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Hoja Informativa 2/2017 – Abril de 2017 - Página [1] PLAGAS DE LANGOSTA Y OTROS ORTOPTEROS (Dociostaurus maroccanus) y otros ortópteros Normas de control. La Orden de 30/12/2014, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen normas de control para langosta mediterránea (Dociostaurus maroccanus) y otros ortópteros, califica de utilidad pública la lucha contra las plagas de la langosta y otros ortópteros asociados, adoptándose las medidas fitosanitarias en parcelas de las siguientes zonas: Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona e inmediaciones, y Montes Norte en Ciudad Real. Centro de Adiestramiento del Ejército (Cenad), embalse de Ortigosa (Ontur-Fuente Álamo) y Yeste (Claras) en Albacete. La Mancha toledana (Lillo, Madridejos, El Romeral, Corral de Almaguer, Villatobas, Villacañas, Tembleque, Quero, Villafranca de los Caballeros, La Guardia y Santa Cruz de la Zarza). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 letra c) de la Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, son los titulares de las explotaciones, los encargados de aplicar las medidas fitosanitarias que se establezcan como consecuencia del establecimiento de una plaga, y por lo tanto, en este caso lo serán aquellos en cuyas parcelas avive la langosta y deberán luchar contra ella a sus expensas, adoptando alguna o varias de las siguientes medidas fitosanitarias obligatorias recogidas en el artículo 5 del Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros: a) Labores culturales apropiadas, especialmente de arado o escarificación, en los lugares de puesta o avivamiento. b) Tratamientos insecticidas o con medios biológicos contra las ninfas en los lugares de avivamiento y cordones y contra los adultos en sus asentamientos y lugares de puesta. c) Cualquier otra medida que se justifique técnica o científicamente como necesaria para el control de la plaga. De acuerdo con los principios generales de la gestión integrada de plagas que se establecen en el artículo 10 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, los métodos sostenibles: biológicos, físicos y otros no químicos deberán priorizarse a los métodos químicos, siempre que permitan un control satisfactorio de la plaga. La plaga se encuentra en estado de huevo, estos están enterrados en tierras incultas, eriales o pastizales. Es recomendable realizar un laboreo ligero en invierno u otoño con el fin de conseguir que en primavera aviven el menor número de individuos. Este año se espera que la eclosión de los huevos sea a mediados de abril. En el caso que no sea posible realizar un laboreo de la zona, se aplicarán otras medidas de control, como la HOJA INFORMATIVA 2/2017 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Agricultura ESTACIÓN REGIONAL DE AVISOS AGRÍCOLAS / SANIDAD VEGETAL – C.I.A.G. EL CHAPARRILLO D.L.: CR-159-1992 Ctra. de Porzuna s/n -13071 CIUDAD REAL -Telf.: 926 27 66 63 ext. 5 • 7 ABRIL 2017 PLAGAS DE LANGOSTA Y OTROS ORTÓPTEROS

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Hoja Informativa 2/2017 – Abril de 2017 - Página [1]

PLAGAS DE LANGOSTA Y OTROS ORTOPTEROS (Dociostaurus maroccanus) y otros ortópteros

Normas de control.

La Orden de 30/12/2014, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen normas de control para langosta mediterránea (Dociostaurus maroccanus) y otros ortópteros, califica de utilidad pública la lucha contra las plagas de la langosta y otros ortópteros asociados, adoptándose las medidas fitosanitarias en parcelas de las siguientes zonas:

• Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona e inmediaciones, y Montes Norte en Ciudad Real.

• Centro de Adiestramiento del Ejército (Cenad), embalse de Ortigosa (Ontur-Fuente Álamo) y Yeste (Claras) en Albacete.

• La Mancha toledana (Lillo, Madridejos, El Romeral, Corral de Almaguer, Villatobas, Villacañas, Tembleque, Quero, Villafranca de los Caballeros, La Guardia y Santa Cruz de la Zarza).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 letra c) de la Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, son los titulares de las explotaciones, los encargados de aplicar las medidas fitosanitarias que se establezcan como consecuencia del establecimiento de una plaga, y por lo tanto, en este caso lo serán aquellos en cuyas parcelas avive la langosta y deberán luchar contra ella a sus expensas, adoptando alguna o varias de las siguientes medidas fitosanitarias obligatorias recogidas en el artículo 5 del Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros:

a) Labores culturales apropiadas, especialmente de arado o escarificación, en los lugares de puesta o avivamiento.

b) Tratamientos insecticidas o con medios biológicos contra las ninfas en los lugares de avivamiento y cordones y contra los adultos en sus asentamientos y lugares de puesta.

c) Cualquier otra medida que se justifique técnica o científicamente como necesaria para el control de la plaga.

De acuerdo con los principios generales de la gestión integrada de plagas que se establecen en el artículo 10 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, los métodos sostenibles: biológicos, físicos y otros no químicos deberán priorizarse a los métodos químicos, siempre que permitan un control satisfactorio de la plaga.

La plaga se encuentra en estado de huevo, estos están enterrados en tierras incultas, eriales o pastizales. Es recomendable realizar un laboreo ligero en invierno u otoño con el fin de conseguir que en primavera aviven el menor número de individuos. Este año se espera que la eclosión de los huevos sea a mediados de abril.

En el caso que no sea posible realizar un laboreo de la zona, se aplicarán otras medidas de control, como la

HOJA INFORMATIVA 2/2017 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL Dirección General de Agricultura y Ganadería. Servicio de Agricultura

ESTACIÓN REGIONAL DE AVISOS AGRÍCOLAS / SANIDAD VEGETAL – C.I.A.G. EL CHAPARRILLO D.L.: CR-159-1992

Ctra. de Porzuna s/n -13071 CIUDAD REAL -Telf.: 926 27 66 63 ext. 5 • 7 ABRIL 2017

PLAGAS DE LANGOSTA Y OTROS ORTÓPTEROS

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realización de tratamientos fitosanitarios (convencionales o ecológicos) preferentemente contra las ninfas en los lugares de avivamiento y cordones en época adecuada. Para el control de adultos se deberán aplicar insecticidas adulticidas donde sea posible. Hay que señalar que los tratamientos adulticidas contra langosta tienen reducida eficacia en el control de langosta a largo plazo.

Estos tratamientos si se realizan en el Parque Natural del Valle de Alcudia y Sierra Madrona, deberán contar con la oportuna autorización de la Dirección del Parque, al ser un espacio natural protegido.

Para estimar el desarrollo de las poblaciones de ortópteros, personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizará inspecciones de evolución de langosta en las zonas endémicas de puesta. Así mismo la Dirección General con competencias en Sanidad Vegetal podrá realizar tratamientos complementarios a los que se realicen por los titulares de las explotaciones afectadas por la plaga.

En caso de observar la aparición de focos de la plaga es necesario notificar inmediatamente y proporcionar la información necesaria para su localización a Sanidad Vegetal de la provincia correspondiente (se adjunta anexo con las direcciones de contacto e información sobre la prospección de la plaga).

Los titulares afectados por dicho organismo nocivo, contarán en todo momento con el asesoramiento de los técnicos de sanidad vegetal de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

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INSTRUCCIONES PARA LA PROSPECCIÓN DE LA “LANGOSTA”

1 CALENDARIO DE PROSPECCIONES

1ª ninfa (“mosquito”)

2ª ninfa (“mosca”)

3ª ninfa

4ª ninfa (ala cubre <1/4 abdomen)

5ª ninfa (ala cubre aprox 1/2 abdomen)

ADULTO

Inicio de alas

máximo para tratamientos AVISAR ANTES de este momento

TRATAMIENTO NO EFICAZ

Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept Marzo

PROSPECCION

BÚSQUEDA PUESTAS

Tratamientos

Inhib. Quitina Piretroides

Pronoto

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Hoja Informativa 2/2017 – Abril de 2017 - Página [4]

DATOS DE CONTACTO:

– Sanidad Vegetal Ciudad Real: Carlos Recio: 926 277 350, móvil 648 623 862; Teresa Ruiz:

926 279 568; Manuel Rodríguez: 926 276 148, [email protected]

– Sanidad Vegetal Toledo: José Antonio Ramírez: 925 24 86 77; móvil 648 22 48 18;

[email protected]

– Sanidad Vegetal Albacete: Vicente Merino: 967 53 90 54; [email protected]

ANEXO FOTOGRÁFICO

Langosta Inicio de alas

LANGOSTA (mosquito)

Hembra adulta poniendo huevos

“Canutos”

Cópula, en rodal de puesta.

TRATAMIENTO NO EFICAZ

AVISAR

Avisar y marcar

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Hoja Informativa 2/2017 – Abril de 2017 - Página [5]

“Cordones” avanzando desde zonas de nacimiento Tarde para actuar.

Detalle de un cordón

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Hoja Informativa 2/2017 – Abril de 2017 - Página [6]

Otras especies de saltamontes

Otras especies beneficiosas

“Cigarrón” (come langosta)