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SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DEL QUINDÍO-SUTEQ- SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES Carrera 13 # 9-51 Telefax 7369060 Armenia. - www.sutequindio.com Página 1 de 11 INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SALUD (Mayo 01 a Noviembre 05 de 2012) UNION TEMPORAL MAGISTERIO REGION 4 -COSMITET ENCUENTRO NACIONAL DE VEEDORES EN SALUD PRESENTACION La entidad COSMITET LTDA, es la encargada de la ejecución del contrato de salud en el departamento del Quindío a nombre de la Unión Temporal Magisterio Región 4, hecho que se desprende de la práctica diaria, pues no existe una relación efectiva con los representantes de la Unión Temporal y las decisiones frente a los derechos de salud de los afiliados se toman en la ciudad de Cali. COSMITET LTDA era la empresa que prestaba los servicios en el contrato pasado y se había caracterizado por un incumplimiento constante de los términos de referencia, ante lo cual el Sindicato había declarado en el año 2011 "La emergencia en salud del magisterio" y realizado varios mítines en la sede de la entidad. En lo que va del nuevo contrato se evidencia la continuación del incumplimiento sistemático del contrato en aspectos muy sensibles como son medicamentos, calidad, oportunidad y entrega de citas generales y con especialistas. Lo anterior ha obligado a la Secretaria de Seguridad Social y la Junta Directiva del SUTEQ a convocar dos plantones el primero el 11 de julio y el segundo el 01 de noviembre de 2012 para presionar a la entidad a cumplir el contrato, a la vez que se han interpuesto más de 300 quejas por la mala prestación del servicio y una solicitud de investigación disciplinaria en contra de empleados de la Fiduciaria La Previsora S.A por no responder de forma oportuna derechos de petición relacionados con quejas por el mal servicio prestado por la entidad. A continuación se relacionan aquellos ítems del contrato donde la entidad UNION TEMPORAL MAGISTERIO REGION 4- COSMITET, ha venido incumpliendo los términos de referencia y así mismo se cita la parte del contrato pertinente: A. MEDICAMENTOS En el tema de la dispensación de medicamentos se vienen presentando las siguientes dificultades:

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INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SALUD (Mayo 01 a Noviembre 05 de 2012) – UNION TEMPORAL MAGISTERIO REGION 4 -COSMITET

ENCUENTRO NACIONAL DE VEEDORES EN SALUD PRESENTACION

La entidad COSMITET LTDA, es la encargada de la ejecución del contrato de salud en

el departamento del Quindío a nombre de la Unión Temporal Magisterio Región 4,

hecho que se desprende de la práctica diaria, pues no existe una relación efectiva con

los representantes de la Unión Temporal y las decisiones frente a los derechos de

salud de los afiliados se toman en la ciudad de Cali. COSMITET LTDA era la empresa

que prestaba los servicios en el contrato pasado y se había caracterizado por un

incumplimiento constante de los términos de referencia, ante lo cual el Sindicato había

declarado en el año 2011 "La emergencia en salud del magisterio" y realizado varios

mítines en la sede de la entidad.

En lo que va del nuevo contrato se evidencia la continuación del incumplimiento

sistemático del contrato en aspectos muy sensibles como son medicamentos, calidad,

oportunidad y entrega de citas generales y con especialistas.

Lo anterior ha obligado a la Secretaria de Seguridad Social y la Junta Directiva del

SUTEQ a convocar dos plantones el primero el 11 de julio y el segundo el 01 de

noviembre de 2012 para presionar a la entidad a cumplir el contrato, a la vez que se

han interpuesto más de 300 quejas por la mala prestación del servicio y una solicitud de

investigación disciplinaria en contra de empleados de la Fiduciaria La Previsora S.A por

no responder de forma oportuna derechos de petición relacionados con quejas por el

mal servicio prestado por la entidad.

A continuación se relacionan aquellos ítems del contrato donde la entidad UNION

TEMPORAL MAGISTERIO REGION 4- COSMITET, ha venido incumpliendo los

términos de referencia y así mismo se cita la parte del contrato pertinente:

A. MEDICAMENTOS En el tema de la dispensación de medicamentos se vienen presentando las siguientes dificultades:

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1. Filas para la reclamación de medicamentos: persisten las filas de hasta una hora para acceder a la dispensación de los medicamentos en la droguería ubicada en la sede central de la UT Magisterio Región 4, en Armenia. 2. Medicamentos Pendientes: Se presenta un índice importante de medicamentos pendientes, que no se dispensan de forma inmediata, ni dentro de las 24 horas siguientes. 3. Medicamentos de control: La entidad no ejerce una vigilancia sobre los inventarios de los medicamentos de control que debe suministrar a sus usuarios, lo que ocasiona que muchos de ellos pasen hasta quince días sin tomar los medicamentos de control; solo porque la entidad aduce que no los tiene en el inventario; tampoco acude a la farmacia de apoyo para subsanar la mala prestación del servicio. 4. Incumplimiento en el número de droguerías en Armenia, conforme al contrato: El contrato de salud indica que la entidad debe tener dos droguerías en Armenia para dispensar medicamentos; pero la entidad solo tiene una ubicada en la sede central y argumenta que tiene otra que solo dispensa medicamentos de urgencias en la Clínica del Café, cuando el contrato no establece este tipo de diferencias. 5. Tutela para reclamar medicamentos: Se somete a un afiliado a una acción de tutela para entregar un medicamento que no está expresamente excluido. 6. No entrega de vitaminas: A un grupo de docentes por tener problemas en los senos les han recetado vitamina E, la entidad les niega dicho servicio, sin tener en cuenta que hace parte del proceso de prevención del cáncer de seno, dentro de la ley Sandra Ceballos, que es de obligatorio acatamiento de la UT.

APENDICE 3 A PLAN DE ATENCIÓN EN SALUD PARA EL MAGISTERIO 5.2.1.5 Suministro de medicamentos Se deberán suministrar la totalidad de los medicamentos aprobados por el INVIMA o la entidad que haga sus veces y los medicamentos incluidos en el decreto 481 del 2004 (medicamentos vitales no disponibles), cumpliendo con todos los estándares de calidad por los que propende el sistema y que hayan sido formulados por los médicos del servicios de promoción y prevención, familiares, domiciliarios y de urgencias y por el odontólogo general, en las sede para la atención básica familiar en el que esté inscrito el afiliado. Los medicamentos formulados, en principio deberán ser formulados bajo denominación común internacional y su entrega podrá ser bajo presentación genérica o comercial de acuerdo a la disponibilidad en el país por lo que no hay lugar a la realización de Comités técnico científicos. Se deberá garantizar la entrega inmediata de todos los medicamentos formulados a los usuarios, sin cambio de los medicamentos por parte de los funcionarios de farmacia, en especial aquellos que se derivan de los servicios de urgencias, programas de promoción y prevención, egresos hospitalarios y postquirúrgicos, y atención domiciliaria en los que se tiene la identificación de los pacientes y de sus necesidades terapéuticas. Cuando se generen medicamentos pendientes, su entrega se realizará dentro de las 24 horas siguientes de un día hábil a la formulación del mismo como caso excepcional. El contratista debe presentar un indicador de faltantes o pendientes al FNSPM y hacerle seguimiento mensual, para el cumplimiento de metas. En caso de no entregar los medicamentos dentro de las 24 horas, el afiliado al FNPSM o los beneficiarios lo podrán comprar y será reembolsado el total del costo por el Contratista, a través

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de recobro soportado con original de la fórmula médica expedida por cualquier IPS o médico que pertenece a la red del prestador, con el pendiente de la farmacia y la factura original.

APENDICE 3 A PLAN DE ATENCIÓN EN SALUD PARA EL MAGISTERIO 5.3EXCLUSIONES No se suministrarán artículos suntuarios, cosméticos, complementos vitamínicos (excepto los relacionados con los Programas de Promoción y Prevención)

B. CALL CENTER La entidad no tiene números habilitados que responda de forma eficiente y eficaz a las diferentes solicitudes que formulan los docentes y sus usuarios; los afiliados se quejan de que marcan y nadie responde.

APENDICE 4 A SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD 5.5.3.2 Call center El proponente al que se le adjudique el contrato, deberá implementar y habilitar durante las 24 horas del día, y a través de una línea telefónica de uso exclusivo, un Call Center con el fin de brindar una atención óptima a los usuarios de su región, en temas relacionados con la accesibilidad a los servicios de salud. El Call center permitirá una difusión permanente de las condiciones de acceso a los servicios de salud, ubicación de la red de servicios y calidad de estos. De igual manera facilitará la selección de los prestadores de servicios de salud por parte de los afiliados al FNPSM y sus beneficiarios.

C. REEMBOLSOS POR MEDICAMENTOS Y TRANSPORTE La entidad debe a sus afiliados reembolsos que van desde el mes de abril del presente año por concepto de desplazamiento a otras ciudades e inclusive medicamentos; sobre pasando el termino de 15 días que tiene para cancelarlos; además que por fuera de los términos de referencia impone el cumplimiento de requisitos para pagarlos como adjuntar el rut donde realizó la compra y constancia de cuenta de ahorros para cancelar los valores.

En el departamento del Quindío ya se han interpuesto acciones de tutela para obligar a la entidad a pronunciarse frente a las solicitudes de reembolso.

APENDICE 5 A COMPONENTE ADMINISTRATIVO 2.4. REEMBOLSOS (…) Para efectos de pago, el Contratista se obliga a cancelar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la factura, los valores correspondientes a la atención.

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D. SERVICIOS POR FUERA DE LA REGIÓN Tiene la entidad la intención de prestar su plan de beneficios en salud en la ciudad de Cali, pues insistentemente pese a tener contratados los servicios en Armenia remite sus afiliados a la ciudad de Cali.

ANEXO A TÉCNICO Y OPERATIVO

4. ALCANCE (…) La cobertura de servicios debe ser ofertada en las áreas geográficas denominadas Regiones, las cuales se encuentran definidas en el presente Pliego de Condiciones, y debe garantizarse, como mínimo, la prestación de Servicios del Primer Nivel de Complejidad en el municipio de residencia del afiliado; los demás niveles de complejidad deberán ser garantizados, dentro o fuera del municipio o la Región, a través de red propia o contratada, de acuerdo con la oferta existente en cada municipio.

En este aspecto es importante mencionar que en su gran totalidad todos los servicios oncológicos se prestan en la ciudad de Cali, algunos en la Liga Risaraldense contra el cáncer que ha sido producto de acciones de tutela; este desplazamiento a la ciudad de Cali viene generando bastantes molestias entre los afiliados además de que se quejan de las afectaciones que se sufren en la integración familiar. E. CITAS CON ESPECIALISTAS Con ginecología son hasta más de un mes1, oftalmología a dos meses, en el caso de gastroenterología existe contrato con un solo médico, que viene generando resistencia con los usuarios por la atención despersonalizada que brinda, en términos generales las citas por especialización sobrepasan los términos de referencia. Además que en la solicitud de citas el usuario se puede tardar hasta una hora desde el momento que inicia la fila, hasta el momento en que se le asigna.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD Asignación de citas (…) El recurso humano y la infraestructura tecnológica deben ser suficientes para la demanda, garantizando que el trámite, desde el momento en que llega el usuario a la entidad, hasta el momento en que se le asigna la cita, no supere los diez (10) minutos. En el caso de asignación de citas, vía telefónica, el trámite no podrá superar los tres (3) minutos. APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD 3. CARACTERÍSTICAS

1 En el manual del usuario se encuentra descrito el tiempo de asignación de cita con las diferentes especializaciones

por ciudad capital o municipio, en el caso del Quindío los docentes acuden es a la sede central a solicitar la cita, por

lo cual los términos deben reducirse ostensiblemente.

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Las características que debe cumplir este Sistema de Garantía de la Calidad en Salud son:

1. Accesibilidad. Es la posibilidad que tiene el usuario de utilizar y acceder a los servicios de salud que le ofrece el Régimen de Excepción. 2. Oportunidad. Es la posibilidad que tiene el usuario de obtener los servicios que requiere, sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo su vida o su salud. Esta característica se relaciona con la organización de la oferta de servicios en relación con la demanda y con el nivel de coordinación institucional para gestionar el acceso a los servicios.

F. ATENCION PERSONALIZADA Y HUMANA Existe una creciente queja por parte de los afiliados a la entidad de salud de la atención descortés y despersonalizada tanto del personal administrativo como de algunos profesionales de la salud.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD 3. CARACTERÍSTICAS Las características que debe cumplir este Sistema de Garantía de la Calidad en Salud son:

7. Calidad Humana. Dimensión de la calidad, la cual enmarca el aspecto humanístico en el proceso individual de atención, tanto en la parte administrativa como en la asistencial. (…)

5.1.2.1 Proceso individual atención (…) Por último, pero no menos importante, es la dimensión humana de la atención que integra factores que se relacionan con el trato personal, el respeto, la información, la capacidad de gestión del funcionario y el conocimiento de sus funciones, permitiendo una atención satisfactoria y oportuna para el usuario y, llenando sus expectativas.

G. CAPACITACION SOBRE EL MODELO DE SALUD La entidad no ha abordado con los diferentes usuarios y actores del modelo de salud del Magisterio, la capacitación que permita a quienes actúan en él entender sus características como régimen especial.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD

5.5.6 Sistema de Capacitación El contratista debe implementar programas de capacitación con el fin de que los diferentes actores del sistema conozcan el funcionamiento del régimen excepcional y puedan participar activa y decididamente en el proceso. Los costos de esas

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capacitaciones estarán a cargo del contratista. Los programas de capacitación se dirigen a: • Entidad nominadora • Proveedores • Cliente Interno • Veedores • Afiliados al FNPSM y beneficiarios

H. CUMPLIMIENTO DE FALLOS DE TUTELA La entidad suele demorarse en acatar los fallos de acciones de tutela como son el caso de la docente Bismary Bermúdez, Rubiela Marín, Adiola Peláez y Erika María Salcedo, que pese a tener fallos debidamente ejecutoriados no los cumple y obligan a los afiliados a interponer incidentes de desacato. En el caso de Bismary Bermúdez la docente frente al incumplimiento de un fallo de tutela acudió al préstamo a través de una letra de cambio de siete millones de pesos para realizarse una quimioterapia de forma particular.

ANEXO A TÉCNICO Y OPERATIVO 5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: De conformidad con la ley 91 de 1989 y demás normas legales y reglamentarias que rigen la materia, así como la naturaleza jurídica del contrato a celebrarse, las responsabilidades que tendrán los contratistas serán, entre otras, las siguientes: (…) bb) Atender inmediatamente las ordenes consignadas en acciones constitucionales y asumir la responsabilidad que de ellas se desprendan, más aún, cuando las obligaciones se encuentran consignadas o descritas en el presente contrato, en el Plan de Salud del Magisterio y en el Pliego de Condiciones y sus Adendas.

I. MANUAL DEL USUARIO Pese a tener la entidad tres meses para entregar el manual del usuario de la red contratada, estamos a cuatro meses y medio sin haberlo publicado; hoy sus afiliados no conocen la red a la que pueden acceder.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD (…) Por otra parte cada Contratista deberá entregar a cada afiliado activo y pensionado un Directorio de la Red de Servicios ofrecida en los Pliegos de Condiciones, dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del contrato, con el fin de proporcionar la información de los profesionales e instituciones a las cuales pueden acceder.

ANEXO A TÉCNICO Y OPERATIVO 5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

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De conformidad con la ley 91 de 1989 y demás normas legales y reglamentarias que rigen la materia, así como la naturaleza jurídica del contrato a celebrarse, las responsabilidades que tendrán los contratistas serán, entre otras, las siguientes: (…)

v) Garantizar la libre escogencia en la Red Ofertada para los casos de referencia dentro y fuera del municipio de residencia, departamento y región, que fueron objeto de calificación. Se dará prioridad a la disponibilidad de servicios en el sitio de residencia del docente y sus beneficiarios.

J. AMENIDAD Una de las características que debe tener las instalaciones donde se prestan los servicios médicos es la amenidad, en el caso de la sede central es evidente el nivel de hacinamiento, oscuridad, falta de ventilación y de comodidad para las largas esperas a las que someten a sus afiliados.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD 3. CARACTERÍSTICAS Las características que debe cumplir este Sistema de Garantía de la Calidad en Salud son: (…)

8. Amenidades. Se relaciona con las comodidades o condiciones mínimas en la que se prestan los servicios, y que deben generar los requisitos de contexto que favorezcan la adherencia del usuario al tratamiento y el mejoramiento de su situación de salud. Es todo el contexto de la atención, las características de las instalaciones físicas, la comodidad en el diseño del servicio, el ruido, la funcionalidad, la intimidad, la seguridad, el trato del personal médico y asistencial, etc.

5.1 SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN El servicio y atención de salud ofrecida, deben tener las siguientes características: 5.1.1 En la estructura (…)

Comodidad. Todas las instalaciones físicas de las unidades de atención deben tener espacios para circulación adecuados, espacios amplios y ventilados, buena iluminación, mínimo ruido, privacidad en la atención y en general, condiciones agradables.

(…) 5.1.2.1 Proceso individual atención El proceso individual de atención es el más importante en la dinámica de prestación de servicios, en cuanto se relaciona directamente con el mejoramiento en la situación de salud y la satisfacción del usuario. Depende fundamentalmente de que al usuario se le garanticen las condiciones mínimas de comodidades en las instalaciones en que se prestan los servicios, las cuales deben generar unos requisitos de contexto que favorezcan la adherencia del usuario al tratamiento y el mejoramiento de su situación de salud. Es todo el contexto de la

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atención, las características de las instalaciones físicas, la comodidad en el diseño del servicio, el ruido, la funcionalidad, la intimidad, la seguridad, etc.

K. RECEPCION DEL USUARIO No tiene la entidad una persona u oficina encargada de explicar o direccionar los procedimientos a las áreas de atención o prestación del servicio, suele el afiliado ir de oficina en oficina averiguando donde le pueden dar solución a determinado problema, encontrando a veces respuestas contradictorias.

APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD

5.1.2.2 Procesos administrativos de atención (…) - Recepción Es la orientación que se le brinda al usuario para ingresar a la institución y solicitar un servicio específico. El objetivo principal es facilitar al usuario el acceso a las unidades específicas del servicio que él requiere. El proceso incluirá la presencia de un funcionario comprometido con la labor asignada, con actitud de servicio y con la información disponible y precisa para orientar sobre la ubicación de los servicios y requisitos. El contratista, se obliga a tener implementado, como mínimo, en cada una de sus sedes, este proceso con un espacio definido que cuente además con el personal exclusivo.

L. FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE SALUD La figura de Unión Temporal (UT) mediante la cual las entidades COSMITET LTDA, COMFACHOCO Y LA FUNDACION MEDICA PREVENTIVA, licitaron el contrato de salud, sólo fue una maniobra para garantizar a las tres entidades quedarse con el negocio que traían, pues en la práctica COSMITET LTDA, sigue prestando el servicio en Caldas, Quindío y Risaralda, teniendo como centro de operaciones administrativas y de prestación de servicios la ciudad de Cali; esto genera varias dificultades como son: - No se establece claramente la persona natural y jurídica con quien abordar la solución de problemas, hoy no hay interlocución; - La política en la prestación del servicio es establecida desde Cali, ahondando los problemas que se traían desde la terminación del contrato pasado, entre otras dificultades.

ANEXO A TÉCNICO Y OPERATIVO 5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: De conformidad con la ley 91 de 1989 y demás normas legales y reglamentarias que rigen la materia, así como la naturaleza jurídica del contrato a celebrarse, las responsabilidades que tendrán los contratistas serán, entre otras, las siguientes:

(…) ee) No dividir la ejecución del contrato dentro de los integrantes de un consorcio o Unión Temporal por áreas geográficas, solo podrá hacerlo por actividades o servicios

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M. COORDINADOR REGIONAL CON FACULTADES Se tiene en el departamento un coordinador que no cumple ninguna función importante, pues no soluciona ninguna de las dificultades que se presentan a diario; todo lo remite a Cali para su solución, situación que ha dificultado una interlocución constante, fluida y eficaz, pues debido al fraccionamiento del mercado de la salud por parte de la UT, la interlocución no se hace con el representante legal que es la señora Hortensia Arenas, si no con los dueños de COSMITET LTDA, quienes tampoco se hacen presentes en la región para solucionar las dificultades; hoy la entidad no tiene un vocero con poder de solucionar los problemas con quien se pueda interlocutar en pro del mejoramiento del servicio.

APENDICE 2 A RED DE SERVICIOS PARA PLAN DE ATENCIÓN EN SALUD PARA EL MAGISTERIO 1.1.2 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LAS SEDES Acorde con su clasificación y naturaleza, las Sedes se conformaran teniendo en cuenta la siguiente estructura administrativa: • COORDINADOR DE LA SEDE: Se entiende como coordinador de la sede, aquella persona idónea encargada de administrar los procesos asistenciales y administrativos de la sede, que será el responsable de los procesos ante sus superiores y quien brindara la información a los requerimientos de la Auditoria Medica o de FIDUPREVISORA S.A. Su perfil y su horario estarán acorde con la clasificación de la sede.

N. BARRERAS PARA ACCEDER AL DERECHO A LA SALUD La entidad ha venido creando una serie de procedimientos que impiden un acceso real y oportuno al derecho a la salud, entre ellos encontramos: - Confirmación de citas 20 minutos antes de la hora programada, para ingresar donde el médico. - En la solicitud de exámenes de laboratorio, se debe pedir la autorización (fila entre 30 y 40 minutos) y posteriormente facturar el servicio (fila entre 30 y 40 minutos) para poder acceder al procedimiento. - Cuando el medicamento formulado excede de un mes (es por varios meses), para volver a reclamar los medicamentos se debe pedir nuevamente cita con el médico que los receto para que vuelva a formularlo. - Se autorizan los exámenes o procedimientos y ponen al usuario a que el tramite la cita para la realización del procedimiento, cuando los términos de referencia expresamente indican que es un trámite administrativo de la entidad. - la radicación de cualquier procedimiento para el estudio y posterior aprobación (citas con oncólogos, alergólogo entre otros); cuando los términos de referencia indican que este procedimiento es la excepción y que los casos a contemplar deben estar previamente determinados. - Acciones de Tutela para acceder a medicamentos y procedimientos como los oncológicos. - Incumplimiento de acción de tutela (caso de un tratamiento oncológico). - Aumento de la intermediación de los miembros de junta directiva para la solución de problemas en la prestación del derecho a la salud.

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- El TRIAGE, que se le viene aplicando a los afiliados a dicha entidad, viene impidiendo el acceso real a los servicios de urgencias y citas prioritarias.

5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: De conformidad con la ley 91 de 1989 y demás normas legales y reglamentarias que rigen la materia, así como la naturaleza jurídica del contrato a celebrarse, las responsabilidades que tendrán los contratistas serán, entre otras, las siguientes:

(…)

c) No crear barreras de acceso para la prestación de los servicios de salud en cualquier Región del territorio Nacional.

Ñ. FACULTAD DEL SINDICATO PARA REALIZAR PETICIONES – QUEJAS – SOLICITUDES A FAVOR DEL MAGISTERIO. Frente a las peticiones del Secretario de Seguridad Social del SUTEQ, la entidad médica ha contestado así:

(…) En el caso especifico, se observa un escrito radicado vía derecho de petición por el Señor HECTOR ELIAS LEAL ARANGO, quien enuncia actuar en su calidad de SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES – SUTEQ y en nombre del usuario (…), Cabe resaltar que con el escrito de petición, no se adjunta documento idóneo que acredite la calidad de SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES – SUTEQ., lo mismo que la potestad otorgada en Estatutos por la Junta Directiva del SUTEQ donde en su cargo SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL Y ASUNTOS LABORALES se le autoriza para elaborar y radicar en nombre de sus usuarios derechos de petición ante su prestador de servicios de salud. Como se puede apreciar no se acredita la calidad de agente oficioso, o la calidad de abogado con poder debidamente otorgado por el afectado, para instaurar derecho de petición.

En clara violación de los términos de referencia.

PROCESO DE SELECCIÓN LP- FNPSM-003 - 2011 APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD 5.5.5.4 Trámites para la atención de quejas (…)

La queja puede ser enviada por: el usuario quejoso directamente, un familiar, o a través del Sindicato, Comité Regional, la Auditoría Medica, Fiduprevisora S.A. o cualquiera de los organismos de control que así lo consideren. Cuando la queja es enviada a través de alguna de las entidades anteriormente presentadas, la respuesta al usuario se debe proferir atendiendo los plazos establecidos, remitiendo una copia a la entidad remitente. (Negrillas y subrayas fuera de texto).

O. CITAS A TRAVÉS DE PLATAFORMA INFORMATICA La entidad no ha establecido la entrega de citas a través de la página web conforme lo indican los términos de referencia así:

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APENDICE 4 A - SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD EN SALUD Asignación de citas (…) El recurso humano y la infraestructura tecnológica deben ser suficientes para la demanda, garantizando que el trámite, desde el momento en que llega el usuario a la entidad, hasta el momento en que se le asigna la cita, no supere los diez (10) minutos. En el caso de asignación de citas, vía telefónica, el trámite no podrá superar los tres (3) minutos. (…) Como parte integral del proceso de atención y de apoyo asistencial, el contratista dispondrá de una estructura organizacional exclusiva e independiente para la asignación de citas y para la atención de los afiliados al FNPSM y beneficiarios. El usuario podrá solicitar la asignación de citas en forma personal, vía telefónica y/o vía web. Para la acreditación de los derechos, los afiliados al FNPSM y sus beneficiarios utilizarán el mecanismo que para tales efectos haya designado el contratista. El modelo de asignación de citas será sistematizado en la capital del departamento y en las ciudades de más de cien mil (100.000) habitantes.

P. SALUD OCUPACIONAL En este aspecto se presentan por los menos las siguientes deficiencias:

- No se han entregado las cartillas de Promoción y Prevención según orientación de la Fiduprevisora. (Matriz 7 A -1).

- No se ha iniciado el examen médico laboral a los docentes activos para determinar el área de riesgo y el perfil epidemiológico, con énfasis en el aspecto: Ergonómico, voz, psicolaboral, por una sola vez, dentro de los primeros tres meses del contrato. (Matriz 7 A -1).

- No se han creado en buena parte los Comités de Vigilancia Epidemiológica en Salud Ocupacional (COVISOS) (Apéndice 7 – Salud Ocupacional).

- No se han levantado en su inmensa mayoría los Panoramas de Riesgo. Los anteriores aspectos evidencian una política sistemática de la entidad por incumplir los términos de referencia. HECTOR ELIAS LEAL ARANGO MARTHA LILIANA GUTIERREZ Sec. de Seguridad Social y A. L. Veedora en salud