investigación fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole...

16
Investigación Fiscal Boletín de Investigación Fiscal 2006 CCPM ISO 9001:2000 28 de febrero de 2006 Núm. 182 BOLETÍN DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN FISCAL PRESENTACIÓN Utilidades Cambiarias, Intereses y otros Ingresos Acumulables de las Personas Físicas Dentro de la diversidad de ingresos que pueden recibir las personas físicas y dentro de los tipos de ingresos que claramente establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, encontramos algunos ingresos que no pueden identificarse claramente en qué capítulo del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta deben considerarse, además que el cálculo para determinarlos puede resultar complicado o confuso. El presente boletín tiene por objeto dar a conocer este tipo de ingresos que obtienen las personas físicas y su adecuado tratamiento fiscal, dado el carácter cedular de la clasificación de los ingresos de este tipo de contribuyentes para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y, así, poder cumplir con las obligaciones establecidas para estos sujetos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que al final de cada ejercicio se ven obligados a declarar la totalidad de sus ingresos y presentar un solo cálculo global determinado a través de una sola tarifa anual.

Upload: trannguyet

Post on 25-Sep-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Investigación

Fiscal

Boletín de Investigación Fiscal 2006CCPMIS

O90

01:2

000

28 de febrero de 2006 Núm. 182• BOLETÍN DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN FISCAL •

PRESENTACIÓN

Utilidades Cambiarias, Intereses y otrosIngresos Acumulables de las

Personas Físicas

Dentro de la diversidad de ingresos que pueden recibir las personas físicas y dentro de los tipos deingresos que claramente establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, encontramos algunos ingresos queno pueden identificarse claramente en qué capítulo del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Rentadeben considerarse, además que el cálculo para determinarlos puede resultar complicado o confuso. Elpresente boletín tiene por objeto dar a conocer este tipo de ingresos que obtienen las personas físicas y suadecuado tratamiento fiscal, dado el carácter cedular de la clasificación de los ingresos de este tipo decontribuyentes para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y, así, poder cumplir con las obligacionesestablecidas para estos sujetos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que al final de cada ejercicio seven obligados a declarar la totalidad de sus ingresos y presentar un solo cálculo global determinado através de una sola tarifa anual.

Page 2: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

3

C.P.C. Manuel C. Gutiérrez García

C.P.C. José Besil Bardawil

C.P. Juan Francisco Fernández Andrea

C.P. Manuel Zendejas

C.P. Luis Sánchez Galguera

C.P. Miguel Mauricio Urrutia Schleske

LIC. Mauricio Bravo Fortoul

C.P.C. Marcial Agapito Cavazos OrtizC.P. José Antonio de Anda TuratiC.P. Plácido del Ángel HerreraC.P. Gerardo Domínguez GómezC.P.C. y M.I. Jorge Marcos García LandaC.P. Héctor González LegorretaLIC. y C.P.C. Víctor Hugo González MartínezL.C. Ernest Haiat KhabieC.P.C. Pablo Alejandro Limón MestreC.P.C. Arturo Martínez MartínezC.P.C. Ruy Méndez MarimónM.A. y C.P. Guillermo Merchant Vázquez

L.C. Félix Núñez Gamboa

C.P.C. Juan Manuel Puebla Domínguez

C.P.C. Jorge Sánchez HernándezC.P. Alejandro Solano GonzálezC.P.C. y M.A. Raúl Tagle CázaresLIC. Ángel José Turanzas DíazC.P. Julio César Ugalde DavóC.P. Fernando Zurita Morales

Lic. María Elena de la Fuente Tovar

Investigación Fiscal del C.C.P.M., Año VI, Núm. 182, 28 defebrero de 2006, Boletín Informativo edición e impresión por elColegio de Contadores Públicos de México, A.C., Responsablesde la Edición: Teresa Alamilla Jiménez, Servicio Social: OscarCortés Cruz, Bosque de Tabachines Núm. 44, Fracc. Bosques delas Lomas, Deleg. Miguel Hidalgo 11700. El contenido de losartículos firmados es responsabilidad del autor; tiraje de 6,500ejemplares; prohibida la reproducción total o parcial, sin previaautorización.

Presidente

Vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional

Director Ejecutivo

COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN FISCAL2004-2006

Presidente

Vicepresidente

Secretario

Gerente de Comunicación

Tamez

LIC. Elías Enrique Adam BitarC.P. José Gerardo Alfaro OsorioC.P. Eduardo Álvarez GuerreroC.P.C. Angelina Arellanos de LópezC.P.C. Georgina Arias Ramírez

C.P. Arturo Carvajal Trillo

C.P. Víctor Manuel Pérez Ruiz

C.P.C. Alejandro Javier Sánchez Calderón

Elio

C.P. Omar Miranda Escamilla

2004-2006

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

I. SUJETOS DEL IMPUESTO

II. DE LOS INGRESOS PORINTERESES

III. DE LOS INGRESOS PORINTERESES PAGADOS PORUNA INSTITUCIÓNINTEGRANTE DEL SISTEMAFINANCIERO

IV. DE LOS INGRESOS PORRETIROS DE PRIMAS DESEGUROS ANTES DE QUEOCURRA EL RIESGOAMPARADO

V. DE LOS DEMÁS INGRESOSQUE OBTENGAN LASPERSONAS FÍSICAS

VI. GANANCIA CAMBIARIA EINTERESES PORINVERSIONES EN ELEXTRANJERO

VII. PÉRDIDA CAMBIARIA PORINVERSIONES EN ELEXTRANJERO

VII. CONCLUSIONES

2

Page 3: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

3

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

INTRODUCCIÓN

El Impuesto sobre la Renta, como su nombre lo indica, tiene por objeto la renta o utilidad que perciben lossujetos en cada año o ejercicio. En términos generales, este impuesto se determina a partir de la totalidadde los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley(que son los gastos, costos o pérdidas en que el contribuyente tuvo que incurrir para la generación dedichos ingresos) y aplicando al resultado así obtenido, la tasa o tarifa correspondiente a cada año oejercicio.

En el caso de las personas físicas, el Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta clasifica de maneracasuística los diferentes tipos de ingresos acumulables para efectos de este impuesto, así como losrequisitos de las deducciones personales y disposiciones especiales en torno a la declaración anual deeste tipo de contribuyentes, respecto de cada tipo de ingreso.

Por lo que puede estimarse que aún cuando el Impuesto sobre la Renta grava de manera global la totalidaddel patrimonio de una persona física, la Ley establece, de manera cedular, diversos tipos de ingresos a loscuales se les aplican deducciones específicas.

Ahora bien, el carácter cedular de esta clasificación de los ingresos de las personas físicas no restringe elhecho de que el Impuesto sobre la Renta debe ser considerado como un sólo impuesto. Lo anterior, envirtud de que al final de cada ejercicio se calcula únicamente un impuesto global determinado a través deuna sola tarifa anual.

Por lo que en algunos casos, el análisis que debe hacer anualmente cada persona física para determinarcuáles de los diferentes ingresos que obtiene deben declararse, en qué capítulo deben incluirse y cuálesde éstos deben considerarse como acumulables o no, así como las deducciones específicas que en cadacaso se contemplan, suele volverse difícil de determinar en algunos conceptos que pueden resultar no serclaros o cuya determinación es confusa y compleja.

Entre estos conceptos que pueden ser complejos se encuentran los del capítulo VI “De los ingresos porintereses” y los del capítulo IX “De los demás ingresos que obtengan las personas físicas”; este boletín nose enfocará en analizar todos los casos previstos en estos capítulos, pero sí analizará algunos de losconceptos que pueden generar confusión.

Si bien no todas las personas físicas perciben ingresos de estos capítulos, consideramos que esimportante su análisis debido a la escasa información que al respecto se encuentra, así como lo confuso yamplio que son los conceptos manejados en estos capítulos. Estos conceptos se analizarán considerandolas disposiciones fiscales vigentes para el cálculo anual del 2005 y las modificaciones que se conocen parael ejercicio fiscal del 2006.

Page 4: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

4

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

I. SUJETOS DEL IMPUESTO

II. DE LOS INGRESOS POR INTERESES

De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, serán sujetos de este impuestolas personas físicas que sean residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualesquiera que seala ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

También se establece que conforme al Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las personas físicasdeberán identificar los ingresos que hayan percibido de acuerdo con los diferentes tipos de ingresos quetengan. En donde la Ley del Impuesto sobre la Renta clasifica los ingresos en los siguientes Capítulos:

Capítulo I: De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personalsubordinado.Capítulo II: De los ingresos por actividades empresariales y profesionales.Capítulo III: De los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal debienes inmuebles.Capítulo IV: De los ingresos por enajenación de bienes.Capítulo V: De los ingresos por adquisición de bienes.

Capítulo VII: De los ingresos por la obtención de premios.Capítulo VIII: De los ingresos por dividendos y en general por las ganancias distribuidas porpersonas morales.

Y también establece los siguientes capítulos complementarios a los ingresos de las personas físicas parasu correcta determinación:

Capítulo X: De los requisitos de las deducciones.Capítulo XI: De la declaración anual.

Como mencionamos anteriormente, dentro de estos capítulos los que vamos a estudiar en este boletínson algunos conceptos del Capítulo VI “De los ingresos por intereses” y del Capítulo IX “De los demásingresos que obtengan las personas físicas" ambos del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Las reglas aplicables a los ingresos obtenidos por intereses para personas físicas se encuentran en elartículo 9 y en los artículos 158 a 161, en los cuales se establece que se consideran intereses cualquieraque sea el nombre con que se les designe a los rendimientos de créditos de cualquier clase, entendiéndoseentre otros a:

��

�����

��

Capítulo VI: De los ingresos por intereses.

Capítulo IX: De los demás ingresos que obtienen las personas físicas.

Page 5: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

5

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Los rendimientos de la deuda pública, de los bonos u obligaciones, incluyendo descuentos,primas y premios.Premios de reportos o de préstamos de valores.El monto de las comisiones que correspondan con motivo de apertura o garantía de créditos.El monto de las contraprestaciones correspondientes a la aceptación de un aval, delotorgamiento de una garantía o de la responsabilidad de cualquier clase, excepto cuando dichascontraprestaciones deban hacerse a instituciones de seguros o fianzas.La ganancia en la enajenación de bonos, valores y otros títulos de crédito, siempre que sean delos que se colocan entre el gran público inversionista, conforme a las reglas generales que alefecto expida el Servicio deAdministración Tributaria.La ganancia derivada de los derechos de crédito adquiridos por empresas de factorajefinanciero.Por lo que respecta a los contratos de arrendamiento financiero, se considerará interés a ladiferencia entre el total de pagos y el monto original de la inversión.La diferencia entre la contraprestación pagada por la cesión de derechos sobre los ingresos porotorgar el uso o goce temporal de inmuebles y las rentas.Cabe mencionar que cuando los créditos, deudas, operaciones o el importe de los pagos dedichos contratos se ajusten mediante la aplicación de índices, factores o de cualquier otra forma,inclusive mediante el uso de UDIS, se considerará el ajuste como parte del interés.Las ganancias o pérdidas cambiarias, devengadas por la fluctuación de la monedaextranjera, incluyendo las correspondientes al principal y al interés mismo.En este caso, la pérdida cambiaria no podrá exceder de la que resultaría de considerar el tipode cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera establecido por e lBanco de México y que se publique en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente aldía en que sufra la pérdida.La ganancia proveniente de la enajenación de las acciones de las sociedades de inversión eninstrumentos de deuda a que se refiere la Ley de Sociedades de Inversión.

En términos del artículo 158 de la Ley del ISR, también tendrán el tratamiento de interés para las personasfísicas los siguientes:

Los pagos efectuados por las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios,por los retiros parciales o totales que realicen dichas personas de las primas pagadas o de losrendimientos de éstas, antes de que ocurra el riesgo o el evento amparado en la póliza.Los pagos que efectúen a los asegurados o a sus beneficiarios en el caso de seguros cuyo riesgoamparado sea la supervivencia del asegurado, cuando no se cumplan los requisitosconsistentes en que el asegurado llegue a la edad de sesenta años y hubieran transcurrido almenos cinco años desde la fecha de contratación del seguro y el momento en que se pague laindemnización.Los rendimientos de aportaciones voluntarias depositadas en la subcuenta de aportacionesvoluntarias de la cuenta individual abierta en los términos de la Ley del Seguro Social o en lacuenta individual del sistema de aportaciones para el retiro en los términos de la Ley del ISSSTE;así como los de las aportaciones complementarias depositadas en la cuenta de aportacionescomplementarias en los términos de la Ley del SAR.

Page 6: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

6

Es importante hacer mención que las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos losintereses reales percibidos en el ejercicio. Asimismo, se recalca que las personas físicas que recibanintereses pagados por sociedades que no se consideren integrantes del sistema financiero y que derivende títulos valor que no sean colocados entre el gran público inversionista, deberán acumular dichosintereses en el ejercicio en que se devenguen.

Los contribuyentes que obtengan ingresos por este capítulo tendrán las siguientes obligaciones:

Solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes.

Presentar declaración anual en los términos de la Ley.

Referente a este punto, se establece que aquellos contribuyentes que únicamente hayan obtenidoingresos acumulables por concepto de sueldos e intereses, cuya suma no exceda de $300,000.00y siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de $100,000.00, notendrán la obligación de presentar su declaración anual.

Conservar, de conformidad con lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, la documentaciónrelacionada con los ingresos, las retenciones y el pago de este impuesto.

Estas obligaciones no serán aplicables a los contribuyentes no obligados a acumular los intereses a susdemás ingresos, los cuales serán los que obtengan ingresos únicamente por concepto de intereses y cuyomonto no exceda de $100,000.00 en el año de que se trate.

Uno de los conceptos con los que mayor frecuencia tienen ingresos las personas físicas del Capítulo VI “Delos ingresos por intereses”, se obtienen a través del sistema financiero o por su intermediación por lo quees importante analizar este concepto a profundidad.

Como se mencionó anteriormente, las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos losintereses reales percibidos en el ejercicio. Por lo que es conveniente establecer qué se entiende por interésreal para saber el monto que debemos acumular a nuestros demás ingresos.

Se considera que el interés nominal es aquel importe que se recibe como rendimiento de un crédito decualquier clase, sin efectuarle ajuste alguno. Y por otra parte, el interés real será aquel monto en el que losintereses excedan al ajuste por inflación, pudiendo incluso generarse una pérdida.

II.1 Obligaciones de los contribuyentes que perciban ingresos por intereses

-

-

-

III. DE LOS INGRESOS POR INTERESES PAGADOS POR UNA INSTITUCIÓNINTEGRANTE DEL SISTEMA FINANCIERO

Page 7: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

7

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

El ajuste por inflación se determinará de la siguiente manera:

Saldo promedio diario x Factor de ajuste =Ajuste por inflación

En la que el saldo promedio diario se obtiene de la siguiente forma:

Suma de los saldos diarios de la inversión-------------------------------------------------------- saldo promedio diario

Número de días de la inversión

Es importante que para obtener la suma de los saldos diarios de la inversión no se consideren losintereses devengados no pagados.

El factor de ajuste que se menciona se determina de la siguiente forma

INPC del mes más reciente del periodoFactor de ajuste -------------------------------------------------------- -1

INPC del primer mes del periodo

EJEMPLO:

Tenemos la siguiente inversión a un plazo fijo de 90 días y cuyos intereses se devengarán al término delplazo:

=

=

Primero es necesario determinar la tasa de interés del periodo:

Tasa de interés anualizada 8.00%Entre: Días del año 360Igual: Tasa diaria 0.0222

Tasa diaria 0.0222Por: Días de la inversión 90Igual: Tasa de interés del periodo 2.00%

Monto de la inversión $1'500,000Tasa de interés anualizada 8.00%Plazo 90 díasInicio 17 de agosto de 2005Fin 15 de noviembre de 2005

Page 8: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

8

Cabe señalar que cuando el ajuste por inflación sea mayor que los intereses obtenidos, el resultado seconsiderará como pérdida, la cual se podrá disminuir de los demás ingresos obtenidos en el ejercicio,excepto de los ingresos por sueldos y actividades empresariales y profesionales.

En este tipo de ingresos se debe considerar como interés a los pagos efectuados por las instituciones deseguros a los asegurados o a sus beneficiarios, por los retiros parciales o totales que realicen dichaspersonas de las primas pagadas o de los rendimientos de éstas, antes de que ocurra el riesgo o el eventoamparado en la póliza.

IV. DE LOS INGRESOS POR RETIRO DE PRIMAS DE SEGUROS ANTES DE QUEOCURRAEL RIESGOAMPARADO

Después se deben determinar los intereses del periodo:

monto de la inversión $1'5000,000.00Por: tasa de interés de periodo 2.00%Igual: interés pagado del periodo $30,000.00

Posteriormente se debe determinar el ajuste anual por inflación:

INPC del mes más reciente (noviembre 2005) 115.591Entre: INPC del primer mes de periodo (agosto 2005) 114.027Menos La unidad -1Igual: Factor de ajuste 0.0137

Saldo promedio diario $1'500.000.00Por: Factor de ajuste 0.0137Igual: Ajuste por inflación $20,550.00

Y finalmente se determina el interés real acumulable:

Interés del periodo $30,000.00Menos: Ajuste por inflación $20,550.00Igual: Interés real $ 9,450.00

Page 9: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

9

Así como también a los pagos que se efectúen a los asegurados o a sus beneficiarios en el caso de seguroscuyo riesgo amparado sea la supervivencia del asegurado, cuando no se cumplan los requisitosconsistentes en que el asegurado llegue a la edad de sesenta años y hubieran transcurrido al menos cincoaños desde la fecha de contratación del seguro y el momento en que se pague la indemnización, y siempreque la prima haya sido pagada directamente por el asegurado.

En estos casos se deberá determinar el interés real acumulable y se estará a lo siguiente:

Prima pagadaMenos: Cobertura de riesgo de fallecimientoMenos: Otros accesorios que no generen valor de rescateMenos: Aportación de inversión

Estas aportaciones se actualizarán de la siguiente manera:

Aportación de la inversiónPor: Factor de actualización

(de periodo comprendido desde el mes en que se pagó la prima yhasta el mes en que se efectúe el retiro que corresponda)

Igual: Aportación de inversión actualizada

Y se determina el interés real acumulable de la siguiente forma:

Valor de rescateMás: Dividendos a que tenga derecho el asegurado o sus beneficiariosMenos: Aportación de inversión actualizadaIgual: Interés real acumulable

V. DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS

Las reglas aplicables a los demás ingresos que obtengan las personas físicas se encuentran en losartículos 166 a 171, en los cuales se establecen que los ingresos distintos de los señalados en los demáscapítulos que obtengan las personas físicas, los deberán considerar percibidos en el monto en que almomento de obtenerlos incrementen su patrimonio, salvo los que provengan de depósitos efectuados enel extranjero, o de créditos o préstamos otorgados a residentes en el extranjero, los cuales seránacumulables conforme se devenguen y los ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este capítulo los siguientes:

Page 10: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

10

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Las deudas perdonadas o pagadas por otra persona.La ganancia cambiaria y los intereses provenientes de créditos distintos a los señalados en elcapítulo de intereses.Las prestaciones que se obtengan con motivo del otorgamiento de fianzas o avales.Las inversiones en sociedades residentes en el extranjero.Los dividendos, reducción de capital y liquidaciones de sociedades residentes en el extranjero.La explotación de concesiones.La explotación del subsuelo.La participación en productos del subsuelo.Los intereses moratorios e indemnizaciones y los ingresos derivados de cláusulas penales oconvencionales.Los remanentes distribuibles de personas morales con fines no lucrativos.Los que perciban por concepto de derechos de autor las personas distintas al autor.Las cantidades acumulables de las cuentas personales para el ahorro.Las que perciba en carácter de condómino o fideicomisario de un bien inmueble destinado alhospedaje, otorgado en administración a un tercero.Los provenientes de operaciones financieras derivadas o referidas a un subyacente.Los ingresos estimados por erogaciones superiores a los ingresos declarados, inclusivepresuntivamente por las autoridades fiscales, en los casos en que proceda.Los que paguen las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios, que no seconsideren intereses ni indemnizaciones cuando la prima haya sido pagada por el empleador.Los provenientes de regalías.Los provenientes de planes personales de retiro o de la subcuenta de aportaciones voluntariasdel SAR y que se perciban sin que el contribuyente se encuentre en los supuestos de invalidez oincapacidad para realizar un trabajo remunerado, de acuerdo con las leyes de seguridad social.

Es importante hacer énfasis que en el mismo artículo en que se relacionan estos ingresos, se mencionaque se entiende que son ingresos, entre otros, los antes mencionados; por lo que no son los únicos que lasautoridades pueden considerar como ingresos de este capítulo, pudiendo considerar como ingresocualquier depósito o cantidad que incremente el patrimonio y no se encuentre especificado en los demáscapítulos de los ingresos de las personas físicas y se tendría que cumplir con lo establecido en estecapítulo.

Como ya se mencionó anteriormente, el capítulo IX del Título IV de la Ley del ISR contempla otro tipo deingresos que se les debe dar el tratamiento de intereses. Dichos ingresos corresponden a las ganancias opérdidas cambiarias e intereses provenientes de créditos distintos a los comentados anteriormente, asícomo los provenientes de toda clase de inversiones efectuadas en sociedades residentes en el extranjero.

VI. GANANCIACAMBIARIAE INTERESES POR INVERSIONES EN EL EXTRANJERO

Page 11: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

11

En el caso de ganancia cambiaria e intereses que provengan de depósitos efectuados en el extranjero, ode créditos o préstamos otorgados a residentes en el extranjero, éstos serán acumulables conforme sedevenguen. Y se acumularán con base en el interés nominal, debiendo reconocer el ajuste por inflaciónque se origine de las inversiones.

EJEMPLO:

DATOSInversión de pesos $1'200,000.00Inversión en dólares $108,685.80Fecha de inversión 24 de abril de 2005Tipo de cambio del día de la inversión 11.0410Tasa de interés de la inversión del periodoen dólares 5.00%Fecha de vencimiento 24 de octubre de 2005Tipo de cambio del día de vencimiento 10.8393INPC diciembre 2004 112.550INPC diciembre 2005 116.301

CÁLCULO DEL AJUSTE ANUAL POR INFLACIÓN

Mes Saldo dólares Tipo de cambio Saldo en pesosEnero $0.00 11.2183 $0.00Febrero $0.00 11.2613 $0.00Marzo $0.00 11.1086 $0.00Abril $108,685.80 11.2293 $1'220,465.45Mayo $108,685.80 11.1159 $1'208,140.48Junio $108,685.80 10.8699 $1'181,403.77Julio $108,685.80 10.7645 $1'169,948.29Agosto $108,685.80 10.6201 $1'154,254.06Septiembre $108,685.80 10.8377 $1'177,904.09Octubre $0.00 10.8131 $0.00Noviembre $0.00 10.8447 $0.00Diciembre $0.00 10.5702 $0.00

Saldo total $7'112,116.14Entre mes del ejercicio 12Promedio $592,676.34Factor de ajuste(116.301/112.550) -1 $0.0333Ajuste anual deducible $19,736,12

Page 12: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

12

DETERMINACIÓN DEL INTERÉS NOMINAL ACUMULABLE

Inversión $108,685.80Tasa de interés 5.00%Interés en dólares $ 5,434.29Tipo de cambio del vencimiento 10.8393

Interés acumulable en pesos $58,903.90

CÁLCULO DE LA GANANCIA O PÉRDIDA CAMBIARIA

RESUMEN

Ajuste anual por inflación deducible $19,132.12Intereses acumulables $58,903.90Ganancia cambiaria $37,866.05Pérdida cambiaria $58,679.44

Ingresos acumulables $18,958.39

Mes Saldo dólares Tipo de cambio Utilidad PérdidaEnero $0.00 11.2991 $0.00Febrero $0.00 11.0955 $0.00Marzo $0.00 11.2942 $0.00Abril $108,685.80 11.1159 8,140.48Mayo $108,685.80 10.9030 $23,139.20Junio $108,685.80 10.8428 $6,542.88Julio $108,685.80 10.6201 $24,204.32Agosto $108,685.80 10.8936 29,725.57Septiembre $108,685.80 10.8495 $4,793.04Octubre $0.00 10.9092 $0.00Noviembre $0.00 10.5670 $0.00Diciembre $0.00 10.7109 $0.00

37,866.05 58,679.44Saldo Neto 20,813.39

$20,813.39Pérdida cambiaria

Page 13: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

13

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

Es importante mencionar que en términos del artículo 221 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre laRenta, podrá optarse por determinar el ingreso acumulable por los intereses y la ganancia cambiariagenerados por la inversión extranjera en instituciones residentes en el extranjero que componen el sistemafinanciero, aplicando al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio, el factor que determine elServicio de Administración Tributaria para tal efecto. A la fecha de la emisión del presente boletín, el factorde acumulación para el año de 2005 no ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación, pero en lapágina de Internet del SAT se establece que el factor aplicable para el ejercicio de 2005es de 0.02, el cual se publicará próximamente en la regla correspondiente en la Resolución MisceláneaFiscal.

Si continuamos con el ejemplo anterior, resulta que al aplicar el factor de acumulación como se estableceen el artículo 221 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta al saldo del depósito o inversión alinicio del ejercicio del 2005, el ingreso que se tendrá que acumular es de $0.00, ya que el saldo al inicio delejercicio fue de $0.00.

En este mismo capítulo se menciona también que cuando el ajuste por inflación sea mayor que losintereses obtenidos, el resultado se considerará como pérdida; ésta, junto con la pérdida cambiaria que ensu caso resulte, se podrá disminuir de los intereses acumulables que se perciban en los términos de estecapítulo, del mismo ejercicio o en los cuatro posteriores a aquél en que se hubiera sufrido la pérdida.

Es importante mencionar que la pérdida se encuentra limitada y condicionada a aplicarse únicamentecontra intereses que el contribuyente hubiese obtenido de este mismo capítulo.

Aeste respecto, en el sentido de que el patrimonio de los contribuyentes personas físicas es uno sólo y, porende, el Impuesto sobre la Renta debe gravar ese único patrimonio compuesto por una variedad deingresos, y se establece la obligación de presentar una declaración anual en la que se sumarán losingresos obtenidos en el ejercicio, disminuidos de las deducciones que se incurrieron para obtener dichosingresos, se considera que esta limitante carece de fundamento, ya que en los términos de lo señaladoanteriormente, se puede concluir que la capacidad contributiva de las personas físicas, en el caso delImpuesto sobre la Renta, está dada en función de los ingresos que éstos perciban, así como por elreconocimiento de los gastos en que incurren para la generación de los mismos.

Es decir, la utilidad que perciben las personas físicas en cada ejercicio sólo puede determinarse a partir dedisminuir de la totalidad de los ingresos efectivamente percibidos, que son los que implican un incrementoen el patrimonio, la totalidad de las deducciones autorizadas, que son los gastos o erogaciones en que elcontribuyente tuvo que incurrir para la generación de dichos ingresos.

Por lo que, toda disposición que implique que los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta tenganque pagar el gravamen sobre cantidades mayores a aquéllas en las que efectivamente se incrementesu patrimonio, estará desconociendo su verdadera capacidad contributiva.

VII. PÉRDIDA CAMBIARIA POR INVERSIONES EN EL EXTRANJERO

(www.sat.gob.mx)www.sat.gob.mx)

Page 14: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

14

Boletín de Investigación Fiscal de febrero de 2006

Es decir, toda disposición que se traduzca en un desconocimiento de los gastos, erogaciones y costos enque requiere realizar la persona física para poder generar los ingresos gravables, como son las pérdidas enque incurra, se traducirá en una violación al principio de proporcionalidad tributaria.

Como en este caso, al no poder deducir la pérdida incurrida por fluctuación cambiaria, no obstante que lapersona física obtenga ingresos por otros conceptos, los cuales no se encuentren previstos en el CapítuloIX del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, como pudieran ser por salarios, por enajenación debienes o acciones, herencias, honorarios, donaciones, etc., incluso en contra de intereses del Capítulo VIdel Título IV o por otros ingresos del Capítulo IX, no se estará reconociendo la verdadera capacidadcontributiva de la persona física, ya que la pérdida cambiaria representa un impacto negativo real en elpatrimonio de la persona física y dicho menoscabo debe ser reconocido para efectos del Impuesto sobre laRenta mediante su deducción, independientemente, de que la persona física haya obtenido ingresos porintereses por los conceptos previstos en el Capítulo IX del Titulo IV.

Es importante saber que dentro de la diversidad de ingresos que pueden recibir las personas físicas ydentro de los tipos de ingresos que claramente establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, seencuentran algunos ingresos que no pueden identificarse claramente en qué capítulo del Titulo IV de la Leydel Impuesto sobre la Renta deben considerarse y que además su cálculo puede resultar complicado oconfuso; por lo que las personas físicas deben conocer su adecuado tratamiento fiscal dado el caráctercedular de la clasificación de los ingresos del Título de las personas físicas para efectos de la Ley delImpuesto sobre la Renta.

Es válido concluir que un impuesto al ingreso será proporcional en la medida en que grave la modificaciónpositiva que efectivamente haya sufrido el patrimonio del contribuyente, es decir, en los impuestos alingreso, como lo es el impuesto sobre la renta, únicamente debe gravarse la utilidad obtenida, esto es, lacantidad que modifica el patrimonio del sujeto, lo cual se logra en términos generales permitiendo ladeducción del costo y de las pérdidas obtenidas en la operación.

También resulta importante concluir que conocer la correcta mecánica para determinar los ingresos y susgastos y costos incurridos para obtenerlos, así como conocer las opciones que se tienen para podercumplir con las obligaciones establecidas para estos sujetos en la Ley del Impuesto sobre la Renta resultaimprescindible, ya que al final de cada ejercicio se ven obligados a declarar la totalidad de sus ingresos ypresentar un sólo cálculo global determinado a través de una sola tarifa anual.

VIII. CONCLUSIONES

Page 15: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Boletín de Investigación Fiscal de febrero 2006

15

3

NOTAS

Page 16: Investigación Fiscal - ccpm.org.mx · de los ingresos percibidos (acumulables), disminuyéndole las deducciones autorizadas por la propia Ley ... Los rendimientos de la deuda pública,

Este Boletín y los subsecuentes podrás consultarlos en nuestra página de Internet, www.ccpm.org.mx

¡Tu certificación sí vale!

Tu certificación con nosotros

tiene el respaldo, calidad

y reconocimiento oficial.

Tu colegio te espera.