iniciativa de ley orgánica del congreso cuadro

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Ficha Informativa en torno a las propuestas para mejorar el trabajo legislativo contenidas en la Iniciativa de Ley Orgánica del Congreso General que propone el GPPAN TEMA SITUACIÓN ACTUAL. PROPUESTA PARA MEJORAR EL TRABAJO LEGISLATIVO. Marco Jurídico del Congreso anacrónico, insuficiente y deficiente. La normatividad que rige la vida del Congreso tiene más de 11 años de haberse expedido, razón por la cual, esta ha sido rebasada por la evolución política que desde entonces ha tenido nuestro país, la cual se ha visto reflejado en la correlación de fuerzas políticas en el Congreso y en el proceso de toma de decisiones; por lo que se carece de un marco de actuación, tanto de los diputados como de los órganos de la Cámara, que permita soluciones eficaces y prácticas al proceso legislativo. La mayor parte de la vida interna de la Cámara de Diputados se regula mediante acuerdos, los cuales carecen de fuerza jurídica y dejan a la discrecionalidad de algunos legisladores y a las negociaciones política, una actividad que debe ser objetiva e imparcial. Modernizar y perfeccionar la normatividad del Congreso, con el fin de fortalecer su funcionamiento, dignificar las labores legislativas, priorizar el trabajo, y fomentar y agilizar el proceso en la toma de decisiones. Derechos y obligaciones de los diputados. Los legisladores en su carácter de servidores públicos, deben observar el marco jurídico en materia de responsabilidades, establecido por el Título Cuarto de la Constitución Federal, así como en las leyes reglamentarias. Sin embargo, por las funciones Establecer un catálogo mínimo de actuación a ser observado por los Diputados. En cuanto a los derechos, destacan lo siguientes: Presentar iniciativas, proposiciones con punto de acuerdo, excitativas, y cualquier 1

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Ficha Informativa en torno a las propuestas para mejorar el trabajo legislativo contenidas en la Iniciativa de Ley Orgánica del Congreso General que propone el

GPPAN

TEMA SITUACIÓN ACTUAL.PROPUESTA PARA

MEJORAR EL TRABAJO LEGISLATIVO.

Marco Jurídico del Congreso anacrónico, insuficiente y deficiente.

La normatividad que rige la vida del Congreso tiene más de 11 años de haberse expedido, razón por la cual, esta ha sido rebasada por la evolución política que desde entonces ha tenido nuestro país, la cual se ha visto reflejado en la correlación de fuerzas políticas en el Congreso y en el proceso de toma de decisiones; por lo que se carece de un marco de actuación, tanto de los diputados como de los órganos de la Cámara, que permita soluciones eficaces y prácticas al proceso legislativo.

La mayor parte de la vida interna de la Cámara de Diputados se regula mediante acuerdos, los cuales carecen de fuerza jurídica y dejan a la discrecionalidad de algunos legisladores y a las negociaciones política, una actividad que debe ser objetiva e imparcial.

Modernizar y perfeccionar la normatividad del Congreso, con el fin de fortalecer su funcionamiento, dignificar las labores legislativas, priorizar el trabajo, y fomentar y agilizar el proceso en la toma de decisiones.

Derechos y obligaciones de los diputados.

Los legisladores en su carácter de servidores públicos, deben observar el marco jurídico en materia de responsabilidades, establecido por el Título Cuarto de la Constitución Federal, así como en las leyes reglamentarias. Sin embargo, por las funciones y naturaleza de la labor legislativa, se requiere detallar claramente, los márgenes de actuación de los diputados, poniéndo éfasis en el tema de las obligaciones.

Establecer un catálogo mínimo de actuación a ser observado por los Diputados.

En cuanto a los derechos, destacan lo siguientes: Presentar iniciativas, proposiciones con punto de acuerdo, excitativas, y cualquier otro tipo de propuestas, de conformidad a los ámbitos de competencia del H. Congreso de la Unión. Contar con asesores profesionales que fortalezcan su función. Recibir capacitación para el mejor desempeño de su cargo Tener acceso a todos los documentos y medios de información de carácter legislativo disponibles en la Cámara, de conformidad con la legislación aplicable. Recibir información de las instancias administrativas, parlamentarias y de investigación de la Cámara. Se regula el apoyo institucional para rendir cuentas a

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sus representados, mediante casas de enlace ciudadano. Recibir apoyo cuando tenga que realizar trámites inherentes al ejercicio de su cargo, y

Recusar a otro Diputado ante el Pleno o la Comisión, según sea el caso, cuando se considere que tiene interés en el asunto que se trate.

En cuanto a las obligaciones, destacan las siguientes:

Se establece la obligatoriedad de asistir a las sesiones, las razones para poder justificar su inasistencia y la sanción correspondiente en caso de no hacerlo. Dirigirse con respeto y cortesía a los demás Diputados durante las sesiones. Informar de los asuntos en los que tenga interés o beneficio personales y excusarse de participar en la promoción, gestión, recomendación y discusión de los mismos. Abstenerse de realizar actos que sean incompatibles con la función que desempeñan, así como ostentarse con el carácter de legislador en toda clase de asuntos o negocios privados. Evitar que los recursos económicos, humanos, materiales y telemáticos, de que disponga para el ejercicio de su cargo, se destinen a fines distintos. Rendir cuentas de su labor, mediante la presentación de un informe anual sobre el desempeño de sus labores. Conducirse con el debido respeto y dignidad que merece su investidura dentro y fuera del Recinto y en cualquier acto de carácter oficial. Permitir la libre discusión y decisión parlamentaria en las reuniones de comisiones y en el Pleno.

Atribuciones de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Si bien ya existen facultades del Presidente para mantener el orden de las sesiones, éstas son insuficientes y obsoletas.

Igualmente la normatividad vigente es deficiente para el desarrollo de su actividad en las sesiones del Pleno, por lo que buena parte se regula mediante acuerdos o

Prever un catálogo de atribuciones que permita, que el órgano de dirección de los trabajos en la Cámara, lleve a cabo el desahogo de los asuntos en forma eficaz, destacándose los siguientes aspectos: Elaborar un calendario de sesiones del periodo legislativo correspondiente, el cual se deberá

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prácticas parlamentarias. publicar previamente al inicio del periodo en la Gaceta Parlamentaria y solo podrá modificarse por causa grave. Determinar durante las sesiones las formas que puedan adoptarse en los debates, discusiones y deliberaciones. Determinar las sanciones con relación a las conductas que atenten contra la disciplina parlamentaria. Expedir la convocatoria aprobada por el Pleno a propuesta de la Junta de Coordinación Política para la designación del Consejero Presidente, de los consejeros electorales y del Contralor General del Instituto Federal Electoral. y Imponer y aplicar las sanciones previstas en la Ley.

Sanciones por la toma de la Tribuna.

En años recientes, ha sido práctica común de cierto grupo de legisladores, mostrar excesos en sus manifestaciones y conductas, que impiden el normal desarrollo de las sesiones, mediante la toma de los espacios destinados a la discusión de los asuntos en el pleno.

Con apego a las garantías constitucionales otorgadas a los legisladores, se proponen sanciones a aquellas conductas que inhiban la libre discusión y decisión parlamentaria, con la finalidad de evitar el entorpecimiento y retraso por intereses personales y de grupo, de las actividades parlamentarias.

Dichas sanciones consistirán, desde amonestación hasta retiro de las sesiones y descuento de dietas.

Transparencia y Rendición de Cuentas.

Muchas de las decisiones que inciden en la priorización de los proyectos y el desarrollo del trabajo legislativo en la Cámara de Diputados, son tomadas en forma oculta, por los órganos de gobierno, sin que conozca la sociedad, los motivos por los que no se aprueban las reformas que requiere nuestro país.

Asimismo, actualmente no existe la obligación de la rendición de cuentas del trabajo del diputado en lo individual, por lo que se restringe el escrutinio de la sociedad sobre el trabajo de cada uno de los legisladores.

Que las sesiones de la Mesa Directiva, de la Junta de Coordinación Política y de la Conferencias para la Dirección y programación de los Trabajos Legislativos sean públicas, salvo que se trate asuntos concernientes a información reservada, en términos de la ley de la materia.

Que los Diputados presenten anualmente un informe de labores sobre su desempeño en la Cámara.

Marco normativo de las Comisiones Legislativas.

Aún y cuando son la base del trabajo parlamentario, las comisiones legislativas no tienen una regulación normativa, así como tampoco existen atribuciones claras para los integrantes de la Mesa Directiva, ni derechos de sus integrantes.

De igual manera, se carece de

Establecer un entorno jurídico que brinde eficacia y fluidez al desarrollo de los trabajos en comisiones, destacándose los siguientes aspectos:

Se disminuye el plazo de integración de comisiones a 20 días, a efecto de dar margen a las comisiones de Hacienda y Crédito

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plazos ciertos para el desarrollo de los trabajos y la dictaminación de las iniciativas.

Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, para ejercer un adecuado proceso de dictamen del Presupuesto. Se establece la Elaboración de un calendario de sesiones del periodo legislativo correspondiente, el cual se deberá publicar previamente al inicio del periodo en la Gaceta Parlamentaria, no podrá contener sesiones simultáneas al pleno y solo podrá modificarse por causa grave. Se da una amplia regulación a las Subcomisiones y Grupos de Trabajo. Se crea la obligación de entregar un informe a la Junta de Coordinación Política de los recursos económicos y materiales utilizados durante cada año legislativo. Se establece la obligación de publicar las convocatorias a las reuniones ordinarias de Comisión, con una anticipación mínima de 48 horas y a las reuniones extraordinarias con 24 horas. En caso de que el Presidente esté ausente o se niegue a expedir la convocatoria, ésta se expedirá con la firma de la mayoría de los secretarios de la Mesa Directiva. Se establecen claramente las atribuciones de los Secretarios. Se establecen los mecanismos de votación. Se generan consecuencias a los diputados ante la inasistencia los trabajos de Comisión. Se establece un procedimiento puntual para la dictaminación.

Regulación de los grupos parlamentarios.

Existe indefinición jurídica en la naturaleza de los grupos parlamentarios, lo que ha generado opacidad y excesos en el manejo y conducción de los recursos y decisiones correspondientes a éstos.

Crear un capítulo en la Ley, que determine los alcances de la participación de los grupos parlamentarios, en la organización de los diputados por corrientes ideológicas, así como también, un catálogo de derechos y obligaciones, destacándose lo siguiente: Incorporación de los grupos parlamentarios como órganos de la Cámara Dotarlos de personalidad jurídica y patrimonio. Someterlos al régimen de transparencia y rendición de cuentas de los demás órganos de la Cámara. Fortalecer sus estructuras

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y procedimientos. Se propone que el manejo, uso y destino de los recursos asignados, sea apegándose a la normatividad que rige a los órganos públicos, con lo que se evita la discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos.

Profesionalización del servicio de carrera parlamentario.

Aún y cuando existe una regulación en materia de profesionalización del servicio parlamentario, su aplicación es deficiente, además de que sus alcances son limitados y no necesariamente garantizan la consecución de un trabajo y desempeño profesional.

Fortalecer y perfeccionar el servicio profesional de carrera de asesoría parlamentaria, extendiéndolo a los grupos parlamentarios.

Regulación del cabildeo.

Presencia permanente de grupos de interés que influyen en los procesos de toma de decisiones legislativas, en ocasiones bajo esquemas sospechosos y poco claros.

Establecer un marco normativo para las actividades de cabildeo llevadas a cabo por particulares y órganos públicos, con el fin de evitar que intereses parciales, se sobrepongan al interés general, legitimando ésta actividad, siempre que sea dentro del marco legal y basada en principios éticos y democráticos.

Comparecencia de funcionarios ante el pleno.

Las reglas existentes para la comparecencia de los funcionarios son insuficientes y no garantizan su eficacia en un marco de colaboración y de pesos y contrapesos entre poderes.

Desarrollar un procedimiento claro y preciso para la comparecencia de los funcionarios, en los siguientes aspectos destacables: Se establece un formato para las comparecencias. Se delimita que funcionario son sujetos de comparecer ante el pleno. Reglas para garantizar el cumplimiento del fin de la comparecencia, en pleno respeto a la colaboración entre Poderes. Los supuestos ante el incumplimiento de las solicitudes de los diputados.

Informe Presidencial.

Pese a que se trata de un mandato constitucional, no se han incorporado los mecanismos para la recepción y desarrollo del informe de gobierno del Ejecutivo Federal, por lo que se ha regulado mediante diversos acuerdos parlamentarios.

Incorporar la normatividad correspondiente al informe del gobierno que rinde el Ejecutivo Federal ante el Congreso de la Unión, en términos de las recientes reformas constitucionales en la materia.

Rezago legislativo.

Existe un gran rezago legislativo, debido al deficiente funcionamiento general de la Cámara, pero además, en razón de que los plazos previstos en el Reglamento, para que las comisiones lleven a cabo la dictaminación, son inoperantes.

Establecer plazos realistas y definitivos para la dictaminación de las iniciativas, y en caso de que esto no se cumpla, se podrá presentar la iniciativa haciendo las veces de dictamen directamente ante el Pleno. Coadyuva el que se perfecciona el funcionamiento de todos los órganos de la Cámara, particularmente de las comisiones y de las sesiones en el pleno. Asimismo, se da un trámite cierto a las votaciones.

Las sesiones del pleno, son lentas, Agilizar las sesiones ante el pleno, 5

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Agilidad de las sesiones en el Pleno.

poco productivas e ineficientes, debido a que se abordan temas ajenos a la labor sustantiva del Congreso, que es la producción normativa.

Igualmente, los procesos son obsoletos y generan un ambiente poco propicio para un desarrollo ágil y efectivo de las sesiones.

priorizando la presentación de iniciativas y dictámenes, y, trasladar los demás asuntos a comisiones u otros medios propios de difusión de las actividades del Congreso, en los siguientes términos: Se omita la lectura en el Pleno de los Puntos de Acuerdo, siendo turnados directamente a Comisión, dando sin embargo la posibilidad de que cada Grupo Parlamentario pueda leer en tribuna hasta un punto de acuerdo por sesión, a efecto de salvaguardar el derecho de voz ante la Nación. Se limita el tiempo para abordar los temas de agenda política. Se dota de un mayor orden y con tiempos previamente establecidos el desahogo de los asuntos en el pleno, así como mayores atribuciones a la Mesa Directiva para una mejor conducción de la misma.

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