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Régimen intermedio Guía para cumplir sus obligaciones fiscales PERSONAS FÍSICAS

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Page 1: Guia Regimen Intermedio PF

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Régimenintermedio

Guía para cumplir sus obligaciones fiscales

PERSONAS FÍSICAS

Page 2: Guia Regimen Intermedio PF

Quiénes pueden tributar en el régimen intermedio

Las personas que obtengan ingresos por realizar actividades empresariales, como son comerciales, industriales, de servicios, así como de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

En este régimen pueden pagar sus impuestos las tiendas de abarrotes, de ropa, restaurantes, farmacias, tlapalerías, talleres mecánicos, farmacias, estéticas, fondas, papelerías, y jardines de niños, entre otros, siempre que no hayan optado por pagar en el régimen general de las actividades empresariales o en el régimen de pequeños contribuyentes.

Qué se requiere para tributar en el régimen intermedio

Que sus ingresos del año anterior no hayan excedido de cuatro millones de pesos.

Que cuando inicie actividades estime que sus ingresos del año no excederán dicho límite.

Page 3: Guia Regimen Intermedio PF

• Que siendo integrantes de personas morales del régimen simplifi cado (personas físicas o personas morales) sus ingresos del año inmediato anterior no hayan excedido de diez millones de pesos.

• Que cuando la actividad se lleve a cabo en copropiedad, los ingresos que obtengan los copropietarios en conjunto no excedan de cuatro millones de pesos.

• Los ingresos por actividades empresariales deben representar por lo menos 90% del total de ingresos acumulables obtenidos en el año anterior, sin incluir sueldos y salarios percibidos.

Qué es lo primero que debe hacer

• Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.

• Mande imprimir sus comprobantes (facturas y notas de venta) y entréguelos a sus clientes por cada venta que realice

• Qué puede deducir

• Presente sus declaraciones

• Cómo y dónde debe pagar los impuestos o presentar las declaraciones

• Declaración anual

• Qué otras obligaciones fi scales debe cumplir

• Qué pasa si no cumple con alguna obligación

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Una vez que ya se inscribió, ¿qué sigue?

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 4: Guia Regimen Intermedio PF

Cómo inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentesse en el Registro Federal de ContribuyentesAcuda a cualquier Administración Local de Asistencia al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), independientemente de que corresponda o no a su domicilio fi scal y proporcione la información que le solicite el personal durante la pequeña entrevista para llenar el formato electrónico, incluida una dirección de correo electrónico.acudir a inscribirse debe llevar los siguientes documentos:Sólo si se encuentra en alguno de los siguientes

3 Original y fotocopia de un comprobante de domicilio fi scal reciente, como recibo de pago de luz, teléfono o impuesto predial.

4 Original y fotocopia de cualquier identifi cación ofi cial vigente con fotografía y fi rma, expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.

1 Si cuenta con CURP, copia de su constancia de la Clave Única de Registro de Población o de una identifi cación ofi cial vigente con fotografía y fi rma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal que tenga la CURP.

2 Si no cuenta con CURP, copia certifi cada y fotocopia simple de su acta de nacimiento.

Al acudir a inscribirse debe llevar los siguientes documentos

Page 5: Guia Regimen Intermedio PF

Sólo si se encuentra en alguno de los siguientescasos debe anexar

• Si presenta el trámite a través de un representante legal: el poder notarial o la carta poder, fi rmada ante dos testigos y ratifi cada ante la autoridad fi scal o ante notario o fedatario público, en copia certifi cada y fotocopia simple, además de su identifi cación ofi cial vigente con fotografía y fi rma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.

• En el caso de menores de edad, los padres o tutores presentarán copia certifi cada del acta de nacimiento del menor, así como escrito libre en el que se manifi este la conformidad de los cónyuges o padres para que uno de ellos actúe como representante del menor; o en su caso, resolución judicial o documento notarial en el que conste la patria potestad o tutela, así como una identifi cación ofi cial vigente de dicho representante con fotografía y fi rma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.

• Los mexicanos por naturalización deben anexar copia cerifi cada u original de su carta de naturalización.

• Los extranjeros deben anexar original y fotocopia del documento migratorio vigente, y en su caso prórroga o refrendo migratorio, donde se autoricen los actos o actividades por las que se inscriben.

Si proporcionó todos los documentos e información requerida, en ese momento quedará inscrito y se le entregará

• Constancia de inscripción con Cédula de Identifi cación Fiscal• Guía de obligaciones• Acuse de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes

En caso de presentar incompleta la documentación, se le entregará un reporte de información pendiente y tendrá diez días para solventar las omisiones; en caso contrario, deberá iniciar nuevamente el trámite.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 6: Guia Regimen Intermedio PF

Mande imprimir y entregue a sus clientes facturas o notas de ventaAcuda con su Cédula de Identifi cación Fiscal a una imprenta autorizada por el SAT para que le elaboren sus comprobantes, facturas o notas de venta con los requisitos fi scales, ya que es obligatorio que los proporcione a sus clientes por cada cobro que realice.

Cuando un cliente le solicite factura debe proporcionarla si el cliente a su vez le indica su RFC; de lo contrario, debe entregarle un nota de venta.

Ya no es necesario solicitar a sus clientes la Cédula de Identifi cación Fiscal; para entregarles factura es sufi ciente con que le den su RFC verbalmente.

Las facturas que proporcione a sus clientes deben cumplir los siguientes requisitos fi scales

a El nombre, domicilio fi scal y clave del Registro Federal de Contribuyentes impresos de quien los expida. Si tiene más de un local o establecimiento, debe señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.

b Impreso el número de folio.

c Lugar y fecha de expedición.

d Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

e Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.

f Valor unitario en número e importe total en número o en letra, así como el monto del IVA que se traslada, en su caso.

g En el caso de ventas de primera mano de mercancías de importación, número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la que se realizó la importación.

h Fecha de impresión y datos de identifi cación del impresor autorizado.

i Fecha de vigencia impresa. Los comprobantes podrán ser utilizados por un plazo máximo de dos años, contados a partir de la fecha de impresión.

j Señalar si el pago se hace en una sola exhibición o en parcialidades.

Page 7: Guia Regimen Intermedio PF

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

a b

c

d

e

g

k m

l

h

Además, debe tener impreso lo siguiente:

k La Cédula de Identifi cación Fiscal.

l La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fi scales.”

m Fecha en que se incluyó la autorización en la página de Internet del SAT.

n Número de aprobación asignado por el Sistema Integral de Comprobantes.

ñ La leyenda: “Efectos fi scales al pago.”

o En el caso que le retengan el IVA la leyenda: “Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado.”

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

f

i

IMPUESTO RETENIDO DE CONFORMIDAD CON LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

o

j

Page 8: Guia Regimen Intermedio PF

Qué puede deducir

Entre las deducciones que puede efectuar para calcular el impuesto sobre la renta se encuentran las siguientes:

• Las compras de mercancía, materias primas, productos terminados o semiterminados que utilice para fabricar bienes, prestar servicios, o bien para venderlos.

• Las devoluciones que reciba o los descuentos o bonifi caciones que haga, siempre que haya acumulado el ingreso correspondiente para efectos de calcular el impuesto.

• Pago de sueldos o salarios, en caso de tener trabajadores.

• Pago de arrendamiento de local.

• Luz y teléfono del local que utilice para sus actividades.

• Papelería y artículos de escritorio.

• Los intereses pagados, derivados del negocio, incluidos los que se generen por préstamos que hayan sido invertidos en la actividad.

Las cuotas pagadas como patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean a cargo de sus trabajadores.

• Las inversiones, entre las que se encuentran la compra de equipo de cómputo, equipo de ofi cina, construcciones, vehículos y maquinaria.

Estos conceptos los deducirá en su totalidad el año cuando realice el gasto, excepto en el caso de automóviles, camiones de carga, autobuses, tractocamiones y remolques, los que deberá deducir en 25% anual sobre el valor de adquisición y cumpliendo con los demás requisitos para la deducción de inversiones.

Los automóviles son deducibles hasta por 300,000 pesos como valor máximo de compra para los adquiridos antes del 1 de enero de 2007 y hasta por 175,000 para los que se hayan comprado después de esa fecha.

Para mayor información, utilice nuestros servicios de orientación, que se señalan al fi nal de este folleto.

Page 9: Guia Regimen Intermedio PF

Guía para cumplir sus obligaciones fiscales

Para que los gastos o inversiones puedan deducirse deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos:

• Ser indispensables para obtener los ingresos.

• Contar con las facturas que reúnan todos los requisitos fi scales.

• Registrarlos en la contabilidad.

Le recordamos que ya no es necesario proporcionar su Cédula de Identifi cación Fiscal; para que le den facturas de sus gastos, compras o inversiones es sufi ciente con mencionar su RFC de manera verbal.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

CLAVE DE REG. FED. DE CONTRIBUYENTE

NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL

FOLIO114573

Page 10: Guia Regimen Intermedio PF

Presente sus declaracionesLas personas que realizan actividades empresariales en el régimen intermedio son sujetos del impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado e impuesto al activo.

Impuesto sobre la renta

Es el impuesto que debe pagar sobre la ganancia obtenida; es decir, por la diferencia entre sus ingresos menos sus deducciones, y en su caso, menos la pérdida de años anteriores.

Por este impuesto debe presentar las declaraciones siguientes:

b Pagos a las entidades federativas

Debe efectuar pagos mensuales a la entidad federativa donde obtenga sus ingresos, mismos que determinará aplicando la tasa de 5% a la base del impuesto.

Cuando tenga establecimientos, sucursales o agencias en dos o más entidades federativas, se efectuarán los pagos mensuales a cada entidad federativa en el porcentaje que representen los ingresos obtenidos en cada entidad, respecto del total de sus ingresos.

a Pagos provisionales Son pagos que se calculan con la tarifa del artículo 113 y la tabla del artículo

114 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; se deben hacer mensualmente a cuenta del impuesto defi nitivo que se calcula en la declaración anual. Para poder calcular estos pagos de manera más ágil, le sugerimos anotar sus ingresos, deducciones y pagos en la Bitácora de información básica que se encuentra al fi nal de este folleto.

Estos pagos se presentan a más tardar el día 171 del mes siguiente al mes que paga; por ejemplo, enero se presenta a más tardar el 17 de febrero; febrero a más tardar el 17 de marzo, y así sucesivamente.

1 Los pagos mensuales deben presentarse a más tardar el día 17 de cada mes; sin embargo, tiene de 1 a 5 días más de plazo, según el sexto dígito numérico de su RFC:

Sexto dígito numérico del RFC Fecha límite de pago1 y 2 Día 17 más un día hábil 3 y 4 Día 17 más dos días hábiles 5 y 6 Día 17 más tres días hábiles 7 y 8 Día 17 más cuatro días hábiles 9 y 10 Día 17 más cinco días hábiles

Page 11: Guia Regimen Intermedio PF

Guía para cumplir sus obligaciones fiscalesGuía para cumplir sus obligaciones fi scales

c Declaración anual Es el documento en el que se calcula el impuesto anual por el total de ingresos,

menos las deducciones relacionadas con su actividad, las pérdidas de ejercicios anteriores en su caso y las deducciones personales de todo el año. Al impuesto anual se le restan los pagos provisionales, los pagos a las entidades federativas y las retenciones del mismo impuesto que le hayan hecho durante el año.

Esta declaración la debe presentar a más tardar en abril del año siguiente a aquel en que obtuvo los ingresos; por ejemplo, la declaración anual de 2007 debe presentarse en abril de 2008.

El pago de 5% que se efectúe a la entidad federativa se podrá restar del pago provisional (citado en el inciso a) del mismo mes. En el caso de que al comparar el impuesto mensual a pagar ante la entidad federativa resulte que aquel es menor, se deberá pagar a dicha entidad únicamente el monto menor, sin que deba pagarse cantidad alguna al SAT.

Los pagos mensuales a las entidades federativas también serán acreditables (se pueden restar) contra el impuesto anual.

Impuesto al valor agregado

a Pagos mensuales

Si vende bienes o presta servicios que causan IVA, debe pagar este impuesto mensualmente al SAT, a través de los bancos autorizados, en las mismas fechas en que declara el ISR. El IVA lo debe de cobrar o trasladar a sus clientes incluyéndolo en el precio de venta de sus bienes o servicios.

Contra el IVA a su cargo puede restar el IVA que le hayan trasladado o haya pagado en su gastos y compras, siempre y cuando cuente con las facturas a su nombre con el impuesto desglosado y demás requisitos fi scales.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 12: Guia Regimen Intermedio PF

Impuesto al activo

Es un impuesto que se calcula y en su caso se paga sobre el valor de los bienes siguientes de su negocio:

• Activos fi jos, gastos y cargos diferidos.

• Activos fi nancieros.

• Terrenos.

• Inventarios.

A partir de 2007 el impuesto se calcula con la tasa de 1.25% sobre el valor de dichos bienes; sin embargo, no está obligado a pagarlo si sus ingresos totales en el año anterior no excedieron de cuatro millones de pesos.3

Por este impuesto debe efectuar las siguientes declaraciones:

a Pagos provisionales

Se efectúan mensualmente en los mismos plazos y fechas en que se paga el impuesto sobre la renta.

b Declaración anual

También debe presentarla en la misma fecha que la declaración anual del impuesto sobre la renta; es decir, en abril del siguiente año a aquel que va a declarar.

Cabe mencionar que aun cuando tenga derecho a la exención del impuesto debe calcular el impuesto anual.

Si efectúa sus declaraciones mensuales de todos los impuestos de manera correcta y en tiempo, será mucho más fácil y rápido elaborar y presentar su declaración anual; además, evitará el pago de recar-gos, actualizaciones y multas.

b Información anual

Por este impuesto no tiene que hacer cálculo anual; sin embargo, debe proporcionar cierta información sobre el cálculo de sus pagos mensuales.2

2 Para mayor información sobre la Declaración anual, le sugerimos consultar la Guía para presentar la declaración anual ingresos por actividades empresariales, régimen intermedio, que ponemos a su disposición todos los años, durante los meses de marzo y abril en el portal del SAT en Internet y en las administraciones locales de Asistencia al Contribuyente de todo el país.

3 Decreto publicado en el Diario Ofi cial de la Federación el 20 de febrero de 2007.

Page 13: Guia Regimen Intermedio PF

Cómo se calculan los pagos mensuales de impuestos

Impuesto sobre la renta

Al calcular los impuestos, ya sea usted mismo o solicitando apoyo en nuestras ofi cinas de asistencia, es conveniente que tenga sus cantidades sumadas por cada mes, así no tendrá que llevar o proporcionar sus documentos originales ni sacar fotocopias de los mismos. Para organizar cada mes sus ingresos, sus gastos y pagos realizados, le sugerimos anotarlos en la Bitácora de información básica que le proporcionamos al fi nal de este folleto.

Ejemplo

A continuación se desarrolla un ejemplo en el que se calcula el impuesto sobre la renta, correspondiente a junio de 2007, de una persona que tiene un negocio de compraventa de equipo de cómputo en el D. F.

Para efectos de este ejemplo, consideramos los datos acumulados de enero a junio, en virtud de que el pago corresponde a este último mes. Para hacer su propio cálculo considere los datos acumulados del periodo que le corresponda hasta el mes que va a pagar.

Datos Cantidad ($)

Ingresos cobrados de enero a junio 196,600.00

Gastos y compras realizadas de enero a junio (deducciones relacionadas con su actividad) 54,200.00

Pagos provisionales de ISR efectuados de enero a mayo a la federación 10,578.00

Pagos efectuados de enero a mayo a la entidad federativa 6,108.00

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Page 14: Guia Regimen Intermedio PF

Periodo Ingresos(sin incluir

IVA)

IVA causado(cobrado al

cliente)

Deducciones(gastos,

compras e inversiones;no incluye

IVA* ni gastos

personales)

IVA acreditable(pagado en compras, gastos e

inversiones)

ISR

retenido

Enero 29,000.00 4,350.00 8,200.00 1,230.00Acumulado 29,000.00 8,200.00Febrero 33,500.00 5,025.00 9,700.00 1,455.00Acumulado 62,500.00 17,900.00Marzo 35,800.00 5,370.00 11,750.00 1,762.50Acumulado 98,300.00 29,650.00Abril 37,700.00 5,655.00 8,900.00 1,335.00Acumulado 136,000.00 38,550.00Mayo 35,300.00 5,295.00 10,590.00 1,588.50Acumulado 171,300.00 49,140.00Junio 25,300.00 3,795.00 5,060.00 759.00Acumulado 196,600.00 54,200.00JulioAcumuladoAgostoAcumuladoSeptiembreAcumuladoOctubreAcumuladoNoviembreAcumuladoDiciembreAcumuladoTotal

Bitácora de información básica para hacer sus declaraciones

Estos datos también son indispensables para elaborar la declaración anual. La bitácora se encuentra al fi nal de este folleto, pero también la puede obtener en cualquier módulo de Asistencia al Contribuyente, o en el portal de Internet del SAT.

Page 15: Guia Regimen Intermedio PF

IVA

retenidoISR pagado

al SAT*IVA pagado

al SAT, (si hay saldo

a favor anotarlo

entre paréntesis)

3,120.00

3,570.00

3,607.00

4,320.00

3,707.00

3,036.00

Base elimpuesto

Cantidadpagada

alSAT

ISR

pagado en la entidad federativa

20,800.00 1,577 1,14020,800.00 1,577 1,04023,800.00 2,015 1,19044,600.00 3,592 2,23024,050.00 2,065 1,20268,650.00 5,657 3,43228,800.00 2,773 1,44097,450.00 8,430 4,87224,710.00 2,148 1,236

122,160.00 10,578 6,10820,240.00

142,400.00

ISR Régimen intermedio

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Page 16: Guia Regimen Intermedio PF

Paso 1

Calcule la base del impuesto

Conceptos Cantidad ($)

Total de ingresos de enero-junio 196,600.00Menos: Deducciones autorizadas de enero-junio 54,200.00Igual: Base del impuesto 142,400.00

Paso 2

Calcule el impuesto como se muestra en la siguiente tabla con la tarifa integrada (artículos 113 y 114 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) correspondiente al mes que va a pagar; en el ejemplo, es la del mes de junio,4 que puede ver en la siguiente página.

La tarifa integrada sólo la podrá utilizar si no percibe otros ingresos en los que ya se aplique subsidio; por ejemplo, salarios. De ser este el caso utilice sólo la tarifa del artículo 113 que corresponda al mes que va a declarar.

Conceptos Cantidad ($)

Base del impuesto 142,400.00Menos: Límite inferior de la tarifa 124,621.75Igual: Excedente del límite inferior 17,778.25Por: Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 19.60%Igual: Impuesto marginal 3,484.53Más: Cuota fi ja 15,667.98Igual: Impuesto que corresponde en el periodo (enero-junio) 19,152.51

4 Para obtener las tablas y tarifas para todos los meses del año solicite en cualquier módulo de asistencia el folleto: Tablas y tarifas para los pagos provisionales de 2007 o en el portal del SAT en Internet.

Page 17: Guia Regimen Intermedio PF

Tarifa integrada (incluye el subsidio de la tabla del artículo 114) para el pago provisional de junio de 2007

Límite inferior Límite superior Cuota fi ja Por ciento para aplicarse sobre

el excedente del límite inferior

($) ($) ($) (%)0.01 2,976.42 0.00 1.50

2,976.43 25,262.46 44.64 5.0025,262.47 44,396.52 1,158.84 8.5044,396.53 51,609.00 2,785.62 12.5051,609.01 61,790.10 3,686.94 14.0061,790.11 124,621.74 5,112.30 16.80

124,621.75 196,420.98 15,667.98 19.60196,420.99 En adelante 29,740.62 28.00

Paso 3

Datos Cantidad ($)

Base del impuesto 142,400.00Por: Tasa 5%Igual: Impuesto que corresponde a la entidad federativa en el periodo (enero-junio) 7,120.00

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Calcule el impuesto que corresponde con la tasa de 5% (para la entidad federativa)

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Page 18: Guia Regimen Intermedio PF

Paso 4

Compare el impuesto calculado con la tarifa integrada y el calculado con la tasa de 5% (para la entidad federativa)

Impuesto calculado con la tasa de 5% que corresponde a la entidad federativa del periodo (enero-junio)

7,120.00

En este caso el impuesto total calculado con la tasa de 5% es menor al calculado con la tarifa integrada, por lo que se deberá pagar este último (de acuerdo con lo que se señala en los siguientes dos pasos), disminuido con los pagos efectuados con anterioridad a la federación (SAT) y a la entidad federativa. Cuando el impuesto calculado con la tasa de 5% sea mayor al calculado con la tarifa integrada, deberá pagar sólo este último a la entidad federativa disminuido con los pagos anteriores efectuados a dicha entidad.

Paso 5

Calcule el impuesto que debe pagar a la entidad federativa donde tenga su negocio Para el caso del ejemplo, el que corresponde al D. F.

Impuesto total calculado con la tarifa integrada del periodo (enero- junio)

19,152.51

Datos Cantidad ($)

Impuesto que corresponde a la entidad federativa en el periodo enero-junio 7,120.00Menos: Pagos efectuados con anterioridad 6,108.00Igual: Impuesto a pagar a la entidad federativa por el mes de junio 1,012.00

Page 19: Guia Regimen Intermedio PF

Paso 6

Calcule el impuesto que debe pagar a la federación (SAT)

Datos Cantidad ($)

Impuesto que corresponde en el periodo (enero- junio) 19,152.51Menos: Impuesto pagado al SAT de enero a mayo 10,578.00Menos: Impuesto pagado a la entidad federativa de enero a mayo 6,108.00Menos: Impuesto efectivamente pagado a la entidad federativa en junio 1,012.00Igual: Diferencia a pagar al SAT en junio 1,454.00

Impuesto al valor agregado

Para efectos de calcular el IVA sólo consideramos los datos de junio, ya que es el mes por el que vamos a calcular el pago y para este impuesto no se toman los ingresos acumulados del periodo. Para hacer su propio cálculo considere los datos del mes que vaya a pagar.

Datos Cantidad ($)

Ingresos cobrados en junio* 25,300.00

Gastos y compras de junio gravadas con IVA 5,060.00

IVA que le trasladaron o que pagó en gastos y compras 759.00

*Para efectos de este ejemplo todos los ingresos causan IVA.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 20: Guia Regimen Intermedio PF

Cálculo del pago mensual de junio

Conceptos Cantidad $

Ingresos de junio, gravados con IVA 25,300.00Por: Tasa 15%Igual: Impuesto causado en el mes, que trasladó a los clientes 3,795.00Menos: IVA pagado en gastos y compras para sj negocio (acreditable*) 759.00Menos: Saldos a favor de meses anteriores, en su caso 0Igual: Cantidad a pagar del IVA en junio 3,036.00

*Qué es el IVA acreditable

El IVA acreditable es el impuesto pagado en las compras y gastos relacionadas con los ingresos que causan IVA, el cual se puede restar del IVA que se tenga a cargo y que se haya trasladado a los clientes. Para que se pueda restar el IVA acreditable es necesario que cuente con las facturas a su nombre, con el impuesto desglosado y demás requisitos.Si los gastos o compras están relacionados con ingresos que no causan IVA y con ingresos que sí lo causan, sólo puede restar una parte proporcional del IVA; para saber cómo se calcula esta parte, utilice nuestros servicios de asistencia gratuitos que se indican al fi nal de este folleto.

Cálculo del pago provisional de junio

Recuerde que no debe pagar este impuesto si el ejercicio anterior sus ingresos no excedieron de cuatro millones de pesos.5

En el caso que deba calcular los pagos provisionales del impuesto al activo tome el impuesto del ejercicio inmediato anterior y realice las siguientes operaciones:

Para calcular los pagos provisionales de 2007 no debe tomar el impuesto del ejercicio de su declaración anual de 2006, ya que de acuerdo con la reforma fi scal, para 2007 el impuesto citado se deberá calcular sin restar al valor del activo del ejercicio las deudas ni el equivalente a 15 salarios mínimos de su área geográfi ca.

Impuesto al activo

5 Decreto publicado en el Diario Ofi cial de la Federación el 20 de febrero de 2007.

Page 21: Guia Regimen Intermedio PF

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Conceptos Cantidad $

Impuesto anual del ejercicio inmediato anterior 35,000.00Por: Factor de actualización* 1.0405Igual: Impuesto actualizado 36,417.50Entre: Meses del año 12Igual: Impuesto mensual 3,034.79Por: Número de meses del periodo (enero junio) 6Igual: Impuesto al activo del periodo 18.208.74Menos: ISR del mismo periodo antes de restar los pagos privisionales6 18,208.74Igual: Impuesto a cargo 0Menos: Pagos provisionales del periodo 0

Igual: Impuesto a cargo 0

*Cálculo del factor de actualización:

INPC dic. de 2006: 121.015Entre: INPC diciembre de 2005: 116.301Igual: Factor de actualización: 1.0405

6 El ISR efectivamente pagado en el periodo se deberá acreditar o restar hasta el monto del impuesto al activo que resulte a pagar en el mismo periodo.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 22: Guia Regimen Intermedio PF

Declaraciones con pago

Cuando sus ingresos hayan excedido 1,967,870 pesos el año anterior o si empezó sus actividades este año y estima que sus ingresos excederán de dicho monto, debe hacer los pagos provisionales por Internet mediante transferencia electrónica de fondos. Para ello, contrate previamente una cuenta de banco para hacer los pagos.

Cómo y dónde debe pagar los impuestos o presentar las declaraciones

Por Internet

Declaraciones en ceros

Cuando no le resulte impuesto a pagar en el mes debe presentar dentro del plazo que le corresponda una declaración en ceros e indicar la razón por la cual no existe impuesto a cargo.

Para presentarla, ingrese al portal del SAT en Internet; si no cuenta con este servicio acuda a cualquier módulo de Asistencia al Contribuyente.

Una vez en el portal, ingrese a la aplicación o programa pulsando las siguientes ligas:

7 Si no cuenta con CIEC, puede obtenerla en cualquier módulo de asistencia del SAT.

1 Ofi cina virtual.

2 Personas físicas.

3 Declaraciones en cero.

4 Enviar declaración informativa.

5 Alerta de seguridad, desea continuar: Sí.

6 Introduzca su RFC y su clave de identifi cación electrónica confi dencial (CIEC)7

o su fi rma electrónica avanzada (Fiel)

7 Aceptar.

Page 23: Guia Regimen Intermedio PF

Se abrirá la siguiente pantalla en la que debe llenar los campos que se muestran:

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

a El RFC dos veces para confi rmarlo, luego dé clic en Continuar.

b Apellido paterno, materno y nombre.

c Elija el impuesto que declara.

d Elija régimen, en este caso: ISR Personas físicas, régimen intermedio.

e Dé clic en el periodo mensual.

f Elija Tipo de declaración: Normal.

g En el campo: Ejercicio, elija el año al que corresponda la declaración.

h En el campo: Periodo, elija el mes que declara.

i Seleccione alguna de las razones por las cuales no paga impuesto, dependiendo de su caso; si no se encuentra dé clic en Otras razones y anote la que corresponda a su caso.

j Dé clic en Confi rmar datos; si son correctos, continúe.

k Haga clic en Enviar.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Page 24: Guia Regimen Intermedio PF

Este proceso lo debe realizar por cada impuesto al que esté obligado.

Si considera que no va a tener ingresos por un largo periodo, se le sugiere presente el aviso de suspensión de actividades.

Por ventanilla bancaria

8 Por último imprima el acuse de recibo.

Cuando en el año anterior haya obtenido ingresos inferiores a 1,967,870 pesos, o si este año empezó sus actividades y estima que sus ingresos no excederán de dicho monto, puede hacer sus pagos provisionales en ventanilla bancaria utilizando la hoja de ayuda que le proporcionan en los módulos de Asistencia al Contribuyente y en el portal de Internet del SAT.

Page 25: Guia Regimen Intermedio PF

Declaraciones en ceros

Cuando alguna de sus declaraciones resulte sin impuesto a cargo, debe informar al SAT cuál es la razón; puede hacerlo por Internet y utilizar el procedimiento indicado en el apartado anterior o bien hacerlo con la hoja de ayuda: Declaración informativa de razones por las cuales no se realiza pago. Régimen intermedio para entidades federativas o Régimen intermedio para la federación, según sea el caso, y presentarla en cualquier módulo de asistencia del SAT. Puede imprimirla desde el portal del SAT o solicitarla en cualquier Módulo de Asistencia al Contribuyente.

Aunque sus ingresos no hayan excedido del monto citado puede hacer sus declaraciones por Internet, es más fácil y rápido.

Pagos a entidades federativas

Los contribuyentes que tengan su negocio o perciban sus ingresos en Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, deben realizar el pago que corresponda a la entidad federativa en las ofi cinas autorizadas por las citadas entidades a través de las formas ofi ciales que ellas publiquen.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

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Declaración anual

Además de las declaraciones mensuales, debe presentar una declaración anual a más tardar en abril del año siguiente a aquel en que percibió los ingresos.

Esta declaración se debe presentar por Internet8 si sus ingresos en el año fueron mayores a 1,967,870 pesos; para ello, utilice el programa DeclaraSAT, que se obtiene en el portal del SAT.

Si sus ingresos no excedieron del citado monto, la puede presentar en la ventanilla bancaria mediante el formato 13 por duplicado; en este caso también conviene utilizar el programa DeclaraSAT para elaborar e imprimir la declaración.

8 También es obligatorio enviar la declaración por Internet con Firma Electrónica Avanzada si obtiene un saldo a favor igual o mayor a 25,000.00 y solicita la devolución.

Deducciones personales para la declaración anual

En la declaración anual podrá deducir los siguientes gastos, además de los conceptos que mencionamos para los pagos provisionales mensuales:

• Gastos de transporte escolar obligatorio.

• Honorarios médicos y dentales.

• Gastos hospitalarios.

• Primas por seguros de gastos médicos.

• Gastos de funerales hasta por un salario mínimo general del área geográfi ca del contribuyente, anualizado.

• Donativos a instituciones autorizadas; por ejemplo, Cruz Roja, Teletón, etc.

• Compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación o restablecimiento del paciente.

• Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación.

• El importe de los depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro para planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión.

• Las aportaciones realizadas directamente a la subcuenta de aportaciones complementarias o a las cuentas de planes personales, así como a la subcuenta de aportaciones voluntarias.

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Si usted presenta su declaración anual en los primeros días de abril tiene los siguientes benefi cios:

Será de los primeros en obtener su devolución si presentó su declaración con saldo a favor. Si solicita asistencia en nuestros módulos, no encontrará saturación de nuestros servicios.

El envío de la declaración por Internet se hará sin ningún contratiempo al no haber saturación en la red.

Para mayor información sobre la declaración anual, le sugerimos consultar la Guía para presentar la declaración anual: Régimen intermedio. Ingresos por actividades empresariales, que ponemos a su disposición todos los años, durante los meses de marzo y abril en el portal del SAT en Internet y en las administraciones locales de Asistencia al Contribuyente de todo el país.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

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q Expida y solicite comprobantes fi scales (facturas o notas de venta, elaboradas por imprentas autorizadas por el SAT) de sus ventas, compras y gastos, que permitan a sus clientes y a usted mismo deducir y acreditar impuestos.

Cuando sus clientes le soliciten facturas debe proporcionarlas; sólo es necesario que le indiquen el RFC; de lo contrario debe entregarles una nota de venta.

Recuerde que para solicitar o expedir facturas no es necesario entregar o solicitar la Cédula de Identifi cación Fiscal; es sufi ciente con que proporcione o solicite el RFC de manera verbal.

• Lleve usted mismo su contabilidad; sólo requiere comprar en una papelería un libro de ingresos y egresos, donde debe registrar sus ingresos y deducciones, incluidas las inversiones.

Qué otras obligaciones debe cumplir Entre las principales obligaciones que debe cumplir se encuentran las siguientes:

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• Utilice máquinas registradoras de comprobación fi scal, o equipos o sistemas electrónicos de registro fi scal, para la venta al público, siempre que el año anterior haya obtenido ingresos mayores a 1,967,870 pesos, pero no excedan de cuatro millones de pesos,

• Retenga el impuesto sobre la renta, y en su caso, entregue en efectivo las cantidades que resulten a favor por concepto de crédito al salario a sus trabajadores.

• Proporcione a sus trabajadores a más tardar en enero del año siguiente, la constancia de pagos y retenciones efectuadas.

• Presente ante los módulos de asistencia del SAT, a más tardar el día 15 de febrero del siguiente año, entre otras, la siguiente información:

• Las cantidades pagadas a sus trabajadores por concepto de crédito al salario.

• Las personas a quienes les haya efectuado pagos por sueldos y salarios.

• Los datos de sus clientes y proveedores, con los que haya tenido operaciones por más de 50,000 pesos al año.

• Los pagos y las retenciones que haya realizado a personas residentes en el extranjero.

Guía para cumplir sus obligaciones fi scales

Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

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Comunique al SAT si cambia de actividad, de domicilio, aumenta otra actividad o deja de trabajar a través de los siguientes avisos:

Apertura o cierre de establecimiento, local fi jo, semifi jo o almacén.

Suspensión de actividades.

Reanudación de actividades.

Aumento de obligaciones fi scales.

Disminución de obligaciones fi scales.

Cambio de actividad preponderante.

Cancelación por liquidación de la sucesión (lo presenta el albacea de la sucesión).

Cambio de domicilio fi scal.

Apertura de sucesión (que debe presentar el albacea de la sucesión).

Estos avisos los puede presentar en cualquier Administración Local de Asistencia al Contribuyente, independientemente de que corresponda a su domicilio fi scal, anexando los documentos que se indican en la Guía de requisitos de los trámites fi scales, que se encuentra en el portal del SAT en Internet.

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Guía para cumplir sus obligaciones fi scalesRégimen intermedio

Cuando haya dejado de cumplir alguna obligación fi scal o hubiera cometido algún error (por ejemplo, no presentar declaraciones o presentarlas con errores), puede cumplir o corregir de manera voluntaria antes de que se lo requiera la autoridad.

Si corrige los errores o cumple las obligaciones de manera voluntaria no se le impondrán sanciones o multas; sin embargo, si lo hace por requerimiento de la autoridad se le impondrá la sanción que corresponda, como puede ser el pago de una multa.

Si omitió hacer los pagos de impuestos, también debe pagar recargos y actualizaciones, aun cuando cumpla de manera voluntaria.

En todos los casos se le deberá notifi car por escrito cualquier requerimiento o sanción que se le aplique.

Recuerde que mientras esté inscrito debe presentar declaraciones; por eso, si suspende actividades y deja de percibir ingresos por cualquier concepto, ¡avísele al SAT!

Qué pasa si no cumple con alguna obligación

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Bitácora de información básica para anotar cada mes sus ingresos, gastos y pagos, entre otros, también la puede obtener en el portal del SAT.

* En caso de tener ingresos exentos de IVA se deben anotar las deducciones con IVA incluido.

Con el fin de que en el SAT podamos ayudarle de manera más ágil a elaborar sus declaraciones mensuales y anual, ponemos a su disposición esta hoja de información para que anote en ella cada mes las cantidades de los conceptos que se indican. Con ello tendrá a la mano oportunamente los datos que se requieren para poder calcular sus impuestos. Cuando acuda a hacer su declaración, traiga esta hoja consigo debidamente llenada.

Nota: En el caso de arrendamiento de inmuebles y toda la información de IVA no es necesario anotar el acumulado por mes.

Enero

Febrero

Marzo

Abri l

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

Acumulado

T o t a l

PeriodoIngresos

(sin incluir IVA)

IVA causado(cobradoa clientes)

IVA acreditable(pagado

en compras,gastos

e inversiones)

Deducciones(gastos,compras

e inversiones,no incluye IVA* ni

gastos personales)

ISRretenido

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IVAretenido

IVA pagado al SAT.(Si hay saldo a favor

anotarlo entreparéntesis) Base del impuesto Cantidad pagada

al SATISR pagado en la

entidad federativa

ISRrégimen intermedioISR

pagadoal SAT

(Continúa al reverso)

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En la columna Tipo de gasto anote la letra que corresponda según el listado que está en la parte inferior de esta hoja.

Anote el importe anual; si tiene varios comprobantes de la misma persona súmelos y anote sólo el total que pagó a esa persona.

Si alguno de sus comprobantes cuenta con IVA desglosado anote el total con el IVA incluido (los recibos de honorarios médicos o dentales no deben tener IVA)

Deducciones personales(Estos datos sólo se requieren para hacer la declaración anual)

Tipo de gasto(ver listado abajode este cuadro)

RFCde quien expide el comprobante Importe

A. Honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, análisis o estudios clínicos, honorarios a enfermeras, prótesis y lentes ópticos graduados (las medicinas compradas en farmacias no son deducibles).

B. Gastos funerales.Los dos conceptos anteriores sólo son deducibles si se erogaron en México.C. Donativos a instituciones autorizadas (por ejemplo Cruz Roja y Teletón). D. Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.E. Aportaciones voluntarias al SAR.F. Primas por seguros de gastos médicos.G. Gastos de transporte escolar obligatorio.F. Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones,

así como adquisición de acciones de sociedades de inversión.

Nota: Quienes tributan en el Régimen de Actividades Empresariales, Régimen

Intermedio o Arrendamiento, para

elaborar la declaración anual, además deben

proporcionar al asesor la siguiente información:

◗ Valor promedio de activos financieros.◗ Valor promedio de inventarios.◗ Valor promedio de activos fijos, gastos y cargos

diferidos.◗ Valor promedio de las deudas.◗ En el caso de arrendadores de bienes inmuebles

destinados a actividades empresariales, indicar valor y fecha de adquisición del terreno y de la construcción según las escrituras.

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Consulte: www.sat.gob.mx

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2007

Documento vigente a partir de agosto de 2007.

Se prohíbe la reproducción total o parcial de esta obra con fi nes de lucro.

El presente documento no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones

fi scales vigentes

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