guía para registro de estatutos comunales

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Guía para la Elaboración y Modificación de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales Gerencia de Silvicultura Comunitaria COORDINACION GENERAL DE PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD Gerencia de Silvicultura Comunitaria GUÍA PARA LA ELABORACIÓN O MODIFICACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOS Y ESTATUTOS COMUNALES ENERO DE 2008

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Guía para registro de estatutos comunales

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  • Gua para la Elaboracin y Modificacin de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales Gerencia de Silvicultura Comunitaria

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    COORDINACION GENERAL DE PRODUCCIN Y PRODUCTIVIDAD

    Gerencia de Silvicultura Comunitaria

    GUA PARA LA ELABORACIN O MODIFICACIN DE REGLAMENTOS INTERNOS Y ESTATUTOS

    COMUNALES

    ENERO DE 2008

  • Gua para la Elaboracin y Modificacin de Reglamentos Internos y Estatutos Comunales Gerencia de Silvicultura Comunitaria

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    CONTENIDO Pagina

    PRESENTACION-------------------------------------------------------------------------------- 1

    I. INTRODUCCION------------------------------------------------------------------------------ 2

    II. OBJETIVO DE LA GUIA--------------------------------------------------------------------

    3

    III. OBJETIVO DEL REGLAMENTO/ESTATUTO----------------------------------------

    3

    IV. METODOLGIA DE TRABAJO--------------------------------------------------------- 3

    V. ELABORACIN Y ENTREGA DEL INFORME--------------------------------------- 9

    VI. PERFIL DEL CONSULTOR--------------------------------------------------------------- 10

    VII. SUPERVISIN Y MONITOREO-------------------------------------------------------- 10

    VIII. ANEXOS-------------------------------------------------------------------------------------

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    Anexo 1. Convenio de adhesin. ---------------------------------------------------------- 12

    Anexo 2. Contrato de servicios de consultora. ---------------------------------------- 14

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    PRESENTACIN

    El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, seala que el desarrollo de las actividades de los distintos sectores productivos, en su mayora, no toma en cuenta el valor de los ecosistemas como los espacios donde se dan los procesos naturales que sostienen la vida y proveen los bienes y servicios que satisfacen las necesidades de la sociedad.

    El cambio de uso de suelo para la expansin de la superficie agropecuaria, as como para actividades extractivas y de infraestructura, a expensas de la vegetacin natural, son variables importantes en el proceso de deforestacin y conlleva una reduccin del valor ecolgico, social y econmico de los bienes y servicios que los bosques y selvas proveen. Por este motivo, es fundamental la coordinacin intersectorial para la formulacin de polticas sustentables de desarrollo que disminuyan la degradacin de los ecosistemas forestales y, por tanto, los bienes y servicios que proporcionan.

    A nivel nacional se continan construyendo y consolidando mejores polticas para el manejo y conservacin de los recursos forestales que estn contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los habitantes de las reas rurales, pero es necesario que estas polticas se generen desde los mismos ejidos y comunidades. La Ley agraria establece, como una responsabilidad de los ncleos agrarios, entre otras, organizarse, aunque la Ley les da la libertar de organizarse de acuerdo a sus necesidades y las caractersticas de sus predios, a la vez los hace responsables de las decisiones esenciales que lleguen a tomar. En este sentido, la CONAFOR, a travs del Programa Pro-rbol apoya la instrumentacin de estrategias que fortalecen a ejidos y comunidades en procesos de desarrollo autogestivos, mediante la elaboracin y actualizacin de sus reglamentos internos y estatutos comunales que tienen como fundamento, la toma de decisiones bajo el principio de usos y costumbres sobre los terrenos y recursos naturales de propiedad colectiva. Por lo anterior y dada la importancia de aplicar este tipo de instrumentos que fomentan e impulsan la organizacin y planeacin comunitaria, la Gerencia de Silvicultura Comunitaria ha diseado la presente GUIA PARA LA ELABORACIN O MODIFICACIN DE REGLAMENTOS INTERNOS Y ESTATUTOS COMUNALES con el propsito de facilitar los mecanismos de ejecucin que establecen las Reglas de Operacin del Programa Pro-rbol en apoyo de la poblacin rural e indgena de los bosques, selvas y zonas ridas de Mxico. La gua propone una metodologa flexible a seguir para la elaboracin de los reglamentos o estatutos de manera general considerando las diferentes caractersticas y procesos especficos que desarrollan los ncleos agrarios en materia de manejo y conservacin forestal.

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    I. INTRODUCCIN En el marco de las Leyes y Normas que rigen la propiedad agraria, se establece que el Reglamento Interno de los ejidos y el Estatuto de las Comunidades regular el uso, aprovechamiento, acceso y conservacin de las tierras de uso comn, incluyendo los derechos y obligaciones de ejidatarios, comuneros y avecindados, respecto de dichas tierras. Tambin se seala que el Reglamento Interno o Estatuto Comunal debe ser formulado y aprobado por la mxima autoridad que es la asamblea general de ejidatarios o comuneros.

    Por lo anterior, la identificacin de la problemtica forestal en ejidos y comunidades se orienta inicialmente a desarrollar un proceso interno para definir y consensuar en asambleas generales, las normas y reglas que constituyen el Reglamento Interno o Estatuto Comunal. para el usufructo de los recursos forestales y en general, la regulacin de la vida cotidiana, as mismo, se deben definir, acordar e incorporar el uso de

    mecanismos de aplicacin de reglas que rigen la vida institucional de los ncleos agrarios. El conocimiento del marco jurdico que norma las actividades del ejido o la comunidad permite fortalecer las relaciones con particulares, ncleos agrarios, instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Por lo tanto, la elaboracin o modificacin del Reglamento Interno o Estatuto Comunal., proporciona un instrumento que regula todos los principios y acciones sobre el uso y acceso a su recursos naturales, permitiendo una distribucin equitativa de los bienes y servicios, adems de fortalecer la integracin social del ejido o comunidad, la toma decisiones consensuada y la capacidad de organizacin y planeacin de sus actividades productivas en apego a la normatividad agraria y ambiental.

    Los siguientes lineamientos estn fundamentados en el anlisis de documentos y experiencias que el Programa de Desarrollo Forestal Comunitario (PROCYMAF II) ha desarrollado mediante los apoyos que ha destinado para la ejecucin de talleres para el desarrollo de Reglamentos Ejidales y Estatutos Comunales desde su implementacin en 2004, y el cabal cumplimiento de los objetivos de estos instrumentos garantizan la elaboracin de un producto final de calidad pero sobre todo de utilidad para la regulacin del trabajo colectivo de los ejidos y comunidades forestales.

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    II. OBJETIVOS DE LA GUIA

    1. Apoyar a los Asesores Tcnicos que brindan servicios de consultora a los ejidos y comunidades forestales del pas en la preparacin, desarrollo y ejecucin de reglamentos internos y estatutos comunales para fortalecer la organizacin y planeacin comunitaria.

    2. Proporcionar lineamientos generales para la elaboracin y/o modificacin de reglamentos internos y estatutos comunales.

    3. Orientar a los ejidos y comunidades forestales de la importancia que origina el contar con un instrumento que regule el uso de suelo y el aprovechamiento de recursos naturales de propiedad colectiva.

    III. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO/ESTATUTO

    Objetivo general Apoyar a ejidos y comunidades forestales para que establezcan un efectivo control sobre los recursos forestales de propiedad colectiva mediante la celebracin de acuerdos, que permitan el diseo de reglas que fortalezcan la vida comunitaria.

    Objetivo especficos

    1. Buscar el fortalecimiento y formalizacin de las reglas internas de los ejidos y comunidades, as como de sus procesos de desarrollo forestal comunitario;

    2. Propiciar que los diferentes grupos de usuarios de los recursos forestales de uso comn en ejidos y comunidades fortalezcan su capacidad para la toma de decisiones;

    3. Elaborar reglas internas para la definicin y manejo de reas de conservacin comunitaria que permitan disear estrategias de aprovechamiento de recursos naturales, as como regular las unidades econmicas y productivas, de los ncleos agrarios para su incorporacin en los estatutos comunales y/o reglamentos internos;

    4. Inscribir en el Registro Agrario Nacional (RAN) los reglamentos internos/ estatutos comunales elaborados o sus modificaciones.

    IV. METODOLGIA DE TRABAJO Una vez concluido el proceso de asignacin de apoyos del Programa PRO-RBOL, el ejido comunidad que haya recibido apoyos de la CONAFOR para elaborar o modificar su reglamento o estatuto de acuerdo con el Asesor Tcnico que haya propuesto, deber tomar en cuenta el cumplimiento de las siguientes responsabilidades y obligaciones:

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    1. Responsabilidades y obligaciones. a) A. De la comunidad o ejido que recibe el apoyo:

    1. Firmar un convenio de adhesin con la CONAFOR a fin de recibir y destinar los recursos econmicos recibidos para los cuales le fue otorgado (Anexo 1);

    2. Firmar un contrato de servicios de consultora con el Asesor Tcnico que haya sido propuesto para la elaboracin/modificacin del reglamento/estatuto (Anexo 2);

    3. Participar activamente en talleres, reuniones y asambleas generales que se celebren durante el desarrollo del trabajo contrado;

    4. Nombrar los grupos de trabajo que participarn directamente con el asesor tcnico durante el desarrollo del trabajo;

    5. Evaluar el trabajo del consultor con base en las Reglas de Operacin y el mecanismo de Asesores Tcnicos del Programa PRO-RBOL.

    b) Del Asesor Tcnico que elabora o modifica el reglamento/estatuto:

    1. Firmar un contrato de servicios de consultora con el ejido/comunidad beneficiario que recibi el apoyo de la CONAFOR (Anexo 2);

    2. Brindar atencin oportuna y adecuada a la asamblea general y a los grupos de personas que participan en el desarrollo del reglamento/estatuto;

    3. Brindar las condiciones y facilidades para el desarrollo de actividades tanto tericas como prcticas;

    4. Recibir por parte de la comunidad o ejido beneficiario el monto acordado con la CONAFOR a fin de cubrir los costos y gastos necesarios durante el desarrollo del trabajo;

    5. Es el responsable de la organizacin y logstica para la ejecucin del trabajo en campo y de los talleres participativos en coordinacin con los representantes agrarios y los grupos de trabajo;

    6. Propiciar y facilitar discusiones de trabajo tanto al interior de las asambleas generales como de los talleres participativos;

    7. Elaborar y entregar el informe final del evento, en versin original, tanto al beneficiario como a la CONAFOR;

    8. Asesorar al ejido/comunidad en la inscripcin del estatuto o reglamento en el Registro Agrario Nacional (RAN).

    2. Lineamientos para el desarrollo de talleres participativos y reuniones de trabajo.

    a) Taller: Integracin y participacin comunitaria. Partiendo del reconocimiento de las atribuciones y obligaciones de los rganos de representacin ejidal/comunal, en la gestora, representacin en asuntos legales, la titularidad en el aprovechamiento de sus recursos (autoconsumo y comerciales), y la conservacin de los mismos y su relacin con los tres niveles de gobierno, el asesor tcnico debe facilitar y llevar a cabo:

    Reuniones preparatorias de consenso con las autoridades ejidales/comunales Comisariados, Consejo de Vigilancia y los grupos existentes (grupo de caracterizados o principales, consejos, encabezados de barrio, etc.) o que se conformen para tal fin.

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    Anlisis y fortalecimiento de la organizacin social.

    Participacin plural e integradora (mujeres, ancianos, grupos minoritarios, etc.)

    Definicin de grupos de trabajo respaldados por asamblea: o Nivel de participacin o Definicin de actividades y niveles de participacin, toma de

    decisiones. o Nombrar una comisin que estar encargada del seguimiento del

    reglamento/estatuto. o Definicin de un calendario de trabajo o Contenido de la agenda de trabajo

    b) Taller: Introduccin a la normatividad y legislacin agraria y ambiental:

    destacando la importancia del Reglamento Interno o Estatuto Comunal y su vinculacin con la legislacin agraria y normatividad ambiental.

    Anlisis y funcin de los rganos descentralizados y desconcentrados de la SEMARNAT.

    Anlisis y aplicacin de normas y leyes: o Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos o Ley Agraria y su Reglamento. o Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento o Ley General de Desarrollo Rural Sustentable y su Reglamento o Ley General para el Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento o Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente o Convenio No. 169 de la Organizacin Internacional del Trabajo o Legislaciones locales (ambientales, forestales y pueblos indgenas)} o Y dems leyes que apliquen, de acuerdo a las caractersticas de las

    actividades del ejido/comunidad.

    c) Taller: Diagnstico actual del aspecto socioeconmico y ambiental. Las condiciones actuales de los recursos naturales y sus formas manejo son el eje de anlisis para sustentar las bases que regularn su uso y acceso. Elaboracin de un diagnstico de campo y gabinete con base en los siguientes criterios:

    o Condicin actual de la distribucin espacial y temporal de los recursos naturales establecidos en un croquis general del polgono.

    o Identificacin y anlisis de las actividades productivas y formas de aprovechamiento de sus recursos forestales maderables y no maderables.

    o Anlisis de las empresas forestales comunitarias con una revisin de su operacin y administracin, as como de las sociedades constituidas legalmente.

    o Anlisis y descripcin de cada una de sus figuras organizativas y su funcionamiento.

    o Anlisis de la problemtica, consenso en la definicin de soluciones y acciones.

    d) Taller: Identificacin y priorizacin de reglas de uso de los recursos forestales.

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    La organizacin comunitaria, la participacin activa de los grupos de trabajo, el consenso en la toma de decisiones y acuerdos sobre las reglas de uso regularn la convivencia del ejido/comunidad. Con una dinmica de participacin y materiales de apoyo adecuados se debe trabajar con los grupos comunitarios quienes analizarn cada una de las propuestas de las reglas.

    o Se nombrar una comisin redactora que se responsabilizar de sistematizar y registrar los acuerdos y propuesta de reglas internas.

    o Esta comisin redactora ser capacitada por el consultor para ejercer con calidad sus funciones.

    o Exposicin final de las reglas para su versin final y consenso del equipo de trabajo.

    o Definicin de estrategias de aplicacin y ejecucin de las reglas. 2. Redaccin del Reglamento/Estatuto. En todo momento el asesor tcnico apoyar la redaccin del documento, observando y procurando que cubra los requerimientos jurdicos, y sobre todo, que refleje las necesidades de regulacin identificadas en el taller. 3. Presentacin del Reglamento/Estatuto ante la asamblea general. Una vez que el documento ha sido concluido, se deber presentar ante la asamblea general, para que se socialice y analice el articulado, en caso de existir observaciones por la asamblea, se hagan las modificaciones correspondientes para presentarlas en otra asamblea y de esta forma se apruebe y constituya formalmente en el Reglamento Interno o Estatuto Comunal.. Se propone que el guin (estructura y contenido) del Reglamento Interno o Estatuto Comunal contenga al menos como base los siguientes componentes, lo cual no limita de aquellos que no se contemplen en esta gua y sean de inters comn deben incluirse de acuerdo a las caractersticas particulares de cada ejido o comunidad. 3.1 Propuesta de guion del Reglamento Interno o Estatuto Comunal. ESTRUCTURA:

    TITULOS CAPITULOS SECCIONES ARTICULOS

    CONTENIDO PRESENTACION DEL ESTATUTO O REGLAMENTO

    Antecedentes histricos del ncleo agrario de que se trate, objetivos del documento, resea de su elaboracin y contenido del mismo.

    TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

    UBICACIN GEOGRAFICA Y ACCION AGRARIA Nombre del ncleo agrario, municipio al que pertenece, distrito, estado, nmero de beneficiarios. Resoluciones y decretos presidenciales; sistema de tenencia de la tierra; inscripcin en el Registro Agrario Nacional (RAN).

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    DEL REGLAMENTO INTERNO ESTATUTO COMUNAL

    DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES: De las facultades de las Autoridades Municipales (de acuerdo al 115 Constitucional), de la coordinacin con el Comisariado y Consejo de Vigilancia.

    DE LAS SUBCOMUNIDADES, DE LOS ANEXOS, CONGREGACIONES, CUADRILLAS, MANZANAS, BARRIOS, RANCHERIAS U OTRO TIPO DE ASENTAMIENTOS HUMANOS.

    DE LOS SECRETARIOS AUXILIARES TITULO SEGUNDO: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE:

    EJIDATARIOS O COMUNEROS

    POSESIONARIOS O AVECINDADOS

    DE LOS MIGRANTES

    DE LOS ESTUDIANTES, PROFESIONISTAS

    DE LA ACEPTACIN DE LOS EJIDATARIOS/ COMUNEROS

    DE LA SEPARACIN DE LOS EJIDATARIOS/ COMUNEROS

    DE LOS POSEEDORES DE TIERRAS EJIDALES O COMUNALES

    DE LA IGUALDAD DE GNERO

    TITULO TERCERO: DE LOS RGANOS DE REPRESENTACIN

    DE LA ASAMBLEA GENERAL

    DEL COMISARIADO

    DEL CONSEJO DE VIGILANCIA

    DE LAS ASAMBLEAS DE LOS ANEXOS, CUADRILLAS, CONGREGACIONES O RANCHERIAS

    DE LOS SECRETARIOS AUXILIARES O REPRESENTANTES DE BIENES COMUNALES

    DE LOS CARACTERIZADOS, ANCIANOS O TATAMANDONES, CONSEJOS

    TITULO CUARTO: DE LOS ASESORES O PRESTADORES DE SERVICIOS

    DE LA APROBACION DE LOS CONTRATOS

    VIGENCIA DE LOS CONTRATOS

    RESPONSABILIDADES

    PERIODICIDAD DE INFORMES

    DE LOS ARCHIVOS Y EXPEDIENTES

    RECISIN DE LOS CONTRATOS

    TITULO QUINTO: DE LA ELECCIN Y REMOCIN DE LOS RGANOS DE REPRESENTACIN

    REQUISITO PARA SER ELECTO EN LOS CARGOS

    PERIODO DE VIGENCIA

    INSTANCIAS FACULTADAS PARA CONVOCAR

    REQUISITOS PARA SOLICITAR LA ELECCIN O REMOCIN

    TITULO SEXTO: DE LAS TIERRAS DEL NCLEO

    ZONIFICACIN DE USO DEL SUELO (ORDENAMIENTO TERRITORIAL)

    AREA PARCELADA

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    USO COMN

    ASENTAMIENTO HUMANO

    TITULO SPTIMO: DEL USO APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIN DE LOS RECURSOS NATURALES

    DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION, FOMENTO Y PROTECCIN DE LOS RECURSOS NATURALES. (AGUA, SUELO, FAUNA, FLORA, etc.)

    o Deteccin, control y combate de plagas y enfermedades forestales. o Prcticas de conservacin de suelos. o Regulacin de desmontes y uso del fuego. o Proteccin de manantiales y cauces de agua. o Prevencin, deteccin, combate y control de incendios forestales. o Cuidado y mantenimiento de la regeneracin natural y reforestacin. o Cuidado de la fauna silvestre. o Comits de proteccin y vigilancia del medio ambiente. o Manejo de basura y residuos slidos.

    DEL USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES. o Aprovechamientos forestales maderables comerciales y de uso domstico o Aprovechamientos forestales no maderables comerciales y de uso

    domstico (palmas, hongos, agua, tierra de monte, orqudeas, etc). o Aprovechamiento de fauna silvestre comercial y de uso domstico. o Extraccin y aprovechamiento de materiales ptreos y minerales (uso

    domstico y comercial)

    DE LAS UNIDADES ECONOMICAS Y PRODUCTIVAS, EMPRESAS COMUNITARIAS, FIGURAS ASOCIATIVAS O GRUPOS DE TRABAJO PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES Y/O PRESTACIN DE SERVICIOS

    o Conformacin y estructura. o Funciones y atribuciones. o Obligaciones. o Formulacin y presentacin de los estados financieros. o Integracin de la Comisin Revisora. o Distribucin y uso de las utilidades generadas (Inversin al bosque, capacitacin.

    Fortalecimiento de la empresa forestal comunitaria, obras de beneficio social, seguridad social (ancianos, viudas, trabajadores, otros).

    ESTMULOS AL BUEN USO DE LOS RECURSOS NATURALES. Queda a cargo de la asamblea general establecer el mecanismo de reconocimiento a personas o grupos de ejidatarios/comuneros, que estn realizando trabajos de sustentabilidad en manejo de suelos, fauna silvestre, aprovechamientos forestales maderables o no maderables, etc.

    TTULO OCTAVO: DE LAS SANCIONES.

    Las sanciones graduales por incumplimiento de las reglas deben ser determinadas por acuerdo de la asamblea general de ejidatarios y comuneros. TTULO NOVENO: TRANSITORIOS.

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    4. Inscripcin ante el Registro Agrario Nacional. El asesor tcnico se asegurar que el Reglamento Interno o Estatuto Comunal. sea aprobado por la asamblea general de ejidatarios o comuneros y se inscriba en el Registro Agrario Nacional. Con esta actividad se dar por concluida la formalizacin del Reglamento Interno o Estatuto Comunal. 5. Consideraciones Generales Es importante considerar que los procesos aqu descritos deben de ser complementarios mas no sustituyen lo enunciado por las reglas de operacin y convocatoria del Programa PRO-RBOL, ni de aquellos sealados en los Programas de la CONAFOR.

    V. ELABORACIN Y ENTREGA DEL INFORME

    Una vez concluido el trabajo y de acuerdo con sta gua, el consultor o Asesor Tcnico deber entregar a la comunidad o ejido que solicit el apoyo y a la Gerencia Regional de la CONAFOR un documento tcnico a manera de informe final impreso por duplicado. El informe deber estar respaldado en formato electrnico usando el procesador de textos Microsoft Word o cualquier otro compatible. Dicho informe deber considerar como mnimo el siguiente formato:

    a) Cartula. Donde se mencione el ttulo del apoyo, fecha de realizacin, nombre del ncleo agrario y nombre del consultor;

    b) Resumen ejecutivo. Que describa de manera concreta el proceso para la elaboracin o modificacin del reglamento/estatuto considerando resultados, efectos e impactos;

    c) Antecedentes. Este apartado comprender una descripcin de las caractersticas

    socioeconmicas del ejido/comunidad y del proceso local de desarrollo forestal que sustenta.

    d) Objetivos. Describir la finalidad que tuvo el elaborar o modificar el reglamento o

    estatuto, as como sus efectos o impactos esperados.

    e) Alcances del estatuto reglamento. Definir lo que se pretende alcanzar lo que se espera lograr con el reglamento o estatuto.

    f) Metodologa. Describir la metodologa utilizada para alcanzar los objetivos del

    taller para el desarrollo o modificacin del reglamento/estatuto, asegurando su consistencia con el proceso de desarrollo que se impulsa o consolida.

    g) Duracin. Establecer el nmero de das de duracin del trabajo realizado (no ms

    de 90 das a partir de la firma de contrato).

    h) Cronograma de actividades. Incluir el calendario detallado de las actividades que se llevaron a cabo durante el desarrollo del trabajo.

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    i) Currculum del consultor. Anexar currculum vitae breve del Asesor Tcnico que llev a cabo el reglamento o estatuto.

    Anexos del informe

    Ejemplar impreso del reglamento o estatuto;

    Actas de acuerdos y compromisos derivados de los diversos talleres realizados;

    Memoria fotogrfica.

    Registro de asistentes.

    Acta de aprobacin del nuevo reglamento/estatuto por la Asamblea General.

    Copia de acuse de inscripcin del Reglamento Interno o Estatuto Comunal en el Registro Agrario Nacional (al menos copia de documento que certifique que el registro ante el RAN se encuentra en trmite).

    VI. PERFIL DEL CONSULTOR

    Los Asesores Tcnicos encargados de la elaboracin o modificacin de un Reglamento Interno o Estatuto Comunal, deben cumplir con los siguientes requisitos:

    Ser una persona moral con registro en el Listado de Asesores Tcnicos del Programa PRO-RBOL.

    Contar con un mnimo de tres aos de experiencia en aspectos legales agrarios, manejo de recursos naturales y experiencia en la conduccin y facilitacin de talleres participativos.

    VII. SUPERVISIN Y MONITOREO Considerando que los recursos que la federacin otorga a travs de los apoyos de la CONAFOR son de carcter federal, la auditora, control, supervisin y seguimiento sern realizadas en el mbito de su competencia por las siguientes instancias: I. La CONAFOR II. El rgano Interno de Control en la CONAFOR III. La Secretara de la Funcin Pblica IV. La Secretara de Hacienda y Crdito Pblico V. La Auditoria Superior de la Federacin VI. Auditores independientes designados por cualquiera de las autoridades sealadas en las fracciones anteriores, y VII. Dems instancias que en el mbito de sus respectivas facultades resulten competentes. Las actividades que podrn realizar las instancias mencionadas anteriormente de acuerdo al mbito de su competencia son, entre otras: auditoras internas,

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    externas, contables, tcnicas, legales y de campo, as como visitas de verificacin, avance, conclusin de obra, investigacin e inspeccin. Las instancias de control y auditoria podrn verificar en el mbito de su competencia la correcta aplicacin de los recursos y promover la transparencia en el manejo de los mismos. Igualmente, derivado de las auditorias, visitas de verificacin, avance, conclusin, investigacin e inspeccin en campo que practique, podrn emitir recomendaciones u observaciones dirigidas a los Comits Tcnicos y/o a la CONAFOR, segn corresponda.

    VIII. ANEXOS Anexo 1 Convenio de adhesin Anexo 2. Contrato de Servicios de Consultora

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    Anexo 1

    CONVENIO DE ADHESIN

    Convenio de adhesin para el otorgamiento de apoyos que suscriben por una parte la Comisin Nacional

    Forestal, representada en este acto por el C. __________________________________________, en su

    carcter de Gerente de la Regin ___, en lo sucesivo referida como CONAFOR y por la otra:

    a) Personas fsicas: El C. de nombre _______________________________________________________.

    b) Ejidos o comunidades: El ejido o comunidad denominado _________________________ representado

    por los C. ________________________________ y _______________________________________ y

    ________________________________________________ en su carcter de Presidente, Secretario y

    Tesorero del Comisariado Ejidal o del Comisariado de Bienes Comunales respectivamente.

    c) Sociedades o asociaciones: La sociedad o asociacin denominada

    ____________________________________, representada por el C. _______________________________

    en su carcter de representante legal.

    A quien en lo sucesivo se le denominar como el BENEFICIARIO al tenor de las declaraciones y clusulas

    siguientes:

    Declaraciones

    I. Declara la CONAFOR por conducto de su representante que:

    I.1 Es un organismo pblico descentralizado de la administracin pblica federal con personalidad jurdica

    y patrimonio propio de acuerdo a lo sealado en el artculo 17 de la Ley General de Desarrollo Forestal

    Sustentable.

    I.2 Conforme al artculo 22 de dicha ley tiene por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades

    productivas, de proteccin, conservacin y restauracin en materia forestal.

    I.3 En su carcter de Gerente de la Regin ____ y con fundamento en la fraccin V del artculo 26 del

    Estatuto Orgnico de la Comisin Nacional Forestal, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el

    presente instrumento.

    I.4 Para los efectos del presente convenio seala como domicilio el ubicado en Perifrico Poniente nmero

    5360, edificio B, 5o. piso, colonia San Juan de Ocotn, en Zapopan, Jalisco, cdigo postal 45019.

    II. Declara el BENEFICIARIO:

    II.1 Bajo protesta de decir verdad que:

    a) Personas fsicas: Es mexicano, mayor de edad, propietario ( ) o poseedor ( ) del predio forestal ( )

    preferentemente forestal ( ) o temporalmente forestal ( ) denominado ____________________________

    ubicado en el municipio de _____________________, del Estado de ___________________, lo que acredita

    con __________________________________, documento que obra en su expediente.

    b) Ejidos y comunidades: Es un ejido ( ) o comunidad ( ) que por Resolucin Presidencial publicada en el

    Diario Oficial de la Federacin de fecha ____________________________, les fue dotada una superficie de

    ___________ hectreas de acuerdo al plano definitivo entregado a la CONAFOR.

    Mediante acta de fecha ___________________________ la Asamblea acept solicitar apoyos a la

    CONAFOR y destinar las tierras de uso comn a los fines y actividades sealados en las propias reglas de

    operacin.

    Acreditan su personalidad con acta de la asamblea de fecha _______________________________.

    c) Sociedades o asociaciones: Es una sociedad ( ) o asociacin ( ) de nacionalidad mexicana denominada

    _______________________________________, constituida bajo las leyes mexicanas y lo acredita con

    _______________________________________ documento que obra en su expediente.

    Tiene como objeto social _______________________________________________.

    II.2 Seala como domicilio el ubicado en ___________________________________.

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    Clusulas

    Primera. El objeto del presente convenio de adhesin es que el BENEFICIARIO se obligue hacia la

    administracin pblica federal a travs de la CONAFOR, a destinar los apoyos asignados al cumplimiento de

    los fines para los que fueron otorgados, de acuerdo a las Reglas de Operacin para el otorgamiento de

    apoyos de la CONAFOR.

    Segunda. Para efecto de lo anterior el BENEFICIARIO ha obtenido la cantidad de $______________

    (Cantidad con letra 00/100 M.N.) de acuerdo al tipo de apoyo ___________________ para realizar acciones

    de _________________________________.

    Tercera. El BENEFICIARIO se obliga a:

    a) Destinar la totalidad de los recursos recibidos para los fines a los que fueron otorgados

    b) Devolver los recursos en caso de incumplimiento, cuando as se lo requiera la CONAFOR o la autoridad

    competente.

    c) Cumplir con todas las obligaciones sealadas en las Reglas de Operacin.

    Cuarta. Las partes estn de acuerdo en que la vigencia del presente convenio de adhesin ser a partir

    del da de su firma y hasta que cumpla satisfactoriamente con el objeto para el cual le fue otorgado el apoyo.

    Quinta. Para el caso de controversias las partes estn de acuerdo en sujetarse a la competencia de los

    tribunales federales con sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

    Ledo que fue y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por duplicado en el

    municipio de __________________________ del Estado de ______________________ el da __ de

    ________ de 200_.

    Por la CONAFOR

    El Gerente de la Regin __

    C. ___________________________

    Por el BENEFICIARIO

    (personas fsicas)

    C. ___________________________

    (Ejidos o comunidades)

    ________________________

    Presidente

    ___________________________

    Secretario

    ______________________________

    Tesorero

    (sociedades o asociaciones)

    C. ______________________

    El representante legal

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    Anexo 2 CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORIA

    CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJIDO/LA COMUNIDAD ________________ DEL MUNICIPIO DE _________________, DEL ESTADO DE ____________, REPRESENTADA POR LOS CC ____________________, PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DEL COMISARIADO EJIDAL/DE BIENES COMUNALES Y, POR LA OTRA, EL C.____________________________, POR SU PROPIO DERECHO, O EN REPRESENTACIN DE LA EMPRESA (___________________) A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA EL EJIDO/LA COMUNIDAD Y EL ASESOR TCNICO, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLUSULAS;

    DECLARACIONES I. DECLARA EL EJIDO /LA COMUNIDAD POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES QUE: I.1 Se cre mediante Resolucin del Ejecutivo Federal de fecha __________, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el da ____ de ______de ____, mismo que de conformidad con su Reglamento Interno que rige su funcionamiento, tiene entre sus objetivos generar alternativas de aprovechamiento de los recursos naturales del predio y cuenta con el Registro Agrario nmero ______de fecha _______. I.2 En Asamblea General, celebrada el da____ de ________ de ______ resultaron electos como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Ejidal/Bienes Comunales, los CC. ______, _______ y _______ por lo que con fundamento en los artculos 27, 32, 33 y 37 de la Ley Agraria, as como de las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de EL EJIDO/LA COMUNIDAD, se encuentran facultados para suscribir el presente contrato en representacin de EL EJIDO/ LA COMUNIDAD I.3 Suscribieron un Convenio de Adhesin con la Comisin Nacional Forestal, LA CONAFOR, el da ____ del mes de ____________ de ____, para adherirse a los beneficios del Programa PROARBOL y obtener los apoyos econmicos que ofrece. I.4 Es propietario de ____ hectreas de terrenos forestales y es de su inters el desarrollo de actividades que contribuyan al manejo sustentable de sus recursos forestales. I.5 Cuentan con recursos para el cumplimiento de los compromisos que por el presente instrumento se establecen. I.6 Sealan como su domicilio para efectos del cumplimiento del presente contrato ubicado en __________________

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    II. DECLARA EL ASESOR TCNICO QUE: II.1. Es una persona moral dedicada a ofrecer servicios tcnicos y profesionales, y acredita su constitucin con el testimonio notarial nmero ________________ otorgado ante la fe del notario pblico nmero _______ de fecha _____________ con ejercicio en el estado de _________, quedando inscrita en la seccin nmero __________ de la Direccin del Registro Pblico de la Propiedad del Gobierno del estado de _________. II.2. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes ___________ y con domicilio ubicado en _______________________________________________________. II.3. El C. _________________ en su carcter de Representante Legal de la sociedad, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en trminos del testimonio notarial N _______ expedido por el Lic. _____________________, Notario Pblico nmero________ en _____________. CLUSULAS PRIMERA.- EL ASESOR TCNICO se obliga a desarrollar la actividad de ______________ en favor de EL EJIDO/LA COMUNIDAD, de acuerdo con la documentacin que se anex a la solicitud que fue aprobada por un Comit Tcnico Estatal y/o Comit Tcnico Nacional a EL EJIDO/LA COMUNIDAD. SEGUNDA.- Las partes contratantes acuerdan que el costo total de la actividad a ser desarrollada y que es motivo del presente Contrato es de $_________________. y que dicho monto ser cubierto de la siguiente manera: $ ____ correspondiente a un 50% del contrato, a ms tardar 10 das posteriores a la firma de este contrato $ ____ correspondiente a un 50% restante, ser pagado una vez que la actividad motivo de este contrato est concluida y el producto de la misma haya sido recibida a satisfaccin por EL EJIDO/LA COMUNIDAD TERCERA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Contrato, corresponder a EL ASESOR TCNICO el cumplimiento de las siguientes obligaciones: Desarrollar la actividad referida en la CLASULA PRIMERA, con base en la informacin tcnica anexa integrante de la solicitud. Realizar directamente las actividades materia del presente Contrato. Entregar a EL EJIDO/LA COMUNIDAD el producto final derivado de la actividad que se estipula en la CLUSULA PRIMERA del presente Contrato, en la fecha sealada en la CLAUSULA CUARTA siguiente y de conformidad con los criterios establecidos en las Reglas de Operacin del PRO-RBOL. Realizar los traslados que sean necesarios, con el fin de cumplir con las acciones del presente instrumento contractual, debiendo cubrir los gastos de hospedaje, alimentacin, transporte, peajes o anlogos; en consecuencia, no tendr derecho al pago de recursos adicionales a los sealados en la CLAUSULA SEGUNDA.

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    CUARTA.- EL ASESOR TCNICO se obliga a iniciar el desarrollo de las actividades objeto de este Contrato el da ____ del mes de _________ de 2008, y a entregarlo concluido a EL EJIDO/LA COMUNIDAD a ms tardar el da _____ de ___________ de 2008. Si EL ASESOR TCNICO realizara trabajos por un monto mayor al indicado en la CLUSULA SEGUNDA de este Contrato, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecucin de trabajos excedentes, no tendr derecho a reclamar pago alguno. QUINTA.- En caso de incumplimiento del Contrato por parte de EL ASESOR TCNICO, ste estar obligado a reintegrar a EL EJIDO/LA COMUNIDAD el total de los recursos que a la fecha del incumplimiento haya recibido. SEXTA.- EL EJIDO/LA COMUNIDAD es el titular de los derechos patrimoniales de los resultados de las actividades realizadas consideradas en este Contrato, consistente en datos y otros resultados obtenidos, quien autoriza libremente para que LA CONAFOR pueda realizar la reproduccin, publicacin, edicin o fijacin material de la obra en copias o ejemplares por cualquier medio, ya sea impreso, fotogrfico, grfico, audiovisual, electrnico u otro similar. En consecuencia, EL ASESOR TCNICO no podr divulgar o difundir sin la autorizacin expresa de EL EJIDO/LA COMUNIDAD, los datos y/o resultados de los trabajos objeto de este contrato, toda vez que la obra realizada es propiedad de esta ltima. SEPTIMA.- EL ASESOR TCNICO se obliga a proporcionar los servicios objeto de este Contrato, conforme a los trminos sealados en el mismo, as como a qu stos se efecten a satisfaccin de EL EJIDO/LA COMUNIDAD, respondiendo por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de los mismos, sin menoscabo de las acciones que correspondan a EL EJIDO/LA COMUNIDAD o las autoridades sobre los daos y perjuicios que pudieran causar con motivo de la inobservancia o negligencia imputables a EL ASESOR TCNICO. Igualmente, EL ASESOR TCNICO se obliga a no ceder ni transmitir a terceras personas fsicas o morales los derechos y obligaciones derivados de este Contrato, salvo en caso de la cesin de derechos en la que deber de obtener autorizacin expresa de EL EJIDO/LA COMUNIDAD en trminos del artculo 2030 del Cdigo Civil Federal. OCTAVA.- El personal de cada una de las partes que sea designado para la realizacin de cualquier actividad relacionada con este contrato, permanecer en forma absoluta bajo la direccin y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relacin laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se crear una subordinacin de ninguna especie con la parte opuesta, ni operar la figura jurdica de patrn sustituto o solidario. NOVENA.- LAS PARTES aceptan someter el presente contrato a la competencia de los tribunales con residencia en la ciudad de ( Ciudad ), ( Estado ), renunciando

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    por tanto al fuero que por razn de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa pudiera corresponderles. DCIMA.- Las partes convienen que para los efectos y cumplimiento del presente contrato es aplicable lo dispuesto en los Artculos 2606 a 2615 del Titulo Dcimo, Capitulo II del Cdigo Civil Federal. Una vez ledo y enteradas las partes contratantes del contenido y alcance legal del presente Contrato, se procedi de conformidad a su firma, por triplicado, al calce y al margen de todas sus fojas el da ______ de ___________ del 200_, en el ejido/ la comunidad de ________________, Municipio _______________, del Estado de _____________.

    EL ASESOR TCNICO EL EJIDO / LA COMUNIDAD

    ______________________________ Firma del Representante Legal

    EL COMISARIADO

    ______________________________

    PRESIDENTE

    ______________________________ SECRETARIO

    ______________________________

    TESORERO