impuesto predial [reparado]
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE
Ciencias Contables Financieras y Administrativas.
Escuela de Contabilidad
Tema: Impuesto Predial
Curso: Contabilidad de Tibutos.
Profesor: Landa Machero,Víctor Manuel.
Ciclo: VII.
Alumno: Ruiz Espinoza, MAgdaly
PIURA – 2014
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EL IMPUESTO PREDIAL
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GASTO DEDUCIBLE
El inciso b) del artículo 37º de la Ley delImpuesto a la Renta prescribe que a fin de
establecer la renta neta de tercera categoría,son deducibles de la renta bruta entre
otros conceptos, los tributos que recaensobre bienes o actividades productoras de
rentas gravadas.
En relación a esta deducción, debe considerarseque de acuerdo a la Norma II del
Título Preliminar del Código Tributario, eltérmino genérico “tributo” comprende losimpuestos, las tasas y las contribuciones
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De acuerdo a lo anterior, se puede afirmarque cualquier tributo (Impuestos, tasas y/o
contribuciones) que afecte los bienes depropiedad de la empresa o las actividadesde la misma, deberían ser deducibles de la
Renta Bruta. Ejemplos de tributos que podríanser deducidos como gastos, tenemos:
El aporte a Essalud que asume la empresa por sus trabajadores.
El Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales en tanto el contribuyentesea la empresa.
El Impuesto Vehicular en tanto el contribuyente sea la empresa.
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EL IMPUESTO PREDIAL ¿ES UNGASTO DEDUCIBLE?
La empresa “LOS INNOVADORES” S.A. haefectuado el pago de S/. 700 por el Impuesto
Predial del 2009 de un edificio de supropiedad, en donde funcionan las oficinasadministrativas de la empresa. Al respecto,
la empresa desea conocer si dicho desembolsopodrá ser deducible para efectos del
Impuesto a la Renta.
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SOLUCIÓN
Como hemos señalado, la normatividad del Impuesto ala Renta permite la deducción como gastos de los tributos
(Impuestos, Tasas y Contribuciones) que afecten losbienes o actividades productoras de rentas Gravadas.
En ese sentido, considerando que el Impuesto Predial sederiva del edificio donde funcionan las oficinas
administrativas de la empresa, resulta evidente que elMismo afecta un bien que ayuda a generar rentas gravadas.De ser así, este gasto sería deducible, no siendo necesarioque por el mismo se cuente con un comprobante de pago,
si no bastaría que se cuente con la documentación sustentatoriacorrespondiente.