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1 GUÍA DEL USUARIO DE ELECTRICIDAD

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PROLOGO

Cuando nos propusimos editar una guía de los consumidores de electricidad se nos vinieron a la mente las muchasreclamaciones que año tras año, venimos recogiendo, cortes prolongados, subidas y bajadas de tensión, rotura de aparatos, retrasosen las altas y un largo etcétera.

Por eso tomamos con mucho empeño esta redacción, ya que es fruto de una problemática que realmente padecen losconsumidores.

Esta guía pretende acercar a los usuarios de la electricidad a entrar en la maraña legal que regula el suministro eléctrico,aclarar los elementos con los que convive a diario, las facturas, los términos de potencia, la moratoria nuclear, etc.

Para ello hemos estructurado esta guía en distintos apartados, uno el jurídico, intentando aclarar la situación delconsumidor entre las leyes y como puede reclamar ante los problemas que le surjan. Otro el práctico con elementos de visiónclarificadores de cómo se encuentra su situación y posibles soluciones al respecto, con explicaciones prácticas por ejemplo delcontenido de su factura de electricidad, de cómo ahorrar y ser respetuosos con el medio ambiente, de energías alternativas. Todoello con un lenguaje sencillo y preciso que se ve acompañado con un glosario final muy completo de términos de electricidad y unasreferencias a páginas web interesantes para profundizar más y aclarar algunas cuestiones.

Esperamos que sirva, que aclare y que ayude, estos tres grandes objetivos nos hemos fijado, esperemos que alguno de ellosse cumpla.

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INDICE

Prologo

Cartas de la Consejería de Industria y Trabajo y Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha

Indice

1 INFORME JURÍDICO DE LA POSICIÓN DEL CONSUMIDOR FRENTE AL ORDENAMIENTO ELÉCTRICOINTRODUCCIÓN.LA VÍA ADMINISTRATIVA.

1.- Las obligaciones de la compañía: la calidad del servicio.2.- La continuidad del suministro.3.- La calidad del producto.4.- La calidad de la atención y relación con el consumidor.5.- Los indicadores de la calidad de la atención con el consumidor.6.- Exigencias de calidad de suministro individual.7.- Límites de variación de los parámetros de calidad del suministro eléctrico.8.- Control de los parámetros de calidad del suministro.9.- Las consecuencias administrativas de los defectos de calidad.10.- La calidad zonal.11.- Las consecuencias administrativas de los defectos de calidad individual.12.- Cobros indebidos en la facturación.13.- La denuncia administrativa contra la compañía suministradora.

13.1 Las infracciones administrativas.13.2 Las circunstancias agravantes.13.3 Las sanciones administrativas.13.4 La denuncia administrativa.13.5 La intervención del denunciante en el expediente.

LA VÍA PENAL.1.- Los delitos y las faltas.2.- La responsabilidad civil derivada de delito o falta.

LA VÍA CIVIL.1.- Los presupuestos de la reclamación.2.- El artículo 1.101 del Código Civil.3.- El artículo 1.902 del Código Civil.4.- Compatibilidad de las culpas contractual y extracontractual.5.- La Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.6.- La responsabilidad derivada de la Ley 22/1.994.7.- La relación entre la Ley 26/1984, y la Ley 22/1.994.8.- La fuerza mayor.9.- El caso fortuito.

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10.- La culpa exclusiva de la víctima.LA NORMATIVA AUTONÓMICA: LA LEY 6/1.999.

1.- Objetivos de esta regulación.2.- Aplicabilidad y vigencia de la Ley 6/1.999.3.- Contenido de la Ley 6/1.999.

CONCLUSIÓN.2 SITUACIÓN DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN CASTILLA – LA MANCHA

INTRODUCCIÓNPROBLEMÁTICA LEGALDESARROLLO COMPETENCIALCOMPAÑÍAS SUMINISTRADORASPROBLEMAS CON LOS CONSUMIDORES

1.- Provincia de Toledo2.- Provincia de Albacete3.- Provincia de Guadalajara4.- Provincia de Ciudad Real5.- Provincia de Cuenca

VALORACIÓN FINAL Y SOLUCIONES3 ESTUDIO DE COBERTURAS DE RIESGOS RELACIONADOS CON EL SUMINISTRO ELÉCTRICO EN LAS PÓLIZAS MULTIRIESGO DEL HOGAR4 CONSEJOS DE AHORRO ENERGÉTICO

INTRODUCCIÓNAGUA CALIENTE

1.- El calentador eléctrico2.- El termo eléctrico

CLIMATIZADORSISTEMAS DE CALEFACCIÓN

1.- Acumuladores de calor2.- Cable radiante

HORNOILUMINACIÓNSECADORAMICROONDASAISLAMIENTO TÉRMICOCONSEJOS DE SEGURIDADEXTRACTORFRIGORÍFICOLAVADORAVITROCERÁMICALAVAVAJILLAS

5 INFORME SOBRE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA Y TÉRMICAINFORMACIÓN TÉCNICA DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICAINFORMACIÓN TÉCNICA DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICAFUNCIONAMIENTO DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICAFUNCIONAMIENTO DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICAAPLICACIONES RECOMENDADASSITUACIÓN DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA EN EL 2001

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APUESTAS DE LA ENERGÍA SOLAR EN LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOSCOSTE DE LA INSTALACIÓN DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN VIVIENDAS AISLADASCOSTE DE LAS INSTALACIONES EN LAS CONEXIONES A LA REDSUBVENCIONES DE LA JUNTA DE COMINIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

6 DEFINICIONES7 DIRECCIONES8 PÁGINAS WEB DE INTERÉS

9 AGRADECIMIENTOS

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INTRODUCCIÓNEl consumidor se enfrenta a una serie de problemas más o menos graves ante el suministro de la energía eléctrica. Estos

problemas tratan de abordarse en el presente trabajo desde sus distintos tipos, tratando de apuntar cómo puede el consumidorreaccionar ante ellos. Se ha buscado en todo caso dar una visión de conjunto de la multiplicidad de situaciones, y puntos de vistadesde los que abordar la cuestión, pues por razones de extensión la aproximación a los distintos problemas no puede ser exhaustiva.

Como se verá los posibles el suministro eléctrico se deriva de un contrato que impone obligaciones a ambas partes, versandoeste trabajo de los incumplimientos de las compañías suministradoras; del incumplimiento de ese contrato, del suministro defectuoso,se pueden generar perjuicios y daños personales y materiales que puedan derivarse de mayor o menor trascendencia. En otros casos,los daños y perjuicios no se derivan directa-mente del contrato, pero no por ello deja de surgir la responsabilidad de la compañía.Y se analizan los distintos tipos de vías de reclamación según los casos, la civil, penal y administrativa, compatibles en determinadoscasos; y las consecuencias de seguir cada una de ellas.

Igualmente se hará referencia a la normativa que regula la materia de forma específica destaca la Ley 54/1.997, de 27 de noviembrereguladora del Sector Eléctrico, que dedica sus artículos 48 y siguientes a la regulación de la calidad del suministro eléctrico, y que ha sidoobjeto de desarrollo por el Real Decreto 1.955/2.000, de 1 diciembre, por el que se regula las activida-des de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Se prestará también especial a lanormativa autonómica, la Ley 6/1999, de 15 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico. Existen además múltiples normasde rango reglamentario, ordenes ministeriales, e instrucciones complementarias, a las que nos referiremos a lo largo de estas líneas.

También nos referiremos a las normas que regulan los derechos de los consumidores, y responsabilidades por incumplimientosde contrato o por daños, o lesiones a lo largo de este trabajo, que no se reseñan aquí para evitar reiteraciones.

LA VÍA ADMINISTRATIVA

1.- Las obligaciones de la compañía: la calidad del servicioEl artículo 99.1 del Real Decreto 1.955/2.000, de 1 diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica define la calidad de servicio comoel conjunto de características, técnicas y comerciales, inherentes al suministro eléctrico exigibles por los sujetos, consumidores y porlos órganos competentes de la Administración. El apartado 2 de dicho precepto establece que la calidad de servicio viene configuradapor el siguiente contenido: a) Continuidad del suministro, relativa al número y duración de las interrupciones del suministro. b)Calidad del producto, relativa a las características de la onda de tensión. c) Calidad en la atención y relación con el cliente, relativaal conjunto de actuaciones de información, asesoramiento, contratación, comunicación y reclamación.

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2.- La continuidad del suministro.A la continuidad del suministro se dedica el artículo 101 del Real Decreto 1155/2000. Este concepto se basa en el número y

la duración de las interrupciones (medido en horas totales de interrupción), que pueden ser imprevistas o programadas para permitirla ejecución de trabajos en red, en cuyo caso los consumidores deberán ser informados de antemano por la empresa distribuidora,que deberá además obtener la previa autorización de la Administración.Las interrupciones programadas deben ser comunicadas a los consumidores afectados con una antelación mínima de veinticuatrohoras, ya sea por medio de comunicación individualizada, a los consumidores de tensiones superiores a 1 kilovoltio y establecimientosque presten servicios declarados esenciales, o por medio de carteles anunciadores, situados en lugares visibles, en relación con losconsumidores normales, y mediante dos de los medios de comunicación escrita de mayor difusión de la provincia.

3.- La calidad del productoEl artículo 102 regula la calidad del producto, que hace referencia al conjunto de características de la onda de tensión, la cual

puede verse afectada, principalmente, A por las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia y por las interrupcionesde servicio y huecos de tensión de duración inferior a tres minutos. A estos efectos, dada su naturaleza técnica, se efectúa unaremisión en bloque a los criterios establecidos en la norma UNE EN 50.160 o norma que la sustituya y las instrucciones técnicascomplementarias de desarrollo que se dicten por el Ministerio de Economía

4.- La calidad de la atención y relación con el consumidorFinalmente también se regula la calidad de la atención y relación con el consumidor en el importantísimo artículo 103 del Real

Decreto, y sus indicadores son los plazos en los que las empresas distribuidoras elaboran los presupuestos correspondientes a nuevossuministros, la ejecución de las instalaciones necesarias para los nuevos suministros, el enganche e instalación del equipo de medida,la atención de las reclamaciones que los consumidores hubieran presentado con relación a la medida de consumo, facturas emitidas,cortes indebidos, el enganche después de corte por impago, en un plazo máximo de veinticuatro horas después del pago de lafactura, la ejecución indebida de corte por impago, e informar y asesorar a los consumidores en el momento de la contratación sobrela tarifa y potencia a contratar más conveniente a sus necesidades.

5.- Los indicadores de la calidad de la atención y relación con el consumidorEn concreto, los indicadores de calidad individual, basada en la atención al consumidor, son los siguientes:

5.1 Elaboración de los presupuestos correspondientes a nuevos suministros: a partirde la solicitud de un suministro, la empresa distribui-dora comunicará por escrito al solicitante el punto de suministro y lascondiciones técnico económicas para realizar el mismo, con indicación de la necesidad o no de reservar locales para centros detransformación dentro de los siguientes plazos máximos, contados en días hábiles:

5.1.1 Suministros en baja tensión:a) Cuando se solicite un suministro de hasta 15 kW en el que no sea preciso realizar instalaciones de extensión, la empresa

distribuidora dará por escrito las condiciones técnico económicas en un plazo de cinco días.b) Para cualquier servicio cuando no sea necesaria la instalación de centro de transformación: diez días.c) Cuando sea necesaria la instalación de centros de transformación:

1.- Servicio auxiliar de obras: diez días.2.- Servicio definitivo con centro de transformación de media a baja tensión: veinte días.3.- Servicio definitivo con subestación transformadora de alta a media tensión: treinta días.

5.1.2 Suministros en alta tensión:a) Para un consumidor con tensión nominal de suministro igual o inferior a 66 kV: cuarenta días.b) Otros suministros de alta tensión: sesenta días.

Las empresas distribuidoras, dentro de los plazos anteriormente indicados, deberán facilitar por escrito a los solicitantes lajustificación detallada de los derechos de acometida a liquidar, precisando el sistema empleado para su determinación y su plazo devigencia, que será, como mínimo, de tres meses a partir de la fecha de la notificación.

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Una vez definida la propuesta técnica y su aprobación, y una vez aceptada por el solicitante la previsión de los derechos correspondientesa la extensión, o a la conexión, según se trate, se establecerán las previsiones de actuación correspondientes a su ejecución.

5.2 Ejecución de las instalaciones necesarias para los nuevos suministros: cuando se tratede una instalación de extensión y que deba ser realizada por la empresa distribuidora, el plazo de ejecución para la puesta en serviciode la instalación a partir del momento que se satisfagan los derechos de acometida serán los siguientes, contados en días hábiles:

5.2.1 Suministros en baja tensión:a) Cuando no sea preciso realizar ninguna ampliación de la red de baja tensión: cinco días.b) Cuando únicamente se necesite ampliar la red de baja tensión: treinta días.c) Cuando se necesite construir un centro de transformación: sesenta días.d) Cuando se necesiten construir varios centros de transformación: ochenta días.

5.2.2 Suministros en alta tensión:a) Acometida a un solo consumidor con tensión nominal de suministro igual o inferior a 66 kW: ochenta días.b) Otros suministros de alta tensión: el plazo se determinará en cada caso en función de la importancia de

los trabajos a realizar.En el cómputo de plazos no se tendrán en cuenta los necesarios para obtener autorizaciones, permisos o conformidad para la

realización de los trabajos.En el caso de que sea necesaria la construcción de uno o varios centros de transformación para uso del distribuidor, el plazo

no comenzará a computarse hasta la firma de un documento de cesión de uso, correspon-diente al local o locales. Además, deberánser entregados en condiciones para poder realizar la instalación eléctrica, por lo menos, sesenta días antes de que finalice el plazoestablecido.

Cuando concurran circunstancias especiales y no exista acuerdo entre el distribuidor y el cliente, el plazo lo fijará el órganocompetente de la Administración correspondiente.

5.3 Enganche e instalación del equipo de medida, en el plazo máximo de cinco días hábiles, acontar desde que el consumidor hubiera suscrito el correspondiente contrato de suministro.

5.4 Atención de las reclamaciones que los consumidores hubieran presentado enrelación a la medida de consumo, facturas emitidas, cortes indebidos, en un plazo máximo decinco días hábiles para los usuarios de menos de 15 kW contratados y de quince días hábiles para el resto.

5.5 Enganche después de corte por impago, en un plazo máximo de veinticuatro horas despuésdel pago de la factura.

5.6 Ejecución indebida de corte por impago.5.7 Informar y asesorar a los consumidores en el momento de la contratación sobre

la tarifa y potencia a contratar más conve-niente a sus necesidades, de acuerdo con el apartado 2del artículo 80 del Real Decreto 1955/2000 de 1 diciembre, a partir de los datos aportados por los consumidores.

6.- Exigencias de calidad de suministro individualEl Real Decreto 1955/2000 de 1 diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro

y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, parte de la base de la imposibilidad de garantizar el ideal utópico dela continuidad y calidad del suministro, conceptos que combinados dan lugar al de calidad, y afirme en su exposición de motivos que en loque se refiere a calidad de suministro eléctrico, al no ser posible el asegurar al 100 por 100 en la continuidad y calidad de la prestación deeste servicio, se definen una serie de parámetros representativos de niveles de calidad que sirven para el establecimiento de incentivos ypenalizaciones aplicables a las compañías eléctricas, en orden a fomentar el mantenimiento de unos adecuados niveles de calidad.No obstante el artículo 79.10 del citado Real Decreto establece que a todo consumidor tiene el derecho a recibir el suministro en lascondiciones mínimas de calidad que se establecen en el presente Real Decreto.

El artículo 104 obliga al distribuidor con relación a cada uno de los consumidores, a que el tiempo y número de interrupcionesimprevistas mayores de tres minutos de cada año natural, dependiendo de la zona donde esté situado el suministro, no supere losvalores que figuran en los cuadros que insertamos a continuación:

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Media tensión (de 1 a 36 kV) Número de horas N1 de interrupcionesZona urbana 4 8Zona semiurbana 8 12Zona rural concentrada 12 15Zona rural dispersa 16 20

Se ha de tener en cuenta que los consumidores conectados a redes de tensión superior a 36 kV se asimilarán a los umbralesdefinidos en zonas urbanas, sea cual sea su ubicación. Son consumidores industriales, en general.

Baja tensión (menor o igual a 1 kV) N1 de horas N1 de interrupcionesZona urbana 6 12Zona semiurbana 10 15Zona rural concentrada 15 18Zona rural dispersa 20 24

Para la correcta comprensión de la tabla se ha de señalar que son zonas urbanas el conjunto de municipios de una provinciacon más de 20.000 suministros, incluyendo capitales de provincia, aunque no lleguen a esa cifra; zona semiurbana el conjunto demunicipios de una provincia con un número de suministros comprendido entre 2.000 y 20.000, excluyendo capitales de provincia,zona rural concentrada el conjunto de municipios de una provincia con un número de suministros comprendido entre 200 y 2.000,y zona rural dispersa: conjunto de municipios de una provincia con menos de 200 suministros, así como los suministros ubicadosfuera de los núcleos de población que no sean polígonos industriales o residenciales.

Como puede apreciarse, en zona urbana, se permiten hasta 12 interrupciones con una duración de hasta 6 horas en total; peroen zona rural diseminada hasta 24 interrupciones con una duración de hasta 20 horas en total, es decir, el doble de interrupciones,y más del triple de horas.

A estos efectos se ha de tener en cuenta que el artículo 20.4 del Real Decreto establece que Ano tendrán la consideración deinterrupciones las ocasionadas por ceros de tensión de duración inferior al minuto, consecuen-cia de la correcta actuación de lasprotecciones del sistema de transporte, conforme a lo que se establezca en las instrucciones técnicas complementa-rias correspondientes.

El art. 50.1 de la Ley 54/1.997, Reguladora del Sector Eléctrico establece que suministro de energía eléctrica a los usuarios,sólo podrá interrumpirse cuando conste dicha posibilidad en el contrato de suministro o por causa de fuerza mayor, es decir, quela interrupción está justificada en casos de fuerza mayor. Pero las más de las veces no nos encontramos con una suspensión delsuministro, sino simplemente con una interrupción.

La distinción es muy relevante, aunque los conceptos puedan parecer similares a primera vista. La suspensión del suministro seregula en el artículo 50 de la Ley 54/1.997, y es el cese del suministro por causas pactadas en el contrato de suministro, o por causade fuerza mayor o situaciones de las que se pueda derivar amenaza cierta para la seguridad de las personas o las cosas. Lasuspensión temporal solo cabe cuando sea imprescindible para el mantenimiento, seguridad del suministro, reparación de instalacioneso mejora del servicio. Entre las causas pactadas de suspensión del suministro destaca la debida al impago del suministro, que solocabe cuando hayan transcurrido al menos dos meses desde que se hubiera requerido fehacientemente el pago al consumidor, sin quelo hubiera hecho efectivo. El concepto de suspensión debería reservarse para este tipo de ceses del suministro.

Por contra el concepto de interrupción está en relación con el de continuidad de suministro, puesto que como dice el artículo 101.1del Real Decreto 1.955/2.000 la continuidad del suministro viene determinada por el número y la duración de las interrupciones. Lasinterrupciones pueden ser imprevistas o programadas para permitir la ejecución de trabajos programa-dos en red. Obviamente lasuspensión del suministro por impago del suministro, no tiene transcendencia alguna en orden a la continuidad del suministro. No obstanteel Real Decreto citado utiliza los términos de forma notoriamente confusa e impropia, por ejemplo, al decir el artículo 85.1 relativa a lasuspensión del suministro a tarifa por impago, que la comunica-ción de advertencia y requerimiento de pago, deberá incluir el trámite deinterrupción del suministro por impago, precisando la fecha a partir de la que se interrumpirá, de no abonarse en fecha anterior las cantidadesadeuda-das. No obstante es obvio que estos cortes no se consideran interrupciones a los efectos de continuidad del suministro.

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7.- Límites de variación de los parámetros de calidad del suministroLos límites máximos de variación de la tensión de alimentación a los consumidores finales pueden ser del 7 por 100 de la

tensión de alimentación declarada, y la frecuencia nominal de la tensión suministrada debe ser 50 Hz. Los límites máximos devariación de esta frecuencia serán los establecidos en la norma UNE EN 50.160 a la que se remite el Real Decreto.

Para los suministros a distribuidores que reciban la energía en de media tensión, esto es de 1 a 36 kV, las tolerancias anterioresreseñadas se reducen a un 80 por 100 de las establecidas con carácter general.

8.- Control de los parámetros de calidad del suministroPara el control de estos parámetros, el artículo 104.1 del Real Decreto 1.955/2.000, obliga al distribuidor deberá disponer de

un sistema de registro de incidencias de acuerdo con el procedimiento de medida y control que se establezca, que ha de serhomogéneo para todas las empresas y auditable, que le permita determinar la afectación de las incidencias de continuidad delsuministro de sus redes con todos y cada uno de los consumidores conectados a ellas en todas sus zonas de distribución. Elprocedimiento se ha desarrollado recientemente por la Orden del Ministerio de Economía 797/2.002, de 22 de marzo de 2.002, porla que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro.

La orden prevé en su apartado 4.1 la implantación de un Sistema de telecontrol o Supervisor y Control and Data Acquisition(SCADA), que permita el registro de los datos de las incidencias producidas en la red de forma automática. Se prevé igualmente enel 4.2 la obtención de los datos por actuación manual como fuente de información de incidencias donde no se disponga detelecontrol en la red o cuando éste no esté operativo, pero la captación manual de los datos relativos a las incidencias acaecidas enlas redes de media tensión o superiores, únicamente será válida, en el futuro, ante la indisponibilidad, debidamente justificada, deltelecontrol, por lo que, se obliga a las empresas distribuidoras a implantar, en un plazo de tres años, sistemas de teleseñalizaciónen todas las redes de media tensión o superio-res.

El apartado 4.3 regula la existencia del denominado Centro de atención al cliente, que constituye el medio de comunicaciónentre la empresa distribuidora y sus clientes, a través del cual los consumidores pueden notificar a la compañía las anomalíasproducidas en su suministro eléctrico, por medio de llamadas y avisos; las primeras son las relaciones para transmisión deinformación entre el cliente y el centro de atención al cliente o centro de atención telefónica, así pues, habrá tantas llamadas comocomunicaciones de los clientes con la empresa distribuidora. Los avisos son las relaciones para la transmisión de información entreel centro de atención de cliente y el centro de control de la red. Todo aviso de falta de suministro ha de quedar asociado a unaincidencia. Las empresas distribuidoras están obligadas a disponer de un sistema que registre automáticamente la fecha y hora delaviso, de forma que se pueda verificar el instante de recepción.

Por la finalidad de este centro, como registro de incidencias no se han de tener en cuenta las llamadas en las que la falta desuministro se deba a impago o avería en la instalación del cliente o cuya incidencia haya sido ya identificada, y en general, las ajenasal sistema de calidad.

Los datos recabados, de continuidad tanto de las maniobras telecon-troladas como de las manuales, así como los procedentesdel Centro de Atención al Cliente, han de ser recogidos en una aplicación informática auditable. La aplicación debe estar diseñadade forma que permita a un tercero independiente verificar todo el proceso de captación, modificación, transmisión, soporte ytratamiento de la información, mediante el almacena-miento de la información necesaria en el período de análisis, así comocomprobar la compatibilidad y correcta relación de los sistemas de la sociedad afectados (Sistema de Registro de Incidencias, basede datos comercial, base de datos técnica, etc.), de modo que al final del trabajo de verificación se pueda afirmar con una seguridadrazonable que la información elaborada por la empresa corresponde con la realidad.

Al consumidor tan solo se le reconoce en el artículo 104.4 del Real Decreto 1.955/2.000, el derecho a instalar a su cargoun sistema de registro de medida de incidencias de calidad de servicio, debidamente precintado, al objeto de confrontar los valoresaportados por las empresas distribuidoras. La instalación y precintado de este sistema deberá contar con el previo acuerdo de ambaspartes, adoptado por escrito. En caso de discrepancia, resolverá el órgano competente de la Administración autonómi-ca. Noobstante el coste de este sistema es elevado lo que retrae a los consumidores de su adquisición, dejando de facto en manos de lacompañía suministradora el control de la calidad del suministro.

La regulación de los Puntos de Medida de los Consumos y Tránsitos de Energía Eléctrica, se encuentra en el Real Decreto 2018/

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1.997, de 26 de diciembre, profundamente modificado por el reciente Real Decreto 385/2.002, de 26 abril. Para poder instalarse enla red, los equipos de medida habrán de responder a un modelo aprobado, de conformidad con la normativa de desarrollo de la Ley3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. Los equipos están sometidos a un sistema de verificaciones reglamentarias; no obstante, arequerimiento del Encargado de la Lectura o de cualquier participante en una medida se podrán efectuar verificaciones a peticiónfuera de los plazos establecidos, según se determina en las instrucciones técnicas complementarias. Pero si se supera la verificaciónrealizada a petición de algún participante, los gastos que ocasione la prueba correrán por cuenta dequien la solicitó, y, si no se supera, por cuenta del responsable del punto de medida. Enestas verificaciones a petición de algún participante no será de aplicación la disposición transitoria segunda, apartado 2, del citadoReal Decreto por lo que el Verificador de Medidas Eléctricas, cuando se requiera, habrá de ser entodo caso indepen-diente y sin interés económico en la medida. Esta posibilidad de defensadel consumidor resulta arriesgada salvo que haya podido asegurarse previamente del error del equipo más allá de la mera sospechao duda.

9.- Las consecuencias administrativas de los defectos de calidad individualLas consecuencias administrativas de los defectos de calidad individual son los siguientes:El incumplimiento de los valores fijados para la continuidad del suministro, determina la

obligación para los distribuidores de aplicar en la facturación de los consumidores conectados a sus redes los descuentos reguladosen el apartado 3 del artículo 105 del Real Decreto:

9.1 Consumidores a tarifa:9.1.1 Si el incumplimiento es por el número de horas de interrupción, con carácter anual aplicará un descuento en la

facturación del consumidor en una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por la diferencia entreel número de horas de interrupción del consumidor y el número de horas de interrupción reglamentariamente fijado, valorado encinco veces el precio del kWh correspondiente a su tarifa contratada, con un tope máximo del 10 por 100 de su facturación anual.

9.1.2 Si el incumplimiento es por el número de interrupciones, el descuento en la facturación anual del consumidor seráequivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por el número de horas de interrupción valoradas al precio del kWhcorrespondiente a su tarifa contratada por la diferencia entre el número real de interrupciones, menos el fijado reglamentariamente,dividida por ocho, con un tope máximo del 10 por 100 de su facturación anual.Si se incumplen ambos índices, se tomará el más favorable para el consumi-dor.

9.2 Consumidores cualificados:9.2.1 Por los peajes o tarifa de acceso: con carácter anual, al consumidor cualificado, en el caso de que éste contrate

directamente el peaje o tarifa de acceso, o al comercializador, en caso contrario, aplicará un descuento en la facturación en unacantidad equivalente a:

a) Si el incumplimiento es por el número de horas de interrupción, con carácter anual aplicará un descuento en la facturacióndel consumidor en una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por la diferencia entre elnúmero de horas de interrupción del consumidor y el número de horas de interrupción reglamentariamente fijado,valorado en cinco veces el precio del kWh correspondiente a su tarifa de acceso contratada, con un tope máximo del 10por 100 de su facturación anual.

b) Si el incumplimiento es por el número de interrupciones, aplicará un descuento en la facturación anual del consumidor enuna cantidad equivalen-te al consumo de su potencia media anual facturada, por el número de horas de interrupciónvaloradas al precio del kWh correspondiente a su tarifa de acceso contratada por la diferencia entre el número real deinterrupciones, menos el fijado reglamentariamente, dividida por ocho, con un tope máximo del 10 por 100 de sufacturación anual.

Si se incumplen ambos índices, se tomará el más favorable para el consumidor.9.2.2 Por la energía dejada de suministrar: las cantidades que, en su caso, se pacten libremente con el distribuidor. Estas serán

como mínimo equivalentes a:a) Si el incumplimiento es por el número de horas de interrupción, aplicarán un descuento en la facturación del consumidor

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en una cantidad equivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por la diferencia entre el número de horasde interrupción del consumidor y el número de horas de interrupción reglamentariamente fijado, valorado en cinco vecesel precio final horario medio anual del kWh en el mercado de producción organizado, con un tope máximo del 10 por 100de su facturación anual.

b) Si el incumplimiento es por el número de interrupciones, el descuento en la facturación anual del consumidor seráequivalente al consumo de su potencia media anual facturada, por el número de horas de interrupción, valoradas al preciofinal horario medio anual del kWh en el mercado de producción organizado por la diferencia entre el número real deinterrupcio-nes, menos el fijado reglamentariamente, dividida por ocho, con un tope máximo del 10 por 100 de sufacturación anual.

Si se incumplen ambos índices, se tomará el más favorable para el consumidor.En caso de discrepancia entre el distribuidor y el consumidor, o comercializador en el caso de consumidores cualificados, sobre

datos a tener en cuenta para la elaboración de los descuentos en las facturaciones, resolverá el órgano competente de la Administración,que tendrá derecho a consultar el registro de información utilizado por la empresa distribuidora. La negativa por parte de laempresa distribuidora a proporcionar la información solicitada por el consumidor o comercializador, a los efectos del presente RealDecreto, podrá ser considerada infracción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

En caso de discrepancia entre el distribuidor y el consumidor, sobre los datos a tener en cuenta para la elaboración de losdescuentos en las facturaciones, resolverá la Administración.

El incumplimiento de los valores fijados para la calidad del producto, determina la obligaciónde la empresa distribuidora de la empresa distribuidora de adoptar las medidas correspondientes para subsanar, en un plazo máximode seis meses, las causas que motiven la deficiente calidad del producto, salvo que por la alta complejidad técnica la Administracióncompetente determine uno superior. En estos casos será necesario instrumentar un plan y que éste sea aprobado por la Administracióncompetente.

El incumplimiento de los plazos de calidad de la atención y relación con el consumidorel artículo 105.6 del Real Decreto impone la obligación a las empresas distribuidoras de abonar al consumidor, por cada incumplimiento,en la primera facturación que se produzca, la mayor de las siguientes cantidades: 30,05 euros o el 10 por 100 de la primerafacturación completa.

Estas consecuencias administrativas de los incumplimientos, se declaran, como no podría ser de otra manera compatible con lareclamación en vía civil, de la correspondiente indemnización de los daños y perjuicios que dicho incumplimiento le haya causado.Esto será habitual en los casos de fallos de continuidad prolongados y en algunos defectos de calidad como la sobretensión, que tieneefectos fatales en los equipos y electrodomésticos.

10.- La calidad zonalNo obstante además de esta calidad individual, el Real Decreto 1955/2.000 establece también un concepto de calidad

zonal, que obliga al distribuidor a mantener los niveles de calidad zonal asignados a aquellas zonas donde desarrolle suactividad, calculados como media de la falta de continuidad anual del conjunto de municipios agrupados por provincias, deacuerdo con la clasificación ya vista de zona urbana, semiurbana, zona rural concentrada, y zona rural dispersa, atendida porun único distribuidor.

La medición de la calidad zonal se efectuará sobre la base del TIEPI, el percentil 80 del TIEPI y el NIEPI. El TIEPI es el tiempode interrupción equivalente de la potencia instalada en media tensión (1 kV < V# 36 kV). Las interrupciones que se consideraránen el cálculo del TIEPI serán las de duración superior a tres minutos. El Percentil 80 del TIEPI: es el valor del TIEPI que no essuperado por el 80 por 100 de los municipios del ámbito provincial definidos, y el NIEPI es el número de interrupciones equivalentede la potencia instalada en media tensión (1 kV < V# 36 kV). Como para el TIEPI las interrupciones que se considerarán en elcálculo del NIEPI serán las de duración superior a tres minutos.

Los límites de los valores del TIEPI, el percentil 80 del TIEPI y el NIEPI, durante cada año natural, teniendo en cuentaúnicamente las interrupciones imprevistas, son los siguientes

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TIEPI Horas Percentil 80 TIEPI NIEPI N1Zona urbana 2 3 4Zona semiurbana 4 6 6Zona rural concentrada 8 12 10Zona rural dispersa 12 18 15

Ningún municipio deberá superar el valor del percentil 80 del TIEPI durante más de dos años consecutivos.

11.- Las consecuencias administrativas de los defectos de calidad zonalEl artículo 107 del Real Decreto establece las consecuencias del incumplimiento de la calidad zonal, articulando planes de

mejora de calidad. Las empresas distribuidoras podrán declarar a la Administración la existencia de zonas donde tengan dificultadtemporal para el mantenimiento de la calidad exigible, presentando un programa de actuación temporal que permita la correcciónde las causas que lo originen. La cantidad anual que en su caso se fije en la tarifa para la ejecución de los planes citados en elapartado anterior se repartirá entre las diferentes zonas, atendiendo a los criterios y orden de prioridad reglamentariamenteestablecidos. En cualquier caso, ninguna zona podrá estar incluida en estos planes más de dos años. Durante la elaboracióny ejecución de estos planes y durante el citado plazo máximo de dos años y siempre que hayan sido autorizados porel órgano competente de la Administración correspondiente, no se aplicarán las consecuencias delincumplimiento de la calidad tanto individual como zonal reguladas en el presente RealDecreto a las zonas incluidas en el ámbito territorial de actuación del plan.

No obstante si realizado un plan de calidad en la zona se continúa superando los límites establecidos en el artículo anterior,la empresa distribuidora deberá justificar los motivos a la Administración, que podrá determinar que la causa del incumplimientoradica en la falta de calidad, lo que obligará a la empresa distribuidora, a elaborar un plan de mejora de la calidad de suministro,a cargo y a costa del distribuidor, y a presentarlo en el plazo de seis meses a contar desde el requerimiento efectuado por parte dela misma, y en dicho plan deberán constar las actuaciones a realizar y los plazos de ejecución de las mismas, y la no- elaboracióno ejecución de los mencionados planes podrá ser castigada como infracción grave, del artículo 61.4 de la Ley 54/1997.

12.- Cobros indebidos en la facturaciónLa facturación del consumo eléctrico se ha de ajustar a lo dispuesto en la Tarifa, que para el año 2.002 es la aprobada por el

Real Decreto 1483/2001, de 27 diciembre.Cualquier cantidad que exceda de la tarifa es indebida. No obstante se puede decir que existen varios supuesto de cobros

excesivos.En primer lugar, la manipulación de los aparatos contadores. La realización de este fraude, que hace unos años se descubrió

en gran número en las estaciones de servicio, es sin duda constitutiva del delito de estafa por cuanto supone el empleo de un engañopara causar un perjuicio patrimonial a otro, y sería perseguible por esa vía.

En segundo lugar, analizaremos el supuesto que ocurra por defectuoso funcionamiento de los aparatos contadores (sinmanipulación fraudulenta alguna). Los consumidores acogidos a las tarifas 1.0 y 2.0, las empresas distribuidoras están obligadas aponer a su disposición equipos de medida e interruptores de control de potencia para su alquiler. Los limitado-res de corriente ointerruptores de control de potencia se colocan en el local o vivienda lo más cerca posible del punto de entrada de la derivaciónindividual. El artículo 93.2 del Real Decreto 1.955/2.000, establece que Los equipos de medida de energía eléctrica han de teneraprobación de modelo o pertenecer a un tipo autorizado y haber sido verificados. Realizada la instalación, precintarán de forma quesólo puedan ser alterados o manipula-dos por la empresa distribuidora. El consumidor solo es responsable de la custodia de losequipos; el propietario de los mismos lo será de su manteni-miento.

El artículo 96.1 del Real Decreto establece que tanto las empresas distribuidoras y, en su caso, las comercializadoras o eloperador del sistema, como los consumidores, tendrán derecho a solicitar, del órgano de la Administración competente donderadique la instalación, la comprobación y verificación de los contadores, interruptores de control de potencia (ICP) y otros aparatosque sirvan de base para la facturación, cualquiera que sea su propietario. Y en caso de comprobarse un funcionamiento incorrecto,

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se procederá a efectuar una refacturación complementaria. Si hubiesen abonado cantidades en exceso, la devolución se produciráobligatoriamente en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver, ni elperíodo de rectificación supere un año. En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero.

Finalmente, siendo correctas las mediciones, por la facturación de cantidades superiores a las legales. La solución en este casoserá idéntica que en el caso anterior, pues establece el artículo 96.2 que en el caso de que el error sea de tipo administrativo, loscobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento que el señalado anteriormente.Las reclamaciones o discrepancias que se susciten en relación con el contrato de suministro a tarifa, o con las facturaciones derivadasde los mismos serán resueltas administrativamente por el órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónomaindependientemente de las actuaciones en vía jurisdiccional que pudieran producirse a instancia de cualquiera de las partes, deacuerdo con el artículo 98 del Real Decreto 1.955/2.000. Además la aplicación irregular de las tarifas constituye infracciónadministrativa grave o muy grave según la alteración producida.

En concreto, son infracciones muy graves según el artículo 60 de la Ley 54/1.997 las de los siguientes apartados: 7. Laaplicación a los consumidores de tarifas no autorizadas por la Administración, 8. La aplicación irregular de las tarifas autorizadas,de manera que se produzca una alteración en el precio superior al 15 por 100. 9. El incumplimiento de las obligaciones resultantesde la aplicación del sistema tarifario o de los criterios de recaudación, y 10. Cualquier otra actuación en el suministro o consumo deenergía eléctrica, que suponga una alteración porcentual de la realidad de lo suministrado o consumido superior al 15 por 100. YSon infracciones graves las de los siguientes apartados: 6. La aplicación irregular de las tarifas autorizadas, de manera que seproduzca una alteración en el precio superior al 5 por 100 e inferior al 15 por 100 y 7. Cualquier otra actuación en el suministroo consumo de energía eléctrica, que suponga una alteración porcentual de la realidad de lo suministrado o consumido superior al10 por 100.

13.- La denuncia administrativa contra la compañía suministradoraOtra posible actuación del consumidor, compatible con todas las anteriores es la denunciar administrativamente a la compañía

incumplidora, lo que podrá acarrear su sanción con arreglo a la Ley 54/1.997, de 27 de noviembre reguladora del Sector Eléctrico.13.1 Las infracciones administrativasAsí se consideran infracciones muy graves (artículo 60): 1. El incumplimiento de las condiciones y requisitos aplicables a

instalaciones, de manera que se ponga en peligro manifiesto a las personas y los bienes (por ejemplo en caso de sobretensión); 4.La interrupción o suspensión del suministro de energía eléctrica para una zona o grupo de población sin que medien los requisitoslegales que lo justifiquen.9. El incumplimiento de las obligaciones resultantes de la aplicación del sistema tarifario o de los criteriosde recaudación. 10. Cualquier otra actuación en el suministro o consumo de energía eléctrica, que suponga una alteración porcentualde la realidad de lo suministrado o consumido superior al 15 por 100. 15. El incumplimiento habitual de las instrucciones relativasa la ampliación, mejora y adaptación de las redes e instalaciones eléctricas, para la adecuada prestación del servicio y la continuidaddel suministro, impartidas por la Administración competente. 21. El incumplimiento reiterado de los índices objetivos de calidad delservicio y la no- elaboración de los Planes de mejora de la calidad del servicio.

Tienen la condición de infracciones graves (artículo 61) las anteriores cuando, por las circunstancias no puedan calificarse demuy graves y, además: 3. El retraso injustificado en el comienzo de la prestación del servicio a nuevos usuarios. 4. El incumplimientode las instrucciones relativas a la ampliación, mejora y adaptación de las redes e instalaciones eléctricas, para la adecuada prestacióndel servicio y la continuidad del suministro, impartidas por la Administración competente. 6. La aplicación irregular de las tarifasautorizadas, de manera que se produzca una alteración en el precio superior al 5 por 100 e inferior al 15 por 100. 7. Cualquier otraactuación en el suministro o consumo de energía eléctrica, que suponga una alteración porcentual de la realidad de lo suministradoo consumido superior al 10 por 100. 15. El incumplimiento de los índices de calidad del servicio que se establecen en la Ley.

Finalmente el artículo 62 considera infracciones leves cualquier infracción de la Ley y en sus normas de desarrollo que noconstituyan infracción grave o muy grave.

13.2 Las circunstancias agravantesComo circunstancias agravantes de la sanción el artículo 63 establece, varias que guardan relación con el tema que nos ocupa:

1. El peligro resultante de la infracción para la vida y salud de las personas, la seguridad de las cosas y el medio ambiente. 2. La

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importancia del daño o deterioro causado. 3. Los perjuicios producidos en la continuidad y regularidad del suministro. 4. El gradode participación en la acción u omisión tipificada como infracción y el beneficio obtenido de la misma. 5. La intencionalidad en lacomisión de la infracción y la reiteración en la misma. 6. La reincidencia por comisión en el término de un año de más de unainfracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme.

13.3 Las sanciones administrativasLas sanciones son elevadas, fijándolas el artículo 64 en multa de hasta 500.000.000 de pesetas (actualmente 3.005.060, 52

euros) para las infracciones muy graves; multa de hasta 100.000.000 de pesetas (actual-mente 601.012, 10 euros), las infraccionesgraves, y con multa de hasta 10.000.000 de pesetas (actualmente 60.101, 21 euros) para las leves, y para aquellos casos en quecomo consecuencia de la infracción se obtenga un beneficio cuantificable, se prevé que la multa pueda alcanzar hasta el doble delbeneficio obtenido, a fin de evitar que el infractor pudiera obtener pese a la sanción un beneficio económica que haga rentable lainfracción. En casos extremos, la comisión de una infracción muy grave podrá llevar aparejada la revocación o suspensión de laautorización administrativa y la consecuente inhabilitación temporal para operar en el mercado por un período máximo de un año.

13.4 La denuncia administrativaLa acción para denunciar es pública, siendo conveniente que además de la denuncia se

formule una solicitud de iniciación del procedimiento sancionador. Así el artículo 11.1 del Reglamentodel Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de julio, estableceque A1. Los procedimien-tos sancionadores se iniciarán siempre de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propiainiciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia. A efectos del presente Reglamento,se entiende por: (...) d) Denuncia: El acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone enconocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera constituir infracción administrativa.

El contenido mínimo de las denuncia se establece en el citado reglamento que establece que deberán expresar la identidad dela persona o personas que las presentan, el relato de los hechos que pudieran constituir infracción y la fecha de su comisión y,cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.

La conveniencia de la solicitud de iniciación expresa se deriva de que el artículo 11.2 del Reglamento condiciona algo tanesencial como es que la administración comunique al denunciante la iniciación o no del procedimiento sancionador a que la denunciavaya acompañada de una solicitud de iniciación.

Es indiscutible que la administración se rige por un estricto principio de legalidad en materia sancionadora, lo que implica(además de otras múltiples consecuencias) que esta debe incoar el expediente sancionador en todo caso si el hecho puede constituirinfracción administrativa: tal decisión es un acto reglado, excluyendo por tanto cualquier atisbo de discrecionali-dad. Así la Sentenciadel Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) de 25-5-1987, afirma que obvio es que la apertura delexpediente sancionador procede siempre que en el caso se den indicios suficientes de lacomisión de una falta o infracción administrativa, no siendo ello decisión discrecional dela Adminis-tración, sino obligación de la misma en cuanto se dé la citada situación indiciaria, a fin deconstatarla y si ello sucede, (...) la necesidad de abrir el expediente deviene obligada para laAdministración, siendo el cumplimiento de tal deber controlable jurisdiccionalmente, alvenir él impuesto por la Ley; no existe, por lo tanto, duda alguna sobre la posibilidad de establecer ese pronunciamientoen el fallo. No obstante tal control jurisdiccional dependerá de que se conozca la resolución de la administración que ha prescindidode incoar el procedimiento.

13.5 La intervención del denunciante en el expediente sancionadorEn cuanto a la intervención del consumidor en el procedimiento, se ha de tener en cuenta que el art. 13.2 del Real Decreto

1398/1993, de 4 agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora,distingue con nitidez la figura del denunciante y la del interesado, otorgando la posibilidad de alegaciones únicamente a losinteresados, quedando el denunciante al margen del proceso sancionador el denunciante no interesado, es decir, aquel que noencaja en ninguno de los supuestos de interesados que recoge el art. 31 de la Ley 30/1992 (1. Se consideran interesados en elprocedimiento administrativo: a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimosindividuales o colectivos. b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tenga derechos que puedan resultar afectados por la

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decisión que en el mismo se adopte. c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por laresolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. 2. Las asociaciones y organizacionesrepresentativas de intereses económicos y sociales, serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la leyreconozca. En definitiva podemos decir que serán titulares de intereses legítimos quienes hayan sido perjudicados por la infracciónde forma directa (quienes sufren los defectos de calidad, los cortes de suministro, las interrupciones, las tarificaciones abusivas, etc),e igualmente, creemos que las asociaciones de defensa de los consumidores, pues el artículo 20.1 de la Ley 26/1984, de 19 julio1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, establece que las Asociaciones de consumidores y usuarios seconstituirán con arreglo a la Ley de Asociaciones y tendrán como finalidad la defensa de los intereses, incluyendo lainformación y educación de los consumidores y usuarios, bien sea con carácter general, bien en relación conproductos o servicios determinados (...). Y si es claro que los consumidores que hayan sido perjudicados por la infracción de formadirecta son titulares de un interés legítimo en que se sancionen las infracciones que les han perjudicado, no puede sino concluirseque igualmente las Asociaciones de consumidores y usuarios que tienen como finalidad la defensa de sus intereses y serán tambiéntitulares de un interés legítimo colectivo en este caso.

Esta cuestión ha estado ligada íntimamente al concepto de interés. Se puede afirmar que ha existido una progresiva tendenciajurisprudencial en el sentido de ampliar el ámbito de la legitimación como interesado, por la vía de hacer una interpretaciónextensiva del concepto. Esta misma tendencia se ha reflejado en las propias leyes y disposiciones reglamentarias, hasta llegar a lasituación actual.

Las sentencias antiguas del Tribunal Supremo eran más restrictivas, posteriormente, se produce una ampliación de criterioscomo en la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, de 20-3-1992. Recurso núm. 193/1989, que dice queentiende la Sala que debe diferen-ciarse, en general en nuestro Derecho y desde luego también en el caso de autos, la que se refierea la actuación de los particulares en el procedimiento sancionador en vía administrativa en los casos de falta disciplinaria, y lalegitimación para actuar ante esta jurisdicción Contencioso Administrativa. (...) en el caso de la actuación ante laautoridad administrativa titular de la potestad sancionadora o disciplinaria las posibilidadesde actuación del particular se agotan en la denuncia de la infracción cometida. (...) por elcontrario es competencia exclusiva del órgano administrativo decidir sobre si se produjorealmente la conducta supuestamente constitutiva de falta y en consecuencia si debeincoarse el expediente sancionador o disciplinario. Sólo en este último caso el denunciante,si es precisamente el perjudicado por la conducta, puede intervenir en el procedimientoadministrativo. (...)

Y aún más en otras más recientes, como en la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección7ª) de 15-12-1997, Recurso contencioso-administrativo núm. 85/1995 afirma que esta Sala no puede aceptar tal criterio, en cuantoque el denunciante sí está legitimado en el aspecto indicado y en cualquier otro con arreglo al art. 28.1, a) de la Ley Reguladora deesta Jurisdicción, en relación con el art. 24 de la Constitución, para obtener una respuesta administrativa o jurisdiccional, por razónde que una resolución estimatoria de sus pretensiones puede incidir positivamente en laesfera jurídica del aquí denunciante, y a la luz de la jurisprudencia de esta Sala contraria a unainterpretación restrictiva de la legitimación y proclive, por ello, a favorecer el acceso alproceso (Sentencias de 21 julio 1995, 25 y 31 octubre 1996, 2 y 9 noviembre 1996 y 21, 24 y 29 enero de 1997) aunque sólomoviera al denunciante un impulso de puro interés por la legalidad (...) Por el contrario la legitimación ante la jurisdicciónContencioso Administrativa depende de la interpretación que se haga para cada caso de la existencia del interés a que se refiere elart. 28,1 de la Ley Jurisdiccional. Este precepto de la Ley de la Jurisdicción de 1.956, exigía en su apartado a) que existiera uninterés directo.

Nosotros entendemos que a la vista de la actual Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de laque da idea su exposición de motivos, que al referirse a las novedades incorporadas a la Ley, afirma que las más significativas seincorporan en los preceptos que regulan la legitimación. En cuanto a la activa, se han reducido a sistema todas las normas generaleso especiales que pueden considerarse vigentes y conformes con el criterio elegido. El enunciado de supuestos da idea, en cualquiercaso, de la evolución que ha experimentado el recurso contencioso-administrativo, hoy en día instrumento útil para una pluralidad

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de fines: la defensa del interés personal, la de los intereses colectivos y cualesquiera otros legítimos, incluidos los de naturalezapolítica, mecanismo de control de legalidad de las Administraciones inferiores, instrumento de defensa de su autonomía, cauce parala defensa de derechos y libertades encomendados a ciertas instituciones públicas y para la del interés objetivo de la ley en lossupuestos legales de acción popular, entre otros..

Ciertamente el artículo 19.1 de la Ley 29/1998 establece que 1. Están legitimados ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo: a) Las personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo. b) Las corporaciones,asociaciones, sindicatos y grupos y entidades a que se refiere el artículo 18 que resulten afectados o estén legalmente habilitadospara la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos. Como se ve, se ha obviado cualquierdiferencia con la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, y el concepto determinante es igualmente el de interés legítimo. No cabe duda pues de que el denuncianteque se vea perjudicado por la infracción, ha de poder ser parte en el procedimientoadministrativo y en el eventual proceso contencioso-administrativo que se derivara de él.

LA VÍA PENAL

1.- Los delitos y las faltasAunque no es el objeto principal de este trabajo, lo cierto es que no puede dejarse de hacer mención a la vía penal como

reacción frente a los daños personales y materiales cuando se producen por una imprudencia relevante penalmente. La imprudenciadependiendo de su entidad puede ser grave o leve.

Respecto de los daños personales, el artículo 142.1 del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1.995, castiga como delito al quepor imprudencia grave causare la muerte de otro, con la pena de prisión de uno a cuatro años. El apartado 3 disponeque cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para elejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años.Si se trata de lesiones, el artículo 152.1 del Código Penal, castiga por delito al que por imprudencia grave causare algunade las siguientes lesiones, disponiendo que será castigado:

1.1 Con la pena de arresto de siete a veinticuatro fines de semana si se tratare de las lesiones del artículo 147.1 del CódigoPenal (lesiones ordinarias).

1.2 Con la pena de prisión de uno a tres años si se tratare de las lesiones del artículo 149 (lesiones cualificadas por suponerun menoscabo esencial de la integridad corporal).

1.3 Con la pena de prisión de seis meses a dos años si se tratare de las lesiones del artículo 150 (lesiones cualificadas porsuponer un menoscabo importante, pero no esencial de la integridad corporal).

Cuando las lesiones fueren cometidas por imprudencia profesional el apartado 3 del mencionado artículo, establece que se impondráasimismo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de uno a cuatro años.

El artículo 621 castiga como falta a los que por imprudencia grave causaren alguna de las lesiones previstas en elapartado 2 del artículo 147 (lesiones de menor entidad), con la pena de multa de uno a dos meses; a los que por imprudencialeve causaren la muerte de otra persona, serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses, y a los que porimprudencia leve causaren cualquiera de las lesiones constitutivas de delito, serán castigados con pena de multa dequince a treinta días. Las infracciones del artículo 621 sólo son perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de surepresentante legal.

Respecto de los daños materiales, el artículo 267 los castiga como delito, pero sólo cuando existe imprudenciagrave y su cuantía es superior a diez millones de pesetas, con la pena de multa de tres a nueve meses, atendiendo a la importanciade los mismos. Como en el caso anterior, esta infracción sólo es perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de surepresentante legal, y el perdón de la persona agraviada o de su representante legal extinguirá la pena o la acción penal.

2.- La responsabilidad civil derivada de delito o faltaLos delitos y faltas antes reseñados generan además la correspondien-te responsabilidad civil. Ello implica que en los supuestos

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de responsabilidad podrá reclamarse conjuntamente la indemnización en el procedimiento penal, ya que como dice el artículo 109.1del Código Penal dispone que la ejecución de un hecho descrito por la ley como delito o falta obliga a reparar, en los términosprevistos en las leyes, los daños y perjuicios por él causa-dos. En la materia rige el principio recogido en el artículo 116.1 del CódigoPenal de que toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren dañoso perjuicios.

Los autores y los cómplices serán responsables solidariamente entre sí por sus cuotas, y subsidiariamente por las correspondientesa los demás responsables. También es posible en el procedimiento penal dirigirse contra los aseguradores, que hubieran asumido elriesgo derivado del uso o explotación de cualquier bien, empresa, industria o actividad, cuando, como consecuencia de un hechoprevisto en el Código, se produzca el evento que determine el riesgo asegurado, hasta el límite de la indemnización legalmenteestablecida o convencionalmente pactada, como expresamente prevé el artículo 117 del citado Código Penal.Las responsabilidades subsidiarias, que se prevén en el artículo 120 del Código Penal son relevantes en esta materia por cuantoimplica la responsa-bilidad civil de las personas naturales o jurídicas, en los casos de delitos o faltas cometidos en los establecimientosde los que sean titulares, cuando por parte de los que los dirijan o administren, o de sus dependientes o empleados, se hayaninfringido los reglamentos de policía o las disposiciones de la autoridad que estérelacionados con el hecho punible cometido, de modo que éste no se hubiera producidosin dicha infracción, y la responsabilidad de las personas naturales o jurídicas dedicadas a cualquier género de industriao comercio, por los delitos o faltas que hayan cometido sus empleados o dependientes,repre-sentantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios.

La responsabilidad civil derivada de delito o falta comprende la restitución, la reparación del daño, y la indemnización deperjuicios materiales y morales.

LA VÍA CIVIL

1.- Los presupuestos de la reclamaciónLa interrupción del suministro puede suponer desde molestias a daños de entidad según su duración y según el destino de ese

suministro. Igualmente pueden causar daños las sobretensiones o cualquier otro defecto del suministro o del cableado que lo conduce.El caso de los daños causados por la energía eléctrica ciertamente es bastante frecuente. En este punto ha de tenerse en cuenta que

las acciones están destinadas a la reclamación de indemnizaciones por daños y perjuicios, incluidos los morales. A falta de estos, aunquese haya producido un incumplimiento del contrato, no será posible la reclamación de una indemnización en vía civil. Por contra podráobtenerse una reducción del importe del precio pues no cabe duda de que el cumplimiento defectuoso del contrato, ha de conllevar unareducción de la contraprestaciones, ya que es contrario al equilibrio de las contraprestaciones contractuales que pueda la compañíasuministradora con solo un cumplimiento defectuoso (suministro de mala calidad, interrupciones de suministro, suspensiones) exigir elcumplimiento exacto al consumidor (pago de una cantidad igual a la establecida para un suministro de calidad).

Ello es consecuencia lógica del artículo 1.256 del Código Civil que establece que la validez y el cumplimiento de los contratosno pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes, y artículo 1.258 que establece que los contratos (...) obligan, no sólo alcumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a labuena fe, al uso y a la ley. Y es que si el consumidor tiene la obligación de abonar la cantidad a que asciende su consumo de acuerdocon la tarifa, que para el año 2.002 es la aprobada por el Real Decreto 1483/2001, de 27 diciembre, a la compañía suministradorale corresponde entregar lo que ofrece y no algo distinto. Por eso, la normativa administrativa establece los niveles de calidad ytambién incide en este problema previendo la posibilidad de que en caso de incumplirse los niveles de calidad se produzca lacorrelativa reducción de precios.

Centrándonos en los daños, las normas que sirven de base a las reclamaciones en vía civil son varias como se verá acontinuación.

2.- El artículo 1.101 del Código CivilEl artículo 1.101 del Código Civil dice que Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el

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cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenorde aquélla. Es el caso de la culpa contractual que puede aplicarse a los casos en que las partes se encuentran unidas por un contrato,como ocurre en efecto con los consumidores y la compañía suministradora. Como dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 4-3-1995, núm. 164/1995. Recurso núm. 3602/1991. Según reiterada jurisprudencia de esta Sala (Sentencias de 30 noviembre 1973, 29mayo y 20 diciembre 1978, 16 mayo 1979, 18 abril 1980 y 10 octubre 1990) los requisitos necesarios para la aplicación del artículo1101 del Código Civil, son: la preexistencia de una obligación entre las partes, su incumpli-mientodebido a culpa, negligencia o falta de diligencia del demanda-do y no acaso fortuito o fuerza mayor, larealidad de los perjuicios ocasionados a la otra parte y el nexo causal eficiente entre aquella conductay los daños producidos.

3.- El artículo 1.902 del Código CivilEl artículo 1.902 del Código Civil establece que el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o

negligencia, está obligado a reparar el daño causado y es la base del sistema de responsabilidad por culpa extracontractual, adiferencia de la antes examinada. La responsabili-dad por culpa extracontractual se denomina también aquiliana.De acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo para imputar la culpabilidad como consecuencia de determinada conducta oactividad, se requiere la concurrencia de los siguientes requisitos:

3.1 acción u omisión voluntaria no maliciosa pero culposa o negligente; la mentada culpa noconsiste en la omisión de normas inexcusables, sino el actuar no ajustado a la de diligencia exigible según las circunstancias del casoconcreto, de las personas, tiempo y lugar, y, concretamente, en el actuar sin cuidado y atención necesaria para evitar perjuicio debienes ajenos, jurídicamente protegidos, lo que, en definitiva, sitúa la diligencia exigible en la que correspondería al buen padre defamilia.

De aquí, que la persona a quien se atribuye la autoría de los daños, está obligado ajustificar, para exonerarse de la obligación de repararlos, que en el ejercicio de su actividadobró con toda prudencia y diligencia precisa para evitarlos, lo que tiene su funda-mento en el principiode responsabilidad basada en el riesgo o peligro que excusa el factor psicológico de la culpabilidad del agente, o lo que es igual, quela culpa de éste se presume iuris tantum y hasta tanto no se demuestre que el autor de los dañosobró en el ejercicio de actos lícitos con prudencia y diligencia.

Tal objetivación moderada de la responsabilidad extracontractual ha sido reconocida por reiterada jurisprudencia del TribunalSupremo, pudiendo citarse, entre otras, las sentencias de 29 de marzo y 25 de abril de 1983, 9 de marzo de 1984, 21 de junio yde 1 de octubre de 1985, 24 y 31 de enero y 2 de abril de 1986 y 19 de febrero y 24 de octubre de 1987, así pues, la doctrinade la Sala ha ido evolucionando desde las antiguas Sentencias del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 1865, 4 de diciembre de 1903y 29 de diciembre de 1939, en las que se sostenía que la prueba de la culpa correspondía inicialmente a aquel que invocaba ymantenía su existencia a la inversión de la carga de la prueba en este extremo, a partir de la sentencia de 10 de julio de 1943cuando el Alto Tribunal comenzó a invertir la carga de la prueba, dando entrada a la responsabilidad por riesgo, de modo que quien,habiendo causado un daño, pretenda exonerarse de responsabilidad, deberá acreditar que su actuación no merece la calificación deculposa o negligente, teniendo en cuenta que cuando las precauciones adoptadas para precaver males ajenos previsibles y evitablesno han impedido el evento indemnizable es porque las prevenciones desarrolladas eran insuficientes para las circunstancias personales,de tiempo y lugar art. 1104 del Código Civil , con lo cual queda invertida la carga de la prueba en el sentido de que, acreditadoel daño y el nexo causal, al actor no le corresponde demostrar la culpa del causante material del daño sino que es a éste a quiencorresponde la prueba de que el hecho no pudo preverse o que, previsto, fue inevitable, debiendo calificarse de caso fortuito o defuerza mayor. Todo ello supone una minoración del culpabilismo originario, hacia un sistema que, sin hacer plena abstracción delfactor moral o psicológico, acepta soluciones cuasiobjetivas. El grado de intensidad de la culpa lata o grave, leve, e inclusolevísima, es irrelevante, puesto que las tres tienen encaje en la extracontractual del artículo 1902.

3.2 resultando dañoso.3.3 relación de causa a efecto entre ambos. La doctrina jurisprudencial viene aplicando el principio de la

causalidad adecuada, que exige, para apreciar la culpa del agente, que el resultado sea una consecuencia natural, adecuada y

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suficiente de la determinación de la voluntad; debiendo entenderse por consecuencia natural, aquella que propicia, entre el actoinicial y el resultado dañoso, una relación de necesidad, conforme a los conocimientos normalmente aceptados; y debiendo valorarseen cada caso concreto, si el acto antecedente que se presenta como causa, tiene virtualidad suficiente para que del mismo se derive,como consecuencia necesaria, el efecto lesivo producido, no siendo suficiente las simples conjeturas, o la existencia de datos fácticosque por mera coincidencia, induzcan a pensar en una interrelación de esos acontecimientos, sino que es preciso la existencia de unaprueba terminante relativa al nexo entre la conducta del agente y la producción del daño. Se ha de tener en cuenta que *no cabeen el terreno jurídico estimar como no eficiente la causa que, de modo indubitado, prepare, condicione o complete la acción de lacausa mediata o inmediata originadora del evento dañoso que, por su acción conjunta, se produjo (Sentencias de 18-10-1964, 22abril y 4 junio 1980), y también que es causa eficiente para producir el resultado aquella que, aun concurriendo con otras, prepare,condicione o complete la acción de la causa última (Sentencias de 19-2-1985, 23-1-1986, 8-2-1991 y 11-2-1992).

3.4 Antijuridicidad de la acción u omisión. La responsabilidad viene condicionada por la exigencia de quela acción u omisión dañosa sea antijurídica por vulneración de alguna norma, aun la más genérica de no dañar a otro (alterum nonlaedere). Esto último tiene gran relevancia al implicar que incluso observando las normasadministrativas puede incumplirse la genérica de no dañar a otro, y se generará lacorrespondiente responsabilidad. Así dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 16-1-1989, queel acatamiento y observancia de las normas administrativas no colocan al obligado alabrigo de la correspondiente acción civil de los perjudicados (...) puesto que si aquéllascontemplan intereses públicos sociales, ésta resguarda el interés privado exigiendo, entodo caso, el resarcimiento del daño y en su caso la adopción de medidas para evitarlo.

En el mismo sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo de 10-3-1994, núm. 191/1994. Recurso núm. 1391/1991, abunda enesa idea afirmando que es doctrina reiterada de esta Sala la que proclama que no supone concurrencia de ladiligencia debida, a tenor de las circunstancias concurrentes, la mera observancia de disposicio-nesreglamentarias o administrativas cuando no han ofrecido resultados positivos y eficacesen orden a evitar daños, pues revelan su ineficacia e insuficiencia en cuanto a las garantías queofrecen [Sentencias de 23 septiembre 1991, 11 febrero 1992, 25 febrero 1992 y 3 septiembre 1992]. La lógica impone quetratándose de actividades peligrosas, con riesgo presente, como compañero perpetuo de viaje y amenazante siempre en desembocaren tragedia, que ha de irse más allá de lo reglamentado, en la procura de cuantos medios aporten seguridad eficaz y no cabeblindarse para eludir la responsabilidad de las consecuencias del riesgo que voluntariamente se creó, en unas normas, cuya débilcobertura se pone de manifiesto, cuando el riesgo se activa y causa daños y perjuicios derivados y que pudieron ser evitados.

La distinción entre la culpa contractual y extracontractual no es baladí, ya que responsabilidad por culpa contractual, derivadade un contrato tiene un plazo de prescripción de quince años, como establece el art. 1964 del Código Civil y no el de un año que,para la responsabilidad extracontractual, señala el art. 1968.2 del mismo Cuerpo legal. Además, como dice la Sentencia del TribunalSupremo de 26-5-1986, en la culpa contractual, (...) a diferencia de la extracontractual con baseen el artículo 1902 del Código Civil, no rige el principio de incurrir en ella por culpalevísima.

En aquellos casos en que el hecho dañoso es imputable a una pluralidad de personas la jurisprudencia ha considerado solidariaslas obligaciones de las personas derivadas de responsabilidad extracontractual, lo que permite al perjudicado dirigir su acción contracualquiera de ellos (artículo 1.144 del Código Civil), sin perjuicio del derecho de repetición que pudiera surgir entre éstos, lo queimplica la existencia de un Aius electio-nis esto es un derecho de elección, o posibilidad de elegir el perjudicado dirigir suacción contra cualquiera de los responsable solidarios, contra todos o contra algunos. Así la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala delo Civil) de 12-7-1999, núm. 652/1999, afirma que el caso que nos ocupa se trata de responsabilidad por culpaextracontractual (art. 1902 del Código Civil), y de acuerdo con la jurisprudencia civil (...) el perjudicadopuede dirigir su acción contra cualquiera de ellas, como responsable y deudora porentero de la obligación de reparar el daño causado, según dispone el artículo 1.144 delCódigo Civil (Sentencias 8-2-1991, 11 y 31-10-1991, 21-4-1992, 30-9-1992, 22-11-1993, 1-10-1994 y 30-11-1995, y muchasmás).

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En los supuestos en que exista arrendamiento de servicios, igualmente operará la solidaridad. Así la Sentencia del TribunalSupremo de 10 11 1999, núm. 923/1999, Recurso de Casación núm. 813/1995 dice que el hecho de que AX@ no poseyera lacondición de empleado de Y, sino que se tratara de un profesional ligado a la misma en virtud de un arrendamiento de servicios yal que se le pagaba por cada actuación concreta, es indiferente a los efectos de apreciar la obligación reparatoria civil, directa ysolidaria, de esta recurrente, debido a que la responsabilidad por hecho ajeno aparece suficientemente concurrente, con apoyoprobatorio adecuado, pues entre Y y X medió conexión contractual, correspondiente a arrendamiento de servicios, y si bien la mismano crea propia relación jerárquica, sí genera la contractual relativa a dicho contrato, como han sentado las Sentencias del TribunalSupremo de 12 de febrero de 1990 y 2 de noviembre de 1999"

4.- Compatibilidad de las culpas contractual y extracontractualLa cuestión se resuelve de acuerdo con el principio de la llamada unidad de la culpa civil (Sentencias del Tribunal Supremo de

24 de marzo y de 23 de diciembre de 1952, entre otras) que establecen que en los supuestos de concurrencia de acciones deresarcimiento originadas en contrato y a la vez en un acto ilícito extracontractual es doctrina comúnmente admitida que elperjudicado puede optar entre una u otra acción cuando el hecho causante del daño sea al mismo tiempo incumpli-miento de unaobligación contractual y violación del deber general de no causar daño a otro, junto con los límites estrictos a que se ciñe laresponsabilidad contractual en casos de coexistencia o conjunción con responsabilidad aquiliana, de manera que no es bastante quehaya un contrato entre partes para que la responsabilidad contractual opere necesariamente con exclusión de la aquiliana sino quese requiere para que ello suceda la realización de un hecho dentro de la rigurosa órbita de lo pactado y como desarrollo delcontenido negocial (Sentencia de 9 de marzo de 1983), criterios jurisprudenciales que gozan de manifiesta continuidad en cuanto seadmite la concurrencia de ambas clases de culpa por los mismos hechos (Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 1993)o se habla de yuxtaposición de las responsabilidades contractuales y extracon-tractuales que dan lugar a acciones que puedenejercitarse alternativa o subsidiariamente u optando por una u otra e incluso proporcionando los hechos al juzgador para que ésteaplique las normas de concurso de ambas responsabilidades que más se acomoden a ellos, todo en favor de la víctima y para el logrode un resarcimiento del daño lo más completo posible, como dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 1993.

Esta última además añade que puede decirse que amparada una determinada pretensión procesal en unos hechos en términostales que admitan, calificación jurídica por culpa, bien contractual, bien extracontractual o ambas conjuntamente salvado por igualeshechos y sujetos concurrentes-, el carácter único de la indemnización no puede absolverse de la demanda con fundamento en laequivocada o errónea elección de la norma de aplicación aducida sobre la culpa, pues no cabe eludir por razón de la errónea oincompleta elección de la norma el conocimiento del fondo. O dicho con otras palabras, no cabe excusar el pronunciamiento defondo en materia de culpa civil si la petición se concreta en un resarcimiento aunque el fundamento jurídico aplicable a los hechos

5.- La Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores yUsuarios

Los artículos 25 y siguientes de la Ley 26/1984 son consecuencia de la voluntad del legislador de dar cumplimiento al mandatodel artículo 51 de la Constitución que establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios,protegiendo, mediante procedimien-tos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, y para suredacción se contemplaron los principios y directrices vigentes en esta materia y en aquel entonces en la Comunidad EconómicaEuropea, con la aspiración de dotar a los consumidores y usuarios de un instrumento legal de protección y defensa.

El artículo 28 es de importancia extraordinaria. Dispone en su apartado 1 que Ase responderá de los daños originados en elcorrecto uso y consumo de bienes y servicios, cuando por su propia naturaleza o estar así reglamen-tariamente establecido, incluyannecesariamente la garantía de niveles determinados de pureza, eficacia o seguridad, en condiciones objetivas de determinación ysupongan controles técnicos, profesionales o sistemáticos de calidad, hasta llegar en debidas condiciones al consumidor o usuario. Suapartado 2 establece que en todo caso, se consideran sometidos a este régimen de responsabilidad los (...) servicios (...) de gas yelectricidad (...). Se trata de una responsabilidad objetiva destinada a ser asegurada y limitada a la cuantía de 500 millones depesetas. Por encima de esa suma será de aplicación el régimen general de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensade los Consumidores y Usuarios.

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Frente a este régimen, de responsabilidad objetiva el régimen general es el del artículo 25, de responsabilidad por culpa onegligencia. El citado precepto, establece que El consumidor y el usuario tienen derecho a ser indemnizados por los daños yperjuicios demostrados que el consumo de bienes o la utilización de productos o servicios les irroguen salvo que aquellos daños yperjuicios estén causados por su culpa exclusiva o por la de las personas de las que deba responder civilmente.

La exigencia de la culpa se deriva claramente del artículo 26 que permite excluir la responsabilidad de quienes producen,importan, suminis-tran o facilitan productos o servicios cuando conste o se acredite que se han cumplido debidamente las exigenciasy requisitos reglamentariamente establecidos y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del producto, servicio oactividad. Y lo mismo se desprende del artículo 27, que en el supuesto de productos envasados, etiquetados y cerrados con cierreíntegro, la firma o razón social que figure en su etiqueta, podrá eximirse de responsabilidad Aprobando su falsificación o incorrectamanipulación por terceros, que serán los responsables.Como decíamos antes al referirnos a la responsabilidad del artículo 1.902 del Código Civil, no basta el acatamiento y observancia delas normas administrativas. Lo mismo ocurre con la responsabilidad derivada del artículo 26, que expresamente hace referencia alos demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del producto, servicio o actividad. Así lo ha entendido la reciente Sentenciadel Tribunal Supremo de 10 de junio de 2002, Recurso de Casación n1 3918/1996, que dice que es de notar que el artículo 26 dela Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios no sólo exige la observancia de esas normas, sin duda porque ellegislador es consciente de que son incompletas en muchos sectores de la producción, sinotambién @los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del producto; no se requierela plasmación de una diligencia exorbitante, fuera de lo común y próxima a la imposibilidad de ponerse en práctica, que constituyeel límite del deber de responsabilidad, sino la de procurar, e incluso, extremar las correspondientes a lapropia esencia y las características del producto (...).

No obstante, como declara la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2.000 para la imputación de responsabilidad,cualquiera que sea el criterio que se utilice, incluso el objetivo, es requisito indispensable la determinación del nexo causal entre laconducta del agente y la producción del daño, el cual ha de basarse en una certeza probatoria que no puede quedar desvirtuada poruna posible aplicación de la teoría del riesgo, la objetivación de la responsabilidad o la inversión de la carga de la prueba. Esprecisa la existencia de una prueba terminante, sin que sean suficientes meras conjeturas,deducciones o probabilidades. El cómo y el porqué del accidente constituyen elementos indispensables en el examende la causa eficiente del evento dañoso. La prueba del nexo causal, requisito al que no alcanza la presunción ínsita enla doctrina denominada de la inversión de la carga de la prueba, incumbe al actor, el cual debe acreditar la realidad delhecho imputable al demandado del que se hace surgir la obligación de reparar el daño causado. La ruptura del nexo causal generarála exención de la responsabilidad aunque sea objetiva.

Finalmente hemos de añadir que el artículo 27.2 de la Ley establece el régimen de solidaridad Si en la producción de dañosconcurrieren varias personas.

6.- La responsabilidad derivada de la Ley 22/1.994Otra vía que se abre al perjudicado es la de la Ley 22/1994, de 6 de Julio, de Responsabilidad Civil por los Daños Causados por

Productos Defectuosos, que tiene por objeto la adaptación del Derecho español a la Directiva 85/374/CEE, de 25 de julio de 1985,sobre responsabilidad civil por los daños ocasionados por productos defectuosos. Esta Ley establece un régimen de responsabilidadobjetiva, aunque no absoluta, permitiendo al fabricante exonerarse de responsabilidad en los supuestos que se enumeran en losartículos 6 y 9 de la Ley.

La ley parte del principio de responsabilidad objetiva de los fabricantes y los importadores por los daños causados por losdefectos de los productos que, respectivamente, fabriquen o importen. El artículo 2 de la ley establece una definición auténtica aesos efectos de producto, en la que destaca el apartado 2 de dicho precepto, que explícitamente dice que Se consideran productosel gas y la electricidad. Como ya se ha dicho la responsabilidad se deriva de aquellos productos que sean defectuosos, y el artículo3.1 contiene igualmente la definición auténtica de lo que es un producto defectuoso, diciendo que Se entenderá por productodefectuoso aquél que no ofrezca la seguridad que cabría legítimamente esperar, teniendo en cuenta todas las circunstancias y,especialmente, su presentación, el uso razonablemente previsible del mismo y el momento de su puesta en circulación.

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Congruentemente con el carácter objetivo de la responsabilidad el perjudicado solo tiene la carga de probar, como dice elartículo 5 de la ley el defecto, el daño y la relación de causalidad entre ambos, siendo irrelevante a estos efectos que exista o noculpa (y por lo tanto su prueba) por parte del fabricante o importador.

El artículo 6 establece las causas de exoneración de la responsabilidad del fabricante o el importador, a los que impone la cargade probar que no habían puesto en circulación el producto; que, dadas las circunstancias del caso, es posible presumir que el defectono existía en el momento en que se puso en circulación el producto; que el producto no había sido fabricado para la venta ocualquier otra forma de distribución con finalidad económica, ni fabricado, importado, suministrado o distribuido en el marco de unaactividad profesional o empresarial; que el defecto se debió a que el producto fue elaborado conforme a normas imperativasexistentes; que el estado de los conocimientos científicos y técnicos existentes en el momento de la puesta en circulación no permitíaapreciar la existencia del defecto. El artículo 9 establece que la responsabilidad del fabricante o importador podrá reducirse osuprimirse en función de las circunstancias del caso, si el daño causado fuera debido conjuntamente a un defecto del producto y aculpa del perjudicado o de una persona de la que éste deba responder civilmente.

Por contra el artículo 8 priva de toda relevancia a la intervención de un tercero, disponiendo que la responsabilidad delfabricante o importador no se reducirá cuando el daño sea causado conjuntamente por un defecto del producto y por laintervención de un tercero. No obstante, el sujeto responsable de acuerdo con esta Ley que hubiera satisfecho la indemnizaciónpodrá reclamar al tercero la parte que corresponda a su intervención en la producción del daño.

Esta normativa contempla como daños resarcibles las lesiones personales y los daños materiales, con la franquicia en esteúltimo caso de 65.000 pesetas (actualmente 390, 66 euros). Los sujetos protegidos son, en general, los perjudicados por el productodefectuoso, con independencia de que tengan o no la condición de consumidores en sentido estricto. La responsabilidad de loscausantes del daño es obviamente solidaria.

Por otra parte los plazos de prescripción son sensiblemente mayores que los de la última norma citada y el Código Civil. Así,la responsabilidad objetiva del fabricante dura diez años desde la puesta en circulación del producto defectuoso causante del daño,y el artículo 12.1 establece que La acción de reparación de los daños y perjuicios previstos en estaLey prescribirá a los tres años, a contar desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio, ya sea por defectodel producto o por el daño que dicho defecto le ocasionó, siempre que se conozca al responsable de dicho perjuicio.

7.- La relación entre la Ley 26/1984, y la Ley 22/1.994En cuanto a las relaciones de esta norma con la Ley 26/1984, de 19 julio 1984, General para la Defensa de los Consumidores

y Usuarios, la Disposición Final Primera de la Ley 22/1.994, establece que Los artículos 25 a 28 de la Ley 26/1984, de 19 de julio,General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, no serán de aplicación a la responsabilidad civil por daños causados porproductos defectuosos incluidos en el artículo 2 de la presente Ley. En realidad los sujetos protegidos por esta ley son, en general, losperjudicados por el producto defectuoso, con independencia de que tengan o no la condición de consumidores en sentido estricto, adiferencia de la Ley 26/1.984, pero se ha optado por unificar su régimen jurídico. Tampoco su objeto es coincidente en su totalidad.

Se ha de tener en cuenta para coordinar ambas normas que la Ley 22/1.994 se refiere sólo al producto electricidad, y seentiende por producto todo bien mueble, aun cuando se encuentre unido o incorporado a otro bien mueble o inmueble. En este casoel producto es la corriente eléctrica, que está constituida por el movimiento o flujo de electrones. Pero la compañía suministradorano solo suministra el producto, sino que presta un servicio. Y ese servicio cae fuera por completo de la Ley citada y por contra, entradentro del ámbito de la Ley 26/1.984, que sí es aplicable a los servicios, refiriéndose su artículo 25 a Alos daños y perjuiciosdemostrados que (...) la utilización de (...) servicios les irroguen, y lo mismo el artículo 28 a los daños originados en el correcto (...)consumo de (...) servicios. La cuestión por tanto será pronunciarse sobre la causa del daño, pues la Ley 26/1.984 solo será deaplicación en los casos de los defectos de servicio y no del producto. En este punto nos remitimos a lo dicho respecto de la calidaddel servicio, y de la atención y relación con el consumidor, que entran de lleno en el ámbito de la Ley últimamente citada.

8.- La fuerza mayorLa praxis demuestra que en la mayoría de los casos la cuestión que se plantea es la de la ruptura del nexo causal por la

existencia de fuerza mayor como causa determinante de la interrupción.

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El artículo 1.105 del Código Civil establece que nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que,previstos, fueran inevitables. Se trata de los supuestos tradicionalmente denominados casos fortuitos, y fuerza mayor respectivamente.

El caso de fuerza mayor da lugar a la irresponsabilidad al tratarse de un suceso insuperable e irresistible, que no depende dela voluntad del deudor, y que hace imposible el incumplimiento de la obligación. Obviamente es precisa la existencia de relaciónentre la fuerza mayor, y el resultado, como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo (SS. de 27 4 1943, 10 6 y 31 10 1986, entreotras).

Pueden considerarse que constituyen fuerza mayor los incendios causados por la electricidad atmosférica, los daños causadospor fenómenos naturales de efectos catastróficos, como terremotos, maremotos y erupciones volcánicas, los que provengan de losmovimientos del terreno por causas naturales en que estén construidas las instalaciones prestatarias de servicios eléctricos o quedirectamente las afecten, los destrozos ocasionados violentamente en tiempo de guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves delorden público, y en general los fenómenos meteorológicos absolutamente imprevisibles, inevitables e irresistibles como inundacionescatastróficas producidas como consecuencia del desbordamiento de ríos o arroyos, huracanes, tornados o caída de cuerpos siderales.

En aquellos casos en que se produce la interrupción del suministro durante un lapso de tiempo debido a fenómenos atmosféricos,se ha de plantear si estos tienen la suficiente entidad como para constituir la fuerza mayor, en definitiva, si se trata de sucesosinsuperables e irresistibles. La cuestión es, en general, clara respecto de los rayos que son por definición irresistible, partiendo de labase de que existe la posibilidad de instalar protecciones lo cual es exigible en determinados casos, incluso reglamenta-riamente,como en la línea de interés público que no deben ser autorizadas por los Servicios de Industria si no dispusiera de los elementos deprotección reglamentarios, los cuales una vez colocados son definitivos y no se alteran.

En otros casos como lluvias o vientos, la cuestión es cuantitativa y depen-diendo de la entidad de estos fenómenos se podrállegar a la conclusión de si son previsibles y evitables o no. En todos lo casos la diligencia exigible es la máxima, respondiendo lacompañía por culpa levísima, pues no se olvide que se está tratando de excluir una responsabilidad objetiva o cuasi objetiva.

Otra cuestión que se suscita en los casos de cortes de suministro, aun apreciando la fuerza mayor, es la de determinar si lacompañía actuó negligentemente en la reanudación del suministro, lo que puede dar lugar en caso de que así sea, y pese a la fuerzamayor, a apreciar su responsabilidad reclamada pues en ese supuesto la fuerza mayor no se extienda a este extremo. Es preciso portanto que la compañía suministradora acredite, como dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de julio de 1994, que se pusierontodos los medios técnicos y humanos con la diligencia debida para la reparación de la avería y en el mínimo tiempo posible. Estees un problema eminentemente técnico, a resolver, normalmente por medio de prueba pericial.

9.- El caso fortuitoComo dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 17-11-1.989, a propósito de esa fuerza mayor, es de precisar, que si bien la

doctrina de esta Sala con la mirada puesta en el art. 1105 del Código Civil no suela distinguir entre los conceptos que en esteprecepto se indican caso fortuito y fuerza mayor, es evidente que cuando sea el propio legislador quien alude a uno de ellossolamente, (...) es conveniente distinguirlos.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 5-11-1993. Recurso núm. 3166/1990, por su parte afirma que La diferenciaentre una y otra manifestación negativa de las actividades de cumplimiento de las obligacio-nes, siempre discutida doctrinalmente,ha venido ya en ciertos casos establecida por esta Sala en el sentido de estimar que elevento productor de ese incumplir se origine como consecuencia de factores exteriores ala empresa (rayos, huracanes, inundaciones, etc.), para la fuerza mayor o dentro de ella respecto delcaso fortuito.

Más ampliamente la Sentencia del Tribunal Supremo de 30-9-1983, dice que en orden a la apreciación de la fuerza mayor enel ámbito jurídico, es de tener en cuenta que, aunque en el terreno doctrinal es opinión dominante, con proyección al campojurisprudencial, la que viene a identificar las figuras del caso fortuito y la fuerza mayor, algún otro sector de la doctrina civilistaentiende, que existen diferencias entre uno y otra, consistentes en que los casos de fuerza mayor no sólo son imprevisibles, sinoademás inevitables o irresistibles (vis cui resisti non potest), manteniendo teorías subjetiva y objetiva, apreciando en la primera, quemientras el caso fortuito es el acontecimiento que no puede preverse, pero que previsto pudiera haber sido evitado, la fuerza mayores el acontecimiento que aún cuando se hubiera previsto, habría sido inevitable, en cambio la segunda, atendiendo a la

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procedencia interna o externa del obstáculo impeditivo del cumplimiento de la obligación,configura al caso fortuito como acontecimiento que tiene lugar en el interior de laempresa o círculo afectado por la obligación, y a la fuerza mayor como el acaecimientoque se origina fuera de la empresa o círculo del deudor, con violencia insuperable tal que,considerado objetivamen-te, queda fuera de los casos fortuitos que deben preverse en el curso ordinario y normal de la vida, lo queconduce, en ambas apreciaciones, a que si en principio, y por punto general, la distinción entre el caso fortuito y la fuerza mayor,no está expresamente recogida en nuestro C. Civ., y concretamente en su art. 1105, no obstante esa distinción es necesaria endeterminados casos, como sucede en los supuestos de los arts. 1784 y 1905 de dicho Cuerpo legal, por tratarse de tipos cualificados,y así lo entendió la sentencia de esta Sala, de 2 enero 1945, cuando manifiesta que debe entenderse por vis maioruna fuerza que está fuera del círculo industrial de la empresa, que haya causado un dañomaterial que exceda visiblemente los accidentes propios del curso normal de la vida porla importancia de su manifestación; por lo que, en definitiva, la fuerza mayor, en susingularidad, habrá que estudiarla en cada caso concreto -S. de 2 febrero 1926-, desde elmomento en que su concepto jurídico debe deducirse del conjunto de circuns-tancias quemotiven el hecho o acontecimiento que sobreponiéndo-se a la voluntad del obligado yforzándole, lo determinan a que-brantar la obligación que le corresponda, ya que siendola posibili-dad de prever los sucesos un concepto teóricamente amplísimo, hay queentenderlo en su aplicación legal y práctica como excluyen-te de aquellos sucesos totalmenteinsólitos o extraordinarios, que, aunque no imposibles físicamente, y por tanto teóricamente previsibles, no sonde los que puede calcular una conducta prudente, atenta a las eventualidades, que el curso de la vidapermita esperar, y en cuanto a la imposibilidad de evitar los sucesos previstos, si bien no excusa de prestar la diligencia necesariapara superar las dificultades que se presenten, no exige la llamada *prestación exorbitante, es decir, aquella que exigiría vencerdificultades que puedan ser equiparadas a la imposibilidad, por exigir sacrificios absolutamente desproporcionados o violación dedeberes más altos, pues basta para excusar el incumplimiento que éste no sea imputable al deudor, por haber procedido con ladiligencia que las circunstancias requerían con arreglo al art. 1104 del Código Civil -S. de 9 noviembre 1949-.

En conclusión, puede afirmarse que pueden ser caso fortuito, pero no fuerza mayor los que resulten de la inadecuación de lasinstalaciones eléctricas al fin que han de servir, la falta de previsión en la explotación de las redes eléctricas, la vulneración de lasnormas o aquellos derivados del funcionamiento mismo de las empresas eléctricas.Dicho lo anterior, el caso fortuito puede considerarse excluido para los consumidores por medio de lo dispuesto en el artículo 28 dela Ley 26/1984, de 19 julio 1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, ya que el hecho de que la empresapudiera probar que ha cumplido con todas las precauciones y medidas apropiadas y actuado con la mayor prudencia, no puedeliberarse de su responsabilidad, porque esta prueba es irrelevante si en la responsabilidad se prescinde de toda idea y reprocheculpabilístico, como es el caso de este régimen excepcional del artículo 28. Lo único relevante en este sistema es la acreditación delnexo causal, o relación entre la utilización del producto y el resultado dañoso.

Así lo ha entendido el Tribunal Supremo reiteradamente al calificar de objetiva la responsabilidad que se deriva del artículo 28.Así la Sentencia del Tribunal Supremo de 23-6-1993, núm. 623/1993. Recurso núm. 3407/1990, dice que Su art. 28 estableceuna responsabilidad objetiva [S. 23-5-1991] (...) hasta determinado límite cuantitativo siempreque el daño se haya originado en el correcto uso y consumo de los bienes. Por tanto, ni a lavíctima le corresponde la prueba que el fabricante no ha cumplido con las precauciones y medidas apropiadas en su procesoproductivo, ni éste puede liberarse de su responsabilidad probándo-lo, ni, por último, a la víctima lecorresponde probar que ha obrado con toda corrección en el uso y consumo, sino al fabricante la prueba de que fue incorrecto paraliberarse de su obligación de responder. Es la culpa de la víctima, en otros términos, lo que le exime y esprueba que corres-ponde al fabricante, como ocurre generalmente cuando el legisla-dorestablece la responsabilidad objetiva, además de que el obrar correctamente se presume por principio en el actuarhumano, lo mismo que la buena fe. Todo ello, naturalmente, bajo el presupuesto, exigido en el párr. 1.1 del tan citado art. 28, deque el daño sea causado por el uso y consumo de tal producto (relación de causalidad); relación de causalidad, añadimos nosotros,

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que se vería quebrada en caso de fuerza mayor extraña a uso y consumo del producto.En el mismo sentido, la Sentencia Audiencia Provincial Cantabria (Sección 30), de 31 marzo, núm. 151/2000, Recurso de

Apelación núm. 260/1998 dice que ha de advertirse que el supuesto de hecho enjuiciado viene sometido a lo previsto en el artículo28 de la LGDCU, que expresamen-te relaciona en su apartado segundo los daños provocados por el servicio de electricidad. Normaque establece, (...) la responsabilidad objetiva por dichos daños. Por lo que bastará la mera relación causal o fácticacomo criterio determinante de la atribución de responsabilidad, al margen de toda valoración subjetiva del comportamientodesplegado por el sujeto agente. Responsabilidad de la que éste sólo podrá eximirse acreditando la culpaexclusiva de la víctima, la intervención de un tercero o cualquier otro factor que rompael nexo causal.

10.- La culpa exclusiva de la víctimaOtra causa que excluirá la responsabilidad, expresamente contemplada es la culpa de la víctima, ya que el artículo 28.1 dice

que Ase responderá de los daños originados en el correcto uso y consumo de bienes y servicios. La existencia de culpa noexclusiva determinará la concurrencia de causas, culpas y responsabilidades siempre que una de ellas no tenga virtualidad suficientepara anular las otras. La compensación de culpas requiere una acción del perjudicado que influya, al menos, en el riesgo delaccidente, y que éste, en principio, deba atribuirse a una conducta de la víctima concausal en el evento, de entidad lógicamentecomparable a la del autor (Sentencias del Tribunal Supremo de 24 septiembre 1986, 17 diciembre 1986 y 19 diciembre 1986, entreotras).

En este punto se ha de tener en cuenta que cuando la compañía eléctrica suministra fluido eléctricoa los consumidores es porque ha efectuado en sus instalaciones las comprobacionespertinentes previstas en el actual y reciente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (aprobado por Real Decreto 842/2.002,de 2 de agosto) y en sus Instruccio-nes Técnicas Complementarias (ITC BT 01 a 51) antes de dar tensión a las mismas, y advertidoque aquéllas reunían las condiciones de seguridad exigidas reglamentariamente, de manera que no puede pretender su exculpaciónen una falta o inadecuada instalación de elementos de seguridad interior que ella misma debe controlar y comprobar, porque en talcaso sería evidente que se habría producido una conducta negligente por parte de la empresa suministradora que debiendo hacerlono los comprobó y que de haberse observado en los términos establecidos, habrían evitado los daños objeto de reclamación.

LA NORMATIVA AUTONÓMICA: LA LEY 6/1.999

1.- Objetivos de esta regulaciónLa Ley 6/1999, de 15 Abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Castilla-La Mancha, publicada en el B.O.E.

de 25 de mayo de 1999, y en el D.O.C.M. de 30 de abril de 1999, surge como repuesta ante los numerosísimos cortes noprogramados del suministro eléctrico que se producen en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma, reconociendo el legisladorque además de los problemas que ocasionan a miles de ciudada-nos en sus hogares, provocan cuantiosos daños en la actividadeconómica de aquellos usuarios que los sufren.

Se trata así de impulsar la aplicación de los medios técnicos adecuados y la adopción de las medidas precisas para evitar quese produzcan cortes no programados del fluido eléctrico. Esto había de hacerse obviamente respetando la legislación básica estatal.

Un segundo objetivo es garantizar que el suministro de energía eléctrica tenga la calidad suficiente, de forma que unelemento fundamental, tanto para la vida cotidiana, como para la actividad económica de la mayor parte de las empresas,mantenga la regularidad de su abastecimiento y las demás características técnicas y comerciales contratadas: en definitiva,algo tan simple pero como se ve tan difícil de lograr como es el cumplimiento del contrato de suministro por la empresasuministradora.

Posteriormente, la Ley 2/2.002, de 25 abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico en Extremadura, havenido a sumarse a la de Castilla-La Mancha en el esfuerzo por corregir el problema que suponen los cortes no programadosdel suministro, las caídas de tensión excesivas, así como el suministro de la onda de tensión con características noadecuadas.

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2.- Aplicabilidad y vigencia de la Ley 6/1.999La Ley 6/1999, de 15 Abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Castilla-La Mancha, se ha dictado al amparo

del artículo 31.1.270 del Estatuto de Autonomía para Castilla La Mancha que atribuye a la Junta de Comunidades competencia enmateria de Instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga de su territorio y suaprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma, y del artículo 32.6 del Estatuto de Autonomía que atribuye a la Junta deComunidades competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de defensa del consumidor y usuario.

Se pretendía con ella desarrollar, adaptando a las específicas condiciones de ella, la legislación básica que en materia deordenación del sistema eléctrico había dictado el Estado, con la finalidad de protección tanto de los consumidores finales como delas actividades económicas que tienen en la energía eléctrica uno de los principales suministros para la producción.Los artículos 4.3, 8, 15.1.e) y 15.1.f), 15.2.h) en relación con los artículos 17, 16.5 último párrafo y 18, en su inciso Alas graves alos dos años, todos de la citada Ley 6/1.999 fueron objeto de un Recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Presidencia delGobierno de la Nación el 30 de julio de 1.999, y que se tramita por el Tribunal Constitucional bajo el número 3.446/1.999. En elrecurso el Gobierno al amparo del artículo 161.2 de la Constitución Española obtuvo la suspensión de la vigencia y aplicación de lospreceptos impugnado, dictándose providencia por el Tribunal Constitucional en tal sentido el 15 de septiembre de 1.999, que sepublicó en el B.O.E. del 24 de septiembre de 1.999.

El 20 de enero de 2.000, el Tribunal Constitucional dictó auto acordando levantar la suspensión que pesaba sobre dichospreceptos, que fue publicado en el B.O.E. del 2 de febrero de 2.000. Sin embargo, el recurso de inconstitucionalidad interpuesto porla Presidencia del Gobierno no ha sido aún resuelto a la fecha de este trabajo. Los preceptos recurridos son precisamente aquellosen los que la Ley se apartaba de la normativa estatal. En efecto la Ley 54/1.997, de 27 de noviembre reguladora del Sector Eléctrico,tiene carácter de norma básica según establece su Disposición final primera.1, de acuerdo con lo establecido en el artículo149.1.13.0 y 25.0 de la Constitución, que establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre bases y coordinación de laplanificación general de la actividad económica, y sobre bases del régimen minero y energético.

Por contra la Ley autonómica se dicta al amparo del artículo 31.1.270 del Estatuto de Autonomía que atribuye a la Junta deComunidades competencia en materia de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte nosalga de su territorio y su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma, y del artículo 32.6 del Estatuto de Autonomíaque le atribuye competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de defensa del consumidor y usuario.

En este punto se ha de tener en cuenta que según ha establecido el Tribunal Constitucional el Estado al establecer el comúndenominador normativo que encierran las bases, y a partir del cual cada Comunidad Autónoma con competencias de desarrollolegislativo puede regular la materia con arreglo a sus peculiaridades e intereses (por todas, Sentencia del Tribunal Constitucional 49/1.988, fundamento jurídico 31; 225/1.993, fundamento jurídico 31, y 197/1.996, fundamento jurídico 51), no puede hacerlo con ungrado tal de detalle y de forma tan acabada o completa que prácticamente impida la adopción por parte de las ComunidadesAutónomas de políticas propias en la materia mediante el ejercicio de sus competencias de desarrollo legislativo.

Como se afirma, entre otras, en la Sentencia del Tribunal Constitucional 147/1.991 la definición de las bases, en el ámbito dela legislación compartida, tiene por objeto crear un marco normativo unitario, de aplicación a todo el territorio nacional, dentro delcual las Comunidades Autónomas dispongan de un margen de actuación que les permita, mediante la competencia de desarrollolegislativo, establecer los ordenamientos complementarios que satisfagan sus peculiares intereses, por ello, en principio, debeentenderse que excede de lo básico toda aquella ordenación que, por su minuciosidad ydetalle, no deja espacio alguno a la competencia autonómica de desarrollo legislati-vo,produciéndose en tal caso, por regla general, un resultado de vulnera-ción competencial que priva a lo presentado como básico desu condición de tal (fundamento jurídico 51).

En definitiva, corresponde ahora al Tribunal Constitucional determinar si la exhaustiva regulación de la Ley 54/1.997 por suminuciosidad y detalle, no deja espacio alguno a la competencia autonómica de desarrollo legislati-vo, lo que implicaría ladesestimación del recurso, o si por contra la normativa autonómica no ha respetado la competencia básica del legislador estatal.

3.- Contenido de la Ley 6/1.999La Ley en su artículo 4.1 establece que El distribuidor o, en su caso, el comercializador, es responsable del cumplimiento de los

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niveles de calidad individual establecidos con relación a cada uno de sus consumidores.@ Pero es el artículo 4.3 el que establecela norma que creemos que es esencial para que el cumplimiento del contrato no quede al albur de la compañía suministradora deturno: El consumidor tendrá derecho a que le sea instalado, con cargo a la empresa distribuidora, un sistemade registro de medida de incidencias de calidad de servicio debida-mente precintado ycalibrado.

Se dota pues al consumidor sin coste alguno para él del medio de prueba que necesita para comprobar y demostrar que la empresadistribuidora mantiene la calidad del servicio. La idea es ciertamente revolucionaria en contraste con la del Real Decreto 1955/2000, de1 diciembre, que nos resulta un tanto absurda por cuanto el artículo 104.1 del citado Real Decreto establece que es el distribuidor quiendeberá disponer de un sistema de registro de incidencias de acuerdo con el procedimiento de medida y control que se establezca segúnlo dispuesto en el apartado 3 del artículo 108, que le permita determinar la afectación de las incidencias de continuidad del suministrode sus redes con todos y cada uno de los consumidores conectados a ellas en todas sus zonas de distribución. Por contra el artículo 104.4,solo reconoce al consumidor el derecho a instalar a su cargo un sistema de registro de medida de incidencias de calidad de servicio,debidamente precintado, al objeto de confrontar los valores aportados por las empresas distribuidoras, y además se impone la traba deexigir para ello el previo acuerdo de ambas partes, adoptado por escrito, remitiéndose en caso dediscrepancia, a lo que resuelva el órgano competente de la Administración autonómica.

Todas estas cortapisas son eliminadas por la Ley autonómica que hace que el gasto que suponga la instalación del sistema deregistro sea a cargo de la empresa suministradora y no del consumidor, que además no tendrá que adoptar ningún acuerdo previocon la empresa sino que simplemente puede exigir la instalación del aparato como uno de sus derechos. Es presumible, a la vista delas actuales características del suministro, que los consumidores masivamente hagan uso de este derecho en cuento lo conozcan,porque es irracional que una de las partes en el contrato haya de confiar a ciegas en la otra el cumplimiento del contrato, o lo quees lo mismo, que puede comprobar el consumo por medio del contador, pero no las características del producto que ha consumido,en definitiva su calidad pues el artículo 5 de la Ley que establece la definición de calidad mantiene un concepto omnicomprensivode ésta y en concreto en su apartado 2 establece que La calidad del suministro comprende: a) Continuidad del suministro. b)Regularidad de las características de la tensión en que se deba prestar el servicio. c) Atención, información y asesoramiento al clientesobre los aspectos del contrato de suministros y de la normativa vigente, así como de los aspectos técnicos del suministro y lainstalación. d) Mantenimiento del valor de los parámetros técnicos estipulados en el contrato de suministro.

Al tiempo, se establece en su artículo 7.1 que Las empresas distribuidoras establecerán las medidas necesarias para garantizarla inexistencia de interrupciones no programadas. A tal efecto se considerará interrumpido el servicio cuando las características delsuministro sobrepasen los umbrales de calidad en los porcentajes que se establezcan reglamentaria-mente.@ Esta norma viene aigualar, con absoluta lógica, la falta del suministro (su interrupción) al suministro en condiciones gravemente defectuosas. Se trata,no obstante, de una norma necesitada de un desarrollo reglamentario que aún no se ha producido.

Igual desarrollo precisa el artículo 7.3 que al igual que la estatal establece que El distribuidor estará obligado, en relación acada uno de sus consumidores, a que el tiempo de interrupción imprevisto total de cada año natural no supere los valores que, paracada zona, se determinen reglamenta-riamente. Presumiblemente la norma reglamentaria llamada a fijar los valores zonales serámás exigente que el Real Decreto estatal, porque la idea del legislador autonómico es garantizar una mayor calidad del suministroen las zonas rurales dispersas, que conforman una gran parte del territorio de nuestra comunidad autónoma.

El artículo 8 obliga a las empresas distribuidoras a implantar un sistema de control de incidencias en toda la red, que permitaregistrar todas las magnitudes y características que incidan en la calidad del suministro y que garantice la obtención de los valoresde los índices de calidad del suministro efectuado. Las empresas suministradoras deben además permitir el libre acceso al mencionadosistema por parte de la Administración que podrá ser de manera permanente y por vía telemática.

Entre los preceptos sancionadores, el artículo 15, en sus apartados 1.e) y 1.f), califica como muy graves la aplicación a losconsumidores de tarifas no autorizadas por la Administración, y la aplicación irregular de las tarifas autorizadas, de manera que seproduzca una alteración en el precio superior al 15%, y en su apartado 2h), como grave la aplicación irregular de las tarifasautorizadas, de manera que se produzca una alteración en el precio superior al 5% e inferior al 15%. Su inclusión supone la reservaa favor de la administración autonómica de la potestad de sancionar estas infracciones, de acuerdo con las competencias que se fijanen su artículo 17, que reserva las muy graves al Consejo de Gobierno, y las graves al Consejero competente por razón de la materia.

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CONCLUSIÓNA modo de conclusión, puede decirse que existe una normativa suficiente en los órdenes civil y penal, y una normativa

administrativa que resulta bastante aceptable, sobre todo se incluye la autonómica. Es clara la preocupación por el legislador pordotar al consumidor de medios con los que poder defender sus derechos, reaccionando frente a los perjuicios que la compañíasuministradora pudiera causarle.

Pero dicho esto no lo es menos que la actuación del consumidor choca con varias dificultades, en muchos casos insalvables. Enprimer lugar para poder reclamar el consumidor ha de conocer sus derechos, y para ello es preciso abordar un número muy elevadode normas jurídicas, muchas de las cuales hacen referencia además a conceptos técnicos de electricidad que no están al alcance detodo el mundo, máxime cuando se sigue en la legislación administrativa el en nuestra opinión vicioso sistema de remisiones no yaa las ITC (Instrucciones Técnicas Complementarias), lo que se comprende por la complejidad y extensión técnica de la materia, sinoa las normas UNE que no son objeto de publicación oficial.

En segundo lugar y dando ya por supuesto conocimiento de las normas sustantivas, surge la necesidad de conocer las normasde procedi-miento esenciales en la vía civil (y en menor medida en la penal y en la administrativa, el procedimiento se impulsará deoficio, y el Ministerio Fiscal reclamará incluso la indemnización que pudiera corresponder al perjudicado en los supuestos de delito,aunque posiblemente no en las faltas de menos entidad). El derecho procesal es sumamente complejo y de su observancia puededepender que una pretensión prospere o no.

Los artículos 23.2.11 y 31.2.11 de la Ley 1/2.000, de Enjuiciamiento Civil permiten, respectivamente, a los litigantescomparecer y defenderse por sí mismos en los juicios verbales cuya cuantía no exceda de novecientos euros. Ello implicará que enesos supuestos, si hay una intervención de abogado y procurador no preceptiva de acuerdo con el artículo 32.5 de la Ley 1/2.000,de Enjuiciamiento Civil que de la eventual condena en costas de la parte contraria a la que se hubiese servido de dichos profesionalesse excluirán los derechos y honorarios devengados por los mismos, salvo que el tribunal aprecie temeridad en la conducta delcondenado en costas o que el domicilio de la parte representada y defendida esté en lugar distinto a aquel en que se ha tramitadoel juicio.

Así en los casos en los que se hace una pequeña reclamación (pues en los asuntos de cuantía superior a los novecientos euros,la intervención de ambos profesionales es preceptiva), el consumidor se verá ante un notable encarecimiento del proceso que habráde soportar aun en caso de que tenga éxito en su pretensión, si recurre a un letrado. En caso contrario se arriesga, como tantasveces se ve ante los Tribunales a que su pretensión no llegue a bien puerto por su falta de pericia al redactar la demanda de manerainadecuada, no proponer las pruebas precisas, o hacerlo de forma extemporánea. Esta situación, que con cierta frecuencia se observaen los procedimientos en los que una de las partes no se encuentra asistida de profesionales, se debe a que el proceso civil esaltamente formalista, precisamente en garantía de los derechos de las partes, porque está pensado para los supuestos, que son laregla de intervención de estas asistidas de letrado y procurador.

En realidad, la solución a estas pequeñas reclamaciones, que afortunadamente son la mayoría, pasa por la solución extrajudicialde estas diferencias, y es aquí donde el arbitraje de consumo, previsto en el artículo 31 de la Ley 26/1984, de 19 julio 1984, Generalpara la Defensa de los Consumidores y Usuarios, supone un medio idóneo, por cuanto es un sistema que sin formalidades especiales,atienda y resuelva, las quejas o reclamaciones de los consumidores o usuarios, excluyén-dose expresamente los supuestos más graves(intoxicación, lesión o muerte) y naturalmente aquellos en que existan indicios racionales de delito.

Las resoluciones arbitrales o laudos que se dicten, poseen carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, y podránejecutarse de modo similar al de una sentencia ante los Juzgados de Primera Instancia del lugar en que se hayan dictado, sin quesea preciso siquiera requerir de pago al deudor para que se proceda al embargo de sus bienes si no hace el pago en el plazo deveinte días desde la fecha de notificación de la resolución. Como puede verse la eficacia no puede ser mayor.

Además, las garantías que ofrecen estos órganos de arbitraje son máximas al estar integrados por representantes de los sectoresinteresados, de las organizaciones de consumidores y usuarios y de las Administraciones públicas, y su generalización, para lo quees imprescindible el sometimiento voluntario de las partes, es esencial para garantizar los derechos de los consumidores, que no sonejercitados en multitud de casos por el obstáculo que supone acudir a la tutela judicial para reclamaciones de escasa entidad, quesuponen poco para el consumidor individual, pero mucho para la compañía que suministra a miles o incluso millones de abonados.

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INTRODUCCIÓN.Con esta evaluación no pretendemos ser exhaustivos en el análisis de la situación del suministro eléctrico en nuestra región, si

no dar unas breves pinceladas desde la óptica de una asociación de consumidores, movimiento social vertebrado en la defensa de losintereses de los consumidores y su peculiar visión de la realidad haciendo especial hincapié en los problemas del día a día que esparte de nuestro cometido.

La situación del suministro eléctrico en Castilla - La Mancha, no difiere en mucho con el del resto de comunidades, si tenemosen cuenta nuestras características propias. Una región muy extensa, con abundancia de núcleos rurales, aunque no muy dispersoscomo en el norte, con redes en proceso de renovación, que sufren problemas de suministro que afectan directamente a losconsumidores, grandes y pequeños, aquí si que no hay distinción.

Nuestro Gobierno tiene cedidas partes de las competencias en esta materia lo que le ha dado la posibilidad de generar una Ley,que en lo que respecta a la mejor defensa de los consumidores ha sido impugnada ante el Tribunal Constitucional y determinadosartículos están en suspenso y no se pueden aplicar. Si a eso le sumamos el desbarajuste normativo estatal, ya que la proliferaciónde normas en este sector es abundantísima, hace que estemos ante una maraña legal en la que hay que estar muy al día y tener unosconocimientos técnicos y jurídicos que no están al alcance de cualquier ciudadano.

Pero no pretendemos analizar las Leyes y Disposiciones ya que para eso ya hemos creado un apartado, sino el reflejar el díaa día. Para ello dividiremos este análisis en varios apartados, el primero la problemática legal, el segundo las competenciasregionales en esta materia, en tercer lugar hablaremos de las compañías suministradoras, cuantas son, que trato nos dispensan,calidad del suministro, precios, contratos, etc. En cuarto lugar analizaremos la situación de los consumidores, sus problemas, susreclamaciones y sus soluciones. Por último desarrollaremos una valoración final y las soluciones que nosotros, desde nuestro puntode vista planteamos.

PROBLEMÁTICA LEGAL.Como hay apuntado en la Introducción la situación normativa en España deja mucho que desear, por su proliferación, poco

orden y lagunas enormes.Desde la entrada de España en la Comunidad Europea, hemos tenido que ir incorporando a nuestro Ordenamiento Jurídico

muchas normas del acerbo comunitario y otras tantas que han ido surgiendo desde nuestra entrada en las que si hemos podidoaportar y opinar ya dentro del seno de la Unión Europea. Algunas de estas normas iban dirigidas a regular el sector eléctrico y hansido traspuestas a nuestra legislación, el ejemplo más reciente lo tenemos en el proceso de liberalización que de manera inminenteculminará para todos los consumidores en enero de 2003.

Haremos referencia a la siguiente normativa que regula la materia, la Ley 54/1.997, de 27 de noviembre reguladora del Sector

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Eléctrico, que dedica sus artículos 48 y siguientes a la regulación de la calidad del suministro eléctrico, y que ha sido objeto dedesarrollo por el Real Decreto 1.955/2.000, de 1 diciembre, por el que se regula las activida-des de transporte, distribución,comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Estas normas tienen carácterbásico, es decir que son de obligado cumplimiento en todo el territorio español y además que no pueden ser contrariadas porninguna norma de desarrollo de las Comunidades Autónomas. Fruto del desarrollo previsto en los artículos 148 y 149 de nuestraConstitución, como hemos dicho la materia básica se deja al desarrollo del Estado y la materia de desarrollo a las ComunidadesAutónomas nuestra normativa autonómica es la Ley 6/1999, de 15 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico.Existen además múltiples normas de rango reglamentario, ordenes ministeriales, e instrucciones complementarias, que hacen de estamateria un complejo difícil de desenmarañar.

La Ley 6/1999, de 15 Abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Castilla - La Mancha, se ha dictado alamparo del artículo 31.1.27 del Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha que atribuye a la Junta de Comunidades competenciaen materia de «Instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga de su territorio y suaprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma», y del artículo 32.6 del Estatuto de Autonomía que atribuye a la Junta deComunidades competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de defensa del consumidor y usuario.

Determinados preceptos de esta Ley fueron impugnados ante el Tribunal Constitucional, en 1999 y aunque se ha levantado lasuspensión en enero del año siguiente, todavía no se pueden aplicar ya que el alto Tribunal no ha dictado sentencia al respecto. Lacuestión principal es que los artículos impugnados son efectivamente los que se apartan de la Ley 54/97, pero es por su mayorvinculación y defensa de los consumidores que hace nuestra Ley regional con respecto a la Ley Básica nacional. Un ejemplo sería ennuestra Ley en su artículo 4.1 establece que «El distribuidor o, en su caso, el comercializador, es responsable del cumplimiento delos niveles de calidad individual establecidos en relación con cada uno de sus consumidores». Pero es el artículo 4.3 el que establecela norma que creemos que es esencial para ver la diferente visión y compromiso de nuestra norma: «El consumidor tendrá derechoa que le sea instalado, con cargo a la empresa distribuidora, un sistema de registro de medidade incidencias de calidad de servicio debida-mente precintado y calibrado».

Se dota pues al consumidor, sin coste alguno para él, del medio de prueba que necesita para comprobar y demostrar que laempresa distribuidora mantiene la calidad del servicio. La idea es ciertamente revolucionaria en contraste con la del Real Decreto1955/2000, de 1 diciembre, que nos resulta un tanto absurda por cuanto el artículo 104.1 del citado Real Decreto establece que esel distribuidor quien deberá disponer de un sistema de registro de incidencias de acuerdo con el procedimiento de medida y controlque se establezca según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 108, que le permita determinar la afectación de las incidenciasde continuidad del suministro de sus redes con todos y cada uno de los consumidores conectados a ellas en todas sus zonas dedistribución. Por contra el artículo 104.4, solo reconoce al consumidor el derecho a instalar a su cargo un sistema de registrode medida de incidencias de calidad de servicio, debidamente precintado, al objeto de confrontar los valores aportados por lasempresas distribuidoras, y además se impone la traba de exigir para ello el previo acuerdo de ambas partes,adoptado por escrito, remitiéndose en caso de discrepancia, a lo que resuelva el órgano competente de la Administraciónautonómica.

Baste este ejemplo par ver la diferencia de criterio a la hora de un detalle tan simple pero tan eficaz como sería el disponer elmontaje de estos aparatos registradores que aportarían una visión objetiva a la calidad del suministro eléctrico.

Esperemos que la decisión del Tribunal Constitucional tenga en cuenta la mayor defensa que realiza la Ley 6/99 del Gobiernode Castilla - La Mancha, y que los preceptos impugnados sean pronto aplicables a nuestros suministros que falta nos hace.

DESARROLLO COMPETENCIAL.El artículo 31.1.27 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Junta de Comunidades competencia en materia de instalaciones

de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga de su territorio y su aprovechamiento no afectea otra Comunidad Autónoma, y el artículo 32.6 de ese mismo Estatuto de Autonomía le atribuye competencias de desarrollolegislativo y ejecución en materia de defensa del consumidor y usuario.

Con estas dos competencias podemos desarrollar un buen control y eficacia a la hora de regular el sector eléctrico en nuestraregión, ya que aunque no tengamos las competencias plenas, con las que tenemos se pueden hacer grandes cosas.

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Para empezar contamos con la Ley 6/99, de 15 Abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico de Castilla - LaMancha, que en lo no impugnado ante el Tribunal Constitucional sigue plenamente vigente y creemos que todavía no se le ha sacadotodo el provecho que cabría.

Por otro lado Contamos con el Estatuto del Consumidor de Castilla - La Mancha, que desarrolla las competencias del Gobiernoregional en materia de defensa del consumidor y que establece preceptos que serían plenamente aplicables para controlar ysancionar los defectos de calidad del suministro eléctrico.

Con estos dos elementos insistimos se pueden desarrollar muchas cosas, pero creemos que tal vez a la Administración le faltecoraje para enfrentarse a muchos de los problemas que plantean los consumidores y que creemos que la competente parasolucionarlo es la Administración regional. Como muestra baste el estudio que hemos desarrollado entre todas las O.M.I.C. de laregión, los servicios provinciales y la mismísima Dirección General de Consumo, donde nos indican de una manera clara y ademásgeneralizada la negativa a contestar y solucionar reclamaciones justificadas de los consumidores y que entendemos que la encargadade verla por los derechos de los usuarios de electricidad es la Consejería de Industria y Trabajo, que es la que tiene las competenciasen esta materia y que o bien no contesta a los escritos que formulamos los consumidores o bien traslada la misma carta que haremitido la compañía eléctrica al consumidor previamente. Creemos que hace falta un poco más de voluntad en esta cuestión.

COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS.En nuestra región contamos con la distribución de dos grandes compañías que asumen el 98% de los contratos de suministro

y que son Iberdrola, que atiende a poblaciones de Albacete, Cuenca, Guadalajara y Toledo, aunque también suministra a la localidadciudadrealeña de Anchuras y sus pedanías. Y por otro lado a Unión Fenosa que distribuye en Ciudad Real y Guadalajara.

A parte de estas dos grandes compañías contamos con 22 pequeñas distribuidoras, «reventas», como despectivamente lasllaman las grandes compañías y de las que se surten. Por provincias tenemos que en Albacete hay 11 empresas de estas característicases la provincia donde más hay aunque como ya se verá atienden a poblaciones muy pequeñas. En Ciudad Real hay 5. En Cuenca hay3 y en Guadalajara otras 3. Todas estas empresas están agrupadas en una Asociación que se llama CIDE Castilla - La Mancha.

La mayoría de las empresas pequeñas de distribución empezaron con molinos o panaderías que producían su propia electricidady que lo sobrante lo vendían, en la actualidad la mayoría de ellas se dedican casi exclusivamente al negocio de la distribución deelectricidad y no al anterior.

Lo que si tenemos que destacar de estas empresas es su fluidez y su trato casi familiar con sus clientes ya que son vecinos yfamiliares en su mayoría, téngase en cuenta las poblaciones a las que atienden que rondan los mil habitantes, y con unascircunstancias añadidas que al conocer a cada uno de sus clientes, a diferencia de las grandes que cada cliente es un número, aquíse conoce como digo al milímetro los consumos de cada uno y ante cualquier variación enseguida se revisan contadores einstalaciones, ya que las redes son instaladas y supervisadas por la propia compañía y se tiene un control superexhaustivo de lasmismas. En definitiva la atención al cliente tan cercana y directa es su principal arma que de cara a la inminente liberalización seráuna gran baza frente a las grandes compañías que por su parte están deseando llegar a estas poblaciones que por ejemplo en el casode Almodóvar del Campo en Ciudad Real, son más de 8.000 habitantes.

Con respecto a la calidad del suministro tenemos que comentar algunas cosas. Primero que los dos parámetros que sirven paraanalizar la calidad el TIEPI, tiempo de interrupción del suministro en horas al año y el NIEPI, número de interrupciones al año. Habajado considerablemente en nuestra región como demuestra la siguiente tabla:

AÑO IBERDROLA Variación UNIÓN FENOSA Variación2000 3,97 - 5% 3,48 - 1%1999 4,17 10% 3,52 - 5%1998 3,79 - 18% 3,71 - 52%1997 4,63 16% 7,80 44%1996 3,99 18% 5,40 - 31%

Fuente: Compañías y elaboración propia.

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El TIEPI se elabora teniendo en cuenta las interrupciones del suministro de más de un minuto de duración en la red de mediatensión e incluye tanto las causadas por trabajos planificados, a las que se califica de «programadas», como por incidentes en lasinstalaciones de producción, transporte y distribución, a las que se denomina «imprevistas».

A la vista del cuadro anterior y teniendo en cuenta la media de todo el territorio español que por ejemplo en 1999, el datoTIEPI fue de 2,68 horas/año como resultado de 0,55 horas/año de interrupciones programadas y 2,13 horas/año de interrupcionesimprevistas, dato muy similar al del año anterior. Lo que nos indica que nuestra región está por encima de la media nacional en esteíndice para medir la calidad del suministro.

Cuestión aparte es como se controlan las interrupciones del suministro y las anomalías y deficiencias en general del suministroeléctrico, pues el sistema es que ante cualquier corte se tiene que comunicar de inmediato a la administración, en nuestra región ala Consejería de Industria y Trabajo la cual registrará y pedirá explicaciones si lo estima oportuno. Este sistema nos parecetrasnochado y poco eficaz ya que consideramos que con los avances de la técnica la administración tendría que velar mejor por losintereses de los consumidores arbitrando sistemas efectivos de control, ya que las compañías podrían no comunicar una incidenciay la Administración no enterarse.

Además el TIEPI mide solo las interrupciones superiores a un minuto, con lo que si realmente midiese las interrupciones totalesy los tiempos reales de corte de suministro los índices se dispararían, ya que la experiencia nos demuestra que en estos microcortes,los inferiores a un minuto, son los más susceptibles de averiar nuestros aparatos eléctricos con especial incidencia en aquellos quetienen motor o un compresor. Si a esto sumamos la figura del rearme automático que tienen la estaciones y subestaciones, quecuando se produce un corte rearman automáticamente la conexión y si se produce un nuevo corte la vuelven a rearmar hasta unperiodo de un minuto, lo que origina muchas idas y venidas de suministro que insistimos vuelven a romper nuestros aparatos. Laexplicación a estos rearmes automáticos está en que muchos de los cortes son debidos a electrocución de animales en la líneas detensión que al extender las alas ponen en contacto las líneas y se produce el corto, por eso se rearma porque se prevé que cuandoel animal se electrocuta cae al suelo y se puede continuar con el suministro. También ocurre algo similar con los nidos de grandesaves, como las cigüeñas, que con palos, sarmientos, etc., se hacen sus nidos y que en días de lluvia evidentemente se mojan y puedentransmitir la corriente de un extremo al otro del nido, produciéndose el famoso corte. Esta última situación se eliminaría con unaprofunda y periódica revisión de las líneas.

En definitiva con respecto a los microcortes nosotros reivindicamos que se tenga en cuenta todos los cortes incluidos losmenores a un minuto, para poder tomar medidas reales que lleven aparejadas un aumento de la calidad.

Una última cuestión referente a las compañías distribuidoras es el análisis que hemos hecho de las facturas y de los contratosde las compañías distribuidoras de nuestra región, lo más destacable es lo siguiente.

Todas las compañías de la región facturan correctamente, este podía ser el resumen de este apartado. Las compañías utilizansistemas informáticos que facilitan la elaboración de la factura y que salvo errores de bulto, demuestran que se factura con arreglo al RealDecreto 1483/2001, de 27 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para el 2002. Cuestión aparte es como se toma lalectura y cuando ya que nos hemos encontrado con demasiada frecuencia la estimación de los consumos, bien por que no se está en ellugar del suministro, sobre todo segundas viviendas o por que desde las compañías eléctricas no se desplazan a mirar el contador y sehace a ojo, llegando luego sorpresas desagradables al regularizar el suministro y lo más grave es que el consumidor se siente indefenso,puesto que los consumos están hay, lo que pasa es que no se han tomado en cuenta con la periodicidad establecida. Aunque esto cadavez se tiende a que sea menor ya que muchas empresas distribuidoras están sacando el contador al exterior, con respecto a esta cuestióndecir que todo el coste del traslado tiene que ser asumido íntegramente por la compañía suministradora. Otra cuestión tambiénimportante es la corrección de la medida por parte de los contadores, a nosotros nos hubiese gustado analizar dos cuestiones una elparque de contadores, que por las primeras impresiones que tenemos es muy antiguo y que supera con creces las previsiones Ministerialesde los 20 años y segunda la corrección en el marcaje, pero ambas cuestiones tenían un coste muy elevado para nuestras posibilidadeseconómicas, aunque no lo desterramos cuando podamos contar con los recursos suficientes. De este estudio como digo se podían sacarconclusiones seguro que muy interesantes, en primer lugar que con contadores tan antiguos se puedan dar oscilaciones tanto a favorcomo en contra del consumidor, aunque hay quien dice que cuanto más antiguo sea menos mide, nosotros quisiéramos comprobarlo,máxime cuando en el número de diciembre de 2001 de la revista «Compra Maestra», que edita Edocusa, se comprueban deficienciasgraves en la medición. La segunda conclusión que se puede sacar es que no sabemos a ciencia cierta la corrección de marcaje de nuestros

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contadores y segundo que no existe un sistema de inspecciones reglamentariamente establecido, nada más que el inicial cuando se fabricoy se puso en marcha, no hay un sistema para las revisiones después de la fabricación, esto debería corregirse. Cuestión también ligadaa esta será si nuestros contadores tendrán vigencia ante la inminente liberalización. Nosotros propugnamos la sustitución de los actualescontadores mecánicos por los nuevos contadores electrónicos, que son de mayor exactitud y nos pueden dar registro de cortes y subidasy bajadas de tensión tan problemáticas para los consumidores.

Por último decir que para salvaguardia de los consumidores a las compañías se les controla muy estrechamente por parte delMinisterio de Economía al que tienen que enviar gran cantidad de documentación relativa a la calidad del suministro. Aunque comohemos comentado anteriormente estos controles nos parecen de todo punto insuficientes.

PROBLEMAS DE LOS CONSUMIDORES.Tras un análisis de las encuestas realizadas al 87% de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor en la región de

Castilla la Mancha, y queriendo estudiar unos de los temas que más afectan a los consumidores y usuarios, así como más reclamados,como es el SECTOR ELÉCTRICO, hemos querido conocer la calidad de suministro eléctrico en cada una de las provincias quecomponen nuestra región, así como el tipo de solución que ofrecen las compañías suministradoras de electricidad ante dichasincidencias y reclamaciones.

1.- PROVINCIA DE TOLEDO:En la Provincia de Toledo habiéndose realizado la encuesta a un 89% de las Oficinas Municipales de Información al

consumidor, sobre la calidad del suministro eléctrico en esta zona, nos encontramos que los problemas más frecuentes que afectana los consumidores y, como consecuencia de ello la interposición de reclamaciones a estas oficinas son los cortes de suministroeléctrico (10%), las bajadas y subidas de tensión (34%), así como la avería o rotura de aparatos como consecuencia de dichassubidas y bajadas (23%), facturación (13%), deficiencias en la calidad del suministro y por último la tardanza en el arreglo deaverías, así como excesivo tiempo de respuesta, etc. (10%).

Por otro lado, siendo en la provincia de Toledo tanto Unión Eléctrica Fenosa e Iberdrola las compañías suministradoras deelectricidad, observamos que el 50% de las reclamaciones suelen tener una solución favorable por ambas compañías, es decir que sí sehacen cargo de las incidencias ocasionadas o por lo menos contestan a tales reclamaciones. En un porcentaje del 19% se hacen cargoa veces, es decir que dichas compañías resuelven el asunto dependiendo del tipo del problema que sea, y por último tenemos el casode que no se hagan cargo de dichas incidencias teniendo un porcentaje del 31%.

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Hay que añadir que aproximadamente un 40% de estas oficinas mandan dichas reclamaciones a la Delegación de Industria,teniendo en la mayoría de los casos, igualmente que con las compañías, una solución negativa, incluso que no tienen competenciaal respecto, como ocurre en la localidad de Oropesa o en otros casos donde remitiendo las reclamaciones, éstas se solucionan demanera mucha más rápida, como es el caso de Consuegra. En otros punto, como en la localidad de Sonseca, la Delegación deIndustria ha obligado a mejorar el suministro en dicha zona debido a la baja calidad de éste.

Por último, según los datos aportados por cada OMIC de la provincia de Toledo, se ha llegado a los resultados de que la relaciónexistente entre OMIC y Compañía suministradora de electricidad es buena, teniendo un porcentaje del 64%, seguido de una relaciónnormal cuyo porcentaje es de 18%, muy Buena en un 12% de los casos y finalmente dicha relación es Mala en un 6% de los casos.

Como consecuencia de todo lo anteriormente dicho, decir que en la provincia de Toledo, todavía existen zonas, como son elmismo Toledo, Torrijos, Madridejos Navahermosa, etc, en donde la calidad sigue siendo muy baja, incluso mala, bien debido a quela central es muy vieja y todavía no la han reformado, como ocurre en los dos primeros casos, o incluso no siendo tan vieja, lapotencia es muy poca para su abastecimiento, como ocurre en casi todos los pueblos.

2.- PROVINCIA DE ALBACETE:En la Provincia de Albacete, habiéndose realizado la encuesta a un 67% de la Oficinas Municipales de Información al

Consumidor, sobre la calidad del suminstro eléctrico, nos encontramos que los problemas más frecuentes que afectan a losconsumidores y usuarios y, como consecuencia de ello la interposición de reclamaciones en esta oficina son los cortes de suministro(27%), las subidas y bajadas de tensión (21%), rotura de electrodomésticos a consecuencia de lo anterior (19%), facturacion (6%),deficiencias en el suministro (6%), así como las irregularidades contractuales, tendido eléctrico en malas condiciones o el cableadoen fachadas, etc. (21%).

Por otro lado, en esta provincia hay, además de las compañías eléctricas Unión Fenosa e Iberdrola, otras 11 pequeñascompañías distribuidoras, las cuales pasaremos a estudiar más adelante, observamos que el 6% suelen hacerse cargo de lasreclamaciones puestas por los consumidores, el 75% no suelen hacerse cargo, como ocurre en la mayoría de las localidades de estazona. Las compañías, se remiten al Reglamento Eléctrico de Baja Tensión sin dar luego ninguna solución o contestan con un modeloúnico de carta que no se corresponde con la reclamación remitida. Además, suelen achacar tales defectos o problemas a causas de

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fuerza mayor, o que las averías producidas en los aparatos se deben a un comportamiento anómalo en sus receptores al noresponder adecuadamente ante la falta de suministro eléctrico y su posterior reestablecimiento (Albacete, Villamalea, Alcaraz, etc)

Decir además que cuando las reclamaciones cuando son remitidas a las Delegación de Industria, el 50% de estas oficinas lashan remitido, como suele ser habitual, no dan ningún tipo de solución a los problemas propuestos, lo que suele ser una pérdida detiempo tanto para las OMIC´S como para los consumidores ya que al final los conflictos no se solucionan, ya que la tónica suele serel silencio.

Por último según los datos aportados por cada OMIC de la Provincia de Albacete, se ha llegado a los conclusión de que larelación existente entre estas oficinas y la Compañía Suministradora de electricidad es buena, con un porcentaje del 57%, normalcon un 31%, así como muy buena y mala con un 6 % respectivamente.

En cuanto al incremento o disminución de reclamaciones en este año con respecto a años anteriores, hay que decir que en laprovincia de Albacete en el año 2002, 168 reclamaciones, se ha producido una disminución en cuanto a reclamaciones se refiererespecto al año anterior y posteriores, no como en el 2001, 730 reclamaciones, en donde las reclamaciones subieron el triple conrespecto al año 2000, 232 reclamaciones.

Como consecuencia de todo lo anteriormente dicho, decir que en esta provincia existen un gran números de pueblos en dondela calidad del suministro es deficiente, así como pésimo, hasta tal punto de que con una mínima tormenta se puede ir la luz.

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3º - PROVINCIA DE GUADALAJARAEn la Provincia de Guadalajara, habiéndose realizado la encuesta a un 83% de la Oficinas Municipales de Información al

Consumidor, sobre la calidad del suministro eléctrico en esta zona, nos encontramos que los problemas más frecuentes que afectana los consumidores y, como consecuencia de ello la interposición de reclamaciones a estas oficinas son principalmente las deficienciasen el suministro con un porcentaje del 30%, seguido por los cortes de suministro con 40%, así como por las subidas y bajadas detensión con un 17%. Después nos encontramos con un porcentaje más bajo problemas como el de la facturación con un 4% o laavería o rotura de electrodoméstico con un porcentaje del 9%.

Por otro lado, siendo las compañías suministradoras, al igual que en las provincias anteriores, Unión Fenosa e Iberdrola, asícomo otras tres pequeñas compañías distribuidoras de energía, podemos ver que, suele haber una solución favorable ante lasreclamaciones puestas un porcentaje del 14%, no dando ninguna solución o haciendo caso omiso a las reclamaciones en un 65%.Dependiendo del problema a veces suelen contestar y hasta solucionarlo en un porcentaje del 21%, aunque en la mayoría de loscasos, y sobre todo cuando tienen que indemnizar por avería o rotura de aparatos eléctricos no tienden a llegar a un acuerdo.

Hay que añadir también, según los datos aportados por cada OMIC de la provincia de Guadalajara, que se ha llegado a laconclusión de que la relación existente entre dichas oficinas y las compañías eléctricas es buena y fluida con un porcentaje del 57%,normal con un 29%, así como muy buena y mala con un porcentaje del 7% respectivamente.

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Hay que añadir, que el 24% de las OMIC´S de esta provincia han remitido alguna reclamación a la Delegación de Industria,manteniendo silencio por su parte ya que la mayoría están esperando todavía que les den algún tipo de contestación al respecto.

Por último decir, que el número de reclamaciones en el año 2002 ha incrementado con respecto a años anteriores en un 31%,respecto al año2001 y en un 10% respecto al año 2000.

4º -PROVINCIA DE CIUDAD REALEn la Provincia de Ciudad Real, habiéndose realizado la encuesta a un 73% de la Oficinas Municipales de Información al

Consumidor, sobre la calidad del suministro eléctrico en esta zona, nos encontramos que los problemas más frecuentes entre losconsumidores y, como consecuencia de ello la interposición de reclamaciones a estas oficinas son tanto los cortes del suministrocomo la rotura de electrodomésticos a consecuencia de las subidas y bajadas de tensión con un porcentaje del 22%, las subidas ybajadas de tensión con un 16%, la facturación con un 14% y las deficiencias del suministro eléctrico con un porcentaje del 12%.

Por otro lado siendo la compañía Unión Fenosa la que lleva casi todo el suministro eléctrico en esta zona, ya que Iberdrola sólosuministra a la localidad de Anchuras y sus cuatro pedanías, así como otras cinco pequeñas compañías distribuidoras, observamosque el 9% suelen tener una solución favorable entre ambas partes, sobre todo en cuanto a cobros por roturas (Campo de Criptana),mientras que el porcentaje de un 68% la compañía no da ningún tipo de solución al problema, bien por que han mirado la línea yno hay fallos o por que no le constan incidencias (Abenojar o Alcazar de San Juan).

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Añadir también que en algunos pueblos como en Alcazar de San Juan, desde que cambió la estructura de UniónFenosa y el cliente es atendido a través de empresas contratadas para ello, el trato se ha visto deteriorado, lo que harepercutido en el incremento de las reclamaciones. En Bolaños, en este año han reformado las líneas debido a la bajacalidad existente y en la comarca de Valdepeñas, el suministro eléctrico es tercermundista en algunos pueblos, comoCastellar de Santiago.

El 60% de la OMIC´S han tramitado alguna reclamación a la Delegación de Industria, en la mayoría de los casos no dándoleninguna solución o esperando contestación al respecto, como es el caso de Porzuna, que en el año 2001 tramitaron unas 50reclamaciones no dándole solución a ninguna. En Almagro, por el contrario, el año pasado tramitaron una reclamación, resolviéndosefavorablemente relacionada con los cortes en el suministro.

Por último y según los datos aportados por estas oficinas municipales, se ha llegado a los resultados de que la relación existenteentre éstas y las compañías suministradoras es buena en un porcentaje del 54%, normal en un 32%, muy buena en un 9% y malen un porcentaje del 5%

Por último y analizando tanto las reclamaciones como informaciones producidas des el año 2000 hasta el año 2002 en estaprovincia, decir que se ha sufrido un incremento en el año 2002 con respecto a años anteriores, ya que ha habido 126 consultasy 98 reclamaciones, habiendo en el año 2001, 88 reclamaciones y 88 consultas y en el año 2000, 106 consultas y 97reclamaciones.

5º -PROVINCIA DE CUENCAEn la Provincia de Cuenca, habiéndose realizado la encuesta a un 73% de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor,

sobre la calidad del suministro eléctrico en esta zona, nos encontramos que las reclamaciones más frecuentes que afectan a losconsumidores y, como consecuencia de ello la interposición de reclamaciones en estas oficinas son los cortes en el suministro con unporcentaje del 31%, las subidas y bajadas de tensión con 20%, la rotura o avería de aparatos, como consecuencia de lo anterior,en un 23%, así como la deficiencia en el suministro eléctrico en un porcentaje del 4%.

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Por otro lado, siendo Iberdrola la compañía mayoritaria en cuanto a suministro se refiere, así como cuatro pequeñas compañíasdistribuidoras y Unión Fenosa en muy pocas localidades, observamos que el 34% de las reclamaciones se solucionan favorablemente,no siendo así en un porcentaje del 59%, bien por alegar causas de fuerza mayor, bien por que no es de su competencia. En algunoscasos admiten que hubo avería, pero no en los aparatos receptores ya que, según ellos, estos deben estar protegidos contra lasincidencias que puedan ocurrir (Las Pedroñeras), cuando muchos de estos aparatos se encontraban apagados. En otras zonas elservicio es más efectivo ya que sí se hacen cargo, hasta el punto de que si se va a producir algún corte la empresa suele avisar.

El 20% de estas Oficinas Municipales han remitido alguna reclamación a la Delegación de Industria, no dándole ningunasolución al respecto, e incluso respondiéndoles que no son competentes para resolver conflictos de cantidades monetarias por dañosmateriales. Cualquiera que sea la causa no ayudan ni orientan técnicamente.

Según los datos aportados por las OMIC´S de la provincia de Cuenca, se ha llegado a la conclusión de que la relación existenteentre éstas y las compañías eléctricas es buena en un porcentaje del 81%, normal en un 16% y muy buena en un porcentaje del 3%.

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VALORACIÓN FINAL Y SOLUCIONES.

La conclusión a la que podemos llegar tras este análisis de la situación del suministro eléctrico en nuestra región es que no esmuy diferente, como decíamos al principio de la del resto de comunidades españolas.

La calidad ha mejorado, como demuestran el Tiepi y el Niepi, como no podía ser de otra forma corriendo los tiempos quecorren pero aún así no es suficiente, no es lógico que haya ciudadanos de primera y de segunda, es decir, porqué los habitantes delas ciudades tienen unos niveles de calidad aceptables y los de las poblaciones rurales no, aunque las leyes establezcan distintaszonas de calidad, no debería ser así, hay que reformar las leyes para igualar a todos los ciudadanos. Podemos entender que no searentable el llevar el suministro hasta el último pueblo, por eso es imprescindible que las Administraciones inviertan de maneraespecial en las zonas rurales y en las regiones menos industrializadas, aunque evidentemente sin descuidar las zonas con mayorpoblación o las zonas industrializadas. No es lógico que en siglo XXI tengamos que estar hablando de calidad zonal, sino quetendíamos que hablar de continuidad permanente a niveles de onda y de tensión adecuados.

El crecimiento igualmente de las poblaciones, sin un sobredimensionamiento de las redes y de las potencias está llevando a quetambién en las grandes poblaciones y en otras que no lo son pero que tienen mucha afluencia de gente en determinadas épocas delaño, tengamos que hablar de cortes o de subidas y bajadas de tensión. Necesitamos una política de inversiones en infraestructurasque palie todos estos problemas.

Para empezar, y tras consultar con técnicos, nos indican que tal vez una solución a largo plazo sería la de cambiar la corrientede suministro de nuestros hogares a 380V, ya que se tendrían menos problemas de calidad, de hecho la potencia actual de suministroen muchas zonas ya no es los 220V, sino 230V.

Hace falta crear una doble entrada de suministro a las poblaciones, creando anillos o cinturones, para que si el suministro deuna estación o subestación se vienen abajo se pueda suministrar a la localidad por la otra entrada, así producir el menor dañoposible.

También hay que tener en cuenta que las políticas actuales tienden a la eliminación de las centrales nucleares, y no nos parecemal, lo que si hay que tener en cuenta es que la energía que sale de las centrales nucleares una vez amortizadas es la más baratay de donde sale más cantidad de energía. Por tanto hay que desarrollar de manera inminente las energías no contaminantes y lasrenovables a niveles de cantidad y de calidad que no hagan que tengamos que recurrir a las energías provenientes de las centralesnucleares y de las centrales contaminantes.

Las Administraciones competentes tienen que perderle el miedo y el respeto a las grandes compañías eléctricas, que son lasmayores accionistas de los grandes grupos empresariales del país y por tanto las que dirigen de cierta forma las políticas económicas,necesitamos una mayor independencia y que no haya distorsión en el sistema económico y político que haga que en muchos casoslas empresas eléctricas campen impunemente, haciendo lo que les da la gana.

Por último indicar que estamos en un proceso de cambio de entrada de la liberalización a los consumidores, que prevemos, quecomo en los países europeos donde ya ha entrado la liberalización que esta no va a llegar tan deprisa al consumidor final y que porlo tanto habrá que esperar unos cuantos años. También es de temer la política cuasi monopolista que están desarrollando lascompañías en el reparto zonal o de influencia, esperemos que las autoridades establezcan una libre competencia y que esta supongaun abaratamiento del suministro y una mayor calidad.

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ESTUDIO DE COBERTURAS DE RIESGOS RELACIONADOS CON EL SUMINISTRO ELÉCTRICOEN LAS PÓLIZAS MULTIRIESGO DEL HOGAR

Habiendo pedido un estudio a seis compañías aseguradoras de la localidad de Ciudad Real relativo a los daños producidos sobre la basedel suministro eléctrico, pasamos a reproducir los resultados obtenidos, observando que dichas compañías cubren casi todas tanto los mismosdaños materiales como los daños a bienes refrigerados, así como los que no cubren, variando sobre todo en cuanto a cobertura máxima serefiere, como podemos apreciar en las tablas que a continuación se detallan.

Dicha cobertura máxima oscila entre 1803,04 euros y 6010,01 euros por siniestro respecto a los daños materiales y entre150,25 euros y 305 euros en daños materiales refrigerados. En cuanto a la antigüedad que deben tener los aparatos eléctricos paraque éstos no queden cubiertos oscila entre cinco y diez años, o que el valor de dicho aparato no sea inferior a 60,10 euros. En loque si se ponen de acuerdo es, que no cubre los daños bienes refrigerados por corte de suministro inferior a seis horas consecutivas.

Por último cuando la vivienda se encuentre deshabitada por un período superior a 48 horas o 96 horas, dependiendo de la compañíaaseguradora, los daños expuestos a continuación no serán cubiertos, debiéndose además justificar la ocurrencia del siniestro mediante facturade reparación de la avería o justificación documental de la empresa suministradora de energía.

NOMBRE DE LAASEGURADORA

HECHOS CUBRE NO CUBRE CONDICIONES

DAÑOSMATERIALES

GROUPAMA

DAÑOS DEALIMENTOS

REFRIGERADOS

! Causados porcorrientes anormales.

! Cortocircuitos.! La propia combustiónde los bienes eléctricos.

! Los daños causados atubos de imagen y fuentesde alumbrado.

! Los daños cubiertos porla garantía del fabricante ocontrato de mantenimiento.

! La propia combustión delos bienes eléctricos.

! Los daños debidos aldesgaste por el uso.

! Rotura o el propiofuncionamiento mecánicodel objetivo.

! Cobertura máxima del10% del capital aseguradode continente a primerriesgo.

! Que se garantice elcontinente como lasinstalaciones eléctricasy otros accesorios de lainstalación.

! Que se garantice elcontenido aparatoseléctricos o electrónicoscon atigüedad inferiora 5 años desde la fechade la compra.

! El límite máximo de1803.04 E. porsiniestro.

! Si está asegurado elcontenido la pérdida odeterioro de los alimentosdestinados al consumofamiliar.

! Si están contenidos en elfrigoríficos o congeladores.

! Si la causa del fallo delsuministro eléctrico tiene unaduración demás de 6 horas.

! Que el aparato no tengauna antigüedad superiora 10 años.

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NOMBRE DE LAASEGURADORA

HECHOS CUBRE NO CUBRE CONDICIONES

DAÑOS EN LAINSTALACIÓNELÉCTRICA

MAPHRE

! Los aparatos o equiposque estén a ellaconectados.

! Los costes dedesplazamiento y lasprimeras 3 horas de manode obra en caso dereparaciones de averíaseléctricas.

! Ausencia total desuministro de energíaeléctrica en la viviendasiempre.

! Las averías cuya cuantíasea superior a 350 euros.

! Los daños que puedan sufrirlos aparatos como consecuenciade defecto en el funcionamientode los mismos.

! En los casos en los que serequiera reparación urgente.

! Los derivados deactividades de electricidad.

! Los causados por mala fedel asegurado.

! Los producidosencontrándose la coberturaen suspensión por falta depago en primas.

! No se indemniza los dañoscuando el período sinsuministro elécrico sea inferiora 6 horas consecutivas.

! Que esté asegurado elmobil iario porcorrientes anormales ocortocircuitos.

! En el caso de que elorigen de la avería sesitúe en el interior dela misma o en algunade sus dependencias.

! En el caso dereparación urgente elasegurado deberáhacerse cargo del costede los materialesempleados y del excesode mano de obra quepudiera producir.

DAÑOSELÉCTRICOS

AXA HOGARDAÑOS EN

REFRIGERADOS

SINIESTROS

DAÑOSMATERIALES

! Las bombillas, lámparas,halógenos, tubosfluorescentes o similares.

! Los daños que hayapodido sufrir el frigoríficoo congelador.

! Los daños que puedancausar los alimentos aotros objetos al deteriorse.

! Los años y/o pérdidas delos que sea legal oresponsable el fabricante oproveedor del aparato.

! Los aparatos deantigüedad superior a 8años.

! Límite de 601 eurospor instalación o porcada aparato.

! Límite de laindemnización de601.001 euros porsiniestro.

! Corrientes anormales deelectricidad o cortocircuitos.

! El envío de un electricistapara que reanude el servicioen caso de que por causaaccidental no tenga luz enel hogar del asegurado.

! La podredumbre quesufran los alimentos.

! Los congelados contenidosen los frigoríficos y en loscongeladores comoconsecuencia de falta desuministro eléctrico oaverías de dichos aparatos.

! Gastos adicionales como:tasas de bombero,demolición o descombro,reexpedición de ladocumentación destruída,restauración estética.

! Alojamiento provisionalmáximo de 12 meses.

! La pérdida de ingresos poralquileres máximo 12 meses.

! Daños materiales que sufrala instalación eléctrica de laedificación.

! Los aparatos eléctricoscomo consecuencia decorrientes anormales deelectricidad o cortocircuitosasí como alteracioneseléctricas de tormentas yrayos.

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NOMBRE DE LAASEGURADORA

HECHOS CUBRE NO CUBRE CONDICIONES

POLIHOGAR

! Los aparatos eléctricosy electrodomésticos parauso particular en suvivienda.

! Los daños que sufran porcausas debidas a laelectricidad o la caída derayo, aún cuando no seproduzcan por incendio.

! Fallo de suministro deenergía eléctrica superiora 6 horas.

! Del capital aseguradosobre el contenido segarantizan hasta unmáximo de 150.25 eurospor siniestro.

! Los daños sufridos porlos alimentos contenidosen el frigoríf ico ocongelador de usodoméstico a consecuenciade deterioro oputrefacción causada porla elevación delatemperatura resultantede la avería.

! Los tubos eléctricos ycatódicos, fusibles y cintas.

! Lámparas eléctricas y susinstalacines.

! Aparatos que tengan unaantigüedad superior a 5años, salvo que en esteúltimo caso, los daños seanproducidos por la caída deun rayo.

! Siniestros ocurridoscuando la viviendapermanezca deshabitadadurante un períodosuperior a 96 horasconsecutivas.

! Daños que puedan quedaramparados por un contratode mantenimiento o bajogarantía del fabricante.

! Falta de corriente duranteperíodosinferiores a 6horas consecutivas.

! El l ímite de lainstalación eléctrica fijadel continente es de1803.04 euros.

DAÑOSELÉCTRICOS

DAÑOS ENREFRIGERADOS

SINIESTROS

NOMBRE DE LAASEGURADORA

HECHOS CUBRE NO CUBRE

AEGÓNSEGUROS

! Los causados en las instalaciones,aparatos eléctricos y sus accesorios,aún cuando de ello no se origineincendios.

! Los deterioros o pérdidas dealimentos depositados en frigoríficoso equipos de refrigeración.

! Daños causados por la paralizaciónde la instalación frigorífica por averíade la misma.

! La contaminación que sufren losalimentos como consecuencia deescape de gas refrigerante.

! El corte de fluído eléctrico por partede la empresa suministradora hastael límite máximo de 300.51 euros porsiniestro.

DAÑOSELÉCTRICOS

DAÑOS ENREFRIGERADOS

SINIESTROS

! Los electrodomésticos cuyo valor seainferior a 60.10 euros.

! Aparatos de uso profesional.

! El uso o desgaste normal porfuncionamiento.

! Cuando la vivienda permanezcadesocupada por período superior a 48horas.

! Las reclamaciones producidas cuandoel siniestro se origine por culpa delaseguado.

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NOMBRE DE LAASEGURADORA

HECHOS CUBRE NO CUBRE CONDICIONES

ALLIANZSEGUROS

! La reparación de dichosdaños que sufran losbienes asegurados.

! La reposición cuandodesaparezcan o sedestruyan.

! Cortocircuitos.! Sobretensiones.! Inducción al rayo.! Por falta de energíaeléctrica comoconsecuencia de avería delas instalaciones fijas dela edificación.

! Podredumbre, en casode fallo del suministroeléctrico.

! La reparación oreposición de las bienes aconsecuencia de dañosmateriales, destrucción odesaparición.

! El 100% del precio elos serviciosgarantizados.

! En caso de siniestroel asegurado deberáinformar en el plazomáximo de 7 días.

! Aportación de pruebasdel sinistro para que sepueda realizar elcorrespondient peritaje.

DAÑOSMATERIALES

DAÑOS ENALIMENTOS

REFRIGERADOS

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CONSEJOS PARA AHORRAR ENERGIA ELECTRICA

Aunque estos consejos están específicamente pensados para ahorrar electricidad, no son exclusivos de esta materia, puesto quese pueden aplicar a muchos otros tipos de recursos energéticos.

Una cuestión antes de entrar en materia sería dar un consejo general a la hora de ahorrar energía eléctrica. Como saben existela posibilidad de contratar la tarifa nocturna en nuestros hogares la 2.0N. Esta tarifa lo que hace es reducir el coste del suministropor la noche, un poco más del 50% y aumentarlo muy poquito por el día, más o menos un 3%. Simplemente con contratar estatarifa teniendo en casa un frigorífico y un congelador independiente, tipo arcón o similar. Ya estaríamos ahorrando entre un 15 oun 20 % de nuestra factura de electricidad. Si a eso añadimos que podemos cambiar nuestros hábitos de consumo, utilizando lossistemas de programación de algunos electrodomésticos, sobre todo los que más consumen, la lavadora o el lavavajillas, parautilizarlos durante la vigencia de la tarifa nocturna ahorraríamos aún más.

Entrando ya en materia desarrollaremos esta sección haciendo dos grandes divisiones, los recursos destinados a aclimatarnuestros hogares y los recursos que nos ayudan en nuestra vida cotidiana en el hogar.

Empezaremos por los distintos tipos de sistemas que calientan nuestras casas, tanto ambientalmente como en el agua calientesanitaria (A.C.S.).

AGUA CALIENTE:Para cubrir las necesidades de agua caliente en su hogar con toda comodidad, puede elegir entre las siguientes soluciones:

! El calentador eléctrico instantáneo: ideal para obtener agua caliente de manera inmediata optimizandoel espacio y la energía.

! El termo eléctrico: utilizando con la Tarifa Nocturna, le proporcionará agua caliente a bajo coste.

1.- EL CALENTADOR ELECTRICO.1.1 QUÉ ESEs un equipo que calienta el agua de forma instantánea en el momento en el que se necesita. Se compone de una capa

envolvente exterior, cuyas dimensiones son las más reducidas del mercado. En su interior hay un círculo hidráulico y otro eléctrico.1.2 COMO FUNCIONAEl calentamiento lo proporciona la conexión de resistencias eléctricas, que se ponen en marcha en el momento en el que se

abre un grifo de agua caliente.

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1.3 AHORROEl rendimiento global del sistema (equipos + tuberías) es superior al 90% para equipos instalados

cerca de los puntos de consumo.El calentador eléctrico instantáneo disminuye el coste en agua fría desechada, que supone entre el 18% y

el 23% del coste del servicio, siendo prácticamente nulo cerca de los puntos de consumo.El coste del agua caliente utilizada se ajusta a sus necesidades, y por ello hay menor consumo de energía en la

producción de agua caliente (-30%).Se reduce el consumo de energía en la distribución de agua caliente (entre – 40% y –50%) y el ocasionado por el agua

fría desechada (cerca del –90%).Como consejo podemos indicarle que evite usar agua a más de 40ºC. Esta temperatura es más que suficiente para obtener una

sensación de comodidad en la higiene diaria.

Servicio Consumo (kwh)Una ducha (30 litros a 40ºC) 0.98Un baño (90 litros a 40ºC) 2.93Un lavado a mano de vajilla (15 litros a 40ºC) 0.49

Temperatura de entrada del agua a 12ºC y un rendimiento del 100%. Fuente: ENDESA.

1.4 TIPOS1.4.1 HidráulicoEs el estándar en precio y prestaciones. Ideal para instalarlo cerca del punto de consumo. Dispone de una sola

resistencia para los aparatos de pequeño caudal y de dos o tres escalones de resistencia para los aparatos de caudales medios y elevados.Para los equipos de caudal elevado, el mínimo de funcionamiento para los equipos eléctricos es, en general,

algo mayor que los de gas. La gama de potencia va desde 3 hasta 27kw.1.4.2 Electrónico o TermostáticoEs un aparato de última generación recomendable para abastecer toda la casa con un solo equipo. Dispone de

más de cinco combinaciones de resistencias para ajustarse a sus necesidades. Puede cambiarmanualmente las temperaturas prefijadas. Permite limitar la potencia máxima de funcionamiento yfijar dos temperaturas distintas para dos tipos de servicio diferente. La gama de potencias se sitúa desde 6 hasta 27kw.

1.5. INSTALACIONEn función de las necesidades de consumo de su hogar le ofrecemos dos tipos de

soluciones:1. Una con un solo equipo para cubrir las necesidades de todos los puntos de consumo.2. Dos equipos independientes, uno para el fregadero de la cocina y otro para los baños.

Un solo equipo para cubrir las necesidades de todos los puntos de consumo.! Es lo idóneo para puntos de consumo cercano. Consiste en instalar el equipo en uno de los baños, con un corto ramal de

tubería de agua caliente hacia el segundo baño y otro más largo hacia el fregadero de la cocina.! Esta solución tiene en cuenta que la mayor parte del consumo (entre el 85 y el 95%) se produce en los baños.! Un equipo electrónico permite minimizar las pérdidas de energía (cerca del 50%) y agua (cerca del 55%) por las tuberías.

El ahorro de agua y de energía eléctrica es notable.Dos equipos independientes uno para el fregadero de la cocina y otro para los baños.

! Utilice esta solución si los baños de su vivienda están próximos entre sí y la cocina lejos. Consiste en instalar el equipo demayor potencia en uno de los baños, con un corto ramal de la tubería de agua caliente hacia el segundo baño. El segundoequipo se instala bajo el fregadero de la cocina.

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! En esta solución se pueden utilizar equipos hidráulicos o electrónicos, en función de la separación entre los dos baños.Supone un notable ahorro en los costes de uso.

1.6 USOEn equipos electrónicos, regule el termostato entre 40 y 42ºC para demandas de temperaturas en los puntos de consumo entre

38 y 40ºC. Si hay mucha distancia entre el calentador y el grifo más lejano se puede regular la temperatura del termostato a 45ºC.En el caso de equipos hidráulicos con conmutador de potencia, regule la potencia máxima en función del caudal de agua

caliente solicitado para cubrir diversos servicios de forma simultánea y la otra para cuando las necesidades de caudal y temperaturasean inferiores. 1.7 MANTENIMIENTO

Exija y tenga a mano la garantía del fabricante del calentador que cubre la reparación de las averías.1.8 VENTAJAS

! Es el más pequeño de los equipos que se utilizan para producir agua caliente.! Puede ubicarse en cualquier lugar: no necesita chimenea para evacuar humo, ni requiere ventilación.! Puede situarse cerca de los puntos de consumo, lo que ahorra en instalación de tuberías de agua

caliente.! No exige ampliaciones en las instalaciones de extensión de los edificios.! Reduce las posibles consecuencias de la coexistencia entre gas y electricidad y anula el riesgo de fugas de gas.! Trabaja en circuito abierto, sin problemas de sobrepresión.! Dispone de sistemas que desconectan el aparato en ausencia de circulación de agua, falta de presión o sobrecalentamiento

del agua.! No hay riesgo de quemaduras por agua excesivamente caliente, gracias a la regulación de temperatura de salida.! Dispone de un sistema de laberinto para la salida del agua, que impide potenciales eléctricos de salida peligrosos.! Dispone de conexión a la red de puesta a tierra y de la protección del interruptor diferencial del cuadro de mando.! El mantenimiento es nulo! El rendimiento del equipo es prácticamente del 100% en el calentamiento del agua.! Reduce las perdidas por tuberías en mas de un 50%, al distribuir prácticamente a la temperatura de uso.! Preparado para el reciclaje de los materiales componentes.! No consume oxígeno! No produce fugas de humos calientes ni gases tóxicos.

2.- EL TERMO ELECTRICO2.1 QUÉ ESEs un recipiente a presión que calienta y almacena el agua. El agua fría de la red general entra en el termo y se calienta hasta

la temperatura marcada por el termostato.2.2 CÓMO FUNCIONAPara que un termo eléctrico funcione correctamente:

! El agua debe estar disponible en todo momento.! La cantidad de agua debe ser suficiente para cubrir la demanda de la vivienda.! Tiene que suministrar agua a la temperatura deseada.! El consumo energético debe de realizarse durante la noche (Tarifa Nocturna), para que realmente sea interesante su coste.! Las resistencias eléctricas calientan el agua hasta donde marque el termostato.! Calentado todo el volumen del agua a la temperatura de preparación, las resistencias eléctricas se desconectan, cesando el

consumo.Cuando se abre un grifo, el agua caliente se extrae mediante un conducto interior en la parte superior del termo. El agua fría

que se repone entra por la parte inferior. La mayoría de los termos incluyen un deflector, que asegura que el agua fría entrante nose mezcle con la caliente.

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2.3. AHORROEl uso racionalizado de un termo adecuado junto con el consumo en periodo de Tarifa Nocturna, le proporcionará una solución

segura y económica para disfrutar de agua caliente.

Servicio Consumo(kwh)Una ducha(30 litros a 40ºc) 1,09Un lavado a mano de vajilla (15 litros a 40 º c) 0,54Un baño(90 litros a 40ºc) 3,26

Temperatura de entrada del agua a 12º C y un rendimiento del 90%. Fuente: Endesa.

2.4 ¿QUÉ CAPACIDAD DE TERMO NECESITA?

ACUMULACION CON TARIFA NOCTURNANumero de ocupantes de la vivienda Volumen en litros1-2 100 a 1503-4 150 a 2005-6 200 a 300

2.5 ELEGIR BIENElija un termo capaz de servir la cantidad de agua que necesite su hogar. Tenga en cuenta la naturaleza del agua de

su zona, para evitar la corrosión del depósito. Asegúrese de que dispone de un aislamiento del tipo y grosor necesarios, para evitarel derroche de energía.

2.6 TIPOS2.6.1 Termos convencionalesTienen capacidades que generalmente oscilan entre los 10 y los 200 litros. El consumo producido para el calentamiento

del agua se debería realizar en el periodo de la Tarifa Nocturna. La rapidez de calentamiento del agua depende de lapotencia calefactora de la resistencia eléctrica.

2.6.2 Termos de doble nivelDisponen de doble resistencia y doble termostato. Su rendimiento es óptimo. Suelen incorporar válvula

termostática a la salida del agua caliente, para distribuirla a una temperatura próxima a la de utilización y reloj programador. Lagama de potencias oscila entre 1 y 5 kw.

2.7 INSTALACIONPuede instalar el termo en cualquier local, ya que no necesita: ventilación, chimenea, ni salida de gases.Procure dejar accesible el termo para facilitar su mantenimiento o reparación.En edificios colectivos, el termo puede colocarse en armarios, debajo de los fregaderos, altillos o falsos techos.Existen modelos verticales y horizontales.Es mejor situar el termo próximo a los puntos de consumo, para un uso más racional de la energía.En cuartos de baño, respete los volúmenes de prohibición y protección para evitar que el agua salpique el interior de la caja

de conexiones.La instalación eléctrica es muy sencilla. Para su funcionamiento con la tarifa nocturna han de estar conectados

a un circuito que indique el inicio y el final del periodo nocturno. Una instalación adaptada a cada hogar:1.- Una con un solo equipo para cubrir las necesidades de todos los puntos de consumo.2.- Dos equipos independientes, uno para el fregadero de la cocina y otro para los baños.

Un solo equipo para cubrir las necesidades de todos los puntos de consumo.Ideal cuando los baños y la cocina de su vivienda estén muy próximos entre sí. Se instala el termo en la cocina o en

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uno de los baños, con un corto ramal de tubería de agua caliente hacia el segundo baño y otro un poco más largo hacia elfregadero de la cocina. Esta solución tiene en cuenta que la mayor parte del consumo se produce en los baños. Es recomendableincorporar una válvula termostática a la salida del equipo, para minimizar las perdidas y un mayor ahorro.Dos equipos independientes, uno para el fregadero de la cocina y otro para los baños.

Recomendada cuando los baños estén próximos entre sí y la cocina lejos. Se instala el equipo de mayor capacidaden uno de los baños, con un corto ramal de tubería de agua caliente hacia el segundo baño. El segundo equipo se ubica bajoel fregadero de la cocina para dar servicio a este.

2.9 USOSi el agua caliente que acumula el termo durante la noche resulta insuficiente para todo el día, aumente la temperatura

de calentamiento con su termostato. Puede ajustarse el programador para que el termo pueda conectarsetambién de día, para cubrir las necesidades puntuales de agua caliente. Deje salir primero el agua fría y después mézclela con aguacaliente.

Consulte el manual de instrucciones ante cualquier duda.2.10 MANTENIMIENTOElimine las incrustaciones del depósito y de la válvula de seguridad cuando observe que el caudal

de agua caliente ha disminuido considerablemente.Compruebe que la temperatura del agua caliente no sobrepase los 60º C.Se reducirá la corrosión y disminuirá la calcificación en un 50%.Exija y tenga siempre a mano la garantía.2.11 VENTAJAS

! El funcionamiento del sistema es muy sencillo y totalmente automatizado.! El agua puede obtenerse a las condiciones de confort deseadas gracias a su programación.! Una sola instalación cubre todas las necesidades de su vivienda. Puede situarse en cualquier lugar.! Permite aprovechar el periodo de la Tarifa Nocturna.! En el punto de producción no consume oxígeno ni produce humos, ni gases que contaminen.

2.12. INCONVENIENTES! Si nos quedamos sin agua fuera del horario de Tarifa Nocturna supone un considerable aumento del coste de

funcionamiento, ya que el consumo eléctrico del aparato es elevado.2.13. CONSEJOS

! Con una válvula mezcladora en la salida del termo, tendrá permanentemente el agua caliente a la temperatura de uso (unos40ºC) y ahorrará energía.! Si regula la temperatura del agua por encima de los 60º C, malgastará energía y reducirá la duración del termo.! Compruebe nuestro apartado de Energías Alternativas, como se puede utilizar la energía fotovoltaica para obtener aguacaliente sanitaria, se sorprenderá.! Si sustituye un termo de poca capacidad por un termo acumulador y contrata la Tarifa Nocturna, puede ahorrar mas de

la mitad de los gastos de agua caliente.! Si se ducha, en vez de bañarse, consumirá prácticamente la cuarta parte de agua y energía.

CLIMATIZADOR1.- QUÉ ES

Es el único sistema que mantiene la temperatura idónea en su vivienda durante todo el año con una solo instalación. Funcionacomo aire acondicionado en verano y como calefacción en invierno, con los costes de funcionamiento más bajos del mercado.Exteriormente el climatizador es como un aparato de aire acondicionado, y su instalación es fácil, sencilla y asequible.

2.- CÓMO FUNCIONAEl climatizador transporta el calor de una fuente a otra. Si este transporte se realiza desde el interior de la vivienda hacia

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el exterior, el aparato funciona como un equipo de aire acondicionado. Y si el transporte se realiza desde el exterior alinterior funciona como un sistema de calefacción.

3.- AHORROEl primer factor de ahorro del climatizador es el hecho de que con un solo aparato, de sencilla instalación, cubrimos las

necesidades de frío en verano y de calor en invierno. Además sus costes de funcionamiento son entre un 30 y un 65% inferiores alos de cualquier otro sistema.En el cuadro siguiente se detallan los costes orientativos para climatizar una vivienda de 90m2 de superficie útil, con comedor,cocina, 4 dormitorios, baño y aseo, con climatizador.

VIVIENDAS EN UN EDIFICIO COLECTIVO O UNIFAMILIARES ADOSADASClima Coste orientativo (euros/año)Litoral 337Pre-litoral 451Interior 565

VIVIENDAS UNIFAMILIARES AISLADASClima Coste orientativo (euro/año)Litoral 409Pre-litoral 529Interior 680

No se ha considerado el clima montañoso, ya que la refrigeración en esta zona no es necesaria y por tanto la aplicación de unabomba de calor no es recomendable.

4.- ELEGIR BIENBusque el asesoramiento de un instalador especializado.Para obtener el máximo confort es imprescindible que el cálculo de las frigorías y calorías necesarias se realice con

fiabilidad suficiente. Para ello, el instalador tendrá en cuenta las características de la vivienda: orientación detallesconstructivos, fuentes de calor, etc.

El sistema de distribución del aire debe ser el adecuado para que el calor y el frío se repartan uniformemente.Para ventilar las habitaciones el sistema de climatización debe de tener una toma de aire exterior.

5.- MANTENIMIENTOLa unidad interior dispone de un filtro que sirve para limpiar el aire de la vivienda y que usted mismo puede mantener siempre

limpio, siguiendo las indicaciones del fabricante.

6.- VENTAJASSe trata de equipos de instalación exterior, integrados en el falso techo o en la propia dependencia a calefactar.Su coste es menor que el de instalar un aparato de calefacción y un refrigerador.No se inutiliza una dependencia para calderas, no precisan contacto directo con el exterior ni chimeneas o aberturas de ventilación.El aprovechamiento de la superficie de cada dependencia es máximo sin hipotecar ninguna solución

decorativa. La unidad exterior puede ubicarse en terrazas o azoteas.No hay peligro de incendio o explosión, ya que no existe acumulación de combustibles ni tuberías de combustibles o

llama. No existe riesgo de intoxicación, ya que no tiene salida de humos. Se evitan las aberturas de ventilación olos detectores de fugas.

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La energía eléctrica es una energía segura, con protecciones para toda la vivienda (cuadro general de mando y protección),para la línea de alimentación a los equipos (PIA) y para las personas (diferencial, tierras)

No existe peligro si es manipulado por niños pequeños o funciona desatendido.Permite la programación de funcionamiento o el encendido, apagado o regulación por orden telefónica.

7. INCONVENIENTES! Cada vez más los nuevos aparatos que se instalan buscan el hacer el menor ruido posible, busque usted este tipo de

aparatos.! Los aparatos de aire acondicionado, resecan en exceso el ambiente, utilice humidificadores para evitar el desarrollo de

algunos gérmenes y el malestar a la hora de respirar.! Estos aparatos son a veces poco estéticos y ruidosos, asesorar por profesionales a la hora de su instalación.

8. CONSEJOS! En verano los toldos y ventanas disminuyen las necesidades de frío.! El aislamiento de la vivienda contribuye al ahorro de energía, así como una buena ventilación a primeras horas del día,

sobre todo en verano.! Una temperatura de 20ºC, en invierno y 25ºC. En verano son suficientes para estar a gusto en casa. Cada grado que

disminuya o aumente entre la temperatura. Estará consumiendo un 8% más de energía.! Limpie con frecuencia los filtros y los condensadores de los equipos.! No exija ni mucho frío, ni mucho calor al climatizador a la hora de ponerlo en marcha. No refrescará o calentará el

ambiente rápidamente, solo gastará más energía.! Desconecte el climatizador cuando no hay nadie en casa o en la habitación que esté aclimatando.! Instale un termostato si su aparato no lo tiene incorporado, o si no proporciona información precisa sobre la temperatura.! Los niveles de potencia de estos aparatos tienen que estar en relación con los metros cuadrados de la dependencia donde

se instalen, déjese de asesorar por un profesional.

SISTEMAS DE CALEFACCIONUno de los elementos más importantes para que se sienta realmente a gusto en su hogar es mantener una temperatura

confortable durante el invierno. Para conseguirlo, vamos a explicarles las ventajas e inconvenientes de dos sistemas que utilizan laelectricidad.

1.Acumuladores de calor.2.Cable radiante.

1.ACUMULADORES DE CALOR1.1. QUÉ SONAlmacenan calor durante la noche para cederlo durante el día, aprovechando así la Tarifa Nocturna.Se componen de:

! Bloque acumulador: Constituido por placas de material refractario que deben presentar un calor específicoelevado y la máxima densidad.

! Resistencias calefactoras: Insertadas en el interior del núcleo acumulador calientan toda la masa del refractoriouniformemente.

! Aislamiento térmico: Conserva el calor acumulado y limita la temperatura superficial del mueble del aparato.! Dispositivo de seguridad: Desconecta el aparato si se produce una elevación inadecuada de la temperatura.! Termostatos. De dos tipos:! Termostato de carga: Regula la cantidad de calor que tiene que almacenar el acumulador por la noche y el

consumo de energía.! Termostato de emisión: Regula la cantidad de aire caliente que emite el acumulador.

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Por su sencillez de instalación y la capacidad de adaptar su consumo a la Tarifa Nocturna, los acumuladores ofrecen unaexcelente relación entre gasto y prestaciones.Su rendimiento es máximo, su mantenimiento nulo y el coste con tarifa nocturna menor al de los sistemas de gas.

Los costes orientativos para calefactar una vivienda de 90m2 de superficie útil, que consta de comedor, cocina, 4dormitorios, baño y aseo, con un sistema mixto de acumuladores y convetores, se exponen en el cuadro.

VIVIENDAS EN UN EDIFICIO O DE UNIFAMILIARES ADOSADASClima Coste orientativo (euros/año)Litoral 283Pre-litoral 391Interior 577Montañoso 692

VIVIENDAS EN UN EDIFICIO O DE UNIFAMILIARES ADOSADASClima Coste orientativo (euros/año)Litoral 349Pre-litoral 469Interior 692Montañoso 806

1.2. INSTALACIONLa instalación se realiza de la siguiente manera:

! Acumuladores de calor estáticos y dinámicos en las zonas de la vivienda de utilización diurna.! Ventilo-convectores en baños y aseos.! Convectores naturales en el resto de dependencias. Los convectores transmiten el máximo calor a la mínima

temperatura y evitan problemas de sequedad del ambiente.1.3. TIPOS1.3.1 ESTÁTICOSDisponen de una entrada de aire en la parte inferior y de una rejilla de salida en la parte superior.

El aire de la habitación circula a través del núcleo y se calienta a su paso.La descarga de calor se realiza desde la superficie del aparato y, en menor medida, por la circulación del aire a través

del núcleo.La salida del aire se regula variando, manual o automáticamente, la posición de una compuerta situada en la parte

superior del aparato.Son más económicos y sencillos de instalar que los dinámicos. La gama de potencias oscila entre los 0.7 y 3,5 kw. Son los masadecuados para las zonas en las que no se desea un control de temperatura exacto.

1.3.2 DINAMICOSTambién existen unos conductos de circulación del aire a través del núcleo. La salida del aire caliente se efectúa

forzada por una turbina o ventilador.La descarga de calor se produce por el aire impulsado por la turbina. Un termostato ambiente regula la temperatura

de la habitación, controlando el funcionamiento de la turbina.Puede incorporar resistencias de apoyo adicional, que ayuden a generar calor en situaciones mas complicadas.

Recomendamos para las dependencias que requieren una regulación mas precisa de la temperatura o restitución de calorrápida, sacando el máximo partido a la tarifa nocturna.

La conexión de la turbina de descarga debe estar conectada un circuito alimentado durante el día. Las potencias estándar vandesde 2000 a 8000w, y la estrecha desde 1200 a 3600w.

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1.4 ELEGIR BIENBusque el asesoramiento de un instalador especializado que realice el cálculo de necesidades de calor de su vivienda.! Solución 1. – ACUMULACION TOTAL.

Acumuladores estáticos y dinámicos. Aconsejable para zonas frías o muy frías.Se instalan acumuladores dinámicos en dependencias que requieran un control preciso de temperatura.En el resto de dependencias se colocan acumuladores estáticos.En los baños y aseos, se recomienda instalar ventilo-convectores.

! Solución 2. - ACUMULACION MIXTA.Acumuladores estáticos, dinámicos y convectores.Aconsejable para zonas templadas. Permite desplazar a la noche un 40 y un 80 % del consumo

total de calefacción. La gama de potencias oscila entre los 500 y 2000 W.1.5 USOEs conveniente realizar una carga y descarga completa durante los dos primeros días. Para evitar olores,

mantenga las ventanas abiertas durante la primera puesta en marcha.Selecciones la posición del regulador de carga, según sea el tiempo mas o menos frío.No cubra los aparatos para no disminuir su eficacia.Compruebe el funcionamiento correcto del reloj programador, para aprovechar la Tarifa Nocturna.1.6 MANTENIMIENTOEl mantenimiento es nulo.Limpie el acumulador cuando se encuentre desconectado y frío, con una bayeta húmeda. No utilice nunca productos

abrasivos.Tenga a mano la garantía del fabricante de los aparatos.1.7 VENTAJAS

! El funcionamiento del sistema está totalmente automatizado y es programable.! Es muy fácil de usar.! Permite regular diferentes temperaturas en la vivienda.! Una sola instalación cubre todas las necesidades energéticas de su vivienda.! Puede instalarse en cualquier lugar.! Los aparatos se sitúan en las mismas dependencias a calefactar.! Reduce el riesgo por coexistencia entre gas y electricidad.! Máxima seguridad contra fugas de corriente, cortocircuitos y descargas.! El mantenimiento es nulo. El rendimiento es del 100%.! Permite el aprovechamiento total de las aportaciones gratuitas de calor en la vivienda.! Con la incorporación de las centralitas de carga automáticas, los aparatos cargan sólo la cantidad de calor

necesaria.! No consume oxígeno en el punto de producción, ni produce hemos ni gases contaminantes.

1.8 INCONVENIENTES! Se ha detectado que algunos aparatos producen cierto humo, que provoca un ennegrecimiento de las paredes de la casa.

Con el consiguiente gasto de tener que pintarlas.! Un incorrecto uso puede hacer que en determinadas horas del día no haya aportación de calor, lo que puede ser muy

incómodo y desesperante.! Hay que tener en cuenta que hay acumuladores que para cargarse tienen que estar encendidos por la noche por lo que

puede que haya calor excesivo.! Con este sistema podemos encontrarnos con la paradoja que a primeras horas de la mañana tengamos una temperatura

agradable en casa, y que por la tarde noche, se haya acabado todo el calor almacenado y tengamos frío, y necesitemoscompletar la falta de calor con aparatos extra, a tarifa diurna, lo que nos encarece la climatización del hogar.

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2.- CABLE RADIANTE2.1. QUÉ ESConsiste en la instalación de cables calefactores, de acero inoxidable o bronce, integrados en el forjado de la vivienda.

Los cables emiten calor al recibir corriente eléctrica. Así, el propio suelo realiza las funciones de «aparato» de calefacción.La regulación de temperatura se efectúa a través de termostatos situados en cada zona a calefactar, para obtener

temperaturas diferentes en cada dependencia.Un limitador de temperatura corta la alimentación eléctrica en caso de avería del termostato.2.2. AHORROGracias a su capacidad para adaptarse a la Tarifa Nocturna, su nulo mantenimiento y su máximo rendimiento, el cable radiante

supone un importante ahorro frente a los sistemas que usan gas. Los costes orientativos para calefactar con cable radiante unavivienda de 90 m2 con comedor, cocina, 4 dormitorios, baño y aseo, son:

VIVIENDAS EN UN EDIFICIO COLECTIVO O UNIFAMILIARES ADOSADASClima Coste orientativo (euros /año)

Base + apoyo Base + relanzamientoLitoral 259 265Pre-litoral 361 367Interior 535 547Montañoso 637 643

2.3 ELEGIR BIENBusque asesoramiento de un instalador especializado que realice el cálculo de las necesidades de calor de la

vivienda.2.4 INSTALACIONSi hablamos de la instalación del cable radiante, debemos diferenciar entre dos tipos de sistemas:! Base + Apoyo! Base + Relanzamiento

BASE + APOYO: INSTALACION DOBLE! Zonas climáticas frías o muy frías.BASELos cables calefactores están situados en el forjado de la vivienda y recubiertos por una capa de hormigón suficiente para

almacenar el calor.Los cables calientan el hormigón durante las horas de la Tarifa Nocturna y el calor acumulado se restituye a la vivienda

a lo largo del día.La cantidad de calor se controla mediante una centralita electrónica.La base está conectada a un circuito que indica el inicio y el final del período de Tarifa Nocturna.APOYOUna segunda capa de cables calefactores situados también en el suelo, pero próximos a la superficie, recubiertos

por un pequeño grueso de hormigón y el pavimento con su correspondiente mortero de agarre.Actúa sólo cuando las aportaciones gratuitas de calor y la base son insuficientes.En ocasiones el apoyo se puede realizar con convectores naturales o con un climatizador, aunque estas dos

soluciones tienen el inconveniente de no ser invisibles.

BASE + RELANZAMIENTO: INSTALACION UNICA! El más indicado para zonas templadas.

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- Ventajas:! Un solo circuito a instalar es decir, menores espesores de forjado.! Menor potencia eléctrica instalada.! Instalación más sencilla.! El coste es aproximadamente un 35% inferior al sistema de base más apoyo.El sistema funciona durante la noche, almacenando calor. Si durante el día fueran necesarias aportaciones de calor

adicionales, se cubrirían con la reconexión total o parcial de la base.2.5 USOEl funcionamiento está totalmente automatizado, sólo se ha de regular la temperatura deseada de cada dependencia. Sentimos

así el mismo confort a 18º C de temperatura ambiente que con 20 ó 21º C con calefacción tradicional.Compruebe el funcionamiento correcto del reloj programador.2.6 MANTENIMIENTO! El mantenimiento es nulo.! Tenga a mano la garantía del fabricante del sistema.2.7 VENTAJAS! Grado de confort muy elevado.! La distribución de calor es uniforme en toda la superficie de la dependencia.! Funcionamiento sencillo, programable y automatizado.! Permite regular diferentes temperaturas en la vivienda.! Una sola instalación cubre las necesidades de toda la vivienda y puede acoplarse en cualquier lugar.! El sistema es totalmente invisible y no ocupa espacio.! Reduce o anula los riesgos por coexistencia entre gas y electricidad.! Máxima seguridad contra fugas de corriente, cortocircuitos o descargas! El mantenimiento es nulo.! Permite el aprovechamiento total de las aportaciones gratuitas de calor en la vivienda.! No consume oxígeno, ni produce humos ni gases que contaminen el medio ambiente.2.8 INCONVENIENTES! Un incorrecto uso puede hacer que en determinadas horas del día no haya aportación de calor, lo que puede ser muy

incómodo y desesperante.! Una mala práctica sería ventilar las dependencias en exceso, nunca más de 10 minutos, ya que se producirían pérdidas

elevadas de calor.! Un incorrecto uso puede hacer que en determinadas horas del día no haya aportación de calor, lo que puede ser muy

incómodo y desesperante.! Hay que tener en cuenta que hay cables radiantes que para cargarse tienen que estar por la noche haya calor excesivo.! Con este sistema podemos encontrarnos con la paradoja de que a primeras horas de la mañana tengamos una temperatura

agradable en casa, y que por la tarde noche, se haya acabado todo el calor almacenado y tengamos frío, y necesitemos completarla falta de calor con aparatos extra, a tarifa normal, lo que nos encarece la climatización del hogar.

2.9 CONSEJOS:! El aislamiento térmico de la vivienda es fundamental para el ahorro de calefacción. Evita las corrientes de aire que entran

por puertas y ventanas, reducirá el uso de la calefacción.! Las dobles ventanas o doble aislamiento contribuyen también al ahorro de calefacción. Y si éstas no cierran herméticamente,

instale juntas autoadhesivas de espuma, goma, etc.! En invierno intenta mantener el calor propio de la vivienda.! La luz del sol hay que aprovecharla al máximo.! Ventila la casa, pero no más de 10 minutos al día.! La temperatura ambiente ideal es de 20ºC. Más grados, suponen un gasto innecesario.

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! No tengas el termostato cerca de fuentes de calor, ya que te puedes encontrar con que en esa dependencia haya unatemperatura agradable y en el resto de casa frío.Con la Tarifa Nocturna la energía eléctrica cuesta más del 50% más barata durante la noche.

HORNO1.- QUÉ ES

El horno eléctrico presenta importantes ventajas frente al tradicional horno de gas:! Su termostato combina precisión y sencillez de uso para conseguir la temperatura exacta.! Accesorios como el turbo o el microondas, permiten conseguir un asado perfecto.Se compone de los siguientes elementos:! Elementos calefactores.! Mecanismos de regulación y control.1.1 Elementos calefactores

Son resistencias eléctricas situadas en diferentes puntos de los hornos:! Resistencia de solera: en la parte inferior.! Resistencia de grill: en la parte superior. Se utiliza para gratinar.! Resistencia de turbo: delante del ventilador interior. Se puede utilizar en combinación con las demás.

Para cocinar varios platos a la vez sin mezclar los sabores.! Función Microondas: sólo disponible en hornos de alta gama.1.2 Mecanismos de regulación y controlEstán situados en el panel frontal y controlan la temperatura seleccionada mediante un termostato, cuya sonda está situada en

el interior del horno.El control de la cocción en un horno eléctrico se puede realizar de varias formas:! Encendiendo y apagando el horno manualmente.! Encendiendo el horno y programando la desconexión.! En hornos más sofisticados, programando la hora de encendido y la de apagado.

2.- COMO FUNCIONAEn los hornos de radiación el calor generado por las resistencias incide directamente sobre el alimento.Los hornos multifunción incorporan un ventilador, que hace girar el aire caliente por todo el recinto del horno. Así

se pueden cocinar distintos alimentos a la vez.Los hornos multifunción con microondas disminuyen la duración de la cocción gracias al funcionamiento simultáneo

de las microondas.Para cada tipo de alimento existe un método apropiado de transmitir el calor.! Cocción por radiación: Ideal para los asados. El calor se transmite directamente hacia los alimentos desde los

elementos calefactores.! Cocción por convección: Permite cocinar hasta tres bandejas a la vez y con sabores distintos, siempre que la

temperatura de cocción no sobrepase los 180º C. El calor se genera en una resistencia y mediante un ventilador se distribuye portodo el interior del horno. Se aconseja utilizarlo en la repostería (bizcochos, pastel de frutas, etc.).

! Gratinador: Para la cocción tipo brasa y para dorar o gratinar los alimentos. El calor se transmite únicamente desde unelemento calefactor situado en la parte superior del horno y de manera directa.

3.- AHORROGracias al horno eléctrico podemos asar nuestros platos de la manera más eficiente y con un aprovechamiento máximo de la

energía dedicada a ello.

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PLATO CONSUMO (KWH) COSTE (EUROS)Pollo 1,48 0,15Salmón 0,63 0,07Pudin 0,89 0,09

4.4 ELEGIR BIENSi va a instalar el horno bajo la encimera vitrocerámica, es recomendable que lleve incorporado también los

mandos de ésta. Los hornos con programador permiten su puesta en marcha de forma automática. Así se garantiza que los alimentosestarán preparados a la hora deseada.

4.5 INSTALACIÓNPuede realizar la instalación de un horno eléctrico en columna o bajo encimera.4.5.1 Hornos independientes. Incorporan únicamente sus mandos de regulación. Pueden instalarse

en columna, a la altura de la vista, o bajo una encimera que disponga de sus propios mandos de regulación.4.5.2 Hornos polivalentes. Incorporan sus propios mandos de regulación y también los de la encimera. Se instalan

bajo la encimera de cocción.Las dimensiones exteriores de un horno estándar son de 60 x 60 cm.Recientemente, se han incorporado a la gama doméstica los hornos de 90 cm de ancho por 48 ó 60 cm de alto, para facilitar

la cocción de piezas grandes.4.6 USOPrecaliente el horno seleccionando la temperatura de cocción antes de introducir el alimento.El tiempo necesario para precalentar el horno depende de la temperatura seleccionada, de la potencia y del grado

de aislamiento térmico.El tiempo que se tarda en alcanzar la temperatura de cocción es el mismo que se tarda en bajarla. Por este motivo,

desconecte el horno de 5 a 10 minutos antes de finalizar la cocción, para aprovechar el calor residualy ahorrar energía. Si el horno dispone de función turbo o microondas, utilice estas prestaciones.

Conseguirá el mismo resultado en menos tiempo.Ajuste correctamente la puerta del horno para evitar pérdidas de calor.4.7 MANTENIMIENTOLimpie periódicamente las paredes para evitar olores.Puede limpiar el horno con una esponja y agua jabonosa cuando esté ligeramente caliente para que las grasas se disuelvan con

mayor facilidad.Los nuevos modelos incorporan variantes que facilitan su limpieza:! Esmaltes especiales: evitan que se adhieran grasas y salpicaduras.! Programa de limpieza a baja temperatura: calentando una disolución de agua con detergente, evaporándola

y condensándola en las paredes interiores, disolviendo así la suciedad.! Paredes interiores removibles: con un esmalte catalítico que absorbe salpicaduras y grasas.Otros modelos presentan autolimpieza pirolítica: elevan su temperatura interior a 500º C durante 2 ó 3 horas,

convirtiendo la suciedad interior en ceniza que se retira con un trapo.4.8 VENTAJAS! El termostato ofrece mayor precisión en el control de la temperatura.! El calor se distribuye de manera uniforme en su interior.! Mayor facilidad en la limpieza.! Es suficiente con un circuito eléctrico.! Se puede colocar en cualquier lugar, ya que sólo necesita una toma de corriente.! Al controlar la temperatura durante todo el proceso de cocción, disminuyen los riesgos de quemar los

alimentos.

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4.9 CONSEJOS! Cuando use el Horno eléctrico seleccione cuidadosamente la temperatura adecuada para el plato que va a preparar.! Si tiene que adquirir un horno nuevo pregunte por los hornos multifunción, ya que unen el horno convencional con el horno

microondas, con esta combinación se consigue un importante ahorro de espacio y dinero.! No abra innecesariamente el horno. Cada vez que lo hace está perdiendo hasta un 20% del calor acumulado.! Utilice el reloj programador o el timbre avisador de su horno, es un modo muy simple y efectivo de controlar el consumo

de energía.

ILUMINACIÓN1.- TIPOS DE LAMPARAS

1.1. INCANDESCENCIAEs la popular bombilla, la más utilizada en las viviendas. Funciona por medio de un filamento que se calienta con el paso

de la electricidad, emitiendo una luz de gran calidad. Es el tipo de lámpara más barata del mercado y cuenta con una enorme gamade modelos y potencias.

1.2. HALOGENAEs un desarrollo relativamente reciente de la lámpara incandescente. Su luz es más blanca y concentrada, por ello

los colores parecen más atractivos y naturales.Es de dimensiones reducidas y aporta numerosas soluciones individuales de iluminación.La lámpara halógena tradicional requiere un transformador y no debe ser tocada directamente con los dedos, aunque existen

algunas de reciente desarrollo que salvan estas limitaciones.1.3. FLUORESCENTELa luz está producida por una descarga eléctrica mantenida en un gas o vapor ionizado. Es aconsejable como

alumbrado general de aplicación universal y económico, y ofrece una buena calidad de luz.Puede elegir la tonalidad más adecuada para su aplicación: baños, cocinas, despachos, pasillos, trasteros o garajes.Evite montarlas a más de seis metros de altura del suelo.1.4. DE AHORRO ENERGÉTICOPor su bajo consumo, es ideal en lugares donde se necesite un alumbrado con largos periodos de funcionamiento.Ofrece una tonalidad cálida, y su encendido se produce de forma inmediata, sin parpadeos ni efecto estroboscópico.Su utilización contribuye a la preservación del medio ambiente.Posee el casquillo de las bombillas tradicionales, que junto a su calidad y confort de luz la hace útil para cualquier

aplicación.

2. COMPARANDO LAMPARASEficacia de los distintos tipos de lámparas. En la siguiente tabla podemos ver la eficacia, la duración media y la

posibilidad de distinguir colores entre los distintos tipos de lámparas más utilizadas en la vivienda.

TIPO DE INDICE DE DURACIÓN POSIBILIDAD DELÁMPARA EFICACIA MEDIA (H) DISTINGUIR COLORESIncandescencia 1 1.000 ExcelenteHalógenas 1,5 2.000 BuenaFluorescentes luz standard 4 2.000 BuenaFluorescencia luz «extra» 5 10.000 Muy buenaLámparas bajo consumo 5,4 10.000 Muy buena

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COSTES DE UTILIZACIÓN

TIPO DE LÁMPARA TARIFA 2.0 TARIFA 2.0 N (NOCHE)Incandescente 60 w 0,96 0,45Halógena de 50 W 0,80 0,37Fluorescente de 15 W 0,24 0,11Fluorescente de 13 W 0,21 0,10Ahorradora de 11 W 0,18 0,08

COSTE DE ILUMINACIÓN EN EUROS/HORACuadro de equivalencia de luces de bajo consumo, con respecto a las incandescentes:

BOMBILLA NORMAL BOMBILLA AHORRADORA25 540 760 1175 15100 20120 23Equivalencia en vatios

3.- INSTALACIÓN3.1.ZONAS DE PASO:Ilumine los obstáculos y escalones, y evite los posibles deslumbramientos al final de los recorridos.En entradas y vestíbulos, una iluminación indirecta da sensación de amplitud al entorno.Para los pasillos son aconsejables las lámparas halógenas dicroicas. Su luz más blanca y brillante da sensación de espacio

y resalta los objetos decorativos.3.2. ZONAS DE ESTAR:El objetivo es facilitar las diferentes actividades (conversar, comer, oír música, etc.) en las diferentes posiciones (de pie,

sentado, reclinado, etc.).3.2.1 Una iluminación general para actividades en las que no se requiera mucha atención.3.2.2 Una iluminación indirecta para hacer las veladas mucho más confortables. (Las luces potentes y directas

generan irritación y malestar en las reuniones).3.2.3 Iluminación puntual sobre la zona que requiera actividades específicas (comer, etc.).3.2.4 Una luz suave cerca del televisor, para evitar la fatiga de la vista.3.2.5 Una lámpara suspendida provista de una instalación de altura variable para iluminar la mesa de forma

adecuada en el comedor.3.3. COCINAElija una iluminación cálida para la zona de la encimera en vez de tradicional luz fría de los fluorescentes standard.Si suele dejar encendida la lámpara de la campana de extracción, utilice una bombilla ahorradora de casquillo

pequeño de 9 w. Si su cocina es pequeña, iluminar las paredes para lograr mayor sensación de amplitud.3.4. ZONAS DE TRABAJO VISUAL:Relacionadas con actividades que requieran un esfuerzo por parte de la vista (lectura, escritura, etc.)Disponga de una luz directa o indirecta, sin deslumbrar a las personas ni proyectar sombras sobre el campo de

trabajo. La luz no debe venir del lado de la mano que hace el trabajo. No sitúe los puntos de luz o los focos muy cercade la zona de atención.

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3.5. EN DORMITORIOS:Si la decoración es en colores suaves, las bombillas opalizadas con una leve coloración en tonos pastel le proporcionarán

un ambiente aún más agradable.En el cuarto de niños y jóvenes es aconsejable aplicar una iluminación uniforme con pocos contrastes.

Para estudiar necesitarán además una luz dirigida.3.6 CUARTOS DE BAÑO:Coloque alrededor del espejo lámparas opalizadas que eliminen sombras. También puede situar junto al espejo

tubos fluorescentes no estándar, que aportan gran cantidad de luz suave y calidad.

4.- ALGUNOS CONSEJOS4.1 Permita que la luz entre por el lado izquierdo y por atrás. No ponga luz detrás de su cabeza ni delante

de sus ojos porque le deslumbraría y perturbaría su visión.4.2 Las sombras muy pronunciadas y el exceso de luz resultan molestos para la vista.4.3 Si lee un libro impreso en papel satinado, procure que la luz incida lateralmente.4.4 No utilice bombillas desnudas. Con una pequeña pantalla obtendrá una luz mucho más confortable. Procura

también que no sea muy tupida para que dejen pasar bien la luz.4.5 Cuando trabaje con una lámpara de mesa, deje también encendida la luz del techo y procure tener un tablero

mate para evitar molestias y cansancio visual.4.6 Conviene poner una luz que ilumine la pared que está detrás del televisor cuando se está viendo.4.7 Saca el máximo partido de la luz natural y no deje luces encendidas en habitaciones vacías. Controla de forma automática

mediante programadores la luz exterior de tu vivienda.4.8 Se recomienda que los fluorescentes se empleen en estancias que precisen mucha luz durante un tiempo prolongado. No

es bueno encenderlos y apagarlos con excesiva frecuencia ya que así se acorta su vida útil. Como orientación, si el fluorescente vaa estar apagado mas de 20 minutos, es mejor dejarlo encendido.

4.9 La luz del sol hay que aprovecharla al máximo.4.10 Cambia las lámparas incandescentes (bombillas) por lámparas fluorescentes compactas (de ahorro de energía), que

proporcionan el mismo nivel de iluminación, duran 3 veces más y ahorran hasta un 80 % de energía.4.11 Con el mismo consumo, las lámparas halógenas proporcionan más luz que las bombillas incandescentes y duran el doble

o triple que estas.4.12 Emplea colores claros para decorar tu casa, absorben menos luz y evitan tener que sobreiluminarla.4.13 No abuses de las luces indirectas, ya que suponen un gran consumo al tener que ser de mayor potencia.4.14 Aunque parezca obvio apague las luces siempre que salga de una habitación.4.15 Mantén las bombillas limpias. El polvo reduce su capacidad de iluminación.4.16 Instale dispositivos de presencia en las zonas exteriores, para evitar tener las luces encendidas largos periodos de tiempo.4.17 Evite la centralización de interruptores de iluminación para evitar que las lámparas que no se utilizan permanezcan encendidas.

SECADORAA continuación vamos a proporcionar distintos consejos de ahorro energético de algunos electrodomésticos de nuestro hogar,

los que más consumen.Como regla básica hay que tener en cuenta su eficiencia energética, que muchos de ellos deben tener expuesto a la hora de

adquirirlos. El indicativo de esta eficiencia es la etiqueta energética.

1.- QUE ESLa secadora disminuye la humedad de la ropa mediante aire caliente, dejándola seca y lista para el planchado, sin

necesidad de tenderla. Los componentes básicos son:! Cuba

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! Tambor! Resistencia! Motor! Mecanismos de regulación y control! Intercambiador de calor (sólo para secadoras de condensación)

2.- COMO FUNCIONALa secadora disminuye la humedad de la ropa mediante aire caliente.El aire se toma de la dependencia en la que se halla la secadora, se calienta con resistencias eléctricas y es impulsado, a través

de un ventilador, hacia el interior del tambor. Allí circula absorbiendo la humedad de la ropa y extrayéndola haciael exterior.

Para secar la misma cantidad de ropa que lava la lavadora, se necesita un tambor con el doble de volumen.La ropa, previamente centrifugada, se coloca en el tambor de la secadora, que gira alternativamente a derecha e

izquierda, mientras realiza el secado. El tiempo de secado depende de:! El tipo de tejido.! Grado de humedad de la ropa.! Nivel de secado deseado.Para que no se formen arrugas, la resistencia de calefacción se desconecta automáticamente 10 min. Antes de

terminar el secado, funcionando durante ese tiempo sólo el ventilador que impulsa el aire.Es preferible que la ropa se quede un poco húmeda. Si después del secado se va a planchar la ropa, se debe reducir

el tiempo de secado en 10 o 15 minutos.La temperatura de secado es diferente para cada tejido pero no debe sobrepasar los 55 o 60º C.2.1 REGULACIONCon temporizador: se realiza mediante un selector de tiempo que determina la duración del secado. El programa

finaliza una vez transcurrido el tiempo seleccionado, con independencia del grado de secado de la ropa. Existenmodelos en los que se puede seleccionar la temperatura del aire según el tejido a secar(temperatura baja para fibra y temperaturaalta para algodón).

! Regulación electrónica: permite tener en cuenta el tipo de ropa y el grado de secado deseado. La máquina se paraautomáticamente una vez que los sensores del interior del tambor detectan el grado de secado escogido. Lamayoría de estas secadoras pueden funcionar también de forma mecánica con temporizador.

3.- AHORRODisfrutar de las ventajas que ofrece una secadora cuesta poco.El coste anual de una secadora, si se tiene en cuenta que se utiliza las mismas veces que la lavadora, es de 32 euros año,

utilizando una secadora eficiencia energética C dentro del horario de Tarifa Nocturna.La potencia eléctrica de estas máquinas está comprendida entre 2.2 y 3.3 kw.En los cuadros siguientes se muestran los consumos para un grado de humedad de inicial del 55% y del 75%.Procesos de secado con una humedad inicial del 55%.

SECADORA ELÉCTRICA SECADORA DE GASClase C Clase D De gas eléctrico TOTAL

Consumo (Wh) 2605 2615 3816 282 4098Tiempo (min.) 72 88 92Coste (euros) 2.7 2.75 33 D1 + 0.01Tarifa Nocturna 1.50 1.35Procesos de secado con una humedad inicial del 75%

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SECADORA ELÉCTRICA SECADORA DE GASClase C Clase D De gas eléctrico TOTAL

Consumo (Wh) 3363 3697 4375 287 4662Tiempo (min.) 124 104 95Coste (euros) 3.40 3.75 38 D1 + 0.01Tarifa Nocturna 1.60 1.80

4.- ELEGIR BIENEs preferible instalar dos aparatos independientes, lavadora y secadora.La capacidad de la secadora debe de ser igual a la de la lavadora.Si no dispone del espacio necesario para instalar una secadora, instale una secadora para 3 kg. De ropa, cuyas

dimensiones son de 50x50x67 cm.Instale la secadora cerca de la lavadora.Si va a realizar la instalación en una zona interior o con mala ventilación, elija una secadora de condensación o

una de evacuación, que permita evacuar el aire húmedo a través de un conducto hacia el exterior.Si va a realizar la instalación en una zona de la vivienda con una buena ventilación (terraza, tendedero o similar), es

recomendable una secadora de evacuación.Si tiene problemas de espacio, elija la secadora de carga superior.Para obtener un máximo rendimiento en el secado introduzca la ropa en la secadora previamente centrifugada

en la lavadora como mínimo a 800 r. p. m. Las secadoras eficientes garantizan un excelente resultado con menor consumode electricidad.

5.- TIPOSLas secadoras más comunes son las rotativas de aire caliente, ya sean de evacuación o de condensación.

Se diferencian por la forma de eliminar la humedad:5.1. SECADORAS DE EVACUACIÓN DIRECTA (SECADORA DE EXTRACCIÓN DE AIRE)! El aire húmedo se elimina lanzándolo al exterior.! En dependencias exteriores o muy ventiladas, el aire húmedo puede evacuarse directamente al

ambiente.! En habitaciones cerradas o con poca ventilación, el aire húmedo se extrae a través de un conducto

hacia el exterior.! Es el sistema más sencillo y barato, recomendable si no existen problemas de ventilación.5.2. SECADORAS POR CONDESACION.El aire húmedo se lleva a un condensador. Allí se enfría y la humedad se deposita en forma de agua, quedando el aire en

condiciones adecuadas para volver al tambor, previo calentamiento en la resistencia.El agua condensada se almacena en un recipiente. Es necesario vaciarlo regularmente o conectar a la red de desagüe de la

vivienda.Hay dos tipos de secadora de condensación:! Secadora de condensación por agua.! Secadora de condensación por aire.5.2.1. SECADORA DE CONDENSACIÓN POR AGUA.El aire húmedo que sale del tambor pasa por un serpentín refrigerado por agua que lo enfría. Allí se produce la condensación

del vapor de agua que contiene. Este aire, una vez seco, reinicia normalmente el ciclo. Este modelo no es recomendable, ya quenecesita agua para su funcionamiento.

5.2.2.SECADORA DE CONDENSACIÓN POR AIRE.La condensación del vapor se efectúa en un condensador, que se refrigera por aire tomado del exterior del aparato e

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introducido en él por la acción de un ventilador (diferente al que introduce el aire en el tambor). Funciona perfectamente en lugaresventilados y es el modelo de mejor rendimiento y versatilidad.

6.- INSTALACIONPuede elegir la posibilidad que más le convenga cuando necesite ahorrar espacio:! Colgada en la pared.! Colocada encima de la lavadora (columna lavado-secado).El lugar en el que instale la secadora debe ser ventilado. Si no, conecte un tuvo de salida desde la secadora al exterior,

o elija una secadora de condensación.Para carga frontal puede elegir diferentes opciones de decoración:! Panelable. Incorpora una puerta con unos perfiles que permiten colocar paneles de unos 3 mm de grosor.! Integrable. Permite superponer una puerta consiguiendo el mismo aspecto que los armarios colindante.! Columna de lavado. (lavadora y secadora). También hay secadoras de carga superior, más estrechas.! Es recomendable tener un circuito independiente, cuya sección sea de 4 mm2.

7.- USO! Consulte las etiquetas de la ropa para asegurarse de que se puede secar en la máquina y de las indicaciones a

seguir.! Centrifugue la ropa al máximo permitido.! Si la máquina no tiene control electrónico utilice tiempos reducidos para evitar que la ropa se sobrecaliente y se

malgaste energía.! No cargue el tambor en exceso.! Mezcle la ropa de diferentes tamaños. Cuando seque prendas grandes, cargue el tambor a la mitad.! Agrupe las prendas por tejidos.! No introduzca tejidos lavados con disolventes.! Ate o sujete los cordones y cremalleras. No introduzca tejidos plásticos.! No introduzca ropas de colores frágiles. Seque los jerseys del revés.! No sobrecargue la máquina de ropa.

8. MANTENIMIENTOLimpie periódicamente los filtros de pelusas y vacíe el depósito de agua (en el caso de condensación por aire).

9. VENTAJAS9.1 Las secadoras evitan la necesidad de disponer de un espacio adecuado para el secado de la ropa.9.2 Permiten secar la ropa con independencia de la climatología.9.3 Puede disponer de la ropa en menor tiempo y disfrutar de mayor calidad en el secado, al no exponerla a

la polución de las zonas urbanas.9.4 Permite precisar la regulación en el secado y conseguir el grado óptimo para cada tipo de tejido.9.5 Las secadoras se pueden colocar en cualquier lugar, sólo necesitan una toma de corriente para poder funcionar.9.6 Se comercializan secadoras de evaporación y de condensación para escoger la que mejor se adapte

a sus necesidades.9.7 Es suficiente con un circuito eléctrico. No precisa instalación de gas ni ventilación especial, ya que no quema

combustibles.9.8 Seguridad máxima al no utilizar productos tóxicos ni inflamables.9.8.1 Al controlar las temperaturas mediante termostatos, se evita un calentamiento excesivo del aire.

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10.- CONSEJOS10.1 Compruebe el consumo en la etiqueta energética del fabricante. Los niveles A y B son los más eficientes.10.2 Cuando utilice la secadora procure que trabaje con carga completa y no deje que la ropa se seque en exceso. Es un gasto

innecesario, los tejidos se endurecen y arrugan y es más difícil plancharlos.10.3 Un centrifugado de la lavadora a 1.200 revoluciones, en vez de a 700, reduce el consumo de la secadora en un 20%.10.4 Las secadoras son un buen invento para nuestra vida moderna, donde las prisas y la falta de tiempo están a la par del

día. Si tu vida todavía no es así, puedes seguir tendiendo la ropa en tendederos, que no consumen energía y por lo tanto sonbastante más ecológicos.

MICROONDAS

1.- QUÉ ESEl horno microondas es el electrodoméstico de calentamiento y cocción más rápido. Su aspecto es similar al

de un horno convencional, aunque utiliza las microondas para cocinar y descongelar.El calor se produce directamente dentro del alimento, donde la temperatura nunca es superior a 100º C, lo que evita que se

queme. Los componentes básicos son:1.1 Magnetrón: genera las ondas.1.2 Plato giratorio1.3 Guía de ondas1.4 Mecanismos de regulación y control.1.5 Dispersor de ondas Resistencias (en los modelos que combinan la cocción tradicional).

2.- CÓMO FUNCIONALas microondas son ondas electromagnéticas de alta frecuencia, parecidas a las ondas de radio, producidas por un equipo

llamado magnetrón. No transportan calor, lo producen directamente al penetrar el alimento entre 2 y 3 cm, entodas las direcciones.

El calor se genera por una fricción muy rápida de sus moléculas, transmitiéndose hacia el centro del alimento.Es un excelente complemento por sus funciones básicas –descongelar y calentar- pero en ningún caso sustituye al horno

tradicional.Los ahorros de tiempo son mayores para las cantidades reducidas de alimentos.

Las microondas no hacen perder a los alimentos las propiedades que sí eliminan otros métodos de cocción o recalentado.

3.- AHORROPor su sistema de producción del calor, es el aparato con mayor rendimiento de todos los electrodomésticos. Potencia usual 0.8

– 1.5 kw Consumo medio mensual 8 kwh.Las microondas calientan de manera más rápida y uniforme: por ejemplo, 250 gramos de patatas se cuecen en tan sólo 7

minutos, en lugar de los 35 minutos necesarios por otros procedimientos. El ahorro en tiempo es del 80%, y del 32 % en energía

Ejemplos de consumo para diferentes platos:

PLATO CONSUMO 8 KWH) COSTE (•)Pollo 0.615 0,06Salmón 0.182 0,02Pudin 0,101 0,01

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4.- ELEGIR BIENSi dispone de espacio suficiente, instale dos hornos independiente, microondas y convencional. Así podrá utilizar los dos

aparatos a la vez.Los hornos microondas con grill permiten cocinar y calentar los alimentos, y a la vez dorarlos si se desea.Si su instalación va a ser en columna con un horno convencional, puede elegir un modelo empotrable.Los microondas combinados (con función de horno tradicional), ofrecen las prestaciones de ambos electrodomésticos en poco

espacio, pero su capacidad es más limitada.

5.- TIPOSEn el mercado se pueden encontrar:5.1 Microondas sencillos.5.2 Microondas con grill. Ofrecen un campo de posibilidades para cocinar más amplio.5.3 Microondas función horno tradicional: Aunan las posibilidades de ambos electrodomésticos.

6.- INSTALACIONPor su sencilla instalación y el reducido espacio que ocupa, puede empotrarse fácilmente bajo un armario alto, o en

columna con un horno tradicional.Su potencia varía dependiendo de las funciones que incorporen y de su capacidad.Podemos estimar una potencia entre 1.2 kw y 1.8 kw, que hace aconsejable la instalación de un circuito de 2,5 mm2 de sección

de cable.

7.- USO7.1 Los alimentos grasos o azucarados se cuecen más rápidamente que los acuosos.7.2 Los alimentos de poco espesor se cuecen más rápidamente que los gruesos.7.3 Tape los alimentos que vaya a cocer o descongelar. Evitará que se reseque y las salpicaduras.7.4 Para lograr un aroma más agradable, puede untar los productos con aceite de oliva o mantequilla antes de

calentarlos.7.5 Los platos preparados congelados pueden descongelarse y calentarse en bolsas de plástico resistentes al calor,

enlas que se deben hacer pequeñas aberturas. Este método reduce el tiempo de cocción y es también apto para productos frescos,tales como pescado, aves y verduras.

7.6 Si calienta un menú completo, prevea que las porciones no sean demasiado diferente. Si no, cuando las pequeñas esténcalientes, las mayores podrían no haber alcanzado la temperatura adecuada.

7.7 Se pueden cocer pastas y arroz en el microondas, pero apenas se ahorra dado que necesitan agua para sucocción. Sin embargo pueden calentarse perfectamente.

El espacio de cocción se ensucia muy poco, por eso su limpieza es muy sencilla.

8. MANTENIMIENTO8.1 Ajuste la potencia y el tiempo de funcionamiento al tipo de alimento, según indique el libro de

instrucciones.8.2 Cuide mucho la limpieza del interior del aparato, pues los restos orgánicos absorben energía y pueden

dañar la bóveda.8.3 No utilice el microondas con piezas averiadas ( por ejemplo, la puerta).8.4 No conecte el horno si está vacío , podría causar averías.8.5 Controle que no haya elementos rotos.58.6 Evite los recipientes metálicos para no provocar averías.

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9.- VENTAJAS9.1 Ahorra tiempo en la descongelación, calentamiento y cocción.9.2 Es el sistema más limpio, al poder preparar los alimentos directamente en la vajilla en que se van a servir.9.3 La cocción es de mayor calidad al realizarse a baja temperatura, con poco líquido o en su propio jugo.9.4 Es suficiente con un circuito eléctrico, no precisa instalación de gas ni ventilación especial ya que no quema

combustibles.9.5 Se puede colocar en cualquier lugar ya que sólo necesita una toma de corriente.9.6 Anula el riesgo de quemaduras, porque no genera superficies calientes.9.7 Seguridad máxima al no utilizar productos tóxicos ni inflamables.

10.- CONSEJOS.10.1 No conecte el microondas vacío la energía se reflejará por todo el horno si no hay ningún alimento o agua que la

absorba, y el aparato puede estropearse.10.2 Para aprovechar mejor el microondas, corte en pequeñas porciones los alimentos que va a preparar.10.3 Utilice el reloj programador o el timbre avisador de su horno, es un modo muy simple y efectivo de controlar el consumo

de energía.10.4 Vigile que la puerta del microondas cierra perfectamente y no lo conecte si parece que esta dañada.

AISLAMIENTO TÉRMICO

1.- QUÉ ESLas técnicas de aislamiento térmico consisten en incorporar a los cerramientos de los edificios (muros, suelos, cubiertas, etc.)

unos materiales que oponen gran resistencia al paso del calor, para reducir las pérdidas que se producen en invierno y, adicionalmente,evitar que el calor penetre en verano. En resumen, el aislamiento térmico sirve para: Ahorrar energía, por reducción del consumode calefacción o aire acondicionado. Asegurar el confort interior tanto en invierno como en verano.

2.- VENTAJAS! Ahorrará energía: reducirá las pérdidas o ganancias de temperatura en el interior de su vivienda y, por tanto, estará

ahorrando dinero.! Disminuirá el consumo: evitará excesos innecesarios, ahorrando hasta un 40% del consumo de energía para

calefacción y refrigeración de la vivienda.! Reducirá la inversión: un buen aislamiento térmico permite reducir hasta un 30% la potencia necesaria en los

sistemas y equipos para calefacción y refrigeración.! Mejorará el confort térmico de la vivienda: reducirá el efecto de pared fría y evitará el deterioro de los

materiales, consecuencia de las humedades en los cerramientos.

3.- MATERIALESLas principales propiedades que debe reunir un material aislante son:! Conductividad térmica muy reducida (inferior a 0.175 W/m ºC).! Resistencia al frío y al calor.! Resistencia a la humedad.! Consistencia mecánica.! Resistencia al fuego (no debe propagar la llama).! Químicamente neutro para no afectar a las estructuras u otros materiales.! Impermeable al vapor de agua o protegido contra su paso.! Fácil de colocar.

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! Ligero para no sobrecargar las estructuras.! Resistencia a los parásitos (insectos y roedores).En la práctica, ningún material cumple todos estos requisitos –no hay un aislante universal -, por lo cual, para cada aplicación

se escoge el que más se ajusta a las exigencias concretas del caso.Los materiales aislantes son productos vegetales, minerales o sintéticos, cuya característica común es que en su estructura

encierran pequeñas celdas de aire que dificultan el paso del calor. La mayoría de los utilizados en construcción pueden englobarseen la siguiente clasificación:

! Corcho y aglomerados de madera.! Fibras minerales: fibra de vidrio o lana de roca.! Poliestireno expandido o extruido.! Vidrio celular.! Espumas fenólicas.! Arcilla expandida, perlita o vermiculita (en hormigones ligeros).Al margen de este último caso, las fibras minerales representan más del 40% del volumen de materiales aislantes empleados

en construcción, los poliestirenos- sobre todo el expandido – se sitúan a continuación con un 35% y las espumas de poliuretanosuperan el 15%. Los restantes materiales apenas están introducidos.

4.- UTILIZACIÓNLos espesores de material aislante en los distintos cerramientos deben elegirse de forma que se cumpla con la normativa

vigente. Son embargo, como orientación, la tabla siguiente indica los valores recomendados para cada zona climática.Estos valores están expresados en centímetros para un material aislante con una conductividad térmica igual a 0.04 W/mºC,

usual en construcción:ZONA CLIMÁTICA

CERRAMIENTO A B C D EMuro exterior 2 3 4 5 5Cubierta 2 3 4 5 6Suelo 0 0 2 3 3Medianeros 0 0 2 2 3Acristalamiento S S D D DS: cristal sencillo / D: doble acristalamiento

4.1 MUROS EXTERIORESLa solución habitual es la colocación del material en la cámara de aire que se deja entre el muro exterior y el tabique interior.

El material debe colocarse sujeto mediante elementos mecánicos, pegado con los adherentes apropiados o proyectado sobre el murobase exterior.

4.2 SUELOSGeneralmente se coloca por la parte inferior del forjado, sujeto y protegido, o sobre el propio forjado quedando la terminación

como capa flotante. En este último caso el material debe ser rígido y soportar la compresión. En suelos de madera puede ir colocadoentre rastreles ocupando el hueco libre.Otra solución son los forjados aligerados de bovedillas de poliestireno, cuya función aislante se ve limitada si no se corrige el puentetérmico que generan las viguetas. Existen piezas especiales de poliestireno que salvan esta deficiencia.

4.3 CUBIERTAS EN PENDIENTESi no son habitables, la solución ideal es colocar el material como mantas o fieltros sobre el forjado de techo. Cuando el desván

es habitable, las soluciones son similares a las de suelos.4.4 TERRAZASEl aislamiento se coloca sobre el forjado, bajo la capa de compresión y la impermeabilización. Por el contrario, en terrazas no

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transitables suele disponerse sobre ambas (cubierta invertida), en cuyo caso se utiliza un material no absorbente de humedad,normalmente poliestireno extruido.

También se utilizan hormigones ligeros, con aditivos, que realizan la funicón aislante a la vez que crean la capa de formaciónde pendiente.

4.5 MUROS MEDIANEROSLas soluciones son similares a las de muros exteriores, con menores exigencias respecto a su comportamiento frente a la

humedad.4.6 PUENTES TÉRMICOSConstituyen los puntos débiles de los edificios desde el punto de vista térmico y suelen originar otros problemas: humedad,

condensaciones, etc. En general, se crean en la unión de diferentes elementos estructurales (muros exteriores con forjados, pilares,carpinterías, ángulos, etc.) y su corrección exige técnicas constructivas específicas para cada caso.

4.7 SUPERFICIES ACRISTALADAS Son los cerramientos menos resistentes a las fugas de calor. Las principales son:! Doble acristalamiento.Está formado por dos vidrios separados, sellados en su perímetro, que limitan una cámara de aire estanca que realiza la función

aislante. Tanto los vidrios como la propia cámara pueden ser de distintos espesores.! Doble ventana.Consiste en duplicar los cierres acristalados para crear una cámara de aire entre ambos. Aventaja a la anterior en la mejora de

estanquidad que se obtiene con dos carpinterías, al reducir las infiltraciones de aire y, adicionalmente, el nivel de ruidos procedentesdel exterior.

4.8 EDIFICACIÓN EXISTENTE Las soluciones constructivas son más difíciles de aplicar que en la edificación nueva. Existen tres posibilidades según la posición

del aislamiento:! Exterior:Consiste en colocar un material aislante fijado al muro base, protegido por un recubrimiento. Es una solución de excelentes

prestaciones térmicas, ya que elimina todos los puentes térmicos y aumenta la inercia del edificio. Existen !

Interior:Sobre los muros interiores se coloca el material aislante y un enlucido de terminación. No elimina los puentes térmicos y, muyimportante, reduce el volumen habitable.

! Intermedio:Cuando existe una cámara de aire en el muro base, ésta se rellena con un material aislante apropiado: fibras, poliestireno o espumasplásticas. Hay que vigilar especialmente la calidad (densidad y estabilidad química) del material de inyección, la estanquidad de lacámara frente a la humedad y la solvencia técnica de la instalación.En los restantes tipos de cerramientos (suelos, cubiertas, ventanas), las soluciones son similares a las enumeradas para la construcciónnueva aunque con mayores dificultades de implantación.

CONSEJOS SEGURIDAD

1.- QUÉ ESLa seguridad eléctrica en el hogar es un objetivo fácil de conseguir: simplemente es necesario seguir algunas sencillas

precauciones.No espere más, garantice la protección y seguridad total de su vivenda aplicando nuestros consejos prácticos.

2. -INSTALACIÓNAvise siempre a un instalador eléctrico autorizado para realizar instalaciones de electricidad de su hogar. Para

velar por su seguridad, la legislación vigente determina que las instalaciones eléctricas están obligadas a cumplir la normativa fijada

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en el Reglamento Electrotécnico para baja tensión. El último se ha aprobado en agosto de este mismo año.En este sentido, el Boletín de Instalación Eléctrico emitido por el instalador autorizado, certifica que dicha

instalación cumple las normas establecidas en el citado Reglamento.Una instalación correcta debe:! Tener un cuadro General de Mando y protección (CGMP).! Tener una red de tierra.

2.1 CUADRO GENERAL DE MANDO Y PROTECCIÓN. (CGMP)Es un conjunto de aparatos situados en el origen de la instalación eléctrica interior de su casa. Su finalidad es la protección

y la seguridad, y le permite además cortar o reanudar el suministro eléctrico. Esta formado por pequeños interruptoresautomáticos (PIA). Su misión es proteger sus aparatos eléctricos. Cuando se produce un cortocircuito por un defecto en lainstalación o por una sobrecarga, se desconecta el PIA del circuito donde se haya producido, lo que evita que se puedan producirincidentes más graves. Además, ayuda a manipular mejor la instalación en caso de reparación, ya que permiteinterrumpir la corriente sólo en una parte de la vivienda.

2.2 TENER UNA RED DE TIERRAEn los edificios de nueva construcción es obligatoria la instalación de una red de tierra como elemento

de protección complementario del interruptor diferencial del CGMP.La ausencia de toma de tierra o su deficiente instalación es especialmente peligrosa en locales húmedos o de suelo

conductor, como cemento, terrazo cerámico, etc. En el caso de ser imposible la instalación de red de tierra, se recomiendainstalar un interruptor diferencial de alta sensibilidad (mínimo 30mA, recomendable 10 o 15mA).La red de tierra es común a todo el edificio, y se conduce al suministro eléctrico de cada vivienda por la derivación individualcorrespondiente. A través de las canalizaciones de los diversos circuitos se hace llegar a todos los puntos de lainstalación eléctrica donde se tengan que conectar equipos.

Tomar especiales precauciones en las instalaciones eléctricas de cuartos de aseo yzonas húmedas: los cuartos de aseo son lugares donde hay que extremar las medidas de seguridad, debido al peligroevidente de salpicaduras de agua sobre los elementos de la instalación eléctrica.

Existen normas adicionales de seguridad para esta dependencia de la vivienda:! Volumen de prohibición: se establece un volumen de prohibición de 2.25 metros de altura por encima de la

bañera o plato de la ducha. En este volumen no se instalarán bajo ningún concepto interruptores, enchufes ni aparatos deiluminación.

! Volumen de protección: a ambos lados del volumen de prohibición se fija un volumen de protección de un metrode anchura. En este espacio no se podrán instalar interruptores, pero sí es posible instalar enchufes de seguridad (como toma detierra), y aparatos fijos de alumbrado.

! Red equipotencial: se deben conectar todas las partes metálicas (tuberías, grifos, desagüe, calefacción, etc.) y lamasa de los aparatos sanitarios al circuito de tierra.

! Clavijas de los enchufes: deben estar bien apretadas para evitar que se calienten y produzcan chispas.! Enchufes: han de ser los adecuados para la potencia de los aparatos que se conectan en ellos.Hay que evitar los empalmes de cables. Las conexiones siempre han de hacerse dentro de las regletas de las cajas

apropiadas. Antes de efectuar cualquier reparación en un enchufe, interruptor, etc., se debe desconectar la instalación para realizarel arreglo sin tensión.

3.- OTROS CONSEJOSPulse una vez al mes, el botón de prueba del interruptor diferencial (normalmente de color amarillo o gris) para

comprobar que funciona correctamente. Si no dispara es que está averiado y entonces no estará protegido. Llame cuanto antes a uninstalador electricista autorizado para que lo revise.Muy importante: No haga nunca un puente en el ID. Su seguridad y la de los suyos depende de él.

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! Evite cualquier riesgo de contacto con elementos conectados, sustituyendo cualquier cordóneléctrico deteriorado por uno nuevo y haciendo revisar cualquier aparato eléctrico averiado. Así evitará que se caliente en exceso yprovoque un cortocircuito o, incluso, un incendio.

! Utilice clavijas-tapón en los enchufes si su vivienda hay niños pequeños. Esta sencilla medida de precaución evitaráque los pequeños metan los dedos u objetos metálicos en los enchufes

! Es recomendable no conectar más de un aparato en cada enchufe. Usando los enchufes múltiples, losconocidos ladrones, ya que el exceso de carga puede quemar el circuito y provocar incendios.

! *sí tire del cable para desconectar el aparato. Tira de la clavija aislante.! No toque nunca aparatos ni conductores eléctricos con las manos o los pies mojados o sobre el suelo húmedo.! No tenga aparatos eléctricos en el baño al alcance de la mano.! Es recomendable desconectar los aparatos eléctricos antes de proceder a su limpieza. Desconecte la

corriente eléctrica en el caso de ausencia prolongada.! Antes de manipular una instalación desconecta el diferencial y comprueba que no hay tensión en el circuito.! Antes de poner en marcha un electrodoméstico nuevo, lea las instrucciones del aparato y comprueba que la tensión es la

adecuada.! No usen nunca aparatos con cables pelados o clavijas rotas, ni enchufes deteriorados.! Para utilizar, enchufar o desenchufar cualquier aparato eléctrico hay que tener siempre las manos bien secas.! Si necesitas manipular o limpiar un aparato electrodoméstico, desconéctalo previamente.! Si un aparato de corriente, desconéctalo inmediatamente y llame a un técnico.

EXTRACTOR

1.- QUÉ ES Si quiere disponer del mejor ambiente en su cocina, sin preocuparse por los humos ni los olores, necesita un extractor. El

extractor capta el aire cargado de humos, grasas y calor, producido en los fogones donde se realiza la cocción, filtrándolo yconduciéndolo al exterior.

Existen muchos tipos de extractor y es muy importante elegir aquel que mejor se adecúe a la superficie y características de sucocina, el ambiente que desee crear y su estilo de vida.

2.- ELEGIR BIENEs importante que la campana cubra totalmente la superficie de cocción:! Para las adosadas a al pared, se recomienda que los bordes de la campana superen al menos en 5cm los de la

superficie de cocción.! Para tipo «isla», se recomienda que los bordes de la campana superen al menos en 10cm los de la superficie de cocción.La elección también dependerá de las necesidades de extracción de aire, determinadas por las dimensiones de

las zonas de cocción, el tipo de instalación (adosado o tipo «isla») y de la longitud y diámetro del conducto de salida. Es convenienteque la salida de humos se encuentre en el centro geométrico de la campana.

3.- TIPOS! Campanas vacías: permiten instalar un extractor dentro de la propia campana.! Campanas compactas: son campanas que incorporan filtros, iluminación, grupo de extracción y mandos, formando

un conjunto listo para instalar.! Extracción remota: consiste en la instalación de una campana compacta sin grupo de extracción sobre la zona de

cocción. El elemento extractor (motor) se instala intercalado en cualquier punto del conducto de evacuación, o también en el tejadode la casa.

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4.- INSTALACIÓNLa campana se situará lo más cerca posible de los fogones, y respetando las medidas recomendadas para cada

tipo de instalación:! Adosada a una pared! En islaLa potencia oscila entre los 200y 350 W, lo que permite su conexión en cualquier circuito.El caudal de aire necesario para la eliminación de los humos depende de las dimensiones de las zonas de cocción, del tipo de

instalación y de las medidas de conducto de salida.Como ejemplo encontrará las necesidades mínimas de extracción en función del tipo de instalación y de las dimensiones de la

campana:

TIPO DE CAMPANA DIMENSIONES EN CM CAUDAL MÍNIMO(ANCHO) ACONSEJADO

M3/h*De la pared 60 250

90 500120 1000

Isla 60 50090 800120 2000

(*) estos caudales son válidos para una longitud del conducto de descarga inferior a 15 metros y 2 codos.Diámetro del conducto de descarga en función del caudal de aire.

CAUDAL M3/H CONDUCTO DE SALIDA MÍNIMO500 12500 a 1200 151200 a 2000 20

Intente eliminar todas las corrientes de aire posibles, que harían necesaria una gran velocidad de captación.Es necesario limpiar los filtros con regularidad, siguiendo las instrucciones del fabricante. Póngalo en marcha unos

minutos antes de empezar a cocinar. Así evitará que la cocina esté ya saturada de humos y vapores.Para facilitar la extracción es conveniente tener una entrada de aire exterior.

5.- MANTENIMIENTOIntente eliminar todas las corrientes de aire posibles, que harían necesaria una gran velocidad de captación.Es necesario limpiar los filtros con regularidad, siguiendo las instrucciones del fabricante.Póngalo en marcha unos minutos antes de empezar a cocinar. Así evitará que la cocina esté ya saturada de

humos y vapores.Para facilitar la extracción es conveniente tener una entrada de aire exterior.

6.- CONSEJOS! A la hora de adquirir un extractor, a parte de ver su capacidad extractora verifique el nivel de ruido, ya que algunos aparatos

producen un ruido excesivo.! También observe el sistema de limpieza, los filtros permanentes pueden llegar a lavarse en el lavavajillas, con el consiguiente

ahorro de esfuerzo de restregar una superficie con grasa.

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11º. FRIGORÍFICO

1.- QUÉ ESLos frigoríficos y congeladores son electrodomésticos que permiten conservar los alimentos durante distintos períodos de

tiempo gracias al frío.Los frigoríficos mantienen los alimentos durante períodos cortos –días- y los congeladores durante largos.

2.- COMO FUNCIONASe basa en la condensación y evaporación de un gas.Mediante este proceso se consigue la extracción del calor de los alimentos, cediéndolo al exterior a través del condensador

situado en la parte posterior.

3.- AHORROLos frigoríficos y congeladores ofrecen la manera más cómoda y natural de conservar los alimentos. Hacen la vida mucho más

fácil con un gasto de energía reducido.Los costes de funcionamiento oscilan entre los 24.04 y los 540.91euros al año, y dependen del tipo de aparato,

de al eficiencia energética, de su ubicación y de su utilización.En el cuadro comparativo encontrará los consumos medios de los equipos con más presencia en el mercado.

TIPO DE EFICIENCIA CAPACIDAD CONSUMO COSTEAPARATO ENERGÉTICA (LITROS) KWH/AÑO EURO/AÑOFrigorífico A 265/85(*) 356 35.81con congelador C 265/85(*) 534 53.72Congelador A 220 277 27.87vertical C 220 415 41.75Congelador A 350 262 26.36horizontal C 350 393 40.14

(*) Capacidad frigorífico/capacidad congelador

4.- ELEGIR BIENPara adquirir el frigorífico que mejor se adapte a sus necesidades, debe terner en cuenta tres factores fundamentales:- Número de miembros de su familia- Hábitos y necesidades de compra.- Grado de exigencia.4.1 DOS PUERTAS CON CONGELADOR SUPERIORVENTAJAS! Bajo consumo.! Suficiente para dos personas.! Precio bajo de compra.INCONVENIENTES! No aconsejable para 4 personas.! Dependencia en regulación de temperatura entre compartimentos.4.2 DOS PUERTAS CON CONGELADOR INFERIORVENTAJAS! Bajo consumo.

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! Suficiente para cinco personas.! Posibilidad de frío dinámico.INCONVENIENTES! Rendimiento medio.! Dependencia en regulación de temperatura entre compartimentos.4.3 COMBIVENTAJAS! Regulación independiente de temperaturas entre compartimentos.! Alto rendimiento.! Adaptable a nuestras necesidades.! Posibilidad de frío dinámico4.4 NO-FROSTVENTAJAS! Rapidez para enfriar.! No tiene escarcha ni condensaciones.! Muy buena regulación y rendimientoINCONVENIENTES! Temperatura de congelación insuficiente.! Consumo elevado.! Dependencia de temperatura entre compartimento.Tenga en cuenta que puede encontrar en el mercado modelos que no utilizan gases perjudiciales para el mido ambiente.Observe si lleva etiqueta energética en la que se informa, entre otras cosas, de su consumo, rendimiento y ruido.Como dato orientativo, se recomienda un refrigerador de 200 a 300 litros para una familia de 3 a 4

personas y de 350 a 500 litros para mas de 5 personas.Para el congelador: 50 litros por persona para familias que viven en zona urbana y 80 litros para los que viven en zona rural.

5.- TIPOS! Aparato de una puerta con congelador interior.! Aparato de dos puertas con congelador superior.! Aparato de dos puertas con congelador inferior: con frío dinámico para lograra un mejor rendimiento.! Combinados o «combi»: dos compartimentos con regulación de temperatura independiente. Existen dos tipos de «combi»:

Con dos motores, uno para el refrigerador y otro para el congelador. Un solo motor y electroválvula de tres vías.! No-frost: refrigeración forzada y evaporador oculto para no ver la escarcha.! Cooler: se trata de un frigorífico sin congelador.

6.- INSTALACION! Libre colocación: se puede instalar en cualquier lugar. Sólo tiene que evitar instalarlo cerca de una zona caliente

(radiador, horno...) para no aumentar su consumo eléctrico. Actualmente, se comercializan aparatos de formas redondeadas, dediferente colores y en acero inoxidable.

! Panelable: dispone de unos perfiles que soportan paneles de unos 3mm. De espesor. Se pueden colocar del mismo colorque los muebles de la cocina.

! Integrable: se superpone a la puerta otra igual que la que se utiliza en un armario de la cocina. Así se consigue el mismoaspecto que el resto del mobiliario.

7.- USO! No fuerce el termostato hasta posiciones que hagan que el hielo bloquee el evaporador, evitando que el frío se distribuya.

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! Coloque los alimentos de forma que el aire pueda circular libremente entre ellos.! No abra las puertas durante mucho tiempo y de forma continuada.! Rote correctamente los alimentos para impedir que caduquen y racionalice las compras en función de sus necesidades.! No introduzca alimentos aún calientes.! Sitúe el aparato lo más lejos posible de las fuentes de calor: cocina, rayos de sol...! Vigile para que no se acumule escarcha.! En ausencias prolongadas, desconecte el aparato y deje sus puertas abiertas.

8.- MANTENIMIENTO! Vigile que el burlete está en buen estado. El burlete es la banda de goma en el contorno de la puerta y

de él depende el aislamiento del aparato.! Controle que la bombilla se apague al cerrar la puerta. Desplace el burlete ligeramente con la

puerta cerrada y mire.! Descongele el congelador cuando la pared de hielo sea muy gruesa (de 8 a 10 mm) siguiendo las instrucciones del

fabricante.! Limpie periódicamente el polvo del evaporador (serpentín trasero).! Carnes y aves: empaquete según su uso, como máximo en piezas de 2kg.! Pescados y mariscos: guárdelos limpios, lavados y secos.! Hortalizas y verduras: conviene guardarlas limpias, troceadas y lavadas.! Frutas: guárdelas lavadas, peladas y deshuesadas (si procede). Se pueden congelar en almíbar o bien cubiertas de azúcar.! Pasteles: empaquételos, endureciendo previamente en el congelador los pasteles decorados para no dañar su aspecto.! Pan: empaquételo, mejor cortado en rebanadas para su posterior utilización.! Platos cocinados: enváselos en porciones según su uso. Al cocinar los platos que se vayan a congelar, es preferible

reducir el tiempo de cocción unos 10 minutos en aquellas comidas que se sirven calientes, finalizando su cocción cuando sedescongelen.

9.- VENTAJASLa congelación es la manera más natural de conservar los alimentos a medio y largo plazo, ya que no exige la adición

de ningún agente de conservación.Es un método de conservación rápido y fácil.Se pueden aprovechar las ofertas y comprar mayor cantidad de alimentos, para así ahorrar dinero.Comprando productos congelados industrialmente, se ahorra el tiempo y el trabajo que ocasiona su preparación.Gracias al congelador no se depende de las estaciones del año, de las horas de cierre de los comercios ni de

las subidas del precio de los alimentos.

10.- CONSEJOS! Ajuste el termostato en invierno y en verano de acuerdo con la temperatura ambiente.! Compruebe el consumo en la etiqueta energética del fabricante, sepa que es obligatoria su exposición al publico. Y que los

niveles A y B son los más eficaces hasta un 50% que la media de este tipo de aparato.! Descongele los alimentos con tiempo suficiente, metiendo los congelados en el frigorífico y evitando usar el microondas o el

horno directamente.! Evite evaporaciones y malos olores tapando los líquidos que introduce en el frigorífico.! Evite que escape el frío abriendo la puerta lo menos posible y compruebe que cierra correctamente.! Haga hielo en bolsas de plástico, o el de las cubitera, presérvelo en bolsas también,.! Limpie periódicamente la pared trasera del frigorífico o el congelador y procure que esté bien ventilado.! No introduzca nunca alimentos en el frigorífico o en el congelador. Si los deja enfriar fuera, ahorrará energía.

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! Por su nivel de aislamiento térmico y la eficiencia de sus motores, los frigoríficos «eficientes» consumen menos energía quelos convencionales.

! Procure mantener limpio el interior del frigorífico, eliminando el agua y la escarcha adherida a las paredes.! Si piensa comprar un nuevo frigorífico, compare distintos aparatos y seleccione el de capacidad adecuada a sus necesidades

y de menor consumo de energía.

12º. LAVADORA

1. QUÉ ESLa lavadora es el electrodoméstico que lava, aclara y centrifuga cualquier tipo de ropa, dejándola en condiciones

óptimas para el secado.La lavadora-secadora realiza las funciones de lavadora y secadora en un mismo aparato, y ha ganado popularidad en

los últimos años. Los componentes básicos son:! Cuba.! Tambor.! Resistencia.! Motor.! Mecanismos de regulación y control.! Depósito de detergente.! Condensador (sólo lavadoras-secadoras).

2. CÓMO FUNCIONALa lavadora determina la cantidad de agua, el ritmo de lavado y la temperatura del agua

según el programa escogido.Las lavadoras automáticas disponen de diferentes programas para adaptarse al tipo de tejido y grado de suciedad

de la ropa.Las lavadoras eficientes utilizan el sistema de lavado por rociado, reduciendo el consumo de agua alrededor de un

70%, y el de energía un 24%.

3. AHORROPermite optimizar el gasto de agua, detergente y energía destinados a la colada con el mínimo trabajo.El porcentaje mayor del gasto de energía pertenece al calentamiento del agua, ya que los demás elementos, incluido

el motor (300W), apenas consumen energía.Sí es importante el consumo de agua, por lo que es conveniente adquirir máquinas de desarrollo ecológico.Potencia usual 2.0 – 2.5 kw.Consumo medio mensual 40- 50 kwh.Para una familia de 4 personas con lavadora de eficiencia energética B el coste con Tarifa Nocturna sólo es de 8.59 euros/año.

En el cuadro comparativo encontrará información más detallada sobre costes:

COSTE DE LAVADO (EUROS)Lavadora eléctrica Lavadora a gas

Temperatura Tarifa aplicada Clase B Clase Dde lavado aplicada

2.0 17 22 —60ºC Gas D.1+2.0 — — 25

2.0N 8 10

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El gas que se consume en una lavadora bitérmica, (a gas)es para calentar el agua del lavado.1.0 Es la tarifa normal1.1 Es la tarifa nocturna

4. ELEGIR BIENEs aconsejable que la lavadora disponga como mínimo de:! Varios números de programas: sus necesidades dependerán de la variedad en los tipos de tejidos que use

(algodón, fibras, lanas, etc,), del grado de suciedad y del color.! Varios niveles de temperatura: diferentes ritmos de lavados según programas. Una velocidad de centrifugado

mínima de 700 r.p.m., que permita escurrir rápidamente la ropa.

5.- TIPOS5.1 CARGA FRONTALIdeal para utilizar la parte superior como plano de trabajo o para superponer en columna una secadora de

carga frontal.Las dimensiones suelen ser de 85 cm, de alto por 60cm de ancho y 60cm de fondo, aunque existen modelos con fondo inferior.

Las hay panelables e integrables con los armarios colindantes.5.2 CARGA SUPERIOREs más estrecha y una solución si existen problemas de espacio. No hay que agacharse para introducir la ropa.

Las dimensiones suelen ser de 85 cm de alto por 40 ó 45 cm de ancho y 60 cm de fondo.

6.- INSTALACIÓNSe recomienda un circuito independiente cuya sección sea de 4mm2. La potencia eléctrica de las lavadoras esta

comprendida entre 2.2kw y 3.3 kw.

7.- USO! Lea las etiquetas de las prendas y siga sus indicaciones.! Utilice el termostato adecuadamente.! Aproveche al máximo la capacidad de carga de la lavadora, pero sin sobrepasar el nivel indicado por el fabricante

(tenga en cuenta que lavar dos veces al día con la mitad de carga cuesta el doble que hacerlo una solo vez con la carga máxima).! Agrupe antes del lavado la ropa según la clase de tejido, suciedad y programa a utilizar.! No añada demasiado detergente, ya que aumenta la espuma y disminuye el efecto del lavado.

8. - MANTENIMIENTO! Limpie la lavadora periódicamente para evitar depósitos de cal.! Limpie el filtro para evitar atascos y elimine de la ropa objetos sueltos que puedan obstruirlo y atascar la bomba.! Nivele correctamente el aparato para evitar ruidos, movimientos, etc.! Evite estrangulamientos en las tuberías de alimentación y evacuación de agua.

9.- VENTAJASExcelentes resultados con menores consumos de agua, electricidad y detergente.! El centrifugado favorece la reducción del consumo en la secadora. Sólo precisa energía eléctrica.

Al calentar el agua no se producen pérdidas de calor en el transporte.! Las lavadoras eléctricas sólo necesitan un circuito eléctrico y una entrada de agua.! Seguridad máxima al no utilizar productos tóxicos ni inflamables.

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10.- OTROS CONSEJOSLa lavadora secadora permite ahorrar espacio, pero tiene el inconveniente de que al utilizar el mismo tambor para los procesos

de lavado y secado, no se puede secar de una sola vez la carga máxima de la lavadora, ya que el proceso de secado requiere unvolumen de tambor mayor para la misma cantidad de ropa.

Por eso es necesario bien efectuar manipulaciones suplementarias en la colada y aumentar el tiempo de secado, bien realizarel lavado de la mitad de la carga y el secado posterior en una misma operación.

11.- CONSEJOS! Aproveche al máximo la capacidad de su lavadora y procure trabajar siempre con carga completa. Reducirá el consumo de

agua, detergente y energía y alargará la vida del aparato.! Con los nuevos sistemas de ahorro, hay lavadoras que ajustan la cantidad de agua y su calentamiento a la carga de ropa que

tienen en cada lavado.! El 90% del consumo de la lavadora es para calentar el agua. Procure utilizar un programa de lavado con agua fría o

templada, que suele ser suficiente con los detergentes actuales.! Existen en el mercado lavadoras de programas de media carga, que permiten programar el lavado desde 1 hasta 4kg de ropa

y reduce significativamente el consumo, aunque siempre es mejor lavar a carga completa.! No use jabón en exceso. Aumenta la cantidad de detergente vertido al medio ambiente, y, además, es posible que tengas que

repetir el aclarado.! Si compra una lavadora nueva, elígela con centrifugado de alta velocidad. La ropa saldrá escurrida y reducirá el tiempo de

uso de la secadora.! Un centrifugado de la lavadora a 1.200revoluciones, en vez a 700, reduce el consumo de la secadora en un 20%.! Una colada a 60ºC consume casi la mitad de energía que una a 90ºC.! Una lavadora funcionando con poca ropa, en un programa normal, utiliza casi la misma cantidad de energía que con su

capacidad máxima.

VITROCERAMICA

1.- QUE ESEs el tipo de cocina más limpio, seguro, preciso y fácil de utilizar. Las zonas de cocción están serigrafiadas

sobre una superficie plana muy resistente al peso, a los golpes y a las diferencias de temperatura.El calor se obtiene de unas resistencias eléctricas situadas bajo las zonas de cocción. En algunos casos se cuenta con

el apoyo de unas lámparas halógenas.Consta de los siguientes elementos:- Material vitrocerámico.- Elementos calefactores.- Mecanismos de regulación y control.1.1 MATERIAL VITROCERÁMICA1.1.1 Una superficie de cocción totalmente lisa y sin poros, muy fácil de limpiar.1.1.2 Sus principales características son:1.1.3 Control de la de transmisión del calor: la transmisión de calor es máxima hacia arriba, prácticamente

nula hacia abajo y mínima en sentido lateral. Así, se elimina el riesgo de quemaduras.1.1.4 Elevada resistencia a altas temperaturas: soporta diferencias de temperaturas de hasta 650º C entre

la zona caliente de cocción y el borde frío de la encimera. Tampoco le afectan enfriamientos bruscos. Por ejemplo, por caída de agua fría.1.1.5 Alta resistencia a golpes: en las pruebas de control de calidad, se deja caer 10 veces sobre el panel

vitrocerámico un disco de 1.8 kg desde una altura de 20 cm, con la vitrocerámica conectada y desconectada. No obstante, debenevitarse los impactos de objetos pequeños y puntiagudos.

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1.1.6 Alta resistencia al peso: le panel vitrocerámico puede soportar un recipiente de 18 cm de diámetro con 25 kg de pesoo una masa de 250 kg repartida en una superficie de 50 x 50 cm, pesos muy superiores a los de uso corriente.

1.1.7 Bajo coeficiente de dilatación térmica: las variaciones de tamaño son imperceptibles incluso a altísimastemperaturas. El coeficiente de dilatación térmica es 90 veces menor que el del vidrio normal y 190 veces menor que el del acero inoxidable.

1.2 ELEMENTOS CALEFACTORES1.2.1 Son los encargados de elevar la temperatura.1.2.2 Las fuentes de calor pueden ser:1.2.3 Zona de calor por resistencias: los elementos calefactores (resistencias) están debajo del panel, situados

sobre material refractario aislante que hace que el calor se transmita hacia arriba por radiación.1.2.4 Zona de calor halógena: Incorpora un tubo halógeno conectado en serie con una resistencia.1.2.5 Zona de calor por inducción: en el interior de la vitrocerámica, un circuito electrónico conectado a una

bobina que crea un campo magnético. Al entrar en atraviesa, produciendo calor.1.3 MECANISMOS DE REGULACIÓN Y CONTROL:1.3.1 Mandos de regulación: controlan con gran precisión la temperatura necesaria para cada tipo de cocción y se

regulan de forma independiente en cada zona de calor.1.3.2 Termostato de seguridad: interrumpe automáticamente la corriente eléctrica cuando la superficie de la

vitrocerámica alcanza una determinada temperatura.1.3.3 Pilotos de calor residual: para advertir de que las zonas de cocción están aún calientes.

4.- COMO FUNCIONAExisten tres grandes grupos de tecnologías empleadas: resistencias radiantes, halógenos y deinducción.Las potencias máximas más usuales de los puntos de cocción son 1200, 1700 y 2100 W.En las vitrocerámicas de inducción, el calor se genera directamente en el recipiente gracias al inductor situado

bajo la placa.Las vitrocerámicas con zonas de cocción por resistencias y halógenas, transmiten el calor por conducción desde los

elementos calefactores hacia el recipiente que esta situado sobre ella.4.1 VENTAJAS DE LOS PUNTOS DE COCCIÓN CON HALÓGENOS:4.1.1 Emisión de calor y luz instantánea.4.1.2 Rapidez de calentamiento.4.1.3 Menor dependencia de la calidad del recipiente.4.1.4 Flexibilidad y rapidez de reacción al mando de la placa.4.1.5 Mayor seguridad contra los errores de manipulación.4.2 DIMENSIONES: Prácticamente todas las vitrocerámicas se instalan en un plano de trabajo de 60 cm. De profundidad.

Aunque existen variantes que van desde los 45 cm a los 90 cm de ancho.4.3 NUMERO DE ZONAS DE COCCIÓN: 2,4 y 4 con zona adicional de calientaplatos.

5.- COMBINACINES DE LOS TIPOS DE ZONAS DE COCCIÓNHay modelos que combinan las zonas de cocción por resistencias con halógenas y de inducción.Regulación de la energía: se realiza de dos formas:5.1 Regulación de energía: El mando suele estar numerado del 0 al 12, de forma que las zonas de cocción se

conectan y desconectan a intervalos de tiempo variables.5.2 Regulación de potencia: el mando suele estar numerado del 0 al 6. A cada posición le corresponde una

potencia distinta.

6.- AHORROLas vitrocerámicas por inducción son las de menos gasto de funcionamiento.

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Puede comparar consumos y costes con mayor detalle en los cuadros adjuntos.

CONSUMOS EN LA ELABORACION (WH)PLATOSPREPARADOS ELECTRICIDAD GAS NATURAL

Halógena Resistencia Inducción standard vitrogasHuevos fritos 72 63 36 82 171Filete de ternera 87 83 73 136 205Arroz blanco 267 280 246 504 802Caldo 789 852 832 1786 1939Compota 417 329 256 710 707Alubias 401 483 622 918 1069

COSTES EN LA ELABORACION ( EUROS)PLATOSPREPARADOS ELECTRICIDAD GAS NATURAL

Halógena Resistencia Inducción Estandard VitrogasHuevos fritos 0,01 0.01 0.01 0.01 0.01Filete de ternera 0.01 0,01 0.01 0.01 0.01Arroz blanco 0,03 0.03 0.02 0.03 0.04Caldo 0,08 0.09 0.08 0.10 0.10Compota 0,04 0.03 0.03 0.04 0.04Alubias 0,04 0.05 0.06 0.05 0.06

7.- ELEGIR BIENElija encimeras vitrocerámicas con zonas de cocción de resistencias. Su coste de adquisición es inferior a las

alógenas y su duración es mayor.Es recomendable que alguna zona de cocción de la encimera sea bicircuito.Si los mandos están incorporados en la encimera, es preferible que sean del tipo «táctil» , para que sea mas fácil su

limpieza.

8.- INSTALACION8.1 CON MANDOS INCORPORADOS.! Sensores.! Parte frontal.! Mecánicos.! Sobre la vitrocerámica.8.2. CON MANDOS INDEPENDIENTES! Módulo bajo la vitrocerámica.! Incorporado en el horno polivalente! Se recomienda tener un circuito independiente cuya sección de cable sea 6 mm2 . La potencia eléctrica de la vitrocerámicas

esta comprendida entre 5 kw y 7.5 kw.

9.- MANTENIMIENTO9.2 Limpie la vitrocerámica después de cada uso, cuando este fría o templada.9.3 Use un trapo humedecido y detergente especial para vitrocerámicas- con alto contenido en siliconas,9.4 Posteriormente, se retiran los restos de detergente con un trapo húmedo.9.5 Si quedan restos de alimento , elimínelos con la rasqueta.

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10.- VENTAJAS10.1 Facilidad de uso. Los mandos de regulación numerados simplifican la selección de la temperatura.10.2 Precisión en las temperaturas de cocción controladas por termostato.10.3 Distribución uniforme del calor por estar en contacto directo con el recipiente. Se puede seleccionar el tamaño de la

zona de cocción en función del tamaño del recipiente.10.4 Facil de limpiar.10.5 Es suficiente con un circuito eléctrico, no precisa instalación de gas ni ventilación especial ya que no quema combustibles.10.6 Se puede colocar en cualquier lugar. Solo necesita una toma de corriente para poder funcionar.10.7 Dispone de termostatos de seguridad que desconectan la zona de cocción en caso de permanecer conectada ( por

descuido) sin ningún recipiente.10.8 Controla la temperatura durante todo el proceso de cocción y disminuye los riesgos de quemar los alimentos.10.9 Un indicador luminoso permanece conectado siempre que la zona de cocción se mantiene caliente.10.10 Seguridad máxima al no utilizar productos tóxicos ni inflamables.

11.- CONSEJOS11.1 Al comprar menaje de cocina, ollas , sartenes, cazuelas, procure que su fondo sea mayor que las placas o zonas de

cocción de su vitrocerámica.11.2 Aproveche el calor residual de la vitrocerámica, apagándola cuando falten unos 2 min. Para terminar de cocinar.11.3 Elija la temperatura adecuada para cada tipo de comida; para hervir líquidos o cocer alimentos, utilice la temperatura

mas alta al principio, después cocine a fuego lento reduciendo la temperatura.11.4 Las vitrocerámicas de inducción son muy seguras porque se mantienen frías mientras se cocina y solo se calienta el

recipiente.11.5 Si prepara comida congelada, descongélela antes de cocinar y gastará menos energía.11.6 Con la vitrocerámica es mejor utilizar baterías de cocina con fondo grueso difusor del calor, perfectamente plano.11.7 En la vitrocerámicas evite utilizar cazuelas de barro.11.8 Siempre que pueda utilice ollas a presión. Consumen menos energía y ahorrarán mucho tiempo.11.9 También existen sartenes y demás menaje de cocina con fondo ligeramente cóncavo, que se dilata al calentarse y se

adapta perfectamente a la vitrocerámica y a las placas eléctricas, y aprovechan mejor el calor.11.10 Use cazuelas y sartenes de mayor tamaño que la placa o zona de cocción de su vitrocerámica. Si un recipiente deja

al aire 2 o 3 cm de la zona ce cocción está perdiendo la mitad de la energía consumida.

LAVAVAJILLAS

1.- QUÉS ESEl lavavajillas es un electrodoméstico que realiza automáticamente las funciones de lavado (utilizando agua caliente a

presión, detergente, sal y abrillantador), aclarado y secado de platos, vasos, cubiertos, ollas y cacerolas.Son máquinas capaces de obtener resultados óptimos de lavado con un mínimo consumo de energía y agua.

Como ejemplo basta señalar los modelos de última generación, donde los niveles de consumo de agua han sido reducidos a sólo19 litros y la energía a 1.3 kw, consiguiendo el secado sin aporte de energía adicional. También se han reducido considerablementelos niveles de ruido (50dB).

Los componentes básicos son:- Cuba- Cestos (espacio donde se colocan los utensilios)- Aspersores (elementos por donde circula el agua)- Resistencia- Motor

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- Mecanismos de regulación y control- Depósitos de detergente, sal y abrillantador.- Descalcificador

2.- CÓMO FUNCIONAEl lavavajillas lava, aclara y seca automáticamente la vajilla.En el interior del lavavajillas, están situados dos cestos, en los que se depositan los utensilios a lavar. En el cesto

inferior se colocan aquellos utensilios que contengan mayor suciedad, ya que el agua sale a mayor presión. Los utensilios másdelicados, se colocarán en la cesta superior.

El agua es enviada desde la bomba de impulsión hacia los aspersores, que están colocados bajo las cestas, y éstos giranhaciendo llegar el agua a los utensilios.

Una vez el agua de nuevo en la base de la cuba, ésta es filtrada y enviada otra vez hacia los brazos rotativos.El agua sale de la máquina por medio de la bomba de desagüe, realizándose posteriormente los aclarados y el secado.El lavado y el último aclarado se realizan siempre con agua caliente, para disolver la grasa y facilitar el proceso de sacado

posterior. Por eso, todos los lavavajillas llevan incorporada una resistencia eléctrica.Existen lavavajillas que permiten realizar el lavado a media carga, en esta opción el agua llega a una solo cesta, colocando por

tanto los utensilios a lavar en dicho espacio.

3.- AHORROEl coste en el lavado, para una familia de 4 personas utilizando un lavavajillas de eficiencia energética B, asciende a 16.88

euro/año, utilizándolo dentro del horario de Tarifa Nocturna.La potencia eléctrica de estas máquinas va desde 2.2kw a 3.3 kw, la mayor parte de la cual corresponde a la

resistencia para el calentamiento del agua, y secado de la vajilla y unos 200w corresponden al motor y la bombaEl consumo medio de un lavavajillas puede ser de unos 20 litros de agua y 2.3 de energía por ciclo de lavado, y la

potencia usual 2.0 – 2.5 kw.Además del ahorro de tiempo y de esfuerzo que supone el lavavajillas, el consumo de agua y electricidad es menor que el

realizado en el lavado tradicional a mano. El gas que se consume en un lavavajillas a gas es para calentar el agua.

LAVAVAJILLAS ELÉCTRICO LAVAVAJILLAS A GASConsumo eléctico (Wh) 1179 477Consumo de gas (Wh) —- 1303Consumo de agua (litros) 23.3 23.7Tiempo (minutos) 60 50Coste de lavado (euros) Tarifa 2.0 0.12 Tarifa D1 y 2.0 0.12

Taifa 2ON 0.05

4.- ELEGIR BIENLa elección de un lavavajillas dependerá de:- El lugar donde el usuario quiera colocarlo.- El número de personas que componen la familia. En el futuro la familia aumenta o las costumbres cambian- Resulta más conveniente comprar un lavavajillas de 12 cubiertos, que uno de pequeña capacidad, ya que la incidencia

de la capacidad sobre el precio de compra o de consumo es mínima.- Aunque la familia sea pequeña es mejor utilizar el lavavajillas una vez al día que tres, pues su vida y los

gastos de energía eléctrica, detergente, abrillantador y agua dependen del número de veces que se utilice.Si no se dispone del espacio necesario para instalar un lavavajillas, se puede resolver el problema instalando uno de 45 cm.Los lavavajillas eficientes garantizan un excelente resultado con menor consumo de electricidad.

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4.- TIPOS4.1 DE 12 CUBIERTOSSus dimensiones son de 60 cm de ancho por 60 cm de fondo con una altura de 85 cm de alto.4.2 DE 7 CUBIERTOSDe iguales dimensiones que el anterior, excepto el ancho, que corresponde a 45 cm.4.3 Existen también otros lavavajillas menos generalizados de 16 y de 4 cubiertos.

5.- INSTALACIONSu ubicación natural es en la cocina, preferentemente junto al fregadero para en comodidad y siempre teniendo en

cuenta las tuberías de alimentación y evacuación de aguas. Existen distintas posibilidades:5.1 lavavajillas independientes. Es el lavavajillas aislado sin la encimera. Instalación libre.5.2 Lavavajillas panelable. La puerta dispone de unos perfiles que permiten soportar paneles de unos 3 mm de

grosor, para igualarlo con los muebles de cocina.5.3 Lavavajillas integrable. Permite superponer una puerta consiguiendo el mismo aspecto que los armarios

colindantes. Colocación bajo encimera. Totalmente oculto.5.4 Lavavajillas con un fregadero. En este caso se llama centro de lavado.Es recomendable un circuito independiente para el electrodoméstico, cuya sección sea de 4mm2.

La potencia eléctrica de los lavavajillas está entre 2.2 kw y 3.3kw.

6.-MANTENIMIENTO! Limpie ligeramente la vajilla para que la suciedad excesiva obstruya los filtros.

6.1 utilice el aparato preferiblemente a plena carga. De esta manera se ahorra energía y detergente, y se alarga la vidadel aparato.

6.2 Ajuste la dosis adecuada del abrillantador.6.3 En zonas con aguas duras (cal) debe llenar el depósito de sal. Mejorará el acabado del lavado e impedirá que

se obstruya el descalcificador.6.4 Limpie los filtros periódicamente.6.5 Utilice cada dos meses limpiamáquinas.6.6 Ponga en marcha periódicamente el lavavajillas para impedir el resecamiento de las gomas y los depósitos de cal.6.7 Nivele correctamente el aparato para evitar ruidos, movimientos, etc.6.8 Evite estrangulamientos en las tuberías de alimentación y evacuación de agua.

7.- VENTAJAS7.1 gana tiempo. Lavando y secando los platos en un lavavajillas, una familia de cuatro personas gana 213 horas al

año, un tiempo equivalente a más de cinco semanas de trabajo.7.2 Disminuye el riesgo de rotura. Cuando los platos están jabonosos se producen la mayor cantidad de roturas

al resbalarse estos de las manos.7.3 Mayor higiene. Al efectuar el lavado y secado de la vajilla, en el interior del lavavajillas, y a una temperatura de

65ºC se consigue mayor higiene que en el lavado a mano, con una temperatura alrededor de 40ºC.7.4 Gana orden. Se evitan los utensilios sucios ocupando buena parte de la cocina.7.5 Son ecológicos. Se consume menos agua y energía que en el lavado a mano, contribuyendo a mejorar el medio

ambiente.7.6 Solo se precisa energía eléctrica. Ya que el motor y el calentamiento del agua se realizan con electricidad.7.8 Calienta el agua a la temperatura precisa y únicamente cuando la necesita, en la fase de lavado

y en el último aclarado.7.9 Seguridad máxima al no utilizar productos tóxicos ni inflamables.

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8.- CONSEJOS! Aclare la vajilla en el fregadero antes de introducirla en el lavavajillas. Así podrá utilizar el programa corto de lavado.! Aproveche al máximo la capacidad de su lavavajillas y procure que trabaje siempre con carga completa. Reducirá el consumo

de agua, detergente y energía, y alargará la vida del aparato.! Compruebe el consumo en la etiqueta energética del fabricante. Los niveles A y B son los más eficientes.! Elija siempre un programa adecuado a la suciedad de la vajilla que va a lavar.! Para lograr una mayor eficacia en el lavado, mantenga llenos los depósitos de sal y abrillantador.! Si compra un lavavajillas nuevo, elija un modelo con dispositivos específicos para lavar a media carga. Consumen menos

detergente y ahorran un 30% de agua y energía por cada lavado.! Si tiene que lavar a media carga, use el programa corto o económico.! Si tiene tarifa nocturna, cargue la vajilla usada durante todo el día en el lavavajillas y conéctelo por la noche. Es una forma

sencilla de reducir el gasto a la mitad.

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INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICAEl efecto fotovoltaico era conocido desde principio de siglo, hasta el año 1954 no se consiguió producir la primera célula que

aprovechase dicho efecto con un rendimiento razonable, siendo lograda por la Bell Telephone, en New Jersey. Desde mediados desiglo se desarrolló el proceso de purificación de monocristales de silicio, impulsando enormemente el avance de la industriaelectrónica.

En 1956 Loferski publicó unas tablas de rendimiento de conversión fotovoltaica para todos los materiales semiconductores y aprincipios de años 70 se obtuvieron en laboratorio rendimiento del 20% trabajando con células monocristalinas de arseniuro degalio (GaAs). Dicho rendimiento es sensiblemente menor cuando dichas células se producen a escala mundial.

Se ha experimentado también con células compuestas por dos capas: una de sulfuro de cadmio (SCd) y otro de sulfuro de cobre.Que presenta la ventaja de que utilizan muy poco material activo y un proceso de fabricación más sencillo, pero los rendimientos sondemasiado pequeños para ser utilizados a escala industrial.

La comercialización de las células solares fotovoltaicas comenzó con las de silicio monocristalino, que aún ocupan el primerlugar en el mercado. Más tarde aparecieron las compuestas por material policristalino, de fabricación más económica, aunque demenores rendimientos, que presentan la ventaja adicional de poder ser fabricadas en forma cuadrada y así aprovechar mejor el árearectangular disponible en un panel.

Recientemente se han comercializado células de silicio amorfo, extendiendo su uso para dispositivos de muy baja potencia,como calculadores, relojes, radios portátiles, etc, y, por último, han aparecido tecnologías más sofisticadas, como las películasdelgadas de semiconductores, o las combinaciones de diversos semiconductores, a fin de optimizar la respuesta a la acción de la luzsolar.

También se ha desarrollado en España células bifaciales, capaces de aprovechar la radiación por sus dos caras y se experimentancon dispositivos concentradores, generalmente utilizados lentes de Fresnel, para aumentar la intensidad de la radiación incidentesobre la superficie de la célula.

Las primeras aplicaciones prácticas de la electricidad fotovoltaica se encontraron en los vehículos espaciales, alimentando losequipos de control, de medida, o de retransmisión de datos. Posteriormente se inició la producción industrial de los primeros panelespara aplicaciones terrestres domésticas, como electrificación industrial, electrificación de viviendas aisladas, aunque hasta el inicio dela década de los 80 estos productos no fueron suficientemente competitivos para lograr un mercado amplio.

1.- EFECTO FOTOVOLTAICOEl efecto fotovoltaico consiste en la conversión de la energía que transportan los fotones de luz incidentes sobre materiales

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semiconductores convenientemente tratados en energía eléctrica capaz de impulsar los electrones despedidos a través de un circuitoexterior, realizando un trabajo útil.

Un especial tratamiento del material semiconductor es necesario porque, en principio, la energía originalmente cedida por elfotón a los electrones de dicho material está destinada a convertirse en calor inútil, tras unos cuantos choques del electrón en sumovimiento a través de la red atómica.

2.- LA CÉLULA FOTOVOLTAICAUna célula fotovoltaica es una unidad formada por materiales semiconductores capaces de producir, mediante una

unión P-N, una barrera de potencial que haga posible el efecto fotovoltaico. El tamaño de cada célula, que depende fundamentalmentedel proceso de fabricación, varía normalmente desde unos pocos centímetros cuadrados hasta 100cm2 o más, y su forma es circular,cuadrada, o derivada de estas dos geometrías.

Las células se interconexionan en serie, para que los electrones expulsados de una sean recogidos por la siguiente, comunicándolesenergía adicional, a fin de lograr una diferencia de potencial para el circuito exterior que sea adecuada a efectos prácticos(normalmente entre 6 y 24 V).

3.- TIPOS DE CELULASAtendiendo a la naturaleza y características de los materiales semiconductores que la forman, las células fotovoltaicas pueden

clasificarse en varios grupos.El tipo de célula más común, y también el primero que se produjo industrialmente, es el formado por silicio puro monocristalino.El proceso de cortar las células a partir de una sola pieza produce gran cantidad de desperdicio de material semiconductor en

forma de polvo. Para evitar este inconveniente se introdujo un método de fabricación de células diferentes, consistente en produciruna fina tira continua de material policristalino que se corta en trozos rectangulares.

Las tecnologías más recientes en la fabricación de materiales se basan en el diseña conocido como de película delgada, que sediferencia de los anteriores, ya que no produce células individuales (que posteriormente han de ser conectadas en serie para obtenerel voltaje suficiente para las aplicaciones más habituales), sino una finísima capa de solamente 1 ó 2 mm de espesor de materialsemiconductor que se deposita sobre un substrato apropiado, formándose un módulo continuo que no requiere interconexionesinteriores.

Una curiosa característica de algunos tipos de películas delgadas semiconductoras es que los fotones que no logran transmitirsu energía a los electrones atraviesan la película a causa de su extrema finura, lo cual posibilita el diseño de módulos semitransparentesque podrían utilizarse, por ejemplo, en los techos de los automóviles y ventanales de los edificios.

Actualmente el tipo de película delgada que más se produce es la de Silicio-Hidrógeno (TFS), que es el material semiamorfo quese observa en las calculadoras y otros pequeños dispositivos solares, aunque también existen paneles de mayor potencia.

Existen otras clases de películas delgadas, como la constituida por la combinación de cobre, Indio y Selenio, abreviadamenteCIS, o incluso combinaciones más sofisticadas.

INFORMACIÓN TÉCNICA ENERGÍA SOLAR TÉRMICAEl encargado de captar la radiación solar y convertir su energía en energía calorífica es el colector solar.Un cuerpo expuesto al sol recibe un flujo energético E bajo el efecto del cual se calienta. Simultáneamente, se producen

pérdidas térmicas por radiación, convección y conducción que crecen con la temperatura de dicho cuerpo.Llega un momento en que las pérdidas térmicas Ep igualan a las ganancias debidas al flujo energético incidente, alcanzándose

la llamada temperatura del equilibrio.El equilibrio se representa: E=EpLa temperatura de equilibrio para los colectores normalmente utilizados no es demasiado elevada, siendo casi siempre inferior

a los 100ºC para los valores de I del orden de 1000W/m2.Si se logra extraer continuamente una parte del calor producido en el cuerpo por el flujo radiante incidente para aprovecharlo

como energía utilizable, se habrá cambiado las condiciones del equilibrio anterior.

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Si Eu es la energía neta extraída del cuerpo, el equilibrio se representaría:E=Ep+Eu

Evidentemente, Ep es ahora menor, ya que no toda la energía incidente se pierde, sino que una parte es aprovechada: El cuerpose ha convertido en un colector de energía solar térmica. Asimismo, la temperatura del cuerpo (temperatura de trabajo del colector)será menor que la temperatura de equilibrio del caso anterior, puesto que dicha temperatura disminuye con Ep.

Para aumentar Eu, hay dos opciones, reducir Ep o aumentar E.La primera opción implica mejor el diseño y construcción del colector a fin de reducir pérdidas.En la segundo opción, y con el fin de aumentar E, se recibe el flujo solar sobre una determinada superficie y, mediante algún

sistema óptico, se concentra dicho flujo sobre una superficie más pequeña para que, al disminuir el área, la intensidad aumente. Estesistema es la técnica utilizada en los llamados colectores de concentración.

En ambos casos se cumple la ecuación en la que E es por hipótesis constante para una situación determinada, y Ep y Eu sonfunción de la temperatura de trabajo del colector o temperatura de utilización, y de otros factores, especialmente delas condiciones ambientales.

En un colector solar la energía Eu es extraída del mismo a través de un fluido, llamado fluido caloportador, que sehace pasar a su través, recogiendo parte del calor producido y llevándolo a otro lugar donde será utilizado o acumulado.

Cuanto mayor sea la temperatura de utilización, mayores serán también las pérdidas térmicas y, por tanto, menor la cantidadde energía útil o aprovechable que el fluido caloportador será capaz de extraer.

Puesto que el rendimiento del colector se define como el cociente entre la energía útil obtenida y la energía solar incidente, éstedisminuye a medida que la temperatura de utilización aumenta.

De lo anterior se deduce una regla fundamental desde el unto de vista del aprovechamiento energético: Interesa hacertrabajar a los colectores a la temperatura más baja posible, siempre que dicha temperaturasea suficiente para la utilización específica en cada caso.

Los parámetros que intervienen en el rendimiento de los colectores, entre los que se pueden citar: el aislamiento, las pérdidaspor reflexión y la orientación de los propios colectores.

La mejora del aislamiento permite reducir las pérdidas Ep y aumentar, por consiguiente, la energía utilizable Eu. Esta influenciaes tanto mayor cuanto más elevada sea la temperatura de trabajo del colector.

Las pérdidas por reflexión se deben sobre todo a la cubierta transparente, de vidrio o de plástico, que suele existir en casi todoslos colectores.

En cuanto a la orientación, a mayor ángulo de incidencia entre los rayos y la normal a la superficie del colector, menor serála radiación aprovechada E, lo que provocará a su vez una disminución de Eu. Será preciso, por tanto, orientar los colectores paraque reciban durante el período de utilización la mayor cantidad posible de radiación.

Existen muchos tipos de colectores, atendiendo a los fines específicos a que van destinados, a las características de sus partesfundamentales, a los materiales utilizados en su construcción, etc.

En una primera clasificación se puede establecer dos grandes grupos: colectores sin o con concentración.Entre los primeros el modelos más usual es el denominado colector de placa plana por presentar un aspecto de

rectángulo plano cuando se le observa desde una cierta distancia. En realidad es un paralepípedo rectangular, cuya dimensión máspequeña es mucho menor que las otras dos. Normalmente una de sus caras está constituida por una cubierta transparente otranslúcida de vidrio o plástico, aunque en algunos modelos dicha cubierta no existe.

La invención del colector solar con fluido líquido es atribuida a H.B Saussure durante la segunda mitad del siglo XVIII, y otrosinvestigadores, como Herschel (1837) y Tellier (1885) ensayaron colectores muy semejantes a los que se realizan en nuestros días.Fue Clarence M. Kemp, un industrial de Maryland (U.S.A) quien, en 1892, fabricó por vez primera para su venta el primer colectorsolar de agua.

1.- SISTEMAS DE OBTENCIÓN DE AGUA CALIENTE SANITARIA (A.C.S)La producción de A.C.S. es quizás la aplicación práctica de la energía solar que mejor se adapta a las características de la misma

pues, por una parte, los niveles de temperaturas que son necesarios lograr (normalmente entre 40º y 50ºC) coinciden con los más

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apropiados para una buena eficacia del colector, y por otra, es una necesidad que debe ser satisfecha durante los doce meses delaño, por lo que la inversión en el sistema solar se rentabilizará más rápidamente que en el caso de aplicaciones estacionales, comopuede ser la calefacción en invierno, o el calentamiento de piscinas en verano.

2.- DEFINICIÓN DEL SISTEMAExiste una cierta tendencia, que no compartimos, a considerar que los sistemas de aprovechamiento de la energía solar han de

ser siempre simples. Esto viene quizás motivado por la consideración de que, como la energía solar es natural y abundante, seadaptará de manera natural a un sistema sencillo, térmico que en muchos casos se usa como sinónimo de rudimentario.

A veces, esta manera de pensar trae consecuencias nefastas e incluso el descrédito injusto de la propia energía solar.A menudo nos hemos encontrado con instalaciones hechas por aficionados sin apenas ningún conocimiento del tema e incluso

con colectores fabricados artesanalmente con materiales de desecho, que conducen inevitablemente en un plazo muy breve a unfracaso total de la instalación.

Otras veces, al no tenerse en cuenta las características de la energía convencional, que en la mayoría de los casos es necesarioutilizar, en realidad <<solar>> lo es sólo en apariencia, ya que la mayor parte de la energía consumida (y que el usuario paga)sigue siendo casi la misma que en ausencia del sistema solar.

Es importante tener presente que casi siempre el principal objetivo de una instalación solar es conseguir el máximo ahorro deenergía convencional, y por lo tanto, de dinero. Esto que parece tan obvio no es compatible con determinados diseños de sistemasen los que se hace trabajar indebidamente al sistema auxiliar, causando un pobrísimo rendimiento económico de la inversiónrealizada.

Definir el sistema es definir precisa y claramente las partes de que va a constar, así como las funciones específicas que cadaparte realizar. Dichas funciones son:· La función de captación, que depende no sólo de los colectores, sino de una serie de componentes que, junto con éstos, formanel subsistema de captación· La función de apoyo, casi siempre necesaria, y que ha de tener muy en cuenta no interferir ni perjudicar el propio rendimientotérmico solar· La función de utilización, que es el fin último del sistema y que debe asegurar el objetivo marcado, tanto en cantidad como encalidad, y corresponde a la red de distribución del A.C.S. con todos sus accesorios.

La eficacia global del sistema está condicionada por el propio diseño de cada uno de sus componentes pero también por lainterrelación de éstos entre sí.

Es preciso insistir en el hecho ampliamente contrastado de que existen muchas instalaciones en las que la necesidad estásiendo cubierta en realidad por el sistema de apoyo, con muy escaso aporte solar, pero, mientras no se produzcan anomalíasfácilmente observables o no se efectúe una comprobación periódica de consumos, este hecho pasa inadvertido para el usuario.Esto se debe sobre todo a una mala concepción del diseño o a una insuficiente definición funcional, y ocurre aunque loscomponentes empleados en la instalación sean de primera calidad.

La producción de agua caliente solar se puede definir en unos subsistemas y etapas hasta que ésta se encuentre disponible encantidad suficiente y lista para el consumo.

Si el suministro del agua caliente desde el punto de producción, o desde el acumulador hasta los diferentes punto de consumo,se realiza mediante una sola tubería, decimos que se trata de un sistema de distribución abierto, que es el comúnmente utilizado enpequeñas instalaciones, tanto en las unifamiliares como en aquellas otras en las que no hay grandes distancias entre producción yconsumo.

Este sistema simple no presenta ningún problema de regulación y su instalación es un montaje de fontanería convencional.Presenta sin embargo el inconveniente de que es preciso esperar, cada vez que se utiliza el agua caliente, a que la tubería se vacíede agua fría antes de que empiece a fluir la caliente.

Para poder facturar de forma real el consumo energético efectuado por deferentes usuario es necesario disponer de contadorescalorimétricos que evaluarán la energía suministrada.

Si el agua circula permanentemente a través de la tubería de distribución, volviendo al punto de producción o almacenamiento

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APLICACIONESRECOMENDADAS

! Viviendas aisladas de la red.! Conexiones a red.! Bombeo solar directo energía.

ENERGÍASOLAR

FOTOVOLTAICA

ENERGÍASOLAR

TERMICA

! Procesis industriales.! A.C.S. Agua Caliente Sanitaria.! Calentamiento de agua para piscinas.

Instalación desuelo radiante

a través de una tubería llamada <<de retorno>>, los puntos de consumo dispondrán casi instantáneamente de agua caliente. Aeste sistema de distribución se le denomina de recirculación.

3.- AVANCES TECNOLÓGICOS SOLAR TÉRMICA BAJA Y MEDIA TEMPERATURALa energía solar térmica de baja temperatura ha alcanzado su plena madurez tecnológica y comercial en España. El desarrollo

de la industria solar térmica en los últimos años ha conducido a una calidad considerable en los productos fabricados, junto a laposibilidad de garantizar la productividad térmica. La capacidad de fabricación de los principales productores españoles es alta, apesar de la todavía baja demanda de equipos solares.

Son de destacar los avances en normativa de edificación, como elemento clave para inducir la integración de estossistemas en edificios de nueva construcción.

FUNCIONAMIENTO DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICAUna instalación fotovoltaica está compuesta por generador fotovoltaico y un sistema de acumulación de energía en corriente,

siendo transformada después mediante un convertidor a corriente alterna.Es un instrumento de producción de energía, que producen más energía de la que consumen y la obtención de una fuente

inagotable y no contaminante como el sol. Los efectos para el medio ambiente son muy positivos, siendo una energía alternativa alas convencionales y una fuente inagotable.

FUNCIONAMIENTO ENERGÍA SOLAR TÉRMICAEl principio de funcionamiento es sencillo, asequible a pequeños fabricantes, y se basa en la captación de la energía

solar mediante un conjunto de colectores por los cuales se hace circular un fluido caloportador que se transfiere a unsistema de almacenamiento para abastecer el consumo de agua caliente a una temperatura de 45ºC o inferior. El materialempleado en el conjunto de placa absorbente y de los tubos colectores suele ser cobre.

APLICACIONES RECOMENDADAS

1.- APLICACIONES AISLADAS A LA REDEl proceso fotovoltaico es absolutamente silencioso, hecho que representa una clara ventaja para la electrificación de viviendas

aisladas, frente a los generadores de motor, caracterizados por el elevado nivel de ruidos que produce.El suelo necesario para instalaciones fotovoltaicos, no representa una cantidad significativa, aprovechando normalmente,

tejados de la vivienda, casetas o suelo no aprovechable para uso agrícola.

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2.- CONEXIÓN A LA REDRecientemente en España y tras la experiencia adquirida en los mercados Centro Europeos, donde la sensibilidad ecológica es

todavía mayor que la nuestra, se está empezando a trabajar en el desarrollo de un nuevo sector denominado «Conexión a Red». Estanueva aplicación es en la producción de energía eléctrica, mediante la instalación en un edificio u otro elemento de un campo solar,donde la energía generada por los módulos, no se almacena en baterías, sino se inyecta a la red eléctrica convencional para serutilizada en nuestros edificios o en otros puntos de dicha red eléctrica

3.- BOMBEO SOLAR DIRECTOEste sistema es muy interesante, debido a que hay muchos lugares donde hay que bombear aquí y no existe red eléctrica.

Donde se puede utilizar el bombeo solar directo es para usos agrícolas, ganaderos, cotos de caza, etc.Con una gran riqueza medioambiental, por no haber ruidos ni emisiones de contaminantes a la atmósfera.

4.- PROCESOS INDUSTRIALESHay infinidad de industrias que necesitan el agua caliente para sus procesos industriales, con el desembolso económico durante

todo el año.Donde la rentabilidad de una instalación solar térmica es muy interesante por el aprovechamiento de esa energía durante todo

el año.

5.- A.C.S. (AGUA CALIENTE SANITARIA)El agua caliente sanitaria, es necesaria durante todo el año, tanto en viviendas, hoteles, casas rurales, como albergues.Con un sistema térmico solar, se puede tener garantizadas durante 8 meses, A.C.S. sin ningún tipo de apoyo de energía

convencional.

6.- CALENTAMIENTO DE PISCINASGracias a la energía solar térmica, puedes calentar el agua de tu piscina, pudiéndose bañar un mes y medio antes y después

de lo habitual.Nada más que realizando el gasto de la instalación sin después ningún coste adicional.

7.- APROVECHAMIENTO DE LA CALEFACCIONEl tipo de instalación a instalar en viviendas es de suelo radiante, debido a su baja temperatura del fluido que circula por su

instalación.Siempre hay que contar con un sistema de apoyo para calefacción, debido a que cuando más necesidades térmicas tenemos,

menos horas solares y radiación tenemos.

SITUACIÓN DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA 2001Durante el año 2001, se han instalado en España más de 50.000 nuevos m2 de colectores solares térmicos, una cifra superior

en un 27% a la nueva superficie de captación del año 2000.Durante los últimos 3 años, se han instalado en España 113.000 m2 de paneles solares, un tercio del total de la superficie de

captación solar instalada a finales del año 1998 (año de referencia en el Plan de Fomento).Las cifras de nueva superficie instalada son, a pesar del incremento que viene experimentando anualmente, insuficientes para

alcanzar los objetivos del Plan en esta área: 4.500.000 m2 hasta el año 2010 (el 33% antes del año 2006). Las realizaciones de lostres últimos años (1999, 2000 y 2001) suponen algo menos del 8% de los objetivos del Plan hasta el año 2006, lo que implica lanecesidad de hacer un esfuerzo en los cinco años que restan muy superior al que se ha realizado en los tres pasados.

Desde el IDEA, se proporciona e impulsa la adopción, por parte de los entes locales, de normativas que obliguen a instalarsistemas de captación solar en nuevos edificios o edificios en rehabilitación, de manera que los sistemas solares cubran, al menos,el 60% de las necesidades térmicas para agua caliente sanitaria. IDEA publicó, en el pasado año 2001, una propuesta o texto modelo

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de Ordenanza Municipal sobre Captación Solar para Usos Térmicos que está siendo estudiada por los Ayuntamientos de algunasgrandes ciudades españolas como Madrid, Pamplona, Valladolid o Zaragoza.

La inclusión en el futuro Código Técnico de la Edificación de la obligatoriedad, en determinados casos, de introducir la energíasolar en edificios proporcionaría un importante impulso a este sector. El Ministerio de Fomento ha finalizado la redacción delProyecto de Código Técnico de la Edificación y está abierto, actualmente, el plazo de audiencia pública para la recepción deobservaciones por parte de los interesados.

Las ayudas para apoyo a la energía solar térmica de IDEA han jugado también un importante papel en los dos últimos años. Laconvocatoria de ayudas correspondientes al ejercicio 2002 se realizó mediante Resolución de la Dirección General de IDEA de fecha de12 de marzo de 2002 (BOE, de 27 de marzo), habiéndose prorrogado el plazo de presentación de solicitudes hasta el 17 de junio de2002. Al igual que en anteriores convocatorias, mediante Resolución de la Dirección General de IDEA de fecha de 26 de febrero de 2002(BOE, de 6 de marzo) se abrió un plazo para la acreditación de empresas o entidades colaboradoras de IDEA en el programa. Elpresupuesto máximo habilitado en esta nueva convocatoria para proyectos de aprovechamiento de la energía solar térmica asciende a10.818.217,88 euros (1.800 millones de pesetas) frente a los mil millones de pesetas de la convocatoria anterior y los mil doscientos dela de 2000.

La cuantía de la ayuda a percibir variará entre los 300,51 euros por metro cuadrado de superficie útil instalada en aquellasinstalaciones con captadores que presenten un coeficiente global de pérdidas igual o inferior a 4,5 W/(m2 ºC) y los 210,35 euros delas instalaciones que presenten un coeficiente global de pérdidas superior; en todo caso, dicho coeficiente de pérdidas habrá de serinferior a 9W/m2 ºC como requisito para beneficiarse de estas ayudas. Con carácter general, la ayuda a percibir será del 40% totaldel coste de la instalación incrementada en diez puntos en el caso de que la inversión sea realizada por pequeñas y medianasempresas.

Las Comunidades Autónomas también mantienen programas de ayudas para la instalación de paneles solares para la producciónde agua caliente: durante el año 2001, ha sido Andalucía la región que ha instalado mayor superficie de captación solar para usostérmicos (alrededor de 25.000 m2 nuevos, lo que representa un 49% del total de la superficie instalada en todo el territorionacional).

Siguen en importancia a Andalucía, Canarias, Cataluña y la Comunidad Valenciana, por este orden, con más de 4.000 m2 nuevosinstalados en cada una de estas regiones. La estadística de que dispone el IDEA sobre nuevos proyectos en explotación se refiere tansolo a aquellos que han recibido apoyos públicos de cualquiera de las Administraciones, lo que supone subestimar la cifra global denueva superficie de captación solar instalada en España.

Andalucía es la comunidad autónoma con mayor superficie de captación solar: más de 140.000 m2 a finales del año 2001.También es la comunidad autónoma para la que se fijaron los objetivos más ambiciosos de nueva superficie en el Plan de fomento:910.398 nuevos m2 hasta el año 2010 (un 20% del objetivo del incremento fijado para todo el territorio nacional).

Siguen en importancia a Andalucía, por superficie total instalada a finales del año 2001, los dos archipiélagos, que superaránlos 70.000 m2.

La instalación anual de 200.000 nuevos m2 de captación solar para usos térmicos requiere un mayor esfuerzo de todas lasAdministraciones Públicas que complementen las líneas de ayudas ya existentes: la posibilidad de que las inversiones en instalacionesde captación solar puedan beneficiarse de determinados incentivos fiscales contribuiría a dar el impulso necesario a un sector quedebe multiplicar por 4 las cifras de nuevos proyectos puestos en funcionamiento cada año para alcanzar los objetivos del Plan deFomento.

Durante el año 2001 se han instalado 51.357 nuevos m2 de captación solar: 31.351 m2 en instalaciones individuales, de unamedia de 6 m2, y 20.006 m2 en instalaciones colectivas, de 63 m2 por término medio. El objetivo hasta el año 2006 se establecióen 377.000 m2 en instalaciones individuales y 1.128.000 m2 en instalaciones colectivas, lo que supone la instalación media anual dealrededor de 47.000 m2 y 141.000 m2, respectivamente en instalaciones individuales y colectivas, en el período 1988-2006.Especialmente en lo que respecta a instalaciones colectivas, las realizaciones de los últimos años están muy lejos del objetivo fijadopor el Plan.

Los incentivos fiscales aprobados para las pequeñas y medianas empresas que realicen inversiones en bienes del activo materialnuevos destinados al aprovechamiento de fuentes de energía renovables pueden suponer un estímulo para la puesta en marcha de

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nuevos proyectos en el sector hostelero o en edificios de oficinas. La Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y del Orden Social ha modificado el artículo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades, para conceder el derecho a ladeducción de la cuota del 10% del importe de las inversiones en instalaciones o equipos para el aprovechamiento de las energíasrenovables a empresas de reducida dimensión, como ya se venía haciendo con otras inversiones destinadas a la protección del medioambiente.

La aplicación de incentivos fiscales a los particulares, mediante deducciones del IRPF también constituiría un importanteestímulo para esta área.

APUESTAS DE LA ENERGÍA SOLAR EN LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOSEn las viviendas se utilizará la energía solar, se mejorarán los aislamientos térmicos y se procurará introducir métodos de

ventilación natural. Todo ello, con el fin de ahorrar energía.Las promotoras públicas de viviendas diseñarán como mejorar el aislamiento de edificios, ampliar su superficie, instalar

cubiertas con paneles solares para la producción de A.C.S., renovar la carpintería exterior e instalar un sistema de gestióntelemonitorizada para regular el funcionamiento de todos los servicios.

COSTE DE LA INSTALACIÓN DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA ENVIVIENDA AISLADA

No solamente debemos considerar los costes de dicha instalación, sino el ahorro de dinero, al tener que llevar la energía convencional(línea de red) a través del campo y consiguiente coste. Además del mal impacto ambiental que produce.

El coste de una instalación, dependerá de los consumos eléctricos que se generan en dicha vivienda.Un ejemplo es el consumo de:

! 15 puntos de luz 20W ................ 2 horas/día! 5 puntos de luz 15W .................. 2 horas/día! 3 puntos de luz 11W .................. 2 horas /día! 1 televisor de 14" (50W) ........... 4 horas/día! 1 lavadora (2 lavados en agua fría)(pequeños electrodomésticos)

Determinando que el período de uso sería de primavera-verano.Los materiales a instalar serán:

! 6 módulos de 75 Wp.! 1 regulador 30ª/12Vcc! 6 acumuladores de 900ª/h! 1 convertidor de 12Vcc a 220 CA. 1500W de potencia

Con un coste estimado de 6.000 euros, sin más gastos.A parte con la ayuda obtenida por subvenciones para el aprovechamiento de Energías Renovables.

COSTE DE LAS INSTALACIONES DE CONEXIÓN A REDLos diferentes elementos de coste en las instalaciones conectadas a red es muy distinta a la que presentan en las instalaciones

aisladas. Hay que tener en cuenta la ausencia de los sistemas de acumulación, la posibilidad de la integración de los módulosfotovoltaicos en los elementos de la edificación.

En el Polígono Industrial SERYCAL de Pedro Muñoz (Ciudad Real), existe una instalación realizada por Infrysol (www.Infrysol.com)en una nave industrial, con una potencia de 5.500 Wp, que fue subvencionada por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha,de donde se espera una producción de 8.250 Kwh, anuales. El precio de venta de esta energía es de 0,39 euros/Kwh.

Donde el beneficio anual de dicha instalación será de los 8.250 Kwh x 0,39 euros/Kwh, que es igual a 3.217,50 euros/añoaproximadamente.

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1.- DATOS DE LA INSTALACIÓN! Potencia instalada: 5.500 Wp! Potencia inversores: 2.500 W! Estimación producción anual: 8.250 Kwh! Vida estimada del campo solar: 40 años! Precio de venta: 0,39 euros

2.- COSTE DE LA INSTALACIONLa instalación se compone de 50 nódulos de 100 Wp, 2 inversores de 2.500 Wp, una estructura suelo de 8 y 11 mts de altura.

Su coste fue de 40.868,82 euros, dicha instalación fue subvencionada por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

SUBVENCIONES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHASegún orden de 19 de diciembre de 2001 de la Consejería de Industria y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras

de concesión de subvenciones para el aprovechamiento de energías renovables.

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DEFINICIONES RELACIONADAS CON EL SUMINISTRO ELECTRICO

! ACOMETIDA: parte de la instalación comprendida entre la red de distribución de la empresa y la caja general deprotección (CGP). Por este concepto hay que pagar unos derechos en el momento de contratar la energía eléctrica: derechosde extensión y derechos de responsabilidad.

! ACOMETIDA EN BAJA TENSIÓN: parte de la instalación comprendida entre la red de distribución de la empresa yla caja o cajas generales de protección para suministros en baja tensión.

! ACOMETIDA EN ALTA TENSIÓN: es la parte de la instalación comprendida entre la red asistente y el primerelemento de la estación transformadora, seccionamiento, protección o medida, propiedad del peticionario.

! ACUERDO DE INTERRUMPIBILIDAD: parte del contrato en el que se especifica que la empresa podrá suspenderel suministro de energía en A.T. a sus clientes con previa notificación, por el cual el mismo recibe una bonificación o recargo.

! ALQUILER DEL EQUIPO DE MEDIDA: cantidad mensual que se paga a la empresa eléctrica cuando el contadores propiedad de ésta. Se regula anualmente a través de una Orden del Ministerio de Energía e Industria.

! AISLAMIENTO: es el material o cuerpo que rodeando los aparatos y conducciones eléctricas intercepta el paso de laelectricidad, y que es necesario para asegurar el funcionamiento normal de un aparato, así como la protección fundamentalcontra los contactos directos.

! ALTA DE CONTRATO: conjunto de acciones necesarias para formalizar la contratación de un suministro.! ALTA TENSIÓN: es todo suministro con tensión igual o superior a 1000 V. Todos los clientes con suministros en alta

tensión pueden elegir ya su comercializadora de energía.! AMPERIO: unidad de intensidad eléctrica que equivale a un Culombio por segundo. El Culombio es la unidad de medida

de cantidad eléctrica.! ANOMALIAS EN FACTURACIÓN: irregularidad en la facturación producida por errores no intencionados en la

lectura o aparatos de medidas.! APARATO DE MEDIDA: instrumento destinado a cuantificar o registrar las unidades eléctricas.! APARATO DE MEDIDA (LEVANTAMIENTO DE): acción por la cual se desconecta un aparato de medida para

su comprobación, sustitución o baja.! AISLAMIENTO: es el material o cuerpo que rodeando los aparatos y conducciones eléctricas intercepta el paso de la

electricidad, y que es necesario para asegurar el funcionamiento normal de un aparato, así como la protección fundamentalcontra los contactos directos.

! BAJA TENSION: todo suministro con tensión inferior a 1000 V.

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VBAJA DE CONTRATO: acción por la cual se rescinde el contrato, para un determinado suministro, que vincula a laempresa y al cliente.

! BAJA POR IMPAGO: rescisión del contrato que se realiza automáticamente por la empresa suministradora, una vezagotado los plazos de gestión de cobro, debido a la falta de pago de un suministro.

! BAJA VOLUNTARIA: rescisión del contrato, a petición del cliente.! C.N.A.E: Código Nacional de Actividades Económicas. Es un código numérico que viene determinado por la actividad que se

desarrolla en un determinado suministro, ya sea vivienda, local comercial, oficina, almacén, etc.! CABLES AL AIRE: montaje de cables grapados sobre paredes o muros, colocados en hueco, atarjeas, zanjas abiertas o

ventanillas.! CABLES EMPOTRADOS: montaje de cables directamente empotrados bajo el enlucido, albañilería o en muros o paredes

de hormigón.! CAJA GENERAL DE PROTECCION (C.P): caja en la que se alojan los elementos de protección de la línea

repartidora. Señala el principio de la propiedad de las instalaciones eléctricas de los clientes.! CALIDAD DE SERVICIO: conjunto de características técnicas y comerciales, inherentes al suministro eléctrico.! CALIDAD INDIVIDUAL: es aquella de naturaleza contractual referida a cada uno de los consumidores.! CALIDAD ZONAL: es la referida a una determinada zona geográfica atendida por un único distribuidor.! CANALIZACION: conjunto constituido por uno o varios conductores eléctricos, por los elementos que los fijan y por su

protección mecánica (sí la hubiera).! CARGA ( PREVISION DE): Estimación de las cargas de una red para un momento futuro determinado.! CARGA TOTAL DE UN EDIFICIO: suma de la carga eléctrica correspondiente al conjunto de viviendas, a los servicios

generales del edificio y las correspondientes a los locales comerciales e industriales.! CARGA TOTAL DE LOS SERVICIOS GENERALES: suma de las cargas correspondientes a los montacargas,

ascensores, alumbrado de la escalera y a los servicios comunes de una finca.! CARTA RECIBO: comunicado que se le envía al cliente con el fin de informar sobre la facturación: período, conceptos e

importes facturados, lugar de pago, fecha de vencimiento, etc.! CENTRALIZACIÓN DE CONTADORES: unidades funcionales destinadas a albergar los elementos de medida y

protección de los suministros de una finca.! CENTRO DE TRANSFORMACIÓN: local en el que se aloja uno o varios transformadores necesarios para la

transformación de energía eléctrica de media a baja tensión.! CIRCUITO INTERIOR: conjunto de conductores y tomas de corrientes que, partiendo del cuadro general, de mando y

protección, están protegidos por un único PIA (Pequeño Interruptor Automático, normalmente llamado automático).! CLAVIJA: elemento que permite conectar el aparato eléctrico a la toma de corriente correspondiente. Debe ser adecuada a

la potencia que consume el aparato.! CLIENTE CUALIFICADO: es aquel cliente que puede elegir empresa comercializadora de energía eléctrica o ir directamente

a comprarla en el mercado libre.! COGENERADOR: es aquel que aprovecha la energía residual de su proceso de fabricación para producir electricidad que

utiliza en su propio consumo. La energía eléctrica excedente la vende a las distribuidoras de electricidad dentro del denominadorégimen especial. Su actividad principal no es en ningún caso la producción y distribución de electricidad.

! COMPLEMENTO POR DISCRIMINACION HORARIA: recargo o descuento que se aplica sobre el término deenergía a un suministro, con una tarifa determinada, en función de la hora del día en el que realiza sus consumos.

! COMPLEMENTO POR ESTACIONALIDAD: recargo o descuento porcentual que se aplica exclusivamente sobre laparte correspondiente al término de energía de la facturación básica, que intenta compensar el consumo en ciertas estacioneso días.

! COMPLEMENTO POR INTERRUMPIBLIDAD: recargo o descuento porcentual, aplicado sobre la facturaciónbásica anual, que intenta premiar a los suministros que permiten su interrumpibilidad bajo unas condiciones acordadas.

! COMPLEMENTO POR ENERGIA REACTIVA: recargo o descuento porcentual aplicado sobre la totalidad de la

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facturación básica, en función del consumo de energía reactiva.! COMPLEMENTO TARIFARIO: datos asociados al tipo de tarifa elegida por el cliente y a las características de su

equipo de medida que representan una serie de recargos o descuentos en su facturación.! CONDUCTOR: genéricamente, es todo material capaz de conducir la corriente eléctrica. En electricidad, se define como los

«hilos» que transportan la energía eléctrica fabricados generalmente de cobre o aluminio.! CONDUCTOR DE PROTECCION: une las masas de los equipos o receptores con la línea principal de tierra.! CONECTOR: conjunto destinado a unir eléctricamente los conductores con los receptores.! CONSTANTE DEL APARATO: número por el que habrá de multiplicar las indicaciones del integrador para determinar

la energía registrada en cada contador.! CONSTANTE DE FACTURACIÓN: valor por el cual habrá que multiplicar las indicaciones del integrador de energía

o potencia para determinar los consumos de energía o potencia.! CONSUMO: término de energía que se define como el número de kilowatios-hora utilizados para que funcione un aparato

eléctrico durante un tiempo. El consumo dependerá de la potencia del aparato y del tiempo que esté funcionando.! CONSUMOS (ESTIMACION DE): consumos que se atribuyen a un suministro, en un período de tiempo considerado,

cuando no se conoce el consumo real para su facturación. Se calcula en función de los históricos de consumos del mismoperíodo del año anterior, si los hubiera.

! CONTACTO DIRECTO: contacto de personas con partes activas de los materiales y equipos.! CONTACTO INDIRECTO: contacto de las personas con masas puestas accidentalmente bajo tensión.! CONTADOR: dispositivo que mide la energía consumida (activa o reactiva). Puede ser propiedad del cliente o de la empresa

suministradora. Mide el consumo en kwh.! CONTADOR DE ENERGIA ACTIVA: aparato destinado a medir la energía activa consumida en una instalación.

Puede ser propiedad de la empresa eléctrica o del usuario. Se mide en kwh.! CONTADOR DE ENERGIA REACTIVA: aparato destinado a medir la energía reactiva consumida en una instalación.

Se mide en kVArh.! CONTADOR DE TARIFA MULTIPLE: aparato con varios totalizadores que puede discriminar consumos en diferentes

períodos (hora del día, días del año, etc.). Requieren de la instalación de un reloj.! CONTRATO CUALIFICADO: es aquel contrato que se realiza para la adquisición de energía en el mercado cualificado

o el mercado libre.! CONTRATO A TARIFA: es aquel contrato de suministro en régimen regulado por el Estado a través de las tarifas

eléctricas.! CORRIENTE: término usual por el que se conoce la electricidad. Como la electricidad es un fluido de electrones, de ahí la

acepción de corriente.! CORTACIRCUITOS: dispositivo que se intercala en un circuito para cortar la corriente y proteger la instalación contra

sobreintensidades.! CORTOCIRCUITO: conexión accidental de dos conductores de distinta fase, o de éstos con el neutro.! CUADRO GENERAL DE CUADRO Y PROTECCION: conjunto de aparatos que se colocan en una instalación

individual, dentro del lugar del suministro, con el fin de proteger al cliente de cualquier anomalía que se produzca en dichainstalación. Está compuesto del interruptor diferencial y de los interruptores automáticos. Aloja todos los dispositivos deseguridad, de protección y de distribución de la instalación interior.

! CURVAS DE CARGA: se denomina curva de carga de un cliente, segmento o sistema, a la representación temporal delconsumo de energía eléctrica que realizan aquellos.

! DERECHO DE ACOMETIDA: compensación económica que reciben las empresas suministradoras por las instalacionesde extensión y responsabilidad necesarias para atender la demanda de nuevos suministros y ampliación de los ya existentes.

! DERECHOS DE CONTRATACION: cantidades que la empresa suministradora tiene derecho a percibir, en función dela legislación vigente, como resultado de la contratación de suministros de energía eléctrica.

! DERECHOS DE ENGANCHE: cantidad que tiene derecho la empresa suministradora a percibir por la conexión de sus

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instalaciones con las del cliente, así como por la conexión o desconexión del equipo de medida.! DERECHO DE VERIFICACION: cantidad que tiene derecho a percibir la empresa en concepto de verificación de la

instalación particular del cliente.! DERIVACIÓN INDIVIDUAL: parte de la instalación de enlace que une la línea repartidora con las instalaciones

interiores del cliente, y que iniciándose en el embarrado general comprende los fusibles de seguridad el conjunto de medida ylos dispositivos de mando y protección.

! DESCRIMINACION HORARIA: mecanismo que consiste en separar, mediante los contadores adecuados, los consumosde energía en períodos o espacios de tiempo previamente establecidos por la Administración (horas punta, valle, llano, días picoal año, días altos al año, etc.).

! EFECTOS CAPACITIVOS: perturbaciones que se producen en las redes por el consumo de energía reactiva y que losusuarios están obligados a corregir en el caso de que las produzcan.

! EJECUCION DE LAS INSTALACIONES DE EXTENSION: realización de las obras necesarias para unir la redde distribución de la empresa con las instalaciones del cliente.

! ELECTRIFICACION (GRADO DE) : clasificación eléctrica que se da a un suministro, en función de la potenciainstalada. Se definen así tres grados de electrificación: mínima, media y alta.

! ELECTRIFICACION MÍNIMA: Potencia no superior a 3.3 kw.! ELECTRIFICACION MEDIA: potencia entre 3.3 y 5.5 kw.! ELECTRIFICACION ALTA: potencia superior a 5.5 kw.! ELECTRODOMESTICOS: conjunto de aparatos eléctricos que se utilizan en los hogares y que tienen como misión

transformar la energía eléctrica en energía mecánica (lavadoras), energía calorífica (estufa, calentador, etc.).! ENCHUFE: también llamados «base de enchufe» o « toma de corriente». Son accesorios que están unidos a los conductores,

a los cuales se conectan las clavijas de los aparatos eléctricos.! ENERGIA: capacidad que tiene la electricidad para producir trabajo. Se define como el trabajo que realiza un aparato de

una determinada potencia al utilizarlo durante un tiempo. El aparato encargado de medir la energía consumida es el contador.! ENERGIA ACTIVA: energía eléctrica en la que las características de tensión e intensidad están desfasadas 90 grados. No

producen trabajo útil, aunque es necesaria para el funcionamiento de determinados receptores.! ENGANCHE: conexión de una instalación a al red a través de la acometida.! EQUIPO DE CONTROL: aquel que tiene por misión controlar la potencia contratada (ICP) o medir a la potencia

demandada (maxímetro).! ESTACIONALIDAD (COMPLEMENTO POR): recargo o descuento porcentual que se aplica exclusivamente sobre

la parte correspondiente al término de energía de la facturación básica que intenta compensar el consumo de ciertas estacioneso días.

! ESTIMACIÓN: consumos que se atribuyen a un suministro, en un período de tiempo considerado, cuando no se conocensus consumos reales para su facturación. Se calcula en función de los históricos de consumo del mismo período del año anterior,si los hubiere.

! FACTURACIÓN: operaciones por las cuales la empresa suministradora calcula y especifica las cantidades adeudadas por elcliente en concepto de los consumos de energía por él realizados por un período de tiempo determinado, y por los distintosconceptos derivados de las características de su suministro.

! FACTURACIÓN BÁSICA: es la suma de los términos de potencia y energía.! FACTURACION (CONSTANTE DE): valor por el cual habrá que multiplicar las indicaciones del integrador de energía

o potencia para determinar los consumos de energía o potencia.! FIANZA: importe que el cliente entrega a la empresa suministradora en depósito. En el mercado a tarifa se regula como el

resultado de multiplicar el precio del término de potencia de la tarifa elegida por la potencia contratada y sumar a dichoimporte el producto del precio del término de energía en 50 horas de utilización. En el mercado desregulado no suelen pedirsefianzas.

! FLICKER: es la percepción de la variación de la luminosidad de una lámpara, ocasionada por fluctuaciones de tensión en la

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red eléctrica. Depende fundamentalmente de la amplitud, frecuencia y duración de las fluctuaciones de tensión que lo causan.No suelen tener una amplitud superior al 10%, por lo que muchos equipos no se ven afectados por ellas.

! FLUCTUACIONES DE TENSION: producidas por variaciones periódicas o series de cambios aleatorios en la tensiónen la red eléctrica. Su duración va desde varios milisegundos hasta los diez segundos y con una amplitud no superior al 10%del valor nominal.

! FUGA DE CORRIENTE: derivación de la corriente por caminos distintos a los hilos activos, provocada, generalmente,por un deterioro del aislamiento del conductor.

! FUSIBLE: elemento de protección en las instalaciones que se utiliza para protegerlas de las sobreintensidades causadas porcortocircuitos.

! GRADO DE ELECTRIFICACION: clasificación eléctrica que se da a un suministro, en función de la potencia instalada.Se definen así tres grados de electrificación: mínima, media y alta.

! HORAS DE UTILIZACIÓN: concepto que nos relaciona la energía consumida en un período determinado (expresado enkwh) y la potencia contratada (en kw). Este valor es determinante para elegir tarifas de corta, larga o media utilización.

! HORAS LLANO: horas del día en las que el consumo de energía eléctrica es medio. Según el tipo de tarifa elegida por elcliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener o no recargo.

! HORAS PUNTA: horas del día durante las que el consumo de energía es máximo. Según el tipo de tarifa elegida por elcliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener o no recargo.

! HORAS VALLE: horas del día durante las que el consumo de energía es mínimo. Según el tipo de tarifa elegida por elcliente, el consumo realizado en su suministro durante estas horas puede tener, o no, bonificación.

! I.C.P.: siglas de interruptor de control de potencia. Aparato que limita la potencia máxima que se puede utilizar en unsuministro, de acuerdo con el contrato.

! INDICADORES DE CONTINUIDAD EN EL SUMINISTRO ELECTRICO:a) TIEPI: es el tiempo de interrupción equivalente de la potencia instalada en media tensión(1 KV<V<=36KV). Este índice se define mediante la siguiente expresión:

K å (PIi x Hi) i=1TIEPI =

___________________

å PIDonde:S PI= suma de la potencia instalada de los centros de transformación MT/BT del distribuidor más la potencia contratada en MT

(en Kva).PIi = potencia instalada de los centros de transformación MT/BT del distribuidor más la potencia contratada en MT, afectada por

la interrupción (( i )) de duración H, (en Kva).Hi = tiempo de interrupción del suministro que afecta a la potencia PIi (en horas).K = número total de interrupciones durante el período considerado.Para el cálculo del TIEPI deberán considerarse todas las interrupciones, tanto las largas(>3 minutos) como las breves (< 3

minutos).b) Percentil 80 del TIEPI: es el valor del TIEPI que no es superado por el 80 por ciento de los municipios del ámbito

provincial definidos.c) NIEPI: es el número de interrupciones equivalentes de la potencia instalada en media tensión (1 kV<V<=36kV).

Este índice se define mediante la siguiente expresión: K å PIi i=1NIEPI =

_______________

å PI

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Donde:å PI = suma de la potencia instalada de los centros de transformación MT/BT del distribuidor más la potencia contratada en MT

(en kVA).PIi = potencia instalada de los centros de transformación MT/BT del distribuidor más la potencia contratada en MT, afectada por

la interrupción (( i )) ( en kVA).K= al número total de interrupciones durante el período considerado.Para el cálculo del NIEPI deberán considerarse todas las interrupciones, tanto las largas (> de 3 minutos) como las breves (<

3 minutos).d) NABT: número de averías en baja tensión.

Se define como el número de averías en baja tensión que haya originado, como mínimo, la recepción de un aviso, contabilizándosea partir de los avisos recibidos en la empresa distribuidora. Se contabilizará como único el conjunto de avisos generados porla misma avería.

e) END: energía no distribuida.Se define de la siguiente forma:

END = (ED * TIEPI)/ (8760-TIEPI)Siendo :ED= energía anual distribuida en KWH, en nivel de unidad territorial del TIEPI.END= energía anual no distribuida en KWH, de la misma unidad territorial.TIEPI= valor anual del TIEPI en horas.8760= números de horas del año.

f) ILA: número de incidentes de continuidad por cada 100km de línea aérea de media tensión.Se define de la siguiente forma:

ILA= (N * 100)/ (LA).Siendo:N= número total de incidentes a nivel de la unidad territorial considerada.LA= longitud total de las líneas aéreas de MT.

g) ILS: número de incidentes de continuidad en la red subterránea de media tensión.Se define de la siguiente forma:ILS= (N* 100 )/ (LS)Siendo:N= número total de incidentes a nivel de la unidad territorial considerada.LS= longitud total de las líneas subterráneas de MT.

h) IT: número de incidentes de continuidad por cada 100 centros de transformación de MT (IT).Se define de la siguiente forma:IT= (N* 100) / (T).Siendo:N= número total de incidentes a nivel de la unidad territorial considerada.T= número total de centros de transformación de MT.

i) IA: longitud media desarrollada de la red aérea de media tensión.Se define como el valor medio en km/ línea de las líneas aéreas de media tensión, incluyendo todas las derivaciones, principales

y secundarias.Se considerarán todas las líneas que tienen salida de una subestación o centro de reparto.

j) IS= longitud media desarrollada de la red subterránea de media tensión.Se define como el valor medio en km/ línea de las líneas subterráneas de media tensión, incluyendo todas las derivaciones,

principales y secundarias.Se considerarán todas las líneas que tienen salida de una subestación o centro de reparto.

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! I.G.A.: interruptor general automático. Aparato utilizado como interruptor de protección general de todos los circuitos de unsuministro.

! INSTALACIÓN (PUESTA EN SERVICIO): es la conexión de las instalaciones del cliente a la red de la empresasuministradora.

! INSTALACION ELECTRICA: conjunto de aparatos y circuitos asociados, en previsión de un fin particular: producción,conversión, transformación. Transmisión, distribución o utilización de la energía eléctrica.

! INSTALACIONES DE ENLACE: son las que unen la red de distribución de las empresas suministradoras de energía,con las instalaciones receptoras del cliente.

! INSTALACION DE EXTENSION: aquella que es necesario realizar, a partir de las instalaciones existentes, paraatender un nuevo suministro o la ampliación de alguno ya existente.

! INSTALACION INTERIOR: conjunto de circuitos que partiendo del cuadro de distribución lleva la energía eléctrica alos diferentes puntos de utilización.

! INSTALACIONES RECEPTORAS DEL CLIENTE: aquella que, alimentada por una red de distribución o con unafuente de energía propia, tiene como finalidad principal la utilización de la energía eléctrica.

! INTENSIDAD: una de las magnitudes que caracterizan la corriente eléctrica y se define como la cantidad de electricidadque pasa a través de la sección de un hilo conductor en un segundo. La unidad de medida es el Amperio.

! INTERRUMPIBILIDAD (COMPLEMENTO POR): recargo o descuento porcentual, aplicado sobre la facturaciónbásica anual, que intenta premiar a los suministros que permite su interrumpibilidad bajo unas condiciones acordadas.

! INTERRUPCION DE ALIMENTACION LARGA: condición en la que en los puntos de suministro no supera el 10%de la tensión declarada, durante un tiempo superior a 3 minutos.

! INTERRUPCION DE ALIMENTACION BREVE: condición en la que en los puntos de suministro no supera el 10%de la tensión declarada, igual o inferior a 3 minutos

! INTERRUPTOR: accesorio eléctrico que se utiliza para conectar o desconectar una parte de la instalación (una lámpara,motor, etc.).

! INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA (I.C.P.): aparato que determina la potencia máxima simultáneaque se puede utilizar en una vivienda de acuerdo con el aparato de medida y el contrato establecido con la compañía eléctricasuministradora.

! INTERRUPTOR DIFERENCIAL: aparato encargado de proteger a personas y cosas contra los contactos indirectos.! INVERSION POR RESPONSABILIDAD: la cantidad que corresponde proporcionalmente al valor de la parte de las

instalaciones eléctricas existentes (excluidas las de generación), que son utilizadas por un nuevo suministro o ampliación de unopreexistente.

! INVERSIÓN POR EXTENSION: es la cantidad correspondiente para instalaciones de extensión que sean precisasrealizar a partir de las ya existentes.

! KILOWATIO: unidad de potencia activa que equivale a mil Watios (KW).! KILOWATIO HORA: es la unidad de energía eléctrica y se utiliza para medir el consumo de energía activa (KWH).! KILOVOLTAMPERIO (KVAR): unidad de potencia aparente que equivale a mil voltamperios.! KILOVOLTAMPERIO REACTIVO (KVAR): unidad de potencia reactiva que equivale a mil voltamperios reactivos.! LECTURA: acción de leer los aparatos de medida.! LECTURA DE LOS SUMINISTROS DEL MERCADO REGULADO: cada suministro está dentro de una ruta

de lectura determinada y tiene la misma periodicidad de lectura y facturación. Con carácter general, las rutas de lectura ensuministros en baja tensión son bimestrales, aunque se pueden dar las siguientes excepciones:

- Los suministros con aparato maxímetro instalado se leen y facturan mensualmente.- Los suministros que tengan un alto consumo, y que, por acuerdo de ambas partes, se leen y facturan mensualmente.- Los suministros situados en medio rural y que se encuentren geográficamente muy dispersos y tengan bajo consumo, se leen y

facturan cuatrimestralmente.- Los suministros situados en medio rural y que tengan problemas de acceso en determinadas épocas del año por motivos

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climatológicos, se leen y facturan cuatrimestralmente.En ocasiones, el período de lectura y facturación puede verse alterado por distintos motivos, entre ellos:- Alta de contrato de dentro del período de lectura y facturación.- Cambio de lectura normal (2.0) a tarifa nocturna (2.0 N) o viceversa.- Levantamiento del contador por reforma de la finca o vivienda o avería del equipo de medida.! LECTURA DE LOS SUMINISTROS DEL MERCADO DESREGULADO: los suministros cualificados cuyos

contadores son de tipo 1 o de tipo 2 se leen en los primeros días de cada mes utilizando la telelectura, es decir, los equiposde medida envían las medidas a las empresas eléctricas sin necesidad de ir a leer por vía telefónica.

! LEVANTAMIENTO DE APARATOS DE MEDIDA: acción por la cual se desconecta un aparato de medida parasu comprobación, sustitución o baja.

! LIMITADOR: también llamado interruptor de control de potencia (ICP). Limita la potencia máxima que se puede utilizar enun suministro, de acuerdo con el contrato.

! LINEA REPARTIDORA: parte de la instalación en baja tensión que enlaza una caja general de protección con lasderivaciones individuales que alimentan.

! LOCAL DE CENTRALIZACIÓN DE CONTADORES: lugar dotado de unas características determinadas y que seutiliza para la colocación de los contadores de un mismo edificio. Según el número de suministros de un edificio, puede serúnico o existir más de uno.

! LUMINARIA: aparato que sirve para repartir, filtrar o transformar la luz de las lámparas y que incluye todas las piezasnecesarias para fijar y proteger las lámparas y conectarlas al circuito de alimentación.

! MASA: conjunto de partes metálicas de un aparato que, en condiciones normales, están aisladas de las partes activas. Porextensión se considera como masa todo objeto metálico situado en la proximidad de partes activas no aisladas y que presentanun riesgo apreciable de encontrarse unido eléctricamente con estas partes activas, a consecuencia de un fallo de los medios defijación (por ejemplo, aflojamiento de una conexión, rotura de un conductor, etc.).

! MAXIMETRO: aparato de medida de la potencia máxima registrada durante un período de integración de 15 minutos.! MEDIA TENSION: valores de tensión comprendidos entre 1.000 voltios y 66.000 voltios.! MEDIDA DIRECTA: método de medida en el que el valor de una magnitud a medir se obtiene directamente.! MEDIDA INDIRECTA: método de medida en el que el valor de una magnitud se obtiene a partir de mediciones

efectuadas por métodos de medida directos de otras magnitudes ligadas a la magnitud a medir mediante una relación conocida.! MONOFASICO: suministro de energía eléctrica que se realiza con una fase y un neutro (220 voltios).! NUMERO DE IDENTIFICACION DEL SUMINISTRO (NIS): referencia numérica compuesta de nueve cifras

que identifica unívocamente cada suministro.! OHMIO: unidad de medida de la resistencia eléctrica que nos indica la dificultad que opone un conductor al paso del paso

de la corriente eléctrica. Su símbolo es la letra griega omega.! PAGO FIJO MENSUAL: forma de pago específica, que se establece mediante un acuerdo escrito entre la empresa y los

clientes por el cual se abona una cantidad fija todos los meses y se regulariza al final de año.! PETICION DE SUMINISTRO: solicitud realizada a la empresa por parte de uno o varios clientes, para un lugar

concreto y una o más instalaciones determinadas, con el fin de obtener suministro de energía eléctrica o de modificar el yaexistente.

! PETICION DE SUMINISTRO EN ALTA TENSION: aquella en la cual la tensión de entrega es igual o superiora 1.000 voltios.

! PETICION DE SUMINISTRO EN BAJA TENSION: aquella en la cual la tensión de entrega es inferior a 1.000voltios.

! PETICION DE SUMINISTRO DEFINITIVO: aquella que solicita servicio de energía eléctrica sin determinar unperíodo de tiempo de duración del suministro.

! PETICIÓN DE SUMINISTRO DE OBRA: aquella que solicita suministro de energía eléctrica, para poder realizaruna actividad de obra concreta y, una vez finalizada la misma, se procede a dar de baja este suministro.

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! PETICION DE SUMINISTRO EVENTUAL: aquella que solicita suministro de energía eléctrica por un período nosuperior a 6 meses, transcurrido el cual está prevista la desconexión de las instalaciones.

! PIA: iniciales de pequeño interruptor automático. Aparato destinado a proteger las instalaciones contra posibles sobrecargasy cortocircuitos que se puedan producir. Se instalarán dentro del cuadro general de mando y protección, colocándose uno porcada circuito. Son conocidos normalmente como automáticos.

! POLIZA DE ABONO: documento oficial del contrato entre cliente y empresa para el suministro de energía eléctrica.! POTENCIA: en los aparatos eléctricos, se define como la capacidad de los mismos para producir trabajo. También se define

como la cantidad de trabajo realizado en la unidad de tiempo. La unidad de medida es el Watio (W) o el Kilowatio (KW).! POTENCIA ACTIVO: potencia total absorbida por un receptor.! POTENCIA APARENTE: potencia útil absorbida por un receptor.! POTENCIA CONTRATADA: la determinada en la póliza de abono.! POTENCIA DEMANDADA: aquella alcanzada por un suministro durante un período determinado.! POTENCIA DE CONEXIÓN: potencia máxima admisible de la acometida (enlace entre el punto de entrega al cliente

y la red de distribución).! POTENCIA DE FACTURACION: es el número de kilowatios facturado.! POTENCIA INSTALADA: es la suma de las potencias nominales de los aparatos de consumo de ese cliente.! POTENCIA MÁXIMA: valor de la mayor de las potencias observadas durante un período en el punto de entrega del

suministro. Se denomina también potencia de punta.! POTENCIA NOMINAL: potencia máxima que demanda un receptor en condiciones normales de uso. Es obligatorio que

conste en la chapa de características del aparato.! POTENCIA REACTIVA: potencia absorbida por un receptor y que no produce trabajo útil.! PRECIO DEL TERMINO DE POTENCIA: valor facturado por unidad de potencia (KW) para un período determinado.! PREVISION DE CARGA: estimación de las cargas de una red para un momento futuro determinado.! PUESTA A TIERRA: la red de tierra comprende los elementos necesarios para poner en contacto con tierra las partes de

la instalación que deban tener un potencial nulo.El electrodo de puesta a tierra es una masa metálica permanentemente en contacto con el terreno para facilitar el paso a éste

de las corrientes de defecto que puedan presentarse.! PUNTO DE MEDIDA: emplazamiento en la finca, donde se encuentran uno o más equipos de medida.! PUNTO DE MEDIDA CENTRALIZADO: aquél que tiene más de un equipo de medida en el mismo punto.! PUNTO DE MEDIDA DESCENTRALIZADO: aquél que tiene solo un aparato de medida.! RECEPTOR: cualquier aparato o mecanismo capaz de consumir energía eléctrica y transformarla en trabajo útil.! RECIBO: impreso normalizado sobre el que se detalla la facturación de energía eléctrica.! RESISTENCIA ELECTRICA: es la mayor o menor oposición que ofrece un conductor a ser atravesado por la corriente

eléctrica. La unidad de medida es el ohmio.! SISTEMAS DE PROTECCION: aquél que impide los efectos de las sobreintensidades y sobre tensiones que por

distintas causas pueden producirse en las redes.! SOBRECARGA: se dice que en un circuito o instalación hay sobrecarga o está sobrecargada, cuando la suma de la potencia

de los aparatos que están a él conectados es superior a la potencia para la cual está diseñado el circuito de la instalación.! SOBRETENSION (EN UNA RED): toda tensión entre un conductor de fase y tierra o entre dos conductores de fase,

cuyos valores de cresta sobrepasan el valor de cresta de la tensión más elevada para el material.! SUMINISTRO DE ALTA TENSION: aquellos cuya tensión nominal de alimentación es superior a mil. Todos los

suministros en alta tensión pueden elegir empresa comercializadora de energía.! SUMINISTRO DE BAJA TENSION: aquellos cuya tensión nominal de alimentación es inferior o igual a 1.000 V.! SUMINSTRO DE SOCORRO: aquél que está limitado a una potencia receptora máxima del 15% del total contratado

para el suministro normal.! SUMINISTRO DE TEMPORADA: aquél que se realiza con una duración inferior a 12 meses de forma repetitiva

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anualmente, tanto en alta tensión, como en baja tensión, con la excepción en esta última tensión de aquellos suministros cuyouso sea el de vivienda.

! TARIFA: regularización de las cantidades que un cliente tiene que pagar por el uso de la electricidad.! TARIFA (DOBLE): aquél que comporta dos precios diferentes según las horas del día.! TARIFA (TRIPLE): aquél que comporta tres precios diferentes según las horas del día.! TARIFA DE ACCESO: es el valor de los peajes correspondientes al uso de las redes de distribución y transporte. Estos

peajes son regulados por el Gobierno.! TARIFA BASICA: tarifa de energía eléctrica compuesta de los términos de facturación de potencia y energía.! TENSION : diferencia de potencial eléctrico que tiene que existir entre los bornes de conexión o entre dos partes activas de

una instalación, para que la corriente eléctrica circule por dicha instalación.! TENSION DE ALIMENTACION: valor eficaz de la tensión, presente en un determinado momento, en el punto de

suministro y medido en un intervalo de tiempo determinado.! TENSION NOMINAL: aquella para la que ha sido previsto el funcionamiento de un equipo.! TENSION NOMINAL DE UNA RED DE DISTRIBUCION: tensión que caracteriza a una red de distribución.! TENSION DE ALIMENTACION DECLARADA: es la tensión nominal de la red, excepto que, por acuerdo entre

distribuidor y consumidor, la tensión de alimentación aplicada en el punto de entrega, difiera de la tensión nominal, en cuyocaso, aquella, corresponde a la tensión de alimentación declarada.

! TENSION NOMINAL DE UN CONDUCTOR: tensión a la que el conductor debe poder funcionar permanentementeen condiciones normales de servicio.

! TERMINO DE ENERGIA: es el producto de multiplicar la energía consumida durante un período de facturación por elprecio del término de energía.

! TERMINO DE POTENCIA: es el resultado de multiplicar la potencia a facturar por el precio del término de potencia.! TITULAR DE PAGO: Persona o empresa que asume el pago de las facturas de energía eléctrica. Puede ser el mismo o

no que el titular del contrato.! TOMA DE CORRIENTE: también llamada «base de enchufe». Es la parte de la instalación donde se conectan las clavijas

de los aparatos eléctricos.! TRIFASICO: suministro de energía eléctrica que se realiza con tres fases.! TRIPLE TARIFA: aquella que comporta tres precios diferentes según las horas del día.! VARIACIONES DE FRECUENCIA: en sistemas eléctricos de corriente alterna, vienen producidas por una alteración

del equilibrio entre la carga (consumo de los receptores de la instalación) y la generación. Este desequilibrio se puede producircuando la carga es superior a la generación (disminución de la frecuencia) o cuando la carga es inferior a la generación(aumento de la frecuencia).

! VOLTAMPERIO: unidad de potencia aparente.! VOLTAMPERIO REACTIVO: unidad de potencia reactiva.! VOLTIO: unidad de tensión eléctrica. Se define como la diferencia de potencial que debe de existir entre los extremos de una

resistencia de un ohmio, para que circule por ella una corriente de un amperio de intensidad.! WATIO: unidad de potencia activa.! ZONA URBANA: conjunto de municipios con mas de 20.000 suministros.! ZONA RURAL CONCENTRADA: conjunto de municipios con un número de suministros comprendidos entre 200 y

menos de 2.000.! ZONA RURAL DISPERSA: conjunto de municipios con menos de 200 suministros, así como, los suministros ubicados

fuera de los núcleos de población, que no sean polígonos industriales o residenciales.! ZONA SEMIURBANA: conjunto de municipios, con un número de suministros comprendidos entre 2.000 y 20.000.

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DELEGACIONES DE INDUSTRIA Y TRABAJO! Organismo: Consejería de Industria y Trabajo

Dirección Postal: C/ Río Estenilla, s/n – 45071. Toledo

Teléfono: 925 26 78 00! Organismo: Dirección General de Industria y Energía.

Dirección Postal: C/ Río Estenilla, s/n – 45071. Toledo! Organismo: Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Albacete

Dirección Postal: C/ Mayor, 46 – 02071 Albacete

Teléfono: 967 55 78 00! Organismo: Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Ciudad Real.

Dirección Postal: C/ Alarcos, 21 – 13071, Ciudad Real

Teléfono: 926 27 96 96! Organismo: Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Cuenca

Dirección Postal: Glorieta González Palencia, s/n

Teléfono: 969 17 88 00! Organismo: Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Guadalajara.

Dirección Postal: C/ Federico García Lorca, 14 – 19071. Guadalajara

Teléfono: 949 88 78 00! Organismo: Delegación Provincial de Industria y Trabajo en Toledo

Dirección Postal: Avda. de Francia, 2 – 45071. Toledo

Teléfono: 925 26 79 80

DELEGACIONES DE SANIDAD Y CONSUMO! Organismo: Consejería de Sanidad

Dirección Postal: Avda. de Francia, 4 – 45071. Toledo

Teléfono: 925 26 90 02

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! Organismo: Dirección General de Consumo

Dirección Postal: C/ Berna, 1. 4º planta - 45071. Toledo

Teléfono: 925 28 45 29! Organismo: Delegación Provincial de Sanidad en Albacete

Dirección Postal: Avda. de la Guardia Civil, 5 – 02071. Albacete

Teléfono: 967 55 79 00! Organismo: Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real.

Dirección Postal: C/ Postas, 20 - 13071. Ciudad Real

Teléfono: 926 21 25 00! Organismo: Delegación Provincial de Sanidad en Cuenca.

Dirección Postal: C/ De las Torres, 61 – 16071. Cuenca.

Teléfono: 969 21 20 00! Organismo: Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara.

Dirección Postal: C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 – 19071. Guadalajara

Teléfono: 949 88 55 00! Organismo: Delegación Provincial de Sanidad en Toledo

Dirección Postal: C/ Subida de la Granja, 10 – 45071. Toledo

Teléfono: 925 26 64 00

DIRECCIONES DE EMPRESASPROVINCIA DE ALBACETE:! Empresa: Eléctrica Abengibrense de distribución, S.L.

Localidad donde presta servicio: Abengibre.Domicilio Social: C/ Calvario, 17 - 02250 Abengibre (Albacete)Teléfono: 967 47 10 05

! Empresa: Cooperativa Eléctrica Alborense, S.A.Domicilio Social: C/ Alborea, 25-1 - 02215 Alborea (Albacete)Teléfono: 967 47 70 34

! Empresa: Distribuidora Eléctrica de Casas de Lázaro, S.A.

Domicilio Social: C/ Generalísimo, 5 - 02239 Casas de Lázaro (Albacete)

Teléfono: 967 36 32 41! Empresa: Compañía Eléctrica de Férez, S.L.

Domicilio Social: C/ Mayor, 7 - 02436 Férez (Albacete)

Teléfono: 967 42 01 23! Empresa: Ebrofanas, S.L.

Domicilio Social: C/ General Mola, 3 - 02253 Golosalvo (Albacete)

Teléfono: 967 49 42 03! Empresa: Empresa Eléctrica de Jorquera, S.L.

Domicilio Social: C/ Mayor, 17 - 02248 Jorquera (Albacete)

Teléfono: 967 47 12 52

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! Empresa: Distribuciones Eléctricas de Pozuelo, S.A.

Domicilio Social: C/ Mayor, 25 - 02327 Pozuelo (Albacete)

Teléfono: 967 36 37 83! Empresa: Empresa Eléctrica de San Pedro, S.L.

Domicilio social: C/ Mayor, 2-Bajo - 02326 San Pedro (Albacete)

Teléfono: 967 35 80 24! Empresa: Distribuidora Eléctrica Bravo Sáez, S.L.

Domicilio Social: Plaza de la Amistad, 11 - 02161 Tiriez (Albacete)

Teléfono: 967 35 00 01! Empresa: Alarcón Navarro Empresa Eléctrica, S.L.

Domicilio Social: C/ García Lorca, 16 - 02150 Valdeganga (Albacete)

Teléfono: 969 31 20 61! Empresa: Distribución y Eléctrica Caridad e Ildefonso, S.L.

Localidad donde presta servicio: Villar de Chinchilla.Domicilio Social: C/ San Antonio, 9 - 02695 Villar de Chinchilla (Albacete)Teléfono: 967 28 80 01

! Empresa: Iberdrola, S.A.Domicilio Social: C/ Pablo Medina, 6-8 - 02005 Albacete

Teléfono: 967 21 68 12Servicios de averías: 901 20 20 20

! Empresa: Iberdrola, S.A.Domicilio Social: C/ Buena Vista, 23 - 02400 Hellín (Albacete)

Teléfono: 967 30 00 17Servicio de averías: 901 20 20 20

! Empresa: Iberdrola, S.A.Domicilio Social: C/ Posito, 1-2 - 02210 Alcalá del Júcar (Albacete)

Teléfono: 901 20 20 20Oficinas Comerciales:! Alcaraz, C/ Mayor,29 ...................................... Teléfono: 967 38 02 41! Almansa, C/ Federico García Lorca, 7 ........... Teléfono: 967 34 10 93! Casas Ibáñez, Ctra. Jorquera, 1 ..................... Teléfono: 967 46 00 22! Elche de la Sierra, C/ Virgen del Pilar, s/n .... Teléfono: 967 41 03 56! Hellín, C/ Alfonso XIII, 23 .............................. Teléfono: 967 30 42 52! La Roda, C/ General Dávila, 1 ....................... Teléfono: 967 44 14 12! Madrigueras, C/ Virgilio Molina, 7 ................. Teléfono: 967 48 40 14! Molinicos, C/ Mayor, 17 ................................. Teléfono: 967 43 70 47! Pozohondo, C/ Generalísimo, s/n .................. Teléfono: 967 20 50 28! Villarrobledo, C/ Bercelona, 12 ...................... Teléfono: 967 14 00 81! Caudete, Pza. Carmen, 7 ................................ Teléfono: (96) 582 50 03

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PROVINCIA DE CIUDAD REAL:! Empresa: Electro Distribución de Almodovar del Campo, S.A.

Localidad donde presta servicio: Almodovar del Campo. (Electro Harinera Panificadora S.A.)

Domicilio social: Plaza del Pilar, S/N - 13580 Almodovar del Campo (Ciudad Real)

Teléfono: 926 48 33 25! Empresa: Eléctrica Saavedra, S.A.

Domicilio Social: Avenida del Rey Santo, 6 Planta Baja - 13001 Castellar de Santiago (Ciudad Real)! Empresa: Eléctrica la Victoria de Fuencaliente, S.A.

Localidad donde presta servicio: FuencalienteDomicilio Social: C/ Almendrillo, 11 - 13130 Fuencaliente (Ciudad Real)

Teléfono: 926 47 00 54! Empresa: Casimiro Marcial Chacón e Hijos, S.L. - (Eléctrica Puerto Lápice, S.L.)

Domicilio Social: Plaza de la Constitución, 16 - 13650 Puerto Lápice (Ciudad Real)Teléfono de servicio de averías: 670 78 28 14

! Empresa: Eléctrica Mestanza R.V., S.L.

Localidad donde presta servicio: Mestanza

Domicilio Social: C/ Charco, 47, - 13592 Mestanza (Ciudad Real)

Teléfono: 926 48 56 30! Empresa: Unión Fenosa, Redes de Comunicación, S.L.

Domicilio Social: Avenida de los Decubrimientos, 3-5 - 13001 Ciudad Real

Teléfono: 926 25 66 40! Empresa: Unión Fenosa Distribución,S.L.

Domicilio social: C/ Lanza, 7 - 13004 Ciudad RealTeléfono: 926 25 66 40

! Empresa: Unión Fenosa

Domicilio social: C/ Cardenal Monescillo, 1 - 13004 Ciudad Real

Teléfono: 926 22 01 12/ 22 01 50Teléfono eléctrico y servicios: 926 25 22 00

! Empresa: Unión Fenosa Distribución, S.L.

Domicilio social: C/ Horno, 10 - 13600 Alcazar de San Juan (Ciudad Real)

Teléfono: 926 25 66 40! Empresa: Unión Fenosa Distribución, S.L.

Domicilio social: C/ Virgen, 49 - 13300 Valdepeñas (Ciudad Real)Teléfono: 926 25 66 40

! Empresa: Unión Fenosa Distribución, S.L.

Domicilio social: Avenida Primero de Julio, S/N - 13300 Valdepeñas (Ciudad Real)

Teléfono: 926 25 66 40Averías:! Ciudad Real: 926 22 98 98

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! Alcázar de San Juan: 926 54 01 64! Almadén: 926 71 00 55! Almagro: 926 86 00 40! Daimiel: 926 85 00 58! Manzanares: 926 61 02 02! Piedrabuena: 926 76 02 47! Puertollano: 926 42 15 79! Tomelloso: 926 51 01 01! Valdepeñas: 926 32 23 00! Villanueva de los Infantes: 926 36 00 07

PROVINCIA DE CUENCA:! Empresa: Eléctrica Conquense Distribución, S.A.U.

Domicilio Social: Parque de San Julián, 5 - 16003 CuencaTeléfono: 969 23 34 23

! Empresa: Hermanos Caballero Rebollo, S.L.

Domicilio Social: Avenida Castilla La Mancha, 21-3º C - 16003 Cuenca

Teléfono: 969 22 07 56! Empresa: Sociedad Eléctrica Nuestra Señora de los Desamparados, S.L.

Localidades donde presta servicio: Carrascosa del Campo, Rozalén del Monte, Jabalera,

Garcinarro, Mazarulleque, Vellisca, Huete, La Langa y Loranza del Campo.

Domicilio Social: C/ Mayor, 46 - 16500 Huete (Cuenca)

Teléfono: 969 37 10 43Teléfonos de servicio de averías: 617 431 278

! Empresa: Iberdrola, S.A.Domicilio Social: Ctra. Madrid-Valencia, Km 100. - 16200 Motilla del Palancar (Cuenca)

Teléfono: 969 22 09 54! Empresa: Iberdrola, S.A.

Domicilio Social: Mora Encantada, 37 - 16400 Tarancón (Cuenca)

Oficinas Comerciales:! Motilla del Palancar, C/ Diplom. Federico, 6 ........ Teléfono: 969 33 14 75! Tarancón, C/ Mora Encantada, 38 ........................ Teléfono: 969 11 08 50! Belmonte, C/ Osa de la Vega, 2 ............................ Teléfono: 967 17 02 94! San Lorenzo de la Parrilla, C/ J. Quijano, 2 ......... Teléfono: 969 29 60 03! San Clemente, C/ Escobares, 2 ............................. Teléfono: 969 30 00 67

! Empresa: Unión Fenosa Distribución, S.L.

Domicilio social: C/ Princesa Zaida, 3 - 16002 Cuenca

Teléfono: 901 100 059/ 969 28 10 11

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PROVINCIA DE GUADALAJARA:! Empresa: Iberdrola, S.A.

Domicilio Social: C/ Doctor Benito Lernando, 22 - 19001 Guadalajara

Teléfono: 91 567 600Oficina comercial: Sigüenza, C/ Alfonso VI, 2Teléfono: 949 39 07 43

! Empresa: Unión Fenosa, Distribución, S.L.

Domicilio Social: C/ Dr. Benito Hernando, 22 - 19001 Guadalajara

Teléfono: 949 21 21 40/ 22 35 16Averías: 949 21 15 39! Guadalajara! Molina de Aragón! Sacedón

! Empresa: Hidroeléctrica Nuestra Señora de la Soledad, de Tendilla y Lupiana, S.L.

Domicilio Social: C/ Paez Xaramillo, 6 - 19002 Guadalajara

Teléfono: 949 29 53 43! Empresa: Hidroeléctrica El Carmen, S.L.

Domicilio Social: C/ La Cerca, 6 - 19141 Aranzueque (Guadalajara)

Teléfono: 949 29 20 25! Empresa: Distribución Eléctrica Las Mercedes. S.L.

Domicilio Social: C/ Extramuros, S/N - 19110 Mondéjar (Guadalajara)

Teléfono: 949 38 71 30

PROVINCIA DE TOLEDO:! Empresa: Unión Fenosa

Domicilio social: C/ Doctor Manzares, 9 - 45300 Ocaña (Toledo)

Teléfono: 925 13 09 27! Empresa: Iberdrola, S.A.

Domicilio Social: C/ Berna, 1 - 45005 Toledo

Teléfono: 925 22 98 01Oficinas Comerciales:! Galvez, Ctra. Cuerva, s/n ...................................... Teléfono: 925 40 07 04! Los Navalmorales, C/ Alfares, 9 ............................ Teléfono: 925 40 40 62! Oropesa, C/ Carlos Caamaño, 10 .......................... Teléfono: 925 43 03 38! Quintanar de la Orden, Ctra. Villanueva, 3 .......... Teléfono: 925 18 00 33! Sonseca, C/ Rosario, 15 ........................................ Teléfono: 925 38 01 72! Talavera de la Reina, C/ Capitán Luque, 11 ......... Teléfono: 925 80 69 00! Torrijos, Avenida del Pilar, 1 ................................ Teléfono: 925 76 08 71

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ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES REDACTORA DE ESTA GUÍA! Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de Castilla – La Mancha.

Ambito RegionalSede Regional: C/ Carlos Vázquez, 7 – 1º A - 13.001 Ciudad Real

Teléfono: 926 27 49 88Fax: 926 22 55 76E-mail:[email protected] y/o [email protected]

Presidente: Pedro Romero Rodríguez

Teléfono: 635 64 54 37

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PAGINAS WEB RELACIONADAS

! Ambientum: portal para profesionales del sector medioambiental. Ofrece información de recortes de prensa, concursos y adjudicaciones

publicados en el BOE y Boletines Autonómicos, legislación y jurisprudencia vigente comentada y a texto completo. Información

sobre productos y empresas, formación, feria y eventos, bolsa de trabajo. Links de interés, foro de ideas y diferentes temas de

debate y actualidad interesantes. http://ambientum.com! Asociación de la Industria Fotovoltaica – ASIF: http://asif.org! Asociación de Productores de Energías Renovables- APPA: http://appa.es! Asociación Española del Hidrógeno: nacida en mayo de 2002, está constituida por empresas e instituciones con el objetivo de

mejorar en España la innovación, cooperación, formación, divulgación, seguridad, normativa, etc... de la tecnología del Hidrógeno,

como vector energético, y aplicaciones como las Pilas de Combustibles, que se encuentran en un lugar destacado tanto de la I+D

internacional como del mundo empresarial y financiero. http://aeh2.org! CIEMAT: página del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Desarrollo Tecnológico para mejorar los recursos y

sistemas de generación de energías. http://ciemat.es! Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad S.A: realiza las funciones de gestión económica referida al eficaz

desarrollo del mercado de producción de electricidad. http://omel.com! Compañía Sevillana de Electricidad, S.A.: compañía eléctrica del grupo Endesa. http://sevillanelec.es! El Sistema Eléctrico Español. Infomación ofrecida por Red Eléctrica Española (REE ) Empresa dedicada en exclusividad al

transporte de electricidad y a la operación de sistemas eléctricos. http://www.ree./es! Elcogas: información sobre Elcogas, central IGCC de Puertollano, participada accionarialmente por diversas empresas eléctrica.

http://elcogas.es! Electra de Carbayin, S.A: es una compañía dedicada a la distribución de energía eléctrica en la zona central del principado de

Asturias. http://e-carbayin.com! Electra de Viesgo: empresa eléctrica del grupo italiano EN EL! Eléctricas Reunidas de Zaragoza-ERZ: Empresa del grupo Endesa cuya página es: http://erz.es

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! EnBW: La página de este comercializador para «consumidores cualificados» es: www.spain.enbw.com! Endesa: http://endesa.es! ENECO. Empresa del grupo ENDESA. http://eneco.es! Ente Regional de la Energía de Castilla y León- EREN: Organismo creado en 1996 que desarrolla, unifica, e integra a nivel

territorial todas las políticas aprobadas e instrumentadas en las distintas áreas energéticas. Orienta sus actuaciones al fomento del

ahorro energético y la utilización racional de las fuentes energéticas, con el especial aprovechamiento de las energías renovables:

www.jcyl.es/jcyl/cict/eren/info! España ENHER: http://enher.es! España Vida Sostenible: Información de utilidad de poner en práctica un estilo de vida sostenible en el ámbito doméstico. http:/

/vidasostenible.com! Factor Energía, S.A: empresa comercializadora de energía eléctrica a escala nacional desde 1999.! FECSA: empresa eléctrica del grupo Endesa. http://fecsa.es! Foro Nuclear. Asociación de carácter civil desde 1962. El foro de la Industria Nuclear Española agrupa a las empresas españolas

relacionadas con los usos pacíficos de la energía nuclear, velando por la integración y coordinación de sus intereses dentro de los

más altos niveles de seguridad y fiabilidad en el funcionamiento de las centrales nucleares. http://foronuclear.org! Gamesa. Resumen: Gamesa Eólica es uno de los principales fabricantes de aerogeneradores a nivel mundial. En el año 2000 logró

una cuota del 64.9% de la potencia eólica instala en España en ese año. http://gamesa.es! GESA. Empresa eléctrica del grupo ENDESA http://gesa.es! Hidroeléctrica del Cantábrico: la página de este grupo empresarial es: http://.hidroelectricadelcantabrico.es! Iberdrola: la página de este grupo empresarial es: http://iberdrola.es! IDAE - Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía: dedicado a promover la eficiencia energética. http://idae.es! Instituto Enerxético de Galicia – INEGA: organismo creado en 1999 que coordina los esfuerzos del gobierno gallego en el ámbito

energético, fomentando el ahorro energético, el uso racional de la energía, las energía renovables y el desarrollo sostenible. http:/

/inega.es! Ministerio de Ciencias y Tecnología. Energía y Minas: www.mcyt.es! Ministerio de Medio Ambiente: http://mma.es! Plataforma Solar de Almería: www.pas.es! Sempra Energy Trading: La página de este comercializador para «consumidores cualificados» es: http://sempraspain.com! Sociedad Estatal de Participaciones Industriales- SEPI: http://sepi.es! UNESA: Página de la Patronal de las Empresas Eléctricas. http://unesa.es! Unión Fenosa. La página de este grupo empresarial http://uef.es

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AGRADECIMIENTOS

A la hora de agradecer no queremos que se nos olvide a nadie, pero si es así rogamos nos disculpen y vaya nuestroagradecimiento por adelantado.

En primer lugar a las dos personas que confiaron en nuestra organización para elaborar esta guía, D. Carlos Maciade Castro, Director General de Consumo y D. Javier de la Villa Albares, Director General de Industria y Energía de nuestraregión. Nuestro más profundo agradecimiento por su confianza y esperamos haberles recompensado con este trabajo.

En segundo lugar a la Presidenta Nacional de nuestra Federación, Dª. Agustina Laguna Trujillo, quién desde unprimer momento nos apoyó con su presencia y empuje a dar el paso para plantear nuestro propósito.

En tercer lugar a las personas que directamente han participado en la elaboración de esta guía, a Vanessa y aRamón, también a nuestras dos chicas de prácticas Sara y Yolanda, gracias a todos ellos por su inestimable colaboración yque perdonen las prisas y las rectificaciones, lo tendremos en cuenta.

En cuarto lugar a nuestros colaboradores, empezando por Pablo García Minguillán, experto jurídico, que con suterminología asequible nos ha acercado a entender el enmarañado mundo del Ordenamiento eléctrico. A José Luís de laCorreduría Roca Forns, de Ciudad Real, que tanto nos ayudado a descifrar el clausulado de las pólizas de seguros. A JuanCarlos de Infrysol, de Pedro Muñoz, que nos explicó su trabajo de producción de energía de manera barata y no contaminantey por último a Isidro el representante de Eiker Ibérica, que nos ha aclarado el farragoso mundo de las facturas y de loscontratos de suministro.

En quinto y no por eso en último lugar a Tomás de ADF, de Toledo, que ha sido quién a puesto un poco de ordenen este barullo que supone editar una guía tan extensa.

Para todos y ellos y como decimos para los que se nos olviden también un cordial abrazo y muchas gracias porvuestra ayuda.

La Junta Directiva de Fuci- Clm

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