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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, MODALIDAD PARTICULAR. HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V. CANCUN Q. ROO, JUNIO 2010.

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MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL,

MODALIDAD PARTICULAR.

HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN

 

PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V.

CANCUN Q. ROO, JUNIO 2010.

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ANTECEDENTES MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL,

MODALIDAD PARTICULAR. PROYECTO: HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN

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PRESENTACIÓN Desde su creación, Cancún se ha destacado como un ejemplo exitoso de planeación turística integral. El crecimiento casi permanente de la afluencia de visitantes y derrama económica, agregado a los elevados índices de ocupación, han superado las expectativas proyectadas y Cancún se ha consolidado como el centro turístico más importante de nuestro país, a nivel nacional. Incluso frente a terribles adversidades como el huracán Gilberto en 1988 y el huracán Wilma en 2005, el talento y la visión de sus promotores para encontrar soluciones innovadoras, han hecho posible reanudar el crecimiento turístico. Campañas publicitarias dirigidas a distintos nichos de mercado, la integración de paquetes de viaje competitivos y una oferta de servicios complementarios, han respondido a una demanda cada vez más exigente, con mayores opciones a elegir y acceso inmediato a la oferta, vía electrónica. A pesar de que el sector turismo es vulnerable a los cambios socioeconómicos y a los fenómenos naturales, el turismo es una actividad que sigue en crecimiento. Prueba de ello es el incremento de visitantes a los principales destinos turísticos del mundo. Cancún está cumpliendo cuarenta años de existencia y su prestigio se basa en una capacidad de renovación constante. Las cifras lo demuestran: Cancún recibe tres millones de visitantes anuales, aporta al país una derrama de tres mil millones de dólares al año y conserva un lugar destacado en ocupación hotelera, superando el 60% de ocupación promedio anual. No obstante, en Cancún existe infraestructura turística cuya potencialidad no ha sido desarrollada en su plenitud. Es el caso del Centro de Convenciones en la zona de Punta Cancún, cuya primera estructura construida por FONATUR en 1978, incluyó el emblemático “Globo”, que alojaba en esas épocas a los convencionistas que visitaban Cancún, y después se edificó el Museo del Instituto Nacional de Antropología e Historia y plaza El Parián. El 6 de mayo de 1988, la Dirección de Obras Publicas oficina de licencias de construcción del Municipio de Benito Juárez otorgó el alineamiento y numero Oficial para el predio ubicado en paseo Kukulcan junto al centro de convenciones según en los datos del croquis del proyecto, el cual se localiza en la zona del centro de convenciones, Zona Hotelera de la ciudad de Cancún.

En 1991 se construyó el actual Centro de Convenciones sobre un predio con una superficie de 19,903.55 metros cuadrados. El proyecto incluía una Torre Mirador de Telecomunicaciones, con una altura de 37 niveles, cuya Licencia de

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Construcción (CAN-1362, del 27 de febrero de 1991) incluyó oficinas y restaurante bar. La siguiente imagen muestra el proyecto Torre Mirador y el Centro de Convenciones aprobado por la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Benito Juárez.

La Torre Mirador inició su cimentación, pero el proyecto fue suspendido, ya que las condiciones que le dieron origen se modificaron, el mercado turístico ya no mostro interés en este tipo de atractivos turísticos y la tecnología en telecomunicaciones ha evolucionado en forma vertiginosa; y se produjeron cambios en el aspecto financiero que lo hizo incosteable, cancelándose los créditos contratados y fraccionando el concepto integral original.

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En las fotos se observa la maquinaria de perforación para la cimentación profunda de la Torre Mirador y la manta del apoyo financiero del Banco del Atlántico S.A.

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La zona de Punta Cancún requirió más atención y en el marco de una continua renovación de la zona hotelera de Cancún, el Gobierno Municipal de Benito Juárez, puso en marcha un reordenamiento urbano-turístico de la zona. Con estas bases, se aprobó y publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano y Turístico de Punta Cancún, de fecha 7 de diciembre de 2001. Este Programa pretendió dar respuesta a la demanda turística y generar un mayor atractivo que favoreciera un turismo de mayor poder adquisitivo, mediante acciones que estimularan la actividad comercial, la generación de empleos y la captación de impuestos. En dicho Programa, correspondió la clasificación “Proyecto Integral número 4”, al Centro de Convenciones, Plaza del Parián, Museo del INAH, Torre Panorámica y estacionamiento con 150 cajones. La intención del Proyecto Integral 4, fue volver a articular las partes para lograr una unidad armónica, funcional y productiva.

La zona de servicios turísticos recreativos especiales clave S5, ubicada en Punta Cancun conforme al Plan Director de Desarrollo Urbano de Cancun de fecha 12 de enero de 1993, fue reordenado en 2001, a través de un Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 7 de diciembre de 2001, mediante el cual el uso del suelo se definió en 8 proyectos integrales. En el Proyecto Integral número 4, la torre panorámica fue etiquetada como “Torre Panorámica E 10”. El lote en el que se ubica la torre panorámica E10, tiene al Norte de un predio referido con la clave P3.

El predio objeto de esta MIA-P, recibió una primer Licencia de Construcción con número CAN-1362, de fecha 6 de mayo de 1988, que incluía el Centro de Convenciones y la Torre Panorámica. Se incluye en esta manifestación la imagen del croquis de la manzana y el predio.

La Licencia de Construcción núm. 1362, en su sección de la torre mirador, con una superficie de construcción de 12,038.61 m2, fue renovada el 22 de octubre de 2009, y aun no ha sido edificada.

La normatividad dictada el 7 de diciembre de 2001, denominada Programa de Reordenamiento Urbano y Turístico de Punta Cancún, indica que cualquier proyecto de nueva construcción, remodelación o ampliación que se realice en el área de aplicación del Programa Parcial, deberá notificarse al Honorable Cabildo de Benito Juárez, antes de que la Dirección General de Desarrollo Urbano otorgue la licencia correspondiente. Asimismo, cualquier

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modificación de normatividad y densidades que se realice en el área del ámbito de aplicación del Programa Parcial, debe tener la aprobación previa del Honorable Cabildo de Benito Juárez.

En este contexto la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V., actual propietaria del Lote del proyecto, planteó a la autoridad municipal el cambio de proyecto de la torre panorámica original, al Hotel del Centro de Convenciones de Cancún, enmarcándolo en un análisis de la situación actual de Cancún, y concretamente, en el nicho de mercado de las convenciones.

Hoy día nuestro país recibe un promedio de 7 mil convenciones al año. De este global, el Centro de Convenciones de Cancún recibe entre 10 y 12 convenciones anuales, cada una de ellas con una asistencia de más de 1,500 participantes. Una de las razones por las cuales el destino turístico de Cancún no aumenta el número de convenciones que ya recibe y que podrían elevarse hasta 120 convenciones anuales, con una recepción de 70,000 nuevos visitantes, es que el Centro de Convenciones carece de instalaciones hoteleras que puedan dar hospedaje in situ a sus participantes.

Si bien es cierto que existe infraestructura hotelera con salones para reuniones, que representan una opción, también lo es que las experiencias de centros de convenciones nacionales como el recién inaugurado Conjunto Polivalente en Pachuca Hidalgo, así como en el extranjero con centros internacionales como Barcelona y Chicago, que permiten albergar a los convencionistas en el mismo lugar donde se desarrolla la convención, ha probado con creces que dicha fórmula es muy competitiva, ya que permite recibir también pequeñas convenciones, entre 20 y 1,000 participantes.

Lo anterior nos condujo a plantear ante las autoridades municipales y ante el Honorable Cabildo, el proyecto de sustituir la torre panorámica proyectada, por el Hotel del Centro de Convenciones, que no solamente pretende dar albergue a los convencionistas, sino convertirse en un factor multiplicador que impulse las actividades que actualmente se desarrollan en la zona: comercios, restaurantes, plazas comerciales, etc., y que se encuentran en franca recesión.

Se pretende lograr un producto más versátil y dinámico que contribuya a mejorar la imagen urbana, en los términos ya previstos por el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano, resolver el añejo problema de estacionamiento, mejorar

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la movilidad vial, ocupar un espacio urbano ocioso, subutilizado y ya muy deteriorado, en pocas palabras, revitalizar Punta Cancún.

El proyecto consiste en construir en el conjunto del centro de convenciones, el Hotel del Centro de Convenciones de Cancún, en un edificio que en planta baja contará con: lobby, recepción y comunicación directa al centro de convenciones; 3 niveles de estacionamiento cubierto (141 cajones) con una superficie de 5,408.22 metros cuadrados y por último 7 niveles que albergarán 180 cuartos hoteleros con una superficie de 9,479.14 metros cuadrados. El Hotel remata con una terraza mirador, cuya altura no rebasa la del centro de convenciones.

La empresa promovente, Promotora TIIM, S.A. de C.V., ha seguido todo el procedimiento legal fijado por la normatividad vigente, a fin de que las autoridades municipales otorguen su aprobación al cambio de proyecto. En efecto, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Ayuntamiento Benito Juárez, recibió la solicitud de modificación del Proyecto Integral número 4, en lo relativo a la Torre Mirador y lo remitió para opinión técnica, al Instituto Municipal de Planeación para el Desarrollo Urbano de Benito Juárez.

El 12 de noviembre de 2009, el IMPLAN emitió su opinión técnica favorable al proyecto, enmarcándolo en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001, en el apartado específico del proyecto integral número 4. Con base en este último, se reiteró que cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción, condicionando el IMPLAN el proyecto al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente.

El 19 de febrero de 2010, se reunió el Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez y durante su vigésima séptima sesión extraordinaria, analizó como cuarto punto de la orden del día la solicitud planteada por Promotora TIIM, S.A. de C.V. para la modificación del uso de suelo del mencionado predio, de la actual clasificación de S5, a la clasificación de TH7.

El H. Cabildo autorizó el cambio de uso de suelo y ordenó se procediera a la adecuación de las disposiciones contenidas en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún de 7 de diciembre de 2001, así como en el plano correspondiente a Punta Cancun contenido en el Plan

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director de desarrollo urbano de la ciudad de Cancún, publicado en el periódico oficial el 12 de Enero de 1993.

En cumplimiento con el tercer punto del acuerdo de la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria, la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V. entrego el 23 de Febrero de 2010 a la Secretaria del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, el estudio de impacto vial, previamente evaluado por el IMPLAN y reiteró el compromiso de realizar las adecuaciones que requiera la infraestructura vial publica. La Secretaria de Ecología y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, por conducto de la Dirección de Desarrollo Urbano expidió el 24 de Febrero del 2010, la licencia de construcción núm. 1362 para el hotel del Centro de Convenciones con estacionamiento cubierto de 141 cajones de estacionamiento. Se apegan a ésta MIA los siguientes documentos de sustento:

1. El 20 de abril de 2010 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el N° 31 extraordinario el “Cuarto punto del orden del día. Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el Cambio de Uso de Suelo del Lote 8-01, Manzana 48 de la Zona Turística, Sección A, de la Zona Hotelera de esta ciudad de Cancun, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo”. Correspondiente a la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria de fecha 19 de febrero de 2010.

2. Publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo del 20 de abril de 2010, de los planos modificatorios del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 7 de diciembre de 2001 y de Punta Cancun en el Plan Director de Desarrollo Urbano de Cancun de fecha 12 de enero de 1993.

En los que identifican al Lote con la anotación de cambio de uso de suelo acordado, el 19 de febrero de 2010, en la vigésima séptima sesión extraordinaria del cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez 2008-2011, de “Torre Panorámica E10” a Hotel de 180 cuartos con la siguiente nomenclatura M48 L8-01 Zona Hotelera.

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3. El 26 de abril de 2010, fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio un ejemplar del No. 31 extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, de fecha 20 de abril de 2010, quedando registrados los siguientes datos en la boleta que a continuación se describe.

Descripción

del acto

Folio Oficina Fecha de Registro

Hora de registro

Numero consecutivo del

acto Inscripciones

especiales 163126 Cancun 26042010 10:21:33 8

4. INSCRIPCIÓN RPP SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO URBANO Y PLAN PARCIAL DEL CAMBIO DE USO DE SUELO

número A fojas Tomo

sección

Oficina

Fecha de Registro

2 114-145 III

V

Cancún 17062010

5. INSCRIPCIÓN RPP PROGRAMA PARCIAL DE REORDENAMIENTO

URBANO TURISTICO DE PUNTA CANCÚN número A fojas

Tomo

sección

Oficina Fecha de Registro

1 2-113 III

V

Cancún 10062010

Como se puede observar en los puntos 4 y 5 que anteceden el cambio de uso de suelo modifico el plan parcial de reordenamiento urbano turístico de Punta Cancún, tal y como se acredita en los recuadros anteriores, ya que el mismo se encuentra inscrito en el RPP, bajo el mismo tomo y sección, así como haber previsto las consideraciones a que hace referencia el artículo 27 de la Ley de Asentamiento Humanos para el Estado de Quintana Roo.

6. Mediante Licencia de construcción No. 1362, de fecha de autorización 27 de febrero de 1991, la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, otorgó el cambio de proyecto, otorgándole una vigencia del 24 de febrero del 2010, al 24 de febrero del 2012. La descripción de las obras incluyen; PB de Lobby restaurante bar + tres niveles de estacionamiento con 141 cajones + siete niveles con 178 cuartos de hotel y 2 suites terraza mirador en azotea.

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El proyecto que hoy se somete al proceso de evaluación en materia de impacto ambiental, a través de esta Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular, se refiere a la construcción del Hotel del Centro de Convenciones de Cancún que incluye en su estructura, accesos, servicios, espacios jardinados en terrazas y estacionamientos. El plano conceptual del proyecto en comento se anexa a la presente.

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ANTECEDENTES. El Sr. Mauricio Hamui Hilwani, Representante Legal de la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., pretende desarrollar una torre para uso hotelero en el Lote 08-01, Mza 48, Blvd Kukulcán, sección “A” de la Zona Hotelera de Cancún, dicho Lote cuenta una antigua construcción inconclusa de cimentación profunda, para una torre de 37 niveles que correspondía al proyecto “Torre Mirador”, el cual involucraba oficinas, mirador, restaurant, bar y cuarto de maquinas en hasta 7 niveles con un total de construcción de 10,395 m2. Actualmente, mediante escritura pública Núm. 48093 (ANEXO 1.8), de fecha 29 de mayo de 2009, se realizó la Transmisión de propiedad que otorgan por una parte el BANCO DEL BAJÍO, S.A. DE C.V., como fiduciaria, GRUPO CANCÚN CARIBE TORRE, S.A. DE C.V., como la fideicomitente y PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., como la cesionaria.

Como consecuencia de la protocolización se tienen por modificadas las superficies, medidas y colindancias del predio en comento, quedando el Lote con una superficie total de 2,237.19 m2. El espacio en el que se pretende el desarrollo del proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN” cuenta con la siguiente cronología administrativa: DOCUMENTACIÓN Y ESCRITURAS.

1. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 18985 (ANEXO 1.1), de fecha 20 de febrero de 1992, pasada ante la Fe del Lic. Javier Reyes Carrillo, notario público suplente número 7 en el estado de Quintana Roo, a través de la cual Banco del atlántico Sociedad Nacional de Crédito, Formaliza la subdivisión del lote (Centro de Convenciones, Centro Comercial y Torre) en Fideicomiso.

2. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 259304 (ANEXO 1.2), de fecha 19 de abril de 1994, pasada ante la Fe del Lic. Tomas Lozano Molina, asociado del notario público número 87 en el Distrito Federal, a través de la cual Banco Internacional Sociedad Anónima, Grupo Financiero Prime Internacional, otorga Poder General a favor de los Licenciados Rubén Ruíz Paredes, Roberto Alfonso Pacheco Montaño y José Antonio Santoveña Domínguez.

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3. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 2911 (ANEXO 1.3), de fecha 19 de enero de

1996, pasada ante la Fe del Lic. Benjamín Salvador de la Peña Mora, notario público número 20 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la protocolización de la fusión y segunda subdivisión quedando el Lote 08 Mza 48 con 15,413.52 m2 y el lote 08-01 Mza 48 con 2237.19 m2.

4. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 12292 (ANEXO 1.4), de fecha 30 de abril de 1998, pasada ante la Fe del Lic. Luis Miguel Cámara Patrón, notario público suplente número 13 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la constitución del régimen de condominio sobre el Lote 08 Mza 48 con una superficie de 15,413.52 m2.

5. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 18428 (ANEXO 1.5), de fecha 04 de junio de 2003, pasada ante la Fe del Lic. Benjamín Salvador de la Peña Mora, notario público número 20 en el estado de Quintana Roo, entre la Sociedad denominad Fénix-Mercury I S. de R. L. de C.V., como la parte vendedora y la sociedad denominada Sociedad Mercantil Congresos y Convenciones de Cancún S.A de C.V., como la parte compradora correspondiente a la protocolización de la compra del centro de convenciones, lo que comprende construcciones y áreas delimitadas en el régimen de condominio y una superficie del Lote 08 Mza 48 con una superficie de 15,413.52 m2.

6. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 27240 (ANEXO 1.6), de fecha 24 de junio de 2005, pasada ante la Fe del Lic. Benjamín Salvador de la Peña Mora, notario público número 20 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la protocolización de acta de asamblea general ordinaria del Grupo Cancún Caribe Torre, S.A. de C.V.

7. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 1870 (ANEXO 1.7), de fecha 30 de noviembre de 2006, pasada ante la Fe del Lic. Armando Abraham Llanez Acereto, notario suplente de la Notaría Pública número 40 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la constitución de la sociedad denominada PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V.

8. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 48093 (ANEXO 1.8), de fecha 29 de mayo de

2009, pasada ante la Fe del Lic. Marco Antonio Sánchez Valdés, notario

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público número 3 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la Transmisión de propiedad por dación en pago y en ejecución de fideicomiso que otorgan por una parte el Banco del Bajío, S.A. de C.V., como fiduciaria, Grupo Cancún Caribe Torre, S.A. de C.V., como la fideicomitente y PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., actual promovente del proyecto, como la cesionaria. Como consecuencia de la protocolización se tienen por modificadas las superficies, medidas y colindancias del Lote 08-01, Mza 48, Blvd Kukulcán, Zona Hotelera de Cancún, quedando el Lote con una superficie total de 2,237.19m2.

9. Certificación de otorgamiento de poder de fecha 9 de junio de 2009 (ANEXO 1.9), por parte del Lic. Víctor Manuel Curiel Piña, pasada ante la Fe del Lic. Marco Antonio Sánchez Vales notario público número 3 del estado de Quintana Roo.

10. ESCRITURA PÚBLICA NÚM. 2136 (ANEXO 1.10), de fecha 5 de octubre de 2009, pasada ante la Fe del Lic. Naín Gabriel Díaz Medina, notario público número 37 en el estado de Quintana Roo, mediante el cual se otorga el Sr. Mauricio Hamui Hilwani el Poder de General de la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V.

AUTORIZACIONES EN MATERIA URBANA.

I. Oficio núm. 2195, de fecha 6 de julio de 1981 (ANEXO 2.1), a través del cual la Dirección de Obras públicas del Municipio de Benito Juárez otorga el alineamiento y número oficial para el predio del proyecto, el cual se localiza en la zona del centro de convenciones, Zona Hotelera de la ciudad de Cancún.

II. Que con fecha 6 de mayo de 1988 (ANEXO 2.2), se solicitó a la Dirección

de Obras Publicas oficina de licencias de construcción del Municipio de Benito Juárez el alineamiento y numero Oficial para el predio ubicado en paseo Kukulcan junto al centro de convenciones según en los datos del

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croquis del proyecto, el cual se localiza en la zona del centro de convenciones, Zona Hotelera de la ciudad de Cancún.

III. Que con fecha 27 de febrero de 1991 (ANEXO 2.3), se solicitó al departamento de Licencia de Construcción del Municipio de Benito Juárez el alineamiento y número Oficial para el predio ubicado en paseo Kukulcan km 9, para la obra Torre Mirador según en los datos del croquis del proyecto, adjuntos al oficio.

IV. Oficio con número de folio CAN-1362 (ANEXO 2.4), de fecha 27 de febrero de 1991, a través del cual la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez, emitió la Licencia de Construcción, para el Centro de Convenciones con una superficie de construcción de 22,696.00 m2.

V. Que con fecha 24 de junio de 1991 (ANEXO 2.5), mediante la Licencia CAN-1362, otorgada por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez, se autorizó la demolición del centro de convenciones Cancún. Q. Roo, para la construcción del nuevo centro de convenciones.

VI. Oficio con número de folio CAN-1362 (ANEXO 2.6), de fecha 27 de febrero de 1991, a través del cual la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez, emitió la Licencia de Construcción, para el proyecto “Torre Mirador”, el cual involucraba en su momento la construcción de oficinas, mirador, restaurant, bar y cuarto de maquinas, con una altura de 37 niveles y una superficie de construcción de 10,395.00 m2., con una superficie de terreno de 900 m2.

VII. Prórroga de la Licencia de Construcción número CAN-1362 (ANEXO 2.7), otorgada por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez para el proyecto “Torre Mirador”, del 27 de febrero de 1992 al 27 de febrero de 1993.

VIII. Prórroga de la Licencia de Construcción número CAN-1362 (ANEXO 2.8), otorgada por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de

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Benito Juárez para el proyecto “Torre Mirador”, del 27 de febrero de 1993 al 27 de febrero de 1994.

IX. Que con fecha 7 de febrero de 1994 (ANEXO 2.9), se ingresó a la Secretaría Estatal de Salud y Bienestar Social del Departamento de Control Sanitario la solicitud de autorización de Planos para construcción referente al proyecto del Centro de Convenciones y centro Comercial con una superficie total de terreno de 19,903.97 m2 con una superficie total construida de 29,041.73 m2.

X. Que mediante escritura 12292 (ANEXO 2.10), de fecha 30 de abril del 1998, pasada ante la Fe del Lic. Luis Cámara Patrón, Notario suplente número 13 en el estado de Quintana Roo, se constituyó el régimen de condominio exclusivamente sobre el lote 08 con una superficie de 15,413.52 m2.

XI. Que con fecha 10 de marzo de 1999 (ANEXO 2.11), mediante la licencia CAN-1362, otorgada por la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez, se registró un total de 29,990.55 m2 de construcción sobre un terreno de 15,413.52 m2 del centro de convenciones y centro comercial.

XII. Que mediante acta 1731 (ANEXO 2.12), de fecha 10 de abril del 2008 pasada ante la Fe del Lic. Carmen Nicolás Ramírez, Notario público número 38 en el estado de Quintana Roo, correspondiente a la exención del pago de derechos con fecha 5 de marzo de 1999, otorgada por el H. Ayuntamiento de Benito Juárez, por concepto de terminación de obra del proyecto del Centro de Convenciones para así poder proceder con la entrega del régimen de condominio constituido al solicitante.

XIII. Cedula catastral número 114703 (ANEXO 2.13), de fecha 5 de junio de 2009, emitida por la Dirección de Catastro del Municipio de Benito Juárez a nombre de la empresa BANCO DEL ATLANTICO. S.A. SOCIEDAD NACIONAL DEL CREDITO, DIVISIÓN FIDUCIARIA para el predio del proyecto.

XIV. Cédula Catastral con número de folio 116059 (ANEXO 2.14), de fecha 29 de junio de 2009, del predio del proyecto emitida por la Dirección de Catastro del Municipio de Benito Juárez a nombre de la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V., para el predio del proyecto.

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XV. El 12 de noviembre de 2009 (ANEXO 2.15), el IMPLAN emitió su opinión

técnica favorable al proyecto, enmarcándolo en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001, en el apartado específico del proyecto integral número 4. Con base en este último, se reiteró que cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción, condicionando el IMPLAN el proyecto al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente.

XVI. Que el 22 de octubre de 2009 (ANEXO 2.16), la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, otorgó la actualización de la licencia de construcción no. CAN-1362 de la Torre Mirador en el lote 08-01 Mz.48 con una superficie de construcción de 12,038.61m2 de acuerdo al proyecto integral No. 4 del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun publicado el 07 de diciembre del 2001 en el Periódico Oficial.

XVII. Mediante la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria de fecha 19 de febrero de 2010 (ANEXO 2.17), el Cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, acordó en su numeral PRIMERO autorizar el cambio del uso de suelo de S5 a TH7, del lote 8-01, de conformidad con las condicionantes y medidas de mitigación establecidas en los considerandos del presente acuerdo. PRIMERO.- se autoriza el cambio de uso de suelo de (S5) a (TH7), de conformidad con las condicionantes y medidas de mitigación establecidas en los considerandos del presente acuerdo. SEGUNDO: en su oportunidad procédase a la adecuación de las disposiciones contenidas en el plan parcial de reordenamiento urbano turístico de punta cancun, de 07 de diciembre de 2001; y en el programa de desarrollo urbano del centro de población de la ciudad de cancun, actualización 2005, de 22 de julio de 2005. En su tabla 32. A la brevedad iníciese los trabajos de actualización del plan parcial de reordenamiento urbano turístico de punta cancun, de 07 de diciembre de 2001; y del programa de desarrollo urbano del centro de población de la ciudad de cancun, actualización 2005, de 22 de julio de 2005.

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TERCERO: previo al otorgamiento de la licencia de construcción, se deberá presentar a la consideración de este honorable ayuntamiento, los estudios de impacto vial correspondientes; así mismo, las adecuaciones que requiere la infraestructura pública vial conforme al proyecto objeto del presente acuerdo, serán por cuenta del promoverte.

XVIII. Que el 23 de febrero de 2010 (ANEXO 2.18), se dio cumplimiento a la entrega de información correspondiente al acuerdo TERCERO indicado en el acta de cabildo referente al estudio de impacto vial correspondiente.

XIX. Que con vigencia del 24 de febrero del 2010, al 24 de febrero del 2012 (ANEXO 2.19), la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, mediante Licencia de construcción No. 1362 de fecha de autorización 27 de febrero de 1991, aprobó el cambio de proyecto del Lote 08-01, Mza 48, Blvd Kukulcán, sección “A” de la Zona Hotelera de Cancún, con PB de Lobby restaurante bar + tres niveles de estacionamiento con 141 cajones + siete niveles con 178 cuartos de hotel y 2 suites terraza mirador en azotea.

XX. Que el 20 de abril de 2010 (ANEXO 2.20), se Publicó en el Periódico oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, el cuarto punto del orden del día. Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de uso de suelo del lote 8-01 manzana 48 de la zona turística, sección A, de la Zona Hotelera de esta ciudad de Cancún, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo antes señalado.

XXI. Mediante oficio de fecha 23 de abril de 2010 (ANEXO 2.21), la empresa promovente, solicitó la inscripción en el registro público de la propiedad y del comercio de Cancún Quintana Roo el periódico oficial de fecha 20 de abril de 2010, Tomo I, número 31 extraordinarios, séptima época, se anexa copia de lo antes dicho.

XXII. Que con fecha 26 de abril de 2010 (ANEXO 2.22), el C. calificador Yolanda Velázquez Ávila, de la Secretaría de Hacienda Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del estado de Quintana Roo, hace constar que con motivo del documento No. 31 extraordinario quedan registrados el acto que a continuación se describe:

Descripción del acto

Folio Oficina Fecha de

Registro Hora de registro

Numero consecutivo del

acto Inscripciones especiales 163126 Cancun 26042010 10:21:33 8

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MODALIDAD PARTICULAR.

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CANCUN Q. ROO, JUNIO 2010.

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INDICE

I DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. 3

I.1. Proyecto 3 I.1.2. Ubicación del proyecto 3 I.1.3. Vida útil del proyecto. 4 I.1.4. Presentación de la documentación legal 4

I.2. Promovente 4 I.2.1 Razón social 4 I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes 4 I.2.3 Nombre y cargo del representante legal 4 I.2.4 Dirección del promovente para recibir u oír notificaciones 4

I.3 Responsable del estudio de impacto ambiental 4 I.3.1 Nombre o razón social 4 I.3.2 Registro federal de contribuyentes 4 I.3.3 Nombre del responsable técnico de la elaboración del estudio 4 I.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio 4

II.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 5

II.1 Información general del proyecto 5 II.1.1 Naturaleza del proyecto 8 II.1.2 Selección del sitio 10 II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización. 11 II.1.4 Inversión requerida 14 II.1.5 Dimensiones del proyecto 14 II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. 20 II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos 22

II.2 Características particulares del proyecto 25 II.2 Programa general de trabajo 25 II.2.1 Preparación del sitio 25 II.2.2 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto 25 II.2.3 Etapa de construcción 26 II.2.4 Etapa de operación y mantenimiento. 28 II.2.5 Descripción de obras asociadas al proyecto 28 II.2.6 Etapa de abandono del sitio 28 II.2.7 Utilización de explosivos 28 II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la

atmósfera. 28 II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos. 29

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y REGULACIÓN DE USO DEL SUELO. 30 1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 30 2. LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO 30 3. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE (LGEEPA) 33 4. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL

AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. 33 5. PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ,

QUINTANA ROO. 34 7. PROGRAMA PARCIAL DE REORDENAMIENTO URBANO TURÍSTICO DE PUNTA CANCÚN. 51

IV DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA. 61 IV.1. Caracterización y Análisis del Sistema Ambiental del Lote. 64 IV. 2 Caracterización y análisis del sistema ambiental 68 IV.2.2 Aspectos naturales del predio 74 IV.1.4. Medio socioeconómico. 75

V. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES. 88 V.1 Presentación 88 V.3 Método utilizado para la identificación de impactos. 94 V.4 Descripción y valor de importancia de los impactos identificados. 97 V.5 Conclusión 107

VI. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN O COMPENSACIÓN PARA CADA UNO DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS. 109

VI.2 Medidas correctivas por impactos generados 110 Alteración de la calidad del aire como consecuencia del movimiento de tierras 110 Cambios en la calidad del agua por posibles vertidos 110

VI. 3 Impactos residuales 117

VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS 121 ESCENARIO AMBIENTAL MODIFICADO 121

VII. 2 Programa de Vigilancia Ambiental 125

VII.3 Conclusiones 125

VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES 126

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I DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

I.1. Proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”.

I.1.2. Ubicación del proyecto El proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES, se pretende edificar en el Lote 08-01, de la Manzana 48, de la sección “A” de la Zona Hotelera de Cancún, en el Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo. El predio del proyecto se muestra en la siguiente fotografía aérea.

25 537m

525

537m5

27 003m

527

003m5

36 726m2,3 36 726m2,3

37 541m2,3 37 541m2,3

5 km26

5 km26

25 537m

525

537m5

27 003m

527

003m5

23 km37 23 km37

36 726m2,3 36 726m2,3

37 541m2,3 37 541m2,3

Centred on 526,270m, 2,337,133m UTM Zone 16 ( 21° 08' 07" N, 86° 44' 49" W WGS84)S c a le 1 : 4 ,0 0 0

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

21°

7' 5

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21°

8' N

21°

8' 5

0"N

21°

8' 1

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21°

8' 1

50"N

21°

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00"N

21° 7' 550"N21° 8' N

21° 8' 50"N21° 8' 100"N

21° 8' 150"N

The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 45.24" due east of true north

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12 Mayo 2010

0 100100 200 300 400 500 600 700 800METRES METRES

POLIGONO 08-01 (0.22 HA.)

N

S

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Localización del predio del proyecto, Hotel del Centro de Convenciones de Cancún.

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I.1.3. Vida útil del proyecto. Se estima que el proyecto en operación pueda tener una vida útil de 50 años. Lo anterior con la aplicación de los debidos programas de mantenimiento.

I.1.4. Presentación de la documentación legal En Anexos I. se presentan copias de la documentación legal de la empresa, del promovente y del predio.

I.2. Promovente

I.2.1 Razón social

PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V.

I.2.2 Registro Federal de Contribuyentes PTI-061130880 (Anexo 1.a)

I.2.3 Nombre y cargo del representante legal SR. MAURICIO HAMUI HILWANI (Anexo 1.b)

I.2.4 Dirección del promovente para recibir u oír notificaciones AV TULUM SUR MZA. 3 L2 N290 1ER. PISO SM 8 CANCÚN QUINTANA ROO

I.3 Responsable del estudio de impacto ambiental

I.3.1 Nombre o razón social Q&LL, S.C.

I.3.2 Registro federal de contribuyentes QAL070614LN6

I.3.3 Nombre del responsable técnico de la elaboración del estudio Integración de la MIA-P: Carlos Llorens Cruset /Oc. Lourdes Quiroz Quiroz Proyecto Arquitectónico: Arq. Lorenzo Aldana Echeverría

I.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio Puerto Juárez, Cancún, Municipio. Benito Juárez, Quintana Roo. Tel. 01(998) 8433239

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II.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

II.1 Información general del proyecto

La empresa PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., pretende construir el proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, en el Lote 08-01, Manzana 48, Boulevard Kukulcán, Zona Hotelera de Cancún, (Punta Cancún), Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo. El proyecto consiste en la construcción y operación de un Hotel distribuido de la siguiente manera:

• Planta sótano: cuarto de maquinas, cisternas de diferentes capacidades: • Planta baja: lobby, motor lobby, locales comerciales, restaurante, cocina,

oficinas, vestíbulo elevadores, rampas, área de carga y descarga, baños hombres y mujeres.

• Plantas 1ª: cuarto de máquinas, comedor de empleados, elevadores, baños con lockers para hombres y mujeres, estacionamiento, cuarto eléctrico y rampas.

• Planta 2ª y 3ª: elevadores, escaleras, estacionamientos y rampas. • Plantas 4ª al 10ª: se distribuyen los 180 cuartos hoteleros, elevadores,

escaleras; • Planta 11º: Área de eventos, mirador, baños, alberca, elevadores y escaleras.

De acuerdo con las escrituras del predio, número 48,093 el lote tiene una superficie total de 2,237.19 m2.

El sitio de referencia proviene de una subdivisión de predios donde se encuentra el Centro de Convenciones de Cancún (“Cancún Center”) se caracteriza por ser un lugar totalmente modificado por actividades antropogénicas, toda vez que cuenta con una construcción de cimentación profunda antigua que correspondía a la torre mirador o torre panorámica. Las siguientes imágenes muestran probanza de lo indicado.

Vista del lote del proyecto modificado previamente. En la imagen derecha se observa la antigua

cimentación del proyecto “Torre Mirador” así como la situación actual.

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La empresa promovente, Promotora TIIM, S.A. de C.V., ha seguido todo el procedimiento legal fijado por la normatividad vigente, a fin de que las autoridades municipales otorguen su aprobación al cambio de proyecto. En efecto, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Ayuntamiento Benito Juárez, recibió la solicitud de modificación del Proyecto Integral número 4, en lo relativo a la Torre Mirador y lo remitió para opinión técnica, al Instituto Municipal de Planeación para el Desarrollo Urbano de Benito Juárez. El 12 de noviembre de 2009, el IMPLAN emitió su opinión técnica favorable al proyecto, enmarcándolo en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001, en el apartado específico del proyecto integral número 4. Con base en este último, se reiteró que cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción, condicionando el IMPLAN el proyecto al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente. El 19 de febrero de 2010, se reunió el Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez y durante su vigésima séptima sesión extraordinaria, analizó como cuarto punto de la orden del día la solicitud planteada por Promotora TIIM, S.A. de C.V. para la modificación del uso de suelo del mencionado predio, de la actual clasificación de S5, a la clasificación de TH7. El H. Cabildo autorizó el cambio de uso de suelo y ordenó se procediera a la adecuación de las disposiciones contenidas en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún de 7 de diciembre de 2001, así como en el plano correspondiente a Punta Cancun contenido en el Plan director de desarrollo urbano de la ciudad de Cancún, publicado en el periódico oficial el 12 de Enero de 1993. En cumplimiento con el tercer punto del acuerdo de la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria, la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V. entrego el 23 de Febrero de 2010 a la Secretaria del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, el estudio de impacto vial, previamente evaluado por el IMPLAN y reiteró el compromiso de realizar las adecuaciones que requiera la infraestructura vial publica. La Secretaria de Ecología y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, por conducto de la Dirección de Desarrollo Urbano expidió el 24 de Febrero del 2010, la licencia de construcción núm. 1362 para el hotel del Centro de Convenciones con estacionamiento cubierto de 141 cajones de estacionamiento. Se apegan a ésta MIA los siguientes documentos de sustento:

1. El 20 de abril de 2010 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el N° 31 extraordinario el “Cuarto punto del orden del día. Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable

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Ayuntamiento, el Cambio de Uso de Suelo del Lote 8-01, Manzana 48 de la Zona Turística, Sección A, de la Zona Hotelera de esta ciudad de Cancun, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo”. Correspondiente a la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria de fecha 19 de febrero de 2010. Publicación en el Periódico Oficial Se anexan a la presente los planos corregidos; plano 7 del Plan Director de Desarrollo Urbano de la ciudad de Cancún, publicado en el periódico oficial el 12 de Enero de 1993, el plano del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001 y el plano conceptual del proyecto en comento

2. Publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo del 20 de abril de 2010, de los planos modificatorios del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 7 de diciembre de 2001 y de Punta Cancun en el Plan Director de Desarrollo Urbano de Cancun de fecha 12 de enero de 1993. En los que identifican al Lote con la anotación de cambio de uso de suelo acordado, el 19 de febrero de 2010, en la vigésima séptima sesión extraordinaria del cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez 2008-2011, de “Torre Panorámica E10” a Hotel de 180 cuartos con la siguiente nomenclatura M48 L8-01 Zona.

3. El 26 de abril de 2010, fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio un ejemplar del No. 31 extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, de fecha 20 de abril de 2010, quedando registrados los siguientes datos en la boleta que a continuación se describe.

Descripción del

acto

Folio Oficina Fecha de Registro

Hora de registro

Numero consecutivo del

acto Inscripciones

especiales 163126 Cancun 26042010 10:21:33 8

4. Mediante Licencia de construcción No. 1362, de fecha de autorización 27 de

febrero de 1991, la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, otorgó el cambio de proyecto, otorgándole una vigencia del 24 de febrero del 2010, al 24 de febrero del 2012. La descripción de las obras incluyen; PB de Lobby restaurante bar + tres niveles de estacionamiento con 141 cajones + siete niveles con 178 cuartos de hotel y 2 suites terraza mirador en azotea.

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Las obras y actividades para la consecución del proyecto en comento, se encuentran bajo los supuestos de los Artículos 28, fracción IX y 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5, inciso Q), de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Las obras y actividades que se someten a valoración, en materia de impacto ambiental, ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se refieren a la construcción de un edificio para hospedaje, con accesos, servicios y estacionamientos que se integrarán al servicio del Centro de Convenciones de Cancun.

II.1.1 Naturaleza del proyecto El “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, pretende desarrollarse en un sitio previamente impactado por obras y actividades del antiguo proyecto Torre Mirador. El proyecto consta de un edificio que, en planta baja tendrá: lobby, recepción y comunicación directa al centro de convenciones; 3 niveles de estacionamiento cubierto con una superficie de de construcción de 5,408.22 m2 y por último 7 niveles que contarán con 180 habitaciones, rematando con una terraza mirador, con una superficie de construcción de 9,731.77 m2. En la planta baja se encuentra el Motor Lobby con un área de 358.64 m2, el cual cuenta con un carril de ascenso y descenso, y otro carril destinado para estacionar un autobús de pasajeros. En este nivel también se ubicaran los espacios para lobby, lobby bar, front desk, restaurante, cocina, sanitarios públicos, locales comerciales y oficinas administrativas. También se contara con un andén de carga y descarga con tres posiciones para estacionar vehículos de carga, este se ubica a un costado del andén existente del Cancún Center, con la intención de aumentar así la capacidad logística de los dos edificios. En la colindancia con la Plaza el Parián se genera un paso peatonal a cubierto. El acceso y salida al estacionamiento se hará por medio de rampas, que permitirán a los vehículos alcanzar cada uno de los siguientes niveles. En el primer nivel se localizan los cuartos de máquinas del Hotel y área para estacionamiento, se continúa subiendo por medio de las rampas para acceder al segundo y tercer nivel los cuales están destinados para estacionamiento, con una capacidad total para 141 automóviles. A partir del cuarto y hasta el decimo nivel se localizan los pisos de habitaciones, estos se generan a partir de una doble crujía conectada por un pasillo central; cada nivel estará comunicado por medio de tres elevadores, dos para el uso de huéspedes y el otro destinado para el servicio del hotel, el cual podría ser usado eventualmente por los huéspedes y un cubo de escaleras; todos estos elementos se ubican al centro del

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edificio. Cada nivel de la edificación podrá ser desalojado a través de una escalera de emergencia exterior, ubicada al final del pasillo en la colindancia con la plaza El Parían, la cual desembocara en la planta baja en el paso peatonal antes mencionado. En la planta de azotea se encontrara el área de la alberca, con bar, sanitarios para hombres y mujeres, casa de máquinas y área de asoleamiento. Así mismo en esta planta se podrán hacer eventos sociales de todo tipo, con una capacidad para 300 personas aproximadamente. Se tendrá acceso a esta planta a través de elevadores y escaleras centrales; además se conecta directamente a la escalera de emergencia El diseño consta de un edificio el cual aprovecha la superficie del terreno conteniendo en si todos los servicios. Las obras y actividades indicadas se han valorado en función de su ocupación territorial, en particular del sistema ambiental presente, y en congruencia con los usos urbanos aprobados para el sitio. Cabe señalar que el proyecto, por su ubicación dimensiones, características y alcances se ajusta a los ordenamientos jurídicos establecidos para el sitio. El proyecto, se desarrollará en un espacio fragmentado previamente en toda su estructura por una cimentación que soportaría a un edificio de 11 niveles que abarca el predio, no cuenta espacios provistos de vegetación. El proyecto arquitectónico es moderno, mejora la calidad del espacio que le acoge y se inserta, precisamente en el espacio hotelero de Cancún, el cual se ha caracterizado por una constante transformación urbanística que, sin duda, es producto de un escenario turístico privilegiado en la costa del Caribe mexicano. Las actividades de construcción y operación de este proyecto se han contextualizado observando las tendencias de crecimiento urbano, calidad ambiental del área de Punta Cancun, el entorno lagunar, marino y el ambiente terrestre inmediato. Por otra parte, el proyecto podrá contar con todos los servicios municipales sin menoscabo del servicio dado a otros usuarios, por la Comisión Federal de Electricidad (C.F.E.) así como de Agua Potable y Alcantarillado. Se cuenta con las pre-factibilidades (ANEXOS 2a 2b y 2c) de los servicios de infraestructura, energía eléctrica, drenaje, alumbrado público, agua potable, línea telefónica. El proyecto promoverá al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente. Los servicios como dotación de gas L.P., TV cable, Internet son ofertados por empresas particulares. Mientras que el mantenimiento de vialidades, alumbrado público, jardinería urbana lo otorga FONATUR. La recolección de desperdicios domésticos y residuos sólidos municipales es un servicio que proporciona el Municipio de Benito Juárez.

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Todos estos servicios se encuentran disponibles ya que el predio, se ubica en una zona urbanizada entendiéndose que existe la capacidad para cubrir la demanda de los edificios propuestos durante la etapa constructiva y operativa.

II.1.2 Selección del sitio Para la selección del sitio se tomaron en cuenta los siguientes criterios:

1 El predio es propiedad privada de la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. DE

C.V., de conformidad con la escritura pública número 48,093, de fecha 29 de mayo de 2009, a través de la cual se realizó la Transmisión de propiedad que otorgan por una parte el Banco del Bajío, S.A. de C.V., como fiduciaria, Grupo Cancún Caribe Torre, S.A. de C.V., como la fideicomitente y PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., como la cesionaria.

2 El 20 de abril de 2010 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el N° 31 extraordinario el “Cuarto punto del orden del día. Acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el Cambio de Uso de Suelo del Lote 8-01, Manzana 48 de la Zona Turística, Sección A, de la Zona Hotelera de esta ciudad de Cancun, Quintana Roo, en los términos del propio acuerdo”. Correspondiente a la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria de fecha 19 de febrero de 2010.

3 Publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo del 20 de abril de 2010, de los planos modificatorios del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 7 de diciembre de 2001 y de Punta Cancun en el Plan Director de Desarrollo Urbano de Cancun de fecha 12 de enero de 1993. En los que identifican al Lote con la anotación de cambio de uso de suelo acordado, el 19 de febrero de 2010, en la vigésima séptima sesión extraordinaria del cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez 2008-2011, de “Torre Panorámica E10” a Hotel de 180 cuartos con la siguiente nomenclatura M48 L8-01 Zona.

4 El 26 de abril de 2010, fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio un ejemplar del No. 31 extraordinario del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, de fecha 20 de abril de 2010, quedando registrados los siguientes datos en la boleta que a continuación se describe.

Descripción del

acto

Folio Oficina Fecha de Registro

Hora de registro

Numero consecutivo del

acto Inscripciones

especiales 163126 Cancun 26042010 10:21:33 8

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5 Mediante Licencia de construcción No. 1362, la Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, otorgó el cambio de proyecto, otorgándole una vigencia del 24 de febrero del 2010, al 24 de febrero del 2012. La descripción de las obras incluyen; PB de Lobby restaurante bar + tres niveles de estacionamiento con 141 cajones + siete niveles con 178 cuartos de hotel y 2 suites terraza mirador en azotea.

6 El predio elegido se encuentra totalmente impactado por obras previas, las que consideraron la cimentación profunda de la torre mirador autorizada en 1991. En virtud de lo cual, el predio no presenta organismos de flora o fauna en su interior.

7 Por el desarrollo de las obras en el predio elegido, no se generarán impactos

ambientales adversos severos que demeriten el sistema ambiental de Punta Cancún. Por el contrario, se aporta un elemento hotelero más al área que permitirá revitalizar el Centro de Convenciones de Cancún.

No se consideraron otras posibilidades ya que el predio ofrece, en virtud de las autorizaciones ya concedidas por el municipio, las opciones de desarrollo necesarias para la construcción y operación del proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”.

II.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización. El predio del proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, se encuentra ubicado en el Lote 08-01, Manzana 48, de la Zona Hotelera de Cancún, en la zona conocida como “Punta Cancún”, en el Municipio de Benito Juárez, estado de Quintana Roo. El predio donde se pretende desarrollar el proyecto presenta las siguientes medidas y colindancias:

Colindancia Distancia Sentido Al Norte 68.800m En línea quebrada con Blvd. Kukulcán Al Sur 61.250m En línea quebrada con Lote 08 Al Este 33.431m En línea quebrada con Blvd. Kukulcán y Lote 08

Al Oeste 37.746m En línea quebrada con lote 8-03 y Lote 01 centro comercial “El Parián”

Los datos de la tabla anterior se basan en los deslindes físicos y con la escritura pública número 48093, de fecha 29 de mayo de 2009.

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Las coordenadas geográficas (UTM) WGS 84 se muestran en la siguiente tabla:

COORDENADAS UTM (WGS 84 MÉXICO)

4748

4849

4.2584950

8.055N 66° 47' 25"W5051

PVESTRUMBO DISTANCIA

LADO

N 61° 00' 05"W

2.823

47 46 S 38° 12' 09"W 18.065

46 6.857S 82° 58' 18"W45

45 15' N 51° 51' 41"W 45.373

15' 16 3.294N 37° 23' 11"E

16 L N 07° 14' 03"E 23.32

L 29' 1.835

N 51° 57' 14"W

S 83° 02' 23"W

N 07° 14' 03"E

1.885

PVESTRUMBO DISTANCIA

LADO

29' XXXIII N 04° 07' 25"E 9.237

XXXIII XXXII

XXXII XXXI

XXXI XXX

S 61° 54' 20"E 17.875

S 55° 00' 20"E 17.55

S 53° 30' 20"E 13.025

XXX XXIX S 52° 00' 20"E 13.02

XXIX XXVIII S 47° 30' 20"E 7.53

XXVIII XXVII S 25° 34' 20"E 2.83

XXVII XXVI

XXVI XXV

XXV XXIV

S 05° 52' 20"E 4.04

S 22° 49' 20"E 2.91

S 38° 14' 20"E 4.50

XXIV 51 S 14° 46' 20"E 3.008

En la imagen se muestra la localización del predio dentro de la zona conocida como Punta Cancún, en la Zona Hotelera, Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.

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25 537m

525

537m5

27 003m

527

003m5

36 726m2,3 36 726m2,3

37 541m2,3 37 541m2,3

5 km26

5 km26

25 537m

525

537m5

27 003m

527

003m5

23 km37 23 km37

36 726m2,3 36 726m2,3

37 541m2,3 37 541m2,3

Centred on 526,270m, 2,337,133m UTM Zone 16 ( 21° 08' 07" N, 86° 44' 49" W WGS84)S c a le 1 : 4 ,0 0 0

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

21° 7

' 550

"N21

° 8'

N21

° 8' 5

0"N

21° 8

' 100

"N21

° 8' 1

50"N

21°

8' 2

00"N

21° 7' 550"N21° 8' N

21° 8' 50"N21° 8' 100"N

21° 8' 150"N

The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 45.24" due east of true north

T R U

E N O

R T H

The

grid

at t

he w

este

rn e

dge

of th

e m

ap is

05' 2

6.50

" due

eas

t of t

rue

north

T R U

E N O

R T H

12 Mayo 2010

0 100100 200 300 400 500 600 700 800METRES METRES

POLIGONO 08-01 (0.22 HA.)

N

S

EW

Localización del lote, en el Proyecto Integral No. 4 en Punta Cancun, en el cual se pretende llevar a cabo el desarrollo del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN.

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II.1.4 Inversión requerida Las acciones descritas tienen un costo estimado de $ 9’000,000 USD (nueve millones de dólares americanos), equivalente a $ 112.500.000 (ciento doce millones quinientos mil pesos mexicanos).

II.1.5 Dimensiones del proyecto De acuerdo con la memoria técnica del proyecto, al sistema estructural de la edificación se encuentra diseñado a partir de pilas de concreto armado que sirven de cimentación para columnas del mismo material, formando marcos rígidos con el uso de trabes también de concreto armado; los entrepisos se construirán utilizando el sistema de vigueta y bovedilla con capa de compresión de concreto. Para los muros se utilizará block de concreto aligerado de 12x20x40 cm. con aplanados y pasta; en los muros divisorios de las habitaciones se usara un lambrín de tablaroca colocado sobre los muros de block, y que recibirá el acabado final a base de pintura vinilica. Se colocarán falsos plafones de tablaroca para ocultar el paso de los distintos ramaleos de instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, aire acondicionado y redes de datos. Así mismo este plafón permitirá el registro de las instalaciones para su mantenimiento. Para el diseño de la estructura se consideraron todas las condiciones particulares de la zona, teniendo especial cuidado en las cargas producidas por el viento en caso de huracanes, tomando en cuenta todos los esfuerzos adicionales a los que se verá sometida la estructura del edificio cuando se presente una situación de esta naturaleza. Así mismo se diseñó la estructura para anclarse a la cimentación existente en el predio, la cual estaba calculada para soportar la torre escénica que no fue construida. En las áreas del hotel que se ubican fuera de la cimentación existente se propuso una cimentación formada por pilas de concreto armado que bajaran las cargas gravitacionales del edificio hasta el sustrato resistente de roca a una profundidad promedio de quince metros El Hotel consistirá en un edificio, con capacidad para 180 cuartos, estacionamientos y servicios. El diseño consta de un cuerpo el cual aprovecha la superficie del terreno y la cimentación profunda existente. El proyecto considera en Planta sótano el cuarto de maquinas, cisternas de diferentes capacidades. En Planta baja: lobby, locales comerciales, restaurante, cocina, oficinas, vestíbulo elevadores, baños, tal y como se muestra en la siguiente hoja.

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Baja de Planta1er Nivel

MontaCargas

Sube a Planta1er Nivel

Rampa

ServicioVestibulo

Seguridad

Despensa

Almacen

Basura Basura

Cocina

Oficinas

N.P.T. ±0.00

Front desk

Vestibulo

N.P.T. ±0.00

comercial

Local comercial

Area de buffet

N.P.T. ±0.00

Restaurante

Local

Lobby

N.P.T. ±0.00

Lobby Bar

N.P.T. ±0.00

Local comercialN.P.T. ±0.00

Area de carga ydescarga

N.P.T. ±0.00

AndenN.P.T. +1.05

Motor Lobby

Rampa

Pasopeatonal

Baja

A'

A

B'

B

C C'

C-3 C-4 C-5 C-6

C-7

C-9

C-12

C-14 C-15C-17

C-19C-22

C-20

C-10

C-23 C-24 C-26

C-16

C-27

C-30 C-31 C-37 C-38

C-42C-48 C-49

C-56

C-57C-58

C-59

C-60

C-55

C-51

C-28

C-39

SubeSube

Baja

Elevadores

Escaleras

ElevadoresVestibulo

SubeSube

C-25

C-46 C-47C-45 C-50

C-11

C-14

C-2C-2

C-8

C-18

C-32 C-33 C-34 C-35 C-36

C-21

C-29

C-40 C-43C-41 C-44

D D'

N.P.T. +1.05

E'

E

proyección losa

proyección losa

proyección losa

Planta baja plano clave ARQ 01

De las Plantas 1ª, 2ª a la 3ª se localizarán los cuartos de maquinas, elevadores escaleras, y se distribuirá el estacionamiento para 141 cajones, las imágenes siguientes, muestran la distribución de los conceptos para el primer y segundo nivel ya que el tercer nivel es igual al segundo.

C-35C-34C-33C-32

C-8

C-18

C-29

C-40 C-42 C-43C-44 C-45 C-46 C-46

C-25

C-36

C-11 C-14

C-50

65 7 12 13 14 15 16118 9 10

D D'

Comedorempleados47.65 m2

N.P.T. +4.60

Site29.97 m2

C-21

Baños H.

Baños M.

lockers

lockers

E

E'

18 19

C-7-1

Rampa75.84 m2

Cuarto demáquinas88.04 m2

N.P.T. +4.60

Cuarto Eléctrico218.32 m2

N.P.T. 4.60

Rampa54.90 m2

A'

A

B'

B

Baja de Planta2do Nivel

1 2 3 4

Circulacion

Circulacion

Sube a Planta2do Nivel

Sube de PlantaBaja

Cuarto demáquinas33.70 m2

N.P.T. +4.60

Circulacion Circulacion

Circulacion Circulacion

Cto. de Maquinas245.02 m2

N.P.T. +4.60

Circulacion

Circulacion

Baja a PlantaBaja

N.P

.T. +

4.60

C C'

N.P.T. +4.60

N.P.T. +4.60

17

C-1 C-2 C-3 C-4 C-5 C-6

C-7

C-9

C-12

C-14 C-15

C-19 C-22C-20

C-10

C-23 C-24 C-26

C-16

C-27 C-28

C-30 C-31 C-37 C-38 C-39

C-48C-49

C-51

C-56

C-57C-58

C-59

C-60

C-55

C-41

MontaCargas6.76 m2

Elevadores

18.79 m2

Escaleras13.77 m2

Baja

Bodega7.37 m2

Elevadores19.80 m2

Vestibulo

SubeSube

SubeBaja

C-17

Planta primer nivel clave ARQ 02

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C-35C-34C-33C-32

C-47

C-24 C-25

C-14

C-23

C-43C-41C-29

C-18

C-21

C-13 C-15

C-20

C-31

A'

A

C C'

D D'

E

E'

72 73

C-7-1

MontaCargas6.37 m2

Rampa54.57 m2

20 21 22 23

AzoteaN.P.T. +7.55

30

Baja de Planta3er Nivel

Baja a Planta1er Nivel

29 31 33 34 35 36 3732

3938 40 42 43 44 45 4641

4847 49 54 55 56 57 585350 51 52

6059 61 66 67 68 69 706562 63 64

Sube de Planta1er Nivel

Sube a Planta3er Nivel

27

28

26

25

24

EstacionamientoEstacionamiento

EstacionamientoEstacionamiento

Circulacion Circulacion

Circulacion

Circulacion

Circulacion

Circulacion

N.P

.T. +

7.55

N.P

.T. +

7.55

N.P.T. +7.55

Circulacion CirculacionN.P.T. +7.55

AzoteaN.P.T. +7.55

Rampa54.90 m2

71

C-1 C-2 C-3 C-4 C-5 C-6

C-7

C-9 C-11

C-12

C-17

C-18 C-19 C-22

C-10

C-26

C-16

C-27

C-29 C-30C-36

C-37 C-38

C-42 C-48 C-49

C-56

C-57C-58

C-59

C-60

C-44 C-45 C-46

Elevadores

18.79 m2

Escaleras13.77 m2

Baja

Bodega7.64 m2

Elevadores19.80 m2

Vestibulo

SubeSube

SubeBaja

Planta segundo y tercer nivel claves ARQ 03 – ARQ 04

Los cuartos hoteleros se distribuirán de la Planta 4ª a la Planta 10ª: en estos 7 niveles se repartirá la densidad propuesta de 180 cuartos. Las siguientes imágenes muestran la distribución de los cuartos en el nivel cuatro, los que son semejantes hasta el nivel 9. En el nivel 10 la plantilla de cuartos varía. Tal y como se muestra a continuación.

C-38

C-13

A'

A

D D'

E

E'

AzoteaN.P.T. 13.45

B'

B

N.P.T. +13.45Pasillo

AzoteaN.P.T. 13.45

C C'

Azotea

Azotea

Elevadores25.47 m2

Vestibulo

Elevadores

18.71 m2

Escaleras13.38 m2

C-9 C-12 C-15 C-17

C-18 C-19

C-29 C-30

C-40 C-41

C-8

C-21 C-22 C-23 C-24 C-25 C-21

C-14C-11

C-32 C-33 C-34 C-35 C-36

C-43 C-44 C-45 C-46 C-47 C-49

m. d

e hi

elo

Ropería5.97 m2

BajaSube

SubeBaja

Planta cuarto nivel al noveno. Clave ARQ 05 – ARQ 10

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C-9 C-12 C-15 C-17

C-18 C-19

C-29 C-30

C-40

C-8

C-21 C-22 C-24 C-25 C-27

C-14C-11

C-32 C-33 C-34 C-35 C-36

C-43 C-44 C-45 C-46 C-47 C-49

C-38

A'

A

B'

B

N.P.T. +28.325Pasillo

C C'Azotea

Azotea

Elevadores25.47 m2

Vestibulo

Elevadores

18.71 m2

Escaleras13.38 m2

m. d

e hi

elo

Ropería5.97 m2

BajaSube

Sube Baja

C-41

C-13

C-23

D D'

E

E'

Planta décimo nivel. Clave ARQ 11

En la Planta 11º se establecerán las Área de eventos, el mirador, baños, alberca, elevadores y escaleras, la imagen siguiente muestra lo antes dicho.

Sanitarios M. Sanitarios H.máquinasalbercaBar

N.P.T. +33.05Mirador

C-12

C-22

Escaleras17.71 m2

Elevadores15.22 m2

VestibuloElevadores

23.48 m2

Baja

C-23

Baja

Bodega

14.88 m2

C-13

Planta mirador nivel 11 clave ARQ 12

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Vista del CORTE del cuarto tipo.

Vista arquitectónica del cuarto prototipo.

Los planos arquitectónicos del proyecto en formato 90 cm x 60 cm, se adjuntan en el Anexo 3 del presente documento, para mayor detalle. El edificio contará también con un andén de carga y descarga con capacidad para 3 camiones. Éste se ubica a un costado del andén existente del “Cancún Center”, con la intención de aumentar así la capacidad logística entre éste y el proyecto cuando sea requerido. Se genera una comunicación de tipo vehicular en la colindancia con la Plaza El Parián, que conecta el arroyo de ida al aeropuerto, con el arroyo de regreso al centro del Boulevard Kukulcán. Por medio de rampas, los vehículos podrán subir a los siguientes niveles, encontrando en el primer nivel los cuartos de maquinas del Hotel y continuar por

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medio de las mismas se llegaran al segundo y tercer nivel en donde se encontrara el estacionamiento. En la siguiente tabla se muestran las superficies de ocupación del proyecto.

SUPERFICIES DEL PROYECTO PLANTA No. DE HABITACIONES SUPERFICIE CONSTRUIDA (m2)

PLANTA SÓTANO - 25.85 PLANTA BAJA - 1,902.43 PRIMER NIVEL - 1,902.43

SEGUNDO NIVEL - 1,758.51 TERCER NIVEL - 1,758.51 CUARTO NIVEL 26 1,050.73 QUINTO NIVEL 26 1,050.73 SEXTO NIVEL 26 1,050.73

SEPTIMO NIVEL 26 1,050.73 OCTAVO NIVEL 26 1,050.73 NOVENO NIVEL 26 1,077.77 DECIMO NIVEL 24 1,050.73

AZOTEA - 155.48 AREA TOTAL CONSTRUIDA - 14,885.36

En los planos arquitectónicos (Anexo 3), se muestra la distribución del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN que se pretende. Éstos permiten observar a detalle la ocupación y distribución de las obras que se consideran desarrollar.

El estilo arquitectónico de la torre será moderno y los acabados exteriores consisten en muros de block, aplanados y pintados, molduras de concreto y losas inclinadas, aluminio blanco con cristal tintex azul de 6 mm, pisos de mármol.

La fachada del estacionamiento tendrá áreas verdes, en las que se pretende jardinería con plantas nativas.

El sótano contará con 141 cajones de estacionamiento y áreas de servicios, donde se localizan los cuartos de maquinas, depósitos temporales de basura, cisterna, bodegas, cuartos de bombas y cubos de escaleras.

El área de servicios que complementa la alberca del proyecto, Área de eventos, el mirador, baños, Se tendrá acceso a esta planta a través de elevadores y escaleras centrales.

El acceso principal al proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, será a través de la colindancia Noreste del predio, en esta sección el lote tiene colindancia con el Boulevard Kukulcán, la vialidad más importante de la Zona Hotelera de Cancún. De la misma manera, el Hotel contará con un andén de carga y descarga con capacidad para 3 camiones, a un costado del andén existente del “Cancún Center”, con la intención de aumentar así la capacidad logística entre ambos edificios (Cancún Center y Hotel del Centro de Convenciones).

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II.1.6 Uso actual del suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias. Actualmente el predio es un lote baldío.

El predio carece de comunidades vegetales o animales, éste se encuentra inmerso en el Centro de convenciones, en la zona conocida como “Punta Cancún”.

Vista de la situación actual del predio.

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De acuerdo con los instrumentos de planeación urbana y asignación de uso de suelo, el 12 del noviembre del 2009, el Instituto Municipal de Planeación de Desarrollo Urbano del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, emitió su opinión técnica favorable al proyecto, enmarcándolo en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001, en el apartado específico del proyecto integral número 4. Con base en este último, se reiteró que cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción, condicionando el IMPLAN al proyecto al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente. Mediante la Vigésima Séptima Sesión extraordinaria de fecha 19 de febrero de 2010, del Cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, mediante la cual se acordó en su numeral PRIMERO autorizar el cambio del uso de suelo de S5 a TH7, del lote 8-01, y en el numeral SEGUNDO ordenó se procediera a la adecuación de las disposiciones contenidas en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún de 7 de diciembre de 2001, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio el 17 de junio de 2010, así como a la tabla 32 del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de la Ciudad de Cancún, Actualización 2005, Publicado el 22 de julio de 2005, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo. Que el 20 de abril de 2010, se publicó en el periódico Oficial del Gobierno del Estado, de Quintana Roo, el cuarto punto del orden del día. Acuerdo mediante el cual, se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de uso de suelo del lote 8-01 manzana 48 de la zona turística, sección A, de la Zona Hotelera de esta ciudad de Cancún, Quintana Roo. En las colindancias inmediatas del predio se desarrolla el Centro de Convenciones de Cancún “Cancún Center”. El proyecto, surge de la necesidad de integrar al Centro de Convenciones, un recinto hotelero que permita aportar a los organizadores y convencionistas la posibilidad de tener mayor cercanía y menor tiempo de desplazamiento entre los salones de sesiones, los pisos de exhibición y sus habitaciones. Lo anterior permitirá colocar al centro de convenciones de Cancún “Cancún Center”, en un mercado competitivo a la altura de los mejores recintos a nivel mundial. En la colindancia Noreste el predio colinda con la vialidad Boulevard Kukulcán, la cual corresponde a la vialidad principal de la zona hotelera de la ciudad de Cancún. Los usos de suelo desarrollados en las colindancias cercanas al predio del proyecto corresponden principalmente a desarrollos tipo hotelero, condominales y comerciales.

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En las imágenes se muestran los usos actuales colindantes al área del proyecto.

En las colindancias inmediatas al proyecto en Punta Cancun, se pueden observar desarrollos hoteleros principalmente, como el Hotel Coral Reef Cancún, el Hotel NH Cristal, Hotel Fiesta Americana, Hotel Hyatt, Hotel Dreams Cancún, seguido por desarrollos condominales y de tiempos compartidos como los “Condominios Bay View Grand”, “Portofino” y el conjunto “Carisa, Palma, Margarita y Salvia”. Adicionalmente, en las cercanías del Lote, se desarrollan complejos con usos de suelo comercial como plaza “Plaza Caracol”, “Plaza Forum”, “Plaza El Parían”, “Chokos” y el centro de venta de artesanías “Plaza La Fiesta” y “El coral negro”. Por las características del sitio, no se requiere del cambio de uso de suelo establecido en los Artículo 28 Fracción VII de la Ley General del Equilibrio ecológico y la protección al Ambiente; 5 inciso O, de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, en virtud de que el espacio en el que se insertan las obras carece de cubierta vegetal, tal y como se muestra a lo largo del documento, el sitio fue impactado primero en los 80s, por el desarrollo de las obras y actividades del Centro de Convenciones denominado el Globo y posteriormente en los 90s por la construcción de la cimentación profunda de la Torre Mirador, por lo que no es aplicable el supuesto normativo. De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se observa que el uso de suelo en el sitio del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, es completamente compatible con las obras que se pretenden.

II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos El Hotel contará con todas las instalaciones necesarias para su funcionamiento como son la dotación de agua para cada una de las distintas áreas del mismo a través de la toma de agua de la red municipal operada por la empresa Aguakan; el sistema de drenaje sanitario

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conectado a la red municipal; el drenaje pluvial se soluciono con bajadas provenientes de la azotea y terrazas, canalizadas con tubería hasta dos pozos de absorción localizados en los dos extremos del terreno al frente del mismo. El sistema de aire acondicionado está diseñado con torres de enfriamiento colocadas en la azotea del cuarto de máquinas del primer nivel, estas torres son de bajo nivel de ruido, unidades enfriadoras de agua (chillers) ubicadas en un cuarto de máquinas del primer nivel del edificio; se usarán fan and coils en cada una de las habitaciones y unidades manejadoras para las áreas públicas del hotel, alimentados por una red de agua helada que llegará a cada una de las habitaciones y a cada espacio que así lo requiera. En lo referente a las instalaciones eléctricas se tendrá una subestación ubicada en el primer nivel, junto con una planta de emergencia, que proporcionará el servicio cuando sea necesario. A partir de este sitio se tendrán las canalizaciones indispensables para llevar la energía eléctrica a cada uno de los espacios del Hotel. El proyecto de iluminación se calculó conforma a las necesidades particulares de cada espacio del edifico para proporcionar los niveles adecuados para cada actividad. En lo referente a las instalaciones de datos y telefonía el edificio contará con un sitio localizado en el primer nivel y desde el cual serán canalizadas cada una de las diferentes redes, tanto para las áreas administrativas como a las habitaciones y espacios públicos del edificio. El Hotel proporcionará a sus huéspedes el servicio de internet inalámbrico para cada uno de los pisos de habitaciones con access points ubicados en cada uno de estos pisos, así mismo las oficinas y el front desk tendrán sus propios sistemas de información para la trasmisión de datos y control administrativo y operativo del hotel. La edificación será conectada a los servicios básicos de infraestructura sin menoscabo del servicio dado a otros usuarios situados en las proximidades de la misma. Situación que han manifestado como factible por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), mediante oficio ZCAN-GCA-1315/2009 de fecha 23 de septiembre de 2009 y la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) mediante oficio CAPA/SDG/DPE/0680/09 de fecha 16 de octubre de 2009, las que han otorgado las correspondientes factibilidades anexas (2a 2b 2c) al presente documento. Otros servicios como dotación de telefonía, TV cable, Internet son factibles y pueden ser proporcionados por distintas empresas. Mientras que el mantenimiento de vialidades, alumbrado público, jardinería urbana y recolección de desperdicios sólidos son otorgadas por el Municipio. Todos estos servicios se encuentran disponibles ya que el lote se ubica en una zona urbanizada entendiéndose que existe capacidad de cubrir la demanda del edificio propuesto durante la etapa constructiva y operativa.

Vías de comunicación.

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Al predio se llega de diversas formas: Vía Terrestre. La vía de acceso principal al sitio del proyecto es a través del Boulevard Kukulcán en la Zona Hotelera de Cancún la que conecta con la Carretera Federal 307 y con el Centro de la Ciudad de Cancún.

Vía Marítima. Debido a que el sitio del proyecto se encuentra en el corazón de la zona hotelera ya que esta en medio del Mar Caribe y el Sistema Lagunar Nichupté, es posible llegar por embarcaciones. Vía Aérea. Utilizando el Aeropuerto Internacional de Cancún.

Descripción de servicios requeridos. El proyecto contempla el uso de los servicios básicos urbanos, como son: Agua Potable, Energía Eléctrica, Drenaje, Disposición de Residuos Sólidos y Telefonía. Los que serán suministrados por los servicios municipales de Benito Juárez, por la Comisión Federal de Electricidad y Aguakan, el proyecto cuenta con las factibilidades correspondientes, y las que se anexan (2a, 2b y 2c) al presente. El consumo de agua potable para los trabajadores será cubierto suministrando botellones de 20 litros, éstos serán comprados en los comercios locales. En cuanto a la distribución de energía eléctrica en la etapa de operación, ésta será a través de la red municipal con una carga estimada en 550 Kw. En la etapa de operación la acometida de la compañía suministradora se recibirá en una subestación eléctrica de tres fases, tres hilos y 23 KV. La carga total instalada se dividirá en los transformadores de distribución. Los combustibles utilizados para la obra serán adquiridos y suministrados a la maquinaria conforme sea necesario, el almacenamiento será mínimo la dotación se realizará con camión orquesta para evitar derrames.

Descargas de agua residual. Las aguas generadas durante la operación y mantenimiento del proyecto, serán de naturaleza doméstica (sanitarios, duchas y cocinas) y no industriales. Las instalaciones que se consideran en el proyecto serán de las características requeridas por Norma Oficial Mexicana para verterse al sistema de recolección de aguas residuales de la Zona Hotelera de Cancún (plantas de tratamiento operada por FONATUR). Residuos sólidos. La disposición final de todos los residuos sólidos generados en las diferentes etapas del proyecto tendrán un almacenamiento temporal dentro de las instalaciones en un sitio específico dotado de cámaras frías y contenedores con tapadera para evitar su dispersión, el servicio de recolección de basura será realizado por el municipio en la zona hotelera de Cancún.

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II.2 Características particulares del proyecto

II.2 Programa general de trabajo Por las dimensiones y alcances de esta obra se espera concluirla y operarla en un lapso de un año. Se solicita un periodo de validez del resolutivo de 50 (cincuenta) años a fin de estar en posibilidad enfrentar cualquier situación en contratiempo.

ACTIVIDADES MESES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

PILOTES Y CIMENTACIÓN

ESTRUCTURA

ALBAÑILERIA

CUARTO DE MAQUINAS

ACCESO Y ESTACIONAMIENTOS

ACABADOS

INSTALACIONES

ALBERCA

AREAS JARDINADAS EN TERRAZAS

II.2.1 Preparación del sitio De acuerdo con las condiciones actuales del predio del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, se discriminan las etapas de desmonte, despalme y limpieza del terreno, ya que en el sitio no se desarrolla vegetación. Se observa, como se ha indicado anteriormente, una plancha de concreto. Las obras que darán inicio a los trabajos constructivos del proyecto corresponden a la cimentación e introducción de pilotes.

II.2.2 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto Casetas y área de mantenimiento: Se habilitará una caseta de vigilancia y caseta de obra para resguardo de los materiales y equipos. Todas estas instalaciones provisionales serán construidas con materiales recuperables que se desmontarán antes de la etapa de operación del proyecto. Instalaciones sanitarias: Se instalarán sanitarios portátiles, uno por cada 20 trabajadores éstos serán retirados antes de la etapa de operación del proyecto. Bancos de material: Los materiales como arena, grava, cantera y mármoles serán adquiridos en locales comerciales especializados de la zona, no de bancos de material.

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Sitios para la disposición de residuos: Se destinará un sitio específico para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos que se generen durante la construcción y preparación del proyecto, se colocarán contenedores en las áreas de mayor concentración de trabajadores para depositar residuos producidos cotidianamente por el personal.

II.2.3 Etapa de construcción Basamento. En un área por debajo del nivel de la calle, se localizan los cajones de estacionamiento general el cual se construirá respetando la proporción establecida por la autoridad municipal en las diferentes autorizaciones otorgadas. Se aprovecha que el sitio ha sido afectado previamente en la construcción de la cimentación profunda de la torre mirador en la década de los 90´s. Fachadas. Las fachadas de la torre se componen y arman a base de prefabricados de concreto y cristales semitransparentes, con propiedades se alto rendimiento térmico. Esas serán soportadas por manguetes de aluminio. Estructura. En lo que se refiere al sistema estructural de la edificación este se encuentra diseñado a partir de pilas de concreto armado que sirven de cimentación para columnas del mismo material, formando marcos rígidos con el uso de trabes también de concreto armado; los entrepisos se construirán utilizando el sistema de vigueta y bovedilla con capa de compresión de concreto. Para los muros se utilizará block de concreto aligerado de 12x20x40 cm. con aplanados y pasta; en los muros divisorios de las habitaciones se usara un lambrín de tablaroca colocado sobre los muros de block, y que recibirá el acabado final a base de pintura vinílica. Se colocarán falsos plafones de tablaroca para ocultar el paso de los distintos ramaleos de instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, aire acondicionado y redes de datos. Así mismo este plafón permitirá el registro de las instalaciones para su mantenimiento. Para el diseño de la estructura se consideraron todas las condiciones particulares de la zona, teniendo especial cuidado en las cargas producidas por el viento en caso de huracanes, tomando en cuenta todos los esfuerzos adicionales a los que se verá sometida la estructura del edificio cuando se presente una situación de esta naturaleza. Así mismo se diseñó la estructura para anclarse a la cimentación existente en el predio, la cual estaba calculada para soportar la torre escénica que no fue construida. En las áreas del hotel que se ubican fuera de la cimentación existente se propuso una cimentación formada por pilas de concreto armado que bajaran las cargas gravitacionales del edificio hasta el sustrato resistente de roca a una profundidad promedio de quince metros. Instalaciones. El Hotel contará con todas las instalaciones necesarias para su funcionamiento como son la dotación de agua para cada una de las distintas áreas del

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mismo a través de la toma de agua de la red operada por la empresa Aguakan; el sistema de drenaje sanitario conectado a la red municipal; el drenaje pluvial se solucionó con bajadas provenientes de la azotea y terrazas, canalizadas por tubería hasta dos pozos de absorción localizados en los dos extremos del terreno al frente del mismo. El sistema de aire acondicionado está diseñado con torres de enfriamiento colocadas en la azotea del cuarto de máquinas del primer nivel, estas torres son de bajo nivel de ruido, unidades enfriadoras de agua (chillers) ubicadas en un cuarto de máquinas del primer nivel del edificio; se usarán fan and coils en cada una de las habitaciones y unidades manejadoras para las áreas públicas del hotel, alimentados por una red de agua helada que llegará a cada una de las habitaciones y a cada espacio que así lo requiera. En lo referente a las instalaciones eléctricas se tendrá una subestación ubicada en el primer nivel, junto con una planta de emergencia, que proporcionará el servicio cuando sea necesario. A partir de este sitio se tendrán las canalizaciones indispensables para llevar la energía eléctrica a cada uno de los espacios del Hotel. El proyecto de iluminación se calculó conforma a las necesidades particulares de cada espacio del edifico para proporcionar los niveles adecuados para cada actividad. En lo referente a las instalaciones de datos y telefonía el edificio contará con un sitio localizado en el primer nivel y desde el cual serán canalizadas cada una de las diferentes redes, tanto para las áreas administrativas como a las habitaciones y espacios públicos del edificio. El hotel proporcionará a sus huéspedes el servicio de internet inalámbrico para cada uno de los pisos de habitaciones con access points ubicados en cada uno de estos pisos, así mismo las oficinas y el front desk tendrán sus propios sistemas de información para la trasmisión de datos y control administrativo y operativo del hotel. La edificación será conectada a los servicios básicos de infraestructura sin menoscabo del servicio dado a otros usuarios situados en las proximidades de la misma. Situación que han manifestado la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA), las que han otorgado las correspondientes, se anexan (2a 2b) a la presente. Materiales y equipos. Se utilizarán los materiales y equipos, entre otros, enunciados en la siguiente tabla, los que serán adquiridos en centros comerciales autorizados.

Equipos Materiales Retroexcavadoras 735 diesel Cemento tipo II, Concreto Premezclado F'c= 150 y 200 kg/cm2 Grúas torre eléctricas Arena cribada de la región Malacates de gasolina Grava triturada y lavada 3/4" diam. Bob-cats a diesel Acero de refuerzo F'y= 4200 kg/cm2 Andamios tubulares Block ligero de concreto 15x20x40 cms. Cortadoras de disco eléctricas Vigueta pretensada 12-5, Pulidoras de piso barrote y cimbraplay de madera de pino Camiones de volteo de 7 y 14 m3 Cancelería de Aluminio y vidrio de 6 mm

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Manejo de maquinaria y equipo: para la construcción del proyecto se requiere de la contratación y uso de maquinaria pesada, vehículos para transporte de materiales y equipo para las cimentaciones e instalaciones. Se exigirá al contratista que el equipo sea nuevo o se encuentre en óptimas condiciones mecánicas.

II.2.4 Etapa de operación y mantenimiento. Dadas las características del proyecto no se requiere realizar un programa de operación. La atención se centra en el adecuado seguimiento de las acciones preventivas que se presentan posteriormente a este documento.

II.2.5 Descripción de obras asociadas al proyecto Por el tipo de proyecto no se tienen contempladas obras asociadas.

II.2.6 Etapa de abandono del sitio El proyecto no considera esta fase dada la característica permanente del proyecto. No se estima el abandono del sitio. En el caso de las construcciones provisionales, éstas serán desmanteladas conforme el avance de obra. Los sitios donde se instalará este tipo de estructuras serán utilizados posteriormente por elementos del proyecto.

II.2.7 Utilización de explosivos En ninguna de las etapas del proyecto se utilizarán explosivos.

II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera. Dada la naturaleza del proyecto, se considera la generación de los siguientes residuos y emisiones: Preparación del sitio y construcción: SÓLIDOS: No se estima que se generen residuos vegetales u orgánicos, ya que en el sitio no se realizarán acciones de desmonte o despeje. No se presenta una cubierta vegetal en el Lote.

Los residuos generados en esta etapa, corresponden a residuos de construcción los que se definen como los sobrantes de las actividades de obra, tales como restos derivados de la cimentación, de pisos, muros, castillos, trabes, cimbra, colado de losas, instalaciones y acabados, se estima un desperdicio de 10 % del total de los materiales utilizados. Se generarán residuos por la estancia de los trabajadores en el área del proyecto, los residuos serán orgánicos de tipo doméstico, consistentes en empaques, recipientes y restos de platos desechables y alimentos.

La disposición final de todos estos residuos sólidos será de acuerdo a lo indicado por la autoridad competente. En la obra se colocarán tambos (100lt) rotulados para acopiar estos desechos.

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LÍQUIDOS: Se generarán aguas residuales durante la etapa de preparación del sitio y construcción. Se instalarán sanitarios portátiles que tenderán mantenimiento periódico proporcionado por una empresa especializada en este rubro.

EMISIONES A LA ATMÓSFERA: Ruido: Los niveles de ruido generados por la maquinaria utilizada serán temporales, no rebasarán los límites máximos establecidos en norma, y ocurrirán en horas laborables.

Se generarán emisiones producto de la combustión interna que ocurre en los motores de la maquinaria y equipo. Estas emisiones ocurrirán durante la etapa de construcción. Se espera la dispersión atmosférica de polvos y finos. No se generan residuos peligrosos. Operación: SÓLIDOS: Se generará exclusivamente basura de tipo doméstico constituida, principalmente por envases, empaques y restos de alimentos. Por la naturaleza del proyecto, no se estima que se generen residuos peligrosos. LÍQUIDOS: En la etapa de operación se dirigirán las aguas residuales al sistema de drenaje municipal de la zona hotelera. Se realizará la conexión necesaria a las plantas de tratamiento de aguas residuales operada por FONATUR. Por la naturaleza del proyecto, no se estima que se generen residuos peligrosos en la etapa operativa.

II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos. Durante la operación del edificio, los residuos sólidos serán separados y compactados con prensas en el sótano previo a su disposición final. El agua residual será dirigida a la planta de tratamientos de la zona hotelera, el sitio se cuenta con la infraestructura necesaria para la conexión hacia la red de drenaje en la zona hotelera. Los restos orgánicos, en su mayoría, serán triturados en las tarjas de la cocina. Los restantes se acopiarán en cuarto frío para, finalmente, ser dispuestos en el relleno sanitario. Esta acción se plantea como consideración para la reducción de la carga orgánica que recibe el relleno sanitario. Los restos inorgánicos serán prensados y empacados por tipo utilizando prensas estándar que producen paquetes de 50 o 100 Kg. de plásticos, latas y cartón. El vidrio será triturado y envasado en contenedores de plástico con un peso de de 30 a 50 Kg.

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III. VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y REGULACIÓN DE USO DEL SUELO.

a) El proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, se vincula

con los siguientes ordenamientos jurídicos:

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes: V.- Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios;

2. LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO El artículo 6º de la ley de Asentamientos Humanos para el Estado de Quintana Roo, menciona que “Las atribuciones que en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de desarrollo urbano de los centros de población tiene el Estado, serán ejercidas de manera concurrente por la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de la competencia que les determina la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” Por su parte, el Artículo 8 de la ley arriba citada, en lo conducente refiere que “Corresponde los Municipios, con sus respectivas jurisdicciones: I.- Formular, aprobar, administrar, ejecutar, evaluar y actualizar los programas municipales de Desarrollo Urbano, de centros de población y los que de estos se deriven, en congruencia con el programa estatal de Desarrollo Urbano, así como evaluar y vigilar su cumplimiento;

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... III.- Enviar al Ejecutivo del Estado para su publicación, los programas de desarrollo urbano y los reglamentos que expidan en la materia, así como para la inscripción de los primeros en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; ... V.- Expedir las autorizaciones, licencias o permisos de uso del suelo, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y en los programas de desarrollo urbano aplicables; ... IX.- Promover la organización y recibir las opiniones de los grupos sociales que integren la comunidad, respecto a la formulación, ejecución, evaluación y actualización de los instrumentos aplicables al desarrollo urbano; ... XVIII.- Las demás que le otorguen esta Ley y otras disposiciones jurídicas; De igual forma, en referencia a los requerimientos para la formulación, modificación, aprobación y zona de aplicación, que deben cumplir los programas parciales de desarrollo urbano y que establecen los Artículos 23, 27, 28 y 29 de la multicitada ley, estos han sido debidamente cumplimentados por las autoridades correspondientes, como se podrá observar con los periódicos oficiales que se detallan más adelante en el cuerpo de este escrito y que contienen sus antecedentes.

“Artículo 23.- Los programas parciales de desarrollo urbano serán aplicables en un área o zona determinada de un centro de población y regularán las acciones para su conservación, mejoramiento y crecimiento. Dichos programas serán congruentes con el programa de desarrollo urbano de centro de población del que deriven y contendrán por lo menos, lo siguiente: I.- La referencia del programa del cual derivan, indicando en su caso el aprovechamiento del suelo previsto en el mismo; II.- Las políticas y los objetivos del programa; III.- La delimitación de las áreas o zona que comprende; IV.- La descripción del Estado actual del área o zona de sus aprovechamientos predominantes o de la problemática que presentan; V.- Los regímenes de tenencia existentes en el área o zona a la que se refiere; VI.- La zonificación secundaria; VII.- Las normas y criterios técnicos aplicables a la acción de que se trata; VIII.- La programación de las obras o servicios señalando las etapas y condiciones para su ejercicio así como los lineamientos administrativos y financieros para el aprovechamiento del área o zona IX.- Los mecanismos para la adquisición o asignación de inmuebles, así como los estímulos que fuesen necesarios X.- Las obligaciones y responsabilidades de las autoridades y de los usuarios, y XI.- En general, la medidas e instrumentos para la ejecución del programa.”

Artículo 27.- La formulación y aprobación de los Programas de Desarrollo Urbano a que se refiere esta Ley se sujetará al procedimiento siguiente:

...

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IV.- la dependencia competente formulará el anteproyecto definitivo, que será aprobado y expedido por : b) El Ayuntamiento respectivo en sesión de cabildo, en el caso de los programas municipales de desarrollo urbano, los de centro de población y los que de estos deriven, y V.- Cumplidas las formalidades señaladas, el programa respectivo o sus modificaciones se publicará en el periódico oficial y en los periódicos de mayor circulación en el Estado o Municipio correspondiente y, en su caso en los bandos municipales. Artículo 28.- Los programas de desarrollo urbano serán publicados en el periódico oficial y en dos periódicos de mayor circulación en el Estado o Municipio de que se trate. Asimismo, serán inscritos dentro de los veinte días siguientes en el registro público de la propiedad y el comercio. Artículo 29.- Los programas de desarrollo urbano a que se refiere esta Ley serán sometido a un proceso de revisión. Su modificación o cancelación se sujetará al mismo procedimiento que para su aprobación.”

Que en el caso que nos atañe y que refiere a que hubo modificaciones al programa Parcial de Punta Cancún y al Programa de Desarrollo Urbano, es de observarse que estas fueron fundamentadas conforme al artículo 30 de la multicitada Ley y que refiere a que: Artículo 30.- Los programas de desarrollo urbano podrán ser modificados o cancelados, cuando: I.- Existe una variación sustancial de las condiciones que le dieron origen; II.- Se produzcan cambios en el aspecto financiero que los haga irrealizables o incosteables; III.- Surjan técnicas diferentes que permitan una realización más satisfactoria, y IV.- Sobrevenga otra causa grave que impida su ejecución.” Al respecto, en nuestro caso, se fundamento el Artículo 31 de esta Ley donde señala que “La modificación o cancelación de un programa de desarrollo urbano, podrá ser solicitada por escrito a la autoridad que lo haya aprobado, por: I.- La Secretaría o la dependencia municipal competente; ... V.- Los particulares interesados. Por otro lado, es importante señalar el fundamento de las facultades del Municipio respecto a la zonificación y su establecimiento en los programas de Desarrollo Urbano como lo es el Artículo 52 de la Ley multicitada y que en lo conducente menciona que: “Artículo 52.- A los Municipios corresponde formular, aprobar y administrar la zonificación de los centros de población en su territorio. La zonificación deberá establecerse en los programas de desarrollo urbano y determinar: ... III.- Los usos y destinos permitidos, prohibidos o condicionados; IV.- Las disposiciones aplicables a los usos y destinos condicionados; V.- La compatibilidad entre los usos y destinos permitidos; VI.- Las densidades de población y de construcción; ... XI.- Las demás disposiciones que de acuerdo con la legislación aplicable sean procedentes.”

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3. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE (LGEEPA)

Artículo 28.- “La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas…” “Fracción IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros;” Artículo 30. “Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente”… “Artículo 35.- Una vez presentada la manifestación de impacto ambiental, la Secretaría iniciará el procedimiento de evaluación, para lo cual revisará que la solicitud se ajuste a las formalidades previstas en esta Ley, su Reglamento y las normas oficiales mexicanas aplicables, e integrará el expediente respectivo en un plazo no mayor de diez días. Para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28, la Secretaría se sujetará a lo que establezcan los ordenamientos antes señalados, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables. Asimismo, para la autorización a que se refiere este artículo, la Secretaría deberá evaluar los posibles efectos de dichas obras o actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación”.

4. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. Publicado el 30 de mayo de 2000 en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 5, inciso Q “las obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental y de las excepciones. Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental: Q) DESARROLLOS INMOBILIARIOS QUE AFECTEN LOS ECOSISTEMAS COSTEROS: Construcción y operación de hoteles, condominios, villas, desarrollos habitacionales y urbanos, restaurantes, instalaciones de comercio y servicios en general, marinas, muelles, rompeolas, campos de golf, infraestructura turística o urbana, vías generales de comunicación, obras de restitución o recuperación de playas, o arrecifes artificiales, que afecte ecosistemas costeros, con excepción de:

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a) Las que tengan como propósito la protección, embellecimiento y ornato, mediante la utilización de especies nativas;

b) Las actividades recreativas cuando no requieran de algún tipo de obra civil, y c) La construcción de viviendas unifamiliares para las comunidades asentadas en los ecosistemas

costeros.” De acuerdo con lo anterior, el proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, se encuadra en los supuestos de obras y actividades que requieren de previa autorización por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en materia de impacto ambiental, tal y como lo marca el artículo 5, inciso Q), primer párrafo. El Capítulo III.- Del procedimiento para la Evaluación del Impacto Ambiental. Artículo 9 indica que “Los promoventes deberán presentar ante la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita la autorización”. “Artículo 49.- Las autorizaciones que expida la Secretaría sólo podrán referirse a los aspectos ambientales de las obras o actividades de que se trate y su vigencia no podrá exceder del tiempo propuesto para la ejecución de éstas”. Vinculación con los instrumentos de carácter ambiental.

5. PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL DEL MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 21 de julio de 2005.

El Ordenamiento parte de criterios de regulación ecológica especificados como aquellos lineamientos obligatorios que se establecen para orientar las acciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la protección al ambiente, que tendrán el carácter de instrumentos de la política ambiental, se asignaron teniendo siempre presente que la prioridad es el aprovechamiento sustentable, es decir, la utilización de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos, por periodos indefinidos; y que el fin del ordenamiento ecológico es lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.

6. TESIS JURISPRUDENCIAL 81/1988, DE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LA FEDERACIÓN, LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS. El sistema de distribución de competencias que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se integra básicamente, y en los que atañe a las hipótesis examinadas, por las facultades conferidas expresamente a la Federación, las potestades asignadas en

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el Artículo 115 de la misma a los municipios y por las restantes que, de acuerdo con su artículo 124, corresponden a las entidades federativas. Así, el ámbito competencial de los estados se integra, en principio, por las facultades no expresamente conferidas a la Federación o a los municipios. Controversia constitucional 2/98.Roberto Pedro Martínez Ortiz, en su carácter de procurador general de Justicia y representante legal del gobierno de Oaxaca, contra el Ayuntamiento del municipio de Oaxaca de Juárez, el presidente y el secretario municipal de dicho Ayuntamiento. 20 de octubre de 1998. Unanimidad de diez votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: Mariano Azuela Guitrón. Secretario: Ariel Alberto Rojas Caballero. El tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciséis de noviembre en curso, aprobó con el número 81/1998, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.

El ordenamiento ecológico local del territorio, consiste en la determinación de usos de suelo atendiendo a su vocación o características a nivel local. En este caso, el ordenamiento debe tener un carácter obligatorio, en forma similar a las disposiciones contenidas en los planes de desarrollo urbano de los centros de población, previstos en la legislación en materia de asentamientos humanos. Es por ello que establece la competencia de los municipios, conforme a lo que establezca la legislación local, para expedir los programas de ordenamiento ecológico local.

De esta tesis derivó el artículo 8o. de la LGEEPA, que en su fracción VIII establece:

Artículo 8º. Corresponden a los municipios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades: VIII. La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico local del territorio a que se refiere el artículo 20 bis 4 de esta Ley, en los términos en ella previstos, así como el control y la vigilancia del uso y cambio de suelo, establecidos en dichos programas. Lo anterior se establece como directriz y eje de la aplicación de criterios y medidas deseables para un aprovechamiento regulado de los recursos naturales. El siguiente plano muestra la UGA 9 aplicable al predio conforme a la zonificación establecida para el POEL BJ.

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Centred on 519,360m, 2,334,416m UTM Zone 16 ( 21° 06' 39" N, 86° 48' 49" W WGS84)S c a le 1 : 8 0 ,0 0 0

53' 52' 51' 86° 50' W 49' 48' 47' 46' 86° 45' W 44'

53' 52' 51' 86° 50' W 49' 48' 47' 46' 86° 45' W 44'

59'

21°

0' N

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3'4'

21°

5' N

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8'9'

21°

10' N

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59'21° 0' N

1'2'

3'4'

21° 5' N6'

7'8'

9'21° 10' N

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The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 58.78" due east of true north

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11 Mayo 2010

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Criterios Generales. A continuación, se presenta la vinculación del proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN”, respecto a los Criterios Ecológicos de tipo GENERAL que considera el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo. CRITERIOS GENERALES.

CRITERIO GENERAL. CRITERIOS ECOLÓGICOS DE APLICACIÓN GENERAL. APLICACIÓN DEL CRITERIO.

CG-01

Como lo establece la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, en su artículo 132, las personas físicas o morales quedan obligadas a proporcionar un porcentaje del terreno a construir, preferentemente como área verde, lo que en su caso siempre será permeable, con los siguientes porcentajes: a) En predios con área menor a 100 metros cuadrados se destinará como mínimo 10 % de la superficie total del predio, b) En predios de 101 hasta 500 metros cuadrados, se destinará como mínimo 20 % de la superficie total del predio c) En los lotes de 501 a 3,000 metros cuadrados, se destinará como mínimo 30 % de la superficie total del predio, y d) En los lotes de 3,001 metros cuadrados en adelante se destinará como mínimo 40 % de la superficie total del predio.

El criterio no aplica. Se trata de la modificación de un proyecto aprobado desde1988.

CG-02

La superficie que se permite desmontar es el área de aprovechamiento máxima permitida para el desplante del proyecto, incluyendo la totalidad de las obras consideradas, las vialidades e infraestructura, el equipamiento y las áreas verdes.

El criterio no aplica. En el sitio no existe vegetación. Se trata de la modificación de un proyecto aprobado desde1988.

CG-03

En los predios donde no exista cobertura arbórea, o en el caso que exista una superficie mayor desmontada a la señalada para la unidad de gestión ambiental ya sea por causas naturales y/o usos previos, el proyecto sólo podrá ocupar la superficie máxima permitida de desmonte que se indica para la política ambiental de la unidad de gestión ambiental, ubicándose el desplante del proyecto en el área con vegetación más afectada. En la superficie restante del predio que queda fuera del porcentaje de desmonte establecido para la unidad de gestión ambiental, debe ejecutarse un programa de reforestación con especies nativas.

El sitio se encuentra totalmente impactado y carece de vegetación. No aplica este criterio.

CG-04

Para la zonificación y diseño del proyecto, deberán plantearse como primera opción de ocupación los potreros, bancos de materiales para la construcción abandonados, las áreas desmontadas o con vegetación secundaria.

Este criterio no aplica. El proyecto es hotelero.

CG-05

Deberá obtenerse el cambio de uso del suelo en terreno forestal, cuando se pretenda la remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales, de acuerdo con el Inventario

No aplica. El sitio carece de vegetación forestal.

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Nacional Forestal y de Suelos.

CG-06

El promovente de un proyecto cumplirá con los estudios ecológicos especiales, que a juicio de la Autoridad evaluadora, se necesiten para identificar y valorar los impactos que podría generar el proyecto sobre los recursos naturales y/o de las poblaciones o comunidades de flora y/o fauna de las especies incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, durante la ejecución y operación del proyecto, a fin de determinar las medidas de prevención, control y/o mitigación que se requieren introducir al proyecto y que permitan a la Autoridad dictaminar su viabilidad. Los términos de referencia para los estudios ecológicos especiales serán especificados por la autoridad ambiental competente.

El criterio no aplica, toda vez que el sitio carece de poblaciones o comunidades de flora y fauna.

CG-07 Para el aprovechamiento de predios en los que se encuentrenvestigios arqueológicos deberá contarse con autorización delInstituto Nacional de Antropología e Historia.

No aplica. En el sitio no existen vestigios arqueológicos.

CG-08

Se consideran como equivalentes: a) Un cuarto de motel a 1.0 cuarto de hotel. b) Una junior suite a 1.5 cuartos de hotel. c) Un departamento, estudio o llave hotelera, un camper

sencillo, un cuarto de clínica, una cabaña rústica o unasuite a 2.0 cuartos de hotel.

d) Una vivienda residencial o residencia turística a 2.5 cuartos de hotel.

Se define como cuarto hotelero tipo al espacio de alojamiento destinado a la operación de renta por noche, cuyos espacios permiten brindar al huésped servicios sanitarios, área dormitorio para dos personas, guarda de equipaje y área de estar. No incluye locales para preparación o almacenamiento de alimentos y bebidas. La cuantificación del total de cuartos turísticos incluye las habitaciones necesarias del personal de servicio, sin que esto incremente su número total.

El proyecto contará con 180 cuartos hoteleros.

CG-09

El material pétreo, sascab, calizo, tierra negra, tierra de despalme, madera, materiales vegetales y/o arena que se utilice en la construcción de un proyecto deberá provenir de fuentes y/o bancos de material autorizados.

Este material será adquirido a proveedores autorizados

CG-l0

Deberán eliminarse los ejemplares de especies exóticas considerados como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) entre ellas Casuarina spp., Schinus terebenthifolius y Eichomiacrassipes, o que afecten por su forma de crecimiento la infraestructura urbana, entre ellas Terminalia catappa, Delonix regia y Ficus benjamina. El manejo y disposición final del material vegetal deberá ser autorizado y supervisado por la Dirección General de Ecología Municipal.

No aplica. El sitio carece de vegetación.

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CG-11

En la construcción de todo proyecto y en forma previa al desmonte y/o a la nivelación del terreno deberá realizarse un Programa de Colecta Selectiva de Flora y de Material de Propagación dentro del predio, este Programa deberá incluir la información señalada en el anexo Consideraciones para la realización de Colecta Selectiva de Flora y de Material de Propagación.

No aplica. En el predio no existe vegetación.

CG-12

Las actividades recreativas que se desarrollen en zonas de anidación y reproducción de la fauna silvestre con estatus de protección señalada en la normatividad federal aplicable, requieren de un programa cuyo objetivo sea el de preservar los sitios de anidación y reproducción.

No aplica. En el predio no existen zonas de anidación y reproducción de fauna.

CG-13

Previo al desarrollo de cualquier obra o actividad se deberá de ejecutar un Programa de Colecta selectiva de Fauna, poniendo especial atención a la de lento desplazamiento, según se establece en el anexo Consideraciones para la Colecta Selectiva de Fauna.

No aplica. En el predio no existe fauna.

CG-14 El chapeo y desmonte del predio deberá realizarse de acuerdo a lo indicado en el anexo Consideraciones para la realización de chapeo y desmonte.

No aplica. En el predio no existe vegetación.

CG-15

En las unidades de gestión ambiental urbanas o suburbanas, al concluir la etapa de construcción del proyecto debe ejecutarse un programa de arborización y jardinado que se apegue a lo señalado en el anexo Programa de arborizacióny jardinado

El proyecto plantea áreas jardinadas en terrazas.

CG-16 El derribo del estrato arbóreo deberá ser direccionado para evitar daños a la vegetación que se conservará en pié.

No aplica. En el predio no existe vegetación.

CG-17

No se permite la disposición de materiales derivados de obras, excavaciones o rellenos sobre la vegetación nativa, áreas naturales, de reforestación, de arborización, Zona Federal Marítimo Terrestre, cuerpos de agua y áreas marinas.

El material que se genere será trasladado a un sitio autorizado por el Ayuntamiento.

CG-18 La introducción y manejo de palma de coco debe restringirse a las variedades que sean resistentes a la enfermedad conocida como "amarillamiento letal del cocotero".

En caso de utilizar ejemplares de cocoteros en el proyecto, será de variedades resistentes al amarillamiento letal.

CG-19

En hoteles, campos de golf y clubes deportivos, los desechos orgánicos deberán emplearse en la generación de composta para fertilizar sus áreas verdes, en un área acondicionada para tal efecto dentro del predio.

Los desechos orgánicos podránemplearse en la generación de composta para fertilizar las áreas.

CG-20 Sólo podrá removerse suelo en el área de desmonte autorizada.

No aplica. En el predio existe una plancha de concreto sobre cimientos profundos de la torre mirador autorizada en la década de los 90´s.

CG-21 Los proyectos deberán incluir acciones para el ahorro del recurso agua, así como medidas de prevención de contaminación del manto freático.

Se utilizará el agua de manera eficiente en las diferentes etapas del proyecto.

CG-22 Se debe promover la instrumentación de proyectos productivos alternativos a través de la instalación de Unidades de Conservación, Manejo y Aprovechamiento

No aplica. El proyecto es hotelero turístico.

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Sustentable de la Vida Silvestre (UMA's) y/o sistemas agroforestales.

CG-23 Los caminos sobre humedales deberán adecuarse con alcantarillas, puentes u otras obras que restablezcan y garanticen los flujos hidrodinámicos.

El criterio no es aplicable. El sitio no es un humedal.

CG-24

Se permite la utilización de los desechos orgánicos derivados de las actividades agrícolas, pecuarias y forestales para la restauración de suelos y fertilización orgánica de cultivos y áreas verdes, previo composteo y estabilización.

No aplica. El proyecto es hotelero, y se encuentra en un sitio previamente impactado.

CG-25

Deberá favorecerse la captación de agua de lluvia como fuente alterna de agua para riego y actividades agropecuarias, lavado de Instalaciones, suministro sanitario u otros potenciales.

El proyecto plantea un drenaje pluvial separado por lo que se favorecerá, la captación de aguas pluviales.

CG-26

Los proyectos que pretendan establecerse fuera de los centros de población, que impliquen la afectación o alteración de poblaciones de especies incluidas en los listados de la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, deberán incluir en la fase operativa el monitoreo de dichas poblaciones a fin de garantizar la permanencia de las mismas y de las condiciones que hacen posible su presencia.

No aplica. El proyecto se encuentra en un centro de población.

CG-27

Las áreas jardinadas en zonas urbanas, suburbanas, turísticas, recreativas, residenciales e industriales deberán incluir especies nativas. No podrán utilizarse especies consideradas como invasoras por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) o que afecten por su forma de crecimiento la infraestructura urbana. Ver anexo Programa de arborización y jardinado.

Se favorecerá la utilización de especies nativas para las áreas jardinadas.

CG-28

Se permite el manejo de especies exóticas, cuando: a) La especie no esté catalogada como especie invasora

por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad.

b) La actividad no se proyecte en cuerpos naturales de agua,

c) El proyecto incluya por lo menos el tratamiento secundario de las aguas residuales previamente a su inyección al subsuelo y/o cuerpos de agua,

d) Se garantice el confinamiento de los ejemplares y se impida su dispersión o distribución al medio natural

Se solicite y se obtenga la autorización de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

No se prevé la utilización de especies exóticas invasoras.

CG-29

En zonas de litoral el uso, goce y disfrute de las playas de arribo de tortugas durante el periodo de anidación de tortugas, deberá apegarse al programa municipal para la protección a la tortuga marina.

No aplica. El proyecto, no colinda con zona litoral.

CG-30 No se permite verter hidrocarburos y productos químicos no biodegradables al suelo, cuerpos de agua y/o mar.

No aplica. El proyecto, no colinda con zona litoral

CG-31 La disposición final de residuos únicamente podrá realizarse en los sitios previamente aprobados para tal fin.

El sitio del proyecto se encuentra en la zona hotelera de Cancún, dentro de las rutas

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que tiene consideradas el Municipio para el retiro de residuos sólidos.

CG-32 Se promoverá la reutilización de las aguas residuales previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de calidad de aguas.

El proyecto se conectará a la red de drenaje que existe en la zona hotelera. Se cuenta con las pre factibilidades de CAPA y AGUAKAN

CG-33

Durante las diferentes etapas del proyecto deberán contar con un programa integral de manejo ambiental (minimización, separación, recolección y disposición final) de desechos sólidos y líquidos, que incluya medidas preventivas para elmanejo y disposición adecuados de grasas, aceites e hidrocarburos.

Se contará con un programa demanejo de residuos sólidos y líquidos por etapa, incluyendo grasas aceites e hidrocarburos.

CG-34 Todas las obras y proyectos deberán considerar áreas específicas para el almacenamiento de residuos.

El proyecto, considera un área específica para el almacenamiento temporal de residuos.

CG-35 No se permite el uso del fuego para la disposición final de residuos sólidos municipales.

No se considera el uso de fuego para la disposición final de residuos sólidos municipales.

CG-36 No se permite el uso del fuego en las actividades de chapeo y desmonte.

No aplica, el sitio carece de vegetación.

CG-37

En el tratamiento de plagas y enfermedades deben manejarseproductos que afecten específicamente la plaga o enfermedadque se desea controlar, que sean preferentemente orgánicos yestrictamente los autorizados por la Comisión Intersecretarialpara el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantesy Substancias Tóxicas (CICOPLAFEST).

Se espera una mínima aplicación de agroquímicos y se utilizarán los autorizados por la CICLOPLAFEST.

CG-38

El uso de agroquímicos y la disposición final de sus envases deberá seguir las indicaciones de la ficha técnica del producto en cuanto a dosis y frecuencia de aplicación así como lo que establezca la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Tóxicas (ClCOPLAFEST).

El uso de agroquímicos, los estrictamente indispensables, se hará de acuerdo a lo indicado en las hojas de seguridad. Los empaques y envases serán acopiados temporalmente en la instalación realizada ex profeso y entregados a una empresa especializada para su disposición final, esto en concordancia con el programa de manejos de residuos sólidos y líquidos.

CG-39

En todas las etapas del proyecto (construcción, operación y mantenimiento), únicamente se permite el uso de agroquímicos autorizados por la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Substancias Tóxicas (CICOPLAFEST).

Existirá una mínima aplicación de agroquímicos y se utilizarán los autorizados por la CICLOPLAFEST.

CG-40 Los proyectos que en su fase operativa involucren el uso de agroquímicos deberán incluir un programa de monitoreo de la calidad del agua del subsuelo a fin de detectar y prevenir la

Se prevé una baja utilización de agroquímicos, se privilegiará el uso de la composta procesada

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contaminación del recurso. en el proyecto para las áreas jardinadas.

CG-41

Los proyectos que generen aguas residuales (negras, azules, grises, jabonosas), deberán disponerlas a través del sistema de drenaje municipal o bien a través de algún sistema de tratamiento de aguas residuales cumpliendo en todo momento con la normatividad vigente aplicable.

El proyecto se conectará a la red municipal de drenaje de la zona.

CG-42

El drenaje de aguas residuales debe ser canalizado alsistema de tratamiento que garanticen la no contaminación del suelo y subsuelo. No debe canalizarse a pozos de absorción de agua pluvial. La disposición final del efluente deberá cumplir con la normatividad vigente.

El proyecto se conectará a la red municipal de drenaje.

CG-43

En la planeación de zonas o proyectos turísticos en predios colindantes con unidades de gestión ambiental con Política de protección. Deberá contemplarse un área de amortiguamiento de al menos 20 metros a lo largo de la colindancia, dentro de la unidad de gestión ambiental que recibe el proyecto turístico.

El proyecto no colinda con unidades de gestión ambiental con política de protección.

G-44

En zonas con uso de suelo urbano que colinden con algún área natural protegida, deberán establecerse zonas de amortiguamiento de 30 metros entre ambas a partir del límite del área natural protegida hacia la zona de aprovechamiento. En dichas zonas de amortiguamiento no podrán establecerse viviendas.

El proyecto no colinda con áreas naturales protegidas.

CG-45

Los proyectos que pretendan establecerse en predios colindantes a las carreteras federales deberán dejar un área de amortiguamiento vegetal de al menos 20 metros de ancho a lo largo de las colindancias con dicha vía.

El proyecto no colinda con carreteras federales.

CG-46

La construcción de obras e infraestructura para el drenaje pluvial deberá ser diseñada de conformidad con la normatividad de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado y autorizada por esta dependencia.

No aplica. El proyecto no implica la construcción de obras de infraestructura hidráulica.

CG-47

La canalización del drenaje pluvial hacia el mar o cuerpos de agua superficiales o pozos de absorción, debe realizarse previa filtración de sus aguas con sistemas de decantación, trampas de grasas y sólidos, u otros que garanticen la retención de sedimentos y contaminantes. Dicha canalización deberá ser autorizada por la Comisión Nacional del Agua.

La propuesta técnica para la canalización del drenaje pluvial será puesta a consideración de la Comisión Nacional del Agua a fin de que sea autorizada.

CG-48 En cualquier obra deberá estar separada la canalización del drenaje pluvial del drenaje sanitario.

Los drenajes pluvial y sanitario se han diseñado de manera separada, por lo que se cumple con lo establecido por el criterio.

CG-49 Los campamentos de construcción deben sujetarse al Reglamento de Construcción del Municipio de Benito Juárez.

No aplica. No habrá campamentos de construcción. Toda vez que los trabajadores contratados serán de la zona, mismos que podrán desplazarse diariamente a sus hogares, así mismo los comedores estarán en la planta baja del centro de convenciones.

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CG-50

Los campamentos de construcción deberán ubicarse sobre los sitios de desplante del proyecto, nunca sobre humedales, zona federal, áreas de donación, áreas naturales, áreas de reforestación o áreas de arborización.

No aplica. No se contará con campamentos de construcción. Los trabajadores contratados serán de la zona, mismos que podrán desplazarse diariamente a sus hogares, así mismo los comedores estarán en la planta baja del centro de convenciones.

CG-51

No se permite el establecimiento en el territorio municipal de las siguientes ramas industriales: Refinación de petróleo, Industria básica del hierro y del acero, Petroquímica básica, Fabricación de productos químicos, Fabricación de sustancias químicas básicas, Manufactura de celulosa, papel y sus productos, Fabricación de productos metálicos (acabados metálicos), Industria farmacéutica, Industria de las fibras artificiales y/o sintéticas, Industria del coque; debido a que involucran el manejo de grandes volúmenes de sustancias peligrosas.

No aplica. El proyecto es de tipo hotelero.

CG-52 Sólo se permite la infraestructura y el equipamiento privado asociado a los usos permisibles.

No aplica. El proyecto es de tipo hotelero.

CG-53 El equipamiento no se permite en las áreas sujetas a políticade protección.

No aplica. El proyecto es de tipo hotelero.

CG-54 El establecimiento de nuevos asentamientos humanos se deberá sujetar a un programa de desarrollo urbano aprobado conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

No aplica. El proyecto es de tipo hotelero.

CG-55

Para optimizar el uso del suelo en la zona urbana se aumentará el coeficiente de utilización del suelo y se disminuirá proporcionalmente el coeficiente de ocupación del suelo. No se densificarán las áreas urbanas a costa de la ocupación de áreas naturales y/o de áreas verdes arborizadas.

No aplica el criterio, le corresponde a criterios de planeación urbana.

CG-56 El derecho de vía de los tendidos de alta tensión sólo podrá ser utilizado conforme a la normatividad aplicable, y en apego a ella no podrá ser utilizado para asentamientos humanos.

El predio no se encuentra bajo tendidos eléctricos.

CG-57

La densidad autorizable en las unidades de gestión ambiental dentro de los centros de población será la que establezca el Programa Parcial o el Programa de Desarrollo Urbano vigente en el centro de población.

El proyecto se sujeta al Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun, publicado el 7 de diciembre de 2001 y a las modificaciones realizadas por el H. Cabildo, publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Q. Roo el 20 de abril de 2010, e inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, el 26 de abril de mismo año.

G-58 Los lineamientos de ocupación para predios de una hectárea o menos de una hectárea, fuera

de los centros de población, los parámetros urbanos para los usos del suelo previstos en este

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ordenamiento se indican en el siguiente cuadro. LOTE

USO DEL SUELO

DESTINO DEL SUELO

SUPERFICIE MÍNIMA DEL LOTE (m2)

ESPACIO LIBRE

MÍNIMO

ÁREA NATURAL MÍNIMA

COS CUS ALTURA MÁXIMA

METROS NIVELES

Suburbano

Tipo Residencial 800 60% 30% 0.4 0.8 12 3

Tipo explotación agropecuaria

1,500 90% 15% 0.1 0.1 7 2

Turístico

Hotelero 1,000 40% 20% 0.6 1 14 4 Mixto hotelero habitacional

300 30% 10% 0.7 1 11 3

Hotelero de densidad mínima

1,000 65% 30% 0.35 0.7 7 2

El criterio no aplica ya que el predio se encuentra dentro de un centro de población.

Criterios específicos de la UGA 9. Los usos de suelo y criterios aplicables a la UGA 09 se indican en el siguiente cuadro: UGA 09 POLÍTICA VOCACIÓN DE USO DEL SUELO CRITERIOS

ECOLÓGICOS

ZONA HOTELERA

DE CANCÚN

APROVECHAMIENTO URBANO

PREDOMINANTE CONDICIONADO COMPATIBLE INCOMPATIBLE AH

5,6,7,12.13,16, 17,18,19,20,21,22

TURÍSTICO URBANO, GOLF, EQUIPAMIENTO

COMERCIAL CENTRO

RECREATIVO

FORESTAL, MINERÍA, UMA, AGROPECUARIO, AGROFORESTAL ACUACULTURA, MELIPONICULTURA, HORTICULTURA, ACTIVIDADES ACUÁTICAS Y SUBACUÁTICAS, ECOTURISMO, SUBURBANO, FUNERARIO INDUSTRIAL ÁREA NATURAL

CO 1,6,9,10,15

DT 1,5,8,12,13,18,22

EQ 5,6,12.13.17

FF 1.2,4.5.10

ME

2,3,7,10.11,12,13,14,17,22,36

A continuación, se presenta la vinculación del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES, turístico hotelero respecto a los Criterios Ecológicos Específicos que considera el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito Juárez, Quintana Roo. CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL

CRITERIO AH CRITERIOS PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS

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AH-05

Se permiten los fraccionamientos turísticos hoteleros. Los lotes deberán tener como mínimo 25 metros de frente y 1,000 metros cuadrados de superficie, en los términos y condicionantes establecidos en la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo

El criterio no aplica. No es un fraccionamiento turístico hotelero.

AH-06 Se permiten los fraccionamientos turísticos de tipo mixto hotelero habitacional en los términos y condicionantes establecidos en la Ley de Fraccionamientos del Estado de Quintana Roo.

No aplica, no es un fraccionamiento turístico de tipo mixto hotelero habitacional.

AH-07

En los programas de desarrollo urbano de centros de población, así como en los programas parciales de desarrollo urbano, se deberá cumplir con el indicador internacional recomendado de 12 metros cuadrados de áreas verdes por habitante.

No aplica. Se trata de un hotel.

AH-08 Sólo se permiten los desarrollos de tipo ecoturístico en lotes de 10,000 metros cuadrados de superficie o mayores.

El proyecto no corresponde adesarrollos de tipo ecoturístico, no aplica.

AH-12

Las reservas territoriales para crecimiento urbano deberán mantener su cubierta vegetal original en tanto no se incorporen al desarrollo a través de un programa parcial de desarrollo urbano, en apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

No le aplica al proyecto. Son lineamientos de planeación urbana

AH-13

El aprovechamiento de los predios comprendidos en las unidades de gestión ambiental con uso urbano, estará regulado por la zonificación del uso y destino del suelo, los parámetros urbanos y las densidades de población establecidas en los programas de desarrollo urbano, así como a los criterios de regulación ecológica aplicables del presente instrumento. Cualquier modificación a los parámetros urbanos referidos deberá apegarse a las disposiciones jurídicas correspondientes.

No le aplica al proyecto. Son lineamientos de planeación urbana

AH 16

Los Programas de Desarrollo Urbano no deben permitir el establecimiento de industrias o talleres de servicios, ni actividades de comercio o de servicios de cualquier tipo en las zonas con uso del suelo habitacional.

El criterio. No le aplica al proyecto. Son lineamientos de planeación urbana.

AH17

Los talleres de servicios dentro de las zonas urbanas o turísticas dentro de los centros de población deberán contar con zonas de amortiguamiento delimitadas por barreras naturales o artificiales, que disminuyan los efectos de ruido y contaminación ambiental, incluida la visual.

No le aplica al proyecto. Son lineamientos de planeación urbana.

AH18

Solo se permiten los asentamientos humanos y/o los desarrollos turísticos cuando el Proyecto incluya la construcción, por parte del promovente, y la operación por parte del usuario final, de las obras de infraestructura y equipamiento necesarias y suficientes para: a) Extracción, potabilización y distribución de agua potable a los lotes individuales, con la autorización de la Comisión Nacional del Agua y/o de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado. b) Colecta, manejo y disposición temporal de residuos sólidos con la autorización del H. Ayuntamiento Benito Juárez. c) Colecta, tratamiento y disposición de aguas residuales con la autorización de la Comisión Nacional del Agua.

No aplica. El sitio se encuentra en un área urbana turística y se conectará a la red de drenaje municipal ya que cuenta con la pre factibilidad de la autoridad competente.

AH-19 En los proyectos habitacionales deberá considerarse un ancho de banqueta mínimo, que por lo menos incluya 60 centímetros de jardinera y un metro de ancho para el paso del peatón.

El proyecto es hotelero, no le aplica el criterio.

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AH-20 En los proyectos comerciales los estacionamientos deberán contar con áreas verdes en forma de camellones continuos y deberán colocarse por lo menos un árbol por cada dos cajones de estacionamiento.

El proyecto es un hotel no le aplica el criterio.

AH-21

Los proyectos que incluyan la conformación de camellones deberán mantener la vegetación arbórea en estos espacios y en caso de que esté desprovista de vegetación arbórea se deberá arborizar siguiendo las recomendaciones del anexo Programa de Arborización y jardinado.

El proyecto no considera la conformación de camellones.

AH-22

En las zonas urbanas, independientemente del proyecto de que se trate, se deberá garantizar en todo momento la permanencia de palmas a partir de 1 metro de altura, así como los árboles nativos mayores a 3 metros de altura y/o 25 centímetros de diámetro del tronco a 1.30 metros de altura que no interfieran con el desplante de las obras por ubicarse en zona proyectadas como áreas verdes, estacionamientos, patios, banquetas o camellones. Previo al inicio de las actividades de desmonte se deberán marcar los troncos a fin que puedan ser identificados y se protegerán sus raíces para evitar que sean afectadas por la maquinaria durante los trabajos.

No aplica. En el predio del proyecto no existe vegetación.

CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL

CRITERIO CO CRITERIOS PARA CONSTRUCCIÓN

CO-01

Dentro de la temporalidad autorizada para la edificación del proyecto se permitirá la instalación y operación de plantas de premezclados, dosificadoras, bloqueras o similares que se establezcan con la finalidad de abastecer específicamente el proyecto en construcción.

El proyecto se ajustará dicho criterio. El abasto de materiales será de proveedores autorizados.

CO-06 En terrenos inundables la estructura de las vialidades debe construirse con materiales permeables No aplica el criterio.

CO-09 No se permite la disposición de ningún desecho de construcción o de demolición, excepto como relleno para construcciones.

El terreno se encuentra nivelado, no requiere de disposición de desechos de construcción para su desarrollo.

CO-l0

Se permitirá la construcción de estructuras rústicas como andadores, escaleras para acceso a cuerpos de agua, puentes elevados, terrazas y otras estructuras de madera cuando: a) Se utilice madera dura de la región cuya procedencia sea de una zona cuyo aprovechamiento forestal esté autorizado y vigente. b)Cuando en el tratamiento de la madera que quede sumergida en cuerpos naturales de agua no se utilice aceite quemado ni de otras sustancias tóxicas

No aplica. El predio no tiene colindancia con cuerpos de agua.

CO-15

En la construcción de los caminos, así como en los existentes, se deben incluir obras y/o mecanismos para garantizar el paso de fauna silvestre a través de los mismos, tales como señalamientos, reductores de velocidad, túneles, puentes u otros que cumplan con dicho fin.

No aplica. El proyecto no implica la construcción de caminos.

CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL

CRITERIO DT CRITERIOS PARA APROVECHAMIENTOS TURÍSTICOS

DT-01 Sólo se permiten los desarrollos de campo de Golf cuando: a) La selección del tipo de pasto a utilizar sea de la variedad o

No aplica. El proyecto no considera campos

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variedades que tengan menor demanda de agua y que sean capaces de tolerar el riego con agua salobre y/o aguas tratadas, b) El suministro de agua para riego incluya aguas tratadas y la fuente complementaria esté autorizada por la Comisión Nacional del Agua, c) El sistema de riego incluya dispositivos de control que aseguren la optimización del uso del agua y de los agroquímicos que se utilicen, evitando la saturación del terreno y la contaminación del subsuelo y cuerpos naturales de agua, d) Los lagos artificiales se proyecten totalmente aislados del manto freático y se distribuyan en función de la demanda de agua de las distintas áreas del proyecto, e) La fuente de abasto de los lagos artificiales sean aguas tratadas, salobres y/o pluviales f) Se prevea mantener o en su caso reforestar con espacies nativas las

zonas adyacentes a las pistas.

de golf.

DT-05 En las playas no se permite el mantenimiento mecánico, abasto decombustible, el achicamiento de las sentinas y la reparación deembarcaciones y automotores náuticos.

No aplica. El proyecto no presenta colindancia con la zona de playas.

DT-08 No se permite el acceso a vehículos automotores a la zona de playas ydunas, excepto los autorizados para limpieza de playas, vigilancia yatención de emergencias.

No aplica. El proyecto no presenta colindancia con la zona de playas

DT-12 El uso del fuego en actividades recreativas, estará restringido a las áreasespecialmente destinadas para ello y con las medidas de seguridadindicadas por la Dirección de Protección Civil Municipal.

No aplica. El proyecto no considera uso de fuego en actividades recreativas.

DT-13

El cuidado, conservación y mantenimiento de la vegetación en las áreasverdes y en las áreas naturales al interior de los predios, es obligación de los dueños del desarrollo y del responsable de las actividades que lesean autorizadas.

No aplica. En el predio no existe vegetación.

DT-18

Los desarrollos turísticos, centros recreativos y obras de equipamientodeberán incluir en sus áreas verdes la variedad o variedades de pastosque tengan menor demanda de agua y que sean capaces de tolerar elriego con agua salobre y/o aguas tratadas

Se utilizará pasto del tipo san agustín o paspallum, ambos resistentes al riego con aguas residuales tratadas.

DT-22

En las zonas turísticas dentro de los centros de población sólo se permiten los usos habitacionales en las zonas y con las densidades que al respecto establezca el Programa de Desarrollo Urbano vigente, en el cual la zona habitacional no podrá exceder del 10 % de la superficieestablecida en dicho programa.

No aplica.

CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL

CRITERIO EQ CRITERIOS PARA EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA

EQ-05 No se permite la ubicación de rellenos sanitarios ni de tiraderos a cieloabierto.

No aplica. El proyecto no considera construir rellenos sanitarios.

EQ-06 No se permite la infraestructura ni las obras de equipamiento para elmanejo y disposición final de residuos.

No aplica. El proyecto no considera manejo y disposición final de residuos.

EQ-12 Se permiten los accesos elevados, colgantes o piloteados a través del No aplica el criterio. En

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manglar. el predio no hay manglar.

EQ-13

Las líneas de conducción eléctrica y telefónica deberán ser subterráneascon la finalidad de evitar la contaminación visual, definida en el Artículo4, fracción IX de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo.

El proyecto cuenta con las pre factibilidades de CFE y de TELMEX.

EQ-17

No se permite el almacenamiento de hidrocarburos para su expendiocomercial, con excepción de las estaciones de servicio autorizadas porPEMEX y que cumplan con las disposiciones del Acuerdo parareglamentar la ubicación, construcción y funcionamiento de lasEstaciones de Servicio de Almacenamiento y Venta de Gasolina y Dieselpara vehículos automotores terrestres y acuáticos en el Municipio Benito Juárez. Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno delEstado de Quintana Roo, el 11 de febrero de 2002.

No aplica. No se almacenarán hidrocarburos.

CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL

CRITERIO FF CRITERIOS DE PROTECCIÓN DE FLORA Y FAUNA

FF-01

En desarrollos habitacionales turísticos, industriales, comerciales,agropecuarios, no se permite la comercialización de la madera, leña,turba o tierra vegetal producto de la superficie autorizada de desmonte.Sin embargo, se permite su utilización en las áreas verdes proyectadas oen obras públicas en coordinación con la autoridad municipal.

El sitio del proyecto carece de vegetación.

FF-02

Los proyectos que se pretendan establecer en predios cuya vegetaciónoriginal sea el manglar, deberán incluir en las áreas de jardinería,reforestación y/o arborización ejemplares de especies de mangle, cuyapresencia deberá ser, al menos, del 50 % de la totalidad de losejemplares utilizados.

No aplica. En el prediono hay manglar.

FF-04

Los promoventes de desarrollos o actividades que se realicen en área dehumedales o próximas a éstos, deberán coordinarse con la autoridadpara la conservación de las especies asociadas, particularmente las delos cangrejos Cardisoma guanumi y Geocarcinus lateralis y las de cocodrilos Crocodylus moreletli y Crocodylus acutus.

No aplica el criterio ecológico referido.

FF-05

Del mes de mayo al mes de septiembre, los propietarios de predios colindantes con playas arenosas y los concesionarios de la zona federal marítimo terrestre en playas arenosas, a fin de proteger las poblaciones de tortugas marinas deberán: a) Asesorarse y coordinarse con la autoridad competente para la protección de los sitios de anidación de la tortuga marina, b) Evitar la iluminación directa al mar y zona de playa. la iluminación deberá ser color ámbar, de baja intensidad y estar cubierta por un difusor, c) La limpieza de playas únicamente podrá realizarse en forma manual utilizando rastrillos con penetración máxima de 5 centímetros de profundidad en la zona de anidación, d) Retirar del área de playa, de las 18:00 a las 6:00 horas del día siguiente, todos los bienes móviles que puedan constituir un obstáculo para el arribo de la tortuga

e) Abstenerse de encender fogatas en el área de playa.

No aplica. El predio no colinda con la zona litoral de playas.

FF-10 El uso de especies de flora ornamental exótica autorizada, quedarestringido a las áreas verdes.

Las plantas que se usarán en jardinería y ornamentación serán

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plantas nativas.

CLAVE TEXTO DEL CRITERIO APLICACIÓN DEL CRITERIO

ME CRITERIOS DE MANEJO DE ECOSISTEMAS

ME-02

En las obras que se proyecten en la franja costera: a) Se deberá conservar o en su caso restaurar, en la zona de dunas, la vegetación nativa halófita con el fin de contrarrestar la erosión natural de las playas y preservar su biodiversidad; b) Se deberán incluir en el diseño de las áreas verdes las especies de flora nativa propias de duna costera; c) En la conformación de accesos a la playa sólo se permite la remoción de la vegetación natural en la zona de dunas para la apertura de senderos peatonales, los cuales podrán tener un ancho máximo de 1.5 metros y sólo podrán ser perpendiculares a la costa. Se permiten los andadores elevados; d) La construcción de cualquier tipo de obra con materiales permanentes, debe llevarse a cabo al menos 5 metros tierra adentro, atrás de la cresta de la primera duna, no enfrente ni encima de ella; e) No se permite la construcción de muros paralelos a la costa para evitar la erosión de la playa; f) No se permite la apertura de canales, bocas y cualquier obra o acción que afecte a la comunidad coralina y la línea de costa; g) Las cimentaciones no deben interrumpir la circulación del agua subterránea entre el humedal y el mar; h) En las zonas no sujetas a programa de desarrollo urbano, la altura máxima permitida de las construcciones es de 7 metros o 2 niveles; i) Los caminos que sean paralelos a la costa deben construirse en el ecotono entre la duna posterior y el humedal, dejando pasos y accesos para la fauna;

j) Se deberán considerar accesos públicos a la playa en los términos quemarca la legislación aplicable.

No aplica, el sitio no colinda con playa o laguna.

ME-03 No se permite el cierre de afluentes y efluentes naturales del SistemaLagunar Nichupté.

No aplica. El predio no colinda con la zona de la Laguna Nichupté.

ME-07

La extracción de recursos minerales y la remoción de arena de lasplayas, así como el uso o aprovechamiento de lajas de la zona rocosa,únicamente podrá realizarse con motivo de obras de restauración de playas y previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente yRecursos Naturales.

No aplica. El proyecto no colinda con la zona de playas.

ME-10 En las actividades de mantenimiento de áreas verdes e infraestructura se favorecerá como primera alternativa el control biológico de plagas y eluso de insumos orgánicos.

En atención a lo indicado en este criterio y a lo exigido en el criterio CG-37, se realizará una mínima aplicación de agroquímicos.

ME-11

El promovente deberá elaborar e instrumentar un programa con elobjetivo de proteger y preservar el área de manglar que no haya sidoautorizada para aprovechamiento. Dicho programa deberá ser incluidoen la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente para suvaloración y en su caso aprobación de la autoridad competente.

No aplica. El sitio no tiene vegetación.

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ME-12

En las zonas urbanas y suburbanas. Los cenotes, rejolladas o petenesque se encuentren dentro del predio deberán ser preservados pudiendoser integrados a las áreas verdes del proyecto considerando las medidasde seguridad que indique la Dirección de Protección Civil Municipal.

No aplica. El lote no cuenta con cenotes, rejolladas o petenes.

ME-13

En las zonas inundables, las vías de acceso terrestre vehicular deberán permitir los flujos y reflujos de agua superficial y subterránea de losecosistemas. El cálculo del diámetro para los pasos de agua debe tomaren cuenta el volumen máximo que circula durante eventosextraordinarios de precipitación.

No aplica. En el lote no se existen áreas inundables.

ME-14

En tanto sean trasladados a su ubicación final, los materiales productodel dragado, obtenidos en la fase de preparación y construcción decualquier obra, deberán ser dispuestos en áreas donde se evite que los sedimentos invadan los cuerpos de agua y áreas inundables.

No aplica. No se requiere dragado.

ME-17 Las aguas residuales deberán cumplir con la normatividad aplicable parasu reutilización o aprovechamiento fuera de la zona de generación.

El proyecto cuenta con la pre factibilidad y considera la conexión al drenaje municipal ya en operación en la zona Hotelera de Cancún.

ME-22

En las playas y zona de dunas del Municipio Benito Juárez: a) No se permiten las actividades que involucren el uso de fauna doméstica, ganado vacuno, porcino, ovino o de cualquier otra índole y tampoco las que involucren especies animales exóticas, b) No se permite el acceso de equinos a fin de evitar la transmisión a los humanos de enfermedades zoóticas vinculadas con las excretas de estos animales, así como para evitar el efecto de sus cascos sobre los sitios de anidación de la fauna, c) No se permite la extracción de arena.

No aplica. El proyecto no colinda con la zona de playas.

ME-36

Para la operación de los campos de golf, de manera conjunta con la Dirección General de Ecología Municipal, se deberá abrir un registro obitácora de información que permita dar seguimiento a la aplicación deagroquímicos y a los monitoreos de calidad de agua en cuerpos de agua.

No aplica. El proyecto no considera la operación de campos de golf.

PROGRAMAS DE MANEJO DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.

El área de ubicación del proyecto, no se encuentra dentro de ninguna poligonal que defina algún Área Natural Protegida de competencia federal o estatal, no se presenta colindancia con el Sistema Lagunar Nichupté, así como tampoco con el área litoral del Mar Caribe. NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE CARÁCTER AMBIENTAL (NOM-SEMARNAT).

Derivado de un análisis, de cada una de las etapas y los procedimientos que se desarrollarán para construcción (C) y operación (O) del proyecto, se han identificado las Normas Oficiales Mexicanas, en materia ambiental bajo las que se vincula el proyecto. Estas se indican en la siguiente tabla:

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NOM ÁMBITO DE APLICACIÓN C O OBSERVACIONES DE CUMPLIMIENTO

NOM-080-SEMARNAT-1994

Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido provenientes del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación, y su método de medición.

Esta norma aplica para los niveles de ruido que se emitirán por la operación de la maquinaria en la etapa de construcción; dichas actividades se realizarán al aire libre y sólo durante el día. Se establecerá a los contratistas que los vehículos y equipo contratado se encuentre en óptimas condiciones a fin de estar dentro de los parámetros que regula la Norma Oficial Mexicana.

NOM-081-SEMARNAT-1994

Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.

Se tiene previsto para la etapa constructiva, medidas regulatorias para los contratistas y prestadores de servicios donde se de cumplimiento a esta NOM.

NOM-041-SEMARNAT-1999

Que establece los límites máximos permisible de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

La vinculación de esta norma con el proyecto, se debe a que durante la etapa de construcción, se utilizarán vehículos para transportar los materiales de construcción al sitio del proyecto, así como para el retiro de escombro sobrante de la obra. El mantenimiento constante de los vehículos a utilizar, garantiza el cumplimiento de la Norma.

NOM-002-SEMARNAT-1996

Límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.

Las aguas residuales serán enviadas a la planta de tratamiento instalada en la Zona Hotelera en Cancun.

El proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, no considera acciones de preparación de sitio que requieran regulación por la normatividad ambiental. En el predio se concibe en un sitio nivelado y compactado sobre la cimentación profunda del proyecto aprobado con antelación, denominado “TORRE MIRADOR”. Vinculación con los Ordenamientos aplicables en materia de regulación de uso de suelo.

7. PROGRAMA PARCIAL DE REORDENAMIENTO URBANO TURÍSTICO DE PUNTA CANCÚN, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del estado de Quintana Roo, el día 7 de diciembre de 2001.

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El uso de suelo establecido para el sitio del proyecto, conforme al Acta de la Quincuagésima Séptima sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez, mediante el cual se aprueba el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del estado el día 7 de diciembre de 2001 permite, para el sitio del predio, lo siguiente: En la Manzana 48 donde se ubica el predio a desarrollar cuenta con un uso de suelo catalogado como Proyecto Integral No.4 (P.I.4): Centro de Convenciones (E10), Torre Panorámica (E10), Plaza El Parián (C4), Museo INAH (C4). Tal como lo muestra la siguiente imagen (para mayor detalle ver anexos).

Proyecto integral Núm. 4

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Mediante el Programa Parcial se autoriza el Proyecto Integral No. 4 el cual se aprobó con las siguientes condicionantes: 1.- Remodelación de la vialidad existente. 2.- Realización de espacios abiertos que permitan la libre circulación peatonal entre las áreas del proyecto integral con todas las áreas abiertas de punta Cancún. 3.- Realización de un nuevo estacionamiento abierto y/o techado con un mínimo de 150 cajones. 4.- Restauración de la Unidad arquitectónica y visual del centro de convenciones eliminando todos los elementos arquitectónicos y los de imagen urbana como anuncios y espectaculares, no incluidos dentro del proyecto integral 4. 5.- Remodelación de las áreas del lote 1ª, ocupado por la plaza “El Parián”, con un proyecto que permita liberar los espacios abiertos enfrente del centro de convenciones. 6.- Construcción de la torre panorámica ubicada en el lote del centro de convenciones destinada a actividades recreativas culturales, comerciales y telecomunicaciones, para lo cual tendrá que contar con los permisos correspondientes actualizados.

El Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún establece que “Cualquier proyecto de nueva construcción, remodelación o ampliación que se realice en el área de aplicación del Programa Parcial deberá notificarse al H. Cabildo de Benito Juárez, antes de que se otorgue la licencia correspondiente por parte de la Dirección General de Desarrollo Urbano.

Cualquier modificación de normatividad y densidades que se realicen en el área del ámbito de aplicación del Programa Parcial deberá tener aprobación previa del Cabildo del H. Ayuntamiento de Benito Juárez”. Vinculación con el proyecto. Antecedentes 1.- En 1991 se construyó el actual Centro de Convenciones sobre una superficie de 19,903.55 metros cuadrados. El proyecto incluía una torre mirador de telecomunicaciones, con una altura de 37 niveles, con licencia de construcción CAN-1362 de fecha 27 de febrero de 1991, en el que integró oficinas y restaurante bar. La torre mirador inició su cimentación, pero el proyecto no fue concluido.

2.- En el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, correspondió la clasificación “Proyecto Integral número 4”, al Centro de Convenciones, Plaza del Parián, Museo del INAH, Torre Panorámica y 150 cajones de estacionamiento.

3.- La licencia de construcción de la Torre Mirador fue renovada en octubre de 2009, y aun no ha sido edificada.

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4.- La empresa promovente, PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V., ha seguido todo un procedimiento legal fijado por la normatividad vigente, a fin de presentar ante las autoridades municipales y estatales para obtener su aprobación a un cambio de proyecto consistente en sustituir la Torre Mirador por un Hotel de 180 cuartos hoteleros. Procedimiento legal para la modificación del proyecto. 1.- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología del Ayuntamiento Benito Juárez, recibió la solicitud de modificación del proyecto y lo remitió para opinión técnica, al Instituto Municipal de Planeación para el Desarrollo Urbano de Benito Juárez, de conformidad con el artículo 31 fracción V de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Quintana Roo (en lo sucesivo y para efectos del presente documento se denominará LHUQR).

2.- El 12 de noviembre de 2009, el IMPLAN emitió su opinión técnica favorable al proyecto hotelero, enmarcándolo en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, publicado el 7 de diciembre de 2001, en el apartado específico del proyecto integral número 4. Con base en este último, el IMPLAN reiteró que cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción, condicionando el proyecto al mejoramiento de vialidades en la zona, bajo la responsabilidad económica del promovente de conformidad con la fracción IX del Artículo 8 de la LHUQR.

3.- El 19 de febrero de 2010, se reunió el Honorable Ayuntamiento de Benito Juárez y durante su vigésima séptima sesión extraordinaria, analizó como cuarto punto de la orden del día la solicitud planteada por PROMOTORA TIIM, S.A. de C.V. para la modificación del uso de suelo del mencionado predio, de la actual clasificación de S5, a la clasificación de TH7, de conformidad con la Fracción IV incisio B) del artículo 27 de la LHUQR.

4.- El Cabildo autorizó el cambio de uso de suelo y ordenó se procediera a la adecuación de las disposiciones contenidas en el Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, de 7 de diciembre de 2001, así como a la tabla 32 del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de la Ciudad de Cancún, Actualización 2005, Publicado el 22 de julio de 2005, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo, de conformidad con la fracción IV inciso B) del artículo 27 de la LHUQR.

5.- El 20 de abril de 2010, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de Quintana Roo, el cuarto punto del orden del día, acuerdo mediante el cual se somete a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, el cambio de uso de suelo

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del lote 8-01, manzana 48, sección A, de la Zona Hotelera de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, de conformidad con la fracción V del artículo 27 de la LHUQR.

6.- Mediante escrito de fecha 22 de abril de 2010, se solicitó la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Cancún Quintana Roo del acuerdo de cabildo que autoriza el cambio de uso de suelo en el predio publicado en el Periódico Oficial del gobierno del Estado de Q. Roo, el 20 de abril de 2010, Tomo I, número 31 extraordinario, séptima época.

7.- Con fecha 26 de abril de 2010, la C. calificador Yolanda Velázquez Ávila, de la Secretaría de Hacienda, Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo, hace constar que con base en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo No. 31 extraordinario, de fecha 20 de abril de 2010, queda registrado el acto que a continuación se describe y anexa a la presente:

INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD SOBRE LA PROPIEDAD DEL PREDIO

Descripción del acto

Folio Oficina Fecha de

Registro Hora de registro Numero

consecutivo del acto

Inscripciones especiales 163126 Cancún 26042010 10:21:33 8

8.- Con fecha 17 de junio de 2010, la C. calificador Yolanda Velázquez Ávila, de la Secretaría de Hacienda, Dirección General del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo, hace constar que con base en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo No. 31 extraordinario, de fecha 20 de abril de 2010, y que contiene EL CAMBIO DE USO DE SUELO DEL LOTE 8-01, MANZANA 48 DE LA ZONA TURÍSTICA CANCÚN, SECCIÓN A, DE LA ZONA HOTELERA DE ESTA CIUDAD DE CANCÚN y que se anexa a la presente, quedó debidamente registrado, esto de conformidad con el artículo 28 de la LHUQR.

INSCRIPCIÓN RPP SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO URBANO Y PLAN PARCIAL DEL

CAMBIO DE USO DE SUELO número A fojas

Tomo

sección

Oficina Fecha de Registro

2 114-145 III

V

Cancún 17062010

Cabe señalar que el cambio de uso de suelo antes señalado además de cumplir con los requisitos de modificación del Plan Parcial de Punta Cancún, se encuentra registrados

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bajo el mismo Tomo y sección del Libro de Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

9.- El Programa de Desarrollo Urbano del centro de la Ciudad de Cancún, actualización 2005, realizada mediante Acta de cabildo descrito arriba, quedo debidamente inscrito conforme al siguiente cuadro.

INSCRIPCIÓN RPP PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO

número A fojas Tomo

sección

Oficina

Fecha de Registro

4 75-412 I

V

Cancún 18102010

10.- El Plan Director de Desarrollo Urbano de la ciudad de Cancún de fecha 12 de enero de 1993 quedo debidamente inscrito conforme al siguiente cuadro.

INSCRIPCIÓN RPP PLAN DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE CANCUN

número A fojas Tomo

sección

Oficina

Fecha de Registro

1 2 y subs. I especial

I

Chetumal 19051993

11.- El Programa Parcial de Reordenamiento Turístico de Punta Cancún de fecha 7 de diciembre de 2001, quedo debidamente inscrito conforme al siguiente cuadro.

INSCRIPCIÓN RPP PROGRAMA PARCIAL DE REORDENAMIENTO URBANO TURISTICO DE PUNTA CANCÚN

número A fojas Tomo

sección

Oficina

Fecha de Registro

1 2-113 III

V

Cancún 10062010

Cumplidos los requisitos de la Ley de asentamientos Humanos del Estado de Quintana Roo y por haber sido publicado en el periódico oficial e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio Delegación Cancún bajo el tomo y sección del propio Plan Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún de Desarrollo Urbano y que es de orden público la modificación al Plan de Desarrollo Urbano y Plan Parcial antes citado, se acompañan copias certificadas de las publicaciones antes señaladas debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad. Licencia de construcción.

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1.- La Dirección General de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, expidió para el proyecto del centro de convenciones y de la torre mirador la Licencia de Construcción número CAN–1362, de fecha de autorización 27 de febrero de 1991.

2.- La Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez expidió la prórroga de la Licencia de Construcción número CAN-1362, para el proyecto “Torre Mirador”, del 27 de febrero de 1992 al 27 de febrero de 1993. La Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Benito Juárez expidió la prórroga de la Licencia de Construcción número CAN-1362 para el proyecto “Torre Mirador”, del 27 de febrero de 1993 al 27 de febrero de 1994. 3.- El 22 de octubre de 2009, la Dirección de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, otorgó la actualización de la licencia de construcción no. CAN-1362 de la Torre Mirador en el lote 08-01 Mz.48 con una superficie de construcción de 12,038.61m2 de acuerdo al proyecto integral No. 4 del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun publicado el 07 de diciembre del 2001 en el Periódico Oficial.

4.- La Licencia de Construcción número CAN-1362 fue modificada con vigencia del 24 de febrero del 2010 al 24 de febrero del 2012, aprobando el cambio del proyecto del Lote 08-01, Mza 48, Blvd Kukulcán, sección “A” de la Zona Hotelera de Cancún a Hotel del Centro de Convenciones, con PB de Lobby restaurante bar + tres niveles de estacionamiento con 141 cajones + siete niveles con 178 cuartos de hotel y 2 suites terraza mirador en azotea, con los siguientes parámetros y lineamientos:

Conceptos Norma Usos del suelo Th7

COS (Coeficiente de ocupación del suelo) 60% CUS (Coeficiente de utilización del suelo) 4.5

Densidad 180 cuartos Altura 44.5 m /11 niveles

Cajones de estacionamiento 141 cajones

De acuerdo al marco normativo anterior, se establece que el proyecto “HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN” se encuentra aprobado en materia urbana por parte de la autoridad encargada de regular, ordenar, emitir los usos y destinos del suelo siendo esta responsable del alcance de los parámetros urbanos de densidad y utilización del suelo en el sitio de interés tal y como se presenta en el plano anexo la ubicación del proyecto en el contexto de la actual publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo fecha 20 del abril de 2010.

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Conforme a lo anteriormente expuesto, el proyecto cumple con los lineamientos y parámetros establecidos en materia urbana para el predio 08-01, Sección “A”, Segunda Etapa, Zona Turística de la Ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, lineamientos aprobados mediante Licencia de Construcción CAN-1362 antes indicada. La siguiente tabla muestra lo antes dicho.

Para el caso particular del proyecto que nos ocupa, el COS y el CUS se calculan con base en las especificaciones indicadas en el Reglamento de Construcción para el Municipio de Benito Juárez, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo de fecha 25 de abril de 2007 en su página 36 anexa a la presente, en su Artículo 82, párrafo cuarto del Reglamento de Construcción de Benito Juárez, que a la letra establece:

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Para efectos de éste artículo, las áreas de estacionamiento cubiertas contaran como superficie construida pero no afectarán a los coeficientes COS y CUS”. Por lo anterior y para efectos de la vinculación con los criterios ecológicos aplicables a la UGA9 del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, en los que se refieren a los parámetros y lineamientos del COS y el CUS, no será cuantificable la superficie correspondiente al estacionamiento, por lo que el cálculo del COS y CUS corresponden a lo siguiente:

COEFICIENTE DE OCUPACIÓN DEL SUELO (C.O.S.) Haciendo uso del Art. 82 de Reglamento de Construcción de Benito Juárez, se tiene que para el cálculo del Coeficiente de Ocupación de Suelo, no se consideró la superficie correspondiente al estacionamiento. Lo anterior indica, que se restará el estacionamiento de la superficie total (742.44 m2) en Planta Baja y sólo se considera la superficie del servicios y lobby (1153.94 m2) como la superficie computable para el COS con una equivalencia de 51.85% tal y como se muestra en la siguiente tabla.

Conceptos Norma Proyecto

Superficie total del predio 2,237.19 m2 2,237.19 m2

COS (Coeficiente de ocupación del suelo)

autorizable 60% (1,342.31 m2) 51.8% (1,159.98 m2)

COEFICIENTE DE UTILIZACIÓN DEL SUELO (C.U.S.)

Haciendo uso del Art. 82 de Reglamento de Construcción de Benito Juárez, se tiene que para el cálculo del Coeficiente de Utilización del Suelo, la superficie de construcción del estacionamiento (5,153.58 m2) no es cuantificable. En virtud de lo anterior, solo es computable la superficie de construcción del Hotel con su Lobby y servicios, lo que suman 9,731.77 m2 de construcción, equivalente a un índice de C.U.S. de 4.35, tal y como lo muestran las siguientes tablas:

Concepto Superficie de

construcción m2 Estacionamiento:

planta baja, nivel 1 y nivel 2 5,153.58

Hotel 9,731.77

Total 14,885.36

Conceptos Norma Proyecto

Superficie total del predio 2,237.19 m2 2,237.19 m2

CUS (Coeficiente de utilización del suelo)

autorizable 4.5 (10,067.36 m2) 4.35 (9,731.77 m2)

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Conclusión. En éste Capítulo, se ha descrito la vinculación del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, con las disposiciones de los ordenamientos ambientales y urbanos, así mismo, se han agregado los documentos jurídicos que sustentan la modificación del cambio del uso del suelo del predio en comento, de Torre Mirador a Hotel del Centro de Convenciones. Finalmente se ha expuesto en como la empresa PROMOTORA TIIM, S.A. DE C.V., ha dado cumplimiento a las condicionantes establecidas para el proyecto: 1.- Condicionante del Proyecto Integral 4, del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún, de fecha 7 diciembre del 2001.

a. Cualquier proyecto de nueva construcción, remodelación o ampliación que se realice en el área de aplicación del Programa Parcial, deberá notificarse al Honorable Cabildo de Benito Juárez, antes de que la Dirección General de Desarrollo Urbano otorgue la licencia correspondiente.

2.- Condicionante del IMPLAN.

b. Cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del Honorable Cabildo y con una licencia de construcción.

c. Someter a consideración de cabildo la modificación del proyecto. 3.- Condicionante del Honorable Cabildo.

d. Previo al otorgamiento de la licencia de construcción, se deberá presentar a la consideración de este honorable ayuntamiento, los estudios de impacto vial correspondientes.

e. Las adecuaciones que requiere la infraestructura pública vial conforme al proyecto objeto del presente acuerdo, serán por cuenta del promovente.

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IV DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA.

Delimitación del área de estudio La delimitación para la descripción de los elementos del sistema ambiental del área de estudio se realizó de una manera artificial replicable. Se analizaron imágenes satelitales con el sistema de información geográfica MAP MAKER PRO V3.5, con corroboraciones de campo. Para el efecto se determinó un análisis espacial a una escala 1:4,000 el cual brinda una aproximación adecuada para la descripción general de la zona en la que se ubica el lote seleccionado para este proyecto. El entorno estudiado ocupa una superficie de 50.22 hectáreas. El ejercicio se orientó a determinar las unidades ambientales presentes en un radio de 400 m cuyo centro es, precisamente, el predio de interés. A continuación se muestra la imagen utilizada en la que se delimita el sistema analizado y, a continuación, se presenta el mapa resultante de la cartografía con las unidades de paisaje obtenidas.

25 588m

525

588m5

27 053m

527

053m5

36 731m2,3 36 731m2,3

37 546m2,3 37 546m2,3

5 km26

5 km26

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23 km37 23 km37

36 731m2,3 36 731m2,3

37 546m2,3 37 546m2,3

Centred on 526,320m, 2,337,139m UTM Zone 16 ( 21° 08' 07" N, 86° 44' 47" W WGS84)S c a le 1 : 4 ,0 0 0

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

86° 45' 100"W 86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W

21°

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21°

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21°

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21° 8' 50"N21° 8' 100"N

21° 8' 150"N21° 8' 200"N

The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 45.88" due east of true north

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28 Abril 2010

0 100100 200 300 400 500 600 700 800METRES METRES

POLIGONO 08-01 (0.22 HA.)

N

S

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Imagen utilizada para el sistema ambiental.

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527

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36 739m2,3 36 739m2,3

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527

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23 km37 23 km37

36 739m2,3 36 739m2,3

37 553m2,3 37 553m2,3

Centred on 526,495m, 2,337,146m UTM Zone 16 ( 21° 08' 07" N, 86° 44' 41" W WGS84)S c a le 1 : 4 ,0 0 0

86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W 86° 44' 200"W

86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W 86° 44' 200"W

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00"N

21° 7' 550"N21° 8' N

21° 8' 50"N21° 8' 100"N

21° 8' 150"N21° 8' 200"N

The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 48.12" due east of true north

T R U

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The

grid

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este

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0° 0

5' 2

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north

T R U

E N O

R T H

16 Abril 2010

0 100100 200 300 400 500 600 700 800METRES METRES

LIMITE SIG (50.23 HA.)

POLIGONO 08-01 (0.22 HA.)

ÁREAS INTERVENIDAS (24.30 HA.)

ÁREA JARDINADA (3.77 HA.)

VEGETACIÓN NATURAL (0.74 HA.)

VIALIDAD (2.17 HA.)

PLAYA (0.57 HA.)

MAR CARIBE (14.80 HA.)

LAGUNA NICHUPTE (3.66 HA.)

N

S

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Utilizando el SIG se cuantifican superficies y se obtiene el siguiente inventario y sus equivalencias porcentuales en la composición:

SISTEMA AMBIENTAL A ESCALA 1:4,000 SUPERFICIE (HA) % DEL TOTAL

UNIDADES DE PAISAJE ÁREAS INTERVENIDAS MAS EL POLÍGONO DEL PREDIO 24.52 48.8

ÁREA JARDINADA 3.77 7.5

VEGETACIÓN NATURAL (mangle) 0.74 1.4

VIALIDAD (área intervenida) 2.17 4.3

PLAYA 0.57 1.1

MAR CARIBE 14.8 29.4

LAGUNA NICHUPTÉ 3.66 7.2

TOTAL EN LA REGIÓN 50.23 100 El ejercicio cartográfico realizado permite mostrar que, si bien el espacio estudiado comprende grandes áreas ocupadas por infraestructura, principalmente turística-comercial y de servicios, se pueden advertir espacios naturales aún importantes como el Sistema Lagunar Nichupté que aún soporta algunos parches de mangle que prevalecen en la orilla de la Laguna y el mar Caribe con una franja de playa. Esta naturalidad perceptiva, por las valiosas vistas del Mar Caribe y de la Laguna Nichupté es utilizada por los huéspedes y visitantes de hoteles y comercios que se han construido, se desarrollan y transforman, de manera constante y permanente, la Zona Hotelera de Cancún. Este conjunto de elementos implica, en el sistema ambiental analizado, que éste cuenta con espacios naturales excepcionales, Mar Caribe, playas y laguna Nichupté, que abarcan 37.7% de las 50.23 Ha estudiadas. En relación a los espacios que implican intervenciones humanas, éstos corresponden a 32.7 Ha, lo que equivale al 60.64% del espacio estudiado. Las superficies ocupadas se componen principalmente de obras de hormigón, asfalto, acero, madera y algunos jardines decorativos en los cuales predomina el pasto y especies ornamentales no predominantemente locales. Cabe señalar que dentro de los espacios intervenidos se encuentra embebido el polígono del predio (0.22 ha). En estos espacios se presentan las vialidades, opera el centro de convenciones, hoteles, plazas comerciales, centros nocturnos y condominios. Las obras en la zona hotelera han transformado los espacios naturales y el suelo por un entorno absolutamente urbano de uso intensivo. Los espacios que contienen jardines representan el 7.5% del sistema ambiental que aquí se analiza. El valor ambiental de

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estos espacios es relativamente bajo ya que no constituyen áreas de refugio, o de propagación de especies silvestres locales. Bajo este contexto, el análisis geográfico realizado permiten establecer que:

• En la zona estudiada de Punta Cancún, el ambiente costero terrestre se ha modificado, de manera permanente, por la urbanización y sus consecuentes construcciones.

• Los ambientes naturales prístinos son inexistentes. • El predio, se encuentra embebido en un espacio urbano en el que no existe

condición alguna de naturalidad. • El espacio geográfico en el que se encuentra el predio es netamente urbano. • De acuerdo con la cartografía, la importancia de la zona radica en la inversión

realizada en infraestructura urbana. No se trata de un espacio natural que conserve o mantenga su estabilidad basada en el ecosistema natural.

IV.1. Caracterización y Análisis del Sistema Ambiental del Lote. Área de estudio. El Lote, cuenta con una superficie total de 2,237.19 m2, las condiciones actuales del sitio corresponden a un terreno baldío, con terracería, por lo que ha perdido totalmente los espacios y atributos naturales. El lote, cuenta con las siguientes colindancias:

COLINDANCIAS DEL PREDIO Sentido Distancia (m) Colindancia

Norte 68.8 Boulevard Kukulcán Este 33.43 Boulevard Kukulcán y lote 08 Sur 61.2 Lote 08 Centro de Convenciones

Oeste 37.7 Lote 08-03 y Lote 01 C.C. El Parián El Lote presenta un espacio modificado en su totalidad, toda vez que se encuentra en su interior una cimentación perteneciente a la antigua torre panorámica, la que fue cubierta con sascab, cabe señalar que el sitio en el que se ubicara el Hotel del Centro de Convenciones de Cancún fue modificado desde 1980. Las imágenes siguientes muestran cómo, a lo largo del tiempo, el espacio fue modificado y es, en ésta variación espacio temporal, en la que se integró hace 30 años el Centro de Convenciones.

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Imagen de la zona de Punta Cancún, en 1970. Se observan los rellenos realizados en el Sistema Lagunar Nichupté (Laguna Bojórquez), con objeto de conformar la geometría de la zona conocida como “Punta Cancún”.

Imagen que data del año 1978. Se observa el desarrollo en el área de El Globo antiguo Centro de

Convenciones.

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Centro de convenciones de Cancún El Globo. Museo del Instituto Nacional de Antropología e Historia y el

Mercado El Parián o Imagen de 1980.

Imágenes tomadas en 1992, se observa el área del proyecto completamente modificado por el desarrollo

del centro de convenciones y la cimentación profunda para la torre mirador.

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Acercamiento de la imagen enfocando el sitio del proyecto, en la que se observa la construcción de la cimentación de la Torre Panorámica previamente autorizada por Desarrollo Urbano (imagen 1992).

Vista de la cimentación profunda, proyectada para la torre panorámica de 37 niveles, (Imagen 1992).

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Vista actual del lote, presenta una nivelación y terracería.

IV. 2 Caracterización y análisis del sistema ambiental IV.2.1 Aspectos abióticos Las características ambientales de una zona, se conforman por el medio físico y el medio biológico. En este capítulo se incluye lo relativo al medio físico: tipo de clima, temperatura, precipitación, intemperismos severos, vientos, geomorfología, edafología, relieve, hidrología, fisiografía y características oceanográficas. Clima La zona de estudio tiene un clima cálido subhúmedo, con lluvias todo el año, y mayor abundancia en verano. De acuerdo a la clasificación de Köepen, modificada por García (1968) la clasificación de este clima es: Ax’(wo)iw”.

Temperatura. La Temperatura máxima del verano, en los meses de abril a octubre, que son los más cálidos puede llegar a alcanzar los 39ºC. En invierno, durante los meses de noviembre a marzo, las temperaturas más bajas oscilan entre 24ºC y 25ºC. La temperatura media anual para la zona es de 27ºC, con oscilación de 4.5ºC., esta poca variación, permite considerar un clima isotermal. La escasa oscilación térmica sugiere que la marcha de la temperatura sea de tipo “Ganges” (Negrete, 1988).

Precipitación.

Lote 08-01

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La precipitación total anual está por encima de los 1,500 mm. Esta precipitación a pesar de estar presente todo el año, no se presenta en las mismas cantidades. Durante la temporada de lluvias de junio a diciembre, se aporta el 75% del total con un valor de precipitación media en conjunto de 830 mm. A diferencia, en la temporada seca, de enero a mayo se aporta el 25% de la precipitación total anual, registrándose un valor de precipitación media en conjunto de 280 mm.

Intemperismos severos Huracanes. Por su situación geográfica, la costa de Quintana Roo es la que tiene mayor incidencia de fenómenos meteorológicos de distintos tipos e intensidades. En particular es la zona de mayor incidencia de huracanes en la República Mexicana. El 46% de los huracanes que tocaron costas mexicanas en un periodo de 50 años, pasaron por Quintana Roo. Las costas del estado han sido tocadas por 33 huracanes en los últimos 22 años, principalmente la zona norte y centro del estado. La temporada de estos eventos abarca desde junio a noviembre, siendo septiembre el mes más crítico. Los huracanes que son el fenómeno más catastrófico se forman a partir de una tormenta tropical, afectan a las costas de Quintana Roo en dos matrices: una en el Mar Caribe frente a las costas de Venezuela y Trinidad; y la otra en el Atlántico oriental, que después de atravesar América Central y las Antillas Menores, doblan hacia el norte para dirigirse a las costas de Florida. Como un efecto secundario, los huracanes generalmente desprenden gran cantidad de árboles y arbustos produciendo cientos de toneladas de material vegetal combustible, lo que puede generar incendios de grandes proporciones una vez que llega la temporada de estiaje. En el sitio específico del proyecto, se puede decir que el huracán Wilma, ocurrido en el año 2005, es el evento más fuerte registrado en la última década, ya que afectó la zona hotelera de Cancun. La temporada de huracanes en el 2009, fueron de menor intensidad. La cual se caracterizo por tener una actividad por debajo de la media (que es de 11 ciclones tropicales con nombre incluidos 6 huracanes) y la más tranquila desde 1997. Este año la presencia del fenómeno de “el niño“, fue determinante en el comportamiento observado ya que fue una temporada débil, debido a que provocó vientos cortantes en altura que prácticamente acabaron con la formación y desarrollo de los huracanes. Se formaron 9 ciclones tropicales con nombre (uno menos de lo pronosticado, de los cuales 6 fueron tormentas tropicales, 1 huracán moderado y 2 huracanes intensos, cumpliéndose prácticamente el pronóstico emitido para esta temporada. Solamente el huracán “Ida“, alcanzando la categoría 2, fue el mas devastador para América central en especial en el Salvador. El huracán “Bill “fue el más intenso

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alcanzando la categoría 4 pero no afectó a ningún continente ya que prácticamente estuvo en el océano. Asimismo el huracán “Ida “ provoco que se activaran las alertas en la península de Yucatán debido a que paso muy cerca de ella por el canal de Yucatán en su ruta hacia el Golfo de México y sur de la costa de los E.U.A.

FUENTE: www.ingenieria.uady.mx/METEO/alerta.htm

• Depresiones y tormentas tropicales.

Estos fenómenos son similares en temporada, estructura y comportamiento a los huracanes, sólo que no desarrollan velocidades de viento tan altas.

• Nortes. Estos son masas de aire húmedas y frías que provienen del norte del Océano Atlántico, así como del continente y que alcanzan altas velocidades. Provocan grandes descargas de agua acompañadas de vientos hasta de 100 Km/hr, lo que hace descender la temperatura local considerablemente. Estos fenómenos se presentan en los meses de noviembre a febrero, y eventualmente hasta marzo. Independientemente de que se trate de huracán, tormenta tropical o norte, estos fenómenos son importantes agentes en la modificación de las costas de Quintana Roo. La fuerza del embate ocasiona muertes en la flora y fauna del litoral. Estas pérdidas además, se presentan en amplias extensiones territoriales. Las comunidades vegetales costeras, en particular la duna y el manglar sufren rupturas, desgajamiento y daño fisiológico por sal del agua marina que el viento levanta. Esta situación modifica temporalmente el paisaje.

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Vientos.

Los vientos dominantes de febrero a julio son los alisios, provenientes del sureste con velocidades de 10 Km. /hr en promedio y hasta 30 Km. /hr durante perturbaciones tropicales (López-Rivas, 1994). Se presentan vientos del norte durante los meses de invierno, particularmente de noviembre a marzo. Estos vientos pueden llegar a alcanzar rachas de entre 80 a 90 Km. por hora, provocando lluvias, fuertes oleajes y marejadas. Se considera que los "Nortes" son uno de los principales factores que contribuyen al proceso de erosión de las playas en el estado.

Geomorfología. Los rasgos geomorfológicos de la Península de Yucatán están determinados por la naturaleza cárstica y permeable del sustrato. La acción erosiva tanto horizontal como vertical del agua en sustratos calcáreos produce conductos de disolución de diferentes tamaños, por los que fluye el agua a manera de ríos subterráneos. Las dolinas de disolución se producen cuando se colapsa la parte superior de un río subterráneo creando una cavidad que alcanza la superficie, de tal manera que es frecuente encontrar sistemas hidrológicos superficiales de diferentes tipos y de distintos tamaños, entre ellos, los conocidos localmente como cenotes. Esta misma erosión vertical al presentarse en cavernas contiguas da lugar a la formación de cuerpos de agua alargados conocidos como poljes. De acuerdo a los criterios de Bloom (citado en CITSA/I. de E., 1990), en la zona se encuentran tres geoformas distintas. Mesetas de caliza. Es la única geoforma construccional en el corredor Cancún-Tulúm. Los afloramientos de caliza son, todos ellos, pertenecientes a la formación Carrillo-Puerto. Pantanos y planicies lodosas. Es una geoforma erosional originada por el acarreo hídrico y la actividad costera. Es muy frecuente en toda la zona norte del corredor Cancún-Tulúm. El material que forma las planicies inundables es una mezcla de sedimentos calcáreos recientes, calizas intemperizadas y/o laterizadas, y sedimentos orgánicos semidescompuestos debido a la baja cantidad de oxígeno del sustrato. Aunque de poca profundidad, este material se ha acumulado en un largo período de tiempo, ya que el arrastre de las zonas más elevadas a las más bajas es escaso debido a la condición porosa y cárstica del sustrato. PLAYAS. Esta geoforma costera se encuentra en el litoral, formando franjas de ancho variable a lo largo del corredor Cancún-Tulúm. La presencia de la rompiente arrecifal frente a la zona del proyecto funciona como un amortiguador de la energía de las olas, favoreciendo la depositación de arena en el litoral. Estratigrafía y características físicas del subsuelo: El terreno tiene una conformación de pendientes moderadas, con elevaciones máximas de poco más de 2.0 m en el primer

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tercio cercano a la playa, de donde desciende, en el tercio medio, de +2.0 a 0.5 m. aproximadamente, siendo el tercio tierra adentro una zona baja con cotas de 0.5 a 0.0 m. En términos generales el subsuelo está formado por arenas limosas y arenas con grava sueltas y saturadas hasta el nivel de roca. En ciertas zonas hay acumulación superficial de materia orgánica (turba). La roca detectada es una caliza blanca que varía de muy consolidada y textura cerrada, a poco consolidada, la que se aprecia en ocasiones con una textura casi arenosa. Existe en su masa corales y otros fragmentos de fósiles marinos y detritus de acarreos, empacados en una matriz de carbonato de calcio cementado.

Edafología. La edafología de la zona, está representada por suelos jóvenes y poco consolidados. Esto se debe a la reciente emergencia de la losa peninsular. Los suelos del corredor Cancún-Tulum pertenecen a las siguientes categorías: litosol, asociación litosol-rendzinas, regosol, gleysol, solonchak, e histosol. Los dos primeros se encuentran en los sitos ocupados por selvas medianas, bajas y enanas, en donde la altura de los árboles disminuye conforme decrece el relieve general de la zona con un rango de profundidades edáficas de 20 a 5 cm. En la costa los suelos son arenosos, de grano fino, permeables y con poca materia orgánica, tipo regosol calcárico. En particular en el sitio del proyecto la unidad de suelo primario es de tipo regosol calcárico, con clase textural fina de acuerdo con la carta edafológica del INEGI F16-11 escala 1:250:000. Por su origen geológico, esta zona, como toda la península de Yucatán, presenta aspectos fisiográficos singulares. La franja costera en especial, es una zona plana en donde se encuentran áreas inundadas e inundables. Los litorales pueden ser arenosos de origen marino; o rocosos de origen calcáreo. Dada la solubilidad de la roca en la Península de Yucatán, son frecuentes las dolinas y las depresiones, donde se acumulan arcillas de descalcificación. La zona litoral posee salientes rocosas, cordones, espolones y lagunas pantanosas intercomunicadas hacia el océano por canales (INE/SEMARNAP, 1998). La región donde se ubica el sitio del proyecto presenta rocas carbonatadas del Terciario Superior, las que debido a una intensa precipitación, el clima y su posición estructural, han sufrido una intensa disolución ocasionando una superficie rocosa cárstica ligeramente ondulada. En el Cuaternario, el área se modificó con el depósito de calizas conquilíferas, la formación de lagunas pantanosas, acumulación y litificación de sedimentos eólicos, así como por la construcción de dunas recientes y depósitos de litoral. Estratigráficamente, en el área afloran rocas carbonatadas y depósitos no consolidados

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Hidrografía

De acuerdo a las cartas hidrológicas del INEGI Cancún se encuentra sobre la zona hidrológica 32, denominada Yucatán Norte, de la vertiente oriental, donde no existen subdivisiones de Cuencas y Subcuencas al no existir escurrimientos superficiales, por lo que la condición hidrogeológica es de equilibrio en la zona costera. Al sur existe una zona de Veda denominada Benito Juárez que afecta a este municipio. Por otro lado existen dos zonas de concentración de pozos, que se utilizan para el abastecimiento de agua potable de Cancún e Isla Mujeres (INE/SEMARNAP, 1998). En la zona se presenta una unidad geohidrológica correspondiente a material no consolidado con posibilidades bajas, la cual se sitúa a lo largo de la costa y lo conforman depósitos eólicos, litorales y lacustres; los primeros son de arena de grano fino y medio, y el último de lodo calcáreo, arena fina y materia orgánica en descomposición; manifiestan permeabilidad alta, a excepción del lacustre donde es baja. Cerca del área del proyecto, se encuentra el Sistema Lagunar Nichupté, clasificado por Lankford (1977) como del tipo III-A y IV-A, B correspondiente a lagunas de “Plataforma de barrera interna” y “orgánicas”, siendo estas últimas depresiones producidas por el crecimiento de barreras orgánicas sobre plataformas continentales internas, ocurridas en los últimos 5000 años. El Sistema Lagunar Nichupté es un cuerpo de agua semicerrado con aporte de ríos subterráneos y de agua marina que entra por las bocas del Canal Nizuc al sur y Canal Sigfrido al norte. Las aguas presentan enormes diferencias de salinidad, de acuerdo a su ubicación respecto a los afluentes de agua dulce y las entradas de agua marina, variando de 39.75 ppm en la Laguna Bojórquez hasta 6 o 7 ppm en la ribera oriental (López-Rivas, 1994). Actualmente todo el sistema presenta cierto grado de contaminación y eutroficación.

Fisiografía. La Península de Yucatán se caracteriza por una extensa plataforma continental que se adentra varias decenas de kilómetros en los litorales Norte y este, denominada Plataforma de Yucatán. Sin embargo, frente al litoral de Quintana Roo esta estructura es muy estrecha -no rebasa los 3.7 km de amplitud-, y prácticamente desaparece al sur de Puerto Morelos en donde bordea la costa a escasa distancia de la playa. En términos generales, la plataforma Continental de Quintana Roo es una losa plana con pendiente suave hasta alcanzar los 40 m de profundidad, a partir de los cuales tiene lugar un talud que llega a más de 200 m de profundidad. El relieve costero es modificado por una barrera coralina que inicia frente a Cabo Catoche y se prolonga hacia el sur, más allá de las costas Mexicanas. Dicha barrera es más bien una rompiente arrecifal, que forma parte morfológica del arrecife bordeante del estado, y se localiza a 1 ó 1.5 km de la playa.

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IV.2.2 Aspectos naturales del predio Vegetación Para el apartado que nos ocupa, se trata de un predio de 0.22 hectáreas (2,237.19 m2), colindante a la principal avenida de la Zona Hotelera que es Boulevard Kukulcán. El espacio se encuentra integrado en una matriz que contiene principalmente, construcciones, centros de convenciones, comerciales, y edificios corporativos de oficinas, hoteles. La propiedad presenta acceso desde el Boulevard Kukulcán. En el lote, se encuentra la cimentación profunda de la torre panorámica, así como un suelo completamente nivelado y compactado, el espacio es ocioso, por lo que, se considera continuar con el uso que se pretendía anteriormente con un proyecto acorde a las actividades de la zona.

Vistas del predio en la Zona Hotelera de Cancún.

En el predio, no se desarrolla una cubierta vegetal a causa de lo siguiente:

• Se trata de un área modificada en su totalidad por factores antropogénicos. Las afectaciones iniciaron con la construcción del Boulevard Kukulcán, seguidas de las obras en el interior del lote para la construcción del “Proyecto Integral número 4”, que incluyó la cimentación profunda para la torre panorámica, dejándola inconclusa desde 1992.

Fauna. Debido a que en la zona donde se pretende el proyecto las condiciones no son óptimas para la fauna silvestre ya que ofrece un sitio impactado, sin recursos alimenticios, nula área de refugio, sin posibilidad de construir madrigueras o soportar sitios de anidación no se presentan poblaciones de fauna. No obstante las limitantes mencionadas, es posible observar, de forma aislada, individuos de especies generalistas como el zanate (Quiscalus mexicanus) forrajeando sobre restos de comida humana.

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Especies protegidas por la NOM-059-SEMARNAT-2001. En el predio no se observaron poblaciones ni individuos de flora y fauna considerada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001.

IV.1.4. Medio socioeconómico. De acuerdo con los Anuarios Estadísticos del Estado de Quintana Roo, elaborados por INEGI 2006-2007, en el municipio de Benito Juárez, la actividad del sector turístico, representa en promedio el 53.3% de los empleos generados en el municipio, mientras en el ramo de la construcción participó con el 10.6% en 2007; este porcentaje aumentó como consecuencia del proceso de reconstrucción que vive Benito Juárez después del huracán Wilma ocurrido en 2005, pues en 2004 sólo representaba el 7.3%. Por otro lado, el sector pesquero ha adquirido importancia en los últimos años debido a los 56km de litoral que posee. La pesca se concentra en la zona de Puerto Juárez, que esta clasificado como puerto medianamente equipado, contando con un centro de recepción de 1-10 toneladas por día.

Otro de los principales puertos del Municipio de Benito Juárez es el de Puerto Morelos. Situado al sur del municipio, cuenta con instalaciones portuarias para manejo de carga a granel y en contenedores de embarcaciones de altura con tráfico nacional e internacional. La creación de empleos es una demanda de los benitojuarenses a pesar de que el promedio de personas ocupadas por empresa en el municipio supera al promedio nacional de 8.9 trabajadores; varía significativamente de un sector a otro, por lo que las acciones de este eje, estarán orientadas a lograr un crecimiento sustentable a través del turismo y de la creación de negocios sólidos que ofrezcan servicios acorde a las demandas ciudadanas. El desarrollo económico es resultado de un crecimiento equitativo entre los sectores de producción; así de acuerdo a datos del Censo Económico 2004 se reportó que existían 14,716 empresas que asentadas en el Municipio de Benito Juárez generando un producto de 18,568 millones de pesos, lo que equivale al 1.4% Cabe señalar que el 65% del producto es generado por comercio al menudeo, hoteles, restaurantes y otros servicios. Dado que las empresas del sector servicios, comercio y turismo son el eje del crecimiento económico municipal, es necesario que estas cuenten con tecnología, recursos financieros y humanos competitivos.

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A pesar de que el sector turismo es vulnerable a los cambios socioeconómicos y a los fenómenos naturales, el turismo es una actividad que sigue en crecimiento. Prueba de ello es el incremento de visitantes a los principales destinos turísticos del mundo. Cancún está cumpliendo cuarenta años de existencia y su prestigio se basa en una capacidad de renovación constante. Las cifras lo demuestran: Cancún recibe tres millones de visitantes anuales, aporta al país una derrama de tres mil millones de dólares al año y conserva un lugar destacado en ocupación hotelera, superando el 60% de ocupación promedio anual. No obstante, en Cancún existe infraestructura turística cuya potencialidad no ha sido desarrollada en su plenitud. Es el caso del Centro de Convenciones en la zona de Punta Cancún, cuya primera estructura construida por FONATUR en 1978, incluyó el emblemático “Globo”, que alojaba en esas épocas a los convencionistas que visitaban Cancún, y años después se edificó el Museo del Instituto Nacional de Antropología e Historia y el Mercado El Parián. Hoy día nuestro país recibe un promedio de 7 mil convenciones al año. De este global, el Centro de Convenciones de Cancún recibe entre 10 y 12 convenciones anuales, cada una de ellas con una asistencia de más de 1,500 participantes. Una de las razones por las cuales el destino turístico de Cancún no aumenta el número de convenciones que ya recibe y que podrían elevarse hasta 120 convenciones anuales, con una recepción de 70,000 nuevos visitantes, es que el Centro de Convenciones carece de instalaciones hoteleras que puedan dar hospedaje in situ a sus participantes.

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• Demografía

El crecimiento poblacional en Cancún ha sido muy rápido, sobre todo en los últimos años. De acuerdo con INEGI (1999), en 1980 la población total en el municipio era de 37,190 habitantes, aumentando hasta 176,765 para 1990, y a 311,696 en 1995 lo que representaba un crecimiento de 838.11 % en tan solo 15 años. Los datos para el año 2000 arrojan una población total de 419,815 habitantes. Este enorme crecimiento poblacional es resultado de la inmigración proveniente de los diversos estados de la República, conformada por gente en busca de las oportunidades que brinda el desarrollo turístico en el Municipio. No hay que dejar de considerar, la población flotante en el municipio, la cual está señalada por el turismo que llega al polo y se mantiene en él por periodos de tiempo considerables. En este sentido, gracias a la infraestructura hotelera, la ciudad hospeda anualmente a 2.4 millones de turistas en cerca de 30 mil habitaciones en 161 hoteles. Migraciones (inmigración y emigración). La dinámica demográfica de los últimos años se caracteriza por una baja tasa de natalidad, lo que ha llevado a que la base de la pirámide (personas menores a 19 años) sea más angosta que la pirámide nacional y estatal. Por otra parte, la alta tasa de inmigración ocasiona que la pirámide de población a nivel municipal sea mucho más ancha entre 20 y 54 años de edad, quienes constituyen la mayor parte de la fuerza laboral que, a nivel estatal, representa el 49.3% y a nivel municipal equivale al 52.0% de la población total.

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El anterior comportamiento demográfico corrobora que el desarrollo social es un factor indispensable para la mejora de las condiciones de vida de los benitojuarenses. POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA. Según datos recabados por el INEGI (1999) en el municipio de Benito Juárez, en 1980 la población económicamente activa de 12 años o más era de 15,143 personas, de las cuales 15,100 estaban ocupadas y 43 desocupadas, la población económicamente inactiva en ese año era de 8,753. Para 1990, la población ocupada era de 67,104, y la desocupada 949; la población económicamente inactiva era de 45,854 habitantes, mientras que 2,683 no especificaron. La gran mayoría de los habitantes del Municipio ocupados en alguna actividad laboral son hombres. En 1990 trabajaban 50,497 hombres (43.31 % de la P.E.A.) y solo 16,607 mujeres (14.24 % de la P.E.A.). Esta diferencia en la proporción de población económicamente activa ocupada también se observa en la zona urbana de Cancún donde, de acuerdo al INEGI (1999b), durante 1998, el 83 % de los hombres en edad de laborar ocupaban alguna plaza laboral, mientras que del total de mujeres en edad de laborar en 1998, solo el 40 % tenían algún empleo. SALARIO MÍNIMO VIGENTE. En lo que respecta a los criterios de fijación del salario mínimo general, la zona del proyecto queda incluida como todos los municipios del Estado en la zona geográfica “C”. De tal forma que el salario correspondiente en este año 2010 es de $54.47 Pesos diarios, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (www.conasami.gob.mx). NIVEL DE INGRESO PER CÁPITA. En el municipio de Benito Juárez el comportamiento de los ingresos de 2002 a 2007 han mantenido un comportamiento promedio de 19% de crecimiento anual: porcentaje que resulta superior al de los egresos que en este periodo han crecido sólo en 17%, así el equilibrio entre estos dos rubros se traduce en una liquidez financiera. Por otro lado el 62% de los ingresos está compuesto por ingresos

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propios. De acuerdo con cifras del Censo Económico 2004 del Instituto de Información, Estadística Geografía e Informática (INEGI), muestra que las empresas relacionadas con el sector turístico, como hoteles, restaurantes, servicios de esparcimiento, transportes y comercio, generaron el 59.7 del producto interno bruto del municipio.

VIVIENDA. Hasta el año de 1995, existían en Benito Juárez un total de 78,832 viviendas habitadas, lo que representa el 48.09 % del total en el estado. Cada una de estas viviendas tenía un promedio de 4.0 ocupantes, estando por debajo del resto de los municipios del estado. En 1998, se efectuaron diversas acciones del sector público para brindar vivienda a las familias, de esta manera, el FOVISSSTE inició un total de 179 obras, el INFONAVIT 1,000, y el INVIQROO 17,453; cifras que en conjunto representan el 73.8 % de las acciones de vivienda iniciadas por el sector público en el estado. Actualmente, existen diversas compañías privadas que están construyendo conjuntos habitacionales de interés social en la zona urbana de Cancún, a las cuales se puede acceder a través de un crédito bancario, INFONAVIT o pago al contado. SERVICIOS. ENERGÍA ELÉCTRICA. En lo que respecta al numero de viviendas de Benito Juárez que tienen acceso a la red de energía eléctrica se registra un fuerte rezago en comparación con el promedio nacional, ya que solo el 81.2% de las viviendas del Municipio cuenta con energía eléctrica, mientras que a nivel estatal este porcentaje asciende a 84.0%, en tanto el promedio nacional alcanza el 98.9%.

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BASURA Y DESECHOS. Uno de los servicios públicos prestados por el municipio es la recolección de basura; donde en Benito Juárez se genera el 47.7% de los residuos recolectados a nivel estatal (292 y 611.2 mil toneladas de basura respectivamente), lo que equivale a recolectar media tonelada por habitante, promedio ligeramente menor a la media estatal. Por otro lado se cuenta con un único relleno sanitario, cuya superficie asciende a 22.5 hectáreas y una capacidad disponible de 2.2 millones de metros cúbicos.

AGUA ENTUBADA. El servicio de agua potable solo cubre el 77.2% de las viviendas del municipio que se encuentra conectado a la red pública. Por otra parte, las localidades como El Milagro, Valle Verde, Avante y Tres Reyes menos del 2.0% de las viviendas tiene acceso a la red pública de agua potable.

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DRENAJE Y ALCANTARILLADO. El 81.8% de las viviendas del Municipio de Benito Juárez están conectadas al sistema de drenaje. El porcentaje de viviendas con servicio de drenaje, es menos a la media nacional y estatal. Asimismo, es importante mencionar que más de la mitad de las viviendas de las localidades El Milagro, Puerto Morelos y otras localidades (aquellas con menos de mil habitantes) no tiene sanitario exclusivo dentro de sus vivienda y tampoco están conectadas al sistema de drenaje.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN. El municipio de Benito Juárez cuenta con todos medios de comunicación modernos tales como: carreteras, red telegráfica, servicio de correos, servicio telefónico local, de larga distancia y móvil, así como de servidores locales de Internet. MEDIOS DE TRANSPORTE. Transportación terrestre: La Ciudad de Cancún cuenta con una central camionera que la comunica con las poblaciones de la región, así como con las Ciudades de Mérida, Campeche, Chetumal, México, D.F. y Villahermosa entre otras. Existen servicios de lujo, primera y segunda clase. Localmente se cuenta con servicio colectivo urbano de transportación terrestre y taxis particulares. Transportación aérea: La Ciudad de Cancún cuenta con Aeropuerto Internacional, que recibe vuelos particulares, locales e internacionales cotidianamente.

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Transportación marítima: El municipio de Benito Juárez cuenta con diversos puertos de atraque, en la siguiente tabla se refieren con su extensión en metros lineales. SEGURIDAD SOCIAL: Uno de los componentes principales del desarrollo humano es el acceso a servicios de salud por parte de la población. Para evaluar el desempeño del servicio se utilizan indicadores: población derechohabiente, número de médicos y de hospitales, estos permiten tener una aproximación de las condiciones generales de acceso a la salud que tienen una aproximación de las condiciones generales de acceso a la salud que tiene la población; sin embargo la migración hacia nuestro municipio ha hecho que la infraestructura de salud sea insuficiente para hacer frente a las demandas y necesidades de sus habitantes. Tan sólo más de un tercio de la población no es derechohabiente de ningún sistema de servicios de salud y el 18.3% es atendida por Centros de Salud para la población abierta (SSA y DIF).

SALUD. Los servicios de salud son proporcionados principalmente por servicios estatales de salud y asistencia (SESA), el instituto mexicano del seguro social (IMSS), el instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado (ISSSTE), el sistema de desarrollo familiar (DIF) y la cruz roja, así como las fuerzas armadas: el ejercito y la marina. De acuerdo al Instituto Municipal de Planeación de Desarrollo Urbano Benito Juárez, señala que en cuanto a la infraestructura para la salud, el municipio cuenta con 26 hospitales, de los cuales 21 son de consulta externa, 4 de hospitalización general y uno de hospitalización especializada, que en total registran 259 camas. Además según datos del H. Ayuntamiento, se contabilizaron 33 centros de salud en la ciudad de Cancún. Si bien es un importante número de hospitales, existen grandes deficiencias en los servicios de especialidades.

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EDUCACIÓN. La educación es un derecho que todo mexicano tiene, así un mayor nivel educativo se traduce en una comunidad más preparada y organizada. Los principales logros del nivel educativo que una sociedad ha alcanzado son la tasa de alfabetismo, la escolaridad promedio de la población mayor de 15 años y la proporción de la población con sus diferentes niveles de escolaridad. En cuanto al sistema educativo del Municipio de Benito Juárez, reporta al existencia de una tasa alta de alfabetismo (96.1%), significativamente mayor a los promedios estatales y nacional (93.4 y 91.6% respectivamente), sobretodo en las localidades de Puerto Morelos, Cancún, Alfredo V. Bonfil.

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La escolaridad promedio de los habitantes del municipio (9.1 años de educación) supera a las medias estatal y nacional (8.5 y 8.0 años respectivamente). De los habitantes mayores de 15 años del municipio el 4.0% no ha cursado ningún ciclo educativo formal y el 29.9% cuenta con educación básica incompleta. PRINCIPALES ACTIVIDADES PRODUCTIVAS. En el aspecto agropecuario, el municipio de Benito Juárez, cuenta con una superficie cultivable de temporal de un total de 185 has. Lo que representa un 0.15% a nivel estatal. Lo que tiene como consecuencia una casi nula participación en el valor total de la participación agrícola para el estado. Con lo que respecta a la ganadería, el municipio de Benito Juárez, aporta un 4.7% de la productividad bruta de la Entidad. La actividad de explotación forestal en el municipio de Benito Juárez, tiene poco peso, con respecto a la producción maderable del Estado. El municipio de Benito Juárez, registra baja producción pesquera, con un 29.72% del total del estado. Sin embargo esta actividad tiene un importante componente de autoconsumo. Dada la actividad turística de la Ciudad de Cancún, la actividad comercial es de gran importancia para la economía local. Los establecimientos comerciales en el municipio de Benito Juárez, constituyen un 46% del total a nivel estatal. Esta actividad genera en el Municipio el 54.6% de la fuerza laboral de la entidad, por el personal que ocupa. La actividad económica que genera la mayor fuerza laboral y derrama económica es con mucho el turismo. Cancún recibe turistas todo el año, provenientes del interior y extranjeros, principalmente de los Estados Unidos, Canadá y Europa. Actualmente el número de cuartos hoteleros asciende a unos 25,500 con un crecimiento esperado durante los próximos 5 años de 10,000 cuartos más. Vale mencionar que se construyen edificios de departamentos en condominio y otras propuestas habitacionales en la zona hotelera, hecho singular pero esperado para un destino turístico en el cual la oferta de vivienda con vista al mar fue rápidamente rebasada. Problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto. La problemática ambiental de Cancún se relaciona con el crecimiento urbano, la presión turística y carencias asociadas a la gestión territorial y de los recursos naturales. Como se aprecia en los mapas presentados, el esquema de de la Zona Hotelera se ha transformado, se construyen edificios verticales. La Zona Hotelera es un espacio urbano que se transforma, se amplia, crece, se modifica en seguimiento a las tendencias y exigencias del mercado. Cancún nunca es igual, cambia en su entorno con lo que se afianza su éxito comercial para segmentos turísticos específicos.

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Construcciones verticales en la zona conocida como “Punta Cancún”.

En particular, el Centro de Convenciones de Cancún “Cancún Center”, se creó como parte de las necesidades de toda ciudad dada la importante infraestructura turística y potencial económico se establece la necesidad de contar con un lugar para ser la sede de congresos convenciones y exposiciones que le generen derrama económica y proyección nacional e internacional. Hoy en día el centro de convenciones se encuentra en desventaja nacional e internacional ya que este mercado ofrece, en otros lugares, un servicio integral; incrementando servicios de hospedaje; convenciones y exposiciones. “Cancún Center” es uno de los pocos a nivel mundial que se encuentran dentro de este selecto grupo de recintos que se ha mantenido de su misma actividad, pero sin obtener a cambio resultados esperados; ya que los diferentes recintos nacionales como el recién inaugurado Conjunto Polivalente en Pachuca Hidalgo, así como en el extranjero con centros internacionales que son la competencia actual, ejemplo McCormick Place Chicago, Word Trade Center México DF, Centro de Convenciones Barcelona; para poder continuar con un camino y competir con éxito a nivel nacional e internacional, se hace necesario la disponibilidad de un hotel integrado al espacio de convenciones brindando a los organizadores y convencionistas (personas de la tercera edad y capacidades diferentes) mayor cercanía y menor tiempo de desplazamiento entre los salones de sesiones, los pisos de exhibición y sus habitaciones.

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Hoy día, nuestro país recibe un promedio de 7 mil convenciones al año. De este global, el Centro de Convenciones de Cancún recibe entre 10 y 12 convenciones anuales, cada una de ellas con una asistencia de más de 1,500 participantes. Una de las razones por las cuales el destino turístico de Cancún no aumenta el número de convenciones que ya recibe y que podrían elevarse hasta 120 convenciones anuales, con una recepción de 70,000 nuevos visitantes, es que el Centro de Convenciones carece de instalaciones hoteleras que puedan dar hospedaje in situ a sus participantes. Dentro del Programa de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancún indica la realización del programa parcial con una visión de conjunto, orientada a la integración armónica de la zona, en congruencia con sus servicios y oferta turística que producirá efectos benéficos a la zona hotelera siendo de consecuencias positivas para la ciudad de Cancún y para sus ciudadanos, al generar así un mayor atractivo que incremente las corrientes turísticas nacionales e internacionales con mayor poder adquisitivo, mediante acciones que estimulen la actividad comercial, la generación de empleos y captación de impuestos. Lo anterior precisa de manera inminente, llevar a cabo el proyecto integral Hotel del Centro de Convenciones de Cancun que este estudio presenta; que conjugue los esfuerzos de los agentes que conforman el sector turístico y propicie la revitalización de Punta Cancún. En este sentido, y partiendo del desarrollo que se tenía previsto anteriormente en el “Proyecto Integral número 4”, con la “Torre Mirador”, misma que quedó inconclusa dejando un espacio subutilizado, por lo que el lote integrado en el centro de convenciones, presenta un gran potencial de aprovechamiento y consolidación del “Proyecto Integral número 4”, en Punta Cancun. Las propuestas constructivas, en su conjunto, se ajustan al cambiante desarrollo territorial en un esquema concordante con la lectura actual del territorio, esto en el sentido de las actividades que en él se desarrollan y que representan, aún, el centro vital de la ciudad.

• Paisaje. El proyecto beneficia en el entorno actual y las actividades que en él se llevarían a cabo, mejorando el espacio urbano ya que este cuenta con las posibilidades de integración al sistema urbano planificado. Si se analizan los escenarios posibles, se vislumbran 2 opciones: una en condición “sin proyecto”, en la cual el lote no genera beneficios en sinergia con las otras actividades de la zona turística de Cancún, se degrada el terreno, perturba el ambiente urbano y, ambientalmente, no ofrece tampoco ninguna ventaja como un espacio ocioso. El escenario “con proyecto” implica la plena utilización urbana del espacio, su mantenimiento y el desarrollo de actividades acordes al sitio en el que se encuentra.

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Esta condición “con proyecto” no representa una obra descontextualizada de su entorno y actividades colindante ya que prevalece en el concepto del paisaje urbano y complementando las actividades y funciones del Centro de Convenciones de Cancún. El paisaje urbano que actualmente se percibe en la Zona Hotelera es el resultado de la interacción del uso del suelo y las edificaciones donde estos, agrupados, forman unidades en la zona a la cual se integra la propuesta de manera coherente en términos urbanos, ambientales, paisajísticos, territoriales, sociales e institucionales. Este proyecto es consecución del destino planeado para el sitio que era la Torre Panorámica “Torre Mirador”, el que se modifica disminuyendo alturas y superficie constructiva, el diseño del proyecto actual se inserta en un entorno, congruente en el contexto del desarrollo urbano que lo circunda. Las formas verticales propuestas mantienen coherencia y congruencia con el espacio urbano. Partiendo de lo visual, estas instalaciones son concordantes en formas, materiales, vistas, escala y volumen con construcciones elevadas autorizadas y ya presentes en Cancún. La territorialidad y las instalaciones, concuerdan al mantener, utilizar y afianzar con su construcción y operación, los usos del suelo asignados al sitio en el que la obra será edificada.

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V. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

V.1 Presentación La aplicación de las herramientas de los Sistemas de Información Geográfica (SIG) a las metodologías de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), potencian la comprensión del entorno y permiten la integración, modelado, análisis y la valoración de los distintos factores que, eventualmente, habrán de interactuar con la obra o actividad que se pretenda desarrollar. La utilización del SIG en la valoración del impacto ambiental permite, entre otras cosas:

• Obtener, acopiar y sistematizar la información ambiental. • Realizar un diagnóstico ambiental documentado. • Analizar la información ambiental con base en datos numéricos con referencia

espacial y temporal, lo que permite un mayor nivel de integración y procesamiento.

• Ofrece información detallada, confiable y referida geográficamente. • Permite el planteamiento de preguntas y ofrece respuestas confiables.

En función de lo anterior, a continuación se presenta una valoración de los impactos ambientales que pudieran presentarse con motivo de la ejecución del proyecto. La valoración mencionada parte del conocimiento del inventario de los elementos naturales y modificados, documentados para el área de influencia del proyecto a través de la utilización del SIG correspondiente. Lo anterior, en virtud de que dicha herramienta y método ofrecen una descripción del espacio, basada en la cuantificación del conjunto de los elementos ya mencionados, los cuales pudieran ser afectados por la obra pretendida; y con ello, proveer y aplicar, las medidas de prevención y mitigación necesarias y específicas para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos del proyecto sobre el ambiente.

• Valoración de impactos ambientales estimados con métodos específicos de la relación SIN PROYECTO y CON PROYECTO.

El método que aquí se emplea corresponde al propuesto por Gabriel Ortiz. Dicho método aplica para proyectos diseñados en una sola opción de trazo y basa la valoración del impacto ambiental en la dependencia de la ponderación del valor relativo dado a los tipos de vegetación y a las unidades ambientales o de paisaje en función de los siguientes criterios:

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• Grado de cobertura. • Estructura espacial. • Diversidad en la etapa serial de la sucesión. • Estado de conservación. • Endemismos.

Según la importancia ambiental de tales criterios, cada una de las unidades será valorada del 1 al 10; a mayor coeficiente asignado, mayor importancia ambiental de la unidad. De tal forma que considerando lo anterior, el cálculo para extraer el índice de impacto es el siguiente:

Donde: Su = Superficie de las unidades a valorar. V = Valor de conservación (ponderación). Sr = Superficie equivalente de las unidades de vegetación consideradas en el ámbito geográfico de referencia. Esta superficie equivalente se extrae de la sumatoria de todas las superficies de las unidades consideradas en la región geográfica estudiada, multiplicadas por su correspondiente grado de conservación.

El resultado del cálculo del índice se expresa en porcentaje y para su interpretación se deberá tomar en cuenta la situación SIN PROYECTO, a la cual corresponderá un valor del índice del 100%; de tal forma que al valor del índice SIN PROYECTO (100%), se le restará el resultado del valor del índice CON PROYECTO. Si las pérdidas de superficie resultantes son superiores a un 30% o próximas a un tercio del 100%, el trazo del proyecto será considerado como inadmisible, de tal forma que se deberá modificar radicalmente la propuesta.

Impacto por la construcción del HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN en el contexto del espacio artificialmente definido y estudiado. Descripción: Conforme al espacio artificial estudiado y con la utilización de la cartografía que se generó con motivo del presente ejercicio de valoración de impactos, se empleó la escala geográfica 1:4000. Lo anterior permite una aproximación para determinar las superficies ocupadas por los distintos elementos o unidades de paisaje existentes dentro del sistema ambiental definido para el proyecto, el cual corresponde a 50.23 ha

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De lo anterior se desprenden los siguientes análisis:

ANÁLISIS REGIONAL A ESCALA 1:4,000

UNIDADES DE PAISAJE

Superficie en Ha (Su)

Valor de Conservación

(V)

Superficie Equivalente

(Se)

Índice de impacto (Ci)

SIN PROYECTO

POLIGONO DEL PREDIO ( intervención) 0.22 0 0 ÁREA INTERVENIDA (con construcción) 24.3 0 0 AREA JARDINADA (reforestada) 3.77 6 22.62 VIALIDAD (intervención) 0.74 0 0 VEGETACIÓN NATURAL (mangle) 2.17 8 17.36 PLAYA (ZOFEMAT) 0.57 8 4.56 MAR CARIBE 14.8 10 148 LAGUNA NICHUPTÉ 3.66 8 29.28 50.23 5.00 TOTAL SUPERFICIE EQUIVALENTE 221.82

Ci= sup de Upaisaje (valor conservación) X 100 100

total Se

INTERVENCIONES CONSIDERADAS*

UNIDAD DE PAISAJE Superficie (Ha). Superficie (Ha), a ocupar por el

proyecto. ÁREAS CON INTERVENCIÓN 25.26 0.22 * Establece métricamente la dimensión de la intervención sobre la unidad de paisaje sobre la cual la obra incide. Para este caso la intervención que se analiza se realiza, exclusivamente, sobre un área previamente intervenida. La aproximación anterior se llevó a cabo utilizando el SIG que se generó para el sistema ambiental del proyecto, a través de la superposición de la huella de conjunto del proyecto sobre el sistema ambiental. Con lo anterior fue posible cuantificar las superficies de intervención, tal y como se observa en el siguiente mapa:

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25 762m

525

762m5

27 228m

527

228m5

36 739m2,3 36 739m2,3

37 553m2,3 37 553m2,3

5 km26

5 km26

5 km27

5 km27

25 762m

525

762m5

27 228m

527

228m5

23 km37 23 km37

36 739m2,3 36 739m2,3

37 553m2,3 37 553m2,3

Centred on 526,495m, 2,337,146m UTM Zone 16 ( 21° 08' 07" N, 86° 44' 41" W WGS84)S c a le 1 : 4 ,0 0 0

86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W 86° 44' 200"W

86° 45' 50"W 86° 45' W 86° 44' 550"W 86° 44' 500"W 86° 44' 450"W 86° 44' 400"W 86° 44' 350"W 86° 44' 300"W 86° 44' 250"W 86° 44' 200"W

21°

7' 5

50"N

21°

8' N

21°

8' 5

0"N

21° 8

' 100

"N21

° 8'

150

"N21

° 8'

200

"N

21° 7' 550"N21° 8' N

21° 8' 50"N21° 8' 100"N

21° 8' 150"N21° 8' 200"N

The grid at the eastern edge of the map is 0° 05' 48.12" due east of true north

T R U

E N O

R T H

The

grid

at t

he w

este

rn e

dge

of th

e m

ap is

05' 2

9.38

" due

eas

t of t

rue

north

T R U

E N O

R T H

16 Abril 2010

0 100100 200 300 400 500 600 700 800METRES METRES

LIMITE SIG (50.23 HA.)

POLIGONO 08-01 (0.22 HA.)

ÁREAS INTERVENIDAS (24.30 HA.)

ÁREA JARDINADA (3.77 HA.)

VEGETACIÓN NATURAL (0.74 HA.)

VIALIDAD (2.17 HA.)

PLAYA (0.57 HA.)

MAR CARIBE (14.80 HA.)

LAGUNA NICHUPTE (3.66 HA.)

N

S

EW

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PONDERACIÓN REGIONAL A ESCALA 1:4,000

UNIDADES AMBIENTALES Superficie (Ha)

Superficie Afectada

Superficie Remanente

Valor de Conservación

(V)

Superficie Equivalente

(Se)

Índice de impacto (Ci)

CON PROYECTO

ÁREA INTERVENIDA (construida) 24.52 0.22 24.3 0 0

ÁREA JARDINADA 3.77 0 3.77 6 22.62

VIALIDAD 0.74 0 0.74 0 0

VEGETACIÓN NATURAL (mangle) 2.17 0 2.17 8 17.36

PLAYA 0.57 0 0.57 8 4.56

MAR CARIBE 14.8 0 14.8 10 148

LAGUNA NICHUPTÉ 3.66 0 3.66 8 29.28

50.23 0.22 50.01

TOTAL SUPERFICIE EQUIVALENTE C/PROYECTO 221.82

TOTAL SUPERFICIE EQUIVALENTE S/PROYECTO 221.82 Ci= sup de Upaisaje (valor conservación) X 100 100 total Se

DIFERENCIA DE COEFICIENTES DE IMPACTO (PÉRDIDA DE SUPERFICIE EQUIVALENTE

Índice de impacto (Ci) SIN PROYECTO Índice de impacto

(Ci) CON PROYECTO

DIFERENCIA ENTRE

SITUACIÓN CON Y SIN PROYECTO

DIAGNÓSTICO

100 100 0 COMPATIBLE En correspondencia con el tratamiento de los datos que arriba se presentaron, la diferencia entre los índices del coeficiente de impacto para las condiciones Sin proyecto y Con proyecto, resulta ser de 0.0, de tal forma que el impacto, así valorado, se diagnóstica como Compatible. Lo anterior indica, en términos numéricos, que las condiciones naturales en el sistema ambiental que se analizó, fueron eliminadas por el desarrollo de la zona. Tal resultado expresa que la intervención del proyecto ocurre sobre un espacio previamente intervenido, el cual se encuentra a su vez, embebido dentro de un sistema ambiental modificado, por lo que, y con base en el método que se utilizó, el impacto ambiental del proyecto, sobre el sistema ambiental resulta nulo.

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De forma complementaria al ejercicio presentado, se analizó, además, la identificación de los impactos particulares del proyecto. La valoración de la primera aproximación es realizada partiendo de métodos aceptados que permiten la caracterización de los impactos, la definición de las acciones y enunciación del factor ambiental potencialmente receptor. Con esto y con los resultados obtenidos se logra una matriz depurada de impactos (anexa), valorando las distintas etapas de las actividades propuestas con respecto al entorno. Se observan en todo momento, los aspectos físicos, abióticos y sociales del medio circundante. La identificación de los efectos o alteraciones significativas que se pueden producir con motivo de la ejecución del proyecto se llevó a cabo de la siguiente forma:

Se identificaron los factores ambientales del medio que pueden ser afectados. Cruce de la información a fin de detectar los impactos potenciales y expresarlos en

forma de matriz (ANEXO 5).

Lo anterior dicho se presenta a continuación:

Identificación de los factores ambientales susceptibles de ser afectados por el desarrollo del proyecto.

FACTORES AMBIENTALES

SU

BS

ISTE

MA

SIC

O N

ATU

RA

L

MEDIO INERTE

AIRE CALIDAD DEL AIRE CONFORT SONORO

TIERRA-SUELO CAPACIDAD PRODUCTIVA DEL SUELO CAMBIOS DE CALIDAD DE AGUA

MEDIO PERCEPTUAL PAISAJE INTRÍNSECO UNIDADES DE PAISAJE INCIDENCIA VISUAL INCIDENCIA VISUAL

SU

BS

ISTE

MA

P

OB

LAC

IÓN

Y

AC

TIV

IDA

DE

S

USOS DEL SUELO USOS DEL SUELO APROVECHAMIENTOS

POBLACIÓN PERSONAS SEGURIDAD Y SALUD DENSIDAD DE POBLACIÓN FIJA

ECONOMÍA ACTIVIDADES ECONÓMICAS A.E. AFECTADAS A.E. INDUCIDAS

SU

BS

ISTE

MA

P

OB

LAM

IEN

TO

INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS

INFRAESTRUCTURA VIARIA DENSIDAD DE LA RED ACCESIBILIDAD FUNCIONAMIENTO

INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA ABASTECIMIENTO

SANEAMIENTO

EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS DEPORTIVO Y RECREO

COMERCIAL

ESTRUCTURA ESTRUCTURA ESPACIAL DE NÚCLEOS

ESTRUCTURA TERRITORIAL DEL MUNICIPIO

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Cuadro de identificación de acciones susceptibles de generar repercusiones ambientales negativas.

FAS

E D

E

CO

NS

TRU

CC

IÓN

CONSTRUCCIÓN/OBRAS CIVILES

EXCAVACIÓN Y PILOTES

CIRCULACIÓN/FUNCIONAMIENTO DE MAQUINARIA DE OBRA Y OTROS.

FAS

E D

E

FUN

CIO

NA

MIE

NTO

UTILIZACIÓN DEL LOS PROYECTOS EJECUTADOS/ PRESENCIA DE NUEVOS ELEMENTOS

EMISIONES

VERTIDOS

RESIDUOS SÓLIDOS

RESIDUOS LÍQUIDOS

INSTALACIONES, EDIFICIO.

V.3 Método utilizado para la identificación de impactos.

Conforme a lo anterior, para la identificación de impactos se requirió de trabajo coordinado con la empresa diseñadora del proyecto, la cual ofreció los elementos de arquitectura, los detalles de las acciones a realizar así como de los métodos constructivos generales.

La identificación de impactos se realizó en función del medio y los factores que acogen el proyecto dentro del sistema ambiental, entendido éste sistema como receptor de las acciones necesarias para la ejecución de las fases del proyecto: construcción y operación. Se discrimina la etapa de preparación de sitio, ya que en el predio no existen cubierta vegetal que retirar. La dimensión ambiental en la que se establece esta MIA-P deriva de un análisis amplio de los aspectos naturales y componentes humanos que pudieran derivar en la contaminación del aire, agua, suelo, presencia de residuos, valor paisajístico y de impactos potenciales sobre la salud de las personas. En este contexto, la acertada delimitación del ambiente proporciona a este instrumento la posibilidad de validar el cumplimiento de las políticas ambientales y, más aún, que éstas se incorporen al proceso del proyecto y en la toma de decisiones inherentes al mismo. Los impactos diferenciados por el tipo de lugar en el que ocurren implican medidas, también diferenciadas, de mitigación. Para el caso de este proyecto, el ambiente en el que éste se inserta es del tipo urbano (hotelero) con dotación de servicios. Aunado a lo anterior y en antelación a la valoración de impactos se infiere que las medidas deben de

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orientarse a evitar daños procurando que se mantengan o en su caso se mejoren las características actualmente ahí existentes.

Características del medio ambiente y medidas de protección correspondientes.

La valoración cuantitativa del impacto ambiental incluye la transformación de medidas de impacto expresadas en unidades inconmensurables a valores conmensurables de calidad ambiental y la suma ponderada de ellos para obtener el impacto ambiental total. Una vez identificadas las acciones y los factores ambientales que presumiblemente serán impactados por aquellas, se determina la importancia de cada uno de los impactos identificados. Para el caso particular del proyecto que se presenta, para cada una de las actividades que se realizarán en las distintas etapas del proyecto, se describió la valoración de la importancia de cada uno de los impactos identificados. Los impactos identificados se evaluaron de acuerdo con los siguientes criterios: carácter del impacto, intensidad del impacto, momento, recuperabilidad, acumulación,

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periodicidad, extensión, reversibilidad, sinergia y persistencia así como índice de incidencia. Los valores de importancia de los impactos se obtienen en función de los criterios adoptados así como del factor ambiental potencialmente receptor del impacto. Los valores expresan signos negativos, cuando el impacto es considerado desfavorable, y positivos cuando el impacto es juzgado favorable. Del Valor de Importancia (IM) resultante de la evaluación cualitativa y cuantitativa se obtiene información que permite catalogar el impacto como: despreciable, moderado o severo.

Lo anteriormente mencionado se expresa numéricamente de la siguiente manera:

IM = ± [3(I) + 2(EX) + SI + PE + EF + MO + AC + MC + RV + PR]

Donde: Criterio Descripción Valores del criterio

I Intensidad

(1) Baja (2) Media (4) Alta (8) Muy alta (12) Total

EX Extensión

(1) Puntual (2) Parcial (4) Extenso (8) Total

SI Sinergia (1) No sinérgico (2) Sinérgico (4) Muy sinérgico

PE Persistencia (1) Fugaz (< 1 año) (2) Temporal (de 1 a 10 años). (4) Permanente (> 10 años).

EF Efecto (4) Directo o primario (1) Indirecto o secundario

MO Momento 1) Largo plazo (2) Mediano Plazo (4) Corto Plazo

AC Acumulación (1) Simple (4) Acumulativo

MC Recuperabilidad

(1) Recuperable de inmediato (2) Recuperable a mediano plazo (4) Mitigable (8) Irrecuperable

RV Reversibilidad (1) Corto plazo (2) Mediano plazo (4) Irreversible

PR Periodicidad (1) Irregular (2) Periódica (4) Continua

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Uno de los criterios que proporciona información para clasificar cualitativamente los impactos ambientales evaluados es, justamente, la importancia del efecto valorado. En dónde los impactos se clasificarán en despreciables, si es que el valor es menor o igual a 25; moderados si el valor es mayor a 25 y menor o igual a 50 y severos cuando el valor es mayor a 50 y menor a 75. La naturaleza del impacto, es decir si es benéfico o perjudicial, se indica con los símbolos + o – respectivamente.

Posteriormente, se procede a la clasificación del impacto en función de los intervalos antes descritos; los resultados permiten la descripción de los impactos sobre cada factor potencialmente afectado.

De acuerdo a lo anterior se presentan la descripción y resultados, donde se incluye de forma robusta y objetiva la valoración de los impactos ambientales estimados sobre el factor ambiental por la construcción y operación del proyecto.

V.4 Descripción y valor de importancia de los impactos identificados.

Impacto Nº 1: Alteración de la calidad del aire como consecuencia de las actividades constructivas.

Acción: Construcción, movimiento de vehículos y materiales. Factor: Calidad del aire. Descripción: Uno de los efectos ambientales asociados a la actuación propuesta, es la disminución de la calidad del aire como consecuencia de partículas diversas y de diferente procedencia a la atmósfera. Las partículas en estado sólido, más comúnmente denominadas “polvo”, constituyen un agente modificador de la calidad del aire. Se trata de partículas sedimentables cuyo diámetro oscila entre 1 y 1000 μm, que tienen su origen, principalmente, en los movimientos en el transporte de materiales y la presencia de vehículos. Los efectos de estas partículas se centran principalmente en las molestias que originan a los vecinos del predio, al producirse un ensuciamiento del entorno habitado y una disminución de la calidad del aire respirable.

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CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Negativo (-) Se afecta la calidad del aire. Intensidad Baja (1) La afectación es mínima debido a que actualmente en el sitio de

ubicación del proyecto, el transporte y manejo de materiales generaran polvos que producen ensuciamiento sobre terrenos y áreas vecinas

Extensión Puntual (1) Es un impacto localizado al sitio de ubicación del predio Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de la obra Persistencia Fugaz (1) El efecto permanecerá solamente durante las etapas de

preparación y construcción. Reversibilidad Corto (1) Se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia No sinérgico (1) La contaminación del aire como consecuencia de la obra no incide

sobre otros factores Acumulación Simple (1) El efecto de las actividades constructivas manifiesta sobre un solo

componente ambiental (calidad del aire) Efecto Directo (4) La calidad del aire se manifiesta de manera directa. Periodicidad Discontinua (1) Se manifiesta de manera predecible ya que depende de los

itinerarios de la jornada laboral. Recuperabilidad Recuperable (1) El efecto se recuperará de manera inmediata en cuanto termine la

fase de construcción. IM - 19 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

DESPRECIABLE

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: Disminución de la calidad del aire como consecuencia de la emisión de gases y partículas diversas de diferente procedencia a la atmósfera.

Indicador antes del proyecto: Actualmente en el sitio de ubicación del proyecto, el transporte de materiales y erosión eólica se produce sobre áreas vecinas, esto toda vez que su entorno cuenta con el Boulevard Kukulkan con tráfico y edificación de construcciones. Durante la construcción, las acciones de obra se realizarán de manera temporal.

El efecto de las partículas que se produzcan durante las acciones de obra se verá ponderado por las condiciones existentes. Asimismo, es importante destacar que la periodicidad del efecto es baja y mitigable.

Por lo anteriormente descrito, el impacto que se pueda causar a la calidad del aire se considera DESPRECIABLE.

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Impacto Nº 2: Impacto sobre el confort sonoro producido por la utilización de maquinaria y los jornales. Acción: Funcionamiento de maquinaria; ejecución de las obras y presencia de jornales.

Factor: Confort sonoro Descripción: Durante la fase de preparación y construcción se producirán ruidos derivados del funcionamiento de maquinaria y presencia de jornales. Dichas afecciones son temporales y desaparecen cuando la obra está terminada.

CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Negativo (-) Se afecta el confort sonoro por uso de maquinaria y la presencia de

obreros. Intensidad Baja (1) La afectación es mínima debido a que el ruido se mezcla con las

actividades urbanas, de la zona hotelera de Cancun. Extensión Puntual (1) Es un impacto localizado al sitio de ubicación del predio Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de la obra Persistencia Fugaz (1) El efecto permanecerá solamente durante las etapas de preparación

y construcción del proyecto. Reversibilidad Corto (1) Se regresará a las condiciones originales por medios naturales al

finalizar la obra. Sinergia No sinérgico (1) El impacto sonoro como consecuencia de la construcción de la obra

no incide sobre otros factores. Acumulación Simple (1) El efecto del movimiento funcionamiento de maquinaria y presencia

de jornales son de acumulación simple. Efecto Directo (4) El confort sonoro se manifiesta de manera directa por el efecto del

funcionamiento de maquinaria y presencia de jornales. Periodicidad Discontinua (1) Se manifiesta de manera predecible ya que está en función de la

jornada laboral. Recuperabilidad Recuperable (1) El efecto se recuperará de manera inmediata en cuanto termine la

fase de construcción. IM - 19 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

DESPRECIABLE

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

Indicador: La alteración del confort sonoro por el uso de maquinaria y presencia de trabajadores.

Indicador antes del proyecto: El confort sonoro se altera durante la fase de construcción del proyecto de manera temporal. El medio existente presenta ruidos propios de las actividades urbanas, que incluyen la zona hotelera de la Ciudad de Cancún. El efecto sobre el ruido que se produzca durante la construcción, se verá ponderado por las condiciones existentes y las que al concluir desaparecen.

La afectación es temporal y desaparece cuando la obra está terminada, por lo que el impacto que se pueda causar al medio perceptual se considera DESPRECIABLE.

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Impacto Nº 3: Pérdida de suelo Acción: Cambio en el uso del suelo. Factor: Capacidad productiva del suelo, Erosión. Descripción: El suelo es fuente de nutrientes y soporte de la vegetación, sin embargo también conforma la base física para la ubicación de edificaciones e infraestructuras y es depositario de recursos minerales y culturales. El suelo de la zona ha sido alterado toda vez que cuenta con una zona urbanizada con edificaciones y vialidades, por lo que no conforma un importante soporte como hábitat para la flora y fauna.

CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Negativo (+) El proyecto no afecta el suelo Intensidad Baja (1) Es de baja intensidad debido a que el predio actualmente

posee un suelo ya degradado a consecuencia del desarrollo urbano colindante.

Extensión Puntual (1) Es un impacto localizado al sitio de ubicación del predio Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de las obras que

involucra el desplante de elementos del proyecto. Persistencia Temporal (2) El efecto permanecerá durante la vida útil del proyecto Reversibilidad Irreversible (4) No se regresará a las condiciones originales Sinergia No sinérgico (1) Al ocuparse un sitio previamente afectado, implican otros

factores (en este caso relacionados con la jardinería y el agua pluvial enviada a pozos de absorción principalmente)

Acumulación Simple (1) El efecto se manifiesta sobre varios componentes ambientales (perdida de la capacidad productiva del suelo).

Efecto Directo (4) Las acciones de preparación y construcción tienen una incidencia inmediata.

Periodicidad Discontinua (1) Se manifiesta constante en el tiempo. Recuperabilidad Recuperable (4) No es posible introducir medidas correctoras. IM 26 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

MODERADO

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: Pérdida de superficie de suelo ponderada por la calidad ambiental existente. Indicador antes del proyecto: En este caso la magnitud del impacto dependerá del porcentaje de suelo afectado, relacionado con la calidad ambiental del sitio y de las colindancias. En el sitio donde se ubica el proyecto, el suelo se encuentra ya transformado por el desarrollo de la Zona Hotelera de Cancun y por la cimentación profunda y el el suelo completamente transformado, por lo que el lote en particular, ha perdido su capacidad productiva y permeable. La ventaja de construir el proyecto es que mandaría a pozo profundo las aguas pluviales dirigidas desde la azotea. De este modo, las transformaciones al suelo consecuencia de la realización del proyecto resultarán en un impacto MODERADO.

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Impacto Nº 4: Cambios en la calidad del agua por posibles vertidos

Acción: Actividades constructivas (Manejo de materiales, pilas cimentación).

Factor: Contaminación del subsuelo; Contaminación de acuíferos.

Descripción: Durante la fase de construcción se generarán una serie de efluentes que, por efecto de las aguas de escorrentía, pueden afectar los acuíferos. Los efluentes con mayor poder de contaminación son los residuos inertes de pequeño tamaño y los aceites y lubricantes generados como consecuencia del uso de la maquinaria utilizada en la fase de construcción.

CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Negativo (-) Las actividades constructivas afectan el suelo y subsuelo, las aguas

superficiales, acuíferos y el área marina colindante. Intensidad Baja (1) La afectación es mínima hacia el suelo, subsuelo y acuíferos del

predio como consecuencia de la construcción localizada. Extensión Puntual (1) Es un impacto localizado al sitio de ubicación del predio Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de la obra Persistencia Temporal (2) El efecto permanecerá constantemente Reversibilidad Irreversible (4) No se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia No sinérgico (1) El impacto sobre la contaminación de suelo, subsuelo y acuíferos

como consecuencia de la obra no incide sobre otros factores. Acumulación Simple (1) El efecto de las actividades constructivas se manifiesta sobre

componentes ambientales (subsuelo, acuíferos y área marina colindante).

Efecto Directo (4) La contaminación se manifiesta de manera directa por el efecto del las actividades constructivas.

Periodicidad Discontinua (1) Se manifiesta de manera impredecible. Recuperabilidad Recuperable (1) Es posible introducir medidas de mitigación de modo que el efecto se

recupere parcialmente. IM - 23 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

DESPRECIABLE

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: Contaminación, subsuelo y acuíferos por perforación e inserción de pilas, movimientos de equipos y maquinaria, manejo de materiales y cimentación-edificación. Indicador antes del proyecto: La contaminación al suelo, subsuelo y acuíferos se verá ponderado por las condiciones existentes en la zona. Es importante destacar que no colinda con cuerpos de agua, no obstante se encuentra entre la laguna Nichupté y el mar Caribe, entre los que se han desarrollado comercios y hoteles. Durante la fase de construcción se generarán una serie de efluentes que, por efecto de las aguas de escorrentía, pudieran verse afectados estos acuíferos. Los efluentes con mayor poder de contaminación son los residuos inertes de pequeño tamaño y los aceites y lubricantes generados como consecuencia del uso de la maquinaria utilizada en la fase constructiva.

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De manera particular la contaminación del subsuelo y acuíferos por posibles vertidos puede ser ponderable si se toman medidas de seguridad para evitar todo tipo de escapes, por lo que el impacto se considera DESPRECIABLE. Impacto Nº 5: Impacto sobre el medio perceptual producido por el uso de maquinaria y el desorden que introducen las obras y las actividades inherentes a las tareas constructivas. Acción: Movimiento, circulación y funcionamiento de maquinaria; ejecución de las obras inherentes al proyecto.

Factor: Unidades de paisaje (etapas de preparación y construcción); Incidencia visual (etapa de construcción).

Descripción: Durante la fase de construcción el proyecto introduce una serie de componentes con repercusión en el paisaje, tales como: desorden visual, multiplicidad de contrastes o presencia de polvo. Dichas afecciones son temporales y desaparecen cuando la obra está terminada.

CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Negativo (-) Se afecta el medio perceptual por el uso de maquinaria y el

desorden que introducen las obras. Intensidad Baja (1) La afectación es mínima debido a que el medio paisajístico

existente, presenta un desorden visual con multiplicidad de contrastes, que incluyen la Zona Hotelera de la Ciudad de Cancún.

Extensión Puntual (1) Es un impacto localizado al sitio de ubicación del predio. Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de la obra. Persistencia Fugaz (1) El efecto permanecerá solamente durante las etapas de

construcción. Reversibilidad Corto (1) Se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia No sinérgico (1) El impacto perceptual como consecuencia de la construcción de la

obra no incide sobre otros factores Acumulación Acumulativo (4) El efecto de circulación y funcionamiento de maquinaria y las obras

se manifiesta sobre el paisaje, incidencia visual y confort sonoro. Efecto Directo (4) La calidad del medio perceptual se manifiesta de manera directa por

el efecto de circulación y funcionamiento de maquinaria y ejecución de las obras en general.

Periodicidad Discontinua (1) Se manifiesta de manera impredecible ya que depende de los itinerarios de la jornada laboral.

Recuperabilidad Recuperable (1) El efecto se recuperará de manera inmediata en cuanto termine la fase de construcción.

IM - 22 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

DESPRECIABLE

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: La alteración del paisaje producto de uso de maquinaria y desorden inherente a las tareas constructivas que involucran las obras.

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Indicador antes del proyecto: El paisaje se demerita durante la fase de construcción del proyecto de manera temporal. El medio paisajistico existente, presenta un desorden visual con multiplicidad de contrastes, que incluyen hoteles, comercios, condominios, establecimientos, oficinas, en general un entorno con afecciones al medio perceptual.

El efecto visual que se produzca durante la construcción, se verá ponderado por las condiciones existentes y las que al concluir realcen el paisaje circundante.

La mayor parte de estas afecciones son temporales y desaparecen cuando la obra está terminada, por lo que el impacto que se pueda causar al medio perceptual se considera DESPRECIABLE. Impacto Nº 6: Efecto sobre el medio perceptual (elemento paisajístico) Acción: Presencia de elementos del proyecto.

Factor: Incidencia visual (durante la operación del proyecto); Unidades de paisaje (durante la operación del proyecto).

Descripción: Se espera una recuperación de las vistas durante la operación del proyecto, al integrar el proyecto al medio perceptual, considerando la serie de factores y atributos físicos de la zona en la que se concibe éste, por lo que el proyecto no se considera ajeno al medio. Con el proyecto se abren espacios de hospedaje, en un entorno ordenado y concordante con el sitio en que se propone. El proyecto se propone de manera complementaria al centro de convenciones de Cancún. CARACTERIZACIÓN DEL EFECTO CRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Positivo (+) Se considera positivo toda vez que se crean escenarios que

realzan el paisaje del sitio en deterioro Intensidad Muy alta (8) El grado de afectación se considera muy alto toda vez que con el

proyecto se provee un entorno ordenado y concordante con la actividad turística y de convenciones.

Extensión Parcial (2) Es un impacto con una incidencia apreciable en el medio. Momento Mediano plazo (2) El efecto se manifiesta cuando comienza la etapa de operación. Persistencia Permanente (4) El efecto permanecerá durante la vida útil del proyecto Reversibilidad Irreversible (4) No se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia Sinérgico (2) Se proporcionan espacios que inciden en un ambiente perceptual. Acumulación Acumulativo (4) El efecto de la presencia de la infraestructura del proyecto se

manifiesta sobre varios componentes. Efecto Directo (4) El medio perceptual positivo y las unidades de paisaje se

manifiestan de manera directa por el efecto de la presencia de la infraestructura del proyecto

Periodicidad Continua (4) Se manifiesta de manera permanente. Recuperabilidad Irreversible (4) Una vez concluido y operando el proyecto no se vuelve a las

condiciones previas del predio. IM +56 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

SEVERO

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CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

Indicador: Efecto sobre el medio perceptual con la presencia del proyecto.

Indicador antes del proyecto: El entorno que se percibe es un ambiente modificado, como consecuncia de la constante expansión de la Zona Hotelera de la Ciudad de Cancún, por lo que de manera general no cuenta con condiciones paisajisticas extraordinarias, dado por el desarrollo de construcciones en la zona. De manera particular, al operar la zona en general y el proyecto en específico, se crean escenarios que realzan el paisaje del sitio ya que pasa de un sitio con la presencia de una construcción inconclusa (torre mirador) a un hotel con vistas que visten el paisaje y primordialmente que se integra al Centro de Convenciones de Cancún. Por lo que el impacto se considera positivo SEVERO.

Impacto Nº 6: Efecto sobre el medio socio-económico

Acción: Presencia del proyecto. Factor: Incidencia económica directa e indirecta.

Descripción: El impacto será altamente positivo, ya que el proyecto repercute sobre la generación de empleos y la percepción de ingresos, misma que coadyuva de manera constante a la economía que implica el funcionamiento integral del Centro de Convenciones de Cancún, reactivación de la de Punta Cancún y complementario de la Zona Hotelera permanentemente. La operación del proyecto participa como parte importante en el desarrollo social y económico en un contexto regional. CARACTERIZACIÓN DEL EFECTO CRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Positivo (+) Se esperan mejoras en congruencia con el desarrollo de la zona, la

generación de empleos, la participación del proyecto en la evolución de la economía de Cancún.

Intensidad Alta (4) El grado de afectación se considera alto ya que la operación del proyecto participa como parte importante en el desarrollo social y económico en un contexto regional.

Extensión Parcial (2) Es un impacto con una incidencia en un contexto regional Momento Corto (4) El efecto se manifiesta durante la realización de la obra. Persistencia Permanente (4) El efecto permanecerá durante la vida útil del proyecto Reversibilidad Irreversible (4) No se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia Sinérgico (2) Se generan empleos temporales y se activa la economía directa e

indirectamente. Acumulación Acumulativo (4) El efecto de las presencia del proyecto se manifiesta sobre varios

componentes (Incidencia económica directa e indirecta) Efecto Directo (4) La incidencia directa e indirecta sobre la economía se manifiesta de

manera directa por el efecto de la presencia del proyecto en la zona. Periodicidad Continua (4) Se manifiesta de manera permanente. Recuperabilidad Irrecuperable (8) Es asimilado por el entorno económico de la zona. IM +50 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

SEVERO

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CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: Efecto sobre el medio socio-económico. Indicador antes del proyecto: En la Ciudad de Cancún se desarrollan las principales actividades económicas del territorio municipal, ya sea como centro regional de integración de servicios para las localidades aledañas o como uno de los principales destinos turísticos del Caribe Mexicano. De manera particular el proyecto se integra como parte del crecimiento económico y social de Cancún, integrandose al Centro de Convenciones de Cancún, por lo que el impacto se considera positivo SEVERO. Impacto Nº 7: Efecto sobre los usos del suelo y la estructura territorial del municipio Acción: Presencia de elementos del proyecto: infraestructuras, instalaciones, vehículos y personas. Factor: Estructura territorial del municipio; Aprovechamiento. Descripción: Los impactos de índole territorial se deben principalmente a desequilibrios por falta de planificación, obras inconclusas y de una correcta estructura territorial y se reflejan muy frecuentemente en forma de problemas de tráfico vehicular, conflictos por uso del suelo que en última medida repercuten en la calidad de vida de la población y la imagen que la zona proyecta al exterior. La zona específica de localización del proyecto, Punta Cancún, cuenta con un Programa Parcial de Reordenamiento Urbano de Punta Cancun, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del estado de Quintana Roo, el día 7 de diciembre de 2001, que determina los usos y zonificaciones del suelo en Punta Cancun, así como con un Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, instrumentos que regulan la ocupación del territorio, concebido en un contexto urbano y ambiental respectivamente, de conformidad con las atribuciones que la legislación mexicana confiere a las diferentes instancias de los tres órdenes de gobierno. De manera particular, para el proyecto se cuenta con la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Quintana Roo de fecha 20 de abril de 2010, del acta de cabildo urbano específico que asigna los usos y parámetros urbanos de ordenamiento para el predio.

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CARACTERIZACIÓN DEL EFECTOCRITERIO VALOR JUSTIFICACIÓN Signo Positivo (+) Se considera positivo toda vez que el proyecto consolida la

funcionalidad territorial del centro poblacional de Cancún para mantener un desarrollo concordante en la zona hotelera y específicamente para el centro de Convenciones de Cancún.

Intensidad Total (12) El grado de afectación se considera total ya que coincide con el uso de suelo acordado para el sitio y compatible con los usos colindantes.

Extensión Parcial (2) Es un impacto con una incidencia apreciable en el medio. Momento Mediano plazo (2) El efecto se manifiesta cuando concluye la etapa de construcción. Persistencia Permanente (4) El efecto permanecerá durante la vida útil del proyecto Reversibilidad Irreversible (4) No se regresará a las condiciones originales por medios naturales. Sinergia Sinérgico (2) Al desarrollar espacios en el área fortalece el destino de la zona. Acumulación Acumulativo (4) El efecto de las presencia de la infraestructura del proyecto se

manifiesta sobre varios componentes (estructura territorial del municipio y aprovechamiento). Se consolida el proyecto integral número 4 de la Zona de Punta Cancún.

Efecto Directo (4) La estructura territorial del municipio y aprovechamiento se manifiestan de manera directa por el efecto de la presencia de la infraestructura del proyecto

Periodicidad Continua (4) Se manifiesta de manera permanente. Recuperabilidad Irreversible (8) Una vez concluido y operando el proyecto no se vuelve a las

condiciones anteriores del predio. IM + 72 CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

SEVERO

CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO Indicador: Efecto sobre los usos del suelo y la estructura territorial del municipio. Indicador antes del proyecto: La presencia del proyecto complementará la fisonomía del lugar al ocupar un espacio previamente afectado y en deterioro a un proyecto para uso de unidades de alojamiento para las actividades del Centro de Convenciones de la ciudad de Cancún. El proyecto consolida la funcionalidad territorial del sitio para mantener un desarrollo concordante en la zona, la cual corresponde al centro de convenciones de importancia internacional, centros turísticos, comerciales y empresariales de alto nivel y primordialmente, se consolida e integra el proyecto integral número 4 de la Zona de Punta Cancún. Lo anterior se sustenta en materia urbana, toda vez que la empresa promovente ha dado cumplimiento a las condicionantes establecidas para el proyecto:

1. Condicionante del Proyecto Integral 4, del Programa Parcial de Reordenamiento Urbano Turístico de Punta Cancun 7 diciembre del 2001, inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

a. Cualquier proyecto de nueva construcción, remodelación o ampliación que se realice en el área de aplicación del Programa Parcial, deberá notificarse

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al Honorable Cabildo de Benito Juárez, antes de que la Dirección General de Desarrollo Urbano otorgue la licencia correspondiente.

2. Condicionante del IMPLAN.

a. Cualquier modificación deberá contar con la aprobación previa del

Honorable Cabildo y con una licencia de construcción. b. Someter a consideración de cabildo la modificación del proyecto.

3. Condicionante del Honorable Cabildo.

a. Previo al otorgamiento de la licencia de construcción, se deberá presentar a

la consideración de este honorable ayuntamiento, los estudios de impacto vial correspondientes.

b. Las adecuaciones que requiere la infraestructura pública vial conforme al proyecto objeto del presente acuerdo, serán por cuenta del promovente.

De manera particular este efecto puede considerarse compatible con el entorno, toda vez que coincide con el uso de suelo acordado actualmente para el sitio y compatible con los usos colindantes, por lo que el impacto que se pueda causar se considera positivo SEVERO.

V.5 Conclusión

De la identificación y valoración de los impactos ambientales detectados para el desarrollo de las obras y actividades del HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, se determinó que los impactos ambientales negativos identificados, son despreciables y en la mayoría de los casos el factor se recupera a condiciones iniciales al concluir las obras y actividades.

Los impactos positivos resultantes, de los impactos identificados, resultaron, severos, lo que será percibido en el medio ya que permanece durante la vida útil del proyecto.

De este modo en términos ambientales el proyecto se califica como viable, ya que no representa riesgos a poblaciones de especies protegidas, no implica fragmentar un ecosistema y no conlleva riesgos a la salud humana. Se consolida e integra el proyecto integral número 4 de la Zona de Punta Cancún, la que había sido planeada anteriormente y en la cual, se dio inicio a las obras constructivas en su momento.

Derivado de las valoraciones realizadas se observa que:

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1. El proyecto no implica la remoción de vegetación o de suelo. 2. No se afectan ni se interfiere en procesos biológicos de especies de difícil

regeneración, es decir aquellas que son vulnerables a la extinción biológica por la especificidad de sus requerimientos de hábitat y de las condiciones para su reproducción.

3. No se determinó la posibilidad de que ocurra inminente daño ambiental como consecuencia de la construcción y operación del proyecto. Los impactos ambientales negativos que se predicen son, en la escala analizada que es a nivel urbano, mitigables, prevenidos y bajos.

4. No se espera daño al ecosistema, esto en virtud de que el sitio como sistema ambiental ya se encuentra ocupado con construcciones previas a su concepción.

5. El proyecto no se considera causal de desequilibrio ecológico grave en el sentido de que provoque alguna alteración significativa de las condiciones ambientales en las que se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y residuales que ocasionarían la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas que no puedan ser mitigables.

6. Se considera que el proyecto no implica, por la dimensión que ocupa y por los alcances, ya que corresponde a un proyecto que se integra al centro de convenciones que actualmente opera en la zona, impactos ambientales acumulativos.

7. De acuerdo con la valoración realizada no se esperan impactos ambientales significativos o relevantes, es decir que las obras y actividades asociadas a un edificio comercial no provocarán alteraciones en el ecosistema y sus recursos naturales, ni en la salud, ni obstaculizará la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

8. Se propone un proyecto que consolida e integra el proyecto integral número 4 de la Zona de Punta Cancún, en la que se localiza el centro de Convenciones de Cancun, sobre un sitio específico previamente alterado en sus condiciones ambientales.

En resumen, el proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE CANCUN, se ha de desarrollar en un ambiente urbano por lo que los efectos sobre ecosistemas naturales, entendidos éstos como un conjunto de elementos que interaccionan y los conforman, y no únicamente los recursos que son objeto de afectación por la propuesta, son en su conjunto despreciables o nulos.

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VI. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN O COMPENSACIÓN PARA CADA UNO DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS.

VI.1 Generales La forma de prevenir, mitigar y corregir los impactos ambientales negativos derivados de las obras y actividades propuestas para el proyecto, han sido consideradas por cada fase que involucra este proceso, las medidas son dirigidas a moderar o atenuar, los impactos ambientales negativos por el efecto causado por las obras y actividades que se proponen en el proyecto. Las medidas preventivas, correctoras y de mitigación serán dirigidas hacia los agentes causales de impacto con el objeto único de orientar acciones hacia el medio receptor para incrementar su homeostasis y resiliencia o bien para paliar los efectos una vez producidos (Gómez Orea, 2003). En el presente documento se plantean las medidas de mitigación orientadas a reducir oportunamente los impactos negativos, con lo que permitiría a) evitar completamente el impacto al no desarrollar una determinada acción; b) disminuir impactos al limitar el grado o magnitud de la acción y su implementación c) rectificar el impacto al reparar, rehabilitar o restaurar el ambiente afectado; y d) reducir o eliminar el impacto con operaciones de conservación y mantenimiento. CRITERIOS PARA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS La adopción de las medidas de los impactos potenciales identificados versa sobre los siguientes criterios:

• Viabilidad técnica contextualizada en las condiciones ambientales del entorno en el que se inserta el proyecto.

• Eficacia o capacidad estimada de la medida para cubrir los objetivos que se pretenden.

• Eficiencia, o relación existente entre los objetivos que consigue y los medios necesarios para conseguirlos.

• Viabilidad económica de las medidas en el contexto de los costos del proyecto. • Aptitud de implementación, mantenimiento, seguimiento y control. • Sinergia y búsqueda de reforzamiento entre sí de las medidas adoptadas.

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VI.2 Medidas correctivas por impactos generados

De la valoración realizada en el capitulo quinto del presente documento se desprende que, derivado de la ejecución del proyecto en el sitio propuesto, no se causarán impactos ambientales que pongan en riesgo especies o poblaciones silvestres, no se desarrollarán actividades que pudieran poner en riesgo la salud humana o la integridad de los ecosistemas. De los impactos previstos se determinó que ninguno es negativo severo, solo se valoran los negativos despreciables. Para estos impactos las medidas correctoras de mitigación, prevención y compensación pueden ser aplicadas y documentadas.

IMPACTOS NEGATIVOS IDENTIFICADOS

IMPACTO CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

Alteración de la calidad del aire como consecuencia del movimiento de tierras Despreciable

Impacto sobre el confort sonoro producido por la utilización de maquinaria y los jornales Despreciable

Cambios en la calidad del agua por posibles vertidos Despreciable

Impacto sobre el medio perceptual producido por el efecto a las vistas que introducen las obras Despreciable

En función de las valoraciones realizadas y de la calidad ambiental existente en el medio circundante, se estima que no se generarán impactos graves al sistema físico natural, al subsistema perceptual y al socio económico. Sin embargo, se requiere de la implementación de medidas compensadoras y precautorias así como su correspondiente documentación durante las etapas de preparación, construcción y operación para estar en condición objetiva de demostrar que las predicciones inferidas así como la eficacia de las medidas específicas de mitigación propuestas para el proyecto son acertadas.

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MEDIDAS GENERALES PROPUESTAS

En el terreno se exigirá, a contratados y contratistas, el cumplimiento de los siguientes puntos:

• La obra deberá permanecer limpia y ordenada en todo momento.

• No levantar polvo ni hacer ruidos innecesarios.

• No interrumpir las vialidades públicas.

• Se situarán las instalaciones y acopios exclusivamente en los espacios destinados para ello.

• No se permite ningún tipo de vertido.

• No se permite el mantenimiento de maquinaria en el predio salvo aquella indispensable a causa de roturas o fugas.

• No se permite el cambio de aceite de la maquinaria en el predio proyecto.

• No está permitido encender fuego, incinerar restos o quemar desperdicios cualquiera que sea su origen y composición.

MEDIDAS PARTICULARES PROPUESTAS

La promovente somete a validación las siguientes medidas de prevención y mitigación de los posibles efectos negativos estimados en este estudio. Las medidas propuestas se describen por impacto valorado y se consideran aquellos relevantes.

Las medidas precautorias y de mitigación que se presentan, se han valorado dentro del contexto de las condiciones prevalecientes hoy en día en el predio, en el cual se desarrollarán las obras del proyecto y que por su efecto, generarán impactos ambientales adversos al medio.

Estas medidas se han planteado bajo programas específicos que permiten su documentación y que admiten el seguimiento ambiental en función del impacto previsto por cada etapa del desarrollo del proyecto.

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Tipo de medida: Mitigación IMPACTO: Alteración de la calidad del aire como consecuencia del movimiento de materiales

Efecto que mitiga Emisión de partículas finas a la atmósfera y efectos colaterales de la pluma de dispersión de polvos así como humos producidos por la operación de maquinaria y equipos.

Definición de la medida Humedecer el sitio intervenido para eliminar la suspensión de partículas durante la jornada laboral. La maquinaria deberá estar en óptimas condiciones.

Objetivo Eliminar la emisión de finos por el movimiento de tierras.

Minimizar la emisión de humos por operación de maquinaria antigua.

Eficacia estimada. Media

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Reglamentar y programar riegos constantes a los sitios de construcción durante la jornada laboral.

Condicionar a las empresas constructoras de que sólo se trabaja con maquinaria en excelente estado.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora y documental fotográfico

Tipo de medida: Mitigación IMPACTO: Impacto producido por la utilización de maquinaria y los jornales.

Efecto que mitiga Afección por ruido ocasionado por la maquinaria y actividades de la obra

Definición de la medida Se favorecerá el uso de vehículos en óptimas condiciones. No se aceptará maquinaria y equipo viejo o maltratado ni sin silenciador.

Objetivo Minimizar molestias por ruido

Eficacia estimada. Media

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Reglamentar y programar riegos periódicos a los sitios de construcción durante la jornada laboral.

Condicionar a las empresas constructoras de que sólo se trabaja con maquinaria en excelente estado.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora y documental fotográfico

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Tipo de medida: Mitigación IMPACTO: Cambios en la calidad del agua por posibles vertidos.

Efecto que mitiga Variaciones negativas en la calidad de las aguas por el arrastre de polvo y percolación al cauce subterráneo.

Definición de la medida No rebasar los límites permisibles establecidos en las normas oficiales en cuanto a la calidad de agua.

Objetivo Mantener el nivel de calidad del agua durante la obra.

Eficacia estimada. Media

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Reglamentar e informar a los trabajadores y empresas contratadas de la medida. Establecer barreras y trampas contra el arrastre de polvos y otros sedimentos. Evitar el derrame y vertido de grasas y aceites.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora y documental fotográfico

Tipo de medida: Mitigación IMPACTO: Impacto sobre el medio perceptual por la construcción de las obras

Efecto que mitiga Efecto visual que produce una obra durante la construcción

Definición de la medida Reducir el efecto de las vistas que produce una obra en construcción por el movimiento de maquinaria, jornales y material.

Objetivo Minimizar el efecto visual utilizando delimitaciones adecuadas.

Eficacia estimada. Media.

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Colocar delimitaciones (mantas, lonas, triplay) en la zona del proyecto, para minimizar el efecto visual de obra.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora, registro fotográfico facturas de mantenimiento.

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Tipo de medida: Preventiva IMPACTO: Impacto por generación de residuos sólidos.

Efecto que mitiga Efecto que se produce en una obra durante la construcción por la generación de residuos sólidos.

Definición de la medida Reducir el efecto por la generación de residuos sólidos durante la obra en construcción, lo que fluctuará con el avance de obra, uso de maquinaria, presencia de jornales, personal y utilización de materiales.

Objetivo Minimizar el efecto por la generación de residuos.

Eficacia estimada. Alta.

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Prohibir verter residuos sólidos en el terreno del proyecto.

Colocación de botes contenedores de residuos sólidos en los diferentes sitios del predio.

Acopio temporal de residuos en puntos específicos.

Se realizará la separación de residuos sólidos que puedan ser reutilizados y vendidos como fierro, PET, aluminio, plástico, papel, etc.,

No se retirarán de la obra los residuos hasta que el servicio de retiro de residuos municipal pase por el predio.

Colocar delimitaciones (mantas, lonas, triplay) en la zona del proyecto, para minimizar el efecto visual de obra.

Estas tareas complementan el programa de obra limpia que se detalla más adelante en el presenta capítulo.

Necesidad de mantenimiento Media.

Control Bitácora, registro fotográfico.

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Tipo de medida: Preventiva IMPACTO: Impacto sobre vialidades y andadores por la construcción

de las obras

Efecto que mitiga Efecto que produce una obra colindante con la vialidad.

Definición de la medida Reducir el efecto que produce una obra en construcción por el movimiento de maquinaria, jornales y material en la colindancia con la vialidad.

Objetivo Minimizar el efecto utilizando delimitaciones y señalizaciones adecuadas.

Eficacia estimada. Alta.

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Contar con personal encargado del acceso a la obra y administración de circulación hacia y para la vialidad principal colindante.

Colocar delimitaciones (mantas, lonas, triplay) en la zona del proyecto, para minimizar el efecto visual de obra.

Colocar señalizaciones preventivas, informativas y prohibitivas de colores distintos.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora, registro fotográfico.

Tipo de medida: Compensatoria

IMPACTO: Impacto sobre vialidades y andadores por la construcción de las obras

Efecto que mitiga Mejorar el flujo vial conforme del alcance del proyecto.

Definición de la medida Adecuaciones de la infraestructura pública vial conforme al proyecto.

Objetivo Mejorar la vialidad y banquetas de la zona del proyecto..

Eficacia estimada. Alta.

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Entrega del Estudio Víal.

Mejorar a costo del promovente la infraestructura pública vial

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora, registro fotográfico.

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Tipo de medida: Preventiva IMPACTO: Impacto sobre el personal por la construcción de las

obras

Efecto que mitiga Se previenen accidentes durante la construcción de la obra.

Definición de la medida Reducir la probabilidad de generación de accidentes por el movimiento de maquinaría, jornales y material.

Objetivo Minimizar la probabilidad de accidentes laborales.

Eficacia estimada. Media.

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Colocar delimitaciones en las áreas donde se realicen trabajos específicos.

Se reglamentan los trabajos, personal encargado, horarios y tareas específicas.

Se dispone de señalizaciones informativas y prohibitivas en toda la obra.

Se ordenará y verificará periódicamente que el personal de los contratistas cuente con el equipo y maquinaria adecuados para la realización de los trabajos encomendados.

Necesidad de mantenimiento Media. Finaliza con la construcción.

Control Bitácora, registro fotográfico.

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VI. 3 Impactos residuales

Se entiende por impacto residual al efecto que permanece en el ambiente después de aplicar las medidas de mitigación. Para el presente proyecto se estima que los posibles impactos residuales asociados a ciertas acciones del proyecto serán reducidos al llevar a cabo las medidas de mitigación y compensación propuestas anteriormente. IMPACTO Nº 1: CALIDAD DEL AIRE. Alteración de la calidad del aire como consecuencia de las acciones de obra. Valoración SIN MEDIDA: Se trata de un impacto de baja magnitud que se producirá durante un periodo corto de tiempo y a baja escala, por lo que se considera DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 -19 DESPRECIABLE Valoración CON MEDIDA: Se trata de un impacto de baja magnitud que se producirá durante un periodo corto de tiempo y a baja escala, por lo que se considera DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 19 DESPRECIABLE El impacto ha sido valorado como muy bajo desde el inicio del ejercicio. Las medidas propuestas se estiman adecuadas en términos de minimización de las emisiones, con las precauciones necesarias la calificación 19 prevalece. A nivel de obra se estima conveniente contar con maquinaria y equipo que no emitan humos azules o negros aunque éstos sean mínimos y rápidamente dispersados. IMPACTO Nº 2: CONFORT SONORO. Impacto producido por la utilización de maquinaria y los jornales. Valoración SIN MEDIDA: Se trata de un impacto de baja magnitud, que se producirá durante un periodo de tiempo corto, por lo que se considera DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 -19 DESPRECIABLE Valoración CON MEDIDA: Se trata de un impacto de baja magnitud, que se producirá durante un periodo de tiempo corto, por lo que se considera DESPRECIABLE.

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S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 19 DESPRECIABLE Al igual que el anterior, este impacto ha sido valorado como muy bajo desde el inicio del ejercicio. Las medidas propuestas se estiman adecuadas en términos de minimización de los ruidos. Prevalece la calificación 19. Aún así se estima adecuado aplicar la medida propuesta para minimizar ruidos. IMPACTOS Nº 3: CALIDAD DEL AGUA. Cambios en la calidad del agua por posibles vertidos. Valoración SIN MEDIDA: Debido al periodo corto de tiempo y magnitud se consideran como DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 1 4 2 4 1 4 1 1 -23 DESPRECIABLE Valoración CON MEDIDA: Debido al periodo corto de tiempo y magnitud se consideran como DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 -19 DESPRECIABLE Dada la baja estimación del impacto descrito, establecido en -19, no se cuantifican variaciones en función de la medida propuestas pero se considera la aplicación de medidas durante la operación a fin de evitar un eventual incremento en la importancia por la modificación no deseada de algún criterio valorado. IMPACTO Nº 7: ESPACIOS PÚBLICOS. Efecto sobre el medio perceptual. Valoración SIN MEDIDA: Debido al periodo corto de tiempo y magnitud se consideran como DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 4 1 1 1 4 4 1 1 -22 DESPRECIABLE Valoración CON MEDIDA: Debido al periodo corto de tiempo y magnitud se consideran como DESPRECIABLE.

S I E MO PE RV SI AC EF PR MC IM CLASIFICACIÓN DEL IMPACTO

-1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 -19 DESPRECIABLE

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Al igual que los anteriores, se muestra que la baja estimación no varía numéricamente en función de la valoración de la condición SIN PROYECTO, esto debido a la baja importancia del efecto. También se considera la aplicación de la medida a fin de mantener este impacto muy bajo.

COMPLEMENTARIOS

Tipo de medida: Complementaria No. 1 Programa de obra limpia.

Esta medida se propone para minimizar los efectos comunes de una construcción sobre su entorno inmediato.

Se evita la dispersión de polvos y finos

Se elimina la acumulación de desperdicios de obra, orgánicos e inorgánicos.

Se evita la proliferación de animales ferales (perros y gatos)

Definición de la medida

Se mantiene un control sobre el proceso de la obra, se cubren los materiales y se asignan espacios específicos para los talleres de fierros, carpintería, corte etc. de manera que la obra se desarrolle de forma ordenada y con control de los residuos.

Objetivo Mantener un área de construcción ordenada y segura

Eficacia Alta

Descripción de la medida / aspectos que comprende

Se mantiene la obra ordenada. Se realizarán recorridos de limpieza para asegura el manejo adecuado de éstos. Los residuos deberán ordenarse por tipo favoreciendo el reciclaje de algunos y la correcta disposición, así mismo se humedecen los polvos para evitar su dispersión de finos.

Necesidad de mantenimiento Permanente durante la construcción

Control Bitácora e informes.

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Tipo de medida: Complementaria No. 2 Programa de jardinería en terrazas.

Esta medida se propone para minimizar los efectos causados a las áreas libres de construcción.

Se prepararán los espacios a ser jardinados en terrazas de manera dando preferencia a especies de flora incluyendo algunos listados en la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Se fomentarán áreas jardinadas, controlando plagas y realizando podas periódicas y riegos adecuados.

Definición de la medida Se fomentan áreas verdes con especies silvestres nativas.

Objetivo Se crean áreas jardinadas en terrazas para minimizar el efecto de la obra.

Eficacia Alta

Necesidad de mantenimiento Permanente durante la construcción

Control Bitácora e informes.

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VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS VII.1 Pronóstico del escenario Conforme a la información generada, valorada y analizada, se describen e identifican los posibles impactos que se puedan causar al ambiente por las etapas llevadas a cabo en el proyecto, dando como resultado posibles escenarios que se puedan presentar en las etapas del desarrollo del proyecto.

ESCENARIO AMBIENTAL MODIFICADO El escenario ambiental que se espera con la construcción y operación de este proyecto coincide con el entorno y crecimiento destinado para la Zona Hotelera de Cancún, específicamente en la zona conocida como “Punta Cancún”. En este sentido no se prevén variaciones en la calidad del escenario, ni de la estructura y composición próxima, contra la propuesta de desarrollo del sitio “con proyecto”. No se estiman afectaciones hacia los cuerpos de agua lagunar o marítimo, ya que el predio no tiene colindancia con alguno de estos. En el predio en el que se ubica el proyecto, no se presenta una cubierta vegetal, por lo que no se estiman acciones de rescate y reubicación. En términos de paisaje, como expresión del sitio en el que se vive y una sociedad se desarrolla, el concepto implica la evolución del ecosistema, sea este urbano, turístico o natural y en este proceso la propuesta presentada puede entenderse como un elemento de mejora, ya que el predio pasa de la condición “sin proyecto” a un área beneficiada, con para uso urbano, bajo mantenimiento que genera empleos y ofrece espacios útiles.

Escenario Sin Proyecto. El predio de referencia, denota un escenario representado por un predio afectado en sus condiciones naturales, tanto por eventos naturales como antropogénicos, relacionados principalmente con el desarrollo de zonas turísticas y comerciales. El predio se observa totalmente desprovisto de vegetación. Se presentan áreas cubiertas con una carpeta de concreto. Debajo de esta plancha se encuentra la cimentación profunda de la torre mirador la cual se inició su construcción en la década de los 90´s.

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No se desarrolla en el interior del predio, la presencia de fauna de ningún tipo. El predio se encuentra subutilizado colindante al Centro de Convenciones “Cancún center”.

La imagen muestra las zonas desprovistas de vegetación. Se observa un espacio afectado por factores

antropogénicos propios de zonas desarrolladas en materia urbana.

Lote 08-01

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En la imagen anterior se observa que el área es utilizada como “alterna” al centro de convenciones. Sin embargo, también ha servido para el acopio irregular y desordenado de residuos sólidos generados en los establecimientos aledaños. El escenario “sin proyecto” muestra más un espacio de ocio, sin aprovechamiento, con afectaciones a sus condiciones naturales que repercuten en un área desprovista de vegetación y sin funcionalidad ecológica. No se encuentra el sitio constituido por un sistema natural excepcionales o frágiles que requieran de protección, por otra parte se observa un espacio conformado con terracería.

Escenario Con Proyecto. El escenario “con proyecto”, considera al predio en comento, la aplicación de un uso de suelo congruente con el sitio en el que se inserta la propuesta. De ser un predio sin aspectos naturales originales, sin utilidad y con espacios sometidos a la depositación de residuos sólidos, pasa a ser un terreno con un proyecto hotelero en continuidad con el esquema de desarrollo que se ha impreso en la zona hotelera de Cancún, en especial en la zona conocida como “Punta Cancún”. El escenario “con proyecto” involucra la eliminación de residuos sólidos, basura, escombros y restos de material. Por otra parte, la propuesta estima la generación de empleos y su repercusión en la mejora económica y social a la escala del proyecto que se presenta, con ingresos directos e indirectos para Quintana Roo. A continuación se muestran las perspectivas con el proyecto.

Vista aérea del proyecto, en maqueta digital, integrado al Centro de Convenciones de Cancún “Cancún

Center”.

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En las perspectivas que se presentan, se demuestra que el proyecto se inserta en un espacio con desarrollos con usos de suelo de tipo hotelero y comercial, por lo que la propuesta es completamente congruente con el sitio en el que pretende.

Perspectiva del proyecto vista Este-Oeste en maqueta digital

En la imagen anterior se muestra la perspectiva del proyecto en la colindancia Este-Oeste con el Boulevard Kukulcán. Se observa que el proyecto no descontextualiza con el sitio en el que se propone. La propuesta que se presenta no resulta ajena al área de Punta Cancún, por el contrario resulta complementaria y necesaria para el Centro de Convenciones de Cancún “Cancún center”.

Perspectiva del área común.

En el nivel 11 del proyecto se establecerán las áreas de alberca y comunes de esparcimiento.

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VII. 2 Programa de Vigilancia Ambiental PROGRAMA DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO A CONDICIONANTES El desarrollo del proyecto HOTEL DEL CENTRO DE CONVENCIONES considera implementar un programa de seguimiento de las condiciones ambientales basado en las predicciones realizadas en este estudio partiendo de criterios técnicos que permitan aplicarlo de manera sistemática para seguir y cuantificar el valor de las acciones que serán realizadas así como detectar posibles afectaciones. Para lo anterior se consideran, de inicio, los siguientes aspectos:

• Controlar la correcta ejecución de las medidas previstas en este proyecto. • Comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas por el

proyecto y por la autoridad. • Valorar la eficacia de las medidas. En caso de que sea insatisfactoria, determinar

las causas e implementar las correcciones necesarias. • Detectar impactos no previstos en esta Manifestación de Impacto Ambiental e

implementar nuevas medidas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos. • Generar formatos para el seguimiento de condicionantes impuestas por la

autoridad ambiental. • Generar formatos para verificar los impactos supuestos en este estudio a fin de

corroborar la validez del modelo y ecuación utilizados.

VII.3 Conclusiones Partiendo de la propuesta elegida se valoraron los impactos potenciales y se estimó que existirán tanto impactos positivos como negativos. Estos impactos fueron determinados, descritos y contrastados, centrando la atención sobre los mas importantes para definir y aplicar medidas de protección acertadas. Por lo anterior, se infiere que, estrictamente en términos ambientales, este proyecto es viable, no representa riesgos a poblaciones de especies protegidas, no implica fragmentar un ecosistema y no conlleva riesgos a la salud humana, ya que el predio corresponde a un área completamente impactada. Se presenta una plancha de concreto. No se desarrollan comunidades de flora o fauna en su interior. Sin duda existe cierta incertidumbre sobre los impactos, la cual es mínima, sin embargo, para minimizar esta posible fluctuación, el proyecto se basa en la adopción del principio de precaución que lleva a proponer medidas incluso para los impactos de dudosa realidad o mínima magnitud.

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES ANTERIORES

La base del modelo que se utilizó, se fundamenta en las propuestas de valoración del impacto ambiental y uso territorial expuestas por Gómez Orea, D. 1999 en “Evaluación de Impacto Ambiental, 2ª edición” Mundiprensa editores.

Se desarrolló una matriz de importancia, en donde la valoración se realiza a partir de una matriz de impactos, partiendo del método propuesto por Conesa (1993).

La valoración ambiental del proyecto inicia con diseño del modelo conceptual mediante un diagrama de flujos o grafo el cual indica, no limitativamente los submodelos que se insertan en él. El proyecto es tamizado en con la razón de importancia de la cual se evidencian los impactos más importantes y posteriormente se realiza la matriz depurada de impactos.

Este estudio se apoya en estudios técnicos, a través de los cuales se imponen medidas correctoras o protectoras, para mitigar los efectos de las acciones a realizar y prevenir aquellos que se pudieran generar en la etapa de operación bajo el siguiente contendido: Identificación de impactos Valoración de impactos Prevención de impactos Programa de vigilancia ambiental

La integración como tal (Gómez Orea, D. 1999. Evaluación de Impacto Ambiental. Mundi Prensa. Capítulo 4: Integración Ambiental) significa que un proyecto y su entorno deben entenderse como subsistemas de un sistema más amplio que los engloba. El proyecto ya no puede ser algo sobrepuesto al medio, y mucho menos contrapuesto a él, sino que la relación proyecto-entorno debe entenderse como las partes de un sistema coherente, armónico y funcional. Por lo que la incoherencia del tipo de proyecto, la sobreexplotación de los recursos, la discordancia -ecológica, paisajística, social o territorial- y la contaminación de los vectores ambientales -aire, agua y suelo-, son los problemas que se intentan identificar y reducir.

Este razonamiento conduce al inicio de la evaluación del impacto ambiental en términos de su integración en el entorno, y se divide en los siguientes puntos:

1. En qué medida el proyecto es razonable desde el punto de vista del entorno. 2. En qué medida el proyecto se localiza de acuerdo con la “lectura” del territorio. 3. En qué medida la concepción del proyecto ha incluido el comportamiento de los

“influentes” que utiliza, de los efluentes que emite y de los elementos físicos que la forman.

La cartografía se generó con el sistema de información geográfica Map Maker PRO V. 3.5 sobre fotografía aérea en color normal, blanco y negro e imágenes satelitales.