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Presidencia de la Junta Medalla de Extremadura. Decreto 44/2014, de 1 de abril, por el que se concede la Medalla de Extremadura a Don Adolfo Suárez González .................................................... 10657 Consejería de Educación y Cultura Enseñanza Universitaria. Becas. Decreto 53/2014, de 1 de abril, por el que se regulan las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de segundo y posteriores cursos, y se establece su convocatoria para el curso académico 2013/2014 ................................................ 10660 2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS Consejería de Administración Pública Funcionarios de Administración Local. Resolución de 26 de marzo de 2014, de la Dirección General de Administración Local, Justicia e Interior, por la que se da publicidad a la Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que resuelve el concurso unitario de provisión de pues- tos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional .......................................................................................................... 10672 LUNES, 7 de abril de 2014 NÚMERO 67 DISPOSICIONES GENERALES I AUTORIDADES Y PERSONAL II

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Presidencia de la Junta

Medalla de Extremadura. Decreto 44/2014, de 1 de abril, por el que se concede la Medallade Extremadura a Don Adolfo Suárez González .................................................... 10657

Consejería de Educación y Cultura

Enseñanza Universitaria. Becas. Decreto 53/2014, de 1 de abril, por el que se regulan lasbecas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para los ciudadanos de laComunidad Autónoma de Extremadura, de segundo y posteriores cursos, y se establece suconvocatoria para el curso académico 2013/2014 ................................................ 10660

2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Administración Pública

Funcionarios de Administración Local. Resolución de 26 de marzo de 2014, de la DirecciónGeneral de Administración Local, Justicia e Interior, por la que se da publicidad a la Resoluciónde 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio deHacienda y Administraciones Públicas, que resuelve el concurso unitario de provisión de pues-tos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácternacional .......................................................................................................... 10672

LUNES, 7de abril de 2014

NÚMERO 67

DISPOSICIONES GENERALESI

AUTORIDADES Y PERSONALII

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10652

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Convenios Colectivos. Resolución de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acta de laComisión Negociadora de fecha 1 de noviembre de 2013, acordando prórroga del vigenteConvenio Colectivo de la empresa “Butagas, SA” para los años 2013 a 2015 .............. 10679

Convenios Colectivos. Resolución de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General deTrabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivosde Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta,de fecha 29 de enero de 2014, suscrita por la Comisión Paritaria del “Convenio Colectivo deTrabajo para las Industrias de la Madera para la provincia de Cáceres”, en la que se esta-blece el calendario laboral para el año 2014 aplicable en el ámbito de actuación del citadoconvenio ...................................................................................................... 10684

Convenios Colectivos. Resolución de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General deTrabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivosde Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del textodel Acta de la Comisión Negociadora de fecha 3 de febrero de 2014, acordando la modifica-ción de los artículos 3, 4, 5 y 38 del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa “Eco LimpiezaExtremadura, SL” ............................................................................................ 10688

Convenios Colectivos. Resolución de 19 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Acta de laComisión Paritaria de fecha 29 de enero de 2014, aprobando la adecuación del calendario labo-ral a la jornada que se pactó en el convenio estatal de la madera, sobre el Convenio Colectivode Trabajo de “Industrias de la Madera de la provincia de Badajoz” .......................... 10691

Consejería de Administración Pública

Convenios. Resolución de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la que se dapublicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño dePromoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Trujillanos porel que se articula una subvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores ensituación de dependencia en centro de día .......................................................... 10695

Convenios. Resolución de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la que se dapublicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño dePromoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Hervás por elque se articula una subvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores ensituación de dependencia en centro residencial .................................................... 10704

OTRAS RESOLUCIONESIII

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10653

Convenios. Resolución de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la que se dapublicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño dePromoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Coria por elque se articula una subvención para la financiación de la gestión y el mantenimiento de pla-zas para personas mayores en centro residencial ................................................ 10711

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Instalaciones eléctricas. Resolución de 12 de marzo de 2014, del Servicio de OrdenaciónIndustrial de Badajoz, sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-1788/17509 .................................................................................................... 10720

Instalaciones eléctricas. Resolución de 12 de marzo de 2014, del Servicio de OrdenaciónIndustrial de Badajoz, sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-1788/17520 .................................................................................................... 10722

Consejería de Educación y Cultura

Educación Secundaria. Titulaciones. Corrección de errores de la Resolución de 27 de fe-brero de 2014, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de FormaciónProfesional y Universidad, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que permi-tan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para per-sonas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el cursoacadémico 2013/2014 ...................................................................................... 10723

Servicio Extremeño Público de Empleo

Sentencias. Ejecución. Resolución de 21 de marzo de 2014, de la Secretaría General, porla que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 62/2014, dictada por el Juzgado de loContencioso-Administrativo n.º 1 de Mérida en el recurso contencioso-administrativo trami-tado por el procedimiento abreviado n.º 20/2014 ................................................ 10731

Sentencias. Ejecución. Resolución de 25 de marzo de 2014, de la Secretaría General, porla que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 17/2014, dictada por el Juzgado de loContencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida en el recurso contencioso-administrativo trami-tado por el procedimiento abreviado n.º 336/2013 .............................................. 10732

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Notificaciones. Anuncio de 7 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución de la Unidad deMediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz, en el expediente n.º 06/0018/14 .......... 10733

Notificaciones. Anuncio de 7 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución de la Unidad deMediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz, en el expediente n.º 06/0242/13 .......... 10734

ANUNCIOSV

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Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en el ex-pediente sancionador n.º 06/0067/13 ................................................................ 10735

Cooperación empresarial. Anuncio de 12 de marzo de 2014 por el que se da publicidad alas subvenciones acogidas al Decreto 146/2012, de 27 de julio, en su convocatoria para elejercicio 2013.................................................................................................. 10735

Organizaciones sindicales. Estatutos. Anuncio de 13 de marzo de 2014 sobre acuerdo deadmisión a depósito de la modificación de los estatutos de la organización sindical denomi-nada “Sindicato de oficios varios CNT-AIT Cáceres Norte”. Expte.: 10/493 .............. 10737

Notificaciones. Anuncio de 17 de marzo de 2014 sobre notificación de requerimiento de acre-ditación de la representación en el recurso de alzada interpuesto en el expediente sanciona-dor n.º 06/0170/13 .......................................................................................... 10738

Consejería de Economía y Hacienda

Notificaciones. Citación. Anuncio de 27 de marzo de 2014 sobre citación a los obligados tri-butarios que se relacionan para ser notificados por comparecencia ........................ 10739

Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo

Recursos. Emplazamientos. Anuncio de 10 de marzo de 2014 por el que se emplaza a po-sibles interesados en el procedimiento contencioso-administrativo n.º 780/2010, de la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que se si-gue contra Resolución de 15 de febrero de 2010 por la que se aprueba definitivamente el PlanGeneral Municipal de Cáceres ............................................................................ 10747

Notificaciones. Anuncio de 10 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución del proce-dimiento de reintegro en expedientes relativos a renta básica de emancipación ...... 10748

Notificaciones. Anuncio de 19 de marzo de 2014 sobre notificación de requerimiento de pa-go y trámite de audiencia en procedimientos administrativos de extinción de contrato de arren-damiento de viviendas de promoción pública ...................................................... 10749

Notificaciones. Anuncio de 20 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en proce-dimientos administrativos de extinción de contrato de arrendamiento de viviendas de promo-ción pública .................................................................................................... 10749

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en el expe-diente n.º 1543/12SSA, relativo al procedimiento de control de la condicionalidad .... 10750

Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de trámite de audiencia en elexpediente n.º 0652/13, relativo al procedimiento de control de la condicionalidad ........ 10751

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Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en el expe-diente n.º 1125/13OCA, relativo al procedimiento de control de la condicionalidad ...... 10752

Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe de evalua-ción en el expediente n.º 1222/13OCA, relativo al procedimiento de control de la condicio-nalidad ........................................................................................................ 10752

Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe de evalua-ción en el expediente n.º 1262/13OCA, relativo al procedimiento de control de la condicio-nalidad ........................................................................................................ 10753

Notificaciones. Anuncio de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe de evalua-ción en el expediente n.º 1277/13OCA, relativo al procedimiento de control de la condicio-nalidad ........................................................................................................ 10754

Formalización. Anuncio de 12 de marzo de 2014 por el que se hace pública la formalizacióndel contrato de “Selvicultura preventiva en rodales de pino piñonero de alta densidad en losmontes de utilidad pública n.º 9 y 27 de la Sección Forestal de Badajoz Norte”. Expte.:1352OB1FR942................................................................................................ 10754

Notificaciones. Anuncio de 12 de marzo de 2014 sobre notificación de trámite de audienciaen el expediente sancionador n.º M/BA/2013/084.1, en materia de montes ............ 10755

Notificaciones. Anuncio de 13 de marzo de 2014 sobre notificación de propuesta de resolu-ción en el expediente sancionador n.º MBA/2013/055, en materia de montes .......... 10756

Vías pecuarias. Anuncio de 20 de marzo de 2014 sobre exposición pública del comienzo deoperaciones de amojonamiento de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Santa Maríade Araya”, en el término municipal de Trujillanos ................................................ 10756

Deslinde. Anuncio de 20 de marzo de 2014 sobre comienzo de operaciones materiales dedeslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel de La Tiesa”, en el término municipal deLobón .......................................................................................................... 10758

Consejería de Educación y Cultura

Notificaciones. Anuncio de 12 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo de iniciacióndel procedimiento de extinción de autorización a centro docente privado, por cese de activi-dades ............................................................................................................ 10760

Notificaciones. Anuncio de 18 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo de iniciación delprocedimiento de reintegro de ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas deapoyo educativo, matriculados en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educaciónde Personas Adultas para el curso 2011/2012, en el expediente n.º 0115-14-79 .......... 10760

Notificaciones. Anuncio de 18 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo de iniciación delprocedimiento de reintegro de ayuda destinada al alumnado con necesidades específicas de apo-yo educativo, matriculados en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación dePersonas Adultas para el curso 2011/2012, en el expediente n.º 0120-14-84 .............. 10761

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Consejería de Salud y Política Social

Notificaciones. Citación. Anuncio de 21 de marzo de 2014 sobre notificación por compare-cencia de liquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan ............ 10762

Ayuntamiento de Valencia de Alcántara

Normas subsidiarias. Anuncio de 21 de marzo de 2014 sobre aprobación inicial de la mo-dificación puntual n.º 29 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento .................... 10764

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PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DECRETO 44/2014, de 1 de abril, por el que se concede la Medalla deExtremadura a Don Adolfo Suárez González. (2014040055)

La “Medalla de Extremadura” tiene como fin reconocer los méritos singulares, la obra, apor-tación de la máxima ejemplaridad y reconocida trascendencia de las personas, instituciones,grupos o colectivos —extremeños, españoles o extranjeros— que a lo largo de una trayecto-ria consolidada hayan destacado en su tarea de configurar una sociedad más justa y solida-ria, o por su defensa, promoción o fomento de los intereses o imagen de la ComunidadAutónoma de Extremadura.

“El pasado no ha acabado y el futuro no está escrito, yo aquí ya he terminado, pero os pidoque lo que yo he hecho sea solo el primer eslabón de una larga escalera”.

Adolfo Suárez González (1932-2014) nació y creció en el seno de una familia en la que la con-fluencia de las llamadas dos Españas hizo que, desde que tuvo uso de razón política —comoél solía decir— fuera consciente del profundo dolor que ocasiona el enfrentamiento entre her-manos. Esto hizo nacer en él una temprana vocación política, —en la acepción más pura deltérmino: de servicio, de respeto— que marcaría todos sus pasos y definiría todas las esferasde su vida: dotar al pueblo español de las herramientas que posibilitaran que la crueldad deuna guerra fratricida no volviera a repetirse en España.

Se licenció y doctoró en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Por circunstan-cias familiares debió asumir el papel de cabeza de familia y responsabilizarse de su estabili-dad económica.

Tras desempeñar diversos cargos en una fructífera carrera política —Gobernador Civil deSegovia (1968-1969), Director General de TVE (1969-1973), Ministro Secretario General delMovimiento (1975-1976)— Adolfo Suárez fue designado por S.M. el Rey en 1976 para pilotarun cambio político sin precedentes: una transición pacífica que convertiría a España en unademocracia constitucional, convirtiéndose en el primer presidente de la democracia en las pri-meras elecciones un año después.

Inquieto y rebelde, como él se definía, y consciente de que ningún cambio sería admisible sisuponía la vuelta de la violencia, inició una profunda y meditada renovación en todas las es-feras de la vida política en las que desarrolló su actividad que, por arriesgada y audaz, nosiempre supo valorarse ni entenderse. Con una inteligencia intuitiva que marcaría su vida ycondicionaría su vocación —y a la que entonces se denostaba con términos como astucia oambición— fue un hombre valiente y generoso que pertenecía, según sus propias palabras:“por convicción y talante, a una mayoría de ciudadanos que desea hablar un lenguaje mode-rado, de concordia y conciliación”.

Encarnó el centro político, desmanteló las instituciones franquistas e impulsó la Constituciónde 1978, defendiendo a ultranza los valores democráticos en España, y creyendo posible, aún

DISPOSICIONES GENERALESI

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en las circunstancias más adversas, una sociedad dispuesta al diálogo, a la tolerancia y al ol-vido de pasadas divisiones.

Propició que se devolviera al pueblo español su soberanía y le recordó —nos recordó— queno había porque elegir entre la Paz o la Libertad, porque ambas eran posibles al mismo tiem-po. Que todos los españoles teníamos que llegar —sin abdicar de nuestras propias ideas ycreencias— a un pacto fundamental de concordia y respeto a la pluralidad de ideologías. Quela lucha política, el disentimiento o el conflicto no son acontecimientos negativos sino que re-flejan la vitalidad de una sociedad, siempre que exista consenso en una sola cuestión: la vo-luntad firme y profunda de convivir reconociendo que nadie, en política democrática, poseela verdad absoluta. Y que la verdad siempre implica una búsqueda esforzada que hay que lle-var a cabo en común, desde el acuerdo de convivir y trabajar juntos.

“Había que hacer entender a los españoles que la sustancia de la democracia consiste en dis-crepar de un adversario al que se comprende. Y esa comprensión era el primer mandamien-to nacional que teníamos que implantar en el corazón y en la voluntad de los españoles”.

Tuvo que enfrentarse al mismo tiempo con una crisis institucional, económica y una virulen-ta acción terrorista que hacía peligrar a diario la estabilidad del proceso de consolidación de-mocrático, provocando la inquietud en el mundo militar. Despreciado por los intelectuales ypor las familias poderosas de la época, en su titánica lucha se apoyó en los dos pilares esen-ciales: el respaldo de su Majestad el Rey y la madurez y la generosidad del pueblo español,sin los cuales no habría sido posible el sueño de concordia democrática y convivencia pacífi-ca de todos los españoles, o, como él solía decir: “…por primera vez, una España sin vence-dores ni vencidos”.

Mediante el diálogo y la integración, Adolfo Suárez consigue sacar adelante la “Ley para laReforma Política” —brillante muestra de técnica jurídica y de acción política que posibilitó la mo-dificación legal de algunas instituciones y orientó los pasos iniciales del proceso de cambio— apro-bada en referéndum en diciembre de 1976 y que le llevó a decretar una amnistía para delitospolíticos. Además de propiciar desde su gobierno la legalización de todos los partidos políticos,Suárez fundó la Unión de Centro Democrático, con la que ganó las elecciones de junio de 1977.

Se inicia entonces la transformación de España hacia un estado de Derecho y de respeto alas libertades. Poco después de aquellas elecciones, en octubre de 1977, ante la grave situa-ción económica española, negoció y firmó con los dirigentes de los principales partidos políti-cos los denominados “Pactos de la Moncloa” apoyados por la patronal y por los sindicatos, quepermitieron desvincular el proceso constituyente de la vida política cotidiana y de la normalconfrontación democrática entre partidos.

En esta etapa comienza simultáneamente el proceso de descentralización hacia las Comunida -des Autónomas, con el establecimiento de los Estatutos de Preautonomía de Cataluña, PaísVasco y Galicia y se logra el consenso político para la redacción de la Constitu ción Españolaque, tras ser debatida por el Parlamento, fue aprobada mayoritariamente en referéndum porel pueblo español en diciembre de 1978.

Tras distintas vicisitudes políticas se produce su dimisión como presidente del gobierno en1981 y se retira de la vida política, volviendo poco después para fundar el Centro Democráticoy Social, siendo elegido diputado y abandonando definitivamente la política en 1991.

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Hombre de Estado que siempre antepuso el bien común a los intereses de partido, nos enco-mendó al despedirse de la vida política una tarea a todos y a cada uno de los españoles:

“Yo no quiero que el sistema democrático de convivencia sea, una vez más, un paréntesis enla historia de España... (...) Creo que tengo fuerza moral para pedir que en el futuro no serecurra a la inútil descalificación global, a la visceralidad o el ataque personal, porque creoque se perjudica el funcionamiento de las instituciones democráticas…”

Por su contribución al desarrollo de la Democracia y las Libertades Públicas en España y aasentar las bases de un cambio de régimen pacífico, un nuevo modelo de convivencia socialy un nuevo modelo de Estado, Extremadura quiere conceder su máximo galardón a AdolfoSuárez González. Por ello, esta región realiza la presente concesión en nombre propio, y ennombre de los ciudadanos españoles y extremeños que, con su madurez, propiciaron la en-trada pacífica en una nueva esfera de convivencia y en el de los ciudadanos que pueden y po-drán vivir y expresarse en libertad gracias al sueño de concordia al que dedicó su vida.

La concesión de esta Medalla de Extremadura es un reconocimiento al legado de libertad yrespeto a las ideologías y al bien común que impregna nuestro quehacer diario, en la supe-ración de las confrontaciones, tendiendo puentes de diálogo. El sueño de fraternidad de AdolfoSuárez nos guía, en una humilde expresión de agradecimiento y compromiso, en la consoli-dación de la concordia que su empeño posibilitó.

Por todo ello, a propuesta del Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por ini-ciativa propia, en virtud de la facultad que le confiere el artículo 3.1 del Decreto 177/2013,de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla deExtremadura, y tras deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 1 de abril de2014

D I S P O N G O :

Artículo único.

Conceder la Medalla de Extremadura a don Alfonso Suárez González.

Dado en Mérida, el 1 de abril de 2014.

El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

El Consejero de Administración Pública,PEDRO TOMÁS NEVADO-BATALLA MORENO

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DECRETO 53/2014, de 1 de abril, por el que se regulan las becascomplementarias para estudios de enseñanzas universitarias para losciudadanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de segundo yposteriores cursos, y se establece su convocatoria para el curso académico2013/2014. (2014040064)

El artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, enredacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a ésta las competen-cias de desarrollo normativo y ejecución, entre otras, en materia de educación y enseñanzaen toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se traspasan funciones y servicios de la Admi -nistra ción del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Universi -dades. Estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación y Cultura por Decretodel Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se determina la denominación, el númeroy competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autó -noma de Extre madura.

Dentro de su ámbito competencial, la Consejería con competencias en materia de enseñan-zas universitarias ha venido promoviendo la concesión de becas complementarias a las con-vocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en materia universitaria, y las haregulado mediante diferentes decretos, siendo el último el Decreto 181/2013, de 1 de octu-bre , por el que se regulan las becas complementarias para estudios de enseñanzas univer-sitarias para los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para los alumnosde primer curso y se establece su convocatoria para el curso académico 2013/2014 (DOE núm193, de 7 de octubre) que a su vez derogó el Decreto 188/2012, de 14 de septiembre, por elque se regulan las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias paralos ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establece su convocatoriapara 2012/2013, (DOE núm. 183, de 20 de septiembre).

Considerando que en la convocatoria anterior se atendía a los alumnos de primer curso, conel presente decreto se pretende que todos los alumnos estén en igualdad de condiciones ypuedan participar en esta convocatoria los alumnos de segundo y posteriores cursos.

De conformidad con lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, y pre-via deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 1 de abril de 2014,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto.

El presente decreto tiene como objeto establecer las bases que regulan la concesión de be-cas complementarias para estudiantes universitarios que, en el curso académico de la con-vocatoria realicen segundo y posteriores cursos, conducentes a la obtención de un titulo ofi-cial de Grado, Licenciado, Arquitecto e Ingeniero, en:

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a) La Universidad de Extremadura.

b) Cualquier universidad pública del territorio español, siempre que dichos estudios, de ca-rácter presencial, no sean impartidos en la Universidad de Extremadura, o no se hubieraobtenido plaza por no alcanzar la nota de corte en la Universidad de Extremadura en elcurso académico en el que ingresó en la Universidad.

Artículo 2. Conceptos financiables y cuantía.

Beca de Residencia: para gastos derivados de la necesidad de residir el alumno, durante elcurso académico, en localidad distinta a la del domicilio familiar.

La Comisión de Valoración considerará como domicilio de la familia el más próximo al centrodocente que pertenezca a algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coin-cida con el domicilio legal.

La cuantía de esta beca será de mil quinientos euros (1.500 euros).

Artículo 3. Procedimiento de concesión.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en este decreto se tramitará enrégimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica por orden de laConsejería con competencias en materia de enseñanzas universitarias, que será publicadaen el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el Capítulo II del TítuloII de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extre -madura.

Artículo 4. Crédito.

1. La orden de convocatoria incluirá, en todo caso, la dotación presupuestaria para la finan-ciación de las subvenciones y su distribución por aplicaciones presupuestarias.

2. La cuantía global de los créditos presupuestarios consignados en la orden de convocato-ria podrá aumentarse, hasta un veinte por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantíaque corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorpora-ción de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver laconcesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria y conforme al pro-cedimiento previsto en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvencionesde la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 5. Incompatibilidades de las becas.

Las becas reguladas en el presente decreto son incompatibles con las concedidas por cual-quier otra Administración Pública para las mismas finalidades o por los mismos conceptos ycon la beca de residencia concedida por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles delEstado.

Artículo 6. Requisitos generales y obligaciones de los beneficiarios.

1. Para tener derecho a estas becas serán necesarios los siguientes requisitos de caráctergeneral:

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a) Que el solicitante tenga concedida la beca del Ministerio de Educación, Cultura y De -porte, en el curso académico de la convocatoria, con el único componente de beca dematrícula.

b) Tener vecindad administrativa familiar en Extremadura, o bien ostentar la condición deextremeño, conforme al artículo 3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autó -noma de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Que, en el curso académico de la convocatoria, el solicitante se matricule en segundoo posteriores cursos, de los estudios conducentes a un título universitario oficial deGrado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, en la Universidad de Extremadura, o en cual-quier universidad pública del territorio español, siempre que curse estudios de carác-ter presencial no impartidos en la Universidad de Extremadura, o no hubiera obtenidoplaza en ella por no alcanzar la nota de corte correspondiente al curso académico.

d) Que el solicitante acredite matrícula completa en el curso académico de la convocato-ria, conforme establecen las disposiciones establecidas en el Ministerio de Educación,Cultura y Deporte.

e) Que el solicitante resida durante el curso académico de la convocatoria en localidaddistinta a la del domicilio familiar.

2. Son obligaciones de los beneficiarios de estas becas, además de las derivadas del artícu-lo 13.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónomade Extremadura, y del presente decreto las siguientes:

a) No anular la matrícula del curso correspondiente a la convocatoria.

b) Superar, como mínimo, el cincuenta por ciento de los créditos o asignaturas en que sehubieren matriculado, en convocatoria ordinaria y extraordinaria. Para el cálculo de es-te porcentaje se excluirán los créditos convalidados, reconocidos o adaptados.

3. El incumplimiento de estas obligaciones comportará el reintegro de la beca.

Artículo 7. Solicitudes, documentación y plazos.

1. Solicitudes:

1.1. Las solicitudes de ayuda se dirigirán al titular de la Consejería con competencias enmateria de enseñanzas universitarias y se formalizarán según el impreso o modelooficial que figura como Anexo (sin perjuicio de la adaptación que en su caso puedanefectuar las correspondientes convocatorias). El modelo de solicitud se publicará enel Diario Oficial de Extremadura con la convocatoria.

1.2. En el modelo de solicitud se incluirá una declaración responsable del solicitante deque se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, yde no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario es-tablecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvencionesde la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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1.3. Además, se consignará un apartado relativo a la autorización expresa del solicitan-te al órgano gestor para recabar el certificado acreditativo de que se encuentra alcorriente de sus obligaciones con la Hacienda autonómica. Dicha autorización no esobligatoria, pero de no otorgarse el interesado deberá aportar el certificado corres-pondiente junto con la solicitud.

1.4. En el modelo de solicitud se consignará un apartado destinado a recoger la autori-zación a la Consejería con competencia en materia de enseñanzas universitarias y ala Universidad para obtener los datos necesarios para determinar la renta y patri-monio de la unidad familiar, a efectos de becas, así como para la comprobación oconstancia de los datos de identidad y residencia de los miembros de la unidad fa-miliar en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales, o mediante lossistemas de verificación de datos de identidad y residencia, de conformidad con elartículo 3 del Decreto 184/2008, de 12 de septiembre.

No obstante, los miembros de la unidad familiar podrán denegar expresamente elconsentimiento, debiendo acreditar entonces los datos correspondientes.

2. Plazo y lugar de presentación:

2.1. La solicitud, junto con la documentación adjunta, podrá presentarse en cualquierade los lugares establecidos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de di-ciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las fun-ciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la ComunidadAutónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra -ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que seformulen a través de las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto, al ob-jeto de que en las mismas se haga constar por el responsable la fecha de presen-tación.

2.2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud y/o ladocumentación presentada no reúne los requisitos que señala este artículo y los exi-gidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesadopara que, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a aquél en quetenga lugar la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos precepti-vos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su pe-tición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos del artí-culo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.3. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publica-ción de la convocatoria para cada curso académico en el Diario Oficial de Extrema -dura, permaneciendo abierto, como mínimo, durante un mes.

3. Documentación a presentar junto a la solicitud:

3.1. Los alumnos deberán acompañar:

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a) Notificación que acredite la concesión de la beca de matricula, como único com-ponente, en el curso académico de la convocatoria, descargada de la Sede Electró -nica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

b) Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o copia del mismoen caso de estar dado de alta en el sistema de terceros. El solicitante de la becadeberá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria.

3.2. Los alumnos que no autoricen a la Junta de Extremadura a obtener sus datos de ren-ta, patrimonio, identidad personal y residencia, deberán acompañar, además, certi-ficado de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, expe-dido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de todos los miembroscomputables de la unidad familiar del año anterior al de la convocatoria, así comofotocopias del Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad fa-miliar, y certificado de residencia familiar.

Artículo 8. Órgano de instrucción y evaluación de las solicitudes.

1. La instrucción y ordenación del procedimiento para la concesión de becas corresponde ala Dirección General competente en materia de enseñanzas universitarias.

2. Para la evaluación de las solicitudes presentadas y selección de posibles beneficiarios delas becas se constituirá una Comisión de Valoración, que estará compuesta por:

a) Presidente: titular de la Dirección General con competencia en materia de enseñanzasuniversitarias, o persona en quien delegue.

b) Vocales: las personas que ostenten las titularidades siguientes:

— Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo de la Universidad de Extremadura.

— Jefatura de Servicio competente en materia de enseñanzas universitarias.

— Jefatura de Servicio de Becas y Estudios de Posgrado de la Universidad de Extre -madura.

— Jefatura de Sección de Becas y Estudios de Posgrado de la Universidad de Extre -madura.

— Jefatura de Sección de Becas y Ayudas de la Dirección General competente en ma-teria de enseñanzas universitarias, que actuará además como Secretario.

Ello, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan realizarse en cada convocatoria, deri-vadas de reorganizaciones administrativas.

Para su asesoramiento, esta comisión podrá convocar a los técnicos o profesionales es-pecialistas que considere necesario en el ejercicio de sus funciones.

3. Dicha comisión se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuestoen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú -blicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los órganos colegiados, y tendrálas siguientes atribuciones:

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a) Petición de informes que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoraciónde las solicitudes, dentro de los límites establecidos en el artículo 35.f) de la citada Ley.

b) Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos para cada ayuda.

c) El seguimiento de las becas concedidas, comprobando que han sido destinadas a lasfinalidades para las que se otorgaron.

Artículo 9. Criterios de selección.

Dentro de los límites presupuestarios para cada convocatoria, la ordenación de las solicitudesy propuesta de concesión se realizará priorizando las solicitudes de menor renta familiar percápita.

En caso de empate se dará prioridad a los solicitantes que acrediten una nota media más al-ta en su expediente académico.

Artículo 10. Resolución del procedimiento.

1. El órgano competente para resolver la convocatoria de las ayudas reguladas por el pre-sente decreto será la persona titular de la Consejería con competencias en materia de en-señanzas universitarias, a propuesta de la Dirección General competente en dicha mate-ria. A estos efectos, el informe de la Comisión de Valoración tendrá carácter vinculante.

2. La resolución se motivará con fundamento en haberse observado lo dispuesto en las ba-ses reguladoras de las ayudas debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedi-miento los fundamentos de la resolución que se adopte.

3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis me-ses desde la publicación de la correspondiente convocatoria. Transcurrido el plazo máxi-mo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender desestimada lasolicitud.

4. A efectos de notificación, la resolución del procedimiento, junto con los recursos que sepueden interponer, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. Dicha resolución con-tendrá la relación de becas concedidas y en su caso, de manera expresa, la desestima-ción del resto de solicitudes, recogiendo expresamente el carácter público de estas ayu-das. Todo ello estará a disposición de los interesados en las dependencias de la DirecciónGeneral competente en materia de enseñanzas universitarias. Así mismo, la resolución sepublicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conexpresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, be-neficiario, cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.

Artículo 11. Abono y justificación de las becas.

1. El abono de las becas se realizará directamente, mediante transferencia, al beneficiariode la beca.

2. Los beneficiarios de las subvenciones reguladas en el presente decreto estarán exentos,en todo caso, de la obligación de presentar las correspondientes garantías para pagos an-ticipados.

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3. El órgano gestor de las ayudas, con carácter previo al abono de las mismas, comprobaráde oficio que los beneficiarios se hallan al corriente de sus obligaciones con la HaciendaAutonómica, siempre que el interesado confiera expresamente su autorización.

4. A efectos de justificación de las becas y, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 35.7 dela Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extre -madura:

a) Respecto a los alumnos de la Universidad de Extremadura, ésta comunicará a la Dire -cción General competente en materia de enseñanzas universitarias, una vez finalizadoel curso académico para el que se realizó la convocatoria de las becas, el nombre, ape-llidos y demás datos identificativos de los alumnos que hayan incurrido en las situa-ciones estipuladas en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo siguiente.

b) Respecto del resto de los alumnos, la Dirección General con competencia en materiade enseñanzas universitarias recabará Informe Académico Oficial, en el que figure elexpediente académico del solicitante, con indicación de la totalidad de las asignaturasaprobadas y suspensas (en su caso), con sus correspondientes créditos y calificacio-nes, referido al curso académico para el que se concedió la beca, una vez finalizado elmismo.

Dicha documentación deberá presentarse antes del treinta y uno de diciembre del últimoaño del curso de la convocatoria.

Artículo 12. Reintegro de la beca.

1. Procederá el reintegro de las cantidades totales percibidas, así como la exigencia del in-terés de demora desde el momento del pago de la beca, en los casos previstos en el ar-tículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónomade Extremadura y, entre otros, el incumplimiento de la finalidad para la que la beca fueconcedida o cambio de las condiciones por las que se concedió la beca. A estos efectos,se entenderá que no han destinado la beca para dicha finalidad los becarios que hayan in-currido en alguna de las siguientes situaciones:

a) Anulación de la matrícula.

b) No haber superado el cincuenta por ciento de los créditos matriculados, en convocato-ria ordinaria ni extraordinaria. Para el cálculo de este porcentaje se excluirán los cré-ditos convalidados, reconocidos o adaptados.

2. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, re-sultando de aplicación para su cobranza lo previsto en el artículo 20 de la Ley 5/2007, de19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura. El procedimiento de reintegrose efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título III de la Ley 6/2011,de 23 de marzo.

Artículo 13. Régimen jurídico.

Las ayudas reguladas en virtud del presente decreto se regirán por las disposiciones conteni-das en el mismo, lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la

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Comunidad Autónoma de Extremadura, así como por la normativa básica contenida en la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en lo que le afecte, las restantesdisposiciones de carácter básico del Estado.

Asimismo la Administración Autonómica queda sometida a las obligaciones que en materia depublicidad de subvenciones exige el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de GobiernoAbierto de Extremadura.

Disposición adicional única. Convocatoria de becas complementarias para el cursoacadémico 2013/2014, para alumnos de segundo y posteriores cursos.

1. Objeto. Aprobar la convocatoria para la concesión de becas complementarias para estu-diantes universitarios que, en el curso académico de la convocatoria, realicen segundo yposteriores cursos, conducentes a la obtención de un título oficial de Grado, Licenciado,Arquitecto e Ingeniero, en:

a) La Universidad de Extremadura.

b) Cualquier universidad pública del territorio español, siempre que dichos estudios, decarácter presencial, no sean impartidos en la Universidad de Extremadura, o no se hu-biera obtenido plaza en ella por no alcanzar la nota de corte correspondiente al cursoacadémico.

2. Beneficiarios: podrán ser beneficiarios de las becas los solicitantes que cumplan los re-quisitos generales que se refiere el artículo 6 del presente decreto.

En lo que respecta a la acreditación de matrícula completa se estará conforme a lo quedispone artículo 21.1 de la Resolución de 13 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estadode Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan becas de ca-rácter general para el curso 2013-2014. (BOE núm 198, de 19 de agosto de 2013).

3. Procedimiento de concesión y convocatoria: las presentes becas se convocan con carác-ter periódico, y se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente alde la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

La solicitud, de la ayuda, conforme al modelo que figura en el Anexo, podrá presentarseen cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 dediciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funcio-nes administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autó -noma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.

5. Documentación a presentar junto con la solicitud:

5.1. Los alumnos deberán acompañar:

Notificación que acredite la concesión de la beca de matricula, como único compo-nente, en el curso académico de la convocatoria, descargada de la Sede Electrónicadel Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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Documento de Alta de Terceros debidamente cumplimentado o copia del mismo encaso de estar dado de alta en el sistema de terceros. El solicitante de la beca debe-rá ser titular o cotitular de la cuenta bancaria.

5.2. Los alumnos que no autoricen a la Junta de Extremadura a obtener sus datos de ren-ta, patrimonio, identidad personal y residencia, deberán acompañar, además, certi-ficado de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, expe-dido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de todos los miembroscomputables de la unidad familiar del año anterior al de la convocatoria, así comofotocopias del Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad fa-miliar, y certificado de residencia familiar.

6. Órganos competentes para la ordenación e instrucción: serán los contemplados en el ar-tículo 8 del presente decreto.

7. Será competente para la resolución de la presente convocatoria la Consejera de Educacióny Cultura.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis me-ses desde la publicación de la correspondiente convocatoria. Transcurrido el plazo máxi-mo sin haberse comunicado la resolución de concesión, se podrá entender desestimada lasolicitud.

8. Composición de la Comisión de Valoración:

a) Presidente: titular de la Dirección General con competencia en materia de enseñanzasuniversitarias, o persona en quien delegue.

b) Vocales: las personas que ostenten las titularidades siguientes:

— Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo de la Universidad de Extremadura.

— Jefatura de Servicio competente en materia de enseñanzas universitarias.

— Jefatura de Servicio de Becas y Estudios de Posgrado de la Universidad de Extremadura.

— Jefatura de Sección de Becas y Estudios de Posgrado de la Universidad de Extre madura.

— Jefatura de Sección de Becas y Ayudas de la Dirección General competente en ma-teria de enseñanzas universitarias, que actuará además como Secretario.

9. Criterios de valoración y ponderación: serán los previstos en el artículo 9 del presente de-creto.

10. Crédito y aplicación presupuestaria: para el objeto de esta convocatoria se destina un im-porte máximo de setecientos mil quinientos euros (700.500,00 €), que se financiará concargo a la aplicación presupuestaria 13.03.222D.481, superproyecto 2000 13 03 9005,proyecto 2004 13 03 0005, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónomade Extremadura para el ejercicio 2014. La cuantía global de los créditos presupuestariosconsignados en esta convocatoria podrá aumentarse, hasta un veinte por ciento de lacuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea conse-cuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados

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ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abriruna nueva convocatoria y conforme al procedimiento previsto en el artículo 39.3 de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extre -madura.

11. A efectos de notificación, la resolución del procedimiento junto con los recursos que sepueden interponer, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. Dicha resolución con-tendrá la relación de becas concedidas y en su caso, de manera expresa, la desestima-ción del resto de solicitudes, recogiendo expresamente el carácter público de estas ayu-das. Todo ello estará a disposición de los interesados en las dependencias de la DirecciónGeneral competente en materia de enseñanzas universitarias. Así mismo, la resoluciónse publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,conforme dispone el artículo 10.4 del presente decreto.

12. Recursos: contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podráninterponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicta es-te acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación enel Diario Oficial de Extremadura. Podrá también interponerse directamente, en el plazode dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia deExtremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de enseñanzasuniversitarias para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el cumplimiento, de-sarrollo y ejecución de las normas contenidas en el presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 1 de abril de 2014.

El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

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ANEXO

SOLICITUD DE BECA DE RESIDENCIA PARA SEGUNDO CURSO Y POSTERIORES DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS DURANTE EL CURSO

ACADÉMICO 2013/2014

OBLIGATORIO ADJUNTAR LA NOTIFICACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA BECA DE MATRÍCULA, COMO ÚNICO COMPONENTE, DESCARGADA DE LA SEDE

ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

A DATOS PERSONALES Y FAMILIARES DEL SOLICITANTE

PRIMER APELLIDO: ................................................ SEGUNDO APELLIDO: .................................................

NOMBRE: ................................................................................. N.I.F. : …....................................

DOMICILIO FAMILIAR: .................................................................................................................................................

LOCALIDAD: ............................................................................................... C. POSTAL: …........................

FECHA DE NACIMIENTO: …................................... SEXO: H M TELÉFONO FIJO: …..................................

TELÉFONO MÓVIL: …................................ CORREO ELECTRÓNICO: ..…...............................................................

B ESTUDIOS

ESTUDIOS QUE REALIZA EN 2013/14: ….......................................................................................................

CURSO: (2º, 3º, 4º, 5º, 6º) ..…........................ (EXCLUIDO DE LA CONVOCATORIA 1º CURSO)

UNIVERSIDAD DONDE CURSA ESTUDIOS EN 2013/14 ............................................................................................

FACULTAD EN QUE CURSA ESTUDIOS EN 2013/14: ….........................................................................

LOCALIDAD: …......................................................................................................................................

C DATOS DE LA RESIDENCIA DEL ALUMNO DURANTE EL CURSO 2013/2014

PROPIEDAD DE LA UNIDAD FAMILIAR RESIDENCIA O COLEGIO PISO ALQUILADO

DOMICILIO: ........................................................................................... LOCALIDAD.................................

ENTIDAD OFICINA D.G. Nº CUENTA Sello de registro

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DECLARACIÓN RESPONSABLE:

- Que acepto las bases de la convocatoria para la que solicito la beca.

- Que quedo enterado de que la inexactitud de las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o

revocación de la beca.

- Que no me encuentro incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que estoy al corriente con mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

- Que tengo conocimiento de la incompatibilidad de estas becas y que en caso de obtener otra beca o ayuda procedente de cualquier administración o entidad pública, deberé comunicarlo a la Dirección General de Formación Profesional y Universidad.

- Que resido durante el curso académico de la convocatoria en localidad distinta a la de mi domicilio

familiar.

- SI NO Autorizo al órgano gestor a recabar los datos necesarios para la comprobación de

encontrarme al corriente de mis obligaciones con la Hacienda Autonómica.

(marque con una X, si el interesado no otorga autorización, deberá aportar el certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la hacienda autonómica ).

- SI NO Autorizo al órgano gestor a recabar los datos necesarios para determinar la renta y

patrimonio de mi unidad familiar e identidad y residencia de los miembros de la unidad familiar.

(marque con una X, si el interesado no otorga autorización, deberá acreditar los datos correspondientes ).

…........................................................, a .............. de ...................................... de 2014 Firma del solicitante (obligatorio) Fdo:

Protección de datos. – De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales serán objeto de un tratamiento automatizado e incorporados a la correspondiente aplicación informática, garantizando su protección y su tratamiento confidencial; asimismo, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley, y conforme al procedimiento establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de los datos facilitados mediante escrito dirigido a la Consejería de Educación y Cultura (Avda. Valhondo, s/n. 06800 Mérida) CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Dirección General de Formación Profesional y Universidad. (Avda. Valhondo, s/n, Edificio Mérida III Milenio, Módulo 5, planta 2, 06800 Mérida)

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2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2014, de la Dirección General deAdministración Local, Justicia e Interior, por la que se da publicidad a laResolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de la FunciónPública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que resuelve elconcurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionariosde Administración Local con habilitación de carácter nacional. (2014060724)

Por Resolución de 29 de octubre de 2013, de la Dirección General de la Función Pública delMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas se convocaba concurso unitario de provi-sión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal (pu-blicada en el BOE núm. 274, de 15 de noviembre de 2013 y en el Diario Oficial de Extremaduranúm. 233, de 3 de diciembre de 2013). Fue ampliada la convocatoria y efectuada correcciónde errores al texto de la citada resolución con fecha 29 de noviembre de 2013, publicada enel BOE núm. 303, de 19 de diciembre de 2013.

El artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, establece la atribución de competenciasque corresponde al Estado en materia de funcionarios de administración local con habilitaciónde carácter nacional, encomendándole la regulación de las especialidades correspondientes alas formas de provisión de puestos reservados a funcionarios de habilitación nacional, siendoel concurso, en todo caso, el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y corres-pondiendo a la Administración del Estado la convocatoria del concurso unitario.

La disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, mantiene vigentela normativa reglamentaria referida a los funcionarios de habilitación nacional en tanto no en-tre en vigor el reglamento previsto en el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, entodo aquello que no se aponga a los dispuesto en dicha ley.

El Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, que regula la provisión de puestos de trabajo re-servados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, deter-mina en su artículo 25 que el Ministerio para las Administraciones Públicas efectuará convo-catoria anual de concurso unitario, en cada subescala, para la provisión de aquellos puestosde trabajo vacantes reservados a concurso que no hubieran sido incluidos en la convocatoriaanual de concurso ordinario.

Los concursos unitarios se regirán por las bases que apruebe el Ministerio para las Administra -ciones Públicas, en función de los méritos generales y de acuerdo con las ComunidadesAutónomas, en su caso, respecto al requisito de la lengua propia y de los méritos determina-dos por ésta.

AUTORIDADES Y PERSONALII

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10673

El artículo 13 de la Orden de 10 de Agosto de 1.994, por la que se dictan normas sobre con-cursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilita-ción de carácter nacional establece que las Comunidades Autónomas publicarán la convocato-ria de concurso unitario con referencia a las vacantes correspondientes a su ámbito territorial.

En su virtud y en uso de las atribuciones conferidas, RESUELVO:

Dar publicidad a la Resolución de 5 de marzo de 2014 de la Dirección General de la FunciónPública por la que se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reser-vados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional respecto alas vacantes correspondientes al ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Mérida, a 26 de marzo de 2014.

El Director General de Administración Local, Justicia e Interior,SATURNINO CORCHERO PÉREZ

Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Función Pública, porla que se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reserva-dos a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

El Tribunal de valoración del concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservadosa funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, convocado porResolución de 29 de octubre de 2013 de la Dirección General de la Función Pública (publica-da en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 274, de 15 de noviembre de 2013) y Resolución de29 de noviembre de 2013, por la que se amplia y se corrigen errores de la anterior (publica-da en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 303, de 19 de diciembre de 2013), reunido el día21 de febrero de 2014, ha elevada a esta Dirección General propuesta de resolución de acuer-do con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en la ba-se octava de la convocatoria.

Esta Dirección General, de acuerdo con la anterior propuesta, según lo dispuesto en la basenovena de la convocatoria, cumplidas en la tramitación del concurso las normas reglamenta-rias establecidas en el citado Real Decreto 1732/1994, modificado por el Real Decreto834/2003, así como en las bases de la convocatoria y habiéndose observado el procedimien-to debido, en uso de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 256/2012, de 27 de ene-ro, ha resuelto:

Primero.

Excluir a los concursantes que a continuación se relacionan, por las causas que así mismo seindican:

a) Por haber renunciado en tiempo a los puestos solicitados en el concurso:

Apellidos y nombre DNI

Aguilar Almansa, María Pilar 5628766

Bousoño López, Carlos 50147302

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Calvo Martín, Lucía 3888072

Canet Viveer, Juan Ramón 73912644

Castillo Martín, Francisco 24151510

Cobo Navarrete, Ildefonso 26010762

Esque Rubiol, Antonio 40867782

Galindo Mateo, Isabel 13168794

García Requena, Honorio 21466176

Gisbert Coll, María Teresa 77899566

González Sánchez, Juan Miguel 2698251

Lizan González, Antonio 5659764

Martínez Varela, Manuel 34625865

Mateu Bea, Josep Jaume 40859824

Miguel Astorga, Francisco Javier de 50824949

Montiel Solsona, Efrén Manuel 13071635

Munar Miquel, Catalina 43016490

Pagola Lagarde, José María 15908195

Pérez López, José Luís 5210857

Sande Tundidor. Ricardo de 1935563

Sanz Llavallol, José Damián 7447384

Sevilla Nohales, María Isabel 4545287

Taboada Hervella, Luis 46896367

b) Por estar incursos en la prohibición contenida en la base segunda, apartado 3d) de laResolución de convocatoria:

Apellidos y nombre DNI

Infante Gómez, Eduardo 48931329

Pros Francesch, Francisco 39658783

c) Por no solicitar puestos que, según su clasificación, correspondan a la Subescala y cate-goría de pertenencia, en los términos previstos en la base segunda, apartado 1, de laResolución de convocatoria:

Apellidos y nombre DNI

Cavero Ramírez, María Teresa 73244453

Olalla Montalvo, José Manuel 4589024

Rubio Samprón, José 36888278

d) Por incumplimiento del plazo establecido en la base tercera, para poder tomar parte en elconcurso:

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10675

Apellidos y nombre DNI

Pros Francesch, Francisco 39658783

Rodríguez de la Calle, Juan Gabriel 5369934

Segundo.

Excluir de la adjudicación los puestos que se relacionan a continuación, por las causas queasimismo se indican:

a) Por haber sido suprimidos, agrupados, desagrupados o modificada su clasificación por elórgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente:

(No afecta a puestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura)

b) Por estar ocupado con carácter definitivo:

(No afecta a puestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura)

c) Por suspensión judicial de la convocatoria mediante Auto de 24 de enero de 2014, delTribunal Superior de Justicia de Madrid, (Sala de lo Contencioso-administrativo, SecciónSéptima):

(No afecta a puestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura)

Tercero.

Adjudicar los puestos incluidos en la convocatoria en los términos que se determinan en elAnexo adjunto.

Se efectúa adjudicación, de acuerdo con la propuesta del Tribunal de valoración, a los fun-cionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que, estando obliga-dos a concursar, tal como establece la base segunda de la convocatoria, no han efectuado so-licitud alguna, así como a los que aún habiendo concursado, no han solicitado todos los puestosde su Subescala y categoría.

El resto de los puestos convocados, que no figuran en el Anexo de esta Resolución, han que-dado desiertos tras la fase de coordinación.

Cuarto.

1. El plazo de toma de posesión de los funcionarios nombrados por la presente Resoluciónserá de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de unmes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efec-tuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del pre-sente concurso en el “Boletín Oficial del Estado”.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión de-berá computarse desde dicha publicación.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10676

2. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que,en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

3. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporacionesen que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la tomade posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta delacuerdo al órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas de origen, y en su ca-so, de destino.

Quinto.

Las Entidades Locales deberán remitir al órgano correspondiente de la Comunidad Autónomarespectiva, copia del acta de toma de posesión y cese dentro de los tres días hábiles siguientesa aquél en que se produzcan.

Sexto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potes-tativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o re-curso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justiciade Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, así como en los artículos10 i) y 14.2 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Séptimo.

En la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas(http://www.seap.minhap.gob.es/index.html), (Función Publica) se ofrece información adi-cional sobre este procedimiento.

Madrid, 5 de marzo de 2014. La Directora General de Función Pública, Carmen Sánchez-CortésMartín.

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ANEXO

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

AGRUPACIÓN SECRETARÍA DE CLASE 3ª

Badajoz

Agrupación de Secretaría.- Acedera Muñoz Barrios, Antonio DNI 44365432

Agrupacion de Secretaría.- Mengabril

Panea Fernández, Laura DNI 76251309

Agrupacion de Secretaría.- Villar de Rena

González García, María DNI 80079695

Cáceres

Agrupación de Secretaría.- Mata de Alcántara

Hernández Padrón. Pedro Jesús DNI 78628616

INTERVENCIÓN DE CLASE 2ª

Cáceres

Ayuntamiento.- Montehermoso

González Jiménez,Lorena DNI 76111835

SECRETARIA DE CLASE 2ª

Badajoz

Ayuntamiento.- Olivenza

Huelga Zapico,Ana DNI 32879849

Cáceres

Ayuntamiento.- Arroyo de la Luz

Cruz Morgado, Antonio DNI 74682484

SECRETARIA DE CLASE 3ª

Badajoz

Ayuntamiento.- Cabeza la Vaca Gómez García, Jesús DNI 53537303

Ayuntamiento.- Calera de León

Carmona García, Virginia DNI 28752206

Ayuntamiento.- Capilla

Fernandez Trinidad, Inmaculada DNI 52359388

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Ayuntamiento.- Casas de Don Pedro

Tena Parejo, Antonio DNI 76227332

Ayuntamiento.- Higuera de Llerena Lopez Serrano, Victoria DNI 30967740

Ayuntamiento.- Lapa(La) Martinez Amaya, María del Mar DNI 31694687

Ayuntamiento.- Manchita Rodríguez González,Jesús Alonso DNI 80070286

Ayuntamiento.- Morera (La)

Ruiz Estrada, Ana María DNI 48968712

Ayuntamiento.- Oliva de Mérida

Soto Mogio, Agustina DNI 08859232

Ayuntamiento.- Peraleda del Zaucejo

Porras Priego, Joaquín DNI 34027186

Ayuntamiento.- Puebla de Alcocer

Camacho Risco, Emilia DNI 53267624

Ayuntamiento.- Risco

Lopez Ruiz, Carmen DNI 30955827

Ayuntamiento.- Valdetorres

Flores Cajade , Elisa DNI 07018109

Cáceres

Ayuntamiento.- Belvis de Monroy

Tallón García, Jesús DNI 35470211

Ayuntamiento.- Cuacos de Yuste

Corton Fernádez, Ana DNI 33346049

Ayuntamiento.- Garganta la Olla

Alvarez Blanco, Carolina DNI 76730267

Ayuntamiento.- Gata

Márquez Silva, Vidal DNI 28965357

Ayuntamiento.- Jerte

Cabezas de Luque, Francisco José DNI 76235967

Ayuntamiento.- Majadas

López Ares, Enmanuel DNI 34899227

Ayuntamiento.- Navezuelas Mayol Sánchez, Belén DNI 45561037

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10679

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sedispone la publicación del texto del Acta de la Comisión Negociadora de fecha1 de noviembre de 2013, acordando prórroga del vigente Convenio Colectivode la empresa “Butagas, SA” para los años 2013 a 2015. (2014060685)

Visto el texto del Acuerdo de la comisión negociadora acordando prórroga del vigente ConvenioColectivo de la empresa “Butagas, SA” para los años 2013 a 2015 (código de convenio06000092011985), que fue suscrito con fecha 1 de noviembre de 2013, de una parte, por re-presentante de la empresa, y de otra, por el delegado de personal en representación de lostrabajadores.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Le gis -lativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatutode los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito deconvenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el quese crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónomade Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 18 de marzo de 2014.

La Directora General de Trabajo,MARÍA DE LOS ÁNGELES MUÑOZ MARCOS

OTRAS RESOLUCIONESIII

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ACTAS DE REVISIÓN DEL CONVENIO DE EMPRESA DE BUTAGAS, SA

Badajoz a 1 de noviembre de 2013.

Reunidos el Gerente de la empresa D.ª María Soledad Nieto García, en representación em-presarial de una parte y el Delegado de Personal D. Juan Pinto Rodríguez en representaciónde los trabajadores por UGT.

ACUERDAN:

Visto: El contenido del convenio colectivo de la empresa Butagas, SA, con código de conve-nio 0600092011985 de fecha 31 de marzo de 2011 (DOE 11-10-2011), se acuerda negociarla prórroga y revisión salarial para el año 2013, 2014 y 2015 del convenio del convenio co-lectivo de empresa, en base al siguiente articulado:

Artículo 1. Prórroga.

Se acuerda por ambas partes la prórroga para el año 2013 a 2015 del presente convenio co-lectivo Convenio que afecta a los trabajadores que presten servicio en la empresa Butagas,SA, así como los que se incorporen a ella durante la vigencia del mismo, modificándose losartículos que de indican a continuación:

Artículo 2. Vigencia.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 3 del convenio colectivo de empresa Butagas, SA,queda redactado en los siguientes términos: El presente convenio entrará en vigor al día si-guiente de su publicación y tendrá una duración de 3 años, desde el 1 de enero de 2013 has-ta el 31 de diciembre de 2015, las retribuciones salariales pactadas para las distintas cate-gorías profesionales se retrotraerán a 1 de enero de 2013. Este convenio queda denunciadode forma automática por ambas partes el día 1 de enero de 2016, sin necesidad de comuni-cación por escrito.

El inicio de las negociaciones del Convenio Colectivo para el año 2016 deberá realizarse an-tes del día uno de abril de dicho año.

Artículo 3. Revisión salarial.

Se modifica el Articulo 5 del convenio colectivo de empresa Butagas, SA, en cuanto a las re-tribuciones pactadas para el año 2013 a 2015 para las distintas categorías afectadas por elpresente convenio, y que figuran expuestas en los Anexos que al final se acompañan, con-sistentes en un incremento salarial del 1 % para el año 2013 sobre la tabla salarial del año2012, el 2 % para el año 2014 sobre las tablas salariales del año 2013, y del 2,5 % para elaño 2015 sobre las tablas salariales del 2014. Los atrasos correspondientes al año 2013 quese devenguen como consecuencia de la publicación de este convenio se harán efectivos concarácter retroactivo al 1 de enero del 2013, y deberán ser abonados en el plazo de 30 días acontar desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del presente convenio.

Artículo 4. Comisión de reparto.

Se acuerda por ambas partes la congelación con respecto al año 2012 del importe pactado enel Artículo 8 del convenio colectivo del empresa Butagas, SA, de la comisión por carga a los

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10681

trabajadores encargados del reparto de botellas a domicilio, que percibirán una comisión porcarga vendida en el domicilio de los usuarios, cuya cuantía se determinará mediante nego-ciación entre la empresa y los representantes de los trabajadores o con estos mismos en ca-so de no existir aquéllos. Para el año 2013, 2014 y 2015 se establece un importe de comi-sión de 0,096 €. Se respetarán en todo caso las cantidades que por este concepto se vengaabonando en la empresa.

Artículo 5. Comisión Paritaria.

El artículo 24 referente a la Comisión Paritaria, se mantiene en los mismos términos. La co-misión constituida para la interpretación y vigencia de lo pactado en este convenio estará in-tegrada por parte de la empresa por María de la Soledad Nieto García con DNI 08829551N.Y por la parte de los trabajadores el delegado de personal D. Juan Pinto Rodríguez 8757411T.La sede de esta comisión estará ubicada en el domicilio de la empresa c/ Muñoz Torrero, 17.06001 Badajoz.

Artículo 6. Autorización.

Las partes acuerdan que para proceder a la publicación de la presente Acta de prórroga deConvenio y Revisión Salarial para el año 2013, 2014 y 2015 del convenio colectivo de Trabajode la empresa “Butagas, SA” en el Diario Oficial de Extremadura y se presente ante esa con-sejería la documentación preceptiva para dicho registro autorizan: a D. José Manuel SopaGallego, con DNI 8.847.446J para su presentación a través de medios telemáticos o que seanprecisos para su publicación.

Anexo 1:

Tabla salarial del Convenio Colectivo de Trabajo de “Butagas, SA”, incrementando en un 1 %el salario pactado desde el día 01-1-2013 hasta el día 31-12-2013, quedando la tabla salarialde la siguiente manera:

TABLAS SALARIALES DE LA EMPRESA BUTAGAS, SA

CATEGORÍAS SALARIO MENSUAL SALARIO ANUAL

GERENTE 1.405,55 21.083,25

ENCARG. ALMACÉN 885,71 13.285,65

JEFE MECÁNICO 885,71 13.285,65

DPTE. MAYOR 885,71 13.285,65

TELEFONISTA 885,71 13.285,65

OF. 1.ª MECÁNICO 885,71 13.285,65

OF. 2.ª MECÁNICO 885,71 13.285,65

MECÁNICO 885,71 13.285,65

COND. REPARTIDOR 885,71 13.285,65

CONDUCTOR 885,71 13.285,65

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10682

Anexo 2:

Tabla salarial del Convenio Colectivo de Trabajo de “Butagas, SA”, incrementando en un 2 %el salario pactado desde el día 01-1-2014 hasta el día 31-12-2014, quedando la tabla salarialde la siguiente manera:

TABLAS SALARIALES DE LA EMPRESA BUTAGAS, SA

CATEGORÍAS SALARIO MENSUAL SALARIO ANUAL

GERENTE 1.433,66 21.504,90

ENCARG. ALMACÉN 903.42 13.551,30

JEFE MECÁNICO 903.42 13.551,30

DPTE. MAYOR 903.42 13.551,30

TELEFONISTA 903.42 13.551,30

OF. 1.ª MECÁNICO 903.42 13.551,30

OF. 2.ª MECÁNICO 903.42 13.551,30

MECÁNICO 903.42 13.551,30

COND. REPARTIDOR 903.42 13.551,30

CONDUCTOR 903.42 13.551,30

Anexo 3:

Tabla salarial del Convenio Colectivo de Trabajo de “Butagas, SA”, incrementando en un2,5 % el salario pactado desde el día 01-1-2015 hasta el día 31-12-2015, quedando la tablasalarial de la siguiente manera:

TABLAS SALARIALES DE LA EMPRESA BUTAGAS, SA

CATEGORÍAS SALARIO MENSUAL SALARIO ANUAL

GERENTE 1.469,50 22.042,50

ENCARG. ALMACÉN 926,01 13.890,15

JEFE MECÁNICO 926,01 13.890,15

DPTE. MAYOR 926,01 13.890,15

TELEFONISTA 926,01 13.890,15

OF. 1.ª MECÁNICO 926,01 13.890,15

OF. 2.ª MECÁNICO 926,01 13.890,15

MECÁNICO 926,01 13.890,15

COND. REPARTIDOR 926,01 13.890,15

CONDUCTOR 926,01 13.890,15

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10683

Y para que conste a los efectos oportunos firman el presente acuerdo en Badajoz a 1 de no-viembre de 2013.

Fdo. Rpte. Empresa Fdo. Rpte. Trabajadores

D. María Soledad Nieto García D. Juan Pinto Rodríguez

• • •

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10684

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sedispone la publicación del Acta, de fecha 29 de enero de 2014, suscrita porla Comisión Paritaria del “Convenio Colectivo de Trabajo para las Industriasde la Madera para la provincia de Cáceres”, en la que se establece elcalendario laboral para el año 2014 aplicable en el ámbito de actuación delcitado convenio. (2014060686)

Visto el texto del Acta, de fecha 29 de enero de 2014, suscrita por la Comisión Paritaria del“Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Madera para la provincia de Cáceres”(código de convenio 10000765011996), en la que se establece el calendario laboral para elaño 2014 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio, y de conformidad con lodispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdoscolectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro deConvenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 18 de marzo de 2014.

La Directora General de Trabajo,MARÍA DE LOS ÁNGELES MUÑOZ MARCOS

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ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE INDUSTRIAS DE LA MADERA PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES

En Cáceres, siendo las 13:00 h. del día 29 de enero de 2014, se reúnen en los salones dereuniones de la Federación Empresarial Cacereña representantes de las Centrales Sindicalesmás representativas del sector para la provincia de Cáceres, así como miembros de laAsociación FEDEXMADERA-Federación Empresarial Cacereña, como organización empresarialmás representativa, todos ellos componentes de la comisión paritaria del convenio de refe-rencia, quedando la mesa compuesta como sigue:

Parte social:

MCA-UGT

D. Miguel Talavera Gilete

D. Francisco Morcillo Pereiro

Parte empresarial:

FEDEXMADERA

Antonio Leal Borreguero

Pedro Rosado Alcántara

FECOMA-CCOO:

Jacinto Mellado García

Seguidamente se acuerda por todos los presentes el nombramiento de D. Pedro RosadoAlcántara como secretario de la comisión paritaria. Se procede a adecuar el calendario labo-ral de los trabajadores del sector a la jornada que se pactó en el Convenio Estatal de la Maderaacordándose las fiestas de convenio a añadir a las oficiales en la Comunidad de Extremadurapara el año 2014 que conformarán el calendario del convenio (que se acompaña como AnexoI) el cual tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por las empresasdel sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes legales de los trabajado-res, respetando la jornada anual establecida en el Convenio colectivo de 1752 horas.

Los días festivos de convenio acordados como consecuencia del exceso de jornada, tienen ca-rácter abonable y no recuperable, además de no ser computables a los efectos del disfrute devacaciones, siendo estos los que a continuación se detallan:

— 21 de abril.

— 2 de mayo.

— 14 de agosto.

— 24, 26, 29, 30 y 31 de diciembre.

— Un día durante las ferias y fiestas de cada localidad que en el caso de la ciudad de Plasenciaserá el 16 junio y en Cáceres el 29 de mayo.

En las empresas en las que se haya disfrutado como festivo de convenio los días 2 y 3 deenero no tendrán derecho al disfrute del 29 y 30 de diciembre.

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Si algún día Festivo de Convenio coincidiese con fiesta local, el Festivo de Convenio pasaríaa disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local. De los 30días de vacaciones anuales al menos 21 de ellos serán laborables. En el supuesto de que enalguna localidad coincidiese una fiesta local con Sábado o Domingo, pasaría declararse díafestivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.

Por último se acuerda remitir el presente acuerdo con el calendario resultante a la DirecciónGeneral de Trabajo de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación del Gobierno deExtremadura, para su registro y orden de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, fa-cultando para su presentación a Fidel Pozas Martín.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 13:30 h. en el lugar y fecha arriba in-dicados. Firmando los presente en todas su páginas.

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ANEXO I

Industrias de la Madera Provincia de Cáceres

Calendario Laboral Año 2014

ENERO FEBRERO MARZO L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

FN 2 3 4 5 1 2 1 2 FN 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8 9

13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 10 11 12 13 14 15 16

20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 17 18 19 20 21 22 23

27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27 28 29 30

31

ABRIL MAYO JUNIO L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 6 FN FC 3 4 1

7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8

14 15 16 FN FN 19 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15 FC 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22

28 29 30 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29

30

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 6 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7

7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 FA 9 10 11 12 13 14

14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 FC FN 16 17 15 16 17 18 19 20 21

21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28

28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 31 29 30

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 FN 2 1 2 3 4 5 FN 7

6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 FN 9 10 11 12 13 14 FN 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 15 16 17 18 19 20 21

20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 22 23 FC FN FC 27 28

27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 29 30 FC FC FC

Código de Colores FN Festivos Nacionales

FA Festivo Autonómico

FC Festivo Convenio

JORNADA LABORAL ANUAL 2014

Horas de Trabajo Efectivo 1824

Horas de Trabajo Convenio 1752

Diferencia: 72/8 = 9 Días

• • •

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RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sedispone la publicación del texto del Acta de la Comisión Negociadora defecha 3 de febrero de 2014, acordando la modificación de los artículos 3, 4,5 y 38 del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa “Eco LimpiezaExtremadura, SL”. (2014060701)

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora acordando la modificación de los artí-culos 3, 4, 5 y 38 del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa “Eco Limpieza Extremadura,SL” (código de convenio 06100121012014), que fue suscrito con fecha 3 de febrero de 2014,de una parte, por representantes de la empresa, y de otra, por el Comité de Empresa en re-presentación de los trabajadores.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real DecretoLegislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley delEstatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depó-sito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, porel que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la ComunidadAutónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 18 de marzo de 2014.

La Directora General de Trabajo, MARÍA DE LOS ÁNGELES MUÑOZ MARCOS

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• • •

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10691

RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2014, de la Dirección General de Trabajo,por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sedispone la publicación del texto del Acta de la Comisión Paritaria de fecha29 de enero de 2014, aprobando la adecuación del calendario laboral a lajornada que se pactó en el convenio estatal de la madera, sobre el ConvenioColectivo de Trabajo de “Industrias de la Madera de la provincia deBadajoz”. (2014060702)

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión Paritaria aprobando la adecuación del calendario la-boral a la jornada que se pactó en el convenio estatal de la Madera para el año 2014, relati-vo al Convenio Colectivo de trabajo “Industrias de la madera de la provincia de Badajoz” (có-digo de convenio 06000345011981), que fue suscrito con fecha 29 de enero de 2014, de unaparte, por FEDEXMADERA en representación de las empresas del sector, y de otra, por MCA-UGT y FECOMA-CCOO en representación de los trabajadores afectados.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real DecretoLegislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley delEstatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depó-sito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, porel que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la ComunidadAutónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajode la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 19 de marzo de 2014.

La Directora General de Trabajo,MARÍA DE LOS ÁNGELES MUÑOZ MARCOS

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10692

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE INDUSTRIAS DE LA MADERA PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ

En Cáceres, siendo las 13:30 h. del día 29 de enero de 2014, se reúnen en los salones dereuniones de la Federación Empresarial Cacereña representantes de las Centrales Sindicalesmás representativas del sector para la provincia de Badajoz, así como miembros de laAsociación FEDEXMADERA-Federación Empresarial Cacereña, como organización empresarialmás representativa, todos ellos componentes de la comisión paritaria del convenio de refe-rencia, quedando la mesa compuesta como sigue:

Parte social:

MCA-UGT

D. Miguel Talavera Gilete

D. Francisco Morcillo Pereiro

Parte empresarial:

FEDEXMADERA

Antonio Gallego Velarde

Pedro Rosado Alcántara

FECOMA-CCOO:

Jacinto Mellado García

Seguidamente se acuerda por todos los presentes el nombramiento de D. Pedro RosadoAlcántara como secretario de la comisión paritaria. Se procede a adecuar el calendario labo-ral de los trabajadores del sector a la jornada que se pactó en el Convenio Estatal de la Maderaacordándose las fiestas de convenio a añadir a las oficiales en la Comunidad de Extremadurapara el año 2014 que conformarán el calendario del convenio (que se acompaña como AnexoI) el cual tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por las empresasdel sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes legales de los trabajado-res, respetando la jornada anual establecida en el Convenio colectivo de 1752 horas.

Los días festivos de convenio acordados como consecuencia del exceso de jornada, tienen ca-rácter abonable y no recuperable, además de no ser computables a los efectos del disfrute devacaciones, siendo estos los que a continuación se detallan:

— 21 de abril.

— 2 de mayo.

— 14 de agosto.

— 24, 26, 29 ,30 y 31 de diciembre.

— Un día durante las ferias y fiestas de cada localidad.

En las empresas en las que se haya disfrutado como festivo de convenio los días 2 y 3 deenero no tendrán derecho al disfrute del 29 y 30 de diciembre.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10693

Si algún día Festivo de Convenio coincidiese con fiesta local, el Festivo de Convenio pasaríaa disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local. De los 30días de vacaciones anuales al menos 21 de ellos serán laborables. En el supuesto de que enalguna localidad coincidiese una fiesta local con Sábado o Domingo, pasaría declararse díafestivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.

Por último se acuerda remitir el presente acuerdo con el calendario resultante a la DirecciónGeneral de Trabajo de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación del Gobierno deExtremadura, para su registro y orden de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, fa-cultando para su presentación a Fidel Pozas Martín.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 14:00 h. en el lugar y fecha arriba in-dicados. Firmando los presente en todas su páginas.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10694

ANEXO I

Industrias de la Madera Provincia de Badajoz

Calendario Laboral Año 2014

ENERO FEBRERO MARZO L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

FN 2 3 4 5 1 2 1 2 FN 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8 9

13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 10 11 12 13 14 15 16

20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 17 18 19 20 21 22 23

27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27 28 29 30

31

ABRIL MAYO JUNIO L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 6 FN FC 3 4 1

7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8

14 15 16 FN FN 19 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15 FC 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22

28 29 30 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29

30

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 6 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7

7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 FA 9 10 11 12 13 14

14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 FC FN 16 17 15 16 17 18 19 20 21

21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28

28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 31 29 30

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D

1 2 3 4 5 FN 2 1 2 3 4 5 FN 7

6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 FN 9 10 11 12 13 14 FN 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 15 16 17 18 19 20 21

20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 22 23 FC FN FC 27 28

27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 29 30 FC FC FC

Código de Colores FN Festivos Nacionales

FA Festivo Autonómico

FC Festivo Convenio

JORNADA LABORAL ANUAL 2014

Horas de Trabajo Efectivo 1824

Horas de Trabajo Convenio 1752

Diferencia: 72/8 = 9 Días

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CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la quese da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social,el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Trujillanos por el que se articula unasubvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores ensituación de dependencia en centro de día. (2014060721)

Habiéndose firmado el día 26 de diciembre de 2013, el Convenio entre la Consejería de Saludy Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Trujillanos por el que se articula una subvención para elmantenimiento de plazas para personas mayores en situación de dependencia en centro dedía, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de no-viembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de laComunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figuracomo Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 31 de marzo de 2014.

La Secretaria General,PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación

(Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto),M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL, EL SERVICIOEXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Y EL AYUNTAMIENTO DE TRUJILLANOS POR EL QUE SE ARTICULA UNA SUBVENCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE PLAZAS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA EN CENTRO DE DÍA.

En Mérida, 26 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. Luis Alfonso Hernández Carrón, que interviene en nombre y representaciónde la Consejería de Salud y Política Social, en su condición de titular de la misma, en virtudde las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos delServicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), de-bidamente facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta deExtremadura en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2013.

De otra parte, D.ª Cristina Herrera Santa Cecilia, que interviene en nombre y representacióndel Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),en su calidad de Directora Gerente, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artícu-lo 5 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del ServicioExtremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

Y de otra, D./D.ª Ana María Gómez Valhondo que actúa en nombre y representación delAyuntamiento de Trujillanos con CIF P0613500H en el ejercicio de las facultades que tieneatribuidas por Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 26/09/2013.

Reconociéndose las partes capacidad y legitimación suficiente para celebrar el presente convenio.

MANIFIESTAN

PRIMERO.

Que la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 apartado 27del Estatuto de Autonomía de Extremadura, dispone de competencia exclusiva en materia deacción social; correspondiendo al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía yAtención a la Dependencia (SEPAD), las competencias de administración y gestión de servi-cios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de laComunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de di-ciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación deDependencia.

Que el Ayuntamiento de Trujillanos en virtud del artículo 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 deabril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce competencias, en los términos de lalegislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en prestación de los servicios socia-les y de promoción y reinserción social.

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SEGUNDO.

Que la Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales, señala que corresponde a la Juntade Extremadura la planificación de los servicios sociales existentes en la ComunidadAutónoma, así como la coordinación con los adscritos a otras áreas o administraciones.

TERCERO.

Que la coordinación entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Trujillanos parala prestación de los servicios de atención a personas mayores en situación de dependen-cia se debe regir por el principio de cooperación y colaboración, actuando bajo los crite-rios de eficiencia y servicio a los ciudadanos; según establece el artículo 46 de la Ley1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónomade Extremadura.

Que el presente convenio implica, en ejercicio de la competencia de ambas partes, la deriva-ción de obligaciones y derechos para las mismas.

CUARTO.

La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, establece en su artículo 22.4,c) que podrán concederse de forma directa, sinconvocatoria previa, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten ra-zones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadasque dificulten su convocatoria pública; considerando supuestos excepcionales de concesióndirecta, conforme a lo señalado por el artículo 32.1 b), aquellos en que el perceptor sea unaentidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genérica-mente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las Corporaciones Locales y a laComunidad autónoma.

QUINTO.

Que la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de laAutonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Trujillanos coinciden en la pres-tación de los servicios de atención a las personas mayores y en situación de dependencia, yconvienen en la necesidad de desarrollar conjuntamente medidas que satisfagan el interés delas personas y colectivos a los que atienden. Por ello, actuando con capacidad jurídica sufi-ciente y en ejercicio de las competencias atribuidas por las leyes acuerdan en celebrar el pre-sente convenio, que se desarrollará de acuerdo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

Constituye el objeto del presente convenio instrumentar la subvención que concede laConsejería de Salud y Política Social al Ayuntamiento de Trujillanos para la financiación de lagestión y mantenimiento de 5 plazas de personas mayores en situación de dependencia en elCentro de Día, de titularidad municipal desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembrede 2016.

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SEGUNDA. OBLIGACIONES.

El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),cede la capacidad de gestión de acceso de la totalidad de las plazas financiadas con cargo alpresente convenio para su libre disposición por el Ayuntamiento.

La Consejería de Salud y Política Social aportará la cantidad expresada en la Cláusula Terceradel Convenio, sin que asuma ningún tipo de responsabilidad respecto a la gestión, contrata-ciones o demás compromisos que la Entidad Local pueda adquirir en la gestión de las plazas.

El Ayuntamiento estará obligado a cumplir durante toda la vigencia del presente convenio las con-diciones y requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de autorización de centros.

El Decreto 222/2008 por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promociónde la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), asigna a este Ente Público, así como ala Consejería competente, las funciones de planificación, coordinación y control del cumpli-miento de la normativa del objeto del presente convenio. En virtud de esas competencias y desus necesidades organizativas, el SEPAD, mediante resolución del titular de la DirecciónGerencia, podrá optar por la no cobertura de algunas de las plazas que pudieran resultar va-cantes, con un máximo de un 10 % para cada uno de los años, sobre la totalidad de las pla-zas reflejadas en la cláusula primera. En dicha resolución se hará constar la disminución delnúmero de plazas llevada a cabo así como la disminución del importe de la subvención.

TERCERA. CUANTÍA.

La Consejería de Salud y Política Social contribuirá a la financiación de las plazas señaladasaportando, para el servicio de Centro de día una cuantía individualizada de seis mil cien euros(6.100,00 euros por usuario y año completo), lo que supone un importe total de 91.500 eu-ros, (∑2014-2016) con cargo a las siguientes Aplicaciones Presupuestarias de los PresupuestosGenerales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2014, 2015 y 2016:

ANUALIDAD APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO IMPORTE

2014 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 30.500

2015 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 30.500

2016 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 30.500

TOTAL CONVENIO 91.500

El presente convenio estará sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito ade-cuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadurapara las anualidades 2014-2016.

Los importes a liquidar cada anualidad se adecuarán al número de plazas realmente conve-niadas y serán proporcionales al número de días efectivamente ocupados por los usuarios.

CUARTA. FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN.

La aportación económica de la Junta de Extremadura, será abonada en los términos que secitan a continuación:

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APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2014:

— Un 50 % de la cantidad total, señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, se efec-tuará tras la entrada en vigor del presente convenio, previo cumplimiento de lo dispues-to en la cláusula Undécima.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque para esta anualidad se establece en la citada cláusula.

— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2015:

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan-tía que para la anualidad de 2014 se establece en la citada cláusula o de la cuantía queresulte de la liquidación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en las cláusu-las segunda y tercera.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 25 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2016:

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan-tía que para la anualidad de 2015 se establece en la citada cláusula o de la cuantía queresulte de la liquidación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en las cláusu-las segunda y tercera.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 25 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

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— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, altener la subvención varias anualidades, las cantidades anticipadas o a cuenta subsiguientesa la primera anualidad, estarán supeditadas a la justificación previa de la anualidad anterior,previa liquidación de conformidad con lo previsto en la cláusula tercera.

Así mismo, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del citado artículo, el Ayuntamiento es-tá exento de presentar garantías.

La acreditación de gastos y pagos realizados a que se refieren lo párrafos anteriores, se efec-tuará mediante certificaciones expedidas por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento conel V.º B.º del Alcalde.

El Ayuntamiento gestor conservará las facturas originales acreditativas de los gastos y pagosrealizados a disposición de la Consejería de Salud y Política Social y de la Intervención Generalde la Junta de Extremadura.

En el plazo de quince días desde la recepción de los anteriores fondos, el Ayuntamiento de-berá remitir a la Consejería de Salud y Política Social Certificado expedido por el Secretario-Interventor acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso de su importe con des-tino a la finalidad para la que ha sido concedida.

Las justificaciones deberán aportarse a la Consejería de Salud y Política Social con antelaciónsuficiente para que se efectúen los abonos dentro del ejercicio económico en curso, debien-do presentarse los justificantes y resto de documentación para el abono del último 25 % dela subvención a conceder antes del 30 de noviembre de cada una de las anualidades por lasque se firma el presente convenio.

Asimismo, el Ayuntamiento gestor presentará en la citada Dirección Gerencia, antes del 31de marzo siguiente a aquel al que venga referido cada una de las anualidades por las que sefirma el presente convenio, certificación anual expedida por el Secretario-Interventor de laEntidad de la totalidad de los gastos y pagos así como una memoria comprensiva de la ges-tión y funcionamiento del Centro durante la anualidad correspondiente.

El importe de las subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la ac-tividad subvencionada, por lo que si tras el examen de la justificación anual se desprende quela totalidad de los ingresos obtenidos para la financiación de la actividad subvencionada su-pera la totalidad de los gastos y pagos, la Consejería de Salud y Política Social procederá aexigir el reintegro que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

QUINTA. VIGENCIA.

El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2014, extendiendo su vigencia hastael 31 de diciembre de 2016; sin perjuicio de que la tramitación anticipada del gasto permitala suscripción en fecha anterior al inicio de su vigencia.

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SEXTA. COBERTURA DE PLAZAS.

La cobertura de las plazas objeto del presente Convenio, financiadas por la Consejería de Saludy Política Social en el Centro se regirá por lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de di-ciembre, y el Decreto 88/1996, de 4 de junio, por el que se regula el régimen de acceso a losCentros Residenciales de la Consejería de Bienestar Social para personas mayores, o en lanormativa aplicable que pudiera resultar de aplicación durante la vigencia del presenteConvenio sobre ingreso en centros de personas mayores o en situación de dependencia.

Siempre que se produzca una baja el Ayuntamiento deberá notificarlo en el plazo de las se-tenta y dos horas siguientes a la Dirección Gerencia del SEPAD.

SÉPTIMA. RÉGIMEN APLICABLE.

El régimen jurídico aplicable a los usuarios será el mismo que el establecido por la normati-va vigente en cada momento para los usuarios de los centros de gestión directa adscritos alSEPAD.

OCTAVA. LIQUIDACIÓN DE ESTANCIAS.

Los usuarios abonarán el precio público correspondiente a los usuarios de los Centros de ges-tión directa del SEPAD, o en su caso, la cuantía que resulte de aplicación de acuerdo con lanormativa vigente en cada momento.

NOVENA. OTRAS OBLIGACIONES.

1. A la firma del presente Convenio, el Ayuntamiento gestor enviará a la Dirección Gerenciadel SEPAD y a la Gerencia Territorial correspondiente del SEPAD, firmada por el Secretarioy el Trabajador Social del Ayuntamiento, relación de personas mayores y en situación dedependencia que tengan la condición de usuarios de las plazas, con indicación del preciopúblico que abonan los usuarios. Actualizándose dicha relación con carácter trimestral, asícomo las altas y bajas producidas.

Las personas que accedan a las plazas de centro de día para personas en situación de de-pendencia de libre designación por parte del Ayuntamiento deberán contar con la debidaresolución de reconocimiento de su situación de dependencia. En estos casos, la relacióntrimestral deberá incluir, respecto de cada uno de estos usuarios:

— Su capacidad económica.

— La cifra del precio público a abonar por el usuario (€/mes).

— El precio de referencia de la plaza (€/mes).

Esta relación deberá venir acompañada de cada una de las resoluciones de concesión deplaza por parte del Ayuntamiento.

2. La contratación del personal necesario para el buen funcionamiento del Centro se realiza-rá por el Ayuntamiento, quién asumirá todas las obligaciones derivadas de las mismas,sin que en ningún caso supongan relación laboral alguna entre el personal contratado yla Junta de Extremadura.

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3. El Ayuntamiento podrá contratar total o parcialmente con terceros la gestión del Centro,debiendo celebrarse dicho contrato por escrito y de conformidad con la normativa que re-sulte de aplicación, debiendo contar previamente con la autorización de la DirecciónGerencia del SEPAD. En este caso deberá acreditarse por la Entidad Local el cumplimien-to de la normativa aplicable en materia de contratación administrativa, no pudiendo con-certar la realización de la actividad con las personas o entidades a las que se refiere el ar-tículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónomade Extremadura.

4. El Ayuntamiento deberá acreditar con anterioridad a la firma del Convenio que se halla alcorriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 12.2 e) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo; esta circunstanciapodrá sustituirse por una declaración responsable de conformidad con el artículo 12.8 dela Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Así mismo, antes de la firma del convenio, el Ayuntamiento deberá acreditar, mediante cer-tificación, la circunstancia de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artí-culo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, para obtener la condición de beneficiario deayudas públicas. Esta justificación se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 12.7 de la citada Ley 6/2011, pudiendo sustituirse por una declaración responsable.

Igualmente, con carácter previo a cada uno de los pagos, deberá acreditar que se en-cuentra al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así co-mo con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La suscripción del pre-sente convenio conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados oinformación a emitir por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, laAgencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la SeguridadSocial. No obstante, el Ayuntamiento podrá denegar expresamente el consentimiento, de-biendo presentar entonces las certificaciones correspondientes.

DÉCIMA. SUPERVISIÓN.

La Consejería de Salud y Política Social podrá llevar a cabo las actuaciones que considere per-tinentes para verificar el efectivo cumplimiento de la subvención que se articula con el pre-sente convenio; de conformidad con lo establecido en el Decreto 136/1991, de 17 de diciem-bre, por el que se regula la función asesora supervisora de la Junta de Extremadura en materiade Servicios Sociales y demás normativa vigente; debiendo el Ayuntamiento gestor facilitarlas actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma.

UNDÉCIMA. PUBLICIDAD.

El Ayuntamiento deberá instalar, en sitio visible al público, una placa o cartel informativo quecumpla con los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidasadicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.

DUODÉCIMA. RESOLUCIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas y condiciones contenidas en el presente con-venio dará lugar a la rescisión del mismo, y en su caso del reintegro y /o pérdida de derecho

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al cobro de las cantidades correspondientes en la forma establecida en la Ley 6/2011, de 23de marzo.

Cuando el cumplimiento por el Ayuntamiento se aproxime de modo significativo al cumpli-miento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacciónde sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada de acuerdo con el princi-pio de proporcionalidad. Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproximasignificativamente al cumplimiento total, cuando se haya acreditado, en los términos exigidosen el presente convenio, al menos un 60 % de la realización de la actividad subvencionada.En estos casos procederá la pérdida del derecho a la subvención en cuanto a la parte no eje-cutada o en su caso al reintegro parcial.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, las partes lo firman portriplicado en el lugar y fecha arriba indicados.

EL CONSEJERO DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL LA DIRECTORA GERENTE DEL SEPAD

Luis Alfonso Hernández Carrón Cristina Herrera Santa Cecilia

EL ALCALDE DEL AYTO. DE TRUJILLANOS

Ana María Gómez Valhondo

• • •

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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la quese da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social,el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Hervás por el que se articula unasubvención para el mantenimiento de plazas para personas mayores ensituación de dependencia en centro residencial. (2014060719)

Habiéndose firmado el día 30 de diciembre de 2013, el Convenio entre la Consejería de Saludy Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Hervás por el que se articula una subvención para el man-tenimiento de plazas para personas mayores en situación de dependencia en centro residen-cial, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de no-viembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de laComunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figuracomo Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 31 de marzo de 2014.

La Secretaria General,PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación

(Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto),M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL, EL SERVICIOEXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Y EL AYUNTAMIENTO DE HERVÁS POR EL QUE SE ARTICULA UNA SUBVENCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE PLAZAS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN

DE DEPENDENCIA EN CENTRO RESIDENCIAL.

En Mérida, 30 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. Luis Alfonso Hernández Carrón, que interviene en nombre y representaciónde la Consejería de Salud y Política Social, en su condición de titular de la misma, en virtudde las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos delServicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), de-bidamente facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta deExtremadura en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2013.

De otra parte, D.ª Cristina Herrera Santa Cecilia, que interviene en nombre y representacióndel Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),en su calidad de Directora Gerente, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artícu-lo 5 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del ServicioExtremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

Y de otra, D./D.ª Sergio Pérez Martín que actúa en nombre y representación del Ayuntamientode Hervás con CIF P1009900J en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por Acuerdodel Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 25/11/2013.

Reconociéndose las partes capacidad y legitimación suficiente para celebrar el presente convenio.

MANIFIESTAN

PRIMERO.

Que la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 apartado 27del Estatuto de Autonomía de Extremadura, dispone de competencia exclusiva en materia deacción social; correspondiendo al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía yAtención a la Dependencia (SEPAD), las competencias de administración y gestión de servi-cios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de laComunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de di-ciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación deDependencia.

Que el Ayuntamiento de Hervás en virtud del artículo 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce competencias, en los términos de la legis-lación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en prestación de los servicios sociales yde promoción y reinserción social.

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SEGUNDO.

Que la Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales, señala que corresponde a la Juntade Extremadura la planificación de los servicios sociales existentes en la ComunidadAutónoma, así como la coordinación con los adscritos a otras áreas o administraciones.

TERCERO.

Que la coordinación entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Hervás para la pres-tación de los servicios de atención a personas mayores en situación de dependencia se deberegir por el principio de cooperación y colaboración, actuando bajo los criterios de eficienciay servicio a los ciudadanos; según establece el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febre-ro, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que el presente convenio implica, en ejercicio de la competencia de ambas partes, la deriva-ción de obligaciones y derechos para las mismas.

CUARTO.

La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,establece en su artículo 22.4,c) que podrán concederse de forma directa, sin convocatoriaprevia, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de inte-rés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificultensu convocatoria pública; considerando supuestos excepcionales de concesión directa, confor-me a lo señalado por el artículo 32.1 b), aquellos en que el perceptor sea una entidad públi-ca territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finali-dad cuya competencia esté atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad autónoma.

QUINTO.

Que la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de laAutonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Hervás coinciden en la presta-ción de los servicios de atención a las personas mayores y en situación de dependencia, yconvienen en la necesidad de desarrollar conjuntamente medidas que satisfagan el interés delas personas y colectivos a los que atienden. Por ello, actuando con capacidad jurídica sufi-ciente y en ejercicio de las competencias atribuidas por las leyes acuerdan en celebrar el pre-sente convenio, que se desarrollará de acuerdo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

Constituye el objeto del presente Convenio instrumentar la subvención que concede la Consejeríade Salud y Política Social al Ayuntamiento de Hervás para la financiación del mantenimiento de42 plazas en la Residencia de Mayores de titularidad municipal para personas mayores en si-tuación de dependencia, desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.

SEGUNDA. OBLIGACIONES.

El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD)se reserva la gestión del acceso de la totalidad de las plazas financiadas con cargo al presenteconvenio.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10707

La Consejería de Salud y Política Social aportará la cantidad expresada en la Cláusula Terceradel Convenio, sin que asuma ningún tipo de responsabilidad respecto a la gestión, contrata-ciones o demás compromisos que la Entidad Local pueda adquirir en la gestión de las plazas.

El Ayuntamiento estará obligado a cumplir durante toda la vigencia del presente conveniolas condiciones y requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de autorizaciónde centros.

El Decreto 222/2008 por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño dePromoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), asigna a este Ente Público,así como a la Consejería competente, las funciones de planificación, coordinación y control delcumplimiento de la normativa del objeto del presente convenio. En virtud de esas competen-cias y de sus necesidades organizativas, el SEPAD, mediante resolución del titular de laDirección Gerencia, podrá optar por la no cobertura de algunas de las plazas que pudieran re-sultar vacantes con un máximo de un 10 % sobre la totalidad de las plazas reflejadas en lacláusula primera. En dicha resolución se hará constar la disminución del número de plazas lle-vada a cabo así como la disminución del importe de la subvención.

TERCERA. CUANTÍA.

La Consejería de Salud y Política Social contribuirá a la financiación de las plazas señaladasaportando, para el servicio de atención residencial una cuantía individualizada de once milcien euros (11.100,00 euros por usuario y año completo), lo que supone un importe total de466.200 euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 15.04.232A.460.00 y Proyecto deGasto 2013.15.004.0001.00 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2014.

El presente expediente estará sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito ade-cuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadurapara el 2014.

Los importes a liquidar se adecuarán al número de plazas realmente conveniadas y serán pro-porcionales al número de días efectivamente ocupados por los usuarios.

CUARTA. FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN.

La aportación económica de la Junta de Extremadura, será abonada en los términos que secitan a continuación:

— Un 50 % de la cantidad total, señalada en la cláusula tercera, se efectuará tras la entra-da en vigor del presente convenio, previo cumplimiento de lo dispuesto en la cláusulaUndécima.

— Un 25 %, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al50 % de la cuantía que se establece en la citada cláusula.

— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar, de conformidad con loestablecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditados gastos y pagos reali-zados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que se establece en la cláusulatercera del presente convenio.

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, elAyuntamiento está exento de presentar garantías.

La acreditación de gastos y pagos realizados a que se refieren lo párrafos anteriores, se efec-tuará mediante certificaciones expedidas por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento conel V.º B.º del Alcalde.

El Ayuntamiento gestor conservará las facturas originales acreditativas de los gastos y pagosrealizados a disposición de la Consejería de Salud y Política Social y de la Intervención Generalde la Junta de Extremadura.

En el plazo de quince días desde la recepción de los anteriores fondos, el Ayuntamiento de-berá remitir a la Consejería de Salud y Política Social Certificado expedido por el Secretario-Interventor acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso de su importe con des-tino a la finalidad para la que ha sido concedida.

Las justificaciones deberán aportarse a la Consejería de Salud y Política Social con antelaciónsuficiente para que se efectúen los abonos dentro del ejercicio económico en curso, debien-do presentarse los justificantes y resto de documentación para el abono del último 25 % dela subvención a conceder antes del 30 de noviembre de 2014.

Asimismo, el Ayuntamiento gestor presentará en la citada Dirección Gerencia, antes del 31de marzo de 2015, certificación anual expedida por el Secretario-Interventor de la Entidad dela totalidad de los gastos y pagos así como una memoria comprensiva de la gestión y funcio-namiento del Centro durante la anualidad 2014.

El importe de las subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la ac-tividad subvencionada, por lo que si tras el examen de la justificación anual se desprende quela totalidad de los ingresos obtenidos para la financiación de la actividad subvencionada su-pera la totalidad de los gastos y pagos, la Consejería de Salud y Política Social procederá aexigir el reintegro que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

QUINTA. VIGENCIA.

El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2014, extendiendo su vigencia hastael 31 de diciembre de 2014; sin perjuicio de que la tramitación anticipada del gasto permitala suscripción en fecha anterior al inicio de su vigencia.

SEXTA. COBERTURA DE PLAZAS.

La cobertura de las plazas objeto del presente Convenio, financiadas por la Consejería de Saludy Política Social en el Centro se regirá por lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de di-ciembre, y el Decreto 88/1996, de 4 de junio, por el que se regula el régimen de acceso a losCentros Residenciales de la Consejería de Bienestar Social para personas mayores, o en lanormativa aplicable que pudiera resultar de aplicación durante la vigencia del presenteConvenio sobre ingreso en centros de personas mayores o en situación de dependencia.

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Siempre que se produzca una baja el Ayuntamiento deberá notificarlo en el plazo de las se-tenta y dos horas siguientes a la Dirección Gerencia del SEPAD.

SÉPTIMA. RÉGIMEN APLICABLE.

El régimen jurídico aplicable a los usuarios será el mismo que el establecido por la normativa vi-gente en cada momento para los usuarios de los centros de gestión directa adscritos al SEPAD.

OCTAVA. LIQUIDACIÓN DE ESTANCIAS.

Los usuarios abonarán el precio público correspondiente a los usuarios de los Centros de ges-tión directa del SEPAD, o en su caso, la cuantía que resulte de aplicación de acuerdo con lanormativa vigente en cada momento.

NOVENA. OTRAS OBLIGACIONES.

1. A la firma del presente convenio, el Ayuntamiento gestor enviará a la Dirección Gerenciadel SEPAD, firmada por el Secretario y el Trabajador Social del Ayuntamiento, relación depersonas mayores y en situación de dependencia que tengan la condición de usuarios delas plazas, con indicación del precio público que abonan, actualizándose dicha relación concarácter trimestral, así como las altas y bajas producidas.

2. La contratación del personal necesario para el buen funcionamiento del Centro se realiza-rá por el Ayuntamiento, quién asumirá todas las obligaciones derivadas de las mismas,sin que en ningún caso supongan relación laboral alguna entre el personal contratado yla Junta de Extremadura.

3. El Ayuntamiento podrá contratar total o parcialmente con terceros la gestión del Centro,debiendo celebrarse dicho contrato por escrito y de conformidad con la normativa que re-sulte de aplicación, debiendo contar previamente con la autorización de la DirecciónGerencia del SEPAD. En este caso deberá acreditarse por la Entidad Local el cumplimien-to de la normativa aplicable en materia de contratación administrativa, no pudiendo con-certar la realización de la actividad con las personas o entidades a las que se refiere el ar-tículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónomade Extremadura.

4. El Ayuntamiento deberá acreditar con anterioridad a la firma del Convenio que se halla alcorriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 12.2 e) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo; esta circunstanciapodrá sustituirse por una declaración responsable de conformidad con el artículo 12.8 dela Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Así mismo, antes de la firma del convenio, el Ayuntamiento deberá acreditar, mediante cer-tificación, la circunstancia de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artí-culo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, para obtener la condición de beneficiario deayudas públicas. Esta justificación se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 12.7 de la citada Ley 6/2011, pudiente sustituirse por una declaración responsable.

Igualmente, con carácter previo a cada uno de los pagos, deberá acreditar que se en-cuentra al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así co-mo con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La suscripción del pre-

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sente convenio conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados oinformación a emitir por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, laAgencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la SeguridadSocial. No obstante, el Ayuntamiento podrá denegar expresamente el consentimiento, de-biendo presentar entonces las certificaciones correspondientes.

DÉCIMA. SUPERVISIÓN.

La Consejería de Salud y Política Social podrá llevar a cabo las actuaciones que considere per-tinentes para verificar el efectivo cumplimiento de la subvención que se articula con el pre-sente convenio; de conformidad con lo establecido en el Decreto 136/1991, de 17 de diciem-bre, por el que se regula la función asesora supervisora de la Junta de Extremadura en materiade Servicios Sociales y demás normativa vigente; debiendo el Ayuntamiento gestor facilitarlas actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma.

UNDÉCIMA. PUBLICIDAD.

El Ayuntamiento deberá instalar, en sitio visible al público, una placa o cartel informativo quecumpla con los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidasadicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.

DUODÉCIMA. RESOLUCIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas y condiciones contenidas en el presente con-venio dará lugar a la rescisión del mismo, y en su caso del reintegro y/o pérdida de derechoal cobro de las cantidades correspondientes en la forma establecida en la Ley 6/2011, de 23de marzo.

Cuando el cumplimiento por el Ayuntamiento se aproxime de modo significativo al cumpli-miento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacciónde sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada de acuerdo con el princi-pio de proporcionalidad. Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproximasignificativamente al cumplimiento total, cuando se haya acreditado, en los términos exigidosen el presente convenio, al menos un 60 % de la realización de la actividad subvencionada.En estos casos procederá la pérdida del derecho a la subvención en cuanto a la parte no eje-cutada o en su caso al reintegro parcial.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, las partes lo firman portriplicado en el lugar y fecha arriba indicados.

EL CONSEJERO DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL LA DIRECTORA GERENTE DEL SEPAD

Luis Alfonso Hernández Carrón Cristina Herrera Santa Cecilia

EL ALCALDE DEL AYTO. DE HERVÁS

Sergio Pérez Martín

• • •

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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la quese da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Política Social,el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Coria por el que se articula unasubvención para la financiación de la gestión y el mantenimiento de plazaspara personas mayores en centro residencial. (2014060720)

Habiéndose firmado el día 26 de diciembre de 2013, el Convenio entre la Consejería de Saludy Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a laDependencia y el Ayuntamiento de Coria por el que se articula una subvención para la finan-ciación de la gestión y el mantenimiento de plazas para personas mayores en centro resi-dencial, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de no-viembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de laComunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio de Colaboración que figuracomo Anexo de la presente resolución.

Mérida, a 31 de marzo de 2014.

La Secretaria General,PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación

(Resolución de 09/08/2011, DOE n.º 154, de 10 de agosto),M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL, EL SERVICIOEXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE CORIA POR EL QUE SE ARTICULA UNA SUBVENCIÓN PARA

LA FINANCIACIÓN DE LA GESTIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE PLAZAS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN CENTRO RESIDENCIAL.

En Mérida, 26 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. Luis Alfonso Hernández Carrón, que interviene en nombre y representaciónde la Consejería de Salud y Política Social, en su condición de titular de la misma, en virtudde las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos delServicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), de-bidamente facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta deExtremadura en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2013.

De otra parte, D.ª Cristina Herrera Santa Cecilia, que interviene en nombre y representacióndel Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD),en su calidad de Directora Gerente, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artícu-lo 5 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del ServicioExtremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

Y de otra, D./D.ª José Manuel García Ballestero que actúa en nombre y representación delAyuntamiento de CORIA con CIF P1006800E en el ejercicio de las facultades que tiene atri-buidas por Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 04/11/2013.

Reconociéndose las partes capacidad y legitimación suficiente para celebrar el presente convenio.

MANIFIESTAN

PRIMERO.

Que la Junta de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 apartado 27del Estatuto de Autonomía de Extremadura, dispone de competencia exclusiva en materia deacción social; correspondiendo al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía yAtención a la Dependencia (SEPAD), las competencias de administración y gestión de servi-cios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de laComunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de di-ciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación deDependencia.

Que el Ayuntamiento de Coria en virtud del artículo 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases del Régimen Local, ejerce competencias, en los términos de la legis-lación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en prestación de los servicios sociales yde promoción y reinserción social.

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SEGUNDO.

Que la Ley 5/1987, de 23 de abril, de Servicios Sociales, señala que corresponde a la Juntade Extremadura la planificación de los servicios sociales existentes en la ComunidadAutónoma, así como la coordinación con los adscritos a otras áreas o administraciones.

TERCERO.

Que la coordinación entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Coria para la pres-tación de los servicios de atención a personas mayores en situación de dependencia se deberegir por el principio de cooperación y colaboración, actuando bajo los criterios de eficienciay servicio a los ciudadanos; según establece el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febre-ro, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Que el presente convenio implica, en ejercicio de la competencia de ambas partes, la deriva-ción de obligaciones y derechos para las mismas.

CUARTO.

La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,establece en su artículo 22.4,c) que podrán concederse de forma directa, sin convocatoriaprevia, con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de inte-rés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificultensu convocatoria pública; considerando supuestos excepcionales de concesión directa, confor-me a lo señalado por el artículo 32.1 b), aquellos en que el perceptor sea una entidad públi-ca territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finali-dad cuya competencia esté atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad autónoma.

QUINTO.

Que la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Promoción de laAutonomía y Atención a la Dependencia y el Ayuntamiento de Coria coinciden en la presta-ción de los servicios de atención a las personas mayores y en situación de dependencia, yconvienen en la necesidad de desarrollar conjuntamente medidas que satisfagan el interés delas personas y colectivos a los que atienden, entre las que se encuentra la gestión de centrosde servicios sociales; que disponiendo la Junta de Extremadura tanto de la competencia co-mo de los medios técnicos y presupuestarios para la creación y funcionamiento de estos cen-tros, razones de proximidad en la gestión aconsejan que sea el Ayuntamiento de Coria quienasuma la gestión de la Residencia de Mayores que la Junta de Extremadura, a través de laConsejería de Salud y Política Social y el SEPAD, ha construido en dicha localidad, y por ello,actuando con capacidad jurídica suficiente y en ejercicio de las competencias atribuidas porlas leyes acuerdan en celebrar el presente convenio, que se desarrollará de acuerdo a las si-guientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

Constituye el objeto del presente convenio instrumentar la subvención que concede laConsejería de Salud y Política Social al Ayuntamiento de Coria para la financiación de la ges-

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tión y mantenimiento de 88 plazas en la Residencia de Mayores, desde el 1 de enero de 2014hasta el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDA. OBLIGACIONES.

El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD)se reserva la gestión del acceso de 35 plazas en la anualidad 2014, 44 plazas en la anualidad2015 y 53 plazas en la anualidad 2016 del servicio residencial, cediendo la gestión del acce-so del resto de plazas para libre disposición del Ayuntamiento.

La Consejería de Salud y Política Social aportará la cantidad expresada en la Cláusula Terceradel Convenio, sin que asuma ningún tipo de responsabilidad respecto a la gestión, contrata-ciones o demás compromisos que la Entidad Local pueda adquirir en la gestión de las plazas.

El Ayuntamiento estará obligado a cumplir durante toda la vigencia del presente conveniolas condiciones y requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de autorización decentros.

El Ayuntamiento de Coria se compromete al mantenimiento y conservación del CentroResidencial en perfectas condiciones de uso y disfrute en relación a las plazas cuya gestiónse financian a través del presente convenio, debiendo efectuar las obras de reparación y/oconservación en el Centro Residencial que sean necesarias para ello; así mismo se compro-mete a la reposición del mobiliario y enseres que por su uso se vayan deteriorando. Igualmenteel Ayuntamiento se compromete a hacerse cargo de los gastos corrientes de agua, electrici-dad, etc. relativos al normal funcionamiento del Centro Residencial.

El Decreto 222/2008 por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño dePromoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), asigna a este Ente Público,así como a la Consejería competente, las funciones de planificación, coordinación y controldel cumplimiento de la normativa del objeto del presente convenio. En virtud de esas com-petencias y de sus necesidades organizativas, el SEPAD, mediante resolución del titular dela Dirección Gerencia, podrá optar por la no cobertura de algunas de las plazas que pudie-ran resultar vacantes, con un máximo de un 10 % para cada uno de los años, sobre la to-talidad de las plazas reflejadas en la cláusula primera. En dicha resolución se hará constarla disminución del número de plazas llevada a cabo así como la disminución del importe dela subvención.

TERCERA. CUANTÍA.

La Consejería de Salud y Política Social contribuirá a la financiación de las plazas señaladasaportando, para el servicio de atención residencial una cuantía individualizada de trece mileuros (13.000,00 euros por usuario y año completo), lo que supone un importe total de3.432.000 (∑2014-2016) euros, con cargo a las siguientes Aplicaciones Presupuestarias delos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2014,2015 y 2016:

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ANUALIDAD APLICACIÓN PRESUPUESTARIA PROYECTO DE GASTO IMPORTE

2014 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 1.144.000 €

2015 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 1.144.000 €

2016 15.04.232A.460.00 2013.15.004.0001.00 1.144.000 €

TOTAL CONVENIO 3.432.000 €

El presente expediente estará sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito ade-cuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadurapara las anualidades firmadas en el presente convenio.

Los importes a liquidar cada anualidad se adecuarán al número de plazas realmente conve-niadas y serán proporcionales al número de días efectivamente ocupados por los usuarios.

CUARTA. FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN.

La aportación económica de la Junta de Extremadura, será abonada en los términos que secitan a continuación:

APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2014:

— Un 50 % de la cantidad total, señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, se efec-tuará tras la entrada en vigor del presente convenio, previo cumplimiento de lo dispues-to en la cláusula Undécima.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque para esta anualidad se establece en la citada cláusula.

— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2015:

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan-tía que para la anualidad de 2014 se establece en la citada cláusula o de la cuantía queresulte de la liquidación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en las cláusu-las segunda y tercera.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 25 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

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— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2016:

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan-tía que para la anualidad de 2015 se establece en la citada cláusula o de la cuantía queresulte de la liquidación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en las cláusu-las segunda y tercera.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 25 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vezacreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantíaque se establece para esta anualidad en la citada cláusula.

— El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad deconformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditadosgastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es-ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, altener la subvención varias anualidades, las cantidades anticipadas o a cuenta subsiguientesa la primera anualidad, estarán supeditadas a la justificación previa de la anualidad anterior,previa liquidación de conformidad con lo previsto en la cláusula tercera.

Así mismo, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del citado artículo, el Ayuntamiento es-tá exento de presentar garantías.

La acreditación de gastos y pagos realizados a que se refieren lo párrafos anteriores, se efec-tuará mediante certificaciones expedidas por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento conel V.º B.º del Alcalde.

El Ayuntamiento gestor conservará las facturas originales acreditativas de los gastos y pagosrealizados a disposición de la Consejería de Salud y Política Social y de la Intervención Generalde la Junta de Extremadura.

En el plazo de quince días desde la recepción de los anteriores fondos, el Ayuntamiento de-berá remitir a la Consejería de Salud y Política Social Certificado expedido por el Secretario-Interventor acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso de su importe con des-tino a la finalidad para la que ha sido concedida.

Las justificaciones deberán aportarse a la Consejería de Salud y Política Social con antelaciónsuficiente para que se efectúen los abonos dentro del ejercicio económico en curso, debien-do presentarse los justificantes y resto de documentación para el abono del último 25 % de

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la subvención a conceder antes del 30 de noviembre de cada una de las anualidades por lasque se firma el presente convenio.

Asimismo, el Ayuntamiento gestor presentará en la citada Dirección Gerencia, antes del 31de marzo siguiente a aquel al que venga referido cada una de las anualidades por las que sefirma el presente convenio, certificación anual expedida por el Secretario-Interventor de laEntidad de la totalidad de los gastos y pagos así como una memoria comprensiva de la ges-tión y funcionamiento del Centro durante la anualidad correspondiente.

El importe de las subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o enconcurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la ac-tividad subvencionada, por lo que si tras el examen de la justificación anual se desprende quela totalidad de los ingresos obtenidos para la financiación de la actividad subvencionada su-pera la totalidad de los gastos y pagos, la Consejería de Salud y Política Social procederá aexigir el reintegro que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

QUINTA. VIGENCIA.

El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2014, extendiendo su vigencia hastael 31 de diciembre de 2016; sin perjuicio de que la tramitación anticipada del gasto permitala suscripción en fecha anterior al inicio de su vigencia.

SEXTA. COBERTURA DE PLAZAS.

La cobertura de las plazas objeto del presente Convenio, financiadas por la Consejería deSalud y Política Social en el Centro se regirá por lo establecido en la Ley 39/2006, de 14de diciembre, y el Decreto 88/1996, de 4 de junio, por el que se regula el régimen de ac-ceso a los Centros Residenciales de la Consejería de Bienestar Social para personas ma-yores, o en la normativa aplicable que pudiera resultar de aplicación durante la vigenciadel presente Convenio sobre ingreso en centros de personas mayores o en situación dedependencia.

Siempre que se produzca una baja, el Ayuntamiento deberá notificarlo en el plazo de las se-tenta y dos horas siguientes a la Dirección Gerencia del SEPAD, para que este Ente gestioneel acceso de plazas hasta completar aquellas cuya gestión de acceso corresponde al SEPADsegún cláusula segunda del presente convenio.

Una vez ajustadas las plazas cuya gestión de acceso corresponda al Ayuntamiento o SEPAD,la gestión de acceso de las nuevas vacantes vendrá condicionada por la baja acaecida, de ma-nera que si la baja es de una plaza municipal, el Ayuntamiento será el encargado de cubrir-la. Por el contrario, si la baja es de una plaza cuya gestión de acceso ha correspondido al SE-PAD, será este Ente el encargado de sustituirla.

SÉPTIMA. RÉGIMEN APLICABLE.

El régimen jurídico aplicable a los usuarios será el mismo que el establecido por la normati-va vigente en cada momento para los usuarios de los centros de gestión directa adscritos alSEPAD.

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OCTAVA. LIQUIDACIÓN DE ESTANCIAS.

Los usuarios abonarán el precio público correspondiente a los usuarios de los Centros de ges-tión directa del SEPAD, o en su caso, la cuantía que resulte de aplicación de acuerdo con lanormativa vigente en cada momento.

NOVENA. OTRAS OBLIGACIONES.

1. A la firma del presente Convenio, el Ayuntamiento gestor enviará a la Dirección Gerenciadel SEPAD, firmada por el Secretario y el Trabajador Social del Ayuntamiento, relación depersonas mayores y/o en situación de dependencia que tengan la condición de usuariosde las plazas, con indicación del precio público que abonan los usuarios, su capacidad eco-nómica y, en su caso, su grado y nivel de dependencia. Actualizándose dicha relación concarácter trimestral, así como las altas y bajas producidas.

A efectos de las variaciones anuales de las plazas cuya gestión de acceso corresponde alSEPAD o Ayuntamiento, de la última relación trimestral de los usuarios del establecimiento,el SEPAD asumirá como propios, en la cuantía definida en el primer párrafo de la Cláusulasegunda, a aquellos usuarios cuyo grado de dependencia sea mayor y, a igual grado dedependencia, a aquellos usuarios con capacidad económica inferior.

2. La contratación del personal necesario para el buen funcionamiento del Centro se realiza-rá por el Ayuntamiento, quién asumirá todas las obligaciones derivadas de las mismas,sin que en ningún caso supongan relación laboral alguna entre el personal contratado yla Junta de Extremadura.

3. El Ayuntamiento deberá acreditar con anterioridad a la firma del Convenio que se halla alcorriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 12.2 e) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo; esta circunstanciapodrá sustituirse por una declaración responsable de conformidad con el artículo 12.8 dela Ley 6/2011, de 23 de marzo.

Así mismo, antes de la firma del convenio, el Ayuntamiento deberá acreditar, mediante cer-tificación, la circunstancia de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artí-culo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, para obtener la condición de beneficiario deayudas públicas. Esta justificación se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artí-culo 12.7 de la citada Ley 6/2011, pudiendo sustituirse por una declaración responsable.

Igualmente, con carácter previo a cada uno de los pagos, deberá acreditar que se en-cuentra al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así co-mo con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La suscripción del pre-sente convenio conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados oinformación a emitir por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, laAgencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la SeguridadSocial. No obstante, el Ayuntamiento podrá denegar expresamente el consentimiento, de-biendo presentar entonces las certificaciones correspondientes.

DÉCIMA. SUPERVISIÓN.

La Consejería de Salud y Política Social podrá llevar a cabo las actuaciones que considere per-tinentes para verificar el efectivo cumplimiento de la subvención que se articula con el pre-

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sente convenio; de conformidad con lo establecido en el Decreto 136/1991, de 17 de diciem-bre, por el que se regula la función asesora supervisora de la Junta de Extremadura en ma-teria de Servicios Sociales y demás normativa vigente; debiendo el Ayuntamiento gestor fa-cilitar las actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma.

UNDÉCIMA. PUBLICIDAD.

El Ayuntamiento deberá instalar, en sitio visible al público, una placa o cartel informativo quecumpla con los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidasadicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.

DUODÉCIMA. RESOLUCIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas y condiciones contenidas en el presente con-venio dará lugar a la rescisión del mismo, y en su caso del reintegro y /o pérdida de derechoal cobro de las cantidades correspondientes en la forma establecida en la Ley 6/2011, de 23de marzo.

Cuando el cumplimiento por el Ayuntamiento se aproxime de modo significativo al cumpli-miento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacciónde sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada de acuerdo con el princi-pio de proporcionalidad. Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproximasignificativamente al cumplimiento total, cuando se haya acreditado, en los términos exigidosen el presente convenio, al menos un 60 % de la realización de la actividad subvencionada.En estos casos procederá la pérdida del derecho a la subvención en cuanto a la parte no eje-cutada o en su caso al reintegro parcial.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, las partes lo firman portriplicado en el lugar y fecha arriba indicados.

EL CONSEJERO DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL LA DIRECTORA GERENTE DEL SEPAD

Luis Alfonso Hernández Carrón Cristina Herrera Santa Cecilia

EL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CORIA

José Manuel García Ballestero

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10720

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2014, del Servicio de Ordenación Industrialde Badajoz, sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.:06/AT-1788/17509. (2014060687)

Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz a peticiónde: Endesa Distribución Eléctrica, SL, con domicilio en parque de Castelar, 2, Badajoz solici-tando autorización administrativa y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el ar-tículo 128 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE del 27), así como lo dispuestoen la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico:

Este Servicio ha resuelto:

Autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, SL, el establecimiento de la instalación eléctrica, cu-yas características son las siguientes:

Línea eléctrica:

Origen: CD 71.617 SECT. Revoloso.

Final: Conexiones con líneas existentes.

Término municipal afectado: Aceuchal.

Tipo de línea: Subterránea.

Tensión de servicio en kV: 15/20.

Longitud total en km: 0,57.

Emplazamiento de la línea: Junto a camino de San Isidro en el término municipal de Aceuchal.

Estación transformadora:

Tipo: Cubierto.

Núm transformadores: 1.

Potencia unitaria en kvas: 250.

Potencia total en kvas: 250.

Término municipal: Aceuchal.

Calle o paraje: Junto al camino de San Isidro en el término municipal de Aceuchal.

Finalidad: Mejora del suministro eléctrico en la zona.

Referencia del expediente: 06/AT-1788/17509.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trámites que se señalanen el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10721

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo-nerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industrial y Energía de esta Consejería,de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 115 de dicha norma legal.

Badajoz, a 12 de marzo de 2014.

El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial,DIEGO CLEMENTE MORALES

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10722

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2014, del Servicio de Ordenación Industrialde Badajoz, sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.:06/AT-1788/17520. (2014060691)

Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz a peticiónde: Endesa Distribución Eléctrica, SL, con domicilio en parque de Castelar, 2, Badajoz solici-tando autorización administrativa y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el ar-tículo 128 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE del 27), así como lo dispuestoen la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico:

Este Servicio ha resuelto:

Autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, SL, el establecimiento de la instalación eléctrica, cu-yas características son las siguientes:

Línea eléctrica:

Origen: Nuevo apoyo 1 a sustituir por el existente A-428571.

Final: Mismo apoyo de origen.

Término municipal afectado: Badajoz.

Tipo de línea: Subterránea.

Tensión de servicio en kV: 20.

Longitud total en km: 0,38.

Emplazamiento de la línea: Fuerte San Cristóbal, Badajoz.

Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona.

Referencia del expediente: 06/AT-1788/17520.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trámites que se señalanen el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo-nerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industrial y Energía de esta Consejería,de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el díasiguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 115 de dicha norma legal.

Badajoz, a 12 de marzo de 2014.

El Jefe de Servicio Ordenación Industrial, DIEGO CLEMENTE MORALES

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10723

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 27 de febrero de 2014, de laSecretaría General de Educación y de la Dirección General de FormaciónProfesional y Universidad, por la que se convoca la celebración de pruebaslibres que permitan la obtención directa del título de Graduado enEducación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho añosen la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico2013/2014. (2014060680)

Advertidos errores en la publicación de la Resolución de 27 de febrero de 2014, de la SecretaríaGeneral de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad, porla que se convoca la celebración de pruebas libres que permitan la obtención directa del títu-lo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho añosen la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2013/2014, en el DOEn.º 55, de 20 de marzo, se procede a su oportuna rectificación en los siguientes términos:

— En la página 8752, apartado segundo, punto 1,

Donde dice:

“1. Para el curso académico 2013/2014 las pruebas se celebrarán en dos convocatorias:

— Primera convocatoria: el 9 de junio de 2014.

— Segunda convocatoria: el 1 de septiembre de 2014”.

Debe decir;

“1. Para el curso académico 2013/2014 las pruebas se celebrarán en dos convocatorias:

— Primera convocatoria: el 9 de junio de 2014.

— Segunda convocatoria: el 2 de septiembre de 2014”.

— En la página 8756, apartado Undécimo,

Donde dice:

“Los miembros de los tribunales calificadores y, en su caso, el personal previsto en el núme-ro 6 del apartado octavo de esta resolución, percibirán las indemnizaciones que legalmenteles correspondan por su participación en los mismos. A tal efecto, la Dirección General deFormación Profesional y Universidad dictará las instrucciones precisas para establecer el pro-cedimiento y los criterios de aplicación de lo dispuesto en este apartado”.

Debe decir:

“Los miembros de los tribunales calificadores y, en su caso, el personal previsto en el núme-ro 6 del apartado noveno de esta resolución, percibirán las indemnizaciones que legalmente

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10724

les correspondan por su participación en los mismos. A tal efecto, la Dirección General deFormación Profesional y Universidad dictará las instrucciones precisas para establecer el pro-cedimiento y los criterios de aplicación de lo dispuesto en este apartado”.

— En el pie de firma de la citada Resolución, página 8757.

Donde dice:

“El Secretario General de Educación, El Director General de Formación Profesional y Universidad,

D. Fco. Javier Hierro Hierro D. César Díez Solís”

Debe decir:

“El Secretario General de Educación, El Director General de Formación Profesional y Universidad,

CÉSAR DÍEZ SOLÍS FCO. JAVIER HIERRO HIERRO”

— El Anexo I publicado en la página 8758, el Anexo VII publicado en la página 8765, el AnexoXI publicado en la página 8769, el Anexo XVI publicado en la página 8775, el Anexo XVIIpublicado en la página 8776, el Anexo XX publicado en la página 8780, se sustituyen porlos siguientes:

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10731

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por laque se dispone la ejecución de la sentencia n.º 62/2014, dictada por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Mérida en el recursocontencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º20/2014. (2014060695)

En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de D. EduardoJosé Viguera Moreno, contra la Resolución de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación dela Junta de Extremadura de 5/11/13 desestimatoria del recurso de reposición formulado contrala Resolución de 9/7/13 por la que se declaraba el incumplimiento de las obligaciones decla-rándose el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantida-des percibidas en concepto de renta de inserción por importe de 5.765,07 euros (5.000 eurosde principal y 765,07 euros de intereses de demora), ha recaído sentencia firme dictada por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Mérida con fecha 18 de marzo de 2014.

El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación admi-nistrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano com-petente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.

Por tanto, y en uso de las atribuidas conferidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O :

Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia núm. 62/2014 de fecha 18 de marzo de 2014,dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Mérida en el recurso con-tencioso-administrativo tramitado por procedimiento abreviado n.º 20/2014, llevando a puroy debido efecto el fallo del mismo, cuya parte dispositiva dice:

“Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la repre-sentación de D. Eduardo José Viguera Moreno contra Resolución de la Consejera de Empleo,Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura de 5/11/13 desestimatoria del recurso dereposición formulado contra la Resolución de 9/7/13 por la que se declaraba el incumplimientode obligaciones declarándose el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma deExtremadura de las cantidades percibidas en concepto de renta de inserción por importe de5.765,07 euros (5.000 euros de principal y 765,07 euros de intereses de demora) todo elloen el expediente administrativo FA-09-2057, debo anular la resolución recurrida por no serconforme a Derecho en el sentido de que debe ser aplicado el principio de proporcionalidadreduciendo la cantidad de reintegrar a 1.681,49 euros (1.458,34 euros de principal más223,15 euros de intereses de demora). Sin costas”.

Mérida, a 21 de marzo de 2014.

El Secretario General del SEXPE(PD Resolución de 9 de agosto de 2011.

DOE n.º 156, de 12 de agosto),MIGUEL LOZANO ALÍA

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10732

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2014, de la Secretaría General, por la quese dispone la ejecución de la sentencia n.º 17/2014, dictada por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida en el recursocontencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º336/2013. (2014060694)

En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de CentroExtremeño de Estudios Profesionales Sol, SL, contra la Resolución de 27 de marzo de 2013,dictada por la Directora General de Formación de Empleo del Servicio Extremeño Público deEmpleo, en el expediente n.º 10/0140/10, sobre reintegro parcial de subvención, ha recaídosentencia firme dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida confecha 29 de enero de 2014.

El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación admi-nistrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano com-petente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.

Por tanto, y en uso de las atribuidas conferidas por la legislación vigente,

R E S U E L V O :

Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia núm. 17/2014, de fecha 29 de enero de 2014,dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Mérida en el recurso con-tencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 336/2013, llevando apuro y debido efecto el fallo del mismo, cuya parte dispositiva dice:

“Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. FranciscoSoltero Godoy, en nombre y representación de Centro Extremeño de Estudios ProfesionalesSol, SL, contra la Resolución de la Directora General de Formación para el Empleo del ServicioExtremeño Público de Empleo (SEXPE) de 27 de marzo de 2013 dictada en el expediente n.º10/0140/10, y en consecuencia anulo la resolución recurrida en cuanto a la obligación de rein-tegro a la Hacienda Pública de la cantidad de 4.243,03 euros.

Con imposición de costas a la Administración demandada”.

Mérida, a 25 de marzo de 2014.

El Secretario General del SEXPE(PD Resolución de 9 de agosto de 2011.

DOE n.º 156, de 12 de agosto),MIGUEL LOZANO ALÍA

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10733

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

ANUNCIO de 7 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución de laUnidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz, en el expedienten.º 06/0018/14. (2014081100)

Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenido me-diante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismo seremite al Ayuntamiento de Valverde de Leganés para su exposición en el tablón de edictos.

Expte.: n.º: 06/0018/14.

Acta n.º: I62013000086823(O).

Empresa: Mirto Line, SL.

CIF: B62399142.

Domicilio: Carretera Valverde-La Albuera, 2.

Localidad: Valverde de Leganés (Badajoz).

Acto que se notifica: Resolución de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde fecha 10 de febrero de 2014.

Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, en la sede de es-ta dependencia administrativa de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en la avda. de Huelva, núm. 6 deBadajoz, a fin de notificarle la resolución de referencia.

Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General deTrabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha re-solución, y en caso de no comparecer en el plazo establecido en esta publicación, desde el díasiguiente al vencimiento de dicho plazo, conforme a los arts. 107.1, 114.1 y 115.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que puede ejercitarse cualquier otro quese estime procedente.

Badajoz, a 7 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Trabajo y Sanciones PD (Resolución de01-06-2012, DOE n.º 111, de 11 de junio), El Jefe de Sección de la UMAC, JUAN JOSÉ RICOLOMBARDO.

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ANUNCIOSV

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10734

ANUNCIO de 7 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución de laUnidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz, en el expedienten.º 06/0242/13. (2014081101)

Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenidomediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismose remite al Ayuntamiento de Valverde de Leganés para su exposición en el Tablón de Edictos.

Expte. n.º: 06/0242/13.

Acta n.º: I62013000086924(SH).

Empresa: Mirto Line, SL.

CIF: B62399142.

Domicilio: Carretera Valverde-La Albuera, 2.

Localidad: Valverde de Leganés (Badajoz).

Acto que se notifica: Resolución de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde fecha 24 de febrero de 2014.

Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, en la sede de es-ta dependencia administrativa de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en la avda. de Huelva, núm. 6 deBadajoz, a fin de notificarle la resolución de referencia.

Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General deTrabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha re-solución, y en caso de no comparecer en el plazo establecido en esta publicación, desde el díasiguiente al vencimiento de dicho plazo, conforme a los artículos 107.1, 114.1 y 115.1 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que puede ejercitarse cualquier otro quese estime procedente.

Badajoz, a 7 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Trabajo y Sanciones PD (Resolución de01-06-2012, DOE n.º 111, de 11 de junio), El Jefe de Sección de la UMAC, JUAN JOSÉ RICOLOMBARDO.

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ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en elexpediente sancionador n.º 06/0067/13. (2014081102)

Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenido me-diante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismo seremite al Ayuntamiento de Olivenza para su exposición en el tablón de edictos.

Expte. n.º: 06/0067/13.

Acta n.º: I62013000002250(SH).

Empresa: Aplimoex, SL.

CIF: B06501225.

Domicilio: C/ Inglaterra, n.º 5, Piso B, Olivenza 06010 (Badajoz).

Acto que se notifica: Resolución por la que se inadmite el recurso de alzada.

Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, en la sede de es-ta dependencia administrativa del Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección General deTrabajo, Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en Paseo de Roma, s/n., MóduloD-2.ª planta de Mérida, a fin de notificarle la resolución de referencia.

Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Contra dicha resolución podrá interponerse demanda ante el Juzgado de lo Social competen-te, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha resolu-ción, y en caso de no comparecer en el plazo establecido en esta publicación, desde el día si-guiente al vencimiento de dicho plazo, conforme a los arts. 6.2.b), 10.4 y 69.2 de la Ley36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. La Directora General de Trabajo, M.ª ÁNGELES MUÑOZ MARCOS.

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ANUNCIO de 12 de marzo de 2014 por el que se da publicidad a lassubvenciones acogidas al Decreto 146/2012, de 27 de julio, en su convocatoriapara el ejercicio 2013. (2014081110)

El Decreto 146/2012, de 27 de julio, establece las bases reguladoras de las subvenciones so-bre medidas de apoyo a los clústeres de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulán-dose, mediante la Orden de 2 de agosto de 2013, la convocatoria de las mismas para el ejer-cicio 2013. El artículo 15 de referido Decreto 146/2012, dispone que las subvenciones

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10736

concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que seimputen, beneficiario y cantidad concedida y finalidad.

El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónomade Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvencionesconcedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se im-puten, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los im-portes de las mismas, individualmente considerados, sean de cuantía superior a 3.000 euros.

En virtud de lo dispuesto se procede a:

Dar publicidad en el Anexo a las subvenciones concedidas a los clústeres de Extremadura enel año 2013 para la financiación de los proyectos que se han considerado subvencionables.

Los pagos que se deriven de las ayudas incluidas en la presente disposición se imputarán ala aplicación presupuestaria 14.04.323A.770.00, Superproyecto 2012.19.0005.9002, “FormasInnovadoras de Organización Laboral”, proyecto de gasto 2011.19.05.0006.00 “Ayudas a laincorporación de personal técnico al clúster”.

Las ayudas concedidas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con una aportación del75 % con cargo a los Fondos del Programa Operativo del FSE de la Comunidad Autónoma deExtremadura 2007-2013, conforme a las prioridades recogidas en el Eje 1 “Fomento del espí-ritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de las empresas”, Tema prioritario 63: “Creacióny difusión de formas innovadoras de organización laboral que sean más productivas”.

Mérida, a 12 de marzo de 2014. La Directora General de Empresa y Actividad Emprendedora(PA Resolución 31 de julio 2012, DOE n.º 150, de 3 de agosto), El Secretario General, FERNANDO GUTIÉRREZ CREUS.

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ANUNCIO de 13 de marzo de 2014 sobre acuerdo de admisión a depósito de lamodificación de los estatutos de la organización sindical denominada “Sindicatode oficios varios CNT-AIT Cáceres Norte”. Expte.: 10/493. (2014081046)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, apartados 3 y 4 de la Ley Orgánica 11/1985,de 2 de agosto, de Libertad Sindical (“Boletín Oficial del Estado” número 189, del 8), se ha-ce público:

Que el día 7 de marzo de 2014, fue presentada a depósito acta del acuerdo de la modifica-ción estatutaria aprobada en la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 22 de enero de2014, así como los nuevos Estatutos modificados, de la organización sindical denominada“Sindicato de oficios varios CNT-AIT Cáceres Norte”, entidad que tiene asignado el expedien-te de depósito número 10/493.

Según consta en la documentación aportada, se procedió a dar una nueva redacción al textoíntegro de los Estatutos, modificándose, entre otras materias, la denominación del sindicato,que pasa a ser la de “Sindicato de oficios varios de Cáceres Norte de la Confederación Nacionaldel Trabajo (CNT)”; su ámbito territorial, el cual se extiende a la localidad de Plasencia y cien-

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10738

to treinta y ocho localidades más; su ámbito funcional que “comprenderá la representación ydefensa de los intereses laborales, profesionales y económicos de los trabajadores afiliados,pertenecientes a cualquier sector”, y su domicilio social, que viene a quedar ubicado en la ca-lle Julián Besteiro, n.º 5 bajo, de Plasencia (Cáceres).

Son otorgantes y firmantes de la referida acta, en nombre y representación de la organiza-ción sindical: D. Juan José Horrillo Orellana y D. Daniel Méndez León, en calidad, respectiva-mente, de Secretario de Actas y Secretario General del Sindicato.

Habida cuenta que la documentación así presentada cumple con todos los requisitos legalesestablecidos por las citadas normas.

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero. Admitir el depósito de modificación de los Estatutos de la entidad referenciada.

Segundo. Disponer la publicación de este acuerdo en el “Diario Oficial de Extremadura”.

Lo que se hace público para que todo aquel que se considere interesado pueda examinar losEstatutos depositados en estas dependencias (Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliaciónde Cáceres, Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, Polígono Industrial Las Capellanías,Calle Hilanderas n.º 15, Cáceres), y solicitar la declaración judicial de no ser conforme aDerecho la documentación depositada, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura, en virtud de lo establecido por los artículos 2j), 7a), 11.1b) y 173de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (“Boletín Oficial delEstado” número 245, del 11 de octubre).

Mérida, a 13 de marzo de 2014. La Directora General de Trabajo, M.ª DE LOS ÁNGELES MUÑOZMARCOS.

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ANUNCIO de 17 de marzo de 2014 sobre notificación de requerimiento deacreditación de la representación en el recurso de alzada interpuesto en elexpediente sancionador n.º 06/0170/13. (2014081108)

Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenido me-diante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismo seremite al Ayuntamiento de Almadén (Ciudad Real) para su exposición en el tablón de edictos.

Expte. n.º: 06/0170/13.

Acta n.º: I62013000041353 (SH).

Empresa: Construcciones Hijos de López e Hidalgo, SL.

CIF: B13307418.

Domicilio: C/ Ramón y Cajal, 7, Esc. 1, pta. 2, de Almadén (CD 13400) Ciudad Real.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10739

Acto que se notifica: Requerimiento para acreditar la representación que manifiesta ostentaren la interposición del recurso de alzada.

Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación del presente requerimiento, en la sede deesta dependencia administrativa del Servicio de Trabajo y Sanciones de la Dirección Generalde Trabajo, Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en Paseo de Roma, s/n., MóduloD-2.ª planta de Mérida, a fin de notificarle el citado requerimiento.

Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Mérida, a 17 de marzo de 2014. La Directora General de Trabajo, M.ª ÁNGELES MUÑOZ MARCOS.

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ANUNCIO de 27 de marzo de 2014 sobre citación a los obligados tributariosque se relacionan para ser notificados por comparecencia. (2014081140)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a laAdministración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por elcitado artículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se re-lacionan en los Anexos, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativosderivados de los procedimientos que en los mismos se incluyen.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na-turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator-ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac-ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganosrelacionados en los Anexos.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro-ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.

Mérida, a 27 de marzo de 2014. La Directora General de Financiación Autonómica, BLANCAIRENE MONTERO GARCÍA.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10747

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

ANUNCIO de 10 de marzo de 2014 por el que se emplaza a posiblesinteresados en el procedimiento contencioso-administrativo n.º 780/2010,de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura, que se sigue contra Resolución de 15 de febrerode 2010 por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal deCáceres. (2014081088)

Con fecha 28-5-10 se interpuso recurso contencioso-administrativo por Tuco Gestión deInmuebles, SL, contra Resolución de 15-2-10 de esta Consejería por la que se aprobó defini-tivamente el Plan General Municipal de Cáceres, que fue posteriormente publicada en DOE de30-3-2010.

Seguidas las actuaciones procesales correspondientes bajo el procedimiento ordinario n.º780/2010, se dictó por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Extremadura sentencia n.º 1193 de 15-10-13 estimando parcialmente el recursocontencioso-administrativo y anulando la resolución recurrida en lo referente a la clasificacióncomo suelo “urbanizable” de los Sectores S.1.03 y S.3.02 del citado Plan General Municipal.

Con fecha 7-1-14 se promueve ante la citada Sala incidente de nulidad de actuaciones pro-movido por la representación del BBVA, solicitando la retroacción de las mismas al momentoposterior a la formalización de la demanda, al objeto de emplazar a los propietarios afecta-dos de ambos sectores para poder contestar a la misma, y que ha sido resuelto en virtud deAuto de 20-2-14 de esta misma Sala, que acuerda:

1) Se declara la nulidad de la sentencia de fecha 15 de octubre de 2013.

2) Se acuerda la retroacción de actuaciones al momento inmediatamente posterior a la pre-sentación de la demanda, con objeto de que por la Administración demandada se llevena cabo los emplazamientos a todos lo posible interesados en los términos expuestos en lapresente resolución.

Líbrese oficio a la Secretaría General de la Consejería de Fomento, Vivienda,Ordenación del Territorio y Turismo, para que emplace en el plazo máximo de diez dí-as a todos los interesados en el presente proceso, que son los propietarios de terre-nos en los sectores afectados —sectores S.1.03 y S.3.02—. Asimismo, la Consejeríadeberá realizar un emplazamiento edictal mediante la publicación del anuncio de in-terposición del recurso en el boletín oficial correspondiente a efectos de emplazamien-to de posibles interesados.

3) Se declara la conservación de todas las pruebas documentales practicadas dentro del pro-ceso, las cuales se dan por reproducidas y se ponen de manifiesto a las partes persona-das, sin que sea necesaria su reproducción durante la apertura del nuevo periodo proba-torio, y sin perjuicio de las nuevas pruebas que puedan proponer las partes.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10748

En cumplimiento del oficio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 24-2-14, se em-plaza mediante este anuncio a los propietarios y titulares de derechos dominicales incluidosdentro de los ámbitos de los citados Sectores S.1.03 y S.3.02, y el resto de posibles intere-sados en los mismos, y que no haya sido posible identificar o notificar en sus domicilios, pa-ra que, alegando y acreditando ante esta Consejería su condición de interesado, puedan per-sonarse en el procedimiento en demanda de sus pretensiones, dentro del plazo de 10 díassiguientes a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, y a los efec-tos previstos en el art. 49.3 de la LRJCA.

Mérida, a 10 de marzo de 2014. El Secretario General, ROBERTO CARBALLO VINAGRE.

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ANUNCIO de 10 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución delprocedimiento de reintegro en expedientes relativos a renta básica deemancipación. (2014081089)

Habiéndose intentado la notificación, en debida forma, sin resultado, sobre resolución del pro-cedimiento de reintegro de ayudas indebidamente percibidas de la renta básica de emanci-pación de los jóvenes de la provincia de Badajoz de los adjudicatarios que se relacionan en elAnexo, se procede a su publicación a través del Diario Oficial de Extremadura, así como deloportuno edicto en el tablón de anuncios del correspondiente Ayuntamiento; todo ello de con-formidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27de noviembre), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE n.º 12, de 14de enero), que modifica la anterior.

El expediente con toda la documentación se encuentra archivado en el Servicio Territorial, dela Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de Badajoz, sito enla avda. de Europa, 10, en la localidad de Badajoz, donde podrán dirigirse los interesados pa-ra cualquier información que precisen.

Badajoz, a 10 de marzo de 2014. La Jefa del Servicio Territorial, SONIA SÁNCHEZ HERRERA.

A N E X O

EXPTE. APELLIDOS NOMBRE DIRECCIÓN LOCALIDAD

RBE0060010100189208A MUÑOZ RODRIGUEZ FELICIDAD CL. JACINTA GARCÍA HERNANDEZ Nº 1, 3ºD BADAJOZ

RBE0061010100114508C PORRAS FERNANDEZ ROCIO CL. GUTEMBERG Nº 2, ALTO-B MÉRIDA

RBE1060010100293708L LOPEZ RIVADENEIRA JAVIER CL. DONANTES DE SANGRE, 7 PUEBLA DE SANCHO PEREZ

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10749

ANUNCIO de 19 de marzo de 2014 sobre notificación de requerimiento depago y trámite de audiencia en procedimientos administrativos de extinciónde contrato de arrendamiento de viviendas de promoción pública. (2014081047)

Habiéndose intentado la notificación, en debida forma, sin resultado, de los requerimientosde pago y trámite de audiencia en los procedimientos administrativos de extinción de con-trato de arrendamiento de viviendas de promoción pública de la provincia de Badajoz de losadjudicatarios que se relacionan en el Anexo, se procede a su publicación a través del DiarioOficial de Extremadura, así como del oportuno edicto en el tablón de anuncios del correspon-diente Ayuntamiento; todo ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), en la redacción dada por la Ley4/1999, de 13 de enero (BOE n.º 12, de 14 de enero), que modifica la anterior. Los expe-dientes con toda la documentación se encuentran archivados en el Servicio de Viviendas dePromoción Pública, de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismosita en la avda. de las Comunidades, s/n., en la localidad de Mérida, donde podrán dirigirselos interesados para cualquier información que precisen.

Mérida, a 19 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Viviendas de Promoción Pública, PEDRO ESCRIBANO FERNÁNDEZ.

A N E X O

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ANUNCIO de 20 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución enprocedimientos administrativos de extinción de contrato de arrendamientode viviendas de promoción pública. (2014081048)

Habiéndose intentado la notificación, en debida forma, sin resultado, de la resolución de lan-zamiento en los procedimientos administrativos de extinción de contrato de arrendamientosde viviendas de promoción pública de la provincia de Badajoz de los adjudicatarios que se re-lacionan en el Anexo, se procede a su publicación a través del Diario Oficial de Extremadura,así como del oportuno edicto en el tablón de anuncios del correspondiente Ayuntamiento; to-

EXPEDIENTE CAUSA APELLIDOS NOMBRES DIRECCIÓN LOCALIDAD

932/018 FP RETAMAR FERNÁNDEZ ÁNGEL AVD. SOL N.º 4 BADAJOZ

988/004 FP CANDIL MATOS JOSEFA C./ LA ROSA N.º 24 OLIVA DE LA

FRONTERA

7217/007 FP LIMA ZAINOS SABINO C./ FEDERICO GARCÍA LORCA

N.º 3 OLIVA DE LA

FRONTERA

920/012 FP CONTRERAS RINCÓN MIGUEL C./ MORISCOTE N.º 2 2º D OLIVA DE LA

FRONERA

7209/020 FP GUTIÉRREZ CANTERO JUAN M. C./ JERTE N.º 20 2º E DON BENITO

Nota: FP Falta de pago

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10750

do ello de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º285, de 27 de noviembre), en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE n.º12, de 14 de enero), que modifica la anterior.

El expediente con toda la documentación se encuentra archivado en el Servicio de Viviendasde Promoción Pública, de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio yTurismo sita en la avda. de las Comunidades, s/n., en la localidad de Mérida, donde podrándirigirse los interesados para cualquier información que precisen.

Mérida, a 20 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Viviendas de Promoción Pública, PEDRO ESCRIBANO FERNÁNDEZ.

A N E X O

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en elexpediente n.º 1543/12SSA, relativo al procedimiento de control de lacondicionalidad. (2014081019)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación de laResolución recaída en el expediente n.º 1543/12SSA cuyo titular es D. Amadeo HornosValiente, con relación al procedimiento de control de la condicionalidad, por la que se resol-vió aplicar el porcentaje de reducción del 3 % del importe global de los pagos directos defi-nidos en el Anexo I del Reglamento CE 73/2009, y de los pagos de los ayudas al desarrollorural previstas en el art. 36 del Reglamento CE 1698/2005 dado que es solicitante de las ayu-das ICM, se procede a la publicación de la misma en el Diario Oficial de Extremadura de con-formidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso deAlzada ante esta Dirección General de Agricultura y Ganadería o ante el Consejero deAgricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en el plazo de un mes, contado des-

EXPTE. CAUSA APELLIDOS NOMBRE DIRECCIÓN LOCALIDAD

7096/041 FP ACUÑA SILVA JUAN C./ LOS NARANJOS Nº 2 2º PTA. 5 OLIVENZA

7096/122 FP SALAZAR SUÁREZ ANTONIO C./ LOS NARANJOS Nº 6 BAJO PTA. 2 OLIVENZA

NOTA: FP: Falta de pago

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10751

de el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan interpo-ner cualquier otro recurso que estime pertinente.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de trámite de audienciaen el expediente n.º 0652/13, relativo al procedimiento de control de lacondicionalidad. (2014081014)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación de trámi-te de audiencia del Jefe de Servicio de Producción Agraria, de 21 de enero de 2014, en el ex-pediente n.º 0652/13, a D.ª Juliana González de la Rubia Megías, con relación al procedi-miento de control de la condicionalidad, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Así mismo y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, se le concede trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días contados a partirdel día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, formule alegaciones y aporte cuan-tos documentos y justificaciones considere oportuno. Se advierte al interesado, que transcu-rrido dicho plazo de diez días sin que haya comparecido para ser notificado de forma expre-sa, la notificación se entenderá producida, surtiendo sus efectos legales desde el día siguienteal vencimiento del plazo señalado al efecto.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10752

ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de resolución en elexpediente n.º 1125/13OCA, relativo al procedimiento de control de lacondicionalidad. (2014081015)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación de laResolución recaída en el expediente n.º 1125/13OCA cuyo titular es D. Consuelo del RíoGuadalupe, con relación al procedimiento de control de la condicionalidad, por la que se re-solvió aplicar el porcentaje de reducción del 3 % del importe global de los pagos directos de-finidos en el Anexo I del Reglamento CE 73/2009, se procede a la publicación de la misma enel Diario Oficial de Extremadura de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso deAlzada ante esta Dirección General de Agricultura y Ganadería o ante el Consejero deAgricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en el plazo de un mes, contado des-de el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan interpo-ner cualquier otro recurso que estime pertinente.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe deevaluación en el expediente n.º 1222/13OCA, relativo al procedimiento decontrol de la condicionalidad. (2014081016)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación del Informede Evaluación del Jefe de Servicio de Producción Agraria, de 17 de enero de 2014, en el ex-pediente n.º 1222/13OCA, a D.ª Marina Granados Pascual, con relación al procedimiento decontrol de la condicionalidad, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadurade conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi-cada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Así mismo y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10753

Común, se le concede trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días contados a partirdel día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, formule alegaciones y aporte cuan-tos documentos y justificaciones considere oportuno. Se advierte al interesado, que transcu-rrido dicho plazo de diez días sin que haya comparecido para ser notificado de forma expre-sa, la notificación se entenderá producida, surtiendo sus efectos legales desde el día siguienteal vencimiento del plazo señalado al efecto.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe deevaluación en el expediente n.º 1262/13OCA, relativo al procedimiento decontrol de la condicionalidad. (2014081017)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación del Informede Evaluación del Jefe de Servicio de Producción Agraria, de 23 de enero de 2014, en el ex-pediente n.º 1262/13OCA, a D. Francisco José del Santo Matamoros, con relación al procedi-miento de control de la condicionalidad, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Así mismo y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, se le concede trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días contados a partirdel día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, formule alegaciones y aporte cuan-tos documentos y justificaciones considere oportuno. Se advierte al interesado, que transcu-rrido dicho plazo de diez días sin que haya comparecido para ser notificado de forma expre-sa, la notificación se entenderá producida, surtiendo sus efectos legales desde el día siguienteal vencimiento del plazo señalado al efecto.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10754

ANUNCIO de 11 de marzo de 2014 sobre notificación de informe deevaluación en el expediente n.º 1277/13OCA, relativo al procedimiento decontrol de la condicionalidad. (2014081018)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de su destinatario la notificación del Informede Evaluación del Jefe de Servicio de Producción Agraria, de 17 de enero de 2014, en el ex-pediente n.º 1277/13OCA, a El Olivar de la Huerta, SL, con relación al procedimiento de con-trol de la condicionalidad, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura deconformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero.

Así mismo y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, se le concede trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días contados a partirdel día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, formule alegaciones y aporte cuan-tos documentos y justificaciones considere oportuno. Se advierte al interesado, que transcu-rrido dicho plazo de diez días sin que haya comparecido para ser notificado de forma expre-sa, la notificación se entenderá producida, surtiendo sus efectos legales desde el día siguienteal vencimiento del plazo señalado al efecto.

El interesado podrá tomar conocimiento del texto íntegro del acto que se notifica en el Serviciode Producción Agraria, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de Mérida, ubicada en la avda.de Luis Ramallo, s/n., donde podrá comparecer para su constancia.

Mérida, a 11 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Producción Agraria, JOSÉ M.ª GUERRERO PÉREZ.

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ANUNCIO de 12 de marzo de 2014 por el que se hace pública laformalización del contrato de “Selvicultura preventiva en rodales de pinopiñonero de alta densidad en los montes de utilidad pública n.º 9 y 27 de laSección Forestal de Badajoz Norte”. Expte.: 1352OB1FR942. (2014081011)

1. ENTIDAD ADJUDICATARIA.

a) Organismo: Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. Servicio de Gestión Eco -nó mica y Presupuestaria. Sección de Contratación.

c) Número de expediente: 1352OB1FR942.

2. OBJETO DEL CONTRATO.

a) Tipo de contrato: Administrativo de Obras.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10755

b) Descripción del objeto: Selvicultura preventiva en rodales de pino piñonero de alta den-sidad en los mup n.º 9 y 27 de la sección forestal de Badajoz Norte.

c) Lote: No hay lotes.

d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial deExtremadura de fecha.

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto

4. PRESUPUESTO TOTAL.

Importe total: 588.990,67 euros, (10 % IVA incluido).

5. FINANCIACIÓN: FEADER “Europa invierte en las zonas rurales”, Eje: 2 Mejora del medio-ambiente y entorno rural, Medida: 226.1, Mitig.desertific.:prevención incendios foresta-les, Porcentaje: 70,00 %.

6. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

a) Fecha de adjudicación: 27 de febrero de 2014.

b) Contratista: AREX (Actuaciones para el Medio Ambiente y Rural de Extremadura, SL).

c) Importe de adjudicación: 423.999,99, (21 % IVA incluido).

d) Fecha de formalización del contrato: 11 de marzo de 2014.

Mérida, a 12 de marzo de 2014. El Secretario General, ERNESTO DE MIGUEL GORDILLO.

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ANUNCIO de 12 de marzo de 2014 sobre notificación de trámite deaudiencia en el expediente sancionador n.º M/BA/2013/084.1, en materiade montes. (2014081005)

Al no haberse podido notificar el acto administrativo identificado en el encabezamiento aGanadería Domínguez y Gómez, SL, con CIF B-91735274, la persona mencionada podrá com-parecer, para conocer el contenido íntegro del acto, en las dependencias de la Sección deAsuntos Jurídicos Forestales del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la DirecciónGeneral de Medio Ambiente en Badajoz (Ctra. San Vicente n.º 3), en un plazo de diez díashábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio, todo ello al amparo del

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10756

artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra -ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mérida, a 12 de marzo de 2014. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

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ANUNCIO de 13 de marzo de 2014 sobre notificación de propuesta deresolución en el expediente sancionador n.º MBA/2013/055, en materia demontes. (2014081006)

Al no haberse podido notificar el acto administrativo identificado en el encabezamiento aManuela Guadalupe Arroba Talaverano, con NIF 34767965S, la persona mencionada podrácomparecer, para conocer el contenido íntegro del acto, en las dependencias de la Sección deAsuntos Jurídicos Forestales del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la DirecciónGeneral de Medio Ambiente en Badajoz (Ctra. San Vicente n.º 3), en un plazo de diez díashábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio, todo ello al amparo delartículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra -ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mérida, a 13 de marzo de 2014. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

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ANUNCIO de 20 de marzo de 2014 sobre exposición pública del comienzo deoperaciones de amojonamiento de la vía pecuaria denominada “Cañada Realde Santa María de Araya”, en el término municipal de Trujillanos. (2014081090)

Acordada por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura, la realización delamojonamiento de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Santa María de Araya, en to-do el término municipal de Trujillanos, y de conformidad con lo establecido en los artículos 18y siguientes del vigente Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma deExtremadura, aprobado mediante Decreto 49/2000, de 8 de marzo (DOE n.º 30, de fecha 14de marzo), se hace público para general conocimiento, que los trabajos de referencia daráncomienzo a las 10:30 horas del día 29 de abril de 2014 en el Cruce de la Cañada Real con ellímite de término de Trujillanos, descansadero de Campomanes, junto a la carretera de la pre-sa de Cornalvo en el paraje conocido como Retamales, Tocones y Campomanes.

Para la realización de dichos trabajos ha sido designada la Sección de Vías Pecuarias, osten-tando D.ª Cristina Montesinos Barrios la representación de la Administración.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10757

Todos aquellos que se consideren interesados podrán acudir a dicho acto y hacer las mani-festaciones que consideren oportunas, por todo ello se adjunta en cuadro Anexo los posiblescolindantes a dicha vía pecuaria.

Mérida, a 20 de marzo de 2014. El Director General de Desarrollo Rural, JOSÉ LUIS GIL SOTO.

A N E X O

RELACIÓN DE PARCELAS COLINDANTES A LA “CAÑADA REAL DE SANTA MARIA DE

ARAYA”

POLIGONO PARCELA TITULAR CATASTRAL DIRECCION MUNICIPIO Y

PROVINCIA

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10758

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ANUNCIO de 20 de marzo de 2014 sobre comienzo de operacionesmateriales de deslinde de la vía pecuaria denominada “Cordel de La Tiesa”,en el término municipal de Lobón. (2014081126)

Acordada por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía del Gobierno de Extremadura, según Acuerdo deInicio de Deslinde, con fecha 20 de marzo de 2014, la realización del deslinde de la vía pe-cuaria denominada “Cordel de La Tiesa”, en el término municipal de Lobón, tramo “todo eltérmino municipal”, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo,de Vías Pecuarias (BOE n.º 71, de 24/03/1995), y en los artículos 13 y siguientes delReglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000,de 8 de marzo (DOE n.º 30, de 14/03/2000), y Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el

POLIGONO PARCELA TITULAR CATASTRAL DIRECCION MUNICIPIO Y

PROVINCIA

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10759

que se modifica el anterior (DOE de 13/12/2001), se hace público para general conocimien-to, que los trabajos de referencia darán comienzo a las 10:00 horas del 26 de mayo del pre-sente año, en el aparcamiento del área de servicio en el km 367 de la autovía A-5.

Para la realización de dichos trabajos ha sido designada como Representante deAdministración Doña Josefa Pulgarín Hernández.

Todos aquellos que se consideren interesados podrán acudir a dicho acto y hacer las mani-festaciones que consideren oportunas.

Mérida, a 20 de marzo de 2014. El Director General de Desarrollo Rural, JOSE LUIS GIL SOTO.

A N E X O

RELACIÓN DE PARCELAS COLINDANTES A LA VIA PECUARIA

“CORDEL DE LA TIESA” EN EL T.M. DE LOBÓN (BADAJOZ)

RELACIÓN COLINDANTES A LA VIA PECUARIA “CORDEL DE LA TIESA” EN EL T.M. DE LOBÓN (BADAJOZ)

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10760

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

ANUNCIO de 12 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo deiniciación del procedimiento de extinción de autorización a centro docenteprivado, por cese de actividades. (2014081067)

Intentada la notificación del acuerdo de inicio del procedimiento de extinción de la autoriza-ción centro docente privado, por cese en sus actividades, y no habiéndose podido practicaren el último domicilio conocido, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por medio del pre-sente anuncio:

Órgano Asunto Destinatario

Secretaría General de Acuerdo de inicio de Centro Privado de Educación procedimiento de Educación Infantil

extinción de autorización “Geppetto”, de Cáceres

El texto íntegro del acuerdo de inicio se encuentra archivado en el Servicio de OrdenaciónAcadémica y Planificación de Centros Educativos, de la Secretaría General de Educación, sitoen la avda. Valhondo, s/n. (Edific. III Milenio, Módulo 5), de Mérida, donde podrá dirigirse elinteresado para el conocimiento íntegro del mismo en el plazo de diez días contados a partirdel día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Mérida, a 12 de marzo de 2014. El Jefe de Servicio de Ordenación Académica y Planificaciónde Centros Educativos, MANUEL ACEDO RAMOS.

• • •

ANUNCIO de 18 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo deiniciación del procedimiento de reintegro de ayudas destinadas al alumnadocon necesidades específicas de apoyo educativo, matriculados en centros deEducación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación de Personas Adultaspara el curso 2011/2012, en el expediente n.º 0115-14-79. (2014081081)

Intentada la notificación del acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de la ayuda con-cedida y no habiéndose podido practicar en el último domicilio conocido, de conformidad conlo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pro-cede a su notificación por medio del presente anuncio:

Asunto: Acuerdo de inicio de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educacióny Cultura, de procedimiento de reintegro de ayuda destinadas al alumnado con necesidadesespecíficas de apoyo educativo, matriculados en centros de Educación Infantil, Primaria,Secundaria y Educación de personas adultas para el curso 2011/2012.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10761

Destinatario: M.ª Eladia Tostado Manzano.

Número de Expediente: 0115-14-79.

El texto íntegro del acuerdo, se encuentra archivado en el Servicio de Informes, Normativa yRecursos del Área de Educación, de la Secretaría General de la Consejería de Educación yCultura, sito en la avda. Valhondo, s/n., Edificio III Milenio, Módulo 4, 3.ª planta de Mérida,donde podrá dirigirse el interesado para el conocimiento íntegro del mismo en el plazo de diezdías contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Mérida, a 18 de marzo de 2014. El Secretario General, JORGE MATEOS MATEOS-VILLEGAS.

• • •

ANUNCIO de 18 de marzo de 2014 sobre notificación de acuerdo deiniciación del procedimiento de reintegro de ayuda destinada al alumnadocon necesidades específicas de apoyo educativo, matriculados en centros deEducación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación de Personas Adultaspara el curso 2011/2012, en el expediente n.º 0120-14-84. (2014081103)

Intentada la notificación del acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de la ayuda con-cedida y no habiéndose podido practicar en el último domicilio conocido, de conformidad conlo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pro-cede a su notificación por medio del presente anuncio:

Asunto: Acuerdo de inicio de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educacióny Cultura, de procedimiento de reintegro de ayuda destinadas al alumnado con necesidadesespecíficas de apoyo educativo, matriculados en centros de Educación Infantil, Primaria,Secundaria y Educación de personas adultas para el curso 2011/2012.

Destinatario: M.ª Auxiliadora García Mogollón.

Número de Expediente: 0120-14-84.

El texto íntegro del acuerdo, se encuentra archivado en el Servicio de Informes, Normativa yRecursos del Área de Educación, de la Secretaría General de la Consejería de Educación yCultura, sito en la avda. Valhondo, s/n., Edificio III Milenio, Módulo 4, 3.ª planta de Mérida,donde podrá dirigirse el interesado para el conocimiento íntegro del mismo en el plazo de diezdías contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Mérida, a 18 de marzo de 2014. El Secretario General, JORGE MATEOS MATEOS-VILLEGAS.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10762

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

ANUNCIO de 21 de marzo de 2014 sobre notificación por comparecencia deliquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan. (2014081118)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación a los interesados o su representan-te en su domicilio fiscal por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no im-putables a la Administración, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que seencuentra pendiente de notificar en fase voluntaria, los actos cuyos interesados, número deexpediente y procedimiento se especifican a continuación en Anexo único.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados an-teriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazode quince días naturales, contados desde el siguiente al de esta publicación, de lunes a vier-nes, en horario de 09:00 a 14:00 horas, al efecto de practicar la notificación, en OficinaLiquidadora del Negociado de Asuntos Administrativos del Servicio Territorial de la Consejeríade Salud y Política Social, Plaza Hernán Cortés, 1, 3.ª planta. Cáceres.

Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notifi-cación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del venci-miento del plazo señalado para comparecer.

Cáceres, a 21 de marzo de 2014. La Jefa del Servicio Territorial, MARÍA CARMEN BARROSOHORRILLO.

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NÚMERO 67Lunes, 7 de abril de 2014 10764

AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA

ANUNCIO de 21 de marzo de 2014 sobre aprobación inicial de la modificaciónpuntual n.º 29 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento. (2014081156)

Aprobadas inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 16 denoviembre de 2011, la modificación puntual número 29 de las Normas Subsidiarias dePlaneamiento Municipal, promovida por D. Francisco José Sánchez Piris, relativa a la amplia-ción de suelo, se expone al público junto al expediente de su razón por plazo de un mes.Durante dicho plazo los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría delAyuntamiento y presentar las alegaciones que consideran oportunas.

Valencia de Alcántara, a 21 de marzo de 2014. El Alcalde, PABLO CARRILHO REYES.

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