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FINAL UNIVERSIDAD. UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO FACULTAD. FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL, SISTEMAS Y ARQUITECTURA ESCUELA. INGENIERÍA CIVIL ASIGNATURA. REDACCIÓN Y COMUNICACIÓN CONTENIDO. HABILITACIONES URBANAS DOCENTE. ZORRILLA FLORES AUGUSTO INTEGRANTES. - PAREDES TROYA BRYANN - RODRIGUEZ AGURTO FRANCO - SANTA CRUZ VILITANGA KEVIN - VEGA SANTA CRUZ CRISTHIAN CICLO DE CARRERA II CICLO CICLO ACADÉMICO. 2015 II

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Habilitacionesurbanas r

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Page 1: Habilitacionesurbanas r

FINALUNIVERSIDAD. UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLOFACULTAD. FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL, SISTEMAS Y ARQUITECTURAESCUELA. INGENIERÍA CIVILASIGNATURA. REDACCIÓN Y COMUNICACIÓNCONTENIDO. HABILITACIONES URBANASDOCENTE. ZORRILLA FLORES AUGUSTOINTEGRANTES.

- PAREDES TROYA BRYANN- RODRIGUEZ AGURTO FRANCO- SANTA CRUZ VILITANGA KEVIN- VEGA SANTA CRUZ CRISTHIANCICLO DE CARRERA II CICLOCICLO ACADÉMICO. 2015 IIFECHA. 10 DE DICIEMBRE DEL 2015

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

TRABAJOINTRODUCCIÓN

Las normas técnicas contenidas en el RNE se aplicarán a los proceso de habilitaciones de tierras para fines urbanos, en concordancia a las normas de Desarrollo Urbano de cada localidad, emitidas en cumplimiento del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano.Aun cuando un terreno rústico cuente con vías de acceso o infraestructura de servicios, deberá seguir el proceso de habilitación urbana, a menos que haya sido declarado habilitado de oficio;  mediante la ejecución de obras de accesibilidad, distribución de agua y recolección de desagüe, distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente podrá contar con redes para distribución de gas y redes de comunicaciones.

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

OBJETIVOSOBJETIVO GENERALES

Estudiar y analizar los pasos fundamentales en una residencia así con las habitaciones residenciales, el impacto ambiental y para así ejecutar una excelente obra.OBJETIVOS ESPECIFICOS Explicación detallada de la serie de actividades por realizar para el logro del objetivo general de una residencias Estudiar los elementos específicos para conocer cómo se construyen las residencias. Explicar las formas más específicas para elaborar una residenciaComo es habilitaciones e impacto ambiental

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

ÍNDICE CAPITULO I. Marco teóricoPágina 5

Habilitaciones urbanasPágina 5 Plano de lotizaciónPágina 5 Vías públicasPágina 5- Partes de las víasPágina 5- Clasificación de la vías Página 6

CAPITULO II. Conceptos relacionadosPágina 7 UrbanizaciónPágina 7 Zonificación Página 7 Lote Página 7 Lote mínimo Página 7 Lote normativo Página 7 Manzana Página 7 Área urbanaPágina 7 Área de expansión urbanaPágina 7

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN Frente mínimo Página 8 Densidad poblacional Página 8 Densidad neta Página 8 Densidad bruta Página 8

CAPITULO III. Normatividad RelacionadaPágina 9 Norma GH.010 Página 9

Capítulo I: Alcances y contenidosPágina 9- Artículo 1 Página 9- Artículo 2 Página 9- Artículo 3 Página 10- Artículo 4 Página 10 Norma GH.020 Página 11

Capítulo I: GeneralidadesPágina 11- Artículo 1 Página 11 Capítulo III: LotizaciónPágina 11- Artículo 22 Página 11- Artículo 23 Página 11- Articulo 24 Página 11- Articulo 25 Página 11 Capítulo IV: Aportes de habilitación urbanaPágina 11- Artículo 26 Página 11- Artículo 27 Página 12

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN- Artículo 28 Página 12- Artículo 29 Página 12- Artículo 30 Página 12- Artículo 31 Página 12 - Artículo 32 Página 12- Artículo 33 Página 13- Artículo 34 Página 13- Artículo 35 Página 13

CAPITULO IV. Información complementariaPágina 14 Urbanizaciones Página 14

Tipos de urbanizacionesPágina 14 Contenido del planoPágina 17

ConclusionesPágina 18 Anexos Página 19

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

HABILITACIONES URBANASDEFINICIÓN. Es el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente, el terreno podrá contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones (Ley 29090).PLANO DE LOTIZACIÓNEs la lámina que muestra los terrenos urbanizables sobre los que se va a asentar una urbanización, se dividen en polígonos, éstos en manzanas urbanas, las cuales deben estar delimitadas por caminos o calles y estas manzanas estarán compuestas por una o más parcelas que tendrán siempre acceso a una calle. Las parcelas podrán poseer con servicio de electricidad, agua potable, alcantarillado, recogida de basura y transporte si es posible. Los espacios públicos están, a su vez, conformados por las VÍAS de circulación vehicular y peatonal, las áreas dedicadas a parques y plazas de uso público.

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|MARCO TEÓRICO

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNEl plano de Lotización consiste en la división en lotes de un terrero, que a su vez son áreas destinadas a la edificación de viviendas. LAS VÍAS PÚBLICAS. Por vías públicas se entienden a los senderos peatonales y vehiculares, calles, avenidas de tránsito vehicular de libre acceso. Un espacio por donde se transita ya sea de forma terrestre, acuática o aérea. No se incluirán en las vías públicas, las vías privadas de acceso restringido pertenecientes a cualquier clase de unidad residencial, industrial, comercial u oficial.

1. PARTES DE LAS VÍAS. Calzada o parte por la que circulan los vehículos. Pueden tener uno o más carriles de uno o dos sentidos. Carriles . Uno o varios, en que puede estar dividida la calzada. Carril de aceleración o de entrada . Indicado para la incorporación desde otra vía distinta que permite a los vehículos alcanzar una velocidad similar a la de los vehículos que ya circulaban por ella. Carril de deceleración o de salida . Igual que el anterior pero para su uso contrario. Se usa para abandonar la vía por la que se circula. Arcén . Zona contigua a la calzada destinada al uso de automóviles sólo en casos de emergencia. Mediana . Zona intermedia que separa las calzadas de sentido contrario. Acera . Es la zona de la vía reservada a la circulación de peatones, que normalmente está elevada sobre la calzada. Paso a nivel . Es un cruce entre la vía y una línea de ferrocarril. Parada BUS . Es la zona reservada a determinados servicios públicos recogida o bajada de viajeros. Cuneta . Es la zona de la calzada para recoger el agua de lluvia Intersección . Zona en la que confluyen dos o más vías. Plazoleta o isleta, o zona situada dentro de la calzada . Para ayudar a incorporarse distintas vías. Aparcamiento . En paralelo o en línea para estacionar vehículos. 2. CLASIFICACIÓN DE LAS VÍAS.

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|MARCO TEÓRICO

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNEl diseño de las vías de una habilitación urbana deberá integrarse al sistema vial establecido en el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad. Estará constituido fundamentalmente por vías expresas, vías arteriales, vías colectoras, vías locales y pasajes.

Vías expresas (primarias o de primer orden). Tramos . de vías interurbanas que bordean los límites de la ciudad o la atraviesan sin detenerse. Vías arteriales (secundarias o de segundo orden). Permite unir eficientemente puntos de importancia dentro de la ciudad o puntos extremos de la ciudad, o salir desde la ciudad hacia puntos extremos. Vías colectoras (secundarias o de tercer orden). Las cuales combinan dos funciones de enlazar las calles locales al sistema arterial y proveer el acceso local a propiedades adyacentes. Vías locales .

CONCEPTOS RELACIONADOS.1. URBANIZACIÓN. Es el conjunto de construcciones levantadas en un antiguo medio rural. Se denominan también Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas por lotes para fines de edificación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, así como de sus servicios públicos complementarios y su comercio local. 2. ZONIFICACIÓN . Es la distribución normativa de los usos de suelo de la ciudad, constituyendo un instrumento básico para el planeamiento de desarrollo urbano. La zonificación se concibe, en la práctica del planeamiento, generalmente como un esquema de

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|CONCEPTOS RELACIONADOS

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNsubdivisión de un área urbana con propósito de regular sus usos, la densidad de población, tamaño de lotes, tipo de estructuras etc. 3. LOTE. Superficie de terreno urbano encerrado en una poligonal, resultante del proceso de subdivisión del suelo como consecuencia de una habilitación urbana, factible de ser inscrito en el registro de la propiedad. 4. LOTE MÍNIMO. Superficie mínima que debe tener un terreno urbano según el uso asignado.5. LOTE NORMATIVO. Superficie de lote de una habilitación urbana de acuerdo a la zonificación establecida, densidad y uso del suelo.6. MANZANA. Lote o conjunto de lotes limitados por vías vehiculares, vías peatonales o áreas de uso público, en todos sus frentes. Las manzanas estarán conformadas por un lote único o por un conjunto de lotes y estarán delimitadas por vías públicas, pasajes peatonales o parques públicos. En los casos de habilitaciones urbanas de lote único, deberán considerarse áreas para la instalación de estaciones de transformación en superficie o subterráneas. La longitud mayor de cada manzana en habilitaciones para vivienda taller no debe exceder de 200 Ml., y en otros tipos de habilitaciones para vivienda no deberá exceder de 300 Ml. Todos los lotes deben tener acceso desde una vía pública con tránsito vehicular o peatonal. 7. ÁREA URBANA . Es la superficie de la ciudad actualmente ocupada con actividades urbanas (suelo urbano) y las áreas de expansión urbana programada por el Plan Director, destinadas a albergar actividades urbanas (suelo urbanizable). Constituye el territorio sujeto a las disposiciones legales de zonificación urbana.8. ÁREA DE EXPANSIÓN URBANA. Son las áreas señaladas por el Plan Director para cubrir los requerimientos de espacios físicos para el crecimiento poblacional de la ciudad, según los horizontes de planeamiento trazados. Se le denomina también suelo urbanizable.9. FRENTE MÍNIMO. Lindero que limita con un acceso vehicular o peatonal. Se mide entre los vértices de los linderos que intersecan con él.

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|CONCEPTOS RELACIONADOS

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN10. DENSIDAD POBLACIONAL Se denomina densidad de población a la cantidad de habitantes que viven por kilómetro cuadrado.Es el indicador resultante de dividir el número de habitantes del proyecto propuesto para un terreno con uso residencial, entre el área del terreno urbano. Los parámetros normativos aplicables a las edificaciones serán los correspondientes a la Zonificación Residencial del predio, o en su defecto a la Zonificación Residencial compatible. La Densidad Neta Máxima se regirá por el siguiente cuadro: Densidad = población/área = Nº hab/Ha

- Zonas Residenciales de Densidad Media R3 y R4: 1,300 Hab/Ha - Zonas Residenciales de Alta Densidad R5, R6 y R8: 2,250 Hab/Ha Para el caso de viviendas unifamiliares, la densidad es de cinco habitantes por vivienda. Para los demás casos, el cálculo de densidades se realizará de la forma siguiente: Unidades de Vivienda Número de Habitantes De un dormitorio 2 De dos dormitorios 3 De tres dormitorios o más 5 11. DENSIDAD BRUTA. Es la población que habita en una determinada área, considerando las manzanas, pistas, veredas, áreas libres urbanas, equipamientos, otros usos, etc. Se aplica para fines de habilitación urbana y se expresa en hab/Ha bruta.12. DENSIDAD NETA. Es la población que habita en un área utilizada exclusivamente para vivienda, descontando las áreas ocupadas por vías, parques, equipamiento, otros usos, etc. Se aplica para fines de edificación y se expresa en hab/Ha netaDN= #HABITANTES AT-(AV+AEq+SNU)

DN = Densidad Neta AT = Área total del terreno AV. = Área necesaria de vías

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN AEq= Área necesaria para equipamiento SNU = Área de suelo No Urbanizable NORMATIVIDAD RELACIONADA. Según el REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES debemos tener en cuenta:

TITULO IIHABILITACIONES URBANASNORMA GH. 010 CAPITULO I. ALCANCES Y CONTENIDOARTÍCULO 1. Las normas técnicas contenidas en el presente Título se aplicarán a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos, los cuales deben estar sujetos al Plan Urbano de cada localidad, emitidas en cumplimiento del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano.Aun cuando un terreno rústico cuente con vías de acceso o infraestructura de servicios, deberá seguir el proceso de habilitación urbana a menos que haya sido declarado habilitado de oficio.ARTÍCULO 2. Las normas técnicas desarrolladas en el presente Título contienen los elementos necesarios para la habilitación de terrenos que permitan un adecuado desarrollo de las diferentes actividades urbanas propias de una ciudad. Estas normas comprenden lo siguiente:a. La descripción y características de los componentes físicos que integran la habilitación de un terreno rústico, a fin de que se encuentre apto para ejecutar edificaciones, según lo dispuesto en el Plan Urbano de la localidad. b. Las condiciones técnicas de diseño y de construcción que se requieren para proveer de acceso, de espacios públicos y de infraestructura de servicios a un terreno por habilitar.c. Los requerimientos de diseño y construcción de las vías públicas con las características de las aceras, bermas y calzadas.d. La distribución y dimensionamiento de los lotes, así como los aportes reglamentarios para parques de recreación pública y para el equipamiento social urbano.

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|NORMATIVIDAD RELACIONADA

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNe. Los diferentes tipos de habilitaciones urbanas destinadas para fines residenciales, comerciales, industriales y de usos especiales, en función a la zonificación asignada.f. Las condiciones especiales que requieren las habilitaciones sobre terrenos ubicados en zonas de riberas y laderas y en zonas de reurbanización.g. El planeamiento integral.h. Las reservas para obras de carácter distrital, provincial y regional, según sea el caso.i. Las servidumbres.j. La canalización de los cursos de agua.k. El mobiliario urbano.l. La nomenclatura general.ARTÍCULO 3. Las normas técnicas del presente Título comprenden también:a. Los Componentes Estructurales que están compuestos por:

Aceras y pavimentos. Estabilización de suelos y taludes. Obras especiales y complementarias.b. Las Obras de Saneamiento, que están compuestas por: Captación y conducción de agua para consumo humano. Plantas de tratamiento de agua para consumo humano. Almacenamiento de agua para consumo humano. Estaciones de bombeo de agua para consumo humano. Redes de distribución de agua para consumo humano. Drenaje pluvial urbano. Redes de aguas residuales. Estaciones de bombeo de aguas residuales. Plantas de tratamiento de aguas residuales. Consideraciones básicas de diseño de infraestructura sanitaria.c. Las Obras de Suministro de Energía y Comunicaciones, que están compuestas por: Redes de distribución de energía eléctrica. Redes de alumbrado público. Subestaciones eléctricas. Redes e instalaciones de comunicacionesARTÍCULO 4. Las habilitaciones urbanas podrán ejecutarse en todo el territorio nacional, con excepción de zonas identificadas como:a. De interés arqueológico, histórico y patrimonio cultural.

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|NORMATIVIDAD RELACIONADA

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNb. De protección ecológica. c. De riesgo para la salud e integridad física de los pobladores. d. Reserva Nacional. e. Áreas destinadas a inversiones públicas para equipamento urbano. f. Reserva para obras viales.g. Ribera de los ríos, lagos o mares, cuyo límite no se encuentre determinado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, la Marina de Guerra del Perú o por entidades competentes.

NORMA GH. 020 CAPITULO I. GENERALIDADES ARTÍCULO 1. Los componentes de diseño de una habilitación urbana están constituidos por los espacios públicos y los terrenos aptos para ser edificados. Los espacios públicos están, a su vez, conformados por las vías de circulación vehicular y peatonal, las áreas dedicadas a parques y plazas de uso público. Los terrenos edificables comprenden los lotes de libre disposición del propietario y los lotes que deben ser aportados reglamentariamente. Las habilitaciones urbanas que se desarrollen colindantes a áreas habilitadas, se integrarán a la trama vial existente o a la aprobada sobre dichas áreas.CAPITULO III. LOTIZACION ARTÍCULO 22.- Las manzanas estarán conformadas por un lote único o por un conjunto de lotes y estarán delimitadas por vías públicas, pasajes peatonales o parques públicos. En los casos de habilitaciones urbanas de lote único, deberán considerarse áreas para la instalación de estaciones de transformación en superficie o subterráneas. ARTÍCULO 23. La longitud mayor de cada manzana en habilitaciones para vivienda taller no debe exceder de 200 Ml., y en otros tipos de habilitaciones para vivienda no deberá exceder de 300 Ml.

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|NORMATIVIDAD RELACIONADA

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNARTÍCULO 24. Todos los lotes deben tener acceso desde una vía pública con tránsito vehicular o peatonal. ARTÍCULO 25. Si se trata de una urbanización con construcción simultánea de viviendas no se considerará dimensiones mínimas de lote.CAPITULO IV. APORTES DE HABILITACION URBANA

ARTÍCULO 26. Las habilitaciones urbanas, según su tipo, deberán efectuar aportes obligatorios para recreación pública y para servicios públicos complementarios para educación y otros fines, en lotes edificables. Estos aportes serán cedidos a título gratuito a la entidad beneficiaria que corresponda. El área del aporte se calcula como porcentaje del área bruta deducida la cesión para vías expresas, arteriales y colectoras El área mínima de los aportes será: Para Recreación Pública 1,000 mt2 Para Recreación pública (islas rústicas) 800 mt2 Ministerio de Educación 800 mt2 Otros usos 400 mt2

Cuando el cálculo de área de aporte no tenga el área mínima requerida, el aporte será redimido en dinero. El monto de la redención en dinero se calcula sumando el valor de tasación comercial del metro cuadrado del terreno rústico, más el valor medio de las obras de habilitación urbana entre el número de metros cuadrados habilitados. Este valor se multiplica por el área del aporte por redimir. ARTÍCULO 27. Los parques para recreación pública constituirán un aporte obligatorio a la comunidad y en esa condición deberán quedar inscritos en los Registros Públicos. Página 14

|NORMATIVIDAD RELACIONADA

TipoRecreación pública

Parques zonales

Servicios públicos complementarios

Educación Otro fines

1 8% 2% 2% 1%

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNEstarán ubicados dentro de la habilitación de manera que no haya ningún lote cuya distancia al parque, en línea recta, sea mayor de 300 ml. Pueden estar distribuidos en varias zonas y deberán ser accesibles desde vías públicas. ARTÍCULO 28. El ancho mínimo del aporte para recreación pública será de 25 ml., en el cálculo del área no se incluirán las veredas que forman parte de la sección transversal de la vía. ARTÍCULO 29. Cuando el área por habilitar sea mayor a 10 hectáreas se considerará un parque central con una superficie no menor al 30% del área destinada reglamentariamente para recreación pública. ARTÍCULO 30. No se considerará para el cálculo del área de parque, las áreas comprendidas dentro de los lados de ángulos menores de 45 grados y una línea de 25m. perpendicular a la bisectriz del mismo, ni las áreas de servidumbre bajo líneas de alta tensión. ARTÍCULO 31. Excepcionalmente, los jardines centrales de vías o bermas de separación central en vías arteriales podrán ser computados como parques, siempre que tengan las dimensiones mínimas establecidas y no constituyan más del 30% de la superficie total destinada para Recreación Pública. ARTÍCULO 32. En casos de habilitaciones en terrenos con pendientes pronunciadas, los parques podrán estar conformados por terrazas o plataformas, con una pendiente máxima de 12% cada una y con escaleras de comunicación entre los diferentes niveles. ARTÍCULO 33. Los parques serán construidos y aportados para uso público y no podrán ser transferidos a terceros. Los parques tendrán veredas, iluminación, instalaciones para riego y mobiliario urbano. Se podrá proponer zonas de recreación activa hasta alcanzar el 30% de la superficie del parqueARTICULO 34. Los aportes se indican en los capítulos correspondientes a cada tipo de habilitación urbana. Las municipalidades provinciales podrán establecer el régimen de aportes de su jurisdicción, ajustada a las condiciones específicas locales y los objetivos establecidos en su plan de desarrollo urbano, tomando como referencia lo indicado en la presente norma. ARTICULO 35. Los aportes para el ministerio de educación y otros fines, podrán permutarse por edificaciones ubicadas dentro de los límites de la habilitación, que respondan a las necesidades de la población y cuenten con la conformidad de la entidad financiera. El

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|NORMATIVIDAD RELACIONADA

Page 17: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNvalor de la edificación deberá corresponder al valor de tasación del aporte respectivo.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIAURBANIZACIONESSe denominan Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas por lotes para fines de edificación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, así como de sus servicios públicos complementarios y su comercio local.TIPOS DE URBANIZACIONES.Las Urbanizaciones pueden ser de diferentes tipos, los cuáles se establecen en función a tres factores concurrentes:

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|INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

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HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN Densidad máxima permisible; Calidad mínima de obras y Modalidad de ejecución.

TIPO DENSIDAD CLASE DE ÁREA MINIMAFRENTE MÍNIMO TIPO DE

POBLACIONAL DENSIDAD DE LOTE DE LOTE VIVIENDA1 menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R1) 450 Mt2 15 ML UNIFAMILIAR2 menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R2) 300 Mt2 10 ML UNIFAMILIAR3 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R3) 160 Mt2 8 ML UNIFAMILIAR4 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R4) 90 Mt2 6 ML UNIFAMILIAR5 2250 Hab/Ha D. MEDIA (R3 y R4) ALTA (R5, R6 y R8) (*) (*) UNIFAM / MULTIFAM6 2250 Hab/Ha DENSIDAD ALTA (R5,R6 y R8) 450 Mt2 15 ML MULTIFAMILIARLa densidad máxima permisible se establece en la Zonificación y como consecuencia de ella se establecen las dimensiones mínimas de los Lotes a habilitar, de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano.En función de la densidad, se agrupan en seis tipos, de acuerdo al siguiente cuadro:

1. Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R1).2. Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Baja Densidad (R2).Página 17

|INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Page 19: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN3. Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R3).4. Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Densidad Media (R4).5. Corresponden a Habilitaciones Urbanas pertenecientes a programas de promoción del acceso a la propiedad privada de la vivienda. No tendrán limitación en el número, dimensiones o área mínima de los lotes resultantes; y se podrán realizar en áreas calificadas como Zonas de Densidad Media (R3 y R4) y Alta Densidad (R5, R6 y R8) o en Zonas compatibles con estas densidades. Para la aprobación de este tipo de proyectos de habilitación urbana deberá incluirse los anteproyectos arquitectónicos de las viviendas a ser ejecutadas, los que se aprobarán simultáneamente.6. Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Alta Densidad a ser ejecutados en Zonas Residenciales de Alta Densidad (R5, R6 y R8).

De acuerdo a las características de las obras existirán 4 tipos diferentes de habilitación, de acuerdo a lo consignado en el siguiente cuadro:Tipo Calzadas (pistas) Aceras (veredas) Agua potable Desagüe Energía eléctrica TeléfonoA Concreto Concreto simple Conexión domiciliaria

Conexión domiciliariaPública y domiciliaria

Público domiciliarioB Asfalto Concreto simple Conexión domiciliaria

Conexión domiciliariaPública y domiciliaria

Público domiciliarioC Asfalto Asfalto con sardinel

Conexión domiciliariaConexión domiciliaria

Pública y domiciliariaPúblico

D Suelo estabilizadoSuelo estabilizado con sardinel

Conexión domiciliariaConexión domiciliaria

Pública y domiciliariaPúblico

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Page 20: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNLa calidad mínima de obras en las Urbanizaciones para fines multifamiliares será la tipo B.De acuerdo a la modalidad de ejecución las Urbanizaciones podrán ser:

1. Urbanizaciones Convencionales o simplemente Urbanizaciones.2. Urbanizaciones Progresivas.3. Urbanizaciones con Construcción Simultánea.Las Urbanizaciones Convencionales, o simplemente Urbanizaciones, son aquellas que cumplen con la ejecución de las obras mínimas según su tipo, cumpliendo con el procedimiento de recepción de obras, de manera previa a la venta de lotes.Las Urbanizaciones Progresivas son aquellas en las que se difiere la ejecución de las calzadas y/o aceras y que, cumpliendo con la ejecución de las demás obras mínimas, podrán solicitar la recepción de las obras de manera parcial.Las Urbanizaciones Tipo 5 y 6, no pueden ser declaradas como Urbanizaciones Progresivas.Las Urbanizaciones con Construcción Simultánea son aquellas en las que la edificación de viviendas se realiza de manera simultánea a la ejecución de obras de habilitación urbana.Las Habilitaciones Urbanas Tipo 5, se declararán necesariamente como Urbanizaciones con Construcción Simultánea, donde se podrá realizar la recepción de obras de habilitación urbana, quedando pendientes las obras de edificación a ser ejecutadas por el mismo habilitador o por un tercero.

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|INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Page 21: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

CONTENIDO DEL PLANO.El Plano de Lotización viene a representar gráficamente todos los elementos que constituye la Habilitación Urbana, este plano tiene que estar bien detallado en todo su aspecto geométrico que establecen las normas, por ejemplo sus acotaciones, áreas, etc.El plano tiene que estar completa, suficiente y conciso, con el fin de dar toda la información necesaria por medio del plano para poder ejecutar la obra del proyecto en la forma más concreta posible y sin dar información inútil o innecesaria.En su contenido del plano encontraremos los elementos y simbología de las Habilitaciones Urbanas, tales como:

Lotes. Manzanas. Vías Públicas (calles). Orientación. Aportes como Parques, hospitales, colegios, etc.

Los planos de lotización presentan un innumerable de detalles en todos los elementos que conforma este, tal razón es de gran importancia especificar los datos que contienen los lotes, manzanas, vías, etc.; con el objetivo de distribuir bien el territorio en particiones de elementos que conforman detalladamente las Habilitaciones Urbanas en la vida real.Los detalles de los elementos que más resaltan son las siguientes:

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|CONTENIDO DEL PLANO

Page 22: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN Cuadro General de Áreas . Es el cuadro de detalles que especifica las áreas en general de vías, aportes, comercio, etc., donde todos estos sumaran el total de Área del Terreno. Cuadro de Resumen por Manzanas . Es el cuadro de detalles que especifica simplemente las áreas de cada manzana y el número de lotes que lo constituye Cuadro de Áreas Lotizadas . Es el cuadro de detalles que especifica claramente a cada uno de los lotes que conforma a todo el plano. Secciones (calles). Son cortes de calles que detallan las medidas de veredas, pistas, jardines, etc., que están limitadas por territorios de propietarios. En la sección de calles, tiene elementos que están representados por un símbolo que son los siguientes:

VEREDAS VPISTAS PJARDINES JCONCLUSIONES

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Page 23: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

ANEXOSPlano de Lotización

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Page 24: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

Partes de las vías

Clasificación de las vías

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Page 25: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓNUrbanización

Lote

Manzana

NORMA GH. 010 Articulo 4

Página 24

Page 26: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

NORMA GH. 020 Artículo 1.

Articulo 22

Artículo 24.

Página 25

Page 27: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

Artículo 27.

Artículo 33.

Artículo 34.

Contenido del plano.

Página 26

Page 28: Habilitacionesurbanas r

HABILITACIONES URBANAS - LOTIZACIÓN

Página 27