incremento alumnos o grupos

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DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y CERTIFICACIÓN REVALIDACIÓN Y CERTIFICACIÓN TRÁMITE DE INCREMENTO DE ALUMNOS O GRUPOS TRÁMITE DE INCREMENTO DE ALUMNOS O GRUPOS

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Page 1: Incremento alumnos o grupos

DIRECCIÓN DE EDUCACIÓNDIRECCIÓN DE EDUCACIÓNDEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN,

REVALIDACIÓN Y CERTIFICACIÓNREVALIDACIÓN Y CERTIFICACIÓN

TRÁMITE DE INCREMENTO DE ALUMNOS O GRUPOSTRÁMITE DE INCREMENTO DE ALUMNOS O GRUPOS

Page 2: Incremento alumnos o grupos

FUNDAMENTO LEGALFUNDAMENTO LEGALLey General de EducaciónLey General de EducaciónArtículo 55 fracciones I y II ... Artículo 55 fracciones I y II ... ” Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de ” Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:I.- Con personal que acredite la preparación para impartir educación...I.- Con personal que acredite la preparación para impartir educación...II.- Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la II.- Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento”… nueva autorización o un nuevo reconocimiento”… (sic). (sic).

Artículo 57 fracción IV Artículo 57 fracción IV …”Los particulares que impartan educación con autorización o con …”Los particulares que impartan educación con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:IV.- Cumplir los requisitos previstos en el artículo 55”…IV.- Cumplir los requisitos previstos en el artículo 55”… (sic). (sic).

Ley de Educación del Estado de QuerétaroLey de Educación del Estado de QuerétaroArtículo 49 fracciones I y II Artículo 49 fracciones I y II …”Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de …”Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios, se otorgarán siempre que los solicitantes cuenten:estudios, se otorgarán siempre que los solicitantes cuenten:I. Con el personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, I. Con el personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos que establece la presente ley;satisfagan los demás requisitos que establece la presente ley;II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la II. Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento”…nueva autorización o un nuevo reconocimiento”… (sic). (sic).

Artículo 52 fracciones I y VI Artículo 52 fracciones I y VI …”Los particulares que impartan educación con autorización o …”Los particulares que impartan educación con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, tienen las siguientes obligaciones:reconocimiento de validez oficial de estudios, tienen las siguientes obligaciones:I. Cumplir con lo dispuesto en los artículos 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos I. Cumplir con lo dispuesto en los artículos 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; la Ley General de Mexicanos; el artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; la Ley General de Educación; esta Ley y demás disposiciones reglamentarias y administrativas que emitan las Educación; esta Ley y demás disposiciones reglamentarias y administrativas que emitan las autoridades competentes;autoridades competentes;VI. Prestar el servicio educativo en los términos autorizado”… VI. Prestar el servicio educativo en los términos autorizado”… (sic).(sic).

Page 3: Incremento alumnos o grupos

FUNDAMENTO LEGALFUNDAMENTO LEGALLey de Procedimientos Administrativos del Estado de QuerétaroLey de Procedimientos Administrativos del Estado de QuerétaroArtículo 13 ...”Todas las promociones deberán hacerse por escrito, donde se precise el nombre, la denominación o razón social de quien promueva, de su representante legal, e su caso, el domicilio para recibir notificaciones, el nombre de los autorizados para recibirlas, la petición que se formule, los hechos o razones que la motiven, el órgano administrativo al que se dirijan, el lugar y fecha de formulación; contener la firma autógrafa del interesado o de su representante legal, salvo que estén impedidos para ello o no sepan hacerlo y así lo manifiesten bajo protesta de decir verdad, en cuyo caso se imprimirán su huella digital, así como el nombre y firma d dos testigos.Se deberán adjuntar los documentos que acrediten, tanto su personalidad, como los hechos en que se funde su petición. Si fuera omiso, se le prevendrá para que los exhiba en un plazo no mayor de tres días, con el apercibimiento de tener por no presentada su solicitud , en caso de no hacerlo”... (sic)

Ley de Profesiones del Estado de QuerétaroArtículo 7 ...“Para ejercer en el Estado de Querétaro, ostentándose como profesionista en cualquiera de las profesiones consideradas en los planes de estudio impartidos por las instituciones del sistema educativo nacional o del extranjero, descentralizadas o particulares, con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios o en trámite, se exigirá título profesional y cédula profesional con efectos de patente”... (sic)

Page 4: Incremento alumnos o grupos

FUNDAMENTO LEGALFUNDAMENTO LEGAL

Ley de Hacienda del Estado de QuerétaroLey de Hacienda del Estado de QuerétaroArtículo 134 Artículo 134 ...”Por los servicios que presta la Dirección de Educación, se causaran y pagarán ...”Por los servicios que presta la Dirección de Educación, se causaran y pagarán los siguientes derechos:los siguientes derechos:Por cambio o ampliación de domicilio o establecimiento de un plantel adicional respecto de Por cambio o ampliación de domicilio o establecimiento de un plantel adicional respecto de cada plan de estudios con reconocimiento de validez oficial o autorización para impartir cada plan de estudios con reconocimiento de validez oficial o autorización para impartir educación básica”... educación básica”... (sic)(sic)

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado de QuerétaroQuerétaroArtículo 18 fracciones II y XXV Artículo 18 fracciones II y XXV …”Corresponde a la Dirección de Educación, además del …”Corresponde a la Dirección de Educación, además del ejercicio de las atribuciones comunes de los Directores, el ejercicio de las siguientes ejercicio de las atribuciones comunes de los Directores, el ejercicio de las siguientes atribuciones específicas:atribuciones específicas:II. Inspeccionar a las instituciones particulares que cuenten con autorización o reconocimiento II. Inspeccionar a las instituciones particulares que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Dirección, o respecto de las que están de validez oficial de estudios otorgados por la Dirección, o respecto de las que están gestionando su incorporación, o que sin estar incorporados deban cumplir con las gestionando su incorporación, o que sin estar incorporados deban cumplir con las disposiciones legales aplicables, y verificar los servicios educativos que se prestan en ellas, disposiciones legales aplicables, y verificar los servicios educativos que se prestan en ellas, de conformidad con la normatividad aplicable;de conformidad con la normatividad aplicable;XXV. Las demás que se establezcan en este reglamento, otras disposiciones legales, por el XXV. Las demás que se establezcan en este reglamento, otras disposiciones legales, por el Secretario y el Coordinador de Desarrollo Educativo”... Secretario y el Coordinador de Desarrollo Educativo”... (sic).(sic).

Page 5: Incremento alumnos o grupos

FUNDAMENTO LEGALFUNDAMENTO LEGAL

Para Educación Inicial y Preescolar, además de los anteriores:Para Educación Inicial y Preescolar, además de los anteriores:

Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de QuerétaroArtículo 6 fracción VI ... “Corresponde al Poder Ejecutivo del Estado, en materia de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, a través de la Secretaría, el ejercicio de las atribuciones siguientes:VI. Verificar, en su ámbito de competencia, que la prestación de los servicios cumpla con los estándares de calidad y seguridad que exige el principio de interés superior de la niñez y las disposiciones aplicables;

Artículo 39 fracciones VI y X ...”Los requisitos para otorgar las autorizaciones a que se refiere este Capítulo, son:VI. Contar con las licencias, permisos y demás autorizaciones en materia de uso de suelo, funcionamiento, ocupación, protección civil, seguridad y operaciones, seguridad estructural del inmueble y aspectos de carácter sanitario, que se requieran para su funcionamiento;X. Contar con la correspondiente autorización de la Secretaría de Educación, en caso que el solicitante otorgue el servicio de educación inicial y grados en educación preescolar”... (sic)

Page 6: Incremento alumnos o grupos

REQUISITOSREQUISITOS

Ingresar solicitud de incremento de alumnos o gruposIngresar solicitud de incremento de alumnos o grupos con anticipación con anticipación mínima de 60 días hábiles antes del inicio de ciclo escolar 2016-mínima de 60 días hábiles antes del inicio de ciclo escolar 2016-20172017,, debiendo contener los siguientes datos: debiendo contener los siguientes datos:

Dirigida al Director (a) de Educación. Fecha de solicitud. Nombre de la persona física o la persona moral (razón social) que Nombre de la persona física o la persona moral (razón social) que

promueva la solicitud y de su representante legal, en su caso. promueva la solicitud y de su representante legal, en su caso. Número y fecha del Acuerdo mediante el que se otorgó Autorización para Número y fecha del Acuerdo mediante el que se otorgó Autorización para

impartir Educación Preescolar, Primaria o Secundaria o Reconocimiento impartir Educación Preescolar, Primaria o Secundaria o Reconocimiento de Valdez Oficial de Estudios para impartir Educación Inicial, Media de Valdez Oficial de Estudios para impartir Educación Inicial, Media Superior o Superior. Superior o Superior.

Domicilio y teléfono para recibir notificaciones.Domicilio y teléfono para recibir notificaciones. Nombre de las personas autorizadas para recibir dichas notificaciones.Nombre de las personas autorizadas para recibir dichas notificaciones. La petición que se formule.La petición que se formule. Los hechos o razones que la motivan.Los hechos o razones que la motivan. Relación de los documentos que anexa.Relación de los documentos que anexa. Firma autógrafa del propietario o representante legal, (titular del Acuerdo Firma autógrafa del propietario o representante legal, (titular del Acuerdo

de Incorporación).de Incorporación).

Page 7: Incremento alumnos o grupos

DOCUMENTOS QUE DEBE DOCUMENTOS QUE DEBE ANEXAR A LA SOLICITUDANEXAR A LA SOLICITUD

En copia simple:En copia simple: Contrato de arrendamiento o comodato, mediante el cual acredita la posesión legal del Contrato de arrendamiento o comodato, mediante el cual acredita la posesión legal del

inmueble, (en caso de acreditar la posesión con escritura pública no es necesaria la inmueble, (en caso de acreditar la posesión con escritura pública no es necesaria la copia).copia).

Constancia de seguridad estructural y de ocupación legal del inmueble. Constancia de seguridad estructural y de ocupación legal del inmueble. Dictamen de uso de suelo factible y permanente.Dictamen de uso de suelo factible y permanente. Visto Bueno de Protección Civil. (revisar vigencia)Visto Bueno de Protección Civil. (revisar vigencia) Factura que evidencie la disponibilidad de mobiliario y equipo adquirido, necesario para Factura que evidencie la disponibilidad de mobiliario y equipo adquirido, necesario para

atender el total de los alumnos que desea incrementar.atender el total de los alumnos que desea incrementar. En caso de ampliación de instalaciones para incremento de grupos, plantilla de personal En caso de ampliación de instalaciones para incremento de grupos, plantilla de personal

y expedientes (acta de nacimiento, título y cédula profesional) de los o las docentes que y expedientes (acta de nacimiento, título y cédula profesional) de los o las docentes que atenderán los grupos a incrementarse.atenderán los grupos a incrementarse.

En original:En original: Plano (no croquis) del total de las instalaciones, indicando la superficie en metros Plano (no croquis) del total de las instalaciones, indicando la superficie en metros

cuadrados de cada uno de los espacios y su uso (aulas, servicios sanitarios para cuadrados de cada uno de los espacios y su uso (aulas, servicios sanitarios para hombres, mujeres y personal docente y administrativo, área recreativa, área deportiva, hombres, mujeres y personal docente y administrativo, área recreativa, área deportiva, área administrativa, biblioteca, laboratorios, talleres, aulas de clases extracurriculares, área administrativa, biblioteca, laboratorios, talleres, aulas de clases extracurriculares, sala de maestros, enfermería), así como de manera específica los espacios que se sala de maestros, enfermería), así como de manera específica los espacios que se incrementaron.incrementaron.

Reporte fotográfico que ilustre el equipamiento de las aulas que desea incrementar o en Reporte fotográfico que ilustre el equipamiento de las aulas que desea incrementar o en las que desea incrementar estudiantes.las que desea incrementar estudiantes.

Page 8: Incremento alumnos o grupos

DOCUMENTOS QUE DEBE DOCUMENTOS QUE DEBE ANEXAR A LA SOLICITUDANEXAR A LA SOLICITUD

En caso de que el incremento de grupos implique la construcción de En caso de que el incremento de grupos implique la construcción de nuevos espacios, debe anexar nuevos espacios, debe anexar el original del recibo de pago de derechos por concepto de cambio o ampliación de domicilio o establecimiento de un plantel adicional respecto de cada plan de estudios con reconocimiento de validez oficial o autorización para impartir educación básica. Para realizar el pago, Para realizar el pago, ingresar a la página ingresar a la página httpshttps://://www.recaudanet.gob.mxwww.recaudanet.gob.mx//recaudanetrecaudanet//DerechosGEQ.jspDerechosGEQ.jsp, opción Secretaría de Educación, Dirección , opción Secretaría de Educación, Dirección de Educación, imprimir la orden de pago y realizar el pago en el Banco de de Educación, imprimir la orden de pago y realizar el pago en el Banco de su preferencia.su preferencia.

La construcción de nuevos espacios debe ajustarse a los requisitos La construcción de nuevos espacios debe ajustarse a los requisitos vigentes a partir del ciclo escolar 2012-2013 y el cupo en esos espacios, se vigentes a partir del ciclo escolar 2012-2013 y el cupo en esos espacios, se autorizará acorde a los mismos.autorizará acorde a los mismos.

Todos los documentos deben estar vigentes a la fecha de la solicitud.

Page 9: Incremento alumnos o grupos

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

La solicitud de incremento de alumnos o grupos, debe presentarse en original y copia La solicitud de incremento de alumnos o grupos, debe presentarse en original y copia en el Departamento de Incorporación, Revalidación y Certificación de la Dirección de en el Departamento de Incorporación, Revalidación y Certificación de la Dirección de Educación con anticipación mínima de 60 días naturales antes del inicio del ciclo Educación con anticipación mínima de 60 días naturales antes del inicio del ciclo escolar 2016-2017, en horario de 8:30 a 16:00 hrs.escolar 2016-2017, en horario de 8:30 a 16:00 hrs.

Sí la solicitud no contiene todos los datos requeridos o la documentación está Sí la solicitud no contiene todos los datos requeridos o la documentación está incompleta, se prevendrá al solicitante para que en el plazo de tres días hábiles, incompleta, se prevendrá al solicitante para que en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de que reciba la notificación, la corrija o complete la documentación contados a partir de que reciba la notificación, la corrija o complete la documentación faltante, con el apercibimiento de que no entregar lo solicitado en tiempo y forma, la faltante, con el apercibimiento de que no entregar lo solicitado en tiempo y forma, la solicitud de incremento de alumnos o ampliación de instalaciones se dará por no solicitud de incremento de alumnos o ampliación de instalaciones se dará por no presentada.presentada.

Una vez que la solicitud y los documentos cumplen los requisitos, se programará Una vez que la solicitud y los documentos cumplen los requisitos, se programará visita de inspección, para verificar las medidas de los espacios en que se visita de inspección, para verificar las medidas de los espacios en que se incrementarán alumnos o grupos, o los que fueron construidos, el número total de incrementarán alumnos o grupos, o los que fueron construidos, el número total de sanitarios para alumnos y alumnas, las medidas de los espacios recreativos, el sanitarios para alumnos y alumnas, las medidas de los espacios recreativos, el equipamiento de las aulas y en su caso de laboratorios y talleres, así como las equipamiento de las aulas y en su caso de laboratorios y talleres, así como las medidas de higiene seguridad y pedagógicas.medidas de higiene seguridad y pedagógicas.

Si el inmueble cumple con los requerimientos de higiene seguridad y pedagógicos, Si el inmueble cumple con los requerimientos de higiene seguridad y pedagógicos, se emitirá el oficio de autorización correspondiente.se emitirá el oficio de autorización correspondiente.