incinerador

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INGENIERIA EN PROCESOS TERMICOS Y DE INCINERACION KAUIL S.A. DE C.V. CARRETERA A SABINA KM. 1 L-3 MZA. 4 FRACC. EL EDEN CP. 86153 VILLAHERMOSA TAB. TEL. 01(993) 3 51 83 03 [email protected] WWW.KAUIL.COM 1 DATOS GENERALES DEL PROYECTO, EL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE. 1.1. Proyecto. 1.1.1. Nombre del Proyecto “Planta de tratamiento por oxidación térmica de residuos peligrosos y no peligrosos” 1.1.2. Ubicación del proyecto. El sitio donde se pretende desarrollar el proyecto, se encuentra localizado en la Ranchería Marín, perteneciente al municipio de Cunduacán, Tabasco. El terreno se ubica perpendicularmente a la carretera federal Cárdenas-Villahermosa, en dirección al camino que lleva al Ejido Lagunas de Cucuyulapa y R/a Plátano y Cacao 2da Sección. El tiempo aproximado de Villahermosa al predio es de 20 minutos se anexa croquis de ubicación. Ubicación Del Sitio

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    DATOS GENERALES DEL PROYECTO, EL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE. 1.1. Proyecto.

    1.1.1. Nombre del Proyecto

    Planta de tratamiento por oxidacin trmica de residuos peligrosos y no peligrosos

    1.1.2. Ubicacin del proyecto.

    El sitio donde se pretende desarrollar el proyecto, se encuentra localizado en la Ranchera Marn, perteneciente al municipio de Cunduacn, Tabasco. El terreno se ubica perpendicularmente a la carretera federal Crdenas-Villahermosa, en direccin al camino que lleva al Ejido Lagunas de Cucuyulapa y R/a Pltano y Cacao 2da Seccin. El tiempo aproximado de Villahermosa al predio es de 20 minutos se anexa croquis de ubicacin.

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    1.1.3. Tiempo de vida til del proyecto.

    La duracin total del proyecto es de 99 aos aproximadamente, contando a partir del la etapa de preparacin del sitio hasta la etapa final de abandono.

    1.1.4. Duracin Total.

    El tiempo esperado de duracin de la obra en sus diferentes etapas, ser de 5 meses.

    1.1.5. Presentacin de la documentacin legal.

    Se presenta la documentacin pertinente en la seccin de anexos, ubicada al final.

    1.2. Promoverte.

    1.2.1. Nombre o razn social.

    Ingeniera en Procesos Trmicos y de Incineracin KAUIL, S.A de C.V.

    1.2.2. Registro Federal de Contribuyentes

    IPTO604298JO

    1.2.3. Nombre y cargo del representante legal.

    1.2.4. Direccin del promovente o de su representante legal.

    Carretera a Sabina, Km 1, Lote 3, Manzana 4, Fracc. El Edn. C.P. 86153 Telfono: (01) 993 351 83 03 Villahermosa, Tabasco

    Proteccin de datos personales LFTAIPG

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    1.3. Responsable de la elaboracin del estudio de impacto ambiental.

    1.3.1. Nombre o razn social.

    1.3.2. Registro Federal de Contribuyentes.

    1.3.2. Nombre del responsable tcnico del estudio

    1.3.3. Direccin del responsable tcnico del estudio

    2. DESCRIPCION DEL PROYECTO 2.1. Informacin general del proyecto.

    2.1.1. Naturaleza del proyecto.

    El problema de la generacin de residuos en el pas ha ido proliferando durante los ltimos aos, segn el INE, en el ao de 1999, se estim una generacin de 8 millones de toneladas de residuos industriales a nivel nacional; de esto el 20 % proviene de la regin del Golfo, la cual esta conformada por Tamaulipas, Veracruz y Tabasco.

    El progreso del sector industrial en el estado de Tabasco ha desempeado un papel importante en la economa del pas; teniendo un avance repentino durante los ltimos aos.

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    Al incrementarse el nmero de empresas, con esto aumenta de manera proporcional la generacin de residuos, ya sean peligrosos o no peligrosos, pero dadas sus caractersticas propias, necesitan un manejo y disposicin especial, de acuerdo a sus propiedades y caractersticas pueden ser: 1. Corrosivos 2. Reactivos 3. Explosivos 4. Txicos 5. Inflamables 6. Biolgico-Infecciosos

    Al percatarse las autoridades ambientales de este aumento incontrolado de residuos, decidieron recavar informacin sobre las empresas autorizadas para el manejo y disposicin final de estos residuos. En lo que respecta al estado de Tabasco, en el ao 2000, 314 empresas manifestaron la generacin de residuos industriales, y a nivel estatal se tuvo una generacin de 134 096 toneladas en el ao. Actualmente, en el estado se cuenta con una legislacin de ordenamiento territorial, a nivel estatal, con el fin de controlar el inminente desarrollo industrial de Tabasco, al igual, la normatividad regula a las empresas prestadoras de servicios de disposicin final de residuos peligrosos y de la tecnologa dispuesta para la minimizacin de los residuos en general.

    En este proyecto se tiene planeado la instalacin de la Planta de Tratamiento por Oxidacin Trmica de Residuos Peligrosos y No Peligrosos, constituida por dos hornos de incineracin, los cuales funcionan mediante accin piroltica, y por sus caractersticas propias, su manejo se llevar a cabo de una manera sencilla y en condiciones de higiene, control y seguridad estrictas, orientado a obtener resultados bajo los lmites de la normatividad correspondiente.

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    EQUIPO Horno de incineracin de residuos industriales.

    MODELO HR35-SC12/2-SR37H

    MARCA

    Lindberg-Argentina, S.A.

    TEMPERATURA MAXIMA EN CAMARA PRIMARIA

    1100 C

    TEMPERATURA MAXIMA EN CAMARA SECUNDARIA

    1 300 C

    El objetivo que se pretende alcanzar con la realizacin de este proyecto consiste en cubrir las necesidades actuales de la industria instalada en la regin y que requiera del servicio de tratamiento y reduccin de los volmenes de residuos peligrosos o no peligrosos que se generen como parte de las actividades que realizan, por lo que el funcionamiento de dicha planta de tratamiento deber respetar los criterios ambientales aplicables, ejecutar de manera segura y eficaz todo su proceso. En este caso, se manejarn residuos industriales peligrosos y no peligrosos, manteniendo lineamientos ambientales estrictos para no afectar adversamente al entorno. El motivo del proyecto de Ingeniera en Procesos Trmicos y de Incineracin KAUIL, es conseguir una disminucin de los residuos antes mencionados en la entidad, a travs de una de las tecnologas que hasta ahora se disponen para el tratamiento trmico de los residuos, de manera segura y confiable, para promover un ambiente ms limpio y saludable y con esto ayudar a la sociedad a evitar el deterioro de su entorno. Adems se buscarn los medios adecuados que permitan asegurar el destino final de las cenizas u otro material residual que se derive del proceso de incineracin de los residuos recepcionados en planta, tambin se llevar acabo el mantenimiento del equipo incinerador afn de que opere en los rangos de

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    eficiencia aceptables, por esta razn se revisarn y acatarn de manera estricta todos los lineamientos ambientales que permitan no afectar negativa y significativamente al entorno.

    2.1.2. Seleccin del sitio.

    Para escoger el rea en la que se pretende instalar el proyecto, se tomaron en cuenta diferentes aspectos como ambientales y tcnicos como prioridad. En cuanto al aspecto ambiental, se estudi el uso de suelo, colindancias, las caractersticas de flora y fauna en sus alrededores, la cercana con cuerpos de agua. En base a la informacin recavada, no se encontr ningn impedimento para instalar la Planta en el lugar designado desde el principio ya que su inventario faunstico y florstico no influye negativamente en el desarrollo de la obra, es decir, en el rea no se encuentran especies en peligro de extincin, ni de cuidados especiales segn la norma NOM-059-SEMARNAT-2001; en resumen, de acuerdo a las caractersticas naturales del predio y al tipo de uso de suelo se determin que el predio es adecuado para el desarrollo del proyecto. Con respecto a los datos tcnicos, se analiz la topografa del suelo, caractersticas del mismo y tipo de poblacin, por lo que se puede concluir que ninguno de estos factores se opone al objetivo del estudio. El predio se encuentra en una zona rural, donde la densidad de viviendas no es muy significativa, adems se prev no se alterarn de manera abrupta las condiciones actuales de este, en la etapa de preparacin del sitio y construccin de edificios ya que el predio proyectado cuenta con una superficie de 4,693.16 metros cuadrados, para la etapa de operacin se tomarn y prevern las medidas de prevencin y mitigacin propuestas en este documento, as como las emitidas por la Secretara del Medio ambiente y Recursos Naturales, en caso de aprobar la realizacin de este proyecto

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    2.1.3. Ubicacin fsica del proyecto y planos de localizacin.

    El proyecto se encuentra situado en la ranchera Marn, a orillas del camino vecinal de la entrada a Ejido de Lagunas de Cucuyulapa, en el municipio de Cunduacn, perteneciente al estado de Tabasco. (Los planos de la localizacin se encuentran en el Anexo C al final del estudio).

    Coordenadas geogrficas: 93 12 51.73 17 59 25.71

    Ubicacin del Sitio

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    2.1.4. Inversin requerida

    La inversin inicial que se tuvo fue la de la compra de los incineradores marca Lindberg Argentina fue de $4123,533.15 (374, 866.65 USD) por los dos hornos de incineracin. El monto requerido para el desarrollo de la infraestructura, desde la preparacin del sitio hasta la puesta en marcha del equipo es de $6, 684,635.48 aproximadamente. De acuerdo a lo anterior el monto total para el desarrollo del proyecto es de $10,808,168.63

    2.1.5. Dimensiones del proyecto

    El predio que se pretende utilizar tiene un rea total de 4 693.16 metros cuadrados, los cuales van a ser ocupados por el rea de estacionamiento, el patio de maniobras, el rea del equipo de tratamiento trmico, centro de acopio, una oficina administrativa y un laboratorio, entre otros. Se tiene contemplada las siguientes superficies para los edificios que formarn parte de la planta de incineracin:

    rea expresada en m2

    Patio de maniobras 1,085.59 rea verde 822.47 Estacionamiento 331.00 rea de tanques 143.51 Zona de contenedores 248.98 Sup. De construccin en P.B (Nave de acopio, de incinerador, oficinas administrativas, baos, comedor y caseta)

    1,214.41

    Superficie libre 847.20 Superficie total del proyecto 4,693.16

    Se agrega en la parte final del compendio, en el Anexo D, el plano de vista en planta del proyecto final.

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    2.1.6. Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias.

    Actualmente el terreno se encuentra catalogado de acuerdo a la carta geogrfica del municipio de Cunduacn 1997 y/o INEGI 2000 como de uso agrcola; entre su vegetacin podemos encontrar grama de agua (Paspalum vaginatum), pasto estrella africana (Cynodon plectostachyus), entre otros. Al igual se puede observar a lo largo del camino vecinal, suelos de uso agrcola, en su mayora de cultivo de frijol (Phaseolus vulgaris), pltano (Musa spp) y en menor cantidad maz (Zea mays). Al Noreste de la zona de estudio es posible apreciar instalaciones de empresas que se dedican a la prestacin de servicios especializados y de mantenimiento a la industria petrolera y que de cierta manera colindan con el predio contemplado para la realizacin del proyecto entre estas podemos mencionar incluso: Trampas del diablo de PEMEX, vulcanizadoras, Perforadora Mxico, Compaa M.I y Coyma, entre otras. El cuerpo de agua ms cercano es el ro Bari, que se encuentra a alrededor de 2.4 kilmetros del sitio, esto por la parte norte del sitio de proyecto, mientras que por la parte sur se encuentra el ro Carrizal, como a una distancia aproximada de 3.7 kilmetros, en l se descargan aguas residuales domsticas del municipio de Huimanguillo y de las localidades que limitan con el. Dadas las condiciones del proyecto el ro Mezcalapa no se ver afectado por la instalacin de la Planta.

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    Sitio del proyecto

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    2.1.7. Urbanizacin del rea y descripcin de servicios requeridos. El terreno donde se situar la Planta de Tratamiento por Oxidacin Trmica esta clasificado como de uso agrcola con escasa actividad ganadera. Al estar localizado perpendicularmente a la carretera federal, cuenta con los servicios bsicos como luz elctrica y agua potable. La zona urbana ms cercana en lnea recta es la cabecera municipal de Cunduacn, la cual se ubica a 7850 metros de la propiedad. Las poblaciones aledaas son de las mismas caractersticas, y con zonas de cultivo como el pltano, maz y el frjol, entre ellas se encuentra el Ejido Lagunas de Cucuyulapa y R/a Pltano y Cacao 2da. Seccin. En la regin Noreste del rea de estudio se pueden observar instalaciones de empresas que se dedican a otorgar servicios a la industria petrolera, como Perforadora Mxico, Compaa M.I y Coyma, al igual que las Trampas del Diablo, pertenecientes a Petrleos Mexicanos (PEMEX).

    Sitio del proyecto

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    En la ranchera Marn, podemos encontrar los siguientes servicios, en base a estadsticas del INEGI:

    SERVICIOS SANITARIO, AGUA ENTUBADA, DRENAJE Y ENERGIA ELECTRICA Viviendas particulares habitadas que disponen de drenaje

    111

    Viviendas particulares habitadas que disponen de energa elctrica

    120

    Viviendas particulares habitadas que solo disponen de drenaje y energa elctrica

    107

    Viviendas particulares que solo disponen de agua entubada y energa elctrica

    2

    Cuaderno Estadstico Municipal INEGI, 2000.

    2.2. Caractersticas particulares del proyecto. Se describirn las principales acciones que se realizarn a lo largo de la instalacin de la planta.

    2.2.1. Descripcin de obras principales del proyecto.

    Se pretende dar tratamiento trmico a los residuos peligrosos y no peligrosos provenientes de la industria, as como el manejo de la basura urbana de la zona.

    El proyecto contempla la instalacin de dos hornos de incineracin para el tratamiento trmico de los residuos, de una zona destinada al acopio de los materiales, un rea para oficinas administrativas, adems de instalarse un laboratorio de anlisis de muestras para cuando as se requiera, un patio de maniobras, estacionamiento para administrativos, caseta de vigilancia para el control de la entrada y salida de vehculos, sanitarios, contenedores para el almacenamiento de agua y combustible, as como la colocacin de recipientes diseados de manera adecuada para el resguardo de aceites residuales recepcionados para su tratamiento.

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    A continuacin se indican las superficies de las obras planeadas:

    rea expresada

    en m2 Patio de maniobras 1,085.59 rea verde 822.47 Estacionamiento 331.00 rea de tanques 143.51 Zona de contenedores 248.98 Sup. De construccin en P.B (Nave de acopio, de incinerador, oficinas administrativas, baos, comedor y caseta)

    1,214.41

    Superficie libre 847.20 Superficie total del proyecto 4,693.16 2.2.1.1. Datos particulares a) Tipo de actividad o procesos que se pretenden llevar a cabo

    Como se ha dicho antes, el tratamiento que se va a llevar a cabo es de accin piroltica, por medio de dos hornos de incineracin marca Lindberg Argentina, modelo HR35-SC12/2-SR37H. Este modelo del equipo incinerador est conformado bsicamente por una cmara primaria o de ignicin, una cmara secundaria o de combustin. Para la alimentacin a la primera cmara el equipo consta de un cargador de accionamiento hidrulico, secciones de chimenea para salida de gases, tablero de control y elementos para ensamblaje. Desde luego que esta provista por una entrada para la alimentacin del residuo, el cual es empujado por un mecanismo hidrulico que permite la introduccin del material a incinerar a la cmara primaria, evitando con ello la operacin manual de carga al equipo. Tambin cuenta con una puerta para la extraccin de cenizas en la cmara primaria, esta accin deber realizarse cada vez que se inicie un ciclo de incineracin, necesaria para mantener en condiciones ptimas de operacin al equipo incinerador. Mientras que en la cmara secundaria se cuenta con una puerta para la inspeccin y limpieza de la misma. El volumen total de residuos peligrosos a someter a este proceso de tratamiento anualmente ser de 4,599 toneladas, infirindose una cantidad a tratar de 383.25 toneladas por mes, este estimado es basado en el funcionamiento de los dos hornos incineradores.

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    En esta Planta de Incineracin Trmica no se pretende realizar el reciclado y reuso de materiales derivados del proceso de combustin. Por lo tanto, no se mencionan sub-productos de este tratamiento.

    En general los tratamientos de incineracin presentan problemas similares a los de reciclaje, en cuanto a la generacin de cenizas que habr que enviar a un confinamiento controlado. An los incineradores que destruyen el 99.9% del residuo, generan cenizas que corresponden al 3 4% del volumen alimentado. (Ing. Sergio Riva-Palacio Ch, Instituto Nacional de Ecologa).

    Tomando en cuenta la cita antes mencionada referente al porcentaje obtenido despus de haberse sometido a incineracin un volumen o cantidad de residuos, para este caso en particular, se tendra una produccin de cenizas de cerca de las 137.97 toneladas anuales por el proceso de oxidacin trmica este resultar un material inerte que podr disponerse a un sitio autorizado.

    Sin embargo, para ello es preciso que la operacin de la planta se realice siguiendo las recomendaciones dadas por el fabricante, el cual dictamina tiempos de residencia, temperaturas, ciclos de alimentacin y correcciones especficas en caso de ocurrir alguna situacin que afecte a los parmetros que inciden directamente sobre la eficiencia del proceso de la incineracin al cual son sometidos los residuos.

    A pesar de tomarse en cuenta estas consideraciones, los residuos que se obtengan del proceso, de acuerdo a lo establecido en la NOM-098-SEMARNAT-2002, punto 7.12, sern catalogados como residuos peligrosos y se tendrn que depositar en los confinamientos para residuos peligrosos autorizados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o bien, en caso de resultar en cenizas que sean inertes se consultar a la SEMARNAT sobre el destino que pudiera brindrsele a estos materiales de desecho.

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    DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO

    Transporte del residuo industrial peligroso o no peligroso a las

    instalaciones (actividad no realizada por la promovente)

    Ingreso de residuos a la planta

    Residuo Peligroso?S No

    Pesado

    Almacenado temporal en el interior de la

    planta (rea para no peligrosos)

    Transporte del almacn al rea de

    incineradores

    Almacenado temporal en el interior de la planta (rea para

    peligrosos)

    Documentos que avalen las

    caractersticas del residuo

    S

    No Rechazo

    Cumple con las pruebas para recibirlos

    en planta

    S

    No Rechazo

    Extraccin de cenizas

    Disposicin final en sitio autorizado por la

    SEMARNAT

    Pesado

    Incineracin de residuos

    Transporte del residuo industrial peligroso o no peligroso a las

    instalaciones (actividad no realizada por la promovente)

    Ingreso de residuos a la planta

    Residuo Peligroso?S No

    Pesado

    Almacenado temporal en el interior de la

    planta (rea para no peligrosos)

    Transporte del almacn al rea de

    incineradores

    Almacenado temporal en el interior de la planta (rea para

    peligrosos)

    Documentos que avalen las

    caractersticas del residuo

    S

    No Rechazo

    Cumple con las pruebas para recibirlos

    en planta

    S

    No Rechazo

    Extraccin de cenizas

    Disposicin final en sitio autorizado por la

    SEMARNAT

    Pesado

    Incineracin de residuos

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    b) Tipo de residuos que sern recibidos para su tratamiento.

    El tipo de residuos que sern recibidos para su tratamiento, son los mencionados en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993/NOM-052-SEMARNAT-2005; as mismo se cumplir con lo establecido en el punto 5.5 de la norma NOM-098-SEMARNAT-2002. Con la finalidad de realizar eficazmente la operacin de los equipos e instalaciones se requiere que desde el inicio se consideren los siguientes aspectos:

    1. Conocer previamente las caractersticas de los residuos que sern recepcionados. 2. A la empresa autorizada en recoleccin y transporte de residuos se les solicitara

    tomen las medidas adecuadas para identificar los residuos en la recoleccin y transporte.

    3. Se realizar una clasificacin de los residuos a tratar segn sus caractersticas, esta operacin se llevar acabo en la planta.

    4. Se vigilar la alimentacin de residuos lquidos o slidos al equipo de tratamiento.

    5. Se vigilar el proceso de incineracin, la limpieza de las cmaras, la extraccin de cenizas y confinamiento de las mismas.

    6. Se realizar un mantenimiento general en todo momento a los equipos que se encuentren en las instalaciones, ya sean estos de carcter predictivo, preventivo y en caso de ser necesario correctivo.

    c) Nombre y descripcin breve de cada uno de los procesos del tratamiento.

    El procedimiento de recoleccin de los residuos es el siguiente:

    1. De comn acuerdo el generador, el transportista y esta empresa, tomarn las medidas necesarias para conocer los volmenes o cantidades de residuos peligrosos o no peligrosos que se recolecten y transporten. Debiendo estas llevar consigo en una etiqueta, de manera breve, la informacin pertinente a las caractersticas del residuo peligroso, afn de ser recibidas con cierto grado de confianza en la planta. Esto se realizar con das de anticipacin a la recepcin en la instalacin.

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    2. Esta informacin consiste en hojas de seguridad, donde se plasman las

    caractersticas intrnsecas del material o algn otro indicio que permita catalogar al residuo recibido. Si no se tiene la certeza de la naturaleza de los residuos peligrosos se realizarn los anlisis de parmetros bsicos en la planta, que permitan identificar y evaluar la condicin del material, estableciendo con esto los criterios para recepcionarlos o rechazarlos.

    3. El vehculo de la empresa transportista del residuo industrial peligroso o no

    peligroso saldr directamente a la Planta de Incineracin Trmica, esta empresa se apegar a toda la normativa (normas SCT) concerniente al transporte de materiales de la naturaleza antes mencionada.

    4. Los residuos as aceptados se descargarn en el andn y se clasificar segn el tipo

    de residuo peligroso o no peligroso recibido, se proceder a pesar cada envase antes de ser colocado en el lugar apropiado, para ello se requerir de una bscula que tendr las siguientes dimensiones de 1.22 m x 1.22 m, el pesaje de los contenedores se realizar en la zona adyacente al centro de acopio, anotando el peso registrado en la etiqueta que previamente fue colocado por la empresa recolectora o transportadora, los datos que debern estar plasmados en ella sern nombre del generador, tipo de residuo, nmero de lote, caractersticas principales del material con respecto a las condiciones de seguridad que se tomarn para su manejo.

    5. Cuando se trate de vehculos de grandes dimensiones se utilizar una tara que no

    ser propiedad de la empresa. Pesado el vehculo vaco, el personal encargado de esta operacin comparar el valor obtenido y con la sumatoria registrada por todos los envases y con lo anotado por el generador en el manifiesto, se definir adecuadamente el peso de residuos que entran a la planta.

    De esta etapa del procedimiento se pasar a la del almacenamiento temporal de los residuos antes de su tratamiento, siguiendo los siguientes pasos:

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    1. Para el almacenamiento de los residuos recibidos, se tendrn un rea

    denominada Centro de acopio, en dicha zona se realizar la descarga de los envases en un andn con las medidas necesarias, se clasificarn los envases de acuerdo a lo descrito en sus etiquetas, y se dispondrn en las zonas de almacenaje, las cuales albergarn por un lado a envases con residuos slidos peligrosos, envases con residuos lquidos peligrosos y una ms para almacenar residuos slidos o lquidos catalogados como No Peligrosos.

    2. Los recipientes que se requerirn para el transporte y manejo adecuado en planta,

    depender del estado fsico en que cual se reciba, ya sea slido o lquido, generalmente se recibirn en recipientes porttiles de 200 litros.

    3. Si los residuos son lquidos, se mantendrn confinados en los envases de 200

    litros y posteriormente se vacan a los contenedores que se usarn exclusivamente para el resguardo temporal en planta, despus se vertern a recipientes ms pequeos (basados en las dimensiones de la abertura de la cmara de alimentacin, para cuando vayan a ser procesados en el incinerador).

    4. Para el caso de los residuos no peligrosos, estos se dispondrn en un rea

    adyacente a una de las zonas mencionadas con anterioridad, teniendo para ello una delimitacin adecuada (pared o barda perimetral), que permita separar los envases o contenedores obedeciendo a la naturaleza y compatibilidad de los mismos.

    5. El Centro de Acopio estar dividido por un pasillo que tendr un ancho de 4

    metros, mismo que se prolongar y comunicar con el rea en la cual se encontrarn los equipos incineradores.

    6. El operador dispondr de formatos de llenado en el centro de acopio, en el cual

    se anotar cada entrada de residuos con datos bsicos como lugar de procedencia, nombre del generador del material residual, tipo de residuo, peso o volumen registrado, fecha de recepcin y hora de llegada al centro de acopio, caractersticas CRETIB del residuo, nombre del responsable, nmero de envase, nmero de lote y zona en la cual quedar dispuesto el envase o contenedor.

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    Los residuos fueron clasificados en uno de los pasos anteriores, esta accin se llevar acabo en forma previa al comienzo del turno de trabajo, con la finalidad de obtener una evaluacin de los residuos que se disponen a incinerar.

    Esta evaluacin a la que se sujetarn los residuos ser realizada por personal experimentado y capacitado en este tipo de tareas. Para una correcta clasificacin de los residuos deber tomarse consideraciones como: - su poder calorfico. - el contenido de humedad. - su densidad

    De acuerdo a ello, el supervisor de turno podr establecer cul es la forma de carga ms apropiada de los residuos de acuerdo a lo indicado en prrafos anteriores.

    Los lotes preparados debern ser pesados e identificados de acuerdo a las dimensiones de la cmara de alimentacin del equipo incinerador, adems de basarse tambin en el de ciclo de carga a utilizar con los diferentes lotes.

    El operador del monta-carga recibir al principio de su turno de trabajo, una lista con los residuos que habr que enviar al proceso.

    El operador del equipo incinerador, le informar sobre el comportamiento de la alimentacin del residuos que se esta registrando en la alimentacin, esto permitir conocer al operador del desmonta-carga la cantidad a transportar del Centro de Acopio a la zona del proceso de incineracin.

    El personal encargado del equipo de tratamiento trmico deber anotar como una buena prctica de operacin, todas las experiencias sufridas con cada tipo de residuo, a fin de ser aplicadas en repeticiones posteriores, buscando mejorar y conocer el comportamiento del equipo en cada caso particular.

    Descripcin del Ciclo de Funcionamiento Todo el control del incinerador es realizado en forma automtica desde el controlador programable. A continuacin se describe en forma resumida el ciclo de trabajo normal de la unidad:

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    Etapa del proceso Tiempo de operacin (horas)

    Fase de precalentamiento (aprox.)

    1

    Proceso de carga y reduccin parcial

    8

    Proceso de reduccin final

    3

    Fase de enfriamiento

    6

    Extraccin de cenizas

    1

    Despus se inicia el proceso propiamente dicho de tratamiento trmico y que se describe a continuacin. De primera instancia, se comenzar con la fase de precalentamiento, en la que los equipos iniciarn actividades sin carga, para obtener una combustin completa y bajo condiciones estrictas de seguridad.

    En la cmara primaria o de ignicin, se produce el encendido y volatilizacin de los residuos, con una oxidacin parcial de los mismos, ya que la misma trabajar siempre con defecto de aire. La temperatura de la cmara primaria se controla regulando el caudal de aire inyectado a la misma que reaccionar con los combustibles presentes. En caso de tratarse de residuos de bajo poder calorfico, la cmara primaria dispone de un quemador a gas LP el cul aportar las caloras necesarias. La temperatura normal de trabajo de la cmara primaria es de 800 a 900 C.

    Los gases combustibles generados en la cmara primaria pasan a la cmara secundaria donde son combustionados completamente. El tiempo de residencia de los gases en la cmara secundaria ser de aproximadamente 2 segundos a una temperatura desde 1100 a 1300 C cumplimentando as las normas nacionales sobre tratamiento de residuos peligrosos.

    La temperatura de la cmara secundaria se controla mediante el ingreso de aire en exceso para la combustin. Un potente quemador ayuda al mantenimiento de la temperatura de trabajo cuando los residuos incinerados son de bajo poder calorfico, o cuando el incinerador no trabaja a plena carga.

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    d) Caractersticas generales de los residuos que sern recibidos y sometidos al tratamiento.

    Como ya se haba citado, los residuos que sern tratados son de carcter peligroso, no peligroso y basura industrial. Los de tipo peligroso estn incluidos en la NOM-052-SEMARNAT-1993/NOM-052-SEMARNAT-2005.

    e) Restricciones para recibir residuos peligrosos.

    Los residuos que no se aceptarn son los que se refieren en el punto 5.5 de la norma NOM-098-SEMARNAT-2002. Asimismo, si de los anlisis efectuados a los residuos que lo requieran se obtuviera un valor no admisible, de acuerdo a los parmetros pertinentes, estos residuos no sern recibidos en la planta.

    f) Descripcin de todos los procesos

    Fase De Precalentamiento

    El proceso de precalentamiento de la cmara secundaria del horno resulta fundamental a fin de garantizar una ptima combustin de los gases.

    Una cmara secundaria fra puede traducirse en emisiones visibles en chimenea, en general humo blanco. El proceso tomar aproximadamente 1 horas luego de lo cul podr iniciarse l a carga del incinerador.

    Proceso De Carga Y Reduccin Parcial

    Al caer los residuos en la cmara primaria comienza un perodo de gasificacin cuya velocidad depende del tipo de residuo que se trate. Los primeros minutos de este perodo son crticos, debido a la gasificacin violenta de plsticos, hidrocarburos, etc.

    Finalizado el tiempo de gasificacin, el controlador permitir el encendido del quemador de cmara primaria si la temperatura es inferior a 750 grados. El quemador de cmara primaria funcionar en fuego alto/bajo en forma intermitente, mediante un control preajustado en el controlador programable. En caso que la temperatura de la cmara primaria supere los 850 grados, el quemador se apagar.

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    El control del aire a la cmara primaria quedar habilitado luego de finalizado el perodo de gasificacin. Una vez cumplido el tiempo de ciclo establecido en el temporizador externo, el cargador automtico iniciar el proceso de una nueva carga de residuos a la cmara primaria.

    Proceso De Reduccin Final

    El quemador de la cmara primaria encender a medida que transcurre el tiempo con mayor frecuencia hasta completar una accin casi permanente. La entrada de aire a la cmara primaria tambin se incrementar, logrando as la reduccin del carbono fijo contenido en los residuos.

    La temperatura de la cmara primaria ser ms estable y la visibilidad dentro de la misma ser mayor. Al final del proceso de reduccin, los compuestos carbonosos desaparecern y solo restar materia orgnica e inerte, que ser extrada en forma de cenizas.

    Fase De Enfriamiento

    Finalizado el proceso de reduccin final de residuos, los quemadores se apagarn en forma automtica dando inicio a la fase de enfriamiento final. La entrada de aire a la cmara primaria continuar la reduccin de los residuos incandescentes dentro de la misma, y lentamente enfriar toda la masa de hormign y estructura del incinerador.

    Extraccin De Cenizas

    Al inicio de una nueva jornada de incineracin se deber proceder a la extraccin de cenizas y limpieza de la cmara primaria. Los restos pueden conservar temperatura, por lo que no debern utilizarse contenedores plsticos u otros combustibles.

    Puede ser una buena prctica la humectacin de los residuos antes de su disposicin final.

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    Luego las cenizas obtenidas no representan ninguna peligrosidad y pueden ser dispuestas segn los requerimientos locales para disposicin final.

    f) Capacidad de diseo.

    CAMARA PRIMARIA Volumen 3.46 m3

    Quemadores 1 Capacidad de quemador 200 000 kcal/h Combustible quemador Gas LP Puerta de carga 610 x 610 mm Puerta cenicero 800 x 1650 mm

    CAMARA SECUNDARIA Volumen 5 m3

    Quemadores 1 Capacidad de quemador 650 000 kcal/h Combustible quemador Gas LP Soplador aire combustin 1.5 Hp

    CHIMENEA Dimetro exterior 780 mm Dimetro interior 610 mm Altura mnima 8 mts

    TEMPERATURAS NORMALES DE TRABAJO Cmara primaria 800-900 C Temperatura mxima primaria 1 000 C Cmara secundaria 1 200 C Temperatura mxima secundaria 1 300 C

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    2.2.1.2. Capacidad de manejo de residuos peligrosos

    Como se dijo anteriormente, el volumen total de residuos peligrosos a someter a este proceso de tratamiento trmico empleando los dos hornos incineradores diseados bajo el principio de pirolisis, ser de 4,599 toneladas anualmente, infirindose una cantidad a tratar de 383.25 toneladas por mes.

    2.2.2. Programa general de trabajo

    Este proyecto se llevar a cabo en varias etapas, se tomar en cuenta desde la obtencin de los permisos correspondientes, hasta la puesta en marcha de la planta. Todo esto se har con el fin de hacerlo en el menor tiempo posible y de la manera ms efectiva. Por lo tanto se realizar un calendario y una bitcora diaria para reflejar los avances de la obra.

    ETAPA CONCEPTO MES

    1 MES

    2 MES

    3 MES

    4 MES

    5 MONTO

    $ Preparacin del sitio

    Limpieza, levantamiento y despalme

    28,000.00

    Barda Perimetral

    290,552.90

    Muro de contencin

    399,451.20

    Construccin de nave para incineradores

    930,458.80

    Construccin de nave para centro de acopio

    1,664,263.60

    Construccin

    Instalaciones elctricas, obra exterior y oficinas administrativas

    2,500.000.00

    TOTAL(IVA INCLUIDO)

    6,684,635.48

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    2.2.3. Preparacin del sitio

    El terreno se encuentra en un sitio relativamente plano, por lo tanto se tendr que desmontar, y nivelar topogrficamente para asimilarlo al nivel de la carretera federal y terrenos colindantes, para esta ltima operacin ser necesario rellenar el predio con material terrgeno del cual se requerir un volumen de 4,045.31 m3. El residuo de esto, se utilizar en el mismo terreno para realizar algunas jardineras o como relleno de tierras aledaas mas bajas. Esta etapa tendr una duracin de 15 das aproximadamente y se utilizar maquinaria especializada para no causar algn dao adicional y no previsto en la obra, en el Anexo E se integran las fichas tcnicas del equipo y maquinaria a usar y en el Anexo F se dispondr del programa de mantenimiento de calendarizado de los mismos.

    2.2.4. Descripcin de obras y actividades provisionales del proyecto

    Este apartado se refiere a la construccin e instalacin de las bodegas temporales para almacenamiento de material, las letrinas porttiles, el comedor para uso exclusivo de los trabajadores, as como la caseta de vigilancia de carcter transitorio, mientras la obra esta en la etapa de construccin. Al trmino del establecimiento de la planta, se desmantelarn estas obras y quedaran las instalaciones definitivas para el proyecto. Estas obras son sencillas de manera que no provoquen algn impacto adverso en el rea. Los residuos producidos sern atendidos por empresas contratadas para su adecuada disposicin final.

    2.2.5. Etapa de construccin Una vez finalizada la etapa de preparacin del sitio, se proceder a construir las obras definitivas que se tienen proyectadas para la obra. En esta etapa remover suelo del terreno as como acarreo de material para la correcta instalacin de la obra. Las instalaciones permanentes van a ser:

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    CONCEPTO DURACION Barda Perimetral 4 meses, comenzando el primer mes.

    Muro de contencin En el perodo del tercer mes rea de oficinas administrativas Se construirn en los ltimos 3 meses del

    proyecto. Nave para los incineradores Durante los meses 3, 4 y 5 Patio de maniobras 8 semanas a partir del cuarto mes. Nave para centro de acopio Se construir en los ltimos 3 meses del

    proyecto Zona de contenedores y rea de tanques Se comenzarn a partir del tercer mes del

    proyecto. Estacionamiento Se construir los dos ltimos meses Baos, comedor y caseta de vigilancia 2 meses a partir del 3er mes reas verdes Se acondicionarn en el ultimo mes Instalaciones elctricas en general Se empezarn a instalar a partir del tercer

    mes.

    2.2.6. Etapa de operacin y mantenimiento

    a) Descripcin general del tipo de servicios que se brindarn. De manera general, en esta Planta de Tratamiento Trmico se realizar la reduccin por medio de la incineracin de un volumen considerado de residuos peligrosos, no peligrosos y urbanos, para ello se adquiri un incinerador que fue diseado para funcionar bajo el principio de la Pirolisis.

    El horno de incineracin cuenta con dos cmaras, en la cmara primaria o de ignicin, se produce el encendido y volatilizacin de los residuos, con una oxidacin parcial de los mismos, ya que siempre trabajar con defecto de aire. La temperatura de la cmara primaria se controla regulando el caudal de aire inyectado a la misma que reaccionar con los combustibles presentes. En caso de tratarse de residuos de bajo poder calorfico la cmara primaria dispone de un quemador a gas L.P. el cual aportar las caloras necesarias. La temperatura normal de trabajo de la cmara primaria es de 800 a 900 C. Los gases combustibles generados en la cmara primaria pasan a la cmara secundaria donde son combustionados completamente.

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    El tiempo de residencia de los gases en la cmara secundaria ser de aproximadamente 2 segundos a una temperatura desde 1100 a 1300 C cumplimentando as las normas nacionales sobre tratamiento de residuos peligrosos.

    La temperatura de la cmara secundaria se controla mediante el ingreso de aire en exceso para la combustin. Un potente quemador ayuda al mantenimiento de la temperatura de trabajo cuando los residuos incinerados son de bajo poder calorfico, o cuando el incinerador no trabaja a plena carga.

    Si el proceso se realiza controlando adecuadamente todos aquellos factores que permiten alcanzar la mxima eficiencia de diseo, se obtendr un residuo que se encuentren dentro de los lmites mximos permisibles que contemple la NOM-098-SEMARNAT-1993, en cuanto a la produccin de humos y emisiones dainas al ambiente, para el primero de los casos se establece en el manual de mantenimiento de este equipo, las medidas necesarias que eviten esta situacin, en lo que respecta a las emisiones estas cumplen la normatividad internacional, por lo que se anexarn algunos anlisis realizados en otras plantas que cuentan con este tipo de hornos y que permitan avalar en cierto momento la veracidad de lo mencionado anteriormente.

    Muchas de las partes que conforman este incinerador basado en el principio de pirolisis son reemplazables en caso de que presenten un desperfecto, o que su vida til se encuentre mermada, se le dar el mantenimiento adecuado en un lapso de tiempo pertinente, o bien sustituirlo de manera definitiva con la finalidad de evitar condiciones de dao ambiental. De acuerdo al manual se muestra el tiempo de vida til de las partes del equipo:

    1. Estructuras metlicas: 10 Aos 2. Fumistera: 5 Aos 3. Quemadores: 5 Aos 4. Sistema de control: 15 Aos

    5. Componentes hidrulicos: 15 Aos

    En la planta se pretende laborar en dos turnos, los cuales sern cubiertos por una plantilla de 10 trabajadores capacitados en cada uno de ellos.

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    Para el depsito del material recibido en la planta se utilizarn montacargas, los residuos transportados de esta manera, sern clasificados por el personal a cargo y despus se pesarn en la bscula que se encontrar en el rea del Centro de Acopio.

    Se destinar a un nmero determinado de trabajadores que realizarn las tareas de transporte del centro de acopio a los incineradores, no sin antes revisar y cotejar las etiquetas que describen las caractersticas del residuo a incinerar.

    El agua que se requerir para el funcionamiento de la planta se destinar a las oficinas administrativas, para suministro a sanitarios, asimismo se tiene la necesidad de colocar una cisterna para el almacenamiento de agua, esta ser utilizada principalmente como parte de las medidas de emergencia para atender siniestros que pudieran suscitarse debido a la instalacin de los tanque de combustible (gas LP) dentro del rea de proyecto, aunado a esto se requerir de un volumen para el funcionamiento del incinerador, el cual se requerir para la humectacin de los residuos que se coloque en la cmara de alimentacin, el cual consta de un vlvula de aspersin de agua que se acciona al momento de empujar los residuos a la cmara primaria. Permitiendo con ello un cierre hermtico en la entrada.

    Tambin se requerir de cierto nmero de vehculos para el transporte del personal y otro tipo de requerimientos inherentes al desarrollo de actividades administrativas.

    b) Tecnologas que se utilizarn. El equipo de tratamiento es un horno de marca Lindberg Argentina, el cual utilizar incineracin de tipo piroltica. Los residuos a tratar sern los mencionados en la NOM-052-SEMARNAT-1993/NOM-052-SEMARNAT-2005, con excepcin de los indicados en el punto 5.5 de la norma NOM-098-SEMARNAT-2002. El proceso en general se lleva a cabo de esta forma: El horno est compuesto de dos cmaras, los residuos que se introduzcan van a pasar a la cmara primaria en la cual se quemarn y los gases producidos pasarn a la cmara secundaria para terminar la combustin de ellos. Al final, se recogern las cenizas y se har la debida disposicin de ellas con la empresa calificada por la autoridad ambiental.

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    c) Volumen y tipo de agua que ser empleada (cruda y/o potable), tipo de maquinaria y equipo.

    Se utilizar agua para abastecimiento en caso de contingencias, para el suministro a sanitarios y para oficinas administrativas. Para esto, se prev emplear un volumen anual de 1,200 m3, mismas que sern suministradas por carros cisternas de manera peridica, y se almacenarn en los contenedores para afrontar situaciones de emergencias en caso de siniestros, mientras que para abastecer a oficinas y sanitarios se tomar este lquido de la red de agua potable del municipio, para ello se realizan los trmites pertinentes.

    2.2.7. Otros insumos

    Para sustancias peligrosas tenemos lo siguiente: Gas l.p: Nombre del Producto: Gas licuado comercial, con odorfero Nombre Qumico: Mezcla Propano-Butano Familia Qumica: Hidrocarburos del Petrleo Frmula: C3H8 + C4H10 Sinnimos: Gas LP, LPG, gas licuado del petrleo,

    Estar almacenado en dos recipientes sujetos a presin de 5,000 litros de capacidad cada uno, que de acuerdo al consumo requerido por ambos incineradores se requerir de un llenado del mismos de 2 a 3 das, situacin que depender totalmente del material que ser sometido al proceso. El consumo mensual promedio ser de 31,680 m3/mes.

    Para esta sustancia se tiene la siguiente informacin: Posee una inflamabilidad muy alta, potencialmente causa daos a la salud que se consideran ligeras, se encuentra catalogada como especial con una reactividad mnima. Asimismo, se catalogan como parte intrnseca de este proyecto los residuos catalogados en la NOM-052-SEMARNAT/NOM-052-SEMARNAT-2005, los cuales tiene caractersticas particulares, por lo que solo se mencionan de manera generalizada.

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    2.2.8. Descripcin de obras asociadas al proyecto

    La obra asociada es aquella que complementa a cualquiera de las obras principales, por lo tanto se tiene planeado construir:

    1. Una oficina administrativa 2. Un laboratorio 3. Un patio de maniobras 4. Una fosa de agua 5. Contenedores 6. Tanques de almacenamiento 7. Dos casetas de vigilancia

    2.2.9. Etapa de abandono del sitio

    De acuerdo con las caractersticas del proyecto, se le dar continuidad al uso de suelo y al tratamiento trmico, en caso de necesitar cambios en el equipo, se desmantelarn las partes especficas conforme el manual de procedimiento lo indique:

    1. Estructuras metlicas: 10 Aos 2. Fumistera: 5 Aos 3. Quemadores: 5 Aos 4. Sistema de control: 15 Aos 5. Componentes hidrulicos: 15 Aos

    Cuando se efecte el abandono del sitio, se realizarn las acciones necesarias para compensar la alteracin hecha por las caractersticas propias de la obra al ambiente, es decir, todas las instalaciones se desmantelarn y se reutilizarn las partes que se puedan funcionar en otra obra, y lo dems se dispondr de con la empresa correspondiente, al igual, se plantarn rboles y se planificarn reas recreativas en el rea.

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    2.2.10. Generacin, manejo y disposicin de residuos slidos, lquidos y

    emisiones a la atmsfera. Derivado del proceso de incineracin de los residuos contemplados en la norma mencionada, se generarn compuestos como NOx, SOx, CO, ClH y vapor de agua por la chimenea, as como cenizas en la cmara la primaria.

    En cuanto al manejo de estos residuos, se tiene que las cenizas son residuos inertes que se retirarn de la cmara primaria, los cuales se depositarn en recipientes fabricados a base de materiales no combustibles, de una capacidad estndar. Se almacenarn temporalmente en la planta y se debern caracterizar, tomando un nmero de muestras de acuerdo a la cantidad de residuos producidos durante la incineracin, las muestras as tomadas se homogenizarn de acuerdo a los procedimientos establecidos y se les realizar el anlisis de CRETIB de acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-937NOM-052-SEMARNAT-2005.

    El fabricante del equipo, sin embargo, de acuerdo a la experiencia y prctica en el manejo de los mismos, menciona que las cenizas obtenidas resulta en un material inerte, por lo que se podra en un cierto momento disponerse en un sitio autorizado para residuos de este tipo, pero en apego a lo descrito en la NOM-098-SEMARNAT-2002 que menciona que los residuos obtenidos de un proceso de incineracin sern catalogados como peligroso. Situacin que hace necesario que sean confinados en un sitio avalado por la autoridad ambiental competente para materiales residuales de esta naturaleza.

    Las emisiones que la planta expulsar a la atmsfera por la chimenea, sern nicamente productos de la combustin NOx, SOx, CO, HCl y vapor de agua, mismas emanaciones que se registran en otras plantas con caractersticas similares.

    Sin embargo, el fabricante de este tipo de incineradores (Lindberg Argentina S. A.), ha llevado acabo algunas determinaciones de acuerdo a las metodologas aceptadas por la EPA de Estados Unidos en las chimeneas de sus equipos incineradores, cuyos resultados obtenidos han cumplido con las normas ambientales vigentes que las rigen.

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    Se espera realizar en los tiempos que sean pertinentes y a peticin de la SEMARNAT el protocolo de pruebas, en el cual se verificar la certidumbre y eficiencia del equipo incinerador, el cual es requerido por la normatividad aplicable.

    Para ello el equipo cuenta con su puerto de muestreo para la insercin de los equipos de medicin digital, previamente calibrados.

    2.2.11. Infraestructura para el manejo y disposicin adecuada de los residuos.

    Los residuos que puedan generarse por las actividades desarrolladas en la planta sern clasificados de acuerdo a sus propiedades, los que se puedan reciclar como plsticos, metales (envases de aluminio), sern enviados con la empresa especializada y el restante (materia orgnica) se ingresar al ciclo de trabajo, ello permitir en algn momento reducir los residuos slidos generados del funcionamiento mismo de la planta.

    Para hacer frente a la disposicin de las cenizas producidas en la cmara primaria, se requerirn los servicios de una empresa que cuente con los permisos para el confinamiento autorizado de los mismos, sean estos peligrosos o no. En caso de no reducir debidamente el volumen de residuos en durante el proceso de combustin, se realizarn las siguientes acciones de acuerdo al manual de procedimiento del equipo: 1. Se puede incrementar el tiempo de reduccin de cenizas.

    2. Revisar que no haya infiltraciones de aire por puerta de carga y de cenizas. 3. Controlar que el caudal del aire mnimo en la cmara primaria no sea muy bajo. 4. Establecer un caudal mnimo de entrada de aire a la cmara primaria bajo todas las condiciones.

    En cualquiera de los casos todos los residuos generados del proceso de incineracin sern depositados en los confinamientos para residuos peligrosos autorizados por la SEMARNAT.

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    Con respecto a las emisiones hacia la atmsfera que se derivar del funcionamiento de la planta, stas sern los productos de la combustin NOx, SOx, CO, HCl y vapor de agua, que de acuerdo, a las especificaciones del fabricante este equipo incinerador no cuenta con un equipo de depuracin de agentes contaminantes ya que las concentraciones de los compuestos que se encuentra inmersos en la corriente gaseosa estn por debajo de la normativa actual. Sin embargo, se deber revisar las condiciones fsicas de la chimenea y en caso de notarse algn desperfecto se realizar las labores de reemplazo de la misma.

    Esta informacin se ver corroborada al momento de realizar el correspondiente protocolo de pruebas que se tiene que presentar, como parte de los requisitos requeridos por la Norma Oficial Mexicana NOM-098-SEMARNAT-2002, en la cual se hace mencin de los mtodos de prueba que se realizarn para el anlisis de la corriente de gas emitida por la chimenea a la atmsfera.

    3. VINCULACION CON LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS

    APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL, Y EN SU CASO CON LA REGULARIZACION DE USO DE SUELO.

    PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2001-2006.

    OBJETIVOS POR ALCANZAR: 1. Conducir responsablemente la marcha econmica del pas. 2. Elevar y extender la competitividad del pas 3. Asegurar el desarrollo incluyente 4. Promover el desarrollo econmico regional equilibrado La centralizacin de la industria, junto con el acelerado crecimiento demogrfico y la falta de planeacin en el uso del suelo y en la explotacin de los recursos naturales han trado consigo un deterioro ambiental grave. La contaminacin atmosfrica y del agua y el mal manejo de los desechos slidos son algunas consecuencias preocupantes.

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    Los estados del Sur-Sureste viven un gran rezago. Estudios recientes sitan a la poblacin de esta regin en los estratos socioeconmicos ms bajos. La actividad econmica se ubica principalmente en el sector primario y es, por desgracia, de baja productividad; el desempleo y el subempleo son altos; hay fuerte inmigracin procedente de Centroamrica; la infraestructura fsica es deficiente en casi todos los sectores, sobre todo en servicios bsicos, vivienda, comunicaciones e instalaciones industriales. Todo ello refleja la necesidad de una ingente inversin y de mayor integracin con nuestros vecinos centroamericanos, as como la exigencia de introducir procesos educativos de calidad que disminuyan las fuertes desigualdades sociales y culturales como condicin de despegue. El desarrollo regional equilibrado tiene como propsito lograr un desarrollo econmico competitivo, socialmente incluyente, ambientalmente sustentable, territorialmente ordenado y financieramente viable para cada una de las cinco regiones en que, para los propsitos del Plan Nacional de Desarrollo, se dividi a la Repblica mexicana. Este cometido significa que ha de impulsarse decididamente el fortalecimiento econmico intrarregional de vastos territorios tomando en cuenta las potencialidades propias de cada regin, pero tambin el comercio extrarregional, integrando cada regin con el resto del pas y con el mundo. Este objetivo habr de lograrse mediante acciones y esfuerzos coordinados entre sociedad y gobierno en todos los mbitos: municipal, estatal y federal. Los esfuerzos debern ser maysculos, tenaces y continuados, debido al atraso en que se encuentran numerosas localidades, incluso dentro de las regiones consideradas como las ms desarrolladas del pas. El Ejecutivo federal apoyar a los estados y municipios para que cumplan eficaz y oportunamente sus funciones relacionadas con el desarrollo urbano y el respeto a los usos de suelo previstos por cada administracin. Se buscar que el crecimiento de las ciudades sea debidamente controlado por los estados y municipios, tanto para evitar el desaliento econmico que surge por la multiplicacin de asentamientos irregulares, como los costos no planeados y generalmente excesivos de la prestacin de servicios pblicos a todos los ciudadanos. Tambin se cuidar que estados y municipios procuren la seguridad fsica de las personas, impidindoles asentarse en lugares peligrosos o inadecuados, susceptibles de ser afectados por desastres naturales. La proteccin y restauracin del hbitat natural de las diferentes zonas se mantendrn como propsitos no discutibles en los procesos de desarrollo econmico. Existen grandes retos relacionados con la integridad de los ecosistemas. El saneamiento y aprovechamiento de aguas residuales, la conservacin del suelo frtil evitando la

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    conversin de suelo agrcola en suelo urbano y del suelo forestal en suelo agrcola-, la recuperacin de los mantos acuferos, el manejo adecuado de desechos agrcolas e industriales, la preservacin de la diversidad biolgica y una explotacin racional de los recursos naturales renovables y no renovables sern aspectos a contemplarse y respetarse por quienes deseen emprender o mantener actividades econmicas. Desde la perspectiva del crecimiento con calidad, y desarrollo social y humano en armona con la naturaleza, la accin gubernamental identifica los siguientes siete aspectos torales que cubren el espectro de la problemtica ambiental, desde una perspectiva global hasta la accin local. El deterioro de los suelos provoca la desertizacin, fenmeno que se asocia a la disminucin de la capacidad productiva, a la pobreza rural y a la prdida de servicios ambientales. La principal causa de la degradacin de los suelos es la deforestacin asociada al cambio de uso con fines de produccin agropecuaria. La industria es un factor determinante en la generacin de contaminantes y, si stos no son bien manejados con tecnologas limpias, son un factor de riesgo para la salud humana. Sin embargo, el cuidado ambiental se constituye en una fuente de mejora del desempeo ambiental, creando oportunidades de ahorro y de negocios. En Mxico, al igual que en el resto del mundo, los conocimientos bsicos sobre los problemas ecolgicos no son suficientes para garantizar polticas de desarrollo sustentable. Por ello, es imprescindible desarrollar lneas de investigacin dirigidas a la identificacin y resolucin de problemas ambientales especficos y prioritarios. El crecimiento con calidad slo es posible si se considera responsablemente la necesaria interaccin de los mbitos econmico y social con el medio ambiente y los recursos naturales. Corresponde al Estado la creacin de las condiciones para un desarrollo sustentable que asegure la calidad del medio ambiente y la disponibilidad de los recursos naturales en el largo plazo, sobre la base de una slida cultura a favor del medio ambiente. Para evaluar los resultados obtenidos se integrar informacin sobre el dao a la atmsfera, el consumo de energa, la prdida de sistemas forestales y la tasa de conservacin de acuferos. Otros indicadores sern la introduccin de contenidos especficos sobre este tema en los diferentes niveles y tipos educativos.

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    Ser necesario desarrollar polticas que favorezcan las inversiones en prevencin y control de la contaminacin industrial. Asimismo, el Ejecutivo federal reconoce el valor intrnseco de las medidas a favor del medio ambiente y la proteccin de los recursos naturales, y tambin, en el plano internacional, la importancia de la Agenda 21 como elemento rector de los compromisos que Mxico ha suscrito con la comunidad internacional y como referencia para la accin ambiental

    LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLGICO Y LA PROTECCIN AL AMBIENTE TITULO PRIMERO

    CAPTULO I Normas Preliminares Artculo 1.- La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico, as como a la proteccin al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nacin ejerce su soberana y jurisdiccin. Sus disposiciones son de orden pblico e inters social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: III.- La preservacin, la restauracin y el mejoramiento del ambiente; IV.- La preservacin y proteccin de la biodiversidad, as como el establecimiento y administracin de las reas naturales protegidas. V.- El aprovechamiento sustentable, la preservacin y, en su caso, la restauracin del suelo, el agua y los dems recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtencin de beneficios econmicos y las actividades de la sociedad con la preservacin de los ecosistemas; VI.- La prevencin y el control de la contaminacin del aire, agua y suelo;

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    SECCIN II Ordenamiento Ecolgico del Territorio Artculo 20.- El programa de ordenamiento ecolgico general del territorio ser formulado por la Secretara, en el marco del Sistema Nacional de Planeacin Democrtica y tendr por objeto determinar: II.- Los lineamientos y estrategias ecolgicas para la preservacin, proteccin, restauracin y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, as como para la localizacin de actividades productivas y de los asentamientos humanos. SECCIN IV Regulacin Ambiental de los Asentamientos Humanos Articulo 23.- Para contribuir al logro de los objetivos de la poltica ambiental, la planeacin del desarrollo urbano y la vivienda, adems de cumplir con lo dispuesto en el Artculo 27 constitucional en materia de asentamientos humanos, considerar los siguientes criterios: V.- Se establecern y manejarn en forma prioritaria las reas de conservacin ecolgica en torno a los asentamientos humanos; IX.- La poltica ecolgica debe buscar la correccin de aquellos desequilibrios que deterioren la calidad de vida de la poblacin y, a la vez, prever las tendencias de crecimiento del asentamiento humano, para mantener una relacin suficiente entre la base de recursos y la poblacin, y cuidar de los factores ecolgicos y ambientales que son parte integrante de la calidad de la vida. SECCION V Evaluacin del Impacto Ambiental Articulo 28.- La evaluacin del impacto ambiental es el procedimiento a travs del cual la Secretara establece las condiciones a que se sujetar la realizacin de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecolgico o rebasar los lmites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mnimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello, en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirn previamente la autorizacin en materia de impacto ambiental de la Secretara:

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    IV.- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminacin de residuos peligrosos, as como residuos radiactivos; X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ros, lagos y esteros conectados con el mar, as como en sus litorales o zonas federales; XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecolgicos graves e irreparables, daos a la salud pblica o a los ecosistemas, o rebasar los lmites y condiciones establecidos en las disposiciones jurdicas relativas a la preservacin del equilibrio ecolgico y la proteccin del ambiente. Artculo 30.- Para obtener la autorizacin a que se refiere el artculo 28 de esta Ley, los interesados debern presentar a la Secretara una manifestacin de impacto ambiental, la cual deber contener, por lo menos, una descripcin de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, as como las medidas preventivas, de mitigacin y las dems necesarias para evitar y reducir al mnimo los efectos negativos sobre el ambiente. Si despus de la presentacin de una manifestacin de impacto ambiental se realizan modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los interesados debern hacerlas del conocimiento de la Secretara, a fin de que sta, en un plazo no mayor de 10 das les notifique si es necesaria la presentacin de informacin adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen ocasionar tales modificaciones, en trminos de lo dispuesto en esta Ley. CAPTULO III Flora y Fauna Silvestre Articulo 79.- Para la preservacin y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se considerarn los siguientes criterios: I.- La preservacin de la biodiversidad y del hbitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nacin ejerce su soberana y jurisdiccin; II.- La continuidad de los procesos evolutivos de las especies de flora y fauna y dems recursos biolgicos, destinando reas representativas de los sistemas ecolgicos del pas a acciones de preservacin e investigacin; III.- La preservacin de las especies endmicas, amenazadas, en peligro de extincin o sujetas a proteccin especial;

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    CAPTULO VI Materiales y Residuos Peligrosos Articulo 150.- Los materiales y residuos peligrosos debern ser manejados con arreglo a la presente Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas que expida la Secretara, previa opinin de las Secretaras de Comercio y Fomento Industrial, de Salud, de Energa, de Comunicaciones y Transportes, de Marina y de Gobernacin. La regulacin del manejo de esos materiales y residuos incluir segn corresponda, su uso, recoleccin, almacenamiento, transporte, reuso, reciclaje, tratamiento y disposicin final. El Reglamento y las normas oficiales mexicanas a que se refiere el prrafo anterior, contendrn los criterios y listados que clasifiquen los materiales y residuos peligrosos identificndolos por su grado de peligrosidad y considerando sus caractersticas y volmenes. Corresponde a la Secretara la regulacin y el control de los materiales y residuos peligrosos. Asimismo, la Secretara en coordinacin con las dependencias a que se refiere el presente artculo, expedir las normas oficiales mexicanas en las que se establecern los requisitos para el etiquetado y envasado de materiales y residuos peligrosos, as como para la evaluacin de riesgo e informacin sobre contingencias y accidentes que pudieran generarse por su manejo, particularmente tratndose de sustancias qumicas. Articulo 151.- La responsabilidad del manejo y disposicin final de los residuos peligrosos corresponde a quien los genera. En el caso de que se contrate los servicios de manejo y disposicin final de los residuos peligrosos con empresas autorizadas por la Secretara y los residuos sean entregados a dichas empresas, la responsabilidad por las operaciones ser de stas independientemente de la responsabilidad que, en su caso, tenga quien los gener. Quienes generen, reusen o reciclen residuos peligrosos, debern hacerlo del conocimiento de la Secretara en los trminos previstos en el Reglamento de la presente Ley. En las autorizaciones para el establecimiento de confinamientos de residuos peligrosos, slo se incluirn los residuos que no puedan ser tcnica y econmicamente sujetos de reuso, reciclamiento o destruccin trmica o fsico qumica, y no se permitir el confinamiento de residuos peligrosos en estado lquido. Articulo 151 BIS.- Requiere autorizacin previa de la Secretara: I.- La prestacin de servicios a terceros que tenga por objeto la operacin de sistemas para la recoleccin, almacenamiento, transporte, reuso, tratamiento, reciclaje, incineracin y disposicin final de residuos peligrosos;

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    II.- La instalacin y operacin de sistemas para el tratamiento o disposicin final de residuos peligrosos, o para su reciclaje cuando ste tenga por objeto la recuperacin de energa, mediante su incineracin, y III.-La instalacin y operacin, por parte del generador de residuos peligrosos, de sistemas para su reuso, reciclaje y disposicin final, fuera de la instalacin en donde se generaron dichos residuos.

    REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE, EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.

    CAPITULO II DE LA GENERACION DE RESIDUOS PELIGROSOS

    Articulo 7o.- Quienes pretendan realizar obras o actividades pblicas o privadas por las que puedan generarse o manejarse residuos peligrosos, debern contar con autorizacin de la Secretara, en los trminos de los artculos 28 y 29 de la Ley. En la manifestacin de impacto ambiental correspondiente, debern sealarse los residuos peligrosos que vayan a generarse o manejarse con motivo de la obra o actividad de que se trate, as como las cantidades de los mismos. Articulo 8o.- El generador de residuos peligrosos deber: I.- Inscribirse en el registro que para tal efecto establezca la Secretara; II.- Llevar una bitcora mensual sobre la generacin de sus residuos peligrosos; III.- Dar a los residuos peligrosos, el manejo previsto en el Reglamento y en las normas tcnicas ecolgicas correspondientes; IV.- Manejar separadamente los residuos peligrosos que sean incompatibles en los trminos de las normas tcnicas ecolgicas respectivas; V.- Envasar sus residuos peligrosos, en recipientes que renan las condiciones de seguridad previstas en este reglamento y en las normas tcnicas ecolgicas correspondientes. VI.- Identificar a sus residuos peligrosos con las indicaciones previstas en este Reglamento y en las normas tcnicas ecolgicas respectivas; VII.- Almacenar sus residuos peligrosos en condiciones de seguridad y en reas que renan los requisitos previstos en el presente Reglamento y en las normas tcnicas ecolgicas correspondientes. VIII.- Transportar sus residuos peligrosos en los vehculos que determine la Secretara de Comunicaciones y Transportes y bajo las condiciones previstas en este Reglamento y en las normas tcnicas ecolgicas que correspondan;

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    IX.- Dar a sus residuos peligrosos el tratamiento que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento y las normas tcnicas ecolgicas respectivas; X.- Dar a sus residuos peligrosos la disposicin final que corresponda de acuerdo con los mtodos previstos en el Reglamento y conforme a lo dispuesto por las normas tcnicas ecolgicas aplicables; XI.- Remitir a la Secretara, en el formato que sta determine, un informe semestral sobre los movimientos que hubiere efectuado con sus residuos peligrosos durante dicho perodo; y XII.- Las dems previstas en el Reglamento y en otras disposiciones aplicables. CAPITULO III DEL MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS Articulo 9o.- Para los efectos del Reglamento se entiende por manejo, el conjunto de operaciones que incluyen el almacenamiento, recoleccin, transporte, alojamiento, reuso, tratamiento, reciclaje, incineracin y disposicin final de los residuos peligrosos. Articulo 10.- Se requiere autorizacin de la Secretara para instalar y operar sistemas de recoleccin, almacenamiento, transporte, alojamiento reuso, tratamiento, reciclaje, incineracin y disposicin final de residuos peligrosos, as como para prestar servicios en dichas operaciones sin perjuicio de las disposiciones aplicables en materia de salud y de seguridad e higiene en el trabajo. Articulo 11.- En el caso de instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminacin de residuos peligrosos, previamente a la obtencin de la autorizacin a que se refiere el artculo anterior, el responsable del proyecto de obra respectivo deber presentar a la Secretara la manifestacin de impacto ambiental prevista en el artculo 28 de la Ley, de conformidad con el procedimiento sealado en el Reglamento de Impacto Ambiental. Articulo 12.- Las personas autorizadas conforme al artculo 10 de este Reglamento, debern presentar, previo al inicio de sus operaciones: I.- Un programa de capacitacin del personal responsable del manejo de residuos peligrosos y del equipo relacionado con ste; II.- Documentacin que acredite al responsable tcnico; y III.- Un programa para atencin a contingencias. Articulo 15.- Las reas de almacenamiento debern reunir como mnimo, las siguientes condiciones: I.- Estar separadas de las reas de produccin, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados; II.- Estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones;

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    III.- Contar con muros de contencin, y fosas de retencin para la captacin de los residuos o de los lixiviados; IV.- Los pisos debern contar con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retencin, con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado; V.- Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el trnsito de montacargas mecnicos, electrnicos o manuales, as como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia; VI.- Contar con sistemas de extincin contra incendios. En el caso de hidrantes, stos debern mantener una presin mnima de 6 Kg/cm2 durante 15 minutos; y VII.- Contar con sealamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles. Articulo 16.- Adems de lo dispuesto en el artculo anterior, las reas de almacenamiento cerradas debern cumplir con las siguientes condiciones: I.- No deben existir conexiones con drenajes en el piso, vlvulas de drenaje, juntas de expansin, albaales o cualquier otro tipo de apertura que pudieran permitir que los lquidos fluyan fuera del rea protegida; II.- Las paredes deben estar construidas con materiales inflamables; III.- Contar con ventilacin natural o forzada. En los casos de ventilacin forzada debe tener una capacidad de recepcin de por lo menos seis cambios de aire por hora; y IV.- Estar cubiertas y protegidas de la intemperie y, en su caso, contar con ventilacin suficiente para evitar acumulacin de vapores peligrosos y con iluminacin a prueba de explosin. Articulo 17.- Adems de lo dispuesto en el artculo 15, las reas abiertas debern cumplir con las siguientes condiciones: I.- No estar localizadas en sitios por debajo del nivel de agua alcanzado en la mayor tormenta registrada en la zona, ms un factor de seguridad de 1.5; II.- Los pisos deben ser lisos y de material impermeable en la zona donde se guarden los residuos y de material antiderrapante en los pasillos. Estos deben ser resistentes a los residuos peligrosos almacenados; III.- Contar con pararrayos; y IV.- Contar con detectores de gases o vapores peligrosos con alarma audible, cuando se almacenen residuos voltiles. Articulo 18.- En los casos de reas abiertas no techadas, no debern almacenarse residuos peligrosos a granel, cuando stos produzcan lixiviados. Artculo 19.- Queda prohibido almacenar residuos peligrosos: I.- Incompatibles en los trminos de la norma tcnica ecolgica correspondiente; II.- En cantidades que rebasen la capacidad instalada de almacenamiento; y

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    III.- En reas que no renan las condiciones previstas en los artculos 15 y 16 del Reglamento. Articulo 20.- Queda exceptuado de lo dispuesto en los artculos 15, 16, 17, 18 y 19 fraccin III, el almacenamiento de jales. Estos residuos debern almacenarse conforme a lo que dispongan las normas tcnicas ecolgicas correspondientes. Articulo 21.- Los movimientos de entrada y salida de residuos peligrosos del rea de almacenamiento debern quedar registrados en una bitcora. En la bitcora se debe indicar fecha del movimiento, origen y destino del residuo peligroso. Articulo 25.- El transportista y el destinatario de los residuos peligrosos debern entregar a la Secretarla, en el formato que sta determine, un informe semestral sobre los residuos que hubiesen recibido durante dicho periodo para su transporte o para su disposicin final, segn sea el caso. Artculo 26.- Cuando para el transporte de residuos peligrosos, el generador contrate a una empresa de servicios de manejo, el transportista contratado estar obligado a: I.- Contar con autorizacin de la Secretara, II.- Solicitar al generador el original del manifiesto correspondiente al volumen de residuos peligrosos que vayan a transportarse; III.- Firmar el original del manifiesto que le entregue el generador, y recibir de ste ltimo las dos copias del manifiesto que correspondan; IV.- Verificar que los residuos peligrosos que le entregue el generador, se encuentren correctamente envasados e identificados en los trminos de las normas tcnicas ecolgicas correspondientes; V.- Sujetarse a las disposiciones sobre seguridad e higiene en el trabajo que correspondan, as como a las que resulten aplicables en materia de trnsito y de comunicaciones y transportes; y VI.- Remitir a la Secretara un informe semestral sobre los residuos peligrosos recibidos para transporte durante dicho periodo. Articulo 27.- Sin perjuicio de las autorizaciones que corresponda otorgar a otras autoridades competentes, los vehculos destinados al transporte de residuos peligrosos debern contar con registro de la Secretara de Comunicaciones y Transportes y reunir los requisitos que para este tipo de vehculos determine dicha dependencia. Una vez registrados los vehculos destinados al transporte de residuos peligrosos ante la Secretara de Comunicaciones y Transportes, stos slo podrn usarse para dicho fin, con excepcin de barcos y de vehculos terrestres, como tractocamiones, que no entren en contacto directo con los residuos peligrosos, por tener como nica funcin la de arrastrar contenedores.

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    Articulo 28.- Queda prohibido el transporte de residuos peligrosos por va area. Artculo 29.- Quienes recolecten y transportes residuos peligrosos, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de trnsito, salud y comunicaciones y transportes, estn obligados a lo siguiente: Articulo 42.- Cuando por cualquier causa se produzcan derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de residuos peligrosos, durante cualesquiera de las operaciones que comprende su manejo, el generador y, en su caso, la empresa que preste el servicio, deber dar aviso inmediato de los hechos a la Secretara; aviso que deber ser ratificado por escrito dentro de los tres das siguientes al da en que ocurran los hechos, para que dicha dependencia est en posibilidad de dictar o en su caso promover ante las autoridades competentes, la aplicacin de las medidas de seguridad que procedan, sin perjuicio de las medidas que las mismas autoridades apliquen en el mbito de sus competencias. El aviso por escrito a que se refiere el prrafo anterior deber comprender: I.- Identificacin, domicilio y telfonos de los propietarios, tenedores, administradores o encargados de los residuos peligrosos de que se trate; II.- Localizacin y caractersticas del sitio donde ocurri el accidente; III.- Causas que motivaron el derrame, infiltracin, descarga o vertido; IV.- Descripcin precisa de las caractersticas fisicoqumicas y toxicolgicas, as como, cantidad de los residuos peligrosos derramados, infiltrados, descargados o vertidos; V.- Acciones realizadas para la atencin del accidente; VI.- Medidas adoptadas para la limpieza y restauracin de la zona afectada; y VII.- Posibles daos causados a los ecosistemas.

    LEY GENERAL PARA LA PREVENCIN Y GESTIN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS TTULO PRIMERO

    DISPOSICIONES GENERALES Artculo 1.- La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la proteccin al ambiente en materia de prevencin y gestin integral de residuos, en el territorio nacional. I. Aplicar los principios de valorizacin, responsabilidad compartida y manejo integral de residuos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnolgica, econmica y social, los

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    cuales deben de considerarse en el diseo de instrumentos, programas y planes de poltica ambiental para la gestin de residuos;

    II. Determinar los criterios que debern de ser considerados en la generacin y gestin integral de los residuos, para prevenir y controlar la contaminacin del medio ambiente y la proteccin de la salud humana;

    XII. Fortalecer la investigacin y desarrollo cientfico, as como la innovacin tecnolgica, para reducir la generacin de residuos y disear alternativas para su tratamiento, orientadas a procesos productivos ms limpios, y

    XIII. Establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicacin de esta Ley y las disposiciones que de ella se deriven, as como para la imposicin de las sanciones que corresponda Artculo 2.- En la formulacin y conduccin de la poltica en materia de prevencin, valorizacin y gestin integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la expedicin de disposiciones jurdicas y la emisin de actos que de ella deriven, as como en la generacin y manejo integral de residuos, segn corresponda, se observarn los siguientes principios:

    I. El derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar; II. Sujetar las actividades relacionadas con la generacin y manejo integral de los residuos a las modalidades que dicte el orden e inters pblico para el logro del desarrollo nacional sustentable; III. La prevencin y minimizacin de la generacin de los residuos, de su liberacin al ambiente, y su transferencia de un medio a otro, as como su manejo integral para evitar riesgos a la salud y daos a los ecosistemas; VIII. La disposicin final de residuos limitada slo a aquellos cuya valorizacin o tratamiento no sea econmicamente viable, tecnolgicamente factible y ambientalmente adecuada; IX. La seleccin de sitios para la disposicin final de residuos de conformidad con las normas oficiales mexicanas y con los programas de ordenamiento ecolgico y desarrollo urbano;

  • INGENIERIA EN PROCESOS TERMICOS Y DE INCINERACION KAUIL S.A. DE C.V. CARRETERA A SABINA KM. 1 L-3 MZA. 4 FRACC. EL EDEN CP. 86153 VILLAHERMOSA TAB. TEL. 01(993) 3 51 83 03 [email protected] WWW.KAUIL.COM

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    X. La realizacin inmediata de acciones de remediacin de los sitios contaminados, para prevenir o reducir los riesgos inminentes a la salud y al ambiente;

    Artculo 3.- Se consideran de utilidad pblica:

    I. Las medidas necesarias para evitar el deterioro o la destruccin que los elementos naturales puedan sufrir, en perjuicio de la colectividad, por la liberacin al ambiente de residuos; II. La ejecucin de obras destinadas a la prevencin, conservacin, proteccin del medio ambiente y remediacin de sitios contaminados, cuando stas sean imprescindibles para reducir riesgos a la salud; III. Las medidas de emergencia que las autoridades apliquen en cas