informe tribunal de cuentas 2010 2011

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NOTA INFORMATIVA INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, EJERCICIOS 2010 Y 2011 Aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 27/03/2014

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Page 1: Informe tribunal de cuentas 2010 2011

NOTA INFORMATIVA

INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA,

EJERCICIOS 2010 Y 2011

Aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 27/03/2014

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INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA,EJERCICIOS 2010 Y 2011

El Informe de Fiscalización fue incluido, por primera vez, en el Programa de Fiscalizaciones del ejercicio 2010, si bien circunscrito al ejercicio 2010. En el Programa de 2013, en el marco de actualización de los trabajos de Fiscalización del Tribunal, se incorporó el ejercicio 2011.

La fiscalización se configura como una auditoría de regularidad, financiera y de cumplimiento de la legalidad, especialmente en el área de contratación administrativa, que, asimismo, pretende verificar la determinación y cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. La principal novedad de las Directrices en relación con las de ejercicios anteriores es el análisis, en la verificación del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la implantación de las medidas correctoras propuestas en los diferentes Planes Económico-Financieros de Reequilibrio presentados por las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas.

El Anteproyecto fue remitido, en trámite de alegaciones, al Presidente de la Ciudad Autónoma, quien no presentó alegaciones en plazo.

Informes preceptivos

La Abogacía del Estado manifiesta su conformidad con el contenido del Proyecto y no aprecia ningún indicio de posibles responsabilidades.

Por su parte, el Ministerio Fiscal informa que aprecia la existencia de distintos indicios de responsabilidad contable:

Pagos de conceptos retributivos, calificados como indebidos por el Ministerio Fiscal pero que estaban incluidos en el convenio colectivo y el acuerdo regulador suscritos para personal laboral y funcionario, respectivamente: jornada de trabajo inferior, mayor número de días de vacaciones y licencias, y conceptos retributivos complementarios.

Contratación de personal laboral con carácter temporal, al menos de 69 trabajadores, sin justificación de su necesidad y superando los límites temporales legales lo que ha propiciado su vinculación definitiva a la Administración.

Deficiencias en la justificación de la realización y ejecución de cuatro contratos.

Asimismo, el Ministerio Fiscal considera que existen sospechas de comisión de infracciones penales:

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Fraccionamiento en el objeto de un contrato de ejecución de obras en la Séptima Fase de la Manzana Revellín (sobre estas obras el Ministerio Fiscal ya apreció indicios de posibles infracciones penales en los Informes de Ceuta de 2006 y 2007 y de 2008 y 2009).

Y diversas deficiencias en la adjudicación de cinco contratos (no especificación de la forma de valorar los criterios de adjudicación o inexistencia del propio informe de valoración).

Por último, el Ministerio Fiscal –volviendo a insistir sobre lo manifestado en relación con los Informes de 2006 y 2007 y de 2008 y 2009- solicita que se trasladen a la Oficina de Conflictos de Intereses de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, los antecedentes relativos al abono de gratificaciones por asesoramiento y asistencia a las sesiones de los órganos colegiados, a favor de la Secretaria accidental de la Ciudad Autónoma, por el Consejo Económico y Social de Ceuta, y los correspondientes a los abonos a favor de determinados funcionarios de la Administración Autonómica, de determinados servicios de intervención, secretaría y asesoramiento por parte de ocho sociedades del sector empresarial de la Ciudad.

Conclusiones relevantes en cuanto a la rendición de cuentas:

Las Cuentas Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, correspondientes a los ejercicios 2010 y 2011 fueron rendidas fuera de plazo, superando en diez y cinco meses, respectivamente, los plazos legales.

Las cuentas anuales no incluyen toda la documentación que resulta preceptiva: memoria justificativa del conste y rendimiento de los servicios; memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados; detalle del endeudamiento financiero; información sobre el Patrimonio Público del Suelo; contabilidad de ejercicios futuros; gastos con financiación afectada; número medio de empleados; indicadores de gestión; o información sobre avales y fianzas.

Conclusiones relevantes en cuanto a la Administración General:

Los procedimientos de control interno siguen planteando numerosas deficiencias, como la inexistencia de manuales y procedimientos o la no elaboración del Reglamento de Control Interno preceptivo; inexistencia de controles financieros; recurso generalizado a la figura de reconocimiento extrajudicial de créditos; inexistencia de segregación de funciones en el control de tesorería; falta de coordinación entre las unidades responsables del inventario y la contabilidad del inmovilizado no financiero; inexistencia de normas escritas para garantizar la coordinación entre las unidades intervinientes en la gestión recaudatoria, provocando, entre otras posibles consecuencias no deseadas, la existencia de más del 40% de las deudas tributarias con una antigüedad superior a los cuatro años; e inexistencia de transparencia en las subvenciones nominativas y en los convenios de colaboración en los que las mismas se instrumentan.

Los créditos iniciales se situaron en 260 y 251 millones de euros, respectivamente, para los ejercicios 2010 y 2011, con un descenso del 0.2% y del 4%, respectivamente, en relación con los ejercicios inmediatos anteriores. Las modificaciones presupuestarias aprobadas incrementaron los créditos iniciales en un 18% en ambos ejercicios.

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El saldo presupuestario resultó deficitario en 2010 (por un importe de 715 miles de euros) y excedentario en 2011 (por un importe de 3.445 miles de euros) –. Las salvedades puestas de manifiesto en el proyecto implicarían minorar el saldo de 2010 en 47.784 miles de euros y en 2011 en 5.121 miles de euros.

El endeudamiento financiero de la Ciudad se ha incrementado en un 48% en los últimos cinco ejercicios analizados, situándose, al cierre del año 2011 en 221.413 miles de euros –si bien en este ejercicio disminuyó en relación con 2010 en 11.000 miles de euros-.

Siguen persistiendo las deficiencias relevantes de índole contable puestas de manifiesto en Informes de ejercicios anteriores: valoración del inmovilizado sobrevalorada por errores de contabilización de diversa naturaleza; ausencia de dotaciones a la amortización; ausencia de registro de gastos derivados de compromisos adquiridos relativos a ejercicios futuros; o la existencia de cuantiosos gastos devengados pero contabilizados en ejercicios posteriores.

No existe información en la práctica sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria por la Ciudad Autónoma, dado que por parte de la Intervención de la Ciudad Autónoma no se redactó el informe correspondiente, ni por parte del Ministerio de Hacienda se exigió su cumplimentación.

La Ciudad Autónoma se acogió a las medidas para el saneamiento de deudas pendientes de pago con Empresas y autónomos a través de una operación de endeudamiento de 18.490 miles de euros. Sin embargo, el seguimiento del Plan de Saneamiento correspondiente, pone de manifiesto, una vez más, que para los ejercicios 2010, 2011 y 2012, se produjeron desviaciones significativas entre las previsiones del Plan y las liquidaciones presupuestarias.

En el área de gestión de personal siguen sin elaborarse las Relaciones de Puestos de Trabajo; se ha constatado la existencia de numerosas contrataciones de trabajadores, con carácter temporal, que acaban alcanzando una vinculación definitiva con la Administración de la Ciudad, en base al desempeño de trabajos estables y a la superación de los límites temporales de su contratación; y se han seguido produciendo los abonos de determinados complementos retributivos, por la contraprestación de servicios de asesoramiento a entes de la Ciudad, que contravienen las previsiones del régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas –extremo denunciado en los Informes de los ejercicios 2006 y 2007 y de 2008 y 2009, sin que se haya tomado medida correctora alguna-.

El grado de implantación de las Recomendaciones formuladas en anteriores Informes es muy reducido y no se han producido significativos avances

Marzo 2014

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