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IES DE ASTORGA C/ Eugenio Curiel, 6 24700 ASTORGA IES DE ASTORGA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL CURSO ACADÉMICO 2015/2016 Tfno. 987615801 / www.iesastorga.centros.educa.jcyl.es / [email protected]

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IES DE ASTORGA

C/ Eugenio Curiel, 6

24700 ASTORGA

IES DE ASTORGA

PROGRAMACIÓN GENERAL

ANUAL

CURSO ACADÉMICO 2015/2016

Tfno. 987615801 / www.iesastorga.centros.educa.jcyl.es / [email protected]

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IES DE ASTORGA Astorga (León)

PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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Índice de contenido

IES DE ASTORGA .............................................................................................................................. 1

INTRODUCCIÓN: ......................................................................................................................................... 8

1. HORARIO GENERAL DEL CENTRO Y CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA SU ELABORACIÓN: ............... 11

2. PROYECTO EDUCATIVO: ................................................................................................................... 13

2.1. Valores, objetivos y prioridades de actuación teniendo en cuenta las características del entorno

social y cultural del centro. .................................................................................................................... 13

2.2. Análisis de las características del entorno escolar. .................................................................. 15

2.3. Propuesta Curricular de la Educación Secundaria Obligatoria: ....................................................... 17

2.3.1. Adecuación y concreción de los objetivos de la etapa......................................................... 17

2.3.2. Contenidos, Criterios de Evaluación y Estándares de Aprendizaje Evaluables para cada uno

de los cursos y materias. ...................................................................................................................... 18

2.3.3. Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos. ......................... 19

2.3.4. Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de

curso. .............................................................................................................................................. 21

2.3.5. Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular. ............................................. 23

2.3.6. Evaluación ............................................................................................................................ 25

2.3.6.1. Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta

las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales. .................... 25

2.3.6.2. Criterios generales para determinar la variedad de instrumentos de calificación,

incluyendo las pruebas orales en las diferentes Programaciones Didácticas con el correspondiente

reflejo en la calificación. ....................................................................................................................... 28

2.3.6.3. Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en el artículo 36 de

la ORDEN EDU/362/2015 de, 4 de mayo y en el art. 22.2 del RD 1105/2014. .................................... 29

2.3.6.4. Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de

los alumnos con materias pendientes de otros cursos. ....................................................................... 35

2.3.6.5. En su caso, determinar los mecanismos para la participación del alumnado en el

proceso de evaluación. ........................................................................................................................ 36

2.3.7. Medidas de refuerzo educativo. Materias de refuerzo. ...................................................... 36

2.3.8. Orientaciones para incorporar los elementos transversales. .............................................. 38

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2.3.9. En su caso, criterios pedagógicos objetivos para integración de materias en ámbitos de

conocimiento en el primer curso. ........................................................................................................ 39

2.3.10. Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular. ............... 40

2.4. Propuesta Curricular de Bachillerato: .............................................................................................. 41

2.4.1. Adecuación y concreción de los objetivos de la etapa......................................................... 41

2.4.2. Contenidos, Criterios de Evaluación y Estándares de Aprendizaje Evaluables para cada uno

de los cursos y materia ......................................................................................................................... 42

2.4.3. Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos. ......................... 42

2.4.3.1. Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios

de curso……………….. ............................................................................................................................. 45

2.4.3.2. Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular. ......................................... 47

2.4.4. Evaluación ............................................................................................................................ 47

2.4.4.1. Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado. ............................ 47

2.4.4.2. Criterios generales para determinar la variedad de instrumentos de calificación. ......... 58

2.4.4.3. En su caso, determinar los mecanismos para la participación del alumnado en el

proceso de evaluación. ........................................................................................................................ 59

2.4.4.4. Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de

los alumnos con materias pendientes. ................................................................................................ 59

2.4.5. Orientaciones para incorporar los elementos transversales. .............................................. 60

2.4.6. Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular. ............... 60

2.5. Propuesta organizativa del centro, incluidas las normas de organización y funcionamiento con

especial atención a la coordinación docente: ....................................................................................... 61

2.5.1. Normas de organización y funcionamiento. ........................................................................ 61

2.5.2. Organización general del centro (organigrama). ................................................................. 61

2.5.3. Coordinación docente: ......................................................................................................... 66

2.5.3.1. Curso................................................................................................................................. 66

2.5.3.2. Etapa. ................................................................................................................................ 71

2.5.3.3. Etapas anteriores. ............................................................................................................ 71

2.5.3.4. Etapas posteriores. ........................................................................................................... 71

2.6. Reglamento de Régimen Interior: .................................................................................................... 71

2.6.1. Concretar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes. .......................... 71

2.6.2. Establecer los procedimientos de actuación en el centro ante situaciones de conflicto y el

sistema de registro de las actuaciones llevadas a cabo. ...................................................................... 73

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2.6.3. Concretar el desarrollo de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la

resolución de conflictos, de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del título III del decreto

51/2007. .............................................................................................................................................. 73

2.6.4. Normas de convivencia. ....................................................................................................... 73

2.6.5. Normas de organización y participación para la mejora de la convivencia en el centro. .... 73

2.6.6. Normas que garanticen y posibiliten la comunicación de los alumnos y sus familias con los

tutores y profesorado: ......................................................................................................................... 74

2.7. Normas de convivencia y conducta: ................................................................................................ 74

2.7.1. Deberes del alumnado y las actuaciones correctoras aplicables en caso de incumplimiento,

tomando en consideración su situación y condiciones personales. .................................................... 74

2.7.2. Medidas de promoción de la convivencia establecidas en el centro, así como los

procedimientos y medidas para la prevención y resolución de conflictos. ......................................... 74

2.7.3. Actuaciones correctoras referidas a las faltas injustificadas de asistencia a clase y de

puntualidad. ......................................................................................................................................... 75

2.7.4. Las situaciones en que las medidas correctoras se deben aplicar directamente por el

profesorado y en los casos que corresponde la aplicación a la Dirección del centro, así como el

procedimiento para informar a las familias, también las medidas y procedimientos para realizar

actuaciones de colaboración. ............................................................................................................... 75

2.8. Plan de Convivencia: ........................................................................................................................ 75

2.8.1. Actividades programadas para fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro

escolar. .............................................................................................................................................. 75

2.8.2. Concreción de los derechos y deberes del alumnado. ......................................................... 75

2.8.3. Medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento con arreglo a la normativa

vigente y la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención

a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación. ................ 76

2.9. Planes educativos específicos y, en su caso, el proyecto de autonomía cuya implantación

requerirá la autorización administrativa: .............................................................................................. 76

2.10. Elementos más significativos del proyecto lingüístico autorizado para impartir parte de las

materias en lenguas extranjeras en la Educación Secundaria Obligatoria. ........................................... 76

2.11. Plan de Atención a la Diversidad. ............................................................................................. 76

2.11.1. Justificación del plan en relación con las características del alumnado, del centro docente y

su contexto así como con los objetivos, principios y finalidad de la etapa. ........................................ 77

2.11.2. Determinación de objetivos. ................................................................................................ 77

2.11.3. Criterios y procedimientos para la detección e intervención en las necesidades educativas

del alumnado. ...................................................................................................................................... 77

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2.11.4. Descripción de las medidas generales u ordinarias, extraordinarias y especializadas de

atención e intervención educativa que se desarrollan en el centro para atender al alumnado

escolarizado, los procedimientos previstos para su implantación y desarrollo, así como la

temporalización de las actuaciones previstas en dicho curso. ............................................................ 77

2.11.5. Programas específicos que se implementen en el centro para la atención a la diversidad

del alumnado, así como los dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión de la igualdad de

oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con discapacidad. ........................................... 77

2.11.6. Organización de los recursos humanos, materiales y de los espacios del centro para dar

respuesta al alumnado. ........................................................................................................................ 77

2.11.7. Funciones y responsabilidades de los distintos profesionales en relación con las medidas

diseñadas. ............................................................................................................................................. 77

2.11.8. Colaboración con las familias. .............................................................................................. 78

2.11.9. Coordinación con otros organismos, entidades e instituciones. ......................................... 80

2.11.10. Mecanismo de evaluación inicial, seguimiento y evaluación final-anual de cada una de

las medidas ordinarias, especializadas y extraordinarias que se desarrollen. ..................................... 82

2.11.11. Mecanismos de seguimiento y evaluación del plan, especificando tiempos,

instrumentos, procedimientos y responsables. ................................................................................... 82

2.12. Plan de Acción Tutorial. ............................................................................................................ 83

2.12.1. Directrices de la comisión de coordinación pedagógica. ..................................................... 83

2.12.2. Miembros del Equipo Directivo, del Departamento de Orientación y tutores de cada curso,

reflejando la forma, espacios y tiempos, en que serán atendidos de forma efectiva los alumnos y los

padres, madres o tutores legales. ........................................................................................................ 83

2.12.3. Organización de espacios y tiempos donde se realizarán las reuniones de coordinación de

tutores, departamento de orientación, departamento de actividades complementarias y

extraescolares y jefes de estudio. ........................................................................................................ 83

2.12.4. Planificación y organización de la hora lectiva de la tutoría con el grupo (ESO). ................ 83

2.12.5. Mecanismos de evaluación de la acción tutorial. ................................................................ 83

2.12.6. Evaluación de la planificación y ejecución del plan. ............................................................ 83

2.12.7. Se pueden determinar los mecanismos para la participación del alumnado en el proceso

de elaboración y evaluación del Plan de Acción Tutorial. .................................................................... 83

2.13. Plan de orientación académica y profesional. ......................................................................... 84

2.13.1. Objetivos del plan. ................................................................................................................ 84

2.13.2. Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación primaria de la zona

y los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (ESO). ...................................................... 84

2.13.3. Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación secundaria

postobligatoria (ESO). Mecanismos de coordinación con los centros que impartan educación

superior (Bachillerato).......................................................................................................................... 84

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2.13.4. Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de acogida y orientación

para el alumnado que se incorpora a primer curso de la educación secundaria obligatoria ESO).

Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de la orientación académica y

profesional con el alumnado (Bachillerato) ......................................................................................... 84

2.13.5. Planificación, organización y temporalización de las actuaciones de la orientación

académica y profesional con el alumnado del centro que incluirá en todo caso, en tercer o cuarto

curso, la visita a centros de trabajo y ciclos formativos (ESO). ............................................................ 84

2.13.6. Mecanismos de evaluación de la orientación académica y profesional. ............................. 84

2.14. Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente. ................................ 85

2.15. Directrices para el fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y la

prevención de la violencia de género. ................................................................................................... 86

2.16. Programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión, entre las personas de la

comunidad educativa, de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con

discapacidad, tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y

otras enseñanzas. .................................................................................................................................. 86

2.17. Medidas de coordinación con otros centros para facilitar tanto la incorporación del

alumnado a las enseñanzas que imparten el centro como su continuidad en su proceso formativo. . 86

2.18. Compromisos y criterios para la formalización de acuerdos entre el centro y las familias y con

los propios alumnos. .............................................................................................................................. 87

2.19. Decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del municipio y las

relaciones previstas con otras instituciones, públicas y privadas, para la mejor consecución de los

fines establecidos. ................................................................................................................................. 88

2.20. Concreción de los aspectos de la ORDEN EDU/1169/2009...................................................... 90

2.21. Celebración de fechas significativas. ........................................................................................ 90

2.22. Colaboración e implicación de las familias............................................................................... 90

2.22.1. Los procedimientos de acogida al alumnado y a sus familias. ............................................. 90

2.22.2. El seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado. ............................... 91

2.22.3. El refuerzo de los vínculos entre el centro y las familias, de modo que se facilite la

continuidad de las acciones formativas. .............................................................................................. 91

2.23. Otros planes, proyectos y programas educativos: ................................................................... 93

2.23.1. Programas de actividades de formación permanente del profesorado. ............................. 93

2.23.2. "Plan de lectura". ................................................................................................................. 93

2.23.3. "Programa para la Mejora del Éxito Educativo". .................................................................. 94

2.23.4. Plan de Absentismo: Medidas para la disminución del abandono escolar temprano. ........ 95

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2.23.5. Plan de acogida (ESO). .......................................................................................................... 95

2.24. Carácter propio al que se refiere el artículo 115 de la LOE...................................................... 96

2.25. Publicidad. ................................................................................................................................ 96

3. PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES ........................... 96

4. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS ...................................................................................................... 96

5. MEMORIA ADMINISTRATIVA ......................................................................................................... 100

6. PLANES Y PROYECTOS DEL CENTRO NO INCLUIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO ...................... 103

7. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS ESO ............................................................................................ 103

8. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS BACHILLERATO .......................................................................... 106

9. ANEXO ESPECÍFICO SOBRE ENSEÑANZAS COFINANCIADAS POR FSE ……………………………………

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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INTRODUCCIÓN:

En el presente curso 2015-2016 hemos adaptado todos los documentos que regulan la

actividad educativa del IES de Astorga, así como las programaciones didácticas de los

diferentes departamentos, a la nueva legislación, puesto que ahora se implantan las

novedades establecidas para 1º ESO, 3º ESO, 1º de bachillerato y 2º de FPB:

- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

- Para la ESO: Orden EDU/362/2015 (currículo, implantación, evaluación y desarrollo).

- Para Bachillerato: Orden EDU/363/2015 (currículo, implantación, eval. y desarrollo).

- Para la FPB: R.D. 127/2014 y Orden EDU/509/2014 (currículo de Elect. y Electrónica),

Orden EDU/516/2014 (currículo de Cocina y Restauración), Decreto 22/2014.

En el Consejo Europeo de Lisboa del año 2000 y en las Conclusiones del Consejo de

2009 sobre el Marco Estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y

la formación (“ET 2020”), se estableció la necesidad de la adquisición de competencias

clave por parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que los individuos

alcancen un pleno desarrollo personal, social y profesional. Asimismo, en el Consejo Europeo

“Educación y Formación 2010” se definen algunos objetivos generales, tales como el

desarrollo de las capacidades para la sociedad del conocimiento, y otros más específicos

encaminados a promover el aprendizaje de idiomas y el espíritu de empresa, y también a

potenciar la dimensión europea en la educación en general.

Ya en el año 1996, la UNESCO había establecido los principios de una enseñanza

basada en competencias: “aprender a conocer”, “aprender a hacer”, “aprender a ser” y

“aprender a convivir”.

La competencia es la capacidad de responder a demandas complejas y llevar a cabo

tareas diversas de forma adecuada. La competencia se conceptualiza como un “saber hacer”

y supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores

éticos, actitudes, emociones y otros componentes sociales y de comportamiento que se

movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz.

El Parlamento Europeo y el Consejo han instado a los Estados miembros a desarrollar

la oferta de competencias clave, que son aquéllas que todas las personas precisan para su

realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el

empleo.

El conocimiento competencial integra un conocimiento de base conceptual

(conocimiento declarativo → saber decir: conceptos, principios, teorías, datos, hechos…),

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conocimiento relativo a destrezas (conocimiento procedimental → saber hacer) y un

componente de carácter social y cultural (actitudes y valores → saber ser).

En virtud de lo anterior, la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de

Calidad Educativa (LOMCE) pone el énfasis en un modelo de currículo basado en

competencias vinculadas a los objetivos, de carácter integral, transversal y dinámico, que

debe abordarse desde todas las áreas del conocimiento.

Las competencias clave en el Sistema Educativo Español son:

a) Comunicación lingüística.

b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología

c) Competencia digital.

d) Aprender a aprender.

e) Competencias sociales y cívicas.

f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

g) Conciencia y expresiones culturales.

Estas competencias clave deben estar integradas en las distintas áreas o materias del

currículo (objetivos, contenidos, metodología, criterios de evaluación…) y deben desarrollarse

en los ámbitos de la educación formal, no formal e informal.

Todos los aspectos relativos al concepto, evaluación y descripción de las

competencias clave, se encuentran desarrollados en la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero

(BOE 29-1-2015).

La Programación General Anual (PGA) es el documento que sirve para garantizar el

desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de las

competencias de los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente y la

participación de todos los sectores de la comunidad escolar. El equipo directivo del IES de

Astorga, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el consejo escolar y el claustro de

profesores, ha elaborado la PGA con la pretensión de que sirva para planificar las acciones

que se realicen durante el curso 2015-2016 y para coordinar las actividades que lleven a cabo

los miembros de la comunidad educativa del centro de un modo directo.

En el artículo 125 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) se

señala que los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una Programación

General Anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del

centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas y todos los planes de actuación

acordados y aprobados. A su vez, la LOMCE en su Art. 127.b establece como una de las

competencias del consejo escolar evaluar la Programación General Anual del centro sin

perjuicio de las competencias del claustro de profesores, en relación con la planificación y

organización docente. Esta PGA se ha elaborado teniendo en cuenta la legislación vigente:

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Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, Orden

EDU/362/2015, Orden EDU/363/2015 y la Instrucción de la Dirección General de Política

Educativa Escolar del 15 de julio de 2015.

En el apartado cuarto de la Instrucción de la Dirección General de Política Educativa

Escolar del 15 de julio de 2015, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes

no universitarios de Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2015/2016, la

Consejería de Educación establece que la Programación General Anual de los centros

sostenidos con fondos públicos, una vez aprobada por el órgano competente, se remitirá a la

Dirección Provincial de Educación correspondiente en los siguientes plazos: hasta el 27 de

noviembre, Centros que impartan educación secundaria obligatoria y bachillerato.

Nuestra práctica educativa buscará la formación integral de los alumnos y

garantizará la adquisición de capacidades, conocimientos y valores que los prepare para su

incorporación a la vida adulta. Educaremos en el ejercicio responsable de la libertad para que

el alumnado elija sus propias opciones, actúe de acuerdo con ellas y valore sus

consecuencias. Esta educación debe basarse en la propia autonomía, en el compromiso, en

el esfuerzo personal y en una valoración crítica del mundo que les rodea. Ayudaremos a los

alumnos en la toma de decisiones según el Plan de Orientación Académica y Profesional.

Llevaremos a cabo una metodología activa que garantice el aprendizaje significativo

y la participación. Para atender a las necesidades del alumnado contamos con un Programa

para la Mejora del Éxito Educativo en las áreas instrumentales y las pertinentes adaptaciones

curriculares que se encuadran dentro del Plan de Atención a la Diversidad de nuestro centro,

sin obviar la necesidad de una implicación real de todos los miembros de la comunidad

educativa en la tarea de atención a la diversidad.

Se fomentará la participación de las familias mediante la información continua a los

padres sobre la marcha y evolución de sus hijos y la vida del centro por diferentes vías:

- Colaboración en la resolución de problemas de aprendizaje, disciplina o absentismo

- La realización de actividades de convivencia, formativas e informativas.

- La participación del AMPA en la vida del centro.

Potenciaremos las relaciones con el entorno cultural y laboral, tanto en lo que se

refiere a organismos públicos como a instituciones o empresas privadas que ayuden a la

inserción social y laboral del alumnado.

Estimularemos también la participación de nuestro centro en programas de

innovación, proyectos de formación del profesorado, así como en actividades que mejoren el

éxito escolar y favorezcan la convivencia.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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1. HORARIO GENERAL DEL CENTRO Y CRITERIOS

PEDAGÓGICOS PARA SU ELABORACIÓN:

Para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado, el horario del IES se

desarrolla en jornada de mañana, tarde y noche. Ya en el curso 2011/2012 el equipo directivo

consideró que era necesaria una distribución equitativa de todos y cada uno de los períodos

lectivos, sin que esto supusiera una modificación de la estructura de la jornada; hecho que fue

puesto en conocimiento de la Inspección Educativa y supervisado por ésta.

A las 8.30 de la mañana, con el primer timbre de la jornada, se abrirán las puertas

del centro. A las 8.35 horas comienza el primer período lectivo. La jornada lectiva concluye a

las 14.25. El transporte saldrá de las inmediaciones del centro a las 14.30 horas.

1º PERIODO de 8:35 a 9:25 h.

2º PERIODO de 9:30 a 10:20 h.

3º PERIODO de 10:25 a 11:15 h.

RECREO de 11:15 a 11:45 h.

4º PERIODO de 11:45 a 12:35 h.

5º PERIODO de 12:40 a 13:30 h.

6º PERIODO de 13:35 a 14:25 h.

7º PERIODO: entre las 16:00 y las 18.00 h.

Además, el centro, concretamente el edificio A, permanecerá abierto en horario de

tarde, preferentemente los martes y jueves de 16.00 a 18.00 horas, aunque se puede abrir el

resto de los días, si es necesario, para actividades académicas ordinarias (clases de

refuerzo), y actividades extraescolares y complementarias, actividades de formación del

profesorado, exámenes, evaluaciones, etc. Durante este curso, los martes, miércoles y

jueves se impartirán dos períodos de refuerzo para los alumnos de 2º de Bachillerato que

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presentan las materias de Lengua Castellana y Literatura I, Filosofía e Inglés I pendientes de

1º de Bach. Además los martes se impartirán también dos horas de Inglés a los alumnos de

1º de ESO del Programa British Council.

Como parte integrante del centro, la Residencia alberga a aquellos alumnos de ESO,

Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional y FP Básica, que por razones de

distancia no pueden acudir al centro diariamente desde sus domicilios. La Residencia

permanece abierta desde el domingo a las 21:45 h. hasta el viernes a las 15.30 horas,

exceptuados festivos y vacaciones. El horario general de la Residencia es el siguiente:

7:30 h: levantarse.

8:00 - 8:15 h: desayuno.

8:25 h: salida de los alumnos para clase.

14:45 - 15:15 h: comida.

De 15:15 h. a 17:30 h.: ocio o actividades complementarias o de refuerzo

De 17:30 a 19:00 h.: estudio asistido.

De 19:00 a 19:30 h.: recreo.

De 19:30 a 21:00 h.: estudio asistido.

21:05 h - 21:30 h.: cena.

De 21:30 h. a 22:45 h.: ocio o refuerzo. Para los alumnos que suspendan más

de dos materias, este tiempo se destinará obligatoriamente al estudio.

A partir de las 23:00 h.: descanso o estudio autorizado.

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2. PROYECTO EDUCATIVO:

2.1. Valores, objetivos y prioridades de actuación

teniendo en cuenta las características del entorno social

y cultural del centro.

El IES de ASTORGA ha de atender a una población escolar en fuerte competencia

con el sector privado concertado, y mixta en cuanto a su procedencia geográfica. El hecho de

que la zona presente una baja renta per cápita, nos obliga a tener en cuenta que

sociológicamente nuestros alumnos proceden de la clase media-baja. Así pues, respondiendo

a lo expuesto en los Art. 121 de la LOE y art. 11 del Decreto 23/2014, el centro deberá

responder a las características y necesidades de estos alumnos y dotarles de la mejor

formación humanística, científica y técnica para que en un futuro próximo puedan proseguir

estudios de formación profesional, universitarios o desempeñar un puesto de trabajo en el

sector servicios o en la industria de la alimentación, prácticamente los únicos que en la

actualidad mantienen su actividad en la ciudad y comarca. A estas necesidades pretende dar

respuesta la amplia oferta educativa de nuestro centro, que no sólo se centra en la ESO y el

Bachillerato, sino que le da una gran importancia a la dimensión profesional de las

enseñanzas impartidas, por lo que se apuesta por una formación a través de Ciclos

Formativos de Formación Profesional de grado medio y superior de las familias profesionales

de Administración y Gestión, Electricidad y Electrónica e Industrias Alimentarias, que

contribuya a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permitan:

a) Desarrollar las competencias propias de cada título de formación profesional.

b) Comprender la organización y las características del sector productivo correspondiente,

así como los mecanismos de inserción profesional.

c) Conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las

relaciones laborales.

d) Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de

conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal,

familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia de género.

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e) Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como de

las personas con discapacidad, para acceder a una formación que permita todo tipo de

opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.

f) Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos

derivados del trabajo.

g) Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y

adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social.

h) Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas

empresariales.

i) Preparar al alumnado para su progresión en el sistema educativo.

j) Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

Los ciclos formativos de grado medio contribuirán, además, a ampliar las competencias

de la enseñanza básica adaptándolas a un campo o sector profesional que permita al

alumnado el aprendizaje a lo largo de la vida, a progresar en el sistema educativo, y a

incorporarse a la vida activa con responsabilidad y autonomía.

Además, contamos con una Formación Profesional Básica en los ciclos de Cocina y

Restauración, y Electricidad y Electrónica cuyo objetivo es doble: por un lado, ofrecer al

alumnado las mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional, y por otro,

facilitar la permanencia de los alumnos y alumnas en el sistema educativo.

Los ciclos de Formación Profesional Básica contribuirán, además, a que el alumnado

adquiera o complete las competencias del aprendizaje permanente.

Este curso está completamente implantado en el centro el programa de enseñanza

bilingüe British Council en 1º de ESO y 2º ESO, para dar continuidad a los alumnos que ya lo

habían cursado en el CP “Santa Marta” y propiciar asimismo la incorporación de alumnos de

otros centros que acrediten estar en condiciones de incorporarse al programa. Este programa

consiste en impartir en inglés las materias de Ciencias Sociales y Ciencias Naturales. Además

la materia de Inglés tiene una carga lectiva de 5 horas semanales, de las que 2 se imparten

en el 7º periodo lectivo.

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2.2. Análisis de las características del entorno escolar.

Astorga cuenta con una población de aproximadamente unos 12.000 habitantes, en

lento retroceso desde principios de los años ochenta. Es cabeza de comarca de la

Maragatería, la Cepeda y la Vega, y parcialmente, de la Valduerna y la Cabrera. En conjunto,

la localidad y su entorno comarcal cuentan con una población próxima a los 25.000

habitantes. Núcleo histórico y encrucijada de caminos, de origen en la época romana -su

nombre originario era Asturica Augusta y fue cabecera de la Ruta de la Plata- hace que tenga

una importante transcendencia cultural, además de un rico patrimonio histórico-artístico.

En los últimos años la ciudad se especializa en la oferta de servicios turísticos de

calidad, apoyados en su propia tradición cultural, en el patrimonio arqueológico y

arquitectónico así como en los valores tradicionales y paisajísticos de la comarca. También

hay que destacar su papel como cabeza de partido judicial, sede de la diócesis, del

acuartelamiento militar, punto importante en el Camino de Santiago, etc. Además, su

particular ubicación geográfica permite una fácil comunicación por carretera y ferrocarril con

cualquier punto de la Península. Se encuentra a medio camino entre Madrid y la Coruña, y a

unos 50 km de la capital de la provincia.

En este análisis, es preciso tener en cuenta el grado de actividad laboral de la

población, así como el tipo de actividad predominante en la ciudad para, por una parte,

conocer la procedencia social de nuestro alumnado y, por otra, contextualizar nuestra

docencia, respondiendo a las necesidades académicas.

La población se dedica principalmente al sector servicios: comercio, hostelería,

banca, administración, etc. El sector industrial no está especializado. Únicamente podrían

considerarse como industrias especializadas las dedicadas a la alimentación y la

construcción, esta última en claro retroceso y, en la actualidad, con carácter testimonial.

Tratando de concretar aún más las zonas de influencia de Astorga a las que nos

hemos referido anteriormente, podemos considerar dos áreas geográficas de influencia,

ambas con núcleo en la propia ciudad. La primera está representada por una serie de

poblaciones que se esparcen dentro de un radio de unos 12 kilómetros: Castrillo de los

Polvazares, Magaz de Cepeda, Brazuelo, Val de San Lorenzo, Morales del Arcediano,

Santiagomillas, San Román de la Vega, San Justo de la Vega, Nistal de la Vega y Celada. El

contacto entre estos núcleos y Astorga es continuo, pudiendo considerarse que dichas

poblaciones están perfectamente integradas en la vida ciudadana. Por el contrario, la

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segunda área, más amplia y periférica, está formada por una serie de núcleos de población

distribuidos en un radio de entre 15 y 25 kilómetros. Nos referimos a núcleos rurales como:

Tabuyo del Monte, Priaranza de la Valduerna, Luyego, Filiel, Lucillo, Rabanal del Camino,

Villagatón y Quintana del Castillo.

En conjunto, se trata de una serie de comarcas que han experimentado un claro

retroceso demográfico durante los últimos años, tónica dominante en España merced a la

emigración interior hacia núcleos urbanos más industrializados. En este sentido, hay que

señalar también el desplazamiento de la población juvenil por motivos académicos o

profesionales, lo que contribuye directa o indirectamente al envejecimiento de la población de

la ciudad.

A la vista de estos datos, podemos señalar las siguientes conclusiones sobre las

características de nuestros alumnos:

Nos encontramos con una población escolar de 663 alumnos, de la cual el 53%

aproximadamente pertenece a la ciudad de Astorga y el 47% restante, a la

comarca.

En relación con el área de procedencia, no se aprecian grandes diferencias ni en

la formación de los alumnos ni en sus inquietudes. No obstante, hay que

destacar el esfuerzo de los alumnos que acceden al IES en transporte escolar;

en algunos casos hay que añadir al horario lectivo ordinario más de dos horas

por este concepto. También conviene destacar las dificultades de los alumnos

del ámbito rural para acceder a los programas de refuerzo que se imparten en

horario de tarde.

Hay escolarizado en nuestro centro un escaso porcentaje de alumnos

inmigrantes, que muestran un nivel de competencia curricular en general bajo

debido a las dificultades lingüísticas que presentan, así como un escaso

porcentaje de alumnado de etnia gitana en el que se detecta el problema del

absentismo.

Astorga es una ciudad con un amplio equipamiento educativo: en el sector

público, además de nuestro centro, cuenta con otros cuatro de primaria, una

escuela oficial de idiomas, un conservatorio y una escuela de música. Hay que

destacar la amplia oferta de colegios privados concertados que imparten los

niveles de educación primaria y secundaria obligatoria.

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2.3. Propuesta Curricular de la Educación Secundaria

Obligatoria:

2.3.1. Adecuación y concreción de los objetivos de la etapa.

La educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos las

capacidades que les permitan:

a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el

respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas

y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes

de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en

equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y

como medio de desarrollo personal.

c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y

oportunidades entre ellos. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre

hombres y mujeres.

d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en

sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo,

los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para,

con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el

campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en

distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en

los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.

g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el

sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar

decisiones y asumir responsabilidades.

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h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua

castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y

mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.

i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera

apropiada.

j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias

y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar

las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación

física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar

la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos

sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio

ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.

l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas

manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

2.3.2. Contenidos, Criterios de Evaluación y Estándares de Aprendizaje

Evaluables para cada uno de los cursos y materias.

Son los especificados en la ORDEN EDU/362/2015: en los anexos I B (asignaturas

troncales), I C (asignaturas específicas) y I D (asignaturas de libre configuración autonómica,

excepto las que se establecen en el art. 9.3.b), punto 3º para tercero y en el art. 10.4.b)

puntos 3º, 4º y 5º para cuarto.

Aparecen desarrollados en su totalidad en las diferentes programaciones didácticas de

los departamentos, que se adjuntan en un anexo a la PGA.

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2.3.3. Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y

didácticos.

Si tomamos como punto de partida lo recogido en el Anexo I de la Orden EDU/362/2015,

así como lo dispuesto en el art. 8 de dicha Orden, podemos establecer para nuestro centro las

directrices básicas en cuanto a la metodología didáctica que emplearemos en nuestra labor y

tareas docentes, que será activa y participativa, y favorecerá el trabajo individual y cooperativo

de los alumnos para que alcancen los objetivos y competencias que su capacidad les permita.

El IES de Astorga elabora sus propuestas didácticas teniendo en cuenta la atención a la

diversidad y el necesario acceso de todo el alumnado a la educación común. En este sentido,

utilizaremos métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado,

que favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo;

también del profesorado, para proporcionar un enfoque coordinado y pluridisciplinar a todo el

proceso educativo.

Se desarrollarán actividades que fomenten el interés por el uso de las matemáticas y el

hábito de lectura y estudio, así como las destrezas para la correcta expresión oral y escrita, y

que incluyan la integración y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación

como recurso metodológico útil para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje.

También realizamos cuantas acciones son preceptivas para llevar a cabo una correcta

acogida de los alumnos que se incorporan a 1º ESO, coordinando así la transición entre la

Educación Primaria y la Secundaria Obligatoria para facilitar la motivación y la continuidad del

proceso educativo de todos nuestros discentes.

Principios metodológicos de la etapa: en la etapa de la Educación Secundaria

Obligatoria se afianzan las bases para el aprendizaje en etapas educativas posteriores y se

consolidan hábitos de trabajo, habilidades y valores que se mantendrán toda la vida. Para que

los alumnos adquieran las competencias del currículo y los objetivos de esta etapa, hay que

tener presentes en su justa medida, entre otros factores, las particularidades de las materias,

las condiciones socioculturales, la disponibilidad de recursos y las características del

alumnado. Los procesos de enseñanza-aprendizaje deben proporcionar al alumno un

conocimiento adecuado de los contenidos, y propiciar el fomento de la curiosidad científica y

de hábitos intelectuales propios del pensamiento abstracto, tales como la observación, el

análisis, la interpretación, la investigación, la capacidad creativa, la comprensión y expresión y

el sentido crítico, así como la capacidad para resolver problemas y aplicar los conocimientos

adquiridos en diversidad de contextos, dentro y fuera del aula, que garanticen la adquisición

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de las competencias y la efectividad de los aprendizajes. La metodología ha de estar

orientada a impulsar el aprendizaje por competencias, por lo que desde los distintos

departamentos didácticos del IES de Astorga potenciaremos la autonomía de los alumnos en

la toma de decisiones, el aprender por sí mismos y el trabajo colaborativo, la búsqueda

selectiva de información y, finalmente, la aplicación de lo aprendido a nuevas situaciones,

utilizando en la medida necesaria las tecnologías de la información y comunicación,

especialmente útiles en todo lo relacionado con el trabajo por proyectos.

Las metodologías activas se apoyan en el aprendizaje cooperativo porque mediante la

resolución conjunta de tareas se practican las estrategias utilizadas por todos los miembros

del equipo y se favorecen los procesos de generalización y de transferencia de los

aprendizajes.

El profesor presenta los contenidos diseñando secuencias de aprendizaje integradas

que permitan la interrelación entre aspectos de una materia o de diferentes materias, y

planifica tareas y actividades que estimulen el interés y el hábito de la expresión oral y la

comunicación. En el desarrollo de las actividades, habrá de adaptar el proceso de enseñanza-

aprendizaje a la diversidad del aula y a los distintos ritmos de aprendizaje de los alumnos en

función de sus necesidades (educativas, especiales, altas capacidades intelectuales,

integración tardía o dificultades específicas de aprendizaje).

Como elemento fundamental en todo el proceso, la coordinación docente es clave

tanto en la selección de las estrategias metodológicas como de materiales y recursos

didácticos de calidad. Los equipos docentes tienen que plantearse una reflexión común y

compartida sobre la eficacia de las diferentes propuestas metodológicas con criterios

comunes y consensuados.

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2.3.4. Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la

organización y horarios de curso.

En el Documento de Organización del Centro (D.O.C.) figuran los horarios de profesores

y alumnos, cuya elaboración se ha ajustado a la normativa vigente y a los criterios que figuran a

continuación.

En ningún caso, las preferencias horarias de los profesores o el derecho de los

mismos a elección podrán obstaculizar la aplicación de los criterios que se exponen a

continuación o los que pueda establecer el Claustro.

a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete períodos lectivos diarios.

b) Cada período lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.

c) Después de cada período lectivo habrá un descanso de cinco minutos para efectuar

los cambios de clase.

d) Después del tercer período lectivo habrá, como mínimo, un descanso de quince

minutos.

e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los

alumnos.

f) La distribución de las áreas y materias en cada jornada, y a lo largo de la semana,

se realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas.

A partir de estos criterios generales, se establecen también los siguientes criterios

concretos para la elaboración de los horarios de alumnos:

1- Distribución equilibrada de las horas de cada materia a lo largo de la semana,

especialmente en aquellas materias que tienen escasa carga horaria semanal.

2- Simultaneidad de las materias optativas con la finalidad de facilitar la gestión de los

espacios y recursos del centro.

3- Las asignaturas con dos períodos semanales no se concentrarán en días

consecutivos.

4- La materia de Tecnología de 1º de ESO se impartirá contemplando, al menos, un

bloque horario de dos horas.

5- Los módulos de los Ciclos Formativos se distribuirán prioritariamente en aquellos

bloques horarios que cada departamento de familia profesional considere

necesarios.

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La configuración de los grupos se llevará a cabo con arreglo a los siguientes criterios:

1- Se priorizará la distribución de los alumnos en los diferentes grupos en función de la

opción, la optatividad elegida y el riguroso orden alfabético.

2- Siempre que sea posible, se procurará respetar la optatividad elegida por el

alumnado.

3- Se procurará distribuir de manera proporcional a los alumnos repetidores en los

distintos grupos que configuren cada curso.

Además de los criterios expuestos anteriormente, se tendrán en cuenta para la

elaboración de los horarios de los profesores los siguientes:

a) La jornada escolar, de 8:35 a 14:25 h., estará formada por seis períodos lectivos de

50 minutos de duración cada uno y con un intervalo de cinco minutos entre cada uno

de ellos.

b) Los profesores deberán permanecer obligatoriamente en el centro 4 periodos

diarios.

c) El recreo tendrá una duración de 30 minutos y se desarrollará a mitad de la jornada

escolar, concretamente entre las 11:15 h. y las 11:45 h.

d) Simultaneidad en la asignación de la hora de tutoría por curso y día de la semana a

los tutores, así como para las reuniones de tutores.

e) Simultaneidad en la asignación del día y la hora semanal de reunión de la Comisión

de Coordinación Pedagógica a los jefes de departamento, quedando fijada ésta para

los martes en el tercer período lectivo, de 10:25 a 11:15 h. Asimismo, las reuniones

del Claustro se llevarán a cabo, en la medida de lo posible, los martes a las 16.30 h.

f) El horario de recreo quedará reservado para guardias de patio y guardias de

biblioteca.

g) Se procurará dejar parte de una mañana libre semanalmente en un solo bloque a

aquellos profesores tutores de la Formación en Centros de Trabajo de los Ciclos

Formativos para que puedan desarrollar el seguimiento de la misma, supervisada en

todo caso por la Jefatura de Estudios.

Estos criterios pedagógicos fueron dados a conocer al claustro de profesores reunido en

sesión ordinaria el día 09/09/2014.

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2.3.5. Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.

El centro ocupa dos edificios diferentes, denominados A y B respectivamente; ambos

separados unos 400 metros aproximadamente. Además, en la zona sur del edificio B, se

ubica la Residencia de estudiantes, en la que conviven 32 alumnos de los diferentes niveles

educativos.

El edificio A, con una antigüedad de unos diecinueve años, tiene forma de “U” y tres

plantas. En él se localizan todos los cursos de la ESO, incluidos los dos cursos del Programa

de Diversificación Curricular, los dos cursos de Bachillerato, los ciclos formativos de Grado

Medio y Superior de la familia profesional de Administración Y Gestión, así como los servicios

administrativos.

En la planta baja se ubican dos aulas específicas de tecnología, dos de plástica, una

de música y otra aula, resultado de dividir una de las de plástica, utilizada para desdobles. En

la zona central se hallan las dependencias de servicios comunes: conserjería, secretaría y

sala de profesores. En el ala derecha, el cuarto de calderas, la vivienda del conserje y el aula

donde desarrolla su labor docente la profesora de Pedagogía Terapéutica, mientras que en el

ala izquierda se localizan los departamentos de Actividades Extraescolares y de Orientación,

las salas de visitas, la biblioteca y como anexo a la misma, el aula de trabajo individual, la

cafetería, el almacén y el archivo. A ello habría que añadir las instalaciones deportivas y sus

dependencias habituales: dos vestuarios, almacén y departamento de Educación Física.

En la primera planta se encuentran, en el ala izquierda, las aulas ordinarias y en el

ala derecha las aulas específicas de los ciclos formativos de la familia profesional de

Administración y Gestión, un aula de informática y aulas para desdobles, el departamento de

Ciencias Naturales, además de la sala de usos múltiples. En la zona central se ubican los

departamentos didácticos de Idiomas, Lengua Castellana y Literatura, los laboratorios de

Física y de Química, la Jefatura de Estudios y el despacho de Dirección.

En la segunda planta se hallan, además de aulas ordinarias, el resto de los

departamentos didácticos, dos aulas específicas de informática y los laboratorios de Biología

y Geología.

Completa sus instalaciones con el patio, zona polideportiva al aire libre y el

polideportivo cubierto. Hay que reseñar su dotación de ascensor, escaleras de emergencia,

servicios contra incendios, alarma, etc.

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El edificio B cuenta con cuatro plantas. Es un edificio de aproximadamente cuarenta

años de antigüedad, muy complejo, en el que se ubican enseñanzas de Formación

Profesional y la Residencia de estudiantes.

En el área donde se imparte enseñanza se localizan los siguientes servicios: en la

planta baja encontramos la cafetería, aula de música, aula taller del FP Básica de cocina y el

obrador del ciclo formativo de la familia profesional de Industrias Alimentarias. En la primera

planta: conserjería, Jefatura de Estudios, sala de profesores, salón de actos, biblioteca y aula

de exámenes. Se completa esta planta con tres aulas para los ciclos formativos de la familia

profesional de Electricidad y Electrónica, aulas taller de electricidad de FP Básica, el

departamento de Industrias Alimentarias y aulas ordinarias. En las plantas segunda y tercera

se encuentran el resto de las aulas taller de los ciclos formativos y espacios para los

departamentos de FOL y Electricidad y Electrónica.

En el área de la Residencia se ubican los siguientes servicios: en la planta baja

tenemos un aula, espacios comunes de ocio, sala de juegos, sala de televisión, una

conserjería, almacenes, gimnasio, las dependencias de la cocina, lavandería y sistemas de

calefacción. En la primera planta: otra conserjería, el comedor, tres salas de estudio,

biblioteca, despacho del jefe de Residencia y las habitaciones de las alumnas. En la segunda

planta: la sala de profesores y las habitaciones de los alumnos.

En relación con la organización general del centro, conviene señalar que la

optimización de los espacios constituye un objetivo prioritario de este equipo directivo.

Además, hay que destacar que el curso pasado se comenzó con un programa de

optimización de las instalaciones de calefacción e iluminación en ambos edificios,

continuando con el desarrollo del mismo en la actualidad.

En cuanto a los materiales curriculares propiamente dichos, disponemos de los

tradicionales equipos de reproducción audiovisual, aunque somos deficitarios en otros más

innovadores que integren diferentes soportes instrumentales que fomenten en el alumnado la

búsqueda crítica de fuentes de diversa naturaleza y procedencia, y desarrollen la capacidad

de aprender por sí mismos, tales como pizarras digitales o similares. Además, el centro y los

diferentes departamentos didácticos disponen de toda clase de material específico, de

laboratorio, mapas… que se actualiza con regularidad.

Estos recursos materiales se seleccionan siempre teniendo en cuenta criterios

pedagógicos, los específicos de cada asignatura, la adecuación a los contenidos y según el

orden de solicitud, nivel, número y edad de los alumnos a los que se vayan a destinar en cada

momento.

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2.3.6. Evaluación

2.3.6.1. Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del

alumnado, teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas

para el alumnado con necesidades educativas especiales.

Los criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables

que, como elementos de mayor concreción, observables y medibles, serán los que, puestos

en relación con las competencias clave, permitirán graduar el rendimiento o desempeño

alcanzado en cada una de ellas. El conjunto de los estándares de aprendizaje evaluables de

un área o materia dará lugar a un perfil que permitirá identificar las competencias que se

desarrollan a través de esa área o materia (perfil de área). Por su parte, el conjunto de

estándares relacionados con una misma competencia da lugar al perfil de esa competencia

(perfil de competencia).

El profesorado establecerá las medidas necesarias para garantizar que la evaluación

del grado de dominio de las competencias del alumnado con necesidades específicas se

realice de acuerdo con los principios de no discriminación y accesibilidad y diseño universal.

Asimismo, los docentes deben utilizar procedimientos de evaluación variados para

facilitar la evaluación del alumno como parte integral de su proceso de enseñanza-

aprendizaje, y como una herramienta esencial para mejorar la calidad de la educación.

También es necesario incorporar herramientas que permitan la participación de los discentes

en la evaluación de sus logros, tales como la autoevaluación, la evaluación entre iguales o la

coevaluación.

Además de las preceptivas en la ESO, se ha considerado conveniente realizar también

una evaluación inicial en 1º curso de bachillerato para conocer las posibles necesidades

educativas de algunos alumnos nuevos en el centro que proceden de los centros concertados

de la ciudad a fin de poder darles respuesta como establece la normativa (ORDEN

EDU/865/2009, de 16 de abril, por la que se regula la evaluación del alumnado con

necesidades educativas especiales escolarizado en el segundo ciclo de la educación infantil y

en las etapas de la educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en la

Comunidad de Castilla y León).

Tal como se establece en la Orden EDU/362/2015, a lo largo de cada curso escolar

se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación de los aprendizajes del alumnado, una

por trimestre, sin contar la evaluación inicial. La última sesión se entenderá como la de

evaluación final ordinaria del curso. El tutor levantará acta del desarrollo de la evaluación

inicial y de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas.

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En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno no

sea el adecuado, el profesorado adoptará las oportunas medidas de refuerzo educativo y, en

su caso, de adaptación curricular que considere oportunas para ayudarle a superar las

dificultades mostradas. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan

pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los

aprendizajes básicos para continuar el proceso educativo.

El alumnado podrá realizar en el mes de septiembre una prueba extraordinaria de

aquellas materias que no haya superado en la evaluación final ordinaria de junio. La

realización de la prueba extraordinaria, su evaluación, entrega de calificaciones y revisión se

desarrollará en los primeros días del mes de septiembre.

Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación. También se dará cuenta por escrito al alumno y a sus padres, madres o tutores

legales de acuerdo con lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 22.7 del Real Decreto 1105/2014, de

26 de diciembre, al final de cada uno de los cursos se entregará a los padres, madres o

tutores legales de cada alumno un consejo orientador de acuerdo con el modelo del Anexo III

de la Orden EDU/362/2015.

Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria en septiembre, un alumno

mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o varios

cursos, el tutor especificará en un programa individualizado las medidas educativas

propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los estándares de

aprendizaje evaluables de dichas materias.

Cuando un alumno promocione con evaluación negativa en alguna de las materias, la

superación de los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a éstas será

determinada por el profesor de la materia respectiva del curso al que promocionan, quien

tendrá a su vez en consideración el seguimiento del programa individualizado. En el caso de

materias que el alumno haya dejado de cursar, el departamento correspondiente determinará

su superación en función de las medidas educativas reflejadas en dicho programa.

Asimismo, podremos determinar los mecanismos para la participación del alumnado en

el proceso de evaluación y dispondrán las medidas más adecuadas para que las condiciones

de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con

necesidades específicas de apoyo educativo.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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Al comienzo de cada curso de la educación secundaria obligatoria, los diferentes

equipos docentes del IES de Astorga realizarán una evaluación inicial del alumnado en todos

los cursos, que será presidida por el tutor de cada grupo de alumnos y que contará con el

apoyo, en su caso, del departamento de orientación. Esta evaluación inicial tendrá como

finalidad adoptar las decisiones que correspondan en relación con las características y

conocimientos del alumnado y que deberán ser recogidas en el acta de la sesión.

En 1º ESO realizamos la evaluación inicial en los primeros quince días desde el

comienzo del curso y tenemos en cuenta sus resultados para adoptar decisiones tales como

detectar la necesidad de incorporación al refuerzo de las materias instrumentales.

Como es preceptivo, esta evaluación inicial no sólo se referirá a aspectos curriculares

de cada materia, sino que incluirá los informes individuales preexistentes que revistan interés

para la vida escolar, y los datos obtenidos por los propios tutores y profesores sobre la

situación desde la que el alumno inicia los nuevos aprendizajes. En el caso del primer curso

incluirá, además, los datos correspondientes a la escolarización y al informe de evaluación

final de la etapa de educación primaria.

Evaluaciones 2015-2016:

Evaluación inicial: 14 y 15 de octubre.

Primera evaluación: 16 y 17 de diciembre.

Segunda evaluación: 15 y 16 de marzo.

Tercera evaluación: 22 y 23 de junio.

Final de pendientes: 17 de mayo.

Final 2º Bachillerato: 26 de mayo.

Evaluaciones en ciclos formativos (según la ORDEN EDU/2169/2008, que regula el

proceso de evaluación y acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de

formación profesional inicial en Castilla y León, y la ORDEN EDU/580/2012):

Evaluación inicial: 14 y 15 de octubre.

Primera evaluación: 16 y 17 de diciembre.

2º CFGS ADG02S: 1 de marzo (1ª evaluación final).

Segunda evaluación: 15 y 16 de marzo.

2º CFGM ADG01M: 29 de abril (1ª evaluación final).

2º CFGS ADG02S: 24 de mayo (lectura de proyectos) y 26 de mayo (eval. final).

2º CFGM ADG01M: 6 de junio (2ª evaluación final).

2º CFGM ADG01M, 2º del resto de CFGM y 2º FPB: 13 de junio (2ª eval. final extr.).

Tercera evaluación: 22 y 23 de junio.

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2.3.6.2. Criterios generales para determinar la variedad de

instrumentos de calificación, incluyendo las pruebas orales

en las diferentes Programaciones Didácticas con el

correspondiente reflejo en la calificación.

En cuanto a la evaluación de las competencias clave, deberá tenerse en cuenta el grado

de dominio de cada una de ellas que haya alcanzado el educando: es necesario elegir

estrategias e instrumentos para evaluar al alumnado de acuerdo con sus desempeños (sic

en la Orden; mejor, habilidades) para la resolución de problemas que simulen contextos

reales y que movilicen sus conocimientos, destrezas, valores y actitudes. Hay que establecer

las relaciones de los estándares de aprendizaje evaluables con las competencias a cuyo

desarrollo contribuyen.

Ser competente supone haber adquirido la capacidad de movilizar los conocimientos,

destrezas, actitudes y valores que permitan dar respuesta a las situaciones planteadas. Para

medir los niveles de desempeño de las competencias, se utilizan indicadores de logro

(rúbricas o escalas de evaluación), que deben incluir rangos dirigidos a la evaluación de los

desempeños correspondientes.

Tal como se establece en la Orden EDU/362/2015 (artículos 32 y 33), en lo referente a

la evaluación de los aprendizajes se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 20 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de

diciembre.

Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el

logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los

bloques de asignaturas troncales y específicas, serán los criterios de evaluación y estándares

de aprendizaje evaluables que figuran en los Anexos I.B y I.C, respectivamente, de la citada

Orden EDU/362/2015, en cuyo Anexo I.D figuran los referentes que hay que tener presentes

en la evaluación de las materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.

El equipo docente del IES de Astorga tendrá en especial consideración aquellos

estándares de aprendizaje que se consideren básicos en cada curso y en cada una de las

materias para la toma de decisiones sobre la promoción, en especial la excepcional, así como

para la incorporación al grupo ordinario de cuarto curso del alumnado que haya cursado un

programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento.

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Las calificaciones serán decididas por el profesor de la materia, quien tendrá presentes

tanto la evaluación inicial como las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación

curricular significativa que hubieran sido aplicadas. El resto de las decisiones resultantes del

proceso de evaluación serán adoptadas por consenso del equipo docente. Si ello no fuera

posible, se adoptarán por mayoría de dos tercios de los profesores que imparten clase al

alumno.

Las pruebas de evaluación que se desarrollen en las diferentes materias incluirán

pruebas orales, las cuales tendrán su reflejo, según la materia, en su calificación. Esta

consideración deberá incluirse en las programaciones didácticas.

Por lo que respecta a la Formación en Centros de Trabajo (F.C.T.) de los alumnos de

ciclos formativos, los profesores tutores responsables de dicha formación se pondrán en

contacto con los centros de trabajo que, a través del Programa CICERÓN, ofrezcan puestos

formativos que se correspondan con su Ciclo Formativo para consensuar los programas de

formación y tomar las decisiones oportunas. Para facilitar el seguimiento de estos alumnos, se

ha confeccionado el horario de los profesores tutores siguiendo el criterio de dejar parte de una

mañana en un bloque libre a aquellos profesores que realicen el seguimiento de la F.C.T. El

jefe de estudios adjunto de ciclos formativos revisará los datos relativos al centro, grupos,

matrícula y profesorado que figuran en el Programa CICERÓN y subsanará los posibles

errores. Asimismo mantendrá contacto con la Cámara de Comercio para revisar los tipos y/o

períodos de las plazas ofertadas a través del Programa CICERÓN y subsanar posibles

errores, o para dar de alta a alguna otra empresa solicitada por los profesores tutores.

2.3.6.3. Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo

establecido en el artículo 36 de la ORDEN EDU/362/2015 de,

4 de mayo y en el art. 22.2 del RD 1105/2014.

La promoción en 1º y 3º de ESO queda establecida en el artículo 28 de la Ley Orgánica

8/2013, para la Mejora de la Calidad Educativa, Evaluación y promoción:

1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria

Obligatoria será continua, formativa e integradora.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de

las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas

especiales.

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2. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa,

serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna

respectivo, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias

correspondientes.

Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las

materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán

curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean

Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con

evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes

condiciones:

a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua

Castellana y Literatura, y Matemáticas,

b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación

negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene

expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución

académica,

c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en

el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con

evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas

de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede

seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la

promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o

alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se

refiere el apartado 7 de este artículo.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el

alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos

alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia

en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que

dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la

misma denominación en diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se

considerarán como materias distintas. La materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la

misma consideración que la materia Lengua Castellana y Literatura en aquellas Comunidades

Autónomas que posean lengua cooficial.

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3. Con el fin de facilitar a los alumnos y alumnas la recuperación de las materias con

evaluación negativa, las Administraciones educativas regularán las condiciones para que los

centros organicen las oportunas pruebas extraordinarias en las condiciones que determinen.

4. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de

las materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo

docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de

refuerzo. Esta circunstancia será tenida en cuenta a los efectos de promoción previstos en los

apartados anteriores.

5. El alumno o alumna podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como

máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o

cuarto curso, se prolongará un año el límite de edad al que se refiere el apartado 2 del artículo

4. Excepcionalmente, un alumno o alumna podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si

no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

6. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones

curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la

superación de las dificultades detectadas.

7. Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y

alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, las

Administraciones educativas establecerán medidas de refuerzo educativo, con especial

atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de

las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los

padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que

incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las

competencias correspondientes, así como una propuesta a padres, madres o tutores legales

o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, que podrá incluir la

incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento o a un ciclo de

Formación Profesional Básica.

8. Tras cursar el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, así como una vez

cursado segundo curso cuando el alumno o alumna se vaya a incorporar de forma

excepcional a un ciclo de Formación Profesional Básica, se entregará a los alumnos y

alumnas un certificado de estudios cursados.

9. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua

oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos y alumnas podrán estar exentos de realizar

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la evaluación de la materia Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica

correspondiente.

En cuanto a la promoción en 2º y 4º ESO, aplicaremos lo dispuesto en el artículo 28 de

la Ley Orgánica 2/2006.

La evaluación en la ESO ha de ser continua y, por tanto, a la hora de tomar decisiones

sobre la promoción, debe valorarse el progreso del alumno desde las distintas áreas en

relación al desarrollo integral de la persona: tras la evaluación final de junio y, en su caso, de

la prueba extraordinaria de septiembre, el equipo docente, de forma colegiada, tomará las

decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado al curso siguiente, con el

asesoramiento del Departamento de Orientación.

Promocionarán los alumnos que hayan alcanzado los objetivos de las materias

cursadas, así como los alumnos con evaluación negativa en una o dos materias y se repetirá

curso con evaluación negativa en tres o más materias. En el cómputo de las materias no

superadas, a efectos de promoción y titulación, se considerarán también las de los cursos

anteriores que no han sido recuperadas. Cuando se promocione con materias suspensas,

éstas serán objeto de recuperación en el curso siguiente antes de la realización de las

sesiones de evaluación ordinaria y extraordinaria.

Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres

materias cuando 2/3 del equipo educativo considere que la naturaleza de las mismas no le

impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación

y que dicha promoción beneficiará a su evolución académica, debiendo cumplir, además,

todos y cada uno de los siguientes requisitos, que serán dados a conocer a los alumnos al

principio del curso:

-No haber incurrido a lo largo del curso en actitud de pasividad o abandono injustificado

de alguna asignatura.

-No haber dado muestras de conducta contraria a las normas de convivencia y/o

gravemente perjudicial para ella. Este criterio implica que el alumno no haya tenido dos o más

pérdidas del derecho de asistencia a clase durante el curso.

-Haber manifestado (sic) a lo largo del curso una asistencia del 80%, como mínimo, en

cada una de las materias.

-Haber realizado las posibles tareas de recuperación propuestas para el verano.

-Haberse presentado a los exámenes extraordinarios de septiembre.

Las condiciones en que los alumnos puedan promocionar con tres materias suspensas

serán aplicadas de forma individual, y solo tras la prueba extraordinaria de septiembre. La

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decisión acerca de la promoción o no del alumno corresponderá al equipo docente, de forma

colegiada, y tras una reflexión en la que se expongan las circunstancias atenuantes o

agravantes que incurran en el caso.

En todo caso, y dada la relevancia para el aprendizaje de las materias instrumentales,

no se podrá aplicar dicha excepcionalidad a aquellos alumnos que tengan evaluación

negativa en las materias de Matemáticas y Lengua Castellana, junto con una tercera.

Cuando los alumnos promocionen con evaluación negativa en alguna de las áreas o

materias, la superación de los objetivos correspondientes a éstas será determinada por el

profesor del área o materia respectiva del curso al que promocionan y de no impartirse en dicho

curso, por el departamento correspondiente, en función de las medidas educativas comple-

mentarias que el equipo de profesores hubiera adoptado para que el alumno alcance los

objetivos de dichas áreas o materias.

Antes de la evaluación final de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de

pendientes que será coordinada por el jefe de estudios. Sus resultados quedarán recogidos en

un acta y se trasladarán a todos los documentos de evaluación; también se dará cuenta por

escrito al alumno y a sus padres o representantes legales.

Al finalizar cada curso, el tutor, con la información recabada de los demás profesores del

grupo y del Departamento de Orientación, realizará un informe de cada alumno en el que se

valore el grado de consecución de los objetivos y el desarrollo de las capacidades básicas

establecidas. También constará la decisión de promoción o no promoción y se hará referencia a

aquellos aspectos en los que el alumno deberá mejorar, así como las medidas de recuperación

que precise. Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria, un alumno no haya

conseguido los objetivos establecidos para cada curso, el profesor de la materia elaborará un

informe sobre los objetivos y contenidos no alcanzados, la propuesta de actividades de

recuperación y las medidas educativas adoptadas para contribuir a que el alumno alcance dichos

objetivos.

Se podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos, como máximo, dentro de la etapa.

Excepcionalmente, se podrá repetir una segunda vez en cuarto curso, si no se ha repetido en

cursos anteriores de la etapa. Cuando la segunda repetición deba producirse en el último

curso de la etapa, se prolongará un año el límite de edad establecido para finalizar estos

estudios.

Para aquellos alumnos que, habiendo repetido curso, no cumplan los requisitos de

promoción y ya hayan repetido en uno de los cursos anteriores, el equipo docente, asesorado

por el Departamento de Orientación, oídos el alumno y sus padres, previa evaluación

psicopedagógica del alumno y el informe de la Inspección educativa, podrá decidir su

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incorporación a un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento. La incorporación

al programa, encaminada a que el alumnado alcance las capacidades y competencias

básicas propias de la etapa, requerirá garantías de cooperación y de actitudes positivas por

parte del alumno.

Si el alumno tuviera 15 años, el equipo educativo, asesorado por el Departamento de

Orientación, podrá proponer a los padres también su incorporación a la Formación Profesional

Básica dirigida a que alcance las competencias profesionales propias de una cualificación de

nivel 1, a favorecer su inserción social y profesional, y al mismo tiempo a facilitar la obtención

del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por cualquiera de las dos

opciones previstas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, mediante la superación de la

prueba de evaluación final de la Educación Secundaria Obligatoria, en las condiciones

previstas en dicha Ley Orgánica. La propuesta irá acompañada del consejo orientador que

deberá contener la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro de los

objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. En

todo caso la aceptación de la propuesta, oídos el alumno y sus padres y/o tutores legales,

deberá hacerse con el consentimiento de éstos.

Criterios de titulación para 4º ESO (ORDEN EDU/1952/2007, de 29 de noviembre,

art. 10, y ORDEN EDU/1048/2007, de 12 de junio, art. 13):

1. Los alumnos que, al término de la ESO, hayan alcanzado las competencias básicas y

los objetivos de la misma en la evaluación final ordinaria o, en su caso, tras la prueba

extraordinaria, y hayan sido evaluados positivamente en todas las materias de la etapa, serán

propuestos directamente para la obtención del título en Graduado en Educación Secundaria.

2. Asimismo, tras la evaluación extraordinaria de septiembre, el equipo educativo podrá

proponer la obtención de dicho título a aquellos alumnos que hayan finalizado el curso con

evaluación negativa en una o dos materias y excepcionalmente en tres, siempre que el

alumno haya mostrado una actitud positiva en todas las materias, en cuanto a

comportamiento, interés, esfuerzo, estudio, asistencia regular del 80%, como mínimo, en cada

una de las asignaturas, haber realizado las posibles tareas de recuperación propuestas para

el verano, haberse presentado a los exámenes extraordinarios de septiembre y el equipo

considere que el peso de las materias suspensas no le ha impedido alcanzar las

competencias básicas y los objetivos de la etapa. Estas condiciones, dadas a conocer a los

alumnos a principio de curso, serán aplicadas de forma individual y solo tras la prueba

extraordinaria de septiembre.

Tras el análisis de la situación académica del alumno, y a propuesta del tutor, la

decisión sobre la titulación será adoptada por consenso del equipo docente, asesorado, en los

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aspectos que precise, por el Departamento de Orientación. Si el consenso no fuera posible, la

decisión se adoptará por mayoría de dos tercios de los profesores que hayan impartido clase

al alumno.

3. No podrán obtener el título aquellos alumnos que tengan evaluación negativa en las

materias de Lengua Castellana y Matemáticas, junto a una tercera.

4. En el caso de los alumnos que cursen el Programa de Diversificación Curricular,

obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si superan todos los

ámbitos y materias que integran el programa. Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos

que, habiendo superado los dos ámbitos, tengan evaluación negativa en una o dos materias,

y excepcionalmente en tres, siempre que a juicio del equipo docente hayan alcanzado las

competencias básicas y los objetivos de la etapa.

El equipo docente, de forma colegiada, tomará las decisiones correspondientes sobre la

titulación del alumnado, con el asesoramiento del Departamento de Orientación.

Finalmente, a la vista del artículo 36 de la Orden EDU/362/2015 y según el apartado

22.2 del Real Decreto 1105/2014, en lo relativo a la decisión de promoción excepcional, el

equipo docente del IES de Astorga tendrá en cuenta los criterios establecidos y considerará

los estándares de aprendizaje evaluables básicos referidos en el artículo 32.3 de la Orden

EDU/362/2015.

2.3.6.4. Criterios generales para la atención de las actividades de

evaluación y recuperación de los alumnos con materias

pendientes de otros cursos.

Por lo que respecta a los sistemas de recuperación, en las programaciones didácticas de

los departamentos se recogen los criterios y procedimientos de recuperación de las distintas

materias. En este sentido, los departamentos deberán informar a los alumnos de los

procedimientos de recuperación de materias pendientes previstos. En el caso de la ESO, en

aquellas materias que tienen continuidad en el curso siguiente, será el profesor de dicha

materia el que debe informar a los alumnos de los criterios y procedimientos de recuperación.

En las materias que no tienen continuidad, será el jefe del departamento

correspondiente el que debe informar a los alumnos de los criterios y procedimientos de

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recuperación de las materias pendientes, lo mismo que en Bachillerato y Ciclos Formativos, en

una reunión convocada al efecto por el jefe de estudios a comienzo de curso.

Asimismo el jefe de estudios elaborará un calendario de exámenes de recuperación de

materias pendientes, sin continuidad, por parciales con arreglo al siguiente calendario:

Primer parcial: semana del 23 al 27 de noviembre de 2015.

Segundo parcial: semana del 22 al 26 de febrero de 2016.

Tercer parcial: semana del 2 al 6 de mayo de 2016.

Evaluación de pendientes: 17 de mayo de 2015.

Este calendario fue dado a conocer por la Jefatura de Estudios a la comisión de

coordinación pedagógica y al claustro con anterioridad a la redacción de esta PGA.

2.3.6.5. En su caso, determinar los mecanismos para la

participación del alumnado en el proceso de evaluación.

Art. 32, apartado 13, de la Orden EDU/362/2015: los centros podrán determinar los

mecanismos para la participación del alumnado en el proceso de evaluación.

2.3.7. Medidas de refuerzo educativo. Materias de refuerzo.

Según se recoge en los Art. 27 y 28 de la ORDEN EDU/362/2015, estarán dirigidas a

los educandos que presenten problemas o dificultades de aprendizaje en los aspectos

básicos e instrumentales del currículo y que no hayan desarrollado convenientemente los

hábitos de trabajo y estudio; a los que promocionen con materias pendientes y a aquellos

otros que presenten alguna otra circunstancia que, a juicio del tutor, el departamento de

orientación y el jefe de estudios, justifique convenientemente su inclusión en estas medidas.

El IES de Astorga organiza estas medidas de refuerzo con carácter tanto individual

como colectivo, según los casos. Entre otras medidas, hemos optado por organizar refuerzos

individuales en el grupo ordinario, refuerzos colectivos mediante agrupamientos flexibles o

desdoblamientos de grupo para mejorar la atención prestada a los alumnos, refuerzos

específicos en las materias instrumentales (Lengua y Matemáticas) y en Inglés, además de lo

expuesto en el Contrato Programa.

Los departamentos de coordinación didáctica prestan especial atención a los alumnos

que promocionan con materias pendientes de cursos anteriores, y valoran de forma

preferente el esfuerzo realizado por el alumno.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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La implantación de los refuerzos a un grupo de alumnos supondrá la adopción de las

siguientes medidas:

a) Medidas organizativas por parte de los centros que incidirán, fundamentalmente, en

el desarrollo del currículo de las materias de refuerzo instrumental.

b) Medidas metodológicas orientadas a la integración de las distintas experiencias y

aprendizajes del alumnado, que se adaptarán a sus características personales.

Todas estas medidas se adoptan contando con la actitud favorable y la colaboración de

los padres, madres o tutores legales de los alumnos.

La aplicación individual de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al

finalizar el curso académico. Todas las medidas de refuerzo que vamos adoptando aparecen

recogidas en las programaciones didácticas de los departamentos correspondientes y en el

proyecto educativo.

El Director del centro articula los medios para que aquellos alumnos que presenten

carencias básicas en las materias instrumentales del currículo cursen obligatoriamente una

materia de refuerzo instrumental, en lugar de la Segunda Lengua Extranjera en primer y

segundo curso, y en lugar de otras materias de libre configuración autonómica en cuarto

curso para los alumnos que hayan cursado un programa de mejora del aprendizaje y del

rendimiento, que les proporcionen una ayuda complementaria. En todo caso, la propuesta de

incorporación a las materias de refuerzo será realizada, con carácter general, antes del

comienzo del curso, por el departamento de orientación del centro.

Para la incorporación a las materias de refuerzo de los alumnos que acceden a primer

curso, se tendrá en cuenta el informe de evaluación final de etapa de sexto curso de la

educación primaria, al que se refiere el artículo 42 de la Orden EDU/519/2014. Estos informes

serán remitidos desde los centros de educación primaria a solicitud de los directores de los

centros de educación secundaria, una vez formalizada la matrícula.

Para la incorporación a las materias de refuerzo de cuarto curso por parte de los

alumnos que hayan cursado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, se

tendrá en cuenta el desarrollo del proceso de aprendizaje a lo largo de dicho programa y el

consejo orientador de tercer curso. (En nuestro centro no se da este caso, puesto que no se

ha puesto en marcha el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento por falta de

alumnos).

Asimismo, podrán incorporarse, una vez analizados los resultados de la evaluación

inicial en las materias instrumentales y con anterioridad a la finalización del mes de

septiembre, los alumnos de primer curso a los que, tras dicha evaluación, se les hayan

detectado carencias básicas en aquellas materias. La decisión de incorporación deberá ser

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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propuesta por los profesores de Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas, con el

acuerdo del equipo docente y el asesoramiento del departamento de orientación.

Tal como establece la normativa, la propuesta del departamento de orientación o, en su

caso, de los profesores de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas, se la hemos

comunicado por escrito a los padres, madres o tutores del alumno con el fin de poner en su

conocimiento la obligatoriedad de la misma.

El currículo de las materias de refuerzo instrumental del bloque de asignaturas de libre

configuración autonómica será acomodado por los profesores que impartan estas materias a

las necesidades del alumnado, con la finalidad de que puedan alcanzar los estándares de

aprendizaje evaluables fijados para cada una de las materias.

La impartición de las materias de refuerzo instrumental en Lengua Castellana y

Literatura, Inglés y Matemáticas la hemos organizado de manera que los alumnos que lo

precisan reciben, de forma simultánea, apoyo para superar sus dificultades de aprendizaje.

Los alumnos que hayan cursado en primero una materia de refuerzo instrumental

pueden incorporarse, al inicio del segundo curso, a las enseñanzas de una Segunda Lengua

Extranjera, siempre que a juicio del equipo educativo, asesorado por el departamento de

orientación, y con el conocimiento de sus padres, madres o tutores legales, hayan superado

las dificultades de aprendizaje detectadas en su momento.

2.3.8. Orientaciones para incorporar los elementos transversales.

Se remite a lo señalado en las Programaciones Didácticas de los diferentes

Departamentos que se adjuntan en el correspondiente anexo. No obstante, y conforme a lo

recogido en el Art. 6 del RD 1105/2014, de 26 de diciembre, conviene señalar que desde

todas las áreas se trabaja la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación

audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación, el emprendimiento y la

educación cívica y constitucional, además de la prevención de la violencia de género, de la

violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de cualquier forma

de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho

histórico, elementos curriculares relacionados con el desarrollo sostenible y el medio

ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, el abuso y maltrato a las personas con

discapacidad, las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las

Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la protección ante emergencias y

catástrofes.

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Asimismo, se han incluido elementos curriculares orientados al desarrollo y

afianzamiento del espíritu emprendedor (IAEE), a la adquisición de competencias para la

creación y desarrollo de los diversos modelos de empresas y al fomento de la igualdad de

oportunidades y del respeto al emprendedor y al empresario, así como a la ética empresarial.

Igualmente, se promueven acciones para la mejora de la convivencia y la prevención

de los accidentes de tráfico, con el fin de que los alumnos conozcan sus derechos y deberes

como usuarios de las vías, en calidad de peatones, viajeros y conductores de bicicletas o

vehículos a motor; respeten las normas y señales, y se favorezca la convivencia, la tolerancia,

la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la empatía con actuaciones adecuadas tendentes a

evitar los accidentes de tráfico y sus secuelas.

2.3.9. En su caso, criterios pedagógicos objetivos para integración de

materias en ámbitos de conocimiento en el primer curso.

Art. 30 de la ORDEN EDU/362/2015: con el fin de facilitar el tránsito entre la educación

primaria y el primer curso de la educación secundaria obligatoria para los alumnos con cierto

desfase curricular avalado por el informe de evaluación final de etapa de educación primaria,

los centros docentes, en el marco de su autonomía, podrán agrupar las materias del primer

curso en ámbitos de conocimiento siempre que ello no suponga incremento en las

necesidades de profesorado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 1105/2014, de 26

de diciembre, esta agrupación deberá respetar los contenidos, criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje evaluables de todas las materias que se agrupan, así como el

horario asignado al conjunto de ellas; y realizarse de acuerdo con criterios pedagógicos

objetivos establecidos por el centro.

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2.3.10. Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la

propuesta curricular.

El Profesorado evaluará los procesos de enseñanza y su propia práctica docente en

relación con la consecución de los objetivos educativos del currículo. A final del curso se

incluirán en las memorias finales de los departamentos, así como en la del centro, los

resultados de la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje. Estos servirán como

referente para las posibles modificaciones en la metodología de cara al curso siguiente.

Esta evaluación se realizará trimestralmente después de las sesiones de evaluación del

aprendizaje de los alumnos. La del último trimestre coincidirá con la evaluación global del

curso.

Será llevada a cabo por los departamentos didácticos, el claustro de profesores, la

comisión de coordinación pedagógica y el consejo escolar.

En este proceso se evaluarán los siguientes aspectos:

1.- Aplicación y adecuación de los criterios de evaluación.

2.- Medidas de refuerzo y apoyo empleadas.

3.- Adecuación de la metodología, materiales curriculares y didácticos.

4.- Idoneidad de la oferta de materias optativas en función de las características y

necesidades de los alumnos.

5.- Organización y aprovechamiento de los recursos materiales y humanos del centro.

6.- Coordinación entre los diferentes órganos del centro.

La evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje se llevará a cabo a partir de los

resultados obtenidos por los alumnos a través de los siguientes instrumentos:

- Informes de la relación de los objetivos propuestos y grado de consecución de los

mismos.

- Informes de la relación de los recursos didácticos y curriculares empleados y el grado

de satisfacción con los mismos.

- Informes de la relación de los criterios de evaluación y el grado de adecuación a los

objetivos planteados.

- Informes externos elaborados por el Área de Programas Educativos de la Dirección

Provincial.

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2.4. Propuesta Curricular de Bachillerato:

2.4.1. Adecuación y concreción de los objetivos de la etapa.

Bachillerato en las modalidades de Humanidades y CCSS, y Ciencias y

Tecnología. El bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les

permitan:

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una

conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como

por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una

sociedad justa y equitativa.

b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma

responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los

conflictos personales, familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y

mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades existentes e impulsar la igualdad

real y la no discriminación de las personas con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias

para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su

caso, la lengua cooficial de su Comunidad Autónoma.

f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la

comunicación.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus

antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma

solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.

i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar

las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.

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j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y

de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la

tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el

respeto hacia el medio ambiente.

k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad,

iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como

fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y

social.

n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

2.4.2. Contenidos, Criterios de Evaluación y Estándares de Aprendizaje

Evaluables para cada uno de los cursos y materia Desarrollo y complemento de los establecidos en los anexos I B y I C y, en su caso, ID.

Especificad únicamente los que se desarrollan y complementan.

Son los especificados en la ORDEN EDU/363/2015, en los anexos I B, I C y I D.

Aparecen desarrollados en su totalidad en las diferentes programaciones didácticas de

los departamentos, que se adjuntan en un anexo a la PGA.

2.4.3. Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y

didácticos.

Con arreglo a lo expuesto en el artículo 8 de la Orden EDU/363/2015, relativo a los

Principios pedagógicos, y al Anexo IA de la misma Orden, que trata sobre los principios

metodológicos, hemos tenido en cuenta lo siguiente:

1. Las actividades educativas en la etapa estarán encaminadas al desarrollo de la

capacidad del alumnado para el autoaprendizaje, el trabajo en equipo y la aplicación de

métodos de investigación apropiados.

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2. En las distintas materias se desarrollarán actividades que fomenten la motivación,

estimulen el interés y el hábito de lectura y estudio, así como las destrezas para la correcta

expresión oral en público y escrita.

3. La integración y el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación se

promoverá como recurso metodológico eficaz para llevar a cabo las tareas de enseñanza y

aprendizaje.

4. La metodología didáctica en esta etapa educativa será fundamentalmente activa y

participativa, favoreciendo el trabajo individual, cooperativo y en equipo del alumnado, así

como el logro de los objetivos y competencias correspondientes.

5. Se prestará especial atención a los alumnos con necesidad específica de apoyo

educativo, potenciando recursos metodológicos y medidas de atención a la diversidad que les

permitan finalizar con éxito la etapa.

Anexo IA

Para el logro de la finalidad y los objetivos de la etapa de Bachillerato se requiere una

metodología didáctica que, fundamentada en principios básicos del aprendizaje, sea acorde

con la naturaleza de la materia, las condiciones socioculturales, la disponibilidad de recursos

y las características del alumnado con el fin de propiciar un aprendizaje eficaz. En el actual

proceso de inclusión de las competencias como elemento esencial del currículo, es preciso

señalar que cualquiera de las metodologías seleccionadas por los docentes debe ajustarse al

nivel competencial inicial de éstos. Se deberá planificar la enseñanza de nuevos aprendizajes

en base a lo que el alumno sabe y es capaz de hacer, creando las condiciones para

incorporar en la estructura mental del alumno aprendizajes puente frente al objeto de

enseñanza, lo que permitirá que aquellos sean consolidados y no se trate de aprendizajes

esencialmente memorísticos. Además de lo anterior, uno de los elementos clave en la

enseñanza por competencias es despertar y mantener la motivación del alumnado, lo que

implica un planteamiento del papel del alumno, activo y autónomo, consciente de ser el

responsable de su aprendizaje. La motivación se relaciona directamente con el rendimiento

académico del alumno, por lo que en las diferentes materias se desarrollarán actividades y

tareas que fomenten la motivación. Por ello, conviene hacer explícita la utilidad del nuevo

aprendizaje, tanto desde un punto de vista propedéutico como práctico y, en la medida de lo

posible, crear condiciones para extrapolar dicha utilidad a contextos diferenciados. Si bien la

motivación es un constructor de variables de diferente índole, cognitivas y afectivas

fundamentalmente, el fomento del interés, como nivel inicial de la misma, es una estrategia de

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efectos positivos. Para su fomento se requieren metodologías activas y contextualizadas, es

decir, aquellas que facilitan la participación e implicación del alumnado y la adquisición y uso

de conocimientos en situaciones reales. Por ello, se potenciará la realización de tareas cuya

resolución suponga un reto y desafío intelectual para el alumno que permitan movilizar su

potencial cognitivo, incrementar su autonomía, su autoconcepto académico y la consideración

positiva frente al esfuerzo. Las metodologías activas han de apoyarse en estructuras de

aprendizaje cooperativo, de forma que, a través de la resolución conjunta de las tareas, los

miembros del grupo compartan y construyan el conocimiento mediante el intercambio de

ideas. Las metodologías que contextualizan el aprendizaje, el trabajo por proyectos, los

centros de interés, el estudio de casos o el aprendizaje basado en situaciones-problema,

favorecen tanto la participación activa y el desarrollo de competencias, como la búsqueda de

información, la planificación previa, la elaboración de hipótesis, la tarea investigadora y la

experimentación, la capacidad de síntesis para trasmitir conclusiones, etc. que caracterizan

los aprendizajes funcionales y transferibles. Por otro lado, dadas las características del

alumnado de Bachillerato, el grupo es una variable interviniente clave en el logro académico,

fuente de estímulos que impactan en los niveles de ajuste afectivo de cada uno de sus

integrantes. Más allá de una consideración generalista sobre ello, relacionado con la

necesidad de un clima de convivencia adecuado en el aula, está la consideración del grupo

como recurso metodológico. El trabajo cooperativo y en equipos, adecuadamente planificado,

constituye un recurso de primer nivel para la adquisición de ciertos aprendizajes, además de

incidir de manera natural en los factores de clave motivacional y de ajuste emocional. Por otro

lado, además de favorecer el trabajo individual, se debe propiciar que el alumnado desarrolle

la capacidad de trabajo en equipo. Incorporar actividades y tareas de naturaleza diferente,

tanto en su presentación, como desarrollo, ejecución y formato, contribuye a fomentar las

relaciones entre aprendizajes, facilita oportunidades de logro a todos los alumnos y mejora la

motivación de los alumnos. Además, el profesor diseñará secuencias de aprendizaje

integradas que permitan a los alumnos poner en juego un conjunto amplio de conocimientos,

habilidades o destrezas y actitudes personales, es decir, los elementos que integran las

distintas competencias. La selección y uso de materiales y recursos didácticos constituye un

aspecto esencial de la metodología y las Tecnologías de la Información y la Comunicación

(TIC), constituyen un recurso metodológico indispensable en las aulas, en el que convergen

aspectos relacionados con la facilitación, integración, asociación y motivación de los

aprendizajes. Además de lo anterior, en esta etapa se prestará especial atención al desarrollo

de la capacidad del alumno de expresarse correctamente en público, mediante el desarrollo

de presentaciones, explicaciones y exposiciones orales, así como el uso del debate como

recurso que permita la gestión de la información y el conocimiento y el desarrollo de

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habilidades comunicativas. Finalmente, es necesaria la coordinación entre los docentes sobre

las estrategias metodológicas y didácticas que se utilicen. Los equipos docentes deben

plantearse una reflexión común y compartida sobre la eficacia de las diferentes propuestas

metodológicas con criterios comunes y consensuados.

2.4.3.1. Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como

para la organización y horarios de curso.

En el Documento de Organización del Centro (D.O.C.) figuran los horarios de

profesores y alumnos, cuya elaboración se ha ajustado a la normativa vigente y a los criterios

que figuran a continuación.

En ningún caso, las preferencias horarias de los profesores o el derecho de los

mismos a elección podrán obstaculizar la aplicación de los criterios que se exponen a

continuación o los que pueda establecer el Claustro:

a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete períodos lectivos diarios.

b) Cada período lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.

c) Después de cada período lectivo habrá un descanso de cinco minutos para efectuar los

cambios de clase.

d) Después del tercer período lectivo habrá, como mínimo, un descanso de quince minutos.

e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos.

f) La distribución de las áreas y materias en cada jornada, y a lo largo de la semana, se

realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas.

A partir de estos criterios generales, se establecen también los siguientes criterios

concretos para la elaboración de los horarios de alumnos:

1. Distribución equilibrada de las horas de cada materia a lo largo de la semana, especialmente

en aquellas materias que tienen escasa carga horaria semanal.

2. Simultaneidad de las materias optativas con la finalidad de facilitar la gestión de los espacios

y recursos del centro.

3. Las asignaturas con dos períodos semanales no se concentrarán en días consecutivos.

La configuración de los grupos se llevará a cabo con arreglo a los siguientes criterios:

- Se priorizará la distribución de los alumnos en los diferentes grupos en función de la

opción, la optatividad elegida y el riguroso orden alfabético.

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- Siempre que sea posible, se procurará respetar la optatividad elegida por el alumnado.

- Se procurará distribuir de manera proporcional a los alumnos repetidores en los

distintos grupos que configuren cada curso.

Además de los criterios expuestos anteriormente, se tendrán en cuenta para la

elaboración de los horarios de los profesores los siguientes:

a) La jornada escolar, de 8:35 a 14:25 h., estará formada por seis períodos lectivos de 50

minutos de duración cada uno y con un intervalo de cinco minutos entre cada uno de ellos.

b) Los profesores deberán permanecer obligatoriamente en el centro 4 periodos diarios.

c) El recreo tendrá una duración de 30 minutos y se desarrollará a mitad de la jornada

escolar, concretamente entre las 11:15 h. y las 11:45 h.

d) Simultaneidad en la asignación de la hora de tutoría por curso y día de la semana a los

tutores, así como para las reuniones de tutores.

e) Simultaneidad en la asignación del día y la hora semanal de reunión de la Comisión de

Coordinación Pedagógica a los jefes de departamento, quedando fijada ésta para los martes en

el tercer período lectivo, de 10:25 a 11:15 h. Asimismo, las reuniones del Claustro se llevarán a

cabo, en la medida de lo posible, los martes a las 16.30 h.

f) El horario de recreo quedará reservado para guardias de patio y guardias de biblioteca.

g) Se procurará dejar parte de una mañana libre semanalmente en un solo bloque a

aquellos profesores tutores de la Formación en Centros de Trabajo de los Ciclos Formativos

para que puedan desarrollar el seguimiento de la misma, supervisada en todo caso por la

Jefatura de Estudios.

Estos criterios pedagógicos fueron dados a conocer al claustro de profesores reunido en

sesión ordinaria el día 09/09/2014.

Este curso académico se ha matriculado en nuestro centro un alumno que había cursado

primero de Bachillerato Artístico; dado que nuestro centro no oferta esta modalidad, el alumno

se ha matriculado en 2º de Bachillerato de Ciencias Sociales, con todas las consecuencias

académicas que esto conlleva.

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2.4.3.2. Criterios de selección de materiales de desarrollo

curricular.

(Ya especificados en el apartado 2.3.5., página 23 de este documento)

2.4.4. Evaluación

2.4.4.1. Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del

alumnado.

Para 1º de Bachillerato:

Artículo 30 de la Orden EDU/363/2015: Evaluación de los aprendizajes.

1. En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el

artículo 36 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 30 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre.

2. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y

el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los

bloques de asignaturas troncales y específicas y, en su caso de libre configuración

autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que

figuran en los Anexos I.B, I.C y, I.D, respectivamente, de la Orden EDU/363/2015.

3. A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación

de los aprendizajes del alumnado, una por trimestre. La última sesión se entenderá como la

de evaluación final ordinaria del curso. El equipo docente coordinado por el tutor, y

asesorado, en su caso, por el orientador del centro, intercambiarán información y adoptarán

decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantará acta del

desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas.

De los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las familias, de

acuerdo a lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.

4. Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación

negativa en la convocatoria ordinaria de junio, los centros organizarán la oportuna prueba

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extraordinaria en las fechas que determine la consejería competente en materia de

educación. Asimismo, el tutor podrá especificar en un programa individualizado las

recomendaciones propuestas por los profesores de las materias no superadas en dicha

convocatoria para contribuir a que el alumno alcance los estándares de aprendizaje

evaluables de las mismas.

5. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación. También se dará cuenta al alumno y a sus padres, madres o tutores legales de

acuerdo a lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.

6. En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con

evaluación negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de

aprendizaje evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la

materia respectiva del segundo curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de

cursar, el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará su

superación.

7. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo

estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las

correspondencias indicadas en el Anexo IV de la Orden EDU/363/2015. Esta circunstancia se

consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan,

como Pendiente de primero «P1».

8. Los alumnos que accedan a segundo curso mediante la correspondiente

convalidación o acreditación de los conocimientos necesarios, de acuerdo con lo establecido

en el artículo 15 de la Orden EDU/363/2015, no estarán sujetos a la condición indicada en el

apartado 7.

9. Los centros, de acuerdo con lo dispuesto por la consejería competente en materia de

educación, dispondrán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización

de las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa a la que se refiere el artículo 32, se

adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

10. Los centros podrán determinar los mecanismos para la participación del alumnado

en el proceso de evaluación.

Para 2º de Bachillerato:

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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Tal y como establece la normativa (ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre,

por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, art. 12),

al terminar el segundo curso de Bachillerato, los alumnos que obtengan evaluación positiva

en todas las materias, obtendrán el Título de Bachiller.

De acuerdo con el artículo 11.7 de la citada orden, los alumnos que al término del

segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias, podrán decidir matricularse

exclusivamente de ellas sin necesidad de cursar nuevamente las ya superadas.

No obstante, los alumnos también pueden cursar nuevamente las ya superadas a fin

de mejorar la calificación. En este caso deberán renunciar previamente por escrito a las

calificaciones obtenidas en el curso anterior. La renuncia supondrá la repetición del curso

segundo completo y será irrevocable. El escrito de renuncia, que se ajustará al modelo del

anexo IV de la RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2014, de la Dirección General de Política

Educativa Escolar, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 1 de julio de 2014,

de esta Dirección General, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no

universitarios de Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2014/2015, será

dirigido al director del instituto antes del 1 de octubre de 2014 y se archivará con su

expediente académico.

CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN EN LOS CICLOS FORMATIVOS DE

FORMACIÓN PROFESIONAL

Tal como establece la normativa (ORDEN EDU/580/2012, de 13 de julio, art. 4, por la

que se modifica la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso

de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de

formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León, art. 32), los alumnos de

primer curso podrán promocionar al segundo curso cuando se cumpla alguna de las

condiciones siguientes:

a) Que hayan superado, en alguna de las dos convocatorias establecidas, la

totalidad de los módulos profesionales de primer curso.

b) Que tengan pendiente de superar un módulo profesional después de celebrada

la segunda evaluación final del primer curso.

c) Que tengan pendientes de superar, después de la segunda evaluación final del

primer curso, módulos profesionales que en conjunto supongan un horario

semanal que no exceda de diez horas lectivas.

d) Que se hayan trasladado desde otras comunidades autónomas y siempre que el

equipo de evaluación haya acordado su promoción al segundo curso, en

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

Pág. 50

aplicación de su propia normativa.

Los alumnos que deban repetir el primer curso se incorporarán al grupo de los que

inician las enseñanzas del ciclo formativo, realizarán la totalidad de las actividades de los

módulos profesionales no superados y serán evaluados, si se dan las condiciones, en los

periodos establecidos para el resto de los alumnos del grupo.

En el supuesto de que el alumnado promocione al segundo curso con módulos

profesionales pendientes, deberá ser informado de las actividades programadas para su

recuperación, así como del período de su realización, temporalización y fecha en que se les

evaluará.

En el supuesto de que el alumnado esté realizando un ciclo formativo de menos de

2.000 horas, el currículo del título establezca el comienzo del módulo profesional de

Formación en Centros de Trabajo al inicio del segundo curso, haya promocionado a segundo

en aplicación de los criterios del apartado 1 de este artículo y tenga módulos profesionales

pendientes de primero que le impidan acceder al módulo profesional de Formación en

Centros de Trabajo, el equipo educativo, antes del inicio del segundo curso, programará, las

actividades para la recuperación de esos módulos profesionales, así como el período de su

realización, temporalización y fecha en que se les evaluará y decidirá, si procede, su

promoción al módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo y el período en el que

realizará este módulo profesional en ese curso académico. De esta programación se

informará al alumnado al comienzo del segundo curso.

En los ciclos formativos con “FCT” simultánea, los alumnos del primer curso podrán

promocionar al segundo curso cuando se cumpla alguna de las condiciones siguientes:

a) Que hayan superado, en alguna de las dos convocatorias establecidas, la

totalidad de los módulos profesionales de primer curso.

b) Que, después de celebrada la segunda sesión de evaluación final del primer

curso, tengan pendiente de superar uno o dos módulos profesionales que en

conjunto supongan un horario semanal que no exceda de siete horas lectivas y

siempre que no estén asociados a unidades de competencias. Para este alumnado,

el equipo educativo elaborará un plan personalizado de actividades de recuperación

de los módulos pendientes de superar, que se reflejarán en un informe

individualizado que se incorporará al expediente del alumno.

La superación de todos los módulos profesionales de primero y segundo cursos así

como las FCT dará derecho a la obtención del correspondiente título de Técnico o Técnico

Superior.

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CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

De acuerdo con el artículo 23 del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, la

evaluación de los alumnos de los ciclos de formación profesional básica tendrá carácter

continuo, formativo e integrador, permitirá orientar sus aprendizajes y las programaciones

educativas y se realizará por módulos, profesionales.

Los alumnos matriculados en un centro tendrán derecho a un máximo de dos

convocatorias anuales cada uno de los cuatro años en que puede estar cursando estas

enseñanzas para superar los módulos en que esté matriculado, excepto el módulo de

formación en centros de trabajo, que podrá ser objeto de evaluación únicamente en dos

convocatorias.

Los alumnos, sin superar el plazo máximo establecido de permanencia, podrán

repetir cada uno de los cursos una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán

repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente.

La evaluación estará adaptada a las necesidades y evolución de los alumnos,

especialmente para las personas en situación de discapacidad, para las que se incluirán

medidas de accesibilidad que garanticen una participación no discriminatoria en las pruebas

de evaluación.

El alumno podrá promocionar a segundo curso cuando los módulos profesionales

asociados a unidades de competencia pendientes no superen el 20% del horario semanal; no

obstante, deberá matricularse de los módulos profesionales pendientes de primer curso. Los

centros deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y evaluación de los

módulos profesionales pendientes.

El módulo de formación en centros de trabajo, con independencia del momento en

que se realice, se evaluará una vez alcanzada la evaluación positiva en los módulos

profesionales asociados a las unidades de competencia del Catálogo Nacional de

Cualificaciones Profesionales incluidas en el periodo de formación en centros de trabajo

correspondiente.

En el caso de que los módulos se organicen en unidades formativas de acuerdo con

el artículo 9.4 del citado real decreto, dichas unidades podrán ser certificables, siendo válida

la certificación en el ámbito de la Administración educativa correspondiente. La superación de

todas las unidades formativas que constituyen el módulo profesional dará derecho a la

certificación del mismo, con validez en todo el territorio nacional.

Al finalizar los estudios se obtendrá el Título Profesional Básico correspondiente, con

valor académico y profesional y con validez en todo el territorio nacional.

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El Título Profesional Básico permite el acceso a los Ciclos Formativos de Grado

Medio.

En la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa

(LOMCE), estos criterios quedan redactados así:

“Treinta y dos. Se modifica la redacción de los apartados 2, 3 y 4 y se añade un nuevo

apartado 7 al artículo 39 en los siguientes términos:

2. La Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al

alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las

modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su

desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su

progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el

empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida.

3. La Formación Profesional en el sistema educativo comprende los ciclos de

Formación Profesional Básica, de grado medio y de grado superior, con una

organización modular, de duración variable, que integre los contenidos teórico-prácticos

adecuados a los diversos campos profesionales.

4. Los títulos de Formación Profesional estarán referidos, con carácter general, al

Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y los ciclos de la Formación

Profesional que conducen a su obtención serán los siguientes:

a) Ciclos de Formación Profesional Básica.

b) Ciclos formativos de grado medio.

c) Ciclos formativos de grado superior.

El currículo de estas enseñanzas se ajustará a las exigencias derivadas del Sistema

Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional y a lo establecido en el apartado 4

del artículo 6.bis de la presente Ley Orgánica.

El Gobierno desarrollará reglamentariamente las medidas que resulten necesarias

para permitir la correspondencia, a efectos de equivalencia y convalidación, de los

certificados de profesionalidad regulados en el apartado 3 del artículo 26 de la Ley

56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, con los títulos de Formación Profesional del

sistema educativo, a través de las unidades de competencia acreditadas.

7. En los estudios de Formación Profesional se prestará especial atención a los

alumnos y alumnas con necesidad específica de apoyo educativo.

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Pág. 53

Treinta y tres. El artículo 40 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 40. Objetivos.

1. La Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado

consiga los resultados de aprendizaje que le permitan:

a) Desarrollar las competencias propias de cada título de formación profesional.

b) Comprender la organización y las características del sector productivo

correspondiente, así como los mecanismos de inserción profesional.

c) Conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las

relaciones laborales.

d) Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención

de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida

personal, familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia de

género.

e) Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así

como de las personas con discapacidad, para acceder a una formación que permita

todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.

f) Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles

riesgos derivados del trabajo.

g) Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y

adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social.

h) Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas

empresariales.

i) Preparar al alumnado para su progresión en el sistema educativo.

j) Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

2. Los ciclos de Formación Profesional Básica contribuirán, además, a que el

alumnado adquiera o complete las competencias del aprendizaje permanente.

3. Los ciclos formativos de grado medio contribuirán, además, a ampliar las

competencias de la enseñanza básica adaptándolas a un campo o sector profesional

que permita al alumnado el aprendizaje a lo largo de la vida, a progresar en el sistema

educativo, y a incorporarse a la vida activa con responsabilidad y autonomía.

Treinta y cuatro. El artículo 41 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 41. Condiciones de acceso y admisión.

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1. El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento

simultáneo de las siguientes condiciones:

a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no

superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural

en curso.

b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o,

excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria

Obligatoria.

c) Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la

incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica, de

conformidad con lo indicado en el artículo 30.

2. El acceso a ciclos formativos de grado medio requerirá el cumplimiento de al

menos una de las siguientes condiciones:

a) Estar en posesión de al menos uno de los siguientes títulos:

1.º Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que el alumno

o alumna haya superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la

opción de enseñanzas aplicadas.

2.º Título Profesional Básico.

3.º Título de Bachiller.

4.º Un título universitario.

5.º Un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional.

b) Estar en posesión de un certificado acreditativo de haber superado todas las

materias de Bachillerato.

c) Haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de

grado medio en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa,

y tener 17 años cumplidos en el año de finalización del curso. Las materias del curso y

sus características básicas serán reguladas por el Gobierno.

d) Haber superado una prueba de acceso de acuerdo con los criterios establecidos

por el Gobierno, y tener 17 años cumplidos en el año de realización de dicha prueba.

Las pruebas y cursos indicados en los párrafos anteriores deberán permitir acreditar

los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento los ciclos

de formación de grado medio, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno.

Además, siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado medio

supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de

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admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine

reglamentariamente.

3. El acceso a ciclos formativos de grado superior requerirá el cumplimiento de las

siguientes condiciones:

a) Estar en posesión del título de Bachiller, de un título universitario, o de un título de

Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional, o de un certificado

acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato, o haber superado

una prueba de acceso, de acuerdo con los criterios establecidos por el Gobierno, y tener

19 años cumplidos en el año de realización de dicha prueba.

La prueba deberá permitir acreditar los conocimientos y habilidades suficientes para

cursar con aprovechamiento los ciclos de formación de grado superior, de acuerdo con

los criterios establecidos por el Gobierno.

b) Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere

la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de

admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine

reglamentariamente.

4. Los alumnos y alumnas que no hayan superado las pruebas de acceso o las

pruebas que puedan formar parte de los procedimientos de admisión, o que deseen

elevar las calificaciones obtenidas, podrán repetirlas en convocatorias sucesivas, previa

solicitud.

5. El Gobierno establecerá, previa consulta a las Comunidades Autónomas, los

criterios básicos relativos a la exención de alguna parte o del total de las pruebas de

acceso o las pruebas que puedan formar parte de los procedimientos de admisión a los

que se refieren los apartados anteriores, en función de la formación o de la experiencia

profesional acreditada por el aspirante.

6. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de

realización de las pruebas de evaluación se adapten a las necesidades del alumnado

con necesidades educativas especiales.

Treinta y cinco. El artículo 42 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 42. Contenido y organización de la oferta.

1. Corresponde a las Administraciones educativas programar la oferta de las

enseñanzas de Formación Profesional, con respeto a los derechos reconocidos en la

presente Ley.

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2. El currículo de las enseñanzas de Formación Profesional incluirá una fase de

formación práctica en los centros de trabajo, de la que podrán quedar exentos quienes

acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales

cursados. Las Administraciones educativas regularán esta fase y la mencionada

exención.

3. La Formación Profesional promoverá la integración de contenidos científicos,

tecnológicos y organizativos del ámbito profesional, así como los de las materias

instrumentales, y garantizará que el alumnado adquiera y amplíe las competencias

necesarias para su desarrollo profesional, personal y social.

4. Los ciclos de Formación Profesional Básica garantizarán la adquisición de las

competencias del aprendizaje permanente a través de la impartición de enseñanzas

organizadas en los siguientes bloques comunes:

a) Bloque de Comunicación y Ciencias Sociales, que incluirá las siguientes materias:

1.º Lengua Castellana.

2.º Lengua extranjera.

3.º Ciencias Sociales.

4.º En su caso, Lengua Cooficial.

b) Bloque de Ciencias Aplicadas, que incluirá las siguientes materias:

1.º Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo

Profesional.

2.º Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo

Profesional.

Los criterios pedagógicos con los que se desarrollarán los programas formativos de

estos ciclos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el

trabajo en equipo. Asimismo, la tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán

una especial consideración.

Además, las enseñanzas de la Formación Profesional Básica garantizarán al menos

la formación necesaria para obtener una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional

de las Cualificaciones Profesionales a que se refiere el artículo 7 de la Ley Orgánica

5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Los ciclos tendrán dos años de duración, y serán implantados en los centros que

determinen las Administraciones educativas.

Los alumnos y alumnas podrán permanecer cursando un ciclo de Formación

Profesional Básica durante un máximo de cuatro años.

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5. En el marco de lo establecido por las Administraciones educativas, los centros

educativos podrán ofertar al alumnado que curse ciclos formativos de grado medio las

siguientes materias voluntarias para facilitar la transición del alumno o alumna hacia

otras enseñanzas:

a) Comunicación en Lengua Castellana.

b) Comunicación en Lengua extranjera.

c) Matemáticas Aplicadas.

d) En su caso, Comunicación en Lengua Cooficial.

Además, al objeto de facilitar la progresión del alumnado hacia los ciclos formativos

de grado superior de la Formación Profesional, los centros educativos podrán ofertar, en

el marco de lo establecido por las Administraciones educativas, materias voluntarias

relacionadas con el campo o sector profesional del que se trate, cuya superación

facilitará la admisión en los ciclos formativos de grado superior en los términos que el

Gobierno determine reglamentariamente.

Las materias indicadas en los párrafos anteriores podrán ofertarse en modalidad

presencial o a distancia y no formarán parte del currículo de los ciclos formativos de

grado medio.

6. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la

enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en

especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral. Estas adaptaciones

en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

Treinta y seis. Se añade un nuevo artículo 42 bis con la siguiente redacción:

Artículo 42 bis. Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español.

1. La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de

acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen

por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de

enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo.

2. El Gobierno regulará las condiciones y requisitos básicos que permitan el

desarrollo por las Administraciones educativas de la Formación Profesional dual en el

ámbito del sistema educativo.

Treinta y siete. El artículo 43 queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 43. Evaluación.

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1. La evaluación del aprendizaje del alumnado en los ciclos de Formación

Profesional Básica y en los ciclos formativos de grado medio y superior se realizará por

módulos profesionales y, en su caso, por materias o bloques, de acuerdo con las

condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

2. La superación de los ciclos de Formación Profesional Básica, de los ciclos

formativos de grado medio y de los de grado superior requerirá la evaluación positiva en

todos los módulos y en su caso materias y bloques que los componen.”

Excepcionalmente, a raíz de lo dispuesto en la disposición transitoria única del RD

1058/2015, de 20 de Noviembre, aquellos alumnos que obtengan un título de Formación

Profesional Básica en los cursos 2015/2016 o 2016/2017, en tanto no sea de aplicación

la evaluación prevista en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación, podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que,

en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han

alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las

competencias correspondientes.

2.4.4.2. Criterios generales para determinar la variedad de

instrumentos de calificación.

Artículo 36 de la Orden EDU/363/2015: objetividad en la evaluación.

1. El reglamento de régimen interior de los centros arbitrará normas que garanticen y

posibiliten la comunicación de los alumnos y sus padres, madres o tutores legales con el tutor

y el profesorado de las distintas materias.

2. Los centros, al comienzo del curso escolar, deberán hacer públicos los criterios

generales que se vayan a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y los criterios de

promoción.

3. El profesorado de las distintas materias, al comienzo del curso escolar, dará a

conocer al alumnado los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje

evaluables del curso respectivo para su materia, los conocimientos y aprendizajes mínimos

necesarios para que alcance una evaluación positiva al final de cada curso, así como los

procedimientos de evaluación del aprendizaje y los criterios de calificación que vayan a

aplicarse, todo ello de acuerdo con la programación didáctica de cada departamento de

coordinación didáctica. La información además versará sobre el grado de adquisición de las

competencias.

4. Los centros comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a

comienzos de cada curso escolar, las horas que los tutores del centro tienen reservadas en

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su horario para atenderles. Asimismo, el tutor del grupo les facilitará las entrevistas que

deseen solicitar con el profesor de una materia determinada.

5. El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den

circunstancias que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores

legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas,

incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las

capacidades y posibilidades del alumno, así como sobre la adquisición de las competencias.

2.4.4.3. En su caso, determinar los mecanismos para la

participación del alumnado en el proceso de evaluación.

Con arreglo al apartado 10 del artículo 30 de la Orden EDU/363/2015, los centros

podrán determinar los mecanismos para la participación del alumnado en el proceso de

evaluación.

2.4.4.4. Criterios generales para la atención de las actividades de

evaluación y recuperación de los alumnos con materias

pendientes.

Para los alumnos de 2º de Bachillerato con materias pendientes, se han establecido

clases de refuerzo y recuperación en aquellas materias en las que se puedan formar grupos

por disponibilidad horaria de los profesores; este curso en concreto, aquellos alumnos que

tienen pendientes las materias de Lengua, Matemáticas, Filosofía e Inglés de 1º, disponen de

clases de refuerzo y recuperación de las mismas los martes, miércoles y jueves,

respectivamente, entre las 16:00 y las 18:00 h.

Una vez configurados los grupos, la asistencia a las clases es obligatoria.

El proceso evaluador de estos alumnos se realizará con arreglo a los siguientes

criterios:

- Evaluación continua.

- Realización de exámenes parciales. Para poder optar a estos exámenes se tendrán

en cuenta también las estimaciones de los profesores responsables sobre trabajos,

asistencia, actitud, etc.

- Examen final único que realizarán aquellos alumnos que no han sido evaluados por

los exámenes parciales. Asimismo podrán optar a este examen aquellos alumnos que aun

siendo evaluados por parciales no hayan superado la materia pendiente.

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Cuando se impartan clases de una materia pendiente, el profesor encargado de

impartirlas se ocupará de la preparación de las pruebas, tanto de los alumnos que hayan

asistido a sus clases, como de los que no asistieron a pesar de ser obligatorio. Si dicho

profesor lo considera necesario, recibirá toda la ayuda precisa del resto de los componentes

del departamento, pero él será el responsable de las calificaciones finales con el apoyo del

resto del departamento.

En las materias en las que no sea posible impartir clase de recuperación, será el

departamento quien elabore tanto las tareas que el alumno tenga que realizar

obligatoriamente, como las pruebas escritas. El jefe de departamento será responsable de las

calificaciones finales, si bien, si lo considera conveniente, podrá recurrir a la ayuda de los

demás miembros del departamento para calificar los trabajos y las pruebas escritas.

2.4.5. Orientaciones para incorporar los elementos transversales.

Ya expuestas en el apartado 2.3.8. de este documento, en la página 36, con arreglo al

contenido del Art. 6 del RD 1105/2014, de 26 de diciembre.

2.4.6. Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la

propuesta curricular.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de

diciembre, el profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de

enseñanza y su propia práctica docente. A estos efectos se tendrán en cuenta los indicadores

de logro establecidos en las programaciones didácticas a los que se refiere el artículo 21 de la

Orden EDU/363/2015.

Ya expuestos en el apartado 2.3.10. de este documento, en la página 37.

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2.5. Propuesta organizativa del centro, incluidas las

normas de organización y funcionamiento con especial

atención a la coordinación docente:

2.5.1. Normas de organización y funcionamiento1.

Se han establecido con arreglo al Art. 28 bis del Decreto 51/2007, de 17 de mayo,

ampliado por la disposición final primera del Decreto 23/2014, de 12 de junio, y demás

legislación especificada en nota a pie.

2.5.2. Organización general del centro (organigrama).

El centro cuenta en el presente curso con un total de 79 profesores, de los cuales

cinco desarrollan su labor en la Residencia. Estos profesores están distribuidos en 20

departamentos didácticos y su distribución por cuerpos es la siguiente:

Catedráticos de Enseñanza Secundaria: 2.

Profesores de Enseñanza Secundaria: 49.

Profesores de Enseñanza Secundaria de Formación Profesional: 9.

Profesores Técnicos de Formación Profesional: 15.

Maestros: 3.

Profesora de Religión: 1.

ÓRGANOS DE GOBIERNO

ÓRGANOS UNIPERSONALES

DIRECCIÓN

D. Juan Carlos Berdasco Valle, profesor de la especialidad de Latín perteneciente al

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en calidad de Director, es el responsable

máximo de la comunidad educativa del I.E.S. de Astorga. Su elección se ha producido a

1

Art. cuarto de la RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2009.

Arts. 124, 129 y Disposición final primera 5, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE),

modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

Arts. 5 y 15 del DECRETO 23/2014, de 12 de junio.

Art. 41.3 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo.

Art. 38.3 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo.

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través del procedimiento regular de elección de directores y su nombramiento es por cuatro

años a partir del 1 de julio de 2015. Sus competencias están recogidas en el artículo 132 de la

LOMCE.

JEFATURA DE ESTUDIOS

La Jefatura de Estudios la ostenta D. Antonio García Montes, Doctor en Filología

Hispánica y profesor de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura, perteneciente al

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Sus funciones aparecen señaladas en el artículo 33 del Real Decreto 83/1996 de 26

de Enero (B.O.E. de 21 de Febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico

de los Institutos de Educación Secundaria.

JEFATURAS DE ESTUDIOS ADJUNTAS

Dña. Cristina González Pérez, profesora de la especialidad de Filosofía

perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, ostenta una jefatura

adjunta centrada en ESO y Bachillerato.

Dña. Yolanda Gil Gago, Licenciada en Derecho y profesora de la especialidad de

F.O.L., quien se ocupa de los ciclos formativos.

Ellas coordinarán todos aquellos aspectos relacionados con la organización de las

actividades propias de sus respectivas etapas, así como aquellas otras funciones que en ellos

delegue el jefe de estudios, siéndoles asignadas por el director.

En caso de ausencia o enfermedad del jefe de estudios, se hará cargo de sus

funciones el profesor/a que designe el director, previa comunicación al Consejo Escolar del

centro. La designación recaerá en una de las jefes de estudios adjuntas.

JEFE DE RESIDENCIA

En los centros que cuenten con residencia habrá un Jefe de Residencia, que formará

parte del equipo directivo y actuará por delegación del director y bajo su autoridad. Este cargo

lo ostenta D. Manuel Ortiz González, profesor de la especialidad de Física y Química,

perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria. Sus funciones aparecen

recogidas en el artículo 61 del Reglamento Orgánico de los I.E.S.

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SECRETARIO

Este cargo lo ostenta D. Luis Manuel Arias Blanco, profesor de la especialidad de

Tecnología perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Sus funciones aparecen recogidas en el artículo 34 del Reglamento Orgánico de los

I.E.S. A ellas hay que añadir la de concretar el presupuesto asignado a la Residencia.

JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

Los departamentos didácticos son los órganos básicos encargados de organizar y

desarrollar las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos que tengan asignados y

las actividades que se les encomienden dentro del ámbito de sus competencias.

A cada departamento didáctico pertenecen los profesores de las especialidades que

imparten las enseñanzas propias de las áreas, materias o módulos asignados al

departamento. Estarán adscritos a un departamento los profesores que, aun perteneciendo a

otro, impartan algún área o materia del primero. Aquéllos que posean más de una

especialidad o que ocupen una plaza asociada a varias especialidades pertenecerán al

departamento al que corresponde la plaza ocupada por concurso de traslado o por cualquier

otro procedimiento.

El Instituto cuenta con 20 departamentos didácticos, cuyas competencias aparecen

recogidas en el artículo 49 del Reglamento Orgánico de los I.E.S.

Los jefes de los departamentos didácticos del centro, designados por el director para

desempeñar su cargo durante cuatro cursos académicos, son los siguientes:

Departamento de Filosofía: Dña. Adelina Rodríguez Álvarez.

Departamento de Griego: Dña. Margarita Mencía de Prado.

Departamento de Latín: D. Juan Carlos Berdasco Valle.

Departamento de Lengua Castellana y Literatura: D. Juan José Alonso

Perandones.

Departamento de Geografía e Historia: Dña. Mª Jesús Alonso Vázquez.

Departamento de Matemáticas: D. Segundo González Salvadores.

Departamento de Física y Química: D. Manuel Ortiz González.

Departamento de Ciencias Naturales: Dña. Mª Camino González Clemente.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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Departamento de Francés: Dña. Etelvina Vidal Álvarez

Departamento de Inglés: Dña. Mª Dolores Fernández Redondo.

Departamento de Artes Plásticas: D. Herminio Dios Abajo (D. Joaquín Miguel

García, a partir del 1 de enero de 2016 por jubilación de D. Herminio Dios).

Departamento de Educación Física: D. Serafín Pan Falagán.

Departamento de Música: Dña. Amelia García Fidalgo.

Departamento de Tecnología: D. Luis Manuel Arias Blanco.

Departamento de Orientación: Dña. Mª Isabel Fraile Pérez.

Departamento de Formación y Orientación Laboral: Dña. Yolanda Gil Gago.

Departamento de la familia profesional de Electricidad y Electrónica: Dña. Mª Pilar

García García.

Departamento de la familia profesional de Administración y Gestión: Dña.

Yolanda Tobajas Vizcaíno.

Departamento de la familia profesional de Panificación y Repostería Industrial:

Dña. Sonia Merayo Ramos.

Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares: D. Ramón

León Prieto.

Sobre sus competencias nos remitimos al artículo 51 del Reglamento Orgánico de

Institutos de Educación Secundaria.

Los Departamentos de las familias profesionales de Formación Profesional que no

dispongan de la hora preceptiva de reunión en horario de mañana, podrán establecerla en el

horario de la tarde o excepcionalmente en el período de 14.30 a 15.30 horas.

Se han adscrito al Departamento de Tecnología, de acuerdo con la normativa

vigente, las materias de Informática (4º ESO) y de Tecnología de la Información y de la

Comunicación I, impartidas por el profesor D. Melchor Blanco Blanco.

ÓRGANOS COLEGIADOS

EL CONSEJO ESCOLAR

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En el primer trimestre de este curso se completarán los sectores en los que existan

vacantes siguiendo el procedimiento y el calendario establecido en la normativa, en concreto

hay que cubrir una vacante de alumnos: las elecciones serán el 19 de noviembre.

De acuerdo con el art. 126 de la LOE, el consejo escolar del centro está constituido

por los siguientes miembros:

El director, que es su presidente.

El jefe de estudios.

El secretario, con voz pero sin voto.

Representantes de los profesores, en número no inferior a un tercio del total de

los componentes del Consejo, elegidos por el Claustro y en representación del mismo. En

todo caso serán siete profesores.

Representantes de los padres y de los alumnos, elegidos respectivamente por

y entre ellos, en un número que no podrá ser inferior a un tercio del total de los

componentes del Consejo. En todo caso serán tres padres y cuatro alumnos. Uno de los

representantes de los padres en el consejo escolar será designado por la asociación de

padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las

Administraciones educativas. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del consejo

escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los

alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán

participar en la selección o el cese del director.

Un representante del personal de Administración y Servicios elegido por

votación de entre el censo del personal de Administración y Servicios.

Un concejal o representante del Ayuntamiento, elegido por éste, en cuyo

término municipal se halle radicado el centro.

Un representante de la Cámara de Comercio de la localidad donde esté

ubicado el centro designado por la este órgano.

Las competencias del consejo escolar están recogidas en el art. 127 de la LOMCE.

En el seno del consejo escolar pueden formarse las siguientes comisiones:

Comisión de convivencia. Forman parte de ella el director, que es su

presidente, el jefe de estudios, un representante de los profesores, un representante de los

alumnos, un representante de los padres, y el coordinador de convivencia, este último con voz

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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pero sin voto.

Otras comisiones específicas para asuntos de interés para el mejor

funcionamiento del centro con las competencias que determine el RRI.

CLAUSTRO DE PROFESORES

El Claustro, órgano propio de participación de los profesores en el Instituto, tiene la

responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los

aspectos educativos del centro. El Claustro será presidido por el director y estará integrado

por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Se reunirá, al menos, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo

solicite, como mínimo, un tercio de sus miembros. Será preceptiva, en todo caso, una reunión

al principio del curso y al final del mismo. La asistencia a las reuniones del Claustro es

obligatoria para todos sus miembros.

Las competencias del Claustro aparecen recogidas en el artículo 129 de la LOE.

El acta de cada sesión contendrá los siguientes extremos:

- Carácter ordinario o extraordinario.

- Fecha de celebración, y hora de comienzo.

- Lugar de celebración.

- Número de asistentes.

- Los puntos del orden del día, haciendo un breve resumen de lo tratado en cada

punto.

- Acuerdos alcanzados. Si el acuerdo se produce por votación reflejará los votos

a favor, en contra y en blanco.

- Votos particulares si lo hubiere en la aprobación del acta.

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

(Ver apartado 2.5.3.)

2.5.3. Coordinación docente:

2.5.3.1. Curso.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

Los órganos de coordinación docente del centro son los siguientes:

1.- Departamento de Orientación

2.- Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares

3.- Departamentos didácticos

4.- Comisión de coordinación pedagógica

5.- Tutores y juntas de profesores de grupo

DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

Este departamento está compuesto por los siguientes profesores:

La jefe del Departamento.

Un profesor encargado del área socio- lingüística.

Un profesor encargado del área científico -técnica.

Una profesora encargada del área de Pedagogía Terapéutica.

Dos profesores de Servicios a la Comunidad.

La Jefatura del Departamento la ostenta Dña. Mª Isabel Fraile Pérez, profesora de la

especialidad de Psicología y Pedagogía, perteneciente al cuerpo de Profesores de

Enseñanza Secundaria, que actúa bajo la dependencia directa de la Jefatura de Estudios.

Sus funciones aparecen recogidas en el artículo 44 del Reglamento Orgánico de los IES.

DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Este Departamento se encarga de promover, organizar y facilitar este tipo de

actividades. La jefatura del mismo la ostenta D. Ramón León Prieto, profesor de la

especialidad de Tecnología perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza

Secundaria.

Sus funciones están establecidas en artículo 47 del Reglamento Orgánico de los

I.E.S.

Se adjunta a esta PGA un anexo de las actividades complementarias y

extraescolares propuestas para el presente curso.

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

La comisión de coordinación pedagógica está integrada por:

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El director

El jefe de estudios

Los jefes de departamento

El director será su presidente y actuará como secretario el jefe de departamento de

menor edad, en nuestro caso, el secretario será el jefe del Departamento de Actividades

Complementarias y Extraescolares, D. Ramón León Prieto. Dependiendo de los temas que se

traten en dicha Comisión, el presidente puede invitar a cualquier miembro de la comunidad

educativa que considere oportuno.

Sus competencias son las indicadas en el artículo 54 del Reglamento Orgánico de

I.E.S.

Sobre su funcionamiento, conviene señalar que a lo largo del curso la comisión de

coordinación pedagógica se reunirá al menos una vez al mes, como es preceptivo, los martes

de 10:25 a 11:15 h. o cuando los asuntos que se traten requieran alguna reunión

extraordinaria. Cada jefe de departamento trasladará al resto de los componentes del mismo

los temas planteados en las reuniones de la comisión. Dichos temas serán discutidos en las

reuniones semanales de los departamentos y los acuerdos y conclusiones a los que se llegue

serán puestos en común en la siguiente reunión de la comisión. Una vez expuestos y

debatidos los mismos, se tomarán por consenso los acuerdos oportunos. En caso de ser

necesario, los acuerdos se tomarán por mayoría de dos tercios de los componentes de la

comisión.

TUTORES Y JUNTAS DE PROFESORES

Por cada grupo habrá un tutor que será designado por el director, a propuesta del

jefe de estudios, entre los profesores que impartan docencia, preferentemente a todo el

grupo. El jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores, quienes contarán con material

específico de tutoría, y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen

funcionamiento de la acción tutorial.

Las funciones de los profesores-tutores están establecidas en el artículo 56 del

Reglamento Orgánico de Centros.

En nuestro centro, los tutores, tal y como establece el Plan de acción tutorial,

realizarán la coordinación de los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su

tutoría, mediando entre profesores, alumnos y familias o tutores legales. En el aula

impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo dentro del Plan de Convivencia con el

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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alumnado de su grupo. Además tendrán conocimiento de las actuaciones inmediatas y

medidas adoptadas por los profesores que imparten docencia en su grupo con el objeto de

mediar, resolver los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el

desarrollo de la actividad educativa.

Los tutores del centro son los siguientes:

1º A ESO: D. Juan Carlos García Gil

1º B ESO: Dña. Natalia Díaz Álvarez

1º C ESO: Dña. Amelia García Fidalgo

2º A ESO: Dña. Susana Antón Garrido

2º B ESO: Dña. Silvia Alvarado González

2º C ESO: D. Matías González Franco

2º D ESO: Dña. Margarita Mencía de Prado

3º A ESO: D. Víctor Castro González

3º B ESO: Dña. Ana María Giganto

3º C ESO: Dña. María Victoria Meilán

4º A ESO: Dña. Mª del Mar Paz García

4º B ESO: Dña. Rosa Mª Quintanilla

4º C ESO: Dña. Leonor Pardo Mozas

4º ESO DIV: D. Ramón León Prieto

1º A BTO: D. Francisco José de Juan Remolina.

1º B BTO: D. Arsenio García y Dña. Verónica Iglesias.

1º C BTO: D. Juan José Alonso Perandones.

2º A BTO: Dña. Mª Jesús Alonso Vázquez

2º C BTO: Dña. Visitación Mateos Peña

2º D BTO: Dña. Elena Fernández

1º CFGM ADG01M: Dña. Natividad Alvarez

1º CFGM ELE01M: D. Eduardo García

1º CFGM ELE02M: Dña. Pilar García

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1º CFGM INA01: Dña. Mª Ángeles Cuesta

2º CFGM ADG01M: Dña. Natividad Álvarez Martínez

2º CFGM ELE01M: D. Miguel Ángel Carnicero López

2º CFGM ELE02M: D. José Luis González Sánchez

2º CFGM INA01M: D. Julio Gil Alonso.

1º CFGS ADG02S: Dña. Montserrat Cabezas García

2º CFGS ADG02S: Dña. Yolanda Tobajas Vizcaíno

1º FPB COC: Dña. Paula Moraza

2º FPB COC: Dña. Etelvina Franco Domínguez

1º FPB ELE: Dña. Marcelina Romero González

2º FPB ELE: D. Javier Núñez

El horario del profesor- tutor incluye:

Una hora lectiva semanal para la atención a los alumnos dentro del horario del

grupo.

Una hora lectiva semanal para la preparación de actividades de tutoría.

Una hora complementaria semanal para la recepción de los padres de los

alumnos.

Una hora complementaria semanal de reunión con el Departamento de

Orientación y Jefatura de estudios.

La junta de profesores de grupo está constituida por todos los profesores que

imparten docencia a los alumnos del grupo siendo coordinada y presidida por el tutor. Dicha

junta se reunirá según lo establecido en la normativa sobre evaluación, y siempre que sea

convocada por el jefe de estudios a propuesta, en su caso, del tutor del grupo.

Sus funciones aparecen recogidas en el artículo 58 del Reglamento Orgánico de

I.E.S.

RESPONSABLES DE OTRAS ÁREAS

En este punto hay que destacar la importancia de la función de coordinación de otras

áreas de responsabilidad importantes en el desarrollo de la actividad académica:

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Coordinación de convivencia: Dña. Mª José Manchón.

Coordinación del Programa British Council: Dña. Elena Fernández Díez.

Responsable de la biblioteca escolar: Dña. Visitación Mateos Peña.

Responsables de medios audiovisuales e informáticos: D. Miguel Ángel

Carnicero y D. Froilán Gallego Robles.

Coordinador de Formación: D. Ramón León Prieto.

Representante del centro en el CFIE: Dña. Mª Jesús Alonso Vázquez.

2.5.3.2. Etapa.

2.5.3.3. Etapas anteriores.

2.5.3.4. Etapas posteriores.

2.6. Reglamento de Régimen Interior:

2.6.1. Concretar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los

deberes. (Regulados en el título I del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los

derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias

en el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los

centros educativos de Castilla y León (BOCyL de 23, corrección de errores en BOCyL de

21 septiembre y modificación en el Decreto 23/2014).

En este punto hay que señalar que el IES de Astorga inició hace dos cursos el

proceso de revisión y modificación del Reglamento de Régimen Interior adaptándolo a la

nueva normativa (LEY 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado), proceso que ya

ha concluido con su preceptiva revisión por parte del consejo escolar.

No obstante consideramos conveniente para garantizar el correcto funcionamiento

del centro señalar las normas básicas de convivencia que ya fueron dadas a conocer por los

tutores a sus respectivos grupos a comienzo de curso y que se señalan a continuación:

1- Asistencia a clase.

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2- Puntualidad en todos los actos programados por el centro

3- Prohibición de abandonar el centro durante el horario lectivo. Si algún alumno

necesita salir del centro, deberá presentar en la Jefatura de Estudios previamente (salvo

imprevistos) una autorización escrita y firmada por los padres con el motivo de la salida.

4- En los cambios de clase los alumnos deberán esperar al profesor de la siguiente

hora o, en su caso, al profesor de guardia siempre en el aula y no en los pasillos

colapsándolos y dificultando el tránsito obligado de profesores y de alumnos que se dirigen a

sus aulas de desdobles u otras aulas específicas

5- Durante el recreo los alumnos no podrán permanecer en el aula y dentro del

centro podrán utilizar únicamente la cafetería, el patio y la biblioteca. Además, los alumnos de

1º y 2º de ESO no pueden salir del centro por lo que en este periodo deberán utilizar

obligatoriamente las instalaciones señaladas.

6- Prohibición de permanencia injustificada en los servicios en los períodos lectivos.

7- Llave del aula. El delegado del grupo o la persona que designe el tutor,

entretanto se elige al delegado, se encargará de pedir en conserjería la llave a 1ª hora y

devolverla allí al finalizar la jornada. Deberá cerrar el aula siempre que quede vacía (en los

recreos, en clase de Educación Física, en los Desdobles, etc). El centro ni se hace

responsable de los que se derive del incumplimiento de esta norma. Asimismo se ruega a los

profesores que colaboren siendo ellos los últimos en salir del aula y asegurándose de que

ésta quede cerrada. Al comienzo de la jornada y después del recreo serán los conserjes los

encargados de abrir las aulas.

8- Respeto a todos los miembros de la comunidad educativa -profesores, alumnos,

padres y PAS- así como a sus pertenencias.

9- Respeto al mobiliario y a las instalaciones del centro. El deterioro, rotura o

desaparición de material realizado de forma voluntaria e intencionada supondrá la exigencia

de responsabilidad al alumno o alumnos responsables debiendo afrontar el gasto

correspondiente y, si éste o éstos no fueran identificados, al grupo o grupos de dichos

alumnos.

10- Faltas de asistencia. Las faltas de asistencia deben justificarse

inexcusablemente en el plazo de tres días a contar a partir de la incorporación al centro. La

acumulación de faltas de asistencia no justificadas (10 faltas de asistencia) será motivo de

amonestación por el jefe de estudios; estas faltas serán enviadas a la Comisión de

Absentismo.

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El RRI figura en uno de los Anexos a este documento.

2.6.2. Establecer los procedimientos de actuación en el centro ante

situaciones de conflicto y el sistema de registro de las actuaciones

llevadas a cabo2.

2.6.3. Concretar el desarrollo de la mediación y los procesos de

acuerdo reeducativo para la resolución de conflictos, de acuerdo

con lo establecido en el capítulo IV del título III del decreto

51/2007.

2.6.4. Normas de convivencia. Han de incluir tanto los mecanismos favorecedores del ejercicio de los derechos y

deberes del alumnado, como las medidas preventivas y la concreción de las conductas

contrarias a las normas de convivencia en el centro, todo ello en el marco de lo

dispuesto en el DECRETO 23/2014, de 12 de junio.

2.6.5. Normas de organización y participación para la mejora de la

convivencia en el centro3. Entre ellas, las de la Comisión de Convivencia.

2 Art. 13 Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la

promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León (BOCyL 3 diciembre).

3 Art. 28 del DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, corregido por el DECRETO 23/2014, de 12 de junio.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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2.6.6. Normas que garanticen y posibiliten la comunicación de los

alumnos y sus familias con los tutores y profesorado: Publicidad de los criterios de evaluación y promoción; contenidos, criterios de

evaluación y estándares de aprendizaje de cada área y materia, conocimientos y

aprendizajes básicos para evaluación positiva, grado de adquisición de competencias,

horas y lugares reservadas para atención del tutor, procedimiento de cita con el

profesorado, información del tutor después de cada evaluación o cuando se considere

necesario4. Procedimiento para llevar a cabo las aclaraciones previstas en el Art. 41 de

la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo y en el Art. 38 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4

de mayo.

2.7. Normas de convivencia y conducta5:

Las normas de convivencia del centro que se recogen en el RRI anexo deben propiciar un

clima de responsabilidad, de trabajo y esfuerzo que permita que todos los alumnos obtengan

los mejores resultados del proceso educativo, y adquieran y desarrollen los hábitos y

actitudes recogidos en la ley.

El objetivo último que se persigue con el Plan de Convivencia anexo es alcanzar con

la colaboración de todos los sectores de la comunidad educativa un marco de convivencia

que haga prácticamente innecesaria la adopción de medidas disciplinarias. En todo caso,

cuando éstas resulten inevitables, las correcciones deberán tener un carácter educativo, y

deberán contribuir al proceso general de formación del alumno.

2.7.1. Deberes del alumnado y las actuaciones correctoras aplicables

en caso de incumplimiento, tomando en consideración su

situación y condiciones personales.

2.7.2. Medidas de promoción de la convivencia establecidas en el

centro, así como los procedimientos y medidas para la prevención

y resolución de conflictos.

4 Art. 39 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo y Art. 36 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo.

5 Disposición final primera 8 Decreto 23/2014.

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2.7.3. Actuaciones correctoras referidas a las faltas injustificadas de

asistencia a clase y de puntualidad. Asimismo, pueden determinar que, las decisiones colectivas que adopte el alumnado a

partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, en relación con su

asistencia a clase no tengan la consideración de conductas perturbadoras de la

convivencia ni sean objeto de corrección cuando éstas hayan sido resultado de una

decisión colectiva en el marco del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas

previamente por escrito de acuerdo con la forma que establezcan las normas de

organización y funcionamiento del centro. En ese caso, el director del centro

comprobará si la inasistencia a clase de los alumnos por decisión colectiva se ajusta a lo

dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del

Derecho a la Educación y adoptará las medidas necesarias para que esta situación no

repercuta en el rendimiento académico de los alumnos y garantizará el derecho de

aquéllos que no deseen secundar las decisiones sobre la asistencia a clase a permanecer

en el centro debidamente atendidos.

2.7.4. Las situaciones en que las medidas correctoras se deben aplicar

directamente por el profesorado y en los casos que corresponde

la aplicación a la Dirección del centro, así como el procedimiento

para informar a las familias, también las medidas y

procedimientos para realizar actuaciones de colaboración.

2.8. Plan de Convivencia6:

2.8.1. Actividades programadas para fomentar un buen clima de

convivencia dentro del centro escolar.

El Plan de Convivencia figura en uno de los Anexos a este documento.

2.8.2. Concreción de los derechos y deberes del alumnado.

6 Disposición final primera 6 Decreto 23/2014.

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2.8.3. Medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento

con arreglo a la normativa vigente y la realización de actuaciones

para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las

actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no

discriminación. Se tendrá en cuenta la situación y condiciones personales del alumnado.

2.9. Planes educativos específicos y, en su caso, el

proyecto de autonomía cuya implantación requerirá la

autorización administrativa7: De acuerdo con el Decreto 23/2014, podrá llevarse a cabo una vez se produzca

la implantación ordinaria completa de la etapa (curso 2017/18, podrá solicitarse

en la primera quincena de octubre del curso anterior).

(No corresponde)

2.10. Elementos más significativos del proyecto lingüístico

autorizado para impartir parte de las materias en

lenguas extranjeras en la Educación Secundaria

Obligatoria.

(No desarrollado)

2.11. Plan de Atención a la Diversidad8. Tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 2/2013, de 15 de mayo, de igualdad de

oportunidades para las personas con discapacidad.

El Plan de Atención a la Diversidad figura en uno de los Anexos a este documento.

7 Arts. 59 a 62 Orden EDU/362/2015 y Arts. 50 a 60 Orden EDU/363/2015. Disposición transitoria Decreto

23/2014.

8 Elabora el Equipo Directivo con la participación de todo el Claustro, el asesoramiento del Departamento de

Orientación y las aportaciones del personal complementario si lo hubiere.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

Pág. 77

2.11.1. Justificación del plan en relación con las características

del alumnado, del centro docente y su contexto así como con los

objetivos, principios y finalidad de la etapa.

2.11.2. Determinación de objetivos.

2.11.3. Criterios y procedimientos para la detección e

intervención en las necesidades educativas del alumnado.

2.11.4. Descripción de las medidas generales u ordinarias,

extraordinarias y especializadas de atención e intervención

educativa que se desarrollan en el centro para atender al

alumnado escolarizado, los procedimientos previstos para su

implantación y desarrollo, así como la temporalización de las

actuaciones previstas en dicho curso9.

2.11.5. Programas específicos que se implementen en el centro

para la atención a la diversidad del alumnado, así como los

dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión de la igualdad

de oportunidades y la efectiva inclusión de las personas con

discapacidad.

2.11.6. Organización de los recursos humanos, materiales y de los

espacios del centro para dar respuesta al alumnado.

2.11.7. Funciones y responsabilidades de los distintos

profesionales en relación con las medidas diseñadas.

9 Art. 25 y 26 ORDEN EDU/362/2015 y art. 28 y 29 Orden EDU/363/2015.

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Pág. 78

2.11.8. Colaboración con las familias.

Al referirnos a la comunidad educativa estamos abarcando todos aquellos

sectores que intervienen en la vida diaria de un centro educativo: profesores, alumnos,

familias y personal no docente. Todos estos sectores están representados en el Consejo

Escolar que es el máximo órgano de gobierno de un centro educativo. Conseguir la máxima

colaboración entre todos estos sectores es sumamente importante dado que eso permitirá

asegurar un adecuado clima de trabajo dentro del instituto que garantizará una mejor

formación de los alumnos y al mismo tiempo favorecerá el desarrollo integral de los mismos,

fin último del proceso educativo.

Colaboración con las familias

La educación de los alumnos es principalmente responsabilidad de las familias. El

centro debe hacerse cargo de su formación académica y de colaborar en esa educación, pero

la adquisición de las normas básicas de comportamiento y valores es competencia de las

familias. Es evidente que debe existir comunicación y coordinación fluida entre éstas y los

profesores para garantizar a los alumnos una educación y formación de calidad.

En nuestro centro esa relación se establece a través de los siguientes instrumentos:

- Reunión en el mes de septiembre, antes del comienzo de las actividades

lectivas, del equipo directivo y la orientadora con alumnos y familias de 1º ESO

dentro del marco del Plan de acogida, medida del Plan para la Mejora del Éxito

Educativo.

- Reunión en el mes de octubre entre los padres de los alumnos de cada curso,

el equipo directivo y la orientadora. Esta reunión tiene los siguientes objetivos:

establecer un primer contacto con las familias de los alumnos, presentar a los

miembros del equipo directivo y orientadora, dar a conocer de forma somera las

características del centro y del curso al que se enfrentan los alumnos e insistir en las

normas de convivencia más importantes que hay en nuestro Reglamento de

Régimen Interior.

- Reunión a comienzo de curso entre los padres de cada grupo y el tutor

correspondiente quien, una vez finalizada la reunión general y ya de forma particular

con las familias de su grupo de alumnos, les proporcionará una información más

concreta sobre horarios de alumnos, horas de tutoría de padres del tutor y de los

profesores del grupo, materias pendientes, etc.

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Pág. 79

- Reuniones padres-tutor-profesores. Además de los tutores, todos los

profesores cuentan en su horario personal con una hora semanal de atención a las

familias para, bien a demanda de éstas o bien del propio tutor, llevar a cabo las

reuniones precisas.

- Reuniones padres-jefatura de estudios. En aquellos casos en los que sea

necesario, la Jefatura de Estudios mantendrá personal o telefónicamente

comunicación con las familias para resolver cualquier duda o incidencia que se

produzca.

- Reuniones de los padres con el Departamento de Orientación. La orientadora

cuenta con un horario específico de atención a padres y alumnos para resolver

cualquier cuestión que las familias deseen plantear.

- La agenda escolar es también un cauce escrito autorizado para las

comunicaciones entre la familia y el centro. El alumnado es responsable de su

cuidado, estando obligado a llevarla siempre a clase, tenerla a disposición del

profesorado, así como presentarla a sus padres, madres o tutores al acabar la

jornada.

- Comunicación de faltas de asistencia. Semanalmente los padres recibirán por

SMS notificación de las faltas de asistencia no justificadas de sus hijos. El tutor, a

instancias del jefe de estudios, actuará en aquellos casos más llamativos o

preocupantes poniéndose en contacto inmediato por vía telefónica con las familias

para aclarar la situación.

- Comunicación de la evolución académica de los alumnos. En cada sesión de

evaluación las familias recibirán el boletín de notas con las calificaciones. En el caso

de las dos primeras evaluaciones se entregan a los alumnos para que las lleven a

sus familias debiendo devolver el resguardo firmado. En el caso de la evaluación final

se convoca a los padres para que el tutor las entregue personalmente. Además el

jefe de estudios se pondrá en contacto con los padres de los alumnos que tengan 5 o

más materias con evaluación negativa para llevar a cabo en común con las familias

un análisis exhaustivo de la situación y ver posibles soluciones.

- Asociación de padres y madres de alumnos (AMPA). Los representantes de esta

asociación colaboran en diferentes actividades para alumnos y familias, y mantienen

una estrecha relación con la dirección del centro, quien a su vez facilita y favorece

las reuniones de este organismo al tiempo que transmite sus demandas e

inquietudes al resto del equipo directivo y al claustro de profesores.

- Consejo escolar. Las familias están representadas en el máximo órgano de

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gobierno del centro desde donde hace llegar a toda la comunidad educativa sus

preocupaciones y propuestas, interviniendo así de forma muy activa en la

organización y funcionamiento del instituto.

2.11.9. Coordinación con otros organismos, entidades e

instituciones.

Relación con los centros de Educación Primaria adscritos al IES de ASTORGA

a) Reunión del equipo directivo del IES con los directores de los centros de

primaria de donde proceden nuestros alumnos.

b) Visitas de los alumnos que cursan 6º de primaria al IES de Astorga. Esta

medida, enmarcada dentro del Plan de acogida, se lleva a cabo con los

alumnos de los centros públicos de la ciudad de Astorga con el fin de que

conozcan las instalaciones del centro y se familiaricen con él.

c) Coordinación con los C.R.A. dependientes del centro. Es muy importante

coordinar las programaciones didácticas con estos centros de cara a asegurar

una formación común de los alumnos y facilitar su posterior incorporación a

nuestro centro.

d) Comunicación con los centros de primaria a través del Departamento de

Orientación y el equipo directivo para conocer las posibles necesidades de

determinados alumnos, aspectos familiares o sociales que pudieran incidir en

su rendimiento académico, etc. A tal fin, desde el IES se solicita cada año a los

centros adscritos los informes individualizados de aprendizaje de educación

primaria correspondientes a los alumnos que se van a matricular en 1º de ESO.

Relación con otras instituciones

a) Colaboración con empresas. En el IES de Astorga se imparten enseñanzas de

Ciclos Formativos pertenecientes a las familias profesionales de Administración

y Gestión, de Electricidad y Electrónica, y de Industrias Alimentarias. Además

se imparten dos módulos de Formación Profesional Básica, uno de Electricidad

y otro de Cocina. En todos los casos los alumnos deben realizar el módulo de

Formación en Centros de Trabajo (FCT) en empresas, por lo que los tutores se

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encargan de mantener una buena relación con diversas empresas de esos

sectores para organizar la realización del citado módulo.

b) Colaboración con la Cámara de Comercio de Astorga. Se mantiene una fluida

relación con la Cámara de Comercio de la ciudad con el objetivo de detectar las

necesidades de formación de la población de la ciudad para tratar de darles

respuesta desde el centro, en la medida de lo posible.

c) Colaboración con los ayuntamientos de nuestra área de influencia, en

particular, con el de Astorga. En este sentido, existe una relación fluida con la

Alcaldía y sus concejalías, en especial con la de Cultura y Servicios Sociales,

que colabora con el centro de forma habitual. Esta cooperación trata de reducir

el absentismo, favorecer la inserción social de los alumnos y acercar la cultura

a nuestros jóvenes. También desde el área de Turismo se coopera con nuestro

instituto para desarrollar visitas guiadas a la ciudad, a sus monumentos o a sus

instituciones. El objetivo es que los alumnos del centro conozcan mejor la

ciudad y se acerquen al patrimonio cultural de la misma.

d) Colaboración con las fuerzas de seguridad. A requerimiento del centro o bien

por iniciativa propia, la Policía Local y la Policía Nacional colaboran en el

control del absentismo escolar, la prevención de consumo de sustancias

nocivas para la salud, etc.

e) Colaboración con el centro de salud de Astorga. A lo largo de cada curso

escolar se realizan en el centro varias campañas de vacunación, promoción de

la salud bucodental e información sobre diferentes aspectos relacionados con

la salud.

f) Colaboración con Universidades. La orientación de los alumnos que desean

continuar su formación en la universidad es muy importante: PAEU

(contenidos, estructura y fechas), grados, ponderaciones, notas de corte, etc.

Esta labor la lleva a cabo la Jefatura de Estudios en colaboración con el

Departamento de Orientación. En este sentido hay que destacar que nuestros

alumnos reciben información de diversas universidades, particularmente la de

León, a través de charlas informativas, visitas a algunas instalaciones de esta

universidad, asistencia a jornadas de divulgación que organizan en el Campus

de León y/o Ponferrada. Otro ámbito de colaboración con la Universidad se

refiere a la realización de prácticas en nuestro centro por parte de alumnos que

están matriculados en el Master de Formación del Profesorado de Secundaria.

Esta colaboración compete a los diferentes Departamentos Didácticos del

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centro.

g) Participación en los Proyectos Skill del Programa aula-empresa de los

Departamentos de las familias profesionales de Electricidad y Electrónica e

Industrias Alimentarias.

h) Otras instituciones:

1.- Cruz Roja: cooperación en actividades relacionadas con el fomento de la

salud, prevención de drogodependencias, etc.

2.- Diputación de León: cooperación en las actividades señaladas

anteriormente y otras destinadas a la formación de padres y madres en

aspectos de interés para el desarrollo de los alumnos. Además conviene

destacar la participación en campañas deportivas que organiza esta institución

y que tienen una gran repercusión entre nuestro alumnado.

3.- Instituciones privadas (ADAVAS) que puedan resultar de interés en la

consecución de nuestros objetivos.

4.- Empresas e instituciones públicas y privadas que reciben visitas de nuestros

alumnos, curso tras curso: Parque eólico de Lugo, Coca-Cola, MUSAC,

Biblioteca Nacional, Museo del Prado, etc.

i) Monitores de diferentes actividades complementarias y extraescolares

que ayudan a completar la formación y el desarrollo integral de los alumnos.

2.11.10. Mecanismo de evaluación inicial, seguimiento y

evaluación final-anual de cada una de las medidas ordinarias,

especializadas y extraordinarias que se desarrollen.

(En el Anexo del Plan de Atención a la Diversidad)

2.11.11. Mecanismos de seguimiento y evaluación del plan,

especificando tiempos, instrumentos, procedimientos y

responsables.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

Pág. 83

(En el Anexo Plan de Atención a la Diversidad)

2.12. Plan de Acción Tutorial10.

2.12.1. Directrices de la comisión de coordinación pedagógica.

El Plan de Acción Tutorial se encuentra desarrollado en un Anexo a este documento.

2.12.2. Miembros del Equipo Directivo, del Departamento de

Orientación y tutores de cada curso, reflejando la forma, espacios

y tiempos, en que serán atendidos de forma efectiva los alumnos y

los padres, madres o tutores legales.

2.12.3. Organización de espacios y tiempos donde se realizarán

las reuniones de coordinación de tutores, departamento de

orientación, departamento de actividades complementarias y

extraescolares y jefes de estudio.

2.12.4. Planificación y organización de la hora lectiva de la tutoría

con el grupo (ESO).

2.12.5. Mecanismos de evaluación de la acción tutorial.

2.12.6. Evaluación de la planificación y ejecución del plan.

2.12.7. Se pueden determinar los mecanismos para la

participación del alumnado en el proceso de elaboración y

evaluación del Plan de Acción Tutorial.

10

La CCP establece directrices. El Orientador: asesora. El ED.: elabora al inicio del curso escolar.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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2.13. Plan de orientación académica y profesional11.

Este plan y todos sus apartados se encuentran incluidos en la programación

didáctica del Departamento de Orientación (Anexo de Programaciones).

2.13.1. Objetivos del plan.

2.13.2. Mecanismos de coordinación con los centros que impartan

educación primaria de la zona y los equipos de orientación

educativa y psicopedagógica (ESO).

2.13.3. Mecanismos de coordinación con los centros que impartan

educación secundaria postobligatoria (ESO). Mecanismos de

coordinación con los centros que impartan educación superior

(Bachillerato).

2.13.4. Planificación, organización y temporalización de las

actuaciones de acogida y orientación para el alumnado que se

incorpora a primer curso de la educación secundaria obligatoria

ESO). Planificación, organización y temporalización de las

actuaciones de la orientación académica y profesional con el

alumnado (Bachillerato)

2.13.5. Planificación, organización y temporalización de las

actuaciones de la orientación académica y profesional con el

alumnado del centro que incluirá en todo caso, en tercer o cuarto

curso, la visita a centros de trabajo y ciclos formativos (ESO).

2.13.6. Mecanismos de evaluación de la orientación académica y

profesional.

11

ED.: lo elabora, con el asesoramiento y participación del orientador.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

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2.14. Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la

práctica docente.

Se tendrán en cuenta los indicadores de logro establecidos en las programaciones

didácticas, incluirán, entre otros:

1. Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.

2. Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos

a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.

3. Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y de

centro.

El Profesorado evaluará los procesos de enseñanza y su propia práctica

docente en relación con la consecución de los objetivos educativos del currículo. A final del

curso se incluirán en las memorias finales de los departamentos, así como en la del centro,

los resultados de la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje. Estos servirán como

referente para las posibles modificaciones en la metodología de cara al curso siguiente.

Esta evaluación se realizará trimestralmente después de las sesiones de evaluación

del aprendizaje de los alumnos. La del último trimestre coincidirá con la evaluación global del

curso.

Será llevada a cabo por los departamentos didácticos, el claustro de profesores, la

comisión de coordinación pedagógica y el consejo escolar.

En este proceso se evaluarán los siguientes aspectos:

1.- Aplicación y adecuación de los criterios de evaluación.

2.- Medidas de refuerzo y apoyo empleadas.

3.- Adecuación de la metodología, materiales curriculares y didácticos.

4.- Idoneidad de la oferta de materias optativas en función de las características y

necesidades de los alumnos.

5.- Organización y aprovechamiento de los recursos materiales y humanos del

centro.

6.- Coordinación entre los diferentes órganos del centro.

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2.15. Directrices para el fomento de la igualdad real y

efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la

violencia de género.

(Desarrollado en Plan de Acción Tutorial, RRI, Programaciones Didácticas…)

2.16. Programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la

difusión, entre las personas de la comunidad educativa,

de la igualdad de oportunidades y la efectiva inclusión de

las personas con discapacidad, tratamiento transversal

en las áreas, materias o módulos de la educación en

valores y otras enseñanzas.

(No existen como tales)

2.17. Medidas de coordinación con otros centros para

facilitar tanto la incorporación del alumnado a las

enseñanzas que imparten el centro como su continuidad

en su proceso formativo.

Relación con los centros de Educación Primaria adscritos al IES de ASTORGA

a) Reunión del equipo directivo del IES con los directores de los centros de primaria

de donde proceden nuestros alumnos.

b) Visitas de los alumnos que cursan 6º de primaria al IES de Astorga. Esta medida,

enmarcada dentro del Plan de acogida, se lleva a cabo con los alumnos de los

centros públicos de la ciudad de Astorga con el fin de que conozcan las

instalaciones del centro y se familiaricen con él.

c) Coordinación con los C.R.A. dependientes del centro. Es muy importante

coordinar las programaciones didácticas con estos centros de cara a asegurar

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una formación común de los alumnos y facilitar su posterior incorporación a

nuestro centro.

d) Comunicación con los centros de primaria a través del Departamento de

Orientación y el equipo directivo para conocer las posibles necesidades de

determinados alumnos, aspectos familiares o sociales que pudieran incidir en

su rendimiento académico, etc. A tal fin, desde el IES se solicita cada año a los

centros adscritos los informes individualizados de aprendizaje de educación

primaria correspondientes a los alumnos que se van a matricular en 1º de ESO.

En caso de traslado de algún alumno a otro centro educativo, nuestro centro

facilita toda la información necesaria, informes…

2.18. Compromisos y criterios para la formalización de

acuerdos entre el centro y las familias y con los propios

alumnos.

Según lo establecido en el artículos 56 a 58 de la Orden EDU/362/2015 y el art.

53 de la ORDEN/EDU/363/2015.

En particular, para la ESO, la conveniencia de que las familias se comprometan

a asistir, al menos una vez, a las sesiones de tutoría que se convoquen.

(Desarrollado en el Anexo del Plan de Convivencia)

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2.19. Decisiones sobre la coordinación con los servicios

sociales y educativos del municipio y las relaciones

previstas con otras instituciones, públicas y privadas,

para la mejor consecución de los fines establecidos.

(Ya especificado en parte con anterioridad)

Relación con otras instituciones

a) Colaboración con empresas. En el IES de Astorga se imparten enseñanzas de

Ciclos Formativos pertenecientes a las familias profesionales de Administración y

Gestión, de Electricidad y Electrónica, y de Industrias Alimentarias. Además se

imparten dos módulos de Formación Profesional Básica, uno de Electricidad y

otro de Cocina. En todos los casos los alumnos deben realizar el módulo de

Formación en Centros de Trabajo (FCT) en empresas, por lo que los tutores se

encargan de mantener una buena relación con diversas empresas de esos

sectores para organizar la realización del citado módulo.

b) Colaboración con la Cámara de Comercio de Astorga. Se mantiene una fluida

relación con la Cámara de Comercio de la ciudad con el objetivo de detectar las

necesidades de formación de la población de la ciudad para tratar de darles

respuesta desde el centro, en la medida de lo posible.

c) Colaboración con los ayuntamientos de nuestra área de influencia, en particular,

con el de Astorga. En este sentido, existe una relación fluida con la Alcaldía y

sus concejalías, en especial con la de Cultura y Servicios Sociales, que

colabora con el centro de forma habitual. Esta cooperación trata de reducir el

absentismo, favorecer la inserción social de los alumnos y acercar la cultura a

nuestros jóvenes. También desde el área de Turismo se coopera con nuestro

instituto para desarrollar visitas guiadas a la ciudad, a sus monumentos o a sus

instituciones. El objetivo es que los alumnos del centro conozcan mejor la

ciudad y se acerquen al patrimonio cultural de la misma.

d) Colaboración con las fuerzas de seguridad. A requerimiento del centro o bien por

iniciativa propia, la Policía Local y la Policía Nacional colaboran en el control

del absentismo escolar, la prevención de consumo de sustancias nocivas para

la salud, etc.

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PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL del CURSO 2015-2016

Pág. 89

e) Colaboración con el centro de salud de Astorga. A lo largo de cada curso escolar

se realizan en el centro varias campañas de vacunación, promoción de la salud

bucodental e información sobre diferentes aspectos relacionados con la salud.

f) Colaboración con Universidades. La orientación de los alumnos que desean

continuar su formación en la universidad es muy importante: PAEU

(contenidos, estructura y fechas), grados, ponderaciones, notas de corte, etc.

Esta labor la lleva a cabo la Jefatura de Estudios en colaboración con el

Departamento de Orientación. En este sentido hay que destacar que nuestros

alumnos reciben información de diversas universidades, particularmente la de

León, a través de charlas informativas, visitas a algunas instalaciones de esta

universidad, asistencia a jornadas de divulgación que organizan en el Campus

de León y/o Ponferrada. Otro ámbito de colaboración con la Universidad se

refiere a la realización de prácticas en nuestro centro por parte de alumnos que

están matriculados en el Master de Formación del Profesorado de Secundaria.

Esta colaboración compete a los diferentes Departamentos Didácticos del

centro.

g) Participación en los Proyectos Skill del Programa aula-empresa de los

Departamentos de las familias profesionales de Electricidad y Electrónica e

Industrias Alimentarias.

h) Otras instituciones:

1.- Cruz Roja: cooperación en actividades relacionadas con el fomento de la

salud, prevención de drogodependencias, etc.

2.- Diputación de León: cooperación en las actividades señaladas

anteriormente y otras destinadas a la formación de padres y madres en

aspectos de interés para el desarrollo de los alumnos. Además conviene

destacar la participación en campañas deportivas que organiza esta institución

y que tienen una gran repercusión entre nuestro alumnado.

3.- Instituciones privadas (ADAVAS) que puedan resultar de interés en la

consecución de nuestros objetivos.

4.- Empresas e instituciones públicas y privadas que reciben visitas de nuestros

alumnos, curso tras curso: Parque eólico de Lugo, Coca-Cola, MUSAC,

Biblioteca Nacional, Museo del Prado, etc.

i) Monitores de diferentes actividades complementarias y extraescolares

que ayudan a completar la formación y el desarrollo integral de los alumnos.

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2.20. Concreción de los aspectos de la ORDEN

EDU/1169/2009.

(Atención educativa domiciliaria)

Aquellos alumnos que deban permanecer hospitalizados o ausentes del centro por

motivos de salud, recibirán las actividades y evolución de las diferentes materias a través de

su tutor, quien recopilará los materiales correspondientes y se los hará llegar a los padres o

tutores legales. Dichas actividades y tareas realizadas por estos alumnos serán devueltas a

los respectivos profesores, quienes las corregirán y evaluarán. También se puede colaborar

con los profesores de apoyo que esos alumnos pudieran tener.

2.21. Celebración de fechas significativas12.

Se celebran todas las fechas que se reconocen en el calendario oficial, especialmente

las que tienen un valor histórico o cultural relevante y/o relacionado con la Comunidad

Autónoma de Castilla y León. Se realizan murales, conferencias, exposiciones, trabajos

coordinados por los departamentos…

2.22. Colaboración e implicación de las familias. Mecanismos de participación de las familias con la finalidad de orientarles en la

consecución de los objetivos educativos incluyendo, entre otras, las siguientes

actuaciones:

2.22.1. Los procedimientos de acogida al alumnado y a sus

familias.

Se recogen en el Plan de Acogida (en documento anexo a esta PGA)

12

Resolución de 29 de mayo de 2006, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, por la

que se establece la celebración de fechas significativas en los centros docentes de Castilla y León (BOCyL 5 junio).

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2.22.2. El seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje del

alumnado.

Como queda dicho, se realiza en la evaluación inicial, en las tres evaluaciones

ordinarias y en la extraordinaria, además de las reuniones de los departamentos didácticos,

de los tutores con la orientadora, jefatura de estudios…

La evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje se llevará a cabo a partir

de los resultados obtenidos por los alumnos a través de los siguientes instrumentos:

1.- Informes de la relación de los objetivos propuestos y grado de consecución de los

mismos.

2.- Informes de la relación de los recursos didácticos y curriculares empleados y el

grado de satisfacción con los mismos.

3.- Informes de la relación de los criterios de evaluación y el grado de adecuación a

los objetivos planteados.

4.- Informes externos elaborados por el Área de Programas Educativos de la

Dirección Provincial.

2.22.3. El refuerzo de los vínculos entre el centro y las familias, de

modo que se facilite la continuidad de las acciones formativas.

La educación de los alumnos es principalmente responsabilidad de las familias. El

centro debe hacerse cargo de su formación académica y de colaborar en esa educación, pero

la adquisición de las normas básicas de comportamiento y valores es competencia de las

familias. Es evidente que debe existir comunicación y coordinación fluida entre éstas y los

profesores para garantizar a los alumnos una educación y formación de calidad.

En nuestro centro esa relación se establece a través de los siguientes instrumentos:

- Reunión en el mes de septiembre, antes del comienzo de las actividades

lectivas, del equipo directivo y la orientadora con alumnos y familias de 1º ESO

dentro del marco del Plan de acogida, medida del Plan para la Mejora del Éxito

Educativo.

- Reunión en el mes de octubre entre los padres de los alumnos de cada curso,

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el equipo directivo y la orientadora. Esta reunión tiene los siguientes objetivos:

establecer un primer contacto con las familias de los alumnos, presentar a los

miembros del equipo directivo y orientadora, dar a conocer de forma somera las

características del centro y del curso al que se enfrentan los alumnos e insistir en las

normas de convivencia más importantes que hay en nuestro Reglamento de

Régimen Interior.

- Reunión a comienzo de curso entre los padres de cada grupo y el tutor

correspondiente quien, una vez finalizada la reunión general y ya de forma particular

con las familias de su grupo de alumnos, les proporcionará una información más

concreta sobre horarios de alumnos, horas de tutoría de padres del tutor y de los

profesores del grupo, materias pendientes, etc.

- Reuniones padres-tutor-profesores. Además de los tutores, todos los

profesores cuentan en su horario personal con una hora semanal de atención a las

familias para, bien a demanda de éstas o bien del propio tutor, llevar a cabo las

reuniones precisas.

- Reuniones padres-jefatura de estudios. En aquellos casos en los que sea

necesario, la Jefatura de Estudios mantendrá personal o telefónicamente

comunicación con las familias para resolver cualquier duda o incidencia que se

produzca.

- Reuniones de los padres con el Departamento de Orientación. La orientadora

cuenta con un horario específico de atención a padres y alumnos para resolver

cualquier cuestión que las familias deseen plantear. Este horario se distribuye

diariamente en las mañanas de lunes a viernes y además los martes en el 7º periodo

lectivo (de 16 a 18 h.).

- La agenda escolar es también un cauce escrito autorizado para las

comunicaciones entre la familia y el centro. El alumnado es responsable de su

cuidado, estando obligado a llevarla siempre a clase, tenerla a disposición del

profesorado, así como presentarla a sus padres, madres o tutores al acabar la

jornada.

- Comunicación de faltas de asistencia. Semanalmente los padres recibirán por

SMS notificación de las faltas de asistencia no justificadas de sus hijos. El tutor, a

instancias del jefe de estudios, actuará en aquellos casos más llamativos o

preocupantes poniéndose en contacto inmediato por vía telefónica con las familias

para aclarar la situación.

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- Comunicación de la evolución académica de los alumnos. En cada sesión de

evaluación las familias recibirán el boletín de notas con las calificaciones. En el caso

de las dos primeras evaluaciones se entregan a los alumnos para que las lleven a

sus familias debiendo devolver el resguardo firmado. En el caso de la evaluación final

se convoca a los padres para que el tutor las entregue personalmente. Además el

jefe de estudios se pondrá en contacto con los padres de los alumnos que tengan 5 o

más materias con evaluación negativa para llevar a cabo en común con las familias

un análisis exhaustivo de la situación y ver posibles soluciones.

- Asociación de padres y madres de alumnos (AMPA). Los representantes de esta

asociación colaboran en diferentes actividades para alumnos y familias, y mantienen

una estrecha relación con la dirección del centro, quien a su vez facilita y favorece

las reuniones de este organismo al tiempo que transmite sus demandas e

inquietudes al resto del equipo directivo y al claustro de profesores.

- Consejo escolar. Las familias están representadas en el máximo órgano de

gobierno del centro desde donde hace llegar a toda la comunidad educativa sus

preocupaciones y propuestas, interviniendo así de forma muy activa en la

organización y funcionamiento del instituto.

2.23. Otros planes, proyectos y programas educativos:

2.23.1. Programas de actividades de formación permanente del

profesorado.

Sin desarrollar.

2.23.2. "Plan de lectura". Según lo dispuesto en la ORDEN EDU/747/2014.

En documento anexo a esta PGA.

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2.23.3. "Programa para la Mejora del Éxito Educativo". Incluirá las acciones que lleven a cabo.

Nuestro centro lo solicita cuando se hace pública la convocatoria.

Se adjuntan en un documento anexo: el Plan de Atención a la Diversidad, el

Plan de Acción Tutorial y el Plan de Orientación Académica y Profesional. En ellos, así como

en la programación del Departamento de Orientación, se hace referencia a los aspectos

señalados en este epígrafe.

Como medidas concretas de atención a la diversidad, hay que señalar:

- La elaboración de adaptaciones curriculares significativas y no significativas a

aquellos alumnos que presenten problemas de aprendizaje.

- Contrato-programa. Dentro de él hay que destacar dos medidas: por una parte, la

organización de desdobles en las materias de Lengua, Matemáticas e Inglés en 1º y

2º de la ESO, y, por otra, la creación del Grupo de Aprendizaje Adaptado. La elección

del alumnado que participa en la primera medida se ha llevado a cabo a propuesta

de los Departamentos implicados con el asesoramiento del Departamento de

Orientación. El objetivo es favorecer el progreso educativo de aquellos alumnos que

presentan mayores problemas de aprendizaje en estas materias. El Grupo de

Aprendizaje Adaptado, con un currículo adaptado, una metodología específica y

constituido por un reducido número de alumnos -nueve este curso- que, habiendo

repetido 1º de la ESO, han promocionado a 2º sin haber alcanzado los objetivos

previstos, está encaminado a que estos alumnos se incorporen preferentemente a la

Formación Profesional Básica.

- Plan para la Mejora del Éxito Educativo en las medidas C2 y C3 destinado a los

alumnos de 4º de ESO

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2.23.4. Plan de Absentismo13: Medidas para la disminución del

abandono escolar temprano.

Con arreglo a la legislación vigente, las faltas de asistencia de los alumnos son

notificadas semanalmente a sus familias, y mensualmente a la comisión encargada del

absentismo, en el caso de alumnos que superen el mínimo establecido y no justifiquen su

ausencia.

Además, consideramos importante también señalar las siguientes medidas para

prevenir el abandono escolar temprano:

- Seguimiento y control semanal de las faltas de asistencia de los alumnos.

- Comunicación inmediata por vía telefónica a las familias de las faltas de los

alumnos.

- Comunicación a la Dirección Provincial de los alumnos que cada mes cumplen

las condiciones para ser considerados absentistas.

- Contactos telefónicos y personales con las familias de estos alumnos

- Comunicación por escrito a otras instituciones como, por ejemplo, Asuntos

Sociales, de la asistencia o no asistencia de los alumnos al centro.

- Relación con diferentes instituciones: Asuntos Sociales, Cáritas, ONCE,

mediadores familiares, etc.

- Asistencia a actividades de formación relacionados con esta problemática.

2.23.5. Plan de acogida14 (ESO).

(En Anexo)

13

Resolución de 28 de septiembre de 2005 (BOCYL del 7 de octubre).

14 Art. 29 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo.

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2.24. Carácter propio al que se refiere el artículo 115 de la

LOE. Centros concertados:

(No corresponde)

2.25. Publicidad.

En la sala de profesores, página web, jefatura de estudios…

3. PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES

(En el anexo de Programaciones, en el apartado correspondiente de cada una de ellas y

en la del Dpto. de Actividades Complementarias y Extraescolares)

4. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

RESIDENCIA DE ESTUDIANTES

Dado que algunos de nuestros alumnos proceden de comarcas alejadas de la ciudad

y por tanto la asistencia diaria no es posible en razón de la distancia, el centro cuenta con una

Residencia de Estudiantes en la que este curso conviven 32 alumnos de ESO, Bachillerato,

Ciclos Formativos y FP Básica. Asimismo, en ella se puede alojar profesorado del IES o de

centros públicos, previo pago trimestral de la cantidad estipulada en concepto de alojamiento.

Los fines de la Residencia son los siguientes:

a.- Proporcionar alojamiento y manutención a los jóvenes que por razones de

distancia no pueden acudir al IES diariamente y, por tanto, tienen la condición de residentes.

b.- Contribuir a su formación humana y profesional proporcionándoles un ambiente

adecuado para su realización.

c.- Posibilitar un clima de convivencia que facilite la participación, la colaboración y la

ayuda entre los residentes.

d.- Facilitar a los residentes la práctica de actividades de carácter cultural y recreativo,

sin olvidar la atención primordial al ambiente de estudio que debe existir.

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e- Garantizar el respeto a las convicciones ideológicas, religiosas y morales de los

alumnos.

f.- Favorecer la formación integral de los alumnos residentes, acrecentando el sentido

de su dignidad, libertad y responsabilidad.

g.- Fomentar el desarrollo pleno de las capacidades de los alumnos.

El equipo educativo de la Residencia está integrado por el jefe de Residencia y cinco

profesores responsables del cuidado y la tutela de los alumnos residentes, que se encargarán

de atender los aspectos educativos y de dirigir las actividades que se realicen en la

Residencia. Están adscritos a la Residencia los siguientes profesores:

Dña. María Serrano Díaz, profesora de Enseñanza Secundaria de la especialidad de

Lengua Castellana y Literatura.

Dña. Nieves Rodríguez Varela, profesora de Enseñanza Secundaria de la

especialidad de Matemáticas.

D. Mariano García Gallardo, profesor técnico de Formación Profesional de la

especialidad de Equipos Electrónicos.

Dos profesores técnicos de Formación Profesional de la especialidad de Servicios a

la Comunidad.

Sus horarios se adaptan a la normativa general y se organizan de tal manera que

cubren todas las horas en las que hay alumnos en la Residencia. El horario general que figura

en esta PGA, aprobado por el claustro, está de acuerdo con lo especificado en el RRI.

Son competencias de los profesores educadores de la Residencia las siguientes:

Orientar y dirigir las actividades residenciales y de convivencia de los alumnos

residentes.

Velar por el orden y buen funcionamiento de la Residencia, poniendo especial

cuidado en lo relativo a la seguridad física de los alumnos y al buen funcionamiento de los

servicios esenciales.

Mantener el orden y el silencio necesarios para el buen funcionamiento de la

Residencia, así como el respeto al estudio y descanso de todos los alumnos residentes.

Velar para que en las aulas de estudio se genere un clima que propicie la

concentración y el aprendizaje.

Resolver dudas a los alumnos en los períodos de estudio y refuerzo.

Resolver en primera instancia cualquier incidencia o problema que pudiera

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producirse. Si éste escapase a su capacidad de resolución, se pondrán en contacto

inmediatamente con el jefe de Residencia o con el director del I.E.S.

Ayudar a cualquier alumno que necesite atención especial, ya sea educativa o

de otra índole. En estos casos actuará de acuerdo con las normas establecidas en la

normativa residencial.

Anotar en el parte de incidencias todas aquellas que a su juicio sean dignas de

reseñarse. En todo caso actuarán de acuerdo con lo establecido en el RRI.

Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el jefe de Residencia

o el director del I.E.S. dentro del ámbito de sus competencias.

El profesor educador que preste su servicio de noche tendrá como misión la de

atender y vigilar a los alumnos durante la noche, cuidando tanto de su seguridad como del

cumplimiento de las horas de silencio y sueño. Deberá, por tanto, comprobar que todos los

residentes se encuentran en sus habitaciones a la hora de silencio y que se levantan con el

tiempo suficiente para desayunar y asistir a las clases en el Instituto.

Además del personal adscrito a la Residencia, puede existir también personal

colaborador (profesores o alumnos residentes). Los profesores-colaboradores son profesores

que pueden prestar colaboración en algunas de las actividades de la misma. En ningún caso

sustituirán a los profesores sino que les apoyarán en aquellas actividades en que fueran

necesarios a juicio del jefe de Residencia, o del director del IES. Los alumnos-colaboradores

serán alumnos que colaborarán con los profesores en algunas actividades, fundamentalmente

deportivas y/o lúdicas. En el caso de nombramiento de alumnos o profesores-colaboradores

se dará cuenta al consejo escolar.

BIBLIOTECA

El Instituto cuenta con dos bibliotecas. La del edificio A está abierta a los alumnos de

BTO y CF con matrícula parcial, así como a los alumnos de ESO que tienen convalidada la

materia de Música, de 8:35 a 14:25 horas todos los días lectivos. De 11:15 a 11:45 está

abierta a todos los alumnos y en este periodo se realiza el préstamo de libros por los

profesores encargados. Esta biblioteca supera la cifra de los 11.000 volúmenes. La del

edificio B cuenta con unos 5.000 y no se utiliza regularmente.

PÁGINA WEB

Se continúa con la dinamización de la página Web del IES, actualizándola y colgando

en ella toda la información que afecta a los diferentes miembros de la comunidad educativa.

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Se ha puesto en marcha un aula virtual, importante herramienta de comunicación entre

alumnos y profesores.

SECRETARÍA:

La Secretaría es atendida por cuatro administrativos y el horario de atención al

público es de 9:00 a 14:00 horas.

CONSERJERÍA:

La conserjería del edificio A está atendida por tres conserjes y la del edificio B por

uno, que también realiza funciones en la Residencia en el primer tramo de la mañana. Cada

uno de los conserjes rota semanalmente en el edificio B. Asimismo, la Residencia cuenta

también con un ordenanza. Además hay que señalar que la conserjería del edificio A

permanecerá abierta en jornada de tarde los martes y jueves de 16.00 a 18.00 h.

LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO

Teniendo presente que el centro cuenta con dos edificios, el personal de limpieza se

distribuye de la siguiente forma: tres personas en el edificio A, una en el edificio B y dos en la

Residencia, desarrollando su trabajo de lunes a viernes. Asimismo hay una persona

encargada del mantenimiento de los edificios.

CAFETERÍA

El Instituto cuenta con este servicio en cada uno de los edificios y se lleva a cabo en

régimen de alquiler. Permanecen abiertas sólo en horario lectivo y siempre que lo aconsejen

otras situaciones como: claustros, evaluaciones, reuniones de padres, etc. No obstante, la

venta de productos a los alumnos permanece restringida al período de recreo.

TRANSPORTE

Una tercera parte de los alumnos del centro hacen uso de este servicio. Este uso se

concreta de dos formas: por un lado, están los alumnos que utilizan el transporte a diario y,

por otro, los alumnos de la Residencia que vienen el domingo por la tarde y vuelven a sus

casas el viernes por la tarde (23 este curso).

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5. MEMORIA ADMINISTRATIVA15

GESTIÓN ECONÓMICA. ESTADOS CONTABLES.

El Decreto 120/2002 de 7 de noviembre y la Orden 285/2003 de 28 de febrero que lo

desarrolla regulan el régimen jurídico de la autonomía en la gestión de los centros docentes

públicos no universitarios. A partir de estas referencias legislativas quedan fijados cuatro

apartados contables:

- El presupuesto.

- La cuenta de gestión.

- El inventario.

- El estado de necesidades de equipamiento.

Hasta hace tres años, a principios de enero, recibíamos instrucciones de la Dirección

Provincial de Educación para confeccionar el presupuesto y la cuenta de gestión. Pero,

últimamente la situación ha cambiado y se produce cierta incertidumbre, lo que genera una

falta de previsión a la hora de afrontar gastos.

a) El Presupuesto

Recoge la previsión de ingresos y gastos para el año natural entrante, desde enero

hasta diciembre. Los ingresos se determinan en función de las cantidades asignadas desde la

Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, a las que hay que añadir el saldo

vigente en nuestra cuenta bancaria a 31 de diciembre del año anterior. Este montante debe

coincidir con el total de los gastos previstos, gastos que la normativa exige distribuir entre las

correspondientes cuentas oficiales.

El presupuesto tiene que estar, por ley, equilibrado; es decir, la suma de los ingresos

y de los gastos debe ser la misma. Se compone de cuatro anexos:

Anexo I en el que consta el saldo del año anterior y todos los ingresos previstos,

detallados por conceptos y subprogramas.

15

Art. 69 del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.

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Anexo II donde figuran los gastos previstos repartidos entre las cuentas oficiales.

Anexo III en el que aparecen los gastos, pero divididos por objetivos.

Anexo IV donde se recoge un resumen del anexo anterior.

A estos anexos hay que añadir un Anexo V, compuesto por dos documentos que

atestiguan la conciliación de cuentas entre la cuenta bancaria y el libro de banco, por un lado,

y entre el libro de banco y caja y la cuenta de gestión, por otro.

En cuanto a los datos referidos al último presupuesto presentado, se indica que el

saldo 31 de diciembre del año 2014 en nuestra cuenta bancaria ascendió a 30.366,93 euros

y que los recursos asignados desde la Junta fueron de 228.034,63 euros, por lo que el total

de Ingresos previstos es de 258.401,63 euros.

Los gastos presupuestados han ascendido a 258.401,63 euros, distribuidos entre las

once cuentas que conforman el Plan contable para centros docentes públicos no

universitarios. Con los datos reflejados, se aprecia una ligera reducción en el presupuesto

asignado por la Administración.

b) La Cuenta de Gestión

Recoge todos los ingresos y gastos que se han producido durante el año anterior.

Comprende los Anexos VI, IX y X.

El Anexo VI, titulado “De los recursos de los presupuestos generales de la

Comunidad de Castilla y León, concepto 229 y otros recursos”, recoge el saldo inicial del año

anterior, todos los recursos o ingresos recibidos durante el año anterior separados por

subprogramas, todos los gastos realizados el año anterior detallados por cuentas y, por

diferencia, el saldo final .

El Anexo IX es un resumen del anterior, con las cantidades globales del saldo inicial,

los ingresos, los gastos y el saldo final.

El Anexo X está conformado con los gastos repartidos por objetivos, es decir, por

cuentas.

Con respecto a las cuantías concretas de la última cuenta de gestión presentada, la

del año 2014, indicar que el saldo inicial fue de 26.272,47euros, que los Ingresos fueron de

296.382,24 euros, que los gastos ascendieron a 292.287,78 euros y que, por lo tanto, el saldo

final a 31 de diciembre de 2014 fue de 30.366,93 euros.

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La cuenta de gestión fue presentada por el secretario del IES al consejo escolar, fue

evaluada/informada por éste en sesión celebrada el 29-01-2015 y remitida a la Dirección

Provincial de Educación al día siguiente.

El proyecto de presupuesto fue presentado por el secretario del IES al consejo escolar,

fue evaluado/informado por éste en sesión celebrada el 24-03-2015 y remitido a la Dirección

Provincial de Educación al día siguiente.

c) Inventario

El registro del material inventariable se lleva a cabo bajo la supervisión del secretario

y se actualiza periódicamente, tanto con el material que se adquiere desde el propio IES

como con el que nos llega desde la Administración y se encuentra actualizado.

d) El Estado de Necesidades de Equipamiento

Cada fin de ejercicio se remite a la Dirección Provincial un informe que recoge las

necesidades prioritarias para el centro: material audiovisual e informático, etc.

Aunque somos plenamente conscientes de la difícil situación económica que

vivimos, consideramos prioritario la ampliación del edificio A, de forma que en él se puedan

alojar todos los estudios que se imparten en este centro, lo que mejoraría la gestión

académica, de personal y la eficacia económica.

ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA GESTIÓN ECONÓMICA

El actual equipo directivo, continuando la pauta de equipos anteriores, adoptó en la

gestión económica los criterios de no disponer de dinero en caja, decidiendo los gastos en

función de las necesidades más prioritarias y siempre considerando el IES en su conjunto,

edificio A, B y Residencia.

Actualmente utilizamos dos edificios, el que denominamos A, cuya titularidad es de

la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, y el que denominamos B, cuyo

titular es la Diputación de León. Todos los ingresos y todos los gastos se hacen a través de

una única cuenta bancaria que el IES tiene abierta en Caja España.

Se ha transmitido a los jefes de departamento la necesidad de minimizar el gasto

prescindible y en todo caso que no se proceda a realizar compra alguna sin la autorización

previa del secretario. Las gestiones de compra generales las realiza el secretario, y la

especializada de cada departamento la realizará cada jefe de departamento. Recibido el

material, y una vez que el jefe de departamento comprueba que todo se ajusta a lo solicitado,

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el secretario lleva a cabo el proceso de pago. Posteriormente se contabiliza a través del

programa informático GECE2000 y se contabiliza la correspondiente factura.

Tradicionalmente se financiaban los viajes y la participación en competiciones

deportivas, culturales y/o académicas de los alumnos del IES. Es intención de este equipo

directivo seguir cofinanciando estas actividades conjuntamente con las familias.

En el edificio A el mantenimiento ha sido razonable; no así en el edificio B a pesar del

esfuerzo realizado. Apreciamos graves carencias en el mantenimiento general del edificio, en

pavimentos interiores y de patios, zócalos, carpinterías, paramentos verticales y horizontales,

pinturas e instalaciones, en particular la red de fontanería en la que se producen

constantes averías dada su antigüedad de 50 años. También hay problemas de filtraciones

de agua en la cubierta de ambos edificios. Se han reparado las deficiencias apreciadas en el

edificio B. La cubierta de este edificio fue sustituida parcialmente hace aproximadamente 10

años, estando parte de ella pendiente de sustitución.

Reiteramos las deficiencias en materia de seguridad en caso de evacuación, en

particular en la zona de la Residencia.

Documento de Organización del Centro (DOC).

(Ya entregado con fecha 13 de noviembre de 2015)

6. PLANES Y PROYECTOS DEL CENTRO NO INCLUIDOS EN EL

PROYECTO EDUCATIVO (Todos están en documentos anexos)

7. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS ESO (En Anexo de Programaciones)

7.1. ELEMENTOS

7.1.1. Secuencia y temporalización de los contenidos. 7.1.2. Estándares de aprendizaje evaluables que se consideran básicos 7.1.3. Decisiones metodológicas y didácticas. 7.1.4. Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero. 7.1.5. Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia. 7.1.6. Medidas que promuevan el hábito de la lectura. 7.1.7. Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado

y criterios de calificación. Variedad de instrumentos de calificación, incluyendo las pruebas orales con el correspondiente reflejo en la calificación.

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7.1.8. Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores.

7.1.9. Medidas de atención a la diversidad.

7.1.10. Medidas de refuerzo educativo16

7.1.11. Materiales y recursos de desarrollo curricular. 7.1.12. Programa de actividades extraescolares y complementarias.

7.2. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LOGRO (al menos):

7.2.1. Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.

7.2.2. Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.

7.2.3. Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y de centro.

7.3. ÍNDICE DE PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS17

ESO:

7.3.1. Primer curso: 7.3.1.1. Materias troncales

7.3.1.1.1. Lengua Castellana y literatura 7.3.1.1.2. Primera lengua extranjera 7.3.1.1.3. Geografía e Historia 7.3.1.1.4. Matemáticas 7.3.1.1.5. Biología y Geología

7.3.1.2. Materias específicas 7.3.1.2.1. Educación Física 7.3.1.2.2. Valores éticos 7.3.1.2.3. Educación plástica, visual y audiovisual 7.3.1.2.4. Tecnología

7.3.1.3. Libre configuración 7.3.1.3.1. Segunda lengua extranjera

7.3.2. Segundo curso: 7.3.2.1. Materias troncales

7.3.2.1.1. Lengua Castellana y literatura 7.3.2.1.2. Primera lengua extranjera 7.3.2.1.3. Geografía e Historia

16

Art. 27 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo.

17 Instrumento de planificación, desarrollo y evaluación de cada una de las materias, concreta los elementos del

currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso. La CCP, al inicio de cada curso, de acuerdo con

la propuesta curricular, establece los criterios para su elaboración y evaluación. El JD: coordina su elaboración y

el profesorado: las elabora. El Claustro las aprueba en el marco de la propuesta curricular.

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7.3.2.1.4. Matemáticas 7.3.2.1.5. Física y Química

7.3.2.2. Materias específicas 7.3.2.2.1. Educación Física 7.3.2.2.2. Valores éticos 7.3.2.2.3. Cultura clásica 7.3.2.2.4. Música

7.3.2.3. Libare configuración 7.3.2.3.1. Segunda lengua extranjera

7.3.3. Tercer curso: 7.3.3.1. Materias troncales

7.3.3.1.1. Lengua Castellana y literatura 7.3.3.1.2. Primera lengua extranjera 7.3.3.1.3. Geografía e Historia 7.3.3.1.4. Matemáticas A 7.3.3.1.5. Matemáticas B 7.3.3.1.6. Biología y Geología 7.3.3.1.7. Física y Química

7.3.3.2. Materias específicas 7.3.3.2.1. Educación Física 7.3.3.2.2. Valores éticos 7.3.3.2.3. Educación plástica, visual y audiovisual 7.3.3.2.4. Música 7.3.3.2.5. Tecnología

7.3.3.3. Libre configuración 7.3.3.3.1. Segunda lengua extranjera 7.3.3.3.2. Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial

7.3.4. Cuarto curso: 7.3.4.1. Materias troncales

7.3.4.1.1. Generales 7.3.4.1.1.1. Lengua Castellana y literatura 7.3.4.1.1.2. Primera lengua extranjera 7.3.4.1.1.3. Geografía e Historia 7.3.4.1.1.4. Matemáticas A 7.3.4.1.1.5. Matemáticas B

7.3.4.1.2. De opción 7.3.4.1.2.1. Biología y Geología 7.3.4.1.2.2. Economía 7.3.4.1.2.3. Física y Química 7.3.4.1.2.4. Latín 7.3.4.1.2.5. Ciencias aplicadas a la actividad profesional 7.3.4.1.2.6. Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial 7.3.4.1.2.7. Tecnología

7.3.4.2. Materias específicas 7.3.4.2.1. Educación Física 7.3.4.2.2. Valores éticos 7.3.4.2.3. Música 7.3.4.2.4. Educación plástica, visual y audiovisual 7.3.4.2.5. Tecnologías de la información y la comunicación 7.3.4.2.6. Cultura científica

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7.3.4.2.7. Cultura clásica 7.3.4.3. Libre configuración

7.3.4.3.1. Segunda lengua extranjera 7.3.4.3.2. Lengua y cultura gallega 7.3.4.3.3. Programación informática 7.3.4.3.4. Educación financiera

8. PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS BACHILLERATO (En Anexo de Programaciones)

8.1. ELEMENTOS 8.1.1. Secuencia y temporalización de los contenidos. 8.1.2. Decisiones metodológicas y didácticas. 8.1.3. Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero. 8.1.4. Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia. 8.1.5. Medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de

expresarse correctamente en público y por escrito. 8.1.6. Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado

y criterios de calificación. 8.1.7. Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes del curso

anterior. 8.1.8. Medidas de atención a la diversidad. 8.1.9. Materiales y recursos de desarrollo curricular. 8.1.10. Programa de actividades extraescolares y complementarias.

8.2. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN E INDICADORES DE LOGRO (al menos):

8.2.1. Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.

8.2.2. Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.

8.2.3. Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y de centro.

8.3. ÍNDICE DE PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS BACHILLERATO:

8.4. Primer curso: 8.4.1. Materias troncales generales

8.4.1.1. Lengua Castellana y literatura I 8.4.1.2. Primera lengua extranjera I 8.4.1.3. Filosofía

8.4.2. Materias de modalidad u opción 8.4.2.1. Matemáticas aplicadas CCSSI 8.4.2.2. Latín 8.4.2.3. Economía 8.4.2.4. Griego I 8.4.2.5. Historia del mundo contemporáneo 8.4.2.6. Literatura universal 8.4.2.7. Biología y geología 8.4.2.8. Dibujo técnico I 8.4.2.9. Física y Química 8.4.2.10. Fundamentos de Arte

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8.4.2.11. Cultura audiovisual I 8.4.3. Materias específicas

8.4.3.1. Educación Física 8.4.3.2. Anatomía aplicada 8.4.3.3. Tecnología Industrial I 8.4.3.4. Dibujo artístico I 8.4.3.5. Análisis musical I 8.4.3.6. Lenguaje y práctica musical 8.4.3.7. Volumen

8.4.4. Libre configuración 8.4.4.1. Cultura científica 8.4.4.2. Segunda lengua extranjera I 8.4.4.3. TICs

8.5. Segundo curso: 8.5.1. Materias troncales generales

8.5.1.1. Lengua Castellana y literatura II 8.5.1.2. Primera lengua extranjera II 8.5.1.3. Historia de España

8.5.2. Materias de modalidad u opción 8.5.2.1. Matemáticas aplicadas a las CCSS II 8.5.2.2. Latín II 8.5.2.3. Economía de la empresa 8.5.2.4. Geografía 8.5.2.5. Griego II

8.5.2.5.1. Historia del arte 8.5.2.6. Historia de la Filosofía 8.5.2.7. Biología 8.5.2.8. Dibujo Técnico II 8.5.2.9. Física 8.5.2.10. Geología 8.5.2.11. Química 8.5.2.12. Cultura audiovisual II 8.5.2.13. Artes escénicas 8.5.2.14. Diseño

8.5.3. Materias específicas 8.5.3.1. Fundamentos de administración y gestión 8.5.3.2. 2ª Lengua extranjera II 8.5.3.3. Ciencias de la tierra y medioambiente 8.5.3.4. Análisis musical II 8.5.3.5. Dibujo artístico II 8.5.3.6. Técnicas de expresión gráfico plástica

8.5.4. Libre configuración 8.5.4.1. Historia de la música y la danza 8.5.4.2. Psicología 8.5.4.3. TICs II 8.5.4.4. Imagen y sonido

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9. ANEXO SOBRE ENSEÑANZAS COFINANCIADAS POR EL

FONDO SOCIAL EUROPEO 2015-2016.

El reglamento UE nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17

de diciembre de 2013 establece las disposiciones que regulan la aplicación de los

Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE).

Dado que nuestro centro ha resultado seleccionado como operación

cofinanciada por el FSE para el presente curso 2015-2016, en el marco del Programa

Operativo de Empleo, Formación y Educación, 2014-2020, debemos realizar tareas

de seguimiento y control, tal como aparecen especificadas, en la materia troncal de

Matemáticas de 3º ESO y en los cursos 1º y 2º de Formación Profesional Básica.

Dentro de esta operación, también se llevan a cabo las siguientes actividades:

a) Comunicación de la fecha de inicio del módulo de Formación en Centros de

Trabajo en FPB.

b) Información al alumnado implicado sobre la cofinanciación.

c) Indicaciones de seguimiento y evaluación de las acciones de información y

publicidad.

d) Cumplimiento del principio comunitario de desarrollo sostenible (enmarcado en la

acción tutorial).

e) Cumplimiento del principio comunitario de fomento de la igualdad entre hombres y

mujeres (enmarcado en la acción tutorial).

f) Cumplimiento del principio comunitario de fomento de la igualdad de oportunidades

y de la no discriminación (enmarcado en la acción tutorial).

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g) Cumplimiento del principio comunitario de desarrollo sostenible en las materias de

3º ESO.

h) Cumplimiento del principio comunitario de fomento de la igualdad entre mujeres y

hombres en las materias de 3º ESO.

i) Cumplimiento del principio comunitario de fomento de la igualdad de oportunidades

y de la no discriminación en las materias de 3º ESO.

ANEXOS A LA PGA

CURSO 2015-2016

ANEXOS A LA PGA

1.- PLANES

1.- PLAN DE FOMENTO DE LA LECTURA

2.- PLAN DE CONVIVENCIA

3.- PLAN DE ACOGIDA

4.- CONTRATO PROGRAMA

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Pág. 110

5.- PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL

6.- PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

7.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR

8.- NORMAS BÁSICAS DE EVACUACIÓN

2.- PROGRAMACIONES DE LOS DISTINTOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

3.- DOC