transacciones.

Registros contables importantes dentro de la organización. Algunos documentos permiten conocer el negocio, entre los cuales están:

• Certificado de Constitución y Gerencia, expedido por la Cámara de Comercio de

la ciudad en donde se encuentra el domicilio principal de la empresa.

• Escritura Pública.

• Registro Único Tributario (RUT), tanto de la empresa como de cada uno de sus

accionistas, clientes y proveedores. mecanismos de contabilidad para prevenir y

detectar el lavado de activos / s. bareño / 351

• Declaraciones tributarias tanto de los socios como de la empresa.

• Relación de cada uno de los empleados e indicación de a qué fondo de pensión

o administradora de salud realiza sus aportes obligatorios mensualmente.

• Organigramas.

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Page 38: Jairo Re Villa Auditor For

• Manual de funciones.

• Manual de procedimientos.

Identificación y análisis de las cuentas de mayor riesgo

LA LECTURA DE LOS DIVERSOS TEXTOS CONSULTADOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESENTE TRABAJO, PERMITIÓ

DETERMINAR QUE LAS CUENTAS CONTABLES DE MAYOR RIESGO PARA EL LAVADO DE ACTIVOS SON:

• Ingresos

• Cuentas por cobrar

• Inversiones

• Inventario

• Propiedad, planta y equipo

• Obligaciones

Ingresos: Esta cuenta se afecta con el registro de ingresos originados en

actividades ilícitas para mostrarlos como ingresos operacionales, al elaborar

facturas por ventas de productos inexistentes o por prestación de servicios que no

se han realizado.

En las compañías que realizan ventas de contado, en las que no es obligatorio

expedir factura sino un documento equivalente es posible registrar ingresos como

ventas de contado sin que éstas tengan un soporte en la enajenación de

inventarios.

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Page 39: Jairo Re Villa Auditor For

Cuentas por cobrar: Es el registro obligatorio, cuando se han elaborado facturas

irregulares y a la que se hizo referencia en el párrafo de ingresos.

Inversiones: En el lavado de activos existe la práctica de constituir depósitos a

término fijo u otro tipo de inversión líquida, en países de donde se derivan ingresos

ilícitos y con éstos garantizar préstamos bancarios que posteriormente no se

pagan, lo que obliga a la entidad bancaria a utilizar la garantía (Cano, 2005, p.

283).

Inventarios Por medio de esta cuenta es posible registrar inventarios cuyo costo

en el exterior, en alto porcentaje, ha sido pagado con dineros ilícitos y que entran

al país subfacturados. Esto permite pagar aranceles bajos y lavar dinero por medio

de su venta.

Propiedad, planta y equipo: En el país, resulta muy fácil y se puede afirmar que

es una práctica corriente que la escritura de compra de activos fijos no se

diligencie por el valor exacto de la transacción. En la compra de bienes inmuebles

se lavan grandes sumas de dinero, toda vez que, en algunos casos, el valor de

escrituración es inmensamente inferior al valor comercial o que realmente se

cancela por la transacción. Contablemente, esta cuenta contiene valores muy por

debajo de los costos históricos reales de adquisición.

Obligaciones: Consiste en obtener créditos con bancos y hacer prepagos con

dineros ilícitos o contabilizar 352 / vol. 10 / no. 27 / julio-diciembre 2009 créditos

ficticios para justificar movimientos de efectivo en el momento de su pago.

Emitir informe La objetividad es crucial para un contador forense que actúa como un testigo especialista: El contador forense debe evitar la toma de una

posición parcial o irracional. Mientras la conclusión esté libre de prejuicios, el

testigo especialista puede aplicar las estrategias no obstante al testificar para

asegurar que la conclusión se entiende y no será refutada durante los exámenes

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Page 40: Jairo Re Villa Auditor For

(Rodríguez-Castro, 2002). Después de realizar toda la investigación el auditor

forense debe estar en la capacidad de generar un informe oral y/o escrito, el cual

va a servir como prueba ante alguna disputa legal o como documento soporte para

la toma de decisiones por parte de la administración de la entidad. Durante todo el

proceso y para esta parte, el auditor debe ser totalmente independiente y neutro

en su criterio, siempre debe respetar a cabalidad el principio de confidencialidad.

Al expresar el concepto, el informe del auditor forense debe:

• Proporcionar toda la información necesaria para entender los orígenes de la

investigación.

• Mostrar toda la evidencia obtenida, incluyendo documentos y fuentes de

información.

• Revelar todos los hechos pertinentes.

• Especificar todos los hallazgos obtenidos durante la realización de la auditoría.

• Describir los acercamientos tomados y los métodos aplicados.

• Considerar y explicar todos los factores importantes para poder emitir la

conclusión.

• Especificar el período en que se recolectó la evidencia.

• Comunicar todos los problemas encontrados después del desarrollo del proceso.

• Identificar el nombre del contador que realiza la auditoría forense.

• Especificar las restricciones en el uso del informe y las limitaciones de la

conclusión (Rodríguez-Castro, 2002).

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CAPITULO VI

A CONTINUACIÓN, SE RESOLVERÁ UN CASO EN EL CUAL SE VERÁ LA APLICACIÓN DE LA AUDITORÍA FORENSE COMO UNA HERRAMIENTA.

1.- Caso de aplicación – Universidad de San Ignacio El 1 de octubre de 2011, el

padre José González, representante legal de la Comunidad San Francisco de

Asís, presenta una denuncia penal por presuntas irregularidades en el manejo de

las finanzas de la Universidad de San Ignacio. El padre Julio González, quien era

el rector de la Universidad en esa época, era acusado por enriquecimiento ilícito,

falsedad en documento privado, fraude procesal, hurto agravado por la confianza y

lavado de activos. La Fiscalía entra a investigar las denuncias realizadas por el

padre José González y efectivamente encuentra anomalías en el manejo de Los

nombres utilizados en este caso son ficticios, los datos estadísticos son irreales.

Mecanismos de contabilidad para prevenir y detectar el lavado de activos

donaciones recibidas, falencias en la contabilidad e inconsistencias en los gastos.

Un estudio que hizo el Departamento Administrativo de Seguridad, del Estado,

determinó que, desde 2004 hasta el 30 de septiembre de 2010, la universidad

recibió 120 propiedades como donaciones, entre las cuales había apartamentos,

locales, fincas, carros y documentos financieros, los cuales estaban avaluados en

$48.546.183.267, y estos mismos bienes eran vendidos por un menor valor. En

ese mismo estudio, el departamento de seguridad del Estado pudo determinar que

los ingresos de la universidad correspondían en gran parte a las matrículas

pagadas por los estudiantes pero también que de esos bienes vendidos sólo

ingresaron $26.000 millones. Todos esos bienes fueron donados por múltiples

personas incluidas en la famosa Lista Clinton.

2.- Muchos de esos bienes no fueron registrados en la Oficina de Instrumentos

Públicos ni tampoco aparecían en el inventario de la universidad. En algunos

41

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casos, se dice que varias de estas propiedades terminaron en manos de familiares

de algunos directivos de la universidad.

Análisis del caso: El análisis del caso anterior se va a hacer desde dos enfoques:

administrativo y de auditoría. El enfoque administrativo puede determinar que la

gerencia y la administración no estaban muy comprometidas con la creación de

controles o procedimientos que permitan prevenir y detectar el lavado de activos.

Documentos creados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos en el

cual se incluyen todo tipo de personas tanto naturales como jurídicas que no son

gratas para el Gobierno estadounidense, porque atentan contra la integridad de su

país. Si se evalúa de acuerdo con el cumplimiento de tres de los componentes de

un sistema integrado de control interno como el de COSO [Committee of

Sponsoring Organizations of the Treadway Commission, COSO] se podría

concluir que:

• En cuanto al ambiente de control la universidad, podría tener fallas para

establecer mecanismos de control de riesgos.

• Para la evaluación de riesgos, la universidad probablemente no contaba con

manuales o mapas de riesgos preestablecidos que le permitieran mitigar o

prevenir el riesgo.

• La universidad no demuestra haber realizado algún procedimiento que le

permitiera establecer medidas para prevenir y detectar el lavado de activos y el

fraude. El enfoque de auditoría podría establecer que de acuerdo con la Ley 43 de

1990, por la cual se adiciona la ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de

contador público y se dictan otras disposiciones, el Contador de la universidad

atentó contra su responsabilidad social y profesional porque:

1. Contabilizó sin averiguar valores y procedencias de los bienes.

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2. Hizo caso omiso de los soportes que deben acompañar cada uno de los

registros que afecten la contabilidad.

3. En el análisis de los estados financieros no reveló hechos fraudulentos.

Por otra parte, el revisor fiscal falló ante las funciones que le da el Código de

Comercio en el Artículo 207, que se refiere a las funciones del revisor fiscal,

porque él estaba obligado a desarrollar pruebas de auditoría que le permitieran:

1. Conocer la procedencia de los bienes.

2. Constatar la razonabilidad del precio de venta frente al valor de mercado.

3. Haber informado a los socios, accionistas y organismos de control cualquier

irregularidad detectada. Con lo anterior se concluye que desde el punto de vista de

prevención y detección de lavado de activos y conservación de bienes, la

universidad no estaba comprometida con la existencia de controles adecuados. A

pesar de que el revisor fiscal por Ley estaba obligado a velar por la conservación

de los bienes de la universidad, se observa que no adelantó las pruebas de

auditoría correspondientes que le permitieran detectar los ilícitos. Muy

seguramente, está universidad no hizo nada por establecer controles internos de

prevención de lavado de activos; hechos que de alguna manera deben ser

incluidos en el tema de auditoría forense. En un caso como éste, se puede

establecer que la auditoría forense toma el papel de auditoría reactiva (aparece

después de sucedidos los hechos), pero lo ideal es que la auditoría forense se

convierta en una herramienta proactiva para que se sepa cómo suceden los

hechos y para que no vuelvan a ocurrir.

QUE ES UN DELINCUENTE DE CUELLO BLANCO.

Los Delincuentes de Cuello Blanco es aquel delincuente que viste siempre

apropiado, tiene buena presencia y que sus delitos son difícilmente investigados o

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encontrados. Con este tipo de delincuentes no se garantiza la efectividad de la ley,

por la influencia que este tipo de delincuente tiene.

CÓMO SE INVESTIGA EL DELITO DE CUELLO BLANCO

Si el supuesto delito es materia de la ley federal, entonces el FBI lo investigará. El

FBI tiene, por escrito, una meta estratégica de reducir la cantidad de delitos de

cuello blanco mediante la investigación activa de esta clase de delitos.

Si las acciones de una persona supuestamente violan la ley estatal, entonces es

probable que la policía del Estado y la oficina del fiscal de distrito sean quienes

investiguen ese delito.

CÓMO SE CASTIGAN LOS DELITOS DE CUELLO BLANCO

Algunos sostienen que los delitos de cuello blanco no son ejecutados

vigorosamente en los Estados Unidos. Arguyen que los investigadores, abogados

y jueces están menos dispuestos a imponer todo el peso de la ley sobre aquellos

que son considerados como ellos y que no han cometido un delito violento.

Ese argumento puede ser preciso y puede estar basado parcialmente en el hecho

de que las sentencias potenciales para los delitos de cuello blanco son más bajas

que en la mayoría de los delitos violentos. Las sentencias en potencia son más

bajas debido a que nadie sale lastimado y a que muchos delincuentes de cuello

blanco lo son por primera vez y no se considera que haya riesgo de reincidencia.

Sin embargo, algunos delincuentes de cuello blanco han desarrollado y ejecutado

esquemas elaborados que han dado como resultado el robo de grandes

cantidades de dinero. Estos delincuentes pueden haber violado más de una ley y

probablemente serán tratados más duramente que otra clase de delincuentes de

cuello blanco.

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Page 45: Jairo Re Villa Auditor For

CONCLUSIONES.

A lo largo de este documento, se realizó un acercamiento crítico al fenómeno del

lavado de activos y dinero y se profundizó en los mecanismos de auditoría para

prevenirlo y detectarlo, para de esta manera encontrar los elementos que permitan

mejorarlos en Colombia, y se concluye lo siguiente:

• El lavado de activos y dinero, representa un problema complejo y dinámico para

la comunidad internacional. Ciertamente, la naturaleza mundial de esta actividad

requiere pautas universales y cooperación internacional con el fin de reducir la

capacidad de los delincuentes para lavar sus ganancias y llevar a cabo sus

actividades delictivas. Por ello, se han creado muchos organismos y leyes que

enfrenten este delito.

• En el ámbito internacional, el Grupo de los siete países industrializados (G-7)

creó la organización de vigilancia global de lavado de dinero Grupo de Acción

Financiera Internacional [Financial Action Task Force], FATF-GAFI, con la

Secretaría de la Organización de Cooperación Económica y de Desarrollo, OECD,

con sede en París. En 1990, la FATF-GAFI expidió su primer informe anual, que

contempla el famoso documento Las 40 recomendaciones de la GAFI sobre

acciones que los gobiernos deben tomar para combatir el lavado de dinero.

Además, hay otros organismos como la Comisión Interamericana para el Control

del Abuso de Drogas, CICAD; el Grupo Egmont; el Grupo Asia/Pacífico, APG; el

Grupo de Acción Financiera del Caribe, CFATF-GAFIC; Grupo Euroasiático contra

el Blanqueo de Dinero y la Financiación Terrorista, EAG; Grupo del Este y del Sur

de África, ESAAMLG; el Grupo de Acción Financiera mecanismos de contabilidad

para prevenir y detectar el lavado de activos de Sudamérica, GAFISUD; y el Grupo

de Expertos sobre Lavado de Activos, GELA, entre otros.

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Page 46: Jairo Re Villa Auditor For

• Colombia creó la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, que hace

parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y tiene como objetivo prevenir y

detectar operaciones de lavado de activos en diferentes sectores de la economía

nacional. La UIAF, creada por medio de la ley 526 de agosto de 1999, tiene

personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonio independiente y

regímenes especiales en materia de administración de personal, nomenclatura,

clasificación, salarios y prestaciones, y es de carácter técnico.

• Además, el país cuenta con organismos tan importantes como la Fiscalía

General de la Nación; la Presidencia de la República de Colombia; el Ministerio de

Hacienda y Crédito Público; el Ministerio del Interior y de Justicia; la

Superintendencia Financiera de Colombia; la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales, DIAN; la Dirección Nacional de Estupefacientes, DNE; la

Superintendencia de Sociedades; el Banco de la República; el Departamento

Administrativo de Seguridad, DAS; la Asociación Bancaria de Colombia,

Asobancaria; la Bolsa de Valores de Colombia; la Asociación de Fiduciarias,

Asofiduciarias y la Asociación Mutual Bursátil, entre otros.

• La legislación colombiana en materia de lavado de activos busca no sólo

prevenir, sino también detectar y controlar el lavado de activos. Esta normatividad

incluye el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; la Ley 964 de 2005, por la

cual se dictan las normas generales en las cuales se señalan los objetivos y

criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las

actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del

público que se efectúen mediante valores; el decreto 3420 de 2004, por el cual se

modifica la composición y funciones de la Comisión de Coordinación

Interinstitucional para el Control de Lavado de Activos; la circular 081 del 29 de

enero de 1999, de la Superintendencia de Salud para identificar mecanismos de

prevención y control de lavado de activos y la financiación del terrorismo, entre

otras disposiciones.

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• En primera instancia se debe analizar cada una de las partidas de los estados

financieros para poder identificar los movimientos inusuales o sospechosos. De

esta manera, se llega al segundo paso que es verificar el concepto de empresa.

En tercer lugar, es importante resaltar que se debe conocer muy bien al cliente

con el objetivo principal de identificar cualquier comportamiento inusual; seguido

de esto, en toda empresa debe haber controles que ayuden a prevenir y detectar

el fenómeno de lavado de activos. La identificación de riesgos es importante,

debido a que todo entorno empresarial es vulnerable ante diferentes situaciones

económicas, políticas y sociales; por último, el acceso a la documentación y el

análisis estadístico van de la mano y desempeñan un gran papel a la hora de

identificar comportamientos anormales de la empresa en un período determinado.

• Cuando se presentan delitos económicos o financieros, la contabilidad se

convierte en la principal herramienta de obtención de pruebas, ya que en ella se

encuentra la historia financiera y económica de cualquier empresa. La auditoría

forense tiene el carácter de auditoría especializada, cuyo objetivo es descubrir e

informar sobre fraudes y delitos en operaciones públicas y privadas. La

contabilidad debe jugar un papel importante como medio de prueba y de

recolección de evidencias. En la actualidad, se puede afirmar que el concepto de

auditoría forense se fortalece y obliga a los profesionales de la Contaduría a

desarrollar propuestas innovadoras, que ayuden al auditor forense a expresar su

informe con alto grado de seguridad, de tal manera que sea un elemento de aporte

valioso para prevenir y detectar el lavado de activos.

• La problemática del lavado de activos y dinero, obliga a los entes económicos –

ante todo a los más vulnerables a esta práctica– a desarrollar procedimientos y

controles basados en los estándares internacionales originados por los

organismos que estudian y generan pautas para prevenirlo y detectarlo. Así como

las auditorías tradicionales evalúan el cumplimiento de los procedimientos

contables, administrativos, de gestión y la razonabilidad de las cifras de los

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estados financieros, es necesario que, en el lavado de activos, la auditoría forense

sea una forma de prevenir y detectar el delito, al evaluar la gestión interna de la

empresa en el cumplimiento de normas y procedimientos establecidos, y examinar

el control interno en lo relacionado con la prevención y detección del lavado de

activos.

• La auditoría forense es el elemento alternativo para mejorar los mecanismos de

contabilidad existentes, ya que ésta debe ir enfocada no sólo a detectar sino

también a prevenir. En la mayoría de las situaciones, la auditoría forense se aplica

cuando el fenómeno ya ha ocurrido y entra a convertirse en una medida de

detección, pero se considera vital conocer bajo qué medidas se da el fenómeno

para prevenirlo y evitar que el mismo vuelva a ocurrir. En ese orden de ideas, la

auditoría forense debería ser un elemento proactivo y no reactivo.

• Para el desarrollo de la auditoría forense se establecen tres pasos principales a

seguir: entendimiento del negocio; identificación y análisis de las cuentas de

mayor riesgo; y la emisión del informe.

• La Auditoría Forense es un elemento alternativo para mejorar los mecanismos

contables existentes para prevenir y detectar el lavado de activos en Colombia, y

que las empresas colombianas deberían hacer uso de esta auditoría no sólo

cuando el fenómeno ya haya ocurrido, sino antes de que ocurra para que

realmente se convierta en una medida de prevención y no sólo de detección.

Referencias

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JAIRO REVILLA DUARTE

Vicepresidente del Comité Corrupción y Lavado de Dinero FIA.Asesor del Presidente del Comité Ejecutivo de la FIA. 2013 – 2014Consejero de la Federación Interamericana de Abogados.Avenida la Estancia, CCCT, Piramide Invertida, piso 2, Oficina 209 ATeléfonos: 0058 2129594125, 58 2128865998, Móvil: 5804143051414Caracas Venezuela, Zona Postal 1060E Mail: [email protected] [email protected]

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