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--- i. ,- ---- ....... " -' LlCA República de COlombia SECRETAHíA JURíDICA .. ,,- .. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO P < Y\ (: ... DECRETO NÚMERO 221 A ( 14 FEB2u20 Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el parágrafo 4 del artículo 477, el parágrafo 1 del artículo 850 del Estatuto Tributario, y se sustituye, modifica, y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercIcIo de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de los numerales 4 y 5 Y el parágrafo 4 del artículo 477, y el parágrafo 1 del artículo 850 del Estatuto Tributario, y CONSIDERANDO Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario y contar con instrumentos jurídicos únicos, sin perjuicio de las compilaciones realizadas en otros decretos únicos. Que para permitir, facilitar, promover e incentivar la reposición de vehículos de servicio público de transporte de pasajeros y de servicio público y particular de carga para los pequeños propietarios del sector, mediante el artículo 12 de la Ley 2010 del 2019, que adicionó los numerales 4 y 5 al artículo 477 del Estatuto Tributario, se estableció un beneficio tributario bajo la figura de exención de IVA que expresamente dispone que se encuentran exentos del impuesto: "4. Los vehículos automotores de transporte público de pasajeros completos y el chasis con motor y la carrocería adquiridos individualmente para conformar un vehículo automotor completo nuevo, de transporte público de pasajeros. Este beneficio será aplicable a las ventas hechas a pequeños transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehículos y para efectos de la reposición de uno o dos vehículos propios, por una única vez. Este beneficio tendrá vigencia de cinco (5) años. 5. Los vehículos automotores de servicio público o particular, de transporte de carga completos y el chasis con motor y la carrocería adquiridos individualmente para conformar un vehículo automotor completo nuevo de transporte de carga de

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Page 1: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

---

~~~~--~

i - ---- - LlCA ~--~--------------------------~~~~~~~~~

Repuacuteblica de COlombia SECRETAHiacuteA JURiacuteDICA

shy ~~

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREacuteDITO P ~ lt Y ( ~jiexclII4Ir-~

DECRETO NUacuteMERO

- ~ 221 A(

14 FEB2u20 Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el

paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercIcIo de sus facultades constitucionales y legales en especial las consagradas en los numerales 11 y 20 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica y en desarrollo de los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 y el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno nacional expidioacute el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria para compilar y racionalizar las normas de caraacutecter reglamentario y contar con instrumentos juriacutedicos uacutenicos sin perjuicio de las compilaciones realizadas en otros decretos uacutenicos

Que para permitir facilitar promover e incentivar la reposicioacuten de vehiacuteculos de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros y de servicio puacuteblico y particular de carga para los pequentildeos propietarios del sector mediante el artiacuteculo 12 de la Ley 2010 del 2019 que adicionoacute los numerales 4 y 5 al artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se establecioacute un beneficio tributario bajo la figura de exencioacuten de IVA que expresamente dispone que se encuentran exentos del impuesto

4 Los vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros completos y el chasis con motor y la carroceriacutea adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor completo nuevo de transporte puacuteblico de pasajeros Este beneficio seraacute aplicable a las ventas hechas a pequentildeos transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos y para efectos de la reposicioacuten de uno o dos vehiacuteculos propios por una uacutenica vez Este beneficio tendraacute vigencia de cinco (5) antildeos

5 Los vehiacuteculos automotores de servicio puacuteblico o particular de transporte de carga completos y el chasis con motor y la carroceriacutea adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor completo nuevo de transporte de carga de

-------------- --------------

beneficio tendraacute

2DECRETO NUacuteMERO - 221 de

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

ltiexclI(Ic) de peso bruto vehicular Este beneficio seraacute aplicable a las a pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) efectos de la reposicioacuten uno o dos vehiacuteculos propios por una

cinco (5) antildeos

Que inciso 1 del paraacutegrafo 4 del 477 del Estatuto Tributario adicionado por el 12 de la Ley 2010 de 2019 que Para

con el

la exencioacuten a que se refieren los 4 y 5 de este artiacuteculo automotores completos nuevos o se conforme por el

adquiridos individualmente destinarse para servicio puacuteblico o particular seguacuten en el cual se encontraba el vehiacuteculo objeto reposicioacuten para lo cual deberaacuten cumpliacuter los procedimientos que fijen los Ministerios Transporte y Hacienda y Puacuteblico

de dicho beneficio( )

2 del paraacutegrafo 4 del del Estatuto Tributario dispone vendedor de los que tratan los numeraes 4 y 5 este

artiacuteculo responsable del impuesto ventas sea un comercializador podraacute procedimiento de devolucioacuten yo compensacioacuten previsto en artiacuteculo Estatuto Tributario seguacuten corresponda Por tanto se requiere

el procedimiento para la devolucioacuten yo compensacioacuten del Estatuto Tributario seguacuten corresponda cuando el

saldo a favor producto de ventas de estos en el impuesto sobre las -IVA

inciso 3 del paraacutegrafo 4 artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario establece beneficio establecido en los numerales 4 y 5 de este artiacuteculo tambieacuten seraacute cuando se adquieran arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten

de compra Su incumplimiento daraacute lugar al del impuesto correspondiente En se requiere precisar en la presente reglamentacioacuten la aplicacioacuten del impuesto ventas -IVA

se adquieran los bajo la modalidad de arrendamiento financiero con opcioacuten irrevocable compra y el procedimiento cobro del

impuesto en caso de incumplimiento de la opcioacuten irrevocable compra

acorde con lo anterior se desarrollar las condiciones en las que el propietario de vehiacuteculos transporte puacuteblico de yo puacuteblico o

particular de transporte de hasta dos (2) vehiacuteculos presentar la solicitud para la obtencioacuten del de reposicioacuten del vehiacuteculo y la titularidad

derecho a la exencioacuten impuesto sobre las ventas -IVA al momento de la del nuevo vehiacuteculo transporte correspondiente

o

10 de 2019 modificoacute se trate de

la saldos originados

el

del las ventas

bienes y servicios sobre las ventas solo podraacute ser solicitada por

que artiacuteculo 481 de productores de los a que se

y los productores y vendedores de que tratan numerales 4 y 5 del

rafo 1 del artiacuteculo del impuesto

declaracioacuten del responsables de

Estatuto por los 477 de este

un

CUJllvClUlv

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 3

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliculo el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto y se y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

artiacuteculo 477 de este por los responsables de los bienes y que tratan los artiacuteculos 468-1 y 3 de este Estatuto y por aquellos

sesido objeto de retencioacuten( ) Que de acuerdo con lo anterior desarrollar el procedimiento la devolucioacuten de los saldos a favor correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento artiacuteculos 3 Y 8 de la Ley 1437 de 2011 dispuesto por el Uacutenico 1081 de 2015 modificado por el Decreto 2017 el proyecto publicado en la paacutegina web del Ministerio

y

Hacienda y Creacutedito

En meacuterito de

DECRETA

ARTiacuteCULO 1 Sustitucioacuten artiacuteculos 131104131105131106 131107131108131109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria los artiacuteculos 1311004 1 11 1 13110713110 1 1109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1

11

Parte 3 del Libro 1 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Tributaria los quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 131104 Definiciones a tener en cuenta la exencioacuten del impuesto las ventas -IVA en la reposicioacuten de vehiculos de transporte puacuteblico de pasajeros o de transporte puacuteblico o particular de carga en cuenta las siguientes la exencioacuten del

ventas -IVA en la reposicioacuten vehiacuteculos de transporte o transporte puacuteblico o particular

1 Uacutenico Nacional de Traacutensito RUNT creado por la Ley

- Certificado de cumplimiento requisitos para el vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de IVA shyinicial

certificado que se genera a RUNT con el objeto otorgar a los transportadores un documento acredite como beneficiarios de la exencioacuten del impuesto -IVA El

puacuteblico dos tipos Certificado de cumplimiento de pasajeros -CREIPASAJEROS y Certificado de

cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shy

de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de

-CREIPASAJEROS certificado cumplimiento de requisitos

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 21 de Paacutegina 4

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS es que expide el Ministerio Transporte a traveacutes del RUNT a transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos puacuteblico de una vez realice la desintegracioacuten de un vehiacuteculo transporte puacuteblico pasajeros y se le otorgue la reposicioacuten de un vehiacuteculo automotor nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor nuevo que a la exencioacuten del impuesto sobre

que trata numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario fines como CREIPASAJEROS

4 Certificado cumplimiento de requisitos de transporte puacutebl o particular -CREICARGA El certificado de cumplimiento requisitos puacuteblico o particular de carga es el documento Ministerio de Transporte a NT a peq propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos

puacuteblico o de carga una vez realice la un vehiacuteculo transporte de puacuteblico o particular de toneladas bruto vehicular y se le otorgue la un vehiacuteculo nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la

individualmente para conformar un completo nuevo transporte de carga de maacutes de 1 bruto vehicular que da derecho a la exencioacuten del impuesto -IVA de que numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto los se identificaraacute como CREICARGA

Documento de validacioacuten de requisitos de puacuteblico de transporte puacuteblico o particular PRECREI

realiza el sistema RUNT de TO informativo con la vehiacuteculo desintegrado y las equivalentes

vehiacuteculo nuevo que ingresa en reposicioacuten

105 Exencioacuten del impuesto sobre ventas - IVA para la vehiacuteculos que ingresan por de vehiacuteculos

puacuteblico de pasajeros y transporte puacuteblico o pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos

(2) vehiacuteculos puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacuteculos de puacuteblico o particular de carga 105 toneladas de peso

bruto vehicular que durante el teacutermino de cinco (5) contados a partir del (27) diciembre del 2019 de uno o dos

vehiacuteculos pasajeros yo de siempre y cuando se cumplan las condiciones certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial nuevo en

CREIPASAJEROS yo CREICARGA a del RUNT de la exencioacuten del impuesto ventas - IVA al

momento de la adquisicioacuten del vehiacuteculo automotor nuevo o chasis con motor y carroceriacutea adquiridos individualmente conformar un vehiacuteculo

completo nuevo

--------------- --------------DECRETO NUumlMERO ~ 221 de Paacutegina 5

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 1 En ninguacuten caso podraacute ser objeto de venta o enajenacioacuten a cualquier tiacutetulo el derecho que se obtiene en la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposlclon CREIPASAJEROS y CREICARGA con exencioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA

Paraacutegrafo 2 El beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute adquirir el vehiacuteculo a ntaacutes tardar en la fecha del vencimiento del plazo de los cinco (5) antildeos de la vigencia del beneficio

Paraacutegrafo 3 Cuando el vehiacuteculo objeto de reposlclon sea de varios propietarios todos deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios de la exencioacuten y deberaacuten solicitar de manera conjunta la aplicacioacuten del beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario una vez concedido se entenderaacute aplicado y agotado el mismo para cada uno de los propietarios y se contabilizaraacute por un vehiacuteculo

Paraacutegrafo 4 Los responsables del impuesto sobre las ventas cuando vendan un vehiacuteculo al beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacuten soportar la venta con la copia de la factura y con la copia del

1

Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA seguacuten corresponda

Cuando el beneficiario de la exencioacuten adquiera el vehiacuteculo nuevo a traveacutes de arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten irrevocable de compra para que le aplique la respectiva exencioacuten de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario la entidad financiera al momento de adquirir el vehiacuteculo deberaacute entregarle al responsable del impuesto sobre las ventas el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA

Paraacutegrafo 5 De acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario el pequentildeo transportador propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos podraacute hacer la reposicioacuten de los mismos por una uacutenica vez de forma simultaacutenea o por separado durante la vigencia de dicho beneficio por cada una de las modalidades de pasajeros o de carga

Paraacutegrafo 6 Los pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacutecUlos de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular podraacuten aplicar el beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario a traveacutes de contratos de arrendamiento financiero o leasing realizado para la adquisicioacuten de hasta dos (2) vehiacuteculos nuevos con entidades financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia siempre que se pacte opcioacuten irrevocable de compra y se cumplan todos los requisitos y condiciones

establecidas en la Ley y el presente Decreto

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 2: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

-------------- --------------

beneficio tendraacute

2DECRETO NUacuteMERO - 221 de

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

ltiexclI(Ic) de peso bruto vehicular Este beneficio seraacute aplicable a las a pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) efectos de la reposicioacuten uno o dos vehiacuteculos propios por una

cinco (5) antildeos

Que inciso 1 del paraacutegrafo 4 del 477 del Estatuto Tributario adicionado por el 12 de la Ley 2010 de 2019 que Para

con el

la exencioacuten a que se refieren los 4 y 5 de este artiacuteculo automotores completos nuevos o se conforme por el

adquiridos individualmente destinarse para servicio puacuteblico o particular seguacuten en el cual se encontraba el vehiacuteculo objeto reposicioacuten para lo cual deberaacuten cumpliacuter los procedimientos que fijen los Ministerios Transporte y Hacienda y Puacuteblico

de dicho beneficio( )

2 del paraacutegrafo 4 del del Estatuto Tributario dispone vendedor de los que tratan los numeraes 4 y 5 este

artiacuteculo responsable del impuesto ventas sea un comercializador podraacute procedimiento de devolucioacuten yo compensacioacuten previsto en artiacuteculo Estatuto Tributario seguacuten corresponda Por tanto se requiere

el procedimiento para la devolucioacuten yo compensacioacuten del Estatuto Tributario seguacuten corresponda cuando el

saldo a favor producto de ventas de estos en el impuesto sobre las -IVA

inciso 3 del paraacutegrafo 4 artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario establece beneficio establecido en los numerales 4 y 5 de este artiacuteculo tambieacuten seraacute cuando se adquieran arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten

de compra Su incumplimiento daraacute lugar al del impuesto correspondiente En se requiere precisar en la presente reglamentacioacuten la aplicacioacuten del impuesto ventas -IVA

se adquieran los bajo la modalidad de arrendamiento financiero con opcioacuten irrevocable compra y el procedimiento cobro del

impuesto en caso de incumplimiento de la opcioacuten irrevocable compra

acorde con lo anterior se desarrollar las condiciones en las que el propietario de vehiacuteculos transporte puacuteblico de yo puacuteblico o

particular de transporte de hasta dos (2) vehiacuteculos presentar la solicitud para la obtencioacuten del de reposicioacuten del vehiacuteculo y la titularidad

derecho a la exencioacuten impuesto sobre las ventas -IVA al momento de la del nuevo vehiacuteculo transporte correspondiente

o

10 de 2019 modificoacute se trate de

la saldos originados

el

del las ventas

bienes y servicios sobre las ventas solo podraacute ser solicitada por

que artiacuteculo 481 de productores de los a que se

y los productores y vendedores de que tratan numerales 4 y 5 del

rafo 1 del artiacuteculo del impuesto

declaracioacuten del responsables de

Estatuto por los 477 de este

un

CUJllvClUlv

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 3

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliculo el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto y se y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

artiacuteculo 477 de este por los responsables de los bienes y que tratan los artiacuteculos 468-1 y 3 de este Estatuto y por aquellos

sesido objeto de retencioacuten( ) Que de acuerdo con lo anterior desarrollar el procedimiento la devolucioacuten de los saldos a favor correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento artiacuteculos 3 Y 8 de la Ley 1437 de 2011 dispuesto por el Uacutenico 1081 de 2015 modificado por el Decreto 2017 el proyecto publicado en la paacutegina web del Ministerio

y

Hacienda y Creacutedito

En meacuterito de

DECRETA

ARTiacuteCULO 1 Sustitucioacuten artiacuteculos 131104131105131106 131107131108131109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria los artiacuteculos 1311004 1 11 1 13110713110 1 1109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1

11

Parte 3 del Libro 1 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Tributaria los quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 131104 Definiciones a tener en cuenta la exencioacuten del impuesto las ventas -IVA en la reposicioacuten de vehiculos de transporte puacuteblico de pasajeros o de transporte puacuteblico o particular de carga en cuenta las siguientes la exencioacuten del

ventas -IVA en la reposicioacuten vehiacuteculos de transporte o transporte puacuteblico o particular

1 Uacutenico Nacional de Traacutensito RUNT creado por la Ley

- Certificado de cumplimiento requisitos para el vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de IVA shyinicial

certificado que se genera a RUNT con el objeto otorgar a los transportadores un documento acredite como beneficiarios de la exencioacuten del impuesto -IVA El

puacuteblico dos tipos Certificado de cumplimiento de pasajeros -CREIPASAJEROS y Certificado de

cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shy

de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de

-CREIPASAJEROS certificado cumplimiento de requisitos

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 21 de Paacutegina 4

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS es que expide el Ministerio Transporte a traveacutes del RUNT a transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos puacuteblico de una vez realice la desintegracioacuten de un vehiacuteculo transporte puacuteblico pasajeros y se le otorgue la reposicioacuten de un vehiacuteculo automotor nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor nuevo que a la exencioacuten del impuesto sobre

que trata numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario fines como CREIPASAJEROS

4 Certificado cumplimiento de requisitos de transporte puacutebl o particular -CREICARGA El certificado de cumplimiento requisitos puacuteblico o particular de carga es el documento Ministerio de Transporte a NT a peq propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos

puacuteblico o de carga una vez realice la un vehiacuteculo transporte de puacuteblico o particular de toneladas bruto vehicular y se le otorgue la un vehiacuteculo nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la

individualmente para conformar un completo nuevo transporte de carga de maacutes de 1 bruto vehicular que da derecho a la exencioacuten del impuesto -IVA de que numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto los se identificaraacute como CREICARGA

Documento de validacioacuten de requisitos de puacuteblico de transporte puacuteblico o particular PRECREI

realiza el sistema RUNT de TO informativo con la vehiacuteculo desintegrado y las equivalentes

vehiacuteculo nuevo que ingresa en reposicioacuten

105 Exencioacuten del impuesto sobre ventas - IVA para la vehiacuteculos que ingresan por de vehiacuteculos

puacuteblico de pasajeros y transporte puacuteblico o pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos

(2) vehiacuteculos puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacuteculos de puacuteblico o particular de carga 105 toneladas de peso

bruto vehicular que durante el teacutermino de cinco (5) contados a partir del (27) diciembre del 2019 de uno o dos

vehiacuteculos pasajeros yo de siempre y cuando se cumplan las condiciones certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial nuevo en

CREIPASAJEROS yo CREICARGA a del RUNT de la exencioacuten del impuesto ventas - IVA al

momento de la adquisicioacuten del vehiacuteculo automotor nuevo o chasis con motor y carroceriacutea adquiridos individualmente conformar un vehiacuteculo

completo nuevo

--------------- --------------DECRETO NUumlMERO ~ 221 de Paacutegina 5

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 1 En ninguacuten caso podraacute ser objeto de venta o enajenacioacuten a cualquier tiacutetulo el derecho que se obtiene en la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposlclon CREIPASAJEROS y CREICARGA con exencioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA

Paraacutegrafo 2 El beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute adquirir el vehiacuteculo a ntaacutes tardar en la fecha del vencimiento del plazo de los cinco (5) antildeos de la vigencia del beneficio

Paraacutegrafo 3 Cuando el vehiacuteculo objeto de reposlclon sea de varios propietarios todos deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios de la exencioacuten y deberaacuten solicitar de manera conjunta la aplicacioacuten del beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario una vez concedido se entenderaacute aplicado y agotado el mismo para cada uno de los propietarios y se contabilizaraacute por un vehiacuteculo

Paraacutegrafo 4 Los responsables del impuesto sobre las ventas cuando vendan un vehiacuteculo al beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacuten soportar la venta con la copia de la factura y con la copia del

1

Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA seguacuten corresponda

Cuando el beneficiario de la exencioacuten adquiera el vehiacuteculo nuevo a traveacutes de arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten irrevocable de compra para que le aplique la respectiva exencioacuten de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario la entidad financiera al momento de adquirir el vehiacuteculo deberaacute entregarle al responsable del impuesto sobre las ventas el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA

Paraacutegrafo 5 De acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario el pequentildeo transportador propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos podraacute hacer la reposicioacuten de los mismos por una uacutenica vez de forma simultaacutenea o por separado durante la vigencia de dicho beneficio por cada una de las modalidades de pasajeros o de carga

Paraacutegrafo 6 Los pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacutecUlos de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular podraacuten aplicar el beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario a traveacutes de contratos de arrendamiento financiero o leasing realizado para la adquisicioacuten de hasta dos (2) vehiacuteculos nuevos con entidades financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia siempre que se pacte opcioacuten irrevocable de compra y se cumplan todos los requisitos y condiciones

establecidas en la Ley y el presente Decreto

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 3: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 3

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliculo el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto y se y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

artiacuteculo 477 de este por los responsables de los bienes y que tratan los artiacuteculos 468-1 y 3 de este Estatuto y por aquellos

sesido objeto de retencioacuten( ) Que de acuerdo con lo anterior desarrollar el procedimiento la devolucioacuten de los saldos a favor correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento artiacuteculos 3 Y 8 de la Ley 1437 de 2011 dispuesto por el Uacutenico 1081 de 2015 modificado por el Decreto 2017 el proyecto publicado en la paacutegina web del Ministerio

y

Hacienda y Creacutedito

En meacuterito de

DECRETA

ARTiacuteCULO 1 Sustitucioacuten artiacuteculos 131104131105131106 131107131108131109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria los artiacuteculos 1311004 1 11 1 13110713110 1 1109 Y 1311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1

11

Parte 3 del Libro 1 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Tributaria los quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 131104 Definiciones a tener en cuenta la exencioacuten del impuesto las ventas -IVA en la reposicioacuten de vehiculos de transporte puacuteblico de pasajeros o de transporte puacuteblico o particular de carga en cuenta las siguientes la exencioacuten del

ventas -IVA en la reposicioacuten vehiacuteculos de transporte o transporte puacuteblico o particular

1 Uacutenico Nacional de Traacutensito RUNT creado por la Ley

- Certificado de cumplimiento requisitos para el vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de IVA shyinicial

certificado que se genera a RUNT con el objeto otorgar a los transportadores un documento acredite como beneficiarios de la exencioacuten del impuesto -IVA El

puacuteblico dos tipos Certificado de cumplimiento de pasajeros -CREIPASAJEROS y Certificado de

cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shy

de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de

-CREIPASAJEROS certificado cumplimiento de requisitos

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 21 de Paacutegina 4

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS es que expide el Ministerio Transporte a traveacutes del RUNT a transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos puacuteblico de una vez realice la desintegracioacuten de un vehiacuteculo transporte puacuteblico pasajeros y se le otorgue la reposicioacuten de un vehiacuteculo automotor nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor nuevo que a la exencioacuten del impuesto sobre

que trata numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario fines como CREIPASAJEROS

4 Certificado cumplimiento de requisitos de transporte puacutebl o particular -CREICARGA El certificado de cumplimiento requisitos puacuteblico o particular de carga es el documento Ministerio de Transporte a NT a peq propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos

puacuteblico o de carga una vez realice la un vehiacuteculo transporte de puacuteblico o particular de toneladas bruto vehicular y se le otorgue la un vehiacuteculo nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la

individualmente para conformar un completo nuevo transporte de carga de maacutes de 1 bruto vehicular que da derecho a la exencioacuten del impuesto -IVA de que numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto los se identificaraacute como CREICARGA

Documento de validacioacuten de requisitos de puacuteblico de transporte puacuteblico o particular PRECREI

realiza el sistema RUNT de TO informativo con la vehiacuteculo desintegrado y las equivalentes

vehiacuteculo nuevo que ingresa en reposicioacuten

105 Exencioacuten del impuesto sobre ventas - IVA para la vehiacuteculos que ingresan por de vehiacuteculos

puacuteblico de pasajeros y transporte puacuteblico o pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos

(2) vehiacuteculos puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacuteculos de puacuteblico o particular de carga 105 toneladas de peso

bruto vehicular que durante el teacutermino de cinco (5) contados a partir del (27) diciembre del 2019 de uno o dos

vehiacuteculos pasajeros yo de siempre y cuando se cumplan las condiciones certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial nuevo en

CREIPASAJEROS yo CREICARGA a del RUNT de la exencioacuten del impuesto ventas - IVA al

momento de la adquisicioacuten del vehiacuteculo automotor nuevo o chasis con motor y carroceriacutea adquiridos individualmente conformar un vehiacuteculo

completo nuevo

--------------- --------------DECRETO NUumlMERO ~ 221 de Paacutegina 5

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 1 En ninguacuten caso podraacute ser objeto de venta o enajenacioacuten a cualquier tiacutetulo el derecho que se obtiene en la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposlclon CREIPASAJEROS y CREICARGA con exencioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA

Paraacutegrafo 2 El beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute adquirir el vehiacuteculo a ntaacutes tardar en la fecha del vencimiento del plazo de los cinco (5) antildeos de la vigencia del beneficio

Paraacutegrafo 3 Cuando el vehiacuteculo objeto de reposlclon sea de varios propietarios todos deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios de la exencioacuten y deberaacuten solicitar de manera conjunta la aplicacioacuten del beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario una vez concedido se entenderaacute aplicado y agotado el mismo para cada uno de los propietarios y se contabilizaraacute por un vehiacuteculo

Paraacutegrafo 4 Los responsables del impuesto sobre las ventas cuando vendan un vehiacuteculo al beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacuten soportar la venta con la copia de la factura y con la copia del

1

Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA seguacuten corresponda

Cuando el beneficiario de la exencioacuten adquiera el vehiacuteculo nuevo a traveacutes de arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten irrevocable de compra para que le aplique la respectiva exencioacuten de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario la entidad financiera al momento de adquirir el vehiacuteculo deberaacute entregarle al responsable del impuesto sobre las ventas el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA

Paraacutegrafo 5 De acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario el pequentildeo transportador propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos podraacute hacer la reposicioacuten de los mismos por una uacutenica vez de forma simultaacutenea o por separado durante la vigencia de dicho beneficio por cada una de las modalidades de pasajeros o de carga

Paraacutegrafo 6 Los pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacutecUlos de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular podraacuten aplicar el beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario a traveacutes de contratos de arrendamiento financiero o leasing realizado para la adquisicioacuten de hasta dos (2) vehiacuteculos nuevos con entidades financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia siempre que se pacte opcioacuten irrevocable de compra y se cumplan todos los requisitos y condiciones

establecidas en la Ley y el presente Decreto

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 4: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

-------------- -------------DECRETO NUacuteMERO 21 de Paacutegina 4

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto y se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS es que expide el Ministerio Transporte a traveacutes del RUNT a transportadores propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos puacuteblico de una vez realice la desintegracioacuten de un vehiacuteculo transporte puacuteblico pasajeros y se le otorgue la reposicioacuten de un vehiacuteculo automotor nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la adquiridos individualmente para conformar un vehiacuteculo automotor nuevo que a la exencioacuten del impuesto sobre

que trata numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario fines como CREIPASAJEROS

4 Certificado cumplimiento de requisitos de transporte puacutebl o particular -CREICARGA El certificado de cumplimiento requisitos puacuteblico o particular de carga es el documento Ministerio de Transporte a NT a peq propietarios de hasta de dos (2) vehiacuteculos

puacuteblico o de carga una vez realice la un vehiacuteculo transporte de puacuteblico o particular de toneladas bruto vehicular y se le otorgue la un vehiacuteculo nuevo adquirido completo o el chasis con motor y la

individualmente para conformar un completo nuevo transporte de carga de maacutes de 1 bruto vehicular que da derecho a la exencioacuten del impuesto -IVA de que numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto los se identificaraacute como CREICARGA

Documento de validacioacuten de requisitos de puacuteblico de transporte puacuteblico o particular PRECREI

realiza el sistema RUNT de TO informativo con la vehiacuteculo desintegrado y las equivalentes

vehiacuteculo nuevo que ingresa en reposicioacuten

105 Exencioacuten del impuesto sobre ventas - IVA para la vehiacuteculos que ingresan por de vehiacuteculos

puacuteblico de pasajeros y transporte puacuteblico o pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos

(2) vehiacuteculos puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacuteculos de puacuteblico o particular de carga 105 toneladas de peso

bruto vehicular que durante el teacutermino de cinco (5) contados a partir del (27) diciembre del 2019 de uno o dos

vehiacuteculos pasajeros yo de siempre y cuando se cumplan las condiciones certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial nuevo en

CREIPASAJEROS yo CREICARGA a del RUNT de la exencioacuten del impuesto ventas - IVA al

momento de la adquisicioacuten del vehiacuteculo automotor nuevo o chasis con motor y carroceriacutea adquiridos individualmente conformar un vehiacuteculo

completo nuevo

--------------- --------------DECRETO NUumlMERO ~ 221 de Paacutegina 5

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 1 En ninguacuten caso podraacute ser objeto de venta o enajenacioacuten a cualquier tiacutetulo el derecho que se obtiene en la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposlclon CREIPASAJEROS y CREICARGA con exencioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA

Paraacutegrafo 2 El beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute adquirir el vehiacuteculo a ntaacutes tardar en la fecha del vencimiento del plazo de los cinco (5) antildeos de la vigencia del beneficio

Paraacutegrafo 3 Cuando el vehiacuteculo objeto de reposlclon sea de varios propietarios todos deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios de la exencioacuten y deberaacuten solicitar de manera conjunta la aplicacioacuten del beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario una vez concedido se entenderaacute aplicado y agotado el mismo para cada uno de los propietarios y se contabilizaraacute por un vehiacuteculo

Paraacutegrafo 4 Los responsables del impuesto sobre las ventas cuando vendan un vehiacuteculo al beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacuten soportar la venta con la copia de la factura y con la copia del

1

Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA seguacuten corresponda

Cuando el beneficiario de la exencioacuten adquiera el vehiacuteculo nuevo a traveacutes de arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten irrevocable de compra para que le aplique la respectiva exencioacuten de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario la entidad financiera al momento de adquirir el vehiacuteculo deberaacute entregarle al responsable del impuesto sobre las ventas el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA

Paraacutegrafo 5 De acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario el pequentildeo transportador propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos podraacute hacer la reposicioacuten de los mismos por una uacutenica vez de forma simultaacutenea o por separado durante la vigencia de dicho beneficio por cada una de las modalidades de pasajeros o de carga

Paraacutegrafo 6 Los pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacutecUlos de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular podraacuten aplicar el beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario a traveacutes de contratos de arrendamiento financiero o leasing realizado para la adquisicioacuten de hasta dos (2) vehiacuteculos nuevos con entidades financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia siempre que se pacte opcioacuten irrevocable de compra y se cumplan todos los requisitos y condiciones

establecidas en la Ley y el presente Decreto

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 5: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------------- --------------DECRETO NUumlMERO ~ 221 de Paacutegina 5

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 1 En ninguacuten caso podraacute ser objeto de venta o enajenacioacuten a cualquier tiacutetulo el derecho que se obtiene en la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposlclon CREIPASAJEROS y CREICARGA con exencioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA

Paraacutegrafo 2 El beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute adquirir el vehiacuteculo a ntaacutes tardar en la fecha del vencimiento del plazo de los cinco (5) antildeos de la vigencia del beneficio

Paraacutegrafo 3 Cuando el vehiacuteculo objeto de reposlclon sea de varios propietarios todos deben cumplir los requisitos para ser beneficiarios de la exencioacuten y deberaacuten solicitar de manera conjunta la aplicacioacuten del beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario una vez concedido se entenderaacute aplicado y agotado el mismo para cada uno de los propietarios y se contabilizaraacute por un vehiacuteculo

Paraacutegrafo 4 Los responsables del impuesto sobre las ventas cuando vendan un vehiacuteculo al beneficiario de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA deberaacuten soportar la venta con la copia de la factura y con la copia del

1

Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA seguacuten corresponda

Cuando el beneficiario de la exencioacuten adquiera el vehiacuteculo nuevo a traveacutes de arrendamiento financiero o leasing con opcioacuten irrevocable de compra para que le aplique la respectiva exencioacuten de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario la entidad financiera al momento de adquirir el vehiacuteculo deberaacute entregarle al responsable del impuesto sobre las ventas el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREIPASAJEROS o el Certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA

Paraacutegrafo 5 De acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario el pequentildeo transportador propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos podraacute hacer la reposicioacuten de los mismos por una uacutenica vez de forma simultaacutenea o por separado durante la vigencia de dicho beneficio por cada una de las modalidades de pasajeros o de carga

Paraacutegrafo 6 Los pequentildeos transportadores propietarios de hasta dos (2) vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros yo dos (2) vehiacutecUlos de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular podraacuten aplicar el beneficio de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario a traveacutes de contratos de arrendamiento financiero o leasing realizado para la adquisicioacuten de hasta dos (2) vehiacuteculos nuevos con entidades financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia siempre que se pacte opcioacuten irrevocable de compra y se cumplan todos los requisitos y condiciones

establecidas en la Ley y el presente Decreto

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 6: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------------- --------------DECRETO NlIMERO 221 de Paacutegina 6

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artfculo 477 el paraacutegfCfo 1 del artfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

En el evento que no sea ejercida la opcioacuten de compra la entidad financiera deberaacute cobrar al pequentildeo transportador el Impuesto sobre las ventas -IVA correspondiente y deberaacute pagarlo en la declaracioacuten del impuesto sobre las ventas del respectivo bimestre

La exencioacuten no aplica para la modalidad de contrato de retroarriendo o leaseshyback

Artiacuteculo 131106 Condiciones para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA para vehiacuteculos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores de transporte puacuteblico de pasajeros nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio de transporte puacuteblico de pasajeros deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten que se desintegra sea de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros y esteacute registrado en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4 Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUT

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

7 Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el (los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo automotor nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo de la misma clase o grupo del automotor desintegrado para matricularlo en el servicio de transporte

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 7: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

DECRETO NUacuteMERO _ _v__2_2_1__ de ______ Paacutegina 7

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arf[culo 477 el paraacutegrafo 1 del arf[culo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

puacuteblico de pasajeros homologado por el Ministerio de Transporte para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para el mismo titular que realizoacute el proceso de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA como pequentildeo propietario o en caso de leasing financiero que el locatario sea el pequentildeo transportador

9 Que el vehiacuteculo de servicio puacuteblico de transporte de pasajeros que haya sido desintegrado tenga tarjeta de operacioacuten vigente o haya tenido tarjeta de operacioacuten en alguacuten periodo en los tres (3) antildeos anteriores a la presentacioacuten de la solicitud condicioacuten que seraacute certificada por las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte para los vehiacuteculos que operan en el radio de accioacuten nacional o por la autoridad de transporte competente para los vehiacuteculos de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano donde esteacute registrado el vehiacuteculo a reponer y podraacute ser validada en cualquier tiempo por el Ministerio de Transporte o por la autoridad de inspeccioacuten vigilancia y control competente

Artiacutecu lo 131107 Procedimiento para a expedicioacuten de certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyeREPASAJEROS Para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros - CREIPASAJEROS establecido en el numeral 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario se deberaacute atender el procedimiento que se indica a continuacioacuten

1 El interesado deberaacute registrar la solicitud a traveacutes del sistema RUNT httpswwwruntcomco o el que se habilite para tal fin

2 El Sistema RUNT realiza las validaciones de las condiciones de entrada requeridas para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA CREIPASAJEROS contenidas en el artiacuteculo anterior y las siguientes validaciones

21 Especificaciones del vehiacuteculo a desintegrar y cuya matriacutecula se deberaacute cancelar placa clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis yo VIN modalidad de servicio nivel de servicio y el titular o titulares del derecho de dominio

22 Tipo nuacutemero de documento de identificacioacuten direccioacuten y nombre del propietario o propietarios del vehiacuteculo objeto de reposlclon que en todo caso deberaacute corresponder al propietario o propietarios del vehiacuteculo a desintegrar

3 El propietario del vehiacuteculo objeto de reposlclon deberaacute proceder a la desintegracioacuten fiacutesica total del mismo en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte La entidad registraraacute en el sistema RUNT el respectivo certificado de desintegracioacuten fiacutesica total

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 8: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 8

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arl(culo 477 el paraacutegrafo 1 del arliacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

4 El interesado deberaacute cancelar ante el correspondiente Organismo de Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo de servicio de transporte puacuteblico de pasajeros de su propiedad por desintegracioacuten fiacutesica total

5 Una vez que el Sistema RUNT valide que el vehiacuteculo a reponer cuenta con certificado de desintegracioacuten fiacutesica total para la reposicioacuten y que tiene matriacutecula cancelada procederaacute a la expedicioacuten electroacutenica del PRECREI con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado la cual seraacute de caraacutecter informativo para que el solicitante pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las caracteriacutesticas del vehiacuteculo desintegrado

6 Mediante certificacioacuten emitida por el vendedor una vez identificado el vehiacuteculo que se va entregar el solicitante deberaacute cargar el nuacutemero de identificacioacuten del vehiacuteculo nuevo (VIN) previsto en la certificacioacuten en el Sistema RUNT y este uacuteltimo validaraacute las especificaciones y caracteriacutesticas del mismo en todo caso debe corresponder al mismo grupo y servicio del automotor que se desintegra y para prestar el servicio en la misma modalidad excepto para los vehiacuteculos de pasajeros que ingresen por reposicioacuten a los Sistemas Estrateacutegicos de Servicio Puacuteblico cuando los estudios teacutecnicos realizados para su implementacioacuten definan y exijan una tipologiacutea vehicular diferente a la de los automotores vinculados al Servicio Puacuteblico de Transporte Terrestre Automotor Colectivo Metropolitano Distrital y Municipal de Pasajeros que deben ser retirados del servicio y sometidos al proceso de desintegracioacuten fiacutesica total y a la cancelacioacuten de la matriacutecula En este caso se deberaacute registrar en el sistema RUNT certificacioacuten del ente gestor del respectivo sistema de transporte que acredite el cambio de tipologiacutea

7 El propietario deberaacute cancelar el valor de la tarifa RUNT que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 6 de la Ley 1005 de 2006 o la norma que la modifique adicione o sustituya tarifa que podraacute ser modificada o actualizada de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente para las tarifas RUNT

8 A traveacutes del RUNT se genera el CREIPASAJEROS para el registro inicial del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas - IVA dentro de los 8 diacuteas haacutebiles siguientes al pago de la tarifa

Paraacutegrafo 1 Conforme con las disposiciones consagradas en el Decreto 1079 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Transporte el presente procedimiento seraacute aplicable a las modalidades de servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor colectivo de pasajeros de radio de accioacuten municipal distrital o metropolitano servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehiacuteculos taxi servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor mixto y al servicio puacuteblico de transporte terrestre automotor especial toda vez que dichos servicios corresponden a las modalidades que se prestan bajo la responsabilidad de una empresa de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 9: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------221DECRETO NUacuteMERO _______ Paacutegina 9

Continuacioacuten del decreto Por el cual se regfamentan los numerales 4 y 5 Y el 4 del articulo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y HJHflH el Decreto 1625 de

2016 Unico Reglamentario en Materia Tributaria

transporte constituida y habilitada a traveacutes de un contrato celebrado la empresa y una de las que han de utilizar el vehiacuteculo servicio puacuteblico a vinculado

Paraacutegrafo 2 efectos de control del beneficio tributario certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico pasajeros

PASAJEROS el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del sobre las ventas -IVA deberaacute expedirse para la compra

un vehiacuteculo puacuteblico completo nuevo Igualmente deberaacute expedirse en aquellos en que individualmente se adquiera o importe un con motor y su para conformar un vehiacuteculo completo nuevo

Paraacutegrafo 3 Cuando se adquiera en independiente con motor y la carroceriacutea organismo de traacutensito deberaacute verificar momento de la matriacutecula que se de un vehiacuteculo completo que corresponda a las mismas caracteriacutesticas chasis y sobre los se expidioacute la Certificacioacuten cumplimiento de transporte puacuteblico pasajeros shyCREIPASAJ registro vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del sobre las -IVA o de lo se negaraacute la matricula perjuicio de las demaacutes y sanciones a haya lugar

Paraacutegrafo 4 la adquisicioacuten es a traveacutes de arrendamiento financiero shyleasing el RUNT permite el de la informacioacuten correspondiente

la entidad como y del beneficiario de la exencioacuten al locatario y por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten propietario del desintegrado razoacuten social entidad financiera y plazo la compra de financiero

ARTiacuteCULO 1 108 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS certificacioacuten cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros shyCREI para el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten impuesto sobre -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

2 Domicilio direccioacuten y teleacutefono beneficiario o los beneficiarios

Nuacutemero identificacioacuten y social de la entidad financiera y plazo para ejercer opcioacuten de de arrendamiento financiero o leasing si la adquisicioacuten es a traveacutes de

4 Nuacutemero placa clase modelo nuacutemero de motor chasis VIN capacidad y modalidad de servicio vehiacuteculo de objeto Desintegracioacuten

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 10: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 10

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el paraacutegrafo 1 del artIculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

5 Clase marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasis VIN capacidad y modalidad del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

6 Vigencia de la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA La vigencia del CREIPASAJEROS seraacute hasta el momento de adquisicioacuten del bien o la maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS del vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten de impuesto sobre las ventas -IVA deberaacute indicar las caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 131109 Condiciones para acceder al beneficio de exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA de transporte puacuteblico o particular de carga -CREICARGA Para la procedencia de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en la adquisicioacuten de vehiacuteculos automotores nuevos completos o individualmente el chasis con motor y su carroceriacutea para conformar un vehiacuteculo completo nuevo para servicio puacuteblico o particular de transporte de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular deberaacuten cumplirse las siguientes condiciones

1 Que el beneficiario o los beneficiarios se encuentren inscritos en el sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT con la informacioacuten actualizada

2 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten sea de servicio de transporte puacuteblico o particular de carga de maacutes de 105 toneladas de peso bruto vehicular y esteacute registrado en sistema Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito -RUNT

3 Que el(los) beneficiario(s) sea propietario de hasta dos (2) vehiacuteculos de servicio de transporte puacuteblico yo particular de carga condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del Registro Uacutenico Nacional de Traacutensito - RUNT

4- Que el(los) beneficiario(s) de la exencioacuten se encuentren inscritos en el Registro Uacutenico Tributario -RUTe

5 Que el vehiacuteculo de servicio de transporte pliblico o particular de carga a reponer se encuentren libre de todo gravamen o afectacioacuten juriacutedica que limite la libre disposicioacuten del automotor condicioacuten que se validaraacute a traveacutes del sistema RUNT

6 Que el vehiacuteculo objeto de reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA sea objeto de desintegracioacuten fiacutesica total en una entidad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 11: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

-------------- 11DECRETO NUacuteMERO ~2 1 de ------------~

Continuacioacuten del decreto Por el cual se los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico en Materia Tributaria

Que el interesado ante el correspondiente Organismo Traacutensito la matriacutecula de un vehiacuteculo servicio de transporte o particular de carga de su por desintegracioacuten fiacutesica total

8 Que el(los) propietario(s) adquiera(n) un vehiacuteculo nuevo completo o individualmente un chasis con motor y su carroceriacutea conformar un vehiacuteculo completo nuevo que cumpla la equivalencia en artiacuteculo 221773 Decreto 1079 de 2015 modificado por 1120 2019 del automotor homologado por el Transporte de maacutes de 105 de peso bruto vehiacutecular matricularlo en el servicio de puacuteblico o particular de carga para prestar el servicio en la misma modalidad y su reposicioacuten se efectuacutee para mismo titular que

exencioacuten del impuesto sobre -IVA

Artiacuteculo 1311010 Procedimiento para la expedicioacuten del certificado de cumplimiento requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA la del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte o particular de carga establecido en el

efectuar el

1 El registrar la solicitud httpswwwruntcomco o el que se habilite

2 RUNT realiza las validaciones de condiciones de entrada para acceder al beneficio de IVA CREICARGA

en artiacuteculo 131109 del Decreto y las siguientes

21 del vehiacuteculo a desintegrar nuacutemero de la marca modelo nuacutemero motor nuacutemero de chasis yo VIN

modalidad servicio y titular o derecho de dominio

y nuacutemero de documento objeto de reposicioacuten

y nombre direccioacuten y del (los) propietario del

3 propietario del vehiacuteculo objeto de con exencioacuten del

desintegradora las ventas -IVA debe

total en una entidad por el desintegracioacuten

Ministerio nsporte La entidad RUNT el

certificado de desintegracioacuten

4 propietario del vehiacuteculo objeto reposlclon deberaacute cancelar correspondiente Organismo de la matriacutecula del vehiacuteculo

de transporte puacuteblico o de carga de su propiedad por fiacutesica total para reposicioacuten

numeral 5 477 del Estatuto proced

a RUNT

Una vez que el Sistema RUNT para

vehiculo a reponer cuenta con

de desintegracioacuten la reposicioacuten y que

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 12: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

Sistema RUNT el nuacutemero

equivalencia sentildealada en modificado

12DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 niexcliexcln~nriexcliexclfn 4 del articulo 477 el paraacutegrafo 1 del articulo 850 del Estatuto Tributano y se sustituye mOOITJrR el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

rl(tiexclrlJ equivalentes del vehiacuteculo

expediraacute electroacutenicamente un PRECREI el cual con la informacioacuten del vehiacuteculo desintegrado y las

nuevo que entra en reposicioacuten para pueda escoger su nuevo vehiacuteculo que en todo caso debe corresponder con las vehiacuteculo desintegrado

6 Sistema RUNT desintegracioacuten

procederaacute a expedicioacuten la informacioacuten del vehiacuteculo informativo para propietario con vehiacuteculo rado con las del vehiacuteculo que ingresa en reposicioacuten

vez identificado el vehiacuteculo que se va adquirir el propietario identificacioacuten del vehiacuteculo (VIN)

por el vendedor mediante certificacioacuten y el sistema validaraacute y vehiacuteculo En todo caso

1773 el Decreto 1 por de 2019 del automotor

y que sea de la misma modalidad y servicio

8 propietario deberaacute cancelar el valor la tarifa RUNT que se de acuerdo con lo dispuesto la

sustituya en 1005 de 2006 o la

modifique adicione o norma

que podraacute ser modificada o acuerdo con lo en la normatividad para

RUNT

RUNT se generaraacute CREICARGA para la compra y registro inicial del vehiacuteculo nuevo en con exencioacuten del impuesto sobre las

- iexclVA dentro los 8 siguientes al

1 Para efectos control beneficio tributario el certificado de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o carga shy

para el Registro Inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con del impuesto sobre las -IVA deberaacute compra

un vehiacuteculo de transporte puacuteblico o particular de carga completo nuevo

Igualmente deberaacute expedirse en aquellos eventos en que individualmente se uiera o importe un con motor y su carroceriacutea conformar un

completo nuevo

vehiacuteculo a reponer para la reposicioacuten y que

del

validar las caracteriacutesticas

y carroceriacutea el verificar al momento corresponda a las mismas

se expidioacute la puacuteblico o particular de

en forma independiente con motor a traveacutes del RUNT deberaacute

un vehiacuteculo completo que y sobre los

transporte vehiacuteculo

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 13: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

DECRETO NUacuteMERO - 221 _______ Paacutegina 13 ~------

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artIculo 477 el 1 del articulo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de

Reglamentario en Materia Tributaria

contrario se negaraacute la matriacutecula perjuicio las demaacutes acciones y sanciones a que haya lugar

Paraacutegrafo 3 Si adquisicioacuten es a traveacutes arrendamiento financiero el sistema NT permite el cargue la informacioacuten correspondiente la entidad financiera como propietario y del beneficiario de la exencioacuten como locatario y relacionaraacute por lo menos la siguiente informacioacuten nuacutemero identificacioacuten del propietario del vehiacuteculo desintegrado y razoacuten I de la entidad financiera y plazo ejercer la opcioacuten de compra de leasing financiero

ARTiacuteCULO 2 Adicioacuten artiacuteculos 1311014 y 13110 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 la Parte 3 del Libro 1 Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Ad los artiacuteculos 1311014 Y 131101 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la 3 del Libro 1 del Decreto 1625

2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 1311014 Contenido del certificado de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga -CRECARGA La Certificacioacuten de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particu de carga -CREICARGA el Registro Inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del impuesto sobre ventas -IVA deberaacute contener como miacutenimo la siguiente informacioacuten

1 Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los beneficiarios

Domicilio direccioacuten y teleacutefono del beneficiario o los beneficiarios

3 Nuacutemero de identificacioacuten y social la entidad financiera y plazo para la opcioacuten de compra de leasing financiero si la adquisicioacuten es a

traveacutes arrendamiento financiero o leasing

4 Nuacutemero la placa configuracioacuten marca modelo nuacutemero de motor nuacutemero de chasiacutes bruto vehicular vehiacuteculo objeto de Desintegracioacuten Total

5 Clase configuracioacuten marca nLimero de motor nuacutemero de peso bruto vehicular vehiacuteculo nuevo que en reposicioacuten

vigencia la certificacioacuten de cumplimiento de requisitos transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA para el registro inicial vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten con exencioacuten del im sobre ventas -IVA La vigencia del CREICARGA seraacute el momento de adquisicioacuten del bien o

maacutexima establecida en el numeral 5 del artiacuteculo del Estatuto Tributario lo que suceda primero

Paraacutegrafo En todo caso el certificado de de transporte puacuteblico o particular carga -CREICARGA deberaacute indicar

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 14: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 14

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del artiacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

caracteriacutesticas generales del vehiacuteculo o del chasis con motor y su carroceriacutea adquiridos individualmente de conformidad con lo establecido en este artiacuteculo

Artiacuteculo 1311015 Tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas shyIVA para los productores y comercializadores o vendedores El tratamiento tributario del impuesto sobre las ventas -IVA para los productores y comercializadores o vendedores pagado o abonado en cuenta en la adquisicioacuten del vehiacuteculo o la produccioacuten del vehiacuteculo que es objeto de venta bajo el certificado de cumplimiento de requisitos para el registro inicial de vehiacuteculo nuevo en reposicioacuten -CREIPASAJEROS o CREICARGA seraacute el establecido en el artiacuteculo 485 del Estatuto Tributario

En todo caso se deberaacute conservar y acreditar por parte de los vendedores o productores y comercializadores el certificado correspondiente que soporta la aplicacioacuten de la exencioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el mismo teacutermino de la firmeza de la declaracioacuten tributaria correspondiente de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 304 de la Ley 1819 de 2016

ARTICULO 3 Modificacioacuten del artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Modifiacutequese el artiacuteculo 13167 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 13167 Determinacioacuten de los impuestos descontables provenientes de operaciones exentas Los responsables del impuesto sobre las ventas -IVA que realicen operaciones exentas de las que tratan los artiacuteculos 481 y 477 del Estatuto Tributario deberaacuten utilizar el procedimiento establecido en el artiacuteculo 489 del mismo Estatuto para determinar la proporcionalidad de los impuestos descontables que generan los saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten

Los saldos a favor generados por la proporcionalidad de los impuestos descontables en las operaciones de que trata el artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario deberaacuten ser imputados en las declaraciones bimestrales del impuesto sobre las ventas -IVA dentro de un mismo antildeo o periacuteodo gravable y solicitados en devolucioacuten yo compensacioacuten de conformidad con lo dispuesto en los paraacutegrafos 2 3 Y 4 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

ARTiacuteCULO 4 Adicioacuten del paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

C2r 0LAn ANGElA MARiacuteA OR~~Q~OMEZ

Page 15: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

--------------- --------------DECRETO NUacuteMERO 221 de Paacutegina 15

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arlrculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlcuo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Paraacutegrafo 2 De conformidad con lo previsto en el paraacutegrafo 1 del artiacuteculo 850 del Estatuto Tributario podraacuten solicitar la devolucioacuten yo compensacioacuten en el impuesto sobre las ventas -IVA los productores y vendedores cuando enajenen los bienes de que tratan los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario hasta la concurrencia del impuesto sobre las ventas -IVA descontable del bien vendido Lo anterior con el cumplimiento de los requisitos para su devolucioacuten yo compensacioacuten

ARTiacuteCULO 5 Adicioacuten del literal q) al articulo 1612115 del Capitulo 21 del Titulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el literal q) al artiacuteculo 1612115 del Capiacutetulo 21 al Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

q Requisitos adicionales a la devolucioacuten yo compensacioacuten por venta de bienes de que trata los numerales 4 y 5 del artiacuteculo 477 del Estatuto Tributario

1 Relacioacuten de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico de pasajeros -CREIPASAJEROS yo de los certificados de cumplimiento de requisitos de transporte puacuteblico o particular de carga shyCREICARGA correspondiente a cada uno de los vehiacuteculos o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente vendidos en el periodo objeto de la declaracioacuten que genera el saldo a favor y en los periodos que componen los arrastres debidamente certificado por revisor fiscal yo contador puacuteblico seguacuten el caso en donde se indique la siguiente informacioacuten

a Nuacutemero y fecha de la factura b Valor de la venta c Nuacutemero y fecha de expedicioacuten del certificado d Nombre tipo y nuacutemero de identificacioacuten del beneficiario o los

beneficiarios e Nuacutemero de la licencia de traacutensito del vehiacuteculo vendido

2 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IVA descontable no ha sido llevado como un mayor valor del costo o gasto en el impuesto sobre la renta

3 Certificacioacuten suscrita por revisor fiscal o contador seguacuten el caso donde conste que el Impuesto sobre las ventas -IV A descontable asociado a la venta de cada vehiacuteculo o del chasiacutes con motor o de la carroceriacutea en el evento en que el vehiacuteculo nuevo se vaya a conformar con la adquisicioacuten independiente se registroacute de manera discriminada en una subcuenta de la cuenta del impuesto sobre las ventas -IVA

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

EL MINISTRO DE HACIEN

LA MINISTRA DE TRANSPORTE

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Page 16: i. ,- ---- -' LlCA · correspondan a productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 del Estatuto Tributario. Que en . cumplimiento artículos 3 Y 8 de

DECRETO NUacuteMERO ____2_2_1__ de ______ Paacutegina 16

Continuacioacuten del decreto Por el cual se reglamentan los numerales 4 y 5 Y el paraacutegrafo 4 del arliacuteculo 477 el paraacutegrafo 1 del arlfculo 850 del Estatuto Tributario y se sustituye modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

ARTiacuteCULO 6 Vigencia y derogatorias El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten sustituye los artiacuteculos 1311 OA 131105 131106 131 107131 1081311091 311010 del Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 adiciona los artiacuteculos 1311014 Y 1311015 al Capiacutetulo 10 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 el paraacutegrafo 2 al artiacuteculo 1612112 el literal q) al artiacuteculo 16121 15 del Capiacutetulo 21 del Tiacutetulo 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 y modifica el artiacuteculo 131 67 del Capiacutetulo 6 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBliacuteQUESE y CUacuteMPLASE ES 2020 Dado en Bogotaacute DC a los

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