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Gerencia General de Servicios de Administración y Finanzas Hoja de Aprobación Código:0211-04 Versión: 01 Elaborado el: 15/11/2016

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Gerencia General de Servicios de

Administración y Finanzas

Hoja de Aprobación

Código:0211-04 Versión: 01 Elaborado el: 15/11/2016

Gerencia General de Servicios de Administración y Finanzas

Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de

Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 2 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

INDICE

I. Objetivo ............................................................................................................................. 3

II. Alcance ............................................................................................................................. 3

III. Normas Generales ............................................................................................................. 3

V. Normas Específicas ........................................................................................................... 4 Del Conductor ................................................................................................................... 4 De la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios ............................. 6 De los Pasajeros ............................................................................................................... 6 En caso de Accidentes de Tránsito. ................................................................................... 6 Uso del Vehículo ............................................................................................................... 7 Pernocta de Vehículos. ...................................................................................................... 8 Cuidado del Vehículo ......................................................................................................... 9 Sanciones en Caso de Accidente de Tránsito y Multas. ................................................... 10 Sanciones en caso de mal uso del Vehículo. ................................................................... 11 Sanciones Penales .......................................................................................................... 11

Anexos ..................................................................................................................................... 12 Autorización Pernocta de Vehículos fuera de las instalaciones de Hidrocapital ................ 13 Reporte de Fallas de Vehículo ......................................................................................... 15 Reporte de Solicitud de Servicio por Km recorrido ........................................................... 17 Reporte de Siniestro de Vehículos ................................................................................... 19

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Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de

Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 3 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

NORMATIVA

USO Y CUIDADO DE VEHÍCULOS EN HIDROCAPITAL.

I. Objetivo

Dar a conocer y aplicar adecuadamente, las normas que deben regir en el uso manejo y

cuidado de la flota de vehículos de Hidrocapital (camiones, vactor jet, cisternas, etc., grúas,

equipos de excavación, etc.), para los trabajadores de las diferentes dependencias de la

Hidrológica, con la finalidad mantener el control de los vehículos que forman parte de los

activos de la empresa, garantizando así la protección de los mismos. Es importante destacar

que el cuidado y buen uso de estos bienes del Estado Venezolano son una responsabilidad

compartida, en tal sentido el incumplimiento del mismo y mal uso de estos recursos, serán

objeto de las sanciones jurídico-administrativas pertinentes, independientemente del nivel

jerárquico que ostente el responsable.

II. Alcance

La presente normativa está dirigida a:

1. Trabajadores, trabajadoras y/o contratistas que presten servicio a Hidrocapital, que

con motivo de la relación laboral conduzcan vehículos propiedad de esta empresa

hidrológica;

2. Trabajadores o trabajadoras con cargos de dirección o supervisión que tengan

vehículos asignados.

III. Normas Generales

1. Estas normas señalan al trabajador que realizara funciones de conductor, como debe ser

su comportamiento para con las personas a quien preste un servicio; como debe ser su

conducta laboral, hasta la presencia de orden personal que debe adoptar para el

desempeño de sus actividades.

2. Se entiende como vehículos de Hidrocapital las unidades de transporte de personas

(carros, camionetas, Pick-Up), así como las unidades de carga (camiones, vactor jet,

cisternas, etc.) y/o maquinaria pesada (grúas, equipos de excavación, etc.).

3. El vehículo debe ser usado de acuerdo a esta normativa interna.

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4. La presente normativa determina la forma en que debe ser cuidado el Vehículo, con objeto

de que se pueda obtener el mayor rendimiento y el menor deterioro del mismo, en el

cumplimiento de sus funciones.

5. De las sanciones: Constituyen las disposiciones relativas a las sanciones que se aplicarán

al trabajador que conduzca vehículos de Hidrocapital, que incumpla las normas acá

establecidas, así como los reglamentos y leyes de tránsito

V. Normas Específicas

Del Conductor

6. Tener puntualidad y asistencia a sus labores de manera permanente; cuando por razones

de salud u otras, no pudiese asistir a sus labores deberá notificarlo a la brevedad posible, a

su supervisor inmediato, a objeto de no causar lesión al servicio. Dicha notificación deberá

ser la más adecuada y rápida posible (vía telefónica) a través de un familiar o persona

cercana si a el trabajador se le imposibilita hacerlo.

7. Ser cortés y respetuoso con la persona a quien presta el servicio, independientemente del

nivel jerárquico que ostente.

8. Dirigirse al personal en general y en especial al personal a quien se le esté prestando el

servicio sin hacer uso de palabras indecorosas, independientemente del sexo o edad.

9. Ser discreto cuando exista conversación entre las personas a quienes presta el servicio,

absteniéndose de emitir opiniones sin que le hayan sido requeridas, evitando comentarios

posteriores.

10. No emitir juicios de valor hacia el resto de los trabajadores cuando efectúe el traslado de

personas.

11. No requerir de las autoridades beneficios laborales ni personales prevaliéndose de la

circunstancia de encontrarse en servicio de traslado.

12. Enaltecer el servicio, absteniéndose de efectuar juegos de manos o verbales que pudiesen

ocasionar discusiones que lesionen la imagen de la empresa contratista y de

HIDROCAPITAL.

13. Mantener la postura y buenas normas de conducta en el recinto a través del cual realiza

actividades inherentes a sus funciones.

14. Conservar la presencia en el vestuario, cuidando el uso del uniforme.

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15. Deben mantenerse en su respectiva área de conductores ó la indicada por el supervisor

inmediato de su área de adscripción, evitando la permanencia en las oficinas de

Hidrocapital.

16. Todo conductor de unidades de carga y/o maquinaria pesada (grúas, equipos de

excavación, etc.) debe realizarse, anualmente, un examen sicológico.

17. .-Queda prohibido:

• Consumo de bebidas etílicas y consumo de sustancias sicotrópicas o estupefacientes.

• Conducir sin los permisos de Ley: Licencia, Certificado Médico acorde al tipo de

unidad, Cédula de identidad, etc.

• Traslado de carga, de materiales prohibidos, ajenos a la empresa, viajes, mudanzas,

etc.

• Transportar personal no autorizado.

• Uso del vehículos por familiares, amigos, conocidos, etc.

• Transportar personal fuera de las áreas establecidas para tal fin, es decir, nunca en

cabinas externas, escalerillas, barandas, etc.

18. El conductor deberá hacer buen uso del activo de HIDROCAPITAL y será responsable de

cualquier tipo de eventualidad y/o daños a terceros que pudiera suscitarse durante la

permanencia de dicho automóvil en el sitio de pernocta. HIDROCAPITAL se reserva el

derecho de solicitar indemnización de los eventuales daños ocasionados, previa

investigación por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.

19. Cuando se haya alcanzado el kilometraje indicado por la Subgerencia Administrativa/

Coordinación de Bienes y Servicios, deberá llenar el formato Solicitud de Servicios por

Km., y entregarlo al Técnico Mecánico, con la finalidad de realizar el mantenimiento

preventivo al vehículo.

20. En caso de que el vehículo presente fallas, deberá elaborar el formato Reporte de Fallas

de Vehículo, y entregarlo al Técnico Mecánico, con la finalidad de realizar la respectiva

revisión al vehículo.

21. El único permiso que posee el conductor para que el vehículo permanezca fuera de las

instalaciones de HIDROCAPITAL, es la dirección descrita en el formato de Autorización

Pernocta de Vehículos.

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22. Si el vehículo no pernocta en el sitio indicado, el conductor será objeto de sanciones

administrativas que puedan significar el fin de la relación laboral y sanciones penales,

según correspondan.

De la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios

23. Sera responsabilidad de la Coordinación de Bienes y Servicios, indicar a los conductores el

kilometraje por recorrido de la flota de vehículos, para realizar el Mantenimiento Preventivo

de los Vehículos.

24. Al recibir, por parte del conductor, el formato Solicitud de Servicio por Km, enviará el

vehículo al taller que corresponda para realizar el respectivo mantenimiento preventivo.

25. Será responsable de realizar las revisiones, cuando se reciba el formato Reporte de Falla

de Vehículo, así como de enviar el vehículo al taller especializado, de acuerdo a la falla

reportada.

26. Realizará las respectivas gestiones administrativas, en los casos de Reporte de Fallas de

Vehículos y Reporte de Siniestros de Vehículos.

De los Pasajeros

27. Los pasajeros, independientemente del nivel jerárquico que ostenten, deberá ser cortés y

respetuoso con la persona que le presta el servicio

28. El uso del Cinturón de seguridad es de obligatorio uso para todos los ocupantes de los

vehículos.

29. Debe ascender o descender del vehículo siempre del lado de la acera; para evitar el riesgo

de ser atropellado.

30. No debe distraer al conductor, para evitar desconcentrarlo de su labor.

En caso de Accidentes de Tránsito.

31. En caso de cualquier accidente, el conductor deberá reportarlo inmediatamente a las

autoridades de tránsito, conforme a las normas vigentes y también a HIDROCAPITAL.

32. El conductor del vehículo, deberá:

a. Reportar cualquier tipo de accidente que ocurra con las unidades de manera

inmediata vía telefónica a la unidad a la cual está adscrito el vehículo, de no ser

posible, dicha notificación deberá realizarla dentro de las veinticuatro (24) horas

hábiles siguientes y llenar el Reporte de Siniestro de Vehículo.

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b. Esperar las actuaciones de las autoridades competentes e informar al supervisor

inmediato quien de igual manera comunicará el caso a las oficinas correspondientes.

c. Entregar al tercero afectado la información de nuestra empresa, de la póliza de RCV

y tomar los datos del tercero y su vehículo.

d. En caso de que en el lugar donde se presente el accidente no sea posible la

actuación de tránsito terrestre, los conductores de los vehículos deberán recurrir

ante el INTT de la localidad y efectuar la declaración jurada.

33. El Personal encargado de la Flota en los Acueductos Subgerencias Administrativas, de

Ingeniería y/o Mantenimiento deberá:

e. Reportar de manera inmediata, vía telefónica, a la Gerencia de Prevención y Control

de Pérdidas (GPCP) y a la Coordinación de Bienes y Servicios, los datos del

accidente (lugar, vehículos involucrados, nombres de los conductores); igualmente

dicha notificación deberá realizarla dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles

siguientes a través del formato de reporte vía correo electrónico copiando a la

Bolivariana de Seguros y Reaseguros en caso de que se haya causado daños a un

tercero.

f. En caso de daño causado a un tercero enviar el formato que exige la Compañía de

Seguros para reportar el accidente.

g. Enviar mediante comunicación interna, los siguientes recaudos necesarios para

tramitar ante la compañía de seguros, la indemnización del tercero afectado:

• Planilla de declaración de siniestros de vehículos (formato de la compañía de seguros.

• Hoja de reporte de daños • Copia certificado de póliza RCV. • Copia documentos del conductor.

Uso del Vehículo

34. Todo vehículo antes de salir a las actividades encomendadas, deberá ser verificado por el

personal de vigilancia a través de una lista de chequeo la cual deberá ser firmada por el

conductor; igual acción se deberá realizar al llegar el vehículo a la sede respectiva, todo

conductor o quien esté a cargo del vehículo deberá cumplir con esta normativa, en caso

contrario asumirá la responsabilidad de cualquier novedad que se presente con el vehículo.

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35. Al finalizar la jornada, deberá consignar las llaves del vehículo a la vigilancia uniformada

que este de guardia en la sede respectiva, previa verificación por parte de seguridad de las

condiciones generales del vehículo entregado.

36. La vigilancia uniformada será responsable del resguardo de la llave del vehículo, hasta su

posterior entrega a la unidad de Bienes y Servicios o a la Gerencia que corresponda.

37. El vehículo asignado a las Gerencias Generales u otras unidades que se encuentren sin

realizar ningún tipo de actividad relacionada al trabajo diario, deberá ponerse a disposición

de la Coordinación de Bienes y Servicios, a los fines de cumplir con otras actividades,

previa notificación al Gerente y/o Coordinador del área, cumpliendo todos los requisitos

previamente señalados para el retiro y entrega de vehículos.

38. Al quedar el vehículo bajo la disposición de la Coordinación de Servicios Generales,

deberá cumplir con el resguardo del mismo.

39. El conductor o cualquier trabajador que este conduciendo vehículo de la empresa, deberá

indicar al personal de vigilancia, la ruta a seguir del servicio que prestará.

40. El conductor o cualquier trabajador que este conduciendo vehículo de la empresa

informara. a la vigilancia uniformada, del Km registrado por el vehículo al concluir la

jornada del día, asimismo, cada lunes el conductor recibirá el vehículo con el Km con el

cual iniciara la semana.

41. Toda persona que conduzca vehículos de Hidrocapital está en la obligación de conducir

dentro y en las adyacencias de las sedes a velocidad moderada, y con el mayor cuidado

posible.

42. Queda terminantemente prohibido el uso del vehículo en horas no laborales, nocturnas,

sábados y domingos, salvo orden emanada de la Presidencia, Vicepresidencia, Gerencias

de Acueductos, Gerencias Generales y Coordinación de Bienes y Servicios, en forma

escrita, notificando a la vigilancia para su registro y control. En caso de emergencia o

imprevistos, se deberá dejar constancia a través de un correo electrónico con copia a la

Presidencia de la empresa y a todas las personas y/o unidades involucradas.

43. Es de obligatorio cumplimiento el uso del cinturón de seguridad.

Pernocta de Vehículos.

44. El documento que autoriza la pernocta del vehículo fuera de las instalaciones de

Hidrocapital, es el formato establecido para tal fin, firmado por la Unidad solicitante,

Gerente de Prevención y Control de Pérdidas, Aprobado por la Presidencia y

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Vicepresidencia. En caso de emergencia o imprevistos, se deberá dejar constancia a

través de un correo electrónico con copia a la Presidencia de la empresa y a todas las

personas y/o unidades involucradas

45. Deberán llenar el formato Autorización Pernocta de Vehículos, en el cual se plasmará

información del vehículo (marca, modelo, color, placa, ID GPS), datos del conductor

(apellidos, nombres, cédula de identidad, n° de licencia, tipo de licencia, n° de certificado

médico y fecha de vencimiento del certificado), que para los efectos será la persona en

cuya vivienda hará noche el vehículo (dirección de pernocta) y justificación que evidencie

la necesidad de transportar el vehículo hasta su propiedad.

46. Una vez llenado el formato, registrará el documento en el Sistema de Gestión Documental

(SCAV), adjuntando el respectivo archivo, el cual enviará a través de dicho medio al

personal de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, a fin de dar continuidad al

proceso.

47. La Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, como ente responsable de la seguridad

del activo de la empresa, verificará las condiciones del vehículo antes de la pernocta, así

mismo actuará como la unidad encargada de hacer seguimiento de la norma y garantizará

la fiabilidad de la información contenida en el formato que se usará para tal fin, controlando

así la protección del Vehículo.

Cuidado del Vehículo

48. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia el vehículo deberá quedar estacionado

en un lugar donde este desprovisto de la vigilancia y protección correspondiente por parte

del conductor, quien para todos los efectos es el responsable ante HIDROCAPITAL.

49. El reporte y solicitud para el mantenimiento del vehículo es la responsabilidad del

conductor o del trabajador que conduzca el vehículo, a tal efecto deberá informar solicitar

mediante los formatos previstos para tal fin, los reportes de falla para que sean atendidas

oportunamente y las solicitudes de servicios que necesite el vehículo para su buen

funcionamiento.

50. El conductor o responsable del vehículo deberá evitar exponer el vehículo a situaciones de

riesgo evitando estacionarlo en vías públicas angostas y en lugares con prohibición de

estacionar, ya que los daños que se presenten serán responsabilidad del conductor y sus

ocupantes.

51. Es responsabilidad del conductor o de quien esté cumpliendo esas funciones, que el

vehículo a utilizar este provisto de combustible, ya que de presentarse daños en la bomba

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de combustible, el costo de la reparación y/o sustitución deberá ser asumido por el

conductor.

52. Es responsabilidad del conductor o de quien esté cumpliendo esas funciones la revisión

diaria antes de sus salidas, de los fluidos de aceite de motor, refrigerante y liga de frenos.

53. Los vehículos nuevos y motores recién repotenciados no deberán ser conducidos a una

velocidad superior de los 80 km/h ni mantenerlos a esa velocidad constante, asimismo

transcurrido los primeros 1.000 km, deberá cambiar el aceite y filtro al motor.

54. Todo vehículo debe cambiarse periódicamente aceite y filtro cada 7.000 km, las

Coordinaciones o unidades de Bienes y Servicios llevarán el control del kilometraje y fecha

para el momento del cambio, así mismo, es obligación de cada conductor hacer esta

solicitud de servicio mediante el formato establecido para tal fin.

55. Cada conductor será responsable de las herramientas asignadas, batería, cauchos, tapas

de gasolina y otras, en tal sentido el conductor entrante o saliente que detecte la falta está

en la obligación de denunciar ante el CICPC ya que así los funcionarios podrían detectar el

delito de simulación de hecho punible a su vehículo, notificando perdidas con

justificaciones validas, de lo contrario, responderá con el pago de la reposición de las

mismas.

Sanciones en Caso de Accidente de Tránsito y Multas.

56. De determinarse, bien sea por parte de las Autoridades de Tránsito Terrestre o por la

Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas, que hay responsabilidad del conductor en

las causas que provocaron un accidente, y dependiendo de la gravedad de los daños

causados, será objeto de sanciones administrativas que pudiera acarrear el despido

inmediato o la apertura de un expediente administrativo para calificación de despido.

57. El conductor o trabajador que conduzca vehículos de la empresa que no reporte

accidentes de tránsito donde se haya causado daño a un tercero será objeto de llamado

de atención, sin embargo, si incurriere en un tercer llamado de atención se procederá a la

apertura de un expediente administrativo para calificación de despido, si el accidente causa

daños de mayor magnitud será causa de despido inmediato.

58. El conductor debe pagar los gastos por concepto de emisión de expediente por accidente

de tránsito, cuando este haya sido ocasionado por su imprudencia, impericia y/o

negligencia en el cumplimiento de sus funciones.

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59. Cuando se acarrean multas por no portar las pólizas de RCV vigentes será responsabilidad

del conductor el pago de la misma, siempre que se demuestre que la empresa le hizo

entrega de la documentación respectiva en su debido momento.

60. Todo conductor que haya sido objeto de aplicación de una multa por parte de las

autoridades competentes, deberá hacer el pago de la misma y se sumará a la hoja de

incidencias por conductor. La recurrencia de este hecho acarreará las medidas y sanciones

administrativas correspondientes.

Sanciones en caso de mal uso del Vehículo.

61. Será de absoluta responsabilidad del trabajador o trabajadora que este conduciendo un

vehículo, si está incurso en los siguientes supuestos:

a. De determinarse que por impericia o negligencia en el uso de un vehículo se

causen daños a piezas mecánicas, accesorios u otras piezas que formen parte del

mismo, el trabajador o trabajadora asumirá 30% del costo de la reparación.

b. El trabajador o trabajadora que colisione cuando este maniobrando en retroceso,

deberá asumir el costo del 30% de los daños causados al vehículo.

Sanciones Penales

62. En caso de determinarse peculado de uso y/u otro tipo de delitos que estén tipificados en el

marco jurídico vigente, se procederá a la respectiva denuncia ante los organismos

competentes por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas y se iniciará el

procedimiento jurídico-administrativo pertinente.

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ANEXOS

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Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 13 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

AUTORIZACIÓN PERNOCTA DE VEHÍCULOS

FUERA DE LAS INSTALACIONES DE HIDROCAPITAL

Datos del Conductor Apellidos: Nombres:

C.I.

N° Licencia

Tipo Licencia:

F. de Vencimiento

N° C. Médico V.:

F. de Vencimiento

El conductor hará buen uso del activo de HIDROCAPITAL, y será responsable de cualquier tipo de eventualidad y/o daños a terceros que pudiera suscitarse durante la permanencia de dicho automóvil en el sitio de pernocta. HIDROCAPITAL se reserva el derecho de solicitar indemnización de los eventuales daños ocasionados previa investigación por parte de la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.

____________________________ Firma del Conductor

Se somete a la consideración de la Presidencia aprobar la solicitud, avalada por la Inspección Técnica efectuada por la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas.

DIA MES AÑO

N° de Ref.

Período de Pernocta del Vehículo

Desde: / / Hasta: / / Abierta

Datos del Vehículo

Marca: Modelo: Color:

Placa:

Dirección de Pernocta

Estado Ciudad Municipio Parroquia

Calle Casa/ Edificio Punto de Referencia

Justificación

Unidad Solicitante Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas Presidencia

Nombre y Cargo

Gerente

Aprob Negado Diferido

Vicepresidencia

Anexos:

Observaciones:

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Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 14 de 20

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Original: GGSAF/ Coordinación de Bienes y Servicios. C/c: Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas - Conductor

INSTRUCTIVO

Autorización Pernocta de Vehículos

I. Objetivo

Requerir la autorización ante los niveles jerárquicos de la empresa, la pernocta de los vehículos fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL.

II. Usuarios Todas las unidades organizativas de HIDROCAPITAL, que requieran realizar la Pernocta de Vehículos pertenecientes a la Flota de la empresa.

III. Frecuencia

Cada vez que se necesite realizar una autorización de pernocta de automóviles fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL.

IV. Distribución Original: Coordinación de Bienes y Servicios; Copia: Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas

V. Instrucciones de llenado del instrumento

Campos Descripción

N° de Ref.: Indique el NUM REF asignado por el SCAV de forma automática Día-Mes-Año Se indica el día mes y año en que se elabora la autorización

Período de Pernocta del vehículo

Indique la fecha en el formato dd/mm/aaaa, en el renglón desde y hasta

Marca Se indica la marca del vehículo Modelo Se plasma el modelo de fabricación del vehículo

Color Coloque el color del automóvil Placa Indique el número de placa

ID GPS Espacio destinado para que la Gerencia de Prevención y Control de Pérdidas indique el ID del GPS, si aplica.

Dirección de Pernocta Espacio destinado para que detalle los siguientes aspectos: lugar donde hará noche el vehículo, apuntando estado, cuidad, municipio, parroquia, calle, casa/edificio y algún punto de referencia a que hubiere lugar.

Justificación Indique un motivo válido por el cual el vehículo deba permanecer en horas nocturnas fuera de las instalaciones de HIDROCAPITAL

Apellidos Se indica(n) el(los) apellido(s) del conductor del vehículo

Nombres Se indica(n) el(los) nombre(s) del conductor del vehículo

C.I Se debe plasmar el número de documento de identidad

N° Licencia Coloque el número de licencia para conducir, detallado en el reverso de la misma

Tipo de Licencia Indique grado de aprobación de la licencia

F. de Vencimiento Indique la fecha de vencimiento de la Licencia

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Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 15 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

N° C. Médico V Coloque el número del Certificado Médico Vial

F. de Vencimiento Coloque la fecha de vencimiento del certificado médico

REPORTE DE FALLA DE VEHICULOS

FECHA DE REPORTE

PLACA MARCA

NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD

FIRMA DEL CONDUCTOR:

Cargo:Fecha:

RECIBIDO POR:

Nombre y Apellido:

DESCRIPCION DE LA FALLA:

ADSCRITO A:

DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO

EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:

DATOS DEL VEHICULO

REPORTE DE FALLA DE VEHICULOS

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Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de

Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 16 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

INSTRUCTIVO

Reporte Falla de Vehículos

I. Objetivo

Reportar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, cualquier falla (mecánica, eléctrica, etc.) en los vehículos, que sea detectada por el Conductor, durante la operación de los mismos, con la finalidad de enviar el vehículo al taller especializado.

II. Usuarios El reporte lo llenan los Conductores asignados a cada Gerencia de Hidrocapital.

III. Frecuencia Cada vez que el vehículo presente fallas.

IV. Distribución Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación Bienes y Servicios.

V. Instrucciones de llenado del instrumento

Campos Descripción

Fecha de Reporte Coloque el día, mes y año en que se detectó la falla en el vehículo.

Datos de Vehículo Indique la placa y la marca del vehículo, así como la Gerencia a la cual está adscrito.

Datos de Conductor del Vehículo

Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.

Descripción de la falla Se especifican las fallas que presenta el vehículo

Firma del Conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma..

Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.

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Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 17 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

REPORTE DE SOLICITUD DE SERVICIO POR KM RECORRIDO

FECHA DE SOLICITUD

FECHA ULTIMO SERVICIO

KM ACTUAL

PLACA MARCA

NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD

FIRMA DEL CONDUCTOR: RECIBIDO POR:

Nombre y Apellido:Fecha:

Cargo:

DESCRIPCION DEL SERVICIO SOLICITADO POR EL CONDUCTOR

ADSCRITO A:

DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO

EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:

SOLICITUD DE SERVICIO POR KM RECORRIDO

DATOS DEL VEHICULO

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Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de

Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 18 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

INSTRUCTIVO

Solicitud de Servicio por Km recorrido

I. Objetivo Notificar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, que el vehículo requiere de los servicios de cambio de aceite y filtro a causa de los km recorridos, a fin de realizar el respectivo mantenimiento preventivo al vehículo. .

II. Usuarios El Reporte lo llenan los Conductores asignados a cada Gerencia de Hidrocapital.

III. Frecuencia

Cada vez que el vehículo requiere de los servicios (cambio de aceite y filtro).

IV. Distribución: Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios

V. Instrucciones de llenado del instrumento:

Campos Descripción

Fecha de Solicitud Coloque el día, mes y año en que el vehículo requiere del servicio.

Fecha de último Servicio Se indica la fecha en que el vehículo recibió el último servicio.

KM actual Se coloca el KM que presenta el vehículo al momento de solicitar el servicio.

Datos de Vehículo Se indica la placa, marca y la Gerencia a la cual está adscrito el vehículo.

Datos del conductor del vehículo

Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.

Descripción del servicio solicitado por el conductor

Se especifica, cual es el servicio que requiere el vehículo (cambio de aceite y filtro).

Firma del conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma.

Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.

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Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 19 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

REPORTE DE SINIETRO DE VEHICULOS

FECHA DEL ACCIDENTE/ EVENTUALIDAD

PLACA MARCA

NOMBRE Y APELLIDO CEDULA DE IDENTIDAD

FIRMA DEL CONDUCTOR:

Cargo:

RECIBIDO POR:

Nombre y Apellido:Fecha:

REPORTE DE SINIESTRO DE VEHICULOS

DATOS DEL VEHICULO

DESCRIPCION DE LOS HECHOS

ADSCRITO A:

DATOS DEL CONDUCTOR DEL VEHICULO

EMPRESA PARA LA CUAL LABORA:

Gerencia General de Servicios de Administración y Finanzas

Normativa Para el Uso y Cuidado de los Vehículos de

Hidrocapital

Código:0211-004 Versión 01 Página 20 de 20

Fecha de Elaboración: 15/11/2016

INSTRUCTIVO

Reporte de Siniestro de Vehículos

I. Objetivo Reportar ante la Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios, las eventualidades de siniestro y descripción de los hechos, cuando el conductor tiene un accidente con un vehículo perteneciente a la Flota de Hidrocapital.

II. Usuarios El Reporte lo llena el Conductor.

III. Frecuencia Cada vez que se presente algún siniestro con vehículos pertenecientes a la Flota de Hidrocapital.

IV. Distribución Original: Subgerencia Administrativa / Coordinación de Bienes y Servicios.

V. Instrucciones de llenado del instrumento

Campos Descripción

Fecha del Accidente / Eventualidad

Coloque el día, mes y año en que ocurrió el siniestro.

Datos de Vehículo Se indica la placa, marca y la Gerencia a la cual está adscrito el vehículo del accidente.

Datos del conductor del vehículo

Coloque el nombre, apellido, cédula de Identidad y empresa para la cual labora.

Descripción de los hechos Se especifican los detalles que ocasionaron el siniestro.

Firma del conductor Una vez llenado el reporte el Conductor debe colocar su firma.

Recibido por Se indica el nombre y cargo del Trabajador que recibe el formato, colocando la fecha de recepción y sello de la unidad.