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LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Participante: Carminia Rodríguez C.I 17784931 Prof. Dulce Mar Montero 3 año Sección SAIA

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Page 1: Infografia de legislacion

LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA

ORGANIZADA

Participante:Carminia RodríguezC.I 17784931Prof. Dulce Mar Montero3 año Sección SAIA B

Page 2: Infografia de legislacion

CONDICIONES ACERCA DE LA LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La misma tiene como objeto regular una serie de delitos que en los últimos días se han incrementado una vez más, los cuales tiene como modus operante la asociación de personas y a las que se les denomina a según la ley delincuencia organizada, pues en la comisión de delitos estos se hacen con la participación y autoría de varias personas: es decir son varios los sujetos activos de los hechos punibles.

El objeto de la ley tenemos que lo que se pretende es prevenir, investigas, perseguir a los autores de los delitos cometidos bajo esta modalidad, con la intención de garantizar la seguridad jurídica de los habitantes de nuestro país.La ley contra la delincuencia organizada nos da una serie de definiciones que sirven para distinguir los modos de operación de este tipo de delincuencia y entre las cuales tenemos:

Delincuencia organizadaGrupo estructurado

Entrega vigilada o controladaBienes

Producto del delitoAgentes de operaciones encubiertas

Delitos gravesInterpuesta persona

Page 3: Infografia de legislacion

Tráfico de Drogas, Terrorismo, Secuestro, Tráfico de Armas, Tráfico de inmigrantes, Falsificación de billetes y monedas, Fraudes Financieros, Robo de Bancos, Fraudes Inmobiliarios, Contrabando, Juego Ilegal, Piratería, Legitimación de Capitales, Prostitución, Trata de Blancas, otros.

Tipos delictivos más frecuentes de la Delincuencia Organizada

SUS DELITOS CONTRA LOS RECURSOS O MATERIALES

ESTRATÉGICOS

Según el Art 3.Tráfico ilícito de metales.

piedras preciosas o materiales

estratégicos.CONTRA EL ORDEN SOCIO ECONÓMICO

Según el Art 4. Art 5Legitimaci

ón de capitales

Legitimación culposa de capitales

CONTRA EL ORDEN PÚBLICO

Según el Art 6,Art 7,Art 8,

Art 9,

AsociaciónTerrorismo

AgravantesTráfico de armas

Page 4: Infografia de legislacion

De los delitos contra las personas

Según el Art 10. Quien manipule genes humanos, será penado con prisión de seis a diez años.

Si fecunda óvulos humanos con fines distintos a la procreación o terapéuticos o realiza actos de clonación u otros procedimientos dirigidos a la modificación genética. La pena será con prisión de ocho a doce años

TRÁFICO ILEGAL DE ÓRGANOSSegún el Art 11. Quien como parte integrante de un grupo de delincuencia organizada trafique, trasplante o disponga ilegalmente de órganos, sangre u otros tejidos de un ser humano, será penado con prisión de veinticinco a treinta años.

SICARIATOSegún el Art 12. Quien cometa un homicidio por encargo o cumpliendo órdenes de un grupo de delincuencia organizada, será penado con prisión de veinticinco a treinta años. • Con igual pena será castigado quien encargue el homicidio.

Page 5: Infografia de legislacion

Disposiciones Comunes

SE

ENCUENTRAN

LOS SIGUIENTES

Grados de Participaci

ón. Participación del

funcionario público Comiso o

confiscación

Incautación de

vehículos de

transporte

Bloqueo o inmovilización preventiva de

cuentas bancarias

Servicios de administración

de bienes decomisados o

confiscados

Interpuesta

persona

Efectos patrimoniale

s de la sentencia

PrescripciónResponsabilidad penal de las

personas jurídicas.

Sanciones penales a las

personas jurídicas

Fundamento

Fundamento

FundamentoFundamento

Fundamento Fundamento

Fundamento

Fundamento

Artículo 17

Artículo 18.Artículo 19.

Artículo 20Artículo 21 Artículo 22

Artículo 23

Artículo 24

FundamentoFundamentoFundamento

Artículo 25Artículo 27 Artículo 26

Los cooperadores inmediatos, cómplices, encubridores y todo aquel que facilite o preste asistencia o auxilio o de instrucciones o suministre medios para la comisión de algún delito previsto en esta Ley, serán sancionados de acuerdo con las normas establecidas en el Código Penal.

Page 6: Infografia de legislacion

quien obstruya la administración de justicia o la investigación penal en beneficio de un grupo de delincuencia organizada o de algunos de sus miembros será penado de la siguiente manera:

Si es por medio de violencia, con pena de seis a ocho años de prisión, sin perjuicio de la pena correspondiente al delito de lesiones.

Si es infringiendo el temor de grave daño a una persona, su cónyuge, familia, honor o bienes, o bajo la apariencia de autoridad oficial, con pena de ocho a doce años de prisión.

Si es prometiendo o dando dinero u otra utilidad para lograr su propósito, con pena de doce a dieciocho años de prisión, igual pena se aplicará al funcionario público o funcionaria pública, o auxiliar de la justicia que lo acepte o reciba.

Si destruye, modifica, altera o desaparece evidencias o datos acumulados por cualquier medio, con pena de ocho a doce años prisión.

De los delitos contra la administración de

justicia

Page 7: Infografia de legislacion

Jurisprudencia del delito de la delincuencia organizada

Por sentencia publicada en fecha 13/05/2009, por el Tribunal 2° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, fue condenado el acusado José David Serna Hoyo, por la comisión del delito de Extorsión en Grado de Coautor y Asociación Ilícita para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 459 concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal venezolano vigente y artículo 6 en relación al 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del ciudadano Eugenio Ramón Martínez Pacheco.

Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA, interpuesto por la Abogada Dorange Frine Mújica Milano, en su condición de Defensora Privada del acusado José David Serna Hoyo. SEGUNDO: Se anula la calificación jurídica del delito de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 6 en relación al artículo 16 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, a los imputados José David Serna Hoyo y por efecto extensivo al coimputado Jhonny Rafael Rangel Vivas, ya que a pesar de no haber apelado el último, se encuentra en la misma situación con idéntico motivo. TERCERO: Se procede a corregir la pena de los citados imputados, por haber admitido los hechos, por el delito de Extorsión en Grado de Coautores, previsto y sancionado en del artículo 459, concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal Venezolano, quedando la misma por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, en tres (3) años de prisión, tal como la determinó el Tribunal recurrido por el referido delito.

Decisión

La ley tiene como objetivo condenar el acto de

extorción y asociación ilícita para delinquir.

El bien jurídico tutelado es la acción que comete el

acusado y condenado contra la victima al momento de

quitarle la libertad.

La ley acepta delitos inacabados.

En cuanto a la naturaleza jurídica de dicho caso se ve resuelto con el artículo 459, concatenado con el artículo 83 ambos del Código Penal Venezolano.

Page 8: Infografia de legislacion

ReferenciasBibliográficas

• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

• Código Penal Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela

• Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada.

• Pagina del Tribunal Suprema de Justicia

• Código Orgánico Procesal Penal

• Material Suministrado por la plataforma