guía báscia para trabajos en vidrios o ventanería

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I Objeto Este Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer unas reglas y procedimientos que faciliten el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad y salud establecidas en la normativa vigente de carácter tanto reglamentario, como técnico, aplicables a los trabajos de ejecución de actividades relacionadas con la realización de trabajos de vidriería en la edificación. En este sentido, los contenidos del presente DB contemplan las acciones y medidas de prevención de riesgos laborales que se deben considerar durante el desarrollo de la mencionada actividad, sin perjuicio de las exigencias establecidas en la normativa vigente autonómica, provincial o local correspondiente. No se incluyen en este DB: Aquellas acciones dirigidas a eliminar o limitar los riesgos específicos de la actividad basadas en principios básicos de actuación de los trabajadores, ya que estos principios básicos deben ser adquiridos a través de la información, formación y capacitación de dichos trabajadores y llevados a la práctica por los mismos. El total de las medidas preventivas de aplicación al uso de las máquinas y equipos de trabajo, al considerar que la manipulación de los mismos y la puesta en práctica de las medidas correspondientes son realizadas por personal capacitado, con formación suficiente y adecuada para ello. No obstante, este documento es una guía orientativa de aplicación, no exhaustiva, por lo que pueden utilizarse otras medidas o soluciones diferentes a las contenidas en el mismo, documentándose las nuevas acciones a desarrollar para el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad y salud. II Ámbito de aplicación 1. A efectos del presente Documento Básico, se consideran actividades de vidriería a aquéllas relacionadas con la realización de trabajos tales como, por ejemplo, la colocación de láminas industrializadas de vidrio, de cristal o de material plástico, transparente o traslúcido, en huecos o vanos de ventanas, puertas, cancelas, techos, etc. Entre dichas actividades se incluyen los acristalamientos de los cerramientos de edificios, cristales en ventanas, puertas, lucernarios y claraboyas, así como los elementos decorativos de cristal (espejos, vitrales, etc.).

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Guia para Labores de Ventaneria - Vidrios

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I Objeto

Este Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer unas reglas y procedimientos que faciliten el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad y salud establecidas en la normativa vigente de carácter tanto reglamentario, como técnico, aplicables a los trabajos de ejecución de actividades relacionadas con la realización de trabajos de vidriería en la edificación.

En este sentido, los contenidos del presente DB contemplan las acciones y medidas de prevención de riesgos laborales que se deben considerar durante el desarrollo de la mencionada actividad, sin perjuicio de las exigencias establecidas en la normativa vigente autonómica, provincial o local correspondiente.

No se incluyen en este DB:

Aquellas acciones dirigidas a eliminar o limitar los riesgos específicos de la actividad basadas en  principios básicos de actuación de los trabajadores, ya que estos principios básicos deben ser adquiridos a través de la información, formación y capacitación de dichos trabajadores y llevados a la práctica por los mismos.

El total de las medidas preventivas de aplicación al uso de las máquinas y equipos de trabajo, al considerar que la manipulación de los mismos y la puesta en práctica de las medidas correspondientes son realizadas por personal capacitado, con formación suficiente y adecuada para ello.

No obstante, este documento es una guía orientativa de aplicación, no exhaustiva, por lo que pueden utilizarse otras medidas o soluciones diferentes a las contenidas en el mismo, documentándose las nuevas acciones a desarrollar para el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad y salud.

II Ámbito de aplicación

1. A efectos del presente Documento Básico, se consideran actividades de vidriería a aquéllas relacionadas con la realización de trabajos tales como, por ejemplo, la colocación de láminas industrializadas de vidrio, de cristal o de material plástico, transparente o traslúcido, en huecos o vanos de ventanas, puertas, cancelas, techos, etc. 

Entre dichas actividades se incluyen los acristalamientos de los cerramientos de edificios, cristales en ventanas, puertas, lucernarios y claraboyas, así como los elementos decorativos de cristal (espejos, vitrales, etc.).

2. Según el Documento Básico DB HE 1 del Código Técnico de la Edificación (CTE), los huecos son cualquier elemento semitransparente de la envolvente del edificio, comprendiendo las puertas y ventanas acristaladas. Teniendo en cuenta que estos acristalamientos pueden ser de distintas tipologías, en la tabla que se presenta a continuación se identifican los principales tipos de vidrio a los que se refiere el presente Documento Básico.

Tipos de vidrio para acristalamiento en construcción

Tipo Descripción

Vidrio sencillo

Consiste en una única hoja de vidrio, sustentada a carpintería o fijada directamente a la estructura portante.

1. Vidrio templado: compuesto de vidrio impreso sometido a un tratamiento térmico que les confiere resistencia a esfuerzos de origen mecánico y térmico. Después del templado pueden tener un ligero mateado al ácido o a la arena.

2. Vidrio impreso armado: de silicato sodocálcico, plano, transparente, incoloro o coloreado, con malla de acero incorporada, de caras impresas o lisas.

3. Vidrio pulido armado: obtenido a partir del vidrio impreso armado de silicato sodocálcico, plano, transparente, incoloro, de caras paralelas y pulidas.

4. Vidrio plano: de silicato sodocálcico, plano, transparente, incoloro o coloreado, obtenido por estirado continuo, de caras pulidas al fuego.

5. Vidrio impreso: de silicato sodocálcico, plano, transparente, que se obtiene por colada y laminación continuas.

6. Vidrio borosilicatado: silicatado con un porcentaje de óxido de boro que le confiere alto nivel de resistencia al choque térmico, hidrolítico y a los ácidos.

7. Vidrio de capa: vidrio básico, especial, tratado o laminado, en cuya superficie se ha depositado una o varias capasde materiales inorgánicos para modificar sus propiedades.

Laminado Compuesto por dos o más hojas de vidrio unidas por láminas de butiral, y sustentado con perfil conformado a carpintería o fijado directamente a la estructura portante.

1. Vidrio laminado: conjunto de una o más hojas de vidrio (básicos, especiales, de capa, tratados) u hojas de acristalamientos plásticos, unidos por capas o materiales que pegan o separan las hojas y pueden dar propiedades de resistencia al impacto, al fuego, acústicas, etc.

2. Vidrio laminado de seguridad: conjunto de una hoja de vidrio con una o más hojas de vidrio (básicos, especiales, decapa, tratados) u hojas de acristalamientos plásticos unidos por capas o materiales que aportan resistencia al impacto.

Vidrio doble Compuesto por dos vidrios separados por cámara de aire deshidratado y sustentado con perfil conformado a carpintería, o fijado directamente a la estructura portante, consiguiendo aislamiento térmico y acústico.

1. Vidrio doble: puede estar compuestos por dos vidrios monolíticos o un vidrio monolítico con un vidrio laminado.

2. Vidrio doble bajo emisivo: está compuesto por un vidrio bajo emisivo con un vidrio monolítico o laminado.

Vidrio sintético

Compuesto por planchas de policarbonato, metacrilato, etc., que, con distintos sistemas de fijación, constituyen cerramientos verticales y horizontales, pudiendo ser incoloras, traslúcidas u opacas.

Vidrio sencillo Vidrio doble Vidrio laminado Vidrio sintético (policarbonato)

3. En este sentido, el contenido del presente DB da respuesta, únicamente, a las exigencias básicas de seguridad y salud relacionadas con la actividad de "Vidriería”, describiendo las pautas de actuación necesarias para posibilitar la definición y puesta en práctica de los mismos.

4. Para actividades de ejecución de vidriería no contempladas en el presente DB, se tendrán en consideración aquellos criterios determinados dentro del mismo que mejor se adapten a cada circunstancia particular.

5. Los preceptos de este DB son aplicables a todas las obras de edificación de nueva construcción. Sin embargo, lo contemplado en este DB no es de aplicación ni a las obras de mantenimiento y rehabilitación, ni a la obra civil.

6. No se incluyen en este DB las acciones a considerar en:

Los procesos de ejecución de revestimientos exteriores de vidrio en muros cortina y fachadas panel de la edificación, que son objeto  de la Sección PRL-CE4 del Documento Básico DB-PRL-CE “Prevención de riesgos laborales en Cerramientos de fachada”.

El montaje e instalación de elementos metálicos soporte de vidrios y paneles, que son objeto de los Documentos Básicos DB-PRL-CE “Prevención de riesgos laborales en Cerramientos de fachada” y DB-PRL-RE “Prevención de riesgos laborales en Revestimientos exteriores”.

El montaje e instalación de mamparas de vidrio o cristal para la realización de particiones interiores en la edificación, que son objeto del Documento Básico DB-PRL-PI “Prevención de riesgos laborales en Particiones interiores”.

La colocación de elementos de carpintería y cerrajería (cercos, marcos, herrajes, madera, aluminio, etc.), que son objeto del Documento Básico DB-PRL-CC “Prevención de riesgos laborales en Carpintería y Cerrajería”.

III Máquinas, otros equipos de trabajo y productos más utilizados

En la tabla siguiente se muestra una lista, no exhaustiva, de los equipos de trabajo y productos más utilizados en la ejecución de estos trabajos.

Equipos de trabajo y productos más utilizados

Máquinas y otros equipos Medios auxiliares Medios de protección Productos químicos

Grúa  torre, camión autocargante, montacargas, maquinillo para elevación de los materiales.

Cortadora de madera para cuñas de fijación.

Carretilla de diamante, regla, etc.

Andamios: andamios de borriquetas o similares,  y torres de trabajo móviles.

Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP).

Escaleras manuales.

Plataforma de carga y descarga de materiales.

Eslingas y otros aparejos de elevación de cargas.

Portapalets, uñas para grúas.

Pinzas especiales para transporte de vidrios.

Elevador de paneles con ventosas para izado de

Sistemas provisionales de protección de borde.

Redes de seguridad.

Pasarelas de seguridad.

Equipos de protección individual (EPI) contra caídas de altura: sistemas anticaídas, etc.

Masillas, siliconas, disolventes, etc.

vidrio.

IV Referencias normativas de carácter reglamentario y técnico

Para satisfacer las especificaciones de seguridad y salud indicadas en el presente Documento Básico (DB) deben tenerse en cuenta las exigencias básicas de seguridad y salud reguladas en la normativa vigente de aplicación a este Documento Básico.

En relación con la normativa vigente que es de aplicación general a todo este DB destaca, fundamentalmente, la siguiente:

SOBRE LA ACTIVIDAD

Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en la obras de construcción.

ANEXO IV. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD QUE DEBERÁN APLICARSE EN LAS OBRAS.

PARTE A. DISPOSICIONES MÍNIMAS GENERALES RELATIVAS A LOS LUGARES DE TRABAJO EN LAS OBRAS.

2. Estabilidad y solidez.

Apartado a

Apartado b

3. Instalaciones de suministro y reparto de energía. Apartado a

Apartado b

Apartado c

4. Vías y salidas de emergencia. Apartado a

Apartado b

Apartado c

Apartado d

Apartado e

Apartado f

5. Detección y lucha contra incendios. Apartado a

Apartado b

Apartado c

6. Ventilación. Apartado a

Apartado b

7. Exposición a riesgos particulares. Apartado a

8. Temperatura.

9. Iluminación. Apartado a

Apartado b

Apartado c

10. Puertas y portones. Apartado a

Apartado b

Apartado c

Apartado d

Apartado e

11. Vías de circulación y zonas peligrosas. Apartado a

Apartado b

Apartado c

Apartado d

13. Espacio de trabajo

PARTE C. DISPOSICIONES MÍNIMAS ESPECÍFICAS RELATIVAS A PUESTOS DE TRABAJO EN LAS OBRAS EN EL EXTERIOR DE LOS LOCALES.

1. Estabilidad y solidez. Apartado a

Apartado b

2. Caídas de objetos. Apartado a

Apartado b

Apartado c

3. Caídas de altura. Apartado a

Apartado b

Apartado c

4. Factores atmosféricos

5. Andamios y escaleras Apartado a

Apartado b

Apartado c

Apartado d

6. Aparatos elevadores. Apartado a

Apartado b

Apartado c

Apartado d

8. Instalaciones, máquinas y equipos. Apartado a

Apartado b

12. Otros trabajos específicos. Apartado b

V Convenio General del Sector de la Construcción.

LIBRO II. ASPECTOS RELATIVOS A LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN.

TÍTULO IV. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

CAPÍTULO I. CONDICIONES GENERALES

ARTÍCULO 180.- ESTABILIDAD Y SOLIDEZ DE MATERIALES Y EQUIPOS.

ARTÍCULO 181.- PROTECCIÓN CONTRA EL RIESGO DE CAÍDAS DE ALTURA.

ARTÍCULO 183.- PROTECCIÓN CONTRA EL RIESGO DE CAÍDAS DE OBJETOS.

ARTÍCULO 184.- ILUMINACIÓN

ARTÍCULO 185. FACTORES ATMOSFÉRICOS

ARTÍCULO 186. DETECCIÓN Y LUCHA CONTRA INCENDIOS

ARTÍCULO 187. EXPOSICIÓN A RIESGOS PARTICULARES

SOBRE LAS MÁQUINAS Y OTROS EQUIPOS DE TRABAJO

Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

ANEXO II: DISPOSICIONES RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO.

OBSERVACIÓN PRELIMINAR:

Las disposiciones del presente Anexo se aplicarán cuando exista el riesgo correspondiente para el equipo de trabajo considerado.

1.CONDICIONES GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO.

3. CONDICIONES DE UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO PARA LA ELEVACIÓN DE CARGAS.

1. Generalidades.

2. Equipos de trabajo para la elevación de cargas no guiadas.

4. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA.

4.1. Disposiciones generales. Apartado 4.1.1

Apartado 4.1.2

Apartado 4.1.4

Apartado 4.1.5

Apartado 4.1.6

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen escaleras de mano:

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, barandillas de terrazas o balcones, barandillas de escaleras, etc.

En techos: techos acristalados, lucernarios y claraboyas.

4.2 Disposiciones específicas sobre la utilización de escaleras de mano.

Apartado 4.2.1

Apartado 4.2.2

Apartado 4.2.3

Apartado 4.2.4

Apartado 4.2.5

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen andamios (torres de trabajo):

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, puertas y portones, cancelas, barandillas de terrazas o balcones, barandillas de escaleras, etc.

En cubierta: techos acristalados, lucernarios y claraboyas.

4.3 Disposiciones específicas relativas a la utilización de los andamios.

Apartado 4.3.1

V Convenio General del Sector de la Construcción.

LIBRO II. ASPECTOS RELATIVOS A LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN.

TÍTULO IV. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLES EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen andamios (torres de trabajo):

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, cancelas, barandillas de terrazas o balcones, barandillas de escaleras, etc.

En techos: techos acristalados, lucernarios y claraboyas.

CAPÍTULO II. ANDAMIOS.

SECCIÓN 1ª: CONDICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 188.- CONDICIONES GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LOS ANDAMIOS.

ARTÍCULO 189.- RESISTENCIA Y ESTABILIDAD.

SECCIÓN 2ª: NORMAS ESPECÍFICAS PARA DETERMINADOS TIPOS DE ANDAMIOS.

ARTÍCULO 194.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA ANDAMIOS CONSTITUIDOS POR ELEMENTOS PREFABRICADOS, TORRES DE ACCESO Y TORRES DE TRABAJO MÓVILES.

ARTÍCULO 195.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA TORRES DE ACCESO Y TORRES DE TRABAJO MÓVILES.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen andamios de borriquetas:

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, puertas,  barandillas de terrazas o balcones, barandillas de escaleras, etc.

En techos: techos acristalados, lucernarios y claraboyas.

ARTÍCULO198.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA ANDAMIOS DE BORRIQUETAS.

CAPÍTULO III. PROTECCIONES COLECTIVAS, ESCALAS FIJAS O DE SERVICIO, ESCALERAS DE MANO Y OTROS EQUIPOS PARA TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen escaleras de mano:

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, puertas,  barandillas en terrazas o balcones, barandillas en escaleras, etc.

En techos: techos acristalados, lucernarios y claraboyas.

ARTÍCULO 205.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA ESCALERAS DE MANO.

ARTÍCULO 206.- REQUISITOS PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS ESCALERAS DE MANO.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen plataformas de carga y descarga de materiales para:

1. La recepción de materiales en planta, así como para la evacuación de material residual.

ARTÍCULO209.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA PLATAFORMAS VOLADAS DE DESCARGA DE MATERIALES.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se tendrán en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen plataformas elevadoras móviles:

1. Como medio auxiliar de trabajo para la instalación de elementos de vidrio y cristal:

En fachada, paramentos verticales, terrazas y balcones: ventanas, miradores, puertas,  barandillas en terrazas o balcones, barandillas en escaleras, etc.

En cubiertas: techos acristalados.

ARTÍCULO 210.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA PLATAFORMAS ELEVADORAS MÓVILES DE PERSONAL (PEMP).

ARTÍCULO 211.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA CESTAS SUSPENDIDAS MEDIANTE GRÚAS.

CAPÍTULO VI. EQUIPOS DE TRABAJO Y MAQUINARIA DE OBRA.

SECCIÓN 1ª: DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 227.- APARATOS ELEVADORES.

ARTÍCULO 228.- CONDICIONES GENERALES DE LOS APARATOS ELEVADORES.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilicen grúas para:

1. El transporte de materiales en altura a las distintas plantas y a cubierta.

ARTÍCULO 229.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LAS GRÚAS TORRE.

ARTÍCULO 230.-CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LAS GRÚAS MÓVILES AUTOPROPULSADAS.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que se utilice montacargas o maquinillo para:

1. El transporte de materiales en altura a las distintas plantas y a cubierta.

ARTÍCULO 231.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LOS MONTACARGAS.

ARTÍCULO 232.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE CABESTRANTE MECÁNICO O MAQUINILLO.

SOBRE PROTECCIONES COLECTIVAS

V Convenio General del Sector de la Construcción.

CAPÍTULO III. PROTECCIONES COLECTIVAS, ESCALAS FIJAS O DE SERVICIO, ESCALERAS DE MANO Y OTROS EQUIPOS PARA TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA.

ARTÍCULO 200.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA SISTEMAS PROVISIONALES DE PROTECCIÓN DE BORDE.

ARTÍCULO 201.- REQUISITOS PARA LOS SISTEMAS PROVISIONALES DE PROTECCIÓN DE BORDE.

ARTÍCULO 202.- NORMAS ESPECÍFICAS PARA REDES DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 203.- REQUISITOS PARA LA UTILIZACIÓN DE REDES DE SEGURIDAD.

SOBRE LA ELECTRICIDAD

V Convenio General del Sector de la Construcción.

Nota aclaratoria: las disposiciones que a continuación se contemplan, se deben tener en cuenta especialmente en los casos en los que:

1. Se utilice aparamenta eléctrica para el desarrollo de los trabajos.

CAPÍTULO VII. INSTALACIONES DE SUMINISTRO Y REPARTO DE ENERGÍA. ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLES E INSTALACIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS

SECCIÓN 1ª: INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

ARTÍCULO 238.- DISPOSICIONES GENERALES DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

ARTÍCULO 239.- GRUPOS ELECTRÓGENOS.

Otras normas y documentos de referencia:

Real Decreto 363/1995, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

Real Decreto 485/1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

Real Decreto 487/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadoresde equipos de protección individual

Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Real Decreto 614/2001, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Real Decreto 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).

Real Decreto 255/2003, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

Real Decreto 1644/2008, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.

Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.

Guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo (INSHT).

Guía técnica para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de protección individual  (INSHT).

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas (INSHT).

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos presentes en los lugares de trabajo relacionados con la exposición a agentes químicos (INSHT).

Guía técnica para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico (INSHT).

Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición de los trabajadores al ruido (INSHT).

Nota técnica de prevención (NTP) nº 634: plataformas elevadoras móviles de personal (INSHT).

Norma Tecnológica de la Edificación FVP “Fachadas: Vidrios Planos”. (NTE-FVP/1973).

Norma Tecnológica de la Edificación FVE “Fachadas: Vidrios Especiales”. (NTE-FVE/1974).

Norma Tecnológica de la Edificación FVT “Fachadas: Vidrios Templados”. (NTE-FVT/1976).

Norma Tecnológica de la Edificación PPV “Particiones: Puertas de Vidrio”. (NTE-PPV/1975).

Norma Tecnológica de la Edificación QLC  "Cubiertas Lucernarios: Claraboyas". (NTE-QLC/1973).

Norma Tecnológica de la Edificación OLH “Cubiertas, Lucernarios De Hormigón Traslucido”.  (NTE-OLH/1974).

EQUIPOS AUXILIARES

Andamios

UNE 76501. Estructuras auxiliares y desmontables. Clasificación y definición.

UNE 76502. Andamios de servicios y de trabajo, con elementos prefabricados. Materiales, medidas, cargas de proyecto y requisitos de seguridad.

UNE 76503. Uniones, espigas ajustables y placas de asiento para andamios de trabajo y puntales de entibación de tubos de acero. Requisitos. Ensayos.

UNE-EN 39. Tubos de acero libres para andamiajes y acoplamientos. Condiciones técnicas de suministro.

UNE-EN 1065. Puntales telescópicos regulables de acero. Especificaciones del producto, diseño y evaluación por cálculo y ensayos.

UNE-EN 1298. Torres de acceso y torres de trabajo móviles. Reglas y directrices para la preparación de un manual de instrucciones.

UNE-HD 1004. Torres de acceso y torres de trabajo móviles construidas con elementos prefabricados. Materiales, medidas, cargas de diseño y requisitos de seguridad.

EN 12811-1. Andamios. Requisitos de aptitud al uso y cálculo general.

EN 12811-2. Equipamiento para trabajos temporales en obra. Andamios. Parte 2: Información sobre materiales.

UNE-EN 12811-3. Equipos para trabajos temporales en obras. Ensayos de carga.

Plataformas de carga y descarga de materiales

UNE 180401. Plataformas de carga y descarga para obras de construcción. Especificaciones de producto y métodos de ensayo.

Escaleras

UNE-EN 131-1. Escaleras. Terminología, tipos y dimensiones funcionales.

UNE-EN 131-2. Escaleras. Requisitos, ensayos y marcado.

Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP)

UNE 58923. Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP). Formación del operador.

MEDIOS DE PROTECCIÓN

Redes de Seguridad

UNE-EN 1263-1. Redes de seguridad. Requisitos de seguridad, métodos de ensayo.

UNE-EN 1263.2. Redes de seguridad. Requisitos de seguridad para la instalación de redes de seguridad.

Barandillas

UNE- EN 13374. Sistemas provisionales de protección de borde.

UNE-EN 338. Madera Estructural- Clases resistentes.

Dispositivos de anclaje y equipos de protección individual contra caídas de alturas

UNE-EN 795. Protección contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos.

UNE-EN 363. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Sistemas anticaídas.

UNE-EN 365. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Requisitos generales para instrucciones de uso y marcado.

MÁQUINAS

MÁQUINAS DE ELEVACIÓN DE CARGAS

Grúas Torre

UNE 58101-1. Aparatos pesados de elevación. Condiciones de resistencia y seguridad en las grúas torre desmontables para obra. Parte 1: Condiciones de diseño y fabricación.

UNE 58101-2. Aparatos pesados de elevación. Condiciones de resistencia y seguridad en las grúas torre desmontables para obra. Parte 2: Condiciones de instalación y utilización.

UNE 58101-3. Aparatos pesados de elevación. Condiciones de resistencia y seguridad en las grúas torre desmontables para obras. Parte 3: Documentación.

UNE 58101-4. Aparatos pesados de elevación. Condiciones de resistencia y seguridad en las grúas torre desmontables para obras. Parte 4: Vida de la grúa.

UNE-EN 14439. Grúas. Seguridad. Grúas torre.

Otras grúas

UNE-EN 13155. Grúas. Seguridad. Equipos amovibles de elevación de carga.

UNE-EN 13157. Grúas. Seguridad. Grúas manuales.

UNE-EN 12077-2. Seguridad de las grúas. Requisitos de salud y seguridad. Parte 2: Dispositivos limitadores e indicadores.

UNE-EN 13001-2. Seguridad de las grúas. Requisitos generales de diseño. Parte 2: Acciones de la carga.

UNE-CEN/TS 13001-3-1. Seguridad de las grúas. Requisitos generales de diseño. Parte 3-1: Estados límite y prueba de competencia de las estructuras de acero.

UNE-CEN/TS 13001-3-2. Seguridad de las grúas. Requisitos generales de diseño. Parte 3-2: Estados límite y prueba de aptitud de cables metálicos en polipastos.

Aparatos de elevación de cargas

UNE 58149. Aparatos de elevación de carga suspendida. Señales de seguridad y de peligro. Principios generales.

UNE 58151-1. Aparatos de elevación de cargas suspendidas. Seguridad en la utilización. Parte 1: Generalidades.

MÁQUINAS DE ELEVACIÓN Y TRANSPORTE DE CARGAS

UNE 58451. Formación de los operadores de carretillas de manutención hasta 10.000 kg.

ESLINGAS Y APAREJOS DE IZADO

Eslingas de cables de acero y accesorios para eslingas

UNE-EN 12385-10. Cables de acero. Seguridad. Parte 10: Cables en espiral para aplicaciones estructurales generales.

UNE-EN 13414-1. Eslingas de cables de acero. Seguridad. Parte 1: Eslingas para aplicaciones generales de elevación.

UNE-EN 13414-2. Eslingas de cables de acero. Seguridad. Parte 2: Especificación sobre la información acerca de la utilización y el mantenimiento a suministrar por el fabricante.

Eslingas textiles

UNE-EN 13414-3. Eslingas de cables de acero. Seguridad. Parte 3: Eslingas sin fin y eslingas de cuerda.

UNE 40901. Eslingas textiles. Seguridad. Eslingas de cintas tejidas planas, fabricadas con fibras químicas, para uso no reutilizable.

UNE-EN 1492-1. Eslingas textiles. Seguridad. Parte 1: Eslingas de cintas tejidas planas fabricadas con fibras químicas para uso general.

UNE-EN 1492-2. Eslingas textiles. Seguridad. Parte 2: Eslingas redondas fabricadas con fibras químicas para uso general.

UNE-EN 1492-4. Eslingas textiles. Seguridad. Parte 4: Eslingas de elevación fabricadas con cuerdas de fibras naturales y químicas para uso general.

Máquinas eléctricas manuales

UNE 20060-1. Herramientas manuales portátiles accionadas por motor eléctrico. Condiciones generales de seguridad.

UNE 20060-3. Herramientas manuales portátiles accionadas por motor eléctrico. Condiciones particulares de seguridad. Secciones H a N.

CTN: AEN/CTN 203/SC 116 - Herramientas eléctricas portátiles a motor.

UNE 20060-1/1M. Herramientas manuales portátiles accionadas por motor eléctrico. Parte 1: condiciones generales de seguridad.

UNE-EN 50144-1. Seguridad de herramientas manuales portátiles accionadas por motor eléctrico. Parte 1: Requisitos generales.

UNE-EN 60745-1. Herramientas manuales eléctricas accionadas por motor eléctrico. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales.

V Riesgos laborales y medidas preventivas

En este apartado se contemplan una serie de reglas y procedimientos que son de aplicación transversal a cada una de las actividades que integran los trabajos de instalación de elementos de vidriería y que constituyen este Documento Básico. Por este motivo, dichas reglas y procedimientos se deben considerar conjuntamente con las especificaciones que, en un momento dado, puedan establecerse en futuras Secciones asociadas a este DB.

1. Riesgos y factores de riesgo 

Factores de riesgo en trabajos de VidrieríaCon carácter general, para las operaciones de instalación de elementos de vidriería en la edificación se deben considerar como principales riesgos y factores de riesgo los que se identifican a continuación:

1.1. Relacionados con la seguridad

Riesgo/Factor de riesgo Condición de trabajo generadora del riesgo

Atropellos. 1. Interferencia de zonas de paso de trabajadores con circulación de vehículos o maquinaria móvil en operaciones de carga y descarga de materiales.

2. Transporte de material con transpaleta, carretilla, etc.

Caídas a distinto nivel. 1. Carga y descarga de materiales en camión de transporte de cargas.

2. Trabajos en proximidad de aberturas de fachada:

Instalación de vidriería en ventanas, miradores y barandillas en terrazas.

Instalación de sistemas de protección, etc.

3. Trabajos en proximidad de huecos horizontales y escaleras:

Instalación en techos acristalados, lucernarios, claraboyas, barandillas de cristal en escaleras, instalación de sistemas de protección, etc.

Instalación de suelos acristalados.

4. Acceso a zonas de trabajo en altura (escaleras desprotegidas, escaleras de mano mal instaladas,  etc.).

5. Recepción de materiales en bordes de fachada: ventanas, miradores, terrazas, etc.

6. Operaciones en altura desde medios auxiliares (torres de trabajo, escaleras de mano, andamios de borriquetas, etc.), para la instalación de elementos de vidrio y operaciones de limpieza o acabado.

7. Vuelco/desplome de medios auxiliares (torres de trabajo, escaleras de mano, andamios de borriquetas, etc.).

Caídas al mismo nivel. 1. Limpieza irregular de las zonas de trabajo.

2. Acopio de materiales en zonas de tránsito.

3. Superficies de tránsito o trabajo irregulares o con desniveles.

4. Iluminación insuficiente.

Golpes o aplastamientos por caída de cargas u otros objetos.

1. Recepción de material en planta con grúas, montacargas, maquinillo, etc.

2. Operaciones de recepción y fijación de paneles de vidrio o cristal en ventanas, lucernarios, claraboyas o en su localización definitiva.

3. Caída de objetos y materiales durante la realización de trabajos o instalación de acopios próximos a:

Perímetros de fachada.

Bordes de escaleras.

4. Huecos horizontales interiores sobre zonas o superficies de paso en niveles inferiores.

5. Manipulación y transporte manual de materiales y herramientas.

Atrapamientos, golpes, cortes o pinchazos.

1. Con objetos o materiales inmóviles.

2. Manejo de máquinas y herramientas manuales.

3. Rotura de vidrio en operaciones de recepción, transporte o manipulación.

4. Rotura de vidrio en operaciones de montaje y fijación en ventanas, puertas, cancelas y techos o suelos acristalados, en su localización definitiva.

Vuelco o desplome de máquinas y otros equipos de trabajo.

1. Instalación inadecuada de torres de trabajo, andamios de borriqueta, plataformas de carga y descarga de materiales, y montacargas.

2. Inspección periódica insuficiente o mantenimiento deficiente de los elementos componentes de torres de trabajo, plataformas de carga y descarga de materiales, y montacargas.

Contactos eléctrico directos e indirectos.

1. Acometidas a cuadros eléctricos (primarios o secundarios) inadecuados o deficientes.

2. Cableado que discurre por zonas de trabajo.

3. Trabajos con equipos eléctricos mal aislados o defectuosos.

4. Montacargas de obra con aislamiento (puesta a tierra) deficiente.

5. Inspección periódica insuficiente de la instalación eléctrica provisional de la obra.

1.2. Higiénicos

1.2.1. Químicos

Riesgo / Factor de Riesgo Condición de trabajo generadora del riesgo

Inhalación de polvo. 1. Corte y ajuste de elementos de madera o cuñas para la fijación de vidrio y cristal en su posición definitiva.

Inhalación de gases o vapores  de sustancias irritantes,  tóxicas o nocivas.

1. Manipulación de siliconas o pastas de sellado, masillas de fijación, etc.

Contacto con sustancias irritantes, cáusticas o corrosivas.

1. Manipulación de siliconas o pastas de sellado, masillas de fijación, etc.

1.2.2. Físicos

Riesgo / Factor de riesgo Condición de trabajo generadora del riesgo

Exposición a ruido. 1. Utilización de máquinas y otros equipos de trabajo generadores de ruido, propios de la actividad de vidriería o por actividades simultáneas.

Estrés térmico por frío o calor. 1. Realización de trabajos a la intemperie o en entornos abiertos durante épocas con temperaturas (altas o bajas) extremas.

Radiación no ionizante:

UV (ultravioleta).

1. Exposición a la radiación solar en épocas estivales, por realizar trabajos a la intemperie.

1.3. Ergonómicos

Riesgo / Factor de Riesgo Condición de trabajo generadora del riesgo

Sobreesfuerzos por posturas forzadas o manipulación manual de cargas.

1. Posición continuada de rodillas o cuclillas para trabajos cercanos al suelo:

Aplicación de sellados.

2. Manipulación  manual y transporte de cargas pesadas  para su colocación final (paneles de vidrio o cristal).

Lesiones musculo-esqueléticas ocasionadas por movimientos repetitivos.

1. Fijación de elementos de vidrio o cristal en puertas, ventanas, lucernarios, cancelas, etc.

2. Acciones o medias preventivas

2.1. Estudios preliminares

1. Previamente a la realización de las operaciones de vidriería se deben planificar las tareas que se van a realizar con el objeto de evitar incidencias posteriores. Para ello, se han de analizar una serie de factores previos a la ejecución de los trabajos que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores, tales como, por ejemplo:

1. Las características constructivas de la obra y su tipología.

2. Los equipos que se van a emplear.

3. Las alturas de trabajo que se tienen que alcanzar.

4. El emplazamiento de las zonas de trabajo y su proximidad a huecos o perímetros abiertos de fachada, huecos interiores horizontales o verticales,  huecos de escaleras interiores.

5. Las zonas de paso y los accesos a planta.

6. La instalación de sistemas de protección (barandillas, redes, etc.) y su eficacia.

7. La señalización y delimitación de espacios de trabajo y acopio.

8. La simultaneidad con otros trabajos interiores.

9. Las interferencias con zonas de paso de terceros (aceras, viales públicos) o zonas de concurrencia pública (patios de colegio, patios vecinales, etc.).

10. Etc.

2. En función de la tipología de los trabajos de vidriería a realizar y del proceso de instalación de los mismos, se deben determinar los distintos medios auxiliares más adecuados a utilizar (andamios de borriquetas, andamios plegables, escaleras de mano, torres de trabajo móviles, plataformas elevadoras, etc.) para posibilitar los trabajos en altura. En esta determinación se deben tener en cuenta, entre otros factores:

1. La altura de trabajo que se tiene que alcanzar.

2. La adaptabilidad de dichos medios auxiliares tanto al proceso productivo, como al entorno de trabajo.

3. El conocimiento (características, resistencia y nivelación) de las superficies sobre las que se van a apoyar o utilizar estos equipos.

4. La disponibilidad de sistemas de protección colectiva (redes horizontales, verticales, sistemas provisionales de protección de borde, apantallamientos, etc.) en zonas de trabajo próximas o anexas a aberturas verticales en paredes, fachadas, cubiertas, bordes de forjado o huecos interiores, o bien, de sistemas anticaídas (líneas de anclaje provisionales, puntos de anclaje fijos a elementos estructurales, etc.) cuando exista una justificación técnica que determine la no viabilidad de la citada protección colectiva.

5. El cumplimiento de los requisitos normativos tanto reglamentarios, como técnicos, que les son de aplicación para su instalación y utilización.

3. En la misma línea, se ha de realizar un estudio de los medios auxiliares para la recepción de materiales (montacargas, plataformas de carga y descarga, maquinillos, etc.), así como de los útiles y aparejos especiales de izado más apropiados para la elevación de los materiales a instalar (paneles de vidrio o cristal). Para ello, se ha de atender a lo indicado en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

4. Asimismo, se tiene que realizar un análisis de los distintos sistemas de protección colectiva que se pueden utilizar con el objeto de seleccionar los más adecuados a la tipología de obra y al proceso constructivo particular. En este estudio se debe considerar, entre otros factores:

1. La selección de sistemas de protección colectiva que cumplan con los requisitos normativos de carácter tanto reglamentario, como técnico, que les sean de aplicación.

2. La idoneidad de dichos sistemas de protección frente a las alturas de trabajo que se deben alcanzar.

3. La idoneidad de los elementos de fijación y anclaje de los citados sistemas de protección, de forma que:

Sean adecuados y compatibles para la instalación posterior de los sistemas de protección.

Sean compatibles con el proceso productivo y garanticen su estabilidad en el tiempo con el fin de evitar su retirada por una mala ubicación e interferencia con dicho proceso de trabajo.

4. En su caso, la validez e idoneidad de los sistemas de protección ya instalados, en base a los parámetros y requisitos anteriores.

5. En cualquier caso, en lo referente a los sistemas de protección contra caídas desde altura, se ha de atender a lo indicado tanto en el Documento Básico DB-PRL-ES “Prevención de riesgos laborales en Estructuras” y sus Secciones, como en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura”, de este CTPE.

5. Además, se tiene que efectuar un estudio de las características de las zonas de trabajo con el objeto de prever las zonas de paso y acceso, la señalización y delimitación de los espacios de trabajo y acopio, etc.

6. Con carácter general, en la tabla que se muestra a continuación se indican los aspectos más importantes que se deben analizar para realizar una adecuada planificación de los trabajos de vidriería:

Factores de análisis para la planificación de los trabajos

Factor a analizar Puntos clave de análisis

Características de los trabajos de vidriería.

Tipología del trabajo a ejecutar. Montaje de vidrio en:

Carpintería: puertas y ventanas.

Cerrajería: cancelas.

Cubiertas: techos, acristalados, lucernarios, claraboyas.

Paramentos verticales y fachadas: ventanas, miradores, barandillas en terrazas, barandillas en escaleras, etc.

Suelos.

Tipología de material a utilizar. Láminas y planchas de vidrio simple,

doble, laminado, sintético.

Otros materiales. Masillas y siliconas de fijación.

Cuñas.

Accesos de personal/acopios.

Acceso a zonas de trabajo. Escaleras fijas.

Escaleras de mano.

Acopios. Zona de acopio.

Recepción del material.

Retirada de materiales, escombros, residuos, etc.

Equipos de trabajo. De acceso  y posicionamiento para trabajos en altura.

Escaleras manuales.

Torres de trabajo.

Andamios de borriqueta o similares.

Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP).

De elevación y recepción de cargas en planta. Montacargas.

Grúas torre.

Grúas móviles.

Camiones autocargantes

Maquinillos.

Pinzas especiales para transporte de vidrios.

Plataforma de carga y descarga.

Herramientas portátiles y manuales. Carretilla de diamante, regla, etc.

Cortadora de madera para cuñas de fijación.

Alimentación eléctrica. Disposición y trazado de la misma: cuadros primarios, secundarios de distribución y tendido de cables.

Generadores eléctricos.

Potencia instalada.

Sistemas y dispositivos de seguridad.

Equipos de protección colectiva. Sistemas provisionales de protección de borde (barandillas).

Redes de seguridad.

Otros.

Equipos de protección individual. Casco.

Sistemas anticaídas.

Calzado de seguridad.

Gafas de protección frente a partículas.

Guantes anticorte.

Mascarillas.

Otros.

Recursos humanos. Número de personas necesarias.

Formación. Trabajos de instalación de vidrio o cristal.

Equipos de trabajo.

Prevención de riesgos laborales.

Productos químicos a utilizar.

Señalización. Lugar de trabajo. Control del acceso.

Zonas de acopio de material.

Zonas con riesgo de caída de material desde cotas superiores.

Zonas de operación de máquinas.

Zonas de descarga de material en planta.

Zonas de evacuación de escombros.

Interferencias con terceros.

Afección a aceras y viales de paso. Marquesinas de protección.

Otros elementos de retención de materiales.

2.2. Consideraciones previas sobre los medios auxiliares

2.2.1. Consideraciones previas sobre los andamios en general1. En lo referente a los andamios a  utilizar para posibilitar los trabajos en altura, se debe garantizar:

1. La compatibilidad de dichos equipos con el proceso productivo previsto.

2. La adaptabilidad de los mismos al entorno de trabajo y a la alineación del paramento donde se van utilizar dichos equipos de trabajo.

3. El conocimiento de las superficies (características, resistencia y nivelación) sobre las que se van a apoyar o utilizar los citados equipos.

4. La realización de un plan de montaje, utilización y desmontaje cuando la complejidad del andamio así lo requiera.

2. Asimismo, será preciso realizar un cálculo de resistencia y estabilidad, cuando:

1. No se disponga de nota de cálculo del tipo de andamio a utilizar.

2. Las configuraciones estructurales previstas no estén recogidas en la nota de cálculo.

3. No pertenezcan a ninguna configuración tipo reconocida por el fabricante.

3. En cualquier caso, en lo relativo al montaje, mantenimiento y desmontaje de los andamios, se ha de atender a lo indicado tanto en el apartado IV.2.3 “Acciones organizativas”, como en el apartado IV.2.11 “Formación e información”, de este Documento Básico.

2.2.2. Consideraciones previas sobre las torres de trabajo (castilletes/andamios móviles)1. Cuando se utilicen torres de trabajo para trabajos a más de 6 m de altura, se debe garantizar la

redacción de un plan de montaje, utilización y desmontaje.

No obstante, si el fabricante de dicho equipo se ha sometido a la realización de los ensayos exigidos por Documentos de Armonización Europeos y cuenta con el correspondiente certificado del producto expedido por un organismo nacional de certificación, el citado plan podrá sustituirse por las instrucciones del fabricante, siempre que el andamio se monte según la configuración tipo establecida en las referidas instrucciones y para las operaciones y usos indicados por el mismo.

2. En cualquier caso, se ha de garantizar que:

1. Las plataformas de trabajo a utilizar son, como mínimo, de 0,60 m de ancho, y disponen de dispositivos de seguridad frente a eventuales deslizamientos o basculamientos.

2. El acceso a las plataformas de trabajo no genera riesgos añadidos a los usuarios, incorporando escalas o escaleras interiores.

3. El suelo sobre el que se desplace la torre, sea capaz de aguantar el peso total y esté liso y nivelado.

4. En ningún caso se supera la capacidad de carga para la que está diseñada (consultar fabricante).

5. Si la torre se dispone sobre ruedas, la misma está provista de dispositivos que permita la inmovilización de las las citadas ruedas.

3. En emplazamientos con riesgo de caída a distinto nivel (perímetros de fachada forjados o losas, huecos verticales en paramentos, huecos horizontales, escaleras, etc.) se debe prever la utilización de alguno de los siguientes dispositivos:

Estabilizadores: aumentan las dimensiones eficaces de la base de la torre aumentando su estabilidad.

Lastres o contrapesos: aumentan su resistencia al vuelco.

4. En cualquier caso, se ha de atender a lo indicado tanto en el Anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares”, como en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura”, de este CTPE.

Plataforma de trabajo móvil

Torre de trabajo móvil con estabilizadores de base

Dispositivo de freno en ruedas de torres de trabajo móviles

2.2.3. Consideraciones previas sobre los andamios de borriquetas y asimilados1. La utilización de este tipo de andamios debe limitarse a alturas de trabajo no superiores a 3 m. A

partir de esta altura, es conveniente utilizar otros tipos de andamios (torres de trabajo, etc.).

2. En el caso de utilizar andamios sobre borriquetas, se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Los caballetes de apoyo tienen que ser preferentemente metálicos y se debe asegurar que el apoyo de los mismos está protegido frente a deslizamientos mediante sujeción o mediante dispositivos antideslizantes (durmientes de madera).

2. En relación con las plataformas de trabajo, se ha de considerar lo siguiente:

Tienen que ser preferiblemente metálicas o de tablero reforzado.  En el caso de utilizar tablones de madera sana, éstos deben ser, como mínimo, de 7 cm de espesor, y estar carentes de nudos y grietas que puedan ser origen de roturas.

El ancho de la plataforma ha de ser, como mínimo, de 60 cm, debiendo asegurar su nivelación horizontal.

Las plataformas se tienen que sujetar a las borriquetas de manera que no puedan darse basculamientos u otros movimientos peligrosos.

Para longitudes de trabajo superiores a 3 metros se han de emplear tres caballetes.

Se tienen que cargar, únicamente, los materiales necesarios para garantizar la continuidad del trabajo.

3. Dichos equipos deben disponer de barandillas resistentes de 1 m de altura (sobre el nivel de la citada plataforma de trabajo) y rodapié de 15 cm de alto, cuando los mismos se empleen:

1. En lugares con riesgo de caída desde más de 2 metros de altura.

2. Para realizar trabajos en los que se utilice maquinaria que pueda dar lugar a retrocesos (martillos neumáticos, etc.).

2.2.4. Consideraciones previas sobre las escaleras manuales1. Es recomendable utilizar escaleras de mano que cumplan las normas de la serie UNE-EN-131.

2. Se recomienda limitar el uso de dichas escaleras a aquellas situaciones en las que es preciso posibilitar el acceso a lugares de difícil acceso y para trabajos ligeros y de muy corta duración. En este último caso, se han de utilizar, preferentemente, escaleras dobles o de tijera con base ancha o estabilizadores, elementos antideslizantes en base, peldaño ancho y, en su caso, plataforma de trabajo con barandilla de seguridad.

3. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado tanto en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares”, como en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura”, de este CTPE.

Escalera doble de tijera con estabilizadores y barandilla de protección

Escalera con estabilizadores y plataforma de trabajo incorporada

Pequeña escalera con plataforma

de trabajo incorporada

2.2.5. Consideraciones previas sobre las plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP)

1. Existe una amplia gama de plataformas elevadoras móviles de personal. Todas ellas deben estar dotadas de todos los elementos de control y seguridad que las hagan aptas para su utilización por personas. Las más utilizadas para la ejecución de trabajos de montaje de instalaciones en altura son las de tijeras, las telescópicas articuladas sobre orugas o ruedas (tipo araña) y las verticales telescópicas.

2. Se ha de disponer del manual de instrucciones de la máquina correspondiente, en el que se incluye información sobre exámenes y ensayos periódicos que se tienen que realizar (estructura, corrosión, sistemas, dispositivos de seguridad, velocidades, etc.).

3. Las citadas máquinas deben ir provistas de:

Placa de identificación.

Placa de características.

Diagrama de cargas y alcances.

4. En relación con la plataforma de trabajo, dichas máquinas han de indicar: la carga nominal en kg (con el nº autorizado de personas) y la velocidad máxima admisible del viento.

5. Antes de la utilización de las mencionadas plataformas, se debe:

Verificar que las mismas se encuentran en buen estado de mantenimiento: nivel de los fluidos, los elementos de seguridad, posibles defectos peligrosos (corrosión, agrietamiento, etc.) y los sistemas de alarma (inclinación, apoyo, etc.).

Comprobar las rutas de acceso y desplazamiento de las referidas máquinas, así como sus resistencias. Asimismo, reconocer el terreno y los posibles obstáculos que pudieran existir en la elevación o el desplazamiento.

Utilizar los gatos estabilizadores (cuando disponga de ellos) y seguir lo indicado en los diagramas de cargas y distancias, conforme a lo determinado por el fabricante.

6. Los operarios de dichos equipos han de utilizar un arnés de seguridad unido a un punto resistente de la plataforma indicado para tal fin, en aquellos casos en los que el fabricante así lo indique, o como complemento a la protección colectiva cuando no quede totalmente eliminado el riesgo de caída a distinto nivel.

7. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado tanto en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares”, como en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura”, de este CTPE.

Plataformas de tijera Plataformas telescópicas articuladas sobre orugas o ruedas (tipos araña)

Plataformas verticales telescópicas.

Este tipo de plataforma se emplea para efectuar trabajos en los que se pueda situar la plataforma justo debajo o junto al lugar en el cual se quiere trabajar.

Dichas plataformas tienen un alcance en altura de unos 20 m y admiten cargas de hasta unos 1000 kg.

Las plataformas de mayor alcance en altura disponen de apoyos telescópicos para garantizar su estabilidad.

Este modelo plataforma tiene una anchura de 0,80 m (con los estabilizadores plegados) y un alcance en altura de 19 m, útiles para trabajar en interiores.

Este equipo consiste en una pequeña plataforma con mecanismo hidráulico, de cremallera, cable, etc., con una capacidad para unos 160 kg y que alcanza alturas de hasta 14 m. Este tipo de plataforma es utilizada, en ocasiones, en interiores debido a que, por sus pequeñas dimensiones cuando la misma está plegada, puede pasar por una puerta, pasillo, etc. y ser trasladada y montada por una sola persona.

2.3. Acciones organizativas1. Los trabajos de vidriería se deben organizar de forma que se asegure la máxima coordinación entre

las partes intervinientes tanto en dichos trabajos, como en otros simultáneos, con el objeto de conseguir:

Que el personal que va a realizar los trabajos es conocedor de las tareas a realizar y de las protecciones a utilizar.

Que las tareas simultáneas (particiones interiores, revestimientos interiores, instalaciones eléctricas, fontanería, voz y datos, etc.) no representen riesgos para el personal que realiza la instalación de elementos de vidriería, y viceversa.

La accesibilidad segura a los trabajos en altura (zonas fijas y medios auxiliares).

La delimitación de las zonas de trabajo, de manera que se evite el paso de personal por zonas inferiores situadas en la misma vertical de los trabajos realizados en altura.

La adecuada protección de la zona de trabajo, en especial frente a las caídas desde altura y de caída de objetos y materiales desde plantas o niveles superiores. En este sentido, se ha de garantizar que, previamente a la realización de los trabajos, existe protección colectiva en perímetros de fachada, aberturas en paramentos verticales, huecos interiores, escaleras, cubiertas, etc.

La utilización de máquinas, aparejos de izado, complementos y otros equipos de trabajo en buenas condiciones de uso y acordes a la normativa vigente.

2. Se ha de realizar una previsión del método de trabajo más seguro, según el tipo de elemento de vidrio a instalar y la maquinaria a emplear, tomando como base:

1. La forma de recepcionar los elementos.

2. La técnica de instalación y fijación de cada uno de ellos (cuñas de fijación, masillas).

3. Se deben adoptar las medidas necesarias para asegurar que las zonas de acopio de materiales en planta: no interfieran con  las zonas de paso y trabajo, se encuentren alejadas de los bordes de los forjados y de los huecos interiores, no interfieran con los sistemas de protección instalados, y se realicen de forma estable, sobre elementos resistentes, y evitando concentraciones de cargas en un mismo punto. Para ello, es preciso determinar un plano de localización y emplazamiento de acopios.

4. En aquellos casos en los que se prevea la utilización de andamios, para el montaje, mantenimiento y desmontaje de los mismos, los instaladores o montadores tienen que acreditar la capacitación y formación adecuada y específica para las operaciones previstas, conforme a lo indicado en el apartado IV.2.11 “Formación e información” de este Documento Básico.

5. Se ha de establecer un plan de limpieza de las zonas de trabajo para retirar materiales residuales, y, en su caso, darles el tratamiento correspondiente según lo determinado en el plan de gestión de residuos de la obra.

6. El plan de trabajo tiene que contemplar la disposición del material a utilizar lo más cerca posible a la zona de trabajo. Para el transporte de dicho material se deben utilizar medios mecánicos de elevación y transporte con el fin de evitar o minimizar el transporte manual de cargas.

7. Se debe establecer un programa de mantenimiento preventivo que permita garantizar el correcto estado de los medios de transporte y elevación de los materiales antes de su utilización: grúas, camiones autocargantes, aparejos de elevación, plataformas de carga y descarga, montacargas, etc.

8. Se ha de establecer una planificación de turnos y periodos de descanso, en función de las exigencias de los trabajos a realizar.

9. Se debe garantizar una coordinación adecuada de actividades cuando se prevea o exista alguna simultaneidad entre actividades. En particular, entre:

1. Los trabajos que se realizan en las zonas de recepción de cargas en planta y los trabajos que se ejecutan en zonas anexas, con el objeto de eliminar las interferencias entre ambas.

2. Trabajos de instalación de elementos de vidriería (paneles de vidrio o cristal, ventanas, vidrieras, miradores, etc.) que puedan afectar a otras actividades situadas en niveles inferiores, con el objeto de:

Eliminar la posibilidad de realizar trabajos en la misma vertical. Si ello no puede evitarse, se habrá de disponer de sistemas de retención de materiales que impida la caída de los mismos a niveles inferiores de trabajo.

3. Trabajos de instalación de elementos de vidriería (paneles de vidrio o cristal, ventanas, vidrieras, miradores, etc.) con actividades de particiones interiores o de revestimientos interiores con el objeto de garantizar:

La utilización coordinada de los medios auxiliares para trabajos en altura (torres de trabajo, andamios de borriquetas, etc.).

El orden y limpieza de las zonas de trabajo.

La ventilación de las zonas de trabajo, en especial las relacionadas con el corte de materiales que puedan generar altas concentraciones de polvo.

10. Asimismo, en los casos en los que se ejecuten trabajos de vidriería próximos a escaleras de acceso se ha de garantizar la delimitación y cierre de estos accesos, así como la habilitación de pasos alternativos.

11. Durante la instalación, mantenimiento y desmontaje de redes o sistemas de protección de borde en aberturas verticales en paredes, huecos interiores o bordes de forjado, los instaladores deben usar un sistema anticaídas o arnés de seguridad anclado a puntos fijos o líneas de vida, previamente instalados.

2.4. Acondicionamiento y señalización de la zona de trabajo

2.4.1. Accesibilidad a la zona de trabajo2.4.1.1. Acceso de personal

1. En zonas de tránsito comunes, los accesos de personal a la zona de trabajo han de ser distintos de los de las máquinas y vehículos con el objeto de evitar interferencias entre ambos.

2. En las zonas de acceso a la edificación / plantas:

1. Los puntos de acceso definidos en los que exista riesgo de caída de objetos desde niveles superiores (trabajos de instalación de ventanas, miradores, celosías, barandillas, etc.) deben estar protegidos superiormente (marquesinas, tejadillos de protección o similar) y señalizados correctamente.

Marquesina de fachada

Sistema de protección frente a caída de materiales desde niveles superiores. Aunque, generalmente, se dispone en fachadas que afectan a zonas de paso peatonal, a veces deben instalarse en el interior de la obra al afectar a zonas de ubicación de casetas, zonas de paso o zonas de instalación de andamios.

Punto de acceso protegido

Punto de acceso con tejadillo de protección para accesos a la edificación.

2. Los accesos de personal a las plataformas de trabajo de los andamios se han de realizar a través de los medios definidos por el fabricante para los mismos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

3. Durante la ejecución de los trabajos de vidriería se debe asegurar que las escaleras de obra se encuentren peldañeadas para facilitar el acceso y tránsito de personal, así como posibilitar la evacuación en caso de emergencia.

Estas escaleras han de mantener en todo momento un sistema de protección (barandillas, redes verticales, etc.) que evite la caída de personas por los laterales de las mismas.

Barandillas en escaleras

Uno de los grandes problemas que presentan las escaleras de las obras es la necesidad de retirar en determinados momentos de la obra (para la realización de trabajos de acabado) las barandillas instaladas.

En la actualidad, existen sistemas de protección de borde conformes a la norma UNE-13374 que aseguran la protección de la escalera de inicio a fin de la obra, ya que las propias características y configuración de la instalación permiten realizar los trabajos en escaleras sin necesidad de moverlas ni desmontarlas.

Los montante verticales (que van de abajo a arriba) permiten, a su vez, la fijación, en caso de necesidad, de redes de seguridad.

4. En las zonas de acceso a cubiertas, se debe atender a lo indicado en el apartado IV.2.3.1.1 “Acceso de personal”  del Documento Básico DB-PRL-CU “Prevención de riesgos laborales en Cubiertas“ de este CTPE, así como en las distintas Secciones que lo componen.

2.4.1.2. Acceso a máquinas y equipos auxiliares de trabajoDurante el desarrollo de los trabajos de vidriería es preciso utilizar equipos de trabajo auxiliares (grúas, camiones autocargantes, maquinillos, montacargas, plataformas de carga y descarga en planta, etc.) para el izado y recepción de cargas con materiales, necesarios para la ejecución.

Dichos equipos requieren una atención específica para su acondicionamiento previo, su instalación y el mantenimiento periódico, que, en muchas ocasiones, requiere trabajar en altura. Por ello:

1. Se deben realizar todas las operaciones en la forma y lugares previstos por el fabricante.

2. En el caso de que lo anterior no sea posible, se ha de disponer de otros medios auxiliares complementarios (torres de trabajo, plataformas elevadoras, etc.) adecuados para la ejecución de dichos trabajos en altura.

3. En cualquier caso, atender a lo indicado en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

2.4.2. Izado de cargas y recepción de materiales1. En relación con el izado de cargas mediante el empleo de aparatos elevadores (grúas, camiones

autocargantes, maquinillos, etc.), se debe garantizar la calidad y condiciones de uso de los aparejos de izado (planes de mantenimiento preventivo).

2. Se tienen que organizar los trabajos de manera que se evite transportar y dejar cargas suspendidas por las grúas sobre operarios que efectúen trabajos en fachada.

3. Durante las operaciones de transporte de materiales en suspensión (mediante el empleo de equipos de elevación de cargas) se tiene que restringir el paso de personas bajo las zonas afectadas.

4. Los materiales han de ser izados a las zonas de trabajo en altura de modo que no puedan desprenderse. Para ello, se debe garantizar que:

1. Como norma general, el material sea transportado en plataformas emplintadas o con el empaquetado del fabricante. En aquellos casos en los que no pueda asegurarse la resistencia del empaquetado de fábrica, dicho material será transportado sobre bateas protegidas perimetralmente con plintos que eviten deslizamientos fortuitos.

2. Los materiales sueltos se coloquen en bateas especiales que impidan su caída o vertido durante el transporte en suspensión.

3. Cuando las cargas sean depositadas sobre palets, éstas se fijan mediante flejes u otros sistemas similares antes de su izado.

4. En el izado y transporte en suspensión de vidrios o paneles de vidrio, se utilicen aparejos y útiles adecuados a los mismos (paneles de ventosas o similar) y estén protegidos mediante envoltura que evite su rotura.

Elevador de paneles con ventosas para izado de vidrio

Son equipos autónomos, equipados con una serie de ventosas de vacío que permiten su fijación a los paneles de vidrio.

Normalmente, están conformados por una estructura metálica de dimensiones variables (según fabricantes), con ventosas adaptables a perfiles irregulares  sin perder estanqueidad.

Suelen disponer de distintos elementos de enganche para su fijación a eslingas, para permitir el montaje del panel en diferentes posiciones.

5. En aquellos casos en los que sea necesario, se guiarán las cargas en suspensión con dos cuerdas de control seguro para evitar movimientos pendulares y choques con partes o elementos de la construcción. En ningún caso, las cargas deben ser guiadas con el cuerpo o las manos.

6. La recepción y salida de materiales de vidrio en planta, con excepción de los que se fijen directamente en ventanas, miradores, etc., prioritariamente, se ha de realizar a través de plataformas de carga y descarga.

7. Si lo anterior no fuese posible, y estuviera técnicamente justificada la realización de la carga y descarga sin el empleo de la citada plataforma, ha de atenderse a las siguientes consideraciones:

1. Se asegurará la disponibilidad de sistemas provisionales de protección de bordes en el perímetro de los huecos o bordes de fachada, con excepción de la zona de recepción de material.

2. En el caso de recepción de materiales por huecos interiores, además de lo anterior, si fuese preciso anular sistemas de protección conformados por redes horizontales, esta operación se realizará bajo la supervisión de un responsable autorizado.

3. En las zonas de recepción de material, se dispondrá de puntos de anclaje fijos (UNE 795) para el amarre de dispositivos anticaídas.

8. Durante la utilización de plataformas de carga y descarga de materiales, se debe considerar lo siguiente:

1. Se ha de garantizar que no se realizan trabajos en la vertical de la plataforma, acotando en planta baja las inmediaciones de la misma para evitar daños derivados por la posible caída de objetos.

2. Dichas plataformas no deben generar una abertura vertical en la fachada, por lo que las mismas han de disponer de dispositivos de cierre que hagan el efecto de barandilla en los

bordes de forjado para evitar los posibles riesgos de caída. Las características de estos dispositivos de cierre pueden variar en función del tipo de plataforma, según el fabricante.

3. Si en algún momento existe riesgo de caída desde altura durante las operaciones de carga y descarga, será preciso utilizar un arnés anticaídas anclado a un punto fijo (UNE 795) de la estructura.

4. Solamente los trabajadores autorizados pueden tener acceso a dichas operaciones de carga y descarga.

5. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE en relación con dicha materia.

Plataforma de carga y descarga

Como su propio nombre indica, este medio auxiliar tiene su aplicación para la entrada y salida de materiales en las plantas que conforman el edificio.

El objeto de la misma es posibilitar la introducción de las cargas en planta sin tener la necesidad de tirar de la carga hacia dentro y, así, evitar el efecto péndulo de la propia carga (acciones que han sido origen de numerosos accidentes y que, precisamente, dieron pie a la aparición de estos elementos).

En la actualidad, existen diversos tipos de plataformas de descarga conformes a la norma UNE-180401, que, si bien cumplen con los requisitos de la misma, varían conceptualmente su geometría, fijación y operatividad en función del fabricante.

2.4.3. Acopio y movimiento interior de materiales en planta1. Los acopios de materiales se deben distribuir por la planta en la que se van a utilizar de forma que,

entre otros aspectos:

1. Se utilicen medios auxiliares (transpaleta, carretillas, etc.) para el movimiento interior de materiales en planta, minimizando las operaciones de transporte manual de cargas.

2. Se garantice la estabilidad de los acopios, realizándose en una superficie horizontal, alejada de desniveles y con dispositivos (jaulas, bastidores, caballetes, jácenas metálicas, etc.) que impidan el movimiento involuntario de los paneles.

3. Los materiales se acopien de forma vertical, o ligeramente inclinados, debiendo asegurar su apoyo sobre caballetes o jácenas metálicas. En cualquier caso:

La base de apoyo de los materiales se han de acondicionar con un manto de arena.

Sobre dicha base, se tiene que instalar tablones de madera (o similar) para evitar el apoyo directo en el suelo.

Sobre los citados tablones se deben colocar gomas o cuñas con el objeto de evitar un eventual deslizamiento de los materiales.

Los materiales han de disponerse de forma alternada a ambos lados para compensar y evitar vuelcos.

4. Las cargas depositadas sobre palets estén fijadas debidamente mediante flejes u otros sistemas similares.

5. Se eviten tanto las acumulaciones excesivas en lugares puntuales, como la concentración de cargas sobre vanos.

6. Se localicen en lugares bien visibles y se asegure la señalización de su contenido.

7. Los materiales y los elementos de vidrio o cristal se almacenen próximos a los pilares, manteniéndose la envoltura hasta su uso.

8. Se extremen las condiciones de orden y limpieza.

2. Todos los  acopios de vidrio tienen que quedar correctamente identificados, localizables y visibles, con el objeto de evitar golpes o impactos contra los mismos, debido a su transparencia.

3. En cualquier caso, el acopio de materiales en planta ha de realizarse alejado de:

1. Las posibles zonas de evacuación o accesos.

2. Las verticales de los cerramientos y de los posibles huecos horizontales interiores de las plantas.

Transpaleta

Si las condiciones de trabajo lo permiten, el uso de transpaletas reduce la repetitividad del transporte de material.

Las transpaletas más sencillas minimizan el esfuerzo de transporte mediante la elevación de la carga con un mecanismo de bombeo.

Las transpaletas eléctricas reducen el esfuerzo, ya que el operario no tiene que tirar ni empujar la carga.

Algunas transpaletas permiten elevar y posicionar la carga, lo que reducen las posturas forzadas.

4. En aquellos casos en los que sea preciso utilizar medios auxiliares para la ejecución de trabajos en altura, el acopio de materiales sobre los mismos debe ser compatible con las cargas admisibles del propio medio auxiliar empleado.

2.4.4. Acondicionamiento del entorno de la zona de trabajoEn este apartado se indican los criterios que deben imperar en el acondicionamiento del entorno de la zona en la que se van a realizar los propios trabajos de instalación de elementos de vidriería. Durante la ejecución de estos trabajos, y con independencia de las propias medidas preventivas de aplicación a cada actividad / tarea, se han de adoptar otras medidas complementarias que afectan al entorno de trabajo.

En este sentido, es esencial considerar que los trabajos de vidriería se realizan, generalmente, sobre un soporte (paramento vertical o techos) ya realizado durante las fases de estructura, cerramiento de fachada y particiones interiores, por lo que se han reducido los frentes abiertos de fachada y los huecos interiores. En cualquier caso, se tiene que garantizar que:

1. Se dispone de las protecciones colectivas correspondientes tanto en los accesos, como en los perímetros, aberturas en paramentos verticales y huecos interiores que aún se mantienen abiertos, acordes a la altura de trabajo que debe alcanzarse. En este sentido, pueden considerarse, entre otros y según tipología constructiva, la aplicación de las siguientes medidas preventivas:

Medidas de prevención / protección orientativas a instalar según zonas

P1 P2 P3 P4 P5 P6 P7 P8 P9 P10

P11

P12

P13

P14

EN TODAS LAS PLANTAS

Perímetro exterior (fachada y patios) ● ● ● ● ● ● ●

Balcones y terrazas voladas ● ● ● ● ●

Aberturas verticales en paredes (ventanales, miradores, puertas de balcones, etc.)

● ● ● ● ●

Huecos mayores ● ● ● ● ●

Huecos de ascensor ● ● ● ● ● ●

Huecos menores ● ● ● ● ● ●

Escaleras ● ● ● ● ● ● ●

Pasillos de distribución sobre atrios, escaleras interiores, patios interiores

● ● ● ● ●

Sistemas de protección de borde Redes de seguridad Otros sistemas

P1 Balaustres y barandillas fijados mediante sistema de apriete.

P2 Balaustres y barandillas sobre casquillo empotrado / de fijación mecánica / soldado.

P3 Premarcos con elementos resistentes de protección intermedios (reducción de la superficie efectiva).

P4 Apantallamiento de huecos verticales.

P5 Barandillas de protección en plataformas de carga y descarga.

P6 Barandillas en zona de llegada de montacargas (incluido dispositivo de corte automático).

P7 Red de seguridad sistema “S”.

P8 Red de seguridad vertical.

P9 Red de seguridad horizontal para huecos menores.

P10 Red de seguridad sistema “U”.

P11 Bastidor de mallazo, trámex o similar.

P12 Oclusión de hueco (tapa de madera o elemento resistente similar).

P13 Línea de anclaje UNE 795 / Punto de anclaje UNE 795.

P14 Peldañeado escaleras.

Nota: para cada uno de los elementos citados, se debe atender a lo indicado en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura” de este CTPE.

2.4.5. Señalización y delimitación1. Las zonas de ocupación de los equipos de trabajo utilizados durante la ejecución de las operaciones

de vidriería que puedan suponer un peligro para los trabajadores deben acondicionarse en lo que a delimitación y señalización se refiere, en relación con la cantidad de personal afectado y la cercanía a las zonas de paso en el interior. En cualquier caso, se ha de atender a lo indicado en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

2. En las zonas de carga y descarga de material en planta tiene que existir la señal correspondiente frente a los riesgos de caída a distinto nivel, así como la de “obligación de uso del arnés de seguridad” por parte del operario encargado de la entrada / salida de material.

3. En el caso de utilizar montacargas de obra, el perímetro de la base ha de mantenerse acotado y delimitado  (malla tipo “stopper” o similar, valla autónoma de contención, etc.) con el objeto de impedir el acceso accidental de personal a la zona de llegada del mismo.

4. Las zonas de trabajo en las que, por motivos técnicamente justificados, sea imposible mantener la protección colectiva existente por afectar a la instalación de elementos de vidriería, deberán señalizarse y delimitarse para evitar el acceso de personal ajeno a los trabajos a ejecutar, tales como, por ejemplo:

Instalación de vidrio en ventanas, miradores y puertas de balcones.

Instalación de vidrios en barandillas o barandillas de vidrio en bordes de forjado (pasillos de distribución, terrazas, balcones, etc.).

2.4.6. Evacuación de escombros y material residual1. Se deben recoger los plásticos, flejes, etc. procedentes de los diversos empaquetados de manera

inmediata a la apertura de los mismos para su gestión posterior.

2. De  igual forma se ha de proceder con todos los residuos y materiales sobrantes (restos de vidrio, botes, recipientes, tapas, etc.) que se vayan generando durante la realización de las tareas.

3. Los fragmentos de vidrio procedentes de roturas o cortes, se tienen que recoger de inmediato depositándolos en recipientes adecuados.

4. En definitiva, todos los residuos generados se deben retirar de forma organizada y utilizando los medios auxiliares necesarios para ello, depositándose en los contendores definidos e identificados para cada tipo de producto / residuo, conforme a lo determinado en el plan de gestión de residuos de la obra.

2.5. Acciones sobre la ejecución de los trabajos

2.5.1. Actuaciones previas generalesEn general, las operaciones de instalación de elementos de vidriería se ejecutan al final del proceso constructivo, por lo que la edificación presenta ya ejecutado el cerramiento exterior, las compartimentaciones interiores, las instalaciones, los solados y techos, etc. Por este motivo, la existencia de los riesgos de caídas a distinto nivel se ven muy reducidos y limitados. Además, se ha de tener en consideración que la colocación de vidrios en fachadas (ventanas, vidrieras, cerramientos de vidrio, barandillas en terrazas, etc.) se realiza, normalmente, desde el interior.

1. De manera particular, en este tipo de trabajos, deben realizarse los siguiente controles previos:

Asegurar que el soporte (carpintería de madera o aluminio, cerrajería, estructuras auxiliares de metal, puerta, ventana, etc.), que es el elemento que deberá sustentar el vidrio, es adecuado y dispone de las condiciones necesarias para resistir las acciones mecánicas del conjunto.

Verificar que el diseño, características y proceso de instalación de los elementos de vidrio a instalar son los adecuados y conformes al proyecto de la obra.

Actualizar el proyecto de ejecución y, en su caso, el plan de seguridad y salud en función de los posibles cambios identificados.

Analizar la tipología del material a emplear, sus características específicas (tipo de acristalamiento (sencillo, doble o triple) y su unión, con o sin cámara, y, en su caso, el espesor de ésta) y solicitar los certificados de calidad de los diferentes materiales o elementos, así como analizar su compatibilidad.

Replantear la colocación sobre el soporte ya ejecutado, según los planos de montaje y proyecto de ejecución. Tener en  cuenta que una vez colocado, habrá que fijarlo con junquillos de neopreno, cuñas o listones de madera, sellado con silicona o masillas o con otros medios necesarios.

2. Siempre que sea posible, la colocación de vidrios en ventanas, miradores y puertas localizadas en la fachada se ha de hacer desde el interior del edificio. En este caso, se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Prioritariamente, deben disponerse redes verticales, instaladas por el exterior de la fachada, y fijadas a anclajes mecánicos instalados en canto de forjado.

2. En el caso de existir una justificación técnica que imposibilite lo anterior, se ha de disponer de un sistema de protección alternativo tal como, por ejemplo, la instalación de líneas de anclaje (paralelas a fachada) por encima del trabajador para posibilitar el amarre de un arnés de seguridad con dispositivo anticaídas.

3. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas de desde altura” de este CTPE, en lo referente a dichos sistemas.

Red vertical en fachada Líneas de anclaje en perímetro de fachadas

3. En el caso de que los trabajos se efectúen por el exterior, se adoptarán las medidas de prevención / protección necesarias: se utilizarán medios auxiliares adecuados para los trabajos en altura, los trabajadores utilizarán equipos de protección individual contra caídas de altura (arnés de seguridad) y se acotará la zona de trabajo para evitar que se efectúen trabajos simultáneos por debajo de la misma vertical. En relación con la utilización de los medios auxiliares (escaleras de mano, torres de trabajo, andamios plegables, etc.), se garantizará que éstos sean acordes a la altura de trabajo que debe alcanzarse y que son compatibles con el proceso de instalación de los elementos de vidriería. Para ello, es preciso asegurar una planificación previa de los mismos, tal y como se determina en el apartado IV.2.1 “Estudios preliminares” del presente Documento Básico.

4. En cualquier caso, los distintos sistemas de protección deben estar instalados antes de proceder a la colocación de las láminas o planchas de vidrio. En este sentido, se ha de dar una respuesta eficaz a los siguientes puntos críticos:

1. Instalación de vidrios en ventanas, miradores y puertas en paramentos verticales de fachada o patio interior. En este caso, pueden considerarse, entre otras, las siguientes soluciones:

Instalación de redes verticales, fijadas mediante anclajes mecánicos por el exterior de ventanas o miradores, o entre forjados en el caso de terrazas y balcones (estos sistemas requieren un estudio previo para garantizar su compatibilidad con el proceso de montaje y con las propias características del cerramiento).

2. Instalación de barandillas de vidrio en balconadas, terrazas, pasillos de distribución en atrios, etc. En este otro caso, pueden considerarse, entre otras, las siguientes soluciones:

Instalación de redes verticales, fijadas mediante anclajes mecánicos por el exterior (este sistema requiere un estudio previo para garantizar su compatibilidad con el proceso de montaje y con las propias características del cerramiento).

3. Instalación de barandillas de vidrio en escaleras interiores. En este otro caso, pueden considerarse, entre otras, las siguientes soluciones:

Instalación de redes horizontales en los huecos de las escaleras, fijadas a anclajes mecánicos dispuestos en el canto de la losa inclinada y mesetas.

Instalación de redes verticales por el interior del hueco, con fijación similar al caso anterior.

4. Instalación de vidrios en suelos y estructuras de lucernarios/claraboyas, considerando, entre otras, las siguientes soluciones:

En aquellos casos en los que la instalación se realice en el propio suelo, instalación de redes horizontales fijadas inferiormente mediante anclajes mecánicos, y de forma que no incidan en el/los hueco/s donde se instala la estructura soporte.

En aquellos casos en los que la instalación se realice en el techo (desde abajo), utilizar medios auxiliares adecuados a la altura de trabajo. En este sentido, se debe atender a lo indicado tanto en el apartado IV.2.2 “Consideraciones previas sobre los medios auxiliares” del presente Documento Básico, como en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

En cualquier caso, en lo relativo a lucernarios/claraboyas en cubiertas, se ha de atender a las particularidades determinadas en el Documento Básico DB-PRL-CU “Prevención de riesgos laborales en Cubiertas” de este CTPE.

5. Instalación de techos acristalados. En este último caso, se pueden considerar, entre otras, las siguientes soluciones:

Si el montaje de los paneles de vidrio puede realizarse desde abajo, se deben utilizar medios auxiliares tales como, por ejemplo, plataformas móviles elevadoras de personal (PEMP) o andamios móviles. En este sentido, se debe atender a lo indicado tanto en el apartado IV.2.2 “Consideraciones previas sobre los medios auxiliares” del presente Documento Básico, como en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

Si el montaje se realiza por encima de la estructura soporte, se debe asegurar la instalación previa de redes horizontales por debajo de la superficie de trabajo a ejecutar. En estos casos, se han de disponer de pasarelas de reparto por encima de las mismas, para garantizar el tránsito y montaje de forma segura. En cualquier caso, se debe atender a las particularidades determinadas en la Sección PRL-CU4 “Cubiertas frágiles” del Documento Básico DB-PRL-CU “Prevención de riesgos laborales en Cubiertas” de este CTPE.

Sistema de protección con Red de seguridad sistema “S”.

NOTA: es de especial relevancia la instalación de dichos sistemas de protección de forma que no interfieran con la zona de trabajo, para garantizar su eficacia.

En el caso de existir una justificación técnica que imposibilite la utilización de alguno de los sistemas de protección colectiva identificados anteriormente, o sistema similar, se ha de disponer de un sistema de protección alternativo que posibilite el amarre de un arnés de seguridad con dispositivo anticaídas tal como, por ejemplo, la instalación de:

Puntos fijos (UNE 795) en zonas de trabajo.

Líneas de anclaje colocadas por encima del trabajador.

Líneas de anclaje verticales por el hueco de escaleras.

5. En este sentido, durante las operaciones de montaje e instalación pueden considerarse, entre otros y según tipología constructiva, la aplicación de las siguientes medidas preventivas:

Medidas de prevención / protección orientativas a instalar según zonas de trabajo y tipología de vidrio a instalar

P1 P2 P3 P4 P5 P6

EN TODAS LAS PLANTAS

Ventanas, miradores en fachadas ● ●

Puertas y ventanas en balcones y terrazas ● ●

Huecos interiores, pasillos de distribución, huecos de escalera, atrios, etc.

● ● ● ●

Escaleras ● ●

Forjados (suelos de vidrio) ● ●

Techos acristalados ● ●

Huecos horizontales (lucernarios y claraboyas) ● ● ●

Plataformas móviles elevadoras de personal (PEMP), torres de trabajo o andamios móviles

● ●

Andamios de borriquetas o similar ● ●

Sistemas de rotección de borde Redes de seguridad Otros sistemas

P1 Barandilla propia del medio auxiliar. P2 Red de seguridad sistema “S”.

P3 Red de seguridad vertical.

P4 Red de seguridad para huecos < 50 m2.

P5 Línea de anclaje UNE 795 o Punto de anclaje UNE 795.

P6 Plataformas de ancho mínimo 0.60 m.

Nota: para cada uno de los elementos citados, se debe atender a lo indicado en el anexo C “Sistemas de protección contra caídas desde altura” de este CTPE.

2.5.2. Recepción e instalación de láminas o elementos de vidrio1. Los paneles de vidrio o cristal deben ser izados con el auxilio de los aparejos de elevación (paneles

de elevación con ventosas, etc.). En este sentido, se ha de:

1. Garantizar el guiado de los mismos mediante cabos guía sujetos a la pieza para asegurar su aproximación cuando se trate de paneles de grandes dimensiones.

2. Mantener dichos paneles en suspensión de la grúa hasta su posicionado y fijación final. Los mismos no se han de soltar de los equipos de elevación de cargas hasta que no esté asegurada su estabilidad.

3. Suspender los trabajos cuando existan vientos con velocidades superiores a 50 Km/h.

2. Durante la instalación de elementos de vidrio se deben organizar los trabajos de forma que:

1. Se asegure que las zonas de trabajo se mantienen, en todo momento, limpias y ordenadas.

2. En el caso de que los trabajos se hagan en zonas de tránsito o de paso, éstas se encuentren libres de materiales y restos, se delimiten y acoten en toda su área para evitar el acceso a las mismas, y se habiliten, en su caso,  pasos alternativos.

3. Tras la colocación y fijación de piezas, paneles o elementos de vidrio, se compruebe que el trabajo se ha efectuado correctamente y que la fijación es resistente.

4. Se posibilite la realización de turnos de trabajo y descansos frecuentes para evitar sobreesfuerzos causados por posturas repetitivas y  forzadas.

5. Los trabajadores dispongan de rodilleras y cuñas para los gemelos en trabajos realizados de rodilla y en cuclillas, respectivamente.

Almohadillas acolchadas para rodillas y gemelos

6. Se asegure la revisión periódica de los equipos de elevación, los medios auxiliares de trabajo, las protecciones colectivas y cualquier otra medida que garantice la seguridad a la hora de ejecutar el montaje y la instalación de los paneles y elementos de vidrio o cristal.

7. Se utilicen los medios auxiliares necesarios para el transporte de material con el objeto de evitar sobreesfuerzos innecesarios derivados de un transporte manual. En este sentido, se ha de atender a lo indicado en el apartado IV.2.4.3 “Acopio y movimiento interior de materiales en planta” del presente Documento Básico.

3. Asimismo, se debe atender a las siguientes consideraciones:

1. El vidrio presentado en la carpintería correspondiente, se ha de recibir y terminar de instalar inmediatamente con el objeto de evitar el riesgo de accidentes por roturas.

2. Los vidrios instalados tienen que quedar correctamente identificados, localizables y visibles, con el objeto de evitar golpes o impactos contra los mismos debido a su transparencia.

3. Se recomienda suspender los trabajos con vidrio bajo régimen de temperaturas inferiores a los 0 ºC.

4. En el caso de rotura del vidrio, se deberán limpiar los fragmentos lo antes posible para evitar cortes.

2.5.3. Operaciones de apoyoA efectos del presente Documento Básico, se consideran operaciones de apoyo aquéllas que deben realizarse para asegurar el correcto acabado y dimensionado de las láminas o piezas de vidrio (corte) antes de su instalación definitiva, así como las operaciones de preparación de los elementos de fijación tales como, por ejemplo, junquillos, cuñas de madera, masillas, etc.

1. En relación con dichas operaciones, siempre que se realicen en obra, ha de garantizarse que:

1. Se dispone de bancos de trabajo auxiliares que permitan al trabajador mantener una posición corporal adecuada.

2. Las zonas de trabajo no generan riesgos adicionales a las citadas operaciones, y que se encuentran libres de obstáculos y ordenadas.

3. En el caso de que las operaciones de corte sean continuas, exista una ventilación (natural o forzada) adecuada en la zona de corte y zonas de trabajo anexas.

4. La iluminación es adecuada al uso y tipo de trabajo a realizar (como mínimo, 100 lux).

5. En lo relativo al corte, perforado, pulido, etc. de materiales, se atiende a lo descrito en el apartado IV.2.7.4.1 “Polvo” del presente Documento Básico.

Mesa de trabajo

Descripción: mesa auxiliar plegable, empleada para facilitar el corte de piezas (metálicas, madera, etc.).

Ventajas: mejora las posturas de trabajo (posturas forzadas de espalda o piernas) durante el corte de las piezas y otras tareas. Además, son fáciles de plegar y transportar.

2. En lo referente a la utilización de productos químicos (siliconas, masillas, etc.) se debe atender a lo indicado tanto en las instrucciones de utilización de cada uno de ellos y en las fichas de datos de seguridad de los mismos, como en el apartado IV.2.7.4.2 “Humos, gases o vapores” del presente Documento Básico.

2.6. Acciones sobre las máquinas y otros equipos de trabajo1. Previamente a la ejecución de los trabajos, se debe garantizar la adecuación de los útiles y equipos

auxiliares a utilizar en esta actividad. Con el objeto de asegurar su mantenimiento en tiempo y forma, se ha de definir un plan de mantenimiento preventivo de los mismos, y acorde a cada uno de los equipos.

2. Se tiene que garantizar, previo a la elevación y transporte de cargas, que los aparejos de izado son adecuados a la carga de cada uno de ellos, son acordes a la normativa vigente y se encuentran en correcto estado de uso (plan de mantenimiento y revisiones).

3. En lo relativo a la elevación de láminas, planchas y elementos de vidrio, se deben considerar el peso y volumen de los mismos con el fin de garantizar la utilización de medios de elevación con una capacidad de carga superior y acorde a las necesidades.

4. En cualquier caso, en lo referente a las máquinas y otros equipos de trabajo utilizados, se ha de atender a lo indicado tanto en el apartado IV.2.4.2 “Izado de cargas y recepción de materiales” del presente Documento Básico, como en el anexo A “Equipos de trabajo. Máquinas y medios auxiliares” de este CTPE.

2.7. Acciones frente a los riesgos higiénicos

2.7.1. Ambiente térmicoEl ambiente térmico es muy variable en función de la época del año, de las condiciones atmosféricas, de la hora del día y del lugar en el cual se desempeña la tarea. Las situaciones de calor y frío intensos pueden ser habituales en la ejecución de los trabajos de instalación de vidrio ya que el entorno de trabajo puede estar abierto, y es necesario protegerse ante ellas. En este sentido, la tabla que se muestra a continuación determina unos criterios básicos a considerar para minimizar las posibles consecuencias derivadas de una exposición a situaciones de temperatura extrema durante esta actividad.

Medidas básicas de aplicación frente al ambiente térmico

TRABAJADOR / LOCALIZACION MEDIDA

Trabajos de instalación de vidriería. 1. Asignar y utilizar ropa de trabajo adecuada a la estación del año y a la temperatura existente.

2. En épocas de calor:

Garantizar que los puestos de trabajo tengan fácil accesibilidad a recipientes con agua potable.

Tratar de organizar las tareas para intentar evitar las horas de calor más intenso.

2.7.2. Iluminación

1. En todo momento debe existir una correcta iluminación de las zonas de trabajo, garantizando como valor general los 100 lux, y teniendo en cuenta la tipología de las exigencias de los trabajos que se van a desarrollar.

2. En aquellos casos en los que sea preciso realizar trabajos nocturnos, se ha de reforzar la iluminación en los pasillos de acceso y en las zonas específicas de trabajo.

2.7.3. Ruido1. En general, los trabajos y operaciones asociados a la ejecución de las actividades de instalación de

elementos de vidrio no son fuente generadora de ruido continuo y, por ello, en principio, no resulta preciso establecer un estudio pormenorizado del nivel sonoro.

2. En cualquier caso, se debe tener en cuenta la posible afección de ruido que la simultaneidad con otros trabajos pueda traer asociada con el objeto de posibilitar una respuesta adecuada a cada caso.

3. En este sentido, la aplicación de medidas preventivas frente al ruido depende en primera instancia del nivel de ruido existente, de la localización del trabajador afectado y del tiempo de exposición al mismo.

4. En principio, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, la evaluación del riesgo debería de estar basada en la medición de los niveles de ruido a que estén expuestos los trabajadores. No obstante, esta medición no será necesaria en los casos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma.

5. En función de los resultados obtenidos en la mencionada evaluación, se tiene que determinar las medidas necesarias que deban adoptarse tomando como base los valores límite de exposición y los valores de exposición que dan lugar a una acción establecidos en el referido real decreto. En este sentido, se debe tener en cuenta, entre otros aspectos, lo siguiente:

La elección de equipos de trabajo que generen el menor nivel de ruido posible.

Programas de mantenimiento adecuado de los equipos de trabajo.

Estudiar la posibilidad de organizar el trabajo con el fin de reducir el tiempo de exposición de los trabajadores.

6. En cualquier caso, y en espera de la realización de un estudio de ruido más detallado, los trabajadores deben disponer de un protector auditivo para su utilización durante el corte y ajuste de materiales de madera o plástico de forma continua.

7. No obstante, para más información referente a la evaluación de este tipo de riesgo y, en particular, a la estrategia de muestreo y su representatividad, así como en relación a las medidas que se han de adoptar, se recomienda consultar la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición de los trabajadores al ruido elaborada por el INSHT y que complementa al citado Real Decreto 286/2006.

2.7.4. Contacto / Inhalación de sustancias químicas1. Durante la ejecución de los trabajos de instalación de elementos de vidrio los trabajadores están

expuestos a distintos tipos de sustancias químicas que pueden provocarles daños en su salud. Esta exposición se produce, fundamentalmente, durante la realización de las tareas siguientes:

1. Corte y ajuste de elementos de madera o cuñas, que pueden generar elevadas concentraciones de polvo en el aire.

2. Manipulación de siliconas, pastas de sellado, masillas de fijación, etc., que pueden ser tóxicos, irritantes o corrosivos al entrar en contacto con la piel o al inhalar los posibles gases o vapores que pueden emitir durante su utilización.

2. Se debe evaluar el riesgo de exposición de los trabajadores a dichas sustancias químicas. En este sentido, es esencial considerar la información proporcionada tanto por la ficha de datos de seguridad de cada una de las sustancias empleadas (facilitada por el fabricante), como por la etiqueta de sus envases, así como identificar la existencia de trabajadores con posibles problemas respiratorios, asma, etc., que vayan a verse afectados por una posible exposición a gases o vapores en las zonas de trabajo.

3. En principio, esta evaluación ha de incluir la medición de las concentraciones de polvo, humos, gases o vapores que pueden existir en el aire, en la zona de respiración del trabajador, y su posterior comparación con el correspondiente valor límite ambiental legalmente establecido. Sin embargo, esta medición no será necesaria en los casos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma.

4. Con carácter general, y salvo que un estudio de detalle basado en mediciones indique la necesidad de aplicar otras acciones, se deben aplicar las medidas básicas siguientes:

Mantener una buena ventilación.

Adoptar medidas higiénicas adecuadas tanto personales, como de orden y limpieza, tales como, por ejemplo: no comer, beber o fumar durante la realización de las tareas, así como guardar una profunda higiene personal en manos y caras antes de tomar cualquier alimento.

Reducir al mínimo el número de trabajadores expuestos.

Reducir al mínimo la duración e intensidad de las exposiciones.

Utilizar ropa de trabajo que cubra todo el cuerpo, guantes, gorro y mascarillas de protección respiratoria adecuados a cada caso concreto.

5. No obstante, para más información referente a la evaluación de este tipo de riesgo y, en particular, a la estrategia de muestreo en el caso de ser necesario realizar mediciones de las concentraciones de sustancia química en el aire, así como en relación a las medidas que se han de adoptar, se recomienda consultar la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos presentes en los lugares de trabajo relacionados con agentes químicos elaborada por el INSHT y que complementa al Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

2.7.4.1. Polvo1. Con carácter general, además de considerar lo indicado en el apartado 2.7.4 “Contacto / Inhalación

de sustancias químicas” anterior, durante la ejecución de tareas generadoras de polvo ambiental (trabajos de corte y ajuste de elementos de madera o cuñas) se han de tener en cuenta las medidas básicas siguientes:

1. Dichas operaciones de corte o adaptación de materiales de madera (cuñas de madera para fijación de vidrio)se tienen que efectuar, preferentemente, por vía húmeda para evitar la excesiva formación de polvo ambiental.

2. En aquellos caso en los que técnicamente resulte inviable la eliminación de la formación de polvo en origen, o no se pueda garantizar una ventilación adecuada, se debe utilizar mascarillas de protección antipolvo FFP1, especialmente en operaciones de:

Corte de cuñas y listones de madera.

Corte y tratamiento de materiales, en general, en recintos cerrados con escasa ventilación.

2. No obstante, para más información referente a la evaluación de este tipo de riesgo y, en particular, a la estrategia de muestreo y su representatividad, así como en relación a las medidas que se han de adoptar, se recomienda consultar la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos presentes en los lugares de trabajo relacionados con agentes químicos elaborada por el INSHT y que complementa al Real Decreto 374/2001, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

2.7.4.2. Humos, gases o vapores1. Con carácter general, además de considerar lo indicado en el apartado 2.7.4 “Contacto / Inhalación

de sustancias químicas” anterior, durante la manipulación de productos químicos con riesgo de emisión de humos, gases o vapores (siliconas, pastas de sellado, masillas de fijación, etc.) se han de tener en cuenta las medias básicas siguientes:

1. Extremar la higiene personal. Los trabajadores expuestos a estos materiales deben ducharse y vestirse con ropa limpia. No han de llevar a casa la ropa contaminada.

2. La mascarilla de protección respiratoria que se ha de utilizar en estos casos tiene que ser con filtro específico para gases y vapores.

2.8. Acciones frente al riesgo eléctrico1. En todo momento se debe cumplir con lo determinado tanto en el Real Decreto 614/2001, sobre

disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, como en el Real Decreto 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T.).

2. En función de las características y dimensiones de la obra, se ha de definir un plan de ampliación de la instalación eléctrica provisional de obra para dar cobertura a las zonas de actuación. Como mínimo, es preciso:

1. Realizar o, en su caso, actualizar un proyecto de instalación acorde al R.E.B.T.

2. Disponer de cuadros primarios de distribución, con capacidad suficiente para dar cobertura a los cuadros secundarios a instalar en cada planta.

3. Realizar una distribución adecuada de cuadros secundarios, en función de las plantas y superficies existentes.

En cualquier caso, se tiene que considerar lo determinado en la Sección PRL-IM5 del Documento Básico DB-PRL-IM “Prevención de riesgos laborales en Implantación” sobre las instalaciones eléctricas provisionales de obra.

3. Las mangueras eléctricas de distribución deben ser normalizadas, antihumedad y resistentes frente a los riesgos mecánicos. Estas mangueras se han de disponer de manera que no se vean afectadas por el tránsito de vehículos ni por acopios de materiales con el fin de evitar el deterioro de las mismas (especialmente su rotura).

4. Con el objeto de prevenir el riesgo de contacto eléctrico con cables accesibles desde la zona de trabajo, no se deben efectuar trabajos en las proximidades de conductores o elementos bajo tensión, desnudos o sin protección, salvo que estén desconectados de la fuente de energía. Si a pesar de ello los trabajos tuvieran que realizarse, los cables se desviarán o se protegerán mediante fundas aislantes o apantallamiento.

5. Se ha de establecer un plan de mantenimiento preventivo de la instalación eléctrica provisional con el objeto de garantizar la revisión periódica de la misma.

2.9. Acciones frente al riesgo de incendio y explosión1. Si la distribución de materiales o embalajes se realiza directamente en plantas, se debe garantizar

la ubicación de los mismos en zonas alejadas de los posibles focos de ignición o trabajos en caliente (soldadura) identificados. Si esto no fuese posible, dichos materiales se habrán de cubrir con elementos ignífugos (lonas o similar), además de tratar de aislar las zonas de trabajo que pueden ser origen de la ignición.

2. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado en el anexo F “Medidas contra incendios” de este CTPE.

2.10. Equipos de protección individual1. Los trabajadores de esta actividad de vidriería deben estar provistos de equipos de protección

individual acordes a los riesgos generales de la misma, a los específicos de las tareas y a los que puedan generarse ante situaciones no planificadas. Estos equipos se identifican, a modo orientativo, en la siguiente tabla:

Relación orientativa de equipos de protección individual que se han de utilizar

Riesgo / Factor de riesgo Actividad / TareaEquipos de protección individual más usuales

Uso general Uso específico

Golpes y proyecciones sobre la cabeza por caída de objetos.

General. Casco.

Caídas a distinto nivel.

Trabajos de recepción de materiales en plataformas de carga y descarga.

Sistema anticaídas: anclaje, arnés, elemento de amarre, conectores, etc.

NOTA: el uso de estos equipos estará limitado a aquellos casos en los que se justifique técnicamente la imposibilidad de utilizar protecciones colectivas, o bien  como complemento a la protección colectiva para evitar el riesgo de caída.

Operaciones de montaje de andamios, montacargas y plataformas de carga y descarga.

Sistema anticaídas: anclaje, arnés, elemento de amarre, conectores, etc.

Trabajos sobre andamios (torres de acceso y de trabajo, andamios de borriqueta, etc.) y

Sistema anticaídas: anclaje, arnés, elemento de amarre, conectores,

plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP).

etc.

NOTA: el uso de estos equipos estará limitado a aquellos casos en los que el medio auxiliar no pueda garantizar la seguridad del trabajador frente  al riesgo de caída en altura.

Instalación de ventanas, miradores, lucernarios, claraboyas, barandillas, etc.

Sistema anticaídas: anclaje, arnés, elemento de amarre, conectores, etc.

NOTA: el uso de estos equipos estará limitado a aquellos casos en los que se justifique técnicamente la imposibilidad de utilizar protecciones colectivas, o bien  como complemento a la protección colectiva para evitar el riesgo de caída.

Golpes, atrapamientos y punzonamientos o cortes.

General.

Guantes contra riesgos mecánicos,  botas/zapatos de seguridad con puntera de acero.

Proyección de partículas. Corte de cuñas y listones de madera.

Gafas antiproyecciones.

Inhalación de polvo. Corte de cuñas y listones de madera.

Mascarilla antipolvo FFP1.

Inhalación de gases o vapores tóxicos o nocivos.

Utilización de productos químicos (masillas, pastas de sellado, etc.).

Mascarilla con filtro específico para gases y vapores.

Contactos con sustancias irritantes, cáusticas, corrosivas o tóxicas.

Utilización de productos químicos (masillas, pastas de sellado, etc.).

Ropa de trabajo que cubra todo el cuerpo, gafas antiproyección, gorro, guantes de goma o similar para protección en manos.

Ruido.Corte y ajuste de materiales de madera o plástico (planchas sintéticas de policarbonato).

Protector auditivo.

Estrés térmico por frío o calor / Quemaduras o enfermedades en la piel por radiación solar.

Trabajos a la intemperie o en entorno abierto.

Ropa de protección contra bajas temperaturas.

Calzado de protección contra el frío.

Crema de protección.

Sobreesfuerzos por posturas forzadas.

Posición continuada de rodillas o cuclillas durante la ejecución de trabajos cercanos al suelo o en zonas de de superficie reducida.

Almohadillas acolchadas para rodillas y gemelos.

Sobreesfuerzos por manipulación manual de cargas.

Elementos de vidrio o cristal: láminas,  planchas, lucernarios, claraboyas,  puertas de vidrio, etc.

Almohadillas acolchadas para hombros.

NOTA: aunque la ropa de trabajo no es considerada un equipo de protección individual, es esencial señalar la importancia de utilizar ropa de trabajo adecuada (camisetas con manga y pantalón largo) durante la ejecución de los trabajos en una obra de construcción

2. En cualquier caso, se ha de atender a lo indicado en el anexo D “Equipos de protección individual (EPI)” de este CTPE.

2.11. Formación e información

1. Los trabajadores de esta actividad de vidriería deben acreditar una capacitación adecuada a la misma y un nivel de formación en prevención de riesgos laborales adecuado a la normativa vigente y puesto de trabajo.

2. En el caso de que las actividades a desarrollar presentasen sistemas de trabajo o técnicas especiales, no habituales, se habrá de asegurar la transmisión de la información pertinente sobre las mismas, así como de los riesgos que ocasionan a los trabajadores afectados.

3. En relación con la instalación de andamios (torres de acceso y torres de trabajo móviles), se debe atender a las consideraciones descritas en la siguiente tabla:

Niveles de capacitación para el desempeño de funciones en la instalación de andamios

OPERACIÓNCAPACITACIÓN REQUERIDA

CON PLAN DE MONTAJE SIN PLAN DE MONTAJE

Realización del plan de montaje y del cálculo de resistencia y estabilidad

Persona con formación universitaria que lo habilite

 ------

Dirección técnica del montaje, desmontaje y eventuales modificaciones sustanciales

Persona con formación universitaria o profesional que lo habilite

Persona con formación universitaria o profesional que lo habilite

o

Persona con experiencia certificada por el empresario en dicha materia > 2 años + formación preventiva, como mínimo,  de nivel básico (sector construcción)

Ejecución del montaje, desmontaje y eventuales modificaciones sustanciales

 Trabajadores con formación adecuada y específica (*)

Inspección antes de su puesta en servicio, periódicamente, y después de periodos de no utilización, modificaciones, etc.

Persona con formación universitaria o profesional que lo habilite

(*) Los instaladores de andamios (torres de acceso y torres de trabajo) han de acreditar una formación adecuada y específica para las operaciones previstas, que les permita enfrentarse a riesgos específicos, destinada en particular a:

1. La comprensión del plan de montaje, desmontaje o transformación del andamio de que se trate.

2. La seguridad durante el montaje, el desmontaje o la transformación del andamio de que se trate.

3. Las medidas de prevención de riesgos de caída de personas o de objetos.

4. Las medidas de seguridad en caso de cambio de las condiciones meteorológicas que pudiesen afectar negativamente a la seguridad del andamio de que se trate.

5. Las condiciones de carga admisible.

6. Cualquier otro riesgo que entrañen las mencionadas operaciones de montaje, desmontaje y transformación.

4. En cualquier caso, se debe atender a lo indicado en el anexo H “Formación e información” de este CTPE.