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SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO del Modelo Educativo ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROS Universalización Hacia la Sociocomunitario Productivo 3

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SISTEMA

TRIBUTARIO

BOLIVIANO

del Modelo Educativo

ITINERARIOS FORMATIVOSPARA MAESTRAS Y MAESTROS

UniversalizaciónHacia la

SociocomunitarioProductivo

3

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Colección: CUADERNOS DE FORMACIÓN CONTINUA

Ciudadanía y Cultura Tributaria.

Ciclo: “Educación Tributaria”

Cuaderno “Sistema Tributario Boliviano”

Coordinación:

Servicio de Impuestos Nacionales - SIN

Gerencia de Servicio al Contribuyente y Cultura Tributaria

Viceministerio de Educación Superior de Formación

Profesional

Dirección General de Formación de Maestros

Unidad Especializada de Formación Continua – UNEFCO

Equipo de Redacción y Dirección:

Departamento de Cultura Tributaria

Unidad Especializada de Formación Continua – UNEFCO

Cómo citar este documento:

Ministerio de Educación (2018). “Sistema Tributario

Boliviano”. Cuaderno de Formación Continua. UNEFCO,

Tarija.

La venta de este documento está prohibida. Denuncie al

vendedor a la Dirección General de Formación de

Maestros, Tel. 2440815 o a la Unidad Especializada de

Formación Continua: [email protected]

www.minedu.gob.bo

www.unefco.edu.bo

Bolivia, julio del 2018

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Contenido

PRESENTACIÓN.............................................................................. 5DATOS GENERALES DEL CUADERNO............................................... 7Obje�vo holís�co del Ciclo: ........................................................... 7Obje�vo del curso: ........................................................................ 7TEMA 1. SISTEMA TRIBUTARIO EN BOLIVIA ................................... 9ACTIVIDADES DE INICIO............................................................... 101.1 Los Tributos ........................................................................... 111.2 Elementos Integrantes del Sistema Tributario ........................ 14ACTIVIDAD SUGERIDA ................................................................. 17TEMA 2. TIPOS DE REGIMENES y PRINCIPALES IMPUESTOS EN BOLIVIA ...19ACTIVIDADES DE INICIO............................................................... 202.1 Régimen General y Especial ................................................... 212.2 Principales impuestos en Bolivia ............................................ 242.3 Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) ..... 41ACTIVIDAD SUGERIDA ................................................................. 49TEMA 3. LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS EN BOLIVIA........... 51ACTIVIDADES DE INICIO............................................................... 523.1 Polí�ca Económica en Bolivia................................................. 533.2 La Recaudación...................................................................... 573.3 Áreas de Distribución de los Recursos .................................... 58ACTIVIDAD SUGERIDA ................................................................. 63CONSIGNAS DE APLICACIÓN ........................................................ 64ESTRATEGIAS PARA LA ETAPA DE SOCIALIZACIÓN DE EXPERIENCIAS..... 64BIBLIOGRAFÍA ............................................................................. 65GLOSARIO ................................................................................... 66ANEXOS 1 .................................................................................... 68

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En el marco del Convenio establecido entre el Ministerio de

Educación y el Servicio de Impuestos Nacionales, con la finalidad

de promover y reforzar los valores necesarios que permitan la

construcción de una Cultura Tributaria para el Vivir Bien, se

presenta el ciclo formativo “Educación Tributaria” que se

implementará con la modalidad y metodología de los Itinerarios

Formativos para Maestros. Esta modalidad formativa es

desarrollada por el Ministerio de Educación, a través de la Unidad

Especializada de Formación Continua, tomando en cuenta los

niveles, las especialidades y la pertinencia cultural y lingüística de

los diversos contextos.

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), desde el año 2012 se

encuentra implementando el Programa “Creando Cultura

Tributaria” en todo el Estado Plurinacional de Bolivia.

A efecto de fortalecer la cultura tributaria entendida como el

conjunto de valores, creencias y actitudes compartidas por una

sociedad respecto a la tributación y las leyes que la rigen, es

necesario que las personas conozcan esta importante temática y

sobre todo que asuman sus responsabilidades respecto a la

misma. La formación de una cultura tributaria se vincula

esencialmente con la promoción de una ciudadanía responsable

que ejerza sus derechos y cumpla con sus deberes.

La formación continua de maestros, es fundamental para la

formación de los ciudadanos de nuestro Estado Plurinacional, por

ello, en esta publicación, ponemos a su disposición el Ciclo

Formativo de Educación Tributaria, el cual contiene interesantes

contenidos, que contribuirá en la formación de estudiantes de los

Presentación

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diferentes niveles de educación, respecto a la importancia de la

tributación y así favorecer el fortalecimiento de la cultura tributaria

en la ciudadanía en general.

Estos Cuadernos de Formación Continua son materiales de

apoyo para el ciclo de “Educación Tributaria” impulsada por el

Servicio de Impuestos Nacionales y el Ministerio de Educación.

En ellos se desarrollan aspectos teórico – prácticos relacionados

a las temáticas presentadas e incluyen propuestas de actividades,

preguntas y/o ejercicios que ayudarán en el proceso de

asimilación. Sobre la base de estos Documentos de Trabajo, los

facilitadores podrán añadir y/o adecuar contenidos y estrategias

formativas de acuerdo a cada contexto.

Invitamos a los facilitadores y participantes de todo el país a

contribuir con observaciones y sugerencias para mejorar y

enriquecer posteriores ediciones a los correos

([email protected] y/o [email protected]).

Mario Cazón Morales – Presidente Ejecutivo Servicio de Impuestos Nacionales a.i.

María Eugenia Hurtado R. – Coordinadora Nacional a.i. UNEFCO

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DATOS GENERALES DEL CUADERNO

CICLO CURSO

Educación

Tributaria

Ciudadanía y Cultura Tributaria

Historia de los Tributos

Sistema Tributario Boliviano

Objetivo holístico del Ciclo:

Analizamos y comprendemos la importancia de la educación en

cultura tributaria, fortaleciendo los valores sociocomunitarios de

responsabilidad, distribución y redistribución de los bienes y servicios

del Estado, para promover la construcción de una sociedad más justa

hacia el vivir bien.

Objetivo del curso:

Fortalecemos los valores sociocomunitarios de responsabilidad,

distribución y redistribución, analizando la importancia de la

recaudación tributaria, conociendo los principales impuestos y tipos

de regímenes para promover la construcción de una sociedad más

justa hacia el Vivir Bien.

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HOSPITALPOLICIA

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SISTEMA TRIBUTARIO EN BOLIVIA

UNIDAD EDUCATIVA

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ACTIVIDADES DE INICIO

TEMA UNO

10

Organizamos grupos de trabajo de acuerdo al número de participantes para

desarrollar las siguientes consignas:

Compartimos en plenaria nuestras respuestas y reflexionamos sobre las

mismas.

- Desde nuestras vivencias ¿Qué conocemos sobre el sistema

tributario en Bolivia?

- ¿Qué tipo de impuestos pagamos y que características tienen?

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Sistema Tributario en Bolivia

11

1.1 Los Tributos

Desde el ámbito financiero, los tributos son contribuciones

obligatorias que los habitantes de una sociedad deben aportar a

las arcas del estado. Estas contribuciones ya no se realizan en

especie, como en la antigüedad, sino con dinero1.

La recaudación de los recursos de dichos tributos el Estado los

administra y utiliza para sostener el gasto público y satisfacer las

necesidades de la ciudadanía.

Los tributos son los aportes que hacen los individuos para que la

sociedad pueda funcionar.

1.1.1 Elementos del Tributo

En el diseño del sistema tributario boliviano se analizan los

elementos que conforman el tributo y estos son:

- Hecho generador: Es el presupuesto de naturaleza jurídica

o económica expresamente establecido por Ley para

configurar cada tributo, cuyo acontecimiento origina el

nacimiento de la obligación tributaria (Ley Nº 2492, Sección

II, Artículo 16).

- Sujetos: (Ley Nº 2492, Sección III, Subsección I, Artículo 21

y Subsección II, Artículo 22).

1 hIttps://www.finanzaspracticas.com.co/finanzaspersonales/presupuestar/personales/45.php

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TEMA UNO

12

· Pasivo: Es el contribuyente que debe cumplir las

obligaciones tributarias.

· Activo: Está constituido por cualquiera de las

administraciones tributarias que tienen las facultades de

recaudación, control, verificación, determinación, ejecución

y otras.

- Base imponible: Es la unidad de medida, valor o magnitud,

obtenidos de acuerdo a las normas legales respectivas,

sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a

pagar (Ley Nº 2492, Sección IV, Artículo 42).

- La alícuota: Es el valor fijo o porcentual establecido por Ley,

que debe aplicarse a la base imponible para determinar el

tributo a pagar (Ley Nº 2492, Sección IV, Artículo 46).

ELEMENTOS DEL TRIBUTO

Hecho generador Sujetos

Pasivo Activo

Base Imponible Alícuota

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Sistema Tributario en Bolivia

13

1.1.2 Clasificación de los Tributos

- Los tributos se clasifican en: Impuestos, tasas,

contribuciones especiales y patentes municipales.

- Impuesto: Tiene como hecho generador una situación

prevista por Ley. No existe una contraprestación.

- Tasa: Consiste en la prestación de servicios o la realización

de actividades individualizadas en el sujeto pasivo. Estas

tasas no debe tener un destino ajeno al servicio o actividad

que constituye la causa de la obligación.

- Contribuciones Especiales: Beneficios derivados de la

realización de determinadas obras o actividades estatales

cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la

financiación de dichas obras o actividades.

- Patentes: Son establecidas conforme a la C.P.E. cuyo hecho

generador es el uso o aprovechamiento de bienes de

TRIBUTO

Impuesto Tasa

Nacional Departamental Municipal

Contribución Especial Patente

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TEMA UNO

14

SISTEMATRIBUTACIÓN

POLÍTICATRIBUTARIA

NORMATRIBUTARIA

ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA

dominio público, así como la obtención de autorizaciones

para la realización de actividades económicas. Sólo la Ley

puede crear, modificar y suprimir los tributos.

1.2 Elementos Integrantes del Sistema Tributario

Se debe tener presente que un sistema tributario está conformado

no solamente por un conjunto coherente e integrado de tributos,

sino también, de otros elementos muy importantes que le dan

fuerza y unión. Los elementos que integran el Sistema Tributario

Boliviano son:

Política Tributaria: Se refiere a los lineamientos que definen los

objetivos del Sistema Tributario y además que lo orientan y

dirigen, misma que:

- Diseña el Sistema Tributario.

- Define las características del Sistema Tributario.

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Sistema Tributario en Bolivia

15

- Analiza los indicadores del Sistema Tributario, formula y

diseña el Sistema Tributario para la obtención de recursos

para el Estado a través de tributos.

- Se encarga de las cosas futuras.

Normativa Tributaria: Constituye los principios generales o

normativos que definen la estructura tributaria o el conjunto de

tributos además de las relaciones de interdependencia con los

demás componentes del Sistema Tributario.

Administración Tributaria: Son los elementos institucionales

que se encargan de la recaudación de los tributos.

- Implementa la Normativa Tributaria.

- Se encarga del Sistema Tributario actual.

- Facilita al contribuyente el pago de sus impuestos velando

por la correcta aplicación de las normas.

Se puede indicar que los elementos que constituyen el Sistema

Tributario boliviano definen, organizan y hacen la ejecución de los

procesos administrativos tributarios.

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ACTI

VIDA

D 1

TEMA UNO

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Sistema Tributario en Bolivia

ACTIVIDAD SUGERIDA

Los y las participantes se organizan por afinidad en grupos de 5 personas para

realizar las siguientes actividades tomando en cuenta los elementos constitutivos:

Hecho generador, Sujeto pasivo y Activo, Base imponible y Alícuota.

Posteriormente cada grupo expone el impuesto creado, explicando el destino

específico de la recaudación proveniente de dichos impuestos.

- Grupo 1: Creará un impuesto nacional.

- Grupo 2: Creará un impuesto departamental.

- Grupo 3: Creará un impuesto municipal.

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HOSPITALPOLICIA

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UNIDAD EDUCATIVA

TIPOS DE REGÍMENESy PRINCIPALES IMPUESTOS en BOLIVIA

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

TEMA DOS

20PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

ACTIVIDADES DE INICIO

Indagamos los conocimientos de las y los participantes, para identificar el tipo

de régimen al que pertenecen ciertos negocios.

Para ello nos organizamos en cuatro grupos, y asignamos los siguientes roles:

En Bolivia, los contribuyentes se organizan en dos tipos de regímenes: General y especial,

analizaremos cada uno de ellos.

Cada grupo debe ofrecer su producto, pero no puede decir que tipo de

negocio es (Para ello deben brindar la mayor cantidad de detalles).

Para ello se les asigna un lapso de 10 minutos.

Al finalizar la actividad, el facilitador deberá reforzar si los negocios de la

actividad pertenecen o no al régimen indicado.

- Grupo 1 tendrá el negocio de venta de comida rápida.

- Grupo 2 venta de artesanía (según la región).

- Grupo tres y cuatro, deberán identificar qué tipos de negocios

son y colocar un letrero que refiera la actividad económica y los

tipos de regímenes que consideren al cual puedan pertenecer.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

21

2.1. Régimen General y Especial

2.1.1 Régimen General

De acuerdo a la Ley Nº 843, son parte del régimen general todas

las personas naturales y jurídicas que desarrollan una actividad

económica, exceptuando las actividades económicas que

pertenecen al régimen especial. Dichas actividades económicas

son las que emiten factura.

Dentro de este régimen, los contribuyentes se clasifican en

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

Los contribuyentes clasificados en este régimen, son todas las

Personas Naturales y Jurídicas, Empresas Públicas y Privadas,

Sociedades, incluidas las Empresas Unipersonales y otros que

realizan actividades económicas como:

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos, ropa, cemento, vehículos, bebidas alcohólicas y otros).

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

4 http://latribucionperuana.blogspot.com/2013/10/la-tributacion-en-la-colonia.html.

RÉGIMEN GENERAL

PRICOS(Principales

Contribuyentes)

GRACOS(Grandes

Contribuyentes)

RESTO(Los demás

Contribuyentes)

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 22: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla, disfraces, vehículos, casas, departamentos y otros).

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos, contadores y otros)

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

2.1.2 Régimen Especial

Las actividades económicas pertenecientes al régimen especial

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

a) Régimen Tributario Simplificado (RTS)

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:- Comerciantes Minoristas

- Artesanos

- Vivanderos

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

TEMA DOS

22

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

RÉGIMEN GENERAL

RTS STI RAU

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 23: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

23

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:- Todos los contribuyentes alcanzados por el régimen

general.

b) Sistema Tributario Integrado (STI)

Las personas que se benefician de este sistema son:

Personas que tengan a su nombre, hasta dos (2) vehículos que se

dedican al:

- Transporte público urbano de pasajeros y/o de carga.

- Transporte público inter provincial de pasajeros y/o carga.

Quienes no pertenecen a este sistema son:

- Personas que prestan el servicio de transporte

interdepartamental de carga y/o pasajeros.

- Personas que prestan el servicio de transporte nacional y/o

internacional de carga y/o pasajeros.

- Personas que posean más de dos vehículos.

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen Agropecuario Unificado).

- Empresas de transporte urbano.

c) Régimen Agropecuario Unificado (RAU)- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

Supremo 24463, consolida el pago del IVA, IT, IUE y

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones. - Agrícolas, pecuarias, avicultura, apicultura, floricultura,

cunicultura, piscicultura.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 24: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

TEMA DOS

24

Quiénes no pertenecen al RAU.

Las actividades económicas que no se podrán considerar dentro

del RAU son:- Cooperativas dedicadas a actividades de:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

- Molinos, Ingenios, Frigoríficos, Almacenes, Silos, Plantas

de tratamiento de leche, Cualquier otra clase de explotación

industrial, comercial o de servicios, vinculadas o no a la

actividad agropecuaria.

2.2 Principales impuestos en Bolivia

2.2.1 Impuesto al Valor Agregado - IVA

El IVA es un impuesto de carácter nacional, que se aplica sobre

todas las actividades comerciales efectuadas con mercancías y

servicios.

Este impuesto al valor agregado es incorporado en cada una de las

fases de producción o comercialización de un bien o servicio. Se

paga cada vez que un agente económico (Empresa, Profesional)

incorpora valor agregado (valor adicional) a algún producto o

servicio.

Las ventas generan el Débito Fiscal a favor del Fisco y las

compras generan el Crédito Fiscal a favor del contribuyente.

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 25: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

25

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

- DÉBITO FISCAL = Representa el pago del impuesto de la empresa ante el Servicio de Impuestos Nacionales por el 13% calculado sobre las ventas efectuadas de bienes y servicios.

- CRÉDITO FISCAL = Representa el importe a favor de la empresa por el 13%, calculado sobre las compras efectuadas de bienes y servicios.

Ejemplo:

- Operaciones gravadas por el IVA

El IVA grava el total de los ingresos obtenidos por todas las personas, organizaciones y empresas que realicen cualquier venta de bien o servicio.

• Operaciones Gravadas con Alícuota del 13%

Las actividades económicas que deben pagar la alícuota del IVA son las siguientes:

- La venta habitual de bienes muebles situados o colocados en el territorio nacional.

- Contratos de obras llevados a cabo en el territorio nacional (construcciones).

- Servicios técnicos y profesionales llevados a cabo en el

territorio nacional.

- Servicios públicos y privados llevados a cabo en el territorio

nacional.

- Importaciones definitivas.

TIEMPO VENTAS COMPRAS

DIFERENCIA

(VALOR

AGREGADO)

IMPUESTO

Un mes 18000.- 12.000.- 6.000.- 780.-

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 26: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

TEMA DOS

26

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

- Alquiler de muebles o inmuebles.

- Arrendamiento financiero de bienes muebles.

• Operaciones Gravadas con Alícuota del 0%

Existen algunas actividades que están alcanzadas por el IVA,

pero que por disposiciones legales tienen ciertos privilegios,

dismuyendo la tasa del IVA a 0% (cero por ciento), ya sea como

un incentivo a la producción o por mejores beneficios sociales.

Estas actividades están alcanzadas por lo que se denomina “tasa

cero al IVA” y son:

- Transporte Internacional (Ley Nº 3249 del 1ro de diciembre

de 2005).

- Venta de Libros (Ley Nº 366, del 09 de abril de 2013).

- Cooperativas Mineras, en la venta de minerales y metales

en su primera fase de comercialización (Ley Nº 186, del 17

de noviembre de 2011).

• Operaciones no Gravadas

Son todas, aquellas actividades que no están alcanzadas por el

IVA pero por disposiciones legales estás llegan a emitir un

documento equivalente al IVA (Factura sin derecho a Crédito

Fiscal).

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

Las actividades económicas que son liberadas del IVA son:

- Exportaciones

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 27: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

27

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

- Actividades culturales de artistas nacionales

- Actividades en zona franca

- Venta de moneda extranjera

• Operaciones no Gravadas – Exentas

Una exención es una liberación de la obligación de pagar

contribuciones al Estado, otorgada a una persona natural o

jurídica por disposición legal.

En Bolivia los exentos del IVA son:

- Importaciones del cuerpo diplomático acreditado en el país.

- Importaciones “bonafide (Buena Fe)” hasta 1000 dólares

americanos.

- Transferencias de cartera.

- Transacciones con valores de oferta pública.

- Cesión de bienes o activos sujetos a titularización.

• No son Objetos del IVA

- Las transferencias por reorganización de empresas y los

aportes de capital.

- Las ventas no habituales de vehículos e inmuebles (las

ventas en forma directa por el propietario o a través de

terceros, que hubiesen estado inscritos al momento de su

transferencia en los registros municipales respectivos,

están gravados por el impuesto municipal a las

transferencias IMT) salvo que el vendedor sea el

importador (Ej. vehículos) en cuyo caso se debe pagar el IT.

- Los ingresos provenientes de las colocaciones en el exterior

o de servicios prestados fuera del territorio nacional.

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 28: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

TEMA DOS

28

• Sujetos Obligados al IVA

Las personas que están alcanzadas por el IVA, es decir, aquellas

que deben pagar este impuesto, ya sea como personas naturales

o como personas jurídicas, son todas aquellas unidades

productivas, personas o entidades que con su actividad generen

valor añadido las cuales son:

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el objeto del IVA;

- Las que realizan venta habitual de bienes muebles;

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

de cualquier naturaleza;

- Alquilen bienes muebles y/o inmuebles;

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con bienes muebles.

- El arrendamiento financiero -también denominado “leasing

financiero”-.

- También toda repartición del sector público que efectúe

ventas de bienes muebles, suscriba contratos de obras o de

prestación de servicios de cualquier naturaleza se

constituye sujeto pasivo del IVA.

• Hecho Imponible: Obligación de Emitir Factura

Es la acción que origina u ocasiona el pago del impuesto, es

decir, aquello que está previsto por Ley y cuyo acontecimiento

origina el nacimiento de la obligación tributaria. En la Ley Nº 843

se menciona que el hecho imponible se perfeccionará en las

siguientes ocasiones:

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 29: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

29

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

- En las ventas, al contado o a crédito, en el momento de la

entrega del bien o acto equivalente que suponga la

transferencia de dominio, la cual deberá obligatoriamente

estar respaldada por la emisión de la factura.

- En los contratos de obras o de prestación de servicios y de

otras prestaciones, desde el momento en que se realice la

ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial

del precio, el que fuere anterior. En todos los casos, el

responsable deberá obligadamente emitir la factura, en los

casos de servicios que se presten mediante pagos

parciales del precio, la obligación de emitir factura, nota

fiscal o documento equivalente surge en el momento de la

percepción de cada pago.

La habitualidad del IVA es entendida como la naturaleza,

cantidad o frecuencia con la que el vendedor de bienes y

servicios realice la actividad, criterio que también se aplica

cuando existe la venta de un bien o servicio de manera

esporádica, debiendo también emitir la factura.

• Base Imponible: Monto para el Cálculo del Impuesto

Para el caso del IVA la base imponible está dada por el precio

neto de la venta de bienes muebles, contrato de obras y de

prestación de servicios y de toda otra prestación, consignado en

la factura, nota fiscal o documento equivalente, deduciendo

bonificaciones y descuentos hechos al comprador y el valor de

los envases.

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 30: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

TEMA DOS

30

• Alícuota y Periodo de Presentación

Para el cálculo del IVA se aplica un valor porcentual del 13%.

El periodo de presentación se refiere al espacio de tiempo que

debe transcurrir para hacer los cálculos correspondientes. Para

el caso del IVA, se debe liquidar (y si corresponde pagar), el

impuesto resultante por periodos mensuales y se efectúa sobre

la base de una declaración jurada efectuada en formulario oficial,

constituyendo cada mes calendario un periodo fiscal.

Concluido cada periodo el contribuyente tiene un plazo para

efectuar su declaración jurada, el plazo está definido por el último

digito de su Número de Identificación Tributaria (NIT), el cual está

estipulado en el Decreto Supremo 21530, Articulo 10 de acuerdo

al siguiente detalle:

• Alícuota y Periodo de Presentación

Toda venta, contrato de obra y cualquier otra prestación de

servicio, debe estar respaldada con la emisión de la factura, nota

fiscal o documento equivalente.

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 31: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

31

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

La emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente se

realiza de manera obligatoria a partir de Bs 5 y siempre que el

comprador la solicite por un monto menor Bs 5. La Factura es un

documento autorizado por la administración tributaria, cuya emisión

acredita la transmisión de propiedad y respalda el hecho generador

del tributo.

• Registros

Los sujetos pasivos del IVA están obligados a llevar los

siguientes registros:

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Se denomina declaración jurada a la manifestación personal,

verbal o escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma

declaración bajo juramento ante autoridades administrativas o

judiciales. Como consecuencia se presume como cierto lo

señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo

contrario.

Los contribuyentes tienen la obligación de presentar sus

declaraciones juradas de manera mensual, para ello existen

varios canales por los cuales se pueden realizar dependiendo del

tipo de declaración que se requiera hacer.

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

TEMA DOS

32

Los canales de presentación de las declaraciones son:

- Entidades Financieras: En las cuales se pueden presentar

formularios físicos solamente cuando tengan información y

pago. Si la declaración jurada no tiene datos o no presenta

un importe para pagar, debe presentarse exclusivamente

por la página de la Oficina Virtual (www.impuestos.gob.bo).

- Oficina Virtual: Se puede presentar cualquier declaración

jurada correspondiente a los contribuyentes, ya sea que

cuente información o sea un formulario sin movimiento.

2.2.2 Impuesto a las Transacciones (IT)

El Impuesto a las Transacciones es un tributo que se paga en

todo el territorio nacional por la realización de cualquiera de las

siguientes operaciones estipuladas en la Ley Nº 843, Artículo 72:

- Comercio, industria, profesión, oficio, negocio, alquiler de

bienes, obras y servicios o de cualquier otra actividad

(lucrativa o no), cualquiera sea la naturaleza del sujeto que

la preste.

- Los actos a título gratuito que supongan la transferencia de

dominio de bienes muebles, inmuebles y derechos.

Según el mismo Artículo 72 de la Ley Nº 843, no se consideran

comprendidas en el objeto de este impuesto:

- Las ventas o transferencias que fueran consecuencia de

una reorganización de empresas o de aportes de capitales

a las mismas.

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

33

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

- Exentos del pago de este impuesto

Una exención es una liberación de la obligación de pagar

contribuciones al Estado, otorgada a una persona natural o

jurídica por disposición legal. En Bolivia las actividades exentas

del pago por Impuesto a las transacciones según el artículo 76

de la Ley Nº 843 son:

- Trabajo personal ejecutado en relación de dependencia.

- Desempeño de cargos públicos.

- Exportaciones, no alcanza a las actividades conexas de

transporte, eslingaje, estibaje, depósito y toda otra de

similar naturaleza.

- Servicios prestados por el estado nacional, los gobiernos

departamentales y los gobiernos municipales.

- Intereses de depósitos en cajas de ahorro, cuentas

corrientes y a plazo fijo.

- Establecimientos educacionales privados incorporados a

los planes de enseñanza oficial.

- Servicios prestados por las representaciones diplomáticas.

- Venta de Libros y publicaciones estatales.

- Compra-venta de acciones, debentures y títulos valores,

que se realiza a través de la bolsa de valores o fuera de ella.

- Compra-venta de minerales, metales, petróleo y gas natural

en el mercado interno.

- Cesión de los bienes o activos sujetos a procesos de

titularización a cargo de las sociedades titularizadoras.

- Actividad bursátil en general.

- Manifestaciones de arte, es decir las actividades de

producción, presentación y difusión de eventos, teatro,

danza, música nacional, pintura, escultura y cine que se

han producidos por artistas bolivianos.

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

TEMA DOS

34

- Hecho Imponible: Obligación de pagar el IT

El hecho imponible surge en el momento en que se da alguna de

las siguientes circunstancias:

- Inmuebles: En el momento de la firma de la minuta o

documento equivalente, o en la posesión, lo que ocurra

primero (no inscritos o primeras ventas)

- Otros bienes: En el momento de la facturación o entrega

del bien lo que ocurra primero. (vehículos: no inscritos en

registros municipales o primera venta)

- Contratación de obras: En el momento de la aceptación

del certificado de obra, parcial o total, o de la percepción

parcial o total del precio, o de la facturación, lo que ocurra

primero.

- Prestación de servicios: En el momento en que se facture,

se termine total o parcialmente la prestación, o se perciba

parcial o totalmente el precio convenido, lo que ocurra

primero.

- Intereses: En el momento de la facturación o liquidación, lo

que ocurra primero.

- Arrendamiento financiero: En el momento del vencimiento

de cada cuota y en el del pago final del saldo del precio o

valor residual del bien al formalizar la opción de compra.

- Transmisiones gratuitas: Cuando quede perfeccionado el

acto o se haya producido el hecho por el cual se transmite

el dominio de la cosa o derecho transferido.

- Otros casos: En el momento en que se genere el derecho

de la contraprestación.

- Base de Cálculo: Monto el para cálculo del Impuesto.

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

35

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

Se determinará sobre la base de los ingresos brutos devengados

durante cada período fiscal.

Ingreso bruto: Es el valor o monto total (en valores monetarios o

en especie), devengado por concepto de venta de bienes, la

suma de las retribuciones totales obtenidas por los servicios, la

retribución por la actividad ejercida, los intereses obtenidos por

préstamos de dinero o plazos de financiación y en general por

todas las operaciones realizadas.

La base imponible en el caso de transmisiones gratuitas, se

establece en función a los bienes que sean objeto de esa

transmisión: bienes inmuebles, vehículos automotores, otros

bienes y derechos sujetos a registro.

- Alícuota

Se establece como alícuota general del 3% (tres por ciento).

2.2.3 Impuesto Sobre las Utilidades de las Empresas (IUE)

- Objeto del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas

El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) fue

establecido a finales del mes de diciembre de 1994 dicho

impuesto entro en vigencia a partir de la gestión 1995 y se

continúa aplicando en la actualidad.

Se consideran utilidades, rentas, beneficios o ganancias las que

surjan en un determinado periodo, luego de la elaboración de los

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 36: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

TEMA DOS

36

Estados Financieros (informes que utilizan las empresas para

señalar la situación económica y financiera y los cambios que

experimenta la misma a una fecha o periodo determinado. Estos

son elaborados de acuerdo a principios de contabilidad

generalmente aceptados).

A los mismos fines se consideran también utilidades las que

determinen por declaración jurada, los sujetos que no están

obligados a llevar registros contables que le permitan la

elaboración de estados financieros en la forma y condiciones que

establezca la reglamentación.

- Principio de fuente

Son utilidades de fuente boliviana aquellas que provienen de

bienes situados, colocados o utilizados económicamente en el

país o de la realización de cualquier acto susceptible de producir

utilidades.

No determinan la fuente: La nacionalidad de las partes, el

domicilio o residencia del titular, ni el lugar celebración del

contrato.

Son utilidades de fuente boliviana:

- Alquileres y arrendamientos provenientes de inmuebles y

cualquier otra contraprestación.

- Intereses provenientes de depósitos bancarios, intereses de

títulos públicos, alquiler cosas muebles, regalías.

- Desarrollo de actividades civiles, agropecuarias, mineras,

por Honorarios, retribuciones por prestación de servicios

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

37

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

desde o en el exterior. Toda otra utilidad no contemplada

precedentemente (generada por bienes materiales e

inmateriales y por derechos situados o colocados o

utilizados económicamente en el país o que tengan su

origen en hechos o actividades de cualquier índole,

producidos o desarrollados en el país).

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de directorios, consejos u órganos directivos por actividades

que efectúen en el exterior para empresas domiciliadas en

Bolivia.

- Honorarios, retribuciones o remuneraciones por

prestaciones de servicios de cualquier naturaleza desde o

en el exterior, cuando los mismos tengan relación con la

obtención de utilidades de fuente boliviana. Es decir los

honorarios, retribuciones o remuneraciones por prestación

de servicios: de consultaría, asesoramiento de todo tipo,

asistencia técnica, investigación, profesionales y peritajes,

realizados desde o en el exterior.

- Actividades económicas alcanzados por el IUE

El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) se aplica

en el territorio nacional a todas las unidades económicas, sean

públicas o privadas como ser:

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)- Empresas unipersonales

- Sociedades comerciales

- Profesiones liberales u oficios

- Empresas de energía eléctrica

- Empresas de hidrocarburos

- Empresas mineras

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

TEMA DOS

38

Para efectos del pago del IUE se ha clasificado a los

contribuyentes en:

a) Obligados a llevar registros contables.Los cuales deben pagar el impuesto en función a la

determinación de la utilidad neta imponible, la cual resulta de los

Estados Financieros elaborados de conformidad con normas de

contabilidad generalmente aceptadas, con los ajustes y

adecuaciones correspondientes.

b) No obligados a presentar registros contables.Estos contribuyentes están obligados a elaborar una Memoria

Anual, donde se especifiquen sus actividades, planes y

proyectos, así como ingresos y egresos.

Declararan sus ingresos gravados y los gastos necesarios para

la obtención y mantenimiento de la fuente, en base a los registros

de sus libros de Ventas IVA y Compras IVA.

c) Quienes ejercen una profesión u oficio.En este categoría se encuentran todas aquellas personas

naturales que ejercen un profesión u oficio en forma

independiente; para efectos de la liquidación del impuesto se

presumirá sin admitir prueba en contrario que la utilidad neta

gravada será equivalente al cincuenta por ciento (50 %) del

monto total de los ingresos percibidos.

d) Exentos del pago del IUENo pagan este impuesto:

- Las actividades del Estado Plurinacional, Gobernaciones,

Municipalidades, Universidades públicas y similares.

- Utilidades obtenidas por asociaciones o instituciones no

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 39: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

39

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

lucrativas, siempre que se establezca esta situación en sus

estatutos, así como la no distribución de utilidades, y que

hacer en caso de liquidación de la entidad.

- Otras establecidas por leyes específicas.

- Los Estados Financieros

Todos los sujetos obligados a llevar registros contables, están

obligados a presentar junto a su declaración jurada

correspondiente al IUE, los siguientes Estados financieros:

a) Balance General.

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

del Patrimonio).

d) Estados de Cambios de la Situación Financiera (Estado de

Flujo de Efectivo).

e) Notas a los Estados Financieros.

Estos documentos deben ser llevados y elaborados de acuerdo a

normas técnicas uniformes.

Deberán ser elaborados en idioma español y en moneda nacional.

Adicionalmente, toda la información contenida en los Estados

Financieros, incluyendo la información de los Activos Fijos y los

Inventarios debe ser remitida a la Administración Tributaria,

utilizando el Aplicativo Contribuyente “SIAT”.

- Alícuota y Período de Presentación

El porcentaje definido por Ley para el IUE es del 25%. Este

porcentaje se aplica sobre la Utilidad, por eso se llama Impuesto

sobre la Utilidades de las Empresas.

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 40: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

TEMA DOS

40

Se paga cada año (gestión) de acuerdo a la fecha de cierre,

existiendo cuatro fechas de cierre, en función a la actividad a la

que se dedican los contribuyentes.

El plazo para la presentación de las declaraciones juradas

respectivas, para el pago del impuesto y para el envío de la

información de los Estados Financieros, vence a los ciento veinte

días (120) posteriores al cierre de la gestión fiscal. Esto significa

que de acuerdo a la naturaleza y tipo de actividad de la empresa,

la fecha de vencimiento es variable según lo establece el artículo

39 del Decreto Supremo 24051. Se detalla a continuación:

- Compensación

El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) liquidado y pagado por periodos anuales será considerado como pago a cuenta al Impuesto a las Transacciones (IT) en cada periodo mensual, hasta su total agotamiento o hasta que suceda un nuevo vencimiento. Para esta compensación no existirá ningún tipo de actualización.

Los saldos no compensados no dan derecho a reintegro o devolución y se consolidan a favor del fisco. El pago del IUE no

es deducible contra los pagos del IT por transferencias de bienes

y derechos.

CIERRE 31 DE MARZOINDUSTRIALES, CONSTRUCTORAS

Y PETROLERASPAGO DEL IMPUESTOHASTA EL 29 DE JULIO

CIERRE 30 DE JUNIO GOMERAS, GANADERAS, CASTAÑERAS,AGRICOLAS, AGROINDUSTRIALES

PAGO DEL IMPUESTOHASTA EL 28 DE OCTUBRE

CIERRE 30 DE SEPTIEMBRE MINERAS PAGO DEL IMPUESTOHASTA EL 28 DE ENERO

CIERRE 31 DE DICIEMBRE BANCARIAS, SEGUROS,COMERCIALES, SERVICIOS Y OTRAS

PAGO DEL IMPUESTOHASTA EL 30 DE ABRIL

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 41: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

41

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

2.3 Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA)

Con el objeto de complementar el régimen del Impuesto al Valor

Agregado, se creó el impuesto sobre los ingresos de las

personas naturales y sucesiones indivisas, provenientes de la

inversión de capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de

ambos factores. Se consideran “ingresos de las personas” los

siguientes conceptos:

- Sueldos, salarios, primas, bonos, etc.

- Viáticos según escala

- Alquiler de inmuebles

- Alquiler de muebles, derechos y concesiones

- Intereses y rendimientos por colocación de capitales

- Honorarios de síndicos y directores

- Principio de fuente (base jurisdiccional)

Se considera de fuente boliviana a aquellos ingresos que

provienen de bienes que están dentro del país, por la realización

de cualquier actividad que produzca ingresos económicos dentro

del mismo.

Están sujetos a este impuesto la totalidad de los ingresos de

fuente boliviana, cualquiera fuera el domicilio o residencia,

incluidos los sueldos o asignaciones que perciban los

funcionarios diplomáticos y personal oficial de misiones

diplomáticas bolivianas en el exterior.

Asimismo están alcanzados los ingresos del personal contratado

localmente (por misiones diplomáticas, organismos

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 42: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

TEMA DOS

42

internacionales, gobiernos extranjeros, o instituciones oficiales

extranjeras).

También están alcanzados las personas contratadas por el

sector público (que cumplan los siguientes requisitos:

- Contrato de trabajo en un lugar predeterminado por el

empleador, y que además sea a tiempo completo y

dedicación exclusiva).

No están incluidos los sueldos que perciban funcionarios

diplomáticos de misiones diplomáticas, organismos

internacionales e instituciones oficiales extranjeras acreditadas

en el país, a condición de reciprocidad.

- Ingresos alcanzados por el RC-IVA

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

- Por alquiler, subalquiler u otra forma de explotación de

inmuebles urbanos o rurales o cosas muebles, derechos y

concesiones (excepto que estos ingresos estén alcanzados

por el IUE).

- Por intereses, rendimientos provenientes de la colocación

de capitales (excepto dividendos, distribución de

utilidades), ingresos por depósitos a plazo fijo en UFV o

moneda extranjera (30 días – 3 años).

- Por sueldos, salarios, jornales, horas extras,

categorizaciones, participaciones, asignaciones,

emolumentos, primas, premios, bonos de cualquier especie

clase o denominación, dietas, gratificaciones,

bonificaciones, comisiones, compensaciones, en dinero o

en especie incluidas las asignaciones por alquiler, vivienda,

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 43: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

43

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

y otros, viáticos, gastos de representación y en general toda

retribución ordinaria o extraordinaria, suplementaria o a

destajo (empleados del sector público o privado,

dignatarios de estado y similares).

- Por honorarios directores y síndicos de s.a. y en comandita

por acciones y los sueldos de los socios de todo tipo de

sociedades y del único dueño de empresas unipersonales.

- Otros ingresos habituales (para el caso de los anticréticos

se considera un ingreso presunto del 10 %).

- Sujetos Pasivos

Aquellos que tengan ingresos por conceptos mencionados en el

Artículo 19 de la Ley Nº 843, así como:

- Las sucesiones indivisas, por los ingresos que obtengan a

partir del fallecimiento del causante hasta la aprobación

judicial o voluntaria de la división y partición de los bienes

y derechos que generan ingresos.

- El cónyuge supérstite y los herederos serán sujetos del

impuesto en la proporción de los ingresos que les

corresponda, provenientes de los bienes y derechos

adjudicados, a partir de la fecha de aprobación del auto

judicial respectivo.

- Los tutores o curadores designados conforme a Ley, que

tengan el usufructo de los bienes de los menores de edad o

incapacitados, deberán declarar los ingresos que producen

esos bienes, sumándolos a sus propios ingresos a efectos

de la determinación y pago del impuesto.

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 44: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

TEMA DOS

44

- Clasificación de los sujetos comprendidos por el RC-IVA

1) Empleadores o agentes de retención

Los empleadores o Agentes de retención son todos los

administradores de empresas que tengan empleados (Sector

Público o Privado).

Asimismo, verificará el correcto llenado del formulario

(operaciones aritméticas, sin enmiendas, tachaduras y

borrones).

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por dependiente y periodo).

Elabora la planilla tributaria correspondiente y realizara el envío

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo 21531:

a) El agente de retención presentará una declaración jurada

mensual y pagará los montos retenidos, considerando el

último dígito del NIT:

Registro en el NIT (alquileres, intereses, consultores, sector público, etc.)

Todos (Sector público y privado)

AGENTES DERETENCIÓN

Empleadores (Planilla tributaria)

DEPENDIENTESCONTRIBUYENTES

DIRECTOS

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

Page 45: ITINERARIOS FORMATIVOS PARA MAESTRAS Y MAESTROSculturatributaria.impuestos.gob.bo/assets/CCT_3.pdf · Sistema Tributario en Bolivia 13 1.1.2 Clasificación de los Tributos - Los

• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

45

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

b) En los períodos mensuales en los que no hubiera

correspondido retener a ningún dependiente, conforme a la

aplicación de la norma vigente, los agentes de retención no

estarán obligados a presentar la declaración jurada.

La retención que se realiza es del 13%.

2) Dependientes

Los empleadores o Agentes de retención son todos los

administradores de empresas que tengan empleados (Sector

Público o Privado) para ello se deberá reconocer como ingreso

gravado cualquier pago o acreditación por sueldos, bonos etc.

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como máximo, verificando:

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

calendario anterior al día de presentación al empleador.

- Estar emitidas (a nombre del dependiente) con el

número del documento de identidad con las

excepciones establecidas.

- Las transcripciones de los importes de las facturas al

Formulario 110.

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

TEMA DOS

46

- Las operaciones aritméticas y el cálculo del 13 % del

impuesto.

- Verificar el correcto llenado del formulario.

- Debe existir un acuse de recepción.

- En caso de retiro de empleados, se consolidará a favor del

fisco los saldos que se hubieren acumulado hasta el

momento que se produjo su baja.

- En ningún caso podrán trasladarse saldos de un

dependiente a otro, empresas y/o entidades, solo se podrá

trasladar al mismo dependiente cuando se trate de

reorganización de empresas y/o capitalización.

- Confeccionarán las planillas impositivas de retención y

liquidación de impuestos.

3) Contribuyente RC-IVA Directo

- Son las siguientes:

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

organismos internacionales, gobiernos extranjeros o

instituciones extranjeras.

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el exterior.

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

incapacitados.

La obligación principal del contribuyente es la presentación y pago

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja los ingresos percibidos mensualmente. Las personas que están

registradas como contribuyentes directos pueden descontar todos

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• Alquiler de bienes muebles e inmuebles (Ej. Vajilla,

• Servicios en General (Ej. Restaurantes, karaokes, médicos,

• Importaciones definitivas • Otras.

Quienes no están comprendidos en este Régimen:• No se contempla esta opción.

son las siguientes: Régimen Tributario Simplificado (RTS), Sistema Tributario Integrado (STI), Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y no emiten factura.

Las actividades económicas pertenecientes a este Régimen son:

PRICOS (principales contribuyentes), GRACOS (grandes contribuyentes) y RESTO (los demás contribuyentes).

• Venta habitual de bienes muebles (Ej. Electrodomésticos,

Quiénes no pertenecen al RAU.

del RAU son:

• Plantas de beneficio• Mataderos• Plantas de incubación

Quiénes no pueden inscribirse como RTS:

- Personas que pertenezcan a otro Régimen (Régimen General, Régimen Tributario Simplificado y Régimen

- El Régimen Agropecuario Unificado nace con el Decreto

RC-IVA. En una alícuota diferencial por regiones.

= Representa el pago del impuesto de la

= Representa el importe a favor de la

• Operaciones no Gravadas

• Operaciones no Gravadas – Liberadas

- Turismo Receptivo

• Sujetos Obligados al IVA

- Realizan cualquier tipo de actividad mencionada en el

- Realicen importaciones definitivas;- Realicen obras o presten servicios o efectúen prestaciones

- Realicen operaciones de arrendamiento financiero con

• Hecho Imponi

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Alícuota y Periodo de Presentación

• Operaciones no Gravadas – Exentas

• No son Objetos del IVA

• Base Imponible: Mon

• Registros

- Registro de ventas - Registro de compras- Registro ventas menores del día

• Formas de Presentación de Declaraciones Juradas

Exentos del pago de este impuesto

- Remuneraciones o sueldos que perciban los miembros de

- Empresas públicas o privadas (S.A., S.A.M. o S.R.L.)

b) Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).c) Estados de Resultados Acumulados (Estado de Evolución

- Alícuota y Período de Presentación

• Labores del encargado para dependientes:

- Recibir el Formulario 110, hasta el día 20 de cada mes como

• Facturas sean originales.• Que cada factura cumpla los requisitos establecidos • No deben tener fecha de antigüedad mayor de 120 días

d) Exentos del pago del IUE

Se considera alcanzados por el RC-IVA los siguientes ingresos:

Resguarda los Formularios 110 y las facturas (agrupado por

del Formulario RC-IVA 608, de acuerdo a lo establecido en el

3) Contribuyente RC-IVA Directo

• Todas las personas naturales.• Sucesiones indivisas.• Personal contratado por misiones diplomáticas,

• Personal de misiones diplomáticas bolivianas en el

• Contratados por el sector público.• Tutores y/o curadores de menores de edad o

del Formulario RC-IVA 610. Su presentación es trimestral y refleja

47

Tipos de Regímenes y Principales Impuestos en Bolivia

sus gastos personales respaldados con facturas emitidas que

tengan el número de NIT.

Las fechas de presentación son las siguientes:

Trimestre Periodo Plazos de presentación 1 Enero, febrero, marzo del 1 al 20 de abril 2 Abril, mayo, junio del 1 al 20 de julio 3 Julio, agosto, septiembre del 1 al 20 de octubre 4 Octubre, noviembre, diciembre del 1 al 20 de enero

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ACTI

VIDA

D 2

TEMA DOS

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Sistema Tributario en Bolivia

ACTIVIDAD SUGERIDA- En los mismos grupos organizados al inicio del tema, realizamos la siguiente

lectura:

- Concluida la lectura, analizamos que impuestos se podrían generar mayores

excedentes en el estado Boliviano para beneficio de todos.

- El facilitador, recogerá todas las ideas escritas, previo intercambio de unas

dos o tres opiniones al respecto.

En una ciudad no muy lejana se encontraban unos habitantes los que tenían

éxito notable en sus tierras pero se pusieron a recordar cómo comenzó

todo pensaron, cuando empezamos a vivir en estas tierras todo era desierto

y erosionado como logramos tanto éxito se preguntaron.

Uno de ellos a voz alzada dice que fue gracias a sus técnicas de cosecha,

otro sobre su habilidad en la venta y así sucesivamente discutían como se

logró llegar hasta ese éxito.

Hasta que un pequeño dijo todo se debió a que sus logros unidos

generaron un excedente de dinero.

Los adultos sorprendidos por esta afirmación dejaron de discutir

continuaron pensando cómo se llama este excedente que se tiene después

de pagar todo lo necesario para producir “utilidad”.

Como se vio el excedente al que los aldeanos se referían es lo que

conocemos como utilidad, de este excedente los aldeanos aportaron una

pequeña parte para que así se pueda invertir en su aldea y esta pueda

crecer.

En nuestro país este tipo de aporte lo pagamos anualmente y de igual

manera este aporte se invierte para salud, seguridad social, educación, etc.

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HOSPITALPOLICIA

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UNIDAD EDUCATIVA

LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS EN BOLIVIA

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

ACTIVIDADES DE INICIO

TEMA TRES

52

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Organizados en grupos por afinidad, realizamos un mural que plasmen

dos realidades: una acerca de cómo ven a su comunidad en la actualidad,

y la otra realidad acerca de cómo esperan que sea si todas la personas

cumplieran responsablemente con sus impuestos.

Para la realización de la actividad, tienen un plazo de 30 minutos, pasado

ese tiempo se coloca los mismos en un lugar visible, y el facilitador pide a

un representante de cada grupo que explique y registra los aspectos

similares y diferentes de ambas realidades reflejadas.

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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53

3.1. Política Económica en BoliviaEn la actualidad existe una crisis mundial en diferentes aspectos

como por ejemplo, en lo financiero, climático, energético,

alimentario, y político económico, según se describe en el texto

Política Económica Actual del Estado Plurinacional de Bolivia.

De cara a esta crisis mundial, y en el marco de la política

económica en Bolivia se han definido las siguientes estrategias:

- Producción de alimentos

- Producción de energía

- Industrialización

- Producción de sustitutos de importación

- Aumento de la productividad de la tierra

- Agua para el consumo y riego

Para hacer frente a esta problemática, y en concordancia con lo

establecido en la nueva Constitución Política del Estado

Plurinacional de Bolivia, se definió también el Modelo Económico

Social Comunitario Productivo con las siguientes bases:

- Crecimiento y desarrollo con base al aprovechamiento de

los recursos naturales

- Modelo redistribuidor del ingreso (bonos)

- Apropiación del excedente económico

- Reducción de la desigualdad social

Entre las características del Modelo Económico Social

Comunitario Productivo se establece que:

La Distribución de los Recursos en Bolivia

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

1) El Estado interviene para corregir las fallas del mercado

(inexistencia de redistribución de riquezas y monopolio

transnacional de empresas estratégicas).

2) Estado tiene una participación activa en la economía. El

Estado debe intervenir en la economía a través de sus siete

facetas: Planificador, empresario, inversionista, regulador,

benefactor, promotor, banquero.

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales estratégicos.

4) Bolivia tendrá un patrón industrializador y de desarrollo

productivo.

5) El Estado es redistribuidor del ingreso, descolonizador e

incorpora las demandas de sectores sociales en la toma de

decisiones.

6) El Estado es promotor de la economía plural (Estado, sector

privado, economía social cooperativa y economía

comunitaria).

7) Promoverá el crecimiento en función de la demanda externa

e interna.

8) Se generará el ahorro interno para la inversión, tener un

menor endeudamiento y superávit fiscal.

9) Se promoverá mayor desarrollo, redistribución y generación

de empleo y oportunidades.

10) Preservará la estabilidad macroeconómica como

patrimonio social e impulsar el desarrollo económico y

social, crecimiento económico con redistribución del

ingreso.

54

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

TEMA TRES

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

55

Asimismo, conforme se ha establecido en la Ley Nº 2166 del 22

de diciembre de 2000, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN),

“…es una entidad de derecho público, autotárquica, con

independencia administrativa, funcional, técnica y financiera, con

jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional, con

personería jurídica y patrimonio propio.

En el marco del enfoque político determinado por el Ministerio de

Economía y Finanzas Públicas, cuyo propósito es el de establecer

una visión política para la construcción del horizonte civilizatorio

del Vivir Bien, el Servicio de Impuestos Nacionales, siendo la

principal entidad recaudadora del Estado plurinacional de Bolivia,

tiene la función de administrar el sistema de impuestos y optimizar

las recaudaciones mediante: la administración, aplicación,

recaudación y fiscalización eficiente y eficaz de los impuestos

internos, la orientación y facilitación del cumplimiento voluntario,

verás y oportuno de las obligaciones tributarias, la cobranza y

sanción del incumplimiento de acuerdo a lo establecido en el

código tributario, con excepción de los tributos que por ley

administran, recaudan y fiscalizan las municipalidades…” (Plan

estratégico institucional 2016 – 2020 SIN).

En ese marco, con la finalidad de contribuir en la consolidación

del modelo económico, en la gestión 2011 se firma un convenio

con el Ministerio de Educación, para que de manera

complementaria con la educación se pueda concretar desde el

desarrollo curricular esta nueva política económica, pues no

puede existir un cambio, si este proceso no se trabaja desde el

sistema educativo.

La Distribución de los Recursos en Bolivia

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Tomando en cuenta que en la Ley Educativa, Avelino Siñani –

Elizardo Pérez promulgada en el año 2012, se estable que la

educación debe tener un sentido social y responder a la nueva

realidad que el estado plurinacional de Bolivia pretende

consolidar hacia el Vivir Bien, desde el servicio de impuestos

nacionales se pretende contribuir para que además de consolidar

el nuevo modelo económico, se consolide el nuevo modelo

educativo, ya que la misma debe responder a la nueva visión de

estado, donde la equidad, igualdad, la reciprocidad, la distribución

y redistribución de los bienes del estado, sea repartido a todos los

bolivianos para que tengan mejores condiciones de vida.

La transformación económico social, no puede darse sola, sino

que además se debe tener un sistema educativo que responda a

esa necesidad, por ello es que el nuevo Modelo Educativo

Sociocomunitario Productivo pretende formar personas que no

solo tengan conocimiento, sino también que comprendan la

realidad y transformen la misma para el Vivir Bien, donde el

conocimiento debe servir para la vida, deben tener una utilidad

productiva, no solo es el conocimiento por el conocimiento, sino

que además se debe formar integralmente a la persona, es decir,

en el ser; con todos los valores sociocomunitarios, en el hacer;

para que en Bolivia se erradique la dependencia económica y

productiva, y el decidir; para que se transforme la realidad de

manera armónica con todos los seres que habitan en la Madre

Tierra.

56

TEMA TRES

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

57

3.2. La RecaudaciónRecaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con un fin determinado. En ese marco la Ley Nº 2492 en el Artículo

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la Administración Tributaria está facultada para recaudar las deudas

tributarias en todo momento, ya sea a instancia del sujeto pasivo

o tercero responsable, o ejerciendo su facultad de ejecución

tributaria.

Asimismo la Ley Nº 2166, del Servicio de Impuestos Nacionales -

S.I.N, del 22 de diciembre de 2000, establece en el Artículo 4, las

atribuciones del SIN, entre las que se establece que el SIN debe:

- Establecer planes y programas de gestión administrativa

acorde con los lineamientos de la política económica del

Poder Ejecutivo y suscribir un compromiso anual con el

Ministerio de Hacienda estableciendo metas de

recaudación y otras de carácter institucional.

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea en vía voluntaria o ejerciendo su facultad de ejecución

fiscal.

Asimismo entre sus responsabilidades inherentes al SIN incluyen:

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional: Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE),

La Distribución de los Recursos en Bolivia

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior

(ISAE), Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus

Derivados (IEHD), Impuesto Directo a los Hidrocarburos

(IDH), Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF),

Impuesto al Juego (IJ), Impuesto a la Participación en

Juegos (IPJ), Transmisión Gratuita de Bienes (TGB),

Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME).

En ese marco, las acciones del Servicio de impuestos Nacionales,

están orientadas a recaudar los recursos provenientes de los

impuestos de dominio nacional, los cuales son depositados en el

Tesoro General de la Nación, y se distribuyen en todo el territorio

nacional para mejorar el sistema de salud, educación entre otros.

3.3. Distribución de los Recursosa) Cambios en la economía de Bolivia

La economía boliviana inicia un cambio trascendental desde la

gestión 2006, devolviendo el protagonismo al Estado a través de

la creación o refundación de empresas públicas y presentando un

nuevo modelo económico, social, comunitario y productivo, en el

cual se define como estratégicos a los sectores de hidrocarburos,

minería, electricidad y recursos ambientales y se propone la

recuperación del control y soberanía de los recursos naturales.

58

TEMA TRES

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

59

El 1 de mayo de 2006, se aprobó el Decreto Supremo 28701

“Héroes del Chaco”, mediante el cual el Estado recuperó la

propiedad, posesión y el control total de los hidrocarburos;

nacionalizando Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos

(YPBF), modificando los contratos firmados con las empresas

petroleras y reajustando a favor del Estado los porcentajes de

pago de regalías, cumpliendo el objetivo de llevar los recursos del

sector hidrocarburos al pueblo, a través de la distribución directa a

los gobiernos departamentales, gobiernos municipales, el

sistema universitario público y el Fondo de Desarrollo de Pueblos

Indígenas y originarios y Comunidades Campesinas. En este

sentido, el Estado, bajo el esquema de descentralización fiscal y

el nuevo régimen autonómico vigente a partir de la Constitución

Política del Estado de 2009 transfiere los recursos, por lo que la

responsabilidad en el uso adecuado de los mismos se centra en

los niveles sub nacionales enfocados a conseguir resultados de

impacto económico y social.

La transferencia de los recursos permite a las regiones

administrar independientemente los ingresos tributarios que les

corresponde y superar las trabas que anteriormente existían para

su desarrollo. Es así, que en el año 2011 la Ley Nº 154 de

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la creación y/o modificación de impuestos, faculta tanto a

departamentos como a municipios a crear sus propios impuestos.

Con el objetivo de acompañar el crecimiento económico del país

con una eficiente recaudación tributaria, el Servicio de Impuestos

Nacionales (SIN) cumple un conjunto de actividades como

campañas de control fiscal, ferias de cultura tributaria,

La Distribución de los Recursos en Bolivia

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

implementación de nueva tecnología y otros para reforzar el

cumplimiento voluntario del pago de tributos y transparentar la

actividad institucional.

Por ello, el SIN emprendió un proceso de modernización de la

operativa tributaria y bajo el principio de simplicidad a través el

Padrón de Contribuyentes Biométrico Digital, cuya inscripción se

realiza a través de la Oficina Virtual, donde los contribuyentes

pueden presentar sus declaraciones juradas desde la comodidad

de su casa, su oficina o cualquier otro lugar del mundo, con un

computador o teléfono celular conectado a internet.

La adopción de modernos sistemas tecnológicos, junto a la

creación de nueva infraestructura institucional en las principales

ciudades del país y al desarrollo de modernos y eficientes

sistemas de fiscalización y educación tributaria han permitido el

crecimiento sostenido de las recaudaciones, que se destinan para

impulsar el desarrollo nacional y la lucha contra la pobreza.

En ese marco la recaudación de los recursos económicos están

orientados para solventar el gasto público, distribuidos

principalmente en 5 grandes áreas, estas son:

60

TEMA TRES

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- Reducción de la desigualdad social

3) Nacionalizará y controlará los Recursos Naturales

Recaudar, bien sabemos que es el acto de reunir o juntar algo con

105 (FACULTAD DE RECAUDACIÓN). Establece que la

- Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea

- Recaudar los impuestos internos de competencia nacional:

Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para la

61En salud se cubren los gastos de:

- Equipamiento (Ambulancias, medicamentos, insumos

tecnológicos), infraestructura (hospitales, centros de salud),

recursos humanos (Médicos, enfermeras).En educación:

- Equipamiento (sillas, mesas, pizarrones), infraestructura

(escuelas, canchas, coliseos, parques), recursos humanos

(maestros)En seguridad:

- Equipamiento (Patrullas, uniformes, armamento),

infraestructura (puestos policiales, cárceles), recursos

humanos (policías)Telecomunicaciones:

- Satélite Tupac Katari.Infraestructura:

- Carreteras, puentes, teleféricos, espacios deportivos y

recreativos.

La Distribución de los Recursos en Bolivia

Transacciones (IT), Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), Impuesto a los Consumos

EDUCACIÓN

SALUD INFRAESTRUCTURA

SEGURIDAD

TELECOMUNICACIONES

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ACTI

VIDA

D 3

TEMA TRES

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Sistema Tributario en Bolivia

ACTIVIDAD SUGERIDA

- Nos organizamos en 5 grupos y se le asigna a cada grupo un área (Salud,

educación, infraestructura, telecomunicaciones y seguridad).

- Una vez asignada el área, cada grupo describirá como creen que se invierten

los recursos asignados a esa área.

- Con la descripción realizada, elaboraran una sopa de letras con la complejidad

al año de escolaridad con el que trabajan.

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CONSIGNAS DE APLICACIÓN

Tomando en cuenta los contenidos desarrollados y las actividades sugeridas en el presente curso para la etapa de concreción curricular, realizamos lo siguiente:- Elaborar y ejecutar un plan de desarrollo curricular, donde se evidencie a

través de los contenidos y el uso de estrategias metodológicas, el desarrollo y potenciamiento de conocimientos respecto a la distribución de los recursos en las 5 áreas identificadas.

- Elaborar un mural como se vería una ciudad sin el pago y con el pago de los impuestos (contribución)

ESTRATEGIAS PARA LA ETAPA DE SOCIALIZACIÓN DE EXPERIENCIAS

Para esta etapa de socialización, realizamos lo siguiente:

- De manera grupal o individual preparamos una exposición tipo

feria.

- Cada grupo o persona, exponen los murales realizados con sus

estudiantes en la etapa de concreción curricular.

Los jurados valoraran lo siguiente:

• Creatividad • Material utilizado• Comprensión y secuencia de los conocimientos desarrollados

El mejor trabajo realizado será publicado en la página web de cultura

tributaria, con los datos de la o el maestro que haya producido el

mismo.

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BIBLIOGRAFÍA

• Decreto Supremo N° 21530 del 27/02/1987, Reglamento al Valor Agregado, 27/02/1987

• Decreto Supremo Nº 21531 días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y siete años.

• https://www.definicionabc.com/economia/bursatil.php• Ley Nº 843 y Decretos Reglamentarios, Texto Ordenado,

complementado y actualizado al 31/05/2018.

• Ley Nº 2492, Código Tributario, texto ordenado, complementado y actualizado al 30 de septiembre de 2014.

• Ley Nº 366, Ley del Libro y la Lectura “Oscar Alfaro”, del 29 de abril de 2013.

• Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000003, Categorización y Subcategorización de Contribuyentes

PRICO, GRACO Y RESTO, LA PAZ, 20 de Febrero de 2018.• Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0005-04,

Empadronamiento Regímenes Especiales, La Paz, 29 de enero de 2004.

• Resolución Normativa de Directorio N° 10-0038-13, Determinación del Crédito Fiscal Computable en el Impuesto al

Valor Agregado para Operaciones Gravadas con Tasa Cero, La

Paz, 27 de noviembre 2013.

• Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0021-16, Sistema de Facturación Virtual, La Paz, 01 de julio de 2016.

• Resolución Normativa de Directorio 2002 – 2018, actualizado al 31 de mayo de 2018.

65

La Distribución de los Recursos en Bolivia

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GLOSARIO

• Exentas: Implica que, sobre una persona o una actividad, no recae la carga económica que le correspondería según la

aplicación estricta de las normativas vigentes. El sujeto

exento, de este modo, no tiene la obligación de contribuir

pese a la realización del hecho imponible.

• Hecho imponible: Es un evento que provoca el nacimiento de la obligación legal de realizar una contribución. Sobre esta

circunstancia se concreta la aplicación del tributo en

cuestión.

• Ingresos gravados: Son los ingresos por los cuales se tiene la obligación de pagar un impuesto definido por ley.

• Exención: Es una liberación de la obligación de pagar contribuciones al Estado, otorgada a una persona natural o

jurídica por disposición legal.

• Bursátil: esta palabra se emplea para designar a todo aquello relativo a la Bolsa de Valores, sus operaciones, sus

valores, índices, entre otras cuestiones. Es decir, la palabra

bursátil designa a todas aquellas actividades financieras que

se realizan a través de la Bolsa, siendo justamente la Bolsa

de valores la más frecuente en la que las mismas se

realizan.

• Ingresos brutos: Son la suma total de todos los ingresos

• Devengar: La acción de devengar alude a contraer el

• Utilidad: Es la ganancia que se obtiene a partir de un bien o

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• Exentas: Implica que, sobre una persona o una actividad, no

• Hecho imponible: Es un evento que provoca el nacimiento de

• Ingresos gravados: Son los ingresos por los cuales se tiene

• Exención: Es una liberación de la obligación de pagar

• Bursátil: esta palabra se emplea para designar a todo

• Ingresos brutos: Son la suma total de todos los ingresos recibidos durante un periodo de tiempo determinado, y

cuando hablamos de brutos - significa que no están

afectados ni disminuidos por ningún concepto como pueden

ser devoluciones, descuentos, deducciones, costos,

pérdidas, etc.

• Devengar: La acción de devengar alude a contraer el derecho a recibir alguna retribución por brindar un servicio,

desarrollar un trabajo o algún otro título. Puede decirse

también que devengar es un derecho contraído que aún no

ha sido cobrado, o una obligación adquirida que aún no ha

sido abonada.

• Utilidad: Es la ganancia que se obtiene a partir de un bien o una inversión realizada.

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En Bolivia, el sistema tributario ha sufrido cambios durante el

tiempo de vida que tiene el país, de manera particular quizás

cobró mayor relevancia con la crisis de los años 80 y la

posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma Tributaria (1986), la cual tenía como objetivos: crear una

base tributaria amplia y una estructura de tributos que sea de

fácil administración.

Se inició el proceso de descentralización de los recursos

fiscales con la Ley de Participación Popular. Si bien dicha

reforma coadyuvó a contrarrestar los efectos de la crisis, a

partir de una estructura tributaria simple y una ampliación del

universo contribuyente, en alguna medida, aquella política

fiscal llevada adelante desde mediados de los 80 hasta los

inicios del siglo XXI, no pudo cumplir con el objetivo

fundamental de incrementar las recaudaciones de manera

sustancial ni mostrar una redistribución de los ingresos.

En el año 2000, se promulga la Ley Nº 2166 que define la

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y la Ley Nº 2492 del año 2003 establece el nuevo Código

Tributario. En el año 2005 se emite la Ley de hidrocarburos y

se crea el IDH. A partir del año 2006, la política tributaria,

aduanera y arancelaria ha resultado ser eficaz en cuanto a la

ampliación del universo contribuyente, desde el punto de

vista de generar una nueva cultura y conciencia tributaria y la

eficiencia administrativa con medidas de lucha contra la

evasión fiscal.

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los

• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

• La producción y comercialización de recursos naturales

• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

• La propiedad de vehículos a motor para navegación

• La afectación del medio ambiente, excepto las

• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

ANEX

O 1

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

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posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los

En términos generales, los indicadores de gestión tributaria,

además del incremento de la recaudación tributaria,

muestran un sistema fortalecido, sostenible y con

perspectivas estables en el mediano plazo lo que permitirá al

país contar con mayores recursos para financiar inversión

pública, con menor dependencia de recursos externos como

se viene haciendo hasta ahora.

El sistema tributario es la organización legal, administrativa y

técnica que crea el Estado con el fin de ejercer de forma

eficaz y objetiva el poder redistribuir los ingresos a la

sociedad para satisfacer sus necesidades básicas.

El Artículo 323 de nuestra Constitución Política del Estado en

su parágrafo segundo, tercero y cuarto, establece que los

impuestos que pertenecen al dominio tributario nacional

serán aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Los impuestos que pertenecen al dominio exclusivo de las

autonomías departamental o municipal, serán aprobados,

modificados o eliminados por sus Concejos o Asambleas

Departamentales, a propuesta de sus órganos ejecutivos. El

dominio tributario de los Departamentos Descentralizados, y

regiones estará conformado por impuestos departamentales,

tasas y contribuciones especiales, respectivamente (Ley Nº

2492 Capítulo II, Artículo 9, 10, 11 y 12):

La Asamblea Legislativa Plurinacional mediante ley,

clasificará y definirá los impuestos que pertenecen al

• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

• La producción y comercialización de recursos naturales

• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

• La propiedad de vehículos a motor para navegación

• La afectación del medio ambiente, excepto las

• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

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posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y

dominio tributario nacional, departamental y municipal. La

creación, supresión o modificación de los impuestos bajo

dominio de los gobiernos autónomos facultados para ello se

efectuará dentro de los límites siguientes:

- No podrán crear impuestos cuyos hechos imponibles

sean análogos a los correspondientes a los impuestos

nacionales u otros impuestos departamentales o

municipales existentes, independientemente del

dominio tributario al que pertenezcan.

- No podrán crear impuestos que graven bienes,

actividades, rentas o patrimonios localizados fuera de

su jurisdicción territorial, salvo las rentas generadas por

sus ciudadanos o empresas en el exterior del país. Esta

prohibición se hace extensiva a las tasas, patentes y

contribuciones especiales.

- No podrán crear impuestos que obstaculicen la libre

circulación y el establecimiento de personas, bienes,

actividades o servicios dentro de su jurisdicción

territorial. Esta prohibición se hace extensiva a las

tasas, patentes y contribuciones especiales.

- No podrán crear impuestos que generen privilegios

para sus residentes discriminando a los que no lo son.

Esta prohibición se hace extensiva a las tasas, patentes

y contribuciones especiales.

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los Impuestos de dominio Nacional, Departamental y Municipal

de la siguiente manera:

• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

• La producción y comercialización de recursos naturales

• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

• La propiedad de vehículos a motor para navegación

• La afectación del medio ambiente, excepto las

• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

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posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los

- Dominio Nacional• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

de servicios y toda otra prestación cualquiera fuera su

naturaleza.

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

personas naturales y colectivas.

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

promociones empresariales.

• La producción y comercialización de recursos naturales de carácter estratégico.

- Dominio Departamental• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

inmuebles y muebles sujetos a registro público.

• La propiedad de vehículos a motor para navegación aérea y acuática.

• La afectación del medio ambiente, excepto las causadas por vehículos automotores y por actividades

hidrocarburíferas, mineras y de electricidad; siempre y

cuando no constituyan infracciones ni delitos.

- Dominio Municipal• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

con las limitaciones establecidas en los parágrafos II y

III del Artículo 394 de la Constitución Política del Estado,

que excluyen del pago de impuestos a la pequeña

propiedad agraria y la propiedad comunitaria o colectiva

con los bienes inmuebles que se encuentren en ellas.

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

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posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los

• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

• La producción y comercialización de recursos naturales

• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

• La propiedad de vehículos a motor para navegación

• La afectación del medio ambiente, excepto las

• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos automotores por personas que no tengan por giro de

negocio esta actividad, ni la realizada por empresas

unipersonales y sociedades con actividad comercial.

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

automotores; siempre y cuando no constituyan

infracciones ni delitos.

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posterior implementación de la Ley Nº 843 de Reforma

Reforma de la Administración Tributaria (creación del SIN), y

La Ley N° 154, de 14 de julio 2011, clasifica y define los

• La venta o transmisión de dominio de bienes, prestación

• Importaciones definitivas.• La obtención de rentas, utilidades y/o beneficios por

• Las transacciones financieras.• Las salidas aéreas al exterior.• Las actividades de juegos de azar, sorteos y

• La producción y comercialización de recursos naturales

• La sucesión hereditaria, donaciones de bienes

• La propiedad de vehículos a motor para navegación

• La afectación del medio ambiente, excepto las

• La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales,

• La propiedad de vehículos automotores terrestres.

PLANTILLA DE LECTURA

Título:

De qué trata la lectura Idea central

(Breve descripción) (Puntos centrales y relevante comofechas, nombres, situaciones quedespierten interés)

Aprendizaje Opinión

(Qué de nuevo aprendí) (Cuál mi/nuestra opinión respectoa la lectura)

• La transferencia onerosa de inmuebles y vehículos

• El consumo específico sobre la chicha de maíz.• La afectación del medio ambiente por vehículos

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