heterocomposicion, autocomposicion

4
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE DERECHO DOCENTE : Edgar Arias Cutipa CURSO : Teoria General del Proceso ALUMNA : CICLO : FECHA :

Upload: ilda-pari-b

Post on 17-Jan-2016

13 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

heterocomposicion, autocomposicion

TRANSCRIPT

Page 1: heterocomposicion, autocomposicion

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

FACULTAD DE DERECHO

DOCENTE : Edgar Arias Cutipa

CURSO : Teoria General del Proceso

ALUMNA :

CICLO :

FECHA :

TACNA- PERU

Page 2: heterocomposicion, autocomposicion

2014

HETEROCOMPOSICION

MEDIACION

Ovalle Favela escribe acerca de la mediación: La función de este tercero puede limitarse a propiciar la comunicación, la negociación entre las partes, para tratar de que ellas mismas lleguen a un acuerdo que resuelva el conflicto.

Folberg y Taylor apuntan acerca de la mediación “Es posible definirla como el proceso mediante el cual los participantes, junto con la asistencia de una persona o personas neutrales, aíslan sistemáticamente los problemas en disputa con el objeto de encontrar opciones, considerar alternativas, y llegar a un acuerdo mutuo que se ajuste a sus necesidades”

Análisis

Es un tercero que intenta comunicar a las partes entre sí, ya sea por iniciativa de estas o por un tercero que se los pide. En este caso, el tercero será simplemente un mediador, que hace posibles las condiciones para que las partes intercambien sus puntos de vista sobre el litigio y al invitarlas para que lleguen a un acuerdo, hace propicia la solución. A la función que desempeña este tercero se denomina mediación.

CONCILIACIÓN

CABANELLAS dice que la conciliacion es la avenencia de las partes en un acto judicial, previo a la iniciación del pleito.

CHIOVENDA definía la conciliación como una actividad jurisdiccional que ejercita el Estado para prevenir litigios conciliando a las partes.

ARAGONES partiendo de una finalidad preventiva considera a la conciliación como un procedimiento judicial encaminado el evitar el proceso.

MONTERO AROCA sostiene que si la conciliación se intenta antes de la litispendencia será preventiva, tendiendo a evitar el proceso.

DE LA PLAZA al rechazar la naturaleza de la conciliación como un proceso especial sostiene que es una verdadera actuación preliminar con la que se pretende evitar el proceso, llegando por su medio a la composición amistosa de la litis en proyecto.

Análisis

Un medio para evitar el proceso judicial, puesto que su naturaleza es preventiva. Donde un tercero ajeno e imparcial busca el acercamiento de las partes procurando el acuerdo basado en la voluntad de ellas.

Page 3: heterocomposicion, autocomposicion

AUTOCOMPOSICION

TRANSACCION

CODIGO CIVIL

Artículo 1302.- Por la transacción las partes, haciéndose concesiones recíprocas, deciden sobre algún asunto dudoso o litigioso, evitando el pleito que podría promoverse o finalizando el que está iniciado.

Con las concesiones recíprocas, también se pueden crear, regular, modificar o extinguir relaciones diversas de aquellas que han constituido objeto de controversia entre las partes.

La transacción tiene valor de cosa juzgada.

ANALISIS

“ACUERDO ENTRE AMBAS PARTES, SIN LA INTERVENCION DE TERCEROS”, el acuerdo debe ser reciproco.