guía rápida - 77 tto de hipoacusia moderada en menores de 2 años v1.0
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Departamento GES de Redes Asistenciales Divisin de Gestin de la Red Asistencial
Gobierno de Chile Ministerio de Salud
Gua Rpida GES
77. Tratamiento de Hipoacusia Moderada en Menores de 2 aos
Departamento GES de Redes Asistenciales
Versin: 1.0
Fecha: Marzo/2013
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Gua Rpida GES v 1.0 77. Tratamiento de hipoacusia moderada en menores de 2 aos. Depto. GES de Redes Asistenciales
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Versin Fecha de Modificacin
Descripcin Autor
1.0 18 Marzo 2013 Decreto N 4 del 05/02/2013
Yonathan San Martn (DGI) Ivonne Espinoza, Vernica Medina. Nelson Guajardo (FONASA) Beatriz Heyermann, Sidia Matus, Ana Mara Merello (GES DIGERA) Enrica Pittaluga, Cecilia Reyes (DIGERA)
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Tabla de Contenido
1 INTRODUCCIN .............................................................................................. 4 2 DESCRIPCIN DEL PROBLEMA DE SALUD .............................................................. 5
2.1 Decreto N 4 ............................................................................................ 5 2.1.1 Definicin: ........................................................................................ 5 2.1.2 Patologas Incorporadas ....................................................................... 5 2.1.3 Acceso: ............................................................................................ 5 2.1.4 Oportunidad: ..................................................................................... 5 2.1.5 Proteccin Financiera .......................................................................... 5
2.2 Ciclo de Atencin ...................................................................................... 6 2.2.1 Descripcin ....................................................................................... 6 2.2.2 Flujograma ....................................................................................... 8
3 REGISTRO SIGGES ........................................................................................... 9
3.1 Tabla Resumen ......................................................................................... 9
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1 Introduccin
Con la entrada en vigencia del Decreto N 04 del 05 de febrero del 2013, se procura reforzar los conocimientos de quienes participan en el proceso de gestin, registro y monitoreo de la informacin que se extrae de los hitos relevantes del proceso de atencin, incluyendo las particularidades de las GES. En beneficio de satisfacer este objetivo el presente documento Gua Rpida, se constituye en una herramienta orientadora para este propsito. El documento consta de los siguientes puntos:
1) Descripcin del Problema de Salud
Decreto N 04: consistente en un extracto del decreto, que incluye la definicin del problema de salud, las patologas incorporadas, las garantas de acceso, de oportunidad y de proteccin financiera. Teniendo como objeto de contextualizar el modelo GES para realizar el registro de informacin.
Ciclo de Atencin: corresponde al detalle de la operacin en red establecida para
atender a los pacientes en estos problemas de salud, segn las definiciones y normativas del Ministerio de Salud. El cual tiene como finalidad guiar la aplicacin del decreto ya conocido y su registro asociado. Esto se debe complementar con las definiciones de Flujos especficos locales adecuados al modelo de red de cada servicio, y a la definicin de redes GES y no GES emitido por el MINSAL.
2) Tabla Resumen: detalla los hitos de atencin a registrar en el SIGGES de acuerdo a las
definiciones del decreto y del ciclo de atencin, la cual est estructurada segn las etapas de atencin, las garantas de oportunidad y las intervenciones sanitarias correspondientes a este problema de salud, entregando de esta forma, los principales aspectos requeridos para el registro y monitoreo de la informacin relacionada a este problema de salud.
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2 Descripcin del Problema de Salud
2.1 Decreto N 4
2.1.1 Definicin:
Corresponde a un dficit auditivo igual o mayor a 40 decibeles, secundario a dao histolgico del odo interno
2.1.2 Patologas Incorporadas
Quedan incluidas las siguientes enfermedades y los sinnimos que las designen en la terminologa mdica habitual:
Hipoacusia neurosensorial moderada Hipoacusia neurosensorial severa Hipoacusia neurosensorial profunda
2.1.3 Acceso:
Todo beneficiario nacido a contar del 1 de Enero de 2013: Con confirmacin diagnstica por especialista segn criterios establecidos en la Norma de
carcter Tcnico Mdico y Administrativo, tendr acceso a tratamiento.
2.1.4 Oportunidad:
Tratamiento: Audfonos: dentro de 3 meses desde la confirmacin diagnstica. Implante Coclear, dentro de 180 das desde indicacin mdica.
Seguimiento:
Primer control dentro de 14 das desde implementacin de audfonos o implante coclear.
2.1.5 Proteccin Financiera
N Problema de saludTipo de
Intervencin Sanitaria
Prestacin o grupo de prestaciones Periodicidad Arancel ($) Copago % Copago $
Implementacin Audfono cada vez 2.089.380 20% 417.880Implante coclear anual 17.698.810 20% 3.539.760Seguimiento primer ao anual 61.430 20% 12.290Seguimiento segundo ao anual 33.220 20% 6.640Seguimiento tercer ao anual 26.490 20% 5.300
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TRATAMIENTO DE HIPOACUSIA
MODERADA EN MENORES DE 2 AOS
Tratamiento
Seguimiento
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2.2 Ciclo de Atencin
2.2.1 Descripcin
Durante una consulta ambulatoria o durante una hospitalizacin, el paciente menor de 2 aos, nacido con fecha posterior al 1 de enero del 2013, presenta sntomas que hacen sospechar una hipoacusia de tipo neurosensorial. Ante lo anterior, el profesional tratante deriva a especialista otorrino, quien indica la realizacin de los exmenes correspondientes para confirmar el diagnstico. En algunas ocasiones el profesional fonoaudilogo o tecnlogo mdico, puede indicar los exmenes necesarios para que el especialista otorrino confirme. (el SIGGES no permitir abrir un caso de Hipoacusia Moderada si ya existe un caso de Hipoacusia del prematuro, y vice versa) Con los resultados de los exmenes, el especialista puede confirmar la necesidad del tratamiento, implementacin de audfonos e implante coclear, realizando un IPD iniciando as el caso GES. Posterior a la instalacin de audfonos o al implante, se debe realizar un primer control dentro de 14 das. Todos los casos requieren de audfonos, cuyo control desde la perspectiva tcnica debe ocurrir a los 7 das desde su implementacin y la garanta de seguimiento seala dentro de 14 das como plazo mximo para el cumplimiento de esa garanta de oportunidad. Durante el seguimiento del paciente con audfonos, pudiera determinarse el requerimiento de implante coclear. El profesional Otorrino indicar la ciruga la que deber realizarse en 180 das, en la red definida. Al igual que tras la instalacin de audfonos, el seguimiento del procedimiento deber realizarse antes de los 14 das de realizado. El paciente seguir en controles de seguimiento de su tratamiento mientras el profesional lo determine. Cierre de casos: Se puede cerrar el caso GES asociado al paciente, ya sea por un mdico o un administrativo segn la causal de cierre que lo origine. Las principales causales son:
Fallecimiento Trmino de Tratamiento: por definicin del mdico tratante. Criterios de exclusin: cuando un paciente est siendo tratado como GES, por un
problema de salud determinado, y durante el desarrollo del cuadro clnico el mdico constata que el paciente no cumple con criterios de inclusin sealados en las guas clnicas.
Trmino de tratamiento garantizado: cuando se ha cumplido en su totalidad el
tratamiento que est garantizado en el decreto. Por ejemplo: la indicacin de tratamiento Quirrgico en Displasia Luxante de Caderas que slo considera Tratamiento Ortopdico. En este caso el paciente puede seguir en tratamiento con mtodos no garantizados en el GES
Causas atribuibles al paciente:
o Por rechazo al prestador
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o Por rechazo del tratamiento o Cambio de previsin o Otra causa expresada por el paciente o Inasistencia: 180 das de inasistencia al seguimiento. 2 inasistencia seguidas no justificada durante el tratamiento.
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2.2.2 Flujograma
Sospecha? SINO
Prestacin:CONSULTA MDICA
SIGGES
Solicitud de Intrerconsulta
Prestacin:CONSULTA MDICA
Otorrinolaringologa
Confirma?
SI
NO
Informe de Proceso Diagnstico
Confirmacin
SIGGES
SIGGES
Prestacin:Atencin
fonoaudiologo o Tecnlogo Mdico
Prestacin:Audiometria
Prestacin:Audfonos bilateral (molde; sujetador;
tubo conector y pilas)
SIC Orden de Atencin a
seguimiento
Rehabilitacin
Prestacin:Atencin
fonoaudiologo o Tecnlogo Mdico
Prestacin:Audiometra
Prestacin: Prestacin:Consulta Otorrino
Orden de Atencin
Prestacin:Implante coclear
SIC Orden de Atencin a
seguimiento
Rehabilitacin
Prestacin:Consulta Otorrino
Cierre de caso
Prestacin:Atencin
fonoaudiologo o Tecnlogo Mdico
Prestacin:Audiometra Prestacin:
SIGGESSIGGES
SIGGES
SIGGESSIGGES
SIGGES
SIGGES
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3 Registro SIGGES
3.1 Tabla Resumen
Etapa Atencin Hito Registro SIGGES Intervencin
Sanitaria Prestacin Trazadora
Cambio de Etapa Pago
Garanta de Oportunidad
Garanta y Plazo
Responsable de GO
Inicio de Garanta
Cierre de Garanta
Sospecha Mdico sospecha hipoacusia en consulta
SIC: Sospecha
Proceso de Diagnstico
Mdico indica exmenes para confirmar diagnstico
INICIO GES
Tratamiento Mdico confirma diagnstico IPD: confirma X Audfono dentro de 3 meses
Establecimiento que emite el IPD
X
Tratamiento Implementacin de audfono PO: tratamiento Tratamiento 3001002 implementacin de audfonos
X Audfono dentro de 3 meses
X
Tratamiento
Durante el seguimiento del tratamiento con Audfono, mdico indica Implante coclear
OA: tratamiento implante coclear en 180 das
Establecimiento de destino de la OA. Si el establecimiento de destino es extra sistema, entonces el responsable es el establecimiento de origen de la OA.
X
Se realiza implante coclear
PO Tratamiento Tratamiento 3114303 Implante coclear x implante coclear en 180 das
X
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Seguimiento
Mdico indica seguimiento y rehabilitacin tras la indicacin de Audfono o implante coclear
SIC o OA a seguimiento (cada vez)
Seguimiento dentro de 14
das
Establecimiento de destino de la SIC u OA. Si el establecimiento de destino es extra sistema, entonces el responsable es el establecimiento de origen de la OA.
x
PO Seguimiento
Rehabilitacin Primer ao
3114404 Seguimiento primer ao
x Seguimiento dentro de 14
das x
Rehabilitacin segundo ao
3114414 Seguimiento segundo ao
X
Seguimiento 3114424 Seguimiento tercer ao
X
Cierre de Caso
Mdico especialista indica el alta
Formulario de Cierre
Gua Rpida GES1 Introduccin2 Descripcin del Problema de Salud2.1 Decreto N 42.1.1 Definicin: 2.1.2 Patologas Incorporadas2.1.3 Acceso:2.1.4 Oportunidad:2.1.5 Proteccin Financiera
2.2 Ciclo de Atencin2.2.1 Descripcin2.2.2 Flujograma
3 Registro SIGGES3.1 Tabla Resumen