institución educativa gabriela mistral

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Institución Educativa Gabriela Mistral Reconocimiento como Institución Educativa según Resolución No. 402 del 11 de Abril de 2003 Aprobación de estudios según Resolución No. 3513 del 13 de octubre de 2009 Para el nivel de Preescolar, Primaria y Secundaria de Educación Básica Académica Registro DANE 150006000322- Inscripción Secretaría de Educación No. 321122 NIT. 8220012621 Calle 13 No. 14-55 Centro TEL. 6560292-3212336772 Acacias (Meta) CADA NIÑO ES UNA PROMESA Y UNA REALIDAD DE PAZ ACUERDO No 002 (Febrero 04 de 2021) Por medio del cual se adopta el sistema de evaluación y promoción institucional (SIE) - transitorio para los estudiantes de la institución educativa Gabriela Mistral de Acacias Meta según el decreto 1290 de 2009 para el año lectivo 2021, ajustado para trabajo en casa y/o alternancia educativa, COVID-19. El consejo directivo de la institución educativa GABRIELA MISTRAL, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la ley 115 de 1994, ley 715 de 2001, el decreto 1860 de 1994 y el decreto 1290 de 2009 y CONSIDERANDO QUE: 1. Que la ley 115 de 1994 en el artículo 79 ordena a los establecimientos educativos definir su plan de estudios, estableciendo entre otros los criterios de evaluación del educando. 2. Que la ley 115 de 1994 en el artículo 148, el ministerio de educación Nacional, en cuanto al servicio público educativo tiene entre las funciones de inspección y vigilancia, la de fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores, 3. Que la ley 715 de 2001 en el artículo 5, numerales 5 y 5.6 dispone que le corresponde a la nación establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación preescolar, básica y media sin perjuicio de la autonomía escolar y definir, diseñar y establecer instrumentos para el mejoramiento de la calidad de la educación. 4. Que el artículo 23 del decreto1860 de 1994, establece como función del consejo directivo la toma de decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad. 5. Que mediante el decreto 1290 del 16 abril de 2009 se establecieron normas en materia del sistema de evaluación y promoción de los educandos de las instituciones educativas. 6. Que el Consejo Académico ajustado a los Lineamientos del MEN, para la “prestación del servicio de educación en casa y en presencialidad bajo el esquema de alternancia y la implementación de prácticas de bioseguridad en la comunidad educativa”, propone la modificación transitoria a los criterios de evaluación del SIE de la I.E. Gabriela Mistral, de conformidad a lo establecido en el Decreto 660 del 13 de Mayo de 2020 y la Directiva Ministerial 11 de 2020, teniendo en cuenta el estado de emergencia que atraviesa el país debido a la pandemia originada por el SARS-CoV-2/COVID-19. ACUERDA:

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Institución Educativa Gabriela Mistral Reconocimiento como Institución Educativa según Resolución No. 402 del 11 de Abril de 2003

Aprobación de estudios según Resolución No. 3513 del 13 de octubre de 2009 Para el nivel de Preescolar, Primaria y Secundaria de Educación Básica Académica

Registro DANE 150006000322- Inscripción Secretaría de Educación No. 321122 NIT. 8220012621

Calle 13 No. 14-55 Centro TEL. 6560292-3212336772 Acacias (Meta)

CADA NIÑO ES UNA PROMESA Y UNA REALIDAD DE PAZ

ACUERDO No 002

(Febrero 04 de 2021) Por medio del cual se adopta el sistema de evaluación y promoción institucional (SIE) - transitorio para los estudiantes de la institución educativa Gabriela Mistral de Acacias Meta según el decreto 1290 de 2009 para el año lectivo 2021, ajustado para trabajo en

casa y/o alternancia educativa, COVID-19.

El consejo directivo de la institución educativa GABRIELA MISTRAL, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la ley 115 de 1994, ley 715 de 2001, el decreto 1860 de 1994 y el decreto 1290 de 2009 y

CONSIDERANDO QUE:

1. Que la ley 115 de 1994 en el artículo 79 ordena a los establecimientos educativos definir su plan de estudios, estableciendo entre otros los criterios de evaluación del educando.

2. Que la ley 115 de 1994 en el artículo 148, el ministerio de educación Nacional, en cuanto

al servicio público educativo tiene entre las funciones de inspección y vigilancia, la de fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores,

3. Que la ley 715 de 2001 en el artículo 5, numerales 5 y 5.6 dispone que le corresponde a la nación establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación preescolar, básica y media sin perjuicio de la autonomía escolar y definir, diseñar y establecer instrumentos para el mejoramiento de la calidad de la educación.

4. Que el artículo 23 del decreto1860 de 1994, establece como función del consejo directivo la toma de decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.

5. Que mediante el decreto 1290 del 16 abril de 2009 se establecieron normas en materia del sistema de evaluación y promoción de los educandos de las instituciones educativas.

6. Que el Consejo Académico ajustado a los Lineamientos del MEN, para la “prestación del servicio de educación en casa y en presencialidad bajo el esquema de alternancia y la implementación de prácticas de bioseguridad en la comunidad educativa”, propone la modificación transitoria a los criterios de evaluación del SIE de la I.E. Gabriela Mistral, de conformidad a lo establecido en el Decreto 660 del 13 de Mayo de 2020 y la Directiva Ministerial 11 de 2020, teniendo en cuenta el estado de emergencia que atraviesa el país debido a la pandemia originada por el SARS-CoV-2/COVID-19.

ACUERDA:

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SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL (SIE)

CONTENIDO

CAPITULO I. PRELIMINARES

ARTICULO 1. Ámbito de aplicación.

ARTICULO 2. Periodos académicos. CAPITULO II. DISEÑO CURRICULAR

ARTICULO 3. Plan de estudios

ARTICULO 4. Áreas del plan de estudios.

ARTICULO 5. Formatos

CAPITULO III. GENERALIDADES SOBRE EVALUACION

ARTICULO 6. Conceptos de la evaluación

ARTICULO 7. Objeto

ARTICULO 8. Principios

ARTICULO 9. Funciones

ARTICULO 10. Características

ARTICULO 11. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes.

CAPITULO IV. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

ARTICULO 12. En el nivel de educación preescolar

ARTICULO 13. Criterios Generales de evaluación Institucional

ARTICULO 14. En lo relativo al saber conocer los criterios a evaluar son:

ARTICULO 15. En lo relativo al saber hacer los criterios a evaluar son:

ARTICULO 16. En lo relativo al ser los criterios a evaluar son:

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ARTICULO 17. En lo relativo al SABER CONVIVIR JUNTOS los criterios a evaluar

son:

ARTICULO 18. Criterios de promoción

ARTÍCULO 19. Promoción anticipada.

ARTICULO 20. Criterios de evaluación y promoción para estudiantes que

requieren educación inclusiva.

CAPITULO V. ESCALA DE VALORACION

ARTICULO 21. Escala de valoración institucional

CAPÍTULO VI. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE

LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 22. Estrategias

ARTÍCULO 23. Procesos de Autoevaluación de los estudiantes

CAPÍTULO VII. ACCIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS

ESTUDIANTES DURANTE EL ANO ESCOLAR

ARTICULO 24. Mecanismos de registro.

ARTÍCULO 25. Regularidad entrega de informes

ARTÍCULO 26. Citaciones a padres de familia/seguimiento a estudiantes

ARTÍCULO 27. Seguimiento a estudiantes con dificultades académicas

/encuentro con padres de familia

ARTICULO 28. Acciones de seguimiento a los desempeños

CAPÍTULO VIII. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER

SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 29. Durante el periodo académico.

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ARTÍCULO 30. Al finalizar el periodo académico.

ARTÍCULO 31. Al finalizar el año escolar.

ARTICULO 32. Criterios de promoción y no promoción al finalizar el año escolar

CAPITULO IX. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y

DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS

ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

ARTICULO 33. Acciones Docentes

ARTICULO 34. Acciones Directivos Docentes

CAPITULO X. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y

RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN

ARTICULO 35. Instancias

ARTICULO 36. Procedimientos

ARTICULO 37. Mecanismos

CAPITULO XI. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN

LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS

ESTUDIANTES

ARTICULO 38. Proceso de construcción

ARTICULO 39. Comisiones de Evaluación y Promoción

ARTICULO 40. Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción

ARTICULO 41. Consejo Académico

CAPITULO XII. RESPONSABILIDADES, DEBERES Y DERECHOS

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ARTICULO 42. Responsabilidades de la Institución Educativa

ARTÍCULO 43. Deberes del estudiante.

ARTÍCULO 44. Derechos del estudiante.

ARTÍCULO 45. Derechos de los padres de familia.

ARTÍCULO 46. Deberes de los padres de familia.

CAPITULO XIII. INFORMES VALORATIVOS, REGISTRO ESCOLAR Y CERTIFICACIONES

ARTICULO 47. Informes valorativos

ARTICULO 48. Registro escolar

ARTICULO 49. Certificaciones

CAPITULO XIV. EVALUACION INSTITUCIONAL

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CAPITULO I. PRELIMINARES

ARTICULO 1. Ámbito de aplicación. Este acuerdo rige para la Institución educativa GABRIELA MISTRAL, y es de obligatorio cumplimiento para el personal docente, directivo docente, padres de familia y estudiantes bajo el modelo de trabajo en casa y/o alternancia, COVID-19 y rige hasta que el gobierno nacional decrete el regreso escolar bajo la presencialidad total. ARTICULO 2. Periodos académicos. Para efectos del calendario académico, para adelantar el proceso de desarrollo curricular y de evaluación, la Institución Educativa GABRIELA MISTRAL, divide su año escolar en cuatro (4) periodos de 10 semanas lectivas cada uno. Para el año 2021, se ajusta según resolución 047 del 2021 de la Secretaría de Educación del Meta. Primer periodo: 08 de febrero al 16 de abril de 2021 Segundo periodo: 19 de abril al 25 de junio de 2021 Tercer periodo: 12 de julio al 17 de septiembre de 2021 Cuarto periodo: 20 de septiembre al 03 de diciembre de 2021

CAPITULO II. DISEÑO CURRICULAR ARTICULO 3. Plan de estudios

El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de

áreas optativas con sus respectivas asignaturas que forman parte del currículo de la Institución

Educativa GABRIELA MISTRAL (Anexo 1- Formato Plan de Estudios), contiene los siguientes

aspectos fundamentados en la didáctica institucional y en el modelo pedagógico axiológico

socio-formativo.

1. Los estándares, las competencias (básicas), los aprendizajes y las evidencias de la

matriz de referencia propias del área, Derechos Básicos de Aprendizaje, enseñanzas o

contenidos, nivel de desempeño básico, criterios de evaluación y articulación de la

enseñanza – transversalidad.

PARÁGRAFO. Los planes de aula (Anexo 2- Formato de diseño de guía) contemplarán

actividades para todos los estudiantes bajo el modelo de trabajo en casa y/o alternancia,

COVID-19, incluso para los estudiantes con necesidades educativas especiales y/o con

capacidades excepcionales, teniendo en cuenta el Plan Integrado de Ajustes Razonables

(PIAR).

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Aprobación de estudios según Resolución No. 3513 del 13 de octubre de 2009 Para el nivel de Preescolar, Primaria y Secundaria de Educación Básica Académica

Registro DANE 150006000322- Inscripción Secretaría de Educación No. 321122 NIT. 8220012621

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ARTICULO 4. Áreas del plan de estudios.

Las áreas que forman parte del plan de estudios en los diferentes niveles son.

Para el nivel de preescolar. Estas están sujetas al decreto 2247 del 11 de septiembre de

1997.

Para la Educación Básica (primero-segundo) las áreas obligatorias y fundamentales se

agrupan en campos de formación, campo el comunicativo en donde se desarrolla la Lecto-

escritura, lo Científico y lo Histórico social; el Lógico Matemático, La Lengua Extranjera

(inglés), Educación Artística, Educación Física, Educación Religiosa, Educación Ética y

Valores, junto con la formación en Tecnología e Informática.

PARÁGRAFO. Para efectos de los informes valorativos al padre de familia, en estos grados,

se contemplan las áreas de Humanidades Lengua Castellana e Idioma Extranjero (inglés),

Matemáticas, Ciencias Naturales, Ciencias sociales, Educación Artística, Educación Física,

Educación Religiosa, Educación Ética y valores y Tecnología e Informática; atendiendo a lo

dispuesto en el art. 23. Áreas obligatorias y fundamentales de la ley 115.

Para la Educación Básica (tercero a noveno). Para el logro de los objetivos de la educación

básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación

que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo

Institucional.

Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del

plan de estudios, son los siguientes:

1. Ciencias naturales y educación ambiental.

2. Ciencias sociales, historia, geografía.

3. Educación artística.

4. Educación ética y en valores humanos.

5. Educación física, recreación y deportes.

6. Educación religiosa.

7. Humanidades, lengua castellana: español y técnicas de comprensión de textos.

8. Humanidades, idioma extranjero: ingles.

9. Matemáticas.

10. Tecnología e informática.

11. Urbanidad y Democracia.

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Para el nivel de educación Media (Décimo y undécimo). Para el logro de los objetivos de la

educación media se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la

formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto

Educativo Institucional.

Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del

plan de estudios, son los siguientes:

1. Ciencias naturales y educación ambiental: Química, Biología y Física.

2. Ciencias sociales: Sociales, ciencias políticas y económicas.

3. Educación artística.

4. Educación ética y en valores humanos.

5. Educación física, recreación y deportes.

6. Educación religiosa.

7. Humanidades, lengua castellana: español y técnicas de comprensión de textos.

8. Humanidades, idioma extranjero: ingles.

9. Matemáticas: Matemáticas, Estadística y Matemática Financiera.

10. Tecnología e informática.

11. Filosofía.

PARÁGRAFO. Se adopta “Emprenderismo” como proyecto transversal para los niveles de

educación Preescolar, básica y media.

PARÁGRAFO. El estudiante de inclusión adelantará todas las áreas del conocimiento,

atendiendo a su situación particular, según el diagnóstico médico especializado y la adaptación

curricular correspondiente a cada área.

ARTICULO 5. Formatos

Para la implementación y seguimiento del diseño curricular se tendrán en cuenta los siguientes

formatos:

Plan de estudios (anexo 1 – Plan de estudios), Plan de aula (Anexo 2 - Formato de diseño de

guía), adaptación curricular (anexo 3 - PIAR), ficha de caracterización (anexo 4), registro de

valoraciones en plataforma-SAN (anexo 5), formato de autoevaluación (anexo 6), registro de

las inasistencias a clase en físico y/o en SAN (anexo 7), acta de comisión de evaluación y

promoción(1,2,3 y 4 periodo)(anexo 8), acta definitiva de comisión de evaluación y

promoción(anexo 9), Acta socialización competencias por periodo (Anexo 10), Acta reunión de

padres de familia (Anexo 11), Informe Valorativo Final-SAN (Anexo 12), libro final de registro

escolar-SAN (Anexo 13).

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CAPITULO III. GENERALIDADES SOBRE EVALUACION

ARTICULO 6. Conceptos de la evaluación

Evaluación: Proceso continuo y permanente que evidencia el desarrollo y adquisición de

competencias cognitivas, actitudinales, procedimentales y para la convivencia, producto del

ejercicio pedagógico. Esta se aplicará en las dos últimas semanas de cada periodo académico.

Autoevaluación: Acciones mediante las cuales el estudiante se evalúa de manera autónoma

para comprobar los resultados obtenidos del proceso enseñanza-aprendizaje, que le permiten

reconocer sus fortalezas, potencialidades y debilidades. Esta se realizará de carácter

obligatorio, orientada por el docente de cada asignatura o área en la última semana del periodo

académico, para el caso de los estudiantes sin conectividad, entregarán el formato diligenciado

con el desarrollo de la guía.

Heteroevaluación: Acciones mediante las cuales el docente evalúa al estudiante para

comprobar los resultados obtenidos del proceso enseñanza-aprendizaje, que le permiten

reconocer las fortalezas, potencialidades y debilidades del educando. Esta se llevará a cabo

con la valoración del desarrollo de la guía.

ARTICULO 7. Objeto

Son objeto de la evaluación

1. Los desempeños de los estudiantes en cuanto a su proceso de formación: y los factores

asociados: Saber ser, saber conocer, saber hacer y saber convivir juntos.

2. La promoción de estudiantes.

PARÁGRAFO: Los factores asociados al saber ser y al saber convivir juntos serán valorados

en la nota periódica de comportamiento. Los factores asociados al saber conocer y al saber

hacer serán valorados en la nota periódica del área.

PARÁGRAFO: Para la promoción de estudiantes que trabajaron en casa o en alternancia

deberán cumplir con el desarrollo y entrega oportuna de las guías diseñadas, así como, la

presentación y aprobación de la evaluación programada por cada docente, teniendo en cuenta

los criterios de evaluación establecidos en el plan de estudios y en el SIE transitorio por el

marco de la emergencia sanitaria

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ARTICULO 8. Principios.

La evaluación en la IE GABRIELA MISTRAL está regida por cinco principios fundamentales:

Responsabilidad. Todos los entes educativos que intervienen en la evaluación son

responsables del aprendizaje de los estudiantes.

Transparencia: todos los procesos evaluativos son susceptibles de verificación por cualquier

miembro de la comunidad

Participación. Se tienen en cuenta los procesos de autoevaluación, coevaluación y

heteroevaluación.

Diversidad, se aplican diversos tipos de evaluación donde se tienen en cuenta las diferencias

individuales de los estudiantes.

Honestidad: En los procesos educativos de enseñanza y aprendizaje las evidencias serán

desarrolladas por los ESTUDIANTES de manera clara y transparente.

ARTICULO 9. Funciones

Función Predictiva o Inicial: La cual se evidencia en dos momentos fundamentales:

Prueba diagnóstica de ingreso: Se aplicará a aquellos estudiantes que al ingreso a la institución por motivos especiales no acrediten certificaciones de años cursados. En estos casos la evaluación diagnóstica permitirá decidir en qué grado se debe matricular, siempre y cuando haya cupo en el plantel o el docente convalidará las notas durante el periodo académico.

Prueba diagnóstica: Cada docente en su área diseñará y aplicará una prueba diagnóstica de entrada de conocimientos básicos que le permitirá establecer el nivel de sus estudiantes con respecto a las competencias. Lo anterior, una vez inicie el modelo de alternancia.

Función Formativa: Se realiza en el transcurso del desarrollo de la competencia y tiene por objetivo informar de los desempeños obtenidos, y eventualmente, advertir donde y en qué nivel existen dificultades de aprendizaje, permitiendo la búsqueda de nuevas estrategias educativas más exitosas. Aporta una retroalimentación permanente al desarrollo del programa educativo. Función valorativa: Se realiza en la finalización de cada período académico de aprendizaje,

su objetivo es conceptualizar sobre el desarrollo de las competencias, según escala valorativa

predeterminada e informar sobre el nivel alcanzado por el estudiante.

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ARTICULO 10. Características La evaluación del educando en la Institución Educativa GABRIELA MISTRAL tendrá las siguientes características:

Integral: Tiene en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del educando. Formativa: Permite reorientar los procesos educativos de manera oportuna, a fin de lograr su mejoramiento. Flexible: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus diferentes aspectos; por consiguiente, considera su historia personal, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general su situación concreta. PARÁGRAFO. Al ingreso del estudiante a la institución debe presentar diligenciada la ficha de

caracterización para conocer aspectos de la vida familiar, social y económica que pueden

inferir en su aprendizaje. (Anexo 4).

ARTICULO 11. Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes. Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:

Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.

Determinar la promoción de estudiantes.

Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento

institucional.

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CAPITULO IV. CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

ARTICULO 12. En el nivel de educación preescolar

La evaluación y promoción de los estudiantes del nivel de preescolar se regirá según el artículo

14 del decreto 2247 de 1997

ARTICULO 13. Criterios Generales de evaluación Institucional

1. Se evaluará a los estudiantes periódicamente, dando una valoración cualitativa a los

procesos de aprendizaje en la formación integral.

2. Cada departamento de área, determinará en cada periodo y grado los aprendizajes,

evidencias y Derechos Básicos de Aprendizaje (DBA) que establecen los criterios de

evaluación para los indicadores de desempeño en cada competencia.

3. El resultado de las pruebas externas SABER11, dará opción para modificar los conceptos

de evaluación obtenidos por el estudiante en cada periodo. Si el estudiante de grado once,

obtiene un puntaje igual o superior a 60 en un área en la cual ha presentado valoración de

“Bajo”, se cambiará este concepto a “Básico”.

4. Si en la prueba SABER11, aplicada por el ICFES, el estudiante obtiene un promedio

general igual o mayor de 60 será promovido anticipadamente.

5. Para el desarrollo de cada periodo académico se tendrán en cuenta los siguientes

parámetros:

Semana 1, se llevará a cabo la labor de socialización de competencias, desempeños y

estrategias de trabajo, se explicará el proceso de evaluación, fechas de recepción de las

guías desarrolladas y de la evaluación.

Semanas 2, 3, 4 y 5, explicación de la temática y saberes.

Semanas 6, 7 y 8, desarrollo de las guías en el horario de clases.

Semanas 9 y 10 revisión y valoración de guías, aplicación de evaluación para verificar el

alcance de la competencia además del llamado y seguimiento a los estudiantes que no

hayan enviado guías de trabajo desarrolladas. En todo caso, las guías deben ser

entregadas al finalizar la novena semana como último plazo; en caso contrario, debe

presentar plan de mejoramiento en las dos primeras semanas del siguiente periodo.

PARÁGRAFO. Para el caso del cuarto periodo académico, no se contemplan las dos

semanas de presentación de planes de mejoramiento, por cuanto el último día del periodo,

coincide con la finalización del año escolar.

6. Al terminar cada periodo se realizará una evaluación final (tipo prueba Saber, prueba

escrita, videos o audios) en cada área y/o asignatura. De grado transición a tercero

solamente se evaluarán las áreas valoradas por las pruebas SABER.

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Institución Educativa Gabriela Mistral Reconocimiento como Institución Educativa según Resolución No. 402 del 11 de Abril de 2003

Aprobación de estudios según Resolución No. 3513 del 13 de octubre de 2009 Para el nivel de Preescolar, Primaria y Secundaria de Educación Básica Académica

Registro DANE 150006000322- Inscripción Secretaría de Educación No. 321122 NIT. 8220012621

Calle 13 No. 14-55 Centro TEL. 6560292-3212336772 Acacias (Meta)

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7. En las dos últimas semanas de cada periodo académico, cada docente debe valorar y

registrar las notas en la plataforma SAN.

8. Entendiendo las dificultades que pueden presentar los estudiantes a causa de la

emergencia sanitaria, para así gozar de su derecho a la educación, la Institución Educativa

no tendrá en cuenta las fallas o inasistencias a las sesiones y/o reuniones programadas

por los docentes en el proceso de acompañamiento de trabajo en casa, como motivo de

reprobación o perdida de áreas. Los estudiantes se ajustarán a los ítems de valoración

transitoria.

9. Cuando un estudiante se deba ausentar de las actividades académicas para asistir a

eventos deportivos, culturales, religiosos, científicos y/o viaje familiar planeado, el

acudiente debe informar a coordinación mínimo con 15 días de anticipación y fijar un acta

de compromiso con la responsabilidad de presentar previamente las actividades

académicas antes de asistir al evento.

10. Para matricula de estudiantes extranjeros, deben presentar apostillaje del Ministerio de

Educación para convalidación de certificados de estudio presentados y se le asignará el

grado que le corresponda. Se hará el informe de consulta al MEN.

PARÁGRAFO. Para los casos de estudiantes extranjeros que no presenten documentación

que constate el grado al que debe matricularse de acuerdo a la normatividad vigente, se

hará un análisis de sus documentos presentados y se tomará como referente su edad y

presentará una prueba diagnóstica para convalidar el año aprobado y homologarlo de

acuerdo al grado que le corresponda según su resultado. Este procedimiento será

registrado en el acta de comisión de evaluación y promoción con copia a coordinación sobre

el resultado.

Criterios Generales de evaluación para estudiantes embarazadas

1. Basados en el Manual de Convivencia a las estudiantes en estado de gestación se le

garantizará el derecho a la educación.

2. Presentar certificado de incapacidad médica durante el embarazo y después del parto,

con el motivo de ser exoneradas de la participación de algunas actividades

programadas por la Institución como: Educación Física, deportes, laboratorios etc. Estas

actividades serán remplazadas por trabajos escritos para cumplimiento de su

evaluación.

3. Retomar sus estudios una vez haya cumplido su periodo post parto con el fin de

garantizar la continuidad de su proceso educativo. Para ello la estudiante deberá hablar

con cada uno de los profesores, solicitar el debido plan de mejoramiento con sus

respectivas asesorías y responsabilizarse de cumplir con cada una de las competencias

pendientes.

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4. La estudiante al retomar los estudios tendrá 1 mes para presentar sus respectivos

planes de mejoramiento, pasado este tiempo y si aún presenta pendientes, será criterio

de los docentes ampliar este tiempo hasta por 15 días más.

5. En caso que la estudiante madre lo amerite por prescripción médica, podrá solicitar

desescolarización para poder culminar su año escolar y atender su caso particular de

gestación. Esta situación se tendrá en cuenta también cuando sea el bebé de la

estudiante que por prescripción médica requiera de cuidados especiales con

acompañamiento de la madre estudiante.

6. Si la estudiante en estado de embarazo tiene su bebe durante el último periodo de

clases (4° periodo) y previendo que el tiempo para recuperar sus competencias ya es

muy corto, con anterioridad tendrá la opción de adelantar con planes de mejoramiento

previo acuerdo con los docentes las competencias del periodo y poder dejar definido su

año escolar.

PARÁGRAFO: El plan de mejoramiento es el conjunto de estrategias diseñadas por el docente

para facilitar al estudiante el alcance de las competencias académicas en las diferentes áreas

del conocimiento.

ARTICULO 14. En lo relativo al saber los criterios a evaluar son:

Comprender: Involucrarse en las situaciones de tal forma que se visualicen de manera

objetiva para poder brindar intervenciones propias a sus necesidades.

Explicar: Saber determinar de manera pertinente qué es lo que se aplica, y la viabilidad

de estos procedimientos.

Analizar: Profundizar y puntualizar acertadamente los puntos o características que se

han trabajado o que se van a trabajar

Que se evidencia en:

Los conocimientos previos de los estudiantes

El dominio de los conceptos

La descripción de los procesos

La capacidad para resolver casos y problemas

La capacidad para realizar trabajos teóricos

La capacidad para planear y organizar los elementos requeridos para la ejecución de

operaciones y tareas

El dominio y el proceso mental para dar a conocer lo que posee sobre el manejo de

conceptos con relación a los contenidos (competencias cognitivas básicas,

interpretativas, argumentativas y propositivas)

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Lo relativo a los métodos, técnicas, procedimientos, protocolos y estrategias necesarias

para comprender el proceso de ejecución de funciones y operaciones propias del

ejercicio de construcción conceptual.

ARTICULO 15. En lo relativo al saber hacer los criterios a evaluar son:

Desempeño

Basado en procedimientos y estrategias. Confrontación de los conocimientos teóricos adquiridos en el período de

formación académica.

Competencias Básicas

Competencia Comunicativa. Competencia Matemática. Competencia de autogestión del proyecto ético de vida. Manejo de las nuevas tecnologías de información y la comunicación (TIC) Afrontamiento de cambio Liderazgo Competencias cognitivas del proceso de formación

Competencias Genéricas Competencias comunes a varias ocupaciones o profesiones, dado que los retos de la Educación actual están en la formación de habilidades generales y amplias. Como:

Emprendimiento Gestión de recursos Trabajo en equipo Compresión sistemática Resolución de problemas Planificación de trabajo Diseño cualitativo de una investigación Diseño cuantitativo de una investigación Afrontamiento del cambio Análisis transdisciplinarios de la realidad

Que se evidencia en:

Los métodos, procedimientos y/o estrategias utilizados para dar a conocer los

saberes (mapas conceptuales, diagramas de flujo, ensayos, juegos, entre otros)

La expresión de opiniones, las alternativas propuestas.

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El dominio de la ejecución siguiendo pasos, operaciones y tareas

La aplicación de técnicas y normas en el desarrollo del trabajo.

La capacidad de experimentar, explorar y utilizar los recursos y conocimientos.

La capacidad de hacer consulta textual y virtual realizando el análisis pertinente.

La obtención de información de diferentes fuentes (evidencias)

ARTICULO 16. En lo relativo al ser los criterios a evaluar son:

Automotivación: a partir de los intereses personales de cada estudiante como inicio de un

proyecto autodeterminado, enfocado a las expectativas personales, y por ende a la generación

de resultados propicios.

Iniciativa: De construcción de proyectos innovadores a partir del propio conocimiento frente a

diversas disciplinas proyectadas al quehacer determinado.

Trabajo colaborativo con los otros: Desarrollar la capacidad de generar continuos trabajos

interdisciplinarios, con la finalidad de construir procesos integrales proyectados al beneficio

común, a nivel personal.

Observar: Actuar a partir de las demandas que se perciben en el entorno, lo cual se logra

mediante el primer contacto de observación de determinados contextos.

Que se evidencia en:

Las relaciones cordiales con compañeros y superiores.

La puesta en práctica del respeto mutuo.

El trabajo en equipo.

Las actitudes y acciones por el cuidado del medio ambiente y el entorno (aula,

institución).

El cumplimiento de los compromisos.

El comportamiento acorde a las normas y al código de ética institucional.

El comportamiento de integración grupal

El uso adecuado del uniforme según los parámetros institucionales

La presentación personal

La adaptación al cambio

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ARTICULO 17. En lo relativo al SABER CONVIVIR JUNTOS los criterios a evaluar son:

La dimensión social

Experiencias de contacto, respeto y conocimiento del otro.

Proyectos integrados de educación en la diferencia, desplazados, reinsertados conflicto

armado, inclusión NEE, Etnias

PARÁGRAFO: Los criterios a evaluar en el Saber y el Saber Hacer, orientan la valoración en

las áreas y/o asignaturas, mientras que los criterios del Saber Ser y el Saber Convivir juntos

guían la valoración comportamental del estudiante, que se especifica en la autoevaluación y

en la valoración disciplinaria en cada período.

PARÁGRAFO. Los criterios generales de evaluación son:

Resuelve las actividades propuestas en la guía.

Entrega la solución a las actividades de la guía.

Utiliza herramientas y plataformas tecnológicas para realizar la entrega de las guías

solucionadas.

El desarrollo de la guía debe cumplir en su totalidad con las pautas establecidas en esta, con

orden, ortografía, buena letra sin errores conceptuales ni procedimentales.

Presentar evaluación de verificación del alcance de las competencias y aprobarla.

ARTICULO 18. Criterios de promoción

Todo estudiante de Transición, Básica y Media que al finalizar el año escolar haya obtenido un

desempeño básico, desempeño alto o desempeño superior en todas las áreas cursadas, en

todos los periodos y en la valoración final del año, será promovido al grado siguiente.

Para efectos de promoción se tendrá en cuenta la valoración definitiva en cada área del

conocimiento. Cuando un área está integrada por varias asignaturas, la promoción del área

está sujeta a la promoción de cada asignatura.

Para efectos de no promoción, en el Nivel de Educación Básica y Media, quien presente

desempeño bajo en la valoración definitiva de un (1) área evaluada por la prueba SABER:

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Humanidades: Español, Inglés, Matemáticas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, Filosofía

no será promovido. Así mismo, quien presente valoración definitiva “Bajo” en dos (2) o más

áreas diferentes a las enunciadas anteriormente, no será promovido.

El docente definirá la valoración final del quinto boletín de acuerdo al alcance de las

competencias del estudiante durante todo el año.

La Comisión de Evaluación y promoción define si cada estudiante es o no promovido, de

acuerdo a las valoraciones cargadas por los docentes en la plataforma SAN y el libro final de

cada curso; situación que evidenciará en el acta final de la comisión de evaluación y promoción

del año escolar en curso.

ARTÍCULO 19. Promoción anticipada.

Promoción anticipada para estudiantes con CAPACIDADES EXCEPCIONALES.

La promoción anticipada al grado siguiente se hace al finalizar el primer período del año escolar

cumpliendo con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del decreto 1290 de

2009. Se define el siguiente proceso:

1. El director de grupo presenta el caso junto con las evidencias necesarias a coordinación,

quien a su vez comunica a rectoría la solicitud para convocar a la Comisión de evaluación.

2. La comisión de evaluación y promoción, previo consentimiento de los padres de familia,

con la colaboración del docente de aula de apoyo, establece la estrategia para evaluar al

estudiante en su desarrollo cognitivo, personal y social, en el marco de las competencias

básicas del grado que cursa. Para esto se adelantará entrevistas con el estudiante y su

familia y se aplicarán “pruebas diagnósticas de ingreso” en cada una de las áreas del

grado siguiente.

3. La Comisión de Evaluación y promoción valorará las evaluaciones realizadas al

estudiante.

4. Si el estudiante demuestra un rendimiento superior en su desarrollo cognitivo, personal y

social, en el marco de las competencias básicas del grado que cursa, la Comisión

recomienda ante el Consejo Académico la promoción anticipada al grado siguiente del

estudiante.

5. El Consejo Académico estudia el caso y las evidencias presentadas y toma una decisión,

la cual será consignada en el acta y reportada a rectoría.

6. En rectoría se expide la resolución correspondiente y se consigna en el registro escolar.

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Promoción anticipada para estudiantes NO PROMOVIDOS.

Para el caso de los estudiantes NO PROMOVIDOS, con 2 o menos asignaturas, la I.E. adopta

los siguientes criterios y procesos para facilitar la promoción al grado siguiente, quienes a su

vez deberán cumplir todos los parámetros aquí estipulados:

1. El acudiente entregará por medio físico o por correo institucional solicitud de estudio de

promoción anticipada del educando en la(s) semana(s) de desarrollo institucional de

inicio de año.

2. Los estudiantes reprobados que deseen acceder a esta modalidad de promoción

anticipada, deben matricularse en la I.E. Gabriela Mistral al grado reprobado.

3. Los planes de mejoramiento estarán disponibles para los estudiantes reprobados y

matriculados, en la primera semana de clase del año escolar vigente.

4. Durante el primer período del año lectivo vigente, el estudiante adelantará el desarrollo

(trabajo independiente en casa), presentación y sustentación del plan(es) de

mejoramiento en su totalidad, mientras cursa el grado que reprobó y demuestra alcanzar

las competencias del periodo.

PARÁGRAFO. Los planes de mejoramiento que desarrollarán y sustentarán los

estudiantes de los que trata el presente artículo, deben abordar los saberes y

contemplas actividades que permitan alcanzar las competencias de la(s) asignatura(s)

reprobadas.

5. La Comisión de Evaluación y promoción verificará al finalizar el primer periodo los

informes presentados por los docentes de la(s) asignatura(s) que reprobó el estudiante

el año inmediatamente anterior.

6. Si el estudiante demuestra un desempeño básico, en el marco de las competencias

básicas del grado que cursa, y además presenta y aprueba los planes de mejoramiento

de las asignaturas reprobadas en el año anterior, la Comisión de evaluación y promoción

recomienda ante el Consejo Académico la promoción anticipada al grado siguiente del

estudiante.

7. El Consejo Académico estudia el caso y las evidencias presentadas y toma una

decisión, la cual será consignada en el acta y reportada a rectoría.

8. En rectoría se expide la resolución correspondiente y se consigna en el registro escolar.

9. El estudiante se vinculará a su nuevo grado iniciando el segundo periodo y adelantará

el desarrollo (trabajo independiente en casa), presentación y sustentación del plan(es)

de mejoramiento en su totalidad, correspondientes al primer período del grado al que

fue promovido, mientras cursa el periodo dos.

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PARÁGRAFO. Los planes de mejoramiento que desarrollarán y sustentarán los

estudiantes del primer periodo, deben abordar los saberes y contemplar actividades que

permitan alcanzar las competencias de la(s) asignatura(s) y/o áreas.

10. La Comisión de Evaluación y Promoción tratará la situación como lo indica el Artículo

29 del presente documento.

ARTICULO 20. Criterios de evaluación y promoción para estudiantes que requieren

educación inclusiva.

1. Cada docente define, de acuerdo a las particularidades de los estudiantes, según su diagnóstico de especialistas, cuál ha de ser el grado o porcentaje de validez de los criterios de evaluación y promoción establecidos para el área y grado, adelantando un proceso de adaptación curricular (Anexo 3).

2. La evaluación y promoción de los estudiantes con discapacidad cognitiva, sigue el mismo proceso de todos los estudiantes de la institución, sólo que recoge la información del progreso del estudiante respecto a los logros y competencias propuestos en coherencia con las adaptaciones curriculares.

3. La institución educativa, enfoca su oferta hacía los aprendizajes funcionales que le permitan al estudiante, desarrollar competencias que respondan a las demandas de su entorno inmediato.

4. Los avances y desempeños del estudiante permitirán determinar su promoción, para la cual se tendrá en cuenta los siguientes criterios según el decreto 2082 de 1996: Dominio de lenguaje oral, escrito u otras formas de expresión para comunicarse, dominio de Arte y creatividad para expresarse, Relaciones interpersonales, interculturales y sociales, Autonomía y emprendimiento, repitencia de año escolar, edad y capacidad para superar sus dificultades. En dado caso de determinar que el estudiante debe retomar o afianzar conceptos,

repitiendo el año para superar sus dificultades, dándole más tiempo para el dominio de

competencias, se tomará esta decisión de común acuerdo con docente, aula de apoyo

y padre de familia.

5. Para los estudiantes que estén caracterizados en el SIMAT sus docentes reportaran a

la docente de aula de apoyo las evidencias con los desempeños valorados según el

formato específico del cual se realizaran los informes académicos por periodo.

6. De acuerdo a las diferentes caracterizaciones de los estudiantes se adaptarán los

planes de estudio contemplando sus dificultades y fortalezas para ser evaluados en

concordancia a su particularidad.

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CAPITULO V. ESCALA DE VALORACION

ARTICULO 21. Escala de valoración institucional

Para efectos de flexibilización en la escala de valoración académica, la Institución Educativa

determina los siguientes ítems de valoración transitoria para cada uno de los periodos

académicos. Registro de valoraciones en plataforma-SAN (anexo 5).

Aprobado: Se dará para los estudiantes que cumplen con la entrega total de las actividades

Propuestas (entrega de la solución correcta y total de la guía, además de la aprobación de

evaluación de competencias) en cada una de las áreas o asignaturas en las fechas

establecidas para cada periodo académico.

Bajo: Durante el periodo académico, se evidencia falta de compromiso en el cumplimiento de

las actividades propuestas, pese al apoyo, seguimiento, estrategias y/o alternativas brindadas

por la institución educativa.

DESCRIPCION DE LA ESCALA PARA LA VALORACIÓN DE DESEMPEÑOS

ACADÉMICOS - Informe Valorativo Final-SAN (Anexo 12), AL FINALIZAR EL AÑO

El NIVEL DE DESEMPEÑO SUPERIOR se dará para los estudiantes que demuestren

en sus desempeños haber superado el nivel de competencia básico y alto por encima

del nivel de los estándares establecidos por el MEN para el grado y área

correspondiente.

El NIVEL DE DESEMPEÑO ALTO se dará para los estudiantes que demuestren en sus

desempeños haber superado el nivel de competencia básico por encima del nivel de los

estándares establecidos por el MEN para el grado y área correspondiente.

El NIVEL DE DESEMPEÑO BÁSICO Lo obtendrá el estudiante que demuestre haber

alcanzado las competencias establecidas por los estándares de competencias definidos

por el MEN.

El NIVEL DE DESEMPEÑO BAJO será asignado al estudiante que en sus desempeños

demuestra no haber alcanzado las competencias básicas.

PARÁGRAFO. Para el caso de los estudiantes NO PROMOVIDOS, con 2 o menos asignaturas, podrán acogerse a lo estipulado en el artículo 19 del presente documento, bajo el título “Promoción anticipada para estudiantes no promovidos”.

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PARÁGRAFO. Para el caso de los estudiantes no promovidos de secundaria y media de la sede San Nicolas, se le transfiere el cupo a la sede principal en la jornada de la tarde, para continuar sus estudios-

DESCRIPCION DE LA ESCALA VALORATIVA COMPORTAMENTAL:

El NIVEL DE DESEMPEÑO SUPERIOR lo obtendrá el estudiante que demuestre

excelente comportamiento atendiendo a las normas establecidas en el Manual de

Convivencia, coherente con su autoevaluación y la coevaluación periódica.

El NIVEL DE DESEMPEÑO ALTO los estudiantes que cometan faltas tipo 1, y que no

excedan más de tres anotaciones físicas o en línea en el observador del estudiante y

sea coherente con su autoevaluación y la coevaluación periódica

El NIVEL DE DESEMPEÑO BÁSICO Lo obtendrá el estudiante que cometan faltas tipo

2 y se le ha aplicado un protocolo de atención por el docente, aula de apoyo o

coordinación, mejorando su comportamiento.

El NIVEL DE DESEMPEÑO BAJO será asignado al estudiante que cometan Faltas tipo

2 y tipo 3, que han sido sancionados por el comité de convivencia o Rectoría.

El nivel de desempeño para los estudiantes con NEE y casos especiales, se establecerá de

acuerdo a cada nivel de desempeño planteado en el plan de aula en coherencia con las

adaptaciones curriculares realizadas según las condiciones de los niños y niñas.

CAPITULO VI. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE

LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 22. Estrategias

De acuerdo con el modelo pedagógico las estrategias son:

En cada período académico, en cada área y/o asignatura, se realizará una evaluación

final (tipo prueba Saber, prueba escrita, videos o audios). De grado transición a tercero

solamente se evaluarán las áreas valoradas por las pruebas SABER.

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Valoración del desarrollo de la guía de cada periodo por cada área y/o asignatura.

Se implementará los dos procesos evaluativos: heteroevaluación y autoevaluación.

ARTÍCULO 23. Procesos de Autoevaluación de los estudiantes

En cada periodo el estudiante recibirá una planilla (Anexo 6) que le permitirá autoevaluarse

tanto en el conocimiento como en el comportamiento, resultado que debe ser coherente con

su desempeño y respaldado por las evidencias de trabajo. Se empleará el siguiente

procedimiento para la autoevaluación:

Se aplicará el instrumento de Autoevaluación mediante el cual se le permite al estudiante

evaluarse y valorarse en los siguientes aspectos: socio afectivo, competencias,

habilidades y actitudes.

Aplicación en la penúltima semana del período académico, en dirección de grado de

preescolar a tercero y en el espacio de clase de cada asignatura y/o clase para los cursos

de cuarto a once.

Diligenciamiento del instrumento de auto evaluación, por parte del estudiante.

Los criterios a evaluar son:

Presento mis trabajos de forma clara, ordenada, creativa y con sentido de

responsabilidad según mis condiciones.

Registro mis actividades realizadas (Cuadernos, SAN).

Muestro interés por aclarar las dudas en la ejecución de las actividades propuestas.

Presento un proceso de reflexión en los trabajos presentados.

Asumo una actitud positiva y de superación frente al desarrollo de mis habilidades

para cumplir las actividades propuestas.

Dispongo de lugar y horario adecuado para realizar las actividades.

Dispongo de una guía de aprendizaje clara y sencilla con actividades.

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Reconozco en las orientaciones de mi docente un apoyo hacia la realización de las

actividades.

Cuento con el apoyo familiar para la realización de mis actividades.

CAPITULO VII. ACCIONES DE SEGUIMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS

ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR

ARTICULO 24. Mecanismos de registro.

1. Registro de valoraciones: Para el seguimiento a la valoración integral del estudiante, se

llevará registro en las planillas auxiliares del SAN, estas darán cuenta de las valoraciones

obtenidas por el estudiante en las diferentes asignaturas, los cuales son diligenciados por

cada docente en la respectiva asignatura. El registro de las valoraciones se diligenciará en la

plataforma SAN.

2. Registro de inasistencias: El registro de las inasistencias a clase lo llevará cada docente

diariamente por asignatura, se registrará en la plataforma SAN y planilla auxiliar de

inasistencia (ANEXO 7).

En este formato, diariamente el docente establece cual estudiante No está en su clase

(Inasistente), registrando una I.

El coordinador descargará mensualmente de la plataforma SAN, la inasistencia, para efectos

de seguimiento en la permanencia en el sistema educativo, SIMAT.

PARAGRAFO. Entendiendo las dificultades que pueden presentar los estudiantes a causa de

la emergencia sanitaria, para así gozar de su derecho a la educación, la Institución Educativa

no tendrá en cuenta las fallas o inasistencias a las sesiones y/o reuniones programadas por

los docentes en el proceso de acompañamiento de trabajo en casa, como motivo de

reprobación o perdida de áreas.

ARTÍCULO 25. Regularidad entrega de informes

El año escolar se divide en cuatro periodos académicos, cada uno de los cuales constará de

10 semanas. Para la entrega de informes valorativos se tendrá en cuenta que:

Cada director de grupo presentará un informe académico por un medio virtual (meet o zoom)

dos semanas después de haber finalizado cada uno de los tres primeros períodos y al finalizar

el cuarto período académico se socializará el informe final el cual llevará únicamente la

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Institución Educativa Gabriela Mistral Reconocimiento como Institución Educativa según Resolución No. 402 del 11 de Abril de 2003

Aprobación de estudios según Resolución No. 3513 del 13 de octubre de 2009 Para el nivel de Preescolar, Primaria y Secundaria de Educación Básica Académica

Registro DANE 150006000322- Inscripción Secretaría de Educación No. 321122 NIT. 8220012621

Calle 13 No. 14-55 Centro TEL. 6560292-3212336772 Acacias (Meta)

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valoración definitiva de cada área, dando cuenta de la promoción o no promoción del

estudiante, además de informar que las valoraciones registradas en los boletines, pueden ser

descargadas por el usuario (el usuario y la contraseña es el número de documento del

estudiante) de cada estudiante a través de la plataforma SAN.

ARTÍCULO 26. Citaciones a padres de familia/seguimiento a estudiantes

Se informará oportunamente de manera virtual y/o telefónicamente a los padres de familia o

acudientes de la situación académica referente a las áreas reprobadas y se notificará en el

observador del estudiante.

ARTÍCULO 27. Seguimiento a estudiantes con dificultades académicas /comunicación

con padres de familia

Con el propósito de apoyar a los estudiantes con dificultades académicas los docentes llevarán

un registro en la plataforma SAN. En el caso de estudiantes que presenten dificultades con el

acceso a internet, se les hará entrega de las guías en físico. En todo caso, las estrategias a

aplicar con dichos estudiantes, se encuentran en el artículo 13 del presente documento.

ARTICULO 28. Acciones de seguimiento a los desempeños

En su orden se aplicará el siguiente procedimiento:

El docente de área dialoga con el estudiante y acudiente sobre la situación académica que se

está presentando, para invitarlo a remediar la situación, dejando registro en el observador del

estudiante de la plataforma SAN.

Si la situación persiste el docente se comunicará telefónicamente con el padre de familia o

acudiente para informar la situación académica del estudiante, registrando dicha comunicación

en el observador del estudiante de la plataforma SAN.

La Comisión de Evaluación y Promoción se reúne para la revisión y análisis del caso.

(Evidencias: acta de la reunión de la Comisión y Promoción, sábana de notas).

PARÁGRAFO. Según los numerales 1 y 2, se tendrá en cuenta los tiempos establecidos por

la institución para la entrega de planes de mejoramiento.

CAPITULO VIII. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER

SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

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ARTICULO 29. Durante el periodo académico.

Durante el desarrollo de las actividades curriculares se deben ejecutar planes de

mejoramiento, tendientes a que los estudiantes alcancen los desempeños que conlleva al logro

de las competencias, estas serán señaladas por el docente de la asignatura y son de

obligatorio cumplimiento por parte de los estudiantes.

ARTÍCULO 30. Al finalizar el periodo académico.

Si al finalizar el periodo académico persisten las dificultades y el estudiante obtiene “Bajo” (Bj)

en el boletín, como valoración de su desempeño, se aplican las siguientes estrategias:

Los estudiantes deben presentar los planes de mejoramiento con su respetiva sustentación

dos semanas después de finalizado el periodo académico (periodos 1°,2° y 3°), siguiendo las

recomendaciones dadas por el docente del área y/o asignatura, en los respectivos horarios

establecidos en la asignatura. Para el caso del cuarto periodo, los planes de mejoramiento se

desarrollarán en la décima semana.

PARÁGRAFO. Para los planes de mejoramiento, se deberá desarrollar y sustentar la guía del

periodo con desempeño bajo en el horario de clase establecido por la institución para el

docente, durante la segunda semana de cada periodo.

PARÁGRAFO. Para los estudiantes que lleguen de otras instituciones con asignaturas

pendientes, deberán desarrollar y sustentar la guía del periodo con desempeño bajo en el

horario establecido por el docente.

ARTÍCULO 31. Al finalizar el año escolar.

La comisión de evaluación y promoción se reunirá y establecerá resultados definitivos de cada

estudiante, levantando el acta correspondiente con estudiantes promovidos y no promovidos.

Cada director de grupo o docente de área o asignatura dará a conocer los resultados

académicos de su respectivo grado a los acudientes en reunión virtual.

PARÁGRAFO. La valoración de un plan de mejoramiento, en todos los casos, no excederá los

rangos estipulados para el desempeño básico.

ARTICULO 32. Criterios de promoción Y No Promoción Al finalizar el año escolar:

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Criterios de promoción:

Aprobar todas las áreas y/o asignaturas contempladas en el plan de estudios.

Aprobar todas las áreas y/o asignaturas excepto una NO EVALUADA por las pruebas saber

(Educación artística, Educación ética y en valores humanos, Educación física, recreación y

deportes, Educación religiosa y Tecnología e informática).

PARÁGRAFO. Un área y/o asignatura es considerada aprobada cuando el estudiante ha

alcanzado las competencias en cada uno de los cuatro periodos académicos.

Criterios de NO Promoción;

Para efectos de no promoción, en el Nivel de Educación Básica y Media, quien presente

desempeño bajo en la valoración definitiva de un (1) área evaluada por la prueba SABER:

Humanidades, Matemáticas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, no será promovido. Así

mismo, quien presente valoración definitiva “Bajo” en dos (2) o más áreas diferentes a las

enunciadas anteriormente, no será promovido.

PARÁGRAFO. Para el caso de los estudiantes NO PROMOVIDOS, con 2 o menos

asignaturas, podrán acogerse a lo estipulado en el artículo 19 del presente documento, bajo el título “Promoción anticipada para estudiantes no promovidos”.

PARÁGRAFO. Para el caso de los estudiantes no promovidos de secundaria y media de la sede San Nicolas, se le transfiere el cupo a la sede principal en la jornada de la tarde, para el continuar sus estudios.

CAPITULO IX. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y

DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS

ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.

ARTICULO 33. Acciones Docentes

1. Presentar a los estudiantes, al iniciar cada periodo, los estándares, competencias a

alcanzar, enseñanzas y saberes, criterios de evaluación e indicadores de desempeño

(Anexo 10).

2. Realizar el proceso de recepción, revisión y valoración de las guías de trabajo resueltas

por los estudiantes.

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3. Realizar el proceso de evaluación por estudiante, en pro de la verificación del dominio

de las competencias requeridas.

4. Diligenciar las planillas de notas, autoevaluación y asistencia en los formatos

establecidos por el plantel (Anexos 5, 6 y 7).

5. Realizar el respectivo seguimiento a los estudiantes que presentan dificultades

académicas en el área o asignatura dejando registro en el observador del estudiante

(SAN).

6. Socialización mediante reunión virtual (Meet o Zoom) de informes académicos cada

periodo a padres de familia o acudiente.

7. Diligenciar las actas de la comisión de Evaluación y Promoción.

8. Registrar en plataforma SAN, los resultados de los planes de mejoramiento al finalizar

la segunda semana del periodo siguiente.

ARTICULO 34. Acciones Directivos Docentes

1. Elaborar y entregar oportunamente los formatos institucionales reglamentarios.

2. Realizar seguimiento al ausentismo de docentes y estudiantes.

3. Llevar estadísticas de las áreas y/o asignaturas en las que mayor se presenta

mortalidad académica para hacer recomendaciones al docente.

4. Propiciar los momentos para las diferentes reuniones programadas en el calendario.

5. Realizar seguimiento a la planeación y ejecución de las diferentes actividades en el aula

de clase, mediante revisión periódica a los registros de Plan de estudios (anexo 1 – Plan

de estudios), Plan de aula (Anexo 2 - Formato de diseño de guía), adaptación curricular

(anexo 3 - PIAR), registro de valoraciones en plataforma SAN (anexo 5), formato de

autoevaluación (anexo 6), registro de las inasistencias a clase en físico y/o en SAN

(anexo 7), acta de promoción de estudiantes, comisión de evaluación (anexo 8), informe

valorativo final (anexo 9), Acta socialización competencias por periodo (Anexo 10).

CAPITULO X. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y

RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN

ARTICULO 35. Instancias

Las instancias a las cuales se puede dirigir el padre de familia o el estudiante siguiendo el

conducto regular, cuando no se sienta satisfecho con la valoración realizada por los docentes

serán las siguientes:

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1. El docente del área 2. Director de grado 3. La coordinación 4. La rectoría 5. Comisión de Evaluación y Promoción. 6. Consejo Directivo 7. Consejo Académico.

El Consejo Académico es la instancia máxima para solucionar problemas de carácter académico. En todos los casos los interesados deberán dirigirse a las respectivas instancias, de manera

respetuosa y por escrito, fundamentado en evidencias reales más no en supuestos, siendo

estas anexadas a la reclamación formal las cuales deben ser enviadas al correo institucional

[email protected] o radicadas en la secretaria de la institución en los horarios

establecidos para atención al público.

ARTICULO 36. Procedimientos

1. Solicitud del padre de familia o estudiante por escrito (Email, WhatsApp) dirigida al

profesor del área dentro de los 5 primeros días hábiles de conocida la valoración, para

solicitar el estudio del caso.

2. Respuesta del docente sobre el estudio del caso, anexando las evidencias

correspondientes, dentro de los 5 días hábiles siguientes al recibido de la reclamación.

3. En caso de que el requerimiento sea por inconformismo relativo al desempeño del ser

se debe dirigir con el director de grado para que éste presente el respectivo informe.

4. Si luego de recibir respuesta del director de grado, docente del área, el padre de familia

o estudiante no presenta conformidad, solicitará a la coordinación la mediación del caso.

5. El coordinador propiciará un diálogo entre las partes involucradas en el caso, con el fin

de hacer las aclaraciones necesarias estableciendo acuerdos y compromisos que dejen

ver el interés por la solución de la situación.

6. En caso de que el coordinador no logre conciliar a las partes remitirá el caso a la

rectoría.

7. El rector tomara las medidas justas y pertinentes, que considere necesarias para mediar

la situación. (Asignar segundo evaluador, remisión a la comisión de evaluación, comités

de convivencia, consejo académico, consejo directivo).

ARTICULO 37. Mecanismos

1. Presentación de solicitud por escrito de los afectados.

2. Aporte de evidencias al caso.

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3. Respuesta del estudio del caso con presentación de evidencias.

4. Mediación según las diferentes instancias.

5. Remisión a rectoría.

6. Remisión a las diferentes comisiones según sea pertinente

7. Negociación.

8. Conceptos (resultados).

CAPITULO XI. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN

LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS

ESTUDIANTES

ARTICULO 38. Proceso de construcción

1. Los docentes y directivos construyen la propuesta del Sistema de Evaluación

Institucional.

2. Cada director de grado presenta la propuesta del Sistema de Evaluación Institucional a

estudiantes y padres de familia en el primer mes del año escolar.

3. Los docentes entregan a coordinación las sugerencias hechas por los padres de familia

y estudiantes mediante acta de la reunión.

4. Consolidación del documento para remitirlo al Consejo Directivo para su adopción y

aprobación.

5. Publicación del Sistema de Evaluación.

ARTICULO 39. Comisiones de Evaluación y Promoción

Para efectos de garantizar la aplicación racional y ética del Sistema de Evaluación y Promoción

Institucional, la Institución contará, por cada grado, con un Comité de Evaluación y Promoción,

el cual estará integrado por el rector o su delegado, los docentes directores de grado,

representantes del Consejo de Padres de cada curso y el representante al Consejo Estudiantil

de cada grado. El cual se dará su propio reglamento.

ARTICULO 40. Funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción

1. Al finalizar cada periodo la comisión de evaluación y promoción de cada grado analizará

el rendimiento académico de los estudiantes según la sábana de notas.

2. Presentar informe estadístico y estrategias de solución para las áreas con mayor

pérdida, así como escribir recomendaciones sobre estrategias de superación de

dificultades a los docentes de cada área, quedando registrado en acta de comisión de

evaluación y promoción (1,2,3 y 4 periodo) (anexo 8).

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3. Al concluir el año escolar, la comisión debe presentar informe sobre la promoción o no

promoción de los estudiantes registrado en acta definitiva de comisión de evaluación y

promoción (anexo 9).

4. Acatar las demás reformas que estén escritas en el Sistema Institucional de Evaluación

(SIE).

5. Para efectos de promoción anticipada de un estudiante, la comisión de evaluación y

promoción del respectivo grado, recibirá la solicitud enviada por el docente o del padre

de familia para estudio del caso, y designará a los docentes correspondientes para que

realicen las pruebas que permitan establecer si es viable o no la promoción anticipada

del mismo.

ARTICULO 41. Consejo Académico

El Consejo Académico, como máximo organismo y autoridad en materia académica, de

acuerdo con la ley, tomará decisiones sobre todos aquellos aspectos o situaciones que no

estén contempladas en el presente acuerdo o en caso de ambigüedad, si los hubiere.

CAPITULO XII. RESPONSABILIDADES, DEBERES Y DERECHOS

ARTICULO 42. Responsabilidades de la Institución Educativa y directivos docentes

1. Definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes,

después de su aprobación por el Consejo Académico.

2. Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los criterios, procesos y procedimientos

de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los

estudiantes, definidos por el Consejo Directivo.

3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e

implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de

debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia

y docentes.

4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el

fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo

para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los

involucrados.

5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de

evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar

reuniones con ellos cuando sea necesario.

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7. A través de Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que

presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o

promoción.

8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas

escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las

modificaciones que sean necesarias para mejorar.

9. Citar a las Pruebas Censales Saber la totalidad de los estudiantes que se encuentren

matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los procesos de

inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera.

ARTÍCULO 43. Deberes del estudiante.

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia (pacto de aula y manual de

convivencia) definidos por el establecimiento educativo.

2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos frente a la superación de sus

debilidades.

ARTÍCULO 44. Derechos del estudiante

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y

sociales.

2. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: Criterios,

procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año

escolar.

3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las

respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.

4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en

el aprendizaje.

ARTÍCULO 45. Derechos de los padres de familia.

En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos:

1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: Criterios,

procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año

escolar.

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2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

3. Recibir los informes periódicos de evaluación.

4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el

proceso de evaluación de sus hijos.

ARTÍCULO 46. Deberes de los padres de familia.

De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben:

1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y

procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar.

2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.

3. Analizar los informes periódicos de evaluación.

4. Asistir a las reuniones y citaciones establecidas por los docentes, directivos y

Comisiones de Evaluación y Promoción.

5. Suministrar a los estudiantes los elementos necesarios para un excelente desempeño

en su labor académica.

CAPITULO XIII. INFORMES VALORATIVOS, REGISTRO ESCOLAR Y

CERTIFICACIONES

ARTICULO 47. Informes valorativos

1. Al finalizar cada uno los periodos académicos se llevará a cabo la socialización

mediante reunión virtual (Meet o Zoom) de informes del periodo a padres de familia o

acudiente quedando registro por parte de cada director de grado en el acta de reunión

de padres de familia (Anexo 11).

2. Al finalizar el año lectivo se podrá descargar de la plataforma SAN el Informe Valorativo

Final (Anexo 12).

ARTICULO 48. Registro escolar

En los archivos de la institución se dejará un libro final de registro escolar (Anexo 13) firmado

por el director de grado, sin ninguna enmendadura, en donde se deja constancia del

desempeño académico y comportamental final que obtuvo el estudiante.

ARTICULO 49. Certificaciones

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La institución expedirá las certificaciones teniendo en cuenta el libro final de registro escolar

(Anexo 13), y siguiendo el conducto regular establecido por el Consejo Directivo.

CAPITULO XIV. EVALUACION INSTITUCIONAL

Se llevará a cabo por parte de cada una de las gestiones que lidera el comité de calidad de

acuerdo a los parámetros establecidos por el Ministerio de Educación y la Secretaria de

Educación Departamental.

El presente acuerdo rige a partir de 08 de febrero del 2021

- Acuerdo No 002 SISTEMA DE EVALUACION Y PROMOCION DE ESTUDIANTES

- COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

- Dado en Acacías – Meta, a los 04 días del mes de febrero de 2021. -

CONSEJO DIRECTIVO Firmado en físico y reposa en archivo institucional.

______________________________

EMMA FLORALBA GUTIERREZ CARO

Rectora

______________________________

JORGE CARDENAS FONSECA

Rep. DOCENTES

______________________________

LEONARDO ARMANDO RIAÑO HINCAPIE

Rep. De docentes

______________________________

DIANA CRISTINA VELASQUEZ BUSTOS

Rep. De Padres de familia

______________________________

ALICIA PASTRANA GALINDO

Rep. Padres de Familia

______________________________

LUIS FERNANDO BENAVIDES MORENO

Rep. EXALUMNOS

_____________________________

MELISSA FERNANDA TORRES

Rep. de Estudiantes

_______________________________ PAOLA PINEDA MOSCOSO

Rep. Sector Productivo

-