historia igpj santa fe

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Consigna Trabajo Final Tecnicatura en Administración y Gestión Pública Información General El alumno debe identificar una organización Pública (municipal, provincial o nacional) sobre la cual trabajará. Puede ser la organización en la cual actualmente se está desempeñando o elegir alguna otra de su preferencia o de la cual posea información o tenga acceso a la misma. No hay inconveniente en adoptar alguna organización pública que ya haya trabajado el alumno en alguno de los módulos desarrollados. El trabajo es INDIVIDUAL. Para aquellos alumnos que no hayan podido trabajar durante todo el desarrollo del Curso con una organización pública, se les solicita hagan un esfuerzo para incorporar alguna en donde directa o indirectamente pueda estar vinculada con el sector público. En caso negativo deberá comunicarse con la Dirección a través de la Plataforma. Los capítulos y/o secuencia a seguir deberá ser: Estructura del Trabajo Final 1. Ubicación Histórica de la organización, y eventuales modificaciones a lo largo de la misma. En este punto, de estar a su alcance, deberá muñirse de todos los elementos (documentación, publicaciones, normativa, etc.) que permitan establecer la historia de la organización/repartición seleccionada y de su entorno organizativo de la cual depende. Esta documentación formará parte de un Anexo al documento. El alumno deberá formular una síntesis histórica, en el marco del análisis llevado a cabo en el módulo pertinente. Organización elegida Inspección General de Personas Jurídicas – Santa Fe (Perteneciente a Fiscalía de Estado) Introducción La Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe es un organismo dependiente de la Fiscalía de Estado, que es el órgano de asesoramiento

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trabajo final tecnicatura en gestion y administracion publica

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Consigna Trabajo Final

Tecnicatura en Administración y Gestión Pública

Información GeneralEl alumno debe identificar una organización Pública (municipal, provincial o

nacional) sobre la cual trabajará. Puede ser la organización en la cual actualmente se está desempeñando o elegir alguna otra de su preferencia o de la cual posea información o tenga acceso a la misma.

No hay inconveniente en adoptar alguna organización pública que ya haya trabajado el alumno en alguno de los módulos desarrollados.

El trabajo es INDIVIDUAL.Para aquellos alumnos que no hayan podido trabajar durante todo el desarrollo

del Curso con una organización pública, se les solicita hagan un esfuerzo para incorporar alguna en donde directa o indirectamente pueda estar vinculada con el sector público. En caso negativo deberá comunicarse con la Dirección a través de la Plataforma.

Los capítulos y/o secuencia a seguir deberá ser:

Estructura del Trabajo Final

1. Ubicación Histórica de la organización, y eventuales modificaciones a lo largo de la misma. En este punto, de estar a su alcance, deberá muñirse de todos los elementos (documentación, publicaciones, normativa, etc.) que permitan establecer la historia de la organización/repartición seleccionada y de su entorno organizativo de la cual depende. Esta documentación formará parte de un Anexo al documento. El alumno deberá formular una síntesis histórica, en el marco del análisis llevado a cabo en el módulo pertinente.

Organización elegidaInspección General de Personas Jurídicas – Santa Fe

(Perteneciente a Fiscalía de Estado)

IntroducciónLa Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe

es un organismo dependiente de la Fiscalía de Estado, que es el órgano de asesoramiento jurídico y la defensa legal del Poder Ejecutivo. Defiende judicial y administrativamente a la Provincia de Santa Fe en todo asunto en que corresponda intervenir según las disposiciones procedimentales. Proyecta actos administrativos y normas técnicas legales que fueren necesarios para el mejor desarrollo de su función.

La IGPJ tiene a su cargo el Registro de las sociedades por acciones, asociaciones civiles y fundaciones de la provincia, en el cual me desempeño desde hace 10 meses.

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Historia, Origen y Evolución de Fiscalía de Estado

En la Fiscalía de Estado se apoya la legalidad de la función gubernamental. Esta deviene desde los orígenes de la función administrativa de gobierno; sin embargo en sus comienzos se liga a la rama judicial del poder. Su evolución responde al desarrollo que experimenta la actividad gubernativa provincial.

Fiscalía General: desde sus orígenes hasta 1881

Con marcada herencia hispano-colonial el Estatuto de 1819, primera Constitución Provincial, la única mención respecto del Fiscal es en relación a la Junta de Hacienda (especie de Tribunal de Cuentas presidida por el Gobernador).

Hasta aquí no existe una clara división de poderes, ni delimitación de las funciones; recién en 1833 se aprueba el primer reglamento del Poder Judicial, donde se especifican sus funciones. Y en 1849 asomó por primera vez Fiscalía como área de interés gubernamental.

En 1861 la Asamblea Legislativa sancionó el reglamento de justicia que puede considerarse la primera Ley Orgánica, que prevé dos Fiscales, uno como Fiscal General de la Provincia residente en La Capital, y otro como Agente Fiscal en Rosario.

Fiscalía de Estado: desde 1881 hasta 1918

La ley de presupuesto de sueldos y gastos sancionada en 1881, prevé la existencia de un Fiscal de Estado dentro del Ministerio de Gobierno y un Fiscal General en el Superior Tribunal de Justicia.

A partir de 1883 la designación de Fiscal General desaparece. El Poder Judicial incluye al Fiscal de Cámara y Agentes Fiscales, y el Poder Ejecutivo al Fiscal de Estado. Fiscalía permaneció en la esfera del Ministerio de Gobierno hasta la reforma de abril de 1890 que incorporó la totalidad del régimen judicial al Ministerio de Agricultura.

En 1894 fue anexada al Ministerio de Hacienda hasta 1906, cuando regresó al Ministerio de Gobierno.

En el año 1900 se dicta la nueva ley orgánica de los tribunales incorporando al "Fiscal de Gobierno y Tierras Públicas". 1902 ésta se modificó permitiendo al Fiscal de Gobierno y Tierras Públicas el ejercicio de la profesión de Abogado.

Hacia 1918 la ley 1844 organiza la Fiscalía de Estado con personal previsto por la ley de presupuesto y crea el cargo de Fiscal de Estado, dependiente directamente del poder Ejecutivo.

Jerarquización de la Fiscalía

Por decreto del 28 de noviembre de 1942 se reglamentó el funcionamiento de la Inspección de Sociedades y el otorgamiento de personería jurídica. El mismo determina que la Inspección de Sociedades dependerá de la Fiscalía de Estado.

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A partir de las reformas constitucionales de 1949 se jerarquizan las funciones del Fiscal de Estado, según conviene a la índole de su misión específica. Por lo delicado y vasto de su asesoramiento y por la grave responsabilidad que le incumbe, el Fiscal de Estado se convierte en un "funcionario de la Constitución".

Según el Art. 82 de la Constitución Provincial sancionada en 1962 debe considerarse como asesor jurídico del gobierno; como defensor del fisco provincial; como representante de la Provincia en los juicios contencioso-administrativos; y como defensor de la Provincia en todos los asuntos en los que se controviertan sus intereses.

Teniendo en cuenta que el Fiscal de Estado conjuga los dos menesteres fundamentales de la abogacía (asesorar y defender, según lo establece la Constitución) dicho funcionario puede ser calificado como el abogado de la Provincia.

Ubicación histórica de La inspección General de Personas Jurídicas

Antes del año 1973 las Sociedades por Acciones (tanto anónimas o en comandita por acciones) se regían por la Ley 19550 de Sociedades Comerciales, fue sancionada el 3/4/72, promulgada en Boletín Oficial con fecha 25/4/72.

Sufrió reformas parciales con las leyes 19.666, 19.880, 20.337, 20.468, 21.304, 21.357, 22.182, 22.686, 22.903, 22.905.

En la conceptualización de la sociedad comercial, brindada por la ley bajo análisis, se elabora la naturaleza jurídica del negocio constitutivo de sociedad, según los lineamientos del contrato plurilateral y de organización, comparándolos con la categoría relativa a los contratos bilaterales y de cambio o intercambio, para, una vez establecida claramente su diferenciación, determinar las particularidades que evidencia el negocio asociativo.

En abril del año 1973 en la provincia de Santa Fe se sanciona la ley 6926 de Creación de la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe, y con posterioridad, en octubre de 1974, se sanciona el Decreto 3810/73 de Control (Administrativo) de la IGPJ y la ponen bajo la órbita o jurisdicción de Fiscalía de Estado.

Normalmente la IGPJ tendría que depender del Ministerio de Justicia o Gobierno, pero es muy probable que esto no sucediera así por haber querido privilegiar a los funcionarios de la IGPJ de esa época, ya que los profesionales de la Fiscalía de Estado tenían mejores retribuciones con un régimen diferenciado al Ministerio de Justicia.

En todo este proceso de creación y formación en la provincia de Santa Fe, participó activamente en Dr Bernardo Gago (Primer Inspector General), abogado prestigioso, santafesino, profesor de la Universidad Nacional del Litoral, especialista en sociedades.

Pero el hombre que diagramaba todo, muy amigo del Dr Gago, era el Dr. Decio Ulla (Diputado Provincial en los períodos 1958 - 1962 y 1963 - 1966 miembro de la Corte Suprema de Justicia desde el 17/05/1990 al 26/05/2000 (como Presidente de 1992 a 1995 y en 1997); integrante del Poder Ejecutivo durante el

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gobierno de Carlos Sylvestre Begnis, como Fiscal de Estado desde el 22/06/1973 hasta el 24/03/1976 y además Convencional Constituyente durante la Reforma Constitucional de 1962). Ambos sentaron las bases jurídicas de la IGPJ y pertenecieron a una generación de ilustres desarrollistas.

El Dr Decio Ulla, quien fue Fiscal de Estado, constituyente y una figura emblemática y de gran importancia, muy hábil y estratega, en la administración pública de la provincia de Santa Fe, fue un hombre clave, profesor de Derecho Administrativo, es el que diagramó y fijó los criterios de la IGPJ.

Su discípula dilecta fue la Dra. Irmgard Elena Lepenies (quien fue Fiscal de Estado de la Provincia; fue Presidenta de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo en 1999 y en 2008; Profesora Titular Ordinaria por concurso, Directora de la Carrera de Especialización en Derecho Administrativo y miembro del Consejo Directivo en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral; Tesorera de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo; Presidenta de la Asociación de Derecho Público del Mercosur; y miembro fundadora de la REDOEDA -Red Docente Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo).

Como mencionamos antes, por el año 1973 se sanciona la Ley Provincial 6926 de Creación de la IGPJ, hace alusión a la autoridad de fiscalización, competencia y atribuciones sobre las sociedades por acciones, asociaciones civiles y fundaciones. También trata de dar forma a la estructura de la IGPJ.

Luego el decreto 3810 de Reglamentación de la IGPJ, fija todos los recaudos que tenían que cumplir las Asociaciones Civiles, Fundaciones y Sociedades por acciones.

En forma paralela el Dr Gago dicta la Resolución 359 por el año 1975, que determina la documentación referente a las asambleas de sociedades por acciones y asociaciones, reuniones del consejo de administración de las fundaciones y documentos contables correspondientes a sus ejercicios económicos, que todos los entes sujetos a control por esta inspección deben presentar.

Cada provincia tuvo experiencias similares, dictando sus propias resoluciones.El organismo que tuvo más prestigio fue la IGJ Inspección General de Justicia de

la Nación en Buenos Aires, donde los directores tenían una enorme trayectoria política.

Con respecto al doble control (control administrativo de la IGPJ y el control del Registro Público de Comercio), se sanciono una ley que establece que las provincias pueden unificar ese doble control.

Es por eso que la IGJ de la Nación lo unifica.Con respecto a la IGPJ Inspección General de Personas Jurídicas establece su

Sede en Santa Fe y subsede en la ciudad de Rosario, donde siempre los Inspectores generales han sigo todos de carrera.

Como Rosario tenía un porcentaje alto de entidades constituidas en Buenos aires (un 40%), muchas sociedades comienzan a retornar a Santa Fe, por lo tanto el flujo de trabajo y las demandas en la Inspección empieza a ser más elevado.

Luego de muchos años, en general casi no había habido Resoluciones Generales, pero con la llegada del Inspector General Dr Ricardo Silberstein por el año 2012/2013 comienza a dictar resoluciones más nuevas.

Casi todas las provincias toman como modelo las resoluciones sancionadas en la IGJ de Buenos Aires.

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En la actualidad, El gobierno de Santa Fe presentó en el año 2013 una nueva modalidad de trámites descentralizados de la Inspección General de Personas Jurídicas, que permitirá a las sociedades por acciones, asociaciones civiles y fundaciones realizar las gestiones vinculadas a esa dependencia en las cinco regiones que hoy tiene la provincia.

Casa central IGPJ en Santa Fe.Nodos: Rosario – Reconquista – Rafaela – Venado Tuerto.En la actualidad, solo pueden efectuarse en Santa Fe y Rosario.La presentación tuvo lugar en el Centro Cívico de la Región 4 - Nodo Rosario y

estuvo a cargo del fiscal de Estado, Pablo Saccone; el secretario de Regiones, Municipios y Comunas, Horacio Ghirardi; y el inspector general de Personas Jurídicas, Ricardo Silverstein; entre otras autoridades.

Surge asi una nueva modalidad de trámites de la Inspección General de Personas Jurídicas

Para instrumentar esta nueva vía de gestión se pusieron a disposición en el portal de trámites de la provincia formularios digitales y modelos de acta que los ciudadanos pueden descargar para simplificar y agilizar los trámites.

Con este nuevo servicio, la provincia también inaugura el sistema de video tutoriales que facilitarán la comprensión de todos los pasos necesarios para realizar un trámite en apenas dos minutos.

Otra de las novedades que presenta el nuevo sistema es la posibilidad de realizar un seguimiento online de los expedientes presentados a partir del 18 de noviembre de 2013 a la actualidad.

MARIA LAURA GRAUDNI 24475844