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INFORME DE GESTIÓN
2015
Bogotá, D.C., Abril de 2016
2
REPÚBLICA DE COLOMBIA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
INFORME DE GESTIÓN 2015
Alejandro Ordoñez Maldonado
Procurador General de la Nación
Martha Isabel Castañeda Curvelo
Viceprocuradora General de la Nación
Ana María Silva Escobar
Secretaria General
Procuraduría General de la Nación, 2015
Carrera 5ª. No. 15 – 80, Bogotá D.C. (Colombia)
PBX: 5878750
www.procuraduria.gov.co
Edición y compilación:
Néstor Enrique Valdivieso Acevedo
Jefe Oficina de Planeación
Liliana García Moscote
Funcionaria de asuntos disciplinarios
de la Viceprocuraduría General de la Nación
Diseño portada y diagramación
3
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN 10 1. PROCESO PREVENTIVO……………………………………………………... 13
1.1 DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS…………… 16
1.1.1 Seguimiento preventivo en materia de protección y prevención de
Derechos Humanos…………………………………………………………….. 16
1.1.2 Desaparición forzada…………………………………………………………… 22
1.1.3 Asuntos carcelarios y penitenciarios…………….……………………………. 24
1.1.4 Asuntos étnicos………………………………………………………………….. 26
1.1.5 Población LGBTI……………………………………………………………….. 28
1.1.6 Instancias internacionales…………………………………………………….... 31
1.1.7 Acompañamientos y seguimiento a organismos de seguridad del Estado.. 35
1.1.8 Defensa de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia……… 37
1.1.9 Asuntos del trabajo y la seguridad social…….………………………………. 55
1.1.10 Apoyo a las víctimas del conflicto armado….………………………………… 74
1.1.11 Restitución de tierras………………………………………………………........ 90
1.2 LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD………………… 96
1.2.1 Buenas prácticas para la Lucha Contra la Corrupción……………………… 96
1.2.1.1 Índice de gobierno abierto (IGA) e INTEGRA……………………………….. 96
1.2.1.2 Vigilancia y control a la gestión contractual del Estado…………………… 101
1.2.1.3 Proyecto jóvenes contra la corrupción……………………………………….. 105
1.3 CONTROL Y VIGILANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN DEFENSA DEL INTERÉS GENERAL Y LOS INTERESES COLECTIVOS…………… 106
4
1.3.1 Protección y garantía de los derechos de los consumidores………………. 106
1.3.2 Prestación de los servicios públicos………………………………………...... 107
1.3.3 Cumplimiento de decisiones judiciales……………………………………….. 109
1.3.4 Asuntos electorales…………………………………………………………….. 111
1.3.5 Fortalecimiento al sistema nacional de prevención y atención de desastres 112
1.3.6 Vivienda………………………………………………………………………….. 113 1.3.7 Seguridad ciudadana…………………………………………………………… 115
1.3.8 Fortalecimiento general de las entidades territoriales…………….. ……….. 116
1.3.9 Medio ambiente…………………………………………………………………. 125
1.4 FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y AL CONTROL
SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA…………………………………………… 131
1.5 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LEY DE TRANSPARENCIA
Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA….….. 135
1.6 IMPLEMENTACIÓN DEL COMPONENTE DE SENSIBILIZACIÓN Y
COMUNICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE “LA CULTURA DE LA
LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD”……………………………………………. 141
1.7 RESULTADOS REGIONALES……………………………………………….. 143 1.8 ACTUACIONES EN EL PROCESO PREVENTIVO……………………….. 158
2. PROCESO DE INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA……... 162
2.1 INTERVENCIÓN EXTRAJUDICIAL EN DEFENSA O PROTECCIÓN
DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS……... 162
2.2 CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y JUDICIALES EN DEFENSA
DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS…….. 164
2.2.1 Jurisdicción de lo contencioso administrativo..……………………………… 165
2.2.2 Asuntos civiles….………………………………………………………………. 166
2.2.3 Asuntos de infancia, adolescencia y familia……………………………....... 167
5
2.3 INTERVENCIÓN JUDICIAL EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS
CIUDADANOS Y DEL ESTADO……………………………………………… 168
2.3.1 Jurisdicción de lo contencioso administrativo..……………………………… 168
2.3.2 Jurisdicción penal……………………………………………………………..... 170
2.3.3 Jurisdicción civil..……………………………………………………………….. 180
2.3.3.1 Asuntos de infancia, adolescencia y familia…………………………………. 180
2.3.3.2 Asuntos ambientales y agrarios……………………………………………… 182
2.3.3.3 Restitución de tierras…………………………………………………………… 186
2.3.3.4 Otros asuntos civiles…………………………………………………..……….. 188
2.3.4 Jurisdicción laboral……………………………………………………………… 190
2.3.5 Ante el Consejo Superior de la Judicatura……….…….…………………….. 191
2.3.6 Ante la Corte Constitucional ……………..………………….…………………. 191
2.4 SUPERVIGILANCIA AL DERECHO DE PETICIÓN…………………………. 204
2.5 INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS
DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO……………………………………. 204
3 PROCESO DISCIPLINARIO………………………………………………….... 209
3.1 QUEJAS Y DENUNCIAS………………………………………………………. 211
3.2 INDAGACIONES PRELIMINARES………………………………………….... 211
3.3 PROCESOS DISCIPLINARIOS EN ETAPA DE INVESTIGACIÓN, CON
PLIEGO DE CARGOS Y TERMINADOS – PROCEDIMIENTO
ORDINARIO……………………………………………………………………... 212
3.4 PROCESOS DISCIPLINARIOS CON PROCEDIMIENTO ESPECIAL…… 214
3.5 SANCIONES POR CARGOS Y POR TIPO………………………………….. 215
4 GARANTIZAR ATENCIÓN OPORTUNA Y EFECTIVA AL CIUDADANO 217
6
5. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL……………………………..…. 219
5.1 PROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PGN-BID II ETAPA 219
5.2 DESARROLLAR INTEGRALMENTE EL TALENTO HUMANO………. 225
5.3 MEJORAR LA EFECTIVIDAD DEL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN 237
5.3.1 Cumplimiento plan estratégico – año 2015………………………………. 237
5.3.2 Modelo Estándar de Control Interno – MECI……………………………… 239
5.3.3 Sistema de Gestión de la Calidad………………………………………….. 242
5.4 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN………………… 246
5.5 AMPLIAR COBERTURA TECNOLÓGICA…………………………………. 248
5.6 CONSOLIDAR LA EFECTIVA COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL.. 250
5.7 GARANTIZAR LA DIVULGACIÓN, AMPLIA Y FOCALIZADA DE LA
INFORMACIÓN Y DE SU SENTIDO, HACIA LOS DIFERENTES
GRUPOS DE INTERÉS…………………..……………………………….. 251
6. OPTIMIZAR LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTALES 252
6.1 GESTIÓN PRESUPUESTAL……………………………………………….. 252
6.2 GESTIÓN FINANCIERA…………………………………………………….. 258
6.3 GESTIÓN JURÍDICA………………………………………………………… 260
6.4 GESTIÓN CONTRACTUAL………………………………………………… 261
7. FORTALECER LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL……………… 262
7.1 RELACIONES INTERNACIONALES………………………………………. 262
7.2 COOPERACIÓN INTERNACIONAL………………………………………. 265
8. RELACIONES INTERINSTITUCIONALES………………………………. 268
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Índice de Tablas
Tabla No. 1. Actuaciones en proceso preventivo - año 2015 15 Tabla No. 2. Jornadas de declaraciones víctimas del conflicto armado - año 2015 81 Tabla No. 3. Medición índice IGA Gobernaciones - Niveles de organización, exposición y diálogo
de la información – año 2014 97 Tabla No. 4. Medición índice IGA Alcaldías - Niveles de organización, exposición y diálogo de la
información – año 2014 98 Tabla No. 5. Entidades o sujetos obligados – SICN 100 Tabla No. 6. Índices IGA e ÍNTEGRA 101 Tabla No. 7. Acompañamientos preventivos en materia de gestión administrativa y Contractual 101 Tabla No. 8. Promoción y capacitación Transparencia y Acceso a la Información Pública 2015 136 Tabla No. 9. Fuentes y sistema de información - año 2015 138 Tabla No. 10. Seguimiento y capacitación estrategia cultura de la legalidad e integridad año 2015 142 Tabla No. 11. Seguimiento a la estrategia de cultura de la legalidad e integridad – año 2015 143 Tabla No. 12. Resultados Procuradurías Territoriales proceso preventivo - año 2015 144
Tabla No. 13. Orientaciones en proceso preventivo - año 2015 158 Tabla No. 14. Asuntos abreviados proceso preventivo - año 2015 159 Tabla No. 15. Asuntos ordinarios proceso preventivo - año 2015 160 Tabla No. 16. Casos proceso preventivo - año 2015 161 Tabla No. 17. Actividades proceso de intervención – año 2015 163 Tabla No. 18 . Conciliaciones prejudiciales y judiciales - 2015 164 Tabla No. 19. Conciliaciones prejudiciales y judiciales en materia contenciosa administrativa 165 Tabla No. 20. Actuaciones en conciliación extrajudicial en asuntos civiles –2015 167 Tabla No. 21. Actuaciones conciliación prejudicial infancia, adolescencia y familia - año 2015 167 Tabla No. 22. Actuaciones en materia contencioso administrativa – año 2015 168
Tabla No. 23. Actuaciones justicia penal año - 2015 171
Tabla No. 24. Agencias especiales 171 Tabla No. 25. Actuaciones ante autoridades judiciales penales y seccionales CSJ– año 2015 172 Tabla No. 26. Actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia y Cámara de Representantes 177 Tabla No. 27. Actuaciones en casación penal y extradición – año 2015 178 Tabla No. 28. Actuaciones judiciales ante los juzgados de familia 1ª. Instancia– año 2015 180
Tabla No. 29. Actuaciones judiciales en SRPA – año 2015 181 Tabla No. 30. Seguimiento a la sanción en materia del SRPA – año 2015 181 Tabla No. 31. Actuaciones de intervención judicial en materia ambiental – año 2015 182 Tabla No. 32. Actuaciones de intervención judicial en materia agraria – año 2015 182
8
Tabla No. 33. Actuaciones judiciales en materia de restitución de tierras – año 2015 186 Tabla No. 34. Actuaciones judiciales en asuntos civiles 188 Tabla No. 35. Actuaciones judiciales en asuntos laborales – año 2015 190 Tabla No. 36. Intervención judicial ante el Consejo Superior de la Judicatura – 2015 191 Tabla No. 37. Intervención administrativa en materia ambiental – 2015 205 Tabla No. 38. Intervención administrativa en materia agraria– año 2015 205 Tabla No. 39. Actuaciones en el proceso disciplinario – año 2015 210
Tabla No. 40. Quejas y denuncias de la ciudadanía - año 2015 211 Tabla No. 41. Indagaciones preliminares disciplinarias – año 2015 212 Tabla No. 42. Procesos disciplinarios – procedimiento ordinario – año 2015 213 Tabla No. 43. Procesos disciplinarios con procedimiento especial (Verbal) – año 2015 214
Tabla No. 44. Número de personas sancionadas en firme registradas en SIRI –2015 215 Tabla No. 45. Sanciones por cargo de elección popular registradas en SIRI –2015 216 Tabla No. 46. Certificados de antecedentes - año 2015 217 Tabla No. 47. Orientación al ciudadano y atención de usuarios – año 2015 219 Tabla No. 48. Inversión Programa Fortalecimiento Procuraduría General de la Nación-BID II Etapa 220 Tabla No. 49. Recursos asignados al proyecto 221 Tabla No. 50. Ejecución vigencias futuras – año 2015 221 Tabla No. 51. Planta de personal por cargos – año 2015 227 Tabla No. 52. Planta de personal - cargos provistos y vacantes – año 2015 227 Tabla No. 53. Capacitación – año 2015 231 Tabla No. 54. Investigaciones realizadas – año 2015 234 Tabla No. 55. Publicaciones – año 2015 235 Tabla No. 56. Cumplimiento plan estratégico – año 2015 238 Tabla No. 57. Indicador de madurez Sistema de Control Interno Diciembre 2014 239 Tabla No. 58. Presupuesto asignado y ejecutado – año 2015 252 Tabla No. 59. Presupuesto asignado y ejecutado gastos de funcionamiento - año 2015 252 Tabla No. 60. Presupuesto asignado y ejecutado inversión - año 2015 254 Tabla No. 61. Presupuesto asignado – años 2014 - 2015 256 Tabla No. 62. Porcentaje de presupuesto ejecutado años 2014 - 2015 256 Tabla No. 63. Comparativo entre límite de gasto y compromisos año 2015 257 Tabla No. 64. Gestión contractual recursos de la Nación – año 2015 261 Tabla No. 65. Gestión contractual crédito BID 2249/OC-CO años 2011- 2015 261
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Índice de Gráficas
Gráfica No. 1 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP – Noviembre / 2011 –
Noviembre/2015 60
Gráfica No. 2 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Enero – Noviembre 2015 60
Gráfica No. 3 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP – Diciembre / 2011 –
Diciembre / 2015 61
Gráfica No. 4 Asuntos tramitados por motivo con entidades financieras vigiladas
Superfinanciera 106
Gráfica No. 5 Indagaciones Iniciadas 2015 212
Gráfica No. 6 Investigaciones Iniciadas 2015 212
Gráfica No. 7 Sanciones Ejecutoriadas en el 2015 Registradas en el SIRI 216
Gráfica No. 8 Mapa Estratégico Procurando orden y rectitud 2013 – 2016 237
Gráfica No. 9 Mapa de Procesos 243
Gráfica No.10 Distribución de los compromisos 255
10
PRESENTACIÓN
El buen gobierno de una administración se hace evidente ante la opinión pública
y organismos del Estado, a través de informes en los cuales se registren las
acciones desarrolladas y los alcances obtenidos. Por ello, este documento tiene
como propósito darle a conocer al Honorable Congreso de la República y a la
ciudadanía en general, las actividades realizadas y los logros más significativos
alcanzados durante la vigencia 2015, no solo en nuestros procesos misionales
preventivo, disciplinario y de intervención, sino en otros asuntos de suyo
significativos en el actuar de la Procuraduría General de la Nación.
Sea lo primero destacar, que lo logrado obedece además del esfuerzo
mancomunado de todos los servidores de la entidad, a la implementación de un
modelo de gestión de administración pública, que se ha traducido en eficiencia y
eficacia en el actuar de la institución, orientado fundamentalmente a la
protección y defensa de las garantías constitucionales y del interés público,
como lo consagra la Carta Política, y que por supuesto nos ha nos ha llevado a
contar con métodos y procedimientos cada vez más ágiles y adecuados a las
necesidades actuales.
Como parte de ese modelo, uno de los grandes propósitos ha estado
encaminado a la optimización de las procesos misionales, especialmente, el
preventivo, que bajo el lema “prevenir antes que sancionar”, se ha constituido en
nuestra bandera en pro de la disminución de las posibles sanciones disciplinarias
y del riesgo existente para el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos y
un mejor vivir de la sociedad colombiana.
Es así como, a partir del 2014, se le dio un nuevo enfoque a esta función,
estableciendo principios y lineamientos para su ejercicio, entre otros aspectos,
mediante el fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención. Para ello se
adoptó un modelo de gestión a través de actuaciones administrativas con
ocasión de tres escenarios i) de anticipación, (ii) de mitigación ylo restitución, y
(iii) de orientación. Durante el 2015, se crearon los diferentes tipos de actuación
a desarrollar dentro de cada uno de ellos. Y ya se están viendo los resultados,
durante esta última vigencia, se logró una efectividad del 87,5%, teniendo en
cuenta que de un total de 164.381 solicitudes a tramitar, se dio respuesta a
143.791, registrando un incremento del orden del 10% con respecto al año
anterior, cuyo porcentaje fue del 76,8%. Así mismo, se realizaron 6.785 visitas,
se efectuaron 95.022 requerimientos y se presentaron 10.825 informes y 8.600
11
documentos de análisis. También se llevaron a cabo un total de 3.906
capacitaciones en materia preventiva, con las que se beneficiaron 70.330
asistentes, entre funcionarios públicos y ciudadanos.
Respecto de la misión de sancionar las faltas disciplinarias en que incurren los
servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas, de las 107.979
quejas y denuncias en trámite durante la vigencia 2015, se gestionaron 89.861
que corresponden al 83,2%, de las cuales 42.264 (47%) fueron remitidas por
competencia externa; y 13.313 (14,8%) se distribuyeron a las diferentes
dependencias disciplinarias de la entidad por competencia interna. El 13,5% de
esas quejas (12.148) culminaron con autos inhibitorios; el 4,7% (4.213) se
archivaron; el 18,9% (16.991) dieron inicio a indagación preliminar; 1,0% (867)
condujeron a apertura de investigación disciplinaria (procedimiento ordinario) y
0,1% (65) acarrearon proceso especial (verbal). Igualmente, se formularon 1.632
pliegos de cargos, de los cuales 892 fueron dentro del procedimiento ordinario y
740 con procedimiento verbal.
Con relación al procedimiento verbal, que también nos propusimos fortalecer en
este cuatrienio, se evacuaron 830 procesos, de los cuales 387 fueron con fallos
sancionatorios y 236 con fallos absolutorios de primera instancia, 164 decisiones
de segunda instancia y 43 a terminaciones por otros conceptos. De esta manera
se dio respuesta en tiempo real a ese mismo número de denuncias o casos
abordados de oficio, contribuyendo a la lucha contra la corrupción y la
impunidad, la falta de diligencia y eficacia en el ejercicio de la función pública.
En este mismo período de análisis se impusieron sanciones a 1.171 personas en
primera y única instancia. Igualmente, 690 sanciones quedaron en firme y
registradas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de
Inhabilidad (SIRI), encabezando los alcaldes (195) y los concejales (113) la lista
de los más sancionados, correspondiendo en conjunto al 44,6% del total de
sanciones impuestas.
Continuamos en la consecución de la expedición del nuevo Código General
Disciplinario, que pretende reformular los principales aspectos sustanciales y
procesales del derecho disciplinario, ajustado a unos estándares mínimos,
relacionados con normas mucho más claras, eficientes, prácticas,
proporcionadas y, muy especialmente, introduciendo reglas que tiendan a
maximizar las garantías y los derechos fundamentales de los investigados. Se
está a la espera del control de constitucionalidad al proyecto de ley.
12
El ejercicio de nuestra función de propender por la vigencia de un orden social
justo, a través de 712 Procuradores Judiciales se realizaron 729.704
actuaciones, de las cuales 497.960 correspondieron a intervenciones judiciales,
182.238 prejudiciales y 49.506 ante autoridades administrativas.
Se destaca la participación en 218.010 audiencias, de las cuales 66.385 fueron
en la etapa prejudicial y 151.625 en procesos judiciales, con una carga promedio
de 306 audiencias por agente del Ministerio Público, producto de las cuales se
emitieron 71.219 conceptos, lo que representa una intervención de 100
conceptos al año por agente del Ministerio Público, que permitieron de una u otra
manera aplicar una justicia más eficiente y eficaz.
Cabe también resaltar que en virtud del control de protección y defensa de los
derechos individuales y colectivos, durante la vigencia se interpusieron 2.518
acciones constitucionales y ordinarias por parte de la Procuraduría General de la
Nación, así: 777 de tutela, 143 de cumplimiento, 1.498 de nulidad y
restablecimiento del derecho, 90 acciones populares, 3 de revisión, 2 de grupo y
5 de habeas corpus.
En materia de conciliación, dado el objetivo de este órgano de control por
incentivar este mecanismo alternativo de solución de conflictos, se realizaron
66.385 audiencias prejudiciales en las diferentes jurisdicciones, de las cuales
8.419 culminaron con acuerdo. De ellos, 6.803 fueron en asuntos contencioso
administrativos, que en conjunto con los 138 acuerdos conciliatorios judiciales
logrados en esa misma materia, significaron ahorros patrimoniales para el
Estado superiores a los 219 mil millones de pesos.
Finalmente, con el cumplimiento del 93% de los objetivos trazados en el Plan
Estratégico 2013-2016 “Procurando orden y rectitud” y la ejecución del 98% del
presupuesto asignado para el 2015, pongo a su consideración el presente
informe, no sin antes reiterar el compromiso incesante de garantizar los
derechos de los ciudadanos y de ejercer acciones encaminadas a construir el
respeto por los demás y a luchar contra la corrupción, producto del mandato
conferido por esa Honorable Corporación.
ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
13
1 PROCESO PREVENTIVO
La Constitución Política prevé expresamente como función del Procurador General de la
Nación en el artículo 277, numeral 2: “Proteger los derechos humanos y asegurar su
efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo”.
“La función preventiva de la Procuraduría, es la función misional a través de la cual la
entidad busca anticiparse y evitar la ocurrencia de hechos que afecten la garantía de los
derechos, mediante la detección y advertencia temprana de riesgos en la gestión pública.
De igual manera promueve el respeto de las garantías de los derechos constitucionales”.
“El Sistema Integral de Prevención. Es el conjunto de titulares, operadores preventivos,
normas, lineamientos, principios, mecanismos y herramientas organizacionales, en torno
a los cuales se planea, coordina, organiza y ejerce la función preventiva de la
Procuraduría General de la Nación”.
En el año 2014, la Procuraduría le dio un nuevo enfoque a la función preventiva a su
cargo, estableciendo principios y lineamientos para su ejercicio, entre otros aspectos,
mediante el fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención, para lo cual, por
Resolución No. 132 de ese año, adoptó el modelo de gestión de la referida función y
dispuso que se desarrollará a través de actuaciones administrativas, ejecutadas con
ocasión de los diferentes escenarios, a saber: (i) escenario de anticipación, (ii) escenario
de mitigación ylo restitución y; (iii) escenario de orientación. Teniendo en cuenta lo
anterior y con el fin de materializar ese modelo de gestión, se profirió la Resolución No.
055 del 6 de febrero de 2015, a través de la cual se crearon los diferentes tipos de
actuación en el marco de los escenarios señalados, así:
ESCENARIO DE ORIENTACIÓN: Tipo de Actuación - Atención al público: Busca
resolver las inquietudes del público o usuarios que acuden a la PGN, personalmente o por
medio de otros canales de atención dispuestos por la entidad, en busca de orientación
relacionada con el ejercicio y goce efectivo de los derechos y las funciones de entidades
públicas o particulares que ejercen funciones públicas, responsables de garantizarlos.
14
ESCENARIO MITIGACIÓN Y LA RESTITUCIÓN: Tipo de Actuación-Asunto Abreviado:
Busca actuar preventivamente ante la ocurrencia de hechos que ya implicaron la
vulneración o desconocimiento de un derecho, a fin de evitar que se propaguen o
profundicen los efectos adversos para los afectados, impedir la reiteración de su
ocurrencia, mitigar los efectos del mismo ylo restituir el derecho violado, mediante la
ejecución de actividades preventivas primarias en donde se obtienen resultados
inmediatos o en el corto plazo.
Tipo de Actuación-Asunto Ordinario: Busca actuar preventivamente ante la ocurrencia
de hechos que ya implicaron la vulneración o desconocimiento de un derecho, a fin de
evitar que se propaguen o profundicen los efectos adversos para los afectados, impedir la
reiteración de su ocurrencia, mitigar los efectos del mismo y/o restituir el derecho violado,
mediante la ejecución de actividades preventivas de mayor complejidad en donde se
obtienen resultados en el corto y mediano plazo.
ESCENARIO DE ANTICIPACIÓN: Tipo de Actuación-Caso Preventivo: Busca actuar
preventivamente para anticiparse a la ocurrencia de hechos que puedan vulnerar los
derechos de las personas o amenacen el adecuado ejercicio de la función pública con la
finalidad de verificar el cumplimiento legal y los principios que rigen la función
administrativa a través del desarrollo de las actividades preventivas. Esta actuación se
centra en un aspecto particular de la gestión pública.
En cumplimiento de dicha función de servicio a la comunidad y de velar para que el
Estado garantice el fin esencial de hacer efectivos los principios, los derechos y los
deberes reconocidos en la Constitución Política y la ley, de un total de 164.381 solicitudes
de la ciudadanía a tramitar durante la vigencia, se dio respuesta a través de orientaciones
y asuntos y casos cerrados en un total de 143.791. Se realizaron importantes
seguimientos y controles a políticas públicas en materia de protección de los derechos
humanos, asuntos étnicos, restitución de tierras, víctimas del conflicto armado, asuntos
carcelarios y penitenciarios, infancia, adolescencia y familia, población LGBTI, el medio
ambiente y asuntos agrarios, de salud y seguridad social, así como de fortalecimiento de
la gestión pública nacional y territorial, entre otros.
La Procuraduría en materia preventiva realizó durante el período, 3.906 capacitaciones
dirigidas a 46.766 funcionarios públicos y a 23.564 ciudadanos, para un total de 70.330
personas beneficiadas. Por otra parte se realizaron 6.785 visitas, se efectuaron 95.022
requerimientos, se presentaron 10.825 informes y 8.600 documentos de análisis en
desarrollo de la función preventiva a nivel nacional.
La tabla que sigue da cuenta de las actuaciones que en materia preventiva realizó la
Procuraduría General de la Nación durante el período de análisis:
15
Tabla No. 1
Actuaciones en proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO 2015
DE
LEG
AD
AS
RE
GIO
NA
LES
PR
OV
INC
IALE
S DIS
TR
ITA
LES
TOTAL
ASUNTOS RECIBIDOSESCENARIO ORIENTACIÓN
Asuntos que requieren orientación recibidos 25.949 12.224 13.943 466 52.582Asuntos que requieren orientación evacuados 26.078 12.784 14.845 507 54.214ESCENARIO DE MITIGACIÓN
Total de asuntos abreviados recibidos 39.092 21.964 10.380 4.001 75.437Total de asuntos abreviados evacuados 38.060 21.988 10.501 3.595 74.144Asuntos ordinarios recibidos 4.447 2.930 2.659 2.721 12.757Total de asuntos ordinarios evacuados 4.999 2.686 2.546 2.528 12.759Asuntos ordinarios cerrados y archivados 2.981 1.681 2.044 74 6.780ESCENARIO ANTICIPACIÓN
Total de casos preventivos asignados 1.347 767 479 3 2.596Casos preventivos iniciados 1.436 736 510 7 2.689Total de casos preventivos evacuados 1.281 764 627 2 2.674Casos preventivos cerrados y archivados 1.281 764 648 2 2.695SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS
Sentencias recibidas 2.856 1.652 50 0 4.558Sentencias de las que se efectuó requerimiento para su cumplimiento 2.534 1.226 72 0 3.832Sentencias con cumplimiento por parte de la autoridad competente. 3.557 5.864 330 0 9.751ACTIVIDADES PREVENTIVAS
Reuniones realizadas por la dependencia 4.252 826 997 18 6.093Reuniones en las que participó la dependencia 7.325 3.278 2.869 101 13.573Capacitaciones realizadas 3.386 203 270 47 3.906Funcionarios públicos capacitados 33.152 6.808 6.015 791 46.766Particulares capacitados 18.212 2.194 3.158 0 23.564Visitas realizadas 3.831 1.374 1.513 67 6.785Requerimientos escritos efectuados 38.877 32.491 20.172 3.482 95.022Respuestas a peticionarios y entidades 23.305 11.580 5.687 5 40.577Copias a otro proceso misional o externo 1.089 120 1.267 0 2.476Informes parciales o cierre y archivo 6.924 1.478 2.423 0 10.825Documentos de analisis en desarrollo de la función preventiva 2.201 4.715 1.684 0 8.600Resoluciones, directivas y circulares formalizadas 1.434 285 560 0 2.279Documentos proposiciones y observaciones en proyectos legislativos 109 7 0 0 116Documentos de inciativas legislativas presentadas por parte de PGN 3 0 0 0 3Acciones de cumplimiento interpuestas 0 0 0 0 0Acciones de tutela interpuestas 90 93 62 0 245Acciones de revisión interpuestas 2 1 0 0 3Acciones populares interpuestas 1 2 11 0 14Acciones de grupo interpuestas 1 1 0 0 2Habeas corpus interpuestos 1 3 1 0 5Declaraciones recibidas en linea 533 3.298 4.967 68 8.866Declaraciones recibidas personalmente 147 4.398 7.118 209 11.872Declaraciones de registros de predios y territorios abandonados 54 184 112 0 350
16
1.1 DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Constitución Política prevé expresamente como función del Procurador General de
la Nación en el artículo 277, numeral 2: “Proteger los derechos humanos y asegurar
su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo”. Este eje estratégico pretende
proteger y promover los derechos fundamentales garantizando su efectividad
mediante la intervención especial y permanente del Ministerio Público, ante hechos
que puedan afectar los intereses de la sociedad, en particular la lucha contra la
impunidad y la garantía del respeto de derechos y garantías fundamentales.
1.1.1 Seguimiento preventivo a las políticas públicas en materia de derechos
humanos y Derecho Internacional Humanitario
SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS Y PROGRAMAS DE DESARROLLO
ALTERNATIVO
A través de la acción preventiva de seguimiento a las políticas públicas de sustitución
de cultivos ilícitos y programas de desarrollo alternativo se busca la identificación de
las herramientas con las que el Estado cuenta para adelantar ese tipo programas en
aquellas zonas en las que se implementan protocolos de erradicación de cultivos
ilícitos, bien sea de manera manual voluntaria o forzosa y/o por aspersión con
glifosato.
Durante el 2015 se sostuvieron reuniones con las entidades objeto de seguimiento, a
saber: Ministerio de Justicia, Unidad de Consolidación Territorial y Departamento
Administrativo para la Prosperidad Social, Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –
INCODER–, y se solicitó información sobre la implementación de la política a nivel
territorial, en municipios tales como Caucasia y Tarazá (Antioquia) San José de Tadó
(Chocó), Puerto Libertador y Valencia (Córdoba), Timbiquí (Cauca), Tumaco y
Policarpa, El Tambo, (Nariño), Santander (Bolívar) Sardinata y Tibú (Norte de
Santander) en aras de conocer detalles del programa y su implementación, con
ocasión de la decisión presidencial de suspender la aspersión con glifosato, con base
en lo cual se presentaron algunas reflexiones finales acompañadas de una serie de
recomendaciones sobre las gestiones de las entidades concernidas. Entre otros
asuntos, se sugirió una mayor articulación y participación de las mismas en la política
y sus distintos programas, bajo la perspectiva de atención a grupos vulnerables y la
reintegración social y económica de la población asentada, especialmente, en
aquellas zonas en las cuales se adelantan los programas de desarrollo alternativo.
17
En esta misma línea preventiva, la Procuraduría recomendó una mayor socialización
de los programas de desarrollo alternativo en los territorios a través de la
interiorización de la política en los municipios y departamentos correspondientes.
Ahora bien, de conformidad con la coyuntura actual, el panorama institucional y
normativo de las políticas de erradicación de cultivos ilícitos y de desarrollo alternativo
puede sufrir modificaciones estructurales que afecten de alguna manera a la
población rural y/o campesina asentada en zonas con presencia de cultivos ilícitos y/o
con riesgo de tenerlos. En este orden, para la Procuraduría resultó pertinente
recomendar a las entidades competentes, estar prestas a la ocurrencia de este tipo
de circunstancias y adoptar las medidas que correspondan de manera expedita,
siempre en perspectiva de protección a la población civil asentada en las zonas
objeto de erradicación. Igualmente, que las entidades responsables informen en
detalle sobre la estrategia de acompañamiento en esa materia y seguridad
alimentaria, dirigida a la población civil/ campesina asentada en las zonas objeto de
erradicación por aspersión.
OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS A LA POBLACIÓN
DESMOVILIZADA Y REINCORPORACIÓN A LA VIDA CIVIL
Desde junio del año 2014, se reiniciaron actividades de tipo preventivo que tienen
como propósito impulsar el cumplimiento del componente de beneficios
administrativos de la política pública de desmovilización, desvinculación, reintegración
y desarme – DDR, y con ello, mejorar procesos institucionales a cargo de entidades,
tales como la Agencia Colombiana para la Reintegración, el Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, el Ministerio de Defensa y las Entidades Territoriales, entre otras
entidades e instancias con competencias sobre la materia. En desarrollo de esta
iniciativa, durante el 2015 se efectuaron dos aplicaciones de la batería de
seguimiento a nivel nacional y territorial en distintos departamentos y se adelantaron
jornadas de capacitación a alrededor de 90 servidores públicos del nivel central y
territorial que adelantan funciones en departamentos, tales como Cundinamarca,
Antioquia, Chocó, Santander, Norte de Santander, Tolima, Huila, Meta, Putumayo,
Caquetá, Atlántico, Cesar, Magdalena, Bolívar, Cauca, Valle del Cauca, así como en
la ciudad de Bogotá D.C.
Así mismo, se realizaron una serie de talleres de profundización de conocimientos en
los departamentos de Norte de Santander, Magdalena, Meta y Córdoba, al encontrar
cierta debilidad institucional sobre la gestión y con ocasión a la falta de respuesta a
los requerimientos; reforzando dicha actividad preventiva con la práctica de visitas
administrativas a las Gobernaciones y Alcaldías de cada departamento, y a entidades
del orden nacional, como la Unidad Nacional de Protección y la otra a la Agencia
Colombiana para la Reintegración.
18
SEGUIMIENTO Y CONTROL A LA GESTIÓN INSTITUCIONAL EN MATERIA DE
PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE LA
VIOLENCIA SEXUAL EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO
Con base en el seguimiento y control periódico que se realiza a la gestión institucional
en materia de prevención, atención y protección a las víctimas de la violencia sexual
en el marco del conflicto armado, se realizaron las correspondientes
recomendaciones de carácter preventivo a las instituciones concernidas. De lo
reportado por dichas entidades, la Procuraduría observó la posible persistencia de
una serie de fallas que han sido plasmadas por la Honorable Corte Constitucional en
su jurisprudencia sobre la materia, entre otras:
- Dificultades de tipo presupuestal
- Insuficiencia de personal para abordar la problemática de manera exclusiva
- Desconocimiento de la normatividad internacional y nacional por parte de
operadores judiciales y funcionarios públicos
- Prácticas discriminatorias por parte de funcionarios públicos ocasionados, entre
otras razones, por estereotipos y prejuicios.
- Subregistro de la problemática, entre otros motivos, por falta de denuncia por
parte de las víctimas.
- Barreras de acceso al sistema de salud
- Barreras de acceso al aparato judicial
Durante el mismo período se adelantaron actuaciones de vigilancia y control
preventivo institucional con ocasión de la situación de riesgo presente en el norte del
departamento del Cauca. En este marco, la entidad consultó sobre las acciones
ejecutadas por:
- El Ministerio de Defensa Nacional para garantizar la libre movilidad y circulación
de personas y de bienes.
- El Escuadrón Móvil Antidisturbios -ESMAD- en el marco del control de las
protestas, con el fin de determinar si se han ajustado a los protocolos
establecidos.
19
- El Gobierno Nacional, encaminadas a proteger a la población civil que se
encuentra ubicada en las inmediaciones de bases militares y de policía.
- El Ministerio del Interior –Dirección de Étnias–, respecto de las órdenes impartidas
por la Corte Constitucional para la protección de pueblos y comunidades
indígenas, así como de las comunidades negras. Igualmente, para salvaguardar
el derecho a la propiedad sobre las tierras de esa misma población y la mestiza.
- La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal para prevenir
accidentes por ese tipo de minas y municiones sin explotar, así como para iniciar
desminado humanitario.
- La Unidad Nacional de Protección para proteger a los líderes y autoridades de los
pueblos y comunidades indígenas, de las comunidades negras y de la población
mestiza que han sido víctimas de amenazas e intimidaciones, teniendo en cuenta
el enfoque diferencial y los criterios de protección colectiva.
La Procuraduría formuló una estrategia de vigilancia institucional sobre los ejes
temáticos anteriormente descritos y recomendó la planeación de las medidas, la
organización de las decisiones que llevan a la ejecución de las mismas y los tiempos
que van a ser necesarios para proteger en todo tiempo los derechos de la población
que se encuentra en la zona norte del departamento del Cauca.
De la misma manera, se hizo seguimiento y control preventivo con ocasión de la
situación de derechos humanos en los municipios de Tumaco, Francisco Pizarro y
Mosquera, en el departamento de Nariño. En este marco la entidad consultó sobre las
medidas adoptadas por:
- El Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional, la Armada y la Policía Nacional para
garantizar la seguridad y para prevenir las violaciones masivas a los Derechos
Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario por parte de los
grupos armados ilegales, en especial, el respeto por la población civil que se
encuentra ubicada en las cabeceras municipales, en los resguardos, en los
territorios colectivos y en las zonas focalizadas como áreas geográficas de riesgo
de los municipios de Tumaco, Mosquera y Francisco Pizarro.
- El Ministerio del Interior respecto de las órdenes impartidas por la Corte
Constitucional (Autos 004 y 005, entre otros, en el marco de la sentencia T-025 de
2004) para la protección de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las
comunidades negras.
20
- El Ministerio del Interior respecto de los procesos de consulta previa requeridos
por las comunidades afrodescendientes, a fin de propender por el cumplimiento de
sus derechos colectivos.
- La Unidad Nacional de Protección, la Gobernación de Nariño y las alcaldías de
Tumaco, Mosquera y Francisco Pizarro para proteger a la población civil en
situación de riesgo, de manera particular, a las y los líderes e integrantes de los
consejos comunitarios y resguardos.
- La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal para prevenir
accidentes por minas antipersonal y municiones sin explotar, así como para iniciar
el desminado humanitario en los municipios de Tumaco, Francisco Pizarro y
Mosquera.
- Los alcaldes de dichos municipios, al Gobernador de Nariño y a la Unidad
Nacional de Protección, para revisar de manera prioritaria las solicitudes de
protección de personas y líderes defensores de derechos humanos, integrantes de
los Consejos Comunitarios y comunidades indígenas que han sido víctimas de
amenazas, intimidaciones, atentados, desaparición forzada, estigmatización y
señalamientos, con objeto de coordinar con las entidades competentes la
implementación de medidas de protección.
Fruto de este proceso de observación, la Procuraduría recomendó a las entidades
competentes el despliegue de actividades que propendan por la implementación de la
política de desminado humanitario y militar no solo en esos tres municipios, sino en la
totalidad del departamento de Nariño, así como la planeación de las medidas para
proteger a la población civil que se encuentre en cercanías de las bases militares y/o
estaciones de policía.
PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
En el marco de la prevención, se tuvo activa participación en los Comités que a
continuación se relacionan, haciendo énfasis en el desarrollo de la facultad legal
otorgada al Ministerio Público, la cual establece explícitamente que se tiene voz mas
no voto frente a las decisiones que allí se tomen:
- Grupo de Valoración Preliminar (GVP) del Programa de Protección, en cabeza de
la Unidad Nacional de Protección.
21
- Comités de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) de
diferentes poblaciones en el ámbito del Programa de Protección, en cabeza de la
Unidad Nacional de Protección.
- Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo (GTER) del Programa de Protección, en
cabeza de la Fiscalía General de la Nación.
Dentro de dichos espacios la labor ha consistido en ser garantes de los derechos de
los ciudadanos que buscan protección del Estado, brindar información adicional sobre
los diferentes casos cuando resulte procedente, así como realizar observaciones e
invitar a las entidades titulares de los diferentes programas de protección a que
implementen acciones de mejora, a fin de que se cumplan de manera efectiva sus
objetivos y se proteja la vida e integridad de sus beneficiarios.
En ese orden de ideas y en virtud de lo advertido en las sesiones del Grupo de
Valoración Preliminar (GVP) y de los Comités de Evaluación de Riesgo y
Recomendación de Medidas (CERREM) de diferentes poblaciones, se requirió a la
Unidad de Protección para ponerle de presente algunas debilidades observadas en
las diferentes etapas de la ruta de protección que restaban eficacia al Programa,
acompañadas de las respectivas posibilidades de mejora.
De otro lado, se participó en las reuniones del Subgrupo de Investigación, en el
marco de la Mesa Nacional de Garantías a la labor de los defensores/as de Derechos
Humanos.
Asimismo, se efectuaron recomendaciones en materia de protección en el ejercicio de
construcción de la política pública en materia de protección a Defensores/as de
DDHH y en la construcción del protocolo de actuación en materia de protesta social.
Adicionalmente, se coordinó la participación de la Procuraduría en la reanudación de
la Mesa Regional de Garantías a la labor de los defensores/as de Derechos Humanos
en el Departamento de Antioquia.
De cara a la Resolución 1085 de 2015, proferida por el Ministerio del Interior, relativa
a la Ruta de Protección Colectiva, se elaboró un documento dirigido a la Unidad
Nacional de Protección, contentivo de algunas observaciones y reflexiones tendientes
a que se cumplan los objetivos de la protección colectiva de acuerdo a la ley y en pro
de garantizar los derechos de los grupos que lleguen a ser beneficiarios de esas
medidas.
22
Igualmente, se participó en el primer ejercicio de estudio de riesgo colectivo realizado
por la Unidad Nacional de Protección, se hicieron recomendaciones y se llevarán a
cabo los seguimientos en el ejercicio del control preventivo que se le atribuye a la
Procuraduría. De otro lado, en desarrollo de lo dispuesto en el Artículo 2.4.1.2.23 del
Decreto 1066 de 2015, referente a la labor de la Procuraduría General de la Nación
en el marco de la estrategia de prevención, se realizó un taller durante los días 25 y
26 de agosto de 2015, con el fin de socializar el “Protocolo de actuación preventiva
del Ministerio Público en materia de protección”, que desarrolló este órgano de control
en el año 2014, con funcionarios del Ministerio público de diferentes municipios, a
efectos de fortalecer sus competencias en el ejercicio del control preventivo frente a la
política de protección de personas y comunidades en situación de riesgo extremo o
extraordinario.
Asistieron personeros, procuradores regionales, procuradores provinciales y
defensores regionales de los departamentos de Meta, Guajira, Norte de Santander,
Tolima, Huila, Cesar, Valle del Cauca, Bolívar y Putumayo.
En términos generales el taller de capacitación y socialización del “Protocolo de
actuación preventiva del Ministerio Público en materia de protección”, cumplió los
objetivos propuestos, en el entendido de que los participantes pudieron conocer el
instrumento, su utilidad, compartieron experiencias del transcurrir de sus labores y
fortalecieron sus competencias frente al deber que les atañe como Ministerio Púbico
en materia de prevención y protección.
1.1.2 Desaparición forzada
En materia de desaparición forzada, en cumplimiento del numeral 10 del artículo 7 del
Decreto 1862 de 2014, se asistió a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, en las cuales se trataron temas
como el seguimiento y reprogramación de algunos aspectos del plan de acción del
año 2015, los cuales obedecen a ajustes presupuestales, y se siguió discutiendo
sobre la nueva estructura que deben tener las audiencias regionales de víctimas de
desaparición forzada. Los días 24 y 25 de septiembre se celebró la audiencia regional
de Barranquilla.
A partir de mediados de octubre, el trabajo de la Comisión, además del
fortalecimiento institucional con la participación de víctimas, se centró en el acuerdo
No. 62 de La Habana, Cuba, cuya finalidad es poner en marcha medidas
humanitarias de búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de
personas dadas por desaparecidas.
23
Con respecto a ese asunto, la Procuraduría General de la Nación insistió ante el Alto
Comisionado de Paz, en la necesidad de convocar a todas las víctimas,
entendiéndose entre ellas no solo a las que han sido objeto de secuestro por parte de
las FARC, sino a las familias de los soldados miembros del Ejército; posición que se
mantuvo durante las convocatorias a las organizaciones de víctimas.
En el marco de este acuerdo y con el fin de empezar a redactar las recomendaciones
para la unidad especial, se realizó el primer encuentro con víctimas y funcionarios en
la ciudad de Bogotá, y se trazó una programación para los siguientes encuentros, la
cual le fue entregada al Comisionado de Paz a fin de que por parte del gobierno
nacional se garanticen los recursos para esta actividad.
De conformidad con lo establecido en la Resolución 525 de 2011, se impulsó el
seguimiento a las exhumaciones e inhumaciones de los cadáveres de personas no
identificadas o identificadas y no reclamadas, con lo cual se obtuvo un consolidado de
400 cementerios que demuestran su estado actual frente al tema. Así mismo y por
invitación del Ministerio del Interior, se participó en una capacitación dirigida a
administradores, secretarios de gobierno y sepultureros, respecto de la
responsabilidad que conlleva el desempeño de sus funciones en la salvaguarda de
los restos de NN y personas identificadas y no reclamadas.
Finalmente, las actividades desarrolladas también se centraron en labores de
orientación y seguimiento a las actuaciones de las Procuradurías Regionales y
Provinciales con relación a la coordinación necesaria de las gestiones de las
entidades territoriales frente a las recomendaciones del Ministerio del Interior con
ocasión de las evaluaciones efectuadas por la Comisión Intersectorial de Alertas
Tempranas –CIAT-. Fue así como respecto de los informes de riesgo y notas de
seguimiento, se determinó que algunos entes territoriales dieron cumplimiento a las
recomendaciones realizadas por la Comisión Interinstitucional de Alertas Tempranas
(CIAT), como fueron el municipio de Soacha en el departamento de Cundinamarca;
los municipios de Rioblanco, Ataco e Ibagué en el departamento de Tolima; los
municipios de Sácama y La Salina en el departamento de Casanare; y el municipio de
Ocaña en el departamento de Norte de Santander.
Esta actividad de la Procuraduría ha sido reconocida por la Comisión Interinstitucional
de Alertas Tempranas, dado el interés de este órgano de control por conminar a las
autoridades a cumplir con las recomendaciones de esa Comisión o a desarrollar
acciones que mitiguen los hechos de vulneración de los derechos de las poblaciones
afectadas.
24
1.1.3 Asuntos carcelarios y penitenciarios
Se adelantaron funciones preventivas de promoción y protección de los derechos
fundamentales de las personas privadas de la libertad.
En este sentido, con el fin de cumplir con lo ordenado por la Corte Constitucional en
la sentencia de Tutela 388/13, en cuanto a prevenir el maltrato de la población reclusa
en el EMPASCAS de Valledupar, se implementó en ese centro un mecanismo de
denuncia, con miras a que las personas privadas de la libertad puedan instaurar las
quejas por las presuntas violaciones de sus derechos fundamentales, y así vigilar su
eficacia e impacto.
En consonancia con lo anterior, se realizaron visitas mensuales y se organizó
conjuntamente con el Instituto de Medicina Legal la conferencia “Importancia en el
proceso de evaluación forense de los casos de tortura u otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes”, dirigida a las diferentes autoridades que tienen relación
en el ejercicio de sus funciones con las personas privadas de la libertad, la cual tenía
como finalidad fortalecer los conocimientos de los servidores públicos en el manejo
de eventos relacionados con las conductas antes referidas, con el fin de prevenirlas y
alcanzar resultados en las investigaciones.
Todas las actividades que se desarrollaron en el transcurso del año 2015, según lo
manifestado por los representantes del Comité de Derechos Humanos del
EMPASCAS de Valledupar, impactaron positivamente en el mejoramiento del trato
por parte del personal de custodia y vigilancia del INPEC a la población reclusa del
referido establecimiento carcelario.
Así mismo, se realizó visita al Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de
Bogotá, con ocasión de la huelga de hambre que adelantaron las personas privadas
de la libertad, con el fin de establecer las causas que motivaron a los internos a esta
clase de protesta. Frente a la situación se realizaron las recomendaciones
pertinentes, tanto a las autoridades penitenciarias como de salud, especialmente,
para la oportuna prestación de estos servicios. De la misma manera y ante el cese de
operaciones de la EPS CAPRECOM en los departamentos de Antioquia, Huila y
Risaralda y su posible liquidación, se requirió a esa entidad, como al Ministerio de
Salud y Protección Social, el INPEC y la Superintendencia Nacional de Salud para
que tomaran las acciones que a cada una les compete para la atención integral en
salud a los internos, no solo de estos departamentos, sino de todos aquellos que
resultaran afectados por la medida.
25
El Gobierno Nacional, a través del Decreto 2519 del 28 de diciembre de 2015,
suprimió a CAPRECOM y ordenó su liquidación, pero igualmente dispuso que
conservará su capacidad única y exclusivamente para adelantar acciones que
permitan la prestación oportuna y adecuada del servicio de salud de sus afiliados
hasta que se produzca de manera efectiva su traslado y la asunción del
aseguramiento por otra Entidad Promotora de Salud. Adicionalmente, deberá
continuar con la prestación de dichos servicios a la población reclusa del Instituto
Nacional Penitenciario y Carcelario- INPEC, con cargo a los recursos del Fondo
Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad hasta que esta actividad
sea asumida por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC.
También se hizo seguimiento a la reglamentación del Fondo Nacional de Salud de las
Personas Privadas de la Libertad, para lo cual se instó a los Ministros de Justicia y del
Derecho, Hacienda y Crédito Público y de Salud y Protección Social, para que se
agilizara la elaboración y adopción del “Modelo de atención en salud para la
población privada de la libertad”, según lo establecido en el artículo 105 de la Ley
1709 de 2014, logrando que finalmente se expidieran el Decreto 2245 de 24 de
noviembre de 2015 que reglamentó el Fondo y estableció el Modelo, y la Resolución
No. 5159 del 30 del mismo mes, proferida por el Ministerio de Salud y Protección
Social, que lo adopta.
Igualmente, se continuó con la vigilancia al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 65
de 1993, modificada por la Ley 1709 de 2014, sobre cárceles y penitenciarías para
miembros de la Fuerza Pública. Así como con el seguimiento a la Directiva 003 del 2
de septiembre de 2014, expedida por la Procuraduría con la finalidad de que los
entes territoriales realicen los aportes que les corresponde para el sostenimiento de
los centros de reclusión y relacionados con las personas privadas de la libertad en
condición de sindicados, gracias a lo cual varios municipios y gobernaciones han
celebrado con el INPEC convenios de cooperación.
Fue así como la Regional del INPEC Viejo Caldas suscribió convenios de
cooperación con 24 municipios de esa jurisdicción, por un valor de $398.507.835,
entre ellos los entes territoriales de Honda, Salamina, Venadillo, Palestina, Manizales,
Puerto Boyacá, Anserma, Armero-Guayabal y Santa Rosa de Cabal. A su vez, la
Regional Central INPEC celebró 48 convenios de cooperación, por un monto de
$1.415.895.000, donde se destacan los municipios de Duitama, Sogamoso,
Moniquirá, Tunja, Fusagasugá, Chía, Zipaquirá, Florencia, Yopal, Garzón, Neiva,
Rivera y Villavicencio.
26
De igual manera, en cumplimiento de las funciones de protección de los derechos de
la población reclusa, se ha venido adelantando seguimiento a la proporción de
alimentación en los diferentes establecimientos, actividad mediante la cual se ha
logrado que en algunos centros de reclusión en donde se detecta que el servicio no
se está prestando en las condiciones adecuadas, se mejore el servicio, se
suministren las porciones en la cantidad y la cantidad pactada, como también que se
cumpla a cabalidad con las dietas alimenticias en las condiciones ordenadas por los
médicos a los reclusos que por su situación de salud, así lo requieren.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 65 de 1993, se continúa
llevando a cabo el seguimiento a los registros de defunciones de población carcelaria
ocurridas en los centros de reclusión a cargo del INPEC, para determinar sus causas
y establecer la existencia de acciones u omisiones por parte de las instituciones
concernidas, dando así traslado de la documentación a las autoridades disciplinarias
para que adelanten lo pertinente, cuando a ello hubiere lugar. Fue así como en el año
2015 se remitieron a las diferentes procuradurías regionales 74 casos de muertes de
internos. Así mismo, se avanza en la conformación de una base de datos que permita
cruzar la información recibida del INPEC con la que suministre el Instituto de Medicina
Legal, con el fin de verificar si en todos los eventos de muerte de reclusos, se está
realizando el correspondiente dictamen médico legal, contentivo de las reales causas
del fallecimiento.
1.1.4 Asuntos étnicos
Se adelantaron labores de control de gestión y seguimiento relacionadas con las
diferentes afectaciones o riesgos de vulneración de los derechos de los grupos
étnicos, encaminados a verificar el cumplimiento de lo ordenado al Gobierno Nacional
en las siguientes decisiones judiciales:
- Autos 004 y 005 de 2009 de la Corte Constitucional y 359 de 2015 de la Sala
Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, a través de los cuales esa
Corporación alertó sobre la grave situación de la población indígena y
afrocolombiana víctima del desplazamiento forzado y establece obligaciones a las
diferentes entidades concernidas en la solución y atención de esta tragedia. En tal
virtud, se presentó un documento contentivo de las observaciones a los informes
elaborados por las instituciones involucradas, con respecto a los avances en el
diseño e implementación de las acciones para mitigar la problemática.
27
- Sentencia 007 de 2014, proferida por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala Civil
Especializada en Restitución de Tierras, referente a la restitución de derechos
territoriales de la comunidad Embera Katío del Resguardo del Alto Andágueda. Se
adelantaron reuniones sectoriales con cada entidad concernida, producto de las
cuales se elaboró una matriz de evaluación, que describe los compromisos y su
nivel de avance. El resultado arrojó un balance positivo, que se consignó en el
respectivo informe presentado en la audiencia convocada por ese Tribunal.
- Autos 045 y 299 de 2012, respecto del establecimiento de la fecha límite para la
realización de la asamblea general para elegir a los representantes legales de los
consejos comunitarios mayores de las cuencas de los ríos Curvaradó y
Jiguamiandó, con el fin de proteger a las comunidades víctimas del
desplazamiento forzado en el marco de cosas inconstitucionales declaradas en la
sentencia T-025 de 2004 y lo dispuesto en el Auto 005 de 2009. Con base en la
información requerida a las entidades concernidas, en reunión convocada por el
Ministerio del Interior, se presentó un informe del estado de avance del
cumplimiento por parte de la Junta del Consejo Comunitario de Curvaradó.
- Sentencia T-576 de 2014, por medio de la cual se ordena la integración del
espacio nacional de consulta previa para las comunidades negras,
afrocolombianas raizales y palenqueras. A partir del informe a la Honorable Corte
Constitucional, en el que se advirtió sobre la fallida asamblea nacional realizada
en el mes de febrero en Bogotá y teniendo en cuenta un importante número de
solicitudes por parte de las comunidades y líderes sobre la necesidad de impulsar
el proceso de cumplimiento de la referida sentencia, se inició una acción
preventiva dirigida a incidir de manera positiva en un eficaz avance de las
acciones del Ministerio del Interior como responsable del cumplimiento de esta
decisión judicial. Se participó en reuniones junto con los acompañantes del
proceso en las cuales esa Cartera presentó una ruta metodológica que buscaba
acercar a los sectores en aquellos departamentos en los que hubo divisiones.
También se participó en las asambleas unificadas en los departamentos de
Chocó, Valle del Cauca y Cauca, lográndose los consensos necesarios para
realizar la asamblea nacional en Santa Marta en la que se protocolizó el acuerdo
a través del cual se conformó el espacio nacional de consulta de medidas
legislativas y administrativas para las referidas comunidades.
Es del caso resaltar, la continuación de la ejecución del proyecto “Fortalecimiento de
las Comisiones de Justicia Transicional del Ministerio Público, para el seguimiento a
la implementación de los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011”, que se adelanta
con el apoyo del PNUD.
28
A través de este proyecto, se realizaron 11 talleres de capacitación a integrantes de
las Comisiones y Subcomisiones de Justicia Transicional del Ministerio Público, en los
cuales se difundió el alcance de los Decretos Leyes para víctimas pertenecientes a
grupos étnicos y se les dotó de herramientas para adelantar de manera eficaz el
seguimiento a las entidades del orden territorial concernidas, con la efectiva
realización de las medidas de atención, protección, prevención, reparación integral,
participación, restitución de derechos territoriales y demás relacionadas con la
satisfacción de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no
repetición.
Fue así como, apuntando al fortalecimiento de la PGN y del Ministerio Público en
materia de seguimiento y ejercicio del control preventivo, se capacitaron más de 150
servidores del nivel territorial en materia de justicia transicional, para el adecuado
seguimiento a las obligaciones establecidas en la normatividad citada, optimizándose
la capacidad de respuesta de las Procuradurías Territoriales, las Personerías
Municipales y las Defensorías Regionales frente a las víctimas pertenecientes a los
grupos étnicos.
Igualmente y con el apoyo del PNUD, se desarrolló el proyecto “Fortalecimiento del
Ministerio Público en materia de Ley 70 de 1993 y derechos especiales de las
comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”, mediante el cual se
fortaleció la labor de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del
Pueblo a nivel nacional y regional, así como de los personeros distritales y
municipales, mediante cuatro talleres de capacitación, cualificando su intervención en
la protección y garantía de los derechos de este grupo étnico.
1.1.5 Población LGBTI
En ejercicio de sus funciones de control preventivo, la Procuraduría le hace seguimiento a la formulación, implementación, difusión y aplicación tanto de las políticas públicas, como de los derechos de la población LGTBI, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones estatales referidas al respeto y garantía de los mismos, conforme a la Constitución y la Ley.
En desarrollo de la función de promoción y divulgación de derechos de la población
LGTBI, la Procuraduría General de la Nación participa en los siguientes espacios de
comunicación interinstitucional y ciudadana:
- Mesa para a la Formulación de la Política Pública para la Protección de los
Derechos de los Sectores Sociales LGBTI, adelantada por el Ministerio del Interior.
29
- Mesa Interna de Trabajo LGTBI, con el objeto de realizar una articulación que
permita optimizar la defensa de los derechos de dicha población.
- Mesa de Casos Urgentes, protocolizada en el marco del acuerdo suscrito entre la
Vicepresidencia de la República de Colombia, Ministerio del Interior, la Fiscalía
General de la Nación, Procuraduría General de la Nación y la Dirección General de
la Policía Nacional de Colombia, con el fin de trabajar mancomunadamente por la
defensa y garantía de los derechos fundamentales de la referida población en
Colombia mediante el impulso y descentralización de la Mesa.
Por otra parte se viene adelantando un programa de capacitación a servidores del
Ministerio Público del nivel regional con la colaboración y participación de expertos del
Ministerio del Interior a través de jornadas para la sensibilización y concienciación
sobre identidades de género, sexuales u orientaciones sexuales, así como derechos y
ruta de atención a esta población. Estos talleres se han llevado a cabo en los
Departamentos de Chocó, Risaralda, Caquetá y la ciudad de Bogotá, donde se
capacitaron a más de 100 funcionarios.
Adicionalmente, en cuanto a intervención se refiere, se procedió a solicitar
nuevamente a la Fiscalía General de la Nación, la matriz que identifica las
investigaciones penales en las que se registren como sujetos pasivos o víctimas de la
presunta conducta delictiva personas integrantes de la comunidad LGTBI.
Una vez recibida la referida base de datos, se procedió a identificar los casos activos e
inactivos, para posteriormente ser enviados a las Coordinaciones de Procuradores
Judiciales Penales y de Apoyo a Víctimas del Conflicto de las respectivas regiones,
con el fin de iniciar las correspondientes visitas especiales a los procesos y elaborar
un informe que abordara como mínimo los siguientes aspectos, considerados como
necesarios para realizar una adecuada intervención en lo sucesivo, así:
a) los hechos objeto de investigación
b) el estado actual del proceso
c) las últimas evidencias y elementos de prueba recolectados o el último acto de
investigación realizado
d) los esfuerzos investigativos adelantados para determinar los posibles autores o
partícipes
e) la determinación de la víctima, de su representación y constitución como tal
30
f) la evaluación de potenciales dificultades probatorias para el avance de la
investigación y,
g) conceptuar sobre la necesidad de constituir agencia especial, de acuerdo a los
parámetros establecidos por la Resolución 248 del 04 de agosto de 2014, proferida
por el señor Procurador General de la Nación.
Así mismo, si el estado procesal de la investigación es de archivo de las diligencias o
existe resolución inhibitoria, deberá revisarse la decisión que motivó tal proceder y
conceptuar acerca de la necesidad de solicitar el desarchivo de las mismas o solicitar
su revocatoria, de conformidad con los artículos 79 de la Ley 906 de 2004 y 327 y s.s.
de la Ley 600 de 2000; en el marco de las competencias constitucionales y legales
conferidas a los agentes del Ministerio Público, como garantes de los derechos
fundamentales y representantes de la sociedad, así como para garantizar los
derechos de las víctimas, avanzar en la lucha contra la impunidad y la violencia por
razón del género.
El estudio de los referidos informes permitió ahondar en aspectos importantes, como
identificar de manera sumaria si la conducta delictiva respondía a un móvil de
discriminación y por el hecho de la condición u orientación sexual de la víctima
individual, grupo de personas o comunidad a la que le fueron vulnerados sus
derechos, en consonancia con lo establecido por la Ley 1482 del 30 de noviembre de
2011. Por esa razón se consideró necesario ampliar los informes, buscando formular
una estrategia que garantice una adecuada intervención judicial ordinaria y, dado el
caso, la constitución de agencias especiales.
Es de resaltar, que como resultado de este estudio pormenorizado se ha advertido
que personas LGTBI han sido víctimas de procedimientos quirúrgicos estéticos,
configurándose posibles causas de negligencia médica; concluyendo que si bien el
móvil de la conducta delictiva no necesariamente responde a un prejuicio criminal de
discriminación, situación que debe establecer la Fiscalía General de la Nación en sus
investigaciones, se muestra necesario hacer un seguimiento a este tipo de situaciones
a partir de un enfoque diferencial con la comunidad LGTBI, razón por la cual se
decidió encausar estos casos bajo el denominado “Proyecto de Responsabilidad
Médica”, iniciativa desplegada en conjunto con la Personería de Bogotá desde el año
2014.
De otro lado, la intervención especial de los agentes del Ministerio Público en esta
problemática se puede constatar en algunos casos en las diferentes regiones, v.gr.
31
actos de discriminación contra el estudiante Miguel Ángel Rodríguez Hernández en
Tunja en el 2013; el suicidio del estudiante adolescente Sergio Urrego en agosto de
2014; homicidio de la mujer trans Marcela, con nombre jurídico Gabriel María Duque
López el pasado mes de septiembre en Medellín; homicidio de Guillermo Garzón
acaecido en noviembre de la pasada anualidad; los homicidios de mujeres trans en el
departamento de Risaralda en el mes de diciembre de 2014; desplazamiento forzado
de Warizay Osorio Conquista, Juquinal Membeche Puchicama, Eutimio Osorio
Conquista, miembros del resguardo indígena Bellavista Unión Pitalito; homicidio de
Juliana Andrea Pérez, mujer transexual junto con su pareja en el municipio de San
Pedro de los Milagros (Antiquia), ocurrido el 16 de febrero de anualidad que avanza,
presuntos actos de discriminación de los que se declara víctima el miembro de la
Policía Nacional, señor Yeison Andrés Yanten Carrillo, por parte de un superior
jerárquico, entre otros.
Con el interés que se cumpla con el precepto constitucional de lograr una justicia
oportuna, eficaz y dentro de un plazo razonable, se ha implementado la estrategia de
constituir agencias especiales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la
Resolución 248 de 2014, que permite a los Procuradores intervenir en todas y cada
una de las etapas procesales, lo que genera un seguimiento estricto a cada caso.
Así mismo, en virtud de la participación de la Procuraduría en la Mesa Nacional de
Casos Urgentes LGTBI, se estableció la necesidad de realizar jornadas especiales en
el Eje Cafetero y en Nariño, por ello, se destacó a Procuradores Judiciales Penales de
Armenia, Pereira, Manizales y Pasto para que intervinieran en el asunto. Para ello, se
enviaron previamente las matrices de investigaciones adelantadas en estas regiones,
con el fin de que se procediera a practicar visitas especiales y se tuviera conocimiento
preciso de cada uno de los casos que allí se tramitan. En las jornadas, la Procuraduría
asumió el compromiso de continuar con la intervención judicial priorizada en los
procesos que se están adelantando con ocasión de vulneración de derechos y
garantías motivados por actos de discriminación, en los cuales confluyen como
víctimas personas LGTBI.
1.1.6 Instancias Internacionales
De acuerdo al trámite que se surte en el marco de las medidas cautelares y medidas
provisionales otorgadas por la CIDH y la Corte IDH, la Procuraduría realiza el
seguimiento y control de gestión preventivo a lo que atañe a las medidas proferidas
por el Sistema Interamericano de DDHH, así como al cumplimiento de las
obligaciones internacionales del Estado y de las decisiones judiciales de orden
internacional dentro del ordenamiento jurídico interno.
32
En atención a la reciente modificación del Reglamento de la CIDH, lo cual genera un
cambio en el trámite de los procedimientos propios de este organismo internacional,
se hizo necesario conocer, comprender, analizar, apropiar y aplicar los
procedimientos nuevos o que fueron modificados y que se surten ante el Sistema
Interamericano de DDHH. Asimismo, era indispensable replicar la herramienta creada
en el ámbito del control preventivo y que permite hacer el seguimiento de las
decisiones judiciales y los instrumentos internacionales que son vinculantes para el
Estado colombiano y a los cuales la PGN en el nivel nacional y regional debe ejercer
vigilancia y control en el marco de sus funciones constitucionales.
Por ello, junto con el Instituto de Estudios del Ministerio Público, se adelantó un
trabajo para capacitar a funcionarios de las Procuradurías Regionales y Provinciales,
Defensorías Regionales, Defensorías Comunitarias y Personerías en el nuevo
reglamento de la CIDH y su funcionamiento, en lo referente a medidas cautelares,
provisionales y peticiones particulares, así como en los instrumentos de protección de
derechos humanos en el Sistema Interamericano, y en la herramienta de seguimiento
a decisiones judiciales e instrumentos internacionales de protección de DDHH.
El trabajo se llevó a cabo en dos fases, la primera de las cuales se dirigió a
funcionarios de las Procuradurías Regionales y Provinciales de los departamentos del
Valle del Cauca, Antioquia, Santander y Cauca, y la segunda, a funcionarios de las
Procuradurías Regionales y Provinciales de los departamentos de Caldas, Nariño,
Bolivar, San Andrés y Providencia; logrando capacitar en total a más de 220
servidores del Ministerio Público y las entidades territoriales.
De otra parte, ante la problemática presentada con la hermana República de
Venezuela, con relación a la expulsión masiva de colombianos desde el mes de
marzo de 2015 y que se intensificó en agosto siguiente, cuando el Presidente Nicolás
Maduro ordenó el cierre de la frontera de su país con Colombia en San Antonio del
Táchira y Urueña, la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de sus
funciones constitucionales de la defensa de los derechos de los
colombianos, mediante comunicado público de 24 de agosto de 2015, declaró la
grave violación de los derechos humanos de ciudadanos colombianos por parte del
Estado venezolano.
En efecto, este Ministerio Público denunció la política de persecución por parte del
Gobierno de Nicolás Maduro, la cual “se traduce en la privación intencional y grave de
los derechos fundamentales de los colombianos”, y rechazó enfáticamente los
ataques a la población colombiana considerados como delitos de lesa humanidad
acorde con “el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en
33
cuanto representan una persecución a un grupo o colectividad con identidad propia,
en este caso, la nacionalidad colombiana, y a que comprenden actos de deportación
o traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad
física, tortura, abusos sexuales, desaparición forzada de personas y actos inhumanos
que causan intencionalmente sufrimiento y atentan contra la integridad de las
personas”.
Igualmente, la Procuraduría solicitó al Gobierno Nacional que le exigiera al Presidente
venezolano “el desmonte inmediato de su política de ataque sistemático contra los
derechos humanos de la población colombiana en la frontera y en cualquier otro lugar
de su territorio” y que solicitara ante las instancias internacionales intervención frente
a la grave crisis humanitaria y de violación a los derechos humanos de nuestra. Lo
también para que tomara medidas eficientes y oportunas para conjurar la grave crisis
humanitaria producida por la deportación y el desplazamiento forzoso de colombianos
e hizo un llamado a la solidaridad de la ciudadanía para atender la emergencia.
Por último, este órgano de control puso a disposición las Procuradurías Regional y
Provincial con sus sedes en Cúcuta, como un centro de atención de denuncias, de
manera tal que en el marco de sus competencias, se prestara la ayuda necesaria a
los colombianos afectados. En tal virtud, además de participar en el Comité de Ayuda
Humanitaria, se atendió directamente a más de una veintena de víctimas de
atropellos y deportación, al tiempo que se visitaron los albergues dispuestos en
Cúcuta y Villa del Rosario para la asistencia de los casi 1.500 deportados, entre los
que estaban incluidos niños, mujeres y ancianos; resaltando así la acción desplegada
por las autoridades y entidades responsables.
Por lo anterior y con el fin de salvaguardar los derechos de las personas repatriadas
de forma colectiva, la Procuraduría puso en conocimiento de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la situación grave, urgente y
eventualmente irreparable en la que se encontraban las víctimas y realizó la solicitud
formal de medidas cautelares, teniendo en cuenta lo siguiente:
El respeto a la vida, integridad y libertad de los colombianos deportados como de los
colombianos que permanecen en Venezuela, estableciendo un proceso migratorio
con todas las garantías y el respeto al debido proceso a través del cual verifique su
condición y su situación legal en ese país.
Suspender la deportación masiva de colombianos y establecer procedimientos
adecuados para la detención y determinación de medidas de deportación de
extranjeros deportables, para demostrar el derecho que pueda asistir a las personas a
34
permanecer en territorio o en su defecto, para comunicarse con sus familias y
empleadores a efectos de regularizar el cobro de salarios y la protección de su
propiedad y efectos personales.
De conformidad con las normas y estándares internacionales, a los migrantes sujetos
a procedimientos que puedan conllevar a su deportación, se les debe respetar
garantías mínimas, tales como: el derecho a: i) ser escuchados por la autoridad
competente en el marco del procedimiento tendiente a su deportación y a tener una
oportunidad adecuada para ejercer su derecho de defensa; ii) contar con
interpretación y traducción; iii) contar con representación legal; iv) la protección
consular desde el momento de su detención; v) recibir una notificación de la decisión
que ordena su deportación; vi) acceder a un recurso efectivo para impugnar la
decisión de deportación; vii) impugnar la decisión de deportación; y viii) que los
recursos interpuestos tengan efectos suspensivos sobre la decisión de deportación.
La no expulsión y la garantía del derecho a solicitar y recibir asilo a los colombianos
que quieran solicitarlo por tener fundadas razones de que peligre su vida, libertad e
integridad en territorio colombiano, y adoptar las medidas necesarias para que las
personas que integran la colectividad a favor de quien se interpone la presente
petición, en sus declaraciones, no sean obligadas a repatriarse mediante medios
coercitivos o sin las debidas garantías legales; igualmente para la reunificación
familiar de colombianos separados de sus familias y obligados a dejar a sus hijos
colombianos nacidos en Venezuela, así como de los esposos e hijos mayores
colombianos detenidos y desaparecidos arbitrariamente por la guardia venezolana.
En ese sentido, se pidió solicitar al Estado Venezolano respetar la integridad y los
derechos humanos de las personas colombianas, de conformidad con la normatividad
internacional vigente y que analizara la situación familiar en cada caso concreto con
el fin de garantizar el derecho a la unidad familiar. Garantizar el derecho de no
devolución de los ciudadanos colombianos que se encuentran en la zona de frontera
y han sido objeto de operaciones de repatriación por parte del Gobierno Venezolano,
contando con refugio o asilo político en ese país. Y aceptar el regreso de aquellas
personas que fueron deportadas sin que se les adelantara un proceso legal con este
fin, observando todas las garantías procesales relevantes.
Cesar de inmediato con su campaña de destrucción y saqueo de la propiedad privada
de los colombianos residentes en Venezuela, y la reparación y/o devolución de los
bienes de los colombianos en los casos en los que ya haya habido afectación de los
mismos al momento de la expulsión arbitraria de sus propietarios de Venezuela hacia
Colombia.
35
Abstenerse de realizar campañas de estigmatización y persecución en contra de
personas que habitan en la zona de frontera o en cualquier otro lugar de su territorio
nacional en razón a su nacionalidad colombiana. En ese sentido, solicitar que el
Estado venezolano adopte todas las medidas que sean necesarias para garantizar
que no se apliquen perfiles raciales en el marco de redadas migratorias.
Adicionalmente, se realizó el seguimiento y control de gestión preventivo al trámite
de reconocimiento de la condición de refugiado, velando por la garantía y respecto a
sus derechos, respecto del debido proceso, cumplimiento de las decisiones judiciales
y aplicación del principio de no devolución, al tenor del artículo 33 de la Convención
de Ginebra de 1951 sobre refugiados.
Se trabajó en busca de garantizar el respeto y garantía de los derechos de los
solicitantes de la condición de refugio en Colombia y se veló porque se apliquen los
tratados internacionales sobre la materia y de los cuales es parte el Estado
Colombiano, como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su
Protocolo de 1967, la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 3 de la Convención
contra la Tortura, así como las disposiciones de orden interno, recomendando en
especial, la necesaria reglamentación de las medidas complementarias para los
solicitantes a quienes no se les reconoce la condición de refugiado para obtener una
posible regulación distinta al refugio y garantizar que su vida, libertad o integridad no
corran peligro, mediante una protección temporal.
Así mismo, de manera articulada con otras entidades y organizamos encargados de
proteger los derechos de los refugiados con el ACNUR, se adelantaron unas
capacitaciones con los funcionarios de la Procuraduría sobre el marco normativo del
Estatuto del refugiado, su aplicación en Colombia y en los Estados parte, el mandato
del ACNUR, el concepto de la definición de refugiado, procedimientos de asilo justos
y eficientes y sobre la necesidad de los Estados de establecer mecanismos de
protección ante los movimientos migratorios en América Latina.
1.1.7 Acompañamientos y seguimientos a organismos de seguridad del Estado
CUSTODIA, CONSERVACIÓN Y CONSULTA A LOS ARCHIVOS DE
INTELIGENCIA DEL EXTINTO DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE
SEGURIDAD - DAS
Con la finalidad de propiciar su desarrollo con observancia de los principios del
Estado Social de Derecho, se adelantó Vigilancia Preventiva sobre los Procesos de
36
Inteligencia y Contrainteligencia que llevan a cabo los Organismos de Seguridad del
Estado Colombiano con base en la normativa legal vigente, concretamente la Ley
1621 de abril de 2013, el Decreto 1303 de 2014 y demás decretos reglamentarios.
Es así que bajo las anteriores premisas, se continuó con el seguimiento a las labores
de la Comisión Asesora para la Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y
Contrainteligencia, cuya creación fue ordenada por el Artículo 30 de la Ley 1621 de
2013 y que tiene como misión, elaborar y presentar (al cabo de su vigencia, que es de
dos años a partir de su conformación fechada en julio de 2014), un informe al
Gobierno Nacional con recomendaciones sobre los criterios de permanencia, retiro y
destino de los datos y archivos que sean retirados de los diferentes archivos físicos y
digitales de inteligencia en los Organismos Estatales con esa función.
Dicha Comisión, que es presidida por el Procurador General de la Nación, completa
ya siete (7) sesiones y dos ciclos de visitas técnicas a los Archivos de Inteligencia,
mediante las cuales se propició el acercamiento a la realidad de los archivos de los
Organismos Estatales con tal función. Se reiteraron solicitudes al Gobierno Nacional
respecto del nombramiento del experto académico en temas de Inteligencia que exige
el Decreto que crea la Comisión, toda vez que el primer titular de tal función presentó
su renuncia en septiembre de 2015.
Del mismo modo, en cumplimiento de la vigilancia de carácter preventivo a los
Archivos de Inteligencia, Contrainteligencia y Gastos Reservados del extinto DAS,
que dictaminó el Decreto Ley 1303 de julio de 2014 a través del cual se ordena la
supresión definitiva de ese Departamento Administrativo, se elaboraron nuevas
observaciones y recomendaciones sobre los diferentes procesos relativos a la
administración de los referidos Archivos, en cuanto a las diligencias de inspección
judicial ordenadas por las autoridades competentes y otros procesos relacionados
con la conservación y custodia de los mismos a cargo del Archivo General de la
Nación.
Adicionalmente, se han formulado recomendaciones y elevado solicitudes al Archivo
General de la Nación para que reporte las novedades presentadas en los diferentes
procesos realizados por esa entidad sobre el archivo del extinto DAS, así como
también, requerimientos al Gobierno Nacional sobre la necesidad del nombramiento
de un director en propiedad para el Archivo, toda vez que casi se completa un año
desde la salida del Dr. Carlos Zapata Cárdenas, anterior director.
37
SEGUIMIENTO PREVENTIVO AL ESCUADRÓN MÓVIL ANTIDISTURBIOS -
ESMAD
La Procuraduría adelantó acción preventiva de seguimiento al Escuadrón Móvil
Antidisturbios –ESMAD– de la Policía Nacional. En el marco del desarrollo de las
actividades formuladas en la acción, tales como visitas administrativas, grupos
focales, encuestas, entrevistas y requerimientos, se elaboró un informe contentivo de
las conclusiones de este órgano de control y las recomendaciones dirigidas a la
Policía Nacional, Ministerio del Interior y a las entidades territoriales.
Con base en denuncias realizadas por la población, se efectuó seguimiento a los
protocolos de procedimiento, desarrollo de doctrina y ‘programas de instrucción’
formulados por el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía ESMAD, enfatizando
en la forma como el Escuadrón articula el sistema de enseñanza de los Derechos
Humanos y la adecuación de los mecanismos de educación para su personal.
Ello, con el objetivo de robustecer todos los instrumentos disponibles y establecer un
marco normativo claro para las actividades de la Fuerza Pública, en cumplimiento del
mandato constitucional que exige una formación para sus miembros en materia de
fundamentos de la democracia y los Derechos Humanos.
Pueden destacarse como novedades institucionales fruto de las recomendaciones de
la Procuraduría, la expedición por parte de la Policía Nacional de la Directiva
Administrativa Transitoria 037 del 4 de agosto de 2015 sobre el “Fortalecimiento del
servicio de Policía en la atención, manejo y control de manifestaciones y disturbios”;
la Resolución No. 05228 de noviembre de 2015, “por la cual se expide el manual de
control de manifestaciones y disturbios para la Policía Nacional”; la Resolución No.
04223 del 22 de septiembre de 2015, que “aprueba el plan de estudios del curso de
manejo y control de multitudes”; y en el presente año, el instructivo número 004 del 28
de enero de 2016, que fijó los “Parámetros para la Identificación del Personal que
porta equipo antimotines en la Policía Nacional”.
1.1.8 Defensa de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia
VIGILANCIA SUPERIOR A LA GESTIÓN PÚBLICA TERRITORIAL FRENTE A LA
GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA
JUVENTUD
Durante el año 2015 se consolidó la implementación del “Modelo de vigilancia
superior a la gestión pública territorial frente a la garantía de los derechos de niños,
38
niñas, adolescentes y jóvenes”, orientado a: (i) la valoración de la gestión realizada
durante el período comprendido entre los años 2012 - 2015 por parte de las todas las
autoridades territoriales en el ámbito departamental y municipal y, (ii) determinar el
estado de la garantía de los derechos de esta población. El Modelo incluyó la solicitud
de información dirigida a las entidades territoriales donde se prioriza: a) el análisis de
la gestión realizada en el citado período, desde un enfoque diferencial y de derechos,
a partir de rendir cuentas sobre lo previsto en el plan de desarrollo; b) el análisis de
situación de derechos a partir del grado de variación (en relación al comportamiento
del dato cuantitativo) que presenta un conjunto de 163 indicadores situacionales y de
Objetivos de Desarrollo del Milenio; y c) la sistematización del proceso de rendición
de cuentas desarrollado.
Entre los logros se destaca que fue posible hacer un amplio proceso de socialización,
difusión y capacitación sobre el Modelo de vigilancia superior a través de los
siguientes escenarios: Mesa técnica de la Estrategia Hechos y Derechos; XV
Encuentro con Gobernadores por la Infancia, la Adolescencia y la Juventud Hechos y
Derechos; Federación Nacional de Departamentos; Encuentro de alcaldes del
departamento de Cundinamarca; Congreso Nacional de Alcaldes realizado en
Cartagena; Encuentro de Alcaldes del departamento de Antioquia; X Encuentro
Nacional de Coordinadores y Responsables de Juventud. Así como en los siguientes
encuentros territoriales para el proceso de rendición pública de cuentas 2012-2015:
Encuentro de Delegados Departamentales y del Distrito Capital; Encuentro de
Delegados de las Gobernaciones de Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y
Vichada y sus municipios; Encuentro de Delegados de la Gobernación de Arauca y
sus municipios. Por otra parte, la Procuraduría facilitó el proceso pedagógico de
comprensión y apropiación del referido Modelo y de la herramienta web o aplicativo
dirigido a las entidades territoriales, que incluyó la respuesta a 800 consultas (vía
telefónica y correo electrónico), un video tutorial que orienta el uso del aplicativo en
ambiente web y link específico en lugar privilegiado de la página web de la
Procuraduría General de la Nación sobre Rendición de Cuentas, en el que se
publicaron documentos de interés en el marco de este proceso.
Los resultados de la vigilancia aportan elementos importantes para la construcción de
un modelo de modernización de la gestión pública territorial de carácter participativo,
gerencial y descentralizado, favorable a la garantía, el goce y el ejercicio pleno de los
derechos de la infancia, la adolescencia y la juventud.
Con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), se logró
desarrollar una herramienta en ambiente web que permitió el registro en línea de la
información solicitada a las entidades territoriales. Así, se obtuvo una participación del
39
100% de las entidades departamentales y el 99% de las entidades municipales,
evidenciando una gran movilización nacional de equipos técnicos y autoridades
territoriales que permitió la generación de espacios de análisis interdisciplinarios y
multidisciplinarios sobre la pregunta orientadora del Modelo de vigilancia: “¿De qué
manera la gestión pública territorial ha creado condiciones o ha garantizado los
derechos de las niñas, niños, los y las adolescentes y jóvenes?
Adicionalmente, se obtuvo la información para valorar de manera diferencial, las
acciones que los mandatarios territoriales realizaron en el período de gobierno 2012-
2015 en favor de la infancia, la adolescencia y la juventud, considerando a partir de la
capacidad técnica y presupuestal de cada entidad, el alcance efectivo sobre la
población, los enfoques utilizados, las situaciones que se pudieron transformar, los
impactos y la cobertura poblacional y territorial. Fue de esta manera como se facilitó a
las administraciones locales 2012-2015, mostrar al país las acciones desarrolladas,
los logros y las dificultades encontradas durante su gobierno para lograr la garantía
de derechos a este grupo poblacional, de una forma unificada.
A través del aplicativo se entregó a las nuevas administraciones 2016-2019 de todos
los municipios y departamentos del país, una herramienta de consulta sobre la
situación y el estado de garantía de los derechos de niños, niñas, adolescentes y
jóvenes de cada territorio, lo cual aporta significativamente en: (i) la formulación de
los planes de desarrollo (2016-2019) y sus correspondientes diagnósticos; (ii) la toma
de decisiones basadas en una información integral (cualitativa y cuantitativa), con
base en las condiciones, oportunidades, dificultades y recomendaciones sobre la
situación en que los gobiernos salientes entregan los territorios; (iii) la garantía de la
continuidad del esfuerzo que departamentos y municipios vienen realizando para
incluir de manera progresiva los derechos de esta importante población en la
planeación territorial.
En ese sentido y gracias a la labor de la Procuraduría, los tomadores de decisiones
públicas y privadas cuentan con información de todo el país en cuanto a las acciones
y los territorios de prioritaria atención en la consolidación de entornos protectores y
garantía de los derechos de la infancia, la adolescencia y la juventud del país. Este
órgano de control, por su parte, cuenta con un Modelo para la valoración de manera
ponderada de la gestión local, considerando de manera diferencial para cada una,
sus condiciones técnicas, administrativas, presupuestales y de contexto territorial, que
será utilizado para establecer si su gestión está o no en ruta de derechos y para
estimar las actividades que se deben revisar para garantizar los derechos de este
grupo poblacional e identificar puntos donde se debe fortalecer a las entidades
40
descentralizadas y del nivel central de gobierno en un ejercicio que reconoce y
respeta la realidad territorial.
Frente a la calidad de la información estadística nacional que da cuenta de la
situación de los derechos, se logró incidir en una movilización de las entidades del
orden nacional en la revisión, depuración y entrega para todos los territorios, de la
información de 163 indicadores situacionales priorizados objeto de la Rendición
Pública de Cuentas.
Finalmente, se consolidaron insumos importantes para generar acciones dirigidas a
las entidades nacionales que incidan en el fortalecimiento de los sistemas locales y
nacionales de información. Con la aplicación del Modelo de vigilancia se comprobó la
hipótesis relacionada con la existencia de información estadística desde fuentes
nacionales, de baja calidad y de relativa cobertura en relación a los indicadores
situacionales priorizados.
VIGILANCIA SUPERIOR A LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LAS
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL - ACCESO A LA JUSTICIA - FASE III
Con el ánimo de vigilar el cumplimiento de los derechos de las víctimas de violencia
sexual por parte de entidades como Fiscalía, ESES, Medicinal Legal y representantes
judiciales de víctimas, la Procuraduría General de la Nación elaboró, validó y publicó
vía web cuatro (4) instrumentos de recolección de información, con diversas
preguntas sobre infraestructura, insumos, capacitación, personal, atención a la
víctimas, información brindada y articulación de las Entidades mencionadas. Se inició
así el levantamiento de una línea de base nacional que permitirá conocer las
auténticas razones de la impunidad frente a la violencia sexual en Colombia.
Esta vigilancia se inició en el año 2013 y ha contado con el apoyo del Instituto de
Estudios del Ministerio Público y con la colaboración de la Fundación Tierra de
Hombres.
Así mismo, a través del Sistema Web de Género:
www.vigilanciasuperiorprocuraduria.org, se logró que 513 entidades del sector salud y
82 Unidades Básicas de Medicina Legal diligenciaran el instrumento de recolección
de información en línea.
Actualmente, se cuenta con los reportes de información según las respuestas
brindadas por estas entidades, lo que facilitará el análisis de la información y la
elaboración del Informe final que se dará a conocer públicamente en julio de 2016.
41
PROPUESTA DE MECANISMO PARA AJUSTAR LA REGULACIÓN DEL
PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS
(PARD) - SEGUNDA FASE
Con el propósito de incidir en la formulación de una propuesta de modificación,
aclaración o adición de la Ley 1098 de 2006, en lo relativo al Proceso Administrativo
de Restablecimiento de Derechos, propendiendo por la garantía integral de todos los
derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes, en el 2014 la
Procuraduría puso en marcha un proyecto estratégico a través del cual se
sistematizaron los aspectos normativos y jurisprudenciales relevantes e identificaron
las necesidades y cuestionamientos de las autoridades locales responsables del
PARD, de la academia y demás estamentos en 28 departamentos del país. De esta
manera se diagnosticaron las falencias y vacíos jurídicos en la regulación normativa,
así como las dificultades prácticas en la aplicación de la regulación y se efectuaron
las propuestas de modificación, aclaración o adición a la Ley 1098 de 2006 para
promover una normatividad legal o reglamentaria efectiva y eficaz para la garantía de
los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, a favor de quienes se deba
adelantar un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos.
Durante el año 2015, la ardua labor que desarrolló la Procuraduría en cada una de las
Mesas Regionales en una primera Fase, dio lugar a la información contenida en los
Instrumentos de caracterización situacional y de propuesta de mecanismos para
ajustar la regulación del PARD, la cual constituye insumo importante para determinar
si procede o no la reforma legal. Los criterios establecidos dan cuenta de las falencias
y vacíos jurídicos de la regulación de este procedimiento que se ha denominado
“especial y diferenciado”.
Del análisis de la información por ejes, variables e indicadores se desprendieron
conclusiones que fueron presentadas en el respectivo Informe, que fue socializado en
la instalación formal de la Mesa Nacional de discusión del PARD, en un evento que
tuvo lugar el 3 de junio de 2015 y que contó con la participación de servidores de
diversas entidades como Presidencia de la República, el ICBF, la Defensoría del
Pueblo, Comisarías y Defensorías de Familia, Tribunal Superior de Bogotá, Juzgados
de Familia y académicos.
Una vez instalada la Mesa Nacional se conformaron las siguientes Comisiones:
- Comisión 1: Proceso Administrativo
42
- Comisión 2: Restablecimiento de Derechos por parte del juez (pérdida de
competencia y homologación)
- Comisión 3: PARD en el SRPA y víctimas del conflicto armado
A dichas Comisiones se les recordó la metodología, el cronograma de trabajo, cada
una de las temáticas que deben ser abordadas con miras a la construcción de una
recomendación de mecanismo jurídico para ajustar su regulación, así como los
insumos legales y jurisprudenciales, y el consolidado del diagnóstico elaborado por las
Mesas Regionales.
Todo ello, con el fin de que formulen propuestas que a su vez permitan a la Mesa
Nacional contar con suficientes elementos a nivel nacional para la discusión del
mecanismo jurídico.
VIGILANCIA PREVENTIVA A LA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD
SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN EL MARCO DEL EMBARAZO TEMPRANO -
TERCERA FASE
Debido a sendos retrasos en la coordinación con la Organización de Estados
Iberoamericanos, en el año 2015 se avanzó lentamente en la implementación de una
encuesta Web, contentiva de 33 indicadores sobre salud sexual y reproductiva que
proporcionarán un diagnóstico de la situación de embarazo temprano en el país.
Dentro del desarrollo del convenio ya fueron seleccionados y contratados dos
consultores para la puesta en marcha y la consolidación de los resultados en el año
2016.
En el departamento de Villavicencio, la Procuraduría verificó el avance en el tema de
salud, las capacitaciones en los planteles educativos de la ciudad de Villavicencio, lo
cual arrojó un buen resultado en el sentido de reducción en los embarazos en
adolescentes.
De igual manera, se efectuaron capacitaciones sobre el tema, dirigido a familias
indígenas en algunos de los municipios del Meta. En este sentido, la Procuraduría ha
sido reiterativa en que los indígenas entiendan la necesidad de acudir a los centros de
salud para recibir asistencia en los partos, lográndose que sean atendidas
adolescentes indígenas entre 15 a 17 años. Fue así como en el último trimestre de
2015 se atendieron 8 indígenas y una adolescente de raza afrodescendiente de 16
años.
43
ACCIONES PREVENTIVAS EN TORNO A TEMÁTICAS DE RELEVANCIA PARA
LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA
1. Seguimiento al cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, Ley de acceso a la
justicia para las víctimas de la violencia sexual
Durante el año 2015 se elaboró el primer Informe de la Procuraduría General de
la Nación sobre el cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, Ley de Acceso a la
Justicia para las Víctimas de Violencia Sexual, en especial las del Conflicto
Armado, el cual tenía como objetivo contar con un balance general sobre las
acciones que han adelantado las diferentes Entidades competentes en la atención
a las víctimas de la violencia sexual, luego de un año de expedida la Ley.
El Informe se presentó el 11 de septiembre de 2015, en la Segunda Sesión
Trimestral del Comité de Seguimiento de la Ley 1257 de 2008, a propósito del
seguimiento que a su vez se hace del cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, en la
cual estuvieron presentes las entidades concernidas, las organizaciones de
mujeres elegidas para estos espacios interinstitucionales, los Congresistas
designados para estas sesiones, así como las organizaciones internacionales que
por ley son invitadas a las mismas.
De esta forma, en el ámbito de su función preventiva, la Procuraduría General de
la Nación presentó observaciones, recomendaciones y exhortaciones a las
diferentes entidades para lograr el estricto cumplimiento de la mencionada
normatividad y en general, de la garantía de los derechos de las víctimas de
violencia sexual.
Adicionalmente, en el Comité de articulación interna de la Procuraduría, se
socializó una matriz de responsabilidades de la Ley 1719 de 2014, Ley de Acceso
a la Justicia para Víctimas de Violencia Sexual en especial en el marco del
Conflicto Armado, con el fin de resaltar los deberes de vigilancia y control frente al
cumplimiento de esta Ley desde el marco de las funciones preventiva, disciplinaria
y de intervención judicial.
Por otra parte, en el año 2015 se asistió a cinco (5) Comités Nacionales
Descentralizados de seguimiento al cumplimiento de la Ley de no violencia contra
la mujer en las ciudades de Cartagena de Indias, Barranquilla, Pasto, Popayán y
Bogotá. Estos Comités vienen siendo celebrados desde el año 2013 en todos los
territorios del país.
44
En estas sesiones interinstitucionales de acercamiento a la realidad territorial,
también se hicieron presentes la Consejera Presidencial para la Equidad de la
Mujer, la Defensora del Pueblo y las representantes de las organizaciones de
mujeres. Así mismo, asistieron diferentes Organizaciones Civiles de Mujeres del
territorio, quienes presentaron sus inquietudes frente al avance en la
implementación de la Ley de No Violencia Contra la Mujer.
Durante las sesiones lideradas por la Procuraduría General de la Nación se han
comunicado los hallazgos sobre el cumplimiento de la norma y se han formulado
recomendaciones a las entidades territoriales competentes, en busca de una vida
libre de violencia para las mujeres.
Por otra parte, en la misma vigencia se sostuvo una reunión con el Viceministro de
Relaciones Laborales, para concertar la adopción de acciones urgentes en materia
de prevención y erradicación del trabajo infantil y de prevención de la explotación
sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
La Procuraduría advirtió diferentes fallas para la erradicación de la problemática
del trabajo infantil: la falta de articulación; la ausencia de compromiso por parte de
las autoridades territoriales en la identificación y registro de casos; la omisión de
registro en el Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y
Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas (SIRITI); la falta de una
línea de base que permita monitorear el problema desde la realidad; la debilidad
en la asistencia técnica desde lo nacional a lo territorial; las ineficaces acciones de
prevención; la insuficiencia de la oferta institucional para atender la situación; la
falta de sensibilización a los actores sociales y además el hecho de que en
muchos municipios, la necesidad de abordar la situación, no es prioridad.
Así, la Procuraduría General de la Nación y el Viceministerio de Relaciones
Laborales se comprometieron a seguir aunando esfuerzos, para hacer frente a la
garantía efectiva de los derechos de los infantes y adolescentes en Colombia.
2. Vigilancia Superior a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de las Defensorías
de Familia de los Centros Zonales del ICBF.
La Procuraduría General de la Nación elaboró el “Informe de Vigilancia Superior a
los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de las Defensorías de Familia del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, Regional Bogotá”, con base en visitas
practicadas tanto al Instituto Sede Nacional y Regional Bogotá, como a los 16
45
Centros Zonales del Distrito Capital, el cual fue presentado el 18 de marzo de 2015
a las Directivas del ICBF.
El informe evidencia entre otros aspectos, la necesidad de que ese Instituto
cumpla con la obligación legal de integrar los Equipos Técnicos Interdisciplinarios
de las Defensorías de Familia por lo menos con un psicólogo, un trabajador social
y un nutricionista; con la finalidad de que el Defensor de Familia, como autoridad
administrativa, adopte las medidas de restablecimiento que garanticen los
derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.
La vigilancia superior, realizada a través de las visitas practicadas a los 16 Centros
Zonales caracterizó las funciones de los Equipos Interdisciplinarios y estableció
que de las 77 Defensorías de Familia de Bogotá que adelantan los Procesos
Administrativos de Restablecimiento de Derechos, tan sólo tienen asignados 44
Equipos Interdisciplinarios completos, es decir, faltan 33 Equipos.
De igual manera, el Informe de la Vigilancia se refirió a la organización
administrativa de la Regional Bogotá como apoyo a los Equipos Técnicos
Interdisciplinarios de los Centros Zonales; la constatación de las denuncias sobre
la amenaza, la vulneración y la inobservancia de los derechos de los niños, las
niñas y los adolescentes; y las condiciones locativas de los Centros Zonales de
Bogotá. Adicionalmente, se hizo seguimiento al cumplimiento de las
recomendaciones efectuadas en el mes de marzo de 2015, a partir de una Matriz
de Seguimiento al Cronograma de Actividades a desarrollar por el ICBF.
Por otra parte, en cumplimiento de la Directiva No. 002 de 14 de marzo de 2011,
mediante la cual la Procuraduría impartió directrices a los Gobernadores, los
Alcaldes y la Dirección General del ICBF sobre el funcionamiento y la evaluación
de los Consejos Departamentales y Municipales de Política Social, se realizaron
las siguientes actividades:
-Estudio del informe del funcionamiento de los Consejos de Política Social
Departamental, Distrital y Municipal del año 2014, emitido por el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, Subdirección de Articulación Territorial,
Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
-Tabulación de la información contenida en el precitado documento,
desagregada por departamentos, atendiendo tanto el balance cuantitativo
como cualitativo de los Consejos de Política Social y de las Mesas de Primera
Infancia, de Infancia y de Adolescencia.
46
Lo anterior, con el fin de realizar el respectivo seguimiento, igualmente ordenado
en la citada Directiva, con el que se pretende impulsar la gestión de los entes
territoriales en los asuntos relacionados con los niños, las niñas, los adolescentes
y la institución familiar; incidir en la optimización del cumplimiento de las funciones
de coordinación y de articulación de la política pública de infancia, que le compete
al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema
Nacional de Bienestar Familiar.
3. Discapacidad
En procura de la defensa y restablecimiento de los derechos de las personas con
discapacidad, se consolidó la información contenida en un instrumento diligenciado
por los 32 departamentos y el Distrito Capital, respecto del funcionamiento de los
Comités Departamentales de Discapacidad, lo que permitió identificar sus
fortalezas y debilidades. Ello, con el fin de formular recomendaciones a los
gobernadores que inician su gestión para la implementación de las políticas
públicas sobre la materia.
4. Programa Ampliado de Inmunización - PAI
El país ha logrado posicionar políticamente al PAI e invertir grandes recursos
económicos, técnicos, tecnológicos y humanos con el fin de garantizar el derecho
a la vida y a la salud. Sin embargo, no ha logrado alcanzar coberturas útiles de
protección, por lo que se realizó un análisis de la situación para evidenciar las
principales dificultades en el cumplimiento de directrices, uso de recursos y
funcionamiento del Programa en el contexto del Sistema General de Seguridad
Social en Salud. Para el análisis se utilizó la metodología del Modelo de
Gobernanza en Salud, entendida como el resultado de la interacción entre
proyecto de gobierno, capacidad de gobierno y gobernabilidad para el liderazgo, la
conducción y la gestión de programas de salud pública orientados a la obtención
de resultados y al bien común.
Aportando al desarrollo de la capacidad de respuesta institucional, en junio de
2015 fue presentado ante entidades nacionales, departamentos, ciudades
capitales y organismos internacionales el informe “Análisis del estado actual del
Programa Ampliado de Inmunizaciones PAI y de su gestión a nivel Nacional,
Departamental, Distrital y Municipal”, que incluye recomendaciones a instituciones
del orden nacional, alcaldes y gobernadores, con el fin de garantizar este derecho.
47
Se constituyó la Mesa Nacional del Programa Ampliado de Inmunizaciones, cuya
primera sesión se realizó en el mes de agosto con la participación de los
Secretarios de Salud Departamentales y de ciudades capitales, el Ministerio de
Salud y Protección Social, todas las EPS del nivel nacional y ASEMI, Gestar Salud,
INS, Superintendencia Nacional de Salud y las Entidades Administradoras de
Planes de Beneficios (EAPB). A partir de este espacio se hace seguimiento a
municipios priorizados con proyección de coberturas menores al 80% para
biológicos trazadores y a municipios y departamentos que presentan baja
ejecución del programa y proyecciones de coberturas bajas al finalizar el 2015.
En el departamento de Córdoba, por ejemplo, ante la solicitud expresa de la
Secretaría de Salud Departamental para lograr las metas de vacunación, la
Procuraduría suscribió una Circular conjunta, para convocar a las Secretarías de
Salud Municipales, a las EAPB, EPS y a los Coordinadores PAI de todo el
departamento. Las reuniones se desarrollaron en tres jornadas (3, 5 y 10 de
noviembre de 2015), y gracias a esta labor, no sólo se logró que todas las
entidades citadas asistieran, sino que también se comprometieran a cumplir con
los planes trazados a fin de aumentar las tasas de cobertura en vacunación; a la
revisión de la base de datos de los nacimientos enviados por cada EAPB a los
municipios; y a realizar las acciones necesarias para la jornada de vacunación de
noviembre “Día de ponerse al día”, entre otras.
5. Juventud
La Procuraduría durante el año 2015, en cumplimiento de sus atribuciones
constitucionales y legales, especialmente, la otorgada en el artículo 9° de la Ley
1622 de 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil), estuvo vigilante para que se
garantizaran los derechos de la juventud, se atendieran las obligaciones por parte
de las instituciones del orden nacional y los entes territoriales frente a ésta y se
aplicara no sólo esa normatividad sino también todas aquellas que les amparan
sus derechos.
Se aplicó un cuestionario para conocer la situación actual a nivel nacional,
departamental, municipal y distrital sobre la manera como se estaban garantizando
cinco (5) derechos, que fueron seleccionados por este órgano de control: a la vida,
a la salud, a la educación, al trabajo y a la participación. Efectuada la revisión de la
documentación remitida por las autoridades concernidas en temas de este
segmento de la población, se elaboró el Informe de seguimiento a la aplicabilidad e
implementación de la ley, que se presentó en el mes de abril, y en el que se
incluyeron algunas observaciones y recomendaciones frente cada uno de los
48
citados derechos, atendiendo los enfoques de Derechos Humanos, Diferencial de
Desarrollo Humano y de Seguridad Humana.
Esta labor de seguimiento contribuye para que cada mandatario tome conciencia
sobre las verdaderas necesidades existentes en su región para los jóvenes, a
quienes se les considera protagonistas de desarrollo, y sobre el deber que le
compete de diseñar políticas públicas de juventud con sostenibilidad, que les
permita el goce efectivo de sus derechos y que les permita su participación en el
ámbito social, económico, cultural y democrático del país, tal como la diversa
normatividad ha pretendido su desarrollo integral. Se espera que ese documento
sea de utilidad para que los nuevos gobernadores y alcaldes en su gestión revisen
lo allí indicado y tomen los correctivos necesarios que permitan una plena garantía
de sus derechos. Igualmente, para que desde el orden nacional, se logre la
operatividad del Consejo Nacional de Políticas Públicas.
6. Fortalecimiento de la función preventiva para la garantía del derecho a la vida y
la salud, promoviendo una maternidad segura
Reducir la mortalidad materna es una prioridad de salud pública para el logro de
los derechos de las mujeres en Colombia. Con el fin de contribuir a ese fin, en el
año 2012, la Procuraduría profirió la Circular Conjunta 005 con el Ministerio de
Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto
Nacional de Salud, dirigida a Gobernadores, Alcaldes, Direcciones Territoriales de
Salud, Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, Entidades
Responsables de Regímenes Especiales y de Excepción e Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud, con el fin de incentivar y fortalecer la
intensificación de acciones para garantizar la maternidad segura a nivel nacional;
realizar seguimiento a estas acciones; y buscar alianzas para formular propuestas
que permitan avanzar en la identificación de elementos para la garantía del
derecho a la salud materna.
Avanzando en este propósito y con el apoyo de UNICEF, en junio de 2015, ante
entidades nacionales, departamentos, ciudades capitales y organismos
internacionales, se dio a conocer el informe “Análisis de la Situación del Derecho a
la Salud Materna en Colombia”. En el documento mencionado se aborda la
mortalidad materna desde el enfoque de derechos humanos, se presentan los
antecedentes, el contexto y su aproximación a la situación en el país; se propone
un modelo para la garantía del derecho a la salud materna; se identifica en los
planes territoriales de salud si este derecho está explícito y finalmente se formulan
recomendaciones a instituciones del orden nacional, a alcaldes y gobernadores
con el fin de garantizar el mismo. Igualmente, con el fin de desarrollar la capacidad
49
de respuesta institucional, a partir del tercer trimestre de 2015 se acompaña al
departamento de Cundinamarca en el seguimiento a los planes formulados con las
EAPB; considerando además el incremento de la mortalidad materna en este ente
territorial, al comparar los primeros ocho meses de 2014 con el mismo período en
este año.
7. Situación de los derechos de los menores de edad en el contexto del conflicto
armado
Enmarcados dentro de las funciones de vigilancia superior, el control de gestión y
la prevención respecto de la situación de derechos de los menores de edad
afectados por el conflicto armado, la Procuraduría realizó diversas acciones
durante la vigencia 2015:
En el mes de diciembre se asistió a las reuniones convocadas por la Secretaría
Técnica de la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento y la
Utilización Ilegal y la Violencia Sexual de Grupos Armados al Margen de la Ley y
Grupos Delictivos Organizados. Durante estos espacios el Ministerio Público
presentó observaciones al Diagnóstico elaborado en el marco del CONPES 3673
de 2010, así como en el Plan de Acción que adoptará la Comisión para prevenir y
atender esta problemática, y la adopción de un nuevo documento de política
pública en el 2016.
En este sentido, ha de señalarse que este órgano de control reiteró la necesidad
de que se cuente con una política pública a nivel, nacional y territorial, por lo que el
funcionamiento de esta Comisión no es suficiente para incidir en la prevención y
en la atención del fenómeno aludido, como tampoco su funcionamiento por
Decreto. De igual forma, sobre la eficacia de la articulación interinstitucional para
impactarlo, la cual no debe traducirse en mero activismo institucional sino que las
acciones deben ser complementarias en punto de estos objetivos. Advertencias
que fueron tenidas en cuenta por la Comisión para la elaboración del Plan de
Acción en el 2016.
En el mismo mes de diciembre de 2015, se sostuvo una reunión con la
Organización Internacional de Migraciones (OIM), con el propósito de evaluar
acciones conjuntas en el 2016, teniendo en cuenta que se está adelantando un
proceso de reestructuración de esta Organización y que se harán ajustes a los
diversos proyectos sobre Derechos Humanos y conflicto armado, de conformidad
con los avances que se han ido presentando en el contexto de las conversaciones
50
de paz del Gobierno Nacional con el grupo armado al margen de la ley la
FARC/EP y aquéllos que eventualmente a futuro pueden integrarse al mismo.
Adicionalmente, se elaboró el documento de observaciones sobre el auto 333 del
10 de agosto de 2015, proferido por la Honorable Corte Constitucional, dando
cumplimiento a lo ordenado para la protección de los niños, las niñas y los
adolescentes desplazados por el conflicto armado y la violencia, en el marco de la
Sentencia T-025 de 2014, el cual se divide en dos partes: (i) consideraciones
preliminares sobre el referido auto y (ii) observaciones generales y específicas al
Informe de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y la Reparación
Integral a las Víctimas. En dicho documento se destacan los siguientes puntos:
a. De acuerdo con los informes presentados por los órganos de control del
Estado, los organismos internacionales y las organizaciones de la sociedad
civil, los programas gubernamentales no tienen la capacidad de proveer
mecanismos eficaces de protección frente a los riesgos identificados en el
auto 251 de 2008, en especial, respecto de los riesgos que enfrentan los niños
y las niñas de los pueblos y comunidades indígenas y afro;
b. Los riesgos señalados por la Corte Constitucional en el auto 251 de 2008
persisten y las iniciativas gubernamentales diseñadas para prevenir estos
riesgos representan más un avance formal y adolece de dificultades para
lograr resultados efectivos;
c. La Honorable Corte Constitucional coincide con las falencias identificadas por
la Procuraduría General de la Nación y la Mesa Interinstitucional conformada
para monitorear y hacer seguimiento a las órdenes impartidas por esa Alta
Corporación en la Sentencia T- 025 de 2004 y los autos emitidos en desarrollo
de la misma, como el 251 de 2008, en cuanto que ponen en tela de juicio la
eficacia de la respuesta gubernamental para atender a los menores de edad
afectados por el conflicto armado de manera integral y especializada; y
d. La misma Corporación dio traslado al Gobierno Nacional de las observaciones
formuladas por este órgano de control sobre los resultados del Programa “Mis
Derechos Primero”, por considerarlas pertinentes frente a la valoración que
viene adelantado sobre la atención a los menores de edad víctimas del
conflicto interno con el propósito de que sean aclaradas y acatadas de manera
estricta.
51
VERIFICACION DEL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE
RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES - SRPA
En relación a este tema, en agosto de 2015 se presentó el Segundo Informe del
SRPA y se requirió a los principales integrantes de este Sistema para que dieran
cumplimiento a las recomendaciones puntuales que se les hicieron en el mismo. Al
respecto, se recibió la respuesta por parte de las siguientes entidades: el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, el Centro Educativo Amigoniano, el Ministerio
de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Salud, el Distrito Capital y el Centro de
Atención Integral FORJAR.
Por otra parte, la Procuraduría asistió a las reuniones convocadas en el marco del
Decreto 1885 de 2015, es decir, de la Comisión Técnica de la Comisión Nacional
del Sistema de Coordinación Interinstitucional del SRPA y de esta última Comisión
Nacional, por lo que presentó (i) las observaciones al documento preparado para
los Gobernadores y los Alcaldes con el propósito de asegurar la formulación y la
implementación de políticas públicas específicas para este Sistema en los Planes
de Desarrollo Territorial, así como la disponibilidad de recursos humanos y
económicos; (ii) las observaciones al Decreto del Ministerio de Educación
relacionado con el SRPA: y (iii) los requerimientos a las entidades que no
asistieron a las reuniones, particularmente a la sesión de la Comisión Nacional del
SRPA, adelantada el 16 de diciembre de 2015.
También se asistió el 10 del mismo mes a la reunión preparatoria para la visita
preventiva en la Escuela de Trabajo EL REDENTOR, en la Dirección Regional de
Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y se acompañó al
grupo interinstitucional que realizó visita el 14 de diciembre de 2015 para atender
los actos de amotinamiento y violencia procedentes de adolescentes en conflicto
con la ley penal que cumplen sus medidas y/o sanciones en esta unidad de
servicio.
En la ciudad de Barranquilla, a través de las gestiones de la Procuraduría ante la
Alcaldía Distrital y a la Gobernación del Atlántico, se obtuvieron los siguientes
logros: i) La dotación de la Biblioteca del Centro de Internamiento Especializado -
Oasis para que los adolescentes infractores de la ley penal que allí se encuentran
internos, tuvieran mejores condiciones para realizar sus estudios; ii) La dotación de
una consola para la emisora con que cuenta el Centro y un proyector grande full
HD, el telón especial, y el equipo completo para el proyector; iii. La consecución de
un lote de terreno para la construcción del nuevo Centro de Internamiento
Especializado, y se continúan realizando acciones para la construcción del mismo,
52
esperando que cuente con todas las anexidades y programas, en búsqueda de
una verdadera rehabilitación de los adolescentes infractores de la ley penal, ya
que el actual ha sido insuficiente locativamente.
En Córdoba, por su parte, la Procuraduría convocó con carácter urgente al
Gobernador, al Alcalde de Montería y a los demás integrantes del Comité
Departamental de Responsabilidad Penal para Adolescentes, para tratar lo relativo
a la adecuación y remodelación del Centro de Atención Especializada Villa Luz
(Licencia de Construcción y/o Remodelación; Título de Propiedad; Proceso de
Pertenencia); la situación y cierre del Centro de Internamiento Preventivo.
Con base en lo anterior, el Alcalde municipal se comprometió a (i) requerir al
Comandante de la Policía Departamental y Metropolitana, para que cumpla con su
deber legal de ejercer vigilancia sobre los Centros del Sistema y acompañe el
traslado de los adolescentes a otras ciudades, y (ii) otorgar los permisos para la
remodelación del CAE, una vez se cuente con el registro de la escrituras. En dicha
reunión también se logró concientizar a la Registradora de Instrumentos Públicos
de Montería, sobre la necesidad de dar celeridad al trámite de los títulos de
propiedad del predio Villa Luz, teniendo en cuenta que se encuentren involucrados
los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por lo que la actuación debe tener
prelación.
En el departamento de Antioquia se llevaron a cabo diferentes labores de recaudo
de información sobre el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes,
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
a. Es necesario estructurar la ruta de atención en el Sistema para que haya
comprensión de las falencias y en cabeza de quién se encuentra la
responsabilidad por su no funcionamiento, acorde con los mandatos
establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.
b. El primer momento de atención se produce a partir de la captura, por lo que es
indispensable que los municipios cuenten con los centros transitorios,
adecuados y funcionando, pues los mismos deben estar prestos a dar la
atención en el momento que se requiera.
c. El funcionamiento de los Centros para el Tratamiento y la Rehabilitación de
Adicciones Sociales (CETRAS) es inoperante, por cuanto las audiencias
preliminares se deben adelantar en cada municipio durante las primeras 36
horas y el traslado al CETRA depende de las cabeceras municipales.
53
d. Cuando un adolescente es capturado puede presentarse que, si el delito no
comporta privativo de la libertad, el fiscal decreta la liberación inmediata, y si
los padres no se presenten para el acta de entrega, o no se cuenta con red
familiar de apoyo, o se hace imposible la entrega por el riesgo que estos
comportan para el adolescente, el municipio obligatoriamente debe contar con
instituciones para brindar esta atención, de emergencia;
e. Realizado el juicio, éste puede terminar con una sanción sea privativa de
libertad, semi-cerrado, libertad vigilada, prestación de servicios a la
comunidad, reglas de conducta o de amonestación. En Antioquia, solo se
cuenta con un Centro Especializado, que dicho sea de paso, presenta graves
problemas de hacinamiento que impiden la separación de los adolescentes y
los que llegan a la mayoría de edad, como tampoco hay una separación real
en atención a los criterios de sexo, infraestructura, seguridad y modelo
pedagógico, evasiones, agresiones, ingreso y consumo de estupefacientes,
etc.
f. No existe compromiso de los alcaldes respecto al SRPA, al punto, que las
respuestas que se han recibido indican que no se acepta que en sus
municipios se implementen centros especializados, que estarían mejor
dispuestos a entregar un aporte (que tampoco han realizado), antes que
permitir la implementación de los mismos en sus localidades, posición que
impide el cumplimiento de los fines del Sistema: pedagógico, restaurativo,
educativo y reparador.
g. Los planes de ordenamiento territorial se elaboran pensando en el ciudadano,
sin importar sexo, raza, religión, edad, estado civil o legal o de salud. No
puede pensarse en una ciudad en donde no existan, escuelas, hospitales,
asilos, guarderías, cárceles, atención psiquiátrica; negar situaciones y
condiciones específicas, es ser excluyentes y negadores de los principios que
rigen un estado social de derecho.
De los 125 municipios que conforman el departamento de Antioquia, 61 no
respondieron los requerimientos. Con base en la información suministrada por los
64 restantes, se pudo concluir que:
- En conjunto, no tienen conocimiento del SRPA, su política pública, sus fines y
objetivos, por lo que no ha sido tenido en cuenta en los Planes de Desarrollo y sólo
se cuentan con escasos programas de los que no se conoce su impacto.
54
- No existe compromiso de los alcaldes respecto al SRPA, al punto, que las
respuestas que se han recibido indican que no se acepta que en sus municipios se
implementen centros especializados, que estarían mejor dispuestos a entregar un
aporte (que tampoco han realizado), posición que impide el cumplimiento de los
fines del Sistema: pedagógico, restaurativo, educativo y reparador.
- Los CETRAS, como primer momento de la ruta, donde los hay, en su mayoría no
llenan los requisitos mínimos, los tienen que asumir los municipios cabecera de
circuito, por cuanto los convenios que firman los alcaldes de los demás entes
territoriales que pertenecen al mismo circuito judicial no hacen los aportes
contractuales.
- En Medellín se cuenta con un CETRA, que si bien llena los mínimos requisitos
para su funcionamiento, atiende los adolescentes de todo el área metropolitana,
que además de esa ciudad, está conformada por los municipios de Bello, Barbosa,
Caldas, Copacabana, Envigado, Girardota, Itagüí, La Estrella y Sabaneta, sin que
ninguno de ellos aporte para el Centro; este opera en las mismas instalaciones
entregadas por esa ciudad para el Sistema CESPA y los cupos los cubre el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
- Ninguno de los municipios, a excepción del área metropolitana de Medellín
cuenta con CENTROS DE EMERGENCIA, y tampoco realizan aportes para el
sostenimiento del mismo.
- Para atender el departamento de Antioquia en internamiento preventivo a los
adolescentes, únicamente se cuenta con “La Acogida”, en donde solo aportan el
municipio de Medellín 80 cupos y el departamento de Antioquia 27; ningún otro
municipio hace aporte, ni posee este tipo de centros.
- Para la medida privativa de libertad sólo existe el Centro Especializado Carlos
Lleras Restrepo, que opera esta sanción para todo Antioquia, sin recibir aportes de
ninguno de los municipios que conforman el departamento. Medellín aportó en el
cuatrienio con los dineros del Fondo de Seguridad, en la restauración de los muros
en el sector conocido como Pola I. Los municipios de Envigado y Sabaneta
contrataron por el año 2014 equipo psiquiátrico para iniciar el proceso de
diagnóstico de los adolescentes privados de la libertad.
- El internamiento preventivo y el privativo de libertad para las adolescentes opera
en el mismo Centro Especializado, en contravía de lo normado por el legislador.
55
- Ningún municipio aplica las otras medidas que como sanción consagra la ley
1098 de 2006 (semicerrado, libertad vigilada, servicio a la comunidad), a pesar de
que no solo son de fácil implementación, sino las más adecuadas para dar
cumplimiento a los fines del Sistema, evitando violaciones en derecho, como es el
desarraigo del adolescente. Adicionalmente, las respuestas sobre los planes de
ordenamiento territorial, en procura de lograr la descentralización de las medidas
sancionatorias para los adolescentes, son negativas.
1.1.9 Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social
COMITÉ INTERDISCIPLINARIO DE SEGUIMIENTO TÉCNICO PENSIONAL - COLPENSIONES
Durante el período de análisis, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales
y legales, la Procuraduría continuó su labor de intervención preventiva frente a la
situación de los pensionados por COLPENSIONES, para evitar la vulneración de sus
derechos fundamentales y del ordenamiento jurídico, no sin antes resaltar que ha
sido significativo el avance en la atención de los casos puntuales sobre los que este
órgano de control ha venido haciendo seguimiento. Es así como a 31 de diciembre de
2015, COLPENSIONES recibió 15.645 quejas de la Procuraduría, de las cuales
atendió 15.148. Es de aclarar, que no todos los asuntos atendidos representan una
decisión favorable o de fondo para el usuario, toda vez que en muchos casos se
evidencia que deben ser nuevamente analizados por la entidad, puesto que el usuario
no ha quedado conforme con lo decidido, o bien por cuanto queda agotada la vía
gubernativa y éste debe acudir a la vía judicial para reclamar un derecho.
Uno de los requerimientos de la Procuraduría estaba dirigido a la correcta motivación
de las resoluciones que deciden una prestación económica, el pago integral de las
prestaciones económicas que incluyen el retroactivo (en los casos en que es
procedente). En atención a ello, COLPENSIONES creó grupos de auditoría de
calidad, que, sin duda, ha dado resultados positivos, pues hoy los actos
administrativos presentan mejor estructura y contienen una exposición más amplia
para el ciudadano sobre los fundamentos jurídicos que soportan la decisión de la
entidad.
En este punto se incluyen además, los actos administrativos que disponen el
cumplimiento de los fallos judiciales de manera integral, sin dejar en suspenso el pago
de retroactivo pensional, lo cual no puede confundirse con la represa de sentencias
judiciales, toda vez que esta se ha presentado por la gestión que se desarrolla en
COLPENSIONES en cuanto al estudio de seguridad que se practica a todos los fallos
56
judiciales que ordenan reconocimiento de derechos, con el fin de evitar fraudes o
detrimento patrimonial.
Otro avance importante es la integración de otras áreas de COLPENSIONES a la
Mesa Técnica, a saber: Vicepresidencia Jurídica y Gerencia Nacional de Defensa
Judicial, Vicepresidencia de Beneficios y Prestaciones Económicas, Gerencia de
Nómina, Gerencia de Gestión Documental y Gerencia de Atención al Afiliado, lo que
ha permitido hacerle seguimiento y atender casos de tipo operativo y administrativo,
tales como los de Historia Laboral y Nómina de Pensionados, con base en los cuales
se han efectuado recomendaciones que han sido acogidas por esa Administradora, en
cuanto al ajuste de conceptos internos con relación a los siguientes temas:
- Pensión Especial Alto Riesgo y Mora del Empleador en el pago de Aportes a la
Seguridad Social:
A través de la Circular 01 del 15 de enero de 2015, la Procuraduría General de la
Nación solicitó a COLPENSIONES revisar la posición institucional frente a la negación
de pensiones especiales por alto riesgo, como consecuencia de la mora o no pago de
los aportes especiales por parte del empleador. Igualmente, se requirió revisar lo
relacionado con los empleadores incumplidos o en mora en el pago de los aportes a la
seguridad social y se hizo especial recomendación frente a la mora de empleadores
públicos posterior al año 94.
Como resultado de esta intervención, COLPENSIONES profirió las Circulares internas
14 y 15 del 22 de junio de 2015, en las cuales acoge la jurisprudencia de las Altas
Cortes, lo cual significa, que la omisión del empleador incumplido no debe trasladarse
al trabajador. Así mismo, fijó como posición institucional tener en cuenta todos los
tiempos públicos, aún en mora, certificados a través del formato CLEBP.
- Pensión Especial de Vejez por Hijo Inválido:
Mediante oficio del 3 de agosto de 2015, este órgano de control solicitó a
COLPENSIONES revisar los requisitos exigidos para esta clase de pensiones y aplicar
la jurisprudencia de las Altas Cortes, en la cual es unificada la posición en cuanto a
que no se debe exigir a la madre o padre solicitante de la misma, estar vinculado
laboralmente al momento de requerirla. En tal virtud, dicha entidad profirió el concepto
interno del 20 de agosto de 2015, donde atiende favorablemente la solicitud y dispone
eliminar este requisito para el estudio de esta pensión especial.
57
Otro asunto de destacar, es el relacionado con el convenio de pensiones entre
Colombia y España, en el que gracias a la intervención de la Procuraduría a través de
la Mesa Técnica, COLPENSIONES dispuso de un canal de comunicación más ágil,
para que por medio de los consulados de Madrid y Barcelona, los colombianos
residentes en España puedan acceder a mejor información sobre el estado de los
trámites; así mismo, creó la posibilidad de notificación vía electrónica y dispuso de un
funcionario de la Gerencia de Reconocimiento para atender todas las peticiones con
radicación en este órgano de control. Desde el mes de mayo hasta final del 2015 esa
entidad atendió aproximadamente 250 solicitudes relacionadas con el convenio, de las
cuales alrededor de 80 fueron de fondo, con traslados de historia laboral, consultas,
información de pagos en el exterior, recursos y actos administrativos que resolvieron
el estudio de pensión.
Como aspecto crítico se tiene el incumplimiento de fallos por parte de
COLPENSIONES. En el octavo Informe de seguimiento presentado a la Corte
Constitucional el 9 de abril de 2015, la Procuraduría presentó un diagnóstico respecto
de la situación que se presenta por el no acatamiento de decisiones judiciales, de
acuerdo con las denuncias realizadas por los usuarios y por los jueces de Bogotá y del
resto del país, relacionadas con el aumento de procesos ordinarios, tutelas y
ejecutivos contra esa entidad, lo cual ha generado gran congestión en todos los
despachos judiciales.
De otra parte, durante el período de análisis, la Procuraduría profirió las siguientes
circulares en materia pensional:
- Circular 001 de 20 de enero de 2015, dirigida a: Ministerio de Trabajo,
COLPENSIONES, UGPP, entidades que administran el Régimen Solidario de
Prima Media con Prestación Definida (RPMPD), empresas e instituciones con
actividades de alto riesgo, con el fin de que revisen su posición frente a la
negación de pensiones especiales de alto riesgo, en razón a la mora del
empleador.
- Circular 004 de 9 de marzo de 2015, dirigida a: COLPENSIONES, UGPP,
FONPRECON, Fondos de Pensiones y demás entidades que tengan a su cargo el
manejo del régimen de prima media, afiliados al régimen de prima media con
prestación definida, respecto del régimen de transición para quienes adquirieron
estatus pensional hasta el 31 de diciembre de 2014.
Adicionalmente, el 10 de febrero de 2015 se presentó informe de seguimiento, de
conformidad con los lineamientos señalados en los autos 110, 202, 320 de 2013 y 028
58
del 11 de 2014, y oficio OPT-A-049/2015 de la Honorable Corte Constitucional en los
siguientes términos:
1- La procedencia o no de la solicitud presentada ante COLPENSIONES.
2- Las cifras, porcentajes y análisis realizado por la Administradora de pensiones.
3- La evolución en cuanto al grado de calidad de las resoluciones de prestaciones
económicas emitidas por esa entidad.
4- Los problemas de completitud de las historias laborales.
5- El acatamiento de las órdenes dictadas a COLPENSIONES en el auto 259 de
2014.
6- La factibilidad de cumplimiento de los plazos proyectados por esa Administradora
de pensiones para la puesta al día del régimen de prima media.
7- La persistencia o superación de las dificultades en materia de reconocimiento
pensional identificadas por los usuarios de COLPENSIONES, solicitud de medidas
y órdenes de monitoreo por cumplimiento.
SEGUIMIENTO PROCESO DE LIQUIDACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGUROS
SOCIALES
Se realizó seguimiento a las actuaciones adelantadas por los responsables de la
liquidación del Instituto de Seguros Sociales para que se cumpla con los términos y
condiciones señalados en la ley para llevar a cabo ese proceso, en especial, los
señalados en el decreto 2013 de 2012, al igual para que se garanticen los derechos
convencionales y legales de los trabajadores vinculados a la entidad en proceso de
extinción, y la preservación del patrimonio público.
En relación con la protección de los derechos sindicales, se participó en las reuniones
de la Comisión Especial de Tratamiento de Conflictos ante la OIT (CETCOIT),
constituido para tratar la queja presentada por la CUT ante ese organismo
internacional, por desconocimiento de los derechos sindicales de los trabajadores del
ISS, como el fuero sindical. Es preciso resaltar el acuerdo parcial logrado en esta
instancia respecto del pago de la indemnización para los servidores aforados. La
Procuraduría continuará participando en aquellos temas en los cuales no se ha
logrado ningún acuerdo.
59
Como garantía del derecho de asociación sindical y mientras se termina el proceso de
reconocimiento de derechos a los ex servidores del ISS, se requirió al PAR ISS,
suspender el proceso de cancelación de la personería jurídica al sindicato de
trabajadores de esa entidad, por ser la organización sindical la vocera de los
trabajadores ante el PAR, para el reconocimiento de sus derechos.
Otro de los logros alcanzados, fue la actualización de las historias laborales de los
trabajadores activos del instituto de Seguros Sociales en liquidación.
CONTROL Y VIGILANCIA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
GESTIÓN PENSIONAL UGPP – CAJANAL EN LIQUIDACION
En ejercicio del control preventivo de gestión, se realizaron visitas administrativas a la
Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de
la Protección Social – UGPP, en abril 15, junio 25, septiembre 29 y diciembre 21 de
2015, en las que se solicitó que los reconocimientos, reliquidaciones y cumplimientos
de sentencias judiciales, las cuales deben acatarse de manera estricta e integral y sin
ser fraccionadas, se surtan sin exceder los términos de ley y con la debida diligencia y
cuidado, con el fin de evitar que los actos administrativos expedidos requieran de
posteriores aclaratorias y correcciones, aumentando las demoras en perjuicio de los
afiliados, pensionados y beneficiarios.
Igualmente, se exhortó a que las inclusiones en nómina general de pensionados y
pagos correspondientes a retroactivos, intereses y sumas pendientes, se surtan sin
exceder los términos de ley para hacer efectivos los derechos reconocidos a los
pensionados. De la misma manera, respecto de los trámites de solicitudes de
reconocimientos pensionales y reclamaciones, que no hayan sido resueltas y se
encuentre vencido el término legal para tal efecto.
PENSIONES - UGPP
- Reconocimientos de Pensiones
Desde el 11 de noviembre de 2011 hasta el 30 de noviembre de 2015, la UGPP
recibió 234.218 solicitudes pensionales, de la cuales se encuentran atendidas 222.562
y 11.656 en trámite (9.847 en términos y 1.809 fuera de términos).
Gráfica No. 1
Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Noviembre/2011 –
Noviembre/2015
60
Desde el 1 de enero hasta 30 de noviembre de 2015, recibió 77.451 solicitudes pensionales, de las cuales se encuentran atendidas 65.795
Gráfica No. 2
Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Enero – Noviembre 2015
No obstante que las solicitudes que debían ser tramitadas crecieron entre enero y
noviembre de 2015 frente al mismo período del año anterior en un 30%, el número de
solicitudes atendidas durante el mismo lapso, se incrementó en más del 36%.
- Solicitudes Inclusiones en Nómina
SOLICITUDES ATENDIDAS; 65.795
SOLICITUDES EN TRAMITE; 11,656
61
Con corte a diciembre de 2015, la UGPP recepcionó 203.465 solicitudes de inclusión
en nómina, de las cuales se gestionaron 200.529, quedando en proceso 2.936 (1.905
en términos y 1.031 fuera de términos).
Gráfica No. 3
Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Diciembre/2011 – diciembre/2015
RECOBROS AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Con el objetivo de establecer los factores estructurales que determinan el
comportamiento de la extracción de renta a través de los eventos No POS en el
Sistema General de Seguridad Social en Salud, se continuó interviniendo
preventivamente mediante visitas así como a través de oficios dirigidos tanto al
Ministerio de Salud y Protección Social como a la Superintendencia Nacional de
Salud, para lograr el pago de cartera vencida que se le adeuda a las Instituciones
Prestadoras de Servicios de Salud y que tienen a muchas clínicas y hospitales al
borde de la quiebra.
Así mismo, se atendieron las invitaciones por parte del Congreso de la República,
relacionadas con los debates de Control Político que se llevaron a cabo a los
diferentes actores del Sistema, acerca del pago de cartera vencida en las diferentes
regiones del país.
SOLICITUDES INCLUSION EN NOMINA
GESTIONADAS; 200.529
SOLICITUDES INCLUSION EN NOMINA EN PROCESO 2.936 (1905 en términos y 1031 fuera de términos)
62
En los meses de noviembre y diciembre se llevaron a cabo dos (2) Audiencias con la
presencia, además de la Procuraduría, del Ministro de Salud y Protección Social, el
Superintendente Nacional de Salud y diferentes actores del Sistema, con la finalidad
de revisar los aspectos relacionados con el flujo de recursos.
CONSIDERACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FRENTE A LA T-760 -
DERECHO A LA SALUD - SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN
En desarrollo de la vigilancia superior con fines preventivos y de control de la gestión
pública, en pro del cumplimiento de las órdenes impartidas por la Honorable Corte
Constitucional en la Sentencia T-760 de 2008 y de los Autos que de ella se
desprenden, la Procuraduría realizó intervenciones ante el Ministerio de Salud y
Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, así como cuatro visitas de
verificación al cumplimiento de las respectivas órdenes, recaudando la información,
para posterior verificación de la gestión administrativa ejercida y de los avances
logrados. Fue así como el 23 de noviembre de 2015 se presentó un informe a la Corte
Constitucional sobre el seguimiento a la mencionada sentencia.
Con el objeto de generar nuevas políticas públicas para el goce efectivo del derecho
a la salud, se atendieron invitaciones a foros, seminarios y conversatorios con el
Ministerio de Salud y Protección Social, con la presencia de diversas Asociaciones de
Usuarios y actores del Sistema, en temas relacionados con las órdenes contenidas en
la referida sentencia. Se elaboraron informes, así como se dio respuesta a los
cuestionarios recibidos del Congreso de la República, con respecto al mismo tema.
También se atendieron quejas, peticiones y reclamos de pacientes y ciudadanía en
general, relacionados con la misma sentencia, tales como: negación de servicios,
citas con especialistas, medicamentos de alto costo, atención a pacientes con cáncer
y desacatos, entre otros.
EVALUACIÓN DE LINEAMIENTOS FRENTE AL CÁNCER EN COLOMBIA PARA
LA PROYECCIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
En atención al trabajo de investigación que se llevó a cabo en la Procuraduría sobre
el tema del cáncer en Colombia, se continúa con la atención de las diferentes quejas
y reclamos de los pacientes de cáncer y enfermedades de alto costo en general.
Mediante oficio se requirió nuevamente al Ministro de Salud y Protección Social para
que se lleve a cabo la reglamentación contenida en el artículo 15 de la Ley Estatutaria
de la Salud, relacionado con las prestaciones de salud. En el mes de octubre, se
63
atendió visita de las directivas del Instituto Nacional de Cancerología, relacionada con
la solicitud de “protección de la salud de los colombianos” respecto al cumplimiento
del “Convenio Marco de la OMS para el control del Tabaco”. En consideración a lo
anterior, se profirió la Circular 02 de 2015 en la que se insta a las autoridades
nacionales y territoriales a darle aplicación a la normatividad existente en materia de
control al consumo del tabaco.
GARANTÍA DEL ACCESO EFECTIVO AL DERECHO DE ATENCIÓN EN SALUD
Dentro de las muchas peticiones y quejas que recibe la Procuraduría, se encuentran
las relacionadas con la protección del derecho fundamental a la salud, enmarcado en
el acceso efectivo a su atención, vulnerado por las Empresas Promotoras de
Servicios de Salud (EPS), específicamente del régimen contributivo. En su mayoría,
van dirigidas a solicitar la intervención de este órgano de control ante las barreras
administrativas que las aseguradoras interponen para permitir el acceso a los
servicios de salud, con mayor frecuencia a las citas con especialistas, entrega de
medicamentos o realización de tratamientos médicos y quirúrgicos. De un total de 770
solicitudes atendidas, el 21.7% se relacionó con barreras administrativas en el acceso
a tratamientos para el control de enfermedades de alto costo, principalmente cáncer
en adultos, enfermedad renal crónica y un caso de VIH. 41.3% de los casos recibidos
provinieron de SaludCoop EPS, seguido por el 8,6% de EPS Compensar y el 6.5% de
Coomeva y Salud Total cada una, Sura, Sanitas, Cafesalud representaron el 4.3%
cada una y para finalizar, Caprecom, Golden Group, Aliansalud y Famisanar, con un
caso cada una, representaron el 2.17% cada una.
Entre los casos relevantes, por la cantidad de afiliados afectados por la decisión
unilateral de la Empresa Prestadora de Servicios de Salud, se está haciendo especial
seguimiento a la queja de la Veeduría Renal Nacional en contra de las EPS
Saludcoop, Caprecom, Comfacor, Cafesalud y MutualSer, por el traslado arbitrario,
inconsulto e intempestivo de los pacientes en tratamiento, de pacientes en terapia de
reemplazo renal (diálisis renal) en las ciudades de Montería, Neiva, Pereira y
Popayán, incumpliendo la Sentencia T-770 de la Corte Constitucional de octubre de
2011. En tal virtud, se requirió a la Superintendencia Nacional de Salud para que
ejerza su función de vigilancia y control de ese procedimiento y a las EPS Saludcoop
y Caprecom para que alleguen la evidencia del apego de sus acciones a la
normatividad vigente y a la referida sentencia. Ante el incremento de las denuncias y
eventos de complicaciones médicas y muertes de pacientes en terapia de diálisis
objeto del traslado, se iniciaron las investigaciones del caso.
64
De igual manera, con base en la Resolución No. 064 de 2014, emitida por la
Defensoría del Pueblo ante la crisis humanitaria en el departamento del Chocó y
como respuesta a la convocatoria de la Corte Constitucional a la Mesa Técnica del 19
de marzo de 2015, la Procuraduría solicitó a la Defensoría los antecedentes de ese
acto administrativo, y al Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia
Nacional de Salud las respuestas enviadas a la Corte Constitucional. Así mismo, se
dio inicio a las respectivas investigaciones disciplinarias, con motivo de la denuncia
de ese organismo del Ministerio Público respecto de las muertes con ocasión de la
dilación en el proceso de referencia y contra referencia de pacientes a centros de
atención de mayor nivel de complejidad.
En virtud de la Directiva Conjunta 005 de 1° de Diciembre de 2014, por medio de la
cual el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo dispusieron el
seguimiento a las recomendaciones formuladas en la Resolución Defensorial 064 de
29 de septiembre de 2014, y ante el compromiso adquirido el 19 de marzo de 2015
ante la Corte Constitucional, se diseñó una matriz de seguimiento al cumplimiento de
la citada Resolución, que se implementó por las dependencias del Ministerio Público
encargadas de controlar la ejecución de los planes y el logro de los objetivos
propuestos por las entidades responsables.
Mediante oficios, se solicitó a dichas entidades territoriales informar el avance de las
acciones implementadas para dar cumplimiento a las 44 recomendaciones realizadas
a la Gobernación del Chocó y cada una de las alcaldías que conforman ese
departamento, con su respectivo soporte documental. Requerimientos que fueron
atendidos por parte de las alcaldías de Quibdó, Bajo Baudó, San José del Palmar,
Cértegui y Tadó, por lo cual se continúa el seguimiento con relación a las entidades
que no han dado respuesta.
SEGUIMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
La Procuraduría General de la Nación, como máximo órgano de control en Colombia,
viene realizando acciones de vigilancia en el diseño, aprobación y ejecución efectiva
de las políticas públicas para la prevención y la promoción de la seguridad y la salud
en el trabajo y la generación de trabajos en condiciones dignas y seguras.
En razón a que el 11 de julio de 2012 el legislativo expidió la Ley 1562, “por medio de
la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones
en materia de salud ocupacional”, la Procuraduría General de la Nación realizó las
65
siguientes acciones durante el año 2015, en consideración a que el Gobierno
Nacional no había reglamentado algunos aspectos.
a. Se solicitó al Ministerio de Trabajo informar las gestiones adelantadas para
reglamentar los temas que a continuación se enuncian, sobre los cuales la
Coordinadora del Grupo de Promoción y Prevención de la Dirección de Riesgos
Laborales de dicho Ministerio dio las explicaciones del caso:
- Sistema de Vigilancia Epidemiológica para el Cáncer Ocupacional.
- Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional.
- Listado de sustancias peligrosas para la salud y definición de actividades
preventivas para su manipulación.
- Procedimientos para verificar si las Instituciones Prestadoras de Servicios de
Seguridad y Salud en el Trabajo, cumplen los estándares mínimos del
Sistema de Garantía de la Calidad en Seguridad y Salud en el Trabajo y
Riesgos Laborales.
- Procedimientos para verificar si las Administradoras de Riesgos Labores
cumplen los Estándares Mínimos del Sistema de Garantía de la Calidad en
Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.
- Tabla de Clasificación de Actividades Económica para el Sistema General de
Riesgos Laborales.
- Criterios técnicos con base en los cuales las Entidades Administradoras de
Riesgos Laborales, focalizarán sus acciones en promoción y prevención para
fortalecer las actividades en las micro y pequeñas empresas.
- Vigilancia y control a las campañas y actividades que realizan las
Administradoras de Riesgos Laborales en las micro y pequeñas empresas.
- Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de todos los concejales
del país y de los ediles de los municipios cuya población sea superior a cien
mil.
b. Se requirió al Ministerio de Salud y Protección Social, frente a las acciones
adelantadas para reglamentar la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, con respecto a
66
los siguientes temas, el cual fue debidamente atendido por el Director de
Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y
Pensiones de esa Cartera:
- Tabla de cotizaciones mínimas y máximas para cada clase de riesgo y las
formas en que una empresa pueda lograr disminuir o aumentar los
porcentajes de cotización de acuerdo a su siniestralidad, severidad y
cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
SG-SST.
- Las actividades preventivas que deben adelantar las empresas que procesan,
manipulan o trabajan con sustancias tóxicas, cancerígenas o con agentes
causantes de enfermedades laborales.
- Calificación en primera oportunidad del origen, la pérdida de capacidad
laboral y el grado de invalidez, así como el manejo de la calificación integral.
c. Se realizó seguimiento a las gestiones de vigilancia realizada por la
Superintendencia Nacional de Salud a las Entidades Administradoras de Riesgos
Laborales. Para tal efecto, se le solicitó informar si se llevaron a cabo las
correspondientes auditorías a las Administradoras de Riesgos Laborales; en
virtud de lo cual la Superintendente Delegada para la Supervisión Institucional
comunicó de la realización de las auditorías integrales a dichas Administradoras,
en lo relacionado con los servicios de salud y su remisión a la Delegada de
Procesos Administrativos de los conceptos técnicos de las visitas adelantadas a
las aseguradoras Mapfre, Colpatria y Aurora con el fin de que se analizara,
evaluara las acciones administrativas respectivas, teniendo en cuenta presuntas
irregularidades en la prestación de servicios.
d. Se solicitó a la Contraloría General de la República indicar las acciones de tipo
fiscal adelantadas para el control de los dineros que ingresan a las Juntas de
Calificación de Invalidez. Teniendo en cuenta que la Contralora Delegada del
Sector Social informó, que en atención al Ranking elaborado de acuerdo con el
nivel de riesgo de las entidades, las Juntas de Calificación de Invalidez se
ubicaron en un rango bajo, por lo cual, no se incluyeron para el ejercicio de
auditoría de ese año, se llevó a cabo una reunión con funcionarios de esa
Contraloría Delegada, con el fin de explicar los motivos por los cuales existe la
necesidad de realizar las auditorías a estas Juntas, conforme lo establece la Ley
1562 de 2012, por lo que se reiteró el requerimiento que desde el año 2013 había
formulado este órgano de control en tal sentido.
67
En tal virtud, la Contraloría llevó a cabo su labor de fiscalización en la Junta
Nacional de Calificación de Invalidez, con base en la cual pudo establecer
veintisiete (27) hallazgos administrativos, que a su vez generaron dos (2)
traslados a la Junta Central de Contadores, uno (1) al Archivo General de la
Nación y una (1) solicitud de indagación preliminar, debido a deficiencias de tipo
presupuestal, contable, contractual, de sistemas de información, entre otras.
e. Se llevó a cabo control y vigilancia al cumplimiento de las obligaciones de los
diferentes actores para garantizar los derechos de los trabajadores que
desarrollan actividades de alto riesgo. Se expidió la Circular No. 001 de 20 de
Enero de 2015, mediante la cual se requirió al Ministerio de Trabajo,
Colpensiones, UGPP y demás organismos responsables, revisar la posición
institucional con relación a la negación de pensiones especiales de alto riesgo, de
manera que se acate la normatividad vigente y jurisprudencia del Altas Cortes
para su reconocimiento.
En consideración a lo anterior, se ofició a las entidades para que tuvieran en
cuenta las siguientes recomendaciones:
1) Aplicar la normatividad vigente y línea jurisprudencial de las Altas Cortes en
materia de mora del empleador y de pensiones de alto riesgo, en defensa de
los derechos de los afiliados beneficiarios de este régimen. Para tal efecto, las
administradoras del régimen de prima media deberán emitir directrices para
que los derechos de los trabajadores catalogados como de alto riesgo no sigan
siendo afectados como consecuencia de la omisión del empleador en el pago
de los aportes adicionales para esta clase de pensiones.
2) Es deber de las administradoras del régimen de prima media, efectuar el cobro
de los aportes en mora. Por parte de la UGPP se requiere fortalecer las
acciones de cobro coactivo, con el fin de evitar la evasión y elusión de aportes
al Sistema de Seguridad Social.
3) Por parte del Ministerio de Trabajo, se requiere una eficiente inspección,
vigilancia y control, frente a las empresas y entidades que desarrollan
actividades de alto riesgo. Para tal efecto, deberá informar a Colpensiones y a
la UGPP periódicamente las empresas con su respectivo NIT que tengan a su
cargo trabajadores de alto riesgo y solicitar a las empresas y entidades que
desarrollan, este tipo de actividades, fortalecer la prevención con el fin de
mitigar los riesgos de salud y seguridad de sus trabajadores.
68
4) Se requiere fomentar el trabajo digno y decente, ya que las estadísticas solo
reportan el sector formal expuesto a este tipo de actividades.
5) Es indispensables que el Ministerio de Trabajo considere una normatividad que
proteja a los trabajadores, a quienes se les ve disminuida su calidad y
expectativa de vida saludable por la exposición a actividades de alto riesgo.
f. En cumplimiento de la Circular 017 del 29 de junio de 2011, relacionada con la
actualización de los Reglamentos de higiene y seguridad en labores de minería
subterránea y a cielo abierto, entre otros temas, se requirió al Ministerio de Minas y
Energía informar sobre la actualización del Decreto 1335 de 1987, “mediante el
cual se expide el reglamento de seguridad minera subterránea” y del Decreto 2222
de 1993, relativo al reglamento de higiene y seguridad industrial en las labores de
mineras a cielo abierto. Información que fue remitida oportunamente por esa
Cartera.
g. Se solicitó al Ministro de Salud y Protección Social informar los trámites
adelantados para reglamentar la Ley 1251 de 2008, “por la cual se dictan normas
tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los
adultos mayores” y para el adecuado funcionamiento del Consejo Nacional del
Adulto Mayor. Así mismo, las acciones llevadas a cabo para cumplir con las
responsabilidades que le asisten a esa Cartera en desarrollo de la Política
Nacional de Envejecimiento y Vejez 2007 – 2019. Requerimiento que fue
debidamente atendido por dicho Ministerio con las explicaciones del caso.
VIGILANCIA Y CONTROL PREVENTIVO FRENTE A LA POLÍTICA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD
En virtud de la competencia preventiva y de control de gestión, durante el período de
análisis se llevaron a cabo las siguientes actividades frente a este tópico:
a. Se realizó seguimiento a los Comités Departamentales y Municipales de
Discapacidad (CDD y CMD), para lo cual se solicitó a los gobernadores y alcaldes
un informe sobre las gestiones adelantadas por sus despachos durante el 2015, en
materia de implementación de la Política Pública de Discapacidad.
b. En consideración a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1145 de 2007 y en
calidad de invitada, la Procuraduría participó en el Grupo de Enlace Sectorial
(GES), el cual tiene como función la construcción, concertación y coordinación
interinstitucional de planes, proyectos y programas del Consejo Nacional de
69
Discapacidad – CND, en el que igualmente interviene la sociedad civil de la
discapacidad (Artículo 6° de la Ley 361 de 1997).
c. Participó igualmente en los Encuentro de Secretarías Técnicas de Comités
Departamentales y Distritales de Discapacidad, con el fin de dar a conocer las
acciones que se adelantan en materia de Política Pública de Discapacidad por
parte de la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de la labor
preventiva y de control de gestión que le otorga la Constitución y la ley. De igual
manera, acompañó al Ministerio de Salud en las visitas realizadas a los Comités
Departamentales de Discapacidad en Montería y Amazonas, debido al
incumplimiento de compromisos establecidos el año anterior con dicho organismo.
HERRAMIENTA PARA EL CONTROL Y SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN
DE LA POLÍTICA PÚBLICA PARA LA REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE
SUSTANCIAS PSICOACTIVAS
La Procuraduría General de la Nación en ejercicio de sus funciones constitucionales y
legales, especialmente en desarrollo de sus actividades preventivas, llevó a cabo una
investigación denominada “EVALUACIÓN Y PERSPECTIVAS DE LA POLÍTICA
PÚBLICA FRENTE A LA SALUD MENTAL Y, EN PARTICULAR, DE ATENCIÓN AL
CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN COLOMBIA”.
Esta investigación de carácter teórico-conceptual y descriptiva propone una
metodología y una herramienta para que este órgano de control realice seguimiento a
la implementación de la política de salud mental y la política de reducción del
consumo de sustancias psicoactivas, la cual está conformada por indicadores, que
permitirán establecer la línea base para el control preventivo por parte del Ministerio
Público en la implementación de la garantía en la atención integral a personas que
consumen ese tipo de sustancias.
Se espera que esta herramienta se convierta en: i) una guía para la implementación
de la política pública en la prevención y reducción del consumo de sustancias
psicoactivas, ii) soporte para la exigencia del derecho a la salud y acceso efectivo a
los servicios de salud de las personas con problemas de consumo, que de manera
voluntaria deciden aceptar un tratamiento para su rehabilitación y iii) guía de
seguimiento al apoyo en la resocialización de los consumidores de esas sustancias.
Los resultados de esta herramienta de control y seguimiento, aportarán al propósito
del encausamiento de principios y valores éticos, al restablecimiento de una mejor
sociedad, la convivencia sana, la recuperación y vivencia de los valores familiares y
70
sociales, y a la armonización del Estado con la sociedad civil, redundando en el
desarrollo económico y social del país, bajo la perspectiva del respeto por los
derechos y la dignidad humana.
VIGILANCIA Y APORTES PREVENTIVOS FRENTE A LA POLÍTICA PÚBLICA DE
SALUD MENTAL
Seguimiento a las Administradoras de Riesgos Laborales
Se solicitó a las Administradoras de Riesgos Laborales un informe sobre los servicios
de asesoría y asistencia técnica brindados a trabajadores de la salud mental, cuya
labor se relaciona con la atención directa en consulta externa u hospitalaria, casos de
violencia fatal y no fatal, y atención psicosocial en situaciones de urgencia,
emergencia y desastres, así como, las estrategias implementadas para garantizar que
las empresas afiliadas incluyan y cumplan con el desarrollo del plan de trabajo anual,
dentro de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Una vez revisados los informes, se encontró que las Administradoras de Riesgos
Laborales no cuentan con programas específicos de asesoría y asistencia técnica
para empresas y trabajadores que laboran en salud mental, por cuanto continúan
enmarcando sus acciones de manera general en actividades de riesgo psicosocial.
Por lo anterior, se solicitó al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Salud y
Protección Social dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 21 de la Ley 1616 de
2013, en el sentido de reglamentar los lineamientos técnicos que deben aplicar las
Administradoras de Riesgos Laborales para el diseño, formulación e implementación
de estrategias, programas, acciones y servicios que requiere el talento humano que
trabaja en salud mental, en consideración a que el plazo fijado para dicho trámite, se
encuentra vencido.
Seguimiento al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC
Se requirió al Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –
INPEC informar las gestiones adelantadas por dicha Entidad para garantizar los
derechos de los enfermos mentales privados de la libertad, así como los programas
adoptados para la atención de los mismos y los problemas que se presentan, frente a
la presentación de los servicios de salud que requiere dicha población. En
consideración a lo anterior, la Dirección de Atención y Tratamiento del INPEC informó
que desarrolló actividades orientadas a la atención de la salud mental para la
población privada de la libertad, mediante programas de reducción del consumo de
71
sustancias psicoactivas, prevención del suicidio y seguimiento a la prestación del
servicio en salud mental de los pacientes diagnosticados con enfermedades de ese
tipo; así como a través de directivas permanentes y ruta de atención a internos con
patología mental.
No obstante lo anterior, informaron que carecen de un programa integral por parte
del prestador de servicios de salud, el cual no garantiza la oportunidad con calidad y
continuidad de procesos terapéuticos en aras de mejorar la sintomatología de los
mismos. De igual manera, manifestaron que sólo dos (2) establecimientos de ciento
ocho (108) cuentan con atención de grupo interdisciplinario (psiquiatría, psicología,
terapia ocupacional, enfermería). En los demás establecimientos solo cuentan con
auxiliar de enfermería para el suministro de medicamentos y con médico psiquiatra
cada mes y/o tres meses, según criterio médico.
Por otra parte, según seguimiento de atenciones médicas psiquiátricas por parte de
CAPRECOM ESP-S, del 01 al 30 de Abril de 2015, se evidenciaron los siguientes
problemas frente a la prestación de los servicios de salud que requiere la población
con enfermedad mental:
- Las acciones de prevención y promoción, sólo se realiza a internos con patología
mental en dos (2) establecimientos de reclusión: EC Bogotá y EPMSC Cali;
quedando sin prevención y promoción el 99% de los internos.
- No hay seguimiento a reclusos que presentan intentos de suicidio.
- No se cuenta con servicio de psicología y terapia ocupacional, para todos los
establecimientos carcelarios y penitenciarios.
- No se posee red para hospitalización por salud mental.
También puso en evidencia que aunque la Dirección de Atención y Tratamiento del
INPEC le solicitó en repetidas oportunidades a la EPS-CAPRECOM, autorizar la
hospitalización en clínicas y/o hospitales de salud mental de la red, a siete (7)
internos de las EPMSC Medellín y Bellavista, EC Barranquilla CP Cúcuta, COMEB,
RM Bogotá, COMEB “La Picota”, no fue posible obtener respuesta.
Requerimiento a la Superintendencia Nacional de Salud
Teniendo en cuenta la información suministrada por el Ministerio de Salud y
Protección Social, las Administradoras de Riesgos Laborales y el Instituto Nacional
Penitenciario –INPEC, se solicitó a la Superintendencia Nacional de Salud adelantar
72
las acciones necesarias para eliminar las siguientes barreras de acceso, a las que se
enfrentan las personas que requieren servicios de salud mental:
- Disminución progresiva de la capacidad instalada de camas hospitalarias y
servicios ambulatorios, asociada a tarifas que no cubren los costos de la
prestación de servicios de salud mental.
- Insuficiente recurso humano especializado en el área de salud mental en los
territorios.
- Falta de capacitación especializada al personal que trabaja en las regiones más
apartadas del territorio nacional.
- El no cumplimiento de la normatividad vigente para los servicios en salud mental
por parte de las EPS.
- No funcionamiento del sistema de referencia y contra referencia por intermediación
o ausencia de guías unificadas y consensuadas en las EPS.
- Falta de capacidad de respuesta de los servicios en salud mental prestados a los
pacientes.
- Desconocimiento de la condición de discapacidad del paciente mental.
- Falta de información, orientación y educación sobre los derechos y deberes del
usuario.
- No hay integralidad en el tratamiento. Ausencia de integralidad en la prestación de
los servicios de salud mental.
- Oferta insuficiente de redes de apoyo para pacientes institucionalizados.
- Poca capacidad resolutiva en el primer nivel.
- No hay redes activas para pacientes con patología psiquiátrica.
- Tiempo insuficiente para la consulta de salud mental.
- Ausencia de redes sociales que fortalezcan los servicios.
- Falta de capacitación en tanto en patologías mentales como en procesos de
atención.
73
SEGUIMIENTO A OTRAS POLITICAS PÚBLICAS
En el marco del seguimiento a las políticas públicas, se imprimió una especial
vigilancia y seguimiento, desde la esfera técnico científica, con especial énfasis en
temas coyunturales de salud pública, como el proceso de vacunación contra el virus
del papiloma humano, que desde el último trimestre de 2014 ha sido objeto de
acciones judiciales coadyuvadas por la Procuraduría General de la Nación, en razón
a la recepción de quejas y solicitudes provenientes de diferentes regiones del país y
con amplia concentración en el municipio del Carmen de Bolívar.
En este caso se han hecho requerimientos al Ministerio de Salud y al Instituto
Nacional de Salud, con el fin el verificar el cumplimiento de los lineamientos técnicos
propuestos por estas entidades para garantizar la seguridad de las intervenciones en
salud de las niñas y adolescentes, objeto de la campaña de vacunación contra el
virus del papiloma humano.
En paralelo, se ha hecho el seguimiento a los planes de atención de la crisis en el
Carmen de Bolívar, suscritos por el Ministerio de Salud y Protección Social y se
revisaron los resultados de los estudios técnicos y científicos realizados por el
Instituto Nacional de Salud, con el propósito de confirmar o descartar la relación
causal de los signos y síntomas presentados por las niñas y adolescentes afectadas
con la vacunación contra el VPH, solicitando a las entidades responsables las
aclaraciones necesarias que permitan garantizar su atención integral, independiente
de la relación causal de la enfermedad con la aludida vacuna.
A pesar de los pronunciamientos del Ministerio de Salud y Protección Social
descartando dicha relación causal, la Procuraduría General de la Nación continúa
analizando en detalle los aspectos metodológicos de los estudios que garanticen la
confiabilidad de los mismos, así como las diversas publicaciones y evidencia, y las
quejas de niñas y adolescentes que presentan alteraciones en su salud y su dignidad,
presuntamente, por la vacuna contra el papiloma humano en diferentes ciudades del
país.
En otro escenario del seguimiento a las políticas en salud pública, a través de la
Circular 002 del 21 de enero de 2015, este órgano de control requirió al Ministerio de
Salud y Protección Social, al Instituto Nacional de salud, la Superintendencia Nacional
de salud, las Entidades Territoriales, las Empresas Administradoras de Planes de
Beneficios, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas y
dio instrucciones a las Procuradurías Regionales y Provinciales para que ejerzan las
acciones de prevención, atención, vigilancia y control para limitar el daño producido
74
por la epidemia asociada al virus del chikungunya, como evento de interés en salud
pública, para el cual, el gobierno ha destinado recursos especiales entregados a las
diferentes entidades territoriales y ha adoptado lineamientos técnicos de obligatorio
cumplimiento en las zonas del territorio nacional susceptibles de propagación de la
fiebre del chikungunya. Así mismo, se realizó el monitoreo semanal del
comportamiento de la epidemia desde la perspectiva del Instituto Nacional de Salud y
la Organización Panamericana de la Salud.
1.1.10 Apoyo a Víctimas del Conflicto Armado
PROYECTO DE LEY 140 DE 2015 SENADO
A fin de brindar a la población víctima del conflicto una solución constitucional y legal
viable, el 17 de marzo de 2015, la Procuraduría General de la Nación presentó un
proyecto de ley, “por el cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011- Ley
de Víctimas y Restitución de Tierras”, con el objeto de ampliar por un (1) año el plazo
para rendir declaración ante el Ministerio Público por hechos victimizantes ocurridos
antes del 10 de junio de 2011, ya que este término venció el 10 de junio de 2015, sin
que se haya logrado garantizar a la población víctima el tiempo necesario para
realizar dicha declaración, lo cual niega el acceso a la solicitud de inscripción en el
Registro Único de Victimas. Proyecto que aún cursa su trámite en el Congreso de la
República encontrándose en segundo debate en el Senado.
RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLAN
NACIONAL DE DESARROLLO RESPECTO DE LA IMPLEMENTACION DE LA
LEY 1448 DE 2011
En beneficio de la población víctima del conflicto armado a fin de ser tenidas en
cuenta en el trámite, discusión y aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, se
enviaron al Congreso de la República, a las Comisiones Terceras y Cuartas de
Cámara y Senado, así como a la Comisión Legal de Seguimiento a la Ley 1448 de
2011, las observaciones, consideraciones y recomendaciones de la Procuraduría
General de la Nación, teniendo en cuenta el documento presentado por el Gobierno
Nacional sobre las “Bases del Plan Nacional de Desarrollo”.
Este órgano de control hizo un estudio del capítulo 2 del documento en cuestión,
denominado “Colombia en Paz”, en el cual se hace un diagnóstico general de las
cifras en materia del conflicto armado, así como un balance de los logros y avances
en materia de atención, asistencia y reparación a las víctimas que se han alcanzado
por parte de la institucionalidad creada por la Ley 975 de 2005 y la Ley 1448 de 2011
75
en cabeza de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Al
analizar el acápite 5D - Seguridad y Justicia para la Construcción de Paz: “Retos en el
fortalecimiento del Estado Social de Derecho para garantizar los derechos de las
víctimas y la transición a la paz”, en el que se establecen las metas que debe
alcanzar el Gobierno Nacional para el 2018 en materia de atención asistencia y
reparación integral a las víctimas del conflicto armado, se advierte que en el sector de
Inclusión Social y Reconciliación, la meta fijada para avanzar en materia de
reparación de víctimas para ese año, es de 1´000.000 de personas.
Lo anterior resulta sumamente preocupante, debido a que esto significa que a los
siete años y medio de la promulgación de la Ley 1448 de 2011, sólo se habrá
reparado, además de manera parcial y no integral, un 14% de las víctimas
reconocidas en el Registro Único de Víctimas (7.821.641). Lo anterior implicaría que
en un marco de dos años y medio se repare al restante de víctimas, ya que la
vigencia de la Ley es de 10 años y no se prolongará en estos momentos más allá del
mes de junio del 2021, de conformidad con lo establecido en su artículo 208; una
tarea que resulta inviable desde el punto de vista presupuestal e institucional. Ahora
bien, el Gobierno Nacional, a través de la Unidad para la Atención y Reparación
Integral Víctimas (UARIV), aclaró que de ese universo de víctimas solo son
susceptibles de atención y reparación 5.548.431, lo que implica que de acuerdo con
la meta trazada para el 2018, tan solo se llegaría a atender a un 18% de esta
población, es decir, cerca de 1.000.000 de víctimas.
Para el Ministerio Público resulta ser de gran preocupación que el documento de las
bases del Plan de Desarrollo bajo estudio reduzca las metas de atención y reparación
integral a las víctimas respecto de las metas presupuestadas por el Consejo Nacional
de Política Económica y Social - CONPES en el documento 3726 de 2012, en lo
atinente a la ruta de asistencia y generación de ingreso de las víctimas del conflicto
armado, por cuanto en el primero se indica que se formarán 150.000 víctimas para
potenciar su enganche laboral, en el marco de las rutas de empleo y autoempleo para
la reparación integral a 2018, mientras en el segundo se proyecta atender a
1.019.042 a 2021 en este mismo indicador. Lo anterior implica que en dos años y
medio se deberán atender 869.042 víctimas en el marco de esta ruta para alcanzar la
meta prevista en el referido documento, lo que resulta imposible, dado el análisis
presupuestal del mismo gobierno nacional para el cumplimiento de dichas metas
trazadas a 2018.
De igual manera, el indicador referente al acceso de las víctimas a las medidas de
rehabilitación física y mental, dista mucho de la meta planteada por el Consejo
Nacional de Política Económica y Social, ya que en el año 2012 se proyectó que a
76
2021 se atenderían 3´000.000 de víctimas mientras que el Plan de Desarrollo se
planea atender en cuatro años a 1.875.570.
Esto equivaldría a atender en dos años y medio a 1.124.430 de víctimas. Si bien es
cierto que el documento CONPES se constituye en un documento técnico de
planeación que puede ser modificado en cualquier momento, también lo es que las
metas allí contenidas teóricamente implicarían la exclusión de cerca del 86% de las
víctimas del conflicto armado. Lo anterior representaría asignar una tarea gigantesca
para el siguiente gobierno, lo que marcaría desde ya la intención de prorrogar la
vigencia de la precitada ley, por la imposibilidad desde el punto de vista presupuestal
y operacional de atender a la totalidad de las víctimas del conflicto armado en el plazo
inicialmente previsto.
En materia de prevención y protección en la que se enfocan los 5 puntos restantes
del plan de gobierno, en el articulado del Plan Nacional de Desarrollo solo se estable
la creación del Sistema Integral de Prevención y Gestión de Conflictos, el cual en sí
mismo no es una estrategia que permita garantizar la seguridad y los derechos a la
vida, integridad física y personal de las víctimas del conflicto armado.
No se prevé ningún fortalecimiento a la Unidad Nacional de Protección como
institución responsable de la protección de las víctimas en situación de riesgo, que sí
contemplaba el documento de las “Bases del Plan de Nacional de Desarrollo” en lo
que respecta a la presencia regional de UNP, así como el mejoramiento de su
capacidad operativa.
En su parte introductoria el Plan define un cambio de metodología en la evaluación de
las políticas públicas, que ahora estará orientada a los resultados, por lo que es
menester revisar las metas que se plantean en cada uno de los objetivos, estrategias
y metas trazadoras, a fin de establecer el cumplimiento de los términos de la Ley
1448, es decir, año 2021, según lo allí previsto.
Si bien es cierto los recursos para la inversión y el gasto público siempre serán
limitados, es necesario que se evalúe y analicen los presupuestos que para la
viabilidad financiera del proyecto de ley presentó el Gobierno Nacional en su
momento, teniendo en cuenta el número de víctimas y el tiempo de vigencia de la ley
(10 años), en el acápite 5D Seguridad y Justicia Para la Construcción de Paz: Retos
en el fortalecimiento del Estado Social de Derecho para garantizar los derechos de
las Víctimas y la transición a la paz, se establece unas metas a 2018, que no se
ajustan a las planteadas en la exposición de motivos de la ley y que sirvieron de
fundamento para su aprobación ya que se planteó una viabilidad financiera, que
77
presuponía una sostenibilidad en el tiempo de su vigencia, es decir, no puede
hablarse de que tan solo 1´000.000 de victimas avancen al 2018 en su ruta de
reparación integral y que de estas solo 830.000 hayan sido efectivamente
indemnizadas, pues al 2018 ya habrían transcurrido siete años de vigencia de la ley,
quedando solo tres años de vigencia, es decir que transcurridos 7 años de vigencia
de la ley solo se avanzó en la reparación integral del 18 por ciento del universo total
de víctimas registradas al día de hoy.
SEGUIMIENTO ACTUACIÓN CONSULADOS RESPECTO A LAS VÍCTIMAS DEL
CONFLICTO ARMADO
En la ciudades de Miami, Washington y New York, del 26 de febrero al 1 de marzo de
2015, se realizó seguimiento a los Cónsules de Colombia en el exterior, con el
propósito de evaluar su ejercicio e intervención respecto de la atención y la
prevención de aquellos casos de trata de personas, así como la identificación,
acompañamiento y asistencia necesarias para garantizar el respeto de los derechos
humanos de las víctimas de este delito, en virtud de las responsabilidades que les
corresponde a la luz de la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 del mismo año.
Como resultado de esta comisión, se realizaron 3 conversatorios con presencia de
403 colombianos y se atendieron un total de 62 víctimas radicadas en el exterior.
Las siguientes fueron las actuaciones efectuadas en virtud del citado seguimiento:
1. Visita al Consulado General de Colombia en Miami: Se sostuvo reunión con
funcionarios del consulado y se capacitó a 80 colombianos, entre ellos, la Cónsul
General y el Cónsul de Primera. Los temas abordados fueron: La PGN y su
mandato constitucional, la ley de víctimas y su implementación en el exterior y el
proceso de restitución de tierras. Finalizada la capacitación se atendieron 20
víctimas de forma personalizada.
2. Conversatorio Universidad Carlos Albizu- Colombianos residentes en La Florida
sobre protección de derechos fundamentales y ley de víctimas. Invitados
especiales el Dr. Luigi Boria, Alcalde de Doral y la Dra. Ana Paola Agudelo,
Representante a la Cámara por los colombianos residentes en el exterior. En este
evento participaron 150 connacionales quienes presentaron sus inquietudes y
solicitudes relacionadas con la protección de sus derechos fundamentales. Se
expresó la preocupación del Ministerio Público frente a la implementación de la ley
en el exterior, en especial, frente a la fecha en la que expira el plazo para declarar
el 10 de junio de 2015 y se comprometió con hacer las gestiones pertinentes para
78
impulsar un proyecto de ley que amplíe este plazo. Se ofreció y dio atención
personal a 40 colombianos considerados víctimas.
3. Reuniones en el Departamento del Estado con el señor Stephen Rapp,
Embajador en Misión Especial para Asuntos de Crímenes de Guerra de la Oficina
de Justicia Penal Global de ese Departamento y con el señor William Duncan,
Director Andino de la Oficina de Asuntos Hemisféricos del Departamento de
Estado; paralelamente, el resto de la comisión atendió a dos líderes en el
Consulado de Washington.
4. Visita a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones
Unidas, esta reunión fue acompañada por el señor Miguel Camilo Ruíz Blanco,
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Representante Permanente Alterno y
la señora María Paulina Dávila Dávila, Ministra Consejera.
En este espacio se expusieron las preocupaciones de la Procuraduría frente a la
implementación de la Ley 1448 de 2011 en el exterior y la importancia de contar
con el apoyo de las misiones diplomáticas, en especial, la acreditada ante la
Organización de Naciones Unidas para el ejercicio de información y todo lo
relacionado con la compatibilidad de la Ley con las disposiciones internacionales
de protección internacional. El Embajador Ruíz se comprometió a hacer lo
pertinente para divulgar la norma en el marco de la Asamblea General de la ONU.
5. Capacitación con los funcionarios de los Consulados de New York y Newark. Los
temas abordados fueron: La PGN y su mandato constitucional, la ley de víctimas y
su implementación en el exterior y el proceso de restitución de tierras.
En horas de la tarde se realizó conversatorio con 120 colombianos residentes en
Nueva York sobre protección de derechos fundamentales y la referida ley. Como
invitados especiales participaron los Cónsules Generales de Nueva York, Maria
Isabel Nieto y Newark, Christian Mauricio Rodríguez Anzola, así como Jaime
Buenahora, Representante a la Cámara por los colombianos residentes en el
exterior.
6. Conversatorio con 133 residentes de la ciudad de Nueva Jersey. Se trataron
todos los temas relacionados con la protección de los derechos fundamentales de
los residentes en el exterior. Paralelamente se realizó la atención personalizada a
20 colombianos en el Consulado de Nueva York.
79
SESIONES DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO A LA LEY 1448/2011 Y
PARTICIPACION EN LAS SESIONES DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
De acuerdo con el artículo 201 de la ley 1448 de 2011, el mecanismo de monitoreo y
seguimiento a la Ley lo constituye la Comisión de Seguimiento y Monitoreo, la cual
está integrada por el Procurador General de la Nación o su delegado, quien la preside,
el Defensor del Pueblo o su delegado, el Contralor General o su delegado y tres (3)
representantes de las víctimas.
En cumplimiento de lo anterior, durante el 2015, la Procuraduría asistió a dos sesiones
de la Comisión Legal de Seguimiento a la Ley 1448 del Congreso de República, la
primera realizada el día 4 de marzo donde se discutió el tema del Plan Nacional de
Desarrollo 2014-2018, y la segunda, el 15 de abril, en la cual se discutió la situación
de los colombianos víctimas del conflicto armado en el exterior.
A esta reunión asistieron varios representantes de colombianos en países como
España, Estados Unidos, Ecuador, entre otros. Se logró identificar en dicho espacio,
que el desconocimiento de las normas y derechos que le asisten a la comunidad
colombiana en el exterior respecto a la atención y reparación, recae en gran medida
en los funcionarios de los consulados y embajadas, quienes en algunos casos no
entregan la mejor información y no generan los canales adecuados para que las
victimas accedan a las medidas que aplican fuera del territorio colombiano.
El 13 de mayo de 2015, en las instalaciones de la Defensoría del Pueblo de la
Regional de Valle del Cauca, se realizó un empalme de mesas de participación
efectiva de víctimas de los municipios de Trujillo, Tuluá, Buenaventura y Cali, en el
marco del seguimiento a la implementación de la ley 1448 de 2011.
Los días 14 y 15 de ese mismo mes, la Comisión de Seguimiento y Monitoreo realizó
en la ciudad de Santiago de Cali, la sesión territorial en el auditorio Gerardo Molina de
la Universidad Libre, siendo convocadas las entidades que conforman el SNARIV en
el orden municipal, departamental y nacional, de acuerdo a los territorios priorizados, a
fin de promover espacios de discusión con presencia de las mesas de participación
efectiva de víctimas; en dicha sesión se generaron 74 compromisos compartidos entre
dichas instituciones.
Del mismo modo, en el departamento de Norte de Santander, en la ciudad de Ocaña,
se llevó a cabo la misma jornada, a la que fueron convocadas las entidades con
80
presencia institucional en los municipios de Convención, El Tarra, Teorama, Tibú,
Ocaña, adquiriendo 88 compromisos compartidos.
Con dichas sesiones se buscó conocer la oferta institucional y a la vez solucionar a
corto plazo las principales problemáticas y obstáculos para la eficacia de la ley de
víctimas en los nueve municipios priorizados (Tuluá, Cali, Buenaventura, Trujillo,
Convención, El Tarra, Teorama, Tibú y Ocaña) de las que cabe resaltar las falencias
en oferta institucional para planes o programas de atención en salud, educación,
vivienda, capacitación para el empleo y emprendimiento especial para la población
víctima.
ASISTENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO EN JORNADAS DE TOMA MASIVA DE
DECLARACIONES
En atención de lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011, según el cual
las víctimas del conflicto armado deben presentar una declaración ante Ministerio
Público para efectos de ser incluidas en el Registro Único de Víctimas, se llevaron a
cabo jornadas masivas de declaración en distintos municipios del país.
Es importante destacar que cada una de las jornadas se realizó con enfoque
diferencial, priorizando de esta manera la atención a las mujeres embarazadas o con
niños en brazos y a los adultos mayores.
Adicionalmente, teniendo en cuenta el desconocimiento y falta de acceso por parte de
los miembros de la Fuerza Pública a las diferentes herramientas que dan a conocer
las medidas de atención, asistencia y en algunos casos reparación, establecidas en la
Ley 1448 de 2011, la Procuraduría adelanta una estrategia que permita, con
colaboración de los agentes del Ministerio Público, adelantar jornadas especiales de
toma de declaración, a quienes como miembros de la Policía Nacional o del Ejército
se consideren víctimas del conflicto armado y quieran solicitar su inscripción en el
Registro Único de Victimas.
Fue así como durante el 2015 se llevaron 14 jornadas, en las que se recepcionaron
3.293 declaraciones de civiles y de miembros de la Fuerza Pública, como se muestra
en la siguiente tabla:
81
Tabla No. 2
Jornadas de declaraciones víctimas del conflicto armado – año 2015
CIUDAD FECHA NÚMERO DE
DECLARACIONES
Bogotá 12 y 13 de febrero 206
Bogotá 5 de marzo 6
Barranquilla 24 y 25 de marzo 7
Cartagena 26 y 27 de marzo 21
Cali 16 y 17 de abril 32
Medellín 23 y 24 de abril 124
Turbo (Antioquia) 21, 22 y 23 de mayo 879
San Pedro de Urabá (Antioquia) 25 y 26 de mayo 493
Apartadó (Antioquia) 26 y 27 de mayo 263
Nueva Antioquia (Antioquia) 28 de mayo 232
San José de Nús (Antioquia) 30 de mayo y 1 de junio 132
Ovejas (Sucre) 3 de junio 103
Flor del Monte (Sucre) 4 de junio 168
Buenavista (Sucre) 6, 7 y 8 de junio 627
ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO A LAS COMISIONES Y
SUBCOMISIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN MATERIA DE JUSTICIA
TRANSICIONAL
La Comisión Nacional del Ministerio Público realizó 11 reuniones en la modalidad de
videoconferencias con diferentes Comisiones del Ministerio Público para la Justicia
Transicional, donde se han efectuado recomendaciones y seguimiento a las
diferentes actividades desarrolladas en los departamentos, impulsando su actuación
como Ministerio Público en el territorio.
VISITA A CONSULADOS EN ESPAÑA
En el marco de las funciones preventivas asignadas constitucionalmente a este
órgano de control, durante los días 25 a 30 de mayo de 2015 se llevó a cabo visita al
Consulado de España, con el fin de brindar orientación, atención y asesoría a los
colombianos en el exterior, que se consideran víctimas del conflicto armado interno,
cuyas actividades, en forma general se describen a continuación:
82
- El 25 de mayo se realizó visita al Consulado de Colombia en Madrid. Se asistió a
reunión con funcionarios del Consulado y representantes de organizaciones de
colombianos víctimas, residentes en España. Posteriormente se asistió al
conversatorio, en el que participaron aproximadamente 200 colombianos.
- El 26 de mayo se asistió al Consulado de Colombia en Barcelona a un almuerzo de
trabajo en el cual, se escuchó un informe por parte de la Cónsul acerca de la
implementación de la Ley 1448 de 2011 y prevención del delito de trata de personas,
la asistencia jurídica y psicosocial prestada tanto a detenidos como a sus familiares.
Posteriormente, se realizó un conversatorio con los colombianos residentes en la
Comunidad Autónoma de Cataluña, en el que participaron alrededor de 150
personas.
- Del 27 al 30 de mayo se realizaron jornadas de asesoría y orientación a los
colombianos que lo solicitaron. Se brindó atención personalizada a un total de 77
personas. De algunas se recibió documentación para iniciar trámites de intervención
ante la Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas, y a otras se les explicó
el alcance de las medidas de reparación integral contenidas en la Ley de Víctimas y
Restitución de Tierras.
PRESENTACION DEL INFORME ANUAL DE SEGUIMIENTO A LA LEY 1448 DE
2011
Teniendo en cuenta el Informe de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley
1448 de 2011 y atendiendo la citación que la Comisión Legal de Seguimiento del
Congreso de la República hiciera para la sesión del 16 de septiembre de 2015, la
Procuraduría presentó el Segundo Informe de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo
a la Ley de Victimas y Restitución de Tierras, que reúne los diferentes hallazgos,
diagnósticos y recomendaciones sobre el diseño, implementación y ejecución de la
Ley, teniendo en cuenta un universo de víctimas de más de 7´558.854 colombianos,
distribuidos en cuatro capítulos, así: i) Introduccion; ii) Diagnóstico general; iii) Mirada
regional; y iv) Conclusiones y recomendaciones.
La Procuraduría resumió ante los Senadores, Representantes y la Directora de la
Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, que el informe
constituye el resultado del trabajo que durante un año realizó la Comisión en el
territorio nacional y con la priorización de algunos territorios, que para el año 2014
fueron Magdalena, Antioquia, Bolivar, Putumayo y Meta, y para el 2015: Norte de
Santander y Valle del Cauca.
83
De este informe cabe destacar la detección de cinco hallazgos, sobre los cuales la
Comisión solicitó una sesión especial posterior, en la que se le permita exponer cada
uno de sus puntos, con la plena participación de los tres representantes de las
7.821.641 víctimas a nivel nacional:
1. Falta de financiación de la implementación de la ley.
2. Falta de herramientas y nivel jerárquico de la UARIV para asumir la coordinación
de todo el sistema SNARIV.
3. Falta de articulación Nación - Territorio.
4. No se ha garantizado la reparación Integral de manera proporcional al universo de
víctimas reconocidas así por el Estado.
5. No se ha garantizado el cumplimiento mínimo de las metas trazadas en restitución
de tierras. La política pública en restitución de tierras es tardía porque solo se han
restituido 35.000 hectáreas (por ruta ordinaria no étnica) que equivalen solo al
0.5% de las 7.093.900 hectáreas que, según la Contraloría se deben restituir.
Se hizo un importante llamado de atención para que el gobierno nacional y los
correspondientes en los territorios locales asuman con compromiso las obligaciones
legales frente a la comunidad víctima del conflicto armado y a partir del diseño de la
institucionalidad, de la política pública y del presupuesto general, se dote de
herramientas al Estado en su conjunto para el cumplimiento legal y posible reparación
integral efectiva a más de siete millones de víctimas.
SEGUIMIENTO PROCESOS DE DESARME, DESMOVILIZACION Y
REINSERCION (DDR)
En ejercicio de las funciones de prevención y control a la gestión que desarrolla la
Procuraduría sobre las entidades y organismos que hacen parte del Sistema Nacional
de Atención y Reparación Integral a las Victimas -SNARIV- y demás entidades a cargo
de la política pública en materia de justicia transicional, se adelanta un conjunto de
actuaciones cuyo objetivo general es el seguimiento y control a los procesos de DDR y
en especial a la desvinculación de menores de edad de grupos armados al margen de
la ley, como garantía de no repetición, que permita a su vez analizar y evaluar la
eficacia y pertinencia de la oferta institucional en esta materia. Es así como en el
período de análisis, se llevaron a cabo las siguientes:
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1. Visita a la Oficina del Alto Comisionado de Paz
En esta visita se logró conocer toda la normatividad en la que se ha basado el
Gobierno Nacional para avanzar en el proceso de paz en La Habana. Igualmente
conocimos de la ruta y el proceso que se llevó a cabo con las desmovilizaciones
colectivas, la forma en la que se certifican a los desmovilizados y las cifras que
arrojan el número de desmovilizaciones colectivas hasta el 2012. Actualmente no se
han efectuado desmovilizaciones colectivas después de las que se dieron con las
Autodefensas y como institucionalidad esperan prepararse para las futuras que
eventualmente se produzcan en el marco de las negociaciones con las FARC-EP y la
firma del acuerdo final.
2. Visita al ICBF
Frente a la población desmovilizada y en particular frente a los niños, niñas y
adolescentes “desvinculados” en el marco del conflicto armado interno, se solicitó la
designación que hiciera la Dirección del ICBF para que los funcionarios encargados
del manejo de los programas, ejecución presupuestal, cifras y estadísticas, entre
otras temáticas, que a la fecha desarrolle el Instituto de Bienestar Familiar, pudieran
dar cuenta a este órgano de control de los procesos en los cuales tenga injerencia su
dependencia, teniendo en cuenta las competencias y funciones que le han sido
encargadas.
En esta reunión con el personal a cargo se conocieron de los diferentes programas
que adelanta el ICBF sobre la población desvinculada del conflicto armado interno.
Se conoció la ruta que desarrolla ese Instituto una vez el menor es desvinculado de
un grupo armado al margen de la ley, el restablecimiento de derechos y la asistencia,
acompañamiento y garantía de los mismos. Se conoció de la ruta de construcción de
ciudadanía, así como la de reparación integral y la preparación que brinda la
institución para el egreso cuando son mayores de edad o cuando adquieren su
independencia con un medio socio familiar (Hogar tutor o gestor). Igualmente
conocimos de los principales retos y problemas con los que llega esta población y
sorprendentemente que ningún menor desvinculado es sujeto de adopción.
3. Visita al Grupo de Atención Humanitaria al Desmovilizado en Suesca -
Cundinamarca
Se interactuó con los 24 desmovilizados, que en su mayoría tenían más de 20 años
de haber estado vinculados a las FARC-EP. Conocimos el hogar de paz que se ha
creado para su asistencia permanente y alojamiento durante el tiempo en el que se
85
verifican sus documentos y resulta ser el preámbulo en el que se sensibilizan y
preparan para el posterior proceso que inicia con la Agencia Colombiana de
Reintegración; estancia en la que pueden durar máximo tres meses.
Se conocieron de algunas causas y circunstancias que llevaron a que dichas
personas hicieran parte de la filas de las FARC, de las que cabe resaltar la falta de
asistencia o presencia del Estado en zonas rurales donde la guerrilla se convirtió en
la única opción de vida de los ciudadanos y en la mayoría de casos de los niños y
jóvenes. El reclutamiento forzado es la segunda causa de dicha vinculación.
4. Visita a Pastoral Social Penitenciaria
En esta visita dimos a conocer a Pastoral Social penitenciaria la acción preventiva
que se estaba llevando a cabo para lograr su apoyo para el ingreso a la cárcel La
Picota y en la labor que permita difundir la importancia de la reconciliación para la paz
y la preparación que tanto desmovilizados, como víctimas y sociedad debemos tener
en la cultura del perdón y la aceptación, para poder construir caminos más
democráticos y de convivencia. A través de Pastoral Social se hizo llegar la carta de
solicitud de entrevista a tres desmovilizados postulados a la Ley de Justicia y Paz
(Ley 975 de 2005), con fin de obtener su testimonio frente a la desmovilización y el
proceso que se espera a futuro frente a las víctimas. El 15 de octubre de 2015, se
logró dialogar con los señores Manuel de Jesús Piraban, Edward Cobos y Ramón
Isaza, quienes se encontraban cumpliendo su pena intramural en La Picota, próximos
a obtener su libertad por cumplimiento del tiempo de pena alternativa (8 años),
establecida en la Ley de Justicia y Paz.
En el marco de esta actividad, se ofició a las entidades y organismos que hacen parte
del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas -SNARIV- y
demás entidades a cargo de la política pública en materia de justicia transicional, de
las que se obtuvieron varios informes sobre su desarrollo y otros elementos que
hacen parte del Informe parcial sobre la acción preventiva, presentado en el mes de
octubre de 2015, y cuyo compilado definitivo se presentará una vez cumplido y
evaluado el seguimiento del primer trimestre del año 2016.
CIRCULAR CONJUNTA PGN-CGR No. 018 DE 2015
La Procuraduría General de la Nación, en coordinación con la Contraloría General de
la República, expidió la Circular Conjunta No. 018 2015, mediante la cual se dieron
especiales pautas para el proceso de empalme entre las administraciones salientes y
las entrantes.
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Esta Circular, en su literal h), específicamente hace referencia a las obligaciones que
les asiste a los gobiernos locales en relación con la política pública de atención a
víctimas del conflicto armado, y obliga a los gobernadores y alcaldes a suministrar
información a los órganos de control, así como a los representantes de las mesas
municipales y departamentales de víctimas del conflicto armado, sobre la gestión de la
entidad territorial en materia de prevención, protección, atención, asistencia y
reparación integral a las víctimas del conflicto armado, cuya documentación soporte
debía permitir evidenciar su entrega al equipo de la Administración entrante.
A esta información se le está haciendo seguimiento en los 32 departamentos del país
con el fin de garantizar que se lleve a cabo un proceso de empalme que permita a los
nuevos gobernantes conocer los retos que su institucionalidad debe asumir frente a la
población víctima del conflicto armado.
SESIONES DE LA COMISION REGIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA LA
JUSTICIA TRANSICIONAL (CRMPJT) DE CÓRDOBA, NARIÑO Y LA GUAJIRA,
CON ACOMPAÑAMIENTO DEL NIVEL CENTRAL
Durante los días 15 y 16 de octubre de 2015 se realizó sesión extraordinaria de la
CRMPJT en el departamento de Córdoba, la que se impartió lectura de la Resolución
No. 550 del 7 de noviembre de 2013, particularmente de su artículo 4, parágrafos
primero y segundo, indicativos de quien puede convocar a sesión de la Comisión
Regional, así como que la Comisión sesionará trimestralmente, iniciando en el mes de
enero.
Los informes analíticos de dicha Comisión se presentarán dos al año, en los meses de
mayo y noviembre, y estos a su vez servirán a la Comisión Nacional como insumo
para el informe anual al Congreso de la República. Los informes de gestión los cuales
son cuatro al año, deben presentarse en los meses de enero, marzo, julio, septiembre.
Se Indicó además que la función primordial de la Comisión Regional es el seguimiento
al cumplimiento de las entidades territoriales, según lo ordenado en la ley 1448/11, en
materia de la asignación presupuestal y demás asuntos relacionados con la población
víctima. Por lo tanto, es indispensable hacer uso de la “Herramienta de Seguimiento y
Monitoreo para la Implementación de Políticas en Materia de Justicia Transicional”, la
cual se socializó, explicando que los nueve componentes que posee, y que para una
mayor eficacia en su manejo, deben ser conocidas y aplicadas por los personeros
municipales, ante la imposibilidad por parte de la CRMPJT de hacer presencia en
cada uno de los municipios; sin embargo, la responsabilidad de su aplicación es
87
competencia de la CRMPJT. Los componentes se pueden clasificar por grupos y por
períodos para su evaluación, aplicando mínimo cuatro componentes por semestre,
dejando claro que la dinámica de selección de municipios para su evaluación es
potestad de la Comisión, con la condición que en las zonas priorizadas, la aplicación
de la herramienta es de carácter obligatorio.
Se hizo referencia a la planeación y planificación del plan de acción, partiendo de un
análisis situacional del contexto de la región, identificando ejes problemáticos de cada
municipio para la aplicación de la herramienta. Igualmente, de estos ejes identificados
dependerá el análisis o problemáticas focalizadas, por ejemplo, el seguimiento que la
Comisión Regional ha realizado al caso del Retorno a las parcelas de Santa Paula y
Cedro Cocido, con el fin de ser visualizada la tarea a la Comisión Nacional.
Se mencionó la Circular Conjunta PGN-CGR 018 del 3 de septiembre de 2015,
anteriormente reseñada, realizada conjuntamente entre el Procurador General y
Controlador General, en la que se insta a los actuales alcaldes y gobernadores a
rendir informe de gestión y realizar empalme de su gestión, en el mes de enero de
2016. Estos informes tienen que ser supervisados por Control Interno, Personería
Municipal, Contraloría Departamental, Procuraduría Regional y Provincial. La Corte
Constitucional en el auto 383 de 2010 determinó que la apropiación presupuestal tiene
que ser clara, discriminada y ejecutada proporcional al número de víctimas del
municipio. Todo programa realizado para las víctimas debe quedar contemplado en el
Plan de Acción Territorial (PAT), que es el instrumento que establece el norte en
materia de políticas públicas; en él se debe discriminar los recursos que van a ser
destinados para población vulnerable o población víctima. El PAT debe estar inscrito
por el alcalde en el Plan de Desarrollo del municipio.
Durante los días 29 y 30 de octubre de 2015, se reunió la Comisión Regional del
Ministerio Público para la Justicia Transicional, con el fin de revisar las acciones
adelantadas por la Comisión Regional de Nariño en el transcurso del año.
La Comisión expresó el seguimiento que ha realizado a la construcción de los Centros
Regionales de Atención a Víctimas en los municipios de Ipiales y de Pasto, así como a
los albergues de los mismos, indicando que pese a que la Unidad de Víctimas destinó
unos recursos para su construcción, ésta no se llevó a cabo. Razón por la cual se citó
a los alcaldes de dichos entes territoriales para que rindieran cuentas sobre el tema,
quienes aclararon que debido a la Ley de Garantías, no fue posible realizar las
contrataciones respectivas.
88
En esas jornadas también se habló sobre la estrategia que debiera tenerse en el
marco de la aludida Circular 018 de 2015. De igual manera informaron sobre el
funcionamiento y la metodología que tienen para el tema de los albergues, toda vez
que la Defensoría tenía la información de que no hay un buen servicio y las normas de
convivencia afectan a las personas LGBTI. Para la verificación de tal información, la
Procuraduría se comprometió a realizar una visita administrativa a fin de corroborar el
estado de las instalaciones, los programas de convivencia y de atención psicosocial.
Igualmente, el día 10 de diciembre se participó en la sesión formal de la Comisión
Regional del Ministerio Público para la Justicia Transicional de La Guajira, en la cual
se les brindó la retroalimentación a la gestión realizada durante el período de análisis,
enfatizando sobre los resultados a lograr bajo la óptica de la optimización de la
articulación entre la Procuraduría Regional y la Defensoría Regional de La Guajira, y
las Personerías Municipales de ese departamento, dada su relación directa con la
ciudadanía en cada localidad, para optimizar el ejercicio del control preventivo;
denotando además sobre la importancia de la vigilancia a la implementación de los
Decretos ley 4633 y 4635 de 2011, correspondientes a la aplicación del enfoque
diferencial étnico en materia de atención y reparación integral a las víctimas del
conflicto armado y dirigida a pueblos indígenas y comunidades negras y
afrodescendientes respectivamente, y que hacen parte de la mayor población afectada
por el conflicto armado en ese ente territorial.
El 11 de diciembre se efectúo el evento de divulgación y seguimiento de lo realizado a
esa fecha sobre la aplicación de la Circular Conjunta PGN-CGR No. 018 del 3 de
septiembre 2015, al cual asistieron alrededor de 30 personas, entre ellas, los alcaldes
electos de Riohacha, Dibulla, Maicao y San Juan.
ACOMPAÑAMIENTO ALCALDES SALIENTES Y ENTRANTES DE LOS
DEPARTAMENTOS DE ANTIOQUIA Y CÓRDOBA
En virtud de su función preventiva, la Procuraduría participó en la reunión llevada a
cabo el día 27 de noviembre en el municipio de Rionegro - Antioquia, con los alcaldes
salientes y entrantes de los departamentos de Antioquia y Córdoba y sus equipos de
empalme dentro de la estrategia de “Orientaciones para un empalme exitoso”, a la
cual asistieron aproximadamente 800 personas. Evento donde se les brindó las
orientaciones y parámetros técnicos inherentes a incluir dentro del informe de
empalme, su gestión programática durante la vigencia 2012 a 2015 y la ejecución
presupuestal realizada por cada administración en materia de atención y reparación
integral a las víctimas del conflicto armado, conforme a lo determinado en el literal (h)
89
de la Circular Conjunta No. 018 del 3 de septiembre 2015, suscrita por el Procurador
General de la Nación y la Contraloría General de la República.
Igualmente, se le brindó a las autoridades entrantes la información legal y técnica
general respecto a la debida formulación de los Planes de Desarrollo Territoriales,
donde se garantice la articulación de estos instrumentos de planificación con la
formulación de los Planes de Acción Territorial definidos por la Ley 1448 de 2011 y el
Decreto 4800 del mismo año, sobre los cuales además se deberá garantizar las
apropiaciones presupuestales suficientes, para una óptima implementación de la
política pública en atención y reparación integral de víctimas, ello en concordancia con
el Plan Nacional sobre esa materia y el Plan Nacional de Desarrollo.
NUEVA HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LA
POLÍTICA PÚBLICA PARA LAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL
TERRITORIO
La Procuraduría General de la Nación realizó convenio con el Ministerio del Interior a
fin de incluir en la medición de la política pública que se realiza a través del “Sistema
de Información, Coordinación y Seguimiento Territorial de La Política Pública de
Víctimas del Conflicto Armado Interno – RUSICST”, el INDICE TERRITORIAL DE
REPARACION INTEGRAL – ITRI, el cual tiene como propósito, conocer el nivel del
diseño e implementación de las medidas de reparación integral en los territorios. En tal
sentido el seguimiento a la política pública a través de esta herramienta permite que
haya mejor articulación en la institucionalidad, pues el RUSICST ya lo conocen las
autoridades municipales y departamentales, y el lenguaje de las nuevas preguntas del
ITRI refiere a cada componente en reparación integral específicamente y permite que
exista la mayor facilidad y comprensión en el diligenciamiento del formato.
El primer diligenciamiento de la herramienta se llevó a cabo del 17 al 29 de diciembre
del año 2015, respecto a las acciones ejecutadas durante el año 2014. Fue aplicada
en 1.123 municipios del territorio nacional, de los cuales 1.100 diligenciaron la
plataforma RUSICST y 900, respondieron preguntas del ITRI. Esta actuación tenía
como objetivo realizar un piloto que permitiera establecer la pertinencia de la
preguntas, según los datos que arroja la medición e implementar los ajustes sobre
dicho instrumento.
En consecuencia, en aras del fortalecimiento y mayor claridad en el proceso, el 30 de
noviembre de 2015 se expidió un memorando, dirigido a las Procuradurías Distritales,
Regionales y Provinciales, para efectos de que realicen el control de gestión a
gobernadores y alcaldes, sobre el diligenciamiento del “Sistema de Información,
90
Coordinación y Seguimiento Territorial de la Política Pública de Víctimas del Conflicto
Armado Interno” – RUSICST”. Así mismo, se les promueve e impulsa en el sistema
preventivo a través de grupos de seguimiento, que tienen un funcionario a cargo de
cada departamento, denominado “gerente”, quien dialoga permanentemente con el
Ministerio Público en territorio.
1.1.11 Restitución de Tierras
Resultados relevantes alcanzados en materia de protección de los
DDHH
La Procuraduría adelantó de manera preventiva en el Tolima el trámite relacionado
con el caso del señor Álvaro Hernán Gutiérrez Duarte, en cuanto a la defensa de las
garantías procesales administrativas de las víctimas y todos los intervinientes del
proceso de restitución de tierras. Se solicitó a la UAEGRTD la información respectiva,
la cual se puso en conocimiento del solicitante y una vez analizada, el 8 de julio de
2015 se practicó visita especial a esa Unidad para inspeccionar los expedientes
correspondientes. Adicionalmente, se remitió copia de lo actuado a la Defensoría del
Pueblo a fin de que estudiaran lo pertinente y determinaran la viabilidad de
representar judicialmente al petente.
Una vez practicada la visita, se definió la necesidad de presentar una acción de tutela
en contra de la Unidad por violación del derecho al debido proceso del solicitante, en
tanto aparece acreditado que fue indebidamente notificado e indebidamente corridos
los términos de interposición del recurso de reposición, lo cual conllevó a rechazarle
su impugnación, presentada oportunamente.
Al efecto, se llevó a cabo reunión con el usuario en la que fue informado de los
resultados de la preventiva y autorizó expresamente la interposición de la tutela a su
nombre, la cual se instauró el 21 de agosto de 2015, correspondiéndole por reparto al
Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué, que fue resuelta favorablemente y
confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior de esa misma ciudad.
La intervención de la Procuraduría permitió poner en relieve graves fallas de
aplicación de las normas procesales en materia de restitución de tierras, que estaban
vulnerando el debido proceso de las víctimas, y efectuar las correcciones que
permiten hoy un mejor acceso a la oferta estatal disponible para estas personas,
aspecto trascendental a fin de garantizar tales derechos.
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Seguimiento a las políticas públicas respecto del proceso de restitución de
tierras
Con el fin de identificar avances y falencias del proceso de restitución de tierras, y
formular recomendaciones sobre esta política pública, se llevaron a cabo visitas a 18
sedes territoriales de la Unidad de Restitución de Tierras, 36 Juzgados
Especializados en Restitución de Tierras y 5 Tribunales, en las que aplicó un
cuestionario diseñado por este órgano de control.
Los resultados de esta actividad se condensaron en un informe que fue comunicado a
la Comisión de Seguimiento a la Ley 1448 de 2011 y a la Unidad de Restitución de
Tierras (nivel central). Se destaca las siguientes conclusiones y recomendaciones:
1. Durante el período junio 2011 a 30 de abril de 2015, la UAEGRTD ha decidido
microfocalizar 343 zonas, atendiendo los criterios de seguridad, densidad
histórica del despojo y condiciones para el retorno. Durante el 2014 la
microfocalización tuvo un estancamiento que se fue superando en el primer
cuatrimestre del año 2015.
No obstante y más allá del avance que se exige por varios sectores en la
microfocalización, el interés de este trámite debe estar encaminado únicamente a
garantizar que el proceso de restitución de tierras al que accedan las víctimas, se
lleve a cabo en zonas donde sea posible restituir jurídica y materialmente los
predios y donde finalmente se podrá garantizar el goce efectivo de derechos,
pues de nada servirá habilitar zonas para presentar solicitudes, generando
expectativas entre la comunidad, para luego ser revocadas o suspendidas, como
ha sido el caso de Putumayo.
2. La presentación de solicitudes año a año ha variado significativamente,
mostrando decrecimiento en este punto. La meta mencionada en el CONPES
3712 es que la UAEGRTD recibiría y tramitaría alrededor de 360.000 solicitudes
durante los 10 años de vigencia de la Ley 1448 de 2011. Sin embargo, han sido
presentadas ante las Direcciones Territoriales 81.048 requerimientos en estos
cuatro años. Esto lleva a formular varios interrogantes:
¿Aún hay desconocimiento del proceso de restitución de tierras?; ¿Hay temor
entre los posibles solicitantes de acceder al proceso por amenazas o nuevos
hechos victimizantes?; ¿Existe desinformación sobre el alcance de la medida de
restitución de tierras?; ¿Existe desconfianza frente a las instituciones
involucradas en el proceso?; ¿Lo que ha sido el proceso de restitución de tierras
hasta el día de hoy no genera la suficiente credibilidad en la comunidad?
92
3. Al no contar con cifras oficiales sobre el abandono y despojo real de tierras en
Colombia, medir la eficacia de la política pública de restitución de tierras se torna
complejo, puesto que no hay un criterio que permita determinar qué tan efectiva
ha sido la política respecto a la restitución jurídica y material de los predios
abandonados y despojados a causa del conflicto armado.
4. Es necesario y urgente que el Gobierno priorice la actualización del sistema
catastral y registral, pues de esto depende que la formalización de la propiedad
en Colombia sea una realidad. Ello también beneficiaría el proceso de restitución
de tierras, pues en la fase administrativa se superarían las dificultades
relacionadas con la identificación e individualización de los predios solicitados en
restitución de tierras, y en la fase posfallo la restitución jurídica de los mismos.
5. Es indispensable que todas las Direcciones Territoriales cuenten con la
información sobre la forma de victimización, para estructurar los estudios
formales que terminarán con la resolución de inclusión en el RTDAF y,
posteriormente, con la demanda en sede judicial.
6. La Circular DJR-001 de 2015, dirigida a las Direcciones Territoriales, dispone
incluir en el RTDAF los predios de los solicitantes que son propietarios
retornados. Esta directriz, en suma, ordena a esas Direcciones no asumir la
representación de las víctimas en estos casos. Se considera que el alcance de
esta directriz, debe convertirse en un punto obligatorio de la posible reforma a la
Ley 1448 de 2011, pues de lo contrario, negar la representación de los
solicitantes que sean propietarios retornados con base en esta circular, generaría
confusión en ellos y en las entidades que están llamadas a cumplir las medidas
complementarias a la restitución de tierras, principalmente, la UARIV, en los
términos que señala el artículo 66 de Ley 1448 de 2011.
Queda una pregunta por resolver: ¿El seguimiento posfallo que realizan los
jueces no solo a la restitución jurídica y material de los predios sino también a las
medidas complementarias, por qué entidad sería asumida, sabiendo que la Ley
1448 de 2011 otorgó dicha competencia en los despachos judiciales?.
7. En la fase administrativa se han presentado 624 desistimientos. Preocupa que
los solicitantes no deseen continuar con el proceso debido a la falta de
información sobre las implicaciones y el alcance de la medida de restitución de
tierras o por el temor al retorno.
93
Esto lleva a recomendar a las UAEGRTD, mejorar la metodología usada para
socializar el proceso entre la comunidad y a hacer un estudio detallado y riguroso de
las razones que pueden motivar estos desistimientos. Se ha tenido conocimiento de
casos de solicitantes que afirman haber sido inducidos a presentar reclamaciones
ante las direcciones territoriales, a pesar de tener dudas sobre el derecho que les
asiste.
8. Se reconoce a las Direcciones Territoriales, el hecho de poner en conocimiento
de la Fiscalía General de la Nación, los 178 casos de presuntas falsas víctimas
que han pretendido obtener el registro de predios en el RTDAF, pues esto genera
confianza en el trabajo juicioso y minucioso que debe hacer la UAEGRTD
respecto a las personas que presentan las solicitudes.
9. Se encontró una clara imprecisión sobre la información reportada por las
Direcciones Territoriales y los Juzgados Especializados en Restitución de Tierras
en cuanto a las demandas presentadas en sede judicial. Dichas Direcciones
manifiestan haber presentado en sede judicial 4.058 demandas. Los Juzgados
Especializados dicen haber recibido 3.942 demandas, es decir, 116 demandas
menos. Por tal razón, se advierte la inconsistencia sobre este punto.
10. Son 21 causales las que motivaron a los Juzgados Especializados en Restitución
de Tierras a inadmitir las demandas de restitución. Estas causales están ligadas
a: información sobre el predio y los solicitantes, y de errores en los documentos
que acompañan la demanda. Tanto la UAEGRTD como los Juzgados
Especializados coinciden en que la causal que da lugar al mayor número de
demandas inadmitidas, es la indebida identificación del predio.
Por tal razón, se insta a las entidades involucradas en el trámite de
individualización e identificación de los predios, a buscar alternativas efectivas
que permitan superar este obstáculo.
11. Desde el año 2012 al 30 de abril de 2015 han sido presentadas en sede judicial
3.942 demandas, de estas, 3.045 han sido admitidas. A partir de la solicitud
allegada a los despachos, de las pruebas que acompañan la demanda y de las
practicadas, en el 97% de los casos han concluido que el solicitante sí es titular
del derecho a la restitución de tierras.
Los 36 Juzgados Especializados han proferido 972 sentencias. En 878 fallos
(90%) se ha protegido el derecho a la restitución; en 69 (7%), los jueces han
decido proteger el derecho a la restitución pero optando por la compensación; y
en 29 (3%) negaron el derecho.
94
12. Desde el año 2012 al 30 de abril de 2015 las Salas Civiles Especializadas en
Restitución de Tierras han recibido 565 demandas, han avocado conocimiento de
523 y han fallado 184. En 42 fallos, las Salas Especializadas decidieron ordenar
la restitución del predio a la víctima y compensar al opositor; en 123 fallos
ordenaron la restitución del predio a la víctima, sin compensación para el
opositor, y en 47 de ellos dispusieron negaron el derecho.
13. A 30 de abril de 2015, tanto en los Juzgados Especializados en Restitución de
Tierras como en las Salas Especializadas se encuentran pendientes de fallo
1.722 demandas.
Es importante recalcar las observaciones realizadas por la jurisdicción de tierras
respecto a las deficiencias de las demandas presentadas por la UAEGRTD o por
particulares, que llevan nuevamente a solicitar y practicar pruebas por los
despachos judiciales, de asuntos que deberían estar plenamente detallados,
argumentados y soportados con la demanda.
14. En las 1.156 sentencias proferidas por la jurisdicción de tierras se ha ordenado
restituir 35.540 Has aproximadamente, según la información aportada por los
despachos. Esto corresponde, únicamente, a los predios restituidos bajo la Ley
1448 de 2011, ya que por Decretos Étnicos, en un único fallo de restitución de
derechos territoriales, se han restituido 50.000 hectáreas a favor del grupo
indígena Embera Katío, en Bagadó, Chocó.
Por otro lado, se destaca el seguimiento y evaluación del componente de Restitución
de Derechos Territoriales de grupos indígenas y afro, en el cual se buscó, a través del
informe de la Comisión de Seguimiento a los Decretos ley 4633, 4634 y 4635 de
2011, radicado en el Congreso en agosto 2015, enterar al gobierno nacional de las
circunstancias que han impedido el avance de la restitución de derechos territoriales,
realizar recomendaciones para la adecuación institucional y la coordinación
interinstitucional de cara al cumplimiento de las órdenes derivadas de fallos de
restitución y autos de medidas cautelares, y el compromiso y efectiva participación de
las comunidades en los procesos de restitución de territorios colectivos.
Para este ejercicio, se requirió información institucional útil frente a la gestión
emprendida de entidades que juegan un rol importante en este proceso, a partir de
los cuales se elaboró el análisis y las recomendaciones respectivas como las
siguientes:
95
1. En el marco de los Decretos Ley 4633 y 4635 de 2011, se han restituido 121.149
Has., mediante dos (2) fallos de restitución de derechos territoriales.
2. En el primer fallo, se ordenó restituir 50.000 Has. a favor del pueblo indígena
Embera Katío del Alto Andágueda en Bagadó, Chocó.
3. Con el segundo fallo, se ordenó restituir 71.149.28 has, a favor de la comunidad
del Consejo Comunitario Renacer Negro en Timbiquí, Cauca.
4. Respecto a las demandas presentadas, a corte 1 de julio de 2015, se han
instaurado en sede judicial 15 demandas de restitución de derechos territoriales,
a través de las cuales se pretende recuperar 264.868.46 Has., que favorecerían a
8.449 familias.
5. De las medidas cautelares, con corte a esa misma fecha, se encuentran
instauradas 12 medidas cautelares, sin embargo, una de estas se encuentra
suspendida, correspondiente al Consejo Comunitario Renacer Negro, del
municipio de Timbiquí, Cauca.
6. En el marco de la acción preventiva de la PGN, se identificaron cuellos de botella
en los procesos de restitución de derechos territoriales, tales como: Debilidad
organizativa de las comunidades producto de la victimización y el abandono
estatal; posibles acentuamientos de conflictos inter-étnicos e intra-étnicos; e
inoperatividad de las instancias de coordinación, tanto a nivel nacional, como
territorial para el direccionamiento de la materialización de las decisiones
judiciales.
7. En el seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares hasta ahora
proferidas, se señala que hay ausencia de coordinación interinstitucional para su
acatamiento.
8. Se deducido en algunos casos el desconocimiento de las competencias
institucionales y ausencia de acompañamiento institucional de los procesos. Se
requiere un rol más activo de la UAERIV y la URT; los PAT carecen de enfoque
étnico y no contemplan las responsabilidades en este proceso; no hay una
oportuna articulación de los planes de retorno a los procesos de restitución
derechos territoriales.
96
1.2 LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD
Corresponde a la Procuraduría General de la Nación evitar que las acciones u omisiones
en ejercicio de la función pública atenten contra el interés general o particular, en
beneficio propio o de un tercero, desarrollando acciones tendientes a la implementación
de herramientas que permitan mitigar los riesgos de corrupción, tales como promover la
participación de la sociedad y las entidades estatales, y fortaleciendo el ejercicio de
control social y los procesos de cultura ciudadana.
1.2.1 Buenas prácticas para la Lucha Contra la Corrupción
1.2.1.1 Índice de Gobierno Abierto (IGA) e Íntegra
Desde hace ya más de 6 años, la Procuraduría General de la Nación ha venido
estimando esfuerzos para logras mantener y fortalecer los mecanismos por los cuales
ha sido posible evaluar y monitorear el cumplimiento normativo y la gestión pública en
todo el territorio nacional, conforme a las facultades otorgadas en el artículo 277 de la
Constitución Política.
El IGA, que mide el nivel de cumplimiento de normas estratégicas anticorrupción,
inspirado en las medidas preventivas de la Convención Interamericana y de las
Naciones Unidas Contra la Corrupción, ha permitido evidenciar las necesidades más
apremiantes de las entidades territoriales en lo relacionado con los indicadores y los
diferentes sistemas o medios a través de los cuales deben reportar información
referente a su gestión y funciones realizadas. Igualmente, ha demostrado ser una
herramienta de gran importancia para evaluar y visibilizar la eficiencia de la gestión
frente a situaciones técnicas, administrativas y financieras en las entidades públicas
descentralizadas del país.
Frente a los últimos resultados 2014, los departamentos y municipios se han visto
abocados a adaptarse a los nuevos sistemas y mecanismos que las entidades han
diseñado para mejorar y fortalecer el nivel de reporte y la calidad de la información que
a través de los mismos se recibe. Sin embargo, esto también ha generado que los
avances que se venían evidenciando durante los últimos años hayan disminuido de
manera significativa.
Lo anterior se puede observar a través del informe IGA publicado en la página Web de
la entidad http://www.procuraduria.gov.co/portal/Indice-de-Gobierno-Abierto.page para
cada alcaldía y gobernación del país. No con esto se quiere decir que todas las
97
entidades hayan bajado en su rendimiento, pues la gran mayoría de estas también
lograron, a pesar de las exigencias, mejorar su posición.
Teniendo en cuenta que cada año se hace la medición del inmediatamente anterior, a
continuación se presentan los resultados que en forma general se obtuvieron en el
2015 con relación a las mediciones del año 2014:
La estructura del IGA depende fundamentalmente de tres grandes dimensiones que
abarcan el flujo de la función pública administrativa del país y el cual, en comparación
con otros instrumentos de medición, simplifica y procura una medición más eficiente.
Es así como el IGA, enfocado a medir los niveles de Organización, Exposición y
Diálogo de la información frente al cumplimiento de las normas básicas de la
administración, reflejó para el 2014 un incremento del 27,9% en su índice con respecto
al primer año evaluado (2010). Sin embargo, en comparación con el año
inmediatamente anterior (2013), este presentó un bajo crecimiento (1,6%), al pasar de
70 a 71,1 puntos en promedio para el total de las gobernaciones del país, como se
observa en la tabla siguiente.
Tabla No. 3
Medición índice IGA Gobernaciones - Niveles de organización, exposición y diálogo de la información – año 2014
INDICADOR PROMEDIO GOBERNACIONES 2010 – 2014
PROMEDIO / AÑO
2010 2011 2012 2013 2014
CONTROL INTERNO 82,1 75,9 78,8 72,5 74,3
Implementación MECI 82,1 75,9 77,1 70,9 72,0
Control Interno Contable N/A 75,8 82,3 75,9 79,0
GESTIÓN DOCUMENTAL 53,5 57,9 66,1 25,6 35,9
Implementación Ley de archivos 53,5 57,9 66,1 25,6 35,9
VISIBILIDAD DE LA CONTRATACIÓN 42,2 43,2 69,4 68,1 77,5
Publicación de contratos SECOP vs SIA 27,2 29,3 59,4 59,0 70,9
Actualización / Plan Anual de Adquisiciones 77,3 95,4 92,9 90,8 100,0
COMPETENCIAS BÁSICAS TERRITORIALES N/A 94,4 94,8 67,6 67,5
Reporte al SUI N/A N/A N/A 36,0 39,0
Reporte al SISBEN N/A N/A N/A N/A N/A
Reporte al SIMAT N/A N/A N/A N/A N/A
Reporte al SIHO N/A 94,4 94,8 96,4 97,9
SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 69,0 67,3 75,8 89,5 91,1
Reporte al FUT 83,0 74,1 87,7 93,9 94,8
Reporte REGALÍAS 36,3 51,4 46,8 77,8 88,1
98
En los resultados obtenidos por las alcaldías, al igual que con las gobernaciones, se
evidencia esta misma línea ascendente con un incremento en el Índice del 28,7% para
2014, en comparación con el año base 2010. Sin embargo, para este último año
(2014), el promedio para las alcaldías se ve afectado, pues por primera vez durante los
5 años, su promedio bajó en un 5,3%, pasando de 69,5 puntos en 2013 a 66,0 puntos
para el 2014, como lo refleja la tabla a continuación.
Tabla No. 4
Medición índice IGA Alcaldías - Niveles de organización, exposición y diálogo de la
información – año 2014
Reporte al SICEP
N/A 95,7 90,4
GOBIERNO ELECTRÓNICO 34,9 56,3 80,0 83,4 65,1
Gobierno en Línea 34,9 56,3 80,0 83,4 74,7
Sistema Único de Información de Trámites N/A N/A N/A N/A 36,5
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS 61,3 30,8 54,1 61,3 58,6
Trasparencia y Rendición de Cuentas 61,3 30,8 54,1 61,3 58,6
ATENCIÓN AL CIUDADANO N/A N/A 60,8 67,7 66,5
Atención presencial al ciudadano N/A N/A 65,8 61,7 54,4
Derechos de Petición N/A N/A N/A N/A 90,6
TOTAL IGA 55,6 58,4 73,9 70,0 71,1
INDICADOR PROMEDIO ALCALDIAS 2010 - 2014
PROMEDIO / AÑO
2010 2011 2012 2013 2014
CONTROL INTERNO 67.1 59.9 67.9 68.1 67.9
Implementación MECI 67.1 55.9 64.6 63.3 65.4
Control Interno Contable 67.9 74.3 77.8 73.1
GESTIÓN DOCUMENTAL 29.1 31.6 44.2 15.6 21.1
Implementación Ley de archivos 29.1 31.6 44.2 15.6 21.1
VISIBILIDAD DE LA CONTRATACIÓN 32.5 33.2 59.4 64.4 69.6
Publicación de contratos SECOP vs SIA 19.9 20.4 49.7 54.7 63.8
Actualización / Plan Anual de Adquisiciones 62.0 63.2 82.1 85.6 90.2
COMPETENCIAS BÁSICAS TERRITORIALES 73.8 85.1 88.2 91.4 86.0
Reporte al SUI 56.3 64.3 73.8 82.3 84.0
Reporte al SISBEN 91.3 91.7 93.6 95.1 95.4
Reporte al SIMAT 95.8 95.0 94.9 75.6
Reporte al SIHO 97.5 95.3 98.1 99.0
SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 72.1 74.6 84.9 82.8 83.1
Reporte al FUT 72.6 62.8 79.5 89.0 90.8
Reporte REGALÍAS 20.0 49.4 48.5 55.2 77.0
Reporte al SICEP 87.4 89.2 96.7 95.1 92.8
99
A través del monitoreo y seguimiento que hace la Procuraduría General, se ha podido
constatar que los objetivos del IGA se siguen alcanzando, y se ha logrado no solo que las
entidades del nivel central de los departamentos y municipios del país reporten y cumplan
con la normatividad y sus obligaciones constitucionales, sino que muchas más entidades
de nivel territorial lo hagan, ampliando así el margen de observación y el universo de
entidades objeto de evaluación por parte de este órgano de control.
Es preciso destacar las posiciones obtenidas por los municipios de Mosquera
(Cundinamarca), Itagüí (Antioquia), Tocá (Boyacá), Tabio (Cundinamarca) y Envigado
(Antioquia), quienes lograron ocupar las primeras cinco posiciones en el IGA general,
cambiado así, la tendencia que durante los años anteriores se venía presentando y en
donde era muy frecuente encontrar alcaldías del departamento de Antioquia ocupando
esos primeros cinco lugares del índice. Para el caso de los departamentos del país, se
destaca la labor de las gobernaciones de Antioquia, Tolima, Meta, Nariño y Quindío.
Entidades estas que han demostrado grandes esfuerzos en su gestión y han procurado
trabajar de la mano con otras instituciones para además de mejorar sus resultados,
mantenerse siempre en los primeros lugares en el ranking general.
Durante el 2015, la Procuraduría General de la Nación entregó y socializó los resultados
de la vigencia 2014 a los nuevos mandatarios electos de los departamentos y municipios
de: Chocó, Santander, Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Magdalena, Arauca, Casanare,
Cundinamarca, Amazonas, Guaviare, Antioquia, Meta, Vaupés, Cauca, Vichada, Guainía
y Vaupés, a través de las Mesas de Cumplimiento de Normas Estratégicas Anticorrupción
y procesos de empalme, en las que se dan a conocer los puntajes de las gobernaciones,
distritos y alcaldías correspondientes, así como el ranking de cada una de estas
entidades. Labor que se continuará en el 2016 con respecto a otros entes territoriales.
Las actividades realizadas durante el año 2015 también estuvieron encaminadas a dar
alcance a los compromisos derivados del contrato 179-124-2014 con la firma
Softmanagement, la cual se encargó de desarrollar un Software a la medida que
GOBIERNO ELECTRÓNICO 38.5 48.8 79.7 69.5 50.2
Gobierno en Línea 38.5 48.8 79.7 69.5 63.2
Sistema Único de Información de Trámites 11.2
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS 54.8 34.8 48.4 68.7 54.6
Trasparencia y Rendición de Cuentas 54.8 34.8 48.4 68.7 54.6
ATENCIÓN AL CIUDADANO 43.2 58.2 76.0 70.7
Atención presencial al ciudadano 43.2 58.2 76.0 58.0
Derechos de Petición 96.2
TOTAL IGA 51.3 52.2 68.4 69.5 66.0
100
permitiera generar los resultados del Índice de Gobierno Abierto – IGA y de ÍNTEGRA de
manera automatizada para las vigencias 2014, 2015 y años siguientes.
En el mismo período de análisis se adelantaron las labores de diseño gráfico y las
revisiones internas de la herramienta denominada SICN (Sistema de Información de
Cumplimiento Normativo). Lo anterior a fin de asegurar y garantizar el cumplimiento de los
lineamientos definidos en el documento de Diseño. Para ello, se realizaron mesas de
trabajo periódicas para la instalación y la configuración del SICN. Además se evaluó el
conjunto de formatos de las bases de datos (tomcat, Linux y MySQL).
También se hicieron validaciones funcionales de los requerimientos para la correcta
parametrización de la herramienta estadística Statgraphics, relacionadas con datos
vacíos, promedios y características de los datos y estructura de fuentes. Se efectuó una
depuración y validación conjunta (supervisor y contratista), de la caracterización de los
sujetos obligados para IGA e ÍNTEGRA (Universo de entidades que serán objeto de
evaluación por parte de la PGN); esto con base en su clasificación organizacional,
naturaleza, orden y sector que están asociadas a cada una de las entidades. El total se
cargaron al sistema 6.706 entidades o sujetos obligados, como se describe en la tabla
siguiente.
Tabla No. 5
Entidades o sujetos obligados - SICN
Tipo de sujeto obligado No. Sujetos obligados
Alcaldías 1101
Concejos 1101
Personerías 1101
Gobernaciones 32
Asambleas 32
Resguardos, Cabildos, Etnias 902
Empresas Sociales del Estado 1186
Empresas de Servicios Públicos 750
Entidades de orden Nacional 288
Contralorías 63
Corporaciones Autónomas Regionales 34
Universidades 31
Asociaciones 76
Aeropuertos 9
Se configuraron los índices con las características que se muestran en la siguiente tabla.
101
Tabla No. 6 Índices IGA e ÍNTEGRA
Índices IGA e INTEGRA
Dimensiones 3
Categorías / Procesos 8
Indicadores 48
Hoy podemos decir que, la Procuraduría General de la Nación cuenta con el ambiente
tecnológico para el SICN, el cual se espera, permita agilizar los cargues, cruces y cálculos
de IGA y de INTEGRA, y por otro lado, facilite la toma de decisiones por parte de este
órgano de control frente a las posibles irregularidades que por medio de estas
herramientas se puedan evidenciar o detectar en las entidades públicas de nuestro país.
1.2.1.2 Vigilancia y control a la gestión contractual del estado
En desarrollo del numeral 3 del artículo 24 del Decreto Ley 262 de 2002, en concordancia
con la Resolución 017 de 2002, se tiene como función preventiva ejercer, de manera
selectiva, control de la gestión administrativa y de la contratación estatal que adelantan
los organismos y entidades públicas, con el fin de vigilar el cumplimiento de la
Constitución y la ley, así como proteger el patrimonio público. A continuación se destacan
los principales acompañamientos preventivos realizados en materia de gestión
administrativa y contractual durante el 2015:
Tabla No. 7
Acompañamientos preventivos en materia de gestión administrativa y contractual – año 2015
ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL
SECTOR EDUCACIÓN
Procesos de selección que están en curso y que están próximos a tener apertura en el Centro de Operación
Mantenimiento Minero – SENA – Regional Cesar
Licitación pública No. SEB-LP-001-2015, cuyo objeto consiste en la “Prestación del servicio de aseo,
mantenimiento y jardinería para los establecimientos educativos oficiales del municipio de Bucaramanga,
incluido el suministro de elementos e insumos necesarios para su prestación”.
Proceso de licitación convocado por la Secretaria de Educación Distrital que tiene por objeto “suministro de
refrigerios diarios con destino a estudiantes matriculados en colegios oficiales del distrito capital”.
Trámite de ejecución del Contrato de Concesión 1364 de 2009 suscrito entre el Municipio de
Barrancabermeja y la Unión Temporal Compañía de Jesús – Colegio San Ignacio- Fe y Alegría
Barrancabermeja
SECTOR SALUD
Invitación Pública 07 de 2015 y 09 de 2015 de CAPRECOM
Seguimiento Recursos del Chance destinados a la Salud
SECTOR DEFENSA Y JUSTICIA
Trámite de la Selección Abreviada, cuyo objeto es contratar los “Servicios de Capacitación y Entrenamiento de
Vuelo Ssev (Sistema simulador de entrenamiento de vuelo), Simulador de vuelo Mi 17 requerido por el
Batallón de Aviación No. 3 del Ejército Nacional”.
Licitación Pública No. 015-ARC-DIABA-2015 adelantado por la Armada Nacional, cuyo objeto es la “Segunda
Fase Adecuación, Modernización y Dotación de las Instalaciones del Edificio Diamante para el
Funcionamiento de la Dirección de Incorporación Naval”.
Selección Abreviada de Menor Cuantía 087 De 2015 “Adquisición Chalecos Blindados Externos Nivel IIIA”
102
ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL
SECTOR TRANSPORTE
Proyecto denominado Aeropuerto el Dorado 2. Entidades involucradas Aeronáutica Civil y Agencia Nacional de
Infraestructura.
Proceso de ejecución de obra de la Torre de Control y el Centro de Gestión Aeronáutica del Aeropuerto El
Dorado en Bogotá D.C.
Proceso de invitación Abierta N° 001 de 2015, adelantado por el Fondo Adaptación, cuyo objeto es la
construcción de la interconexión vial Yati – Bodega, en el Departamento de Bolívar.
Proyecto del sistema de información y vigilancia denominado “VIGIA” de la Superintendencia de Puertos y
Transportes.
Proceso de cuarta generación del tramo Rumichaca – Pasto.
Diseño y obras de mantenimiento de pista y plataforma en el aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés
Licitación pública No. LI-08-02-2015 para la Pavimentación de la Vía Corocoro Cravo Norte en el
Departamento de Arauca por valor de $8.759.047.619 por parte de la Gobernación de Arauca.
Licitación Pública No. 15000003 OL de 2015 OBJETO: Contratar estudios, diseño y construcción para las
obras de infraestructura complementaria y aeroportuaria en el Aeropuerto Palonegro de Lebrija
(Bucaramanga) - Santander.
Concesión Zona Metropolitana de Bucaramanga. Contrato No. 002 de 2006
Concesión vía Bogotá- Girardot
Documento de buenas prácticas Gobernación del Chocó (Vía Andagoya – Istmina)
Licitación pública No. SI-LP-030-2014, cuyo objeto consiste en la “Construcción del Parque Intercambiador
Vial Avenida Quebradaseca con carrera 15 del municipio de Bucaramanga y obras complementarias”.
Licitación Pública número LP 001 - 2015, cuyo objeto es “Construcción de vías en concreto de 3000 psi, en la
cra. 18 entre calles 17 a la 21, calle 21 entre cras. 18 a la 20 y cra. 20 entre calle 20 a la 17, zona urbana de
Fundación Magdalena”.
Convocatoria OCC-09 de 2015 denominado “Fábrica de interventorías de obra y diseños y estudios técnicos,
requeridos por Fonade, en el desarrollo de sus proyectos de infraestructura”.
Licitación Pública No. 15000003 OL de 2015 OBJETO: Contratar estudios, diseño y construcción para las
obras de infraestructura complementaria y aeroportuaria en el Aeropuerto Palonegro de Lebrija
(Bucaramanga) - Santander.
Proceso administrativo sancionatorio por el presunto grave incumplimiento de las obligaciones y declaratoria
de caducidad del contrato N° 3460 de 2008, iniciado por el Instituto Nacional de Vías a la Unión Temporal
segundo Centenario que adelanta las obras del proyecto denominado Túnel de la Línea y acompañamiento al
proceso de búsqueda de soluciones de conflictos contractuales entre el INVIAS y el contratista este último
acompañado de la Delegada para la Conciliación Administrativa.
Programa VÍAS PARA LA EQUIDAD, adelantado por el Instituto Nacional de Vías – INVIAS.
Ejecución del contrato y al proceso de contratación de las obras adicionales de la Terminal Satélite del Norte
Proceso de Licitación Pública No 016 de 2015 de la Alcaldía de Cartagena del Chaira, Caquetá
Coordinación Preventiva en Fijación de Criterios de Calidad en los Procesos de Selección para la
Construcción de Obra Pública – Carreteras.
Licitación Pública No. 4396-LIC-20-18-2015 cuyo objeto es la “Construcción del Proyecto del Túnel del Toyo y
sus Vías de Acceso en sus fases de Pre construcción, Construcción, Operación y Mantenimiento”. Valor:
$1.076.364.500.000
Concurso de méritos abierto la contratación de la interventoría técnica, económica, financiera, jurídica,
administrativa, operativa, de riesgos, medio ambiental y socio predial del contrato de asociación público
privada para el proyecto de “recuperación de la navegabilidad en el río magdalena. (Cormagdalena)
Ejercicio de vigilancia y control preventivo de las funciones públicas que ejerce la Superintendencia de Puertos
y Transporte:
103
ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL
SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS
Procesos licitatorios No 05 y 06 de 2015 de la Alcaldía de Chiquinquirá – Objeto No 05: Obras de expansión
de alumbrado público en las veredas de moyavita sector la capilla, moyavita alto sector escuela santa teresa,
balsa arriba sector límites con quiche, molino sector alto de millón, sasa alto sector escuela del municipio de
Chiquinquirá – Boyacá.
Convocatoria pública para la selección de la propuesta más favorable para vincular a un socio operador
especializado para la constitución de una nueva empresa de servicios públicos mixta que tendrá a su cargo la
prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado de Pasto (Nariño).
Proceso de selección para la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales - PTAR San
Silvestre de Barrancabermeja, Santander.
Invitación pública para la construcción de la captación, aducción, planta de tratamiento de agua potable y la
conducción hasta las redes del casco urbano del municipio de Yopal, Casanare.
Licitaciones públicas LP-004-2014 y LP-009-2015 para construcción del sistema de acueducto regional San
Jorge, para los municipios de Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Buenavista y la Apartada, en el departamento de
Córdoba.
Licitación pública para vincular a un operador para la concesión de la infraestructura de los servicios públicos
de acueducto y alcantarillado en el municipio de Aracataca, departamento del Magdalena.
Concurso de Méritos 04 de 2015 de Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P - Objeto: Consultoría
para estructurar técnica, jurídica y financieramente los procesos de planificación, viabilización, contratación,
construcción y operación del acueducto regional de la sabana.
Licitación pública LP-005-2015 cuyo objeto es la “Construcción del Sistema de Acueducto del Casco Urbano
del Municipio de Barbacoas, Nariño” Valor: $14.807.083.498
Problemática contrato de concesión alumbrado público- Convenio interadministrativo Municipio de Cali
Oferta no vinculante empresas públicas de Medellín.
Proyecto contrato interadministrativo entre la Universidad Nacional y la Defensoría del Pueblo para la
indemnización por afectación derrumbe del Relleno “Doña Juana”
Vigilancia preventiva al proceso de renovación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico
Concurso de méritos No 001 de 2015, cuyo objeto consiste en: “Seleccionar al proponente que realice la
interventoría integral, en aspectos jurídicos, técnicos, financieros, administrativos y de programación y
contenidos, a los contratos de concesión de televisión abierta nacional privada, espacios de televisión en el
canal uno, televisión local con ánimo de lucro y televisión por suscripción”
Proceso de selección objetiva para la asignación de espectro radioeléctrico en las bandas 900 MHz y 1900
MHz de servicios móviles terrestres del Ministerio de TIC - ANE.
Selección de contratistas que suministren: tabletas para alumnos y tabletas para profesor, conforme a las
cantidades y características previstas en la ficha técnica del pliego de condiciones (subasta 005-2015) y
seleccionar los contratistas que suministren computadores portátiles, conforme a las cantidades y
características previstas en la ficha técnica del pliego de condiciones (Subasta 004-2015)
Licitación pública No. 07 de 2015, “Prestar los servicios de conectividad Wan e internet centralizado,
conectividad en juzgados, servicio de videoconferencia y automatización, seguridad telemática,
almacenamiento y gestión de audiencias, correo electrónico, Data Center (Hosting - Colocation) y audiencias
virtuales, así como suministro de equipos de redes de comunicación para la Rama Judicial a nivel nacional”.
Proceso de contratación “Adquisición de la Plataforma para la Línea De Emergencia 123-Nuse” de la ETB.
Proceso de Selección del contratista que diseñe, construya y opere una Planta de tratamiento de agua potable
en el municipio de Yopal, como consecuencia de los problemas que tuvo la construcción de la mencionada
planta y a las investigaciones que están en curso.
104
ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL
SECTOR MOVILIDAD
Búsuqeda de alternativas de solución a los problemas de movilidad en el área metropolitana de
Bucaramanga, por las obras del Tercer Carril.
Licitación Pública No. SDM-LP-039-2014, cuyo objeto consiste en la “Adquisición de semáforos para la
regulación del tránsito vehicular, peatonal y de ciclo usuarios, dentro del sistema de semaforización de Bogotá
D.C.. de la Secretaría Distrital de Movilidad”.
Proceso de habilitación de Sistema de Transporte Masivo al Municipio de Soacha.
Proceso de contratación de la Licitación Pública No. 137-2015 “Mejoramiento de la seguridad vial para
disminuir el riesgo de accidentes mediante la semaforización de puntos críticos en la cabecera municipal de
Quibdó – Chocó”.
Área Metropolitana de Cúcuta. Licitación Pública No. AMC-LP-001-2015, cuyo objeto consiste en “Adelantar
trabajos de modernización e instalación de la red semafórica del municipio de San José de Cúcuta (NS)”.
Proceso selección socio para desarrollar proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el
municipio de Bucaramanga
Alcaldía Municipal de Soacha. Licitación Pública No. 004-2015.
Licitación Pública 01 de 2015 de Transcribe S.A. - Objeto: Seleccionar las propuestas más favorables para el
suministro de vehículos para la operación de la porción No. 2 del sistema integrado de transporte masivo de
Cartagena de indias – Transcaribe.
Trámite de ejecución del Contrato de Concesión TC-LPN-005 de 2010 suscrito entre Transcaribe S.A y la
Consorcio Colcard de Recaudo y Gestión de Flotas.
Concesión para la implementación y operación del sistema de bicicletas públicas de Bogotá
Viabilidad de los sistemas integrados de Transporte Masivo en Colombia –SITM-.
Proceso de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada Bogotá Eléktrika
SECTOR OBRAS PÚBLICAS
Licitación pública No. LP-AMT-014 de 2015 de la Alcaldía de Tunja para las “Obras de Saneamiento y
Recuperación de las Cárcavas Manzanare-Curubal y Villa Luz de la Ciudad de Tunja” por valor de
$4.335.906.309.
Obras para la “Construcción Fase-2 Del ‘Centro de Convenciones Neomundo’ de la ciudad de Bucaramanga -
departamento de Santander”.
Licitación pública del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC de Bogotá D.C. para la Obra de
Reforzamiento Estructural de la Plaza de Toros la Santamaría.
“Construcción de Canal en la Quebrada La Aurora en el Sector Son Cepillado Municipio de Quibdó – Chocó”.
Licitación Pública LP-AIM-CO-034-2015 adelantado por la Agencia para la Infraestructura del Meta -AIM
105
ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL
OTROS SECTORES
Resolución Defensoríal No 064 de 2014- Crisis humanitaria en el departamento del Chocó.
Licitación pública No 017 de 2015, cuyo objeto es realizar el suministro y distribución de alimentos para el
programa de complementación nutricional de la dirección de primera infancia del ICBF.
Gestión contractual de la Alcaldía de Bucaramanga.
Selección Abreviada de Menor Cuantía No MT SAMC 012 de 2014 del Ministerio del Trabajo para “Realizar El
Proceso De Selección De Los Integrantes Y Miembros De Las Juntas De Calificación De Invalidez Del País”.
Proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 01 de 2015, cuyo objeto es contratar la “prestación de
servicios para la provisión, implementación y operación de hombres de protección, que requiera la unidad
nacional de protección, en desarrollo del programa de protección de los derechos a la vida, la libertad, la
integridad y la seguridad de las personas, grupos, comunidades y convenios a cargo de la entidad”.
Proceso de selección de comercializador en el Departamento de Risaralda de la Fábrica de Licores y
Alcoholes de Antioquia – FLA.
Arrendamiento de vehículos blindados de la Unidad Nacional de Protección – UNP.
Agencia Nacional de Contratación Pública. Licitación Pública 048 de 2015, cuyo objeto es el Acuerdo Marco de
Precios para establecer las condiciones en las cuales los Proveedores deben prestar a las Entidades
Compradoras los servicios de VSP y la forma como las Entidades Compradoras contratan estos servicios.
Invitación para presentar propuesta para la entrega en concesión de la operación del Hotel El Prado de
Barranquilla, durante los próximos 30 años.
Proceso de Convocatoria Pública FNA-DA-CP-300-2015 del FNA
Seguimiento a convenios suscritos entre Planeación nacional y Tony Blair
1.2.1.3 Proyecto jóvenes contra la corrupción
Aunando esfuerzos con la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la
República, la Procuraduría elaboró un documento dirigido a los 19 colegios distritales y
privados adscritos al Modelo de Naciones Unidas que participaron en el año 2013 en el
Proyecto “Jóvenes contra la Corrupción”, cuyo objetivo era incentivar una reflexión
sobre la importancia del actuar ético, del respeto por lo público y del rol de los jóvenes
como promotores de un cambio cultural para la prevención de la corrupción. El
mencionado documento se construyó sobre la base de la promoción de la cultura de la
legalidad y la integridad en el estado y la sociedad, el cambio de enfoque de lo punitivo
a la reparación y el aumento de la incidencia del control social en la prevención;
fundamentalmente, con el propósito de que los jóvenes recapaciten sobre su
compromiso para prevenir la corrupción. El resultado de este ejercicio se vio reflejado
en una cartilla que permitió al país promover la adopción de una Resolución
relacionada con el rol de los jóvenes en la prevención y lucha contra ese flagelo, en la
V Asamblea de Estados Parte en la Convención de Naciones Unidas Contra la
Corrupción realizada en Panamá los días 28 y 29 de noviembre, en la que participaron
170 países. A cada colegio se le distribuyeron 40 cartillas.
106
1.3 CONTROL Y VIGILANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN DEFENSA DEL INTERÉS GENERAL Y LOS INTERESES COLECTIVOS
1.3.1 Protección y garantía de los derechos de los consumidores
Vigilancia a Superintendencias
Vigilancia al trámite de peticiones, quejas y recursos presentados ante los diferentes
organismos de inspección, control y vigilancia en la prestación de diferentes tipos de
servicios públicos (Superfinanciera, Superindustria, Superservicios, Supersociedades,
Supersolidaria, Supersalud, Supersubsidio, Superpuertos y Superseguridad).
Superintendencia Financiera
Durante el período de análisis, los asuntos tramitados relacionados con entidades
financieras vigiladas ascendió a 343. Del total, el 72% estuvo a cargo de los
establecimientos bancarios. Los motivos más frecuentes de las quejas fueron:
indebida atención al consumidor financiero (31%), revisión y/o liquidación (10%) y
aspectos contractuales (7%), reporte a centrales de riesgo (7%), cobro indebido de
servicios o comisiones (7%), fallas en cajeros automáticos (4%) y negativa siniestros
5%.
Gráfica No. 4
Asuntos tramitados por motivo con entidades financieras vigiladas Superfinanciera
107
Los Productos donde se presentaron más reclamaciones fueron: Crédito de consumo
30%, tarjetas de crédito 28%, cuentas de ahorros 10% y pensiones 6%.
Superintendencia de Industria y Comercio
De los 223 asuntos recibidos, los más relevantes fueron relacionados con la
protección al consumidor (garantías), servicios de comunicaciones (celulares e
internet); destacándose las quejas contra el ICETEX y por reporte a centrales de
riesgo (Habeas Data).
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Se atendieron 290 asuntos relacionados con la prestación de servicio de energía,
gas, agua y disposición final de residuos sólidos.
1.3.2 Prestación de los servicios públicos
Actuación preventiva sobre la adecuada prestación del servicio público
domiciliario de aseo en la ciudad de Medellín
Se realizó actuación preventiva sobre la prestación del servicio público de aseo en la
ciudad de Medellín, ante las presuntas fallas presentadas a finales del 2013 y
principios de 2014 que originaron múltiples quejas de los usuarios ante las demoras
en las rutas de recolección y acumulación de residuos en la vía pública.
Con el propósito de analizar las causas de los hechos presentados, conocer el
esquema de prestación vigente en la ciudad, las responsabilidades al interior de la
administración municipal, y poner en marcha un plan de acción y seguimiento a la
prestación, se llevaron a cabo seis mesas de trabajo, que contaron con la
participación de las Empresas Varias de Medellín – EMVARIAS, Empresas Públicas
de Medellín – EPM, la Superintendencia de Servicios Públicos, el Área Metropolitana
como autoridad ambiental, y las diversas dependencias de la alcaldía con funciones
relacionadas con la prestación del servicio.
En el mes de marzo de 2015 se presentó un informe final de la actuación preventiva,
en las instalaciones de las Empresas Públicas de Medellín, con la participación de las
principales autoridades municipales con competencia en el manejo de residuos
sólidos, quienes destacaron el éxito y la consecución de los objetivos propuestos con
la gestión realizada por la Procuraduría.
108
Seguimiento y control de gestión a los proyectos de infraestructura y
prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en el
departamento de La Guajira
Ante la crisis que afronta el departamento relacionada con el suministro de agua
potable, la Procuraduría en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
convocó a una reunión en la ciudad de Riohacha con todos los alcaldes,
Corpoguajira, la gobernación y demás actores del sector, en aras de revisar la
situación de cada municipio y las acciones implementadas para superar la crisis y el
estado de los proyectos de infraestructura. Como resultado de la reunión se levantó
un acta con los compromisos asumidos por cada entidad, a los cuales el Ministerio
Público realiza el correspondiente seguimiento con el fin de dinamizar las inversiones
y disponer en el menor tiempo posible de las obras que contribuyan al suministro del
preciado líquido a toda la población.
Seguimiento preventivo a lo requerido por las Directivas 015 de 2005 y 05
de 2008 de la Procuraduría General de la Nación – Agua potable y saneamiento
básico
La Procuraduría ha venido ejerciendo vigilancia a la prestación de los servicios
públicos de acueducto, alcantarillado y aseo por parte de las entidades territoriales,
relacionada con el acreditamiento de obligaciones legales fundamentales para
atender el sector de agua potable y saneamiento básico en 4 ejes temáticos.
1. Condiciones para operar los servicios públicos domiciliarios.
2. Información y registro que debe reportarse ante la Superintendencia de Servicios
Públicos Domiciliarios, como máxima autoridad encargada de la vigilancia y
control de los servicios públicos domiciliarios.
3. Gasto público y social en los planes y presupuestos de las entidades territoriales.
4. Estrategias para mejorar la calidad y cobertura de agua potable y saneamiento
básico.
Durante el 2015, dicha actividad se enfocó en 26 alcaldes del departamento de
Sucre y 31 alcaldes del departamento de Chocó, quienes deben acreditar la
información correspondiente por medio del cargue de formularios básicos
dispuestos en el Sistema Único de Información SUI administrado por la
Superintendencia de Servicios Públicos, entidad que se encarga de darnos las
alertas de cumplimiento.
109
Igualmente, se intervino específicamente en los siguientes casos en que se ha visto
afectada la prestación de los servicios públicos de AAA a la población:
1. Mesetas – Meta: Dificultades con la ejecución del proyecto de ampliación y
optimización del sistema de acueducto del municipio.
2. Honda – Tolima: Inconvenientes por la terminación del contrato con el operador
que presta los servicios de acueducto y alcantarillado en el ente territorial.
3. Villavicencio – Meta: Conflictos presentados entre la empresa de acueducto y la
comunidad de Montecarlo Bajo, relacionados con la presentación del servicio de
acueducto y alcantarillado.
4. Socorro – Santander: Dificultades con la ejecución del proyecto de acueducto
“Quebrada la Cinco Mil” en el municipio.
5. Buenaventura – Valle del Cauca: Percances en la entrega de los diseños.
Observaciones de tipo presupuestal, hidrosanitario, eléctricos y estructural.
6. Puerto Inírida – Guainía. Se están adelantando cinco proyectos de acueducto
para las comunidades indígenas, los cuales se encuentran retrasados, lo que ha
interferido en la entrega de las obras.
1.3.3 Cumplimiento de decisiones judiciales
Contingente judicial
Teniendo en cuenta que el número de derechos de petición por incumplimiento de las
sentencias y conciliaciones ha venido aumentando considerablemente, en especial
por parte de la Fiscalía General de la nación y el Ministerio de Defensa, la
Procuraduría ha efectuado requerimientos sobre el trámite surtido para tal efecto,
evidenciándose un atraso considerable en el pago de las condenas, aduciendo que
los turnos de pago se asignan una vez cumplidos los requisitos exigidos dependiendo
de la disponibilidad presupuestal.
Al advertirse que en estas entidades no han sido suficientes las provisiones
presupuestales para el rubro de sentencias y conciliaciones vigencias 2014 y 2015,
se previno al señor Fiscal General de la Nación sobre las consecuencias del
incumplimiento de las decisiones judiciales, invitándolo a tomar las medidas de
110
carácter presupuestal y a revisar el procedimiento que se adelanta para determinar la
cuantía a apropiar cada año para el cumplimiento de estas obligaciones, debiendo
indicar si se ha informado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la situación.
Con el fin de contribuir en la solución de la problemática derivada de la mora en el
pago de lo ordenado en las sentencias y conciliaciones, se programó una reunión
para prevenir el detrimento al patrimonio público. Hasta noviembre de 2015, se
recibieron 2.247 sentencias, las cuales se remitieron a la Agencia Nacional para la
Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) para lo de su cargo. Así mismo, se recibieron,
respondieron y tramitaron los derechos de petición presentados durante el presente
año por los beneficiaros de las decisiones judiciales que condenan al Estado,
invitando a las entidades a dar cumplimiento a lo ordenado en las sentencias dentro
de los términos legales para evitar el detrimento al patrimonio público por los
intereses que genera la mora en el pago de las mismas, requiriendo información
sobre el trámite surtido, para determinar las actuaciones a seguir por parte de este
organismo de control dentro de la órbita de su competencia, realizando el seguimiento
hasta que se realiza el pago o asigna el turno de pago correspondiente.
Además de los requerimientos escritos, se realizaron reuniones con las entidades
involucradas, convocando a la Fiscalía General de la Nación, al Ministerio de Defensa
Nacional, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Agencia Nacional para la
Defensa Jurídica del Estado en búsqueda de soluciones para que se dé cumplimiento
oportuno a las sentencias y estrategias para disminuir las condenas.
Como fruto de las reuniones, la Fiscalía presentó un informe sobre las medidas de
carácter presupuestal y administrativo adelantadas durante los años 2014 y 2015
para tal efecto, informando que solicitó adición presupuestal ante el Ministerio de
Hacienda debido al déficit por pagar respecto de lo asignado, pero las solicitudes no
han sido atendidas. Para resolver en parte la situación, la Fiscalía informó que realizó
un traslado presupuestal interno y se han propuesto estrategias para disminuir las
demandas contra la entidad. Si bien el caso del Ministerio de Defensa Nacional es
similar al de la Fiscalía, la entidad no ha propuesto una solución ante la negativa del
Ministerio de Hacienda de comprometer más recursos para el pago de las sentencias,
y en tal sentido, se continuará realizando el seguimiento a dicha gestión.
Por su parte los funcionarios del Ministerio de Hacienda, insistieron en realizar una
debida planeación presupuestal, teniendo en cuenta la situación crítica por la que
atraviesa el país debido a la caída del petróleo, recomendando mejorar la defensa del
estado, la implementación de correctivos al interior de las entidades y conciliar o
realizar acuerdos de pago para resolver la situación.
111
Adicionalmente, se trasladaron las quejas de los afectados por la mora en el
cumplimiento de las sentencias a las dependencias disciplinarias competentes para
que se estudie la posibilidad de iniciar las investigaciones del caso.
Seguimiento al esquema de metas de corto plazo elaborado a favor de la
población de recicladores por parte del Distrito, de conformidad con las
órdenes impartidas por la Corte Constitucional en sentencia T 724 de 2003 y
autos 268 de 2010 y 275 de 2011
Mediante el auto 275 de 2011, la Corte Constitucional ordenó al Distrito definir “un
esquema de metas a cumplir en el corto plazo con destino a la formalización y
regularización de la población de recicladores, que contenga acciones concretas,
cualificadas, medibles y verificables”. Se dispuso allí mismo que la Procuraduría
General debía efectuar la labor de seguimiento al cumplimiento de dicha orden por
parte del Distrito, de lo cual se debe informar a esa Corporación de manera trimestral.
En ese contexto y en atención a los resultados y algunas decisiones de la
administración Distrital, se presentó el duodécimo informe de seguimiento al Plan de
Inclusión. El 27 de marzo de 2015, la Corte Constitucional convocó una mesa técnica
para discutir el impacto de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio
de adecuar el esquema de recolección de basuras frente a las acciones afirmativas
implementadas por el Distrito en favor de la población de recicladores.
Posteriormente, mediante auto 089 de 2015 resolvió suspender la mencionada
decisión en tanto las entidades del sector, incluida la Procuraduría, presentan un
informe detallado y resuelven algunos interrogantes planteados por esa Corporación.
Acatando esta última disposición, el 24 de abril de 2015 se remitió informe y
respuestas al cuestionario de la H. Corte Constitucional.
1.3.4 Asuntos electorales
Actuaciones en los procesos de elección de Directores Generales de las
Corporaciones Autónomas Regionales y de Personeros Municipales y
Distritales
Durante el último trimestre del año 2015 se remitió un oficio dirigido a ASOCARS y a
algunas Corporaciones Autónomas Regionales para garantizar la transparencia en los
procesos de selección de Directores y miembros de los Consejos Directivos,
recordándoles las prohibiciones y restricciones contenidas en la Ley de Garantías
Electorales a efectos de evitar actos de proselitismo político durante el proceso de
elección de los directores de las Corporaciones Autónomas Regionales, exhortando a
112
los Directores actuales, a los funcionarios de dichas entidades y a los miembros de
los Consejos Directivos para que velen por la transparencia, moralidad, e
imparcialidad en los procesos que conforme a lo dispuesto por la Ley 1263 de 2008,
debían realizarse entre el 1 de octubre y 31 de diciembre de 2015, con el fin de
promover las buenas prácticas electorales y propender por el equilibrio entre los
distintos candidatos que aspiraran a cargos de elección popular.
Con respecto al proceso de elección de Personeros Municipales y Distritales, se
dieron instrucciones precisas a los Procuradores Regionales, Provinciales y Distritales
sobre el seguimiento a este proceso de selección de Personeros Municipales y
Distritales, recordándole además el procedimiento a seguir al respecto, en especial, la
observancia del plazo señalado en el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012 y de los
criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad y publicidad, teniendo en cuenta
la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de las funciones.
Publicaciones como apoyo preventivo a la Gestión Pública
En el 2015, la Procuraduría realizó el lanzamiento de las siguientes cinco
publicaciones que se han elaborado como apoyo preventivo a la gestión pública: i)
“Todo lo que necesitas saber sobre las Asociaciones Público Privadas de iniciativa
privada”; ii) “La explotación del juego de apuestas permanentes o chance”; iii) “El ABC
de la selección objetiva en la asignación del espectro radioeléctrico con pluralidad de
interesados”; iv) “Hacia una veeduría ciudadana efectiva”; y v) “Cómo ejercer control
sobre la gestión contractual del estado colombiano”’. Estos documentos son
herramientas didácticas para que las entidades del orden nacional y territorial, las
veedurías ciudadanas y los particulares, tengan un panorama concreto de las
principales normas a seguir al momento de cumplir con sus funciones legales y
constitucionales.
1.3.5 Fortalecimiento al Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres -
SNPAD
En el marco del Proyecto SNPAD, a lo largo del año 2015 se adelantaron 59 mesas
de trabajo; 590 requerimientos escritos a entidades del orden nacional, departamental
y municipal; se realizó la remisión de 74 asuntos para iniciar acciones disciplinarias;
se elaboraron 28 informes parciales o de cierre; y se atendieron 83 actuaciones
preventivas iniciadas a solicitud de parte interesada. En el marco del Proyecto
Fortalecimiento General de las Entidades Territoriales (FGET), a lo largo del año 2015
se llevaron a cabo 30 mesas de trabajo; 19 verificaciones in situ; 140 requerimientos
escritos a entidades nacionales y territoriales; se remitieron 2 asuntos para iniciar
acciones disciplinarias; se elaboraron 6 informes parciales o de cierre; y se dio
113
respuesta a 2 casos, como consecuencia de las actuaciones preventivas originadas a
solicitud de parte interesada.
Los principales impactos de los logros obtenidos son:
(i) El trámite efectivo de las solicitudes de auxilio de familias afectadas por el
Fenómeno de la Niña 2010-2011 en 51 entidades territoriales que habían omitido
dicha actuación administrativa;
(ii) La entrega de auxilios económicos a 2.974 núcleos familiares, por valor de $4.461
millones de pesos;
(iii) La legalización de 351 convenios suscritos con entidades territoriales, por valor de
$373.397.000.000, destinados a la ayuda humanitaria y rehabilitación de las zonas
afectadas por el Fenómeno de la Niña 2010-2011;
(iv) 82 pagos, por valor de $963 millones de pesos, ordenados por entidades
territoriales en el marco de la ejecución de los convenios señalados;
(v) La legalización de 253 convenios suscritos por 39 entidades territoriales por valor
de $37.950 millones de pesos para adecuación, rehabilitación y construcción de
infraestructura;
(vi) La suscripción de 15 convenios para el traslado de $1.425 millones de pesos para
el funcionamiento de los cuerpos de bomberos voluntarios; y
(vii) La formulación, implementación y ejecución de 25 planes de contingencia
sectoriales y departamentales para hacer frente a los efectos del referido Fenómeno.
1.3.6 Vivienda
Acompañamiento al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Proyectos
Vivienda de interés prioritario - Programa 100.000 viviendas gratis
Con el propósito de promover el desarrollo urbano y suplir el déficit de vivienda de
interés social con destino a la población menos favorecida, el gobierno nacional
implementó el programa de las 100.000 viviendas gratis, al cual se le ha venido
haciendo acompañamiento y seguimiento desde la Procuraduría. De acuerdo a
información suministrada por el Ministerio de Vivienda fueron convocados desde esta
entidad los 50 municipios en los que se adelantaban 56 proyectos con problemas,
que ponían en riesgo su eficaz desarrollo.
114
Es así, como en el transcurso del año 2015 se realizaron más de 300 requerimientos
entre oficios, correos electrónicos, llamadas telefónicas, etc., además de las 81
mesas de trabajo en las que se logró la articulación de las partes y se pudo evidenciar
el estado de avance en la ejecución de las obras y los inconvenientes que la
afectaban. En estas reuniones se plantearon soluciones a los problemas y se
generaron compromisos para llevar los proyectos a su feliz terminación. Como
resultado de tales acciones preventivas se logró que las partes dieran cumplimiento a
las obligaciones contraídas, logrando la normalización de 42 de los 56 proyectos
vigilados en los municipios convocados de acuerdo con el cronograma de obras.
Por otra parte, se remitieron copias de la actuación para apertura de investigación,
con relación a 8 proyectos en los cuales se incumplieron los compromisos adquiridos
o en los que se observó un hallazgo de tipo disciplinario.
Como consecuencia de esta importante gestión, se benefició a más de 40.000
ciudadanos de 50 municipios, en los que se entregarán aproximadamente 10.000
viviendas.
Acompañamiento a la gerencia nacional del Banco Agrario en el desarrollo
de los proyectos de vivienda de interés social rural
La Procuraduría inició seguimiento y control para verificar que la política pública de
Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural – VISR, liderada por el Banco
Agrario de Colombia, esté cumpliendo con el objetivo para la cual fue creada.
Fue así como se requirió al Banco Agrario para que enviara la información
correspondiente a los Proyectos VISR adjudicados desde el año 2010, detallando las
fechas de adjudicación y desembolso, los liquidados o por liquidar y los adjudicados
sin desembolso, a fin de identificar aquellos que presentan dificultades.
Conforme a lo anterior, se analizaron 1792 proyectos de vivienda de interés social
rural adjudicados entre los años 2010 al mes de mayo de 2015 por parte del Banco
Agrario de Colombia – BAC, con base en los procedimientos adoptados por este con
ocasión de la expedición del Decreto 1160 de 2010, la modificación introducida por el
Decreto 900 de 2012 y los Manuales de Procedimientos de Gestión de Administración
del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural (VISR), expedidos por la Gerencia de
Vivienda del Banco.
Se observó dificultades en la gestión de 1128 proyectos, es decir, que el 63%
presenta considerables retrasos en su ejecución, afectando gravemente el desarrollo
115
de la señalada política pública en el país; lo que en criterio de este órgano de control,
no solo incide de manera directa en el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo,
sino que pone en riesgo el patrimonio público de la Nación, toda vez que a mayo de
2015, se destinaron a esas obras $99.719.423.799,12, lo que podría generar un
detrimento de no aplicarse correctivos urgentes por parte de la Entidad Otorgante.
Teniendo en cuenta los índices de tamaño de los hogares en las zonas rurales,1
podría estimarse que una población cercana a las 175.300 personas se encuentran
posiblemente afectadas por estos retrasos en la ejecución de estos proyectos de
Vivienda de Interés Social Rural.
Por tal motivo, la Procuraduría está llevando a cabo mesas de trabajo con la Gerencia
de Vivienda del Banco Agrario de Colombia, a fin de revisar los grados de avance de
cada uno de los 1128 proyectos que presentan dificultades, así como la
implementación de mecanismos de control y supervisión de su gestión y ejecución;
mesas en las que están siendo parte la Entidad Otorgante, Interventores, Gestores
Integrales, Constructores y Entidades Oferentes.
1.3.7 Seguridad ciudadana
Con relación al proyecto de Seguridad y Convivencia Ciudadana que viene
adelantando este órgano de control, a lo largo de 2015 se visitaron más de 470
municipios del país y se capacitaron en el tema más de 1400 servidores públicos.
Como resultado de dichas actividades se logró que el 95% de los alcaldes electos
para la vigencia 2012 al 2015, cumplieran con la elaboración y aprobación del Plan
Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, así como el buen manejo dado al
Fondo Cuenta de Seguridad, que aplica únicamente para el fortalecimiento de la
seguridad del respectivo ente territorial a través de sus fuerzas institucionales
(Policía, Ejército y CTI).
El impacto generado en desarrollo de esta actividad es que 470 municipios del país
mejoraron las condiciones de este servicio, mediante la adquisición de equipos,
capacitaciones y organización territorial frente a la implementación y aprobación de
cada Plan.
1 PROFAMILIA. Características General de los Hogares y de la Población. “Jefatura y tamaño del hogar”
Pagina 36. http://www.profamilia.org.co/encuestas/Profamilia/Profamilia/images/stories/PDF-capitulos/Capitulo-3.pdf Consultado 20/08/2015.
116
1.3.8 Fortalecimiento general de las entidades territoriales
Acompañamiento a los gobiernos locales en dificultades para la ejecución
de programas, planes y proyectos
Conscientes de las múltiples dificultades que se presentan en las administraciones
territoriales para la ejecución de sus programas, planes y proyectos, la Procuraduría
General de la Nación, en cumplimiento de su función preventiva, diseñó la estrategia
denominada “Acompañamiento a los gobiernos locales en dificultades para la
ejecución”.
Durante el 2015 se realizaron 6 mesas de trabajo en los departamentos de Sucre y
Chocó, en las que se contó con la asistencia de los 177 alcaldes de los dos entes
territoriales y de más de 2580 funcionarios públicos, entre gobernadores, alcaldes
secretarios de despacho y otros, con el objeto de buscar alternativas de solución a
sus dificultades en la ejecución de proyectos. Se articuló la comunicación y dinámica
de trabajo entre las entidades del orden nacional, departamental y municipal,
estableciendo propuestas integrales de solución y estableciendo planes de trabajo
entre ellas.
En los citados departamentos se trataron más de 190 casos con las entidades del
orden nacional, que son objeto de seguimiento por parte de este órgano de control.
Elección personeros municipales – concurso público y abierto de méritos
En atención a la expedición del Decreto 2485 de 2014 (por medio del cual se fijan
estándares mínimos para el concurso de méritos para la elección de personeros
municipales) y de la participación de la Procuraduría en la elaboración de este
documento, se adelantaron 5 reuniones con el Departamento Administrativo de la
Función Pública, a fin de que esta entidad expida una circular que permita a los
concejos municipales realizar directamente el concurso de méritos para proveer dicho
cargo; ello, atendiendo la interpretación de la Ley 1551 de 2012 y la modulación que
hiciere la Corte Constitucional en sentencia C-105 de 2013, en donde se establece
que el concurso ha de realizarse por el concejo municipal saliente y la elección
recaerá sobre el nuevo.
En las reuniones mencionadas se buscó perfeccionar el manual específico con su
procedimiento, que contendrá la circular para el concurso público y abierto de méritos
del personero municipal en propiedad o lo que reste del período institucional.
117
Se atendieron 15 solicitudes de consulta a concejos municipales y ciudadanía
respecto del proceso de elección de personeros municipales, las cuales fueron
trasladadas por competencia al DAFP.
El 17 de febrero y 9 de abril de 2015, se llevaron a cabo jornadas de capacitación
respecto de la normatividad vigente para la elección del personero municipal a todos
los concejales del municipio de Cachipay y el departamento de Santander,
respectivamente.
Radio, medios y publicaciones
- RADIO
Mediante actuación preventiva, se emprendieron mejoramientos de contenido y de
ampliación de cubrimiento territorial y poblacional del Programa Radial “Orden y
Rectitud”, a fin de vincular tanto a servidores públicos, como a la comunidad en
general interesada en conocer la función pública, cumpliendo con los objetivos
institucionales propuestos en el Plan Estratégico Institucional PGN 2013-2016,
especialmente en la capacidad de respuesta institucional.
Con base en lo anterior, se estructuró un programa radial emitido por las emisoras
de RTVC (Radio Nacional de Colombia) con nuevas secciones para un total de 27
minutos semanales al aire en Radio Nacional de Colombia, a través de sus 49
emisoras a nivel nacional y 45 minutos semanales para las más de 100 emisoras
comunitarias y de interés público que nos retrasmiten.
Gracias a este programa radial se ha dispuesto de una importante herramienta
pedagógica por parte de la Procuraduría General, a fin de brindar un acceso
formativo de la función pública en todos los rincones de la geografía nacional,
incluido zonas rurales y municipios aislados, generando un relevante impacto
preventivo en la lucha contra la corrupción, la defensa de los derechos
fundamentales y la protección del patrimonio público.
Las secciones son las siguientes:
- Entrevista: Una entrevista con un funcionario de importancia para las Entidades
Territoriales.
- Informativo: Noticias del Ministerio Público.
- Responsabilidades Semanales: Un listado de las responsabilidades que le
conciernen a las Entidades Territoriales (en particular municipios).
118
- Que No Le Pase a Usted: Un caso de control disciplinario real, para advertir o
evitar malas prácticas.
- Recomendación Gerencial: Una recomendación para los cargos directivos.
En el futuro cercano se busca aumentar la duración del programa con el fin de
crear uno que también puedan transmitir las emisoras comunitarias.
- PUBLICACIONES
Libro “Inhabilidades e Incompatibilidades para los Cargos de Elección Popular
del Sector Territorial”
Se realizó la impresión, publicación y difusión de la actualización de esta obra,
la cual se ha destacado como herramienta preventiva eficaz para la
participación de candidatos a cargos de elección popular, dado que allí se
recopila la totalidad del marco jurídico y de la jurisprudencia frente a cada uno
de los cargos que salieron a elecciones en el 2015. Se entregaron más de 500
copias del ejemplar en eventos en los que la población objetivo es recurrente.
Cartilla “Orientaciones para un Empalme Exitoso entre Administraciones
Municipales de Gobierno”
En conjunto con la Federación Colombiana de Municipios, la Procuraduría se
dio a la tarea de redactar una cartilla para explicar de forma clara y sencilla el
proceso de empalme que deben realizar todos los alcaldes del país en el
momento de hacer entrega de sus cargos. El lanzamiento de la cartilla se
realizó el 21 de septiembre en la ciudad Bucaramanga, con la participación de
400 representantes de los municipios de Santander y Norte de Santander.
La cartilla facilitará que los alcaldes cumplan con los siguientes objetivos:
1. Acatar el mandato legal que exige a todos los mandatarios locales llevar a
cabo un empalme de forma diligente y transparente.
2. Garantizar la continuidad de las políticas, procesos y procedimientos
adoptados por la entidad territorial.
3. Dotar de transparencia la entrega y recepción de los asuntos y recursos
públicos cuando hay cambio de administración o dirección.
119
4. Beneficiar a la comunidad que se verá favorecida con una correcta y fluida
gestión municipal, cuando se logra minimizar los traumatismos propios de
un cambio de administración.
Para efectos de garantizar un empalme efectivo, se inició una estrategia
nacional que va más allá de la cartilla e integra los distintos esfuerzos
institucionales que frente a la materia se están desarrollando. Con las
entidades del Gobierno Nacional, así como la Contraloría General de la
República, se está adelantando la mencionada estrategia que incluye visitas a
los distintos departamentos del país.
Programa “Elijo Saber. Candidatos Formados Gobierno Exitoso”
Se estructuró el programa “Elijo Saber. Candidatos Formados Gobierno exitoso” ,
conforme a la obligación legal que en cabeza de la ESAP recae en certificar a los
alcaldes concejales, gobernadores y Diputados electos 2015 (ley 155/2012), en este
programa participan en los contenidos temáticos de conocimiento necesario de los
participantes, las siguientes entidades: Procuraduría, Registraduría, Comisión
Nacional Electoral, DNP, Ministerio del Interior, ESAP, DAFP, PNUD, SENA, Mintic
El programa es dictado por la ESAP a través de sus docentes buscando capacitar
en cuatro (4) etapas a todos los interesados en los comicios 2015, de la siguiente
forma: Fase 1: dirigido a todos los precandidatos / Fase 2: dirigidos a los candidatos /
Fase 3: Electos./ Fase4: En ejercicio.
Este programa fue lanzado a nivel nacional conjuntamente con todas las entidades el
día 21 de abril de 2015, iniciando con la etapa de inscripciones. Se capacitó a
aproximadamente 10.000 personas en los 15 centros nacionales de la ESAP y en los
centros (kioscos digitales funcionales) habilitados por el Ministerio de Tecnologías de
la Información.
Fondo de concurrencia
Como quiera que la Ley 1551 de 2012 impone a la ESAP la obligación de crear un
fondo de concurrencia cuyo objeto exclusivo de los recursos que lo integran es servir
de instrumento para el acceso de los alcaldes, concejales, miembros de las juntas
administradoras locales y organismos de acción comunal a los programas de
formación, en los niveles de la educación básica, media y superior en temas de
administración pública, se adelantaron varias reuniones con los Directores Ejecutivos
de FENACON, CONFENACOL, COFADICOL y el Director de la ESAP, miembros del
120
Ministerio del Interior y del Ministerio de Educación, a fin de armonizar la puesta en
marcha de esta disposición legal.
Reglamentación de la autorización de alcaldes y gobernadores
De acuerdo a la posición constitucional de la PGN, respecto de las funciones de las
corporaciones de elección popular de índole municipal y departamental, se
desarrollaron tres (3) conversatorios generales: i) uno dirigido a los diputados
miembros de CONFADICOL en las instalaciones del Ministerio del Interior Bogotá; ii)
en la ciudad de Bucaramanga, con destino a los miembros de los concejos
municipales del departamento de Santander, por convocatoria directa que hiciere
FENACON; iii) en el municipio de Maicao (La Guajira), en desarrollo de la misión
preventiva adelantada en el mes de febrero, que concluyo favorablemente con la
expedición del acuerdo que reglamenta las facultades del alcalde para contratar.
Deporte
A lo largo del año 2015 se realizó acompañamiento preventivo permanente a la
organización y realización de los XX Juegos Nacionales y IV Paranacionales, a través
de la asistencia y participación en 6 reuniones del Comité organizador, 2 visitas a los
sitios de obra de los escenarios deportivos en la ciudad de Ibagué, 20 requerimientos
escritos y solicitudes de información, tanto a las entidades como a los contratistas e
interventores y 3 formulaciones de recomendaciones. Así mismo, se trasladó al
competente disciplinario un evento en el cual el interventor incumplió con la entrega
de un informe a la PGN.
La presencia y acompañamiento de la PGN fue importante en la realización de los
juegos, para mayor transparencia en su organización, así como en la celebración de
los contratos, tal como fue manifestado en distintas oportunidades por las entidades
responsables de su organización. No obstante, teniendo en cuenta que algunas
entidades tuvieron dificultades que conllevaron a que las obras definitivas quedaran
inconclusas y, por tanto, que dichos escenarios no pudieran ser utilizados para las
justas deportivas, la Procuraduría continúa realizando seguimiento a los respectivos
negocios jurídicos.
Educación
La Procuraduría requirió a las Gobernaciones y Secretarías de Educación el reporte
de información oportuna y de calidad y cumplimiento de normatividad sobre traslados
de Educadores.
121
- Reporte de Información Educativa
El Ministerio de Educación ha venido ejecutando el “Plan de Depuración y Ajustes de
la Información de Recursos Humanos del Sector Educativo”, siempre con el objetivo
de mejorar la calidad y oportunidad de la información reportada, plan que se encuentra
en el cierre de la segunda fase e inicio de la tercera fase, con la cual se espera
completar la información de los docentes y servidores administrativos de los
establecimientos educativos estatales. Igualmente, ha venido consolidando y
aplicando la “Matriz de identificación de necesidades de directivos y docentes en las
instituciones educativas”, con la participación de los rectores y directores rurales como
responsables directos del suministro y depuración de la información de base
institucional.
La oportunidad, la veracidad y la confiabilidad de la información educativa son
principios que tienen un sustento constitucional, legal y reglamentario, en especial las
señaladas por la Ley 115 de 1994, al crear el Sistema Nacional de Información
Educativa, la Ley 715 de 2001 que señala unas competencias a las autoridades
territoriales y a los rectores o directores de establecimientos educativos.
En esta materia es preciso resaltar lo imperativo del mandato establecido por el
Legislador para las autoridades territoriales, la Nación y la misma Procuraduría, al
señalar:
Artículo 32. Sistema de información. Los departamentos, distritos y municipios
deberán contar con un sistema de información del sector educativo y mantenerlo
actualizado de acuerdo con las orientaciones que para tal fin determine la Nación.
(…) El incumplimiento de estas disposiciones se considerará falta grave y acarreará
las sanciones respectivas para el secretario de educación departamental, municipal
y distrital, y el funcionario o funcionarios encargados de administrar la planta o la
nómina, y será causal para ordenar la interventoría especial de la administración
por parte del Ministerio de Educación.
Por lo anterior, la Procuraduría General de la Nación conminó a las autoridades
educativas para que culminaran con éxito la segunda fase y dieran inicio a la tercera
etapa del proceso de depuración y ajustes de la información de recursos humanos del
sector educativo en el nuevo plazo señalado por el Ministerio de Educación Nacional,
es decir más tardar el 31 de marzo de 2015. De la misma forma, este órgano de
control requirió a los rectores y directores rurales para que antes del 27 de febrero de
122
2015, reportaran a la Secretarías de Educación de la Entidad Territorial Certificada, la
información para identificar los docentes necesarios por perfiles para atender el plan
de estudios de cada sede de los establecimientos educativos estatales, diligenciando
la ““Matriz de identificación de necesidades de directivos y docentes en las
instituciones educativas”, instrumento que para tal fin facilitó el Ministerio de
Educación a través de las Secretarías de Educación.
También se instó a las diferentes Secretarias de Educación de Entidades Certificadas
en Educación, para que, una vez obtenida la información, consolidaran los
requerimientos presentados por los rectores y directores y, elaboraran y presentaran
antes del 27 de marzo del mismo año el estudio técnico de plantas de cada entidad a
la Dirección de Fortalecimiento a la Gestión Territorial - Subdirección de Recursos
Humanos del Sector Educativo.
Dada la importancia que reviste garantizar la información de calidad, completa,
oportuna, consistente y confiable para la toma de decisiones sobre el diseño de la
política educativa, la formulación de los planes, el desarrollo normativo, la asignación
eficiente y equitativa de recursos, la evaluación y mejoramiento permanente del
sector, también se requirió a las entidades territoriales certificadas en educación para
que desarrollen estos procesos.
- Legalización de bienes donde funcionan entidades educativas oficiales, que no son
propiedad del Estado.
La Procuraduría, a mediados del año 2015, dio inicio a actuación preventiva, con el
propósito que las instituciones educativas públicas del país operen en una
infraestructura frente a la cual tengan un vínculo jurídico (propiedad, arrendamiento,
comodato, entre otras) que les permita cumplir con permanencia su servicio. Para el
efecto, se requirió a 95 Secretarías de Educación en todo el país (32
Departamentales y 63 Municipales y Distritales, cuyos municipios o distritos se
encuentran certificados en educación), solicitando el listado completo de los predios
donde funcionan las instituciones educativas públicas, identificando su dirección,
ubicación, matrícula inmobiliaria, propietario y modalidad bajo la cual la institución
educativa pública tiene a su cargo el inmueble. Con base en solo una parte de la
información tabulada, se logró identificar 6805 predios sin legalizar; por lo que una
vez se tenga la información completa, se dará inicio a la segunda fase de la actividad
preventiva, en la que se dispondrá de correctivos administrativos para la resolución
definitiva de la situación jurídica de los predios, y de esta manera contribuir a la
prestación de un servicio educativo permanente y efectivo.
123
Salud
Se realizaron 4 Visitas al Ministerio de Salud, Superintendencia Nacional de Salud y
la Dirección de Apoyo Fiscal; 7 Mesas de Salud en la Procuraduría General de la
Nación, 9 reuniones de Control Político en la Comisión VII del Senado, se atendieron
341 personas, telefónica y por correo electrónico, en temas de prestación de servicios
de salud, se tramitaron 1.153 quejas relacionadas con temas de aseguramiento,
prestación de servicios, financiamiento y salud pública.
Como consecuencia de las actividades realizadas se obtuvo información relacionada
con los recursos de salud pública; procesos administrativos adelantados por la
Superintendencia a varias EPS, en relación con sanciones por no prestación de
servicios, y muerte de pacientes por no atención oportuna; acuerdos de pago entre
los actores del sistema de salud en cumplimiento de la Circular 030 de 2013.
Como impacto de los logros obtenidos, se efectuaron acuerdos de pago de cartera
entre las EPS, entidades territoriales y ESE, así como el seguimiento por parte de la
Comisión VII del Senado en los siete departamentos con más problemática en el
pago de las deudas del sistema de salud.
Acompañamiento a la Contaduría General de la Nación
Por solicitud del Contador General de la Nación, la Procuraduría realizó
acompañamiento, en el sentido de requerir a las entidades territoriales que no
cumplieron con la obligación de presentar el Formato Único Territorial con la
información referente a la ejecución presupuestal de ingresos, gastos de inversión y
demás requerida a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información
Pública (CHIP), administrado por la Contaduría, de acuerdo a la base de datos
allegada trimestralmente desde el año 2013 por dicha entidad. Ello, teniendo en
cuenta lo ordenado en el Decreto 3402 de 2007, que en su numeral 6, establece que
el incumplimiento en el reporte oportuno de la citada información, generará las
sanciones disciplinarias a que haya lugar.
Con el seguimiento trimestral que se ha realizado a los municipios y departamentos,
se ha logrado contribuir a que dichas entidades territoriales cumplan con esta
obligación. Así mismo, como resultado del mismo, las Procuradurías Regionales de
Casanare y Vaupés estudian la posibilidad de iniciar investigaciones disciplinarias
contra los responsables de no aportar la referida información en el último trimestre
del año 2014.
124
Informe de análisis de la base de datos del SECOP año 2014
Se realizó análisis a la base de datos del SECOP, de la vigencia 2014,
generándose 1 informe general (período enero-octubre de 2014) y 6 específicos
para los municipios de: Tolú, Tolú viejo, Coveñas y los departamentos de: Chocó,
Nariño y Sucre, los cuales fueron expuestos en las respectivas mesas de trabajo
que se realizan en el marco de la estrategia de acompañamiento a los gobiernos
locales en dificultades para la ejecución que desde el año anterior adelanta la PGN
en las distintas regiones del país. Dentro de las particularidades que se
encontraron es el bajo nivel de confiabilidad de los datos y la información que
genera, teniendo en cuenta las debilidades que presenta el aplicativo, como por
ejemplo:
No se hace una verificación y/o validación de la información reportada por las
distintas entidades obligadas, lo que permite que al sistema entre “cualquier
cosa”.
En los campos correspondientes a contratistas, NIT y nombre, una misma
persona puede ser ingresada tantas veces como se quiera como si fueran
distintas, sólo con escribir de forma diferente el nombre o la identificación.
En los campos numéricos permite que se incluya texto, en particular
identificación de contratistas y representantes legales.
Por posibles errores en la digitación de los valores, se ingresan cifras distintas
a las reales, verificadas en el documento del contrato.
No se hace un cargue real de los documentos de los procesos de selección.
Se encuentran entidades registradas en niveles u orden que no corresponde
con su naturaleza.
Estas deficiencias, entre otras, hacen que las cifras que muestra el sistema se
alejen de forma considerable de la realidad, distorsionándola y no siendo confiable
sus estadísticas, no siendo veraz, ni completa, ni procesable (como lo exige la Ley
1712/14), incluso se omite información significativa en los registros. Para que dicha
información se acerque a lo real y se puedan elaborar informes como los
presentados, es necesario hacer un extenso y dispendioso trabajo de verificación y
depuración, lo que de igual forma le resta fiabilidad al tener que manipular la base
de datos.
125
De esta importante actividad se elaborará el respectivo informe, que se socializará
con las entidades concernidas.
Habitanza de calle
La Procuraduría General de la Nación realiza articulación, seguimiento y
acompañamiento a los representantes de las distintas entidades nacionales
participantes de la mesa técnica nacional de la política pública “habitanza calle”.
Durante el 2015, se solicitó a todos los alcaldes de las ciudades capitales un
informe respecto a las estrategias, planes y programas que se han venido
adelantado con los habitantes de calle, conforme a lo establecido en la Ley 1641
de 2012. Así mismo, en el mes de julio se presentó al Congreso de la República el
informe anual de esa política pública, según lo dispuesto por el artículo 12 de la
citada Ley.
El principal logro fue la revisión por parte de los integrantes de la Mesa Técnica
Nacional de las propuestas de líneas estratégicas y lineamientos generales, de la
estructura del Plan Nacional de Atención Integral y del proyecto de decreto
reglamentario de la Ley 1641 de 2013.
1.3.9 Medio ambiente
Estudio de diagnóstico de la pesca ilegal marina, no declarada y no
reglamentada a nivel nacional
En el marco del convenio suscrito entre la Procuraduría General de la Nación y la
Fundación Marviva, se acordaron realizar acciones conjuntas en materia de asesoría y
apoyo en la formulación de políticas públicas marino costeras, así como la difusión y
sensibilización de la importancia de las zonas marino costeras en el país, sus
ecosistemas y sus problemáticas. Dentro de ese marco, se realizó el diagnostico
nacional de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PINDNR) en territorio
marino, el cual incluyó el análisis tanto de la Costa Caribe como Pacífica, conociendo
que es una problemática que viene afectando en gran medida a Colombia, porque
impacta de manera negativa los esfuerzos de conservación, recuperación y
ordenamiento de las pesquerías, así como genera afectaciones importantes a nivel
ambiental, social y económico, entre las que están principalmente la disminución de la
seguridad alimentaria, la afectación a ecosistemas y recursos naturales marinos de
gran valor natural, y el debilitamiento del sector en general.
126
Este estudio constituye un gran aporte, ya que actualmente Colombia no cuenta con
un diagnóstico sobre la pesca ilegal, razón por la cual se desconocen exactamente
sus efectos en aguas jurisdiccionales, y por consiguiente, las acciones más
apropiadas a nivel nacional y regional para prevenir, desalentar y eliminar dicha
pesca, no están claramente definidas.
En ese sentido, el estudio se realizó mediante diferentes estrategias de recopilación
de información primaria, dividiendo la misma en dos grupos: Gestión institucional y
Percepción social, lo cual se complementó con información secundaria mediante
revisión e investigación bibliográfica, tanto jurídica como técnica. Inicialmente se
efectuó una recopilación y revisión general de la normatividad nacional vigente
relacionada y de los estudios técnicos e instrumentos internacionales más relevantes
sobre la materia.
Para profundizar en el tema de percepción y conocimiento social de la PINDNR, se
elaboró un modelo de entrevista semiestructurada dirigida a los diferentes actores
sociales privados relacionados con la actividad pesquera, incluyendo organizaciones
de pescadores artesanales, pescadores de subsistencia y empresas de pescadores
industriales, que se aplicaron en las dos Costas.
Para tal fin, se realizaron visitas por parte de la Procuraduría General de la Nación, la
primera de ellas en la Costa Pacífica, específicamente a la ciudad de Buenaventura,
se visitaron diferentes sitios como organizaciones de pescadores artesanales, locales
de comercialización de productos pesqueros, puertos de pesca industrial, entre otros.
La segunda visita fue en la Costa Caribe, a las ciudades de Barranquilla, Santa Marta,
así como al municipio de Ciénaga en jurisdicción del departamento del Magdalena. El
cubrimiento del resto de municipios y departamentos costeros, se trabajó a través
de los Personeros Municipales, a quienes se les solicitó aplicar dichas entrevistas,
con el fin de poder abarcar la mayor cantidad de municipios costeros del Caribe y
Pacífico colombianos.
Las entrevistas se realizaron en 19 municipios, 16 del Caribe y 3 del Pacífico; en total
fueron 116 entrevistas, 66 en el Caribe y 50 en el Pacífico. En el departamento del
Chocó se llevó a cabo el mayor número de encuestas con 39 (municipio de Nuquí),
seguido del Atlántico con 27, de las cuales 18 fueron en Barranquilla, La Guajira y
Sucre con 10 cada uno, y en Buenaventura 9.
Adicionalmente, se realizó una investigación bibliográfica, tanto técnica como
normativa, para elaborar un contexto lo más completo posible sobre la pesca marina
ilegal en Colombia, así como para soportar de mejor manera los diferentes temas
127
tratados en el estudio, con el fin de que los lectores menos expertos en el tema,
pudieran contar con material de referencia que les permitiera comprender mejor
la problemática de la pesca ilegal no declarada y no reglamentada a nivel nacional.
De lo anterior, se generaron conclusiones y recomendaciones en diferentes materias
como gestión legal, gestión institucional, gestión sancionatoria, gobernabilidad,
investigación, capacitación, sensibilización y educación, conocimiento y percepción
social, entre otros temas de tipo jurídico, técnico y administrativo.
Entre otras cosas y de manera general, se encontró que el cambio constante del
órgano rector pesquero colombiano, ha creado incertidumbre entre los diferentes
actores involucrados, originando así un vacío y confusión en el mismo sector, así
como una falta de trazabilidad y monitoreo en el tiempo sobre el tema particular. Esto
aunado a la falta de actualización del Estatuto General de Pesca, hace que existan
conceptos ambiguos, pocas regulaciones específicas, y en cierta medida confusión y
duplicidad de funciones y actividades para avanzar en su erradicación.
Igualmente, se puede mencionar que la gestión institucional ha sido básica y hasta
precaria en algunas zonas del país, manifestándose principalmente en que la
Autoridad Nacional para la Acuicultura y Pesca (AUNAP) y las Corporaciones
Autónomas Regionales (CAR) no son conocidas con total certeza por algunas
poblaciones de pescadores del Atlántico y Pacífico colombianos.
En ese sentido, una de las recomendaciones urgentes es que el Gobierno Nacional y
el Congreso de la República tomen acciones contundentes para la regulación de la
pesca ilegal no declarada y no reglamentada; siendo una de las primeras acciones la
aprobación del proyecto de ley que tiene como objetivo principal la lucha en contra de
la pesca ilegal no declarada y no reglamentada.
Así mismo, no existe de manera formal un documento de política que contenga la
estrategia de combate de la citada problemática; lo anterior se evidencia fácilmente en
la inexistencia de herramientas jurídicas y prácticas específicas que aporten en la
lucha de este flagelo, razón por la cual es urgente la formulación completa y
aprobación de un plan nacional para prevenir, desalentar y eliminar la PINDNR.
Evaluación de la institucionalidad en el sector público agropecuario
La Evaluación de la institucionalidad en el sector público agropecuario aborda un
análisis de la institucionalidad agraria desde la perspectiva de lo local. El informe se
realiza básicamente mediante el análisis de documentos oficiales y revisión normativa
128
relacionados con el tema de política agraria entre los cuales se destacan el Pacto
Agrario y la Cumbre Agraria, así como la evaluación de 907 Consejos Municipales de
Desarrollo Rural –CMDR– activos, donde se establece que la gran mayoría fueron
reactivados con la convocatoria del Pacto Agrario para generar insumos para la
elaboración de lineamientos de política para el sector agropecuario y apoyar proyectos
productivos que mejoren la competitividad de la producción agropecuaria y desarrollo
rural en los departamentos y municipios del país.
El Pacto Agrario es un proceso de construcción participativa para reformular la política
pública agropecuaria y de desarrollo rural, como respuesta del Gobierno al paro
agrario del 2013, el cual orienta su trabajo en dos frentes: el primero, destinado a
generar insumos para la elaboración de lineamientos de política para el sector
agropecuario y rural, y el segundo para apoyar proyectos que mejoren la
competitividad de la producción agropecuaria y el desarrollo rural en los
departamentos y municipios del país.
Como resultado de este proceso se generaron 98.554 lineamientos de política pública
y 4.373 proyectos, de los cuales 159 fueron para 28 departamentos por un valor de
$15.647.649.936 y 3.730 proyectos en 289 municipios por un valor de cofinanciación
de $88.968.000.000. Es importante mencionar que tan solo 405 proyectos fueron
viables (10.85%) y los más representativos fueron para transformación/maquinaria e
infraestructura con un 48% (194 proyectos), sector agrícola con un 23% (94
proyectos), pecuario con un 19% (77 proyectos), frutales con un 9% (35 proyectos) y
asistencia técnica solamente con un 1% (5 proyectos).
Los lineamientos de política pública están enfocados en 4 componentes o ejes: Tierras
y agua, componente productivo, infraestructura económica, social y servicios públicos
e institucionalidad. El componente productivo fue el más representativo (41%) y está
enfocado a la asistencia técnica empresarial (18%), innovación ciencia y tecnología
(18%), comercialización almacenamiento y mecanismos de compra (17%),
asociatividad y emprendimiento (14%). El componente de infraestructura económica,
social y servicios público se dirige hacia la vivienda rural y saneamiento básico (29%),
infraestructura de transporte (20%), educación (19%).
La Cumbre Agraria es un proceso organizativo que integra a los movimientos que
participaron en el paro agrario en el 2013 y con los cuales el gobierno concertó una
serie de acuerdos que versan sobre los siguientes aspectos que fueron discutidos en
esas temáticas: Desarrollo rural, infraestructura rural, fortalecimiento organizativo y
foros de paz, mesas regionales, derechos humanos, comité de alternativas penales,
129
misiones de verificación, creación de CERREM campesino, bloque económico y
economía propia contra el despojo; minería, energía, ruralidad, tierras y territorialidad.
Para este proceso se presentaron 223 proyectos por un valor de $257.557.869.701,
de los cuales se priorizaron 73 proyectos en las categorías de pecuarios (23%),
soberanía alimentaria (20%), fortalecimiento productivo (18%), agrícolas (10%) y
agropecuarios con un 10%.
Como principal conclusión se encuentra que los municipios participaron activamente
en los procesos con el fin de adquirir recursos para el financiamiento de los proyectos
productivos a través de las diferentes convocatorias (Pacto Agrario y Cumbre Agraria),
pero tan solo un 11% fueron aceptados, esto quiere decir que el 89% restante quedó
sin recursos para su financiamiento, evidenciando que si bien ese sistema puede
servir para generar insumos para la elaboración de políticas públicas, no soluciona la
problemática que sufre el campesinado.
Se observa cómo la institucionalidad existente no ha garantizado el cumplimiento de
los objetivos constitucionales de promoción de la economía campesina y de la
producción de alimentos, por lo que se requiere adelantar una reforma estructural del
sector que parta del reconocimiento del campesino como sujeto de derechos y del
contenido estratégico de la política de seguridad alimentaria.
Capacidad de adaptación de los municipios de Colombia al cambio climático
La Procuraduría General de la Nación valoró la necesidad de diagnosticar e identificar
las acciones adelantadas por los municipios de Colombia frente al cambio climático
con el fin de generar recomendaciones a nivel técnico y jurídico que sirvan de insumo
para afrontar todas las responsabilidades y retos que implica la implementación de
políticas públicas nacionales, programas y proyectos territoriales en materia de
adaptación al fenómeno.
Para esto se diseñó una encuesta de 60 preguntas en las que se tuvo en cuenta
variables como información del municipio, prestación y cobertura de servicios públicos,
actualización e inclusión de variables ambientales en los planes de ordenamiento
territorial, actividades económicas de los diferentes entes territoriales, inclusión de
variables de cambio climático en las actividades del municipio, así como la importancia
de educar a la población en relación con los impactos que puede desencadenar este
fenómeno a futuro, y la necesidad de realizar proyectos de adaptación a nivel
municipal y regional.
130
Las encuestas fueron contestadas por 936 municipios, y la tabulación y análisis de
esta información se realizó con el Fondo para la Acción Ambiental y la Niñez, con
quien se suscribió el Convenio No 179-019-2015.
El informe producto de esta actividad, fue presentado por la Procuraduría General de
la Nación a la opinión pública en noviembre de 2015 en la ciudad de Montería, y contó
con la presencia del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, los directores de
las Corporaciones Ambientales, los Institutos de Investigación, alcaldes, personeros,
entre otros.
Dentro de las principales conclusiones generales del estudio, el Ministerio Público
advierte que:
- Es necesario incorporar medidas de adaptación específicas al contexto de cada
municipio, teniendo en cuenta las características de población, tipos de geografía
predominantes, las comunidades ubicadas en áreas de riesgo, la economía
municipal y la distribución de la población en sus zonas rurales y urbanas, entre
otras, con el fin de determinar su vulnerabilidad y las oportunidades que puede tener
de adaptación a nivel local.
- La adaptación es un proceso que demanda la articulación de diferentes actores que
participen y coordinen los diversos sectores. Para esto es necesario diagnosticar la
vulnerabilidad de la población, así como el medio biofísico, social y económico para
poder diseñar las estrategias específicas que más se ajusten a la realidad.
- Las cifras de la encuesta son una alerta sobre el uso de los instrumentos de
ordenamiento territorial, su eficiencia, y la consideración de que ellos hagan de la
evidencia del cambio climático.
- La adaptación a este fenómeno demanda prepararse para escenarios en el corto y
mediano plazo de lluvias y sequías más intensas, lo que incluye repensar el uso
actual del territorio y privilegiar coberturas reguladoras que amortigüen las
consecuencias que estos extremos puedan tener sobre los sectores productivos y
las vidas humanas; las cifras de la encuesta muestran que esta es una tarea
pendiente para el país.
Con este estudio, la Procuraduría generó un insumo fundamental para fortalecer las
capacidades de los entes territoriales municipales y facilitarles la toma de decisiones
acertadas teniendo presente la necesidad de generar prácticas de adaptación y
planificación ante un fenómeno de esta magnitud.
131
1.4 FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y AL CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA
Participación red institucional de apoyo a las veedurías ciudadanas
En desarrollo del artículo 22 de la Ley 850 de 2003, se creó la Red Institucional de
Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, como un conjunto de entidades que a través de
acuerdos y cooperación, definen planes, acciones y recursos conjuntos para apoyar a
las veedurías ciudadanas y sus redes. Esta gran alianza institucional para el apoyo y
fomento de la participación ciudadana está integrada, además de la Procuraduría
General de la Nación, por la Contraloría General de la República, Ministerio del Interior
y de Justicia, Defensoría del Pueblo, Departamento Administrativo de la Función
Pública, la Escuela Superior de Administración Pública y el Departamento Nacional de
Planeación.
La Procuraduría General de la Nación ha participado en las diferentes reuniones
realizadas por dicha red. Los resultados de los avances de las acciones programadas
en el respectivo plan de acción que se aprobó para el 2015, fueron las siguientes:
- Línea de Organización y Funcionamiento: Tiene como objetivo garantizar la
organización y funcionamiento de la Red a nivel nacional y además, promocionar,
apoyar y fortalecer a las redes institucionales de apoyo a las veedurías ciudadanas
del nivel territorial. Se brinda orientaciones a las redes departamentales a través
de tutorías de entidades nacionales de la red. Así mismo, se asiste a las reuniones
que de manera periódica convoca la secretaria técnica de la red que actualmente
se encuentra bajo el liderazgo de la Defensoría del Pueblo. Los logros de la línea
en el 2015 fueron: Plan de acción 2015 en web consultado y socializado ante la
ciudadanía; seguimiento a los planes de acción de las redes nacional y
departamentales; taller nacional de fortalecimiento con 18 redes departamentales
(Armenia - Quindío); video ESAP y programa ESAP TV; y 21 sesiones ordinarias
de coordinación del Comité Técnico de la Red para el cumplimiento del plan de
acción 2015.
- Línea de Asistencia Técnica y Evaluación: Su finalidad es desarrollar
estrategias y mecanismos de carácter legal y organizativo para fortalecer a los
grupos de control social, las veedurías ciudadanas y sus redes de acuerdo con las
competencias de cada entidad. Los logros de esta línea en el 2015 fueron:
Atención de solicitudes sobre aspectos legales y procedimentales para la
conformación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas (Documento
Orientador de la Ley 850 de 2003); promoción a las veedurías ciudadanas de la
Estadística Matriz de solicitudes atendidas; conformación de redes de veedurías
132
ciudadanas en recursos de regalías, mesas de participación de víctimas,
fortalecimiento a los municipios en consolidación territorial, proceso electoral, ley
de transparencia. Adicionalmente, se diseñó una herramienta para la evaluación
de la gestión pública por parte de las veedurías ciudadanas.
- Línea de Formación y Capacitación: Consistente en fortalecer capacidades
regionales para desarrollar actividades de capacitación con ciudadanos, líderes
sociales y servidores públicos para el control social a la gestión pública. Los
logros durante el período de análisis consistieron en: Se avanzó en la actualización
del módulo de Control Social; 604 multiplicadores formados en control social en 6
talleres departamentales; se realizó la semana de la participación en coordinación
con tres redes departamentales, con la participación de 802 personas, entre
ciudadanía y funcionarios públicos; y 6.000 ciudadanos formados y actuantes a
nivel nacional como promotores del control social a la gestión pública2.
- Línea de Comunicación: Tiene como propósito promover la implementación de
mecanismos que contribuyan a la accesibilidad, calidad y uso adecuado de la
información por parte de la ciudadanía y las entidades públicas, así como
garantizar que se divulguen las actividades de la Red y facilitar su interacción con
los actores vinculados al control social.
La Procuraduría General de la Nación, en el marco del proyecto de la estrategia de
comunicación de participación ciudadana, dio a conocer las piezas comunicativas
a nivel nacional, encaminadas al fortalecimiento de dicha participación. Fue así
como en el 2015, en el programa institucional de la ESAP se divulgó la gestión y
resultados de la Red Interinstitucional; se distribuyeron materiales y piezas
comunicativas a la Redes Nacional y Departamentales para el cumplimiento de sus
funciones.
Línea de Investigación y Desarrollo: Su finalidad es ampliar el conocimiento
teórico y práctico en materia de control social a la gestión pública, a partir de
estudios académicos, desarrollos legislativos y experiencias significativas de las
veedurías, sus redes y otros grupos de control social, así como los avances de la
democratización de la gestión pública. El logro en esta línea fue principalmente
contribuir en el incremento del registro de veedurías y sus redes por parte de las
personerías municipales y las cámaras de comercio (de 6 a 400).
2 Fuente SIPAR - Contraloría General de la Nación.
133
Estrategia de comunicación de participación ciudadana
Tiene como objetivo divulgar y socializar los mecanismos de participación ciudadana y
control social en desarrollo de la gestión preventiva que ejerce la Procuraduría
General de la Nación, enfocándose en los operadores preventivos de la Entidad en
todo el territorio nacional, así como en los funcionarios que desempeñan esta misma
labor en las defensorías regionales, personerías departamentales y Bogotá, D.C., con
alcance nacional para la ciudadanía en general.
Durante el 2015, se elaboraron diferentes piezas comunicativas que a lo largo del año
se distribuyeron y divulgaron en todo el territorio nacional a través de comerciales en
televisión, cuñas radiales y material promocional.
IV semana de la Participación Ciudadana de la Procuraduría General de la
Nación
La Procuraduría General de la Nación, como vigilante del ordenamiento constitucional
y legal, debe de contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana a través de
programas de carácter pedagógico, que den a conocer los derechos y deberes de la
ciudadanía y de los servidores públicos en el control social a la gestión pública. Por
este motivo, con el apoyo del Instituto de Estudios del Ministerio Público, en
desarrollo de la función preventiva y con el fin de continuar contribuyendo al
fortalecimiento de la participación en el país, la Procuraduría cada año programa la
“Semana de la participación ciudadana”.
Es así como el 15 de septiembre de 2015 se dio inició la Cuarta Semana de la
Participación Ciudadana con un énfasis en “el derecho de petición, la contratación
estatal y la participación democrática”, cuya instalación se llevó a cabo en el auditorio
Antonio Nariño de la Procuraduría General de la Nación, con la asistencia de 416
personas entre ciudadanos, organizaciones sociales, veedurías ciudadanas y
funcionarios públicos.
El primer día del evento se contó con la participación de destacados conferencistas
como la magistrada de la Corte Constitucional, Gloria Stella Ortiz Delgado, quien
instruyó a los convocados sobre “la actual ley estatutaria del derecho de petición”.
Por su parte, el magistrado auxiliar de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Moreno
Ortiz habló sobre “la nueva Ley Estatutaria para la promoción y protección del
derecho a la participación democrática (Ley 1757 de 2015)”, y el doctor José Camilo
Guzmán Santos, delegado de Colombia Compra Eficiente, se refirió a la
134
subsanabilidad y factores de calidad en la contratación estatal, ilustrando con
ejemplos claros de algunos procesos públicos licitatorios y dejando algunas claves
para que los funcionarios y ciudadanos que realizan control de los recursos del
Estado, cumplan mejor su rol de veedores y vigilantes de la contratación.
Al finalizar la jornada, quedó claro que los ciudadanos contamos con herramientas
para hacer control y vigilancia a la administración y propender por una correcta
gestión pública.
Esta semana pedagógica continuó el miércoles 16 de septiembre en el Centro de
Convenciones de la ciudad de Armenia, Quindío, con 106 asistentes y el viernes 18
de septiembre en la Universidad del Magdalena en Santa Marta, con 280 asistentes
para un total de 802 personas capacitadas y conocedoras de sus derechos y
deberes.
Apoyo al proyecto de mecanismos de participación ciudadana y la función
preventiva de la PGN
Con el propósito de definir la política institucional, los mecanismos e instrumentos para
el apoyo a la participación ciudadana y el ejercicio del control social a la gestión
pública en el marco del nuevo modelo de gestión preventivo de la PGN se expidió la
Resolución 186 de mayo de 2015, "por la cual se adopta la política interna para el
aprovechamiento de los mecanismos y espacios de participación ciudadana en el
marco del fortalecimiento de la función preventiva de la Procuraduría General de la
Nación".
Los resultados esperados de este proyecto de manera específica están orientados a
elaborar los productos basándose en el nuevo modelo de gestión preventivo que
busca el desarrollo de una sólida capacidad anticipatoria, enfoque de derechos,
generación de valor en el sector público y orientación hacia las políticas públicas, así
como diseñar herramientas prácticas para facilitar la labor el operador preventivo de la
Procuraduría, aprovechando los mecanismos de participación ciudadana y control
social a la gestión pública existentes en la normatividad nacional.
Este programa se ha venido divulgado en el marco de los encuentros de la red
institucional de apoyo a las veedurías ciudadanas y en la promoción de la Ley de
Transparencia.
135
1.5 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEL
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN
Teniendo en cuenta que los partidos, movimientos políticos y los grupos significativos
de ciudadanos son sujetos obligados de la Ley 1712 de 2014, durante 2015 se priorizó
a estos sujetos obligados para brindar capacitación y hacer promoción del
cumplimiento de esta ley estatutaria. Así, se capacitaron de manera presencial a 6
partidos políticos en sus sedes nacionales en conjunto con la Secretaría de
Transparencia de la Presidencia de la República y el Instituto Holandés para la
Democracia Multipartidista. De otra parte, la totalidad de los partidos asistieron a los 3
eventos especializados sobre el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, que fueron
organizados por la Procuraduría en las ciudades de Santa Marta, Barranquilla y
Bogotá, y contaron con la asistencia de 628 personas, de las cuales, 200 eran
miembros de las organizaciones políticas.
Durante el año 2015, se realizaron 21 eventos de capacitación y promoción de la Ley
1712 de 2014 en igual número de municipios del país, a través de la contratación de
un operador logístico. Para la selección de los lugares, se consideraron los resultados
del IGA (2013-2014), eligiendo aquellos donde se advierten posibles riesgos de
incumplimiento normativo.
Tras la realización de estos eventos, en total se contó con la asistencia de 1478
personas. Otros aliados para el 2015 fueron la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y
la Defensoría del Pueblo, quienes contactaron al grupo para hacer capacitaciones a
los jueces alrededor del país y a líderes comunitarios, a través de los cuales se
realizaron 6 capacitaciones en Bogotá, Florencia, San Andrés, Quibdó y Manizales. En
total se llevaron a cabo 78 eventos de capacitación y promoción en 32 municipios del
país, donde se capacitaron a un total de 5450 personas, entre funcionarios públicos y
ciudadanos.
Como segunda actividad dentro del área de Promoción y Capacitación, y dando
cumplimiento al literal d) del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, se celebró un contrato
interadministrativo con la Imprenta Nacional de Colombia para el diseño, diagramación
e impresión con énfasis pedagógico de 103.950 ejemplares de tres (3) ediciones de
cartillas y 673.500 unidades de cinco (5) ediciones de plegables, sobre la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, para ser distribuidos entre los
sujetos obligados y la ciudadanía durante el 2016.
136
Tabla No. 8
Promoción y Capacitación Transparencia y acceso a la Información Pública – año
2015
MUNICIPIO NÚMERO
ASISTENTESACACÍAS 82
ARAUCA 65
BARRANCABERMEJA 20
BARRANQUILLA 73
BOGOTÁ 1787
BUENAVENTURA 40
CALI 300
CARTAGENA 50
CUCUTA 65
FLORENCIA 65
GTDAIP 10
IBAGUÉ 321
LA CALERA 20
LETICIA 44
MANIZALES 20
MEDELLÍN 309
MITU- VAUPÉS 17
MOCOA 51
MONTERIA 320
NEIVA 54
PASTO 57
PEREIRA 134
POPAYÁN 25
PUERTO CARREÑO 105
QUIBDÓ 76
RIOHACHA 94
SAN ANDRÉS 90
SAN GIL 60
SAN JOSÉ DE GUAVIARE 71
SANTA MARTA 492
SINCELEJO 500
UBATÉ 33
TOTAL 5450
CAPACITACIONES EN EL 2015
SOBRE LEY 1712 DE 2014
VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO
Visitas de Vigilancia presenciales y virtuales
Durante el 2015 se realizaron 144 visitas virtuales y presenciales a diferentes sujetos
obligados del orden nacional y territorial, con la finalidad de verificar el cumplimiento
de las disposiciones consagradas en la Ley 1712 de 2014, así como en el Decreto
103 de 2015 relacionadas con la divulgación de la información, o transparencia
activa. En este ejercicio se evidenció un cumplimiento promedio del 60% de las
obligaciones de la ley y su decreto reglamentario por parte de las entidades visitadas
presencialmente, siendo la obligación de publicar la estructura orgánica de la entidad
en su sitio web la única con un 100% de cumplimiento. Le siguen las obligaciones de
publicar la ubicación de las sedes, divisiones y/o departamentos, los planes de
acción, metas y objetivos, y los mecanismos de peticiones, quejas y recursos (PQR) y
de participación ciudadana con un cumplimiento por parte del 94% de las
instituciones visitadas.
137
Las obligaciones con menos cumplimiento por parte de las entidades visitadas
presencialmente fueron las de publicar el índice de información clasificada y
reservada, y la sección particular en la página de inicio del sitio web oficial, con un
cumplimiento del 13%.
Modelo de Vigilancia a Sujetos Obligados “No tradicionales”:
Se desarrolló el proyecto de diseño de un modelo de monitoreo para los sujetos
obligados “no tradicionales” en el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Nacional, basado en la articulación interinstitucional
mediante la implementación de una metodología de aplicación y validación, el cual
contó con la asistencia técnica del Programa Eurosocial II, a través de la contratación
de un experto en la materia. Como resultado de su ejecución se realizó un foro
internacional con la participación de representantes de los órganos garantes de la
transparencia y el acceso a la información pública de Brasil, Chile y México, expertos
del Banco Mundial, de la Superintendencia de Industria y Comercio y Confecámaras.
Posteriormente, se llevó a cabo un taller en el que se recogieron los aportes de los
asistentes para tener insumos necesarios para la formulación del modelo de vigilancia
de la Ley 1712 de 2014. Finalmente, se diseñó el mencionado modelo junto con una
metodología de aplicación y validación, y se definieron las acciones de coordinación y
articulación entre las entidades líderes de la política y las entidades de vigilancia y
control de sujetos obligados “no tradicionales”, cuya aplicación se inició en el presente
año.
Índice de Gobierno Abierto a entidades del orden nacional (IGA Nacional)
Se replicó la metodología del IGA aplicándola a las entidades del orden nacional.
Para esto, se evaluó el cubrimiento de las fuentes y sistemas de información del
Estado e identificó cuáles de éstos permiten monitorear el cumplimiento de las
obligaciones establecidas en la Ley 1712 de 2014. Es así como se seleccionaron diez
(10) fuentes y sistemas de información a los cuales reportan las entidades públicas
del orden nacional y que son administrados por siete (7) entidades encargadas de la
implementación y vigilancia de distintas políticas públicas. La estructura del IGA se
mantuvo considerando el marco teórico, previamente analizando los componentes y
variables que influyen en la construcción de un Gobierno Abierto, entendiendo que
este paradigma se fundamenta en una gestión con acceso a la información pública,
donde se escucha y dialoga con el ciudadano, a fin de responder a sus necesidades
con soluciones colaborativas, abiertas y transparentes.
138
Tabla No. 9
Fuentes y sistemas de información - año 2015
SIGLA - FUENTES Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN No. %
SECOP - Sis tema Electrónico de Contratación Públ ica 295 71%
AGN - Archivo General de la Nación 284 69%
INTEGRA - Procuraduría General de la Nación 240 58%
MECI - Modelo Estándar de Control Interno DAFP 231 56%
SIGEP - Sis tema de Información de Gestión y el Empleo Públ ico - DAFP 209 51%
SUIT - Sis tema Único de Información de Trámites -DAFP 200 48%
GEL - Gobierno en Línea - MinTIC 187 45%
FURAG- Formulario Único de Reporte de Avances en Gestión - DAFP 180 44%
DNP-SC - Servicio a l Ciudadano - DNP 159 38%
RdC - Rendición de Cuentas Secretaría de Transparencia 134 32%
Total de entidades públicas depuradas orden nacional 413 100%
Es así como se mantuvieron las tres (3) dimensiones de organización, exposición y
diálogo de la información, conservando las ponderaciones de 20%, 40% y 40%
respectivamente. Todos los indicadores tuvieron la ponderación de un 10%, a
excepción de los indicadores de Gobierno en Línea y atención al ciudadano, que
tienen un peso relativo de 20%.
El primer resultado que arroja este análisis para el desarrollo del IGA Nacional es la
insuficiencia de los sistemas de información del Estado para cubrir a todas las
entidades del orden nacional; alrededor de 259 entidades nacionales no reportan en
estos sistemas de información, cifra que corresponde al 31% del total de entidades
identificadas con base en las fuentes descritas. En parte esta situación se debe a las
diferencias en los ámbitos de aplicación de las distintas normativas que tienen las
entidades nacionales, según el sector al cual pertenecen y la naturaleza jurídica.
Teniendo en cuenta lo anterior, sólo fue posible calcular el IGA para 94 entidades del
orden nacional, las cuales reportan en la totalidad de los sistemas y fuentes de
información del Estado que estructuran el índice.
El resultado del nivel de cumplimiento normativo para las entidades del orden
nacional, en los indicadores que son objeto de medición, es de 70%. Todas estas
obligaciones se relacionan directa o indirectamente con el cumplimiento de la Ley
1712 de 2014. Visto de forma desagregada, las tres dimensiones del IGA para
entidades del orden nacional tienen los siguientes resultados: Organización de la
Información 57%, Exposición de la Información 75% y Diálogo de la Información 59%.
139
Se destaca en estos resultados el bajo nivel de cumplimiento de la Ley de Archivos,
con un resultado ponderado de apenas el 46%, a pesar de tratarse de obligaciones
que vienen desde el año 2000. De otra parte, el resultado del componente de
transparencia, donde se evalúa el cumplimiento de las obligaciones de la Ley 1712 de
2014, fundamentado en el reporte de las entidades en el Formulario Único Reporte
de Avance de la Gestión (FURAG), tiene un cumplimiento del 52% para el 2014, y el
componente del Programa Gobierno en Línea del 56%.
Por otro lado, se evidencia que el cumplimiento de las normativas relacionadas con el
Sistema Único de Información de Trámites (SUIT), tiene el mejor resultado con un
92% de cumplimiento, seguido por el cumplimiento del reporte a Sistema de Gestión
del Empleo Público (SIGEP), con un 84%. Esto conlleva a que la dimensión de
Exposición de la Información, relacionada con algunos ítems de Transparencia Activa
o divulgación de la información pública en los sitios web oficiales, sea el de mayor
avance con un 75% de cumplimiento ponderado.
Finalmente, con los resultados obtenidos se elaboró un ranking para las entidades del
orden nacional donde las que obtuvieron mayor puntaje fueron el Instituto Geográfico
Agustín Codazzi (IGAC), con 84.17% de cumplimiento, seguido por la Agencia
Logística de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo
(MINCIT), con cumplimientos del 83.77% y 83.61%, respectivamente.
Las tres con resultados más bajos fueron la Compañía de Seguros Generales La
Previsora S.A, con 45.47%, la Unidad Nacional de Protección y el Centro Nacional de
Memoria Histórica, con 46.09% y 49.97%, respectivamente.
ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL
En enero 27 de 2015 se realizó la primera reunión del Comité Interinstitucional de
Transparencia y Acceso a Información Pública del Ministerio Público. En esta reunión
se fijaron un total de 22 acciones propuestas para cada una de las instituciones parte
del Comité. En particular a la Procuraduría General de la Nación le correspondieron
seis (6) acciones:
1. Prestar colaboración a la Defensoría del Pueblo en la elaboración de informes
sobre decisiones y cumplimiento de tutelas.
2. Formulación de indicadores de cumplimiento para el Ministerio Público, partidos
políticos y entidades territoriales como sujetos obligados.
140
3. Consolidación y difusión de matriz para autoevaluación por parte de los sujetos
obligados.
4. Promoción de la ley a 800 funcionarios de la PGN.
5. Realización de cinco (5) foros especializados sobre la ley a partidos políticos.
6. Estandarización del procedimiento especial de solicitud de información con
identificación reservada para todas las entidades del Ministerio Público así como
la forma de monitoreo de dicha gestión.
De otra parte, con el apoyo de instituciones internacionales, se desarrollaron
actividades en tres (3) escenarios determinados por el tipo de cooperante: el
Programa Eurosocial II, la Red de Transparencia RTA y el Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo. Se suscribió un convenio de cooperación entre la PGN y
Eurosocial II, con el objetivo de generar un modelo de vigilancia al cumplimiento de la
Ley 1712 de 2014 destinado a sujetos obligados no tradicionales. En el marco de este
proyecto, se realizó un taller con invitados internacionales y participación de tales
sujetos obligados. De este taller se extrajeron insumos que sirvieron para la
elaboración del modelo de vigilancia.
En 2015 se realizó la solicitud formal para iniciar el proceso de adhesión en calidad
de miembro adherente a la Red de Transparencia y Acceso a Información Pública
(RTA), la cual está conformada por organizaciones garantes de las leyes de acceso a
información en América Latina.
En el marco de esta agrupación de instituciones, en el mes de noviembre se participó
en el X encuentro de la RTA realizado en Uruguay, gracias al apoyo de Eurosocial II.
En el marco de la RTA se espera poder generar espacios de intercambio de
conocimientos y actividades de cooperación que fortalezcan la labor misional de la
PGN, en relación a las funciones asignadas en la Ley 1712 de 2014.
Por último, desde el mes de mayo de 2015 se iniciaron contactos con el PNUD para
establecer posibles actividades de cooperación. Se acordó la suscripción de un
Memorando de Entendimiento con el objetivo de generar una herramienta ajustada a
las necesidades y competencias legales de la Procuraduría en el marco de la Ley
1712 de 2014, para medir el nivel de cumplimiento de la Ley de Transparencia y del
Derecho de Acceso a la Información Pública en los partidos políticos. Documento que
se encuentra en revisión de la oficina del PNUD en Nueva York, para posteriormente
ser firmado por las partes.
141
1.6 IMPLEMENTACIÓN DEL COMPONENTE DE SENSIBILIZACIÓN Y
COMUNICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE “LA CULTURA DE LA LEGALIDAD
Y LA INTEGRIDAD”
Como parte del programa de fortalecimiento de la función preventiva de la Procuraduría
General de la Nación, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se
implementó la estrategia para promover la formación y sensibilización de cultura de la
legalidad y la integridad - CLIC con el fin de que los servidores públicos y la ciudadanía en
general rechacen la corrupción y respeten la ley.
Es así como se identificaron cinco áreas críticas que conllevan al comportamiento
inadecuado de los servidores públicos y que desencadenan en actos de corrupción o
fraude, así:
1) Falta de consistencia interna de valores;
2) Debilidad en la apropiación normativa;
3) El interés individual prima sobre el interés colectivo;
4) Pérdida del sentido en torno al servicio público; y
5) Desconfianza institucional.
Lo anterior se evidencia porque en la actualidad existen ideologías éticas que se imponen
en la cultura de la ciudadanía en general, lo que hace evidente diferenciar entre lo que
está bien o lo que está mal, tales como el consumismo, el individualismo, el relativismo
que causan una violencia constante que se denomina corrupción.
Durante el 2015 se continuó con los esfuerzos del Proyecto CLIC que se enfocaron en
dos frentes:
1. Llevar la estrategia a nuevas entidades,
2. Realizar seguimiento y refuerzo en sus componentes a las entidades ya intervenidas.
Fue así como se iniciaron seguimientos y capacitaciones a entidades piloto, dirigidos
específicamente a los líderes de cada entidad y directivos a cargo de la misma, así:
142
Tabla No. 10
Seguimiento y capacitación estrategia de cultura de la legalidad y la integridad –
año 2015
SEGUIMIENTO Y CAPACITACIÓN ESTRATEGIA DE CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD
Entidad Horas Personas
Capacitadas
Alcaldía de Cali 8 5
Alcaldía de Yopal 8 15
Gobernación de Casanare 8 17
Alcaldía de Pasto 8 25
Ministerio de Salud 8 6
Alcaldía de Cartagena 8 7
Gobernación de Bolívar 8 14
Invías 8 8
Gobernación de Santander 8 7
Alcaldía de Puerto Wilches 8 8
TOTAL 80 112
Se llevaron a cabo procesos de formación y sensibilización en la Secretaría de Educación
Distrital de Barranquilla, del INPEC, Ministerio de Comercio y las Procuradurías
Regionales de Atlántico, Antioquia, Arauca, Risaralda y Caquetá, capacitándose
aproximadamente unos 508 servidores públicos. Esta tarea causó un impacto en el
número de servidores públicos que se han vinculado a la estrategia de cultura de la
legalidad y la integridad para Colombia; alrededor de 500 funcionarios de entidades del
orden nacional y territorial han solicitado procesos de formación, como el INPEC, ISNOR,
Alcaldía de Riohacha y Gobernación de La Guajira.
Se contrató al Centro Nacional de Consultoría para la realización de la encuesta de
comprobación de la estrategia de la CLIC en ocho (8) entidades piloto del programa como
a cinco (5) Procuradurías Regionales. Al cierre de la vigencia 2015 se encontraba en la
Fase 1 - Levantamiento de información (análisis y preparación de instrumentos para la
comprobación de la estrategia de cultura de la legalidad y la integridad, preparativo de
campo y recolección de la información).
Así mismo, en los meses de noviembre y diciembre de 2015, se efectuaron
capacitaciones y se verificaron las actuaciones establecidas en los mapas de riesgos
construidos por las entidades piloto de la CLIC que a continuación se relacionan.
143
Tabla No. 11
Seguimiento a la estrategia de cultura de la legalidad y la integridad – año 2015
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y CAPACITACIÓN ESTRATEGIA DE CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD
Entidad Horas Personas
Capacitadas
Alcaldía de Yopal 8 9
Gobernación de Casanare 8 13
Alcaldía de Cartagena 8 8
Gobernación de Bolívar 8 20
Gobernación de Santander 4 7
TOTAL 36 57
1.7 RESULTADOS REGIONALES Uno de los propósitos de la Procuraduría General de la Nación es orientar los esfuerzos a
fortalecer sus funciones misionales en el nivel regional, fundamentalmente en cuanto a la
garantía de la calidad del proceso disciplinario y las de control y vigilancia, con el fin de
evitar que las entidades territoriales ejerzan irregularmente su gestión.
Es por ello que, en el nuevo Plan Estratégico de la entidad, se diseñaron acciones
tendientes a fortalecer a las Procuradurías Regionales y Provinciales, de manera que se
prioricen las actuaciones de control preventivo con respecto a:
La contratación estatal.
Los Planes de Desarrollo Territoriales.
Salud, educación, pensiones y temas ambientales.
Familia y víctimas.
Niños, niñas, adolescentes y adulto mayor.
Producto de la gestión realizada en la vigencia 2015 se presentan los resultados del
ámbito territorial en materia preventiva, de la siguiente manera:
144
Tabla No. 12
Resultados Procuradurías Territoriales proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO 2015
RE
GIO
NA
LES
PR
OV
INC
IALE
S DIS
TR
ITA
LES
TOTAL
ASUNTOS RECIBIDOS
TOTAL ORIENTACIONES 14.547 13.499 634 28.680TOTAL ASUNTOS ABREVIADOS 23.019 10.473 3.999 37.491TOTAL ASUNTOS ORDINARIOS 2.778 1.914 2.437 7.129TOTAL CASOS PREVENTIVOS 564 300 5 869ESCENARIO ORIENTACIÓN
Asuntos que requieren orientación recibidos 12.224 13.943 466 26.633Asuntos que requieren orientación evacuados 12.784 14.845 507 28.136ESCENARIO DE MITIGACIÓN
Total de asuntos abreviados recibidos 21.964 10.380 4.001 36.345Total de asuntos abreviados evacuados 21.988 10.501 3.595 36.084Asuntos ordinarios recibidos 2.930 2.659 2.721 8.310Total de asuntos ordinarios evacuados 2.686 2.546 2.528 7.760Asuntos ordinarios cerrados y archivados 1.681 2.044 74 3.799ESCENARIO ANTICIPACIÓN
Total de casos preventivos asignados 767 479 3 1.249Casos preventivos iniciados 736 510 7 1.253Total de casos preventivos evacuados 764 627 2 1.393Casos preventivos cerrados y archivados 764 648 2 1.414SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS
Sentencias recibidas 1.652 50 0 1.702Sentencias de las que se efectuó requerimiento para su cumplimiento 1.226 72 0 1.298Sentencias con cumplimiento por parte de la autoridad competente. 5.864 330 0 6.194ACTIVIDADES PREVENTIVAS
Reuniones realizadas por la dependencia 826 997 18 1.841Reuniones en las que participó la dependencia 3.278 2.869 101 6.248Capacitaciones realizadas 203 270 47 520Funcionarios públicos capacitados 6.808 6.015 791 13.614Particulares capacitados 2.194 3.158 0 5.352Visitas realizadas 1.374 1.513 67 2.954Requerimientos escritos efectuados 32.491 20.172 3.482 56.145Respuestas a peticionarios y entidades 11.580 5.687 5 17.272Copias a otro proceso misional o externo 120 1.267 0 1.387Informes parciales o cierre y archivo 1.478 2.423 0 3.901Documentos de analisis en desarrollo de la función preventiva 4.715 1.684 0 6.399Resoluciones, directivas y circulares formalizadas 285 560 0 845Documentos proposiciones y observaciones en proyectos legislativos 7 0 0 7Acciones de tutela interpuestas 93 62 0 155Acciones de revisión interpuestas 1 0 0 1Acciones populares interpuestas 2 11 0 13Acciones de grupo interpuestas 1 0 0 1Habeas corpus interpuestos 3 1 0 4Declaraciones recibidas en linea 3.298 4.967 68 8.333Declaraciones recibidas personalmente 4.398 7.118 209 11.725Declaraciones de registros de predios y territorios abandonados 184 112 0 296
145
Los siguientes son algunos de los casos relevantes que se dieron a nivel territorial en
materia preventiva:
Amazonas: Atención preventiva sobre situaciones de índole alimenticio (comida no
balanceada, la atención a las dietas especiales de algunos internos), asuntos jurídicos
(solicitudes de cambio de medidas, de libertad, domiciliarias), y atención en salud por
parte de la entidad CAPRECOM a la población carcelaria del Establecimiento
Penitenciario y Carcelario de Leticia. Seguimiento en las reuniones de Derechos
Humanos, haciendo énfasis en cada uno de estos aspectos, logrando así que se
mejoraran ostensiblemente las instalaciones locativas en el área de salud, que se
garantizara la presencia del médico y del odontólogo y por ende, la prestación de este
servicio a los reclusos.
Antioquia: Con relación a las declaraciones de víctimas, fueron recibidas un total de
1317, que fueron remitidas por competencia a la Unidad Nacional para la Atención y
Reparación Integral a las Víctimas, conforme con lo establecido por la Ley 1448 de 2011.
Ante el advenimiento de la fecha límite que tenía la comunidad para rendir declaración de
hechos victimizantes ocurridos antes del año 2011, se realizaron jornadas masivas de
atención en los Municipios de San Pedro de Urabá, Turbo y Nechí, municipios que fueron
focalizados de acuerdo a la necesidad planteada por la Unidad Nacional de Víctimas y las
Personerías Municipales y en los cuales se recepcionaron un total de 2018 declaraciones.
De la misma manera, durante los días 23 y 24 de abril se llevó a cabo jornada de atención
a víctimas de la Fuerza Pública, donde además de las 120 declaraciones recibidas, se
brindó orientación a miembros de la Fuerza Púbica y familiares de estos, como también
se dio citas para la interposición de recursos a las decisiones negativas de la Unidad
Nacional de Víctimas.
Durante los años 2013 - 2014, se presentaron hechos lamentables de desplazamiento
masivo del sector la Loma, Corregimiento San Cristóbal de la ciudad de Medellín, sobre
los cuales el Grupo de Derechos Humanos, actuó de manera directa con cada una de las
familias afectadas. Sobre cada intervención se acordó realizar el seguimiento, obteniendo
como resultado de todo ello, la reunión realizada en el mes de febrero donde se presentó
la rendición de cuentas de la administración municipal en el marco del Subcomité de
Prevención y Atención de Justicia Transicional. Con esta labor de acompañamiento de la
Procuraduría, se garantizó el retorno del 90% de la población a su lugar de origen.
Arauca: Se llevó a cabo seguimiento a la crisis humanitaria en la frontera, enviando
informes sobre la situación presentada con los connacionales deportados de la República
Bolivariana de Venezuela al departamento de Arauca.
146
Atlántico: Control y vigilancia con el fin de salvaguardar los bienes de uso público del
municipio de Tubará - Atlántico, verificando que cada una de las entidades públicas
involucradas en su protección desplegara las acciones de su competencia, en aras de
impedir que con relación a los mismos se realicen actos contrarios a su naturaleza. Lo
anterior, sin perjuicio de las investigaciones disciplinarias que en la actualidad se
adelantan, ya que la Alcaldía del municipio de Tubará adjudica terrenos baldíos en zonas
rurales, siendo que la única entidad que por ley puede ejercer esta función a nivel
nacional es el INCODER.
Bolívar: Se realizaron distintas visitas al centro penitenciario y carcelario distrital de San
Diego, identificando las falencias que tienen en cuanto a la prestación del servicio en
salud, alimentación, transporte, asesoría jurídica, resocialización, entre otros. Con base
en esta actuación, se logró la asistencia de un médico durante las 24 horas, mejoramiento
de las instalaciones, fumigaciones, actividades recreativas, talleres, un vehículo
permanente para el traslado de las internas a las audiencias y hospitales.
Boyacá: Control y vigilancia para el cumplimiento de la normatividad vigente en relación
con el servicio público de transporte escolar, para verificar los convenios suscritos por los
municipios con las empresas en las respectivas instituciones educativas de los 123 entes
territoriales del departamento.
Caldas: Efectivo control electoral en cada una de las etapas de la jornada
realizada el año anterior. Mediante audiencia pública preventiva, que contó con la
participación de los 27 municipios del departamento de Caldas, además de la
Gobernación de Caldas y la UARIV, se ejerció control respecto a la implementación de la
Ley 1448 de 2011, permitiendo que dichos entes territoriales rindieran cuentas,
no solo ante el Ministerio Público, sino ante los representantes de la Mesa
Departamental de Víctimas y de las víctimas provenientes de casi todos los municipios de
ese departamento.
Caquetá: En relación con la atención a la población víctima del conflicto armado, se
realizó seguimiento a los Planes de Acción Territorial, con el fin que los Personeros
obtuvieran herramientas para evaluar y definir las acciones a seguir en el cumplimiento de
la Ley 1448 de 2011, así como contribuir activamente en el restablecimiento de los
derechos de las víctimas del departamento del Caquetá.
Se llevaron a cabo capacitaciones dirigidas a Secretarios de Gobierno y Personeros
Municipales en “Educación en Riesgo (ERM)”, Asistencia a Víctimas de Minas
Antipersonas - MAP; Municiones Sin Explotar – MUSE; Artefactos Explosivos
Improvisados - AEI”, Diligenciamiento del FULE y Socialización Ruta Departamental de
147
Atención, bajo la coordinación de la Dirección de Acción Integral contra Minas
Antipersonal -DAICMA-, para brindar herramientas y conocimiento idóneo sobre la
atención, asistencia y garantías de no repetición de este hecho victimizante. También se
socializó la Resolución No. 0828 de 2014, para el proceso de Conformación de las Mesas
de Participación Efectiva de las Víctimas.
Conversatorio con los Candidatos a Alcaldías Municipales, Gobernación del Caquetá y
Corporaciones Públicas de Elección Popular, para generar conciencia frente a los
procesos de atención y reparación integral a las víctimas, en el marco de la Ley 1448 de
2011; así como cualificar y mejorar aspectos posibles en nuestro territorio para el buen
gobierno y la responsabilidad ética en el manejo de lo público, con la participación de la
Diócesis de Florencia, organizaciones internacionales como la ONU, a través de sus
agencias ACNUR y PNUD, sectores de la academia (Universidad de La Amazonía) y
agremiaciones del departamento (Comité Departamental de Ganaderos y Cámara de
Comercio). Recepción de 502 declaraciones a víctimas del conflicto armado en el
Municipio de Florencia y apoyo en tomas masivas de declaración en los municipios de
San Vicente del Caguán y San José del Fragua.
Casanare: Se obtuvo el Informe de Justicia transicional de la Gobernación de Casanare,
la Unidad de Atención a las Víctimas y los 19 municipios de ese departamento, con corte
1 de enero a 31 de noviembre de 2014.
Conforme a requerimiento preventivo, se logró que se le diera curso al recurso de
reposición interpuesto contra la Resolución No. 0268 del 03 de febrero de 2015, de la
Secretaría de Educación Departamental de Casanare, que ordenaba la destitución de un
docente, y se estudiara su caso en el Comité de Docentes Amenazados de la
Gobernación de Casanare.
Cauca: En atención a la situación de orden público por la toma de vías e invasión de
predios por parte de organizaciones indígenas en el municipio de Corinto, Cauca, la
Procuraduría estuvo alerta y atenta a las protestas presentadas en el norte de ese
departamento.
Fue así como se realizaron reuniones con los Comandantes de la Tercera División y la
Vigésima Novena Brigada del Ejército Nacional, con el fin de abordar la temática y
conocer la situación, así mismo se les instó a adoptar todas las acciones que en el marco
de sus competencias, en pro de garantizar la protección de los derechos constitucionales
y legales de los protestantes indígenas en las zonas afectadas del Cauca, así como el
restablecimiento de las garantías públicas ciudadanas y el mantenimiento del orden
público, en estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para el caso; igualmente,
148
se les requirió rendir un informe de las actuaciones desplegadas por las fuerzas militares
en la zona. Igual solicitud se hizo a los Comandantes del Departamento de Policía Cauca
y de la Policía Metropolitana de Popayán, y al Gobernador del departamento.
Por otra parte, a partir del 25 de octubre de 2015 (día de las elecciones), los habitantes
del municipio de La Sierra, Cauca, se tomaron las instalaciones de la Registraduría,
quemaron los documentos electorales y produjeron graves daños a su interior. La
alteración del orden público a partir de ese día fue permanente y de alto impacto, lo que
produjo total anormalidad en la actividad administrativa, social y comercial, originando el
bloqueo y encerramiento de la Alcaldía Municipal. Eso motivó el desplazamiento hacia
ese municipio por parte de la Procuraduría en dos oportunidades, con el fin de mediar
entre los sectores que estaban en confrontación y mediante diálogo, orientación y
acciones de intervención se lograron acuerdos que a la postre contribuyeron a normalizar
la actividad ciudadana, especialmente el restablecimiento de la prestación del servicio de
la alcaldía.
Cesar: Se realizó trámite preventivo ante el Concejo Municipal de Valledupar, en aras de
conminarlos a que se estudiaran los preceptos legales que para el caso aplican con
respecto a la aprobación de rubros que comprometen vigencias futuras, lo cual podía
acarrearle problemas presupuestales futuros al municipio, lo que conllevó a que no se
aprobaran el proyecto por los miembros de esa Corporación. De la misma se formularon
advertencias respecto al análisis de las normas antes de la aprobación del POT de
Valledupar, con lo que se logró garantizar que la ciudad se desarrollara urbanísticamente
de una forma adecuada.
Chocó: Se logró que Caprecom remitiera a tercer nivel, con pasajes aéreos y atención
médica, a una paciente que padece de cáncer, con tratamientos paliativos.
Igualmente, el suministro de oxígeno a paciente que la entidad se negaba a entregar,
debido al paro en que se encontraban los prestadores de servicios de la Nueva EPS, así
como la proporción de medicamentos a varios pacientes, afiliados a Comfachocó,
Caprecom y Nueva EPS; también el suministro de pasajes aéreos a paciente de la tercera
edad, afiliada a Coomeva.
Córdoba: Se destaca la atención preventiva en 836 tomas de declaraciones a las
personas víctimas del delito de desplazamiento forzado. Se instó a los personeros
municipales para que se activaran las mesas de participación para víctimas y las
subcomisiones de Justicia Transicional en cada municipio, además de la verificación de
retornos a predios restituidos en el municipio de Montería, donde se observó
incumplimiento de los acuerdos por parte de las entidades comprometidas. El resultado
de todas esas actividades fue positivo, ya que se logró atender oportunamente a la
149
población desplazada que buscó apoyo en este ente de control, de igual forma se
activaron las mesas de participación de víctimas en un gran número de municipios del
departamento, generando escenarios de confianza entre las entidades y las víctimas y
garantizando así el acatamiento de la Ley 1448 del 2011.
En cumplimiento de los compromisos pactados dentro de la mesa de Justicia Transicional
se visitó a los predios Cedro Cocido y Santa Paula, ubicados en zona rural del municipio
de Montería, en la que se contó con la presencia de un representante del Banco Agrario
del nivel central, a quien se le dio a conocer el incumplimiento por parte de los contratistas
y del municipio, en lo relacionado a retorno y reubicación.
Estos seguimientos han generado un impacto positivo, pues con ello se ha buscado el
restablecimiento de los derechos de las víctimas, la no repetición de hechos victimizantes
y la restauración socioeconómica, para lo cual se generaron matrices de seguimiento por
parte del Comité de Justicia Transicional que permiten el monitoreo a la Ley 1448 del
2011.
Cundinamarca: Protección de los derechos humanos, específicamente en lo relacionado
con las víctimas del conflicto armado en el marco del seguimiento al cumplimiento de la
Ley 1448 de 2011. De manera complementaria se participó en 17 reuniones, cuatro de las
cuales fueron impulsadas y convocadas por el ente de control y se atendió la solicitud de
asistencia en 13 de ellas, en las que se abordaron temas como la reparación integral;
participación de las víctimas; asistencia y atención; prevención y protección; sistemas de
información; exención prestación de servicio militar y planes de reparaciones colectivas.
Se realización dos jornadas de capacitación en formación de multiplicadores en control
social dirigidas a veedores del departamento; actividad adelantada en el marco de la Red
institucional de Apoyo a Veedurías Ciudadanas y conjuntamente con el Departamento
Administrativo de la Función Pública. Previo a las jornadas de capacitación, la
Procuraduría, como Secretaria Técnica de la Red Departamental Institucional de Apoyo a
las Veedurías, impulsó y convocó a cinco reuniones en las que se planeó y organizó la
logística y el desarrollo de los temas de dichas jornadas.
En los dos eventos se capacitó a 134 personas (77 ciudadanos particulares y 57
funcionarios públicos), sobre temas, como: Conformación de Veedurías - Ley 850 de
2003; Rol de la personería e inclusión en el RUES (Registro Único empresarial);
Procedimiento de atención a las veedurías por parte de la Red; Control social a regalías;
Mecanismos e instrumentos jurídicos para el control social; Vigilancia al proceso electoral;
y Las veedurías en el marco de la Ley de Víctimas.
150
Guainía: Acompañamiento a procesos de consulta previa para garantizar el derecho de
las comunidades indígenas del departamento del Guainía a participar en las decisiones
que pueden afectarlas; actividad que reviste gran importancia puesto que el 80% de la
población del departamento es indígena y el 95% del territorio es Resguardo. Se participó
en los siguientes procesos de consulta previa convocados por el Ministerio del Interior:
Construcción de la vía Minitas Laguna Colorada en la Comunidad de Minitas;
Conectividad de Alta Velocidad CNVA, proyecto de relevancia estratégica nacional en la
Comunidad de Piedra Alta; Cierre del proceso de consulta de la Interconexión Eléctrica en
las comunidades de Coayare, Amanaven, Coco Viejo y Rincón Vitina; Discusión del
decreto de implementación del Sistema Educativo Propio.
Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia T-921 del 5 de diciembre
de 2013 de la Corte Constitucional, mediante la cual esa Corporación ordenó a los jueces
ordinarios respetar los usos y las costumbres de las comunidades indígenas, durante el
2015 se adelantaron acciones preventivas con el fin de iniciar la discusión sobre la
coordinación entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial indígena. Se
realizaron reuniones que contaron con la participación de autoridades tradicionales
indígenas, autoridades judiciales y responsables de la coordinación de asuntos indígenas.
La Guajira: Por presunta trashumancia electoral, mediante Circular 008 de 26 de febrero
de 2015, se exhortó a los Registradores Municipales del departamento de La Guajira para
que hicieran un estricto seguimiento al proceso de inscripción de cédulas, de manera que
observar un incremento inusual de inscripción de cédulas de personas que no
pertenecieran al municipio u otro tipo de irregularidades, informaran de inmediato a las
entidades competentes incluyendo a la Procuraduría.
Así mismo, se citó al Comité de Moralización y socializó con los alcaldes de diferentes
municipios temas de carácter electoral denunciados, tales como la trashumancia,
publicidad por parte de las diferentes campañas fuera del término legal, manifestaciones
públicas donde hacen proselitismo político, uso de gorras, camisetas y distintivos alusivos
a futuros candidatos a corporaciones públicas, lográndose la adopción de medidas
necesarias referente a la problemática presentada, lo que tuvo un impacto positivo, que se
vio reflejado en la disminución de quejas por estos asuntos.
Guaviare: Se atendió y orientó a 1312 personas víctimas del conflicto armado, de las
cuales a 205 se les recibió declaración, en garantía de sus derechos con ocasión de su
situación de desplazamiento forzado y abandono de predios, en muchos casos.
Huila: Acompañamiento en las diferentes reuniones y actividades relacionadas con el
Proyecto Hidroeléctrico “El Quimbo”, adelantadas en los municipios de Garzón, Altamira,
151
Gigante, Agrado, Paicol y Tesalia-Huila y en las que se han escuchado las inquietudes
planteadas por las comunidades afectadas por esta mega obra.
Magdalena: Con ocasión de la intervención de la Procuraduría en diligencia policiva de
protección de la posesión, se logró que la administración municipal de la Zona Bananera
amparara los derechos de propiedad de CORPOICA, frente a la invasión de que habían
sido objeto algunos de sus terrenos. A raíz de la tragedia ocurrida en el año 2104, por la
caída de un rayo que causó el fallecimiento de 11 miembros de la comunidad Wiwas y un
número plural de heridos, se hizo presencia en busca de las garantías para las
indemnizaciones por muerte de estos miembros ante el Gobierno Nacional. Se está a la
espera de las notificaciones de los montos a indemnizar.
Meta: Seguimiento y control al cumplimiento de las Sentencias T-907 de 2013 y T-781 de
2014, relacionada con la protección de los derechos de reubicación en condiciones dignas
de la población civil desplazada ubicada en el predio Cuernavaca, vereda Rubiales del
municipio de Puerto Gaitán-Meta, acompañamiento y asistencia realizadas junto con el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Unidad de Atención y Reparación Integral
a las Víctimas, a fin de poder incluir a las familias en los proyectos de vivienda que
adelanta el municipio y la Gobernación del Meta, así como la asistencia de ayuda
humanitaria correspondiente.
Nariño: En cooperación con los personeros, se logró que en las sesiones de deliberación
y aprobación del presupuesto, los concejales y alcaldes en veintinueve (29) municipios
incluyeran en el presupuesto correspondiente a la vigencia 2015, partidas para asistencia,
atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado y población desplazada
acorde con los lineamientos jurisprudenciales y legales. Se logró así mismo que veintitrés
(23) municipios, a través de sus autoridades, principalmente los Consejos Territoriales de
Atención y Gestión del Riesgo de Desastres, adoptaran medidas para prevenir, atender y
en lo posible recuperar los efectos causados por los incendios de la capa vegetal. Se
adoptaron de protocolos para una respuesta oportuna ante los incendios forestales, bajo
la coordinación de los CMAGR.
Norte de Santander: Frente a las múltiples quejas que se reciben en la Procuraduría por
parte de la comunidad con relación a las incorporaciones de jóvenes para el servicio
militar obligatorio en todo el departamento, y con la finalidad de obtener una mayor
respuesta por parte del Ejército Nacional, se realizó visita a las instalaciones del Cantón
San Jorge, donde se constató que dentro de los incorporados se encontraba un
ciudadano con la condición de víctima, a lo cual se hicieron las advertencias respectivas.
Igualmente se logró la desincorporación de otro señor, quien presentaba quebrantos de
salud.
152
Específicamente se trataron los temas más álgidos en estos procesos, referidos a las
denominadas batidas callejeras, desconocimiento de las exenciones temporales y
definitivas para la prestación del servicio militar, caso de las personas con condición de
víctimas del conflicto, jóvenes padres de familia, objetores de conciencia y la modalidad
de incorporación (bachilleres y regulares). Y se hizo una recomendación a las autoridades
de incorporación militar sobre el cumplimiento estricto que se debe seguir en estos
eventos sobre lo señalado en la Ley 48 de 1993 y su Decreto reglamentario 2048 del
mismo año, y por la H. Corte Constitucional.
Putumayo: Se ayudó a los usuarios a redactar tutelas e incidentes de desacato para la
protección de sus derechos fundamentales a la vivienda digna, a la vida y derechos de los
niños, entre otros. Se resalta el incidente de desacato para que el Alcalde de Mocoa
cumpla el fallo de tutela de 16 de junio de 2015, en cuanto a la asignación de una vivienda
digna y por violación al derecho fundamental de información y ayuda humanitaria incoado
por las víctimas a través del derecho de petición incoado ante la Unidad de Víctimas.
Quindío: Se adelantó actuación dirigida a las autoridades del orden departamental y
municipal para dirimir las dificultades que se vienen presentando con quienes deben
ejercer la administración del Parque de la Vida, lugar emblemático de los Armenios y
Quindianos. Se llevaron a cabo varias reuniones de estudio con Gerente y el Asesor
Jurídico de la Lotería del Quindío, la Directora del Departamento Administrativo de
Bienes y Suministros de la Alcaldía Municipal, el Director y el Subdirector de Planeación
Municipal, el Presidente Ejecutivo de la Sociedad de Mejoras Públicas, con el fin de
verificar el contenido de los documentos respectivos sobre los contratos a suscribir con la
Lotería y la Alcaldía tendientes a la administración del citado Parque, así como aspectos
referidos al canon de arrendamiento, ingresos, gastos y plan de inversiones, mejoras y
supervisión.
Se logró que finalmente se suscribieran los respectos contratos, sobre los cuales, la
Procuraduría hizo énfasis en las adecuaciones pertinentes.
Risaralda: Programa de Alimentación Escolar PAE en el Departamento de Risaralda a
cargo del Ministerio de Educación Nacional. Se dio inicio al procedimiento en virtud de las
quejas presentadas por veedores ciudadanos e información presentada en los medios de
comunicación, donde al parecer con el cambio de operador para suministrar los alimentos
en los restaurantes escolares (sobre todo en los rurales), se estaba presentando
incumplimiento con el contrato, poniendo así en riesgo la salud de los educandos de ese
departamento.
153
Inicialmente se realizó un diagnóstico claro de la situación, por lo cual la Procuraduría de
manera institucional y con el acompañamiento de las diferentes entidades en las cuales
converge la competencia (Salud Pública – ICBF – Entidades Territoriales, etc.), se pudo
evidenciar que efectivamente se estaban prestando falencias por parte del operador "Gota
de Leche", encargado de suministrar los alimentos para los restaurantes escolares de
Risaralda.
Dichas falencias se presentaban en temas como la cadena de congelación de la carne,
raciones de los alimentos, tiempos de entrega, estado de las verduras y frutas;
situaciones estas que se pudieron detectar gracias al trabajo técnico, de campo y
registros fotográficos, de video y declaraciones obtenidas por las entidades relacionadas.
Una vez se contó con todos los insumos, se convocó a los Alcaldes Municipales, Salud
Pública del departamento, ICBF y los enlaces del contrato de alimentación escolar del
Ministerio de Educación del nivel central; reunión que se llevó a cabo en la ciudad de
Pereira, y en la que se hicieron las observaciones del caso por parte de la Procuraduría al
MEN, lográndose la adopción de algunos correctivos, los cuales continúan siendo objeto
de seguimiento, y con ello, que se mejorara la prestación del servicio por parte del
Operador, comprometer a Salud Pública a realizar monitoreo permanente en los
restaurantes, así como instar a los Alcaldes Municipales a brindar el apoyo que desde sus
administraciones deben dar a los educandos del departamento y todo el tema de
alimentación escolar. Adicionalmente, se remitió el caso a la instancia disciplinaria
competente para el inicio de las acciones correspondientes.
San Andrés: La Procuraduría ha desarrollado una estrategia preventiva para lograr el
funcionamiento del Comité de Seguimiento Penitenciario y Carcelario del departamento
de San Andrés, que no venía funcionando.
A través de un acompañamiento sistemático se logró la reactivación del citado Comité con
la asistencia de la representante del Ministerio de Justicia. Se hizo efectiva la evacuación
de 48 personas condenadas para aliviar la situación carcelaria de ese ente territorial. Se
iniciaron gestiones para la suscripción de un convenio entre la Gobernación, la Alcaldía e
INPEC, con el propósito de gestionar los recursos necesarios para adelantar el proyecto
de construcción del nuevo establecimiento o los nuevos pabellones.
Santander: Se participó en una reunión ordinaria del programa de protección del Grupo
Técnico Evaluador de Riesgo (GTER), en la que se tomaron decisiones relacionadas con
las medidas de protección para las víctimas que, con ocasión de su participación en el
proceso de Justicia y Paz, recibieron amenazas contra su vida e integridad personal y la
154
de su familia, y de conformidad con los estudios de nivel de riesgo que se les realizó por
parte de los técnicos de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación.
También se adelantó actuación preventiva ante la Alcaldía de Bucaramanga, por el
inconformismo que se generó en la comunidad por el cobro del impuesto a la valorización;
actuación en la que además de la Procuraduría, participó la Alcaldía de Bucaramanga, la
Defensoría del Pueblo, el Área Metropolitana de Bucaramanga (AMB), el Instituto
Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), Veedores Ciudadanos entre otros. Se organizó y
convocó a la mesa de trabajo sobre el foro de transparencia electoral el día 21 de
septiembre en las instalaciones de Neomundo, con la participación de la Procuraduría
General de la Nación, Registraduría Nacional, Gobernador, Alcaldes y Personeros
entrantes y salientes.
Sucre: El Hospital Universitario de Sincelejo atraviesa por una preocupante crisis
económica y de acuerdo con la Superintendencia de Salud, está en riesgo alto de
liquidación. A esa institución de salud le deben más de $39 mil millones
aproximadamente, y éste a su vez le adeuda a sus empleados y proveedores alrededor
de $36 mil millones. Por su parte la Gobernación de Sucre tiene una deuda con el
Hospital que supera los 21 mil millones de pesos por concepto de servicios prestados y
por la estampilla pro hospital.
Esa situación ocasionó que a finales del año 2015 renunciaran a sus cargos los
especialistas y que los trabajadores amenazaran con irse a cese de actividades, lo que
lógicamente traería graves problemas a la región y, en especial, a la clase menos
favorecida. Fue así como la Procuraduría intervino, a través de varias mesas de trabajo
con la administración del Hospital, el sindicato y la Gobernación de Sucre, logrando que
ésta último girara unos recursos para pago de salarios de los trabajadores, evitando de
esta manera la interrupción de este importante servicio por parte de esa entidad
hospitalaria a la ciudadanía.
Desde el año 2006 los habitantes del corregimiento La Arena, en la Vereda La Gulf, han
venido insistiendo que le den cumplimiento al proyecto para la construcción de tres
bloques de aulas (total de 12 aulas) en la Institución Técnico Agropecuario La Arena, por
valor de 2.500 millones de pesos, que fueron desviados para la construcción en su
momento de la Institución Educativa Simón Araujo, en el año 2010.
Gracias a la actuación de la Procuraduría y después de varios seguimientos y
requerimientos, se logró que con la cofinanciación de Ecopetrol, la administración lleve a
su término esta obra, en la que se invertirán $1.182.000.000, de los cuales $448 mil
155
millones serán aportados por Ecopetrol y $733.000.000 por el municipio, una vez se
cumpla con todos los procedimientos legales.
Tolima: La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, profirió la sentencia STC-
8187 de 26 de junio de 2015, a través de la cual ordenó a la Alcaldía de Ibagué y a la
Gobernación de Tolima adelantar los planes de contingencia para proveer asistencia
especial a la población Embera, en coordinación y bajo la dirección del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar.
Dispuso que la Secretaría de Inclusión social, la Policía Metropolitana y el Ministerio del
Interior adoptaran estrategias de apoyo con el objeto de materializar el amparo a los
miembros de dicha población.
De igual manera ordeno que de manera conjunta las autoridades accionadas velaran por
el retorno de estas familias a su sitio de origen y que orientaran a dicha población sobre
los programas de atención para desplazados, tales como servicios de salud,
medicamentos, educación para sus hijos menores, programas de estabilización
económica o vivienda.
Atendiendo que en la ciudad de Ibagué vienen haciendo presencia familias pertenecientes
a la población Embera y que la Procuraduría tuvo conocimiento de la muerte de una
menor de edad perteneciente a esa población en desplazamiento, convocó a las
autoridades a las cuales se les fijó compromisos concretos en la referida sentencia, con el
fin de verificar si habían dado cumplimiento a los mismos, concluyéndose que cada una
de las entidades adelantó lo pertinente.
La Secretaría de Salud Municipal realizó valoraciones a dicha Población, se hizo
seguimiento a sintomatología respiratoria para diagnosticar Tuberculosis, se requirió a las
IPS atención médica. La Alcaldía Municipal ofreció el alojamiento, alimentación y atención
a 30 personas a través de una nutricionista.
Se acordó el retorno para estas familias, comprometiéndose tanto la Alcaldía Municipal de
Ibagué como la Gobernación del Tolima a presupuestar las sumas necesarias para
hacerlo efectivo, el cual quedó programado para el 3 de diciembre de 2015, pero no fue
posible llevarlo a cabo por situaciones de seguridad y otros factores en relación con las
ciudades que iban a recibir a las familias, por lo que se reprogramó para el 2016.
La Registraduría se comprometió a hacer brigadas para el registro de esta población
indígena en colaboración con la Secretaría de Salud. No obstante, la Procuraduría
156
continuará efectuando vigilancia y control de esta situación, como quiera que día a día
aumenta el desplazamiento de esta población indígena a la capital de ese departamento.
Valle: Se llevó a cabo audiencia de seguimiento al cumplimiento del fallo de tutela No.
096 de 2013, proferido por el Juzgado 10 Penal del Circuito con funciones de
conocimiento de Cali, que ordenaba que al 27 de agosto de 2015 hubiese cesado el
hacinamiento en el Centro Penitenciario Villahermosa de Cali, de manera que solo
permanezcan los 1.667 internos, que es la capacidad real de este centro de reclusión,
entre otras disposiciones.
Audiencia a la cual, asistieron la Directora de EPMSC de Cali, el Director Regional del
INPEC Occidente, el Secretario de Salud Pública Municipal, un Funcionario del Área
Jurídica de la USPEC, la Personera Auxiliar de Cali, el Asesor del Ministerio de Justicia y
del Derecho y la Secretaria de Gobierno del municipio de Cali.
Se concluyó que a pesar de que se han realizado esfuerzos y existen avances
importantes por las entidades involucradas, no se ha podido acatar el fallo, toda vez que
el referido centro penitenciario cuenta con 3.569 sindicados, 2.608 condenados, para un
total de 6.177 internos intramuros, sin contar con los 3.049 reclusos con detención
domiciliaria.
Vaupés: Con el fin de buscar garantías en la prestación de los servicios públicos en el
municipio de Mitú, la Procuraduría realizó seguimiento y elaboró un diagnóstico del estado
actual del alumbrado público, del sistema de acueducto, del botadero de basura a cielo
abierto, de las vías de ese ente territorial, que se encuentran en mal estado, de lo cual se
levantó el respectivo registro fotográfico.
Para efectos de socializar el correspondiente informe, se realizó una reunión con las
autoridades departamentales y municipales (Gobernador, Alcalde, Secretarios de Obras,
Jefes de Servicios Públicos, Jefe de Saneamiento Ambiental de la Gobernación), en la
que se comprometieron a verificar e iniciar los procesos para mejorar la prestación de los
servicios públicos en el municipio de Mitú, con el acompañamiento de este ente de
control, que verificará mensualmente el avance de las actividades a realizar.
Como resultado de lo anterior, la Secretaria de Infraestructura Departamental informó que
a través de la Oficina de Servicios Públicos, atendió los daños presentados diariamente
en las líneas de baja y media tensión, transformadores y acometidas. Igualmente, efectuó
el mantenimiento preventivo de cerca de 10 kms. de vías en diferentes barrios del
municipio.
157
El Secretario de Obras Públicas, por su parte, comunicó que la administración municipal
radicó ante el Ministerio de Vivienda, el proyecto denominado “Implementación de la
tercera fase del relleno sanitario”, correspondiente a adecuación del terreno, construcción
de infraestructura, obras complementarias para el tratamiento de lixiviados y adquisición
de equipos para el mejoramiento y aprovechamiento de residuos sólidos, que se
encuentra pendiente de aprobación por esa Cartera.
También dio cuenta de la ejecución del contrato para el mejoramiento de la red de
acueducto del casco urbano del municipio. La consultaría de los estudios y diseño para la
optimización de la planta de tratamiento de agua potable para garantizar la potabilización
del agua que se entrega al municipio, se encuentra en etapa de ejecución, pendiente a la
entrega del diagnóstico.
Así mismo, se surtió el proceso de contratación de suministro e instalación de lámparas y
dotación de elementos para el alumbrado público.
En articulación con la Gobernación se vienen desarrollando el mantenimiento y
mejoramiento de vías, la administración municipal está aportando el combustible para la
operación de la maquinaria. Igualmente, se encuentra en ejecución, con un avance del
30%, el encerramiento del botadero a cielo abierto del municipio.
Vichada: Un ciudadano venezolano puso en conocimiento de la Procuraduría General los
hechos relacionados con la presunta vinculación de personas de nacionalidad
venezolana, sin la documentación necesaria para poder laborar en el país y la violación
de los derechos laborales de 22 trabajadores, de los cuales 13 eran del vecino país, del
proyecto Villa Gladys, el cual está siendo ejecutado por FEDECAJAS y hace parte de la
construcción de las 100.000 viviendas gratis.
En tal virtud, se inicialaron actuaciones de carácter preventivo, dentro de las cuales se
logró el pago de la totalidad de las sumas de dineros que se le adeudaban a los
trabajadores de la obra y el retorno a su país de origen de los trabajadores de ciudadanía
venezolana.
158
1.8 ACTUACIONES EN EL PROCESO PREVENTIVO
Orientación al ciudadano
Tabla No. 13 Orientaciones proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO
ORIENTACIONES DELEGADASREGIONALESPROVINCIALES DISTRITALES TOTAL
ORIENTACIONES
En contratación 1.419 697 380 0 2.496
En empleo público 97 199 294 0 590
En derecho al consumidor 166 141 81 0 388
En servicios públicos 146 284 352 0 782
En participación ciudadana y control social a la gestión pública 80 143 109 0 332
En decisiones judiciales y administrativas 3.101 1.137 1.832 0 6.070
En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 3.212 113 302 0 3.627
Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 1.737 57 223 0 2.017
En discapacidad (interdicción) 2.691 86 49 0 2.826
Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 191 23 52 0 266
En violencia contra la mujer 139 43 119 0 301
En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 329 14 43 0 386
Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 27 1 0 0 28
En trata de personas 17 2 9 0 28
En adolescentes en conflicto con la Ley penal 502 63 66 0 631
En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 1.139 64 70 0 1.273
En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 129 72 102 0 303
En vigilancia de procesos judiciales 0 260 352 0 612
En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 197 444 0 641
En Bienes públicos 0 39 94 0 133
En patrimonio cultural de la Nación 0 5 12 0 17
En pensiones 0 361 262 21 644
En salud (régimen contributivo) 152 395 360 0 907
En riesgos profesionales 0 53 16 0 69
En laboral individual 0 285 438 0 723
En laboral colectivo 0 18 69 0 87
En asuntos agrarios 1.327 60 47 0 1.434
Temas de aire 425 3 14 0 442
Temas de agua 528 37 47 0 612
Temas de suelo 528 31 51 0 610
Temas de flora y fauna 338 9 12 0 359
En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 284 152 205 0 641
Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 60 83 0 143
Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 125 543 523 0 1.191
Temas con organismos de seguridad del Estado 14 88 91 0 193
En asuntos étnicos y población LGBTI 53 31 15 0 99
Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 66 3 13 0 82
Derechos humanos y derecho internacional humanitario 1 28 170 0 199
Temas de salud (régimen subsidiado) 286 432 482 0 1.200
Temas de educación 23 200 125 0 348
Temas de agua potable 12 13 36 0 61
Temas de saneamiento básico 3 15 30 0 48
Temas de cultura y deporte 54 8 23 0 85
Temas de resguardos indígenas 5 70 43 0 118
Temas de restitución de tierras 95 147 59 0 301
Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 3 6 8 0 17
Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 4 19 18 0 41
Atención de víctimas 0 1.903 1.356 0 3.259
Abuso de autoridad 0 715 1.525 0 2.240
Asistencia a las víctimas del conflicto armado 709 2.119 372 0 3.200
Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 224 608 248 126 1.206
Atención a víctimas del conflicto armado 461 1.685 1.131 487 3.764
Participación de las víctimas del conflicto armado. 6 102 96 0 204
En temas electorales. 212 708 546 0 1.466
Temas de Minería 70 0 0 0 70
Temas de Hidrocarburos 25 0 0 0 25
Temas de Regalías 50 0 0 0 50
Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0
Temas de Ecosistemas terrestres 166 0 0 0 166
Temas de Ecosistemas marítimos 160 0 0 0 160
Temas de Gobernanza ambiental 584 0 0 0 584
Temas de Saneamiento básico 349 0 0 0 349
Temas de Atención connacionales víctimas 223 0 0 0 223
Seguimiento aproyectos cooperación internacional 2 0 0 0 2TOTAL ORIENTACIONES 22.689 14.547 13.499 634 51.369
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Asuntos abreviados proceso preventivo
Tabla No. 14
Asuntos abreviados proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO
ASUNTOS ABREVIADOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL
ASUNTOS ABREVIADOS RECIBIDOS
En contratación 1.310 996 803 0 3.109
En empleo público 1.173 227 186 1 1.587
En derecho al consumidor 726 108 69 0 903
En servicios públicos 630 311 219 0 1.160
En participación ciudadana y control social a la gestión pública 147 158 191 0 496
En decisiones judiciales y administrativas 1.619 6.167 2.667 1 10.454
En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 1.320 160 82 0 1.562
Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 535 66 82 0 683
En discapacidad (interdicción) 121 23 15 0 159
Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 173 23 19 0 215
En violencia contra la mujer 74 33 24 0 131
En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 33 4 2 0 39
Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 32 0 6 0 38
En trata de personas 14 1 4 0 19
En adolescentes en conflicto con la Ley penal 367 9 8 0 384
En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 191 21 29 0 241
En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 77 55 49 0 181
En vigilancia de procesos judiciales 1.536 423 269 1 2.229
En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 11 465 589 1 1.066
En Bienes públicos 55 56 166 0 277
En patrimonio cultural de la Nación 52 4 10 0 66
En pensiones 4.685 523 78 0 5.286
En salud (régimen contributivo) 618 821 214 0 1.653
En riesgos profesionales 392 99 11 0 502
En laboral individual 583 412 154 0 1.149
En laboral colectivo 138 75 48 0 261
En asuntos agrarios 538 60 38 0 636
Temas de aire 269 7 11 0 287
Temas de agua 427 42 63 0 532
Temas de suelo 624 63 70 0 757
Temas de flora y fauna 404 18 12 0 434
En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 633 665 81 0 1.379
Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 147 81 34 0 262
Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 698 2.193 276 0 3.167
Temas con organismos de seguridad del Estado 136 95 68 0 299
En asuntos étnicos y población LGBTI 385 104 7 0 496
Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 106 50 1 0 157
Derechos humanos y derecho internacional humanitario 168 91 29 0 288
Temas de salud (régimen subsidiado) 890 776 398 1 2.065
Temas de educación 32 378 207 0 617
Temas de agua potable 32 15 43 0 90
Temas de saneamiento básico 17 43 47 0 107
Temas de cultura y deporte 8 10 13 0 31
Temas de resguardos indígenas 10 55 23 0 88
Temas de restitución de tierras 256 162 26 0 444
Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 1 3 6 1 11
Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 16 26 3 1 46
Atención de víctimas 0 2.578 1.176 2 3.756
Abuso de autoridad 0 850 892 0 1.742
Asistencia a las víctimas del conflicto armado 977 1.305 128 0 2.410
Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 1.717 695 152 1.962 4.526
Atención a víctimas del conflicto armado 593 851 250 2.028 3.722
Participación de las víctimas del conflicto armado. 28 23 29 0 80
En temas electorales. 72 540 396 0 1.008
Temas de Minería 85 0 0 0 85
Temas de Hidrocarburos 29 0 0 0 29
Temas de Regalías 119 0 0 0 119
Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0
Temas de Ecosistemas terrestres 118 0 0 0 118
Temas de Ecosistemas marítimos 73 0 0 0 73
Temas de Gobernanza ambiental 238 0 0 0 238
Temas de Saneamiento básico 250 0 0 0 250
Temas de Atención connacionales víctimas 147 0 0 0 147
Seguimiento aproyectos cooperación internacional 9 0 0 0 9TOTAL ASUNTOS ABREVIADOS RECIBIDOS 26.864 23.019 10.473 3.999 64.355
160
Asuntos ordinarios proceso preventivo
Tabla No. 15
Asuntos ordinarios proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO
ASUNTOS ORDINARIOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL
ASUNTOS ORDINARIOS RECIBIDOS
En contratación 29 291 325 1 646
En empleo público 0 76 47 1 124
En derecho al consumidor 2 34 10 0 46
En servicios públicos 6 90 89 0 185
En participación ciudadana y control social a la gestión pública 1 84 45 0 130
En decisiones judiciales y administrativas 244 434 558 0 1.236
En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 235 46 10 0 291
Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 176 4 12 0 192
En discapacidad (interdicción) 59 7 4 0 70
Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 21 3 1 0 25
En violencia contra la mujer 43 3 3 0 49
En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 0 1 0 0 1
Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 7 1 0 0 8
En trata de personas 3 1 0 0 4
En adolescentes en conflicto con la Ley penal 70 4 1 0 75
En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 40 26 6 1 73
En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 25 14 3 0 42
En vigilancia de procesos judiciales 0 91 39 0 130
En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 146 118 0 264
En Bienes públicos 16 8 29 0 53
En patrimonio cultural de la Nación 4 1 4 0 9
En pensiones 0 71 11 0 82
En salud (régimen contributivo) 0 93 45 0 138
En riesgos profesionales 0 24 0 0 24
En laboral individual 0 74 35 0 109
En laboral colectivo 5 2 12 0 19
En asuntos agrarios 174 6 7 0 187
Temas de aire 84 0 4 0 88
Temas de agua 150 14 19 0 183
Temas de suelo 190 9 18 0 217
Temas de flora y fauna 36 11 4 0 51
En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 2 28 20 20 70
Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 8 1 0 9
Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 1 161 31 65 258
Temas con organismos de seguridad del Estado 26 6 15 0 47
En asuntos étnicos y población LGBTI 2 6 5 0 13
Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 152 0 0 0 152
Derechos humanos y derecho internacional humanitario 2 6 4 0 12
Temas de salud (régimen subsidiado) 627 91 59 0 777
Temas de educación 10 82 40 0 132
Temas de agua potable 21 6 8 0 35
Temas de saneamiento básico 8 19 20 0 47
Temas de cultura y deporte 6 5 2 0 13
Temas de resguardos indígenas 3 39 8 0 50
Temas de restitución de tierras 59 8 3 0 70
Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 1 0 0 0 1
Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 6 0 0 0 6
Atención de víctimas 0 149 68 0 217
Abuso de autoridad 0 165 72 0 237
Asistencia a las víctimas del conflicto armado 0 16 10 0 26
Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 0 42 13 2.349 2.404
Atención a víctimas del conflicto armado 0 239 9 0 248
Participación de las víctimas del conflicto armado. 0 0 6 0 6
En temas electorales. 6 33 61 0 100
Temas de Minería 16 0 0 0 16
Temas de Hidrocarburos 7 0 0 0 7
Temas de Regalías 2 0 0 0 2
Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0
Temas de Ecosistemas terrestres 37 0 0 0 37
Temas de Ecosistemas marítimos 16 0 0 0 16
Temas de Gobernanza ambiental 73 0 0 0 73
Temas de Saneamiento básico 72 0 0 0 72
Temas de Atención connacionales víctimas 55 0 0 0 55
Seguimiento aproyectos cooperación internacional 0 0 0 0 0TOTAL ASUNTOS ORDINARIOS RECIBIDOS 2.830 2.778 1.914 2.437 9.959
161
Casos proceso preventivo
Tabla No. 16
Casos proceso preventivo - año 2015
PROCESO PREVENTIVO
CASOS PREVENTIVOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL
CASOS PREVENTIVOS RECIBIDOS
En contratación 51 54 46 0 151
En empleo público 0 10 13 2 25
En derecho al consumidor 1 5 0 0 6
En servicios públicos 8 4 10 0 22
En participación ciudadana y control social a la gestión pública 2 19 2 0 23
En decisiones judiciales y administrativas 13 103 38 0 154
En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 11 3 11 0 25
Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 1 1 23 0 25
En discapacidad (interdicción) 2 0 1 0 3
Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 4 0 0 0 4
En violencia contra la mujer 2 1 0 0 3
En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 0 0 1 0 1
Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 1 4 0 0 5
En trata de personas 0 0 0 0 0
En adolescentes en conflicto con la Ley penal 6 0 0 0 6
En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 9 3 2 0 14
En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 9 1 0 0 10
En vigilancia de procesos judiciales 4 7 7 0 18
En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 72 6 1 79
En Bienes públicos 0 1 4 1 6
En patrimonio cultural de la Nación 0 1 1 0 2
En pensiones 1 15 2 0 18
En salud (régimen contributivo) 1 17 6 0 24
En riesgos profesionales 1 24 0 0 25
En laboral individual 0 3 4 0 7
En laboral colectivo 1 5 0 0 6
En asuntos agrarios 211 2 0 0 213
Temas de aire 74 0 0 0 74
Temas de agua 121 1 4 0 126
Temas de suelo 118 5 3 0 126
Temas de flora y fauna 306 3 0 0 309
En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 0 21 9 0 30
Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 4 1 0 5
Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 2 75 10 0 87
Temas con organismos de seguridad del Estado 0 0 0 1 1
En asuntos étnicos y población LGBTI 0 2 1 0 3
Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 3 1 0 0 4
Derechos humanos y derecho internacional humanitario 0 0 3 0 3
Temas de salud (régimen subsidiado) 16 22 11 0 49
Temas de educación 8 3 8 0 19
Temas de agua potable 5 3 9 0 17
Temas de saneamiento básico 0 1 1 0 2
Temas de cultura y deporte 3 1 0 0 4
Temas de resguardos indígenas 0 4 0 0 4
Temas de restitución de tierras 0 1 1 0 2
Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 0 2 0 0 2
Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 0 9 0 0 9
Atención de víctimas 0 13 24 0 37
Abuso de autoridad 0 14 17 0 31
Asistencia a las víctimas del conflicto armado 3 7 4 0 14
Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 11 2 0 0 13
Atención a víctimas del conflicto armado 0 2 2 0 4
Participación de las víctimas del conflicto armado. 0 1 0 0 1
En temas electorales. 45 12 15 0 72
Temas de Minería 3 0 0 0 3
Temas de Hidrocarburos 0 0 0 0 0
Temas de Regalías 71 0 0 0 71
Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0
Temas de Ecosistemas terrestres 40 0 0 0 40
Temas de Ecosistemas marítimos 72 0 0 0 72
Temas de Gobernanza ambiental 93 0 0 0 93
Temas de Saneamiento básico 115 0 0 0 115
Temas de Atención connacionales víctimas 1 0 0 0 1
Seguimiento aproyectos cooperación internacional 18 0 0 0 18TOTAL CASOS PREVENTIVOS RECIBIDOS 1467 564 300 5 2336
162
2. PROCESO DE INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA
2.1 INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS
DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO
En desarrollo de su función de proteger la vigencia de un orden social justo, la
Procuraduría General de la Nación actúa de manera selectiva como representante de
la sociedad en defensa de los derechos humanos, el orden jurídico y el patrimonio
público ante las jurisdicciones constitucional, contencioso administrativa, penal,
disciplinaria y ordinaria, en sus áreas de laboral y civil (familia, de tierras y ambiental y
agraria). Así mismo, interviene frente a las autoridades administrativas.
Durante la vigencia 2015, en materia de intervención, la Procuraduría General de la
Nación llevó a cabo 729.704 actuaciones, de las cuales 497.960 fueron de
intervención judicial, 182.238 intervención prejudicial y 49.506 actuaciones
corresponden a intervención administrativa.
A través de 712 Procuradores Judiciales se participó en 218.010 audiencias, de ellas,
66.385 fueron en la etapa prejudicial y 151.625 en procesos judiciales. La carga
laboral promedio fue de 306 audiencias por Agente del Ministerio Público. En cuanto
a conceptos se refiere, se tiene que se emitieron 71.219, lo que representa un
promedio de 100 conceptos emitidos por Agente del Ministerio Público al año.
Cabe destacar que en ejercicio del control de protección y defensa de los derechos
individuales y colectivos, durante la misma vigencia se interpusieron 2.249 acciones
constitucionales y ordinarias por parte de la Procuraduría General de la Nación así:
532 de tutela, 143 de cumplimiento, 1.498 de nulidad y restablecimiento del derecho
y 76 acciones populares.
También fue relevante la labor hecha en materia de conciliación, dado el propósito de
este órgano de control por incentivar este mecanismo alternativo de solución de
conflictos. Se realizaron 66.385 audiencias prejudiciales en las diferentes
jurisdicciones, de las cuales 8.419 fueron con acuerdo, con ahorros para el Estado
en lo contencioso administrativo en 6.803 audiencias, por la suma de
$192.884.064.749. Igualmente, como producto de las 138 conciliaciones judiciales
también en lo contencioso administrativo, el ahorro fue de $26.727.599.835, para un
total de ahorros para el Estado superiores a los 219 mil millones de pesos.
En la siguiente tabla se puede observar la gestión realizada por la Procuraduría
General de la Nación en cuanto a intervención judicial y administrativa durante el
período de análisis:
163
Tabla No. 17 Actividades proceso de intervención - año 2015
AM
BIE
NTA
L
AG
RA
RIO
LEY
60
0
LEY
90
6
LEY
52
2
JUST
ICIA
TRA
NSI
CIO
NA
L
Intervencion extrajudicial 0
Conciliaciones Prejudiciales 0
Solicitudes de Conciliación Radicadas 68.630 2.234 3.271 63.096 0 14 0 9 4 2 0
Solicitudes de Conciliación Admitidas 52.090 2.084 50.006
Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441
Audiencias Convocadas 0
Audiencias Realizadas 66.385 1.060 2.966 62.302 20 5 20 8 4 0 0
Audiencias Aplazadas 801 164 637
Audiencias Sin Acuerdo 45.102 638 821 43.203 201 5 201 5 28 0 0
Audiencias Con Acuerdo 8.419 257 1.288 6.803 28 0 28 3 12 0 0
Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503
Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754
Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749
Intervención Judicial 0
Respuestas a Derechos de Petición 2.921 222 2.107 49 271 21 13 18 21 17 22 0 35 67 10 13 14 19 2
No. Audiencias 151.625 1.602 48 17.332 665 210 2.364 1.060 63.494 1.120 3.096 62.460 31 1 31 20 1 14 66 154 45 23 53 58 41
No. Recursos Presentados 4.121 224 242 663 33 288 2.406 148 83 17 0 17 0 0 0 0
No. de Conceptos emitidos 71.219 0 7.477 588 992 2.862 844 2.360 1.066 52.011 220 544 220 258 269 224 70 50 55 100 56 78 62 634 179
No.de procesos (notificación y revisión) 124.215 1.215 51.138 15.298 25.213 15.979 1.421 4.392 1.421 908 1.083 1.648 1.215 162 260 2.862
Demandas Instauradas 8 4 0 4 0 0 0 0
Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0
Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835
Conceptos acogidos 2.022 0 429 274 3 228 251 71 2 107 47 44 179 20 18 15 42 495 42 29
Otras actuaciones judiciales 139.590 11.576 8.114 98 1.058 9.015 3.263 4.203 29.509 2.377 1.002 44.735 1.258 6.094 6.208 997 1.107 409 142 1.344 1.611 64 105 114 122 5.038 27
Intervenciones en exhortos 63 63
Intervenciones en exequátur 28 28
Intervenciones en tutelas 379 375 4
Intervenciones en acciones de grupo 2 2
Intervenciones en tribun. arbitramento 744 1 743
Acciones populares instauradas 76 66 10
Acciones de tutela 532 1 12 345 116 6 15 43
Acciones de cumplimiento 143 132 11
Acciones nulidad y restabl. del derecho 1.498 1.468 2 28
Acciones de perdida de investidura 0
Memoriales presentados 658 6 908 145 87 253 131 36
Interv. ante autoridad Administrativa 49.506 13 12.922 27.387 6.209 2.975 82.278 0 0 0 0 0 0
RES
TITU
CIO
N C
E TI
ERR
AS
AMBIENTALES
Y AGRARIOSPROCESO
INTERVENCION JUDICIAL
Y ADMINISTRATIVA
2015
TOTAL
LAB
OR
AL
CIV
IL
FAM
ILIA
.
1a.
INV
ESTI
GA
CIÓ
N P
ENA
LMINISTERIO PÚBLICO EN
ASUNTOS PENALES
CO
NC
ILIA
CIÓ
N
1a.
CO
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TAD
O
2a.
CO
NSE
JO D
E ES
TAD
O
3a.
CO
NSE
JO D
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TAD
O
4a.
CO
NSE
JO D
E ES
TAD
O
5a.
CO
NSE
JO D
E ES
TAD
O
6a.
CO
NSE
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TAD
O
7a.
CO
NSE
JO D
E ES
TAD
O
* 2
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3a.
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UD
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L
2a.
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L
3a.
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4a.
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SEJO
SU
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DE
LA
JUD
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TUR
A
ASU
NTO
S
CO
NST
ITU
CIO
NA
LES
164
2.2 CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y JUDICIALES EN DEFENSA O
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS
Mediante la conciliación, la Procuraduría promueve la solución de conflictos entre las
partes en discrepancia, interviniendo para llegar a acuerdos y fórmulas de arreglo que se
traducen en una solución amigable de la discordia. La conciliación es requisito de
procedibilidad antes de acudir a las distintas jurisdicciones, y en lo contencioso
administrativo es responsabilidad exclusiva de la Procuraduría.
Continuando con el propósito de fortalecer este mecanismo alternativo de solución de
conflictos, durante el 2015 se realizaron 8.557 acuerdos conciliatorios en asuntos de
familia, civiles y contencioso administrativos, de los cuales 8.419 fueron prejudiciales y
138 judiciales; así se obtuvo no solo la culminación anticipada de igual número de
procesos, sino un ahorro para el Estado superior a los $219 mil millones de pesos.
La tabla siguiente muestra las cifras consolidadas sobre este particular.
Tabla No. 18 Conciliaciones prejudiciales y judiciales - año 2015
Conciliación extrajudicial
Conciliaciones Prejudiciales 0 0
Solicitudes de Conciliación Radicadas 68.630 2.234 3.271 63.125
Solicitudes de Conciliación Admitidas 52.090 2.084 50.006
Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441
Audiencias Convocadas 0 0
Audiencias Realizadas 66.385 1.060 2.966 62.359
Audiencias Aplazadas 801 164 637 0
Audiencias Sin Acuerdo 45.102 638 821 43.643
Audiencias Con Acuerdo 8.419 257 1.288 6.874
Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503
Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754
Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749
Conciliación Judicial
Conciliaciones Judiciales 138 138
Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835
ADMINISTRATIVO
CONCILIACIONES
PREJUDICIALES Y
JUDICIALES
2015
TOTAL CIVIL FAMILIA
165
2.2.1 Conciliación extrajudicial y judicial en asuntos de lo contencioso
administrativo
En el período de análisis, esta importante actividad estuvo precedida por un total de
7.012 acuerdos conciliatorios, cuya cuantía representó un ahorro para el Estado de
$219.611.664.584. De ellos, 6.874 acuerdos conciliatorios fueron prejudiciales, con
un promedio de acuerdos del 13,37%. Esto significó un ahorro patrimonial estatal de
$192.884.064.749. Así mismo, se lograron 138 acuerdos en conciliaciones judiciales,
que representaron más de 26.000 mil millones de pesos de ahorro para el Estado. Es
de anotar que durante el período de análisis se duplicaron este tipo de acuerdos con
respecto al año anterior, en el que se efectuaron 67. Continuando así con el propósito
de alcanzar el mayor número de acuerdos entre las partes para terminar de forma
anticipada sus litigios y de esta forma no solo ayudar a la descongestión de la
jurisdicción de lo contencioso administrativa, sino buscar un ahorro del patrimonio
público, que se obtiene en el porcentaje del acuerdo y en la paralización de la
indexación.
La tabla siguiente da cuenta de las actuaciones realizadas en esta materia, tanto en
el Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación, como en los
despachos de la jurisdicción contencioso administrativa.
Tabla No. 19 Conciliaciones prejudiciales y judiciales en materia contencioso administrativa - año 2015
Conciliación extrajudicial 0
Conciliaciones Prejudiciales 0
Solicitudes de Conciliación Radicadas 63.125 63.096 0 14 0 9 4 2 0
Solicitudes de Conciliación Admitidas 50.006 50.006
Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441
Audiencias Convocadas 0
Audiencias Realizadas 62.359 62.302 20 5 20 8 4 0 0
Audiencias Aplazadas 0
Audiencias Sin Acuerdo 43.643 43.203 201 5 201 5 28 0 0
Audiencias Con Acuerdo 6.874 6.803 28 0 28 3 12 0 0
Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503
Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754
Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749
Conciliación Judicial 0
Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0
Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835
CONCILIACIONES
PREJUDICIALES
Y JUDICIALES
EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
2015
TOTAL
CO
NC
ILIA
CIÓ
N
1a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
2a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
3a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
4a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
5a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
6a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
7a.
CO
NSE
JO D
E
ESTA
DO
166
Con el fin de fortalecer la capacidad de los funcionarios de la Procuraduría en esta
materia, en coordinación con el Instituto de Estudios del Ministerio Público – IEMP, se
inició el séptimo diplomado en conciliación en derecho en la ciudad de Bogotá y se
continuó el que se venía realizando en la ciudad de Cali.
Adicionalmente, como parte del control a la gerencia jurídica del Estado, se realizaron
712 visitas de carácter preventivo a los Comités de Conciliación de las entidades
públicas, se capacitaron 414, con 170 Planes de mejoramiento propuestos y 273
diagnósticos reportados.
2.2.2 Asuntos civiles
Programa de Participación Ciudadana y Conciliación Social Civil "La Procuraduría en su Casa" La Procuraduría General de la Nación, a través del Centro de Conciliación en Materia
Civil y Comercial, durante el 2015 contribuyó a la resolución de conflictos en esas
materias y propendió por la descongestión de los despachos judiciales.
En el marco de la acción preventiva integral para el acceso, eficiencia y transparencia
en la justicia civil, la Procuraduría General de la Nación adelantó acciones de mejora
tendientes a la optimización en la prestación del servicio en materia de Conciliación
en materia civil y comercial que se brinda a través de sus cinco Centros de
Conciliación, iniciando por el del nivel central ubicado en la sede principal de Bogotá,
a través del proyecto de capacitación en Programación Neurolingüística y Coaching.
La capacitación impartida tuvo como objetivo fortalecer las capacidades de los
operadores en conciliación, propiciando la generación de habilidades y técnicas en
audiencia, principalmente mediante el abordaje de los diferentes tipos de
personalidad y psicopatologías, la comunicación asertiva y el liderazgo; propiciando
un mayor empoderamiento de su rol.
Durante el año 2015, se logró la resolución pacífica de más de 250 asuntos civiles y
comerciales, lo que significó un porcentaje de efectividad del 24%. La tabla a
continuación da cuenta de esta importante actividad.
167
Tabla No. 20 Actuaciones en conciliación extrajudicial en asuntos civiles - año 2015
CONCILIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES
No.
Solicitudes recibidas 2.234
Solicitudes admitidas 2.084
Audiencias celebradas 1.060
Solicitudes rechazadas 2
Solicitudes desistidas 123
Audiencias suspendidas 164
Audiencias con acuerdo 257
Audiencias sin acuerdo 638
Audiencias frustradas por inasistencia 996
Personas atendidas en conciliación 6.998
2.2.3 Conciliaciones en materia de infancia, adolescencia y familia
Durante el 2015, la Procuraduría General de la Nación conoció 3.271 solicitudes de
conciliación en asuntos de infancia, adolescencia y familia. De las 2.966 audiencias
celebradas se obtuvo acuerdo en 1.288, es decir, que se evitó la iniciación del
respectivo proceso judicial en el 43% de ellas, tal como se observa en la siguiente
tabla.
Tabla No. 21 Actuaciones en conciliación prejudicial en asuntos de infancia, adolescencia y familia - año 2015
CONCILIACIÓN No.
Solicitudes recibidas 3.271
Audiencias celebradas 2.966
Audiencias sin acuerdo 821
Audiencias con acuerdo 1.288
168
2.3 INTERVENCIÓN JUDICIAL ANTE LAS DIFERENTES JURISDICCIONES EN
DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO
2.3.1 Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
La función misional de intervención judicial y administrativa ante la jurisdicción de lo
contencioso administrativo la tienen a cargo ocho (8) Procuradores Delegados ante
el Consejo de Estado, cien (100) Procuradores Judiciales II para Asuntos
Administrativos ante los Tribunales Administrativos de Departamento y cien (100)
Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos.
Más de 190.000 actuaciones precedieron la intervención de los agentes del
Ministerio Público ante esta jurisdicción durante el período de análisis, de lo que da
cuenta la tabla a continuación.
Tabla No. 22 Actuaciones en materia contencioso administrativa - año 2015
Intervención Judicial
Respuestas a Derechos de Petición 112 21 13 18 21 17 22 0
No. Audiencias 62.624 62.460 31 1 31 20 1 14 66
No. Recursos Presentados 34 17 0 17 0 0 0 0
No. de Conceptos emitidos 53.816 52.011 220 544 220 258 269 224 70
No.de procesos (notificación y revisión) 12.088 1.421 4.392 1.421 908 1.083 1.648 1.215
Demandas Instauradas 8 4 0 4 0 0 0 0
Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0
Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835
Otras actuaciones judiciales 60.950 44.735 1.258 6.094 6.208 997 1.107 409 142
Intervenciones en tribun. arbitramento 743 743
4a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
5a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
6a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
7a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
3a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
INTERVENCION JUDICIAL
EN ASUNTOS DE LO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
2015
TOTAL
CO
NC
ILIA
CIÓ
N
1a
.CO
NS
EJO
DE
ES
TA
DO
2a
. C
ON
SE
JO D
E
ES
TA
DO
169
A continuación, se relacionan algunos de los principales casos en los que se intervino
y fueron acogidos los conceptos de este Ministerio Público:
Pérdida de investidura
- Representante a la Cámara Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza. Con fundamento
en lo previsto en el artículo 184 de la Constitución Política, en el artículo 143 de la
Ley 1437 de 2011, y en la Ley 144 de 1994, el ciudadano Luis Jesús Botello
Gómez solicitó la pérdida de investidura del Representante a la Cámara Wilmer
Ramiro Carrillo Mendoza por la causal de violación del régimen de conflicto de
intereses prevista en el numeral 1º del artículo 183 de la Constitución Política de
1991.
El Ministerio Púbico conceptuó que el parlamentario no debía perder la investidura
por las causales mencionadas, porque no estaba demostrado el conflicto de
intereses que se le endilgaba; concepto que fue acogido por la Sala Plena del
Consejo de Estado.
Acción de tutela
- Tutela Hernán Martínez Quintero. El señor Martínez acudió ante la Procuraduría
con el fin de poner en conocimiento la crítica situación de su salud y la necesidad
de que a su acción de tutela se le prodigara una especial atención. Por esa razón
este órgano de control intervino conceptuando el 15 de mayo de 2015. El proceso
que fue fallado tutelando los derechos del accionante y por siguiente acogiendo el
concepto del Ministerio Público.
Acción de Nulidad
- Acción de nulidad Decretos 2613 y 1609 de 2013. Venta acciones de la Nación
en ISAGEN S.A. Se interpuso demanda con el fin de obtener la nulidad (i) del
Decreto 1609 de 2013 que aprobó el programa de enajenación de las acciones
que la Nación posee en ISAGEN S.A., que consta de dos etapas, la primera
dirigida a ofrecerlas a los destinatarios de condiciones especiales - DCE, y la
segunda, a ofrecer aquellas acciones no adquiridas por los destinatarios
mencionados, a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y (ii)
del Decreto 2613 del mismo año, por medio del cual se incrementó el precio de
cada acción de $2.850 a $3.178 para la oferta pública.
170
Realizado el examen de legalidad de los decretos, la Procuraduría concluyó que
ninguna de las inconformidades planteadas tanto por los argumentos procesales
como los de fondo, tienen sustento legal para anular el programa de enajenación
contenidos en los decretos demandados, por lo que se conceptuó que se debían
negar las pretensiones de nulidad solicitadas.
En Fallo de 10 de septiembre de 2015, el Consejo de Estado (Sala de lo
Contencioso Administrativo - Sección Cuarta) profirió fallo negando la pretensión
de nulidad de los artículos 1, 2 y 8 (acusado parcialmente) del Decreto 1609, y 1
del Decreto 2316. También dispuso levantar la medida cautelar de suspensión del
proceso que se sigue para la venta de la participación que la Nación tiene en
ISAGEN.
Nulidad Electoral
- Elección Representante a la Cámara Raúl Asprilla Reyes. La Procuraduría
solicitó a la H. Sección Quinta del Consejo de Estado que evaluara las posturas
propuestas y la jurisprudencia, y denegara las pretensiones de la demanda
incoada por el ciudadano Juan Luis Pérez Escobar contra el acto de elección de
Inti Raúl Asprilla. Mediante fallo del 9 de abril de 2015, acogiendo el concepto, se
negó la pretensión.
Control Inmediato de Legalidad
- Legalidad Decreto Reglamentario No. 1814 de 14 de septiembre de 2015.
Este Ministerio Público sostuvo que dicho acto se ajusta a la legalidad, en razón a
que en desarrollo de los Decretos Legislativos Nos. 1770 y 1772 de 2015, su
finalidad manifiesta se circunscribía a materializar la cesación de efectos y
medidas correspondientes a la reunificación familiar, con ocasión del estado de
excepción decretado por el Presidente de la República de Venezuela, y lo que
consecuencialmente llevó al Gobierno colombiano a la declaratoria del estado de
emergencia, en consideración a la deportación, repatriación y expulsión de
nuestros connacionales de ese país.
2.3.2 Jurisdicción Penal
La Procuraduría General de la Nación cumplió el mandato constitucional previsto en
el artículo 277 de la Constitución Política, como representante de la sociedad ante la
jurisdicción penal, siendo garante real de los derechos y garantías fundamentales,
buscando el bien de la justicia real y material.
171
Tabla No. 23 Actuaciones justicia penal - año 2015
LE
Y 6
00
LE
Y 9
06
LE
Y 5
22
JUS
TIC
IA
TR
AN
SIC
ION
AL
Intervención Judicial
Respuestas a Derechos de Petición 2.807 222 2.107 49 271 35 67 10 13 14 19
No. Audiencias 69.144 1.060 63.494 1.120 3.096 154 45 23 53 58 41
No. Recursos Presentados 2.925 288 2.406 148 83
No. de Conceptos emitidos 4.671 844 2.360 1.066 50 55 100 56 78 62
No.de procesos (notificación y revisión) 422 162 260
Otras actuaciones judiciales 40.451 4.203 29.509 2.377 1.002 1.344 1.611 64 105 114 122
Acciones de tutela 58 15 43
Memoriales presentados 616 145 87 253 131
JURISDICCIÓN PENAL
PROCESO DE
INTERVENCION JUDICIAL
2015
TOTAL
* 2
a.
CA
SA
CIÓ
N P
EN
AL
3a
. C
AS
AC
IÓN
PE
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L
MINISTERIO PÚBLICO EN
ASUNTOS PENALES
1a
. IN
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ST
IGA
CIÓ
N P
EN
AL
2a
. IN
VE
ST
IGA
CIÓ
N P
EN
AL
3a
. IN
VE
ST
IGA
CIÓ
N P
EN
AL
4a
. IN
VE
ST
IGA
CIÓ
N P
EN
AL
JURISDICCIÓN ORDINARIA, ESPECIALIZADA, JUSTICIA Y PAZ Y CONSEJOS
SECCIONALES DE LA JUDICATURA
La función de intervención ante las autoridades judiciales penales y las Salas
Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales de la Judicatura del país
se cumplió con un equipo de trabajo conformado por 337 Procuradores Judiciales en
lo Penal I y II, con 13 de ellos se apoyó a víctimas, y estuvo precedida por más de
246.308 actuaciones, como se muestra en la siguiente tabla.
Tabla No. 24 Agencias especiales
AGENCIAS ESPECIALES 2015
Constituidas 1.010
Relevadas 574
Comisiones 745
Canceladas 412
Informes tramitados 5.903
172
Tabla No. 25 Actuaciones ante autoridades judiciales penales y Consejos Seccionales de la Judicatura - 2015
ACTUACIONES ANTE AUTORIDADES JUDICIALES PENALES Y CONSEJOS SECCIONALES DE LA
JUDICATURA – 2015 No.
Actuaciones Ley 600 de 2000 6.395
Conceptos 844
Audiencias 1.060
Recursos sustentados 288
Otras actuaciones judiciales 4.203
Actuaciones Ley 906 de 2004 97.769
Conceptos 2.360
Audiencias 63.494
Recursos sustentados 2.406
Otras actuaciones judiciales 29.509
Actuaciones Justicia Transicional 6.284
Sesiones 2.103
Audiencias 3.096
Recursos sustentados 83
Otras actuaciones judiciales 1.002
Actuaciones Ley 522 de 1999 4.711
Audiencias 1.120
Conceptos 1.066
Recursos sustentados 148
Otras actuaciones judiciales 2.377
Actuaciones Juzgados de ejecución de penas 3.211
Solicitudes 1.001
Recursos sustentados 639
Otras actuaciones judiciales 1.571
Verificación órdenes de captura 8.355
Registros ingresados a base de datos 4.162
Órdenes de captura verificadas 1.935
Cancelación de órdenes de captura verificadas 2.227
Visitas realizadas a organismos de seguridad 31
173
A continuación se relacionan algunos de los casos de connotación en los que el
Ministerio Público intervino ante las autoridades judiciales penales que se
describieron:
- Atentado a ex-Ministro Fernando Londoño Hoyos. Este
El Ministerio Público intervino desde el mismo momento de los hechos y participó
activamente en las audiencias preliminares, de acusación, preparatoria y de juicio
oral, en aras de garantizar derechos de los indiciados y las víctimas. Igualmente,
presentó alegatos de conclusión solicitando condena para el procesado César
Augusto Ruíz Gómez, toda vez que Nelson Aguirre se acogió a principio de
oportunidad, por lo que el Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado emitió
sentencia anticipada.
El 14 de septiembre de 2015, aceptando la postura de la Procuraduría, el Juzgado
Cuarto Penal del Circuito Especializado de Bogotá dictó sentencia condenatoria en
contra de Ruíz Gómez, por los delitos de homicidio en concurso homogéneo,
tentativa de homicidio, concierto para delinquir agravado, terrorismo y uso de
menores de edad, todos en concurso homogéneo y heterogéneo, imponiéndole la
pena principal de 672 meses y 3 días de prisión, no concedió subrogado alguno.
También se intervino en el proceso que se adelantó al menor FCA, quien resultó
condenado el 16 de mayo de 2015, acorde con lo solicitado por el Ministerio
Público.
- Masacre de Doncello. Los hechos ocurrieron en el mes de septiembre del año
2010, en el municipio de Doncello, Caquetá, donde fueron masacrados y
posteriormente incinerados 14 miembros de la Policía Nacional, como producto de
una emboscada con cilindros bomba y explosivos que realizaron miembros de la
guerrilla de las FARC.
Este Ministerio Público solicitó en diversas oportunidades a la Fiscalía General de
la Nación se pronunciara con respecto a la imputación por crímenes de guerra a
los máximos dirigentes del Secretariado de las FARC, en calidad de autores
mediatos en aparatos organizados de poder.
Producto de esa intervención, la Dirección de Análisis y Contexto de la Fiscalía
anunció la creación de un grupo encargado de construir las imputaciones, bajo la
aplicación de contextos y con el criterio de autoría inmediata, para evitar la
impunidad en los crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos por ese grupo
insurgente. Se logró así que la Fiscalía asumiera el caso y le diera la calificación
sugerida por la Procuraduría General de la Nación.
174
- Masiva defraudación ahorradores de los FONDOS PREMIUM – INTERBOLSA.
El Ministerio Público sustentó su postura jurídica de imposición de medida de
aseguramiento, con fundamento en los artículos 310 y 312 de la Ley 906 de 2004,
el peligro para la comunidad, la gravedad y modalidad de los delitos, la afectación
del orden económico y social, el patrimonio de las víctimas y el riesgo de fuga de
estas personas. Apoyándose en pronunciamientos de la Corte Constitucional y
Corte Suprema, en los Decretos de emergencia económica, y por el carácter de
interés público del ahorro privado, sustentó la necesidad de imponer medida de
aseguramiento intramural, por la masiva defraudación de que fueron víctimas los
ahorradores de los FONDOS PREMIUM, bajo contrato de corresponsalía.
La Procuraduría hizo su intervención como no apelante frente a los recursos de
apelación de los ocho defensores. Respecto a la medida de aseguramiento en el
caso del señor Rachid Maluf Raad, apoyó la solicitud de detención domiciliaria,
porque la Fiscalía no demostró la necesidad y razonabilidad de la medida de
carácter intramural, postura que fue acogida por la Juez de Garantías.
También participó en cuatro sesiones de audiencia de imputación de cargos en
contra de Benjamín Maldonado Rodríguez, aduciendo la necesidad de imponer
medida de aseguramiento intramural, planteamientos aceptados y ponderados por
la Juez 11 de Garantías. Intervino en la solicitud de orden de captura en contra del
citado señor Maldonado Rodriguez y ello permitió que se tramitara de manera ágil
“Circular Roja de Interpol”. Respaldó la petición de medida de aseguramiento de la
Fiscalía, por su doble condición de accionista en el fondo GLOBAL ADVISORS
INVESTMENT MANAGEMENT LLC y accionista de INTERBOLSA HOLDING;
aunado ello, a que los multimillonarios recursos de los inversionistas del
PREMIUM CAPITAL APPRECIATION FUND, según visita de la Superintendencia
de Sociedades e informes de la policía judicial, entre otros, permiten colegir en
grado inferencia razonable, que dichos recursos ingresaron en calidad de
préstamos sin garantías, a las empresas familiares del imputado, a saber:
HELADOS MODERNOS DE COLOMBIA, TRES PALMAS y MALTA, procedentes
a su vez de las empresas VALORES INCORPORADOS S.A.S y RENTAFOLIO
BURSATIL Y FINANCIERO S.A.S, y EMPRESA COLOMBIANA DE CAPITALES,
de propiedad de los señores Tomás Jaramillo Botero y Juan Carlos Ortíz Zarrate,
sociedades que de acuerdo a los conceptos e informes de la Superintendencia de
Sociedades, se les halló de manera objetiva eventos o modalidades de captación
masiva y habitual de dineros, siendo el señor Víctor Maldonado beneficiario de
dicha actividad al margen de la ley. Estas empresas fueron intervenidas por las
autoridades sobre la materia y Maldonado Rodríguez fue extraditado desde
España.
175
El Juez 78 de Garantías impuso medida de aseguramiento en contra de otros seis
imputados y guardó silencio sobre varias peticiones de detención domiciliaria y
reconocimiento de madre y padre cabeza de familia. Si bien el Ministerio Público
estuvo de acuerdo con tal medida, en garantía también de los derechos de los
imputados, explicó que la judicatura tiene el deber de motivar en debida forma sus
decisiones. Este argumento sirvió para que la segunda instancia (Juez 38 Penal de
Circuito de Conocimiento), acogiera esta postura.
- Ex Concejal Ronaldo Andrés Camacho Casado. En el año 2009, Ronaldo
Andrés Camacho Casado se desempeñó como concejal de Bogotá y utilizó
influencias derivadas de su cargo ante el Director de la Unidad Administrativa
Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, en provecho propio y de terceros
contratistas, consiguiendo que la entidad pública lo favoreciera ilícitamente con el
nombramiento de personas por él recomendadas y fueran beneficiados en
procesos licitatorios los contratistas Emilio Tapias Aldana y Héctor Julio Gómez
González. La actuación se desarrolló mediante acuerdos previos entre Camacho
Casado y los Concejales Hipólito Moreno Gutiérrez y Orlando Parada Díaz, a
quienes el Alcalde Mayor de Bogotá para la época, Samuel Moreno Rojas, les
delegó la designación del Director de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial.
En el año 2010, Ronaldo Andrés Camacho Casado determinó a Iván Alberto
Hernández Daza para que recibiera de Javier Mejía Bernal, representante legal de
la empresa PATRIA S.A., quien tenía participación en las licitaciones 007,008, 021
de 2009 y 078 de 2010, la suma de $450.000.000, de los cuales el acusado recibió
como aporte a su campaña la suma de $300.000.000, y ($50.000.000), ingresaron
al patrimonio de HERNÁNDEZ DAZA.
En audiencia de imputación de cargos ante el Juzgado 34 de Garantías, Camacho
Casado se allanó a los cargos. El Juzgado 5 Penal del Circuito de Conocimiento lo
condenó a la pena de (40) meses de prisión y le concedió la suspensión
condicional de la ejecución de la pena, por los delitos de tráfico de influencias de
servidor público, en concurso heterogéneo con cohecho impropio.
Contra la sentencia, el Ministerio Público, la Fiscalía y las víctimas interpusieron
recurso de apelación. El Ministerio Público, fundó la inconformidad contra el fallo
del a quo en la dosificación punitiva que realizó por los delitos de tráfico de
influencias de servidor público y cohecho impropio, en razón a que no obstante
reconocer que se trataba de una conducta grave escogió el extremo mínimo del
primer cuarto, en contravía de lo normado en el artículo 61 del C.P.
176
Se hicieron observaciones en torno a la concurrencia de causales de agravación y
la generosa, rebaja del 50% de la pena que se hizo por allanamiento, cuando la
FGN contaba con suficientes elementos materiales probatorios para llevar a buen
término la acusación en contra del procesado. Además de ser premiado con otros
beneficios, como la no imputación de agravantes genéricos o la conducta de
concierto para delinquir, sumado a que se le concedió principio de oportunidad.
En cuanto al subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena se
allegó jurisprudencia sobre la aplicación de la lex tertia y se destacó que no puede
acudirse a una combinación inapropiada de requisitos de una y otra norma porque
se vulnera el principio de legalidad. Por ello estimó la Procuraduría que la
conducta del fallador trasgredió el principio de legalidad al tomar requisitos de
varias Leyes y crear una nueva norma aplicable al caso de Camacho Casado.
El 13 de agosto de 2014 el Tribunal Superior de Bogotá acogió los argumentos
presentados por el Ministerio Publico y ordenó modificar y en consecuencia
condenar a Ronaldo Andrés Camacho Casado, a la pena principal de 69 meses y
18 días de prisión, multa de128,4 salarios mínimos legales mensuales vigentes e
inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos por el lapso de 105 meses y
18 días; igualmente, a la pena de inhabilidad intemporal para el ejercicio de
funciones públicas y para celebrar contratos de manera personal o por interpuesta
persona con el Estado, de conformidad con el numeral 5° del artículo 122 de la
Constitución Política, como también negar la suspensión condicional de la
ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, motivo por el cual se dispuso librar la
correspondiente orden de captura en su contra para que cumpliera la pena
impuesta en el establecimiento carcelario que para tal fin designara el INPEC.
Debido a que el procesado interpuso recurso de casación, el 2 de diciembre de
2015 la Corte Suprema de Justicia resolvió no casar la sentencia impugnada.
- Solicitud de domiciliaria Marco Antonio Gilm, alias “El papero”. El señor
Marco Antonio Gil, alias “El Papero”, fue condenado por los delitos de narcotráfico
y concierto para delinquir por el Juzgado 8 Penal del Circuito Especializado de
Bogotá. El condenado solicitó sustitución de prisión intramural por domiciliaria,
alegando grave enfermedad, beneficio que le fue concedido por el Juez de
Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Decisión que fue apelada por la
Procuraduría, por cuanto no existía dictamen médico legal que certificara la grave
enfermedad. La Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá
conoció la segunda instancia y acogiendo los argumentos de este órgano de
control, revocó el beneficio, ordenando la reclusión intramural, lográndose así la
aprehensión del procesado.
177
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - SALA PENAL Y COMISIÓN DE ACUSACIÓN DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
Respecto a los asuntos penales y las acciones de revisión que adelanta la Sala
Penal de la Corte Suprema de Justicia contra los altos funcionarios del Estado que
están amparados con fuero constitucional y legal, la Unidad de Fiscalía Delegada
ante la Corte Suprema de Justicia, así como a los asuntos penales y disciplinarios
que adelanta la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, las
actividades de intervención judicial, en defensa del orden jurídico, del patrimonio
público y de los derechos y garantías fundamentales, se relacionan en la siguiente
tabla.
Tabla No. 26 Actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia y Cámara de Representantes - año 2015
- Representante a la Cámara Didier Tavera Amado – Concierto para delinquir.
Con base en un anónimo dirigido al señor Presidente de la Corte Suprema de
Justicia, así como en dos artículos publicados en el diario Vanguardia y La Nación
de Bucaramanga del año 2007, que daban cuenta de presunta confesión de
algunos integrantes de una banda de sicarios que al parecer se reunían en la finca
del Representante a la Cámara, Didier Tavera Amado, a planear algunos
homicidios, así como algunas entrevistas que reposan en otros expedientes para
el año 2011, adelantados contra algunos de estos miembros ya condenados por
Intervención Judicial
Respuestas a Derechos de Petición 2.807 10 13 14 19
No. Audiencias 69.144 23 53 58 41
No. Recursos Presentados 2.925
No. de Conceptos emitidos 4.671 100 56 78 62
No.de procesos (notificación y revisión) 422
Otras actuaciones judiciales 40.451 64 105 114 122
Acciones de tutela 58
Memoriales presentados 616 145 87 253 131
1a
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ST
IGA
CIÓ
N
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2a
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ACTUACIONES ANTE
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Y CÁMARA DE REPRESENTANTES
AÑO 2015
TOTAL
178
otros hechos delictivos, la Sala Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia
decidió iniciar la correspondiente indagación preliminar, con la finalidad de
corroborar la aquiescencia de los hechos, su tipificación jurídica y probable grado
de nexo del denunciado con los mismos. El Ministerio Público emitió concepto
precalificatorio, en el cual solicitó que se precluyera la investigación, por “duda” de
carácter insuperable. Alegato que fue acogido por la Fiscalía, quien mediante
Resolución de 19 de noviembre de 2015, así lo dispuso.
CASACIÓN PENAL Y EXTRADICIÓN
En 2015 se realizaron 2.093 actuaciones en materia de casación penal y extradición,
como se resume en la siguiente tabla.
Tabla No. 27 Actuaciones en casación penal y extradición - año 2015
ACTUACIONES EN CASACIÓN PENAL Y
EXTRADICIÓNTOTAL
Segunda para
la Casación
Penal
Tercera para
la Casación
Penal
LEY 600 DE 2000
Procesos revisados control de prescripción 67 47 20
Conceptos emitidos en casación 65 32 33
Fallos notificados 90 32 58
LEY 906 DE 2004
Audiencias Realizadas 199 154 45
Audiencias a las que asistió 9 9 0
Lecturas de fallo 123 66 57
TRAMITE EXTRADICIÓN
Solicitudes de extradición radicadas 185 101 84
Alegatos de conclusión 152 59 93
Notificaciones 169 45 124
Extradiciones simplificadas 24 12 12
MECANISMO INSISTENCIA
Pronunciamientos 207 84 123
Comunicaciones 412 166 246
ACCIÓN DE REVISIÓN
Actuaciones 121 93 28
Conceptos emitidos 41 19 22
Notificaciones de acciones inadmitidas 118 27 91
AGENCIAS ESPECIALES
Revisiones a procesos 107 56 51
Intervenciones 1 0 1
Notificaciones 3 0 3Notificaciones 74 0 46
179
Es de señalar que, conforme a la exigencia de la ley, se evacuaron aquellos
expedientes que se encontraban próximos a prescribir y en orden de llegada al
despacho, para que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia pueda tener el
tiempo suficiente para proferir sentencia.
A renglón seguido se relacionan algunos de los casos sobre estas materias y en
donde este Ministerio Público conceptuó en defensa del ordenamiento jurídico:
- Extradición - Luis Alberto Díaz Rodríguez. Solicitar a la Corte Suprema de
Justicia concepto desfavorable respecto de la solicitud de extradición del citado
señor, bajo el presupuesto del principio de la doble incriminación, ya que por los
mismos delitos está purgando pena privativa de la libertad en Colombia.
La Corte al compartir plenamente el concepto del Ministerio Público, despachó
desfavorablemente la solicitud de extradición, destacando cada uno de los puntos
analizados en el concepto, y concretamente el relacionado con el principio de la
doble incriminación, “nom bis in ídem”.
- Casación - Jesús Hermes Bolaños. Se solicitó a la Corte Suprema de Justicia
que casara el fallo condenatorio por el delito de homicidio agravado impugnado y
se profiriera sentencia de remplazo en la que se absolviera, sustentando la nulidad
por irregularidad sustancial y atipicidad de la conducta.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia acogió en su integridad el concepto
y en sentencia de 19 de agosto 2015, determinó CASAR la sentencia del Tribunal
Superior de Bogotá D.C. y como consecuencia, declarar la nulidad de todo lo
actuado a partir, inclusive, de la resolución de acusación proferida en contra de
Bolaños Cruz el 24 de julio de 2008.
- Investigación – ex Gobernador del Meta, Luis Carlos Efraín Torres Rueda. Se
formularon denuncias ciudadanas referidas a irregularidades en la celebración de
contratos por delegación a través de la Dirección Administrativa Especial para
proyectos y contratación, durante la administración como gobernador del
departamento del Meta, Luis Carlos Efraín Torres Rueda, porque no cumplieron
los requisitos legales, además del posible detrimento al erario derivado de
sobrecostos o falta de ejecución de algunos de esos negocios jurídicos.
La Procuraduría solicitó preclusión de la investigación; concepto que fue acogido a
través de auto de 2 de diciembre de 2015.
180
2.3.3 Jurisdicción Civil 2.3.3.1 Asuntos de infancia, adolescencia y familia
Procesos ordinarios y especiales
La función misional de intervención en los procesos y ante las autoridades judiciales de familia y administrativas encargadas del tema de infancia, adolescencia y juventud, abarca el conjunto de actuaciones que adelanta o impulsa el Ministerio Público en su calidad de órgano constitucional autónomo de control, en condición de sujeto procesal, de manera imparcial, independiente, eficaz y razonablemente selectiva, con sujeción a las exigencias, oportunidades y disposiciones procesales, cuando ello es necesario, según los criterios establecidos por la ley o las regulaciones correspondientes, con el fin último y esencial de defender los derechos humanos, el orden jurídico y los derechos y garantías fundamentales de las poblaciones más vulnerables y de especial protección constitucional como la niñez, la juventud, los adultos mayores, las personas con discapacidad tanto física como mental y, en general, de la institución familiar. La siguiente tabla da cuenta de las actuaciones realizadas durante 2015 en materia de infancia, adolescencia y familia.
Tabla No. 28 Actuaciones judiciales ante los Juzgados de Familia 1ª Instancia - Procesos ordinarios y especiales - año 2015
ACTUACIONES JUDICIALES ANTE LOS JUZGADOS DE
FAMILIA 1A. INSTANCIA - AÑO 2015No.
Peticiones presentadas 1.920
Acciones de tutela en las que se intervino 104
Acciones de tutela presentadas 12
Pruebas solicitadas 5.181
Audiencias de prácicas de prueba a las que asistio 1.702
Revisión de expedientes 1.672
Recursos presentados 110
Conceptos presentados 4.378
181
Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)
En el año 2015 la PGN tuvo 15.728 actuaciones en materia del SRPA, como se
muestra en las siguientes tablas:
Tabla No. 29 Actuaciones judiciales SRPA - año 2015
ACTUACIONES JUDICIALES SISTEMA DE
RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES
AÑO 2015
No.
Legalización de aprehensión 433
Audiencia prepartoria al juicio 724
Juicio oral 731
Lectura de fallo 1.736
Incidente de reparación integral 205
Aplicación del principio de oportunidad 55
Imputación de cargos 1.572
Imposición de internamiento preventivo 395
Revocatoria de internamiento preventivo 23
Formulación de acusación 1.123
Imposicion de sanción 2.378
Control de legalidad actuaciones de Policía Jud. 136
Audiencias suspendidas a las que asistio 2.406
Recursos que interpuso 96
Diligen para destrucc. sustancias psicotro. 1.048
Solicitud de nulidad que interpuso 6
Medidas restablecimiento por delitos contra la vida 413
Medidas de restablecimiento por otros delitos 1.055
Pruebas que solicito 224
Alegatos de conclusión presentados 931 Tabla No. 30 Seguimiento a la sanción en materia del SRPA - año 2015
SEGUIMIENTO A LA SANCIÓN EN MATERIA DEL
SRPA 2015No.
Peticiones en riesgo razonable de evasión del proceso
del adolescente 38
Peticiones temor infundado de destrucción u
obstaculización por parte del adolescente 10Peticiones por peligro grave para la victima, el testigo
o la comunidad 103
Peticiones adolescentes infractores fueron integrados
al programa de protección de víctimas 1
Visitas a centros o instituciones del SNBF u otros 228
Visitas a centros o instituciones del SRPA 118
182
2.3.3.2 Asuntos ambientales y agrarios
Esta labor de intervención judicial fue muy importante durante el 2015, con 22.380
actuaciones desplegadas por los agentes del Ministerio Público, dentro de las cuales
se cuentan 644 acciones constitucionales, encaminadas a la protección y defensa del
patrimonio público y la moralidad administrativa, como se observa en las tablas
siguientes.
Tabla No. 31 Actuaciones de intervención judicial en materia ambiental - año 2015
INTERVENCIÓN AMBIENTAL ANTE AUTORIDADES JUDICIALES No.
Expedientes revisados 2.963
Conceptos emitidos 308
Audiencias de pacto cumplimiento ante Jurisd. Adva 334
Audiencias de pacto de cumplimiento ante Jurisd. Civil 179
Solicitudes de medidas cautelares presentadas 87
Solicitudes presentadas de prácticas de pruebas 250
Oposiciones u objeciones a dictamenes periciales presentadas 0
Alegatos de conclusión presentados ante Tribunales 74
Alegatos de conclusión presentados ante Juzgados 115
Recursos de apelación presentados 92
Actuaciones en Comités de Verifi. a oblig. impuestas en sent 754
Acciones de tutela instauradas 345
Acciones de cumplimiento instauradas 132
Acciones populares instauradas 2
Acciones de nulidad instauradas 0
Agencias especiales ante Tribunales 208
Agencias especiales ante juzgados 242
Incidentes de desacato presentados 4
Tabla No. 32 Actuaciones de intervención judicial en materia agraria - año 2015
INTERVENCIÓN AGRARIA ANTE AUTORIDADES JUDICIALES No.
Expedientes que revisó en el período 7.511
Audiencias de 1ra instancia a las que a asistió 198
Audiencias de 2da instancia a las que asitió 12
Notificaciones realizadas (autos y sent) 6.434
Solicitud de medidas cautelares presentadas 22
Solicitudes presentadas de prácticas de pruebas 1.233
Aclaraciones, oposiciones u objeciones a dictamen pericial 10
Tramites incidentales postulados 69
Inspecciones judiciales a las que asistió 163
Alegatos de conclusión presentados ante el Tribunal Superior 180
Alegatos de conclusión ante Juzgados Civiles del Circuito 106
Recursos presentados contra autos 123
Recursos presentados contra sentencias 65
Acciones de tutela instauradas 116
Acciones de cumplimiento instauradas 11
Acciones populares instauradas 10
Acciones de nulidad instauradas 28
183
Los siguientes fueron algunos de los casos en que se intervino en materia ambiental y agraria, y en los que prosperaron las pretensiones de este órgano de control:
- Acción de cumplimiento - Municipio de El Doncello (Caquetá)
Los Planes de Ordenamiento Territorial tienen como objetivo la correcta
administración del desarrollo físico del territorio y la utilización racional del suelo,
mediante políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que
permitan la conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales y la
prevención de amenazas y riesgos naturales, con la inclusión de tres componentes:
general, urbano y rural, y dentro de ellos el ambiental, el cual debe someterse a
consideración de la Corporación Autónoma Regional, para su correspondiente
aprobación.
En el caso del municipio de El Doncello – Caquetá no se contaba con Esquema de
Ordenamiento Territorial (EOT), pues este se encontraba vencido desde el año 2000,
sin que funcionarios de la administración municipal procedieran a su actualización e
implementación, lo que sin duda, representaba incertidumbre en la toma de
decisiones de cualquier tipo e, inclusive, repercutía en el desarrollo mismo del ente
territorial, cuya población asciende a 30 mil habitantes. Por esta razón, el 24 de
marzo de 2015, la Procuraduría General de la Nación interpuso una acción de
cumplimento en contra de la Alcaldía de Doncello, a fin de que acatara lo dispuesto
en la normatividad respectiva.
El 1 de julio de 2015, el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Doncello dictó
sentencia ordenando que en un término de 30 días, a partir de la ejecutoria de la
misma, dicho municipio adecuara el correspondiente EOT.
- Acción de Tutela – Municipio de Florencia (Caquetá)
Habitantes y dueños de establecimientos del sector hotelero del centro de la ciudad
de Florencia - Caquetá recurrieron a la Procuraduría, manifestando su inconformidad
por el alto nivel de ruido generado por un establecimiento comercial de karaoke, con
lo cual no solo se afectaba su actividad comercial en el caso de los hoteles y
hospedajes, sino sus derechos a la intimidad, la tranquilidad, la salud y un ambiente
sano. Después de comprobar esta situación, el 9 de febrero de 2015, este órgano de
control una acción de tutela contra el municipio de Florencia y la Corporación
Autónoma Regional de Caquetá, por omitir ejercer los controles necesarios para
evitar este tipo de contaminación, la cual fue fallada favorablemente el 23 de ese
mismo mes, por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Florencia, que resolvió
amparar los derechos invocados.
184
Sin embargo, ante la impugnación de la Alcaldía de Florencia, la decisión pasó a
consulta del Tribunal Superior del mismo municipio, que el 22 de abril de 2015,
confirmó el fallo de primera instancia y ordenó a las autoridades municipales y de
policía ejercer los controles necesarios, con el fin de cesar la contaminación por ruido.
- Acción popular – Municipio de Florencia (Caquetá)
Mediante oficio suscrito por Corpoamazonía el 9 de abril de 2015, se pone en
conocimiento de la Procuraduría la situación de la franja protectora de la quebrada
“Las Doradas”, zona rural del municipio de Florencia, afectada por acciones de
dragado y ocupación, concretamente en la vereda El Caraño, sitio denominado
Tierragrata, de propiedad del señor José Duván Correa Orozco.
Según Corpoamazonía, la quebrada “Las Doradas” fue intervenida, pues se
realizaron labores de rectificación de cauce natural, que según la comunidad
circundante, fueron realizadas por el dueño del predio, con ayuda de una
retroexcavadora, al parecer de propiedad de la Gobernación Departamental, lo
anterior sin la debida autorización de la autoridad ambiental. Ello conllevó a que se
disminuyera el flujo de agua en uno de los brazuelos de la quebrada. Las evidencia
documentadas por la autoridad ambiental muestran que “se encontraron especies de
fauna acuática afectada por cambios en su hábitat de especies como Siluriforme y
Gymnotiformes”. Adicionalmente, que el terreno intervenido corresponde a las áreas
forestales protectoras del cauce de la aludida quebrada, consideradas
ambientalmente como zonas de amortiguamiento contiguas a la fuente hídrica que
desempeñan funciones, como filtrado de sedimentos, nutrientes, contaminantes y
reducción de la escorrentía hacía el cauce, entre otras.
La transformación de entorno ribereño de la quebrada “Las Doradas” representa
afectación a la biodiversidad local, a la calidad del recurso hídrico y a las propiedades
físico-químicas del suelo; lo que sirvió de fundamento para que el 29 de abril de 2015,
la Procuraduría General de la Nación interpusiera una acción popular, en la cual se
solicitó, como medida preventiva, el retiro y/o confiscación de la maquinaria del lugar
de la ronda de la quebrada; el sellamiento en lo que tiene que ver con los kioscos
(construidos a menos de 1 metro de las crecientes de la misma), el pozo (5,8 mts de
distancia) y la piscina (6 mts de la quebrada), infraestructuras que se encuentran
dentro de los 30 metros medidos a partir de la línea de crecientes máximas de la
quebrada, que está afectando la franja protectora o la Zona de Manejo y Preservación
Ambiental –ZPMA-.
185
Así mismo, se solicitó garantizar el libre acceso a toda clase de personas y animales
por esa Zona de Manejo y Preservación Ambiental, con el fin de adecuar y equilibrar
el área afectada y que continúe generando impacto ambiental. Finalmente, ordenar al
propietario del establecimiento Tierragrata a realizar la regeneración natural del área
con las especies nativas del lugar y manejo cultural de las áreas reforestadas.
El 12 de junio de 2015, el Juzgado Segundo Civil del Circuito ordenó el retiro de la
maquinaria del sitio y el cese de toda actividad.
- Verificación de Cumplimiento Tutela T-971 de 2014 - INCODER
Mediante Resolución N° 1472 del 28 de mayo de 2010, INCODER adjudicó un
subsidio integral por valor de $$849.590.000 al grupo asociativo “Nuevo Renacer
Huilense”, conformado por 25 familias, con el fin de adquirir el predio “Santa Rosa”,
ubicado en la vereda La Laja o El Chaparro, del municipio de Paicol, Huila, y
desarrollar el proyecto productivo de explotación ganadera doble propósito y cacao
intercalado.
No obstante, la insuficiencia hídrica del predio, impidió que el proyecto fuera auto
sostenible; situación que ese grupo puso en conocimiento de INCODER el 13 de julio
de 2011, sin que ese Instituto atendiera la solicitud de reubicación de manera
positiva. Ello obligó a que el 22 de enero de 2014, este Ministerio Público
interpusiera una acción de tutela, la cual fue negada, por improcedente.
El fallo precitado fue objeto de revisión por parte de la Honorable Corte
Constitucional, mediante sentencia T-971 de 16 de diciembre de 2014, atendiendo a
la defensa de los derechos de la población desplazada, como sujetos de especial
protección por parte del Estado, por lo que revocó la decisión del Tribunal Superior y
ordenó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural que, en el término máximo de un
mes, procediera a reubicar a las 25 familias desplazadas adjudicatarias del predio
denominado “Santa Rosa”, en un predio que tenga condiciones de habitabilidad, agua
potable y posibilidades de establecer cultivos de cacao y ganadería de doble
propósito.
En tal virtud, el INCODER - Territorial Huila, mediante oficio No. 20152115999 de 20
de marzo de 2015, informó a la Procuraduría acerca del cumplimiento de la
providencia, comunicando las fechas para materializar el otorgamiento del subsidio y
la correspondiente adjudicación de predios para el caso específico.
186
2.3.3.3 Restitución de tierras
Siguiendo los lineamientos establecidos en el plan estratégico de la Procuraduría
General de la Nación, como el de “promover y defender los Derechos Humanos”,
este órgano de control, en los procesos judiciales de restitución de tierras que se
encuentran en los 36 Juzgados y 5 Tribunales Especializados en el tema, realizó
actuaciones de intervención judicial a fin de velar por la defensa del derecho a la
restitución, como medida preferente de reparación integral a las víctimas del
conflicto armado, como también de los derechos de las demás partes
intervinientes en dichos procesos.
Tabla No. 33
Actuaciones de intervención judicial en materia de restitución de tierras
INTERVENCIÓN EN PROCESOS DE RESTITUCIÓN O
FORMALIZACIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS 2015No.
Particpación en audiencias 2.364
Conceptos emitidos 2.862
Recursos presentados 33
Notificación y revisión de procesos 15.979
En seguida se relacionan algunos casos sobre estas materias y en donde este
Ministerio Público conceptuó en protección de los Derechos Humanos:
- Predio ubicado en la vereda El Carmen del municipio de Villa Garzón,
Putumayo. Se estableció que para el año 2006, la peticionaria Isabel Bastidas
Lozada y su núcleo familia, a consecuencia del temor causado por los hechos
violentos generados por el grupo guerrillero-FARC, en particular el asesinato de
un trabajador suyo y la tentativa de homicidio de su compañero Omar Enrique
Erazo, se vieron obligados a desplazarse al municipio de Mocoa y decidieron con
su compañero negociar el predio para el año 2008 con el señor Jose Florencio
Pinta, por valor de $5.000.000, precio comercial muy por debajo de lo que
realmente costaba, pues según el avalúo pericial para ese año el bien costaba
$14.107.642, lo que implicaba una venta por menos del 50% de su valor real,
situación que acredita la presunción legal de ausencia de consentimiento o de
causa lícita a la que alude el artículo 77, numeral 2, literal de la ley 1448 de 2011.
La Procuraduría solicitó que se accediera a la restitución jurídica y material del
predio que fuera solicitada ante el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado
para la Restitución de Tierras de Mocoa, pero con la observación de que el
187
opositor tenía la calidad de adquirente de buena fe, puesto que para la
compraventa éste no efectuó ninguna presión y el acuerdo del precio fue
convenido por las partes, por lo que igualmente requirió se accediera a una
compensación en favor de la solicitante, según lo determina el artículo 72 la ley
ídem.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali - Sala Civil de Decisión
Especializada en Restitución de Tierras, acorde con lo solicitado por este órgano
de control, mediante sentencia de junio 22 de 2015, reconoció a la peticionaria y
a su núcleo familiar el derecho fundamental a la restitución por equivalencia, al
considerar que el opositor José Florencio Pinta Cadena es un sujeto de especial
protección, por su condición de campesino iletrado y pobre, que adquirió el predio
que se reclama sin actuar oscuro o con intención de causar daño y obtener un
indebido provecho de la desgracia de los reclamantes, o la realización de
maniobras fraudulentas o presiones indebidas para obtener la venta dentro de una
estrategia de despojo, considerando su actuar de buena fe, quien como habitante
de la zona sufrió los rigores del conflicto armado. Por ello, deja vigente la
negociación y reitera el derecho de dominio del opositor.
- Predios ubicados en el corregimiento de La Primavera en el municipio de
Bolívar, departamento del Valle del Cauca. La familia de Gabriel Restrepo
Arango había sido víctima de extorsiones, amenazas e incluso uno de sus hijos
sufrió un atentado contra su vida; hechos que la motivaron a desplazarse.
En este caso, la Procuraduría, en defensa de los derechos de las víctimas,
presenta alegatos de conclusión al Juez, solicitando la compensación por
equivalencia del predio, dado que incluso durante el trámite del proceso de
restitución se han presentado hechos de violencia, como la muerte de dos de los
hermanos Restrepo Pareja y las amenazas a uno de sus administradores en el
año 2013, lo cual originó el abandono de todos los predios por los integrantes que
quedaban de la familia.
La Procuraduría logró que, mediante sentencia del Juzgado 2° Civil Especializado
en Restitución de Tierras, se optara por la compensación por equivalencia, pues la
restitución material estaría en riesgo debido a que las condiciones de seguridad no
han mejorado y sería exponer a las víctimas en un escenario de revictimización.
Sin embargo, los solicitantes desistieron de la compensación, lo que fue aceptado
por el operador jurídico, atendiendo el marco legal pertinente, según el cual es el
deseo de las víctimas el que hace parte de su reparación integral.
188
- Predio ubicado en la vereda el Capotal, municipio de San Carlos, Antioquia.
En este evento se buscaba que el Juez Especializado en Restitución de Tierras
Itinerante de Antioquia optara por la compensación por equivalencia, pues dadas
las condiciones topográficas del predio, no era posible adjudicarlo por no cumplir
con las características de sustento económico para un grupo familiar; situación
contraria a las pretensiones presentadas por la Unidad de Restitución de Tierras.
La Procuraduría, en aras de defender los derechos de las víctimas del conflicto
armado a una verdadera reparación integral, logró que el Juez acogiera su
concepto y precisara que en dicho proceso era clara la configuración de la causal
de compensación del literal a) del artículo 97 de la ley 1448 de 2011.
2.3.3.4 Otros asuntos civiles
La intervención de este órgano de control en otros asuntos civiles estuvo
precedida por más de 500 actuaciones, como se observa en la tabla siguiente.
Tabla No. 34 Actuaciones judiciales en asuntos civiles – año 2015
INTERVENCIÓN JUDICIAL EN ASUNTOS
CIVILESNo.
Intervenciones en exhortos 63
Intervenciones en exequátur 28
Intervenciones en tutelas 375
Intervenciones en acciones de grupo 2
Intervenciones en tribunal de arbitr. 1
Audiencias 48
Los siguientes fueron algunos de los casos en los que se intervino en protección
del interés general:
- Implementación de la oralidad y el Código General del Proceso: La
Procuraduría, a partir de los meses de julio y agosto de 2015, realizó el primer
observatorio para establecer el avance y necesidades del proceso de
implementación de la Oralidad en la Justicia Civil y del Código General del
Proceso, evidenciándose las graves falencias en el cumplimiento de los
requisitos exigidos por su artículo 618, entre otros, contar con los suficientes
despachos debidamente dotados de la infraestructura física y tecnológica
necesaria para la oralidad y, especialmente, con un talento humano formado
para actuar en el nuevo sistema procesal.
189
En consecuencia, la Procuraduría General de la Nación en ejercicio de sus
funciones constitucionales, en particular las orientadas a vigilar el
cumplimiento de las leyes, promovió la actuación interinstitucional con la Sala
de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, los tribunales
superiores, juzgados civiles, el Ministerio de Justicia y del Derecho y el
Congreso de la República, para que a través del proyecto de Ley 78 de 2015
del Senado se aplace la entrada en vigencia del sistema procesal de oralidad
previsto en Ley 1395 de 2010 y en la 1564 de 2012.
En octubre de 2015 se elaboró el segundo informe del observatorio, que da
cuenta de la persistencia de las severas deficiencias en los despachos
judiciales especializados en civil y familia, en los promiscuos, municipales y
del circuito. Los resultados de los observatorios fueron puestos en
conocimiento de la Comisión de Seguimiento a la Ejecución del Plan de
Acción para la Implementación del Código General del Proceso.
Los riesgos identificados y valorados por la Procuraduría General de la Nación
permiten advertir que de implementarse la oralidad y el Código General del
Proceso en Colombia, sin el cabal cumplimiento de los requisitos mínimos
legalmente establecidos para su implementación y puesta en marcha,
vulnerarían el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia
en materia civil, comercial, agraria y de familia, y harían nugatorio el ejercicio
de los principios de celeridad, transparencia, eficiencia, inmediación y
concentración, entre otros.
En este sentido, la Procuraduría advirtió a las instituciones competentes que
deben tomarse las medidas necesarias, a fin de conjurar efectivamente el
represamiento de audiencias e inactividad procesal, para dar cumplimiento a
los objetivos de la apertura hacia la oralidad, orientados a resolver los
problemas álgidos de la administración de justicia, como son la congestión,
inmediación, publicidad, concentración, la mora, la impunidad y a reducir los
tiempos de respuesta para el usuario de la justicia, tal como lo prevé el
Proyecto de Ley 078/15- Senado, sobre el cual la Administración de Justicia
Civil y de Familia envió un mensaje de urgencia al Gobierno Nacional para
evitar que se vulnere el derecho fundamental del acceso a la administración
de justicia de los colombianos en estas materias, cuya prerrogativa impone a
las autoridades del Estado, a título de respeto, el compromiso de abstenerse
de adoptar medidas que tengan por resultado impedir o dificultar el acceso a
la justicia o su efectiva realización, lo cual implica el deber del Estado de (i)
190
facilitar las condiciones para el disfrute del derecho y, (ii) hacer efectivo el
goce del derecho.
- Acción popular del DADEP contra Inversiones Santana & Cia S. en C.: La
Procuraduría General de la Nación logró la conformación del comité de
verificación de cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior del Distrito
Judicial de Bogotá, en Acción Popular del DADEP contra Inversiones Santana
& Cia S. en C. De conformidad con las reuniones realizadas con las entidades
responsables, se presentó cuadro de compromisos de las distintas
instituciones que conforman el comité, ante el despacho de conocimiento de la
acción popular. Se obtuvo que la entidad demandada presentara propuesta de
cumplimiento de la decisión judicial. Está pendiente la aprobación de la
propuesta por parte del comité de verificación y del despacho judicial. Se
destaca el presente asunto, por cuanto con ello se garantizan los derechos
colectivos, cuya protección fue objeto del trámite judicial.
2.3.4 Jurisdicción Laboral
En materia laboral se llevaron a cabo 13.740 actuaciones ante las diferentes
instancias judiciales. La siguiente tabla da cuenta de esta actividad:
Tabla No. 35 Actuaciones judiciales en asuntos laborales - año 2015
ACTUACIONES JUDICIALES EN ASUNTOS
LABORALES - AÑO 2015No.
Audiencias 1.602
Vigilancias a procesos ordinarios 5.817
Vigilancia a procesos ejecutivos 1.079
Vigilancia a procesos de fuero sindical 188
Vigilancia a tutelas 84
Vigilancia a incidentes 156
Excepciones 981
Solicitudes ante el tribunal 596
Solicitudes a entidades en razón del proceso judicial 663
Actividades probatorias 366
Otras actividades de intervención 993
Revisiones a procesos judiciales 1.215
La intervención, tanto de oficio como a petición de parte, se realizó en diferentes
temas: contrato realidad, prestaciones sociales, incrementos de personas a cargo,
pensión de sobrevivientes, pensión de vejez; solicitudes de prelación de procesos,
en defensa de los derechos fundamentales y, patrimonio público y debido proceso.
191
2.3.5 Ante el Consejo Superior de la Judicatura
Durante el 2015, la intervención que realizó la Procuraduría General de la Nación
ante el Consejo Superior de la Judicatura en los procesos que esa autoridad
judicial adelanta contra los abogados que atentan contra la ética profesional, se
tradujo en 634, superando así los emitidos en el 2014, que fueron 609. Sigue
siendo importante el índice de acogimiento por parte del Consejo Superior de la
Judicatura en este tipo de procesos, pues en el 2015, de los 634 conceptos fueron
acogidos 495, representando un 78% sobre el total.
Tabla No. 36 Intervención judicial ante el Consejo Superior de la Judicatura – año 2015 2
2.3.6 Ante la Corte Constitucional
CONCEPTOS PRESENTADOS ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL
En el 2015, la Procuraduría General de la Nación rindió 168 conceptos ante la Corte
Constitucional, en demandas instauradas por ciudadanos y sobre revisiones de
constitucionalidad de tratados internacionales. Durante el mismo período, la Corte
Constitucional profirió 153 fallos, en los que fueron acogidos 93 conceptos de este
órgano de control, no acogidos 42, y parcialmente acogidos 18.
Entre los temas más relevantes se pueden señalar:
1. Demanda de constitucionalidad contra la expresión “las sentencias de primera
instancia”, contenida en el artículo 69 del Decreto extraordinario 2158 de 1948. En
síntesis, el artículo demandado establece que solamente procede la consulta
respecto de las sentencias de primera instancia excluyendo, en consecuencia, las
sentencias de única instancia.
INTERVENCIÓN ANTE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURA 2014No.
Conceptos presentados 634
Conceptos acogidos 495
192
El Ministerio Público comparte la argumentación de la demanda, pues considera
que la exclusión de las sentencias de única instancia del mecanismo procesal de
consulta, que no tiene otro propósito que salvaguardar los derechos del trabajador,
viola los artículos 13 (igualdad) y 53 (principios mínimos del trabajo) de la
Constitución Política, por cuanto se trata de trabajadores en una misma condición
de hecho, pues su relación está regida por un contrato de trabajo.
De hecho, la única diferencia es el valor de las pretensiones, dado que la
determinación de las sentencias como de primera o única instancia se determina
por la cuantía, es decir, por el valor total de lo que se pretende. Y a juicio de esta
vista fiscal esta distinción no es suficiente para excluir de la consulta a los
trabajadores en razón del petitorio, por cuanto las sentencias de primera instancia
no cuentan con un medio ordinario para salvaguardar los derechos de los
trabajadores con pretensiones dinerarias bajas –que incluso pueden ser los más
vulnerables–, lo que implica una contradicción con el artículo 53 de la Carta, de
una parte, y un trato desigual de sujetos que tienen una misma condición de
hecho, con una justificación insuficiente, de otra. Por lo que se solicitó a la Corte
Constitucional declarar inexequible la expresión contenida en el artículo 69 del
Decreto 2158 de 1948.
2. Demanda de constitucionalidad contra el artículo 136 (parcial) del Código Civil, en
el aparte en el que la ley exige que, en el caso del matrimonio in extremis, si
pasados 40 días desde su celebración no acontece la muerte temida de alguno de
los cónyuges, el matrimonio no surtirá efectos.
La Procuraduría General de la Nación conceptuó indicando que la cesación de
efectos del matrimonio mediante el divorcio es un tema de reserva constitucional y,
por tanto, no puede el legislador establecer una forma diferente al divorcio para
hacer cesar los efectos civiles de un contrato válidamente celebrado. Se precisó,
además, que el consentimiento es un elemento esencial del matrimonio y, por lo
tanto, no puede ser desconocido por la sola ocurrencia de una condición fáctica
prevista en la ley. En consecuencia, se solicitó la inexequibilidad de la norma
demandada.
3. Demanda de constitucionalidad contra los artículos 8º, 9º y 18 de la Ley 1617 de
2013 “Por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales”. El
demandante considera que estos artículos vulneran la reserva de ley orgánica en
tanto regulan aspectos relativos a la creación, modificación y fusión de los
193
municipios, además de regular cuestiones que tienen que ver con la división
general del territorio.
Para el Ministerio Público los cargos deben prosperar por vulnerar los artículos
150-4 y 151 de la Constitución, en tanto que la Ley 1617 de 2013 se tramitó como
una ley ordinaria. Así, en primer término, se resaltó que aun cuando en el artículo
150-4 no se hace referencia explícita a la necesidad de una ley orgánica para
estas materias, una interpretación sistemática de la Constitución permite concluir
que las bases y condiciones para efectos de determinar la existencia de las
entidades y la división general del territorio tienen una estrecha relación con la
asignación de competencias y el ejercicio de los derechos que la Constitución
asigna a dichas entidades. Partiendo de lo anterior, se consideró que las normas
son inconstitucionales debido a que regulan aspectos, tales como: (i) los requisitos
generales para fusionar distritos; y (ii) las entidades encargadas de dividir el
territorio y los procedimientos para ello. Por estas razones se solicitó declarar la
INEXEQUIBILIDAD de los artículos demandados.
4. Se requirió a la Sala Plena de la Corte Constitucional que anulara la Sentencia T-
970 de 2014, fallo de tutela proferido por una Sala de Revisión de esa
Corporación, en el cual se ordena al Ministerio de Salud la reglamentación del
servicio de eutanasia.
Considera la Procuraduría que la Sentencia es nula porque contradice la
jurisprudencia que la Sala Plena había sentado en las Sentencias C-239 de 1997 y
C-233 de 2014, de acuerdo con las cuales el legislador es el único que puede
hacer reglamentaciones relacionadas con la eutanasia. En este sentido señaló que
la sentencia de tutela obliga a que un Ministerio invada las competencias del
Congreso.
El Ministerio Público resaltó también que la sentencia de tutela también contradice
la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional, pues cambia la
naturaleza de la eutanasia. Así, mientras en las sentencias de constitucionalidad
referidas se había catalogado a la eutanasia como una justificación penal al delito
de homicidio por piedad, la Sala de Revisión convirtió dicho procedimiento en una
obligación de los médicos y del Sistema de Salud. Más aún, la sentencia
impugnada considera que es una obligación terminar con la vida de los pacientes
terminales no sólo cuando lo solicite el enfermo mismo, sino cuando la petición
provenga de la familia del enfermo terminal que no puede expresar el
consentimiento.
194
Finalmente, se denunció que la Sala de Revisión, en lugar de decidir sobre las
actuaciones de la E.P.S. demandada y aplicar la jurisprudencia de la Sala Plena
vigente, terminó por juzgar a quienes no hicieron parte de la tutela, es decir, al
Legislador y al Ministerio de Salud. Lo anterior, violando gravemente el derecho de
defensa. Así, se concluyó que todo lo anterior demuestra que con la Sentencia T-
970 de 2014, proferida por la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional,
se invadió las competencias de otras autoridades, se contradijo la jurisprudencia
de constitucionalidad y se violó gravemente el debido proceso, debiendo anularse
por parte del Pleno de la Corporación.
5. Demanda de constitucionalidad contra la expresión “Deróguese el artículo 11 de la
Ley 37 de 1990 y el parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 16 de 1990” contenida en
el artículo 109 del Decreto 10 de 2012. Se demandó el artículo derogado que
establecía la exigencia de certificar la calidad de profesional de la economía
mediante la presentación de la matrícula profesional en la toma de posesión en
empleos públicos o en el sector privado y para la realización de ciertos actos que
requieran dicha calidad. Los actores consideran que por medio de la derogatoria el
Presidente de la República se excedió en el ejercicio de las facultades
extraordinarias otorgadas por el Congreso, toda vez que no suprimió un trámite
incensario ante la administración pública (objeto de las facultades otorgadas), sino
una disposición que reglamentaba el ejercicio de la profesión de economista.
Esta vista fiscal considera que el Presidente de la República efectivamente se
excedió en el uso de las facultades que le fueron otorgadas por el artículo 75 de la
Ley 1474 de 2011, como quiera que se suprimió del ordenamiento jurídico una
exigencia legal necesaria para garantizar la presencia de un profesional idóneo en
cargos que, por su naturaleza, entrañan un alto riesgo social. Así, el fin que
perseguía la norma derogada solo se puede alcanzar mediante la exigencia de
este requisito y, por tanto, no se puede considerar solo como un trámite
innecesario ante la administración pública que pueda ser suprimido sin
consecuencias para el bien de la comunidad. Por esta razón, se solicitó que se
declare la inexequibilidad de la expresión demandada.
6. Demanda de constitucionalidad contra el artículo 59 de la Ley 1709 de 2014, por
medio de la cual se reforman algunos artículos de la Ley 65 de 1993, de la Ley
599 de 2000, de la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones. (Estímulos
tributarios para empresas públicas y privadas y personas naturales con vinculación
a programas laborales y educativos en las cárceles y penitenciarías). A través de
la disposición acusada el legislador facultó al Gobierno para “crear y reglamentar”
estímulos tributarios para aquellas empresas públicas y privadas, o personas
195
naturales que se vinculen a los programas de trabajo y educación en las cárceles y
penitenciarías, así como para exonerar de impuestos o rebajar los mismos a las
empresas que inviertan en los centros carcelarios o que incorporen en sus
actividades a pospenados que hayan observado buena conducta.
El Ministerio Público consideró que la norma demandada, al atribuir la potestad de
otorgar beneficios tributarios no a un órgano plural de representación política,
como lo ordena la Constitución, si no al Gobierno Nacional, desconoció el principio
de legalidad según el cual el establecimiento tanto de los tributos como de los
beneficios tributarios requiere la concurrencia de los ciudadanos a través de sus
representantes ante los cuerpos colegiados (artículos 150, numerales 10 y 12, y
338 de la Carta Política).De igual manera, se concluyó que el precepto demandado
también atenta contra el principio de separación de poderes, previsto en el artículo
113 constitucional, y, en consecuencia, con lo ordenado en el artículo 121
superior, pues la delegación realizada por el legislador al Gobierno Nacional para
crear y reglamentar exenciones o beneficios tributarios implica el ejercicio de
funciones distintas de aquellas que la Constitución y la ley le han conferido al
órgano ejecutivo. Por todo lo expuesto se solicitó la inexequibilidad de la norma
demandada.
7. Demanda de constitucionalidad contra un aparte del numeral 2° del artículo 15 de
la Ley 986 de 2005, "por medio de la cual se adoptan medidas de protección a las
víctimas del secuestro y sus familias y se dictan otras disposiciones". Dicha ley
ordena que se continúen pagando los emolumentos salariales a las personas
secuestradas, mientras dure su secuestro, pero efectúa una diferenciación entre
las personas vinculadas a término fijo y a término indefinido. Mientras ordena que
a las personas vinculadas a término indefinido se les paguen sus acreencias
durante la totalidad del tiempo del secuestro, señala que a las personas vinculadas
a término fijo se les deben cancelar máximo hasta la terminación del plazo del
contrato. El accionante señala que la diferenciación vulnera la igualdad y la
solidaridad.
Se consideró que la distinción es constitucional, por tratarse de una carga
impositiva de solidaridad, en la que el Legislador cuenta con amplia configuración
legislativa, y además se funda en un criterio jurídicamente admisible, recogido
incluso por el Código Laboral para repartir derechos en forma diferenciada. No
obstante se solicitó la exequibilidad condicionada, en el entendido que la
diferenciación sólo es aplicable cuando el secuestro es producto de una
contingencia no relacionada con un riesgo previsible de la labor contratada. Pues
si el secuestro se produce como la concreción de un riesgo relacionado con la
196
labor, el pago de los emolumentos deja de ser una imposición de la solidaridad
para transformarse en una exigencia de justicia laboral y por ello deben cancelarse
durante la totalidad del secuestro, independientemente de la vinculación del
empleado.
8. Demanda contra un apartado del artículo 73 de la Ley 1753 de 2015, referente a
los procesos de recobros, reclamaciones y reconocimientos y giro de recursos del
aseguramiento en salud. Se plantea que el pago de las solicitudes de recobro y
reclamaciones aprobadas por el Fosyga, sin reconocimiento de intereses
moratorios, viola el derecho a la igualdad por discriminación irrazonable y
desproporcionada, en tanto permite al Estado pagar en forma retrasada a las
entidades recobrantes sin responsabilidad alguna, mientras que estas entidades sí
deben pagar intereses moratorios cuando no reintegren al Fosyga recursos que
tengan el deber de reembolsar a dicho fondo. Se solicita declarar la exequibilidad
condicionada de la norma, bajo el entendido de que los pagos de los recobros y
reclamaciones que reconozca el Fosyga deben efectuarse en forma indexada
desde la presentación de las reclamaciones y recobros hasta el momento en que
se haga efectivo el pago después de haberse depurado el valor de las
obligaciones correspondientes.
Lo anterior, debido a que si bien es constitucionalmente aceptable que no se
paguen intereses moratorios por servicios NO POS prestados, con el fin de
garantizar el acceso a la salud mediante la disponibilidad de los recursos
financieros, en todo caso el Estado tiene el deber de reconocer la obligación que
surge de la prestación de este tipo de servicios, en tanto que son prestados de
manera excepcional y como una carga contributiva no económica que responde al
principio de solidaridad que deben aplicar los prestadores del servicio de salud.
9. Demanda contra el artículo 190 (parcial) de la Ley 1448 de 2011, “por la cual se
dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del
conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”. Para el demandante la
norma acusada, al establecer que serán integrados a los programas de
reintegración social y económica a los niñas, niños y adolescentes víctimas del
reclutamiento ilícito cuando posean la certificación de desvinculación de un grupo
armado organizado al margen de la ley, expedida por el Comité Operativo para la
Dejación de las Armas, no tiene en cuenta a los niños, las niñas y los adolescentes
que se han desvinculado de los grupos armados ilegales post-desmovilizados, por
tanto, considera que se vulnera el derecho a la igualdad, la reparación de las
victimas basado en el derecho a la dignidad humana, el principio del interés
superior del niño y la niña y el principio de la buena fe.
197
Para el Ministerio Público la expresión acusada desconoce la protección especial
de que gozan las víctimas del conflicto armado, toda vez que les impone
condicionamientos para la inclusión en los programas de reintegración social y
económica, por ello, solicitó declarar inexequible la expresión acusada. Lo anterior,
en razón a los parámetros de los tratados internacionales y de la jurisprudencia de
la Corte Constitucional, en ese sentido todas las víctimas deben ser protegidas por
la Ley 1448 de 2011, a fin de obtener la protección integral a través de los aludidos
programas.
10. Demanda contra la expresión “facultad” contenida en el artículo 23 de la Ley 1719
de 2014, referente a la posibilidad de las entidades de salud de implementar el
Protocolo y el Modelo de Atención Integral en Salud para las Víctimas de Violencia
Sexual. Los accionantes consideran que con dicha expresión se genera una
regresión en materia de protección al derecho a la salud contraria al principio de
progresividad contenido en normas internacionales que hace parte del bloque de
constitucionalidad. Se solicitó a la Corte Constitucional declararse inhibida para
conocer de fondo del asunto, por ineptitud sustantiva de la demanda, en tanto se
advirtió que los accionantes hacen una lectura errónea al suponer que la ley hace
una referencia tácita a la Resolución 459 de 2012 del Ministerio de Salud y
Protección Social, “por medio de la cual el Gobierno pretendió regular la materia y,
en cierta forma, imponer la práctica del aborto para las mujeres víctimas de delitos
sexuales”, ya que la referencia expresa a tal disposición administrativa quedó
descartada en el debate democrático y, por el contrario, la norma expresamente no
alude a ese acto administrativo específico.
Sin embargo, de manera subsidiaria, se le solicitó a la Corte declarar la
exequibilidad del aparte normativo demandado, toda vez que del análisis de la
disposición resulta claro que la medida no es contraria al principio de progresividad
y al mandato de no regresividad, puesto que no es igual formular la prohibición de
regresividad cuando se evalúan dos leyes, a cuando la nueva normatividad resulta
ser de un rango superior, en este caso una ley, mientras la norma anterior es de
rango inferior y, específicamente, un acto administrativo.
En este sentido, dado que la nueva medida se encuentra en una fuente normativa
con una fuerza jurídica superior, existe una razón suficiente que justifica el cambio
normativo. Así mismo, se encuentra que la modificación corresponde a una opción
política en estricto sentido (cómo se armoniza una eventual solicitud de aborto con
la autonomía de la paciente y la objeción de conciencia del médico) y no de un
asunto que debe ser regulado principalmente por un acto administrativo, motivo
198
por el cual su regulación corresponde a la ley, y un acto administrativo no puede
ser parámetro de regresividad.
Finalmente, se sostuvo que resulta paradójico que se quiera sostener que una
medida resulta regresiva en la protección al derecho a la salud porque no hace
obligatorio un protocolo que contiene medidas que, en estricto sentido, no hacen
parte de lo que es considerado en Colombia una prestación orientada a la
prevención, la paliación y la cura de la enfermedad, es decir, que no está orientada
a garantizar la salud, en este caso de las víctimas de violencia sexual.
11. Demanda contra el Acto Legislativo 2 de 2015, Equilibrio de Poderes, acusándolo
de sustituir la Constitución. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la
Corte Constitucional inhibirse, por falta de competencia para pronunciarse sobre la
constitucionalidad de actos reformatorios de la Constitución, en el caso de dos
demandas presentadas contra algunos artículos de la reforma al “equilibrio de
poderes”. En forma subsidiaria se solicitó a la Corte declarar exequibles los
artículos 14, 15, 16, 17,18 y 19 del Acto Legislativo 02 de 2015. Esto, por cuanto la
creación del Consejo de Gobierno Judicial y la Comisión Nacional de Disciplina
Judicial, así como la facultad de investigar disciplinariamente a los empleados de
la Rama Judicial en este último órgano, no sustituyen la Constitución.
De otra parte, el Ministerio Público también consideró que la habilitación para que
el legislador otorgue competencia a un Colegio de Abogados para ejercer el
control disciplinario, así como el sustraer a la Comisión Nacional de Disciplina
Judicial del conocimiento de acciones de tutela y la competencia de solucionar los
conflictos jurisdiccionales otorgada a la Corte Constitucional, no sustituyen ningún
eje de la Constitución.
12. Demanda contra una modificación que se hizo al artículo 206 de la Ley 1564 de
2012 a través del artículo 13 de la Ley 1743 de 2014, “por medio de la cual se
establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial”, imponiendo una
sanción a quien realice un estimación del daño pretendido que excediere el 50% a
la cantidad que resulte probada en el proceso, y se condena a quien hizo el
juramento estimatorio a pagar al Consejo Superior de la Judicatura o a quien haga
sus veces una suma equivalente al 10% de la diferencia entre la cantidad
estimada y la probada. Para el actor esta norma resulta contraria al principio de
legalidad, al derecho a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la justicia.
Sin embargo se solicitó que se declara la exequibilidad de la norma, atendiendo a
que se ha sostenido en la jurisprudencia que ha desarrollado el tema, que el
juramento estimatorio persigue un fin constitucionalmente legítimo, como es lograr
199
la observancia del cumplimiento de ciertos deberes por parte de quienes
intervienen en los procesos judiciales, en aras de la buena marcha de la
administración de justicia, al mismo tiempo que otorga garantías a las partes en
tanto que respeta el derecho de contradicción y en cuanto a que la limitación de la
condena establecida constituye una consecuencia de seriedad y lealtad que
caracterizan a la administración de justicia. En este sentido, se puede precisar que
la norma demandada permite asegurar el acceso a la justicia y al debido proceso,
sin vulnerar el derecho a la igualdad, pues ello solo sucede cuando las normas
regulan de manera distinta situaciones de hecho que son genéricamente iguales.
13. Demanda contra el Acto Legislativo 01 de 2015, por medio del cual se reformó el
artículo 221 de la Constitución Política, y en donde entre otras cosas se estableció
expresamente que “en la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de
los miembros de la Fuerza Pública, en relación con un conflicto armado o un
enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional
Humanitario, se aplicarán las normas y principios de este”. Se le acusa de sustituir
la Constitución en tanto desconoce: (i) el deber estatal de investigar y juzgar todos
los hechos que constituyan tanto violaciones a los Derechos Humanos como
infracciones al DIH aplicando complementariamente el Derecho Internacional de
los Derechos Humanos (en adelante DIDH) y el DIH, en tanto impone la aplicación
exclusiva del DIH; (ii) la autonomía e independencia de la que gozan tanto los
fiscales como los jueces para elegir las normas jurídicas que consideren
pertinentes aplicar al caso concreto, en tanto obliga a aplicar únicamente el DIH; y
(iii) el principio de igualdad al crear, así, un privilegio injustificado a favor de los
miembros de la Fuerza Pública, en tanto que únicamente a ellos, bajo
determinadas circunstancias y para ciertas conductas, les aplica exclusivamente al
DIH, mientras a otros cuyos actos también podrían caber bajo esos mismos
supuestos (léase, miembros de grupos armados al margen de la ley), en todo caso
sí se les aplicaría el DIDH.
Se reiteró la postura respecto de la teoría de la sustitución de la Constitución,
razón por la cual, como petición principal, se solicitó a la Corte Constitucional
inhibirse por falta absoluta de competencia para ejercer un control material sobre
las reformas constitucionales; y, como petición subsidiaria, (ii) declarar exequible el
acto legislativo demandado, pero estableciendo, como parámetro de interpretación
necesario para su aplicación, que este en todo caso no supone la exclusión
absoluta de las normas del DIDH cuando el respectivo funcionario judicial
considere que es necesaria su aplicación complementaria.
200
Esto último por cuanto advirtió que la interpretación que hacen los accionantes, si
bien es razonable y plausible, no es la única ni la que necesariamente se
desprende del texto del acto legislativo demandado, por lo que la interpretación
obligatoria por parte de la Corte solicitada, o la modulación, aunque efectivamente
supone un control material de una reforma constitucional, ya aplicando la teoría de
la sustitución de la Constitución, resulta menos lesiva de la división de poderes y
menos restrictiva de la facultad constituyente del Congreso de la República, al
mismo tiempo que le reconoce un sentido y utilidad a la norma, en tanto ésta
reconoce la existencia del conflicto armado interno y, como consecuencia, la
necesidad y conveniencia de aplicar el DIH a la hora de investigar y juzgar a los
miembros de la Fuerza Pública por actos del servicio relacionados con el conflicto
y que reúnan las condiciones objetivas de este marco normativo.
Por lo que se entiende que es procedente declarar su exequibilidad, aunque sin
desconocer que, como se sostuvo en el concepto de constitucionalidad sobre el
Marco Jurídico para la Paz, investigar, juzgar y sancionar tanto las violaciones al
DIH como las graves infracciones al DIDH, efectivamente, es un pilar de la
Constitución, fundado, en últimas, en el reconocimiento de los derechos que
emanan de la naturaleza y dignidad humana (naturales), que no puede ser
sustituido, por lo que en forma alguna se puede prohibir la aplicación
complementaria del DIH y el DIDH.
INSISTENCIA DE TUTELA PRESENTADAS ANTE LA CORTE
CONSTITUCIONAL
Durante el año 2015, los ciudadanos presentaron ante la Procuraduría General de
la Nación 744 solicitudes de insistencia de tutela, respecto de las cuales se
resolvió insistir en 33 de ellas ante la Corte Constitucional. De las más relevantes
se da cuenta a continuación:
1. William José Otero Bocanegra – Colpensiones. Acto Administrativo proferido
por Colpensiones en el que se desatendió lo ordenado por un juez de tutela que
disponía resolver la solicitud de reconocimiento de una pensión de sobrevivientes,
teniendo en cuenta que los literales a) y b) del artículo 12 de la Ley 797 de 2003
habían sido declarados inexequibles –los los cuales hacían referencia al requisito
de fidelidad al sistema–, a pesar de que en el acto de cumplimiento al amparo se
insiste que el beneficiario no le asiste el derecho, por cuanto no se cumplió con el
referido requisito de fidelidad. Se consideró de la mayor importancia que se
seleccione para revisión este proceso, por cuanto genera un grave problema
hermenéutico, con incidencia en derechos fundamentales.
201
2. Carlos Alberto del Castillo Rangel, Guillermo Triviño Ramírez, Rubén Darío
Sandoval Orjuela y otros - Caja de Auxilio y de Prestaciones de la Asociación
Colombiana de Aviadores Civiles CAXDAC-ACDAC. En este caso consideró el
despacho que la decisión unilateral de suspender el pago de las mesadas
pensionales, sin el consentimiento expreso del pensionado titular del derecho y sin
un fallo definitivo del juez competente, afecta el mínimo vital de titular del derecho
prestaciones y el de sus familia, por cuanto los pilotos no contaron con las
garantías que debe brindar la administración a través de un debido proceso
administrativo y la posibilidad de hacer uso del derecho de contradicción y esperar
que sean las autoridades judiciales competentes las que resuelvan mediante
sentencia las situaciones expuestas en las demandas judiciales pertinentes. Dadas
las anteriores circunstancias, no es razonable que los tutelantes, bajo el mismo
supuesto fáctico, jurídico y probatorio, en unos casos obtengan fallos favorables y
en otros desfavorables. En este sentido, es de indicar que el derecho a la igualdad
exige, como condición sine qua non para su aplicación real, que las autoridades
otorguen idéntica protección, trato y definición a quienes se hallen en similares
situaciones de hecho, para evitar la trasgresión del derecho fundamental a brindar
seguridad en cuanto a que, para el caso, las decisiones judiciales no estén
sometidas al albur de que situaciones fácticas similares reciban decisiones
opuestas, según el despacho al cual haya correspondido el conocimiento.
3. Manuel Antonio Ruiz Gonzalez y otros - Fiscalía Segunda Delegada ante el
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Se evidencia una posible
vulneración del derecho al debido proceso por defecto factico, en tanto que, la
Fiscalía accionada, en sede de consulta, se extralimitó en su examen de
improcedencia de la acción de extinción de dominio y determinó la existencia de
un enriquecimiento injustificado sin tener suficientes elementos probatorios que así
lo establecieran.
4. Orlando de Jesús Villamizar - Juzgado Primero Civil Municipal de Los
Patios. Se observa una vulneración del derecho al debido proceso por defecto
procedimental, ya que en el año 2014, el Juzgado accionado declaró la nulidad
absoluta e insanable de un proceso hipotecario que había terminado y archivado
cuatro años antes. Por lo que resulta necesario que la Corte Constitucional revise
el caso para que se pronuncie sobre el alcance de la aplicación del principio de
restablecimiento del derecho previsto en el artículo 22 de la ley 906 de 2004, a
efectos de precisar si la Fiscalía o los jueces tienen o no una facultad ilimitada
para su puesta en práctica, cómo se debe hacer cumplir este principio cuando se
está frente a asuntos debatidos en otras jurisdicciones, o cuando se pueden
afectar a terceros de buena fe o derechos adquiridos, entre otros.
202
5. Carmen Cecilia Rivero Rasgo (Víctor Alfonso Bocanegra Rivero) -
Colpensiones. ¿Puede la entidad demandada desconocer el derecho a la
estabilidad laboral reforzada de una madre cabeza de familia con un hijo
discapacitado, desconociendo de antemano que sabía de su existencia, sólo con
el fundamento de que se encontraba vinculada con contrato de prestación de
servicios, cuando lo que legalmente existía de por medio era un contrato realidad?.
Es pertinente señalar que la misma Corte Constitucional, frente a la terminación
del vínculo laboral del cual las personas derivan su sustento y, en muchas
ocasiones, el de su familia, cuando se trata de personas en determinadas
circunstancias especiales, es posible que no exista mecanismo distinto a la tutela
que tenga el grado adecuado de celeridad y de integralidad para hacer posible la
protección de sus derechos a la estabilidad laboral, al mínimo vital y a la seguridad
social. Así mismo, también este órgano de control desea destacar el hecho de que
la accionante haya prestado sus servicios profesionales y estado vinculada al
Instituto de Seguros Sociales, hoy en liquidación, por más de 22 años, a través de
un contrato que fue cedido en el año 2012 a Colpensiones como nuevo
administrador del régimen de prima media con prestación definida.
Para este Ministerio Público no cabe duda que si se contrastan los presupuestos
jurídicos pertinentes con estas circunstancias, fácilmente se puede advertir que el
tipo de vinculación laboral que la señora Rivero tuvo con estas entidades no era
acorde con la naturaleza del contrato de prestación de servicios.
Por el contrario, los múltiples contratos de prestación de servicios suscritos
durante cerca de 24 años son prueba fehaciente de que, en lugar de una relación
limitada en el tiempo, existía una relación laboral a término indefinido con
obligaciones claramente estipuladas. Por lo que es claro que el requisito de la
temporalidad de los contratos de prestación de servicios no se cumplió, menos aún
cuando además de la prestación personal y continua de un servicio, que la propia
entidad accionada reconoce como propio de su planta de personal, evidentemente
había subordinación o dependencia y una contraprestación económica. Así las
cosas, debe reiterarse que, como ya se ha reconocido en reiterada jurisprudencia
de la Corte Constitucional3, las madres cabeza de familia de menores con una
discapacidad severa tienen derecho a una protección especial y este derecho no
puede ser interferido sin justificación suficiente.
3 T-1052 de 2007 M.P. Jaime Córdoba Triviño, T-992 de 2012 M.P. Maria Victoria Calle Correa, T-
803 de 2013 M.P. Nilson Pinilla Pinilla
203
6. María Cardona Giraldo - Corte Suprema de Justicia. En este evento surge el
siguiente problema jurídico: ¿Constituye una violación al derecho fundamental al
debido proceso el hecho de que un Tribunal, como la Sala Laboral de la Corte
Suprema de Justicia, desconozca su propio precedente en la interpretación de una
norma jurídica, como lo es en este caso una cláusula contenida en la convención
colectiva de trabajo?. En el sub examine, la actora se encontraba en la misma
situación fáctica que varios de sus excompañeros trabajadores de Minercol Ltda, a
quienes el respectivo Tribunal les reconoció el derecho a la pensión de jubilación
convencional, dándole a la norma aplicable un alcance y sentido distinto y
contradictorio al que posteriormente tuvo en cuenta para resolver las diligencias de
la señora Cardona Giraldo.
7. Carlos Alfonso Cerpa - Tribunal Superior de Bogotá. En este caso se solicitó
a la Corte estudiase si hubo vulneración al debido proceso por error inducido, lo
cual es posible, pues aun cuando la actuación del juez que declaró la extinción de
dominio se basó en pruebas testimoniales, que en el momento de la sentencia no
habían sido demostradas falsas y, en ese sentido, constituían un fundamento
válido para le decisión, se demostró después que el funcionario judicial fue
inducido a un yerro en la decisión por la conducta fraudulenta de los testigos del
caso.
8. Cesar Augusto Serrano Morales (Andrés Felipe Arias) - Corte Suprema de
Justicia, Sala de Casación Penal. En relación con la procedencia de la acción de
tutela, se destaca que sería pertinente que con la selección del presente caso la
Corte Constitucional se permitiera realizar alguna precisión en relación con la
aplicabilidad del derecho a la impugnación de las sentencias condenatorias en
materia penal, sobre el cual recientemente se pronunció la Sala Plena en sede de
constitucionalidad, mediante la Sentencia C-792 de 2014, toda vez que en el sub
judice es una decisión dentro de un proceso penal de única instancia.
9. Consorcio de Interventoría de Gestión (CIG) - EMTULUA – Centroaguas
Tulaseo. En este caso las cuestiones relevantes son: a. El pacto arbitral, bien en
su modalidad de cláusula compromisoria o en su modalidad de compromiso, tiene
alcance incluso respecto de procedimientos administrativos como el regulado por
el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011? En este sentido, debe tenerse en cuenta
que, en principio, el pacto arbitral sustrae de la jurisdicción del Estado una
determinada controversia transigible y, en consecuencia, no tendría alcance
respecto de procedimientos administrativos. No obstante, debe resaltarse que, en
cualquier caso, tanto el pacto arbitral como el procedimiento administrativo tienen
un mismo objeto, cual es determinar el incumplimiento de un determinado contrato.
204
b. De conformidad con lo anterior, es necesario establecer tanto la naturaleza del
procedimiento administrativo como su objetivo. Sobre lo primero, podría pensarse
que la Ley 1474 regula aspectos sensibles sobre los cuales no podría pactarse en
contrario por su carácter de orden público, al menos en lo que se refiere al
procedimiento regulado por el artículo 86. En este sentido, el pacto arbitral no
podría tener el efecto de inhibir los procedimientos administrativos que permiten
conminar al contratista con el fin de adecuar su conducta al objeto contractual.
Sobre lo segundo, podría pensarse que el objeto del pacto y el procedimiento
administrativo tienen objetos diferenciables, pues el pacto se refiere al
incumplimiento del negocio jurídico como tal, a partir de lo establecido y acordado
en relación son su objeto y las controversias económicas que del incumplimiento
se derivan, mientras que el procedimiento administrativo podría tener como
propósito conminar al contratista para que cumpla sus deberes respecto del
contrato, para que la administración cumpla con los fines estatales a su cargo
ejerciendo su autoridad contractual unilateral sancionatoria para ello.
2.4 SUPERVIGILANCIA AL DERECHO DE PETICIÓN
Durante el año 2015 los ciudadanos remitieron a través del correo electrónico
vigilanciaderechodepetició[email protected] y del grupo de correspondencia
de la Procuraduría General de la Nación 1.355 solicitudes (1.048 de Información,
271 de copias de documentos y 36 de consultas), de las cuales, 245 solicitudes se
archivaron por no procedencia, en 888 se realizaron requerimientos a autoridades,
186 se trasladaron por tratarse de investigaciones disciplinarias y 373 no pudieron
ser resueltas, entre otros motivos, por estar incompletas, porque el ciudadano no
especificó dirección de notificación o la petición no tenía hilo conductor.
2.5 INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS
CIUDADANOS Y DEL ESTADO
Durante el 2015 se adelantaron 49.506 actuaciones ante el INCODER y otras
autoridades administrativas, de las cuales 33.596 fueron en asuntos ambientales y
agrarios, 12.922 en asuntos del menor y la familia, 2.971 en restitución de tierras y
13 en otros asuntos civiles. En materia ambiental se realizaron 27.387
intervenciones y en agraria, 6.209, como se muestra en las tablas a continuación.
205
Tabla No. 37 Intervención administrativa en materia ambiental - año 2015
INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA AMBIENTAL No.
Procesos sancionatorios de los que acusó recibo 10.299
Expedientes sancionatorios revisados 10.355
Audiencias públicas ambientales a las que asistió 152
Recursos contra actos admitivos que otorgan lic, perm, aut. o conc. 62
Informes ambientales con fines disciplinarios 179
Recursos presentados contra auto de cargos 11
Recursos presentados contra auto prueba 45
Recursos contra decisión de mérito que ponga fin proceso sancion. 5
Inspecciones oculares en trámite del proceso sancionatorio
Conceptos presentados ante la autoridad ambiental 278
Oposiciones u objeciones presentadas 24
Solicitudes de revocatoria directa presentadas 91
Visitas a autorid.ambient.seguim. sancion, per, conc, aut, y lic.amb. 1.053
Oficios a la autoridad ambiental, hechos de su competenc 2.518
Oficios de impulso del proceso administrativo 5.475
Requerimientos proyectados de función de interv. adminis. ambi. 3.604
Constituciones en renuencia presentadas 246
Comites a los que asistio 494
Solicitudes presentadas para práctica de pruebas 365 Tabla No. 38 Intervención administrativa en materia agraria - año 2015
INTERVENCIÓN AGRARIA ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA No.
Expedientes remitidos por INCODER revisados 8.294
Expedientes remitidos por INCODER de los cuales se notificó 8.111
Expedientes diferentes a INCODER, de los cuales se notificó 1.297
Oficios de impulso del proceso administrativo 1.690
Recursos de reposición interpuestos ante el INCODER 475
Conceptos en oposiciones sobre conveniencia de Adqui., etc. 221
Solicitudes de prácticas de pruebas presentadas 220
Informes agrarios con fines disciplinarios 76
Informes agrarios con fines fiscales 3
Informes agrarios con fines penales 10
Solicitudes de revocatoria directa presentadas 39
Inspecciones oculares que practicó al lugar de los hechos 133
Oposiciones u objeciones a dictamen pericial presentados 2
Requerimientos en función de intervención admitiva agr. 1.859
Constituciones en renuencia presentadas 73
Solicitudes de aclaración, modif, comple. y ampli. la inspec.ocular 53
Solicitudes de cumplimiento de condición resolutoria 42
Comités agrarios a los que asistió 163
Asuntos policivos de los que se notificó en el período 1.235
206
Los siguientes fueron algunas de las intervenciones relevantes ante autoridades administrativas:
- Emisiones atmosféricas a cielo abierto – Coquizadora PIDEBEN.
En desarrollo de visita de control y seguimiento ambiental llevada a cabo por la
Procuraduría en la planta de sacrificio “Más criollo”, se pudo evidenciar la presencia a
la altura de la vereda Peracos, jurisdicción del municipio de Cúcuta (N.S.), de varios
hornos pampa de coquización en funcionamiento, operados por la empresa
coquizadora PIDEBEN, generadores de altas emisiones atmosféricas contaminantes,
contraviniendo abiertamente lo señalado en el Decreto 948 de 1995. El 13 de abril de
2015 se realizó una visita conjunta a la misma planta con funcionarios de la
Corporación Autónomo Regional de la Frontera Nororiental, evidenciándose el
funcionamiento inadecuado de la misma, entre otros factores, por ausencia de
cámaras de filtraje e instalación de ductos de salida en chimeneas, siendo entonces
necesario suspender de manera inmediata el funcionamiento de la planta en cuestión,
la cual estaba conformada por dos baterías de hornos, tipo colmena, y otros 31
hornos.
Atendiendo a que este órgano de control solicitó a la Jefe de la Oficina de Desarrollo
Sectorial Sostenible de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental,
verificara si dicha empresa contaba con los permisos de emisiones atmosféricas para
el desarrollo de su actividad comercial y el número exacto de hornos que podían estar
en funcionamiento, así como las acciones desplegadas por esa Corporación sobre la
situación presentada, se pudo constatar que la empresa carecía de dichas licencias,
por lo que a través de Resolución No. 218 de 16 de septiembre de 2015, la autoridad
ambiental aperturó proceso administrativo sancionatorio y se impuso una medida
preventiva en contra del citado establecimiento.
- Impacto ambiental por olores y vertimiento aguas residuales – Empresa
PROACTIVA - San Andrés. Un problema que se presenta en la Isla de San Andrés
debido a lo limitado de las redes de alcantarillado y lo precario del servicio, son los
vertimientos de dicho sistema en ciertos sitios de la Isla, los cuales, por lo general, son
frecuentados por los turistas y la comunidad residente. Un vertimiento persistente se
presenta en el sector de la zona rosa Café-Café, por lo que los olores ofensivos
afectan la zona de playas y el mar, toda vez que esas aguas se vierten por los canales
de aguas lluvia cuando se presenta el rebosamiento.
A pesar de adoptar las medidas necesarias por la empresa PROACTIVA en el mes de
enero se presentó un episodio muy marcado que género un impacto negativo
afectando no solo el medio ambiente, la salubridad pública sino el destino turístico y la
207
imagen de las Islas. Por ello, en la búsqueda de darle una solución a la problemática,
la Procuraduría practicó inspecciones oculares al sitio y a cada uno de los usuarios y
operadores del sector, pudiendo determinar que establecimientos como
Hamburguesas El Corral contaba con una estación de bombeo clandestino que
sobrecargaba el sistema y el Hotel El Dorado con tuberías clandestinas conectadas al
sistema con aguas de lavanderías y trampas de grasas colmatadas.
A raíz de la intervención de este órgano de control, se logró que las entidades
respectivas identificaran los generadores de los vertimientos, adoptaran las medidas
técnicas necesarias, se iniciaran los respectivos procesos sancionatorios y se
eliminara por completo del vertimiento, desapareciendo así la emisión de olores
ofensivos en esa zona turística.
- Contaminación por chimenea - Restaurante Asadero Tronco de Pollote –
Barranquilla. La Procuraduría recibió solicitud de intervención por parte de la señora
Emilia Carmela Díaz Acosta, por la contaminación generada por el humo que produce
la chimenea del restaurante “Tronco de Pollote”, que funciona en el barrio San Felipe
de la ciudad de Barranquilla, por lo que se requirió al DAMAB y se le hizo seguimiento
al proceso administrativo que dicha autoridad ambiental venía adelantando por esa
denuncia, encontrando que desde el 17 de junio de 2011, la referida ciudadana había
elevado derecho de petición para que se practicara visita ocular con el objeto de
corroborar la situación y se tomaran los correctivos del caso.
Mediante la Resolución N° 1238 de 26 de agosto de 2011, el DAMAB impone medidas
al establecimiento, que debían cumplirse dentro término de 60 días calendario, pero
que no fueron atendidas por parte del administrador y/o representante legal,
continuando con la vulneración al goce de un ambiente sano, ni controladas por la
autoridad ambiental, no obstante que la ciudadana afectada había formulado sendos
derechos de petición en tal sentido. Ello motivó que este órgano de control exigiera a
la autoridad ambiental el cese inmediato a la vulneración de los derechos colectivos
de la peticionaria, su familia y vecinos. Adicionalmente, solicitó la calificación del
proceso administrativo, de manera que se procediera a determinar la responsabilidad
o sanción correspondiente por la evidente violación a las normas ambientales.
Como resultado de lo anterior, el DAMAB realizó operativo al establecimiento
comercial “Tronco de Pollote” y a través de medida preventiva, suspendió las
actividades del restaurante hasta tanto se diera cumplimiento a las obligaciones
impuestas por esa autoridad ambiental, por lo que el propietario realizó las
adecuaciones pertinentes para evitar que la chimenea continuara generando
contaminación y afectación al medio ambiente.
208
- Liquidación obligatoria de la sociedad Edificio Junín Ltda. Tras algo más de
dos años infructuosos de insistencia del ciudadano a la autoridad administrativa para
que corrigiera un error en una actuación suya, la Procuraduría intervino ante la
Superintendencia de Sociedades, en defensa de las garantías de los derechos
fundamentales, logrando que a través de auto de 8 de octubre de 2015, se reabriera el
proceso de liquidación obligatoria de la sociedad Edificio Junín Ltda., única y
exclusivamente para corregir el auto que aprobó la cesión de bienes, enmendando el
porcentaje allí asignado a una sociedad inexistente para adjudicarlo a la sociedad
Nuevo Hotel Monserrate S.A.S.; e informara a la Oficina de Registro e Instrumentos
Públicos Zona Centro de Bogotá para que modificara la anotación correspondiente.
De esta forma, se pudo resarcir el daño ocasionado al usuario durante años, quien no
podía realizar transacción alguna sobre el bien de su propiedad por haber sido
adjudicado a una sociedad que no existía.
- Proceso de liquidación judicial de la sociedad DMG Grupo Holding S.A. La
Procuraduría General de la Nación interviene en el proceso de liquidación judicial de la
sociedad DMG Grupo Holding S.A., para garantizar los derechos de las víctimas de
dicho grupo.
El Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia de la
Superintendencia de Sociedades, solicitó a este órgano de control ejercer vigilancia
especial al proceso de resolución de contrato en curso ante el Juzgado 26 Civil del
Circuito de Bogotá, por considerar necesario que la liquidadora designada se haga
parte dentro del proceso en el cual están comprometidos bienes inmuebles declarados
en extinción de dominio y cuyo destino debe ser el pago a las víctimas del grupo DMG.
El Ministerio Público, en el marco de su función de intervención, solicitó al Juzgado 26
Civil del Circuito llamar al proceso a la liquidadora de la sociedad DMG Grupo Holding
S.A., designada por la Superintendencia de Sociedades, para que sean tenidos en
cuenta los argumentos por ella indicados y así contribuir al pago de las víctimas de
las operaciones de captación y recaudo que realizó DMG, sin la debida autorización
estatal, en aras de restablecer y preservar el interés público.
Petición que acogió el citado Juzgado y que permitió poner a disposición de esa
Superintendencia unos bienes presuntivamente afectos de extinción de dominio para
que fueran integrados a la masa de bienes que conforma el inventario de la
liquidación de dicha sociedad, garantizando así los derechos de las víctimas.
209
3. PROCESO DISCIPLINARIO
En el marco de propender por el ejercicio diligente y eficiente de la función pública, la
Procuraduría General de la Nación es el organismo del Estado que adelanta
investigaciones y resuelve los procesos disciplinarios contra servidores públicos y contra
los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado, de
conformidad con lo establecido en el Código Disciplinario Único.
En desarrollo de esa función, durante el 2015, la carga laboral promedio por funcionario,
determinada por el número de indagaciones e investigaciones en trámite en la vigencia,
fue de 80 procesos entre indagaciones e investigaciones en el procedimiento ordinario y
el procedimiento especial (Verbal), como resultado de los 52.718 expedientes asignados
a los 660 funcionarios encargados del proceso disciplinario durante la vigencia. La
productividad por funcionario en la misma materia, determinada por el número promedio
de expedientes evacuados por funcionario al año, fue de 31, que incluyen las decisiones
de fondo proferidas para un total de 20.242 durante el 2015.
De las 107.979 quejas y denuncias en trámite durante la vigencia 2015 se gestionaron
89.861 que corresponden al 83,2%, de las cuales 42.264 (47%) fueron remitidas por
competencia externa; y 13.313 (14,8%) se distribuyeron a las diferentes dependencias
disciplinarias de la entidad por competencia interna. El 13,5% de esas quejas (12.148)
culminaron con autos inhibitorios; el 4,7% (4.213) se archivaron; el 18,9% (16.991) dieron
inicio a indagación preliminar; 1,0% (867) condujeron a apertura de investigación
disciplinaria (procedimiento ordinario) y 0,1% (65) acarrearon proceso especial (verbal).
Igualmente, se formularon 1.632 pliegos de cargos, de los cuales 892 fueron dentro del
procedimiento ordinario y 740 con procedimiento verbal.
Con relación al procedimiento verbal, que también nos propusimos fortalecer en este
cuatrienio, se evacuaron 830 procesos, de los cuales 387 fueron con fallos sancionatorios
y 236 con fallos absolutorios de primera instancia, 164 decisiones de segunda instancia y
43 a terminaciones por otros conceptos. De esta manera se dio respuesta en tiempo real
a ese mismo número de denuncias o casos abordados de oficio, contribuyendo a la lucha
contra la corrupción y la impunidad, la falta de diligencia y eficacia en el ejercicio de la
función pública. En este mismo período de análisis se impusieron sanciones a 1.171
personas en primera y única instancia. Igualmente, 690 sanciones quedaron en firme y
registradas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de
Inhabilidad (SIRI).
A continuación se presenta la tabla con las actuaciones realizadas durante 2015 en materia disciplinaria.
210
Tabla No. 39 Actuaciones proceso disciplinario - año 2015
GESTION DISCIPLINARIA
2015
DEL
EGA
DA
S
REG
ION
ALE
S
PR
OV
INC
IALE
S
DIS
TRIT
ALE
S
TOTAL
EVALUACION DE QUEJAS Y DENUNCIASQuejas al inicio del año 2015 1.878 6.938 6.542 1.909 17.267
Quejas al final del año 2015 1.791 6.874 6.376 3.077 18.118
Quejas recibidas en el periodo 8.714 25.504 38.229 18.265 90.712
Remisiones de quejas dependencias internas 2.367 6.013 4.534 399 13.313
Remisiones de quejas externas 714 10.693 16.955 13.902 42.264
Autos inhibitorios proferidos 2.664 2.706 5.403 1.375 12.148
Quejas archivadas 281 2.099 1.447 386 4.213
INDAGACIONESIndagaciones iniciadas en el periodo 2.061 5.422 8.923 585 16.991
Acumulación de indagaciones 103 128 242 10 483
Autos de archivo en indagación 1.831 3.361 5.169 651 11.012
Prescripciones en indagacion 83 304 288 5 680
INVESTIGACIONES PROCEDIMIENTO ORDINARIOAutos apertura investigacion 936 990 2.661 223 4.810
Autos de archivo en investigación 890 972 1.919 212 3.993
Acumulación de investigaciones 48 33 85 3 169
Prescripciones en investigación 93 150 206 18 467
Autos de cargos proferidos 215 173 474 30 892
Decisiones de primera instancia sancionatorias 100 111 279 17 507
Decisiones primera instancia absolutorias 69 58 124 10 261
personas sancionadas proceso ordinario 171 148 357 23 699
INVESTIGACIONES PROCEDIMIENTO ESPECIAL (VERBAL)
Procesos verbales iniciados en el periodo 32 275 418 15 740
Procesos verbales con fallo sancionatorio 21 115 238 13 387
Procesos verbales con fallo absolutorio 9 80 140 7 236
personas sancionadas en proceso verbal 24 155 276 11 466
PROCESOS UNICA INSTANCIADecisiones de única instancia sancionatorias 4 0 0 0 4
Decisiones de única instancia absolutorias 8 0 0 0 8
personas sancionadas en unica instancia 6 0 0 0 6
PROCESOS UNICA INSTANCIADecisiones segunda instancia confirmatorias 101 148 4 1 254
Decisiones segunda instancia modificatorias 32 46 0 0 78
Decisiones segunda instancia revocatorias 100 118 1 0 219
Procesos verbales con fallo confirmatorio 21 67 0 0 88
Procesos verbales con fallo revocatorio 20 31 0 0 51
Procesos verbales con fallo modificatorio 12 13 0 0 25
Autos de nulidad decretados por la dependencia primera instancia 34 39 76 3 152
Autos de nulidad decretados a la dependencia primera instancia 2 10 14 0 26
Autos de revocatoria directa decididos 182 4 1 0 187
Expedientes inicio periodo 6.027 8.358 14.231 539 29.155Expedientes final periodo 5.568 8.657 15.111 1.303 30.639
211
3.1 QUEJAS Y DENUNCIAS
En 2015 inició con 17.267 quejas y durante su transcurso ingresaron 90.712 más, para un
total de 107.979 quejas y denuncias por tramitar en el período. De ellas, se atendieron
89.861, es decir, el 83,2% y, quedaron pendientes de trámite 18.118.
Con base en las quejas presentadas, se iniciaron 16.991 indagaciones preliminares, que
corresponden al 18,9% sobre el total; 867 dieron lugar a apertura de proceso disciplinario
ordinario (1%); y 65 a procedimiento disciplinario especial (verbal), que representa el 0,1%
del total de quejas evaluado.
La tabla que sigue muestra el trámite efectuado por el nivel central y las Procuradurías
Territoriales en esta materia.
Tabla No. 40 Quejas y denuncias de la ciudadanía - año 2015
No. %
17.267 16,0%
90.712 84,0%
107.979 100,0%
16.991 18,9%
867 1,0%
65 0,1%
42.264 47,0%
13.313 14,8%
12.148 13,5%
4.213 4,7%
89.861 83,2%
18.118 16,8%QUEJAS Y DENUNCIAS AL FINAL DE 2015
QUEJAS Y DENUNCIAS
ATENDIDAS EN 2015
Con Apertura de Indagación Preliminar
Con Traslado por Competencia Externa
Con Traslado por Competencia Interna
Con Auto Inhibitorio
QUEJAS ATENDIDAS EN 2015
Con Procedimiento Ordinario
Con Procedimiento Especial (Verbal)
Archivadas
TOTAL
QUEJAS Y DENUNCIAS AL INICIO DE 2015
TOTAL QUEJAS A TRAMITAR 2015
QUEJAS Y DENUNCIAS RECIBIDAS EN EL 2015
QUEJAS Y DENUNCIAS DE LA CIUDADANÍA
3.2 INDAGACIONES PRELIMINARES
Del total de 43.289 indagaciones en trámite en el 2015, se le dio impulso a 19.946; de
ellas, 3.946 (19,8%) culminó con apertura de investigación y 568 (2,8%) con citación a
audiencia para formulación de cargos (procedimiento verbal). Sigue siendo importante la
remisión de procesos por competencia, con un registro del 16,3% (3.257), situación que
afianza la competencia natural establecida legalmente para los órganos disciplinarios
internos. En la tabla siguiente se puede observar el comportamiento de esta etapa
procesal durante el 2015.
212
3.3 PROCESOS DISCIPLINARIOS EN ETAPA DE INVESTIGACIÓN, CON PLIEGO
DE CARGOS Y TERMINADOS - PROCEDIMIENTO ORDINARIO
En el período de análisis se iniciaron 550 investigaciones menos que en el 2014, como lo enseña la gráfica que sigue.
Gráfica No. 6 Investigaciones iniciadas – años 2014 y 2015
Tabla No. 41
Indagaciones preliminares disciplinarias - año 2015
No. %
21.825 50,4%
16.991 39,3%
4.473 10,3%
43.289 100,0%
3.946 19,8%
568 2,8%
3.257 16,3%
483 2,4%
11.012 55,2%
680 3,4%
19.946 100,0%
23.343
TOTAL
INDAGACIONES
PRELIMINARES
TERMINADAS EN
2015
INDAGACIONES PRELIMINARES TERMINADAS EN 2015
INDAGACIONES PRELIMINARES AL INICIO DE 2015
INDAGACIONES PRELIMINARES INICIADAS EN EL 2015
INDAGACIONES PRELIMINARES DISCIPLINARIAS
Con Procedimiento Ordinario
Con Procedimiento Especial (Verbal)
INDAGACIONES RECIBIDAS POR TRASLADO EN EL 2015
INDAGACIONES PRELIMINARES AL FINAL DE 2015
TOTAL INDAGACIONES PRELIMINARES EN TRÁMITE EN EL 2015
Con Traslado por Competencia
Con Acumulación
Con Archivo
Por Prescripción
La gráfica a continuación muestra el comportamiento de las indagaciones preliminares
iniciadas en los años 2014 y 2015.
Gráfica No. 5 Indagaciones iniciadas
No. de indagaciones iniciadas
Cantidad
16.900
16.950
17.000
17.050
17.100
17.150
17.200
2014 2015
No. de IndagacionesIniciadas en el periodo
2014 2015
MINISTERIO PÚBLICO 17.153 16.991
No. de investigaciones iniciadas Cantidad
2014 2015
213
5.300
5.320
5.340
5.360
5.380
5.400
5.420
5.440
5.460
5.480
2013 2014
Investigaciones iniciadas
Del total de 14.458 investigaciones disciplinarias a tramitar en el 2015, se culminaron 6.540 que corresponden al 45,2%; 892 culminaron con pliego de cargos y 3.993 con archivo. En el mismo período fueron fallados 1.331 procesos, de los cuales 768 fue en primera instancia, 12 en única y 551 en segunda instancia, como lo detalla la tabla siguiente.
Tabla No. 42 Procesos disciplinarios – Procedimiento ordinario - año 2015
No. %
8.284 57,3%
4.810 33,3%
1.364 9,4%
14.458 100,0%
743 11,4%
169 2,6%
3.993 61,1%
892 13,6%
107 1,6%
467 7,1%
6.540 45,2%
Absolutorio 261 34,0%
Sancionatorio 507 66,0%
Subtotal (Fallo de Primera Instancia) 768 5,3%
Confirmatorio 254 46,1%
Modificatorio 78 14,2%
Revocatorio 219 39,7%
Subtotal (Fallo de Segunda Instancia) 551 3,8%
Absolutorio 8 66,7%
Sancionatorio 4 33,3%
Subtotal (Con Fallo de Única Instancia) 12 0,1%
1.331 9,2%
7.871 54,4%
6.587 45,6%
INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO AL INICIO DE 2015
INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO INICIADOS EN EL 2015
INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO RECIBIDOS POR TRASLADO 2015
TOTALPROCESOS DISCIPLINARIOS - PROCEDIMIENTO ORDINARIO
TOTAL INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS EN TRÁMITE EN EL 2015
INVESTIGACIONES
DISCIPLINARIAS
TERMINADAS EN 2015
Con Traslado por Competencia
Con Acumulación
Con Archivo
Por Prescripción
Con inicio de procedimiento verbal
Con autos de cargos
TOTAL INVESTIGACIONES Y PROCESOS DISCIPLINARIAS AL FINAL DE 2015
PROCESOS ORDINARIOS TERMINADOS EN 2015
TOTAL INVESTIGACIONES TERMINADAS EN 2015
PROCESOS
DISCIPLINARIOS
TERMINADOS EN 2015
Con Fallos de Primera
Instancia
Con Fallos de Segunda
Instancia
Con Fallos de Única
Instancia
INVESTIGACIONES Y PROCESOS ORDINARIOS TERMINADOS EN 2015
MINISTERIO PÚBLICO 5.360 4.810
214
3.4 PROCESOS DISCIPLINARIOS CON PROCEDIMIENTO ESPECIAL (VERBAL) En el 2015, de los 1.035 procesos con procedimiento especial (proceso verbal) a tramitar, se terminaron 830 que representan el 80,19%, cumpliendo así con la política de celeridad para determinar la responsabilidad de los servidores públicos en tiempo real. De ellos, 623 fueron fallados en primera instancia, de los cuales 236 correspondieron a fallos absolutorios y 387 a sancionatorios. La discriminación se puede observar en la tabla que sigue.
Tabla No. 43 Procesos disciplinarios con procedimiento especial (verbal - año 2015)
No. %
185 17,9%
740 71,5%
110 10,6%
1.035 100,0%
Con Fallo de Primera Instancia Absolutorio 236 28,4%
Con Fallo de Primera Instancia Sancionatorio 387 46,6%
Subtotal (Con Fallo de Primera Instancia) 623 75,1%
Con Fallo de Segunda Instancia Confirmatorio 88 10,6%
Con Fallo de Segunda Intancia Modificatorio 25 3,0%
Con Fallo de Segunda Instancia Revocatorio 51 6,1%
Subtotal (Con Fallo de Segunda Instancia) 164 19,8%
43 5,2%
830 80,2%
205 19,8%
TOTALPROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES
PROCESOS DISCIPLINARIO VERBALES TERMINAD0S EN 2015
PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES AL FINAL DE 2015
PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES AL INICIO DE 2015
PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES INICIADOS EN EL 2015
TOTAL IPROCESOS DISCIPLINARI OS PROCEDIMENTO VERBAL EN TRÁMITE EN EL 2015
PROCESOS DISCIPLINARIOS
VERBALES TERMINADAS
2015
Con Fallos de Primera Instancia
Con Fallos de Segunda Instancia
PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES RECIBIDOS POR TRASLADO EN EL 2015
Terminados por: Archivos, remisiones, acumulaciones, prescripciones
215
3.5 SANCIONES POR CARGO Y POR TIPO
En el período de análisis, la Procuraduría General de la Nación impuso y registró en el
Sistema SIRI un total de 690 sanciones.
Por cargo, los alcaldes y los concejales representan el mayor porcentaje con 195 y 113
sanciones, respectivamente, que en conjunto suman el 44,6% sobre el total, como se
observa en la siguiente tabla:
Tabla No. 44 Número de personas con sanciones en firme y registradas en el SIRI - año 2015
CARGO TOTAL
Alcalde 195 Concejal 113 Secretario 53 Gerente 33
Personero 28 Docente 25 Director 24 Soldado 21 Jefe 15 Gobernador 13 Tesorero 11 Profesional 10 Técnico 9 Director General 8 Comisario de Familia 8 Subdirector 7 Director Ejecutivo 7 Patrullero 6 Presidente 5 Subgerente 5 Asesor 5 Oficial 5 Sargento 5 Inspector de Policía 5 Curador Urbano 4 Procurador Provincial 4 Interventor 4 Intendente 4 Contralor 4 Agente de tránsito 3 Superintendente Delegado 3
Cabo 3 Coordinador 3 Comandante 2 Diputado 2 Subsecretario 2 Registrador 2 Representante Legal 2 Médico 2 Inspector 2 Enfermera 2 Rector 2
CARGO TOTAL
Alcalde Local 2 Inspector 1 Vicerrector 1 Senador 1 Procurador Regional 1 Miembro Fuerza Pública 1 Ingeniero Operativo 1 Defensor de Familia 1 Edil 1 Capitán 1 Dragoneante 1 Viceministro 1 Auditor 1 Auxiliar Policía Nacional 1 Pagador 1 Secretario General Universidad 1 Superintendente Bancario 1 Liquidador 1 Otros 5
TOTAL 690
216
Siguiendo la misma línea, durante la vigencia, igualmente son los alcaldes (195) y los
concejales (113) los funcionarios de elección popular más sancionados, tal y como se
relaciona en la tabla que sigue.
Tabla No. 45 Sanciones por cargo de elección popular registradas en el SIRI - año 2015.
SANCIONES POR CARGO
DE ELECCIÓN POPULAR
REGISTRADAS EN EL SIRI
2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 TOTAL
2009/2015
SENADORES 1 2 2 5 0 0 1 11
REPRESENTANTES 1 0 1 1 2 0 0 5
GOBERNADORES 16 13 19 9 15 9 13 94
ALCALDES 227 224 245 258 299 179 195 1.627
DIPUTADOS 6 7 2 2 2 1 2 22
CONCEJALES 114 107 261 177 183 173 113 1.128
Por tipo de sanción, la suspensión representa el 53% (412) y la destitución e inhabilidad
general el 24% (184), de lo que dan cuenta la gráfica y la tabla a continuación.
Gráfica No. 7 Sanciones ejecutoriadas en el 2015 y registradas en SIRI
AMONESTACION
ESCRITA 66 SEPARACION
ABS. FF.MM 3
SUSPENSION 412
DESTITUCION 184
MULTA 25
Tipo de Sanción No.
Amonestación Escrita 66
Suspensión 412
Destitución 184
Multa 25
Separación Abs. FFMM 3
Total 690
217
4 GARANTIZAR UNA ATENCIÓN OPORTUNA Y EFECTIVA DEL CIUDADANO
Expedición de certificado de antecedentes - Sistema de Información de Registro
de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI)
En cumplimiento de la Ley 734 de 2002, corresponde a la Procuraduría el registro en el
sistema de información SIRI de los datos básicos de las sanciones penales y
disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el Estado,
de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de
las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que
desempeñen funciones públicas, en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en
garantía. Este procedimiento se efectúa de manera previa a la expedición del certificado
de antecedentes, tanto en los puntos de atención directa en el país como a través de la
descarga por medio de la página web institucional.
Este documento público, ordenado por la Ley 190 de 1995, la Ley 734 de 2002, en
concordancia con la Ley 1238 de 2008, que se exige como requisito para posesionarse en
un cargo público y contratar con el Estado, y que se ha extendido al sector privado como
medio para verificar los antecedentes de aspirantes que buscan vincularse laboralmente
en dicho sector, además de las sanciones anteriormente descritas, contiene las
decretadas por los consejos, gremios y escuelas de profesiones, distintas del derecho,
respecto de sus miembros.
Durante el 2015 se expidieron los siguientes certificados y constancias:
Tabla No. 46 Certificados de antecedentes - año 2015
Expedición de certificados de antecedentes año 2015 No.
Certificados de antecedentes disciplinarios expedidos por medio de la página web de la PGN
10.986.417
Certificados de antecedentes disciplinarios expedidos en ventanilla CAP
57.387
Expedición de constancias de derechos humanos e infracciones al DIH
23.094
Durante el 2015 se expidieron vía web 10.986.417 certificados de antecedentes, los
entregados directamente en ventanilla fueron 57.387. Estos datos evidencian no solo la
importancia que continúa teniendo este documento, sino el esfuerzo realizado por la
Procuraduría para que la estructura del software y el hardware permitan a los usuarios su
fácil acceso y de manera gratuita como lo ordena la Ley.
218
Sistema de Relatoría
La relatoría de lo público es el instrumento idóneo para preservar la memoria
institucional de las entidades estatales y constituye un medio para garantizar los
derechos del ciudadano, en tanto posibilita la coherencia jurídica de las diversas
decisiones provenientes del ejercicio del poder del Estado, toda vez que, luego de que
estas son analizadas, organizadas, recopiladas y sistematizadas, deben servir de
base para identificar líneas o tendencias que permitan dar las mismas o similares
soluciones a aquellas situaciones que posean patrones fácticos análogos.
En ese sentido, la Procuraduría cuenta con su Sistema de Relatoría que año tras año
ha venido prestando sus servicios tanto a los funcionarios de la entidad, como a
personas externas a la misma; también ha brindado capacitación sobre el manejo del
sistema y la forma de realizar las consultas de su interés. Fue así como durante la
vigencia 2015, la Relatoría atendió 13.642 consultas por parte de funcionarios y
usuarios externos, y capacitó a 373 personas entre funcionarios y usuarios. Con
ocasión del plan de mejoramiento del sistema de información PIREL el cual se ha
trabajado bajo ambiente Windows, nos encontramos desarrollando el proyecto para
integrarlo al sistema de información misional SIM, el cual ofrece una plataforma más
robusta que permite mayor seguridad en la captura y almacenamiento de los
documentos, así como la facilidad para la recopilación de información que producen
las procuradurías delegadas, regionales, provinciales y distritales.
Es por esto que durante el año 2015 y con el fin de depurar la base de datos, se
revisaron 24.000 registros de PIREL; se estandarizaron descriptores; se corrigió
fuente formal; se solicitó la eliminación de registros repetidos o que contenían
decisiones de primera instancia que no fueran definitivas; se arreglaron direcciones
para garantizar que los usuarios del sistema puedan tener acceso a toda la
información que produce la entidad; es así como al finalizar el mes de octubre se dejó
la base de datos revisada, corregida y al día para la migración al sistema de
información SIREL.
Orientación al ciudadano y atención de usuarios
Durante el 2015 se atendieron 11.268.926 usuarios a nivel nacional de manera
personal, telefónica, vía web o por correo electrónico. Se atendieron 2.236 derechos
de petición y se resolvieron 542 solicitudes de ejercicio de poder disciplinario
preferente. La siguiente tabla da cuenta de la orientación y atención al ciudadano en el
CAP en el nivel central y territorial.
219
Tabla No. 47
Orientación al ciudadano y atención de usuarios –- año 2015
5. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
5.1 PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN-BID SEGUNDA ETAPA
Nuevo modelo de gestión preventivo
Para responder desde el ámbito preventivo, se ejecuta el Programa Fortalecimiento
de la Procuraduría General de la Nación-BID segunda etapa. El objetivo general del
programa es contribuir al mejoramiento de la gestión pública a través del
fortalecimiento de la función de prevención que ejerce la PGN. Los objetivos
específicos de la operación incluirán: (i) Fortalecer el sistema integral de prevención;
y (ii) Contribuir con el mejoramiento de los niveles de cumplimiento normativo en la
administración pública.
ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN AL
CIUDADANO
2015
NIV
EL
CE
NT
RA
L
RE
GIO
NA
LE
S
PR
OV
INC
IALE
S
DIS
TR
ITA
LE
S
TOTAL
No de orientaciones brindadas al ciudadano 25.949 12.224 13.943 466 52.582
No. de certificados de antecedentes expedidos página web PGN 10.986.417
No. de certificados de antecedentes expedidos en ventanilla 57.387
No. de certificados de antecedentes en materia de DD.HH. y DIH 23.094
No. de asuntos abreviados recibidos 26.864 23.019 10.473 3.999 64.355
No. de asuntos ordinarios recibidos 2.830 2.778 1.914 2.437 9.959
No. de casos recibidos 1.467 564 300 5 2.336
No.de solicitudes de conciliación recibidas (*) 68.630 68.630
No. de solicitudes de Insistencia de Tutela atendidas 33 33
No. de Solicitudes de Supervigilancia al Derecho de Petición 1.355 1.355
No. de Derechosde Petición atendidos 2.236
No. de Solicitudes de Ejercico de Poder Prefernte Atendidas 542 542
TOTAL DE USUARIOS ORIENTADOS Y ATENDIDOS 101.179 26.361 12.687 6.441 149.446
ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO
ATENCIÓN DE USUARIOS
TRÁMITES CERTIFICADOS DE ANTECENDENTES
220
Los siguientes son los componentes del programa:
1. Esquema de Financiación
El costo total del Programa asciende a US$10.000.000 que son financiados en su
totalidad con recursos de crédito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -
2249 /OC-CO. El 3 de junio de 2015 mediante oficio CCO-951/2015 el Banco
Interamericano de Desarrollo otorgó No Objeción para la extensión del plazo del último
desembolso del Contrato de Préstamo hasta el 23 de mayo de 2017 y la modificación a
los montos entre categorías de inversión así:
Tabla No. 48
Inversión Programa Fortalecimiento de la Procuraduría General de la Nación-BID II etapa
COMPONENTE 1: Fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención
Subcomponentes MONTO INICIAL
USD MONTO ACTUAL
USD
1.1 Plan de fortalecimiento y focalización de la gestión preventiva 1.444.443 1.078.427
1.2 Sistema integrado de información preventiva 1.993.600 2.666.255
1.3 Proyecto Nacional de Capacitación Preventiva 974.999 1.425.688
TOTAL COMPONENTE 1 4.413.042 5.170.370
COMPONENTE 2 : Vigilancia del cumplimiento normativo
221
Subcomponentes USD
2.1 Mecanismos de medición del cumplimiento normativo 1.619.444 1.534.771
2.2 Fomento de la cultura de la legalidad 1.538.888 1.538.888
2.3 Fortalecimiento de mecanismos de participación ciudadana 1.188.159 515.504
TOTAL COMPONENTE 2 4.346.491 3.589.163
TOTAL 8.759.533 8.759.533
UNIDAD EJECUTORA 1.240.467 1.240.467
TOTAL PROGRAMA 10.000.000 10.000.000
Tabla No. 49 Recursos asignados al proyecto 2011-2016 (en millones de pesos)
AÑO RECURSOS
APROPIADOS RECURSOS
EJECUTADOS PORCENTAJE DE
EJECUCIÓN
2011 2.000,0 1.798,9 89.9%
2012 2.592,5 1.637,8 63.2%
2013 6.161,4 5.534,4 89.8%
2014 3.795,2 3.614,1 95.2%
2015 2.450,0 2.449,9 99.9%
2016 2.500,0
*Recursos pagados a diciembre de 2015: $2.094.671.365,51 *Recursos constituidos en cuentas por pagar 2015: $355.293.274 *Recursos pagados $ 2.449.964.640,51
Tabla No. 50 Ejecución vigencias futuras 2015
COMPONENTE FORTALECIMIENTO SISTEMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN VALOR
MÓDULO PREVENTIVO EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN MISIONAL 713.017.985
SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Y ASESORÍA EN GESTIÓN DE RIESGOS 180.500.000
SISTEMA DE INDICADORES DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO 787.684.649
SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y SOCIALIZACIÓN
DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA 61.479.561,45
SERVICIOS DE DIAGRAMACIÓN E IMPRESIÓN DE MATERIALES 49.572.400
COMPONENTE VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO NORMATIVO
SERVICIOS DE DISEÑO Y ASESORÍA EN ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN
PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA 321.903.415
ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA
AUDITORÍA ESTADOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA 2014 10.908.000
TOTAL VIGENCIAS FUTURAS 2015 2.125.066.010,45
222
La ejecución acumulada del Programa a diciembre 31 de 2015:
Total pagos realizados en COL$ 14.689.536.912,91
Total pagos realizados en US$7.220.060,58
En cuanto a desembolsos:
Desembolsos 2015: USD$ 1.100.000
Desembolsos acumulados: USD$ 7.869.536,64
Valor pendiente por desembolsar: USD $2.130.463,36
Vigencias futuras comprometidas 2016: $1.345.123.863
Se ha cumplido a la fecha con la totalidad de productos y metas planteados por el Banco
Interamericano de Desarrollo para el programa, por lo que continúa la calificación
satisfactoria.
Se destacan los siguientes logros:
A través del contrato de consultoría con la Universidad Católica, se diseñó una
metodología para la gestión de riesgos de la administración pública en el marco de la
gestión preventiva. Se implementó un programa de formación en gestión de riesgos
para 30 funcionarios de la PGN. Adicionalmente, como producto de la negociación del
contrato, se realizaron tres cursos de 40 horas cada uno en gestión de proyectos,
gestión de políticas públicas e indicadores, beneficiando a 120 funcionarios.
223
Con la firma Raquel Sofía Amaya Producciones, se diseñó e implementó la estrategia
de comunicaciones y estrategia digital para fomentar la participación ciudadana y el
control social a los organismos del Estado, en el marco de la gestión preventiva de la
Procuraduría General de la Nación. Incluyó el diseño de imagen, logo y eslogan de la
estrategia de comunicaciones, concepto creativo general, desarrollo de diversas
piezas comunicativas como boletines coleccionables, afiches, producción de videos,
cuñas radiales, mensajes institucionales, cuadernos, carpetas, memorias USB. La
estrategia se difundió durante el segundo semestre de 2015 al público en general a
través de canales públicos con videos, mensajes institucionales y cuñas radiales, así
como por la página web; los materiales y el concepto de comunicación fue socializado
y entregado en las procuradurías regionales y en las defensorías y personerías de
ciudades capitales.
Con la firma Heinsohn Business Technology S.A., se realizó la segunda fase del
perfeccionamiento técnico del Sistema de Información Misional – SIM de la
Procuraduría, el cual involucró el desarrollo del módulo preventivo basado en un
nuevo modelo de gestión: proyectos y casos preventivos, asuntos abreviados y
ordinarios, y atenciones al público. Adicionalmente, se incluyeron nuevas
funcionalidades relacionadas con la relatoría y restitución de tierras.
Con la firma Soft Management S.A., se desarrolló e implementó un software hecho a
la medida para la sistematización y visualización de datos que sirven para la
generación del índice integral INTEGRA y del índice de gobierno abierto IGA, los
cuales miden el cumplimiento de normas estratégicas en la entidades públicas,
logrando automatizar tareas manuales de gestión de información de fuentes externas
a la Procuraduría.
224
A través del contrato de apoyo logístico para las actividades del programa, suscrito en
el segundo semestre de 2015 con la firma Pública S.A.S., se dio continuidad al
proyecto nacional de capacitación, cuya finalidad es la de fortalecer los conocimientos
de los operadores preventivos a nivel nacional.
De acuerdo a la medición realizada por el Banco Interamericano de Desarrollo, a
continuación se muestra el estado de ejecución de los hitos y productos del programa
con corte a 2015:
P- Sistema de Información de la Gestión Preventiva IntegradoH - Índices de cumplimiento normativo sistematizados (Territorial-Nacional)
P- Protocolo para el Control de la Gestión Preventiva para la Administración Pública AplicadoH- Protocolo ElaboradoH- Protocolo Aplicado en 10 Superintendencias (2015)
P - Guía de Contratación Pública para el Operador Preventivo de la Procuraduría AplicadaH - Guía de contratación pública elaboradaH- Operadores preventivos capacitados en la utilización de la guía.H- Evento de socialización de la Guía a 500 Oficinas de Control InternoH- Institucionalización de la utilización de la guía de contratación en PGN
P- Proyecto Nacional de Capacitación Preventiva EjecutadoH-Proyecto de capacitación elaboradoH-Avance porcentual de ejecución del Proyecto de Capacitación (2014-60%)
P-Metodología para el Seguimiento y la Medición Integral de la Legalidad en la Administración Pública AplicadaH- Metodología diseñadaH- Índice de cumplimiento normativo aplicado en 6 entidades territorialesH- Índice de cumplimiento normativo aplicado en 2 entidades del orden nacional
P-Estrategia de Cambio Cultural AplicadaH-Encuesta de percepción de la legalidad en servidores públicos realizadaH-Estrategia de cultura de la legalidad diseñadaH-Estrategia de cultura de la legalidad aplicada
P - Mecanismos de Participación Ciudadana Adaptados para Apoyo de la Función Preventiva (2015)
100%
SISTEMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN
FOMENTO DE UN EFECTIVO CONTROLSOCIAL DE LA
CORRUPCIÓN
COMPONENTE PRODUCTOS E HITOS PMR 2015 AVANCE A 2015
100%
100%
100%
100%
100%
100%
40%
100%
70%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
0%
75%
225
5.2 DESARROLLAR INTEGRALMENTE EL TALENTO HUMANO
Política “Gestión integral del talento humano” La Política de Gestión Integral del Talento Humano en la Procuraduría General de la
Nación fue adoptada mediante Resolución No. 353 del 29 de septiembre de 2010 y se
desarrolla a través de los siguientes componentes:
LIDERAZGO
Considerado como el aspecto central del modelo, es factor crítico de éxito para potenciar
el mejoramiento, la interrelación y las sinergias entre los distintos componentes que la
integran.
Durante la vigencia 2015 se ha continuado con el fortalecimiento de los elementos del
modelo de liderazgo, en los planes operativos y de mejoramiento de cada una de las
dependencias de la entidad.
226
ORGANIZACIÓN
Jerarquía - funciones
La jerarquía y funciones están establecidas en las siguientes normas:
Decreto Ley 262 de 2000
Decreto Ley 263 de 2000
Decreto Ley 264 de 2000
Decreto Ley 265 de 2000
Decreto Ley 4795 de 2007
Ley 1367 de 2009
Decreto 2247 de 2011. Mediante Resolución No. 253 de 9 de agosto de 2012 se adoptó el Manual específico de
funciones por competencias laborales y requisitos de los empleos de la planta de personal
de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Como parte de esa tarea se determinaron las funciones de los cargos de las diferentes
dependencias de la entidad y se elaboró un Diccionario de Competencias
Comportamentales que contiene las competencias transversales, jerárquicas y
complementarias, cada una de ellas con definiciones, niveles y conductas asociados.nEn
el 2014 se modificó el manual de funciones por competencias laborales y requisitos
mediante la Resolución 413 del 11 de diciembre del mismo año, la cual actualizó los
perfiles de cargo de Procuradores Judiciales I y II, para dar inicio al concurso de méritos,
de éstos. En el 2015 se profirió la Resolución 321 del 4 de agosto del mismo año, la cual
modifico los perfiles de cargos, excepto los de Procuradores Judiciales I y II, que se
encuentran en concurso.
En este mismo año se profirieron las Resoluciones 380 y 381 del 9 y 10 de septiembre,
respectivamente, que modificaron los requisitos mínimos de algunos cargos, para que
tuviesen correspondencia con lo establecido en el Decreto 263 de 2000.
Planta de personal: Atiende a los siguientes decretos y leyes:
o Decreto Ley 265 de 2000.
o Decreto Ley 4795 de 2007.
o Ley 1367 de 2009 (Conciliación extrajudicial contencioso-administrativa).
o Decreto Ley 2247 de 2011 (Asistencia, atención y reparación a víctimas y justicia
transicional).
Con corte a 2015, la planta de personal estaba compuesta por 4.137 cargos.
227
Tabla No. 51 Planta de personal por cargos - año 2015
CARGOS CANTIDAD
Cargos de período fijo 1
Cargos de libre nombramiento
y remoción 375
Cargos de carrera 3.761
Total planta de personal 4.137
Cargos provistos y vacantes:
La planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, está compuesta por 4.137 cargos, por las siguientes normas:
Marco legal:
Decreto Ley 265/2000 Planta PGN
Ley 4795/2007 Conciliación
Ley 1367/2009 Conciliación
Decreto Ley 2247/2011 Víctimas
Tipos de cargo:
Cargos Período Fijo 1
Cargos de Libre nombramiento 375
Cargos de Carrera 3.761
Total Cargos Planta de personal 4.137
Tabla No. 52 Planta de personal distribuida por cargos provistos y vacantes - año 2015
Cargos
Provistos
Cargos
Vacantes
Directivo 128 124 4
Asesor 574 553 21
Ejecutivo 11 11 0
Profesional 1650 1579 71
Técnico 938 914 24
Administrativo 433 427 6
Operativo 403 369 34
Total 4137 3977 160
NivelPlanta
Total
PLANTA DE PERSONAL
Cantidad Funcionarios
(A diciembre 21 de 2015)
Estudios de personal
SUBPROCESO DE SELECCIÓN DE EMPLEADOS DE CARRERA
El Proceso de Selección para Procuradores Judiciales I y II busca proveer 744 vacantes,
de las cuales 317 son para procuradores judiciales I (3PJ-EG) y 427 para procuradores
judiciales II (3PJ-EC), distribuidos en la planta de personal de la Entidad a nivel nacional.
Este concurso cuenta con el apoyo de la Universidad de Pamplona como contratista.
La Resolución número 040 de 2015 dio apertura y reglamentó la convocatoria del
proceso de selección para proveer los cargos de carrera de procuradores judiciales de la
Entidad, que se encontraban en la categoría de empleos de libre nombramiento y
remoción, según el artículo 182 del Decreto Ley 262 de 2000, norma que fue declarada
inexequible por la Honorable Corte Constitucional, mediante Sentencia C-101 de 2013, lo
que motivó el inicio del concurso.
Se publicaron 14 convocatorias, por código y grado de empleo y por área de trabajo.
Las etapas previstas en la Resolución son:
a. Convocatoria. b. Reclutamiento: inscripción y lista de admitidos y no admitidos. c.
Aplicación de pruebas e instrumentos de selección. d. Conformación de lista de elegibles.
e. Período de prueba. f. Calificación del período de prueba.
Las etapas y fases culminadas en el período de análisis son: a. Convocatoria. b.
Reclutamiento: (fase de inscripción y fase de lista de admitidos y no admitidos.) y c.
Aplicación de pruebas e instrumentos de selección (incluye la citación y la aplicación de
las pruebas escritas de conocimientos y competencias comportamentales).
Se finiquitó la etapa de estructura y aplicación de pruebas escritas, con la citación a
examen de 27.088 ciudadanos el 13 de septiembre de 2015 en las 32 capitales de
departamento, de los cuales asistieron 22.733, es decir, el 83,92%.
Se encuentra en etapa de revisión final para publicar el resultado de la prueba de análisis
de antecedentes, último de los instrumentos de selección del concurso de procuradores
judiciales I y II.
229
Durante el 2015 y con el apoyo de la Universidad de Antioquia, se dio inicio a otro
proceso de selección para empleos de carrera, el cual busca proveer 739 cargos de la
planta de personal de la Entidad a nivel nacional, en los niveles asesor, ejecutivo,
profesional, técnico, administrativo y operativo, conforme a lo ordenado por la Corte
Constitucional en sentencia T-147 de 2013.
Para efectos de su apertura y reglamentación, se expidió la Resolución 332 de 2015, la
cual prevé el surtimiento de las siguientes etapas: a. Convocatoria. b. Reclutamiento:
inscripción y lista de admitidos y no admitidos. c. Aplicación de pruebas e instrumentos de
selección. d. Conformación de lista de elegibles. e. Período de prueba. f. Calificación del
período de prueba.
En tal virtud, se publicaron las convocatorias 015 a 128 del mismo año, atendiendo las
competencias y los diferentes requisitos de experiencia y estudio de los empleos; y se
adelantó la fase de reclutamiento.
SUBPROCESO DE CALIFICACIÓN DE SERVICIOS
1. Se realizó seguimiento y control a las calificaciones de servicios, logrando verificar que
a diciembre 31 de 2015 se tiene la calificación completa de la anualidad 2014 -2015 con
los respectivos soportes físicos en la historia laboral y anotación en el sistema SIAF del
61.11% del total de servidores inscritos en carrera.
2. Se creó registro de carrera para quienes ingresaron como producto del concurso de
méritos “Procurando Mérito y Rectitud 2012 – 2013” en total acumulado se tienen 194
personas que han ingresado al régimen de carrera de la Entidad como producto del
citado concurso, una vez superado el período de prueba, y a otras 12 personas se les
actualizó el registro sin cambiar de nivel jerárquico.
3. Entre los meses de abril y noviembre se realizaron cursos de inducción programados
para nuevos servidores de la Procuraduría, dando a conocer los derechos y deberes del
personal en carrera o período de prueba, en el marco del Subproceso.
Estas jornadas llevadas a cabo en Bogotá se transmiten regularmente vía teleconferencia
a Medellín, Cali y Barranquilla y contaron con la asistencia aproximada de 120 servidores.
230
DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO
Capacitación
Durante el período enero – diciembre de 2015, se llevaron a cabo 82 programas de
capacitación, en 160 eventos, para un gran total de 11.632 personas beneficiadas a nivel
central y territorial.
Estos programas de capacitación se desarrollaron bajo diferentes metodologías
académicas, así: 4 diplomados, 60 seminarios, 28 talleres, 34 seminarios taller, 3
encuentros, 9 cursos virtuales de inducción, 3 jornadas, 4 congresos, 4 foros y 11 cursos
virtuales.
La cifra de beneficiarios se desagrega así:
Funcionarios PGN: 2.921
Funcionarios Personerías: 980
Funcionarios Defensoría del Pueblo: 95
Funcionarios otras entidades públicas: 5.391
Particulares: 2.245
Se hizo presencia con el desarrollo de eventos de capacitación en 63 ciudades del país,
lo cual se traduce en que el IEMP con sus procesos de capacitación estuvo en 31
departamentos de Colombia, hecho que permite afirmar que el IEMP llegó al 97% de las
regiones en donde nuestra entidad cuenta con sedes de Procuradurías Regionales y
Provinciales.
Del total de capacitados en el país, se observa que en la ciudad de Bogotá se capacitó a 5.455 personas para un 46.90% y en el nivel territorial a 6.177 para un 53.10%, evidenciando así el impacto que tiene la estrategia de descentralización en la totalidad de la acción capacitadora del IEMP. La desagregación por programas, eventos y personas capacitadas se presenta en la
siguiente tabla:
231
Tabla No. 53 Capacitación año 2015
No. NOMBRE DEL PROGRAMA
No. EVENTOS
No. ASISTENTES
1 FOROS REFORMA AL CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO 3 1.866
2 SEMINARIO TALLER OFIMÁTICA (Word, Excel y Outlook) 6 62
3 CURSO VIRTUAL INDUCCIÓN A LA PLATAFORMA VIRTUAL DEL IEMP 1 31
4 SEMINARIO JUSTICIA DISCIPLINARIA 7 505
5 TALLER ACTUALIZACIÓN RED DE FORMADORES: CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD - CLIC 7 303
6 DIPLOMADO CONCILIACIÓN - VII PROMOCIÓN 1 26
7 DIPLOMADO CONCILIACIÓN - VIII PROMOCIÓN 1 26
8 JORNADA DE REFLEXIÓN ACTUALIZACIÓN JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
1 228
9 SEMINARIO TALLER GESTIÓN DOCUMENTAL 4 38
10 SEMINARIO TALLER DERECHOS HUMANOS- EMPRESA Y EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
4 151
11 CURSO VIRTUAL DE CONTRATACIÓN ESTATAL 1 30
12 SEMINARIO EN ANÁLISIS JURÍDICO DE LA OPERACIÓN MILITAR 2 176
13 JORNADA DE REFLEXIÓN TICs "EDUCACIÓN VIRTUAL: RETOS Y PERSPECTIVAS EN EL IEMP 1 65
14 TALLER PLAN ANTICORRUPCIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO 1 25
15 SEMINARIO TALLER ACOSO LABORAL - RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 5 368
16 SEMINARIO TALLER PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN DIRIGIDO A PERSONEROS MUNICIPALES. CUARTA FASE: "RENDICIÓN DE CUENTAS CON BALANCE SOCIAL 2015"
5 1.371
17 TALLER DE OPERADORES JUDICIALES AÑO 2015 CON EL APOYO DE LA CONSEJERÍA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS
4 168
18 CURSO DE MANEJO DE PLATAFORMA VIRTUAL CON TUTOR A 3 87
19 CURSO DE MANEJO DE PLATAFORMA VIRTUAL CON TUTOR B 3 51
20 DIPLOMADO FAMILIA, ESTADO Y SOCIEDAD 1 42
21 SEMINARIO FUNCIONES MISIONALES DE LA PGN PARA LA UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA 1 45
22 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO PARA SERVIDORES DE LA DIAN 1 150
23 TALLER FORTALECIMIENTO RED DE FORMADORES REGIONAL 6 118
24 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS, DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y JUSTICIA TRANSICIONAL 3 215
25 SEMINARIO NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL SECTOR PÚBLICO 1 34
26 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS Y DIH (EVOLUCIÓN HISTÓRICA, PRESENTACIÓN DE VIDEO SOBRE LA APLICACIÓN DEL DDHH Y DIH EN CONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL) PARA DIAN (ARTURO)
1 290
27 CURSOS DE INDUCCIÓN A LA PGN (8 GRUPOS - 2 TUTORES) 8 234
28 TALLER SERVICIO AL CIUDADANO 1 19
29 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS EN EL CONTROL MIGRATORIO PARA MIGRACIÓN COLOMBIA (comercialización)
4 80
30 SEMINARIO ELABORACIÓN DE INFORMES EJECUTIVOS Y PRESENTACIONES para SuperSalud (comercialización) 1 15
31 DIPLOMADO CONCILIACIÓN EN DERECHO PARA SUPERSALUD (comercialización) 1 20
32 SEMINARIO EN REDACCIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA SUPERSALUD (Comercialización) 1 25
33 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO Y RÉGIMEN ESPECIAL DE NOTARIOS PARA SUPERNOTARIADO (Comercialización)
1 40
34 SEMINARIO EN DERECHO ADMINISTRATIVO PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 40
232
No. NOMBRE DEL PROGRAMA No.
EVENTOS No.
ASISTENTES
35 QUINTO CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO DISCIPLINARIO 1 214
36 SEMINARIO TALLER REDACCIÓN Y ORTOGRAFÍA (SENA) 3 90
37 SEMINARIO TALLER REDACCIÓN EN TEXTOS ORGANIZACIONALES (SENA) 1 59
38 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO PARA SUPERSALUD (Comercialización) 1 15
39 SEMINARIO COACHING Y TRABAJO EN EQUIPO PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 48
40 TALLER MECI 4 101
41 SEMINARIO CÓDIGO GENERAL DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO VERBAL DISCIPLINARIO 1 30
42 SEMINARIO CONTRATACIÓN ESTATAL PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 40
43 SEMINARIO FORMADOR DE FORMADORES PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 1 30
44 SEMINARIO EN REDACCIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA SUPERNOTARIADO (Comercialización) 1 30
45 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DISCIPLINARIO 1 19
46 SEMINARIO CUARTA SEMANA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA 3 802
47 SEMINARIO TALLER PREPENSIONADOS 1 25
48 V ENCUENTRO DE LA RED DE ESCUELAS DEL ESTADO "REDES PARA LA CONVIVENCIA PACÍFICA, UN COMPROMISO DE TODOS"
1 316
49 SEMINARIO SUPERVISIÓN DE CONTRATOS PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 3 218
50 SEMINARIO NORMAS NIIF PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 1 42
51 SEMINARIO ORALIDAD Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización)
1 40
52 TALLER FORTALECIMIENTO RED DE FORMADORES NIVEL 2 1 23
53 CURSO VIRTUAL MANEJO DE LA PLATAFORMA IEMP - Cohorte 4 1 23
54 SEMINARIO ESTRUCTURA DEL ESTADO, DE PGN Y EL IEMP PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA
1 32
55 SEMINARIO TALLER CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO PARA LA DIAN EN EL MARCO DE LA RED DE ESCUELAS DEL ESTADO (videoconferencia y práctica)
1 355
56 SEMINARIO DERECHO DISCIPLINARIO PARA LA ANLA (comercialización) 2 70
57 QUINTO CONGRESO INTERNACIONAL DE CONTRATACIÓN ESTATAL 1 201
58 SEMINARIO TALLER ORALIDAD Y ESCRITURA (SENA) 1 25
59 TALLER HERRAMIENTAS OFIMÁTICAS EXCEL (SENA) 2 42
60 SEMINARIO ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA (comercialización) 3 105
61 JORNADA DE REFLEXIÓN ACTUALIDAD Y DESAFÍOS DE LA INDUSTRIA EXTRACTIVA EN COLOMBIA 1 245
62 ENCUENTRO SOBRE DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES A SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES (presencial y video conferencia)
1 203
63 SEMINARIO ESTRUCTURA DEL ESTADO, FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y DEL IEMP PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA
1 60
64 CURSO VIRTUAL-MANEJO DE PLATAFORMA IEMP-COHORTE 5 1 28
65 CURSO VIRTUAL-CONTRATACIÓN ESTATAL NIVEL BÁSICO COHORTE 2 1 30
66 CONGRESO PROTECCIÓN, DEFENSA Y RECUPERACIÓN BIENES DE USO PÚBLICO 1 148
67 SEMINARIO EN PREVENCIÓN DE CONDUCTAS DISCIPLINABLES 1 97
68 SEMINARIO TALLER COMUNICACIÓN ASERTIVA Y TRABAJO EN EQUIPO (SENA) 1 25
69 SEMINARIO TALLER LIDERAZGO, MOTIVACIÓN Y TRABAJO EN EQUIPO (SENA) 1 25
70 TALLER EXCEL INTERMEDIO (SENA) 2 69
71 ENCUENTRO ESTUDIO DE LEGALIDAD E INTEGRIDAD 1 28
72 SEMINARIO TALLER COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL 1 40
73 FORO MARKETING 1 40
233
No. NOMBRE DEL PROGRAMA No.
EVENTOS No.
ASISTENTES
74 II CONGRESO INTERNACIONAL DE ARBITRAJE (Convenio CCB) 1 224
75 SEMINARIO ELABORACIÓN DE CONTRATOS PARA USPEC (comercialización) 1 35
76 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO PARA USPEC (comercialización) 1 35
77 SEMINARIO NORMATIVA EN FUNCIÓN PÚBLICA PARA USPEC (comercialización) 1 35
78 SEMINARIO EN CONTRATACIÓN ESTATAL 4 143
79 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE PETICIÓN 4 85
80 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE PETICIÓN PARA OFICINA SELECCIÓN Y CARRERA 1 40
81 SEMINARIO EN PROGRAMACIÓN NEUROLINGÜÍSTICA, COMUNICACIÓN ASERTIVA Y COACH 1 28
82 CURSO VIRTUAL DE INDUCCIÓN - AUTOAPRENDIZAJE - COHORTE 5 1 30
TOTAL BENEFICIADOS POR CAPACITACIÓN Y EVENTOS 160 11.632
Proyectos de investigación
Para la realización de las investigaciones se utilizan distintas estrategias, buscando
optimizar los recursos con los que cuenta el Instituto de Estudios del Ministerio
Público: convenios con instituciones interesadas y comprometidas con cada
temática; investigaciones directas con los funcionarios del Instituto; investigaciones
con el apoyo de la red de investigadores del IEMP; contratación de expertos en cada
una de las temáticas.
Del total de los 20 proyectos de investigación programados para la vigencia 2015, se
adelantaron 19.
Es de resaltar también el cumplimiento de la responsabilidad del IEMP en la
ejecución de los cursos de amonestación en todos los distritos judiciales en los que
los jueces han determinado la sanción para los adolescentes.
Mención especial, las distintas actividades de presentación de resultados de
investigación en eventos nacionales e internacionales, logrando, entre otros, la
participación de nuestros investigadores en congresos internacionales de tres países,
a los que fueron invitados en reconocimiento a la importancia de las temáticas
estudiadas; igualmente, se participó en la coordinación de eventos internacionales
realizados en Colombia, con el apoyo de distintas organizaciones como
universidades y centros de investigación.
234
Tabla No. 54
Investigaciones realizadas durante el 2015
No. Investigaciones realizadas 2015
1 Análisis y perspectivas de la personería en Colombia
2 Vigilancia superior a la gestión de los derechos de las víctimas de violencia sexual III fase
3 Estudio sobre la vinculación laboral de personas en condición de discapacidad
4 Prácticas de inclusión educativa
5 Vigilancia superior a la gestión pública territorial frente a la garantía de los derechos
6 Evolución histórica de los conceptos de Estado, Justicia, Economía y Globalización
7 Evaluación y seguimiento políticas públicas para recuperación de bienes de uso público indebidamente ocupados
8 Análisis de la implementación de la nueva gerencia pública
9 Observatorio del Sistema Penal Acusatorio
10 Justicia formal y justicia en equidad
11 Análisis comparado para la construcción del precedente jurisprudencial; Etapa II
12 Investigación en Derecho Disciplinario
13 Gestión de riesgo de desastres, derecho e interés general
14 La minería ilegal en Colombia en las zonas de frontera
15 Impacto social y económico del cooperativismo en Colombia
16 Análisis de los factores institucionales para la sostenibilidad del IEMP: estrategias de marketing
17 Análisis de los sistemas de gestión de calidad para la sostenibilidad del SIC del IEMP
18 Proyectos aprobados en el Consejo Extraordinario del mes de mayo de 2015;
19 Análisis del posconflicto frente a la defensa y protección de los Derechos Humanos
20 Análisis de la problemática de Interbolsa. Aspectos jurídicos y económicos.
Asesoría y Análisis del proceso de publicaciones
En la vigencia 2015 se publicaron 28 obras como se indica a continuación:
235
Tabla No. 55 Publicaciones
No. Publicaciones realizadas 2015
1 Boletín Innova 21
2 Incidencia Instituciones de Santander
3 Balance de la comisión de sabios
4 Reflexiones académicas VI
5 Reflexiones sobre el INCODER
6 Poa Laguna de la Cocha
7 Revista Rostros y Rastros No. 13
8 El tiempo del ahora
9 Boletín Innova 22
10 Cooperativismo y convivencia pacífica
11 Rio Cauca
12 Rendición de cuentas personeros
13 Planes parciales
14 IEMP 20 años
15 Boletín Innova 23
16 Aspectos sustanciales del Derecho Disciplinario
17 Política públicas en salud mental
18 La montaña rota
19 Informe de gestión de la Procuraduría General en CD 2014
20 Cartilla Electoral
21 Informe Preventivo SRA
22 El buen servidor Público, Nueva edición
23 Capacidad de adaptación de los municipios colombianos al cambio climático
24 Revista Rostros y Rastros 14
25 Boletín Innova 24
26 Presentación de las entidades públicas colombianas en la cooperación internacional
27 Reimpresión del código disciplinario Único
28 Carpeta con insertos sobre el cooperativismo en Colombia
BIENESTAR
Se gestionó el convenio interinstitucional, con la Universidad Mariana de Nariño, para el desarrollo de las prácticas profesionales de la Facultad de Psicología, en el marco del programa de fortalecimiento de Bienestar a través de los convenios de prácticas universitarias a nivel regional.
236
Se profirió la Resolución No. 275 del 29 de agosto de 2015, por la cual se establece el Plan Integral de Bienestar “Primero las Personas”. Igualmente, se organizó la “Sala amiga para las Madres Lactantes”. OTROS ASUNTOS DE IMPORTANCIA DE GESTIÓN HUMANA:
Se logró dar trámite y respuesta al 95% de las solicitudes de los funcionarios, ex funcionarios y fondos de pensiones, los cuales solicitaron certificaciones de factores salariales y certificaciones en los formatos del Ministerio de Hacienda para la respectiva gestión de las pensiones.
Se redujo en la autoliquidación de la nómina las novedades por traslados en los fondos de pensión y salud.
Sistema de Información y Gestión del Empleo Público -SIGEP-:
Como requisito previo para el manejo del “Módulo de vinculaciones”, se terminó el proceso de “Validación de las Hojas de Vida” del personal activo de la entidad a partir de muestreos por cada nivel de cargos de la entidad, según lo acordado con la Coordinación del SIGEP del Departamento de la Función Pública DAFP.
Gestión de Historias Laborales
Durante la vigencia 2015, se recibieron 64.044 folios para actualizar 12.507 Historias Laborales, lo que aproximadamente equivale a actualizar en promedio 3 veces al año la historia laboral de cada funcionario. Durante este período se digitalizaron 110.623 folios, para un rendimiento del 173.2%.
Solicitudes y Certificaciones
Durante la vigencia de 2015 se recibieron 3.204, de las cuales quedaron pendientes de respuesta 11.
Centro de Atención al Servidor - CAS
Se adquirió la impresora para la elaboración de carnetización con accesorios e insumos mediante contrato No. 179-109-2014 celebrado con la firma Pandaid Soluciones De Colombia Ltda, el CAS cubre la carnetización de todos los funcionarios de la PGN a nivel nacional. A nivel central se aprobaron las Hojas de Vida en el SIGEP de todos los funcionarios nuevos que ingresaron en la vigencia 2015.
237
5.3 MEJORAR LA EFECTIVIDAD DEL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN
5.3.1 Cumplimiento Plan Estratégico – Año 2015
Mediante Resolución 274 de 11 de julio de 2013 se adoptó el Plan Estratégico 2013-
2016 “Procurando Orden y Rectitud”; este motivó los planes operativos anuales
contentivos de las metas y actividades formuladas por cada una de las dependencias
y que apuntan al cumplimiento de los objetivos propuestos.
Gráfica 8 Mapa Estratégico “Procurando Orden y Rectitud 2013-2016”
El esfuerzo institucional llevado a cabo en la vigencia 2015 permitió lograr un
cumplimiento del 93,24% en la ejecución del Plan Estratégico 2013-2016
“Procurando Orden y Rectitud”, como se puede observar en la siguiente tabla:
238
Tabla No. 56 Cumplimiento plan estratégico de la Procuraduría General de la Nación - año 2015
OBJETIVO ESTRATÉGICO METACUMPLIMIENTO
DE LA META
LOGRO DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL >85% 93,24%
1. LOGRO DE LA PERSPECTIVA SOCIEDAD - EJE ESTRATÉGICO >85% 88,24%
1. Objetivo: Defender y promover los derechos humanos >85% 92,3%
2. Objetivo: Lucha contra la Corrupcion y la impunidad >85% 90,4%
3. Objetivo: Impulsar y aplicar efectiva justicia >85% 84,7%
4. Objetivo: Defender y proteger el interés general y los
XXXintereses colectivos >85%
85,7%
5. Objetivo: Promover la cultura de la integridad, y el
XXXmonitoreo y mitigación de los riesgos colectivos >85%
88,0%
2. LOGRO DE LA PERPECTIVA PROCESOS INTERNOS >85% 84,7%
6. Objetivo: Potencializar los resultados regionales >85% 69,7%
7. Objetivo: Fortalecer la capacidad de respuesta institucional >85% 84,5%
8. Objetivo: Garantizar una atención oportuna y efectiva al
XXXciudadano >85%
100,0%
3. LOGRO DE LA PERSPECTIVA APRENDIZAJE, TECNOLOGÍA Y
XXCRECIMIENTO>85% 100,0%
9. Objetivo: Desarrollar integralmente el talento humano >85% 100,0%
10. Objetivo: Fortalecer la Gerencia interna >85% 100,0%
11. Objetivo: Mejorar la efectividad del Sistema Integral de
Gestión >85%
100,0%
12. Objetivo: Generar y comunicar información útil, oportuna y
XXXconfiable >85%
100,0%
4. LOGRO DE LA PERSPECTIVA FINANCIERA >85% 100,0%
13. Objetivo: Optimizar la asignación de los recursos
XXXpresupuestales>85%
100,0%
14. Objetivo: Fortalecer la cooperación internacional >85% 100,0%
239
5.3.2 Sistema de Control Interno
De conformidad con el artículo 1° de la Ley 87 de 1993, “se entiende por Control
Interno el Sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de
planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación
y evaluación adoptados por una Entidad, con el fin de procurar que todas las
actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la
información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales
y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a
las metas u objetivos previstos”.
Mediante el Decreto 943 de 2014 se derogó el Decreto 1599 de 2005, se actualiza
el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) para el Estado colombiano y se
determinan las generalidades y estructuras necesarias para establecer,
implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en la PGN y organismos
obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de la
Ley 87 de 1993. El objetivo general del MECI es el de proporcionar una estructura
que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de
Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87 de 1993, a través de
un modelo que determine los parámetros de control necesarios para que al interior
de la institución se establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos,
mecanismos de prevención en procura del mejoramiento continuo de la
administración pública.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Procuraduría profirió la Resolución 340 del 20 de
octubre de 2014, “por medio de la cual se actualiza y adopta el Modelo Estándar
de Control Interno para el Estado colombiano MECI 2014”. Allí se abordaron todos
los elementos de la nueva estructura, se explican y definen mecanismos para su
operatividad dentro de la entidad.
El indicador de madurez del Sistema de Control Interno a diciembre de 2014 es:
Tabla No. 57
Indicador de madurez del Sistema de Control Interno en la PGN a dic. 2014
sector
ENTORNO DE
CONTROL
INFORMACION Y
COMUNICACION
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
SEGUIMIENTO
INDICADOR DE
MADUREZ MECI
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
Organismo de Control
4,55 4,53 4,85 4,81 4,9 93,2
240
NO EXISTEEN
PROCESO
ESTÁ
DOCUMENTA
DO
EVALUADO
/REVISADO
Documentos con los principios y valores de la entidad X
Acto administrativo que adopta el documento con los principios y valores
de la entidadX
Estrategias de socialización de los principios y valores a todos los
servidores X
Manual de Funciones y Competencias Laborales X
Plan Institucional de Formación y Capacitación X
Programa de Inducción y Re-inducción realizado a los servidores
vinculados a la entidadX
Programa de Bienestar X
Plan de Incentivos X
Sistema de evaluación del desempeño X
Planeación X
Misión, Visión Institucionales adoptados y divulgados X
Objetivos Institucionales X
X
Mapa de Procesos X
Caracterizaciones de proceso elaboradas y divulgadasa todos los
funcionarios de la entidadX
Divulgación de Procedimientos X
Proceso de seguimiento y evaluación que incluya la evaluación de la
satisfacción del cliente y partes interesasdasX
Estructura Organizacional de la entidad que facilite la gestión por procesos X
Manual de Funciones y Competencias Laborales X
Definición de indicadores de eficiencia y efectividada, que permiten medir
y evaluar el avance en la ejecución de los planes, programas y proyectos.X
Segumiento de los indicadores X
Revisión de la pertinencia y utilidad de los indicadores X
Establecimiento y divulgación de las políticas de operación X
Manual de Operaciones o su equivalente adoptado y divulgado X
Definición por parte de la Alta Dirección de políticas para el manejo de
riesgosX
Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus políticas X
Identificación de los factores internos y externos de riesgo X
Riesgos identificados por procesos que puedan afectar el cumplimiento de
objetivos de la entidadX
Análisis del riesgo X
Evaluación de controles existentes X
Valoración del riesgo X
Controles X
Mapa de Riesgos de Proceso X
Mapa de Riesgos Institucional X
Actividades de sensibilización a los servidores sobre la cultura de la
evaluaciónX
Herramientas de autoevaluación X
Procedimiento de auditoría interna X
Programa de auditorías - Plan de Auditoría X
Informe Ejecutivo Anual de Control Interno X
Herramientos de evaluación definidas para la elaboración del plan de
mejoramientoX
Seguimiento al cumplimiento de las acciones definidas en el plan de
mejoramientoX
Ingreso Ingreso (Recepción de información) X
2.2.1
Auditoría Interna
2.3
PLA
NE
S
DE
ME
JOR
A
2.3.1 Plan de
Mejoramiento
1.3.3
Análisis y
Valoración del
Riesgo
INFO
RM
AC
IÓ
N Y
CO
MU
NIC
AC
I
INFO
RM
AC
I
ÓN
Y
CO
MU
NIC
AC
IÓN
2. C
ON
TRO
L D
E E
VA
LUA
CIÓ
N Y
SE
GU
IMIE
NTO
2.1
AU
TOE
V
ALU
AC
IÓ
N
INS
T. 2.1.1
Autoevaluación del
Control y Gestión
2.2
AU
DIT
OR
ÍA
INTE
RN
A
Planes Programas y Proyectos
1.2.2
Modelo de
Operación por
Procesos
1.2
DIR
EC
CIO
NA
MIE
NTO
ES
TRA
TÉG
ICO
1.2.3
Estructura
Organizacional
1.2.4
Indicadores de
Gestión
1.2.5
Políticas de
Operación
1.1
TA
LEN
TO H
UM
AN
O
1.1.1
Acuerdos
Compromisos y
Protocolos Éticos
1.1.2
Desarrollo del
Talento Humano
1.2
DIR
EC
CIO
NA
MIE
NTO
ES
TRA
TÉG
ICO
1.2.1
Planes, Programas
y Proyectos
1. C
ON
TRO
L D
E P
LAN
EA
CIÓ
N Y
GE
STI
ÓN
1.3
A
DM
INIS
TRA
CIÓ
N D
EL
RIE
SG
O 1.3.1
Políticas de
Administración del
Riesgo
1.3.2
Identificación del
Riesgo
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN DIAGNÓSTICO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO - MECI 2014
MÓDU
LO
COMPONE
NTEELEMENTO PRODUCTOS MÍNIMOS
ESTADO
241
Es importante destacar que la Procuraduría General de la Nación se encuentra
adelantando los siguientes proyectos que se consideran fundamentales para la
consolidación del MECI a nivel nacional.
Proyecto Sigdea, en asocio con la firma INdenova de Colombia, relacionado con la
adquisición y licenciamiento de un software para el área de Gestión Documental
Electrónica y Archivo, el cual se encuentra en proceso de desarrollo.
Integración de los Sistemas de Información, con el objetivo de optimizar e integrar
la información que capturan y producen los distintos Sistemas de Información de la
entidad, a fin de que sea unificada, consistente, oportuna y confiable para atender
la creciente demanda interna y externa sobre los procesos misionales de la
institución, el cual también está en desarrollo.
Gestión de Riesgos - Mapa de riesgos
La Procuraduría General de la Nación tiene implementado un sistema integral de
administración de riesgos que se traduce en la Política de Administración de Riesgos
y en la asignación de competencias y responsabilidades para su administración de la
siguiente manera:
Definición por parte de la Alta Dirección de políticas
para el manejo de riesgos
Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus
políticas
Identificación de los factores internos y externos de
riesgo
Riesgos identificados por procesos que puedan
afectar el cumplimiento de objetivos de la entidad
Análisis del riesgo
Evaluación de controles existentes
Valoración del riesgo
Controles
Mapa de Riesgos de Proceso
Mapa de Riesgos Institucional
1.3
ADM
INIS
TRAC
IÓN
DEL R
IESG
O
1.3.1
Políticas de
Administración del
Riesgo
1. CO
NTRO
L DE
PLAN
EACI
ÓN Y
GES
TIÓN
1.3.2
Identificación del
Riesgo
1.3.3
Análisis y
Valoración del
Riesgo
Definición por parte de la Alta Dirección de políticas
para el manejo de riesgos
Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus
políticas
Identificación de los factores internos y externos de
riesgo
Riesgos identificados por procesos que puedan
afectar el cumplimiento de objetivos de la entidad
Análisis del riesgo
Evaluación de controles existentes
Valoración del riesgo
Controles
Mapa de Riesgos de Proceso
Mapa de Riesgos Institucional
1.3
ADM
INIS
TRAC
IÓN
DEL R
IESG
O
1.3.1
Políticas de
Administración del
Riesgo
1. CO
NTRO
L DE
PLAN
EACI
ÓN Y
GES
TIÓN
1.3.2
Identificación del
Riesgo
1.3.3
Análisis y
Valoración del
Riesgo
242
Para el 2015, con la intervención de las diferentes dependencias, se definió el Modelo de
Administración de Riesgos, así:
RIESGOS DOCUMENTO DEPENDENCIA RESPONSABLE
Naturales (terremoto, inundación, etc.)
Plan de emergencias Grupo de Desarrollo y Grupo Bienestar de Personal y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo Incendios
Atentado terrorista (explosivos, biológico, francotirador, etc.)
Manual de seguridad de instalaciones
División de Seguridad
Toma de instalaciones
Asonada o alteración social
Seguridad de personas Manual esquemas de seguridad
Emergencias de salud Cartilla de primeros auxilios
Grupo de Desarrollo y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo
Accidentes de trabajo, accidentes de tránsito, falla de ascensores, anegaciones, daño de instalaciones
Manual de seguridad industrial
Grupo de Desarrollo, División Administrativa y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo
Contaminaciones biológicas o químicas
Manual de seguridad ambiental
Delegada de Asuntos Ambientales y Agrarios
Suspensión de servicios públicos
Plan de Contingencias Logísticas
Oficina de Planeación, División Administrativa Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo Desabastecimiento de elementos de
oficina
Daño memoria institucional, archivo Oficina de Planeación, División de Documentación
Daño informático Oficina de Planeación y Oficina de Sistemas
Riesgos organizativos Mapa de riesgos institucionales
Oficina de Planeación
Riesgos de corrupción Mapa Riesgos de Corrupción
Oficina de Planeación
De otra parte, se dio cumplimiento a lo estipulado en la Ley 1474 de 2011 y en el Decreto 2641 de 2012 en cuanto a la revisión, actualización y publicación de la Estrategia “Anticorrupción y de Atención al Ciudadano” Versión 4, el cual contempla los siguientes componentes: El mapa de riesgos de corrupción, la estrategia de racionalización de trámites, la estrategia de rendición de cuentas y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.
5.3.3 Sistema de Gestión de la Calidad
243
La Ley 872 de 2003 estableció la obligación para las entidades de la Rama Ejecutiva
del poder público y otras entidades prestadoras de servicios, de implementar un
Sistema de Gestión de Calidad que les garantice el mejoramiento del desempeño
interno en pro de entregar mejores resultados a la sociedad.
La Procuraduría General de la Nación, a pesar de no estar obligada a las disposiciones
expuestas en la referenciada ley, a través de las Resoluciones 366 de 2007 y 535 de
2011 decidió establecer el Sistema de Gestión de Calidad en la entidad, en virtud del
cual, se determinó el siguiente mapa de procesos:
Gráfica No. 9
Mapa de procesos
La ejecución del proyecto de implementación del sistema en cada una de sus etapas
básicas, la adopción del manual de calidad, ya en su octava versión del 18 de junio de
2015, ha garantizado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma NTCGP
1000:2009. Fue así como en el período de análisis se logró:
244
La obtención del certificado de calidad bajo la norma ISO 9001:2008 con la firma
Cotecna Certificadora Services Ltda. para el subproceso de selección de
empleados de carrera.
Se realizó seguimiento a la certificación de calidad bajo la norma ISO 9001:2008
con la firma SGS al subproceso de Conciliación Extrajudicial en lo Contencioso
Administrativo.
Al año 2015, el Sistema de Gestión de la Calidad cuenta con:
- Manual de Calidad Versión 8.
- Manual de Funciones y de Requisitos por Competencias Laborales Versión 5.
- 4 Macro procesos
- 18 Procesos.
- 42 Subprocesos.
- 31 Caracterizaciones.
- 259 Procedimientos.
- Guía para el proceso disciplinario.
- 260 Formatos.
- 130 Instructivos
- 45 Reglamentos
- 17 Manuales
CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE CALIDAD DE LA PGN 2015 (93.7%)
Como resultado de la implementación y medición del Sistema de Gestión de Calidad en la Procuraduría General de la Nación durante la vigencia 2015, se cumplieron los objetivos propuestos de la siguiente manera:
OBJETIVO 1: Fomentar en los funcionarios la cultura de servicio tanto a usuarios
internos como externos (94,4%)
No. de usuarios atendidos: 138.862
No. de quejas y reclamos recibidos: 3.501
No. de capacitaciones realizadas: 3.229
No. de sedes adecuadas: 271 solicitudes atendidas
245
OBJETIVO 2: Mejorar los tiempos de respuesta y trámite de los procesos al interior de la entidad (78,1%)
No. de certificados de antecedentes expedidos en ventanillas CAP: 57,387
No. de certificados antecedentes expedidos página web PGN: 10.986.417
No. de constancias en materia de DD.HH. y DIH expedidas: 23.094
No. de derechos de petición atendidos: 2.236
No. de quejas y denuncias evacuadas: 88.124
No. de solicitudes tramitadas en conciliación: 66.385
No. de asuntos tramitados en preventivo: 86.903.
OBJETIVO 3: Alcanzar niveles adecuados de satisfacción de los usuarios con
respecto a los servicios ofrecidos (81,2%)
Nivel de satisfacción del cliente interno - concurso: 88.5%.
Nivel de satisfacción del cliente externo - concurso: 73.8%.
Encuesta de conciliación: 87.4%.
Encuesta de imagen institucional: 64.0%.
OBJETIVO 4: Establecer un esquema de medición para realizar seguimiento y control
(100.00%)
No. de POAS estratégicos revisados y parametrizados: 149
No. de POAS día a día revisados y parametrizados: 149
OBJETIVO 5: Fomentar la sinergia interdependencias mediante el enfoque de
procesos, para garantizar el uso eficiente de los recursos y la toma adecuada de decisiones (100.00%)
No. de reuniones de planeación estratégica por proceso: 4
No. de reuniones de administración de riesgos proceso: 12
No. de reuniones de análisis estratégico delegadas: 377
OBJETIVO 6: Buscar la mejora continua de los procesos y procedimientos (100.00%)
No. de documentos actualizados: 362
No. de asesorías a procesos y dependencias: 140
246
5.4 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Consolidar e integrar sistemas de información institucional
Los sistemas de información son herramientas de las que dispone la entidad para el
procesamiento de datos, análisis y toma oportuna de decisiones; razón por la cual se
durante el 2015 se priorizó la actualización y perfeccionamiento de los sistemas
misionales y de apoyo con que se cuenta, así:
Perfeccionamiento del Sistema de Información Misional (SIM)
Se contrató el perfeccionamiento del Sistema de Información Misional (SIM), fase II –
Gestión preventiva, con lo cual se obtuvo:
a) Entregar y poner en producción el perfeccionamiento del Sistema de Información
Misional (SIM) con el desarrollo de los requerimientos planteados en la
especificación funcional de: Nuevo Modelo de Gestión Preventivo, Restitución de
Tierras y Relatoría.
b) Permitir a los operadores preventivos el registro de sus asuntos por ATENCIÓN
CIUDADANA, o como SOLICITUD ABREVIADA, CASO PREVENTIVO o
PROYECTO PREVENTIVO, escenarios que reducen el tiempo de
diligenciamiento de la información, gracias a la variación de las actividades en el
flujo del modelo del negocio del sistema respecto del procedimiento anterior que
funcionaba desde 2008 y, a la vez, se optimizaron los formularios de ingreso de
datos.
c) La nueva funcionalidad de Restitución de Tierras dentro del módulo de
intervención, ha permitido a los Procuradores Judiciales en esta materia, registrar
los asuntos que tramitan conforme al procedimiento “sui generis” establecido en la
Ley 1448 de 2011, el cual no existía en el sistema.
d) El ajuste realizado al componente de Relatoría dentro del SIM (SIREL), permitió
dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 239 de 2009, esto es,
reemplazar la herramienta tecnológica PIREL, a través de la cual se administraba
dicho sistema de manera básica, lo que permite que todos los funcionarios de la
Procuraduría puedan enviar al Grupo de Relatoría y a través de SIREL los
documentos definitivos y de interés que deban ser publicados en el portal Web de
la entidad.
247
e) Las nuevas funcionalidades y la citada mejora, mantienen validaciones y
restricciones en los formularios de ingreso de datos, optimización de los módulos
de administración de documentos y personas que han contribuido a mejorar la
calidad de la información y reducción de los tiempos de respuesta.
f) Realizar procesos de depuración de datos.
Fortalecimiento del Sistema SIRI
Dentro del proceso de fortalecimiento del Sistema SIRI, se obtuvo, entre otros:
a) Garantía del sistema de información por doce (12) meses.
b) Habilitar el registro de personas colombianas sancionadas por hechos cometidos
en otros países, en materia penal, fiscal y contractual.
c) Habilitar la funcionalidad de acción de repetición, en el módulo fiscal.
d) Disponer del reporte de Sanciones por Archivo, el cual se usa mucho en las
validaciones de nómina de entidades que lo requieren y sobre todo en época
electoral para la certificación que la Procuraduría debe expedir en materia de
inhabilidades de los candidatos. Este reporte se migró y actualizó mejorando sus
tiempos en un 60%.
e) Se ajustó la funcionalidad de fallos disciplinarios vía Web que utilizan las
Entidades de convenio como: DIAN, Policía, Ecopetrol, para permitir que estos
registren fallos aceptables.
f) Radicación de eventos sin SIRI, dado que la CGR observó el tema de la cantidad
de eventos que estaban llegando y que se estaban convirtiendo en fallos nuevos
por cuanto no se tenía registro de la anotación en el SIRI. Se diseñó una
funcionalidad para registrar ese evento, como un radicado especial, que permite
almacenar la información que reportan a la Entidad y generar un oficio solicitando
la complementación de la información.
Gestión Documental
Con el fin de implementar la solución de Gestión Documental Electrónica y de
Archivo, a nivel nacional, se suscribió el contrato 179-023-2015, con el que se
espera disponer de un sistema que quede operativo en Bogotá y 24 de las 32
regionales a nivel nacional, incluyendo la capacitación a los funcionarios en cada
248
una de las sedes. Durante esa vigencia se obtuvo el licenciamiento de la
aplicación, los equipos servidores, y se realizó el análisis y diseño de la solución,
además de disponer de veinticinco (25) entregables, para esta fase. En la vigencia
2016 se tiene prevista la puesta en marcha en Bogotá y cerca de 100 sedes a nivel
nacional, ubicadas en 24 departamentos.
Mantenimiento Sistema SIAF, Módulos de Gestión Humana y Correspondencia
A través del Contrato 179-011-2015, cuyo objeto es el mantenimiento y actualización
del sistema SIAF en los módulos de Gestión Humana, Nómina, Viáticos y
Correspondencia, se garantizó la disponibilidad del sistema y la actualización del
módulo de Nómina, que interactúa con el correo electrónico institucional y facilita la
remisión de los desprendibles de pago a cada funcionario.
Administrador de contenidos
Se contrató el soporte y garantía del portal de la Procuraduría, con lo cual se provee
a la ciudanía en general de servicios gratuitos y bajo entorno web como el certificado
de antecedentes, quejas y reclamos, notificaciones judiciales y el módulo de
contratación, entre otros. De igual manera, a través del CAS Virtual dispuesto en la
intranet, los funcionarios de la entidad obtienen de manera automática sus
certificados laborales, desprendibles de nómina, informe de inventarios, capacidad de
endeudamiento, registro de comisiones y viáticos que apoyan la gestión
administrativa de la entidad y facilita a los funcionarios los trámites internos.
5.5 AMPLIAR COBERTURA TECNOLÓGICA
A fin de mejorar la disponibilidad de los servicios informáticos para apoyar los procesos
misionales, la Procuraduría gestionó la ampliación y actualización de su plataforma
tecnológica, tal como se presenta a continuación:
Entregar las soluciones informáticas para los puestos de trabajo (hardware y
software)
En esta actividad se suscribieron los contratos 179-078-2015, 179-079-2015, 179-081-
2015 y 179-080-2015, con los que se obtuvieron 61 computadores de escritorio, 33
portátiles, 25 lectoras de sticker, y 25 impresoras de sticker, equipos que se utilizarán
en el proyecto de gestión documental electrónico de la Entidad, en las ventanillas y
para reemplazo de los equipos obsoletos Pentium IV y Dual Core que aún posee la
entidad.
249
Actualizar los componentes de la infraestructura de redes, telefonía,
almacenamiento y telecomunicaciones.
En este proyecto se llevó a cabo el mantenimiento, actualización y garantía de la
solución de administración del ancho de banda, de la solución de administración de
los switches, de la plataforma de telefonía IP y ampliación de la misma, el software de
virtualización, la actualización del software de Oracle, Alero y Linux, el suministro de
direcciones IP, y la migración del correo electrónico (solución de backups de las
cuentas de correo). Efectivamente, mediante contrato 179-006-2015, con Oracle
Colombia Ltda, se obtuvo la renovación del soporte y actualización de las licencias
Oracle, por doce meses; a través del contrato 179-005-2015, se actualizó el software
de Alero Express, así mismo, se ejecutó el contrato 179-041-2015, con el cual se
recibió la actualización de dieciséis (16) licencias del software de virtualización. Se
realizó la compraventa de la garantía extend del hardware y software para equipo
administrador ancho de banda Blue Coat Packetshaper Mod 12000. Se recibió la
garantía de la plataforma de telefonía IP HP – 3COM, por un año, de acuerdo al
contrato 179-049-2015, así mismo, se recibieron los servicios conexos y soporte
técnico para los productos Microsoft instalados en la infraestructura de equipos
servidores de la PGN.
Se adquirió un sistema de archivado de correo electrónico, el cual permite centralizar el
almacenamiento de los mensajes de los usuarios sin depender del disco duro local del
equipo de escritorio asignado al funcionario, usando servicios de nube privada y
almacenamiento orientado a objetos con funcionalidad de duplicación, lo cual permite
optimizar el espacio de almacenamiento secundario utilizado. Se adquirió un
dispositivo de hardware de almacenamiento basado en objetos y un sistema de
software especializado para éste propósito, para soportar el archivado de 3500
buzones.
Entregar solución de soporte y renovación de los componentes de la
plataforma de seguridad informática
Se adquirió un nuevo sistema de prevención y detección de intrusos (IPS/IDS) junto
con la solución para el análisis de malware avanzado y protección contra amenazas
persistentes avanzadas. El conjunto de la solución está compuesta por:
• FortiGate 800C (IPS/IDS)
• FortiSandbox1000D (Solución para el análisis de malware avanzado)
• FortiAnalyzer-200D (Analizador de Logs)
• FortiBridge 2002 (Bypass)
250
El nuevo IPS/IDS permitió a la Entidad, gracias a su capacidad y performance, contar
con protección y detección de intrusos tanto en el perímetro como en segmentos de
red WAN, contando con un módulo de bypass que garantiza la continuidad del tráfico
en caso de fallas de hardware. Así mismo, el Sandbox permite analizar
constantemente los archivos que circulan hacia y dentro de la plataforma tecnológica,
mediante procesos de simulación y consulta de parámetros, detectando posibles casos
de malware avanzado, amenazas persistentes o de día cero. Todos los reportes
generados por los dos equipos son analizados y procesados a través del analizador de
Logs dedicado.
Implementar soluciones a través de la plataforma tecnológica
Se llevó a cabo la consultoría que permitió establecer el plan de implementación del
protocolo IPv6 en la Procuraduría General de la Nación, incluyendo capacitación
técnica. Así mismo, se adquirió el prefijo de direcciones IPV6 que conviviendo con las
direcciones IPV4 evitarán el aislamiento de la Entidad a nivel informático.Con los
resultados obtenidos, la entidad procederá a la transición de IPV4 a IPV6 en el 2016.
Solución de Almacenamiento por capas
Se adquirió un nuevo sistema de almacenamiento de última generación en reemplazo
del antiguo que llevaba cerca de 10 años instalado en la Entidad, también para alojar
la información del nuevo sistema de gestión documental. Este nuevo sistema de
almacenamiento electrónico de información permitirá mejorar la disponibilidad y la
velocidad de acceso a la información existente y la que a diario se produce a partir de
los servicios informáticos que se ofrecen a la ciudadanía y a los funcionarios. La
arquitectura de almacenamiento por capas permite un uso optimizado de los medios
de almacenamiento digital en función de la cantidad de usuarios que la acceden.
5.6 CONSOLIDAR LA EFECTIVA COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL
Implementar las soluciones de redes para las sedes
Este proyecto apoyó la elaboración de redes de datos y eléctrica regulada, ampliación
de la solución inalámbrica, adquisición de Ups, baterías y switches. A la fecha se
encuentra en ejecución el contrato 179-028-2015, para la restauración y elaboración
de la red lógica y eléctrica regulada de la casa ubicada en la calle 37 No. 11-18,
Casa Luis Perú de la Croix, en la ciudad de Bucaramanga, proyecto que finaliza en
diciembre de 2016; así mismo, se adquirieron 12 UPS, las cuales se ubicaron a nivel
nacional. Se ejecutó el contrato 179-085-2015, con el cual se garantizó la renovación
de los contratos SMARTNET que incluye actualización y soporte de la plataforma
251
inalámbrica de la entidad, lo que facilita la movilidad de los usuarios. Se recibió la
obra de redes reguladas y lógicas en la ciudad de Rionegro, mediante contrato 179-
103-2015 y la obra de Cali mediante contrato 179-059-2015, con el cual se adecuó la
sede con una red regulada y lógica; así mismo se encuentran en ejecución las obras
de Montería, a través del contrato 179-100-2015, y Quibdó mediante contrato 179-
094-2015, los cuales concluyen a mediados de 2016.
Implementar las soluciones de canales de voz y datos para las sedes
Inicialmente se contó con el contrato 179-052-2012, con el que se le brindó la
conectividad a 120 sedes del nivel nacional y posteriormente mediante Orden de
Compra 1973 de 2015, se garantiza la conectividad hasta de 136 sedes del nivel
nacional, con una disponibilidad superior al 99,9%.
5.7 GARANTIZAR LA DIVULGACIÓN, CIRCULACIÓN AMPLIA Y FOCALIZADA DE LA
INFORMACIÓN Y DE SU SENTIDO HACIA LOS DIFERENTES GRUPOS DE
INTERÉS
Programa radial: Procurando “Orden y Rectitud”
En el año 2015 se realizaron 47 programas de "Orden y Rectitud" transmitidos por
Radio Nacional de Colombia los sábados a las 7 de la mañana, dichos programas
fueron retransmitidos por la emisora del Ejército Nacional, de la Armada Nacional y
por más de 100 emisoras comunitarias. En los últimos 10 programas de "Orden y
Rectitud" empezó a participar FENALPER, teniendo una nueva sección, Fenalper en
Acción, espacio en el que los personeros de diferentes lugares del país asistían y
hablaban de las funciones de la Personería, actividades relacionadas con los
municipios y las comunidades y resolvían dudas que llegaban a través de los correos
institucionales. La información dada a los oyentes en el territorio colombiano pretende
suministrar datos importantes y necesarios en el momento de la ejecución de
diferentes actividades territoriales, buscando así que la transparencia y el
acompañamiento sean bandera en las entidades públicas a nivel nacional.
Página web
Durante la vigencia 2015 se sumó un total de 9.653.894 visitas al sitio web
www.procuraduria.gov.co, frente a un total de 5.015 actualizaciones realizadas. Ello
significa la consolidación de los objetivos informativos trazados y una permanente
comunicación con la ciudadanía que a diario accede al sitio web en busca de
recursos noticiosos, trámites o servicios y orientación en general.
252
6. OPTIMIZAR LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES
6.1 GESTIÓN PRESUPUESTAL
Se garantizó durante la vigencia la disponibilidad de recursos financieros para la
realización de la misión, la visión y los objetivos institucionales señalados en el Plan
Estratégico Institucional 2013-2016 “Procurando Orden y Rectitud”, en cumplimiento de
las políticas, planes, programas y proyectos, que constituyen la razón de ser de la
Procuraduría General de la Nación.
El presupuesto total definitivo para la vigencia 2015 fue de $519.189.124.217 sobre los
que se establecieron compromisos presupuestales por valor de $509.998.961.508,
equivalentes al 98,23% y se hicieron pagos por $480.571.460.188, que significan el
92,56%, tal como se ilustra en la tabla que sigue:
Tabla No. 58
Presupuesto asignado y ejecutado año 2015
DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN COMPROMISOS % PAGOS %
FUNCIONAMIENTO 499.748.666.125 490.632.398.815 98,18 472.604.177.299 94,57
INVERSIÓN 19.440.458.092 19.366.562.693 99,62 7.967.282.890 40,98
PRESUPUESTO TOTAL 519.189.124.217 509.998.961.508 98,23 480.571.460.188 92,56
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
La apropiación presupuestal para gastos de funcionamiento en la vigencia fue de $499.748.666.124,68; los compromisos adquiridos ascendieron a $490.632.398.814,90 que equivalen al 98,18% y los pagos llegaron a $472.604.177.298,58 es decir un 94,57%, como se presenta en la tabla siguiente:
Tabla No. 59
Presupuesto asignado y ejecutado - gastos de funcionamiento - año 2015
DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN COMPROMISOS % PAGOS %
GASTOS DE PERSONAL 446.741.672.633 446.307.708.231 99,9 436.144.171.620 97,63
GASTOS GENERALES 25.387.397.492 24.935.091.322 98,22 22.039.854.243 86,81
TRANSFERENCIAS 27.619.596.000 19.389.599.262 70,2 14.420.151.436 52,21
FUNCIONAMIENTO 499.748.666.125 490.632.398.815 98,18 472.604.177.299 94,57
253
Gastos de Personal:
La asignación para cubrir los compromisos con los servidores públicos vinculados a la
entidad llegó a $446.741.672.633; sobre este monto se establecieron compromisos por
$446.307.708.231, que corresponden al 99,9%; y los pagos realizados ascendieron a
$436.144.171.620, que equivalen al 97,63%.
Gastos Generales:
La apropiación destinada a atender gastos vinculados con la adquisición de bienes y
servicios necesarios para el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales de la
entidad fue de $25.387.397.492; se establecieron compromisos por $24.935.091.322, que
representan el 98,22% y se realizaron pagos por $22.039.854.243, correspondientes al
86,81%.
Transferencias:
Para el cumplimiento de los gastos relacionados con previsión y seguridad social,
sentencias y conciliaciones, obligaciones de la cuota de auditaje y demandas contra la
entidad, la apropiación de la vigencia 2015 ascendió a $27.619.596.000, sobre la que se
establecieron compromisos por $19.389.599.262, equivalentes al 70,20% y se realizaron
pagos por $14.420.151.436, que significan el 94,57%.
INVERSIÓN
Para atender los gastos de inversión, es decir los que posibilitan capacidad de producción
y productividad en el campo de la estructura física, económica y social, se fijó al inicio de
la vigencia una apropiación de $21.711.000.000.
Sobre esta apropiación se realizaron reducciones por $2.270.000.000, de acuerdo al
Decreto 2240 de 2015, “por el cual se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto
General de la Nación de la vigencia fiscal de 2015".
La apropiación definitiva fue de $19.440.458.092, sobre la cual se adquirieron
compromisos por $19.366.562.693, que equivalen al 99,62%. Los pagos realizados fueron
por $7.967.282.890, que corresponden al 40,98%.
254
Tabla No. 60
Presupuesto asignado y ejecutado Inversión - año 2015
APROPIACIÓN
DEFINITIVA
ADQUISICIÓN DE SEDES PARA
LA PROCURADURÍA GENERAL
DE LA NACIÓN A NIVEL
NACIONAL
600.000.000 599.931.390 99,99 0 0
ADECUACIÓN DE SEDES DE LA
PGN A NIVEL NACIONAL5.848.108.092 5.791.517.881 99,03 2.672.624.906 45,7
FORTALECIM IENTO
PLATAFORM A TECNOLÓGICA
DE LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN , A
NIVEL NACIONAL
8.892.350.000 8.875.199.872 99,81 3.008.275.121 33,83
FORTALECIM IENTO DE LA
FUNCIÓN PREVENTIVA DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN A NIVEL NACIONAL
2.450.000.000 2.449.964.640 99,99 2.094.671.366 85,5
FORTALECIM IENTO DEL
PROCESO DE M ODERNIZACIÓN
DE LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN A NIVEL
NACIONAL
1.650.000.000 1.649.948.910 99,99 191.711.498 11,62
TOTAL INVERSIÓN 19.440.458.092 19.366.562.693 99,62 7.967.282.890 40,98
%DESCRIPCIÓN COMPROMISOS % PAGOS
Proyecto “Adquisición de sedes para la Procuraduría General de la nación a nivel
nacional”:
Tuvo una apropiación de $600.000.000; se establecieron compromisos por $599.931.390,
que significan el 99,9%.
Proyecto “Adecuación de sedes de la PGN a nivel nacional”:
Tuvo una apropiación de $5.900.000.000, al inicio de la vigencia; se efectuó una
reducción de $51.891.908, para tener una apropiación definitiva de $5.848.108.092, sobre
los que se establecieron compromisos por $5.791.517.881 que significan el 99,03% y se
realizaron pagos por $2.672.624.906, equivalentes al 45,7%.
Proyecto “Fortalecimiento plataforma tecnológica de la Procuraduría General de la
Nación, a nivel nacional”:
La apropiación presupuestal para la vigencia fue de $8.892.350.000, sobre los que se
realizaron compromisos por $8.875.199.872, es decir, el 99,81% y se realizaron pagos por
$3.008.275.121, que significan el 33,83%.
255
Proyecto “Fortalecimiento de la Función Preventiva de la Procuraduría General de
la Nación”:
Al inicio de la vigencia se apropiaron $3.500.000.000; mediante Decreto 2240 de 2015 se
efectuó una reducción de $1.050.000.000, para tener una apropiación definitiva de
$2.450.000.000, sobre los cuales se establecieron compromisos por $2.449.964.640, que
significan el 99,99% y se realizaron pagos por $2.094.671.366, equivalentes al 85,50%.
Proyecto “Fortalecimiento del Proceso de Modernización de la Procuraduría
General de la Nación a Nivel Nacional”:
La apropiación presupuestal para la vigencia fue de $1.650.000.000, sobre los que se
realizaron compromisos por $1.649.948.910, o sea, el 99,99% y se realizaron pagos por
$191.711.498, que significan el 11,62%.
Proyecto “Fortalecimiento de la PGN para identificar y monitorear riesgos de
vulneración de derechos y la conciliación social civil y comercial”:
Al inicio de la vigencia se apropiaron $1.168.650.000, pero mediante Decreto 2240 de
2015 se efectuó La reducción de su monto total.
La distribución de los compromisos por cada una de las cuentas del presupuesto es la siguiente:
Gráfica No. 10
Distribución de los compromisos año 2015
Gastos de Personal87,51%
Gastos Generales
4,89%
Transferencias3,80%
Inversion3,80%
DISTRIBUCIÓN DE LOS COMPROMISOS
256
Los datos registrados reflejan:
El 96,20% del presupuesto se destina a gastos de funcionamiento, conformado por
Gastos de Personal (87,51%), Gastos Generales (4,89%) y Transferencias (3,80%).
El 3,80% del presupuesto se destinó para inversión.
COMPARATIVO PRESUPUESTO VIGENCIAS 2014 - 2015
Tabla No. 61
Presupuesto asignado - años 2014 - 2015
2014 2015
GASTOS DE PERSONAL 420.580.858.906 446.741.672.633 6,22%
GASTOS GENERALES 31.491.816.948 25.387.397.492 -19,38%
TRANSFERENCIAS 18.795.989.371 27.619.596.000 46,94%
INVERSION 13.961.290.000 19.440.458.092 39,25%
CONCEPTOAPROPIACION VARIACION
%
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 470.868.665.225 499.748.666.125
TOTAL FUNCIONAMIENTO E INVERSION 484.829.955.225 519.189.124.217 7,09%
6,13%
El presupuesto asignado para el 2015 se incrementó en un 7,09% en donde los rubros
más representativos fueron Transferencias que se incrementó en el 46,94% y el de
Inversión en un 39,25%.
Tabla No. 62
Porcentaje de presupuesto ejecutado - años 2014 – 2015
2014 2015 DIFERENCIA
Gastos de Personal 97,60% 99,90% 2,30%
Gastos Generales 90,30% 98,20% 7,90%
Transferencias 87,80% 70,20% -17,60%
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 96,80% 98,20% 1,40%
INVERSIÓN 88,10% 99,60% 11,60%
TOTAL FUNCIONAMIENTO E INVERSION 96,50% 98,20% 1,70%
CONCEPTO% DE EJECUCION ACUMULADA A DICIEMBRE
En relación con los datos registrados en la tabla anterior, se hacen las siguientes
anotaciones:
El nivel de ejecución presupuestal de la vigencia 2015 es mayor a lo ocurrido en la
vigencia 2014, en un porcentaje de 1,7%.
La inversión es la que comparativamente registra el mejor comportamiento de
ejecución al pasar de un 88,1% en 2014 al 99,6% en 2015.
257
La cuenta de gastos de personal continúa siendo la que mejor comportamiento
registra en los dos (2) años, al pasar de 97,6% en 2014 a 99,9% en 2015.
La cuenta de gastos generales registra un mejoramiento significativo en el nivel de
ejecución al pasar de 90,3% en 2014 a 98,2% en 2015.
La cuenta de Transferencias es la única que registra un nivel de ejecución inferior en
el año 2015, situación que se explica porque en la vigencia 2014 hubo una reducción
del presupuesto asignado mientras que en el 2015 no se aceptó esta propuesta por
parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
POLÍTICA DE AUSTERIDAD EN EL GASTO
El artículo 110 de la Ley 1737 de 2014 estableció: “Los órganos que hacen parte del
presupuesto general de la Nación, durante la vigencia fiscal de 2015, realizarán una
reducción en los gastos por servicios personales indirectos y por adquisición de bienes y
servicios de gastos generales, respecto a los efectuados en la vigencia fiscal 2014, por un
monto mínimo equivalente al 10%. Dicha reducción se aplicará especialmente en los
conceptos de: viáticos y gastos de viaje, campañas publicitarias, adquisición de vehículos,
servicios de telefonía celular y papelería”. En la tabla siguiente se presenta el resultado
obtenido en cada uno de los rubros presupuestales objeto de la austeridad en el gasto,
comparando el límite de gasto y el monto comprometido en la vigencia 2015, así:
Tabla No. 63
Comparativo entre límite de gasto y compromisos 2015
Los datos registrados reflejan:
En todos los rubros presupuestales se dio cumplimiento a la política de austeridad en
el gasto, determinada en el artículo 110 de la Ley 1737 de 2014.
Los rubros que registran el mayor porcentaje de reducción son vehículos y papelería
con niveles del 77,41% y 66,35% respectivamente.
CONCEPTO LIMITE DE GASTO COMPROMISOS 2015 DIFERENCIA%
REDUCCIÓN
SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 15.660.000,00 11.089.630,00 4.570.370,00 -36,27%
ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS 25.136.394.999,82 24.363.830.747,45 772.564.252,37 -12,77%
VEHICULOS 749.727.896,40 188.195.782,00 561.532.114,40 -77,41%
PAPELERIA, UTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA 1.767.152.402,46 660.755.790,79 1.106.396.611,67 -66,35%
TELEFONIA MOVIL CELULAR 152.948.202,64 140.415.251,61 12.532.951,03 -17,37%
VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE 2.655.299.256,65 2.597.285.495,73 58.013.760,92 -11,97%
258
6.2 GESTIÓN FINANCIERA
A continuación se presentan los estados financieros con que este organismo de control
cerró a 31 de diciembre del año 2015.
259
260
Control Interno Contable: La PGN elaboró y presentó, dentro de los términos
establecidos, el informe de control interno contable correspondiente a la vigencia 2015. Se
aplicó la metodología implementada por la Contaduría General de la Nación al Grupo de
Contabilidad y al Proceso Contable del IEMP y se registró la información en el chip
contable habilitado por esa misma entidad.
6.3 GESTIÓN JURÍDICA
Representación judicial de la entidad
La Procuraduría desplegó durante el año 2015, las actividades necesarias para el
ejercicio de las funciones de representación judicial de la Entidad en las acciones
constitucionales (tutelas, acciones de grupo y acciones populares) y contencioso
administrativas en que se constituye en parte como demandante y/o demandada. Esta
función implica también la coordinación de las actividades para defensa judicial de sus
intereses en despacho judiciales de todo el país por parte de los apoderados a nivel
regional y/o provincial, quienes se remiten los instructivos generales de esta función y
presta asesoría en casos específicos.
1.1. Representación en acciones contenciosas: En el año 2015, fueron notificados 250
procesos en contra de la Procuraduría. La mayoría de las demandas instauradas en
contra de este órgano de control se surten ante Despachos Judiciales de Bogotá, es decir,
en esta ciudad se tramitaron 129, lo que corresponde al 52% y en los demás Despachos
Judiciales del país el 48% con 121 procesos, que están a cargo de los servidores públicos
del nivel regional y provincial. Un indicador fundamental para el resultado de la gestión de
defensa judicial, hace referencia a los procesos (sentencias judiciales y acuerdos
conciliatorios) favorables y desfavorables de la Entidad. En el año 2015 se notificaron un
total de 217 procesos terminados, de los cuales 133, que corresponde al 61%, son
favorables a la Procuraduría General de la Nación y 84 adversos, esto es, el 39%.
1.2 Representación en Acciones de Tutela: Respecto a la representación de la
Procuraduría General en las acciones de tutela interpuestas en contra de la Entidad, a 31
de diciembre de 2015, se radicaron 1571 tutelas: de ellas 1062 acciones fueron atendidas
por apoderados de la Oficina Jurídica y 509 en el nivel territorial (Regionales y
Provinciales). De las 1062 acciones de tutela atendidas desde la Oficina Jurídica, se
obtuvieron 909 fallos a favor de la Entidad, es decir, negaron la solicitud de amparo en
107 casos, quedando pendientes por resolver 46 asuntos. Por lo tanto, sin tener en
cuenta las providencias pendientes por proferir, el éxito en la defensa fue del 86%.
Igualmente, a nivel Regional y Provincial de las 509 acciones de tutela atendidas, 452
casos fueron favorables a la Procuraduría, y se obtuvieron 15 providencias adversas. Sin
261
embargo, cabe resaltar que hay 42 asuntos pendientes por resolver. En conclusión, sin
tener en cuenta las providencias pendientes por proferir, el éxito en la defensa es del
89%.
1.3. Comité de Conciliación: En desarrollo de las funciones de representación judicial, se
realizó el estudio de 507 solicitudes de conciliación judicial y prejudicial; de las cuales 503
se sustentaron ante los Comités de Conciliación Ordinario y Ad-Hoc. Así mismo, se
conceptuó en 61 casos de procedencia de interposición de la acción de repetición, surgidos
de las sentencias que imponen condenas de contenido económico en contra de la
Procuraduría General de la Nación y con base en los documentos soportes de los
correspondientes pagos, de los cuales 53 fueron estudiados por el citado Comité.
6.4 GESTIÓN CONTRACTUAL
En lo relativo a la actividad contractual, durante la vigencia 2015 se realizaron 126 procesos de contratación, de los cuales 4 se realizaron con cargo a los recursos del crédito BID. La totalidad de procesos fueron adjudicados, según se aprecia en las siguientes tablas que presentan la discriminación de la referida gestión:
Tabla No. 64
Gestión contractual recursos de la Nación - año 2015
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No. Adjudicados Desiertos Revocados
Licitaciones públicas 10 10 0 0
Concursos de méritos 6 6 0 0
Selecciones abreviadas de menor cuantía 9 9 0 0
Selecciones abreviadas por subasta inversa 9 9 0 0
Contratación de mínima cuantía 13 13 0 0
Órdenes de compra por acuerdo marco 22 22 0 0
Contratación directa 45 45 0 0
Convenios 8 8 0 0
TOTAL 122 122 0 0
Tabla No. 65 Gestión contractual recursos crédito BID - año 2015
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No. Adjudicados
Licitación pública nacional 1 1 Consultoría selección basada en calidad y costo 1 1 Contratación directa 2 2 TOTAL 4 4
262
7. FORTALECER LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
7.1 RELACIONES INTERNACIONALES
Seguimiento a la atención brindada por el Estado a las víctimas colombianas
en el exterior
Se realizó una visita administrativa a la ciudad de Sao Paulo Brasil en la que se evaluó el
ejercicio e intervención del consulado de Colombia en esta ciudad, frente a los
procedimientos y resultados de la atención a colombianos en materia de ley 1448 de
2011, trata de personas y personas detenidas. El consulado es General y tiene
competencia sobre 7 Estados, a saber: Sao Paulo, Rio de Janeiro, Belo Horizonte,
Paraná, Rio Grande do Sul, Espíritu Santo y Santa Catarina. Es importante destacar que
hasta el momento esta representación diplomática es la única que dispone y hace uso de
las piezas comunicativas relacionadas con la ley de víctimas, sus instalaciones locativas
permiten la proyección de un video con información de manera periódica.
Los funcionarios del consulado se encuentran capacitados sobre la ley, sin embargo
desconocen el procedimiento de restitución de tierras. Por lo cual, en la tarde de ese día
se programó la capacitación sobre este tema puntualmente. En cuanto al tema de trata de
personas hasta el momento el consulado solo ha recibido un caso de trata laboral, el cual
se encuentra en investigación por parte de las autoridades brasileñas. No se cuenta con
servicios de atención psicosocial, este hecho es preocupante puesto que en el día a día
los usuarios del consulado buscan este servicio.
En cuanto a la atención jurídica, la asistencia es prestada por un abogado de nacionalidad
peruana (con título de licenciado en derecho de Brasil) quien está contratado por la
Cancillería para prestar acompañamiento a los colombianos detenidos en la cárcel de
ITAI, este centro penitenciario es exclusivo para extranjeros y en la actualidad hay 99
colombianos (13 mujeres y 86 hombres) recluidos por delitos de narcotráfico y hurto
agravado principalmente.
Es preocupante que a muchas de las diligencias que se realizan con otros colombianos
en otros Estados, el abogado no puede acompañarlas por ausencia de medios de
transporte y recursos y ante la imposibilidad de su desplazamiento los Cónsules asumen
las diligencias con los defensores de oficio, sin ser abogados ni conocer el derecho
Brasileño, el cual dicho sea de paso, es un Estado Federal por lo tanto, las leyes cambian
y se definen con base en la gravedad y territorialidad de la comisión del delito.
263
Por otra parte, se dio una capacitación sobre la ley de víctimas y el mandato de la
PGN en materia de protección a derechos de los colombianos en el exterior. Se
efectuaron entrevistas con 12 colombianos que habían sido citados por los lideres
contactados, a ellos les explicamos las funciones de la PGN y los ejes misionales de
entidad y aprovechamos para orientar a los presentes sobre los alcances de la ley de
víctimas en el exterior, posteriormente se sostuvo conversaciones privadas, con
sorpresa, toda las personas con las que dialogamos nos contaron los hechos por los
que se encontraban viviendo en Sao Paulo y todos se relacionaban con el conflicto
armado, es decir todos deberían declarar su situación para ser reconocidos como
víctimas, según las versiones de los mismos era la primera vez que escuchaban de la
Ley y el consulado nunca les había orientado o informado sobre la misma.
Finalmente, se realizó una capacitación sobre ley de víctimas y mandato de la PGN en
materia de protección a derechos de los colombianos en el exterior. Participaron: 42
colombianos residentes en Sao Paulo, Santos, Campiñas y Rio de Janeiro que se
desplazaron desde estas ciudades para escucharnos y plantear solicitudes puntuales
relacionadas con sus casos. En el desarrollo de la capacitación se presentaron varias
inquietudes sobre la toma de declaraciones en el consulado, sobre la imposibilidad de
personas residentes en ciudades como Porto Alegre , Victoria ,Santa Catarina y
Paraná para asistir al mismo, preocupaciones sobre el plazo para declarar y sobre el
proceso de restitución de tierras en el exterior.
En cuanto al tema de las declaraciones para los colombianos residentes en ciudades
diferentes a Sao Paulo se hace necesario incluir dentro de los consulados móviles que
se programen para el 2015, la toma de declaraciones en línea y las capacitaciones
sobre la ley. En el tema de los plazos se explicó que las fechas pueden extenderse
siempre y cuando haya una justificación valida que no permita a la víctima declarar en
los tiempos estipulados, para el caso en particular se puede alegar la tardía
implementación de la ley por parte del consulado. En ese mismo sentido, se realizó
otra visita administrativa a las ciudades de Miami, Nueva York y Washington, en las
que se realizaron las siguientes actividades:
Visita al Consulado General de Colombia en Miami- Reunión con funcionarios del
consulado y capacitación de 80 colombianos quienes participaron además de la
Cónsul General y el Cónsul de Primera. Los temas abordados fueron: La PGN y su
mandato Constitucional, la ley de víctimas y su implementación en el exterior y el
proceso de restitución de tierras. Finalizada la capacitación se atendieron 20 víctimas
de forma personalizada.
264
En el Conversatorio en la Universidad Carlos Albizu, participaron colombianos
residentes en la florida sobre protección de derechos fundamentales y ley de víctimas.
Donde asistieron invitados especiales como: el Dr. Luigi Boria, Alcalde de Doral y la
Dra. Ana Paola Agudelo, Representante a la Cámara por los colombianos residentes
en el exterior. En este evento participaron 150 colombianos quienes dialogaron con el
señor Procurador General de la Nación y presentaron sus inquietudes y solicitudes
relacionadas con la protección de sus derechos fundamentales. Se expresó la
preocupación del Ministerio Público frente a la implementación de la ley en el exterior,
en especial frente a la fecha en la que expira el plazo para declarar (10 de junio de
2015) y se comprometió con hacer las gestiones pertinentes para impulsar un
proyecto de ley que amplié este plazo.
Visita a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones
Unidas, esta reunión fue acompañada por el señor Miguel Camilo Ruiz Blanco,
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Representante Permanente Alterno y la
señora María Paulina Dávila Dávila, Ministra Consejera.
En este espacio se expuso las preocupaciones de la Procuraduría frente a la
implementación de la Ley 1448 de 2011en el exterior y la importancia de contar con el
apoyo de las misiones diplomáticas en especial la acredita ante la Organización de
Naciones Unidas, para el ejercicio de información y todo lo relacionado con la
compatibilidad de la Ley con las disposiciones internacionales de protección
internacional. El Embajador Ruiz se comprometió a hacer lo pertinente y a su alcance
para divulgar la Ley en el marco de la Asamblea General de la ONU.
La PGN, participó en un conversatorio con 133 residentes de la ciudad de Nueva
Jersey en este abordó todos los temas relacionados con la protección de los derechos
fundamentales de los residentes en el exterior. Paralelamente se realizó la atención
personalizada a 20 colombianos en el Consulado de Nueva York que habían
participado del conversatorio el día anterior.
Con respecto al tema de colombianos residentes en el exterior, se siguieron
respondiendo las solicitudes allegadas a esta oficina, además se continuó con la
elaboración de los recursos de reposición y apelación frente a las no inclusiones en el
Registro Único de Víctimas.
Gracias a la visita realizada a España en el segundo trimestre, en la que se dialogó
con un número significativo de connacionales, el número de solicitudes en materia
pensional de colombianos residentes en ese país aumentaron, para dar respuesta a
265
todas las solicitudes se están articulando acciones en Asuntos del Trabajo y la
Seguridad Social.
Se realizó una visita a la frontera con Venezuela, para hacer una atención
personalizada de las víctimas colombianas deportadas por el presidente venezolano.
Se documentaron los casos que fueron presentados por el señor Procurador General
de la Nación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la
Corte Penal Internacional (CPI).
Internacionalización de la entidad
Durante el 2015, se actualizaron las bases de datos, incluyendo cooperantes,
embajadas y demás actores de la comunidad internacional. Igualmente, se realizaron
reuniones con directores de las agencias de cooperación para presentar las funciones
de la Entidad y aunar esfuerzos para trabajar proyectos de cooperación, compartir
buenas prácticas y gestionar recursos para su ejecución.
Finalmente, se organizó el Conversatorio sobre la “Experiencia de la República Checa
en Restitución de Tierras” dirigida a funcionarios de la Procuraduría Delegada para
Asuntos de Restitución de Tierras.
7.2 COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Observatorio de Seguimiento a la Cooperación - OSC
En el marco del proyecto Observatorio de Seguimiento a la Cooperación - OSC,
desarrollado en conjunto con la Universidad Jorge Tadeo Lozano de Bogotá, se iniciaron
las actividades referentes a las visitas administrativas y visitas a las comunidades
beneficiarias de las iniciativas de cooperación seleccionadas para el análisis. De igual
manera, se llevaron a cabo reuniones de seguimiento y monitoreo del proyecto, así como
reuniones de análisis conjunto de la información recopilada.
En lo referencia a los casos preventivos en materia de seguimiento a la ejecución de la
cooperación, se seleccionaron los proyectos sobre los cuales se realizaría el análisis con
respecto a las entidades del orden nacional: Ministerios de Educación, de las Tecnologías
de la Información y Comunicaciones y del Interior.
De acuerdo con la atención de casos preventivos de seguimiento a la ejecución de la
cooperación, se adelantaron actuaciones con respecto a los siguientes proyectos:
266
1. Proyecto “Diseño y construcción de sistemas de saneamiento básico en dos centro
poblados indígenas”, el cual contempla: 1. Estudio y diseño de acueducto para el pueblo
indígena de Gunkey en Chimila, Municipio del Copey, Departamento del Cesar y 2.
Estudio y diseño para remodelación y optimización del acueducto del pueblo indígena de
Jimain, Municipio de Pueblo Bello, Departamento del Cesar.
2. Proyecto “Colector Pluvial Bastidas - Mar Caribe en Santa Marta - Etapa IV”.
3. Proyecto “Multiveredal Integral del Pacífico”.
4. Proyecto “Programa de agua y saneamiento para el sector rural”.
5. Proyecto “Luces para educar”.
6. Proyecto “Biblioteca para niños en Buenaventura”.
7. Caso contrato de vehículos - Empresa TIC Consultores.
8. Proyecto “Biblioteca El Colegio”.
De igual manera, en lo que se refiere al caso Min TICS, se realizó visita a la comunidad
beneficiaria de un proyecto sobre teletrabajo en cárceles colombianas y se inició
elaboración del informe del caso preventivo.
Asuntos de Coordinación en Materia de Cooperación Internacional
- En virtud del Convenio Marco suscrito entre la Procuraduría General de la Nación
y la Organización de Estados Iberoamericanos - OEI, se realizaron actividades de
apoyo a la ejecución de los convenios específicos No. 128 de 2014 sobre Bienes
de Interés Cultural, No. 127 de 2014, sobre bienes de uso público - BUP- y No.
002 de 2015, sobre fortalecimiento de las capacidades de las entidades
territoriales.
- Se trabajó en conjunto con la Agencia de Cooperación Alemana - GIZ para la
actualización de la “Guía Práctica de Intervención de los Procuradores Judiciales
de Restitución de Tierras”, elaborada durante el periodo de ejecución del proyecto
Fortalecimiento del Estado de Derecho - FortalEsDer. Para tales efectos, se
gestionó la organización de un evento que proporcionó el espacio necesario para
el debate de los Procuradores Judiciales. Se espera la publicación en marzo de
2016.
267
- En relación al convenio con la Fundación MarViva se entregó el diagnóstico e
informe preventivo de “La Pesca Ilegal Marina en Colombia” para su revisión,
diagramación e impresión, para un posterior lanzamiento y socialización.
- En el marco del convenio con la Organización Iberoamericana de Seguridad Social
- OISS, se enviaron 3 postulaciones de funcionarios de la Procuraduría para la
realización del Master en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad
Social, impartido por la Universidad Alcalá de Henares.
- Se realizaron con apoyo del contratista de GIZ, Natural Shipping, trámites de
aduaneros y de nacionalización ante la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales -DIAN-, el Ministerio de Transporte y la Cancillería, para culminar la
donación de un vehículo por parte de la GIZ a la Procuraduría.
- Con el apoyo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y el Fondo de
Justicia Transicional, se desarrolló el proyecto “Estrategias y Herramientas para la
Entrevista y Atención a Víctimas de Violencia Sexual en el Conflicto Armado”; a
partir del cual se realizaron talleres de capacitación dirigidos a funcionarios de la
Procuraduría que atienden o trabajan con víctimas de violencia sexual, de las
ciudades de Bogotá, Barranquilla, Medellín, Cali, Cúcuta, Bucaramanga, Florencia,
Pasto y Santa Marta.
- En el programa del Fondo de Justicia Transicional se realizó la reunión final de
rendición de cuentas del programa y el análisis de Plan Estratégico 2016-2019.
- Con relación al programa “Alianzas territoriales para la Paz y el Desarrollo” de
PNUD, se participó en reuniones de los Comités de Coordinación Nacional y en la
reunión de rendición de cuentas del programa y análisis de Plan Estratégico 2016-
2019.
- En cuanto al Observatorio de Víctimas que se trabaja actualmente con la
Organización Internacional de las Migraciones -OIM-, se realizó el proceso de
selección y contratación de los consultores y se llevaron a cabo las primeras
reuniones de coordinación y planeación del trabajo del observatorio.
268
8. RELACIONES INTERINSTITUCIONALES
La Procuraduría General de la Nación, como órgano de control encargado de garantizar
los derechos fundamentales y proteger los intereses individuales y colectivos, interviene
en diferentes consejos, comisiones y comités de carácter interinstitucional, en los que se
tratan y definen aspectos de relevancia nacional. Durante el 2015, se cumplió con esta
importante labor, de la siguiente manera:
Consejo Nacional de Estupefacientes
Consejo en el cual se estudian y se adoptan decisiones sobre asuntos relativos a políticas
antidrogas, asuntos de orden presupuestal (solicitudes de inversiones de recursos de la
Policía Nacional), a bienes incautados y otras proposiciones; la intervención, en ese
consejo, de la Procuraduría General de la Nación ha sido oportuna y efectiva en cuanto a
observaciones, recomendaciones y aprobación de decisiones. Durante el período de
análisis, se abordaron los aspectos que a continuación se relacionan:
1. Solicitud de declaratoria de pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución 004 del 19
de marzo de 2014, predio La Esperanza.
2. Proyecto de resolución por el cual se establece la integración de los Consejos
Seccionales de Estupefacientes y se deroga la Resolución No. 014 de 2003.
3. Con relación a la erradicación de cultivos ilícitos y consumo de drogas: i) Proyecto de
modificación de la Resolución 026 de 2007 “Por la cual se autoriza la erradicación de
cultivos ilícitos en áreas de resguardos indígenas del país donde se hayan surtido
procesos de consulta previa, establecido en la sentencia SU-383 de 2003”; ii)
Implicaciones del Auto 073 de 2014 sobre Consulta Previa con Comunidades
Afrodescendientes; iii) Entrega del Sistema de validación de datos obtenidos en
erradicación manual en tercera modalidad; iv) Solicitudes de licencia para cultivo de
cannabis: William Álvarez, con fallo de tutela del Consejo de Estado; Universidad de
Antioquia; Canaphharm Rx Corporación; v) Informe sobre la regionalización de la
política de drogas; vi) Solicitud de autorización a la Policía Nacional para realización
de un estudio para determinar la eficiencia y pureza del proceso de transformación de
base a clorhidrato de cocaína e identificar las técnicas e insumos empleados”; vii)
Actos administrativos relacionados con solicitudes de autorización para el cultivo de
plantas de las cuales se produzcan estupefacientes y el envío de 100 gr. de hoja de
269
coca; viii) Solicitud revocatoria directa de la Resolución No. 0001 de 2015, por la cual
se unifica y actualiza la normatividad de sustancias y productos químicos controlados.
Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria
En él se ventilan asuntos relativos a indicadores de política criminal y penitenciaria,
balance legislativo en cuanto a leyes sancionadas y proyectos de ley en trámite, ejecución
de penas, delito informático y seguridad de la información, política nacional de lucha
contra el hurto de vehículos, partes, repuestos y modalidades conexas, seguridad
informática, trata de blancas, tortura y Sistema Nacional de Protección. En el 2015, se
llevó a cabo el estudio de los siguientes tópicos:
1. Presentación y aprobación de los informes de la Comisión Técnica del Consejo de
Política Criminal frente a los Proyectos de Ley:
- 021 de 2015 Cámara (Reforma del Sistema Penal Acusatorio).
- 099 de 2014 Senado (Código de Policía y Convivencia)
- 108 de 2014 Cámara (Tribunal Nacional Garantías Constitucionales)
- 109 de 2014 Cámara – (Sala de Casación Penal)
- 112 de 2014 Senado (Acoso sexual en transporte público)
- 129 de 2014 Cámara (Juzgamiento Fuerza Pública)
- 171 de 2015 Senado – 016 de 2014 Cámara (Lesiones con ácido
- 172 de 2015 Senado – 087 de 2014 Cámara (Protección animal
- H.R. Heriberto Sanabria (Jurisdicción de penas y medidas de seguridad)
2. Auto 009 de 2015 de la Corte Constitucional – Cumplimiento Sentencia T-025 de
2004 (Desplazamiento forzado).
3. Informe a la Comisión Intersectorial de Armonización Normativa – Derogación de
normas en materia penal y penitenciaria.
4. Seguimiento y cumplimiento de la Sentencia T-388 de 2013 (Sistema Penitenciario y
Carcelario – Nueve casos de tutela de internos de seis establecimientos del país,
quienes en términos generales solicitan la protección de sus derechos
fundamentales y, en algunos casos, que la Corte haga seguimiento al cumplimiento
de la Sentencia T-153 de 1998, que ya había declarado el estado de cosas
inconstitucional, que se cierren los establecimientos o que se declare la libertad por
ser las condiciones de reclusión contrarias a la dignidad humana que se predica de
un Estado Social de Derecho. Los establecimientos vinculados a los casos son
EPAMSCAS Popayán (San Isidro), EPMSC Barrancabermeja, EC Bogotá (Cárcel
270
Nacional Modelo), EPAMSCAS Valledupar (La Tramacúa), EPMSC Medellín
(Buenavista) y COCUC Cúcuta).
Consejo Superior de la Carrera Notarial
Presidido por el Ministerio de Justicia y del Derecho e integrado además de esa Cartera,
por la Procuraduría General de la Nación, el Consejo de Estado, la Corte Suprema de
Justicia, la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otros. En la vigencia 2015,
además de aprobar las actas de las sesiones del año, el Consejo se enfocó en aspectos
como:
1. Solicitudes de la Notaria Primera y del Notario Veintinueve de los Círculos de
Buenaventura, Valle y Medellín, respectivamente, para aplicarles el artículo 144 del
Decreto Ley 960 de 1970.
2. Aprobación del acuerdo por el cual se establece el criterio de desempate para las
solicitudes presentadas en ejercicio del derecho de preferencia, consagrado en el
numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970.
3. Aprobación del acuerdo por medio del cual se convoca y se fijan las bases del
Concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad
e ingreso a la carrera notarial.
4. Solicitud de nombramiento de los Notarios Únicos de los Círculos de Santuario,
Antioquia y Silvania, Cundinamarca, acciones de nulidad electoral, Sala de lo
Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado.
5. Presentación del operador técnico y científico del Concurso de méritos público y
abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial
– Universidad Nacional de Colombia.
6. Propuesta de impedimento del Notario Segundo del Círculo de Sincelejo y suplente
personal de la representante de los Notarios ante el Consejo Superior.
7. Presentación del informe de admisión y calificación del análisis de méritos y
antecedentes dentro del concurso de méritos para el ingreso a la carrera notarial,
efectuada por la Universidad Nacional.
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8. Aprobación del proyecto de acuerdo por el cual se aprueba y ordena la publicación de
la lista preliminar de admitidos y no admitidos, así como el puntaje preliminar de la
valoración de la experiencia laboral y académica de los participantes del Concurso de
méritos para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial.
Subcomisión Técnica de la Comisión Nacional de Moralización
Integrada por un representante de cada una de las entidades fijada por el artículo 62 de la
Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), entre las que se encuentra la Procuraduría
General de la Nación, es la encargada de hacerle seguimiento y llevar a la práctica los
compromisos asumidos por la Comisión Nacional de Moralización. En el período de
análisis, se abordaron los siguientes aspectos:
1. Revisión de los avances del proyecto de la “Ventanilla Unificada de Denuncias” y
coordinación de los parámetros para su administración, una vez entre en
funcionamiento.
2. Estipulación de las medidas de articulación entre las entidades que conforman la
Comisión Nacional de Moralización y el Observatorio de Transparencia y
Anticorrupción, para fortalecer los indicadores del Observatorio con los sistemas de
información de las entidades.
3. Revisión de la propuesta de reactivación del convenio marco de cooperación entre la
Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía
General de la Nación y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la
República, el cual operó entre los años 2003 y 2012 y permitió el desarrollo de
investigaciones conjuntas a nivel nacional y territorial en materia de regalías, SGP,
recursos de resguardos indígenas, presupuestos reservados, recursos de educación,
salud, entre otros; además de la creación de grupos interdisciplinarios de trabajo,
comisiones conjuntas en territorio y acciones de intercambio de pruebas; así mismo,
canalización de recursos de cooperación internacional para las entidades con
competencia en materia de lucha contra la corrupción a través del convenio firmado
con la USAID.
4. Evaluación de los mecanismos para obtener recursos para el fortalecimiento de los
jueces especializados de extinción de dominio y delitos contra la administración de
justicia (Artículo 2 de la Ley 1743 de 2014 y Decreto 272 de 2015).
5. Observatorio Anticorrupción: Exposición y revisión de los indicadores de sanciones.
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6. Avance de compromisos: i) Lucha contra la corrupción y comportamiento de las
denuncias en la Secretaría; ii) Creación del Comando Anticorrupción; iii) Revisión de
datos del Observatorio de Transparencia: Sanciones Penales y Fiscales.
7. Plan de Transparencia para las Regiones: i) Comisiones Regionales de Moralización
(Problemática; Priorización de casos; Mesas de trabajo con la ciudadanía. ii)
Contralorías Territoriales.
8. Transparencia en la contratación pública: i) SECOP II; ii) Pliegos estándar; iii)
Contratación con fundaciones.
9. Otros temas: Extinción de dominio, Control Interno, Trámite de Urgencia – PL 159 de
2014, por el cual se dictan normas sobre la responsabilidad de personas jurídicas por
actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha
contra la corrupción.
Consejo Nacional de Paz
Es el órgano que permite la inclusión y la participación de la sociedad civil en el proceso de paz actual. Lo que pretende es que se establezca la integración y colaboración constante entre las entidades particulares y órganos del estado, para que se construyan alternativas políticas de negociación en el conflicto armado, y de esta manera se logre reafirmar las relaciones sociales que existen en el proceso de paz de manera permanente.
Durante el 2015, la Procuraduría General participó en los diferentes Subcomités de ese
Consejo, en los cuales se desarrolló la siguiente agenda:
1. Composición del Consejo Nacional de Paz en la actualidad, reglas para su
funcionamiento y reglamentación de la Ley 434 de 1998: i) Naturaleza del CNP; ii)
Reglamento interno; iii) Definición de criterios para la integración de nuevos sectores;
iv) Definición de nuevos sectores.
1. Funciones del Consejo Nacional de Paz, primeras actividades de articulación con el
nivel departamental y municipal – Consejos Territoriales - Pedagogía.