guias de estudio promocion 2014

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1 GUÍA DE ESTUDIO PROMOCIÓN GENERAL DE ASCENSOS 2014 “2014, Año de Octavio Paz” Secretaría de Seguridad Pública Subsecretaría de Desarrollo Institucional Dirección General del Instituto Técnico de Formación Policial

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! GUA DE ESTUDIO PROMOCIN GENERAL DE ASCENSOS 2014 2014, Ao de Octavio Paz Secretar a de Seguri dad Pbl i ca Subsecretara de Desarrollo Institucional Direccin General del Instituto Tcnico de Formacin Policial # MATERIA DEDERECHOS HUMANOS 2014, Ao de Octavio Paz 1.A los derechos inherentes a la naturaleza humana, cuya realizacin efectiva resulta indispensable paraeldesarrollointegraldelindividuoqueviveensociedadorganizadajurdicamenteycuyos derechos se encuentran establecidos en la Constitucin y otras leyes, se les conoce como: R= Derechos Humano 2.Poder al que le corresponde ejercer la justicia, prevenir las violaciones a los Derechos Humanos y establecer y aplicar sanciones a quienes incurran en la transgresin las leyes: R= Al Estado, a travs del poder Judicial. 3.Las garantas constitucionales que seala nuestra Constitucin se clasifican en: R= Igualdad, libertad, propiedad y seguridad jurdica. 4.Las leyes que rigen a nuestro pas en donde se establecen diversas garantas que protegen los derechos de humanos: R=ConstitucinPolticadelosEstadosUnidosMexicanos,TratadosInternacionales, Leyes Federales, Leyes Locales y Municipales. 5.A la ley natural, la libertad, dignidad, igualdad, tortura, tolerancia, justicia de valor, discriminacin, se les considera como: R= Conceptos bsicos de los Derechos Humanos. 6.Elpolicapodrusarlegalmentelafuerzaparacumplirsusobligaciones,queentrminos generales son: R= Prevenir, proteger, vigilar, auxiliar, detener y mantener. 7Algunas de las caractersticas que presentan los Derechos Humanos, es que son: R= Inmutables, eternos, universales, imprescindibles e incondicionales. 8.Losartculosdondeseencuentranlasgarantasconstitucionalesyqueensucontenidose encuentran los derechos humanos fundamentales, son: R= Artculos del 1. al 29. 9.Principiosdeactuacinpolicialesencialesquedanorigen,sefundamentanenlosderechos humanos y permiten el uso de la fuerza policial: R= Racionalidad, legalidad, proporcionalidad y estricta necesidad. 10.Los Derechos Humanos se fundan en principios de carcter: R= Moral y Jurdico. Secretar a de Seguri dad Pbl i ca Subsecretara de Desarrollo Institucional Direccin General del Instituto Tcnico de formacin Policial $ 11. Eselreconocimiento,aceptacindelasdiferenciasqueexistenentredosomspersonas respecto a sus propias caractersticas fsicas, psicolgicas y morales. R= Tolerancia. 12.Lo que representa una obligacin para el servidor pblico, para el individuo representa un: R= Derecho. 13.Consisteeninfligirdoloresosufrimientosgravesparaobtenerunaconfesinocastigarporun acto que la persona cometi: R= Tortura 14.Esllevaracabountratonegativodiferenciado,basndoseenlaedad,sexo,condicinsocial, preferencia sexual, situacin econmica, etc. R= Discriminacin. 15.Los derechos humanos pertenecen a toda la humanidad sin importar sexo, edad, posicin social, creencia religiosa, origen, porque son: R= Universales. 16Los derechos humanos se consideran eternos porque: R= No Cambian. 17.La vida, la libertar, igualdad, integridad, dignidad, el medio ambiente y la paz, son protegidos por los derechos humanos, por que se consideran como: R= Bienes. 18.EslaaccinuomisinreprochablequehaceelEstadooelservidorpblico,aldetenerauna persona que est cometiendo o ha cometido delito en flagrancia y no se le permiten ejercer sus derechos humanos, se refiere a: R= Violacin de los derechos humanos. 19.La proteccin de los derechos humanos en el plano internacional se sita a partir de la fundacin de la Organizacin de las Naciones, y se le considera como un proceso: R= Jurdico y moral. 20Instancias que forman parte del sistema de proteccin del individuo, tiene como fin la promocin, difusin,proteccinydefensadelosderechoshumanosdentrodelterritorionacional,sehabla de: R= Comisin Nacional de los Derechos Humanos y Comisiones del D.F. y Estados. % MATERIA DE MARCO JURDICO DE LA ACTUACIN POLICIAL 1.Elservicioalacomunidadyladisciplina,ascomoelrespetoalosderechoshumanosyala legalidad, son: R=PrincipiosnormativosquelosCuerposdeSeguridadPblicadebenobservarinvariablemente en su actuacin. 2.LoselementosdelosCuerposdeSeguridadPblicadelDistritoFederal,independientementede las obligaciones que establecen la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Pblicos y otras leyes especiales, debern: R= Servir con fidelidad y honor a la sociedad; respetar y proteger los Derechos Humanos; Actuar con la decisin necesaria y sin demora en la proteccin de las personas y de sus bienes; entre otros. 3. No infligir ni tolerar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes a aquellas personas que se encuentren bajo su custodia, aun cuando se trate de cumplir con la orden de un superior o seargumentencircunstanciasespecialescomoamenazaalaseguridadPblica,urgenciadelas investigacionesocualquierotra.Enelcasodetenerconocimientodetalesactos,Qudebe hacer el Polica Preventivo? R= Deber denunciarlos inmediatamente ante la autoridad competente. 4. Qu Ley o Reglamento seala que queda estrictamente prohibido a los miembros de la Polica del Distrito Federal:I.- Detener a cualquier persona sin causa legal que lo justifique.II.- Vejar a las personas, sea cual fuere la falta o delito que se les impute, yIII.- Recibir regalos o ddivas de cualquier especie, as como aceptar ofrecimientos o promesas por cualquier acto u omisin, con coaccin o sin ella, en relacin al servicio y en ejercicio o con motivo de sus funciones.R= El Reglamento de la Polica Preventiva del Distrito Federal. 5.- Son los tipos de correctivos disciplinarios a que se hacen acreedores los elementos de la polica: R= Amonestacin, Arresto y Cambio de adscripcin. 6. El artculo 17 de la Ley de Seguridad Pblica del Distrito Federal, menciona que los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal debern: R=Asistir a los cursos de formacin policial, a fin de adquirir los conocimientos tericos y prcticos que conlleven a su profesionalizacin. 7.Faltar injustificadamente por ms de tres das consecutivos, hace acreedor al elemento a: R= Baja. 8.De acuerdo a la Ley Orgnica de la SSP del D.F., el mantenimiento del orden y la tranquilidad pblicos a que se refiere la Fraccin I del Artculo 26 de esta Ley comprende, entre otras cosas: R= Proteger la integridad fsica de las personas y sus bienes, Prestar auxilio a la poblacin en caso de siniestros, emergencias y desastres. & 9. Auxiliar al Ministerio Pblico cuando se requiera su colaboracin para que la representacin social ejerza sus facultades de investigacin y persecucin de delitos, en la administracin general de la seguridad pblica es: R= Una atribucin del polica. 10.El retiro de la va pblica, conforme a las disposiciones aplicables, de los vehculos y objetos que, indebidamente obstaculicen o pongan en peligro el trnsito de personas o vehculos, lo seala el Artculo 34, Fraccin VII de: R= La Ley Orgnica de la SSP del D.F. 11. Los horarios de servicio de los elementos de la Polica se fijarn por: R= Las necesidades del servicio. 12.Portarduranteelservicioeluniforme,identificacin,armamentoyequipoquelesseaasignado, destinndoloexclusivamentealdesempeodesusfuncionessonobligacionesdeloselementos de la polica, segn lo seala: R= La Ley Orgnica de la SSP del D.F., en su Artculo 45, Fraccin VIII. 13. De qu habla el Artculo 46 de la Ley Orgnica de la SSP del D.F: R= De emplear medios pacficos para disuadir a presuntos delincuentes o infractores y en casodelaineficaciadedichosmedios,podremplearselafuerzafsicanecesaria, racional, proporcional para someter a la persona de que se trata. 14.DeacuerdoalArtculo43delaLeyOrgnicadelaSSPdelD.F.,Quindictarlasmedidas administrativas necesarias a efecto de que el cumplimiento de la prisin preventiva y de las penas privativasdelalibertaddeloselementosdelapolicaserealicenenlosestablecimientos ordinarios con separacin del resto de procesados o sentenciados?: R= El Jefe de Gobierno. 15. El Polica podr hacer uso de la fuerza, en las siguientes circunstancias: R= I. Someter a la persona que se resista a la detencin ordenada por una autoridad competente o luego de haber infringido alguna ley o reglamento; II. Cumplir un deber o las rdenes lcitas giradas por autoridades competentes; III. Prevenir la comisin de conductas ilcitas; IV. Proteger o defender bienes jurdicos tutelados; o V. Por legtima defensa. 16. El ltimo nivel en el uso de la fuerza es: R= La utilizacin de armas de fuego o de fuerza letal. 17. En qu casos el polica puede emplear el arma de fuego? R=. En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesionesgraves,oconelpropsitodeevitarlacomisindeundelitoparticularmente gravequeentraeunaseriaamenazaparalavidaoconelobjetodedetenerauna persona que represente ese peligro y oponga resistencia o por impedir su fuga, y slo en el caso que resulten insuficientes medidas menos extremas para lograr dichos objetivos. ' 18.El Polica para realizar la detencin de una persona deber observar las siguientes reglas: R=I. Evaluar la situacin para determinar inmediatamente el nivel de fuerza que utilizar; II. Comunicar de inmediato las razones por las cuales la persona ser detenida; III. Comunicar a la persona detenida ante qu autoridad competente ser puesta a disposicin y solicitar que la acompaen para su puesta a disposicin; y IV. Situar a la persona detenida a disposicin de la autoridad competente. 19.Cul es la finalidad de utilizar armas incapacitantes no letales? R= Impedir que la persona que se intenta someter se produzca un dao mayor a s misma, a sta o a otras personas y poder trasladar a la persona sometida ante la autoridad correspondiente. 20. En caso de utilizar armas letales, qu debe hacer el polica? R= Velar por la vida e integridad fsica de la persona que se somete a la detencin, considerando en todo momento las reglas de la legtima defensa, garantizando el menor dao posible a la persona que se intenta someter y considerando la seguridad de terceros y del propio Polica. ( MATERIA DE PRESERVACIN DEL LUGAR DE LOS HECHOS 1.Tiene como propsito conocer la verdad histrica de cmo se cometi el hecho delictivo: R= La preservacin del lugar de los hechos. 2.Los sujetos que intervienen en el lugar de los hechos, son: R= Ministerio pblico, servicios periciales, polica preventivo, bomberos y paramdicos. 3.Los policas que trabajan en pareja para tomar conocimiento en la va pblica de algn hecho delictivo, para evitar el fuego cruzado, debern hacerlo formando siempre un ngulo de: R=90 grados entre s. 4.Novigilarlasmanosdelsospechoso,mantenerunaposicinequivocada,hacerfalsas suposiciones,nopercatarsedelassealesdepeligro,laapatacomplacenciaonegligencia,se consideran como: R= Errores fatales del polica. 5.La mayora de las veces es quin tiene el primer contacto con accidentes de trnsito y de no ser as, la central de radio se lo ordena, se habla de: R= La polica. 6.En caso de un accidente deber trasladarse el polica lo ms rpido posible utilizando: R= Sirena, torretas, respetando los carriles y flujo vehicular transversal. 7.Se define como la forma de ejecucin, en la mayora de los casos se lleva a cabo contra alguien dequiensepresumelaautoradeundelito,porgruposorganizadosomultitudes,sineldebido procedimiento judicial, se habla de: R= Linchamiento. 8.Son los servidores pblicos que en el lugar de los hechos, tienen la funcin de analizar, levantar y empaquetar los indicios relacionados con un delito, se refiere a. R= Los peritos. 9.Identificar vehculos tripulados o no, estacionados en las inmediaciones; cercar el rea; atender o solicitar el traslado de lesionados, anotar a las personas presentes al momento de llegada al lugar de los hechos, anotar hora de llegada y ubicacin correcta del lugar, Son algunos: R= Pasos a seguir por el polica en el lugar de los hechos. 10.Lapreguntasquin?,qu?,cmo?,cundo?,dnde?,porqu?,yparaqu?,seconsideran como: R= La siete preguntas de la regla de oro. 11.Deber ser paciente y escuchar el relato de los hechos; deber adoptar una posicin de mediador pararestablecerelordensintomarpartido,solicitarapoyoinmediatoydeserelcasohacerlas detenciones procedentes, son algunos pasos que debe consideran el polica ante: R= Una ria. ) 12.Se logra no haciendo personal el trabajo policial y aplicando el razonamiento tcnico operativo policial, esto es: puedo actuar, actu; no puedo actuar no actu, se refiere a: R= La tcnica de relajamiento. 13.Por qu es importante que el polica resguarde el lugar de los hechos? R= Para tener ms elementos de investigacin y se detengan a los culpables. 14.Qu aspectos lo diferencian como polica de la ciudadana, al desarrollar su actividad en la va pblica? R= El uniforme y la actitud. 15.Enunainvestigacinpolicialdecarcterdeinteligenciaparaconocerlacriminodinmicadela zona, el polica deber presentarse: R= Sin ropa formal, sin arma ni credencial de polica y sin un automvil llamativo. 16.Al grupo de personas que se renen para realizar un linchamiento, tambin puede identificrsele como: R= Turba. 17.El polica preventivo al acudir a cualquier llamado se preocupar por: R= La autoproteccin, evaluar y valorar para proceder. 18.Son acciones que deben observar los policas en el lugar de los hechos: R=Noalterarlaposicindecadveres,manipulararmasoagarrarcualquiercosapor pequeaoinsignificantequesea,quedaprohibidofumar,comerotirarbasuraenel lugar de los hechos, est prohibido tocar, limpiar o mover el cadver, etc. 19.Ningn polica debe divulgar informacin oficial a los medios informativos sin autorizacin previa. En hechos donde hubiera algn deceso, no debe proporcionar el polica informacin antes de ser identificado el fallecido y que se haya notificado al pariente ms prximo. Nosepuededisuadiralosmediosdedifusindefotografiarotelevisarnadaqueestantesu vista en el lugar de los hechos, en todo caso, se debe ampliar el acordonamiento del lugar de los hechos. Todo esto forma parte de: R= Reglas de carcter tico que debe cumplir el funcionario encargado de hacer cumplir la ley 20.Si se trata de un rea abierta (va pblica, parques, estacionamientos), se deber acordonar la zona con cinta preventiva en un radio al permetro de: R= 50 metros de ser posible (alrededor del punto donde se cometi el hecho). * PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARADESEGURIDADPBLICADELDISTRITOFEDERAL DETENCIN DE INFRACTORES Y PROBABLES RESPONSABLES DE UN DELITO 1.Para realizar la detencin de personas que presuntamente incurran en infracciones administrativas o delitos, tomandoen cuenta sus derechos humanos,la Polica del Distrito Federal,deber: R=Abstenersedeinfligiractosdetorturauotrostratoscrueles,inhumanosodegradantes durante y despus de la detencin. 2.Siguiendo las polticas de operacin, para realizar la detencin de personas de sexo femenino, que presuntamente incurrien infracciones administrativas o delitos,el elemento operativo deber:, R=Observarestrictamentelasreglasparalaproteccindelasituacinespecialdelas mujeres, nias, nios y adolescentes. 3.En el caso de que se haga uso de la fuerza, durante una detencin, la Polica del Distrito Federal, regir su actuacin atento a lo dispuesto por el Artculo 8 de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal, bajo los siguientes principios: R=Legalidad, Racionalidad, Congruencia, Oportunidad y Proporcionalidad. 4.Imparcialidad,legalidad,objetividad,eficiencia,profesionalismo,honradezysindiscriminara persona alguna, respetando los derechos humanos. R=Principios de actuacin que debern observar Durante la detencin, la Polica del Distrito Federal en el ejercicio de sus funciones. 5.LaPolicadelDistritoFederalestfacultadaparausarlafuerza,durantelasaccionesparala detencindeunapersona,deconformidadconlosnivelesestablecidosenelartculo____dela LeyqueRegulaelUsodelaFuerzadelosCuerposdeSeguridadPblicadelDistritoFederal, siendo stos: R=10;I.Persuasinodisuasinverbal;II.Reduccinfsicademovimientos;III.Utilizacin de armas incapacitantes no letales, y IV. Utilizacin de armas de fuego o de fuerza letal. 6.La Polica del Distrito Federal al tomar conocimiento de una o varias personas que presuntamente incurranenlacomisindedelitosoinfraccionesadministrativas,llevaracaboelprocedimiento siguiente: R=I. Evaluar si existen las condiciones para la detencin II.Informar por la frecuencia de radio respectiva las circunstancias del hecho III. Cuando la persona no oponga resistencia proceder a la detencin. 7.La Polica del Distrito Federal al tomar conocimiento de una o varias personas que presuntamente incurran en la comisin de delitos o infracciones administrativas debern proceder a la detencin de la(s)misma(s) R= I. Identificarse como polica. II. Dar instrucciones verbales, concisas y entendibles para lograr su detencin III.Expresar la causa de la detencin IV.Realizarunregistropreventivocomomedidadeseguridad,paradetectaryasegurar armas, drogas u objetos relacionados con el hecho. V. Hacer de su conocimiento los siguiente derechos. (contina respuesta) !+ VI.Colocar candados de mano para asegurar a las personas. VII. Conducir a la persona detenida a la parte trasera de la auto-patrulla. VIII. Reportar inmediatamente la detencin a su base y al Puesto de Mando. IX.Estaralertaparaevitarserperseguidoporotrovehculoquepudieraimpedirla actividad que se realiza. XI. Poner a disposicin de la autoridad competente a las personas detenidas y los objetos asegurados en su caso. XII. Comunicar por va radio a su base y al puesto de mando la hora en que presente ante la autoridad a la persona detenida.XIII. Confirmar por el mismo medio que se concluy la puesta a disposicin. 8.Pararealizarunregistropreventivocomomedidadeseguridad,paradetectaryasegurararmas, drogas u objetos relacionados con el hecho, el personal operativo deber tomar en cuenta que: R=Larevisinfsicaenningncasoserdenigranteydeberatenderlascondicionesde edad, sexo, discapacidad, o cualquier otra que implique una diferencia en el tratamiento de la persona detenida. 9.LossiguientessonalgunosdelosderechosquelaPolicadelDistritoFederaldebehacerdel conocimiento de personas que presuntamente incurran en infracciones administrativas o delitos: R= a) Usted se encuentra detenido(a)por los siguientes motivos.b) Usted es considerado(a) inocente, hasta que se le compruebe lo contrario.c) Tiene derecho a declarar o guardar silencio.d) En caso de decidir declarar, tiene derecho a no inculparse.e) Tiene derecho a un defensor de su eleccin, en caso de no contar con uno, el Estado se lo proporcionara de manera gratuita.f) Tiene derecho a un traductor e intrprete.g) Tiene derecho a que se le ponga de conocimiento de un familiar o persona que desee, el hecho de su detencin y el lugar de custodia en que se halle en todo momento.h)Tienederechoaqueseleponga,sindemora,adisposicindelaautoridad competente. i) En caso de ser extranjero, tiene derecho a que el consulado de su pas sea notificado de su detencin. 10. Lastcnicasdeparacolocarcandadosdemanoyaseguraralaspersonasquepresuntamente incurran en la comisin de delitos o infracciones administrativas, conforme a lo dispuesto en la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal son: R=I. .De pie;II. Boca abajo yIII. Rodillas al piso 11.Antesdeconduciralapersonadetenidaalapartetraseradelaauto-patrulla,conformeala normatividad aplicable, el polica debe verificar: R=Queenelinteriordelvehculopolicialnoseencuentrenobjetosquerepresentenalgn peligro para la persona detenida, el Polica o terceros. 12.Comopartedelprocedimientodedetencineloficialdepolicadebereportarinmediatamentela detencinasubaseyalPuestodeMando,paraelregistrodelosdatosdelapersonadetenida, que debern ser los siguientes: R=a)Nombrecompleto,edadysexo;b)Aliasosobrenombre,encasodeconocerlo;c) Hora,lugar,motivodeladetencinylugardetraslado;yd)Losnombresdelospolicas participantes en la detencin, cargo, rea de adscripcin y datos de los vehculos policiales utilizados. !! 13.Cuandolapersonasujetodeladetencinofrezcaresistencia,elpolicallevaracaboalgunas acciones anexas al procedimiento normal, que son: R=1.Sinoobedeceacualquieradelastcnicasdepersuasin,harusodelafuerza necesaria, acorde a la resistencia de la persona al realizar la detencin. 2. Emplear el uso de la fuerza de forma racional, oportuna y proporcional, de acuerdo a los distintos niveles que establece la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal. 14.En caso de que alguna de las personas se encuentre o resulte lesionada como consecuencia de la detencin, el polica: R= Deber solicitar de inmediato el apoyo de la Unidad Mdica para su atencin. 15.Comopartedelprocedimientodedetencin,siduranteeltrasladodelapersonadetenidase presentaunaemergenciamdica,fallamecnicaopercanceenelvehculodetraslado,elpolica deber:R=Informarporvaradiodesufrecuenciaoperativaocualquierotromedioasubaseyal Puesto de Mando, para que estos activen los servicios de emergencia y enven el apoyo que se requiera. 16.Sialcontinuarconeltrasladodepersonasquepresuntamenteincurraneninfracciones administrativas o delitos, es necesario el ingreso de la persona detenida a un centro hospitalario, el polica:R= Aplicar las medidas de seguridad necesarias en su custodia y por el tiempo que dure la atencinmdica,hastaconcluirconeste,ponindoloadisposicindelaautoridad competente. 17.Cuando se trate de adolescentes a los que se les impute la comisin de un delito o una infraccin,R=Elpolicadeberhacerqueprevalezcaelusodemedidasnoviolentasparalograrsu detencin y se emplear gradualmente los niveles de fuerza propios de esta poblacin. 18.Con qu elementos de apoyo tecnolgico cuenta el polica del Distrito Federal para cumplir con la labor que como servidor pblico en el rea de seguridad, que se le ha encomendado? R=LapolicadelDistritoFederalmantendrcoordinacin,comunicacinyelapoyocon elC2,C4i4yCentrodeControl,enlossupuestosnecesariosparalaejecucinyaplicacin del presente protocolo. 19.A qu artculo de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos se ajustar la Polica del Distrito Federal al realizar la detencin de cualquier infractor o probable responsable? R= Al Artculo 16 20.Sonlasinstanciasencargadasdecontinuaryfomentarlacapacitacin,adiestramientoy actualizacindeloscursosdirigidosalaPolicadelDistritoFederal,necesariosparala implementacin del Protocolo para la detencin e infraccin de probables responsables? R=LaSubsecretaradeDesarrolloInstitucionalatravsdelaDireccinGeneraldeCarrera Policial y el Instituto Tcnico de Formacin Policial. !# PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA DETENCIN DE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY 1.Los principios de actuacin de los cuerpos de seguridad pblica y de conformidad con la Ley de SeguridadPblicadelDistritoFederal,establecenqueloselementospolicialesdebenobservar invariablemente en su actuacin, entre otros principios:R=Elservicioalacomunidadyladisciplina;elrespetoalosderechoshumanos,la legalidadyelordenjurdico;sirviendoconfidelidadyhonradezalasociedad, obedeciendolasrdenesdesussuperioresjerrquicos;actuandoconladecisinysin demora, a la proteccin de las personas y sus bienes. 2.Sehacenecesarioqueelpolica,encumplimientodelasfuncionesquelecompetenala Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal y en respeto al orden legal, debe conocer los protocolos de actuacin policial debido a: R=Paraquelascorporacionespolicialesactenenformaordenadaysistematizadaen todos sus protocolos, lo que garantiza el cumplimiento y la preservacin de los derechos humanos,laimplementacindelmodelodeconductayactuacinuniformeparatodoel personal policial. 3.Laimportancia de que los servidores pblicos en el rea de seguridad, conozcan los protocolos de actuacin policial es: R=Mejorasusnivelesdeeficienciayeficaciaeneldesarrollodelafuncinyeliminalos riesgos de discrecionalidad que pueden derivar en fuente directa del incumplimiento al orden legal o violacin de los derechos humanos. 4.EncumplimientodelasfuncionesquelecompetenalaSecretaradeSeguridadPblicadel DistritoFederalyrespetoalordenlegal,elpolicadebeconocerytenerestrictoapegoalos protocolos de actuacin vigentes por qu: R= Debe estar de acuerdo con la reforma constitucional en materia de derechos humanos del ao 2011, todas las autoridades estn obligadas a la promocin, respeto, proteccin y garanta a los derechos humanos contenidos en la Constitucin. 5.Elinterssuperiordelosniosespromovidoporlaorganizacininternacionalllamada Convencin sobre los Derechos del Nio, la cual reconoce el principio fundamental respecto del trato que deben recibir los nios y adolecentes, esto cmo relaciona a nuestro pas? R= El Estado mexicano forma parte de esta Convencin. 6.Losservidorespblicosenelreadeseguridadqueenfrentenunadetencindeunmenoren conflictoconlaley,debeconocerloquelaConvencinsobrelosDerechosdelNiodiceal respecto que en pocas palabras: R= reconoce los derechos de las nias, nios, adolescentes y jvenes, menciona el deber de tratarlos como sujetos de derechos en el marco de una proteccin integral. 7.El Protocolo de Actuacin Policial de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal para ladetencindeadolescentesenconflictoconlaLey,estdiseadaenfuncinadosprincipios fundamentales que son: R= a) conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable en materia de uso de la fuerza b) respeto al principio de inters superior de la infancia y los derechos humanos. !$ 8.Persona cuya edad se encuentra comprendida entre los doce aos de edad cumplidos y menos de dieciocho aos de edad: R= Definicin de Adolescente 9.Medida de seguridad que realiza la polica respecto de personas menores de doce aos, a fin de salvaguardarsuintegridadpersonal,entantoseentregaalaAgenciadelMinisterioPblico especializada: R= Definicin de Custodia 10.Eslamedidadeseguridadquerealizalapolicarespectodepersonas,yaseapara salvaguardarlasoevitarquecontinencometiendodelitosoinfraccionesypresentarlasantela autoridad competente. R= Definicin de Detencin 11.Garantaqueconsagraquelosnios,niasyadolescentestienenderechoaquecualquier autoridad,antesdetomarunamedidarespectodeellos,adopteaquellasquepromuevany protejan sus derechos y no las que los vulneren. R= Principio del inters superior de la infancia 12.Ante la comisin de un delito y la detencin del probable responsable, si existe duda de que una persona es nio o adolescente, el polica debe: R= Presumir que es nio y tratarle conforme el protocolo. 13.Enlossupuestosdeinfraccinadministrativaoconductatipificadacomodelito,porpartede nias o nios, la actuacin policial se ceir estrictamente, al mbito de la prevencin general y a su proteccin especfica con atencin de las indicaciones especficas que son las siguientes: R=I. Aplicacin de las normas correspondientes de proteccin de nios y nias, vigentes en el Distrito Federal. II. Presentacin de la nia o nio ante la Agencia Especializada del MinisterioPblico, paralosefectosdelosealadoenelartculo5delaLeydeJusticiapara Adolescentes del Distrito Federal. III.ComunicacinalMinisterioPblicodeloshechosycircunstanciasconocidas,es decir, rendicin del informe policial de manera detallada. 14.Losprincipiosrectoresparalainterpretacinyaplicacindelprotocoloparaladetencinde jvenes en conflicto con la ley son: R= I. El respeto de los derechos de los nios, nias y adolescentes; II. El reconocimiento de su calidad como sujetos de derecho; III.Inters superior de la infancia; IV.Presuncin de Inocencia; V. Reconocimiento expreso de sus derechos y garantas; VI.Especialidad; VII. Mnima intervencin; VIII. Celeridad y flexibilidad, y IX. Transversalidad de los derechos de la infancia. 15.Ante la comisin de un delito y la detencin del probable responsable, si existe duda de que una persona sea adolescente o adulta, la forma de proceder es : R=sepresumiradolescenteyseaplicaresteProtocolo,hastaquesepruebe fehacientemente lo contrario. !% 16.En los casos que para la detencin de adolescentes en conflicto con la Ley se requiera el uso de lafuerza,sedeberaplicarlodispuestoenelCaptuloIVdelProtocolomateriadelAcuerdo antes mencionado, observando los principios de: R=I.Legalidad; II. Mnima intervencin; III.Racionalidad; IV.Congruencia; V. Oportunidad, y VI.Proporcionalidad. 17.DentrodelaSSPDF,laSubsecretaradeDesarrolloInstitucional,atravsdelaDireccin GeneraldeCarreraPolicialyelInstitutoTcnicodeFormacinPolicialcomoinstancias encargadasdecontinuaryfomentarlacapacitacin,adiestramientoyactualizacindelos elementospoliciales.Porloquelasmateriasquemnimamentedebeincluir,segnelprotocolo detencin de jvenes en conflicto con la ley son: R= I. Marco Jurdico de la Seguridad Pblica; II. Derechos Humanos; III. Derechos de la infancia; IV.Justicia para adolescentes; V.Manejodeequipamientoparaladetencindeadolescentesenconflictoconla Ley; VI.Tcnicas,tcticasyestrategiasparaladetencindeadolescentesenconflicto conla Ley; VII.Primeros auxilios; VIII. tica Policial; IX. Elaboracin de Informes, y X.Manejo de crisis. 18.El protocolo de actuacin policial de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal para la detencin de adolescentes en conflicto con la ley entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en la Gaceta Oficial del Distrito Federal que sucedi: R=EnlasededelaSecretaradeSeguridadPblicadelDistritoFederalelda23dejulio del ao dos mil trece. 19.Dentro de nuestra Dependencia, y en el mbito de sus atribuciones los encargados de proveer lo necesarioparalaimplementacindelpresenteAcuerdo,ylaactualizacindelanormatividad institucional son:R=LaJefaturadelEstadoMayorPolicial,laSubsecretaradeOperacinPolicial,la SubsecretaradeControldeTrnsito,laSubsecretaradeDesarrolloInstitucional,la Subsecretara de Participacin Ciudadana y Prevencin del Delito, y la Oficiala Mayor. 20.DentrodelaSSPDFlassubsecretariasencargadasdeestablecerlosmecanismosparala verificacindelcumplimientodelpresenteAcuerdo,conlaparticipacinquecorrespondaala Direccin General de Derechos Humanos y a la Direccin General de Inspeccin Policial, son: R=LasSubsecretarasdeOperacinPolicial,ControldeTrnsitoyParticipacin Ciudadana y Prevencin del Delito. !& PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL EN LOS ESPECTCULOS DEPORTIVOS EN LA CIUDAD DE MXICO ESTADIO SEGURO 1.-Es un grupo que se caracteriza por el uso de cnticos de aliento. R= Barra de Apoyo. 2.-Al grupo de personas, capacitadas y entrenadas en procedimientos y acciones de proteccin civil, se les denomina: R= Brigadas. 3.-Es la accin de guiar de manera pacfica a un grupo de manifestantes cuidando su integridad fsica, moral y psicolgica. R= Conduccin. 4.-Formaenqueelpersonaloperativoesdistribuidosobreelterreno,engruposounidades constitutivas y de magnitud adecuada, para poner en prctica una idea de maniobra. R= Dispositivo 5.-Situacin anormal generada por la inminencia o la presencia de un fenmeno perturbador que altera oponenenpeligrolacontinuidaddelascondicionesordinariasdelespectculodeportivoydeno atenderse puede generar un desastre. R= Emergencia 6.-Acciones policiales a seguir a travs de una lnea de mando jerarquizada. R=Esquema de maniobra 7.-Personasmoralescuyombitodeactuacinsedesarrollaanivelestatalyqueconformesuefecto socialpromuevan,practiquenocontribuyanaldesarrollodeldeportesinfinespreponderadamente econmicos. R= Federacin 8.-Grupo de espectadores cuyo objeto es alentar durante el desarrollo de un espectculo deportivo a su club de pertenencia. R= Grupo de animacin. 9.-Es la orden escrita en donde se establecen las responsabilidades de cada unidad policial en la que secontemplanhora,fecha,lugar,nmerodeasistentes,estrategiasaseguiryelresponsable designado. R= Orden General de Operaciones 10.-Toda persona que intervenga en un espectculo deportivo ante los espectadores. R= Participantes 11.-Serefierealprocedimientoescritoespecficoparaunespectculodeportivo,elcualpresenta condicionesderiesgomedio,altoobajoyenelseconsideranelanlisisderiesgos,las condicionesdeorganizacindelespectculo,lospermisos,trmitesyautorizaciones, responsabilidades y corresponsabilidades de actuacin antes, durante y despus de un espectculo deportivo. R= Procedimiento Sistemtico de Operacin !' 12.-Esellugarcondeterminadaimportancia,quepermitatenercapacidaddereaccindemanera eficaz ante cualquier eventualidad. R=Punto Estratgico 13.-Al conjunto de acciones, mtodos, principios, tcnicas y tcticas para la reduccin de riesgos, que brinda el Estado por medio de los cuerpos policiales, se le denomina: R=Seguridad. 14.-Son los principios que se deben seguir para la implementacin de acciones para brindar seguridad al interior y exterior de los Estadios. R= a) Corresponsabilidad entre las autoridades involucradas; b) Garantizar la seguridad de los espectadores, titulares y participantes; c) Respeto a las ideas, creencias o prcticas de los dems cuando son diferentes o contrarias a las propias; d) Deber de prevalecer el inters pblico. 15.-Sonquinesestablecernlosmecanismosparalaverificacindelcumplimientodelprotocolo Estadio Seguro. R= La Jefatura del Estado Mayor Policial y las Subsecretaras de Operacin Policial y Control de Transito. 16.-El tipo de espectculo deportivo se clasifican en: R= Riesgo alto, medio y bajo. 17.-Son los factores que se deben considerar para determinar el tipo de riesgo: R=Ubicacingeogrficadelrecinto;infraestructuraconlaquecuenta;nmeromximo autorizado de ingreso de personas; horario del espectculo deportivo; caractersticas de los participantes y asistentes y antecedente histrico de enfrentamientos previos. 18.-Es el objetivo del Protocolo Estadio Seguro. R=Garantizarlaintegridadfsicaypatrimonialdelosparticipantesyespectadoresdel espectculo deportivo. 19.-stasseasignarnparaladeteccindeartefactosexplosivosenelinterioreinmediacionesdel recinto deportivo. R= Clulas de rastreo preventivo. 20.-Es quin implementar el dispositivo de seguridad, das previos al espectculo y durante el mismo, con la finalidad de detectar y evitar la reventa de boletos en las inmediaciones del recinto deportivo. R= La Direccin General de Polica de Proximidad responsable. 21.-En las revisiones de la concentracin de los grupos de animacin qu es lo que se debe evitar que porten? R=Armasdefuegooaparentes,objetoscontundentes,metales,maderasconpuntaofilo, punzantes,cortantes,spray,petardos,bombasdehumo,clavosocualquiermquinao artefactoquepuedacausardaofsicoypuedaponerenriesgolaseguridadeintegridad fsicadelosespectadoresyparticipantes,ascomobebidasalcohlicas,estupefacienteso psicotrpicos. !( 22.-Qu se deber hacer en caso de que durante la conduccin, el mando asignado identifique alguna persona con actitud agresiva? R=Separarlodelgrupodeanimacincomomedidadeprevencinparaprotegersu integridad personal. 23.-Eslodeberhacerelpolicaencasodequeunapersonaagresivacometaunactoilcitoo infraccin administrativa.R=Deteneralprobableresponsableycoordinarsuinmediatapuestaadisposicinantela autoridad correspondiente. 24.-Accin que debe realizar el polica ante la ocurrencia de un fenmeno perturbador. R=Informardeinmediatoatravsdelasfrecuenciasoperativasautorizadasocualquier medioasualcancelasituacindeemergencia,solicitandoelapoyonecesariodelos equiposespecializados,encoordinacinconlosequiposdelaProcuraduraGeneralde Justicia y la Secretara de Proteccin Civil. 25.-Qudeberhacerelpolicaduranteeldesarrollodelespectculodesdeelinicioyhastala conclusin del mismo. R=Informarentodomomentoalmandoresponsableodesignadolassituacionesque prevalecen en el entretenimiento. 26.-Cmo debe permanece la polica durante los dispositivos. R=Disciplinados,firmesytolerantesardenesdelmandoenesperadeejecutarlas formaciones y evoluciones requeridas, trabajando en equipo y con espritu de cuerpo. 27.-Son las prioridades de atencin de cualquier tipo de emergencia: R= Salvar y proteger vidas, bienes y combate y control de la emergencia. 28.-En caso de sismo, quin deber entregar el mensaje pregrabado que debe transmitirse para dicha situacin. R= Personal de Proteccin Civil. 29.-En qu caso se deber suspender el espectculo y proceder a revisar el inmueble? R= Si el sismo es mayor de 6.5 grados en la escala de Richter !) PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL CONTROL DE MULTITUDES 1.Sedefinecomolaobstruccinycierredepasoqueimpidelalibertaddetrnsito,dificultandola realizacin de las actividades, tanto en los inmuebles como en las vas de comunicacin, con el fin de expresar sus inconformidades para tener un mayor impacto en sus peticiones: R= Bloqueo. 2.A la reunin de un grupo de personas en un mismo lugar para realizar una actividad previamente concertada, se le llama: R= Concentracin. 3.A la forma en que el personal operativo es desplegado sobre el rea de operacin y su entorno, as como vas de acceso y desfogue, en unidades constitutivas y de magnitud adecuada, para poner en prctica una estrategia, se le llama: R=Dispositivo 4.Sedefinecomounprocesoregulableoconjuntodelasreglasquebasadasenlaexperienciayel conocimiento cientfico aseguran una decisin ptima en cada momento: R= Estrategia 5.Alademostracinpblicaafavoroencontradealgnmovimientopolticoosocial;endondelas personasqueseencuentranreunidasconunmismofin,respondenemocionalycolectivamentealos mismos estmulos, se le identifica como: R= Manifestacin. 6.Al desplazamiento multitudinario de personas con un fin determinado, se le define como: R= Marcha. 7.Son las acciones realizadas por una multitud que ejecuta sin proceso y tumultuariamente a una o varias personas que presumiblemente cometieron alguna conducta ilcita o contraria a los intereses, hbitos o convicciones de un grupo especifico de personas. R= Linchamiento. 8.Eslareunintumultuariaqueperturbaelordenpblicoconempleodeviolenciaenlaspersonaso sobre las cosas, o amenaza a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinacin. R= Motn. 9.Eseldocumentoqueestableceloslineamientosdecualquieroperacinpolicialquecontienelos siguientesaspectos:informacin,misin,decisin,esquemademaniobra,accionesespecficas, detalles comunes, prescripciones administrativas y marco jurdico. R= Orden de Operaciones. !* 10.Alacoordinacinparasupervisarquelaoperacinserealicecomoseplane,afindecorregiry direccionar las acciones policiales, se le llama: R= Puesto de Mando. 11.Losprincipiostcnicosdeoperacinquesedebernaplicarparalaimplementacindeaccionesde control de multitudes y restablecimiento del orden pblico, son: R= a) Planificar la logstica necesaria para la funcin policial. b)Verificarqueelpersonaloperativocuenteconelequipamientodeacuerdoalservicio encomendado. c) Designar al responsable y el nmero de transportes para el traslado del personal. d) Considerarla ruta ms corta para el traslado del personal, previendo la seguridad de ste. e)Establecerlazonaparaelarribodeloselementoscercadelazonaafectadaporeldisturbio, siniestro o desastre. f) Analizar y determinar el grado de amenaza en la zona. i)Activarlosserviciosdeemergenciaparalaevacuacinytrasladodeposibleslesionadosal momento de llevarse a cabo la operacin. j) Determinar las situaciones especiales y necesidades logsticas para su intervencin. k) Acatar las rdenes del mando, en la ejecucin del Protocolo materia del presente Acuerdo 12.ParallevaracabounPlanOperativo,enelquesediseenplanesyestrategiasoperativas,que permitanidentificarcadatipodeevento,tomandoenconsideracinlosposiblesfactoresderiesgo conformealanormatividadvigenteyenestrictoapegoalasdisposicionesenmateriadelusodela fuerzapblicayrespetoalosDerechosHumanos,sellevaranacaboreunionesinterinstitucionales presididas por: R= El Subsecretario de Operacin Policial, Director General de Polica Metropolitana, Directores Generales de Zona, Directores Generales de Policas Complementarias y/o Mandos Designados. 13.LosdiferenteseventosalosqueseenfrentarnlaPolicadelD.F.capacitadaparaelcontrolde multitudes, se clasifican en: R= Sociales, Deportivos y Culturales 14.Para la implementacin del Protocolo Operativo o Plan de Accin, los Directores Generales de Polica y/o mando designado, recibirn la Orden de Operacin a travs de R= La Jefatura del Estado Mayor Policial y/o de la Subsecretara de Operacin Policial. 15.Tienencomoobjetivocontrolaryvigilareldesarrollodeunamanifestacinsocial,yaseaensu desplazamiento de un lugar a otro; o bien estando establecidos en un punto, as como brindar en todo momentoproteccinalaintegridadpersonal,alosbienesmuebleseinmueblesenlaszonasporlas cuales transiten, manteniendo el orden del contingente. R= La Polica del D. F. 16.EnlaconduccindemultitudeslosmandosdelasUnidadesdePolicadeacuerdoasucapacidad operativa, a la Agenda de eventos y al Plan Operativo, debern considerar: R=Elequipamiento,capacitacinycantidaddepolicas,enfuncindeltipodeevento,deber contar con la informacin necesaria sobre el evento respecto al tiempo, lugar y circunstancias; grupoorganizador,demandas,impactosocial,riesgosenelrecorridoylaidentificacindelos puntos vulnerables. #+ 17.Enelejerciciodesusatribucionesdurantelaconduccindemultitudes,laPolicadelDistritoFederal deber:R= Resguardar las instalaciones pblicas o privadas que por su naturaleza pudieran ser objeto deactosdeviolenciaodaoalosrecursoshumanosymaterialesduranteunmovimiento social, poltico, deportivo, cultural entre otros. 18.Enelcasodequeuneventoseaemergente,laubicacindelasinstalaciones,delazonade concentracinotrayectoriademovimientodeunamultitudy,ensucasolaimplementacindelas accionescorrespondientesparasuresguardo,sedebernestableceratravsdelacoordinaciny planeacin por: R= La frecuencia de radio y/o el Puesto de Mando. 19.La Polica del D. F., durante la conduccin de multitudes, evitar que la multitud arribe o se concentre en cierta zona y/o ingrese a un evento ocasionando daos a la propiedad privada y pblica, pero sobre todo: R=Salvaguardarlavidaeintegridadpersonaldelosinvolucradosrespectodecualquierotro bien jurdico. 20.Durante la conduccin de multitudes, la actitud que debern adoptar los policas ser de: R= Autocontrol, disciplinada, firme y tolerante a las rdenes del mando, formando una lnea de contencin pacfica, en espera de la multitud. 21.Cuandonoseaposibledisuadirlaaccinviolentaenqueincurrelamultitud,seempleardeforma gradual la escala del uso de la fuerza, segn lo establece la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pblica del Distrito Federal, en su artculo 10, siendo stos: R= I. Persuasin o disuasin verbal; II. Reduccin fsica de movimientos; III. Utilizacin de armas incapacitantes no letales, y IV. Utilizacin de armas de fuego o de fuerza letal. 22.En el caso de que se haga uso de la fuerza, la Polica del Distrito Federal, regir su actuacin atento a lodispuestoporelArtculo8delapropiaLeyqueRegulaelUsodelaFuerzadelosCuerposde Seguridad Pblica del Distrito Federal, bajo los siguientes principios: R= I. Legal; II. Racional; III. Congruente; IV. Oportuno, y V. Proporcional. 23.Para la liberacin de vialidades en caso de bloqueo y dispersin de manifestantes, la Polica del Distrito Federal deber:R=Empleareldilogoylaejecucindetcnicasparaelcontroldemultitudes,dandocomo resultado vialidades ms fluidas y respetando el derecho al libre trnsito de las personas en el Distrito Federal. #! 24.EntodadiligenciadelaPolicadelDistritoFederal,asolicituddelaautoridadcompetente,elmando establecer un responsable de la Unidad de Polica Metropolitana que cubra la diligencia, de acuerdo a la magnitud del evento, por lo que deber contar con toda la informacin relacionada con la diligencia que se realizar, determinando lo siguiente: R= Tipo de diligencia Ubicacin geogrfica Tiempo y hora Impacto social Nivel de riesgo Contingencia ## PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EL CONTROL Y PREVENCIN AL CONDUCIR VEHCULOS AUTOMOTORES BAJO LOS EFECTOS DEL ACOHOL PROGRAMA CONDUCE SIN ALCOHOL 1.LaejecucindelProgramadeControlyPrevencindeIngestadeAlcoholenConductoresde Vehculos en el Distrito Federal, se sustenta en: R= El Reglamento de Trnsito Metropolitano, artculos 31, 32 y 33, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de junio del 2007. 2.La aplicacin de la Prueba de Alcohol en Aire Espirado, as como la valoracin mdica y certificacin de la misma, se sustenta jurdicamente en:R= La Ley de Cultura Cvica para el Distrito Federal, artculos 3, fraccin XVIII, 10 fraccin VIII y 45, 69 y 95. 3.Seentiendecomoinstrumentodemedicinconimpresoratrmicaligera,quepermitedeterminar cuantitativaycualitativamentesielconductorseencuentrabajoelinflujodebebidasalcohlicas,as como el grado de toxicidad, al: R= Alcoholmetro. 4.EnelProgramaConducesinAlcohol,alticketpapeletaquecontiene:ltimafechadeverificacindel aparato,fechayhoradelapruebarealizada,gradosdealcoholenaireespirado,nmerodeprueba, lneaspunteadassobrelascualesseanotanombrecompletodelinfractor,registrofederalde causantes, nmero de licencia, nombre y firma del mdico o tcnico aplicador, se le llama: R= Tirilla de resultados tcnicos. 5.Eslapipetadeplsticoesterilizadayempacadaindividualmentealaltovaco,lacualseconectade formahorizontalalAlcoholmetropararealizarlapruebadealcoholenaireespirado,mismaquees destruida en su totalidad al trmino de cada jornada del programa: R= Boquilla. 6.Tienecomofinalidadpreponderanteprevenirlaincidenciademortalidadylesionescausadaspor accidentesrelacionadosconlamovilidaddevehculosenelDistritoFederal,quetienensuorigenal conducir bajo los efectos del alcohol: R= Programa conduce sin alcohol. 7.El programa conduce sin alcohol, se aplicar en los 16 rganos polticos-administrativos del D. F., con las variantes de: R= I. Fijo. II. Itinerante. III. En vas rpidas. 8.La estrategia principal del programa conduce sin alcohol es crear una conciencia social de respeto en la sociedad, desarrollando programas y planes tales como: R= I. Plticas y ejemplificaciones de aplicaciones de alcoholemia en escuelas de nivel medio superior y superior; II. Centros comerciales y ferias de prevencin; III. Puntos informativos sin sancin ni remisin, como son centros de diversin; IV. Capacitacin a meseros y prestadores de servicios; (contina respuesta) #$ V. Puntos de revisin a vehculos de carga y pasaje, y VI. Puntos de revisin a conductores particulares. 9.Para llevar a cabo el Programa Conduce sin Alcohol, la Direccin General de Prevencin del Delito, determinar el establecimiento de los Puntos de Revisin de acuerdo a: R= I. Zonas de mayor afluencia debido a establecimientos de espectculos deportivos, mercantiles de diversin y esparcimiento. II. Zonas con mayor ndice de accidentes vehiculares. III. Zonas que desembocan en avenidas principales y aledaas de establecimientos mercantiles de diversin y esparcimiento. IV. A peticin ciudadana. 10.UnavezdeterminadoslospuntosderevisinparaelProgramaConducesinAlcohol,seintegrarun grupo multidisciplinario para realizar las funciones operativas que correspondan, integrado por: R= I. Direccin General de Control Trnsito (Gras). II. Agrupamiento Metropolitano Femenil. III. Direccin General de la Polica Metropolitana.IV. Unidades de Polica de Proximidad.V. Direccin General de Derechos Humanos.VI.DireccinGeneraldePrevencindelDelito,integradoasuvezpor:a)TcnicoAplicadordel Programa; b) El personal de asistencia; c) Mdico.VII. Direccin General de Inspeccin Policial. VIII. Consejera Jurdica y de Servicios Legales del Distrito Federal. 11.Las pruebas que realiza el Mdico en la Valoracin y expedicin del certificado mdico en la aplicacin del Programa Conduce sin Alcohol, son:R= 1. Alcoholemia. 2. De aliento. 3. Romberg. 4. Dedo nariz dedo. 5. Oral de mucosa. 6. Lenguaje. 7. Marcha motriz. 12.Ellmitepermitidodealcoholenaireespirado,segnlodisponeelReglamentodeTrnsito Metropolitano es: R= Superior a 0.4 miligramos. 13.Si un conductor rebasar el lmite permitido de alcohol, despus de que el mdico certific que esta en estadoetlico,seleindicaralconductorquehainfringidoelReglamentodeTrnsitoporloquese presentar ante: R= El Juez Cvico. 14.MultaqueimpondrelJuezCvicocomosancinalconductorqueseencuentreenestadoetlico, despus de habrsele certificado mdicamente: R=De20a36horasdearrestoinconmutable,mismaquesecumplirenelCentrodesancin administrativa. 15.Algunas de las funciones que realizan los elementos de la Polica del Distrito Federal participantes en #% el punto de revisin, en el caso de que el conductor vaya slo, son: R= I. Que al descender del vehculo, lo haga con las llaves en la mano. II. Que los objetos de valor en el momento de la remisin se asienten en los formatos de control y cadenadecustodia,estospuedenser:desdeunabilletera,reloj,telfonocelular,equipode cmputo u otros. III. Placas del vehculo. IV. Marca, sub-marca y color del vehculo. V. Nmero o folio de la identificacin del conductor. VI. Nmero de licencia de manejo. VII. Nmero de tarjeta de circulacin. VIII. Folio de la infraccin con la cual, en su caso, ser remitido el vehculo al depsito vehicular. IX. Datos de los elementos que remiten el vehculo. X. Nmero econmico de la gra que va a realizar el arrastre. XI. Ubicacin del depsito vehicular al cual se remitir el automvil. 16.Durante la aplicacin del Programa sin Alcohol, en el supuesto que el infractor sea del sexo femenino, el proceso de certificacin y traslado al Juez Cvico se llevar a cabo por: R= Personal del agrupamiento femenil. 17.Sialmomentodeestarllevandoacabolaaplicacindelprogramaenalgnpuntoderevisinyse observare en el interior del vehculo los siguientes supuestos: I. Lleve personas lesionadas o privadas de su libertad; II. Algn arma de fuego; III. Drogas; IV. Animales domsticos o silvestres, y/o V. Cualquier otro objeto que pudiera estar relacionado con un hecho delictivo. Se aplicar a lo dispuesto en: R=ElCapituloVProcedimientodeDetencindelProtocolodeActuacinPolicialdela SecretaradeSeguridadPblicadelDistritoFederalparalaDetencindeInfractoresy Probables Responsables. 18.Al concluir con el horario del operativo del Programa Conduce sin Alcohol, el jefe de punto de revisin deberelaborarelinformecorrespondientedelasnovedadesocurridasenelPuntodeRevisin, sealando: R= I. El nmero de entrevistas realizadas. II. Total de pruebas aplicadas. III.RemisionesalJuezCvico,porpruebasaplicadasqueresultaronsuperioresalporcentaje establecido. IV. Infracciones realizadas. a. Vehculos ingresados a depsitos vehiculares; b. Vehculos que fueron entregados a las personas autorizadas por el conductor infractor. V. Nmero de conductores que se negaron a la prueba de alcoholemia. VI. Nmero de menores Infractores. VII. Cualquier novedad de relevancia que ocurra durante la aplicacin de la jornada del programa. 19.Para la ejecucin y aplicacin del Programa Conduce sin Alcohol, conforme al Protocolo de Actuacin, la Polica del Distrito Federal mantendr coordinacin, comunicacin y el apoyo con: R= El C2, C4i4 y Centro de Control. #& 20.DurantelaaplicacindelProgramaConducesinAlcohol,elegirdemaneraaleatoriaenlosdiversos puntosdesignados,salvaguardarlosderechoshumanosdelinfractor,ascomodelaspersonas involucradas, es la funcin de: R= La Direccin General de Derechos Humanos #' PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA PRESERVAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS QUE PERTENEZCAN A LA POBLACIN LESBICO, GAY, BISEXUAL, TRANSGENERO, TRANSEXUAL, TRAVESTI E INTERSEXUAL (LGBTTTI) 1.Conjuntodeideas,creenciasyrepresentacionessocialesdeladiferenciasexualentrehombresy mujeres. Adems alude a las formas histricas y socioculturales en que mujeres y hombres construyen su identidad, interactan y organizan su participacin en la sociedad. R= Gnero. 2.Persona cuyo cuerpo sexuado (sus cromosomas, gnadas, rganos reproductivos y/o genitales) no encuadra en los estndares sexuales masculinos ni femeninos que constituyen normativamente la diferencia sexual promedio. R=Intersexual. 3.Valoracin asimtrica entre ser hombre o mujer, o entre lo masculino y lo femenino; generalmente se traduce en prcticas discriminatorias hacia un sexo por considerarse inferior al otro. R=Sexismo. 4.Personaqueconstruyeunaidentidaddegnero,diferentealaquelefueasignadaensunacimiento. Enmuchasoportunidadesrequierenparalaconstruccincorporaldesuidentidadtratamientos hormonales y/o quirrgicos incluyendo la reasignacin sexual. R=Transexual. 5.Condicinhumanaporlaqueunapersonatienecualidadesycomportamientosdegnero(elser masculina o femenina) que no coinciden con su sexo de acuerdo con los patrones sociales y culturales, por lo que se identifica o adopta los del gnero opuesto. R=Transgnero. 6.Personacuyaidentidady/oexpresindegneronocorrespondenecesariamenteconelgnero asignadoalnacer,sinqueestoimpliquelanecesidaddecirugasdereasignacinuotras intervencionesdemodificacincorporal.Enalgunoscasos,noseidentificanconningunodelos gneros convencionales (masculino y femenino) R= Travest. 7.Son principios rectores para la interpretacin y aplicacin de este Protocolo: R= I. El respeto de los derechos humanos de la poblacin LGBTTTI; ii. El reconocimiento de su calidad como sujetos de derecho; iii. Presuncin de inocencia; iv. Reconocimiento expreso de sus derechos; v. Especialidad; vi. Inmediatez; y vii. Transversalidad. #( 8.Al realizar las acciones de actuacin policial para la proteccin de la integridad personal y los bienes de la poblacin LGBTTTI, la polica del D.F. deber: R=I.RespetarlosderechoshumanosconapegoalanormatividadvigentedelaLeypara preveniryerradicarladiscriminacinenelDistritoFederal,ylasdemsaplicablesen materia de discriminacin. II.Hacerdelconocimientoacualquiermiembrodedichapoblacinacercadelosderechos que le asisten en trminos de lo dispuesto en el Protocolo. 9.EnlossupuestosquelaPolicadelDistritoFederaltomeconocimientodealgneventoenespacios pblicos o privados por parte de la poblacin LGBTTTI, deber:R=Hacerdeconocimientoasusuperiorjerrquico,paraqueevalulasituacineinformelas actividadesqueseestnllevandoacabo;conelfindeimplementarlosdispositivosde seguridad y vigilancia correspondiente, para solicitar el apoyo necesario si as lo amerita el caso. 10.HablandodequejasodenunciasporpartedepersonasdelapoblacinLGBTTTI,querequieranla actuacin inmediata de la Polica del Distrito Federal, qu debe hacer el Polica: R= Debe rendir su informe policial de los hechos y las acciones realizadas en su participacin, especificando en el mismo, de ser posible, el grupo o tipo de poblacin a la que pertenece la persona que requiri la atencin 11.Para la revisin preventiva contemplada en el Protocolo de Actuacin Policial para la Detencin de Infractores y Probables Responsables, se procurar que sta sea realizada por: R= Personal del sexo que corresponda a la identidad de gnero con la que se identifique o que refiera la persona detenida. 12.EnlasaccionestendientesaladetencindepersonasprobablesresponsablesdelaPoblacin LGBTTTI,laPolicadelDistritoFederaltomarlassiguientesconsideracionesenelsupuestode Flagrancia cuando exista: R= I. Infraccin Administrativa. II. Hechos probablemente constitutivos de delito, cuando la persona probable responsable sea perseguida material e inmediatamente despus de haberlo cometido: 13.Alponeradisposicindelaautoridadcompetenteaunapersonadetenida,seutilizarndiferentes niveles del uso de la fuerza, segn se requiera, previstos en la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Publica del D.F., observando los siguientes principios: R= I. Legalidad; II. Racionalidad; III. Congruencia; IV. Oportunidad, y V. Proporcionalidad. #) 14.La Polica de la Secretara de Seguridad Pblica del Distrito Federal, en la interaccin con la poblacin LGBTTTI, deber actuar con respeto a los derechos humanos, respetar la identidad de gnero y los principios establecidos en el presente Protocolo, debiendo abstenerse de utilizar trminos: R= I. Peyorativos; II. Denostativos; III. Discriminatorios; IV. Calificativos negativos; V. Insultos; o VI. Comentarios degradantes 15.Las quejas y denuncias interpuestas por la poblacin LGBTTTI debern ser remitidas por escrito a las siguientes reas de esta Secretara de Seguridad Pblica del D.F.: R= La Direccin General de Inspeccin Policial; y a la Direccin General de Derechos Humanos. 16.La Polica del Distrito Federal al realizar las acciones para la detencin de personas pertenecientes a la poblacin LGBTTTI, deber atender lo dispuesto en: R= El Protocolo de Actuacin Policial de la SSPDF para la Detencin de Infractores y Probables Responsables, tomando las consideraciones previstas en el artculo Sptimo del acuerdo. 17.En ningn caso se permitir a la Polica del Distrito Federal, difundir imgenes de personas detenidas de la poblacin LGBTTTI, ni se facilitarn datos que permitan su identificacin, con pleno cumplimiento de las normas relativas a:R= La proteccin jurdica de la Ley de Proteccin de Datos Personales. 18.De acuerdo con la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos del ao 2011; Qu Artculo delaConstitucinPolticadelosEstadosUnidosMexicanossealaqueseprohbeladiscriminacin porcuestionesdeorigentnicoonacional,gnero,edad,discapacidad,condicinsocial,desalud, religin, opinin, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. R=Elartculo1delaConstitucinPolticadelosEstadosUnidosMexicanos,ensultimo prrafo. 19.Qu determinla Asamblea General de la Organizacin de Estados Americanos: R= Determin condenar la discriminacin contra personas por motivos de orientacin sexual e identidad de gnero. 20.ElprotocolodeActuacinPolicialdelaSecretaradeSeguridadPblicadelDistritoFederalfue elaborado para: R=PreservarlosDerechosHumanosdelaspersonasquepertenezcanalapoblacinlsbico, gay, bisexual, transgnero, transexual, travest, e intersexual (LGBTTTI) #* PROTOCOLO DE ACTUACIN POLICIAL DE LA SECRETARA DE SEGURIDAD PBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA DE LA UNIDAD POLICIAL MIXTA PARA LA ATENCIN MULTIDICIPLINARIA A NIAS, NIOS, ADOLECENTES Y JOVENES EN MANIFESTACIONES, CONCENTRACIONES, EVENTOS CULTURALES, SOCIALES Y DEPORTIVOS. 1.Por quin fue solicitada la creacin de una unidad especializada en la atencin e intervencin integral y multidisciplinaria de casos que afecten o relacionen a nias, nios, adolescentes y jvenes. R=PorlasLneasdeAccindelProgramadeDerechosHumanos,ascomoporlas Recomendaciones emitidas por la Comisin de Derechos Humanos del Distrito Federal. 2.Se expide el Protocolo de Actuacin de la Unidad Policial Mixta para: R=Laatencinmultidisciplinariaanias,nios,adolescentesyjvenesenmanifestaciones, concentraciones, eventos culturales, sociales y deportivos. 3.Es la reunin de un grupo de personas en un mismo lugar para realizar una actividad previamente concertada; R= Concentraciones. 4.Situacin de desacuerdo que se puede presentar en eventos sociales, deportivos y culturales para las nias, nios, adolescentes y jvenes y los organizados o no, entre ellos; R= Conflicto. 5.A las personas mayores de edad que se encuentren entre los 18 y 29 aos, se les reconocer como: R= Jvenes 6.A las personas menores de doce aos de edad, se les reconocer como: R= Nios y nias. 7.La Unidad Preventiva Juvenil, estar integrada por: R= Personal Operativo de esta Secretara. 8.La Unidad Preventiva Juvenil, ser la encargada de: R=Otorgaratencinenloscasosqueafectenorelacionenanias,nios,adolescentesy jvenesenmanifestaciones,concentraciones,eventosculturales,socialesydeportivos, previniendoyprotegindolosdeconductasdelictivasafindeevitarcualquiersituacin discriminatoria o violatoria de sus derechos humanos. 9.Cundo se trate de personas menores de doce aos de edad la intervencin policial, consistir en:R= Coadyuvar a la Autoridad Competente para custodiar su traslado a la Fiscala Especializada, no siendo de aplicacin 10.SerlaUnidadAdministrativaquedisear,implementarycoordinarlasactividadesdelaUnidad Preventiva Juvenil, para llevar a cabo las acciones inherentes a dicha Unidad: R= La Subsecretara de Participacin Ciudadana y Prevencin del Delito. $+ 11.Encasodeaccionesdeprevencindeldelitoeninstitucionesescolares,laDireccindeSeguridad Escolar, de esta Secretara propone: R= Recibir la solicitud del evento e instruir a la Unidad Preventiva Juvenil para que realice el servicio; Programar y agendar los eventos que le soliciten; Notificaralmandoinmediatolarealizacindeloseventosindicando:nombredela escuela, tema y beneficiados, informacin proveniente de la Coordinacin. 12.Cuando se detenga a una persona joven se atender: R=!.Lascaractersticasdeloshechoscometidos,especialmenteenaquellostipificadoscomo delito o infracciones, y II. La edad y dems circunstancias personales de las personas jvenes. 13.La Unidad Preventiva Juvenil slo puede detener a personas adolescentes y jvenes si acontece una de las siguientes condiciones: R= I. Es sorprendida en el momento de estar cometiendo el hecho delictivo o la infraccin; II.Perseguidaenformamaterial,ininterrumpidaeinmediatamentedespusdecometerel hecho delictivo o infraccin, y III.Sealadainmediatamentedespusdecometereldelitoolainfraccinporlavctima directaeindirecta,algntestigopresencialdeloshechosoquienhubiereintervenidocon ellaenlacomisindeldelitoolainfraccinocuandotengaensupoderinstrumentos, objetos, el producto del delito o infraccin. 14.Deberinformarsealaspersonasadolescentesdeformainmediatayenunlenguajeclaro, comprensible y adecuado a su estado y circunstancias personales, lo siguiente: R= I. Los hechos que se le imputan; II. Las razones motivadoras de su detencin, y III. Los derechos que le asisten: 15.En la detencin del o los adolescentes y jvenes se podr hacer uso de la fuerza o de instrumentos de coercin slo:R= En casos excepcionales, cuando se hayan agotado los dems medios de control de la forma expresamente autorizada.