infracciones tributarias

52
PRINCIPALES INFRACCIONES TRIBUTARIAS ~SUNAT Jessica Vallejo López

Upload: charito-qh

Post on 07-Jul-2016

22 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

INRACCIONES TRIBUTARIAS

TRANSCRIPT

Page 1: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

PRINCIPALESINFRACCIONES

TRIBUTARIAS

~SUNAT

Jessica Vallejo López

Page 2: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

CONCEPTO DE INFRACCIÓNTRIBUTARIA

•Según el artículo 164° del Código Tributario estoda acción u omisión que importe la violación denormas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el C.T. o en otras leyes o decretos legislativos.

el incumplimiento, cumplimiento

parcial,

•Por lo tanto,incorrecto o tardío de las obligaciones tributarias acarrea elnacimiento de una infracción tributaria.

•Recordemos que la Infracción Tributaria será determinada deforma objetiva.

Page 3: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ESQUEMA GENERAL

Discrecionalidad

Incentivos

/

EXTINCIÓN DE SANCIONES

SIN REBAJA

DE SANCIÓN

SANCIONES

REBAJA DE SANCIÓN

INFRACCIONES

SE EXIME DE SANCIÓN

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Page 4: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

OBLIGACIONES COMO CONTRIBUYENTES

Administrativa

Formal o

• Prestaciones que

ayudan al cumplimiento de la prestación

sustancial.

Sustancial

• Prestación tributaria:

• Pagar los tributos

• Pagar las retenciones• Pagar las

percepciones

Page 5: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Obligaciones como contribuyentes

Inscripción al RUC

Declaración mensualimpuestos

de

Emitir y entregar comprobantes de pago

P O R

E J E M P L O

Page 6: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

SANCIÓN TRIBUTARIA

Es la consecuencia jurídica por elincumplimiento de las obligaciones Tributarias.

Page 7: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

DE LA TABLASTIPO DE CONTRIBUYENTE TABLA I : Aplicable a personas y entidades generadores

de renta de tercera categoría y que tributan bajo lasreglas del Régimen General al Impuesto a la Renta.

TABLA II : Aplicable a personas naturales que percibanrentas de primera, segunda, cuarta y quinta categoría,personas acogidas al Régimen Especial de Renta y otraspersonas y entidades no incluidas en las tablas I y III.

TABLA III : Aplicable a personas y entidades que seencuentran en el Nuevo Régimen Unico Simplificado(Nuevo RUS).

Page 8: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TIPOS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Infracciones relacionadas con la obligación de inscribirse, actualizar o acreditar lainscripción en los registros de la administración.Infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos, así como de facilitar, a través de cualquier medio, que señale la sunat, la información que permita identificar los documentos que sustentan el traslado.Infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar coninformes u otros documentos.

Infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones y comunicaciones

Infracciones relacionadas con la obligación de permitir el control de la Administración, informar y comparecer ante la misma

Infracciones relacionadas con otras obligaciones tributarias

Page 9: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TIPOS DE SANCIONES

MultaCierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes

Comiso de bienes

Internamiento temporal de vehículosSuspensión de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones

Colocación de carteles y otras que determine la ley

Artículo 165° del Código Tributario

Page 10: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

FACULTAD SANCIONATORIA

Se ha establecido que la gradualidad de las sanciones solo procede hasta antes que se interponga recurso de apelación ante el TF contra las resoluciones que resuelvan la reclamación de resoluciones que establezcan sanciones, de OP o RD en los casos que estas últimas estuvieran vinculadas con sanciones de multas aplicadas.

La Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y

sancionar administrativamente las infracciones tributarias.

Facultad discrecional: permite aplicar gradualmente las sanciones por

infracciones tributarias.

Page 11: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

RÉGIMEN DE GRADUALIDAD

APLICABLE A LAS INFRACCIONES

RELACIONADAS AL NUMERAL 1, 4 Y 5 DEL

ARTICULO 178° DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Resolución de Superintendencia N° 063-2007/SUNATResolución de Superintendencia N° 180-2012/SUNAT

Page 12: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 178º numeral 1 del C.T.

“ No incluir en las declaraciones ingresos y/oremuneraciones y/o retribuciones y/o rentas y/o

patrimonio y/o actos gravados y/o tributos retenidos o percibidos, y/o aplicar tasas o porcentajes o

coeficientes distintos a los que les corresponde en la determinación de pagos a cuenta o anticipos, o

declarar cifras o datos falsos u omitir circunstancias en las declaraciones, que influyan en la determinación de

la obligación tributaria; y/o que generen aumentos indebidos de saldos o pérdidas tributarias o créditos a

favor del deudor tributario y/o que generen la obtención indebida de Notas de Crédito Negociables u otros

valores similares”

Page 13: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 1 DEL C.T.

50% del tributo omitido

50% del saldo, crédito u otro

concepto similar

determinado indebidamente

15% de la pérdida

indebidament e declarada

Sanción

100% del monto

obtenido indebidamente

de haber obtenido

devolución

Page 14: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 4 DEL C.T.

“No pagar dentro de los plazos establecidosretenidos o percibidos”

los tributos

Sanción

50% del tributo retenido o

percibido, no pagado

Rebaja en función a la subsanación y

pago.Multa Gradualidad

Page 15: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 5 DEL C.T.

“No pagar en la forma o condiciones establecidas por laadministración o utilizar un medio de pago distintos a

los señalados en la normasSanción

tributarias ”

En base a la UIT tablas

Rebaja en función a la subsanación y

pago.Multa Gradualidad

Page 16: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Infracción : Art. 178 núm. 1, Declarar Cifras y datosFalsos

MODIFICATORIAS DE REGIMEN DE INCENTIVOS

que no interponga medio

los valores

del plazo para

(*) Se aplicará el Régimen de Gradualidad, siempre que el deudor tributario cumpla con la cancelación de la multa rebajadamás lo intereses generados hasta el día en que se realice la cancelación.

SIN OF

BASE LEGAL

Régimen deIncentivos 90% 70% 50%

Art. 179° delC.T

Infracciones registradas y

detectadas hasta el 5 de Agosto

del 2012

SubsanaciónVoluntaria

Subsanación Inducida por Auditoria: Con posterioridad a la notificación de la OF pero antes

que surta efecto la OP ó RD ó RM correspondiente

Subsanación Inducida y antes de 7 días de notificada la REC,

siempre

impugnatorio alguno.

SIN OFRégimen deGradualidad 95% 95% 85% 70% 60% 40%

Resolución de Superintendencia

N° 180-2012

Infracciones registradas y detectadas a partir del 6 de Agosto del 2012

(*)

SubsanaciónVoluntaria

Si se cancela elTributo Omitido+ Intereses

La deuda materia de requerimiento cuenta con un

Fraccionamiento Aprobado

Presenta la DDJJ

rectificatoria y cumple con

pagar la multa rebajada

Cumple con pagar los valores notificados, antes del vencimiento

del plazo establecido en el

art. 117 de notificada la REC.

Cumple con pagar

reclamados antesdel vencimiento

apelar

Page 17: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 1 DEL C.T.

Determinación de la Multa

Ventas /compras declaradas

Nueva base ventas/compras

Ventas omitidas

Ventas

S/. 450,0

00

S/. 20,000

Compras

S/. 225,000

Page 18: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 1 DEL C.T.

Declaración

original

Declaración

rectificatoria

S/. 81,000

S/. 84,600

S/. 40,500

S/. 40,500

Page 19: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ARTÍCULO 178ºNUMERAL 1 DEL C.T.

[ Multa nomenor al5% UIT(S/. 193)

Multa : 50% del tributo omitido.

[

Multa : S/. 90.00 + int.

Gradualidad: subsanación

voluntaria - 95% rebaja

Multa: 50% x 3,600= S/. 1,800.00

Sanción

Page 20: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo

178°numeral

1 CT:Declarar

cifras

o datos

falsos

Infracción: Artículo 178° numeral 1: Declarar cifras o datos falsosSanción: 50% del tributo omitido. Revisar Tabla I del Código Tributarioacogidos al Régimen General.

para sujetos

La empresa “Emprendedores SAC” acogida al Régimen General presentó la DDJJ IGV-Renta del periodo noviembre de 2014 sin embargo omitió declarar algunas Ventas del periodo en la base imponible del IGV, ascendente a S/. 20,000Nuevos Soles.Rectificó voluntariamente el 18.02.2015. DDJJ original se presentó el 12.12.2014Calculé a cuanto asciende la multa:

Page 21: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 178° numeral 1 CT: Declarar cifras o datos falsosTributo omitido: S/. 20,000.00 Nuevos soles

Determinación de la multa: 50% de S/. 20,000.00

Multa: S/. 10,000.00

Multa con rebaja del 95%: S/. 500.00

Intereses: 69 días transcurridos desde el 12.12.2014 al 18.02.201569 x 0.04% x 500 S/. 14

Multa + Intereses: S/. 514.00

Page 22: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Régimen de Gradualidad

Artículo 178° numeral 4 y 5:a)b)

Rebaja de 95% si se subsana voluntariamente y se

cumple con el pago inmediato.

Rebaja de 70% si se subsana a partir del día siguiente de la notificación del prime requerimiento emitido en un procedimiento de fiscalización hasta la fecha en que venza el plazo del artículo 75° del Código Tributario o, en su defecto, hasta antes de que surta efectos la notificación del valor, efectuando el pago inmediato.Rebaja de 60% si culmina el plazo o, en su defecto, una vez que surta efectos la notificación del valor, además de cumplir con el pago inmediato de la deuda tributaria, antes del plazo establecido en el primer párrafo del artículo 117° para el caso de las Resoluciones de Multa.

Rebaja de 40% si el valor se hubiese reclamado y se cumple con el pago de la deuda antes del vencimiento del plazo para apelar.

c)

d)

Resolución de Superintendencia N° 180-2012/SUNAT vigente desde 04.08.2012

Page 23: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Infracción : Art. 178 núm. 4, Retenciones No Pagadas

días de notificada la REC, siempre

impugnatorio alguno.

(*) Se aplicará el Régimen de Gradualidad, siempre que el deudor tributario cumpla con la cancelación de la multa rebajadamás lo intereses generados hasta el día en que se realice la cancelación.

SIN OF

BASE LEGALRégimen deIncentivos 90% 70% 50%

Art. 179° delC.T

Infracciones registradas y detectadas hasta el 5 de Agosto del

2012

SubsanaciónVoluntaria

Subsanación Inducida por Auditoria: Con posterioridad a la notificación de la OF pero antes que surta efecto la OP ó RD ó RM

correspondiente

Subsanación Inducida y antes de 7

que no interponga medio

Régimen de gradualidad 95% 70% 60% 40%

Resolución de Superintende ncia N° 180-

2012

Infracciones registradas y detectadas a partir del 6 de Agosto del2012 (*)

SubsanaciónVoluntaria

Presenta la DDJJ rectificatoria y cumple con pagar la multa rebajada

Cumple con pagar los valores notificados, antes del vencimiento

del plazo establecido en el

art. 117 de notificada la REC.

Cumple con pagar los valores

reclamados antes del vencimiento del plazo para

apelar

Page 24: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Infracción: Art. 178 núm. 5, No pagar en la forma ycondiciones establecidas por la AdministraciónTributaría cuandode presentar.

se hubiera eximido de la Obligación

días de notificada la REC, siempre

impugnatorio alguno.

(*) Se aplicará el Régimen de Gradualidad, siempre que el deudor tributario cumpla con la cancelación de la multa rebajadamás lo intereses generados hasta el día en que se realice la cancelación.

SIN OF

BASE LEGALRégimen deIncentivos 90% 70% 50%

Art. 179° delC.T

Infracciones registradas y detectadas hasta el 5 de Agosto del

2012

SubsanaciónVoluntaria

Subsanación Inducida por Auditoria: Con posterioridad a la notificación de la OF pero antes que surta efecto la OP ó RD ó RM

correspondiente

Subsanación Inducida y antes de 7

que no interponga medio

Régimen de gradualidad 95% 70% 60% 40%

Resolución de Superintende ncia N° 180-

2012

Infracciones registradas y detectadas a partir del 6 de Agosto del2012 (*)

SubsanaciónVoluntaria

Presenta la DDJJ rectificatoria y cumple con pagar la multa rebajada

Cumple con pagar los valores notificados, antes del vencimiento

del plazo establecido en el

art. 117 de notificada la REC.

Cumple con pagar los valores

reclamados antes del vencimiento del plazo para

apelar

Page 25: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

REGIMEN DE GRADUALIDAD

APLICABLE A LAS INFRACCIONESRELACIONADAS CON LA

OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE

PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS

Page 26: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Sanción por la comisión de laslosinfracciones tipificadas en

174°numerales 1, 2 y 3 del Articulo

Régimen General del del Impuesto a laARTICULO 174° DEL CODIGO TRIBUTARIO Único Simplificado

Categoría

Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los veces el límite

o 50% de la UIT o cierre 25% de la UIT o cierreconsiderados como comprobantes de pago ingresos brutos

distintos a la guía de remisión. categoría o cierre.

Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o veces el límite

a la guía de remisión, que no correspondan al

mensuales de cada

autorizada a la que se hubiese acogido el

Régimen Especial Nuevo Régimen

Impuesto a la Renta Renta y Cuarta (NRUS)

Numeral 1No emitir y/o no otorgar comprobantes de pagoo documentos complementarios a éstos, Cierre Cierre Cierredistintos a la guía de remisión.

Numeral 2 0.3% de cuatro

requisitos y características para ser máximo de los

como documentos complementarios a éstos, mensuales de cada

Numeral 3 0.3% de cuatro documentos

complementarios a éstos, distintos máximo de losrégimen del deudor tributario o al tipo de 50% de la UIT o cierre 25% de la UIT o cierre ingresos brutos

operación realizada o a la modalidad de emisión categoría o cierre.

deudor tributario.

Page 27: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ANEXO ASANCIONES DE MULTA Y CIERRE

GRADUADAS CON EL CRITERIO DE FRECUENCIA Infracciones tipificadas en los numerales 1 al 3 del Art. 174° del Código Tributario

Oportunidad

(Sin rebaja)NUM. INFRACCION

DESCRIPCION TABLASSANCIÓN SEGÚN TABLAS

FRECUENCIA

1ra. Oportunidad

2da. Oportunidad

3ra.

o más

Cierre (a) Cierre (a) Cierre (a)

1 Art. 174º Num.1

No emitir y/o no otorgar

comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

ICierre 3 días 6 días 10 días

1UIT (1) 65% UIT 85% UIT 1 UIT

IICierre 3 días 6 días 10 días

50% UIT (1) 30% UIT 40% UIT 50% UIT

IIICierre 3 días 6 días 10 días

0.6% I (1) 0.4% I 0.5% I 0.6% I

Page 28: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

28

ANEXO ASANCIONES DE MULTA Y CIERRE

GRADUADAS CON EL CRITERIO DE FRECUENCIA

Infracciones tipificadas en los numerales 1 al 3 del Art. 174° del Código Tributario

más (Sin rebaja)

como comprobantes de pago o como

documentos

emisión autorizada o a la que se hubiera acogido

NUM. INFRACCIONDESCRIPCION TABLAS

SANCIÓN SEGÚN TABLAS

FRECUENCIA

1ra. oportunidad2da.

Oportunidad 3ra. Oportunidad4ta. Oportunidad o

Multa (b) Cierre (c) Cierre (c) Cierre (c)

2 Art. 174° Num.2

Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser

considerados

documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.

I50% UIT o

Cierre 25% UIT 5 días 7 días 10 días

(2) 25% UIT 30% UIT 40% UIT 50% UIT

II

25% UIT oCierre 12% UIT 5 días 7 días 10 días

(2) 12% UIT 16% UIT 20% UIT 25% UIT

3 Art. 174º Num.3

Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan al

régimen del deudor tributario o al tipo de operación realizada de conformidad con las

leyes, reglamentos o Resolución deSuperintendencia de la SUNAT.

III

0.3% I o Cierre 0.20% I 5 días 7 días 10 días

(2) 0.20% I 0.23% I 0.28%I 0.30% I

Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o

complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan a la

modalidad de

eldeudor tributario de conformidad con las leyes,

reglamentos o Resolución de Superintendencia de la

SUNAT.

Page 29: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

ANEXO BMULTA

QUE SUSTITU

YE AL CIERRE SEGÚN

EL INCISO A)

DEL CUARTO PÁRRAFO DEL

ART. 183°DEL CÓDIGO TRIBUTARIO GRADUADA CON EL CRITERIO DE FRECUENCIA (a) (b)

(e)(Sin rebaja)

más (Sin rebaja)

NUM. INFRACC ION

TABLASCONCEPTO

QUE SE GRADUA

CATEGORIAFRECUENCIA

1ra. Oportunidad (c) 2da. Oportunidad 3ra. Oportunidad o más

1 Art. 174º Num.1

Tabla ITOPE

No menor a 1 UIT No menor a 1.5 UIT No menor a 2 UIT

Tabla II No menor a 50 % UIT No menor a 75 % UIT No menor a 1 UIT

Tabla III MULTA

18 % UIT 11 % UIT

50%

211 % UIT 14 % UIT

3 13 % UIT 17 % UIT4 16 % UIT 19 % UIT5 19 % UIT 22 % UIT

2 Art. 174º Num.2

2da. Oportunidad (d) 3ra. Oportunidad4ta. Oportunidad o

Tabla ITOPE

No menor a 1 UIT No menor a 1.5 UIT No menor a 2 UITTabla II No menor a 50 % UIT No menor a 75 % UIT No menor a 1 UIT

3 Art. 174º Num.3

Tabla III MULTA

1 8 % UIT 11 % UIT

50%

211 % UIT 14 % UIT

3 13 % UIT 17 % UIT4 16 % UIT 19 % UIT5

19 % UIT 22 % UIT

Page 30: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 174ºnumeral 5 del C.T.

“Transportar bienes y/o pasajeros con documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como CDP o GR, manifiesto de

pasajeros y/u otro documento que carezca devalidez”

Caso:La empresa Transportes Rápidos SAC acogida al RégimenGeneral del IR, es contratada por la empresa Fierros SA, paraque transporte motores de Lima a Ica. El transporte se realizacon la GRR emitida por Fierros SA y con la GRT emitida por Transportes Rápidos SAC. El control móvil de la SUNAT ha detectado que a la GRT le falta consignar la marca y número de placa del vehículo.

Page 31: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 174ºnumeral 5 del C.T.

Reglamento deComprobantes

de Pago

Numeral 1 del Art. 17º: Las GR sonSolución: documentos que sirven para sustentar eltraslado de bienes.

Numeral 3.12 del Art. 19º: La GRT debecontener, entre otra información, la marca ynúmero de placa del vehículo que realiza el traslado de bienes

Page 32: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 174ºnumeral 5 del C.T.

• La exigencia del RCDP no ha sido cumplida por Transportes Rápidos SAC, y por consiguiente SUNAT le imputará la comisión de la infracción tipificada en el numeral 5 Art. 174º del CT.

• El documento al ser emitido sin consignar marca y número de placa carece de validez para efectos impositivos.

Page 33: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Sanción

Régimen de gradualidad, Anexo IV de la R.S.063-2007/SUNAT: Régimen General, primeraoportunidad, la multa se reduce al 25% de la UIT.

Page 34: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 174ºnumeral 9 del C.T.

“Remitir bienes con documentos que no reúnanlos requisitos y características para ser considerados como CDP, GR y/u otro documento que carezca de validez”

Caso:La empresa Plaza Quechua SRL perteneciente al RégimenGeneral del IR, dedicada a la venta de electrodomésticos, conuna de sus unidades transporta bienes desde su almacénhacia su establecimiento comercial, para lo cual emitió larespectiva GRR.Fue intervenida por control móvil de SUNAT, y éstos le

losobservan que no consignó la descripción detallada debienes ni la cantidad de los mismos

Page 35: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

n

D

tr

Artículo 174ºnumeral 9 del C.T.

Solución:

Reglamento de Comprobantes de Pago

Numeral1.12 del

Art.19º

Art. 19ºatos de los

bienesansportados:Descripción

detallada,cantidad o

peso total, y

unidad de medida.

Información impresa y no ecesariament

e impresa de

lasG

R.

Page 36: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 174ºnumeral 9 del C.T.

• No consignar el detalle de los bienes transportados así como la cantidadconstituye una infracción tipificada en el numeral

Sanción9 del Art. 174º del CT.

Comiso Multa GradualidadAnexo IV de la• Reg. General: •• Cuando

requisitos incumplidos sean

los30% UIT. R.S. 063-

2007/SUNAT.

• 15%UIT (tablaII)10%UIT (tablaIII)

considerados principales.

Los datos de los bienes son requisitos principales por lo cual Plaza QuechuaSRL será sancionada con comiso.

Por ser primera vez se aplicará una multa rebajada equivalente al 4% del VBcomisados, la cual tendrá que pagar para recuperar dichos bienes.

Page 37: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

REGIMEN DE GRADUALIDAD

APLICABLE A LAS INFRACCIONESVINCULADAS CON LA

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y COMUNICACIONES

Page 38: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

No presentar declaración que determina deuda tributaria dentro plazos establecidos -1

de los

les.tablecidos-2 jNo presentar otras declaraciones

o comunicaciones dentro de los

plazosI

Presentar más de una declaración tributario-5

rectificatoria al mismo tributo y periodo

Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta los lugares que establezca la Administración Tributaria-6.

-------)

1

Artículo 176° del Código Tributario

Page 39: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TABLA I-Art. 1760 num.1 e.T.(no presentar la DJ en los plazos establecidos)

Régimen GeneralDESCUENTOS3 días hábiles para subsanar una vez detectado (esquela)

DESCUENTOSSubsanación

voluntariaMULTA

90%(con pago

)

80010

(sin pago

)

60%(con pago

)

50%(sin pago

)11UUIITT

SSI./.33,7,80500

stS,

/1.,41850401*

*

SIS. /1. ,18950251*

*

S/

S.3/.70385k

*

s/

S.7/4.07701*

*....-..- * más intereses generados

Page 40: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TABLA 11-Art. 1760 num.1 C.T.(no presentar la DJ en los plazos

establecidos)RER y Personas Naturales gue no se encuentrancomprendidas en las otras Tablas

DESCUENTOS

3 días hábiles para

subsanar una vez

detectado

DESCUENTOSSubsanación voluntaria

MULTA

50%(sin pago

)

90%(con pago

)

80%(sin pago

)

60%(con pago

)5500%% UUIITTSS/I.. 11,,982550

S5//..3370

85**5S/./9.29563**

5S/./1. 815931**

5S/./7.470701**

* más intereses generados~-......_

Page 41: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TABLA(no

presentarI

111Art.la DJ

176 num.1 - NRUSen los plazos establecidos)

GRADUAL lOAD0.6% * IMulta

4 veces elCATEGORIA 90%(con pago

)

19

19

31

48

72

800¡o

(sin pago

)

3389

3389

62

96

1~_/~

límite máx. decada categ.

119930

119932

312

480

720

1

2

3

4

5

20,000

32,000

52,000

80,000

120,000~

Page 42: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral

1 CT:Nopresentar

la declaración

dentro

delosplazos

establecidos

Infracción: Artículo 176° numeral

1: No declarar dentro de los plazos

establecidos

Sanción: 1 UIT – S/. 3,850 Nuevos Soles. Revisar Tabla I del Código Tributario para sujetosacogidos al Régimen GeneralRégimen de Gradualidad: 90% (Subsanación voluntaria)

La empresa “Emprendedores SAC” acogida al Régimen General debió presentar la declaración mensual de IGV-Renta correspondiente al periodo enero 2015 como máximo el 12.02.2015, y no lo hizo.

Calcular la multa considerando que el día 20.02.2015 presentó la declaración en forma voluntaria y pagó la multa:

Page 43: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral 1 CT: No presentar la declaración dentro de losplazos establecidos

Cálculo de la multa:

1) 1 UIT: S/. 3,850 Nuevos soles2) Gradualidad: (rebaja del 90% sobre la sanción)3) Multa: S/. 385 Nuevos soles + Intereses

Page 44: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral 2

CT:Nopresentar

otras

declaraciones

dentro

delosplazo

sestablecidos

Infracción: Artículo 176° numeral 2: No presentar otras plazosEstablecidos.

declaraciones dentro de los

Sanción: 30% UIT – S/. 3,850 Nuevos Soles. Tabla I del Código Tributario para sujetosacogidos al Régimen GeneralRégimen de Gradualidad: (Subsanación voluntaria) – Rebaja del 100%

La empresa “Emprendedores SAC” acogida al Régimen General debió presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros DAOT 2014como máximo el 16.02.2015 (de acuerdo a Cronograma), y no lo hizo.

Calcular la multa considerando que el día 04.04.2015 presentará la declaración en forma voluntaria:

Page 45: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral 2 CT: No presentar otras declaraciones dentro delos plazos establecidos

Forma de subsanación: Presentando DAOT en forma voluntariaAplica rebaja del 100%No hay multa por pagar

Page 46: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral 5 CT: Presentar más de una declaraciónrectificatoria relativa al mismo tributo y periodoLa empresa “Emprendedores SAC” acogida al Régimen General presentó la DDJJIGV- Renta del periodo enero 2015 días antes del plazo establecido en el cronograma, sin embargo omitió declarar algunas ventas del periodo y en la fecha de vencimientoVolvió a presentar la DDJJ IGV-Renta. Días después tuvo que presentar otra DDJJ por el mismo periodo al advertir que había quedado pendiente incorporar otra factura de Venta.

Determinar si corresponde el pago de multa:

Page 47: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Artículo 176ºnumeral 5 del C.T.

DJ Original

2da DJ RectificatoriaDJ.

Sustitutoria1ra DJ

Rectificatoria

Page 48: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

Casos de aplicación delRégimen de Gradualidad:

Artículo 176° numeral 5 CT: Presentar más de una declaraciónrectificatoria relativa al mismo tributo y periodo

¿Se habráconfiguradoalguna otrainfraccióntributaria?

Análisis:1) Primera declaración presentada es antes del

vencimiento de acuerdo al Cronograma de Obligaciones Tributarias: Es declaración original.

2) Segunda declaración es presentada en la misma fecha de vencimiento de acuerdo al Cronograma de Obligaciones

Tributarias: Es declaración sustitutoria.3) Tercera declaración es presentada después de la fecha de

vencimiento de acuerdo al Cronograma de Obligaciones Tributarias: Es declaración rectificatoria.

No se configura la infracción: El supuesto de la norma es que se haya presentado más de 01 declaración rectificatoria por el mismo tributo y periodo, para lo cual se toman en cuenta las DDJJ presentadas cumplido el vencimiento.

Page 49: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

TESORO DESCRICIÓN DE LA MULTA

6011 NNOO IINNSSCCRRIIPPCCiÓIÓNN EENN LLOOSS RREEGGIISSTTRROOSS DDEE LLAA AADDMMIINNIISSTTRRAACCiÓIÓNN6012 EEMMIITTIIRR//OOTTOORRGGAARR CCOOMMPPRROOBBAANNTTEESS DDEE PPAAGGOO

6013 IINNSSCCRRIIPPCCiÓIÓNN CCOONN DDAATTOOSS FFAALLSSOOSS

6018 NNOO EEMMIITTIIRR YY//OO NNOO OOTTOORRGGAARR CCOOMMPPRROOBBAANNTTEESS DDEE PPAAGGOO

6021 EEMMIITTIIRR YY//UU OOTTOORRGGAARR CCOOMMPPRROOBBAANNTTEESS DDEE PPAAGGOO QQUUEE NNOORRÉÉGGIIMMEENN OO AALL TTIIPPOO DDEE OOPPEERRAACCiÓIÓNN

CCOORRRREESSPPOONNDDAANN

AALL

6024 NNOO OOBBTTEENNEERR CCOOMMPPRROOBBAANNTTEESS PPOORR CCOOMMPPRRAASS EEFFEECCTTUUAADDAASS

6045 NNOO OOBBTTEENNEERR CCOOMMPPRROOBBAANNTTEESS PPOORR LLOOSS SSEERRVVIICCIIOOSS OOBBTTEENNIIDDOOSS

6175 SSUUJJEETTOO NNOO CCUUMMPPLLEE CCOONN DDEEPPÓÓSSIITTOO.. DD..LLEEGG.. NN°° 994400

6176 PPRROOVVEEEEDDOORR PPEERRMMIITTEE TTRRAASSLLAADDOO SSIINN DDEEPPÓÓSSIITTOO.. DD..LLEEGG.. NN°° 994400

6177 SSUUJJEETTOO PPEERRMMIITTEE TTRRAASSLLAADDOO SSIINN DDEEPPÓÓSSIITTOO.. DD..LLEEGG.. NN°° 994400

6178 TTIITTUULLAARR DDEE CCUUEENNTTAA OOTTOORRGGAA DDIIFFEERREENNTTEE DDEESSTTIINNOO AA MMOONNTTOOSS.. DD..LLEEGG.. NN°° 994400

Page 50: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

MULTAS QUE NO REQUIEREN CÓDIGO DE TRIBUTO ASOCIADOTESORO ESSALUD

- ONPDESCRIPCION DE LA MULTA

6031 6431 NO LLEVAR LIBROS CONTABLES U OTROS REGISTROS EXIGIDOS

6033 ------ NO REGISTRAR INGRESOS, RENTAS, PATRIMONIO, VENTAS,REMUNERACIONES O REGISTRARLOS POR MONTOS INFERIORES

6035 ------ LLEVAR CON ATRASO LOS LIBROS Y REGISTROS

6037 6437 NO CONSERVAR LIBROS Y DOCUMENTACION SUSTENTATORIA

6073 6473 PRESENTAR LAS DECLARACIONES EN FORMA Y/O CONDICIONESDISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS

6074 6474 PRESENTAR DECLARACIONES EN LUGARES DISTINTOS A LOSESTABLECIDOS

6075 6475 NO EXHIBIR LOS LIBROS, REGISTROS QUE LA ADM.TRIB. SOLICITE

6079 ------ REABRIR INDEBIDAMENTE EL LOCAL U OFICINA CERRADO

6081 6481 NO PROPORCIONAR INFORMACION REQUERIDA POR LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

6083 6483 PROPORCIONAR INFORMACION FALSA

6084 6484 NO COMPARECER O COMPARECER FUERA DE PLAZO

Page 51: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

MULTAS QUE NO REQUIEREN CÓDIGO DE TRIBUTO ASOCIADOTESORO ESSALUD

- ONPDESCRIPCION DE LA MULTA

6086 6486 OCULTAR O DESTRUIR AVISOS DE SUNAT

6095 ----- AUTORIZAR LIBROS, REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOSTRIBUTARIOS SIN SEGUIR EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO

6117 ----- NO ENTREGAR CERTIFICADOS DE RETENCIÓN O PERCEPCIÓN, ASÍ COMO DE RENTAS Y RETENCIONES

6118 ----- NO ENTREGAR A LA SUNAT EL MONTO RETENIDO POR EMBARGO

6131 ----- RECUPERACIÓN DE MERCADERÍA COMISADA

6151 ----- NO FACILITAR EL CONTROL DE TRASLADO DE BIENES

6171 ----- ADQUISICIONES SIN DEPÓSITO – LEY N° 27877

6172 ----- PROVEEDOR EFECTÚA RETIRO SIN DEPÓSITO – LEY N° 27877

6173 ----- PROVEEDOR PERMITE RETIRO SIN DEPÓSITO – LEY N° 27877

6174 ----- SUJETO CUENTA PROVEEDOR ENTREGA BIEN SIN DEPÓSITO – LEY N°27877

Page 52: INFRACCIONES TRIBUTARIAS

GRACIAS