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INTERVENCIÓN GENERAL Avellanas, 14. 3.º 46003 VALENCIA Tel. de atención general: 012 Tel. 96 192.29.05 Fax 96 192.29.49 1 de 22 INFORME DE AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO A la Conselleria de Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana: 1. Hemos auditado las cuentas anuales del ejercicio 2011 de la Universidad de Alicante (en adelante la Universidad o UA), habiendo emitido el informe de auditoría de cuentas anuales con fecha 28 de junio de 2012, en el que expresamos una opinión con salvedades. 2. En relación con dicha auditoría, hemos llevado a cabo, asimismo, un análisis del cumplimiento por parte de la Universidad de la legalidad vigente que le resulta aplicable en la gestión de recursos públicos. Dicho examen ha consistido en la verificación, mediante pruebas selectivas, del cumplimiento de los aspectos más relevantes de la misma. En el Anexo I se relacionan las normas fundamentales aplicables a la gestión de recursos públicos por la Universidad. 3. Como resultado de nuestra revisión, y en base al alcance del trabajo descrito, no se han observado incumplimientos relevantes de la normativa aplicable. Sin embargo, dada la naturaleza del examen realizado, esta opinión no es una aseveración de que se ha cumplido la totalidad de la normativa aplicable en la gestión de recursos públicos por la Universidad durante el ejercicio 2011. En el Anexo II se comunican determinadas observaciones sobre la revisión del cumplimiento de la normativa. 28 de junio de 2012 ATD Auditores Sector Público, S.L. Sociedad inscrita en el R.O.A.C. nº S-1310 INTERVENCIÓN GENERAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA D. Alejandro Martínez Gómez Socio Dña. Isabel Parado García Viceinterventora General de Auditorías

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INTERVENCIÓN GENERAL

Avellanas, 14. 3.º

46003 VALENCIA

Tel. de atención general: 012

Tel. 96 192.29.05

Fax 96 192.29.49

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INFORME DE AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO

A la Conselleria de Hacienda y Administración Pública de la Generalitat Valenciana:

1. Hemos auditado las cuentas anuales del ejercicio 2011 de la Universidad de Alicante (en adelante la Universidad o UA), habiendo emitido el informe de auditoría de cuentas anuales con fecha 28 de junio de 2012, en el que expresamos una opinión con salvedades.

2. En relación con dicha auditoría, hemos llevado a cabo, asimismo, un análisis del cumplimiento por parte de la Universidad de la legalidad vigente que le resulta aplicable en la gestión de recursos públicos. Dicho examen ha consistido en la verificación, mediante pruebas selectivas, del cumplimiento de los aspectos más relevantes de la misma. En el Anexo I se relacionan las normas fundamentales aplicables a la gestión de recursos públicos por la Universidad.

3. Como resultado de nuestra revisión, y en base al alcance del trabajo descrito, no se han observado incumplimientos relevantes de la normativa aplicable. Sin embargo, dada la naturaleza del examen realizado, esta opinión no es una aseveración de que se ha cumplido la totalidad de la normativa aplicable en la gestión de recursos públicos por la Universidad durante el ejercicio 2011. En el Anexo II se comunican determinadas observaciones sobre la revisión del cumplimiento de la normativa.

28 de junio de 2012

ATD Auditores Sector Público, S.L. Sociedad inscrita en el R.O.A.C. nº S-1310

INTERVENCIÓN GENERAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA

D. Alejandro Martínez Gómez Socio

Dña. Isabel Parado García Viceinterventora General de Auditorías

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ANEXO I: LEGISLACIÓN APLICABLE A LA GESTIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS

- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

- Decreto legislativo de 26 de junio de 1991, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.

- Orden de 16 de julio de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Generalitat Valenciana.

- Orden de 13 de diciembre de 2002, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Generalitat Valenciana.

- Resolución de 30 de noviembre de 2001, de la Intervención General de la Generalitat Valenciana, aclaratoria del régimen de contabilidad y rendición de cuentas anuales al que están sujetas las entidades de la Generalitat Valenciana y las universidades públicas de la Comunidad Valenciana.

- Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

- Ley 16/2010, 16/2010, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

- Ley 17/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2011.

- Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat Valenciana.

- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU).

- Ley 4/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Coordinación del Sistema Universitario Valenciano.

- Ley 2/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Consejos Sociales de las Universidades Públicas Valencianas.

- Ley 7/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y del Desarrollo tecnológico de la Comunidad Valenciana.

- Ley 2/2009, de 14 de abril, de la Generalitat Valenciana de Coordinación del Sistema Valenciano de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

- Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana.

- Decreto 113/2010, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2010/2011.

- Decreto 104/2011, de 26 de agosto, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2011-2012.

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- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio al servicio de las Administraciones Públicas.

- Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las Universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario.

- Convenio colectivo para el personal laboral de las Universidades de la Comunidad Autónoma Valenciana.

- Normativa relativa a cotizaciones de la Seguridad Social y Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.

- Ley 36/2006 de 28 de noviembre de del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

- Ley 37/92 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y normativa que la desarrolla o modifica.

- Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido del Impuesto de Sociedades (IS).

- Decreto 208/2004, de 8 de octubre, de la Generalitat, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Alicante.

- Bases de ejecución y normas de gestión del presupuesto del ejercicio 2011, de la Universidad de Alicante.

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ANEXO II: OBSERVACIONES

Órgano de Control Interno.

El artículo 220 (Capítulo IV, del Título V) de los Estatutos de la Universidad establece que:

1. La Universidad garantizará el control interno de sus ingresos y gastos mediante la

creación de la Oficina de Control Presupuestario.

2. Esta oficina constituirá una unidad administrativa que desarrollará sus funciones

preferentemente con técnicas de auditoría, bajo la inmediata dependencia del rector,

informando anualmente al Consejo Social de sus actuaciones.

La Universidad cuenta, en efecto, con una Oficina de Control Presupuestario dentro de su estructura organizativa, adscrita al Área de Rectorado, con dos persona asignadas a la unidad durante 2011, tal y como se ha podido verificar formalmente de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

Durante 2010 la Oficina de Control Presupuestario procedió a elaborar un “Reglamento de funcionamiento interno de la Oficina de Control Presupuestario de la Universidad de Alicante”, siendo aprobado por Consejo de Gobierno el 22 de diciembre de 2010. Ha entrado en vigor el 8 de enero de 2011, un día después de su publicación en el BOUA.

Del reglamento cabe destacar lo siguiente.

- Será la Oficina de Control Presupuestario la responsable de realizar “el control interno sobre los actos derivados de la gestión económica y financiera de la Universidad de

Alicante”.

- Se establece como objetivo general del control interno, “garantizar que la actuación de la Universidad de Alicante, en el aspecto económico y financiero, se ajusta al

ordenamiento jurídico y a los principios de buena gestión financiera (economía,

eficacia y eficiencia)”

- El control interno se ejercerá mediante dos funciones:

• Función interventora o control de legalidad, cuyo objetivo es “garantizar, en todo caso y para cada acto, el cumplimiento de las normas relativas a la

disciplina presupuestaria y a los procedimientos de gestión de gastos, ingresos

y aplicación de los fondos públicos”.

Se ejercerá, según el Plan Anual, sobre:

� La autorización o aprobación de gastos.

� Comprobación material de las inversiones.

� La liquidación de gastos o reconocimiento de obligaciones.

� La ordenación de pagos.

� El reconocimiento y liquidación de derechos.

� La realización de los ingresos y pagos que de ellos se derive.

• El control financiero a posteriori, que “tiene por objeto verificar en qué medida una determinada gestión, después de haber sido realizada, se acomodó a la

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regularidad y a los principios de buena gestión financiera, con objeto de que el

responsable de dicha actividad pueda, si es preciso, mejorarla”. Se ejecutará mediante técnicas de auditoría comúnmente aceptadas.

- La Oficina de Control Presupuestario dependerá directamente del rector de la Universidad de Alicante.

- Las funciones de la Oficina de Control Presupuestario son:

• Elaborar y proponer al rector el Plan Anual de Auditoría Interna.

• Ejecutar el Plan anual de auditoría interna.

• Realizar la fiscalización previa de los contratos que la requieran.

• Requerir de los distintos Servicios y Unidades los documentos solicitados por las distintas auditorías externas.

• Impulsar el cumplimiento de las recomendaciones realizadas por los distintos órganos de control externo.

• Elaborar la Memoria anual de sus actividades.

Analizado el texto del reglamento, se concluye satisfactoriamente a cerca de su capacidad para cumplir de forma adecuada los requerimientos de control interno.

En 2011 se aprueba el Plan Anual de Auditorías 2011, cuyo objetivo es “garantizar que la actuación de la misma (la Universidad) se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios de

buena gestión financiera”. Se llevará a cabo el cumplimiento del objetivo mediante la “función interventora o control de legalidad” y el “control financiero o a posteriori”. Las actuaciones previstas en el plan son las siguientes, estando el contenido de la verificación incluido en los anexos del Plan de Auditorías:

• Fiscalización previa de los contratos de obras, servicios, suministros en los que sea preceptiva por la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

• Control financiero sobre expedientes por muestreo de:

o Procedimientos negociados de obras, suministros y servicios.

o Modificados de obras, suministros y servicios.

o Obras complementarias.

o Prórrogas de contratos de suministros y servicios.

o Liquidaciones de contratos de suministros y servicios.

o Contratos complementarios de servicios.

o Colaboraciones docentes.

o Pagos al personal propio

• Otras actuaciones:

o Seguimiento de recomendaciones del Informe de Auditoría.

o Comprobación de etiquetado de material científico.

o Control de la normativa publicitaria.

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o Elaboración de la WEB de la Oficina.

o Etc.

Los resultados del Plan de Auditoría se resumen en la “Memoria de Actividades de la Oficina de control Presupuestario durante el ejercicio 2011”. Se resume a continuación.

• Sobre la fiscalización previa, según el alcance de la revisión que se exponía en el anexo del Plan de Auditorías, se han fiscalizado 6 contratos de obra (2 abiertos, 4 negociados), 21 contratos de suministros (4 abiertos, 17 negociados), 14 contratos de servicios (7 abiertos, 7 negociados) y 2 administrativos especiales (1 abierto, 1 negociado).

• En relación al control a posteriori, se han revisado

o 21 expedientes de contratación (5 de obras, 8 de servicios y 8 de suministros), lo que supone el 38% del total de los expedientes.

o 350 expedientes de pagos al personal de PDI y PAS interno, el 9% del total.

o 365 de personal externo e interino (colaboraciones docentes), el 5% del total.

• En relación a las otras actuaciones (extracto),

o Se ha elaborado la WEB.

o Se ha elaborado el Manual Publicidad para proyectos de investigación, evaluando su cumplimiento en 10 proyectos.

o Se comprobó el etiquetado de equipamiento científico en 20 proyectos.

o Coordinación de las auditorías externas (varias).

o Control de aprobación y rendición de cuentas de la UA y entidades dependientes.

Como resultado del análisis realizado se debe destacar:

• La Universidad cuenta con un una definición formal adecuada de las funciones y estructura del órgano de Control Interno (Oficina de Control Presupuestario), que permite garantizar el ejercicio de sus actividades de forma continuada.

• Se ha observado la adecuada formalización y ejecución del Plan de Auditorías, si bien las actuaciones han de extenderse, preferentemente mediante controles a posteriori preferentemente, entre otras, a las áreas relativas a:

o Gestión del presupuesto; gastos e ingresos de la Universidad.

o Control de justificación de subvenciones y convenios.

o Control de eficacia.

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Personal

Las remuneraciones del personal funcionario se rigen por la normativa establecida (mencionada anteriormente). Se ha verificado que las retribuciones que percibe el personal funcionario se corresponden a las retribuciones básicas, sueldo base y trienios y a las retribuciones complementarias, entre las que destacan, los complementos de destino, complementos específicos, complementos autonómicos, complementos de productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios.

Se ha verificado la existencia de Relaciones de Puestos de Trabajo, tanto del Personal de Administración y Servicios (PAS), como del Personal Docente e Investigador (PDI). No consta en las actas del Consejo Social la aprobación o modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador ni del Personal de Administración y Servicios durante 2011.

Se ha obtenido del departamento que gestiona las nóminas la relación de conceptos pagados a través de nómina, comprobando su adecuación a la legalidad, incluyendo, en su caso, retribuciones adicionales.

Se han seleccionado 15 incorporaciones de personal, según el siguiente cuadro.

Tipo Total

Laboral 8 PAS 2

PDI 6

Funcionario 6 PAS 4

PDI 2

Becarios 1

Total 15

De la muestra de personal seleccionada, se ha verificado que en su expediente se incluye la documentación básica relativa a su contratación (convocatorias, resoluciones, contratos, declaración de compatibilidad, etc.) y que el puesto está incluido en la RPT.

Adicionalmente, se han seleccionado 2 procesos de contratación ejecutados en 2011, 1 de PDI y 1 de PAS, de los que se ha verificado a través del expediente facilitado por la Universidad que el procedimiento de selección adoptado cumple los principios de publicidad, concurrencia, igualdad, mérito y capacidad.

En lo concerniente a la publicidad de los procesos, se ha comprobado la existencia de documentación justificativa de la publicación de las ofertas. En lo relativo a la concurrencia, se ha evaluado la existencia de listados de aspirantes admitidos y excluidos, así como su publicación.

En lo relativo a igualdad, mérito y capacidad, se ha verificado, por un lado, la publicación de los criterios de evaluación (baremos) y su razonabilidad y, por otro, su aplicación efectiva en la evaluación, así como la existencia de actas firmadas de la misma y otros documentos que

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demuestren dicha objetividad del proceso. De igual forma, se ha comprobado la existencia de resolución de la convocatoria por escrito.

De la revisión realizada en este sentido, no se han detectado incidencias significativas.

De acuerdo con el artículo 48.4 de la LOU: “El número total del personal docente e investigador contratado, computado en equivalencias a tiempo completo, no podrá superar el

cuarenta y nueve por ciento del total del personal docente e investigador de la Universidad”.

El PDI laboral contratado en la Universidad alcanza, en el ejercicio 2011, el 41%, cumpliendo el límite establecido por el artículo anteriormente mencionado, de acuerdo con el siguiente cálculo:

Número de profesores

totales Número de profesores

en equivalencia (1) Porcentaje

PDI Laboral 1.531 712 41%

PDI Funcionario 955 1021 59%

Total 2.486 1.733 100%

(1) Número de profesores resultantes de calcular las equivalencias a tiempo completo en

función de la dedicación en horas.

Por otro lado, el artículo 48.5 de la LOU establece que “El personal docente e investigador con contrato laboral temporal no podrá superar el 40 por ciento de la plantilla docente”. El PDI con contrato laboral en 2011 con equivalencias asciende a 558 empleados, lo que supone el 32% del total (1.733), cumpliendo con el mencionado artículo.

Como resultado del trabajo realizado, no se han detectado incidencias significativas en la revisión de los expedientes de personal, si bien se han encontrado las siguientes debilidades e irregularidades:

• De forma general, no consta, para las altas de personal, certificación de existencia de crédito.

• En una de las convocatorias de contratación del PDI Funcionario, no se incluye en el expediente la resolución de nombramiento del personal contratado.

Contratación

La Universidad centraliza la contratación administrativa en la Unidad de Contratación, dependiente del Servicio de Gestión Económica.

Con objeto de determinar si existen debilidades en los procedimientos y controles aplicados por la entidad en el área de la contratación administrativa se ha seleccionado, a partir de la relación de expedientes de contratación incluidos en las Cuentas Anuales de 2011 de la Universidad, una muestra de los mismos para su examen según el siguiente resumen.

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(En euros) Especiales Obras Servicios Suministros Total

Importe licitado total 337.361,90 570.869,68 4.830.986,40 2.558.950,90 8.298.168,88

Nº Total de Expedientes 21 6 30 24 81

Importe de la muestra 223.266,56 126.500,00 2.651.513,98 1.463.761,30 4.465.041,84

Nº exp. muestra 1 1 2 3 7

% importe muestreado 66% 22% 55% 57% 54%

% exp. muestreados 5% 17% 7% 13% 9%

Fuente: Listado de Expedientes incluido en la Memoria facilitado por la UA.

El trabajo efectuado ha consistido en revisar si el procedimiento de contratación se ha realizado de acuerdo con la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, considerando especialmente si el procedimiento de contratación aplicado por la Universidad garantiza los principios de publicidad y concurrencia.

Como resultado del examen efectuado de los expedientes seleccionados no se han detectado incidencias significativas respecto del cumplimiento normativo, concluyéndose, tanto una adecuada gestión de los mismos, como la existencia de un expediente completo.

No obstante, sí debemos destacar algunos incumplimientos en expedientes según lo expresado a continuación.

• Expediente S/2/11. Adquisición de revistas Science Direct online de la editorial Elsevier.

� No hay evidencia documentada de publicidad en el DOUE de la formalización del Contrato según el artículo 138 de la LCSP.

• Expediente S/23/11 (prórroga del S/2/11). Adquisición de revistas Science Direct online de la Editorial Elsevier.

� No consta la publicación de la formalización del contrato en el DOUE, incumpliendo lo mencionado en artículo 138 de la LCSP.

• Expediente O/2/11. Reforma de espacios antigua criminología de la Facultad de Derecho.

� No se han podido verificar la existencia de los planos ni la memoria descriptiva del proyecto. Así como no se han encontrado evidencias sobre el Estudio de Seguridad y Salud, tal y como sugiere la LCSP en su artículo 107.

� No se ha deja constancia de las invitaciones cursadas por escrito a las empresas licitadoras. Incumplimiento del artículo 162 LCSP.

� No existe evidencia documental de la notificación de la adjudicación del contrato a las empresas no adjudicatarias, tal y como establece el artículo 135 de la LCSP

• Expediente A/15/11. Prórroga A/01/08. Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a todo riesgo de la Universidad de Alicante.

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� Se ha verificado que el contrato se firma fuera del plazo según el artículo 140.3 de la LCSP.

Sin que suponga un incumplimiento, se ha observado que en los expedientes administrativos no existe un registro de la facturación recibida por los contratos, o copia de las mismas, siendo una herramienta recomendable para el seguimiento de la ejecución adecuada de los contratos.

Adicionalmente, de la muestra analizada de contratos administrativos especiales, que son los que rigen la explotación del patrimonio de la Universidad mediante concesiones, hemos verificado un cumplimiento razonable de los principios de contratación pública. No obstante, sin que suponga un incumplimiento de la LCSP, hemos observado en el expediente de referencia E/15/11, que el contrato de duración un año se prorroga anualmente hasta un máximo de 6 años, sin acudir, por tanto, a procedimientos abiertos, más recomendables para aseguran la concurrencia y publicidad.

Investigación

Se ha verificado el ciclo económico de las actividades de investigación, en sus variantes de financiación mediante subvención, convenios de colaboración y contratos (incluyendo los amparados en el artículo 83 de la LOU), tanto de origen público como privado.

Concretamente, se ha analizado la existencia justificación documental apropiada de la partida presupuestaria, es decir, la existencia de resolución del financiador, contrato o convenio, la correspondiente asignación de crédito presupuestario, y su oportuna aprobación.

Asimismo, se ha comprobado, por un lado, el ingreso bancario correspondiente y su preceptiva justificación mediante certificación o factura, y el registro contable en las partidas presupuestarias correspondientes. Por otro lado, se ha verificado una muestra de gastos con el fin de evaluar su adecuación al proyecto por naturaleza de los mismos y su registro contable.

Por último, se ha verificado el nivel y medios de control del gasto de las actividades y su adecuado registro contable.

Se ha analizado una muestra de 22 proyectos, según el siguiente detalle:

Nº REF C.COSTE TÍTULO

60930002 11520 AYUDAS CSD CAMPEONATOS DE ESPAÑA UNIV.2010

60930001 90008 CONVENIO SANTANDER

60930001 11740 UNIVERSIDAD PERMANENTE

60931001 11341 SIBID PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y BASES DE DATOS

60931009 11580 MOVILIDAD EUROPEA ESTUDIANTES

60931019 11300 BECAS PREDOCTORALES PROPIAS DE LA U A

60931005 11400 BIBLIOTECA VIRTUAL

60931002 11200 MEJORA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA

60932052 11301 UNAM - PROMOTING THE MODERNIZATION AND STRENGTHENING...

60932070 11300 FONDO COSTES INDIRECTOS (21%) PROYECTOS I+D Cª 2009

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Nº REF C.COSTE TÍTULO

60932042 11301 MAPB

60932032 11301 PROMOTION OF INTERNALISATION IN CENTRAL AMERICA

60932086 33300 APLICACIÓN DE LA TECNOLOGÍA DE FLUÍDOS ...

60932105 40900 ESTUDIO DE LA VIABILIDAD DEL CULTIVO MICROALGAS

60932068 11301 FOSTERING QUALITY ASSURANCE CULTURE AT...

60932070 40800 INVESTIGACION Y DESARROLLO DE UN PROTOTIPO PILOTO...

60932046 35700 INFORMATIZ. NIVEL AVANZADO C) Y MEJORA B) CURSO ESPAÑ.

60933018 11320 EQUIPAMIENTO/RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN INFRA

60933013 11320 AYUDAS PROGRAMAS PROPIOS VIDI CONV...

60933060 10000 ESPECTROMETRO RAMAN CONFOCAL DISPERSIVO...

60937002 20500 PRACTICAS ALUMNOS

60937001 30700 INGRESOS POR ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

Se ha analizado una muestra de 9 contratos amparados por el artículo 83 de la LOU, según el siguiente detalle.

Nº REF C.COSTE TÍTULO

609.32.257 35000 INVESTIGACION SOBRE LA OBTENCION DE NANOPLAQUETAS DE OXIDO…

609.32.457 31400 CONSOLIDACIÓN DE CARBÓN ACTIVADO EN POLVO...

609.32.368 34400 INVESTIGACIÓN Y DISEÑO DE SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS...

609.32.065 36500 ESTUDIO DE VIGILANCIA AMBIENTAL

609.32.436 31400 PRODUCCIÓN CONTINUA DE ENVUELTAS CELULÓSICAS...

609.32.079 35700 INFORMATIZACIÓN DE MATERIAL DIGITAL MULTIMEDIA PARA EL...

609.32.465 34600 DESARROLLO DE NUEVA GAMA DE MICROCEMENTO...

609.32.272 35300 DESARROLLO DE PRODUCTOS PLÁSTICOS BIODEGRADABLES

609.32.009 41000 DESARROLLO DE ENTIDADES...

Del análisis realizado, se puede concluir que existe un control razonable en lo que se refiere a la existencia de crédito, adecuada ejecución, justificación y facturación del proyecto en base a contrato, así como el correcto control y gestión de ingresos y gastos, y la adecuación de los medios empleados.

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No obstante, es preciso mencionar las incidencias observadas en el registro contable de algunas partidas seleccionadas que no han resultado ser proyectos de investigación, sino inversiones o transferencias corrientes, tal y como se expone más adelante.

Se ha observado que, de forma general, los gastos del personal de los contratos amparados en el artículo 83 de la LOU (con contrato laboral y becarios), así como sus gastos sociales asociados, se incluyen en al Capítulo VI del presupuesto de gastos, considerándose más adecuado clasificarlos en el Capítulo I, no siendo de forma estricta una actividad inversora de la Universidad, puesto que el resultado de la investigación generalmente pertenece al tercero que contrata.

Ayudas concedidas

Hemos analizado los procedimientos de concesión de becas y ayudas públicas por parte de la Universidad, en lo que se refiere al cumplimiento de los principios generales de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad en la adjudicación de las mismas. Asimismo, hemos evaluado el control interno del servicio de Gestión Académica respecto al seguimiento presupuestario de las dichas ayudas y el control del cumplimiento de las condiciones de su otorgamiento por parte del beneficiario.

No hemos detectado incidencias significativas en lo que se refiere al cumplimiento de los principios generales descritos para la concesión de ayudas públicas. Asimismo, concluimos un adecuado seguimiento presupuestario del gasto relacionado, salvo en lo que ha clasificación económica se refiere. Se considera inadecuado el criterio de registro, ya que deberían haberse contabilizado en el capítulo IV del presupuesto de gastos y no el capítulo VI.

Fiscalidad

Hemos analizado las declaraciones de impuestos (IRPF e IVA), así como los pagos a la Seguridad Social, correspondientes al ejercicio 2011, a través de la comprobación de las bases declaradas y el cálculo de las cuotas correspondientes.

No se han encontrado diferencias significativas.

De acuerdo con la normativa fiscal en vigor, la Universidad tiene abiertos a posible inspección todos los impuestos que le son aplicables para los últimos cuatro ejercicios.

La Universidad, tras una revisión efectuada de los cálculos de cuotas de IVA soportado y declarado en concepto de investigación básica en ejercicios anteriores, y dada la complejidad del cálculo y registros existentes, no ha realizado reclamaciones de devolución a la Hacienda Pública por este concepto, si bien, desde 2009 ha procedido a contabilizar como deducible el IVA el gasto derivado de la investigación, manteniendo el mismo criterio durante 2011.

Presentación y elaboración de la información contable

El Presupuesto del ejercicio 2011 fue aprobado por el Consejo Social en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2010, dentro, por tanto, del plazo legalmente establecido, antes de iniciar el propio ejercicio. De forma previa, fue informado favorablemente por el Consejo de Gobierno de 15 de diciembre de 2010.

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La elaboración de las Cuentas Anuales corresponde al Gerente a través del Servicio de Contabilidad, que, con el visto bueno del Rector, propondrá al Consejo Social su aprobación, previo al trámite de rendición de cuentas, según lo dispuesto en los estatutos de la Universidad.

Las Cuentas Anuales de la Universidad de Alicante de 2011 fueron formuladas el 23 de marzo de 2012, e informadas favorablemente por el Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2012. Se aprobaron por el Consejo Social en su sesión ordinaria de 24 de abril de 2012.

En la Cuarta Parte del Plan General de Contabilidad Pública de la Generalitat Valenciana queda definida la información que deben contener las Cuentas Anuales. Si bien la Universidad ha procedido durante 2011 a actualizar adecuadamente el contenido de sus Cuentas Anuales con el fin de adaptarlo al mencionado plan, tal y como se pone de manifiesto en el informe de auditoría de cuentas anuales la memoria de las cuentas anuales no contiene toda la información necesaria. Las omisiones de información más significativas son:

• El Cuadro de Financiación no contiene el apartado de Resumen de Variación del Capital Circulante.

• El apartado de Ejecución de proyectos de Inversión no contiene la información completa, ya que no muestra la evolución anual de los proyectos, el importe ejecutado y el pendiente de ejecutar en ejercicios posteriores.

• No se incluye la información relativa a Convenios suscritos por la Universidad con terceros.

• No se incluye la información relativa a los Anticipos de Tesorería.

• No se incluye la información relativa a Existencias.

En lo que respecta a los procedimientos de registro y elaboración de la información presupuestaria, hemos detectado las siguientes incidencias y debilidades relacionadas con la aplicación de determinados criterios de registro contable en relación a la revisión realizada:

• Tal y como se expresa en el informe de auditoría de cuentas anuales y se ha mencionado con anterioridad, “Hemos observado que la Universidad ha adoptado como criterio general la contabilización de determinados gastos presupuestarios en el Capítulo 6,

Inversiones reales, que, por su naturaleza, deberían registrarse en otros capítulos de la

liquidación del presupuesto. No hemos podido obtener evidencia suficiente sobre el

importe total al que pueda afectar esta circunstancia ni sobre si tendría efecto en las

declaraciones fiscales”.

El detalle de las irregularidades encontradas durante la revisión es el siguiente.

a) Partidas que se debería haber clasificado en el Capítulo II de Gasto de Bienes y Servicios, puesto que se trata de contratos de servicios o suministros generales (no adscritos a proyectos concretos) clasificados de forma incorrecta en el Capítulo VI, y no en el II, según el siguiente detalle:

� “SIBID, Publicaciones periódicas y Bases de Datos” (Subconcepto 60931001), por un total de 2.087.205,78 euros.

� “Ingresos por asignación presupuestaria”, (Subconcepto 60937001), por 51.936,66 euros.

b) Partidas que se deberían haber contabilizado en el Capítulo IV de Gastos por Transferencias Corrientes al tratarse de becas y ayudas concedidas, según el siguiente detalle:

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� Universidad Permanente (Subconcepto 609.30.001), por 92.483,41 euros

� Becas Predoctorales Propias de la UA, (Subconcepto 609.31.019), por 537.791,45 euros.

� Prácticas Alumnos (Subconcepto 609.37.002), por 53.077,72 euros.

� Ayudas CSD Campeonatos de España Universidades 2010 (Subconcepto 609.30.002), por 144.434,47 euros.

� Movilidad Europea para estudiantes (Subconcepto 609.31.009), por 1.113.365,33 euros.

� Convenio Santander-Universidad (Subconcepto 609.30.001), por 118.000,00 euros.

c) Partidas que se deberían haber contabilizado en el Capítulo I de Gastos por Gastos de Personal al tratarse de clases de profesorado, según el siguiente detalle:

� Mejora Calidad de la Enseñanza (Subconcepto 609.31.002), por 198.280,13 euros.

d) Partidas que se deberían haber contabilizado en el Artículo 62 de Gastos por ser Gastos de Inversión, según el siguiente detalle:

� Equipamiento/ Renovación y adquisición Infraestructuras (Subconcepto 60933008), por 593.652,00 euros

� Ayudas para Programa Propios VIDI (Subconcepto 6093313), por 393.713,32 euros.

De acuerdo con lo comentado por los responsables del Servicio de Contabilidad, se trata de un criterio aplicado con anterioridad y que consiste en imputar en el Capítulo VI de gasto en inversiones reales, cualquier tipo de transferencia corriente o de capital realizada por la Universidad, a excepción de las aportaciones a las Entidades participadas por ésta (Fundaciones o Empresas), así como gastos corrientes y de personal. Este criterio contraviene las normas de registro contable de la contabilidad pública, ya que en dicho capítulo sólo deberían registrarse las transferencias que financian inversión en capital. Por tanto, supone que, del total registrado en al Capítulo VI, existe un volumen significativo de partidas, dentro de los subconceptos que se detallan a continuación, susceptibles de estar incorrectamente clasificados según su naturaleza y lo expuesto anteriormente.

(En euros)

Subconcepto presupuestario

Concepto Obligaciones

Reconocidas en 2011

609.30 PROYECTOS DOCENTES 1.341.340,16 609.31 PROGRAMAS DE ACTUACIÓN UA 9.650.794,96 609.34 BECAS 3.718.616,74 609.35 ACTIVIDADES DIVULGATIVAS DE INVESTIGACIÓN 321.754,26 609.37 CENTROS Y DEPARTAMENTOS 1.535.525,17 609.38 MÁSTERES OFICIALES 599.685,45 609.39 MÁSTERES NO OFICIALES Y CURSOS 3.557.798,31

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(En euros)

Subconcepto presupuestario

Concepto Obligaciones

Reconocidas en 2011

TOTAL 20.725.515,05

• Principalmente derivado de las incidencias anteriores, hasta 2011, en el Capítulo IV únicamente estaban registradas las transferencias realizadas a la Fundación General de la Universidad de Alicante y a la Fundación Universitaria de Investigación Arqueológica L'Alcudia.

No obstante, en 2011, se han empezado a registrar adecuadamente otras transferencias corrientes, como una parte de los pagos en concepto de beca Erasmus. Sin embargo, el ajuste no es suficiente, tal y como se ha puesto de manifiesto anteriormente.

En relación a la información contable patrimonial, se ha realizado una conciliación con la contabilidad presupuestaria.

• Tal y como se ha expresado en el informe de auditoría de cuentas anuales, no se ha dotado la provisión por facturas pendientes de recibir. La Universidad permite el envío de facturas recibidas con posterioridad a 31 de diciembre por parte de los Centros de Gasto y cuyo devengo se produce en 2011, si bien éstas no son contabilizadas en el presupuesto de 2011, sino en el de 2012. El importe no provisionado por este concepto asciende, al menos, a 276.274,92 euros, según los registros facilitados. No obstante, al realizarse el cálculo sin existir un procedimiento sistematizado de registro y recepción de facturas devengadas en el ejercicio, pero recibidas en el ejercicio siguiente, el cálculo de dicha provisión, con los registros facilitados, no resulta fiable, tal y como se pone de manifiesto en el informe de auditoría.

Adicionalmente, se ha observado que las siguientes provisiones tampoco han sido dotadas:

• Provisión por depreciación de participaciones en empresas del grupo. La Universidad participa en 4 sociedades, por un total de 999.202,40 euros según consta en el Balance de la misma. Se ha dotado una provisión por depreciación de dichas participaciones en 232.621,00 euros. En base a la información facilitada, se ha podido estimar un déficit en la dotación de depreciación de la participación de 62.525 miles de euros en la empresa “Taller Digital”. No se ha facilitado la información contable de la “Sociedad Portal Universia” y “Escuela digital de Postgrado”, por lo que no se ha podido evaluar el importe de las provisiones, en su caso.

• Provisión por litigios. La Universidad tampoco dota una provisión por los posibles efectos económicos que pudiera tener la resolución desfavorable de los litigios pendientes a 31 de diciembre. La Universidad no cuenta con un procedimiento sistematizado de revisión de litigios en lo que a cuantías económicas se refiere, y estimación (en base a opinión de expertos o histórico) de dichas cuantías. Existen procedimientos judiciales abiertos por importe contra la Universidad de 1.282.418,27 euros, de los que 579.890,13 euros tienen ejecución de sentencia en firme.

• Provisión de pagas extraordinarias. Los trabajadores de la Universidad ingresan, entre otras, una paga extraordinaria en junio devengada entre diciembre del año anterior y mayo. Esta paga no está provisionada. La paga extraordinaria se compone, para su

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cálculo, de la totalidad del sueldo base, el complemento de destino, el complemento específico y el 10% de los trienios. Al cierre del ejercicio, la Universidad debería provisionar la parte devengada en diciembre (1/6 del total), según el siguiente detalle.

(En euros)

Concepto Importe

Total paga extra de Junio 2012 11.665.725,75

Devengado en 2011 (1/6) a provisionar 1.944.287,62

• Es preciso indicar que durante 2011, la Universidad ha procedido a provisionar los compromisos de gastos futuros derivados de los premios de jubilación definidos en el convenio colectivo del personal laboral, tras el estudio actuarial elaborado por expertos independientes. La provisión ha ascendido a 1.697.640,39 euros.

La Universidad no presenta información consolidada de sus cuentas anuales con las de las sociedades y entidades dependientes.

Modificaciones presupuestarias

Se incluye a continuación el detalle del presupuesto anual y las modificaciones efectuadas:

PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE 2011 (En euros)

GASTOS Presupuesto

inicial Modificaciones

Presupuesto definitivo

I. Gastos de personal 117.465.539,21 3.022.645,74 120.488.184,95

II. Gastos de bienes corrientes y servicios

26.831.695,72 1.190.269,76 28.021.965,48

III. Gastos financieros 6.011.313,39 0,00 6.011.313,39

IV. Transferencias corrientes 1.519.740,25 2.923.010,12 4.442.750,37

VI. Inversiones reales 46.030.751,51 75.085.142,78 121.115.894,29

VII. Transferencias de capital 58.213,69 327.779,42 385.993,11

VIII. Activos financieros 0,00 0,00 0,00

IX. Pasivos financieros 1.780.875,23 0,00 1.780.875,23

TOTAL GASTOS 199.698.129,00 82.548.847,82 282.246.976,82

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(En euros)

INGRESOS Presupuesto

inicial Modificaciones

Presupuesto definitivo

III. Tasas y otros ingresos 28.590.000,00 (3.918.878,08) 24.671.121,92

IV. Transferencias corrientes 149.682.981,39 2.124.116,96 151.807.098,35

V. Ingresos patrimoniales 360.000,00 0,00 360.000,00

VI. Enajenación de inversiones reales

0,00 0,00 0,00

VII. Transferencias de capital 21.065.147,61 (11.090.012,81) 9.975.134,80

VIII. Activos financieros 0,00 95.433.621,75 95.433.621,75

IX. Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00

TOTAL INGRESOS 199.698.129,00 82.548.847,82 282.246.976,82

Las modificaciones de crédito con expediente suponen aproximadamente el 57% del presupuesto aprobado. No obstante, descontando el remanente de 2010 incorporado al presupuesto de 2011 (95.533.621,75 euros), este porcentaje se reduce a un 9%. El resumen de las modificaciones presupuestarias acaecidas en 2010 son:

(En Euros)

Nº de modificación

Clase Importe

6 Generación de crédito por ingreso 2.124.116,96 1,2 Incorporación de Remanente 95.433.621,75 - Crédito Extraordinario 0,00 4,7 Anulaciones de Crédito (15.008.890,89) Total modificaciones presupuestarias 82.548.847,82 3 Transferencias de crédito 1.126.672,58 Total expedientes de modificaciones 83.675.520,40

Todas las modificaciones cuentan con la aprobación de la Gerencia y el Vicerrectorado de Asuntos Económicos y cuentan con la perceptiva Memoria justificativa.

De las generaciones de crédito por ingreso, el 55% (1.174 miles de euros) transferencias de la Generlitat.

La anulación de crédito de 15.009 miles de euros está motivada mayormente modificación del Convenio de 2008 (1.500 miles de euros) y por el recorte de Plan de Inversiones (10.385 miles de euros).

Las incorporaciones de remanentes afectos de 2010 representan el 94% de las incorporaciones de remanentes, según el siguiente desglose:

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• Al Capítulo VI, (Investigación, Plan de Inversiones e Infraestructura Docente) 89.721 miles de euros.

Las incorporaciones no afectas (genéricas) ascienden al 6% restante (5.713 miles de euros), con el siguiente reparto.

• Al Capítulo I, 3.023 miles de euros.

• Al Capítulo II, 2.690 miles de euros.

Existen modificaciones presupuestarias por transferencia de crédito dentro del capítulo 2, de las que no se requiere expediente administrativo, por importe de 23.930.323,87 euros.

No se han observado debilidades significativas en la ejecución de las modificaciones presupuestarias, si bien se ha observado que en las Bases de Ejecución del Presupuesto no se especifican las normas relativas a niveles de vinculación presupuestaria.

Tesorería

Se han verificado los procedimientos de cobro y pagos, así como las firmas autorizadas en bancos, sin encontrar aspectos destacables a mencionar.

Otros procedimientos

Inmovilizado

Hemos analizado la gestión del inmovilizado de la Universidad, verificando la conciliación de las cifras de presupuesto (altas y bajas) con las de contabilidad patrimonial y el inventario. El resultado es el que sigue:

• Existen diferencias sin conciliar entre las altas de inmovilizado de balance y los gastos registrados en la liquidación de presupuesto por, al menos, 1.088 miles de euros, según el siguiente desglose:

(En miles de euros)

Concepto Importe Balance Importe

Presupuesto Diferencia

Terrenos 0 591 -591

Otro Inmovilizado 11.527 10.937 591

Construcciones 200 135 64

Utillaje y Mobiliario 1.296 1.081 215

TOTAL 1.313 225 1.088

• Por otro lado, existen diferencias sin conciliar, al inicio del ejercicio, entre el balance de la Universidad y el inventario de la misma, según el siguiente detalle:

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Familia Inventario

Cuenta Contable

Concepto Saldo Balance

a 31/12/2011

Valor Inventario a

31/12/2011 Diferencia

220,221

TERRENOS Y CONSTRUCCIONES

250.412.731,61 N/D N/D

Total terrenos y construcciones 250.412.731,61 N/D N/D

203 222,223

INSTALACIONES TECNICAS Y MAQUINARIA

5.785.942,52 1.213.525,51 4.572.417,01

205 224,226 UTILLAJE Y MOBILIARIO 38.357.074,42 16.548.808,08 21.808.266,34

Total Instalaciones, maquinaria, utillaje y mobiliario

44.143.016,94 17.762.333,59 26.380.683,35

204,206,207 227,228,229

OTRO INMOVILIZADO MATERIAL

92.133.375,04 21.813.184,68 70.320.190,36

Total Resto Inmovilizado Material

92.133.375,04 21.813.184,68 70.320.190,36

211 215

APLICACIONES INFORMATICAS

1.396.538,05 722.004,20 674.533,85

Total Inmovilizado Inmaterial 1.396.538,05 722.004,20 674.533,85

TOTAL (Sin incluir Terrenos y construcciones)

137.672.930,03 40.297.522,47 97.375.407,56

De acuerdo con los responsables del Servicio de Patrimonio de la Universidad, la falta de dicha conciliación se debe a la inexistencia de un inventario valorado actualizado, así como la ausencia de una herramienta informática apropiada, desde que en 2004 se tuvieron problemas irresolubles con la anterior aplicación y a la falta de un procedimiento de conciliación contable.

En base a lo anteriormente mencionado, no ha sido posible obtener evidencia de auditoría suficiente sobre esta área, tal y como se ha expresado en el informe auditoría de cuentas anuales.

Litigios

A partir de la relación de expedientes facilitada por el Servicio Jurídico de la Universidad, se han analizado los litigios abiertos en los que ésta consta como demandada, con el fin de evaluar el posible impacto económico sobre las cuentas de la Universidad.

Fundamentalmente los litigios analizados están relacionados con la responsabilidad patrimonial de la Universidad y procesos contencioso-administrativos y civiles.

Si bien se ha observado que, por lo general, la valoración económica de un resultado adverso para la Universidad no es significativa, el criterio seguido por la misma ha sido de no dotar la correspondiente provisión por responsabilidades.

En este sentido, se ha observado que existe un litigio por 579.890,13 euros en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sala de Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Recurso Contencioso Administrativo nº 271/2002), cuyo recurso de súplica ante la

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resolución de ejecución de sentencia fue desestimado en marzo de 2010, si bien existe resolución rectoral en la que se resuelve el pago de la sentencia con fecha de 26 de abril de 2010, habiéndose justificado con documentación únicamente el pago de los intereses de demora.

Adicionalmente, existen otros litigios en curso de diversos importes que tampoco están provisionados.

Tal y como se propuso en el apartado de provisiones, la Universidad debería haber provisionado, al menos, aquellos litigios con sentencias en firme o recursos desestimados.

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RECOMENDACIONES

A continuación se exponen las principales recomendaciones a partir de las conclusiones alcanzadas como resultado del trabajo realizado y expuestas en los apartados anteriores.

Órgano de Control Interno

Las funciones de un control interno continuado son esenciales para detectar debilidades en los procesos contables, e inconsistencias en la elaboración de la información contable, pudiendo actuar de forma anticipada en caso de incidencias.

Por ello, recomendamos, una vez ha sido definido formalmente mediante norma interna (Reglamento) y se han iniciado las actuaciones de control, principalmente en el área de contratación, extender las actuaciones, preferentemente mediante controles a posteriori preferentemente, entre otras, a las áreas relativas a:

• Gestión del presupuesto; gastos e ingresos de la Universidad.

• Control de justificación de subvenciones y convenios.

• Control de eficacia.

Personal

Se recomienda que, en los expedientes de personal, se haga constar la oportuna justificación de existencia de cada puesto según la RPT vigente, así como que se trate de agilizar la tramitación de la solicitud y aprobación de la compatibilidad del personal docente, de forma que esté disponible con anterioridad al inicio de la actividad.

Contratación

En materia de contratación, se recomienda, aunque no sea un imperativo legal, conservar en el expediente un registro de los gastos derivados del contrato para un mejor control de ejecución.

Adicionalmente, se recomienda documentar las notificaciones de adjudicación requeridas por la LCSP a las empresas participantes.

Asimismo, se recomienda cumplir lo estipulado en la LCSP en lo que a publicidad de la formalización de contratos se refiere.

Por último, recomendamos establecer los mecanismos oportunos en los contratos administrativos especiales, principalmente en lo relativo a la ejecución de procedimientos abiertos y limitación de las prórrogas, a fin de cumplir adecuadamente con los principios de publicidad y concurrencia.

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Investigación

En el caso de los proyectos amparados en el artículo 83 de la LOU, siendo posible la contabilización individualizada de ingresos y gastos de proyectos de investigación a través del código contable y centro de gasto, así como la determinación del propietario de los resultados del proyecto (UA o contratistas), se recomienda contabilizar los gastos de personal y seguros sociales de éstos en el capítulo 1, en aquellos casos en los que el resultado no se considere, y justifique adecuadamente, como inversión en la UA.

Fiscalidad

Dada la complejidad de las declaraciones fiscales, relacionada con las múltiples fuentes de información para el cálculo de las diferentes bases imponibles y declaradas, se debería tratar de implementar las herramientas de control extracontable de los impuestos más significativos (IVA e IRPF), de forma que se pueda ejecutar un control periódico y sistemático de dichas bases y declaraciones, con el fin último de evitar posibles contingencias de carácter fiscal.

Presentación y elaboración de la información contable

En primer lugar, recomendamos elaborar y aprobar el presupuesto antes del inicio del ejercicio, cumpliendo la normativa presupuestaria y evitando las prórrogas de presupuestos anteriores.

Además, en base a las debilidades encontradas, según lo expuesto en el cuerpo del informe, recomendamos la elaboración de una Manual de Gestión Económico-Contable que defina procedimientos internos específicos para la casuística de la Universidad, en especial, a lo referente al registro de las becas y ayudas, gastos generales, gastos relacionados con los proyectos de investigación e inversiones, y que aseguren el adecuado registro contable de partidas por su naturaleza en base a la normativa contable pública.

Por lo que respecta a las provisiones, recomendamos tomar las medidas oportunas para proceder a calcular y dotar adecuadamente las relacionadas con obligaciones pendientes de reconocer y facturas pendientes de recibir al cierre del ejercicio, así como la posible depreciación sobre el valor de las participaciones en las sociedades y con la valoración del impacto de los litigios pendientes en la Universidad.

En relación a la omisión de determinada información en las Cuentas Anuales, recomendamos incluir la información relevante y obligatoria de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública de la Generalitat Valenciana.

Inmovilizado

Se recomienda proceder a realizar una actualización del inventario de bienes de la Universidad, incluyendo la valoración de los mismos. Asimismo, se recomienda su implantación de en una herramienta informática adecuada al volumen y necesidades de gestión del mismo. Por último, se recomienda establecer los procedimientos adecuados para que se produzca un volcado adecuado de los datos de presupuesto y su posterior conciliación con los datos patrimoniales, una vez se haya procedido a su actualización.