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  • GUAS DE CALIFICACIN REGISTRAL

  • g u a s d e c a l i f i c a c i n r e g i s t r a l

    1.2.

    3.4.5.6.7.8.9.10.

    11.

    12.

    13.14.15.16.17.18.19.20.21.22.

    23.

    24.25.26.

    27.

    Datos de identidad y medios de identificacinDocumentos acreditativos de representacin depersonas jurdicasIntrpretesTestigosTestimoniosRepresentacin de menores de edad o incapacesConstitucin de prendas e hipotecasServidumbresUsufructoRequisitos para efectuar la primera inscripcinde dominio de bienes inmueblesModificaciones a la primera inscripcin dedominio de bienes inmueblesInscripcin de bienes muebles identificables yunidades econmicasInscripcin en otros registrosPatrimonio familiarArrendamientosCopropiedadTestamentosPlanosInmovilizacin voluntaria de bienes registradosDonaciones entre vivosGestin de negociosIndividualizacin del precio o valor de cada fincaen contratos de compraventa, donacin entre vivos, aportacin de bienes y fideicomisosEscrituras autorizadas con la antefirma: por m y ante mDeclaracin sobre gravmenes o limitacionesSolicitudesProhibiciones y correcciones en el instrumentopblicoAutorizacin municipal

    a. Presentacinb. Introduccinc. Guas

    c o n t e n i d o

  • as Guas de Calificacin Registral que se recopilan en estapublicacin, son el resultado del manifiesto compromiso quelas autoridades del Registro General de la Propiedad y laComisin Nacional Registral tienen con los notarios y elpblico usuario de la Institucin. El objetivo principal de las

    Guas es proporcionar algunas orientaciones o sugerencias que serecomienda tener en cuenta en la elaboracin de los actos y contratossujetos a inscripcin.

    Las guas son producto tanto de la interpretacin de disposiciones legalescomo de la aplicacin de doctrina y jurisprudencia, razonable y consistente,sin haber dejado de lado los principios registrales ni los que inspiran alsistema de notariado latino, en el cual se inscribe el notariado guatemalteco. Son, por otro lado, resultado de un consenso o acuerdo mayoritario deopiniones surgidas a raz del ejercicio de la funcin calificadora a lo largode varias dcadas. En su formulacin han participado las ms altasautoridades, la asesora jurdica, los registradores auxiliares, personal delos Registros de la Propiedad de Guatemala y Quetzaltenango, los notariosparticipantes en las recientes Jornadas Registrales y la Comisin NacionalRegistral, a cuyo cargo estuvo la aprobacin y redaccin final. Paraextender y facilitar su difusin, las guas tambin pueden ser consultadasen el sitio del Registro en Internet.

    Si bien las Guas reflejan la posicin oficial del Registro, esto no significaque su aplicacin se torne o deba ser inflexible o que en casos ocircunstancias especiales, no puedan tener matizaciones o experimentarcambios como consecuencia de la facultad que los Registradores conservan,sin ninguna restriccin, de ejercer en cada caso particular la funcincalificadora inherente a su cargo. Se insiste, por lo tanto, que las Guasson orientaciones que pretenden poner al alcance del notario y de otrosusuarios de la Institucin un instrumento mnimo de referencia yprevisibilidad en materia registral; un documento de fcil y permanenteconsulta, sencillo y concreto.

    P r e s e n t a c i n

  • El notario sigue siendo, en ltima instancia, el responsable directo ypersonal de la validez y efectos del acto y contrato que formalicedocumentalmente. En la misma medida lo son los funcionarios queautoricen o extiendan documentos registrables. Los Operadores yRegistradores, por su parte, son responsables por la admisin o denegatoriade las correlativas inscripciones. En torno a la interrelacin de estasactividades importantsimas para el eficiente funcionamiento del RegistroGeneral de la Propiedad, las Guas de Calificacin Registral sern importantesherramientas en el proceso de promocin y consolidacin de la armona,congruencia y compatibilidad que debe existir entre actos y hechosjurdicos por medio de los cuales se constituyan, modifiquen o cancelenderechos reales y su consecuente inscripcin, a los efectos de general ygarantizar la transparencia, publicidad, certeza y seguridad jurdicas detodas las operaciones registrales. Con este procedimiento se persigueque los usuarios, y particularmente los notarios, dispongan de una fuenteque les ayude a un mejor desempeo de su importante labor profesional.

    Atentamente,

    Arabella Castro Quiones de PaizPresidenta

    Comisin Nacional Registral

    Arabella Castro Quiones de Paiz

  • continuacin se exponen algunas ideas generales sobrela importancia que para la eficacia del sistema institucionalde los derechos de propiedad y otros derechos reales,as como para la proyeccin social del crdito territorial

    y prendario, tiene el mbito de aplicacin de la funcin calificadora delos Registros de la Propiedad. Las ms modernas y autorizadas doctrinasdel derecho registral y del derecho notarial impulsan, con determinacin,el for talecimiento de la calificacin como contralor final, en sedeadministrativa, del principio de legalidad de los actos y contratos sujetosa inscripcin. Para lograrlo propugnan, entre otros medios, por laampliacin de sus lmites tradicionalmente reconocidos, muchas vecesdesbordados hoy en da por las nuevas demandas que requieren laadecuada proteccin y la gil pero no por ello menos segura disposicinde la propiedad en la sociedad globalizada.

    Para facilitar la lectura de este texto de carcter puramente ilustrativo,se ha decidido incluir en la expresin derechos de propiedad (propertyrights) los derechos reales y operaciones de crdito que gozan de garantareal, ya sea que se refie ran a bienes inmuebles, muebles, derechos depropiedad intelectual o industrial o derechos mercantiles; de igual manera,con idntica finalidad, en la expresin Registro se comprenden todos losregistros que tengan relacin con tales bienes y transacciones y nosolamente el Registro de la Propiedad.

    Modernamente se ha llegado a comprender que para atraer inversionesnacionales y extranjeras no existe mejor incentivo que contar con uneficiente, transparente y confiable sistema jurdico institucional de lapropiedad. Y dentro de ese sistema la calificacin registral est llamadaa desempear y debe asumir un rol de pr imer orden.

    I N T R O D U C C I N

    Fernando J. Quezada ToruoMiembro Titular de la Comisin Nacional Registral

  • NATURALEZA DE LA CALIFICACIN:

    La calificacin es la funcin esencial de los registradores, porque presuponela verificacin de parte del Estado de la correcta aplicacin del principiode legalidad a que estn sujetos todos los actos y contratos inscribibles.Por otra parte, en el ejercicio de esa atribucin la actuacin de losregistradores como funcionarios pblicos debe tambin adecuarse a eseprincipio. Por ello, el prudente y bien fundamentado cumplimiento deesa funcin y su absoluta correlacin con las funciones notarial yadministrativa son, en buena medida, los cimientos idneos para laexistencia y el positivo funcionamiento de un sistema normativo confiable,expedito, efectivo y eficiente, que genere seguridad, certeza y publicidadde los derechos y actos inscritos.

    Las guas de calificacin registral, producto del conocimiento jurdico yde la experiencia de los registradores, son oportunas y necesarias porqueen Guatemala, a diferencia de lo que sucede en otros pases, no existeun ente administrativo jerrquico superior que uniforme los juicios devalor que emiten esos funcionarios en el desempeo de su cargo nitampoco existe jurisprudencia sobre la materia, sistemticamente ordenaday debidamente difundida que, en otros sistemas, constituyen herramientasmuy valiosas para la elaboracin tcnica y apegada a la ley de losdocumentos inscribibles.

    Las guas no deben mirarse con reservas, ni considerarse como obstculosarbitrarios en perjuicio o menoscabo de la inscripcin, sino ms bien hayque ver en ellas elementos que la favorecen y facilitan. Son, en realidad,si se examinan objetivamente, orientaciones o sugerencias debidamentecalificadas y fundamentadas en derecho, que los registradores dan aconocer pblicamente con el propsito de propiciar un mayor y msefectivo acceso a la inscripcin, en directo beneficio de los usuarios, perosin dejar por ello de velar por los potenciales derechos de quienes noformaron parte del acto o contrato, que es el resto de la sociedad.

    No debe pasarse por alto que la ltima palabra sobre la procedencia oimprocedencia de una inscripcin es materia que compete decidir conexclusividad a los rganos jurisdiccionales, puesto que la calificacin, enun caso concreto, est sometida a la fiscalizacin de dichos rganos,siempre, desde luego, que medie inconformidad del interesado hechavaler por la correspondiente va judicial.

    TEORAS DEL ANLISIS ECONMICO DEL DERECHO.

    Es interesante observar que las teoras formuladas en torno al anlisiseconmico del derecho, que han tenido gran repercusin e influencia en

  • las polticas pblicas sobre los derechos de propiedad en los ltimos veinteaos, sostienen que las sociedades en donde existen mejores condicionesde proteccin y seguridad jurdica de esos derechos y que,consecuentemente, cuentan paralelamente con menos coste social en ladisposicin de los mismos, son las que mayor prosperidad y beneficioseconmicos y sociales han logrado alcanzar.

    Los ms reconocidos autores de esta novedosa corriente cientfica afirmanque los elementos ms determinantes en el ncleo y contorno de losderechos de propiedad son, por un lado, la confianza en el sistema asentadaen quien posee, adquiere o piensa adquirir o disponer de un derecho, ypor el otro, el modo como ese derecho queda garantizado frente a tercerosmediante la publicidad y dems efectos registrales.

    Coinciden tambin en que los pilares esenciales de esa confianza seencuentran en la adecuacin y conformidad