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Avda. Gonzalo Torrente Ballester, 1-5 15707 Santiago de Compostela Tfno.: 981 957 561. Fax: 981 957 560 www.consellogalegodacompetencia.es 1 INFORME DEL CONSELLO GALEGO DA COMPETENCIA SOBRE UNIFORMES ESCOLARES PRESENTACIÓN Cada año, el comienzo del curso supone para las familias gallegas un gasto significativo como consecuencia de la compra de los libros, el material y el uniforme escolar, en aquellos centros en los que la uniformidad es obligatoria. El Consello Galego da Competencia considera que en la actualidad no existe suficiente competencia en el mercado de uniformes escolares en Galicia. Nos preocupa que los colegios impongan a los padres y madres dónde comprar los uniformes de sus hijos. Por regla general, cuando los padres no pueden elegir, terminan pagando un precio más alto al que existiría si tuviesen proveedores alternativos de uniformes. La competencia entre vendedores es la mejor garantía de que padres y madres paguen menos por los uniformes escolares. En los últimos años, el Consello Galego da Competencia ha recibido diversas quejas de familias relacionadas con los uniformes escolares. La mayoría provienen de padres que denuncian el elevado precio de los uniformes y la obligación de adquirirlos en un único punto de venta. En este sentido, las quejas tienen siempre el denominador común de que se refieren a colegios que atribuyen la fabricación y venta de sus uniformes a una única empresa en régimen de exclusividad, excluyendo por tanto la competencia. La preocupación por los uniformes escolares es habitual en otras autoridades de competencia de nuestro entorno. En el Reino Unido, la Competition and Markets Authority estima que la falta de competencia en el mercado de uniformes escolares supone un sobrecoste de más de 60 millones de libras al año para las familias británicas. Este organismo concluye que los uniformes de los colegios que tienen un contrato de distribución exclusiva con un único proveedor son un 23% más caras que cuando existe libertad para la distribución de las mismas. Dicho incremento de los precios, además, no compensa el beneficio neto que los colegios obtienen con la distribución exclusiva. En parecidos términos, la Competition Commission de Irlanda también alerta de que la falta de competencia supone que muchas familias paguen por los uniformes de sus hijos unos precios superiores a los que resultarían en un mercado con competencia efectiva. Con estos antecedentes, el Consello Galego da Competencia ha elaborado el presente informe con el objetivo introducir más competencia en el mercado de los uniformes escolares. El informe no se pronuncia acerca de si el uniforme escolar es positivo o negativo para la comunidad educativa. Tampoco es nuestra misión determinar qué prendas ha de incluir la uniformidad obligatoria. Ambas cuestiones corresponde decidirlas a los centros educativos. Lo que pretendemos con este informe es que, si se opta por una uniformidad, se busquen fórmulas que permitan introducir competencia en la fabricación y venta de los uniformes, en el entendimiento de que la competencia es la mejor garantía de que las familias puedan adquirir prendas de calidad al mejor precio.

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  Avda. Gonzalo Torrente Ballester, 1-5 15707 Santiago de Compostela Tfno.: 981 957 561. Fax: 981 957 560 www.consellogalegodacompetencia.es

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INFORME DEL CONSELLO GALEGO DA COMPETENCIA SOBRE UNIFORMES ESCOLARES

PRESENTACIÓN Cada año, el comienzo del curso supone para las familias gallegas un gasto significativo como consecuencia de la compra de los libros, el material y el uniforme escolar, en aquellos centros en los que la uniformidad es obligatoria. El Consello Galego da Competencia considera que en la actualidad no existe suficiente competencia en el mercado de uniformes escolares en Galicia. Nos preocupa que los colegios impongan a los padres y madres dónde comprar los uniformes de sus hijos. Por regla general, cuando los padres no pueden elegir, terminan pagando un precio más alto al que existiría si tuviesen proveedores alternativos de uniformes. La competencia entre vendedores es la mejor garantía de que padres y madres paguen menos por los uniformes escolares. En los últimos años, el Consello Galego da Competencia ha recibido diversas quejas de familias relacionadas con los uniformes escolares. La mayoría provienen de padres que denuncian el elevado precio de los uniformes y la obligación de adquirirlos en un único punto de venta. En este sentido, las quejas tienen siempre el denominador común de que se refieren a colegios que atribuyen la fabricación y venta de sus uniformes a una única empresa en régimen de exclusividad, excluyendo por tanto la competencia. La preocupación por los uniformes escolares es habitual en otras autoridades de competencia de nuestro entorno. En el Reino Unido, la Competition and Markets Authority estima que la falta de competencia en el mercado de uniformes escolares supone un sobrecoste de más de 60 millones de libras al año para las familias británicas. Este organismo concluye que los uniformes de los colegios que tienen un contrato de distribución exclusiva con un único proveedor son un 23% más caras que cuando existe libertad para la distribución de las mismas. Dicho incremento de los precios, además, no compensa el beneficio neto que los colegios obtienen con la distribución exclusiva. En parecidos términos, la Competition Commission de Irlanda también alerta de que la falta de competencia supone que muchas familias paguen por los uniformes de sus hijos unos precios superiores a los que resultarían en un mercado con competencia efectiva. Con estos antecedentes, el Consello Galego da Competencia ha elaborado el presente informe con el objetivo introducir más competencia en el mercado de los uniformes escolares. El informe no se pronuncia acerca de si el uniforme escolar es positivo o negativo para la comunidad educativa. Tampoco es nuestra misión determinar qué prendas ha de incluir la uniformidad obligatoria. Ambas cuestiones corresponde decidirlas a los centros educativos. Lo que pretendemos con este informe es que, si se opta por una uniformidad, se busquen fórmulas que permitan introducir competencia en la fabricación y venta de los uniformes, en el entendimiento de que la competencia es la mejor garantía de que las familias puedan adquirir prendas de calidad al mejor precio.

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ESTRUCTURA DEL INFORME El Consello Galego da Competencia ha realizado un amplio estudio para conocer la política de uniformes de los centros, para conocer quién o quienes están autorizados para venderlos, cómo se seleccionan estos distribuidores, qué control ejercen los centros sobre quienes venden uniformes y quién toma las decisiones en la materia. Los resultados de dicho estudio se analizan en la primera parte del informe. En la segunda parte del presente informe, comparamos el precio de las prendas del uniforme que sólo se pueden adquirir por canales de venta autorizados, respecto del de las prendas básicas que se pueden comprar en cualquier lugar. Al mismo tiempo, hemos examinado cómo el modelo de distribución (exclusivo, selectivo, etc.) afecta al precio del uniforme oficial. El informe culmina con una valoración de los acuerdos de distribución de uniformes, entre centros educativos y distribuidores, con la Ley de Defensa de la Competencia. EL CONSELLO GALEGO DA COMPETENCIA El Consello Gallego da Competencia es un organismo administrativo autónomo, adscrito orgánicamente a la Consellería de Facenda, que tiene como finalidad la defensa y la promoción de la competencia en Galicia. El Consello desempeña la función de instruir y sancionar las conductas empresariales prohibidas por la Ley 15/2007, del 3 de julio, de defensa de la competencia (LDC) siempre que tengan efectos exclusivamente en la Comunidad Autónoma de Galicia. El Consello Gallego da Competencia tiene encomendadas también funciones consultivas y de promoción de la competencia efectiva en los mercados de la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante la elaboración de informes generales sobre la competencia o sobre determinados sectores. El presente informe, que se enmarca precisamente en nuestra función de promoción de la competencia, fue aprobado por el Pleno del Consello Galego da Competencia el día 30 de noviembre de 2014. En la elaboración del informe ha colaborado de manera sobresaliente Dña. Laura López Castro, en virtud del convenio para la realización de prácticas externas curriculares suscrito con la Universidad de A Coruña.

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PRIMERA PARTE:

CÓMO SE COMERCIALIZAN LOS UNIFORMES ESCOLARES EN GALICIA

1. LA ENCUESTA Datos técnicos Entre finales del 2013 y principios del 2014, el Consello Galego da Competencia efectuó una encuesta a centros educativos gallegos para conocer el estado de la competencia en el mercado de los uniformes. A estos fines, se envió un cuestionario al conjunto de centros educativos de la Comunidad recogidos en la página de la Xunta de Galicia: https://www.edu.xunta.es/webcentros El estudio se limitó a los centros educativos públicos, privados y concertados que imparten enseñanza en los niveles de educación infantil, primaria y secundaria. En concreto, la encuesta se envió a los centros que tenían la siguiente denominación:

• CEIP: Colexio Educación Infantil é Primaria • CEP: Colexio Educación Primaria • CPR: Centro Privado • EEI: Escola de Educación Infantil • IES: Instituto de Educación Secundaria • CPI: Centro Público Integrado

El Consello Galego da Competencia ha utilizado la herramienta gratuita google drive que permite cumplimentar la encuesta on line de forma muy sencilla. El empleo de este mecanismo permite un significativo ahorro de costes al tramitarse las preguntas y las respuestas exclusivamente a través de Internet. En la encuesta remitida a los centros se proporcionaban datos de contacto con el Consello Galego de la Competencia para posibles dudas que se pudiesen producir. También en la página web del organismo constaba una nota de prensa en la que se explicaban los motivos de la citada encuesta. Respondieron al cuestionario más del 50% de los centros a los que se les envió. Por consiguiente, los datos que a continuación se exponen resultan meramente indicativos de la situación actual de los uniformes escolares en Galicia, sin perjuicio de que en el futuro se realicen nuevas encuestas para tratar de alcanzar un espectro más amplio de centros.

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Información relevante Prendas que comprende el uniforme En la primera parte de la encuesta preguntamos a los centros si el uniforme es o no obligatorio, qué prendas integran el uniforme obligatorio y cuáles son de carácter oficial o de carácter básico. El uniforme oficial es aquel que por su especial diseño, por llevar escudo, logo o similar, o ambas circunstancias a la vez, sólo puede ser adquirido en determinados establecimientos. Son ejemplos de uniforme oficial:

En la encuesta remitida a los centros se proporcionaban datos de contacto con el Consello Galego da Competencia para posibles dudas que se pudiesen producir. También en la página web del organismo constaba una nota de prensa en la que se explicaban los motivos de la citada encuesta Forman parte del uniforme básico aquellas prendas que no tienen ninguna de las características anteriores y que, por lo tanto, pueden ser adquiridos en cualquier canal de distribución. Son ejemplos de uniforme básico:

En la encuesta sólo se interroga a los centros educativos acerca de qué prendas del uniforme tienen carácter oficial. El uniforme oficial sólo se puede adquirir por determinados canales de venta marcados por los centros y, consiguientemente, es el único afectado por los pactos de los centros con sus distribuidores. Por el contrario, el uniforme básico puede ser adquirido por cualquier canal de venta (hipermercados, cadenas de ropa, pequeño comercio, etc.) y, por lo tanto, no se ve afectado por este tipo de acuerdos.

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Venta del uniforme En segundo lugar, interrogamos a los centros acerca de la forma que tienen de comercializar sus uniformes, distinguiendo entre aquellos que optan por un sistema de distribución restringido, frente a los que prefieren uno de carácter abierto (con o sin previa autorización). Los centros expusieron las principales motivaciones que les llevan a decantarse por una u otra forma de venta. La distribución restringida puede ser exclusiva o selectiva. La distribución exclusiva supone conceder a un distribuidor la exclusiva de venta de un determinado producto. El distribuidor exclusivo puede ser el propio centro educativo o una empresa ajena al mismo. La distribución selectiva, por su parte, supone que un número reducido de distribuidores autorizados puede comercializar el uniforme. Selección de los distribuidores En tercer lugar, nos interesamos por la forma que tienen los centros de escoger al distribuidor para conocer de primera mano si existe competencia entre los distribuidores para ser seleccionados por los centros o si, por el contrario, la elección de los mismos se realiza de acuerdo a otros criterios. Supervisión de los distribuidores En cuarto lugar, la encuesta preguntó a los centros acerca de su implicación en la distribución y comercialización de los uniformes y, particularmente, si se reserva alguna facultad respecto del precio de venta al público o la calidad de los mismos. Toma de decisiones e información a los padres Finalmente los centros educativos también nos facilitaron información sobre quién y cómo se adoptan las decisiones en materia de uniformes. 2. RESULTADOS DE LA ENCUESTA A) Prendas que comprende el uniforme La mayoría de los centros que tienen uniforme lo exigen de manera obligatoria. Entre los centros que cuentan con uniforme, la abrumadora mayoría pertenecen a la enseñanza concertada. Existe gran disparidad a la hora de decidir qué prendas del uniforme tienen carácter oficial (sólo se compran en lugares determinados) y cuales son básicos (se pueden comprar en cualquier lugar), si bien destacan sobre todo la falda, el chándal y el jersey o sudadera.

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¿Cuántos centros tienen uniforme? La uniformidad es minoritaria entre los centros escolares de Galicia. Sólo el 19 % de los encuestados que respondieron a la encuesta reconoce que tiene uniforme escolar si bien parece razonable considerar que su número sea superior, pues al tratarse de una encuesta voluntaria, el mayor porcentaje de los que no respondieron fueron, precisamente, los que por tener uniforme se pudieran mostrar más recelosos a compartir su información.

¿Qué clase de centros tienen uniforme? Entre los que contestaron a la encuesta, la mayoría de los centros que exigen uniforme pertenecen a la enseñanza concertada (75%).  

Si,  19%  

No,  81%  

Si  

No  

Concertados,  75,49%  

Públicos  y  Privados,  24,51%  

Concertados  

Públicos  y  Privados  

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¿Es obligatorio el uniforme? La gran mayoría de los centros que tienen uniforme, se decantan por exigirlo de manera obligatoria. El uniforme es obligatorio en el 72% de los centros, frente a un 28% en los que tiene carácter meramente voluntario.

¿Qué prendas comprende el uniforme oficial del colegio? A continuación se exponen las prendas que forman parte del uniforme oficial y que, por lo tanto, sólo se pueden adquirir por determinados canales de distribución. Las prendas que más habitualmente integran el uniforme escolar son: el chándal, el pantalón o falda, seguidos muy de cerca por el jersey o sudadera. Femenino En el uniforme femenino las prendas oficiales más demandadas por los centros son el chándal (93%), seguido de la falda (83%) y el jersey o sudadera que se exige en un 81% de los casos.

Obligatorio,  72%  

Voluntario,  28%   Obligatorio  

Voluntario  

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Masculino En cuanto al uniforme masculino, las prendas oficiales más demandadas son el chándal (91%) y el jersey o sudadera (82%).

B) Venta del uniforme Son mayoría los centros educativos que limitan las opciones de los padres para escoger donde comprar el uniforme. Hasta el punto de que una cuarta parte de los encuestados se decanta por un único distribuidor, que puede ser el propio centro o una empresa ajena al mismo. ¿En cuántas tiendas pueden los padres comprar el uniforme? La mayoría de los centros educativos imponen restricciones en cuanto al número de vendedores de sus uniformes (60%). Dentro de este grupo, el 28% opta por un sistema de distribución exclusiva a cargo de un único distribuidor. El 32% opta por un sistema de distribución selectiva en el que la venta de las prendas se confía a un grupo limitado de comercializadores. Frente a los anteriores, el 40% de los centros educativos afirma que no condiciona el número de empresas que intervienen en la comercialización de sus uniformes. En esta categoría encontramos, por un lado, a una minoría del 6% que permite la comercialización de sus prendas, previa autorización del centro, frente a una mayoría (34%) que no requiere ningún tipo de habilitación previa.  

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¿Qué motiva la elección del sistema de distribución? Los motivos alegados para escoger el modelo son de diversa índole, si bien prevalece la preocupación por la homogeneidad del uniforme entre los centros que optan por la distribución exclusiva o selectiva. Por su parte, los que permiten un número ilimitado de distribuidores persiguen ofrecer a los padres más opciones para comprar los uniformes. Distribución exclusiva La principal razón esgrimida por los centros para decantarse por un único distribuidor es la preocupación por la homogeneidad del uniforme (52%). Sólo un centro de los encuestados reconoce que ha optado por un sistema de distribución exclusiva porque obtiene un beneficio económico mayor que con otros sistemas. Un número significativo de centros afirma que la distribución a cargo de un único distribuidor no es decisión del centro, sino que se debe a exigencias del propio distribuidor (17%) o bien a la ausencia de otras empresas interesadas (7%).

Un  único  distribuidor,  28%  

Un  nº  limitado,  32%  

Un  nº  ilimitado,  6%  

Cualquer  empresa,  

34%  

Un  único  distribuidor  

Un  nº  limitado  

Un  nº  ilimitado  

Cualquer  empresa  

GaranJza  la  homogeneidad,  

52%  

Mayor  compensación,  3%  

Otro,  21%  

Exige  exclusividad,  17%  

No  había  mas  interesados,  7%  

GaranJza  la  homogeneidad  

Mayor  compensación  

Otro  

Exige  exclusividad  

No  había  mas  interesados  

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Distribución selectiva Los motivos invocados para optar por un sistema limitado de distribuidores, son muy parecidos a los de un único distribuidor. En efecto, se opta mayoritariamente por este sistema para garantizar la uniformidad del uniforme (55%). También se reconoce circunstancias ajenas al centro como las demandas de los propios distribuidores (10%) o la realidad del mercado, al no haber más empresas interesadas (16%).

Distribución previa autorización del centro Los centros que permiten un número ilimitado de distribuidores, previa autorización, afirman mayoritariamente que les parece la opción natural, pues nunca se plantearon nada distinto. El segundo motivo más alegado para respaldar esta opción (33%) es que los padres tienen más donde elegir. Y por último, el 17% afirma que el número ilimitado de distribuidores permite garantizar la disponibilidad del uniforme.

Un  nº  limitado  garanJza  la  

homogeneidad,  56%  

Otro,  19%  

Los  distribuidores  esigen  limitación,  

9%  

No  había  más  interesados,  16%  

Un  nº  limitado  garanJza  la  homogeneidad  

Otro  

Los  distribuidores  esigen  limitación  

No  había  más  interesados  

Nunca  se  plantearon  

otra  cosa,  50%  Lo  mejor  para  los  padres,  33%  

GaranJzar  la  disponibilidad,  17%  

Nunca  se  plantearon  otra  cosa  

Lo  mejor  para  los  padres  

GaranJzar  la  disponibilidad  

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Distribución abierta Existen dos motivos principales para sustentar que se venda el uniforme por cualquier empresa, ambos están respaldados con un 29% de las respuestas: que los padres tengan más opciones para elegir y que el centro carece de interés en limitar el número de distribuidores.

C) Selección de los distribuidores Los centros afirman que eligen a los distribuidores en función de diversos criterios, entre los que destacan, el precio que van a pagar los padres y la calidad del producto o del servicio que prestan. Sin embargo, a la hora de escoger al distribuidor, son minoría los centros que efectúan un proceso de selección previo. En efecto, la mayoría se limitan a contratar con las empresas que contactan previamente centro o con las que ya mantenían una relación comercial. Llama la atención que un número muy significativo de acuerdos de distribución de uniformes se realice de manera informal, sin recurrir a un contrato escrito entre el centro y el distribuidor/es.

Nunca  nos  planteamos  otra  

cosa,  23%  

El  centro  no  Jene  interés,  29%  

El  mejor  para  los  padres,  29%  

El  mejor  para  garanJzar  la  

disponibilidad,  3%   Otro,  17%  

Nunca  nos  planteamos  otra  cosa  

El  centro  no  Jene  interés  

El  mejor  para  los  padres  

El  mejor  para  garanJzar  la  disponibilidad  

Otro  

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¿Qué criterios se utilizan para elegir al distribuidor? La mayoría de los centros elige el distribuidor o distribuidores principalmente en función del coste que le puede suponer a los padres (27%). Un 23% de los encuestados tiene en cuenta la calidad del producto a la hora de escoger el distribuidor/es autorizados. Un 14% alega la calidad del servicio como motivo fundamental para su elección. Y por último, un 9% tiene en cuenta la localización del distribuidor como criterio para su decisión.

¿Cómo es el proceso de selección del distribuidor/distribuidores? Los centros suelen emplear distintos medios para seleccionar a los distribuidores: establecer un proceso de selección (39%), elegir entre las empresas que se han puesto previamente en contacto con el centro (21%), dirigirse a empresas con las que ya tenía relación (20%), o a empresas que le recomendaron otros centros (12%).

Localización,  6%  

Calidad  del  servicio,  13%  

Calidad  del  producto,  24%  

Costo  para  los  padres,  27%  

Otro,  27%  

Localización  

Calidad  del  servicio  

Calidad  del  producto  

Costo  para  los  padres  

Otro  

Proceso  de  selección,  

39%  

Empresas  con  relación,  20%  

Empresas  que  contactaron  con  el  centro,  22%  

Empresas  recomendadas  

por  otros  centros,  7%  

Otro,  12%  

Proceso  de  selección  

Empresas  con  relación  

Empresas  que  contactaron  con  el  centro  

Empresas  recomendadas  por  otros  centros  

Otro  

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¿Qué forma adoptan los acuerdos de distribución de uniformes? En el 42% de los casos los centros escolares otorgan la autorización para la distribución del uniforme de manera verbal. En un 41% de los casos, los centros escolares realizan dicha autorización mediante un contrato. Otro medio empleado por los centros es reflejar esta autorización mediante un declaración unilateral (por ejemplo, un correo electrónico) que se remite a la empresa/s (8%).

D) Supervisión de los distribuidores La mayoría de los centros afirma preocuparse por garantizar que los uniformes escolares tengan la calidad adecuada. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el precio de las prendas que, en la gran mayoría de los casos, se decide unilateralmente por el distribuidor. En efecto, el 56% de los centros se reserva el derecho a supervisar la calidad del uniforme (56%), mientras que sólo el 15% puede también determinar el precio de venta al público. Algunos centros reconocen abiertamente que otorgan plena libertad al distribuidor (15%).

Por  escrito  mediante  carta,  9%  

Por  contrato,  40%  

Verbal,  42%  

Otro,  9%  

Por  escrito  mediante  carta  

Por  contrato  

Verbal  

Otro  

Derecho  determinar  precio  

de  venta,  7%  

Derecho  supervisar  la  calidad,  56%  

Plena  libertad,  15%  

Derecho  determinar  precio  de  venta  

Derecho  supervisar  la  calidad  

Plena  libertad  

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E) Toma de decisiones e información a los padres La legislación educativa hace recaer la dirección y organización de los centros en diversos organismos, en los que la participación de los padres es limitada, salvo el AMPA. Consiguientemente, la participación de los padres en las decisiones en materia de uniformes es también limitada. Por regla general, los centros educativos informan a los padres de donde comprar el uniforme, pero no de las ventajas e inconvenientes de las políticas de uniformes. ¿Quién adopta las decisiones sobre el uniforme? Las decisiones sobre uniforme suelen adoptarse por la Dirección del centro (34%), por el AMPA (15%) o por el Consejo Escolar (15%). También sucede que la decisión es adoptada por todos los estamentos implicados o viene impuesta por la institución a la que pertenece el centro (estas dos opciones suponen el 34%).

Dirección,  33%  

Consejo  Escolar,  15%  

AMPA,  15%  Lo  desconozco,  3%  

Outro,  34%  

Dirección  

Consejo  Escolar  

AMPA  

Lo  desconozco  

Outro  

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¿Cómo se adoptan estas decisiones? De manera casi unánime, los centros consideran que sus decisiones en la materia son fruto de una profunda reflexión y que están suficientemente fundadas (85%). Una minoría (11%) considera que las cuestiones relativas al uniforme vienen determinadas por directrices heredadas del pasado. Y por último un 4% dice que las decisiones relativas a uniformes se realizan sin demasiado estudio.

¿Qué información se transmite a los padres? Una vez elegido el distribuidor/es autorizados, la gran mayoría de los centros escolares, informan a los padres de los cuales son dichos distribuidores (78%). En el 16 % de los casos, los padres son informados de que tienen la obligación de comprar el uniforme en el distribuidor/es autorizado/s por el centro. Un 6% de los centros no hacen ningún tipo de comunicación a los padres sobre donde comprar el uniforme.

Profunda  reflexión,  

44%  

Suficientemente  fundada,  41%  

Sin  excesivo  estudio,  4%  

Herencia,  11%  Profunda  reflexión  

Suficientemente  fundada  

Sin  excesivo  estudio  

Herencia  

No  reciben  información,  6%  

Reciben  información,  78%  

Donde  comprar  obligatoriamente,  

16%  

No  reciben  información  

Reciben  información  

Donde  comprar  obligatoriamente  

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CONCLUSIONES 1. La mayoría de los centros que tienen uniforme, lo exigen de manera obligatoria. Entre los centros que cuentan con uniforme, la inmensa mayoría pertenecen a la enseñanza concertada. 2. Existe gran disparidad a la hora de decidir qué prendas del uniforme tienen carácter oficial (sólo se compran en lugares determinados) y cuales son básicos (se pueden comprar en cualquier lugar), si bien destacan sobre todo la falda, el chándal y el jersey o sudadera. 3. Son mayoría los centros educativos que limitan las opciones que tienen los padres y madres para escoger donde comprar el uniforme, llegando una cuarta parte de los encuestados hasta el extremo de permitir un único distribuidor, que puede ser el propio centro o una empresa ajena al mismo. 4. Los motivos alegados para decantarse por una u otra forma de comercializar los uniformes son de diversa índole, si bien prevalece la preocupación por la homogeneidad del uniforme entre los centros que optan por la distribución exclusiva o selectiva. Por su parte, los que permiten un número ilimitado de distribuidores buscan ofrecer más posibilidades a los padres para escoger donde comprar. 5. Los centros eligen a los distribuidores en función de diversos criterios, entre los que destacan, el precio que van a pagar los padres y la calidad del producto o del servicio que se presta. Pese a que actúan guiados por la búsqueda del mejor precio y calidad para los padres, sorprende que la mayoría de los centros no efectúen un procedimiento de selección rigurosos de los distribuidores que, en efecto, garantice la mejor relación calidad/precio para las familias. 6. Un número significativo de acuerdos para la distribución de uniformes se realizan de manera informal, sin recurrir a un contrato escrito entre el centro y el distribuidor/es. 7. La mayoría de los centros se preocupa por garantizar que los uniformes escolares tengan la calidad adecuada. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el precio de las prendas que, en la gran mayoría de los casos, se decide unilateralmente por el distribuidor. 8. La participaciones de los padres en las decisiones en materia de uniformes es insuficiente. Los órganos de decisión son diversos y la participación de los padres en los mismos (salvo el AMPA) es limitada. Por regla general, se informa a las familias de donde comprar el uniforme, pero no de las ventajas e inconvenientes de las políticas de uniformes.

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SEGUNDA PARTE:

IMPACTO DE LAS RESTRICCIONES EN LOS PRECIOS DE LOS UNIFORMES

EL ESTUDIO Durante la campaña de uniformes para el curso 2014/2015, entre los meses de agosto, septiembre y octubre, el Consello Galego da Competencia ha llevado a cabo un estudio de los precios de los uniformes escolares en la ciudad de A Coruña. El volumen de datos a manejar nos llevó a concluir que era mejor limitar nuestro análisis a una única ciudad de nuestra Comunidad, decantándonos por la ciudad de A Coruña por razones de proximidad geográfica. También porque se trata de una ciudad en la que la uniformidad escolar tiene gran tradición y en la que disponemos de numerosos ejemplos de los distintas formas de comercializar los uniformes. En esta segunda parte del informe nos proponemos determinar en qué medida las decisiones de los centros en materia de uniformidad, inciden en el precio de las prendas que pagan las familias. A estos efectos, el análisis se realiza en un doble plano. De un lado, examinamos la incidencia que el sistema de distribución tiene sobre el precio, para concluir que cuanto más exclusiva es la distribución, más caros son los uniformes (Sección Primera). De otro lado, nos preocupa la selección de las prendas que conforman el uniforme oficial, ante la constatación de que las prendas oficiales son mucho más caras que las prendas básicas (Sección Segunda). Para la realización del estudio hemos tomado como referencia los precios publicados en las páginas web de los distintos distribuidores. En el caso de aquellos que no tienen o no cuelgan los precios on line, nos ha resultado de gran ayuda la información obtenida por el Instituto Gallego de Consumo en el marco de su campaña de uniformes escolares, donde entre otros aspectos como el etiquetado, verificaron la indicación de los precios a los consumidores. La comparación de precios se ha realizado tomando en consideración una uniformidad completa femenina (formada por falda, polo, jersey, chándal y camiseta de deportes) para una misma talla (en nuestro caso, la talla 6). En algunos centros educativos la oficialidad alcanza menos prendas y en otros más, de ahí que las conclusiones del estudio resulten únicamente orientativas.

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Asimismo, hemos extrapolado estos datos para tratar de encontrar el precio que la uniformidad supone para una familia media gallega. Para ello, hemos partido de la base de que es necesario adquirir varias unidades de algunas prendas y nos hemos decantado por analizar el precio de un equipo compuesto por una falda, un chándal, dos jerséis, dos polos y una camiseta de deportes (si bien, en la mayoría de los casos, se adquieren más prendas que las indicadas). Posteriormente, hemos multiplicado el resultado anterior por dos, dado que este es el número de hijos medio que tiene una familia en nuestra Comunidad. Se trata, nuevamente, de datos indicativos dado que el número de prendas que se compra y el de hijos varía en cada caso concreto. MODELO DISTRIBUCIÓN Y PRECIO DEL UNIFORME A) El precio del uniforme oficial en función del sistema de distribución elegido Precio de una uniformidad completa En la primera columna se observa el precio medio de una uniformidad oficial completa en tres centros que venden directamente y en exclusiva el uniforme oficial. La segunda columna refleja el precio medio en cuatro centros que disponen de un distribuidor exclusivo ajeno al mismo. En la tercera y última, el precio medio de cuatro centros cuyo uniforme oficial se vende por cuatro distribuidores diferentes.

Sistema de distribución

Propio centro en exclusiva

Distribuidor exclusivo

Varios distribuidores

Precio 147 € 138 € 131 €

Los datos permiten comprobar que la venta en el propio centro encarece de media 18 euros el uniforme, es decir, es un 14% más cara que cuando se vende a través de varios distribuidores.

120   125   130   135   140   145   150  

Varios  distribuidores  

Distribuidor  exclusivo  

Propio  centro  

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La diferencia de precio que se observa entre la venta por el propio centro y a través de un distribuidor exclusivo se debe a la presencia en la ciudad de A Coruña de comercios que venden uniformes sin haber recabado el preceptivo permiso de los centros, lo cual en la práctica se traduce en que la exclusividad del distribuidor autorizado es erosionada por la presencia de competencia en el mercado. Por el contrario, ninguno de los tres centros que venden sus propios uniformes tiene que hacer frente a competidores no autorizados. Precio para una familia media con dos hijos En este apartado, repetimos el mismo análisis anterior, pero teniendo en cuenta que un menor normalmente necesita repetir algunas prendas, por lo que el uniforme del curso está compuesto –al menos- por una falda, un chándal, dos jerséis, dos polos y una camiseta de deportes. Además, partiendo de que una familia media gallega tiene de media dos hijos, multiplicamos el resultado anterior por idéntica cifra.

Sistema de distribución

Propio centro en exclusiva

Distribuidor exclusivo

Varios distribuidores

Precio 391 € 366 € 342 €

Para una familia gallega, la venta en el propio centro resulta 49 € más cara que cuando hay varios distribuidores (en términos porcentuales supone un incremento del 12 %). Los acuerdos para la distribución exclusiva de los uniformes suelen reportar a los centros un beneficio de entre un 10% y un 15% del precio de las vestimentas a cargo del distribuidor exclusiva. El estudio de los precios en la ciudad de A Coruña que acabamos de reseñar, indica que la distribución exclusiva encarece el precio de las prendas entre un 12% y un 14%. Por consiguiente, cabe concluir que existe una relación directa entre el beneficio que obtiene el colegio y el precio de los uniformes que abonan las familias. En otras palabras, cuando el centro educativo cede la exclusiva a un distribuidor a cambio de una compensación, el distribuidor repercute la misma en el precio del producto, de manera que son los padres los que acaban pagando el sobreprecio que supone la exclusividad.

300   320   340   360   380   400  

Varios  distribuidores  

Distribuidor  exclusivo  

Propio  centro  

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B) El precio del uniforme cuando hay competencia entre varios distribuidores En un sistema con varios distribuidores, los padres tienen la posibilidad de darse una vuelta y comparar los precios entre los distintos distribuidores. En este apartado analizamos el ahorro que pueden obtener los padres que se preocupan de contrastar las diferentes ofertas existentes en el mercado. Ahorro en una uniformidad completa Analizamos la diferencia de precio que una uniformidad oficial completa tiene en los distintos distribuidores existentes en la ciudad. En la siguiente tabla se expone la diferencia entre el establecimiento más caro y el más barato.

Centros educativos con cuatro o más

distribuidores

Centro 1 Centro 2 Centro 3 Centro 4

Diferencia de precio entre el distribuidor más caro y el más

barato

28 € (ahorro 25%)

25€ (ahorro 21%)

33€ (ahorro 28%)

32€ (ahorro 27%)

Los datos que acabamos de exponer acreditan que cuando existen varios distribuidores, la competencia permite obtener importantes descuentos. En efecto, el ahorro que se puede conseguir una familia que se preocupa de comparar ofertas para una uniformidad completa, ofertas oscila entre 25 y 33 euros, en términos absolutos, y entre el 21 y el 28% en términos relativos.

0%  5%  10%  15%  20%  25%  30%  

Centro  1   Centro  2   Centro  3   Centro  4  

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Ahorro para una familia con dos hijos Si efectuamos el mismo análisis para una familia media, el resultado es el siguiente. Centros educativos con cuatro o más

distribuidores

Centro 1 Centro 2 Centro 3 Centro 4

Diferencia de precio entre el distribuidor más caro y el más

barato

72 € (ahorro 25%)

62 € (ahorro 19%)

86 € (ahorro 27%)

88 € (ahorro 27%)

Una familia media que busca y compara entre los distribuidores existentes se puede ahorrar entre 62 y 88 euros en la compra de los uniformes de sus dos hijos (entre un 19% y un 27%). EL UNIFORME OFICIAL FRENTE AL UNIFORME BÁSICO A) El precio del uniforme básico En esta segunda parte de nuestro estudio sobre precios analizamos la diferencia entre el uniforme oficial y el no oficial, es decir, aquel que no lleva signos distintivos particulares y que, consiguientemente, puede ser adquirido por cualquier canal de venta. Hemos consultado el precio de tres distribuidores en la ciudad de A Coruña, se trata de dos hipermercados y una cadena de moda infantil. Las prendas examinadas son falda lisa, jersey azul marino, chándal liso, polo y camiseta blancas.

0%  

10%  

20%  

30%  

Centro  1   Centro  2   Centro  3   Centro  4  

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Precio de una uniformidad completa El precio de una uniformidad completa, de carácter básico, se refleja en la siguiente tabla.

Vendedor Distribuidor 1 Distribuidor 2 Distribuidor 3 Media Precio 62,94 € 50 € 36 € 49,64 €

Precio por familia

Vendedor Distribuidor 1 Distribuidor 2 Distribuidor 3 Media Precio 163,84 € 131 € 90,88 € 128,57 €

B) Comparativa uniforme oficial y básico En la siguiente tabla comparamos el precio medio del uniforme oficial, con el precio medio del uniforme básico.

Oficial Básico Uniforme completo

139€ 49€

Familia

366€ 128€

Si nos ceñimos a una uniformidad completa, el uniforme oficial que se vende en los centros es 90 € más caro que el uniformo básico (lo cual representa un incremento del 183%). Si analizamos el precio que paga una familia media, el uniforme oficial encarece 238 € el uniforme (185%). Así las cosas, las mayores diferencias de precios las encontramos en relación con las prendas básicas pues el uniforme oficial resulta en torno a un 185% más caro que el básico. Este dato ha de invitar a reflexionar a los centros educativos la hora de decir qué prendas del uniforme tienen que tener necesariamente carácter oficial y cuáles pueden ser de carácter básico. Cuantas más prendas integran el uniforme oficial obligatorio, mayor es el precio que el uniforme tiene para los padres.

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CONCLUSIONES

1. En la primera parte hemos analizado el precio de la uniformidad oficial en función del canal de venta utilizado. La venta de los uniformes por el propio centro encarece 18 euros el uniforme, es decir, es un 14% más cara que cuando existen varios distribuidores. Para una familia media con dos hijos, supone 49 euros de más. 2. En los contratos de distribución exclusiva, es habitual que el distribuidor abone una compensación al centro por la utilización de sus signos distintivos, que suele oscilar entre un 10 y un 15% por cada prenda vendida. 3. Parece existir cierta correlación entre la compensación que recibe el centro del distribuidor exclusivo (10-15% del precio de venta al público de cada unidad) y el coste que tiene el uniforme para las familias (entre un 12% y un 14% más caro cuando sólo existe un distribuidor). 4. La venta por el propio centro es algo más cara que la venta a través de un distribuidor exclusivo ajeno al centro. La explicación puede encontrarse en la presencia en la ciudad de A Coruña de distribuidores no autorizados, que rompen la exclusiva. 5. Cuando el centro permite la presencia de varios distribuidores, los padres que se dan una vuelta y comparan ofertas, pueden encontrar diferencias de precios significativas, llegando en algunos centros a ahorrar 33 euros por uniformidad completa, lo que supone un 33% menos. El ahorro para una familia media puede alcanzar los 88 euros, es decir, un ahorro del 27%. 6. En la segunda parte del estudio analizamos el precio de las prendas cuando se pueden adquirir por cualquier canal de venta (uniforme básico) y lo comparamos con el precio del uniforme oficial, lo cual nos lleva a apreciar diferencias cercanas al 200%. 7. Si nos ceñimos a una uniformidad completa, el uniforme oficial que se vende en los centros es 90 € más caro que el uniforme básico (representa un incremento del 183%). 8. Si analizamos el precio que paga una familia media, el uniforme oficial encarece 238 € el uniforme (185%). 9. Los centros educativos deben ser reflexionar a la hora de decir qué prendas del uniforme tienen carácter oficial y cuáles pueden ser de carácter básico. Cuantas más prendas integran el uniforme oficial obligatorio, mayor es el precio que el uniforme tiene para los padres.

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TERCERA PARTE: RECOMENDACIONES PARA FOMENTAR LA

COMPETENCIA EN LOS UNIFORMES ESCOLARES Como hemos venido observando a lo largo de este informe, los centros educativos tienen varias opciones a la hora de decidir cómo se van a vender los uniformes a los padres. Pueden permitir que cualquier empresa distribuya sus uniformes, con o sin contraprestación económica. En segundo término, los centros pueden autorizar un número limitado de distribuidores, lo que se denomina un sistema de distribución selectiva. Finalmente, también tienen la posibilidad de optar por un sistema de distribución exclusiva, a cargo de un único distribuidor, que puede ser el propio centro o un tercero. El Consello Galego da Competencia considera que, por regla general, la distribución libre constituye el sistema que mejor garantiza a las familias uniformes de calidad a precios bajos. En efecto, la rivalidad entre los distribuidores suele provocar que ofrezcan a los padres uniformes de mejor calidad y al precio óptimo. El análisis de los precios efectuado en la ciudad de A Coruña demuestra que, en efecto, los uniformes son más baratos cuando hay varios distribuidores. Asimismo, cuando existe posibilidad de elegir, los padres que se preocupan por comparar las ofertas existentes, pueden beneficiarse de significativos descuentos. Sin perjuicio de lo anterior, la distribución selectiva y la exclusiva también pueden aportar beneficios al centro y a la comunidad educativa, siempre que cumplan determinadas condiciones. En esta tercera parte del informe, el Consello Galego da Competencia pretende ofrecer unas pautas que ayuden a los centros a maximizar los beneficios de la competencia cuando alcanzan pactos de distribución exclusiva o selectiva. Los centros educativos deben ser conscientes de que los contratos de distribución de uniformes escolares están sometidos a la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos que reducen sustancialmente la competencia en un mercado. Se recomienda a los centros educativos adoptar medidas para minimizar los riesgos que para la competencia, pueden derivarse de la oferta exclusiva de uniformes escolares.

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La competencia puede producirse en distintos niveles Cuando varias empresas venden el uniforme de un centro, los padres pueden darse una vuelta y tomar sus propias decisiones sobre precio y calidad. Esta realidad se denomina competencia en el mercado. El grado de competencia a menudo depende del número de proveedores que están compitiendo y de la intensidad con la que están compitiendo por sus clientes. Otro tipo de competencia es la competencia por el mercado que tiene lugar cuando un centro educativo hace un concurso para vender la exclusiva de los derechos sobre el uniforme, invitando a las empresas a hacer una oferta por este negocio. En esta situación, el centro está actuando en nombre de todas las familias de la comunidad escolar y, por lo tanto, está en condiciones de aprovechar el poder de compra combinado de los padres para obtener mejores precios. Los acuerdos exclusivos Los acuerdos de distribución exclusiva son aquellos en los que un centro otorga el derecho a vender sus uniformes escolares a un único vendedor, que puede ser una tienda del centro o un tercero. Los padres tienen que comprar en esa tienda si quieren el uniforme. Aunque es cierto que este tipo de pactos pueden resultar beneficiosos, no lo es menos que también pueden plantear cuestiones en relación con la Ley de Defensa de la Competencia. A) Beneficios de los acuerdos exclusivos Cuando un centro adopta un sistema de distribución exclusiva de sus uniformes, piensa en los beneficios que pueden derivarse para el centro de dicho pacto. Así, por ejemplo, un solo distribuidor puede garantizar la calidad y el diseño homogéneo. Los acuerdos exclusivos también pueden ser una buena manera de reducir al mínimo los costes de fabricación del uniforme, dado que el distribuidor conoce de antemano las cantidades que va a vender y, consiguientemente, disminuir sus costes. El ahorro de costes puede transmitirse a los padres directamente a través de precios más bajos o a la escuela indirectamente en forma de royalties, descuentos, patrocinio o regalos. Al celebrar acuerdos de distribución exclusiva de los uniformes, los centros educativos deben ser capaces de ejercer poder de negociación colectiva en nombre de las familias. Los centros maximizarán los beneficios de la competencia si garantizan que exista competencia efectiva entre los distribuidores para hacerse con el contrato de exclusividad. Esto significa que el centro debe estar en una posición que le permita:

• negociar precios más bajos con el distribuidor (beneficio directo); o

• negociar con el distribuidor descuentos, patrocinios o donaciones (beneficio indirecto), por ejemplo, el distribuidor de uniformes puede ofrecer material deportivo para apoyar las actividades escolares.

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B) Riesgos para la competencia de los acuerdos exclusivos Un pacto de exclusiva puede vulnerar la Ley de Defensa de la Competencia si reduce sustancialmente la competencia en el mercado afectado. Por ejemplo, una disminución sustancial de la competencia se puede producir si el acuerdo impide o hace que sea más difícil que:

• un competidor potencial pueda empezar a competir en el mercado para hacerse con esos contratos; y / o

• un competidor existente pueda competir por esos contratos.

Es más probable el pacto de exclusiva reduzca de manera sustancial la competencia cuando, por ejemplo, se firma sin efectuar previamente licitaciones competitivas. ¿Cómo maximizar los beneficios para la competencia de los acuerdos exclusivos? Cuando un centro educativo quiera adoptar un acuerdo de distribución exclusiva debería tomar medidas para que la selección del proveedor sea competitiva y transparente. Con este fin, los centros deberían: A) Utilizar el poder de negociación para aumentar la competencia Los centros deben utilizar su poder de negociación con los distribuidores para negociar ofertas competitivas, lo cual incluye:

• contactar con el mayor número de posibles distribuidores para obtener los precios más competitivos;

• realizar ofertas públicas de forma regular; si el acuerdo es en exclusiva, por lo menos cada tres años;

• tener en cuenta que si selecciona a dos o más distribuidores, por regla general es más beneficioso que un único distribuidor;

• elegir al distribuidor (o distribuidores) sobre la base de criterios claros y objetivos, tales como el precio más bajo para una calidad adecuada.

Para asegurarse de que los beneficios de la competencia se transmiten a los padres, el centro debería incluir en el acuerdo de distribución con el distribuidor, precios máximos de venta al público.

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B) Sopesar los beneficios del acuerdo Los centros deben asegurarse de que tanto el propio centro, como la comunidad educativa en general, se benefician del contrato con el distribuidor, teniendo muy presente el precio que los padres tienen que pagar en última instancia. Al evaluar los beneficios potenciales de un acuerdo exclusivo, debe valorarse:

• los beneficios que recibe el centro, como los descuentos, patrocinio o regalos; • el grado en que tales beneficios pueden ser financiados por los precios más altos a pagar por los padres;

• cuánto tiempo debe durar el acuerdo de distribución para traer el mayor beneficio neto para la escuela. El acuerdo debería durar únicamente el tiempo necesario para obtener los beneficios identificados. Por regla general, los centros deben evitar los acuerdos de más de tres años de duración;

• si hay distribuidores alternativos disponibles para suministrarle los productos al final del pacto de exclusiva.

C) Información a las familias Durante el proceso de selección de proveedores para un acuerdo de distribución exclusiva, los centros deben garantizar la transparencia de manera que los padres estén bien informados de:

• las razones para adoptar un sistema de distribución exclusiva;

• el proceso seguido para seleccionar al distribuidor;

• las razones para elegir al distribuidor y los términos y condiciones de los acuerdos;

• las medidas adoptadas por el centro para que el distribuidor elegido cobre precios que resultan en un beneficio neto para el centro;

• los beneficios financieros que recibe el centro como consecuencia de la elección del distribuidor.

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Consejos prácticos para los centros que optan por un

distribuidor exclusivo: 1. Llevad a cabo licitaciones competitivas en forma regular, al menos cada tres años. 2. Valorad si decantarse por un sistema de dos o más distribuidores proporcionaría mayores beneficios que un solo distribuidor. 3. Elegid a los proveedores con fundamento en criterios objetivos. 4. Informad a las familias de las razones que han llevado a adoptar un acuerdo de exclusividad. 5. Informad a los padres del proceso de selección del distribuidor y de cualquier beneficio financiero que el centro esté recibiendo. 6. Informad a los padres de las medidas que se han adoptado para garantizar que los precios no resulten excesivos. Estas directrices proporcionan información y sugerencias para los centros educativos y a la comunidad educativa en general, pero no pretenden ser un consejo legal formal. La situación de cada centro es diferente. Si un centro tiene dudas acerca de si sus acuerdos de distribución son compatibles con la Ley de Defensa de la Competencia, le recomendamos que solicite asesoramiento jurídico independiente o que contacte con el Consello Galego da Competencia:

Avda. Gonzalo Torrente Ballester, 1-5 15707 Santiago de Compostela

Tel.: 981 957 563; Fax: 981 957 560

e-mail: [email protected] www.consellogalegodacompetencia.es

Al mismo tiempo, si usted es una madre o padre preocupada/o por el precio que paga por el uniforme escolar de sus hijos, o está en desacuerdo con la falta de elección, debería acudir a las instancias educativas oportunas. Las decisiones en un ámbito de tanta trascendencia como el presente, deberían ser adoptadas por el Consejo Escolar, en la medida en que es el órgano supremo de decisión de los centros. Las familias deberían tener en cuenta que en el Consejo escolar participan representantes de los padres y que éstos también van a tener que comprar uniformes para sus hijos. La comunicación con el Consejo Escolar es un medio eficaz para que las familias transmiten sus puntos de vista sobre cómo los contratos de distribución negociados por el centro afectan a la disponibilidad, calidad y precio de los uniformes.