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Gerencia General de Servicios de
Administración y Finanzas
Hoja de Aprobación
Código:0211-04 Versión: 01 Elaborado el: 15/11/2016
Gerencia General de Servicios de Administración y Finanzas
Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de
Hidrocapital
Código:0211-004 Versión 01 Página 2 de 20
Fecha de Elaboración: 15/11/2016
INDICE
I. Objetivo ............................................................................................................................. 3
II. Alcance ............................................................................................................................. 3
III. Normas Generales ............................................................................................................. 3
V. Normas Específicas ........................................................................................................... 4 Del Conductor ................................................................................................................... 4 De la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios ............................. 6 De los Pasajeros ............................................................................................................... 6 En caso de Accidentes de Tránsito. ................................................................................... 6 Uso del Vehículo ............................................................................................................... 7 Pernocta de Vehículos. ...................................................................................................... 8 Cuidado del Vehículo ......................................................................................................... 9 Sanciones en Caso de Accidente de Tránsito y Multas. ................................................... 10 Sanciones en caso de mal uso del Vehículo. ................................................................... 11 Sanciones Penales .......................................................................................................... 11
Anexos ..................................................................................................................................... 12 Autorización Pernocta de Vehículos fuera de las instalaciones de Hidrocapital ................ 13 Reporte de Fallas de Vehículo ......................................................................................... 15 Reporte de Solicitud de Servicio por Km recorrido ........................................................... 17 Reporte de Siniestro de Vehículos ................................................................................... 19
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Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de
Hidrocapital
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NORMATIVA
USO Y CUIDADO DE VEHÍCULOS EN HIDROCAPITAL.
I. Objetivo
Dar a conocer y aplicar adecuadamente, las normas que deben regir en el uso manejo y
cuidado de la flota de vehículos de Hidrocapital (camiones, vactor jet, cisternas, etc., grúas,
equipos de excavación, etc.), para los trabajadores de las diferentes dependencias de la
Hidrológica, con la finalidad mantener el control de los vehículos que forman parte de los
activos de la empresa, garantizando así la protección de los mismos. Es importante destacar
que el cuidado y buen uso de estos bienes del Estado Venezolano son una responsabilidad
compartida, en tal sentido el incumplimiento del mismo y mal uso de estos recursos, serán
objeto de las sanciones jurídico-administrativas pertinentes, independientemente del nivel
jerárquico que ostente el responsable.
II. Alcance
La presente normativa está dirigida a:
1. Trabajadores, trabajadoras y/o contratistas que presten servicio a Hidrocapital, que
con motivo de la relación laboral conduzcan vehículos propiedad de esta empresa
hidrológica;
2. Trabajadores o trabajadoras con cargos de dirección o supervisión que tengan
vehículos asignados.
III. Normas Generales
1. Estas normas señalan al trabajador que realizara funciones de conductor, como debe ser
su comportamiento para con las personas a quien preste un servicio; como debe ser su
conducta laboral, hasta la presencia de orden personal que debe adoptar para el
desempeño de sus actividades.
2. Se entiende como vehículos de Hidrocapital las unidades de transporte de personas
(carros, camionetas, Pick-Up), así como las unidades de carga (camiones, vactor jet,
cisternas, etc.) y/o maquinaria pesada (grúas, equipos de excavación, etc.).
3. El vehículo debe ser usado de acuerdo a esta normativa interna.
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4. La presente normativa determina la forma en que debe ser cuidado el Vehículo, con objeto
de que se pueda obtener el mayor rendimiento y el menor deterioro del mismo, en el
cumplimiento de sus funciones.
5. De las sanciones: Constituyen las disposiciones relativas a las sanciones que se aplicarán
al trabajador que conduzca vehículos de Hidrocapital, que incumpla las normas acá
establecidas, así como los reglamentos y leyes de tránsito
V. Normas Específicas
Del Conductor
6. Tener puntualidad y asistencia a sus labores de manera permanente; cuando por razones
de salud u otras, no pudiese asistir a sus labores deberá notificarlo a la brevedad posible, a
su supervisor inmediato, a objeto de no causar lesión al servicio. Dicha notificación deberá
ser la más adecuada y rápida posible (vía telefónica) a través de un familiar o persona
cercana si a el trabajador se le imposibilita hacerlo.
7. Ser cortés y respetuoso con la persona a quien presta el servicio, independientemente del
nivel jerárquico que ostente.
8. Dirigirse al personal en general y en especial al personal a quien se le esté prestando el
servicio sin hacer uso de palabras indecorosas, independientemente del sexo o edad.
9. Ser discreto cuando exista conversación entre las personas a quienes presta el servicio,
absteniéndose de emitir opiniones sin que le hayan sido requeridas, evitando comentarios
posteriores.
10. No emitir juicios de valor hacia el resto de los trabajadores cuando efectúe el traslado de
personas.
11. No requerir de las autoridades beneficios laborales ni personales prevaliéndose de la
circunstancia de encontrarse en servicio de traslado.
12. Enaltecer el servicio, absteniéndose de efectuar juegos de manos o verbales que pudiesen
ocasionar discusiones que lesionen la imagen de la empresa contratista y de
HIDROCAPITAL.
13. Mantener la postura y buenas normas de conducta en el recinto a través del cual realiza
actividades inherentes a sus funciones.
14. Conservar la presencia en el vestuario, cuidando el uso del uniforme.
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15. Deben mantenerse en su respectiva área de conductores ó la indicada por el supervisor
inmediato de su área de adscripción, evitando la permanencia en las oficinas de
Hidrocapital.
16. Todo conductor de unidades de carga y/o maquinaria pesada (grúas, equipos de
excavación, etc.) debe realizarse, anualmente, un examen sicológico.
17. .-Queda prohibido:
• Consumo de bebidas etílicas y consumo de sustancias sicotrópicas o estupefacientes.
• Conducir sin los permisos de Ley: Licencia, Certificado Médico acorde al tipo de
unidad, Cédula de identidad, etc.
• Traslado de carga, de materiales prohibidos, ajenos a la empresa, viajes, mudanzas,
etc.
• Transportar personal no autorizado.
• Uso del vehículos por familiares, amigos, conocidos, etc.
• Transportar personal fuera de las áreas establecidas para tal fin, es decir, nunca en
cabinas externas, escalerillas, barandas, etc.
18. El conductor deberá hacer buen uso del activo de HIDROCAPITAL y será responsable de
cualquier tipo de eventualidad y/o daños a terceros que pudiera suscitarse durante la
permanencia de dicho automóvil en el sitio de pernocta. HIDROCAPITAL se reserva el
derecho de solicitar indemnización de los eventuales daños ocasionados, previa
investigación por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.
19. Cuando se haya alcanzado el kilometraje indicado por la Subgerencia Administrativa/
Coordinación de Bienes y Servicios, deberá llenar el formato Solicitud de Servicios por
Km., y entregarlo al Técnico Mecánico, con la finalidad de realizar el mantenimiento
preventivo al vehículo.
20. En caso de que el vehículo presente fallas, deberá elaborar el formato Reporte de Fallas
de Vehículo, y entregarlo al Técnico Mecánico, con la finalidad de realizar la respectiva
revisión al vehículo.
21. El único permiso que posee el conductor para que el vehículo permanezca fuera de las
instalaciones de HIDROCAPITAL, es la dirección descrita en el formato de Autorización
Pernocta de Vehículos.
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22. Si el vehículo no pernocta en el sitio indicado, el conductor será objeto de sanciones
administrativas que puedan significar el fin de la relación laboral y sanciones penales,
según correspondan.
De la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios
23. Sera responsabilidad de la Coordinación de Bienes y Servicios, indicar a los conductores el
kilometraje por recorrido de la flota de vehículos, para realizar el Mantenimiento Preventivo
de los Vehículos.
24. Al recibir, por parte del conductor, el formato Solicitud de Servicio por Km, enviará el
vehículo al taller que corresponda para realizar el respectivo mantenimiento preventivo.
25. Será responsable de realizar las revisiones, cuando se reciba el formato Reporte de Falla
de Vehículo, así como de enviar el vehículo al taller especializado, de acuerdo a la falla
reportada.
26. Realizará las respectivas gestiones administrativas, en los casos de Reporte de Fallas de
Vehículos y Reporte de Siniestros de Vehículos.
De los Pasajeros
27. Los pasajeros, independientemente del nivel jerárquico que ostenten, deberá ser cortés y
respetuoso con la persona que le presta el servicio
28. El uso del Cinturón de seguridad es de obligatorio uso para todos los ocupantes de los
vehículos.
29. Debe ascender o descender del vehículo siempre del lado de la acera; para evitar el riesgo
de ser atropellado.
30. No debe distraer al conductor, para evitar desconcentrarlo de su labor.
En caso de Accidentes de Tránsito.
31. En caso de cualquier accidente, el conductor deberá reportarlo inmediatamente a las
autoridades de tránsito, conforme a las normas vigentes y también a HIDROCAPITAL.
32. El conductor del vehículo, deberá:
a. Reportar cualquier tipo de accidente que ocurra con las unidades de manera
inmediata vía telefónica a la unidad a la cual está adscrito el vehículo, de no ser
posible, dicha notificación deberá realizarla dentro de las veinticuatro (24) horas
hábiles siguientes y llenar el Reporte de Siniestro de Vehículo.
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b. Esperar las actuaciones de las autoridades competentes e informar al supervisor
inmediato quien de igual manera comunicará el caso a las oficinas correspondientes.
c. Entregar al tercero afectado la información de nuestra empresa, de la póliza de RCV
y tomar los datos del tercero y su vehículo.
d. En caso de que en el lugar donde se presente el accidente no sea posible la
actuación de tránsito terrestre, los conductores de los vehículos deberán recurrir
ante el INTT de la localidad y efectuar la declaración jurada.
33. El Personal encargado de la Flota en los Acueductos Subgerencias Administrativas, de
Ingeniería y/o Mantenimiento deberá:
e. Reportar de manera inmediata, vía telefónica, a la Gerencia de Prevención y Control
de Pérdidas (GPCP) y a la Coordinación de Bienes y Servicios, los datos del
accidente (lugar, vehículos involucrados, nombres de los conductores); igualmente
dicha notificación deberá realizarla dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles
siguientes a través del formato de reporte vía correo electrónico copiando a la
Bolivariana de Seguros y Reaseguros en caso de que se haya causado daños a un
tercero.
f. En caso de daño causado a un tercero enviar el formato que exige la Compañía de
Seguros para reportar el accidente.
g. Enviar mediante comunicación interna, los siguientes recaudos necesarios para
tramitar ante la compañía de seguros, la indemnización del tercero afectado:
• Planilla de declaración de siniestros de vehículos (formato de la compañía de seguros.
• Hoja de reporte de daños • Copia certificado de póliza RCV. • Copia documentos del conductor.
Uso del Vehículo
34. Todo vehículo antes de salir a las actividades encomendadas, deberá ser verificado por el
personal de vigilancia a través de una lista de chequeo la cual deberá ser firmada por el
conductor; igual acción se deberá realizar al llegar el vehículo a la sede respectiva, todo
conductor o quien esté a cargo del vehículo deberá cumplir con esta normativa, en caso
contrario asumirá la responsabilidad de cualquier novedad que se presente con el vehículo.
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35. Al finalizar la jornada, deberá consignar las llaves del vehículo a la vigilancia uniformada
que este de guardia en la sede respectiva, previa verificación por parte de seguridad de las
condiciones generales del vehículo entregado.
36. La vigilancia uniformada será responsable del resguardo de la llave del vehículo, hasta su
posterior entrega a la unidad de Bienes y Servicios o a la Gerencia que corresponda.
37. El vehículo asignado a las Gerencias Generales u otras unidades que se encuentren sin
realizar ningún tipo de actividad relacionada al trabajo diario, deberá ponerse a disposición
de la Coordinación de Bienes y Servicios, a los fines de cumplir con otras actividades,
previa notificación al Gerente y/o Coordinador del área, cumpliendo todos los requisitos
previamente señalados para el retiro y entrega de vehículos.
38. Al quedar el vehículo bajo la disposición de la Coordinación de Servicios Generales,
deberá cumplir con el resguardo del mismo.
39. El conductor o cualquier trabajador que este conduciendo vehículo de la empresa, deberá
indicar al personal de vigilancia, la ruta a seguir del servicio que prestará.
40. El conductor o cualquier trabajador que este conduciendo vehículo de la empresa
informara. a la vigilancia uniformada, del Km registrado por el vehículo al concluir la
jornada del día, asimismo, cada lunes el conductor recibirá el vehículo con el Km con el
cual iniciara la semana.
41. Toda persona que conduzca vehículos de Hidrocapital está en la obligación de conducir
dentro y en las adyacencias de las sedes a velocidad moderada, y con el mayor cuidado
posible.
42. Queda terminantemente prohibido el uso del vehículo en horas no laborales, nocturnas,
sábados y domingos, salvo orden emanada de la Presidencia, Vicepresidencia, Gerencias
de Acueductos, Gerencias Generales y Coordinación de Bienes y Servicios, en forma
escrita, notificando a la vigilancia para su registro y control. En caso de emergencia o
imprevistos, se deberá dejar constancia a través de un correo electrónico con copia a la
Presidencia de la empresa y a todas las personas y/o unidades involucradas.
43. Es de obligatorio cumplimiento el uso del cinturón de seguridad.
Pernocta de Vehículos.
44. El documento que autoriza la pernocta del vehículo fuera de las instalaciones de
Hidrocapital, es el formato establecido para tal fin, firmado por la Unidad solicitante,
Gerente de Prevención y Control de Pérdidas, Aprobado por la Presidencia y
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Vicepresidencia. En caso de emergencia o imprevistos, se deberá dejar constancia a
través de un correo electrónico con copia a la Presidencia de la empresa y a todas las
personas y/o unidades involucradas
45. Deberán llenar el formato Autorización Pernocta de Vehículos, en el cual se plasmará
información del vehículo (marca, modelo, color, placa, ID GPS), datos del conductor
(apellidos, nombres, cédula de identidad, n° de licencia, tipo de licencia, n° de certificado
médico y fecha de vencimiento del certificado), que para los efectos será la persona en
cuya vivienda hará noche el vehículo (dirección de pernocta) y justificación que evidencie
la necesidad de transportar el vehículo hasta su propiedad.
46. Una vez llenado el formato, registrará el documento en el Sistema de Gestión Documental
(SCAV), adjuntando el respectivo archivo, el cual enviará a través de dicho medio al
personal de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, a fin de dar continuidad al
proceso.
47. La Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, como ente responsable de la seguridad
del activo de la empresa, verificará las condiciones del vehículo antes de la pernocta, así
mismo actuará como la unidad encargada de hacer seguimiento de la norma y garantizará
la fiabilidad de la información contenida en el formato que se usará para tal fin, controlando
así la protección del Vehículo.
Cuidado del Vehículo
48. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia el vehículo deberá quedar estacionado
en un lugar donde este desprovisto de la vigilancia y protección correspondiente por parte
del conductor, quien para todos los efectos es el responsable ante HIDROCAPITAL.
49. El reporte y solicitud para el mantenimiento del vehículo es la responsabilidad del
conductor o del trabajador que conduzca el vehículo, a tal efecto deberá informar solicitar
mediante los formatos previstos para tal fin, los reportes de falla para que sean atendidas
oportunamente y las solicitudes de servicios que necesite el vehículo para su buen
funcionamiento.
50. El conductor o responsable del vehículo deberá evitar exponer el vehículo a situaciones de
riesgo evitando estacionarlo en vías públicas angostas y en lugares con prohibición de
estacionar, ya que los daños que se presenten serán responsabilidad del conductor y sus
ocupantes.
51. Es responsabilidad del conductor o de quien esté cumpliendo esas funciones, que el
vehículo a utilizar este provisto de combustible, ya que de presentarse daños en la bomba
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de combustible, el costo de la reparación y/o sustitución deberá ser asumido por el
conductor.
52. Es responsabilidad del conductor o de quien esté cumpliendo esas funciones la revisión
diaria antes de sus salidas, de los fluidos de aceite de motor, refrigerante y liga de frenos.
53. Los vehículos nuevos y motores recién repotenciados no deberán ser conducidos a una
velocidad superior de los 80 km/h ni mantenerlos a esa velocidad constante, asimismo
transcurrido los primeros 1.000 km, deberá cambiar el aceite y filtro al motor.
54. Todo vehículo debe cambiarse periódicamente aceite y filtro cada 7.000 km, las
Coordinaciones o unidades de Bienes y Servicios llevarán el control del kilometraje y fecha
para el momento del cambio, así mismo, es obligación de cada conductor hacer esta
solicitud de servicio mediante el formato establecido para tal fin.
55. Cada conductor será responsable de las herramientas asignadas, batería, cauchos, tapas
de gasolina y otras, en tal sentido el conductor entrante o saliente que detecte la falta está
en la obligación de denunciar ante el CICPC ya que así los funcionarios podrían detectar el
delito de simulación de hecho punible a su vehículo, notificando perdidas con
justificaciones validas, de lo contrario, responderá con el pago de la reposición de las
mismas.
Sanciones en Caso de Accidente de Tránsito y Multas.
56. De determinarse, bien sea por parte de las Autoridades de Tránsito Terrestre o por la
Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, que hay responsabilidad del conductor en
las causas que provocaron un accidente, y dependiendo de la gravedad de los daños
causados, será objeto de sanciones administrativas que pudiera acarrear el despido
inmediato o la apertura de un expediente administrativo para calificación de despido.
57. El conductor o trabajador que conduzca vehículos de la empresa que no reporte
accidentes de tránsito donde se haya causado daño a un tercero será objeto de llamado
de atención, sin embargo, si incurriere en un tercer llamado de atención se procederá a la
apertura de un expediente administrativo para calificación de despido, si el accidente causa
daños de mayor magnitud será causa de despido inmediato.
58. El conductor debe pagar los gastos por concepto de emisión de expediente por accidente
de tránsito, cuando este haya sido ocasionado por su imprudencia, impericia y/o
negligencia en el cumplimiento de sus funciones.
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59. Cuando se acarrean multas por no portar las pólizas de RCV vigentes será responsabilidad
del conductor el pago de la misma, siempre que se demuestre que la empresa le hizo
entrega de la documentación respectiva en su debido momento.
60. Todo conductor que haya sido objeto de aplicación de una multa por parte de las
autoridades competentes, deberá hacer el pago de la misma y se sumará a la hoja de
incidencias por conductor. La recurrencia de este hecho acarreará las medidas y sanciones
administrativas correspondientes.
Sanciones en caso de mal uso del Vehículo.
61. Será de absoluta responsabilidad del trabajador o trabajadora que este conduciendo un
vehículo, si está incurso en los siguientes supuestos:
a. De determinarse que por impericia o negligencia en el uso de un vehículo se
causen daños a piezas mecánicas, accesorios u otras piezas que formen parte del
mismo, el trabajador o trabajadora asumirá 30% del costo de la reparación.
b. El trabajador o trabajadora que colisione cuando este maniobrando en retroceso,
deberá asumir el costo del 30% de los daños causados al vehículo.
Sanciones Penales
62. En caso de determinarse peculado de uso y/u otro tipo de delitos que estén tipificados en el
marco jurídico vigente, se procederá a la respectiva denuncia ante los organismos
competentes por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas y se iniciará el
procedimiento jurídico-administrativo pertinente.
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ANEXOS
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AUTORIZACIÓN PERNOCTA DE VEHÍCULOS
FUERA DE LAS INSTALACIONES DE HIDROCAPITAL
Datos del Conductor Apellidos: Nombres:
C.I.
N° Licencia
Tipo Licencia:
F. de Vencimiento
N° C. Médico V.:
F. de Vencimiento
El conductor hará buen uso del activo de HIDROCAPITAL, y será responsable de cualquier tipo de eventualidad y/o daños a terceros que pudiera suscitarse durante la permanencia de dicho automóvil en el sitio de pernocta. HIDROCAPITAL se reserva el derecho de solicitar indemnización de los eventuales daños ocasionados previa investigación por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.
____________________________ Firma del Conductor
Se somete a la consideración de la Presidencia aprobar la solicitud, avalada por la Inspección Técnica efectuada por la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.
DIA MES AÑO
N° de Ref.
Período de Pernocta del Vehículo
Desde: / / Hasta: / / Abierta
Datos del Vehículo
Marca: Modelo: Color:
Placa:
Dirección de Pernocta
Estado Ciudad Municipio Parroquia
Calle Casa/ Edificio Punto de Referencia
Justificación
Unidad Solicitante Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas Presidencia
Nombre y Cargo
Gerente
Aprob Negado Diferido
Vicepresidencia
Anexos:
Observaciones:
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Original: GGSAF/ Coordinación de Bienes y Servicios. C/c: Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas - Conductor
INSTRUCTIVO
Autorización Pernocta de Vehículos
I. Objetivo
Requerir la autorización ante los niveles jerárquicos de la empresa, la pernocta de los vehículos fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL.
II. Usuarios Todas las unidades organizativas de HIDROCAPITAL, que requieran realizar la Pernocta de Vehículos pertenecientes a la Flota de la empresa.
III. Frecuencia
Cada vez que se necesite realizar una autorización de pernocta de automóviles fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL.
IV. Distribución Original: Coordinación de Bienes y Servicios; Copia: Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas
V. Instrucciones de llenado del instrumento
Campos Descripción
N° de Ref.: Indique el NUM REF asignado por el SCAV de forma automática Día-Mes-Año Se indica el día mes y año en que se elabora la autorización
Período de Pernocta del vehículo
Indique la fecha en el formato dd/mm/aaaa, en el renglón desde y hasta
Marca Se indica la marca del vehículo Modelo Se plasma el modelo de fabricación del vehículo
Color Coloque el color del automóvil Placa Indique el número de placa
ID GPS Espacio destinado para que la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas indique el ID del GPS, si aplica.
Dirección de Pernocta Espacio destinado para que detalle los siguientes aspectos: lugar donde hará noche el vehículo, apuntando estado, cuidad, municipio, parroquia, calle, casa/edificio y algún punto de referencia a que hubiere lugar.
Justificación Indique un motivo válido por el cual el vehículo deba permanecer en horas nocturnas fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL
Apellidos Se indica(n) el(los) apellido(s) del conductor del vehículo
Nombres Se indica(n) el(los) nombre(s) del conductor del vehículo
C.I Se debe plasmar el número de documento de identidad
N° Licencia Coloque el número de licencia para conducir, detallado en el reverso de la misma
Tipo de Licencia Indique grado de aprobación de la licencia
F. de Vencimiento Indique la fecha de vencimiento de la Licencia
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N° C. Médico V Coloque el número del Certificado Médico Vial
F. de Vencimiento Coloque la fecha de vencimiento del certificado médico
REPORTE DE FALLA DE VEHICULOS
FECHA DE REPORTE
PLACA MARCA
NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD
FIRMA DEL CONDUCTOR:
Cargo:Fecha:
RECIBIDO POR:
Nombre y Apellido:
DESCRIPCION DE LA FALLA:
ADSCRITO A:
DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO
EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:
DATOS DEL VEHICULO
REPORTE DE FALLA DE VEHICULOS
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INSTRUCTIVO
Reporte Falla de Vehículos
I. Objetivo
Reportar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, cualquier falla (mecánica, eléctrica, etc.) en los vehículos, que sea detectada por el Conductor, durante la operación de los mismos, con la finalidad de enviar el vehículo al taller especializado.
II. Usuarios El reporte lo llenan los Conductores asignados a cada Gerencia de Hidrocapital.
III. Frecuencia Cada vez que el vehículo presente fallas.
IV. Distribución Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación Bienes y Servicios.
V. Instrucciones de llenado del instrumento
Campos Descripción
Fecha de Reporte Coloque el día, mes y año en que se detectó la falla en el vehículo.
Datos de Vehículo Indique la placa y la marca del vehículo, así como la Gerencia a la cual está adscrito.
Datos de Conductor del Vehículo
Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.
Descripción de la falla Se especifican las fallas que presenta el vehículo
Firma del Conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma..
Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.
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REPORTE DE SOLICITUD DE SERVICIO POR KM RECORRIDO
FECHA DE SOLICITUD
FECHA ULTIMO SERVICIO
KM ACTUAL
PLACA MARCA
NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD
FIRMA DEL CONDUCTOR: RECIBIDO POR:
Nombre y Apellido:Fecha:
Cargo:
DESCRIPCION DEL SERVICIO SOLICITADO POR EL CONDUCTOR
ADSCRITO A:
DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO
EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:
SOLICITUD DE SERVICIO POR KM RECORRIDO
DATOS DEL VEHICULO
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INSTRUCTIVO
Solicitud de Servicio por Km recorrido
I. Objetivo Notificar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, que el vehículo requiere de los servicios de cambio de aceite y filtro a causa de los km recorridos, a fin de realizar el respectivo mantenimiento preventivo al vehículo. .
II. Usuarios El Reporte lo llenan los Conductores asignados a cada Gerencia de Hidrocapital.
III. Frecuencia
Cada vez que el vehículo requiere de los servicios (cambio de aceite y filtro).
IV. Distribución: Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios
V. Instrucciones de llenado del instrumento:
Campos Descripción
Fecha de Solicitud Coloque el día, mes y año en que el vehículo requiere del servicio.
Fecha de último Servicio Se indica la fecha en que el vehículo recibió el último servicio.
KM actual Se coloca el KM que presenta el vehículo al momento de solicitar el servicio.
Datos de Vehículo Se indica la placa, marca y la Gerencia a la cual está adscrito el vehículo.
Datos del conductor del vehículo
Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.
Descripción del servicio solicitado por el conductor
Se especifica, cual es el servicio que requiere el vehículo (cambio de aceite y filtro).
Firma del conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma.
Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.
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REPORTE DE SINIETRO DE VEHICULOS
FECHA DEL ACCIDENTE/ EVENTUALIDAD
PLACA MARCA
NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD
FIRMA DEL CONDUCTOR:
Cargo:
RECIBIDO POR:
Nombre y Apellido:Fecha:
REPORTE DE SINIESTRO DE VEHICULOS
DATOS DEL VEHICULO
DESCRIPCION DE LOS HECHOS
ADSCRITO A:
DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO
EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:
Gerencia General de Servicios de Administración y Finanzas
Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de
Hidrocapital
Código:0211-004 Versión 01 Página 20 de 20
Fecha de Elaboración: 15/11/2016
INSTRUCTIVO
Reporte de Siniestro de Vehículos
I. Objetivo Reportar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, las eventualidades de siniestro y descripción de los hechos, cuando el conductor tiene un accidente con un vehículo perteneciente a la Flota de Hidrocapital.
II. Usuarios El Reporte lo llena el Conductor.
III. Frecuencia Cada vez que se presente algún siniestro con vehículos pertenecientes a la Flota de Hidrocapital.
IV. Distribución Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios.
V. Instrucciones de llenado del instrumento
Campos Descripción
Fecha del Accidente / Eventualidad
Coloque el día, mes y año en que ocurrió el siniestro.
Datos de Vehículo Se indica la placa, marca y la Gerencia a la cual está adscrito el vehículo del accidente.
Datos del conductor del vehículo
Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.
Descripción de los hechos Se especifican los detalles que ocasionaron el siniestro.
Firma del conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma.
Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.