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I. Diagnóstico
A. Obligaciones del Estado
Se reconoce y se reitera la vigencia y relevancia de la Observación general número 15 sobre el derecho al agua emitida por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas en 2002,1 y en la presente actualización del capítulo del derecho hu-mano al agua y al saneamiento se añaden: a) la Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de julio de 2010 (A/RES/64/292);2 y b) la Resolución aprobada por el Consejo
1 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, Observación general número 15, El derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), 29º periodo de sesiones, 2002.
2 Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 28 de julio de 2010, A/RES/64/292, El derecho humano al agua y el saneamiento [en línea]. [Fecha de consulta: 15 de octubre de 2015.] Disponible en: http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/64/292&Lang=S
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Núcleo Seguridad humana22
de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 30 de septiembre de 2010 (A/HRC/RES15/9).3
En el ámbito nacional, el momento clave para este tema fue la re-forma constitucional del 8 de febrero de 2012 que adicionó un párrafo al artículo 4º constitucional, en el cual se señala:4
Toda persona tiene derecho de acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, acepta-ble y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.5
La constitucionalización del derecho humano al agua tiene un al-cance específico a partir de este proceso de reforma:6
3 Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos, 30 de septiembre del 2010, A/HRC/RES15/9, Los derechos humanos y el acceso al agua pota-ble y el saneamiento [en línea]. [Fecha de consulta: 15 de octubre de 2015.] Disponible en: http://www.europarl.europa.eu/meetdocs/2009_2014/documents/droi/dv/201/201101/20110124_301resonwater15-9_es.pdf
4 Decreto por el que se declara reformado el párrafo quinto y se adiciona un párrafo sexto recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En: Diario Ofi-cial de la Federación, 8 de febrero de 2012 [en línea]. [Fecha de consul-ta: 15 de octubre del 2015.] Disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5232952&fecha=08/02/2012
5 De este párrafo se desprende la obligación del Poder Legislativo de formular una Ley General de Aguas que sea la garantía primaria de protección del derecho humano al agua. Sin embargo, la iniciativa presentada en 2015 se detuvo debido a que estaba más orientada a reformar el marco general de manejo proveniente del artículo 27 y, en ese sentido, especialistas la señalaron como una iniciativa susceptible de inconstitucionalidad.
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1. La sustitución del concepto de garantías por el de derechos humanos en el artículo 1º constitucional dio origen a un nuevo paradigma según el cual todos los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales) tienen el mismo estatus y deben contar con una garantía secundaria de protección.
2. La reforma a las dos primeras cláusulas del artículo 1º ha im-plicado el surgimiento de lo que las y los juristas denominan un bloque de constitucionalidad, que consiste en que el derecho constitucional y el derecho internacional de los derechos huma-nos conforman un solo cuerpo normativo e interpretativo sin las jerarquías y fronteras tradicionales.7
Estas dos transformaciones tienen una repercusión importante en las posibilidades de exigibilidad y justiciabilidad de los derechos hu-manos, entre los cuales se encuentra el derecho humano al agua y al saneamiento. A partir del bloque de constitucionalidad, el conte-nido de los tratados y de los estándares internacionales se convierte en criterios interpretativos que complementan la normativa nacional. En ese sentido, este capítulo presenta una interpretación y propuesta sobre los significados y alcances de los atributos del derecho humano al agua y al saneamiento en la Ciudad de México, que se enlistan a continuación:
Disponible y físicamente accesible. El objetivo de este atributo es el acceso universal, ya que “el agua y las instalaciones y servicios de-ben estar al alcance físico de todos los sectores de la población. Debe poderse acceder a un suministro de agua suficiente, salubre y
6 Esta interpretación de los alcances de la reforma del artículo 4º constitucional retoma íntegramente el análisis realizado por Rodrigo Gutiérrez, “La justiciabi-lidad del derecho humano al agua y al saneamiento en México”. En: DFensor, Revista de Derechos Humanos, núm. 6, México, 2012.
7 Ibid., pp. 41-46.
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aceptable en cada hogar, institución educativa o lugar de trabajo, o en sus cercanías inmediatas”.8 En una visión progresiva de este derecho, pueden promoverse alternativas temporales como los hidrantes públi-cos. Según la Organización Mundial de la Salud, la fuente de agua debe encontrarse a menos de 1000 metros de la vivienda, y el tiempo de reco-lección del agua necesaria no debe superar los 30 minutos. Los disposi-tivos de agua potable y saneamiento deben ser accesibles y acordes a las necesidades de las personas con discapacidad, las personas mayo-res, las mujeres, las niñas y los niños.
Suficiente. “La cantidad de agua disponible para cada persona de-bería corresponder a las directrices de la Organización Mundial de la Salud.”9 La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Organización Mundial de la Salud y ONU-Habitat han señalado que algunos individuos o grupos pueden necesitar volúmenes de agua adicionales, en función de su contex-to particular, estado de salud, trabajo, condiciones climáticas y otros factores.
Salubre y aceptable. El agua para uso personal y doméstico debe distribuirse libre de microorganismos, sustancias químicas y amenazas radiológicas que constituyan un riesgo para la salud.10 Este atributo
8 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, op. cit., nota 1.
9 De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se requieren entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para el uso personal y doméstico.
10 La norma oficial mexicana NOM 127-SSA1-1994 establece 48 parámetros de calidad que debe cumplir el agua entregada por los organismos operadores para que se considere potable. La Secretaría de Salud, por medio de la Comisión Federal para la Prevención de Riesgos Sanitarios es la responsable de vigilar el cumplimiento de esta norma de agua potable. Sin embargo, esa norma está desactualizada: “Un problema adicional de calidad del agua es la falta de actua-lización microbiológica de la norma oficial mexicana (NOM) 127-SSA1-1994, la cual no mide, por ejemplo, el rotavirus ni la Helicobacter pylori, asociados a enfermedades diarreicas, úlceras y cáncer gástrico, respectivamente; tampoco
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también considera que el agua debe ser socialmente aceptable en tér-minos de olor, color y sabor. En lo que respecta al saneamiento se-guro, las aguas residuales deben manejarse de forma adecuada para prevenir riesgos sanitarios. Todos los dispositivos públicos como los bebederos, hidrantes públicos o letrinas deben ser higiénicos y cultu-ralmente aceptables.
Asequible. Los costos y cargos directos e indirectos asociados con el acceso al agua para beber y usos personales y domésticos deben ser económicamente asequibles y representar entre 3 y 5 por ciento del ingreso familiar de los hogares, evitando así que se afecte la capacidad de las personas para adquirir otros bienes y servicios esenciales como los alimentos, la vivienda, los servicios de salud y educativos.
No discriminación. El agua y los servicios e instalaciones de agua potable y saneamiento deben ser accesibles a todas las personas, de hecho y de derecho, incluidos los sectores de la población en situación de vulnerabilidad y marginación, sin discriminación alguna por cual-quier motivo de género, etnia y clase social, entre otros.
Acceso a la información. La accesibilidad incluye el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre el manejo y gestión del agua.
Si bien estos atributos forman un conjunto coherente, susceptible de ser definido con precisión en la ley y formulado como objetivos de política pública, no hay que olvidar que lo esencial de este derecho humano consiste en un proceso cultural y político de transformación de la relación por la cual la población tiene acceso al agua para beber, asearse, preparar la comida y lavar la ropa. En este sentido, la defini-ción de la cantidad y calidad del agua a la que debe tener garantizado el acceso toda la población es esencial, pero igualmente importante es
mide otros compuestos orgánicos sintéticos provenientes de residuos industria-les” (tomado de la justificación de las líneas de acción 730 a 760 del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal 2009, dentro del apartado 15.5 sobre el atributo de calidad del agua).
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que ese acceso ocurra mediante una relación de derecho, exigible y justiciable.11 Los derechos humanos son “obligaciones exigibles y por lo tanto presuponen sujetos con capacidad de reclamar frente a otros con deber de responder”.12
Una premisa esencial en los tratados y estándares internacionales que se retoma en este capítulo es que el derecho humano al agua y al saneamiento debe realizarse conforme a una estrategia sustentable de manejo del agua, con una perspectiva de gestión integrada del recurso hídrico, como condición indispensable para garantizar el derecho hu-mano al agua y al saneamiento de las generaciones presentes y futuras de la Ciudad de México y de las cuencas del valle de México, Lerma y Cutzamala.
Otros atributos procesuales que han cobrado relevancia en la nor-mativa internacional y que se consideran en este capítulo como pre-misas son la transparencia, la rendición de cuentas, la participación ciudadana, la priorización de acciones dirigidas hacia los grupos en situación de desventaja, discriminación y exclusión, así como la res-ponsabilidad del Estado de regular los entes privados que venden agua o que participan en los procesos de distribución de este recurso.
B. Principales problemáticas
Las condiciones geográficas de la Ciudad de México son muy particu-lares: se localiza en su parte plana a 2220 metros sobre el nivel del mar
11 Desde la perspectiva de los derechos humanos, no debe confundirse un desem-peño eficiente (que puede deberse a múltiples factores –de inversión, de eficacia administrativa, de nueva obra hidráulica, entre otros– mediante los cuales pue-dan alcanzarse las metas cuantitativas) con la puesta en marcha e instituciona-lización de una relación de acceso al agua y al saneamiento como un derecho humano.
12 Karla Priego, Brenda Rodríguez e Hilda Salazar, Guía básica para el ejercicio del derecho humano al agua con enfoque de género, México, Indesol, 2013.
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y constituye la parte central de la zona metropolitana más dinámica y compleja del país. La superficie urbana del valle de México ha creci-do 3.6 veces en los últimos 30 años. Sin embargo, tanto su sistema de abastecimiento de agua como su sistema de drenaje y saneamiento se extienden más allá de sus límites, abarcando otras tres cuencas hidroló-gicas: un sistema de trasvases de agua desde el Alto Lerma y el Medio Balsas para el abastecimiento, y otro de trasvases de aguas residuales y pluviales que fluyen hacia la cuenca del río Tula.13, 14
La tendencia de la reducción de la disponibilidad y la falta de sus-tentabilidad de agua en el valle de México, y específicamente del cau-dal que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México distribuye en la capital, es muy clara. En 1997, el Distrito Federal contaba con un caudal de 35 metros cúbicos por segundo, con el cual abastecía a 8.6 millones de habitantes.15 En la actualidad cuenta con 29.9 metros cúbi-cos por segundo para abastecer a 8.8 millones de habitantes.16
Por otra parte, aunque la capital haya reducido su tasa de creci-miento demográfico e incluso en algunas demarcaciones territoriales
13 Esta unidad territorial y socioambiental, constituida por la articulación hidráu-lica de cuatro cuencas hidrológicas, cuya parte central es el valle de México, ha sido denominada región hidropolitana.
14 Manuel Perló y Arsenio González R., ¿Guerra por el agua en el Valle de México? Estudio sobre las relaciones hidráulicas entre el Distrito Federal y el Estado de México, México, UNAM-Programa Universitario de Estudios sobre la Ciudad / Fundación Friedrich Ebert, 2005.
15 Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica, Plan Maestro de Agua Potable del Distrito Federal, 1997-2010, México, Departamento del Dis-trito Federal-Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica, 1997. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, XIII Censo General de Población y Vivienda 2010, México, INEGI, 2010.
16 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, Plan Agua para el Futuro CDMX, Pro-grama de Sustentabilidad y Gestión de los Servicios Hídricos, México, SACMEX, 2014. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, XIII Censo General de Pobla-ción y Vivienda 2010, op. cit.
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ésta sea negativa, la expansión y crecimiento demográfico y urbano de los municipios metropolitanos, en los que habitan 12 millones de per-sonas, genera efectos en la ciudad central. La población flotante que cada día llega a la Ciudad de México a trabajar, estudiar o consumir –aunque no tenga un domicilio dentro de ésta– asciende a alrededor de 4.2 millones de personas en tránsito, que también requieren acceso al agua potable y al saneamiento.
Del total de los 29.9 metros cúbicos por segundo de agua que se su-ministran actualmente a la Ciudad de México, 44 por ciento proviene del acuífero local;17 el sistema Lerma aporta 14 por ciento y el siste-ma Cutzamala 27 por ciento. El porcentaje restante (15 por ciento) se obtiene de las captaciones en manantiales y de otras fuentes ubicadas dentro del valle de México, pero fuera del territorio de la Ciudad de México.18
Con respecto a los usos del caudal total suministrado a la Ciudad de México, 40 por ciento se destina al uso doméstico; 18 por ciento se emplea en usos industriales, comerciales y de servicios; en tanto que el 42 por ciento restante está conformado por pérdidas (fugas, agua no contabilizada y tomas clandestinas).19 La cifra específica de pérdidas por fugas es de 30 por ciento o 9.6 metros cúbicos por segundo.20
A finales del año 2009 y principios de 2010 se vivió un episodio agu-do de sequía y de lluvias atípicas que produjeron casi simultáneamente
17 La sobreexplotación del acuífero de la ZMCM ha ocasionado que, en los últi-mos 70 años, el centro haya alcanzado valores máximos de nueve metros de hundimiento. En la actualidad los hundimientos regionales promedio son de 15 cm por año. Los valores máximos se encuentran en el centro y sur de la ciudad, y en los límites norte y oriente del Distrito Federal, en coincidencia con las zonas donde se encuentran las baterías de pozos.
18 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, op. cit., nota 16. 19 Loc. cit. 20 Gobierno del Distrito Federal, Programa General de Desarrollo del Distrito Fede-
ral 2013-2018. En: Gaceta Oficial del Distrito Federal, 11 de septiembre de 2013.
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desabasto de agua potable y una gran inundación en el oriente de la metrópoli. Este tipo de fenómenos hidrometeorológicos extremos se agravará debido a los efectos del cambio climático.
El Gobierno de la Ciudad de México, por medio del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, mantiene y opera a diario 1290 ki-lómetros de red primaria, 11 971 kilómetros de red secundaria, 765 kilómetros de acueductos y líneas de conducción, 357 tanques de al-macenamiento, 268 plantas de bombeo, 49 plantas potabilizadoras, 15 plantas cloradoras, 976 pozos, 69 manantiales, 33 garzas y 458 dispo-sitivos de cloración.21 Con esta infraestructura se logra una cobertura de agua potable de 98 por ciento y de drenaje de 94 por ciento.22
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, un dato positivo con respecto al acceso al agua potable en la Ciudad de México es que el porcentaje de ocupantes de viviendas particula-res con toma dentro de la vivienda ha ascendido de 76 por ciento en el año 2000 a 88 por ciento en 2010. En 2005, 7’150 000 personas tenían agua entubada dentro de sus viviendas, en tanto que en 2010 esta cifra subió a 7’433 000 habitantes. En contrapartida, mientras que en 2005 poco más de 1’255 000 personas no contaban con disponibi-lidad de agua en el interior de sus viviendas, en 2010 esta cifra fue de 1’155 671 personas. De esta manera, a pesar de los avances registra-dos, la población que accede al agua mediante vías distintas a la toma domiciliaria aún es considerable. En este sentido, según las distintas formas de acceso registradas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población se dividió así en 2010: 872 119 habitantes recibían agua en su terreno, pero fuera de la vivienda; más de 136 mil personas eran abastecidas mediante pipas; 84 mil personas recibían agua mediante acarreo desde una llave pública, hidrante o desde otra vivienda; y 16 mil se abastecían directamente de pozos y manantiales.
21 Gobierno del Distrito Federal, Programa Sectorial Ambiental y de Sustentabili-dad 2013-2018. En: Gaceta Oficial del Distrito Federal, 15 de octubre de 2014.
22 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, op. cit., nota 15.
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En 2010, las delegaciones con los mayores porcentajes de ocu-pantes de vivienda sin cobertura de agua potable fueron Tlalpan (17.3 por ciento), Milpa Alta (16.9 por ciento) y Xochimilco (14.6 por ciento). Precisamente estas demarcaciones territoriales presentan, junto con Iztapalapa y Tláhuac, las mayores proporciones de ocupan-tes por vivienda que tienen acceso al agua mediante llave pública o hidrante. Un alto porcentaje de las personas que tienen acceso al agua mediante pipa y acarreo se ubican en los 835 asentamientos humanos irregulares identificados en el suelo de conservación de la Ciudad de México.23
En el ámbito internacional se señala que el ideal para cumplir con este derecho es el acceso universal mediante la toma domiciliaria. Sin embargo, una característica de la Ciudad de México, y en general del país, es que la mayoría de la población no bebe el agua de la llave. En un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo24 se indica que en el país 81 por ciento de las personas encuestadas declaró beber agua de garrafón.
Según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2008,25 en la Ciudad de México la principal forma de acceder al agua para beber es mediante la compra de agua de garrafón o embotellada (76.94 por ciento), la segunda vía es mediante el proceso de hervir el agua de la llave (10.84 por ciento), la tercera opción es tomarla
23 Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del D. F., Diagnóstico sobre la situación del riesgo y vulnerabilidad de los habitantes del Distrito Fe-deral al no contar con el servicio de agua potable, como base para el análisis del derecho humano al agua y los derechos colectivos de los habitantes, México, PAOT, 2009.
24 Banco Interamericano de Desarrollo, Consumo de agua embotellada en hogares mexicanos de bajos ingresos, Washington, 2011.
25 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2008, México, INEGI, 2008.
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directamente de la llave (4.58 por ciento) y la cuarta es por medio de la instalación de filtros para el agua de la llave (4.37 por ciento).26
La desconfianza sobre la potabilidad del agua entubada se incre-mentó a partir de los sismos de 1985. Paulatinamente, la sociedad ca-pitalina incrementó su consumo de agua embotellada, junto con el de refrescos y otras bebidas procesadas.27 Por consiguiente, un aspecto esencial del derecho humano al agua –que es el acceso para beber agua segura– no está teniendo lugar a través de la red del servicio público, sino mediante el mercado de garrafones y botellas individua-les. Cabe destacar el proceso de comodificación del agua para beber, proceso por el que, poco a poco, este bien deja de obtenerse mediante reglas de servicio público y pasa a convertirse en un bien, individuali-zado en botella, sujeto a reglas de mercado.28
¿Cómo garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento me-diante la toma domiciliaria si no toda la población tiene acceso al agua por este medio29 y quienes sí lo tienen no beben el agua que sale de la llave por desconfianza? Por otra parte, en los espacios públicos y en las instituciones de salud y educativas, el acceso al agua para beber ocurre casi en su totalidad por medio del mercado de agua embotellada.
26 La Encuesta sobre Consumo y Percepción del Agua en Hogares del D. F. señala que 90 por ciento de los habitantes no toma el agua que sale de la llave. Véase Universidad Autónoma Metropolitana, Encuesta sobre Consumo y Percepción del Agua en Hogares del D. F., México, UAM, 2011.
27 De acuerdo con un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (op. cit., nota 24), el volumen de agua embotellada consumido per cápita en nuestro país es el más alto del mundo. Esta fuente señala que en 2010 México consumió 46 por ciento del total de agua embotellada en América Latina.
28 Raúl Pacheco-Vega, “Agua embotellada en México: de la privatización del sumi-nistro a la mercantilización de los recursos hídricos”. En: Espiral, Estudios sobre Estado y Sociedad, núm. 63, mayo-agosto, 2015, pp. 221-263.
29 La población en situación de calle, la población en tránsito y muchos otros gru-pos no disponen de toma domiciliaria.
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El acceso a la información pública incluye el derecho de solicitar, recibir y difundir información sobre las cuestiones del agua. Este tema se trabajó en el proceso de la Mesa de Diálogo por la Transparencia en el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (2011-2012),30 pero aún existen retos en la materia, particularmente sobre transparencia y acceso a la información relativa a la calidad del agua.
En cuanto a la suficiencia y continuidad, las dotaciones más altas de agua (301-400 litros/habitante/día) y los mayores porcentajes de cobertura y frecuencia diaria de abastecimiento de agua se ubican en las demarcaciones territoriales del centro y del poniente de la Ciudad, que son las que han presentado las tasas de crecimiento demográfico negativas o muy reducidas. En contraste, en el oriente y en el sur de la Ciudad de México, donde se registran las mayores tasas de crecimien-to demográfico durante la última década, las dotaciones promedio son menores a 200 litros/habitante/día.31
Las delegaciones Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc y Benito Juárez han presentado tasas de crecimiento negativas durante la última década, en tanto que sus dotaciones de agua son superiores al promedio de la Ciudad de México. Por otra parte, las delegaciones del surponiente, Cuajimalpa, Álvaro Obregón y Magdalena Contreras, presentan tasas de crecimiento demográfico positivas, con una urbanización irregular en algunos casos, así como con altas dotaciones de agua, ya que, además de contar con manantiales y ríos, se localizan en el trayecto de entrada de los caudales adicionales provenientes de los sistemas Lerma y Cutzamala. Se calcula
30 Areli Sandoval Terán, Olga Guzmán y Claudia Campero Arena. Documento de trabajo preparatorio para la Novena Sesión Plenaria de la Mesa de Diálogo por la Transparencia, “Transparencia en el Sistema de Aguas de la Ciudad de Méxi-co”, COMDA, 17 de agosto de 2011. Disponible en: http://www.comda.org.mx/wp-content/uploads/2011/08/Mesa-Transparencia-COMDA-SACM.pdf
La primera y segunda autoras son de DECA Equipo Pueblo / COMDA y la tercera es de Planet Project y Food and Water Watch / COMDA
31 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, op. cit., nota 16.
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que alrededor de 7189 personas de las tres demarcaciones territoriales del surponiente mencionadas tienen acceso al agua mediante pipas.
Por su parte, las delegaciones Azcapotzalco y Gustavo A. Madero presentan bajas tasas de crecimiento demográfico y dotaciones acordes al promedio de la Ciudad de México. Se calcula que en la Gustavo A. Madero 2766 personas reciben agua mediante pipas. Las delegaciones Venustiano Carranza, Iztacalco y Coyoacán presentan tasas de creci-miento negativas y reciben una dotación acorde al promedio de la Ciu-dad de México. La población que se abastece mediante pipas en estas dos demarcaciones territoriales es escasa.
Iztapalapa cuenta con una población de 1.8 millones de habitantes y tiene una tasa de crecimiento que continúa siendo positiva. La dota-ción de agua en esta demarcación territorial es baja debido a la esca-sez de fuentes locales, magnitud de población y lejanía respecto a los caudales externos provenientes de los sistemas Lerma y Cutzamala. Las delegaciones del sur, Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac, sobre todo esta última, presentan las dotaciones de agua más bajas en la capital. Las cuatro demarcaciones territoriales contienen la mayor parte del suelo de conservación de la Ciudad de México y presentan las tasas de crecimiento demográfico más altas, señal de que los pro-cesos de urbanización, sobre todo irregulares, suceden en esta zona. Del total de la población de la Ciudad de México que se abastece por pipas, 77.5 por ciento habita en estas cuatro delegaciones. En estas demarcaciones territoriales del sur se presentan los mayores índices de tandeo y la menor frecuencia con la que el agua llega a las tomas domi-ciliarias. Topografía accidentada e irregularidad en la tenencia de la tierra son los factores que obstaculizan el acceso al agua en las demar-caciones del sur.
Un estudio de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Terri-torial del Distrito Federal32 muestra que 260 colonias padecen tandeos.
32 Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del D. F., op. cit., nota 23.
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Esto afecta a 1’430 667 personas. La mayor cantidad de tandeos se localiza en Iztapalapa, Tlalpan, Coyoacán y Magdalena Contreras. Mientras en Tlalpan se recibe agua, en promedio, 35 horas a la sema-na y en Iztapalapa 20 horas, en Tláhuac y Milpa Alta sólo se recibe, en promedio, durante 14 horas a la semana.33
De acuerdo con un diagnóstico realizado por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en 2010, la situación del servicio de agua potable puede resumirse de la siguiente manera: 56 por ciento de las colonias del Distrito Federal reciben un buen servicio, 15 por ciento se com-plementa mediante la explotación no sustentable del acuífero, 4 por ciento se cubre mediante la aplicación de un enmascarante para volver aceptable la calidad del agua, en tanto que 10 por ciento de las colonias reciben el agua mediante tandeo semanal y 15 por ciento mediante tan-deo diario.34
La Organización Mundial de la Salud ha señalado que 88 por cien-to de las enfermedades diarreicas en el mundo son ocasionadas por un abastecimiento de agua insalubre y una higiene deficiente. En el Distrito Federal las defunciones de menores de cinco años ocasiona-das por enfermedades diarreicas agudas descendieron de 605 en 1990 a 42 en 2008.35 Éste es un claro indicador del mejoramiento en el
33 El tiempo que las mujeres destinan para el acarreo de agua o para estar atentas de los horarios variables del tandeo (que pueden ocurrir en la madrugada) es muy elevado, y esto implica un subsidio de género hacia la familia, cuyo costo es asumido por las mujeres. Brenda Rodríguez, “El derecho al agua y las mujeres en la Ciudad de México”. En: DFensor, Revista de Derechos Humanos, núm. 7, México, 2015, pp. 14-20.
34 En la encuesta “¿Cómo vamos, Ciudad de México?”, realizada por el periódico El Universal, las y los habitantes del D. F. declararon no tener agua en su vivien-da durante 32 días al año en promedio. Véase ¿Cómo vamos, Ciudad de México? Así percibimos nuestra calidad de vida en la metrópoli, México, UNAM / El Universal / UAM, 2013.
35 Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal, Mortalidad en el D. F. 1990-2008, México, SS-GDF, 2009.
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abastecimiento de agua y en el acceso al drenaje durante los últimos 20 años.
El acuífero subterráneo en el oriente de la ciudad concentra una se-rie de características que hacen que el agua extraída presente proble-mas mayores para su potabilización que en otras zonas de la ciudad. De esta manera, el agua extraída del subsuelo en algunos puntos de las demarcaciones territoriales de Iztapalapa, Tláhuac y Gustavo A. Madero rebasa el límite de 200 miligramos por litro de sodio, 0.3 mi-ligramos por litro de hierro, 1 miligramos por litro de nitrógeno amo-niacal o sobrepasa en 40 por ciento el límite permitido de cloruros.36 Estas condiciones de origen del agua extraída en el oriente implican un reto especial, ya que esa agua no puede potabilizarse mediante los mismos procedimientos que el agua que se extrae en otras zonas de la Ciudad de México o que el agua que se trae de otras cuencas. Por ello, en el oriente, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México ha construido potabilizadoras a pie de pozo con una tecnología de punta. Sin embargo, ello no ha significado la completa aceptabilidad social del agua distribuida.
La contaminación del acuífero y de los cuerpos de agua superficia-les se ha agravado sin que la definición de la normatividad se actua-lice, de manera que la presencia de compuestos químicos, fármacos, antibióticos y otros contaminantes emergentes en las aguas residuales va en aumento, así como en los procesos de infiltración al acuífero.
El esquema tarifario aprobado en 2010 plantea un volumen básico a precio asequible y a partir de dicho volumen se establecieron tari-fas crecientes. No obstante, a pesar de la asequibilidad del volumen básico, el Código Fiscal no lo ha definido como un volumen corres-pondiente al derecho humano al agua (que no debe ser gratuito, pero sí diferenciado con respecto al rango siguiente de agua como servicio
36 El agua extraída del acuífero en algunos puntos del oriente supera los límites establecidos por la NOM-127-SSA1-1994 y la hace no apta para el consumo humano sin tratamiento previo.
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a la ciudadanía). El sistema tarifario aprobado en 2010 permitió que la población de menores ingresos pague proporcionalmente menos por el servicio de agua potable.37 Sin embargo, la categorización inicial de acuerdo con el índice de desarrollo e infraestructura de la Ciudad y la recategorización (no necesariamente conforme a criterios técnicos) han generado algunas distorsiones que deberán corregirse.38
Entre 2006 y 2013 se observa un incremento constante en los ingre-sos provenientes de la recaudación del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, que van de 3881 millones de pesos a 6845 millones de pesos, en tanto que el subsidio federal y del Gobierno del Distrito Fe-deral se inició en 3594 millones de pesos y se incrementó entre 2007 y 2011, pero en 2013 volvió a situarse en 3413 millones de pesos.39 Estas cifras indican que las personas derechohabientes del Sistema de Aguas de la Ciudad de México no cubren el costo total del sistema hidráuli-co, sino que reciben un subsidio que al incrementarse la recaudación
37 Adicionalmente, los artículos 298 y 299 del Código Fiscal del Distrito Federal establecen reducciones en la cuota bimestral a jubilados, pensionados, personas de tercera edad, con invalidez o incapacidad, así como para viudas, huérfanos, mujeres separadas, divorciadas, jefas de hogar y madres solteras con dependien-tes económicos.
38 Gloria Soto señala que 75 por ciento de los 2 millones de cuentas de agua potable administradas por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México están clasificadas en las categorías popular y baja; mientras que el índice de desarrollo social de Evalúa DF indica que sólo 50 por ciento de las manzanas de la capital tiene un desarrollo social bajo y muy bajo. Esto le permite sostener que alrededor de 25 por ciento de las manzanas estarían recibiendo un subsidio que no corresponde a su nivel socioeconómico. Véase Gloria Soto, “Tarifas y derecho humano al agua”. En: DFensor, Revista de Derechos Humanos, núm. 7, México, 2015, pp. 21-27.
39 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, op. cit., nota 16. En la Encuesta sobre Consumo y Percepción del Agua en Hogares del D.F., se calcula que cada año las y los habitantes del Distrito Federal gastan aproximadamente 4683 millones de pesos en botellas de agua. Véase Universidad Autónoma Metropolitana, op. cit., nota 26.
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ha disminuido proporcionalmente (aunque el monto se mantenga en el mismo orden): de 48 por ciento en 2006 a 33 por ciento en 2013.
Un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo realizado en el 2011,40 señala que en el Distrito Federal, el gasto mensual por persona en agua de la llave es de 50 pesos, en tanto que el gasto mensual en agua de garrafón por persona es de 127 pesos.41 Si se compara con el promedio del país (221 pesos en agua de la llave y 134 pesos en agua de garrafón), de acuerdo con el estudio citado, quienes habitan el Distrito Federal pagan 7 pesos menos que lo que pagan en promedio quienes habitan en las demás ciudades del país por el agua de garra-fón, pero pagan 171 pesos menos por el agua entubada.
En los cálculos del costo de la población capitalina para tener ac-ceso al agua potable no se consideran los gastos realizados por los hogares para almacenar y mejorar la calidad y continuidad de la dis-ponibilidad del agua, como son las inversiones en cisternas, tinacos, bomba eléctrica, filtros de agua, compra de agua en pipas, propinas para los “piperos”, entre otros.42
En este sentido, un estudio del Banco Mundial en 201343 calcu-la que a escala de la Zona Metropolitana del Valle de México la
40 Banco Interamericano de Desarrollo, op. cit., nota 24. 41 El gasto promedio mensual en agua de garrafón y entubada en el país es de $356
por habitante. El gasto promedio mensual por habitante del Distrito Federal en ambos tipos de agua es de $177.
42 Arsenio González et al., Evaluación de la política de acceso al agua potable en el Distrito Federal, México, UNAM / Academia Mexicana de Ciencias / Evalúa DF, 2011. Por otra parte, de acuerdo con la Comisión Nacional del Agua, el pre-cio de este líquido repartido en pipas particulares es de $80 por m3 y de $20 si la pipa es de un organismo público (debido a las propinas). El contraste entre este costo y el del metro cúbico entregado en la toma domiciliaria en manzanas cla-sificadas como populares, cuyo precio es de $5, es muy marcado. Véase Gloria Soto, op. cit., nota 38.
43 Banco Mundial, Agua urbana en el Valle de México: ¿un camino verde para mañana?, México, Conagua / Banco Mundial / ANEAS, 2013.
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población asume costos indirectos para compensar las deficiencias e ineficiencias de los servicios de agua potable y saneamiento, en par-ticular la falta de continuidad y de calidad del agua en algunas zonas, así como la falta de tratamiento de las aguas residuales. Estos costos indirectos representan casi el triple del monto pagado por concepto de tarifas, sin considerar la parte que el contribuyente paga como impuestos que se destinan a subsidios. De este modo, la asequibilidad no puede medirse tan sólo por lo que la población paga por concepto de tarifas del sistema de agua potable.
Entre 2012 y 2013 se presentaron 377 quejas vinculadas a la vio-lación del derecho humano al agua ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Se destaca que 198 de estas quejas se refirieron al cobro excesivo o injustificado por el servicio de agua po-table y 136 a la interrupción injustificada del servicio público de agua. Otros tipos de violación denunciada fueron: omisión gubernamental para llevar el servicio a las comunidades, escuelas y centros laborales (21 quejas); omisión gubernamental para la reparación de fugas (15 quejas); omisión gubernamental de informar oportunamente sobre la suspensión del servicio de agua (cuatro quejas); y abastecimiento de agua insalubre (tres quejas).44
Desde su creación en 1993, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal ha emitido 11 recomendaciones relacionadas con el derecho humano al agua, varias de ellas iniciadas mediante investiga-ción de oficio a partir de alguna denuncia en la prensa. Las más rele-vantes son las siguientes. Una recomendación se enfoca a garantizar la distribución equitativa del agua potable en un reclusorio (16/1995). Dos recomendaciones están orientadas a resolver o prevenir grandes fugas en acueductos que entregan agua en bloque a la Ciudad de Mé-xico. La primera exige reparar la fuga del sistema Lerma y la segun-da solicita retirar las viviendas irregularmente construidas sobre el
44 Sistema Integral de Gestión de Información, Sistema Integral de Información 2012-2013, México, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2013.
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acueducto Chiconautla por el riesgo de colapsarlo y dejar sin agua a una parte de la delegación Gustavo A. Madero (9/2003 y 5/2010). Tres recomendaciones vinculan el derecho al medio ambiente sano con el derecho humano al agua. La primera es la recomendación de informar a la ciudadanía y presentar estudios confiables de impacto ambiental para la supervía Poniente; la segunda es a partir de la de-nuncia del daño ocasionado a la zona chinampera de Xochimilco por 41 hectáreas de asentamientos irregulares; y la tercera es por la con-taminación generada en el río Santiago debida a las aguas residuales de un reclusorio (1/2011, 19/2012 y 1/2013). Una recomendación más está dirigida a prevenir las insuficiencias de agua potable y drenaje que ocasionaría el permiso de 80 departamentos en el pueblo de Santa Úrsula Coapa, Coyoacán (5/2011).45
A partir del violento enfrentamiento suscitado en San Bartolo Ame-yalco el 21 de mayo de 2014 con motivo de la construcción de una obra hidráulica acompañada de un fuerte dispositivo de fuerzas de seguridad pública, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Fe-deral recibió cuatro expedientes de queja.46 Desde el mismo día 21 de
45 Ignacio Baroza, “Derecho humano al agua: un desafío presente y futuro”. En DFensor, Revista de Derechos Humanos, núm. 7, México, 2015, pp. 4-9. Esta revisión retoma el trabajo de análisis de Baroza, pero las recomendaciones se localizan en los diferentes informes de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.
46 El primero denuncia la falta de acceso a la información del proyecto hidráulico que se pretendía llevar a cabo en la zona. Los pobladores de este pueblo origina-rio consideraban que el objetivo del proyecto era captar el agua de su manantial (patrimonio del pueblo) para llevarla a Santa Fe; en tanto que la Jefatura Delega-cional de Álvaro Obregón señalaba que era para conducir agua del Sistema Cut-zamala hacia los asentamientos más pobres, carentes de este recurso. No hubo un proceso de comunicación y de difusión de información adecuado que permitiera evitar la confrontación y la represión. Dos expedientes más solicitan la interven-ción de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para realizar ese proyecto hidráulico a la brevedad a fin de abastecer de agua a las colonias que no
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mayo de 2014, la Comisión solicitó medidas precautorias para que prevaleciera el diálogo entre las partes, y ha emitido observaciones a la Jefatura Delegacional de Álvaro Obregón sobre los procedimien-tos adecuados de transmisión de información a través de las instan-cias correspondientes a las autoridades tradicionales de San Bartolo Ameyalco.
En la actualidad la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal se encuentra estudiando los expedientes y se mantiene atenta a que las acciones de las autoridades sean acordes con los estándares internacionales en derechos humanos.47 De este caso debe surgir el diseño de un mecanismo de acceso a la información oportuna, de un espacio de concertación previo a la realización de las obras hidráuli-cas para que el derecho humano al agua de una población no implique el detrimento o el menoscabo de los derechos de quienes habitan en la zona de captación. Se plantea la necesidad de espacios efectivos para el diálogo. Cabe mencionar que, como parte del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación para el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, se creó en 2013 el Espacio de Participación sobre el Derecho al Agua, conformado por 13 entes públicos y ocho organi-zaciones de la sociedad civil, el cual ha sido agente promotor de este derecho.48 Durante 2013 y 2015, éste realizó diversas acciones, aun-
disponen de este servicio. El cuarto expediente reúne las denuncias por aplica-ción excesiva de la fuerza, así como por la detención de varias personas durante el enfrentamiento.
47 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, “CDHDF informa sobre avances en los casos de San Bartolo Ameyalco”, boletín 120/2014, 1 de julio de 2014. Disponible en: http://cdhdfbeta.cdhdf.org.mx/2014/07/cdhdf-informa- sobre-avances-en-los-casos-de-san-bartolo-ameyalco/
48 Sacmex, Prosoc, PAOT, Sedema, SSG, Sobse, CGIA-ALDF, CDHDF, Seciti, Inmujeres-DF, Seduvi, Delegación Venustiano Carranza, Delegación Miguel Hi-dalgo, DECA Equipo Pueblo, Blue Planet Project, Mujer y Medio Ambiente, COMDA, Transformarte 2.0, Unión Popular Valle Gómez, FUOSyC, Unión Po-pular Revolucionaria Emiliano Zapata.
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que en los últimos meses el diálogo se ha postergado. Sin embargo, es claro que hoy más que nunca es necesario reconstruirlo, así como generar espacios para dar respuesta a las problemáticas de la Ciudad en materia del derecho humano al agua y al saneamiento.
C. Conclusiones
Entre los principales avances para garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento se pueden señalar algunos promovidos por el Espacio de Participación sobre el Derecho al Agua, como son: la gene-ración y formalización de un esquema de colaboración interinstitucio-nal; una agenda consensuada con una priorización de nueve líneas de acción del capítulo 15 del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; una propuesta de micrositio sobre el derecho humano al agua y al saneamiento; material de difusión (infografías); una matriz para el análisis de sistemas de denuncia; la ruta crítica para una campaña de difusión; instrumentos de análisis de las iniciativas de modificación de la Ley de Aguas del Distrito Federal; y una propuesta metodológica para el proceso participativo de la reforma de esta ley.49 Todas estas propuestas concretas son el germen de los mecanismos de instituciona-lización del derecho humano al agua y al saneamiento que serán puestos en marcha durante los horizontes a dos años y a 2021. Sobre todo, el avance principal es la permanencia de un espacio de diálogo entre so-ciedad civil y entes públicos en el que se ha generado un compromiso común para desarrollar las condiciones del cumplimiento del derecho humano al agua y al saneamiento en la Ciudad de México.
En materia de política y gestión del agua en la Ciudad de México, tres debates tienen una repercusión sobre la puesta en práctica del de-recho humano al agua y al saneamiento:
49 Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, Informe final del espacio de participación sobre el derecho al agua, México, MSE-PDHDF, 2015.
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a) Desde 1993, el Gobierno del Distrito Federal ha realizado suce-sivos contratos de servicios50 sobre algunas funciones (padrón de personas usuarias, micromedición, facturación y cobranza) con empresas privadas, sin que haya habido un mecanismo de rendi-ción de cuentas y transparencia de su desempeño. El Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal emitió una recomendación vinculatoria en 2011 en la que planteaba la impor-tancia de evaluar el desempeño de las empresas concesionarias, en particular “la consistencia de implementar un enfoque de derechos y equidad a través de agentes cuya racionalidad es la producción de ganancia”.51 A pesar de que se ha buscado generar procesos de mayor transparencia y participación social para vigilar y evaluar las empresas antes de profundizar la participación privada en la gestión del agua en la Ciudad y encaminarse hacia una gestión más democrática, como señalaban las líneas de acción consideradas en el anterior Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, la generación de dichos procesos aún es un reto.52
b) La condición de organismo desconcentrado del Sistema de Aguas de la Ciudad de México le impone restricciones, ya que no tiene personalidad jurídica ni patrimonio, ni persigue la autosuficien-cia financiera como el resto de los organismos operadores del país. El Sistema de Aguas de la Ciudad de México depende de la
50 Se trata de títulos de concesión que han tenido cuatro modificaciones y prórro-gas, incluida la vigente del 1 de julio de 2014 al 31 de mayo de 2016, conce-siones que ha otorgado el Gobierno del Distrito Federal a través de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal a cuatro empresas: SAPSA, Iacmex, Tecsa y AMSA, de capitales mixtos (empresas nacionales y extranjeras).
51 Evalúa DF, “Recomendaciones” [vinculatorias por medio de la Evaluación externa de la política de acceso al agua potable del Gobierno del Distrito Federal]. México, Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, 2011, p. 23.
52 Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, apartado 15.7, Sobre su-pervisión y evaluación de las empresas concesionarias, líneas de acción 776 a 780, 2009, pp. 391-393.
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asignación presupuestal de la Secretaría de Finanzas y de las de-cisiones tomadas en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Esto ha dado origen al proyecto de que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México deje de ser un organismo público desconcen-trado para convertirse en uno descentralizado. Esta propuesta debe evaluarse siempre acompañada de la creación de un meca-nismo idóneo de regulación, de mantener la aprobación de las tarifas en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como de la consolidación y fortalecimiento de la participación de las personas usuarias.
c) A la fecha se han presentado seis iniciativas de reforma de la Ley del Aguas del Distrito Federal, las cuales actualmente están en proceso de dictaminación. Para incorporar el derecho humano al agua y al saneamiento como eje ordenador de esta ley es nece-sario que esta reforma tenga un espacio de debate participativo.
La crisis hídrica de la Ciudad de México se expresa de manera des-igual en el territorio en función de las condiciones geográficas, de las posibilidades técnicas, de las limitaciones de la propiedad del suelo, así como de las características socioeconómicas de la población. Numero-sos diagnósticos comprueban esta desigualdad en el acceso al agua y al saneamiento. Sin embargo, esta desigualdad no ha sido formulada como problema de política pública, con un programa de inversiones para resolverla.
Las sucesivas crisis hídricas en la historia de la capital se han solu-cionado mediante el paradigma del incremento de la oferta de agua a partir de nuevas obras hidráulicas de trasvase y metropolitanas. Este modelo de solución ha generado un deterioro ambiental e hídrico, así como efectos sociales y económicos no sólo en el valle de Méxi-co, sino en las cuatro cuencas interconectadas por la infraestructura hidráulica regional. El modelo ha sido acompañado también de una escasa conciencia ciudadana de la gravedad de la escasez y de las di-ficultades de abastecer de agua a la capital.
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El derecho humano al agua y al saneamiento en la Ciudad de Méxi-co debe plantearse acompañado de la transformación gradual y realista del modelo de incremento de la oferta por un modelo de sustentabi-lidad hídrica y administración de la demanda, de gestión integrada, restauración de cuencas y acuíferos, de un esquema de coordinación interinstitucional, de participación ciudadana y comunitaria en una planeación coordinada del desarrollo urbano, del ordenamiento ecoló-gico y de los recursos hídricos.
II. Programa
A. Objetivo general
Respetar, proteger, promover y garantizar, bajo el principio de igual-dad y no discriminación, el derecho al agua y al saneamiento susten-table de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México.
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CAPÍTULO 6
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![Page 38: I. Diagnóstico - Programa de Derechos Humanos...22 Núcleo Seguridad humana de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 30 de septiembre de 2010 ... la rendición de cuentas, la](https://reader034.vdocuments.co/reader034/viewer/2022042710/5f682179fafe0102d77e9bfd/html5/thumbnails/38.jpg)
Núcleo Seguridad humana56
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CAPÍTULO 6
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![Page 41: I. Diagnóstico - Programa de Derechos Humanos...22 Núcleo Seguridad humana de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 30 de septiembre de 2010 ... la rendición de cuentas, la](https://reader034.vdocuments.co/reader034/viewer/2022042710/5f682179fafe0102d77e9bfd/html5/thumbnails/41.jpg)
CAPÍTULO 6
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CAPÍTULO 6
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III. Conclusiones
Los escenarios tendenciales elaborados por el Gobierno del Distrito Federal en 2012,53 el Banco Mundial en 201354 y la Universidad Na-cional Autónoma de México en 201355 coinciden en términos generales en pronosticar una aguda crisis hídrica y un deterioro de las cuencas hidrológicas y de los acuíferos subterráneos, una disminución en la eficiencia del servicio de agua potable y saneamiento, el incremento de población sin acceso al agua entubada, así como el agravamiento del problema de las fugas.
Un estudio del Centro Virtual de Cambio Climático Ciudad de Mé-xico calcula que para el año 2050 el proceso de cambio climático re-ducirá entre 10 y 17 por ciento la disponibilidad natural del agua tanto en el valle de México como en las cuencas del Cutzamala y del Alto Lerma.56
El escenario tendencial estimado por el Sistema de Aguas de la Ciu-dad de México para 2025 consiste en el deterioro general de la calidad del servicio, al grado de llegar a una crisis hídrica. La institución calcu ló que en 2025, de continuar las condiciones actuales, 35 por cien-to de las colonias de la Ciudad de México recibirían el agua por tan-deo diario, 20 por ciento por tandeo semanal, 17 por ciento requeriría del enmascarante para procurar la aceptabilidad social de la calidad
53 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, Programa de Gestión Integral de los Recursos Hídricos. En Gaceta Oficial del Distrito Federal, 11 de diciembre de 2012, apartado 2.3 “Visión integral del Sistema de Aguas de la Ciudad de Mé-xico” [en línea]. [Fecha de consulta: 6 de mayo de 2016.] Disponible en: http://www.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/50c6c6f130ff1.pdf
54 Banco Mundial, op. cit., nota 43. 55 UNAM, Foro La crisis del agua en la Ciudad de México: retos y soluciones,
México, GDF-Sacmex y UNAM. 56 Óscar Escolero et al., Vulnerabilidad de las fuentes de abastecimiento de agua
potable de la Ciudad de México en el contexto de cambio climático, México, CVCCCM, ICyTDF, CCA-UNAM, 2009.
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del agua, 8 por ciento recibiría el agua obtenida mediante la sobreex-plotación del acuífero y únicamente 20 por ciento recibiría un buen servicio.57
Si bien en el programa sectorial de agua es posible plantear obje-tivos en términos de obras que permitan la captación, conducción y distribución de caudales adicionales, en este capítulo del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México el objetivo a largo plazo es la transformación cultural centrada en la institucionalización de una cultura de derechos humanos y perspectiva de género, en el marco del cambio de paradigma del manejo del agua, de incremento de la oferta a administración de la demanda y gestión integrada del recurso hídrico.
El grave problema del acceso al agua potable y al saneamiento en los asentamientos humanos irregulares debe ser visualizado en el lar-go plazo como un proceso de avance progresivo en el que se resuelvan al menos tres derechos interdependientes: el derecho humano al agua y al saneamiento, el derecho a la vivienda adecuada y el derecho al medio ambiente sano.
A largo plazo, garantizar el derecho humano al agua y al sanea-miento a las personas que viven y transitan en la Ciudad de Méxi-co debe enmarcarse en una transformación del modelo de gestión del agua hacia la sustentabilidad, que proteja los derechos humanos de las poblaciones urbanas y rurales, así como a los pueblos originarios, que habitan tanto en el valle de México como en las cuencas del Alto Lerma, del Cutzamala y del Tula.
Los objetivos y estrategias planteados en este capítulo son sólo una parte y no todo lo que se necesita hacer para transitar hacia un modelo más sustentable de gestión del agua en la Ciudad de México, condi-ción sine qua non para garantizar a las generaciones presentes y futu-ras su derecho humano al agua y al saneamiento.
57 Sistema de Aguas de la Ciudad de México, op. cit., nota 53.
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