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1 INFORME DE GESTIÓN 2015 Bogotá, D.C., Abril de 2016

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INFORME DE GESTIÓN

2015

Bogotá, D.C., Abril de 2016

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

INFORME DE GESTIÓN 2015

Alejandro Ordoñez Maldonado

Procurador General de la Nación

Martha Isabel Castañeda Curvelo

Viceprocuradora General de la Nación

Ana María Silva Escobar

Secretaria General

Procuraduría General de la Nación, 2015

Carrera 5ª. No. 15 – 80, Bogotá D.C. (Colombia)

PBX: 5878750

www.procuraduria.gov.co

Edición y compilación:

Néstor Enrique Valdivieso Acevedo

Jefe Oficina de Planeación

Liliana García Moscote

Funcionaria de asuntos disciplinarios

de la Viceprocuraduría General de la Nación

Diseño portada y diagramación

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TABLA DE CONTENIDO

PRESENTACIÓN 10 1. PROCESO PREVENTIVO……………………………………………………... 13

1.1 DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS…………… 16

1.1.1 Seguimiento preventivo en materia de protección y prevención de

Derechos Humanos…………………………………………………………….. 16

1.1.2 Desaparición forzada…………………………………………………………… 22

1.1.3 Asuntos carcelarios y penitenciarios…………….……………………………. 24

1.1.4 Asuntos étnicos………………………………………………………………….. 26

1.1.5 Población LGBTI……………………………………………………………….. 28

1.1.6 Instancias internacionales…………………………………………………….... 31

1.1.7 Acompañamientos y seguimiento a organismos de seguridad del Estado.. 35

1.1.8 Defensa de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia……… 37

1.1.9 Asuntos del trabajo y la seguridad social…….………………………………. 55

1.1.10 Apoyo a las víctimas del conflicto armado….………………………………… 74

1.1.11 Restitución de tierras………………………………………………………........ 90

1.2 LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD………………… 96

1.2.1 Buenas prácticas para la Lucha Contra la Corrupción……………………… 96

1.2.1.1 Índice de gobierno abierto (IGA) e INTEGRA……………………………….. 96

1.2.1.2 Vigilancia y control a la gestión contractual del Estado…………………… 101

1.2.1.3 Proyecto jóvenes contra la corrupción……………………………………….. 105

1.3 CONTROL Y VIGILANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN DEFENSA DEL INTERÉS GENERAL Y LOS INTERESES COLECTIVOS…………… 106

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1.3.1 Protección y garantía de los derechos de los consumidores………………. 106

1.3.2 Prestación de los servicios públicos………………………………………...... 107

1.3.3 Cumplimiento de decisiones judiciales……………………………………….. 109

1.3.4 Asuntos electorales…………………………………………………………….. 111

1.3.5 Fortalecimiento al sistema nacional de prevención y atención de desastres 112

1.3.6 Vivienda………………………………………………………………………….. 113 1.3.7 Seguridad ciudadana…………………………………………………………… 115

1.3.8 Fortalecimiento general de las entidades territoriales…………….. ……….. 116

1.3.9 Medio ambiente…………………………………………………………………. 125

1.4 FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y AL CONTROL

SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA…………………………………………… 131

1.5 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LEY DE TRANSPARENCIA

Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA….….. 135

1.6 IMPLEMENTACIÓN DEL COMPONENTE DE SENSIBILIZACIÓN Y

COMUNICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE “LA CULTURA DE LA

LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD”……………………………………………. 141

1.7 RESULTADOS REGIONALES……………………………………………….. 143 1.8 ACTUACIONES EN EL PROCESO PREVENTIVO……………………….. 158

2. PROCESO DE INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA……... 162

2.1 INTERVENCIÓN EXTRAJUDICIAL EN DEFENSA O PROTECCIÓN

DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS……... 162

2.2 CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y JUDICIALES EN DEFENSA

DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS…….. 164

2.2.1 Jurisdicción de lo contencioso administrativo..……………………………… 165

2.2.2 Asuntos civiles….………………………………………………………………. 166

2.2.3 Asuntos de infancia, adolescencia y familia……………………………....... 167

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2.3 INTERVENCIÓN JUDICIAL EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS

CIUDADANOS Y DEL ESTADO……………………………………………… 168

2.3.1 Jurisdicción de lo contencioso administrativo..……………………………… 168

2.3.2 Jurisdicción penal……………………………………………………………..... 170

2.3.3 Jurisdicción civil..……………………………………………………………….. 180

2.3.3.1 Asuntos de infancia, adolescencia y familia…………………………………. 180

2.3.3.2 Asuntos ambientales y agrarios……………………………………………… 182

2.3.3.3 Restitución de tierras…………………………………………………………… 186

2.3.3.4 Otros asuntos civiles…………………………………………………..……….. 188

2.3.4 Jurisdicción laboral……………………………………………………………… 190

2.3.5 Ante el Consejo Superior de la Judicatura……….…….…………………….. 191

2.3.6 Ante la Corte Constitucional ……………..………………….…………………. 191

2.4 SUPERVIGILANCIA AL DERECHO DE PETICIÓN…………………………. 204

2.5 INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS

DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO……………………………………. 204

3 PROCESO DISCIPLINARIO………………………………………………….... 209

3.1 QUEJAS Y DENUNCIAS………………………………………………………. 211

3.2 INDAGACIONES PRELIMINARES………………………………………….... 211

3.3 PROCESOS DISCIPLINARIOS EN ETAPA DE INVESTIGACIÓN, CON

PLIEGO DE CARGOS Y TERMINADOS – PROCEDIMIENTO

ORDINARIO……………………………………………………………………... 212

3.4 PROCESOS DISCIPLINARIOS CON PROCEDIMIENTO ESPECIAL…… 214

3.5 SANCIONES POR CARGOS Y POR TIPO………………………………….. 215

4 GARANTIZAR ATENCIÓN OPORTUNA Y EFECTIVA AL CIUDADANO 217

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5. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL……………………………..…. 219

5.1 PROGRAMA FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PGN-BID II ETAPA 219

5.2 DESARROLLAR INTEGRALMENTE EL TALENTO HUMANO………. 225

5.3 MEJORAR LA EFECTIVIDAD DEL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN 237

5.3.1 Cumplimiento plan estratégico – año 2015………………………………. 237

5.3.2 Modelo Estándar de Control Interno – MECI……………………………… 239

5.3.3 Sistema de Gestión de la Calidad………………………………………….. 242

5.4 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN………………… 246

5.5 AMPLIAR COBERTURA TECNOLÓGICA…………………………………. 248

5.6 CONSOLIDAR LA EFECTIVA COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL.. 250

5.7 GARANTIZAR LA DIVULGACIÓN, AMPLIA Y FOCALIZADA DE LA

INFORMACIÓN Y DE SU SENTIDO, HACIA LOS DIFERENTES

GRUPOS DE INTERÉS…………………..……………………………….. 251

6. OPTIMIZAR LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTALES 252

6.1 GESTIÓN PRESUPUESTAL……………………………………………….. 252

6.2 GESTIÓN FINANCIERA…………………………………………………….. 258

6.3 GESTIÓN JURÍDICA………………………………………………………… 260

6.4 GESTIÓN CONTRACTUAL………………………………………………… 261

7. FORTALECER LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL……………… 262

7.1 RELACIONES INTERNACIONALES………………………………………. 262

7.2 COOPERACIÓN INTERNACIONAL………………………………………. 265

8. RELACIONES INTERINSTITUCIONALES………………………………. 268

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Índice de Tablas

Tabla No. 1. Actuaciones en proceso preventivo - año 2015 15 Tabla No. 2. Jornadas de declaraciones víctimas del conflicto armado - año 2015 81 Tabla No. 3. Medición índice IGA Gobernaciones - Niveles de organización, exposición y diálogo

de la información – año 2014 97 Tabla No. 4. Medición índice IGA Alcaldías - Niveles de organización, exposición y diálogo de la

información – año 2014 98 Tabla No. 5. Entidades o sujetos obligados – SICN 100 Tabla No. 6. Índices IGA e ÍNTEGRA 101 Tabla No. 7. Acompañamientos preventivos en materia de gestión administrativa y Contractual 101 Tabla No. 8. Promoción y capacitación Transparencia y Acceso a la Información Pública 2015 136 Tabla No. 9. Fuentes y sistema de información - año 2015 138 Tabla No. 10. Seguimiento y capacitación estrategia cultura de la legalidad e integridad año 2015 142 Tabla No. 11. Seguimiento a la estrategia de cultura de la legalidad e integridad – año 2015 143 Tabla No. 12. Resultados Procuradurías Territoriales proceso preventivo - año 2015 144

Tabla No. 13. Orientaciones en proceso preventivo - año 2015 158 Tabla No. 14. Asuntos abreviados proceso preventivo - año 2015 159 Tabla No. 15. Asuntos ordinarios proceso preventivo - año 2015 160 Tabla No. 16. Casos proceso preventivo - año 2015 161 Tabla No. 17. Actividades proceso de intervención – año 2015 163 Tabla No. 18 . Conciliaciones prejudiciales y judiciales - 2015 164 Tabla No. 19. Conciliaciones prejudiciales y judiciales en materia contenciosa administrativa 165 Tabla No. 20. Actuaciones en conciliación extrajudicial en asuntos civiles –2015 167 Tabla No. 21. Actuaciones conciliación prejudicial infancia, adolescencia y familia - año 2015 167 Tabla No. 22. Actuaciones en materia contencioso administrativa – año 2015 168

Tabla No. 23. Actuaciones justicia penal año - 2015 171

Tabla No. 24. Agencias especiales 171 Tabla No. 25. Actuaciones ante autoridades judiciales penales y seccionales CSJ– año 2015 172 Tabla No. 26. Actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia y Cámara de Representantes 177 Tabla No. 27. Actuaciones en casación penal y extradición – año 2015 178 Tabla No. 28. Actuaciones judiciales ante los juzgados de familia 1ª. Instancia– año 2015 180

Tabla No. 29. Actuaciones judiciales en SRPA – año 2015 181 Tabla No. 30. Seguimiento a la sanción en materia del SRPA – año 2015 181 Tabla No. 31. Actuaciones de intervención judicial en materia ambiental – año 2015 182 Tabla No. 32. Actuaciones de intervención judicial en materia agraria – año 2015 182

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Tabla No. 33. Actuaciones judiciales en materia de restitución de tierras – año 2015 186 Tabla No. 34. Actuaciones judiciales en asuntos civiles 188 Tabla No. 35. Actuaciones judiciales en asuntos laborales – año 2015 190 Tabla No. 36. Intervención judicial ante el Consejo Superior de la Judicatura – 2015 191 Tabla No. 37. Intervención administrativa en materia ambiental – 2015 205 Tabla No. 38. Intervención administrativa en materia agraria– año 2015 205 Tabla No. 39. Actuaciones en el proceso disciplinario – año 2015 210

Tabla No. 40. Quejas y denuncias de la ciudadanía - año 2015 211 Tabla No. 41. Indagaciones preliminares disciplinarias – año 2015 212 Tabla No. 42. Procesos disciplinarios – procedimiento ordinario – año 2015 213 Tabla No. 43. Procesos disciplinarios con procedimiento especial (Verbal) – año 2015 214

Tabla No. 44. Número de personas sancionadas en firme registradas en SIRI –2015 215 Tabla No. 45. Sanciones por cargo de elección popular registradas en SIRI –2015 216 Tabla No. 46. Certificados de antecedentes - año 2015 217 Tabla No. 47. Orientación al ciudadano y atención de usuarios – año 2015 219 Tabla No. 48. Inversión Programa Fortalecimiento Procuraduría General de la Nación-BID II Etapa 220 Tabla No. 49. Recursos asignados al proyecto 221 Tabla No. 50. Ejecución vigencias futuras – año 2015 221 Tabla No. 51. Planta de personal por cargos – año 2015 227 Tabla No. 52. Planta de personal - cargos provistos y vacantes – año 2015 227 Tabla No. 53. Capacitación – año 2015 231 Tabla No. 54. Investigaciones realizadas – año 2015 234 Tabla No. 55. Publicaciones – año 2015 235 Tabla No. 56. Cumplimiento plan estratégico – año 2015 238 Tabla No. 57. Indicador de madurez Sistema de Control Interno Diciembre 2014 239 Tabla No. 58. Presupuesto asignado y ejecutado – año 2015 252 Tabla No. 59. Presupuesto asignado y ejecutado gastos de funcionamiento - año 2015 252 Tabla No. 60. Presupuesto asignado y ejecutado inversión - año 2015 254 Tabla No. 61. Presupuesto asignado – años 2014 - 2015 256 Tabla No. 62. Porcentaje de presupuesto ejecutado años 2014 - 2015 256 Tabla No. 63. Comparativo entre límite de gasto y compromisos año 2015 257 Tabla No. 64. Gestión contractual recursos de la Nación – año 2015 261 Tabla No. 65. Gestión contractual crédito BID 2249/OC-CO años 2011- 2015 261

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Índice de Gráficas

Gráfica No. 1 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP – Noviembre / 2011 –

Noviembre/2015 60

Gráfica No. 2 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Enero – Noviembre 2015 60

Gráfica No. 3 Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP – Diciembre / 2011 –

Diciembre / 2015 61

Gráfica No. 4 Asuntos tramitados por motivo con entidades financieras vigiladas

Superfinanciera 106

Gráfica No. 5 Indagaciones Iniciadas 2015 212

Gráfica No. 6 Investigaciones Iniciadas 2015 212

Gráfica No. 7 Sanciones Ejecutoriadas en el 2015 Registradas en el SIRI 216

Gráfica No. 8 Mapa Estratégico Procurando orden y rectitud 2013 – 2016 237

Gráfica No. 9 Mapa de Procesos 243

Gráfica No.10 Distribución de los compromisos 255

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PRESENTACIÓN

El buen gobierno de una administración se hace evidente ante la opinión pública

y organismos del Estado, a través de informes en los cuales se registren las

acciones desarrolladas y los alcances obtenidos. Por ello, este documento tiene

como propósito darle a conocer al Honorable Congreso de la República y a la

ciudadanía en general, las actividades realizadas y los logros más significativos

alcanzados durante la vigencia 2015, no solo en nuestros procesos misionales

preventivo, disciplinario y de intervención, sino en otros asuntos de suyo

significativos en el actuar de la Procuraduría General de la Nación.

Sea lo primero destacar, que lo logrado obedece además del esfuerzo

mancomunado de todos los servidores de la entidad, a la implementación de un

modelo de gestión de administración pública, que se ha traducido en eficiencia y

eficacia en el actuar de la institución, orientado fundamentalmente a la

protección y defensa de las garantías constitucionales y del interés público,

como lo consagra la Carta Política, y que por supuesto nos ha nos ha llevado a

contar con métodos y procedimientos cada vez más ágiles y adecuados a las

necesidades actuales.

Como parte de ese modelo, uno de los grandes propósitos ha estado

encaminado a la optimización de las procesos misionales, especialmente, el

preventivo, que bajo el lema “prevenir antes que sancionar”, se ha constituido en

nuestra bandera en pro de la disminución de las posibles sanciones disciplinarias

y del riesgo existente para el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos y

un mejor vivir de la sociedad colombiana.

Es así como, a partir del 2014, se le dio un nuevo enfoque a esta función,

estableciendo principios y lineamientos para su ejercicio, entre otros aspectos,

mediante el fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención. Para ello se

adoptó un modelo de gestión a través de actuaciones administrativas con

ocasión de tres escenarios i) de anticipación, (ii) de mitigación ylo restitución, y

(iii) de orientación. Durante el 2015, se crearon los diferentes tipos de actuación

a desarrollar dentro de cada uno de ellos. Y ya se están viendo los resultados,

durante esta última vigencia, se logró una efectividad del 87,5%, teniendo en

cuenta que de un total de 164.381 solicitudes a tramitar, se dio respuesta a

143.791, registrando un incremento del orden del 10% con respecto al año

anterior, cuyo porcentaje fue del 76,8%. Así mismo, se realizaron 6.785 visitas,

se efectuaron 95.022 requerimientos y se presentaron 10.825 informes y 8.600

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documentos de análisis. También se llevaron a cabo un total de 3.906

capacitaciones en materia preventiva, con las que se beneficiaron 70.330

asistentes, entre funcionarios públicos y ciudadanos.

Respecto de la misión de sancionar las faltas disciplinarias en que incurren los

servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas, de las 107.979

quejas y denuncias en trámite durante la vigencia 2015, se gestionaron 89.861

que corresponden al 83,2%, de las cuales 42.264 (47%) fueron remitidas por

competencia externa; y 13.313 (14,8%) se distribuyeron a las diferentes

dependencias disciplinarias de la entidad por competencia interna. El 13,5% de

esas quejas (12.148) culminaron con autos inhibitorios; el 4,7% (4.213) se

archivaron; el 18,9% (16.991) dieron inicio a indagación preliminar; 1,0% (867)

condujeron a apertura de investigación disciplinaria (procedimiento ordinario) y

0,1% (65) acarrearon proceso especial (verbal). Igualmente, se formularon 1.632

pliegos de cargos, de los cuales 892 fueron dentro del procedimiento ordinario y

740 con procedimiento verbal.

Con relación al procedimiento verbal, que también nos propusimos fortalecer en

este cuatrienio, se evacuaron 830 procesos, de los cuales 387 fueron con fallos

sancionatorios y 236 con fallos absolutorios de primera instancia, 164 decisiones

de segunda instancia y 43 a terminaciones por otros conceptos. De esta manera

se dio respuesta en tiempo real a ese mismo número de denuncias o casos

abordados de oficio, contribuyendo a la lucha contra la corrupción y la

impunidad, la falta de diligencia y eficacia en el ejercicio de la función pública.

En este mismo período de análisis se impusieron sanciones a 1.171 personas en

primera y única instancia. Igualmente, 690 sanciones quedaron en firme y

registradas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de

Inhabilidad (SIRI), encabezando los alcaldes (195) y los concejales (113) la lista

de los más sancionados, correspondiendo en conjunto al 44,6% del total de

sanciones impuestas.

Continuamos en la consecución de la expedición del nuevo Código General

Disciplinario, que pretende reformular los principales aspectos sustanciales y

procesales del derecho disciplinario, ajustado a unos estándares mínimos,

relacionados con normas mucho más claras, eficientes, prácticas,

proporcionadas y, muy especialmente, introduciendo reglas que tiendan a

maximizar las garantías y los derechos fundamentales de los investigados. Se

está a la espera del control de constitucionalidad al proyecto de ley.

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El ejercicio de nuestra función de propender por la vigencia de un orden social

justo, a través de 712 Procuradores Judiciales se realizaron 729.704

actuaciones, de las cuales 497.960 correspondieron a intervenciones judiciales,

182.238 prejudiciales y 49.506 ante autoridades administrativas.

Se destaca la participación en 218.010 audiencias, de las cuales 66.385 fueron

en la etapa prejudicial y 151.625 en procesos judiciales, con una carga promedio

de 306 audiencias por agente del Ministerio Público, producto de las cuales se

emitieron 71.219 conceptos, lo que representa una intervención de 100

conceptos al año por agente del Ministerio Público, que permitieron de una u otra

manera aplicar una justicia más eficiente y eficaz.

Cabe también resaltar que en virtud del control de protección y defensa de los

derechos individuales y colectivos, durante la vigencia se interpusieron 2.518

acciones constitucionales y ordinarias por parte de la Procuraduría General de la

Nación, así: 777 de tutela, 143 de cumplimiento, 1.498 de nulidad y

restablecimiento del derecho, 90 acciones populares, 3 de revisión, 2 de grupo y

5 de habeas corpus.

En materia de conciliación, dado el objetivo de este órgano de control por

incentivar este mecanismo alternativo de solución de conflictos, se realizaron

66.385 audiencias prejudiciales en las diferentes jurisdicciones, de las cuales

8.419 culminaron con acuerdo. De ellos, 6.803 fueron en asuntos contencioso

administrativos, que en conjunto con los 138 acuerdos conciliatorios judiciales

logrados en esa misma materia, significaron ahorros patrimoniales para el

Estado superiores a los 219 mil millones de pesos.

Finalmente, con el cumplimiento del 93% de los objetivos trazados en el Plan

Estratégico 2013-2016 “Procurando orden y rectitud” y la ejecución del 98% del

presupuesto asignado para el 2015, pongo a su consideración el presente

informe, no sin antes reiterar el compromiso incesante de garantizar los

derechos de los ciudadanos y de ejercer acciones encaminadas a construir el

respeto por los demás y a luchar contra la corrupción, producto del mandato

conferido por esa Honorable Corporación.

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

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1 PROCESO PREVENTIVO

La Constitución Política prevé expresamente como función del Procurador General de la

Nación en el artículo 277, numeral 2: “Proteger los derechos humanos y asegurar su

efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo”.

“La función preventiva de la Procuraduría, es la función misional a través de la cual la

entidad busca anticiparse y evitar la ocurrencia de hechos que afecten la garantía de los

derechos, mediante la detección y advertencia temprana de riesgos en la gestión pública.

De igual manera promueve el respeto de las garantías de los derechos constitucionales”.

“El Sistema Integral de Prevención. Es el conjunto de titulares, operadores preventivos,

normas, lineamientos, principios, mecanismos y herramientas organizacionales, en torno

a los cuales se planea, coordina, organiza y ejerce la función preventiva de la

Procuraduría General de la Nación”.

En el año 2014, la Procuraduría le dio un nuevo enfoque a la función preventiva a su

cargo, estableciendo principios y lineamientos para su ejercicio, entre otros aspectos,

mediante el fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención, para lo cual, por

Resolución No. 132 de ese año, adoptó el modelo de gestión de la referida función y

dispuso que se desarrollará a través de actuaciones administrativas, ejecutadas con

ocasión de los diferentes escenarios, a saber: (i) escenario de anticipación, (ii) escenario

de mitigación ylo restitución y; (iii) escenario de orientación. Teniendo en cuenta lo

anterior y con el fin de materializar ese modelo de gestión, se profirió la Resolución No.

055 del 6 de febrero de 2015, a través de la cual se crearon los diferentes tipos de

actuación en el marco de los escenarios señalados, así:

ESCENARIO DE ORIENTACIÓN: Tipo de Actuación - Atención al público: Busca

resolver las inquietudes del público o usuarios que acuden a la PGN, personalmente o por

medio de otros canales de atención dispuestos por la entidad, en busca de orientación

relacionada con el ejercicio y goce efectivo de los derechos y las funciones de entidades

públicas o particulares que ejercen funciones públicas, responsables de garantizarlos.

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ESCENARIO MITIGACIÓN Y LA RESTITUCIÓN: Tipo de Actuación-Asunto Abreviado:

Busca actuar preventivamente ante la ocurrencia de hechos que ya implicaron la

vulneración o desconocimiento de un derecho, a fin de evitar que se propaguen o

profundicen los efectos adversos para los afectados, impedir la reiteración de su

ocurrencia, mitigar los efectos del mismo ylo restituir el derecho violado, mediante la

ejecución de actividades preventivas primarias en donde se obtienen resultados

inmediatos o en el corto plazo.

Tipo de Actuación-Asunto Ordinario: Busca actuar preventivamente ante la ocurrencia

de hechos que ya implicaron la vulneración o desconocimiento de un derecho, a fin de

evitar que se propaguen o profundicen los efectos adversos para los afectados, impedir la

reiteración de su ocurrencia, mitigar los efectos del mismo y/o restituir el derecho violado,

mediante la ejecución de actividades preventivas de mayor complejidad en donde se

obtienen resultados en el corto y mediano plazo.

ESCENARIO DE ANTICIPACIÓN: Tipo de Actuación-Caso Preventivo: Busca actuar

preventivamente para anticiparse a la ocurrencia de hechos que puedan vulnerar los

derechos de las personas o amenacen el adecuado ejercicio de la función pública con la

finalidad de verificar el cumplimiento legal y los principios que rigen la función

administrativa a través del desarrollo de las actividades preventivas. Esta actuación se

centra en un aspecto particular de la gestión pública.

En cumplimiento de dicha función de servicio a la comunidad y de velar para que el

Estado garantice el fin esencial de hacer efectivos los principios, los derechos y los

deberes reconocidos en la Constitución Política y la ley, de un total de 164.381 solicitudes

de la ciudadanía a tramitar durante la vigencia, se dio respuesta a través de orientaciones

y asuntos y casos cerrados en un total de 143.791. Se realizaron importantes

seguimientos y controles a políticas públicas en materia de protección de los derechos

humanos, asuntos étnicos, restitución de tierras, víctimas del conflicto armado, asuntos

carcelarios y penitenciarios, infancia, adolescencia y familia, población LGBTI, el medio

ambiente y asuntos agrarios, de salud y seguridad social, así como de fortalecimiento de

la gestión pública nacional y territorial, entre otros.

La Procuraduría en materia preventiva realizó durante el período, 3.906 capacitaciones

dirigidas a 46.766 funcionarios públicos y a 23.564 ciudadanos, para un total de 70.330

personas beneficiadas. Por otra parte se realizaron 6.785 visitas, se efectuaron 95.022

requerimientos, se presentaron 10.825 informes y 8.600 documentos de análisis en

desarrollo de la función preventiva a nivel nacional.

La tabla que sigue da cuenta de las actuaciones que en materia preventiva realizó la

Procuraduría General de la Nación durante el período de análisis:

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Tabla No. 1

Actuaciones en proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO 2015

DE

LEG

AD

AS

RE

GIO

NA

LES

PR

OV

INC

IALE

S DIS

TR

ITA

LES

TOTAL

ASUNTOS RECIBIDOSESCENARIO ORIENTACIÓN

Asuntos que requieren orientación recibidos 25.949 12.224 13.943 466 52.582Asuntos que requieren orientación evacuados 26.078 12.784 14.845 507 54.214ESCENARIO DE MITIGACIÓN

Total de asuntos abreviados recibidos 39.092 21.964 10.380 4.001 75.437Total de asuntos abreviados evacuados 38.060 21.988 10.501 3.595 74.144Asuntos ordinarios recibidos 4.447 2.930 2.659 2.721 12.757Total de asuntos ordinarios evacuados 4.999 2.686 2.546 2.528 12.759Asuntos ordinarios cerrados y archivados 2.981 1.681 2.044 74 6.780ESCENARIO ANTICIPACIÓN

Total de casos preventivos asignados 1.347 767 479 3 2.596Casos preventivos iniciados 1.436 736 510 7 2.689Total de casos preventivos evacuados 1.281 764 627 2 2.674Casos preventivos cerrados y archivados 1.281 764 648 2 2.695SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS

Sentencias recibidas 2.856 1.652 50 0 4.558Sentencias de las que se efectuó requerimiento para su cumplimiento 2.534 1.226 72 0 3.832Sentencias con cumplimiento por parte de la autoridad competente. 3.557 5.864 330 0 9.751ACTIVIDADES PREVENTIVAS

Reuniones realizadas por la dependencia 4.252 826 997 18 6.093Reuniones en las que participó la dependencia 7.325 3.278 2.869 101 13.573Capacitaciones realizadas 3.386 203 270 47 3.906Funcionarios públicos capacitados 33.152 6.808 6.015 791 46.766Particulares capacitados 18.212 2.194 3.158 0 23.564Visitas realizadas 3.831 1.374 1.513 67 6.785Requerimientos escritos efectuados 38.877 32.491 20.172 3.482 95.022Respuestas a peticionarios y entidades 23.305 11.580 5.687 5 40.577Copias a otro proceso misional o externo 1.089 120 1.267 0 2.476Informes parciales o cierre y archivo 6.924 1.478 2.423 0 10.825Documentos de analisis en desarrollo de la función preventiva 2.201 4.715 1.684 0 8.600Resoluciones, directivas y circulares formalizadas 1.434 285 560 0 2.279Documentos proposiciones y observaciones en proyectos legislativos 109 7 0 0 116Documentos de inciativas legislativas presentadas por parte de PGN 3 0 0 0 3Acciones de cumplimiento interpuestas 0 0 0 0 0Acciones de tutela interpuestas 90 93 62 0 245Acciones de revisión interpuestas 2 1 0 0 3Acciones populares interpuestas 1 2 11 0 14Acciones de grupo interpuestas 1 1 0 0 2Habeas corpus interpuestos 1 3 1 0 5Declaraciones recibidas en linea 533 3.298 4.967 68 8.866Declaraciones recibidas personalmente 147 4.398 7.118 209 11.872Declaraciones de registros de predios y territorios abandonados 54 184 112 0 350

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1.1 DEFENSA Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Constitución Política prevé expresamente como función del Procurador General de

la Nación en el artículo 277, numeral 2: “Proteger los derechos humanos y asegurar

su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo”. Este eje estratégico pretende

proteger y promover los derechos fundamentales garantizando su efectividad

mediante la intervención especial y permanente del Ministerio Público, ante hechos

que puedan afectar los intereses de la sociedad, en particular la lucha contra la

impunidad y la garantía del respeto de derechos y garantías fundamentales.

1.1.1 Seguimiento preventivo a las políticas públicas en materia de derechos

humanos y Derecho Internacional Humanitario

SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS Y PROGRAMAS DE DESARROLLO

ALTERNATIVO

A través de la acción preventiva de seguimiento a las políticas públicas de sustitución

de cultivos ilícitos y programas de desarrollo alternativo se busca la identificación de

las herramientas con las que el Estado cuenta para adelantar ese tipo programas en

aquellas zonas en las que se implementan protocolos de erradicación de cultivos

ilícitos, bien sea de manera manual voluntaria o forzosa y/o por aspersión con

glifosato.

Durante el 2015 se sostuvieron reuniones con las entidades objeto de seguimiento, a

saber: Ministerio de Justicia, Unidad de Consolidación Territorial y Departamento

Administrativo para la Prosperidad Social, Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –

INCODER–, y se solicitó información sobre la implementación de la política a nivel

territorial, en municipios tales como Caucasia y Tarazá (Antioquia) San José de Tadó

(Chocó), Puerto Libertador y Valencia (Córdoba), Timbiquí (Cauca), Tumaco y

Policarpa, El Tambo, (Nariño), Santander (Bolívar) Sardinata y Tibú (Norte de

Santander) en aras de conocer detalles del programa y su implementación, con

ocasión de la decisión presidencial de suspender la aspersión con glifosato, con base

en lo cual se presentaron algunas reflexiones finales acompañadas de una serie de

recomendaciones sobre las gestiones de las entidades concernidas. Entre otros

asuntos, se sugirió una mayor articulación y participación de las mismas en la política

y sus distintos programas, bajo la perspectiva de atención a grupos vulnerables y la

reintegración social y económica de la población asentada, especialmente, en

aquellas zonas en las cuales se adelantan los programas de desarrollo alternativo.

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En esta misma línea preventiva, la Procuraduría recomendó una mayor socialización

de los programas de desarrollo alternativo en los territorios a través de la

interiorización de la política en los municipios y departamentos correspondientes.

Ahora bien, de conformidad con la coyuntura actual, el panorama institucional y

normativo de las políticas de erradicación de cultivos ilícitos y de desarrollo alternativo

puede sufrir modificaciones estructurales que afecten de alguna manera a la

población rural y/o campesina asentada en zonas con presencia de cultivos ilícitos y/o

con riesgo de tenerlos. En este orden, para la Procuraduría resultó pertinente

recomendar a las entidades competentes, estar prestas a la ocurrencia de este tipo

de circunstancias y adoptar las medidas que correspondan de manera expedita,

siempre en perspectiva de protección a la población civil asentada en las zonas

objeto de erradicación. Igualmente, que las entidades responsables informen en

detalle sobre la estrategia de acompañamiento en esa materia y seguridad

alimentaria, dirigida a la población civil/ campesina asentada en las zonas objeto de

erradicación por aspersión.

OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS A LA POBLACIÓN

DESMOVILIZADA Y REINCORPORACIÓN A LA VIDA CIVIL

Desde junio del año 2014, se reiniciaron actividades de tipo preventivo que tienen

como propósito impulsar el cumplimiento del componente de beneficios

administrativos de la política pública de desmovilización, desvinculación, reintegración

y desarme – DDR, y con ello, mejorar procesos institucionales a cargo de entidades,

tales como la Agencia Colombiana para la Reintegración, el Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar, el Ministerio de Defensa y las Entidades Territoriales, entre otras

entidades e instancias con competencias sobre la materia. En desarrollo de esta

iniciativa, durante el 2015 se efectuaron dos aplicaciones de la batería de

seguimiento a nivel nacional y territorial en distintos departamentos y se adelantaron

jornadas de capacitación a alrededor de 90 servidores públicos del nivel central y

territorial que adelantan funciones en departamentos, tales como Cundinamarca,

Antioquia, Chocó, Santander, Norte de Santander, Tolima, Huila, Meta, Putumayo,

Caquetá, Atlántico, Cesar, Magdalena, Bolívar, Cauca, Valle del Cauca, así como en

la ciudad de Bogotá D.C.

Así mismo, se realizaron una serie de talleres de profundización de conocimientos en

los departamentos de Norte de Santander, Magdalena, Meta y Córdoba, al encontrar

cierta debilidad institucional sobre la gestión y con ocasión a la falta de respuesta a

los requerimientos; reforzando dicha actividad preventiva con la práctica de visitas

administrativas a las Gobernaciones y Alcaldías de cada departamento, y a entidades

del orden nacional, como la Unidad Nacional de Protección y la otra a la Agencia

Colombiana para la Reintegración.

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SEGUIMIENTO Y CONTROL A LA GESTIÓN INSTITUCIONAL EN MATERIA DE

PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE LA

VIOLENCIA SEXUAL EN EL MARCO DEL CONFLICTO ARMADO

Con base en el seguimiento y control periódico que se realiza a la gestión institucional

en materia de prevención, atención y protección a las víctimas de la violencia sexual

en el marco del conflicto armado, se realizaron las correspondientes

recomendaciones de carácter preventivo a las instituciones concernidas. De lo

reportado por dichas entidades, la Procuraduría observó la posible persistencia de

una serie de fallas que han sido plasmadas por la Honorable Corte Constitucional en

su jurisprudencia sobre la materia, entre otras:

- Dificultades de tipo presupuestal

- Insuficiencia de personal para abordar la problemática de manera exclusiva

- Desconocimiento de la normatividad internacional y nacional por parte de

operadores judiciales y funcionarios públicos

- Prácticas discriminatorias por parte de funcionarios públicos ocasionados, entre

otras razones, por estereotipos y prejuicios.

- Subregistro de la problemática, entre otros motivos, por falta de denuncia por

parte de las víctimas.

- Barreras de acceso al sistema de salud

- Barreras de acceso al aparato judicial

Durante el mismo período se adelantaron actuaciones de vigilancia y control

preventivo institucional con ocasión de la situación de riesgo presente en el norte del

departamento del Cauca. En este marco, la entidad consultó sobre las acciones

ejecutadas por:

- El Ministerio de Defensa Nacional para garantizar la libre movilidad y circulación

de personas y de bienes.

- El Escuadrón Móvil Antidisturbios -ESMAD- en el marco del control de las

protestas, con el fin de determinar si se han ajustado a los protocolos

establecidos.

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- El Gobierno Nacional, encaminadas a proteger a la población civil que se

encuentra ubicada en las inmediaciones de bases militares y de policía.

- El Ministerio del Interior –Dirección de Étnias–, respecto de las órdenes impartidas

por la Corte Constitucional para la protección de pueblos y comunidades

indígenas, así como de las comunidades negras. Igualmente, para salvaguardar

el derecho a la propiedad sobre las tierras de esa misma población y la mestiza.

- La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal para prevenir

accidentes por ese tipo de minas y municiones sin explotar, así como para iniciar

desminado humanitario.

- La Unidad Nacional de Protección para proteger a los líderes y autoridades de los

pueblos y comunidades indígenas, de las comunidades negras y de la población

mestiza que han sido víctimas de amenazas e intimidaciones, teniendo en cuenta

el enfoque diferencial y los criterios de protección colectiva.

La Procuraduría formuló una estrategia de vigilancia institucional sobre los ejes

temáticos anteriormente descritos y recomendó la planeación de las medidas, la

organización de las decisiones que llevan a la ejecución de las mismas y los tiempos

que van a ser necesarios para proteger en todo tiempo los derechos de la población

que se encuentra en la zona norte del departamento del Cauca.

De la misma manera, se hizo seguimiento y control preventivo con ocasión de la

situación de derechos humanos en los municipios de Tumaco, Francisco Pizarro y

Mosquera, en el departamento de Nariño. En este marco la entidad consultó sobre las

medidas adoptadas por:

- El Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional, la Armada y la Policía Nacional para

garantizar la seguridad y para prevenir las violaciones masivas a los Derechos

Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario por parte de los

grupos armados ilegales, en especial, el respeto por la población civil que se

encuentra ubicada en las cabeceras municipales, en los resguardos, en los

territorios colectivos y en las zonas focalizadas como áreas geográficas de riesgo

de los municipios de Tumaco, Mosquera y Francisco Pizarro.

- El Ministerio del Interior respecto de las órdenes impartidas por la Corte

Constitucional (Autos 004 y 005, entre otros, en el marco de la sentencia T-025 de

2004) para la protección de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las

comunidades negras.

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- El Ministerio del Interior respecto de los procesos de consulta previa requeridos

por las comunidades afrodescendientes, a fin de propender por el cumplimiento de

sus derechos colectivos.

- La Unidad Nacional de Protección, la Gobernación de Nariño y las alcaldías de

Tumaco, Mosquera y Francisco Pizarro para proteger a la población civil en

situación de riesgo, de manera particular, a las y los líderes e integrantes de los

consejos comunitarios y resguardos.

- La Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal para prevenir

accidentes por minas antipersonal y municiones sin explotar, así como para iniciar

el desminado humanitario en los municipios de Tumaco, Francisco Pizarro y

Mosquera.

- Los alcaldes de dichos municipios, al Gobernador de Nariño y a la Unidad

Nacional de Protección, para revisar de manera prioritaria las solicitudes de

protección de personas y líderes defensores de derechos humanos, integrantes de

los Consejos Comunitarios y comunidades indígenas que han sido víctimas de

amenazas, intimidaciones, atentados, desaparición forzada, estigmatización y

señalamientos, con objeto de coordinar con las entidades competentes la

implementación de medidas de protección.

Fruto de este proceso de observación, la Procuraduría recomendó a las entidades

competentes el despliegue de actividades que propendan por la implementación de la

política de desminado humanitario y militar no solo en esos tres municipios, sino en la

totalidad del departamento de Nariño, así como la planeación de las medidas para

proteger a la población civil que se encuentre en cercanías de las bases militares y/o

estaciones de policía.

PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS

En el marco de la prevención, se tuvo activa participación en los Comités que a

continuación se relacionan, haciendo énfasis en el desarrollo de la facultad legal

otorgada al Ministerio Público, la cual establece explícitamente que se tiene voz mas

no voto frente a las decisiones que allí se tomen:

- Grupo de Valoración Preliminar (GVP) del Programa de Protección, en cabeza de

la Unidad Nacional de Protección.

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- Comités de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) de

diferentes poblaciones en el ámbito del Programa de Protección, en cabeza de la

Unidad Nacional de Protección.

- Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo (GTER) del Programa de Protección, en

cabeza de la Fiscalía General de la Nación.

Dentro de dichos espacios la labor ha consistido en ser garantes de los derechos de

los ciudadanos que buscan protección del Estado, brindar información adicional sobre

los diferentes casos cuando resulte procedente, así como realizar observaciones e

invitar a las entidades titulares de los diferentes programas de protección a que

implementen acciones de mejora, a fin de que se cumplan de manera efectiva sus

objetivos y se proteja la vida e integridad de sus beneficiarios.

En ese orden de ideas y en virtud de lo advertido en las sesiones del Grupo de

Valoración Preliminar (GVP) y de los Comités de Evaluación de Riesgo y

Recomendación de Medidas (CERREM) de diferentes poblaciones, se requirió a la

Unidad de Protección para ponerle de presente algunas debilidades observadas en

las diferentes etapas de la ruta de protección que restaban eficacia al Programa,

acompañadas de las respectivas posibilidades de mejora.

De otro lado, se participó en las reuniones del Subgrupo de Investigación, en el

marco de la Mesa Nacional de Garantías a la labor de los defensores/as de Derechos

Humanos.

Asimismo, se efectuaron recomendaciones en materia de protección en el ejercicio de

construcción de la política pública en materia de protección a Defensores/as de

DDHH y en la construcción del protocolo de actuación en materia de protesta social.

Adicionalmente, se coordinó la participación de la Procuraduría en la reanudación de

la Mesa Regional de Garantías a la labor de los defensores/as de Derechos Humanos

en el Departamento de Antioquia.

De cara a la Resolución 1085 de 2015, proferida por el Ministerio del Interior, relativa

a la Ruta de Protección Colectiva, se elaboró un documento dirigido a la Unidad

Nacional de Protección, contentivo de algunas observaciones y reflexiones tendientes

a que se cumplan los objetivos de la protección colectiva de acuerdo a la ley y en pro

de garantizar los derechos de los grupos que lleguen a ser beneficiarios de esas

medidas.

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Igualmente, se participó en el primer ejercicio de estudio de riesgo colectivo realizado

por la Unidad Nacional de Protección, se hicieron recomendaciones y se llevarán a

cabo los seguimientos en el ejercicio del control preventivo que se le atribuye a la

Procuraduría. De otro lado, en desarrollo de lo dispuesto en el Artículo 2.4.1.2.23 del

Decreto 1066 de 2015, referente a la labor de la Procuraduría General de la Nación

en el marco de la estrategia de prevención, se realizó un taller durante los días 25 y

26 de agosto de 2015, con el fin de socializar el “Protocolo de actuación preventiva

del Ministerio Público en materia de protección”, que desarrolló este órgano de control

en el año 2014, con funcionarios del Ministerio público de diferentes municipios, a

efectos de fortalecer sus competencias en el ejercicio del control preventivo frente a la

política de protección de personas y comunidades en situación de riesgo extremo o

extraordinario.

Asistieron personeros, procuradores regionales, procuradores provinciales y

defensores regionales de los departamentos de Meta, Guajira, Norte de Santander,

Tolima, Huila, Cesar, Valle del Cauca, Bolívar y Putumayo.

En términos generales el taller de capacitación y socialización del “Protocolo de

actuación preventiva del Ministerio Público en materia de protección”, cumplió los

objetivos propuestos, en el entendido de que los participantes pudieron conocer el

instrumento, su utilidad, compartieron experiencias del transcurrir de sus labores y

fortalecieron sus competencias frente al deber que les atañe como Ministerio Púbico

en materia de prevención y protección.

1.1.2 Desaparición forzada

En materia de desaparición forzada, en cumplimiento del numeral 10 del artículo 7 del

Decreto 1862 de 2014, se asistió a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, en las cuales se trataron temas

como el seguimiento y reprogramación de algunos aspectos del plan de acción del

año 2015, los cuales obedecen a ajustes presupuestales, y se siguió discutiendo

sobre la nueva estructura que deben tener las audiencias regionales de víctimas de

desaparición forzada. Los días 24 y 25 de septiembre se celebró la audiencia regional

de Barranquilla.

A partir de mediados de octubre, el trabajo de la Comisión, además del

fortalecimiento institucional con la participación de víctimas, se centró en el acuerdo

No. 62 de La Habana, Cuba, cuya finalidad es poner en marcha medidas

humanitarias de búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de

personas dadas por desaparecidas.

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Con respecto a ese asunto, la Procuraduría General de la Nación insistió ante el Alto

Comisionado de Paz, en la necesidad de convocar a todas las víctimas,

entendiéndose entre ellas no solo a las que han sido objeto de secuestro por parte de

las FARC, sino a las familias de los soldados miembros del Ejército; posición que se

mantuvo durante las convocatorias a las organizaciones de víctimas.

En el marco de este acuerdo y con el fin de empezar a redactar las recomendaciones

para la unidad especial, se realizó el primer encuentro con víctimas y funcionarios en

la ciudad de Bogotá, y se trazó una programación para los siguientes encuentros, la

cual le fue entregada al Comisionado de Paz a fin de que por parte del gobierno

nacional se garanticen los recursos para esta actividad.

De conformidad con lo establecido en la Resolución 525 de 2011, se impulsó el

seguimiento a las exhumaciones e inhumaciones de los cadáveres de personas no

identificadas o identificadas y no reclamadas, con lo cual se obtuvo un consolidado de

400 cementerios que demuestran su estado actual frente al tema. Así mismo y por

invitación del Ministerio del Interior, se participó en una capacitación dirigida a

administradores, secretarios de gobierno y sepultureros, respecto de la

responsabilidad que conlleva el desempeño de sus funciones en la salvaguarda de

los restos de NN y personas identificadas y no reclamadas.

Finalmente, las actividades desarrolladas también se centraron en labores de

orientación y seguimiento a las actuaciones de las Procuradurías Regionales y

Provinciales con relación a la coordinación necesaria de las gestiones de las

entidades territoriales frente a las recomendaciones del Ministerio del Interior con

ocasión de las evaluaciones efectuadas por la Comisión Intersectorial de Alertas

Tempranas –CIAT-. Fue así como respecto de los informes de riesgo y notas de

seguimiento, se determinó que algunos entes territoriales dieron cumplimiento a las

recomendaciones realizadas por la Comisión Interinstitucional de Alertas Tempranas

(CIAT), como fueron el municipio de Soacha en el departamento de Cundinamarca;

los municipios de Rioblanco, Ataco e Ibagué en el departamento de Tolima; los

municipios de Sácama y La Salina en el departamento de Casanare; y el municipio de

Ocaña en el departamento de Norte de Santander.

Esta actividad de la Procuraduría ha sido reconocida por la Comisión Interinstitucional

de Alertas Tempranas, dado el interés de este órgano de control por conminar a las

autoridades a cumplir con las recomendaciones de esa Comisión o a desarrollar

acciones que mitiguen los hechos de vulneración de los derechos de las poblaciones

afectadas.

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1.1.3 Asuntos carcelarios y penitenciarios

Se adelantaron funciones preventivas de promoción y protección de los derechos

fundamentales de las personas privadas de la libertad.

En este sentido, con el fin de cumplir con lo ordenado por la Corte Constitucional en

la sentencia de Tutela 388/13, en cuanto a prevenir el maltrato de la población reclusa

en el EMPASCAS de Valledupar, se implementó en ese centro un mecanismo de

denuncia, con miras a que las personas privadas de la libertad puedan instaurar las

quejas por las presuntas violaciones de sus derechos fundamentales, y así vigilar su

eficacia e impacto.

En consonancia con lo anterior, se realizaron visitas mensuales y se organizó

conjuntamente con el Instituto de Medicina Legal la conferencia “Importancia en el

proceso de evaluación forense de los casos de tortura u otros tratos o penas crueles,

inhumanos o degradantes”, dirigida a las diferentes autoridades que tienen relación

en el ejercicio de sus funciones con las personas privadas de la libertad, la cual tenía

como finalidad fortalecer los conocimientos de los servidores públicos en el manejo

de eventos relacionados con las conductas antes referidas, con el fin de prevenirlas y

alcanzar resultados en las investigaciones.

Todas las actividades que se desarrollaron en el transcurso del año 2015, según lo

manifestado por los representantes del Comité de Derechos Humanos del

EMPASCAS de Valledupar, impactaron positivamente en el mejoramiento del trato

por parte del personal de custodia y vigilancia del INPEC a la población reclusa del

referido establecimiento carcelario.

Así mismo, se realizó visita al Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de

Bogotá, con ocasión de la huelga de hambre que adelantaron las personas privadas

de la libertad, con el fin de establecer las causas que motivaron a los internos a esta

clase de protesta. Frente a la situación se realizaron las recomendaciones

pertinentes, tanto a las autoridades penitenciarias como de salud, especialmente,

para la oportuna prestación de estos servicios. De la misma manera y ante el cese de

operaciones de la EPS CAPRECOM en los departamentos de Antioquia, Huila y

Risaralda y su posible liquidación, se requirió a esa entidad, como al Ministerio de

Salud y Protección Social, el INPEC y la Superintendencia Nacional de Salud para

que tomaran las acciones que a cada una les compete para la atención integral en

salud a los internos, no solo de estos departamentos, sino de todos aquellos que

resultaran afectados por la medida.

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El Gobierno Nacional, a través del Decreto 2519 del 28 de diciembre de 2015,

suprimió a CAPRECOM y ordenó su liquidación, pero igualmente dispuso que

conservará su capacidad única y exclusivamente para adelantar acciones que

permitan la prestación oportuna y adecuada del servicio de salud de sus afiliados

hasta que se produzca de manera efectiva su traslado y la asunción del

aseguramiento por otra Entidad Promotora de Salud. Adicionalmente, deberá

continuar con la prestación de dichos servicios a la población reclusa del Instituto

Nacional Penitenciario y Carcelario- INPEC, con cargo a los recursos del Fondo

Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad hasta que esta actividad

sea asumida por la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC.

También se hizo seguimiento a la reglamentación del Fondo Nacional de Salud de las

Personas Privadas de la Libertad, para lo cual se instó a los Ministros de Justicia y del

Derecho, Hacienda y Crédito Público y de Salud y Protección Social, para que se

agilizara la elaboración y adopción del “Modelo de atención en salud para la

población privada de la libertad”, según lo establecido en el artículo 105 de la Ley

1709 de 2014, logrando que finalmente se expidieran el Decreto 2245 de 24 de

noviembre de 2015 que reglamentó el Fondo y estableció el Modelo, y la Resolución

No. 5159 del 30 del mismo mes, proferida por el Ministerio de Salud y Protección

Social, que lo adopta.

Igualmente, se continuó con la vigilancia al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 65

de 1993, modificada por la Ley 1709 de 2014, sobre cárceles y penitenciarías para

miembros de la Fuerza Pública. Así como con el seguimiento a la Directiva 003 del 2

de septiembre de 2014, expedida por la Procuraduría con la finalidad de que los

entes territoriales realicen los aportes que les corresponde para el sostenimiento de

los centros de reclusión y relacionados con las personas privadas de la libertad en

condición de sindicados, gracias a lo cual varios municipios y gobernaciones han

celebrado con el INPEC convenios de cooperación.

Fue así como la Regional del INPEC Viejo Caldas suscribió convenios de

cooperación con 24 municipios de esa jurisdicción, por un valor de $398.507.835,

entre ellos los entes territoriales de Honda, Salamina, Venadillo, Palestina, Manizales,

Puerto Boyacá, Anserma, Armero-Guayabal y Santa Rosa de Cabal. A su vez, la

Regional Central INPEC celebró 48 convenios de cooperación, por un monto de

$1.415.895.000, donde se destacan los municipios de Duitama, Sogamoso,

Moniquirá, Tunja, Fusagasugá, Chía, Zipaquirá, Florencia, Yopal, Garzón, Neiva,

Rivera y Villavicencio.

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De igual manera, en cumplimiento de las funciones de protección de los derechos de

la población reclusa, se ha venido adelantando seguimiento a la proporción de

alimentación en los diferentes establecimientos, actividad mediante la cual se ha

logrado que en algunos centros de reclusión en donde se detecta que el servicio no

se está prestando en las condiciones adecuadas, se mejore el servicio, se

suministren las porciones en la cantidad y la cantidad pactada, como también que se

cumpla a cabalidad con las dietas alimenticias en las condiciones ordenadas por los

médicos a los reclusos que por su situación de salud, así lo requieren.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 65 de 1993, se continúa

llevando a cabo el seguimiento a los registros de defunciones de población carcelaria

ocurridas en los centros de reclusión a cargo del INPEC, para determinar sus causas

y establecer la existencia de acciones u omisiones por parte de las instituciones

concernidas, dando así traslado de la documentación a las autoridades disciplinarias

para que adelanten lo pertinente, cuando a ello hubiere lugar. Fue así como en el año

2015 se remitieron a las diferentes procuradurías regionales 74 casos de muertes de

internos. Así mismo, se avanza en la conformación de una base de datos que permita

cruzar la información recibida del INPEC con la que suministre el Instituto de Medicina

Legal, con el fin de verificar si en todos los eventos de muerte de reclusos, se está

realizando el correspondiente dictamen médico legal, contentivo de las reales causas

del fallecimiento.

1.1.4 Asuntos étnicos

Se adelantaron labores de control de gestión y seguimiento relacionadas con las

diferentes afectaciones o riesgos de vulneración de los derechos de los grupos

étnicos, encaminados a verificar el cumplimiento de lo ordenado al Gobierno Nacional

en las siguientes decisiones judiciales:

- Autos 004 y 005 de 2009 de la Corte Constitucional y 359 de 2015 de la Sala

Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, a través de los cuales esa

Corporación alertó sobre la grave situación de la población indígena y

afrocolombiana víctima del desplazamiento forzado y establece obligaciones a las

diferentes entidades concernidas en la solución y atención de esta tragedia. En tal

virtud, se presentó un documento contentivo de las observaciones a los informes

elaborados por las instituciones involucradas, con respecto a los avances en el

diseño e implementación de las acciones para mitigar la problemática.

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- Sentencia 007 de 2014, proferida por el Tribunal Superior de Antioquia, Sala Civil

Especializada en Restitución de Tierras, referente a la restitución de derechos

territoriales de la comunidad Embera Katío del Resguardo del Alto Andágueda. Se

adelantaron reuniones sectoriales con cada entidad concernida, producto de las

cuales se elaboró una matriz de evaluación, que describe los compromisos y su

nivel de avance. El resultado arrojó un balance positivo, que se consignó en el

respectivo informe presentado en la audiencia convocada por ese Tribunal.

- Autos 045 y 299 de 2012, respecto del establecimiento de la fecha límite para la

realización de la asamblea general para elegir a los representantes legales de los

consejos comunitarios mayores de las cuencas de los ríos Curvaradó y

Jiguamiandó, con el fin de proteger a las comunidades víctimas del

desplazamiento forzado en el marco de cosas inconstitucionales declaradas en la

sentencia T-025 de 2004 y lo dispuesto en el Auto 005 de 2009. Con base en la

información requerida a las entidades concernidas, en reunión convocada por el

Ministerio del Interior, se presentó un informe del estado de avance del

cumplimiento por parte de la Junta del Consejo Comunitario de Curvaradó.

- Sentencia T-576 de 2014, por medio de la cual se ordena la integración del

espacio nacional de consulta previa para las comunidades negras,

afrocolombianas raizales y palenqueras. A partir del informe a la Honorable Corte

Constitucional, en el que se advirtió sobre la fallida asamblea nacional realizada

en el mes de febrero en Bogotá y teniendo en cuenta un importante número de

solicitudes por parte de las comunidades y líderes sobre la necesidad de impulsar

el proceso de cumplimiento de la referida sentencia, se inició una acción

preventiva dirigida a incidir de manera positiva en un eficaz avance de las

acciones del Ministerio del Interior como responsable del cumplimiento de esta

decisión judicial. Se participó en reuniones junto con los acompañantes del

proceso en las cuales esa Cartera presentó una ruta metodológica que buscaba

acercar a los sectores en aquellos departamentos en los que hubo divisiones.

También se participó en las asambleas unificadas en los departamentos de

Chocó, Valle del Cauca y Cauca, lográndose los consensos necesarios para

realizar la asamblea nacional en Santa Marta en la que se protocolizó el acuerdo

a través del cual se conformó el espacio nacional de consulta de medidas

legislativas y administrativas para las referidas comunidades.

Es del caso resaltar, la continuación de la ejecución del proyecto “Fortalecimiento de

las Comisiones de Justicia Transicional del Ministerio Público, para el seguimiento a

la implementación de los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011”, que se adelanta

con el apoyo del PNUD.

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A través de este proyecto, se realizaron 11 talleres de capacitación a integrantes de

las Comisiones y Subcomisiones de Justicia Transicional del Ministerio Público, en los

cuales se difundió el alcance de los Decretos Leyes para víctimas pertenecientes a

grupos étnicos y se les dotó de herramientas para adelantar de manera eficaz el

seguimiento a las entidades del orden territorial concernidas, con la efectiva

realización de las medidas de atención, protección, prevención, reparación integral,

participación, restitución de derechos territoriales y demás relacionadas con la

satisfacción de los derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no

repetición.

Fue así como, apuntando al fortalecimiento de la PGN y del Ministerio Público en

materia de seguimiento y ejercicio del control preventivo, se capacitaron más de 150

servidores del nivel territorial en materia de justicia transicional, para el adecuado

seguimiento a las obligaciones establecidas en la normatividad citada, optimizándose

la capacidad de respuesta de las Procuradurías Territoriales, las Personerías

Municipales y las Defensorías Regionales frente a las víctimas pertenecientes a los

grupos étnicos.

Igualmente y con el apoyo del PNUD, se desarrolló el proyecto “Fortalecimiento del

Ministerio Público en materia de Ley 70 de 1993 y derechos especiales de las

comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”, mediante el cual se

fortaleció la labor de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del

Pueblo a nivel nacional y regional, así como de los personeros distritales y

municipales, mediante cuatro talleres de capacitación, cualificando su intervención en

la protección y garantía de los derechos de este grupo étnico.

1.1.5 Población LGBTI

En ejercicio de sus funciones de control preventivo, la Procuraduría le hace seguimiento a la formulación, implementación, difusión y aplicación tanto de las políticas públicas, como de los derechos de la población LGTBI, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones estatales referidas al respeto y garantía de los mismos, conforme a la Constitución y la Ley.

En desarrollo de la función de promoción y divulgación de derechos de la población

LGTBI, la Procuraduría General de la Nación participa en los siguientes espacios de

comunicación interinstitucional y ciudadana:

- Mesa para a la Formulación de la Política Pública para la Protección de los

Derechos de los Sectores Sociales LGBTI, adelantada por el Ministerio del Interior.

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- Mesa Interna de Trabajo LGTBI, con el objeto de realizar una articulación que

permita optimizar la defensa de los derechos de dicha población.

- Mesa de Casos Urgentes, protocolizada en el marco del acuerdo suscrito entre la

Vicepresidencia de la República de Colombia, Ministerio del Interior, la Fiscalía

General de la Nación, Procuraduría General de la Nación y la Dirección General de

la Policía Nacional de Colombia, con el fin de trabajar mancomunadamente por la

defensa y garantía de los derechos fundamentales de la referida población en

Colombia mediante el impulso y descentralización de la Mesa.

Por otra parte se viene adelantando un programa de capacitación a servidores del

Ministerio Público del nivel regional con la colaboración y participación de expertos del

Ministerio del Interior a través de jornadas para la sensibilización y concienciación

sobre identidades de género, sexuales u orientaciones sexuales, así como derechos y

ruta de atención a esta población. Estos talleres se han llevado a cabo en los

Departamentos de Chocó, Risaralda, Caquetá y la ciudad de Bogotá, donde se

capacitaron a más de 100 funcionarios.

Adicionalmente, en cuanto a intervención se refiere, se procedió a solicitar

nuevamente a la Fiscalía General de la Nación, la matriz que identifica las

investigaciones penales en las que se registren como sujetos pasivos o víctimas de la

presunta conducta delictiva personas integrantes de la comunidad LGTBI.

Una vez recibida la referida base de datos, se procedió a identificar los casos activos e

inactivos, para posteriormente ser enviados a las Coordinaciones de Procuradores

Judiciales Penales y de Apoyo a Víctimas del Conflicto de las respectivas regiones,

con el fin de iniciar las correspondientes visitas especiales a los procesos y elaborar

un informe que abordara como mínimo los siguientes aspectos, considerados como

necesarios para realizar una adecuada intervención en lo sucesivo, así:

a) los hechos objeto de investigación

b) el estado actual del proceso

c) las últimas evidencias y elementos de prueba recolectados o el último acto de

investigación realizado

d) los esfuerzos investigativos adelantados para determinar los posibles autores o

partícipes

e) la determinación de la víctima, de su representación y constitución como tal

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f) la evaluación de potenciales dificultades probatorias para el avance de la

investigación y,

g) conceptuar sobre la necesidad de constituir agencia especial, de acuerdo a los

parámetros establecidos por la Resolución 248 del 04 de agosto de 2014, proferida

por el señor Procurador General de la Nación.

Así mismo, si el estado procesal de la investigación es de archivo de las diligencias o

existe resolución inhibitoria, deberá revisarse la decisión que motivó tal proceder y

conceptuar acerca de la necesidad de solicitar el desarchivo de las mismas o solicitar

su revocatoria, de conformidad con los artículos 79 de la Ley 906 de 2004 y 327 y s.s.

de la Ley 600 de 2000; en el marco de las competencias constitucionales y legales

conferidas a los agentes del Ministerio Público, como garantes de los derechos

fundamentales y representantes de la sociedad, así como para garantizar los

derechos de las víctimas, avanzar en la lucha contra la impunidad y la violencia por

razón del género.

El estudio de los referidos informes permitió ahondar en aspectos importantes, como

identificar de manera sumaria si la conducta delictiva respondía a un móvil de

discriminación y por el hecho de la condición u orientación sexual de la víctima

individual, grupo de personas o comunidad a la que le fueron vulnerados sus

derechos, en consonancia con lo establecido por la Ley 1482 del 30 de noviembre de

2011. Por esa razón se consideró necesario ampliar los informes, buscando formular

una estrategia que garantice una adecuada intervención judicial ordinaria y, dado el

caso, la constitución de agencias especiales.

Es de resaltar, que como resultado de este estudio pormenorizado se ha advertido

que personas LGTBI han sido víctimas de procedimientos quirúrgicos estéticos,

configurándose posibles causas de negligencia médica; concluyendo que si bien el

móvil de la conducta delictiva no necesariamente responde a un prejuicio criminal de

discriminación, situación que debe establecer la Fiscalía General de la Nación en sus

investigaciones, se muestra necesario hacer un seguimiento a este tipo de situaciones

a partir de un enfoque diferencial con la comunidad LGTBI, razón por la cual se

decidió encausar estos casos bajo el denominado “Proyecto de Responsabilidad

Médica”, iniciativa desplegada en conjunto con la Personería de Bogotá desde el año

2014.

De otro lado, la intervención especial de los agentes del Ministerio Público en esta

problemática se puede constatar en algunos casos en las diferentes regiones, v.gr.

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actos de discriminación contra el estudiante Miguel Ángel Rodríguez Hernández en

Tunja en el 2013; el suicidio del estudiante adolescente Sergio Urrego en agosto de

2014; homicidio de la mujer trans Marcela, con nombre jurídico Gabriel María Duque

López el pasado mes de septiembre en Medellín; homicidio de Guillermo Garzón

acaecido en noviembre de la pasada anualidad; los homicidios de mujeres trans en el

departamento de Risaralda en el mes de diciembre de 2014; desplazamiento forzado

de Warizay Osorio Conquista, Juquinal Membeche Puchicama, Eutimio Osorio

Conquista, miembros del resguardo indígena Bellavista Unión Pitalito; homicidio de

Juliana Andrea Pérez, mujer transexual junto con su pareja en el municipio de San

Pedro de los Milagros (Antiquia), ocurrido el 16 de febrero de anualidad que avanza,

presuntos actos de discriminación de los que se declara víctima el miembro de la

Policía Nacional, señor Yeison Andrés Yanten Carrillo, por parte de un superior

jerárquico, entre otros.

Con el interés que se cumpla con el precepto constitucional de lograr una justicia

oportuna, eficaz y dentro de un plazo razonable, se ha implementado la estrategia de

constituir agencias especiales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 33 de la

Resolución 248 de 2014, que permite a los Procuradores intervenir en todas y cada

una de las etapas procesales, lo que genera un seguimiento estricto a cada caso.

Así mismo, en virtud de la participación de la Procuraduría en la Mesa Nacional de

Casos Urgentes LGTBI, se estableció la necesidad de realizar jornadas especiales en

el Eje Cafetero y en Nariño, por ello, se destacó a Procuradores Judiciales Penales de

Armenia, Pereira, Manizales y Pasto para que intervinieran en el asunto. Para ello, se

enviaron previamente las matrices de investigaciones adelantadas en estas regiones,

con el fin de que se procediera a practicar visitas especiales y se tuviera conocimiento

preciso de cada uno de los casos que allí se tramitan. En las jornadas, la Procuraduría

asumió el compromiso de continuar con la intervención judicial priorizada en los

procesos que se están adelantando con ocasión de vulneración de derechos y

garantías motivados por actos de discriminación, en los cuales confluyen como

víctimas personas LGTBI.

1.1.6 Instancias Internacionales

De acuerdo al trámite que se surte en el marco de las medidas cautelares y medidas

provisionales otorgadas por la CIDH y la Corte IDH, la Procuraduría realiza el

seguimiento y control de gestión preventivo a lo que atañe a las medidas proferidas

por el Sistema Interamericano de DDHH, así como al cumplimiento de las

obligaciones internacionales del Estado y de las decisiones judiciales de orden

internacional dentro del ordenamiento jurídico interno.

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En atención a la reciente modificación del Reglamento de la CIDH, lo cual genera un

cambio en el trámite de los procedimientos propios de este organismo internacional,

se hizo necesario conocer, comprender, analizar, apropiar y aplicar los

procedimientos nuevos o que fueron modificados y que se surten ante el Sistema

Interamericano de DDHH. Asimismo, era indispensable replicar la herramienta creada

en el ámbito del control preventivo y que permite hacer el seguimiento de las

decisiones judiciales y los instrumentos internacionales que son vinculantes para el

Estado colombiano y a los cuales la PGN en el nivel nacional y regional debe ejercer

vigilancia y control en el marco de sus funciones constitucionales.

Por ello, junto con el Instituto de Estudios del Ministerio Público, se adelantó un

trabajo para capacitar a funcionarios de las Procuradurías Regionales y Provinciales,

Defensorías Regionales, Defensorías Comunitarias y Personerías en el nuevo

reglamento de la CIDH y su funcionamiento, en lo referente a medidas cautelares,

provisionales y peticiones particulares, así como en los instrumentos de protección de

derechos humanos en el Sistema Interamericano, y en la herramienta de seguimiento

a decisiones judiciales e instrumentos internacionales de protección de DDHH.

El trabajo se llevó a cabo en dos fases, la primera de las cuales se dirigió a

funcionarios de las Procuradurías Regionales y Provinciales de los departamentos del

Valle del Cauca, Antioquia, Santander y Cauca, y la segunda, a funcionarios de las

Procuradurías Regionales y Provinciales de los departamentos de Caldas, Nariño,

Bolivar, San Andrés y Providencia; logrando capacitar en total a más de 220

servidores del Ministerio Público y las entidades territoriales.

De otra parte, ante la problemática presentada con la hermana República de

Venezuela, con relación a la expulsión masiva de colombianos desde el mes de

marzo de 2015 y que se intensificó en agosto siguiente, cuando el Presidente Nicolás

Maduro ordenó el cierre de la frontera de su país con Colombia en San Antonio del

Táchira y Urueña, la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de sus

funciones constitucionales de la defensa de los derechos de los

colombianos, mediante comunicado público de 24 de agosto de 2015, declaró la

grave violación de los derechos humanos de ciudadanos colombianos por parte del

Estado venezolano.

En efecto, este Ministerio Público denunció la política de persecución por parte del

Gobierno de Nicolás Maduro, la cual “se traduce en la privación intencional y grave de

los derechos fundamentales de los colombianos”, y rechazó enfáticamente los

ataques a la población colombiana considerados como delitos de lesa humanidad

acorde con “el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en

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cuanto representan una persecución a un grupo o colectividad con identidad propia,

en este caso, la nacionalidad colombiana, y a que comprenden actos de deportación

o traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad

física, tortura, abusos sexuales, desaparición forzada de personas y actos inhumanos

que causan intencionalmente sufrimiento y atentan contra la integridad de las

personas”.

Igualmente, la Procuraduría solicitó al Gobierno Nacional que le exigiera al Presidente

venezolano “el desmonte inmediato de su política de ataque sistemático contra los

derechos humanos de la población colombiana en la frontera y en cualquier otro lugar

de su territorio” y que solicitara ante las instancias internacionales intervención frente

a la grave crisis humanitaria y de violación a los derechos humanos de nuestra. Lo

también para que tomara medidas eficientes y oportunas para conjurar la grave crisis

humanitaria producida por la deportación y el desplazamiento forzoso de colombianos

e hizo un llamado a la solidaridad de la ciudadanía para atender la emergencia.

Por último, este órgano de control puso a disposición las Procuradurías Regional y

Provincial con sus sedes en Cúcuta, como un centro de atención de denuncias, de

manera tal que en el marco de sus competencias, se prestara la ayuda necesaria a

los colombianos afectados. En tal virtud, además de participar en el Comité de Ayuda

Humanitaria, se atendió directamente a más de una veintena de víctimas de

atropellos y deportación, al tiempo que se visitaron los albergues dispuestos en

Cúcuta y Villa del Rosario para la asistencia de los casi 1.500 deportados, entre los

que estaban incluidos niños, mujeres y ancianos; resaltando así la acción desplegada

por las autoridades y entidades responsables.

Por lo anterior y con el fin de salvaguardar los derechos de las personas repatriadas

de forma colectiva, la Procuraduría puso en conocimiento de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la situación grave, urgente y

eventualmente irreparable en la que se encontraban las víctimas y realizó la solicitud

formal de medidas cautelares, teniendo en cuenta lo siguiente:

El respeto a la vida, integridad y libertad de los colombianos deportados como de los

colombianos que permanecen en Venezuela, estableciendo un proceso migratorio

con todas las garantías y el respeto al debido proceso a través del cual verifique su

condición y su situación legal en ese país.

Suspender la deportación masiva de colombianos y establecer procedimientos

adecuados para la detención y determinación de medidas de deportación de

extranjeros deportables, para demostrar el derecho que pueda asistir a las personas a

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permanecer en territorio o en su defecto, para comunicarse con sus familias y

empleadores a efectos de regularizar el cobro de salarios y la protección de su

propiedad y efectos personales.

De conformidad con las normas y estándares internacionales, a los migrantes sujetos

a procedimientos que puedan conllevar a su deportación, se les debe respetar

garantías mínimas, tales como: el derecho a: i) ser escuchados por la autoridad

competente en el marco del procedimiento tendiente a su deportación y a tener una

oportunidad adecuada para ejercer su derecho de defensa; ii) contar con

interpretación y traducción; iii) contar con representación legal; iv) la protección

consular desde el momento de su detención; v) recibir una notificación de la decisión

que ordena su deportación; vi) acceder a un recurso efectivo para impugnar la

decisión de deportación; vii) impugnar la decisión de deportación; y viii) que los

recursos interpuestos tengan efectos suspensivos sobre la decisión de deportación.

La no expulsión y la garantía del derecho a solicitar y recibir asilo a los colombianos

que quieran solicitarlo por tener fundadas razones de que peligre su vida, libertad e

integridad en territorio colombiano, y adoptar las medidas necesarias para que las

personas que integran la colectividad a favor de quien se interpone la presente

petición, en sus declaraciones, no sean obligadas a repatriarse mediante medios

coercitivos o sin las debidas garantías legales; igualmente para la reunificación

familiar de colombianos separados de sus familias y obligados a dejar a sus hijos

colombianos nacidos en Venezuela, así como de los esposos e hijos mayores

colombianos detenidos y desaparecidos arbitrariamente por la guardia venezolana.

En ese sentido, se pidió solicitar al Estado Venezolano respetar la integridad y los

derechos humanos de las personas colombianas, de conformidad con la normatividad

internacional vigente y que analizara la situación familiar en cada caso concreto con

el fin de garantizar el derecho a la unidad familiar. Garantizar el derecho de no

devolución de los ciudadanos colombianos que se encuentran en la zona de frontera

y han sido objeto de operaciones de repatriación por parte del Gobierno Venezolano,

contando con refugio o asilo político en ese país. Y aceptar el regreso de aquellas

personas que fueron deportadas sin que se les adelantara un proceso legal con este

fin, observando todas las garantías procesales relevantes.

Cesar de inmediato con su campaña de destrucción y saqueo de la propiedad privada

de los colombianos residentes en Venezuela, y la reparación y/o devolución de los

bienes de los colombianos en los casos en los que ya haya habido afectación de los

mismos al momento de la expulsión arbitraria de sus propietarios de Venezuela hacia

Colombia.

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Abstenerse de realizar campañas de estigmatización y persecución en contra de

personas que habitan en la zona de frontera o en cualquier otro lugar de su territorio

nacional en razón a su nacionalidad colombiana. En ese sentido, solicitar que el

Estado venezolano adopte todas las medidas que sean necesarias para garantizar

que no se apliquen perfiles raciales en el marco de redadas migratorias.

Adicionalmente, se realizó el seguimiento y control de gestión preventivo al trámite

de reconocimiento de la condición de refugiado, velando por la garantía y respecto a

sus derechos, respecto del debido proceso, cumplimiento de las decisiones judiciales

y aplicación del principio de no devolución, al tenor del artículo 33 de la Convención

de Ginebra de 1951 sobre refugiados.

Se trabajó en busca de garantizar el respeto y garantía de los derechos de los

solicitantes de la condición de refugio en Colombia y se veló porque se apliquen los

tratados internacionales sobre la materia y de los cuales es parte el Estado

Colombiano, como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su

Protocolo de 1967, la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, la

Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 3 de la Convención

contra la Tortura, así como las disposiciones de orden interno, recomendando en

especial, la necesaria reglamentación de las medidas complementarias para los

solicitantes a quienes no se les reconoce la condición de refugiado para obtener una

posible regulación distinta al refugio y garantizar que su vida, libertad o integridad no

corran peligro, mediante una protección temporal.

Así mismo, de manera articulada con otras entidades y organizamos encargados de

proteger los derechos de los refugiados con el ACNUR, se adelantaron unas

capacitaciones con los funcionarios de la Procuraduría sobre el marco normativo del

Estatuto del refugiado, su aplicación en Colombia y en los Estados parte, el mandato

del ACNUR, el concepto de la definición de refugiado, procedimientos de asilo justos

y eficientes y sobre la necesidad de los Estados de establecer mecanismos de

protección ante los movimientos migratorios en América Latina.

1.1.7 Acompañamientos y seguimientos a organismos de seguridad del Estado

CUSTODIA, CONSERVACIÓN Y CONSULTA A LOS ARCHIVOS DE

INTELIGENCIA DEL EXTINTO DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE

SEGURIDAD - DAS

Con la finalidad de propiciar su desarrollo con observancia de los principios del

Estado Social de Derecho, se adelantó Vigilancia Preventiva sobre los Procesos de

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Inteligencia y Contrainteligencia que llevan a cabo los Organismos de Seguridad del

Estado Colombiano con base en la normativa legal vigente, concretamente la Ley

1621 de abril de 2013, el Decreto 1303 de 2014 y demás decretos reglamentarios.

Es así que bajo las anteriores premisas, se continuó con el seguimiento a las labores

de la Comisión Asesora para la Depuración de Datos y Archivos de Inteligencia y

Contrainteligencia, cuya creación fue ordenada por el Artículo 30 de la Ley 1621 de

2013 y que tiene como misión, elaborar y presentar (al cabo de su vigencia, que es de

dos años a partir de su conformación fechada en julio de 2014), un informe al

Gobierno Nacional con recomendaciones sobre los criterios de permanencia, retiro y

destino de los datos y archivos que sean retirados de los diferentes archivos físicos y

digitales de inteligencia en los Organismos Estatales con esa función.

Dicha Comisión, que es presidida por el Procurador General de la Nación, completa

ya siete (7) sesiones y dos ciclos de visitas técnicas a los Archivos de Inteligencia,

mediante las cuales se propició el acercamiento a la realidad de los archivos de los

Organismos Estatales con tal función. Se reiteraron solicitudes al Gobierno Nacional

respecto del nombramiento del experto académico en temas de Inteligencia que exige

el Decreto que crea la Comisión, toda vez que el primer titular de tal función presentó

su renuncia en septiembre de 2015.

Del mismo modo, en cumplimiento de la vigilancia de carácter preventivo a los

Archivos de Inteligencia, Contrainteligencia y Gastos Reservados del extinto DAS,

que dictaminó el Decreto Ley 1303 de julio de 2014 a través del cual se ordena la

supresión definitiva de ese Departamento Administrativo, se elaboraron nuevas

observaciones y recomendaciones sobre los diferentes procesos relativos a la

administración de los referidos Archivos, en cuanto a las diligencias de inspección

judicial ordenadas por las autoridades competentes y otros procesos relacionados

con la conservación y custodia de los mismos a cargo del Archivo General de la

Nación.

Adicionalmente, se han formulado recomendaciones y elevado solicitudes al Archivo

General de la Nación para que reporte las novedades presentadas en los diferentes

procesos realizados por esa entidad sobre el archivo del extinto DAS, así como

también, requerimientos al Gobierno Nacional sobre la necesidad del nombramiento

de un director en propiedad para el Archivo, toda vez que casi se completa un año

desde la salida del Dr. Carlos Zapata Cárdenas, anterior director.

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SEGUIMIENTO PREVENTIVO AL ESCUADRÓN MÓVIL ANTIDISTURBIOS -

ESMAD

La Procuraduría adelantó acción preventiva de seguimiento al Escuadrón Móvil

Antidisturbios –ESMAD– de la Policía Nacional. En el marco del desarrollo de las

actividades formuladas en la acción, tales como visitas administrativas, grupos

focales, encuestas, entrevistas y requerimientos, se elaboró un informe contentivo de

las conclusiones de este órgano de control y las recomendaciones dirigidas a la

Policía Nacional, Ministerio del Interior y a las entidades territoriales.

Con base en denuncias realizadas por la población, se efectuó seguimiento a los

protocolos de procedimiento, desarrollo de doctrina y ‘programas de instrucción’

formulados por el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía ESMAD, enfatizando

en la forma como el Escuadrón articula el sistema de enseñanza de los Derechos

Humanos y la adecuación de los mecanismos de educación para su personal.

Ello, con el objetivo de robustecer todos los instrumentos disponibles y establecer un

marco normativo claro para las actividades de la Fuerza Pública, en cumplimiento del

mandato constitucional que exige una formación para sus miembros en materia de

fundamentos de la democracia y los Derechos Humanos.

Pueden destacarse como novedades institucionales fruto de las recomendaciones de

la Procuraduría, la expedición por parte de la Policía Nacional de la Directiva

Administrativa Transitoria 037 del 4 de agosto de 2015 sobre el “Fortalecimiento del

servicio de Policía en la atención, manejo y control de manifestaciones y disturbios”;

la Resolución No. 05228 de noviembre de 2015, “por la cual se expide el manual de

control de manifestaciones y disturbios para la Policía Nacional”; la Resolución No.

04223 del 22 de septiembre de 2015, que “aprueba el plan de estudios del curso de

manejo y control de multitudes”; y en el presente año, el instructivo número 004 del 28

de enero de 2016, que fijó los “Parámetros para la Identificación del Personal que

porta equipo antimotines en la Policía Nacional”.

1.1.8 Defensa de los derechos de la infancia, la adolescencia y la familia

VIGILANCIA SUPERIOR A LA GESTIÓN PÚBLICA TERRITORIAL FRENTE A LA

GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA

JUVENTUD

Durante el año 2015 se consolidó la implementación del “Modelo de vigilancia

superior a la gestión pública territorial frente a la garantía de los derechos de niños,

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niñas, adolescentes y jóvenes”, orientado a: (i) la valoración de la gestión realizada

durante el período comprendido entre los años 2012 - 2015 por parte de las todas las

autoridades territoriales en el ámbito departamental y municipal y, (ii) determinar el

estado de la garantía de los derechos de esta población. El Modelo incluyó la solicitud

de información dirigida a las entidades territoriales donde se prioriza: a) el análisis de

la gestión realizada en el citado período, desde un enfoque diferencial y de derechos,

a partir de rendir cuentas sobre lo previsto en el plan de desarrollo; b) el análisis de

situación de derechos a partir del grado de variación (en relación al comportamiento

del dato cuantitativo) que presenta un conjunto de 163 indicadores situacionales y de

Objetivos de Desarrollo del Milenio; y c) la sistematización del proceso de rendición

de cuentas desarrollado.

Entre los logros se destaca que fue posible hacer un amplio proceso de socialización,

difusión y capacitación sobre el Modelo de vigilancia superior a través de los

siguientes escenarios: Mesa técnica de la Estrategia Hechos y Derechos; XV

Encuentro con Gobernadores por la Infancia, la Adolescencia y la Juventud Hechos y

Derechos; Federación Nacional de Departamentos; Encuentro de alcaldes del

departamento de Cundinamarca; Congreso Nacional de Alcaldes realizado en

Cartagena; Encuentro de Alcaldes del departamento de Antioquia; X Encuentro

Nacional de Coordinadores y Responsables de Juventud. Así como en los siguientes

encuentros territoriales para el proceso de rendición pública de cuentas 2012-2015:

Encuentro de Delegados Departamentales y del Distrito Capital; Encuentro de

Delegados de las Gobernaciones de Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y

Vichada y sus municipios; Encuentro de Delegados de la Gobernación de Arauca y

sus municipios. Por otra parte, la Procuraduría facilitó el proceso pedagógico de

comprensión y apropiación del referido Modelo y de la herramienta web o aplicativo

dirigido a las entidades territoriales, que incluyó la respuesta a 800 consultas (vía

telefónica y correo electrónico), un video tutorial que orienta el uso del aplicativo en

ambiente web y link específico en lugar privilegiado de la página web de la

Procuraduría General de la Nación sobre Rendición de Cuentas, en el que se

publicaron documentos de interés en el marco de este proceso.

Los resultados de la vigilancia aportan elementos importantes para la construcción de

un modelo de modernización de la gestión pública territorial de carácter participativo,

gerencial y descentralizado, favorable a la garantía, el goce y el ejercicio pleno de los

derechos de la infancia, la adolescencia y la juventud.

Con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), se logró

desarrollar una herramienta en ambiente web que permitió el registro en línea de la

información solicitada a las entidades territoriales. Así, se obtuvo una participación del

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100% de las entidades departamentales y el 99% de las entidades municipales,

evidenciando una gran movilización nacional de equipos técnicos y autoridades

territoriales que permitió la generación de espacios de análisis interdisciplinarios y

multidisciplinarios sobre la pregunta orientadora del Modelo de vigilancia: “¿De qué

manera la gestión pública territorial ha creado condiciones o ha garantizado los

derechos de las niñas, niños, los y las adolescentes y jóvenes?

Adicionalmente, se obtuvo la información para valorar de manera diferencial, las

acciones que los mandatarios territoriales realizaron en el período de gobierno 2012-

2015 en favor de la infancia, la adolescencia y la juventud, considerando a partir de la

capacidad técnica y presupuestal de cada entidad, el alcance efectivo sobre la

población, los enfoques utilizados, las situaciones que se pudieron transformar, los

impactos y la cobertura poblacional y territorial. Fue de esta manera como se facilitó a

las administraciones locales 2012-2015, mostrar al país las acciones desarrolladas,

los logros y las dificultades encontradas durante su gobierno para lograr la garantía

de derechos a este grupo poblacional, de una forma unificada.

A través del aplicativo se entregó a las nuevas administraciones 2016-2019 de todos

los municipios y departamentos del país, una herramienta de consulta sobre la

situación y el estado de garantía de los derechos de niños, niñas, adolescentes y

jóvenes de cada territorio, lo cual aporta significativamente en: (i) la formulación de

los planes de desarrollo (2016-2019) y sus correspondientes diagnósticos; (ii) la toma

de decisiones basadas en una información integral (cualitativa y cuantitativa), con

base en las condiciones, oportunidades, dificultades y recomendaciones sobre la

situación en que los gobiernos salientes entregan los territorios; (iii) la garantía de la

continuidad del esfuerzo que departamentos y municipios vienen realizando para

incluir de manera progresiva los derechos de esta importante población en la

planeación territorial.

En ese sentido y gracias a la labor de la Procuraduría, los tomadores de decisiones

públicas y privadas cuentan con información de todo el país en cuanto a las acciones

y los territorios de prioritaria atención en la consolidación de entornos protectores y

garantía de los derechos de la infancia, la adolescencia y la juventud del país. Este

órgano de control, por su parte, cuenta con un Modelo para la valoración de manera

ponderada de la gestión local, considerando de manera diferencial para cada una,

sus condiciones técnicas, administrativas, presupuestales y de contexto territorial, que

será utilizado para establecer si su gestión está o no en ruta de derechos y para

estimar las actividades que se deben revisar para garantizar los derechos de este

grupo poblacional e identificar puntos donde se debe fortalecer a las entidades

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descentralizadas y del nivel central de gobierno en un ejercicio que reconoce y

respeta la realidad territorial.

Frente a la calidad de la información estadística nacional que da cuenta de la

situación de los derechos, se logró incidir en una movilización de las entidades del

orden nacional en la revisión, depuración y entrega para todos los territorios, de la

información de 163 indicadores situacionales priorizados objeto de la Rendición

Pública de Cuentas.

Finalmente, se consolidaron insumos importantes para generar acciones dirigidas a

las entidades nacionales que incidan en el fortalecimiento de los sistemas locales y

nacionales de información. Con la aplicación del Modelo de vigilancia se comprobó la

hipótesis relacionada con la existencia de información estadística desde fuentes

nacionales, de baja calidad y de relativa cobertura en relación a los indicadores

situacionales priorizados.

VIGILANCIA SUPERIOR A LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LAS

VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL - ACCESO A LA JUSTICIA - FASE III

Con el ánimo de vigilar el cumplimiento de los derechos de las víctimas de violencia

sexual por parte de entidades como Fiscalía, ESES, Medicinal Legal y representantes

judiciales de víctimas, la Procuraduría General de la Nación elaboró, validó y publicó

vía web cuatro (4) instrumentos de recolección de información, con diversas

preguntas sobre infraestructura, insumos, capacitación, personal, atención a la

víctimas, información brindada y articulación de las Entidades mencionadas. Se inició

así el levantamiento de una línea de base nacional que permitirá conocer las

auténticas razones de la impunidad frente a la violencia sexual en Colombia.

Esta vigilancia se inició en el año 2013 y ha contado con el apoyo del Instituto de

Estudios del Ministerio Público y con la colaboración de la Fundación Tierra de

Hombres.

Así mismo, a través del Sistema Web de Género:

www.vigilanciasuperiorprocuraduria.org, se logró que 513 entidades del sector salud y

82 Unidades Básicas de Medicina Legal diligenciaran el instrumento de recolección

de información en línea.

Actualmente, se cuenta con los reportes de información según las respuestas

brindadas por estas entidades, lo que facilitará el análisis de la información y la

elaboración del Informe final que se dará a conocer públicamente en julio de 2016.

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PROPUESTA DE MECANISMO PARA AJUSTAR LA REGULACIÓN DEL

PROCESO ADMINISTRATIVO DE RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS

(PARD) - SEGUNDA FASE

Con el propósito de incidir en la formulación de una propuesta de modificación,

aclaración o adición de la Ley 1098 de 2006, en lo relativo al Proceso Administrativo

de Restablecimiento de Derechos, propendiendo por la garantía integral de todos los

derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes, en el 2014 la

Procuraduría puso en marcha un proyecto estratégico a través del cual se

sistematizaron los aspectos normativos y jurisprudenciales relevantes e identificaron

las necesidades y cuestionamientos de las autoridades locales responsables del

PARD, de la academia y demás estamentos en 28 departamentos del país. De esta

manera se diagnosticaron las falencias y vacíos jurídicos en la regulación normativa,

así como las dificultades prácticas en la aplicación de la regulación y se efectuaron

las propuestas de modificación, aclaración o adición a la Ley 1098 de 2006 para

promover una normatividad legal o reglamentaria efectiva y eficaz para la garantía de

los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, a favor de quienes se deba

adelantar un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos.

Durante el año 2015, la ardua labor que desarrolló la Procuraduría en cada una de las

Mesas Regionales en una primera Fase, dio lugar a la información contenida en los

Instrumentos de caracterización situacional y de propuesta de mecanismos para

ajustar la regulación del PARD, la cual constituye insumo importante para determinar

si procede o no la reforma legal. Los criterios establecidos dan cuenta de las falencias

y vacíos jurídicos de la regulación de este procedimiento que se ha denominado

“especial y diferenciado”.

Del análisis de la información por ejes, variables e indicadores se desprendieron

conclusiones que fueron presentadas en el respectivo Informe, que fue socializado en

la instalación formal de la Mesa Nacional de discusión del PARD, en un evento que

tuvo lugar el 3 de junio de 2015 y que contó con la participación de servidores de

diversas entidades como Presidencia de la República, el ICBF, la Defensoría del

Pueblo, Comisarías y Defensorías de Familia, Tribunal Superior de Bogotá, Juzgados

de Familia y académicos.

Una vez instalada la Mesa Nacional se conformaron las siguientes Comisiones:

- Comisión 1: Proceso Administrativo

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- Comisión 2: Restablecimiento de Derechos por parte del juez (pérdida de

competencia y homologación)

- Comisión 3: PARD en el SRPA y víctimas del conflicto armado

A dichas Comisiones se les recordó la metodología, el cronograma de trabajo, cada

una de las temáticas que deben ser abordadas con miras a la construcción de una

recomendación de mecanismo jurídico para ajustar su regulación, así como los

insumos legales y jurisprudenciales, y el consolidado del diagnóstico elaborado por las

Mesas Regionales.

Todo ello, con el fin de que formulen propuestas que a su vez permitan a la Mesa

Nacional contar con suficientes elementos a nivel nacional para la discusión del

mecanismo jurídico.

VIGILANCIA PREVENTIVA A LA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SALUD

SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN EL MARCO DEL EMBARAZO TEMPRANO -

TERCERA FASE

Debido a sendos retrasos en la coordinación con la Organización de Estados

Iberoamericanos, en el año 2015 se avanzó lentamente en la implementación de una

encuesta Web, contentiva de 33 indicadores sobre salud sexual y reproductiva que

proporcionarán un diagnóstico de la situación de embarazo temprano en el país.

Dentro del desarrollo del convenio ya fueron seleccionados y contratados dos

consultores para la puesta en marcha y la consolidación de los resultados en el año

2016.

En el departamento de Villavicencio, la Procuraduría verificó el avance en el tema de

salud, las capacitaciones en los planteles educativos de la ciudad de Villavicencio, lo

cual arrojó un buen resultado en el sentido de reducción en los embarazos en

adolescentes.

De igual manera, se efectuaron capacitaciones sobre el tema, dirigido a familias

indígenas en algunos de los municipios del Meta. En este sentido, la Procuraduría ha

sido reiterativa en que los indígenas entiendan la necesidad de acudir a los centros de

salud para recibir asistencia en los partos, lográndose que sean atendidas

adolescentes indígenas entre 15 a 17 años. Fue así como en el último trimestre de

2015 se atendieron 8 indígenas y una adolescente de raza afrodescendiente de 16

años.

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ACCIONES PREVENTIVAS EN TORNO A TEMÁTICAS DE RELEVANCIA PARA

LA INFANCIA, LA ADOLESCENCIA Y LA FAMILIA

1. Seguimiento al cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, Ley de acceso a la

justicia para las víctimas de la violencia sexual

Durante el año 2015 se elaboró el primer Informe de la Procuraduría General de

la Nación sobre el cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, Ley de Acceso a la

Justicia para las Víctimas de Violencia Sexual, en especial las del Conflicto

Armado, el cual tenía como objetivo contar con un balance general sobre las

acciones que han adelantado las diferentes Entidades competentes en la atención

a las víctimas de la violencia sexual, luego de un año de expedida la Ley.

El Informe se presentó el 11 de septiembre de 2015, en la Segunda Sesión

Trimestral del Comité de Seguimiento de la Ley 1257 de 2008, a propósito del

seguimiento que a su vez se hace del cumplimiento de la Ley 1719 de 2014, en la

cual estuvieron presentes las entidades concernidas, las organizaciones de

mujeres elegidas para estos espacios interinstitucionales, los Congresistas

designados para estas sesiones, así como las organizaciones internacionales que

por ley son invitadas a las mismas.

De esta forma, en el ámbito de su función preventiva, la Procuraduría General de

la Nación presentó observaciones, recomendaciones y exhortaciones a las

diferentes entidades para lograr el estricto cumplimiento de la mencionada

normatividad y en general, de la garantía de los derechos de las víctimas de

violencia sexual.

Adicionalmente, en el Comité de articulación interna de la Procuraduría, se

socializó una matriz de responsabilidades de la Ley 1719 de 2014, Ley de Acceso

a la Justicia para Víctimas de Violencia Sexual en especial en el marco del

Conflicto Armado, con el fin de resaltar los deberes de vigilancia y control frente al

cumplimiento de esta Ley desde el marco de las funciones preventiva, disciplinaria

y de intervención judicial.

Por otra parte, en el año 2015 se asistió a cinco (5) Comités Nacionales

Descentralizados de seguimiento al cumplimiento de la Ley de no violencia contra

la mujer en las ciudades de Cartagena de Indias, Barranquilla, Pasto, Popayán y

Bogotá. Estos Comités vienen siendo celebrados desde el año 2013 en todos los

territorios del país.

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En estas sesiones interinstitucionales de acercamiento a la realidad territorial,

también se hicieron presentes la Consejera Presidencial para la Equidad de la

Mujer, la Defensora del Pueblo y las representantes de las organizaciones de

mujeres. Así mismo, asistieron diferentes Organizaciones Civiles de Mujeres del

territorio, quienes presentaron sus inquietudes frente al avance en la

implementación de la Ley de No Violencia Contra la Mujer.

Durante las sesiones lideradas por la Procuraduría General de la Nación se han

comunicado los hallazgos sobre el cumplimiento de la norma y se han formulado

recomendaciones a las entidades territoriales competentes, en busca de una vida

libre de violencia para las mujeres.

Por otra parte, en la misma vigencia se sostuvo una reunión con el Viceministro de

Relaciones Laborales, para concertar la adopción de acciones urgentes en materia

de prevención y erradicación del trabajo infantil y de prevención de la explotación

sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

La Procuraduría advirtió diferentes fallas para la erradicación de la problemática

del trabajo infantil: la falta de articulación; la ausencia de compromiso por parte de

las autoridades territoriales en la identificación y registro de casos; la omisión de

registro en el Sistema de Información Integrado para la Identificación, Registro y

Caracterización del Trabajo Infantil y sus Peores Formas (SIRITI); la falta de una

línea de base que permita monitorear el problema desde la realidad; la debilidad

en la asistencia técnica desde lo nacional a lo territorial; las ineficaces acciones de

prevención; la insuficiencia de la oferta institucional para atender la situación; la

falta de sensibilización a los actores sociales y además el hecho de que en

muchos municipios, la necesidad de abordar la situación, no es prioridad.

Así, la Procuraduría General de la Nación y el Viceministerio de Relaciones

Laborales se comprometieron a seguir aunando esfuerzos, para hacer frente a la

garantía efectiva de los derechos de los infantes y adolescentes en Colombia.

2. Vigilancia Superior a los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de las Defensorías

de Familia de los Centros Zonales del ICBF.

La Procuraduría General de la Nación elaboró el “Informe de Vigilancia Superior a

los Equipos Técnicos Interdisciplinarios de las Defensorías de Familia del Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, Regional Bogotá”, con base en visitas

practicadas tanto al Instituto Sede Nacional y Regional Bogotá, como a los 16

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Centros Zonales del Distrito Capital, el cual fue presentado el 18 de marzo de 2015

a las Directivas del ICBF.

El informe evidencia entre otros aspectos, la necesidad de que ese Instituto

cumpla con la obligación legal de integrar los Equipos Técnicos Interdisciplinarios

de las Defensorías de Familia por lo menos con un psicólogo, un trabajador social

y un nutricionista; con la finalidad de que el Defensor de Familia, como autoridad

administrativa, adopte las medidas de restablecimiento que garanticen los

derechos de los niños, las niñas y los adolescentes.

La vigilancia superior, realizada a través de las visitas practicadas a los 16 Centros

Zonales caracterizó las funciones de los Equipos Interdisciplinarios y estableció

que de las 77 Defensorías de Familia de Bogotá que adelantan los Procesos

Administrativos de Restablecimiento de Derechos, tan sólo tienen asignados 44

Equipos Interdisciplinarios completos, es decir, faltan 33 Equipos.

De igual manera, el Informe de la Vigilancia se refirió a la organización

administrativa de la Regional Bogotá como apoyo a los Equipos Técnicos

Interdisciplinarios de los Centros Zonales; la constatación de las denuncias sobre

la amenaza, la vulneración y la inobservancia de los derechos de los niños, las

niñas y los adolescentes; y las condiciones locativas de los Centros Zonales de

Bogotá. Adicionalmente, se hizo seguimiento al cumplimiento de las

recomendaciones efectuadas en el mes de marzo de 2015, a partir de una Matriz

de Seguimiento al Cronograma de Actividades a desarrollar por el ICBF.

Por otra parte, en cumplimiento de la Directiva No. 002 de 14 de marzo de 2011,

mediante la cual la Procuraduría impartió directrices a los Gobernadores, los

Alcaldes y la Dirección General del ICBF sobre el funcionamiento y la evaluación

de los Consejos Departamentales y Municipales de Política Social, se realizaron

las siguientes actividades:

-Estudio del informe del funcionamiento de los Consejos de Política Social

Departamental, Distrital y Municipal del año 2014, emitido por el Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar, Subdirección de Articulación Territorial,

Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

-Tabulación de la información contenida en el precitado documento,

desagregada por departamentos, atendiendo tanto el balance cuantitativo

como cualitativo de los Consejos de Política Social y de las Mesas de Primera

Infancia, de Infancia y de Adolescencia.

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Lo anterior, con el fin de realizar el respectivo seguimiento, igualmente ordenado

en la citada Directiva, con el que se pretende impulsar la gestión de los entes

territoriales en los asuntos relacionados con los niños, las niñas, los adolescentes

y la institución familiar; incidir en la optimización del cumplimiento de las funciones

de coordinación y de articulación de la política pública de infancia, que le compete

al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema

Nacional de Bienestar Familiar.

3. Discapacidad

En procura de la defensa y restablecimiento de los derechos de las personas con

discapacidad, se consolidó la información contenida en un instrumento diligenciado

por los 32 departamentos y el Distrito Capital, respecto del funcionamiento de los

Comités Departamentales de Discapacidad, lo que permitió identificar sus

fortalezas y debilidades. Ello, con el fin de formular recomendaciones a los

gobernadores que inician su gestión para la implementación de las políticas

públicas sobre la materia.

4. Programa Ampliado de Inmunización - PAI

El país ha logrado posicionar políticamente al PAI e invertir grandes recursos

económicos, técnicos, tecnológicos y humanos con el fin de garantizar el derecho

a la vida y a la salud. Sin embargo, no ha logrado alcanzar coberturas útiles de

protección, por lo que se realizó un análisis de la situación para evidenciar las

principales dificultades en el cumplimiento de directrices, uso de recursos y

funcionamiento del Programa en el contexto del Sistema General de Seguridad

Social en Salud. Para el análisis se utilizó la metodología del Modelo de

Gobernanza en Salud, entendida como el resultado de la interacción entre

proyecto de gobierno, capacidad de gobierno y gobernabilidad para el liderazgo, la

conducción y la gestión de programas de salud pública orientados a la obtención

de resultados y al bien común.

Aportando al desarrollo de la capacidad de respuesta institucional, en junio de

2015 fue presentado ante entidades nacionales, departamentos, ciudades

capitales y organismos internacionales el informe “Análisis del estado actual del

Programa Ampliado de Inmunizaciones PAI y de su gestión a nivel Nacional,

Departamental, Distrital y Municipal”, que incluye recomendaciones a instituciones

del orden nacional, alcaldes y gobernadores, con el fin de garantizar este derecho.

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Se constituyó la Mesa Nacional del Programa Ampliado de Inmunizaciones, cuya

primera sesión se realizó en el mes de agosto con la participación de los

Secretarios de Salud Departamentales y de ciudades capitales, el Ministerio de

Salud y Protección Social, todas las EPS del nivel nacional y ASEMI, Gestar Salud,

INS, Superintendencia Nacional de Salud y las Entidades Administradoras de

Planes de Beneficios (EAPB). A partir de este espacio se hace seguimiento a

municipios priorizados con proyección de coberturas menores al 80% para

biológicos trazadores y a municipios y departamentos que presentan baja

ejecución del programa y proyecciones de coberturas bajas al finalizar el 2015.

En el departamento de Córdoba, por ejemplo, ante la solicitud expresa de la

Secretaría de Salud Departamental para lograr las metas de vacunación, la

Procuraduría suscribió una Circular conjunta, para convocar a las Secretarías de

Salud Municipales, a las EAPB, EPS y a los Coordinadores PAI de todo el

departamento. Las reuniones se desarrollaron en tres jornadas (3, 5 y 10 de

noviembre de 2015), y gracias a esta labor, no sólo se logró que todas las

entidades citadas asistieran, sino que también se comprometieran a cumplir con

los planes trazados a fin de aumentar las tasas de cobertura en vacunación; a la

revisión de la base de datos de los nacimientos enviados por cada EAPB a los

municipios; y a realizar las acciones necesarias para la jornada de vacunación de

noviembre “Día de ponerse al día”, entre otras.

5. Juventud

La Procuraduría durante el año 2015, en cumplimiento de sus atribuciones

constitucionales y legales, especialmente, la otorgada en el artículo 9° de la Ley

1622 de 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil), estuvo vigilante para que se

garantizaran los derechos de la juventud, se atendieran las obligaciones por parte

de las instituciones del orden nacional y los entes territoriales frente a ésta y se

aplicara no sólo esa normatividad sino también todas aquellas que les amparan

sus derechos.

Se aplicó un cuestionario para conocer la situación actual a nivel nacional,

departamental, municipal y distrital sobre la manera como se estaban garantizando

cinco (5) derechos, que fueron seleccionados por este órgano de control: a la vida,

a la salud, a la educación, al trabajo y a la participación. Efectuada la revisión de la

documentación remitida por las autoridades concernidas en temas de este

segmento de la población, se elaboró el Informe de seguimiento a la aplicabilidad e

implementación de la ley, que se presentó en el mes de abril, y en el que se

incluyeron algunas observaciones y recomendaciones frente cada uno de los

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citados derechos, atendiendo los enfoques de Derechos Humanos, Diferencial de

Desarrollo Humano y de Seguridad Humana.

Esta labor de seguimiento contribuye para que cada mandatario tome conciencia

sobre las verdaderas necesidades existentes en su región para los jóvenes, a

quienes se les considera protagonistas de desarrollo, y sobre el deber que le

compete de diseñar políticas públicas de juventud con sostenibilidad, que les

permita el goce efectivo de sus derechos y que les permita su participación en el

ámbito social, económico, cultural y democrático del país, tal como la diversa

normatividad ha pretendido su desarrollo integral. Se espera que ese documento

sea de utilidad para que los nuevos gobernadores y alcaldes en su gestión revisen

lo allí indicado y tomen los correctivos necesarios que permitan una plena garantía

de sus derechos. Igualmente, para que desde el orden nacional, se logre la

operatividad del Consejo Nacional de Políticas Públicas.

6. Fortalecimiento de la función preventiva para la garantía del derecho a la vida y

la salud, promoviendo una maternidad segura

Reducir la mortalidad materna es una prioridad de salud pública para el logro de

los derechos de las mujeres en Colombia. Con el fin de contribuir a ese fin, en el

año 2012, la Procuraduría profirió la Circular Conjunta 005 con el Ministerio de

Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto

Nacional de Salud, dirigida a Gobernadores, Alcaldes, Direcciones Territoriales de

Salud, Empresas Administradoras de Planes de Beneficios, Entidades

Responsables de Regímenes Especiales y de Excepción e Instituciones

Prestadoras de Servicios de Salud, con el fin de incentivar y fortalecer la

intensificación de acciones para garantizar la maternidad segura a nivel nacional;

realizar seguimiento a estas acciones; y buscar alianzas para formular propuestas

que permitan avanzar en la identificación de elementos para la garantía del

derecho a la salud materna.

Avanzando en este propósito y con el apoyo de UNICEF, en junio de 2015, ante

entidades nacionales, departamentos, ciudades capitales y organismos

internacionales, se dio a conocer el informe “Análisis de la Situación del Derecho a

la Salud Materna en Colombia”. En el documento mencionado se aborda la

mortalidad materna desde el enfoque de derechos humanos, se presentan los

antecedentes, el contexto y su aproximación a la situación en el país; se propone

un modelo para la garantía del derecho a la salud materna; se identifica en los

planes territoriales de salud si este derecho está explícito y finalmente se formulan

recomendaciones a instituciones del orden nacional, a alcaldes y gobernadores

con el fin de garantizar el mismo. Igualmente, con el fin de desarrollar la capacidad

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de respuesta institucional, a partir del tercer trimestre de 2015 se acompaña al

departamento de Cundinamarca en el seguimiento a los planes formulados con las

EAPB; considerando además el incremento de la mortalidad materna en este ente

territorial, al comparar los primeros ocho meses de 2014 con el mismo período en

este año.

7. Situación de los derechos de los menores de edad en el contexto del conflicto

armado

Enmarcados dentro de las funciones de vigilancia superior, el control de gestión y

la prevención respecto de la situación de derechos de los menores de edad

afectados por el conflicto armado, la Procuraduría realizó diversas acciones

durante la vigencia 2015:

En el mes de diciembre se asistió a las reuniones convocadas por la Secretaría

Técnica de la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento y la

Utilización Ilegal y la Violencia Sexual de Grupos Armados al Margen de la Ley y

Grupos Delictivos Organizados. Durante estos espacios el Ministerio Público

presentó observaciones al Diagnóstico elaborado en el marco del CONPES 3673

de 2010, así como en el Plan de Acción que adoptará la Comisión para prevenir y

atender esta problemática, y la adopción de un nuevo documento de política

pública en el 2016.

En este sentido, ha de señalarse que este órgano de control reiteró la necesidad

de que se cuente con una política pública a nivel, nacional y territorial, por lo que el

funcionamiento de esta Comisión no es suficiente para incidir en la prevención y

en la atención del fenómeno aludido, como tampoco su funcionamiento por

Decreto. De igual forma, sobre la eficacia de la articulación interinstitucional para

impactarlo, la cual no debe traducirse en mero activismo institucional sino que las

acciones deben ser complementarias en punto de estos objetivos. Advertencias

que fueron tenidas en cuenta por la Comisión para la elaboración del Plan de

Acción en el 2016.

En el mismo mes de diciembre de 2015, se sostuvo una reunión con la

Organización Internacional de Migraciones (OIM), con el propósito de evaluar

acciones conjuntas en el 2016, teniendo en cuenta que se está adelantando un

proceso de reestructuración de esta Organización y que se harán ajustes a los

diversos proyectos sobre Derechos Humanos y conflicto armado, de conformidad

con los avances que se han ido presentando en el contexto de las conversaciones

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de paz del Gobierno Nacional con el grupo armado al margen de la ley la

FARC/EP y aquéllos que eventualmente a futuro pueden integrarse al mismo.

Adicionalmente, se elaboró el documento de observaciones sobre el auto 333 del

10 de agosto de 2015, proferido por la Honorable Corte Constitucional, dando

cumplimiento a lo ordenado para la protección de los niños, las niñas y los

adolescentes desplazados por el conflicto armado y la violencia, en el marco de la

Sentencia T-025 de 2014, el cual se divide en dos partes: (i) consideraciones

preliminares sobre el referido auto y (ii) observaciones generales y específicas al

Informe de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y la Reparación

Integral a las Víctimas. En dicho documento se destacan los siguientes puntos:

a. De acuerdo con los informes presentados por los órganos de control del

Estado, los organismos internacionales y las organizaciones de la sociedad

civil, los programas gubernamentales no tienen la capacidad de proveer

mecanismos eficaces de protección frente a los riesgos identificados en el

auto 251 de 2008, en especial, respecto de los riesgos que enfrentan los niños

y las niñas de los pueblos y comunidades indígenas y afro;

b. Los riesgos señalados por la Corte Constitucional en el auto 251 de 2008

persisten y las iniciativas gubernamentales diseñadas para prevenir estos

riesgos representan más un avance formal y adolece de dificultades para

lograr resultados efectivos;

c. La Honorable Corte Constitucional coincide con las falencias identificadas por

la Procuraduría General de la Nación y la Mesa Interinstitucional conformada

para monitorear y hacer seguimiento a las órdenes impartidas por esa Alta

Corporación en la Sentencia T- 025 de 2004 y los autos emitidos en desarrollo

de la misma, como el 251 de 2008, en cuanto que ponen en tela de juicio la

eficacia de la respuesta gubernamental para atender a los menores de edad

afectados por el conflicto armado de manera integral y especializada; y

d. La misma Corporación dio traslado al Gobierno Nacional de las observaciones

formuladas por este órgano de control sobre los resultados del Programa “Mis

Derechos Primero”, por considerarlas pertinentes frente a la valoración que

viene adelantado sobre la atención a los menores de edad víctimas del

conflicto interno con el propósito de que sean aclaradas y acatadas de manera

estricta.

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VERIFICACION DEL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE

RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES - SRPA

En relación a este tema, en agosto de 2015 se presentó el Segundo Informe del

SRPA y se requirió a los principales integrantes de este Sistema para que dieran

cumplimiento a las recomendaciones puntuales que se les hicieron en el mismo. Al

respecto, se recibió la respuesta por parte de las siguientes entidades: el Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar, el Centro Educativo Amigoniano, el Ministerio

de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Salud, el Distrito Capital y el Centro de

Atención Integral FORJAR.

Por otra parte, la Procuraduría asistió a las reuniones convocadas en el marco del

Decreto 1885 de 2015, es decir, de la Comisión Técnica de la Comisión Nacional

del Sistema de Coordinación Interinstitucional del SRPA y de esta última Comisión

Nacional, por lo que presentó (i) las observaciones al documento preparado para

los Gobernadores y los Alcaldes con el propósito de asegurar la formulación y la

implementación de políticas públicas específicas para este Sistema en los Planes

de Desarrollo Territorial, así como la disponibilidad de recursos humanos y

económicos; (ii) las observaciones al Decreto del Ministerio de Educación

relacionado con el SRPA: y (iii) los requerimientos a las entidades que no

asistieron a las reuniones, particularmente a la sesión de la Comisión Nacional del

SRPA, adelantada el 16 de diciembre de 2015.

También se asistió el 10 del mismo mes a la reunión preparatoria para la visita

preventiva en la Escuela de Trabajo EL REDENTOR, en la Dirección Regional de

Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y se acompañó al

grupo interinstitucional que realizó visita el 14 de diciembre de 2015 para atender

los actos de amotinamiento y violencia procedentes de adolescentes en conflicto

con la ley penal que cumplen sus medidas y/o sanciones en esta unidad de

servicio.

En la ciudad de Barranquilla, a través de las gestiones de la Procuraduría ante la

Alcaldía Distrital y a la Gobernación del Atlántico, se obtuvieron los siguientes

logros: i) La dotación de la Biblioteca del Centro de Internamiento Especializado -

Oasis para que los adolescentes infractores de la ley penal que allí se encuentran

internos, tuvieran mejores condiciones para realizar sus estudios; ii) La dotación de

una consola para la emisora con que cuenta el Centro y un proyector grande full

HD, el telón especial, y el equipo completo para el proyector; iii. La consecución de

un lote de terreno para la construcción del nuevo Centro de Internamiento

Especializado, y se continúan realizando acciones para la construcción del mismo,

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esperando que cuente con todas las anexidades y programas, en búsqueda de

una verdadera rehabilitación de los adolescentes infractores de la ley penal, ya

que el actual ha sido insuficiente locativamente.

En Córdoba, por su parte, la Procuraduría convocó con carácter urgente al

Gobernador, al Alcalde de Montería y a los demás integrantes del Comité

Departamental de Responsabilidad Penal para Adolescentes, para tratar lo relativo

a la adecuación y remodelación del Centro de Atención Especializada Villa Luz

(Licencia de Construcción y/o Remodelación; Título de Propiedad; Proceso de

Pertenencia); la situación y cierre del Centro de Internamiento Preventivo.

Con base en lo anterior, el Alcalde municipal se comprometió a (i) requerir al

Comandante de la Policía Departamental y Metropolitana, para que cumpla con su

deber legal de ejercer vigilancia sobre los Centros del Sistema y acompañe el

traslado de los adolescentes a otras ciudades, y (ii) otorgar los permisos para la

remodelación del CAE, una vez se cuente con el registro de la escrituras. En dicha

reunión también se logró concientizar a la Registradora de Instrumentos Públicos

de Montería, sobre la necesidad de dar celeridad al trámite de los títulos de

propiedad del predio Villa Luz, teniendo en cuenta que se encuentren involucrados

los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por lo que la actuación debe tener

prelación.

En el departamento de Antioquia se llevaron a cabo diferentes labores de recaudo

de información sobre el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes,

teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

a. Es necesario estructurar la ruta de atención en el Sistema para que haya

comprensión de las falencias y en cabeza de quién se encuentra la

responsabilidad por su no funcionamiento, acorde con los mandatos

establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano.

b. El primer momento de atención se produce a partir de la captura, por lo que es

indispensable que los municipios cuenten con los centros transitorios,

adecuados y funcionando, pues los mismos deben estar prestos a dar la

atención en el momento que se requiera.

c. El funcionamiento de los Centros para el Tratamiento y la Rehabilitación de

Adicciones Sociales (CETRAS) es inoperante, por cuanto las audiencias

preliminares se deben adelantar en cada municipio durante las primeras 36

horas y el traslado al CETRA depende de las cabeceras municipales.

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d. Cuando un adolescente es capturado puede presentarse que, si el delito no

comporta privativo de la libertad, el fiscal decreta la liberación inmediata, y si

los padres no se presenten para el acta de entrega, o no se cuenta con red

familiar de apoyo, o se hace imposible la entrega por el riesgo que estos

comportan para el adolescente, el municipio obligatoriamente debe contar con

instituciones para brindar esta atención, de emergencia;

e. Realizado el juicio, éste puede terminar con una sanción sea privativa de

libertad, semi-cerrado, libertad vigilada, prestación de servicios a la

comunidad, reglas de conducta o de amonestación. En Antioquia, solo se

cuenta con un Centro Especializado, que dicho sea de paso, presenta graves

problemas de hacinamiento que impiden la separación de los adolescentes y

los que llegan a la mayoría de edad, como tampoco hay una separación real

en atención a los criterios de sexo, infraestructura, seguridad y modelo

pedagógico, evasiones, agresiones, ingreso y consumo de estupefacientes,

etc.

f. No existe compromiso de los alcaldes respecto al SRPA, al punto, que las

respuestas que se han recibido indican que no se acepta que en sus

municipios se implementen centros especializados, que estarían mejor

dispuestos a entregar un aporte (que tampoco han realizado), antes que

permitir la implementación de los mismos en sus localidades, posición que

impide el cumplimiento de los fines del Sistema: pedagógico, restaurativo,

educativo y reparador.

g. Los planes de ordenamiento territorial se elaboran pensando en el ciudadano,

sin importar sexo, raza, religión, edad, estado civil o legal o de salud. No

puede pensarse en una ciudad en donde no existan, escuelas, hospitales,

asilos, guarderías, cárceles, atención psiquiátrica; negar situaciones y

condiciones específicas, es ser excluyentes y negadores de los principios que

rigen un estado social de derecho.

De los 125 municipios que conforman el departamento de Antioquia, 61 no

respondieron los requerimientos. Con base en la información suministrada por los

64 restantes, se pudo concluir que:

- En conjunto, no tienen conocimiento del SRPA, su política pública, sus fines y

objetivos, por lo que no ha sido tenido en cuenta en los Planes de Desarrollo y sólo

se cuentan con escasos programas de los que no se conoce su impacto.

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- No existe compromiso de los alcaldes respecto al SRPA, al punto, que las

respuestas que se han recibido indican que no se acepta que en sus municipios se

implementen centros especializados, que estarían mejor dispuestos a entregar un

aporte (que tampoco han realizado), posición que impide el cumplimiento de los

fines del Sistema: pedagógico, restaurativo, educativo y reparador.

- Los CETRAS, como primer momento de la ruta, donde los hay, en su mayoría no

llenan los requisitos mínimos, los tienen que asumir los municipios cabecera de

circuito, por cuanto los convenios que firman los alcaldes de los demás entes

territoriales que pertenecen al mismo circuito judicial no hacen los aportes

contractuales.

- En Medellín se cuenta con un CETRA, que si bien llena los mínimos requisitos

para su funcionamiento, atiende los adolescentes de todo el área metropolitana,

que además de esa ciudad, está conformada por los municipios de Bello, Barbosa,

Caldas, Copacabana, Envigado, Girardota, Itagüí, La Estrella y Sabaneta, sin que

ninguno de ellos aporte para el Centro; este opera en las mismas instalaciones

entregadas por esa ciudad para el Sistema CESPA y los cupos los cubre el

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

- Ninguno de los municipios, a excepción del área metropolitana de Medellín

cuenta con CENTROS DE EMERGENCIA, y tampoco realizan aportes para el

sostenimiento del mismo.

- Para atender el departamento de Antioquia en internamiento preventivo a los

adolescentes, únicamente se cuenta con “La Acogida”, en donde solo aportan el

municipio de Medellín 80 cupos y el departamento de Antioquia 27; ningún otro

municipio hace aporte, ni posee este tipo de centros.

- Para la medida privativa de libertad sólo existe el Centro Especializado Carlos

Lleras Restrepo, que opera esta sanción para todo Antioquia, sin recibir aportes de

ninguno de los municipios que conforman el departamento. Medellín aportó en el

cuatrienio con los dineros del Fondo de Seguridad, en la restauración de los muros

en el sector conocido como Pola I. Los municipios de Envigado y Sabaneta

contrataron por el año 2014 equipo psiquiátrico para iniciar el proceso de

diagnóstico de los adolescentes privados de la libertad.

- El internamiento preventivo y el privativo de libertad para las adolescentes opera

en el mismo Centro Especializado, en contravía de lo normado por el legislador.

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- Ningún municipio aplica las otras medidas que como sanción consagra la ley

1098 de 2006 (semicerrado, libertad vigilada, servicio a la comunidad), a pesar de

que no solo son de fácil implementación, sino las más adecuadas para dar

cumplimiento a los fines del Sistema, evitando violaciones en derecho, como es el

desarraigo del adolescente. Adicionalmente, las respuestas sobre los planes de

ordenamiento territorial, en procura de lograr la descentralización de las medidas

sancionatorias para los adolescentes, son negativas.

1.1.9 Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social

COMITÉ INTERDISCIPLINARIO DE SEGUIMIENTO TÉCNICO PENSIONAL - COLPENSIONES

Durante el período de análisis, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales

y legales, la Procuraduría continuó su labor de intervención preventiva frente a la

situación de los pensionados por COLPENSIONES, para evitar la vulneración de sus

derechos fundamentales y del ordenamiento jurídico, no sin antes resaltar que ha

sido significativo el avance en la atención de los casos puntuales sobre los que este

órgano de control ha venido haciendo seguimiento. Es así como a 31 de diciembre de

2015, COLPENSIONES recibió 15.645 quejas de la Procuraduría, de las cuales

atendió 15.148. Es de aclarar, que no todos los asuntos atendidos representan una

decisión favorable o de fondo para el usuario, toda vez que en muchos casos se

evidencia que deben ser nuevamente analizados por la entidad, puesto que el usuario

no ha quedado conforme con lo decidido, o bien por cuanto queda agotada la vía

gubernativa y éste debe acudir a la vía judicial para reclamar un derecho.

Uno de los requerimientos de la Procuraduría estaba dirigido a la correcta motivación

de las resoluciones que deciden una prestación económica, el pago integral de las

prestaciones económicas que incluyen el retroactivo (en los casos en que es

procedente). En atención a ello, COLPENSIONES creó grupos de auditoría de

calidad, que, sin duda, ha dado resultados positivos, pues hoy los actos

administrativos presentan mejor estructura y contienen una exposición más amplia

para el ciudadano sobre los fundamentos jurídicos que soportan la decisión de la

entidad.

En este punto se incluyen además, los actos administrativos que disponen el

cumplimiento de los fallos judiciales de manera integral, sin dejar en suspenso el pago

de retroactivo pensional, lo cual no puede confundirse con la represa de sentencias

judiciales, toda vez que esta se ha presentado por la gestión que se desarrolla en

COLPENSIONES en cuanto al estudio de seguridad que se practica a todos los fallos

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judiciales que ordenan reconocimiento de derechos, con el fin de evitar fraudes o

detrimento patrimonial.

Otro avance importante es la integración de otras áreas de COLPENSIONES a la

Mesa Técnica, a saber: Vicepresidencia Jurídica y Gerencia Nacional de Defensa

Judicial, Vicepresidencia de Beneficios y Prestaciones Económicas, Gerencia de

Nómina, Gerencia de Gestión Documental y Gerencia de Atención al Afiliado, lo que

ha permitido hacerle seguimiento y atender casos de tipo operativo y administrativo,

tales como los de Historia Laboral y Nómina de Pensionados, con base en los cuales

se han efectuado recomendaciones que han sido acogidas por esa Administradora, en

cuanto al ajuste de conceptos internos con relación a los siguientes temas:

- Pensión Especial Alto Riesgo y Mora del Empleador en el pago de Aportes a la

Seguridad Social:

A través de la Circular 01 del 15 de enero de 2015, la Procuraduría General de la

Nación solicitó a COLPENSIONES revisar la posición institucional frente a la negación

de pensiones especiales por alto riesgo, como consecuencia de la mora o no pago de

los aportes especiales por parte del empleador. Igualmente, se requirió revisar lo

relacionado con los empleadores incumplidos o en mora en el pago de los aportes a la

seguridad social y se hizo especial recomendación frente a la mora de empleadores

públicos posterior al año 94.

Como resultado de esta intervención, COLPENSIONES profirió las Circulares internas

14 y 15 del 22 de junio de 2015, en las cuales acoge la jurisprudencia de las Altas

Cortes, lo cual significa, que la omisión del empleador incumplido no debe trasladarse

al trabajador. Así mismo, fijó como posición institucional tener en cuenta todos los

tiempos públicos, aún en mora, certificados a través del formato CLEBP.

- Pensión Especial de Vejez por Hijo Inválido:

Mediante oficio del 3 de agosto de 2015, este órgano de control solicitó a

COLPENSIONES revisar los requisitos exigidos para esta clase de pensiones y aplicar

la jurisprudencia de las Altas Cortes, en la cual es unificada la posición en cuanto a

que no se debe exigir a la madre o padre solicitante de la misma, estar vinculado

laboralmente al momento de requerirla. En tal virtud, dicha entidad profirió el concepto

interno del 20 de agosto de 2015, donde atiende favorablemente la solicitud y dispone

eliminar este requisito para el estudio de esta pensión especial.

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Otro asunto de destacar, es el relacionado con el convenio de pensiones entre

Colombia y España, en el que gracias a la intervención de la Procuraduría a través de

la Mesa Técnica, COLPENSIONES dispuso de un canal de comunicación más ágil,

para que por medio de los consulados de Madrid y Barcelona, los colombianos

residentes en España puedan acceder a mejor información sobre el estado de los

trámites; así mismo, creó la posibilidad de notificación vía electrónica y dispuso de un

funcionario de la Gerencia de Reconocimiento para atender todas las peticiones con

radicación en este órgano de control. Desde el mes de mayo hasta final del 2015 esa

entidad atendió aproximadamente 250 solicitudes relacionadas con el convenio, de las

cuales alrededor de 80 fueron de fondo, con traslados de historia laboral, consultas,

información de pagos en el exterior, recursos y actos administrativos que resolvieron

el estudio de pensión.

Como aspecto crítico se tiene el incumplimiento de fallos por parte de

COLPENSIONES. En el octavo Informe de seguimiento presentado a la Corte

Constitucional el 9 de abril de 2015, la Procuraduría presentó un diagnóstico respecto

de la situación que se presenta por el no acatamiento de decisiones judiciales, de

acuerdo con las denuncias realizadas por los usuarios y por los jueces de Bogotá y del

resto del país, relacionadas con el aumento de procesos ordinarios, tutelas y

ejecutivos contra esa entidad, lo cual ha generado gran congestión en todos los

despachos judiciales.

De otra parte, durante el período de análisis, la Procuraduría profirió las siguientes

circulares en materia pensional:

- Circular 001 de 20 de enero de 2015, dirigida a: Ministerio de Trabajo,

COLPENSIONES, UGPP, entidades que administran el Régimen Solidario de

Prima Media con Prestación Definida (RPMPD), empresas e instituciones con

actividades de alto riesgo, con el fin de que revisen su posición frente a la

negación de pensiones especiales de alto riesgo, en razón a la mora del

empleador.

- Circular 004 de 9 de marzo de 2015, dirigida a: COLPENSIONES, UGPP,

FONPRECON, Fondos de Pensiones y demás entidades que tengan a su cargo el

manejo del régimen de prima media, afiliados al régimen de prima media con

prestación definida, respecto del régimen de transición para quienes adquirieron

estatus pensional hasta el 31 de diciembre de 2014.

Adicionalmente, el 10 de febrero de 2015 se presentó informe de seguimiento, de

conformidad con los lineamientos señalados en los autos 110, 202, 320 de 2013 y 028

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del 11 de 2014, y oficio OPT-A-049/2015 de la Honorable Corte Constitucional en los

siguientes términos:

1- La procedencia o no de la solicitud presentada ante COLPENSIONES.

2- Las cifras, porcentajes y análisis realizado por la Administradora de pensiones.

3- La evolución en cuanto al grado de calidad de las resoluciones de prestaciones

económicas emitidas por esa entidad.

4- Los problemas de completitud de las historias laborales.

5- El acatamiento de las órdenes dictadas a COLPENSIONES en el auto 259 de

2014.

6- La factibilidad de cumplimiento de los plazos proyectados por esa Administradora

de pensiones para la puesta al día del régimen de prima media.

7- La persistencia o superación de las dificultades en materia de reconocimiento

pensional identificadas por los usuarios de COLPENSIONES, solicitud de medidas

y órdenes de monitoreo por cumplimiento.

SEGUIMIENTO PROCESO DE LIQUIDACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGUROS

SOCIALES

Se realizó seguimiento a las actuaciones adelantadas por los responsables de la

liquidación del Instituto de Seguros Sociales para que se cumpla con los términos y

condiciones señalados en la ley para llevar a cabo ese proceso, en especial, los

señalados en el decreto 2013 de 2012, al igual para que se garanticen los derechos

convencionales y legales de los trabajadores vinculados a la entidad en proceso de

extinción, y la preservación del patrimonio público.

En relación con la protección de los derechos sindicales, se participó en las reuniones

de la Comisión Especial de Tratamiento de Conflictos ante la OIT (CETCOIT),

constituido para tratar la queja presentada por la CUT ante ese organismo

internacional, por desconocimiento de los derechos sindicales de los trabajadores del

ISS, como el fuero sindical. Es preciso resaltar el acuerdo parcial logrado en esta

instancia respecto del pago de la indemnización para los servidores aforados. La

Procuraduría continuará participando en aquellos temas en los cuales no se ha

logrado ningún acuerdo.

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Como garantía del derecho de asociación sindical y mientras se termina el proceso de

reconocimiento de derechos a los ex servidores del ISS, se requirió al PAR ISS,

suspender el proceso de cancelación de la personería jurídica al sindicato de

trabajadores de esa entidad, por ser la organización sindical la vocera de los

trabajadores ante el PAR, para el reconocimiento de sus derechos.

Otro de los logros alcanzados, fue la actualización de las historias laborales de los

trabajadores activos del instituto de Seguros Sociales en liquidación.

CONTROL Y VIGILANCIA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

GESTIÓN PENSIONAL UGPP – CAJANAL EN LIQUIDACION

En ejercicio del control preventivo de gestión, se realizaron visitas administrativas a la

Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de

la Protección Social – UGPP, en abril 15, junio 25, septiembre 29 y diciembre 21 de

2015, en las que se solicitó que los reconocimientos, reliquidaciones y cumplimientos

de sentencias judiciales, las cuales deben acatarse de manera estricta e integral y sin

ser fraccionadas, se surtan sin exceder los términos de ley y con la debida diligencia y

cuidado, con el fin de evitar que los actos administrativos expedidos requieran de

posteriores aclaratorias y correcciones, aumentando las demoras en perjuicio de los

afiliados, pensionados y beneficiarios.

Igualmente, se exhortó a que las inclusiones en nómina general de pensionados y

pagos correspondientes a retroactivos, intereses y sumas pendientes, se surtan sin

exceder los términos de ley para hacer efectivos los derechos reconocidos a los

pensionados. De la misma manera, respecto de los trámites de solicitudes de

reconocimientos pensionales y reclamaciones, que no hayan sido resueltas y se

encuentre vencido el término legal para tal efecto.

PENSIONES - UGPP

- Reconocimientos de Pensiones

Desde el 11 de noviembre de 2011 hasta el 30 de noviembre de 2015, la UGPP

recibió 234.218 solicitudes pensionales, de la cuales se encuentran atendidas 222.562

y 11.656 en trámite (9.847 en términos y 1.809 fuera de términos).

Gráfica No. 1

Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Noviembre/2011 –

Noviembre/2015

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Desde el 1 de enero hasta 30 de noviembre de 2015, recibió 77.451 solicitudes pensionales, de las cuales se encuentran atendidas 65.795

Gráfica No. 2

Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Enero – Noviembre 2015

No obstante que las solicitudes que debían ser tramitadas crecieron entre enero y

noviembre de 2015 frente al mismo período del año anterior en un 30%, el número de

solicitudes atendidas durante el mismo lapso, se incrementó en más del 36%.

- Solicitudes Inclusiones en Nómina

SOLICITUDES ATENDIDAS; 65.795

SOLICITUDES EN TRAMITE; 11,656

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Con corte a diciembre de 2015, la UGPP recepcionó 203.465 solicitudes de inclusión

en nómina, de las cuales se gestionaron 200.529, quedando en proceso 2.936 (1.905

en términos y 1.031 fuera de términos).

Gráfica No. 3

Gestión de Solicitudes de Nómina Pensionados UGPP - Diciembre/2011 – diciembre/2015

RECOBROS AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

Con el objetivo de establecer los factores estructurales que determinan el

comportamiento de la extracción de renta a través de los eventos No POS en el

Sistema General de Seguridad Social en Salud, se continuó interviniendo

preventivamente mediante visitas así como a través de oficios dirigidos tanto al

Ministerio de Salud y Protección Social como a la Superintendencia Nacional de

Salud, para lograr el pago de cartera vencida que se le adeuda a las Instituciones

Prestadoras de Servicios de Salud y que tienen a muchas clínicas y hospitales al

borde de la quiebra.

Así mismo, se atendieron las invitaciones por parte del Congreso de la República,

relacionadas con los debates de Control Político que se llevaron a cabo a los

diferentes actores del Sistema, acerca del pago de cartera vencida en las diferentes

regiones del país.

SOLICITUDES INCLUSION EN NOMINA

GESTIONADAS; 200.529

SOLICITUDES INCLUSION EN NOMINA EN PROCESO 2.936 (1905 en términos y 1031 fuera de términos)

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En los meses de noviembre y diciembre se llevaron a cabo dos (2) Audiencias con la

presencia, además de la Procuraduría, del Ministro de Salud y Protección Social, el

Superintendente Nacional de Salud y diferentes actores del Sistema, con la finalidad

de revisar los aspectos relacionados con el flujo de recursos.

CONSIDERACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FRENTE A LA T-760 -

DERECHO A LA SALUD - SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN

En desarrollo de la vigilancia superior con fines preventivos y de control de la gestión

pública, en pro del cumplimiento de las órdenes impartidas por la Honorable Corte

Constitucional en la Sentencia T-760 de 2008 y de los Autos que de ella se

desprenden, la Procuraduría realizó intervenciones ante el Ministerio de Salud y

Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, así como cuatro visitas de

verificación al cumplimiento de las respectivas órdenes, recaudando la información,

para posterior verificación de la gestión administrativa ejercida y de los avances

logrados. Fue así como el 23 de noviembre de 2015 se presentó un informe a la Corte

Constitucional sobre el seguimiento a la mencionada sentencia.

Con el objeto de generar nuevas políticas públicas para el goce efectivo del derecho

a la salud, se atendieron invitaciones a foros, seminarios y conversatorios con el

Ministerio de Salud y Protección Social, con la presencia de diversas Asociaciones de

Usuarios y actores del Sistema, en temas relacionados con las órdenes contenidas en

la referida sentencia. Se elaboraron informes, así como se dio respuesta a los

cuestionarios recibidos del Congreso de la República, con respecto al mismo tema.

También se atendieron quejas, peticiones y reclamos de pacientes y ciudadanía en

general, relacionados con la misma sentencia, tales como: negación de servicios,

citas con especialistas, medicamentos de alto costo, atención a pacientes con cáncer

y desacatos, entre otros.

EVALUACIÓN DE LINEAMIENTOS FRENTE AL CÁNCER EN COLOMBIA PARA

LA PROYECCIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS

En atención al trabajo de investigación que se llevó a cabo en la Procuraduría sobre

el tema del cáncer en Colombia, se continúa con la atención de las diferentes quejas

y reclamos de los pacientes de cáncer y enfermedades de alto costo en general.

Mediante oficio se requirió nuevamente al Ministro de Salud y Protección Social para

que se lleve a cabo la reglamentación contenida en el artículo 15 de la Ley Estatutaria

de la Salud, relacionado con las prestaciones de salud. En el mes de octubre, se

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atendió visita de las directivas del Instituto Nacional de Cancerología, relacionada con

la solicitud de “protección de la salud de los colombianos” respecto al cumplimiento

del “Convenio Marco de la OMS para el control del Tabaco”. En consideración a lo

anterior, se profirió la Circular 02 de 2015 en la que se insta a las autoridades

nacionales y territoriales a darle aplicación a la normatividad existente en materia de

control al consumo del tabaco.

GARANTÍA DEL ACCESO EFECTIVO AL DERECHO DE ATENCIÓN EN SALUD

Dentro de las muchas peticiones y quejas que recibe la Procuraduría, se encuentran

las relacionadas con la protección del derecho fundamental a la salud, enmarcado en

el acceso efectivo a su atención, vulnerado por las Empresas Promotoras de

Servicios de Salud (EPS), específicamente del régimen contributivo. En su mayoría,

van dirigidas a solicitar la intervención de este órgano de control ante las barreras

administrativas que las aseguradoras interponen para permitir el acceso a los

servicios de salud, con mayor frecuencia a las citas con especialistas, entrega de

medicamentos o realización de tratamientos médicos y quirúrgicos. De un total de 770

solicitudes atendidas, el 21.7% se relacionó con barreras administrativas en el acceso

a tratamientos para el control de enfermedades de alto costo, principalmente cáncer

en adultos, enfermedad renal crónica y un caso de VIH. 41.3% de los casos recibidos

provinieron de SaludCoop EPS, seguido por el 8,6% de EPS Compensar y el 6.5% de

Coomeva y Salud Total cada una, Sura, Sanitas, Cafesalud representaron el 4.3%

cada una y para finalizar, Caprecom, Golden Group, Aliansalud y Famisanar, con un

caso cada una, representaron el 2.17% cada una.

Entre los casos relevantes, por la cantidad de afiliados afectados por la decisión

unilateral de la Empresa Prestadora de Servicios de Salud, se está haciendo especial

seguimiento a la queja de la Veeduría Renal Nacional en contra de las EPS

Saludcoop, Caprecom, Comfacor, Cafesalud y MutualSer, por el traslado arbitrario,

inconsulto e intempestivo de los pacientes en tratamiento, de pacientes en terapia de

reemplazo renal (diálisis renal) en las ciudades de Montería, Neiva, Pereira y

Popayán, incumpliendo la Sentencia T-770 de la Corte Constitucional de octubre de

2011. En tal virtud, se requirió a la Superintendencia Nacional de Salud para que

ejerza su función de vigilancia y control de ese procedimiento y a las EPS Saludcoop

y Caprecom para que alleguen la evidencia del apego de sus acciones a la

normatividad vigente y a la referida sentencia. Ante el incremento de las denuncias y

eventos de complicaciones médicas y muertes de pacientes en terapia de diálisis

objeto del traslado, se iniciaron las investigaciones del caso.

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De igual manera, con base en la Resolución No. 064 de 2014, emitida por la

Defensoría del Pueblo ante la crisis humanitaria en el departamento del Chocó y

como respuesta a la convocatoria de la Corte Constitucional a la Mesa Técnica del 19

de marzo de 2015, la Procuraduría solicitó a la Defensoría los antecedentes de ese

acto administrativo, y al Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia

Nacional de Salud las respuestas enviadas a la Corte Constitucional. Así mismo, se

dio inicio a las respectivas investigaciones disciplinarias, con motivo de la denuncia

de ese organismo del Ministerio Público respecto de las muertes con ocasión de la

dilación en el proceso de referencia y contra referencia de pacientes a centros de

atención de mayor nivel de complejidad.

En virtud de la Directiva Conjunta 005 de 1° de Diciembre de 2014, por medio de la

cual el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo dispusieron el

seguimiento a las recomendaciones formuladas en la Resolución Defensorial 064 de

29 de septiembre de 2014, y ante el compromiso adquirido el 19 de marzo de 2015

ante la Corte Constitucional, se diseñó una matriz de seguimiento al cumplimiento de

la citada Resolución, que se implementó por las dependencias del Ministerio Público

encargadas de controlar la ejecución de los planes y el logro de los objetivos

propuestos por las entidades responsables.

Mediante oficios, se solicitó a dichas entidades territoriales informar el avance de las

acciones implementadas para dar cumplimiento a las 44 recomendaciones realizadas

a la Gobernación del Chocó y cada una de las alcaldías que conforman ese

departamento, con su respectivo soporte documental. Requerimientos que fueron

atendidos por parte de las alcaldías de Quibdó, Bajo Baudó, San José del Palmar,

Cértegui y Tadó, por lo cual se continúa el seguimiento con relación a las entidades

que no han dado respuesta.

SEGUIMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

La Procuraduría General de la Nación, como máximo órgano de control en Colombia,

viene realizando acciones de vigilancia en el diseño, aprobación y ejecución efectiva

de las políticas públicas para la prevención y la promoción de la seguridad y la salud

en el trabajo y la generación de trabajos en condiciones dignas y seguras.

En razón a que el 11 de julio de 2012 el legislativo expidió la Ley 1562, “por medio de

la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones

en materia de salud ocupacional”, la Procuraduría General de la Nación realizó las

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siguientes acciones durante el año 2015, en consideración a que el Gobierno

Nacional no había reglamentado algunos aspectos.

a. Se solicitó al Ministerio de Trabajo informar las gestiones adelantadas para

reglamentar los temas que a continuación se enuncian, sobre los cuales la

Coordinadora del Grupo de Promoción y Prevención de la Dirección de Riesgos

Laborales de dicho Ministerio dio las explicaciones del caso:

- Sistema de Vigilancia Epidemiológica para el Cáncer Ocupacional.

- Plan Nacional de Prevención del Cáncer Ocupacional.

- Listado de sustancias peligrosas para la salud y definición de actividades

preventivas para su manipulación.

- Procedimientos para verificar si las Instituciones Prestadoras de Servicios de

Seguridad y Salud en el Trabajo, cumplen los estándares mínimos del

Sistema de Garantía de la Calidad en Seguridad y Salud en el Trabajo y

Riesgos Laborales.

- Procedimientos para verificar si las Administradoras de Riesgos Labores

cumplen los Estándares Mínimos del Sistema de Garantía de la Calidad en

Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.

- Tabla de Clasificación de Actividades Económica para el Sistema General de

Riesgos Laborales.

- Criterios técnicos con base en los cuales las Entidades Administradoras de

Riesgos Laborales, focalizarán sus acciones en promoción y prevención para

fortalecer las actividades en las micro y pequeñas empresas.

- Vigilancia y control a las campañas y actividades que realizan las

Administradoras de Riesgos Laborales en las micro y pequeñas empresas.

- Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de todos los concejales

del país y de los ediles de los municipios cuya población sea superior a cien

mil.

b. Se requirió al Ministerio de Salud y Protección Social, frente a las acciones

adelantadas para reglamentar la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, con respecto a

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los siguientes temas, el cual fue debidamente atendido por el Director de

Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y

Pensiones de esa Cartera:

- Tabla de cotizaciones mínimas y máximas para cada clase de riesgo y las

formas en que una empresa pueda lograr disminuir o aumentar los

porcentajes de cotización de acuerdo a su siniestralidad, severidad y

cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

SG-SST.

- Las actividades preventivas que deben adelantar las empresas que procesan,

manipulan o trabajan con sustancias tóxicas, cancerígenas o con agentes

causantes de enfermedades laborales.

- Calificación en primera oportunidad del origen, la pérdida de capacidad

laboral y el grado de invalidez, así como el manejo de la calificación integral.

c. Se realizó seguimiento a las gestiones de vigilancia realizada por la

Superintendencia Nacional de Salud a las Entidades Administradoras de Riesgos

Laborales. Para tal efecto, se le solicitó informar si se llevaron a cabo las

correspondientes auditorías a las Administradoras de Riesgos Laborales; en

virtud de lo cual la Superintendente Delegada para la Supervisión Institucional

comunicó de la realización de las auditorías integrales a dichas Administradoras,

en lo relacionado con los servicios de salud y su remisión a la Delegada de

Procesos Administrativos de los conceptos técnicos de las visitas adelantadas a

las aseguradoras Mapfre, Colpatria y Aurora con el fin de que se analizara,

evaluara las acciones administrativas respectivas, teniendo en cuenta presuntas

irregularidades en la prestación de servicios.

d. Se solicitó a la Contraloría General de la República indicar las acciones de tipo

fiscal adelantadas para el control de los dineros que ingresan a las Juntas de

Calificación de Invalidez. Teniendo en cuenta que la Contralora Delegada del

Sector Social informó, que en atención al Ranking elaborado de acuerdo con el

nivel de riesgo de las entidades, las Juntas de Calificación de Invalidez se

ubicaron en un rango bajo, por lo cual, no se incluyeron para el ejercicio de

auditoría de ese año, se llevó a cabo una reunión con funcionarios de esa

Contraloría Delegada, con el fin de explicar los motivos por los cuales existe la

necesidad de realizar las auditorías a estas Juntas, conforme lo establece la Ley

1562 de 2012, por lo que se reiteró el requerimiento que desde el año 2013 había

formulado este órgano de control en tal sentido.

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En tal virtud, la Contraloría llevó a cabo su labor de fiscalización en la Junta

Nacional de Calificación de Invalidez, con base en la cual pudo establecer

veintisiete (27) hallazgos administrativos, que a su vez generaron dos (2)

traslados a la Junta Central de Contadores, uno (1) al Archivo General de la

Nación y una (1) solicitud de indagación preliminar, debido a deficiencias de tipo

presupuestal, contable, contractual, de sistemas de información, entre otras.

e. Se llevó a cabo control y vigilancia al cumplimiento de las obligaciones de los

diferentes actores para garantizar los derechos de los trabajadores que

desarrollan actividades de alto riesgo. Se expidió la Circular No. 001 de 20 de

Enero de 2015, mediante la cual se requirió al Ministerio de Trabajo,

Colpensiones, UGPP y demás organismos responsables, revisar la posición

institucional con relación a la negación de pensiones especiales de alto riesgo, de

manera que se acate la normatividad vigente y jurisprudencia del Altas Cortes

para su reconocimiento.

En consideración a lo anterior, se ofició a las entidades para que tuvieran en

cuenta las siguientes recomendaciones:

1) Aplicar la normatividad vigente y línea jurisprudencial de las Altas Cortes en

materia de mora del empleador y de pensiones de alto riesgo, en defensa de

los derechos de los afiliados beneficiarios de este régimen. Para tal efecto, las

administradoras del régimen de prima media deberán emitir directrices para

que los derechos de los trabajadores catalogados como de alto riesgo no sigan

siendo afectados como consecuencia de la omisión del empleador en el pago

de los aportes adicionales para esta clase de pensiones.

2) Es deber de las administradoras del régimen de prima media, efectuar el cobro

de los aportes en mora. Por parte de la UGPP se requiere fortalecer las

acciones de cobro coactivo, con el fin de evitar la evasión y elusión de aportes

al Sistema de Seguridad Social.

3) Por parte del Ministerio de Trabajo, se requiere una eficiente inspección,

vigilancia y control, frente a las empresas y entidades que desarrollan

actividades de alto riesgo. Para tal efecto, deberá informar a Colpensiones y a

la UGPP periódicamente las empresas con su respectivo NIT que tengan a su

cargo trabajadores de alto riesgo y solicitar a las empresas y entidades que

desarrollan, este tipo de actividades, fortalecer la prevención con el fin de

mitigar los riesgos de salud y seguridad de sus trabajadores.

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4) Se requiere fomentar el trabajo digno y decente, ya que las estadísticas solo

reportan el sector formal expuesto a este tipo de actividades.

5) Es indispensables que el Ministerio de Trabajo considere una normatividad que

proteja a los trabajadores, a quienes se les ve disminuida su calidad y

expectativa de vida saludable por la exposición a actividades de alto riesgo.

f. En cumplimiento de la Circular 017 del 29 de junio de 2011, relacionada con la

actualización de los Reglamentos de higiene y seguridad en labores de minería

subterránea y a cielo abierto, entre otros temas, se requirió al Ministerio de Minas y

Energía informar sobre la actualización del Decreto 1335 de 1987, “mediante el

cual se expide el reglamento de seguridad minera subterránea” y del Decreto 2222

de 1993, relativo al reglamento de higiene y seguridad industrial en las labores de

mineras a cielo abierto. Información que fue remitida oportunamente por esa

Cartera.

g. Se solicitó al Ministro de Salud y Protección Social informar los trámites

adelantados para reglamentar la Ley 1251 de 2008, “por la cual se dictan normas

tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los

adultos mayores” y para el adecuado funcionamiento del Consejo Nacional del

Adulto Mayor. Así mismo, las acciones llevadas a cabo para cumplir con las

responsabilidades que le asisten a esa Cartera en desarrollo de la Política

Nacional de Envejecimiento y Vejez 2007 – 2019. Requerimiento que fue

debidamente atendido por dicho Ministerio con las explicaciones del caso.

VIGILANCIA Y CONTROL PREVENTIVO FRENTE A LA POLÍTICA NACIONAL

DE DISCAPACIDAD

En virtud de la competencia preventiva y de control de gestión, durante el período de

análisis se llevaron a cabo las siguientes actividades frente a este tópico:

a. Se realizó seguimiento a los Comités Departamentales y Municipales de

Discapacidad (CDD y CMD), para lo cual se solicitó a los gobernadores y alcaldes

un informe sobre las gestiones adelantadas por sus despachos durante el 2015, en

materia de implementación de la Política Pública de Discapacidad.

b. En consideración a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1145 de 2007 y en

calidad de invitada, la Procuraduría participó en el Grupo de Enlace Sectorial

(GES), el cual tiene como función la construcción, concertación y coordinación

interinstitucional de planes, proyectos y programas del Consejo Nacional de

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Discapacidad – CND, en el que igualmente interviene la sociedad civil de la

discapacidad (Artículo 6° de la Ley 361 de 1997).

c. Participó igualmente en los Encuentro de Secretarías Técnicas de Comités

Departamentales y Distritales de Discapacidad, con el fin de dar a conocer las

acciones que se adelantan en materia de Política Pública de Discapacidad por

parte de la Procuraduría General de la Nación, en cumplimiento de la labor

preventiva y de control de gestión que le otorga la Constitución y la ley. De igual

manera, acompañó al Ministerio de Salud en las visitas realizadas a los Comités

Departamentales de Discapacidad en Montería y Amazonas, debido al

incumplimiento de compromisos establecidos el año anterior con dicho organismo.

HERRAMIENTA PARA EL CONTROL Y SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN

DE LA POLÍTICA PÚBLICA PARA LA REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE

SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

La Procuraduría General de la Nación en ejercicio de sus funciones constitucionales y

legales, especialmente en desarrollo de sus actividades preventivas, llevó a cabo una

investigación denominada “EVALUACIÓN Y PERSPECTIVAS DE LA POLÍTICA

PÚBLICA FRENTE A LA SALUD MENTAL Y, EN PARTICULAR, DE ATENCIÓN AL

CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN COLOMBIA”.

Esta investigación de carácter teórico-conceptual y descriptiva propone una

metodología y una herramienta para que este órgano de control realice seguimiento a

la implementación de la política de salud mental y la política de reducción del

consumo de sustancias psicoactivas, la cual está conformada por indicadores, que

permitirán establecer la línea base para el control preventivo por parte del Ministerio

Público en la implementación de la garantía en la atención integral a personas que

consumen ese tipo de sustancias.

Se espera que esta herramienta se convierta en: i) una guía para la implementación

de la política pública en la prevención y reducción del consumo de sustancias

psicoactivas, ii) soporte para la exigencia del derecho a la salud y acceso efectivo a

los servicios de salud de las personas con problemas de consumo, que de manera

voluntaria deciden aceptar un tratamiento para su rehabilitación y iii) guía de

seguimiento al apoyo en la resocialización de los consumidores de esas sustancias.

Los resultados de esta herramienta de control y seguimiento, aportarán al propósito

del encausamiento de principios y valores éticos, al restablecimiento de una mejor

sociedad, la convivencia sana, la recuperación y vivencia de los valores familiares y

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sociales, y a la armonización del Estado con la sociedad civil, redundando en el

desarrollo económico y social del país, bajo la perspectiva del respeto por los

derechos y la dignidad humana.

VIGILANCIA Y APORTES PREVENTIVOS FRENTE A LA POLÍTICA PÚBLICA DE

SALUD MENTAL

Seguimiento a las Administradoras de Riesgos Laborales

Se solicitó a las Administradoras de Riesgos Laborales un informe sobre los servicios

de asesoría y asistencia técnica brindados a trabajadores de la salud mental, cuya

labor se relaciona con la atención directa en consulta externa u hospitalaria, casos de

violencia fatal y no fatal, y atención psicosocial en situaciones de urgencia,

emergencia y desastres, así como, las estrategias implementadas para garantizar que

las empresas afiliadas incluyan y cumplan con el desarrollo del plan de trabajo anual,

dentro de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Una vez revisados los informes, se encontró que las Administradoras de Riesgos

Laborales no cuentan con programas específicos de asesoría y asistencia técnica

para empresas y trabajadores que laboran en salud mental, por cuanto continúan

enmarcando sus acciones de manera general en actividades de riesgo psicosocial.

Por lo anterior, se solicitó al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Salud y

Protección Social dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 21 de la Ley 1616 de

2013, en el sentido de reglamentar los lineamientos técnicos que deben aplicar las

Administradoras de Riesgos Laborales para el diseño, formulación e implementación

de estrategias, programas, acciones y servicios que requiere el talento humano que

trabaja en salud mental, en consideración a que el plazo fijado para dicho trámite, se

encuentra vencido.

Seguimiento al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC

Se requirió al Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –

INPEC informar las gestiones adelantadas por dicha Entidad para garantizar los

derechos de los enfermos mentales privados de la libertad, así como los programas

adoptados para la atención de los mismos y los problemas que se presentan, frente a

la presentación de los servicios de salud que requiere dicha población. En

consideración a lo anterior, la Dirección de Atención y Tratamiento del INPEC informó

que desarrolló actividades orientadas a la atención de la salud mental para la

población privada de la libertad, mediante programas de reducción del consumo de

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sustancias psicoactivas, prevención del suicidio y seguimiento a la prestación del

servicio en salud mental de los pacientes diagnosticados con enfermedades de ese

tipo; así como a través de directivas permanentes y ruta de atención a internos con

patología mental.

No obstante lo anterior, informaron que carecen de un programa integral por parte

del prestador de servicios de salud, el cual no garantiza la oportunidad con calidad y

continuidad de procesos terapéuticos en aras de mejorar la sintomatología de los

mismos. De igual manera, manifestaron que sólo dos (2) establecimientos de ciento

ocho (108) cuentan con atención de grupo interdisciplinario (psiquiatría, psicología,

terapia ocupacional, enfermería). En los demás establecimientos solo cuentan con

auxiliar de enfermería para el suministro de medicamentos y con médico psiquiatra

cada mes y/o tres meses, según criterio médico.

Por otra parte, según seguimiento de atenciones médicas psiquiátricas por parte de

CAPRECOM ESP-S, del 01 al 30 de Abril de 2015, se evidenciaron los siguientes

problemas frente a la prestación de los servicios de salud que requiere la población

con enfermedad mental:

- Las acciones de prevención y promoción, sólo se realiza a internos con patología

mental en dos (2) establecimientos de reclusión: EC Bogotá y EPMSC Cali;

quedando sin prevención y promoción el 99% de los internos.

- No hay seguimiento a reclusos que presentan intentos de suicidio.

- No se cuenta con servicio de psicología y terapia ocupacional, para todos los

establecimientos carcelarios y penitenciarios.

- No se posee red para hospitalización por salud mental.

También puso en evidencia que aunque la Dirección de Atención y Tratamiento del

INPEC le solicitó en repetidas oportunidades a la EPS-CAPRECOM, autorizar la

hospitalización en clínicas y/o hospitales de salud mental de la red, a siete (7)

internos de las EPMSC Medellín y Bellavista, EC Barranquilla CP Cúcuta, COMEB,

RM Bogotá, COMEB “La Picota”, no fue posible obtener respuesta.

Requerimiento a la Superintendencia Nacional de Salud

Teniendo en cuenta la información suministrada por el Ministerio de Salud y

Protección Social, las Administradoras de Riesgos Laborales y el Instituto Nacional

Penitenciario –INPEC, se solicitó a la Superintendencia Nacional de Salud adelantar

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las acciones necesarias para eliminar las siguientes barreras de acceso, a las que se

enfrentan las personas que requieren servicios de salud mental:

- Disminución progresiva de la capacidad instalada de camas hospitalarias y

servicios ambulatorios, asociada a tarifas que no cubren los costos de la

prestación de servicios de salud mental.

- Insuficiente recurso humano especializado en el área de salud mental en los

territorios.

- Falta de capacitación especializada al personal que trabaja en las regiones más

apartadas del territorio nacional.

- El no cumplimiento de la normatividad vigente para los servicios en salud mental

por parte de las EPS.

- No funcionamiento del sistema de referencia y contra referencia por intermediación

o ausencia de guías unificadas y consensuadas en las EPS.

- Falta de capacidad de respuesta de los servicios en salud mental prestados a los

pacientes.

- Desconocimiento de la condición de discapacidad del paciente mental.

- Falta de información, orientación y educación sobre los derechos y deberes del

usuario.

- No hay integralidad en el tratamiento. Ausencia de integralidad en la prestación de

los servicios de salud mental.

- Oferta insuficiente de redes de apoyo para pacientes institucionalizados.

- Poca capacidad resolutiva en el primer nivel.

- No hay redes activas para pacientes con patología psiquiátrica.

- Tiempo insuficiente para la consulta de salud mental.

- Ausencia de redes sociales que fortalezcan los servicios.

- Falta de capacitación en tanto en patologías mentales como en procesos de

atención.

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SEGUIMIENTO A OTRAS POLITICAS PÚBLICAS

En el marco del seguimiento a las políticas públicas, se imprimió una especial

vigilancia y seguimiento, desde la esfera técnico científica, con especial énfasis en

temas coyunturales de salud pública, como el proceso de vacunación contra el virus

del papiloma humano, que desde el último trimestre de 2014 ha sido objeto de

acciones judiciales coadyuvadas por la Procuraduría General de la Nación, en razón

a la recepción de quejas y solicitudes provenientes de diferentes regiones del país y

con amplia concentración en el municipio del Carmen de Bolívar.

En este caso se han hecho requerimientos al Ministerio de Salud y al Instituto

Nacional de Salud, con el fin el verificar el cumplimiento de los lineamientos técnicos

propuestos por estas entidades para garantizar la seguridad de las intervenciones en

salud de las niñas y adolescentes, objeto de la campaña de vacunación contra el

virus del papiloma humano.

En paralelo, se ha hecho el seguimiento a los planes de atención de la crisis en el

Carmen de Bolívar, suscritos por el Ministerio de Salud y Protección Social y se

revisaron los resultados de los estudios técnicos y científicos realizados por el

Instituto Nacional de Salud, con el propósito de confirmar o descartar la relación

causal de los signos y síntomas presentados por las niñas y adolescentes afectadas

con la vacunación contra el VPH, solicitando a las entidades responsables las

aclaraciones necesarias que permitan garantizar su atención integral, independiente

de la relación causal de la enfermedad con la aludida vacuna.

A pesar de los pronunciamientos del Ministerio de Salud y Protección Social

descartando dicha relación causal, la Procuraduría General de la Nación continúa

analizando en detalle los aspectos metodológicos de los estudios que garanticen la

confiabilidad de los mismos, así como las diversas publicaciones y evidencia, y las

quejas de niñas y adolescentes que presentan alteraciones en su salud y su dignidad,

presuntamente, por la vacuna contra el papiloma humano en diferentes ciudades del

país.

En otro escenario del seguimiento a las políticas en salud pública, a través de la

Circular 002 del 21 de enero de 2015, este órgano de control requirió al Ministerio de

Salud y Protección Social, al Instituto Nacional de salud, la Superintendencia Nacional

de salud, las Entidades Territoriales, las Empresas Administradoras de Planes de

Beneficios, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas y

dio instrucciones a las Procuradurías Regionales y Provinciales para que ejerzan las

acciones de prevención, atención, vigilancia y control para limitar el daño producido

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por la epidemia asociada al virus del chikungunya, como evento de interés en salud

pública, para el cual, el gobierno ha destinado recursos especiales entregados a las

diferentes entidades territoriales y ha adoptado lineamientos técnicos de obligatorio

cumplimiento en las zonas del territorio nacional susceptibles de propagación de la

fiebre del chikungunya. Así mismo, se realizó el monitoreo semanal del

comportamiento de la epidemia desde la perspectiva del Instituto Nacional de Salud y

la Organización Panamericana de la Salud.

1.1.10 Apoyo a Víctimas del Conflicto Armado

PROYECTO DE LEY 140 DE 2015 SENADO

A fin de brindar a la población víctima del conflicto una solución constitucional y legal

viable, el 17 de marzo de 2015, la Procuraduría General de la Nación presentó un

proyecto de ley, “por el cual se prorroga el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011- Ley

de Víctimas y Restitución de Tierras”, con el objeto de ampliar por un (1) año el plazo

para rendir declaración ante el Ministerio Público por hechos victimizantes ocurridos

antes del 10 de junio de 2011, ya que este término venció el 10 de junio de 2015, sin

que se haya logrado garantizar a la población víctima el tiempo necesario para

realizar dicha declaración, lo cual niega el acceso a la solicitud de inscripción en el

Registro Único de Victimas. Proyecto que aún cursa su trámite en el Congreso de la

República encontrándose en segundo debate en el Senado.

RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES PRESENTADAS AL PLAN

NACIONAL DE DESARROLLO RESPECTO DE LA IMPLEMENTACION DE LA

LEY 1448 DE 2011

En beneficio de la población víctima del conflicto armado a fin de ser tenidas en

cuenta en el trámite, discusión y aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, se

enviaron al Congreso de la República, a las Comisiones Terceras y Cuartas de

Cámara y Senado, así como a la Comisión Legal de Seguimiento a la Ley 1448 de

2011, las observaciones, consideraciones y recomendaciones de la Procuraduría

General de la Nación, teniendo en cuenta el documento presentado por el Gobierno

Nacional sobre las “Bases del Plan Nacional de Desarrollo”.

Este órgano de control hizo un estudio del capítulo 2 del documento en cuestión,

denominado “Colombia en Paz”, en el cual se hace un diagnóstico general de las

cifras en materia del conflicto armado, así como un balance de los logros y avances

en materia de atención, asistencia y reparación a las víctimas que se han alcanzado

por parte de la institucionalidad creada por la Ley 975 de 2005 y la Ley 1448 de 2011

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en cabeza de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Al

analizar el acápite 5D - Seguridad y Justicia para la Construcción de Paz: “Retos en el

fortalecimiento del Estado Social de Derecho para garantizar los derechos de las

víctimas y la transición a la paz”, en el que se establecen las metas que debe

alcanzar el Gobierno Nacional para el 2018 en materia de atención asistencia y

reparación integral a las víctimas del conflicto armado, se advierte que en el sector de

Inclusión Social y Reconciliación, la meta fijada para avanzar en materia de

reparación de víctimas para ese año, es de 1´000.000 de personas.

Lo anterior resulta sumamente preocupante, debido a que esto significa que a los

siete años y medio de la promulgación de la Ley 1448 de 2011, sólo se habrá

reparado, además de manera parcial y no integral, un 14% de las víctimas

reconocidas en el Registro Único de Víctimas (7.821.641). Lo anterior implicaría que

en un marco de dos años y medio se repare al restante de víctimas, ya que la

vigencia de la Ley es de 10 años y no se prolongará en estos momentos más allá del

mes de junio del 2021, de conformidad con lo establecido en su artículo 208; una

tarea que resulta inviable desde el punto de vista presupuestal e institucional. Ahora

bien, el Gobierno Nacional, a través de la Unidad para la Atención y Reparación

Integral Víctimas (UARIV), aclaró que de ese universo de víctimas solo son

susceptibles de atención y reparación 5.548.431, lo que implica que de acuerdo con

la meta trazada para el 2018, tan solo se llegaría a atender a un 18% de esta

población, es decir, cerca de 1.000.000 de víctimas.

Para el Ministerio Público resulta ser de gran preocupación que el documento de las

bases del Plan de Desarrollo bajo estudio reduzca las metas de atención y reparación

integral a las víctimas respecto de las metas presupuestadas por el Consejo Nacional

de Política Económica y Social - CONPES en el documento 3726 de 2012, en lo

atinente a la ruta de asistencia y generación de ingreso de las víctimas del conflicto

armado, por cuanto en el primero se indica que se formarán 150.000 víctimas para

potenciar su enganche laboral, en el marco de las rutas de empleo y autoempleo para

la reparación integral a 2018, mientras en el segundo se proyecta atender a

1.019.042 a 2021 en este mismo indicador. Lo anterior implica que en dos años y

medio se deberán atender 869.042 víctimas en el marco de esta ruta para alcanzar la

meta prevista en el referido documento, lo que resulta imposible, dado el análisis

presupuestal del mismo gobierno nacional para el cumplimiento de dichas metas

trazadas a 2018.

De igual manera, el indicador referente al acceso de las víctimas a las medidas de

rehabilitación física y mental, dista mucho de la meta planteada por el Consejo

Nacional de Política Económica y Social, ya que en el año 2012 se proyectó que a

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2021 se atenderían 3´000.000 de víctimas mientras que el Plan de Desarrollo se

planea atender en cuatro años a 1.875.570.

Esto equivaldría a atender en dos años y medio a 1.124.430 de víctimas. Si bien es

cierto que el documento CONPES se constituye en un documento técnico de

planeación que puede ser modificado en cualquier momento, también lo es que las

metas allí contenidas teóricamente implicarían la exclusión de cerca del 86% de las

víctimas del conflicto armado. Lo anterior representaría asignar una tarea gigantesca

para el siguiente gobierno, lo que marcaría desde ya la intención de prorrogar la

vigencia de la precitada ley, por la imposibilidad desde el punto de vista presupuestal

y operacional de atender a la totalidad de las víctimas del conflicto armado en el plazo

inicialmente previsto.

En materia de prevención y protección en la que se enfocan los 5 puntos restantes

del plan de gobierno, en el articulado del Plan Nacional de Desarrollo solo se estable

la creación del Sistema Integral de Prevención y Gestión de Conflictos, el cual en sí

mismo no es una estrategia que permita garantizar la seguridad y los derechos a la

vida, integridad física y personal de las víctimas del conflicto armado.

No se prevé ningún fortalecimiento a la Unidad Nacional de Protección como

institución responsable de la protección de las víctimas en situación de riesgo, que sí

contemplaba el documento de las “Bases del Plan de Nacional de Desarrollo” en lo

que respecta a la presencia regional de UNP, así como el mejoramiento de su

capacidad operativa.

En su parte introductoria el Plan define un cambio de metodología en la evaluación de

las políticas públicas, que ahora estará orientada a los resultados, por lo que es

menester revisar las metas que se plantean en cada uno de los objetivos, estrategias

y metas trazadoras, a fin de establecer el cumplimiento de los términos de la Ley

1448, es decir, año 2021, según lo allí previsto.

Si bien es cierto los recursos para la inversión y el gasto público siempre serán

limitados, es necesario que se evalúe y analicen los presupuestos que para la

viabilidad financiera del proyecto de ley presentó el Gobierno Nacional en su

momento, teniendo en cuenta el número de víctimas y el tiempo de vigencia de la ley

(10 años), en el acápite 5D Seguridad y Justicia Para la Construcción de Paz: Retos

en el fortalecimiento del Estado Social de Derecho para garantizar los derechos de

las Víctimas y la transición a la paz, se establece unas metas a 2018, que no se

ajustan a las planteadas en la exposición de motivos de la ley y que sirvieron de

fundamento para su aprobación ya que se planteó una viabilidad financiera, que

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presuponía una sostenibilidad en el tiempo de su vigencia, es decir, no puede

hablarse de que tan solo 1´000.000 de victimas avancen al 2018 en su ruta de

reparación integral y que de estas solo 830.000 hayan sido efectivamente

indemnizadas, pues al 2018 ya habrían transcurrido siete años de vigencia de la ley,

quedando solo tres años de vigencia, es decir que transcurridos 7 años de vigencia

de la ley solo se avanzó en la reparación integral del 18 por ciento del universo total

de víctimas registradas al día de hoy.

SEGUIMIENTO ACTUACIÓN CONSULADOS RESPECTO A LAS VÍCTIMAS DEL

CONFLICTO ARMADO

En la ciudades de Miami, Washington y New York, del 26 de febrero al 1 de marzo de

2015, se realizó seguimiento a los Cónsules de Colombia en el exterior, con el

propósito de evaluar su ejercicio e intervención respecto de la atención y la

prevención de aquellos casos de trata de personas, así como la identificación,

acompañamiento y asistencia necesarias para garantizar el respeto de los derechos

humanos de las víctimas de este delito, en virtud de las responsabilidades que les

corresponde a la luz de la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4800 del mismo año.

Como resultado de esta comisión, se realizaron 3 conversatorios con presencia de

403 colombianos y se atendieron un total de 62 víctimas radicadas en el exterior.

Las siguientes fueron las actuaciones efectuadas en virtud del citado seguimiento:

1. Visita al Consulado General de Colombia en Miami: Se sostuvo reunión con

funcionarios del consulado y se capacitó a 80 colombianos, entre ellos, la Cónsul

General y el Cónsul de Primera. Los temas abordados fueron: La PGN y su

mandato constitucional, la ley de víctimas y su implementación en el exterior y el

proceso de restitución de tierras. Finalizada la capacitación se atendieron 20

víctimas de forma personalizada.

2. Conversatorio Universidad Carlos Albizu- Colombianos residentes en La Florida

sobre protección de derechos fundamentales y ley de víctimas. Invitados

especiales el Dr. Luigi Boria, Alcalde de Doral y la Dra. Ana Paola Agudelo,

Representante a la Cámara por los colombianos residentes en el exterior. En este

evento participaron 150 connacionales quienes presentaron sus inquietudes y

solicitudes relacionadas con la protección de sus derechos fundamentales. Se

expresó la preocupación del Ministerio Público frente a la implementación de la ley

en el exterior, en especial, frente a la fecha en la que expira el plazo para declarar

el 10 de junio de 2015 y se comprometió con hacer las gestiones pertinentes para

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impulsar un proyecto de ley que amplíe este plazo. Se ofreció y dio atención

personal a 40 colombianos considerados víctimas.

3. Reuniones en el Departamento del Estado con el señor Stephen Rapp,

Embajador en Misión Especial para Asuntos de Crímenes de Guerra de la Oficina

de Justicia Penal Global de ese Departamento y con el señor William Duncan,

Director Andino de la Oficina de Asuntos Hemisféricos del Departamento de

Estado; paralelamente, el resto de la comisión atendió a dos líderes en el

Consulado de Washington.

4. Visita a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones

Unidas, esta reunión fue acompañada por el señor Miguel Camilo Ruíz Blanco,

Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Representante Permanente Alterno y

la señora María Paulina Dávila Dávila, Ministra Consejera.

En este espacio se expusieron las preocupaciones de la Procuraduría frente a la

implementación de la Ley 1448 de 2011 en el exterior y la importancia de contar

con el apoyo de las misiones diplomáticas, en especial, la acreditada ante la

Organización de Naciones Unidas para el ejercicio de información y todo lo

relacionado con la compatibilidad de la Ley con las disposiciones internacionales

de protección internacional. El Embajador Ruíz se comprometió a hacer lo

pertinente para divulgar la norma en el marco de la Asamblea General de la ONU.

5. Capacitación con los funcionarios de los Consulados de New York y Newark. Los

temas abordados fueron: La PGN y su mandato constitucional, la ley de víctimas y

su implementación en el exterior y el proceso de restitución de tierras.

En horas de la tarde se realizó conversatorio con 120 colombianos residentes en

Nueva York sobre protección de derechos fundamentales y la referida ley. Como

invitados especiales participaron los Cónsules Generales de Nueva York, Maria

Isabel Nieto y Newark, Christian Mauricio Rodríguez Anzola, así como Jaime

Buenahora, Representante a la Cámara por los colombianos residentes en el

exterior.

6. Conversatorio con 133 residentes de la ciudad de Nueva Jersey. Se trataron

todos los temas relacionados con la protección de los derechos fundamentales de

los residentes en el exterior. Paralelamente se realizó la atención personalizada a

20 colombianos en el Consulado de Nueva York.

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SESIONES DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO A LA LEY 1448/2011 Y

PARTICIPACION EN LAS SESIONES DEL CONGRESO DE LA

REPÚBLICA

De acuerdo con el artículo 201 de la ley 1448 de 2011, el mecanismo de monitoreo y

seguimiento a la Ley lo constituye la Comisión de Seguimiento y Monitoreo, la cual

está integrada por el Procurador General de la Nación o su delegado, quien la preside,

el Defensor del Pueblo o su delegado, el Contralor General o su delegado y tres (3)

representantes de las víctimas.

En cumplimiento de lo anterior, durante el 2015, la Procuraduría asistió a dos sesiones

de la Comisión Legal de Seguimiento a la Ley 1448 del Congreso de República, la

primera realizada el día 4 de marzo donde se discutió el tema del Plan Nacional de

Desarrollo 2014-2018, y la segunda, el 15 de abril, en la cual se discutió la situación

de los colombianos víctimas del conflicto armado en el exterior.

A esta reunión asistieron varios representantes de colombianos en países como

España, Estados Unidos, Ecuador, entre otros. Se logró identificar en dicho espacio,

que el desconocimiento de las normas y derechos que le asisten a la comunidad

colombiana en el exterior respecto a la atención y reparación, recae en gran medida

en los funcionarios de los consulados y embajadas, quienes en algunos casos no

entregan la mejor información y no generan los canales adecuados para que las

victimas accedan a las medidas que aplican fuera del territorio colombiano.

El 13 de mayo de 2015, en las instalaciones de la Defensoría del Pueblo de la

Regional de Valle del Cauca, se realizó un empalme de mesas de participación

efectiva de víctimas de los municipios de Trujillo, Tuluá, Buenaventura y Cali, en el

marco del seguimiento a la implementación de la ley 1448 de 2011.

Los días 14 y 15 de ese mismo mes, la Comisión de Seguimiento y Monitoreo realizó

en la ciudad de Santiago de Cali, la sesión territorial en el auditorio Gerardo Molina de

la Universidad Libre, siendo convocadas las entidades que conforman el SNARIV en

el orden municipal, departamental y nacional, de acuerdo a los territorios priorizados, a

fin de promover espacios de discusión con presencia de las mesas de participación

efectiva de víctimas; en dicha sesión se generaron 74 compromisos compartidos entre

dichas instituciones.

Del mismo modo, en el departamento de Norte de Santander, en la ciudad de Ocaña,

se llevó a cabo la misma jornada, a la que fueron convocadas las entidades con

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presencia institucional en los municipios de Convención, El Tarra, Teorama, Tibú,

Ocaña, adquiriendo 88 compromisos compartidos.

Con dichas sesiones se buscó conocer la oferta institucional y a la vez solucionar a

corto plazo las principales problemáticas y obstáculos para la eficacia de la ley de

víctimas en los nueve municipios priorizados (Tuluá, Cali, Buenaventura, Trujillo,

Convención, El Tarra, Teorama, Tibú y Ocaña) de las que cabe resaltar las falencias

en oferta institucional para planes o programas de atención en salud, educación,

vivienda, capacitación para el empleo y emprendimiento especial para la población

víctima.

ASISTENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICO EN JORNADAS DE TOMA MASIVA DE

DECLARACIONES

En atención de lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 1448 de 2011, según el cual

las víctimas del conflicto armado deben presentar una declaración ante Ministerio

Público para efectos de ser incluidas en el Registro Único de Víctimas, se llevaron a

cabo jornadas masivas de declaración en distintos municipios del país.

Es importante destacar que cada una de las jornadas se realizó con enfoque

diferencial, priorizando de esta manera la atención a las mujeres embarazadas o con

niños en brazos y a los adultos mayores.

Adicionalmente, teniendo en cuenta el desconocimiento y falta de acceso por parte de

los miembros de la Fuerza Pública a las diferentes herramientas que dan a conocer

las medidas de atención, asistencia y en algunos casos reparación, establecidas en la

Ley 1448 de 2011, la Procuraduría adelanta una estrategia que permita, con

colaboración de los agentes del Ministerio Público, adelantar jornadas especiales de

toma de declaración, a quienes como miembros de la Policía Nacional o del Ejército

se consideren víctimas del conflicto armado y quieran solicitar su inscripción en el

Registro Único de Victimas.

Fue así como durante el 2015 se llevaron 14 jornadas, en las que se recepcionaron

3.293 declaraciones de civiles y de miembros de la Fuerza Pública, como se muestra

en la siguiente tabla:

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Tabla No. 2

Jornadas de declaraciones víctimas del conflicto armado – año 2015

CIUDAD FECHA NÚMERO DE

DECLARACIONES

Bogotá 12 y 13 de febrero 206

Bogotá 5 de marzo 6

Barranquilla 24 y 25 de marzo 7

Cartagena 26 y 27 de marzo 21

Cali 16 y 17 de abril 32

Medellín 23 y 24 de abril 124

Turbo (Antioquia) 21, 22 y 23 de mayo 879

San Pedro de Urabá (Antioquia) 25 y 26 de mayo 493

Apartadó (Antioquia) 26 y 27 de mayo 263

Nueva Antioquia (Antioquia) 28 de mayo 232

San José de Nús (Antioquia) 30 de mayo y 1 de junio 132

Ovejas (Sucre) 3 de junio 103

Flor del Monte (Sucre) 4 de junio 168

Buenavista (Sucre) 6, 7 y 8 de junio 627

ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO A LAS COMISIONES Y

SUBCOMISIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN MATERIA DE JUSTICIA

TRANSICIONAL

La Comisión Nacional del Ministerio Público realizó 11 reuniones en la modalidad de

videoconferencias con diferentes Comisiones del Ministerio Público para la Justicia

Transicional, donde se han efectuado recomendaciones y seguimiento a las

diferentes actividades desarrolladas en los departamentos, impulsando su actuación

como Ministerio Público en el territorio.

VISITA A CONSULADOS EN ESPAÑA

En el marco de las funciones preventivas asignadas constitucionalmente a este

órgano de control, durante los días 25 a 30 de mayo de 2015 se llevó a cabo visita al

Consulado de España, con el fin de brindar orientación, atención y asesoría a los

colombianos en el exterior, que se consideran víctimas del conflicto armado interno,

cuyas actividades, en forma general se describen a continuación:

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- El 25 de mayo se realizó visita al Consulado de Colombia en Madrid. Se asistió a

reunión con funcionarios del Consulado y representantes de organizaciones de

colombianos víctimas, residentes en España. Posteriormente se asistió al

conversatorio, en el que participaron aproximadamente 200 colombianos.

- El 26 de mayo se asistió al Consulado de Colombia en Barcelona a un almuerzo de

trabajo en el cual, se escuchó un informe por parte de la Cónsul acerca de la

implementación de la Ley 1448 de 2011 y prevención del delito de trata de personas,

la asistencia jurídica y psicosocial prestada tanto a detenidos como a sus familiares.

Posteriormente, se realizó un conversatorio con los colombianos residentes en la

Comunidad Autónoma de Cataluña, en el que participaron alrededor de 150

personas.

- Del 27 al 30 de mayo se realizaron jornadas de asesoría y orientación a los

colombianos que lo solicitaron. Se brindó atención personalizada a un total de 77

personas. De algunas se recibió documentación para iniciar trámites de intervención

ante la Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas, y a otras se les explicó

el alcance de las medidas de reparación integral contenidas en la Ley de Víctimas y

Restitución de Tierras.

PRESENTACION DEL INFORME ANUAL DE SEGUIMIENTO A LA LEY 1448 DE

2011

Teniendo en cuenta el Informe de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley

1448 de 2011 y atendiendo la citación que la Comisión Legal de Seguimiento del

Congreso de la República hiciera para la sesión del 16 de septiembre de 2015, la

Procuraduría presentó el Segundo Informe de la Comisión de Seguimiento y Monitoreo

a la Ley de Victimas y Restitución de Tierras, que reúne los diferentes hallazgos,

diagnósticos y recomendaciones sobre el diseño, implementación y ejecución de la

Ley, teniendo en cuenta un universo de víctimas de más de 7´558.854 colombianos,

distribuidos en cuatro capítulos, así: i) Introduccion; ii) Diagnóstico general; iii) Mirada

regional; y iv) Conclusiones y recomendaciones.

La Procuraduría resumió ante los Senadores, Representantes y la Directora de la

Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Victimas, que el informe

constituye el resultado del trabajo que durante un año realizó la Comisión en el

territorio nacional y con la priorización de algunos territorios, que para el año 2014

fueron Magdalena, Antioquia, Bolivar, Putumayo y Meta, y para el 2015: Norte de

Santander y Valle del Cauca.

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De este informe cabe destacar la detección de cinco hallazgos, sobre los cuales la

Comisión solicitó una sesión especial posterior, en la que se le permita exponer cada

uno de sus puntos, con la plena participación de los tres representantes de las

7.821.641 víctimas a nivel nacional:

1. Falta de financiación de la implementación de la ley.

2. Falta de herramientas y nivel jerárquico de la UARIV para asumir la coordinación

de todo el sistema SNARIV.

3. Falta de articulación Nación - Territorio.

4. No se ha garantizado la reparación Integral de manera proporcional al universo de

víctimas reconocidas así por el Estado.

5. No se ha garantizado el cumplimiento mínimo de las metas trazadas en restitución

de tierras. La política pública en restitución de tierras es tardía porque solo se han

restituido 35.000 hectáreas (por ruta ordinaria no étnica) que equivalen solo al

0.5% de las 7.093.900 hectáreas que, según la Contraloría se deben restituir.

Se hizo un importante llamado de atención para que el gobierno nacional y los

correspondientes en los territorios locales asuman con compromiso las obligaciones

legales frente a la comunidad víctima del conflicto armado y a partir del diseño de la

institucionalidad, de la política pública y del presupuesto general, se dote de

herramientas al Estado en su conjunto para el cumplimiento legal y posible reparación

integral efectiva a más de siete millones de víctimas.

SEGUIMIENTO PROCESOS DE DESARME, DESMOVILIZACION Y

REINSERCION (DDR)

En ejercicio de las funciones de prevención y control a la gestión que desarrolla la

Procuraduría sobre las entidades y organismos que hacen parte del Sistema Nacional

de Atención y Reparación Integral a las Victimas -SNARIV- y demás entidades a cargo

de la política pública en materia de justicia transicional, se adelanta un conjunto de

actuaciones cuyo objetivo general es el seguimiento y control a los procesos de DDR y

en especial a la desvinculación de menores de edad de grupos armados al margen de

la ley, como garantía de no repetición, que permita a su vez analizar y evaluar la

eficacia y pertinencia de la oferta institucional en esta materia. Es así como en el

período de análisis, se llevaron a cabo las siguientes:

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1. Visita a la Oficina del Alto Comisionado de Paz

En esta visita se logró conocer toda la normatividad en la que se ha basado el

Gobierno Nacional para avanzar en el proceso de paz en La Habana. Igualmente

conocimos de la ruta y el proceso que se llevó a cabo con las desmovilizaciones

colectivas, la forma en la que se certifican a los desmovilizados y las cifras que

arrojan el número de desmovilizaciones colectivas hasta el 2012. Actualmente no se

han efectuado desmovilizaciones colectivas después de las que se dieron con las

Autodefensas y como institucionalidad esperan prepararse para las futuras que

eventualmente se produzcan en el marco de las negociaciones con las FARC-EP y la

firma del acuerdo final.

2. Visita al ICBF

Frente a la población desmovilizada y en particular frente a los niños, niñas y

adolescentes “desvinculados” en el marco del conflicto armado interno, se solicitó la

designación que hiciera la Dirección del ICBF para que los funcionarios encargados

del manejo de los programas, ejecución presupuestal, cifras y estadísticas, entre

otras temáticas, que a la fecha desarrolle el Instituto de Bienestar Familiar, pudieran

dar cuenta a este órgano de control de los procesos en los cuales tenga injerencia su

dependencia, teniendo en cuenta las competencias y funciones que le han sido

encargadas.

En esta reunión con el personal a cargo se conocieron de los diferentes programas

que adelanta el ICBF sobre la población desvinculada del conflicto armado interno.

Se conoció la ruta que desarrolla ese Instituto una vez el menor es desvinculado de

un grupo armado al margen de la ley, el restablecimiento de derechos y la asistencia,

acompañamiento y garantía de los mismos. Se conoció de la ruta de construcción de

ciudadanía, así como la de reparación integral y la preparación que brinda la

institución para el egreso cuando son mayores de edad o cuando adquieren su

independencia con un medio socio familiar (Hogar tutor o gestor). Igualmente

conocimos de los principales retos y problemas con los que llega esta población y

sorprendentemente que ningún menor desvinculado es sujeto de adopción.

3. Visita al Grupo de Atención Humanitaria al Desmovilizado en Suesca -

Cundinamarca

Se interactuó con los 24 desmovilizados, que en su mayoría tenían más de 20 años

de haber estado vinculados a las FARC-EP. Conocimos el hogar de paz que se ha

creado para su asistencia permanente y alojamiento durante el tiempo en el que se

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verifican sus documentos y resulta ser el preámbulo en el que se sensibilizan y

preparan para el posterior proceso que inicia con la Agencia Colombiana de

Reintegración; estancia en la que pueden durar máximo tres meses.

Se conocieron de algunas causas y circunstancias que llevaron a que dichas

personas hicieran parte de la filas de las FARC, de las que cabe resaltar la falta de

asistencia o presencia del Estado en zonas rurales donde la guerrilla se convirtió en

la única opción de vida de los ciudadanos y en la mayoría de casos de los niños y

jóvenes. El reclutamiento forzado es la segunda causa de dicha vinculación.

4. Visita a Pastoral Social Penitenciaria

En esta visita dimos a conocer a Pastoral Social penitenciaria la acción preventiva

que se estaba llevando a cabo para lograr su apoyo para el ingreso a la cárcel La

Picota y en la labor que permita difundir la importancia de la reconciliación para la paz

y la preparación que tanto desmovilizados, como víctimas y sociedad debemos tener

en la cultura del perdón y la aceptación, para poder construir caminos más

democráticos y de convivencia. A través de Pastoral Social se hizo llegar la carta de

solicitud de entrevista a tres desmovilizados postulados a la Ley de Justicia y Paz

(Ley 975 de 2005), con fin de obtener su testimonio frente a la desmovilización y el

proceso que se espera a futuro frente a las víctimas. El 15 de octubre de 2015, se

logró dialogar con los señores Manuel de Jesús Piraban, Edward Cobos y Ramón

Isaza, quienes se encontraban cumpliendo su pena intramural en La Picota, próximos

a obtener su libertad por cumplimiento del tiempo de pena alternativa (8 años),

establecida en la Ley de Justicia y Paz.

En el marco de esta actividad, se ofició a las entidades y organismos que hacen parte

del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas -SNARIV- y

demás entidades a cargo de la política pública en materia de justicia transicional, de

las que se obtuvieron varios informes sobre su desarrollo y otros elementos que

hacen parte del Informe parcial sobre la acción preventiva, presentado en el mes de

octubre de 2015, y cuyo compilado definitivo se presentará una vez cumplido y

evaluado el seguimiento del primer trimestre del año 2016.

CIRCULAR CONJUNTA PGN-CGR No. 018 DE 2015

La Procuraduría General de la Nación, en coordinación con la Contraloría General de

la República, expidió la Circular Conjunta No. 018 2015, mediante la cual se dieron

especiales pautas para el proceso de empalme entre las administraciones salientes y

las entrantes.

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Esta Circular, en su literal h), específicamente hace referencia a las obligaciones que

les asiste a los gobiernos locales en relación con la política pública de atención a

víctimas del conflicto armado, y obliga a los gobernadores y alcaldes a suministrar

información a los órganos de control, así como a los representantes de las mesas

municipales y departamentales de víctimas del conflicto armado, sobre la gestión de la

entidad territorial en materia de prevención, protección, atención, asistencia y

reparación integral a las víctimas del conflicto armado, cuya documentación soporte

debía permitir evidenciar su entrega al equipo de la Administración entrante.

A esta información se le está haciendo seguimiento en los 32 departamentos del país

con el fin de garantizar que se lleve a cabo un proceso de empalme que permita a los

nuevos gobernantes conocer los retos que su institucionalidad debe asumir frente a la

población víctima del conflicto armado.

SESIONES DE LA COMISION REGIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA LA

JUSTICIA TRANSICIONAL (CRMPJT) DE CÓRDOBA, NARIÑO Y LA GUAJIRA,

CON ACOMPAÑAMIENTO DEL NIVEL CENTRAL

Durante los días 15 y 16 de octubre de 2015 se realizó sesión extraordinaria de la

CRMPJT en el departamento de Córdoba, la que se impartió lectura de la Resolución

No. 550 del 7 de noviembre de 2013, particularmente de su artículo 4, parágrafos

primero y segundo, indicativos de quien puede convocar a sesión de la Comisión

Regional, así como que la Comisión sesionará trimestralmente, iniciando en el mes de

enero.

Los informes analíticos de dicha Comisión se presentarán dos al año, en los meses de

mayo y noviembre, y estos a su vez servirán a la Comisión Nacional como insumo

para el informe anual al Congreso de la República. Los informes de gestión los cuales

son cuatro al año, deben presentarse en los meses de enero, marzo, julio, septiembre.

Se Indicó además que la función primordial de la Comisión Regional es el seguimiento

al cumplimiento de las entidades territoriales, según lo ordenado en la ley 1448/11, en

materia de la asignación presupuestal y demás asuntos relacionados con la población

víctima. Por lo tanto, es indispensable hacer uso de la “Herramienta de Seguimiento y

Monitoreo para la Implementación de Políticas en Materia de Justicia Transicional”, la

cual se socializó, explicando que los nueve componentes que posee, y que para una

mayor eficacia en su manejo, deben ser conocidas y aplicadas por los personeros

municipales, ante la imposibilidad por parte de la CRMPJT de hacer presencia en

cada uno de los municipios; sin embargo, la responsabilidad de su aplicación es

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competencia de la CRMPJT. Los componentes se pueden clasificar por grupos y por

períodos para su evaluación, aplicando mínimo cuatro componentes por semestre,

dejando claro que la dinámica de selección de municipios para su evaluación es

potestad de la Comisión, con la condición que en las zonas priorizadas, la aplicación

de la herramienta es de carácter obligatorio.

Se hizo referencia a la planeación y planificación del plan de acción, partiendo de un

análisis situacional del contexto de la región, identificando ejes problemáticos de cada

municipio para la aplicación de la herramienta. Igualmente, de estos ejes identificados

dependerá el análisis o problemáticas focalizadas, por ejemplo, el seguimiento que la

Comisión Regional ha realizado al caso del Retorno a las parcelas de Santa Paula y

Cedro Cocido, con el fin de ser visualizada la tarea a la Comisión Nacional.

Se mencionó la Circular Conjunta PGN-CGR 018 del 3 de septiembre de 2015,

anteriormente reseñada, realizada conjuntamente entre el Procurador General y

Controlador General, en la que se insta a los actuales alcaldes y gobernadores a

rendir informe de gestión y realizar empalme de su gestión, en el mes de enero de

2016. Estos informes tienen que ser supervisados por Control Interno, Personería

Municipal, Contraloría Departamental, Procuraduría Regional y Provincial. La Corte

Constitucional en el auto 383 de 2010 determinó que la apropiación presupuestal tiene

que ser clara, discriminada y ejecutada proporcional al número de víctimas del

municipio. Todo programa realizado para las víctimas debe quedar contemplado en el

Plan de Acción Territorial (PAT), que es el instrumento que establece el norte en

materia de políticas públicas; en él se debe discriminar los recursos que van a ser

destinados para población vulnerable o población víctima. El PAT debe estar inscrito

por el alcalde en el Plan de Desarrollo del municipio.

Durante los días 29 y 30 de octubre de 2015, se reunió la Comisión Regional del

Ministerio Público para la Justicia Transicional, con el fin de revisar las acciones

adelantadas por la Comisión Regional de Nariño en el transcurso del año.

La Comisión expresó el seguimiento que ha realizado a la construcción de los Centros

Regionales de Atención a Víctimas en los municipios de Ipiales y de Pasto, así como a

los albergues de los mismos, indicando que pese a que la Unidad de Víctimas destinó

unos recursos para su construcción, ésta no se llevó a cabo. Razón por la cual se citó

a los alcaldes de dichos entes territoriales para que rindieran cuentas sobre el tema,

quienes aclararon que debido a la Ley de Garantías, no fue posible realizar las

contrataciones respectivas.

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En esas jornadas también se habló sobre la estrategia que debiera tenerse en el

marco de la aludida Circular 018 de 2015. De igual manera informaron sobre el

funcionamiento y la metodología que tienen para el tema de los albergues, toda vez

que la Defensoría tenía la información de que no hay un buen servicio y las normas de

convivencia afectan a las personas LGBTI. Para la verificación de tal información, la

Procuraduría se comprometió a realizar una visita administrativa a fin de corroborar el

estado de las instalaciones, los programas de convivencia y de atención psicosocial.

Igualmente, el día 10 de diciembre se participó en la sesión formal de la Comisión

Regional del Ministerio Público para la Justicia Transicional de La Guajira, en la cual

se les brindó la retroalimentación a la gestión realizada durante el período de análisis,

enfatizando sobre los resultados a lograr bajo la óptica de la optimización de la

articulación entre la Procuraduría Regional y la Defensoría Regional de La Guajira, y

las Personerías Municipales de ese departamento, dada su relación directa con la

ciudadanía en cada localidad, para optimizar el ejercicio del control preventivo;

denotando además sobre la importancia de la vigilancia a la implementación de los

Decretos ley 4633 y 4635 de 2011, correspondientes a la aplicación del enfoque

diferencial étnico en materia de atención y reparación integral a las víctimas del

conflicto armado y dirigida a pueblos indígenas y comunidades negras y

afrodescendientes respectivamente, y que hacen parte de la mayor población afectada

por el conflicto armado en ese ente territorial.

El 11 de diciembre se efectúo el evento de divulgación y seguimiento de lo realizado a

esa fecha sobre la aplicación de la Circular Conjunta PGN-CGR No. 018 del 3 de

septiembre 2015, al cual asistieron alrededor de 30 personas, entre ellas, los alcaldes

electos de Riohacha, Dibulla, Maicao y San Juan.

ACOMPAÑAMIENTO ALCALDES SALIENTES Y ENTRANTES DE LOS

DEPARTAMENTOS DE ANTIOQUIA Y CÓRDOBA

En virtud de su función preventiva, la Procuraduría participó en la reunión llevada a

cabo el día 27 de noviembre en el municipio de Rionegro - Antioquia, con los alcaldes

salientes y entrantes de los departamentos de Antioquia y Córdoba y sus equipos de

empalme dentro de la estrategia de “Orientaciones para un empalme exitoso”, a la

cual asistieron aproximadamente 800 personas. Evento donde se les brindó las

orientaciones y parámetros técnicos inherentes a incluir dentro del informe de

empalme, su gestión programática durante la vigencia 2012 a 2015 y la ejecución

presupuestal realizada por cada administración en materia de atención y reparación

integral a las víctimas del conflicto armado, conforme a lo determinado en el literal (h)

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de la Circular Conjunta No. 018 del 3 de septiembre 2015, suscrita por el Procurador

General de la Nación y la Contraloría General de la República.

Igualmente, se le brindó a las autoridades entrantes la información legal y técnica

general respecto a la debida formulación de los Planes de Desarrollo Territoriales,

donde se garantice la articulación de estos instrumentos de planificación con la

formulación de los Planes de Acción Territorial definidos por la Ley 1448 de 2011 y el

Decreto 4800 del mismo año, sobre los cuales además se deberá garantizar las

apropiaciones presupuestales suficientes, para una óptima implementación de la

política pública en atención y reparación integral de víctimas, ello en concordancia con

el Plan Nacional sobre esa materia y el Plan Nacional de Desarrollo.

NUEVA HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE LA

POLÍTICA PÚBLICA PARA LAS VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO EN EL

TERRITORIO

La Procuraduría General de la Nación realizó convenio con el Ministerio del Interior a

fin de incluir en la medición de la política pública que se realiza a través del “Sistema

de Información, Coordinación y Seguimiento Territorial de La Política Pública de

Víctimas del Conflicto Armado Interno – RUSICST”, el INDICE TERRITORIAL DE

REPARACION INTEGRAL – ITRI, el cual tiene como propósito, conocer el nivel del

diseño e implementación de las medidas de reparación integral en los territorios. En tal

sentido el seguimiento a la política pública a través de esta herramienta permite que

haya mejor articulación en la institucionalidad, pues el RUSICST ya lo conocen las

autoridades municipales y departamentales, y el lenguaje de las nuevas preguntas del

ITRI refiere a cada componente en reparación integral específicamente y permite que

exista la mayor facilidad y comprensión en el diligenciamiento del formato.

El primer diligenciamiento de la herramienta se llevó a cabo del 17 al 29 de diciembre

del año 2015, respecto a las acciones ejecutadas durante el año 2014. Fue aplicada

en 1.123 municipios del territorio nacional, de los cuales 1.100 diligenciaron la

plataforma RUSICST y 900, respondieron preguntas del ITRI. Esta actuación tenía

como objetivo realizar un piloto que permitiera establecer la pertinencia de la

preguntas, según los datos que arroja la medición e implementar los ajustes sobre

dicho instrumento.

En consecuencia, en aras del fortalecimiento y mayor claridad en el proceso, el 30 de

noviembre de 2015 se expidió un memorando, dirigido a las Procuradurías Distritales,

Regionales y Provinciales, para efectos de que realicen el control de gestión a

gobernadores y alcaldes, sobre el diligenciamiento del “Sistema de Información,

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Coordinación y Seguimiento Territorial de la Política Pública de Víctimas del Conflicto

Armado Interno” – RUSICST”. Así mismo, se les promueve e impulsa en el sistema

preventivo a través de grupos de seguimiento, que tienen un funcionario a cargo de

cada departamento, denominado “gerente”, quien dialoga permanentemente con el

Ministerio Público en territorio.

1.1.11 Restitución de Tierras

Resultados relevantes alcanzados en materia de protección de los

DDHH

La Procuraduría adelantó de manera preventiva en el Tolima el trámite relacionado

con el caso del señor Álvaro Hernán Gutiérrez Duarte, en cuanto a la defensa de las

garantías procesales administrativas de las víctimas y todos los intervinientes del

proceso de restitución de tierras. Se solicitó a la UAEGRTD la información respectiva,

la cual se puso en conocimiento del solicitante y una vez analizada, el 8 de julio de

2015 se practicó visita especial a esa Unidad para inspeccionar los expedientes

correspondientes. Adicionalmente, se remitió copia de lo actuado a la Defensoría del

Pueblo a fin de que estudiaran lo pertinente y determinaran la viabilidad de

representar judicialmente al petente.

Una vez practicada la visita, se definió la necesidad de presentar una acción de tutela

en contra de la Unidad por violación del derecho al debido proceso del solicitante, en

tanto aparece acreditado que fue indebidamente notificado e indebidamente corridos

los términos de interposición del recurso de reposición, lo cual conllevó a rechazarle

su impugnación, presentada oportunamente.

Al efecto, se llevó a cabo reunión con el usuario en la que fue informado de los

resultados de la preventiva y autorizó expresamente la interposición de la tutela a su

nombre, la cual se instauró el 21 de agosto de 2015, correspondiéndole por reparto al

Juzgado Primero Laboral del Circuito de Ibagué, que fue resuelta favorablemente y

confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior de esa misma ciudad.

La intervención de la Procuraduría permitió poner en relieve graves fallas de

aplicación de las normas procesales en materia de restitución de tierras, que estaban

vulnerando el debido proceso de las víctimas, y efectuar las correcciones que

permiten hoy un mejor acceso a la oferta estatal disponible para estas personas,

aspecto trascendental a fin de garantizar tales derechos.

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Seguimiento a las políticas públicas respecto del proceso de restitución de

tierras

Con el fin de identificar avances y falencias del proceso de restitución de tierras, y

formular recomendaciones sobre esta política pública, se llevaron a cabo visitas a 18

sedes territoriales de la Unidad de Restitución de Tierras, 36 Juzgados

Especializados en Restitución de Tierras y 5 Tribunales, en las que aplicó un

cuestionario diseñado por este órgano de control.

Los resultados de esta actividad se condensaron en un informe que fue comunicado a

la Comisión de Seguimiento a la Ley 1448 de 2011 y a la Unidad de Restitución de

Tierras (nivel central). Se destaca las siguientes conclusiones y recomendaciones:

1. Durante el período junio 2011 a 30 de abril de 2015, la UAEGRTD ha decidido

microfocalizar 343 zonas, atendiendo los criterios de seguridad, densidad

histórica del despojo y condiciones para el retorno. Durante el 2014 la

microfocalización tuvo un estancamiento que se fue superando en el primer

cuatrimestre del año 2015.

No obstante y más allá del avance que se exige por varios sectores en la

microfocalización, el interés de este trámite debe estar encaminado únicamente a

garantizar que el proceso de restitución de tierras al que accedan las víctimas, se

lleve a cabo en zonas donde sea posible restituir jurídica y materialmente los

predios y donde finalmente se podrá garantizar el goce efectivo de derechos,

pues de nada servirá habilitar zonas para presentar solicitudes, generando

expectativas entre la comunidad, para luego ser revocadas o suspendidas, como

ha sido el caso de Putumayo.

2. La presentación de solicitudes año a año ha variado significativamente,

mostrando decrecimiento en este punto. La meta mencionada en el CONPES

3712 es que la UAEGRTD recibiría y tramitaría alrededor de 360.000 solicitudes

durante los 10 años de vigencia de la Ley 1448 de 2011. Sin embargo, han sido

presentadas ante las Direcciones Territoriales 81.048 requerimientos en estos

cuatro años. Esto lleva a formular varios interrogantes:

¿Aún hay desconocimiento del proceso de restitución de tierras?; ¿Hay temor

entre los posibles solicitantes de acceder al proceso por amenazas o nuevos

hechos victimizantes?; ¿Existe desinformación sobre el alcance de la medida de

restitución de tierras?; ¿Existe desconfianza frente a las instituciones

involucradas en el proceso?; ¿Lo que ha sido el proceso de restitución de tierras

hasta el día de hoy no genera la suficiente credibilidad en la comunidad?

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3. Al no contar con cifras oficiales sobre el abandono y despojo real de tierras en

Colombia, medir la eficacia de la política pública de restitución de tierras se torna

complejo, puesto que no hay un criterio que permita determinar qué tan efectiva

ha sido la política respecto a la restitución jurídica y material de los predios

abandonados y despojados a causa del conflicto armado.

4. Es necesario y urgente que el Gobierno priorice la actualización del sistema

catastral y registral, pues de esto depende que la formalización de la propiedad

en Colombia sea una realidad. Ello también beneficiaría el proceso de restitución

de tierras, pues en la fase administrativa se superarían las dificultades

relacionadas con la identificación e individualización de los predios solicitados en

restitución de tierras, y en la fase posfallo la restitución jurídica de los mismos.

5. Es indispensable que todas las Direcciones Territoriales cuenten con la

información sobre la forma de victimización, para estructurar los estudios

formales que terminarán con la resolución de inclusión en el RTDAF y,

posteriormente, con la demanda en sede judicial.

6. La Circular DJR-001 de 2015, dirigida a las Direcciones Territoriales, dispone

incluir en el RTDAF los predios de los solicitantes que son propietarios

retornados. Esta directriz, en suma, ordena a esas Direcciones no asumir la

representación de las víctimas en estos casos. Se considera que el alcance de

esta directriz, debe convertirse en un punto obligatorio de la posible reforma a la

Ley 1448 de 2011, pues de lo contrario, negar la representación de los

solicitantes que sean propietarios retornados con base en esta circular, generaría

confusión en ellos y en las entidades que están llamadas a cumplir las medidas

complementarias a la restitución de tierras, principalmente, la UARIV, en los

términos que señala el artículo 66 de Ley 1448 de 2011.

Queda una pregunta por resolver: ¿El seguimiento posfallo que realizan los

jueces no solo a la restitución jurídica y material de los predios sino también a las

medidas complementarias, por qué entidad sería asumida, sabiendo que la Ley

1448 de 2011 otorgó dicha competencia en los despachos judiciales?.

7. En la fase administrativa se han presentado 624 desistimientos. Preocupa que

los solicitantes no deseen continuar con el proceso debido a la falta de

información sobre las implicaciones y el alcance de la medida de restitución de

tierras o por el temor al retorno.

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Esto lleva a recomendar a las UAEGRTD, mejorar la metodología usada para

socializar el proceso entre la comunidad y a hacer un estudio detallado y riguroso de

las razones que pueden motivar estos desistimientos. Se ha tenido conocimiento de

casos de solicitantes que afirman haber sido inducidos a presentar reclamaciones

ante las direcciones territoriales, a pesar de tener dudas sobre el derecho que les

asiste.

8. Se reconoce a las Direcciones Territoriales, el hecho de poner en conocimiento

de la Fiscalía General de la Nación, los 178 casos de presuntas falsas víctimas

que han pretendido obtener el registro de predios en el RTDAF, pues esto genera

confianza en el trabajo juicioso y minucioso que debe hacer la UAEGRTD

respecto a las personas que presentan las solicitudes.

9. Se encontró una clara imprecisión sobre la información reportada por las

Direcciones Territoriales y los Juzgados Especializados en Restitución de Tierras

en cuanto a las demandas presentadas en sede judicial. Dichas Direcciones

manifiestan haber presentado en sede judicial 4.058 demandas. Los Juzgados

Especializados dicen haber recibido 3.942 demandas, es decir, 116 demandas

menos. Por tal razón, se advierte la inconsistencia sobre este punto.

10. Son 21 causales las que motivaron a los Juzgados Especializados en Restitución

de Tierras a inadmitir las demandas de restitución. Estas causales están ligadas

a: información sobre el predio y los solicitantes, y de errores en los documentos

que acompañan la demanda. Tanto la UAEGRTD como los Juzgados

Especializados coinciden en que la causal que da lugar al mayor número de

demandas inadmitidas, es la indebida identificación del predio.

Por tal razón, se insta a las entidades involucradas en el trámite de

individualización e identificación de los predios, a buscar alternativas efectivas

que permitan superar este obstáculo.

11. Desde el año 2012 al 30 de abril de 2015 han sido presentadas en sede judicial

3.942 demandas, de estas, 3.045 han sido admitidas. A partir de la solicitud

allegada a los despachos, de las pruebas que acompañan la demanda y de las

practicadas, en el 97% de los casos han concluido que el solicitante sí es titular

del derecho a la restitución de tierras.

Los 36 Juzgados Especializados han proferido 972 sentencias. En 878 fallos

(90%) se ha protegido el derecho a la restitución; en 69 (7%), los jueces han

decido proteger el derecho a la restitución pero optando por la compensación; y

en 29 (3%) negaron el derecho.

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12. Desde el año 2012 al 30 de abril de 2015 las Salas Civiles Especializadas en

Restitución de Tierras han recibido 565 demandas, han avocado conocimiento de

523 y han fallado 184. En 42 fallos, las Salas Especializadas decidieron ordenar

la restitución del predio a la víctima y compensar al opositor; en 123 fallos

ordenaron la restitución del predio a la víctima, sin compensación para el

opositor, y en 47 de ellos dispusieron negaron el derecho.

13. A 30 de abril de 2015, tanto en los Juzgados Especializados en Restitución de

Tierras como en las Salas Especializadas se encuentran pendientes de fallo

1.722 demandas.

Es importante recalcar las observaciones realizadas por la jurisdicción de tierras

respecto a las deficiencias de las demandas presentadas por la UAEGRTD o por

particulares, que llevan nuevamente a solicitar y practicar pruebas por los

despachos judiciales, de asuntos que deberían estar plenamente detallados,

argumentados y soportados con la demanda.

14. En las 1.156 sentencias proferidas por la jurisdicción de tierras se ha ordenado

restituir 35.540 Has aproximadamente, según la información aportada por los

despachos. Esto corresponde, únicamente, a los predios restituidos bajo la Ley

1448 de 2011, ya que por Decretos Étnicos, en un único fallo de restitución de

derechos territoriales, se han restituido 50.000 hectáreas a favor del grupo

indígena Embera Katío, en Bagadó, Chocó.

Por otro lado, se destaca el seguimiento y evaluación del componente de Restitución

de Derechos Territoriales de grupos indígenas y afro, en el cual se buscó, a través del

informe de la Comisión de Seguimiento a los Decretos ley 4633, 4634 y 4635 de

2011, radicado en el Congreso en agosto 2015, enterar al gobierno nacional de las

circunstancias que han impedido el avance de la restitución de derechos territoriales,

realizar recomendaciones para la adecuación institucional y la coordinación

interinstitucional de cara al cumplimiento de las órdenes derivadas de fallos de

restitución y autos de medidas cautelares, y el compromiso y efectiva participación de

las comunidades en los procesos de restitución de territorios colectivos.

Para este ejercicio, se requirió información institucional útil frente a la gestión

emprendida de entidades que juegan un rol importante en este proceso, a partir de

los cuales se elaboró el análisis y las recomendaciones respectivas como las

siguientes:

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1. En el marco de los Decretos Ley 4633 y 4635 de 2011, se han restituido 121.149

Has., mediante dos (2) fallos de restitución de derechos territoriales.

2. En el primer fallo, se ordenó restituir 50.000 Has. a favor del pueblo indígena

Embera Katío del Alto Andágueda en Bagadó, Chocó.

3. Con el segundo fallo, se ordenó restituir 71.149.28 has, a favor de la comunidad

del Consejo Comunitario Renacer Negro en Timbiquí, Cauca.

4. Respecto a las demandas presentadas, a corte 1 de julio de 2015, se han

instaurado en sede judicial 15 demandas de restitución de derechos territoriales,

a través de las cuales se pretende recuperar 264.868.46 Has., que favorecerían a

8.449 familias.

5. De las medidas cautelares, con corte a esa misma fecha, se encuentran

instauradas 12 medidas cautelares, sin embargo, una de estas se encuentra

suspendida, correspondiente al Consejo Comunitario Renacer Negro, del

municipio de Timbiquí, Cauca.

6. En el marco de la acción preventiva de la PGN, se identificaron cuellos de botella

en los procesos de restitución de derechos territoriales, tales como: Debilidad

organizativa de las comunidades producto de la victimización y el abandono

estatal; posibles acentuamientos de conflictos inter-étnicos e intra-étnicos; e

inoperatividad de las instancias de coordinación, tanto a nivel nacional, como

territorial para el direccionamiento de la materialización de las decisiones

judiciales.

7. En el seguimiento al cumplimiento de las medidas cautelares hasta ahora

proferidas, se señala que hay ausencia de coordinación interinstitucional para su

acatamiento.

8. Se deducido en algunos casos el desconocimiento de las competencias

institucionales y ausencia de acompañamiento institucional de los procesos. Se

requiere un rol más activo de la UAERIV y la URT; los PAT carecen de enfoque

étnico y no contemplan las responsabilidades en este proceso; no hay una

oportuna articulación de los planes de retorno a los procesos de restitución

derechos territoriales.

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1.2 LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

Corresponde a la Procuraduría General de la Nación evitar que las acciones u omisiones

en ejercicio de la función pública atenten contra el interés general o particular, en

beneficio propio o de un tercero, desarrollando acciones tendientes a la implementación

de herramientas que permitan mitigar los riesgos de corrupción, tales como promover la

participación de la sociedad y las entidades estatales, y fortaleciendo el ejercicio de

control social y los procesos de cultura ciudadana.

1.2.1 Buenas prácticas para la Lucha Contra la Corrupción

1.2.1.1 Índice de Gobierno Abierto (IGA) e Íntegra

Desde hace ya más de 6 años, la Procuraduría General de la Nación ha venido

estimando esfuerzos para logras mantener y fortalecer los mecanismos por los cuales

ha sido posible evaluar y monitorear el cumplimiento normativo y la gestión pública en

todo el territorio nacional, conforme a las facultades otorgadas en el artículo 277 de la

Constitución Política.

El IGA, que mide el nivel de cumplimiento de normas estratégicas anticorrupción,

inspirado en las medidas preventivas de la Convención Interamericana y de las

Naciones Unidas Contra la Corrupción, ha permitido evidenciar las necesidades más

apremiantes de las entidades territoriales en lo relacionado con los indicadores y los

diferentes sistemas o medios a través de los cuales deben reportar información

referente a su gestión y funciones realizadas. Igualmente, ha demostrado ser una

herramienta de gran importancia para evaluar y visibilizar la eficiencia de la gestión

frente a situaciones técnicas, administrativas y financieras en las entidades públicas

descentralizadas del país.

Frente a los últimos resultados 2014, los departamentos y municipios se han visto

abocados a adaptarse a los nuevos sistemas y mecanismos que las entidades han

diseñado para mejorar y fortalecer el nivel de reporte y la calidad de la información que

a través de los mismos se recibe. Sin embargo, esto también ha generado que los

avances que se venían evidenciando durante los últimos años hayan disminuido de

manera significativa.

Lo anterior se puede observar a través del informe IGA publicado en la página Web de

la entidad http://www.procuraduria.gov.co/portal/Indice-de-Gobierno-Abierto.page para

cada alcaldía y gobernación del país. No con esto se quiere decir que todas las

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entidades hayan bajado en su rendimiento, pues la gran mayoría de estas también

lograron, a pesar de las exigencias, mejorar su posición.

Teniendo en cuenta que cada año se hace la medición del inmediatamente anterior, a

continuación se presentan los resultados que en forma general se obtuvieron en el

2015 con relación a las mediciones del año 2014:

La estructura del IGA depende fundamentalmente de tres grandes dimensiones que

abarcan el flujo de la función pública administrativa del país y el cual, en comparación

con otros instrumentos de medición, simplifica y procura una medición más eficiente.

Es así como el IGA, enfocado a medir los niveles de Organización, Exposición y

Diálogo de la información frente al cumplimiento de las normas básicas de la

administración, reflejó para el 2014 un incremento del 27,9% en su índice con respecto

al primer año evaluado (2010). Sin embargo, en comparación con el año

inmediatamente anterior (2013), este presentó un bajo crecimiento (1,6%), al pasar de

70 a 71,1 puntos en promedio para el total de las gobernaciones del país, como se

observa en la tabla siguiente.

Tabla No. 3

Medición índice IGA Gobernaciones - Niveles de organización, exposición y diálogo de la información – año 2014

INDICADOR PROMEDIO GOBERNACIONES 2010 – 2014

PROMEDIO / AÑO

2010 2011 2012 2013 2014

CONTROL INTERNO 82,1 75,9 78,8 72,5 74,3

Implementación MECI 82,1 75,9 77,1 70,9 72,0

Control Interno Contable N/A 75,8 82,3 75,9 79,0

GESTIÓN DOCUMENTAL 53,5 57,9 66,1 25,6 35,9

Implementación Ley de archivos 53,5 57,9 66,1 25,6 35,9

VISIBILIDAD DE LA CONTRATACIÓN 42,2 43,2 69,4 68,1 77,5

Publicación de contratos SECOP vs SIA 27,2 29,3 59,4 59,0 70,9

Actualización / Plan Anual de Adquisiciones 77,3 95,4 92,9 90,8 100,0

COMPETENCIAS BÁSICAS TERRITORIALES N/A 94,4 94,8 67,6 67,5

Reporte al SUI N/A N/A N/A 36,0 39,0

Reporte al SISBEN N/A N/A N/A N/A N/A

Reporte al SIMAT N/A N/A N/A N/A N/A

Reporte al SIHO N/A 94,4 94,8 96,4 97,9

SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 69,0 67,3 75,8 89,5 91,1

Reporte al FUT 83,0 74,1 87,7 93,9 94,8

Reporte REGALÍAS 36,3 51,4 46,8 77,8 88,1

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En los resultados obtenidos por las alcaldías, al igual que con las gobernaciones, se

evidencia esta misma línea ascendente con un incremento en el Índice del 28,7% para

2014, en comparación con el año base 2010. Sin embargo, para este último año

(2014), el promedio para las alcaldías se ve afectado, pues por primera vez durante los

5 años, su promedio bajó en un 5,3%, pasando de 69,5 puntos en 2013 a 66,0 puntos

para el 2014, como lo refleja la tabla a continuación.

Tabla No. 4

Medición índice IGA Alcaldías - Niveles de organización, exposición y diálogo de la

información – año 2014

Reporte al SICEP

N/A 95,7 90,4

GOBIERNO ELECTRÓNICO 34,9 56,3 80,0 83,4 65,1

Gobierno en Línea 34,9 56,3 80,0 83,4 74,7

Sistema Único de Información de Trámites N/A N/A N/A N/A 36,5

TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS 61,3 30,8 54,1 61,3 58,6

Trasparencia y Rendición de Cuentas 61,3 30,8 54,1 61,3 58,6

ATENCIÓN AL CIUDADANO N/A N/A 60,8 67,7 66,5

Atención presencial al ciudadano N/A N/A 65,8 61,7 54,4

Derechos de Petición N/A N/A N/A N/A 90,6

TOTAL IGA 55,6 58,4 73,9 70,0 71,1

INDICADOR PROMEDIO ALCALDIAS 2010 - 2014

PROMEDIO / AÑO

2010 2011 2012 2013 2014

CONTROL INTERNO 67.1 59.9 67.9 68.1 67.9

Implementación MECI 67.1 55.9 64.6 63.3 65.4

Control Interno Contable 67.9 74.3 77.8 73.1

GESTIÓN DOCUMENTAL 29.1 31.6 44.2 15.6 21.1

Implementación Ley de archivos 29.1 31.6 44.2 15.6 21.1

VISIBILIDAD DE LA CONTRATACIÓN 32.5 33.2 59.4 64.4 69.6

Publicación de contratos SECOP vs SIA 19.9 20.4 49.7 54.7 63.8

Actualización / Plan Anual de Adquisiciones 62.0 63.2 82.1 85.6 90.2

COMPETENCIAS BÁSICAS TERRITORIALES 73.8 85.1 88.2 91.4 86.0

Reporte al SUI 56.3 64.3 73.8 82.3 84.0

Reporte al SISBEN 91.3 91.7 93.6 95.1 95.4

Reporte al SIMAT 95.8 95.0 94.9 75.6

Reporte al SIHO 97.5 95.3 98.1 99.0

SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 72.1 74.6 84.9 82.8 83.1

Reporte al FUT 72.6 62.8 79.5 89.0 90.8

Reporte REGALÍAS 20.0 49.4 48.5 55.2 77.0

Reporte al SICEP 87.4 89.2 96.7 95.1 92.8

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A través del monitoreo y seguimiento que hace la Procuraduría General, se ha podido

constatar que los objetivos del IGA se siguen alcanzando, y se ha logrado no solo que las

entidades del nivel central de los departamentos y municipios del país reporten y cumplan

con la normatividad y sus obligaciones constitucionales, sino que muchas más entidades

de nivel territorial lo hagan, ampliando así el margen de observación y el universo de

entidades objeto de evaluación por parte de este órgano de control.

Es preciso destacar las posiciones obtenidas por los municipios de Mosquera

(Cundinamarca), Itagüí (Antioquia), Tocá (Boyacá), Tabio (Cundinamarca) y Envigado

(Antioquia), quienes lograron ocupar las primeras cinco posiciones en el IGA general,

cambiado así, la tendencia que durante los años anteriores se venía presentando y en

donde era muy frecuente encontrar alcaldías del departamento de Antioquia ocupando

esos primeros cinco lugares del índice. Para el caso de los departamentos del país, se

destaca la labor de las gobernaciones de Antioquia, Tolima, Meta, Nariño y Quindío.

Entidades estas que han demostrado grandes esfuerzos en su gestión y han procurado

trabajar de la mano con otras instituciones para además de mejorar sus resultados,

mantenerse siempre en los primeros lugares en el ranking general.

Durante el 2015, la Procuraduría General de la Nación entregó y socializó los resultados

de la vigencia 2014 a los nuevos mandatarios electos de los departamentos y municipios

de: Chocó, Santander, Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Magdalena, Arauca, Casanare,

Cundinamarca, Amazonas, Guaviare, Antioquia, Meta, Vaupés, Cauca, Vichada, Guainía

y Vaupés, a través de las Mesas de Cumplimiento de Normas Estratégicas Anticorrupción

y procesos de empalme, en las que se dan a conocer los puntajes de las gobernaciones,

distritos y alcaldías correspondientes, así como el ranking de cada una de estas

entidades. Labor que se continuará en el 2016 con respecto a otros entes territoriales.

Las actividades realizadas durante el año 2015 también estuvieron encaminadas a dar

alcance a los compromisos derivados del contrato 179-124-2014 con la firma

Softmanagement, la cual se encargó de desarrollar un Software a la medida que

GOBIERNO ELECTRÓNICO 38.5 48.8 79.7 69.5 50.2

Gobierno en Línea 38.5 48.8 79.7 69.5 63.2

Sistema Único de Información de Trámites 11.2

TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS 54.8 34.8 48.4 68.7 54.6

Trasparencia y Rendición de Cuentas 54.8 34.8 48.4 68.7 54.6

ATENCIÓN AL CIUDADANO 43.2 58.2 76.0 70.7

Atención presencial al ciudadano 43.2 58.2 76.0 58.0

Derechos de Petición 96.2

TOTAL IGA 51.3 52.2 68.4 69.5 66.0

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permitiera generar los resultados del Índice de Gobierno Abierto – IGA y de ÍNTEGRA de

manera automatizada para las vigencias 2014, 2015 y años siguientes.

En el mismo período de análisis se adelantaron las labores de diseño gráfico y las

revisiones internas de la herramienta denominada SICN (Sistema de Información de

Cumplimiento Normativo). Lo anterior a fin de asegurar y garantizar el cumplimiento de los

lineamientos definidos en el documento de Diseño. Para ello, se realizaron mesas de

trabajo periódicas para la instalación y la configuración del SICN. Además se evaluó el

conjunto de formatos de las bases de datos (tomcat, Linux y MySQL).

También se hicieron validaciones funcionales de los requerimientos para la correcta

parametrización de la herramienta estadística Statgraphics, relacionadas con datos

vacíos, promedios y características de los datos y estructura de fuentes. Se efectuó una

depuración y validación conjunta (supervisor y contratista), de la caracterización de los

sujetos obligados para IGA e ÍNTEGRA (Universo de entidades que serán objeto de

evaluación por parte de la PGN); esto con base en su clasificación organizacional,

naturaleza, orden y sector que están asociadas a cada una de las entidades. El total se

cargaron al sistema 6.706 entidades o sujetos obligados, como se describe en la tabla

siguiente.

Tabla No. 5

Entidades o sujetos obligados - SICN

Tipo de sujeto obligado No. Sujetos obligados

Alcaldías 1101

Concejos 1101

Personerías 1101

Gobernaciones 32

Asambleas 32

Resguardos, Cabildos, Etnias 902

Empresas Sociales del Estado 1186

Empresas de Servicios Públicos 750

Entidades de orden Nacional 288

Contralorías 63

Corporaciones Autónomas Regionales 34

Universidades 31

Asociaciones 76

Aeropuertos 9

Se configuraron los índices con las características que se muestran en la siguiente tabla.

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Tabla No. 6 Índices IGA e ÍNTEGRA

Índices IGA e INTEGRA

Dimensiones 3

Categorías / Procesos 8

Indicadores 48

Hoy podemos decir que, la Procuraduría General de la Nación cuenta con el ambiente

tecnológico para el SICN, el cual se espera, permita agilizar los cargues, cruces y cálculos

de IGA y de INTEGRA, y por otro lado, facilite la toma de decisiones por parte de este

órgano de control frente a las posibles irregularidades que por medio de estas

herramientas se puedan evidenciar o detectar en las entidades públicas de nuestro país.

1.2.1.2 Vigilancia y control a la gestión contractual del estado

En desarrollo del numeral 3 del artículo 24 del Decreto Ley 262 de 2002, en concordancia

con la Resolución 017 de 2002, se tiene como función preventiva ejercer, de manera

selectiva, control de la gestión administrativa y de la contratación estatal que adelantan

los organismos y entidades públicas, con el fin de vigilar el cumplimiento de la

Constitución y la ley, así como proteger el patrimonio público. A continuación se destacan

los principales acompañamientos preventivos realizados en materia de gestión

administrativa y contractual durante el 2015:

Tabla No. 7

Acompañamientos preventivos en materia de gestión administrativa y contractual – año 2015

ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL

SECTOR EDUCACIÓN

Procesos de selección que están en curso y que están próximos a tener apertura en el Centro de Operación

Mantenimiento Minero – SENA – Regional Cesar

Licitación pública No. SEB-LP-001-2015, cuyo objeto consiste en la “Prestación del servicio de aseo,

mantenimiento y jardinería para los establecimientos educativos oficiales del municipio de Bucaramanga,

incluido el suministro de elementos e insumos necesarios para su prestación”.

Proceso de licitación convocado por la Secretaria de Educación Distrital que tiene por objeto “suministro de

refrigerios diarios con destino a estudiantes matriculados en colegios oficiales del distrito capital”.

Trámite de ejecución del Contrato de Concesión 1364 de 2009 suscrito entre el Municipio de

Barrancabermeja y la Unión Temporal Compañía de Jesús – Colegio San Ignacio- Fe y Alegría

Barrancabermeja

SECTOR SALUD

Invitación Pública 07 de 2015 y 09 de 2015 de CAPRECOM

Seguimiento Recursos del Chance destinados a la Salud

SECTOR DEFENSA Y JUSTICIA

Trámite de la Selección Abreviada, cuyo objeto es contratar los “Servicios de Capacitación y Entrenamiento de

Vuelo Ssev (Sistema simulador de entrenamiento de vuelo), Simulador de vuelo Mi 17 requerido por el

Batallón de Aviación No. 3 del Ejército Nacional”.

Licitación Pública No. 015-ARC-DIABA-2015 adelantado por la Armada Nacional, cuyo objeto es la “Segunda

Fase Adecuación, Modernización y Dotación de las Instalaciones del Edificio Diamante para el

Funcionamiento de la Dirección de Incorporación Naval”.

Selección Abreviada de Menor Cuantía 087 De 2015 “Adquisición Chalecos Blindados Externos Nivel IIIA”

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ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL

SECTOR TRANSPORTE

Proyecto denominado Aeropuerto el Dorado 2. Entidades involucradas Aeronáutica Civil y Agencia Nacional de

Infraestructura.

Proceso de ejecución de obra de la Torre de Control y el Centro de Gestión Aeronáutica del Aeropuerto El

Dorado en Bogotá D.C.

Proceso de invitación Abierta N° 001 de 2015, adelantado por el Fondo Adaptación, cuyo objeto es la

construcción de la interconexión vial Yati – Bodega, en el Departamento de Bolívar.

Proyecto del sistema de información y vigilancia denominado “VIGIA” de la Superintendencia de Puertos y

Transportes.

Proceso de cuarta generación del tramo Rumichaca – Pasto.

Diseño y obras de mantenimiento de pista y plataforma en el aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés

Licitación pública No. LI-08-02-2015 para la Pavimentación de la Vía Corocoro Cravo Norte en el

Departamento de Arauca por valor de $8.759.047.619 por parte de la Gobernación de Arauca.

Licitación Pública No. 15000003 OL de 2015 OBJETO: Contratar estudios, diseño y construcción para las

obras de infraestructura complementaria y aeroportuaria en el Aeropuerto Palonegro de Lebrija

(Bucaramanga) - Santander.

Concesión Zona Metropolitana de Bucaramanga. Contrato No. 002 de 2006

Concesión vía Bogotá- Girardot

Documento de buenas prácticas Gobernación del Chocó (Vía Andagoya – Istmina)

Licitación pública No. SI-LP-030-2014, cuyo objeto consiste en la “Construcción del Parque Intercambiador

Vial Avenida Quebradaseca con carrera 15 del municipio de Bucaramanga y obras complementarias”.

Licitación Pública número LP 001 - 2015, cuyo objeto es “Construcción de vías en concreto de 3000 psi, en la

cra. 18 entre calles 17 a la 21, calle 21 entre cras. 18 a la 20 y cra. 20 entre calle 20 a la 17, zona urbana de

Fundación Magdalena”.

Convocatoria OCC-09 de 2015 denominado “Fábrica de interventorías de obra y diseños y estudios técnicos,

requeridos por Fonade, en el desarrollo de sus proyectos de infraestructura”.

Licitación Pública No. 15000003 OL de 2015 OBJETO: Contratar estudios, diseño y construcción para las

obras de infraestructura complementaria y aeroportuaria en el Aeropuerto Palonegro de Lebrija

(Bucaramanga) - Santander.

Proceso administrativo sancionatorio por el presunto grave incumplimiento de las obligaciones y declaratoria

de caducidad del contrato N° 3460 de 2008, iniciado por el Instituto Nacional de Vías a la Unión Temporal

segundo Centenario que adelanta las obras del proyecto denominado Túnel de la Línea y acompañamiento al

proceso de búsqueda de soluciones de conflictos contractuales entre el INVIAS y el contratista este último

acompañado de la Delegada para la Conciliación Administrativa.

Programa VÍAS PARA LA EQUIDAD, adelantado por el Instituto Nacional de Vías – INVIAS.

Ejecución del contrato y al proceso de contratación de las obras adicionales de la Terminal Satélite del Norte

Proceso de Licitación Pública No 016 de 2015 de la Alcaldía de Cartagena del Chaira, Caquetá

Coordinación Preventiva en Fijación de Criterios de Calidad en los Procesos de Selección para la

Construcción de Obra Pública – Carreteras.

Licitación Pública No. 4396-LIC-20-18-2015 cuyo objeto es la “Construcción del Proyecto del Túnel del Toyo y

sus Vías de Acceso en sus fases de Pre construcción, Construcción, Operación y Mantenimiento”. Valor:

$1.076.364.500.000

Concurso de méritos abierto la contratación de la interventoría técnica, económica, financiera, jurídica,

administrativa, operativa, de riesgos, medio ambiental y socio predial del contrato de asociación público

privada para el proyecto de “recuperación de la navegabilidad en el río magdalena. (Cormagdalena)

Ejercicio de vigilancia y control preventivo de las funciones públicas que ejerce la Superintendencia de Puertos

y Transporte:

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ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL

SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS

Procesos licitatorios No 05 y 06 de 2015 de la Alcaldía de Chiquinquirá – Objeto No 05: Obras de expansión

de alumbrado público en las veredas de moyavita sector la capilla, moyavita alto sector escuela santa teresa,

balsa arriba sector límites con quiche, molino sector alto de millón, sasa alto sector escuela del municipio de

Chiquinquirá – Boyacá.

Convocatoria pública para la selección de la propuesta más favorable para vincular a un socio operador

especializado para la constitución de una nueva empresa de servicios públicos mixta que tendrá a su cargo la

prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado de Pasto (Nariño).

Proceso de selección para la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales - PTAR San

Silvestre de Barrancabermeja, Santander.

Invitación pública para la construcción de la captación, aducción, planta de tratamiento de agua potable y la

conducción hasta las redes del casco urbano del municipio de Yopal, Casanare.

Licitaciones públicas LP-004-2014 y LP-009-2015 para construcción del sistema de acueducto regional San

Jorge, para los municipios de Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Buenavista y la Apartada, en el departamento de

Córdoba.

Licitación pública para vincular a un operador para la concesión de la infraestructura de los servicios públicos

de acueducto y alcantarillado en el municipio de Aracataca, departamento del Magdalena.

Concurso de Méritos 04 de 2015 de Empresas Públicas de Cundinamarca S.A. E.S.P - Objeto: Consultoría

para estructurar técnica, jurídica y financieramente los procesos de planificación, viabilización, contratación,

construcción y operación del acueducto regional de la sabana.

Licitación pública LP-005-2015 cuyo objeto es la “Construcción del Sistema de Acueducto del Casco Urbano

del Municipio de Barbacoas, Nariño” Valor: $14.807.083.498

Problemática contrato de concesión alumbrado público- Convenio interadministrativo Municipio de Cali

Oferta no vinculante empresas públicas de Medellín.

Proyecto contrato interadministrativo entre la Universidad Nacional y la Defensoría del Pueblo para la

indemnización por afectación derrumbe del Relleno “Doña Juana”

Vigilancia preventiva al proceso de renovación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico

Concurso de méritos No 001 de 2015, cuyo objeto consiste en: “Seleccionar al proponente que realice la

interventoría integral, en aspectos jurídicos, técnicos, financieros, administrativos y de programación y

contenidos, a los contratos de concesión de televisión abierta nacional privada, espacios de televisión en el

canal uno, televisión local con ánimo de lucro y televisión por suscripción”

Proceso de selección objetiva para la asignación de espectro radioeléctrico en las bandas 900 MHz y 1900

MHz de servicios móviles terrestres del Ministerio de TIC - ANE.

Selección de contratistas que suministren: tabletas para alumnos y tabletas para profesor, conforme a las

cantidades y características previstas en la ficha técnica del pliego de condiciones (subasta 005-2015) y

seleccionar los contratistas que suministren computadores portátiles, conforme a las cantidades y

características previstas en la ficha técnica del pliego de condiciones (Subasta 004-2015)

Licitación pública No. 07 de 2015, “Prestar los servicios de conectividad Wan e internet centralizado,

conectividad en juzgados, servicio de videoconferencia y automatización, seguridad telemática,

almacenamiento y gestión de audiencias, correo electrónico, Data Center (Hosting - Colocation) y audiencias

virtuales, así como suministro de equipos de redes de comunicación para la Rama Judicial a nivel nacional”.

Proceso de contratación “Adquisición de la Plataforma para la Línea De Emergencia 123-Nuse” de la ETB.

Proceso de Selección del contratista que diseñe, construya y opere una Planta de tratamiento de agua potable

en el municipio de Yopal, como consecuencia de los problemas que tuvo la construcción de la mencionada

planta y a las investigaciones que están en curso.

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ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL

SECTOR MOVILIDAD

Búsuqeda de alternativas de solución a los problemas de movilidad en el área metropolitana de

Bucaramanga, por las obras del Tercer Carril.

Licitación Pública No. SDM-LP-039-2014, cuyo objeto consiste en la “Adquisición de semáforos para la

regulación del tránsito vehicular, peatonal y de ciclo usuarios, dentro del sistema de semaforización de Bogotá

D.C.. de la Secretaría Distrital de Movilidad”.

Proceso de habilitación de Sistema de Transporte Masivo al Municipio de Soacha.

Proceso de contratación de la Licitación Pública No. 137-2015 “Mejoramiento de la seguridad vial para

disminuir el riesgo de accidentes mediante la semaforización de puntos críticos en la cabecera municipal de

Quibdó – Chocó”.

Área Metropolitana de Cúcuta. Licitación Pública No. AMC-LP-001-2015, cuyo objeto consiste en “Adelantar

trabajos de modernización e instalación de la red semafórica del municipio de San José de Cúcuta (NS)”.

Proceso selección socio para desarrollar proyectos de mejora de la movilidad y la seguridad vial en el

municipio de Bucaramanga

Alcaldía Municipal de Soacha. Licitación Pública No. 004-2015.

Licitación Pública 01 de 2015 de Transcribe S.A. - Objeto: Seleccionar las propuestas más favorables para el

suministro de vehículos para la operación de la porción No. 2 del sistema integrado de transporte masivo de

Cartagena de indias – Transcaribe.

Trámite de ejecución del Contrato de Concesión TC-LPN-005 de 2010 suscrito entre Transcaribe S.A y la

Consorcio Colcard de Recaudo y Gestión de Flotas.

Concesión para la implementación y operación del sistema de bicicletas públicas de Bogotá

Viabilidad de los sistemas integrados de Transporte Masivo en Colombia –SITM-.

Proceso de Asociación Público Privada de Iniciativa Privada Bogotá Eléktrika

SECTOR OBRAS PÚBLICAS

Licitación pública No. LP-AMT-014 de 2015 de la Alcaldía de Tunja para las “Obras de Saneamiento y

Recuperación de las Cárcavas Manzanare-Curubal y Villa Luz de la Ciudad de Tunja” por valor de

$4.335.906.309.

Obras para la “Construcción Fase-2 Del ‘Centro de Convenciones Neomundo’ de la ciudad de Bucaramanga -

departamento de Santander”.

Licitación pública del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC de Bogotá D.C. para la Obra de

Reforzamiento Estructural de la Plaza de Toros la Santamaría.

“Construcción de Canal en la Quebrada La Aurora en el Sector Son Cepillado Municipio de Quibdó – Chocó”.

Licitación Pública LP-AIM-CO-034-2015 adelantado por la Agencia para la Infraestructura del Meta -AIM

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ACOMPAÑAMIENTOS PREVENTIVOS REALIZADOS EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y CONTRACTUAL

OTROS SECTORES

Resolución Defensoríal No 064 de 2014- Crisis humanitaria en el departamento del Chocó.

Licitación pública No 017 de 2015, cuyo objeto es realizar el suministro y distribución de alimentos para el

programa de complementación nutricional de la dirección de primera infancia del ICBF.

Gestión contractual de la Alcaldía de Bucaramanga.

Selección Abreviada de Menor Cuantía No MT SAMC 012 de 2014 del Ministerio del Trabajo para “Realizar El

Proceso De Selección De Los Integrantes Y Miembros De Las Juntas De Calificación De Invalidez Del País”.

Proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 01 de 2015, cuyo objeto es contratar la “prestación de

servicios para la provisión, implementación y operación de hombres de protección, que requiera la unidad

nacional de protección, en desarrollo del programa de protección de los derechos a la vida, la libertad, la

integridad y la seguridad de las personas, grupos, comunidades y convenios a cargo de la entidad”.

Proceso de selección de comercializador en el Departamento de Risaralda de la Fábrica de Licores y

Alcoholes de Antioquia – FLA.

Arrendamiento de vehículos blindados de la Unidad Nacional de Protección – UNP.

Agencia Nacional de Contratación Pública. Licitación Pública 048 de 2015, cuyo objeto es el Acuerdo Marco de

Precios para establecer las condiciones en las cuales los Proveedores deben prestar a las Entidades

Compradoras los servicios de VSP y la forma como las Entidades Compradoras contratan estos servicios.

Invitación para presentar propuesta para la entrega en concesión de la operación del Hotel El Prado de

Barranquilla, durante los próximos 30 años.

Proceso de Convocatoria Pública FNA-DA-CP-300-2015 del FNA

Seguimiento a convenios suscritos entre Planeación nacional y Tony Blair

1.2.1.3 Proyecto jóvenes contra la corrupción

Aunando esfuerzos con la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la

República, la Procuraduría elaboró un documento dirigido a los 19 colegios distritales y

privados adscritos al Modelo de Naciones Unidas que participaron en el año 2013 en el

Proyecto “Jóvenes contra la Corrupción”, cuyo objetivo era incentivar una reflexión

sobre la importancia del actuar ético, del respeto por lo público y del rol de los jóvenes

como promotores de un cambio cultural para la prevención de la corrupción. El

mencionado documento se construyó sobre la base de la promoción de la cultura de la

legalidad y la integridad en el estado y la sociedad, el cambio de enfoque de lo punitivo

a la reparación y el aumento de la incidencia del control social en la prevención;

fundamentalmente, con el propósito de que los jóvenes recapaciten sobre su

compromiso para prevenir la corrupción. El resultado de este ejercicio se vio reflejado

en una cartilla que permitió al país promover la adopción de una Resolución

relacionada con el rol de los jóvenes en la prevención y lucha contra ese flagelo, en la

V Asamblea de Estados Parte en la Convención de Naciones Unidas Contra la

Corrupción realizada en Panamá los días 28 y 29 de noviembre, en la que participaron

170 países. A cada colegio se le distribuyeron 40 cartillas.

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1.3 CONTROL Y VIGILANCIA A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN DEFENSA DEL INTERÉS GENERAL Y LOS INTERESES COLECTIVOS

1.3.1 Protección y garantía de los derechos de los consumidores

Vigilancia a Superintendencias

Vigilancia al trámite de peticiones, quejas y recursos presentados ante los diferentes

organismos de inspección, control y vigilancia en la prestación de diferentes tipos de

servicios públicos (Superfinanciera, Superindustria, Superservicios, Supersociedades,

Supersolidaria, Supersalud, Supersubsidio, Superpuertos y Superseguridad).

Superintendencia Financiera

Durante el período de análisis, los asuntos tramitados relacionados con entidades

financieras vigiladas ascendió a 343. Del total, el 72% estuvo a cargo de los

establecimientos bancarios. Los motivos más frecuentes de las quejas fueron:

indebida atención al consumidor financiero (31%), revisión y/o liquidación (10%) y

aspectos contractuales (7%), reporte a centrales de riesgo (7%), cobro indebido de

servicios o comisiones (7%), fallas en cajeros automáticos (4%) y negativa siniestros

5%.

Gráfica No. 4

Asuntos tramitados por motivo con entidades financieras vigiladas Superfinanciera

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Los Productos donde se presentaron más reclamaciones fueron: Crédito de consumo

30%, tarjetas de crédito 28%, cuentas de ahorros 10% y pensiones 6%.

Superintendencia de Industria y Comercio

De los 223 asuntos recibidos, los más relevantes fueron relacionados con la

protección al consumidor (garantías), servicios de comunicaciones (celulares e

internet); destacándose las quejas contra el ICETEX y por reporte a centrales de

riesgo (Habeas Data).

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

Se atendieron 290 asuntos relacionados con la prestación de servicio de energía,

gas, agua y disposición final de residuos sólidos.

1.3.2 Prestación de los servicios públicos

Actuación preventiva sobre la adecuada prestación del servicio público

domiciliario de aseo en la ciudad de Medellín

Se realizó actuación preventiva sobre la prestación del servicio público de aseo en la

ciudad de Medellín, ante las presuntas fallas presentadas a finales del 2013 y

principios de 2014 que originaron múltiples quejas de los usuarios ante las demoras

en las rutas de recolección y acumulación de residuos en la vía pública.

Con el propósito de analizar las causas de los hechos presentados, conocer el

esquema de prestación vigente en la ciudad, las responsabilidades al interior de la

administración municipal, y poner en marcha un plan de acción y seguimiento a la

prestación, se llevaron a cabo seis mesas de trabajo, que contaron con la

participación de las Empresas Varias de Medellín – EMVARIAS, Empresas Públicas

de Medellín – EPM, la Superintendencia de Servicios Públicos, el Área Metropolitana

como autoridad ambiental, y las diversas dependencias de la alcaldía con funciones

relacionadas con la prestación del servicio.

En el mes de marzo de 2015 se presentó un informe final de la actuación preventiva,

en las instalaciones de las Empresas Públicas de Medellín, con la participación de las

principales autoridades municipales con competencia en el manejo de residuos

sólidos, quienes destacaron el éxito y la consecución de los objetivos propuestos con

la gestión realizada por la Procuraduría.

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Seguimiento y control de gestión a los proyectos de infraestructura y

prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en el

departamento de La Guajira

Ante la crisis que afronta el departamento relacionada con el suministro de agua

potable, la Procuraduría en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

convocó a una reunión en la ciudad de Riohacha con todos los alcaldes,

Corpoguajira, la gobernación y demás actores del sector, en aras de revisar la

situación de cada municipio y las acciones implementadas para superar la crisis y el

estado de los proyectos de infraestructura. Como resultado de la reunión se levantó

un acta con los compromisos asumidos por cada entidad, a los cuales el Ministerio

Público realiza el correspondiente seguimiento con el fin de dinamizar las inversiones

y disponer en el menor tiempo posible de las obras que contribuyan al suministro del

preciado líquido a toda la población.

Seguimiento preventivo a lo requerido por las Directivas 015 de 2005 y 05

de 2008 de la Procuraduría General de la Nación – Agua potable y saneamiento

básico

La Procuraduría ha venido ejerciendo vigilancia a la prestación de los servicios

públicos de acueducto, alcantarillado y aseo por parte de las entidades territoriales,

relacionada con el acreditamiento de obligaciones legales fundamentales para

atender el sector de agua potable y saneamiento básico en 4 ejes temáticos.

1. Condiciones para operar los servicios públicos domiciliarios.

2. Información y registro que debe reportarse ante la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios, como máxima autoridad encargada de la vigilancia y

control de los servicios públicos domiciliarios.

3. Gasto público y social en los planes y presupuestos de las entidades territoriales.

4. Estrategias para mejorar la calidad y cobertura de agua potable y saneamiento

básico.

Durante el 2015, dicha actividad se enfocó en 26 alcaldes del departamento de

Sucre y 31 alcaldes del departamento de Chocó, quienes deben acreditar la

información correspondiente por medio del cargue de formularios básicos

dispuestos en el Sistema Único de Información SUI administrado por la

Superintendencia de Servicios Públicos, entidad que se encarga de darnos las

alertas de cumplimiento.

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Igualmente, se intervino específicamente en los siguientes casos en que se ha visto

afectada la prestación de los servicios públicos de AAA a la población:

1. Mesetas – Meta: Dificultades con la ejecución del proyecto de ampliación y

optimización del sistema de acueducto del municipio.

2. Honda – Tolima: Inconvenientes por la terminación del contrato con el operador

que presta los servicios de acueducto y alcantarillado en el ente territorial.

3. Villavicencio – Meta: Conflictos presentados entre la empresa de acueducto y la

comunidad de Montecarlo Bajo, relacionados con la presentación del servicio de

acueducto y alcantarillado.

4. Socorro – Santander: Dificultades con la ejecución del proyecto de acueducto

“Quebrada la Cinco Mil” en el municipio.

5. Buenaventura – Valle del Cauca: Percances en la entrega de los diseños.

Observaciones de tipo presupuestal, hidrosanitario, eléctricos y estructural.

6. Puerto Inírida – Guainía. Se están adelantando cinco proyectos de acueducto

para las comunidades indígenas, los cuales se encuentran retrasados, lo que ha

interferido en la entrega de las obras.

1.3.3 Cumplimiento de decisiones judiciales

Contingente judicial

Teniendo en cuenta que el número de derechos de petición por incumplimiento de las

sentencias y conciliaciones ha venido aumentando considerablemente, en especial

por parte de la Fiscalía General de la nación y el Ministerio de Defensa, la

Procuraduría ha efectuado requerimientos sobre el trámite surtido para tal efecto,

evidenciándose un atraso considerable en el pago de las condenas, aduciendo que

los turnos de pago se asignan una vez cumplidos los requisitos exigidos dependiendo

de la disponibilidad presupuestal.

Al advertirse que en estas entidades no han sido suficientes las provisiones

presupuestales para el rubro de sentencias y conciliaciones vigencias 2014 y 2015,

se previno al señor Fiscal General de la Nación sobre las consecuencias del

incumplimiento de las decisiones judiciales, invitándolo a tomar las medidas de

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carácter presupuestal y a revisar el procedimiento que se adelanta para determinar la

cuantía a apropiar cada año para el cumplimiento de estas obligaciones, debiendo

indicar si se ha informado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la situación.

Con el fin de contribuir en la solución de la problemática derivada de la mora en el

pago de lo ordenado en las sentencias y conciliaciones, se programó una reunión

para prevenir el detrimento al patrimonio público. Hasta noviembre de 2015, se

recibieron 2.247 sentencias, las cuales se remitieron a la Agencia Nacional para la

Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) para lo de su cargo. Así mismo, se recibieron,

respondieron y tramitaron los derechos de petición presentados durante el presente

año por los beneficiaros de las decisiones judiciales que condenan al Estado,

invitando a las entidades a dar cumplimiento a lo ordenado en las sentencias dentro

de los términos legales para evitar el detrimento al patrimonio público por los

intereses que genera la mora en el pago de las mismas, requiriendo información

sobre el trámite surtido, para determinar las actuaciones a seguir por parte de este

organismo de control dentro de la órbita de su competencia, realizando el seguimiento

hasta que se realiza el pago o asigna el turno de pago correspondiente.

Además de los requerimientos escritos, se realizaron reuniones con las entidades

involucradas, convocando a la Fiscalía General de la Nación, al Ministerio de Defensa

Nacional, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Agencia Nacional para la

Defensa Jurídica del Estado en búsqueda de soluciones para que se dé cumplimiento

oportuno a las sentencias y estrategias para disminuir las condenas.

Como fruto de las reuniones, la Fiscalía presentó un informe sobre las medidas de

carácter presupuestal y administrativo adelantadas durante los años 2014 y 2015

para tal efecto, informando que solicitó adición presupuestal ante el Ministerio de

Hacienda debido al déficit por pagar respecto de lo asignado, pero las solicitudes no

han sido atendidas. Para resolver en parte la situación, la Fiscalía informó que realizó

un traslado presupuestal interno y se han propuesto estrategias para disminuir las

demandas contra la entidad. Si bien el caso del Ministerio de Defensa Nacional es

similar al de la Fiscalía, la entidad no ha propuesto una solución ante la negativa del

Ministerio de Hacienda de comprometer más recursos para el pago de las sentencias,

y en tal sentido, se continuará realizando el seguimiento a dicha gestión.

Por su parte los funcionarios del Ministerio de Hacienda, insistieron en realizar una

debida planeación presupuestal, teniendo en cuenta la situación crítica por la que

atraviesa el país debido a la caída del petróleo, recomendando mejorar la defensa del

estado, la implementación de correctivos al interior de las entidades y conciliar o

realizar acuerdos de pago para resolver la situación.

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Adicionalmente, se trasladaron las quejas de los afectados por la mora en el

cumplimiento de las sentencias a las dependencias disciplinarias competentes para

que se estudie la posibilidad de iniciar las investigaciones del caso.

Seguimiento al esquema de metas de corto plazo elaborado a favor de la

población de recicladores por parte del Distrito, de conformidad con las

órdenes impartidas por la Corte Constitucional en sentencia T 724 de 2003 y

autos 268 de 2010 y 275 de 2011

Mediante el auto 275 de 2011, la Corte Constitucional ordenó al Distrito definir “un

esquema de metas a cumplir en el corto plazo con destino a la formalización y

regularización de la población de recicladores, que contenga acciones concretas,

cualificadas, medibles y verificables”. Se dispuso allí mismo que la Procuraduría

General debía efectuar la labor de seguimiento al cumplimiento de dicha orden por

parte del Distrito, de lo cual se debe informar a esa Corporación de manera trimestral.

En ese contexto y en atención a los resultados y algunas decisiones de la

administración Distrital, se presentó el duodécimo informe de seguimiento al Plan de

Inclusión. El 27 de marzo de 2015, la Corte Constitucional convocó una mesa técnica

para discutir el impacto de la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio

de adecuar el esquema de recolección de basuras frente a las acciones afirmativas

implementadas por el Distrito en favor de la población de recicladores.

Posteriormente, mediante auto 089 de 2015 resolvió suspender la mencionada

decisión en tanto las entidades del sector, incluida la Procuraduría, presentan un

informe detallado y resuelven algunos interrogantes planteados por esa Corporación.

Acatando esta última disposición, el 24 de abril de 2015 se remitió informe y

respuestas al cuestionario de la H. Corte Constitucional.

1.3.4 Asuntos electorales

Actuaciones en los procesos de elección de Directores Generales de las

Corporaciones Autónomas Regionales y de Personeros Municipales y

Distritales

Durante el último trimestre del año 2015 se remitió un oficio dirigido a ASOCARS y a

algunas Corporaciones Autónomas Regionales para garantizar la transparencia en los

procesos de selección de Directores y miembros de los Consejos Directivos,

recordándoles las prohibiciones y restricciones contenidas en la Ley de Garantías

Electorales a efectos de evitar actos de proselitismo político durante el proceso de

elección de los directores de las Corporaciones Autónomas Regionales, exhortando a

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los Directores actuales, a los funcionarios de dichas entidades y a los miembros de

los Consejos Directivos para que velen por la transparencia, moralidad, e

imparcialidad en los procesos que conforme a lo dispuesto por la Ley 1263 de 2008,

debían realizarse entre el 1 de octubre y 31 de diciembre de 2015, con el fin de

promover las buenas prácticas electorales y propender por el equilibrio entre los

distintos candidatos que aspiraran a cargos de elección popular.

Con respecto al proceso de elección de Personeros Municipales y Distritales, se

dieron instrucciones precisas a los Procuradores Regionales, Provinciales y Distritales

sobre el seguimiento a este proceso de selección de Personeros Municipales y

Distritales, recordándole además el procedimiento a seguir al respecto, en especial, la

observancia del plazo señalado en el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012 y de los

criterios de objetividad, transparencia, imparcialidad y publicidad, teniendo en cuenta

la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de las funciones.

Publicaciones como apoyo preventivo a la Gestión Pública

En el 2015, la Procuraduría realizó el lanzamiento de las siguientes cinco

publicaciones que se han elaborado como apoyo preventivo a la gestión pública: i)

“Todo lo que necesitas saber sobre las Asociaciones Público Privadas de iniciativa

privada”; ii) “La explotación del juego de apuestas permanentes o chance”; iii) “El ABC

de la selección objetiva en la asignación del espectro radioeléctrico con pluralidad de

interesados”; iv) “Hacia una veeduría ciudadana efectiva”; y v) “Cómo ejercer control

sobre la gestión contractual del estado colombiano”’. Estos documentos son

herramientas didácticas para que las entidades del orden nacional y territorial, las

veedurías ciudadanas y los particulares, tengan un panorama concreto de las

principales normas a seguir al momento de cumplir con sus funciones legales y

constitucionales.

1.3.5 Fortalecimiento al Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres -

SNPAD

En el marco del Proyecto SNPAD, a lo largo del año 2015 se adelantaron 59 mesas

de trabajo; 590 requerimientos escritos a entidades del orden nacional, departamental

y municipal; se realizó la remisión de 74 asuntos para iniciar acciones disciplinarias;

se elaboraron 28 informes parciales o de cierre; y se atendieron 83 actuaciones

preventivas iniciadas a solicitud de parte interesada. En el marco del Proyecto

Fortalecimiento General de las Entidades Territoriales (FGET), a lo largo del año 2015

se llevaron a cabo 30 mesas de trabajo; 19 verificaciones in situ; 140 requerimientos

escritos a entidades nacionales y territoriales; se remitieron 2 asuntos para iniciar

acciones disciplinarias; se elaboraron 6 informes parciales o de cierre; y se dio

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respuesta a 2 casos, como consecuencia de las actuaciones preventivas originadas a

solicitud de parte interesada.

Los principales impactos de los logros obtenidos son:

(i) El trámite efectivo de las solicitudes de auxilio de familias afectadas por el

Fenómeno de la Niña 2010-2011 en 51 entidades territoriales que habían omitido

dicha actuación administrativa;

(ii) La entrega de auxilios económicos a 2.974 núcleos familiares, por valor de $4.461

millones de pesos;

(iii) La legalización de 351 convenios suscritos con entidades territoriales, por valor de

$373.397.000.000, destinados a la ayuda humanitaria y rehabilitación de las zonas

afectadas por el Fenómeno de la Niña 2010-2011;

(iv) 82 pagos, por valor de $963 millones de pesos, ordenados por entidades

territoriales en el marco de la ejecución de los convenios señalados;

(v) La legalización de 253 convenios suscritos por 39 entidades territoriales por valor

de $37.950 millones de pesos para adecuación, rehabilitación y construcción de

infraestructura;

(vi) La suscripción de 15 convenios para el traslado de $1.425 millones de pesos para

el funcionamiento de los cuerpos de bomberos voluntarios; y

(vii) La formulación, implementación y ejecución de 25 planes de contingencia

sectoriales y departamentales para hacer frente a los efectos del referido Fenómeno.

1.3.6 Vivienda

Acompañamiento al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Proyectos

Vivienda de interés prioritario - Programa 100.000 viviendas gratis

Con el propósito de promover el desarrollo urbano y suplir el déficit de vivienda de

interés social con destino a la población menos favorecida, el gobierno nacional

implementó el programa de las 100.000 viviendas gratis, al cual se le ha venido

haciendo acompañamiento y seguimiento desde la Procuraduría. De acuerdo a

información suministrada por el Ministerio de Vivienda fueron convocados desde esta

entidad los 50 municipios en los que se adelantaban 56 proyectos con problemas,

que ponían en riesgo su eficaz desarrollo.

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Es así, como en el transcurso del año 2015 se realizaron más de 300 requerimientos

entre oficios, correos electrónicos, llamadas telefónicas, etc., además de las 81

mesas de trabajo en las que se logró la articulación de las partes y se pudo evidenciar

el estado de avance en la ejecución de las obras y los inconvenientes que la

afectaban. En estas reuniones se plantearon soluciones a los problemas y se

generaron compromisos para llevar los proyectos a su feliz terminación. Como

resultado de tales acciones preventivas se logró que las partes dieran cumplimiento a

las obligaciones contraídas, logrando la normalización de 42 de los 56 proyectos

vigilados en los municipios convocados de acuerdo con el cronograma de obras.

Por otra parte, se remitieron copias de la actuación para apertura de investigación,

con relación a 8 proyectos en los cuales se incumplieron los compromisos adquiridos

o en los que se observó un hallazgo de tipo disciplinario.

Como consecuencia de esta importante gestión, se benefició a más de 40.000

ciudadanos de 50 municipios, en los que se entregarán aproximadamente 10.000

viviendas.

Acompañamiento a la gerencia nacional del Banco Agrario en el desarrollo

de los proyectos de vivienda de interés social rural

La Procuraduría inició seguimiento y control para verificar que la política pública de

Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural – VISR, liderada por el Banco

Agrario de Colombia, esté cumpliendo con el objetivo para la cual fue creada.

Fue así como se requirió al Banco Agrario para que enviara la información

correspondiente a los Proyectos VISR adjudicados desde el año 2010, detallando las

fechas de adjudicación y desembolso, los liquidados o por liquidar y los adjudicados

sin desembolso, a fin de identificar aquellos que presentan dificultades.

Conforme a lo anterior, se analizaron 1792 proyectos de vivienda de interés social

rural adjudicados entre los años 2010 al mes de mayo de 2015 por parte del Banco

Agrario de Colombia – BAC, con base en los procedimientos adoptados por este con

ocasión de la expedición del Decreto 1160 de 2010, la modificación introducida por el

Decreto 900 de 2012 y los Manuales de Procedimientos de Gestión de Administración

del Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural (VISR), expedidos por la Gerencia de

Vivienda del Banco.

Se observó dificultades en la gestión de 1128 proyectos, es decir, que el 63%

presenta considerables retrasos en su ejecución, afectando gravemente el desarrollo

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de la señalada política pública en el país; lo que en criterio de este órgano de control,

no solo incide de manera directa en el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo,

sino que pone en riesgo el patrimonio público de la Nación, toda vez que a mayo de

2015, se destinaron a esas obras $99.719.423.799,12, lo que podría generar un

detrimento de no aplicarse correctivos urgentes por parte de la Entidad Otorgante.

Teniendo en cuenta los índices de tamaño de los hogares en las zonas rurales,1

podría estimarse que una población cercana a las 175.300 personas se encuentran

posiblemente afectadas por estos retrasos en la ejecución de estos proyectos de

Vivienda de Interés Social Rural.

Por tal motivo, la Procuraduría está llevando a cabo mesas de trabajo con la Gerencia

de Vivienda del Banco Agrario de Colombia, a fin de revisar los grados de avance de

cada uno de los 1128 proyectos que presentan dificultades, así como la

implementación de mecanismos de control y supervisión de su gestión y ejecución;

mesas en las que están siendo parte la Entidad Otorgante, Interventores, Gestores

Integrales, Constructores y Entidades Oferentes.

1.3.7 Seguridad ciudadana

Con relación al proyecto de Seguridad y Convivencia Ciudadana que viene

adelantando este órgano de control, a lo largo de 2015 se visitaron más de 470

municipios del país y se capacitaron en el tema más de 1400 servidores públicos.

Como resultado de dichas actividades se logró que el 95% de los alcaldes electos

para la vigencia 2012 al 2015, cumplieran con la elaboración y aprobación del Plan

Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, así como el buen manejo dado al

Fondo Cuenta de Seguridad, que aplica únicamente para el fortalecimiento de la

seguridad del respectivo ente territorial a través de sus fuerzas institucionales

(Policía, Ejército y CTI).

El impacto generado en desarrollo de esta actividad es que 470 municipios del país

mejoraron las condiciones de este servicio, mediante la adquisición de equipos,

capacitaciones y organización territorial frente a la implementación y aprobación de

cada Plan.

1 PROFAMILIA. Características General de los Hogares y de la Población. “Jefatura y tamaño del hogar”

Pagina 36. http://www.profamilia.org.co/encuestas/Profamilia/Profamilia/images/stories/PDF-capitulos/Capitulo-3.pdf Consultado 20/08/2015.

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1.3.8 Fortalecimiento general de las entidades territoriales

Acompañamiento a los gobiernos locales en dificultades para la ejecución

de programas, planes y proyectos

Conscientes de las múltiples dificultades que se presentan en las administraciones

territoriales para la ejecución de sus programas, planes y proyectos, la Procuraduría

General de la Nación, en cumplimiento de su función preventiva, diseñó la estrategia

denominada “Acompañamiento a los gobiernos locales en dificultades para la

ejecución”.

Durante el 2015 se realizaron 6 mesas de trabajo en los departamentos de Sucre y

Chocó, en las que se contó con la asistencia de los 177 alcaldes de los dos entes

territoriales y de más de 2580 funcionarios públicos, entre gobernadores, alcaldes

secretarios de despacho y otros, con el objeto de buscar alternativas de solución a

sus dificultades en la ejecución de proyectos. Se articuló la comunicación y dinámica

de trabajo entre las entidades del orden nacional, departamental y municipal,

estableciendo propuestas integrales de solución y estableciendo planes de trabajo

entre ellas.

En los citados departamentos se trataron más de 190 casos con las entidades del

orden nacional, que son objeto de seguimiento por parte de este órgano de control.

Elección personeros municipales – concurso público y abierto de méritos

En atención a la expedición del Decreto 2485 de 2014 (por medio del cual se fijan

estándares mínimos para el concurso de méritos para la elección de personeros

municipales) y de la participación de la Procuraduría en la elaboración de este

documento, se adelantaron 5 reuniones con el Departamento Administrativo de la

Función Pública, a fin de que esta entidad expida una circular que permita a los

concejos municipales realizar directamente el concurso de méritos para proveer dicho

cargo; ello, atendiendo la interpretación de la Ley 1551 de 2012 y la modulación que

hiciere la Corte Constitucional en sentencia C-105 de 2013, en donde se establece

que el concurso ha de realizarse por el concejo municipal saliente y la elección

recaerá sobre el nuevo.

En las reuniones mencionadas se buscó perfeccionar el manual específico con su

procedimiento, que contendrá la circular para el concurso público y abierto de méritos

del personero municipal en propiedad o lo que reste del período institucional.

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Se atendieron 15 solicitudes de consulta a concejos municipales y ciudadanía

respecto del proceso de elección de personeros municipales, las cuales fueron

trasladadas por competencia al DAFP.

El 17 de febrero y 9 de abril de 2015, se llevaron a cabo jornadas de capacitación

respecto de la normatividad vigente para la elección del personero municipal a todos

los concejales del municipio de Cachipay y el departamento de Santander,

respectivamente.

Radio, medios y publicaciones

- RADIO

Mediante actuación preventiva, se emprendieron mejoramientos de contenido y de

ampliación de cubrimiento territorial y poblacional del Programa Radial “Orden y

Rectitud”, a fin de vincular tanto a servidores públicos, como a la comunidad en

general interesada en conocer la función pública, cumpliendo con los objetivos

institucionales propuestos en el Plan Estratégico Institucional PGN 2013-2016,

especialmente en la capacidad de respuesta institucional.

Con base en lo anterior, se estructuró un programa radial emitido por las emisoras

de RTVC (Radio Nacional de Colombia) con nuevas secciones para un total de 27

minutos semanales al aire en Radio Nacional de Colombia, a través de sus 49

emisoras a nivel nacional y 45 minutos semanales para las más de 100 emisoras

comunitarias y de interés público que nos retrasmiten.

Gracias a este programa radial se ha dispuesto de una importante herramienta

pedagógica por parte de la Procuraduría General, a fin de brindar un acceso

formativo de la función pública en todos los rincones de la geografía nacional,

incluido zonas rurales y municipios aislados, generando un relevante impacto

preventivo en la lucha contra la corrupción, la defensa de los derechos

fundamentales y la protección del patrimonio público.

Las secciones son las siguientes:

- Entrevista: Una entrevista con un funcionario de importancia para las Entidades

Territoriales.

- Informativo: Noticias del Ministerio Público.

- Responsabilidades Semanales: Un listado de las responsabilidades que le

conciernen a las Entidades Territoriales (en particular municipios).

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- Que No Le Pase a Usted: Un caso de control disciplinario real, para advertir o

evitar malas prácticas.

- Recomendación Gerencial: Una recomendación para los cargos directivos.

En el futuro cercano se busca aumentar la duración del programa con el fin de

crear uno que también puedan transmitir las emisoras comunitarias.

- PUBLICACIONES

Libro “Inhabilidades e Incompatibilidades para los Cargos de Elección Popular

del Sector Territorial”

Se realizó la impresión, publicación y difusión de la actualización de esta obra,

la cual se ha destacado como herramienta preventiva eficaz para la

participación de candidatos a cargos de elección popular, dado que allí se

recopila la totalidad del marco jurídico y de la jurisprudencia frente a cada uno

de los cargos que salieron a elecciones en el 2015. Se entregaron más de 500

copias del ejemplar en eventos en los que la población objetivo es recurrente.

Cartilla “Orientaciones para un Empalme Exitoso entre Administraciones

Municipales de Gobierno”

En conjunto con la Federación Colombiana de Municipios, la Procuraduría se

dio a la tarea de redactar una cartilla para explicar de forma clara y sencilla el

proceso de empalme que deben realizar todos los alcaldes del país en el

momento de hacer entrega de sus cargos. El lanzamiento de la cartilla se

realizó el 21 de septiembre en la ciudad Bucaramanga, con la participación de

400 representantes de los municipios de Santander y Norte de Santander.

La cartilla facilitará que los alcaldes cumplan con los siguientes objetivos:

1. Acatar el mandato legal que exige a todos los mandatarios locales llevar a

cabo un empalme de forma diligente y transparente.

2. Garantizar la continuidad de las políticas, procesos y procedimientos

adoptados por la entidad territorial.

3. Dotar de transparencia la entrega y recepción de los asuntos y recursos

públicos cuando hay cambio de administración o dirección.

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4. Beneficiar a la comunidad que se verá favorecida con una correcta y fluida

gestión municipal, cuando se logra minimizar los traumatismos propios de

un cambio de administración.

Para efectos de garantizar un empalme efectivo, se inició una estrategia

nacional que va más allá de la cartilla e integra los distintos esfuerzos

institucionales que frente a la materia se están desarrollando. Con las

entidades del Gobierno Nacional, así como la Contraloría General de la

República, se está adelantando la mencionada estrategia que incluye visitas a

los distintos departamentos del país.

Programa “Elijo Saber. Candidatos Formados Gobierno Exitoso”

Se estructuró el programa “Elijo Saber. Candidatos Formados Gobierno exitoso” ,

conforme a la obligación legal que en cabeza de la ESAP recae en certificar a los

alcaldes concejales, gobernadores y Diputados electos 2015 (ley 155/2012), en este

programa participan en los contenidos temáticos de conocimiento necesario de los

participantes, las siguientes entidades: Procuraduría, Registraduría, Comisión

Nacional Electoral, DNP, Ministerio del Interior, ESAP, DAFP, PNUD, SENA, Mintic

El programa es dictado por la ESAP a través de sus docentes buscando capacitar

en cuatro (4) etapas a todos los interesados en los comicios 2015, de la siguiente

forma: Fase 1: dirigido a todos los precandidatos / Fase 2: dirigidos a los candidatos /

Fase 3: Electos./ Fase4: En ejercicio.

Este programa fue lanzado a nivel nacional conjuntamente con todas las entidades el

día 21 de abril de 2015, iniciando con la etapa de inscripciones. Se capacitó a

aproximadamente 10.000 personas en los 15 centros nacionales de la ESAP y en los

centros (kioscos digitales funcionales) habilitados por el Ministerio de Tecnologías de

la Información.

Fondo de concurrencia

Como quiera que la Ley 1551 de 2012 impone a la ESAP la obligación de crear un

fondo de concurrencia cuyo objeto exclusivo de los recursos que lo integran es servir

de instrumento para el acceso de los alcaldes, concejales, miembros de las juntas

administradoras locales y organismos de acción comunal a los programas de

formación, en los niveles de la educación básica, media y superior en temas de

administración pública, se adelantaron varias reuniones con los Directores Ejecutivos

de FENACON, CONFENACOL, COFADICOL y el Director de la ESAP, miembros del

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Ministerio del Interior y del Ministerio de Educación, a fin de armonizar la puesta en

marcha de esta disposición legal.

Reglamentación de la autorización de alcaldes y gobernadores

De acuerdo a la posición constitucional de la PGN, respecto de las funciones de las

corporaciones de elección popular de índole municipal y departamental, se

desarrollaron tres (3) conversatorios generales: i) uno dirigido a los diputados

miembros de CONFADICOL en las instalaciones del Ministerio del Interior Bogotá; ii)

en la ciudad de Bucaramanga, con destino a los miembros de los concejos

municipales del departamento de Santander, por convocatoria directa que hiciere

FENACON; iii) en el municipio de Maicao (La Guajira), en desarrollo de la misión

preventiva adelantada en el mes de febrero, que concluyo favorablemente con la

expedición del acuerdo que reglamenta las facultades del alcalde para contratar.

Deporte

A lo largo del año 2015 se realizó acompañamiento preventivo permanente a la

organización y realización de los XX Juegos Nacionales y IV Paranacionales, a través

de la asistencia y participación en 6 reuniones del Comité organizador, 2 visitas a los

sitios de obra de los escenarios deportivos en la ciudad de Ibagué, 20 requerimientos

escritos y solicitudes de información, tanto a las entidades como a los contratistas e

interventores y 3 formulaciones de recomendaciones. Así mismo, se trasladó al

competente disciplinario un evento en el cual el interventor incumplió con la entrega

de un informe a la PGN.

La presencia y acompañamiento de la PGN fue importante en la realización de los

juegos, para mayor transparencia en su organización, así como en la celebración de

los contratos, tal como fue manifestado en distintas oportunidades por las entidades

responsables de su organización. No obstante, teniendo en cuenta que algunas

entidades tuvieron dificultades que conllevaron a que las obras definitivas quedaran

inconclusas y, por tanto, que dichos escenarios no pudieran ser utilizados para las

justas deportivas, la Procuraduría continúa realizando seguimiento a los respectivos

negocios jurídicos.

Educación

La Procuraduría requirió a las Gobernaciones y Secretarías de Educación el reporte

de información oportuna y de calidad y cumplimiento de normatividad sobre traslados

de Educadores.

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- Reporte de Información Educativa

El Ministerio de Educación ha venido ejecutando el “Plan de Depuración y Ajustes de

la Información de Recursos Humanos del Sector Educativo”, siempre con el objetivo

de mejorar la calidad y oportunidad de la información reportada, plan que se encuentra

en el cierre de la segunda fase e inicio de la tercera fase, con la cual se espera

completar la información de los docentes y servidores administrativos de los

establecimientos educativos estatales. Igualmente, ha venido consolidando y

aplicando la “Matriz de identificación de necesidades de directivos y docentes en las

instituciones educativas”, con la participación de los rectores y directores rurales como

responsables directos del suministro y depuración de la información de base

institucional.

La oportunidad, la veracidad y la confiabilidad de la información educativa son

principios que tienen un sustento constitucional, legal y reglamentario, en especial las

señaladas por la Ley 115 de 1994, al crear el Sistema Nacional de Información

Educativa, la Ley 715 de 2001 que señala unas competencias a las autoridades

territoriales y a los rectores o directores de establecimientos educativos.

En esta materia es preciso resaltar lo imperativo del mandato establecido por el

Legislador para las autoridades territoriales, la Nación y la misma Procuraduría, al

señalar:

Artículo 32. Sistema de información. Los departamentos, distritos y municipios

deberán contar con un sistema de información del sector educativo y mantenerlo

actualizado de acuerdo con las orientaciones que para tal fin determine la Nación.

(…) El incumplimiento de estas disposiciones se considerará falta grave y acarreará

las sanciones respectivas para el secretario de educación departamental, municipal

y distrital, y el funcionario o funcionarios encargados de administrar la planta o la

nómina, y será causal para ordenar la interventoría especial de la administración

por parte del Ministerio de Educación.

Por lo anterior, la Procuraduría General de la Nación conminó a las autoridades

educativas para que culminaran con éxito la segunda fase y dieran inicio a la tercera

etapa del proceso de depuración y ajustes de la información de recursos humanos del

sector educativo en el nuevo plazo señalado por el Ministerio de Educación Nacional,

es decir más tardar el 31 de marzo de 2015. De la misma forma, este órgano de

control requirió a los rectores y directores rurales para que antes del 27 de febrero de

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2015, reportaran a la Secretarías de Educación de la Entidad Territorial Certificada, la

información para identificar los docentes necesarios por perfiles para atender el plan

de estudios de cada sede de los establecimientos educativos estatales, diligenciando

la ““Matriz de identificación de necesidades de directivos y docentes en las

instituciones educativas”, instrumento que para tal fin facilitó el Ministerio de

Educación a través de las Secretarías de Educación.

También se instó a las diferentes Secretarias de Educación de Entidades Certificadas

en Educación, para que, una vez obtenida la información, consolidaran los

requerimientos presentados por los rectores y directores y, elaboraran y presentaran

antes del 27 de marzo del mismo año el estudio técnico de plantas de cada entidad a

la Dirección de Fortalecimiento a la Gestión Territorial - Subdirección de Recursos

Humanos del Sector Educativo.

Dada la importancia que reviste garantizar la información de calidad, completa,

oportuna, consistente y confiable para la toma de decisiones sobre el diseño de la

política educativa, la formulación de los planes, el desarrollo normativo, la asignación

eficiente y equitativa de recursos, la evaluación y mejoramiento permanente del

sector, también se requirió a las entidades territoriales certificadas en educación para

que desarrollen estos procesos.

- Legalización de bienes donde funcionan entidades educativas oficiales, que no son

propiedad del Estado.

La Procuraduría, a mediados del año 2015, dio inicio a actuación preventiva, con el

propósito que las instituciones educativas públicas del país operen en una

infraestructura frente a la cual tengan un vínculo jurídico (propiedad, arrendamiento,

comodato, entre otras) que les permita cumplir con permanencia su servicio. Para el

efecto, se requirió a 95 Secretarías de Educación en todo el país (32

Departamentales y 63 Municipales y Distritales, cuyos municipios o distritos se

encuentran certificados en educación), solicitando el listado completo de los predios

donde funcionan las instituciones educativas públicas, identificando su dirección,

ubicación, matrícula inmobiliaria, propietario y modalidad bajo la cual la institución

educativa pública tiene a su cargo el inmueble. Con base en solo una parte de la

información tabulada, se logró identificar 6805 predios sin legalizar; por lo que una

vez se tenga la información completa, se dará inicio a la segunda fase de la actividad

preventiva, en la que se dispondrá de correctivos administrativos para la resolución

definitiva de la situación jurídica de los predios, y de esta manera contribuir a la

prestación de un servicio educativo permanente y efectivo.

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Salud

Se realizaron 4 Visitas al Ministerio de Salud, Superintendencia Nacional de Salud y

la Dirección de Apoyo Fiscal; 7 Mesas de Salud en la Procuraduría General de la

Nación, 9 reuniones de Control Político en la Comisión VII del Senado, se atendieron

341 personas, telefónica y por correo electrónico, en temas de prestación de servicios

de salud, se tramitaron 1.153 quejas relacionadas con temas de aseguramiento,

prestación de servicios, financiamiento y salud pública.

Como consecuencia de las actividades realizadas se obtuvo información relacionada

con los recursos de salud pública; procesos administrativos adelantados por la

Superintendencia a varias EPS, en relación con sanciones por no prestación de

servicios, y muerte de pacientes por no atención oportuna; acuerdos de pago entre

los actores del sistema de salud en cumplimiento de la Circular 030 de 2013.

Como impacto de los logros obtenidos, se efectuaron acuerdos de pago de cartera

entre las EPS, entidades territoriales y ESE, así como el seguimiento por parte de la

Comisión VII del Senado en los siete departamentos con más problemática en el

pago de las deudas del sistema de salud.

Acompañamiento a la Contaduría General de la Nación

Por solicitud del Contador General de la Nación, la Procuraduría realizó

acompañamiento, en el sentido de requerir a las entidades territoriales que no

cumplieron con la obligación de presentar el Formato Único Territorial con la

información referente a la ejecución presupuestal de ingresos, gastos de inversión y

demás requerida a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información

Pública (CHIP), administrado por la Contaduría, de acuerdo a la base de datos

allegada trimestralmente desde el año 2013 por dicha entidad. Ello, teniendo en

cuenta lo ordenado en el Decreto 3402 de 2007, que en su numeral 6, establece que

el incumplimiento en el reporte oportuno de la citada información, generará las

sanciones disciplinarias a que haya lugar.

Con el seguimiento trimestral que se ha realizado a los municipios y departamentos,

se ha logrado contribuir a que dichas entidades territoriales cumplan con esta

obligación. Así mismo, como resultado del mismo, las Procuradurías Regionales de

Casanare y Vaupés estudian la posibilidad de iniciar investigaciones disciplinarias

contra los responsables de no aportar la referida información en el último trimestre

del año 2014.

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Informe de análisis de la base de datos del SECOP año 2014

Se realizó análisis a la base de datos del SECOP, de la vigencia 2014,

generándose 1 informe general (período enero-octubre de 2014) y 6 específicos

para los municipios de: Tolú, Tolú viejo, Coveñas y los departamentos de: Chocó,

Nariño y Sucre, los cuales fueron expuestos en las respectivas mesas de trabajo

que se realizan en el marco de la estrategia de acompañamiento a los gobiernos

locales en dificultades para la ejecución que desde el año anterior adelanta la PGN

en las distintas regiones del país. Dentro de las particularidades que se

encontraron es el bajo nivel de confiabilidad de los datos y la información que

genera, teniendo en cuenta las debilidades que presenta el aplicativo, como por

ejemplo:

No se hace una verificación y/o validación de la información reportada por las

distintas entidades obligadas, lo que permite que al sistema entre “cualquier

cosa”.

En los campos correspondientes a contratistas, NIT y nombre, una misma

persona puede ser ingresada tantas veces como se quiera como si fueran

distintas, sólo con escribir de forma diferente el nombre o la identificación.

En los campos numéricos permite que se incluya texto, en particular

identificación de contratistas y representantes legales.

Por posibles errores en la digitación de los valores, se ingresan cifras distintas

a las reales, verificadas en el documento del contrato.

No se hace un cargue real de los documentos de los procesos de selección.

Se encuentran entidades registradas en niveles u orden que no corresponde

con su naturaleza.

Estas deficiencias, entre otras, hacen que las cifras que muestra el sistema se

alejen de forma considerable de la realidad, distorsionándola y no siendo confiable

sus estadísticas, no siendo veraz, ni completa, ni procesable (como lo exige la Ley

1712/14), incluso se omite información significativa en los registros. Para que dicha

información se acerque a lo real y se puedan elaborar informes como los

presentados, es necesario hacer un extenso y dispendioso trabajo de verificación y

depuración, lo que de igual forma le resta fiabilidad al tener que manipular la base

de datos.

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De esta importante actividad se elaborará el respectivo informe, que se socializará

con las entidades concernidas.

Habitanza de calle

La Procuraduría General de la Nación realiza articulación, seguimiento y

acompañamiento a los representantes de las distintas entidades nacionales

participantes de la mesa técnica nacional de la política pública “habitanza calle”.

Durante el 2015, se solicitó a todos los alcaldes de las ciudades capitales un

informe respecto a las estrategias, planes y programas que se han venido

adelantado con los habitantes de calle, conforme a lo establecido en la Ley 1641

de 2012. Así mismo, en el mes de julio se presentó al Congreso de la República el

informe anual de esa política pública, según lo dispuesto por el artículo 12 de la

citada Ley.

El principal logro fue la revisión por parte de los integrantes de la Mesa Técnica

Nacional de las propuestas de líneas estratégicas y lineamientos generales, de la

estructura del Plan Nacional de Atención Integral y del proyecto de decreto

reglamentario de la Ley 1641 de 2013.

1.3.9 Medio ambiente

Estudio de diagnóstico de la pesca ilegal marina, no declarada y no

reglamentada a nivel nacional

En el marco del convenio suscrito entre la Procuraduría General de la Nación y la

Fundación Marviva, se acordaron realizar acciones conjuntas en materia de asesoría y

apoyo en la formulación de políticas públicas marino costeras, así como la difusión y

sensibilización de la importancia de las zonas marino costeras en el país, sus

ecosistemas y sus problemáticas. Dentro de ese marco, se realizó el diagnostico

nacional de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PINDNR) en territorio

marino, el cual incluyó el análisis tanto de la Costa Caribe como Pacífica, conociendo

que es una problemática que viene afectando en gran medida a Colombia, porque

impacta de manera negativa los esfuerzos de conservación, recuperación y

ordenamiento de las pesquerías, así como genera afectaciones importantes a nivel

ambiental, social y económico, entre las que están principalmente la disminución de la

seguridad alimentaria, la afectación a ecosistemas y recursos naturales marinos de

gran valor natural, y el debilitamiento del sector en general.

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Este estudio constituye un gran aporte, ya que actualmente Colombia no cuenta con

un diagnóstico sobre la pesca ilegal, razón por la cual se desconocen exactamente

sus efectos en aguas jurisdiccionales, y por consiguiente, las acciones más

apropiadas a nivel nacional y regional para prevenir, desalentar y eliminar dicha

pesca, no están claramente definidas.

En ese sentido, el estudio se realizó mediante diferentes estrategias de recopilación

de información primaria, dividiendo la misma en dos grupos: Gestión institucional y

Percepción social, lo cual se complementó con información secundaria mediante

revisión e investigación bibliográfica, tanto jurídica como técnica. Inicialmente se

efectuó una recopilación y revisión general de la normatividad nacional vigente

relacionada y de los estudios técnicos e instrumentos internacionales más relevantes

sobre la materia.

Para profundizar en el tema de percepción y conocimiento social de la PINDNR, se

elaboró un modelo de entrevista semiestructurada dirigida a los diferentes actores

sociales privados relacionados con la actividad pesquera, incluyendo organizaciones

de pescadores artesanales, pescadores de subsistencia y empresas de pescadores

industriales, que se aplicaron en las dos Costas.

Para tal fin, se realizaron visitas por parte de la Procuraduría General de la Nación, la

primera de ellas en la Costa Pacífica, específicamente a la ciudad de Buenaventura,

se visitaron diferentes sitios como organizaciones de pescadores artesanales, locales

de comercialización de productos pesqueros, puertos de pesca industrial, entre otros.

La segunda visita fue en la Costa Caribe, a las ciudades de Barranquilla, Santa Marta,

así como al municipio de Ciénaga en jurisdicción del departamento del Magdalena. El

cubrimiento del resto de municipios y departamentos costeros, se trabajó a través

de los Personeros Municipales, a quienes se les solicitó aplicar dichas entrevistas,

con el fin de poder abarcar la mayor cantidad de municipios costeros del Caribe y

Pacífico colombianos.

Las entrevistas se realizaron en 19 municipios, 16 del Caribe y 3 del Pacífico; en total

fueron 116 entrevistas, 66 en el Caribe y 50 en el Pacífico. En el departamento del

Chocó se llevó a cabo el mayor número de encuestas con 39 (municipio de Nuquí),

seguido del Atlántico con 27, de las cuales 18 fueron en Barranquilla, La Guajira y

Sucre con 10 cada uno, y en Buenaventura 9.

Adicionalmente, se realizó una investigación bibliográfica, tanto técnica como

normativa, para elaborar un contexto lo más completo posible sobre la pesca marina

ilegal en Colombia, así como para soportar de mejor manera los diferentes temas

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tratados en el estudio, con el fin de que los lectores menos expertos en el tema,

pudieran contar con material de referencia que les permitiera comprender mejor

la problemática de la pesca ilegal no declarada y no reglamentada a nivel nacional.

De lo anterior, se generaron conclusiones y recomendaciones en diferentes materias

como gestión legal, gestión institucional, gestión sancionatoria, gobernabilidad,

investigación, capacitación, sensibilización y educación, conocimiento y percepción

social, entre otros temas de tipo jurídico, técnico y administrativo.

Entre otras cosas y de manera general, se encontró que el cambio constante del

órgano rector pesquero colombiano, ha creado incertidumbre entre los diferentes

actores involucrados, originando así un vacío y confusión en el mismo sector, así

como una falta de trazabilidad y monitoreo en el tiempo sobre el tema particular. Esto

aunado a la falta de actualización del Estatuto General de Pesca, hace que existan

conceptos ambiguos, pocas regulaciones específicas, y en cierta medida confusión y

duplicidad de funciones y actividades para avanzar en su erradicación.

Igualmente, se puede mencionar que la gestión institucional ha sido básica y hasta

precaria en algunas zonas del país, manifestándose principalmente en que la

Autoridad Nacional para la Acuicultura y Pesca (AUNAP) y las Corporaciones

Autónomas Regionales (CAR) no son conocidas con total certeza por algunas

poblaciones de pescadores del Atlántico y Pacífico colombianos.

En ese sentido, una de las recomendaciones urgentes es que el Gobierno Nacional y

el Congreso de la República tomen acciones contundentes para la regulación de la

pesca ilegal no declarada y no reglamentada; siendo una de las primeras acciones la

aprobación del proyecto de ley que tiene como objetivo principal la lucha en contra de

la pesca ilegal no declarada y no reglamentada.

Así mismo, no existe de manera formal un documento de política que contenga la

estrategia de combate de la citada problemática; lo anterior se evidencia fácilmente en

la inexistencia de herramientas jurídicas y prácticas específicas que aporten en la

lucha de este flagelo, razón por la cual es urgente la formulación completa y

aprobación de un plan nacional para prevenir, desalentar y eliminar la PINDNR.

Evaluación de la institucionalidad en el sector público agropecuario

La Evaluación de la institucionalidad en el sector público agropecuario aborda un

análisis de la institucionalidad agraria desde la perspectiva de lo local. El informe se

realiza básicamente mediante el análisis de documentos oficiales y revisión normativa

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relacionados con el tema de política agraria entre los cuales se destacan el Pacto

Agrario y la Cumbre Agraria, así como la evaluación de 907 Consejos Municipales de

Desarrollo Rural –CMDR– activos, donde se establece que la gran mayoría fueron

reactivados con la convocatoria del Pacto Agrario para generar insumos para la

elaboración de lineamientos de política para el sector agropecuario y apoyar proyectos

productivos que mejoren la competitividad de la producción agropecuaria y desarrollo

rural en los departamentos y municipios del país.

El Pacto Agrario es un proceso de construcción participativa para reformular la política

pública agropecuaria y de desarrollo rural, como respuesta del Gobierno al paro

agrario del 2013, el cual orienta su trabajo en dos frentes: el primero, destinado a

generar insumos para la elaboración de lineamientos de política para el sector

agropecuario y rural, y el segundo para apoyar proyectos que mejoren la

competitividad de la producción agropecuaria y el desarrollo rural en los

departamentos y municipios del país.

Como resultado de este proceso se generaron 98.554 lineamientos de política pública

y 4.373 proyectos, de los cuales 159 fueron para 28 departamentos por un valor de

$15.647.649.936 y 3.730 proyectos en 289 municipios por un valor de cofinanciación

de $88.968.000.000. Es importante mencionar que tan solo 405 proyectos fueron

viables (10.85%) y los más representativos fueron para transformación/maquinaria e

infraestructura con un 48% (194 proyectos), sector agrícola con un 23% (94

proyectos), pecuario con un 19% (77 proyectos), frutales con un 9% (35 proyectos) y

asistencia técnica solamente con un 1% (5 proyectos).

Los lineamientos de política pública están enfocados en 4 componentes o ejes: Tierras

y agua, componente productivo, infraestructura económica, social y servicios públicos

e institucionalidad. El componente productivo fue el más representativo (41%) y está

enfocado a la asistencia técnica empresarial (18%), innovación ciencia y tecnología

(18%), comercialización almacenamiento y mecanismos de compra (17%),

asociatividad y emprendimiento (14%). El componente de infraestructura económica,

social y servicios público se dirige hacia la vivienda rural y saneamiento básico (29%),

infraestructura de transporte (20%), educación (19%).

La Cumbre Agraria es un proceso organizativo que integra a los movimientos que

participaron en el paro agrario en el 2013 y con los cuales el gobierno concertó una

serie de acuerdos que versan sobre los siguientes aspectos que fueron discutidos en

esas temáticas: Desarrollo rural, infraestructura rural, fortalecimiento organizativo y

foros de paz, mesas regionales, derechos humanos, comité de alternativas penales,

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misiones de verificación, creación de CERREM campesino, bloque económico y

economía propia contra el despojo; minería, energía, ruralidad, tierras y territorialidad.

Para este proceso se presentaron 223 proyectos por un valor de $257.557.869.701,

de los cuales se priorizaron 73 proyectos en las categorías de pecuarios (23%),

soberanía alimentaria (20%), fortalecimiento productivo (18%), agrícolas (10%) y

agropecuarios con un 10%.

Como principal conclusión se encuentra que los municipios participaron activamente

en los procesos con el fin de adquirir recursos para el financiamiento de los proyectos

productivos a través de las diferentes convocatorias (Pacto Agrario y Cumbre Agraria),

pero tan solo un 11% fueron aceptados, esto quiere decir que el 89% restante quedó

sin recursos para su financiamiento, evidenciando que si bien ese sistema puede

servir para generar insumos para la elaboración de políticas públicas, no soluciona la

problemática que sufre el campesinado.

Se observa cómo la institucionalidad existente no ha garantizado el cumplimiento de

los objetivos constitucionales de promoción de la economía campesina y de la

producción de alimentos, por lo que se requiere adelantar una reforma estructural del

sector que parta del reconocimiento del campesino como sujeto de derechos y del

contenido estratégico de la política de seguridad alimentaria.

Capacidad de adaptación de los municipios de Colombia al cambio climático

La Procuraduría General de la Nación valoró la necesidad de diagnosticar e identificar

las acciones adelantadas por los municipios de Colombia frente al cambio climático

con el fin de generar recomendaciones a nivel técnico y jurídico que sirvan de insumo

para afrontar todas las responsabilidades y retos que implica la implementación de

políticas públicas nacionales, programas y proyectos territoriales en materia de

adaptación al fenómeno.

Para esto se diseñó una encuesta de 60 preguntas en las que se tuvo en cuenta

variables como información del municipio, prestación y cobertura de servicios públicos,

actualización e inclusión de variables ambientales en los planes de ordenamiento

territorial, actividades económicas de los diferentes entes territoriales, inclusión de

variables de cambio climático en las actividades del municipio, así como la importancia

de educar a la población en relación con los impactos que puede desencadenar este

fenómeno a futuro, y la necesidad de realizar proyectos de adaptación a nivel

municipal y regional.

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Las encuestas fueron contestadas por 936 municipios, y la tabulación y análisis de

esta información se realizó con el Fondo para la Acción Ambiental y la Niñez, con

quien se suscribió el Convenio No 179-019-2015.

El informe producto de esta actividad, fue presentado por la Procuraduría General de

la Nación a la opinión pública en noviembre de 2015 en la ciudad de Montería, y contó

con la presencia del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, los directores de

las Corporaciones Ambientales, los Institutos de Investigación, alcaldes, personeros,

entre otros.

Dentro de las principales conclusiones generales del estudio, el Ministerio Público

advierte que:

- Es necesario incorporar medidas de adaptación específicas al contexto de cada

municipio, teniendo en cuenta las características de población, tipos de geografía

predominantes, las comunidades ubicadas en áreas de riesgo, la economía

municipal y la distribución de la población en sus zonas rurales y urbanas, entre

otras, con el fin de determinar su vulnerabilidad y las oportunidades que puede tener

de adaptación a nivel local.

- La adaptación es un proceso que demanda la articulación de diferentes actores que

participen y coordinen los diversos sectores. Para esto es necesario diagnosticar la

vulnerabilidad de la población, así como el medio biofísico, social y económico para

poder diseñar las estrategias específicas que más se ajusten a la realidad.

- Las cifras de la encuesta son una alerta sobre el uso de los instrumentos de

ordenamiento territorial, su eficiencia, y la consideración de que ellos hagan de la

evidencia del cambio climático.

- La adaptación a este fenómeno demanda prepararse para escenarios en el corto y

mediano plazo de lluvias y sequías más intensas, lo que incluye repensar el uso

actual del territorio y privilegiar coberturas reguladoras que amortigüen las

consecuencias que estos extremos puedan tener sobre los sectores productivos y

las vidas humanas; las cifras de la encuesta muestran que esta es una tarea

pendiente para el país.

Con este estudio, la Procuraduría generó un insumo fundamental para fortalecer las

capacidades de los entes territoriales municipales y facilitarles la toma de decisiones

acertadas teniendo presente la necesidad de generar prácticas de adaptación y

planificación ante un fenómeno de esta magnitud.

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1.4 FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y AL CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN PÚBLICA

Participación red institucional de apoyo a las veedurías ciudadanas

En desarrollo del artículo 22 de la Ley 850 de 2003, se creó la Red Institucional de

Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, como un conjunto de entidades que a través de

acuerdos y cooperación, definen planes, acciones y recursos conjuntos para apoyar a

las veedurías ciudadanas y sus redes. Esta gran alianza institucional para el apoyo y

fomento de la participación ciudadana está integrada, además de la Procuraduría

General de la Nación, por la Contraloría General de la República, Ministerio del Interior

y de Justicia, Defensoría del Pueblo, Departamento Administrativo de la Función

Pública, la Escuela Superior de Administración Pública y el Departamento Nacional de

Planeación.

La Procuraduría General de la Nación ha participado en las diferentes reuniones

realizadas por dicha red. Los resultados de los avances de las acciones programadas

en el respectivo plan de acción que se aprobó para el 2015, fueron las siguientes:

- Línea de Organización y Funcionamiento: Tiene como objetivo garantizar la

organización y funcionamiento de la Red a nivel nacional y además, promocionar,

apoyar y fortalecer a las redes institucionales de apoyo a las veedurías ciudadanas

del nivel territorial. Se brinda orientaciones a las redes departamentales a través

de tutorías de entidades nacionales de la red. Así mismo, se asiste a las reuniones

que de manera periódica convoca la secretaria técnica de la red que actualmente

se encuentra bajo el liderazgo de la Defensoría del Pueblo. Los logros de la línea

en el 2015 fueron: Plan de acción 2015 en web consultado y socializado ante la

ciudadanía; seguimiento a los planes de acción de las redes nacional y

departamentales; taller nacional de fortalecimiento con 18 redes departamentales

(Armenia - Quindío); video ESAP y programa ESAP TV; y 21 sesiones ordinarias

de coordinación del Comité Técnico de la Red para el cumplimiento del plan de

acción 2015.

- Línea de Asistencia Técnica y Evaluación: Su finalidad es desarrollar

estrategias y mecanismos de carácter legal y organizativo para fortalecer a los

grupos de control social, las veedurías ciudadanas y sus redes de acuerdo con las

competencias de cada entidad. Los logros de esta línea en el 2015 fueron:

Atención de solicitudes sobre aspectos legales y procedimentales para la

conformación y funcionamiento de las veedurías ciudadanas (Documento

Orientador de la Ley 850 de 2003); promoción a las veedurías ciudadanas de la

Estadística Matriz de solicitudes atendidas; conformación de redes de veedurías

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ciudadanas en recursos de regalías, mesas de participación de víctimas,

fortalecimiento a los municipios en consolidación territorial, proceso electoral, ley

de transparencia. Adicionalmente, se diseñó una herramienta para la evaluación

de la gestión pública por parte de las veedurías ciudadanas.

- Línea de Formación y Capacitación: Consistente en fortalecer capacidades

regionales para desarrollar actividades de capacitación con ciudadanos, líderes

sociales y servidores públicos para el control social a la gestión pública. Los

logros durante el período de análisis consistieron en: Se avanzó en la actualización

del módulo de Control Social; 604 multiplicadores formados en control social en 6

talleres departamentales; se realizó la semana de la participación en coordinación

con tres redes departamentales, con la participación de 802 personas, entre

ciudadanía y funcionarios públicos; y 6.000 ciudadanos formados y actuantes a

nivel nacional como promotores del control social a la gestión pública2.

- Línea de Comunicación: Tiene como propósito promover la implementación de

mecanismos que contribuyan a la accesibilidad, calidad y uso adecuado de la

información por parte de la ciudadanía y las entidades públicas, así como

garantizar que se divulguen las actividades de la Red y facilitar su interacción con

los actores vinculados al control social.

La Procuraduría General de la Nación, en el marco del proyecto de la estrategia de

comunicación de participación ciudadana, dio a conocer las piezas comunicativas

a nivel nacional, encaminadas al fortalecimiento de dicha participación. Fue así

como en el 2015, en el programa institucional de la ESAP se divulgó la gestión y

resultados de la Red Interinstitucional; se distribuyeron materiales y piezas

comunicativas a la Redes Nacional y Departamentales para el cumplimiento de sus

funciones.

Línea de Investigación y Desarrollo: Su finalidad es ampliar el conocimiento

teórico y práctico en materia de control social a la gestión pública, a partir de

estudios académicos, desarrollos legislativos y experiencias significativas de las

veedurías, sus redes y otros grupos de control social, así como los avances de la

democratización de la gestión pública. El logro en esta línea fue principalmente

contribuir en el incremento del registro de veedurías y sus redes por parte de las

personerías municipales y las cámaras de comercio (de 6 a 400).

2 Fuente SIPAR - Contraloría General de la Nación.

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Estrategia de comunicación de participación ciudadana

Tiene como objetivo divulgar y socializar los mecanismos de participación ciudadana y

control social en desarrollo de la gestión preventiva que ejerce la Procuraduría

General de la Nación, enfocándose en los operadores preventivos de la Entidad en

todo el territorio nacional, así como en los funcionarios que desempeñan esta misma

labor en las defensorías regionales, personerías departamentales y Bogotá, D.C., con

alcance nacional para la ciudadanía en general.

Durante el 2015, se elaboraron diferentes piezas comunicativas que a lo largo del año

se distribuyeron y divulgaron en todo el territorio nacional a través de comerciales en

televisión, cuñas radiales y material promocional.

IV semana de la Participación Ciudadana de la Procuraduría General de la

Nación

La Procuraduría General de la Nación, como vigilante del ordenamiento constitucional

y legal, debe de contribuir al fortalecimiento de la participación ciudadana a través de

programas de carácter pedagógico, que den a conocer los derechos y deberes de la

ciudadanía y de los servidores públicos en el control social a la gestión pública. Por

este motivo, con el apoyo del Instituto de Estudios del Ministerio Público, en

desarrollo de la función preventiva y con el fin de continuar contribuyendo al

fortalecimiento de la participación en el país, la Procuraduría cada año programa la

“Semana de la participación ciudadana”.

Es así como el 15 de septiembre de 2015 se dio inició la Cuarta Semana de la

Participación Ciudadana con un énfasis en “el derecho de petición, la contratación

estatal y la participación democrática”, cuya instalación se llevó a cabo en el auditorio

Antonio Nariño de la Procuraduría General de la Nación, con la asistencia de 416

personas entre ciudadanos, organizaciones sociales, veedurías ciudadanas y

funcionarios públicos.

El primer día del evento se contó con la participación de destacados conferencistas

como la magistrada de la Corte Constitucional, Gloria Stella Ortiz Delgado, quien

instruyó a los convocados sobre “la actual ley estatutaria del derecho de petición”.

Por su parte, el magistrado auxiliar de la Corte Constitucional, Luis Guillermo Moreno

Ortiz habló sobre “la nueva Ley Estatutaria para la promoción y protección del

derecho a la participación democrática (Ley 1757 de 2015)”, y el doctor José Camilo

Guzmán Santos, delegado de Colombia Compra Eficiente, se refirió a la

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subsanabilidad y factores de calidad en la contratación estatal, ilustrando con

ejemplos claros de algunos procesos públicos licitatorios y dejando algunas claves

para que los funcionarios y ciudadanos que realizan control de los recursos del

Estado, cumplan mejor su rol de veedores y vigilantes de la contratación.

Al finalizar la jornada, quedó claro que los ciudadanos contamos con herramientas

para hacer control y vigilancia a la administración y propender por una correcta

gestión pública.

Esta semana pedagógica continuó el miércoles 16 de septiembre en el Centro de

Convenciones de la ciudad de Armenia, Quindío, con 106 asistentes y el viernes 18

de septiembre en la Universidad del Magdalena en Santa Marta, con 280 asistentes

para un total de 802 personas capacitadas y conocedoras de sus derechos y

deberes.

Apoyo al proyecto de mecanismos de participación ciudadana y la función

preventiva de la PGN

Con el propósito de definir la política institucional, los mecanismos e instrumentos para

el apoyo a la participación ciudadana y el ejercicio del control social a la gestión

pública en el marco del nuevo modelo de gestión preventivo de la PGN se expidió la

Resolución 186 de mayo de 2015, "por la cual se adopta la política interna para el

aprovechamiento de los mecanismos y espacios de participación ciudadana en el

marco del fortalecimiento de la función preventiva de la Procuraduría General de la

Nación".

Los resultados esperados de este proyecto de manera específica están orientados a

elaborar los productos basándose en el nuevo modelo de gestión preventivo que

busca el desarrollo de una sólida capacidad anticipatoria, enfoque de derechos,

generación de valor en el sector público y orientación hacia las políticas públicas, así

como diseñar herramientas prácticas para facilitar la labor el operador preventivo de la

Procuraduría, aprovechando los mecanismos de participación ciudadana y control

social a la gestión pública existentes en la normatividad nacional.

Este programa se ha venido divulgado en el marco de los encuentros de la red

institucional de apoyo a las veedurías ciudadanas y en la promoción de la Ley de

Transparencia.

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1.5 IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y DEL

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

CAPACITACIÓN Y PROMOCIÓN

Teniendo en cuenta que los partidos, movimientos políticos y los grupos significativos

de ciudadanos son sujetos obligados de la Ley 1712 de 2014, durante 2015 se priorizó

a estos sujetos obligados para brindar capacitación y hacer promoción del

cumplimiento de esta ley estatutaria. Así, se capacitaron de manera presencial a 6

partidos políticos en sus sedes nacionales en conjunto con la Secretaría de

Transparencia de la Presidencia de la República y el Instituto Holandés para la

Democracia Multipartidista. De otra parte, la totalidad de los partidos asistieron a los 3

eventos especializados sobre el cumplimiento de la Ley 1712 de 2014, que fueron

organizados por la Procuraduría en las ciudades de Santa Marta, Barranquilla y

Bogotá, y contaron con la asistencia de 628 personas, de las cuales, 200 eran

miembros de las organizaciones políticas.

Durante el año 2015, se realizaron 21 eventos de capacitación y promoción de la Ley

1712 de 2014 en igual número de municipios del país, a través de la contratación de

un operador logístico. Para la selección de los lugares, se consideraron los resultados

del IGA (2013-2014), eligiendo aquellos donde se advierten posibles riesgos de

incumplimiento normativo.

Tras la realización de estos eventos, en total se contó con la asistencia de 1478

personas. Otros aliados para el 2015 fueron la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y

la Defensoría del Pueblo, quienes contactaron al grupo para hacer capacitaciones a

los jueces alrededor del país y a líderes comunitarios, a través de los cuales se

realizaron 6 capacitaciones en Bogotá, Florencia, San Andrés, Quibdó y Manizales. En

total se llevaron a cabo 78 eventos de capacitación y promoción en 32 municipios del

país, donde se capacitaron a un total de 5450 personas, entre funcionarios públicos y

ciudadanos.

Como segunda actividad dentro del área de Promoción y Capacitación, y dando

cumplimiento al literal d) del artículo 23 de la Ley 1712 de 2014, se celebró un contrato

interadministrativo con la Imprenta Nacional de Colombia para el diseño, diagramación

e impresión con énfasis pedagógico de 103.950 ejemplares de tres (3) ediciones de

cartillas y 673.500 unidades de cinco (5) ediciones de plegables, sobre la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública, para ser distribuidos entre los

sujetos obligados y la ciudadanía durante el 2016.

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Tabla No. 8

Promoción y Capacitación Transparencia y acceso a la Información Pública – año

2015

MUNICIPIO NÚMERO

ASISTENTESACACÍAS 82

ARAUCA 65

BARRANCABERMEJA 20

BARRANQUILLA 73

BOGOTÁ 1787

BUENAVENTURA 40

CALI 300

CARTAGENA 50

CUCUTA 65

FLORENCIA 65

GTDAIP 10

IBAGUÉ 321

LA CALERA 20

LETICIA 44

MANIZALES 20

MEDELLÍN 309

MITU- VAUPÉS 17

MOCOA 51

MONTERIA 320

NEIVA 54

PASTO 57

PEREIRA 134

POPAYÁN 25

PUERTO CARREÑO 105

QUIBDÓ 76

RIOHACHA 94

SAN ANDRÉS 90

SAN GIL 60

SAN JOSÉ DE GUAVIARE 71

SANTA MARTA 492

SINCELEJO 500

UBATÉ 33

TOTAL 5450

CAPACITACIONES EN EL 2015

SOBRE LEY 1712 DE 2014

VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO

Visitas de Vigilancia presenciales y virtuales

Durante el 2015 se realizaron 144 visitas virtuales y presenciales a diferentes sujetos

obligados del orden nacional y territorial, con la finalidad de verificar el cumplimiento

de las disposiciones consagradas en la Ley 1712 de 2014, así como en el Decreto

103 de 2015 relacionadas con la divulgación de la información, o transparencia

activa. En este ejercicio se evidenció un cumplimiento promedio del 60% de las

obligaciones de la ley y su decreto reglamentario por parte de las entidades visitadas

presencialmente, siendo la obligación de publicar la estructura orgánica de la entidad

en su sitio web la única con un 100% de cumplimiento. Le siguen las obligaciones de

publicar la ubicación de las sedes, divisiones y/o departamentos, los planes de

acción, metas y objetivos, y los mecanismos de peticiones, quejas y recursos (PQR) y

de participación ciudadana con un cumplimiento por parte del 94% de las

instituciones visitadas.

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Las obligaciones con menos cumplimiento por parte de las entidades visitadas

presencialmente fueron las de publicar el índice de información clasificada y

reservada, y la sección particular en la página de inicio del sitio web oficial, con un

cumplimiento del 13%.

Modelo de Vigilancia a Sujetos Obligados “No tradicionales”:

Se desarrolló el proyecto de diseño de un modelo de monitoreo para los sujetos

obligados “no tradicionales” en el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso

a la Información Pública Nacional, basado en la articulación interinstitucional

mediante la implementación de una metodología de aplicación y validación, el cual

contó con la asistencia técnica del Programa Eurosocial II, a través de la contratación

de un experto en la materia. Como resultado de su ejecución se realizó un foro

internacional con la participación de representantes de los órganos garantes de la

transparencia y el acceso a la información pública de Brasil, Chile y México, expertos

del Banco Mundial, de la Superintendencia de Industria y Comercio y Confecámaras.

Posteriormente, se llevó a cabo un taller en el que se recogieron los aportes de los

asistentes para tener insumos necesarios para la formulación del modelo de vigilancia

de la Ley 1712 de 2014. Finalmente, se diseñó el mencionado modelo junto con una

metodología de aplicación y validación, y se definieron las acciones de coordinación y

articulación entre las entidades líderes de la política y las entidades de vigilancia y

control de sujetos obligados “no tradicionales”, cuya aplicación se inició en el presente

año.

Índice de Gobierno Abierto a entidades del orden nacional (IGA Nacional)

Se replicó la metodología del IGA aplicándola a las entidades del orden nacional.

Para esto, se evaluó el cubrimiento de las fuentes y sistemas de información del

Estado e identificó cuáles de éstos permiten monitorear el cumplimiento de las

obligaciones establecidas en la Ley 1712 de 2014. Es así como se seleccionaron diez

(10) fuentes y sistemas de información a los cuales reportan las entidades públicas

del orden nacional y que son administrados por siete (7) entidades encargadas de la

implementación y vigilancia de distintas políticas públicas. La estructura del IGA se

mantuvo considerando el marco teórico, previamente analizando los componentes y

variables que influyen en la construcción de un Gobierno Abierto, entendiendo que

este paradigma se fundamenta en una gestión con acceso a la información pública,

donde se escucha y dialoga con el ciudadano, a fin de responder a sus necesidades

con soluciones colaborativas, abiertas y transparentes.

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Tabla No. 9

Fuentes y sistemas de información - año 2015

SIGLA - FUENTES Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN No. %

SECOP - Sis tema Electrónico de Contratación Públ ica 295 71%

AGN - Archivo General de la Nación 284 69%

INTEGRA - Procuraduría General de la Nación 240 58%

MECI - Modelo Estándar de Control Interno DAFP 231 56%

SIGEP - Sis tema de Información de Gestión y el Empleo Públ ico - DAFP 209 51%

SUIT - Sis tema Único de Información de Trámites -DAFP 200 48%

GEL - Gobierno en Línea - MinTIC 187 45%

FURAG- Formulario Único de Reporte de Avances en Gestión - DAFP 180 44%

DNP-SC - Servicio a l Ciudadano - DNP 159 38%

RdC - Rendición de Cuentas Secretaría de Transparencia 134 32%

Total de entidades públicas depuradas orden nacional 413 100%

Es así como se mantuvieron las tres (3) dimensiones de organización, exposición y

diálogo de la información, conservando las ponderaciones de 20%, 40% y 40%

respectivamente. Todos los indicadores tuvieron la ponderación de un 10%, a

excepción de los indicadores de Gobierno en Línea y atención al ciudadano, que

tienen un peso relativo de 20%.

El primer resultado que arroja este análisis para el desarrollo del IGA Nacional es la

insuficiencia de los sistemas de información del Estado para cubrir a todas las

entidades del orden nacional; alrededor de 259 entidades nacionales no reportan en

estos sistemas de información, cifra que corresponde al 31% del total de entidades

identificadas con base en las fuentes descritas. En parte esta situación se debe a las

diferencias en los ámbitos de aplicación de las distintas normativas que tienen las

entidades nacionales, según el sector al cual pertenecen y la naturaleza jurídica.

Teniendo en cuenta lo anterior, sólo fue posible calcular el IGA para 94 entidades del

orden nacional, las cuales reportan en la totalidad de los sistemas y fuentes de

información del Estado que estructuran el índice.

El resultado del nivel de cumplimiento normativo para las entidades del orden

nacional, en los indicadores que son objeto de medición, es de 70%. Todas estas

obligaciones se relacionan directa o indirectamente con el cumplimiento de la Ley

1712 de 2014. Visto de forma desagregada, las tres dimensiones del IGA para

entidades del orden nacional tienen los siguientes resultados: Organización de la

Información 57%, Exposición de la Información 75% y Diálogo de la Información 59%.

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Se destaca en estos resultados el bajo nivel de cumplimiento de la Ley de Archivos,

con un resultado ponderado de apenas el 46%, a pesar de tratarse de obligaciones

que vienen desde el año 2000. De otra parte, el resultado del componente de

transparencia, donde se evalúa el cumplimiento de las obligaciones de la Ley 1712 de

2014, fundamentado en el reporte de las entidades en el Formulario Único Reporte

de Avance de la Gestión (FURAG), tiene un cumplimiento del 52% para el 2014, y el

componente del Programa Gobierno en Línea del 56%.

Por otro lado, se evidencia que el cumplimiento de las normativas relacionadas con el

Sistema Único de Información de Trámites (SUIT), tiene el mejor resultado con un

92% de cumplimiento, seguido por el cumplimiento del reporte a Sistema de Gestión

del Empleo Público (SIGEP), con un 84%. Esto conlleva a que la dimensión de

Exposición de la Información, relacionada con algunos ítems de Transparencia Activa

o divulgación de la información pública en los sitios web oficiales, sea el de mayor

avance con un 75% de cumplimiento ponderado.

Finalmente, con los resultados obtenidos se elaboró un ranking para las entidades del

orden nacional donde las que obtuvieron mayor puntaje fueron el Instituto Geográfico

Agustín Codazzi (IGAC), con 84.17% de cumplimiento, seguido por la Agencia

Logística de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo

(MINCIT), con cumplimientos del 83.77% y 83.61%, respectivamente.

Las tres con resultados más bajos fueron la Compañía de Seguros Generales La

Previsora S.A, con 45.47%, la Unidad Nacional de Protección y el Centro Nacional de

Memoria Histórica, con 46.09% y 49.97%, respectivamente.

ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

En enero 27 de 2015 se realizó la primera reunión del Comité Interinstitucional de

Transparencia y Acceso a Información Pública del Ministerio Público. En esta reunión

se fijaron un total de 22 acciones propuestas para cada una de las instituciones parte

del Comité. En particular a la Procuraduría General de la Nación le correspondieron

seis (6) acciones:

1. Prestar colaboración a la Defensoría del Pueblo en la elaboración de informes

sobre decisiones y cumplimiento de tutelas.

2. Formulación de indicadores de cumplimiento para el Ministerio Público, partidos

políticos y entidades territoriales como sujetos obligados.

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3. Consolidación y difusión de matriz para autoevaluación por parte de los sujetos

obligados.

4. Promoción de la ley a 800 funcionarios de la PGN.

5. Realización de cinco (5) foros especializados sobre la ley a partidos políticos.

6. Estandarización del procedimiento especial de solicitud de información con

identificación reservada para todas las entidades del Ministerio Público así como

la forma de monitoreo de dicha gestión.

De otra parte, con el apoyo de instituciones internacionales, se desarrollaron

actividades en tres (3) escenarios determinados por el tipo de cooperante: el

Programa Eurosocial II, la Red de Transparencia RTA y el Programa de las Naciones

Unidas para el Desarrollo. Se suscribió un convenio de cooperación entre la PGN y

Eurosocial II, con el objetivo de generar un modelo de vigilancia al cumplimiento de la

Ley 1712 de 2014 destinado a sujetos obligados no tradicionales. En el marco de este

proyecto, se realizó un taller con invitados internacionales y participación de tales

sujetos obligados. De este taller se extrajeron insumos que sirvieron para la

elaboración del modelo de vigilancia.

En 2015 se realizó la solicitud formal para iniciar el proceso de adhesión en calidad

de miembro adherente a la Red de Transparencia y Acceso a Información Pública

(RTA), la cual está conformada por organizaciones garantes de las leyes de acceso a

información en América Latina.

En el marco de esta agrupación de instituciones, en el mes de noviembre se participó

en el X encuentro de la RTA realizado en Uruguay, gracias al apoyo de Eurosocial II.

En el marco de la RTA se espera poder generar espacios de intercambio de

conocimientos y actividades de cooperación que fortalezcan la labor misional de la

PGN, en relación a las funciones asignadas en la Ley 1712 de 2014.

Por último, desde el mes de mayo de 2015 se iniciaron contactos con el PNUD para

establecer posibles actividades de cooperación. Se acordó la suscripción de un

Memorando de Entendimiento con el objetivo de generar una herramienta ajustada a

las necesidades y competencias legales de la Procuraduría en el marco de la Ley

1712 de 2014, para medir el nivel de cumplimiento de la Ley de Transparencia y del

Derecho de Acceso a la Información Pública en los partidos políticos. Documento que

se encuentra en revisión de la oficina del PNUD en Nueva York, para posteriormente

ser firmado por las partes.

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1.6 IMPLEMENTACIÓN DEL COMPONENTE DE SENSIBILIZACIÓN Y

COMUNICACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE “LA CULTURA DE LA LEGALIDAD

Y LA INTEGRIDAD”

Como parte del programa de fortalecimiento de la función preventiva de la Procuraduría

General de la Nación, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se

implementó la estrategia para promover la formación y sensibilización de cultura de la

legalidad y la integridad - CLIC con el fin de que los servidores públicos y la ciudadanía en

general rechacen la corrupción y respeten la ley.

Es así como se identificaron cinco áreas críticas que conllevan al comportamiento

inadecuado de los servidores públicos y que desencadenan en actos de corrupción o

fraude, así:

1) Falta de consistencia interna de valores;

2) Debilidad en la apropiación normativa;

3) El interés individual prima sobre el interés colectivo;

4) Pérdida del sentido en torno al servicio público; y

5) Desconfianza institucional.

Lo anterior se evidencia porque en la actualidad existen ideologías éticas que se imponen

en la cultura de la ciudadanía en general, lo que hace evidente diferenciar entre lo que

está bien o lo que está mal, tales como el consumismo, el individualismo, el relativismo

que causan una violencia constante que se denomina corrupción.

Durante el 2015 se continuó con los esfuerzos del Proyecto CLIC que se enfocaron en

dos frentes:

1. Llevar la estrategia a nuevas entidades,

2. Realizar seguimiento y refuerzo en sus componentes a las entidades ya intervenidas.

Fue así como se iniciaron seguimientos y capacitaciones a entidades piloto, dirigidos

específicamente a los líderes de cada entidad y directivos a cargo de la misma, así:

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Tabla No. 10

Seguimiento y capacitación estrategia de cultura de la legalidad y la integridad –

año 2015

SEGUIMIENTO Y CAPACITACIÓN ESTRATEGIA DE CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD

Entidad Horas Personas

Capacitadas

Alcaldía de Cali 8 5

Alcaldía de Yopal 8 15

Gobernación de Casanare 8 17

Alcaldía de Pasto 8 25

Ministerio de Salud 8 6

Alcaldía de Cartagena 8 7

Gobernación de Bolívar 8 14

Invías 8 8

Gobernación de Santander 8 7

Alcaldía de Puerto Wilches 8 8

TOTAL 80 112

Se llevaron a cabo procesos de formación y sensibilización en la Secretaría de Educación

Distrital de Barranquilla, del INPEC, Ministerio de Comercio y las Procuradurías

Regionales de Atlántico, Antioquia, Arauca, Risaralda y Caquetá, capacitándose

aproximadamente unos 508 servidores públicos. Esta tarea causó un impacto en el

número de servidores públicos que se han vinculado a la estrategia de cultura de la

legalidad y la integridad para Colombia; alrededor de 500 funcionarios de entidades del

orden nacional y territorial han solicitado procesos de formación, como el INPEC, ISNOR,

Alcaldía de Riohacha y Gobernación de La Guajira.

Se contrató al Centro Nacional de Consultoría para la realización de la encuesta de

comprobación de la estrategia de la CLIC en ocho (8) entidades piloto del programa como

a cinco (5) Procuradurías Regionales. Al cierre de la vigencia 2015 se encontraba en la

Fase 1 - Levantamiento de información (análisis y preparación de instrumentos para la

comprobación de la estrategia de cultura de la legalidad y la integridad, preparativo de

campo y recolección de la información).

Así mismo, en los meses de noviembre y diciembre de 2015, se efectuaron

capacitaciones y se verificaron las actuaciones establecidas en los mapas de riesgos

construidos por las entidades piloto de la CLIC que a continuación se relacionan.

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Tabla No. 11

Seguimiento a la estrategia de cultura de la legalidad y la integridad – año 2015

PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y CAPACITACIÓN ESTRATEGIA DE CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD

Entidad Horas Personas

Capacitadas

Alcaldía de Yopal 8 9

Gobernación de Casanare 8 13

Alcaldía de Cartagena 8 8

Gobernación de Bolívar 8 20

Gobernación de Santander 4 7

TOTAL 36 57

1.7 RESULTADOS REGIONALES Uno de los propósitos de la Procuraduría General de la Nación es orientar los esfuerzos a

fortalecer sus funciones misionales en el nivel regional, fundamentalmente en cuanto a la

garantía de la calidad del proceso disciplinario y las de control y vigilancia, con el fin de

evitar que las entidades territoriales ejerzan irregularmente su gestión.

Es por ello que, en el nuevo Plan Estratégico de la entidad, se diseñaron acciones

tendientes a fortalecer a las Procuradurías Regionales y Provinciales, de manera que se

prioricen las actuaciones de control preventivo con respecto a:

La contratación estatal.

Los Planes de Desarrollo Territoriales.

Salud, educación, pensiones y temas ambientales.

Familia y víctimas.

Niños, niñas, adolescentes y adulto mayor.

Producto de la gestión realizada en la vigencia 2015 se presentan los resultados del

ámbito territorial en materia preventiva, de la siguiente manera:

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Tabla No. 12

Resultados Procuradurías Territoriales proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO 2015

RE

GIO

NA

LES

PR

OV

INC

IALE

S DIS

TR

ITA

LES

TOTAL

ASUNTOS RECIBIDOS

TOTAL ORIENTACIONES 14.547 13.499 634 28.680TOTAL ASUNTOS ABREVIADOS 23.019 10.473 3.999 37.491TOTAL ASUNTOS ORDINARIOS 2.778 1.914 2.437 7.129TOTAL CASOS PREVENTIVOS 564 300 5 869ESCENARIO ORIENTACIÓN

Asuntos que requieren orientación recibidos 12.224 13.943 466 26.633Asuntos que requieren orientación evacuados 12.784 14.845 507 28.136ESCENARIO DE MITIGACIÓN

Total de asuntos abreviados recibidos 21.964 10.380 4.001 36.345Total de asuntos abreviados evacuados 21.988 10.501 3.595 36.084Asuntos ordinarios recibidos 2.930 2.659 2.721 8.310Total de asuntos ordinarios evacuados 2.686 2.546 2.528 7.760Asuntos ordinarios cerrados y archivados 1.681 2.044 74 3.799ESCENARIO ANTICIPACIÓN

Total de casos preventivos asignados 767 479 3 1.249Casos preventivos iniciados 736 510 7 1.253Total de casos preventivos evacuados 764 627 2 1.393Casos preventivos cerrados y archivados 764 648 2 1.414SEGUIMIENTO AL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS

Sentencias recibidas 1.652 50 0 1.702Sentencias de las que se efectuó requerimiento para su cumplimiento 1.226 72 0 1.298Sentencias con cumplimiento por parte de la autoridad competente. 5.864 330 0 6.194ACTIVIDADES PREVENTIVAS

Reuniones realizadas por la dependencia 826 997 18 1.841Reuniones en las que participó la dependencia 3.278 2.869 101 6.248Capacitaciones realizadas 203 270 47 520Funcionarios públicos capacitados 6.808 6.015 791 13.614Particulares capacitados 2.194 3.158 0 5.352Visitas realizadas 1.374 1.513 67 2.954Requerimientos escritos efectuados 32.491 20.172 3.482 56.145Respuestas a peticionarios y entidades 11.580 5.687 5 17.272Copias a otro proceso misional o externo 120 1.267 0 1.387Informes parciales o cierre y archivo 1.478 2.423 0 3.901Documentos de analisis en desarrollo de la función preventiva 4.715 1.684 0 6.399Resoluciones, directivas y circulares formalizadas 285 560 0 845Documentos proposiciones y observaciones en proyectos legislativos 7 0 0 7Acciones de tutela interpuestas 93 62 0 155Acciones de revisión interpuestas 1 0 0 1Acciones populares interpuestas 2 11 0 13Acciones de grupo interpuestas 1 0 0 1Habeas corpus interpuestos 3 1 0 4Declaraciones recibidas en linea 3.298 4.967 68 8.333Declaraciones recibidas personalmente 4.398 7.118 209 11.725Declaraciones de registros de predios y territorios abandonados 184 112 0 296

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Los siguientes son algunos de los casos relevantes que se dieron a nivel territorial en

materia preventiva:

Amazonas: Atención preventiva sobre situaciones de índole alimenticio (comida no

balanceada, la atención a las dietas especiales de algunos internos), asuntos jurídicos

(solicitudes de cambio de medidas, de libertad, domiciliarias), y atención en salud por

parte de la entidad CAPRECOM a la población carcelaria del Establecimiento

Penitenciario y Carcelario de Leticia. Seguimiento en las reuniones de Derechos

Humanos, haciendo énfasis en cada uno de estos aspectos, logrando así que se

mejoraran ostensiblemente las instalaciones locativas en el área de salud, que se

garantizara la presencia del médico y del odontólogo y por ende, la prestación de este

servicio a los reclusos.

Antioquia: Con relación a las declaraciones de víctimas, fueron recibidas un total de

1317, que fueron remitidas por competencia a la Unidad Nacional para la Atención y

Reparación Integral a las Víctimas, conforme con lo establecido por la Ley 1448 de 2011.

Ante el advenimiento de la fecha límite que tenía la comunidad para rendir declaración de

hechos victimizantes ocurridos antes del año 2011, se realizaron jornadas masivas de

atención en los Municipios de San Pedro de Urabá, Turbo y Nechí, municipios que fueron

focalizados de acuerdo a la necesidad planteada por la Unidad Nacional de Víctimas y las

Personerías Municipales y en los cuales se recepcionaron un total de 2018 declaraciones.

De la misma manera, durante los días 23 y 24 de abril se llevó a cabo jornada de atención

a víctimas de la Fuerza Pública, donde además de las 120 declaraciones recibidas, se

brindó orientación a miembros de la Fuerza Púbica y familiares de estos, como también

se dio citas para la interposición de recursos a las decisiones negativas de la Unidad

Nacional de Víctimas.

Durante los años 2013 - 2014, se presentaron hechos lamentables de desplazamiento

masivo del sector la Loma, Corregimiento San Cristóbal de la ciudad de Medellín, sobre

los cuales el Grupo de Derechos Humanos, actuó de manera directa con cada una de las

familias afectadas. Sobre cada intervención se acordó realizar el seguimiento, obteniendo

como resultado de todo ello, la reunión realizada en el mes de febrero donde se presentó

la rendición de cuentas de la administración municipal en el marco del Subcomité de

Prevención y Atención de Justicia Transicional. Con esta labor de acompañamiento de la

Procuraduría, se garantizó el retorno del 90% de la población a su lugar de origen.

Arauca: Se llevó a cabo seguimiento a la crisis humanitaria en la frontera, enviando

informes sobre la situación presentada con los connacionales deportados de la República

Bolivariana de Venezuela al departamento de Arauca.

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Atlántico: Control y vigilancia con el fin de salvaguardar los bienes de uso público del

municipio de Tubará - Atlántico, verificando que cada una de las entidades públicas

involucradas en su protección desplegara las acciones de su competencia, en aras de

impedir que con relación a los mismos se realicen actos contrarios a su naturaleza. Lo

anterior, sin perjuicio de las investigaciones disciplinarias que en la actualidad se

adelantan, ya que la Alcaldía del municipio de Tubará adjudica terrenos baldíos en zonas

rurales, siendo que la única entidad que por ley puede ejercer esta función a nivel

nacional es el INCODER.

Bolívar: Se realizaron distintas visitas al centro penitenciario y carcelario distrital de San

Diego, identificando las falencias que tienen en cuanto a la prestación del servicio en

salud, alimentación, transporte, asesoría jurídica, resocialización, entre otros. Con base

en esta actuación, se logró la asistencia de un médico durante las 24 horas, mejoramiento

de las instalaciones, fumigaciones, actividades recreativas, talleres, un vehículo

permanente para el traslado de las internas a las audiencias y hospitales.

Boyacá: Control y vigilancia para el cumplimiento de la normatividad vigente en relación

con el servicio público de transporte escolar, para verificar los convenios suscritos por los

municipios con las empresas en las respectivas instituciones educativas de los 123 entes

territoriales del departamento.

Caldas: Efectivo control electoral en cada una de las etapas de la jornada

realizada el año anterior. Mediante audiencia pública preventiva, que contó con la

participación de los 27 municipios del departamento de Caldas, además de la

Gobernación de Caldas y la UARIV, se ejerció control respecto a la implementación de la

Ley 1448 de 2011, permitiendo que dichos entes territoriales rindieran cuentas,

no solo ante el Ministerio Público, sino ante los representantes de la Mesa

Departamental de Víctimas y de las víctimas provenientes de casi todos los municipios de

ese departamento.

Caquetá: En relación con la atención a la población víctima del conflicto armado, se

realizó seguimiento a los Planes de Acción Territorial, con el fin que los Personeros

obtuvieran herramientas para evaluar y definir las acciones a seguir en el cumplimiento de

la Ley 1448 de 2011, así como contribuir activamente en el restablecimiento de los

derechos de las víctimas del departamento del Caquetá.

Se llevaron a cabo capacitaciones dirigidas a Secretarios de Gobierno y Personeros

Municipales en “Educación en Riesgo (ERM)”, Asistencia a Víctimas de Minas

Antipersonas - MAP; Municiones Sin Explotar – MUSE; Artefactos Explosivos

Improvisados - AEI”, Diligenciamiento del FULE y Socialización Ruta Departamental de

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Atención, bajo la coordinación de la Dirección de Acción Integral contra Minas

Antipersonal -DAICMA-, para brindar herramientas y conocimiento idóneo sobre la

atención, asistencia y garantías de no repetición de este hecho victimizante. También se

socializó la Resolución No. 0828 de 2014, para el proceso de Conformación de las Mesas

de Participación Efectiva de las Víctimas.

Conversatorio con los Candidatos a Alcaldías Municipales, Gobernación del Caquetá y

Corporaciones Públicas de Elección Popular, para generar conciencia frente a los

procesos de atención y reparación integral a las víctimas, en el marco de la Ley 1448 de

2011; así como cualificar y mejorar aspectos posibles en nuestro territorio para el buen

gobierno y la responsabilidad ética en el manejo de lo público, con la participación de la

Diócesis de Florencia, organizaciones internacionales como la ONU, a través de sus

agencias ACNUR y PNUD, sectores de la academia (Universidad de La Amazonía) y

agremiaciones del departamento (Comité Departamental de Ganaderos y Cámara de

Comercio). Recepción de 502 declaraciones a víctimas del conflicto armado en el

Municipio de Florencia y apoyo en tomas masivas de declaración en los municipios de

San Vicente del Caguán y San José del Fragua.

Casanare: Se obtuvo el Informe de Justicia transicional de la Gobernación de Casanare,

la Unidad de Atención a las Víctimas y los 19 municipios de ese departamento, con corte

1 de enero a 31 de noviembre de 2014.

Conforme a requerimiento preventivo, se logró que se le diera curso al recurso de

reposición interpuesto contra la Resolución No. 0268 del 03 de febrero de 2015, de la

Secretaría de Educación Departamental de Casanare, que ordenaba la destitución de un

docente, y se estudiara su caso en el Comité de Docentes Amenazados de la

Gobernación de Casanare.

Cauca: En atención a la situación de orden público por la toma de vías e invasión de

predios por parte de organizaciones indígenas en el municipio de Corinto, Cauca, la

Procuraduría estuvo alerta y atenta a las protestas presentadas en el norte de ese

departamento.

Fue así como se realizaron reuniones con los Comandantes de la Tercera División y la

Vigésima Novena Brigada del Ejército Nacional, con el fin de abordar la temática y

conocer la situación, así mismo se les instó a adoptar todas las acciones que en el marco

de sus competencias, en pro de garantizar la protección de los derechos constitucionales

y legales de los protestantes indígenas en las zonas afectadas del Cauca, así como el

restablecimiento de las garantías públicas ciudadanas y el mantenimiento del orden

público, en estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para el caso; igualmente,

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se les requirió rendir un informe de las actuaciones desplegadas por las fuerzas militares

en la zona. Igual solicitud se hizo a los Comandantes del Departamento de Policía Cauca

y de la Policía Metropolitana de Popayán, y al Gobernador del departamento.

Por otra parte, a partir del 25 de octubre de 2015 (día de las elecciones), los habitantes

del municipio de La Sierra, Cauca, se tomaron las instalaciones de la Registraduría,

quemaron los documentos electorales y produjeron graves daños a su interior. La

alteración del orden público a partir de ese día fue permanente y de alto impacto, lo que

produjo total anormalidad en la actividad administrativa, social y comercial, originando el

bloqueo y encerramiento de la Alcaldía Municipal. Eso motivó el desplazamiento hacia

ese municipio por parte de la Procuraduría en dos oportunidades, con el fin de mediar

entre los sectores que estaban en confrontación y mediante diálogo, orientación y

acciones de intervención se lograron acuerdos que a la postre contribuyeron a normalizar

la actividad ciudadana, especialmente el restablecimiento de la prestación del servicio de

la alcaldía.

Cesar: Se realizó trámite preventivo ante el Concejo Municipal de Valledupar, en aras de

conminarlos a que se estudiaran los preceptos legales que para el caso aplican con

respecto a la aprobación de rubros que comprometen vigencias futuras, lo cual podía

acarrearle problemas presupuestales futuros al municipio, lo que conllevó a que no se

aprobaran el proyecto por los miembros de esa Corporación. De la misma se formularon

advertencias respecto al análisis de las normas antes de la aprobación del POT de

Valledupar, con lo que se logró garantizar que la ciudad se desarrollara urbanísticamente

de una forma adecuada.

Chocó: Se logró que Caprecom remitiera a tercer nivel, con pasajes aéreos y atención

médica, a una paciente que padece de cáncer, con tratamientos paliativos.

Igualmente, el suministro de oxígeno a paciente que la entidad se negaba a entregar,

debido al paro en que se encontraban los prestadores de servicios de la Nueva EPS, así

como la proporción de medicamentos a varios pacientes, afiliados a Comfachocó,

Caprecom y Nueva EPS; también el suministro de pasajes aéreos a paciente de la tercera

edad, afiliada a Coomeva.

Córdoba: Se destaca la atención preventiva en 836 tomas de declaraciones a las

personas víctimas del delito de desplazamiento forzado. Se instó a los personeros

municipales para que se activaran las mesas de participación para víctimas y las

subcomisiones de Justicia Transicional en cada municipio, además de la verificación de

retornos a predios restituidos en el municipio de Montería, donde se observó

incumplimiento de los acuerdos por parte de las entidades comprometidas. El resultado

de todas esas actividades fue positivo, ya que se logró atender oportunamente a la

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población desplazada que buscó apoyo en este ente de control, de igual forma se

activaron las mesas de participación de víctimas en un gran número de municipios del

departamento, generando escenarios de confianza entre las entidades y las víctimas y

garantizando así el acatamiento de la Ley 1448 del 2011.

En cumplimiento de los compromisos pactados dentro de la mesa de Justicia Transicional

se visitó a los predios Cedro Cocido y Santa Paula, ubicados en zona rural del municipio

de Montería, en la que se contó con la presencia de un representante del Banco Agrario

del nivel central, a quien se le dio a conocer el incumplimiento por parte de los contratistas

y del municipio, en lo relacionado a retorno y reubicación.

Estos seguimientos han generado un impacto positivo, pues con ello se ha buscado el

restablecimiento de los derechos de las víctimas, la no repetición de hechos victimizantes

y la restauración socioeconómica, para lo cual se generaron matrices de seguimiento por

parte del Comité de Justicia Transicional que permiten el monitoreo a la Ley 1448 del

2011.

Cundinamarca: Protección de los derechos humanos, específicamente en lo relacionado

con las víctimas del conflicto armado en el marco del seguimiento al cumplimiento de la

Ley 1448 de 2011. De manera complementaria se participó en 17 reuniones, cuatro de las

cuales fueron impulsadas y convocadas por el ente de control y se atendió la solicitud de

asistencia en 13 de ellas, en las que se abordaron temas como la reparación integral;

participación de las víctimas; asistencia y atención; prevención y protección; sistemas de

información; exención prestación de servicio militar y planes de reparaciones colectivas.

Se realización dos jornadas de capacitación en formación de multiplicadores en control

social dirigidas a veedores del departamento; actividad adelantada en el marco de la Red

institucional de Apoyo a Veedurías Ciudadanas y conjuntamente con el Departamento

Administrativo de la Función Pública. Previo a las jornadas de capacitación, la

Procuraduría, como Secretaria Técnica de la Red Departamental Institucional de Apoyo a

las Veedurías, impulsó y convocó a cinco reuniones en las que se planeó y organizó la

logística y el desarrollo de los temas de dichas jornadas.

En los dos eventos se capacitó a 134 personas (77 ciudadanos particulares y 57

funcionarios públicos), sobre temas, como: Conformación de Veedurías - Ley 850 de

2003; Rol de la personería e inclusión en el RUES (Registro Único empresarial);

Procedimiento de atención a las veedurías por parte de la Red; Control social a regalías;

Mecanismos e instrumentos jurídicos para el control social; Vigilancia al proceso electoral;

y Las veedurías en el marco de la Ley de Víctimas.

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Guainía: Acompañamiento a procesos de consulta previa para garantizar el derecho de

las comunidades indígenas del departamento del Guainía a participar en las decisiones

que pueden afectarlas; actividad que reviste gran importancia puesto que el 80% de la

población del departamento es indígena y el 95% del territorio es Resguardo. Se participó

en los siguientes procesos de consulta previa convocados por el Ministerio del Interior:

Construcción de la vía Minitas Laguna Colorada en la Comunidad de Minitas;

Conectividad de Alta Velocidad CNVA, proyecto de relevancia estratégica nacional en la

Comunidad de Piedra Alta; Cierre del proceso de consulta de la Interconexión Eléctrica en

las comunidades de Coayare, Amanaven, Coco Viejo y Rincón Vitina; Discusión del

decreto de implementación del Sistema Educativo Propio.

Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia T-921 del 5 de diciembre

de 2013 de la Corte Constitucional, mediante la cual esa Corporación ordenó a los jueces

ordinarios respetar los usos y las costumbres de las comunidades indígenas, durante el

2015 se adelantaron acciones preventivas con el fin de iniciar la discusión sobre la

coordinación entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción especial indígena. Se

realizaron reuniones que contaron con la participación de autoridades tradicionales

indígenas, autoridades judiciales y responsables de la coordinación de asuntos indígenas.

La Guajira: Por presunta trashumancia electoral, mediante Circular 008 de 26 de febrero

de 2015, se exhortó a los Registradores Municipales del departamento de La Guajira para

que hicieran un estricto seguimiento al proceso de inscripción de cédulas, de manera que

observar un incremento inusual de inscripción de cédulas de personas que no

pertenecieran al municipio u otro tipo de irregularidades, informaran de inmediato a las

entidades competentes incluyendo a la Procuraduría.

Así mismo, se citó al Comité de Moralización y socializó con los alcaldes de diferentes

municipios temas de carácter electoral denunciados, tales como la trashumancia,

publicidad por parte de las diferentes campañas fuera del término legal, manifestaciones

públicas donde hacen proselitismo político, uso de gorras, camisetas y distintivos alusivos

a futuros candidatos a corporaciones públicas, lográndose la adopción de medidas

necesarias referente a la problemática presentada, lo que tuvo un impacto positivo, que se

vio reflejado en la disminución de quejas por estos asuntos.

Guaviare: Se atendió y orientó a 1312 personas víctimas del conflicto armado, de las

cuales a 205 se les recibió declaración, en garantía de sus derechos con ocasión de su

situación de desplazamiento forzado y abandono de predios, en muchos casos.

Huila: Acompañamiento en las diferentes reuniones y actividades relacionadas con el

Proyecto Hidroeléctrico “El Quimbo”, adelantadas en los municipios de Garzón, Altamira,

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Gigante, Agrado, Paicol y Tesalia-Huila y en las que se han escuchado las inquietudes

planteadas por las comunidades afectadas por esta mega obra.

Magdalena: Con ocasión de la intervención de la Procuraduría en diligencia policiva de

protección de la posesión, se logró que la administración municipal de la Zona Bananera

amparara los derechos de propiedad de CORPOICA, frente a la invasión de que habían

sido objeto algunos de sus terrenos. A raíz de la tragedia ocurrida en el año 2104, por la

caída de un rayo que causó el fallecimiento de 11 miembros de la comunidad Wiwas y un

número plural de heridos, se hizo presencia en busca de las garantías para las

indemnizaciones por muerte de estos miembros ante el Gobierno Nacional. Se está a la

espera de las notificaciones de los montos a indemnizar.

Meta: Seguimiento y control al cumplimiento de las Sentencias T-907 de 2013 y T-781 de

2014, relacionada con la protección de los derechos de reubicación en condiciones dignas

de la población civil desplazada ubicada en el predio Cuernavaca, vereda Rubiales del

municipio de Puerto Gaitán-Meta, acompañamiento y asistencia realizadas junto con el

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Unidad de Atención y Reparación Integral

a las Víctimas, a fin de poder incluir a las familias en los proyectos de vivienda que

adelanta el municipio y la Gobernación del Meta, así como la asistencia de ayuda

humanitaria correspondiente.

Nariño: En cooperación con los personeros, se logró que en las sesiones de deliberación

y aprobación del presupuesto, los concejales y alcaldes en veintinueve (29) municipios

incluyeran en el presupuesto correspondiente a la vigencia 2015, partidas para asistencia,

atención y reparación integral a las víctimas del conflicto armado y población desplazada

acorde con los lineamientos jurisprudenciales y legales. Se logró así mismo que veintitrés

(23) municipios, a través de sus autoridades, principalmente los Consejos Territoriales de

Atención y Gestión del Riesgo de Desastres, adoptaran medidas para prevenir, atender y

en lo posible recuperar los efectos causados por los incendios de la capa vegetal. Se

adoptaron de protocolos para una respuesta oportuna ante los incendios forestales, bajo

la coordinación de los CMAGR.

Norte de Santander: Frente a las múltiples quejas que se reciben en la Procuraduría por

parte de la comunidad con relación a las incorporaciones de jóvenes para el servicio

militar obligatorio en todo el departamento, y con la finalidad de obtener una mayor

respuesta por parte del Ejército Nacional, se realizó visita a las instalaciones del Cantón

San Jorge, donde se constató que dentro de los incorporados se encontraba un

ciudadano con la condición de víctima, a lo cual se hicieron las advertencias respectivas.

Igualmente se logró la desincorporación de otro señor, quien presentaba quebrantos de

salud.

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Específicamente se trataron los temas más álgidos en estos procesos, referidos a las

denominadas batidas callejeras, desconocimiento de las exenciones temporales y

definitivas para la prestación del servicio militar, caso de las personas con condición de

víctimas del conflicto, jóvenes padres de familia, objetores de conciencia y la modalidad

de incorporación (bachilleres y regulares). Y se hizo una recomendación a las autoridades

de incorporación militar sobre el cumplimiento estricto que se debe seguir en estos

eventos sobre lo señalado en la Ley 48 de 1993 y su Decreto reglamentario 2048 del

mismo año, y por la H. Corte Constitucional.

Putumayo: Se ayudó a los usuarios a redactar tutelas e incidentes de desacato para la

protección de sus derechos fundamentales a la vivienda digna, a la vida y derechos de los

niños, entre otros. Se resalta el incidente de desacato para que el Alcalde de Mocoa

cumpla el fallo de tutela de 16 de junio de 2015, en cuanto a la asignación de una vivienda

digna y por violación al derecho fundamental de información y ayuda humanitaria incoado

por las víctimas a través del derecho de petición incoado ante la Unidad de Víctimas.

Quindío: Se adelantó actuación dirigida a las autoridades del orden departamental y

municipal para dirimir las dificultades que se vienen presentando con quienes deben

ejercer la administración del Parque de la Vida, lugar emblemático de los Armenios y

Quindianos. Se llevaron a cabo varias reuniones de estudio con Gerente y el Asesor

Jurídico de la Lotería del Quindío, la Directora del Departamento Administrativo de

Bienes y Suministros de la Alcaldía Municipal, el Director y el Subdirector de Planeación

Municipal, el Presidente Ejecutivo de la Sociedad de Mejoras Públicas, con el fin de

verificar el contenido de los documentos respectivos sobre los contratos a suscribir con la

Lotería y la Alcaldía tendientes a la administración del citado Parque, así como aspectos

referidos al canon de arrendamiento, ingresos, gastos y plan de inversiones, mejoras y

supervisión.

Se logró que finalmente se suscribieran los respectos contratos, sobre los cuales, la

Procuraduría hizo énfasis en las adecuaciones pertinentes.

Risaralda: Programa de Alimentación Escolar PAE en el Departamento de Risaralda a

cargo del Ministerio de Educación Nacional. Se dio inicio al procedimiento en virtud de las

quejas presentadas por veedores ciudadanos e información presentada en los medios de

comunicación, donde al parecer con el cambio de operador para suministrar los alimentos

en los restaurantes escolares (sobre todo en los rurales), se estaba presentando

incumplimiento con el contrato, poniendo así en riesgo la salud de los educandos de ese

departamento.

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Inicialmente se realizó un diagnóstico claro de la situación, por lo cual la Procuraduría de

manera institucional y con el acompañamiento de las diferentes entidades en las cuales

converge la competencia (Salud Pública – ICBF – Entidades Territoriales, etc.), se pudo

evidenciar que efectivamente se estaban prestando falencias por parte del operador "Gota

de Leche", encargado de suministrar los alimentos para los restaurantes escolares de

Risaralda.

Dichas falencias se presentaban en temas como la cadena de congelación de la carne,

raciones de los alimentos, tiempos de entrega, estado de las verduras y frutas;

situaciones estas que se pudieron detectar gracias al trabajo técnico, de campo y

registros fotográficos, de video y declaraciones obtenidas por las entidades relacionadas.

Una vez se contó con todos los insumos, se convocó a los Alcaldes Municipales, Salud

Pública del departamento, ICBF y los enlaces del contrato de alimentación escolar del

Ministerio de Educación del nivel central; reunión que se llevó a cabo en la ciudad de

Pereira, y en la que se hicieron las observaciones del caso por parte de la Procuraduría al

MEN, lográndose la adopción de algunos correctivos, los cuales continúan siendo objeto

de seguimiento, y con ello, que se mejorara la prestación del servicio por parte del

Operador, comprometer a Salud Pública a realizar monitoreo permanente en los

restaurantes, así como instar a los Alcaldes Municipales a brindar el apoyo que desde sus

administraciones deben dar a los educandos del departamento y todo el tema de

alimentación escolar. Adicionalmente, se remitió el caso a la instancia disciplinaria

competente para el inicio de las acciones correspondientes.

San Andrés: La Procuraduría ha desarrollado una estrategia preventiva para lograr el

funcionamiento del Comité de Seguimiento Penitenciario y Carcelario del departamento

de San Andrés, que no venía funcionando.

A través de un acompañamiento sistemático se logró la reactivación del citado Comité con

la asistencia de la representante del Ministerio de Justicia. Se hizo efectiva la evacuación

de 48 personas condenadas para aliviar la situación carcelaria de ese ente territorial. Se

iniciaron gestiones para la suscripción de un convenio entre la Gobernación, la Alcaldía e

INPEC, con el propósito de gestionar los recursos necesarios para adelantar el proyecto

de construcción del nuevo establecimiento o los nuevos pabellones.

Santander: Se participó en una reunión ordinaria del programa de protección del Grupo

Técnico Evaluador de Riesgo (GTER), en la que se tomaron decisiones relacionadas con

las medidas de protección para las víctimas que, con ocasión de su participación en el

proceso de Justicia y Paz, recibieron amenazas contra su vida e integridad personal y la

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de su familia, y de conformidad con los estudios de nivel de riesgo que se les realizó por

parte de los técnicos de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación.

También se adelantó actuación preventiva ante la Alcaldía de Bucaramanga, por el

inconformismo que se generó en la comunidad por el cobro del impuesto a la valorización;

actuación en la que además de la Procuraduría, participó la Alcaldía de Bucaramanga, la

Defensoría del Pueblo, el Área Metropolitana de Bucaramanga (AMB), el Instituto

Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), Veedores Ciudadanos entre otros. Se organizó y

convocó a la mesa de trabajo sobre el foro de transparencia electoral el día 21 de

septiembre en las instalaciones de Neomundo, con la participación de la Procuraduría

General de la Nación, Registraduría Nacional, Gobernador, Alcaldes y Personeros

entrantes y salientes.

Sucre: El Hospital Universitario de Sincelejo atraviesa por una preocupante crisis

económica y de acuerdo con la Superintendencia de Salud, está en riesgo alto de

liquidación. A esa institución de salud le deben más de $39 mil millones

aproximadamente, y éste a su vez le adeuda a sus empleados y proveedores alrededor

de $36 mil millones. Por su parte la Gobernación de Sucre tiene una deuda con el

Hospital que supera los 21 mil millones de pesos por concepto de servicios prestados y

por la estampilla pro hospital.

Esa situación ocasionó que a finales del año 2015 renunciaran a sus cargos los

especialistas y que los trabajadores amenazaran con irse a cese de actividades, lo que

lógicamente traería graves problemas a la región y, en especial, a la clase menos

favorecida. Fue así como la Procuraduría intervino, a través de varias mesas de trabajo

con la administración del Hospital, el sindicato y la Gobernación de Sucre, logrando que

ésta último girara unos recursos para pago de salarios de los trabajadores, evitando de

esta manera la interrupción de este importante servicio por parte de esa entidad

hospitalaria a la ciudadanía.

Desde el año 2006 los habitantes del corregimiento La Arena, en la Vereda La Gulf, han

venido insistiendo que le den cumplimiento al proyecto para la construcción de tres

bloques de aulas (total de 12 aulas) en la Institución Técnico Agropecuario La Arena, por

valor de 2.500 millones de pesos, que fueron desviados para la construcción en su

momento de la Institución Educativa Simón Araujo, en el año 2010.

Gracias a la actuación de la Procuraduría y después de varios seguimientos y

requerimientos, se logró que con la cofinanciación de Ecopetrol, la administración lleve a

su término esta obra, en la que se invertirán $1.182.000.000, de los cuales $448 mil

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millones serán aportados por Ecopetrol y $733.000.000 por el municipio, una vez se

cumpla con todos los procedimientos legales.

Tolima: La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, profirió la sentencia STC-

8187 de 26 de junio de 2015, a través de la cual ordenó a la Alcaldía de Ibagué y a la

Gobernación de Tolima adelantar los planes de contingencia para proveer asistencia

especial a la población Embera, en coordinación y bajo la dirección del Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar.

Dispuso que la Secretaría de Inclusión social, la Policía Metropolitana y el Ministerio del

Interior adoptaran estrategias de apoyo con el objeto de materializar el amparo a los

miembros de dicha población.

De igual manera ordeno que de manera conjunta las autoridades accionadas velaran por

el retorno de estas familias a su sitio de origen y que orientaran a dicha población sobre

los programas de atención para desplazados, tales como servicios de salud,

medicamentos, educación para sus hijos menores, programas de estabilización

económica o vivienda.

Atendiendo que en la ciudad de Ibagué vienen haciendo presencia familias pertenecientes

a la población Embera y que la Procuraduría tuvo conocimiento de la muerte de una

menor de edad perteneciente a esa población en desplazamiento, convocó a las

autoridades a las cuales se les fijó compromisos concretos en la referida sentencia, con el

fin de verificar si habían dado cumplimiento a los mismos, concluyéndose que cada una

de las entidades adelantó lo pertinente.

La Secretaría de Salud Municipal realizó valoraciones a dicha Población, se hizo

seguimiento a sintomatología respiratoria para diagnosticar Tuberculosis, se requirió a las

IPS atención médica. La Alcaldía Municipal ofreció el alojamiento, alimentación y atención

a 30 personas a través de una nutricionista.

Se acordó el retorno para estas familias, comprometiéndose tanto la Alcaldía Municipal de

Ibagué como la Gobernación del Tolima a presupuestar las sumas necesarias para

hacerlo efectivo, el cual quedó programado para el 3 de diciembre de 2015, pero no fue

posible llevarlo a cabo por situaciones de seguridad y otros factores en relación con las

ciudades que iban a recibir a las familias, por lo que se reprogramó para el 2016.

La Registraduría se comprometió a hacer brigadas para el registro de esta población

indígena en colaboración con la Secretaría de Salud. No obstante, la Procuraduría

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continuará efectuando vigilancia y control de esta situación, como quiera que día a día

aumenta el desplazamiento de esta población indígena a la capital de ese departamento.

Valle: Se llevó a cabo audiencia de seguimiento al cumplimiento del fallo de tutela No.

096 de 2013, proferido por el Juzgado 10 Penal del Circuito con funciones de

conocimiento de Cali, que ordenaba que al 27 de agosto de 2015 hubiese cesado el

hacinamiento en el Centro Penitenciario Villahermosa de Cali, de manera que solo

permanezcan los 1.667 internos, que es la capacidad real de este centro de reclusión,

entre otras disposiciones.

Audiencia a la cual, asistieron la Directora de EPMSC de Cali, el Director Regional del

INPEC Occidente, el Secretario de Salud Pública Municipal, un Funcionario del Área

Jurídica de la USPEC, la Personera Auxiliar de Cali, el Asesor del Ministerio de Justicia y

del Derecho y la Secretaria de Gobierno del municipio de Cali.

Se concluyó que a pesar de que se han realizado esfuerzos y existen avances

importantes por las entidades involucradas, no se ha podido acatar el fallo, toda vez que

el referido centro penitenciario cuenta con 3.569 sindicados, 2.608 condenados, para un

total de 6.177 internos intramuros, sin contar con los 3.049 reclusos con detención

domiciliaria.

Vaupés: Con el fin de buscar garantías en la prestación de los servicios públicos en el

municipio de Mitú, la Procuraduría realizó seguimiento y elaboró un diagnóstico del estado

actual del alumbrado público, del sistema de acueducto, del botadero de basura a cielo

abierto, de las vías de ese ente territorial, que se encuentran en mal estado, de lo cual se

levantó el respectivo registro fotográfico.

Para efectos de socializar el correspondiente informe, se realizó una reunión con las

autoridades departamentales y municipales (Gobernador, Alcalde, Secretarios de Obras,

Jefes de Servicios Públicos, Jefe de Saneamiento Ambiental de la Gobernación), en la

que se comprometieron a verificar e iniciar los procesos para mejorar la prestación de los

servicios públicos en el municipio de Mitú, con el acompañamiento de este ente de

control, que verificará mensualmente el avance de las actividades a realizar.

Como resultado de lo anterior, la Secretaria de Infraestructura Departamental informó que

a través de la Oficina de Servicios Públicos, atendió los daños presentados diariamente

en las líneas de baja y media tensión, transformadores y acometidas. Igualmente, efectuó

el mantenimiento preventivo de cerca de 10 kms. de vías en diferentes barrios del

municipio.

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El Secretario de Obras Públicas, por su parte, comunicó que la administración municipal

radicó ante el Ministerio de Vivienda, el proyecto denominado “Implementación de la

tercera fase del relleno sanitario”, correspondiente a adecuación del terreno, construcción

de infraestructura, obras complementarias para el tratamiento de lixiviados y adquisición

de equipos para el mejoramiento y aprovechamiento de residuos sólidos, que se

encuentra pendiente de aprobación por esa Cartera.

También dio cuenta de la ejecución del contrato para el mejoramiento de la red de

acueducto del casco urbano del municipio. La consultaría de los estudios y diseño para la

optimización de la planta de tratamiento de agua potable para garantizar la potabilización

del agua que se entrega al municipio, se encuentra en etapa de ejecución, pendiente a la

entrega del diagnóstico.

Así mismo, se surtió el proceso de contratación de suministro e instalación de lámparas y

dotación de elementos para el alumbrado público.

En articulación con la Gobernación se vienen desarrollando el mantenimiento y

mejoramiento de vías, la administración municipal está aportando el combustible para la

operación de la maquinaria. Igualmente, se encuentra en ejecución, con un avance del

30%, el encerramiento del botadero a cielo abierto del municipio.

Vichada: Un ciudadano venezolano puso en conocimiento de la Procuraduría General los

hechos relacionados con la presunta vinculación de personas de nacionalidad

venezolana, sin la documentación necesaria para poder laborar en el país y la violación

de los derechos laborales de 22 trabajadores, de los cuales 13 eran del vecino país, del

proyecto Villa Gladys, el cual está siendo ejecutado por FEDECAJAS y hace parte de la

construcción de las 100.000 viviendas gratis.

En tal virtud, se inicialaron actuaciones de carácter preventivo, dentro de las cuales se

logró el pago de la totalidad de las sumas de dineros que se le adeudaban a los

trabajadores de la obra y el retorno a su país de origen de los trabajadores de ciudadanía

venezolana.

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1.8 ACTUACIONES EN EL PROCESO PREVENTIVO

Orientación al ciudadano

Tabla No. 13 Orientaciones proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO

ORIENTACIONES DELEGADASREGIONALESPROVINCIALES DISTRITALES TOTAL

ORIENTACIONES

En contratación 1.419 697 380 0 2.496

En empleo público 97 199 294 0 590

En derecho al consumidor 166 141 81 0 388

En servicios públicos 146 284 352 0 782

En participación ciudadana y control social a la gestión pública 80 143 109 0 332

En decisiones judiciales y administrativas 3.101 1.137 1.832 0 6.070

En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 3.212 113 302 0 3.627

Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 1.737 57 223 0 2.017

En discapacidad (interdicción) 2.691 86 49 0 2.826

Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 191 23 52 0 266

En violencia contra la mujer 139 43 119 0 301

En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 329 14 43 0 386

Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 27 1 0 0 28

En trata de personas 17 2 9 0 28

En adolescentes en conflicto con la Ley penal 502 63 66 0 631

En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 1.139 64 70 0 1.273

En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 129 72 102 0 303

En vigilancia de procesos judiciales 0 260 352 0 612

En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 197 444 0 641

En Bienes públicos 0 39 94 0 133

En patrimonio cultural de la Nación 0 5 12 0 17

En pensiones 0 361 262 21 644

En salud (régimen contributivo) 152 395 360 0 907

En riesgos profesionales 0 53 16 0 69

En laboral individual 0 285 438 0 723

En laboral colectivo 0 18 69 0 87

En asuntos agrarios 1.327 60 47 0 1.434

Temas de aire 425 3 14 0 442

Temas de agua 528 37 47 0 612

Temas de suelo 528 31 51 0 610

Temas de flora y fauna 338 9 12 0 359

En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 284 152 205 0 641

Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 60 83 0 143

Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 125 543 523 0 1.191

Temas con organismos de seguridad del Estado 14 88 91 0 193

En asuntos étnicos y población LGBTI 53 31 15 0 99

Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 66 3 13 0 82

Derechos humanos y derecho internacional humanitario 1 28 170 0 199

Temas de salud (régimen subsidiado) 286 432 482 0 1.200

Temas de educación 23 200 125 0 348

Temas de agua potable 12 13 36 0 61

Temas de saneamiento básico 3 15 30 0 48

Temas de cultura y deporte 54 8 23 0 85

Temas de resguardos indígenas 5 70 43 0 118

Temas de restitución de tierras 95 147 59 0 301

Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 3 6 8 0 17

Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 4 19 18 0 41

Atención de víctimas 0 1.903 1.356 0 3.259

Abuso de autoridad 0 715 1.525 0 2.240

Asistencia a las víctimas del conflicto armado 709 2.119 372 0 3.200

Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 224 608 248 126 1.206

Atención a víctimas del conflicto armado 461 1.685 1.131 487 3.764

Participación de las víctimas del conflicto armado. 6 102 96 0 204

En temas electorales. 212 708 546 0 1.466

Temas de Minería 70 0 0 0 70

Temas de Hidrocarburos 25 0 0 0 25

Temas de Regalías 50 0 0 0 50

Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0

Temas de Ecosistemas terrestres 166 0 0 0 166

Temas de Ecosistemas marítimos 160 0 0 0 160

Temas de Gobernanza ambiental 584 0 0 0 584

Temas de Saneamiento básico 349 0 0 0 349

Temas de Atención connacionales víctimas 223 0 0 0 223

Seguimiento aproyectos cooperación internacional 2 0 0 0 2TOTAL ORIENTACIONES 22.689 14.547 13.499 634 51.369

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159

Asuntos abreviados proceso preventivo

Tabla No. 14

Asuntos abreviados proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO

ASUNTOS ABREVIADOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL

ASUNTOS ABREVIADOS RECIBIDOS

En contratación 1.310 996 803 0 3.109

En empleo público 1.173 227 186 1 1.587

En derecho al consumidor 726 108 69 0 903

En servicios públicos 630 311 219 0 1.160

En participación ciudadana y control social a la gestión pública 147 158 191 0 496

En decisiones judiciales y administrativas 1.619 6.167 2.667 1 10.454

En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 1.320 160 82 0 1.562

Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 535 66 82 0 683

En discapacidad (interdicción) 121 23 15 0 159

Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 173 23 19 0 215

En violencia contra la mujer 74 33 24 0 131

En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 33 4 2 0 39

Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 32 0 6 0 38

En trata de personas 14 1 4 0 19

En adolescentes en conflicto con la Ley penal 367 9 8 0 384

En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 191 21 29 0 241

En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 77 55 49 0 181

En vigilancia de procesos judiciales 1.536 423 269 1 2.229

En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 11 465 589 1 1.066

En Bienes públicos 55 56 166 0 277

En patrimonio cultural de la Nación 52 4 10 0 66

En pensiones 4.685 523 78 0 5.286

En salud (régimen contributivo) 618 821 214 0 1.653

En riesgos profesionales 392 99 11 0 502

En laboral individual 583 412 154 0 1.149

En laboral colectivo 138 75 48 0 261

En asuntos agrarios 538 60 38 0 636

Temas de aire 269 7 11 0 287

Temas de agua 427 42 63 0 532

Temas de suelo 624 63 70 0 757

Temas de flora y fauna 404 18 12 0 434

En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 633 665 81 0 1.379

Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 147 81 34 0 262

Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 698 2.193 276 0 3.167

Temas con organismos de seguridad del Estado 136 95 68 0 299

En asuntos étnicos y población LGBTI 385 104 7 0 496

Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 106 50 1 0 157

Derechos humanos y derecho internacional humanitario 168 91 29 0 288

Temas de salud (régimen subsidiado) 890 776 398 1 2.065

Temas de educación 32 378 207 0 617

Temas de agua potable 32 15 43 0 90

Temas de saneamiento básico 17 43 47 0 107

Temas de cultura y deporte 8 10 13 0 31

Temas de resguardos indígenas 10 55 23 0 88

Temas de restitución de tierras 256 162 26 0 444

Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 1 3 6 1 11

Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 16 26 3 1 46

Atención de víctimas 0 2.578 1.176 2 3.756

Abuso de autoridad 0 850 892 0 1.742

Asistencia a las víctimas del conflicto armado 977 1.305 128 0 2.410

Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 1.717 695 152 1.962 4.526

Atención a víctimas del conflicto armado 593 851 250 2.028 3.722

Participación de las víctimas del conflicto armado. 28 23 29 0 80

En temas electorales. 72 540 396 0 1.008

Temas de Minería 85 0 0 0 85

Temas de Hidrocarburos 29 0 0 0 29

Temas de Regalías 119 0 0 0 119

Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0

Temas de Ecosistemas terrestres 118 0 0 0 118

Temas de Ecosistemas marítimos 73 0 0 0 73

Temas de Gobernanza ambiental 238 0 0 0 238

Temas de Saneamiento básico 250 0 0 0 250

Temas de Atención connacionales víctimas 147 0 0 0 147

Seguimiento aproyectos cooperación internacional 9 0 0 0 9TOTAL ASUNTOS ABREVIADOS RECIBIDOS 26.864 23.019 10.473 3.999 64.355

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160

Asuntos ordinarios proceso preventivo

Tabla No. 15

Asuntos ordinarios proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO

ASUNTOS ORDINARIOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL

ASUNTOS ORDINARIOS RECIBIDOS

En contratación 29 291 325 1 646

En empleo público 0 76 47 1 124

En derecho al consumidor 2 34 10 0 46

En servicios públicos 6 90 89 0 185

En participación ciudadana y control social a la gestión pública 1 84 45 0 130

En decisiones judiciales y administrativas 244 434 558 0 1.236

En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 235 46 10 0 291

Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 176 4 12 0 192

En discapacidad (interdicción) 59 7 4 0 70

Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 21 3 1 0 25

En violencia contra la mujer 43 3 3 0 49

En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 0 1 0 0 1

Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 7 1 0 0 8

En trata de personas 3 1 0 0 4

En adolescentes en conflicto con la Ley penal 70 4 1 0 75

En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 40 26 6 1 73

En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 25 14 3 0 42

En vigilancia de procesos judiciales 0 91 39 0 130

En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 146 118 0 264

En Bienes públicos 16 8 29 0 53

En patrimonio cultural de la Nación 4 1 4 0 9

En pensiones 0 71 11 0 82

En salud (régimen contributivo) 0 93 45 0 138

En riesgos profesionales 0 24 0 0 24

En laboral individual 0 74 35 0 109

En laboral colectivo 5 2 12 0 19

En asuntos agrarios 174 6 7 0 187

Temas de aire 84 0 4 0 88

Temas de agua 150 14 19 0 183

Temas de suelo 190 9 18 0 217

Temas de flora y fauna 36 11 4 0 51

En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 2 28 20 20 70

Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 8 1 0 9

Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 1 161 31 65 258

Temas con organismos de seguridad del Estado 26 6 15 0 47

En asuntos étnicos y población LGBTI 2 6 5 0 13

Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 152 0 0 0 152

Derechos humanos y derecho internacional humanitario 2 6 4 0 12

Temas de salud (régimen subsidiado) 627 91 59 0 777

Temas de educación 10 82 40 0 132

Temas de agua potable 21 6 8 0 35

Temas de saneamiento básico 8 19 20 0 47

Temas de cultura y deporte 6 5 2 0 13

Temas de resguardos indígenas 3 39 8 0 50

Temas de restitución de tierras 59 8 3 0 70

Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 1 0 0 0 1

Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 6 0 0 0 6

Atención de víctimas 0 149 68 0 217

Abuso de autoridad 0 165 72 0 237

Asistencia a las víctimas del conflicto armado 0 16 10 0 26

Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 0 42 13 2.349 2.404

Atención a víctimas del conflicto armado 0 239 9 0 248

Participación de las víctimas del conflicto armado. 0 0 6 0 6

En temas electorales. 6 33 61 0 100

Temas de Minería 16 0 0 0 16

Temas de Hidrocarburos 7 0 0 0 7

Temas de Regalías 2 0 0 0 2

Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0

Temas de Ecosistemas terrestres 37 0 0 0 37

Temas de Ecosistemas marítimos 16 0 0 0 16

Temas de Gobernanza ambiental 73 0 0 0 73

Temas de Saneamiento básico 72 0 0 0 72

Temas de Atención connacionales víctimas 55 0 0 0 55

Seguimiento aproyectos cooperación internacional 0 0 0 0 0TOTAL ASUNTOS ORDINARIOS RECIBIDOS 2.830 2.778 1.914 2.437 9.959

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161

Casos proceso preventivo

Tabla No. 16

Casos proceso preventivo - año 2015

PROCESO PREVENTIVO

CASOS PREVENTIVOS DELEGADASREGIONALESPROVINCIALESDISTRITALES TOTAL

CASOS PREVENTIVOS RECIBIDOS

En contratación 51 54 46 0 151

En empleo público 0 10 13 2 25

En derecho al consumidor 1 5 0 0 6

En servicios públicos 8 4 10 0 22

En participación ciudadana y control social a la gestión pública 2 19 2 0 23

En decisiones judiciales y administrativas 13 103 38 0 154

En garantía y restablecimiento de derechos (niños, niñas y Adolesc.) 11 3 11 0 25

Restablecimiento de derechos (alimentos, cust. maltrato inf. etc) 1 1 23 0 25

En discapacidad (interdicción) 2 0 1 0 3

Violencia sexual contra los niños, las niñas y adolescentes 4 0 0 0 4

En violencia contra la mujer 2 1 0 0 3

En declaratoria y disolución de unión marital de hecho, y soc. cony. 0 0 1 0 1

Salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo 1 4 0 0 5

En trata de personas 0 0 0 0 0

En adolescentes en conflicto con la Ley penal 6 0 0 0 6

En políticas públicas de infancia, adolescencia, familia y juventud 9 3 2 0 14

En programas de atención del ICBF y Unidades de Servicio 9 1 0 0 10

En vigilancia de procesos judiciales 4 7 7 0 18

En vigilancia de procesos de autoridad administrativa 0 72 6 1 79

En Bienes públicos 0 1 4 1 6

En patrimonio cultural de la Nación 0 1 1 0 2

En pensiones 1 15 2 0 18

En salud (régimen contributivo) 1 17 6 0 24

En riesgos profesionales 1 24 0 0 25

En laboral individual 0 3 4 0 7

En laboral colectivo 1 5 0 0 6

En asuntos agrarios 211 2 0 0 213

Temas de aire 74 0 0 0 74

Temas de agua 121 1 4 0 126

Temas de suelo 118 5 3 0 126

Temas de flora y fauna 306 3 0 0 309

En protección y prevención en materia de DDHH (amenazas) 0 21 9 0 30

Libertades y garantías fundamentales (inf.riesgos, desap. forzada) 0 4 1 0 5

Política criminal y carcelaria (traslado, salud, hacinamiento, maltr.) 2 75 10 0 87

Temas con organismos de seguridad del Estado 0 0 0 1 1

En asuntos étnicos y población LGBTI 0 2 1 0 3

Instancias internacionales (Sist. inter.DDHH, Sist.Univ.Prot. DDHH. 3 1 0 0 4

Derechos humanos y derecho internacional humanitario 0 0 3 0 3

Temas de salud (régimen subsidiado) 16 22 11 0 49

Temas de educación 8 3 8 0 19

Temas de agua potable 5 3 9 0 17

Temas de saneamiento básico 0 1 1 0 2

Temas de cultura y deporte 3 1 0 0 4

Temas de resguardos indígenas 0 4 0 0 4

Temas de restitución de tierras 0 1 1 0 2

Restitución de tierras con enfoque diferencial (niños (as), muj. MCF) 0 2 0 0 2

Restitución de tierras (indígenas, afrodec., raizal, pale. y pob. ROM 0 9 0 0 9

Atención de víctimas 0 13 24 0 37

Abuso de autoridad 0 14 17 0 31

Asistencia a las víctimas del conflicto armado 3 7 4 0 14

Reparación integral alas víctimas del conflicto armado 11 2 0 0 13

Atención a víctimas del conflicto armado 0 2 2 0 4

Participación de las víctimas del conflicto armado. 0 1 0 0 1

En temas electorales. 45 12 15 0 72

Temas de Minería 3 0 0 0 3

Temas de Hidrocarburos 0 0 0 0 0

Temas de Regalías 71 0 0 0 71

Temas de Decisiones administrativas 0 0 0 0 0

Temas de Ecosistemas terrestres 40 0 0 0 40

Temas de Ecosistemas marítimos 72 0 0 0 72

Temas de Gobernanza ambiental 93 0 0 0 93

Temas de Saneamiento básico 115 0 0 0 115

Temas de Atención connacionales víctimas 1 0 0 0 1

Seguimiento aproyectos cooperación internacional 18 0 0 0 18TOTAL CASOS PREVENTIVOS RECIBIDOS 1467 564 300 5 2336

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162

2. PROCESO DE INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA

2.1 INTERVENCIÓN JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO

En desarrollo de su función de proteger la vigencia de un orden social justo, la

Procuraduría General de la Nación actúa de manera selectiva como representante de

la sociedad en defensa de los derechos humanos, el orden jurídico y el patrimonio

público ante las jurisdicciones constitucional, contencioso administrativa, penal,

disciplinaria y ordinaria, en sus áreas de laboral y civil (familia, de tierras y ambiental y

agraria). Así mismo, interviene frente a las autoridades administrativas.

Durante la vigencia 2015, en materia de intervención, la Procuraduría General de la

Nación llevó a cabo 729.704 actuaciones, de las cuales 497.960 fueron de

intervención judicial, 182.238 intervención prejudicial y 49.506 actuaciones

corresponden a intervención administrativa.

A través de 712 Procuradores Judiciales se participó en 218.010 audiencias, de ellas,

66.385 fueron en la etapa prejudicial y 151.625 en procesos judiciales. La carga

laboral promedio fue de 306 audiencias por Agente del Ministerio Público. En cuanto

a conceptos se refiere, se tiene que se emitieron 71.219, lo que representa un

promedio de 100 conceptos emitidos por Agente del Ministerio Público al año.

Cabe destacar que en ejercicio del control de protección y defensa de los derechos

individuales y colectivos, durante la misma vigencia se interpusieron 2.249 acciones

constitucionales y ordinarias por parte de la Procuraduría General de la Nación así:

532 de tutela, 143 de cumplimiento, 1.498 de nulidad y restablecimiento del derecho

y 76 acciones populares.

También fue relevante la labor hecha en materia de conciliación, dado el propósito de

este órgano de control por incentivar este mecanismo alternativo de solución de

conflictos. Se realizaron 66.385 audiencias prejudiciales en las diferentes

jurisdicciones, de las cuales 8.419 fueron con acuerdo, con ahorros para el Estado

en lo contencioso administrativo en 6.803 audiencias, por la suma de

$192.884.064.749. Igualmente, como producto de las 138 conciliaciones judiciales

también en lo contencioso administrativo, el ahorro fue de $26.727.599.835, para un

total de ahorros para el Estado superiores a los 219 mil millones de pesos.

En la siguiente tabla se puede observar la gestión realizada por la Procuraduría

General de la Nación en cuanto a intervención judicial y administrativa durante el

período de análisis:

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163

Tabla No. 17 Actividades proceso de intervención - año 2015

AM

BIE

NTA

L

AG

RA

RIO

LEY

60

0

LEY

90

6

LEY

52

2

JUST

ICIA

TRA

NSI

CIO

NA

L

Intervencion extrajudicial 0

Conciliaciones Prejudiciales 0

Solicitudes de Conciliación Radicadas 68.630 2.234 3.271 63.096 0 14 0 9 4 2 0

Solicitudes de Conciliación Admitidas 52.090 2.084 50.006

Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441

Audiencias Convocadas 0

Audiencias Realizadas 66.385 1.060 2.966 62.302 20 5 20 8 4 0 0

Audiencias Aplazadas 801 164 637

Audiencias Sin Acuerdo 45.102 638 821 43.203 201 5 201 5 28 0 0

Audiencias Con Acuerdo 8.419 257 1.288 6.803 28 0 28 3 12 0 0

Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503

Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754

Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749

Intervención Judicial 0

Respuestas a Derechos de Petición 2.921 222 2.107 49 271 21 13 18 21 17 22 0 35 67 10 13 14 19 2

No. Audiencias 151.625 1.602 48 17.332 665 210 2.364 1.060 63.494 1.120 3.096 62.460 31 1 31 20 1 14 66 154 45 23 53 58 41

No. Recursos Presentados 4.121 224 242 663 33 288 2.406 148 83 17 0 17 0 0 0 0

No. de Conceptos emitidos 71.219 0 7.477 588 992 2.862 844 2.360 1.066 52.011 220 544 220 258 269 224 70 50 55 100 56 78 62 634 179

No.de procesos (notificación y revisión) 124.215 1.215 51.138 15.298 25.213 15.979 1.421 4.392 1.421 908 1.083 1.648 1.215 162 260 2.862

Demandas Instauradas 8 4 0 4 0 0 0 0

Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0

Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835

Conceptos acogidos 2.022 0 429 274 3 228 251 71 2 107 47 44 179 20 18 15 42 495 42 29

Otras actuaciones judiciales 139.590 11.576 8.114 98 1.058 9.015 3.263 4.203 29.509 2.377 1.002 44.735 1.258 6.094 6.208 997 1.107 409 142 1.344 1.611 64 105 114 122 5.038 27

Intervenciones en exhortos 63 63

Intervenciones en exequátur 28 28

Intervenciones en tutelas 379 375 4

Intervenciones en acciones de grupo 2 2

Intervenciones en tribun. arbitramento 744 1 743

Acciones populares instauradas 76 66 10

Acciones de tutela 532 1 12 345 116 6 15 43

Acciones de cumplimiento 143 132 11

Acciones nulidad y restabl. del derecho 1.498 1.468 2 28

Acciones de perdida de investidura 0

Memoriales presentados 658 6 908 145 87 253 131 36

Interv. ante autoridad Administrativa 49.506 13 12.922 27.387 6.209 2.975 82.278 0 0 0 0 0 0

RES

TITU

CIO

N C

E TI

ERR

AS

AMBIENTALES

Y AGRARIOSPROCESO

INTERVENCION JUDICIAL

Y ADMINISTRATIVA

2015

TOTAL

LAB

OR

AL

CIV

IL

FAM

ILIA

.

1a.

INV

ESTI

GA

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LMINISTERIO PÚBLICO EN

ASUNTOS PENALES

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164

2.2 CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y JUDICIALES EN DEFENSA O

PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO PÚBLICO Y LOS INTERESES COLECTIVOS

Mediante la conciliación, la Procuraduría promueve la solución de conflictos entre las

partes en discrepancia, interviniendo para llegar a acuerdos y fórmulas de arreglo que se

traducen en una solución amigable de la discordia. La conciliación es requisito de

procedibilidad antes de acudir a las distintas jurisdicciones, y en lo contencioso

administrativo es responsabilidad exclusiva de la Procuraduría.

Continuando con el propósito de fortalecer este mecanismo alternativo de solución de

conflictos, durante el 2015 se realizaron 8.557 acuerdos conciliatorios en asuntos de

familia, civiles y contencioso administrativos, de los cuales 8.419 fueron prejudiciales y

138 judiciales; así se obtuvo no solo la culminación anticipada de igual número de

procesos, sino un ahorro para el Estado superior a los $219 mil millones de pesos.

La tabla siguiente muestra las cifras consolidadas sobre este particular.

Tabla No. 18 Conciliaciones prejudiciales y judiciales - año 2015

Conciliación extrajudicial

Conciliaciones Prejudiciales 0 0

Solicitudes de Conciliación Radicadas 68.630 2.234 3.271 63.125

Solicitudes de Conciliación Admitidas 52.090 2.084 50.006

Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441

Audiencias Convocadas 0 0

Audiencias Realizadas 66.385 1.060 2.966 62.359

Audiencias Aplazadas 801 164 637 0

Audiencias Sin Acuerdo 45.102 638 821 43.643

Audiencias Con Acuerdo 8.419 257 1.288 6.874

Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503

Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754

Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749

Conciliación Judicial

Conciliaciones Judiciales 138 138

Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835

ADMINISTRATIVO

CONCILIACIONES

PREJUDICIALES Y

JUDICIALES

2015

TOTAL CIVIL FAMILIA

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165

2.2.1 Conciliación extrajudicial y judicial en asuntos de lo contencioso

administrativo

En el período de análisis, esta importante actividad estuvo precedida por un total de

7.012 acuerdos conciliatorios, cuya cuantía representó un ahorro para el Estado de

$219.611.664.584. De ellos, 6.874 acuerdos conciliatorios fueron prejudiciales, con

un promedio de acuerdos del 13,37%. Esto significó un ahorro patrimonial estatal de

$192.884.064.749. Así mismo, se lograron 138 acuerdos en conciliaciones judiciales,

que representaron más de 26.000 mil millones de pesos de ahorro para el Estado. Es

de anotar que durante el período de análisis se duplicaron este tipo de acuerdos con

respecto al año anterior, en el que se efectuaron 67. Continuando así con el propósito

de alcanzar el mayor número de acuerdos entre las partes para terminar de forma

anticipada sus litigios y de esta forma no solo ayudar a la descongestión de la

jurisdicción de lo contencioso administrativa, sino buscar un ahorro del patrimonio

público, que se obtiene en el porcentaje del acuerdo y en la paralización de la

indexación.

La tabla siguiente da cuenta de las actuaciones realizadas en esta materia, tanto en

el Centro de Conciliación de la Procuraduría General de la Nación, como en los

despachos de la jurisdicción contencioso administrativa.

Tabla No. 19 Conciliaciones prejudiciales y judiciales en materia contencioso administrativa - año 2015

Conciliación extrajudicial 0

Conciliaciones Prejudiciales 0

Solicitudes de Conciliación Radicadas 63.125 63.096 0 14 0 9 4 2 0

Solicitudes de Conciliación Admitidas 50.006 50.006

Solicitudes Inadmitidas (subsanables) 9.441 9.441

Audiencias Convocadas 0

Audiencias Realizadas 62.359 62.302 20 5 20 8 4 0 0

Audiencias Aplazadas 0

Audiencias Sin Acuerdo 43.643 43.203 201 5 201 5 28 0 0

Audiencias Con Acuerdo 6.874 6.803 28 0 28 3 12 0 0

Valor Pretendido Audienc.ConAcuerdo 437.995.954.503 437.995.954.503

Valores Conciliados 245.111.889.754 245.111.889.754

Valor Ahorro para el Estado 192.884.064.749 192.884.064.749

Conciliación Judicial 0

Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0

Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835

CONCILIACIONES

PREJUDICIALES

Y JUDICIALES

EN LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO

2015

TOTAL

CO

NC

ILIA

CIÓ

N

1a.

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2a.

CO

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3a.

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6a.

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7a.

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166

Con el fin de fortalecer la capacidad de los funcionarios de la Procuraduría en esta

materia, en coordinación con el Instituto de Estudios del Ministerio Público – IEMP, se

inició el séptimo diplomado en conciliación en derecho en la ciudad de Bogotá y se

continuó el que se venía realizando en la ciudad de Cali.

Adicionalmente, como parte del control a la gerencia jurídica del Estado, se realizaron

712 visitas de carácter preventivo a los Comités de Conciliación de las entidades

públicas, se capacitaron 414, con 170 Planes de mejoramiento propuestos y 273

diagnósticos reportados.

2.2.2 Asuntos civiles

Programa de Participación Ciudadana y Conciliación Social Civil "La Procuraduría en su Casa" La Procuraduría General de la Nación, a través del Centro de Conciliación en Materia

Civil y Comercial, durante el 2015 contribuyó a la resolución de conflictos en esas

materias y propendió por la descongestión de los despachos judiciales.

En el marco de la acción preventiva integral para el acceso, eficiencia y transparencia

en la justicia civil, la Procuraduría General de la Nación adelantó acciones de mejora

tendientes a la optimización en la prestación del servicio en materia de Conciliación

en materia civil y comercial que se brinda a través de sus cinco Centros de

Conciliación, iniciando por el del nivel central ubicado en la sede principal de Bogotá,

a través del proyecto de capacitación en Programación Neurolingüística y Coaching.

La capacitación impartida tuvo como objetivo fortalecer las capacidades de los

operadores en conciliación, propiciando la generación de habilidades y técnicas en

audiencia, principalmente mediante el abordaje de los diferentes tipos de

personalidad y psicopatologías, la comunicación asertiva y el liderazgo; propiciando

un mayor empoderamiento de su rol.

Durante el año 2015, se logró la resolución pacífica de más de 250 asuntos civiles y

comerciales, lo que significó un porcentaje de efectividad del 24%. La tabla a

continuación da cuenta de esta importante actividad.

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167

Tabla No. 20 Actuaciones en conciliación extrajudicial en asuntos civiles - año 2015

CONCILIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES

No.

Solicitudes recibidas 2.234

Solicitudes admitidas 2.084

Audiencias celebradas 1.060

Solicitudes rechazadas 2

Solicitudes desistidas 123

Audiencias suspendidas 164

Audiencias con acuerdo 257

Audiencias sin acuerdo 638

Audiencias frustradas por inasistencia 996

Personas atendidas en conciliación 6.998

2.2.3 Conciliaciones en materia de infancia, adolescencia y familia

Durante el 2015, la Procuraduría General de la Nación conoció 3.271 solicitudes de

conciliación en asuntos de infancia, adolescencia y familia. De las 2.966 audiencias

celebradas se obtuvo acuerdo en 1.288, es decir, que se evitó la iniciación del

respectivo proceso judicial en el 43% de ellas, tal como se observa en la siguiente

tabla.

Tabla No. 21 Actuaciones en conciliación prejudicial en asuntos de infancia, adolescencia y familia - año 2015

CONCILIACIÓN No.

Solicitudes recibidas 3.271

Audiencias celebradas 2.966

Audiencias sin acuerdo 821

Audiencias con acuerdo 1.288

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168

2.3 INTERVENCIÓN JUDICIAL ANTE LAS DIFERENTES JURISDICCIONES EN

DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y DEL ESTADO

2.3.1 Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo

La función misional de intervención judicial y administrativa ante la jurisdicción de lo

contencioso administrativo la tienen a cargo ocho (8) Procuradores Delegados ante

el Consejo de Estado, cien (100) Procuradores Judiciales II para Asuntos

Administrativos ante los Tribunales Administrativos de Departamento y cien (100)

Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos.

Más de 190.000 actuaciones precedieron la intervención de los agentes del

Ministerio Público ante esta jurisdicción durante el período de análisis, de lo que da

cuenta la tabla a continuación.

Tabla No. 22 Actuaciones en materia contencioso administrativa - año 2015

Intervención Judicial

Respuestas a Derechos de Petición 112 21 13 18 21 17 22 0

No. Audiencias 62.624 62.460 31 1 31 20 1 14 66

No. Recursos Presentados 34 17 0 17 0 0 0 0

No. de Conceptos emitidos 53.816 52.011 220 544 220 258 269 224 70

No.de procesos (notificación y revisión) 12.088 1.421 4.392 1.421 908 1.083 1.648 1.215

Demandas Instauradas 8 4 0 4 0 0 0 0

Conciliaciones Judiciales 138 33 0 33 2 70 0 0

Valor Ahorro para el Estado 26.727.599.835 26.727.599.835

Otras actuaciones judiciales 60.950 44.735 1.258 6.094 6.208 997 1.107 409 142

Intervenciones en tribun. arbitramento 743 743

4a

. C

ON

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JO D

E

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DO

5a

. C

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JO D

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6a

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7a

. C

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SE

JO D

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3a

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SE

JO D

E

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DO

INTERVENCION JUDICIAL

EN ASUNTOS DE LO

CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO

2015

TOTAL

CO

NC

ILIA

CIÓ

N

1a

.CO

NS

EJO

DE

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DO

2a

. C

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SE

JO D

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TA

DO

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169

A continuación, se relacionan algunos de los principales casos en los que se intervino

y fueron acogidos los conceptos de este Ministerio Público:

Pérdida de investidura

- Representante a la Cámara Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza. Con fundamento

en lo previsto en el artículo 184 de la Constitución Política, en el artículo 143 de la

Ley 1437 de 2011, y en la Ley 144 de 1994, el ciudadano Luis Jesús Botello

Gómez solicitó la pérdida de investidura del Representante a la Cámara Wilmer

Ramiro Carrillo Mendoza por la causal de violación del régimen de conflicto de

intereses prevista en el numeral 1º del artículo 183 de la Constitución Política de

1991.

El Ministerio Púbico conceptuó que el parlamentario no debía perder la investidura

por las causales mencionadas, porque no estaba demostrado el conflicto de

intereses que se le endilgaba; concepto que fue acogido por la Sala Plena del

Consejo de Estado.

Acción de tutela

- Tutela Hernán Martínez Quintero. El señor Martínez acudió ante la Procuraduría

con el fin de poner en conocimiento la crítica situación de su salud y la necesidad

de que a su acción de tutela se le prodigara una especial atención. Por esa razón

este órgano de control intervino conceptuando el 15 de mayo de 2015. El proceso

que fue fallado tutelando los derechos del accionante y por siguiente acogiendo el

concepto del Ministerio Público.

Acción de Nulidad

- Acción de nulidad Decretos 2613 y 1609 de 2013. Venta acciones de la Nación

en ISAGEN S.A. Se interpuso demanda con el fin de obtener la nulidad (i) del

Decreto 1609 de 2013 que aprobó el programa de enajenación de las acciones

que la Nación posee en ISAGEN S.A., que consta de dos etapas, la primera

dirigida a ofrecerlas a los destinatarios de condiciones especiales - DCE, y la

segunda, a ofrecer aquellas acciones no adquiridas por los destinatarios

mencionados, a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y (ii)

del Decreto 2613 del mismo año, por medio del cual se incrementó el precio de

cada acción de $2.850 a $3.178 para la oferta pública.

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170

Realizado el examen de legalidad de los decretos, la Procuraduría concluyó que

ninguna de las inconformidades planteadas tanto por los argumentos procesales

como los de fondo, tienen sustento legal para anular el programa de enajenación

contenidos en los decretos demandados, por lo que se conceptuó que se debían

negar las pretensiones de nulidad solicitadas.

En Fallo de 10 de septiembre de 2015, el Consejo de Estado (Sala de lo

Contencioso Administrativo - Sección Cuarta) profirió fallo negando la pretensión

de nulidad de los artículos 1, 2 y 8 (acusado parcialmente) del Decreto 1609, y 1

del Decreto 2316. También dispuso levantar la medida cautelar de suspensión del

proceso que se sigue para la venta de la participación que la Nación tiene en

ISAGEN.

Nulidad Electoral

- Elección Representante a la Cámara Raúl Asprilla Reyes. La Procuraduría

solicitó a la H. Sección Quinta del Consejo de Estado que evaluara las posturas

propuestas y la jurisprudencia, y denegara las pretensiones de la demanda

incoada por el ciudadano Juan Luis Pérez Escobar contra el acto de elección de

Inti Raúl Asprilla. Mediante fallo del 9 de abril de 2015, acogiendo el concepto, se

negó la pretensión.

Control Inmediato de Legalidad

- Legalidad Decreto Reglamentario No. 1814 de 14 de septiembre de 2015.

Este Ministerio Público sostuvo que dicho acto se ajusta a la legalidad, en razón a

que en desarrollo de los Decretos Legislativos Nos. 1770 y 1772 de 2015, su

finalidad manifiesta se circunscribía a materializar la cesación de efectos y

medidas correspondientes a la reunificación familiar, con ocasión del estado de

excepción decretado por el Presidente de la República de Venezuela, y lo que

consecuencialmente llevó al Gobierno colombiano a la declaratoria del estado de

emergencia, en consideración a la deportación, repatriación y expulsión de

nuestros connacionales de ese país.

2.3.2 Jurisdicción Penal

La Procuraduría General de la Nación cumplió el mandato constitucional previsto en

el artículo 277 de la Constitución Política, como representante de la sociedad ante la

jurisdicción penal, siendo garante real de los derechos y garantías fundamentales,

buscando el bien de la justicia real y material.

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171

Tabla No. 23 Actuaciones justicia penal - año 2015

LE

Y 6

00

LE

Y 9

06

LE

Y 5

22

JUS

TIC

IA

TR

AN

SIC

ION

AL

Intervención Judicial

Respuestas a Derechos de Petición 2.807 222 2.107 49 271 35 67 10 13 14 19

No. Audiencias 69.144 1.060 63.494 1.120 3.096 154 45 23 53 58 41

No. Recursos Presentados 2.925 288 2.406 148 83

No. de Conceptos emitidos 4.671 844 2.360 1.066 50 55 100 56 78 62

No.de procesos (notificación y revisión) 422 162 260

Otras actuaciones judiciales 40.451 4.203 29.509 2.377 1.002 1.344 1.611 64 105 114 122

Acciones de tutela 58 15 43

Memoriales presentados 616 145 87 253 131

JURISDICCIÓN PENAL

PROCESO DE

INTERVENCION JUDICIAL

2015

TOTAL

* 2

a.

CA

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CIÓ

N P

EN

AL

3a

. C

AS

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PE

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L

MINISTERIO PÚBLICO EN

ASUNTOS PENALES

1a

. IN

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IGA

CIÓ

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EN

AL

2a

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EN

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3a

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EN

AL

4a

. IN

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ST

IGA

CIÓ

N P

EN

AL

JURISDICCIÓN ORDINARIA, ESPECIALIZADA, JUSTICIA Y PAZ Y CONSEJOS

SECCIONALES DE LA JUDICATURA

La función de intervención ante las autoridades judiciales penales y las Salas

Jurisdiccionales Disciplinarias de los Consejos Seccionales de la Judicatura del país

se cumplió con un equipo de trabajo conformado por 337 Procuradores Judiciales en

lo Penal I y II, con 13 de ellos se apoyó a víctimas, y estuvo precedida por más de

246.308 actuaciones, como se muestra en la siguiente tabla.

Tabla No. 24 Agencias especiales

AGENCIAS ESPECIALES 2015

Constituidas 1.010

Relevadas 574

Comisiones 745

Canceladas 412

Informes tramitados 5.903

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172

Tabla No. 25 Actuaciones ante autoridades judiciales penales y Consejos Seccionales de la Judicatura - 2015

ACTUACIONES ANTE AUTORIDADES JUDICIALES PENALES Y CONSEJOS SECCIONALES DE LA

JUDICATURA – 2015 No.

Actuaciones Ley 600 de 2000 6.395

Conceptos 844

Audiencias 1.060

Recursos sustentados 288

Otras actuaciones judiciales 4.203

Actuaciones Ley 906 de 2004 97.769

Conceptos 2.360

Audiencias 63.494

Recursos sustentados 2.406

Otras actuaciones judiciales 29.509

Actuaciones Justicia Transicional 6.284

Sesiones 2.103

Audiencias 3.096

Recursos sustentados 83

Otras actuaciones judiciales 1.002

Actuaciones Ley 522 de 1999 4.711

Audiencias 1.120

Conceptos 1.066

Recursos sustentados 148

Otras actuaciones judiciales 2.377

Actuaciones Juzgados de ejecución de penas 3.211

Solicitudes 1.001

Recursos sustentados 639

Otras actuaciones judiciales 1.571

Verificación órdenes de captura 8.355

Registros ingresados a base de datos 4.162

Órdenes de captura verificadas 1.935

Cancelación de órdenes de captura verificadas 2.227

Visitas realizadas a organismos de seguridad 31

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173

A continuación se relacionan algunos de los casos de connotación en los que el

Ministerio Público intervino ante las autoridades judiciales penales que se

describieron:

- Atentado a ex-Ministro Fernando Londoño Hoyos. Este

El Ministerio Público intervino desde el mismo momento de los hechos y participó

activamente en las audiencias preliminares, de acusación, preparatoria y de juicio

oral, en aras de garantizar derechos de los indiciados y las víctimas. Igualmente,

presentó alegatos de conclusión solicitando condena para el procesado César

Augusto Ruíz Gómez, toda vez que Nelson Aguirre se acogió a principio de

oportunidad, por lo que el Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado emitió

sentencia anticipada.

El 14 de septiembre de 2015, aceptando la postura de la Procuraduría, el Juzgado

Cuarto Penal del Circuito Especializado de Bogotá dictó sentencia condenatoria en

contra de Ruíz Gómez, por los delitos de homicidio en concurso homogéneo,

tentativa de homicidio, concierto para delinquir agravado, terrorismo y uso de

menores de edad, todos en concurso homogéneo y heterogéneo, imponiéndole la

pena principal de 672 meses y 3 días de prisión, no concedió subrogado alguno.

También se intervino en el proceso que se adelantó al menor FCA, quien resultó

condenado el 16 de mayo de 2015, acorde con lo solicitado por el Ministerio

Público.

- Masacre de Doncello. Los hechos ocurrieron en el mes de septiembre del año

2010, en el municipio de Doncello, Caquetá, donde fueron masacrados y

posteriormente incinerados 14 miembros de la Policía Nacional, como producto de

una emboscada con cilindros bomba y explosivos que realizaron miembros de la

guerrilla de las FARC.

Este Ministerio Público solicitó en diversas oportunidades a la Fiscalía General de

la Nación se pronunciara con respecto a la imputación por crímenes de guerra a

los máximos dirigentes del Secretariado de las FARC, en calidad de autores

mediatos en aparatos organizados de poder.

Producto de esa intervención, la Dirección de Análisis y Contexto de la Fiscalía

anunció la creación de un grupo encargado de construir las imputaciones, bajo la

aplicación de contextos y con el criterio de autoría inmediata, para evitar la

impunidad en los crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos por ese grupo

insurgente. Se logró así que la Fiscalía asumiera el caso y le diera la calificación

sugerida por la Procuraduría General de la Nación.

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174

- Masiva defraudación ahorradores de los FONDOS PREMIUM – INTERBOLSA.

El Ministerio Público sustentó su postura jurídica de imposición de medida de

aseguramiento, con fundamento en los artículos 310 y 312 de la Ley 906 de 2004,

el peligro para la comunidad, la gravedad y modalidad de los delitos, la afectación

del orden económico y social, el patrimonio de las víctimas y el riesgo de fuga de

estas personas. Apoyándose en pronunciamientos de la Corte Constitucional y

Corte Suprema, en los Decretos de emergencia económica, y por el carácter de

interés público del ahorro privado, sustentó la necesidad de imponer medida de

aseguramiento intramural, por la masiva defraudación de que fueron víctimas los

ahorradores de los FONDOS PREMIUM, bajo contrato de corresponsalía.

La Procuraduría hizo su intervención como no apelante frente a los recursos de

apelación de los ocho defensores. Respecto a la medida de aseguramiento en el

caso del señor Rachid Maluf Raad, apoyó la solicitud de detención domiciliaria,

porque la Fiscalía no demostró la necesidad y razonabilidad de la medida de

carácter intramural, postura que fue acogida por la Juez de Garantías.

También participó en cuatro sesiones de audiencia de imputación de cargos en

contra de Benjamín Maldonado Rodríguez, aduciendo la necesidad de imponer

medida de aseguramiento intramural, planteamientos aceptados y ponderados por

la Juez 11 de Garantías. Intervino en la solicitud de orden de captura en contra del

citado señor Maldonado Rodriguez y ello permitió que se tramitara de manera ágil

“Circular Roja de Interpol”. Respaldó la petición de medida de aseguramiento de la

Fiscalía, por su doble condición de accionista en el fondo GLOBAL ADVISORS

INVESTMENT MANAGEMENT LLC y accionista de INTERBOLSA HOLDING;

aunado ello, a que los multimillonarios recursos de los inversionistas del

PREMIUM CAPITAL APPRECIATION FUND, según visita de la Superintendencia

de Sociedades e informes de la policía judicial, entre otros, permiten colegir en

grado inferencia razonable, que dichos recursos ingresaron en calidad de

préstamos sin garantías, a las empresas familiares del imputado, a saber:

HELADOS MODERNOS DE COLOMBIA, TRES PALMAS y MALTA, procedentes

a su vez de las empresas VALORES INCORPORADOS S.A.S y RENTAFOLIO

BURSATIL Y FINANCIERO S.A.S, y EMPRESA COLOMBIANA DE CAPITALES,

de propiedad de los señores Tomás Jaramillo Botero y Juan Carlos Ortíz Zarrate,

sociedades que de acuerdo a los conceptos e informes de la Superintendencia de

Sociedades, se les halló de manera objetiva eventos o modalidades de captación

masiva y habitual de dineros, siendo el señor Víctor Maldonado beneficiario de

dicha actividad al margen de la ley. Estas empresas fueron intervenidas por las

autoridades sobre la materia y Maldonado Rodríguez fue extraditado desde

España.

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El Juez 78 de Garantías impuso medida de aseguramiento en contra de otros seis

imputados y guardó silencio sobre varias peticiones de detención domiciliaria y

reconocimiento de madre y padre cabeza de familia. Si bien el Ministerio Público

estuvo de acuerdo con tal medida, en garantía también de los derechos de los

imputados, explicó que la judicatura tiene el deber de motivar en debida forma sus

decisiones. Este argumento sirvió para que la segunda instancia (Juez 38 Penal de

Circuito de Conocimiento), acogiera esta postura.

- Ex Concejal Ronaldo Andrés Camacho Casado. En el año 2009, Ronaldo

Andrés Camacho Casado se desempeñó como concejal de Bogotá y utilizó

influencias derivadas de su cargo ante el Director de la Unidad Administrativa

Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, en provecho propio y de terceros

contratistas, consiguiendo que la entidad pública lo favoreciera ilícitamente con el

nombramiento de personas por él recomendadas y fueran beneficiados en

procesos licitatorios los contratistas Emilio Tapias Aldana y Héctor Julio Gómez

González. La actuación se desarrolló mediante acuerdos previos entre Camacho

Casado y los Concejales Hipólito Moreno Gutiérrez y Orlando Parada Díaz, a

quienes el Alcalde Mayor de Bogotá para la época, Samuel Moreno Rojas, les

delegó la designación del Director de la Unidad Administrativa Especial de

Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

En el año 2010, Ronaldo Andrés Camacho Casado determinó a Iván Alberto

Hernández Daza para que recibiera de Javier Mejía Bernal, representante legal de

la empresa PATRIA S.A., quien tenía participación en las licitaciones 007,008, 021

de 2009 y 078 de 2010, la suma de $450.000.000, de los cuales el acusado recibió

como aporte a su campaña la suma de $300.000.000, y ($50.000.000), ingresaron

al patrimonio de HERNÁNDEZ DAZA.

En audiencia de imputación de cargos ante el Juzgado 34 de Garantías, Camacho

Casado se allanó a los cargos. El Juzgado 5 Penal del Circuito de Conocimiento lo

condenó a la pena de (40) meses de prisión y le concedió la suspensión

condicional de la ejecución de la pena, por los delitos de tráfico de influencias de

servidor público, en concurso heterogéneo con cohecho impropio.

Contra la sentencia, el Ministerio Público, la Fiscalía y las víctimas interpusieron

recurso de apelación. El Ministerio Público, fundó la inconformidad contra el fallo

del a quo en la dosificación punitiva que realizó por los delitos de tráfico de

influencias de servidor público y cohecho impropio, en razón a que no obstante

reconocer que se trataba de una conducta grave escogió el extremo mínimo del

primer cuarto, en contravía de lo normado en el artículo 61 del C.P.

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Se hicieron observaciones en torno a la concurrencia de causales de agravación y

la generosa, rebaja del 50% de la pena que se hizo por allanamiento, cuando la

FGN contaba con suficientes elementos materiales probatorios para llevar a buen

término la acusación en contra del procesado. Además de ser premiado con otros

beneficios, como la no imputación de agravantes genéricos o la conducta de

concierto para delinquir, sumado a que se le concedió principio de oportunidad.

En cuanto al subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena se

allegó jurisprudencia sobre la aplicación de la lex tertia y se destacó que no puede

acudirse a una combinación inapropiada de requisitos de una y otra norma porque

se vulnera el principio de legalidad. Por ello estimó la Procuraduría que la

conducta del fallador trasgredió el principio de legalidad al tomar requisitos de

varias Leyes y crear una nueva norma aplicable al caso de Camacho Casado.

El 13 de agosto de 2014 el Tribunal Superior de Bogotá acogió los argumentos

presentados por el Ministerio Publico y ordenó modificar y en consecuencia

condenar a Ronaldo Andrés Camacho Casado, a la pena principal de 69 meses y

18 días de prisión, multa de128,4 salarios mínimos legales mensuales vigentes e

inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos por el lapso de 105 meses y

18 días; igualmente, a la pena de inhabilidad intemporal para el ejercicio de

funciones públicas y para celebrar contratos de manera personal o por interpuesta

persona con el Estado, de conformidad con el numeral 5° del artículo 122 de la

Constitución Política, como también negar la suspensión condicional de la

ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, motivo por el cual se dispuso librar la

correspondiente orden de captura en su contra para que cumpliera la pena

impuesta en el establecimiento carcelario que para tal fin designara el INPEC.

Debido a que el procesado interpuso recurso de casación, el 2 de diciembre de

2015 la Corte Suprema de Justicia resolvió no casar la sentencia impugnada.

- Solicitud de domiciliaria Marco Antonio Gilm, alias “El papero”. El señor

Marco Antonio Gil, alias “El Papero”, fue condenado por los delitos de narcotráfico

y concierto para delinquir por el Juzgado 8 Penal del Circuito Especializado de

Bogotá. El condenado solicitó sustitución de prisión intramural por domiciliaria,

alegando grave enfermedad, beneficio que le fue concedido por el Juez de

Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. Decisión que fue apelada por la

Procuraduría, por cuanto no existía dictamen médico legal que certificara la grave

enfermedad. La Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá

conoció la segunda instancia y acogiendo los argumentos de este órgano de

control, revocó el beneficio, ordenando la reclusión intramural, lográndose así la

aprehensión del procesado.

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177

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - SALA PENAL Y COMISIÓN DE ACUSACIÓN DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

Respecto a los asuntos penales y las acciones de revisión que adelanta la Sala

Penal de la Corte Suprema de Justicia contra los altos funcionarios del Estado que

están amparados con fuero constitucional y legal, la Unidad de Fiscalía Delegada

ante la Corte Suprema de Justicia, así como a los asuntos penales y disciplinarios

que adelanta la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, las

actividades de intervención judicial, en defensa del orden jurídico, del patrimonio

público y de los derechos y garantías fundamentales, se relacionan en la siguiente

tabla.

Tabla No. 26 Actuaciones ante la Corte Suprema de Justicia y Cámara de Representantes - año 2015

- Representante a la Cámara Didier Tavera Amado – Concierto para delinquir.

Con base en un anónimo dirigido al señor Presidente de la Corte Suprema de

Justicia, así como en dos artículos publicados en el diario Vanguardia y La Nación

de Bucaramanga del año 2007, que daban cuenta de presunta confesión de

algunos integrantes de una banda de sicarios que al parecer se reunían en la finca

del Representante a la Cámara, Didier Tavera Amado, a planear algunos

homicidios, así como algunas entrevistas que reposan en otros expedientes para

el año 2011, adelantados contra algunos de estos miembros ya condenados por

Intervención Judicial

Respuestas a Derechos de Petición 2.807 10 13 14 19

No. Audiencias 69.144 23 53 58 41

No. Recursos Presentados 2.925

No. de Conceptos emitidos 4.671 100 56 78 62

No.de procesos (notificación y revisión) 422

Otras actuaciones judiciales 40.451 64 105 114 122

Acciones de tutela 58

Memoriales presentados 616 145 87 253 131

1a

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IGA

CIÓ

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PE

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L

2a

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3a

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4a

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CIÓ

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ACTUACIONES ANTE

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Y CÁMARA DE REPRESENTANTES

AÑO 2015

TOTAL

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178

otros hechos delictivos, la Sala Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia

decidió iniciar la correspondiente indagación preliminar, con la finalidad de

corroborar la aquiescencia de los hechos, su tipificación jurídica y probable grado

de nexo del denunciado con los mismos. El Ministerio Público emitió concepto

precalificatorio, en el cual solicitó que se precluyera la investigación, por “duda” de

carácter insuperable. Alegato que fue acogido por la Fiscalía, quien mediante

Resolución de 19 de noviembre de 2015, así lo dispuso.

CASACIÓN PENAL Y EXTRADICIÓN

En 2015 se realizaron 2.093 actuaciones en materia de casación penal y extradición,

como se resume en la siguiente tabla.

Tabla No. 27 Actuaciones en casación penal y extradición - año 2015

ACTUACIONES EN CASACIÓN PENAL Y

EXTRADICIÓNTOTAL

Segunda para

la Casación

Penal

Tercera para

la Casación

Penal

LEY 600 DE 2000

Procesos revisados control de prescripción 67 47 20

Conceptos emitidos en casación 65 32 33

Fallos notificados 90 32 58

LEY 906 DE 2004

Audiencias Realizadas 199 154 45

Audiencias a las que asistió 9 9 0

Lecturas de fallo 123 66 57

TRAMITE EXTRADICIÓN

Solicitudes de extradición radicadas 185 101 84

Alegatos de conclusión 152 59 93

Notificaciones 169 45 124

Extradiciones simplificadas 24 12 12

MECANISMO INSISTENCIA

Pronunciamientos 207 84 123

Comunicaciones 412 166 246

ACCIÓN DE REVISIÓN

Actuaciones 121 93 28

Conceptos emitidos 41 19 22

Notificaciones de acciones inadmitidas 118 27 91

AGENCIAS ESPECIALES

Revisiones a procesos 107 56 51

Intervenciones 1 0 1

Notificaciones 3 0 3Notificaciones 74 0 46

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Es de señalar que, conforme a la exigencia de la ley, se evacuaron aquellos

expedientes que se encontraban próximos a prescribir y en orden de llegada al

despacho, para que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia pueda tener el

tiempo suficiente para proferir sentencia.

A renglón seguido se relacionan algunos de los casos sobre estas materias y en

donde este Ministerio Público conceptuó en defensa del ordenamiento jurídico:

- Extradición - Luis Alberto Díaz Rodríguez. Solicitar a la Corte Suprema de

Justicia concepto desfavorable respecto de la solicitud de extradición del citado

señor, bajo el presupuesto del principio de la doble incriminación, ya que por los

mismos delitos está purgando pena privativa de la libertad en Colombia.

La Corte al compartir plenamente el concepto del Ministerio Público, despachó

desfavorablemente la solicitud de extradición, destacando cada uno de los puntos

analizados en el concepto, y concretamente el relacionado con el principio de la

doble incriminación, “nom bis in ídem”.

- Casación - Jesús Hermes Bolaños. Se solicitó a la Corte Suprema de Justicia

que casara el fallo condenatorio por el delito de homicidio agravado impugnado y

se profiriera sentencia de remplazo en la que se absolviera, sustentando la nulidad

por irregularidad sustancial y atipicidad de la conducta.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia acogió en su integridad el concepto

y en sentencia de 19 de agosto 2015, determinó CASAR la sentencia del Tribunal

Superior de Bogotá D.C. y como consecuencia, declarar la nulidad de todo lo

actuado a partir, inclusive, de la resolución de acusación proferida en contra de

Bolaños Cruz el 24 de julio de 2008.

- Investigación – ex Gobernador del Meta, Luis Carlos Efraín Torres Rueda. Se

formularon denuncias ciudadanas referidas a irregularidades en la celebración de

contratos por delegación a través de la Dirección Administrativa Especial para

proyectos y contratación, durante la administración como gobernador del

departamento del Meta, Luis Carlos Efraín Torres Rueda, porque no cumplieron

los requisitos legales, además del posible detrimento al erario derivado de

sobrecostos o falta de ejecución de algunos de esos negocios jurídicos.

La Procuraduría solicitó preclusión de la investigación; concepto que fue acogido a

través de auto de 2 de diciembre de 2015.

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2.3.3 Jurisdicción Civil 2.3.3.1 Asuntos de infancia, adolescencia y familia

Procesos ordinarios y especiales

La función misional de intervención en los procesos y ante las autoridades judiciales de familia y administrativas encargadas del tema de infancia, adolescencia y juventud, abarca el conjunto de actuaciones que adelanta o impulsa el Ministerio Público en su calidad de órgano constitucional autónomo de control, en condición de sujeto procesal, de manera imparcial, independiente, eficaz y razonablemente selectiva, con sujeción a las exigencias, oportunidades y disposiciones procesales, cuando ello es necesario, según los criterios establecidos por la ley o las regulaciones correspondientes, con el fin último y esencial de defender los derechos humanos, el orden jurídico y los derechos y garantías fundamentales de las poblaciones más vulnerables y de especial protección constitucional como la niñez, la juventud, los adultos mayores, las personas con discapacidad tanto física como mental y, en general, de la institución familiar. La siguiente tabla da cuenta de las actuaciones realizadas durante 2015 en materia de infancia, adolescencia y familia.

Tabla No. 28 Actuaciones judiciales ante los Juzgados de Familia 1ª Instancia - Procesos ordinarios y especiales - año 2015

ACTUACIONES JUDICIALES ANTE LOS JUZGADOS DE

FAMILIA 1A. INSTANCIA - AÑO 2015No.

Peticiones presentadas 1.920

Acciones de tutela en las que se intervino 104

Acciones de tutela presentadas 12

Pruebas solicitadas 5.181

Audiencias de prácicas de prueba a las que asistio 1.702

Revisión de expedientes 1.672

Recursos presentados 110

Conceptos presentados 4.378

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Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)

En el año 2015 la PGN tuvo 15.728 actuaciones en materia del SRPA, como se

muestra en las siguientes tablas:

Tabla No. 29 Actuaciones judiciales SRPA - año 2015

ACTUACIONES JUDICIALES SISTEMA DE

RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

AÑO 2015

No.

Legalización de aprehensión 433

Audiencia prepartoria al juicio 724

Juicio oral 731

Lectura de fallo 1.736

Incidente de reparación integral 205

Aplicación del principio de oportunidad 55

Imputación de cargos 1.572

Imposición de internamiento preventivo 395

Revocatoria de internamiento preventivo 23

Formulación de acusación 1.123

Imposicion de sanción 2.378

Control de legalidad actuaciones de Policía Jud. 136

Audiencias suspendidas a las que asistio 2.406

Recursos que interpuso 96

Diligen para destrucc. sustancias psicotro. 1.048

Solicitud de nulidad que interpuso 6

Medidas restablecimiento por delitos contra la vida 413

Medidas de restablecimiento por otros delitos 1.055

Pruebas que solicito 224

Alegatos de conclusión presentados 931 Tabla No. 30 Seguimiento a la sanción en materia del SRPA - año 2015

SEGUIMIENTO A LA SANCIÓN EN MATERIA DEL

SRPA 2015No.

Peticiones en riesgo razonable de evasión del proceso

del adolescente 38

Peticiones temor infundado de destrucción u

obstaculización por parte del adolescente 10Peticiones por peligro grave para la victima, el testigo

o la comunidad 103

Peticiones adolescentes infractores fueron integrados

al programa de protección de víctimas 1

Visitas a centros o instituciones del SNBF u otros 228

Visitas a centros o instituciones del SRPA 118

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2.3.3.2 Asuntos ambientales y agrarios

Esta labor de intervención judicial fue muy importante durante el 2015, con 22.380

actuaciones desplegadas por los agentes del Ministerio Público, dentro de las cuales

se cuentan 644 acciones constitucionales, encaminadas a la protección y defensa del

patrimonio público y la moralidad administrativa, como se observa en las tablas

siguientes.

Tabla No. 31 Actuaciones de intervención judicial en materia ambiental - año 2015

INTERVENCIÓN AMBIENTAL ANTE AUTORIDADES JUDICIALES No.

Expedientes revisados 2.963

Conceptos emitidos 308

Audiencias de pacto cumplimiento ante Jurisd. Adva 334

Audiencias de pacto de cumplimiento ante Jurisd. Civil 179

Solicitudes de medidas cautelares presentadas 87

Solicitudes presentadas de prácticas de pruebas 250

Oposiciones u objeciones a dictamenes periciales presentadas 0

Alegatos de conclusión presentados ante Tribunales 74

Alegatos de conclusión presentados ante Juzgados 115

Recursos de apelación presentados 92

Actuaciones en Comités de Verifi. a oblig. impuestas en sent 754

Acciones de tutela instauradas 345

Acciones de cumplimiento instauradas 132

Acciones populares instauradas 2

Acciones de nulidad instauradas 0

Agencias especiales ante Tribunales 208

Agencias especiales ante juzgados 242

Incidentes de desacato presentados 4

Tabla No. 32 Actuaciones de intervención judicial en materia agraria - año 2015

INTERVENCIÓN AGRARIA ANTE AUTORIDADES JUDICIALES No.

Expedientes que revisó en el período 7.511

Audiencias de 1ra instancia a las que a asistió 198

Audiencias de 2da instancia a las que asitió 12

Notificaciones realizadas (autos y sent) 6.434

Solicitud de medidas cautelares presentadas 22

Solicitudes presentadas de prácticas de pruebas 1.233

Aclaraciones, oposiciones u objeciones a dictamen pericial 10

Tramites incidentales postulados 69

Inspecciones judiciales a las que asistió 163

Alegatos de conclusión presentados ante el Tribunal Superior 180

Alegatos de conclusión ante Juzgados Civiles del Circuito 106

Recursos presentados contra autos 123

Recursos presentados contra sentencias 65

Acciones de tutela instauradas 116

Acciones de cumplimiento instauradas 11

Acciones populares instauradas 10

Acciones de nulidad instauradas 28

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Los siguientes fueron algunos de los casos en que se intervino en materia ambiental y agraria, y en los que prosperaron las pretensiones de este órgano de control:

- Acción de cumplimiento - Municipio de El Doncello (Caquetá)

Los Planes de Ordenamiento Territorial tienen como objetivo la correcta

administración del desarrollo físico del territorio y la utilización racional del suelo,

mediante políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que

permitan la conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales y la

prevención de amenazas y riesgos naturales, con la inclusión de tres componentes:

general, urbano y rural, y dentro de ellos el ambiental, el cual debe someterse a

consideración de la Corporación Autónoma Regional, para su correspondiente

aprobación.

En el caso del municipio de El Doncello – Caquetá no se contaba con Esquema de

Ordenamiento Territorial (EOT), pues este se encontraba vencido desde el año 2000,

sin que funcionarios de la administración municipal procedieran a su actualización e

implementación, lo que sin duda, representaba incertidumbre en la toma de

decisiones de cualquier tipo e, inclusive, repercutía en el desarrollo mismo del ente

territorial, cuya población asciende a 30 mil habitantes. Por esta razón, el 24 de

marzo de 2015, la Procuraduría General de la Nación interpuso una acción de

cumplimento en contra de la Alcaldía de Doncello, a fin de que acatara lo dispuesto

en la normatividad respectiva.

El 1 de julio de 2015, el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Doncello dictó

sentencia ordenando que en un término de 30 días, a partir de la ejecutoria de la

misma, dicho municipio adecuara el correspondiente EOT.

- Acción de Tutela – Municipio de Florencia (Caquetá)

Habitantes y dueños de establecimientos del sector hotelero del centro de la ciudad

de Florencia - Caquetá recurrieron a la Procuraduría, manifestando su inconformidad

por el alto nivel de ruido generado por un establecimiento comercial de karaoke, con

lo cual no solo se afectaba su actividad comercial en el caso de los hoteles y

hospedajes, sino sus derechos a la intimidad, la tranquilidad, la salud y un ambiente

sano. Después de comprobar esta situación, el 9 de febrero de 2015, este órgano de

control una acción de tutela contra el municipio de Florencia y la Corporación

Autónoma Regional de Caquetá, por omitir ejercer los controles necesarios para

evitar este tipo de contaminación, la cual fue fallada favorablemente el 23 de ese

mismo mes, por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Florencia, que resolvió

amparar los derechos invocados.

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Sin embargo, ante la impugnación de la Alcaldía de Florencia, la decisión pasó a

consulta del Tribunal Superior del mismo municipio, que el 22 de abril de 2015,

confirmó el fallo de primera instancia y ordenó a las autoridades municipales y de

policía ejercer los controles necesarios, con el fin de cesar la contaminación por ruido.

- Acción popular – Municipio de Florencia (Caquetá)

Mediante oficio suscrito por Corpoamazonía el 9 de abril de 2015, se pone en

conocimiento de la Procuraduría la situación de la franja protectora de la quebrada

“Las Doradas”, zona rural del municipio de Florencia, afectada por acciones de

dragado y ocupación, concretamente en la vereda El Caraño, sitio denominado

Tierragrata, de propiedad del señor José Duván Correa Orozco.

Según Corpoamazonía, la quebrada “Las Doradas” fue intervenida, pues se

realizaron labores de rectificación de cauce natural, que según la comunidad

circundante, fueron realizadas por el dueño del predio, con ayuda de una

retroexcavadora, al parecer de propiedad de la Gobernación Departamental, lo

anterior sin la debida autorización de la autoridad ambiental. Ello conllevó a que se

disminuyera el flujo de agua en uno de los brazuelos de la quebrada. Las evidencia

documentadas por la autoridad ambiental muestran que “se encontraron especies de

fauna acuática afectada por cambios en su hábitat de especies como Siluriforme y

Gymnotiformes”. Adicionalmente, que el terreno intervenido corresponde a las áreas

forestales protectoras del cauce de la aludida quebrada, consideradas

ambientalmente como zonas de amortiguamiento contiguas a la fuente hídrica que

desempeñan funciones, como filtrado de sedimentos, nutrientes, contaminantes y

reducción de la escorrentía hacía el cauce, entre otras.

La transformación de entorno ribereño de la quebrada “Las Doradas” representa

afectación a la biodiversidad local, a la calidad del recurso hídrico y a las propiedades

físico-químicas del suelo; lo que sirvió de fundamento para que el 29 de abril de 2015,

la Procuraduría General de la Nación interpusiera una acción popular, en la cual se

solicitó, como medida preventiva, el retiro y/o confiscación de la maquinaria del lugar

de la ronda de la quebrada; el sellamiento en lo que tiene que ver con los kioscos

(construidos a menos de 1 metro de las crecientes de la misma), el pozo (5,8 mts de

distancia) y la piscina (6 mts de la quebrada), infraestructuras que se encuentran

dentro de los 30 metros medidos a partir de la línea de crecientes máximas de la

quebrada, que está afectando la franja protectora o la Zona de Manejo y Preservación

Ambiental –ZPMA-.

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Así mismo, se solicitó garantizar el libre acceso a toda clase de personas y animales

por esa Zona de Manejo y Preservación Ambiental, con el fin de adecuar y equilibrar

el área afectada y que continúe generando impacto ambiental. Finalmente, ordenar al

propietario del establecimiento Tierragrata a realizar la regeneración natural del área

con las especies nativas del lugar y manejo cultural de las áreas reforestadas.

El 12 de junio de 2015, el Juzgado Segundo Civil del Circuito ordenó el retiro de la

maquinaria del sitio y el cese de toda actividad.

- Verificación de Cumplimiento Tutela T-971 de 2014 - INCODER

Mediante Resolución N° 1472 del 28 de mayo de 2010, INCODER adjudicó un

subsidio integral por valor de $$849.590.000 al grupo asociativo “Nuevo Renacer

Huilense”, conformado por 25 familias, con el fin de adquirir el predio “Santa Rosa”,

ubicado en la vereda La Laja o El Chaparro, del municipio de Paicol, Huila, y

desarrollar el proyecto productivo de explotación ganadera doble propósito y cacao

intercalado.

No obstante, la insuficiencia hídrica del predio, impidió que el proyecto fuera auto

sostenible; situación que ese grupo puso en conocimiento de INCODER el 13 de julio

de 2011, sin que ese Instituto atendiera la solicitud de reubicación de manera

positiva. Ello obligó a que el 22 de enero de 2014, este Ministerio Público

interpusiera una acción de tutela, la cual fue negada, por improcedente.

El fallo precitado fue objeto de revisión por parte de la Honorable Corte

Constitucional, mediante sentencia T-971 de 16 de diciembre de 2014, atendiendo a

la defensa de los derechos de la población desplazada, como sujetos de especial

protección por parte del Estado, por lo que revocó la decisión del Tribunal Superior y

ordenó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural que, en el término máximo de un

mes, procediera a reubicar a las 25 familias desplazadas adjudicatarias del predio

denominado “Santa Rosa”, en un predio que tenga condiciones de habitabilidad, agua

potable y posibilidades de establecer cultivos de cacao y ganadería de doble

propósito.

En tal virtud, el INCODER - Territorial Huila, mediante oficio No. 20152115999 de 20

de marzo de 2015, informó a la Procuraduría acerca del cumplimiento de la

providencia, comunicando las fechas para materializar el otorgamiento del subsidio y

la correspondiente adjudicación de predios para el caso específico.

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2.3.3.3 Restitución de tierras

Siguiendo los lineamientos establecidos en el plan estratégico de la Procuraduría

General de la Nación, como el de “promover y defender los Derechos Humanos”,

este órgano de control, en los procesos judiciales de restitución de tierras que se

encuentran en los 36 Juzgados y 5 Tribunales Especializados en el tema, realizó

actuaciones de intervención judicial a fin de velar por la defensa del derecho a la

restitución, como medida preferente de reparación integral a las víctimas del

conflicto armado, como también de los derechos de las demás partes

intervinientes en dichos procesos.

Tabla No. 33

Actuaciones de intervención judicial en materia de restitución de tierras

INTERVENCIÓN EN PROCESOS DE RESTITUCIÓN O

FORMALIZACIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS 2015No.

Particpación en audiencias 2.364

Conceptos emitidos 2.862

Recursos presentados 33

Notificación y revisión de procesos 15.979

En seguida se relacionan algunos casos sobre estas materias y en donde este

Ministerio Público conceptuó en protección de los Derechos Humanos:

- Predio ubicado en la vereda El Carmen del municipio de Villa Garzón,

Putumayo. Se estableció que para el año 2006, la peticionaria Isabel Bastidas

Lozada y su núcleo familia, a consecuencia del temor causado por los hechos

violentos generados por el grupo guerrillero-FARC, en particular el asesinato de

un trabajador suyo y la tentativa de homicidio de su compañero Omar Enrique

Erazo, se vieron obligados a desplazarse al municipio de Mocoa y decidieron con

su compañero negociar el predio para el año 2008 con el señor Jose Florencio

Pinta, por valor de $5.000.000, precio comercial muy por debajo de lo que

realmente costaba, pues según el avalúo pericial para ese año el bien costaba

$14.107.642, lo que implicaba una venta por menos del 50% de su valor real,

situación que acredita la presunción legal de ausencia de consentimiento o de

causa lícita a la que alude el artículo 77, numeral 2, literal de la ley 1448 de 2011.

La Procuraduría solicitó que se accediera a la restitución jurídica y material del

predio que fuera solicitada ante el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado

para la Restitución de Tierras de Mocoa, pero con la observación de que el

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opositor tenía la calidad de adquirente de buena fe, puesto que para la

compraventa éste no efectuó ninguna presión y el acuerdo del precio fue

convenido por las partes, por lo que igualmente requirió se accediera a una

compensación en favor de la solicitante, según lo determina el artículo 72 la ley

ídem.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali - Sala Civil de Decisión

Especializada en Restitución de Tierras, acorde con lo solicitado por este órgano

de control, mediante sentencia de junio 22 de 2015, reconoció a la peticionaria y

a su núcleo familiar el derecho fundamental a la restitución por equivalencia, al

considerar que el opositor José Florencio Pinta Cadena es un sujeto de especial

protección, por su condición de campesino iletrado y pobre, que adquirió el predio

que se reclama sin actuar oscuro o con intención de causar daño y obtener un

indebido provecho de la desgracia de los reclamantes, o la realización de

maniobras fraudulentas o presiones indebidas para obtener la venta dentro de una

estrategia de despojo, considerando su actuar de buena fe, quien como habitante

de la zona sufrió los rigores del conflicto armado. Por ello, deja vigente la

negociación y reitera el derecho de dominio del opositor.

- Predios ubicados en el corregimiento de La Primavera en el municipio de

Bolívar, departamento del Valle del Cauca. La familia de Gabriel Restrepo

Arango había sido víctima de extorsiones, amenazas e incluso uno de sus hijos

sufrió un atentado contra su vida; hechos que la motivaron a desplazarse.

En este caso, la Procuraduría, en defensa de los derechos de las víctimas,

presenta alegatos de conclusión al Juez, solicitando la compensación por

equivalencia del predio, dado que incluso durante el trámite del proceso de

restitución se han presentado hechos de violencia, como la muerte de dos de los

hermanos Restrepo Pareja y las amenazas a uno de sus administradores en el

año 2013, lo cual originó el abandono de todos los predios por los integrantes que

quedaban de la familia.

La Procuraduría logró que, mediante sentencia del Juzgado 2° Civil Especializado

en Restitución de Tierras, se optara por la compensación por equivalencia, pues la

restitución material estaría en riesgo debido a que las condiciones de seguridad no

han mejorado y sería exponer a las víctimas en un escenario de revictimización.

Sin embargo, los solicitantes desistieron de la compensación, lo que fue aceptado

por el operador jurídico, atendiendo el marco legal pertinente, según el cual es el

deseo de las víctimas el que hace parte de su reparación integral.

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- Predio ubicado en la vereda el Capotal, municipio de San Carlos, Antioquia.

En este evento se buscaba que el Juez Especializado en Restitución de Tierras

Itinerante de Antioquia optara por la compensación por equivalencia, pues dadas

las condiciones topográficas del predio, no era posible adjudicarlo por no cumplir

con las características de sustento económico para un grupo familiar; situación

contraria a las pretensiones presentadas por la Unidad de Restitución de Tierras.

La Procuraduría, en aras de defender los derechos de las víctimas del conflicto

armado a una verdadera reparación integral, logró que el Juez acogiera su

concepto y precisara que en dicho proceso era clara la configuración de la causal

de compensación del literal a) del artículo 97 de la ley 1448 de 2011.

2.3.3.4 Otros asuntos civiles

La intervención de este órgano de control en otros asuntos civiles estuvo

precedida por más de 500 actuaciones, como se observa en la tabla siguiente.

Tabla No. 34 Actuaciones judiciales en asuntos civiles – año 2015

INTERVENCIÓN JUDICIAL EN ASUNTOS

CIVILESNo.

Intervenciones en exhortos 63

Intervenciones en exequátur 28

Intervenciones en tutelas 375

Intervenciones en acciones de grupo 2

Intervenciones en tribunal de arbitr. 1

Audiencias 48

Los siguientes fueron algunos de los casos en los que se intervino en protección

del interés general:

- Implementación de la oralidad y el Código General del Proceso: La

Procuraduría, a partir de los meses de julio y agosto de 2015, realizó el primer

observatorio para establecer el avance y necesidades del proceso de

implementación de la Oralidad en la Justicia Civil y del Código General del

Proceso, evidenciándose las graves falencias en el cumplimiento de los

requisitos exigidos por su artículo 618, entre otros, contar con los suficientes

despachos debidamente dotados de la infraestructura física y tecnológica

necesaria para la oralidad y, especialmente, con un talento humano formado

para actuar en el nuevo sistema procesal.

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En consecuencia, la Procuraduría General de la Nación en ejercicio de sus

funciones constitucionales, en particular las orientadas a vigilar el

cumplimiento de las leyes, promovió la actuación interinstitucional con la Sala

de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, los tribunales

superiores, juzgados civiles, el Ministerio de Justicia y del Derecho y el

Congreso de la República, para que a través del proyecto de Ley 78 de 2015

del Senado se aplace la entrada en vigencia del sistema procesal de oralidad

previsto en Ley 1395 de 2010 y en la 1564 de 2012.

En octubre de 2015 se elaboró el segundo informe del observatorio, que da

cuenta de la persistencia de las severas deficiencias en los despachos

judiciales especializados en civil y familia, en los promiscuos, municipales y

del circuito. Los resultados de los observatorios fueron puestos en

conocimiento de la Comisión de Seguimiento a la Ejecución del Plan de

Acción para la Implementación del Código General del Proceso.

Los riesgos identificados y valorados por la Procuraduría General de la Nación

permiten advertir que de implementarse la oralidad y el Código General del

Proceso en Colombia, sin el cabal cumplimiento de los requisitos mínimos

legalmente establecidos para su implementación y puesta en marcha,

vulnerarían el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia

en materia civil, comercial, agraria y de familia, y harían nugatorio el ejercicio

de los principios de celeridad, transparencia, eficiencia, inmediación y

concentración, entre otros.

En este sentido, la Procuraduría advirtió a las instituciones competentes que

deben tomarse las medidas necesarias, a fin de conjurar efectivamente el

represamiento de audiencias e inactividad procesal, para dar cumplimiento a

los objetivos de la apertura hacia la oralidad, orientados a resolver los

problemas álgidos de la administración de justicia, como son la congestión,

inmediación, publicidad, concentración, la mora, la impunidad y a reducir los

tiempos de respuesta para el usuario de la justicia, tal como lo prevé el

Proyecto de Ley 078/15- Senado, sobre el cual la Administración de Justicia

Civil y de Familia envió un mensaje de urgencia al Gobierno Nacional para

evitar que se vulnere el derecho fundamental del acceso a la administración

de justicia de los colombianos en estas materias, cuya prerrogativa impone a

las autoridades del Estado, a título de respeto, el compromiso de abstenerse

de adoptar medidas que tengan por resultado impedir o dificultar el acceso a

la justicia o su efectiva realización, lo cual implica el deber del Estado de (i)

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facilitar las condiciones para el disfrute del derecho y, (ii) hacer efectivo el

goce del derecho.

- Acción popular del DADEP contra Inversiones Santana & Cia S. en C.: La

Procuraduría General de la Nación logró la conformación del comité de

verificación de cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior del Distrito

Judicial de Bogotá, en Acción Popular del DADEP contra Inversiones Santana

& Cia S. en C. De conformidad con las reuniones realizadas con las entidades

responsables, se presentó cuadro de compromisos de las distintas

instituciones que conforman el comité, ante el despacho de conocimiento de la

acción popular. Se obtuvo que la entidad demandada presentara propuesta de

cumplimiento de la decisión judicial. Está pendiente la aprobación de la

propuesta por parte del comité de verificación y del despacho judicial. Se

destaca el presente asunto, por cuanto con ello se garantizan los derechos

colectivos, cuya protección fue objeto del trámite judicial.

2.3.4 Jurisdicción Laboral

En materia laboral se llevaron a cabo 13.740 actuaciones ante las diferentes

instancias judiciales. La siguiente tabla da cuenta de esta actividad:

Tabla No. 35 Actuaciones judiciales en asuntos laborales - año 2015

ACTUACIONES JUDICIALES EN ASUNTOS

LABORALES - AÑO 2015No.

Audiencias 1.602

Vigilancias a procesos ordinarios 5.817

Vigilancia a procesos ejecutivos 1.079

Vigilancia a procesos de fuero sindical 188

Vigilancia a tutelas 84

Vigilancia a incidentes 156

Excepciones 981

Solicitudes ante el tribunal 596

Solicitudes a entidades en razón del proceso judicial 663

Actividades probatorias 366

Otras actividades de intervención 993

Revisiones a procesos judiciales 1.215

La intervención, tanto de oficio como a petición de parte, se realizó en diferentes

temas: contrato realidad, prestaciones sociales, incrementos de personas a cargo,

pensión de sobrevivientes, pensión de vejez; solicitudes de prelación de procesos,

en defensa de los derechos fundamentales y, patrimonio público y debido proceso.

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2.3.5 Ante el Consejo Superior de la Judicatura

Durante el 2015, la intervención que realizó la Procuraduría General de la Nación

ante el Consejo Superior de la Judicatura en los procesos que esa autoridad

judicial adelanta contra los abogados que atentan contra la ética profesional, se

tradujo en 634, superando así los emitidos en el 2014, que fueron 609. Sigue

siendo importante el índice de acogimiento por parte del Consejo Superior de la

Judicatura en este tipo de procesos, pues en el 2015, de los 634 conceptos fueron

acogidos 495, representando un 78% sobre el total.

Tabla No. 36 Intervención judicial ante el Consejo Superior de la Judicatura – año 2015 2

2.3.6 Ante la Corte Constitucional

CONCEPTOS PRESENTADOS ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL

En el 2015, la Procuraduría General de la Nación rindió 168 conceptos ante la Corte

Constitucional, en demandas instauradas por ciudadanos y sobre revisiones de

constitucionalidad de tratados internacionales. Durante el mismo período, la Corte

Constitucional profirió 153 fallos, en los que fueron acogidos 93 conceptos de este

órgano de control, no acogidos 42, y parcialmente acogidos 18.

Entre los temas más relevantes se pueden señalar:

1. Demanda de constitucionalidad contra la expresión “las sentencias de primera

instancia”, contenida en el artículo 69 del Decreto extraordinario 2158 de 1948. En

síntesis, el artículo demandado establece que solamente procede la consulta

respecto de las sentencias de primera instancia excluyendo, en consecuencia, las

sentencias de única instancia.

INTERVENCIÓN ANTE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA

JUDICATURA 2014No.

Conceptos presentados 634

Conceptos acogidos 495

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El Ministerio Público comparte la argumentación de la demanda, pues considera

que la exclusión de las sentencias de única instancia del mecanismo procesal de

consulta, que no tiene otro propósito que salvaguardar los derechos del trabajador,

viola los artículos 13 (igualdad) y 53 (principios mínimos del trabajo) de la

Constitución Política, por cuanto se trata de trabajadores en una misma condición

de hecho, pues su relación está regida por un contrato de trabajo.

De hecho, la única diferencia es el valor de las pretensiones, dado que la

determinación de las sentencias como de primera o única instancia se determina

por la cuantía, es decir, por el valor total de lo que se pretende. Y a juicio de esta

vista fiscal esta distinción no es suficiente para excluir de la consulta a los

trabajadores en razón del petitorio, por cuanto las sentencias de primera instancia

no cuentan con un medio ordinario para salvaguardar los derechos de los

trabajadores con pretensiones dinerarias bajas –que incluso pueden ser los más

vulnerables–, lo que implica una contradicción con el artículo 53 de la Carta, de

una parte, y un trato desigual de sujetos que tienen una misma condición de

hecho, con una justificación insuficiente, de otra. Por lo que se solicitó a la Corte

Constitucional declarar inexequible la expresión contenida en el artículo 69 del

Decreto 2158 de 1948.

2. Demanda de constitucionalidad contra el artículo 136 (parcial) del Código Civil, en

el aparte en el que la ley exige que, en el caso del matrimonio in extremis, si

pasados 40 días desde su celebración no acontece la muerte temida de alguno de

los cónyuges, el matrimonio no surtirá efectos.

La Procuraduría General de la Nación conceptuó indicando que la cesación de

efectos del matrimonio mediante el divorcio es un tema de reserva constitucional y,

por tanto, no puede el legislador establecer una forma diferente al divorcio para

hacer cesar los efectos civiles de un contrato válidamente celebrado. Se precisó,

además, que el consentimiento es un elemento esencial del matrimonio y, por lo

tanto, no puede ser desconocido por la sola ocurrencia de una condición fáctica

prevista en la ley. En consecuencia, se solicitó la inexequibilidad de la norma

demandada.

3. Demanda de constitucionalidad contra los artículos 8º, 9º y 18 de la Ley 1617 de

2013 “Por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales”. El

demandante considera que estos artículos vulneran la reserva de ley orgánica en

tanto regulan aspectos relativos a la creación, modificación y fusión de los

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municipios, además de regular cuestiones que tienen que ver con la división

general del territorio.

Para el Ministerio Público los cargos deben prosperar por vulnerar los artículos

150-4 y 151 de la Constitución, en tanto que la Ley 1617 de 2013 se tramitó como

una ley ordinaria. Así, en primer término, se resaltó que aun cuando en el artículo

150-4 no se hace referencia explícita a la necesidad de una ley orgánica para

estas materias, una interpretación sistemática de la Constitución permite concluir

que las bases y condiciones para efectos de determinar la existencia de las

entidades y la división general del territorio tienen una estrecha relación con la

asignación de competencias y el ejercicio de los derechos que la Constitución

asigna a dichas entidades. Partiendo de lo anterior, se consideró que las normas

son inconstitucionales debido a que regulan aspectos, tales como: (i) los requisitos

generales para fusionar distritos; y (ii) las entidades encargadas de dividir el

territorio y los procedimientos para ello. Por estas razones se solicitó declarar la

INEXEQUIBILIDAD de los artículos demandados.

4. Se requirió a la Sala Plena de la Corte Constitucional que anulara la Sentencia T-

970 de 2014, fallo de tutela proferido por una Sala de Revisión de esa

Corporación, en el cual se ordena al Ministerio de Salud la reglamentación del

servicio de eutanasia.

Considera la Procuraduría que la Sentencia es nula porque contradice la

jurisprudencia que la Sala Plena había sentado en las Sentencias C-239 de 1997 y

C-233 de 2014, de acuerdo con las cuales el legislador es el único que puede

hacer reglamentaciones relacionadas con la eutanasia. En este sentido señaló que

la sentencia de tutela obliga a que un Ministerio invada las competencias del

Congreso.

El Ministerio Público resaltó también que la sentencia de tutela también contradice

la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional, pues cambia la

naturaleza de la eutanasia. Así, mientras en las sentencias de constitucionalidad

referidas se había catalogado a la eutanasia como una justificación penal al delito

de homicidio por piedad, la Sala de Revisión convirtió dicho procedimiento en una

obligación de los médicos y del Sistema de Salud. Más aún, la sentencia

impugnada considera que es una obligación terminar con la vida de los pacientes

terminales no sólo cuando lo solicite el enfermo mismo, sino cuando la petición

provenga de la familia del enfermo terminal que no puede expresar el

consentimiento.

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Finalmente, se denunció que la Sala de Revisión, en lugar de decidir sobre las

actuaciones de la E.P.S. demandada y aplicar la jurisprudencia de la Sala Plena

vigente, terminó por juzgar a quienes no hicieron parte de la tutela, es decir, al

Legislador y al Ministerio de Salud. Lo anterior, violando gravemente el derecho de

defensa. Así, se concluyó que todo lo anterior demuestra que con la Sentencia T-

970 de 2014, proferida por la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional,

se invadió las competencias de otras autoridades, se contradijo la jurisprudencia

de constitucionalidad y se violó gravemente el debido proceso, debiendo anularse

por parte del Pleno de la Corporación.

5. Demanda de constitucionalidad contra la expresión “Deróguese el artículo 11 de la

Ley 37 de 1990 y el parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 16 de 1990” contenida en

el artículo 109 del Decreto 10 de 2012. Se demandó el artículo derogado que

establecía la exigencia de certificar la calidad de profesional de la economía

mediante la presentación de la matrícula profesional en la toma de posesión en

empleos públicos o en el sector privado y para la realización de ciertos actos que

requieran dicha calidad. Los actores consideran que por medio de la derogatoria el

Presidente de la República se excedió en el ejercicio de las facultades

extraordinarias otorgadas por el Congreso, toda vez que no suprimió un trámite

incensario ante la administración pública (objeto de las facultades otorgadas), sino

una disposición que reglamentaba el ejercicio de la profesión de economista.

Esta vista fiscal considera que el Presidente de la República efectivamente se

excedió en el uso de las facultades que le fueron otorgadas por el artículo 75 de la

Ley 1474 de 2011, como quiera que se suprimió del ordenamiento jurídico una

exigencia legal necesaria para garantizar la presencia de un profesional idóneo en

cargos que, por su naturaleza, entrañan un alto riesgo social. Así, el fin que

perseguía la norma derogada solo se puede alcanzar mediante la exigencia de

este requisito y, por tanto, no se puede considerar solo como un trámite

innecesario ante la administración pública que pueda ser suprimido sin

consecuencias para el bien de la comunidad. Por esta razón, se solicitó que se

declare la inexequibilidad de la expresión demandada.

6. Demanda de constitucionalidad contra el artículo 59 de la Ley 1709 de 2014, por

medio de la cual se reforman algunos artículos de la Ley 65 de 1993, de la Ley

599 de 2000, de la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones. (Estímulos

tributarios para empresas públicas y privadas y personas naturales con vinculación

a programas laborales y educativos en las cárceles y penitenciarías). A través de

la disposición acusada el legislador facultó al Gobierno para “crear y reglamentar”

estímulos tributarios para aquellas empresas públicas y privadas, o personas

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naturales que se vinculen a los programas de trabajo y educación en las cárceles y

penitenciarías, así como para exonerar de impuestos o rebajar los mismos a las

empresas que inviertan en los centros carcelarios o que incorporen en sus

actividades a pospenados que hayan observado buena conducta.

El Ministerio Público consideró que la norma demandada, al atribuir la potestad de

otorgar beneficios tributarios no a un órgano plural de representación política,

como lo ordena la Constitución, si no al Gobierno Nacional, desconoció el principio

de legalidad según el cual el establecimiento tanto de los tributos como de los

beneficios tributarios requiere la concurrencia de los ciudadanos a través de sus

representantes ante los cuerpos colegiados (artículos 150, numerales 10 y 12, y

338 de la Carta Política).De igual manera, se concluyó que el precepto demandado

también atenta contra el principio de separación de poderes, previsto en el artículo

113 constitucional, y, en consecuencia, con lo ordenado en el artículo 121

superior, pues la delegación realizada por el legislador al Gobierno Nacional para

crear y reglamentar exenciones o beneficios tributarios implica el ejercicio de

funciones distintas de aquellas que la Constitución y la ley le han conferido al

órgano ejecutivo. Por todo lo expuesto se solicitó la inexequibilidad de la norma

demandada.

7. Demanda de constitucionalidad contra un aparte del numeral 2° del artículo 15 de

la Ley 986 de 2005, "por medio de la cual se adoptan medidas de protección a las

víctimas del secuestro y sus familias y se dictan otras disposiciones". Dicha ley

ordena que se continúen pagando los emolumentos salariales a las personas

secuestradas, mientras dure su secuestro, pero efectúa una diferenciación entre

las personas vinculadas a término fijo y a término indefinido. Mientras ordena que

a las personas vinculadas a término indefinido se les paguen sus acreencias

durante la totalidad del tiempo del secuestro, señala que a las personas vinculadas

a término fijo se les deben cancelar máximo hasta la terminación del plazo del

contrato. El accionante señala que la diferenciación vulnera la igualdad y la

solidaridad.

Se consideró que la distinción es constitucional, por tratarse de una carga

impositiva de solidaridad, en la que el Legislador cuenta con amplia configuración

legislativa, y además se funda en un criterio jurídicamente admisible, recogido

incluso por el Código Laboral para repartir derechos en forma diferenciada. No

obstante se solicitó la exequibilidad condicionada, en el entendido que la

diferenciación sólo es aplicable cuando el secuestro es producto de una

contingencia no relacionada con un riesgo previsible de la labor contratada. Pues

si el secuestro se produce como la concreción de un riesgo relacionado con la

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labor, el pago de los emolumentos deja de ser una imposición de la solidaridad

para transformarse en una exigencia de justicia laboral y por ello deben cancelarse

durante la totalidad del secuestro, independientemente de la vinculación del

empleado.

8. Demanda contra un apartado del artículo 73 de la Ley 1753 de 2015, referente a

los procesos de recobros, reclamaciones y reconocimientos y giro de recursos del

aseguramiento en salud. Se plantea que el pago de las solicitudes de recobro y

reclamaciones aprobadas por el Fosyga, sin reconocimiento de intereses

moratorios, viola el derecho a la igualdad por discriminación irrazonable y

desproporcionada, en tanto permite al Estado pagar en forma retrasada a las

entidades recobrantes sin responsabilidad alguna, mientras que estas entidades sí

deben pagar intereses moratorios cuando no reintegren al Fosyga recursos que

tengan el deber de reembolsar a dicho fondo. Se solicita declarar la exequibilidad

condicionada de la norma, bajo el entendido de que los pagos de los recobros y

reclamaciones que reconozca el Fosyga deben efectuarse en forma indexada

desde la presentación de las reclamaciones y recobros hasta el momento en que

se haga efectivo el pago después de haberse depurado el valor de las

obligaciones correspondientes.

Lo anterior, debido a que si bien es constitucionalmente aceptable que no se

paguen intereses moratorios por servicios NO POS prestados, con el fin de

garantizar el acceso a la salud mediante la disponibilidad de los recursos

financieros, en todo caso el Estado tiene el deber de reconocer la obligación que

surge de la prestación de este tipo de servicios, en tanto que son prestados de

manera excepcional y como una carga contributiva no económica que responde al

principio de solidaridad que deben aplicar los prestadores del servicio de salud.

9. Demanda contra el artículo 190 (parcial) de la Ley 1448 de 2011, “por la cual se

dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del

conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”. Para el demandante la

norma acusada, al establecer que serán integrados a los programas de

reintegración social y económica a los niñas, niños y adolescentes víctimas del

reclutamiento ilícito cuando posean la certificación de desvinculación de un grupo

armado organizado al margen de la ley, expedida por el Comité Operativo para la

Dejación de las Armas, no tiene en cuenta a los niños, las niñas y los adolescentes

que se han desvinculado de los grupos armados ilegales post-desmovilizados, por

tanto, considera que se vulnera el derecho a la igualdad, la reparación de las

victimas basado en el derecho a la dignidad humana, el principio del interés

superior del niño y la niña y el principio de la buena fe.

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Para el Ministerio Público la expresión acusada desconoce la protección especial

de que gozan las víctimas del conflicto armado, toda vez que les impone

condicionamientos para la inclusión en los programas de reintegración social y

económica, por ello, solicitó declarar inexequible la expresión acusada. Lo anterior,

en razón a los parámetros de los tratados internacionales y de la jurisprudencia de

la Corte Constitucional, en ese sentido todas las víctimas deben ser protegidas por

la Ley 1448 de 2011, a fin de obtener la protección integral a través de los aludidos

programas.

10. Demanda contra la expresión “facultad” contenida en el artículo 23 de la Ley 1719

de 2014, referente a la posibilidad de las entidades de salud de implementar el

Protocolo y el Modelo de Atención Integral en Salud para las Víctimas de Violencia

Sexual. Los accionantes consideran que con dicha expresión se genera una

regresión en materia de protección al derecho a la salud contraria al principio de

progresividad contenido en normas internacionales que hace parte del bloque de

constitucionalidad. Se solicitó a la Corte Constitucional declararse inhibida para

conocer de fondo del asunto, por ineptitud sustantiva de la demanda, en tanto se

advirtió que los accionantes hacen una lectura errónea al suponer que la ley hace

una referencia tácita a la Resolución 459 de 2012 del Ministerio de Salud y

Protección Social, “por medio de la cual el Gobierno pretendió regular la materia y,

en cierta forma, imponer la práctica del aborto para las mujeres víctimas de delitos

sexuales”, ya que la referencia expresa a tal disposición administrativa quedó

descartada en el debate democrático y, por el contrario, la norma expresamente no

alude a ese acto administrativo específico.

Sin embargo, de manera subsidiaria, se le solicitó a la Corte declarar la

exequibilidad del aparte normativo demandado, toda vez que del análisis de la

disposición resulta claro que la medida no es contraria al principio de progresividad

y al mandato de no regresividad, puesto que no es igual formular la prohibición de

regresividad cuando se evalúan dos leyes, a cuando la nueva normatividad resulta

ser de un rango superior, en este caso una ley, mientras la norma anterior es de

rango inferior y, específicamente, un acto administrativo.

En este sentido, dado que la nueva medida se encuentra en una fuente normativa

con una fuerza jurídica superior, existe una razón suficiente que justifica el cambio

normativo. Así mismo, se encuentra que la modificación corresponde a una opción

política en estricto sentido (cómo se armoniza una eventual solicitud de aborto con

la autonomía de la paciente y la objeción de conciencia del médico) y no de un

asunto que debe ser regulado principalmente por un acto administrativo, motivo

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por el cual su regulación corresponde a la ley, y un acto administrativo no puede

ser parámetro de regresividad.

Finalmente, se sostuvo que resulta paradójico que se quiera sostener que una

medida resulta regresiva en la protección al derecho a la salud porque no hace

obligatorio un protocolo que contiene medidas que, en estricto sentido, no hacen

parte de lo que es considerado en Colombia una prestación orientada a la

prevención, la paliación y la cura de la enfermedad, es decir, que no está orientada

a garantizar la salud, en este caso de las víctimas de violencia sexual.

11. Demanda contra el Acto Legislativo 2 de 2015, Equilibrio de Poderes, acusándolo

de sustituir la Constitución. La Procuraduría General de la Nación solicitó a la

Corte Constitucional inhibirse, por falta de competencia para pronunciarse sobre la

constitucionalidad de actos reformatorios de la Constitución, en el caso de dos

demandas presentadas contra algunos artículos de la reforma al “equilibrio de

poderes”. En forma subsidiaria se solicitó a la Corte declarar exequibles los

artículos 14, 15, 16, 17,18 y 19 del Acto Legislativo 02 de 2015. Esto, por cuanto la

creación del Consejo de Gobierno Judicial y la Comisión Nacional de Disciplina

Judicial, así como la facultad de investigar disciplinariamente a los empleados de

la Rama Judicial en este último órgano, no sustituyen la Constitución.

De otra parte, el Ministerio Público también consideró que la habilitación para que

el legislador otorgue competencia a un Colegio de Abogados para ejercer el

control disciplinario, así como el sustraer a la Comisión Nacional de Disciplina

Judicial del conocimiento de acciones de tutela y la competencia de solucionar los

conflictos jurisdiccionales otorgada a la Corte Constitucional, no sustituyen ningún

eje de la Constitución.

12. Demanda contra una modificación que se hizo al artículo 206 de la Ley 1564 de

2012 a través del artículo 13 de la Ley 1743 de 2014, “por medio de la cual se

establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial”, imponiendo una

sanción a quien realice un estimación del daño pretendido que excediere el 50% a

la cantidad que resulte probada en el proceso, y se condena a quien hizo el

juramento estimatorio a pagar al Consejo Superior de la Judicatura o a quien haga

sus veces una suma equivalente al 10% de la diferencia entre la cantidad

estimada y la probada. Para el actor esta norma resulta contraria al principio de

legalidad, al derecho a la igualdad, al debido proceso y al acceso a la justicia.

Sin embargo se solicitó que se declara la exequibilidad de la norma, atendiendo a

que se ha sostenido en la jurisprudencia que ha desarrollado el tema, que el

juramento estimatorio persigue un fin constitucionalmente legítimo, como es lograr

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la observancia del cumplimiento de ciertos deberes por parte de quienes

intervienen en los procesos judiciales, en aras de la buena marcha de la

administración de justicia, al mismo tiempo que otorga garantías a las partes en

tanto que respeta el derecho de contradicción y en cuanto a que la limitación de la

condena establecida constituye una consecuencia de seriedad y lealtad que

caracterizan a la administración de justicia. En este sentido, se puede precisar que

la norma demandada permite asegurar el acceso a la justicia y al debido proceso,

sin vulnerar el derecho a la igualdad, pues ello solo sucede cuando las normas

regulan de manera distinta situaciones de hecho que son genéricamente iguales.

13. Demanda contra el Acto Legislativo 01 de 2015, por medio del cual se reformó el

artículo 221 de la Constitución Política, y en donde entre otras cosas se estableció

expresamente que “en la investigación y juzgamiento de las conductas punibles de

los miembros de la Fuerza Pública, en relación con un conflicto armado o un

enfrentamiento que reúna las condiciones objetivas del Derecho Internacional

Humanitario, se aplicarán las normas y principios de este”. Se le acusa de sustituir

la Constitución en tanto desconoce: (i) el deber estatal de investigar y juzgar todos

los hechos que constituyan tanto violaciones a los Derechos Humanos como

infracciones al DIH aplicando complementariamente el Derecho Internacional de

los Derechos Humanos (en adelante DIDH) y el DIH, en tanto impone la aplicación

exclusiva del DIH; (ii) la autonomía e independencia de la que gozan tanto los

fiscales como los jueces para elegir las normas jurídicas que consideren

pertinentes aplicar al caso concreto, en tanto obliga a aplicar únicamente el DIH; y

(iii) el principio de igualdad al crear, así, un privilegio injustificado a favor de los

miembros de la Fuerza Pública, en tanto que únicamente a ellos, bajo

determinadas circunstancias y para ciertas conductas, les aplica exclusivamente al

DIH, mientras a otros cuyos actos también podrían caber bajo esos mismos

supuestos (léase, miembros de grupos armados al margen de la ley), en todo caso

sí se les aplicaría el DIDH.

Se reiteró la postura respecto de la teoría de la sustitución de la Constitución,

razón por la cual, como petición principal, se solicitó a la Corte Constitucional

inhibirse por falta absoluta de competencia para ejercer un control material sobre

las reformas constitucionales; y, como petición subsidiaria, (ii) declarar exequible el

acto legislativo demandado, pero estableciendo, como parámetro de interpretación

necesario para su aplicación, que este en todo caso no supone la exclusión

absoluta de las normas del DIDH cuando el respectivo funcionario judicial

considere que es necesaria su aplicación complementaria.

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Esto último por cuanto advirtió que la interpretación que hacen los accionantes, si

bien es razonable y plausible, no es la única ni la que necesariamente se

desprende del texto del acto legislativo demandado, por lo que la interpretación

obligatoria por parte de la Corte solicitada, o la modulación, aunque efectivamente

supone un control material de una reforma constitucional, ya aplicando la teoría de

la sustitución de la Constitución, resulta menos lesiva de la división de poderes y

menos restrictiva de la facultad constituyente del Congreso de la República, al

mismo tiempo que le reconoce un sentido y utilidad a la norma, en tanto ésta

reconoce la existencia del conflicto armado interno y, como consecuencia, la

necesidad y conveniencia de aplicar el DIH a la hora de investigar y juzgar a los

miembros de la Fuerza Pública por actos del servicio relacionados con el conflicto

y que reúnan las condiciones objetivas de este marco normativo.

Por lo que se entiende que es procedente declarar su exequibilidad, aunque sin

desconocer que, como se sostuvo en el concepto de constitucionalidad sobre el

Marco Jurídico para la Paz, investigar, juzgar y sancionar tanto las violaciones al

DIH como las graves infracciones al DIDH, efectivamente, es un pilar de la

Constitución, fundado, en últimas, en el reconocimiento de los derechos que

emanan de la naturaleza y dignidad humana (naturales), que no puede ser

sustituido, por lo que en forma alguna se puede prohibir la aplicación

complementaria del DIH y el DIDH.

INSISTENCIA DE TUTELA PRESENTADAS ANTE LA CORTE

CONSTITUCIONAL

Durante el año 2015, los ciudadanos presentaron ante la Procuraduría General de

la Nación 744 solicitudes de insistencia de tutela, respecto de las cuales se

resolvió insistir en 33 de ellas ante la Corte Constitucional. De las más relevantes

se da cuenta a continuación:

1. William José Otero Bocanegra – Colpensiones. Acto Administrativo proferido

por Colpensiones en el que se desatendió lo ordenado por un juez de tutela que

disponía resolver la solicitud de reconocimiento de una pensión de sobrevivientes,

teniendo en cuenta que los literales a) y b) del artículo 12 de la Ley 797 de 2003

habían sido declarados inexequibles –los los cuales hacían referencia al requisito

de fidelidad al sistema–, a pesar de que en el acto de cumplimiento al amparo se

insiste que el beneficiario no le asiste el derecho, por cuanto no se cumplió con el

referido requisito de fidelidad. Se consideró de la mayor importancia que se

seleccione para revisión este proceso, por cuanto genera un grave problema

hermenéutico, con incidencia en derechos fundamentales.

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2. Carlos Alberto del Castillo Rangel, Guillermo Triviño Ramírez, Rubén Darío

Sandoval Orjuela y otros - Caja de Auxilio y de Prestaciones de la Asociación

Colombiana de Aviadores Civiles CAXDAC-ACDAC. En este caso consideró el

despacho que la decisión unilateral de suspender el pago de las mesadas

pensionales, sin el consentimiento expreso del pensionado titular del derecho y sin

un fallo definitivo del juez competente, afecta el mínimo vital de titular del derecho

prestaciones y el de sus familia, por cuanto los pilotos no contaron con las

garantías que debe brindar la administración a través de un debido proceso

administrativo y la posibilidad de hacer uso del derecho de contradicción y esperar

que sean las autoridades judiciales competentes las que resuelvan mediante

sentencia las situaciones expuestas en las demandas judiciales pertinentes. Dadas

las anteriores circunstancias, no es razonable que los tutelantes, bajo el mismo

supuesto fáctico, jurídico y probatorio, en unos casos obtengan fallos favorables y

en otros desfavorables. En este sentido, es de indicar que el derecho a la igualdad

exige, como condición sine qua non para su aplicación real, que las autoridades

otorguen idéntica protección, trato y definición a quienes se hallen en similares

situaciones de hecho, para evitar la trasgresión del derecho fundamental a brindar

seguridad en cuanto a que, para el caso, las decisiones judiciales no estén

sometidas al albur de que situaciones fácticas similares reciban decisiones

opuestas, según el despacho al cual haya correspondido el conocimiento.

3. Manuel Antonio Ruiz Gonzalez y otros - Fiscalía Segunda Delegada ante el

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Se evidencia una posible

vulneración del derecho al debido proceso por defecto factico, en tanto que, la

Fiscalía accionada, en sede de consulta, se extralimitó en su examen de

improcedencia de la acción de extinción de dominio y determinó la existencia de

un enriquecimiento injustificado sin tener suficientes elementos probatorios que así

lo establecieran.

4. Orlando de Jesús Villamizar - Juzgado Primero Civil Municipal de Los

Patios. Se observa una vulneración del derecho al debido proceso por defecto

procedimental, ya que en el año 2014, el Juzgado accionado declaró la nulidad

absoluta e insanable de un proceso hipotecario que había terminado y archivado

cuatro años antes. Por lo que resulta necesario que la Corte Constitucional revise

el caso para que se pronuncie sobre el alcance de la aplicación del principio de

restablecimiento del derecho previsto en el artículo 22 de la ley 906 de 2004, a

efectos de precisar si la Fiscalía o los jueces tienen o no una facultad ilimitada

para su puesta en práctica, cómo se debe hacer cumplir este principio cuando se

está frente a asuntos debatidos en otras jurisdicciones, o cuando se pueden

afectar a terceros de buena fe o derechos adquiridos, entre otros.

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5. Carmen Cecilia Rivero Rasgo (Víctor Alfonso Bocanegra Rivero) -

Colpensiones. ¿Puede la entidad demandada desconocer el derecho a la

estabilidad laboral reforzada de una madre cabeza de familia con un hijo

discapacitado, desconociendo de antemano que sabía de su existencia, sólo con

el fundamento de que se encontraba vinculada con contrato de prestación de

servicios, cuando lo que legalmente existía de por medio era un contrato realidad?.

Es pertinente señalar que la misma Corte Constitucional, frente a la terminación

del vínculo laboral del cual las personas derivan su sustento y, en muchas

ocasiones, el de su familia, cuando se trata de personas en determinadas

circunstancias especiales, es posible que no exista mecanismo distinto a la tutela

que tenga el grado adecuado de celeridad y de integralidad para hacer posible la

protección de sus derechos a la estabilidad laboral, al mínimo vital y a la seguridad

social. Así mismo, también este órgano de control desea destacar el hecho de que

la accionante haya prestado sus servicios profesionales y estado vinculada al

Instituto de Seguros Sociales, hoy en liquidación, por más de 22 años, a través de

un contrato que fue cedido en el año 2012 a Colpensiones como nuevo

administrador del régimen de prima media con prestación definida.

Para este Ministerio Público no cabe duda que si se contrastan los presupuestos

jurídicos pertinentes con estas circunstancias, fácilmente se puede advertir que el

tipo de vinculación laboral que la señora Rivero tuvo con estas entidades no era

acorde con la naturaleza del contrato de prestación de servicios.

Por el contrario, los múltiples contratos de prestación de servicios suscritos

durante cerca de 24 años son prueba fehaciente de que, en lugar de una relación

limitada en el tiempo, existía una relación laboral a término indefinido con

obligaciones claramente estipuladas. Por lo que es claro que el requisito de la

temporalidad de los contratos de prestación de servicios no se cumplió, menos aún

cuando además de la prestación personal y continua de un servicio, que la propia

entidad accionada reconoce como propio de su planta de personal, evidentemente

había subordinación o dependencia y una contraprestación económica. Así las

cosas, debe reiterarse que, como ya se ha reconocido en reiterada jurisprudencia

de la Corte Constitucional3, las madres cabeza de familia de menores con una

discapacidad severa tienen derecho a una protección especial y este derecho no

puede ser interferido sin justificación suficiente.

3 T-1052 de 2007 M.P. Jaime Córdoba Triviño, T-992 de 2012 M.P. Maria Victoria Calle Correa, T-

803 de 2013 M.P. Nilson Pinilla Pinilla

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6. María Cardona Giraldo - Corte Suprema de Justicia. En este evento surge el

siguiente problema jurídico: ¿Constituye una violación al derecho fundamental al

debido proceso el hecho de que un Tribunal, como la Sala Laboral de la Corte

Suprema de Justicia, desconozca su propio precedente en la interpretación de una

norma jurídica, como lo es en este caso una cláusula contenida en la convención

colectiva de trabajo?. En el sub examine, la actora se encontraba en la misma

situación fáctica que varios de sus excompañeros trabajadores de Minercol Ltda, a

quienes el respectivo Tribunal les reconoció el derecho a la pensión de jubilación

convencional, dándole a la norma aplicable un alcance y sentido distinto y

contradictorio al que posteriormente tuvo en cuenta para resolver las diligencias de

la señora Cardona Giraldo.

7. Carlos Alfonso Cerpa - Tribunal Superior de Bogotá. En este caso se solicitó

a la Corte estudiase si hubo vulneración al debido proceso por error inducido, lo

cual es posible, pues aun cuando la actuación del juez que declaró la extinción de

dominio se basó en pruebas testimoniales, que en el momento de la sentencia no

habían sido demostradas falsas y, en ese sentido, constituían un fundamento

válido para le decisión, se demostró después que el funcionario judicial fue

inducido a un yerro en la decisión por la conducta fraudulenta de los testigos del

caso.

8. Cesar Augusto Serrano Morales (Andrés Felipe Arias) - Corte Suprema de

Justicia, Sala de Casación Penal. En relación con la procedencia de la acción de

tutela, se destaca que sería pertinente que con la selección del presente caso la

Corte Constitucional se permitiera realizar alguna precisión en relación con la

aplicabilidad del derecho a la impugnación de las sentencias condenatorias en

materia penal, sobre el cual recientemente se pronunció la Sala Plena en sede de

constitucionalidad, mediante la Sentencia C-792 de 2014, toda vez que en el sub

judice es una decisión dentro de un proceso penal de única instancia.

9. Consorcio de Interventoría de Gestión (CIG) - EMTULUA – Centroaguas

Tulaseo. En este caso las cuestiones relevantes son: a. El pacto arbitral, bien en

su modalidad de cláusula compromisoria o en su modalidad de compromiso, tiene

alcance incluso respecto de procedimientos administrativos como el regulado por

el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011? En este sentido, debe tenerse en cuenta

que, en principio, el pacto arbitral sustrae de la jurisdicción del Estado una

determinada controversia transigible y, en consecuencia, no tendría alcance

respecto de procedimientos administrativos. No obstante, debe resaltarse que, en

cualquier caso, tanto el pacto arbitral como el procedimiento administrativo tienen

un mismo objeto, cual es determinar el incumplimiento de un determinado contrato.

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b. De conformidad con lo anterior, es necesario establecer tanto la naturaleza del

procedimiento administrativo como su objetivo. Sobre lo primero, podría pensarse

que la Ley 1474 regula aspectos sensibles sobre los cuales no podría pactarse en

contrario por su carácter de orden público, al menos en lo que se refiere al

procedimiento regulado por el artículo 86. En este sentido, el pacto arbitral no

podría tener el efecto de inhibir los procedimientos administrativos que permiten

conminar al contratista con el fin de adecuar su conducta al objeto contractual.

Sobre lo segundo, podría pensarse que el objeto del pacto y el procedimiento

administrativo tienen objetos diferenciables, pues el pacto se refiere al

incumplimiento del negocio jurídico como tal, a partir de lo establecido y acordado

en relación son su objeto y las controversias económicas que del incumplimiento

se derivan, mientras que el procedimiento administrativo podría tener como

propósito conminar al contratista para que cumpla sus deberes respecto del

contrato, para que la administración cumpla con los fines estatales a su cargo

ejerciendo su autoridad contractual unilateral sancionatoria para ello.

2.4 SUPERVIGILANCIA AL DERECHO DE PETICIÓN

Durante el año 2015 los ciudadanos remitieron a través del correo electrónico

vigilanciaderechodepetició[email protected] y del grupo de correspondencia

de la Procuraduría General de la Nación 1.355 solicitudes (1.048 de Información,

271 de copias de documentos y 36 de consultas), de las cuales, 245 solicitudes se

archivaron por no procedencia, en 888 se realizaron requerimientos a autoridades,

186 se trasladaron por tratarse de investigaciones disciplinarias y 373 no pudieron

ser resueltas, entre otros motivos, por estar incompletas, porque el ciudadano no

especificó dirección de notificación o la petición no tenía hilo conductor.

2.5 INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS

CIUDADANOS Y DEL ESTADO

Durante el 2015 se adelantaron 49.506 actuaciones ante el INCODER y otras

autoridades administrativas, de las cuales 33.596 fueron en asuntos ambientales y

agrarios, 12.922 en asuntos del menor y la familia, 2.971 en restitución de tierras y

13 en otros asuntos civiles. En materia ambiental se realizaron 27.387

intervenciones y en agraria, 6.209, como se muestra en las tablas a continuación.

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Tabla No. 37 Intervención administrativa en materia ambiental - año 2015

INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA AMBIENTAL No.

Procesos sancionatorios de los que acusó recibo 10.299

Expedientes sancionatorios revisados 10.355

Audiencias públicas ambientales a las que asistió 152

Recursos contra actos admitivos que otorgan lic, perm, aut. o conc. 62

Informes ambientales con fines disciplinarios 179

Recursos presentados contra auto de cargos 11

Recursos presentados contra auto prueba 45

Recursos contra decisión de mérito que ponga fin proceso sancion. 5

Inspecciones oculares en trámite del proceso sancionatorio

Conceptos presentados ante la autoridad ambiental 278

Oposiciones u objeciones presentadas 24

Solicitudes de revocatoria directa presentadas 91

Visitas a autorid.ambient.seguim. sancion, per, conc, aut, y lic.amb. 1.053

Oficios a la autoridad ambiental, hechos de su competenc 2.518

Oficios de impulso del proceso administrativo 5.475

Requerimientos proyectados de función de interv. adminis. ambi. 3.604

Constituciones en renuencia presentadas 246

Comites a los que asistio 494

Solicitudes presentadas para práctica de pruebas 365 Tabla No. 38 Intervención administrativa en materia agraria - año 2015

INTERVENCIÓN AGRARIA ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA No.

Expedientes remitidos por INCODER revisados 8.294

Expedientes remitidos por INCODER de los cuales se notificó 8.111

Expedientes diferentes a INCODER, de los cuales se notificó 1.297

Oficios de impulso del proceso administrativo 1.690

Recursos de reposición interpuestos ante el INCODER 475

Conceptos en oposiciones sobre conveniencia de Adqui., etc. 221

Solicitudes de prácticas de pruebas presentadas 220

Informes agrarios con fines disciplinarios 76

Informes agrarios con fines fiscales 3

Informes agrarios con fines penales 10

Solicitudes de revocatoria directa presentadas 39

Inspecciones oculares que practicó al lugar de los hechos 133

Oposiciones u objeciones a dictamen pericial presentados 2

Requerimientos en función de intervención admitiva agr. 1.859

Constituciones en renuencia presentadas 73

Solicitudes de aclaración, modif, comple. y ampli. la inspec.ocular 53

Solicitudes de cumplimiento de condición resolutoria 42

Comités agrarios a los que asistió 163

Asuntos policivos de los que se notificó en el período 1.235

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Los siguientes fueron algunas de las intervenciones relevantes ante autoridades administrativas:

- Emisiones atmosféricas a cielo abierto – Coquizadora PIDEBEN.

En desarrollo de visita de control y seguimiento ambiental llevada a cabo por la

Procuraduría en la planta de sacrificio “Más criollo”, se pudo evidenciar la presencia a

la altura de la vereda Peracos, jurisdicción del municipio de Cúcuta (N.S.), de varios

hornos pampa de coquización en funcionamiento, operados por la empresa

coquizadora PIDEBEN, generadores de altas emisiones atmosféricas contaminantes,

contraviniendo abiertamente lo señalado en el Decreto 948 de 1995. El 13 de abril de

2015 se realizó una visita conjunta a la misma planta con funcionarios de la

Corporación Autónomo Regional de la Frontera Nororiental, evidenciándose el

funcionamiento inadecuado de la misma, entre otros factores, por ausencia de

cámaras de filtraje e instalación de ductos de salida en chimeneas, siendo entonces

necesario suspender de manera inmediata el funcionamiento de la planta en cuestión,

la cual estaba conformada por dos baterías de hornos, tipo colmena, y otros 31

hornos.

Atendiendo a que este órgano de control solicitó a la Jefe de la Oficina de Desarrollo

Sectorial Sostenible de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental,

verificara si dicha empresa contaba con los permisos de emisiones atmosféricas para

el desarrollo de su actividad comercial y el número exacto de hornos que podían estar

en funcionamiento, así como las acciones desplegadas por esa Corporación sobre la

situación presentada, se pudo constatar que la empresa carecía de dichas licencias,

por lo que a través de Resolución No. 218 de 16 de septiembre de 2015, la autoridad

ambiental aperturó proceso administrativo sancionatorio y se impuso una medida

preventiva en contra del citado establecimiento.

- Impacto ambiental por olores y vertimiento aguas residuales – Empresa

PROACTIVA - San Andrés. Un problema que se presenta en la Isla de San Andrés

debido a lo limitado de las redes de alcantarillado y lo precario del servicio, son los

vertimientos de dicho sistema en ciertos sitios de la Isla, los cuales, por lo general, son

frecuentados por los turistas y la comunidad residente. Un vertimiento persistente se

presenta en el sector de la zona rosa Café-Café, por lo que los olores ofensivos

afectan la zona de playas y el mar, toda vez que esas aguas se vierten por los canales

de aguas lluvia cuando se presenta el rebosamiento.

A pesar de adoptar las medidas necesarias por la empresa PROACTIVA en el mes de

enero se presentó un episodio muy marcado que género un impacto negativo

afectando no solo el medio ambiente, la salubridad pública sino el destino turístico y la

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imagen de las Islas. Por ello, en la búsqueda de darle una solución a la problemática,

la Procuraduría practicó inspecciones oculares al sitio y a cada uno de los usuarios y

operadores del sector, pudiendo determinar que establecimientos como

Hamburguesas El Corral contaba con una estación de bombeo clandestino que

sobrecargaba el sistema y el Hotel El Dorado con tuberías clandestinas conectadas al

sistema con aguas de lavanderías y trampas de grasas colmatadas.

A raíz de la intervención de este órgano de control, se logró que las entidades

respectivas identificaran los generadores de los vertimientos, adoptaran las medidas

técnicas necesarias, se iniciaran los respectivos procesos sancionatorios y se

eliminara por completo del vertimiento, desapareciendo así la emisión de olores

ofensivos en esa zona turística.

- Contaminación por chimenea - Restaurante Asadero Tronco de Pollote –

Barranquilla. La Procuraduría recibió solicitud de intervención por parte de la señora

Emilia Carmela Díaz Acosta, por la contaminación generada por el humo que produce

la chimenea del restaurante “Tronco de Pollote”, que funciona en el barrio San Felipe

de la ciudad de Barranquilla, por lo que se requirió al DAMAB y se le hizo seguimiento

al proceso administrativo que dicha autoridad ambiental venía adelantando por esa

denuncia, encontrando que desde el 17 de junio de 2011, la referida ciudadana había

elevado derecho de petición para que se practicara visita ocular con el objeto de

corroborar la situación y se tomaran los correctivos del caso.

Mediante la Resolución N° 1238 de 26 de agosto de 2011, el DAMAB impone medidas

al establecimiento, que debían cumplirse dentro término de 60 días calendario, pero

que no fueron atendidas por parte del administrador y/o representante legal,

continuando con la vulneración al goce de un ambiente sano, ni controladas por la

autoridad ambiental, no obstante que la ciudadana afectada había formulado sendos

derechos de petición en tal sentido. Ello motivó que este órgano de control exigiera a

la autoridad ambiental el cese inmediato a la vulneración de los derechos colectivos

de la peticionaria, su familia y vecinos. Adicionalmente, solicitó la calificación del

proceso administrativo, de manera que se procediera a determinar la responsabilidad

o sanción correspondiente por la evidente violación a las normas ambientales.

Como resultado de lo anterior, el DAMAB realizó operativo al establecimiento

comercial “Tronco de Pollote” y a través de medida preventiva, suspendió las

actividades del restaurante hasta tanto se diera cumplimiento a las obligaciones

impuestas por esa autoridad ambiental, por lo que el propietario realizó las

adecuaciones pertinentes para evitar que la chimenea continuara generando

contaminación y afectación al medio ambiente.

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- Liquidación obligatoria de la sociedad Edificio Junín Ltda. Tras algo más de

dos años infructuosos de insistencia del ciudadano a la autoridad administrativa para

que corrigiera un error en una actuación suya, la Procuraduría intervino ante la

Superintendencia de Sociedades, en defensa de las garantías de los derechos

fundamentales, logrando que a través de auto de 8 de octubre de 2015, se reabriera el

proceso de liquidación obligatoria de la sociedad Edificio Junín Ltda., única y

exclusivamente para corregir el auto que aprobó la cesión de bienes, enmendando el

porcentaje allí asignado a una sociedad inexistente para adjudicarlo a la sociedad

Nuevo Hotel Monserrate S.A.S.; e informara a la Oficina de Registro e Instrumentos

Públicos Zona Centro de Bogotá para que modificara la anotación correspondiente.

De esta forma, se pudo resarcir el daño ocasionado al usuario durante años, quien no

podía realizar transacción alguna sobre el bien de su propiedad por haber sido

adjudicado a una sociedad que no existía.

- Proceso de liquidación judicial de la sociedad DMG Grupo Holding S.A. La

Procuraduría General de la Nación interviene en el proceso de liquidación judicial de la

sociedad DMG Grupo Holding S.A., para garantizar los derechos de las víctimas de

dicho grupo.

El Superintendente Delegado para Procedimientos de Insolvencia de la

Superintendencia de Sociedades, solicitó a este órgano de control ejercer vigilancia

especial al proceso de resolución de contrato en curso ante el Juzgado 26 Civil del

Circuito de Bogotá, por considerar necesario que la liquidadora designada se haga

parte dentro del proceso en el cual están comprometidos bienes inmuebles declarados

en extinción de dominio y cuyo destino debe ser el pago a las víctimas del grupo DMG.

El Ministerio Público, en el marco de su función de intervención, solicitó al Juzgado 26

Civil del Circuito llamar al proceso a la liquidadora de la sociedad DMG Grupo Holding

S.A., designada por la Superintendencia de Sociedades, para que sean tenidos en

cuenta los argumentos por ella indicados y así contribuir al pago de las víctimas de

las operaciones de captación y recaudo que realizó DMG, sin la debida autorización

estatal, en aras de restablecer y preservar el interés público.

Petición que acogió el citado Juzgado y que permitió poner a disposición de esa

Superintendencia unos bienes presuntivamente afectos de extinción de dominio para

que fueran integrados a la masa de bienes que conforma el inventario de la

liquidación de dicha sociedad, garantizando así los derechos de las víctimas.

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3. PROCESO DISCIPLINARIO

En el marco de propender por el ejercicio diligente y eficiente de la función pública, la

Procuraduría General de la Nación es el organismo del Estado que adelanta

investigaciones y resuelve los procesos disciplinarios contra servidores públicos y contra

los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado, de

conformidad con lo establecido en el Código Disciplinario Único.

En desarrollo de esa función, durante el 2015, la carga laboral promedio por funcionario,

determinada por el número de indagaciones e investigaciones en trámite en la vigencia,

fue de 80 procesos entre indagaciones e investigaciones en el procedimiento ordinario y

el procedimiento especial (Verbal), como resultado de los 52.718 expedientes asignados

a los 660 funcionarios encargados del proceso disciplinario durante la vigencia. La

productividad por funcionario en la misma materia, determinada por el número promedio

de expedientes evacuados por funcionario al año, fue de 31, que incluyen las decisiones

de fondo proferidas para un total de 20.242 durante el 2015.

De las 107.979 quejas y denuncias en trámite durante la vigencia 2015 se gestionaron

89.861 que corresponden al 83,2%, de las cuales 42.264 (47%) fueron remitidas por

competencia externa; y 13.313 (14,8%) se distribuyeron a las diferentes dependencias

disciplinarias de la entidad por competencia interna. El 13,5% de esas quejas (12.148)

culminaron con autos inhibitorios; el 4,7% (4.213) se archivaron; el 18,9% (16.991) dieron

inicio a indagación preliminar; 1,0% (867) condujeron a apertura de investigación

disciplinaria (procedimiento ordinario) y 0,1% (65) acarrearon proceso especial (verbal).

Igualmente, se formularon 1.632 pliegos de cargos, de los cuales 892 fueron dentro del

procedimiento ordinario y 740 con procedimiento verbal.

Con relación al procedimiento verbal, que también nos propusimos fortalecer en este

cuatrienio, se evacuaron 830 procesos, de los cuales 387 fueron con fallos sancionatorios

y 236 con fallos absolutorios de primera instancia, 164 decisiones de segunda instancia y

43 a terminaciones por otros conceptos. De esta manera se dio respuesta en tiempo real

a ese mismo número de denuncias o casos abordados de oficio, contribuyendo a la lucha

contra la corrupción y la impunidad, la falta de diligencia y eficacia en el ejercicio de la

función pública. En este mismo período de análisis se impusieron sanciones a 1.171

personas en primera y única instancia. Igualmente, 690 sanciones quedaron en firme y

registradas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de

Inhabilidad (SIRI).

A continuación se presenta la tabla con las actuaciones realizadas durante 2015 en materia disciplinaria.

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210

Tabla No. 39 Actuaciones proceso disciplinario - año 2015

GESTION DISCIPLINARIA

2015

DEL

EGA

DA

S

REG

ION

ALE

S

PR

OV

INC

IALE

S

DIS

TRIT

ALE

S

TOTAL

EVALUACION DE QUEJAS Y DENUNCIASQuejas al inicio del año 2015 1.878 6.938 6.542 1.909 17.267

Quejas al final del año 2015 1.791 6.874 6.376 3.077 18.118

Quejas recibidas en el periodo 8.714 25.504 38.229 18.265 90.712

Remisiones de quejas dependencias internas 2.367 6.013 4.534 399 13.313

Remisiones de quejas externas 714 10.693 16.955 13.902 42.264

Autos inhibitorios proferidos 2.664 2.706 5.403 1.375 12.148

Quejas archivadas 281 2.099 1.447 386 4.213

INDAGACIONESIndagaciones iniciadas en el periodo 2.061 5.422 8.923 585 16.991

Acumulación de indagaciones 103 128 242 10 483

Autos de archivo en indagación 1.831 3.361 5.169 651 11.012

Prescripciones en indagacion 83 304 288 5 680

INVESTIGACIONES PROCEDIMIENTO ORDINARIOAutos apertura investigacion 936 990 2.661 223 4.810

Autos de archivo en investigación 890 972 1.919 212 3.993

Acumulación de investigaciones 48 33 85 3 169

Prescripciones en investigación 93 150 206 18 467

Autos de cargos proferidos 215 173 474 30 892

Decisiones de primera instancia sancionatorias 100 111 279 17 507

Decisiones primera instancia absolutorias 69 58 124 10 261

personas sancionadas proceso ordinario 171 148 357 23 699

INVESTIGACIONES PROCEDIMIENTO ESPECIAL (VERBAL)

Procesos verbales iniciados en el periodo 32 275 418 15 740

Procesos verbales con fallo sancionatorio 21 115 238 13 387

Procesos verbales con fallo absolutorio 9 80 140 7 236

personas sancionadas en proceso verbal 24 155 276 11 466

PROCESOS UNICA INSTANCIADecisiones de única instancia sancionatorias 4 0 0 0 4

Decisiones de única instancia absolutorias 8 0 0 0 8

personas sancionadas en unica instancia 6 0 0 0 6

PROCESOS UNICA INSTANCIADecisiones segunda instancia confirmatorias 101 148 4 1 254

Decisiones segunda instancia modificatorias 32 46 0 0 78

Decisiones segunda instancia revocatorias 100 118 1 0 219

Procesos verbales con fallo confirmatorio 21 67 0 0 88

Procesos verbales con fallo revocatorio 20 31 0 0 51

Procesos verbales con fallo modificatorio 12 13 0 0 25

Autos de nulidad decretados por la dependencia primera instancia 34 39 76 3 152

Autos de nulidad decretados a la dependencia primera instancia 2 10 14 0 26

Autos de revocatoria directa decididos 182 4 1 0 187

Expedientes inicio periodo 6.027 8.358 14.231 539 29.155Expedientes final periodo 5.568 8.657 15.111 1.303 30.639

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3.1 QUEJAS Y DENUNCIAS

En 2015 inició con 17.267 quejas y durante su transcurso ingresaron 90.712 más, para un

total de 107.979 quejas y denuncias por tramitar en el período. De ellas, se atendieron

89.861, es decir, el 83,2% y, quedaron pendientes de trámite 18.118.

Con base en las quejas presentadas, se iniciaron 16.991 indagaciones preliminares, que

corresponden al 18,9% sobre el total; 867 dieron lugar a apertura de proceso disciplinario

ordinario (1%); y 65 a procedimiento disciplinario especial (verbal), que representa el 0,1%

del total de quejas evaluado.

La tabla que sigue muestra el trámite efectuado por el nivel central y las Procuradurías

Territoriales en esta materia.

Tabla No. 40 Quejas y denuncias de la ciudadanía - año 2015

No. %

17.267 16,0%

90.712 84,0%

107.979 100,0%

16.991 18,9%

867 1,0%

65 0,1%

42.264 47,0%

13.313 14,8%

12.148 13,5%

4.213 4,7%

89.861 83,2%

18.118 16,8%QUEJAS Y DENUNCIAS AL FINAL DE 2015

QUEJAS Y DENUNCIAS

ATENDIDAS EN 2015

Con Apertura de Indagación Preliminar

Con Traslado por Competencia Externa

Con Traslado por Competencia Interna

Con Auto Inhibitorio

QUEJAS ATENDIDAS EN 2015

Con Procedimiento Ordinario

Con Procedimiento Especial (Verbal)

Archivadas

TOTAL

QUEJAS Y DENUNCIAS AL INICIO DE 2015

TOTAL QUEJAS A TRAMITAR 2015

QUEJAS Y DENUNCIAS RECIBIDAS EN EL 2015

QUEJAS Y DENUNCIAS DE LA CIUDADANÍA

3.2 INDAGACIONES PRELIMINARES

Del total de 43.289 indagaciones en trámite en el 2015, se le dio impulso a 19.946; de

ellas, 3.946 (19,8%) culminó con apertura de investigación y 568 (2,8%) con citación a

audiencia para formulación de cargos (procedimiento verbal). Sigue siendo importante la

remisión de procesos por competencia, con un registro del 16,3% (3.257), situación que

afianza la competencia natural establecida legalmente para los órganos disciplinarios

internos. En la tabla siguiente se puede observar el comportamiento de esta etapa

procesal durante el 2015.

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3.3 PROCESOS DISCIPLINARIOS EN ETAPA DE INVESTIGACIÓN, CON PLIEGO

DE CARGOS Y TERMINADOS - PROCEDIMIENTO ORDINARIO

En el período de análisis se iniciaron 550 investigaciones menos que en el 2014, como lo enseña la gráfica que sigue.

Gráfica No. 6 Investigaciones iniciadas – años 2014 y 2015

Tabla No. 41

Indagaciones preliminares disciplinarias - año 2015

No. %

21.825 50,4%

16.991 39,3%

4.473 10,3%

43.289 100,0%

3.946 19,8%

568 2,8%

3.257 16,3%

483 2,4%

11.012 55,2%

680 3,4%

19.946 100,0%

23.343

TOTAL

INDAGACIONES

PRELIMINARES

TERMINADAS EN

2015

INDAGACIONES PRELIMINARES TERMINADAS EN 2015

INDAGACIONES PRELIMINARES AL INICIO DE 2015

INDAGACIONES PRELIMINARES INICIADAS EN EL 2015

INDAGACIONES PRELIMINARES DISCIPLINARIAS

Con Procedimiento Ordinario

Con Procedimiento Especial (Verbal)

INDAGACIONES RECIBIDAS POR TRASLADO EN EL 2015

INDAGACIONES PRELIMINARES AL FINAL DE 2015

TOTAL INDAGACIONES PRELIMINARES EN TRÁMITE EN EL 2015

Con Traslado por Competencia

Con Acumulación

Con Archivo

Por Prescripción

La gráfica a continuación muestra el comportamiento de las indagaciones preliminares

iniciadas en los años 2014 y 2015.

Gráfica No. 5 Indagaciones iniciadas

No. de indagaciones iniciadas

Cantidad

16.900

16.950

17.000

17.050

17.100

17.150

17.200

2014 2015

No. de IndagacionesIniciadas en el periodo

2014 2015

MINISTERIO PÚBLICO 17.153 16.991

No. de investigaciones iniciadas Cantidad

2014 2015

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213

5.300

5.320

5.340

5.360

5.380

5.400

5.420

5.440

5.460

5.480

2013 2014

Investigaciones iniciadas

Del total de 14.458 investigaciones disciplinarias a tramitar en el 2015, se culminaron 6.540 que corresponden al 45,2%; 892 culminaron con pliego de cargos y 3.993 con archivo. En el mismo período fueron fallados 1.331 procesos, de los cuales 768 fue en primera instancia, 12 en única y 551 en segunda instancia, como lo detalla la tabla siguiente.

Tabla No. 42 Procesos disciplinarios – Procedimiento ordinario - año 2015

No. %

8.284 57,3%

4.810 33,3%

1.364 9,4%

14.458 100,0%

743 11,4%

169 2,6%

3.993 61,1%

892 13,6%

107 1,6%

467 7,1%

6.540 45,2%

Absolutorio 261 34,0%

Sancionatorio 507 66,0%

Subtotal (Fallo de Primera Instancia) 768 5,3%

Confirmatorio 254 46,1%

Modificatorio 78 14,2%

Revocatorio 219 39,7%

Subtotal (Fallo de Segunda Instancia) 551 3,8%

Absolutorio 8 66,7%

Sancionatorio 4 33,3%

Subtotal (Con Fallo de Única Instancia) 12 0,1%

1.331 9,2%

7.871 54,4%

6.587 45,6%

INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO AL INICIO DE 2015

INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO INICIADOS EN EL 2015

INVESTIGACIONES Y PROCESOS PROCEDIMIENTO ORDINARIO RECIBIDOS POR TRASLADO 2015

TOTALPROCESOS DISCIPLINARIOS - PROCEDIMIENTO ORDINARIO

TOTAL INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS EN TRÁMITE EN EL 2015

INVESTIGACIONES

DISCIPLINARIAS

TERMINADAS EN 2015

Con Traslado por Competencia

Con Acumulación

Con Archivo

Por Prescripción

Con inicio de procedimiento verbal

Con autos de cargos

TOTAL INVESTIGACIONES Y PROCESOS DISCIPLINARIAS AL FINAL DE 2015

PROCESOS ORDINARIOS TERMINADOS EN 2015

TOTAL INVESTIGACIONES TERMINADAS EN 2015

PROCESOS

DISCIPLINARIOS

TERMINADOS EN 2015

Con Fallos de Primera

Instancia

Con Fallos de Segunda

Instancia

Con Fallos de Única

Instancia

INVESTIGACIONES Y PROCESOS ORDINARIOS TERMINADOS EN 2015

MINISTERIO PÚBLICO 5.360 4.810

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3.4 PROCESOS DISCIPLINARIOS CON PROCEDIMIENTO ESPECIAL (VERBAL) En el 2015, de los 1.035 procesos con procedimiento especial (proceso verbal) a tramitar, se terminaron 830 que representan el 80,19%, cumpliendo así con la política de celeridad para determinar la responsabilidad de los servidores públicos en tiempo real. De ellos, 623 fueron fallados en primera instancia, de los cuales 236 correspondieron a fallos absolutorios y 387 a sancionatorios. La discriminación se puede observar en la tabla que sigue.

Tabla No. 43 Procesos disciplinarios con procedimiento especial (verbal - año 2015)

No. %

185 17,9%

740 71,5%

110 10,6%

1.035 100,0%

Con Fallo de Primera Instancia Absolutorio 236 28,4%

Con Fallo de Primera Instancia Sancionatorio 387 46,6%

Subtotal (Con Fallo de Primera Instancia) 623 75,1%

Con Fallo de Segunda Instancia Confirmatorio 88 10,6%

Con Fallo de Segunda Intancia Modificatorio 25 3,0%

Con Fallo de Segunda Instancia Revocatorio 51 6,1%

Subtotal (Con Fallo de Segunda Instancia) 164 19,8%

43 5,2%

830 80,2%

205 19,8%

TOTALPROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES

PROCESOS DISCIPLINARIO VERBALES TERMINAD0S EN 2015

PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES AL FINAL DE 2015

PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES AL INICIO DE 2015

PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES INICIADOS EN EL 2015

TOTAL IPROCESOS DISCIPLINARI OS PROCEDIMENTO VERBAL EN TRÁMITE EN EL 2015

PROCESOS DISCIPLINARIOS

VERBALES TERMINADAS

2015

Con Fallos de Primera Instancia

Con Fallos de Segunda Instancia

PROCESOS DISCIPLINARIOS VERBALES RECIBIDOS POR TRASLADO EN EL 2015

Terminados por: Archivos, remisiones, acumulaciones, prescripciones

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215

3.5 SANCIONES POR CARGO Y POR TIPO

En el período de análisis, la Procuraduría General de la Nación impuso y registró en el

Sistema SIRI un total de 690 sanciones.

Por cargo, los alcaldes y los concejales representan el mayor porcentaje con 195 y 113

sanciones, respectivamente, que en conjunto suman el 44,6% sobre el total, como se

observa en la siguiente tabla:

Tabla No. 44 Número de personas con sanciones en firme y registradas en el SIRI - año 2015

CARGO TOTAL

Alcalde 195 Concejal 113 Secretario 53 Gerente 33

Personero 28 Docente 25 Director 24 Soldado 21 Jefe 15 Gobernador 13 Tesorero 11 Profesional 10 Técnico 9 Director General 8 Comisario de Familia 8 Subdirector 7 Director Ejecutivo 7 Patrullero 6 Presidente 5 Subgerente 5 Asesor 5 Oficial 5 Sargento 5 Inspector de Policía 5 Curador Urbano 4 Procurador Provincial 4 Interventor 4 Intendente 4 Contralor 4 Agente de tránsito 3 Superintendente Delegado 3

Cabo 3 Coordinador 3 Comandante 2 Diputado 2 Subsecretario 2 Registrador 2 Representante Legal 2 Médico 2 Inspector 2 Enfermera 2 Rector 2

CARGO TOTAL

Alcalde Local 2 Inspector 1 Vicerrector 1 Senador 1 Procurador Regional 1 Miembro Fuerza Pública 1 Ingeniero Operativo 1 Defensor de Familia 1 Edil 1 Capitán 1 Dragoneante 1 Viceministro 1 Auditor 1 Auxiliar Policía Nacional 1 Pagador 1 Secretario General Universidad 1 Superintendente Bancario 1 Liquidador 1 Otros 5

TOTAL 690

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216

Siguiendo la misma línea, durante la vigencia, igualmente son los alcaldes (195) y los

concejales (113) los funcionarios de elección popular más sancionados, tal y como se

relaciona en la tabla que sigue.

Tabla No. 45 Sanciones por cargo de elección popular registradas en el SIRI - año 2015.

SANCIONES POR CARGO

DE ELECCIÓN POPULAR

REGISTRADAS EN EL SIRI

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 TOTAL

2009/2015

SENADORES 1 2 2 5 0 0 1 11

REPRESENTANTES 1 0 1 1 2 0 0 5

GOBERNADORES 16 13 19 9 15 9 13 94

ALCALDES 227 224 245 258 299 179 195 1.627

DIPUTADOS 6 7 2 2 2 1 2 22

CONCEJALES 114 107 261 177 183 173 113 1.128

Por tipo de sanción, la suspensión representa el 53% (412) y la destitución e inhabilidad

general el 24% (184), de lo que dan cuenta la gráfica y la tabla a continuación.

Gráfica No. 7 Sanciones ejecutoriadas en el 2015 y registradas en SIRI

AMONESTACION

ESCRITA 66 SEPARACION

ABS. FF.MM 3

SUSPENSION 412

DESTITUCION 184

MULTA 25

Tipo de Sanción No.

Amonestación Escrita 66

Suspensión 412

Destitución 184

Multa 25

Separación Abs. FFMM 3

Total 690

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217

4 GARANTIZAR UNA ATENCIÓN OPORTUNA Y EFECTIVA DEL CIUDADANO

Expedición de certificado de antecedentes - Sistema de Información de Registro

de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI)

En cumplimiento de la Ley 734 de 2002, corresponde a la Procuraduría el registro en el

sistema de información SIRI de los datos básicos de las sanciones penales y

disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el Estado,

de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de

las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que

desempeñen funciones públicas, en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en

garantía. Este procedimiento se efectúa de manera previa a la expedición del certificado

de antecedentes, tanto en los puntos de atención directa en el país como a través de la

descarga por medio de la página web institucional.

Este documento público, ordenado por la Ley 190 de 1995, la Ley 734 de 2002, en

concordancia con la Ley 1238 de 2008, que se exige como requisito para posesionarse en

un cargo público y contratar con el Estado, y que se ha extendido al sector privado como

medio para verificar los antecedentes de aspirantes que buscan vincularse laboralmente

en dicho sector, además de las sanciones anteriormente descritas, contiene las

decretadas por los consejos, gremios y escuelas de profesiones, distintas del derecho,

respecto de sus miembros.

Durante el 2015 se expidieron los siguientes certificados y constancias:

Tabla No. 46 Certificados de antecedentes - año 2015

Expedición de certificados de antecedentes año 2015 No.

Certificados de antecedentes disciplinarios expedidos por medio de la página web de la PGN

10.986.417

Certificados de antecedentes disciplinarios expedidos en ventanilla CAP

57.387

Expedición de constancias de derechos humanos e infracciones al DIH

23.094

Durante el 2015 se expidieron vía web 10.986.417 certificados de antecedentes, los

entregados directamente en ventanilla fueron 57.387. Estos datos evidencian no solo la

importancia que continúa teniendo este documento, sino el esfuerzo realizado por la

Procuraduría para que la estructura del software y el hardware permitan a los usuarios su

fácil acceso y de manera gratuita como lo ordena la Ley.

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218

Sistema de Relatoría

La relatoría de lo público es el instrumento idóneo para preservar la memoria

institucional de las entidades estatales y constituye un medio para garantizar los

derechos del ciudadano, en tanto posibilita la coherencia jurídica de las diversas

decisiones provenientes del ejercicio del poder del Estado, toda vez que, luego de que

estas son analizadas, organizadas, recopiladas y sistematizadas, deben servir de

base para identificar líneas o tendencias que permitan dar las mismas o similares

soluciones a aquellas situaciones que posean patrones fácticos análogos.

En ese sentido, la Procuraduría cuenta con su Sistema de Relatoría que año tras año

ha venido prestando sus servicios tanto a los funcionarios de la entidad, como a

personas externas a la misma; también ha brindado capacitación sobre el manejo del

sistema y la forma de realizar las consultas de su interés. Fue así como durante la

vigencia 2015, la Relatoría atendió 13.642 consultas por parte de funcionarios y

usuarios externos, y capacitó a 373 personas entre funcionarios y usuarios. Con

ocasión del plan de mejoramiento del sistema de información PIREL el cual se ha

trabajado bajo ambiente Windows, nos encontramos desarrollando el proyecto para

integrarlo al sistema de información misional SIM, el cual ofrece una plataforma más

robusta que permite mayor seguridad en la captura y almacenamiento de los

documentos, así como la facilidad para la recopilación de información que producen

las procuradurías delegadas, regionales, provinciales y distritales.

Es por esto que durante el año 2015 y con el fin de depurar la base de datos, se

revisaron 24.000 registros de PIREL; se estandarizaron descriptores; se corrigió

fuente formal; se solicitó la eliminación de registros repetidos o que contenían

decisiones de primera instancia que no fueran definitivas; se arreglaron direcciones

para garantizar que los usuarios del sistema puedan tener acceso a toda la

información que produce la entidad; es así como al finalizar el mes de octubre se dejó

la base de datos revisada, corregida y al día para la migración al sistema de

información SIREL.

Orientación al ciudadano y atención de usuarios

Durante el 2015 se atendieron 11.268.926 usuarios a nivel nacional de manera

personal, telefónica, vía web o por correo electrónico. Se atendieron 2.236 derechos

de petición y se resolvieron 542 solicitudes de ejercicio de poder disciplinario

preferente. La siguiente tabla da cuenta de la orientación y atención al ciudadano en el

CAP en el nivel central y territorial.

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219

Tabla No. 47

Orientación al ciudadano y atención de usuarios –- año 2015

5. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

5.1 PROGRAMA FORTALECIMIENTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN-BID SEGUNDA ETAPA

Nuevo modelo de gestión preventivo

Para responder desde el ámbito preventivo, se ejecuta el Programa Fortalecimiento

de la Procuraduría General de la Nación-BID segunda etapa. El objetivo general del

programa es contribuir al mejoramiento de la gestión pública a través del

fortalecimiento de la función de prevención que ejerce la PGN. Los objetivos

específicos de la operación incluirán: (i) Fortalecer el sistema integral de prevención;

y (ii) Contribuir con el mejoramiento de los niveles de cumplimiento normativo en la

administración pública.

ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN AL

CIUDADANO

2015

NIV

EL

CE

NT

RA

L

RE

GIO

NA

LE

S

PR

OV

INC

IALE

S

DIS

TR

ITA

LE

S

TOTAL

No de orientaciones brindadas al ciudadano 25.949 12.224 13.943 466 52.582

No. de certificados de antecedentes expedidos página web PGN 10.986.417

No. de certificados de antecedentes expedidos en ventanilla 57.387

No. de certificados de antecedentes en materia de DD.HH. y DIH 23.094

No. de asuntos abreviados recibidos 26.864 23.019 10.473 3.999 64.355

No. de asuntos ordinarios recibidos 2.830 2.778 1.914 2.437 9.959

No. de casos recibidos 1.467 564 300 5 2.336

No.de solicitudes de conciliación recibidas (*) 68.630 68.630

No. de solicitudes de Insistencia de Tutela atendidas 33 33

No. de Solicitudes de Supervigilancia al Derecho de Petición 1.355 1.355

No. de Derechosde Petición atendidos 2.236

No. de Solicitudes de Ejercico de Poder Prefernte Atendidas 542 542

TOTAL DE USUARIOS ORIENTADOS Y ATENDIDOS 101.179 26.361 12.687 6.441 149.446

ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

ATENCIÓN DE USUARIOS

TRÁMITES CERTIFICADOS DE ANTECENDENTES

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220

Los siguientes son los componentes del programa:

1. Esquema de Financiación

El costo total del Programa asciende a US$10.000.000 que son financiados en su

totalidad con recursos de crédito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -

2249 /OC-CO. El 3 de junio de 2015 mediante oficio CCO-951/2015 el Banco

Interamericano de Desarrollo otorgó No Objeción para la extensión del plazo del último

desembolso del Contrato de Préstamo hasta el 23 de mayo de 2017 y la modificación a

los montos entre categorías de inversión así:

Tabla No. 48

Inversión Programa Fortalecimiento de la Procuraduría General de la Nación-BID II etapa

COMPONENTE 1: Fortalecimiento del Sistema Integral de Prevención

Subcomponentes MONTO INICIAL

USD MONTO ACTUAL

USD

1.1 Plan de fortalecimiento y focalización de la gestión preventiva 1.444.443 1.078.427

1.2 Sistema integrado de información preventiva 1.993.600 2.666.255

1.3 Proyecto Nacional de Capacitación Preventiva 974.999 1.425.688

TOTAL COMPONENTE 1 4.413.042 5.170.370

COMPONENTE 2 : Vigilancia del cumplimiento normativo

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221

Subcomponentes USD

2.1 Mecanismos de medición del cumplimiento normativo 1.619.444 1.534.771

2.2 Fomento de la cultura de la legalidad 1.538.888 1.538.888

2.3 Fortalecimiento de mecanismos de participación ciudadana 1.188.159 515.504

TOTAL COMPONENTE 2 4.346.491 3.589.163

TOTAL 8.759.533 8.759.533

UNIDAD EJECUTORA 1.240.467 1.240.467

TOTAL PROGRAMA 10.000.000 10.000.000

Tabla No. 49 Recursos asignados al proyecto 2011-2016 (en millones de pesos)

AÑO RECURSOS

APROPIADOS RECURSOS

EJECUTADOS PORCENTAJE DE

EJECUCIÓN

2011 2.000,0 1.798,9 89.9%

2012 2.592,5 1.637,8 63.2%

2013 6.161,4 5.534,4 89.8%

2014 3.795,2 3.614,1 95.2%

2015 2.450,0 2.449,9 99.9%

2016 2.500,0

*Recursos pagados a diciembre de 2015: $2.094.671.365,51 *Recursos constituidos en cuentas por pagar 2015: $355.293.274 *Recursos pagados $ 2.449.964.640,51

Tabla No. 50 Ejecución vigencias futuras 2015

COMPONENTE FORTALECIMIENTO SISTEMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN VALOR

MÓDULO PREVENTIVO EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN MISIONAL 713.017.985

SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Y ASESORÍA EN GESTIÓN DE RIESGOS 180.500.000

SISTEMA DE INDICADORES DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO 787.684.649

SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA EVENTOS DE CAPACITACIÓN Y SOCIALIZACIÓN

DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA 61.479.561,45

SERVICIOS DE DIAGRAMACIÓN E IMPRESIÓN DE MATERIALES 49.572.400

COMPONENTE VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO NORMATIVO

SERVICIOS DE DISEÑO Y ASESORÍA EN ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN

PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA 321.903.415

ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA

AUDITORÍA ESTADOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA 2014 10.908.000

TOTAL VIGENCIAS FUTURAS 2015 2.125.066.010,45

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La ejecución acumulada del Programa a diciembre 31 de 2015:

Total pagos realizados en COL$ 14.689.536.912,91

Total pagos realizados en US$7.220.060,58

En cuanto a desembolsos:

Desembolsos 2015: USD$ 1.100.000

Desembolsos acumulados: USD$ 7.869.536,64

Valor pendiente por desembolsar: USD $2.130.463,36

Vigencias futuras comprometidas 2016: $1.345.123.863

Se ha cumplido a la fecha con la totalidad de productos y metas planteados por el Banco

Interamericano de Desarrollo para el programa, por lo que continúa la calificación

satisfactoria.

Se destacan los siguientes logros:

A través del contrato de consultoría con la Universidad Católica, se diseñó una

metodología para la gestión de riesgos de la administración pública en el marco de la

gestión preventiva. Se implementó un programa de formación en gestión de riesgos

para 30 funcionarios de la PGN. Adicionalmente, como producto de la negociación del

contrato, se realizaron tres cursos de 40 horas cada uno en gestión de proyectos,

gestión de políticas públicas e indicadores, beneficiando a 120 funcionarios.

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Con la firma Raquel Sofía Amaya Producciones, se diseñó e implementó la estrategia

de comunicaciones y estrategia digital para fomentar la participación ciudadana y el

control social a los organismos del Estado, en el marco de la gestión preventiva de la

Procuraduría General de la Nación. Incluyó el diseño de imagen, logo y eslogan de la

estrategia de comunicaciones, concepto creativo general, desarrollo de diversas

piezas comunicativas como boletines coleccionables, afiches, producción de videos,

cuñas radiales, mensajes institucionales, cuadernos, carpetas, memorias USB. La

estrategia se difundió durante el segundo semestre de 2015 al público en general a

través de canales públicos con videos, mensajes institucionales y cuñas radiales, así

como por la página web; los materiales y el concepto de comunicación fue socializado

y entregado en las procuradurías regionales y en las defensorías y personerías de

ciudades capitales.

Con la firma Heinsohn Business Technology S.A., se realizó la segunda fase del

perfeccionamiento técnico del Sistema de Información Misional – SIM de la

Procuraduría, el cual involucró el desarrollo del módulo preventivo basado en un

nuevo modelo de gestión: proyectos y casos preventivos, asuntos abreviados y

ordinarios, y atenciones al público. Adicionalmente, se incluyeron nuevas

funcionalidades relacionadas con la relatoría y restitución de tierras.

Con la firma Soft Management S.A., se desarrolló e implementó un software hecho a

la medida para la sistematización y visualización de datos que sirven para la

generación del índice integral INTEGRA y del índice de gobierno abierto IGA, los

cuales miden el cumplimiento de normas estratégicas en la entidades públicas,

logrando automatizar tareas manuales de gestión de información de fuentes externas

a la Procuraduría.

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A través del contrato de apoyo logístico para las actividades del programa, suscrito en

el segundo semestre de 2015 con la firma Pública S.A.S., se dio continuidad al

proyecto nacional de capacitación, cuya finalidad es la de fortalecer los conocimientos

de los operadores preventivos a nivel nacional.

De acuerdo a la medición realizada por el Banco Interamericano de Desarrollo, a

continuación se muestra el estado de ejecución de los hitos y productos del programa

con corte a 2015:

P- Sistema de Información de la Gestión Preventiva IntegradoH - Índices de cumplimiento normativo sistematizados (Territorial-Nacional)

P- Protocolo para el Control de la Gestión Preventiva para la Administración Pública AplicadoH- Protocolo ElaboradoH- Protocolo Aplicado en 10 Superintendencias (2015)

P - Guía de Contratación Pública para el Operador Preventivo de la Procuraduría AplicadaH - Guía de contratación pública elaboradaH- Operadores preventivos capacitados en la utilización de la guía.H- Evento de socialización de la Guía a 500 Oficinas de Control InternoH- Institucionalización de la utilización de la guía de contratación en PGN

P- Proyecto Nacional de Capacitación Preventiva EjecutadoH-Proyecto de capacitación elaboradoH-Avance porcentual de ejecución del Proyecto de Capacitación (2014-60%)

P-Metodología para el Seguimiento y la Medición Integral de la Legalidad en la Administración Pública AplicadaH- Metodología diseñadaH- Índice de cumplimiento normativo aplicado en 6 entidades territorialesH- Índice de cumplimiento normativo aplicado en 2 entidades del orden nacional

P-Estrategia de Cambio Cultural AplicadaH-Encuesta de percepción de la legalidad en servidores públicos realizadaH-Estrategia de cultura de la legalidad diseñadaH-Estrategia de cultura de la legalidad aplicada

P - Mecanismos de Participación Ciudadana Adaptados para Apoyo de la Función Preventiva (2015)

100%

SISTEMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN

FOMENTO DE UN EFECTIVO CONTROLSOCIAL DE LA

CORRUPCIÓN

COMPONENTE PRODUCTOS E HITOS PMR 2015 AVANCE A 2015

100%

100%

100%

100%

100%

100%

40%

100%

70%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

0%

75%

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5.2 DESARROLLAR INTEGRALMENTE EL TALENTO HUMANO

Política “Gestión integral del talento humano” La Política de Gestión Integral del Talento Humano en la Procuraduría General de la

Nación fue adoptada mediante Resolución No. 353 del 29 de septiembre de 2010 y se

desarrolla a través de los siguientes componentes:

LIDERAZGO

Considerado como el aspecto central del modelo, es factor crítico de éxito para potenciar

el mejoramiento, la interrelación y las sinergias entre los distintos componentes que la

integran.

Durante la vigencia 2015 se ha continuado con el fortalecimiento de los elementos del

modelo de liderazgo, en los planes operativos y de mejoramiento de cada una de las

dependencias de la entidad.

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ORGANIZACIÓN

Jerarquía - funciones

La jerarquía y funciones están establecidas en las siguientes normas:

Decreto Ley 262 de 2000

Decreto Ley 263 de 2000

Decreto Ley 264 de 2000

Decreto Ley 265 de 2000

Decreto Ley 4795 de 2007

Ley 1367 de 2009

Decreto 2247 de 2011. Mediante Resolución No. 253 de 9 de agosto de 2012 se adoptó el Manual específico de

funciones por competencias laborales y requisitos de los empleos de la planta de personal

de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.

Como parte de esa tarea se determinaron las funciones de los cargos de las diferentes

dependencias de la entidad y se elaboró un Diccionario de Competencias

Comportamentales que contiene las competencias transversales, jerárquicas y

complementarias, cada una de ellas con definiciones, niveles y conductas asociados.nEn

el 2014 se modificó el manual de funciones por competencias laborales y requisitos

mediante la Resolución 413 del 11 de diciembre del mismo año, la cual actualizó los

perfiles de cargo de Procuradores Judiciales I y II, para dar inicio al concurso de méritos,

de éstos. En el 2015 se profirió la Resolución 321 del 4 de agosto del mismo año, la cual

modifico los perfiles de cargos, excepto los de Procuradores Judiciales I y II, que se

encuentran en concurso.

En este mismo año se profirieron las Resoluciones 380 y 381 del 9 y 10 de septiembre,

respectivamente, que modificaron los requisitos mínimos de algunos cargos, para que

tuviesen correspondencia con lo establecido en el Decreto 263 de 2000.

Planta de personal: Atiende a los siguientes decretos y leyes:

o Decreto Ley 265 de 2000.

o Decreto Ley 4795 de 2007.

o Ley 1367 de 2009 (Conciliación extrajudicial contencioso-administrativa).

o Decreto Ley 2247 de 2011 (Asistencia, atención y reparación a víctimas y justicia

transicional).

Con corte a 2015, la planta de personal estaba compuesta por 4.137 cargos.

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Tabla No. 51 Planta de personal por cargos - año 2015

CARGOS CANTIDAD

Cargos de período fijo 1

Cargos de libre nombramiento

y remoción 375

Cargos de carrera 3.761

Total planta de personal 4.137

Cargos provistos y vacantes:

La planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, está compuesta por 4.137 cargos, por las siguientes normas:

Marco legal:

Decreto Ley 265/2000 Planta PGN

Ley 4795/2007 Conciliación

Ley 1367/2009 Conciliación

Decreto Ley 2247/2011 Víctimas

Tipos de cargo:

Cargos Período Fijo 1

Cargos de Libre nombramiento 375

Cargos de Carrera 3.761

Total Cargos Planta de personal 4.137

Tabla No. 52 Planta de personal distribuida por cargos provistos y vacantes - año 2015

Cargos

Provistos

Cargos

Vacantes

Directivo 128 124 4

Asesor 574 553 21

Ejecutivo 11 11 0

Profesional 1650 1579 71

Técnico 938 914 24

Administrativo 433 427 6

Operativo 403 369 34

Total 4137 3977 160

NivelPlanta

Total

PLANTA DE PERSONAL

Cantidad Funcionarios

(A diciembre 21 de 2015)

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Estudios de personal

SUBPROCESO DE SELECCIÓN DE EMPLEADOS DE CARRERA

El Proceso de Selección para Procuradores Judiciales I y II busca proveer 744 vacantes,

de las cuales 317 son para procuradores judiciales I (3PJ-EG) y 427 para procuradores

judiciales II (3PJ-EC), distribuidos en la planta de personal de la Entidad a nivel nacional.

Este concurso cuenta con el apoyo de la Universidad de Pamplona como contratista.

La Resolución número 040 de 2015 dio apertura y reglamentó la convocatoria del

proceso de selección para proveer los cargos de carrera de procuradores judiciales de la

Entidad, que se encontraban en la categoría de empleos de libre nombramiento y

remoción, según el artículo 182 del Decreto Ley 262 de 2000, norma que fue declarada

inexequible por la Honorable Corte Constitucional, mediante Sentencia C-101 de 2013, lo

que motivó el inicio del concurso.

Se publicaron 14 convocatorias, por código y grado de empleo y por área de trabajo.

Las etapas previstas en la Resolución son:

a. Convocatoria. b. Reclutamiento: inscripción y lista de admitidos y no admitidos. c.

Aplicación de pruebas e instrumentos de selección. d. Conformación de lista de elegibles.

e. Período de prueba. f. Calificación del período de prueba.

Las etapas y fases culminadas en el período de análisis son: a. Convocatoria. b.

Reclutamiento: (fase de inscripción y fase de lista de admitidos y no admitidos.) y c.

Aplicación de pruebas e instrumentos de selección (incluye la citación y la aplicación de

las pruebas escritas de conocimientos y competencias comportamentales).

Se finiquitó la etapa de estructura y aplicación de pruebas escritas, con la citación a

examen de 27.088 ciudadanos el 13 de septiembre de 2015 en las 32 capitales de

departamento, de los cuales asistieron 22.733, es decir, el 83,92%.

Se encuentra en etapa de revisión final para publicar el resultado de la prueba de análisis

de antecedentes, último de los instrumentos de selección del concurso de procuradores

judiciales I y II.

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Durante el 2015 y con el apoyo de la Universidad de Antioquia, se dio inicio a otro

proceso de selección para empleos de carrera, el cual busca proveer 739 cargos de la

planta de personal de la Entidad a nivel nacional, en los niveles asesor, ejecutivo,

profesional, técnico, administrativo y operativo, conforme a lo ordenado por la Corte

Constitucional en sentencia T-147 de 2013.

Para efectos de su apertura y reglamentación, se expidió la Resolución 332 de 2015, la

cual prevé el surtimiento de las siguientes etapas: a. Convocatoria. b. Reclutamiento:

inscripción y lista de admitidos y no admitidos. c. Aplicación de pruebas e instrumentos de

selección. d. Conformación de lista de elegibles. e. Período de prueba. f. Calificación del

período de prueba.

En tal virtud, se publicaron las convocatorias 015 a 128 del mismo año, atendiendo las

competencias y los diferentes requisitos de experiencia y estudio de los empleos; y se

adelantó la fase de reclutamiento.

SUBPROCESO DE CALIFICACIÓN DE SERVICIOS

1. Se realizó seguimiento y control a las calificaciones de servicios, logrando verificar que

a diciembre 31 de 2015 se tiene la calificación completa de la anualidad 2014 -2015 con

los respectivos soportes físicos en la historia laboral y anotación en el sistema SIAF del

61.11% del total de servidores inscritos en carrera.

2. Se creó registro de carrera para quienes ingresaron como producto del concurso de

méritos “Procurando Mérito y Rectitud 2012 – 2013” en total acumulado se tienen 194

personas que han ingresado al régimen de carrera de la Entidad como producto del

citado concurso, una vez superado el período de prueba, y a otras 12 personas se les

actualizó el registro sin cambiar de nivel jerárquico.

3. Entre los meses de abril y noviembre se realizaron cursos de inducción programados

para nuevos servidores de la Procuraduría, dando a conocer los derechos y deberes del

personal en carrera o período de prueba, en el marco del Subproceso.

Estas jornadas llevadas a cabo en Bogotá se transmiten regularmente vía teleconferencia

a Medellín, Cali y Barranquilla y contaron con la asistencia aproximada de 120 servidores.

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DESARROLLO DEL TALENTO HUMANO

Capacitación

Durante el período enero – diciembre de 2015, se llevaron a cabo 82 programas de

capacitación, en 160 eventos, para un gran total de 11.632 personas beneficiadas a nivel

central y territorial.

Estos programas de capacitación se desarrollaron bajo diferentes metodologías

académicas, así: 4 diplomados, 60 seminarios, 28 talleres, 34 seminarios taller, 3

encuentros, 9 cursos virtuales de inducción, 3 jornadas, 4 congresos, 4 foros y 11 cursos

virtuales.

La cifra de beneficiarios se desagrega así:

Funcionarios PGN: 2.921

Funcionarios Personerías: 980

Funcionarios Defensoría del Pueblo: 95

Funcionarios otras entidades públicas: 5.391

Particulares: 2.245

Se hizo presencia con el desarrollo de eventos de capacitación en 63 ciudades del país,

lo cual se traduce en que el IEMP con sus procesos de capacitación estuvo en 31

departamentos de Colombia, hecho que permite afirmar que el IEMP llegó al 97% de las

regiones en donde nuestra entidad cuenta con sedes de Procuradurías Regionales y

Provinciales.

Del total de capacitados en el país, se observa que en la ciudad de Bogotá se capacitó a 5.455 personas para un 46.90% y en el nivel territorial a 6.177 para un 53.10%, evidenciando así el impacto que tiene la estrategia de descentralización en la totalidad de la acción capacitadora del IEMP. La desagregación por programas, eventos y personas capacitadas se presenta en la

siguiente tabla:

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Tabla No. 53 Capacitación año 2015

No. NOMBRE DEL PROGRAMA

No. EVENTOS

No. ASISTENTES

1 FOROS REFORMA AL CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO 3 1.866

2 SEMINARIO TALLER OFIMÁTICA (Word, Excel y Outlook) 6 62

3 CURSO VIRTUAL INDUCCIÓN A LA PLATAFORMA VIRTUAL DEL IEMP 1 31

4 SEMINARIO JUSTICIA DISCIPLINARIA 7 505

5 TALLER ACTUALIZACIÓN RED DE FORMADORES: CULTURA DE LA LEGALIDAD Y LA INTEGRIDAD - CLIC 7 303

6 DIPLOMADO CONCILIACIÓN - VII PROMOCIÓN 1 26

7 DIPLOMADO CONCILIACIÓN - VIII PROMOCIÓN 1 26

8 JORNADA DE REFLEXIÓN ACTUALIZACIÓN JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

1 228

9 SEMINARIO TALLER GESTIÓN DOCUMENTAL 4 38

10 SEMINARIO TALLER DERECHOS HUMANOS- EMPRESA Y EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

4 151

11 CURSO VIRTUAL DE CONTRATACIÓN ESTATAL 1 30

12 SEMINARIO EN ANÁLISIS JURÍDICO DE LA OPERACIÓN MILITAR 2 176

13 JORNADA DE REFLEXIÓN TICs "EDUCACIÓN VIRTUAL: RETOS Y PERSPECTIVAS EN EL IEMP 1 65

14 TALLER PLAN ANTICORRUPCIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO 1 25

15 SEMINARIO TALLER ACOSO LABORAL - RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 5 368

16 SEMINARIO TALLER PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN DIRIGIDO A PERSONEROS MUNICIPALES. CUARTA FASE: "RENDICIÓN DE CUENTAS CON BALANCE SOCIAL 2015"

5 1.371

17 TALLER DE OPERADORES JUDICIALES AÑO 2015 CON EL APOYO DE LA CONSEJERÍA PRESIDENCIAL DE DERECHOS HUMANOS

4 168

18 CURSO DE MANEJO DE PLATAFORMA VIRTUAL CON TUTOR A 3 87

19 CURSO DE MANEJO DE PLATAFORMA VIRTUAL CON TUTOR B 3 51

20 DIPLOMADO FAMILIA, ESTADO Y SOCIEDAD 1 42

21 SEMINARIO FUNCIONES MISIONALES DE LA PGN PARA LA UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA 1 45

22 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO PARA SERVIDORES DE LA DIAN 1 150

23 TALLER FORTALECIMIENTO RED DE FORMADORES REGIONAL 6 118

24 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS, DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y JUSTICIA TRANSICIONAL 3 215

25 SEMINARIO NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL SECTOR PÚBLICO 1 34

26 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS Y DIH (EVOLUCIÓN HISTÓRICA, PRESENTACIÓN DE VIDEO SOBRE LA APLICACIÓN DEL DDHH Y DIH EN CONFLICTO ARMADO NO INTERNACIONAL) PARA DIAN (ARTURO)

1 290

27 CURSOS DE INDUCCIÓN A LA PGN (8 GRUPOS - 2 TUTORES) 8 234

28 TALLER SERVICIO AL CIUDADANO 1 19

29 SEMINARIO DERECHOS HUMANOS EN EL CONTROL MIGRATORIO PARA MIGRACIÓN COLOMBIA (comercialización)

4 80

30 SEMINARIO ELABORACIÓN DE INFORMES EJECUTIVOS Y PRESENTACIONES para SuperSalud (comercialización) 1 15

31 DIPLOMADO CONCILIACIÓN EN DERECHO PARA SUPERSALUD (comercialización) 1 20

32 SEMINARIO EN REDACCIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA SUPERSALUD (Comercialización) 1 25

33 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO Y RÉGIMEN ESPECIAL DE NOTARIOS PARA SUPERNOTARIADO (Comercialización)

1 40

34 SEMINARIO EN DERECHO ADMINISTRATIVO PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 40

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232

No. NOMBRE DEL PROGRAMA No.

EVENTOS No.

ASISTENTES

35 QUINTO CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO DISCIPLINARIO 1 214

36 SEMINARIO TALLER REDACCIÓN Y ORTOGRAFÍA (SENA) 3 90

37 SEMINARIO TALLER REDACCIÓN EN TEXTOS ORGANIZACIONALES (SENA) 1 59

38 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO PARA SUPERSALUD (Comercialización) 1 15

39 SEMINARIO COACHING Y TRABAJO EN EQUIPO PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 48

40 TALLER MECI 4 101

41 SEMINARIO CÓDIGO GENERAL DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO VERBAL DISCIPLINARIO 1 30

42 SEMINARIO CONTRATACIÓN ESTATAL PARA LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA (comercialización) 1 40

43 SEMINARIO FORMADOR DE FORMADORES PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 1 30

44 SEMINARIO EN REDACCIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA SUPERNOTARIADO (Comercialización) 1 30

45 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DISCIPLINARIO 1 19

46 SEMINARIO CUARTA SEMANA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA 3 802

47 SEMINARIO TALLER PREPENSIONADOS 1 25

48 V ENCUENTRO DE LA RED DE ESCUELAS DEL ESTADO "REDES PARA LA CONVIVENCIA PACÍFICA, UN COMPROMISO DE TODOS"

1 316

49 SEMINARIO SUPERVISIÓN DE CONTRATOS PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 3 218

50 SEMINARIO NORMAS NIIF PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización) 1 42

51 SEMINARIO ORALIDAD Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA PARA LA GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA (comercialización)

1 40

52 TALLER FORTALECIMIENTO RED DE FORMADORES NIVEL 2 1 23

53 CURSO VIRTUAL MANEJO DE LA PLATAFORMA IEMP - Cohorte 4 1 23

54 SEMINARIO ESTRUCTURA DEL ESTADO, DE PGN Y EL IEMP PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE CARTAGENA

1 32

55 SEMINARIO TALLER CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO PARA LA DIAN EN EL MARCO DE LA RED DE ESCUELAS DEL ESTADO (videoconferencia y práctica)

1 355

56 SEMINARIO DERECHO DISCIPLINARIO PARA LA ANLA (comercialización) 2 70

57 QUINTO CONGRESO INTERNACIONAL DE CONTRATACIÓN ESTATAL 1 201

58 SEMINARIO TALLER ORALIDAD Y ESCRITURA (SENA) 1 25

59 TALLER HERRAMIENTAS OFIMÁTICAS EXCEL (SENA) 2 42

60 SEMINARIO ÉTICA DEL SERVIDOR PÚBLICO PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA (comercialización) 3 105

61 JORNADA DE REFLEXIÓN ACTUALIDAD Y DESAFÍOS DE LA INDUSTRIA EXTRACTIVA EN COLOMBIA 1 245

62 ENCUENTRO SOBRE DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES A SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES (presencial y video conferencia)

1 203

63 SEMINARIO ESTRUCTURA DEL ESTADO, FUNCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y DEL IEMP PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA

1 60

64 CURSO VIRTUAL-MANEJO DE PLATAFORMA IEMP-COHORTE 5 1 28

65 CURSO VIRTUAL-CONTRATACIÓN ESTATAL NIVEL BÁSICO COHORTE 2 1 30

66 CONGRESO PROTECCIÓN, DEFENSA Y RECUPERACIÓN BIENES DE USO PÚBLICO 1 148

67 SEMINARIO EN PREVENCIÓN DE CONDUCTAS DISCIPLINABLES 1 97

68 SEMINARIO TALLER COMUNICACIÓN ASERTIVA Y TRABAJO EN EQUIPO (SENA) 1 25

69 SEMINARIO TALLER LIDERAZGO, MOTIVACIÓN Y TRABAJO EN EQUIPO (SENA) 1 25

70 TALLER EXCEL INTERMEDIO (SENA) 2 69

71 ENCUENTRO ESTUDIO DE LEGALIDAD E INTEGRIDAD 1 28

72 SEMINARIO TALLER COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL 1 40

73 FORO MARKETING 1 40

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233

No. NOMBRE DEL PROGRAMA No.

EVENTOS No.

ASISTENTES

74 II CONGRESO INTERNACIONAL DE ARBITRAJE (Convenio CCB) 1 224

75 SEMINARIO ELABORACIÓN DE CONTRATOS PARA USPEC (comercialización) 1 35

76 SEMINARIO EN DERECHO DISCIPLINARIO PARA USPEC (comercialización) 1 35

77 SEMINARIO NORMATIVA EN FUNCIÓN PÚBLICA PARA USPEC (comercialización) 1 35

78 SEMINARIO EN CONTRATACIÓN ESTATAL 4 143

79 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE PETICIÓN 4 85

80 SEMINARIO ACTUALIZACIÓN EN DERECHO DE PETICIÓN PARA OFICINA SELECCIÓN Y CARRERA 1 40

81 SEMINARIO EN PROGRAMACIÓN NEUROLINGÜÍSTICA, COMUNICACIÓN ASERTIVA Y COACH 1 28

82 CURSO VIRTUAL DE INDUCCIÓN - AUTOAPRENDIZAJE - COHORTE 5 1 30

TOTAL BENEFICIADOS POR CAPACITACIÓN Y EVENTOS 160 11.632

Proyectos de investigación

Para la realización de las investigaciones se utilizan distintas estrategias, buscando

optimizar los recursos con los que cuenta el Instituto de Estudios del Ministerio

Público: convenios con instituciones interesadas y comprometidas con cada

temática; investigaciones directas con los funcionarios del Instituto; investigaciones

con el apoyo de la red de investigadores del IEMP; contratación de expertos en cada

una de las temáticas.

Del total de los 20 proyectos de investigación programados para la vigencia 2015, se

adelantaron 19.

Es de resaltar también el cumplimiento de la responsabilidad del IEMP en la

ejecución de los cursos de amonestación en todos los distritos judiciales en los que

los jueces han determinado la sanción para los adolescentes.

Mención especial, las distintas actividades de presentación de resultados de

investigación en eventos nacionales e internacionales, logrando, entre otros, la

participación de nuestros investigadores en congresos internacionales de tres países,

a los que fueron invitados en reconocimiento a la importancia de las temáticas

estudiadas; igualmente, se participó en la coordinación de eventos internacionales

realizados en Colombia, con el apoyo de distintas organizaciones como

universidades y centros de investigación.

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234

Tabla No. 54

Investigaciones realizadas durante el 2015

No. Investigaciones realizadas 2015

1 Análisis y perspectivas de la personería en Colombia

2 Vigilancia superior a la gestión de los derechos de las víctimas de violencia sexual III fase

3 Estudio sobre la vinculación laboral de personas en condición de discapacidad

4 Prácticas de inclusión educativa

5 Vigilancia superior a la gestión pública territorial frente a la garantía de los derechos

6 Evolución histórica de los conceptos de Estado, Justicia, Economía y Globalización

7 Evaluación y seguimiento políticas públicas para recuperación de bienes de uso público indebidamente ocupados

8 Análisis de la implementación de la nueva gerencia pública

9 Observatorio del Sistema Penal Acusatorio

10 Justicia formal y justicia en equidad

11 Análisis comparado para la construcción del precedente jurisprudencial; Etapa II

12 Investigación en Derecho Disciplinario

13 Gestión de riesgo de desastres, derecho e interés general

14 La minería ilegal en Colombia en las zonas de frontera

15 Impacto social y económico del cooperativismo en Colombia

16 Análisis de los factores institucionales para la sostenibilidad del IEMP: estrategias de marketing

17 Análisis de los sistemas de gestión de calidad para la sostenibilidad del SIC del IEMP

18 Proyectos aprobados en el Consejo Extraordinario del mes de mayo de 2015;

19 Análisis del posconflicto frente a la defensa y protección de los Derechos Humanos

20 Análisis de la problemática de Interbolsa. Aspectos jurídicos y económicos.

Asesoría y Análisis del proceso de publicaciones

En la vigencia 2015 se publicaron 28 obras como se indica a continuación:

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235

Tabla No. 55 Publicaciones

No. Publicaciones realizadas 2015

1 Boletín Innova 21

2 Incidencia Instituciones de Santander

3 Balance de la comisión de sabios

4 Reflexiones académicas VI

5 Reflexiones sobre el INCODER

6 Poa Laguna de la Cocha

7 Revista Rostros y Rastros No. 13

8 El tiempo del ahora

9 Boletín Innova 22

10 Cooperativismo y convivencia pacífica

11 Rio Cauca

12 Rendición de cuentas personeros

13 Planes parciales

14 IEMP 20 años

15 Boletín Innova 23

16 Aspectos sustanciales del Derecho Disciplinario

17 Política públicas en salud mental

18 La montaña rota

19 Informe de gestión de la Procuraduría General en CD 2014

20 Cartilla Electoral

21 Informe Preventivo SRA

22 El buen servidor Público, Nueva edición

23 Capacidad de adaptación de los municipios colombianos al cambio climático

24 Revista Rostros y Rastros 14

25 Boletín Innova 24

26 Presentación de las entidades públicas colombianas en la cooperación internacional

27 Reimpresión del código disciplinario Único

28 Carpeta con insertos sobre el cooperativismo en Colombia

BIENESTAR

Se gestionó el convenio interinstitucional, con la Universidad Mariana de Nariño, para el desarrollo de las prácticas profesionales de la Facultad de Psicología, en el marco del programa de fortalecimiento de Bienestar a través de los convenios de prácticas universitarias a nivel regional.

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236

Se profirió la Resolución No. 275 del 29 de agosto de 2015, por la cual se establece el Plan Integral de Bienestar “Primero las Personas”. Igualmente, se organizó la “Sala amiga para las Madres Lactantes”. OTROS ASUNTOS DE IMPORTANCIA DE GESTIÓN HUMANA:

Se logró dar trámite y respuesta al 95% de las solicitudes de los funcionarios, ex funcionarios y fondos de pensiones, los cuales solicitaron certificaciones de factores salariales y certificaciones en los formatos del Ministerio de Hacienda para la respectiva gestión de las pensiones.

Se redujo en la autoliquidación de la nómina las novedades por traslados en los fondos de pensión y salud.

Sistema de Información y Gestión del Empleo Público -SIGEP-:

Como requisito previo para el manejo del “Módulo de vinculaciones”, se terminó el proceso de “Validación de las Hojas de Vida” del personal activo de la entidad a partir de muestreos por cada nivel de cargos de la entidad, según lo acordado con la Coordinación del SIGEP del Departamento de la Función Pública DAFP.

Gestión de Historias Laborales

Durante la vigencia 2015, se recibieron 64.044 folios para actualizar 12.507 Historias Laborales, lo que aproximadamente equivale a actualizar en promedio 3 veces al año la historia laboral de cada funcionario. Durante este período se digitalizaron 110.623 folios, para un rendimiento del 173.2%.

Solicitudes y Certificaciones

Durante la vigencia de 2015 se recibieron 3.204, de las cuales quedaron pendientes de respuesta 11.

Centro de Atención al Servidor - CAS

Se adquirió la impresora para la elaboración de carnetización con accesorios e insumos mediante contrato No. 179-109-2014 celebrado con la firma Pandaid Soluciones De Colombia Ltda, el CAS cubre la carnetización de todos los funcionarios de la PGN a nivel nacional. A nivel central se aprobaron las Hojas de Vida en el SIGEP de todos los funcionarios nuevos que ingresaron en la vigencia 2015.

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237

5.3 MEJORAR LA EFECTIVIDAD DEL SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN

5.3.1 Cumplimiento Plan Estratégico – Año 2015

Mediante Resolución 274 de 11 de julio de 2013 se adoptó el Plan Estratégico 2013-

2016 “Procurando Orden y Rectitud”; este motivó los planes operativos anuales

contentivos de las metas y actividades formuladas por cada una de las dependencias

y que apuntan al cumplimiento de los objetivos propuestos.

Gráfica 8 Mapa Estratégico “Procurando Orden y Rectitud 2013-2016”

El esfuerzo institucional llevado a cabo en la vigencia 2015 permitió lograr un

cumplimiento del 93,24% en la ejecución del Plan Estratégico 2013-2016

“Procurando Orden y Rectitud”, como se puede observar en la siguiente tabla:

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238

Tabla No. 56 Cumplimiento plan estratégico de la Procuraduría General de la Nación - año 2015

OBJETIVO ESTRATÉGICO METACUMPLIMIENTO

DE LA META

LOGRO DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL >85% 93,24%

1. LOGRO DE LA PERSPECTIVA SOCIEDAD - EJE ESTRATÉGICO >85% 88,24%

1. Objetivo: Defender y promover los derechos humanos >85% 92,3%

2. Objetivo: Lucha contra la Corrupcion y la impunidad >85% 90,4%

3. Objetivo: Impulsar y aplicar efectiva justicia >85% 84,7%

4. Objetivo: Defender y proteger el interés general y los

XXXintereses colectivos >85%

85,7%

5. Objetivo: Promover la cultura de la integridad, y el

XXXmonitoreo y mitigación de los riesgos colectivos >85%

88,0%

2. LOGRO DE LA PERPECTIVA PROCESOS INTERNOS >85% 84,7%

6. Objetivo: Potencializar los resultados regionales >85% 69,7%

7. Objetivo: Fortalecer la capacidad de respuesta institucional >85% 84,5%

8. Objetivo: Garantizar una atención oportuna y efectiva al

XXXciudadano >85%

100,0%

3. LOGRO DE LA PERSPECTIVA APRENDIZAJE, TECNOLOGÍA Y

XXCRECIMIENTO>85% 100,0%

9. Objetivo: Desarrollar integralmente el talento humano >85% 100,0%

10. Objetivo: Fortalecer la Gerencia interna >85% 100,0%

11. Objetivo: Mejorar la efectividad del Sistema Integral de

Gestión >85%

100,0%

12. Objetivo: Generar y comunicar información útil, oportuna y

XXXconfiable >85%

100,0%

4. LOGRO DE LA PERSPECTIVA FINANCIERA >85% 100,0%

13. Objetivo: Optimizar la asignación de los recursos

XXXpresupuestales>85%

100,0%

14. Objetivo: Fortalecer la cooperación internacional >85% 100,0%

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239

5.3.2 Sistema de Control Interno

De conformidad con el artículo 1° de la Ley 87 de 1993, “se entiende por Control

Interno el Sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de

planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación

y evaluación adoptados por una Entidad, con el fin de procurar que todas las

actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la

información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales

y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a

las metas u objetivos previstos”.

Mediante el Decreto 943 de 2014 se derogó el Decreto 1599 de 2005, se actualiza

el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) para el Estado colombiano y se

determinan las generalidades y estructuras necesarias para establecer,

implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en la PGN y organismos

obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° de la

Ley 87 de 1993. El objetivo general del MECI es el de proporcionar una estructura

que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de

Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87 de 1993, a través de

un modelo que determine los parámetros de control necesarios para que al interior

de la institución se establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos,

mecanismos de prevención en procura del mejoramiento continuo de la

administración pública.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Procuraduría profirió la Resolución 340 del 20 de

octubre de 2014, “por medio de la cual se actualiza y adopta el Modelo Estándar

de Control Interno para el Estado colombiano MECI 2014”. Allí se abordaron todos

los elementos de la nueva estructura, se explican y definen mecanismos para su

operatividad dentro de la entidad.

El indicador de madurez del Sistema de Control Interno a diciembre de 2014 es:

Tabla No. 57

Indicador de madurez del Sistema de Control Interno en la PGN a dic. 2014

sector

ENTORNO DE

CONTROL

INFORMACION Y

COMUNICACION

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

SEGUIMIENTO

INDICADOR DE

MADUREZ MECI

PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

Organismo de Control

4,55 4,53 4,85 4,81 4,9 93,2

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240

NO EXISTEEN

PROCESO

ESTÁ

DOCUMENTA

DO

EVALUADO

/REVISADO

Documentos con los principios y valores de la entidad X

Acto administrativo que adopta el documento con los principios y valores

de la entidadX

Estrategias de socialización de los principios y valores a todos los

servidores X

Manual de Funciones y Competencias Laborales X

Plan Institucional de Formación y Capacitación X

Programa de Inducción y Re-inducción realizado a los servidores

vinculados a la entidadX

Programa de Bienestar X

Plan de Incentivos X

Sistema de evaluación del desempeño X

Planeación X

Misión, Visión Institucionales adoptados y divulgados X

Objetivos Institucionales X

X

Mapa de Procesos X

Caracterizaciones de proceso elaboradas y divulgadasa todos los

funcionarios de la entidadX

Divulgación de Procedimientos X

Proceso de seguimiento y evaluación que incluya la evaluación de la

satisfacción del cliente y partes interesasdasX

Estructura Organizacional de la entidad que facilite la gestión por procesos X

Manual de Funciones y Competencias Laborales X

Definición de indicadores de eficiencia y efectividada, que permiten medir

y evaluar el avance en la ejecución de los planes, programas y proyectos.X

Segumiento de los indicadores X

Revisión de la pertinencia y utilidad de los indicadores X

Establecimiento y divulgación de las políticas de operación X

Manual de Operaciones o su equivalente adoptado y divulgado X

Definición por parte de la Alta Dirección de políticas para el manejo de

riesgosX

Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus políticas X

Identificación de los factores internos y externos de riesgo X

Riesgos identificados por procesos que puedan afectar el cumplimiento de

objetivos de la entidadX

Análisis del riesgo X

Evaluación de controles existentes X

Valoración del riesgo X

Controles X

Mapa de Riesgos de Proceso X

Mapa de Riesgos Institucional X

Actividades de sensibilización a los servidores sobre la cultura de la

evaluaciónX

Herramientas de autoevaluación X

Procedimiento de auditoría interna X

Programa de auditorías - Plan de Auditoría X

Informe Ejecutivo Anual de Control Interno X

Herramientos de evaluación definidas para la elaboración del plan de

mejoramientoX

Seguimiento al cumplimiento de las acciones definidas en el plan de

mejoramientoX

Ingreso Ingreso (Recepción de información) X

2.2.1

Auditoría Interna

2.3

PLA

NE

S

DE

ME

JOR

A

2.3.1 Plan de

Mejoramiento

1.3.3

Análisis y

Valoración del

Riesgo

INFO

RM

AC

N Y

CO

MU

NIC

AC

I

INFO

RM

AC

I

ÓN

Y

CO

MU

NIC

AC

IÓN

2. C

ON

TRO

L D

E E

VA

LUA

CIÓ

N Y

SE

GU

IMIE

NTO

2.1

AU

TOE

V

ALU

AC

N

INS

T. 2.1.1

Autoevaluación del

Control y Gestión

2.2

AU

DIT

OR

ÍA

INTE

RN

A

Planes Programas y Proyectos

1.2.2

Modelo de

Operación por

Procesos

1.2

DIR

EC

CIO

NA

MIE

NTO

ES

TRA

TÉG

ICO

1.2.3

Estructura

Organizacional

1.2.4

Indicadores de

Gestión

1.2.5

Políticas de

Operación

1.1

TA

LEN

TO H

UM

AN

O

1.1.1

Acuerdos

Compromisos y

Protocolos Éticos

1.1.2

Desarrollo del

Talento Humano

1.2

DIR

EC

CIO

NA

MIE

NTO

ES

TRA

TÉG

ICO

1.2.1

Planes, Programas

y Proyectos

1. C

ON

TRO

L D

E P

LAN

EA

CIÓ

N Y

GE

STI

ÓN

1.3

A

DM

INIS

TRA

CIÓ

N D

EL

RIE

SG

O 1.3.1

Políticas de

Administración del

Riesgo

1.3.2

Identificación del

Riesgo

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN DIAGNÓSTICO DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO - MECI 2014

MÓDU

LO

COMPONE

NTEELEMENTO PRODUCTOS MÍNIMOS

ESTADO

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241

Es importante destacar que la Procuraduría General de la Nación se encuentra

adelantando los siguientes proyectos que se consideran fundamentales para la

consolidación del MECI a nivel nacional.

Proyecto Sigdea, en asocio con la firma INdenova de Colombia, relacionado con la

adquisición y licenciamiento de un software para el área de Gestión Documental

Electrónica y Archivo, el cual se encuentra en proceso de desarrollo.

Integración de los Sistemas de Información, con el objetivo de optimizar e integrar

la información que capturan y producen los distintos Sistemas de Información de la

entidad, a fin de que sea unificada, consistente, oportuna y confiable para atender

la creciente demanda interna y externa sobre los procesos misionales de la

institución, el cual también está en desarrollo.

Gestión de Riesgos - Mapa de riesgos

La Procuraduría General de la Nación tiene implementado un sistema integral de

administración de riesgos que se traduce en la Política de Administración de Riesgos

y en la asignación de competencias y responsabilidades para su administración de la

siguiente manera:

Definición por parte de la Alta Dirección de políticas

para el manejo de riesgos

Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus

políticas

Identificación de los factores internos y externos de

riesgo

Riesgos identificados por procesos que puedan

afectar el cumplimiento de objetivos de la entidad

Análisis del riesgo

Evaluación de controles existentes

Valoración del riesgo

Controles

Mapa de Riesgos de Proceso

Mapa de Riesgos Institucional

1.3

ADM

INIS

TRAC

IÓN

DEL R

IESG

O

1.3.1

Políticas de

Administración del

Riesgo

1. CO

NTRO

L DE

PLAN

EACI

ÓN Y

GES

TIÓN

1.3.2

Identificación del

Riesgo

1.3.3

Análisis y

Valoración del

Riesgo

Definición por parte de la Alta Dirección de políticas

para el manejo de riesgos

Divulgación del Mapa de Riesgos Institucional y sus

políticas

Identificación de los factores internos y externos de

riesgo

Riesgos identificados por procesos que puedan

afectar el cumplimiento de objetivos de la entidad

Análisis del riesgo

Evaluación de controles existentes

Valoración del riesgo

Controles

Mapa de Riesgos de Proceso

Mapa de Riesgos Institucional

1.3

ADM

INIS

TRAC

IÓN

DEL R

IESG

O

1.3.1

Políticas de

Administración del

Riesgo

1. CO

NTRO

L DE

PLAN

EACI

ÓN Y

GES

TIÓN

1.3.2

Identificación del

Riesgo

1.3.3

Análisis y

Valoración del

Riesgo

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242

Para el 2015, con la intervención de las diferentes dependencias, se definió el Modelo de

Administración de Riesgos, así:

RIESGOS DOCUMENTO DEPENDENCIA RESPONSABLE

Naturales (terremoto, inundación, etc.)

Plan de emergencias Grupo de Desarrollo y Grupo Bienestar de Personal y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo Incendios

Atentado terrorista (explosivos, biológico, francotirador, etc.)

Manual de seguridad de instalaciones

División de Seguridad

Toma de instalaciones

Asonada o alteración social

Seguridad de personas Manual esquemas de seguridad

Emergencias de salud Cartilla de primeros auxilios

Grupo de Desarrollo y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo

Accidentes de trabajo, accidentes de tránsito, falla de ascensores, anegaciones, daño de instalaciones

Manual de seguridad industrial

Grupo de Desarrollo, División Administrativa y Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo

Contaminaciones biológicas o químicas

Manual de seguridad ambiental

Delegada de Asuntos Ambientales y Agrarios

Suspensión de servicios públicos

Plan de Contingencias Logísticas

Oficina de Planeación, División Administrativa Grupo de Gestión de la Seguridad Social y Salud en el Trabajo Desabastecimiento de elementos de

oficina

Daño memoria institucional, archivo Oficina de Planeación, División de Documentación

Daño informático Oficina de Planeación y Oficina de Sistemas

Riesgos organizativos Mapa de riesgos institucionales

Oficina de Planeación

Riesgos de corrupción Mapa Riesgos de Corrupción

Oficina de Planeación

De otra parte, se dio cumplimiento a lo estipulado en la Ley 1474 de 2011 y en el Decreto 2641 de 2012 en cuanto a la revisión, actualización y publicación de la Estrategia “Anticorrupción y de Atención al Ciudadano” Versión 4, el cual contempla los siguientes componentes: El mapa de riesgos de corrupción, la estrategia de racionalización de trámites, la estrategia de rendición de cuentas y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano.

5.3.3 Sistema de Gestión de la Calidad

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243

La Ley 872 de 2003 estableció la obligación para las entidades de la Rama Ejecutiva

del poder público y otras entidades prestadoras de servicios, de implementar un

Sistema de Gestión de Calidad que les garantice el mejoramiento del desempeño

interno en pro de entregar mejores resultados a la sociedad.

La Procuraduría General de la Nación, a pesar de no estar obligada a las disposiciones

expuestas en la referenciada ley, a través de las Resoluciones 366 de 2007 y 535 de

2011 decidió establecer el Sistema de Gestión de Calidad en la entidad, en virtud del

cual, se determinó el siguiente mapa de procesos:

Gráfica No. 9

Mapa de procesos

La ejecución del proyecto de implementación del sistema en cada una de sus etapas

básicas, la adopción del manual de calidad, ya en su octava versión del 18 de junio de

2015, ha garantizado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma NTCGP

1000:2009. Fue así como en el período de análisis se logró:

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244

La obtención del certificado de calidad bajo la norma ISO 9001:2008 con la firma

Cotecna Certificadora Services Ltda. para el subproceso de selección de

empleados de carrera.

Se realizó seguimiento a la certificación de calidad bajo la norma ISO 9001:2008

con la firma SGS al subproceso de Conciliación Extrajudicial en lo Contencioso

Administrativo.

Al año 2015, el Sistema de Gestión de la Calidad cuenta con:

- Manual de Calidad Versión 8.

- Manual de Funciones y de Requisitos por Competencias Laborales Versión 5.

- 4 Macro procesos

- 18 Procesos.

- 42 Subprocesos.

- 31 Caracterizaciones.

- 259 Procedimientos.

- Guía para el proceso disciplinario.

- 260 Formatos.

- 130 Instructivos

- 45 Reglamentos

- 17 Manuales

CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE CALIDAD DE LA PGN 2015 (93.7%)

Como resultado de la implementación y medición del Sistema de Gestión de Calidad en la Procuraduría General de la Nación durante la vigencia 2015, se cumplieron los objetivos propuestos de la siguiente manera:

OBJETIVO 1: Fomentar en los funcionarios la cultura de servicio tanto a usuarios

internos como externos (94,4%)

No. de usuarios atendidos: 138.862

No. de quejas y reclamos recibidos: 3.501

No. de capacitaciones realizadas: 3.229

No. de sedes adecuadas: 271 solicitudes atendidas

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245

OBJETIVO 2: Mejorar los tiempos de respuesta y trámite de los procesos al interior de la entidad (78,1%)

No. de certificados de antecedentes expedidos en ventanillas CAP: 57,387

No. de certificados antecedentes expedidos página web PGN: 10.986.417

No. de constancias en materia de DD.HH. y DIH expedidas: 23.094

No. de derechos de petición atendidos: 2.236

No. de quejas y denuncias evacuadas: 88.124

No. de solicitudes tramitadas en conciliación: 66.385

No. de asuntos tramitados en preventivo: 86.903.

OBJETIVO 3: Alcanzar niveles adecuados de satisfacción de los usuarios con

respecto a los servicios ofrecidos (81,2%)

Nivel de satisfacción del cliente interno - concurso: 88.5%.

Nivel de satisfacción del cliente externo - concurso: 73.8%.

Encuesta de conciliación: 87.4%.

Encuesta de imagen institucional: 64.0%.

OBJETIVO 4: Establecer un esquema de medición para realizar seguimiento y control

(100.00%)

No. de POAS estratégicos revisados y parametrizados: 149

No. de POAS día a día revisados y parametrizados: 149

OBJETIVO 5: Fomentar la sinergia interdependencias mediante el enfoque de

procesos, para garantizar el uso eficiente de los recursos y la toma adecuada de decisiones (100.00%)

No. de reuniones de planeación estratégica por proceso: 4

No. de reuniones de administración de riesgos proceso: 12

No. de reuniones de análisis estratégico delegadas: 377

OBJETIVO 6: Buscar la mejora continua de los procesos y procedimientos (100.00%)

No. de documentos actualizados: 362

No. de asesorías a procesos y dependencias: 140

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5.4 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Consolidar e integrar sistemas de información institucional

Los sistemas de información son herramientas de las que dispone la entidad para el

procesamiento de datos, análisis y toma oportuna de decisiones; razón por la cual se

durante el 2015 se priorizó la actualización y perfeccionamiento de los sistemas

misionales y de apoyo con que se cuenta, así:

Perfeccionamiento del Sistema de Información Misional (SIM)

Se contrató el perfeccionamiento del Sistema de Información Misional (SIM), fase II –

Gestión preventiva, con lo cual se obtuvo:

a) Entregar y poner en producción el perfeccionamiento del Sistema de Información

Misional (SIM) con el desarrollo de los requerimientos planteados en la

especificación funcional de: Nuevo Modelo de Gestión Preventivo, Restitución de

Tierras y Relatoría.

b) Permitir a los operadores preventivos el registro de sus asuntos por ATENCIÓN

CIUDADANA, o como SOLICITUD ABREVIADA, CASO PREVENTIVO o

PROYECTO PREVENTIVO, escenarios que reducen el tiempo de

diligenciamiento de la información, gracias a la variación de las actividades en el

flujo del modelo del negocio del sistema respecto del procedimiento anterior que

funcionaba desde 2008 y, a la vez, se optimizaron los formularios de ingreso de

datos.

c) La nueva funcionalidad de Restitución de Tierras dentro del módulo de

intervención, ha permitido a los Procuradores Judiciales en esta materia, registrar

los asuntos que tramitan conforme al procedimiento “sui generis” establecido en la

Ley 1448 de 2011, el cual no existía en el sistema.

d) El ajuste realizado al componente de Relatoría dentro del SIM (SIREL), permitió

dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 239 de 2009, esto es,

reemplazar la herramienta tecnológica PIREL, a través de la cual se administraba

dicho sistema de manera básica, lo que permite que todos los funcionarios de la

Procuraduría puedan enviar al Grupo de Relatoría y a través de SIREL los

documentos definitivos y de interés que deban ser publicados en el portal Web de

la entidad.

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247

e) Las nuevas funcionalidades y la citada mejora, mantienen validaciones y

restricciones en los formularios de ingreso de datos, optimización de los módulos

de administración de documentos y personas que han contribuido a mejorar la

calidad de la información y reducción de los tiempos de respuesta.

f) Realizar procesos de depuración de datos.

Fortalecimiento del Sistema SIRI

Dentro del proceso de fortalecimiento del Sistema SIRI, se obtuvo, entre otros:

a) Garantía del sistema de información por doce (12) meses.

b) Habilitar el registro de personas colombianas sancionadas por hechos cometidos

en otros países, en materia penal, fiscal y contractual.

c) Habilitar la funcionalidad de acción de repetición, en el módulo fiscal.

d) Disponer del reporte de Sanciones por Archivo, el cual se usa mucho en las

validaciones de nómina de entidades que lo requieren y sobre todo en época

electoral para la certificación que la Procuraduría debe expedir en materia de

inhabilidades de los candidatos. Este reporte se migró y actualizó mejorando sus

tiempos en un 60%.

e) Se ajustó la funcionalidad de fallos disciplinarios vía Web que utilizan las

Entidades de convenio como: DIAN, Policía, Ecopetrol, para permitir que estos

registren fallos aceptables.

f) Radicación de eventos sin SIRI, dado que la CGR observó el tema de la cantidad

de eventos que estaban llegando y que se estaban convirtiendo en fallos nuevos

por cuanto no se tenía registro de la anotación en el SIRI. Se diseñó una

funcionalidad para registrar ese evento, como un radicado especial, que permite

almacenar la información que reportan a la Entidad y generar un oficio solicitando

la complementación de la información.

Gestión Documental

Con el fin de implementar la solución de Gestión Documental Electrónica y de

Archivo, a nivel nacional, se suscribió el contrato 179-023-2015, con el que se

espera disponer de un sistema que quede operativo en Bogotá y 24 de las 32

regionales a nivel nacional, incluyendo la capacitación a los funcionarios en cada

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248

una de las sedes. Durante esa vigencia se obtuvo el licenciamiento de la

aplicación, los equipos servidores, y se realizó el análisis y diseño de la solución,

además de disponer de veinticinco (25) entregables, para esta fase. En la vigencia

2016 se tiene prevista la puesta en marcha en Bogotá y cerca de 100 sedes a nivel

nacional, ubicadas en 24 departamentos.

Mantenimiento Sistema SIAF, Módulos de Gestión Humana y Correspondencia

A través del Contrato 179-011-2015, cuyo objeto es el mantenimiento y actualización

del sistema SIAF en los módulos de Gestión Humana, Nómina, Viáticos y

Correspondencia, se garantizó la disponibilidad del sistema y la actualización del

módulo de Nómina, que interactúa con el correo electrónico institucional y facilita la

remisión de los desprendibles de pago a cada funcionario.

Administrador de contenidos

Se contrató el soporte y garantía del portal de la Procuraduría, con lo cual se provee

a la ciudanía en general de servicios gratuitos y bajo entorno web como el certificado

de antecedentes, quejas y reclamos, notificaciones judiciales y el módulo de

contratación, entre otros. De igual manera, a través del CAS Virtual dispuesto en la

intranet, los funcionarios de la entidad obtienen de manera automática sus

certificados laborales, desprendibles de nómina, informe de inventarios, capacidad de

endeudamiento, registro de comisiones y viáticos que apoyan la gestión

administrativa de la entidad y facilita a los funcionarios los trámites internos.

5.5 AMPLIAR COBERTURA TECNOLÓGICA

A fin de mejorar la disponibilidad de los servicios informáticos para apoyar los procesos

misionales, la Procuraduría gestionó la ampliación y actualización de su plataforma

tecnológica, tal como se presenta a continuación:

Entregar las soluciones informáticas para los puestos de trabajo (hardware y

software)

En esta actividad se suscribieron los contratos 179-078-2015, 179-079-2015, 179-081-

2015 y 179-080-2015, con los que se obtuvieron 61 computadores de escritorio, 33

portátiles, 25 lectoras de sticker, y 25 impresoras de sticker, equipos que se utilizarán

en el proyecto de gestión documental electrónico de la Entidad, en las ventanillas y

para reemplazo de los equipos obsoletos Pentium IV y Dual Core que aún posee la

entidad.

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249

Actualizar los componentes de la infraestructura de redes, telefonía,

almacenamiento y telecomunicaciones.

En este proyecto se llevó a cabo el mantenimiento, actualización y garantía de la

solución de administración del ancho de banda, de la solución de administración de

los switches, de la plataforma de telefonía IP y ampliación de la misma, el software de

virtualización, la actualización del software de Oracle, Alero y Linux, el suministro de

direcciones IP, y la migración del correo electrónico (solución de backups de las

cuentas de correo). Efectivamente, mediante contrato 179-006-2015, con Oracle

Colombia Ltda, se obtuvo la renovación del soporte y actualización de las licencias

Oracle, por doce meses; a través del contrato 179-005-2015, se actualizó el software

de Alero Express, así mismo, se ejecutó el contrato 179-041-2015, con el cual se

recibió la actualización de dieciséis (16) licencias del software de virtualización. Se

realizó la compraventa de la garantía extend del hardware y software para equipo

administrador ancho de banda Blue Coat Packetshaper Mod 12000. Se recibió la

garantía de la plataforma de telefonía IP HP – 3COM, por un año, de acuerdo al

contrato 179-049-2015, así mismo, se recibieron los servicios conexos y soporte

técnico para los productos Microsoft instalados en la infraestructura de equipos

servidores de la PGN.

Se adquirió un sistema de archivado de correo electrónico, el cual permite centralizar el

almacenamiento de los mensajes de los usuarios sin depender del disco duro local del

equipo de escritorio asignado al funcionario, usando servicios de nube privada y

almacenamiento orientado a objetos con funcionalidad de duplicación, lo cual permite

optimizar el espacio de almacenamiento secundario utilizado. Se adquirió un

dispositivo de hardware de almacenamiento basado en objetos y un sistema de

software especializado para éste propósito, para soportar el archivado de 3500

buzones.

Entregar solución de soporte y renovación de los componentes de la

plataforma de seguridad informática

Se adquirió un nuevo sistema de prevención y detección de intrusos (IPS/IDS) junto

con la solución para el análisis de malware avanzado y protección contra amenazas

persistentes avanzadas. El conjunto de la solución está compuesta por:

• FortiGate 800C (IPS/IDS)

• FortiSandbox1000D (Solución para el análisis de malware avanzado)

• FortiAnalyzer-200D (Analizador de Logs)

• FortiBridge 2002 (Bypass)

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El nuevo IPS/IDS permitió a la Entidad, gracias a su capacidad y performance, contar

con protección y detección de intrusos tanto en el perímetro como en segmentos de

red WAN, contando con un módulo de bypass que garantiza la continuidad del tráfico

en caso de fallas de hardware. Así mismo, el Sandbox permite analizar

constantemente los archivos que circulan hacia y dentro de la plataforma tecnológica,

mediante procesos de simulación y consulta de parámetros, detectando posibles casos

de malware avanzado, amenazas persistentes o de día cero. Todos los reportes

generados por los dos equipos son analizados y procesados a través del analizador de

Logs dedicado.

Implementar soluciones a través de la plataforma tecnológica

Se llevó a cabo la consultoría que permitió establecer el plan de implementación del

protocolo IPv6 en la Procuraduría General de la Nación, incluyendo capacitación

técnica. Así mismo, se adquirió el prefijo de direcciones IPV6 que conviviendo con las

direcciones IPV4 evitarán el aislamiento de la Entidad a nivel informático.Con los

resultados obtenidos, la entidad procederá a la transición de IPV4 a IPV6 en el 2016.

Solución de Almacenamiento por capas

Se adquirió un nuevo sistema de almacenamiento de última generación en reemplazo

del antiguo que llevaba cerca de 10 años instalado en la Entidad, también para alojar

la información del nuevo sistema de gestión documental. Este nuevo sistema de

almacenamiento electrónico de información permitirá mejorar la disponibilidad y la

velocidad de acceso a la información existente y la que a diario se produce a partir de

los servicios informáticos que se ofrecen a la ciudadanía y a los funcionarios. La

arquitectura de almacenamiento por capas permite un uso optimizado de los medios

de almacenamiento digital en función de la cantidad de usuarios que la acceden.

5.6 CONSOLIDAR LA EFECTIVA COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL

Implementar las soluciones de redes para las sedes

Este proyecto apoyó la elaboración de redes de datos y eléctrica regulada, ampliación

de la solución inalámbrica, adquisición de Ups, baterías y switches. A la fecha se

encuentra en ejecución el contrato 179-028-2015, para la restauración y elaboración

de la red lógica y eléctrica regulada de la casa ubicada en la calle 37 No. 11-18,

Casa Luis Perú de la Croix, en la ciudad de Bucaramanga, proyecto que finaliza en

diciembre de 2016; así mismo, se adquirieron 12 UPS, las cuales se ubicaron a nivel

nacional. Se ejecutó el contrato 179-085-2015, con el cual se garantizó la renovación

de los contratos SMARTNET que incluye actualización y soporte de la plataforma

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inalámbrica de la entidad, lo que facilita la movilidad de los usuarios. Se recibió la

obra de redes reguladas y lógicas en la ciudad de Rionegro, mediante contrato 179-

103-2015 y la obra de Cali mediante contrato 179-059-2015, con el cual se adecuó la

sede con una red regulada y lógica; así mismo se encuentran en ejecución las obras

de Montería, a través del contrato 179-100-2015, y Quibdó mediante contrato 179-

094-2015, los cuales concluyen a mediados de 2016.

Implementar las soluciones de canales de voz y datos para las sedes

Inicialmente se contó con el contrato 179-052-2012, con el que se le brindó la

conectividad a 120 sedes del nivel nacional y posteriormente mediante Orden de

Compra 1973 de 2015, se garantiza la conectividad hasta de 136 sedes del nivel

nacional, con una disponibilidad superior al 99,9%.

5.7 GARANTIZAR LA DIVULGACIÓN, CIRCULACIÓN AMPLIA Y FOCALIZADA DE LA

INFORMACIÓN Y DE SU SENTIDO HACIA LOS DIFERENTES GRUPOS DE

INTERÉS

Programa radial: Procurando “Orden y Rectitud”

En el año 2015 se realizaron 47 programas de "Orden y Rectitud" transmitidos por

Radio Nacional de Colombia los sábados a las 7 de la mañana, dichos programas

fueron retransmitidos por la emisora del Ejército Nacional, de la Armada Nacional y

por más de 100 emisoras comunitarias. En los últimos 10 programas de "Orden y

Rectitud" empezó a participar FENALPER, teniendo una nueva sección, Fenalper en

Acción, espacio en el que los personeros de diferentes lugares del país asistían y

hablaban de las funciones de la Personería, actividades relacionadas con los

municipios y las comunidades y resolvían dudas que llegaban a través de los correos

institucionales. La información dada a los oyentes en el territorio colombiano pretende

suministrar datos importantes y necesarios en el momento de la ejecución de

diferentes actividades territoriales, buscando así que la transparencia y el

acompañamiento sean bandera en las entidades públicas a nivel nacional.

Página web

Durante la vigencia 2015 se sumó un total de 9.653.894 visitas al sitio web

www.procuraduria.gov.co, frente a un total de 5.015 actualizaciones realizadas. Ello

significa la consolidación de los objetivos informativos trazados y una permanente

comunicación con la ciudadanía que a diario accede al sitio web en busca de

recursos noticiosos, trámites o servicios y orientación en general.

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6. OPTIMIZAR LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES

6.1 GESTIÓN PRESUPUESTAL

Se garantizó durante la vigencia la disponibilidad de recursos financieros para la

realización de la misión, la visión y los objetivos institucionales señalados en el Plan

Estratégico Institucional 2013-2016 “Procurando Orden y Rectitud”, en cumplimiento de

las políticas, planes, programas y proyectos, que constituyen la razón de ser de la

Procuraduría General de la Nación.

El presupuesto total definitivo para la vigencia 2015 fue de $519.189.124.217 sobre los

que se establecieron compromisos presupuestales por valor de $509.998.961.508,

equivalentes al 98,23% y se hicieron pagos por $480.571.460.188, que significan el

92,56%, tal como se ilustra en la tabla que sigue:

Tabla No. 58

Presupuesto asignado y ejecutado año 2015

DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN COMPROMISOS % PAGOS %

FUNCIONAMIENTO 499.748.666.125 490.632.398.815 98,18 472.604.177.299 94,57

INVERSIÓN 19.440.458.092 19.366.562.693 99,62 7.967.282.890 40,98

PRESUPUESTO TOTAL 519.189.124.217 509.998.961.508 98,23 480.571.460.188 92,56

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

La apropiación presupuestal para gastos de funcionamiento en la vigencia fue de $499.748.666.124,68; los compromisos adquiridos ascendieron a $490.632.398.814,90 que equivalen al 98,18% y los pagos llegaron a $472.604.177.298,58 es decir un 94,57%, como se presenta en la tabla siguiente:

Tabla No. 59

Presupuesto asignado y ejecutado - gastos de funcionamiento - año 2015

DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN COMPROMISOS % PAGOS %

GASTOS DE PERSONAL 446.741.672.633 446.307.708.231 99,9 436.144.171.620 97,63

GASTOS GENERALES 25.387.397.492 24.935.091.322 98,22 22.039.854.243 86,81

TRANSFERENCIAS 27.619.596.000 19.389.599.262 70,2 14.420.151.436 52,21

FUNCIONAMIENTO 499.748.666.125 490.632.398.815 98,18 472.604.177.299 94,57

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Gastos de Personal:

La asignación para cubrir los compromisos con los servidores públicos vinculados a la

entidad llegó a $446.741.672.633; sobre este monto se establecieron compromisos por

$446.307.708.231, que corresponden al 99,9%; y los pagos realizados ascendieron a

$436.144.171.620, que equivalen al 97,63%.

Gastos Generales:

La apropiación destinada a atender gastos vinculados con la adquisición de bienes y

servicios necesarios para el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales de la

entidad fue de $25.387.397.492; se establecieron compromisos por $24.935.091.322, que

representan el 98,22% y se realizaron pagos por $22.039.854.243, correspondientes al

86,81%.

Transferencias:

Para el cumplimiento de los gastos relacionados con previsión y seguridad social,

sentencias y conciliaciones, obligaciones de la cuota de auditaje y demandas contra la

entidad, la apropiación de la vigencia 2015 ascendió a $27.619.596.000, sobre la que se

establecieron compromisos por $19.389.599.262, equivalentes al 70,20% y se realizaron

pagos por $14.420.151.436, que significan el 94,57%.

INVERSIÓN

Para atender los gastos de inversión, es decir los que posibilitan capacidad de producción

y productividad en el campo de la estructura física, económica y social, se fijó al inicio de

la vigencia una apropiación de $21.711.000.000.

Sobre esta apropiación se realizaron reducciones por $2.270.000.000, de acuerdo al

Decreto 2240 de 2015, “por el cual se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto

General de la Nación de la vigencia fiscal de 2015".

La apropiación definitiva fue de $19.440.458.092, sobre la cual se adquirieron

compromisos por $19.366.562.693, que equivalen al 99,62%. Los pagos realizados fueron

por $7.967.282.890, que corresponden al 40,98%.

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Tabla No. 60

Presupuesto asignado y ejecutado Inversión - año 2015

APROPIACIÓN

DEFINITIVA

ADQUISICIÓN DE SEDES PARA

LA PROCURADURÍA GENERAL

DE LA NACIÓN A NIVEL

NACIONAL

600.000.000 599.931.390 99,99 0 0

ADECUACIÓN DE SEDES DE LA

PGN A NIVEL NACIONAL5.848.108.092 5.791.517.881 99,03 2.672.624.906 45,7

FORTALECIM IENTO

PLATAFORM A TECNOLÓGICA

DE LA PROCURADURÍA

GENERAL DE LA NACIÓN , A

NIVEL NACIONAL

8.892.350.000 8.875.199.872 99,81 3.008.275.121 33,83

FORTALECIM IENTO DE LA

FUNCIÓN PREVENTIVA DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DE

LA NACIÓN A NIVEL NACIONAL

2.450.000.000 2.449.964.640 99,99 2.094.671.366 85,5

FORTALECIM IENTO DEL

PROCESO DE M ODERNIZACIÓN

DE LA PROCURADURÍA

GENERAL DE LA NACIÓN A NIVEL

NACIONAL

1.650.000.000 1.649.948.910 99,99 191.711.498 11,62

TOTAL INVERSIÓN 19.440.458.092 19.366.562.693 99,62 7.967.282.890 40,98

%DESCRIPCIÓN COMPROMISOS % PAGOS

Proyecto “Adquisición de sedes para la Procuraduría General de la nación a nivel

nacional”:

Tuvo una apropiación de $600.000.000; se establecieron compromisos por $599.931.390,

que significan el 99,9%.

Proyecto “Adecuación de sedes de la PGN a nivel nacional”:

Tuvo una apropiación de $5.900.000.000, al inicio de la vigencia; se efectuó una

reducción de $51.891.908, para tener una apropiación definitiva de $5.848.108.092, sobre

los que se establecieron compromisos por $5.791.517.881 que significan el 99,03% y se

realizaron pagos por $2.672.624.906, equivalentes al 45,7%.

Proyecto “Fortalecimiento plataforma tecnológica de la Procuraduría General de la

Nación, a nivel nacional”:

La apropiación presupuestal para la vigencia fue de $8.892.350.000, sobre los que se

realizaron compromisos por $8.875.199.872, es decir, el 99,81% y se realizaron pagos por

$3.008.275.121, que significan el 33,83%.

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Proyecto “Fortalecimiento de la Función Preventiva de la Procuraduría General de

la Nación”:

Al inicio de la vigencia se apropiaron $3.500.000.000; mediante Decreto 2240 de 2015 se

efectuó una reducción de $1.050.000.000, para tener una apropiación definitiva de

$2.450.000.000, sobre los cuales se establecieron compromisos por $2.449.964.640, que

significan el 99,99% y se realizaron pagos por $2.094.671.366, equivalentes al 85,50%.

Proyecto “Fortalecimiento del Proceso de Modernización de la Procuraduría

General de la Nación a Nivel Nacional”:

La apropiación presupuestal para la vigencia fue de $1.650.000.000, sobre los que se

realizaron compromisos por $1.649.948.910, o sea, el 99,99% y se realizaron pagos por

$191.711.498, que significan el 11,62%.

Proyecto “Fortalecimiento de la PGN para identificar y monitorear riesgos de

vulneración de derechos y la conciliación social civil y comercial”:

Al inicio de la vigencia se apropiaron $1.168.650.000, pero mediante Decreto 2240 de

2015 se efectuó La reducción de su monto total.

La distribución de los compromisos por cada una de las cuentas del presupuesto es la siguiente:

Gráfica No. 10

Distribución de los compromisos año 2015

Gastos de Personal87,51%

Gastos Generales

4,89%

Transferencias3,80%

Inversion3,80%

DISTRIBUCIÓN DE LOS COMPROMISOS

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Los datos registrados reflejan:

El 96,20% del presupuesto se destina a gastos de funcionamiento, conformado por

Gastos de Personal (87,51%), Gastos Generales (4,89%) y Transferencias (3,80%).

El 3,80% del presupuesto se destinó para inversión.

COMPARATIVO PRESUPUESTO VIGENCIAS 2014 - 2015

Tabla No. 61

Presupuesto asignado - años 2014 - 2015

2014 2015

GASTOS DE PERSONAL 420.580.858.906 446.741.672.633 6,22%

GASTOS GENERALES 31.491.816.948 25.387.397.492 -19,38%

TRANSFERENCIAS 18.795.989.371 27.619.596.000 46,94%

INVERSION 13.961.290.000 19.440.458.092 39,25%

CONCEPTOAPROPIACION VARIACION

%

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 470.868.665.225 499.748.666.125

TOTAL FUNCIONAMIENTO E INVERSION 484.829.955.225 519.189.124.217 7,09%

6,13%

El presupuesto asignado para el 2015 se incrementó en un 7,09% en donde los rubros

más representativos fueron Transferencias que se incrementó en el 46,94% y el de

Inversión en un 39,25%.

Tabla No. 62

Porcentaje de presupuesto ejecutado - años 2014 – 2015

2014 2015 DIFERENCIA

Gastos de Personal 97,60% 99,90% 2,30%

Gastos Generales 90,30% 98,20% 7,90%

Transferencias 87,80% 70,20% -17,60%

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 96,80% 98,20% 1,40%

INVERSIÓN 88,10% 99,60% 11,60%

TOTAL FUNCIONAMIENTO E INVERSION 96,50% 98,20% 1,70%

CONCEPTO% DE EJECUCION ACUMULADA A DICIEMBRE

En relación con los datos registrados en la tabla anterior, se hacen las siguientes

anotaciones:

El nivel de ejecución presupuestal de la vigencia 2015 es mayor a lo ocurrido en la

vigencia 2014, en un porcentaje de 1,7%.

La inversión es la que comparativamente registra el mejor comportamiento de

ejecución al pasar de un 88,1% en 2014 al 99,6% en 2015.

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La cuenta de gastos de personal continúa siendo la que mejor comportamiento

registra en los dos (2) años, al pasar de 97,6% en 2014 a 99,9% en 2015.

La cuenta de gastos generales registra un mejoramiento significativo en el nivel de

ejecución al pasar de 90,3% en 2014 a 98,2% en 2015.

La cuenta de Transferencias es la única que registra un nivel de ejecución inferior en

el año 2015, situación que se explica porque en la vigencia 2014 hubo una reducción

del presupuesto asignado mientras que en el 2015 no se aceptó esta propuesta por

parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

POLÍTICA DE AUSTERIDAD EN EL GASTO

El artículo 110 de la Ley 1737 de 2014 estableció: “Los órganos que hacen parte del

presupuesto general de la Nación, durante la vigencia fiscal de 2015, realizarán una

reducción en los gastos por servicios personales indirectos y por adquisición de bienes y

servicios de gastos generales, respecto a los efectuados en la vigencia fiscal 2014, por un

monto mínimo equivalente al 10%. Dicha reducción se aplicará especialmente en los

conceptos de: viáticos y gastos de viaje, campañas publicitarias, adquisición de vehículos,

servicios de telefonía celular y papelería”. En la tabla siguiente se presenta el resultado

obtenido en cada uno de los rubros presupuestales objeto de la austeridad en el gasto,

comparando el límite de gasto y el monto comprometido en la vigencia 2015, así:

Tabla No. 63

Comparativo entre límite de gasto y compromisos 2015

Los datos registrados reflejan:

En todos los rubros presupuestales se dio cumplimiento a la política de austeridad en

el gasto, determinada en el artículo 110 de la Ley 1737 de 2014.

Los rubros que registran el mayor porcentaje de reducción son vehículos y papelería

con niveles del 77,41% y 66,35% respectivamente.

CONCEPTO LIMITE DE GASTO COMPROMISOS 2015 DIFERENCIA%

REDUCCIÓN

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS 15.660.000,00 11.089.630,00 4.570.370,00 -36,27%

ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS 25.136.394.999,82 24.363.830.747,45 772.564.252,37 -12,77%

VEHICULOS 749.727.896,40 188.195.782,00 561.532.114,40 -77,41%

PAPELERIA, UTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA 1.767.152.402,46 660.755.790,79 1.106.396.611,67 -66,35%

TELEFONIA MOVIL CELULAR 152.948.202,64 140.415.251,61 12.532.951,03 -17,37%

VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE 2.655.299.256,65 2.597.285.495,73 58.013.760,92 -11,97%

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6.2 GESTIÓN FINANCIERA

A continuación se presentan los estados financieros con que este organismo de control

cerró a 31 de diciembre del año 2015.

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Control Interno Contable: La PGN elaboró y presentó, dentro de los términos

establecidos, el informe de control interno contable correspondiente a la vigencia 2015. Se

aplicó la metodología implementada por la Contaduría General de la Nación al Grupo de

Contabilidad y al Proceso Contable del IEMP y se registró la información en el chip

contable habilitado por esa misma entidad.

6.3 GESTIÓN JURÍDICA

Representación judicial de la entidad

La Procuraduría desplegó durante el año 2015, las actividades necesarias para el

ejercicio de las funciones de representación judicial de la Entidad en las acciones

constitucionales (tutelas, acciones de grupo y acciones populares) y contencioso

administrativas en que se constituye en parte como demandante y/o demandada. Esta

función implica también la coordinación de las actividades para defensa judicial de sus

intereses en despacho judiciales de todo el país por parte de los apoderados a nivel

regional y/o provincial, quienes se remiten los instructivos generales de esta función y

presta asesoría en casos específicos.

1.1. Representación en acciones contenciosas: En el año 2015, fueron notificados 250

procesos en contra de la Procuraduría. La mayoría de las demandas instauradas en

contra de este órgano de control se surten ante Despachos Judiciales de Bogotá, es decir,

en esta ciudad se tramitaron 129, lo que corresponde al 52% y en los demás Despachos

Judiciales del país el 48% con 121 procesos, que están a cargo de los servidores públicos

del nivel regional y provincial. Un indicador fundamental para el resultado de la gestión de

defensa judicial, hace referencia a los procesos (sentencias judiciales y acuerdos

conciliatorios) favorables y desfavorables de la Entidad. En el año 2015 se notificaron un

total de 217 procesos terminados, de los cuales 133, que corresponde al 61%, son

favorables a la Procuraduría General de la Nación y 84 adversos, esto es, el 39%.

1.2 Representación en Acciones de Tutela: Respecto a la representación de la

Procuraduría General en las acciones de tutela interpuestas en contra de la Entidad, a 31

de diciembre de 2015, se radicaron 1571 tutelas: de ellas 1062 acciones fueron atendidas

por apoderados de la Oficina Jurídica y 509 en el nivel territorial (Regionales y

Provinciales). De las 1062 acciones de tutela atendidas desde la Oficina Jurídica, se

obtuvieron 909 fallos a favor de la Entidad, es decir, negaron la solicitud de amparo en

107 casos, quedando pendientes por resolver 46 asuntos. Por lo tanto, sin tener en

cuenta las providencias pendientes por proferir, el éxito en la defensa fue del 86%.

Igualmente, a nivel Regional y Provincial de las 509 acciones de tutela atendidas, 452

casos fueron favorables a la Procuraduría, y se obtuvieron 15 providencias adversas. Sin

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embargo, cabe resaltar que hay 42 asuntos pendientes por resolver. En conclusión, sin

tener en cuenta las providencias pendientes por proferir, el éxito en la defensa es del

89%.

1.3. Comité de Conciliación: En desarrollo de las funciones de representación judicial, se

realizó el estudio de 507 solicitudes de conciliación judicial y prejudicial; de las cuales 503

se sustentaron ante los Comités de Conciliación Ordinario y Ad-Hoc. Así mismo, se

conceptuó en 61 casos de procedencia de interposición de la acción de repetición, surgidos

de las sentencias que imponen condenas de contenido económico en contra de la

Procuraduría General de la Nación y con base en los documentos soportes de los

correspondientes pagos, de los cuales 53 fueron estudiados por el citado Comité.

6.4 GESTIÓN CONTRACTUAL

En lo relativo a la actividad contractual, durante la vigencia 2015 se realizaron 126 procesos de contratación, de los cuales 4 se realizaron con cargo a los recursos del crédito BID. La totalidad de procesos fueron adjudicados, según se aprecia en las siguientes tablas que presentan la discriminación de la referida gestión:

Tabla No. 64

Gestión contractual recursos de la Nación - año 2015

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No. Adjudicados Desiertos Revocados

Licitaciones públicas 10 10 0 0

Concursos de méritos 6 6 0 0

Selecciones abreviadas de menor cuantía 9 9 0 0

Selecciones abreviadas por subasta inversa 9 9 0 0

Contratación de mínima cuantía 13 13 0 0

Órdenes de compra por acuerdo marco 22 22 0 0

Contratación directa 45 45 0 0

Convenios 8 8 0 0

TOTAL 122 122 0 0

Tabla No. 65 Gestión contractual recursos crédito BID - año 2015

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No. Adjudicados

Licitación pública nacional 1 1 Consultoría selección basada en calidad y costo 1 1 Contratación directa 2 2 TOTAL 4 4

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7. FORTALECER LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL

7.1 RELACIONES INTERNACIONALES

Seguimiento a la atención brindada por el Estado a las víctimas colombianas

en el exterior

Se realizó una visita administrativa a la ciudad de Sao Paulo Brasil en la que se evaluó el

ejercicio e intervención del consulado de Colombia en esta ciudad, frente a los

procedimientos y resultados de la atención a colombianos en materia de ley 1448 de

2011, trata de personas y personas detenidas. El consulado es General y tiene

competencia sobre 7 Estados, a saber: Sao Paulo, Rio de Janeiro, Belo Horizonte,

Paraná, Rio Grande do Sul, Espíritu Santo y Santa Catarina. Es importante destacar que

hasta el momento esta representación diplomática es la única que dispone y hace uso de

las piezas comunicativas relacionadas con la ley de víctimas, sus instalaciones locativas

permiten la proyección de un video con información de manera periódica.

Los funcionarios del consulado se encuentran capacitados sobre la ley, sin embargo

desconocen el procedimiento de restitución de tierras. Por lo cual, en la tarde de ese día

se programó la capacitación sobre este tema puntualmente. En cuanto al tema de trata de

personas hasta el momento el consulado solo ha recibido un caso de trata laboral, el cual

se encuentra en investigación por parte de las autoridades brasileñas. No se cuenta con

servicios de atención psicosocial, este hecho es preocupante puesto que en el día a día

los usuarios del consulado buscan este servicio.

En cuanto a la atención jurídica, la asistencia es prestada por un abogado de nacionalidad

peruana (con título de licenciado en derecho de Brasil) quien está contratado por la

Cancillería para prestar acompañamiento a los colombianos detenidos en la cárcel de

ITAI, este centro penitenciario es exclusivo para extranjeros y en la actualidad hay 99

colombianos (13 mujeres y 86 hombres) recluidos por delitos de narcotráfico y hurto

agravado principalmente.

Es preocupante que a muchas de las diligencias que se realizan con otros colombianos

en otros Estados, el abogado no puede acompañarlas por ausencia de medios de

transporte y recursos y ante la imposibilidad de su desplazamiento los Cónsules asumen

las diligencias con los defensores de oficio, sin ser abogados ni conocer el derecho

Brasileño, el cual dicho sea de paso, es un Estado Federal por lo tanto, las leyes cambian

y se definen con base en la gravedad y territorialidad de la comisión del delito.

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Por otra parte, se dio una capacitación sobre la ley de víctimas y el mandato de la

PGN en materia de protección a derechos de los colombianos en el exterior. Se

efectuaron entrevistas con 12 colombianos que habían sido citados por los lideres

contactados, a ellos les explicamos las funciones de la PGN y los ejes misionales de

entidad y aprovechamos para orientar a los presentes sobre los alcances de la ley de

víctimas en el exterior, posteriormente se sostuvo conversaciones privadas, con

sorpresa, toda las personas con las que dialogamos nos contaron los hechos por los

que se encontraban viviendo en Sao Paulo y todos se relacionaban con el conflicto

armado, es decir todos deberían declarar su situación para ser reconocidos como

víctimas, según las versiones de los mismos era la primera vez que escuchaban de la

Ley y el consulado nunca les había orientado o informado sobre la misma.

Finalmente, se realizó una capacitación sobre ley de víctimas y mandato de la PGN en

materia de protección a derechos de los colombianos en el exterior. Participaron: 42

colombianos residentes en Sao Paulo, Santos, Campiñas y Rio de Janeiro que se

desplazaron desde estas ciudades para escucharnos y plantear solicitudes puntuales

relacionadas con sus casos. En el desarrollo de la capacitación se presentaron varias

inquietudes sobre la toma de declaraciones en el consulado, sobre la imposibilidad de

personas residentes en ciudades como Porto Alegre , Victoria ,Santa Catarina y

Paraná para asistir al mismo, preocupaciones sobre el plazo para declarar y sobre el

proceso de restitución de tierras en el exterior.

En cuanto al tema de las declaraciones para los colombianos residentes en ciudades

diferentes a Sao Paulo se hace necesario incluir dentro de los consulados móviles que

se programen para el 2015, la toma de declaraciones en línea y las capacitaciones

sobre la ley. En el tema de los plazos se explicó que las fechas pueden extenderse

siempre y cuando haya una justificación valida que no permita a la víctima declarar en

los tiempos estipulados, para el caso en particular se puede alegar la tardía

implementación de la ley por parte del consulado. En ese mismo sentido, se realizó

otra visita administrativa a las ciudades de Miami, Nueva York y Washington, en las

que se realizaron las siguientes actividades:

Visita al Consulado General de Colombia en Miami- Reunión con funcionarios del

consulado y capacitación de 80 colombianos quienes participaron además de la

Cónsul General y el Cónsul de Primera. Los temas abordados fueron: La PGN y su

mandato Constitucional, la ley de víctimas y su implementación en el exterior y el

proceso de restitución de tierras. Finalizada la capacitación se atendieron 20 víctimas

de forma personalizada.

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En el Conversatorio en la Universidad Carlos Albizu, participaron colombianos

residentes en la florida sobre protección de derechos fundamentales y ley de víctimas.

Donde asistieron invitados especiales como: el Dr. Luigi Boria, Alcalde de Doral y la

Dra. Ana Paola Agudelo, Representante a la Cámara por los colombianos residentes

en el exterior. En este evento participaron 150 colombianos quienes dialogaron con el

señor Procurador General de la Nación y presentaron sus inquietudes y solicitudes

relacionadas con la protección de sus derechos fundamentales. Se expresó la

preocupación del Ministerio Público frente a la implementación de la ley en el exterior,

en especial frente a la fecha en la que expira el plazo para declarar (10 de junio de

2015) y se comprometió con hacer las gestiones pertinentes para impulsar un

proyecto de ley que amplié este plazo.

Visita a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones

Unidas, esta reunión fue acompañada por el señor Miguel Camilo Ruiz Blanco,

Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Representante Permanente Alterno y la

señora María Paulina Dávila Dávila, Ministra Consejera.

En este espacio se expuso las preocupaciones de la Procuraduría frente a la

implementación de la Ley 1448 de 2011en el exterior y la importancia de contar con el

apoyo de las misiones diplomáticas en especial la acredita ante la Organización de

Naciones Unidas, para el ejercicio de información y todo lo relacionado con la

compatibilidad de la Ley con las disposiciones internacionales de protección

internacional. El Embajador Ruiz se comprometió a hacer lo pertinente y a su alcance

para divulgar la Ley en el marco de la Asamblea General de la ONU.

La PGN, participó en un conversatorio con 133 residentes de la ciudad de Nueva

Jersey en este abordó todos los temas relacionados con la protección de los derechos

fundamentales de los residentes en el exterior. Paralelamente se realizó la atención

personalizada a 20 colombianos en el Consulado de Nueva York que habían

participado del conversatorio el día anterior.

Con respecto al tema de colombianos residentes en el exterior, se siguieron

respondiendo las solicitudes allegadas a esta oficina, además se continuó con la

elaboración de los recursos de reposición y apelación frente a las no inclusiones en el

Registro Único de Víctimas.

Gracias a la visita realizada a España en el segundo trimestre, en la que se dialogó

con un número significativo de connacionales, el número de solicitudes en materia

pensional de colombianos residentes en ese país aumentaron, para dar respuesta a

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todas las solicitudes se están articulando acciones en Asuntos del Trabajo y la

Seguridad Social.

Se realizó una visita a la frontera con Venezuela, para hacer una atención

personalizada de las víctimas colombianas deportadas por el presidente venezolano.

Se documentaron los casos que fueron presentados por el señor Procurador General

de la Nación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la

Corte Penal Internacional (CPI).

Internacionalización de la entidad

Durante el 2015, se actualizaron las bases de datos, incluyendo cooperantes,

embajadas y demás actores de la comunidad internacional. Igualmente, se realizaron

reuniones con directores de las agencias de cooperación para presentar las funciones

de la Entidad y aunar esfuerzos para trabajar proyectos de cooperación, compartir

buenas prácticas y gestionar recursos para su ejecución.

Finalmente, se organizó el Conversatorio sobre la “Experiencia de la República Checa

en Restitución de Tierras” dirigida a funcionarios de la Procuraduría Delegada para

Asuntos de Restitución de Tierras.

7.2 COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Observatorio de Seguimiento a la Cooperación - OSC

En el marco del proyecto Observatorio de Seguimiento a la Cooperación - OSC,

desarrollado en conjunto con la Universidad Jorge Tadeo Lozano de Bogotá, se iniciaron

las actividades referentes a las visitas administrativas y visitas a las comunidades

beneficiarias de las iniciativas de cooperación seleccionadas para el análisis. De igual

manera, se llevaron a cabo reuniones de seguimiento y monitoreo del proyecto, así como

reuniones de análisis conjunto de la información recopilada.

En lo referencia a los casos preventivos en materia de seguimiento a la ejecución de la

cooperación, se seleccionaron los proyectos sobre los cuales se realizaría el análisis con

respecto a las entidades del orden nacional: Ministerios de Educación, de las Tecnologías

de la Información y Comunicaciones y del Interior.

De acuerdo con la atención de casos preventivos de seguimiento a la ejecución de la

cooperación, se adelantaron actuaciones con respecto a los siguientes proyectos:

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1. Proyecto “Diseño y construcción de sistemas de saneamiento básico en dos centro

poblados indígenas”, el cual contempla: 1. Estudio y diseño de acueducto para el pueblo

indígena de Gunkey en Chimila, Municipio del Copey, Departamento del Cesar y 2.

Estudio y diseño para remodelación y optimización del acueducto del pueblo indígena de

Jimain, Municipio de Pueblo Bello, Departamento del Cesar.

2. Proyecto “Colector Pluvial Bastidas - Mar Caribe en Santa Marta - Etapa IV”.

3. Proyecto “Multiveredal Integral del Pacífico”.

4. Proyecto “Programa de agua y saneamiento para el sector rural”.

5. Proyecto “Luces para educar”.

6. Proyecto “Biblioteca para niños en Buenaventura”.

7. Caso contrato de vehículos - Empresa TIC Consultores.

8. Proyecto “Biblioteca El Colegio”.

De igual manera, en lo que se refiere al caso Min TICS, se realizó visita a la comunidad

beneficiaria de un proyecto sobre teletrabajo en cárceles colombianas y se inició

elaboración del informe del caso preventivo.

Asuntos de Coordinación en Materia de Cooperación Internacional

- En virtud del Convenio Marco suscrito entre la Procuraduría General de la Nación

y la Organización de Estados Iberoamericanos - OEI, se realizaron actividades de

apoyo a la ejecución de los convenios específicos No. 128 de 2014 sobre Bienes

de Interés Cultural, No. 127 de 2014, sobre bienes de uso público - BUP- y No.

002 de 2015, sobre fortalecimiento de las capacidades de las entidades

territoriales.

- Se trabajó en conjunto con la Agencia de Cooperación Alemana - GIZ para la

actualización de la “Guía Práctica de Intervención de los Procuradores Judiciales

de Restitución de Tierras”, elaborada durante el periodo de ejecución del proyecto

Fortalecimiento del Estado de Derecho - FortalEsDer. Para tales efectos, se

gestionó la organización de un evento que proporcionó el espacio necesario para

el debate de los Procuradores Judiciales. Se espera la publicación en marzo de

2016.

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- En relación al convenio con la Fundación MarViva se entregó el diagnóstico e

informe preventivo de “La Pesca Ilegal Marina en Colombia” para su revisión,

diagramación e impresión, para un posterior lanzamiento y socialización.

- En el marco del convenio con la Organización Iberoamericana de Seguridad Social

- OISS, se enviaron 3 postulaciones de funcionarios de la Procuraduría para la

realización del Master en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad

Social, impartido por la Universidad Alcalá de Henares.

- Se realizaron con apoyo del contratista de GIZ, Natural Shipping, trámites de

aduaneros y de nacionalización ante la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales -DIAN-, el Ministerio de Transporte y la Cancillería, para culminar la

donación de un vehículo por parte de la GIZ a la Procuraduría.

- Con el apoyo del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y el Fondo de

Justicia Transicional, se desarrolló el proyecto “Estrategias y Herramientas para la

Entrevista y Atención a Víctimas de Violencia Sexual en el Conflicto Armado”; a

partir del cual se realizaron talleres de capacitación dirigidos a funcionarios de la

Procuraduría que atienden o trabajan con víctimas de violencia sexual, de las

ciudades de Bogotá, Barranquilla, Medellín, Cali, Cúcuta, Bucaramanga, Florencia,

Pasto y Santa Marta.

- En el programa del Fondo de Justicia Transicional se realizó la reunión final de

rendición de cuentas del programa y el análisis de Plan Estratégico 2016-2019.

- Con relación al programa “Alianzas territoriales para la Paz y el Desarrollo” de

PNUD, se participó en reuniones de los Comités de Coordinación Nacional y en la

reunión de rendición de cuentas del programa y análisis de Plan Estratégico 2016-

2019.

- En cuanto al Observatorio de Víctimas que se trabaja actualmente con la

Organización Internacional de las Migraciones -OIM-, se realizó el proceso de

selección y contratación de los consultores y se llevaron a cabo las primeras

reuniones de coordinación y planeación del trabajo del observatorio.

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8. RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

La Procuraduría General de la Nación, como órgano de control encargado de garantizar

los derechos fundamentales y proteger los intereses individuales y colectivos, interviene

en diferentes consejos, comisiones y comités de carácter interinstitucional, en los que se

tratan y definen aspectos de relevancia nacional. Durante el 2015, se cumplió con esta

importante labor, de la siguiente manera:

Consejo Nacional de Estupefacientes

Consejo en el cual se estudian y se adoptan decisiones sobre asuntos relativos a políticas

antidrogas, asuntos de orden presupuestal (solicitudes de inversiones de recursos de la

Policía Nacional), a bienes incautados y otras proposiciones; la intervención, en ese

consejo, de la Procuraduría General de la Nación ha sido oportuna y efectiva en cuanto a

observaciones, recomendaciones y aprobación de decisiones. Durante el período de

análisis, se abordaron los aspectos que a continuación se relacionan:

1. Solicitud de declaratoria de pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución 004 del 19

de marzo de 2014, predio La Esperanza.

2. Proyecto de resolución por el cual se establece la integración de los Consejos

Seccionales de Estupefacientes y se deroga la Resolución No. 014 de 2003.

3. Con relación a la erradicación de cultivos ilícitos y consumo de drogas: i) Proyecto de

modificación de la Resolución 026 de 2007 “Por la cual se autoriza la erradicación de

cultivos ilícitos en áreas de resguardos indígenas del país donde se hayan surtido

procesos de consulta previa, establecido en la sentencia SU-383 de 2003”; ii)

Implicaciones del Auto 073 de 2014 sobre Consulta Previa con Comunidades

Afrodescendientes; iii) Entrega del Sistema de validación de datos obtenidos en

erradicación manual en tercera modalidad; iv) Solicitudes de licencia para cultivo de

cannabis: William Álvarez, con fallo de tutela del Consejo de Estado; Universidad de

Antioquia; Canaphharm Rx Corporación; v) Informe sobre la regionalización de la

política de drogas; vi) Solicitud de autorización a la Policía Nacional para realización

de un estudio para determinar la eficiencia y pureza del proceso de transformación de

base a clorhidrato de cocaína e identificar las técnicas e insumos empleados”; vii)

Actos administrativos relacionados con solicitudes de autorización para el cultivo de

plantas de las cuales se produzcan estupefacientes y el envío de 100 gr. de hoja de

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coca; viii) Solicitud revocatoria directa de la Resolución No. 0001 de 2015, por la cual

se unifica y actualiza la normatividad de sustancias y productos químicos controlados.

Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria

En él se ventilan asuntos relativos a indicadores de política criminal y penitenciaria,

balance legislativo en cuanto a leyes sancionadas y proyectos de ley en trámite, ejecución

de penas, delito informático y seguridad de la información, política nacional de lucha

contra el hurto de vehículos, partes, repuestos y modalidades conexas, seguridad

informática, trata de blancas, tortura y Sistema Nacional de Protección. En el 2015, se

llevó a cabo el estudio de los siguientes tópicos:

1. Presentación y aprobación de los informes de la Comisión Técnica del Consejo de

Política Criminal frente a los Proyectos de Ley:

- 021 de 2015 Cámara (Reforma del Sistema Penal Acusatorio).

- 099 de 2014 Senado (Código de Policía y Convivencia)

- 108 de 2014 Cámara (Tribunal Nacional Garantías Constitucionales)

- 109 de 2014 Cámara – (Sala de Casación Penal)

- 112 de 2014 Senado (Acoso sexual en transporte público)

- 129 de 2014 Cámara (Juzgamiento Fuerza Pública)

- 171 de 2015 Senado – 016 de 2014 Cámara (Lesiones con ácido

- 172 de 2015 Senado – 087 de 2014 Cámara (Protección animal

- H.R. Heriberto Sanabria (Jurisdicción de penas y medidas de seguridad)

2. Auto 009 de 2015 de la Corte Constitucional – Cumplimiento Sentencia T-025 de

2004 (Desplazamiento forzado).

3. Informe a la Comisión Intersectorial de Armonización Normativa – Derogación de

normas en materia penal y penitenciaria.

4. Seguimiento y cumplimiento de la Sentencia T-388 de 2013 (Sistema Penitenciario y

Carcelario – Nueve casos de tutela de internos de seis establecimientos del país,

quienes en términos generales solicitan la protección de sus derechos

fundamentales y, en algunos casos, que la Corte haga seguimiento al cumplimiento

de la Sentencia T-153 de 1998, que ya había declarado el estado de cosas

inconstitucional, que se cierren los establecimientos o que se declare la libertad por

ser las condiciones de reclusión contrarias a la dignidad humana que se predica de

un Estado Social de Derecho. Los establecimientos vinculados a los casos son

EPAMSCAS Popayán (San Isidro), EPMSC Barrancabermeja, EC Bogotá (Cárcel

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Nacional Modelo), EPAMSCAS Valledupar (La Tramacúa), EPMSC Medellín

(Buenavista) y COCUC Cúcuta).

Consejo Superior de la Carrera Notarial

Presidido por el Ministerio de Justicia y del Derecho e integrado además de esa Cartera,

por la Procuraduría General de la Nación, el Consejo de Estado, la Corte Suprema de

Justicia, la Superintendencia de Notariado y Registro, entre otros. En la vigencia 2015,

además de aprobar las actas de las sesiones del año, el Consejo se enfocó en aspectos

como:

1. Solicitudes de la Notaria Primera y del Notario Veintinueve de los Círculos de

Buenaventura, Valle y Medellín, respectivamente, para aplicarles el artículo 144 del

Decreto Ley 960 de 1970.

2. Aprobación del acuerdo por el cual se establece el criterio de desempate para las

solicitudes presentadas en ejercicio del derecho de preferencia, consagrado en el

numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970.

3. Aprobación del acuerdo por medio del cual se convoca y se fijan las bases del

Concurso de méritos público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad

e ingreso a la carrera notarial.

4. Solicitud de nombramiento de los Notarios Únicos de los Círculos de Santuario,

Antioquia y Silvania, Cundinamarca, acciones de nulidad electoral, Sala de lo

Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado.

5. Presentación del operador técnico y científico del Concurso de méritos público y

abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial

– Universidad Nacional de Colombia.

6. Propuesta de impedimento del Notario Segundo del Círculo de Sincelejo y suplente

personal de la representante de los Notarios ante el Consejo Superior.

7. Presentación del informe de admisión y calificación del análisis de méritos y

antecedentes dentro del concurso de méritos para el ingreso a la carrera notarial,

efectuada por la Universidad Nacional.

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8. Aprobación del proyecto de acuerdo por el cual se aprueba y ordena la publicación de

la lista preliminar de admitidos y no admitidos, así como el puntaje preliminar de la

valoración de la experiencia laboral y académica de los participantes del Concurso de

méritos para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial.

Subcomisión Técnica de la Comisión Nacional de Moralización

Integrada por un representante de cada una de las entidades fijada por el artículo 62 de la

Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), entre las que se encuentra la Procuraduría

General de la Nación, es la encargada de hacerle seguimiento y llevar a la práctica los

compromisos asumidos por la Comisión Nacional de Moralización. En el período de

análisis, se abordaron los siguientes aspectos:

1. Revisión de los avances del proyecto de la “Ventanilla Unificada de Denuncias” y

coordinación de los parámetros para su administración, una vez entre en

funcionamiento.

2. Estipulación de las medidas de articulación entre las entidades que conforman la

Comisión Nacional de Moralización y el Observatorio de Transparencia y

Anticorrupción, para fortalecer los indicadores del Observatorio con los sistemas de

información de las entidades.

3. Revisión de la propuesta de reactivación del convenio marco de cooperación entre la

Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Fiscalía

General de la Nación y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la

República, el cual operó entre los años 2003 y 2012 y permitió el desarrollo de

investigaciones conjuntas a nivel nacional y territorial en materia de regalías, SGP,

recursos de resguardos indígenas, presupuestos reservados, recursos de educación,

salud, entre otros; además de la creación de grupos interdisciplinarios de trabajo,

comisiones conjuntas en territorio y acciones de intercambio de pruebas; así mismo,

canalización de recursos de cooperación internacional para las entidades con

competencia en materia de lucha contra la corrupción a través del convenio firmado

con la USAID.

4. Evaluación de los mecanismos para obtener recursos para el fortalecimiento de los

jueces especializados de extinción de dominio y delitos contra la administración de

justicia (Artículo 2 de la Ley 1743 de 2014 y Decreto 272 de 2015).

5. Observatorio Anticorrupción: Exposición y revisión de los indicadores de sanciones.

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6. Avance de compromisos: i) Lucha contra la corrupción y comportamiento de las

denuncias en la Secretaría; ii) Creación del Comando Anticorrupción; iii) Revisión de

datos del Observatorio de Transparencia: Sanciones Penales y Fiscales.

7. Plan de Transparencia para las Regiones: i) Comisiones Regionales de Moralización

(Problemática; Priorización de casos; Mesas de trabajo con la ciudadanía. ii)

Contralorías Territoriales.

8. Transparencia en la contratación pública: i) SECOP II; ii) Pliegos estándar; iii)

Contratación con fundaciones.

9. Otros temas: Extinción de dominio, Control Interno, Trámite de Urgencia – PL 159 de

2014, por el cual se dictan normas sobre la responsabilidad de personas jurídicas por

actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha

contra la corrupción.

Consejo Nacional de Paz

Es el órgano que permite la inclusión y la participación de la sociedad civil en el proceso de paz actual. Lo que pretende es que se establezca la integración y colaboración constante entre las entidades particulares y órganos del estado, para que se construyan alternativas políticas de negociación en el conflicto armado, y de esta manera se logre reafirmar las relaciones sociales que existen en el proceso de paz de manera permanente.

Durante el 2015, la Procuraduría General participó en los diferentes Subcomités de ese

Consejo, en los cuales se desarrolló la siguiente agenda:

1. Composición del Consejo Nacional de Paz en la actualidad, reglas para su

funcionamiento y reglamentación de la Ley 434 de 1998: i) Naturaleza del CNP; ii)

Reglamento interno; iii) Definición de criterios para la integración de nuevos sectores;

iv) Definición de nuevos sectores.

1. Funciones del Consejo Nacional de Paz, primeras actividades de articulación con el

nivel departamental y municipal – Consejos Territoriales - Pedagogía.