guia de aplicacion politica de gestion de documento electronico

Upload: andrea-au-godoy

Post on 06-Mar-2016

237 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

  • POLTICA DE GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS

    Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad

  • TTULO: Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos

    Elaboracin y coordinacin de contenidos: Direccin General de Modernizacin Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administracin Electrnica

    Caractersticas: Adobe Acrobat 5.0Responsable edicin digital: Subdireccin General de Informacin, Documentacin y Publicaciones

    1 edicin electrnica: julio 2012

    Disponible esta publicacin en el Portal de Administracin Electrnica (PAe):http://administracionelectronica.gob.es/

    Edita: Ministerio de Hacienda y Administraciones PblicasSecretara General TcnicaSubdireccin General de Informacin,Documentacin y PublicacionesCentro de Publicaciones

    Coleccin: administracin electrnica

    NIPO: 630-12-167-9

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 3

    NDICE

    0. CONSIDERACIONES PREVIAS .............................................................................. 5

    1. INTRODUCCIN ...................................................................................................... 6

    2. OBJETIVO Y ALCANCE DE LA NTI DE POLTICA DE GESTIN DE

    DOCUMENTOS ELECTRNICOS ......................................................................... 10

    2.1. Qu NO incluye la NTI ................................................................................... 10

    3. MBITO DE APLICACIN Y DESTINATARIOS ................................................... 12

    4. GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS .................................................. 13

    4.1. Requisitos de recuperacin y conservacin ................................................... 13

    4.2. Propiedades del documento electrnico ........................................................ 14

    4.3. Ciclo de vida del documento electrnico ........................................................ 15

    4.4. Sistema de gestin de documentos electrnicos ........................................... 17

    5. POLTICA DE GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS ........................... 19

    5.1. Contenido y contexto ..................................................................................... 19

    5.2. Actores involucrados en la poltica de gestin ............................................... 22

    6. PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS ............ 23

    7. PROCESOS DE GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS ....................... 24

    7.1. Captura.......................................................................................................... 25

    7.2. Registro ......................................................................................................... 25

    7.3. Clasificacin .................................................................................................. 26

    7.4. Descripcin .................................................................................................... 27

    7.5. Acceso .......................................................................................................... 27

    7.6. Calificacin .................................................................................................... 28

    7.6.1.Determinacin de los documentos esenciales .........................................................28

    7.6.2.Valoracin de los documentos y determinacin de los plazos de conservacin ......29

    7.6.3.Dictamen de la autoridad calificadora .......................................................................29

    7.7. Conservacin ................................................................................................ 29

    7.8. Trazabilidad ................................................................................................... 31

    7.9. Destruccin o eliminacin de documentos ..................................................... 32

    8. ASIGNACIN DE METADATOS ........................................................................... 33

    9. PROCESOS HORIZONTALES DE GESTIN DE DOCUMENTOS

    ELECTRNICOS ................................................................................................... 36

    9.1. Documentacin .............................................................................................. 36

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 4

    9.2. Formacin ..................................................................................................... 37

    9.3. Supervisin y auditora .................................................................................. 37

    9.4. Actualizacin ................................................................................................. 38

    10. DEFINICIONES Y ACRNIMOS ............................................................................ 39

    10.1. Definiciones ................................................................................................... 39

    10.2. Acrnimos ..................................................................................................... 44

    11. REFERENCIAS ...................................................................................................... 45

    11.1. Legislacin .................................................................................................... 45

    11.2. Estndares y buenas prcticas ...................................................................... 46

    11.3. Documentos de trabajo y referencias ............................................................ 49

    ANEXO I - REQUISITOS DE INTEROPERABILIDAD DEL DOCUMENTO

    ELECTRNICO ..................................................................................................... 53

    ANEXO II EQUIPO RESPONSABLE DEL PROYECTO............................................... 57

    NDICE DE FIGURAS

    Figura 1. Resumen del ciclo de vida de un documento electrnico. .....................................15

    Figura 2. Procesos y acciones en el ciclo de vida de un documento electrnico. .................16

    Figura 3. Componentes de un sistema de gestin de documentos. ......................................18

    Figura 4. Contexto de la Poltica de gestin de documentos en la organizacin. ..................21

    Figura 5. Actores involucrados en la poltica de gestin y responsabilidades asociadas. .....22

    NDICE DE TABLAS

    Tabla 1. Requisitos del documento electrnico. ...................................................................55

    Histrico de versiones del documento

    Versin Nombre del documento Fecha Descripcin

    1 20120726_ENI_GuiaAplicacion_

    NTI_PoliticaGestionDocElect 26/07/2012 Primera versin.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 5

    0. CONSIDERACIONES PREVIAS

    Este documento constituye una gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad

    de Poltica de gestin de documentos electrnicos (en adelante NTI), y como tal, su objetivo

    es servir como herramienta de apoyo para la aplicacin e implementacin de lo dispuesto en

    la NTI. Para ello, su contenido incluye tanto citas explcitas al texto de la NTI como

    explicaciones y contenidos complementarios a aqulla.

    Para facilitar su manejo y comprensin, esta gua incluye diferentes recursos grficos cuya

    leyenda se muestra a continuacin:

    Cita textual de la NTI.

    Indicador de contenido considerado de especial

    importancia o relevancia.

    Advertencia o aclaracin para la correcta interpretacin del contenido.

    A lo largo del desarrollo de esta gua, y en la propia NTI, se referencia a otras normas que

    incluyen informacin relacionada con la gestin del documento electrnico y que es

    necesario conocer para abordar de manera global estos aspectos. En concreto, las normas

    con contenido relacionado son:

    i. Catlogo de Estndares.

    ii. Documento Electrnico.

    iii. Digitalizacin de Documentos.

    iv. Expediente Electrnico.

    v. Poltica de Firma Electrnica y de certificados de la Administracin.

    vi. Procedimientos de copiado autntico y conversin entre documentos electrnicos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 6

    1. INTRODUCCIN

    1. El Esquema Nacional de Interoperabilidad (en adelante, ENI) se define en el apartado 1

    del artculo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrnico de los ciudadanos a

    los Servicios Pblicos como el conjunto de criterios y recomendaciones en materia de

    seguridad, conservacin y normalizacin de la informacin, de los formatos y de las

    aplicaciones que deben ser tenidos en cuenta por las Administraciones Pblicas para la

    toma de decisiones tecnolgicas que garanticen la interoperabilidad.

    2. El Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de

    Interoperabilidad en el mbito de la Administracin Electrnica (en adelante, R.D. 4/2010

    ENI) fija, en su Disposicin adicional primera, el desarrollo de las siguientes Normas

    Tcnicas de Interoperabilidad:

    a) Catlogo de estndares.

    b) Documento electrnico.

    c) Digitalizacin de documentos.

    d) Expediente electrnico.

    e) Poltica de firma electrnica y de certificados de la Administracin.

    f) Protocolos de intermediacin de datos.

    g) Relacin de modelos de datos.

    h) Poltica de gestin de documentos electrnicos.

    i) Requisitos de conexin a la Red de comunicaciones de las Administraciones pblicas

    espaolas.

    j) Procedimientos de copiado autntico y conversin entre documentos electrnicos.

    k) Modelo de Datos para el intercambio de asientos entre las Entidades Registrales.

    l) Reutilizacin de recursos de informacin (aadida por R.D. 1495/2011).

    Ms la siguiente, relativa al artculo 28 del mismo R.D. 4/2010 ENI:

    m) Declaracin de conformidad con el ENI.

    3. Estas Normas Tcnicas de Interoperabilidad (en adelante NTIs) se aprobaron en aplicacin

    de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposicin adicional primera del R.D. 4/2010 ENI,

    fruto de un proceso de elaboracin en el que participaron todas las Administraciones

    Pblicas a las que les son de aplicacin, y fueron informadas favorablemente por la

    Comisin Permanente del Consejo Superior de Administracin Electrnica y el Comit

    Sectorial de Administracin Electrnica.

    4. Las diferentes NTIs se han desarrollado con el objetivo de cubrir las necesidades derivadas

    de la normativa aplicable en un planteamiento de partida basado en mnimos, de forma que

    se garantice la interoperabilidad entre las distintas administraciones favoreciendo su

    implantacin y aplicacin en un corto plazo con un impacto mnimo, pero sin perder una

    orientacin de desarrollo y perfeccionamiento a lo largo del tiempo, en paralelo al progreso

    de los servicios de Administracin Electrnica, de las infraestructuras que los apoyan y de la

    evolucin tecnolgica.

    5. En particular, la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos establece los

    conceptos relacionados con el desarrollo de polticas de gestin de documentos electrnicos

    por parte de las Administraciones pblicas en el marco de la Administracin electrnica,

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 7

    incluyendo los aspectos relacionados con su implantacin prctica, e identificacin de los

    requisitos y procesos de la gestin de los documentos electrnicos.

    6. La NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos fue publicada en el Boletn Oficial

    del Estado Nmero 178 del jueves 26 de julio de 2012

    (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-10048), y est disponible para su

    consulta en el Portal de Administracin electrnica (http://administracionelectronica.gob.es/),

    junto al resto de normas tcnicas del ENI.

    7. El contexto de la NTI se refleja en el texto expositivo y artculos de su Resolucin que se

    incluyen a continuacin:

    El Esquema Nacional de Interoperabilidad se establece en el apartado 1 del artculo 42

    de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrnico de los ciudadanos a los Servicios

    Pblicos. Su finalidad es la creacin de las condiciones necesarias para garantizar el

    adecuado nivel de interoperabilidad tcnica, semntica y organizativa de los sistemas y

    aplicaciones empleados por las Administraciones pblicas, que permitan el ejercicio de

    derechos y el cumplimiento de deberes a travs del acceso electrnico a los servicios

    pblicos, a la vez que redunda en beneficio de la eficacia y la eficiencia.

    El Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de

    Interoperabilidad en el mbito de la Administracin Electrnica establece, en su

    disposicin adicional primera, el desarrollo de la serie de Normas Tcnicas de

    Interoperabilidad que son de obligado cumplimiento por parte de las Administraciones

    pblicas.

    Las Normas Tcnicas de Interoperabilidad desarrollan aspectos concretos de diversas

    cuestiones, tales como: documento electrnico, digitalizacin, expediente electrnico,

    copiado autntico y conversin, poltica de firma, estndares, intermediacin de datos,

    modelos de datos, gestin de documentos electrnicos, conexin a la red de

    comunicaciones de las Administraciones pblicas espaolas, modelo de datos para el

    intercambio de asientos registrales y declaracin de conformidad; todos ellos necesarios

    para asegurar los aspectos ms prcticos y operativos de la interoperabilidad entre las

    Administraciones pblicas y con el ciudadano. Estas Normas Tcnicas de

    Interoperabilidad se desarrollarn y perfeccionarn a lo largo del tiempo, en paralelo al

    progreso de los servicios de Administracin Electrnica, de las infraestructuras que los

    apoyan y de la evolucin tecnolgica, para dar cumplimiento al mandato del artculo 42.3

    de la Ley 11/2007, de 22 de junio.

    Dentro de este conjunto de Normas Tcnicas de Interoperabilidad, las normas relativas

    al documento electrnico, al expediente electrnico, a la digitalizacin de documentos en

    soporte papel, a los procedimientos de copiado autntico y conversin y a la poltica de

    gestin de documentos electrnicos responden a lo previsto en el citado Real Decreto

    4/2010, de 8 de enero, sobre interoperabilidad, recuperacin y conservacin del

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 8

    documento electrnico, a la luz de la necesidad de garantizar todos estos aspectos para el

    documento electrnico a lo largo del tiempo.

    En particular, la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de

    documentos electrnicos establece los conceptos relacionados con el desarrollo de

    polticas de gestin de documentos electrnicos, identifica los procesos de la gestin de

    documentos en el marco de la administracin electrnica y establece los principios

    necesarios para el desarrollo y aplicacin de polticas de gestin de documentos

    electrnicos por parte de todos los rganos de la Administracin y Entidades de Derecho

    Pblico vinculadas o dependientes de aqulla.

    La presente norma tcnica se ha elaborado con la participacin de todas las

    Administraciones pblicas a las que les es de aplicacin, ha sido informada

    favorablemente por la Comisin Permanente del Consejo Superior de Administracin

    Electrnica y propuesta por el Comit Sectorial de Administracin Electrnica.

    En aplicacin de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposicin adicional primera del

    Real Decreto 4/2010, de 8 de enero,

    Esta Secretara de Estado resuelve:

    Primero.

    Se aprueba la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de

    documentos electrnicos, cuyo texto se incluye a continuacin.

    Segundo.

    La Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos

    electrnicos que se aprueba mediante la presente Resolucin se aplicar desde el da

    siguiente al de su publicacin en el Boletn Oficial del Estado, sin perjuicio de lo

    dispuesto en la disposicin transitoria primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por

    el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el mbito de la

    Administracin Electrnica.

    Madrid, 28 de junio de 2012. El Secretario de Estado de Administraciones Pblicas.

    Antonio Germn Beteta Barreda.

    8. El texto completo de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos est formado

    por los siguientes once apartados:

    NORMA TCNICA DE INTEROPERABILIDAD DE POLTICA DE GESTIN DE

    DOCUMENTOS ELECTRNICOS

    ndice

    I. Objeto.

    II. mbito de aplicacin.

    III. Contenido y contexto.

    IV. Actores involucrados.

    V. Programa de tratamiento de documentos electrnicos.

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    VII. Asignacin de metadatos.

    VIII. Documentacin.

    IX. Formacin.

    X. Supervisin y auditora.

    XI. Actualizacin.

    9. Esta estructura de Resolucin de aprobacin refleja prcticas habituales en otros sectores

    para el tratamiento de cuestiones tcnicas como es, en el mbito de las telecomunicaciones

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 9

    el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan tcnico nacional de

    la radiodifusin sonora digital terrenal; en el sector de la edificacin el Real Decreto

    314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Cdigo Tcnico de la Edificacin; y en

    el sector de la obra civil, por ejemplo, el Real Decreto 637/2007, de 18 de mayo, por el que

    se aprueba la norma de construccin sismorresistente: puentes (NCSP-07).

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 10

    2. OBJETIVO Y ALCANCE DE LA NTI DE POLTICA DE

    GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS

    10. El objeto de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos parte de lo establecido

    en la disposicin adicional primera del R.D. 4/2010 ENI, donde se indica que dicha NTI

    incluir directrices para la asignacin de responsabilidades, tanto directivas como

    profesionales, y la definicin de programas, procesos y controles de gestin de documentos

    y administracin de repositorios electrnicos, y la documentacin de los mismos, a

    desarrollar por las Administraciones pblicas y por las Entidades de Derecho Pblico

    vinculadas o dependientes de aqullas.

    11. Dicho objeto se plasma en el apartado I de la NTI:

    I. Objeto.

    La Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos

    electrnicos tiene por objeto establecer las directrices para la definicin de polticas de

    gestin de documentos electrnicos.

    12. Por lo tanto, la NTI incluye los elementos que recoger la poltica de gestin de documentos

    y define una serie de directrices para que las Administraciones pblicas desarrollen sus

    propias polticas de gestin de documentos a reconocer dentro de sus mbitos

    competenciales. Segn esto, cada rgano de la Administracin y Entidades de Derecho

    Pblico vinculadas o dependientes de aqulla, (en adelante, organizaciones), cumplira las

    directrices especificadas en la NTI, pudiendo establecer restricciones especficas para su

    mbito.

    13. Atendiendo a lo anterior, y con el objetivo de dar apoyo a la aplicacin e implementacin de

    lo dispuesto en la NTI, esta gua desarrolla:

    i. Principios necesarios para la gestin de documentos electrnicos: requisitos de gestin

    documental, propiedades y ciclo de vida del documento electrnico y sistema de gestin

    de documentos electrnicos.

    ii. Contenido y contexto de una poltica de gestin de documentos electrnicos as como

    las responsabilidades relacionadas.

    iii. Procesos de gestin de documentos electrnicos incluyendo la asignacin de metadatos.

    iv. Procesos horizontales de gestin de documentos electrnicos.

    2.1. Qu NO incluye la NTI

    14. La NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos a la que da soporte esta gua, no

    debe considerarse como:

    i. Una poltica de gestin de documentos electrnicos en s misma, ya que slo define las

    directrices generales y el contenido mnimo para el desarrollo de polticas especficas por

    parte de los diferentes rganos de la Administracin.

    ii. Especificaciones sobre requisitos funcionales de software para gestin de documentos.

    stos pueden consultarse en normas consolidadas a nivel nacional e internacional

    existentes y que se han incluido como referencias.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 11

    iii. Referencia de consideraciones relativas a la seguridad a aplicar en la gestin de

    documentos electrnicos. stas se aplican segn lo establecido a tal efecto en el

    Esquema Nacional de Seguridad (ENS).

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 12

    3. MBITO DE APLICACIN Y DESTINATARIOS

    15. El mbito de aplicacin de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos se

    define en el apartado II de la NTI:

    II. mbito de aplicacin.

    II.1 El contenido de esta norma ser de aplicacin para el desarrollo de polticas de

    gestin de documentos electrnicos en el mbito establecido en el artculo 3 del Real

    Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de

    Interoperabilidad en el mbito de la Administracin Electrnica.

    II.2 Las directrices establecidas en esta norma se podrn aplicar en el desarrollo de

    polticas de gestin de documentos en entornos hbridos en que convivan documentos en

    soporte papel y documentos electrnicos.

    16. Por tanto, las indicaciones contenidas en la NTI son de aplicacin para el desarrollo de

    polticas de gestin de documentos electrnicos por parte de todas las organizaciones.

    17. Adems, atendiendo a las mejores prcticas de gestin de documentos, el apartado II.2

    refleja que los principios y procesos recogidos en la NTI tambin se podran aplicar sobre

    documentos en soporte papel en convivencia con documentos electrnicos en sistemas

    hbridos. Los documentos analgicos y digitales son similares en funcionalidad, por lo que

    cabra contemplar un tratamiento integrado.

    18. Dentro del mbito de aplicacin definido anteriormente, los destinatarios del contenido de la

    NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos, y por lo tanto de esta gua de

    aplicacin, son los siguientes:

    i. Directivos y mximos responsables en la aprobacin de polticas de gestin de

    documentos electrnicos en las organizaciones.

    ii. Responsables de sedes electrnicas y, por tanto, de garantizar los requisitos de

    interoperabilidad de las mismas.

    iii. Responsables de creacin, produccin, gestin, conservacin y uso de documentos

    electrnicos, en cuanto partes fiables.

    iv. Desarrolladores de aplicaciones de creacin, produccin, gestin, conservacin y uso de

    documentos electrnicos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 13

    4. GESTIN DE DOCUMENTOS ELECTRNICOS

    19. Aunque describir los principios de gestin documental as como los requisitos del documento

    electrnico no sea objeto directo de la NTI de Poltica de gestin de documentos

    electrnicos, de cara a su correcta interpretacin, a continuacin se definen los aspectos

    relacionados con la recuperacin y conservacin del documento electrnico, as como los

    procesos y acciones presentes a lo largo de su ciclo de vida.

    4.1. Requisitos de recuperacin y conservacin

    20. El R.D. 4/2010 ENI establece en su artculo 21: Las Administraciones pblicas adoptarn

    las medidas organizativas y tcnicas necesarias para garantizar la interoperabilidad en

    relacin con la recuperacin y conservacin de los documentos electrnicos a lo largo de su

    ciclo de vida.

    21. Estas condiciones para la recuperacin y conservacin de documentos se indican en el

    citado artculo 21 del R.D. 4/2010 ENI y pueden resumirse en los siguientes puntos:

    i. Definir una poltica de gestin de documentos.

    ii. Inclusin en los expedientes de un ndice electrnico (ver NTI de Expediente

    Electrnico).

    iii. Dotar a los documentos de una identificacin nica e inequvoca dentro del sistema de

    gestin, que permita clasificarlos, recuperarlos y referirse a los mismos con facilidad.

    iv. Asociar al documento electrnico los metadatos mnimos obligatorios y, en su caso, los

    complementarios o necesarios para asegurar su gestin y conservacin a lo largo del

    ciclo de vida.

    v. Clasificacin, de acuerdo con un cuadro de clasificacin adaptado a las funciones, tanto

    generales como especficas, de cada una de las organizaciones.

    vi. Conservacin de los documentos durante el periodo establecido por las comisiones

    calificadoras que correspondan, de acuerdo con la legislacin en vigor, las normas

    administrativas y obligaciones jurdicas que resulten de aplicacin en cada caso,

    especificando las medidas que aseguran dicha conservacin.

    vii. Acceso completo e inmediato a los documentos, en funcin del esquema de tipos de

    acceso a los mismos, a travs de mtodos de consulta en lnea que permitan la

    visualizacin de los documentos con todo el detalle de su contenido, la recuperacin

    exhaustiva y pertinente de los documentos, la copia o descarga en lnea en los formatos

    originales y la impresin en papel de aquellos documentos que sean necesarios. El

    sistema permitir, al menos, la consulta durante todo el periodo de conservacin de la

    firma electrnica, incluido, en su caso, el sello de tiempo, y de los metadatos asociados

    al documento.

    viii. Adopcin de medidas para asegurar la conservacin del documento electrnico a lo

    largo de su ciclo de vida.

    ix. Coordinacin horizontal entre los responsables de la gestin de documentos y los

    restantes servicios interesados en materia de archivo.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 14

    x. Transferencia, en su caso, de los expedientes entre los diferentes repositorios

    electrnicos a efectos de conservacin, de acuerdo con lo establecido en la legislacin

    en materia de archivos, de manera que se pueda asegurar su conservacin, y

    recuperacin a medio y largo plazo.

    xi. Si el resultado del procedimiento de calificacin documental as lo establece, borrado de

    la informacin, o en su caso, destruccin fsica de los soportes, de acuerdo con la

    legislacin que resulte de aplicacin, dejando registro de su eliminacin.

    xii. Formacin tecnolgica del personal involucrado en la ejecucin y gestin documental.

    xiii. Documentacin de los procedimientos que garanticen la interoperabilidad a medio y

    largo plazo, as como las medidas de identificacin, recuperacin, control, tratamiento y

    conservacin de los documentos electrnicos.

    4.2. Propiedades del documento electrnico

    22. Atendiendo a la definicin recogida en el R.D. 4/2010 ENI, una poltica de gestin de

    documentos electrnicos establece orientaciones o directrices que define una organizacin

    para la creacin y gestin de documentos autnticos, fiables y disponibles a lo largo del

    tiempo, de acuerdo con las funciones y actividades que le son propias.

    23. Por tanto, cabe contemplar las siguientes definiciones para cada uno de los requisitos

    establecidos para el documento electrnico:

    i. Autenticidad: Propiedad que puede atribursele como consecuencia de que puede

    probarse que es lo que afirma ser, que ha sido creado o enviado por la persona de la

    cual se afirma que lo ha creado o enviado, y que ha sido creado o enviado en el

    momento en que se afirma, sin que haya sufrido ningn tipo de modificacin.

    ii. Fiabilidad: Propiedad o caracterstica que indica que su contenido puede ser

    considerado una representacin completa y precisa de las actuaciones, las actividades o

    los hechos de los que da testimonio y al que se puede recurrir en el curso de posteriores

    actuaciones o actividades.

    iii. Integridad: Propiedad o caracterstica que indica su carcter de completo, sin alteracin

    de ningn aspecto esencial. La integridad es un componente de la autenticidad junto a la

    identidad.

    iv. Disponibilidad: Propiedad o caracterstica del mismo que permite que ste pueda ser

    localizado, recuperado, presentado o interpretado. El documento debe sealar la

    actividad o actuacin donde se gener, proporcionar la informacin necesaria para la

    comprensin de las actuaciones que motivaron su creacin y utilizacin, identificar el

    contexto marco de las actividades y las funciones de la organizacin y mantener los

    vnculos existentes con otros documentos como reflejo de una secuencia de

    actuaciones.

    24. Estas propiedades acompaan al documento electrnico a lo largo de todo su ciclo de vida,

    a efectos de asegurar su valor probatorio y su fiabilidad como evidencia electrnica de las

    actividades y procedimientos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 15

    4.3. Ciclo de vida del documento electrnico

    25. Para facilitar la comprensin sobre la gestin del documento electrnico, este punto

    desarrolla una descripcin genrica del ciclo de vida del documento electrnico en el que se

    localizan los procesos y acciones a considerar para su gestin y que se relacionan con los

    requisitos de interoperabilidad que se deducen del marco normativo existente y que se

    resumen en el 0 de esta gua.

    26. El R.D. 4/2010 ENI define el ciclo de vida de un documento electrnico como el conjunto

    de las etapas o periodos por los que atraviesa la vida del documento, desde su identificacin

    en un sistema de gestin de documentos, hasta su seleccin para conservacin

    permanente, de acuerdo con la legislacin sobre Archivos de aplicacin en cada caso, o

    para su destruccin reglamentaria.

    27. Segn esto, una descripcin genrica del ciclo de vida del documento electrnico constara

    de tres fases:

    i. Fase de captura. Posterior a la propia creacin o produccin del documento, bien por

    parte de un ciudadano o internamente en una organizacin, la captura supone su

    incorporacin al sistema de gestin de documentos de una organizacin.

    ii. Fase de mantenimiento y uso. Una vez finalizada la tramitacin administrativa, los

    documentos mantienen su validez administrativa y estn disponibles.

    iii. Fase de conservacin y seleccin. Los documentos de valor efmero se eliminan

    reglamentariamente, en tanto que los que tienen valor a largo plazo en atencin a su

    utilidad administrativa, jurdica, archivstica, histrica o de investigacin y social, y segn

    establezcan las autoridades competentes, se conservan permanentemente.

    28. Estas fases se desarrollan como un ciclo continuo, por lo que los procesos de gestin de

    documentos pueden renovarse en funcin de las necesidades que puedan producirse, a

    instancias de los diferentes agentes, a lo largo del ciclo de vida.

    29. En ocasiones la diferenciacin entre las fases ii y iii puede no existir; el documento

    permanece indefinidamente, incluso habiendo acabado su etapa administrativa inicial

    porque pudiera ser solicitado para otro procedimiento o simplemente porque no ha lugar, de

    momento, su eliminacin.

    30. La Figura 1 muestra las fases principales en que se puede dividir el ciclo de vida de un

    documento electrnico en una organizacin.

    Figura 1. Resumen del ciclo de vida de un documento electrnico.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 16

    31. Sobre este esquema, pueden localizarse los procesos o acciones en los que puede verse

    envuelto un documento, y que conllevan cambios en su estado o generan informacin a

    conservar como parte o propiedad del documento. Los principales procesos y acciones a

    tener en cuenta aparecen en la Figura 2.

    Figura 2. Procesos y acciones en el ciclo de vida de un documento electrnico.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 17

    32. La figura muestra, a grandes rasgos, el marco en el que se desarrollan los procesos y

    acciones de gestin de documentos a travs del ciclo de vida del documento electrnico en

    las organizaciones. Este escenario se compone de cinco momentos secuenciales,

    correspondientes a:

    i. La creacin del documento, a iniciativa bien del ciudadano, bien de la organizacin, por

    va de entrada del registro (papel o electrnico) u otras posibles vas de entrada segn

    actividades propias de cada organizacin, como pueden ser, por ejemplo, los procesos

    de incautacin de documentos derivados de inspecciones o revisiones. Los documentos

    pueden presentarse en soporte papel o en soporte electrnico. Adems, los documentos

    electrnicos presentados por los ciudadanos pueden ir acompaados de una firma

    electrnica que, estando sujeta a las condiciones establecidas en la NTI de Documento

    Electrnico, en la NTI de Poltica de Firma Electrnica y de certificados de la

    Administracin y en su normativa aplicable, sera conservada, al igual que el resto de

    componentes del documento, por la organizacin ante la que se presenta.

    ii. La captura del documento en el sistema de gestin de documentos de la organizacin.

    Incluira los procesos de registro e incorporacin de los documentos en el sistema de

    gestin de documentos de la organizacin, y, como accin de especial relevancia,

    incluira la asignacin de los metadatos y, si procede, la firma del documento por parte

    de la organizacin (por ejemplo, un sello electrnico por parte de una organizacin en un

    Registro de Entrada). Esta captura del documento, puede venir precedida por una

    digitalizacin (segn lo dispuesto en la NTI de Digitalizacin de Documentos) o por un

    proceso de conversin de formato del documento (segn lo dispuesto en la NTI de

    Procedimientos de copiado autntico y conversin entre documentos electrnicos), en

    caso necesario.

    iii. La gestin del documento en el contexto de la tramitacin administrativa. Durante este

    proceso pueden generarse copias autnticas de los documentos para su puesta a

    disposicin del ciudadano, producirse cambios de estado, as como conversiones de

    formato (segn lo dispuesto en la NTI de Procedimientos de copiado autntico y

    conversin entre documentos electrnicos), y es el momento en el que tiene lugar la

    generacin de expedientes electrnicos (segn lo dispuesto en la NTI de Expediente

    Electrnico).

    iv. La gestin del documento en un sistema de repositorio electrnico, una vez finalizada la

    tramitacin administrativa con el fin de conservar de forma segura los documentos

    electrnicos, y su integracin en el sistema para la gestin del archivo de la organizacin

    con el fin de garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos a la informacin y

    documentos pblicos.

    v. La salida y acceso a los documentos archivados bien por parte de otras organizaciones

    o por parte de ciudadanos en el ejercicio de sus derechos.

    4.4. Sistema de gestin de documentos electrnicos

    33. El desarrollo de una poltica de gestin de documentos al mximo nivel por parte de una

    organizacin tiene como consecuencia directa la implantacin de un sistema de gestin de

    documentos electrnicos. En este sentido, el sistema de gestin de documentos

    electrnicos de una organizacin se integra, como un sistema de gestin ms, en el

    conjunto de los sistemas de gestin de la organizacin.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 18

    34. Un sistema de gestin de documentos electrnicos podra definirse como la aplicacin del

    marco definido por la poltica de gestin de documentos electrnicos de una organizacin en

    el que se disean, implantan y desarrollan las prcticas de gestin de documentos

    electrnicos establecidas en forma de programa de actuacin, dotndose de los recursos

    oportunos para su funcionamiento.

    35. El sistema de gestin de documentos se articula sobre las fases del ciclo de vida de los

    documentos y se nutre de los documentos incorporados a travs del proceso de captura,

    con independencia de que los documentos hayan sido creados dentro o fuera de la propia

    organizacin.

    36. Los componentes del sistema de gestin de documentos electrnicos seran los siguientes:

    i. La poltica, como elemento normativo o regulador, que actuar como habilitador para el

    establecimiento del sistema.

    ii. Los recursos, tanto humanos como materiales, necesarios para el correcto

    funcionamiento del sistema.

    iii. Un programa de tratamiento para la gestin de documentos electrnicos.

    iv. Los propios documentos y expedientes electrnicos, una vez validados e incorporados al

    sistema.

    Figura 3. Componentes de un sistema de gestin de documentos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 19

    5. POLTICA DE GESTIN DE DOCUMENTOS

    ELECTRNICOS

    37. Los apartados III y IV de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos,

    establecen el contenido y contexto de la poltica de gestin de documentos electrnicos, as

    como los actores involucrados en su desarrollo, gestin e implementacin, con el fin de

    homogeneizar las cuestiones ms bsicas de la gestin de documentos.

    III. Contenido y contexto.

    IV. Actores involucrados.

    5.1. Contenido y contexto

    38. Para garantizar la interoperabilidad en relacin con la recuperacin y conservacin de los

    documentos electrnicos a lo largo de su ciclo de vida, tal y como establece el mencionado

    artculo 21 del R.D. 4/2010 ENI, las organizaciones adoptarn las medidas organizativas y

    tcnicas necesarias para tal fin, entre las que se encuentra la definicin de una poltica de

    gestin de documentos en cuanto al tratamiento, de acuerdo con las normas y

    procedimientos especficos que se hayan de utilizar en la formacin y gestin de los

    documentos y expedientes.

    39. El R.D. 4/2010 ENI, define, en su anexo, la poltica de gestin de documentos electrnicos

    como el conjunto de orientaciones o directrices que define una organizacin para la

    creacin y gestin de documentos autnticos, fiables y disponibles a lo largo del tiempo, de

    acuerdo con las funciones y actividades que le son propias. La poltica se aprueba al ms

    alto nivel dentro de la organizacin, y asigna responsabilidades en cuanto a la coordinacin,

    aplicacin, supervisin y gestin del programa de tratamiento de los documentos a travs de

    su ciclo de vida.

    40. El apartado III.1 parte de dicha definicin e incluye los elementos que recoger la poltica de

    gestin de documentos electrnicos:

    III. Contenido y contexto.

    III.1 La poltica de gestin de documentos electrnicos ser un documento que

    incluir:

    1) Definicin del alcance y mbito de aplicacin

    2) Roles de los actores involucrados.

    3) Directrices para la estructuracin y desarrollo de los procedimientos de gestin

    documental.

    4) Acciones de formacin relacionada contempladas.

    5) Actuaciones de supervisin y auditora de los procesos de gestin de documentos.

    6) Proceso de revisin del contenido de la poltica con el fin de garantizar su

    adecuacin a la evolucin de las necesidades de la gestin de documentos.

    III.2

    41. Ntese que dado que la poltica se entiende como un conjunto de orientaciones o directrices

    de aplicacin sobre los documentos electrnicos, su contenido debe ser considerado junto a

    las NTIs relacionadas con especial atencin a la NTI de Documento electrnico.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 20

    42. Por tanto, toda poltica de gestin de documentos electrnicos contendr:

    i. Alcance y mbito de aplicacin de la poltica de gestin de documentos electrnicos.

    ii. Roles o funciones de gestin documental de cada actor involucrado, segn lo dispuesto

    en el apartado IV desarrollado en el punto 5.2 de esta gua, definiendo para cada uno,

    los deberes y responsabilidades del cargo, as como el procedimiento para su

    designacin y renovacin.

    iii. Directrices para la generacin de la documentacin relativa al programa de tratamiento,

    a los procesos y procedimientos de gestin documental segn lo establecido en el

    apartado VIII desarrollado en el punto 9.1 de esta gua.

    iv. Plan de concienciacin y formacin segn lo establecido en el apartado IX desarrollado

    en el punto 9.2 de esta gua.

    v. Procedimiento de supervisin y auditora de los procesos de gestin documental definido

    en el apartado X desarrollado en el punto 9.3 de esta gua.

    vi. Proceso de revisin y actualizacin de la poltica de gestin de documentos segn lo

    establecido en el apartado XI desarrollado en el punto 9.4 de esta gua, con el fin de

    garantizar su adecuacin a las necesidades reales de gestin de documentos

    electrnicos de cada organizacin.

    43. El apartado III.2.1 establece el contexto de la poltica de gestin de documentos dentro de

    una organizacin, y su integracin con el resto de polticas implantadas.

    III. Contenido y contexto.

    III.1

    III.2 La poltica de gestin de documentos electrnicos:

    1. Se integrar en el marco general de gestin de documentos y en el contexto de cada

    organizacin junto al resto de polticas implantadas para el desempeo de sus

    actividades.

    2. Aplicar los criterios, mtodos de trabajo y de conducta generalmente reconocidos,

    as como los estndares y buenas prcticas nacionales e internacionales aplicables para

    la gestin documental, atendiendo a lo establecido en la Norma Tcnica de

    Interoperabilidad de Catlogo de estndares

    44. El siguiente grfico muestra el contexto de la poltica de gestin de documentos electrnicos

    en una organizacin como una ms entre el conjunto de polticas adoptadas por la

    organizacin en el desempeo de sus actividades.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 21

    Figura 4. Contexto de la Poltica de gestin de documentos en la organizacin.

    45. Adems, en sus distintos aspectos, la poltica de gestin de documentos electrnicos de una

    organizacin estara basada en buenas prcticas y normas consolidadas a nivel nacional e

    internacional. Por ejemplo:

    i. ISAAR CPF International Standard Archival Authority Records for Corporate Bodies,

    Persons and Families.

    ii. ISAD (G) General International Standard Archival Description.

    iii. ISDF Norma internacional para la descripcin de funciones.

    iv. ISO 16175: Principles and functional requirements for records in electronic office

    environments:

    v. MoReq2 y MoReq2010.

    vi. UNE-ISO 15489 Informacin y documentacin. Gestin de documentos.

    vii. UNE-ISO 30300:2011 Informacin y documentacin. Sistemas de gestin para los

    documentos. Fundamentos y vocabulario.

    viii. UNE-ISO 30301:2011 Informacin y documentacin. Sistemas de gestin para los

    documentos. Requisitos.

    ix. UNE-ISO 23081 Informacin y documentacin. Procesos de gestin de documentos.

    Metadatos para la gestin de documentos.

    x. UNE-ISO/TR 18492:2008 IN: Conservacin a largo plazo de la informacin basada en

    documentos.

    xi. UNE-ISO/TR 26122:2008 IN: Informacin y documentacin. Anlisis del proceso de

    trabajo para la gestin de documentos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 22

    5.2. Actores involucrados en la poltica de gestin

    46. La disposicin adicional primera del R.D. 4/2010 ENI establece que la NTI de Poltica de

    gestin de documentos electrnicos incluir, entre otros aspectos, las directrices para la

    asignacin de responsabilidades, tanto directivas como profesionales.

    47. Con tal finalidad, el apartado IV de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos

    refleja los actores involucrados en la definicin, aprobacin e implantacin de la poltica de

    gestin de documentos electrnicos.

    IV. Actores involucrados.

    Los actores involucrados en la definicin, aprobacin e implantacin de la poltica de

    gestin de documentos electrnicos en una organizacin, sern, al menos, los siguientes:

    1. La alta direccin que aprobar e impulsar la poltica.

    2. Los responsables de procesos de gestin que aplicarn la poltica en el marco de los

    procesos de gestin a su cargo.

    3. El personal responsable de la planificacin, implantacin y administracin del

    programa de tratamiento de documentos y sus operaciones, cualificado, dedicado e

    instruido en gestin y conservacin documental y que participar en el diseo,

    implementacin y actualizacin de los sistemas de gestin y conservacin documental.

    4. El personal implicado en tareas de gestin de documentos electrnicos que aplicar

    lo establecido en la poltica a travs del programa de tratamiento implantado.

    48. La Figura 5 muestra los roles asociados a cada uno de los actores involucrados en la

    definicin, aprobacin e implantacin de la poltica de gestin de documentos electrnicos.

    Figura 5. Actores involucrados en la poltica de gestin y responsabilidades asociadas.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 23

    6. PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE DOCUMENTOS

    ELECTRNICOS

    49. El apartado V de la NTI, establece cmo la gestin de documentos electrnicos se concreta

    en un programa de tratamiento especfico para la gestin de documentos electrnicos de

    una organizacin, de aplicacin tanto en entornos puramente electrnicos como hbridos, en

    los que documentos en soporte papel conviven con los documentos electrnicos.

    V. Programa de tratamiento de documentos electrnicos.

    V.1 El diseo, desarrollo e implantacin de los procesos, tcnicas y operaciones de

    gestin de documentos electrnicos se concretar en un programa de tratamiento

    especfico para la gestin de documentos y expedientes electrnicos.

    V.2 Dicho programa de tratamiento se aplicar de manera continua sobre todas las

    etapas o periodos del ciclo de vida de los documentos y expedientes electrnicos para los

    que garantizar su autenticidad, integridad, confidencialidad, disponibilidad y trazabilidad;

    permitiendo la proteccin, recuperacin y conservacin fsica y lgica de los documentos y

    su contexto.

    50. La aplicacin de los procedimientos o la secuencia coordinada de procesos, tcnicas y

    operaciones de gestin de documentos a lo largo del ciclo de vida de los documentos

    (descrito en el punto 4.3 de la presente gua) atiende a lo establecido en el artculo 21 del

    R.D. 4/2010 ENI permitiendo:

    i. Identificar los documentos precisos en cada proceso de actividad.

    ii. Determinar la forma y estructura en que los documentos deben ser creados y

    posteriormente incorporados al sistema de gestin de documentos electrnicos de la

    organizacin.

    iii. Determinar los metadatos que deben ser asignados al documento electrnico, tanto en el

    momento en que es incorporado al sistema (captura) como a lo largo de su ciclo de vida.

    iv. Establecer los pasos a seguir para la formacin de expedientes o agrupaciones de

    documentos en el contexto de los tipos de actuaciones o series concretas.

    v. Establecer la estrategia para garantizar la conservacin de los documentos y las

    condiciones de acceso, uso y reutilizacin correspondientes, incluyendo la conversin de

    formatos y las migraciones.

    vi. Velar por el cumplimiento de los requisitos legales y normativos, especialmente en

    cuanto a lo que se refiere a la seguridad, a la accesibilidad y al tratamiento de los datos

    de carcter personal, as como a la ejecucin de los procesos relacionados con la

    interoperabilidad y de las acciones dictaminadas sobre los documentos electrnicos.

    vii. Proporcionar informacin en modo de pistas de auditora que permitan acreditar que los

    documentos estn protegidos frente a cualquier acceso, modificacin y destruccin no

    autorizados.

    viii. Garantizar, en ltima instancia, la creacin, la captura en el sistema y el mantenimiento

    de documentos electrnicos autnticos, fiables, ntegros y disponibles.

    ix. Identificar las oportunidades de mejora y evaluar los posibles riesgos derivados de la

    gestin de documentos electrnicos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 24

    7. PROCESOS DE GESTIN DE DOCUMENTOS

    ELECTRNICOS

    51. El apartado VI de la NTI, establece los procesos de gestin de documentos electrnicos

    mnimos necesarios que se implementarn en cada organizacin.

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    1. Captura de documentos, que incluir el tratamiento de los metadatos mnimos

    obligatorios definidos en la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Documento

    Electrnico.

    2. Registro legal de documentos, definido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

    Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn que, adems del tratamiento de documentos electrnicos recibidos, atender a la

    posibilidad de digitalizar documentos en soporte papel segn lo establecido en la Norma

    Tcnica de Interoperabilidad de Digitalizacin de Documentos.

    3. Clasificacin de documentos, que incluir los criterios de formacin de expedientes y

    agrupaciones de documentos electrnicos segn la Norma Tcnica de Interoperabilidad

    de Expediente electrnico, as como la clasificacin funcional de acuerdo con el cuadro de

    clasificacin de la organizacin.

    4. Descripcin de documentos, que atender a lo establecido en el apartado VII de

    esta norma as como a la posible redaccin de un esquema institucional de metadatos.

    5. Acceso a los documentos, que contemplar la posible regulacin institucional de

    dicha prctica as como la trazabilidad de las acciones que se realizan sobre cada uno de

    ellos.

    6. Calificacin de los documentos, que incluir:

    i. Determinacin de los documentos esenciales.

    ii. Valoracin de documentos y determinacin de plazos de conservacin.

    iii. Dictamen de la autoridad calificadora.

    7. Conservacin de los documentos en funcin de su valor y tipo de dictamen de la

    autoridad calificadora, a travs de la definicin de calendarios de conservacin.

    8. Transferencia de documentos, que incluir las consideraciones para la transferencia

    entre repositorios as como las responsabilidades en cuanto a su custodia.

    9. Destruccin o eliminacin de los documentos, que atender a la normativa aplicable

    en materia de eliminacin de Patrimonio Documental y contemplar la aplicacin de las

    medidas de seguridad relacionadas definidas en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero,

    por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el mbito de la Administracin

    Electrnica: Borrado y destruccin del captulo de Proteccin de los soportes de

    informacin [mp.si] y Limpieza de documentos del captulo de Proteccin de la

    informacin [mp.info].

    52. A continuacin se describe cada uno de estos procesos de gestin de documentos

    electrnicos.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 25

    7.1. Captura

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    1. Captura de documentos, que incluir el tratamiento de los metadatos mnimos

    obligatorios definidos en la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Documento

    Electrnico.

    53. La captura del documento electrnico, dotndolo de un identificador, seala su entrada en

    un sistema de gestin de documentos electrnicos y garantiza su identificacin unvoca. En

    el momento de la captura se establece una relacin entre el documento, su productor o

    creador y el contexto en que se origin. Esto se consigue mediante la asignacin de los

    metadatos mnimos obligatorios definidos en la NTI de Documento Electrnico, lo que

    permite, entre otras cosas:

    i. Situar el documento en relacin con el proceso de gestin donde se origin o al cual se

    incorpora.

    ii. Asociarlo a otros documentos, pasando ste a formar parte de un expediente electrnico

    o una agrupacin documental.

    iii. Identificar los plazos de las acciones dictaminadas pendientes de ejecucin que se

    asocian al documento, o en su caso, al expediente o agrupacin documental.

    54. La captura de un documento electrnico se completa con otros procesos y operaciones de

    gestin de documentos, tales como el registro, la clasificacin o su inclusin en el ndice de

    un expediente electrnico, tal y como se indica en la NTI de Expediente Electrnico.

    7.2. Registro

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    1.

    2. Registro legal de documentos, definido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

    Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn que, adems del tratamiento de documentos electrnicos recibidos, atender a la

    posibilidad de digitalizar documentos en soporte papel segn lo establecido en la Norma

    Tcnica de Interoperabilidad de Digitalizacin de Documentos.

    55. El proceso de registro es un requisito legal definido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

    de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo

    Comn que marca la incorporacin de un documento al sistema de gestin de documentos

    de una organizacin.

    56. El proceso de registro es relevante puesto que proporciona rastro evidente de la entrada y la

    salida de un documento de una organizacin, lo que asegura su existencia, y sirve para

    facilitar informacin al ciudadano respecto a su estado de tramitacin.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 26

    57. Registrar consiste en la introduccin de una breve informacin descriptiva o de metadatos

    sobre el documento (el asiento), y la asignacin de un identificador dentro del sistema. Esta

    informacin descriptiva obligatoria se detalla en la legislacin de Procedimiento

    Administrativo en vigor.

    58. Habida cuenta de que la iniciativa en la presentacin de documentos ante cualquier

    organizacin corresponde al ciudadano, la Ley 11/2007, de 22 de junio, establece la

    posibilidad de digitalizar documentos en papel coincidiendo con el proceso de registro, con

    el fin de facilitar la gestin de los documentos mediante su conversin a un formato digital.

    Por esta causa deber tenerse en cuenta la NTI de Digitalizacin de Documentos.

    7.3. Clasificacin

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    2. ...

    3. Clasificacin de documentos, que incluir los criterios de formacin de expedientes y

    agrupaciones de documentos electrnicos segn la Norma Tcnica de Interoperabilidad

    de Expediente electrnico, as como la clasificacin funcional de acuerdo con el cuadro de

    clasificacin de la organizacin.

    59. La clasificacin funcional consiste en agrupar documentos segn criterios de actividad, lo

    que sirve para:

    i. Establecer vnculos entre diferentes actuaciones representadas en documentos y

    expedientes electrnicos constituyendo agrupaciones..

    ii. Ayudar a la recuperacin de documentos electrnicos referentes a una funcin o una

    actividad concreta.

    iii. Definir niveles de seguridad y acceso para documentos, expedientes y otras

    agrupaciones de documentos, en aplicacin de las polticas de acceso y las actuaciones

    de calificacin, lo que le permite atribuir permisos de acceso a los usuarios.

    iv. Asignar a las agrupaciones documentales los plazos de conservacin correspondientes

    en atencin a los valores de los documentos y a los calendarios de conservacin

    existentes.

    v. Facilitar la definicin de dictmenes de la autoridad calificadora y realizar acciones de

    conservacin coherentes.

    60. La clasificacin de cada organizacin se concreta, en la prctica de la gestin de los

    documentos, en los denominados cuadros de clasificacin de documentos, que pueden

    definirse como una estructura de categoras funcionales organizadas de manera codificada,

    jerrquica y lgica, sobre la base del conjunto de las actividades desarrolladas por la

    organizacin en el cumplimiento de sus fines.

    61. La clasificacin de documentos puede completarse mediante la definicin de lenguajes o

    vocabularios controlados, como los tesauros, destinados a explicitar las definiciones y el uso

    especficos de los trminos en la organizacin o grupo de organizaciones afines, e ndices.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 27

    62. En el caso de expedientes electrnicos1, agregaciones y series de documentos electrnicos,

    en esta fase se indicarn los criterios de formacin de dichas agrupaciones incluyendo los

    patrones de creacin de ndices electrnicos correspondientes.

    7.4. Descripcin

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    3.

    4. Descripcin de documentos, que atender a lo establecido en el apartado VII de

    esta norma as como a la posible redaccin de un esquema institucional de metadatos.

    63. Una adecuada gestin de documentos permite a las organizaciones identificar y recuperar

    los documentos electrnicos cuando sean requeridos. Por ello, cada organizacin define su

    propio modelo de descripcin de documentos.

    64. La descripcin es un proceso de gestin documental que se nutre principalmente de la

    informacin aportada durante la asignacin de los metadatos necesarios para la gestin de

    los documentos electrnicos.

    65. El proceso de descripcin se orienta especficamente a la recuperacin de la informacin,

    por lo que incluye la definicin de normas y reglas para la representacin de entidades (por

    ejemplo, documentos, agentes y funciones) y de los lenguajes documentales que facilitan la

    organizacin de la informacin a nivel lgico (por ejemplo, ndices de materias y tesauros

    especializados).

    66. Para definir su propio modelo de descripcin de documentos, la organizacin podra tener

    en cuenta las diferentes normas existentes para la representacin de entidades, tanto

    internacionales como nacionales, obligatorias o de referencia, que en todo caso

    documentara en su manual de procesos de gestin de documentos conforme a sus

    necesidades y normativa especfica.

    7.5. Acceso

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    4. ...

    5. Acceso a los documentos, que contemplar la posible regulacin institucional de

    dicha prctica as como la trazabilidad de las acciones que se realizan sobre cada uno de

    ellos.

    1 Vase la Gua de aplicacin de la NTI de Expediente Electrnico.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 28

    67. La poltica de gestin de documentos de una organizacin establece directrices para el

    acceso a los documentos, en funcin de sus caractersticas, sus valores y lo sealado en la

    legislacin de aplicacin en cada caso, tanto general como reguladora de su actividad.

    68. Los valores y las caractersticas de los documentos varan con el paso del tiempo y segn el

    ciclo de vida de los documentos, por lo que el uso de los metadatos es esencial en la

    automatizacin de la gestin del acceso a los documentos electrnicos. El control de los

    permisos de acceso y las responsabilidades vinculadas a esas funciones es un proceso

    constante en los sistemas de gestin de documentos electrnicos, que los responsables del

    sistema realizan de forma coordinada con los responsables de la gestin y conservacin de

    los documentos.

    69. El control de acceso est llamado a garantizar que:

    i. Los documentos se dividen en categoras de acuerdo con su nivel de seguridad en un

    momento dado.

    ii. Acceso y uso restringido a los documentos a los agentes correspondientes en las formas

    autorizadas.

    7.6. Calificacin

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    5.

    6. Calificacin de los documentos, que incluir:

    i. Determinacin de los documentos esenciales.

    ii. Valoracin de documentos y determinacin de plazos de conservacin.

    iii. Dictamen de la autoridad calificadora.

    70. El proceso de calificacin de los documentos incluye la valoracin, la determinacin de los

    plazos de conservacin y transferencia de los documentos que se establezcan en el

    dictamen que determine las acciones que se les van a aplicar a lo largo de su ciclo de vida.

    71. En este proceso se determinan tambin los documentos que son esenciales para la

    organizacin, en funcin de su importancia para el desarrollo de sus fines.

    72. En algunas organizaciones, el proceso de calificacin de los documentos incluye la

    determinacin de los plazos de acceso.

    7.6.1. Determinacin de los documentos esenciales

    73. La determinacin de los documentos esenciales sirve a los efectos de procurar una especial

    proteccin a aquellos documentos que tienen una singular relevancia en relacin a las

    funciones que desarrolla una organizacin.

    74. Los documentos esenciales se determinan en el marco del proceso de calificacin de los

    documentos de una organizacin.

    75. En un programa de tratamiento para la gestin de documentos electrnicos, la gestin de los

    documentos esenciales consiste en los siguientes pasos:

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 29

    i. Obtencin de una copia autntica, de acuerdo con lo especificado en la NTI de

    Procedimientos de copiado autntico y conversin entre documentos electrnicos.

    ii. Conservacin de la copia autntica obtenida en un servidor adecuado con el fin de

    minimizar los riesgos que pudieran ser producidos en caso de siniestro y con las

    medidas de seguridad adecuadas segn el ENS. Dicha conservacin puede consistir en

    la transferencia de responsabilidad de su custodia a otra organizacin.

    7.6.2. Valoracin de los documentos y determinacin de los plazos de

    conservacin

    76. Los plazos de conservacin de los documentos se determinan de acuerdo con el marco

    legal o normativo, las necesidades de gestin y el valor a corto, medio y largo plazo de la

    informacin que contienen.

    77. La competencia y autoridad en cuanto a la determinacin de los plazos de conservacin de

    los documentos corresponde a las comisiones calificadoras, creadas en el marco de la

    legislacin reguladora del Patrimonio Documental del Estado2 y de las Comunidades

    Autnomas, por lo que las Administraciones pblicas estarn sujetas a lo que determine la

    legislacin que les afecte en cada caso.

    7.6.3. Dictamen de la autoridad calificadora

    78. El dictamen puede definirse como regulacin de las transferencias o la eliminacin de los

    documentos de los sistemas en uso, cuando los valores probatorios han prescrito y/o han

    transcurrido los plazos que la legislacin vigente ha establecido para su conservacin.

    79. El tipo de dictamen con mayor impacto es la eliminacin, cuyo proceso se describe en el

    punto 7.9.

    7.7. Conservacin

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    6.

    7. Conservacin de los documentos en funcin de su valor y tipo de dictamen de la

    autoridad calificadora, a travs de la definicin de calendarios de conservacin.

    80. El ritmo acelerado del cambio tecnolgico hace que los documentos electrnicos precisen,

    en algn momento, ser convertidos de un formato a otro o movidos de un sistema a otro

    para asegurar su uso adecuado y mantener la capacidad de procesamiento. Para hacer

    frente a esa necesidad existen mtodos como la conversin y la migracin

    (fundamentalmente), as como la emulacin, el refresco y la replicacin, entre otros, si bien

    en este momento ninguno de ellos garantiza totalmente una ptima conservacin a largo

    plazo de estos documentos.

    2 Real Decreto 1164/2002 de 8 de noviembre (http://www.boe.es/boe/dias/2002/11/15/pdfs/A40139-40143.pdf)

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 30

    81. En este marco, las organizaciones precisan adoptar una estrategia de conservacin

    digital, en la que se describan los requisitos y los procedimientos para llevar a cabo los

    procesos y operaciones orientados a la conservacin de sus documentos electrnicos, en

    funcin de la importancia otorgada a los documentos y del nivel de riesgo que cada

    organizacin pueda asumir en funcin de sus necesidades y normativa especfica. Esta

    estrategia se documenta y se somete a auditora o evaluacin peridica segn lo

    establecido en los apartados VII y X de la NTI.

    82. Algunos ejemplos de situaciones que requieren el empleo de mtodos de conservacin

    digital seran los siguientes:

    i. Cuando el soporte de almacenamiento y el formato de los documentos necesitan ser

    renovados.

    ii. Cuando exista la necesidad de migrar documentos de una estructura a otra, por ejemplo,

    los documentos existentes en una base de datos residual (legacy) precisan

    reestructurarse en una nueva base de datos consolidada.

    iii. Cuando la plataforma en que los documentos fueron creados cambia y stos se migran a

    la nueva plataforma.

    iv. Cuando, desde una perspectiva de mejora en la gestin, se implanta un nuevo sistema

    para adecuarlo a nuevas funcionalidades.

    v. Cuando, desde la perspectiva del actual estado de la tcnica, es imposible la

    conservacin de la firma electrnica a largo plazo.

    83. El objeto de la estrategia consiste en evitar cualquier degradacin o prdida de las

    caractersticas de los documentos, de acuerdo con un procedimiento que garantice el

    mantenimiento del contenido, contexto y componentes del documento y su valor probatorio y

    su fiabilidad como evidencia electrnica a lo largo del tiempo. Este procedimiento incluye

    sistemas de copia, las operaciones concretas orientadas a la conservacin de los

    documentos electrnicos y la funcionalidad de los repositorios, as como la conversin de

    formatos analgicos a digitales y viceversa y la conversin de formatos por obsolescencia

    tecnolgica. Todos estos procedimientos se disean e implementan segn lo establecido en

    la NTI de Procedimientos de copiado autntico y conversin entre documentos electrnicos.

    84. Algunas referencias significativas para el desarrollo de un procedimiento de conservacin de

    documentos electrnicos son:

    i. ARMA Internationals The Digital Records Conversion Process: Program Planning,

    Requirements, Procedures (ANSI/ARMA 16-2007), March 2007.

    ii. DigitalPreservationEurope (DPE).

    iii. ISO 14721:2003, Space data and information transfer systems Open Archival

    Information System Reference model. Geneva, Switzerland: International Organization

    for Standardization, 2003.

    iv. Reference Model for an Open Archival Information System (OAIS). Magenta Book. Issue

    2. June 2012. CCSDS

    v. Retention Management for Records and Information. (ANSI/ARMA 8 2005). Lenexa, KS:

    ARMA International, February 2005.

    85. Por otra parte, las organizaciones protegen los documentos contra el acceso y la

    destruccin no autorizados, la prdida y el robo segn lo dispuesto en el ENS. Del mismo

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 31

    modo deben protegerse frente a los desastres, por lo que establecen planes de

    contingencia, segn el anlisis y la gestin del riesgo del ENS, que tienen en cuenta tanto

    las actuaciones a desarrollar en el momento de la emergencia, como las que de deben

    implantar para superar las consecuencias de un siniestro hasta que la organizacin recupere

    la normalidad en el ejercicio de su actividad.

    7.8. Trazabilidad

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    7. .

    8. Transferencia de documentos, que incluir las consideraciones para la transferencia

    entre repositorios as como las responsabilidades en cuanto a su custodia.

    86. El control de la trazabilidad es un proceso esencial de la gestin de documentos en una

    organizacin en caso de que se produzcan movimientos dentro del repositorio o archivo

    electrnico o transferencias a cualquier otra organizacin. Este proceso es llamado para

    facilitar el seguimiento del movimiento y uso de los documentos dentro del sistema de

    gestin de documentos, y por lo tanto debera quedar documentado por medio de los

    metadatos de trazabilidad en los documentos electrnicos.

    87. Por lo tanto este proceso es de especial relevancia para el proceso relativo a la

    transferencia de documentos electrnicos.

    88. La trazabilidad es necesaria para:

    i. Identificar una accin pendiente de ejecucin.

    ii. Permitir la recuperacin de un documento.

    iii. Prevenir la prdida de documentos.

    iv. Supervisar el uso y mantener un sistema de auditora de las operaciones relacionadas

    con los documentos.

    v. Mantener la capacidad de identificar las tareas que originaron los documentos

    individuales cuando los sistemas se han fusionado o migrado.

    89. La trazabilidad de las acciones sobre los documentos hace que sea necesario:

    i. Definir dentro del sistema de gestin de documentos electrnicos los pasos que han de

    darse sobre un documento o agrupacin documental para su creacin o uso.

    ii. Asignar en el sistema de gestin a una persona o unidad determinada de la organizacin

    la responsabilidad de las acciones ejecutadas.

    iii. Registrar los siguientes pasos, con plazos o fechas, en los que tienen que efectuarse las

    acciones predefinidas en el sistema para ejecutar la accin determinada.

    90. Por ltimo destacar que la NTI de Documento Electrnico en su apartado VII.5 sobre el

    intercambio de documentos electrnicos, establece que En caso de intercambio de

    documentos electrnicos entre Administraciones pblicas que suponga una transferencia de

    custodia o traspaso de responsabilidad de gestin de documentos que deban conservarse

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 32

    permanentemente, el rgano o entidad trasferidora verificar la autenticidad e integridad del

    documento en el momento de dicho intercambio.

    7.9. Destruccin o eliminacin de documentos

    VI. Procesos de gestin de documentos electrnicos.

    Los procesos de gestin de documentos electrnicos de una organizacin incluirn, al

    menos, los siguientes:

    8.

    9. Destruccin o eliminacin de los documentos, que atender a la normativa aplicable

    en materia de eliminacin de Patrimonio Documental y contemplar la aplicacin de las

    medidas de seguridad relacionadas definidas en el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero,

    por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el mbito de la Administracin

    Electrnica: Borrado y destruccin del captulo de Proteccin de los soportes de

    informacin [mp.si] y Limpieza de documentos del captulo de Proteccin de la

    informacin [mp.info].

    91. El proceso de eliminacin de documentos constituye un proceso clave en la gestin de

    documentos y tiene como objetivo impedir su restauracin y posterior reutilizacin. Para ello,

    es necesario aplicar un proceso que incluya tanto el borrado de la informacin (el propio

    documento y sus metadatos) como la destruccin fsica del soporte, en funcin de las

    caractersticas del formato y las del propio soporte.

    92. De forma general, para la seleccin de los documentos que sern sometidos a un proceso

    de eliminacin es preciso tener en cuenta los siguientes aspectos:

    i. Siempre se ejecuta con autorizacin expresa de la entidad u organizacin competente

    en cuanto a la calificacin de los documentos.

    ii. No se eliminan los documentos mientras subsista su valor probatorio de derechos y

    obligaciones de las personas fsicas o jurdicas o cuando no hayan transcurrido los

    plazos que la legislacin vigente establezca para su conservacin.

    iii. No se eliminan documentos calificados como de valor histrico o de investigacin.

    iv. Se preserva la confidencialidad de cualquier informacin que contengan los documentos

    durante todo el proceso de eliminacin.

    v. Todas las copias de documentos cuya destruccin est autorizada (incluidas las copias

    de seguridad) son eliminadas.

    93. Cada organizacin disear su proceso de eliminacin de acuerdo con la legislacin

    especfica que resulte de aplicacin. El proceso a seguir, as como las circunstancias de la

    ejecucin concreta cada vez que se lleve a efecto, ser documentado conforme a lo

    establecido en el apartado VII de la NTI.

    94. En cualquier caso, se tendrn en cuenta las medidas de seguridad del ENS relacionadas tal

    y como indica el apartado.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 33

    8. ASIGNACIN DE METADATOS

    95. El R.D. 4/2010 ENI define los metadatos de gestin de documentos como informacin

    estructurada o semiestructurada que hace posible la creacin, gestin y uso de documentos

    a lo largo del tiempo en el contexto de su creacin. Los metadatos de gestin de

    documentos sirven para identificar, autenticar y contextualizar documentos, y del mismo

    modo a las personas, los procesos y los sistemas que los crean, gestionan, mantienen y

    utilizan.

    96. Adems, los metadatos proporcionan cobertura a los diferentes procesos que tienen lugar a

    lo largo del ciclo de vida del documento electrnico. As, mediante la asignacin de los

    metadatos se facilita que los documentos:

    i. Puedan probar que son genuinos.

    ii. Sean exactos y se pueda confiar en ellos.

    iii. Permanezcan completos e inalterados.

    iv. Se mantengan seguros frente al acceso, la alteracin o el borrado no autorizados.

    v. Se puedan encontrar, recuperar y leer.

    vi. Estn relacionados con otros documentos pertinentes.

    97. Concretamente, la descripcin de los documentos electrnicos mediante la incorporacin de

    metadatos permite:

    i. Asegurar que se registra en los documentos la informacin contextual adecuada a los

    procesos y actuaciones.

    ii. Ayudar a descubrir y recuperar documentos mediante la aplicacin de vocabularios

    controlados, esquemas de valores y otros esquemas descriptivos normalizados.

    iii. Controlar el acceso a los documentos, sealando en el momento de su creacin e

    incorporacin al sistema la categora de seguridad o legal de los documentos o cualquier

    otra advertencia acerca de su conservacin o uso.

    iv. Facilitar el acceso a, o la transferencia de, documentos entre organizaciones cuando

    cambian las responsabilidades funcionales o de custodia.

    v. Reducir el riesgo de acceso no autorizado o uso fraudulento de los documentos.

    vi. Hacer posible la ejecucin de las acciones dictaminadas sobre los documentos.

    vii. Asegurar que no se pierden los documentos esenciales cuando se implantan nuevos

    sistemas.

    viii. Ayudar a planificar la migracin de datos y otras necesidades de conservacin.

    ix. Proporcionar una referencia para evaluar la calidad de la gestin de documentos dentro

    y entre organizaciones, a efectos de auditora y control.

    x. Integrar de manera eficaz la informacin acerca de documentos electrnicos y

    documentos analgicos en los sistemas de control intelectual y en los instrumentos de

    recuperacin.

    98. El apartado VII de la NTI de Poltica de gestin de documentos electrnicos establece la

    manera en que las organizaciones han de gestionar los metadatos, y define una herramienta

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 34

    de apoyo para facilitar a las organizaciones su adecuacin a los requisitos de

    interoperabilidad en materia de gestin de documentos electrnicos.

    VII. Asignacin de metadatos.

    VII.1 Las organizaciones garantizarn la disponibilidad e integridad de los metadatos

    de sus documentos electrnicos, manteniendo de manera permanente las relaciones entre

    cada documento y sus metadatos.

    VII.2 La implementacin de los metadatos de gestin de documentos electrnicos para

    su tratamiento y gestin a nivel interno ser diseada por cada organizacin en base a

    sus necesidades, criterios y normativa especfica.

    VII.3 Los metadatos de gestin de documentos electrnicos se articularn en

    esquemas de metadatos que respondern a las particularidades y necesidades

    especficas de gestin de cada organizacin.

    VII.4 El Esquema de Metadatos para la Gestin del Documento Electrnico (e-

    EMGDE), disponible en el Centro de Interoperabilidad Semntica, que incluye los

    metadatos mnimos obligatorios, definidos en las Normas Tcnicas de Interoperabilidad de

    Documento electrnico y Expediente electrnico, as como otros metadatos

    complementarios pertinentes en una poltica de gestin y conservacin de documentos

    electrnicos, podr ser utilizado como referencia para la adecuacin a los requisitos de

    interoperabilidad en materia de gestin documental.

    99. Tal y como establece el apartado VII.2, la forma de implementacin de los metadatos de los

    documentos electrnicos para su tratamiento y gestin a nivel interno es libre3, y como tal,

    ser diseada por cada organizacin en base a sus necesidades, criterios y normativa

    especfica. Este diseo debe atender en cualquier caso a la responsabilidad de cada una de

    ellas de garantizar la disponibilidad e integridad de los metadatos de sus documentos

    electrnicos, manteniendo de manera permanente las relaciones entre el documento y sus

    metadatos.

    100. Las posibilidades de implementacin a nivel interno van por tanto desde la integracin total

    de los metadatos en los ficheros de los documentos electrnicos hasta la distribucin de

    stos en diferentes aplicaciones de gestin de documentos que interactan con los ficheros

    del documento, pasando por mltiples soluciones intermedias. En cualquier caso las

    organizaciones habran de garantizar la disponibilidad e integridad de los metadatos de sus

    documentos electrnicos, manteniendo de manera permanente las relaciones entre el

    documento y sus metadatos.

    101. El apartado VII.3 hace referencia a que los metadatos se articulan en esquemas de

    metadatos, definidos por el R.D. 4/2010 ENI como instrumentos que definen la

    incorporacin y gestin de los metadatos de contenido, contexto y estructura de los

    documentos electrnicos a lo largo de su ciclo de vida.

    102. Tal y como apunta el apartado VII.4, el esquema de metadatos recomendado por el ENI es

    el e-EMGDE, disponible en el Centro de Interoperabilidad Semntica, y puede ser utilizado

    como herramienta de apoyo para la adecuacin de cada organizacin a los requisitos de

    interoperabilidad en materia de gestin de documentos, si bien cada una de ellas

    3 Slo en el caso en que un documento electrnico intervenga en un proceso de intercambio, la implementacin de sus

    metadatos, junto al resto de sus componentes, deber realizarse segn lo establecido a tal efecto en la NTI de Documento electrnico.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 35

    establecer sus aplicaciones particulares, de acuerdo con sus propias necesidades de

    gestin de documentos complementarias a la interoperabilidad.

    103. El esquema e-EMGDE constituye un modelo funcional para la aplicacin de los metadatos

    como herramienta de gestin global dentro de una organizacin a travs de una

    aproximacin multi-entidad en la que las relaciones entre documentos y el resto de

    elementos del sistema son tratadas como una entidad ms.

    104. El e-EMGDE est compuesto por una serie de elementos y sub-elementos definidos en un

    marco multi-entidad.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 36

    9. PROCESOS HORIZONTALES DE GESTIN DE

    DOCUMENTOS ELECTRNICOS

    105. Los procesos de gestin de documentos tratados en el punto 7 de la presente gua son

    procesos que tienen lugar de forma secuencial y articulada sobre las fases del ciclo de vida

    de los documentos. Sin embargo, existen otros procesos como son la documentacin,

    formacin, supervisin y auditora y actualizacin, que se desarrollan de manera horizontal a

    toda la gestin de documentos en una organizacin.

    9.1. Documentacin

    106. El apartado VIII de la NTI de Poltica de gestin de documentos establece las tareas en

    relacin al proceso de documentacin de los procedimientos de gestin de documentos de

    una organizacin.

    VIII. Documentacin.

    Cada organizacin elaborar y mantendr actualizados y documentados los

    procedimientos de gestin de documentos a seguir en los distintos procesos de gestin

    documental.

    107. Por lo tanto, en relacin a los procesos de gestin de documentos que desarrolla, cada

    organizacin elaborara un manual de procesos de gestin de documentos que podra

    definirse como el conjunto de procedimientos para llevar a cabo los distintos procesos de

    gestin de documentos.

    108. Concretamente, dicho manual abordara cuestiones como la siguientes:

    i. Qu documentos deben capturarse y, en su caso, registrarse.

    ii. Qu criterios rigen la formacin de expedientes y agrupaciones de documentos.

    iii. Cmo se lleva a cabo la prctica de la clasificacin funcional, de acuerdo con el cuadro

    de clasificacin de los documentos.

    iv. Definicin del proceso de descripcin y asignacin de metadatos, as como la redaccin

    del esquema institucional de metadatos.

    v. Durante cunto tiempo deben conservarse los documentos en funcin de sus valores y

    su tipo de dictamen de la autoridad calificadora, a travs de la definicin de calendarios

    de conservacin de los documentos.

    vi. Transferencia de documentos entre diferentes repositorios, y la responsabilidad en

    cuanto a su custodia.

    vii. Determinacin e identificacin de los documentos esenciales.

    viii. Regulacin institucional de la prctica del acceso a los documentos.

    ix. Cmo se desarrollar la estrategia de conservacin de los documentos electrnicos, de

    cara a su mantenimiento a lo largo del tiempo.

    109. A la hora de documentar todas cuestiones, las organizaciones tendran en cuenta los

    procedimientos establecidos por las autoridades calificadoras y archivsticas competentes,

    de acuerdo con la legislacin de archivos que les sea de aplicacin en cada caso.

  • Gua de aplicacin de la Norma Tcnica de Interoperabilidad de Poltica de gestin de documentos electrnicos 37

    9.2. Formacin

    110. El artculo 21 del R.D. 4/2010 ENI incluye, entre sus medidas para garantizar la

    interoperabilidad en relacin con la recuperacin y conservacin de los documentos

    electrnicos, la formacin tecnolgica del personal responsable tanto de la ejecucin y del

    control de la gestin de documentos electrnicos, como de su tratamiento y conservacin en

    repositorios o archivos electrnicos. Esta necesidad se reafirma en la disposicin adicional

    segunda del R.D. 4/2010 ENI, en el sentido de que el personal de las organizaciones

    recibir la formacin necesaria para garantizar el conocimiento del ENI.

    111. Como respuesta a esta necesidad, la NTI de Poltica de gestin de documentos establece

    en su apartado IX los aspectos a cumplir por parte de las organizaciones a este respecto.

    IX. Formacin.

    IX.1 El personal de las organizaciones recibir la formacin especfica y adecuada a

    su rol necesaria para la gestin y conservacin de documentos y expedientes

    electrnicos.

    IX.2 Las organizaciones exigirn, de manera objetiva y no discriminatoria, que

    aquellos que les presten servicios relacionados con la gestin y conservacin documental

    cuenten con unos niveles idneos de gestin y madurez en los servicios prestados.

    9.3. Supervisin y auditora

    112. El apartado X de la NTI de Poltica de gestin