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Guía de Reporte Guía de Reporte Guía de Reporte Guía de Reporte y Control y Control y Control y Control 2010 2010 2010 2010 Bogotá D.C. Colombia Enero 2010

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Guía de ReporteGuía de ReporteGuía de ReporteGuía de Reporte y Controly Controly Controly Control2010201020102010

Bogotá D.C. ColombiaEnero 2010

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Juegos de Suerte y Azar localizados 3

Juegos de Suerte y Azar Loterías y juegos novedosos 5

Notariado y Registro 7

Profesionales de compra y venta de divisas 9

Compra y venta de vehículos automotores 11

Comercio Exterior 13

TABLA DE CONTENIDO TABLA DE CONTENIDO TABLA DE CONTENIDO TABLA DE CONTENIDO

UIAF: Resolución 141 de 7 del diciembre de 2006 - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007 - Resolución 078 del 10

de julio de 2007.

UIAF: Resolución 142 de 7 del diciembre de 2006 - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007 - Resolución 078 del 10

de julio de 2007.

UIAF: Resolución 033 del 9 de abril de 2007 - Resolución 044 del 15 de mayo de 2007.

UIAF: Resolución 062 del 12 de junio de 2007 - Resolución 111 del 21 de agosto de 2007 - Carta circular 001 del 2

de diciembre de 2007.

UIAF: Resolución 114 del 31 de agosto de 2007

UIAF: Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007. Resolución 212 del 16 de septiembre de 2009

Financiero 15

Financiero: Remesas, compra y venta de divisas 17

Financiero: Entidades vigiladas que administren o representen franquicias 19

21

22

23

Metales: Oro 25

Superintendencia de la Economía Solidaria: Cooperativas 27

Transportadores de Valores 29

Superintendencia de la Economía Solidaria. Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI Numeral 7.2.

Impone obligaciones de reporte a la UIAF.

UIAF: Relación de Resoluciones para Empresas del Sector Real - Reportes de

Transacciones en Efectivo y Transacciones de divisas por Reportante

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo

11 del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 . Circular No. 003 de 2009

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo

11 del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 . Circular No. 003 de 2009

UIAF: Resolución 363 de 18 de noviembre de 2008

Reportes Misionales UIAF

UIAF: Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007. Resolución 212 del 16 de septiembre de 2009

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo

11 del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 . Circular No. 003 de 2009

Empresas del Sector Real - Reporte de Transacciones en Efectivo

Empresas del Sector Real - Reporte de Transacciones en Efectivo

Superintendencia Vigilancia y Seguridad Privada. Circular Externa 003 de marzo 20 de 2009.

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operación

Sospechosa(Todos los sujetos)

Ausencia de Operación

Sospechosa(Solo concesionarios

operadores de casinos)

Transacciones individuales en

efectivo(Solo concesionarios

operadores de casinos)

Transacciones múltiples en

efectivo(Solo concesionarios

operadores de casinos)

Ausencia de Transacciones individuales en

efectivo(Solo concesionarios

operadores de casinos)

Ausencia de Transacciones

múltiples en efectivo

(Solo concesionarios operadores de casinos)

Ganadores de premios

(Todos los sujetos obligados)

Ausencia de Ganadores de

premios(Todos los sujetos

obligados)

No Aplica No Aplica 25 smlmv 125 smlmv No Aplica No Aplica 25 smlmv No Aplica

Trimestral Se deberá reportar dentro

de los diez (10) últimos días

calendario del tercer

mes.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los

diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente al trimestre.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los

diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente al trimestre.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los

diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente al trimestre.

20 de abril al 19 de julio 1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo

20 de julio al 19 de octubre 1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio

20 de octubre al 19 de enero 1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre

20 de enero al 19 de abril 1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de efectivo y ganadores de premios y de uno a ocho días (1 a 8) días hábiles para cargue de ROS,una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección delreporte.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual se leindica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

OBSERVACIONES Ninguna Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que haya dado lugar al reporte de transacciones enefectivo individuales o múltiples, se deberá enviar un archivo que contenga cero (0) en el campo total de registros.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días siguientes hábiles contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período para correccióndel reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 141 de 2006,022 y 078 de 2008 y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron osubsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correoelectrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier período de reportepor parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazosestipulados en la Resolución 141 de 2006, o, cualquier corrección que exceda los 10 días hábiles después de recibido el correo electrónico porparte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

MEDIO DE REPORTE Ros Stand Alone Archivo Plano

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected] [email protected]

OBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

PERIODICIDAD DEL REPORTE

Inmediato

Mensual: Se deberá reportar

dentro de los diez (10) primeros días

calendario del mes siguiente

Mensual: Se deberá reportar dentro de los

diez (10) primeros días calendario del

mes siguiente

Mensual: Se deberá reportar

dentro de los diez (10)

primeros días calendario del mes siguiente

JUEGOS DE SUERTE Y AZAR LOCALIZADOS

ENTIDAD REPORTANTE

Todos los operadores legalmente autorizados porel Estado para concesionar juegos de suerte yazar, localizados de conformidad con lo estipuladoen el artículo 2 del Decreto 2483 de 2003, el cualdispone: "Podrán operar los juegos de suerte y

azar localizados, las personas jurídicas queobtengan autorización de la Empresa Territorialpara la Salud - ETESA, y suscriban elcorrespondiente contrato de concesión.

UIAF - Resolución 141 de 7 de diciembre de 2006UIAF - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007. Establece la fecha deentrada en vigencia.UIAF - Resolución 078 del 10 de julio de 2007. Adiciona obligación dereporte trimestral

Empresa Territorial para la Salud - ETESASuperintendencia Nacional de Salud

20 de abril de 2007

3

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

JUNIOMAYOABRIL

2010

ENERO MARZOFEBRERO

NORMATIVIDAD

ENTIDADES REPORTANTES

Todos los operadores legalmente autorizados por el Estado para concesionar juegos de suerte y azar, localizados de conformidad con loestipulado en el artículo 2 del Decreto 2483 de 2003, el cual dispone: "Podrán operar los juegos de suerte y azar localizados, laspersonas jurídicas que obtengan autorización de la Empresa Territorial para la Salud - ETESA, y suscriban el correspondiente contratode concesión.

UIAF - Resolución 141 de 7 de diciembre de 2006UIAF - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007. Establece la fecha de entrada en vigencia.UIAF - Resolución 078 del 10 de julio de 2007. Adiciona obligación de reporte trimestral

SECTORJUEGOS DE SUERTE Y

AZAR

4

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

1

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

Período de recepción de reportes de: - Ausencia de transacciones individuales y múltiples en efectivo. - Ausencia de ganadores de premios

Período de Recepción de Reportes de Ausencia de Operaciones Sospechosas

Período de recepción de reportes de: - Transacciones individuales y múltiples en efectivo.- Ganadores de premios

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

4

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operación Sospechosa

Reporte Ganadores de Premios (representado en dinero, bienes muebles e

inmuebles)

Ausencia en ganadores de premios

No aplica 25 smlmv No aplica

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros

días calendario del mes siguiente al trimestre

1 de enero a 30 de marzo1 de abril a 30 de junio

1 de julio a 30 de septiembre1 de octubre a 31 de diciembre

MONTOS

JUEGOS DE SUERTE Y AZAR - LOTERÍAS Y JUEGOS NOVEDOSOSJUEGOS DE SUERTE Y AZAR - LOTERÍAS Y JUEGOS NOVEDOSOSJUEGOS DE SUERTE Y AZAR - LOTERÍAS Y JUEGOS NOVEDOSOSJUEGOS DE SUERTE Y AZAR - LOTERÍAS Y JUEGOS NOVEDOSOS

Todas las personas jurídicas públicas o privadasque de manera directa e indirecta, exploten,administren o gestionen, bajo cualquiermodalidad, el monopolio de loterías, juegos deapuestas permanentes o chances, juegosnovedosos, apuestas en eventos deportivos,gallísticos, caninos y similares y la explotación deapuestas hípicas nacionales o extranjeras.

Ausencia de Operación Sospechosa

No aplica

ENTIDAD REPORTANTE

UIAF - Resolución 142 del 7 de diciembre de 2006. Imponeobligación de reporteUIAF - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007. Establece lafecha de entrada en vigencia.UIAF - Resolución 078 del 10 de julio de 2007. Adicionaobligación de reporte

Superintendencia Nacional de Salud

20 de abril de 2007

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y

Ros Stand Alone

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de ganadores de premios y de uno a ocho días (1 a 8) días hábiles para cargue deROS, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitudde corrección del reporte.

Archivo Plano

[email protected]

Ninguna

Si durante el período de reporte no se presentó ningunatransacción que haya dado lugar al reporte de transacciones enefectivo individuales o múltiples, se deberá enviar un archivo quecontenga cero (0) en el campo total de registros.

PERIODICIDAD

1 de abril a 30 de junio

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes(incumplimiento) y aquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en laResolución 142 de 2006, 022 y 078 de 2007 y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por eldocumento técnico, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partirde la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquierperíodo de reporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso detiempo superior a los plazos estipulados en la Resolución 142 de 2006, o, cualquier corrección que exceda los 10 días hábilesdespués de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplidoextemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro dereporte correspondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

MEDIO DE REPORTE

CORREO ELECTRÓNICO

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico pormedio del cual se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

OBSERVACIONES

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTEPERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días siguientes hábiles contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El períodopara corrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros

días calendario del mes siguiente

[email protected]

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente al trimestre

1 de enero a 30 de marzoInmediato

1 de julio a 30 de septiembre1 de octubre a 31 de diciembre

5

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

ABRIL MAYO JUNIO

2010

ENERO FEBRERO MARZO

JUEGOS DE SUERTE Y AZAR - LOTERÍAS Y

JUEGOS NOVEDOSOS

UIAF - Resolución 142 del 7 de diciembre de 2006. Impone obligación de reporteUIAF - Resolución 022 del 23 de febrero de 2007. Establece la fecha de entrada en vigencia.UIAF - Resolución 078 del 10 de julio de 2007. Adiciona obligación de reporte

NORMATIVIDADSECTOR

ENTIDADES REPORTANTES

Todos los operadores legalmente autorizados por el Estado para concesionar juegos de suerte y azar, localizados de conformidad con lo estipuladoen el artículo 2 del Decreto 2483 de 2003, el cual dispone: "Podrán operar los juegos de suerte y azar localizados, las personas jurídicas queobtengan autorización de la Empresa Territorial para la Salud - ETESA, y suscriban el correspondiente contrato de concesión.

6

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

NOVIEMBREOCTUBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de Recepción de reportes de :- Ausencia de Operaciones Sospechosas- Ausencia de ganadores de premios

- Período de recepción de reportes de ganadores de premios

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

6

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operación Sospechosa

(Todos los sujetos)

Ausencia de Operación Sospechosa

Reporte de Operación Notarial individual

Reporte de Operación Notarial múltiple

Ausencia de Operaciones Notariales individuales o

múltiples

No aplica No aplica 300 smlmv 1500 smlmv No aplica

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días del mes

siguiente al trimestre.

1 de febrero a 30 de abril1 de mayo a 31 de julio

1 de agosto a 31 de octubre1 de noviembre a 31 de enero

ENTIDAD REPORTANTE

UIAF - Resolución 033 del 9 de abril de 2007. Imponeobligación a los Notarios de todos los círculos de territorionacional.UIAF - Resolución 044 del 15 de mayo de 2007. Establece lafecha de entrada en vigencia.

Superintendencia de Notariado y Registro

1 de agosto de 2007

Notarios de todos los círculos de territorionacional.

Inmediato

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días del mes

siguiente

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días del mes

siguiente

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días del mes

siguiente

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cualse le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue del reporte de operaciones notariales y de uno a ocho días (1 a 8) días hábiles para cargue deROS, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud decorrección del reporte.

Ninguna

Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que haya dadolugar al reporte de transacciones en efectivo individuales o múltiples, se deberá enviarun archivo que contenga cero (0) en el campo total de registros.

EXCEPCIÓN

OBSERVACIONES Ninguna

[email protected]

Aquellas operaciones en las cuales el valor de los actos o negocios jurídicos notarialesse haya obtenido o canalizado a través de una entidad financiera vigilada por laSuperintendencia Financiera de Colombia

NOTARIADONOTARIADONOTARIADONOTARIADO

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

PERIODICIDAD

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período paracorrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

MEDIO DE REPORTE Ros Stand Alone Archivo Plano

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento)y aquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 033 y044 de 2007, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron osubsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondientecorreo electrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo dereporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a losplazos estipulados en la Resolución 033 y 044 de 2007, o, cualquier corrección que exceda el plazo único de 0 días después de recibido elcorreo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

[email protected] CORREO ELECTRÓNICO

7

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

ABRIL MAYO JUNIO

SECTOR

ENTIDADES REPORTANTES

Notarios de todos los círculos de territorio nacional.

ENERO FEBRERO MARZO

2010

NOTARIADO NORMATIVIDAD

UIAF - Resolución 033 del 9 de abril de 2007. Impone obligación a los Notarios de todos los círculos de territorio nacional.UIAF - Resolución 044 del 15 de mayo de 2007. Establece la fecha de entrada en vigencia.

8

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de recepción de Reportes de : - Operaciones Notariales individuales y múltiples- Ausencia de Operaciones Notariales individuales o múltiples

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

Período de Recepción de Reportes de:- Ausencia de Operaciones Sospechosas

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operación Sospechosa

(Todos los sujetos)

Ausencia de Operación Sospechosa

Transacciones individuales en efectivo

Transacciones múltiples en efectivo

Ausencia de transacciones individuales o múltiples en

efectivo

No aplica No aplicaUSD 500 o su equivalente

en otras monedasUSD 2.500 o su equivalente en

otras monedasNo aplica

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez

(10) primeros días calendario del mes siguiente al trimestre.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10)

primeros días calendario del mes siguiente al trimestre.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros

días calendario del mes siguiente al trimestre.

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros

días calendario del mes siguiente al trimestre.

1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo

1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio

1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre

1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre

Ninguna Ninguna Ninguna

PROFESIONALES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISASPROFESIONALES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISASPROFESIONALES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISASPROFESIONALES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISAS

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

ENTIDAD REPORTANTE

Ros Stand Alone

1 de julio de 2007

Archivo plano

[email protected]

EXCEPCIÓN

Los profesionales de compra y venta de divisas dezonas fronterizas deberán enviar el reporte deausencia de operaciones sospechosas a través de unmensaje electrónico al buzón [email protected] y no através de software Ros Stand Alone.

OBSERVACIONES

UIAF - Resolución 062 del 12 de junio de 2007. Impone obligaciones de reporte.UIAF - Resolución 111 del 21 de agosto de 2007. Modifica las obligaciones de reporte y consagra una excepción para los profesionales de compra y venta de divisas de zonas fronterizas. UIAF - Carta circular 001 del 2 de diciembre de 2007. Excepción para profesionales de compra y venta de divisas de Leticia.

Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que haya dado lugar alreporte de transacciones en efectivo individuales o múltiples, se deberá enviar un archivo quecontenga cero (0) en el campo total de registros.

Inmediato

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período para corrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

Profesionales de compra y venta de divisas

CORREO ELECTRÓNICO

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

[email protected]

PERIODICIDAD

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

MEDIO DE REPORTE

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellasque dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 062 de 2007, yde conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron o subsanaron los erroresdentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando lasinconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reporte porparte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados enla Resolución 062 de 2007, o, cualquier corrección que exceda los 10 días calendario después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAFpara corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de transacciones cambiarias en efectivo y de uno a ocho días (1 a 8) días hábiles para cargue de ROS,una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección delreporte.

Ninguna

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

9

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

ABRIL MAYO JUNIO

PROFESIONALES DE COMPRA Y VENTA DE

DIVISASNORMATIVIDAD

UIAF - Resolución 062 del 12 de junio de 2007. Impone obligaciones de reporte.UIAF - Resolución 111 del 21 de agosto de 2007. Modifica las obligaciones de reporte y consagra una excepción para los profesionales de compra y venta de divisas de zonas fronterizas. UIAF - Carta circular 001 del 2 de diciembre de 2007. Excepción para profesionales de compra y venta de divisas de Leticia.

2010

ENERO FEBRERO MARZO

SECTOR

ENTIDADES REPORTANTES

Profesionales de compra y venta de divisas

10

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

Período de Recepción de reportes de :- Ausencia de Operaciones Sospechosas - Transacciones individuales y múltiples en efectivo- Ausencia de Transacciones individuales y múltiples en efectivo

OCTUBRE

JULIO

DICIEMBRENOVIEMBRE

AGOSTO SEPTIEMBRE

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

10

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Ausencia de transacciones de compraventa de vehículos

automotores

No aplica

Mensual: Se deberá reportar dentro de los quince (15)

primeros días calendario del mes siguiente.

Archivo Plano

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período paracorrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes(incumplimiento) y aquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 114de 2007, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron osubsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondientecorreo electrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo dereporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a losplazos estipulados en la Resolución 114 de 2007, o, cualquier corrección que exceda los 10 días después de recibido el correo electrónicopor parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio delcual se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de transacciones de compraventa de vehículos, una vez se reciba el correo electrónico, endonde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección del reporte.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

[email protected]

OBSERVACIONESSi durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que haya dado lugar al reporte de transacciones de compraventa devehículos automotores deberá enviar un archivo que contenga cero (0) en el campo total de registros.

CORREO ELECTRÓNICO

Mensual: Se deberá reportar dentro de los quince (15) primeros días calendario del mes

siguiente.

Archivo plano MEDIO DE REPORTE

UIAF - Resolución 114 del 31 de agosto de 2007.Impone obligaciones de reporte.

Superintendencia de Sociedades

1 de noviembre de 2007

PERIODICIDAD

Mensual: Se deberá reportar dentro de los quince (15) primeros días calendario del mes siguiente.

Archivo plano adicional al archivo del reporte detransacciones de compraventa de vehículos del mes,con las operaciones a modificar en las que se diligencieel tipo de novedad, indicando si se trata de unaeliminación o una modificación, de conformidad con loestipulado en el respectivo anexo técnico.

COMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORESCOMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORESCOMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORESCOMPRA Y VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

Reporte de transacciones de compraventa de vehículos automotores

Todas las transacciones efectivamenterealizadas (cuando la compraventa queda enfirme una vez el vendedor expida lacorrespondiente factura)

Novedades de transacciones de compraventa de vehículos automotores

Las novedades se refieren a cualquier cambio sobre latransacción de compraventa de un vehículo automotorque inicialmente se reportó a la UIAF, comoeliminaciones o rescisiones, devoluciones omodificaciones entre otras, en los datos de lacompraventa reportada

ENTIDAD REPORTANTE

Personas naturales, sociedades comerciales y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o usados.

11

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

ABRIL MAYO JUNIO

FEBRERO MARZO

NORMATIVIDADUIAF - Resolución 114 del 31 de agosto de 2007. Imponeobligaciones de reporte.

ENTIDADES REPORTANTES

Personas naturales, sociedades comerciales y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorionacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o usados.

2010

SECTORCOMPRA Y VENTA DE

VEHÍCULOS AUTOMOTORES

ENERO

12

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de Recepción de reportes de:- Transacciones de compraventa de vehículos automotores - Ausencia de transacciones de compraventa de vehículos automotores.- Novedades de transacciones de compraventa de vehículos automotores

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente.

12

Page 13: Guia de reporte y control 2010 para pdfcalendario del mes siguiente. Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente. MEDIO DE REPORTE Ros Stand

NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operaciones Sospechosas

No aplica

Inmediato

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Ninguna

Ninguna

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual relaciona las entidades que enviaron los reportes.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en laResolución 285 de 2007, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documentotécnico, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de lafecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente acualquier periodo de reporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realiceen un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados en la Resolución 285 de 2007, o, cualquier corrección que excedalos 10 días calendario después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, seentenderá como cumplido extemporáneamente.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

Iguales o superiores a diez millones de pesos ($10.000.000) o su equivalente en otras

monedas en efectivo

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

No aplica

Trimestral. Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al trimestre a reportar.

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser cargado, el sistema generará al usuario un reportede cargue.fallido donde se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se realiza el cargue de la información. El períodopara corrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

El cargue, validación y confirmación de los archivos es inmediato y en línea. Si el archivo es demasiado grande para serprocesado, quedará en estado pendiente y será validado en un proceso nocturno el cual generará un certificado de cargue aldía siguiente. Si el archivo fue cargado satisfactoriamente, el sistema arrojara un certificado con estado exitoso, de locontario el sistema mostrara un certificado con estado fallido y la descripción de los errores del mismo.

EXCEPCIÓN

OBSERVACIONES

Ninguna

Ninguna

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

No se deben reportar los pagos de dinero enefectivo que se canalicen a través del sistemafinanciero, ejemplo, cheques, cartas de crédito,consignaciones, etc. Si durante el periodo de reporte no se presentóninguna transacción que haya dado lugar alreporte de transacciones en efectivo individuales omúltiples, se deberá enviar un archivo quecontenga cero (0) en el campo total de registros.

MEDIO DE REPORTE

PERIODICIDAD

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

Reporte de Transacciones individuales en efectivo Todas las transacciones que el sujeto obligado

desarrolle en el giro ordinario de su negocio

Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas y Reporte de Ausencia de Transacciones Individuales en Efectivo

COMERCIO EXTERIOR - RESPONSABLES DE LA FUNCIÓN ADUANERACOMERCIO EXTERIOR - RESPONSABLES DE LA FUNCIÓN ADUANERACOMERCIO EXTERIOR - RESPONSABLES DE LA FUNCIÓN ADUANERACOMERCIO EXTERIOR - RESPONSABLES DE LA FUNCIÓN ADUANERA

ENTIDAD REPORTANTE

Depósitos públicos y privados, sociedades deintermediación aduanera, sociedadesportuarias, usuarios de zona franca, empresastransportadoras, agentes de cargainternacional, usuarios aduanerospermanentes y usuarios altamenteexportadores.

UIAF - Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007. Impone obligaciones de reporte. UIAF- Resolución No. 212 de 2009. Reporte de Ausencia de Operaciones Sospechosas.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN

1 de abril de 2008

13

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

JUNIOABRIL MAYO

MARZO

UIAF - Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007. Impone obligaciones de reporte. UIAF 212 de 16 de septiembre de 2009 . Reporte de Ausencia

ENTIDADES REPORTANTES

Depósitos públicos y privados, sociedades de intermediación aduanera, sociedades portuarias, usuarios de zona franca, empresastransportadoras, agentes de carga internacional, usuarios aduaneros permanentes y usuarios altamente exportadores.

2010

ENERO

SECTOR COMERCIO EXTERIOR NORMATIVIDAD

FEBRERO

14

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE

JULIO AGOSTO

Período de Recepción Reportes de Ausencia de Operaciones Sospechosas,

Período de Recepción de Reportes de Ausencia de Transacciones Individuales en Efectivo

DICIEMBRE

SEPTIEMBRE

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente.

Período de Recepción reportes de Transacciones individuales en efectivo

14

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Todos los productos vigentes (activos o

inactivos) ofrecidos por las entidades vigiladas y

los titulares de los mismos

Reporte de Ausencia de Productos

Reporte de operaciones

sospechosas y de operaciones sospechosas intentadas o rechazadas

Ausencia de Operación

Sospechosa

Transacciones múltiples en

efectivo

Ausencia de transacciones múltiples en

efectivo

Transacciones individuales en

efectivo

Ausencia de transacciones individuales en

efectivo

Reporte de clientes

exonerados del reporte en

efectivo

Ausencia del reporte de

clientes exonerados del

reporte en efectivo

No aplica No aplica No aplica No aplica

Iguales o superiores a

$50.000.000 o USD 50.000 o su

equivalente en otra moneda que realice una sola persona

No aplica

Iguales o superiores a $10.000.000 o USD

5.000 o su equivalente en otra

moneda

No aplica No aplica No aplica

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez

(10) primeros días calendario del mes al corte

trimestral

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez

(10) primeros días calendario del mes al corte

trimestral1 de octubre a 31 de diciembre 1 de octubre a 31 de diciembre

1 de enero a 30 de marzo 1 de enero a 30 de marzo1 de abril a 30 de junio 1 de abril a 30 de junio

1 de julio a 30 de septiembre 1 de julio a 30 de septiembre

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Se exceptúa de reporte losproductos constituidosdirectamente entreentidades vigiladas por laSuperintendencia Financiera y aquellosconstituidos por el Banco dela República

Ninguna

- Se debe reportar lainformación que tenga laentidad al último día deltrimestre y no la acumuladaen el respectivo período.- No se deben reportarsaldos o montos. -No sereportan novedades

Se debe reportar lainformación que tenga laentidad al último día deltrimestre y no la acumuladaen el respectivo período.

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Únicamente los administradores desistemas de bajo valor podrán hacer elreporte de operaciones sospechosasmediante la página www.uiaf.gov.coutilizando la opción "Reporte de Lavadode Activos y/o Financiación delTerrorismo"

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser cargado, el sistema generará al usuario un reporte de cargue.fallido donde se le indica con precisión las razones delrechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

REPORTE A SUPERVISOR

Ninguna Ninguna

Inmediata

MEDIO DE REPORTE

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

Para cada período de reporte lasentidades deberán enviar toda lainformación de los clientesexonerados vigentes.

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellas que dentro de los plazos estipulados noreportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008 de la Superintendencia Financiera, y deconformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el instructivo y anexo técnico correspondiente, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del períodoúnico de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reporte por parte de los sujetos obligados. Noobstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008 de la Superintendencia Financiera, o, cualquiercorrección que exceda los 10 días calendario después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reporte correspondiente a un período específico, por partede un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se realiza el cargue de la información. El período para corrección del reporte es único y en ningún caso se suspendeo prorroga.

El cargue, validación y confirmación de los archivos es inmediato y en línea. Si el archivo es demasiado grande para ser procesado, quedará en estado pendiente y será validado en unproceso nocturno el cual generará un certificado de cargue al día siguiente. Si el archivo fue cargado satisfactoriamente, el sistema arrojara un certificado con estado exitoso, de lo contario elsistema mostrara un certificado con estado fallido y la descripción de los errores del mismo.

1 de octubre a 31 de diciembre

- Tanto las transacciones múltiples, como las transacciones individuales enefectivo se deben reportar en un (1) solo archivo, en donde se calcule primero lasmúltiples y se incluyan las individuales que cumplan el monto establecido que nohayan sido incluidas. - Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que hayadado lugar al reporte de transacciones en efectivo individuales o múltiples, sedeberá enviar un archivo que contenga cero (0) en el campo total de registros. -Laentidades deberá calcular en primer lugar las transacciones múltiples en efectivo.Una vez calculadas las t. múltiples, la entidad deberá tomas las transaccionesindividuales que no fueron reportadas como múltiples y que cumplan con el montoestablecido.

OBSERVACIONES

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

MONTOS

Se encuentra exceptuadas del reporte a la UIAF las siguientes transacciones múltiples en efectivo:a) Recaudo de impuestos nacionales, distritales y municipales.b) Recaudo de Contribución de Valorizaciónc) Recaudo de aportes para salud y pensiones obligatoriasd) Recaudo de servicios públicos domiciliariose) Recaudo de telefonía móvil celularf) Recaudo de aportes a riegos profesionales (ARP) Se encuentran exceptuadas del reporte a la UIAF las siguientes transacciones individuales en efectivo: a)Recaudo de aportes para salud y pensiones obligatorias. b)Recaudo de servicios públicos domiciliarios. c)Recaudo de telefonía móvil celular. d) Recaudo de portes a Riesgos Profesionales (ARP)

TIPO DE REPORTE

PERIODICIDAD

1 de enero a 30 de marzo

Mensual: Se deberá reportar

dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente1 de abril a 30 de junio

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, excepto: el Fondo deGarantías de Instituciones Financieras “Fogafin”, el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas“Fogacoop”, el Fondo Nacional de Garantías S.A. F.N.G., los Fondos Mutuos de Inversión sometidos avigilancia permanente de la SFC, las Sociedades Calificadoras de Valores y/o Riesgo, las Oficinas deRepresentación de Instituciones Financieras y de Reaseguros del Exterior, los Intermediarios deReaseguros, las Oficinas de Representación de Instituciones del Mercado de Valores del Exterior, losOrganismos de Autorregulación y los proveedores de infraestructura de conformidad con la definicióndel artículo 75 del Decreto 4327 de 2005, con excepción de los almacenes generales de depósito y losadministradores de sistemas de pago de bajo valor. Igualmente se encuentran exceptuadas las Entidades Administradoras del Régimen de Prima Mediacon prestación definida, excepto aquellas que se encuentran autorizadas por la ley para recibir nuevosafiliados.

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11 del Título Ide la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 . SuperintendenciaFinanciera - Circular 003 del 27 de febrero de 2009. Establece elmedio de envío a través de SiReL

Superintendencia Financiera de Colombia

A partir del 1 de Octubre de 2008.

FINANCIEROFINANCIEROFINANCIEROFINANCIERO

EXCEPCIÓN

ENTIDAD REPORTANTE

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días

calendario del mes al corte trimestral

1 de julio a 30 de septiembre

15

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

ABRIL MAYO JUNIO

2010

ENERO FEBRERO MARZO

SECTOR FINANCIERO RESOLUCIÓN Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11 del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 .

ENTIDADES REPORTANTES

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, exceptuando: el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras “Fogafin”, el Fondo de Garantías de EntidadesCooperativas “Fogacoop”, el Fondo Nacional de Garantías S.A. F.N.G., los Fondos Mutuos de Inversión sometidos a vigilancia permanente de la SFC, las Sociedades Calificadoras deValores y/o Riesgo, las Oficinas de Representación de Instituciones Financieras y de Reaseguros del Exterior, los Intermediarios de Reaseguros, las Oficinas de Representación deInstituciones del Mercado de Valores del Exterior, los Organismos de Autorregulación y los proveedores de infraestructura de conformidad con la definición del artículo 75 del Decreto 4327de 2005, con excepción de los almacenes generales de depósito y los administradores de sistemas de pago de bajo valor. Igualmente se encuentran exceptuadas las Entidades Administradoras del Régimen de Prima Media con prestación definida, excepto aquellas que se encuentran autorizadas por la ley pararecibir nuevos afiliados.

16

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de recepción de los siguientes reportes:- Ausencia de Operaciones Sospechosas- Transacciones múltiples en efectivo- Transacciones individuales en efectivo- Ausencia de transacciones individuales en efectivo- Ausencia de transacciones múltiples en efectivo

Período de Recepción de los reportes:- Todos los productos vigentes ofrecidos y los titulares de los mismos- Clientes exonerados del reporte en efectivo- Ausencia de clientes exonerados del reporte en efectivo- Ausencia de Productos

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

16

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

El cargue, validación y confirmación de los archivos es inmediato y en línea. Si el archivo es demasiado grande para ser procesado, quedará enestado pendiente y será validado en un proceso nocturno el cual generará un certificado de cargue al día siguiente. Si el archivo fue cargadosatisfactoriamente, el sistema arrojara un certificado con estado exitoso, de lo contario el sistema mostrara un certificado con estado fallido y ladescripción de los errores del mismo.

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)MEDIO DE REPORTE

Ninguna

EXCEPCIÓN

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008 dela Superintendencia Financiera, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el instructivo y anexo técnicocorrespondiente, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha enque la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO : En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reportepor parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazosestipulados en la Circular 026 de 2008 de la Superintendencia Financiera, o, cualquier corrección que exceda los 10 días calendario después derecibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: Las información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTEPERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se realiza el primer cargue de la información. El período para correccióndel reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008 de

1 de julio a 30 de septiembre

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Ninguna

1 de julio a 30 de septiembre

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser cargado, el sistema generará al usuario un reporte de cargue.fallidodonde se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

FINANCIERO: Remesas, compra y venta de divisasFINANCIERO: Remesas, compra y venta de divisasFINANCIERO: Remesas, compra y venta de divisasFINANCIERO: Remesas, compra y venta de divisas

OBSERVACIONES

1 de enero a 30 de marzo

* No se deberán reportar operaciones de derivados sobre divisas, ni aquellascelebradas con el Banco de la República o con otras entidades vigiladas por

Ninguna

1 de abril a 30 de junio1 de enero a 30 de marzo

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes al corte trimestral

1 de octubre a 31 de diciembre

ENTIDAD REPORTANTE

Los intermediarios del mercado cambiario vigiladospor la Superintendencia Financiera de Colombia

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cualmodificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11 del Título I de la Circular BásicaJurídica 007 de 1996 . Superintendencia Financiera - Circular 003 del 27 defebrero de 2009. Establece el medio de envío a través de SiReL

Superintendencia Financiera de Colombia

A partir del 1 de Octubre de 2008.

1 de abril a 30 de junio

1 de octubre a 31 de diciembre

MONTOS

Transferencia de remesas, compra y venta de divisas individuales

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

Iguales o superiores a doscientos dólares (USD 200) o su equivalente en otra moneda, según la tasa de conversión (CRM) del día, de la Superintendencia

Financiera

Ausencia de transferencia de remesas, compra y venta de divisas individuales

No aplica

TIPO DE REPORTE

Trimestral: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes al corte trimestral

PERIODICIDAD

17

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

ABRIL MAYO JUNIO

FEBRERO MARZO

ENTIDADES REPORTANTES

Los intermediarios del mercado cambiario vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia

SECTORFINANCIERO:

Remesas, compra y venta de divisas

NORMATIVIDAD

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cualmodificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11 del Título I de la Circular BásicaJurídica 007 de 1996 . Superintendencia Financiera - Circular 003 del 27de febrero de 2009. Establece el medio de envío a través de SiReL

2010

ENERO

18

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de Recepción de reportes de:- Transferencia de remesas, compra y venta de divisas individuales - Ausencia de Transferencia de remesas, compra y venta de divisas individuales

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

18

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

EXCEPCIÓN

Todas las operaciones compensadas con tarjeta crédito o débito, expedida en el exterior y realizadas a través de

cajeros electrónicos o sistemas de pago de bajo valor que individualmente o sumadas en el período igualen o

superen diez millones de pesos ($10.000.000)

No aplica

MEDIO DE REPORTE Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Mensual: Se deberá reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente

FINANCIERO: Entidades vigiladas que administren o representen franquiciasFINANCIERO: Entidades vigiladas que administren o representen franquiciasFINANCIERO: Entidades vigiladas que administren o representen franquiciasFINANCIERO: Entidades vigiladas que administren o representen franquicias

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008de la Superintendencia Financiera, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el instructivo y anexo técnicocorrespondiente, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha enque la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo dereporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a losplazos estipulados en la Circular 026 de 2008 de la Superintendencia Financiera, o, cualquier corrección que exceda los 10 días calendariodespués de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PERIODICIDAD

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

Ninguna

Ninguna

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser cargado, el sistema generará al usuario un reporte de cargue.fallidodonde se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular 026 de 2008

OBSERVACIONES

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se realiza el cargue de la información. El período para corrección delreporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

El cargue, validación y confirmación de los archivos es inmediato y en línea. Si el archivo es demasiado grande para ser procesado, quedaráen estado pendiente y será validado en un proceso nocturno el cual generará un certificado de cargue al día siguiente. Si el archivo fuecargado satisfactoriamente, el sistema arrojara un certificado con estado exitoso, de lo contario el sistema mostrara un certificado con estadofallido y la descripción de los errores del mismo.

ENTIDAD REPORTANTEEntidades vigiladas que administren o representenfranquicias, tales como: Visa, Diners, MasterCard,American Express, Credencial, entre otras.

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de juniode 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 .Superintendencia Financiera - Circular 003 del 27 defebrero de 2009. Establece el medio de envío a través deSiReL

MONTOS

Superintendencia Financiera de Colombia

A partir del 1 de Octubre de 2008.

Ausencia de transacciones con tarjetas crédito o débito expedidas en el exterior

Reporte tarjetas crédito o débito expedidas en el exterior

19

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

ABRIL MAYO JUNIO

MARZO

Entidades vigiladas que administren o representen franquicias, tales como: Visa, Diners, MasterCard,American Express, Credencial, entre otras.

SECTORFINANCIERO: Entidades

vigiladas que administren o representen franquicias

RESOLUCIÓN

Superintendencia Financiera - Circular 026 del 27 de junio de 2008, la cual modificó el numeral 4.2.7.2. del capítulo 11 del Título I de la Circular Básica Jurídica 007 de 1996 . Superintendencia Financiera - Circular 003 del 27 de febrero de 2009. Establece el medio de envío a través de SiReL

ENTIDADES REPORTANTES

2010

ENERO FEBRERO

20

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de recepción de Reporte de tarjetas crédito o débito expedidas en el exteriorAusencia de transacciones con tarjetas crédito o débito expedidas en el exterior

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

20

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Archivo plano

EMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES EN EFECTIVOEMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES EN EFECTIVOEMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES EN EFECTIVOEMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES EN EFECTIVO

ENTIDAD REPORTANTE

Empresas del Sector Real

UIAF - Resoluciones Varias (Ver cuadro anexo).Impone obligaciones de reporte.

Superintendencia de Sociedades

31 de octubre , 7 de noviembre, 12 de noviembre, 14 de noviembre, 18 de noviembre y 19 de noviembre de 2008

Archivo Plano

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE Reporte de transacciones en efectivo Ausencia de transacciones en efectivo

MONTOSTodas las transacciones en efectivo, que se realice durante

el mes anterior.No aplica

PERIODICIDADMensual: Se deberá reportar el último día hábil del mes

siguiente al período reportado.Mensual: Se deberá reportar el último día hábil del mes siguiente al período

reportado.

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

- El primer reporte se deberá realizar el último día hábil delmes de noviembre de 2008 y corresponderá a todas lastransacciones en efectivo que realizó el sujeto obligadodesde la fecha de constitución de la sociedad, hasta el 31 deoctubre de 2008.

- Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que hayadado lugar al reporte de transacciones en efectivo, se deberá enviar un archivo quecontenga cero únicamente los registros de cabecera y cola del archivo, es decirningún registro de detalle.

OBSERVACIONES

- Se deben reportar todas las transacciones en efectivo que se canalicen por el Sistema Financiero, como consignaciones o depósitos, - Se deben reportar todas las consignaciones en efectivo que se realicen en el Sistema Financiero, sin que importe el monto de las mismas y sin

que interese si son efectuadas por sus clientes o realizadas por el sujeto obligado.- Persona que autoriza la transacción cambiaria: Se refiere a la persona natural o jurídica ya sea cliente, usuario, tercero, proveedor, asociado,

contratista, afiliado u otro del sujeto obligado, que le solicita a éste el servicio de enviar o recibir divisas desde o hacia el exterior. - Intermediario: Se refiere a la persona natural o jurídica que cumple la instrucción del sujeto obligado de enviar o recibir divisas desde o hacia el

exterior.- Persona que envía y recibe las divisas: Se refiere a la o las personas naturales o jurídicas que entregan las divisas al sujeto obligado por la

resolución UIAF o reciben las divisas por parte del mismo.- Efectivo: Se debe entender por transacciones en efectivo todas aquellas transacciones que en desarrollo del giro ordinario de los negocios

involucren entrega o recibo de dinero en billetes y/o monedas nacional o extranjera.

MEDIO DE REPORTE

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual se leindica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en las Resolucionesrelacionadas, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron osubsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correoelectrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reportepor parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazosestipulados en las resoluciones relacionadas, o, cualquier corrección que exceda los 10 días después de recibido el correo electrónico por parte dela UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a ocho (1 a 8) días hábiles para cargue de transacciones en efectivo, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF respondemediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección del reporte.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período paracorrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

EMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES DE DIVISAS EMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES DE DIVISAS EMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES DE DIVISAS EMPRESAS DEL SECTOR REAL - REPORTE TRANSACCIONES DE DIVISAS

ENTIDAD REPORTANTE

Empresas del Sector Real

UIAF - Resoluciones Varias (Ver cuadro anexo).Impone obligaciones de reporte.

Superintendencia de Sociedades

31 de octubre , 7 de noviembre, 12 de noviembre, 14 de noviembre, 18 de noviembre y 19 de noviembre de 2008

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTEReporte de transacciones de divisas que se reciban o

se envíen desde o hacia el exteriorAusencia de transacciones de divisas que se reciban o se envíen desde o hacia

el exterior

PERIODICIDAD

MEDIO DE REPORTE

No aplica

Mensual: Se deberá reportar el último día hábil del mes siguiente al período reportado.

Archivo plano

Mensual: Se deberá reportar el último día hábil del mes siguiente al período reportado.

Archivo Plano

MONTOS

Todas las transacciones de divisas enviadas o recibidasdesde o hacía el exterior, que se realice durante el mesanterior por cuenta propia, de un cliente, usuario, tercero,proveedor, asociado, contratista, afiliado u otro.

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual sele indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

- PERSONA QUE AUTORIZA LA TRANSACCIÓN CAMBIARIA: Se refiere a la persona natural o jurídica ya sea cliente, usuario, tercero,proveedor, asociado, contratista, afiliado u otro del sujeto obligado, que le solicita a éste el servicio de enviar o recibir divisas desde o hacia elexterior. - INTERMEDIARIO: Se refiere a la persona natural o jurídica que cumple la instrucción del sujeto obligado de enviar o recibir divisas desde o

hacia el exterior.- PERSONA QUE ENVÍA Y RECIBE LAS DIVISAS: Se refiere a la o las personas naturales o jurídicas que entregan las divisas al sujeto

obligado por la resolución UIAF o reciben las divisas por parte del mismo.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

De uno a ocho (1 a 8) días hábiles para cargue de transacciones de divisas, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF respondemediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección del reporte.

OBSERVACIONES

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) yaquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en las Resolucionesrelacionadas, y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron osubsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correoelectrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo dereporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a losplazos estipulados en las resoluciones relacionadas, o, cualquier corrección que exceda los 10 días después de recibido el correo electrónicopor parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reportecorrespondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected]

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

- Si durante el periodo de reporte no se presentó ninguna transacción que hayadado lugar al reporte de transacciones de divisas, se deberá enviar un archivo quecontenga cero únicamente los registros de cabecera y cola del archivo, es decirningún registro de detalle.

- El primer reporte se deberá realizar el último día hábildel mes de noviembre de 2008 y corresponderá a todaslas transacciones de divisas enviadas o recibidas desde o hacía el exterior, que realizó el sujeto obligado desde lafecha de constitución de la sociedad, hasta el 31 deoctubre de 2008.

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período paracorrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

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RESOLUCIÓN REPORTE

TRANSACCIONES EN EFECTIVO

RESOLUCIÓN REPORTE

TRANSACCIONES DE DIVISAS

NOMBRE

181 182 D M G GRUPO HOLDING S A

185 186 GRUPO DMG S A

187 188 GRUPO NETWORK INVERSIONES LTDA

189 190 NET WORK INTERNACIONAL LTDA

191 192 COMMUVIDA INTERNACIONAL LTDA

193 194 FINANCIAMOS S.A.

195 196 SOCIEDAD CONSORCIO PRETHELL GONZÁLEZ S.A.

197 198 GESTIÓN HOSPITALIARIA DE COLOMBIA S.A.

199 200 INVERSIONES RAIZ NETWORK COLOMBIA LTDA.

201 202 GESTA GRUPO PROFESIONAL E.U.

203 204 SOCIEDAD DÓLAR NET LTDA

205 206 INVERSIONES Y ALIANZAS INTELIGENTES S.A.

207 208 INTERNACIONAL MEG A RED LTDA.

209 210 CONSORCIO DIO

211 212 SOLUCIONES Y ASESORIAS FINANCIERAS LTDA

213 214 FOREX MARKET INVESTMENT GROUP LTDA

215 216 MAKROSEMILLA (ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO DE NEQ LTDA)

217 218 INVERSIONES INGESYSTEM E.U.

219 220 J & J CLEAN'S LTDA

221 222 INVERSIONES SERNA VILLADA S.A.

223 224 INGENIERIA FINANCIERA S.A.

225 226 RED COLOMBIANA DE INVERSIONES LTDA.

227 228 TRAVELONE INTERNATIONAL NETWORK COLOMBIA S.A.

229 230 EFECTIVO LTDA

231 232 Wanahat Ltda.

233 234 GESTIONES FINANCIERAS S.A

235 236 AFIANZAVAL S.A.

237 238 GRUPO HOLDING E.U

239 240 PROFESSIONAL NET SOFT LTDA

241 242 COMISIONISTAS EN INVERSIONES Y BIENES DEL SECTOR PRIMARIO E U

243 244 INVERGANA LATINOS PRODUCIENDO PARA TODOS E.U. EN LIQUIDACIÓN

247 248 MULTIREDEX LTDA

249 250 INTERNATIONAL HOUSE INVERSIONES EU.

251 252 LONDONRED LIMITADA

253 254 FORTALECIMIENTO INTEGRAL PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DE COLOMBIA FIDES DE COLOMBIA LTDA

255 256 NETWORK LTDA

257 258 CONSTRUCCIONES HABITAT LTDA.

259 260 FOMENTO ECONOMICO LTDA

261 262 ASESORIAS COMERCIALES Y DE INVERSIONES LA RED DEL ÉXITO E.U.

263 264 CENTRO DE NEGOCIO RENTAR INVERSIONES Y FUNDACION E.U.

265 266 SERVICOL CONSULTORES ASOCIADOS PARA LA GESTIÓN FINANCIERA Y SOCIAL E.U

267 268 CONSORCIO BIO

269 270 CLUB DE AMIGOS DA&RE LTDA

271 272 INFINITY LIFE SYSTEM LIMITADA

273 274 NETWORK PEOPLE LTDA.

275 276 NEW ATLANTIS E.U

277 278 CENTRAL DE INVERSIONES EN RED PARA EDUCACIÓN LTDA

279 280 NATURLIFE DE COLOMBIA S.A.

283 284 INVER VONILLA E.U.

285 286 INVERFO DEL SUR E.U.

287 288 MULTINVERSIONES DE LOS ANDES EU

289 290 FINANCIERA AUTOMOTRIZ DE COLOMBIA E U

293 294 EL MUNDO GLOBAL DEL DINERO LTDA.

295 296 NATURA INTERNATIONAL LTDA

EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y TRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESA

23

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RESOLUCIÓN REPORTE

TRANSACCIONES EN EFECTIVO

RESOLUCIÓN REPORTE

TRANSACCIONES DE DIVISAS

NOMBRE

EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y EMPRESAS DEL SECTOR REAL - RESOLUCIONES REPORTES DE TRANSACCIONES DE DIVISAS Y TRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESATRANSACCIONES EN EFECTIVO POR EMPRESA

297 298 INVERSIONES Y PROYECCIONES DE COLOMBIA E.U.

299 300 DISTRIBUIDORA AGUA CA Y CIA LTDA

301 302 COMERCIAR Y MERCADEAR LTDA.

303 304 GLOBAL INVESTMENT CONSULTING G I C S A

305 306 BANCA & VALORES CONSULTORES FINANCIEROS S. A.

309 310 MOLINOS DEL CAUCA EN LIQUIDACIÓN OBLIGATORIA

311 312 CONSTRUCCIONES Y FINANZAS DE COLOMBIA S. A.

313 314 OUTSOURCING DE OPERACIONES S. A. EN LIQUIDACIÓN

315 316 PROMOTORA COSTA CARIBE LTDA.

317 318 FINANZAS DE COLOMBIA S.A.

319 320 RED LINE INTERNACIONAL DE VENTAS LTDA

321 322 JOB GROUP INVERCOMERCIO JR LTDA

323 324 PROYECCIONES DRFE

325 326 CORPORACION CRE-SER

328 339 INTERFOREX S.A.

329 330 F. INTERNACIONAL E.U.

331 332 AUTOLATIN S.A.

333 334 CLUB TURISTICO LATINOAMERICANO LTDA.

335 336 CORPORACIÓN SUPERSERVI

337 338 GRUPO EMPRESARIAL PEOPLE WINNER E.U.

340 343 ARCAPITAL DE COLOMBIA LTDA.

344 345 FCI FINANCIAL CONSULTANS INVESTORS S.A.

348 349 FUTURO SOLIDO INDEPENDIENTE LTDA.

356 357 INMOBILIARIA Y NEGOCIOS COLOMBIA LTDA.

358 359 WORKING MONEY E.U.

360 361 INVERSIONES FLOR DEL LLANO E.U.

364 365OLGA LUCIA BERNAL PARRA - Propietaria de los establecimientos de comercio INVERSIONES HR ZIPAQUIRA E INVERSIONES HR BOGOTÁ

368 369 EUROACCIONES E.U.

23

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de Operación Sospechosa

(Todos los sujetos)

Reporte de Ausencia de Operación Sospechosa

Reporte de Transacciones de

compra y venta de oro

Reporte de Ausencia de Transacciones de

compra y venta de oro

Reporte de exportaciones y/o

importaciones de oro

Reporte de Ausencia de exportaciones y/o importaciones de oro

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

1 al 10 de enero 1 al 10 de enero 1 al 10 de enero 1 al 10 de enero1 al 10 de mayo 1 al 10 de mayo 1 al 10 de mayo 1 al 10 de mayo

1 al 10 de septiembre 1 al 10 de septiembre 1 al 10 de septiembre 1 al 10 de septiembre

Cuatrimestral: Se deberá reportar dentro

de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al cuatrimestre

Ninguna

Se entiende por empresas exportadoras y/o importadoras de oro aquellas personas jurídicas que realicen en forma habitual o esporádica exportaciones y/o importaciones utilizando una o varias partidas arancelarias relacionadas en la resolución 363 de 2008 de la UIAF.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

El cargue, validación y confirmación de los archivos es inmediato y en línea. Si el archivo es demasiado grande para ser procesado, quedará en estadopendiente y será validado en un proceso nocturno el cual generará un certificado de cargue al día siguiente. Si el archivo fue cargado satisfactoriamente, elsistema arrojara un certificado con estado exitoso, de lo contario el sistema mostrara un certificado con estado fallido y la descripción de los errores delmismo.

Ninguna

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellas quedentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 363 de 2008, y deconformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro delperíodo único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. - CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reporte por partede los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados en laResolución 363 de 2008, o, cualquier corrección que exceda el plazo único de 10 días después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF paracorregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.- INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reporte correspondientea un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

EXCEPCIÓN Ninguna

MEDIO DE REPORTE Sistema de Reporte en Línea (SiReL)

Se deberá entender por inmediato, el momento en el cual la entidad toma la decisión de catalogar la operación como sospechosa (todo esto dentro de un tiempo razonable).

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

METALES : OROMETALES : OROMETALES : OROMETALES : ORO

ENTIDAD REPORTANTE

a. Empresas exportadoras y/o importadoras deorob. Casas fundidoras de oroc. Sociedades de ComercializaciónInternacional que dentro de su actividadeconómica tengan la comercialización de oroy/o realicen operaciones de exportación y/oimportación de oro.

UIAF - Resolución 363 del 18 de noviembre de 2008. Imponeobligación de reporte.

Superintendencia de Sociedades o la entidad competente que haga sus veces.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellas quedentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

- CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Resolución 363 de 2008, y deconformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el documento técnico, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se realiza el cargue de la información. El período para corrección del reporte esúnico y en ningún caso se suspende o prorroga.

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser cargado, el sistema generará al usuario un reporte de cargue.fallido donde se leindica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

OBSERVACIONES

1 de enero de 2009

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

Mensual: Se deberá reportar dentro de los

diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente

Cuatrimestral: Se deberá reportar dentro

de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al cuatrimestre

Cuatrimestral: Se deberá reportar dentro

de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al cuatrimestre

Cuatrimestral: Se deberá reportar dentro

de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al cuatrimestre

TIPO DE REPORTE

MONTOS

Inmediato PERIODICIDAD

25

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 22

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

JUNIOABRIL MAYO

UIAF - Resolución 363 del 18 de noviembre de 2008. Impone obligación de reporte.

ENTIDADES REPORTANTES

a. Empresas exportadoras y/o importadoras de orob. Casas fundidoras de oroc. Sociedades de Comercialización Internacional que dentro de su actividad económica tengan la comercialización de oro y/o realicenoperaciones de exportación y/o importación de oro.

SECTOR METALES : ORO NORMATIVIDAD

2010

ENERO FEBRERO MARZO

26

18 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 23

21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

OCTUBRE NOVIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

Período de recepción de Reporte de Ausencia de Operación Sospechosa Período de recepción de los siguientes reportes:- Reporte de Ausencia de Transacciones de compra y venta de oro- Reporte de exportaciones y/o importaciones de oro- Reporte de Ausencia de exportaciones y/o importaciones de oro- Reporte de Transacciones de compra y venta de oro

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente.

DICIEMBRE

26

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de operaciones

sospechosas y de operaciones sospechosas intentadas o rechazadas

Ausencia de Operación

Sospechosa

Transacciones individuales en

efectivo

Ausencia de transacciones individuales en

efectivo

Transacciones múltiples en efectivo

Ausencia de transacciones múltiples en

efectivo

Reporte de clientes exonerados del

registro de transacciones en

efectivo

Ausencia de Reporte de clientes

exonerados del registro de

transacciones en efectivo

Productos ofrecidos (activos o inactivos)

por las entidades vigiladas

No aplica No aplica

Iguales o superiores a $10.000.000 o USD

5.000 o su equivalente en otras monedas que

realice una sola persona

No aplica

Iguales o superiores a $50.000.000 o USD

50.000 o su equivalente en otras monedas realizadas

por una misma persona en un mes calendario en una o

varias oficinas

No aplica No aplica No aplica No aplica

Ninguna

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

SECTOR COOPERATIVASSECTOR COOPERATIVASSECTOR COOPERATIVASSECTOR COOPERATIVAS

ENTIDAD REPORTANTE

Cooperativas de ahorro y crédito multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito vigiladas por la Superintendencia de la Economia Solidaria

Superintendencia de la Economía Solidaria. Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título IICapítulo XI Numeral 7.2. Impone obligaciones de reporte a la UIAF.

Superintendencia de la Economía Solidaria.

27 de octubre de 2008

MONTOS

PERIODICIDAD Inmediato

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente.

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente.

Mensual: Reportar dentro de

los diez (10) primeros días

calendario del mes siguiente.

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente.

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente.

MEDIO DE REPORTE Ros Stand Alone Archivo Plano

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected] [email protected]

Trimestral: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del

mes al corte del periodo trimestral

Trimestral: Reportar dentro de

los diez (10) primeros días

calendario del mes al corte del periodo

trimestral

EXCEPCIÓN Ninguna Ninguna

Ninguna

- Tanto las transacciones múltiples, como las transacciones individuales en efectivo se deben reportar en un (1) solo archivo, en donde se calcule primero las multiples y se incluyan las individuales que cumplan el monto establecido que no hayan sido incluidas. - La entidades deberá calcular en primer lugar las transacciones múltiples en efectivo. Una vez calculadas las t. multiples, la entidad deberá tomas las transacciones individuales que no fueron reportadas como múltiples y que cumplan con el monto establecido.

Para cada período de reporte las entidades deberán enviar toda la información de los clientes exonerados vigentes.

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI de la Superintendencia de la Economía Solidaria y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el instructivo y anexo técnico correspondiente, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados en la Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI de la Superintendencia de la Economía Solidaria, o, cualquier corrección que exceda los 10 días calendario después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reporte correspondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de efectivo y de uno a ocho días (1 a 8) dias hábiles para cargue de ROS, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección del reporte.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período para corrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

27

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Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado1 2 31 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 7 8 9 10 11 12 13

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 14 15 16 17 18 19 20

17 18 19 20 21 22 23 21 22 23 24 25 26 27 21 22 23 24 25 26 27

24 25 26 27 28 29 30 28 28 29 30 31

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado1 2 3 1 1 2 3 4 5

4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12

11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19

16 17 18 19 20 21 2218 19 20 21 22 23 24 20 21 22 23 24 25 26

23 24 25 26 27 28 29

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

2010ENERO FEBRERO MARZO

SECTOR COOPERATIVAS RESOLUCIÓN Superintendencia de la Economía Solidaria. Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI Numeral 7.2. Impone obligaciones de reporte a la UIAF.

ENTIDADES REPORTANTE

S

Cooperativas de ahorro y crédito multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito vigiladas por laSuperintendencia de la Economia Solidaria

ABRIL MAYO JUNIO

28

25 26 27 28 29 30 30 31 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4

4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11

11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18

18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25

25 26 27 28 29 30 31 29 30 31 26 27 28 29 30

Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado1 2 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4

3 4 5 6 7 8 9 7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11

10 11 12 13 14 15 16 14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18

17 18 19 20 21 22 2321 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25

24 25 26 27 28 29 30

31 28 29 30 26 27 28 29 30 31

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

Período de recepción de los siguientes reportes:- Ausencia de Operación Sospechosa- Transacciones individuales en efectivo - Ausencia de transacciones individuales en efectivo - Transacciones múltiples en efectivo - Ausencia de transacciones múltiples en efectivo

Período de Recepción de:- Reporte de clientes exonerados del registro de transacciones en efectivo- Ausencia de Reporte de clientes exonerados del registro de transacciones en efectivo- Productos ofrecidos (activos o inactivos) por las entidades vigiladas

Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

28

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NORMATIVIDAD

SUPERVISOR

ENTRADA EN VIGENCIA

Reporte de operaciones

sospechosas y de operaciones sospechosas intentadas o rechazadas

Ausencia de Operación

Sospechosa

Reporte de Operaciones

individuales en efectivo para

empresas transportadoras de valores y empresas

de vigilancia con modalidad de

transporte de valores

Reporte de Operaciones Múltiples

en efectivo para empresas

transportadoras de valores y empresas de

vigilancia con modalidad de

transporte de valores

Reporte de Transporte de metales, joyas, piedras preciosas, objetos de arte y

antigüedades para empresas

transportadoras de valores y empresas de

vigilancia con modalidad de

transporte de valores

Reporte de Operaciones

individuales en efectivo para

empresas blindadoras

Reporte de Operaciones Múltiples en efectivo para

empresas blindadoras

Ausencia de Transacciones en efectivo múltiples o

individuales, ausencia de transporte de metales,

joyas, piedras preciosas, objetos de arte y

antigüedades para empresas transportadoras de valores y empresas de

vigilancia con modalidad de transporte de valores

Ausencia de Transacciones en

efectivo múltiples o individuales de

empresas blindadoras

No aplica No aplica

Transporte de efectivo al interior del país (sin

intervención de intermediario

financiero): $50'000.000 o su equivalente en moneda extrajera. Operaciones de Importación o

exportación de títulos y/o bienes valores: Todos los montos

$500'000.000 o su equivalente en moneda

extranjera.Todas

$10'000.000 o U$5.000 o su

equivalente en otras monedas

$50'000.000 o U$50.000 o su

equivalente en otras monedas.

No aplica No aplica

REPORTE A SUPERVISOR

La UIAF envía semestralmente al ente Supervisor un informe en el cual reporta las entidades que no enviaron los reportes (incumplimiento) y aquellas que dentro de los plazos estipulados no reportaron o no corrigieron el reporte.

CUMPLIMIENTO: La UIAF entiende que un reporte se cumplió cuando se efectúa dentro de los plazos estipulados en la Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI de la Superintendencia de la Economía Solidaria y de conformidad con todas las exigencias y especificaciones establecidas por el instructivo y anexo técnico correspondiente, o cuando se corrigieron o subsanaron los errores dentro del período único de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que la UIAF envía el correspondiente correo electrónico informando las inconsistencias. CUMPLIMIENTO EXTEMPORÁNEO: En todo momento la UIAF acepta información extemporánea perteneciente a cualquier periodo de reporte por parte de los sujetos obligados. No obstante, cualquier envío de los reportes que se realice en un lapso de tiempo superior a los plazos estipulados en la Circular Básica Jurídica 07 de 2008, Título II Capítulo XI de la Superintendencia de la Economía Solidaria, o, cualquier corrección que exceda los 10 días calendario después de recibido el correo electrónico por parte de la UIAF para corregir inconsistencias, se entenderá como cumplido extemporáneamente.INCUMPLIMIENTO: Se predica que un reporte se incumplió, cuando en la base de datos de la UIAF, no consta ningún registro de reporte correspondiente a un período específico, por parte de un sujeto en particular.

NOTA: La información de los sujetos obligados a la UIAF es suministrada por el supervisor.

PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN PROCEDIMIENTO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

PERÍODO DE CARGUE, VALIDACIÓN Y CONFIRMACIÓN

De uno a tres (1 a 3) días hábiles para cargue de efectivo y de uno a ocho días (1 a 8) dias hábiles para cargue de ROS, una vez se reciba el correo electrónico, en donde la UIAF responde mediante un correo electrónico de confirmación o solicitud de corrección del reporte.

PROCESO DE CORRECCIÓN DEL REPORTE

Si el reporte no reúne las características técnicas exigidas o no puede ser leído, el sistema generará un correo electrónico por medio del cual se le indica con precisión las razones del rechazo, para que sean adecuadamente subsanadas.

PERÍODO CALENDARIO PARA CORRECCIÓN

Diez (10) días calendario siguientes contados a partir de la fecha en que se envía el correspondiente correo electrónico. El período para corrección del reporte es único y en ningún caso se suspende o prorroga.

EXCEPCIÓN Ninguna Ninguna

OBSERVACIONES Ninguna

- Tanto las transacciones múltiples, como las transacciones individuales en efectivo se deben reportar en un (1) solo archivo, en donde secalcule primero las multiples y se incluyan las individuales que cumplan el monto establecido que no hayan sido incluidas. - La entidades deberá calcular en primer lugar las transacciones múltiples en efectivo. Una vez calculadas las t. multiples, la entidad deberátomas las transacciones individuales que no fueron reportadas como múltiples y que cumplan con el monto establecido.

MEDIO DE REPORTE

Ros Stand Alone Archivo Plano

CORREO ELECTRÓNICO

[email protected] [email protected]

OBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTEOBLIGACIÓN DE REPORTE

TIPO DE REPORTE

MONTOS

PERIODICIDAD Inmediato

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes

siguiente.

Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente.

SECTOR TRANSPORTADORES DE VALORESSECTOR TRANSPORTADORES DE VALORESSECTOR TRANSPORTADORES DE VALORESSECTOR TRANSPORTADORES DE VALORES

ENTIDAD REPORTANTE

Empresas Transportadoras de Valores, Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada autorizadas en la modalidad de Transporte de Valores, Empresas blindadoras de vehículos

Superintendencia Vigilancia y Seguridad Privada. Circular Externa 003 de marzo 20 de2009. Impone obligaciones de reporte a la UIAF.

Superintendencia Vigilancia y Seguridad Privada

20 de marzo de 2009

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Page 30: Guia de reporte y control 2010 para pdfcalendario del mes siguiente. Mensual: Reportar dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente. MEDIO DE REPORTE Ros Stand

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ABRIL MAYO JUNIO

2010

ENERO FEBRERO MARZO

SECTOR TRANSPORTE DE VALORES RESOLUCIÓN Superintendencia Vigilancia y Seguridad Privada. Circular Externa 003 de marzo 20 de 2009. Impone obligaciones de reporte a la UIAF.

ENTIDADES REPORTANTES

Empresas Transportadoras de Valores, Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada autorizadas en la modalidad deTransporte de Valores, Empresas blindadoras de vehículos

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Recuerde que las operaciones sospechosas se reportan inmediatamente. Si usted conoce una situación sospechosa debe enviar a [email protected] el reporte

Período de recepción de:- Ausencia de Operación Sospechosa- Reporte de Operaciones individuales en efectivo para empresas transportadoras de valores y empresas de vigilancia con modalidad de transporte de valores- Reporte de Operaciones Múltiples en efectivo para empresas transportadoras de valores y empresas de vigilancia con modalidad de transporte de valores- Reporte de Transporte de metales, joyas, piedras preciosas, objetos de arte y antigüedades para empresas transportadoras de valores y empresas de vigilancia con modalidad de transporte de valores

- Reporte de Operaciones individuales en efectivo para empresas blindadoras- Reporte de Operaciones Múltiples en efectivo para empresas blindadoras- Ausencia de Transacciones en efectivo múltiples o individuales, ausencia de transporte de metales, joyas, piedras preciosas, objetos de arte y antigüedades para empresas transportadoras de valores y empresas de vigilancia con modalidad de transporte de valores- Ausencia de Transacciones en efectivo múltiples o individuales de empresas blindadoras

OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE

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