-,itei · 1 tercero.·confecha29veintinuevedeoctubrey9nuevedediciembre.ambos de 2013 dos mil trece....
TRANSCRIPT
1
TERCERO.· Con fecha 29 veintinueve de octubre y 9 nueve de diciembre. ambos
de 2013 dos mil trece. a través de la OfICialía de Partes de este Institulo. serecibió informe signado por la C. Uc. Magda Lorena Lépez Gutiérrez. en su
SEGUNDO.· el 22 veintidós de julio de 2013 dos mil trece. l. Secretaria Ejecutiva
d. este Instituto, en atención a lo ordenado por el Pleno de este Consejo. y enaras de lo dispuesto por Jos numerales 140. 141. 143. 144 Y 145del Reglamentode la Ley de Info!TTlaClÓnPUb6cadel Estado de Jalisoo y sus MUOlCiplos.radloo
en contra del C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA, en su carácter d~ p,.»uo"."
Municipal del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO,el Procedimiento de Responsabilidad Aóminislrativa que nos ocupa.
PRIMERO.· Con feclul 18 dIeCiochode lunio de 2013 do. mlllrece. el Pleno del
Conselo de esle Organismo resolvió el Recurso d. Transparencia 043/2013 yordenó dar vista a la Secretaria Ejecutiva de es,. InsUMo. p.,·a qUe 1, ,,~Iar.Procedimienlo de Responsabllídad Administrativa. en contra de los servidorespublicos que resultaran responsables. respecto del Incumplimiento de taobligación de publicar y actualizar informacIón fundamental y determinar s, el
ml.mo consthuye ailluna Infraeci6n a la Ley de Información Pública del ESladode
Jalisco y sus Municipios.
-RESULTANDO:
VISTOS, los autos que integran el PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADADMINISTRATIVA númefO07Dn013, incoado contra actos alribuidos al C. L.A.E.
JORGE ARANA ARANA, en su carác:"r de ?esld~nte :v1unlcipa! oe:l :!.AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO; asl como acorde
a lo ordenado por el Pleno del Consejo de este Insllluto de Transparencia e
'nformaClón Pública de Jalisco. denlJo de la ",solución recatea 9n sestón erdínana
de fecha 18 dieoocho de junio de 2013 dos mil trece. denlJo del Recurso deTransparencia 043/2013; y
GuadalaJara.Jafisco, a 29ve'ntinueve de octubre del año 2014 dos mil catorce.
P.R.A.070/2013-, itei
2
En atenctón a Jo oxpuesto y, que se dn~Uan'w~Uhq¡¡.~JOu. """~..,......t ...... .1
rosponsabllidad admlnistratrva que nos ocupa. acorde con lo dISpuesto por el
Dniculo 149de Reglamento de la Ley Espoclal de la Malena en relación con elQUinto Tran$llorio da la Ley de Trensparencla y Acceso a la Inlorm;,OÓI'IPubUca
del Estado de Jalisco y sus Municipios, .a resuelve bajo los slgulantes
SEXTO.- Por acuerdo de feclla 13 trece de febrero de 2014 dos mi catorce. laSecretaria Ejecutiva de este Instituto, tuvo por recibidos lo. ocursos relendos enel acápite que antecede: asimismo, tuvo por concluida la e¡apa de alegatos y en
y¡ltud de no haber actuaciones pendientes por desahogar rem,1JÓa este ConsejO
el Proc:edmionto de Responsabílldad Administrativa qua nos ocupa. para que deconformidad con lo establecido por los anlculo 144 fracción IV y 149 del
Reglamento de ta Ley de InformacI6n Públlce del Estado de Jalisco y sus
Municipios. lnauuyere a la Dirección Jundic8 del Instiluto. para la elaborllci6n delproyeelo de resolucl6n correspondiente.
QUINTO.- El 10 dJe' de febrero de 2014 dos mU catorce. se """"reron en laOf.ciatia de Partes de este organismo, escritos signados por los CC. L.A.E.JORGE ARANA ARANA, en su carácter de Presidente MunICipal:y LIC.Magda
lorena L6pez Gutiérrez. en su carácter de .nular de la Unidad de Transparenc.a.
ambos del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONAlÁ, JAUSCO:
quienes remitieron los alegatos que así consideraron pertinentes
CUARTO.- Con fecl1a27 velnhsiele de enero de 2014 dea mil C810rce.se_dOlener por Teallud •• las manlfeslsclones y rendido en Informe. aSrml$tllO... dIO
cuenla de !as documentales anexas: luego, de conformidad con lo dlspueslo porel 8I1lcu1o 148 del Reglamento de la Ley do I"formo:ión Públ'ca del Es;¡:do ~_
Jabco y sus Munlclplo$, en relaol6n con el QulnfO Trans'lOno de la Ley de
Tran.paren~ y Acceso a la Informacl6n Publica efel Estado de Jalisco y sus
Municipios. se abrIÓel periodo de alegatos.
carácter de 'nular de la Unidad de TransparenCIa del H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE TONAlA, JALISCO, y sus anexO$
P.R.A.07012013itei-
3
AI1ictAo 10.&.1,1'* ~ o, lit ..... ,...... OQ.«oo. ~ l'IQ..~ ~I o 14m<'1.tr#!W. lo.,. tn" catode qt,¡of ltI!'AqIIe • t. lI'IIOt'tf. roa ~ • ~ ,.,.,..". 1JIQi~** o DI'1'JtIt e. MI!fI p,¡OlCO ... """" e lith'l~wá ¡.a~PI7" Emdo"" ~ .... c.ao de'dI'KftoOlo ~." -.0- ...... ,.~ __ 1o.~"'.,e Otllncc Fec)eftl 0II.1"&l1IO:t1'... "totd: oW WI"PI .. rc. .. tt~fIOI'liDt J.9\.""!!ItC e1~)I ~It Toda .. Wot~*~ 0CfitI., o.e e...~ .~ao tft-'CI1I6 b'fanO, 0I\)1'I1wroa hod.. ;¡! ~~II t; ~CClaI I!~p.;1IIQ 'i tOlo ~ MI' ~ ~'*'-:"'JI ~~ .... Ot .iI!I&'•• ~ ef'I ~ ttmlhCD:I'" Cttn lu Ityu. 111\~1r!II1"II"WI1OOftcs. .. __"'~~"o-w;.oGde ~ Ft~af• lA 1tIfOn'P..-::.on -.e .. ~ • " "'" .,..... .,1011:_ ..,._. ...... lI~a .., ~:»M"",* , CICr. -óI'dCIIOOOne*~elIjfft 1M..,..._.. Tod.f~ ,.,..~ee~~~o_t¡o-...,M.I,"'~"" W7 • .ICCIOOom!l.Ito....... r,...."c.. .n~ .• 'l,IIdr.ot .. a ·.. oala,UZ 'lO."*-N $..~tloK4tjn ~ .. ~ ... ; , ti"., 1)'OCed.m~ ee te'l'lItOn I!.lfM!'O1;09. EatOJ ptOCfldllMoto,.. ~ .,. ...,. • cw;r...- =s. a fl"IPI~. ,.="'1 ~1tI~1. OCI~!Va, di iI'll1¡~/'I., ~-VLoa,.~~,....,.~ ~ ~ .. ~ ~.TA!.-"atM:aI. .,;:¡¡tl;ad!l$ YMiaran a,'1\'U.1oI~e- o'ClOJ" t:a ~i~aso:tftSl,5~cIe~Ioe' ... ~1C1OCIt lea "eCUDCS ~VI t._ teru ~M '* ~~ ......... __""~ CIOIg*, ~4tI "l1Of1 CI\It)kI la l"tol"T.KIOn r,;';:I"vaa lIi»ttct.lt'lOl p(bbc:o, qt;I. ~ a~. tt.aso~vu. la ~WIdít 11la ~OI!U tn~~ es. ~ • le iftrOrma:16r\~;'IIIIC1.~. ",·,ejell'c, lf'I ID. Ie.MII':tOS~~1tS~
Al tenor de lo anterior el Insbluto es competente par. conocer. sustanc'ar y
resolver el preMnte Procedimiento de Responsab,lIdad Admlnlslratlva deconformidad con lo dispuesto por los artlculos 8' de la ConSbtuclÓnPollllca de 10$Estados Unidos MeXJCanos4' pimafo tercero y 9' de la Conllltución Palilica del
Estado Libre y Soberano de Jabsco; 1,2, 15, punto 1, fracción X; 23, punto '.fraccl6n VII, Inoso a) y b), 102 Y damis relallvos y aplrcables de la Ley de
InformaCIÓnPUblJC8del Eslado de Jalisco.• !1lcule: 'AO, '41. 142, 1-3"" 1",146. 147. 1411.149. 150. 151 ralatrvcs y aplicable. del Reglamenlo de l. Lay deInformación P1lblica del Estado de Jal.sco y sus Municipios; todos estos en
relaCIÓncon el Quimo Tramllono de la ley de TransparenCIa y Acceso a 1&InfonmaciónPUblreadel Estado de Jaisco y sus Municipio••
PRIMERO.- Competencia. El deredlo de acceso a la mforrnacon pública. es un
derecho humano consagrado en el articulo S' de la Consbtuci6n PallUca de los
Estados Unidos Mexicanos' mismo que contempla los pnnc,pios y bases que
deben regí<a los ESl8dos. en el ámbito de sus respeetrvas competeneras. Asl. allenor do los artlculos 4', 9' Y 15. fracción IX de la Conslllucl6n Pollllca del Estado
de Jansco. que consagran ese derecho, el Ir"'i ....'!~de TfAnIl;I"A,~",.ia ....Informaa6n Pública de Jat,sco, un Organosmo ConSbluclonal Autónomo, con
personalidad ¡urldial y palllmon>o propio. es el encargado de garantizar latransparenc~ y el derecho ala InIonnaClÓnpúbAca.
C O N S lOE R A N OO S:
P.R.A.070/2013itei-
al Documontal públlca.- Consistente en copra cerufoeada del ofiCIO
UTI057212013. sognadopor lOe Líe Magd' L''Or8 lópez r;Uf>~rr." ~".,
carDcler de mulor de la Unidad de Transparenc.e del H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE TONAlA. JALISCO.
TERCERO.· Pruebas y valor probatorio> Del auto de fecha 27 velOUSlstsdeenero de 2014 dos mil catorce, la Sectetaña E;eeuttva del Insbluto de
Transparencia e Información Pública de Jalisco, dIO cuenta de las pruebasofertadas por la e Uc. Magda Lorene López GulJérrez,en su carácter de Titularde la Unidad de Transparencia del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
TONALÁ, JAUSCO, tas cuales admhl6 y consisten en lo s>gu"'nte'
De acuerdo a lo actuado, y en términos de lo dIspuesto por los numerales 23punto 1, fracci6n VII. meíso b)102, punto 1 de la Ley de Infonnación Pública del
Estado de Jalisco y sus Municipios, el C. LA.E. JORGE ARANA ARANA,Presidente Municipal del H, AYUNTAMIENTO CO"''''TlTUCIONAL DE TON,~lA
JALISCO, tiene reconocido carácter como sujeto de responsabifrdaden virtud de
que el 16 é>easéls de ablil de 2013 dos mil trece fecha en que se presentó el
Recurso de Transporoncia 043/2013 y a la fecha elou""o a proceso osteOla elcargo de Titular del SuJeloObligado, por lo cual, toda vez que a través de dicho
recur¡o se resolvió el Incumplimiento por parte del Sujeto Obl.gado y se ordenó la
apenura del Procedomlentode Responsabilidad Admonostratovaque nos ocupa; esde dMlaCat que en t6rmlnos de 101 numerales preasados con 8ntel3c06n enrelación oon lo dispuesto por el articulo 103, punto " frecclonea 111y IV de la leyaludida y aplicable. es sujeto de responsabIlidad edmlOlSuattv. quien en alenel6n
a la temporalidad de los sueesoa ostento el cargo de Trtular s.endo ésta segun
consta en autos, la persona fislca allJdida.
SEGUNDO.- earAclor do SuJolO Obligado. El Sujeto Obligado el H.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO. ~ene reconOCido
dicho eaJáaor. de conformidad con el articulo 23 punto " freOClÓnVII, rnaso a)
de la Ley de Informacló<1Pública del E.tado de Ja~scoy SusMunlelplos.
P.R.A.070/2013itei-
5
CUARTO.- Estudio del asunto,- Del anánsis de autos, se adVierte que el
Procedimiento de Responsabilidad Admintstrativa que nos ocupa, versara
únicamente sobre la pOSible lnfracx:ión en la que pudiese haber incurrido en
ejercicio de sus funciones el C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA, en su caráeter
de PlCsidonle Municipal det H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DETONALÁ, JALtSCO. al Incumplir con las obligaciones eSlablecldas en los
numerales 32, punto 1. 'raCClOnes V, incisos, ~). b), r) h), ¡).¡J, k), ~,n).I\) .~ r:q), r), t) y u), y VI, inc!s()$ a), C), o), 1), g), h), 1) Y k) de la Ley do InformaCIÓn
P~bllca del Estado de Jalisco y sus Mun,,:iplOs.y como consecuencia Incurnr en la
Aunado a lo precisado con antelación se oebe destacar que la e LIC. MagoaLorena L6pez Gutiérrez. Trtular de la Unidad de Transparencia del H.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO, no es el sujeto
de responsabilidad dentro del Procedimiento de Responsabilidad Adminisl1atva
que nos ocupa, pues cabe advertir que la posible infracción cometida, en términosdel numeral 103, punto 1, fracciones 111v rv de la Ley de Información Públ'"? d~'Estado de Jalisco y sus Municipios. es atribuida al Titular del Suleto Obligado.
sujeto que fue raquendo para rendlf el Informe en térmmos de ley, sin embargo.
las manlfeslaclones hechas poi" fa aJudlda Titular de la Unidad de Transparenciaserán tomadas en cuenta a efecto de resolver el procedimiento de mento pues
les mismas tienen Indiscu1lb1erelación con los heohos analizados denlro del
presento proocdimícnto: aunado 8 lo anterior. cabe proclser que esta autotK!adresolver!) con apoyo de lodas y cada una de las constancias que obran en
actuaciones, lanto del Rocurso do Transparoncio 043/2013. como del presenteProcedimiento de RespoosabilodadAdrnimstrallva. ello en ténml10sde lo dispuesto
por los numerates 399. 400. 402 Y "13 del Código de Procedimientos CIVIlespara
el Estado de Jalisco, de ap.ticaci6n supletoria e" f.II't'CI. do So precisado "nr ,.1
articulo 6. punto 1, fracción 111Ley de Informaci6n Pública del Estado de Jabscoy
sus Municipios; asl como acorde a los arábigos 146. 147 Y 148 del Reglamento dela Ley de Información Púbticadel Estado de Jalisco y sus Municipios.
b) Documontal pública.- Conaistente en copia oerllncada de la Impresión depantalla da les Gacetas MunICIpalesdel SUletoObligado
P.R.A.070/2013-, itei
6\\'\\\\ ..l.e. c. ,..
Lo anterior es asl. ya que como lo advirtiÓ vl~ alegatos el C. l.A.E. JORGEARANA ARANA, Presidente Munido.1 ".1 fol. AYUNTAI""NTn
CONSTITUCIONAL CE TONAlA, JALISCO: la C L1c M.Oda Lorena LopezGutl6rrez, Titular de la Unidad det aludido Ayuntamiento realIZÓ doversas
gestiones lendlentes a cumplir con los compromisos legal•• en matena de
lJansparoncladel Sujeto Obligado. desde el mes de octubre de 2012 dos mil doceello. tal y como se desprende de autos del Recul'1lo de Transparencia 043/20'13,
por lo cual. esta autoridad esnma que al ser documentales emitidas por semdorespübllcos en ejereJelode sus funciones. y no obstante obrar en copia simple denlro
del recurso aludido, las mismas no fueron objetadas por las partes en cuanto él sualca.nce y valor probatorio. por lo que. es de conlerirselas vaíor probatorIOpleno
en lélTmnos de lo dispuesto por 399. 400 Y 414 del Código de PrOC8<fmoentosCIVilespara el Estado de JalISCO.de aplicación sUpl"~'¡2 en aras de lo " .........,,~
aUINTO.- Cuestión prevla.- El Pleno de esle Consejo. ad.~ que no obstante
el Incumplimiento decretado mediante resoluclon recalda al Rocurso deTransparoncla 043/2013. de fecha 18 dieciocho de Junio de 2013 dos mIl trece.
de autos del eludido recorso se desprenden gesuones realizadas por parte del
Sujeto Obligado a traves de su TItular de le Unldod mi.ma. que aon ,uf-..,t ...
para deshndar responsabilidad por parte del C. l.A.E. JORGE ARANA ARANA,PreSidenteMunleJpaldel H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCtONAl CE TONAlA,
JAl.ISCO. únicamente respaeto de 10$supuestos establecidos bajo .1 artiCUlo32,
punto 1. freceJonesV. Inclsol. a), b), e). h).I). n, k), 1).n). M. al, pI ql.tl y ul: y VI.Incisos al. el. e). 1). hl. 1)Y kl de la Ley de Información Puóllca del Estado deJal~ y sus Municipios. más no asl respecto de los supuestos eSt8D1eC1C10608¡a
lo dlspuostOpor el mismo numeral 32. punto 1. frecelónV. InCllOr) y VI IIlCI$OO)de la mlsmn legislación.
infracción contemplada en el 8rtleulo 103. punto 1, fracciones 111y IV de la rrusma
legislacIÓn. el cual establece que, son infraCCIonesadministratrvas a los Ululares
de lo. Sujetos Obligados, no publicar de forma completa la ,nformaoón
fundamental que le corresponda; y no actuañzar en tiempo la misma: ello segúnse desprende de la resolUCiónrecalda al Recurso de Transparencl. 043/2013.
P.R.A. 07012013-, itei
7
SEXTO.- Anansl. deJ fondo del asu"to.- A eteclo de dejar claras las crecsicnesque se advienen dentro de la resolucoónde mérito, que el C. L.A.E. JORGEARANA ARANA. Presidente Muniooal ';~I H. AYUNTAMIFNTn
Consecuentemenle. el C. LA.E. JORGE ARANA ARANA. Presidonle Municipal
del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO, probó qua
e ImvM de la Unodadde TransporeoCladel Sujeto Obligado. previa dolermlnaclÓnde Incumplomoentopo< parte de este organISmo realiZÓ aCCIOnestendientes a
cumplir con las obllgaaonos en matena de transparftnOA oor ende, en aten",;'" 11la temporalidad de 10$ hech06 Y en la Interpretación armónICadel numeral '05,punlo 2 de la ley do la maten.. , ha quedado demostrado que 81) reaüzaron lasgestiones necesarias para cumplir con lo d,spueslO en el numeral 32. punlo 1,fracciones V. tnClSOS a) b), el. hl. 1).¡), k) 11,nI, ñl. o), pI, q). 1)Yu) YVI. InCISOS
a). el. el. 1). h), ,) y k) efe la ley de Informaco6nPública del Eatadode Jalisco y susMunicipios, y por ende no es de sanclonársele por el Incumplimiento a taíes
sucuesto
Bajo esa lesllura. cabe advertir que las documentales que obran en actuaciones afojas 1 uno a 97 noventa y siete. asl como a fojas 388 Irescienlos ochenta y ochoa 456 cuattociento. cincuenta y seIS -las cuales obran en copias certificadas-,
mlsmas a 18$que se les ha conferidOvalO! prooatoroOpletlo. son ~.n'""'nt~s ..a'dcorroborar el dIChodel su¡elo a proceso, y por ende deslindarlo de responsat>lhdacf
únicamente f8spe<:to de los supuesto contemplados en el articulo 32 puruo 1
fracciones V Incrsos. a). b). e). h), Q. JI k). 11.n). ñ). o), p) q). 1)Y ul, y VI, Inclsoa
a), el, el, 1). h) 1) Y k) efe la Ley delnformaCIÓII Pública del Estado de JalISCOy susMunicipios. pues se desprende efe tales documentales que, por omisiones dp
terceras personas. no se eslUVO en posibtlidad de cumplir con ladas sus
obligaciones en materia de transparencia y asimismo. que en lérminos delnumeral 24 punlo r, fTlIca6n VI de ,. misma Ieglslacl6n se publlc6 en otro$
medios de faClleOO8sola informaCiónobbgatona relativa al supuesto conlempledoen el numenrl32 fraCCl6n VI••naso i) de la legislaCiÓnplllc.sade
por e.1articulo 6. punto 1. fracdón 111ley de Infonnación PúblICadel Estado deJalisco y sus Muniopoos
P.R.A.070/2013itei-
8
e) Alude que los denunciantes dentro del Recurso de Transparencla no
especlflcan que informacl6n 9S la faltante o rn 'W c~cuentnl!1ubh~1~~, ..como lo menciona el numeral 96, punto 1, fraCCIÓn111de la ley de la malena
y no obstante ello se condnuo con la sustanCIaCIóndel aludido recurso
B) Asimismo. aluda falta de InformaciOn en la entrega-recepción de laadminislracl6n prOxlmap89ada 2007·2009. y la ralte de pago el prov~or que
abastecle el servidor. atribuido a dicha admlnlslfac'ón, por lo cual. dec<d16
adquirir 181 obligaciÓn 8 travé$ de la Dirección de Informiluca de Me SujetoObligado: asimismo, se consl~uy6 el Comllé asl como la Unodlld
concentradora O efecto de cumplir con sus obligaciones en maténa deuansparencla, luego, en 2013 dos mü trece. se realIZóel P"mt!f roro munícipal
de cultura do transparencia; y
A) A través de la Unidad de Transparencia del Sulelo Obligado, se han realIZadolas gestiones necesarias para cumpli¡ ",un :tUi:. u¡JJio¡;¡dl..hJnes de (ld.I~lcñ ....Oü
mismas que obran en actuaciones dentro del Recurso de Transparencia
04312013; asimismo, 80 han realizados diversas pubticacoonesen 14GacelaMunícipal y en Ealrodos, 8 erecto de proporclonar o lo poblaC1Ól1en generallos acuordos aprobados por 01 Plono del Ayuntamoenlo luego. se publICÓ
mediante Indlce de Informaol6n presupuestal mumcloel (IIPM) esto desde el
mes de noviembre de 2012 dos mil doce, en el cual se observa la pest.~a deacceso Inicial la cual conllene leyos de Ingreso. presupueslOs, clas,ficaClÓn.
recursos rederales, tabuladores, plaZas, deuda públICa, rubros espec.(1CQS
oon la Informacl6n que los SUJ810S Obligados proporcoonan lo cual se
manifestó denlto del recurso aludido,
CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO, a lravés de la Unidad de
Transparencia del aludido Ayunlamienlo, y vía alegatos. realizó dIVersasmanifeslaciones IBndlenles a deslindar el incumplimiento decretado median'" l.
resolución recalda .1Recurso de Transparencia 04312013, las cuales advletten
loralmente lo Siguiente:
P.R.A. 07012013-, itei
9
En esa tesnura, cabe precisar Que respecto del incumplln1iento decretadomecflante resoludón de lecha 18 dledocho de Junio del 2013 dos mil trece
recaída al Recurso de Transparencla 043l2~13t rliismo qu(. 0,'; ..:1"" ~
Instauración det presente prooadimienlO, el Consejo de este organismo, reSOMó
tener por incumplida ta obr¡gaci6ncoolemplada en el numeral 24, punto 1, fracciónVI de la Ley de Infonnación Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, misma
que consiste en publica' pennanenll1mente o en inlemel O en otros medIOSrM
((¡ellacceso y r;otnpl'&llsJ6n pan ~ pob/«l6n es! como aClualllar cuando melloscada mes, la Información fundament., que le corresponda, Infracclón que se
contempla al titular det Sujeto Obligado en t'omínos del numeral 103, punto 1fraoclones 111y IV de la misma !eg¡slaci6<l;por lo cual es de evidenciar que $1 el C.
L.A.E. JORGE ARANA ARANA, Presidente Municipal del H. AYUNTAMIENTO
CONSTtTUCtONAL DE TONALÁ. JALISCO, previo • l. deteomrnaclón decumplimiento. contrario a lo que aduce '11. aj&wabJ~. nv t~&hz6 .~jO¡I teu....telt"': d
cumplir con 10dispuesto en el aréblgo 32. punto 1. fracclOnV. ,ncilo rl, y VI. ,ncraog) de la ley aplICable. es de eV1Clenaarque el mosmoIOCUrtlÓen la infracción
Por lo que V8 a la. prea.iones vertidas <lenltO del Inciso Al. es menester
puntualizar que la. mismas son lnaufldantas para deslindar totalmente laresponsabilidad respecto del IncumpOmlento deClelado mediante resolUCIÓn
recarda al recurso de Ollgen. pues cabe advertir que como ha quedado advertldoen al considerando QUINTO da la presente resolucl6n, le aslst. parclamenle la
rozón al C. L.A.E. JORGE AA.ANA ARANA, Presidanle MUnicipal del H.AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO, pues. el su¡elo a
proceso probó acciones y pubbcoones previas a la delennlnaeión de
incumphmtento, la cuales lendfan 8 cumprlt 1.••1c::..anldntoeon !CÑ :"',.. .. 1;. .... "
contemplados en el articulo 32. punto 1. fracclones V. rneosos,a), b), e). h). 1),1),
k), Il, nl. ~l, o). pi, ql. tl Y ul: y VI. incisos a), el, e), 1), hl, 1) Y k) de la ley deInfonnaeión Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, más no asr respecto
del supuesto contemplado en el n..meral 32. punto 1, fracclÓf1V, inCISOrl, y Vtinciso 9) de la mismas legislación. por lo cual. a efecto de resolver el fondo del
presente procedimiento. las consideraCIones que se advienan dentro del presenteapartado, se enfocaran únicamente a los últimos supuesros aludidos.
P.R.A.070/2013itei-
10
quo ""nI .. "'0011.Leyd./n_ PUb/",dll.110..,. rr~~) • _ .... .S.J .,.,.,
®S mi cfOetl, m.sr.Nt.co procedonl' cse.temJJnerti il'Cumphtmenlo del ñlOto~"e.ftCISO• flQléltn pubUUd' don,lgorgm,ntt v 09 ,. locytoR "'''''"Id' 'O,jI :'0' .M
.cMtt1f d. la d,YIgMlC¡ed. In'JHcdOn «(J/a, PfJIII 4lftl(.mMt. puoIfC. lo 'ÑtM) • ,101
",.. ... M octubrrt, lIovJembro '1diolembr. dfJl.no eso.m.1dCrc:::8 omlrlMdqs, por CO,"f)}fl.10" Jafoantc/éo d91'00 dw ro" 'Ole" v kJ qUlc:tJ~ a len rNlIIS di'" 11Kh~IH'I
1.'0.' te .._qvtttr_ .,ln_l) eH1._Vytl_Olde/lf_ VIdtI ._ 32 do la Loydo InforrnlJCj()(lp~_doI EIl_ de _,_ '" __ ..
2.9. ..La .n1ormac,on qtlO! s. ,..fi~teal InCiSO (/ o. ,. (f8CCffJtl v 061 r.i~ 32ee16Lar éelntbrrMc:OJ Poblica dIJ1 EsllK10de Jalisco y SU$ Mu~ no S! fQtU!!!rt! acPA1Int1~Lo/Jlltorior ... adv,.n.de ,. dU/fI._ de _ ocular. _ 50 COSOtva _ fII_obIJo.do pub/U ;nformtdOn d. m altOS 2010 2011 Y 2012. $Ñt tm~(""H'! ,~pub/k_e/M d. la Infomluclón ,ellJtivlt al n"o 20'13 IncumPlIendo.M con t.obllpKlóndJS9UOJ"por eI.articu/o24 ',acción VIdil, ley de InformaciónPÜbNc!del Es~dodo)ali.so y su, MunicIpio. ..1COfI1()por lOSLIn•• moentosGef!&t1ItU~ It PtbOC4t'll
Actu.kl:~ dII la InformadO"fundllm.nI' OOIt,Nt'fttt. .". ~1et" .,. ~furw:li.mt.nlal, ,..&lfl'ndo ptOCtd.nt, f1If/UfII'(r -' au;tto oOlrgJOQ P" ~ KllI: .... e .,lllforfNCión CO(),$j(fffld, .n .,t,ap4ltado
En ese enlendldo, 9 efec\o de reforzar las eonslderaoones que hasla equl se
advienen, es de precisar que de &uloSdel Rocurso do Transparencia 04312013.se desprende una diligenCIOda ¡nspecCKIMocular, que en telaa6n al articulo 32
punto 1. fracCión V. Inciso t) do fo Ley de InformaCIÓnPúbloc:adel Eslac10de
Jalisco y sus MunicipIOS,advirtió quo so publicaban dlvelsos documentos relallVos
a los allos 2010. 2011, 2012; asimismo respecto de la fracci6n VI. IncISO g) de lamJSmalegislación. precisó que la inform~c::iónputL.z~~ ~ eee 1..~; .J
misma ",formación que S8 publico en el articulo 32. fracción V IfICJ$O r; lo cual fuedetennlnante para emitir la resoluci6n recatea al recurso aludido. pues seconsideró respecto del articulo 32, punto 1, [JacclónV. inCISOr); y VI mClso9) de
Ley da Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipl()$ lo slgu.ente:
aludida. pues lal y como la ha resuelto este organismo. el mJSmo InCump~6con lalegislación de la materia,
P RA. 07N1n1'itei-
11
Aunado a lo antenor, no pasa InadveortidC' (lU.o ros'ro, ' A.E~JnR~E A"."i\-I\
ARANA, Presidente Municipal del H. AVUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DETONALÁ, JALISCO, aduce que se realizaron diversas publicaCIonesen la gaceta
munICIpaly estrados; lo cual es de resaltar SI bIen son tendl8ntes a cumplir conalgunas obligaCiones contemplas en la ley, las mismas no cumplen con los
supuestos precisados en el numeral 32, punto 1, fraCCJÓnV, mceso r): y VI, lnaso
g) de Ley de Información Pública del Estado de JaJiscoy sus MunK:iptOS:y aunadoa ello: y aunado a euo, en términos del articulo 32, punto 2 de la Ley de la
De lo anterior se desglosa en su liternlld.d q"" ~I $uleto Obl'godo ~ ,~I....deflclentemente la Informaci6n, pues la misma no se encuentra aClualiZ<ld~y
omne la correspondiente al a~o 2013 dos mil trece. anualidad en la que cabe
resallar la admlnlslración a cargo del C. LA.E. JORGE ARANA ARANA.
Presidente Municipal del H. AVUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ.
JALISCO, gener6 la Informaci6n y sin embargo, dicho Suleto Obligado fue omisoen dar a conocer on términos de la Ley de InformaclIln Pública del Estado ceJalisco y SuSMuniCipios, por ende, al ser lo resolución recalda al RecuraD d.Transparencia 04312013-lD cuol se eneuentra firme- y la dlllgenCJ8de inspecciónocular reolizada dentro del mismo, documonlales publioa. a la cua, se le conf18m
valo<probatorio pleno en témllOoade 10$ numerales 399, 400 Y 402 del CódogodeProcedimienlos Civiles del Estado de J.II.o" os 'r"'~'~".'Jp"',n", n" t~· ".dol numeral 6, punlo 1, fmoci6n 111de la Ley ee la matena, V 01 no habersereahzado gestl6n alguno por parte del suJoto o ereeese respeclO de las
obflgaclones contemptedas on al articulo 32, punto 1, fracotÓnV, !nCl$O '), y VI.Inc,so g) de Ley da Informacl6n Pública del Estado de Jalisco y sus Munlctpios
con la cual adVIrtieraque ,,'lncumplim1ento se debió a omISIÓnde terceros es deevidenciar que el mismo Incurri6 en el supueslo conlemplado bajO el numeral 103.
punto 1, fracción 111y IV de la legislación ~pllcable, en virtud de que no publICÓdefomla complela y asimismo. no acluallz6 en bempo la Información fundamental
que le corresponde
'J, y (flQuenr al Municipio da Tona/a JaHSCOP4fiI. que octuobCe y ~ la ",101" 1: 01
omitida en este DPlInado.
P.R.A.07012013-, itei
12
As;. por lo que ve al argumenlO que se advoertedel Inciso e). es de preossr queéSle resulta IOop8(anlea efecto de resolver el Procedmlenlo de Responsabilidad
Administrativa que nos OQJp3. pues el ml$ffio alude cuestiones propias del
Recurso do Transparencia 04312013, al precisar que se continuó con la
sustanciación del aludJdo recurso no ebstante no se cumplía a cabafídad con lodispuesto por el numeral 92., punto 1, fraCCtOO 111 n~ 1.., j~'<,;f:!'Cfonrlr !::. lT'~t"'ri., 1...
Ahora bien. por lo que ve 8 las precISIOnesverudas denlro del Inciso SI. 89advierte que las mJSm8Sson ,nefICaces a electo de deslindar responsabilidad
respecto del IncumplomienlodeCletedo a las oblogaciones conlempladas en el
articulo 32. punID t, fI1ICCI6n V i.... so r). y VI. Inaso gl de la legislación aplicable.
ya que el sujetO a proceso aludió falla de onforma<l1Ónen la entrega.recepción dela Odmlnl$tracloopróldma pasada 2007·2009 la ("~. de pago al provefll'inr nll~abaslecla el seMdOr responsab,Qdadde la anlanor admlnislrací6n. y acciones
tendientes a cumplir con $U$ obligaciones. "n embargo. no es dable olorgorle larazón al SUjelO a proceso. pues es de recalcar que de lO. documenlales
opottladas no se advierte acx:06nallluna lendenle a recabar Inlormacloo relallva alos supuestos preoaedoe con la cual pueda miNar su responaabrildadrespecto
de tales supuestos y. asimismo. por lo que ve a la InformaCl6n (allanle on lO
enlroga.recepClÓn de la adm nlslmCt6n pasada. se dosprende de lo reSOlUCión
recalda al Recurao d. TransparencIa 04312013, asl cemo de la DlhgenoladeInspecCiÓnOcular la omlS/OO 10181de la Información relativa 01año 2013 dOSmilIrece. lo cual de ninguna manera puede 691alnbuodaa la admlnlstraci6n pasada,pucs ta adminIStraCIÓna cargodol C. LA.E. JORr,f A"~NA ARANA p",.I<1~",~MunICIpaldel H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO.
CO<t8spoc>deal penodo 2012·2015 (dosmil doce - dos mil quince) y por ende tlslageneró la Información omitida es así. que se evidenCia la meücaca de los
argumentos vertídos por el sujelo a proceso
In(ormacloo PúblICa del Estado de Jalisco y sus MI'nielOlc>s la IJllblicac,,111(l. t,
informaci6n fundamental debe realizBJre con independencia de Su publicaciónoficial y debe reunir /os tequisitos de claridad. calidad. veracidad. oportunidad yconfiBbl7Idad; por ec>delale$ precisiones son Inttascec>denlesa efecto de deolic>dar
reoponsabaídedalguna respecto de los supoesros advertidos con anteíacíén
P.R.A.07012013itei-
13
Al El C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA, P,esldente MunlCl~al tle1 n.AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL OE TONALÁ, JAUSCO, en 16rmono$
del numeral 24, punlO 1, fracción VI de la Ley de InfOflTlacl6nPublica del
estado de Jalisco y sus Municipios, den. la oblogaclón de pubt"""
permanenlamente en Inlemet o en otros medios de féc:11at:Ce$O y compresotln
para la poblaci6n, asl como actualizar cuando me'1n~cada mes la Inform.lJclÓn
fundamental que le corresponda, sin embargo. se desprende del Recurso de
TranGparoncla 043/2013, que el mismo Incumpll6 con los supuestosestablecidos baJOel numeral 32, punto 1, fraCCione.V IOCISOS al. bl el hl l'
jI, kl, Il. n), ftl, o), p). q), rl, t) y ul; YVI, mcrsos al, el, el, 1). gl. h), ,) y kl de la
Ley de Información Publica del Eslado de Jalisco y sus MunictpÍO$. neobstante ello, a lrav';. del presente ProcedlmlentO de He$pOnsab~lOadAdministraliva logr6 deslindar responsabilidad de la mayorla de los scpoestos.
excepto de los contemplados en ..1 a"lculo 32, punto 1 Iracci6n V IncISO r) yVI, inctSo91 de la aludida legislación, mismos que advierten lo sogu;ente.
En consecuencia a lO precisado con antelación y, • .feclo refollar laaconsideraciones que aqul se advienen, es menester ahondar en los s'Su,entes
argumentOl d. hecho y derecho:
cual. cabe resaltar es intrascendente a electo de resolver el p<Oa!dJmJento de
mérito, pues éste se ciñe a la Indagalorla resoeao de posibles Infra<:ciones
administrativas por parte de los sujetos de responsabilidad a la ley o reglamento
que nge a la materia y se sigue por cuerda separada e Independ1entea lo resueho
mediante Recurso de Transparencia; por lo tanto. si el argumento aludido notiende a deslindar responsabilidad del lncumplimienlo decrelado SIOO unlcsmen:e
advierte la lorma en que se dio tramite a un diverso medIO de impugnaCIÓn esootorio que la pretensión del C. L.A.E. JORGE .. HANA ARANA, F,es.a"n",Municipal del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO,
es ajena al presenle procedimiento, Inataurado con motivo del Incump~mlenlodecretadc. ello aunado a que, tales cuestiones se debieron hacer valer 8 través de
diverso JUICioante autoridades dlve<1asy en el momento procesal CI)Orruoo
P.R.A.010/2013itei-
14
1 Son Infroccionos DdminiSl,r8(jv8$ de kJ$lill,J(aTe$ de ros wjeto.$ ob(.'góldO$_
"AfliculO 103.lnfraccl0l1oJ - Titulares de sujetos obligados
B) Asl. de lo advertido bajo el presente considerando. se deS9losa que el C.
L.A.E. JORGE ARANA ARANA, P,~.kl~.It~Mu"".~..: o". , ..AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALA, JALISCO, no publJcOdeforma compteta y no actualizó en tiempo la Informacoc)nfundamental que le
correspondia, por ende Incurrió en el supuesto contemplado en la Ley de
Información Pública del Estado de Jalisco y sus MuniCIpios,bOJoel nume,al103, punto 1. fracciones 111 y IV, que advierte:
rJ) Lal COIfCesiottfJs. lie,¡lcf". ptrmi:.o::. o.;l",riz ....... ¡ v:O1 Q'a,"~sJ;!Q_ .....!tr •........ :. ... ~0totv.clo. por -' .ujtto obllrJ.do.d. cuando m.no, 10#~'mo.t$.4 .~,
VI. ta ¡nIOlm.ctón ,obre ~ ~sllón pOb/tea, <111. CompnflC"
t) Las COI'lCHionos. lICencias. permiSos o 4l1toflzac)Qne, ctofgldo, de 1o.s «íJTuno.s .se4
800&:
V LB fnform8CJ'Ól1 financloro. pOlrimonli'Jl y adminlSlfUtNa. que compr81'H:/4,
1, Es Infotm8cion fundamel1Ut/, ObJtg~IO(/j par., lodos !O$ $uJ.:Ilos ob!lg~rJ~
"ArtJculO 32. informoc/ón fundamenttll- General
P.R.A. 07012013-, itei
15\ w\ .í I t O
AsI, eleconformidad con lo dispuesto por el articulo 151del Reglamento de la Ley
ele Información Pública del Eslado de Jauseey sus Municipios. el Consejo de estporganismo toma en eonsldaracl6n que las tahas cometidas por el C. L.A.E.
JORGE ARANA ARANA. Presldenle Municipal del H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO, en la temporalidad en que secom9tleron, no fueron graves y no se tiene antecedente de que el mismo haya
Incumdo en .nfraccl6n a la Ley de Informacl6n Pública del Estado de Jalisco y sus
MunICIpios,se estima Justoy equ~abvo imponerle la sanCIÓnminina contempladaen el artículo 107, punto 2, fracción I de la Ley de Información P(¡bfocadel Estado
l. El artlC4Jlo1C3..1. IracakJ,)os 11, 111, IV'!)(
z.. Se sa:nciorrará con iJm0ll8slacitN? pl1bflca y multa eJe cincltMra a quinlemos dfus eesmario mfn¡mo general vigente (in la zcna melropdJ!.atla ÓfJ Gued&'tJj8f8 a quienccme!a las mfractfonDs s,,1I8JaCln en:
"Articulo 107. InfriJccione$ - sal)c;on.s
C) Consecuentemente. al el suJelo a proceso Incumplir con lo dlspuestn "n ~I
numeral 24. punto " lracclón VI: y 32, punto " traec6n V, I'1C1SOr), y Vl,lnclsog) de la Ley aplicable; y por ende. Incurrir en el supueslo contemplado en el
articulo 103. punto 1. fracciones 111 y IV de legislación de la materlll. el rmsmoen virtuel de ser sujeto de responsabilidad admll'listrativ. en términos del
numeral 102. puntol de la Ley de Información apOcable,es de sanaonarseleen términos del articulo 107, punlo 2. tracción I de la Ley de lmormacion
Pública del Eslado da Jalisco y sus Municipios, el cual prevé:
•
P.R.A. 07012011-, ¡tel
16\\ \ \\ e
PRIMERO.' ES DE SANCIONARSE Y SE SANCIONA, al C. l.A.E. JORGEARANA ARANA, Presidente M""'c~::ll ,.......1 HAY! INTA~II:t-'T~CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO. por las razones, motivos y
R E SU E LV E:
Por lo expueslo y funda<!o.con apoyo en los artlculos 8 de la ConSllluclón Pollllcsde los Estados Unido MeJ<lcanos,4. pOmofo tercero y 9 de 18 Constltucl6n Pollbca
del Estado de JaJlsco. 1. 2. 23, punto 1 'I'PI'Y'.On \/11 ,,"¡f!O8) y h':?d r""''''''fracciOnVI: 32, punto " fraccrón V, Inciso r): y VI, inciso g): 102, punto 1; 103,punto 1, fracclonlls 111V IV; Y 107, punto 2. fraGci6n I de la Ley de Informacl6nPública del Estado de JalJsco y sus Municipios, en relaCl6n con el Quinto
Trans~OIÍo de ,. Ley de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Publica delEstado de Jalisco y sus MUnlCOPlOS.140, 141. 149 retatlvos y aplicables de su
Reglamenlo. se
En razón de lo anterior, conforme a lo estab!eddo por los articulos 24, punto "fracción VI: 32, punto " fraGci6nV, """ao r): y VI, .nciso g); 102, punto 1; 103,
punto 1, fracciones'" y IV: V 107, punlo 2, fraCClÓllI de la Ley do Infonnaclón
Publlca del Estado de Jat'SCOy sus MunICipios en relaeón con el OUIIllOTranslloño de la Ley de TransparenCIa y Acceso a la InformacI6n Pública dal
Estado de JalISCOy sus MunICIpIOS.resullD procedente Imponer y se Impone al C,L.A.E. JORGE ARANA ARANA, Presidente MuniCIpaldel H, AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE TONAlÁ, JALISCO, AMnl'lESTACION PÚBIIr.A "
MULTA POR EL EQUIVALENTE A CINCUENTA OlAS DE SALARIO MINIMO,que asciendo 8 la cantidad de $3,238.00 (TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA y
OCHO PESOS M.N.) a razón de $64.76 (SESENTA y CUATRO PESOS 76/100
MONEDA NACIONAL), que CO«f1Sponde al $al<lOOmlnlmo dIarIOgeneral vigenleen la Zona Metropolilana de Guadatajara a 2013, ano en que IU8 resuello en
Inoumplimienlo por perte del Sujeto ObligadOa través de l. resolución recalca alRecurso do Tranlpa,.ncla 04312013(¡unio de 2013)
de Jalisco y sus Murucipio$. en razón del incumplimiento a la legislación de lamatena, por parte del procesado
P.R.A.070/2013
17
Notifiqu"." Person.lmanto. al C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA, PreSldenteMunicipal del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO,
la presente resolución. de conformidad a lo dlspueslo por los articulas 135 136 Y137 del Reglamento de la ley de InFormaciónPiJbllca del Estado de Jahsco y sesMunicipios, en relaciOncon los numerales 84 frac~iAn' inciso el: 86 87 ,p'~+¡ynq
CUARTO.· Uno vez que cause ojecutoria fa presente resoluCiÓn. archive$e como
asunto total y definlllvamente conclUido
TERCERO.- En atencIÓna lo dispU()stopor el numeral 152 del Reglamenlo de laLey de Información Pública dol ESlOdode Jalisco y 4U' MuniCIPIOS.glrese alenlOofICio 01 C Socretarlo de Plana.clón AdmlnosrraclOny F"lnanzasdel Ellado CeJalisco. e erecre de que ",Icle el procedimiento económiCOceaeuvc en conlt8 oet
C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA. Prosldenle MUnicipaldO!lH. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO. mismo que ha da regirse balo lo
estableCIdoen la.loyos fiscales apllcabk:ls.
SEGUNDO.- Hágase .aber al C. L.A.E. JORGE ARANA ARANA, P_ldenteMunicipal del H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ. JALISCO
el derecho que llene de Impugnor la resolución que nos ocupa. en termln05 del
anlculo 108. punto 1 do la Ley de InformacI6n PI'lbllcadel Estado de Jahseo y susMunICipios
fundamentos expuestos e lo largo de la presente resolueén conAMONESTACtÓN PUBLICA y MULTA POR EL EQUIVALENTE A CINCUENTA
OlAS DE SALARIO MINIMO. que asciende a la cantidad de S3.238.0D (TRES
MIL DOSCIENTOS TREINTA y OCHO PESOS M.N.) a raz6n de 564.76
(SESENTA y CUATRO PESOS 76/100 MONEDA NACIONAL). que correspondeal salario mfnimo dlano general vigente en la Zona Metropolitana de Guada ajaraa 2013. arto en que fue resuelto en incurTlplnnlen10 pOI parte del ::,uJlC'toLlt.n¡goutJa través de la resolucl6n recelda al Recurso de Transparencia 04312013OunlOde 2013).
P.R.A.07012013itei.,.
18
J40BlMVcrot<CC
Secretario EJecutivo
fraf\t'a.co )Iv
"s·l.,o
<\r4 \.--Pedro Vlt-onte Vlvor01l A.y ••
Con'fjero-
.1 Cons.Jo
As; lo resolvl6 el Pleno del Consejo del Instituto de Transparencra e InformacIÓnPúbfica del Estado da Jalisco en su Cuadragésima Sesión Ordmana de fsella 29
veintlnoove de octubre del año 201~ dos mil catorce, ante el Secretario Ejecutivo.
qUlOn certifica y da fe.
y aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y
sus Municipios. atento lo dispone el numeral 139 del R"9lamento antes señalado,para los efectos legales conducentes,
P.R.A.070/2013itei--