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Grupo Funcional Desarrollo Social 1 Hospital General "Dr. Manuel Gea González" Proyecto Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González Auditoría de Inversiones Físicas: 10-1-12NBB-04-1071 DS-059 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Alcance Universo Seleccionado: 159,442.2 miles de pesos Muestra Auditada: 159,442.2 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 100.0 % El Hospital General “Dr. Manuel Gea González” reportó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010 un monto ejercido de 161,376.9 miles de pesos; sin embargo se revisó un monto de 161,529.5 miles de pesos, el cual se determinó mediante la documentación soporte del ejercicio del gasto, en el Proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, conforme al cuadro siguiente.

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Grupo Funcional Desarrollo Social

1

Hospital General "Dr. Manuel Gea González"

Proyecto Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González

Auditoría de Inversiones Físicas: 10-1-12NBB-04-1071

DS-059

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable.

Alcance

Universo Seleccionado: 159,442.2 miles de pesos Muestra Auditada: 159,442.2 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 100.0 %

El Hospital General “Dr. Manuel Gea González” reportó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010 un monto ejercido de 161,376.9 miles de pesos; sin embargo se revisó un monto de 161,529.5 miles de pesos, el cual se determinó mediante la documentación soporte del ejercicio del gasto, en el Proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, conforme al cuadro siguiente.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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(Miles de pesos) IMPORTE REVISADO

CONTRATO EJERCIDO

2010 REVISADO %

LP-HMGG-OP-010-2009 119,791.7 119,791.7 100.0

HMGG-SROP-DIR-001-2010 55.7 55.7 100.0

HMGG-SROP-DIR-002-2010 11,203.2 11,203.2 100.0

HMGG-SROP-DIR-003-2010 63.80 63.80 100.0

HMGG-SROP-DIR-004-2010 622.9 622.9 100.0

HMGG-SROP-DIR-005-2010 3,899.9 3,899.9 100.0

HMGG-SROP-DIR-006-2010 15,027.7 15,027.7 100.0

HGMGG-OP-DIR-001-2010 4,068.6 4,068.6 100.0

HGMGG-OP-DIR-002-2010 4,069.2 4,069.2 100.0

HMGG-SROP-DIR-007-2009 2,310.4 2,310.4 100.0

Traspaso judicial derivado del contrato INV-

HMGG-005-2008. 416.4 416.4 100.0

TOTAL 161,529.5 161,529.5 100.0

Fuente: Cédula del alcance seleccionada con base en la información proporcionada por la entidad fiscalizada.

Antecedentes

El 26 de julio de 1972, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto de Creación del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” con carácter de organismo público descentralizado, es decir, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

En 2007, cinco tipos de enfermedades (renales, inflamatorias de vías digestivas, diabetes mellitus y padecimientos inmunológicos que afectan vías respiratorias y enfermedades del hígado) concentraron más de la mitad de las muertes ocurridas en la región y, en los últimos 60 años, las muertes por enfermedades cardiovasculares han aumentado de manera significativa.

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Por lo anterior, se propuso ampliar la construcción y fortalecer al Hospital General Dr. Manuel Gea González con servicios médicos de mejor calidad en el Distrito Federal y zona conurbada debido a los cambios que representan.

Con la construcción de la nueva torre de alta especialidad se pretende brindar atención médica de la más alta calidad y eficiencia, con seguridad para los pacientes, dentro de un contexto ético, y cubrir las necesidades del tercer nivel de atención en las especialidades que no cubren los institutos de Salud y en las cuales el hospital cuenta con una experiencia y prestigio amplios.

Este proyecto se auditó durante la revisión de la Cuenta Pública 2009, de la cual se obtuvieron siete recomendaciones y cuatro solicitudes de aclaración, las cuales fueron atendidas y solventadas conforme a los procedimientos y la normativa.

Resultados

1. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, relacionada con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que el proyecto se registró en la cartera de proyectos de inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para la Cuenta Pública 2010 con la clave 0812NBB0006, y en el Presupuesto de Egresos de la Federación con un monto de 150,000.0 miles de pesos; sin embargo, de acuerdo con los oficios de liberación se autorizaron 207,900.0 miles de pesos y se reportaron como ejercidos 161,496.5 miles de pesos, lo que representa una diferencia de 46,403.5 miles de pesos entre lo autorizado y lo ejercido, sin prueba de que la SHCP los haya autorizado.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se indicó que dicha falta de ejercicio se debió a las reducciones presupuestarias autorizadas por la SHCP mediante los folios 2010-12-510-2804 y 2010-12-510-2818 de los oficios DGPOP-08/01174 y DGPOP-08/00811 respectivamente, en los cuales se comunica la autorización gestionada por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto ante la referida instancia, además se anexa copia de los reportes del Módulo de Adecuaciones Presupuestarías (MAP) del portal aplicativo de la SHCP, en el cual se autorizan dichas reducciones liquidas.

Por lo anterior la observación queda atendida.

2. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendieron diferencias de registro en los formatos G13AP335F y G13AP330, incluidos en la Cuenta Pública de 2010, por los siguientes montos: en el primero un importe autorizado de 150,000.0 miles de pesos, modificado de 204,807.6 miles de pesos y ejercido de 161,376.9 miles de pesos; en el segundo, modificado de 161,496.5 miles de pesos, sin la documentación que compruebe la variación de registros del importe modificado.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se informó que la variación detectada en los mencionados formatos se debió a un error en la fórmula alimentada para la elaboración del formato G13AP335F, sin embargo debido a que no es posible llevar a cabo una corrección al formato que integra la Cuenta de la Hacienda Pública 2010 se efectuará la corrección a ejercicios fiscales anteriores en la correspondiente a 2011 a presentarse en el primer trimestre del ejercicio 2012, así mismo se anexa el oficio HGDA/DA/383/2011 del 13 de octubre de 2011 mediante el cual el Director de Administración del Hospital General Dr. Manuel Gea González giró instrucciones a fin de que en la presentación de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011 se lleven a cabo las aclaraciones correspondientes a las cifras presentadas en 2010 a través del mecanismo de correcciones de años fiscales anteriores, asímismo y con el fin de evitar que se vuelva a suscitar este tipo de errores de captura previo al envío de las Cuentas Públicas subsecuentes se revise y verifique la congruencia y veracidad de las cifras reportadas.

Por lo anterior la observación queda atendida.

3. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, relacionada con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendió que se realizaron cuatro adecuaciones presupuestarias mediante los oficios DGPOP-08/6003 del 6 de octubre de 2010, DGPOP-08/00811 del 17 de febrero de 2011, DGPOP-08/001174 del 1 de marzo de 2011 y DGPOP-08/02685 del 2 de junio de 2010, esta última para pagar materiales, suministros y servicios generales, por un monto de 2,100.0 miles de pesos, por lo que se efectuó una transferencia del Capítulo 6000 al Capítulo 2000; sin embargo, no hay prueba documental de que la SHCP autorizara de un capítulo de inversión a otro de gasto corriente.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se informó que de acuerdo al oficio DGPOP-08/02685 se comunica la autorización gestionada por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto ante la SHCP, y se anexa el reporte del Módulo de Adecuaciones Presupuestarías (MAPE) del Portal Aplicativo de la SHCP, en la cual se operó y autorizó dicha transferencia.

Por lo anterior la observación queda atendida.

4. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, relacionada con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que de acuerdo con el control de pagos realizado por el Departamento de Obras, se efectuó un traspaso judicial por 832.9 miles de pesos, sin contar con el instrumento jurídico que obligue al pago de dicho importe, ni la documentación soporte que lo acredite.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información

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complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la documentación soporte con la que se comprueba que el pago efectivamente realizado fue por 416.4 miles de pesos en cumplimiento al requerimiento del juicio derivado del contrato INV-HMGG-005-2008, que tuvo por objeto la construcción de la torre de especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2010, 6ª etapa obras complementarias demolición.

Por lo anterior se considera atendida la observación, en virtud de que se anexó la documentación suficiente con la que se verificó el importe del pago efectivamente realizado.

5. Con el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, relacionada con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se constató que el monto reportado en la Cuenta Pública de 2010 como ejercido de 161,376. 9 miles de pesos no corresponde con el pagado, 161,529.5 miles de pesos, por lo que existe una diferencia de 152.6 miles de pesos.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se indicó que el importe del presupuesto ejercido total de ejercicio 2010 en el rubro de obra es de 161,376.9 miles de pesos y que la diferencia radica en que se adicionó la transferencia realizada al capítulo 2000 por 2,100.0 miles de pesos así como lo señalado como traspaso judicial que de acuerdo a la información proporcionada es de 416.4 miles de pesos; sin embargo no se anexó la relación de lo que se pagó en cada contrato para corroborar el monto reportado en Cuenta Pública con lo realmente pagado, por lo anterior se considera que la observación subsiste.

Mediante oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011, se anexó la tabla de pagos, elaborada por el Departamento de Obras del Hospital General Dr. Manuel Gea González, en donde se indica que el monto pagado es de 161,498.9 miles de pesos el cual incluye la transferencia al capítulo 2000 por 2,100.0 miles de pesos y el traspaso judicial por 832.9 miles de pesos, lo que contrapone a lo indicado en el anterior oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011 donde se indicó que la transferencia no debe adicionarse al monto ejercido, que el monto del llamado traspaso judicial corresponde a 416.4 miles de pesos y que el monto ejercido es de 161,376.9 miles de pesos, además la tabla no se encuentra firmada por las partes y no se indicó el monto pagado de los ajustes de costos, por lo tanto y en virtud del análisis de la información proporcionada la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-001 10-1-12NBB-04-1071-03-001

6. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González” relacionada con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó que en las cláusulas del contrato HMGG-SROP-DIR-001-2010, que tuvo por objeto la Fase I para la

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Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012 Servicios Relacionados “Asesor Externo de Estructura”, que consiste en asesorar a la entidad hasta el término de la obra, no hay prueba documental de dicha prestación de julio a diciembre de 2010.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011 se informó que no se cuenta con evidencia documental de la prestación del servicio de julio a diciembre de 2010 debido a que el contratista cumplió con el plazo contractual establecido y se anexa copia de los informes presentados de enero a junio.

Del análisis a la información proporcionada se considera como atendida la observación en virtud que se cumplió con la cláusula cuarta contractual plazo de ejecución de los servicios que comprende del 1 de enero al 30 de junio de 2010 y no requiriendo de sus servicios por un periodo mayor al contractual.

7. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que en el contrato HMGG-SROP-DIR-003-2010, que tiene por objeto la Gestoría en Relación a la Fase I para la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, por un monto de 63.8 miles de pesos, incluye IVA, en la cláusula primera se establece que el objeto del contrato es tramitar la manifestación de construcción y la licencia de construcción, entre otros; sin embargo, en los Términos de Referencia de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010 relacionados con la supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, entre obligaciones del contratista está el punto 2.2 que indica que será obligación de la supervisión dar continuidad a la tramitología para obtener la licencia de construcción ante las autoridades competentes; de donde se infiere que hay duplicidad de obligaciones, ya que en ambos instrumentos jurídicos se establece la obligación de tramitar la licencia de construcción, sin la existencia de la documentación que justifique el doble compromiso y la inherente procedencia de pago, por lo que se considera un pago en exceso de 63.8 miles de pesos.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la relación de las deductivas a realizar por los servicios de supervisión de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, en la cual se establece que se realizará una deductiva por el total del monto del gestor considerando un periodo de 4.5 meses por un monto de 118.2 miles de pesos, sin embargo éste se contrato por 5 meses, así mismo aunque se indica que se realizará la deductiva el documento no se encuentra firmado por las partes y no se anexa la CLC correspondiente.

De acuerdo al análisis de la información proporcionada, se determina que la observación persiste.

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Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-002 10-1-12NBB-04-1071-03-002

8. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que en las bitácoras correspondientes a los contratos LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y obras complementarias; HMGG-SROP-DIR-001-2010, que tuvo por objeto la Fase I para la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012 Servicios Relacionados “Asesor Externo de Estructura”; HMGG-SROP-DIR-004-2010, que tuvo por objeto la Fase I para la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012 Servicios Relacionados “Unidad Verificadora de Instalaciones Eléctricas (UVIE)”; HMGG-SROP-DIR-003-2010, que tuvo por objeto la Gestoría en Relación a la Fase I para la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012; HMGG-OP-DIR-001-2010, que tuvo por objeto la 15a. Etapa Fase I para la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012 Conexión a Reubicación de Acometida Eléctrica y Obras Complementarias; 2o. paso y Obras Complementarias, HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, relacionados con la supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, las personas que firman las bitácoras carecen de autorización para representar a los suscriptores de los contratos; no se asentaron el total de las autorizaciones de cantidades adicionales y conceptos no previstos en el catálogo original y las modificaciones autorizadas de los alcances de los contratos; las notas no precisan las circunstancias de cada caso, causa, solución, prevención, consecuencia económica ni fechas de atención.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011 se informó que relativo a la acreditación para representar a los suscriptores de los contratos de las personas que firman las bitácoras, se anexó el oficio 0919GA del 17 de agosto de 2009 mediante el cual se designa al superintendente de construcción para el contrato LP-HMGG-OP-010-2009, sin embargo para los seis contratos restantes no se agrega la documentación soporte que acredite dicha designación, asímismo se indicó que se está elaborando un instructivo de llenado de bitácora por parte del Departamento de Obras en coordinación con la Subdirección de Servicios Generales a fin de que en lo subsecuente no se presenten las mismas inconsistencias, sin que se tenga evidencia de la misma, por lo tanto se considera que la observación persiste.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-003 10-9-12NBB-04-1071-08-001

9. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que el nombramiento del residente de obra, mediante el oficio HGDA/228/2009 del 1 de julio de 2009, fue autorizado por el

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Director de Administración del hospital, ya que el nombramiento se otorgó a una persona que no cumple con el perfil profesional requerido, puesto que no cuenta con los conocimientos, habilidades, capacidad suficiente, grado académico requerido, ni experiencia en construcción de obras similares.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-004 10-9-12NBB-04-1071-08-002

10. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendió de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, que tuvo por objeto la supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, que son idénticos en cuanto al objeto, términos y alcances, sin la documentación justificativa; además, no existe un convenio de modificación de obligaciones del primer contrato ni de la reducción de obligaciones del segundo, por lo que las obligaciones en ambos instrumentos jurídicos se duplicaron; asimismo, los dos se adjudicaron directamente, sin contar con un presupuesto base para establecer los techos máximos de contratación.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la relación de las deductivas a realizar por los servicios de supervisión de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, sin embargo el monto se establece para varias observaciones sin especificar cómo se atiende cada una de ellas y sin que se aclare por que se hicieron dos contratos con el mismo objeto, aun cuando tienen plazos de ejecución diferentes sin contar con un presupuesto base, por lo anterior la observación persiste.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-005 10-1-12NBB-04-1071-03-003

11. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, relativo a la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias del total de los anticipos otorgados en 2010 por 50,221.1 miles de pesos, sin IVA, la contratista amortizó 64,887.5 miles de pesos, sin IVA, importe que refleja el saldo pendiente por amortizar del año anterior de 55,226.9 miles de pesos, sin IVA, de lo que se concluye que el saldo pendiente por amortizar de ese contrato plurianual al 28 de noviembre de 2010 fecha de terminación contractual, es de 40,560.5 miles de pesos, sin IVA.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó el estado de cuenta de amortización del anticipo correspondiente al contrato LP-

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HMGG-OP-010-2009 en el que se indica que se amortizaron 168,571.0 miles de pesos más el IVA de 26,335.4 miles de pesos lo que representa un total de 194,906.4 miles de pesos lo que representa el 100% del importe del anticipo otorgado, sin embargo el documento no se encuentra firmado por las partes.

Por lo anterior se considera que la observación persiste.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-006 10-1-12NBB-04-1071-03-004

12. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendió que de acuerdo con lo establecido en los Términos de Referencia de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, correspondientes a la supervisión de la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, 10 de los integrantes de la plantilla técnica de Grupo Atrica, S.A., como estructurista, supervisor de obra civil especializado en cimentaciones y excavaciones; supervisor de obra civil especializado en estructuras metálicas; control de calidad, instalaciones especiales y seguridad industrial, no cumplen con el perfil requerido, debido principalmente a la falta de experiencia en determinadas áreas y por carecer del título correspondiente; además, en los currículum se indica que actualmente desempeñan un cargo que no coincide con la plantilla, sin que la Residencia de Obra sancionara el incumplimiento de los perfiles observados, Términos de Referencia y obligaciones contractuales.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la relación de las deductivas a realizar por los servicios de supervisión de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, sin embargo el documento no está firmado ni se anexa la CLC correspondiente, por lo anterior la observación persiste.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-007 10-1-12NBB-04-1071-03-005

13. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendió de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, relacionados con la supervisión de la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, que los anexos denominados Términos de Referencia no fueron suscritos por el hospital, ni por la supervisión.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-008 10-9-12NBB-04-1071-08-003

14. En análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del

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Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó en los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, relativos a la supervisión de la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, que se carece de pruebas documentales del cumplimiento de las obligaciones contractuales siguientes establecidas en los términos de Referencia:

1. Dar continuidad a la tramitología para obtener la licencia de construcción. (sic)

2. Dar seguimiento a los Términos de Referencia y alcances de supervisión para la optimización de la supervisión. (sic)

3. Vigilar, conjuntamente con el responsable de seguridad de la contratista, el cumplimiento de los requisitos de seguridad e higiene que deban observarse en la ejecución de la obra. (sic)

4. Exigir a la contratista, tanto la limpieza de la obra como las protecciones y medidas para mejorar las condiciones ambientales y de seguridad, minimizando en lo posible las molestias que puedan ocasionar. (sic)

5. Toda la información que se emita o se reciba con relación a la obra deberá quedar siempre asentada por escrito dentro de la bitácora de obra y evitar órdenes y acuerdos verbales. (sic)

6. Se comunicaran las órdenes e indicaciones al representante técnico de la constructora en la obra mediante la bitácora. (sic)

7. Solicitar a la contratista que cumpla con los plazos que se le haya establecido para los programas detallados de construcción para cada frente de trabajo y el programa general integrado a partir de los anteriores, en cuanto a las fechas de inicio y terminación de las diferentes etapas de la obra, asimismo, los subprogramas correspondientes a los recursos necesarios y los colaterales referentes a la evaluación de los trabajos y su pago. (sic)

8. Verificar el cumplimiento de los programas por parte de la contratista, para garantizar las fechas de entrega pactadas contractualmente. (sic)

9. Reportar oportunamente a la residencia de obras, y de acuerdo con su relevancia, las desviaciones que se presentan como resultado de la comparación mencionada, para tomar las medidas correctivas a la brevedad. (sic)

10. Aislar las actividades críticas que causen atrasos de las restantes del programa, para darle un seguimiento especialmente detallado. (sic)

11. Conjuntamente con la contratista de obra implementar el programa de verificación de calidad y presentarlo a la residencia de obras para recabar su visto bueno. (sic)

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12. La supervisión de obra entregará los reportes y resumen ejecutivo mensual del personal que se utilizó durante el periodo que se liquida y la estimación correspondiente para conciliación, en las fechas estipuladas en el contrato. (sic)

13. Certificar el cumplimiento de todos los compromisos contractuales del constructor, o proporcionar a la residencia de obras, los elementos de juicio que le permitan aplicar, en su caso, las sanciones contractuales correspondientes. (sic)

14. Constatar que se haya depurado el estado contable correspondiente al ejercicio del presupuesto general , congruente con los contratos. (sic)

15. Cerrar las bitácoras de obra y entregarlas a la residencia de obras. (sic)

16. La integración del archivo que debe contener planos actualizados, guías de usuarios y manual de operación del equipo, constancia de capacitación otorgada a los usuarios para operación, conservación y mantenimiento del equipo, protocolo de la entrega recepción, finiquito, sustitución de la fianza de cumplimiento por la de vicios ocultos, pólizas de garantía del equipo. (sic)

17. Dejar clasificado e integrado el expediente unitario de la obra. (sic)

Por lo tanto, las actividades descritas con anterioridad representan un 30.0% del primer contrato, considerándose un pago en exceso de 2,897.4 miles de pesos, sin IVA.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la relación de minutas y reportes de seguridad y limpieza, de igual forma se anexó el plan de verificación de calidad, en cuanto a los puntos 1,2,5 y 6 están en proceso de atenderse por medio de las otras observaciones y en cuanto a los puntos restantes no se tiene evidencia de su realización.

Por lo anterior se considera parcialmente atendida, en virtud que se anexó las pruebas documentales del cumplimiento de 9 de las obligaciones contractuales antes mencionadas, establecidas en los Términos de Referencia y 4 de ellas se encuentran en proceso de ser atendidas, por lo tanto el monto observado disminuye a 681.7 miles de pesos, por las actividades pendientes de aclarar correspondientes a los numerales 14, 15, 16 y 17.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-009 10-1-12NBB-04-1071-03-006

15. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, en la revisión de los ajustes de costos aplicados, del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, se concluyó que no se consideró el total de la afectación de su factor por concepto de anticipo para establecer su cálculo, ya que la

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contratista consideró únicamente para noviembre el 31.4% y para diciembre el 20.3% del anticipo, a pesar de que se le otorgó el 60.0%, por lo que se considera un pago en exceso de 1,033.3 miles de pesos.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó la corrección del cálculo de ajuste de costos, sin embargo el documento no se encuentra firmado y no se anexa la CLC correspondiente, además que el cálculo no es correcto, por lo que se considera que la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-010 10-1-12NBB-04-1071-03-007

16. Del análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se desprendió de las penalizaciones y sanciones definitivas conforme a la cláusula vigésima del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto es la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, que conforme a la sanción del 1.0% mensual sobre la diferencia entre lo que debió ejecutarse y lo realmente ejecutado al 28 de noviembre de 2010, el monto total es de 144.3 miles de pesos.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó el estado de cuenta de saldo de sanción por retención, en el que se indica que el monto correspondiente es de 785.0 miles de pesos, sin embargo no se firma y no se anexa la CLC correspondiente. Por lo anterior se considera que la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-011 10-1-12NBB-04-1071-03-008

17. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó que de acuerdo con la cláusula vigésima contractual respecto a las penalizaciones y sanciones definitivas, del contrato LP-HMGG-OP-010-2009 que tuvo por objeto la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, se establece que conforme a la penalización del 3 al millar sobre el monto del contrato no ejecutado se tiene un monto de 773.3 miles de pesos al 31 de diciembre de 2010.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011, se anexó el cálculo de las sanciones por atraso, en el que se indica un importe de 1,693.5 miles

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de pesos considerados al mes de abril de 2011, sin embargo no se firma y no se anexa la CLC correspondiente. Por lo anterior se considera que la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-012 10-1-12NBB-04-1071-03-009

18. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General “Dr. Manuel Gea González”, en relación con el proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se obtuvo que del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, se desprendió un pago anticipado por obra no ejecutada por el suministro e instalación de la estructura metálica en las estimaciones 16 y 17 con periodo de ejecución del 15 de noviembre de 2009 al 31 de mayo de 2010, por un importe de 50,006.2 miles de pesos sin IVA , lo que representa el 93.3% del total de la estructura, obra que se ejecutó después de su pago, por lo que deberán reintegrarse los intereses de la fecha de pago hasta la ejecución de los trabajos.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó el cálculo de intereses por concepto del pago anticipado en la estructura metálica por 1,336.8 miles de pesos, sin embargo no se firma ni se anexa la CLC correspondiente, por lo que se considera que la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-013 10-1-12NBB-04-1071-03-010

19. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General Dr. Manuel Gea González, en referencia al proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó respecto del contrato LP-HMGG-OP-010-2009 cuyo objeto es la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, en la nota de bitácora de obra 432 de fecha 27 de julio de 2010 la residencia de obra suspendió parcialmente los trabajos de la obra con un importe de 29,825.1 miles de pesos, ordenando el reinicio de los trabajos suspendidos mediante nota de bitácora 470 de fecha 23 de agosto de 2010, sin que se levantara un acta circunstanciada en donde se indicara la temporalidad de esa suspensión, el reinicio de la misma y sin acreditar contar con las facultades para ordenar dicha suspensión, así como el reinicio de la misma.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-014 10-9-12NBB-04-1071-08-004

20. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General Dr. Manuel Gea González, en referencia al proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó que de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010 relativos a la Supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González

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2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, se consideró que no se planeó la participación de una plantilla técnica en las diferentes etapas de construcción de la obra, ya que se consideró personal de supervisión de acabados, instalaciones e instalaciones especiales y el corresponsable de los mismos desde el inicio y hasta la conclusión de cada uno de los contratos, cuando de acuerdo con el programa de ejecución de la obra y con los reportes mensuales por parte de la propia supervisión indican que no existieron trabajos de acabados e instalaciones en todos las etapas de construcción, por lo que se realizó un pago en exceso de supervisión por un monto total de 8,301.9 miles de pesos, sin IVA.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011, se anexó la matriz de actividades y organigrama de trabajo en los cuales se indica la actividad que desempeño cada uno de los integrantes de la plantilla, sin embargo se muestran algunas inconsistencias por ejemplo, aunque se observa que en el contrato HMGG-SROP-DIR-002-2010 no hubo trabajos de acabados, se indica que ese personal desarrollo actividades de obra civil, por lo que se muestra un mayor número de personal en algunas áreas y se indica se soporte mediante oficio del cual no se tiene evidencia, así como en el contrato HMGG-SROP-DIR-006-2010 que se indica que a partir de noviembre ya no se realizaron trabajos de cimentación, entonces el personal de esa categoría ya no era necesario, así mismo se anexó la relación de precios extraordinarios que de acuerdo al oficio antes citado se muestra la participación de la plantilla de acabados, instalaciones, instalaciones especiales y corresponsable de instalaciones, pero la relación no indica la fecha de los trabajos y tampoco se encuentra firmado por las partes.

Por lo anterior se considera que la observación permanece, en virtud de que no se anexan todos los oficios que respalden la participación de las categorías de acabados, instalaciones, instalaciones especiales y corresponsable de instalaciones en cada uno de los contratos y además la relación que se anexó no se encuentra firmada por las partes correspondientes.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-015 10-1-12NBB-04-1071-03-011

21. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General Dr. Manuel Gea González, en referencia al proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó que no existe documentación que soporte la penalización vía CLC aplicado al contrato LP-HMGG-OP-010-2009, cuyo objeto es la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, por lo que de acuerdo con el contrato, todo gasto que el hospital realice por trabajos de apoyo incluidos los servicios de supervisión serán con cargo en el contratista, por lo que el monto de supervisión de diciembre 2010 y de enero 2011 que se pago con recursos de 2010, y que se debieron cubrir con cargo en ICA corresponde a un total de 4,131.5 miles de pesos, sin IVA.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/037/2011 del 26 de octubre de 2011, se anexó el cálculo de la sanción por atraso para el pago de la supervisión, que de acuerdo al

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oficio se incluirá en el finiquito correspondiente por un importe de 8,698.2 miles de pesos contados hasta el mes de marzo, sin embargo no se firma ni se incluye la CLC correspondiente, por lo que la observación subsiste.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-016 10-1-12NBB-04-1071-03-012

22. En el análisis de la documentación proporcionada por el Hospital General Dr. Manuel Gea González, en referencia al proyecto “Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González”, se observó que de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, relativos a la Supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, no se tiene evidencia documental de la actuación del coordinador de supervisión en ninguno de los contratos de supervisión, por lo que se considera un pago en exceso de 1,083.8 miles de pesos sin IVA.

Como resultado de la reunión de presentación de resultados finales, la Dirección de Administración del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” proporcionó información complementaria, mediante el oficio HGMGG/SRF/035/2011 del 21 de octubre de 2011, se anexó el cálculo de las deductivas a realizar de los contratos de supervisión, sin embargo se indicó que se realizará la deductiva del coordinador de supervisión por un periodo de 4.5 meses sin embargo el plazo de esta categoría fue de 5 meses, además no se encuentra firmado y no se anexó la CLC correspondiente, por lo tanto se considera que la observación permanece.

Véase acción(es): 10-1-12NBB-04-1071-01-017 10-1-12NBB-04-1071-03-013

Acciones

Recomendaciones

10-1-12NBB-04-1071-01-001.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" verifique la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables, a fin de evitar que en lo subsecuente existan variaciones entre lo reportado en Cuenta Pública y lo ejercido realmente. [Resultado 5]

10-1-12NBB-04-1071-01-002.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes a fin evitar que en lo subsecuente se incluyan en los contratos actividades y/u obligaciones contractuales duplicadas. [Resultado 7]

10-1-12NBB-04-1071-01-003.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo sucesivo se asegure de verificar que la residencia de obra encargada de la obra pública a su cargo vigile la elaboración, control y seguimiento de las bitácoras conforme a la normativa. [Resultado 8]

10-1-12NBB-04-1071-01-004.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" establezca los mecanismos de control pertinentes a fin de que, en lo sucesivo, el

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responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, se designe con base en la normativa correspondiente, considerando los conocimientos, grado académico y experiencia en construcción de obras similares. [Resultado 9]

10-1-12NBB-04-1071-01-005.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de evitar que en lo sucesivo se dupliquen de actividades y/u obligaciones contractuales y que en caso de modificaciones a los términos y condiciones originales del contrato, se celebren los convenios respectivos, con base en la normativa correspondiente. [Resultado 10]

10-1-12NBB-04-1071-01-006.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control necesarios, a fin de verificar que en lo sucesivo el porcentaje de amortización del anticipo otorgado se aplique al importe de cada estimación de trabajos ejecutados por el contratista, conforme a la normativa. [Resultado 11]

10-1-12NBB-04-1071-01-007.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes a fin de que, en lo subsecuente, la residencia de obra pública a su cargo vigile antes y durante la ejecución de la obra el alcance y cumplimiento de los términos de referencia con especial énfasis en la plantilla técnica que realice labores de supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos. [Resultado 12]

10-1-12NBB-04-1071-01-008.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente se verifique que los Términos de Referencia del contrato sean firmados por ambas partes, de acuerdo con la normativa correspondiente. [Resultado 13]

10-1-12NBB-04-1071-01-009.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente la residencia de obra pública a su cargo vigile antes y durante la ejecución de la obra el alcance y cumplimiento de los Términos de Referencia, parte integrante del contrato. [Resultado 14]

10-1-12NBB-04-1071-01-010.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo sucesivo se verifique que los importes de ajustes de costos sean afectados en un porcentaje igual de acuerdo al del anticipo concedido conforme a la normativa. [Resultado 15]

10-1-12NBB-04-1071-01-011.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente la residencia de la obra pública a su cargo verifique el cumplimiento de las cláusulas contractuales conforme al programa establecido y de no ser así se apliquen las penas conforme a lo indicado en el contrato y la normativa correspondiente. [Resultado 16]

10-1-12NBB-04-1071-01-012.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente la residencia de la obra pública a su cargo verifique el cumplimiento de las cláusulas contractuales del programa establecido, de conformidad con la cláusula vigésima y la normativa. [Resultado 17]

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10-1-12NBB-04-1071-01-013.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo sucesivo la residencia de la obra pública a su cargo verifique el avance físico real de los trabajos, conforme al programa establecido y que se autorice el pago de obra realmente ejecutada. [Resultado 18]

10-1-12NBB-04-1071-01-014.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente, la residencia de la obra pública a su cargo realice únicamente las funciones para las cuales está facultada, con base en la normativa. [Resultado 19]

10-1-12NBB-04-1071-01-015.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente, la residencia de la obra pública a su cargo verifique el programa de ejecución de la obra, lo compare con el avance físico real y establezca el personal técnico necesario para la ejecución y desarrollo de los trabajos conforme a las distintas etapas de construcción. [Resultado 20]

10-1-12NBB-04-1071-01-016.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo sucesivo, la residencia de la obra pública a su cargo verifique los términos y plazos contractuales, y aplique las sanciones correspondientes conforme a lo establecido en las cláusulas contractuales. [Resultado 21]

10-1-12NBB-04-1071-01-017.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" implemente los mecanismos de control pertinentes, a fin de que en lo subsecuente, la residencia de la obra pública a su cargo verifique que se cumpla con los Términos de Referencia establecidos como parte integrante del contrato y supervise que la plantilla técnica original participe realmente en el desarrollo de los trabajos. [Resultado 22]

Solicitudes de Aclaración

10-1-12NBB-04-1071-03-001.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 152.6 miles de pesos, por concepto de una diferencia en la Cuenta Pública de 2010.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 5]

10-1-12NBB-04-1071-03-002.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 63.8 miles de pesos, sin IVA, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de pago en exceso del contrato HMGG-SROP-DIR-003-2010, por duplicidad de obligaciones, ya que se establece la obligación de tramitar la licencia de construcción, sin la existencia de la documentación que justifique el doble compromiso y la inherente procedencia de pago.

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En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 7]

10-1-12NBB-04-1071-03-003.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 15,027.7 miles de pesos, sin IVA, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de duplicidad de obligaciones en el contrato HMGG-SROP-DIR-006-2010, celebrado con Grupo Átrica S.A., además de que se adjudica directamente sin contar con un presupuesto base para establecer los techos máximos de su contratación.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 10]

10-1-12NBB-04-1071-03-004.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 40,560.5 miles de pesos, sin IVA, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de saldo pendiente por amortizar del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa ICA.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 11]

10-1-12NBB-04-1071-03-005.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 2,922.5 miles de pesos correspondientes a 10 de los integrantes de la plantilla técnica de supervisión, relacionada con los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, que tienen por objeto la supervisión de la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, celebrados con Grupo Atrica, S.A.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 12]

10-1-12NBB-04-1071-03-006.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 681.7 miles de pesos, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de pago en exceso, ya que no se tiene evidencia documental del cumplimiento de las obligaciones contractuales establecidas en los términos de referencia.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 14]

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10-1-12NBB-04-1071-03-007.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,033.3 miles de pesos, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de pago en exceso por no afectar el porcentaje de anticipo concedido en el ajuste de costos del contrato LP-HMGG-OP-010-2009 cuyo objeto es la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 15]

10-1-12NBB-04-1071-03-008.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 144.3 miles de pesos, por concepto de una pena convencional del 1.0% mensual sobre la diferencia entre lo que debió ejecutarse y lo realmente ejecutado, de conformidad con el contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto es la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 16]

10-1-12NBB-04-1071-03-009.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 773.3 miles de pesos, por concepto de una penalización del 3 al millar sobre el monto del contrato no ejercido, conforme a la cláusula vigésima del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 17]

10-1-12NBB-04-1071-03-010.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 302.1 miles de pesos, por concepto de los intereses correspondientes de un pago anticipado por suministro e instalación de estructura metálica, del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, en relación con la construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 18]

10-1-12NBB-04-1071-03-011.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 8,301.9 miles de pesos, más la actualización y recargos generados hasta la fecha de su reintegro, por concepto de un pago en exceso de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010 relacionados a la Supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, celebrados con la empresa Grupo Atrica, S.A.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 20]

10-1-12NBB-04-1071-03-012.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 4,131.5 miles de pesos, por concepto de una falta de penalización vía CLC del contrato LP-HMGG-OP-010-2009, que tuvo por objeto la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, celebrado con la empresa Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 21]

10-1-12NBB-04-1071-03-013.- Para que el Hospital General "Dr. Manuel Gea González" aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 1,083.8 miles de pesos, por concepto de un pago en exceso de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010 relacionados a la supervisión de la Construcción de la Torre de Especialidades del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2008-2012, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, celebrados con la empresa Grupo Atrica, S.A.

En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 22]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

10-9-12NBB-04-1071-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron que las personas que firman las bitácoras no acreditaran estar autorizadas para representar a los suscriptores de los contratos, no se asentaron el total de las autorizaciones de cantidades adicionales y conceptos no previstos en el catálogo original, no se asentaron las modificaciones autorizadas a los alcances de los contratos, las notas no precisan las

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circunstancias de cada caso, causa, solución, prevención, consecuencia económica y fechas de atención de los contratos núms. LP-HMGG-OP-010-2009, HMGG-SROP-DIR-001-2010, HMGG-SROP-DIR-004-2010, HMGG-SROP-DIR-003-2010, HMGG-OP-DIR-001-2010, HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010. [Resultado 8]

10-9-12NBB-04-1071-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron que se otorgara el nombramiento del residente de obra, a una persona que no cumple con el perfil profesional requerido, puesto que no cuenta con los conocimientos, habilidades, capacidad suficiente, grado académico requerido ni experiencia en construcción de obras similares. [Resultado 9]

10-9-12NBB-04-1071-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron que los anexos de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010, Fase I 10ª etapa y 11ª etapa obra civil, denominados términos de referencia no estuvieran suscritos por las partes. [Resultado 13]

10-9-12NBB-04-1071-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", en el ámbito de sus atribuciones, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión permitieron que en el contrato LP-HMGG-OP-010-2009, Fase I, 10ª etapa, 11ª etapa y Obras Complementarias, se suspendieran parcialmente los trabajos de la obra, sin que se levantara un acta circunstanciada en donde se indicara la temporalidad de esa suspensión, el reinicio de la misma y sin acreditar contar con las facultades para ordenar dicha suspensión, así como el reinicio de la misma. [Resultado 19]

Recuperaciones Probables

Se determinaron recuperaciones probables por 75,026.5 miles de pesos.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 22 observación(es), de la(s) cual(es) 5 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 17 restante(s) generó(aron): 17 Recomendación(es), 13 Solicitud(es) de Aclaración y 4 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010

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necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, el Hospital General Dr. Manuel Gea González no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación y ejecución de la obra respecto de las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: una diferencia de 152.6 miles de pesos de los registros contra Cuenta Pública; deficiencias en la información de las bitácoras; el nombramiento del residente de obra a una persona que no cumple con el perfil profesional requerido; pagos en exceso por 16,124.9 miles de pesos; falta de aplicación de penas convencionales y sanciones hacia la contratista por el atraso en la ejecución de los trabajos por 5,049.1 miles de pesos, además, derivado de una inadecuada planeación en los contratos de supervisión, un importe de 8,301.9 miles de pesos y una falta de amortización de los anticipos otorgados hacia la contratista por 40,560.5 miles de pesos.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que la planeación, programación y presupuestación del proyecto de inversión se realizaron conforme a las disposiciones aplicables.

2. Verificar que las licitaciones y contrataciones de la obra pública se realizaron conforme a la normativa.

3. Verificar que la ejecución y el pago del proyecto se realizaron conforme a la normativa.

Áreas Revisadas

La Dirección de Administración del Hospital General Dr. Manuel Gea González.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 17 Fracción III, 46 Fracción V, 55 Párrafo 2, 59 y 60

2. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 56, 79, 80, 83, 84 Fracción VI y VIII, 85, 86A, 94 Fracción I y IV, 95 Fracción I y XI, 97, 113 Fracción I y III Inciso c, 114 y 147

3. Código Fiscal de la Federación: Artículos 17A y 21

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4. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Cláusula vigésima párrafo 2, 5 y 8, del contrato LP-HMGG-OP-010-2009 y Términos de Referencia de los contratos HMGG-SROP-DIR-002-2010 y HMGG-SROP-DIR-006-2010

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.