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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 1ª Jornada Federal 1er Taller de Capacitación y Fortalecimiento Institucional 1 16 y 17 de septiembre de 2008 Jardín Botánico de la Ciudad de Buenos Aires INFORME 1ª Jornada Federal sobre Evaluación de Impacto Ambiental 16 de Septiembre de 2008 Estuvieron presentes las siguientes jurisdicciones 2 : 1. Buenos Aires, 2. Ciudad de Buenos Aires, 3. Chaco 4. Córdoba 5. Entre Ríos 6. Jujuy, 7. La Pampa, 8. Mendoza. 9. Nación, 10. Neuquén, 11. Río Negro, 12. Salta, 13. San Juan, 14. Santa Cruz, 15. Santa Fe, 16. Santiago del Estero, 17. Tierra del Fuego y 18. Tucumán 1 Provincias que no estuvieron presentes: Corrientes, Misiones, Chubut, San Luis, La Rioja, Formosa, Catamarca 2 Se acompaña listado de participantes en Cuadro Anexo I

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 1ª Jornada Federal

1er Taller de Capacitación y Fortalecimiento Institucional 1

16 y 17 de septiembre de 2008 Jardín Botánico de la Ciudad de Buenos Aires

INFORME

1ª Jornada Federal sobre Evaluación de Impacto Ambiental

16 de Septiembre de 2008 Estuvieron presentes las siguientes jurisdicciones2:

1. Buenos Aires, 2. Ciudad de Buenos Aires, 3. Chaco 4. Córdoba 5. Entre Ríos 6. Jujuy, 7. La Pampa, 8. Mendoza. 9. Nación, 10. Neuquén, 11. Río Negro, 12. Salta, 13. San Juan, 14. Santa Cruz, 15. Santa Fe, 16. Santiago del Estero, 17. Tierra del Fuego y 18. Tucumán

1 Provincias que no estuvieron presentes: Corrientes, Misiones, Chubut, San Luis, La Rioja, Formosa, Catamarca

2 Se acompaña listado de participantes en Cuadro Anexo I

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Las 18 jurisdicciones presentes, realizaron una presentación de 10 minutos cada una, sobre la base de una ficha modelo que les fuera enviada previamente. 3

Los datos suministrados en las presentaciones fueron recogidos a modo de resumen en un cuadro comparativo que acompaña al presente informe como Anexo – Cuadro II.

Después de cada bloque de presentaciones se hicieron conclusiones resumidas y se fueron definiendo los temas que, en particular se trabajarían durante el taller del día siguiente.

CONCLUSIONES DE LA 1ª JORNADA NACIONAL DE EIA

• Se evidencia un elevado estado de avance sobre la temática en todas las jurisdicciones

• Todas las jurisdicciones, con excepción de la Pcia. de Entre Ríos que en breve sancionará la norma respectiva, tiene normativa sobre la materia (ver cuadro Anexo II)4.

• A nivel nacional sólo existen normas sectoriales de EIA.

• La autoridad ambiental nacional – SAyDS, es autoridad de aplicación en la materia para los casos previstos en la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.

• Existen cuestiones que requieren un mayor debate, que se acuerdan como temas para su tratamiento en grupos durante el taller del día siguiente:

1. Regímenes Sectoriales y su relación con las autoridades ambientales jurisdiccionales Autoridad de Aplicación Este tema, por tener aristas políticas, y en cuanto a que la representación presente en la Jornada es en su mayoría de evaluadores con perfil técnico, se entendió que debería dejarse para consenso a otro nivel.

2. Registros 3. Participación Ciudadana 4. Tasas / Tasas Contralor /Aranceles / Fondos 5. Procedimientos / Plazos

3 Ver programa final de la jornada.

4 Se deja constancia que en el Anexo II Cuadro, figuran los datos de la Pcia. de Misiones que si bien no pudo estar presente en la reunión, fueron enviados por correo electrónico.

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1er Taller de Capacitación y Fortalecimiento Institucional

Temas que surgieron para debatir en la 1ª Jornada Federal de Evaluación de Impacto Ambiental:

En consenso se decidió insistir en los temas que ya habían sido planteados

formalmente por COFEMA ante la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente de la Cámara de Diputados de la Nación en el marco del tratamiento del proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Evaluación de Impacto Ambiental (autoría Senador Pampuro). En los mismos términos que fueran señalados en el Acta 1 de la Comisión de Evaluación de Impacto Ambiental, remitida por nota del Sr. Presidente del COFEMA en reunión de asesores de la comisión de diputados con fecha 1/9/08

Esos temas son:

• Impacto Interjurisdiccional, • Obras nacionales interjurisdiccionales, • Obras nacionales en el territorio de una jurisdicción local, • Obras interjurisdiccionales y • Evaluación Ambiental Estratégica

Para el tratamiento de los temas que surgieron para debatir como conclusión de

la jornada federal del día anterior, se conformaron 4 grupos de trabajo, que intercambiaron ideas sobre cada uno de los 5 temas con el objeto de poner luego a consideración y debate a nivel general y de esta forma organizar las conclusiones generales del taller.

TEMAS A DEBATIR

1) Regímenes sectoriales

2) Registros

3) Participación Ciudadana

4) Tasas / Tasas Contralor /Arancel Administrativo /Fondos

5) Procedimientos, etapas, tiempos / plazos

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GRUPOS DE TRABAJO GRUPO 1:

Mendoza, San Juan, Buenos Aires, Jujuy, Córdoba

GRUPO 2:

Salta, Santiago del Estero, Tucumán, Neuquén

GRUPO 3:

Río Negro, Santa Fe, Nación, La Pampa

GRUPO 4:

Chaco, Entre Ríos, Tierra del Fuego, Santa Cruz, Ciudad de Buenos Aires

CONCLUSIONES GRUPO 1

Mendoza: Ricardo Debandi, Oscar Rubio;

San Juan: Domingo Raúl Tello, José Luis Espinosa

Buenos Aires: Federico Bordelois

Jujuy: Héctor Nuñez, Jorge Cruz

Córdoba: Diego Serbent, Carlos Tosso

Colaboran por Ciudad de Buenos Aires: Romina Li Donni, Natalia Waitzman

Colabora por Nación: Carolina Altieri

1) Regímenes sectoriales: Se debatió en relación con aquellos casos en que pueda producirse una afectación interjurisdiccionales entre dos o más provincias: • Se propusieron distintas opciones como ser resolución interprovincial,

intervención de COFEMA, intervención de SAyDS, entre otras. • Clara participación del organismo ambiental provincial en relación con los

procedimientos sectoriales. • Se enfatizó respecto del fortalecimiento del poder de policía ambiental con

unificación de las distintas autoridades intervinientes. • En conclusión, no se debería contemplar regímenes sectoriales, sólo se

establecen las autoridades ambientales que correspondan en cada jurisdicción

2) Registros: • Registros provinciales con sistema integrado de información nivel nacional

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3) Participación Ciudadana: Consulta / Audiencia Pública • Cada jurisdicción determinará el mecanismo para garantizar la participación

ciudadana a través de consulta y/o audiencia pública 4) Tasas / Arancel Administrativo / Tasa Contralor / Fondos:

• Una cuenta especial con afectación específica que perciba directamente el organismo, destinado a atender servicios de monitores, consultoría, equipamiento técnico, etc.

5) Procedimientos, etapas, tiempos/ plazos

• Estandarizar el procedimiento en todas las jurisdicciones conforme los artículos 11 a 13 de la LGA, que incluya regulación sobre la calidad y la actualidad de los datos o la información volcada en los estudios.

CONCLUSIONES GRUPO 2

Salta Perez Mulki Graciela, Trupiano Aníbal

Santiago del Estero Brandán Isabel, Arce Benjamín

Tucumán Fuentes María Belén, Villafañe Sergio

Neuquén Novelli Marisa, Ortega Mario

Colabora por Ciudad de Buenos Aires Lisandro Dellazuana

1) Regímenes sectoriales: La autoridad ambiental local debería tener injerencia en el tema y debe ser definida por cada jurisdicción. 2) Registros:

• Se acepta un sistema nacional informatizado que reuna los datos de los registros locales, a fines informativos.

• Aunque se plantean dudas sobre su utilidad. • Se sugiere que lo administre la Secretaría Administrativa del COFEMA. • No es equivalente a un Registro Nacional • Se plantea el desacuerdo con lo propuesto por el proyecto en tratamiento en la

Cámara de Diputados en cuanto a que la inhabilitación de un consultor en una jurisdicción, lo inhabilitará automáticamente para actuar en las demás jurisdicciones.

3) Participación Ciudadana:

• Es necesaria la instancia de participación pública • Se está de acuerdo con lo establecido en la ley en tratamiento en la Cámara de

Diputados.

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• Cada jurisdicción decidirá que la forma en que se implementará.

4) Tasas / Arancel Administrativo / Tasa Contralor / Fondos: • Se sugiere incluir una referencia general que diga “la autoridad provincial podrá

establecer una tasa” • No se debería incluir ninguna referencia al monto. • Cada jurisdicción debería establecer su propias tasas, aranceles, etc.

5) Procedimientos, etapas, tiempos/ plazos

CONCLUSIONES GRUPO 3

Río Negro: Nélida Gazia, Marcela Barkovich

Santa Fe: Carlos Martín, Adriana Tripelli y Luis Hevia

Nación: Inés Gómez

La Pampa: Darío Mariani, Claudio Gigena

Colabora por Ciudad de Buenos Aires: José María Dentone

1) Regímenes sectoriales: • Se considera que la autoridad ambiental de cada jurisdicción, debería

concentrar la competencia para la ejecución de la totalidad de los Procedimientos de EIA.

• Autoridad de Aplicación. − Se considera conveniente que la autoridad de aplicación del procedimiento

de EIA sea la máxima autoridad ambiental competente de cada jurisdicción. − Se evalúa necesario el fortalecimiento institucional de las autoridades

ambientales de cada jurisdicción y del COFEMA. 2) Registros:

− Se considera que cada jurisdicción debe crear y administrar su Registro Local de Consultores. Los requisitos para la inscripción en los mismos deben ser establecidos por cada jurisdicción.

− Se considera conveniente la existencia de un Sistema Nacional Informatizado que integre la información de los Registros Locales y le dé publicidad a la misma. Asimismo en caso de que un consultor sea sancionado o inhabilitado en una jurisdicción, el Sistema Nacional debe informar tal circunstancia a las demás jurisdicciones.

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− Se propone que se convoque a una reunión federal de trabajo para desarrollar el tema sistema nacional de consultores en evaluación de impacto ambiental

3) Participación Ciudadana:

− Se concluye que debe existir una instancia de participación ciudadana en los procedimientos de EIA.

− Dicha participación puede ser implementada mediante diversos mecanismos, publicación vía internet, consultas, intervención en expediente como terceros interesados, sistemas de información pública ambiental, libro de oposición, audiencias públicas, etc.

4) Tasas/Arancel Administrativo/Tasa Contralor/Fondos:

− Se considera adecuado el criterio de la Provincia de Buenos Aires de cobrar tasa de acuerdo a la categoría del proyecto que se calcula en base al monto de la inversión.

− También se evalúa conveniente que lo recaudado en concepto de tasas, multas, aranceles, donaciones y otros, sea integrado en Fondos Específicos, creados por ley provincial, para su utilización por parte de la autoridad ambiental competente.

5) Procedimientos, etapas, tiempos/ plazos

− Se considera conveniente uniformar los términos utilizados para individualizar cada etapa del procedimiento de EIA en todo el país.

− Los plazos de los procedimientos deben ser fijados por cada jurisdicción garantizándose la efectividad del procedimiento.

CONCLUSIONES GRUPO 4

Chaco: María Fernanda Del Cerro y María del Pilar Gomez.

Entre Ríos: Roberto Bergara y Aníbal Vazquez.

Tierra del Fuego: Ing. Ricardo Santolaria.

Santa Cruz: Ing. Leandro Widensky y Christian Huecke.

Ciudad de Buenos Aires: Jorge Martinez.

Colabora por Ciudad de Buenos Aires: Analía Sahaniuk

Colabora por Nación: Adriana Lowenthal.

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1) Regímenes sectoriales

− Que la aprobación de los EsIA realizada por una autoridad sectorial diferentes a la ambiental deba estar condicionada a la previa aprobación del ESIA por parte de la autoridad ambiental de la jurisdicción correspondiente.

2) Registros

− El Sistema Nacional de Registros de Consultores deberá constituirse en una fuente de Información conformado por los registros provinciales, nacionales y de la Ciudad de Buenos Aires interconectados.

− En tal sentido se considera que no es pertinente que se incluya en el artículo 17 del Proyecto de Pampuro, la inhabilitación automática en todos los registros de los consultores, solamente que se informe de tal circunstancia a la red.

3) Participación Ciudadana: Consulta / Audiencia Pública

- En todos los procedimientos de EIA debe asegurarse la participación ciudadana, pero a través de diferentes mecanismos en función de la complejidad ambiental del proyecto.

- La audiencia pública se debe reservar para aquellos proyectos que cada jurisdicción determine como de mayor complejidad ambiental. Para el resto se pueden aplicar mecanismos tales como publicación de edictos o en diarios de mayor circulación y/o posibilidad de consulta de las actuaciones.

4) Tasas / Arancel Administrativo / Tasa Contralor / Fondos

- En el capítulo de sanciones se sugiere que se utilice como unidad de medida litros de combustible o sueldos básicos de la administración pública con una variable de ajuste.

- Asimismo que todo lo recaudado en virtud de la aplicación de la ley (multas, tasas, etc.) vaya destinado a un fondo especial de la autoridad ambiental.

5) Procedimientos, etapas, tiempos/ plazos

CONCLUSIONES CONSENSUADAS FINALES

1) Regímenes sectoriales:

Se consideró de qué forma se implementará una futura ley de presupuestos

mínimos de protección ambiental de EIA, en relación a aquellos regímenes que se

encuentran en funcionamiento en las diferentes jurisdicciones, así como los

regímenes sectoriales existentes.

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Se concluyó que deben ser los Poderes Ejectivos Locales los que deben determinar,

en sus respectivas jurisdicciones, el/los organismo/s competente/s encargado/s de

la aplicación del Procedimiento de EIA.

Asimismo se sugiere elevar una recomendación a los poderes ejecutivos locales

recomendando promover la unificación y el fortalecimiento de las áreas

competentes en materia de EIA.

En tal sentido se destaca que en el Pacto Federal Ambiental, suscripto en el año

1993, los representantes provinciales y del Gobierno Federal, allí representados, han

acordado: “Promover a nivel provincial la unificación y/o coordinación de todos los

organismos que se relacionen con la temática ambiental, concentrando en el

máximo nivel posible la fijación de las políticas de recursos naturales y medio

ambiente.

2) Registros:

Se considera fundamental la discusión de la creación y forma de implementación de

los registros en cada una de las jurisdicciones, así como la creación e

implementación de un sistema / registro informatizado/ integrado

nacional/incumbencias profesionales.

Deben existir registros locales (provincias y Ciudad de Buenos Aires) más un

sistema integrado a nivel nacional, el cual consistiría en una base de datos, que

contenga la información aportada por cada registro local.

Asimismo, se discutió el alcance y la utilidad del Sistema Nacional Integrado, la

autoridad o autoridades facultadas para establecer los requisitos exigibles a los

consultores, y el efecto de la inhabilitación de un consultor en una jurisdicción,

sobre las demás jurisdicciones.

No llegándose a una conclusión unívoca en el particular se sugirió convocar a un

nuevo taller de trabajo sobre este punto.

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Por último se coincidió en la utilidad de la puesta en marcha de un Foro Virtual

Ambiental en el ámbito del COFEMA, que propicie el intercambio de información y

experiencia entre las jurisdicciones.

3) Participación Ciudadana:

Corresponde tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 25.675, Ley

General del Ambiente (LGA) que textualmente dice: “La participación ciudadana

deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto

ambiental…”.

Se coincide en que debe existir una instancia de participación ciudadana en el

procedimiento de EIA, en los términos del artículo 21 de la LGA, y que debe ser

cada jurisdicción local la que determine el mecanismo adecuado para su

implementación, ya sea a través de consultas, audiencias, publicación, información

pública ambiental, o sitios web, entre otros.

4) Tasas / Arancel Administrativo / Tasa Contralor / Fondos:

Se considera que la norma presupuestos mínimos debe referir a que las

tasas/aranceles podrán ser establecidas por las jurisdicciones locales.

Asimismo se manifiesta que resulta conveniente el establecimiento de aranceles,

atento a que ellos pueden ser modificados y actualizados más rápidamente por la

autoridad de aplicación.

Por otro lado, se planteó la posibilidad de establecer que todo lo recaudado en

concepto de multas, tasas, aranceles, donaciones, etc. se destine a un Fondo

Especial creado y administrado por la autoridad de aplicación de cada jurisdicción.

Por último, se considera conveniente que para el caso de tasas, las jurisdicciones

locales establezcan montos diferenciados por categoría de proyecto que se calcule

en base al monto de la inversión (por ej, como es el caso de la Provincia de Buenos

Aires).

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5) Procedimientos, etapas, tiempos/ plazos:

Se comparte el criterio por el cual los regímenes locales deben adecuarse a las

disposiciones de la LGA, referidas al procedimiento de EIA (arts, 11 a 13). En

particular en lo referido a la denominación de cada una de las etapas de las que

consta el procedimiento.

Asimismo resulta procedente regular como presupuesto mínimo estándares respecto

del contenido, la calidad y actualidad de los datos y/o la información volcada en los

Estudios de Impacto Ambiental (EsIA).

6) Autoridad de Aplicación:

Este tema, por tener aristas políticas, y en cuanto a que la representación presente

en la Jornada es en su mayoría de evaluadores con perfil técnico, se entendió que

debería dejarse para consenso a otro nivel.

No obstante lo cual y en el marco del debate del primer punto de regímenes

sectoriales, se delinearon conclusiones que quedaron plasmadas en distintas

observaciones de cada uno de los grupos y que se sintetizan a continuación:

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ANEXO I

PARTICIPANTES

Apellido y Nombre Jurisdicción Organismo Cargo

Altieri Carolina Nación Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Asesora Legal

Arce Benjamín Adolfo Santiago del Estero

Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras

Asesor Legal

Barkovich Marcela Río Negro Consejo de Ecología y Medio Ambiente

Baschuk Marta Nación

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación

Asesora Legal

Bergara Roberto Entre Ríos Secretaría de Medio Ambiente Coordinador Técnico

Bordelois Federico Buenos Aires Organismo Provincial para el desarrollo Sostenible

Director de Evaluación de Impacto Ambiental

Brandán Petrona Isabel Santiago del Estero

Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras

Técnica

Brizuela Nito La Rioja Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales

Cafici Máximo Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental

Coordinador de Promoción Normativa

Cejas Juan Alberto Tierra del Fuego

Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente

Subsecretaría de Recursos Naturales

Cruz Jorge Jujuy Ministerio de Producción y Medio Ambiente

Debandi Ricardo Mendoza Secretaría de Ambiente

Del Cerro Fernanda Chaco

Ministerio de Infraestructura, Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Dellazuana Lisandro Ciudad de Buenos Aires Agencia de

Protección Ambiental Asesor Legal

Dentone José Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental Asesor Legal

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Espinoza José Luis San Juan

Secretaría de Estado, Turismo, Cultura y Medio Ambiente

Director de Gestión Ambiental

Fernandez Raúl Chaco Ministerio de Infraestructura, Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Subsecretario de Medio Ambiente

Fuentes María Belén Tucumán Secretaría de Estado

de Medio Ambiente Dirección de Medio Ambiente

Gazia Nélida Río Negro Consejo de Ecología y Medio Ambiente

Gerola Graciela Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental Presidenta

Gigena Claudio La Pampa Subsecretaría de Ecología

Gómez Inés Nación Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Área de Impacto Ambiental

Gómez María Pilar Chaco Ministerio de Infraestructura, Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Hevia Luis Santa Fe Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Huecke Christian Santa Cruz Subsecretaría de Medio Ambiente

Li Donni Romina Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental

Jefa de Departamento EIA

Lowenthal Adriana Nación Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Área de Impacto Ambiental

Mariani Darío La Pampa Subsecretaría de Ecología Subsecretario

Martín Carlos Santa Fe Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Martinez Jorge Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental

Coordinador de Evaluación Técnica

Melillo Fernando Nación

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Subsecretario de Coordinación de Políticas Ambientales

Nonna Silvia Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental

Directora General Técnica Administrativa y Legal

Novelli Marisa Neuquén Subsecretaría de Medio Ambiente

Nuñez Hector Jujuy Ministerio de Producción y Medio Ambiente

Ortega Mario Jorge Neuquén Subsecretaría de Medio Ambiente

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Perez Mulki Graciela Salta

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Rubio Oscar Mendoza Secretaría de Ambiente

Sahaniuk Analía Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental Asesora Legal

Santolaria Ricardo Javier Tierra del Fuego

Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente

Subsecretaría de Recursos Naturales - Director de Gestión y Evaluación Ambiental

Santoro Mabel Legislatura Ciudad de Buenos Aires

Legislatura de la CABA

Directora de la Comisión Ecológica

Serbent Diego Córdoba Secretaría de Ambiente

Tello Domingo Raúl San Juan

Secretaría de Estado, Turismo, Cultura y Medio Ambiente

Subsecretario de Medio Ambiente

Terenzio Marcelo COFEMA COFEMA Coordinador General

Tosso Carlos Córdoba Secretaría de Ambiente

Tripelli Adriana Santa Fe Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente

Trupiano Anibal Pascual Salta

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Urribarri Guillermo Senado de la Nación Comisión de Ambiente del Senado Secretario

Vázquez Aníbal Entre Ríos Secretaría de Medio Ambiente

Coordinador Administrativo

Valls Mariana Nación Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Directora de Promoción Normativa

Villafañe Sergio Tucumán Secretaría de Estado de Medio Ambiente

Director - Dirección de Medio Ambiente

Waitzman Natalia Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental Asesora Legal

Walter Horacio Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental

Director General de Evaluación Técnica

Widensky Leandro Santa Cruz Subsecretaría de Medio Ambiente

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ANEXO - CUADRO II

NORMATIVA EIA

(Provincias - Ciudad de Buenos Aires - Nación)

Normativa Aplicable Jurisdicción

Ley Decreto Resolución

Requisitos – Procedimiento

Autoridad de Aplicación

Acto Administrativo-Certificación-Habilitación

Buenos Aires Ley N° 11.459

(actividades industriales)

Ley N° 11.723

(actividades no

industriales)

Decreto N° 1741/96

-Presentación en el municipio (zonificación).

-Categorización.

-Evaluación del estudio (provincia/municipio).

-Informe Técnico Final

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) / Municipios.

Certificado de Aptitud Ambiental (actividades

industriales)

Declaración de Aptitud Ambiental (actividades no

industriales)

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Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 123

Ley N° 452 (modif.)

Ley N° 2.216

Decreto N° 1352/02

Resolución SSMA N°

873/04

-Solicitud de categorización.

-Categorización.

-Manifiesto de Impacto Ambiental

-Estudio de Impacto Ambiental

-Dictamen Técnico.

-Audiencia Pública (Relevante Efecto).

-Declaración de Impacto Ambiental

Agencia de Protección Ambiental.

Certificado de Aptitud Ambiental

Catamarca

Chaco Decreto N° 1726/07

-Aviso de Proyecto

-Autoridad de Aplicación evalúa si necesita Estudio de Impacto Ambiental.

-Estudio de Impacto Ambiental.

-Publicación de Edictos.

-Audiencia Publica (Decreto N° 01/08)

Subsecretaria de Medio Ambiente / Dirección de Suelo (según Decreto N° 1726/07).

Declaración de Impacto Ambiental (Resolución

Ministerial)

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Chubut

Córdoba Ley N° 7.343 Decreto N° 2131/00

-Aviso de proyecto y/o Evaluación de Impacto Ambiental.

-Dictamen técnico.

-Autorización.

Auditoría Ambiental (para las preexistentes)

Secretaria de Ambiente / Comisión Técnica interdisciplinaria

Proyectos mineros (Secretaria de Minería).

Licencia Ambiental (Resolución Secretarial)

Corrientes

Entre Ríos Proyectos de Ley (2)

Proyecto de Decreto

-Presentación de Estudio de Impacto Ambiental (categorización). Participación en proyectos mineros (Dictamen Técnico)

Secretaria de Ambiente (Ministerio de Planificación).

Formosa

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Jujuy Ley N° 5.063 Decreto N° 5980/06

Decreto N° 9067/??

(audiencias publicas)

-Informe Ambiental (para las preexistentes).

-Solicitud de factibilidad ambiental.

-Estudio de impacto ambiental (simplificado o detallado Anexo I o II).

-Dictamen Técnico.

Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales

UGAMP (Unidad de Gestion Ambiental Minera Provincial-Proyectos mineros).

Certificado de Aptitud Ambiental

La Pampa

Ley N° 1.914

Decreto N° 2139/03

-Presentación de EsIA o DDJJ Ambiental o Informe de Impacto Ambiental

-Opinión Técnica

-Audiencia Pública

-Dictamen Técnico.

Subsecretaria de Ecología

Declaración de Impacto Ambiental

La Rioja

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Mendoza Ley N° 5.961 Decreto N° 2109/94

Decreto N°

820/06 (actividad minera)

-Aviso de Proyecto o

manifiesto de impacto ambiental

-Dictamen técnico.

-Resolución de inicio (dictamen técnico y dictámenes sectoriales).

-Audiencia Pública.

Informe de Partida (para preexistentes).

Secretaria de Medio Ambiente/Municipios

Dirección de Minería y Dirección de Planeamiento y Control Ambiental (EIA minero).

Declaración de impacto ambiental (Resolución)

Misiones - Ley 3970

- Resolución 413/02

(en proceso de modificación)

Están contemplados en la Resolución 413/02.

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables y Turismo, mediante la Dirección de Impacto Ambiental

Por Resolución del Ministro de Ecología y R. N. R. y T.

cualquiera sea la relevancia del proyecto

Nación Leyes N° 24.051

Decreto N°

831/93

Resolución N° SRNyDS 164/95

Registro de Evaluadores EIA

Interviene en forma previa a la habilitación de operadores de residuos peligrosos

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Conformidad técnica previa al otorgamiento de certificado

ambiental anual como operador de residuos

peligrosos (ley 24.051)

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Neuquén Ley Nº 1.875

T.O Ley Nº 2.267

Decreto Nº 2656/99

-Informe Ambiental ó en su caso, Estudio de Impacto Ambiental.

-Dictamen Área Técnica.

-Audiencia Pública.

-Dictamen Final.

-Auditoria Ambiental (preexistentes).

Subsecretaría de Medio Ambiente

Licencia ambiental (Disposición del Subsecretario)

Río Negro

Ley Nº 3.266 (mod. por

Ley N° 3.335)

Decreto N° 656/04

Decreto N° 1224/02

(Proyectos mineros)

Decreto N° 452/05

(Proyectos hidrocarburíferos

-Declaración Jurada de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental cuando resulte pertinente.

-Audiencia Pública (cuando a juicio de la Autoridad de Aplicación el proyecto lo amerite).

-Dictamen Técnico.

-Programa de monitoreo ambiental a cargo del titular del proyecto.

Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) y los Municipios que no deleguen tal facultad en la Autoridad Ambiental Provincial.

Resolución Ambiental (CODEMA O Municipio)

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Salta

Ley N° 7.070 Decreto N° 3097/00

Res N°

25/2001

150/2003

152/03

375/05

394/07

-Guía de aviso de proyecto.

-Declaración jurada de Aptitud Ambiental.

-Estudio de Impacto Ambiental.

-Audiencia Pública

Secretaría de Política Ambiental /

Autoridad con competencias específica.

Resolución de la AA o del organismo con competencia

específica (Certificado de Aptitud Ambiental por

organismo competente)

San Juan

Ley N° 6.571

Ley N° 6.800 (modificatoria)

Ley N° 7.585 (modificatoria)

Decreto N° 2067/97

-Manifiesto de Impacto Ambiental.

-Aviso de proyecto.

-Informe de partida, medidas correctivas (preexistentes).

-Audiencia Pública

-Dictamen Técnico.

Subsecretaria de Medio Ambiente

Declaración de Impacto Ambiental

San Luís

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Santa Cruz

Ley N° 2.658 (mod. por Ley N° 2.792)

Decreto N° 07/06

-Auditoría de Evaluación Inicial (preexistentes).

-Manifiesto de Impacto Ambiental

-Categorización

-Estudio de Impacto Ambiental

-Dictamen Técnico

-Proceso de Participación Ciudadana

Subsecretaría de Medio Ambiente

Declaración de Impacto Ambiental (Disposición de

Subsecretaría)

Santa Fe

Ley N° 11.717

Decreto N°

101/03

-Informe Ambiental de Cumplimiento (preexistentes).

-Categorización

− -Evaluación del Informe Ambiental de Cumplimiento

− Estudio de Impacto Ambiental

− Categorización -Evaluación del EsIA

Secretaría de Medio Ambiente

Resolución de Aprobación

Certificado de Aptitud Ambiental

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Santiago del Estero

Ley N° 6.321, 6.841

(EIA áreas forestales)

-DDJJ

-Estudio de Impacto Ambiental

-Audiencia Pública

-Resolución del Consejo Provincial de Medio Ambiente (con opinión vinculante)

Secretaría de Planeamiento y Coordinación

Dirección General de Medio Ambiente y los Municipio (dentro del ejido urbano).

Certificado de Aptitud Ambiental (Resolución de la Dirección General de Medio

Ambiente)

Tierra del Fuego

Ley N° 55 Decreto N° 1333/93

-Guía de Aviso de Proyecto

-Estudio de Impacto Ambiental (según listado incorporado a la norma)

-Audiencia Pública

-Informes técnicos preliminares

-Informe técnico final

Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente (Dirección de Gestión y Evaluación Ambiental).

Resolución (Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente

Tucumán Ley N° 6.253

-Decreto N° 2.204/91

-Decreto N° 2203/91

(establece el Consejo

Provincial de Economía y Ambiente)

-Resolución DMA N° 116/03

(mod. Por 25/04, 8/04 y

179/08

-Aviso de Proyecto (Actividades del Anexos I y II, Dec. N° 2204/91).

-Estudio de Impacto Ambiental.

-Informe técnico legal.

-Intervención del Consejo Provincial de Economía y Ambiente

Dirección de Medio Ambiente

del Ministerio de la Producción

Consejo Provincial de Economía y Ambiente.

Certificado de Aptitud Ambiental (Resolución del

Consejo Provincial de Economía y Ambiente)

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

1ª Jornada Federal

1er Taller de Capacitación y Fortalecimiento Institucional

16 y 17 de septiembre de 2008

PROGRAMA 16 de septiembre

“1ª Jornada Federal de Evaluación de Impacto Ambiental”

8.30 Acreditación

9.00 Palabras de Bienvenida a cargo de la Ing. Graciela GEROLA, Presidenta

de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires y de Darío

MARIANO Subsecretario de Ecología de la Provincia de La Pampa, coordinadora y

alterno de la Comisión de Evaluación de Impacto Ambiental del COFEMA

9.30 Presentación de la modalidad de trabajo Dra. Silvia Nonna

9.45 Presentación de normativa y situación institucional en materia de EIA:

Provincia de Mendoza

Provincia de San Juan

Provincia de Buenos Aires

Provincia de Jujuy

Provincia de Córdoba

10,45 Café

11.00 Presentación de normativa y situación institucional en materia de EIA:

Provincia de Salta

Provincia de Santiago del Estero

Provincia de Tucumán

Provincia del Neuquén

12.00 Presentación de normativa y situación institucional en materia de EIA: Provincia de Río Negro

Provincia de Santa Fé

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Organización y coordinación: Agencia de Protección Ambiental

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Nación SAyDS

Provincia de La Pampa

13.00 Almuerzo

14.00 Presentación de normativa y situación institucional en materia de EIA:

Provincia de Chaco

Provincia de Entre Ríos

Provincia de Tierra del Fuego

15.00 Presentación de normativa y situación institucional en materia de EIA:

Provincia de Santa Cruz

Ciudad de Buenos Aires

16.00 Café

17.00 Conclusiones

Miércoles 17 de septiembre 2008

“1er Taller de Capacitación y Fortalecimiento Institucional sobre Evaluación de

Impacto Ambiental”

9.00 Presentación de experiencias locales:

Provincia de Buenos Aires

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Provincia de San Juan

Preguntas

11,30 Café

12 Presentación de experiencias locales

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación

Preguntas

13: Almuerzo

14.00 Trabajo participativo y Debate

16.45 Café

17.00 Conclusiones

Cierre: Dr. Marcelo Terenzio