guías para trabajos de alto riesgo - protección de maquinaria
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Fecha: 30/12/2012
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1. INTRODUCCIN
Esta gua corresponde a las necesidades presentes en las mquinas y equipos de NOMBRE DE LA EMPRESA de implementarles sistemas de proteccin en sus rganos, partes y sistemas que puedan generar accidentes por atrapamiento, punzonamiento, enganche o material proyectado ya sea slido o lquido.
2. OBJETIVO
Establecer una gua para la implementacin de proteccin en las mquinas y equipos de NOMBRE DE LA EMPRESA tendiente a evitar accidentalidad por atrapamiento, punzonamiento, arrastre, abrasin, perforacin, golpes, entre otros, debido a proteccin inadecuada o deficiente.
3. ALCANCE
Esta Gua se debe aplicar a nivel nacional y a todas las mquinas y equipos de NOMBRE DE LA EMPRESA. Debe ser implementada y es de obligatorio cumplimiento por todo el personal de planta, contratistas, personal en misin o pasantes, que desarrollen actividades con mquinas y equipos.
4. RESPONSABILIDADES
4.1 Jefe o Supervisor de rea
Es la autoridad mxima de la seccin donde se ejecutan los trabajos.
Se responsabiliza de:
a) Revisar los peligros, riesgos de seguridad relacionados con la proteccin adecuada de cada equipo o mquina y que se encuentren en buenas condiciones de funcionamiento.
b) Asegurar que todo el personal a su cargo cumple con los requerimientos del trabajo, como induccin de seguridad, salud y medio ambiente.
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c) Cerciorarse que el personal asignado a una tarea es competente para realizarla en forma segura.
4.2 Ejecutante
a) Revisar la mquina y equipo a utilizar de manera que est en buenas condicionas de funcionamiento y debidamente protegidos todos sus mecanismos de transmisin de potencia o movimiento, tales como poleas, correas, rodillos, ejes, engranajes, entre otros.
b) Utilizar adecuadamente todos los Elementos de Proteccin Personal (EPP) de acuerdo a la labor y equipo a operar.
c) Suspender el trabajo en el evento en que las condiciones del mismo afecten a las personas, instalaciones o equipos, ante la activacin de la alarma de emergencia o ante un peligro inminente.
5. DEFINICIONES
RIESGO MECNICO
Las condiciones de seguridad que pueden ocasionar una lesin por accin mecnica, se conocen como riesgo mecnico y es generado por elementos o partes de mquinas en movimiento, herramientas, piezas o materiales solidos o fluidos proyectados.
La materializacin del peligro puede ser por aplastamiento, atrapamiento, cizallamiento, corte, impacto, enganche o arrastre, perforacin, friccin o abrasin, proyeccin de partculas slidas o de fluidos.
La generacin del riesgo mecnico est dado principalmente por aristas cortantes, partes agudas, zonas de atrapamiento, energa potencial almacenada en volantes, muelles o resortes, energa cintica, acumulacin de energa en tanques a presin.
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RESGUARDOS
Las guardas o sistemas de proteccin se pueden clasificarse, entre otros, como:
Fijos: Son aquellos sistemas que se encuentran adheridos de manera permanente
a la parte que estn protegiendo, es decir, permanecen cerrados, ya sea de forma
permanente por soldadura, remaches, tornillos de forma que impiden ser
retirados/abiertos sin el empleo de una herramienta.
Estos a su vez, se pueden clasificar en: envolventes los cuales encierran
completamente la zona peligrosa y distanciado res cuyas dimensiones y ubicacin
respecto a la zona de peligro la hace inaccesible.
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Mviles: Por lo general son sistemas articulados o guiados, que se pueden abrir sin
herramientas. Requieren de un dispositivo de enclavamiento, con o sin bloqueo.
Regulables: Son sistemas fijos o mviles que se pueden regular en su totalidad o en parte. Estos sistemas cuando se ajustan a una posicin, sea manualmente o automticamente, permanecen en ella durante la operacin para la cual se graduaron.
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CMO SE DEBEN SELECCIONAR LOS SISTEMAS DE RESGUARDO
Las guardas, pantallas, son siempre una barrera material que se interpone entre el operario y la zona peligrosa de la mquina lo cual implica que su eleccin est ajustada a la necesidad y frecuencia de acceso a dicha zona. Razn por la cual debemos tener en cuenta varias situaciones como:
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Si nicamente se deben retirar en operaciones de mantenimiento, limpieza,
reparaciones, son elementos fijos que no intervienen en el trabajo en razn a que
no ejercen una accin directa sobre el material a trabajar.
Las zonas peligrosas deben permanecer aisladas con resguardos fijos cuando
ocasionalmente o de manera excepcional se tenga que acceder a la zona de
peligro.
Si se debe acceder frecuentemente a las zonas de peligro se emplearan resguardos
mviles asociados con sistemas de enclavamiento y etiquetado.
Las zonas peligrosas de mquina y equipos a las que se requiere acceder al inicio y
final de cada ciclo operativo por realizarse cargue y descargue manual del materia
prima y piezas procesadas, como en el caso de prensas, punzonadoras, cizallas
guillotinas, entre otras, se deben proteger mediante resguardos mviles asociados
con dispositivos de enclavamiento o enclavamiento y bloqueo.
Mquinas para trabajar la madera, esmeriles, entre otras, presentan zonas de alto
riesgo de atrapamiento, amputacin o heridas graves, requieren guardas mviles
las cuales se acomodad automticamente y de manera permanentemente durante
la operacin de trabajo, protegiendo la zona de peligro.
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CRITERIOS PARA LA SELECCIN DE GUARDAS - NTP 552
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REQUISITOS GENERALES
Las guardas deben cumplir los siguientes requisitos mnimos:
Deben estar fabricadas en materiales slidos y resistentes, de forma que no
generen una falsa seguridad.
No generar riesgos suplementarios.
Que no puedan ser fcilmente burladas o puestas fuera de funcionamiento con
facilidad, deben estar dotadas de mecanismos de enclavamiento o bloqueo en caso
de que se burlen o retiren.
Estar situadas a suficiente distancia de la zona peligrosa.
Limitar nicamente lo necesario de forma que la guarda no interfiera con otras
operaciones o procesos durante el ciclo de trabajo.
Que permitan las intervenciones indispensables para la colocacin y/o sustitucin
de las herramientas, troqueles, matrices, as como para los trabajos de
mantenimiento, limitando el acceso al sector donde deba realizarse el trabajo sin
desmontar la resguarda.
Ser transparentes, de forma que permitan ver los mecanismos, su funcionamiento
de forma que se pueda prever su mantenimiento.
De fcil montaje y desmontaje en operaciones de mantenimiento.
DIMENSIONAMIENTO
Las guardas deben dimensionarse adecuadamente de forma que garanticen la inaccesibilidad a las partes peligrosas de la mquina, deben asegurar que no se pueda acceder al mecanismos o puntos agresivo por ninguna parte de su periferia, por encima, por debajo, alrededor, por detrs o a travs del mismo cuando la guarda est correctamente ubicada.
Para dimensionar las guardas se requiere valorar de manera conjunta e integral las dimensiones de sus aberturas o posicionamiento y la distancia a la zona de peligro.
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DIMENSIONAMIENTO PARA IMPEDIR EL ALCANCE HACIA ARRIBA NTP 552
De acuerdo con las especificaciones tcnicas de las norma Espaola NTP 552
La distancia de seguridad que impide alcanzar los puntos o zonas de peligro con los miembros superiores debe estar situada por encima de 2,50 m.
Si el riesgo o punto de peligro es alto considerado como el que pueda generar lesiones o daos irreversibles, se considera protegida toda zona peligrosa situada por encima de 2,70 m.
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De acuerdo a la norma tcnica espaola NTP 552:
Para dimensionar la proteccin cuando el elemento peligroso est a una determinada altura, inferior a 2,50 - 2,70 m, con respecto al plano de referencia del trabajador (nivel en el que la persona se sita normalmente), se valoran conjuntamente tres parmetros que influyen en el alcance por encima de una estructura de proteccin (figura 2)
1. Distancia de un punto de peligro al suelo.
2. Altura del borde del resguardo.
3. Distancia horizontal desde el punto de peligro al resguardo.
Figura 2.
En la Tabla 2 se encuentran, los valores mnimos a fin de garantizar la inaccesibilidad al mecanismo peligroso, no se deben hacer interpolaciones a partir de los valores de la tabla.
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Cuando los valores de a, b o c estn situados entre dos valores de la tabla, se elegir el valor que represente el mayor nivel de seguridad.
TABLA 2. NTP 552
DISTANCIAS DE UN PUNTO DE PELIGRO
DESDE EL SUELO a mm
ALTURA DEL BORDE DE LA BARRERA b mm
2400 2200 2000 1800 1600 1400 1200 1000
DISTANCIA HORIZONTAL DESDE EL PUNTO DE PELIGRO c mm
2400 100 100 100 100 100 100 100 100
2200 - 250 350 400 500 500 600 600
2000 - - 350 500 600 700 900 1100
1800 - - - 600 900 900 1000 1100
1600 - - - 500 900 900 1000 1300
1400 - - - 100 800 900 1000 1300
1200 - - - - 500 900 1000 1400
1000 - - - - 300 900 1000 1400
800 - - - - - 600 900 1300
600 - - - - - - 500 1200
400 - - - - - - 300 1200
200 - - - - - - 200 1100
0 - - - - - - 200 1100
Ejemplos de aplicacin
1. A qu distancia horizontal debe colocarse un resguardo de un elemento peligroso
si ste se encuentra a una altura de 1300 mm y la altura del resguardo es a su vez
de 1300 mm? Usando la Tabla 2, la distancia mnima entre el resguardo y el
elemento peligroso ser de 1000 mm.
2. Qu altura debe tener un resguardo para que sea inaccesible un elemento
peligroso situado a una altura de 1800 mm y a una distancia horizontal de 700 mm
del resguardo? Usando la Tabla 2, la altura mnima del resguardo debe ser de 1800
mm.
3. A qu altura debe encontrarse un elemento peligroso para que sea inaccesible si
disponemos de un resguardo de 1300 mm de altura y est situado a una distancia
horizontal de 900 mm del elemento peligroso? Usando la Tabla 2, el elemento
peligroso no debe estar entre 800 y 2000 mm de altura.
Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance alrededor de un obstculo
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La Figura 3 permite determinar las distancias de seguridad (ds) que se deben aplicar para impedir que personas a partir de 14 aos alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores a travs de una abertura de hasta 120 mm y los efectos que sobre la limitacin de movimientos producen medidas supletorias en el diseo de los resguardos cuando en los mismos se deban practicar aberturas.
Figura 3 NTP 552
Parte del brazo Distancia
de seguridad (mm)
Mano desde la raiz de los dedos a la punta
> 130
Mano desde la mueca hasta la punta de los dedos
> 230
Brazo desde el codo hasta la punta de los dedos
> 550
Brazo desde la axila a la punta de los dedos
> 850
Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance a travs de aberturas en la proteccin NTP 552
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La figura 4 permite determinar las distancias de seguridad (ds) que se deben aplicar para impedir que personas a partir de 14 aos alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores a travs de aberturas regulares; correspondiendo las medidas de las aberturas (a) al lado de una abertura cuadrada, al dimetro de una abertura circular o a la menor medida de una abertura en forma de ranura.
Figura 4. NTP 552
Tamao de la
abertura (mm)
RENDIJAS
Paralelas Cuadradas Circulares
DISTANCIA DE SEGURIDAD ds (mm)
Parte del
cuerpo
PUNTA DEL
DEDO (1
falange) 4 < a 6
10 5 5
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*Si la anchura de la ranura es < 65 mm, la ds puede reducirse a 200 mm ya que el pulgar acta como tope
En el caso de aberturas irregulares, se deben determinar el dimetro de la abertura circular ms pequea y el lado de la abertura cuadrada ms pequea y la anchura de la ranura ms estrecha en las que la abertura irregular pueda ser inscrita completamente y
DEDO HASTA LA RAIZ 12 < a
20
120 120 120
MANO HASTA
EL PULPEJ
O 20 < a
30
850* 120 120
BRAZO HASTA
LA AXILA 40 < a
120
850 850 850
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determinar en la figura 4 las tres distancias de seguridad correspondientes. La distancia de seguridad es la ms pequea de la tres dimensiones.
Anlogamente en la figura 5 se determinan las distancias de seguridad (ds) que se deben aplicar para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros inferiores a travs de aberturas regulares; correspondiendo las medidas de las aberturas (a) al lado de una abertura cuadrada, al dimetro de una abertura circular o a la menor medida de una abertura en forma de ranura.
En el caso de aberturas irregulares se opera de modo anlogo al indicado para miembros superiores.
Tamao de la
abertura (mm)
RENDIJAS
Paralelas Cuadradas Circulares
DISTANCIA DE SEGURIDAD ds (mm)
Parte del
cuerpo
DEDO 15 < a
35
80 25 25
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Figura 5 NTP 552
*El valor correspondiente a pierna hasta la entrepierna
Ejemplo de aplicacin
PIE 35 < a
60
180 80 80
PIERNA HASTA RODILA 80 < a
95
1100* 650 650
TODA LA
PIERNA 180 < a 240
Inadmisible 1100 1100
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A qu distancia debe ubicarse un punto peligroso si se precisa practicar en un resguardo una abertura de inspeccin de 18 mm? Usando la Figura 4 vemos que la distancia mnima de seguridad es de 120 mm, independientemente de la forma que tenga la abertura.
Dimensionamiento de resguardos para impedir el alcance por debajo de las estructuras de proteccin.
Figura 6. NTP 552 Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los
a) Suelo de apoyo del operario.
b) Articulacin de la cadera
c) Resguardo
h) Distancia entre el reborde inferior del resguardo y el suelo
LIMITACIN DEL ACCESO POR DEBAJO DE LAS ESTRUCTURAS DE PROTECCIN
DISTANCIA ENTRE EL REBORDE INFERIOR
DEL RESGUARDO Y EL SUELO
DISTANCIA DE SEGURIDAD ds ( m)
CASO 1 CASO 2 CASO 3
h 200 > 340 > 665 > 290
200 < h 400 > 550 > 765 > 615
400 < h 600 > 850 > 950 > 800
600 < h 800 > 950 > 950 > 900
800 < h 1.000
> 1.125 > 1.195 > 1.015
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iembros inferiores con la persona de pie
5. REFERENCIAS
1. Resolucin 2400 de mayo 22 de 1979
2. Normas NTP 552
3. Gua Tcnica para la evaluacin y prevencin de los riesgos relativos a la utilizacin de los Equipos de Trabajo.
4. INSHT Madrid
5. UNE EN 292 - 1 y 2
6. Seguridad de las mquinas. Conceptos bsicos. Principios generales para el diseo
7. UNE EN 294
8. Seguridad de las mquinas. Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros superiores.
9. UNE EN 811
10. Seguridad de las mquinas. Distancias de seguridad para impedir que se alcancen zonas peligrosas con los miembros inferiores.
11. UNE EN 953
12. Seguridad de las mquinas. Resguardos. Requisitos generales para el diseo y construccin de resguardos fijos y mviles.