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iEV coNTRATO .30¡TEEV/DA./03/ t 8 Trihnal Elertord dr Veracru¡ CONTRATO DE PRESTACIÓN OE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU MAGISTRADO PRESIDENTE, DOCTOR JOSÉ OLNEROS RUIZ, ASISTIDO POR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MAR¡A ESTHER REYES GONáLEZ Y POR LA OTRA PARTE, C. BARBARA MAR¡A SALCEDO NOLASCO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES: l. De conformidad con lo dispUesto por los artículos 116, fracción lV, inciso c), numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105 de la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave; 405 del Código Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado en materia electoral que, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo la resolución de las controversias que se susciten con motivo de los procesos electorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones que emitan las autoridades electorales locales. ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del Estado debe cumplir sus func¡ones bajo los princ¡pios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones en los términos y condiciones que establezca la ley. Se integra con tres Magistrados que duran en su cargo siete años y son nombrados por el Senado de la República d acuerdo a lo previsto en la'Constitución Federal y en la Ley General d lll. EI dÍa 10 de diciembre de 20'15, la H. Cámara de Senadores de la República tuvo a bien nombrar a los señores magistrados que conforman la actual ¡ntegración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, quedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día 14 de diciembre de 2015, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 116, fracción lV, inc¡so C, numerál 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y artículos transitorios octavo y décimo séptimo del Código Electoral para el Estado de Veracruz. 1de8 lnstituciones y Procedimientos Electorales.

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iEV coNTRATO .30¡TEEV/DA./03/ t 8

Trihnal Elertord dr Veracru¡

CONTRATO DE PRESTACIÓN OE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNAPARTE, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DEIGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARACOMO "EL TRIBUNAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUMAGISTRADO PRESIDENTE, DOCTOR JOSÉ OLNEROS RUIZ, ASISTIDOPOR LA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN, MAESTRA MAR¡A ESTHERREYES GONáLEZ Y POR LA OTRA PARTE, C. BARBARA MAR¡ASALCEDO NOLASCO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARACOMO "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", AL TENOR DE LASSIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES:

l. De conformidad con lo dispUesto por los artículos 116, fracción lV, inciso c),numeral 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105de la Ley General de lnstituciones y Procedimientos Electorales; 66, ApartadoB, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave;405 del Código Electoral estatal; y 5 de su Reglamento lnterior, el TribunalElectoral del Estado de Veracruz es el órgano jurisdiccional especializado enmateria electoral que, aplicando la legislación estatal, tiene a su cargo laresolución de las controversias que se susciten con motivo de los procesoselectorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones queemitan las autoridades electorales locales.

ll. De acuerdo a lo establecido en el artículo 66, apartado B, de laConstitución Política del Estado de Veracruz, el Tribunal Electoral del Estadodebe cumplir sus func¡ones bajo los princ¡pios de certeza, imparcialidad,objetividad, legalidad y probidad; y goza de autonomía técnica y de gestión ensu funcionamiento e independencia en sus decisiones en los términos ycondiciones que establezca la ley. Se integra con tres Magistrados que duranen su cargo siete años y son nombrados por el Senado de la República dacuerdo a lo previsto en la'Constitución Federal y en la Ley General d

lll. EI dÍa 10 de diciembre de 20'15, la H. Cámara de Senadores de laRepública tuvo a bien nombrar a los señores magistrados que conforman laactual ¡ntegración en funciones del Tribunal Electoral del Estado de Veracruz,quedando formalmente instalado el órgano jurisdiccional el día 14 dediciembre de 2015, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 116,fracción lV, inc¡so C, numerál 5 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 66, Apartado B, de la Constitución Política del Estado deVeracruz, y artículos transitorios octavo y décimo séptimo del Código Electoralpara el Estado de Veracruz.

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lnstituciones y Procedimientos Electorales.

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iEVTrih¡El Eerlord de Verasu¿

coNTRATO'3o/TEEV/DA./o3/ I 8

lV. Que actualmente está en curso el proceso electoral ord¡nario 2017 -2018, porel que elegirán al titular del Ejecutivo del Estado y a los Diputados que integranel Poder Legislativo. t1

1.1 Es un organismo autónomo del Estado, con personal¡dad jurídica ypatrimonio propios, representado por su Magistrado Presidente, Doctor JoséOliveros Ruiz, en términos de lo dispuesto en los artículos 415 y 416,fracción ll, del Código Electoral del Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave,personalidad que acredita con el nombramiento expedido por el Senado de laRepública, de fecha 10 de diciembre de 2015, y con acta de sesión privadadel día 05 de diciembre de2017.

1.2 En términos de lo establecido por el artículo 410 del Código Electoral deVeracruz, el Tribunal Electoral del Estado administrará y ejercerá elpresupuesto que le sea asignado y estará obligado a presentar los informesde cuenta pública en los términos de ley.

1.3 El artículo 15 del Reglamento lnterior del fribunal Electoral de Veracruz,dispone que cuando las cargas de trabajo así lo requieran, el Tribunal podrácontratar servicios profesionales por un tiempo u obra determinada, paraprogramas o proyectos especificos. Las y los profesionales prestarán susservicios al Tribunal con base en el contrato formalizado en términos de lalegislación civil. t;

1.4 De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 169 del Código Electoral deVeracruz, el proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por laConstitución Política del Estado, las leyes generales de la materia y el propioCódigo, que realizan las autoridades electorales, las organizaciones políticas

los ciudadanos, tendentes a renovar periódicamente a los integrantes de los

1.5 De conformidad con lo anterior, el día 01 dé noviembre de 2017 el ConsejoGeneral del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz dioinicio formal al Proceso Electoral 2017 -20'18, por el que se renovarán el PoderLegislativo y Ejecutivo del Estado. En tal situación, el Tribunal Electoralrequiere de la contratación de servicios profesionales para afrontar la carga

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I. DECLARACIONES DEL TRIBUNAL:

Poderes Ejecutivo y Legislativo, así como a los miembros de losayuntamientos del Estado. El proceso electoral ordinario inicia con la primerasesión que el Consejo General del Organismo Público Local Electoral delEstado de Veracruz celebre en los primeros diez días del mes de noviembredel año previo al de la elección y concluirá el último día del mes de julio parala elección de Diputados, y el último día de agosto para la elección deGobernador o, en su caso, hasta en tanto el Tribunal emita las sentenciasdefinitivas respecto de los medios de impugnación pendientes de resolución.#

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iEVTnh"nal 0edord de Veracruz

de trabajo que representa el proceso electoral en curso, y con la finalidad depoder cumplir ef¡cazmente con su encomienda constitucional y legal deimpartición de justicia electoral en el Estado de Veracruz.

1.6 El cinco de enero del dos mil dieciocho, el Pleno del Tribunal Electoral deVeracruz, emitió el acuerdo plenario por el que se autor¡za la distribuciónmensual del presupuesto aprobado por el H. Congreso del Estado para elE,jercicio Fiscal 2018 y su ejercicio. Asimismo, med¡ante acuerdo plenar¡o defecha veintitrés de febrero del presente año, se aprobó la celebración decontratos a prestadores de servicios profesionales. El Tribunal Electoral deVeracruz cuenta con Registro Federal de Contribuyentes TEE150109HF2,éxpedid-o por=lseroicio de Admn-istraeión Tributeilá d-la See-étaÍíe deHacienda y Crédito Público.

1.7 Con la asistencia de la'Maestra María Esther Reyes González, en sucalidad de Directora de Administración del Tribunal Electoral, en términos de loestablec¡do en el artículo 62, fracciones I ll y lll del Reglamento lnterior delTribunal Electoral de Veracruz.

coNTRATO'30/TEEV/DA./03/ I I

1.8 Para efectos del presente contrato señala como su domicilio el ubicadoen Calle Zempoala número 28, Fraccionamiento Los Angeles, en la C¡udadde Xalapa - Enríquez, Verac¡uz, Código Postal 91060.

II. DE "EL PRESTADOR DE SERVICIOS":

ll.l Que es mexicana por nacimiento y se encuentra legalmente capac¡tadapara contratar y obligarse en los términos del presente contrato,man¡festando bajo protesta de decir verdad, que no se encuentrainhabilitada para ocupar un gmpleo, cargo o comisión en el servicio públicoAsí mismo, manifiesta no haber sido condenada por delito que amerite pede más de un año de prisión, ni por delitos de robo, fraude, falsificacióabuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama enconcepto público.

ll.2 Cuenta con los conocimientos en la materia, recursos técnicosmateriales necesarios para la ejecución de los servicios eventuales materiade este contrato, reconociendo expresamente su condición como prestadorde servicios eventuales.

ll.3 Su clave del Registro Federal de Contribuyentes inscrito ante el Sistemade Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Públicoes

ll.4 Reconoce expresamente que el motivo de su contratación por parte de'EL TRIBUNAL", es única" y exclusivamente para la prestación de los

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iEV CONTRATO'30/TEEY/DA/03/ I 8

Irbunal E:€doral d€ Yeraúuz

serv¡c¡os eventuales objeto del presente contrato, por lo que su relac¡ónjurídica con el mismo será de carácter eventual, quedando sujeta a lostérminos y condic¡ones del presente instrumento jurídico y se regirá por lasnorrnas civiles aplicables.

ll.5 Para efectos del presente contrato señalq como su domicilio el ubicadoen

Expuesto lo anterior, "EL TRIBUNAL" y "EL PRESTADOR DESERVICIOS", en lo sucesivo "LAS PARTES", celebran el presente contratocon fundamento en los artículos 2539 al 2548 y demás relativos y aplicablesdel Código Civil para el Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave, en lostérminos y condiciones previstos en las siguientes:

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- OBJETO."EL PRESTADOR DE SERVIGIOS" se obliga a prestar a "EL TR|BUNAL"sus servicios en forma eventual como ANALI§TA AUXILIAR, ejecutando lasactividades que se describen a continuación:

'1. Auxlliar y colaborar con los Secretarios de Estudio y Cuenta de ,,EL

TRIBUNAL" en el ejercicio de sus funciones;2. Acordar con el Magistrado al cual presten sus servicios profesionales,Ios demás asuntos que Ie sean encomendados para el eficaz funcionamientode ..EL TRIBUNAL''.3. Apoyar en el dictamen y trámite de los eipedientes que le encargue elSecretario de Acuerdos;

oyar al Secretario de Acuerdos en Ia revisión de los expedientes quese formen con los medios de impugnación, para determinar lo quecorresponda;5. Apoyar a los Actuarios Judiciales en los asuntos que le encargue elSecretario General de Acuerdos; y6. Los demás asuntos que les sean eocomendados para el eficazfuncionamiento de "EL TRIBUNAL"

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SEGUNDA.. MONTO Y FORMA DE PAGO DE LOS SERVICIOS."EL TRIBUNAL" como contraprestación por los servicios contratados seobliga a pagar a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" por la vigenciaestablecida en la cláusula tercera del presente contrato la cantidad total de$13,927.68 (Trece Mil Novecientos Veintisiete Pesos 68/100 M.N.) porconcepto de servicios, más el Impuesto al Valor Agregado por la cantidad de

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iEVTribun¿l Elecloral d€ veraolr¿

dede

$ 2,228.43 (Dos Mil Doscientos Veintiocho Pesos 43/100 M.N.) haciendo untotal de $ 16,156.11 (Dieciséis Mil Ciento C¡ncuenta y Seis Pesos 11/100M.N.), previa entrega del comprobante fiscal digital por internet (CFDI)correspondiente por parte de "EL PRESTADOR DE SERVICIOS", así comodel informe mensual mencionado en la cláusula octava del presentecontrato. ,.

TERCERA.. VIGENCIA DEL CONTRATO."LAS PARTES" convienen que la vigencia del presente contrato será del 01al 31 de marzo de 2018.

Q ueefa como un-faerifrad d iscrceionafde "EL TRIBUIifAt-fdete rmtnarsobre la celebración de un nuevo contrato de igual o similar naturaleza, yaque este instrumento jurídico expira el día de su vencimiento sin aviso previoalguno.

CUARTA,. NATURALEZA JURíDICA DEL CONTRATO."LAS PARTES" acuerdan expresamente que el presente contratonaturaleza civil, por Io que, bajo ninguna circunstancia de hechoderecho, surtirá efectos jurídicos de índole laboral, ya que el p nteinstrumento jurídico se refiere únicamente a una relación de se OS

profes¡onales en términos de la legislación c¡v¡|. Por ende, "EL TRIBUNAL"no tendrá ninguna obligación de carácter laboral.

QUINTA.. RETENCIONES DEL ¡SR E IVA."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" está de acuerdo en que "ELTRIBUNAL" efectúe las retenciones de los pagos que reciba por conceptode honorarios, por la cantidad que resulte aplicable en los términos de la Leydel lmpuesto Sobre la Renta y la Ley del lmpuesto al Valor Agregado,obligándose "EL TRIBUNAL" a enterar dichos impuestos ante la Secretaríade Hacienda y Crédito Públ¡co.

CONTRATO'3OTTEEY/DA,/O!/ I 8

En caso de que "EL TRIBUNAL" determine la celebración de un nuevocontrato, éste notificará por escrito tal decisión a "EL PRESTADOR DESERVICIOS", con cuando menos cinco días hábiles de anticipación altérmino de la vigencia previamente pactada, en el entendido de que si noexiste tal comunicación, la rqlación jurídica entre "LAS PARTES" concluiráal término de la vigencia delnpresente contrato sin necesidad de declaraciónjudicial previa, quedando expresamente prohibido a "EL PRESTADOR DESERVICIOS" prestar servicio alguno a "EL TRIBUNAL" con posterioridad aesa fecha.

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iEVTriburBl Eecloral de Veracruz

CONTRATO'3OTTEEV/DA.¡o3/I 8

sExrA.- soBRE LA pREsrAclón oe los §eRvtctos."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" se manifiesta conocedor de lanecesidad operativa de "EL TRIBUNAL" de garantizar la funciónjurisdiccional elecloral que brinda a la ciudadanía en el Estado de Veracruz yque para tal efecto planea, programa y/o instrumenta estrategias deoperación respecto a la atención ciudadana, por lo que expresa su enteraconformidad y se obliga a realiza¡ en forma eficiente los servicios materia deeste contrato para "EL TRIBUNAL". i¡

En atención a lo anterior, "LAS PARTES" acuerdan que, si derivado de laplaneación, programación o de las estrategias que instrumente "ELTR¡BUNAL" respecto a la operación y/o atención ciudadana, "ELTRIBUNAL" llegara a suspender parcialmente o por determinado periodo laprestación de los servicios materia de este contrato, tal situación, por serproduclo de la operación de "EL TRIBUNAL", no implicaría incumplimientoo responsabilidad para "EL TRIBUNAL". r¡

SÉPTIMA.- Que para la contratación de los servicios de personas físicas conactividades empresariales y profesionales en su calidad de Analistas deacuerdo con la Ley del lmpuesto Sobre la Renta v¡gente en el Capítulo llSección l, no prevé ningún impedimento legal para su debido ejercicio, aúnsean personas físicas que no cuenten con !ítulo y cédula profesional, envirtud de que sus actividades consisteno en auxiliar en actividadessecundarias a los abogados que de manera especifica si cuentan con título ycéd ula profesional, lo anterior en concordancia con el Código Electoral deVeracruz de lgnacio de la Llave.

OCTAVA.- INFORME DE ACTIVIDADES.Como parte ¡ntegrante de los servicios objejo del presente contrato, "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" se obliga á entregar en la Jefatura deRecursos Humanos de "EL TRIBUNAL", un informe mensual de las

ades realizadas en el periodo respectivo, debidamente aprobado ytrm ado, según sea el caso, siendo responsabilidad de los titulares de las

NOVENA-- CONFIDENGIALIDAD DE LA INFORMACIÓN."EL PRESTADOR DE SERVICIOS" reconoce y conviene que por ningúnmotivo divulgará la información que por virtud de los servicios objeto delpresente contrato tenga a su disposición o en su conocimiento, ya que lamisrna es confidencial y propiedad de "EL TRIBUNAL". En caso de que "EL

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áreas de "EL TRIBUNAL" o del personal de mando que éstos designenpara tal efecto, supervisar y vigilar sobre el cumplimiento de las actividadesrealizadas por "EL PRESTADOR DE SERVICIOS"

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iEVTnhrC B€doral de veracruz

coNTRATO .30/TEEV/DA./03/ I 8

PRESTADOR DE SERVICIOS" infrinja esta cláusula, "EL TRIBUNAL" podráejercer las acciones adm¡nistrativas, penales y/o civiles que correspondan.

DÉcffiA.- DERECHoS DE PRoPIEDAD INTELECTUAL."LAS PARTES" reconocen que los derechos de autor que pud¡eran derivarsede las actividades que con motivo del presente contrato desanolle "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" pertenecerán de manera exclusiva a ,,EL

TRIBUNAL", toda vez que su colaboración es retribuida, de conformidad conlo establecido en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor ydemás relativos y aplicables de su Reglamento.

DÉGIMA PRIMERA.- RESCISIóN DEL coNTRATo.La falsedad a cualquiera de las declaraciones o el incumplimiento decualqu¡era de las obligaciones consignadas en el presente contrato a cargo de"EL PRESTADOR DE SERVICIOS", faculta a "EL TRIBUNAL" a rescindirlounilateralmente sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidadalguna, bastando la notificación que al efecto le haga "EL TRIBUNAL" a "ELPRESTADOR DE SERVICIOS" con cinco días hábiles de anticipación.

DÉCIMA SEGUNDA.. coNcLUSIÓN DEL coNTRATo."LAS PARTES" acuerdan que la relación contractual concluirá por:a) Vencimiento de la v¡genc¡a o cumplimiento del contrato;b) Terminación anticipada del contrato por consentimiento mutuo de "LASPARTES";c) Fallecimiento, od) Rescisión del contrato por parte de "EL TRIBUNAL".

En caso de conclusión del contrato, la responsabilidad de "EL TRIBUNAL'comprenderá exclusivamente el pago de los honorar¡os que se hayangenerado hasta la fecha de dicha conclusión y que no se hubiesen pagadopreviamente a "EL PRESTAQOR DE SERVICIOS".

DÉCIMA TERCERA.. AUSENCIA DE VIcIos EN LA VoLUNTAD DE "LAsPARTES"."LAS PARTES" manifiestan que en el presente contrato no existe error, doloo mala fe, ni causa alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose acumplirlo en el tiempo, lugar y bajo las condiciones contratadas.

DÉcIMA cUARTA.- JURISD¡ccIÓN.Para todo lo relativo a la solución de controversias que surjan con motivo dela aplicación del presente contrato, "LAS PARTES" se obligan a someterse a

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frürnl Bectoral & veraou

CONTRATO'30/TEEV/DA/03/I 8

los Tribunales competentes del Distrito Judicial de Xalapa-Enríquez, Ve'aüuzde lgnacio de la Llave, renunc¡ando desde este momento al fuero que enftzón de su domic¡l¡o presente o futuro, pud¡era corresponderles.

Leído que fue el presente contrato y enteradas "LAS PARTES" de sucontenido, valor y alcance legal, lo firman de conformidad los que en elintervienen, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, el día 01 de mazo de20'18.

POR "EL TRIBUNAL"

DR. JOSÉ LIVER RUIZMAGISTRADO PRE IDENTE

POR "EL PRESTADOR DEsERVICl0S"

LIC. BA MARIA SALCEDONOLASCO

t

MTRA. R REYES

DIRECTORA DE ADMI RACIÓN

@

Las timas conten¡das en la presente foja foman parte del Contratode Prestación de Servicios, celebrado eñúe elTribunal Eledoral del Estado de VeÉcruz de lgnac¡o de la Llave y L¡¿: Baóara Marfa Salcedo Nolasco, e¡ dia 01 demazo de 20í8, doc{¡m€nto que consta de 4 fojas út¡les con texto en ambos lados.

h

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