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denuncia interpuesta ante el Ayto. de Santoña y los organismos autonómicos competentes acerca del estado del patrimonio histórico del Monte Buciero. En ella se repasa el estado de los casos más graves de deterioro y abandono, y se señalan los usos sociales asociados.

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Quisiera llamar su atencin sobre el estado de abandono, deterioro y agresin que sufren varias muestras del patrimonio histrico contenido en el Monte Buciero de Santoa. El monte cuenta con una completa trama de polvorines, atalayas, fortalezas y bateras de costa de los siglos XVIII-XIX. Brevemente paso a exponer alguno de los casos ms llamativos, citando tambin el grado de consideracin que poseen estos bienes de acuerdo a la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria: -Fuerte de San Carlos, 1859, Su entorno presenta una extensin de unos 1.500 metros cuadrados (datos medicin SIGPAC) con abundantes residuos. Se trata de un Bien de Inters Cultural de titularidad privada que en la prctica presenta un estado objetivamente lamentable. Ni una sola de sus paredes o columnas interiores est libre de graffitis, muchos de ellos masivos (la pintura no se limita a una firma sobre la piedra de sillera, sino que cubre en su totalidad la roca). Al lugar acceden coches, tanto a la galera central para celebrar botellones y fiestas, como al techo de dicha galera, con el consiguiente deterioro que acarrean todas estas actividades. El absoluto abandono de muchas dcadas ha formado estalactitas y estalagmitas en varios de los arcos de la galera. Todos los rincones se hallan cubiertos de montoneras de excremento, cristal y envases. Visto desde la distancia, desde el mar, el edificio sigue siendo impresionante, pero tristemente la situacin es la descrita y considero que merece una urgente actuacin de parte de la administracin. -Polvorn del Dueso, 1812. Se trata de un edificio rectangular con amplia bveda de can, muros y contrafuertes de gran grosor, an se sostiene el muro que marca el permetro, as como los dos pararrayos de piedra que recuerdan a chimeneas (en uno de los cuales un vecino apoya la entrada de su casa). Su titular es el centro penitenciario. La techumbre de la entrada se ha desplomado. El espacio principal, una amplia sala abovedada reservada en tiempos para guardar material explosivo es un gran vertedero de dcadas de antigedad que a mi entender reclama la actuacin urgente de las autoridades de acuerdo con la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria. -Polvorn y cuerpo de guardia del Helechal, 1861. Titularidad privada. Inmueble de Proteccin Singular grado I (proteccin integral) segn PGOU de Santoa. En la prctica se trata de una vaqueriza o establo, lo cual, a mi entender, incumple el siguiente artculo de la L.P.C.C. (aplicable del mismo modo a los dos bienes ya citados) Artculo 39. Deber general de conservacin. 1. Los propietarios, titulares de derechos reales y poseedores de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria, aunque no hayan sido inventariados, estn obligados a conservarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su prdida, destruccin o deterioro. 3. Si a resultas de la actividad de inspeccin, o por cualquier otro cauce, se descubre la existencia de actuaciones que, por su accin u omisin, puedan hacer peligrar la debida conservacin del bien cultural, la Comunidad Autnoma de Cantabria adoptar las medidas oportunas para poner fin a dicha situacin incluyendo la posibilidad de su arreglo a costa del responsable de su deterioro. Entiendo igualmente que a los tres bienes patrimoniales recogidos hasta ahora podran aplicrseles los siguientes artculos:

Artculo 40. Cargas de proteccin. Cuando exista peligro inminente de prdida o deterioro de un Bien de Inters Cultural, Local o Inventariado, las Administraciones pblicas debern iniciar actuaciones de proteccin en las que se precisarn las medidas imprescindibles que el titular del bien adoptar para su conservacin. Artculo 45. Expropiacin. 7. Del mismo modo, podrn expropiarse los bienes declarados de inters cultural cuando se incumplan las prescripciones especficas sobre su uso y conservacin establecidas en los instrumentos de proteccin que les afecten, o cuando se comprometa la conservacin del bien por incumplimiento del propietario de sus deberes de conservacin. -Fuerte del Mazo, 1813. Bien de Inters Cultural. Buen estado de conservacin, pero en la prctica cerrado al pblico hace muchos aos, lo cual cuestiona el deber de dar a conocer que la ley otorga a la administracin local. Titularidad pblica. El edificio sufri una reconstruccin que considero no fue respetuosa. Uno de los tres edificios interiores muestra una antena de televisin de unos tres metros que me cuesta entender en un bien de estas caractersticas, amn de haber sido pintado de color beige, hecho ste que desvirta la propia naturaleza militar del acuartelamiento y contraviene varios artculos de la ley. Artculo 53. De las actuaciones e intervenciones sobre bienes inmuebles. 1. Todas las actuaciones sobre bienes inmuebles irn encaminadas a su conservacin, consolidacin, rehabilitacin y mejora de acuerdo con los siguientes criterios: a. Se respetarn las caractersticas esenciales del inmueble y cualquier cambio de uso tendr en cuenta la estructura original del edificio, decoracin y su relacin con el entorno, sin perjuicio de que puedan autorizarse con carcter excepcional el uso de elementos, tcnicas y materiales actuales para la mejor adaptacin del bien a su uso y para valorar determinados elementos o pocas. Deseo que pueda reconsiderarse la intervencin que actualmente se encuentra paralizada en el tiempo (presupuesto del Ministerio de Vivienda, unos 713.000 euros) y que toda futura intervencin en el Fuerte del Mazo se realice de acuerdo al conocimiento previo de la historia y significado del lugar. Humildemente opino que una fortaleza napolenica adaptada perfectamente a la roca y el entorno no puede ni debe desvirtuarse con ms intervenciones excesivas. Igualmente solicito sea revisada la conveniencia de mantener la pintura en los muros y la ofensiva, se mire por donde se mire, antena. Si me permiten el chascarrillo, ni Napolen ni el arquitecto Gabriel Breuille planearon nada parecido. -Batera de La Cueva, 1811. Forma parte del Inventario Arqueolgico Regional, lo cual equipara su rgimen de proteccin (artculo 89.2) al de un Bien de Inters Cultural. Titularidad pblica (su titular es el Centro Penitenciario, quien en el ao 2001 inici su demolicin, pese a contar con la mxima proteccin legal desde el ao 2000). Es un mirador nico sobre la playa de Berria, largos muros defensivos, una garita de vigilancia an en pie y un edificio compartimentado para la guarnicin y los enseres. En realidad el edificio est completamente abandonado, una buena parte de su techumbre se ha desplomado y acumula

vertidos de todo tipo que deslucen enormemente el lugar. No tengo constancia de que nadie haya limpiado su interior en las ltimas tres dcadas, pese a que los servicios de limpieza frecuentemente limpian su entorno (un rea de esparcimiento con barbacoas y bancos). Deseara que la administracin local pudiera reconsiderar la importancia del lugar y se le empiece a prestar el cuidado que merece. Todo el edificio est cercano al desplome. El umbral se sostiene de milagro sobre una traviesa de madera combada. Las viguetas de hierro supervivientes no resisten mucho ms y lo que queda de techo luce largas grietas. En sus paredes an pueden adivinarse grabados navales de gran valor, aunque tristemente cada centmetro de pared est cubierto con grandes pintadas. Denunciamos la absoluta omisin en el deber de proteger, defender y realzar que corresponde a su titular. Denunciamos tambin que el inminente desplome puede suponer riesgo sobre las personas, amn de una gran prdida patrimonial. -Batera del guila, 1813. Titularidad pblica. Grado de proteccin idntico al de un B.I.C al haber sido yacimiento arqueolgico. Hace un tiempo un vecino ha instalado un cercado a tan slo cinco metros de una de las plataformas de la batera. Estamos hablando de un recinto usurpado al propio monte y al espacio de proteccin del lugar a base de alambres y somieres. El resultado, a mi entender, es lamentable y debido a la lejana de la batera respecto del ncleo urbano, mucho me temo que esta situacin pueda perpetuarse o empeorar. Podramos citar de pasada otras agresiones a otros dos B.I.C. La Batera Baja de Galbanes, 1859, presenta una pintada con spray fosforescente que se ha encargado de deslucir durante los ltimos meses la buena labor de restauracin llevada a cabo. La Batera Alta de Galbanes no puede ser visitada (desconozco su titularidad, la cual presumo privada). En su superficie se consiente la presencia de una estructura de cemento de carcter rural realmente desafortunada. Ambas bateras fueron concebidas como una sola, con un sendero conectndolas, sin embargo el visitante que trate de visitar Galbanes Alto se encuentra con dos somieres cortando el paso. Quisiera animar a corregir esta situacin, sea cual sea la intrahistoria capaz de justificar lo descrito. Este B.I.C merece ser visitado y respetado ntegramente. Cito tambin la posibilidad de que se instale un Hotel en el Fuerte de San Martn, 1859. Como ciudadano deseara contar con ms informacin, ya que me preocupa perder la nica fortaleza que puedo visitar. Tambin cuestiono (un asunto menor, en realidad, aunque no por ello deba obviarse) la conveniencia de mantener el gran rtulo formado por letras separadas de tamao notable que luce el edificio central de San Martn (dichas letras rezan "Escuela Taller" y quiz pudieran ajustarse al contenido de la L.P.C.C). En resumen sta es la situacin, agresiones menores que pueden corregirse con sencillez, estados de abandono difciles de aceptar por el ciudadano, titularidades privadas que desatienden las obligaciones de la ley y condenan a edificios de gran valor, convecinos con nula conciencia del lugar que estn pisando, omisiones en el deber de proteccin y defensa. Una dejadez enquistada sobre la base del desconocimiento de lo que tenemos. Solicito de las autoridades una respuesta acorde a la ley y a la relevancia de este entramado militar nico. Responder a las situaciones aqu denunciadas redundara en beneficio de un patrimonio singular que concentra un buen pedazo de nuestra historia. Espero su contestacin. Es de justicia que pido en Santoa, 28, abril de 2010.

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